ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE GOBIERNO

DECRETO Nº 12626-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9140188/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1746008/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “CIRCULO DE OFICIALES DE LA POLICIA DE SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 1432-G-1972, en act. ACTPAS 1746012/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “reacondicionamiento del salón de usos múltiples”;

Que en acts ACTPAS 1746009/26, 1746010/26 y 1746006/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1746011/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11635198/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 52972/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1029492/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179054/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CIRCULO DE OFICIALES DE LA POLICIA DE SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 1432-G-1972, para el financiamiento del proyecto social “reacondicionamiento del salón de usos múltiples”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Circulo de Oficiales de la Policía de San Luis”.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12627-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9150773/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747393/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS 960 FC”, con Personería Jurídica Nº 00365-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1747397/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de pelotas de futbol y elementos deportivos”;

Que en acts ACTPAS 1747394/26, 1747395/26 y 1747391/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747396/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11638319/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53009/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1029686/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179010/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS 960 FC”, con Personería Jurídica Nº 00365-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de pelotas de futbol y elementos deportivos”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Los Amigos 960 FC”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12628-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9140405/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1746096/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL VILLA MERCEDES ALBIVERDE”, con Personería Jurídica Nº 00374-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1746100/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva de futbol”;

Que en acts ACTPAS 1746098/26, 1746097/26 y 1746094/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1746099/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11635215/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 52967/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1029188/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 178921/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL VILLA MERCEDES ALBIVERDE”, con Personería Jurídica Nº 00374-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva de futbol”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Villa Mercedes Albiverde”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12629-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9170183/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1748318/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS DE DARCENA VILLA MERCEDES FC”, con Personería Jurídica Nº 00429-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1748322/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria y pelotas”;

Que en acts ACTPAS 1748319/26, 1748320/26 y 1748316/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1748321/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11641151/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53100/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030343/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179187/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS DE DARCENA VILLA MERCEDES FC”, con Personería Jurídica Nº 00429-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria y pelotas”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Los Amigos de Darcena Villa Mercedes FC”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12630-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9160503/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747791/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO NUMISMATICO FILATELICO VILLA MERCEDES, SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 277-DPCyFPJ-2023, en act. ACTPAS 1747795/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de mesas y luminarias para eventos nacionales”;

Que en acts ACTPAS 1747792/26, 1747793/26 y 1747789/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747794/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1747796/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO NUMISMATICO FILATELICO VILLA MERCEDES, SAN LUIS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art.8° del Decreto N° 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11638351/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53021/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1029682/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179026/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO NUMISMATICO FILATELICO VILLA MERCEDES, SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 277-DPCyFPJ-2023, para el financiamiento del proyecto social “compra de mesas y luminarias para eventos nacionales”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Centro Numismático Filatélico Villa Mercedes, San Luis”.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12631-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9160435/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747738/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION DE VEHICULOS ANTIGUOS DE VILLA MERCEDES”, con Personería Jurídica Nº 448-OCyFdePJ-06, en act. ACTPAS 1747742/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de chapas para el techo del galpón”;

Que en acts ACTPAS 1747740/26, 1747739/26 y 1747736/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747741/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11638345/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53023/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1029674/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179049/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION DE VEHICULOS ANTIGUOS DE VILLA MERCEDES”, con Personería Jurídica Nº 448-OCyFdePJ-06, para el financiamiento del proyecto social “Compra de chapas para el techo del galpón”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación de Vehículos Antiguos de Villa Mercedes”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12632-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0- 9160623/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747891/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL VECINAL VECINOS UNIDOS POR EL BARRIO EVA PERON 3”, con Personería Jurídica N° 00143-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1747895/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de horno pizzero y bandejas”;

Que en acts. ACTPAS 1746616/26, 1747892/26 y 1747889/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747893/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11638373/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53028/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1029667/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179030/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL VECINAL VECINOS UNIDOS POR EL BARRIO EVA PERON 3”, con Personería Jurídica N° 00143-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de horno pizzero y bandejas”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Vecinal Vecinos Unidos por el Barrio Eva Perón 3 “. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12633-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9170906/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1748782/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUNDACION MESA DE IMPACTO VILLA MERCEDES”, con Personería Jurídica N° 00203-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1748787/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de parlante, proyector, gasebo, silla, y banner”;

Que en acts. ACTPAS 1748785/26, 1748783/26 y 1748780/26 se acompaña documentación de la referida Fundacion y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1748786/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundacion solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11641157/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53066/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030335/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179185/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad FUNDACION MESA DE IMPACTO VILLA MERCEDES”, con Personería Jurídica N° 00203-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “compra de parlante, proyector, gasebo, silla, y banner”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Fundacion Mesa De Impacto Villa Mercedes”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12634-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9170244/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1748385/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL INTEGRACION MUSICAL “, con Personería Jurídica N° 00343-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1748389/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de bafles y trípode para equipo de audio”;

Que en acts. ACTPAS 1748387/26, 1748386/26 y 1748383/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1748388/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11641155/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53091/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030338/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179193/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL INTEGRACION MUSICAL”, con Personería Jurídica N° 00343-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de bafles y trípode para equipo de audio”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Integración Musical “.-

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12635-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9170179/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1748306/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ARGENTINOS”, con Personería Jurídica Nº 00443-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1748311/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva y kits de entrenamiento”;

Que en acts ACTPAS 1748307/26, 1748308/26 y 1748304/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1748310/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11641147/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53101/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030346/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179188/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ARGENTINOS”, con Personería Jurídica Nº 00443-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva y kits de entrenamiento”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Club Social y Deportivo Argentinos”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12636-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0- 9160294/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747643/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL VECINAL SAN ANTONIO TIRO DE PESCA “, con Personería Jurídica N° 329-DPCyFPJ-2022, en act. ACTPAS 1747647/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de cocina y freidora”;

Que en acts. ACTPAS 1747645/26, 1747644/26 y 1747641/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747646/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1747648/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL VECINAL SAN ANTONIO TIRO DE PESCA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11638334/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53059/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030111/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179084/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL VECINAL SAN ANTONIO TIRO DE PESCA”, con Personería Jurídica N° 329-DPCyFPJ-2022, para el financiamiento del proyecto social “compra de cocina y freidora”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Vecinal San Antonio Tiro De Pesca”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12637-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9160692/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747968/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL ABRAZO”, con Personería Jurídica N° 00370-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1747972/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de equipo de audio para la iglesia”;

Que en acts. ACTPAS 1747970/26, 1747969/26 y 1747966/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747971/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11638397/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53050/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030083/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179095/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL ABRAZO”, con Personería Jurídica N° 00370-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de equipo de audio para la iglesia”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Abrazo “. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12638-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9160220/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747599/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL VILLAMERCEDINA DE ESTUDIANTES DE INGENIERIA ELECTROMECANICA”, con Personería Jurídica N° 00123-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1747604/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de remeras, proyector, micrófonos y conservadora”;

Que en acts. ACTPAS 1747602/26, 1747600/26 y 1747597/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747603/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11638326/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53060/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030113/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179082/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL VILLAMERCEDINA DE ESTUDIANTES DE INGENIERIA ELECTROMECANICA”, con Personería Jurídica N° 00123-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de remeras, proyector, micrófonos y conservadora”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Villamercedina De Estudiantes De Ingeniería Electromecánica “. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12639-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0- 9160556/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747836/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL MADRES EN RED V.M”, con Personería Jurídica N° 19-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1747840/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de horno pizzero, gazebo plegable, mesa plegable y pelotas de voley”;

Que en acts. ACTPAS 1747838/26, 1747837/26 y 1747834/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747839/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11638363/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53057/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030106/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179097/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL MADRES EN RED V.M”, con Personería Jurídica N° 19-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de horno pizzero, gazebo plegable, mesa plegable y pelotas de voley”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Madres en Red V.M”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12640-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9170184/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1748327/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS DE LA FRANJA F.C”, con Personería Jurídica Nº 00207-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1748331/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto “compra de indumentaria deportiva de futbol”;

Que en acts ACTPAS 1748328/26, 1748329/26 y 1748325/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1748330/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11641152/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 5306826, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030340/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179186/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS DE LA FRANJA F.C”, con Personería Jurídica Nº 00207-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva de futbol”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la entidad “Asociación Civil Los Amigos De La Franja F.C”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12641-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9141145/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1746600/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS DE PAGODA”, con Personería Jurídica Nº 00373-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1746605/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva de futbol”;

Que en acts ACTPAS 1746603/26, 1746601/26 y 1746598/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1746604/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11635548/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53149/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1028539/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 178802/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL LOS AMIGOS DE PAGODA”, con Personería Jurídica Nº 00373-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva de futbol”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil los Amigos de Pagoda”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12642-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0- 9170826/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1748756/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL MERENDERO LA GRACIA DE DIOS”, con Personería Jurídica N° 181-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1748762/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de freezer y ventilador turbo”;

Que en acts. ACTPAS 1748760/26, 1748758/26 y 1748754/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1748761/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1748763/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL MERENDERO LA GRACIA DE DIOS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11641156/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53067/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1030337/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179191/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL MERENDERO LA GRACIA DE DIOS”, con Personería Jurídica N° 181-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “compra de freezer y ventilador turbo”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Merendero la Gracia de Dios”.-

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12643-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9160620/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1747882/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL MUSEO FERROVIARIO DARACTENSE”, con Personería Jurídica Nº 585-DCyFPJ-2014, en act. ACTPAS 1747886/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de cámara e instalación eléctrica”;

Que en acts ACTPAS 1747884/26, 1747883/26 y 1747880/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1747885/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1747887/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL MUSEO FERROVIARIO DARACTENSE” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art.8° del Decreto N° 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11637867/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 53008/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1029690/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 179041/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL MUSEO FERROVIARIO DARACTENSE”, con Personería Jurídica Nº 585-DCyFPJ-2014, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de cámara e instalación eléctrica”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Museo Ferroviario Daractense”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12644-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000- 9140464/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1746163/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUNDACION STOA”, con Personería Jurídica Nº 00050-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1746170/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de notebook, proyector, parlantes y escritorio”;

Que en acts ACTPAS 1746164/26, 1746165/26 y 1746161/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1746167/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1746171/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “FUNDACION STOA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art.8° del Decreto N° 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11635226/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 52913/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1028654/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 178858/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FUNDACION STOA”, con Personería Jurídica Nº 00050-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “compra de notebook, proyector, parlantes y escritorio”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Fundación Stoa”. -

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12645-MG-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9141183/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1746614/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL ENTRAMAR”, con Personería Jurídica N° 466-DPJ-2024, en act. ACTPAS 1746618/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de material pedagógico e instrumentos profesionales de evaluación”;

Que en acts. ACTPAS 1746616/26, 1746615/26 y 1746612/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1746616/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1746619/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL ENTRAMAR” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11635551/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 52892/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1028645/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6°, 8° y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 178844/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL ENTRAMAR”, con Personería Jurídica N° 466-DPJ-2024, para el financiamiento del proyecto social “compra de material pedagógico e instrumentos profesionales de evaluación”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Entramar”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 14138-MG-2026

San Luis, 26 de Octubre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9140942/26 por el cual el Ministerio de Gobierno, tramita Decreto-Acuerdo N° 6-HCS-2026 sancionado por la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOBLRE 5167/26, obra el Decreto-Acuerdo mencionado precedentemente, por el cual la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis presta el acuerdo correspondiente para efectuar la designación del Abg. JORGE NAHUEL LEDE ZAJIC, D.N.I. Nº 33.801.554, en el cargo de DEFENSOR EN NIÑEZ, ADOLESCENCIA E INCAPACES N° 2 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Designar al Abg. JORGE NAHUEL LEDE ZAJIC, D.N.I. Nº 33.801.554, en el cargo de DEFENSOR EN NIÑEZ, ADOLESCENCIA E INCAPACES N° 2 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.-

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno.-

Art. 3º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DECRETO Nº 12665-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9081209/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3905275/26 obra el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora OLGA NOEMI GARCÍA, D.N.I. N° 12.806.580, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, desempeñándose en la realización de tareas de implementación de estrategias pedagógicas y políticas que garanticen el cumplimiento de la obligatoriedad escolar, supervisar, monitorear y evaluar los procesos de mejora continua de la calidad educativa, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026;

Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;

Que en act. PREV 11626884/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;

Que en act. NOTAMP 1027541/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1028552/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178803/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y por la otra, la señora OLGA NOEMI GARCÍA, D.N.I. N° 12.806.580, a los fines de prestar servicios durante el período comprendido desde 01 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, en la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3905275/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe

1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $10.368.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio, notificar a la interesada.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12666-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8271344/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3900243/26, obra el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y por la otra, el señor JORGE JOSE ANIBAL BAIGORRIA, D.N.I. N° 29.554.299, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, desempeñándose como técnico informático, para realizar diagnósticos y reparación de fallos en componentes de computadoras, mantenimiento preventivo de equipos, entre otros, en establecimientos educativos provinciales, durante el periodo comprendido entre el 01 de septiembre de 2026 al 31 de diciembre de 2026;

Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;

Que en act. PTPGAS 57984/26 obra planilla de solicitud de transferencia de créditos presupuestarios y en act. RCRE 11617091/26 la reserva de crédito correspondiente;

Que en act. INFORM 448476/26 interviene la Dirección de Presupuesto Público encuadrando el caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;

Que en act. NOTAMP 1023793/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1025735/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley N° VIII-0256-2004, con excepción a las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178293/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025, inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuarlo del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Modificar en el presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 14 14 33 1-01 3 $4.105.500,00

Disminuir:

Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 14 14 33 1-01 2 $4.105.500,00

Art. 3º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y por la otra, el señor JORGE JOSE ANIBAL BAIGORRIA, D.N.I. N° 29.554.299, con el objeto de prestar servicios en la Dirección de Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de septiembre y el 31 de diciembre de 2026, obrante en act. DOCEXT 3900243/26.-

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 14 14 33 1-01 3 $4.105.500,00

Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12667-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8310915/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3897154/26 obran los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO D.N.I. N° 33.757.558, por una parte, y por la otra, las señoras MARIA LUCIA SCHIAVI MAGRA, D.N.I. N° 37.489.709, JESSICA BELEN BUSTOS, D.N.I. N° 35.916.142, CANDELARIA ANA ORIHUELA, D.N.I. N° 38.439.388, ELINA VERONICA OCAÑA, D.N.I. 29.426.167 y PAOLA LORENA MATAMOROS D.N.I. N° 29.613.388, a los fines de cumplir funciones orientadas a la coordinación del equipo técnico, el control de los procesos de preparación de alimentos y elaboración de menús trimestrales, así como también la realización de capacitaciones, auditorias, acompañamiento y fiscalización en establecimientos educativos, proveedores y cooperadoras escolares, entre otras, en el marco del Programa Alimentario nutricional Escolar, durante el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026;

Que la cláusula segunda de los Contratos de Servicios de referencia, establece la retribución mensual que percibirán las prestadoras de servicios, por todo concepto;

Que en PREV 11616684/26 obra imputación preventiva del gasto;

Que en act. NOTAMP 1022682/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1024148/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos adjuntos, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 177994/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I N° 33.757.558, por una parte, y por la otra, las señoras MARIA LUCIA SCHIAVI MAGRA, D.N.I. N° 37.489.709, JESSICA BELEN BUSTOS, D.N.I. N° 35.916.142, CANDELARIA ANA ORIHUELA, D.N.I. 38.439.388, ELINA VERONICA OCAÑA, D.N.I. N° 29.426.167 y PAOLA LORENA MATAMOROS D.N.I. N° 29.613.388, a los fines de prestar servicios conforme a lo especificado en las cláusula primera de los contratos de referencia, en el ámbito del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de octubre y el 31 de diciembre de 2026, obrantes en act. DOCEXT 3897154/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 14 22 35 00 1-01 3 4 2 $17.095.500,00

1 14 22 35 00 1-01 3 4 9 $8.457.750,00

Art.4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE y, por su intermedio, notificar a las interesadas.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12668-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8140125/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTEDU 3887381/26 obra nota de la Dirección Educación Obligatoria, dependiente del Ministerio de Educación, solicitando autorización para realizar una Compulsa de Precios para la contratación de un servicio de catering destinado a los asistentes del 1º Congreso Internacional de Educación – “San Luis Cuna de Maestros” – IA Aplicada a la Pedagogía, a desarrollarse los días 16 y 17 de octubre del corriente año, en el marco de la conmemoración del bicentenario de la primera escuela fundada por Domingo Faustino Sarmiento;

Que en act. SOLSEC 11613436/26 obra solicitud de gastos N° 7800-2026, conformada por la autoridad competente;

Que en act. ACTPRO 11614556/26 obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;

Que se presentó mediante el sistema electrónico la cotización cursada por la firma RIVAS ADRIANA VERONICA, CUIT N° 27-30179328-1, Oferta 1, obrante en actuación COTZAC 11622632/26;

Que en act. INFSEC 11622637/26 obra informe de Evaluación de Proceso de Contratación Nº 7330/2026;

Que en act. NOTAMP 1025825/26 obra informe de la Dirección Educación Obligatoria, comunicando que la oferta efectuada por la empresa RIVAS ADRIANA VERONICA se ajusta a lo solicitado, aconsejando su preadjudicación;

Que en act. PRESEC 11627048/26 obra informe de preadjudicación del ítem 1 a la empresa RIVAS ADRIANA VERONICA, CUIT N° 27-30179328-1, por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL CON 00/100 ($27.504.000,00);

Que en acts. PREV 11613013/26 y 11627071/26 obran comprobante de imputación preventiva del gasto y ajuste de la misma;

Que en act. NOTAMP 1026362/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1027038/26 interviene Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga la contratación con la firma preadjudicada, encuadrando el caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004 incorporado por la Ley N° VIII-0867-2013, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art. 1 del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178553/26 toma intervención Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, incorporado por la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuarlo del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección Educación Obligatoria, dependiente del Ministerio de Educación, para la contratación del servicio de catering destinado a los asistentes del 1º Congreso Internacional de Educación – “San Luis Cuna de Maestros” – IA Aplicada a la Pedagogía.-

Art. 3º.- Adjudicar la Compulsa de Precios, a la que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, el ítem 1 a la empresa RIVAS ADRIANA VERONICA, CUIT N° 27-30179328-1, por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL CON 00/100 ($27.504.000,00), según oferta obrante en act. COTZAC 11622632/26, conforme al informe obrante en act. PRESEC 11627048/26.-

Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 14 14 23 00 1-01 3 9 1 $27.504.000,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salida y Archivo, practicar la correspondiente notificación a la empresa oferente.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria, a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Dirección de Compras y Contrataciones.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12669-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6021415/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente GASTON RODRIGO EDUARDO PEÑA, D.N.I. Nº 24.163.476, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti’, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín;

Que en act. DOCEXT 3829454/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 702-MHIP-2024, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3855687/26;

Que en act. INFSUM 181124/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3856274/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3856287/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente GASTON RODRIGO EDUARDO PEÑA, D.N.I. Nº 24.163.476, en CUATRO (4) horas cátedra en el 1er. cuatrimestre de Ecología, en 3er. año 1ra. división y en el 2do. cuatrimestre CUATRO (4) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división y UNA (1) hora cátedra de Tutoría Anual, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti’, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12670-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6260336/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente DOMINGO PAUL MORENO, D.N.I. Nº 38.751.689, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín;

Que en act. DOCEXT 3828577/26, obra copia de Decreto de designación Nº 2426-MHP-2023, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3830979/26;

Que en act. INFSUM 180894/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3837661/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3837671/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente DOMINGO PAUL MORENO, D.N.I. Nº 38.751.689, en DOS (2) horas cátedra de Economía, en 5to. año 2da. división, Orientación en Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12671-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6251292/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MICAELA SOLEDAD ESCUDERO, D.N.I. Nº 40.318.845, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3833385/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 6109-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3844101/26;

Que en act. INFSUM 181067/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3852495/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3852505/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MICAELA SOLEDAD ESCUDERO, D.N.I. Nº 40.318.845, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12672-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6251317/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ILEANA NOEMI GUZMAN, D.N.I. Nº 22.095.267, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3833312/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6119-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3836687/26;

Que en act. INFSUM 180966/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3842748/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3842749/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ILEANA NOEMI GUZMAN, D.N.I. Nº 22.095.267, en CUATRO (4) horas cátedra de Análisis Matemático, en 6to. año 1ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12673-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7220784/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente CLAUDIA DEL VALLE VASQUEZ, D.N.I. Nº 32.748.394, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 3847450/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6638-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3849645/26;

Que en act. INFSUM 181114/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3855607/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3855629/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente CLAUDIA DEL VALLE VASQUEZ, D.N.I. Nº 32.748.394, en SEIS (6) horas cátedra de Sociología, (3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división), Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12674-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7271331/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MARIELA ANAHI SANTILLAN, D.N.I. Nº 28.608.447, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela de Nivel Inicial N° 7 “Burbujitas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3871536/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 10180-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3882568/26;

Que en act. INFSUM 181492/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3887252/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3887253/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARIELA ANAHI SANTILLAN, D.N.I. Nº 28.608.447, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 7 “Burbujitas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12675-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7030574/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente SERGIO OMAR MUÑOZ, D.N.I. Nº 20.134.912, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela N° 149 “Manuel Láinez”, de la localidad de Fortuna, departamento Gobernador Dupuy;

Que en act. DOCEXT 3835403/26, obra copia de Decreto de designación Nº 4494-MC-2005 y Decreto de reubicación N°2061-ME-2019, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3845235/26;

Que en act. INFSUM 181101/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3849014/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3849015/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente SERGIO OMAR MUÑOZ, D.N.I. Nº 20.134.912, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 149 “Manuel Láinez”, de la localidad de Fortuna, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12676-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6260552/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente GABRIELA ALEJANDRA BARALYA, D.N.I. Nº 27.085.067, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3828767/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 7795-MHP-2022, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3854744/26;

Que en act. INFSUM 181167/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3858021/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3858053/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente GABRIELA ALEJANDRA BARALYA, D.N.I. Nº 27.085.067, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática, en 4to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12677-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6290344/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente KEVIN EMMANUEL ROSALES, D.N.I. Nº 38.221.250, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Técnica N° 33 “Profesor Gabino Puelles”, de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 3849092/26, obra copia de Decretos de designación Nros. 7466-MHP-2023 y 7467-MHP-2023, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3860250/26;

Que en act. INFSUM 181122/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3858280/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3858500/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente KEVIN EMMANUEL ROSALES, D.N.I. Nº 38.221.250, en CUATRO (4) horas cátedra de Comunicación, en 6to. año 1ra. división, Sector Industrias de Procesos y CUATRO (4) horas cátedra de Comunicación, en 6to. año 2da. división, Sector Industrias de Procesos, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 33 “Profesor Gabino Puelles”, de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12678-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7070105/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTAMP 1005755/26 obra nota de la Dirección Educación Obligatoria, dependiente del Ministerio de Educación, solicitando autorización para realizar una Compulsa de Precios para la contratación de un servicio de sonido, pantallas e iluminación y organización de eventos destinado a los asistentes del 1º Congreso Internacional de Educación – “San Luis Cuna de Maestros” – IA Aplicada a la Pedagogía, a desarrollarse los días 16 y 17 de octubre del corriente año, en el marco de la conmemoración del bicentenario de la primera escuela fundada por Domingo Faustino Sarmiento;

Que en act. SOLSEC 11616583/26 obra solicitud de gastos N° 6035-2026, conformada por la autoridad competente;

Que en act. ACTPRO 11617431/26 obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;

Que se presentaron mediante el sistema electrónico las cotizaciones cursadas por las firmas WP RENTAL S.A.S, CUIT: 30-71850210-8, Oferta 1, LUCERO DIEGO MAXIMILIANO, CUIT: 23-31265095-9, Oferta 1, BATTO SHOW SERVICE S.A.S, CUIT: 33-71950161-9, Oferta 1 y NOVILLO RANGONE DAVID BENJAMIN, CUIT: 20-17698768-6, Oferta 1, obrantes en acts. COTZAC 11624950/26,11624953/26, 11624949/26 y 11624948/26 respectivamente;

Que en act. INFSEC 11624954/26 obra informe de Evaluación de Proceso de Contratación Nº 7402/2026;

Que en act. NOTEDU 3897070/26 obra informe de la Dirección Educación Obligatoria, comunicando que las ofertas efectuadas por las empresas WP RENTAL S.A.S para el ítem 1 y NOVILLO RANGONE DAVID BENJAMIN para el ítem 7 se ajustan a lo solicitado, aconsejando su preadjudicación y que los ítems 2, 3, 4 ,5 y 6 resultaron desiertos;

Que en act. PRESEC 11630323/26 obra informe de preadjudicación del ítem 1a la empresa WP RENTAL S.A.S, CUIT: 30-71850210-8, por la suma de PESOSNUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($9.780.000,00) y del ítem 7 a la empresa NOVILLO RANGONE DAVID BENJAMIN, CUIT: 20-17698768-6, por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($47.500.000,00);

Que en acts. PREV 11583229/26, 11612206/26, 11612195/26 y 11630332/26obran comprobante de imputación preventiva del gasto y ajustes de la misma;

Que en act. NOTAMP 1026920/26obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1028477/26 interviene Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga la contratación con la firma preadjudicada, encuadrando el caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004 incorporado por la Ley N° VIII-0867-2013, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178795/26 toma intervención Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, incorporado por la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuarlo del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección Educación Obligatoria, dependiente del Ministerio de Educación, para la contratación del servicio de sonido, pantallas e iluminación y organización de eventos destinado a los asistentes del 1º Congreso Internacional de Educación – “San Luis Cuna de Maestros” – IA Aplicada a la Pedagogía.-

Art. 3º.- Adjudicar la Compulsa de Precios a la que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, en el ítem 1, a la empresa WP RENTAL S.A.S, CUIT: 30-71850210-8, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($9.780.000,00), según oferta obrante en act. COTZAC 11624950/26 y en el ítem 7, a la empresa NOVILLO RANGONE DAVID BENJAMIN, CUIT: 20-17698768-6, por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($47.500.000,00), según oferta obrante en act. COTZAC 11624948/26, conforme al informe obrante en act. PRESEC 11630323/26.-

Art. 4º.- Declarar desierto el procedimiento de selección respecto a los ítems 2, 3, 4, 5, y 6 por no presentarse ofertas, conforme el informe obrante en act. INFSEC 11624954/26 y NOTEDU 3897070/26.-

Art. 5º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 14 14 23 00 1-01 3 5 7 $57.280.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salida y Archivo, practicar la correspondiente notificación a la empresa oferente.-

Art. 8º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria, a sus efectos.-

Art. 9º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Dirección de Compras y Contrataciones.-

Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12679-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9031456/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3901469/26 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y por otra, la señor ALEJANDRO RAFAEL DEHEZA, D.N.I. N° 29.933.527 a los fines de prestar servicios en la Dirección de Infraestructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación, para realizar tareas de mantenimiento de instalaciones eléctricas en los establecimientos educativos, durante el período comprendido entre el 01 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026;

Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá la prestadora de servicios por todo concepto;

Que en act. PREV 11617974/26 obra imputación preventiva del gasto;

Que en act. NOTAMP 1024190/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1025800/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 178312/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N°33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor ALEJANDRO RAFAEL DEHEZA, D.N.I. N° 29.933.527, a los fines de prestar servicios en la Dirección de Infraestructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de octubre y el 31 de diciembre de 2026, obrante en act. DOCEXT 3901469/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe

1 14 13 22 00 1-01 3 4 9 $3.402.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Infraestructura Escolar y por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12680-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6161389/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente TANIA ROXANA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 27.348.820, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín;

Que en act. DOCEXT 3846448/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 3545-MHyOP-2015 y Decreto de reubicación N° 2087-MHP-2016, rectificado por Decreto 10135-ME-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3871789/26;

Que en act. INFSUM 181191/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3859175/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3859176/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente TANIA ROXANA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 27.348.820, en TRES (3) horas cátedra de Inglés Técnico, en 5to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12681-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7280244/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente DEBORA SABRINA GIL, D.N.I. Nº 31.753.692, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 184 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3852454/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6465-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3856964/26;

Que en act. INFSUM 181146/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3857145/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3857409/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente DEBORA SABRINA GIL, D.N.I. Nº 31.753.692, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 184 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12682-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6260127/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente DIEGO NAHUEL SANDOVAL, D.N.I. Nº 39.108.591, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela N° 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 3828358/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 924-MHP-2023, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3830850/26;

Que en act. INFSUM 180895/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3838796/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3838803/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente DIEGO NAHUEL SANDOVAL, D.N.I. Nº 39.108.591, en SEIS (6) horas cátedra de Geografía, (3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división), Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12683-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6171324/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ALDANA NAILE FLORES, D.N.I. Nº 37.640.857, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 3870496/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6771-MHP-2022, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3868986/26;

Que en act. INFSUM 181330/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3876335/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3876338/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ALDANA NAILE FLORES, D.N.I. Nº 37.640.857, en CUATRO (4) horas cátedra de Tic Aplicadas a Espacios Rurales Urbanos, en 4to. año 2da. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12684-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-4140057/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTEDU 3757656/26 (adjunto), obra copia del Decreto Nº 1959-ME-2026, mediante el cual se crea UN (1) cargo de Director/a de Nivel Inicial de primera categoría y UN (1) cargo de Secretario/a de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 26 “Manitos Mágicas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, por lo que se hace necesario cubrir dichos cargos;

Que en act. DOCEXT 3864192/26 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis y en act. NOTEDU 3870928/26 obra Acta de ofrecimiento de cargos de fecha 13 de agosto de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Directora por compulsa de antecedentes, inter se llame a concurso, a la docente MARIA EUGENIA IRRAZABAL, D.N.I. Nº 24.299.692 y UN (1) cargo de Secretaria de Nivel Inicial, por compulsa de antecedentes, carácter interino, a la docente ANA BEATRIZ PERSICO, D.N.I. Nº 23.947.503, quien acepta el cargo;

Que en acts. DOCEXT 3882441/26 y 3850324/26 (adjunto) obra nota por la cual la docente MARIA EUGENIA IRRAZABAL, D.N.I. Nº 24.299.692, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, titular, según Decreto Nº 7311-ME-2026, de la Escuela de Nivel Inicial N° 26 “Manitos Mágicas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I;

Que en acts. DOCEXT 3882441/26 y 3850324/26 (adjunto) obra nota por la cual la docente ANA BEATRIZ PERSICO, D.N.I. Nº 23.947.503, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, titular, según Decreto Nº 7311-ME-2026, de la Escuela de Nivel inicial N° 26 “Manitos Mágicas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I;

Que en acts. INFSUM 181448/26 y 181449/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que las docentes mencionadas no registran sumario administrativo en trámite;

Que en act. INFORM 448739/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 448757/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 1025256/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 448757/26;

Que en act. PASEDU 3895742/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión de los cargos se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2.1. del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2.1. del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004.-

Art. 2º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARIA EUGENIA IRRAZABAL, D.N.I. Nº 24.299.692, en UN (1) cargo de Directora por compulsa de antecedentes, inter se llame a concurso, en la Escuela de Nivel Inicial N° 26 “Manitos Mágicas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-

Art. 3º.- Otorgar a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente MARIA EUGENIA IRRAZABAL, D.N.I. Nº 24.299.692, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, Nivel de Educación Inicial, titular, según Decreto Nº 7311-ME-2026, de la Escuela de Nivel inicial N° 26 “Manitos Mágicas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-

Art. 4º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANA BEATRIZ PERSICO, D.N.I. Nº 23.947.503, en UN (1) cargo de Secretaria de Nivel Inicial, carácter interino, en la Escuela de Nivel Inicial N° 26 “Manitos Mágicas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-

Art. 5º.- Otorgar a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 4º, licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente ANA BEATRIZ PERSICO, D.N.I. Nº 23.947.503, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, titular, según Decreto Nº 7311-ME-2026, de la Escuela de Nivel inicial N° 26 “Manitos Mágicas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-

Art. 6º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Inicial y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12685-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-11101249/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3645898/25, obran copias de los Decreto Nº 15749-MHIP-2025, mediante el cual se le acepta la renuncia por jubilación a la docente PATRICIA DEL CARMEN SOSA, D.N.I. Nº 18.473.309, en UN (1) cargo de Directora, Nivel de Educación Primaria, titular y Decreto Nº 17981-MHIP-2025, por el cual se le acepta la renuncia por jubilación a la docente SUSANA LIDIA GIL, D.N.I. Nº 18.360.600, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, interino, ambas docentes de la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI, por lo que se hace necesario cubrir dichos cargos;

Que en act. DOCEXT 3774117/26 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis y en act. DOCEXT 3866435/26 obra Acta de ofrecimiento de cargos con fecha 30 de junio de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Directora, por ascenso jerárquico, inter se llame a concurso, a la docente MARIELA ALEJANDRA KRYSA, D.N.I. Nº 24.114.188, en UN (1) cargo de Vicedirectora, por compulsa de antecedentes, con carácter suplente, a la docente MARISA BIBIANA OLMEDO, D.N.I. N° 29.513.812 y en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, por compulsa de antecedentes, con carácter interino, a la docente GABRIELA ALEJANDRA JOFRE, D.N.I. N° 26.213.931, quienes aceptan los respectivos cargos;

Que en act. DOCEXT 3866435/26 (adjunto) obra nota mediante la cual la docente MARISA BIBIANA OLMEDO, renuncia a TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Tecnológica, en 3er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto N° 9015-ME-2026, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI;

Que en act. DOCEXT 3866435/26 obra nota por la cual la docente MARIELA ALEJANDRA KRYSA, D.N.I. Nº 24.114.188, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Vicedirectora titular, según Decreto N° 19100-ME-2025, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI;

Que en act. DOCEXT 3866435/26 (adjunto) obra nota por la cual la docente MARISA BIBIANA OLMEDO, D.N.I. N° 29.513.812, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto Nº 13976-ME-2024, CINCO (5) horas cátedra de Matemática, en 3er. año 2da. división, titulares, según Decreto Nº 12245-ME-2024 y CINCO (5) horas cátedra de Matemática, en 2do. año 2da. división, titulares, según Decreto Nº 4541-ME-2023, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI;

Que en act. DOCEXT 3866435/26 (adjunto) obra nota por la cual la docente GABRIELA ALEJANDRA JOFRE, D.N.I. N° 26.213.931, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto N° 9411-ME-2022, de Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI;

Que en acts. INFSUM 181392/26, 181393/26 y 181394/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que las docentes mencionadas no registran sumario administrativo en trámite;

Que en act. INFORM 447187/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 447315/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 1021988/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 447315/26;

Que en act. PASEDU 3889969/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión de cargos se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia por razones particulares presentada por la docente MARISA BIBIANA OLMEDO a TRES (3) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 3er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, interinas, según Decreto N° 9015-ME-2026, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004.-

Art. 3º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARIELA ALEJANDRA KRYSA, D.N.I. Nº 24.114.188, en UN (1) cargo de Directora, por ascenso jerárquico, inter se llame a concurso, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 4º.- Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 3º, licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente MARIELA ALEJANDRA KRYSA, D.N.I. Nº 24.114.188, en UN (1) cargo de Vicedirectora, titular, según Decreto N° 19100-ME-2025, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 5º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARISA BIBIANA OLMEDO, D.N.I. N° 29.513.812, en UN (1) cargo de Vicedirectora, por compulsa de antecedentes, con carácter suplente, inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, de la docente MARIELA ALEJANDRA KRYSA, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 6º.- Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 5º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente MARISA BIBIANA OLMEDO, D.N.I. N° 29.513.812, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto Nº 13976-ME-2024, CINCO (5) horas cátedra titulares de Matemática, en 3er. año 2da. división, según Decreto Nº 12245-ME-2024 y CINCO (5) horas cátedra titulares de Matemática, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 4541-ME-2023, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 7º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente GABRIELA ALEJANDRA JOFRE, D.N.I. N° 26.213.931, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, por compulsa de antecedentes, con carácter interino, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 8º.- Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 7º, licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente GABRIELA ALEJANDRA JOFRE, D.N.I. N° 26.213.931, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto N° 9411-ME-2022, de Escuela N° 95 “Víctor Mercante” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 9º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-

Art. 10.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 11.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 12.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 13.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12686-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6240208/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente NATALIA ROMINA VELTENS, D.N.I. Nº 30.480.785, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica N° 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy;

Que en act. DOCEXT 3826281/26, obra copia de Decretos de designación Nros. 1336-MHP-2018, 5635-MHyOP-2015 y Decreto de reubicación N°3113-ME-2026, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3827643/26;

Que en act. INFSUM 180849/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3835647/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3835661/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente NATALIA ROMINA VELTENS, D.N.I. Nº 30.480.785, en DOS (2) horas cátedra de Ética y Deontología Profesional, en 7mo. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria y CUATRO (4) horas cátedra de Marco Jurídico de las Actividades Empresarias, en 7mo. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12687-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5110964/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita tercera instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3796821/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la tercera instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de cuatro (4) años, del profesor ARIEL HIRAM TRIULZI, D.N.I. N° 24.846.643, designado mediante Decreto Nº 1994-ME-2024;

Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3785103/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;

Que en act. INFORM 441342/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 441488/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 999533/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 441488/26;

Que en act. DOCEXT 3833197/26 obra Resolución Nº 62-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma, a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. DOCEXT 3833759/26 (adjuntos) obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;

Que en act. DOCEXT 3883684/26 (adjuntos) obra Resolución Nº 251 IFDC-SL/2026, donde se dispone la extensión de funciones, al profesor ARIEL HIRAM TRIULZI D.N.I. N° 24.846.643 para que se desempeñe como Docente a Cargo por Extensión en el espacio curricular “Ciencias Sociales y su Enseñanza” del Profesorado de Educación Especial;

Que en act. NOTAMP 1025975/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación, informa que corresponde encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011;

Que en act. NOTAMP 1026354/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando al profesor ARIEL HIRAM TRIULZI, partir del 03 de septiembre de 2026 y por el término de cuatro (4) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto N° 773 ME-2016;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011.-

Art. 2º.- Designar por tercera instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 03 de septiembre de 2026 y por el término de cuatro (4) años, al profesor ARIEL HIRAM TRIULZI D.N.I. N° 24.846.643, en el cargo de Profesor Responsable para el espacio curricular “Ciencias Sociales y su Enseñanza”, correspondiente al Profesorado de Educación Especial, con una carga horaria de diez (10) horas reloj, de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3833759/26 (adjuntos), en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 14 16 1-01 25 1

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12688-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6160411/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI, D.N.I. Nº 25.250.051, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 3865756/26, obra copia de Decreto de designación Nº 8890-MHP-2022, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3877565/26;

Que en act. INFSUM 181331/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3880547/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3880553/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI, D.N.I. Nº 25.250.051, en SEIS (6) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, (2 hs. en 2do. año 1ra. división, 2 hs. en 2do. año 2da. división y 2 hs. en 2do. añо 3ra. división), Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12689-ME-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7030873/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente JUAN PABLO AVILA, D.N.I. Nº 29.582.353, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en el Centro Educativo N° 12 “Leopoldo Lugones”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 3835662/26, obra copia de Decretos de designación Nros. 3015-MHP-2021,3522-MHP-2021 y Decreto de reubicación N° 6300-ME-2020, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3852596/26;

Que en act. INFSUM 181100/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3848989/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3849003/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente JUAN PABLO AVILA, D.N.I. Nº 29.582.353, en SEIS (6) horas cátedra de Biología, (3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división), TRES (3) horas cátedra de Biología, en 3er. año 1ra. división, TRES (3) horas cátedra de Biología, en 3er. año 2da. división, SEIS (6) horas cátedra de Química, (3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división) y SEIS (6) horas cátedra de Física, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 12 “Leopoldo Lugones”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DECRETO Nº 12690-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9150354/26, por el cual, el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la homologación del Convenio Marco de Cooperación y Capacitación, y la autorización para la suscripción del Convenio Especifico con la Universidad de La Punta; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1633721/26, obra el Convenio Marco de Cooperación y Capacitación, suscripto el 09 de septiembre de 2026, entre el Estado Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. María Eugenia Sosa Herrera, D.N.I. N° 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, por una parte; y por la otra, la Universidad de La Punta, representada en este acto por el Dr. Luis Guillermo Quintas, D.N.I. N° 11.901.199, en su carácter de Rector;

Que el Convenio tiene por objeto establecer las bases de articulación y cooperación institucional para la planificación, organización e implementación de actividades de formación continua, capacitación, actualización y perfeccionamiento técnico-profesional dictadas por “LA UNIVERSIDAD” para el personal de la Administración Pública Provincial dependiente y/o coordinado por “EL MINISTERIO”;

Que en act. DOCEXT 1633726/26, obra modelo de Convenio Especifico a suscribir entre el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública de la provincia de San Luis y la Universidad de La Punta;

Que el Convenio Especifico, tiene por objeto la planificación, organización e implementación del Programa de Capacitación en IA para Empleados Públicos de la Provincia de San Luis. Dicha formación estará orientada a la incorporación y aplicación práctica de herramientas de Inteligencia Artificial en la función pública, promoviendo su uso eficiente, ético y responsable;

Que en la cláusula tercera y cuarta se establece el costo del dictado del Programa de Capacitación en IA y la duración del mismo;

Que en act. PTPREC 58047/26, obra solicitud de transferencia de créditos presupuestarios;

Que en act. INFORM 450085/26, obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;

Que en act. ACTPAS 1748930/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1029630/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004, debiendo exceptuarse de lo dispuesto en el Art.1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178970/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2025, Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004, y exceptuar de lo dispuesto en el Art.1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025

Art.2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:

Ampliar:

1- Recursos de la Administración Central

2- Recursos De Capital

3- Disminución de la Inversión Financiera

4- De la Administración Provincial- Recupero de Préstamo Largo Plazo

05- Recupero de Otros Préstamos $109.500.000,00

Art.3º.- Modificar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:

Crear:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 11 18 34 01 1-32 1-01 5 6 1 $109.500.000,00

Proyecto: 01 – Formación en Inteligencia Artificial a Empleados Públicos

Art.4º.- Homologar el Convenio Marco de Cooperación y Capacitación, suscripto el 09 de septiembre de 2026, entre el Estado Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. María Eugenia Sosa Herrera, D.N.I. N° 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, por una parte; y por la otra, la Universidad de La Punta, representada en este acto por el Dr. Luis Guillermo Quintas, D.N.I. N° 11.901.199, en su carácter de Rector, obrante en act. DOCEXT 1633721/26;

Art. 5º.- Aprobar el Modelo de Convenio Especifico, obrante en act. DOCEXT 1633726/26 a suscribir entre el Gobierno de la provincia de San Luis y la Universidad de La Punta.-

Art. 6º.- Autorizar a la C.P. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA, D.N.I. Nº 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, a suscribir en representación del Gobierno de la Provincia de San Luis, el Convenio Especifico con la Universidad de La Punta, representado por su Rector Dr. Luis Guillermo Quintas, D.N.I. Nº 11.901.199, conforme al modelo aprobado en el Artículo precedente.-

Art.7º.- Otorgar un Aporte no Reintegrable a la Universidad de La Punta, por el monto establecido en la clausula tercera del Convenio Especifico que se autoriza a suscribir en el Art. 6º, y que como Anexo forma parte del presente Decreto.-

Art. 8º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 11 18 34 01 1-32 1-01 5 6 1 $109.500.000,00

Art. 9º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 10.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y notificar a la Universidad de La Punta.-

Art.11.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.12.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA PUNTA Y EL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

En la ciudad de La Punta, a los… días del mes de….. del año 2026, entre la Universidad de La Punta, representada por el Rector de la misma, Dr. Luis Guillermo Quintas, D.N.I. Nº 11.901.199, con domicilio en Avenida Universitaria S/N de la ciudad de La Punta, provincia de San Luis, por una parte, en adelante “LA UNIVERSIDAD” y el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública de la Provincia de San Luis, representado en este acto por su Ministra, María Eugenia Sosa Herrera, D.N.I. N° 28.838.484, constituyendo domicilio legal en Casa de Gobierno, Autopista de las Serranías Puntanas, Km. 783, Edificio Norte, Bloque 1, de la ciudad de San Luis, en adelante “EL MINISTERIO”, en conjunto denominados “LAS PARTES”, acuerdan celebrar el presente Convenio Específico, conforme a las siguientes clausulas:

PRIMERA: OBJETO. En cumplimiento de lo establecido en el Convenio Marco de Cooperación y Capacitación celebrado entre LAS PARTES con fecha 9 de septiembre de 2026, el presente Convenio Específico tiene por objeto la planificación, organización e implementación del Programa de Capacitación en IA para Empleados Públicos de la Provincia de San Luis. Dicha formación estará orientada a la incorporación y aplicación práctica de herramientas de Inteligencia Artificial en la función pública, promoviendo su uso eficiente, ético y responsable.-

SEGUNDA: OBLIGACIONES. LA UNIVERSIDAD, se obliga a poner a disposición los recursos humanos académicos y operativos necesarios para el desarrollo de la capacitación, incluyendo docentes especialistas, tutores y equipos de coordinación y seguimiento; asimismo, dispondrá de la plataforma educativa institucional, los contenidos, materiales didácticos y herramientas tecnológicas necesarias para el cursado. EL MINISTERIO, por su parte, se obliga a participar en la articulación operativa requerida para la implementación del Programa y, particularmente, en el proceso de inscripción mediante el desarrollo del sitio WEB y del circuito tecnológico de postulación, en coordinación con LA UNIVERSIDAD.-

TERCERA: COSTO. El desarrollo y dictado del Programa de Capacitación en IA previsto en el presente instrumento tendrá un cupo máximo de TRES MIL (3.000) participantes y un costo per cápita de PESOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($36.500,00) por participante. Finalizado el período de inscripción y validada la nómina de inscriptos por ambas instituciones quedará determinado el monto total, que en concepto de aporte no reintegrable, se autoriza a transferir a LA UNIVERSIDAD para la ejecución de la actividad.-

CUARTA: ESTRUCTURA ACADÉMICA. LAS PARTES acuerdan que la propuesta se desarrollará bajo modalidad a distancia (virtual), con una carga horaria total de VEINTISIETE (27) horas reloj distribuidas en NUEVE (9) clases que se desarrollaran en aproximadamente DOS (2) meses. El trayecto comprende cinco módulos: Módulo 0, Nivelación en Herramientas de Ofimática; Módulo 1, Introducción a la Inteligencia Artificial; Módulo 2, ¿Cómo comunicarse con la Inteligencia Artificial?; Módulo 3, Espacios de trabajo con IA; y Módulo 4, Gestión inteligente del conocimiento con Gemini Notebook. Finalmente, el recorrido culmina con una actividad integradora orientada a aplicar los aprendizajes a una situación concreta del ámbito donde cumple funciones el participante.-

QUINTA: METODOLOGÍA. LAS PARTES acuerdan que la metodología combinará instancias sincrónicas y asincrónicas. Cada semana contempla DOS (2) horas de trabajo sincrónico, integradas por una clase plenaria a cargo de docentes especialistas y una instancia de Trabajo Guiado con Tutores, además de UNA (1) hora de trabajo autónomo en el aula virtual institucional. Para ello, se prevé el uso de Zoom, Google Meet y la plataforma educativa E-ducativa, junto con micro contenidos, actividades prácticas, autoevaluaciones y materiales de apoyo orientados a la aplicación de la IA en tareas propias de la función pública.-

SEXTA: RÉGIMEN DE APROBACIÓN. LAS PARTES acuerdan establecer para la aprobación de la capacitación una asistencia mínima del SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) a los encuentros sincrónicos, la aprobación de las evaluaciones obligatorias de los módulos con un mínimo del SESENTA POR CIENTO (60%) de aciertos y la aprobación de la Actividad Integradora. De este modo, la propuesta articula la adquisición de conocimientos con su aplicación práctica y con criterios de uso ético, seguro y responsable de la información.-

SÉPTIMA: PLAZO. El presente Convenio Específico tendrá una vigencia de UN (1) año, contado a partir de su homologación, renovándose mediante acuerdo de partes por idéntico periodo, el cual será homologado por Decreto del Poder Ejecutivo.-

OCTAVA: CONFIDENCIALIDAD. LAS PARTES se comprometen a mantenerla confidencialidad de la información intercambiada.-

NOVENA: RESPONSABLES. LAS PARTES designarán cada una a sus responsables operativos para que actúen en forma conjunta en la articulación de las acciones operativas necesarias para la ejecución del programa, sin perjuicio de las competencias propias de las áreas técnicas, administrativas y legales intervinientes. Ello, con el objeto de garantizar una coordinación directa entre ambas instituciones, circunscripta a la implementación y seguimiento de las acciones acordadas, sin alterar los términos y condiciones del convenio ni generar compromisos económicos adicionales, designando por el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública al señor Yamil Abrahin, quien se desempeña en el cargo de Director de Recursos Humanos , y por la Universidad de La Punta, al señor Cristian Nicolás Sindoni Proto, quien se desempeña como Secretario Académico de la misma.-

DÉCIMA: ASISTENCIA RECÍPROCA. Para un adecuado cumplimiento de lo acordado, LAS PARTES se comprometen a asistir a las reuniones que convoquen a tal efecto, brindar colaboración recíproca y asistirse técnicamente con sus conocimientos cuando sea necesario.-

DÉCIMA PRIMERA: RESCISIÓN. Cualquiera de las partes podrá rescindir unilateralmente el presente convenio comunicando por escrito a la otra parte con una anticipación de TREINTA (30) días corridos.-

En caso de una rescisión de esta índole, los trabajos en ejecución deberán continuar hasta su finalización.-

DÉCIMA SEGUNDA: DOMICILIO LEGAL Y JURISDICCIÓN. LAS PARTES constituyen domicilio legal en sus respectivos domicilios ya denunciados, donde serán válidos todas las notificaciones, intimaciones y emplazamientos, que allí se realicen. Asimismo, LAS PARTES manifiestan que llevarán a cabo de buena fe todas las acciones derivadas del presente Convenio, por lo que pondrán todo su empeño para el debido cumplimiento del mismo. En caso de desacuerdos o desinteligencias, se comprometen a resolverlos directa y voluntariamente entre ellas con las instancias jerárquicas que correspondan o en su caso se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.-

En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes se firman dos (2) ejemplares del presente Convenio Específico de igual tenor y a un mismo efecto, en el lugar y fecha de su celebración.-

DECRETO Nº 12691-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8130284/26, mediante el cual la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita homologación de Convenios de Práctica Laboral Rentada; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTAMP 1020183/26, la mencionada Dirección ha solicitado la homologación de los convenios suscriptos, informando que las prácticas resultan necesarias para mantener la continuidad de la producción de datos estadísticos y la actualización de las series estadísticas provinciales;

Que los Convenios de Práctica Laboral Rentada, obrantes en act. DOCEXT 1620062/26, se encuentran suscriptos entre el señor HÉCTOR ADOLFO ROMERO ALANIZ, D.N.I. N° 12.699.633, en su carácter de Director Provincial de Estadísticas y Censos, y los señores: AGUERO SOFIA AYELEN, D.N.I. Nº 41.773.565; AGUIRRE LUCAS NAHUEL, D.N.I. Nº 41.087.654; DIGREGORIO JORGE RAUL, D.N.I. Nº 11.852.317, LOPEZ LUCIANA, D.N.I. Nº 41.253.822, LOPEZ MARLENE IVONNE, D.N.I. Nº 36.415.907, MICELI RAMIREZ CAMILA GIANNELLA, D.N.I. Nº 43.222.905, PANELO JULIETA BELEN, D.N.I. Nº 37.640.993, PEREYRA MATIAS EMANUEL, D.N.I. Nº 37.639.824, ROJAS SURRACO SILVIA VICTORIA, D.N.I. Nº 29.186.333, SANTILLAN MAURO EZEQUIEL, D.N.I. Nº 41.200.814 y SOSA ELIANA CAROLINA, D.N.I. Nº 35.475.052;

Que en la cláusula segunda se establece el monto que percibirán los practicantes en concepto de estímulo por el desarrollo de su práctica laboral y en la cláusula quinta la vigencia de los Convenios;

Que en act. DOCEXT 1615483/26, obra detalle cálculo efectuado para la determinación de la reserva de fondos destinada a la cobertura de la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (A.R.T.), a fin de garantizar la protección de los practicantes; se adjunta agregada Póliza Digital N° 4964712, emitida por la Federación Patronal Seguros S.A.U., C.U.I.T. N° 33-70736658-9;

Que por act. NOTAMP 1021741/26 se informa saldo disponible para ampliación de recurso PROGRAMA ESTADISTICO NACIONAL”;

Que en act. PREV 11611965/26 obra comprobante de imputación preventiva;

Que en act. RCRE 11612845/26 obra reserva de crédito correspondiente;

Que en act. PTPREC 57988/26 obra Solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CON 72/100 ($15.656.978,72), debidamente conformada por la autoridad competente, donde se consignan las partidas presupuestarias a ampliar;

Que mediante act. INFORM 448040/26 ha tomado debida intervención la Dirección de Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Arts. 9° y 10º de la Ley VIII-0253-2025;

Que en act. ACTPAS 1743011/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1028841/26 Contaduría General de la Provincia ha tomado intervención, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la homologación de los Convenios de Práctica Laboral Rentada;

Que en act. DICFIS 178887/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts 9° y 10º de la Ley VIII-0253-2025, y exceptuarlo de las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:

Ampliar:

1- Recursos de la Administración Central

1- Recursos Corrientes

7- Transferencias corrientes

8- De la Administración Central Nacional

15- Programa Estadístico Nacional $13.804.146,19

Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe

1 11 26 54 4-04 5 1 $15.656.978,72

Disminuir:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 11 26 54 4-04 3 $1.852.832,53

Art. 4º.- Disponer que, las partidas y los recursos a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-

Art. 5º.- Homologar los Convenios de Práctica Laboral Rentada celebrados entre la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, y las personas que seguidamente se detallan, obrantes en act. DOCEXT 1620062/26 del EXD-0-8130284/26:

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I. Nº

AGUERO SOFIA AYELEN

41.773.565

AGUIRRE LUCAS NAHUEL

41.087.654

DIGREGORIO JORGE RAUL

11.852.317

LOPEZ LUCIANA

41.253.822

LOPEZ MARLENE IVONNE

36.415.907

MICELI RAMIREZ CAMILA GIANNELLA

43.222.905

PANELO JULIETA BELEN

37.640.993

PEREYRA MATIAS EMANUEL

37.639.824

ROJAS SURRACO SILVIA VICTORIA

29.186.333

SANTILLAN MAURO EZEQUIEL

41.200.814

SOSA ELIANA CAROLINA

35.475.052

Art. 6º.- Imputar el gasto a la siguiente partida presupuestaria:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Importe

1 11 26 54 4-04 5 1 $20.398.713,00

Art. 7º.- Incluir el presente gasto en la Programación Financiera del mes en curso.-

Art. 8º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 9º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 10º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección Provincial de Estadísticas y Censos y por su intermedio al Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.) y a los practicantes.-

Art. 11.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 12.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12692-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4240443/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 5094-MHIP-2026, de fecha 20 de mayo de 2026, se designó con carácter suplente, a partir del 21 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente ROMINA DEBORA PEREYRA, D.N.I N° 29.652.095, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 357 “Máximo Camargo”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles;

Que teniendo en cuenta que la vacante se produce con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular, EUGENIA DEL PILAR CORIA, según Decreto Nº 2348-ME-2026, corresponde rectificar el Art. 2º del Decreto Nº 5094-MHIP-2026, disponiendo la designación a partir del 21 de abril de 2026 inter dure la licencia de la docente titular;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Rectificar el Art. 2º del Decreto Nº 5094-MHIP-2026, de fecha 20 de mayo de 2026, el que quedará redactado de la manera que a continuación se indica:

“Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 21 de abril de 2026 inter dure la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular, EUGENIA DEL PILAR CORIA, a la docente ROMINA DEBORA PEREYRA, D.N.I N° 29.652.095, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 357 “Máximo Camargo”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles”.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12693-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060166/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente RICARDO CARLOS EZEQUIEL HORKY y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 3862166/26 y 3872925/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente RICARDO CARLOS EZEQUIEL HORKY, D.N.I. Nº 40.180.843, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 4487-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1734999/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 31 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181506/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 31 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino RICARDO CARLOS EZEQUIEL HORKY, D.N.I. Nº 40.180.843, en TRES (3) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12694-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060275/26, por el cual tramita la designación de la docente NADIA SOLEDAD OSUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente suplente MARIA CELESTE PALACIO, según Decreto N° 11224-MHIP-2026 y la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada de la docente titular, DEOLINDA PATRICIA RIOS, según Decreto N° 3610-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente NADIA SOLEDAD OSUNA, D.N.I. Nº 30.736.291, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3862369/26 y 1626852/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 04 de agosto de 2026 e inter dure la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada de la docente titular, DEOLINDA PATRICIA RIOS, a la docente NADIA SOLEDAD OSUNA, D.N.I. Nº 30.736.291, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12695-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8030917/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente JANET TALIA GONZALEZ BAUTISTA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3858801/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente JANET TALIA GONZALEZ BAUTISTA D.N.I. Nº 39.952.350, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ADRIANA LOPEZ MUÑOZ, según Decreto Nº 8078-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, de la docente JANET TALIA GONZALEZ BAUTISTA D.N.I. Nº 39.952.350, de suplente a interina, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática en 6to año 3ra división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12696-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6190966/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ANGELICA MODON, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 1 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular SUSANA GRACIELA DIAZ GUIÑAZU, D.N.I. N° 20.134.298, según Decreto N° 4174-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIA ANGELICA MODON, D.N.I. Nº 36.672.873, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en acts. DOCEXT 3822938/26 y 3878032/26 (adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de junio de 2026, a la docente MARIA ANGELICA MODON, D.N.I. Nº 36.672.873, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 1 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12697-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8040683/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente BELEN ALEJANDRA HEREDIA AGUIAR, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3859855/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente BELEN ALEJANDRA HEREDIA AGUIAR D.N.I. Nº 36.877.685, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ADRIANA LOPEZ MUÑOZ, según Decreto Nº 8078-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, de la docente BELEN ALEJANDRA HEREDIA AGUIAR D.N.I. Nº 36.877.685, de suplente a interina, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática en 6to año 1ra división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12698-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6221078/26, por el cual tramita la designación del docente GUSTAVO NAHUEL MESTRES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina JORGELINA CARLA AVILA, D.N.I. N° 30.043.344, según Decreto N° 19606-MHIP-2025, cubierto por excepcionalidad según Decreto N° 21164-MHIP-2025; se torna necesario designar, al docente GUSTAVO NAHUEL MESTRES, D.N.I. Nº 39.991.410, en CINCO (5) hs. catedra de Música, 3 hs. en 1er. año única división y 2 hs. en 2do. año única división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3877646/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 19 de junio de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente GUSTAVO NAHUEL MESTRES, D.N.I. Nº 39.991.410, en CINCO (5) hs. catedra de Música, 3 hs. en 1er. año única división y 2 hs. en 2do. año única división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12699-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7031143/26, por el cual tramita la designación de la docente NORMA BETIANA CHIAVASSA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 28 “General Juan Martin de Pueyrredón”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular MARCELO GABRIEL DURAN, D.N.I. N° 17.290.231, según Decreto Nº 4263-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente NORMA BETIANA CHIAVASSA, D.N.I. Nº 26.078.033, en CINCO (5) hs. catedra de Apreciación de los Sistemas de Información Típicos, en 6to. año 1ra. división, Sector Informática, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3835893/26 y 1633987/26 (adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 01 de julio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 01 de julio de 2026, a la docente NORMA BETIANA CHIAVASSA, D.N.I. Nº 26.078.033, en CINCO (5) hs. catedra de Apreciación de los Sistemas de Información Típicos, en 6to. año 1ra. división, Sector Informática, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 28 “General Juan Martin de Pueyrredón”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12700-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7200253/26, por el cual tramita la designación de la docente MACARENA IVANA DANNA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza – aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales a las necesidades educativas provinciales.

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0009-DRH-2026, de la docente interina, ELIANA TERESA TORRES, se torna necesario designar a la docente MACARENA IVANA DANNA D.N.I. Nº 37.152.033, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3885616/26 y 1626489/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18° de Ley Nº XV-0387-2004, su Decreto reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 27 de julio de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, a la docente MACARENA IVANA DANNA D.N.I. Nº 37.152.033, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12701-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8030947/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente JOSE JULIAN ROLDAN, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3858833/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente JOSE JULIAN ROLDAN D.N.I. Nº 42.141.970, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ADRIANA LOPEZ MUÑOZ, según Decreto Nº 8078-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, del docente JOSE JULIAN ROLDAN D.N.I. Nº 42.141.970, de suplente a interino, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 2do año 1ra división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12702-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7240184/26, por el cual se tramita la Baja de Oficio de la docente SILVIA PATRICIA MALDONADO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3849368/26, 3904925/26 y ACTPAS 1725159/26, obran: notas de aclaración elevadas por la Directora del establecimiento sobre la docente MALDONADO SILVIA PATRICIA, D.N.I. N° 18.355.648, situación de revista, copia del decreto Nº 8018-MHP-2021 de designación y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1725161/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 21 de diciembre de 2023;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer la Baja de Oficio, a partir del 21 de diciembre de 2023, de la docente SILVIA PATRICIA MALDONADO, D.N.I. N° 18.355.648, en UN (1) cargo suplente de Maestra Especial de Plástica, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 320 “Nicolás Avellaneda”, de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín.-

Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3°.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12703-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7280729/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA LUZ TONINI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina GRACIELA BEATRIZ RODRIGUEZ COPA, D.N.I. N° 34.607.862, según Decreto N° 8511-MHIP-2026; se torna necesario designar, a la docente MARIA LUZ TONINI, D.N.I. Nº 16.839.814, en TRES (3) hs. catedra de Tecnología en 1er. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3853077/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de julio de 2026, a la docente MARIA LUZ TONINI, D.N.I. Nº 16.839.814, en TRES (3) hs. catedra de Tecnología en 1er. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12704-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9091116/26, por el cual tramita la designación del docente ENZO NAHUEL ROMERO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina MARIA ANGELICA ARRIETA, según Decreto Nº 10746-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente ENZO NAHUEL ROMERO, D.N.I. Nº 38.762.132, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3896341/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 7 de septiembre de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 7 de septiembre de 2026, al docente ENZO NAHUEL ROMERO, D.N.I. Nº 38.762.132, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12705-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6150056/26, por el cual tramita el reconocimiento de servicios de la docente VANESA PAULA SOTELO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 17833-ME-2025 y 183-ME-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente VANESA PAULA SOTELO, D.N.I. Nº 24.429.533, en DOCE (12) horas cátedra de Lengua, en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;

Que en acts. DOCEXT 3818442/26, 3872009/26 y 1632882/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de junio de 2026 y constancia de cese de fecha 6 de agosto de 2026;

Que en act. PASEDU 3861885/26 obra informe emitido por la Dirección Gestión Educativa dependiente del Ministerio de Educación;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados desde el 3 de junio de 2026 hasta el 6 de agosto de 2026, por la docente VANESA PAULA SOTELO, D.N.I. Nº 24.429.533, en DOCE (12) horas cátedra de Lengua, en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo N° 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12706-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6250342/26, por el cual tramita la designación de la docente ELAINE MERCEDES TORRES CHILLEMI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 11655-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ELAINE MERCEDES TORRES CHILLEMI, D.N.I. Nº 32.039.418, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3827274/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 16 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 16 de junio de 2026, a la docente ELAINE MERCEDES TORRES CHILLEMI, D.N.I. Nº 32.039.418, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12707-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8180484/26, por el cual tramita la designación de la docente MAIRA MARCELA BENENTE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 187 “José Hernández”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente titular MARIA DEL VALLE PAEZ, según Resolución N° 2516-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente MAIRA MARCELA BENENTE, D.N.I. Nº 43.222.152, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3872616/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 18 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026 o finalización de la licencia por accidente de trabajo de la docente titular MARIA DEL VALLE PAEZ, lo que acontezca primero, a la docente MAIRA MARCELA BENENTE, D.N.I. Nº 43.222.152, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 187 “José Hernández”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12708-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200717/26, por el cual tramita la designación de la docente GISELA IVANA LUCERO y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 4“Juan Tulio Zabala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0013-DRRHH-2026, de la docente suplente, DAIANA GISEL ANDRADA, se torna necesario designar, a la docente GISELA IVANA LUCERO, D.N.I. Nº 32.916.000, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en acts. DOCEXT3875617/26, 3893170/26 y 1628705/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el18 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, a la docente GISELA IVANA LUCERO, D.N.I. Nº 32.916.000, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zabala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12709-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8030440/26, por el cual tramita la designación de la docente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente titular, CARINA ZULEMA CRAVERO, según Resolución N° 1950-DRRHH-2026, y renuncia por razones particulares de la docente suplente, MELANIE AIXA AGUILAR RIVAROLA, según Decreto N° 4742-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, D.N.I. Nº 31.342.760, en TRES (3) horas catedra de Comunicación, Cultura y Sociedad, en 4to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3858449/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 30 de julio de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular CARINA ZULEMA CRAVERO, se torna necesario designar a la docente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, D.N.I. Nº 31.342.760, en TRES (3) horas catedra de Comunicación, Cultura y Sociedad, en 4to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12710-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080638/26, por el cual tramita la designación del docente ALEJANDRO RAMON PATTI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, del docente titular DANIEL JUAN SALOMONE, según Resolución N° 3163-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente ALEJANDRO RAMON PATTI, D.N.I. Nº 21.857.026, en CUATRO (4) horas catedra de Matemática, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3894108/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia por razones de salud del docente titular DANIEL JUAN SALOMONE, al docente ALEJANDRO RAMON PATTI, D.N.I. Nº 21.857.026, en CUATRO (4) horas catedra de Matemática, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12711-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8031228/26, por el cual tramita la designación del docente CHRISTIAN MAXIMILIANO VERA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente suplente ESTEBAN LIONEL SANCHEZ, D.N.I. N° 24.434.265, según Decreto N° 11139-MHIP-2026, y por jubilación de la docente interina ANGELA VERONICA PONCE, D.N.I. N° 24.490.535, según Decreto N° 2784-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente CHRISTIAN MAXIMILIANO VERA, D.N.I. Nº 35.728.406, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Música, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3883669/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de julio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de julio de 2026, al docente CHRISTIAN MAXIMILIANO VERA, D.N.I. Nº 35.728.406, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Música, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12712-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7220668/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente SANDRA ANALIA DIAZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3847308/26 y 3868045/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente SANDRA ANALIA DIAZ, D.N.I. Nº 31.900.984, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 3249-MHP-2021 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1734460/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181518/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina SANDRA ANALIA DIAZ, D.N.I. Nº 31.900.984, en TRES (3) horas catedra de Geografía en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12713-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8270557/26, por el cual tramita la designación del docente CARLOS FEDERICO BARRIO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina NATALIA RASPO, D.N.I. N° 28.826.876, según Decreto N° 11288-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente, CARLOS FEDERICO BARRIO, D.N.I. Nº 28.373.943, en CUATRO (4) hs. cátedra de Tecnología de los Materiales en 5to. año 1ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3895296/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de agosto de 2026, al docente CARLOS FEDERICO BARRIO, D.N.I. Nº 28.373.943, en CUATRO (4) hs. cátedra de Tecnología de los Materiales en 5to. año 1ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12714-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9090219/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA NATIVIDAD BERGALLO y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1631387/26, y ACTPAS 1747044/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA NATIVIDAD BERGALLO, D.N.I. Nº 20.492.812, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del decreto N° 4667-MC-2004 de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1747039/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de octubre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de octubre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA NATIVIDAD BERGALLO, D.N.I. Nº 20.492.812, en UN (1) cargo titular de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en el Centro Educativo N° 10 “Ramiro Podetti”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12715-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9010765/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente ESTELA ISABEL GUTIERREZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1624766/26 y ACTPAS 1741567/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente ESTELA ISABEL GUTIERREZ, D.N.I. N° 17.146.147, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 3433-MHyOP-2012, 3506-MHP-2011 de titularización y fotocopia de D.N.I. de la docente;

Que en act. ACTPAS 1740910/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de septiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de septiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente ESTELA ISABEL GUTIERREZ D.N.I. N° 17.146.147, en UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Actividades Prácticas, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 2 “Bernardino Rivadavia” y UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Plástica, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Juan Manuel de Rosas”, ambos establecimientos educativos, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12716-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7031147/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente BETIANA ELIZABETH SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1618163/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente BETIANA ELIZABETH SOSA, D.N.I. Nº 25.924.288, formulario de cese, copias de Decretos Nº 3721-MHP-2022, 6436-MHP-2022 y 7872-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 444746/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 22 de julio de 2026;

Que en act. INFSUM 181375/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 22 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina BETIANA ELIZABETH SOSA, D.N.I. Nº 25.924.288, en CUATRO (4) horas cátedra de Derecho Constitucional en 4to. año única división, CUATRO (4) horas cátedra de Introducción al Derecho en 3er. año única división y TRES (3) horas cátedra de Ciencias Políticas en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12717-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4211179/26, acumulado el EXD-0000-7281450/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3853719/26 obra nota mediante la cual la Dirección de la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, solicita la rectificación del Decreto Nº 6466-MHIP-2026, de fecha 17 de junio de 2026, debido a que por error la docente TAMARA RAQUEL MONCALERO, D.N.I. Nº 39.476.657, fue designada con carácter excepcional hasta fin del ciclo lectivo 2026, correspondiendo designarla con carácter interino, en virtud de la renuncia por jubilación de la docente titular SANDRA BIBIANA SOSA y teniendo en cuenta la documentación obrante en act. DOCEXT 3766394/26;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Rectificar el Art. 2º del Decreto Nº 6466-MHIP-2026, de fecha 17 de junio de 2026, quedando redactado de la manera que a continuación se indica:

“Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de abril de 2026, a la docente TAMARA RAQUEL MONCALERO, D.N.I. Nº 39.476.657, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón”.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12718-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8210842/26, por el cual tramita la designación de la docente ARIANA LUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0056-DRRHH-2026, de la docente interina DANIELA BELEN CORIA, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente ARIANA LUNA,D.N.I. Nº41.095.981, en DOS (2) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3877054/26, NOTEDU 3894349/26 y DOCEXT 1629659/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 20 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, a la docente ARIANA LUNA, D.N.I. Nº 41.095.981, en DOS (2) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12719-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8030935/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente ALDANA BELEN CAÑETE, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3858819/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente ALDANA BELEN CAÑETE D.N.I. Nº 39.385.791, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular e interina ADRIANA LOPEZ MUÑOZ, según Decreto Nº 8078-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, de la docente ALDANA BELEN CAÑETE D.N.I. Nº 39.385.791, de suplente a interina, en DOCE (12) horas cátedra de Matemática, 6 hs. en 1er. año 4ta. división y 6 hs. en 1er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12720-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8241255/26, por el cual tramita la designación del docente MAXIMILIANO EMANUEL CHAHER; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de renuncia por jubilación de la docente titular, LAURA MONICA SUHRING según Decreto N° 7911-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a el docente, MAXIMILIANO EMANUEL CHAHER, D.N.I. N° 29.830.603, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 5to. año 2da. división y 3 hs. en 6to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3879040/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 24 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de agosto de 2026, a el docente MAXIMILIANO EMANUEL CHAHER D.N.I. N° 29.830.603, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 5to. año. 2da. división y 3 hs. en 6to. año. 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12721-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5290920/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA EUGENIA BOERIS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 267 “Gobernador Eriberto Mendoza”, de la localidad de Potrero de los Funes, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente titular MARIA CECILIA AUTINO, según Resolución N° 3165-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente MARIA EUGENIA BOERIS, D.N.I. Nº 26.503.984, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3803931/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 26 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026 o finalización de la licencia por accidente de trabajo de la docente titular MARIA CECILIA AUTINO, lo que acontezca primero, a la docente MARIA EUGENIA BOERIS, D.N.I. Nº 26.503.984, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 267 “Gobernador Eriberto Mendoza”, de la localidad de Potrero de los Funes, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12722-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7220511/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente NATALIA ELISABET ALVAREZ NUÑEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3847038/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente NATALIA ELISABET ALVAREZ NUÑEZ, D.N.I. Nº 31.417.511, formulario de cese, copia de Decreto de reubicación Nº 3605-ME-2020 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 444130/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 26 de julio de 2026;

Que en act. INFSUM 181193/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 26 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente NATALIA ELISABET ALVAREZ NUÑEZ, D.N.I. Nº 31.417.511, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 2do. año 2da. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 28 “General Juan Martín de Pueyrredón”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Príngles. -

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12723-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9090914/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente PATRICIA MABEL PUEBLA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1629712/26 y ACTPAS 1746985/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente PATRICIA MABEL PUEBLA, D.N.I. Nº 20.499.797, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 6610-ME-2023, de reubicación definitiva, 2337-ME-2024, de titularización, 9999-MHyOP-2014, de traslado definitivo y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1747005/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de octubre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de octubre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente PATRICIA MABEL PUEBLA, D.N.I. Nº 20.499.797, en VEINTIUN (21) horas cátedra titulares de Biología, (3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división, 3 hs. en 2do. año 3ra. división, 3 hs. en 2do. año 5ta. división, 3 hs. en 3er. año 4ta. división, 3 hs. en 3er. año 5ta. división), CUATRO (4) horas cátedra titulares de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, SEIS (6) horas cátedra titulares de Formación para la Vida y el Trabajo, (3 hs. en 5to. año única división, 3 hs. en 6to. año única división), CUATRO (4) horas cátedra titulares de Ambiente y Desarrollo Social en 6to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Doctor Carlos Alric”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12724-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060679/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente CLAUDIA ALEJANDRA VISCONTI, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1609372/26,1625985/26 y ACTPAS 1729832/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente CLAUDIA ALEJANDRA VISCONTI, D.N.I. Nº 17.352.777, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 4342-SGG-2001, de designación, 4667-MC-2004, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1729835/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de agosto de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente CLAUDIA ALEJANDRA VISCONTI, D.N.I. Nº 17.352.777, en NUEVE (9) horas cátedra titulares de Técnicas de Gestión, (3 hs. en 5to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 2da. división, 3 hs. en 5to. año 3ra. división), Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 10 “Ramiro Podetti”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12725-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7280148/26, por el cual tramita la designación de la docente CARINA NOEMI AGUERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 184 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, del docente titular JUAN MARCELO SULJIC, según Resolución N° 2083-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente CARINA NOEMI AGUERO, D.N.I. Nº 23.498.359, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3868257/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 03 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026 o finalización de la licencia por accidente de trabajo del docente titular JUAN MARCELO SULJIC, lo que acontezca primero, a la docente CARINA NOEMI AGUERO, D.N.I. Nº 23.498.359, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 184 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12726-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7020033/26, por el cual tramita la designación de la docente BARBARA JANET AGÜERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza – aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales a las necesidades educativas provinciales.

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0007-DRH-2026, de la docente titular MIRTA CRISTINA MATURANO, se torna necesario designar a la docente BARBARA JANET AGÜERO, D.N.I. Nº 37.494.818, en DOS (2) horas catedra de Educación Artística – Perfil Artes Visuales, en 6to. año 2da. división, Orientación Arte- Artes Visuales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3833455/26 y 3889341/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18° de Ley Nº XV-0387-2004, su Decreto reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 24 de junio de 2026 y hasta el 21 de noviembre de 2026, a la docente BARBARA JANET AGÜERO, D.N.I. Nº 37.494.818, en DOS (2) horas catedra de Educación Artística –Perfil Artes Visuales, en 6to. año 2da. división, Orientación Arte- Artes Visuales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12727-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6241313/26, por el cual tramita la designación de la docente VERONICA SUSANA ROSALES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Comercio N° 10 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 183-ME-2025 y 2778-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente VERONICA SUSANA ROSALES, D.N.I. Nº 35.105.873, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Danza, en 2do. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3826894/26 y DOCEXT 3877532/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 02 de junio de 2026, a la docente VERONICA SUSANA ROSALES, D.N.I. Nº 35.105.873, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Danza, en 2do. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Comercio N° 10 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12728-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4060780/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente DEBORA PAMELA FLORES y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 3749365/26 y 3889029/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente DEBORA PAMELA FLORES, D.N.I. Nº 33.632.712, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 7715-MHP-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 441545/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de abril de 2026;

Que en act. INFSUM 180951/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina DEBORA PAMELA FLORES, D.N.I. Nº 33.632.712, en TRES (3) horas cátedra de Marketing e Imagen Personal, en 7mo. año 1ra. división, Sector Química, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12729-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060486/26, por el cual tramita la designación de la docente ROCIO AYELEN ECHEGARAY PELAYES y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 38 “Marie Curie”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº0023-DRRHH-2026, de la docente titular, MARIA BELEN SOLJAN, se torna necesario designar, a la docente ROCIO AYELEN ECHEGARAY PELAYES, D.N.I.Nº39.886.334, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3862606/26, 1618332/26, 1618321/26, 1618324/26 y 3883846/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N°1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 30 de julio de 2026 y hasta el 3 de diciembre de 2026, a la docente ROCIO AYELEN ECHEGARAY PELAYES, D.N.I. Nº 39.886.334, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 38 “Marie Curie”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12730-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8030963/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente LUCIA DEL CARMEN BENITEZ GIMENEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3858842/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente LUCIA DEL CARMEN BENITEZ GIMENEZ, D.N.I. Nº 34.182.504, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ADRIANA LOPEZ MUÑOZ, según Decreto Nº 8078-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, de la docente LUCIA DEL CARMEN BENITEZ GIMENEZ, D.N.I. Nº 34.182.504, de suplente a interina, en DIEZ (10) horas cátedra de Matemática, 5 hs. en 3er. año 4ta. división y 5 hs. en 3er. año 5ta. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12731-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060735/26, por el cual tramita la designación de la docente ROMINA PAOLA SALINAS OJEDA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular SANDRA BIOLE, D.N.I. N° 17.301.647, según Decreto N° 6796-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ROMINA PAOLA SALINAS OJEDA, D.N.I. Nº 28.091.804, en TRES (3) hs. catedra de Química, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3862868/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 29 de julio de 2026, a la docente ROMINA PAOLA SALINAS OJEDA, D.N.I. Nº 28.091.804, en TRES (3) hs. catedra de Química, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12732-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4060744/26, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente SABRINA AYNELEN DONOSO, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0005-DRRHH-2026, de la docente, MARIA ALDANA PEREYRA, suplente de la docente interina, MONICA ALEJANDRA LEAL, reubicada por Decreto N° 6466-MHyOP-2015, se torna necesario reconocer los servicios prestados con carácter excepcional por la docente SABRINA AYNELEN DONOSO D.N.I. Nº 38.221.406, en DOS (2) horas cátedra de Geografía Económica, en 3er. año 2da. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3749240/26 y DOCEXT 3774138/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 06 de abril de 2026;

Que en act. ACTPAS 1749584/26, la Subdirección Recursos Humanos Docentes, presta conformidad al presente reconocimiento de prestación de servicios;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados con carácter excepcional, desde el 06 de abril de 2026 y hasta el 02 de agosto de 2026, por la docente SABRINA AYNELEN DONOSO D.N.I. Nº 38.221.406, en DOS (2) horas cátedra de Geografía Económica en 3er. año 2da. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12733-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3150090/23, acumulado el EXD-0000-9071334/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 3789-MHP-2023, de fecha 10 de mayo de 2023, se designó con carácter interino, al docente CLAUDIO DENIS VILLACORTA YUKIC, D.N.I. Nº 36.973.554, en el Colegio N° 22 “José Manuel Estrada”, de la localidad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy;

Que dicho establecimiento educativo se encuentra ubicado en la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy, por lo que corresponde rectificar el Art. 2º del Decreto Nº 3789-MHP-2023;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Rectificar el Art. 1º del Decreto Nº 3789-MHP-2023, de fecha 10 de mayo de 2023, quedando redactado de la manera que a continuación se indica:

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de marzo de 2023, al docente CLAUDIO DENIS VILLACORTA YUKIC, D.N.I. Nº 36.973.554, en SEIS (6) horas cátedra de Física, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división y TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año única división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 22 “José Manuel Estrada”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy”.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12734-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7231036/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente CAMILA BELEN COPPOLA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTAMP 1009487/26 y 1018391/26 (Adjunto), obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente CAMILA BELEN COPPOLA, D.N.I. Nº 42.959.903, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 8554-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 446143/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 23 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181517/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 23 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina CAMILA BELEN COPPOLA, D.N.I. Nº 42.959.903, en CUATRO (4) horas catedra de Lengua y Cultura Extranjera Ingles en 1er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 267 “Gobernador Eriberto Mendoza”, de la localidad de Potrero de los Funes, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12735-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200874/26, por el cual tramita la designación de la docente FABIANA SOLEDAD VILLEGAS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino JORGE LUCAS SOSA GODOY, D.N.I. N° 26.941.540, según Decreto N° 11126-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente FABIANA SOLEDAD VILLEGAS, D.N.I. Nº 24.348.445, en DOS (2) hs. catedra de Química en 3er. año 1ra. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3875793/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 18 de agosto de 2026, a la docente FABIANA SOLEDAD VILLEGAS, D.N.I. Nº 24.348.445, en DOS (2) hs. catedra de Química en 3er. año 1ra. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12736-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8051334/26, por el cual tramita la designación del docente OSCAR FEDERICO ALAGIA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular ALBERTO LUJAN MUIÑA, según Decreto Nº 5714-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente OSCAR FEDERICO ALAGIA, D.N.I. Nº 22.786.625, en CUATRO (4) horas cátedra de Cálculo y Diseño Mecánico, en 6to. año 3ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3861758/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 28 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de julio de 2026, al docente OSCAR FEDERICO ALAGIA, D.N.I. Nº 22.786.625, en CUATRO (4) horas cátedra de Cálculo y Diseño Mecánico, en 6to. año 3ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12737-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6251209/26, por el cual tramita la designación del docente JUAN MANUEL SANTOS CELI PRETI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 6 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente interina-titular YENY EVANGELINA YURCHAG SANTANDER, según Resolución N° 4704-DRRHH-2025, se torna necesario designar al docente JUAN MANUEL SANTOS CELI PRETI, D.N.I. Nº 23.483.992, en TRES (3) horas catedra de Taller de Granja, en 2do. año 1ra. división y CINCO (5) horas catedra de Producción de Bovinos para Carne, en 4to. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3827776/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 16 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 16 de junio de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026 o finalización de la licencia por accidente de trabajo de la docente interina-titular YENY EVANGELINA YURCHAG SANTANDER, lo que acontezca primero, al docente JUAN MANUEL SANTOS CELI PRETI, D.N.I. Nº 23.483.992, en TRES (3) horas catedra de Taller de Granja, en 2do. año 1ra. división y CINCO (5) horas catedra de Producción de Bovinos para Carne, en 4to. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 6 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12738-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8101003/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIA DE LAS MERCEDES LOPEZ MORENO y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3866445/26 obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIA DE LAS MERCEDES LOPEZ MORENO D.N.I. Nº 27.088.646, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente interino CARLOS LUIS VELTRI, según Decreto Nº 7194-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de julio de 2026, de la docente MARIA DE LAS MERCEDES LOPEZ MORENO D.N.I. Nº 27.088.646 de suplente a interina, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er año 2da división y CUATRO (4) horas cátedra de Geometría y Matemática en 4to año 2da división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12739-MHIP-2026.-

San Luis, 24 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9110358/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA CLAUDIA CARRANZA y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1631365/26, y ACTPAS 1746938/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA CLAUDIA CARRANZA, D.N.I. Nº 21.005.711, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 11358-MHyOP-2014 de traslado definitivo, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1746953/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de octubre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de octubre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA CLAUDIA CARRANZA, D.N.I. Nº 21.005.711, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 6 “Crecer Jugando”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL

DECRETO Nº 12741-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9080360/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó la nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 439566/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto N° 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117446/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria VALENZUELA KAREN MICAELA, D.N.I. N° 46.409.048, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en acts. DOCEXT 438585/26, DOCEXT 439479/26 y DOCEXT 439435/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105362/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030990/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179294/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones Nº 52-SPH-2025 y Nº 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a la señora VALENZUELA KAREN MICAELA, D.N.I. N° 46.409.048.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto N° 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de Villa Mercedes.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12742-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9080360/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó la nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 439566/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto N° 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117446/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria QUIROGA HILDA FANNY, D.N.I. N° 22.190.661, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en acts. DOCEXT 438585/26, DOCEXT 439479/26, DOCEXT 439435/26 y DOCEXT 440577/26 obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105362/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030990/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179294/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones Nº 52-SPH-2025 y Nº 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a la señora QUIROGA HILDA FANNY, D.N.I. N° 22.190.661.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto N° 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de Villa Mercedes.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12743-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9080360/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó la nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 439566/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto N° 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117446/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria GOMEZ ROSANA PAOLA, D.N.I. N° 30.973.609, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en acts. DOCEXT 438585/26, DOCEXT 439479/26 y DOCEXT 439435/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105362/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030990/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179294/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones Nº 52-SPH-2025 y Nº 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a la señora GOMEZ ROSANA PAOLA, D.N.I. N° 30.973.609.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto N° 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de Villa Mercedes.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12744-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9080360/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó la nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 439566/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto N° 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117446/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación al beneficiario MEDERO MIGUEL IGNACIO, D.N.I. N° 42.991.189, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en acts. DOCEXT 438585/26, DOCEXT 439479/26 y DOCEXT 439435/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105362/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030990/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179294/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones Nº 52-SPH-2025 y Nº 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, al señor MEDERO MIGUEL IGNACIO, D.N.I. N° 42.991.189.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con el adjudicatario mencionado en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto N° 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de Villa Mercedes.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12745-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9080360/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resoluciones N° 02-SPH-2026, se aprobó la nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 439566/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto N° 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117446/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria MARTIN ELSA VERONICA, D.N.I. Nº 35.315.761, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en acts. DOCEXT 438585/26, DOCEXT 440398/26, ACTPAS 1750179/26, DOCEXT 439479/26 y DOCEXT 439435/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105362/26, obra intervención dela Asesoría Legal delaSecretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030990/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179294/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones Nº 52-SPH-2025 yNº 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a la señora MARTIN ELSA VERONICA, D.N.I. Nº 35.315.761. -

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto N° 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y la Municipalidad de la ciudad de Villa Mercedes.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12746-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9080360/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resoluciones N° 02-SPH-2026, se aprobó la nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 439566/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto N° 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117446/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria MARDONE MARIELA GISELA ROSANA, D.N.I. Nº 35.884.103, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en acts. DOCEXT 438585/26, DOCEXT 440398/26, ACTPAS 1750179/26, DOCEXT 439479/26 y DOCEXT 439435/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act.DICTAM 105362/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030990/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179294/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones Nº 52-SPH-2025 y Nº 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a la señora MARDONE MARIELA GISELA ROSANA, D.N.I. Nº 35.884.103. -

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto N° 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y la Municipalidad de la ciudad de Villa Mercedes.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12747-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9080360/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resoluciones N° 02-SPH-2026, se aprobó la nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 439566/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto N° 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117446/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria URQUIZA DAHYANA MARICEL, D.N.I. Nº 40.484.808, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en acts. DOCEXT 438585/26, DOCEXT 440398/26, ACTPAS 1750179/26, DOCEXT 439479/26 y DOCEXT 439435/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act.DICTAM 105362/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030990/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179294/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones Nº 52-SPH-2025 y Nº 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a la señora URQUIZA DAHYANA MARICEL, D.N.I. Nº 40.484.808. -

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto N° 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y la Municipalidad de la ciudad de Villa Mercedes.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12748-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria GARIN MELINA VANESA SOLEDAD, D.N.I. N° 46.072.704, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26, DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° I-0970 y Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora GARIN MELINA VANESA SOLEDAD, D.N.I. N° 46.072.704.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la Ciudad de San Luis.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12749-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria CUELLO BLANCA ROSA, D.N.I. N° 29.232.337, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley Nº I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y N° 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora CUELLO BLANCA ROSA, D.N.I. N° 29.232.337.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la ciudad de San Luis. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12750-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080325/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117510/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria ZARATE MARIANA EMILIA, D.N.I. N° 37.638.388, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N°I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y N° 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora ZARATE MARIANA EMILIA, D.N.I. N° 37.638.388.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la ciudad de San Luis. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12751-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria SOSA MICAELA AYELEN, D.N.I. N° 41.682.455, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26, DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° I-0970-2017 y Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora SOSA MICAELA AYELEN, D.N.I. N° 41.682.455.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la Ciudad de San Luis.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12752-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria ZEBALLOS VERONICA SOLEDAD, D.N.I. N° 38.439.091, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° I-0970-2017 y Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora ZEBALLOS VERONICA SOLEDAD, D.N.I. N° 38.439.091.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la Ciudad de San Luis.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12753-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria SOBEJANO IARA ANAHI, D.N.I. N° 54.000.283, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° I-0970-2017 y V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora SOBEJANO IARA ANAHI, D.N.I. N° 54.000.283.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la Ciudad de San Luis.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12754-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria VILLARROEL FLORENCIA MELINA, D.N.I. N° 39.396.910, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26, DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° I-0970-2017 y Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora VILLARROEL FLORENCIA MELINA, D.N.I. N° 39.396.910.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la Ciudad de San Luis.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12755-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria PARRA MIRANDA VALENTINA FATIMA, D.N.I. N° 40.937.884, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° I-0970 y Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en act. DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora PARRA MIRANDA VALENTINA FATIMA, D.N.I. N° 40.937.884.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la Ciudad de San Luis.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12756-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria CORIA POLLIOTTI MARIA DEL MAR, D.N.I. N° 41.298.446, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y N° 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora CORIA POLLIOTTI MARIA DEL MAR, D.N.I. N° 41.298.446.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la ciudad de San Luis. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12757-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria YACANTO VEGA GIULIANA MICAELA, D.N.I. N° 39.433.245, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y N° 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora YACANTO VEGA GIULIANA MICAELA, D.N.I. N° 39.433.245.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la ciudad de San Luis. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12758-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria GARRO ARIANA AYLEN, D.N.I. N° 41.920.439, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley Nº I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N°I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y N° 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora GARRO ARIANA AYLEN, D.N.I. N° 41.920.439.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la ciudad de San Luis. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12759-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080399/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 02-SPH-2026, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 31 de marzo del año 2026, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 439567/26, obra copia de Acta N° 101 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117444/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria IRAMAIN GIOVANA RENEE, D.N.I. N° 38.750.526, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en acts. DOCEXT 438621/26, DOCEXT 440403/26, ACTPAS 1748916/26, DOCEXT 439482/26 y DOCEXT 439437/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105394/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031609/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley Nº I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 02-SPH-2026;

Que en DICFIS 179404/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 y N° 02-SPH-2026.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora IRAMAIN GIOVANA RENEE, D.N.I. N° 38.750.526.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionado en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la ciudad de San Luis. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12760-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080406/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que por Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria Resolución N° 92-SPH-2025, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de Paso Grande, departamento General San Martín;

Que en act. DOCEXT 439642/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117470/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria PÁEZ NARIANA SOLEDAD, D.N.I. N° 40.484.596, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de Paso Grande, departamento General San Martín;

Que en acts. DOCEXT 438685/26, ACTPAS 440419/26, ACTPAS 1747956/26, DOCEXT 439484/26 y DOCEXT 439438/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105333/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030494/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria, Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en DICFIS 179372/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025, N° 91-SPH-2025 y N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de Paso Grande, departamento General San Martín, provincia de San Luis, a la señora PÁEZ NARIANA SOLEDAD, D.N.I. N° 40.484.596.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de Paso Grande. -

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12761-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080406/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que por Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria Resolución N° 92-SPH-2025, se aprobó nómina de sorteables por Localidad y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de Paso Grande, departamento General San Martín;

Que en act. DOCEXT 439642/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117470/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria ARRIETA YOHANA ANABEL, D.N.I. N° 38.439.470, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de Paso Grande, departamento General San Martín;

Que en acts. DOCEXT 438685/26, DOCEXT 440419/26, ACTPAS 1747956/26, DOCEXT 439484/26 y DOCEXT 439438/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105333/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030494/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y, Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria, Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en DICFIS 179372/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025, N° 91-SPH-2025 y N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de Paso Grande, departamento General San Martín, provincia de San Luis, a la señora ARRIETA YOHANA ANABEL, D.N.I. N° 38.439.470.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de Paso Grande. -

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12762-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080413/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 91 y su rectificatoria Resolución N° 92-SPH-2025, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 439635/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117474/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria SILVA MARIANA BELEN, D.N.I. N° 36.681.916, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho;

Que en acts. DOCEXT 438693/26, DOCEXT 440477/26, DOCEXT 439486/26, DOCEXT 439441/26, ACTPAS 1748909/26 y ACTPAS 1750220/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105363/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030981/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resoluciones N° 52-SPH-2025, N° 91-SPH-2025 y N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179297/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025, N° 91-SPH-2025 y N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, provincia de San Luis, a la señora SILVA MARIANA BELEN, D.N.I. N° 36.681.916.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de San Francisco del Monte de Oro. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12763-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080413/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 91 y su rectificatoria Resolución N° 92-SPH-2025, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 439635/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117474/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria ECHENIQUE YANINA NOEMI, D.N.I. N° 38.473.433, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho;

Que en acts. DOCEXT 438693/26, DOCEXT 440477/26, DOCEXT 439486/26, DOCEXT 439441/26, ACTPAS 1748909/26 y ACTPAS 1750220/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105363/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030981/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025, Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179297/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025, N° 91-SPH-2025 y N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, provincia de San Luis, a la señora ECHENIQUE YANINA NOEMI, D.N.I. N° 38.473.433.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de San Francisco del Monte de Oro. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12764-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080413/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que por Resolución N° 91 y su rectificatoria Resolución N° 92-SPH-2025, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho;

Que en act. DOCEXT 439635/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117474/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria ORTIZ MARIA EMILCE, D.N.I. N° 32.723.615, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho;

Que en acts. DOCEXT 438693/26, DOCEXT 440477/26, DOCEXT 439486/26, DOCEXT 439441/26, ACTPAS 1748909/26 y ACTPAS 1750220/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105363/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030981/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025, Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179297/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025, N° 91-SPH-2025 y N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, provincia de San Luis, a la señora ORTIZ MARIA EMILCE, D.N.I. N° 32.723.615.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de San Francisco del Monte de Oro. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12765-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080423/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 91 y su rectificatoria Resolución N° 92-SPH-2025, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 439650/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117482/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación al beneficiario AGUILERA VICTOR VICENTE, D.N.I. N° 23.187.116, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco;

Que en acts. DOCEXT 438698/26, ACTPAS 1748890/26, DOCEXT 439489/26, DOCEXT 439450/26 y DOCEXT 440373/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105339/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030987/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y, Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria, Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179298/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025, Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria, Resolución N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco, provincia de San Luis, al señor AGUILERA VICTOR VICENTE, D.N.I. N° 23.187.116.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con el adjudicatario mencionado en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de Cortaderas.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12766-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080423/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que, por Resolución N° 91 y su rectificatoria Resolución N° 92-SPH-2025, se aprobó nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los tramites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 439650/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117482/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones habitacional, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria BATET MARIA EUGENIA, D.N.I. N° 27.597.092, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco;

Que en acts. DOCEXT 438698/26, ACTPAS 1748890/26, DOCEXT 439489/26 y DOCEXT 439450/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105339/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaria de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1030987/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en la dispuesto de la Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025 y, Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria, Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179298/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025, Resolución N° 91-SPH-2025 y su rectificatoria, Resolución N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco, provincia de San Luis, a la señora BATET MARIA EUGENIA, D.N.I. N° 27.597.092.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con la adjudicataria mencionada en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de Cortaderas.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12767-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080246/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 439751/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117497/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria ROMERO CAROLINA DEL VALLE, D.N.I. N° 37.132.702, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco;

Que en acts. DOCEXT 438701/26, DOCEXT 439761/26, DOCEXT 439762/26, ACTPAS 1748937/26 y ACTPAS 1750981/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105386 /26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. DOCEXT 1031621/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025, Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179445/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco, provincia de San Luis, a la señora beneficiaria ROMERO CAROLINA DEL VALLE, D.N.I. N° 37.132.702.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con el adjudicatario mencionado en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de Villa del Carmen. –

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12768-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080246/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 439751/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117497/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria ABALLAY SILVIA FLORENCIA CELESTE, D.N.I. N° 46.399.955, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco;

Que en acts. DOCEXT 438701/26, DOCEXT 439761/26 y DOCEXT 439762/26, ACTPAS 1748937/26 y ACTPAS 1750981/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105386/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031621/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025, Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179445/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco, provincia de San Luis, a la señora beneficiaria ABALLAY SILVIA FLORENCIA CELESTE, D.N.I. N° 46.399.955.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con el adjudicatario mencionado en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de Villa del Carmen. –

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12769-MDH-SPH-2026.-

San Luis, 25 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9080246/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la Provincia, en el marco de la normativa vigente;

Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto N° 5668-MDH-2026;

Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;

Que de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;

Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;

Que del sorteo efectuado en fecha 26 de diciembre del año 2025, se obtuvo la nómina de sorteados correspondiente a la modalidad Autoconstrucción Asistida por la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 439751/26, obra copia de Acta N° 859 de Sorteo Público de Viviendas y Autoconstrucción Asistida del Plan “TENEMOS FUTURO”;

Que la autoridad de aplicación, ha dado curso a la verificación de datos y procesado la documentación respaldatoria pertinente requerida a los sorteados, a fin de valorar la observancia de las condiciones necesarias para ser beneficiario del Plan Tenemos Futuro - Programa Autoconstrucción Asistida, establecidas en el decreto de creación y la ley vigente;

Que mediante Decreto Nº 5668-MDH-2026 se aprobó el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales de la modalidad de Autoconstrucción, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”;

Que en act. NOTAB 100117497/26, obra intervención de la Dirección de Soluciones Habitacionales, explicitando que se encuentran dadas las condiciones para la adjudicación a la beneficiaria TORRES MARTHA ISABEL, D.N.I. N° 28.357.548, en el marco del “Plan Tenemos Futuro” Programa Autoconstrucción Asistida, en la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco;

Que en acts. DOCEXT 438701/26, DOCEXT 439761/26, DOCEXT 439762/26, ACTPAS 1748937/26 y ACTPAS 1750981/26, obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos correspondientes por parte de los beneficiarios y su grupo familiar;

Que en act. DICTAM 105386/26, obra intervención de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;

Que en act. NOTAMP 1031621/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente casoen lo dispuesto en la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto N° 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026, Resolución N° 52-SPH-2025, Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025;

Que en act. DICFIS 179445/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de la Ley N° I-0970-2017, Ley N° V-1165-2025, Decreto Nº 4094-MDH-2025, Decreto N° 5668-MDH-2026 y en las Resoluciones N° 52-SPH-2025 Resolución N° 91-SPH-2025 y Resolución N° 92-SPH-2025.-

Art. 2º.- Adjudicar un Módulo Habitacional correspondiente a la Modalidad de Autoconstrucción Asistida, en el marco del Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, en la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco, provincia de San Luis, a la señora TORRES MARTHA ISABEL, D.N.I. N° 28.357.548.-

Art. 3º.- Autorizar al señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y al señor Secretario de Estado de Política Habitacional, a suscribir, en representación del Estado Provincial, con el adjudicatario mencionado en el artículo precedente, el CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES PROGRAMA AUTOCONSTRUCCION ASISTIDA PLAN “TENEMOS FUTURO” conforme al modelo aprobado en el Decreto Nº 5668-MDH-2026.-

Art. 4º.- Por intermedio del Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Soluciones Habitacionales, Dirección de Gestión Habitacional, Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Ministerio de Desarrollo Humano y Municipalidad de la localidad de Villa del Carmen. –

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Pablo Torres

Gustavo Antonio Bertolini

María Eugenia Sosa Herrera

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SECRETARÍA DE DEPORTE

DECRETO Nº 11173-SGG-SD-2026.-

San Luis, 27 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8180990/26 y el Decreto N° 6085-SGG-SD-2026 que conforma la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte; y,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario designar al Jefe del Área Coordinación Administrativa de la Dirección de Deporte Comunitario dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Jefe de Área Coordinación Administrativa de la Dirección de Deporte Comunitario dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, al señor JUAN SANTIAGO NATEL HONORATO, D.N.I. N° 35.768.561.-

Art. 2º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado. -

Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA

DECRETO Nº 12843-SGG-SLyT-2026.-

San Luis, 29 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9010035/26; y,

CONSIDERANDO:

Que es propósito homologar Convenio de Práctica Laboral Rentada, entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la Abog. NATALIA SOLEDAD CARRANZA, D.N.I. N° 30.244.135, en su carácter de Secretaria de Estado Legal y Técnica, por una parte y el Sr. PABLO ADOLFO MUÑOZ D.N.I. N° 23.707.107, obrante en act. DOCEXT 105455/26;

Que la Cláusula Primera del Convenio citado, establece el lugar donde prestará servicio el practicante, y la Cláusula Segunda la remuneración mensual que percibirá y forma de pago;

Que la Cláusula Sexta establece la vigencia del Convenio, renovable por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, desde el día 01 de octubre del año 2026 hasta el día 31 de diciembre del año 2026;

Que en act. PREV 11615116/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS UN MILLON SETECIENTOS MIL CINCUENTA CON 50 /100 ($1.700.050,50);

Que en act. ACTPAS 1742792/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, sin formular objeción al trámite;

Que por act. NOTAMP 1025681/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia.

Que en act. DICFIS 178318/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Homologar, a partir del 1 de octubre y hasta el 31 de diciembre del año 2026, el Convenio de Práctica Laboral Rentada suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la Abog. NATALIA SOLEDAD CARRANZA, D.N.I. N° 30.244.135, en su carácter de Secretaria de Estado Legal y Técnica, por una parte y el Sr. PABLO ADOLFO MUÑOZ D.N.I. N° 23.707.107, obrante en act. DOCEXT 105455/26 del EXD-0-9010035/26.-

Art. 2°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 10 40 01 06 1-01 5 1 4 $1.700.050,50

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Legal y Técnica, Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Natalia Soledad Carranza

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

DECRETO Nº 12848-SGG-ST-2026.-

San Luis, 29 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9180141/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 6088-SGG-ST-2026 se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;

Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Revisación Técnica Obligatoria (R.T.O.), dependiente de la Dirección de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte, al señor JAVIER AGUSTIN BECERRA, D.N.I. N° 29.426.459;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JAVIER AGUSTIN BECERRA, D.N.I. N° 29.426.459 en el cargo de Jefe de Área Revisación Técnica Obligatoria (R.T.O.), dependiente de la Dirección de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte.-

Art. 2°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12849-SGG-ST-2026.-

San Luis, 29 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9141374/26, y;

CONSIDERANDO:

Que el aporte de fondos es de vital importancia para el sostenimiento, mantenimiento y efectivo funcionamiento del Sistema de Transporte Público de Pasajeros Urbano de las Municipalidades de San Luis, Villa Mercedes y Villa de Merlo, asegurando el traslado de los estudiantes a los establecimientos educativos;

Que la Provincia consideró oportuno otorgar un subsidio a las municipalidades mencionadas precedentemente, como parte del plan estratégico del gobierno, con la cobertura del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del costo del boleto, reafirmando su compromiso con la educación;

Que este subsidio busca beneficiar a los estudiantes, apoyando su desarrollo académico y personal;

Que en act. NOTAB 100117082/26 la Dirección de Transporte y Fiscalización tramita el otorgamiento de un subsidio a las Municipalidades de San Luis, Villa Mercedes y Villa de Merlo, en concepto de Boleto Estudiantil Gratuito, correspondiente al período Agosto 2026;

Que en act. PREV 11633340/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción del duodécimo por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL SESCIENTOS CON 00/100 ($251.228.600,00);

Que en act. DICTLE 10541/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;

Que en act. NOTAMP 1028543/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento de los subsidios conforme lo solicitado, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178851/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2°.- Otorgar un subsidio, con la cobertura del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del costo del boleto, a las Municipalidades de San Luis, Villa Mercedes y Villa de Merlo, en concepto de Boleto Estudiantil Gratuito, correspondiente al período Agosto 2026, con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia, conforme el siguiente detalle:

MUNICIPALIDAD

C.U.I.T. N°

CORTE DE BOLETO

TARIFA PLANA

IMPORTE (50% cobertura) AGOSTO 2026

SAN LUIS

30-64311665-7

229.732

$1.000,00 (tarifa vigente hasta el día 25 de agosto de 2026)

$152.105.600,00

62.066

$1.200,00 (tarifa actualizada a partir del día 26 de agosto de 2026)

VILLA MERCEDES

30-67347229-6

130.340

$1.500,00

$97.755.000,00

VILLA DE MERLO

30-58422997-3

4.560

$600,00

$1.368.000,00

TOTAL

$251.228.600,00

Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 36 37 1-01 5 7 6 $251.228.600,00

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y Fiscalización, y por su intermedio a las Municipalidades mencionadas.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12850-SGG-ST-2026.-

San Luis, 29 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9141141/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DEC 1582/25 obra Decreto N° 1582-SGG-ST-2025, de fecha 20 de febrero de 2025, mediante el cual se implementó el “Boleto Educativo Interurbano” (BEI) facilitando el acceso al servicio de transporte público interurbano con cobertura del CIEN por ciento (100%) del boleto, a los estudiantes de niveles inicial, primario y secundario que asisten a establecimientos educativos de gestión pública y privada, en localidades distintas a su residencia;

Que en act. DEC 1977/26 obra Decreto N° 1977-SGG-ST-2026, por el cual se modificó el Art. 1° del Decreto N° 1582-SGG-ST-2025, ampliando el beneficio al personal docente y no docente de los establecimientos educativos de gestión pública y privada de niveles inicial, primario y secundario;

Que en act. NOTAB 100117072/26 la Dirección de Transporte y Fiscalización tramita el otorgamiento de un subsidio a la COMISIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA NACIONAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 17 “V BRIGADA AÉREA”, C.U.I.T. N° 30-70731470-9, en concepto de “Boleto Educativo Interurbano” (BEI), correspondiente al período Agosto 2026;

Que en act. DOCEXT 1280417/26 obra documentación de la cooperadora referida;

Que en act. PREV 11633223/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($14.917.500,00);

Que en act. DICTLE 10539/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;

Que en act. NOTAMP 1028531/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del subsidio conforme lo solicitado, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 178847/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-

Art. 2°.- Otorgar un subsidio a la COMISIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA NACIONAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 17 “V BRIGADA AÉREA”, C.U.I.T. N° 30-70731470-9, en concepto de “Boleto Educativo Interurbano” (BEI), correspondiente al período Agosto 2026, el monto total de PESOS CATORCE MILLONES NOVECIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($14.917.500,00) con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia.-

Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 36 37 1-01 5 1 7 $14.917.500,00

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y Fiscalización, y por su intermedio a la cooperadora mencionada.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12851-SGG-ST-2026.-

San Luis, 29 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9141279/26 por el cual la Secretaría de Estado de Transporte tramita distribución de compensación extraordinaria para empresas de transporte público interurbano de pasajeros, y;

CONSIDERANDO:

Que el aporte de estos fondos es de vital importancia para el sostenimiento, mantenimiento y efectivo funcionamiento del Sistema de Transporte Público de Pasajeros de la Provincia;

Que en act. NOTAB 100117076/26 la Dirección de Transporte y Fiscalización solicita el otorgamiento de una compensación extraordinaria para las empresas de transporte interurbano de pasajeros en el marco del Plan Estratégico del Gobierno de la Provincia, correspondiente al período Agosto 2026;

Que en act. PREV 11633231/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción del duodécimo por la suma de PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS ONCE CON 25/100 ($415.319.411,25);

Que en act. DICTLE 10538/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte;

Que en act. NOTAMP 1027922/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento de los subsidios a las empresas y por los montos indicados, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178715/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2°.- Otorgar una compensación extraordinaria a las empresas de transporte público interurbano de pasajeros, correspondiente al período Agosto 2026, con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia, conforme el siguiente detalle:

EMPRESA

C.U.I.T. N°

AGOSTO 2026

PANAHOLMA S.R.L.

30-70764510-1

$19.585.850,82

MARIA DEL ROSARIO S.R.L.

30-70766224-3

$63.234.018,71

GRUPO MR S.R.L. (San Luis)

30-71076096-5

$132.282.659,83

PANAMERICANA S.R.L.

30-71419766-1

$112.984.000,65

JUANA KOSLAY S.R.L.

30-70903473-8

$14.982.408,05

POLO SUR S.R.L.

30-71097069-2

$58.570.942,29

BLANCA PALOMA S.R.L.

30-70078620-6

$13.679.530,90

TOTAL

$415.319.411,25

Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 36 37 1-01 5 1 9 $415.319.411,25

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y Fiscalización, y por su intermedio a las empresas mencionadas.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12852-SGG-ST-2026.-

San Luis, 29 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9071204/26, por el cual el Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO) perteneciente a la Secretaría de Estado de Transporte, tramita el otorgamiento de un Aporte no Reintegrable, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTAB 100116390/26 la Dirección Administrativa del Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO) tramita un Aporte no Reintegrable, contemplado en la Ley de Presupuesto N° VIII-0253-2025, destinado a afrontar las erogaciones previstas para el período Octubre a Diciembre del 2026;

Que en act. PREV 11627766/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción del duodécimo por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 80/100 ($171.332.993,80);

Que en act. DICTLE 10543/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;

Que en act. NOTAMP 1028566/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del aporte con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 178819/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2°.- Otorgar un Aporte no Reintegrable al Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO) dependiente de la Secretaría de Estado de Transporte, por la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 80/100 ($171.332.993,80), contemplado en la Ley de Presupuesto N° VIII-0253-2025, destinado a afrontar las erogaciones previstas para el período Octubre a Diciembre del 2026, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión, de acuerdo al detalle obrante en act. NOTAB 100116390/26 del EXD-0000-9071204/26.-

Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 38 40 1-01 5 5 2 $107.587.461,25

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 38 40 1-01 5 5 7 $63.745.532,55

Art. 4°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO).-

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 11195-MdeS-2026.-

San Luis, 27 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041458/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;

CONSIDERANDO:

Que, por expediente Nº 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;

Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Recursos Humanos Territorial perteneciente a la Dirección de Zonas Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a la señora ELIANA SILVINA ULLOA, D.N.I. Nº 27.304.438;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora ELIANA SILVINA ULLOA, D.N.I. Nº 27.304.438, en el cargo de Jefe de Área Recursos Humanos Territorial, perteneciente a la Dirección de Zonas Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-

Art. 2º.- Retener la Categoría D Planta Permanente del Escalafón General dependiente del Ministerio de Salud, a la señora ELIANA SILVINA ULLOA, D.N.I. Nº 27.304.438, inter duren las funciones asignadas en el Art.1º del presente Decreto.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12463-MdeS-2026.-

San Luis, 21 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

EXD-0000-8050848/26 y acumulados: EXD-0000-8041342/26, EXD-0000-8050666/26, EXD-0000-8050230/26 EXD-0000-8050921/26, EXD-0000-8101285/26, EXD-0000-7310574/26 EXD-0000-8030568/26, EXD-0000-8061245/26, EXD-0000-8100828/26, EXD-0000-8041039/26, EXD-0000-8040223/26, EXD-0000-8050020/26 y EXD-0000-8100290/26, mediante los cuales se gestiona el pago de horas excedentes y adicionales por guardias a profesionales médicos, bioquímicos, enfermeros y choferes del Ministerio de Salud, correspondiente al mes de julio de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 8815-MdeS-2022 rectificado mediante Decreto Nº 9833-MdeS-2022, se estableció el marco legal de horas excedentes para los profesionales médicos, bioquímicos, enfermeros y choferes del sistema de salud pública; por Decreto Nº 8820-MdeS-2022, se determinó el marco legal de los adicionales por guardias (U.G.E. y G.P.) para profesionales médicos; y a través del Decreto Nº 12108-MdeS-2024, se actualizaron los valores correspondientes a dichos conceptos;

Que, en act. DOCEXT 1628176/26, obra planilla confeccionada por la Dirección Recursos Humanos de Salud de acuerdo al detalle de horas excedentes y adicionales por guardias informadas por la Maternidad “Teresita Baigorria”, Área Movilidad, Hospital “Juan Domingo Perón”, Dirección de Epidemiologia y Bioestadística, Dirección Sistema de Emergencias Médicas Provincial (SEMPRO), Hospital Ernesto P. Borzani de Justo Daract, Hospital” Madre Catalina Rodríguez”, Centro Oncológico Integral, Dirección de Salud Mental, Ente Hospital Central “Dr. Ramon Carrillo”, Maternidad “Carlos Luco”, Subdirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera y Subdirección Atención Primaria de la Salud Departamento Juan Martin De Pueyrredon, dependientes del Ministerio de Salud, correspondientes al mes de julio de 2026, por un importe total que asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 57/100 ($469.621.651,57);

Que, en act. DICLEG 964920/26, ha dictaminado la Asesoría Legal;

Que, en act. INFORM 448534/26, la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informa las partidas presupuestarias a las que debe imputarse el gasto;

Que, en act. NOTAMP 1023995/26, Contaduría General de la Provincia presta conformidad a las partidas presupuestarias indicadas;

Que, en act. DICFIS 177966/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado, dictaminando que no tiene objeciones legales que formular;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aprobar el pago de horas excedentes y adicionales por guardias a los profesionales médicos, bioquímicos, enfermeros y choferes que cumplieron funciones dentro del sistema de salud pública, durante el mes de julio de 2026, conforme ANEXO I que forma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:

Inst. Jur. U.E. F.F. C. Prog. Inc. Importe Total

1 13 20 1-01 36 1 -

1 13 11 1-01 23 1 -

1 13 27 1-01 43 1 -

1 13 31 1-01 48 1 -

1 13 21 1-01 37 1 -

1 13 34 1-01 52 1 -

1 13 24 1-01 40 1 -

1 13 26 1-01 42 1 -

1 13 32 1-01 49 1 -

1 13 16 1-01 29 1 -

1 13 19 1-01 35 1 -

- - - - - - $469.621.651,57

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-

Art. 5º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Maternidad “Teresita Baigorria”, Área Movilidad, Hospital “Juan Domingo Perón”, Dirección de Epidemiologia y Bioestadística, Dirección Sistema de Emergencias Médicas Provincial (SEMPRO), Hospital Ernesto P. Borzani de Justo Daract, Hospital “ Madre Catalina Rodríguez”, Centro Oncológico Integral, Dirección de Salud Mental, Ente Hospital Central “Dr. Ramon Carrillo”, Maternidad “Carlos Luco”, Subdirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera y Subdirección Atención Primaria de la Salud Departamento Juan Martin De Pueyrredón y a través de la Dirección Recursos Humanos de Salud, notificar a los interesados.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO I

MATERNIDAD “TERESITA BAIGORRIA”

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER. / MOD.

MONTO A LIQUIDAR

BARRIENTOS REBECA SOLANGE

27-32989399-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

26

-

$309.303,02

BUSTO NATALIA DANIELA

27-35316816-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

10

$428.265,60

CABRERA CARLOS CESAR

20-27052420-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

90

-

$1.070.664,30

DE LA TORRE SOSA FLORENCIA GIULIANA

27-38750689-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

10

$428.265,60

GAITAN YANINA URSULA

23-31377035-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

9

$385.439,04

GARCÍA JUAN MANUEL

20-27880301-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

10

$428.265,60

GIANNINI CLAUDIA MARIELA

27-20326810-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

38

-

$452.058,26

GIUBERGIA FEDERICO

20-24585028-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

12

-

$142.755,24

GONZALEZ BORDON TAMARA DEOLINDA

27-37640915-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

52

-

$618.606,04

MASIERO YEMINA ANGELICA

27-27596257-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

52

-

$618.606,04

MENZIO MONICA CLAUDIA

27-21403155-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

9

-

$107.066,43

MOLINA MARIANA EMILIA

27-32633532-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

26

-

$309.303,02

OBREGON MARIA DE LOS ANGELES

27-33238230-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

30

-

$356.888,10

PIGUILLEM GABRIELA

27-21382238-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

17

-

$202.236,59

PUGLIESE LUCIA

27-38647768-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

6

-

$71.377,62

ROLANDO NATALIA RITA

27-24106511-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

30

-

$356.888,10

SENOR VARINEA

27-32476773-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

20

-

$237.925,40

SERRAINO MARIA BELEN

27-32537436-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

8

-

$95.170,16

TABOADA LOPEZ WILLIAMS

20-94116939-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

57

-

$678.087,39

UCHINO MÓNICA NOEMÍ

27-26897872-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

9

$385.439,04

VIVES IVANA CARINA

27-26791236-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

66

-

$785.153,82

ZAMBRANA MARIN STIVEN ISRRAEL

20-94050591-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

11

$471.092,16

TOTAL IMPORTES

$8.938.856,57

MEDICOS – SERVICIO DE TRASLADO NEONATALES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CASTRO LUNA ANA MARIA

23-28349221-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

$1.427.552,40

MASIERO YEMINA ANGELICA

27-27596257-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

$1.427.552,40

MOLINA MARIANA EMILIA

27-32633532-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

$1.427.552,40

SENOR VARINEA

27-32476773-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

$1.427.552,40

TABOADA LOPEZ WILLIAMS

20-94116939-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

$1.427.552,40

VIVES IVANA CARINA

27-26791236-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

$1.427.552,40

TOTAL IMPORTES

$8.565.314,40

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AGUILAR MÓNICA PATRICIA

27-17524332-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

50

$322.244,50

ALDAYA MARIA YSABEL

27-26712397-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

35

$225.571,15

ANIÑIR ANIÑIR LUIS PATRICIO

23-94133789-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

ANTES LORENA DEL ROSARIO

27-26677924-6

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

BLANCO ERICA NOEMI

27-23492888-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

60

$386.693,40

CAPITONI JESICA VANESA

23-32185919-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

MOLINA DANIEL ALBERTO

20-30151526-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

18

$116.008,02

OLGUIN PATRICIA VALERIA

27-26388143-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

12

$77.338,68

PELAEZ NORMA EVELINA ELISABET

27-31086375-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

RODRIGUEZ LIDIA NOEMI

27-16511447-2

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

12

$77.338,68

SANDOVAL MARISA BELÉN

27-34182977-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

VALDEZ FACUNDO EMMANUEL

20-33888452-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

18

$116.008,02

GATICA LUCIA MABEL

27-36415894-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

37

$238.460,93

IBACETA XIMENA GISEL

23-33461529-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

18

$116.008,02

LUCERO DAIANA ESTEFANIA

27-34715570-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

PIZARRO ADRIANA DEL VALLE

23-32633561-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

6

$38.669,34

TOTAL IMPORTES

$2.255.711,50

ENFERMEROS – SERVICIO DE TRASLADO NEONATALES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CANDIA CECILIA NOEMI

27-27831344-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

CASTILLO LAURA VANESA

27-31031363-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

DOMINGUEZ ANDREA LORENA

27-30024865-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

LUCERO ESTEBAN ELEAZAR

20-28091851-3

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

LUCERO NACHAR MARTIN GASTON

20-29049909-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

RIVEROS OSCAR DAVID

20-28841778-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

TORRES VILLAR BERTA ELINA

27-30157348-6

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

TOTAL IMPORTES

$4.511.423,00

CHOFERES - SERVICIO DE TRASLADO NEONATALES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CHAVEZ JULIO DANIEL

20-35196847-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

120

$687.483,60

COCERES VICTOR ANDRES

20-23046864-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

120

$687.483,60

GIMENEZ ROQUE DAVID

20-22852381-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

120

$687.483,60

LEDEZMA ROBERTO CARLOS

20-23707596-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

120

$687.483,60

STAMPANONI DANIEL JESUS

20-22140117-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

120

$687.483,60

TOTAL IMPORTES

$3.437.418,00

AREA MOVILIDAD

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

DOMINGUEZ DANILO ARMANDO

20-33943525-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

31

$177.599,93

GARAY ESTEBAN ALEJANDRO

20-36415315-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

LAZARTE JULIAN JOSUÉ

20-36681945-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

64

$366.657,92

LAZARTE SANTIAGO GASTON

20-35765156-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

55

$315.096,65

LAZARTE TOMAS MIGUEL

20-16308219-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

71

$406.761,13

QUIROGA MIGUEL ANGEL

20-33888032-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

55

$315.096,65

TOTAL IMPORTES

$1.764.541,24

HOSPITAL “JUAN DOMINGO PERÓN”

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER. / MOD.

MONTO A LIQUIDAR

ACOSTA VERONICA ELISABET

27-25200759-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

AGUILERA ANGELA BELEN

27-34859052-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

AGUILERA SILVIA MABEL

23-20326937-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

AGUIRRE ANALIA

27-17745638-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

AGUIRRE MARIA FERNANDA

27-17534245-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

24

-

$285.510,48

ALAINEZ FEDERICO WALTER

20-29639265-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

72

-

$856.531,44

ALBANO NATALIA GERALDINE

27-27763658-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

ALBORNOZ FRANCO JAVIER

23-26612413-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

ALMEIDA JUAN PABLO

20-29046884-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ALVAREZ MOYA LUIS MARCELO

20-18471761-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

ANGULO PABLO EMANUEL

20-30844546-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

BALBUENA ENZO HERNAN

20-28821203-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

BARRIONUEVO DIEGO ALEJANDRO

20-24250076-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

BELTRAMONE JUAN PABLO

20-33881457-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

BENAIM LEONARDO JUAN ALBERTO

20-25199920-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

BERTAINA PABLO JAVIER

20-31324550-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

72

-

$856.531,44

BERTOLLO GEORGINA GABRIELA

27-30687341-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

BONINO GABRIELA ALEJANDRA

27-30947856-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

72

-

$856.531,44

BORDA HECTOR SEBASTIAN

20-28521477-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

14

$1.998.573,36

BORDON ALEJANDRA CAROLINA

27-29296868-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

BORGARELLO MARCOS AUGUSTO

20-34678511-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

BORGARELLO PABLO DOMINGO

20-33216488-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

BORRA MARIANELA

27-28113660-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

CABRERA SELENE

27-34968098-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

CACERES MARIA DEL CARMEN

27-27519812-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

CAMARGO CORREA RICARDO LUIS

20-22159480-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

CARENA ERNESTO DOUGLAS

20-20499713-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

CARRIZO FRANCISCO DANIEL

20-23947323-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

CAZANAVE JUAN CRUZ

20-30707613-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

72

-

$856.531,44

COMO MARIA FLORENCIA

27-28429892-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

12

$1.713.062,88

CORBALAN MARIA LAURA

27-26403452-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

CORBO ALFREDO EDUARDO

20-20150656-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

72

-

$856.531,44

CORREA NILO JULIO

20-13084622-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

CORRETTI IVAN HORACIO

20-32102389-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

CUELLAR ROXANA VALERIA

27-28744423-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

CUELLO ALEJANDRA SOFIA

27-22729674-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

DEL CASTELLO SILVIA JESSICA

27-25394709-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

DI GREGORIO CASTRO THAYDE MARIANA

27-95929909-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

DÍAZ GONZALO GASTÓN

20-29605007-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

DOMINGUEZ PABLO ALEJANDRO

20-16292951-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

48

-

$571.020,96

ELIAS DANIEL ALEJANDRO

20-27677962-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

84

-

$999.286,68

FAJARDO RAUL ALBERTO

20-26555729-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

FANTON LUIS EDUARDO

20-29156528-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

FARIAS ROMANIELLO SONIA ANDREA

27-24280671-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

FERRARI ADRIAN ALBERTO

20-29261321-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

FIGUEROA LAURA CECILIA

27-27070442-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

FIGUEROA MARIA VANINA

27-26557289-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

FLORES JUAN ARIEL

20-22003572-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

FRUTOS MARIA EMILIA

27-32002064-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

FUNES MARÍA ELIZABETH

27-18095092-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

GARAY NATALIA ALEJANDRA

27-28173336-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

GARCÍA CECILIA

27-30882098-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

GIMENEZ MARIA BELEN

27-27394445-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

GIRAUDO GALLO CAMILA

27-41298024-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

GODOY MARIA FERNANDA

27-26467794-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

GUTIERREZ EDGARDO JAVIER

20-28250486-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

HERRERA EDUARDO SEBASTIAN

20-29578549-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

72

-

$856.531,44

ITURBE GONZALO JAVIER

20-21879148-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

LEWIS ERICA VANESA

23-25872100-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

LLANOS HUMBERTO DAVID

23-26467583-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

84

-

$999.286,68

LOPEZ DAIANA ALBA

27-31047443-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

LUCERO GISELA NATALI

27-32880798-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

LUCERO DOMINGUEZ NATALIA GENOVEVA

23-30754805-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

LUGO GUILLERMO ANDRES

20-23383576-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

MARANGUELLO SILVIA ALEJANDRA

27-24719338-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

MARCOLIN GINA ADA

23-34686970-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

MAURER DARIO JAVIER

23-22413237-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

48

-

$571.020,96

MEDAGLIA JUAN RENATO

20-23390825-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

MELO MARIA ELINA

27-25048656-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

MOREYRA LLANOS GERMAN AMADEO

20-26410950-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

MÜLLER MARIA JIMENA

27-28110813-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

MURACCIOLE APDELGARIM JULIO CESAR

20-21561849-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

NUÑEZ ROSANA ANALIA

27-24719161-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

OSIMI ROMINA CECILIA

27-28125425-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

OSSANA MARIO ALBERTO

20-14251775-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

PASINI MARIA EUGENIA

27-25435988-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

PEREZ ELIZABETH TERESA

27-28851829-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PEREZ MARIA ALEJANDRA

27-29912843-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

PIANTINO CECILIA GABRIELA

23-35257973-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

72

-

$856.531,44

QUIROGA MARIANA MABEL

27-17352770-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

24

-

$285.510,48

REPETTO ANDREA CECILIA

27-25121424-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

RIVERA MERCADO JENNY FAVIANA

27-18810697-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

RODRIGUEZ MARIA LAURA

27-29096711-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

RODRIGUEZ MONTAÑEZ SINDY CECILIA

27-95892158-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

ROSSI ESTEBAN NICOLAS

23-33686716-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

SIRI MARIA INES

27-21618242-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

SOLOA CARLOS RUBEN

20-17534755-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

SORIA NOELIA SOLEDAD

27-31037778-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

TADDEI EMILIANO

20-35472252-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

TAMER MARCELO TOMÁS

20-25829307-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

TRADOTTI MARIA VALERIA

27-29140539-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

VARGAS FROILAN NORIEL ALEJANDRO

20-96065483-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

VERA ISMAEL AUGUSTO

20-41730665-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

VERDUGO MARIA SOLEDAD

27-25394084-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

10

$1.427.552,40

VILANOVA PEREZ LUDMILA

27-34440714-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

VILLATA ANA CAROLINA

27-38410767-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

TOTAL IMPORTES

$107.351.940,48

BIOQUIMICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CHIRINO CARINA VANESSA

27-27763538-6

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

GOMEZ ANALIA VERONICA

27-22103353-7

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

TOTAL IMPORTES

$1.579.545,60

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ALBRECHT MAGALI MARIA

27-30757391-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

30

$193.346,70

ALI YEHINI SUSANA

27-17698647-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

60

$386.693,40

AVILA NATALIA SOLEDAD

27-28960749-3

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

24

$154.677,36

CORDOBA EUFEMIA ESTER

27-16778588-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

40

$257.795,60

CORIA LILIANA SOLEDAD

27-36632654-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

32

$206.236,48

ESCUDERO BRAHIM SERGIO

20-39797857-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

30

$193.346,70

FREDES MYRIAM GABRIELA

27-25394365-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

27

$174.012,03

PERIALE HÉCTOR HUGO

20-16133034-6

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

76

$489.811,64

PRIETO DIONICIA SUSANA

27-21803664-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

24

$154.677,36

SOSA JORGE LUIS

20-36437354-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

18

$116.008,02

VILLAMONTE BLANCA FILOMENA

27-20326751-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

LUCERO GABRIELA ISABEL

27-21383722-8

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

32

$206.236,48

TOTAL IMPORTES

$2.764.857,81

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AVILA LUIS ESTEBAN

20-25830703-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

48

$274.993,44

GOMEZ CLAUDIO DANIEL

20-26467577-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

100

$572.903,00

RODRIGUEZ PABLO DAVID

20-28439483-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

96

$549.986,88

ROSALES DIEGO JAVIER

20-27478186-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

60

$343.741,80

SAEZ RICARDO ARIEL

20-24719339-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

96

$549.986,88

SOSA JORGE DANIEL

24-37717146-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

60

$343.741,80

TOTAL IMPORTES

$2.635.353,80

DIRECCIÓN EPIDEMIOLOGÍA Y BIOESTADÍSTICA

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

GARRO RETA DANIEL

20-30754664-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

89

$509.883,67

GARRO RETA GUILLERMO

23-28926429-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

33

$189.057,99

GIL REY JOSÉ MAXIMILIANO

20-34877108-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

85

$486.967,55

HEREDIA HECTOR ESTEBAN

20-31092835-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

28

$160.412,84

HERRERA JORGE YAMIL

20-38701488-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

87

$498.425,61

LEONE BRUNO EDGAR

20-29241086-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

52

$297.909,56

TOTAL IMPORTES

$2.142.657,22

DIRECCIÓN SISTEMA DE EMERGENCIAS MÉDICAS PROVINCIAL (SEMPRO)

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AZCURRA LILIANA YAEL

27-35134878-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

$1.142.041,92

BERNACCI MARIO HEBER

20-17129906-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

80

$951.701,60

CAMARGO CARLOS DAVID

20-32872871-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

12

$142.755,24

GUZMAN MARIANA SOLEDAD

27-26941534-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

99

$1.177.730,73

TOTAL IMPORTES

$3.414.229,49

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ABELENDA GUILLERMO ANDRES

20-92459150-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

ALANIZ FLORENCIA

20-29427637-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

99

$638.044,11

ALCARAZ RAMONA ALICIA

27-21383830-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

99

$638.044,11

ALCARAZ SONIA IVANA

27-29960300-3

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

99

$638.044,11

ALFONSO IRMA BEATRIZ

27-17752695-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

20

$128.897,80

AMARO ROSARIO DE LOS MILAGROS

27-40771124-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

84

$541.370,76

AVECILLA EMILIANO LUIS RUBEN

20-29813184-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

22

$141.787,58

AXSON GISELA VANINA

27-25015631-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

97

$625.154,33

AZCURRA ANTONIO FEDERICO

20-33757200-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

99

$638.044,11

BAEZ MARIANA CECILIA SOFIA

27-28173413-5

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

48

$309.354,72

CALDERON ANABELA INÉS

27-40938184-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

46

$296.464,94

CEBALLOS DÉBORA MABEL

27-28363864-8

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

36

$232.016,04

CHIRINO ENZO ADRIAN

20-38750450-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

29

$186.901,81

CONCHA PEDRO ADAN EDGARDO

20-34136255-6

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

99

$638.044,11

CONTRERA HECTOR DAVID

20-33287861-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

99

$638.044,11

CORIA LILIANA SOLEDAD

27-36632654-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

CORIA CASTRO ESTEBAN ABEL

20-29613384-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

DARA MARIANA LIS

23-26168963-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

ESCUDERO BRAHIM SERGIO

20-39797857-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

FERRARO MARISA NOEMI

27-28408275-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

FRIAS CAROLINA FABIANA

27-29096679-0

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

84

$541.370,76

FUNES FABIAN EMANUEL

20-38437870-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

36

$232.016,04

GIL NATALIA PAOLA

27-26508988-2

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

8

$51.559,12

GIMENEZ FABIANA LIDIA

27-22625195-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

GODOY FRANCO ALEJANDRO

20-39394128-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

99

$638.044,11

GONZALEZ MARIELA PATRICIA

27-27202067-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

24

$154.677,36

GONZALEZ CARAVACA CYNTHIA FABIANA

27-30358092-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

8

$51.559,12

GREGORI JUDITH ALEJANDRA

27-38248384-2

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

12

$77.338,68

JULIAN PRISCILA ANABEL

23-35475802-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

36

$232.016,04

LARREGAY MIGUEL ANGEL

20-36414543-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

LOPEZ SANDRA NOEMI

27-27325285-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

72

$464.032,08

LUCERO ANALIA SOLEDAD

27-28184605-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

32

$206.236,48

MAGALLANE MARIA LOURDES

27-25693838-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

MARTINCHUK CLAUDIA MARIA

27-23883622-6

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

12

$77.338,68

MAURI MABEL ANDREA

27-18540178-8

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

32

$206.236,48

MERCADO MARCOS JAVIER

20-28049396-2

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

70

$451.142,30

MIRANDA CLAUDIA CELESTE

27-29232347-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

96

$618.709,44

MIRANDA DANIEL ALEJANDRO

20-29995625-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

92

$592.929,88

MOREIRA EVELINA DAIANA

27-37638046-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

MUÑOZ ADRIANA MABEL

27-18427427-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

MUÑOZ REINOSO CINTIA VANESA

27-31199419-6

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

MURUA CLAUDIA ISABEL

27-18465472-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

72

$464.032,08

NIEVAS VERONICA GISELA

27-32066433-6

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

NINNI MAURICIO GABRIEL

20-30061767-1

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

OCHOA VIVIANA ALEJANDRA

27-31422398-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

OLIVARES MUÑOZ SOFIA MACARENA

27-39797359-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

10

$64.448,90

PAEZ LILIANA ROXANA

27-26614995-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

8

$51.559,12

PEREYRA CARINA ROSANA

27-22543699-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

50

$322.244,50

PEREYRA PEDRO DANIEL

20-27222096-5

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

99

$638.044,11

PEREYRA SARA ALEJANDRA

27-41596835-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

PEREYRA JOFRE NESTOR FABIAN

20-27877841-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

99

$638.044,11

PORTILLO MYRIAM DEOLINDA

27-26806463-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

84

$541.370,76

QUIROGA FRANCO AGUSTIN

20-37296882-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

28

$180.456,92

QUIROGA JOHANA NOEMI

27-33620375-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

65

$418.917,85

RAMIS JULIO CESAR

20-26279201-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

99

$638.044,11

ROCHA JOSE EDUARDO

23-25523233-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

40

$257.795,60

RODRIGUEZ EDUARDO EZEQUIEL

20-33567572-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

36

$232.016,04

SANCHEZ ZAPATA ANGELINA IVONNE

27-94211393-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

20

$128.897,80

SILVA MERCEDES BEATRIZ

27-31602689-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

SILVA VIOLETA BEATRIZ

27-23571000-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

72

$464.032,08

UGAS REYES CRISTIAN MAURICIO

20-94325267-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

UGAS REYES DAVID EUGENIO

20-93111916-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

80

$515.591,20

URQUIZA DANIELA FERNANDA

27-26372902-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

70

$451.142,30

VALDEZ FACUNDO EMMANUEL

20-33888452-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

VALVERDE GONZALO ALFREDO

20-33943730-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

99

$638.044,11

VIDELA ROBERTO CARLOS

20-26171469-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

VILLALBA LAURA ALEJANDRA

27-32424783-7

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

GODOY CARLOS AMADO

20-14035496-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$206.236,48

LUCERO FAVIO DARIO

20-24681667-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

56

$360.913,84

RODRIGUEZ MARCELO EDUARDO

20-20117003-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

60

$386.693,40

TOTAL IMPORTES

$25.985.796,48

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ACUÑA CARLOS AUGUSTO

23-26399169-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

72

$412.490,16

AGUERO DIEGO ALBERTO

20-27917808-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

52

$297.909,56

ALMEIDA PABLO RUBEN

23-16839711-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

ANDINO SILVIA BEATRIZ

23-22852370-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

88

$504.154,64

BASABILBASO CESAR DAMIAN

20-34700349-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

BAZAN NELSON NOEL

20-26576568-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

BERMUDEZ TOMAS ALEJANDRO

20-42017164-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

40

$229.161,20

BLANCHE PABLO ENEAS

20-32491390-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

99

$567.173,97

CARRIZO MIGUEL ANTONIO

20-30377615-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

COSENTINO ARMANDO DANIEL

20-35474612-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

CRISCITO JULIAN MATIAS ALEJANDRO

20-38749258-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

20

$114.580,60

DI LAURO SERGIO GABRIEL

23-28477821-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

DIAZ RODRIGO EMANUEL

20-35622347-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

FUNES JUAN CARLOS

20-23390873-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

99

$567.173,97

GALLI OTERO WILLIAN ALBERTO

20-25785322-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

GARRO GONZALO NICOLAS

20-40319422-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

80

$458.322,40

GIGENA TOMAS ANGEL

20-28838407-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

94

$538.528,82

GIMENEZ CLAUDIO MARCELO

20-22786426-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

GOMEZ CRISTIAN SERGIO

20-28486040-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

36

$206.245,08

GOMEZ GASTON EMILIANO

20-33136380-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

99

$567.173,97

GUIBELALDE BARRERA CRISTIAN ADRIAN

20-35198915-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

LOPEZ RAÚL

23-20414522-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

LOPEZ CAMINO KALL RODRIGO MAURICIO

20-35916991-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

MANSILLA JUAN CARLOS

20-27074478-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

44

$252.077,32

MARTINEZ GUSTAVO ADOLFO

20-25625085-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

MARTINEZ LUIS RAÚL

20-24620793-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

MERCAU FLAVIO GERMAN

23-28486048-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

MONTANI MARTIN

20-31347204-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

MONTAÑEZ MARCELO ANIBAL

20-22438272-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

50

$286.451,50

MORAN NICOLAS DARIO

20-29954001-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

MORENO DIEGO ANGEL CRISTIAN

20-26213766-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

MOYANO JUAN GABRIEL

20-33757451-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

ORELLANO LUCAS MATIAS

20-31479426-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

16

$91.664,48

OZUBKO ALEJANDRO TOMAS

20-31863448-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

PAEZ HECTOR ALEJANDRO

20-26915357-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

56

$320.825,68

PAONE JOSE ALBERTO

20-24711737-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

99

$567.173,97

PARRA OLMEDO GUILLERMO ABEL

20-31365703-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

PEDERNERA NELSON JOSE

20-35475422-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

44

$252.077,32

PELLEGRINO GIULIANO ANDRES

20-35767978-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

56

$320.825,68

PEREYRA OSVALDO DAVID

20-25870556-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

40

$229.161,20

PEREYRA RUBEN ADRIAN

20-26214753-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

44

$252.077,32

PEREZ PLAZA MANUEL ALBERTO

23-93030101-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

99

$567.173,97

PIRACÉS IGLESIAS CARLOS FEDERICO

20-25565431-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

72

$412.490,16

ROSALES ALEJANDRO JAVIER

20-27143620-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

48

$274.993,44

ROSALES DANIEL GASTON

20-34921752-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

72

$412.490,16

ROSELLO JUAN MANUEL

20-37611441-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

72

$412.490,16

SANCHEZ MARTIN

20-23523670-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

20

$114.580,60

SANCHEZ ROBERTO MARIO

24-23637937-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

85

$486.967,55

SEADE ABEL AUGUSTO

20-31996482-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

SEPULVEDA KEVIN LIONEL

20-37177037-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

16

$91.664,48

SESE GABRIEL HERNAN

20-30677548-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

SORIA ENZO NAHUEL

20-36415111-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

68

$389.574,04

SORIA JULIO WALTER RAMON

20-25132573-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

16

$91.664,48

SOSA LUIS DAMIAN

20-17311064-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

SOSA WALTER JESUS

23-29887548-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

9

$51.561,27

SUAREZ MARIO FEDERICO

23-29232144-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

99

$567.173,97

TORREZ CHAVEZ VICTOR ABEL

20-31047749-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

VELEZ RAMIREZ LUCAS NAHUEL

20-44075155-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

36

$206.245,08

VIDELA EDGAR FRANCISCO

20-25166098-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

99

$567.173,97

TOTAL IMPORTES

$17.273.025,45

HOSPITAL ERNESTO P. BORZANI de JUSTO DARACT

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

GOMEZ JUAN CRISOSTOMO

20-17328559-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

48

$571.020,96

SOSA CELESTE SOLEDAD

27-40842656-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

38

$452.058,26

VELAZQUEZ SANTIAGO DANIEL

20-32518962-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

87

$1.034.975,49

TOTAL IMPORTES

$2.058.054,71

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CHACON MARCIA GRACIANA

27-27868685-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

4

$25.779,56

CHAVEZ LUCAS EZEQUIEL

20-37106786-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

40

$257.795,60

DÍAZ MIRIAN GRACIELA SEGUNDA

27-24199907-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

43

$277.130,27

GUERRERO VARGAS DAMIAN ARIEL

20-33671000-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

90

$580.040,10

PERALTA VERÓNICA CECILIA

23-35551888-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

QUIROGA MENICHETTI TATIANA NEREA

27-35551803-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

35

$225.571,15

RODRIGUEZ MARIA CECILIA

27-28771821-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

90

$580.040,10

VIALE NATALIA VANESA

27-32164862-8

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

40

$257.795,60

TOTAL IMPORTES

$2.436.168,42

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AVEIRO CESAR OMAR

20-14520218-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

15

$85.935,45

BARROSO PEDRO JOSÉ

20-25668361-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

51

$292.180,53

GUIBELALDE JOSE ADRIAN

20-22062057-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

90

$515.612,70

GUIBELALDE BARRERA CRISTIAN ADRIAN

20-35198915-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

63

$360.928,89

VIALE HUGO ORLANDO

23-27953714-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

63

$360.928,89

TOTAL IMPORTES

$1.615.586,46

HOSPITAL “ MADRE CATALINA RODRÍGUEZ”

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER. / MOD

MONTO A LIQUIDAR

ACOSTA MARIA SOLEDAD

23-28357089-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

ALLENDE EDUARDO MARCELO

20-36145815-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

ALMENA NAZARENA

27-35989817-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

ALONSO GIMENA CARLA

27-26824328-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

7

$999.286,68

ARAMBURU JUAN MANUEL

20-30145244-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

BRAZZOLA MARIA ROMINA

27-28952953-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

BUCHANAN MATIAS HUGO

20-31212531-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

BUSTO MARIA VANESA

27-26983676-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

CERUTTI ESTEBAN ANDRES

24-28973693-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

CIERRA DARIO RAUL

20-20941300-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

DEBUC PABLO ARIEL

20-30254538-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

ESPINOSA JOFRE MARIA LAURA

27-23947109-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

FERNANDEZ MARIELA SOLEDAD

27-26089022-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

GALLI ULISES

20-37209690-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

HAGEL JULIETA

23-31343497-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

HAMZE NATALIA

27-32372073-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

5

$713.776,20

HERNANDEZ JULIAN

20-25025263-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

5

$713.776,20

JUAN MIGUEZ JAVIER SEBASTIAN

20-28847395-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

5

$713.776,20

LOPEZ ILEANA RAQUEL

27-20179983-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

LOPEZ ALVAREZ URSULA VIVIANA

27-30941161-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

MAGNANI SILVINA IRENE

27-23390573-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

3

$428.265,72

MESA OSVALDO JAVIER

20-24207167-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

PEDETTI ARIEL AGUSTIN

20-26354609-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

5

$214.132,80

POLLET PIER JORDAN

20-33164562-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

PRIANTE RIERA NICOLAS ALBERTO

23-25565529-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

7

$999.286,68

QUINTERO SOLEDAD DEL VALLE

27-25444670-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

QUIROGA MIRNA CELESTE

27-32038782-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

RAMIREZ RUBEN ALEJANDRO

20-30283020-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

5

$214.132,80

RODE GUSTAVO OSVALDO

23-23390816-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

5

$713.776,20

ROJAS NAIR

27-35232477-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

SEGURA PABLO IGNACIO

20-29426204-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

TORRES ALVARO JAVIER

20-30446786-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

5

$713.776,20

ZALAZAR JORGE HUGO

20-27230578-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ZOCCATELLI BOSCH MARCOS CRISTIAN

23-33287272-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

ZUCOTTI GIULIANA

27-36131894-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

TOTAL IMPORTES

$22.812.286,56

BIOQUIMICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ARDUINI MARIA VALERIA

27-27788533-1

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

36

$296.164,80

BARONIO ORNELLA CELESTE

27-33171166-2

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

GATICA ALEJANDRO

20-28091269-8

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

GENOVESE MARIA VIRGINIA

27-33094628-3

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

36

$296.164,80

MAYDANA MARÍA ROCIO

23-41095614-4

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

MAZZA MIORIN LUIS MATIAS

20-31214831-6

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

OLIVERA CESAR NICOLAS

24-29177883-2

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

36

$296.164,80

PARRACONE CLAUDIA LORENA

27-27805409-3

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

SIRUR FLORES LUIS MANUEL

20-16873052-8

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

TOTAL IMPORTES

$3.257.812,80

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AGÜERO JAVIER HERIBERTO

20-20428091-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

30

$193.346,70

AGUIRRE SARA DEL CARMEN

27-38477919-6

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

ALTAMIRANO YANINA SOLEDAD

27-33870390-8

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

44

$283.575,16

ARNAUDO PAULO DAMIAN

20-28615086-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

41

$264.240,49

BECERRA JONATHAN DAVID

20-36604885-6

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

27

$174.012,03

BURGOS MARCELA FABIANA

27-20859023-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

32

$206.236,48

CANO RIOS MARIBEL GEORGINA

27-37227010-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

44

$283.575,16

CARLEVARO ANDREA KARINA

27-23636752-0

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

CHAVES HECTOR AMERICO

20-35832506-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

79

$509.146,31

CRUZ VILMA ANALIA

27-28837044-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

56

$360.913,84

DÍAZ PAOLA VERONICA

27-29285202-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

28

$180.456,92

DOMINGUEZ NATALIA ELIZABETH

27-27156654-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

FLECHA INSUA MARIA GIMENA

27-28868230-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

28

$180.456,92

FORQUERA CELIA CARMEN

27-28952190-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

FUNES FLORENCIA CECILIA

27-37448755-3

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

44

$283.575,16

GOMEZ ROSA CRISTINA

27-34646058-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

34

$219.126,26

GONZALEZ ALICIA ALEJANDRA

27-16890649-3

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

32

$206.236,48

GUZMAN ETHEL MABEL

27-23045173-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

32

$206.236,48

LABARDEN CORONEL RAQUEL ANDREA

27-29542244-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

28

$180.456,92

MORALES CECILIA VERONICA

23-35099957-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

MOYANO JESICA SOLEDAD

27-31922072-6

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

25

$161.122,25

OJEDA LORENA INES

27-29861295-5

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

52

$335.134,28

QUINTEROS GABRIEL NESTOR JESUS

20-21599464-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

60

$386.693,40

RODRIGUEZ SERGIO DANIEL

20-17903159-1

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

RUEDA RUBEN MARCELO

20-24476880-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

68

$438.252,52

SUAREZ MONICA SILVIA

23-29903405-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

60

$386.693,40

TELLO ALEX MAURICIO

20-39176906-1

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

82

$528.480,98

TIVANO CINTIA CARLA

27-25409978-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

6

$38.669,34

VIANA MARIA LAURA

27-33956968-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

79

$509.146,31

TOTAL IMPORTES

$8.371.912,11

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ACUÑA CARLOS AUGUSTO

23-26399169-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

AGUILAR ARIEL ERNESTO

20-24259825-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

37

$211.974,11

AGUILERA DIEGO SEBASTIAN

20-30809420-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

28

$160.412,84

ARIAS MIGUEL ANGEL

20-29936357-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

BRINGAS OSVALDO ANTONIO

20-25199693-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

37

$211.974,11

FERREYRA JUAN EDUARDO

20-27759618-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

76

$435.406,28

GODOY JUAN CARLOS

20-17545477-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

44

$252.077,32

GOMEZ RAMON ALEJANDRO

20-21731792-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

GONZALEZ DARIO EZEQUIEL

20-33801826-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

41

$234.890,23

LUCERO DANIEL ABDON

20-21910805-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

65

$372.386,95

MORENO JORGE JOSE ALBERTO

23-27753061-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

60

$343.741,80

NUÑEZ JUAN CARLOS

20-22650050-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

8

$45.832,24

TOTAL IMPORTES

$2.772.850,52

CENTRO ONCOLÓGICO INTEGRAL

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER. / MOD.

MONTO A LIQUIDAR

BAZAN MARIA VICTORIA

27-38750983-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

1

$142.755,24

BROMBIN ROMINA GISELLE

27-32238924-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

9

$385.439,04

CARUSO MARÍA PAZ

27-33271694-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

5

$214.132,80

COLOMBO GINO ANGEL

20-31795637-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

9

$385.439,04

FAGES MARIO ROBERTO

20-13290099-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

9

$385.439,04

FOLLARI JUAN CARLOS

20-26806142-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

9

$385.439,04

GARINO LIBARDI NATALIA SILVINA

27-29176799-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

5

$214.132,80

LOPEZ MARIA PAULA

27-36227276-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

MIRANDA MACHADO CLAUDIO MARCELO

20-24719303-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

17

$728.051,52

OLIVERA FIGUEROA RUBEN ORLANDO

20-27376863-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

RIZZOTTO ROCIO AGUSTINA

27-39092365-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

8

$342.612,48

RIZZOTTO ROCIO AGUSTINA

27-39092365-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

1

$142.755,24

RUEFLI MARISA MARIKENA

23-38265518-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

12

$513.918,72

VILLAFAÑE DIAZ CINTHYA KAREN

23-35508409-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

1

$142.755,24

TOTAL IMPORTES

$4.610.993,16

BIOQUIMICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

DIAZ MEINARDI MARCELA ALEJANDRA

27-28184770-3

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

4

$32.907,20

PATITUCCI ROSSANA

27-17116475-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

2

$16.453,60

PEÑALOZA MAGALLANES MARIA DEL ROSARIO

27-36771396-3

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

7

$57.587,60

RODRIGUEZ YAMILA ISABEL

27-32699439-7

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

6

$49.360,80

VITALE ANA PATRICIA

27-29426109-0

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

2

$16.453,60

TOTAL IMPORTES

$172.762,80

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ZALAZAR MARIA BELEN

27-32039001-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

6

$38.669,34

TOTAL IMPORTES

$38.669,34

DIRECCION DE SALUD MENTAL

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER./ MOD.

MONTO A LIQUIDAR

AGUIERRE RUA MARCOS AUGUSTO

20-29416004-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

12

1

$142.755,24

MARTINEZ MARCELO RICARDO

20-14744999-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

24

2

$285.510,48

MENGELLE LUCIANO

20-23317353-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

96

8

$1.142.041,92

PALOMEQUE CAROLINA VIVIANA

27-38424396-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

60

5

$713.776,20

PFISTER OLIVER MAGDALENA

27-21310947-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

96

8

$1.142.041,92

RIVEROS JULIETA VANESA

27-24948767-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

96

8

$1.142.041,92

TOTAL IMPORTES

$4.568.167,68

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

BAUDRY RAUL EDGAR

20-28091242-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

30

$193.346,70

COSME SANDOVAL MARCELO ARCADIO

20-18722555-9

0630 - ENF.DEST.A. ENFER.MEN TALES - C.C.T.122/75

H.E.

51

$328.689,39

ESCUDERO HECTOR SERGIO

20-18115320-3

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

8

$51.559,12

GARRO CLAUDIO ALFREDO

20-27933183-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

MOLINA ELIZONDO ELOY HUMBERTO

20-29282666-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

16

$103.118,24

TOTAL IMPORTES

$831.390,81

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

DEMAIO GABRIEL NORBERTO

20-21066202-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

60

$343.741,80

OLGUIN ASTUDILLO OSVALDO ROBERTO

20-30157060-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

60

$343.741,80

OROZCO ROBERTO

20-26213413-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

72

$412.490,16

TOTAL IMPORTES

$1.099.973,76

ENTE HOSPITAL CENTRAL “DR. RAMON CARRILLO”

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER./ MOD.

MONTO A LIQUIDAR

ACOSTA RUIZ CÉSAR FABIAN

20-25507215-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

AGUILERA CRISTELA SILVIA

27-20532955-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

AGUIRRE DANIELA MALEN

27-32353579-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ARIAS GUILLERMINA MARTHA

27-24311536-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

BALZI LEONARDO MARCEL

20-18114685-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

BARACAT DENISSE ARLENHE

27-31267479-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

BARDALES ZEVALLOS RAUL EDUARDO

20-18802636-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

BUSTOS MAGALI CIELO

27-34334745-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

CABRERA CARLOS CESAR

20-27052420-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

13

$556.745,28

CARTECHINI HECTOR RICARDO

20-25328645-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

CEBALLOS ROCÍO

27-37629899-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

COLAZO LORENA DEL VALLE

27-26087307-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

CUELLO FATIMA GUILLERMINA

27-28933175-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

DAVIS GABRIELA VERONICA

27-21910453-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

DELFEDERICO PAULA ANALIA

27-26203223-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

DI ROCCO NICOLAS

20-30832263-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

20

$856.531,20

DIAZ VILLAFAÑE MORALES ABIGAIL ANABEL

27-36854837-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ESCUDERO SALAMA MARIA DE LOS ANGELES

27-22140639-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ESTEVEZ TRAVERSI FACUNDO JAIR

20-35087787-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

FELICI JORGE SAUL

23-21739881-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

FERRARIS CARLA VANESA

27-34848131-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

FLEITAS LUCERO MAXIMILIANO JUAN JOSE

23-33757431-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

GIUBERGIA FEDERICO

20-24585028-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

15

$642.398,40

LEOTTA GISELLA MARIA

27-33388183-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

MACIAS SANDRA YANINA

27-30854847-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

MALDONADO MARIANGELES DEL VALLE

27-28160899-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

MORA SERGIO ENRIQUE

20-20134792-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

MOTTA MAIRA BELEN

27-29029205-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

MOYA MALDONADO PEDRO FRANKLIN

20-14058566-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

NAHUELAN ANDREA DEL CARMEN

27-30008865-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

NAVARRO MARIA BELEN

27-27548297-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

NESTERUK MARIA SILVIA

27-20873859-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

NORIEGA CLAUDIO MARTIN

20-24073300-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ORTIZ NANCY FERNANDA

27-33234953-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

17

$728.051,52

PALACIO CAROLINA

27-23411853-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PALMA AYELEN VERONICA

27-29887895-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

17

$728.051,52

PAREDES VICTORIA ELEONOR

27-29239791-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PEDROSA JAVIER JOSE

20-16906874-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PERAL FRANCO DANIEL

20-31047047-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PEREZ SERGIO DANIEL

20-23616166-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PETROSELLI REBECA

23-32068857-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PONCE TETUR ERICA RUTH

27-29232403-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

PREGOT ANALIA MARIANA

27-28272563-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

QUINTERO ANABELA BELEN

27-35134823-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

QUIROGA NESTOR OMAR

20-23707410-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

QUIROGA SASSU MARIA MACARENA

23-38077677-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

RE ANALIA MARICEL

23-25888085-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ROLDAN VIVIANA DANIELA

27-24472066-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ROMERO SELVA LIDA

27-16641296-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ROMERO WILLIAM NICOLÁS

20-27214923-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SANCHEZ REINOSO ANA BELEN

27-34914753-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SEBASTIAN MARIA JOSE

27-28487502-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SILVA MARTIN ENRIQUE

20-24829534-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SIMES PENDITO DANIEL OSCAR

20-27551635-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SORIA MARIA LORENA

27-31543660-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SOSA ROMINA VANESA

27-38750972-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SUAREZ MEDERO SILVINA ALEJANDRA

27-33515810-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

SUAREZ NAVARRO GABRIELA BELEN

27-39796582-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

TOROSSI JOSE LUIS

20-27173207-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

TORRES MANZUR MARIA JORGELINA

27-28401955-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

VICEDO CALDERONI PABLO SEBASTIAN

20-28926252-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

VITAL ESCUDERO DARIO AUGUSTO

23-24172258-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ZALAZAR GUILLERMO JAVIER

20-32824706-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ZEBALLOS VALERIA ALEJANDRA

23-36681801-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

TOTAL IMPORTES

$70.892.251,20

BIOQUIMICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CORREA PAEZ SILVIA MABEL

27-18602470-8

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

FERNANDEZ ANALÍA VERÓNICA DEL VALLE

23-24948710-4

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

LOPRESTI ROBERTO ALEJANDRO

20-23947561-3

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

MARTIN GEORGINA MAGALI

27-31826426-6

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

PASTRAN ADRIANA INES

27-16847263-9

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

ROSSI BETIANA PAOLA

27-26275605-5

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

TOTAL IMPORTES

$3.948.864,00

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ABREGU DARIO SEBASTIAN

20-38438755-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

BARROS ARAYA VALERIA DEL VALLE

23-26791340-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

CABAÑEZ NOELIA EDITH

27-32038723-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

CASIMIRO JORGE LUIS

20-37320079-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

CORREA VILLALA SONIA CECILIA

27-94101074-7

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

70

$451.142,30

CORTEZ GRACIELA NATALIA

27-27682784-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

ESCUDERO VANESA DEL ROSARIO

27-27405402-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

FREIRE MARIA PAULA

27-38219842-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

GATICA GASTON FEDERICO

23-35475402-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

GONZALEZ MARILIN LORENA

27-29427006-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

GONZALEZ MELISA SILVANA

27-29690039-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

LAMBRESE CINTIA YAMILA

27-33644924-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

LUCERO GLADYS BEATRIZ

27-20134517-6

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

LUCERO MYRIAM ELIZABETH

23-18061421-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

70

$451.142,30

LUNA MARIA CELINA

27-29098159-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

MARFIL NORMA BEATRIZ

27-18388999-6

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

MENDEZ DA SILVA ROMINA AYELÉN

27-35196937-2

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

96

$618.709,44

MOLINA MUNAFO MARIA VICTORIA

27-31047390-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

50

$322.244,50

MUÑOZ GLORIA ESTHER

27-18061556-9

0624 - ENF.CIR. Y PERS.EST. - C.C.T.122/75

H.E.

72

$464.032,08

MUÑOZ IVANA MARGARITA

27-26450819-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

70

$451.142,30

MUÑOZ NOELIA ALEJANDRA

23-27455346-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

OLIVARES RIQUELME DANIELA ALEJANDRA

27-33765067-3

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

ORTIZ CRISTINA ISABEL

27-34682335-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

ORTIZ NOELIA SOLEDAD

27-28677931-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

PAEZ ANA DEL CARMEN

27-17123287-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

PALACIO DAIANA AYELEN

27-33958370-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

PEREZ SILVIA ILIANA

27-32924737-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

QUIROGA ANALIA YANINA

27-34428874-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

76

$489.811,64

REINA ILSA BEATRIZ

27-16839524-3

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

70

$451.142,30

REINOSO NOELIA EMILCE

27-25584765-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

RODRIGUEZ EDUARDO OLAVO

20-14656433-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

RODRIGUEZ JOSE FERNANDO

20-24974900-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

RUIZ MARCELA EDITH

23-23545649-4

0624 - ENF.CIRUG. Y PERS.DE.EST. - C.C.T.122/75

H.E.

72

$464.032,08

TORRES SILVINA NOEMI

27-33622838-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

70

$451.142,30

VALOR ALEJANDRA SOLEDAD

27-28184988-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

20

$128.897,80

TOTAL IMPORTES

$15.777.090,72

MATERNIDAD “CARLOS LUCO”

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER. / MOD.

MONTO A LIQUIDAR

ABATE DAGA RENÉ LUIS

20-24789104-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

ALANIZ MYRIAM VIVIANA

27-20688428-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

48

-

$571.020,96

ANDREIS NATALI

27-35220562-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

AREVALO OLGA ANDREA

27-32681411-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

ARGÜELLO NATALIA ISABEL

23-26413342-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

BORRA MARIANELA

27-28113660-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

20

$856.531,20

CABRERA CASANOVA MARIA GUADALUPE

27-35048336-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

CARRIZO FRANCISCO DANIEL

20-23947323-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

DOMINGUEZ MAYRA LUISINA

27-34429054-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

DONET MARILINA LISILDA

23-35157260-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

FIGUEROA SONIA ADRIANA

27-28159301-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

FRIAS PABLO ANDRES

20-33831569-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

FUNES SANTINA DEL ROSARIO

27-35174658-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

GONZALEZ BORDON TAMARA DEOLINDA

27-37640915-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

INGOLINGO EMILIO GONZALO

20-26806050-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

14

$1.998.573,36

IPOHORSKI LENKIEWICZ GABRIEL MAURICIO

23-22852325-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

20

$856.531,20

JURE LUCARELLI ALFREDO

20-35677451-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

LA ROSA GLORIA MARISA

27-22108055-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

MASIERO YEMINA ANGELICA

27-27596257-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

48

-

$571.020,96

MORALES MEDRANO ISAIRAM ONAILE

27-96061833-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

PALACIOS NOVILLO MARIA CARINA

27-24242988-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

RODRIGUEZ FANNY ELIZABETH

27-22067158-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

48

-

$571.020,96

ROMERO VERONICA ELIZABETH

23-29942253-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

ROSSO CAMILA EVELYN

27-31229321-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

RUDI JORGE GABRIEL

20-25668393-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

86

-

$1.023.079,22

SANTINI SABINA PAOLA

23-31342821-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

SENDRA YANINA DEL VALLE

27-31398339-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

TORRES PAOLA ANDREA

27-24400894-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

VEGA WALTER DANIEL

20-17247712-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

G.P.

-

20

$856.531,20

VELASQUEZ EDSEL ANTONIO

20-95916511-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

120

-

$1.427.552,40

VIVES IVANA CARINA

27-26791236-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

TOTAL IMPORTES

$35.284.336,10

BIOQUIMICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CORRADI JOSEFINA

23-41750760-4

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

58

$477.154,40

GARCIA PEREZ PAULA LOURDES

27-32140129-0

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

51

$419.566,80

RIARTE JUAN MANUEL

20-31886745-4

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

99

$814.453,20

SOLOA PABLO EMMANUEL

20-33757520-0

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

22

$180.989,60

ZELIZ MELINA PABLA BELÉN

27-34992964-9

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

55

$452.474,00

TOTAL IMPORTES

$2.344.638,00

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AGUILERA MARCELO

20-27394769-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

40

$229.161,20

CASTRO RAMIREZ JOSE ALFREDO

20-35086593-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

56

$320.825,68

GONZALEZ BRAYAN SEBASTIAN

23-40484825-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

60

$343.741,80

LEAL JUAN SEBASTIAN

20-25247851-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

56

$320.825,68

MORENO ALEXIS EZEQUIEL

20-42744384-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

48

$274.993,44

TOTAL IMPORTES

$1.489.547,80

SUBDIRECCIÓN ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD - DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

GAVILAN PABLO MATIAS

20-24188467-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

16

$190.340,32

RODRIGUEZ GOMEZ ROCIO DEL PILAR

27-23196717-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

36

$428.265,72

TELLO ELIZABETH DEL CARMEN

27-21392036-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

12

$142.755,24

VERDECCHIA MARIANA VALERIA

27-24070386-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

24

$285.510,48

TOTAL IMPORTES

$1.046.871,76

BIOQUIMICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

CABAÑEZ TISIOTTO SILVINA BELEN

27-29181438-2

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

60

$493.608,00

CHIRINO ANDREA DEL CARMEN

27-26467220-7

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

33

$271.484,40

GAITAN ALDANA VANESA

23-33136556-4

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

33

$271.484,40

GOMEZ PATRICIA ALEJANDRA

27-22305181-8

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

66

$542.968,80

ORTIZ MALENA DOLORES

27-32747529-6

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

12

$98.721,60

ORTIZ NOELIA BELEN

27-32164839-3

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

59

$485.381,20

SOLAVALLOL LEONARDO DANIEL

20-27412281-2

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

48

$394.886,40

TOTAL IMPORTES

$2.558.534,80

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AMIEVA SERGIO LUIS

20-23493078-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

69

$444.697,41

LEYES JONATHAN DAMIAN

23-34241567-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

20

$128.897,80

MASUD MARIA CANDELARIA

27-21458889-2

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

MOYANO ERICA DANIELA

27-33332544-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

75

$483.366,75

VIALE JUDIT NOEMI

24-29342315-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

80

$515.591,20

TOTAL IMPORTES

$2.191.262,60

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

BANFFI JAVIER ALEJANDRO

20-23390817-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

96

$549.986,88

CACERES GUSTAVO ARIEL

20-29426473-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

96

$549.986,88

CARDOZO EDUARDO JOSE

23-27449759-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

96

$549.986,88

FIGUEROA GABRIEL FACUNDO

20-23861964-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

48

$274.993,44

LEON JULIO CESAR

20-22043444-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

72

$412.490,16

MARIANI CARLOS ALBERTO

20-22947016-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

OROZCO OMAR ELEUTERIO

20-16902903-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

48

$274.993,44

PALMERO VICTOR HUGO

20-24990319-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

48

$274.993,44

ROMERO LUIS FRANCISCO

20-26023244-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

48

$274.993,44

TOTAL IMPORTES

$3.345.753,52

SUBDIRECCIÓN ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD - DEPARTAMENTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON

MEDICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

PER. / MOD.

MONTO A LIQUIDAR

AGUILAR AGUIAR AGOSTINA ABRIL

27-42142076-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

AGUIRRE STELLA MARIS

23-23295233-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

5

$713.776,20

AIBAR SAMUEL RODOLFO

20-18377997-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

AIME PAULA NERINA

27-26237214-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

5

$713.776,20

ALBORNOZ EUGENIA

27-39158336-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

ALCARAZ BIZABALA STEFANIA

27-35916999-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

AMAYA CEJAS LUIS GERARDO

20-18190085-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

3

$428.265,72

ANDINO KARINA VANESA

27-25897523-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

ANZORENA RICARDO MARCELO

20-22973673-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

BAZAN RITA CECILIA

27-32572790-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

BURGHARDT MARCELA ROSANA

27-25760077-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

CALCARAMI MATIAS JUAN

20-17839470-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

CANO CRISTIAN ENRIQUE

23-22896390-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

CANO NATALIA GABRIELA

27-23759028-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

CARRIZO CECILIA BEATRIZ

27-26945499-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

CHAO MARTA MARCELA

27-17534880-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

CHUCHUY BRENDA

27-31899657-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

CORICA LORENA RAQUEL

27-26450745-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

D’AGATA CARLOS GABRIEL

20-23947557-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

71

-

$844.635,17

DIAS GLORIA DEL VALLE

27-25163530-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

92

-

$1.094.456,84

DÍAZ SERGIO ANDRES

20-28742599-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

DISTEFANO GLADYS NOEMI

27-33456059-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

ESCUDERO DANIELA CECILIA

27-28185264-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

FERNANDEZ GASTON EZEQUIEL

20-26213158-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

FLORES MARIA ELISA

27-23581200-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

FLORES PABLO SEBASTIAN

20-31265180-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

FRANCAVILLA CAROLINA DANIELA

27-32272712-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

GARCÍA CLAUDIA BEATRIZ

27-23110103-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

96

-

$1.142.041,92

GATICA EDDA LIA

27-20501273-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

GOMEZ MARISA ROXANA

27-18157587-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

GUIDI JULIA EDITH

27-18104163-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

68

-

$808.946,36

HOSEIN MARIA JULIETA

23-30032069-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

JOFRE VALERIA LORENA

27-27393724-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

JUAREZ GUSTAVO DANIEL

20-23202274-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

LALIA GABRIELA NOEMÍ

27-20135928-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

LORDA TEMIS

23-20672194-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

LUCERO ANDREA FABIANA

27-18157961-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

LUCERO CAMILA ROCÍO

27-43157874-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

LUCERO MARIA LAURA

27-20414703-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

53

-

$630.502,31

MANDIROLA SOFIA LAURA

27-35138096-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

MARTINEZ ERIKA EUGENIA

23-31126435-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

3

$428.265,72

MIGLIOZZI MONTERESINO LUCIANA LOURDES

27-26480428-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

MORALES AMIRA SILVINA

27-17212037-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

NIETO RODRIGUEZ TAMARA ALEJANDRA

27-33394250-5

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

6

$856.531,44

OCHOA WALTER OSCAR

20-22543231-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

ORELLANO ANDREA MABEL

27-36252989-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

PALOMEQUE CAROLINA VIVIANA

27-38424396-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

1

$142.755,24

PERERA ANA MARIA

27-25851007-6

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

PLATINETTI MARCELO GABRIEL

20-18061587-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

QUIPILDOR NOEMI GRISEL

27-29816909-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

RABA MARÍA SAMIRA

23-32916056-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

RODRIGO GINER VICTOR DAVID

20-27042389-3

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

31

-

$368.784,37

RODRIGUEZ JORGE ENRIQUE

23-23589879-9

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

ROMEO CRISTIAN IVAN

20-36582491-7

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

3

$428.265,72

ROMERO EMMANUEL NICOLAS

20-30842548-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

3

$428.265,72

SALTO BRAJCICH HORACIO MIGUEL

20-32473840-2

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

3

$428.265,72

SANCHEZ SILVANA BEATRIZ

27-16944509-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

STARECINCH ABRIL ALDANA

27-36859983-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

H.E.

34

-

$404.473,18

SUAU EDUARDO RICARDO

20-20082261-8

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

8

$1.142.041,92

TURINA ZEMO ANA CARINA

27-23617237-1

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

URIA CORNEJO MARIA XIMENA

27-30345594-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

2

$285.510,48

VALDES MUÑOZ CAROLYN ANABEL

27-94108572-0

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

4

$571.020,96

VERA BRENDA DEL ROSARIO

27-39906492-4

0278 - AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P.

U.G.E.

-

3

$428.265,72

TOTAL IMPORTES

$27.991.923,31

BIOQUIMICOS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AGUIRRE CINTIA AYELEN

27-34877013-1

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

BARROSO SERGIO DANIEL

20-25565432-3

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

BUSTAMANTE LIDIA INES

27-26458797-8

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

42

$345.525,60

CABRERA MARIA DE LOS ANGELES

27-28009837-5

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

CALVO FERNANDO SEBASTIAN

20-30377554-5

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

CAMARGO PAULA GABRIELA

27-25160051-7

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

41

$337.298,80

CEDRIANI MARIA SILVINA

27-25698238-8

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

CELI ANDREA VANINA

27-23707623-6

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

CHAVEZ GONZALEZ KEVIN ROGER

20-19009877-0

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

53

$436.020,40

CHIARAMELLO ALEJANDRA ILDA

27-24827230-4

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

59

$485.381,20

CRUCIANI FLAVIA ESTEFANIA

27-20700462-1

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

64

$526.515,20

DI CHIACCHIO ALICIA BEATRIZ

27-23483291-9

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

DÍAZ GABRIEL EZEQUIEL

20-35958087-9

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

DÍAZ RUT ISABEL

27-30579174-7

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

37

$304.391,60

FLORES CARINA MARIELA

27-23058105-9

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

FUSCO PABLO FERNANDO

20-25090962-5

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

GARCÍA YULIANA ELIZABETH

27-34562300-6

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

36

$296.164,80

GODOY CROTTO DANIELA LUDMILA

27-26213874-2

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

90

$740.412,00

GUIÑEZ MARIA FLORENCIA

27-35622060-4

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

LACAZE MARIA AGUSTINA

27-31149471-1

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

36

$296.164,80

LEBRI FATIMA SILVANA

27-29426271-2

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

LEYES SILVANA MELISA

27-30754636-7

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

LUCERO BEATRIZ ELIZABETH

27-24444483-6

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

MARTINEZ CRISTIÁN DIEGO

23-24681539-9

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

60

$493.608,00

MERCADO QUIROGA CAROLINA ROXANA

27-24460340-3

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

96

$789.772,80

MORENO MARIA SILVINA

27-16859177-8

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

RUIZ YANINA MARCELA

27-33993151-3

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

24

$197.443,20

SQUIZZIATO LORENA BEATRIZ

27-27375430-5

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

34

$279.711,20

SUAREZ MILENA ANDREA

27-32477190-0

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

93

$765.092,40

TALIA JUAN MANUEL

20-27943111-2

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

27

$222.123,60

VILLALON ANDREA NATALIA

27-27832396-5

0280 - AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P.

H.E.

27

$222.123,60

VON EUW ERIKA

27-22532839-6

0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P.

H.E.

31

$255.030,80

TOTAL IMPORTES

$11.139.087,20

ENFERMEROS

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

AGÜERO ANDREA VIVIANA

27-22852247-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

56

$360.913,84

AGUILERA ANGELA PAOLA

27-39991597-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

AGUILERA CARINA RAQUEL

27-32161312-3

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

AGUILERA JUANA NATALIA

27-32748369-8

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

ALDERETE ROBERTO ARIEL

20-25592297-2

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

78

$502.701,42

ALVAREZ PAMELA CELENA

27-34336589-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

ARRIETA ANA ROSA

27-35316138-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

68

$438.252,52

ARROYUELO ALDO FABIAN

20-20414421-5

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

64

$412.472,96

ASTUDILLO VANESA PAOLA

23-29026706-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

72

$464.032,08

AVELLANEDA KARINA DEBORA

27-23522753-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

192

$1.237.418,88

AVILA CECILIA MABEL

27-29195500-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

60

$386.693,40

BARRERA ALBERTO LUCIANO

20-37599545-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

BAUDRY EMMA CAROLINA

27-23202509-9

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

28

$180.456,92

BENITEZ MARIANA ANTONELLA

27-33888251-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

BURKETT MELINA VANESA

27-26968938-8

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

76

$489.811,64

CABALLERO NATALIA ESTEFANIS

27-36252213-2

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

CADELAGO CORREA JESICA ROMINA

27-32633560-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

CALDERON JOHANA AGUSTINA

27-38221197-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

40

$257.795,60

CARAHUANCO ZAVALA ALBERTA ISIDORA

27-93685155-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

CASTRO FEDERICO ALBERTO

20-32915974-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

CHIRINO ENZO ADRIAN

20-38750450-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

CORDERO ROMINA ALEJANDRA

27-35877588-3

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

27

$174.012,03

CUELLO ANDREA VIVIANA

23-28091265-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

47

$302.909,83

CUELLO GABRIELA FERNANDA

27-30893165-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

40

$257.795,60

CUELLO NADIA JAQUELINA

27-32652963-5

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

55

$354.468,95

DEL CANTO CURIN ISABEL SUNNY

27-93962238-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

32

$206.236,48

DIAZ CORREA AMANDA FLOR DEL SOL

27-93088602-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

50

$322.244,50

ENRIZ LUIS ARNALDO

20-26302394-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

84

$541.370,76

FACENDINI SANDRA MARINA

27-26937067-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

FERNANDEZ SONIA HEDITH

27-21782921-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

24

$154.677,36

FLORES MIGUEL ANGEL

20-36633726-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

FLORES URZAGASTE MARISABEL

27-32370087-2

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

34

$219.126,26

FUNES JESUS BELEN

27-33287853-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

FUNES MARTA ALICIA

27-24681127-5

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

70

$451.142,30

GALLARDO BLANCA BEATRIZ

27-20595067-8

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

GARAY JORGE EMANUEL

23-33619775-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

GARCÍA RITA LORENA

27-32227924-3

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

GATICA TERESA YSMENIA

27-26171475-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

39

$251.350,71

GENOVESIO FERNANDO MARTIN

20-27395763-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

GIL ROLANDO CRISTIAN

20-22957238-6

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

57

$367.358,73

GOMES CARVALHO LINDEMBERG

20-95777379-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

GOMEZ ALBERTO MARTIN

20-37296563-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

78

$502.701,42

GOMEZ CRISTINA SOLEDAD

27-25714979-5

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

24

$154.677,36

GOMEZ FLAVIA NATALIA

27-27268977-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

72

$464.032,08

GOMEZ MARIA LUJAN

27-27167623-4

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

57

$367.358,73

GONZALEZ ERICA SOLEDAD

27-29996214-3

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

GUDIÑO RAMONA CLAUDIA MARCELA

27-25695288-8

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

GUIÑAZU CARLOS ALBERTO

20-17123190-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

32

$206.236,48

GUZMAN ROBERTO LUIS

20-20123863-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

26

$167.567,14

HUETAGOYENA CESIA DAIANA

27-33231612-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

IACOPONI IVANA MARINA

27-30994928-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

48

$309.354,72

LASTRA GUILLERMINA ROSA

27-33366427-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

52

$335.134,28

LEBRI LUIS ALBERTO

20-31092858-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

LEIVA VALENZUELA JAVIER IGNACIO

20-95200723-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

LEYES GABRIELA ROSANA

27-24161566-4

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

40

$257.795,60

LOPEZ YANINA LILIAN

27-32737235-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

42

$270.685,38

LOZANO ROMINA ALEJANDRA

27-38221109-5

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

LUCERO ANALIA SOLEDAD

27-28184605-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

56

$360.913,84

LUCERO FERNANDEZ VANESA GISELA

27-34710969-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

MALDONADO NANCY DEL VALLE

27-21489655-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

45

$290.020,05

MANSILLA MARIO ELVECIO

20-16354271-5

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

52

$335.134,28

MARTIN MATÍAS JOSÉ

20-36692058-8

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

MARTINCHUK CLAUDIA MARIA

27-23883622-6

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

64

$412.472,96

MEDERO GABRIELA ROMINA

27-36227747-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

MELIAN IRMA ANALIA

27-16772787-0

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

MUÑOZ ADRIANA MABEL

27-18427427-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

MUR MOYANO MAIA BELÉN

27-40520807-0

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

36

$232.016,04

NAZARZALLA DAMIAN ESTEBAN

20-30433618-9

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

NIETO KARINA BEATRIZ

27-33841217-2

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

71

$457.587,19

OCHOA YAMILA ROXANA

27-31698008-8

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

OJEDA JORGE EDUARDO

20-23655077-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

40

$257.795,60

OZAN GRETEL MELINA

27-33923718-8

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

55

$354.468,95

PASCUAL SANDRA EDITH

27-17389437-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

PEREYRA SARA ALEJANDRA

27-41596835-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

PIZARRO MOLINA DENISE VENECIA

27-31941989-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

PLASENCIA MERCEDES ELISA DEL ROSARIO

27-18848020-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

64

$412.472,96

PONCE PAMELA LUCRECIA

23-31924840-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

PRADO MARIA DEL ROSARIO

27-26213480-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

40

$257.795,60

QUIROGA JESICA EDITH

27-35167639-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

48

$309.354,72

RICKERT LEONARDO MAXIMILIANO

23-35916591-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

27

$174.012,03

RIVERO VANESA SOLEDAD

23-31542579-4

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

58

$373.803,62

RIVEROS PAULA CAROLINA

27-30672110-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

27

$174.012,03

ROBERI MARIANA EMILSE

27-23689642-6

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

36

$232.016,04

ROMERO FEDERICO MIGUEL

20-36853498-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

96

$618.709,44

ROMERO MARIA JOSE

27-27166248-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

40

$257.795,60

ROMERO PAEZ MAYRA GUADALUPE

27-33888322-1

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

52

$335.134,28

ROSALES GISELLA CECILIA

27-34877808-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

RUIZ ADOLFO

20-22172007-6

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

100

$644.489,00

SAA JORGE FARID

20-29652551-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

94

$605.819,66

SALAS LUCÍA BELÉN

27-33543979-7

0281 - AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

SAMSAM RAUL GUILLERMO

20-28357473-4

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

60

$386.693,40

SOSA CECILIA ALEJANDRA

27-31518379-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

16

$103.118,24

SOSA TORRES MARIANELA GISEL

27-36051016-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

80

$515.591,20

TEJADA MARCELO EMANUEL

20-35849022-1

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

48

$309.354,72

TIEZZI ANTONELLA SOLEDAD

27-37573003-6

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

TORRES CAMILA AIDA

27-36050841-8

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

60

$386.693,40

TULA CECILIA CRISTINA

27-23688429-0

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

96

$618.709,44

VALLEJOS LUIS CARLOS

20-35316149-1

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

VEGA ELIANA GISELDA

27-35766912-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

12

$77.338,68

VELASCO ARIEL ANDRES

20-33140623-7

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

100

$644.489,00

VICTORIO MARIA ISABEL

27-21789701-2

0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75

H.E.

75

$483.366,75

VILLALBA LAURA ALEJANDRA

27-32424783-7

0288 - TECNICO”B” - C.S.P.

H.E.

88

$567.150,32

VILLEGAS MARIELA FERNANDA

27-22525829-0

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

24

$154.677,36

ZABALA RUTH ELIZABETH

27-39990921-5

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

32

$206.236,48

ZAVALA GUSTAVO HORACIO

23-28184310-9

0287 - TECNICO”C” - C.S.P.

H.E.

40

$257.795,60

TOTAL IMPORTES

$32.765.820,76

CHOFERES

APELLIDO Y NOMBRE

CUIL

REGIMEN

TIPO ADIC.

HS. EXC.

MONTO A LIQUIDAR

ALZAGA JUANA MARIA

24-29426126-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

21

$120.309,63

ANDINO SERGIO ALEJANDRO

23-30157089-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

ANDINO SILVIA BEATRIZ

23-22852370-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

12

$68.748,36

ARNO LUIS ADRIAN

20-23947522-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

56

$320.825,68

AROMATARIS FABIAN ENRIQUE

20-20449695-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

71

$406.761,13

BIZZOTTO PABLO ALEJANDRO

20-25035169-1

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

CALDERON MIGUEL NESTOR

20-17123465-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

51

$292.180,53

ESCUDERO NESTOR JAVIER

20-33242501-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

36

$206.245,08

GARAY DANIEL ERNESTO

20-18232433-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

65

$372.386,95

GARRO MARIO ARIEL

20-23274815-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

56

$320.825,68

GOMEZ CESAR ALBERTO

20-28838703-7

0639 - MEDIO OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

70

$401.032,10

GOMEZ NESTOR DANIEL

20-22422506-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

64

$366.657,92

GOMEZ PABLO DE LOS SANTOS

20-39092127-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

GONZALEZ ALEXIS EZEQUIEL

20-44020396-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

80

$458.322,40

GONZALEZ YBAR ARIEL

20-27804648-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

92

$527.070,76

LEYES FRANCISCO LEONARDO

23-23779004-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

97

$555.715,91

LOPEZ SAUL ANTONIO

20-23987130-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

80

$458.322,40

LUCERO OSCAR NORBERTO

20-14542625-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

64

$366.657,92

MELIAN FRANCISCO RUBEN

20-23947680-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

31

$177.599,93

MUÑOZ MARIO ESTEBAN

20-28600489-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

58

$332.283,74

OJEDA RAFAEL SERGIO

20-25896198-7

0639 - MEDIO OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

32

$183.328,96

ORTIZ PATRICIO JAVIER

20-23172436-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

100

$572.903,00

PAONE JOSE ALBERTO

20-24711737-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

PEREZ PLAZA MANUEL ALBERTO

23-93030101-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

12

$68.748,36

QUIROGA LUIS MIGUEL

20-32633464-3

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

42

$240.619,26

REINOSO NESTOR FABIAN

20-26308371-8

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

100

$572.903,00

REINOSO SERGIO DARIO

20-25225290-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

61

$349.470,83

ROJO JUAN CARLOS

20-28720046-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

60

$343.741,80

ROSALES ALEJANDRO JAVIER

20-27143620-4

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

SALAS ANGEL ALBERTO

20-17544599-5

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

24

$137.496,72

SANCHEZ HUGO MIGUEL

20-34921861-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

80

$458.322,40

TORRES ENZO ALBERTO

20-28990315-2

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

64

$366.657,92

TULA MARIANO

20-34921993-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

55

$315.096,65

VALDEZ CARLOS ALBERTO

20-22140095-0

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

72

$412.490,16

VEGA CARLOS GUILLERMO

23-27376134-9

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

73

$418.219,19

VELEZ LUCAS MATIAS

20-28091474-7

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

62

$355.199,86

VELEZ RAMIREZ LUCAS NAHUEL

20-44075155-6

0638 - OFICIALES SALUD - C.C.T.122/75

H.E.

52

$297.909,56

TOTAL IMPORTES

$11.578.369,63

TOTAL GENERAL IMPORTES – ANEXO I

$469.621.651,57

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

DECRETO N° 14356-SGG-2026.-

San Luis, 30 de Octubre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-10301262/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 5946-SGG-2026, se designó en el cargo de Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura, al señor JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995;

Que mediante nota obrante en act. DOCEXT 106469/26, el señor JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, presenta su renuncia al mencionado cargo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del día 01 de noviembre del año 2026, la renuncia presentada, por el señor JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, al cargo de Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura.-

Art. 2°.- Hacer saber a: Municipalidad de Villa de Merlo, Honorable Concejo Deliberante de Villa de Merlo, todos los Ministerios y Secretarías, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado.-

Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.-

Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE

RESOLUCIÓN Nº 20-MDPS-2026.-

San Luis, 29 de Octubre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-10290233/26, mediante el cual se tramita la implementación de los procedimientos operativos, requisitos documentales y pautas de gestión para el acceso, evaluación y control de los beneficios previstos en el Régimen Integral de Promoción del Desarrollo Económico y del Empleo (RIPEE) - Ley N° VIII-1210-2026 y su Decreto Reglamentario N° 13032-MHIP-2026; y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° VIII-1210-2026 y su Decreto Reglamentario N° 13032-MHIP-2026 han instituido un marco de promoción económica, industrial y de fomento del empleo en el territorio de la Provincia de San Luis;

Que el Artículo 54 del Título V del Decreto Reglamentario N° 13032-MHIP-2026 designa al Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable como Autoridad de Aplicación en materias clave del Régimen, incluyendo la exención tributaria a la actividad industrial, la gestión y disposición de inmuebles fiscales afectados a fines productivos, el financiamiento de las actividades económicas, y la participación y vinculación con el sector privado;

Que el citado artículo faculta expresamente a esta Autoridad de Aplicación a establecer, mediante Resolución, los requisitos documentales, procedimientos de presentación, formularios complementarios y pautas operativas para acceder y gestionar los distintos beneficios previstos;

Que, asimismo, resulta imprescindible dotar al procedimiento administrativo de previsibilidad, agilidad y simplificación procesal, canalizando las actuaciones a través de una plataforma digital única y aplicando criterios de flexibilidad técnica e instrumental para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs);

Que la estructura orgánica del Ministerio cuenta con la Dirección de Mesas Sectoriales y Cadenas de Valor, órgano competente para instrumentar y coordinar los procesos de concertación público-privada, el desarrollo de redes de proveedores locales y las alianzas estratégicas con entes del Estado Provincial y/o Empresas en las que el Estado Provincial posea la participación mayoritaria;

Que resulta necesario reglamentar de manera integral las distintas vías de intervención de este Ministerio para garantizar la plena ejecutoriedad de las herramientas promocionales del RIPEE;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Asesoría Legal ministerial;

Por ello, y en uso de las atribuciones;

EL MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO

DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE

RESUELVE:

CAPÍTULO I: DE LA RADICACIÓN Y LA SEGUNDA INSTANCIA PROCEDIMENTAL

Art. 1°.-Establecer que, recepcionada la solicitud inicial a través de la plataforma digital única y mediante la utilización de los formularios aprobados por el Anexo II del Decreto Reglamentario N° 13032-MHIP-2026, la posterior remisión del expediente a esta Autoridad de Aplicación dará inicio a la segunda instancia de radicación, análisis técnico y legal del proyecto industrial.-

Art. 2°.-Radicadas las actuaciones bajo la órbita de esta Autoridad de Aplicación, se procederá a la evaluación integral de la viabilidad del proyecto, la solvencia económica, la regularidad fiscal y el cumplimiento de las metas postuladas o propuestas, pudiendo requerirse al peticionante la documentación complementaria necesaria.-

Art. 3°.-Disponer que todos los requerimientos, traslados, intimaciones y actos procedimentales que emita la Autoridad de Aplicación durante la tramitación del expediente se considerarán válidos y fehacientes cuando sean notificados a través del domicilio electrónico constituido por el peticionante al momento de su presentación inicial.-

Art. 4°.-Formulados los requerimientos de documentación complementaria, se intimará al interesado para que en el plazo perentorio de diez (10) días hábiles cumpla con su presentación, bajo apercibimiento de rechazo y archivo de las actuaciones.-

CAPÍTULO II: CRITERIO DE SIMPLIFICACIÓN MiPyME

Art. 5°.-Dispóngase que a las empresas que acrediten fehacientemente su condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MiPyME) mediante certificado vigente, la Autoridad de Aplicación les aplicará un criterio de flexibilidad y simplificación procesal en el requerimiento de documentación complementaria, adaptando las exigencias a la envergadura del proyecto y al costo fiscal estimado.-

CAPÍTULO III: INVERSIONES PREVIAS Y METODOLOGÍA DE ACTUALIZACIÓN

Art. 6°.-A los fines previstos en el artículo 16 del Decreto Reglamentario N° 13032-MHIP-2026, las inversiones efectuadas por empresas ya radicadas dentro de los tres (3) años anteriores a la sanción de la Ley VIII-1210-2026 serán computables siempre que se encuentren directamente vinculadas al proyecto industrial presentado.-

Art. 7°.-Establecer que la actualización de las inversiones computables se realizará aplicando la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nivel General publicado por el INDEC (o el organismo que lo reemplace), operada entre el mes de efectiva realización de la inversión y el mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud.-

CAPÍTULO IV: CONTROLES PERIÓDICOS Y CUMPLIMIENTO ANUAL DE COMPROMISOS

Art. 8°.-Fíjese el día 30 de abril de cada año como fecha límite para que los beneficiarios del régimen presenten la rendición y acreditación del cumplimiento de los compromisos asumidos en el ejercicio anterior, así como la asunción de los compromisos para el año en curso, conforme al Anexo III del Decreto Reglamentario.-

Art. 9°.-Establecer como pautas generales para la emisión del Certificado Anual de Cumplimiento, el cumplimiento de los siguientes requisitos obligatorios:

Admisibilidad Fiscal y Legal: Será condición inexcusable para la emisión y tramitación del Certificado Anual de Cumplimiento, la presentación previa del Informe de Situación Fiscal emitido por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos (DPIP) y el Certificado negativo de Juicios contra el Estado Provincial expedido por Fiscalía de Estado.-

Objeto de la Rendición: El beneficiario deberá acreditar fehacientemente ante la Autoridad de Aplicación el cumplimiento de los compromisos asumidos para el ejercicio fiscal inmediato anterior en materia de mantenimiento o incremento de la planta de personal, encadenamiento productivo y vinculación con actores económicos locales, así como el cumplimiento de los parámetros cuantitativos elegidos.-

Documentación y Plazos: La rendición deberá efectuarse acompañada de la documentación respaldatoria idónea (registros contables, declaraciones juradas fiscales y previsionales) antes de la fecha límite establecida en el artículo 8° de la presente.-

Tratamiento de Incumplimientos Coyunturales: Las solicitudes de justificación por desvíos o incumplimientos transitorios deberán encuadrarse dentro de los márgenes de tolerancia previstos en la normativa reglamentaria, requiriendo indefectiblemente la prueba documental fehaciente que acredite la ajenidad de la responsabilidad del beneficiario. A tales efectos, facúltese a la Dirección de Industria a dictar las normas operativas, instrumentales y complementarias que resulten necesarias para regular el procedimiento interno de recepción, análisis y emisión del referido certificado.-

CAPÍTULO V: CONTINGENCIAS Y MÁRGENES DE TOLERANCIA

Art. 10.-Deléguese en la Dirección de Industria la recepción y análisis de las solicitudes de justificación de incumplimientos coyunturales y transitorios fundados en caso fortuito, fuerza mayor o retracción general de la actividad sectorial, admitiendo un margen de tolerancia de hasta un treinta por ciento (30%) del compromiso anual asumido, previa acreditación documental fehaciente.-

CAPÍTULO VI: COMITÉ EVALUADOR

Art. 11.-Facultad de Conformación: Cuando la envergadura del proyecto industrial, su complejidad técnica o la solicitud simultánea de beneficios lo justifiquen en los términos del artículo 46 del Decreto Reglamentario N° 13032-MHIP-2026, la Autoridad de Aplicación dispondrá, mediante Resolución Ministerial, la conformación de un Comité Evaluador.-

Art. 12.-Integración: El Comité Evaluador al que se refiere el artículo precedente estará integrado por un representante titular y un suplente de cada una de las siguientes jurisdicciones:

A.- Un representante del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.

B.- Un representante de la Dirección dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable que resulte competente de acuerdo a los lineamientos de la Ley V-1195-2026 y su Decreto Reglamentario Nº 6091-MDPS-2026.

C.- Un representante del área técnica dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable que resulte idónea en razón de la materia específica del proyecto de inversión sometido a análisis.-

La designación concreta de los funcionarios se instrumentará en el acto administrativo que ordene su convocatoria y previa articulación interministerial.-

CAPÍTULO VII: DE LA GESTIÓN Y DISPOSICIÓN DE INMUEBLES FISCALES

Art. 13.-Solicitud de Inmuebles Fiscales. Los administrados que requieran la afectación, regularización, adquisición o el otorgamiento de derechos de uso sobre bienes inmuebles fiscales con fines industriales y/o agropecuarios, en el marco del Capítulo III del Título II de la Ley N° VIII-1210-2026 y el Artículo 54 Apartado b) del Decreto Reglamentario, deberán manifestarlo formalmente al momento de presentar su proyecto de inversión a través de la plataforma digital única.-

Art. 14.-Requisitos Específicos del Inmueble. A los fines de la evaluación de las solicitudes de inmuebles fiscales, el administrado deberá acompañar: a.- Memoria descriptiva y técnica del proyecto productivo, industrial o agropecuario a radicar en el inmueble, con detalle de etapas, cronograma de obras e inversiones estimadas. b.- En el caso que corresponda y de acuerdo a las características del proyecto, estudio de impacto ambiental preliminar o constancia de inicio del trámite correspondiente ante la autoridad ambiental provincial. c.- Plan de sostenimiento y creación de empleo directo e indirecto vinculado específicamente a la explotación del predio solicitado.-

Art. 15.-Coordinación y Dictamen de Factibilidad. Recibida la solicitud, la Autoridad de Aplicación coordinará con el organismo provincial con competencia en materia de tierras e inmuebles fiscales la verificación del estado dominial y catastral del bien, emitiendo un dictamen técnico de factibilidad de afectación previo a la elevación de las actuaciones a la Unidad Ejecutora del RIPEE y al Poder Ejecutivo.-

CAPÍTULO VIII: DE LA PARTICIPACIÓN, VINCULACIÓN CON EL SECTOR PRIVADO, MESAS SECTORIALES Y ALIANZAS ESTRATÉGICAS

Art. 16.-Autoridad de Coordinación. La DIRECCIÓN DE MESAS SECTORIALES Y CADENAS DE VALOR será la unidad técnica encargada de instrumentar, coordinar y hacer el seguimiento de los mecanismos de vinculación estratégica con el sector privado previstos en el Capítulo V del Título II de la Ley N° VIII-1210-2026 y el Artículo 54 Apartado d) del Decreto Reglamentario.-

Art. 17.- Instrumentación y Funcionamiento de las Mesas Sectoriales. La Dirección de Mesas Sectoriales y Cadenas de Valor coordinará el funcionamiento y calendario de sesiones de las Mesas Sectoriales (Industria, Ganadería, Agricultura, Agroindustria, Minería, Tecnología, Energías Renovables, y las que en el futuro pudieren incorporarse). Dichas Mesas constituirán ámbitos de concertación público-privada de carácter consultivo y propositivo destinados a promover la integración de PyMEs locales y proponer mejoras normativas y de políticas públicas, todo a efecto de lograr una mejor competitividad sistémica provincial.-

Art. 18.- Actas de Trabajo y Diagnóstico. De cada sesión de las Mesas Sectoriales se labrará un Acta de Trabajo en la que constarán las propuestas, compromisos y el plan de acción acordado. La Dirección elaborará informes periódicos de avance para su elevación a la Unidad Ejecutora del RIPEE.-

Art. 19.- Compre San Luis y Cadenas de Valor. A los fines de verificar los compromisos de vinculación local y el cómputo de incentivos adicionales, los beneficiarios deberán presentar en sus rendiciones anuales ante la Dirección de Mesas Sectoriales y Cadenas de Valor la nómina de proveedores radicados en la Provincia de San Luis y la cuantificación de las contrataciones e insumos locales adquiridos.-

CAPÍTULO VI: DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y VIGENCIA

Art. 20.- Regímenes Complementarios. Las disposiciones de la presente Resolución se aplicarán de manera articulada con las directrices que emita la Unidad Ejecutora del RIPEE en aquellos casos donde existan proyectos de competencia compartida entre distintas carteras ministeriales.-

Art. 21.- Vigencia. La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis.-

Art. 22.-Registrar, comunicar, publicar y archivar.-

FEDERICO A. TROMBOTTO

Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable

SPP e. y v: 02 Nov.

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TILISARAO

DECRETO Nº 41-MT-2026.-

Tilisarao (SL), 15 de Octubre de 2026.-

VISTO

El expediente Nº 0307/2026, la Ordenanza Nº 01-HCD-2025 de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Municipal para el ejercicio 2026, y lo dispuesto por su Artículo 5º, y;

CONSIDERANDO

Que, el Artículo 5º de la Ordenanza de Presupuesto vigente faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a introducir modificaciones presupuestarias, incluyendo ampliaciones y reestructuraciones, cuando las mismas se encuentren financiadas con incremento de recursos, debiendo comunicar previamente dichas modificaciones al Honorable Concejo Deliberante;

Que, la situación económica actual por la que atraviesa el país y de la cual nuestra provincia no es ajena, impone la necesidad de revisar las prioridades de la gestión pública, situando en el centro de las decisiones presupuestarias a las personas, la contención social y el futuro de las nuevas generaciones;

Que, frente al actual escenario socioeconómico, la juventud enfrenta barreras complejas para el acceso a la educación superior y la inserción en el mercado laboral formal. La creciente presión económica sobre la economía familiar dificulta que muchos jóvenes puedan trasladarse a grandes centros urbanos para continuar sus estudios universitarios, lo que genera situaciones de desarraigo, deserción académica o postergación de sus proyectos de vida;

Que, ante esta realidad, el Estado no puede ser un mero ejecutor de obras físicas estáticas, debe actuar de manera ágil y empática, reorientando de forma estratégica los recursos disponibles hacia programas que protejan el capital humano y brinden oportunidades concretas de progreso a la comunidad de Tilisarao;

Que, la reestructuración propuesta de las partidas presupuestarias, aumentando fondos en programas de educación, hará posible garantizar el financiamiento de carreras universitarias en la localidad permitiendo a cientos de jóvenes formarse profesionalmente sin abandonar su pueblo, sus familias ni su entorno socio afectivo. Esta inversión reduce sensiblemente los costos económicos del hogar (gastos de alquiler, transporte y manutención en otras ciudades), democratizando el acceso a la universidad y fomentando el arraigo de la juventud en la Localidad.

Que, también se prevee un incremento en los fondos con destino al Personal Para Servicios y Proyectos de Inversión, esto constituye una inyección directa a la economía social, sosteniendo puestos de trabajo e involucrando activamente a trabajadores locales en la prestación de servicios esenciales y proyectos que mejoran de forma directa la calidad de vida diaria de la población;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE TILISARAO

EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Art. 1º.- Modifíquese el Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Municipal para el ejercicio 2026, disponiéndose dentro del mismo:

DISMINUIR

02.40.40.00.00.02.00.: “Proyecto Centro Educativo y Cultural”

INCISO-PARTIDA PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$55.800.000,00

$55.800.000,00

Bienes de uso

$55.800.000,00

$55.800.000,00

01.40.40.04.00.05.00.: “Proyecto Pavimentación Calles Urbanas”

INCISO-PARTIDA PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$133.200.000,00

$133.200.000,00

Bienes de uso

$133.200.000,00

$133.200.000,00

AMPLIAR

02.30.30.00.00.01.00.: “Proyecto Modernización de la Gestión”

INCISO-PARTIDA PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$5.000.000,00

$5.000.000,00

Bienes de uso

$5.000.000,00

$5.000.000,00

02.20.20.01.00.01.00.: “Proyecto Personal Para Servicios y Proyectos de Inversión”

INCISO-PARTIDA PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$150.000.000,00

$150.000.000,00

Bienes de uso

$150.000.000,00

$150.000.000,00

02.60.60.06.00.00.00.: “Programa Educación”

INCISO-PARTIDA PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$5.000.000,00

$5.000.000,00

Servicios no personales

$5.000.000,00

$5.000.000,00

02.60.60.06.01.00.00.: “Subprograma Profesorado Universitario en Educación Inicial”

INCISO-PARTIDA PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$20.000.000,00

$20.000.000,00

Transferencias

$20.000.000,00

$20.000.000,00

02.60.60.06.02.00.00.: “Subprograma Profesorado Universitario en Geografía”

INCISO-PARTIDA PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$9.000.000,00

$9.000.000,00

Transferencias

$9.000.000,00

$9.000.000,00

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda, Ingresos Públicos y Desarrollo Económico de la Municipalidad de Tilisarao.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y oportunamente archívese.

JUAN MANUEL OLGUÍN

Intendente

Lucas Martin Rittano

Secretario de Hacienda, Ingresos Públicos y Desarrollo Económico

EXENTO

ASAMBLEAS

En mi carácter de normalizador de la entidad denominada CONSEJO PASTORAL EVANGELICO DE SAN LUIS, LPJ 28/2008, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis, personería jurídica otorgada mediante Decreto Resolución N° 123-DdeCyf de PJ-2008 de fecha 14 de abril de 2008 y fue aprobado el pedido de normalización según Resolución N° 351-DPJ-2026.

A los efectos de convocar a Asamblea General Extraordinaria, para el día 21 del mes de noviembre del corriente año, a las 10 horas.

Para tal efecto, se fija a los asociados una nueva sede social ya que la original no se encuentra en uso.

La nueva sede social está ubicada en las instalaciones de la fundación el patio ubicado en calle Camino La Loma entre Ruta Nacional 146 y Autopista 25 de Mayo, (Suyuque Nuevo) departamento Belgrano, provincia de San Luis, con la modalidad de presencial.

ORDEN DEL DIA:

1. Elección de dos (dos) asambleístas para la firma de conformidad de asamblea.

2. Lectura y aprobación de informe de normalizador.

3. Lectura y aprobación de los estables contables / Resolución 21-DPJK-2024 de los años 2016/2017/2018/2019/2020/2021/2022/2023/2024/2025.

4. Elección de nuevas autoridades.

San Luis, 29 de octubre de 2026

ANIBAL G. BERG

Normalizador Autorizado

C: 3857 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

ASOCIACIÓN SANLUISEÑA DE KINESIOLOGÍA

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

La Comisión Directiva de la Asociación Sanluiseña de Kinesiología, en mérito a las Disposiciones Legales Vigentes, convoca a los Señores asociados a participar de la Asamblea General Ordinaria que se celebrará el día 16 del mes de noviembre de 2026, a las 20 hs. en la sede de calle Lavalle N° 915 de la ciudad de San Luis, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General e Informe de la Comisión Fiscalizadora correspondiente a los ejercicios 2022, 2023, 2024, 2025.

2) Elección de autoridades de Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas.

C: 3858 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 93-MHeIP-DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACIÓN de SERVICIOS DE DIAGNÓSTICOS POR IMAGEN, por el periodo de 12 (Doce) meses, solicitado por la MATERNIDAD CARLOS LUCO, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-7240661/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13890-MdeS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROSCIENTOS VEINTE MILLONES CON 00/100 ($420.000.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 12 de NOVIEMBRE de 2026 a las 10:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3793 SPP e: 28 Oct y v: 02 Nov

AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 23-ACTySSL-2026.

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE CÁMARAS CON TECNOLOGÍA ANPR/LPR Y SISTEMA DE RECONOCIMIENTO VEHICULAR PARA EL CENTRO DE MONITOREO PROVINCIAL”.

EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-9300971/26.

PRESUPUESTO OFICIAL: de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($259.028.494,00).-

VALOR DEL PLIEGO: PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL VEINTIOCHO CON 49/100 ($259.028,49).-

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis - Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 13 de noviembre de 2026, a las 10:00hs.-

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 12 de noviembre de 2026 a las 14:00hs.-

Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar

C: 3805 SPP e: 28 Oct. y v: 02 Nov.

AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 18-ACTySSL-2026.

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA INTEGRAL DE ATENCIÓN Y GESTIÓN DE TURNOS PARA EL SERVICIO PÚBLICO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”.

EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-8150013/26.

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($448.960.000,00).-

VALOR DEL PLIEGO: PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($448.960,00).-

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis - Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 25 de noviembre de 2026, a las 10:30hs.-

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 24 de noviembre de 2026 a las 14:00hs.-

Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar

C: 3843 SPP e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

COMERCIALES

EDICTO CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

Se hace saber por publicación por cinco días que: Se convoca a los señores socios de OXIGENO ALVAREZ S.A.S. a Asamblea General Ordinaria para el día 12 de noviembre de 2026, a las 10 horas en primera convocatoria, y a las 11 horas en segunda convocatoria, a celebrarse en la sede social sita en calle Avenida 25 de Mayo Nº 517, ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, para tratar el siguiente orden del día:

1. Tratamiento fuera de término del estado contable correspondiente al ejercicio Nº 34 cerrado al 30 de junio de 2025.

2. Consideración de la documentación a la que se refiere el inciso 1º, artículo 234 de la Ley de Sociedades Comerciales, correspondiente al ejercicio económico Nº 34 finalizado el 30 de junio de 2025.

3. Consideración de los resultados del ejercicio.

4. Consideración de la gestión de la Administración.

5. Consideración de la retribución de la Administración.

C: 3741 $27.500,00 e: 23 Oct y v: 02 Nov

“GENERAL PLASTICS S.A.

Convóquese a Asamblea Ordinaria de Accionistas para el 17/11/2026, a las 09:00hs. en primera convocatoria y a las 10:00hs.en segunda convocatoria, en Calle 108 y 6, Parque industrial Sur 5700 - San Luis, para tratar el Orden Del Día: 1. Designación de accionistas para firmar el acta. 2. Consideración de la documentación prescripta por el artículo 234 Inc. 1º de la Ley Nº 19.550, correspondiente a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025. 3. Consideración de resultados de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025. 4. Consideración de la gestión del Directorio durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025. 5. Remuneración al Directorio, en exceso del monto previsto por el Artículo 261 de la Ley 19.550.6. Fijación del número de directores y designación de miembros del directorio. 7. Autorizaciones para registraciones en el Registro Público. Los accionistas que deseen concurrir a la Asamblea deberán cursar comunicación de asistencia a la asamblea en Calle 108 y 6, Parque industrial Sur 5700 - San Luis Ciudad de San Luis, de conformidad con lo previsto por el Art. 238 de la Ley 19.550.”

Firmado, por Sebastián Tasselli, Presidente.

C: 3746 $27.500,00 e: 23 Oct y v: 02 Nov

A los efectos de la Ley 11.867, se hace saber que PAOLA VALERIA FLORES, DNI 23.638.941, domiciliada en Departamento 2 “B”, Manzana 118, Torre 10, Barrio PROCREAR, Ciudad y Provincia de San Luis, transfiere a NUEVA SAN LUIS DE LA SIERRA DE RN3 S.R.L., CUIT 30-71964162-4, con domicilio en calle Rivadavia 1052, Ciudad y Provincia de San Luis, el fondo de comercio del rubro farmacia denominado FARMACIA DON BOSCO, ubicado en Avenida España 310 de la misma ciudad. Interviene la escribana María Laura Greco Mainero, adscripta al Registro Notarial 75, con domicilio profesional en Pedernera 1547, Ciudad y Provincia de San Luis, donde se recibirán las oposiciones de los acreedores dentro del plazo legal de diez días contados desde la última publicación. Publíquese por cinco días

MARÍA LAURA GRECO MAINERO

Escribana

C: 3827 $27.500,00 e. 30 Oct. y v: 09 Nov.

“G.F.D. S.R.L.”

El Registro Público de Comercio Ordena Publicación por Termino de Ley. G.F.D. S.R.L. inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis al Tomo 375 de Contratos Sociales – N° 21 – Folio 249 de fecha 3 de Julio de 2023. En Reunión de Socios celebrada el 02/10/2026 tras la renuncia presentada a sus cargos por los socios gerentes Sres. Raul Afredo Ybañez y Marcelo Sanchez se ha decidido por unanimidad conformar una gerencia unipersonal designándose como titular de la misma al Sr. Mariano Gaspar Terranova, DNI N° 27.349.751, y gerente suplente el Sr. Nehuen Wonner, DNI N° 38.354.535, ambos por tiempo indeterminado. En este acto los Sres. Mariano Gaspar Terranova y Nehuen Wonner, manifiestan que aceptan sus cargos y declaran en carácter de declaración jurada: no estar comprendidos en la inhabilidades e incompatibilidades para el ejercicio del cargo según lo establecido en el Art. 264 de la Ley General de Sociedades N° 19.550; que constituyen domicilio especial conforme lo dispuesto en el Art. 256 de la ley antes mencionada, el Sr. Mariano Gaspar Terranova, en Mza. 19 Casa 16, Barrio los Robles, de la Ciudad de La Punta, Provincia de San Luis y el Sr. Nehuen Wonner, en Mza. C, Casa 6, de la Ciudad de El Volcán, Provincia de San Luis. Asimismo, en este acto, ambos socios gerentes, titular y suplente, comprometen la constitución de la garantía a favor de la sociedad, dispuesta en la Ley General de Sociedades por el ejercicio del cargo, de diez (10) salarios mínimo vital y móvil, equivalente a la fecha de Pesos Tres Millones Novecientos Doce Mil con 00/100 ($3.912.000,00) cada uno. -

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3859 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

CONSTITUCION DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA. En la localidad de Villa de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, República Argentina, a los 8 días del mes de octubre de dos mil veintiséis, GABRIEL GASTÓN FONSECA, de nacionalidad argentino, Documento Nacional de Identidad Número 36.666.921, CUIT 20-36666921-4, nacido en la Provincia de Córdoba el 15 de enero de 1992, de 34 años de edad, estado civil casado, de profesión politólogo, domiciliado en Sagitario 341, Villa de Merlo, Provincia de San Luis y ROCÍO VAEZ, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad Número 37.640.343, CUIT 27-37640343-8, nacida en la Provincia de Córdoba el 17 de octubre de 1994, de 31 años de edad, estado civil casada, de profesión diseñadora gráfica, domiciliada en Sagitario 341, Villa de Merlo, Provincia de San Luis; - Declaran hallarse unidos en matrimonio entre sí y manifiestan su libre voluntad de constituir una Sociedad por Acciones Simplificada. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “GRUPO DALSA S.A.S.” y tiene su domicilio social en la ciudad de Villa de Merlo, Provincia de San Luis, República Argentina, pudiendo establecer agencias, sucursales, filiales, establecimientos, representaciones u oficinas en cualquier otro lugar del país o del extranjero, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de NOVENTA Y NUEVE (99) años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios, adoptada de conformidad con las disposiciones del presente instrumento y la normativa legal vigente. OBJETO: La sociedad tiene por objeto, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, la realización de las siguientes actividades: a) Hotelería: La explotación, administración y prestación de servicios de alojamiento turístico y hotelero, incluyendo hoteles, hosterías, apart hoteles, cabañas, complejos turísticos y establecimientos similares, así como todos los servicios complementarios vinculados con la actividad. b) Comercio: La compra, venta, distribución y comercialización, al por menor, de toda clase de productos, artículos y mercaderías, vinculados o no con la actividad hotelera, siempre que su comercialización se encuentre permitida por la legislación vigente. c) Alquileres: La explotación y prestación de servicios de alquiler y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, espacios, salones, instalaciones y establecimientos destinados a actividades comerciales, turísticas, recreativas, gastronómicas o de eventos, conforme a la normativa aplicable. d) Servicios gastronómicos y concesión de comedor: La explotación, administración y prestación de servicios gastronómicos, restaurantes, bares, cafeterías y comedores, pudiendo asimismo tomar o otorgar en concesión la explotación de comedores, espacios gastronómicos y establecimientos similares, tanto de carácter público como privado, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. e) Eventos: La organización, producción, coordinación y realización de eventos sociales, culturales, empresariales, institucionales, recreativos y gastronómicos, incluyendo la prestación de servicios complementarios relacionados con los mismos. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos, contratos, operaciones y actividades que sean necesarios, accesorios o complementarios de las actividades precedentemente indicadas, siempre que resulten lícitos y se encuentren comprendidos dentro de las disposiciones legales vigentes. CAPITAL: El Capital Social es de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00), representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de PESOS UNO ($1) de valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto por acción. Los socios suscriben el CIEN POR CIENTO (100%) del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: el señor GABRIEL GASTÓN FONSECA, suscribe QUINIENTAS SESENTA MIL (560.000) acciones, por un valor total de PESOS QUINIENTAS SESENTA MIL CON 00/100 ($560.000,00), equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) del capital social; y la señora ROCÍO VAEZ, suscribe DOSCIENTOS CUARENTA MIL (240.000) acciones, por un valor total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($240.000,00), equivalente al TREINTA POR CIENTO (30%) del capital social. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo en este acto, obligándose los socios a integrar el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.-SOCIOS: GABRIEL GASTÓN FONSECA, de nacionalidad argentino, Documento Nacional de Identidad Número 36.666.921, CUIT 20-36666921-4, nacido en la Provincia de Córdoba el 15 de enero de 1992, de 34 años de edad, estado civil casado, de profesión politólogo, domiciliado en Sagitario 341, Villa de Merlo, Provincia de San Luis y ROCÍO VAEZ, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad Número 37.640.343, CUIT 27-37640343-8, nacida en la Provincia de Córdoba el 17 de octubre de 1994, de 31 años de edad, estado civil casada, de profesión diseñadora gráfica, domiciliada en Sagitario 341, Villa de Merlo, Provincia de San Luis; - Declaran hallarse unidos en matrimonio entre sí - CIERRE DE EJERCICIO: 31 de marzo de cada año.- ADMINISTRACION: está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley No 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Se designa como Administrador Titular al señor GABRIEL GASTÓN FONSECA, Documento Nacional de Identidad Nº 36.666.921, CUIT Nº 20-36666921-4, de nacionalidad argentino, nacido en la Provincia de Córdoba el 15 de enero de 1992, con domicilio real en calle Sagitario Nº 341, Barrio Los Estribos, Villa de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis. Se designa como ADMINISTRADORA SUPLENTE a la señora ROCÍO VAEZ, Documento Nacional de Identidad Nº 37.640.343, CUIT Nº 27-37640343-8, de nacionalidad argentina, nacida en la Provincia de Córdoba el 17 de octubre de 1994, con domicilio real en calle Sagitario Nº 341, Barrio Los Estribos, Villa de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis. SEDE SOCIAL: Sagitario N.º 341, Barrio Los Estribos, de la ciudad de Villa de Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, República Argentina. FISCALIZACION: Prescinde de Sindicatura. REPRESENTACION: Corresponde al Administrador designado. Fecha de firma de contrato social: 8/10/2026.-

C: 3860 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

EDICTO DE CONSTITUCIÓN

LA QUINTA DE LAS TRES MARÍAS S.A.S.

SOCIOS: MARÍA EUGENIA FRATTARI, D.N.I. N° 32.633.024, C.U.I.T./C.U.I.L. 27-32633024-3, de nacionalidad argentina, de profesión comerciante, nacido el 10 de octubre de 1986, de estado civil soltera, con domicilio real en calle Aviador Origone Nº 405, de la Ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, República Argentina. CONSTITUCIÓN: 14 de octubre del año 2026. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina LA QUINTA DE LAS TRES MARÍAS S.A.S. y tiene su domicilio social, legal y fiscal en calle Sallorenzo Nº 567, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, República Argentina. Plazo de Duración: 99 años contados a partir de su constitución. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a las siguientes actividades: 1) Explotación de Verdulería, Frutería y Productos Frescos: La instalación, explotación, administración y desarrollo de verdulerías, fruterías, mercados barriales, puestos de venta, ferias y centros de acopio o distribución de productos frescos. Comprende la producción, siembra, cosecha, acopio, selección, clasificación, acondicionamiento, fraccionamiento, empaque, conservación, refrigeración, elaboración, industrialización, transformación, agregado de valor, transporte, distribución y comercialización —tanto al por mayor como al por menor— de frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos, hongos comestibles, hierbas aromáticas, productos orgánicos, agroecológicos, agroindustriales, frutos secos, semillas y sus derivados. 2) Explotación Polirrubro, Tiendas de Conveniencia y Comercios de Proximidad: La explotación comercial de kioscos, despensas, almacenes, autoservicios, minimercados, supermercados de cercanía, tiendas de conveniencia y establecimientos de atención permanente (incluyendo la modalidad de funcionamiento las 24 horas). Comprende la compraventa, consignación, fraccionamiento, almacenamiento y comercialización al por mayor y al por menor de productos alimenticios frescos, elaborados, envasados, conservas y congelados; bebidas con y sin alcohol; artículos de limpieza, desinfección, higiene personal y perfumería; artículos de bazar, menaje, plástico, librería, papelería, mercería y del hogar; golosinas, snacks, tabaco, cigarrillos, puros y artículos para el fumador; comercialización de recargas electrónicas, tarjetas prepagas, cobro de servicios por cuenta de terceros, tarjetas y productos digitales, así como mercaderías de consumo masivo en general. 3) Comercio Electrónico, Logística y Distribución: La comercialización de todos los productos y bienes indicados en los puntos anteriores a través de locales comerciales físicos, así como mediante plataformas electrónicas, comercio electrónico (e-commerce), aplicaciones móviles, portales web, redes sociales y todo tipo de sistemas de venta a distancia o remota con entrega a domicilio (delivery). Comprende la prestación de servicios de almacenamiento, depósito, acondicionamiento de carga, gestión de stock, distribución, empaque y transporte propio o contratado de mercaderías generales y alimentos que requieran o no cadena de frío. 4) Operaciones Comerciales, Importación y Exportación: La importación, exportación, representación, intermediación, distribución, consignación, corretaje, leasing comercial y mandato respecto de bienes, insumos, maquinarias, materias primas y productos alimenticios o de consumo masivo vinculados con el objeto principal. Para el cumplimiento de sus fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos jurídicos, contratos u operaciones civiles, comerciales, industriales o de servicios que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que las legalmente establecidas.- Capital Social: El Capital Social es de Pesos PESOS UN MILLON ($1.000.000), dividido en cien (100) acciones ordinarias nominativas no endosables, de PESOS DIEZ MIL ($10.000) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El socio suscribe el cien por ciento (100%) del capital social con el siguiente detalle: a) la única socia MARÍA EUGENIA FRATTARI suscribe la cantidad de cien (100) acciones ordinarias de pesos diez mil con 00/100 ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el 31 de agosto de cada año calendario. Administrador Titular: MARÍA EUGENIA FRATTARI, D.N.I. Nº 32.633.024, con domicilio real en calle Aviador Origone N° 405, en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, República Argentina. Administrador Suplente: Sra. MARIA FLORENCIA FRATTARI, D.N.I. Nº 36.414.944, con domicilio en calle Aviador Origone N° 405, en la ciudad de Villa Mercedes, República Argentina. La sociedad prescinde de sindicatura.-Fecha de certificación de firmas con fecha 19/10/2026.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3861 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

EDICTO CONSTITUTIVO “LUMINA SAS”.

En la localidad de Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis, República Argentina, a los 6 días del mes de octubre de 2026, comparecen: NATALIA ALENDA, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad Número 28.657.662, CUIT 27-28657662-7, nacida el 29 de Abril de 1981 domiciliada en Augusto Roque Baez Nº 151 Bº Despertar del Valle, Merlo, San Luis; de 45 años de edad, de profesión pediatra, estado civil casada con Cristian Gabriel Bocco, DNI 28.796.391 y FLAVIA VANINA TOLEDO de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad Número 32.970.145, CUIT 27-32970145-5, nacida el 17 de Marzo de 1987, domiciliada en Rivera Indarte Nº 1177, Ciudad de Pontevedra, Merlo, Buenos Aires; de 39 años de edad, de profesión psicopedagoga, estado civil soltera; resuelven constituir una Sociedad por Acciones Simplificada de conformidad con lo siguiente: : 1. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “LUMINA SAS” y tiene su domicilio y sede social en Augusto Roque Baez N.º 151 Bº Despertar del Valle, Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. 2. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de 50 años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios. 3. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a las siguientes actividades: a) PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD: Instalación, explotación, dirección y gerenciamiento de centros asistenciales; centros de día, consultorios, centros de rehabilitación, en el área de la salud mental, neuropsicología, psicoterapia, atención psicológica, terapia ocupacional, intervenciones psicoeducativas, psicopedagogía, fonoaudiología, psiquiatría, neuropsiquiatría, acompañamiento terapéutico, en población infanto-juvenil y adultos. Celebración de convenios con sistemas de seguros médicos privados, obras sociales, mutuales y sindicatos, para brindar servicios médicos en las áreas expuestas en el objeto social. Estos servicios en los casos que corresponda, así como la dirección técnica, estarán a cargo de profesionales con título habilitante conforme a la legislación vigente. b) EDUCACION: Servicios de apoyo a la integración escolar. Prestación, desarrollo, organización, gestión, supervisión y administración de programas que busquen la inclusión escolar. Prevención, diagnóstico y tratamiento interdisciplinario de trastornos de inicio en la infancia, trastornos del neurodesarrollo, trastornos del aprendizaje. Conformar un centro Educativo Terapéutico para niños, adolescentes y adultos con diferentes capacidades, discapacidades o neurodiversidades. Provisión de soluciones integrales en el ámbito educativo a entidades de carácter público y/o privado. Educación musical para discapacidad. Concreción de talleres psicoeducativos de prevención, educación, asistencia y tratamientos sobre diferentes problemáticas de niños y adolescentes, para padres, recreativos con finalidades terapéuticas. c) DOCENCIA E INVESTIGACIÓN: Promover la investigación médica y el perfeccionamiento de la asistencia, diagnóstico y el tratamiento para la salud psicofísica del individuo, publicaciones relacionadas, así como la organización, explotación y dictado de congresos, cursos, charlas, conferencias, jornadas, seminarios, talleres de capacitación y ciclos de actualización relacionados con el objeto social. Colaborar con Universidades, Entidades de Investigación e Instituciones similares en el dictado de programas educativos referentes a temas de interés social. d) CONSTRUCTORA: Construcción y refacción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado. Construcción y venta de inmuebles y edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal. e) INMOBILIARIAS: Adquisición, venta, permuta, explotación, construcción, arrendamiento y administración de inmuebles urbanos y rurales, incluidas todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentos sobre Propiedad Horizontal. f) MANDATARIAS: Realización de todo tipo de mandatos, comisiones y consignaciones relacionadas con los objetos previstos en los apartados precedentes. g) EXPORTADORA e IMPORTADORA: De todo tipo de bienes, de acuerdo con la legislación vigente y destinada al cumplimiento del objeto social. h) FINANCIERAS: Podrá realizar aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse dentro de los límites de la Ley de Sociedades Comerciales y/o personas físicas para la financiación de operaciones realizadas o a realizarse. Compra, venta y negociación de títulos, acciones, bonos, debentures y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito en general, con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, quedando expresamente excluidas las operaciones contempladas en la Ley de Entidades Financieras u otras en las que se requiera el concurso del público. Para todos los actos mencionados y cuando la naturaleza de las actividades a realizar así lo requiera, serán llevados a cabo por profesionales con título habilitante y con las autorizaciones estatales pertinentes. 4. Capital: El Capital Social es de pesos ochocientos mil ($800.000,00), representado por ochenta (80) acciones ordinarias escriturales, de pesos diez mil ($10.000,00) de valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. 5. Suscripción e Integración: Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: Alenda Natalia, suscribe la cantidad de cuarenta (40) acciones ordinarias escriturales, de diez mil pesos ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción; Toledo Flavia Vanina suscribe la cantidad de cuarenta (40) acciones ordinarias escriturales, de diez mil pesos ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante boleta de depósito del Banco, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. 6. Administración: Designar como administrador titular a: Alenda Natalia, DNI 28.657.662, quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. Y como Administrador suplente a: Toledo Flavia Vanina DNI 32.970.145, de quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera (Resolución UIF N° 11/11). 7. Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el día 30 de septiembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. 8. Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3862 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

El Registro Público de Comercio, ordena en la Ciudad de San Luis que se publique por el término de ley que la empresa MIR-VIC SRL realizó reunión de socios el 01 de setiembre de 2026, y se determinó lo siguiente:

a) Prórroga de la sociedad MIR-VIC SRL por 20 años, modificando el artículo segundo del contrato social inscripto en Registro Público de Comercio el día 01 diciembre de 1986 inscripta en registro Público de Comercio el día 14 de abril de 1987. En virtud de lo expuesto se modifica la cláusula segunda del contrato social, en cuanto al plazo de duración prorrogando por VEINTE AÑOS, a partir del 01 de diciembre de 1986, quedando redactada de la siguiente manera: “Cláusula segunda: el término de duración de la Sociedad será de veinte años a partir del 01 de diciembre de 2026, salvo que cualquiera de los socios comunicara por telegrama colacionado con seis meses de anticipación, la decisión de disolver la sociedad.” La prórroga es aceptada por unanimidad por ambos socios y se realizarán los trámites pertinentes para la inscripción en el Registro Público de Comercio y obtención de resolución de dicho organismo. Cabe mencionar que no ha sido designado liquidador.

b) Los socios constituyen domicilios especiales en Sucre 1875 de la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis. Los administradores titulares deberán constituir individualmente una garantía en los términos del Art. 256 de la Ley General de sociedades, por la suman de pesos cuatro millones ($4.000.000) a materializarse en una cuenta bancaria especial a cuenta y orden de la Sociedad. Los administradores tienen la obligación de comunicar a la sociedad los datos que individualizan dicha cuenta como así también la entidad financiera autorizada en la que opere. Los Administradores titulares no pueden disponer de dichos fondos durante el plazo de vigencia de su mandato más el término de prescripción de la acción social de responsabilidad.

c) Los socios Mirtha Esther Basso DNI 5.816.185 y Roberto Lucero Mondino DNI 8.314.597 manifiestan en carácter de Declaración Jurada, no estar incluido en las prohibiciones, inhibiciones e incompatibilidades del Art. 264 de la Ley de Sociedades Comerciales.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3863 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

SOCIOS: Sr. Melano Santiago, DU Nº 39.090.301, CUIL Nº 20-39.090.301-5, argentino, nacido el 05/08/1995, Odontólogo, soltero, con domicilio en 9 de Julio N° 1359 Villa Mercedes San Luis, Sr. Quintero Rodrigo Manuel, DU Nº 36.046.913 CUIL Nº 20-36046913-2, argentino, nacido el 23/03/1992, Comerciante, soltero, con domicilio en Betbeder N° 1076 Villa Mercedes San Luis y el Sr. Comatelli Ángel Gastón, DU Nº 27.953.683, CUIL Nº 20-27953683-6, argentino, nacido el 13/10/1980, Comerciante, Soltero, con domicilio en Juan Llerena N° 1662 de Villa Mercedes San Luis.

DENOMINACION: DALLAS S.A.S.

DOMICILIO: legal y fiscal, B Av. Mitre N° 610 Villa Mercedes (SL).

DURACION: 99 años a partir de su constitución

OBJETO: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, ya sean estas personas físicas o jurídicas en cualquier parte de la República Argentina o del exterior, a las siguientes actividades:

a) Servicios: servicios relacionados con la actividad física, deportiva y de acondicionamiento físico, mediante la explotación de gimnasios, centros de entrenamiento y establecimientos destinados a la realización de actividades de musculación, fitness, entrenamiento funcional, preparación física y demás disciplinas vinculadas con el deporte y el bienestar físico.

b) Comercial: comercializar, comprar, vender, distribuir, importar y exportar artículos, accesorios, indumentaria, maquinas y equipamiento deportivo, así como suplementos nutricionales y productos destinados a la práctica deportiva.

c) Franquicias: desarrollar, otorgar, adquirir, explotar, administrar, ceder y transferir franquicias comerciales vinculadas con gimnasios, centros de entrenamiento, actividades deportivas, indumentaria, equipamiento y productos relacionados con el bienestar físico, incluyendo la celebración de contratos de franquicia, licencias de uso de marcas, nombres comerciales, métodos operativos, sistemas de gestión, know-how y demás derechos de propiedad intelectual relacionados con dichas actividades.

d) La importación y exportación de cualquiera de los servicios y productos, producidos o desarrollados que hacen al objeto de la sociedad.

La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.-

CAPITAL SOCIAL: PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000,00.-) representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales de $10.000 cada una que los socios suscriben de la siguiente manera. A) Melano Santiago 216 acciones ordinarias escriturales; B) Quintero Rodrigo Manuel 252 acciones ordinarias escriturales; C) Comatelli Ángel Gastón 132 acciones ordinarias escriturales. El capital social se integra en un 100% en muebles y útiles.

ADMINISTRACION: Administrador Titular Sr. Melano Santiago D.N.I 39.090.301, Administrador Suplente Sr. Quintero Rodrigo Manuel D.N.I. 36.046.913

ORGANO DE FISCALIZACION: La sociedad prescinde de la sindicatura.

CIERRE EJERCICIO SOCIAL. El 31 de diciembre de cada año.

FECHA DE CONSTITUCION DE S.R.L. 23 de septiembre de 2026. Certificación de firma 24/09/2026.

C: 3864 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

“SANATORIO Y CLÍNICA RIVADAVIA S.A.C.A. y S.”

DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES

El Registro Público de Comercio, ordena se publique por el término de ley:

1) Que mediante asamblea general ordinaria llevada a cabo por Acta N° 46 de fecha 11/09/2025, registrada por Acta de fecha 11/09/2025 del libro de depósito de acciones y registro de asistencia N° 2, se procedió a la designación de autoridades del SANATORIO Y CLÍNICA RIVADAVIA S.A.C.A. y S., autoridades que han aceptado y distribuido el cargo mediante acta N° 421 del libro de Actas de Directorio N° 1 de fecha 10/10/2025, quedando las autoridades compuestas de la siguiente manera:

DIRECTOR PRESIDENTE: Sirabo, Fernando DNI N° 14.888.026

DIRECTOR VICEPRESIDENTE: Picca, Alvaro Antonio DNI 14.542.384

DIRECTOR TITULAR: Giaccaglia, Raul Alberto DNI 28.491.425

DIRECTORES SUPLENTES:

Villegas Scivetti, Andres Javier DNI 26.930.573

Pascual, Eduardo Raul DNI 12.987.401

Saa Patrino, Oscar Eduerdo DNI 20.134.200

2) Que Conforme artículo 256 de la ley 19.550 los directores y los titulares suplentes han fijado domicilio especial en calle Rivadavia N° 1059, de la ciudad de San Luis.

San Luis, 16 de octubre de 2026.-

C: 3865 $5.500,00 e: y v: 02 Nov

JUDICIALES

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - JUEZA, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 452728/26” BOLATTI JUANA MARIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de la causante JUANA MARIA BOLATTI, (D.N.I. Nº 7.571.493), bajo apercibimiento de ley.- SAN LUIS, 19 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3797 $16.500,00 e: 28 Oct. y v: 02 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Autopista de los Comechingones (Ruta Provincial Nº 55) de Santa Rosa del Conlara (SL), a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaria del Dr. Fernando Scarso, en los autos caratulados: “ESTEBAN GERMAN JAVIER S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 432.456/25, cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. GERMAN JAVIER ESTEBAN, DNI: 22.387.030 bajo apercibimiento de ley.- Santa Rosa del Conlara, 6 de agosto de 2026.

C: 3798 $16.500,00 e: 28 Oct. y v: 02 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1, de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, juez titular, en autos caratulados: “MORANO OSVALDO JESUS S/SUCESIÓN AB INTESTATO- EXP N° 446074/26” cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores del causante, don MORANO OSVALDO JESUS DNI N° 21.407.566, bajo apercibimiento de ley.

SAN LUIS, DOS DE OCTUBRE DE 2026.

C: 3818 $16.500,00 e: 28 Oct y v: 02 Nov.

El Juzgado Electoral Provincial a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo Juez Electoral Provincial, Secretaría Electoral Provincial a cargo de la Dra. Ana Giménez Lanza, comunica el nombre adoptado por el partido en formación de orden departamental: “MOVIMIENTO LA VECINAL”, obrante en autos ELE 2490/26 el que fuera constituido en fecha 18/09/2026 y solicitado su reconocimiento en fecha 1/10/2026, a fin de la oposición al nombre que pudiere formularse (Art. 16 incs. 1, 2, y 3 Ley N° XI-0346-2004).

ART. 63 INC. A) DE LA LEY XI-0346- 2004-5542” R”: “Las actuaciones tramitarán por escrito, a máquina en el mismo tipo de papel exigido por la Justicia Ordinaria y estarán exentos de la tasa judicial y Acto de Procedimiento, las publicaciones contempladas en esta Ley se harán en el Boletín Judicial y Oficial sin cargo, a cuyo efecto deberán contener la autorización de la autoridad de aplicación.”

San Luis, 28 de Octubre del 2026

C: 3830 SPP e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Juez del Juzgado de Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Ciudad de San Luis, PROSECRETARIO del autorizante, en los autos caratulados EXP 437001/25 “AGUERO ARTURO EVACIO C/ MILAN OLGA EDITH S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA-TRÁMITE ORAL” Para la notificación, citación y emplazamiento de los demandados Poder Judicial San Luis cuyos domicilios se desconocen y de quienes se consideren con derecho en el inmueble referenciado, publíquense EDICTOS por el término de DOS DÍAS en el Boletín Oficial y en un Diario de los de mayor circulación (Arts. 145, 146, 147, 343 1er. Párrafo, 911 y 912 del C.P.C.C.), para que dentro de CINCO DÍAS comparezcan a tomar la intervención que les corresponda, haciéndose constar el nombre de los demandados y bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente.-

San Luis, 21 de OCTUBRE de 2026

ANA F. DIAZ

Prosecretaria

C: 3831 $11.000,00 e: 30 Oct. y v: 02 Nov.

El Juzgado de 1ra Instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental N° 2, de la 1ra Circ. Judicial de la Prov. de San Luis, a cargo de la Dra. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - Juez, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Gómez, en los autos caratulados: “PAEZ ANA MARIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte. N° 451181/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. ANA MARÍA PÁEZ, D.N.I. N° 10.697.475, bajo apercibimiento de Ley.- SAN LUIS, 04 DE SEPTIEMBRE DE 2026.-

C: 3834 $16.500,00 e: 30 Oct y v: 04 Nov.

EL Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Juez, Prosecretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 371908/21 - “PELLIZZONI EGIDIO C/ PELLIZZONI ELIO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” CITA Y EMPLAZA por el término de CINCO DÍAS a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble rural, ubicado en el paraje rural de “La Majada”, jurisdicción administrativa del municipio de Leandro N. Alem, departamento Ayacucho, provincia de San Luis, denominado “Est. Don Tito”, ubicado sobre el margen Norte de la calle publica de La Majada, inscripto al Tomo 11 (Ley 3236) Ayacucho – Folio 272 – Nº 10634 con una superficie de 135 has 7365,35 m2, padrones 3695, 3694, 3693, 3692 y 1447 de la Receptoría Nº 16, con los limites y alcances descriptos en los Planos de Mensura Nº 7-173-18, 7-41-19 y 7-42-19, para que comparezcan a tomar la intervención que les corresponda, bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).-

San Luis, 30 de SEPTIEMBRE de 2026

C: 3835 $11.000,00 e: 30 Oct y v: 02 Nov.

El JUZGADO CIVIL COMERCIAL AMBIENTAL Y LABORAL N° 1 DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL con asiento en la localidad de Concarán, provincia de San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría Civil a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP 455234/26 “RAMIREZ ROLANDO VICTOR S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del Sr. RAMIREZ ROLANDO VICTOR, DNI N° 11.051.227, bajo apercibimiento de ley.-

Concarán, San Luis, 21 de Octubre del año 2026.-

C: 3836 $16.500,00 e: 30 Oct y v: 04 Nov.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Dr. MOISÉS BENITO FARA, Secretaría a cargo de la autorizante, con asiento en la localidad de Concarán, en los autos caratulados: “SUPO CARLOS, CASIMIRA FRANCISCA ESCUDERO, ESTHER LILIANA SUPO S/ SUCESORIO AB INTESTATO” - Expte. N° 177445/8, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por las causantes, Sra. CASIMIRA FRANCISCA ESCUDERO, LC N° 0.792.650, fallecida el día 7-11-2023, y su hija, Sra. ESTHER LILIANA SUPO, D.N.I. N° 17.057.647, fallecida el día 27-11-2017, para que comparezcan a estar a derecho y lo acrediten bajo apercibimiento de ley. Publíquense edictos por el término de tres (3) días en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis (Art. 699 del C.P.C.C.).- Concarán, San Luis, 24 de agosto de 2026.-

C: 3837 $16.500,00 e: 30 Oct y v: 04 Nov.

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 26, a cargo del Dr. Fernando Javier Perillo, Secretaría Nº 51 a cargo de la Dra. Dévora Natalia Vanadía, sito en Callao 635 piso 1 CABA, comunica por dos días que en autos “CONINDAR SAN LUIS S.A. S /QUIEBRA” Exp. Nº 46673/1998”, se ha ordenado intimar a los Sres. acreedores Boragni Alejandro Marcelo DNI N° 13.931.265, Medina Roberto Pascual DNI Nº 8.685.467, Pereyra de Gatica Norma Susana DNI Nº 12.920.591 y Posada Eisa Beatriz DNI Nº 20.080.846, arbitren medidas para el cobro del dividendo a su favor en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de decretar la caducidad. Asimismo, hace saber a los acreedores de la fallida que detenten reservas a su favor en estos actuados se presenten a estar a derecho en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de desafectación de las reservas oportunamente efectuadas.

Buenos Aires, de octubre de 2026.

C: 3838 SPP e: 30 Oct y v: 02 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia L. Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “OROZCO LUIS MARIA - YSABEL OLGUIN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP Nº 448779/26, CITA Y EMPLAZA, por el termino de TREINTA (30) días a herederos y acreedores de los causantes LUIS MARIA OROZCO, DNI Nº 3.210.184 e YSABEL OLGUIN, DNI Nº 8.204.155, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 20 de Octubre de 2026.-

C: 3839 $16.500,00 e: 30 Oct y v: 04 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Prosecretaria de la Autorizante, en autos: “PEREZ JUAN VICENTE C/ XACUR DEOLINDO ALBERTO Y OTROS S/PRESCRIPCION EXP Nº 361534/20, cita y emplaza por el término de QUINCE (15) días a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble individualizado como parcela 62 del plano de mensura de mayor medida a los efectos de tramitar el título de propiedad por prescripción adquisitiva, visado provisoriamente por la dirección provincial de catastro y tierras fiscales con el numero 2/71/18 confeccionado por el agrimensor Miguel Gandolfo, tiene una superficie de 2589,05mt2 (dos mil quinientos ochenta y nueve con cero cinco metros cuadrados), siendo su nomenclatura tributaria 07-4907, siendo su inscripción en RPI Ley 3236, de Pringles, Tomo 2 Folio 205, Número 316, Referencia Inscripción Ley 3236 de Pringles, Tomo 13 Folio 149, Número 8684, Referencia de Inscripción Ley 3236 con los limites y alcances descripto en el plano de referencia. - los linderos y colindantes son: al NORTE con Alberto Xacur, Jose Antonio Xacur, Deolindo Alberto Xacur y Olga Catalina Xacur, padrón 4907 Receptoría Saladillo parcela f del plano 2/55/96; al ESTE con Alberto Xacur, Jose Antonio Xacur, Deolindo Alberto Xacur y Oiga Catalina Xacur, padrón 4907 Receptoría Saladillo parcela f plano 2/55/96 y parcela 4 del plano 0020 destinada a callejón particular, SURESTE: Alberto Xacur, Jose Antonio Xacur, Deolindo Alberto Xacur y Olga Catalina Xacur, padrón 4907 Receptoría Saladillo parcela f plano 2/55/96 y SUROESTE: Alberto Xacur, Jose Antonio Xacur, Deolindo Alberto Xacur y Oiga Catalina Xacur, padrón 4907 Receptoría Saladillo parcela f plano 2155/96.- para que comparezcan a estar a derecho y a constituir domicilio legal en el radio del juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 27 de marzo de 2026.-

SILVINA N. TORRES

Prosecretaria

C: 3840 $11.000,00 e: 30 Oct y v: 02 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la ciudad de Concarán, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo del Autorizante, en autos caratulados: “EXP 435943/25 RODRIGUEZ CESAR ARIEL, ALANIZ BEATRIZ DEL CARMEN S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL”, cita y emplaza por quince días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio ubicado sobre calle Güemes S/N, esquina Ex Ruta Prov. Nº 1 S/N, de la localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Partido Estanzuela, Provincia de San Luis y que se encuentra individualizado según plano de mensura a los efectos de tramitar el título de propiedad por prescripción adquisitiva confeccionado por el Agrimensor Carlos A. Cuvertino, Mat. Prof. 317 CASL y registrado provisoriamente por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales el 21 de noviembre de 2024, bajo el número 4/100/24, como parcela N° “5”. Dicha parcela se encuentra empadronada bajo el N° 330103 de la Receptoría Tilisarao (11) figurando a nombre de la Municipalidad De Villa Del Carmen con una superficie total de 8865,50m2, y es afectada parcialmente por la presente mensura en 340,87m2. El inmueble carece de inscripción de dominio. Son sus medidas, superficie y linderos los siguientes: Mide: desde el punto “1” al punto “2”, 10,00m; desde el punto “2” al punto “3”, 5,66m; desde el punto “3” al punto “4”, 20,56m; desde el punto “4” al punto “5”, 14,40m; y desde el punto “5” al punto “1”, 24.61m; lo que hace una superficie total de trescientos cuarenta con ochenta y siete metros cuadrados (340,87 m2). Linda: al Norte, con calle Güemes; al Sur, con padrón 330103 de la receptoría Tilisarao figurando a nombre de Municipalidad de Villa Del Carmen; al Este, con calle Ex Ruta N°1 (c/pav); y al Oeste, con padrón 330103 de la receptoría Tilisarao figurando a nombre de Municipalidad de Villa Del Carmen. Bajo apercibimiento de ley.

Concarán, San Luis, 03 de Septiembre de 2026.-

C: 3849 $11.000,00 e: 30 Oct y v: 02 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, a cargo de la Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez, Secretaria del Autorizante, en los autos “FERNANDEZ ROGELIO Y GUZMAN MARIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO - EXP 392457/22”, cita y emplaza por TREINTA DÍAS a todos los herederos y acreedores del Sr. ROGELIO FERNANDEZ, clase 1902, matrícula N° 3.180.013 y la Sra. MARIA GUZMAN - LC.8.214.971, bajo apercibimiento de ley.-

C: 3850 $16.500,00 e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de esta Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia L. Fernández Paz, Juez Subrogante, Secretaría del autorizante, en autos caratulados EXP 454069/26/ “PEREZ JUAN CARLOS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS a herederos y/o acreedores del Sr. PEREZ JUAN CARLOS DNI N° 6.891.561, bajo apercibimiento de ley. SAN LUIS, 26 de octubre de 2026.-

C: 3851 $16.500,00 e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

EDICTO DE RECTIFICACIÓN DE EDICTO DE MENSURA / FE DE ERRATAS

Objeto: Subsanar error material en publicación de Edicto de Mensura en cumplimiento del Decreto Nº 13984-MHIP-2025.

Publicaciones Originales: Boletín Oficial Nº 16135 de fecha 21/08/2026, C: 2817 y Boletín Oficial Nº 16136 de fecha 24/08/2026, C: 2817.

Donde dice: Padrón Nº 13-390235.

Debe decir: Padrón Nº 13-570078.

Profesional Actuante: Ing. Agrimensor Mario Ruiz, matrícula Nº 247 CASL.

C: 3852 $11.000,00 e: 30 Oct. y v: 02 Nov.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “ARCE, GLADYS YOLANDA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 295461/16, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: GLADYS YOLANDA ARCE, (D.N.I. Nº 16.296.542), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-

San Luis, 16 de Septiembre de 2026.-

C: 3853 $16.500,00 e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luís a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA –Juez-, Prosecretaria de la autorizante, en autos “CAMARGO ROQUE MARIO Y OTRA S/ SUCESION AB-INTESTATO” EXP 313085/17 CITA Y EMPLAZA por TREINTA DIAS a herederos y acreedores de ROQUE MARIO CAMARGO DNI Nº 6.819.733 y de OLGA OLGUIN, DNI N° 6.419.810, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 17 de SEPTIEMBRE de 2026

C: 3854 $16.500,00 e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz, juez, secretaría del autorizante, en autos caratulados “ESCUDERO AMELIA, SORIA ISIDORO LEONTES S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 447591/26 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de los extintos Sres. AMELIA ESCUDERO, D.N.I. N° 2.508.237 e ISIDORO LEONTES SORIA, D.N.I. N° 6.779.344, bajo apercibimiento de ley.-

Villa Mercedes (San Luis), 27 de octubre de 2026.

C: 3855 $16.500,00 e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en la Localidad de Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: “MONZON ARGENTINA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXP 452348/26, cita y emplaza por el plazo de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores de ARGENTINA MONZON, DNI N° 2.453.722, bajo apercibimiento de ley.-

Concarán, San Luis, 22 de OCTUBRE de 2026.-

C: 3856 $16.500,00 e: 30 Oct. y v: 04 Nov.

“El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE FORTÍN EL PATRIA 3° TRIMESTRE AÑO 2024 HTD REL 10416/24” EXD Nº 6261210/25, CITA Y EMPLAZA a los herederos del SR. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, por el término de diez (10) días hábiles, a fin de que efectúen descargo, acompañen documentos y/o soliciten las medidas que a su derecho correspondan, en los términos del Capítulo X de la Ley Nº VI-0166-2004. Se les hace saber que su incomparecencia deparará los efectos de la rebeldía a que hubiere lugar en derecho, y que todo descargo y/u ofrecimiento de prueba deberá realizarse mediante presentación en el correo electrónico oficial: tribunaldecuentassl@htc.sanluis.gov.ar. PRESIDENCIA.

San Luis, 21 de octubre de 2026.”

C: 3866 SPP e. 02 y v: 06 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca; Jueza, Prosecretaria de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP 433823/25 “ACEVEDO EDUARDO ROSARIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA – TRÁMITE ORAL” cítese por el término de QUINCE (15) DIAS a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Franco Pastore Nº 3335 (San Luis), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 168 – Ley 3236 – Dto. Capital – Folio 65 – Numero 3418 a nombre de Club Ecuestre San Luis, inscripto en la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales: Padrón Nº 12 – 286 de Receptoría La capital con los límites y alcances descriptos en Plano de Mensura Nº 1/428/22. Para que comparezcan a estar en derecho a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse.-

San Luis, 12 de AGOSTO de 2026

C: 3867 $11.000,00 e. 02 y v: 04 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N.º 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO - JUEZ SUBROGANTE, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: “EXP 427031/24” BARROZO ROSA VERONICA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA, que tramita según las normas del proceso ordinario en contra de DOMINGA ANTONIA GIMENEZ DNI 16.479.725 (fallecida en Mendoza- sin sucesión abierta a su nombre) CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos, acreedores y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren sobre la sucesión de la causante o el bien afectado, para que comparezcan en este expediente, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C., ello a fin de constituirse en los mismos, oponer excepciones y/u ofrecer la prueba de que intenten valerse, todo ello sobre el inmueble ubicado en calle sin Nombre S/N° - Quines, de la Provincia de San Luis, Departamento: Ayacucho, Partido: Quines, Padrón Nº 262.125, Inscripción de Dominio Matricula 05 -1.303 de Ayacucho - Rº 6 - Aº 1, de Receptoría: Quines, correspondiente al Plano Nº 7/129/24, confeccionado por el Agrimensor Gabriel Horacio Perino, Parcela “24” constante de una superficie de DOSCIENTOS TREINTA Y UN METROS SETENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (231,74 M2) con los siguientes límites NORTE: Víctor Andrada, OESTE: calle Pública, ESTE: Edgar Matías Ponce, y SUR: Miguel Rosendo Ortiz.- Todo bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente. –

San Luis, 28 de Octubre de 2026.-

C: 3868 $11.000,00 e. 02 y v: 04 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: CABAÑAS HILARIO VICTOR S/ SUCESION AB INTESTATO – EXP 429074/25 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Don CABAÑAS HILARIO VICTOR DNI N° 6.543.329, bajo apercibimiento de ley.-

Prosecretaría: 27 de octubre de 2026.-

C: 3869 $5.500,00 e. y v: 02 Nov.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 3 DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, juzgado a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez subrogante del juzgado civil comercial y ambiental, secretaria autorizante Dra. Natalia Gómez, EN LOS AUTOS CARATULADOS “EXP 427036/24 “MOYANO ALDO ROBERTO Y CAMARGO ALCIRA LILA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el termino de treinta días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de los SRES. ALDO ROBERTO MOYANO, DNI 6.808.559 y CAMARGO ALCIRA LILA, DNI 5.881.490 bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 20/11/25

C: 3870 $16.500,00 e. 02 y v: 06 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP 434403/25 “NICOTRA RODOLFO LEONARDO s/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DÍAS, a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble Rural ubicado sobre Ruta Provincial N° 9 Río Grande (El Trapiche) Departamento Coronel Pringles Partido Totoral, de esta Provincia de San Luis, individualizado en Plano de Mensura N° 2/17/25, elaborado por el Ing. Agrimensor Jorge W. Elizondo, debidamente registrado en Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, que consta de una SUPERFICIE DE SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (756,72 mt2), cuyos límites son: al NORTE: Calle Pública Proyectada, Cirilo Ojeda Padrón 1877, Receptoría Carolina, Parcela 7, Plano 2/34/81 y Ángel Alfonso, Ramón Ángel Gil Alfonso, y Estela Mary Gil Alfonso, Padrón 3759, Receptoría Saladillo, Parcela 32, Plano 02/9/87, Parcela 2729; al SUR: Ángel Alfonso, Ramón Ángel Gil Alfonso, y Estela Mary Gil Alfonso, Padrón 3759, Receptoría Saladillo, Parcela 32, Plano 02/9/87, Parcela 2729; al ESTE: Ruta Provincial N° 9; y al OESTE: Calle Pública Proyectada, Cirilo Ojeda Padrón 1877, Receptoría Carolina, Parcela 7, Plano 2/34/81 y Ángel Alfonso, Ramón Ángel Gil Alfonso, y estela Mary Gil Alfonso, Padrón 3759, Receptoría Saladillo, Parcela 32, Plano 02/9/87, Parcela 2729; Cuyas Medidas son: del vértice 1 al 2: 29,40 mt, del vértice 2 al 3: 19,94 mt; del vértice 3 al 4: 31,26 mt; y del vértice 4 al 1: 31,78 mt. INSCRIPCION REGISTRAL: Tomo 5 de Pringles F° 67 N° 1613. Padrón N° 1878 y N° 1879, ambos Receptoría Carolina, Nomenclatura Catastral de Origen, Circunscripción El Trapiche, Cuadrante D-3, PUBLIQUENSE EDICTOS a fin de que comparezcan a estar a derecho, en el plazo de quince (15) días dos veces, en intervalos regulares de treinta (30) días entre una publicación y otra, por DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en el diario de mayor circulación en la provincia (arts. 911, última parte y 912 del C.P.C), bajo apercibimiento de designar al Sr. DEFENSOR OFICIAL DE AUSENTES, para que los represente (Art.343, 2º párrafo del C.P.C.).-

San Luis, 01 de OCTUBRE de 2026

C: 3871 $5.500,00 e. y v: 02 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N.º 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO – JUEZ SUBROGANTE, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: “EXP 453273/26” PAEZ ANA BEATRIZ PAEZ MODESTO CONSTANTINO, VELAZQUEZ MARIA JACINTA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de los causantes PAEZ MODESTO CONSTANTINO, (D.N.I. Nº 6.796.040) y VELAZQUEZ MARIA JACINTA, (D.N.I. Nº 4.313.851), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 27 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3872 $16.500,00 e. 02 y v: 06 Nov.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 San Luis, del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez, Secretaria del Autorizante, en autos “SOSA PEDRO ELEODORO Y SOSA PEDRO ELEODORO (H) S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXPTE. NRO. 409769/23, cita y emplaza por TREINTA DÍAS a herederos y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SOSA PEDRO ELEODORO DNI N° 6.787.147 y SOSA PEDRO ELEODORO (H), DNI N° 10.697.530, bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 13 de octubre de 2026.-

C: 3873 $16.500,00 e. 02 y v: 06 Nov.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del la Dra. CAROLINA SOLEDAD CHERUBINI, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 448040/26 “GARELLA MATIAS CARLOS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el GARELLA MATIAS CARLOS, DNI N° 27.953.763.-

Villa Mercedes, San Luis, 26 de Octubre de 2026

C: 3874 $5.500,00 e. y v: 02 Nov.

REMATES

GPAT COMPAÑÍA FINANCIERA S.A.U

El Martillero W. Fabián Narváez, comunica por un (1) día, que subastará, únicamente a través del Portal www.narvaezbid.com.ar, el día 18 de noviembre de 2026, a partir de las 14 horas; 1 unidad por cuenta y orden de GPAT COMPAÑÍA FINANCIERA S.A.U. (Acreedores Prendarios, Art. 39 de la Ley 12.962) y de conformidad con lo establecido por el Art. 2229 del Código Civil y Comercial, ORTIZ, ROMINA EVELIN CITROEN, SEDAN 5 PUERTAS, NUEVO C3 1.5L 90 TENDANCE PACK S OUZ687 2015 BASE $8.294.000, en el estado que se encuentran y exhiben los días 10 al 13 de noviembre y el 16 de noviembre de 11 a 16 hs. en Hipermercado Carrefour de San Fernando, Panamericana Ramal Tigre y Ruta N° 202- Primer subsuelo, San Fernando, Provincia de Buenos Aires. Con relación a la exhibición los ingresos serán por orden de llegada. La puesta en marcha de todas las unidades se realizará de manera virtual. Condiciones de la Subasta y utilización del portal: Para participar del proceso de subasta electrónica, los usuarios deberán registrar sus datos en el Portal, de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Narvaezbid” y aceptar estos términos y condiciones en el mismo, que detalla las condiciones particulares de la subasta. Cumplido el procedimiento de registración y habilitación podrá participar del proceso y realizar ofertas de compra. Las unidades se ofrecen a la venta en el estado en que se encuentran y exhiben y en forma individual, con base y al mejor postor. Las fotos y descripciones de los BIENES a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL NARVAEZBID. Los pagos deberán de realizarse de manera individual por cada lote adquirido. El pago total del valor de venta, más el importe correspondiente a la comisión 10% del valor de venta más IVA y servicio de gestión administrativa e IVA, deberá ser depositado dentro de las 24 horas hábiles bancarias posteriores a la aprobación del Remate en las cuentas que se consignarán a tal efecto, bajo apercibimiento de declararse rescindida la venta, sin interpelación alguna, con pérdida de todo lo abonado a favor de la parte vendedora y del martillero actuante. La subasta se encuentra sujeta a la aprobación de la entidad vendedora. Las deudas, infracciones, gastos de transferencia, certificado de verificación policial digital e informe de dominio, están a cargo del comprador. Al momento de realizar la transferencia de la unidad y en caso de corresponder el comprador deberá firmar negativa de gravado de auto partes y cristales con certificación de firma en caso de corresponder, debiendo luego de retirada la transferencia del registro automotor correspondiente realizar a su cargo y costo el correspondiente grabado de autopartes y cristales de conformidad con la normativa vigente. El informe de las deudas por infracciones se solicitan al Sistema Unificado de Administraciones Tributarias Subnacionales, las jurisdicciones que están incorporadas operativamente a dicho sistema se detallan en las condiciones de subasta en el sitio web www.narvaezbid.com.ar, en las condiciones de subasta correspondiente. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, que serán aclarados a viva voz por el martillero en el acto de la subasta, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cuál la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 90 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La entidad vendedora y/o el martillero actuante no se responsabilizan por los plazos y demoras que se pudieran generar ante eventuales normas y/o disposiciones que establezca suspensiones en la posibilidad de inscripción de transferencias dominiales ante Registro de la Propiedad Automotor de unidades adquiridas en la subasta. El retiro de la unidad se realizará con turno previo confirmado por el martillero actuante. Transcurridos los 7 días corridos de comunicada la autorización de retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemnes a GPAT COMPAÑÍA FINANCIERA S.A.U. de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Buenos Aires, 26 de octubre de 2026. Walter Fabian Narvaez Martillero Público Nacional Mat 33 F 230 L 79.

WALTER FABIAN NARVAEZ- Martillero Público Nacional

C: 3875 $5.500,00 e. y v: 02 Nov.

El martillero Eduardo Alberto Radatti comunica por 1 día que por cuenta y orden de GPAT Compañía Financiera S.A.U.(artículo 39 Ley 12.962) y conforme artículo 2.229 del Código Civil y Comercial de la Nación subastaran por ejecución de prendas, el día 16/11/2026 a partir de las 10hs, y en el estado que se encuentran. El siguiente vehículo se exhibe de manera presencial en Ruta 24 (ex 197) N° 1541 entre Almafuerte y Atuel, Cuartel V, Moreno, Provincia de Buenos Aires los días 11, 12 y 13 de Noviembre de 9 a 16hs: QUIROGA RODRIGUEZ JUAN PABLO; BENELLI LEONCINO 500 /2025; A294EJF; Base $4.000.000.- De no existir ofertas se subastará sin base. Comisión 10%. IVA sobre comisión. Saldo en 24 horas bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora. Puesta en marcha, exhibición virtual, deudas de patentes impuestos e infracciones y trámites y gastos de transferencia, verificación policial, informes de dominio, grabado de autopartes y cristales, a cargo del comprador. Condiciones y características de la subasta en nuestra página www.radatti.subastasenvivo.com En caso de existir algún inconveniente técnico para la realización de la subasta, la misma se reanudará al siguiente día hábil a las 10 horas. Para ingresar al lugar de exhibición de los vehículos se deberá presentar copia del Documento de Identidad. El comprador constituirá domicilio en la Capital Federal. Buenos Aires, 23/10/2026.

EDUARDO ALBERTO RADATTI- Martillero Público Nacional

C: 3876 $5.500,00 e. y v: 02 Nov.