ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DECRETO Nº 12181-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-11050856/26, por el cual la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la ampliación de plazo de la obra denominada: CONSERVACION MEJORATIVA EN RUTA PROVINCIAL Nº 3 - TRAMO: PUENTE VAR RN Nº 7 - ZANJITAS - NAHUEL MAPA - UNION -DEPARTAMENTOS: JUAN MARTIN DE PUEYRREDON Y DUPUY - PROVINCIA DE SAN LUIS, y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue contratada con la firma GRUPO FORJA S.A. en el marco de la LICITACION PUBLICA Nº 04/2025, según lo dispuesto por Decreto Nº 790-MHIP-2026 de fecha 28 de enero de 2026 y Contrato de Obra Pública suscripto el día 02 de febrero de 2026 obrante en act. DOCEXT 1548154/26;

Que en act. DOCEXT 1603349/26 obra Nota de Pedido Nº: 3 presentada por la contratista expresando que las lluvias intensas registradas durante los últimos meses han ocasionado demoras significativas en la ejecución de las tareas programadas, imposibilitando el normal desarrollo de las obras en los plazos originalmente previstos. En consecuencia y de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente en materia de contratación pública, se solicita NOVENTA (90) días de ampliación del plazo contractual, a fin de garantizar la correcta ejecución de los trabajos y preservar la seguridad de los usuarios de la vía;

Que en act. DOCEXT 1603345/26 obra adjunto Plan de Trabajo y Curva de Avance propuestos;

Que en act. DOCEXT 1603350/26 obra informe donde se expide la inspección de acuerdo a la documentación presentada, considerando conveniente una ampliación de plazo de ejecución de obra de NOVENTA (90) días corridos;

Que en act. DOCEXT 1603381/26 la Dirección Provincial de Vialidad comparte lo expresado por la inspección, solicitando autorización para llevar a cabo el trámite administrativo correspondiente a la ampliación de plazo;

Que en act. ACTPAS 1733848/26 y ACTPAS 1689632/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1020694/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. DICFIS 177641/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que estarían dadas las condiciones de dictar el pertinente acto administrativo por el que se autorice la ampliación de plazo de ejecución referenciado, y consecuente aprobación del Plan de Trabajo y Curva de Avance, con encuadre legal en lo dispuesto en el Apartado IV) del artículo 26º, del Pliego General de Condiciones, aprobado por Decreto Nº 3345-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 26 apartado IV) del Pliego General de Condiciones aprobado por Decreto Nº 3345-MP-2004.-

Art. 2º.- Autorizar en la obra denominada: CONSERVACION MEJORATIVA EN RUTA PROVINCIAL Nº 3 - TRAMO: PUENTE VAR RN Nº 7 - ZANJITAS - NAHUEL MAPA - UNION -DEPARTAMENTOS: JUAN MARTIN DE PUEYRREDON Y DUPUY - PROVINCIA DE SAN LUIS, una ampliación de plazo de NOVENTA (90) días corridos.-

Art. 3º.- Aprobar Plan de Trabajo y Curva de Avance, obrantes en act. DOCEXT 1603345/26.-

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección Provincial de Vialidad y a la firma GRUPO FORJA S.A.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12182-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9011153/26, por el cual el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica tramita autorización para la suscripción del Contrato de Servicios con la señora GISELA SOLEDAD BERTH, D.N.I Nº 32.838.137; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1631221/26, obra modelo de Contrato de Servicios a suscribir entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA D.N.I. Nº 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, por una parte, y por la otra la señora GISELA SOLEDAD BERTH, D.N.I Nº 32.838.137, para prestar servicios administrativos en la Dirección de Presupuesto Público;

Que el Contrato de Servicio que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, en la cláusula segunda establece la retribución de la contraprestación y en la cláusula tercera la vigencia, que será a partir del 01 de octubre de 2026 y por el término de tres (3) meses;

Que en act. PREV 11615129/26, obra comprobante de imputación preventiva para el Presupuesto vigente;

Que en act. ACTPAS 1742831/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1025023/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025, y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 178207/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inciso k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Servicios, que como anexo forma parte del presente Decreto, a suscribirse entre el Gobierno de la provincia de San Luis y la señora GISELA SOLEDAD BERTH, D.N.I Nº 32.838.137.-

Art. 3º.- Autorizar a la C.P. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA D.N.I. Nº 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, a suscribir en representación del Gobierno de la Provincia de San Luis, el Contrato de Servicios con la señora GISELA SOLEDAD BERTH, D.N.I Nº 32.838.137, conforme al modelo aprobado en el Artículo precedente.-

Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente

Ins. Jur. U.E. Prog. Act .Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 11 10 01 01 1-01 3 4 9 $5.700.000,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 6º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y notificar a la señora Gisela Soledad Berth.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

CONTRATO DE SERVICIO

Entre el Gobierno de la provincia de San Luis, en adelante “EL COMITENTE”, representado en este acto por la C.P. C.P. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA

D.N.I. Nº 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, con domicilio en CASA DE GOBIERNO, AUTOPISTA DE LAS SERRANIAS PUNTANAS KM 783, Edificio NORTE Bloque 1, 2do piso de la ciudad de San Luis, por una parte y la señora GISELA SOLEDAD BERTH, D.N.I Nº 32.838.137, con domicilio en Barrio Las Lajas Manzana 87, Lote 21, Ciudad de San Luis y domicilio electrónico berthgisela@gmail.com, por la otra, en adelante “LA PRESTADORA”, en conjunto denominadas “LAS PARTES”, suscriben el presente CONTRATO DE SERVICIOS, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: “EL COMITENTE” contrata a la “PRESTADORA DE SERVICIOS” a fin de que realice funciones administrativas generales, en dependencias de la Dirección de Presupuesto Público. La PRESTADORA DE SERVICIOS acompaña copia de su constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos y constancia de inscripción en ARCA, como trabajador autónomo bajo el CUIT 24-32838137-7.-

SEGUNDA: Como retribución por los servicios prestados, “EL COMITENTE” abonará a “LA PRESTADORA”, en concepto de honorarios, la suma mensual de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($1.900.000,00) contra presentación de la correspondiente factura. En el caso de que la “LA PRESTADORA” comience a prestar sus servicios una vez autorizado la suscripción del contrato, el mismo percibirá una suma proporcional de los honorarios correspondientes a la cantidad de días en que prestó tareas. Asimismo “EL COMITENTE” emitirá un certificado en el cual constará el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de “LA PRESTADORA” quien asume la responsabilidad técnica de las tareas encomendadas motivo de este contrato.-

TERCERA: El presente Contrato tendrá vigencia a partir del 01 de octubre de 2026 y por el término de TRES (3) meses.-

CUARTA: Ambas partes se reservan el derecho de rescindir el presente contrato en la oportunidad que lo crea conveniente, sin que la otra parte tenga derecho a reclamar indemnización alguna. Si la voluntad de rescisión es de “LA PRESTADORA”, ésta debe comunicar su decisión de hacerlo con un plazo de antelación de por lo menos QUINCE (15) días corridos.-

QUINTA: El presente Contrato no crea relación laboral de dependencia entre las partes, ni importa expectativa o derecho de prórroga a favor de “LA PRESTADORA”, pudiendo prorrogarse por igual período, previo acuerdo de partes mediante Decreto del Poder Ejecutivo.-

SEXTA: “LA PRESTADORA”, deberá poner en la ejecución de sus tareas la máxima diligencia y eficiencia de conformidad con la práctica profesional de su especialidad, protegiendo los intereses de “EL COMITENTE” y adoptando todas las medidas tendientes al mejor cumplimiento de sus servicios, quedando este último desvinculado de toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo y/o en ocasión del cumplimiento del presente.-

SEPTIMA: La obligaciones impositivas y los gravámenes previsionales de “LA PRESTADORA” estarán a su cargo.-

OCTAVA: A los efectos legales que pudieran suscitarse por este contrato, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luís, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o Jurisdicción al que se crea con derecho a recurrir.-

En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Luis a los ____ días del mes de __________ de dos mil veintiséis.-

DECRETO Nº 12183-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7160465/26, por el cual se tramita la homologación del Acta Compromiso celebrada entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el Director de Infraestructura Hídrica y Energética, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. Nº 14.609.842 y la Municipalidad de Villa Larca, representada por el señor Intendente Comisionado MATEO AGUSTIN VILCHEZ GRAUCHES, D.N.I. Nº 40.722.044, obrante en act. DOCEXT 1609735/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma se fijan las pautas para la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 4 VIVIENDAS SOCIALES EN VILLA LARCA - DPTO. CHACABUCO - PROV. DE SAN LUIS”;

Que se considera oportuno y necesario ejecutar la obra mediante gestión municipal, modalidad prevista en la legislación vigente;

Que la cláusula tercera del Acta Compromiso de la obra de referencia, establece que el monto total a proveer para el proyecto y ejecución de la misma asciende a la suma de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES SETECIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 45/100 ($109.702.441,45);

Que la Municipalidad de Villa Larca se compromete a ejecutar la obra asignada respetando estrictamente el proyecto elaborado y aprobado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética ajustándose para su construcción a las exigencias indicadas en el Pliego Particular de Bases y Condiciones adjunto en act. PLIEGO 256990/26;

Que estará a cargo del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública a través de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética la constatación de los trabajos que se ejecuten a los fines del cumplimiento del Acta Compromiso;

Que se establece un plazo para la ejecución de la obra de NOVENTA (90) días corridos;

Que en act. PREV 11542767/26 obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por la suma de PESOS CIENTO NUEVE MILLONES SETECIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 45/100 ($109.702.441,45);

Que en act. ACTPAS 1723254/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1011399/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8º y 10 inciso a) apartado 2 y 12 inciso II) inciso f) de la Ley Nº VIII-0257-2004;

Que en act. DICFIS 176117/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando proceder al dictado del acto administrativo pertinente mediante el cual se apruebe la documentación, previa suscripción del Acta Compromiso para la ejecución de la obra de referencia con encuadre legal en las disposiciones del Art. 10 inciso a) apartado 4 y Art. 12 II) inc. f) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decreto Nº 3345-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8º, 10 inc. a) apartado 4 y 12 inciso II) inciso f) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decreto Nº 3345-MP-2004.-

Art. 2º.- Homologar en todas sus partes el Acta Compromiso obrante en act. DOCEXT 1627027/26 suscripta entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el Director de Infraestructura Hídrica y Energética, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. Nº 14.609.842 por una parte y la Municipalidad de Villa Larca, representada por el señor Intendente Comisionado MATEO AGUSTIN VILCHEZ GRAUCHES, D.N.I. Nº 40.722.044 por la otra, para la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 4 VIVIENDAS SOCIALES EN VILLA LARCA - DPTO. CHACABUCO - PROV. DE SAN LUIS”.-

Art. 3º.- Imputar el gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 24 52 02 4-74 4 2 1 $109.702.441,45

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a la Municipalidad de Villa Larca.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12184-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8140546/26, por el cual se tramita la renuncia del docente CLAUDIO ROBERTO LANDA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1614876/26 y ACTPAS 1734436/26, obra: nota de renuncia por jubilación del docente CLAUDIO ROBERTO LANDA, D.N.I. Nº 17.374.586, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del decreto Nº 7202-MHyOP-2012, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1734433/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de setiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de setiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente CLAUDIO ROBERTO LANDA, D.N.I. Nº 17.374.586, en UN (1) cargo titular de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12185-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6110526/26, por el cual tramita la designación de la docente PAOLA NELIDA EDITH VILELA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 183-ME-2025 y 2774-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente PAOLA NELIDA EDITH VILELA, D.N.I. Nº 26.213.796, en CUATRO (4) horas cátedra de Tecnología de la Información y la Comunicación, en 1er. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3816584/26 y DOCEXT 1617886/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 29 de mayo de 2026, a la docente PAOLA NELIDA EDITH VILELA, D.N.I. Nº 26.213.796, en CUATRO (4) horas cátedra de Tecnología de la Información y la Comunicación, en 1er. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12186-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7030212/26, por el cual la Dirección del Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente SILVIA LORENA LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 3836089/26 y DOCEXT 1617111/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente SILVIA LORENA LUCERO, D.N.I. Nº 25.854.077, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares del docente titular, SANTIAGO HERNAN SUAREZ, según Decreto Nº 19099-ME-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 30 de octubre de 2025, de la docente SILVIA LORENA LUCERO, D.N.I. Nº 25.854.077, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12187-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8271338/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ELIANA CARMONA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA DE LAS MERCEDES LIZARAZO, según Decreto Nº 8311-ME-2026, se torna necesario designar a la docente MARIA ELIANA CARMONA, D.N.I. Nº 32.007.660, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria y TRES (3) horas cátedra de Biología en 4to. año 3ra. división, Orientación Arte Teatro, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3882545/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 24 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA DE LAS MERCEDES LIZARAZO, a la docente MARIA ELIANA CARMONA, D.N.I. Nº 32.007.660, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria y TRES (3) horas cátedra de Biología en 4to. año 3ra. división, Orientación Arte Teatro, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12188-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7031238/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 50 “Eulalio Astudillo” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, gestiona el cambio de situación de revista del docente NESTOR MARCELO LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3835999/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente NESTOR MARCELO LUCERO, D.N.I. Nº 29.513.870, de suplente a interino, vacante por haber accedido al beneficio jubilatorio del docente titular, JOSE ANTONIO GATICA, según Decreto Nº 18681-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de septiembre de 2025, del docente NESTOR MARCELO LUCERO, D.N.I. Nº 29.513.870, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Maestro de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 50 “Eulalio Astudillo” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12189-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8061425/26, por el cual tramita la designación del docente DIEGO FERNANDO DAGLIO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 3795-ME-2021 y 4257-ME-22, se torna necesario designar con carácter interino, al docente DIEGO FERNANDO DAGLIO, D.N.I. Nº 22.591.525, en CUATRO (4) horas cátedra de Ecología y Medio Ambiente, en 3er. año 2da. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3863564/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 06 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 06 de agosto de 2026, al docente DIEGO FERNANDO DAGLIO, D.N.I. Nº 22.591.525, en CUATRO (4) horas cátedra de Ecología y Medio Ambiente, en 3er. año 2da. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12190-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8141094/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la reubicación definitiva de la docente titular CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, según Decreto Nº 23563-ME-2025, se torna necesario designar a la docente MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 33.287.527, en OCHO (8) horas cátedra de Marco Jurídico de los Procesos Productivos, 4 hs. en 7mo. año 3ra. división y 4 hs. en 7mo. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3871805/26 y 1616293/26 (adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 12 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de agosto de 2026, a la docente MARIA JOSEFINA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 33.287.527, en OCHO (8) horas cátedra de Marco Jurídico de los Procesos Productivos, 4 hs. en 7mo. año 3ra. división y 4 hs. en 7mo. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12191-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8241374/26, por el cual tramita la designación de la docente ORIANA VALENTINA OZAN, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 199 “Provincia de Buenos Aires”, de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, DALINDA ILDA TULIAN, según Decreto Nº 5538-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ORIANA VALENTINA OZAN, D.N.I. Nº 42.278.832, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3879165/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, desde el 18 de agosto de 2026, a la docente ORIANA VALENTINA OZAN, D.N.I. Nº 42.278.832, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 199 “Provincia de Buenos Aires”, de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12192-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7100002/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente LUCAS EZEQUIEL PONCE, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3839128/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente LUCAS EZEQUIEL PONCE, D.N.I. Nº 34.785.950, de suplente a interino, vacante por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ANGELA VERONICA PONCE, según Decreto Nº 2784-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 15 de diciembre de 2025, del docente LUCAS EZEQUIEL PONCE, D.N.I. Nº 34.785.950, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Artística: Música, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12193-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200067/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente GISELE VERONICA MONTIEL, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3874894/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente GISELE VERONICA MONTIEL, D.N.I. Nº 34.248.388, formulario de cese, copia de Decreto Nº 12058-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1736839/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 14 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181498/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 14 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente GISELE VERONICA MONTIEL, D.N.I. Nº 34.248.388, en UN (1) Cargo Auxiliar Docente de Nivel Inicial, con carácter suplente, en la Escuela Nº 417 “Granadero Florencio Navarro”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12194-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8310918/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente SANDRA MONICA GARRO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1623763/26 e INFORM 448452/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente SANDRA MONICA GARRO, D.N.I. Nº 20.611.933, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 1482-ME-2023, 2256-ME-2023, de titularización, 5278-ME-2022, de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 448453/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de setiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de setiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente SANDRA MONICA GARRO, D.N.I. Nº 20.611.933, en UN (1) cargo titular de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 266 “José Facundo López”, del Paraje Santa Rosa, SEIS (6) horas cátedra de Lengua, (5 horas titulares y 1 hora interina), en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, ambos establecimientos educativos del departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12195-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8280464/26, por el cual tramita la designación de la docente PATRICIA JAQUELINA ROBLES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia gremial con goce de haberes, del docente interino CARLOS ALBERTO PERALTA, otorgada por Resolución Nº 2829-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente PATRICIA JAQUELINA ROBLES, D.N.I. Nº 30.724.466, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3883188/26, 3883191/26 y 1626167/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 28 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo del docente interino CARLOS ALBERTO PERALTA, a la docente PATRICIA JAQUELINA ROBLES, D.N.I. Nº 30.724.466, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12196-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6251294/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 14 “Dora Ochoa de Masramon” de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco, gestiona el cambio de situación de revista del docente DIEGO HERNAN GIORDANO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3827881/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente DIEGO HERNAN GIORDANO D.N.I. Nº 23.835.309, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular RUBEN ANTONIO ASCANELLI, según Decreto Nº 1960-MHP-2022;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de julio de 2019, del docente DIEGO HERNAN GIORDANO D.N.I. Nº 23.835.309, de suplente a interino, en OCHO (8) horas cátedra de Física, 4 hs. en 4to. año 1ra. división, 4 hs. en 4to. año 2da. división y CUATRO (4) horas cátedra de Física y Astronomía en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 14 “Dora Ochoa de Masramon” de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12197-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8131023/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente LUCIA BEATRIZ SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1614105/26 e INFORM 446151/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente LUCIA BEATRIZ SOSA, D.N.I. Nº 20.486.532, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nº 4015-MC-2004 de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 446150/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de septiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de septiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente LUCIA BEATRIZ SOSA, D.N.I. Nº 20.486.532, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saá”, de la localidad de Las Chacras, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12198-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8130932/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente NILDA ELIZABETH LOPEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1614083/26, 1624838/26 e INFORM 446019/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente NILDA ELIZABETH LOPEZ, D.N.I. Nº 20.869.916, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 4648-MC-2004 de titularización, 2536-ME-2019 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de la docente;

Que en act. INFORM 446021/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de septiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de septiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente NILDA ELIZABETH LOPEZ, D.N.I. Nº 20.869.916, en UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 7 “Burbujitas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12199-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8121198/26, por el cual tramita la designación de la docente PAULA MILBANA ACUÑA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interina MARIA ALEJANDRA RONDON, según Decreto Nº 4172-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente PAULA MILBANA ACUÑA, D.N.I. Nº 37.020.296, en UN (1) cargo de Maestra Auxiliar de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3876436/26 y 3887184/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de agosto de 2026, a la docente PAULA MILBANA ACUÑA, D.N.I. Nº 37.020.296, en UN (1) cargo de Maestra Auxiliar de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 74 “Gobernador Rodríguez Jurado”, en el Centro Educativo Nº 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12200-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8190002/26, por el cual tramita la designación del docente DIEGO ALBERTO ARCE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 3795-ME-2021, 4649-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, al docente DIEGO ALBERTO ARCE, D.N.I. Nº 33.428.143, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 1er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3873495/26 y DOCEXT 1618966/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de agosto de 2026, al docente DIEGO ALBERTO ARCE, D.N.I. Nº 33.428.143, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 1er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12201-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8261464/26, por el cual tramita la designación de la docente DEBORA LEONELA DIAZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 429 “Gregorio Agüero” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente interina, LUCIANA SOLEDAD ARGÜELLO, concedida por Resolución Nº 2915-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente DEBORA LEONELA DIAZ, D.N.I. Nº 34.442.615, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3881138/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de agosto de 2026 y hasta el 31 de agosto de 2027, en reemplazo de la docente interina LUCIANA SOLEDAD ARGÜELLO, a la docente DEBORA LEONELA DIAZ, D.N.I. Nº 34.442.615, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 429 “Gregorio Agüero” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12202-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8101441/26, por el cual tramita la designación de la docente CAROLINA VANESA QUIROGA; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3870484/26, obra: nota de renuncia de la docente designada con carácter suplente, CAROLINA VANESA QUIROGA, D.N.I. Nº 32.532.485, formulario de cese, copia del Decreto de reubicación definitiva Nº 6315-ME-2020, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino, GUILLERMO ADRIAN MONTI, según Decreto Nº 8154-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente CAROLINA VANESA QUIROGA, D.N.I. Nº 32.532.485 en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 1er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3870484/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia, a partir del 03 de agosto de 2026, a la docente suplente CAROLINA VANESA QUIROGA, D.N.I. Nº 32.532.485, en TRES (3) horas cátedra de Historia en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de agosto de 2026, a la docente CAROLINA VANESA QUIROGA, D.N.I. Nº 32.532.485, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 1er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12203-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7200276/26, por el cual tramita la designación de la docente YANINA MARIA DEL VALLE CHENA y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 172 “Misiones”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0030-DRRHH-2026, de la docente interina, CAROLINA BEATRIZ TORRES, se torna necesario designar, a la docente YANINA MARIA DEL VALLE CHENA, D.N.I. Nº 33.089.661, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en acts. DOCEXT 3850978/26, 3862585/26 y 3878878/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 27 de julio de 2026 y hasta el 14 de diciembre de 2026, a la docente YANINA MARIA DEL VALLE CHENA, D.N.I. Nº 33.089.661, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 172 “Misiones”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12204-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8170036/26, por el cual tramita la designación de la docente VALERIA IRENE PARAMOS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de creación, según Decretos Nº 5456-ME-2026 y 6240-ME-2013, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente VALERIA IRENE PARAMOS, D.N.I. Nº 20.962.563, en CINCO (5) horas cátedra de Proyecto General, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3879365/26 y DOCEXT 1624769/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 18 de agosto de 2026, a la docente VALERIA IRENE PARAMOS, D.N.I. Nº 20.962.563, en CINCO (5) horas cátedra de Proyecto General, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12205-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5111115/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente SERGIO ADRIAN PUEBLA VALENTE, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3785201/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente SERGIO ADRIAN PUEBLA VALENTE D.N.I. Nº 22.852.274, de suplente a interino, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular VIRGINIA GUADALUPE QUEVEDO GRILLO, según Decreto Nº 19148-ME-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 31 de octubre de 2025, del docente SERGIO ADRIAN PUEBLA VALENTE D.N.I. Nº 22.852.274, de suplente a interino, en CUATRO (4) horas cátedra de Prácticas de la Especialidad en 5to. año 4ta. división, Sector Construcciones edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12206-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5111344/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 321 “Ingeniero Aviador Eduardo Bradley” del paraje El Fortín, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente NOELIA YAEL AVALOS, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3785531/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente NOELIA YAEL AVALOS D.N.I. Nº 31.763.267, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular PATRICIA MABEL ZAPATA, según Decreto Nº 2852-ME-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 31 de marzo de 2026, de la docente NOELIA YAEL AVALOS D.N.I. Nº 31.763.267, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 321 “Ingeniero Aviador Eduardo Bradley” del paraje El Fortín, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12207-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060985/26, por el cual tramita la designación de la docente JEZABEL JOHANA PONCE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, según Decreto Nº 2208-ME-2024 y renuncia de la docente suplente SOFIA BELEN VIZCAY, dispuesta por Decreto Nº 1033-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente JEZABEL JOHANA PONCE, D.N.I. Nº 42.632.219, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 4to. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3882234/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 29 de julio de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, a la docente JEZABEL JOHANA PONCE, D.N.I. Nº 42.632.219, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 4to. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12208-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060325/26, por el cual tramita la designación de la docente KORA MARIA EDITH FREIXES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot” de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente interina NATALIA ROMINA VELTENS, concedida por Resolución Nº 2114-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente KORA MARIA EDITH FREIXES, D.N.I. Nº 37.717.774, en DOS (2) horas cátedra de Ética y Deontología Profesional en 7mo. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3862404/26, 1609501/26 y 1617549/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 03 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo de la docente interina NATALIA ROMINA VELTENS, a la docente KORA MARIA EDITH FREIXES, D.N.I. Nº 37.717.774, en DOS (2) horas cátedra de Ética y Deontología Profesional en 7mo. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot” de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12209-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8261474/26, por el cual tramita la designación de la docente PAMELA ALEJANDRA MARCHISIO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco”, de la localidad de Cerro de Oro, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino MARCELO NICOLAS BARRIO, D.N.I. Nº 34.699.918, según Decreto Nº 10761-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente PAMELA ALEJANDRA MARCHISIO, D.N.I. Nº 30.105.434, en TRES (3) horas cátedra de Química en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3886894/26 y DOCEXT 1625328, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 19 de agosto de 2026, a la docente PAMELA ALEJANDRA MARCHISIO, D.N.I. Nº 30.105.434, en TRES (3) horas cátedra de Química en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco”, de la localidad de Cerro de Oro, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12210-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8261489/26, por el cual tramita la designación de la docente NOELIA ARACELI MARTIARENA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular ERIKA YAMILA SALINAS SOSA, según Decreto Nº 4053-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente NOELIA ARACELI MARTIARENA, D.N.I. Nº 35.475.763, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3881131/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de agosto de 2026, a la docente NOELIA ARACELI MARTIARENA, D.N.I. Nº 35.475.763, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12211-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8100288/26, por el cual tramita la designación de la docente LUCIA NATIVIDAD BRITOS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular ANDREA FABIANA CARDONA, D.N.I. Nº 20.055.609, según Decreto Nº 9051-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente LUCIA NATIVIDAD BRITOS, D.N.I. Nº 27.932.500, en TRES (3) hs. cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 2do. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3865318/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de agosto de 2026, a la docente LUCIA NATIVIDAD BRITOS, D.N.I. Nº 27.932.500, en TRES (3) hs. cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 2do. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12212-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6171425/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8928-MHIP-2026, de fecha 30 de julio de 2026, se designó, con carácter suplente, a la docente MARIA ALEJANDRA FERNANDEZ PAEZ, D.N.I. Nº 33.045.850, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente titular MIRTHA ALEJANDRA DIAZ;

Que se consignó de manera errónea el nombre de la docente que se encuentra con licencia por accidente de trabajo, ya que la misma es la docente titular VILMA EVELIA VIVAS;

Que, a los fines de regularizar la situación de la docente MARIA ALEJANDRA FERNANDEZ PAEZ, D.N.I. Nº 33.045.850, se hace necesario rectificar el Art. 2º del Decreto Nº 8928-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Rectificar el Art. 2º del Decreto Nº 8928-MHIP-2026, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 12 de junio de 2026 y hasta el fin del ciclo lectivo 2026 o hasta la finalización de la licencia por accidente de trabajo de la docente titular VILMA EVELIA VIVAS, lo que acontezca primero, a la docente MARIA ALEJANDRA FERNANDEZ PAEZ, D.N.I. Nº 33.045.850, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en Escuela Nº 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles”.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12213-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5060968/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 33 “Profesor Gabino Puelles” de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho, gestiona el cambio de situación de revista del docente ENZO GABRIEL OVIEDO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3780436/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente ENZO GABRIEL OVIEDO D.N.I. Nº 27.469.660, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular e interino, JOSE ANTONIO GATICA, según Decreto Nº 18681-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de setiembre de 2025, del docente ENZO GABRIEL OVIEDO D.N.I. Nº 27.469.660, de suplente a interino, en NUEVE (9) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica Nº 33 “Profesor Gabino Puelles” de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12214-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9021201/26, por el cual tramita la designación del docente PABLO DANIEL OCAMPO CATTAFI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 6 “General San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, del docente interino SANTIAGO MATHIAS MILONE, concedida por Resolución Nº 2127-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente PABLO DANIEL OCAMPO CATTAFI, D.N.I. Nº 41.096.060, en CUATRO (4) hs. cátedra de Educación Artística, Perfil Música en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3888508/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 24 de agosto de 2026 y hasta el 20 de julio de 2027, en reemplazo del docente interino SANTIAGO MATHIAS MILONE, al docente PABLO DANIEL OCAMPO CATTAFI, D.N.I. Nº 41.096.060, en CUATRO (4) hs. cátedra de Educación Artística, Perfil Música en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 6 “General San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12215-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9030413/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA FERNANDA MEDINA ACOSTA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia gremial con goce de haberes, del docente interino CARLOS ALBERTO PERALTA, otorgada por Resolución Nº 2829-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente MARIA FERNANDA MEDINA ACOSTA, D.N.I. Nº 38.078.363, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3889129/26, 3889132/26 y 1626966/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 28 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo del docente interino CARLOS ALBERTO PERALTA, a la docente MARIA FERNANDA MEDINA ACOSTA, D.N.I. Nº 38.078.363, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12216-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7020804/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 172 “Misiones” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente LUCIANO ANDRES VERA SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3834268/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente LUCIANO ANDRES VERA SOSA, D.N.I. Nº 38.591.485, de suplente a interino, vacante por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ALEJANDRA DEL VALLE BARRIOS, según Decreto Nº 5708-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, del docente LUCIANO ANDRES VERA SOSA, D.N.I. Nº 38.591.485, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Música, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 172 “Misiones” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12217-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9020736/26, por el cual tramita la designación de la docente FANY MARICEL ESCUDERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular SILVINA LORENA PEREZ, prorrogada por Resolución Nº 2349-DRRHH-2026 y cese de la docente suplente FANY MARICEL ESCUDERO, dispuesta por Decreto Nº 8707-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente FANY MARICEL ESCUDERO, D.N.I. Nº 29.887.716, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 4to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3888116/26 y 3888120/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de agosto de 2026 y hasta el 25 de julio de 2030, en reemplazo de la docente titular SILVINA LORENA PEREZ, a la docente FANY MARICEL ESCUDERO, D.N.I. Nº 29.887.716, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 4to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel Educación Secundaria, en la Escuela Nº 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12218-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9010230/26, por el cual tramita la designación de la docente GISELA ROMINA LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Asistencial Nº 36 “Gobernador Doctor Carlos Alric”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular CELIA CELINA DIAZ, según Decreto Nº 8646-ME-2026, se torna necesario designar a la docente GISELA ROMINA LUCERO, D.N.I. Nº 35.946.689, en CUATRO (4) horas cátedra de Estadística en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3886122/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 31 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular CELIA CELINA DIAZ, a la docente GISELA ROMINA LUCERO, D.N.I. Nº 35.946.689, en CUATRO (4) horas cátedra de Estadística en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Asistencial Nº 36 “Gobernador Doctor Carlos Alric”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12219-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8170040/26, por el cual tramita la designación de la docente CECILIA LOBO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Junín, con motivo de creación, según Decretos Nº 5456-ME-2026 y 6240-ME-2013, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente CECILIA LOBO, D.N.I. Nº 33.386.164, en CUATRO (4) horas cátedra de Análisis Matemático, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3887161/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 19 de agosto de 2026, a la docente CECILIA LOBO, D.N.I. Nº 33.386.164, en CUATRO (4) horas cátedra de Análisis Matemático, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12220-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8140692/26, por el cual tramita la designación de la docente ANGELA MICAELA DURAN FUNES, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, MONICA ALEJANDRA LEAL, según Decreto Nº 19100-ME-2025, y renuncia por razones particulares del docente suplente, DIEGO NAHUEL SANDOVAL, según Decreto Nº 3134-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ANGELA MICAELA DURAN FUNES, D.N.I. Nº 41.096.209, en DOS (2) horas cátedra de Geografía de San Luis en 4to. año 2da. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3871458/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 14 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, a la docente ANGELA MICAELA DURAN FUNES, D.N.I. Nº 41.096.209, en DOS (2) horas cátedra de Geografía de San Luis en 4to. año 2da. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12221-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6290022/26, por el cual la Dirección del Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II” de la ciudad de San Luis del departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente CRISTIAN EDUARDO FUNES, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3829624/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente CRISTIAN EDUARDO FUNES D.N.I. Nº 26.892.462, de suplente a interino, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular AIDA DANIELA PAEZ, según Decreto Nº 1954-ME-2020;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 27 de marzo de 2020, del docente CRISTIAN EDUARDO FUNES D.N.I. Nº 26.892.462 de suplente a interino, en TRES (3) horas cátedra de Historia 2do año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II” de la ciudad de San Luis del departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12222-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8241006/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA ESTHER ARGUELLO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1619511/26 y ACTPAS 1738055/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA ESTHER ARGUELLO, D.N.I. Nº 17.738.970, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nº 2110-ME-2021, de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1738054/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de setiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de setiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA ESTHER ARGUELLO, D.N.I. Nº 17.738.970, en SEIS (6) horas cátedra interinas de Educación Artística, (3 hs en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 288 “Antonio Esteban Agüero”, de la localidad de Piedra Blanca Abajo, ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12223-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8160033/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente GISELA BELEN ONTIVERO REBER, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3872018/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente GISELA BELEN ONTIVERO REBER, D.N.I. Nº 32.164.451, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 5635-ME-2021 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1735439/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 14 de septiembre de 2026;

Que en act. INFSUM 181500/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 14 de septiembre de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente GISELA BELEN ONTIVERO REBER, D.N.I. Nº 32.164.451, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 5to. año 2da. división, en el Centro Educativo Nº 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12224-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8190509/26, por el cual tramita la designación de la docente GABRIELA NOEMI LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 225 “Maestro Pio Rosario Flores”, de la localidad de Papagayos, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular LILIANA BEATRIZ MAGGI GARAY, D.N.I. Nº 27.397.227, según Decreto Nº 9930-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente GABRIELA NOEMI LUCERO, D.N.I. Nº 42.239.923, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3874070/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 18 de agosto de 2026, a la docente GABRIELA NOEMI LUCERO, D.N.I. Nº 42.239.923, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 225 “Maestro Pio Rosario Flores”, de la localidad de Papagayos, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12225-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8270012/26, por el cual tramita la designación de la docente YANINA PAOLA MARZARI; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Jornada Completa Nº 452 “Doctor Valentín Luco”, de la localidad de La Angelina, departamento General Pedernera, con motivo del traslado definitivo del docente titular MARCO ANTONIO SOSA, según Decreto Nº 8480-ME-2026, se torna necesario designar a la docente YANINA PAOLA MARZARI, D.N.I. Nº 27.424.665, en DIEZ (10) horas cátedra de Ciencias Naturales, 3 hs. en 1er. año única división, 3 hs. en 2do. año única división y 4 hs. en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3881157/26 y 1622307/26 (adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de agosto de 2026, a la docente YANINA PAOLA MARZARI, D.N.I. Nº 27.424.665, en DIEZ (10) horas cátedra de Ciencias Naturales, 3 hs. en 1er. año única división, 3 hs. en 2do. año única división y 4 hs. en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Jornada Completa Nº 452 “Doctor Valentín Luco”, de la localidad de La Angelina, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12226-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4290825/26, por el cual tramita la designación del docente PEDRO MARTIN LUCERO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nros. 183-ME-2025 y 2637-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente PEDRO MARTIN LUCERO, D.N.I. Nº 21.382.424, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año, 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Educación Secundaria de Jóvenes, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;

Que en acts. DOCEXT 3774384/26 y DOCEXT 3882285/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de abril de 2026, al docente PEDRO MARTIN LUCERO, D.N.I. Nº 21.382.424, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año, 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Educación Secundaria de Jóvenes, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Colegio Nº 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12227-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8130298/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MONICA GABRIELA DEVIA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1613597/26 e INFORM 446164/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MONICA GABRIELA DEVIA, D.N.I. Nº 20.589.367, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nº 2685-MHyOP-2014 de traslado definitivo, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 446163/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de setiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de setiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MONICA GABRIELA DEVIA, D.N.I. Nº 20.589.367, en UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 77 “Maestros Puntanos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12228-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8310226/26, por el cual tramita la designación de la docente MELINA SIERRA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 3 “Manuel Belgrano” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA DE LAS MERCEDES LIZARAZO, según Decreto Nº 8311-ME-2026, se torna necesario designar a la docente MELINA SIERRA, D.N.I. Nº 34.439.653, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3884498/26, 1625316/26, 1625319/26 y 1625327/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 27 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA DE LAS MERCEDES LIZARAZO, a la docente MELINA SIERRA, D.N.I. Nº 34.439.653, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 3 “Manuel Belgrano” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12229-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8270480/26, por el cual tramita la designación de la docente FLORENCIA SOLANA MATUZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial Nº 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular DELIA SOFIA DENICOLAI, prorrogada por Resolución Nº 1908-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente FLORENCIA SOLANA MATUZ, D.N.I. Nº 39.797.285, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3881782/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de agosto de 2026 y hasta el 01 de abril de 2031, en reemplazo de la docente titular DELIA SOFIA DENICOLAI, a la docente FLORENCIA SOLANA MATUZ, D.N.I. Nº 39.797.285, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12230-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8071126/26, por el cual tramita la designación del docente MARTIN IGNACIO SOSA TULA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular SANDRA BIOLE, D.N.I. Nº 17.301.647, según Decreto Nº 6796-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente MARTIN IGNACIO SOSA TULA, D.N.I. Nº 39.393.831, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Tecnológica, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3864799/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de julio de 2026, al docente MARTIN IGNACIO SOSA TULA, D.N.I. Nº 39.393.831, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Tecnológica, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12231-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4211304/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARINA SOLEDAD CRINO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3776778/26, 3834736/26, 1552751/26 y 3876903/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARINA SOLEDAD CRINO, D.N.I. Nº 32.990.661, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 1211-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1690519/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 17 de abril de 2026;

Que en act. INFSUM 180539/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 17 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente MARINA SOLEDAD CRINO, D.N.I. Nº 32.990.661, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, con carácter suplente, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 150 “Provincia de Santa Fe”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12232-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9030014/26, por el cual tramita la designación del docente CHRISTIAN SEBASTIAN HIERHOLZER, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular CYNTHIA ROMINA ORDOÑEZ, según Decreto Nº 9364-ME-2026, se torna necesario designar al docente CHRISTIAN SEBASTIAN HIERHOLZER, D.N.I. Nº 36.432.325, en NUEVE (9) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 4to. año única división y 3 hs. en 5to. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3888710/26 y 1627015/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 27 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular CYNTHIA ROMINA ORDOÑEZ, al docente CHRISTIAN SEBASTIAN HIERHOLZER, D.N.I. Nº 36.432.325, en NUEVE (9) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 4to. año única división y 3 hs. en 5to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12233-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6020652/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente ANALIA ELIZABETH CASTRO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3806651-26 obra solicitud de cambio de situación de revista del docente ANALIA ELIZABETH CASTRO, D.N.I. Nº 28.813.381, de suplente a interino, vacante por cesantía del docente interino, GUSTAVO DANIEL BAIGORRIA, según Decreto Nº 2344-ME-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 17 de marzo de 2026, de la docente ANALIA ELIZABETH CASTRO, D.N.I. Nº 28.813.381, de suplente a interino, en DOS (2) horas cátedra de Astronomía en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº2 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12234-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7031149/26, por el cual tramita la designación de la docente AGUSTINA JAZMIN CORIA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 28 “General Juan Martin de Pueyrredón”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino-titular MARCELO GABRIEL DURAN, D.N.I. Nº 17.290.231, según Decreto Nº 4263-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente AGUSTINA JAZMIN CORIA, D.N.I. Nº 43.222.078, en CUATRO (4) hs. catedra de Manipulación y Preservación de Datos, en 5to. año 2da. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3835940/26 y 3883948/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de junio de 2026, a la docente AGUSTINA JAZMIN CORIA, D.N.I. Nº 43.222.078, en CUATRO (4) hs. cátedra de Manipulación y Preservación de Datos, en 5to. año 2da. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 28 “General Juan Martin de Pueyrredón”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12235-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6120132/26, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios del docente MATIAS ENRIQUE CARUSO URUEÑA, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente interina ALICIA ESTER VAZQUEZ, según Resolución Nº 2207-DRRHH-2026, se torna necesario reconocer los servicios prestados por el docente MATIAS ENRIQUE CARUSO URUEÑA, D.N.I. Nº 28.091.362, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3817272/26 y 1625841/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado, constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de junio de 2026 y constancia de cese del cargo de fecha 08 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 04 de junio de 2026 y hasta el 08 de agosto de 2026, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina ALICIA ESTER VAZQUEZ, por el docente MATIAS ENRIQUE CARUSO URUEÑA, D.N.I. Nº 28.091.362, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber: al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12236-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8121249/26, por el cual tramita la designación del docente DAMIAN JESUS ROMERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular NELVA RAQUEL FARINAZZO, D.N.I. Nº 20.134.327, según Decreto Nº 8053-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente DAMIAN JESUS ROMERO, D.N.I. Nº 39.650.971, en CUATRO (4) hs. cátedra de Aplicaciones Específicas en Redes Informáticas, en 6to. año 1ra. división, Sector Informático, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3870445/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de agosto de 2026, al docente DAMIAN JESUS ROMERO, D.N.I. Nº 39.650.971, en CUATRO (4) hs. cátedra de Aplicaciones Específicas en Redes Informáticas, en 6to. año 1ra. división, Sector Informático, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12237-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8100479/26, por el cual tramita la designación del docente LUCA JESUS SCHMIDT, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular SANDRA BIOLE, D.N.I. Nº 17.301.647, según Decreto Nº 6796-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente LUCA JESUS SCHMIDT, D.N.I. Nº 42.545.639, en SEIS (6) hs. catedra de Química, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3865560/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de julio de 2026, al docente LUCA JESUS SCHMIDT, D.N.I. Nº 42.545.639, en SEIS (6) hs. cátedra de Química, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12238-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8170035/26, por el cual tramita la designación del docente JUAN MANUEL TORRES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de creación, según Decreto Nº 5456-ME-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, al docente JUAN MANUEL TORRES, D.N.I. Nº 27.787.751, en TRES (3) horas cátedra de Comunicaciones, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3879366/26 y DOCEXT 1623389/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 18 de agosto de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente JUAN MANUEL TORRES, D.N.I. Nº 27.787.751, en TRES (3) horas cátedra de Comunicaciones, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12239-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8140435/26, por el cual se tramita la renuncia del docente JOSE ENRIQUE CAREAGA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1614771/26 y ACTPAS 1733471/26, obra: nota de renuncia por jubilación del docente JOSE ENRIQUE CAREAGA, D.N.I. Nº 13.039.391, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 6412-ME-2021, de titularización, 9466-ME-2023, de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1733473/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de setiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de setiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente JOSE ENRIQUE CAREAGA, D.N.I. Nº 13.039.391, en CINCO (5) horas cátedra titulares de Apicultura, en 4to. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Producciones Alternativas, en 5to. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12240-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8121246/26, por el cual tramita la designación del docente PEDRO MARTIN LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular ANDREA FABIANA CARDONA, D.N.I. Nº 20.055.609, según Decreto Nº 9051-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente PEDRO MARTIN LUCERO, D.N.I. Nº 21.382.424, en DOS (2) hs. cátedra de Historia, en 1er. año 2da. división, Sector Informático, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3869015/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de agosto de 2026, al docente PEDRO MARTIN LUCERO, D.N.I. Nº 21.382.424, en DOS (2) hs. cátedra de Historia, en 1er. año 2da. división, Sector Informático, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12241-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6121211/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente YANINA JANET GOMEZ RODRIGUE, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3818324/26 obra solicitud de cambio de situación de revista del docente YANINA JANET GOMEZ RODRIGUE, D.N.I. Nº 36.416.245, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular ALFREDO ANTONIO JOFRE, según Decreto Nº 4176-MHIP-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2024, de la docente YANINA JANET GOMEZ RODRIGUE, D.N.I. Nº 36.416.245 de suplente a interina, en NUEVE (9) horas cátedra de Taller III (perfil Electricidad), 3 hs. en 3er. año 3ra. división Grupo 1, 3 hs. en 3er. año 4ta. división Grupo 1 y 3 hs. en 3er. año 1ra. división Grupo 1, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12242-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8170034/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ALEJANDRA GONZALEZ ESQUIVEL; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo del cambio de funciones por razones de salud de la docente titular CAROLINA ROSSO, según Resolución Nº 2780-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MARIA ALEJANDRA GONZALEZ ESQUIVEL, D.N.I. Nº 34.657.985, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística - Música, en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3873444/26 y DOCEXT 1626737/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 13 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 13 de agosto de 2026 y hasta la culminación del cambio de funciones por razones de salud de la docente titular CAROLINA ROSSO, o hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, lo que acontezca primero, a la docente MARIA ALEJANDRA GONZALEZ ESQUIVEL, D.N.I. Nº 34.657.985, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística - Música, en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12243-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9021042/26, por el cual tramita la designación de la docente NATALIA YANE OROZCO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 46 “Gobernador León Guillet de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular JIMENA RICABARRA, prorrogada por Resolución Nº 2120-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente NATALIA YANE OROZCO, D.N.I. Nº 35.475.716, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3888407/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 26 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, en reemplazo de la docente titular JIMENA RICABARRA, a la docente NATALIA YANE OROZCO, D.N.I. Nº 35.475.716, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 46 “Gobernador León Guillet de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12244-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5120748/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente CLAUDIA YOLANDA GARCIA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3786225/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente CLAUDIA YOLANDA GARCIA D.N.I. Nº 21.847.146, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular CLAUDIA LILIANA FERNANDEZ HERMANN, según Decreto Nº 3349-MHIP-2024;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de marzo de 2024, de la docente CLAUDIA YOLANDA GARCIA D.N.I. Nº 21.847.146, de suplente a interina, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua Extranjera, Inglés, 2 hs. en 1er. año 4ta. división y 3 hs. en 5to. año 4ta. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12245-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8140386/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente ROSANA NOEMI RODRIGUEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1614713/26 y ACTPAS 1740143/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente ROSANA NOEMI RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 20.709.147, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nº 2355-MHP-2011, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1740141/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de setiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de setiembre de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente ROSANA NOEMI RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 20.709.147, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 98 “Gobernador José Santos Ortiz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12246-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8141121/26, por el cual tramita la designación de la docente ALICIA VIVIANA CABRAL, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, en el marco de lo establecido en el Art. 100º de la Ley Nº XV-0387-2004, de la docente titular ANTONIA ELISABETH PEREYRA, según Decreto Nº 19147-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente ALICIA VIVIANA CABRAL, D.N.I. Nº 26.209.568, en TRES (3) horas cátedra de Administración en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3881927/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 25 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 25 de junio de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular ANTONIA ELISABETH PEREYRA, a la docente ALICIA VIVIANA CABRAL, D.N.I. Nº 26.209.568, en TRES (3) horas cátedra de Administración en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12247-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8280074/26, por el cual tramita la designación de la docente TATIANA MIRIAM LEDESMA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia gremial con goce de haberes, del docente interino CARLOS ALBERTO PERALTA, otorgada por Resolución Nº 2829-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente TATIANA MIRIAM LEDESMA, D.N.I. Nº 35.545.515, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 3er. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3882713/26, 3882716/26 y 1626153/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo del docente interino CARLOS ALBERTO PERALTA, a la docente TATIANA MIRIAM LEDESMA, D.N.I. Nº 35.545.515, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 3er. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12248-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8190942/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente ELSA MABEL VIEYRA, D.N.I. Nº 17.370.560; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1617168/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 445993/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 446886/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 18 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ELSA MABEL VIEYRA, D.N.I. Nº 17.370.560 - Enfermera de Piso y Consultorio - Planta Permanente - Convenio Colectivo de Trabajo 122/75 - del Hospital de Concaran, dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 18 de agosto de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Elsa Mabel Vieyra. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 12249-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8210932/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente ALICIA MABEL GOMEZ, D.N.I. Nº 16.144.466; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1618573/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 446253/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 447489/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 21 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ALICIA MABEL GOMEZ, D.N.I. Nº 16.144.466 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zabala” de la ciudad de San Luis, departamento “Juan Martin de Pueyrredón”, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 21 de agosto de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Alicia Mabel Gomez. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12250-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-1210267/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente NORMA BEATRIZ FERNANDEZ, D.N.I. Nº 16.805.860; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1496297/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 431437/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 431702/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de diciembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente NORMA BEATRIZ FERNANDEZ, D.N.I. Nº 16.805.860 - Escalafón General - Categoría C - Planta Contratado - del Colegio Nº 11 “Benito Juarez” de la Ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 19 de diciembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Norma Beatriz Fernandez. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12251-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8140838/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia de retiro transitorio por invalidez presentada por el agente CARLOS ERNESTO ALCARAZ, D.N.I. Nº 29.522.450; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1615080/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al retiro transitorio por invalidez y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 445750/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 445977/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 01 de septiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente CARLOS ERNESTO ALCARAZ, D.N.I. Nº 29.522.450 - Escalafón General - Categoría E - Planta Permanente - de la Dirección del Ente Control de Rutas, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a partir del 01 de septiembre de 2026, por haberse acogido al beneficio de retiro transitorio por invalidez.

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Carlos Ernesto Alcaraz. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección del Ente Control de Rutas, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12252-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8190499/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente LUISA MERCEDES BARROSO GATICA, D.N.I. Nº 14.651.920; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1617026/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 445986/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 446801/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 18 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente LUISA MERCEDES BARROSO GATICA, D.N.I. Nº 14.651.920 - Auxiliar de Tercera Categoría - Planta Contratado - Convenio Colectivo de Trabajo 122/75 del Hospital de Concaran, dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 18 de agosto de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Luisa Mercedes Barroso Gatica. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 12253-MHIP-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8030830/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente GLADYS ROSA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 14.542.164; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1607315/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 444642/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 445137/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 31 de julio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente GLADYS ROSA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 14.542.164 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - del Ministerio de Desarrollo Humano a partir del 31 de julio de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Gladys Rosa Rodriguez. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Gustavo Antonio Bertolini

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 12158-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150596/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1598474/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11540640/26, obra solicitud de Gastos Nº 6659/2026;

Que, en act. ACTPRO 11544586/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11546132/26, obra constancia de proceso de contratación Nº 5943/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9, en act. COTZAC 11546133/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11546135/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11546136/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11546138/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11546139/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11546140/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11546143/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11546144/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11546145/26, VORS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71063736-5, en act. COTZAC 11546146/26 y DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11546147/26;

Que, en act. INFSEC 11546148/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5943/2026, obrante en act. PROSEC 11546132/26;

Que, en act. PRESEC 11579898/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 5, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS TRECE CON 96/100 ($210.513,96), DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, los ítems 3, 4 y 7, por la suma total de PESOS QUINIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 12/100 ($512.279,12), GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 56/100 ($249.967,56), NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 6, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($1.485.840,00) y VORS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71063736-5, los ítems 8 y 9, por la suma total de PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 47/100 ($24.965.353,47);

Que, en acts. PREV 11540523/26 y PREV 11580265/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 963689/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019381/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177360/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3847207/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 5, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS TRECE CON 96/100 ($210.513,96), DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, los ítems 3, 4 y 7, por la suma total de PESOS QUINIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 12/100 ($512.279,12), GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 56/100 ($249.967,56), NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 6, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($1.485.840,00) y VORS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71063736-5, los ítems 8 y 9, por la suma total de PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 47/100 ($24.965.353,47), conforme propuestas obrantes en acts. COTZAC 11546140/26, COTZAC 11546136/26, COTZAC 11546144/26, COTZAC 11546138/26, COTZAC 11546146/26 y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en act. PRESEC 11579898/26 del EXD-0000-7150596/26.-

Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $27.423.954,11

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12159-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150596/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria GIL MARIANELA DEL MAR, D.N.I. Nº 27.499.965, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841708/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841708/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1598474/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 963689/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019381/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177360/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria GIL MARIANELA DEL MAR, D.N.I. Nº 27.499.965, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11579898/26, por un importe de PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON 47/100 ($24.965.353,47).-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12160-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150596/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria AGUILERA NORA BEATRIZ, D.N.I. Nº 21.658.529, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841705/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841705/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1598474/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 963689/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019381/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177360/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria AGUILERA NORA BEATRIZ, D.N.I. Nº 21.658.529, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11579898/26, por un importe de PESOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 56/100 ($79.339,56).-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12161-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150596/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria OZAN LUISA CAROLINA, D.N.I. Nº 30.721.315, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841699/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841699/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1598474/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 963689/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019381/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177360/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria OZAN LUISA CAROLINA, D.N.I. Nº 30.721.315, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11579898/26, por un importe de PESOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 56/100 ($79.339,56).-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12162-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150596/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria PEREZ MARIA DE LOS ANGELES, D.N.I. Nº 24.508.693, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841697/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841698/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1598474/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 963689/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019381/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177360/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria PEREZ MARIA DE LOS ANGELES, D.N.I. Nº 24.508.693, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11579898/26, por un importe de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 16/100 ($2.282.866,16).-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12163-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150596/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria ABREGO PAOLA, D.N.I. Nº 27.047.825, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841692/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841693/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1598474/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 963689/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019381/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177360/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria ABREGO PAOLA, D.N.I. Nº 27.047.825, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11579898/26, por un importe de PESOS DIECISIETE MIL CINCUENTA Y CINCO CON 36/100 ($17.055,36).-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12164-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6290494/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona el pago a favor de la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T: 30-71593716-2, en concepto de alojamientos entregados a beneficiarios de dicha Subdirección, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1590412/26, obra Factura B Nº 00005-00002392, por la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($1.296.000,00), presentada por la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T: 30-71593716-2;

Que, en act. DOCEXT 1593434/26, obra recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto de los alojamientos entregados por la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T: 30-71593716-2;

Que, en act. ENCAPS 960707/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. PREV 11526493/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 961470/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016884/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176875/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T: 30-71593716-2, por la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($1.296.000,00), según Factura B Nº 00005-00002392, obrante en act. DOCEXT 1590412/26, del EXD-0000-6290494/26, en concepto de alojamientos entregados a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.296.000,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12165-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8140066/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora MARIA CELESTE GARRO ANDRADA, D.N.I. Nº 29.232.481, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3884283/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la C.P. MARIA CELESTE GARRO ANDRADA, D.N.I. Nº 29.232.481, por la otra, para cumplir funciones como Responsable de Área de la Gestión Administrativa del Programa Sumar+, a partir del 01 de octubre de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2026, vigencia que podrá prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. PREV 11582501/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. ENCAPS 963553/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 964386/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020868/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177507/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la C.P. MARIA CELESTE GARRO ANDRADA, D.N.I. Nº 29.232.481, por la otra, para cumplir funciones como Responsable de Área de la Gestión Administrativa del Programa Sumar+, obrante en act. DOCEXT 3884283/26 del EXD-0000-8140066/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 16 31 01 00 00 1 01 00 3 4 4 000 $4.980.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud (APS), a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12167-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3040113/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario SOMBRA CRISTIAN JESÚS, D.N.I. Nº 35.179.060, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3721779/26 y DOCEXT 3721786/26, surge que el beneficiario SOMBRA CRISTIAN JESÚS, D.N.I. Nº 35.179.060, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11333213/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2311/2026;

Que, en act. ACTPRO 11339219/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11347550/26;

Que, en act. INFSEC 11347551/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 1963/2026, obrante en act. PROSEC 11347549/26;

Que, en act. PRESEC 11358414/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($1.120.000,00);

Que, en acts. PREV 11302833/26 y PREV 11360437/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 934167/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 973695/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 169933/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitados en act. DOCEXT 3721779/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO VEINTE MIL CON 00/100 ($1.120.000,00), de acuerdo a la oferta y preadjudicación, adjuntas en acts. COTZAC 11347550/26 y PRESEC 11358414/26 del EXD-0000-3040113/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie el beneficiario SOMBRA CRISTIAN JESÚS, D.N.I. Nº 35.179.060, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11358414/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.120.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12168-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7230074/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario OLGUIN MARCELO JOSE CEFERINO, D.N.I. Nº 27.982.760, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3848063/26 y DOCEXT 1609260/26 surge que el beneficiario, OLGUIN MARCELO JOSE CEFERINO, D.N.I. Nº 27.982.760, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento hematológico;

Que, en act. SOLSEC 11569276/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7306/2026;

Que, en act. ACTPRO 11576505/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11577696/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11577697/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11577698/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11577700/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11577701/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11577704/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11577705/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11577707/26, VORS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71063736-5, en act. COTZAC 11577708/26 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11577709/26;

Que, en act. INFSEC 11577711/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6550/2026, obrante en act. PROSEC 11577695/26;

Que, en act. PRESEC 11583524/26, obra informe mediante el cual se pre adjudica a la firma: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.236.330,00);

Que, en acts. PREV 11569111/26 y PREV 11583656/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 963755/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020280/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177409/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamento, solicitados en act. DOCEXT 3848063/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.236.330,00), de acuerdo a la oferta presentada en act COTZAC 11577704/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11583524/26 del EXD-0000-7230074/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario OLGUIN MARCELO JOSE CEFERINO, D.N.I. Nº 27.982.760, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11583524/26 del EXD-0000-7230074/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.236.330,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12169-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7220850/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la señora REYNOSO ROCIO YANET, D.N.I. Nº 39.137.671 en representación de su hijo el beneficiario SOMBRA TONY BELTRAN, D.N.I. Nº 70.622.180;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1598515/26 y DOCEXT 1611112/26, surge que la señora REYNOSO ROCIO YANET, D.N.I. Nº 39.137.671 representación de su hijo el beneficiario SOMBRA TONY BELTRAN, D.N.I. Nº 70.622.180, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento hematologico;

Que, en act. SOLSEC 11575857/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7534/2026;

Que, en act. ACTPRO 11579511/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, en act. COTZAC 11580241/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11580242/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11580243/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act COTZAC 11580244/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11580247/26 y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T. 33-69541513-9, en act. COTZAC 11580248/26;

Que, en act. INFSEC 11580249/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6602/2026, obrante en act. PROSEC 11580240/26;

Que, en act. PRESEC 11584005/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($5.887.260,00);

Que, en acts. PREV 11574102/26 PREV 11586216/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964890/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1021457/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177686/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1598515/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($5.887.260,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11580247/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11584005/26 del EXD-0000-7220850/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la señora REYNOSO ROCIO YANET, D.N.I. Nº 39.137.671 en representación de su hijo el beneficiario SOMBRA TONY BELTRAN, D.N.I. Nº 70.622.180 el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11584005/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $5.887.260,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas. -

Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12170-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-2271395/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud, solicita pago de honorarios de la señora LUCERO CARINA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-30973669-4, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1514340/26, obra nota de la Subdirección Incluir Salud solicitando el pago a favor de la señora LUCERO CARINA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-30973669-4, en concepto de honorarios por servicios administrativos, correspondiente al período comprendido entre el 01 de marzo de 2026 al 31 de mayo de 2026;

Que, en act. DOCEXT 1595041/26, obra Factura C Nº 00001-00000031, por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($1.479.600,00), presentada por la señora LUCERO CARINA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-30973669-4;

Que, en act. DOCEXT 1612715/26, obra recepción conforme emitida por la Subdirección Incluir Salud, respecto de los servicios prestados por la señora LUCERO CARINA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-30973669-4;

Que, en act. ENCAPS 957708/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. PREV 11371723/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. NOTAMP 1010862/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1021273/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que, en act. DICFIS 177580/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la señora LUCERO CARINA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-30973669-4, por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($1.479.600,00), según Factura C Nº 00001-00000031, obrante en act. DOCEXT 1595041/26 del EXD-0000-2271395/26, en concepto de honorarios por servicios administrativos, correspondiente al período comprendido entre el 01 de marzo de 2026 al 31 de mayo de 2026.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 14 27 00 00 00 4 46 00 3 4 9 000 $1.479.600,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Incluir Salud, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12171-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6240698/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria ALCARAZ SOL MILAGROS, D.N.I. Nº 43.487.020, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1583288/26, DOCEXT 1590132/26 y DOCEXT 1616674/26 surge que la beneficiaria ALCARAZ SOL MILAGROS, D.N.I. Nº 43.487.020, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento hematologico;

Que, en act. SOLSEC 11535926/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6599/2026;

Que, en act. ACTPRO 11540531/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MEDIPACK S.A., C.U.I.T.: 30-70816309-7, en act. COTZAC 11541546/26, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11541547/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11541549/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act COTZAC 11541550/26, STARICCO MULLER LEONARDO, C.U.I.T.: 20-22373317-5, en act. COTZAC 11541551/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11541552/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11541555/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11541557/26, PRISAL GROUP S.A. C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11541558/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11541560/26, DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en act. COTZAC 11541561/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11541563/26 y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T. 33-69541513-9, en act. COTZAC 11541564/26;

Que, en act. INFSEC 11541565/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5900/2026, obrante en act. PROSEC 11541545/26;

Que, en act. PRESEC 11564780/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9 el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($5.148.000,00);

Que, en acts. PREV 11535824/26 PREV 11565282/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 961006/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1015681/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176679/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1583288/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9 el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($5.148.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11541552/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11564780/26 del EXD-0000-6240698/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor a la beneficiaria ALCARAZ SOL MILAGROS, D.N.I. Nº 43.487.020 el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11564780/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $5.148.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas. -

Art. 8º.- Hacer saber Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12172-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8191051/26, por el cual el Hospital Pediátrico tramita la homologación de Contrato de Servicios del señor PABLO ANDRÉS MELONARI, D.N.I. Nº 25.349.070, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1629380/26, obra el contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor PABLO ANDRÉS MELONARI, D.N.I. Nº 25.349.070, quien brindará servicios como médico en el Servicio de Infectología Pediátrica del Hospital Pediátrico, tendrá una vigencia de SEIS (6) meses, a partir del 01 de octubre del 2026, pudiendo prorrogarse por igual periodo, mediante Decreto del Poder Ejecutivo;

Que, en act. ENCAPS 964812/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en acts. PREV 11595066/26 y PREVFT 11595067/26, obra imputación preventiva del gasto exceptuado de duodécimo e imputación ejercicio futuro;

Que, en act. DICLEG 965537/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1023545/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;

Que, en act. DICFIS 177919/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300 y el señor PABLO ANDRÉS MELONARI, D.N.I. Nº 25.349.070, quien brindará servicios como médico en el Servicio de Infectología Pediátrica del Hospital Pediátrico obrante en act. DOCEXT 1629380/26 del EXD-0000-8191051/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $12.810.987,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/100 ($12.810.987,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia al Hospital Pediátrico, a sus efectos.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Gestión de la Salud, Red de Hospitales Públicos, Hospital Pediátrico y al señor PABLO ANDRÉS MELONARI, D.N.I. Nº 25.349.070.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12173-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9040900/25, por el cual la Dirección Recursos Humanos de Salud tramita la homologación del Contrato de Prestación de Servicios de la señora GUILLERMINA LOPEZ NUÑEZ, D.N.I. Nº 39.990.947, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3884887/26, obra Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora GUILLERMINA LOPEZ NUÑEZ, D.N.I. Nº 39.990.947, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Enfermera Universitaria en el Hospital Pediátrico y/o en los organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, a partir de su homologación y hasta el 30 de septiembre de 2026, renovable por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, la cláusula segunda del aludido contrato establece que el contratado percibirá por todo concepto una remuneración mensual equivalente al Agrupamiento Técnico (T) Categoría C de la Carrera Sanitaria Provincial;

Que, en act. ACTPAS 1593090/26, la Dirección Recursos Humanos de Salud, informa que la mencionada contratación resulta de la vacante aprobada por Decreto Nº 3770-MHIP-2025;

Que, en acts. INFORM 447333/26 e INFORM 447374/26, ha tomado la intervención de su competencia la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando la disponibilidad del crédito presupuestario para hacer frente al gasto y Contaduría General de la Provincia en act. NOTAMP 1022255/26, presta conformidad a la partida presupuestaria indicada para afrontar la presente erogación;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 17, incisos 13), 14), 15) y 16) de la Ley Nº V-1195-2026.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora GUILLERMINA LOPEZ NUÑEZ, D.N.I. Nº 39.990.947, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Enfermera Universitaria en el Hospital Pediátrico y/o en los organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3884887/26 del EXD-0000-9040900/25.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

HOSPITAL PEDIATRICO:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 13 18 1-01 33 1

Art. 4º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) y Dirección Recursos Humanos de Salud, notificará a la interesada.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12174-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7290136/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario PARISOT WALTHER RUBEN, D.N.I. Nº 17.835.809, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1583288/26, DOCEXT 1590132/26 y DOCEXT 1616674/26 surge que el beneficiario PARISOT WALTHER RUBEN, D.N.I. Nº 17.835.809, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento dermatológico;

Que, en act. SOLSEC 11574262/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7517/2026;

Que, en act. ACTPRO 11577013/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act COTZAC 11577638/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act COTZAC 11577639/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11577640/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act COTZAC 11577641/26, VORS S.R.L, C.U.I.T.: 30-71063736-5, en act. COTZAC 11577643/26 y COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11577644/26;

Que, en act. INFSEC 11577649/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6560/2026, obrante en act. PROSEC 11577637/26;

Que, en act. PRESEC 11584001/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3 el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 00/100 ($8.278.134,00);

Que, en acts. PREV 11573898/26 PREV 11586203/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964981/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1021951/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177709/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1603952/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3 el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 00/100 ($8.278.134,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11577641/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11584001/26 del EXD-0000-7290136/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor al beneficiario PARISOT WALTHER RUBEN, D.N.I. Nº 17.835.809 el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11584001/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $8.278.134,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas. -

Art. 8º.- Hacer saber Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12175-MdeS-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3120160/26, por el cual la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la Licitación Pública Nº 35-MHeIP-DCyC-2026, y;

CONSIDERANDO:

Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 5201-MdeS-2026, obrante en act. DEC 5201/26, para la adquisición de MEDICAMENTOS Y MÉTODOS ANTICONCEPTIVOS, solicitado por la entonces DIRECCIÓN SALUD SEXUAL, REPRODUCTIVA Y NO REPRODUCTIVA, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($140.530.000,00);

Que, en acts. DOCEXT 1580825/26 y DOCEXT 1580826/26, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;

Que, en act. ACTPRO 11468899/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;

Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras y por medio de sobre cerrado las empresas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en acts. COTZAC 11496221/26 y DOCEXT 1585707/26; GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en acts. COTZAC 11496222/26 y DOCEXT 1585704/26; FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en acts. COTZAC 11496223/26 y DOCEXT 1585718/26; POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, en acts. COTZAC 11496268/26, COTZAC 11496302/26 y DOCEXT 1585719/26, DROGUERIA VARADERO S.A., C.U.I.T.: 30-70845052-5, en acts. COTZAC 11496270/26 y DOCEXT 1585699/26; DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en acts. COTZAC 11496271/26, COTZAC 11496281/26 y DOCEXT 1585714/26; DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en acts. COTZAC 11496278/26 y DOCEXT 1585694/26; DROGUERIA NOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-67483006-4, en act. COTZAC 11496279/26, REGIONAL MED S.R.L., C.U.I.T.: 30-71213404-2, en act. COTZAC 11496280/26; GRUPO ALUMINE S.R.L., C.U.I.T.: 30-70837497-7, en act. COTZAC 11496288/26; DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11496289/26; DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en acts. COTZAC 11496290/26 y DOCEXT 1585683/26; DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en acts. COTZAC 11496297/26 y DOCEXT 1585685/26; SEISEME S.A., C.U.I.T.: 30-63834068-9, en acts. COTZAC 11496298/26 y DOCEXT 1585708/26 y DROGUERIA COMARSA S.A., C.U.I.T.: 30-70708588-2, en acts. COTZAC 11496301/26 y DOCEXT 1585688/26;

Que, en act. DOCEXT 1585679/26, obra Acta con fecha 23 de junio de 2026, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública Nº 35-MHeIP-DCyC-2026, de donde surge: PRIMERA PROPUESTA: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., COTIZA por la suma total de PESOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($29.884.000,00) por los ítems que cotiza. SEGUNDA PROPUESTA: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, COTIZA por la suma total de PESOS CIENTО VEINTIOCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS CON 00/100 ($128.137.522,00) por los ítems que cotiza. TERCERA PROPUESTA: DNM FARMA S.A., COTIZA por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100 ($77.933.000,00) por los ítems que cotiza. CUARTA PROPUESTA: DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., COTIZA por la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($81.290.300,00) por los ítems que cotiza. QUINTA PROPUESTA: DROGUERIA COMARSA S.A., COTIZA por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES VEINTISIETE MIL SETECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($189.027.720,00) por los ítems que cotiza. SEXTA PROPUESTA: FERAVAL S.A., COTIZA por la suma total de PESOS CIENTO QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($115.891.094,00) por los ítems que cotiza. SEPTIMA PROPUESTA: SEISEME S.A., COTIZA por la suma total de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($44.953.500,00) por los ítems que cotiza. OCTAVA PROPUESTA: POLYQUIMICA S.R.L., COTIZA OFERTA UNO: por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($141.244.272,00) por los ítems que cotiza. OFERTA DOS: por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($37.177.920,00) por los ítems que cotiza. NOVENA PROPUESTA: DISTRIFAR S.A., COTIZA OFERTA UNO: por la suma total de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA CON 00/100 ($64.432.170,00) por los ítems que cotiza. OFERTA DOS: por la suma total de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA CON 00/100 ($47.344.570,00) por los ítems que cotiza. DECIMA PROPUESTA: NEXUS S.R.L., COTIZA por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($133.774.000,00) por los ítems que cotiza. DÉCIMA PRIMERA PROPUESTA: DROGUERÍA VARADERO S.A., COTIZA por la suma total de PESOS OCHENTA Y TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($83.152.000,00) por los ítems que cotiza. Asimismo, la autoridad que preside el acto informa que por Sistema Electrónico de Compras hubo cuatro ofertas más pertenecientes a las firmas: DROGUERİA NOR S.R.L.; DROMED S.A.S.; GRUPO ALUMINE S.R.L. y REGIONAL MED S.R.L., quienes no presentaron sobre con oferta y documental razón por la cual se las tiene como no presentadas;

Que, en act. DOCEXT 1608262/26, obra aclaratoria del Acta labrada por Escribanía General de Gobierno, referida a la identificación del nombre correspondiente a la firma SEISEME S.A., C.U.I.T.: 30-63834068-9;

Que, en act. INFSEC 11496304/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 2000/2026, obrante en act. PROSEC 11496219/26;

Que, en act. DOCEXT 1590558/26, obra Resolución Nº 1250-DCyC-2026, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 35-MHeIP-DCyC-2026, quien se expide mediante informe en act. DOCEXT 1596686/26, cual surge preadjudicar a las firmas: POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($37.177.920,00); DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 2, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($25.421.640,00) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 3, por la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($43.930.000,00);

Que, en act. PRESEC 11535877/26, se preadjudica a las firmas oferentes de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;

Que, en acts. PREV 11338651/26 y PREV 11535909/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente, exceptuados de duodécimo;

Que, en act. NOTAMP 1008643/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1009386/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175764/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública Nº 35-MHeIP-DCyC-2026, para la adquisición de MEDICAMENTOS Y MÉTODOS ANTICONCEPTIVOS, solicitado por la entonces DIRECCIÓN SALUD SEXUAL, REPRODUCTIVA Y NO REPRODUCTIVA, dependiente del Ministerio de Salud.-

Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 35-MHeIP-DCyC-2026, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, conforme al siguiente detalle: POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($37.177.920,00); DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 2, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($25.421.640,00) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 3, por la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($43.930.000,00), conforme a las ofertas obrantes en acts. COTZAC 11496268/26, COTZAC 11496281/26, COTZAC 11496221/26 y cotización acompañada en sobres agregados en acts. DOCEXT 1585719/26, DOCEXT 1585714/26 y DOCEXT 1585707/26, de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora obrante en act. DOCEXT 1596686/26 y preadjudicación en act. PRESEC 11535877/26 del EXD-0000- 3120160/26.-

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 33 51 00 00 00 1 01 00 2 5 2 000 $106.529.560,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Maternidad, Infancia, Salud Sexual y Salud de la Mujer, quién notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12255-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150746/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1599698/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11563559/26, obra solicitud de Gastos Nº 6978/2026;

Que, en act. ACTPRO 11564597/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11566494/26, obra constancia de proceso de contratación Nº 6236/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11566495/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11566496/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11566497/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11566498/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11566499/26, INNOVATE PHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71467148-7, en act. COTZAC 11566500/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11566501/26, VORS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71063736-5, en act. COTZAC 11566502/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11566503/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11566504/26 y PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11566505/26;

Que, en act. INFSEC 11566506/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6236/2026, obrante en act. PROSEC 11566494/26;

Que, en act. PRESEC 11583454/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, el ítem 10, por la suma total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS QUINCE CON 24/100 ($3.929.915,24), DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, los ítems 5 y 6, por la suma total de PESOS SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 00/100 ($61.360.812,00), DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el ítem 7, por la suma total de PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 75/100 ($20.820,75), GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems 1, 2, 8 y 9, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 90/100 ($683.377,90), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 4, por la suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 60/100 ($63.495,60) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 3, por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($505.637,00);

Que, en acts. PREV 11562811/26 y PREV 11583573/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964125/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020494/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177454/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 1600539/26.-

Art.3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, el ítem 10, por la suma total de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS QUINCE CON 24/100 ($3.929.915,24), DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, los ítems 5 y 6, por la suma total de PESOS SESENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS DOCE CON 00/100 ($61.360.812,00), DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el ítem 7, por la suma total de PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 75/100 ($20.820,75), GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems 1, 2, 8 y 9, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 90/100 ($683.377,90), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 4, por la suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 60/100 ($63.495,60) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 3, por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($505.637,00), conforme propuestas obrantes en acts. COTZAC 11566495/26, COTZAC 11566504/26, COTZAC 11566503/26, COTZAC 11566497/26, COTZAC 11566496/26, COTZAC 11566498/26 y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en act. PRESEC 11583454/26 del EXD-0000-7150746/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $66.564.058,49

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12256-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150746/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria MIRANDA GLADIS ROSARIO, D.N.I. Nº 27.082.181, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841765/26 y DOCEXT 3841766/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841766/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1599698/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 964125/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020494/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177454/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria MIRANDA GLADIS ROSARIO, D.N.I. Nº 27.082.181, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11583454/26, por un importe de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS QUINCE CON 24/100 ($3.929.915,24).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12257-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150746/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria NUÑEZ ALDANA NORALI, D.N.I. Nº 39.394.525, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841761/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841762/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1599698/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 964125/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020494/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177454/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria NUÑEZ ALDANA NORALI, D.N.I. Nº 39.394.525, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11583454/26, por un importe de PESOS SESENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 35/100 ($61.711.766,35).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12258-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150746/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria SOSA MONICA BEATRIZ, D.N.I. Nº 17.646.420, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3841760/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841760/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1599698/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 964125/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020494/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177454/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria SOSA MONICA BEATRIZ, D.N.I. Nº 17.646.420, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11583454/26, por un importe de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 60/100 ($63.495,60).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12259-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7150746/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria ORTIZ ELIANA MARIA, D.N.I. Nº 34.421.605, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3841754/26, DOCEXT 3841756/26 y DOCEXT 3841757/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3841755/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1599698/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 964125/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020494/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177454/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria ORTIZ ELIANA MARIA, D.N.I. Nº 34.421.605, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11583454/26, por un importe de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 30/100 ($858.881,30).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12260-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

VISTO:

El EXD-0000-7270633/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1603294/26 obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11558071/26, obra solicitud de Gastos Nº 6900/2026;

Que, en act. ACTPRO 11563398/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11564355/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 6171/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11564356/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11564357/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1 en act COTZAC 11564358/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11564359/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11564360/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act COTZAC 11564361/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act COTZAC 11564362/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T. 30-70338900-3, en act. COTZAC 11564363/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.:30-66183877-5, en act. COTZAC 11564364/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11564 365/26 DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0 en act. COTZAC 11564366/26 y MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4 en act. COTZAC 11564367/26;

Que, en act. INFSEC 11564368/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6171/2026, obrante en act. PROSEC 11564355/26;

Que, en act. PRESEC 11574240/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, el ítem 3, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.567.266,00) DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 el ítem 2 y 5, por la suma total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE CON 61/100 ($752.513,61), FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el ítem 4, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 60/100 ($204.984,60), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 6, por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHENTA Y OCHO CON 74/100 ($135.088,74) y NEXUS S.R.L C.U.I.T.: 30-71578747-0 el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($1.092.240,00);

Que, en acts. PREV 11549623/26 y PREV 11574313/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 962462/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1017853/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177002/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3851269/26.-

Art.3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma: DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, el ítem 3, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.567.266,00) DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 el ítem 2 y 5, por la suma total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE CON 61/100 ($752.513,61), FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el ítem 4, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 60/100 ($204.984,60), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 6, por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL OCHENTA Y OCHO CON 74/100 ($135.088,74) y NEXUS S.R.L C.U.I.T.: 30-71578747-0 el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($1.092.240,00), conforme propuestas obrantes en acts. COTZAC 11564359/26, COTZAC 11564365/26, COTZAC 11564357/26, COTZAC 11564362/26, COTZAC 11564360/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en act. PRESEC 11574240/26 del EXD-0000-7270633/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.752.092,95

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7º.-Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º. -El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12261-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270633/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a el beneficiario TORRES ALEJANDRO OSCAR CARMELO, D.N.I. Nº 18.502.276 y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1601681/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento hematológico;

Que, en act. DOCEXT 1603294/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 962462/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1017853/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177002/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor beneficiario TORRES ALEJANDRO OSCAR CARMELO, D.N.I. Nº 18.502.276, la medicación para tratamiento hematológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11574240/26, por un importe de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 95/100 ($2.659.852,95).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5º.-Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12262-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270633/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la señora ORTIZ LORENA NOELIA, D.N.I. Nº 25.874.496, en representación de su hijo el beneficiario LUCERO SOMBRA BAUTISTA SIMON MAXIMO, D.N.I. Nº 56.692.095 y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1601681/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento hematológico;

Que, en act. DOCEXT 1603294/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 962462/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1017853/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177002/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor señora señora ORTIZ LORENA NOELIA, D.N.I. Nº 25.874.496, en representación de su hijo el beneficiario LUCERO SOMBRA BAUTISTA SIMON MAXIMO, D.N.I. Nº 56.692.095, la medicación para tratamiento hematológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11574240/26, por un importe de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SESENTA CON 00/100 ($273.060,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario.-

Art. 5º.-Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12263-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270633/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la señora MUÑOZ ESTELA MARY, D.N.I. Nº 26.806.424, en representación de su hijo el beneficiario GOMEZ DYLAN VALENTIN, D.N.I. Nº 56.990.167 y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1601666/26, DOCEXT 1601667/26 y DOCEXT 3851230/26 surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento hematológico;

Que, en act. DOCEXT 1603294/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 962462/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1017853/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177002/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor señora MUÑOZ ESTELA MARY, D.N.I. Nº 26.806.424, en representación de su hijo el beneficiario GOMEZ DYLAN VALENTIN, D.N.I. Nº 56.990.167, la medicación para tratamiento hematológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11574240/26, por un importe de PESOS OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 ($819.180,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario.-

Art. 5º.-Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12264-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6090320/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1573772/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11478733/26, obra solicitud de Gastos Nº 5569/2026;

Que, en act. ACTPRO 11482377/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11484357/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 4885/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11484358/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11484359/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11484360/26 y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11484363/26;

Que, en act. INFSEC 11484364/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 4885/2026, obrante en act. PROSEC 11484357/26;

Que, en act. PRESEC 11510777/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($3.306.600,00);

Que, en acts. PREV 11477228/26 y PREV 11511700/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 954743/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1006247/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175277/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3814574/26.-

Art.3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($3.306.600,00), conforme propuesta obrante en act. COTZAC 11484358/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en acts. PRESEC 11510777/26 del EXD-0000-6090320/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.306.600,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12265-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6090320/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario ROMERO CRUZAT LUIS GENARO, D.N.I. Nº 92.918.724, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3813631/26, surge que el beneficiario de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3813631/26, obra constancia de solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva de los medicamentos requeridos; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1573772/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 954743/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1006247/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175277/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario ROMERO CRUZAT LUIS GENARO, D.N.I. Nº 92.918.724, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11510777/26, por un importe de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($1.653.300,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12266-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6090320/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario PEREIRA RUBEN OSCAR, D.N.I. Nº 21.382.320, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3813634/26, surge que el beneficiario de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3813634/26, obra constancia de solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva de los medicamentos requeridos; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1573772/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 954743/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1006247/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175277/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario PEREIRA RUBEN OSCAR, D.N.I. Nº 21.382.320, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11510777/26, por un importe de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($1.653.300,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12267-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7140150/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1594000/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11531015/26, obra solicitud de Gastos Nº 6489/2026;

Que, en act. ACTPRO 11533595/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11534623/26, obra constancia de proceso de contratación Nº 5797/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11534625/26, MEDIPACK S.A., C.U.I.T.: 30-70816309-7, en act. COTZAC 11534626/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11534627/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11534628/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11534629/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11534630/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11534631/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11534632/26, VORS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71063736-5, en act. COTZAC 11534633/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11534635/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11534637/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11534639/26 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11534640/26;

Que, en act. INFSEC 11534641/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5797/2026, obrante en act. PROSEC 11534623/26;

Que, en act. PRESEC 11540129/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($5.103.285,00);

Que, en acts. PREV 11527059/26 y PREV 11541423/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 958767/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1011441/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176154/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3840286/26.-

Art.3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO TRES MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($5.103.285,00), conforme propuesta obrante en act. COTZAC 11534639/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en act. PRESEC 11540129/26 del EXD-0000-7140150/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $5.103.285,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12268-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7140150/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria LOPEZ MARIA ELENA, D.N.I. Nº 22.763.467, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1592729/26 y DOCEXT 1592730/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento reumatológico;

Que, en act. DOCEXT 1594000/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 958767/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1011441/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176154/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria LOPEZ MARIA ELENA, D.N.I. Nº 22.763.467, la medicación para tratamiento reumatológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11540129/26, por un importe de PESOS DOS MILLONES CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($2.041.314,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12269-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7140150/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria BUSTOS TATIANA BELEN, D.N.I. Nº 46.934.212, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1592723/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oftalmológico;

Que, en act. DOCEXT 1594000/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 958767/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1011441/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176154/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria BUSTOS TATIANA BELEN, D.N.I. Nº 46.934.212, la medicación para tratamiento oftalmológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11540129/26, por un importe de PESOS DOS MILLONES CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($2.041.314,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12270-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7140150/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria SAGARI ROMINA ESTRELLA, D.N.I. Nº 39.797.436, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1592724/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento reumatológico;

Que, en act. DOCEXT 1594000/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 958767/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1011441/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176154/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria SAGARI ROMINA ESTRELLA, D.N.I. Nº 39.797.436, la medicación para tratamiento reumatológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11540129/26, por un importe de PESOS UN MILLON VEINTE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 00/100 ($1.020.657,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12271-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270176/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1603254/26 obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11551382/26, obra solicitud de Gastos Nº 6832/2026;

Que, en act. ACTPRO 11561148/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11562999/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 6143/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11563000/26, HIGIA S.A.S., C.U.I.T.: 33-71747948-9, en act. COTZAC 11563001/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11563002/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11563003/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11563004/26 y FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11563005/26;

Que, en act. INFSEC 11563006/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6143/2026, obrante en act. PROSEC 11562999/26;

Que, en act. PRESEC 11590755/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, los ítems 2 y 3, por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 24/100 ($874.899,24) y FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($1.154.120,00);

Que, en acts. PREV 11549633/26 y PREV 11592857/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 965760/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1022091/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177728/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3850674/26.-

Art.3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, los ítems 2 y 3, por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 24/100 ($874.899,24) y FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($1.154.120,00) conforme propuestas obrantes en acts. COTZAC 11563002/26 y COTZAC 11563005/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en acts. PRESEC 11590755/26 del EXD-0000-7270176/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.029.019,24

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12272-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270176/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria GORDILLO LORENA VANESA, D.N.I. Nº 24.047.210, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3850634/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3850634/26, obra constancia de solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva de los medicamentos requeridos; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1603254/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 965760/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1022091/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177728/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria GORDILLO LORENA VANESA, D.N.I. Nº 24.047.210, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11590755/26, por un importe de PESOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 24/100 ($37.899,24).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12273-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270176/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria SILVERA MARCELA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 26.467.399, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3850630/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3850631/26, obra constancia de solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva de los medicamentos requeridos; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1603254/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 965760/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1022091/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177728/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria SILVERA MARCELA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 26.467.399, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11590755/26, por un importe de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($837.000,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12274-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270176/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria QUIROGA DANIELA ISABEL, D.N.I. Nº 34.700.113, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3850624/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3850624/26, obra constancia de solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva de los medicamentos requeridos; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1603254/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 965760/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1022091/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177728/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria QUIROGA DANIELA ISABEL, D.N.I. Nº 34.700.113, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11590755/26, por un importe de PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($524.600,00).-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12275-MdeS-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270176/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria MUÑOZ NADIA VALERIA, D.N.I. Nº 29.996.204, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3850620/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3850620/26, obra constancia de solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva de los medicamentos requeridos; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. DOCEXT 1603254/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 965760/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1022091/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177728/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria MUÑOZ NADIA VALERIA, D.N.I. Nº 29.996.204, la medicación para tratamiento oncológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11590755/26, por un importe de PESOS SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($629.520,00) .-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 13671-MdeS-2026.-

San Luis, 16 de Octubre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5111309/26, por el cual la Dirección de Infraestructura y Tecnología Sanitaria tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;

CONSIDERANDO:

Que, la misma tiene por objeto la ADQUISICIÓN de EQUIPAMIENTO MEDICO Y EQUIPAMIENTO DE REHABILITACION con destino a HOSPITAL DE SALUD MENTAL, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGIA SANITARIA, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de SESENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON 27/100 ($68.832.139,27 );

Que, en act. SOLSEC 11626794/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7015/2026, conformada por autoridad competente;

Que, en act. PLGECO 11640561/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11640567/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, en act. DOCEXT 1636830/26, ha prestado conformidad a los pliegos la Subdirección Equipamiento y Bioingeniería dependiente de la Dirección de Infraestructura y Tecnología Sanitaria de la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud;

Que, en act. PREV 11618717/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 971127/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1032231/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo autorice el llamado a Licitación Pública;

Que, en act. DICFIS 179942/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11640567/26 del EXD-0000-5111309/26, para la ADQUISICIÓN de EQUIPAMIENTO MEDICO Y EQUIPAMIENTO DE REHABILITACION con destino a HOSPITAL DE SALUD MENTAL, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGIA SANITARIA, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-

Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, por un presupuesto oficial de SESENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON 27/100 ($68.832.139,27 ).-

Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 2 9 5 000 $1.320.793,45

1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 4 3 3 000 $67.511.345,82

Total $68.832.139,27

Art. 5º.- Efectuar la publicación de los edictos correspondientes en la forma y por el termino de Ley.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Dirección de Infraestructura y Tecnología Sanitaria y Subdirección Equipamiento y Bioingeniería.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE SALUD

SECRETARÍA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

DECRETO Nº 12166-MdeS-SPD-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9100863/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 437077/26 la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud, solicita la prórroga, por el periodo comprendido entre el 01 de octubre de 2026 al 31 de diciembre de 2026, de los Contratos de Prestación de Servicios;

Que el 30 de septiembre de 2026, venció la vigencia de los contratos aludidos, según lo dispuesto por el Art. 1° del Decreto Nº 8850-MdeS-SPD-2026 obrante en act. DEC 8850/26, por lo que se hace necesario prorrogar el mismo desde el 01 de octubre de 2026 hasta 31 de diciembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre de 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios de los agentes en las dependencias de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad que en cada caso se indican:

DIRECCIÓN DE JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN:

APELLIDO Y NOMBRE

DNI

ANDRADA JUAN PABLO

32.773.693

BENITEZ MARIA LAURA

36.415.445

DE LA MOTA MONICA CRISTINA

14.542.374

GATICA ADOLFO SEGUNDINO

16.169.580

RIMONDI AGUSTINA

41.682.350

RIVERA MANCILLA MARCELA DENISE

96.003.121

PUEBLA NANCI ALCIRA

13.576.397

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS:

MIGUELES NATALIA PAOLA

30.177.984

PAREDES GUSTAVO REYES

34.700.689

Art. 2º.- Imputar el gasto a las respectivas partidas del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Salud, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y a los interesados.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Luis Marcelo Giraudo

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DECRETO Nº 12176-ME-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5050822/26, y;

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario reubicar al personal docente de la Escuela Técnica Nº 1 “Elena Ossola de Horas” de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, en virtud de la implementación de la modificación de la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) aprobada por Decreto Nº 2085-ME-2014, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, obrante en act. DOCEXT 3778818/26;

Que hasta la fecha, los espacios curriculares involucrados han sido cubiertos por docentes en proceso de reubicación, mediante mecanismos transitorios implementados por la institución educativa, resultando necesario regularizar en forma definitiva la situación funcional y de revista del personal docente comprendido en las presentes actuaciones;

Que en act. DOCEXT 3778818/25, 3778824/26, 3778830/26, 377883/26 y 3778894, obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;

Que en act. DOCEXT 3884733/26 obra Resolución Rectificada Nº 24-JCD-IV y V-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. ACTPAS 1727386/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reubicar definitivamente al personal docente de la Escuela Técnica Nº 1 “Elena Ossola de Horas” de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detallan:

LUCAS MAXIMILIANO MORENO, D.N.I. Nº 30.095.963, docente de DIEZ (10) horas cátedra titulares de Ciencias Sociales (5 hs. en 1er. año 3ra. división y 5 hs. en 3er. año 3ra. división), perfil Geografía, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto Nº 16924-ME-2025 a CUATRO (4) horas cátedra titulares de Geografía (2 hs. en 3er. año 1ra. división y 2 hs. en 2do. año 1ra. división), Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones, CINCO (5) horas catedra titulares de Geografía (3 hs. en 1er. año 3ra. división y 2 hs. en 2do. año 3ra. división), Técnico en Producción Agropecuaria y UNA (1) hora catedra titular de Tutoría, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario.

MARCELA DE LOS SANTOS MUÑOZ, D.N.I. Nº 33.440.638, docente de DIEZ (10) horas cátedra interinas de Ciencias Sociales, perfil Geografía, (5 hs. en 1er. año 3ra. división y 5 hs. en 2do. año 3ra. división), Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto Nº 8556-MHP-2022, a TRES (3) horas cátedra interinas de Geografía, en 1er. año 1ra. división, Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones y SIETE (7) horas cátedra interinas de Geografía (3 hs. en 1er. año 2da. división, 2 hs. en 2do. año 2da. división y 2 hs. en 3er. año 2da. división), Técnico en Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario.

MARIANA IRENE RUA, D.N.I. Nº 22.607.699, docente de CINCO (5) horas cátedra titulares de Ciencias Naturales, en 3er. año 3ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto Nº 10518-ME-2023, a CUATRO (4) horas cátedra titulares de Biología, (2 hs. en 3er. año 2da. división y 2 hs. en 3er. año, 3ra. división), Técnico en Producción Agropecuaria y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario.

GUILLERMO EZEQUIEL LIENDO, D.N.I. Nº 21.997.750, docente de CINCO (5) horas cátedra interinas de Producción de Ovinos, en 5to. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto Nº 925-MHIP-2024, a TRES (3) horas cátedra interinas de Anatomía y Fisiología Animal, en 5to. año 2da. división, Técnico en Producción Agropecuaria y DOS (2) hora catedra interina de Tutoría, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario.

SANDRA CARINA CENTENAC, D.N.I. Nº 27.486.073, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Formación Ética y Ciudadana, (2 hs. en 2do. año 1ra. división, 2 hs. en 3er. año 1ra. división) y CUATRO (4) horas cátedra interinas de Espacio de Opción Institucional, perfil Formación Ética y Ciudadana, (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hs. en 1er. año 2da. división), según Decreto Nº 10014-MHP-2022, a SEIS (6) horas cátedra interinas de Formación Ética y Ciudadana, (3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división), Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones y DOS (2) horas cátedra interinas de Formación Ética y Ciudadana en 2do. año 2da. división, Técnico en Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Subdirección Educación Secundaria y, por su intermedio a el establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12177-ME-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7060716/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3884286/26 obra Contrato de Provisión de Viandas Escolares celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. Guillermo Fabián Araujo, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la empresa SOL PUNTANO S.A.P.E.M., C.U.I.T. Nº 30-70789254-0, representada por su Vicepresidente, señor Diego Alejandro Pierdominici, D.N.I Nº 30.849.799, para la provisión de viandas e insumos para el desayuno, merienda y almuerzo, destinados a los alumnos de nivel inicial, primario y/o secundario y su distribución a los establecimientos educativos de gestión pública;

Que la cláusula quinta del contrato de referencia establece su vigencia, a partir de la homologación del mismo y hasta el completo y total agotamiento de la suma establecida en la cláusula segunda, pudiendo la misma ser ampliada mediante Decreto del Poder Ejecutivo, previo acuerdo de partes;

Que en act. PTPREC 57986/26 obra comprobante de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios;

Que en act. INFORM 447702/26 la Dirección de Presupuesto Público sugiere encuadrar el caso en los Arts. 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025;

Que en act. NOTAMP 1017125/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1024067/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice las modificaciones presupuestarias propuestas y homologue el contrato adjunto, encuadrando el presente caso en el inc. z) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en las disposiciones del inc. l) del Art 100 de la Ley Nº VIII-0256-2004, y sus modificatorias Ley Nº VIII-0867-2013 y Ley Nº V-1118-2024, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;

Que en acts. DICFIS 177247/26 y 178001/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. z) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, y en las disposiciones del inc. I) del Art 100 de la Ley Nº VIII-0256-2004, y sus modificatorias Ley Nº VIII-0867-2013 y Ley Nº V-1118-2024 y Arts. 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:

Ampliar:

1-Recursos de la Administración Central

1-Recursos Corrientes

6-Rentas de la Propiedad $4.500.000.000,00

1- Recursos de la Administración Central

3- Fuentes Financieras

5 - Disminución de Disponibilidades

1 - Disminución de Caja y Banco

01 - Disminución Activos Financieros - Caja y Banco $4.476.602.601.44

Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 14 22 35 1-01 3 $12.976.602.061,44

Disminuir:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Importe

1 15 20 30 00 01 1-01 5 2 $800.000.000,00

1 15 20 30 00 01 1-01 6 $845.000.000,00

1 15 13 20 02 00 1-01 2 $100.000.000,00

1 15 15 23 00 01 1-01 5 2 $255.000.000,00

1 16 17 29 00 01 1-01 2 $2.000.000.000,00

Art. 4º.- Homologar el Contrato de Provisión de Viandas Escolares celebrado entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. Guillermo Fabián Araujo, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la empresa SOL PUNTANO S.A.P.E.M., C.U.I.T. Nº 30-70789254-0, representada por su Vicepresidente, señor Diego Alejandro Pierdominici, D.N.I Nº 30.849.799, para la provisión de viandas e insumos para el desayuno, merienda y almuerzo, destinados a los alumnos de nivel inicial, primario y/o secundario y su distribución a los establecimientos educativos de gestión pública, con vigencia a partir de la homologación del mismo y hasta el completo y total agotamiento de la suma establecida en la cláusula segunda del contrato obrante en DOCEXT 3884286/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 14 22 35 1-01 3 $12.976.602.061,44

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la empresa SOL PUNTANO S.A.P.E.M.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Gustavo Antonio Bertolini

Federico Alberto Trombotto

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12178-ME-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8070087/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3880227/26 obra Acta Compromiso celebrada entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la Municipalidad de Concaran, C.U.I.T. Nº 30-65867969-0, representada por el intendente municipal, señor JUAN MARCELO GIL PICCININI, D.N.I. Nº 23.707.029;

Que en la misma se fijan las pautas para la elaboración de un proyecto y su posterior ejecución de obras en la Escuela Nº 74 “Gobernador Benigno Rodríguez Jurado”, E.N.I. Nº 10 “Catilandia”, ambas de la ciudad de Concaran y Escuela Nº 384 “Granadero Mariano Domínguez”, del paraje El Churrasco, de la provincia de San Luis;

Que se considera oportuno y necesario ejecutar las obras mediante gestión municipal, modalidad prevista en la legislación vigente;

Que la cláusula segunda del Acta Compromiso establece el monto total para el proyecto y ejecución de las mismas, el cual asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($4.245.000,00);

Que estará a cargo del Ministerio de Educación a través de la Dirección de Infraestructura Escolar, la constatación de los trabajos que se ejecuten a los fines del cumplimiento del Acta Compromiso;

Que se establece un plazo de ejecución de la obra de DIEZ (10) días corridos a partir de la entrega del anticipo;

Que en act. PREV 11571971/26 obra la imputación preventiva del gasto;

Que en act. NOTAMP 1015727/26 toma intervención la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1016224/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1016500/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Acta Compromiso suscripta con sustento en los Arts. 8º, 10 inc. a) apartado 4 y Art. 12 apartado II, inciso f) de la Ley Nº VIII-0257-2004;

Que en act. DICFIS 176813/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente en los Arts 8º, 10 inc. a) apartado 4 y Art.12 apartado II, inc. f) de la Ley Nº VIII-0257-2004.-

Art. 2º.- Homologar el Acta Compromiso celebrada entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la Municipalidad de Concaran, C.U.I.T. Nº 30-65867969-0, representada por el intendente municipal, señor JUAN MARCELO GIL PICCININI, D.N.I. Nº 23.707.029, obrante en act. DOCEXT 3880227/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe

1 14 13 22 01 1-01 4 2 2 $4.245.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Infraestructura Escolar y, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12179-ME-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9040798/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3896703/26 obra el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y por la otra, el señor MAURICIO TKACZGK, D.N.I. Nº 29.856.844, a los fines de brindar servicio de provisión y operación del sistema de acreditaciones para la “Feria Nacional de Educación, Artes, Ciencias y Tecnología 2026 - Fase Nº 1 y 2”, a desarrollarse del 06 al 09 de octubre de 2026 en la sede Cine Teatro San Luis, de la ciudad de San Luis;

Que la cláusula tercera del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;

Que en act. PREV 11619585/26 obra comprobante de imputación preventiva;

Que en act. NOTAMP 1024205/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1024808/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato de referencia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 178114/26 interviene Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y por la otra, el señor MAURICIO TKACZGK, D.N.I. Nº 29.856.844, a los fines de brindar servicio de provisión y operación del sistema de acreditaciones para la “Feria Nacional de Educación, Artes, Ciencias y Tecnología 2026 - Fase Nº 1 y 2”, a desarrollarse del 06 al 09 de octubre de 2026 en la sede Cine Teatro San Luis, de la ciudad de San Luis, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3896703/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Inst. Jur. U.E. Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe

1 14 11 19 00 4-16 3 5 9 $8.937.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12180-ME-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8100859/26, por el cual se eleva aceptación de renuncia y propuesta de titularización de la docente ALEJANDRA ELIZABETH HUERGA, D.N.I. Nº 23.654.891, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 137 “Ministro José María Ojeda”, del paraje Hualtarán, departamento Belgrano;

Que en act. DOCEXT 3865906/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5938-ME-2024, de la docente mencionada;

Que en act. DOCEXT 3865906/26, obra nota de renuncia a UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, según Decreto Nº 3132-MC-2004;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3871397/26;

Que en act. INFSUM 181325/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, conforme al Decreto Nº 6996-ME-2008, conforme a lo establecido en el artículo Nº 119 de la Ley XV-0387-2004, en el Estatuto Docente y Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;

Que en act. PASEDU 3873775/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3873806/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la docente ALEJANDRA ELIZABETH HUERGA, D.N.I. Nº 23.654.891, a UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ALEJANDRA ELIZABETH HUERGA, D.N.I. Nº 23.654.891, en UN (1) cargo de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 137 “Ministro José María Ojeda”, del paraje Hualtarán, departamento Belgrano.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE GOBIERNO

DECRETO Nº 12254-MG-2026.-

San Luis, 18 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9091169/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1744653/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “CENTRO DE JUBILADOS LOS MOLLES”, con Personería Jurídica Nº 423-DCyFPJ-2012, en act. ACTPAS 1744658/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de puerta y desmalezadora”;

Que en acts ACTPAS 1744655/26, 1744654/26 y 1744651/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1744657/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. ACTPAS 1744659/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “CENTRO DE JUBILADOS LOS MOLLES” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art.8° del Decreto N° 8980-MG-2024;

Que en act. PREV 11625206/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 52669/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1026556/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 178465/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CENTRO DE JUBILADOS LOS MOLLES”, con Personería Jurídica Nº 423-DCyFPJ-2012, para el financiamiento del proyecto social “compra de puerta y desmalezadora”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.-Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Centro de Jubilados Los Molles”.-

Art. 6°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

DECRETO Nº 12276-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8210442/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 105303/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor DIEGO ARMANDO BECERRA, D.N.I. Nº 30.312.033;

Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;

Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que en act. INFORM 447986/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 448007/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1022985/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor DIEGO ARMANDO BECERRA, D.N.I. Nº 30.312.033, por la otra, obrante en act. DOCEXT 105303/26 del EXD-0-8210442/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.

1 10 10 1-01 01 01 1

Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12277-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6160149/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 7498-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor EMILIANO GASTON CASELLA, D.N.I. Nº 33.757.676;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 7498-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección General de Vinculación Interjurisdiccional, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12278-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6290094/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9189-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora LUCRECIA INES SORIA, D.N.I. Nº 23.302.555;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9189-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12279-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12031067/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 1141-SGG-2024, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 2 de febrero de 2024;

Que a través del Decreto Nº 7412-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 1141-SGG-2024.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerios, organismos dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12280-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12031060/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 397-SGG-2023, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 20 de diciembre de 2023;

Que a través del Decreto Nº 7413-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que por Decreto Nº 10969-SGG-2026, se dio por concluido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora Ana Lis Schmid, D.N.I. Nº 28.838.995, a partir del día 11 de agosto del año 2026;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 397-SGG-2023, con excepción de la contratación de la señora Ana Lis Schmid, D.N.I. Nº 28.838.995, en virtud de lo mencionado en los considerandos.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerios, Secretarías de Estado y organismos dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, Escribanía General de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12281-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12031061/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 843-SGG-2023, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 29 de diciembre de 2023;

Que a través del Decreto Nº 7269-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que por Decreto Nº 8821-SGG-2026, se aceptó la renuncia presentada por el señor Francisco Olagaray Mitjans, D.N.I. Nº 41.868.997;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 843-SGG-2023, con excepción de la contratación del señor Francisco Olagaray Mitjans, D.N.I. Nº 41.868.997, en virtud de lo mencionado precedentemente en los considerandos.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerios, Secretarías de Estado y organismos dependientes de la Secretaria General de la Gobernación, Vicegobernación, Ente San Luis Agua, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12282-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7070533/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9190-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora ROCIO DEL VALLE PEREYRA, D.N.I. Nº 33.488.165;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9190-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12283-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12021024/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 375-SGG-2023, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 15 de diciembre de 2023;

Que por Decreto Nº 7209-SGG-2026 se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 375-SGG-2023.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Vicegobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12284-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12021021/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 374-SGG-2023, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 12 de diciembre de 2023;

Que por Decreto Nº 7208-SGG-2026 se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 374-SGG-2023.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Vicegobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12285-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7010625/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9760-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora LIDIA EDITH VILCHEZ, D.N.I. Nº 27.661.364;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9760-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12286-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6250362/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9325-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor PABLO MARIANO PEME, D.N.I. Nº 20.993.802;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9325-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12287-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7070536/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9188-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor JESUS ALFREDO VADILLO, D.N.I. Nº 32.568.362;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9188-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12288-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12031063/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 808-SGG-2024, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 22 de enero de 2024;

Que a través del Decreto Nº 7267-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 808-SGG-2024.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerios, Secretarías de Estado, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12289-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12031064/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 809-SGG-2024, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 29 de enero de 2024;

Que a través del Decreto Nº 7266-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 809-SGG-2024.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerios, Secretarías de Estado, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-OR

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12290-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7011108/26; y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9184-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.L Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor SANTIAGO VALENTIN SOLOA ENCABO, D.N.I. Nº 44.738.234;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9184-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art, 3º.- Hacer saber a: Dirección General de Comunicación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.)

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12291-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7010635/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9185-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora MARIA FLORENCIA ESCUDERO HIERHOLZER, D.N.I. Nº 31.047.839;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9185-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12292-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7030928/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9179-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora ANGIE CATHERIN GARCIA, D.N.I. Nº 41.563.404;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9179-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12293-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8210879/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 105326/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor LINO BENJAMIN TORRES, D.N.I. Nº 18.508.618;

Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;

Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que en act. INFORM 447826/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 447967/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1022977/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor LINO BENJAMIN TORRES, D.N.I. Nº 18.508.618, por la otra, obrante en act. DOCEXT 105326/26 del EXD-0-8210879/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.

1 10 10 1-01 01 01 1

Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12294-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12021025/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 376-SGG-2023, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 18 de diciembre de 2023;

Que por Decreto Nº 7206-SGG-2026 se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 376-SGG-2023.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Secretarías de Estado, Vicegobernación, Fiscalía de Estado, Escribanía General de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12295-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8190763/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 105322/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora MARIELA ROSANA OLGUIN, D.N.I. Nº 22.478.014;

Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;

Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que en act. INFORM 447974/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 448010/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1023044/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora MARIELA ROSANA OLGUIN, D.N.I. Nº 22.478.014, por la otra, obrante en act. DOCEXT 105322/26 del EXD-0-8190763/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.

1 10 10 1-01 01 01 1

Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12296-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6220826/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 8586-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor EDUARDO GABRIEL RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 17.108.678;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 8586-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12297-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6231298/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9187-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor TEOFILO EUGENIO GLELLEL, D.N.I. Nº 13.015.989;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9187-SGG-2026.-

Art. 2º- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12298-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6160151/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 7746-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora CONSTANZA IVANA de SAN BRUNO, D.N.I. Nº 29.329.056;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 7746-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección General de Vinculación Interjurisdiccional, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-

Art. 5º.- Comunicar, publican dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12299-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7080560/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 11307-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor ANTONIO MOISES OSMAN, D.N.I. Nº 25.167.348;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 11307-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12300-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7030941/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 7932-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 7932-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Gobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12301-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD0-7210998/25; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTA 173815/26, Fiscalía de Estado eleva para su homologación CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y CONVENIO DE PAGO celebrado con el señor RUBEN AURELIO MORENO BENITEZ, D.N.I. Nº 92.328.764, en el marco de los autos caratulados: IPH Nº7190001/25“AV. LESIONES CULPOSAS EN ACCIDENTE DE TRANSITO - DAÑOS A BIENES DEL ESTADO”;

Que dicho acuerdo se instrumenta bajo el régimen del Decreto Nº 843-SGG-2024 y en cumplimiento del protocolo vigente, con motivo del siniestro vial ocurrido el día 18 de julio del año 2025 en el Km. 8,5 de la Autopista 25 de Mayo de la ciudad de La Punta, provincia de San Luis;

Que el hecho fue protagonizado por el vehículo marca Fiat, modelo Argo Drive 1.3, Dominio AC-840-LJ, de titularidad registral del señor RUBEN AURELIO MORENO BENITEZ, ocasionando la rotura de una columna de alumbrado público;

Que los antecedentes y actuaciones labradas por la Comisaría Seccional Nº 28 (U.R.O.P. Nº 1) de la Policía de la Provincia de San Luis y la Jefatura de Policía constan en acts. NOTAPO 1013889/25, NOTAPO 1013892/25, NOTAPO 1014986/25, PASGEN 1015963/25, PASGEN 1097376/25, NOTAPO 1099644/25, NOTAPO 1102232/25, NOTAPO 1102241/25, NOTAPO 1102359/25, NOTAPO 1103068/25 y PASGEN 1103161/25;

Que en act. NOTA 164482/25, se adjunta solicitud efectuada por Fiscalía de Estado a la Dirección Provincial de Vialidad para la remisión del presupuesto detallado de reparación de la luminaria, constando la respuesta en acts. DOCEXT 1473901/25, lo que permitió cuantificar el perjuicio patrimonial e impulsar el reclamo indemnizatorio;

Que en acts. NOTA 171897/26 y NOTA 171898/26 se acompañan respectivamente, constancias de envío y recepción de carta documento remitida por la entonces Fiscal de Estado, Dra. María Fabiana Zárate, a la aseguradora Antártida Seguros, en relación a la póliza Nº 5657255; agregándose, asimismo, en acts. NOTA 171900/26 y NOTA 171901/26 correspondientemente, constancias de envío y recepción de carta documento dirigida al titular del vehículo involucrado;

Que en act. NOTA 171909/26, obra informe de la abogada relatora, sobre la conveniencia de la suscripción del convenio;

Que en act. NOTA 171910/26, se agrega CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y CONVENIO DE PAGO suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por la entonces Fiscal de Estado, Dra. María Fabiana Zárate y la abogada relatora, Dra. María Ana Baretto, por una parte y el señor RUBEN AURELIO MORENO BENITEZ, D.N.I. Nº 92.328.764, por la otra;

Que de sus cláusulas primera, segunda y tercera surge el reconocimiento del daño material provocado, la modalidad de pago acordada y los datos de la cuenta oficial para el depósito, esta última, debidamente certificada en act. CERFYR 1588531/26 por la Dirección de Finanzas y Recursos de la Dirección General de Hacienda Pública, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. PASGG 1710012/26, la Secretaría General de la Gobernación toma conocimiento de lo tramitado;

Que en act. ACTPAS 1716219/26, obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación sin formular objeciones al respecto;

Que en acts. NOTAMP 1006854/26 y DICFIS 175367/26, han tomado sucesivamente intervención Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el artículo 9º del Anexo del Decreto Nº 843-SGG-2024.-

Art. 2º.- Homologar el CONVENIO DE RECONOCIMIENTO DE DEUDA Y CONVENIO DE PAGO suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por la entonces Fiscal de Estado, Dra. María Fabiana Zárate y la abogada relatora, Dra. María Ana Baretto, por una parte y el señor RUBEN AURELIO MORENO BENITEZ, D.N.I. Nº 92.328.764, por la otra, obrante en act. NOTA 171910/26, del EXD-0-7210998/25.-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Vialidad, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al interesado.-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-OPIA

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12302-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8180443/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 105376/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor MIGUEL ANGEL BUSTOS, D.N.I. Nº 16.586.653;

Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;

Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que en act. INFORM 447956/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 448011/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1023769/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor MIGUEL ANGEL BUSTOS, D.N.I. Nº 16.586.653, por la otra, obrante en act. DOCEXT 105376/26 del EXD-0-8180443/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.

1 10 10 1-01 01 01 1

Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12303-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8200756/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 105325/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor HECTOR ADRIAN ECHENIQUE, D.N.I. Nº 22.786.659;

Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;

Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que en act. INFORM 447985/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 448008/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1023050/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor HECTOR ADRIAN ECHENIQUE, D.N.I. Nº 22.786.569, por la otra, obrante en act. DOCEXT 105325/26 del EXD-0-8200756/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.

1 10 10 1-01 01 01 1

Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12304-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12031066/25; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 844-SGG-2023, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 29 de diciembre de 2023;

Que a través del Decreto Nº 7271-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto Nº 844-SGG-2023.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerios, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12305-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8210899/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 105302/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor VICENTE ALEJANDRO BRITOS, D.N.I. Nº 16.778.580;

Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;

Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que en act. INFORM 447830/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 447965/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1022919/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor VICENTE ALEJANDRO BRITOS, D.N.I. Nº 16.778.580, por la otra, obrante en act. DOCEXT 105302/26 del EXD-0-8210899/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.

1 10 10 1-01 01 01 1

Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12306-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6240966/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9180-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora ANALIA SOLEDAD LAGOS, D.N.I. Nº 31.402.263;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9180-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12307-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6241003/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9439-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora ANALIA ROSANA BECERRA, D.N.I. Nº 25.191.407;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9439-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12308-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6240963/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9181-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor SANTIAGO MARTIN SALINAS, D.N.I. Nº 40.485.130;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9181-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12309-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6230939/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 8588-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora MARIA ALEJANDRA MAZZIERI, D.N.I. Nº 25.975.645;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 8588-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12310-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7060014/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9182-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora SOFIA CLARISA DEOLINDA LOPEZ, D.N.I. Nº 35.086.853;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9182-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 12311-SGG-2026.-

San Luis, 20 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7070539/26; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 9183-SGG-2026, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor MARTIN LUCAS PRIETO, D.N.I. Nº 26.839.935;

Que el 30 de septiembre del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Cláusula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;

Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de octubre del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9183-SGG-2026.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

DECRETO Nº 12437-SGG-ST-2026.-

San Luis, 21 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8270186/26 por el cual la Secretaría de Estado de Transporte tramita Transferencia de Créditos Presupuestarios, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTAB 100115890/26 la Secretaría de Estado de Transporte solicita autorización de Transferencia de Créditos Presupuestarios, destinada a cubrir las erogaciones propias de la logística de traslado de personal, equipamiento y bicicletas, en el marco del PLAN TUBI – “SAN LUIS, MI PROVINCIA EN BICICLETA”;

Que en act. PTPGAS 57989/26 obra planilla de solicitud de Transferencia de Créditos Presupuestarios por la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES CON 00/100 ($43.000.000,00);

Que en act. RCRE 11623027/26 obra Reserva de Crédito pertinente;

Que en act. INFORM 449215/26 obra informe Nº 305-DPP-2026 emitido por la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025, en el Art. 13 del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, modificado por el Art. 2º del Decreto Nº 704-SGG-2023, por el Art. 1º del Decreto Nº 10443-MHIP-2024, y por el Art. 1º del Decreto Nº 16227-MHIP-2025 .-

Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe

1 10 35 35 01 1-01 3 $43.000.000,00

Disminuir:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe

1 10 35 01 00 05 1-01 2 $650.000,00

1 10 35 01 00 05 1-01 4 $8.728.020,00

1 10 35 35 01 00 1-01 2 $850.000,00

1 10 35 35 01 00 1-01 5 2 $15.600.000,00

1 10 36 36 00 00 1-01 2 $6.000.000,00

1 10 36 36 00 00 1-01 3 $3.750.000,00

1 10 37 38 00 00 1-01 3 $1.000.000,00

1 10 37 38 01 00 1-01 5 1 $3.750.000,00

1 10 38 39 00 00 1-01 2 $2.671.980,00

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público y a la Secretaría de Estado de Transporte.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN N° 621-DPJ-2026.-

SAN LUIS, 23 de Octubre del año 2026.-

Ref.: NORMALIZACION.-

VISTO:

Actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo de la entidad BALLET SEMBRADORES DEL SUR, LPJ 342/2011, de la Localidad de Buena Esperanza, Dpto. Dupuy, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución N°418-DCyFPJ-2011, de fecha 24 de Febrero de 2011;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 106 y Sgtes., obra petición escrita suscripta por más de 10 asociados, denunciando irregularidades en relación a falta de cumplimiento de las obligaciones de la Comisión Directiva, en cuanto a lo estatuido en el Estatuto vigente, como no haber presentado en tiempo y forma los Balances e informes, etc;

Que del estudio exhaustivo del legajo archivo de la Entidad, surge que la misma se encuentra en estado IRREGULAR, adeudando presentación de Memorias, Estados Contables e Informes del Revisor de Cuentas correspondiente a los ejercicios económicos cerrado en los años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, como así también que los mandatos correspondientes a los miembros de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas se encuentran vencidos, al día de la fecha, según lo normado por del Estatuto Social vigente de la Asociación-.

Que a los fines de encausar la vida institucional de la entidad, los presentantes solicitan nombre a un Delegado Normalizador, sugiriendo en tal carácter al Sr./Sra. MARIA EUGENIA FERREYRA, D.N.I. N°24.146.698.-

Que el presente instituto de normalización tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de 60 días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo del Delegado Normalizador.

Que la normalización por parte del Estado de la administración de una entidad civil ha sido reconocida desde antiguo por nuestros tribunales (Cámara Civil 1° de la Capital Federal, septiembre 30 de 1936, en autos “Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios”; ídem, mismo tribunal en fecha 17 de junio de 1930 en autos “Asociación Mutual de Retirados del Ejército y la Armada”). -

Atento a ello, consideraciones de hecho y derecho efectuadas, constancias del Legajo/Archivo 342/2011 y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación, art. 168 inciso 22 de la Constitución de la Provincia de San Luis; art. 7, apartado 3, inciso b de la Ley Provincial N° V-0112-2004, Articulo 83 siguientes y concordantes de la Resolución General N°38-DPCyFPJ-2018, esta oficina está facultada para fiscalizar, controlar y normalizar las entidades inscriptas como Personas Jurídicas, en EXCLUSIVO INTERES PÚBLICO;

POR ELLO, Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS

RESUELVE:

Art. 1°.-Disponer la medida administrativa de NORMALIZACION de la entidad BALLET SEMBRADORES DEL SUR, LPJ 342/2011, de la Localidad de Buena Esperanza, Dpto. Dupuy, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución N° 418-DCyFPJ-2011, de fecha 24 de Febrero de 2011.-

Art. 2°.-Designar en el carácter de Delegado Normalizador al Sr./Sra. MARIA EUGENIA FERREYRA, D.N.I. N° 24.146.698, a fin de que lleve adelante el proceso de normalización de la entidad, por el término de SESENTA (60) DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por causas que así lo justifiquen. Establecer que, en el ejercicio del cargo impuesto, y dentro del plazo establecido, deberá convocar a Asamblea General Extraordinaria para la elección de autoridades según estatuto vigente y previo cumplimiento de las formalidades que exige la normativa aplicable.

Art. 3°.-Notifíquese, publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, Protocolícese y oportunamente Archívese.-

DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ

Directora de Persona Jurídicas

SPP e: y v: 26 Oct.

ACUERDOS

ADM 19213/26

“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”

ACUERDO N° 217-STJSL-SA-2026.-

El SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, con asiento en la ciudad de San Luis, a VEINTIDÓS días del mes de OCTUBRE de DOS MIL VEINTISÉIS. Los Sres. Ministros que suscriben digitalmente el presente,

DIJERON: Visto lo comunicado por el Jefe de la Oficina de Mantenimiento y Servicios de la Tercera Circunscripción Judicial y por la Responsable de la ULG III de Secretaría de Informática Judicial (actuaciones N° 31433168/26 y N° 31007403/26 del ADM 1677/16 en trámite ante Secretaría Administrativa) en relación a las gestiones correspondientes a sus respectivos ámbitos competenciales, tendientes a la operatividad de la nueva oficina del Juzgado de Paz Lego con jurisdicción sobre los Partidos de Las Lomitas, Cautana y Punta del Agua con asiento en la localidad de Los Cajones, del Departamento Junín (Tercera Circunscripción Judicial), ubicada en Av. Virgen del Rosario s/n de la localidad de Los Cajones.

Por su parte, el Sr. Juez de Paz Lego del referido Juzgado informa los días y horarios de atención al público en la nueva sede (actuaciones N° 31514143/26 y N° 31646627/26 del mismo ADM), por lo cual corresponde modificar el cronograma establecido en el punto I del Acuerdo Nº 148/2021.

Por ello, de conformidad a lo previsto en el art. 39 inc. 20 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia;

ACORDARON:

I) HACER SABER que el Juzgado de Paz Lego con jurisdicción sobre los Partidos de Las Lomitas, Cautana y Punta del Agua con asiento en Los Cajones del Departamento Junín (Tercera Circunscripción Judicial), tiene su sede en la oficina ubicada en Av. Virgen del Rosario s/n de la localidad de Los Cajones.

II) MODIFICAR parcialmente el punto I del Acuerdo Nº 148/2021, en lo que respecta al cronograma de atención al público del Juzgado de Paz Lego con jurisdicción sobre los Partidos de Las Lomitas, Cautana y Punta del Agua, con asiento en la localidad de LOS CAJONES, Departamento Junín (Tercera Circunscripción Judicial), el queda establecido conforme se detalla seguidamente:

- Lunes a viernes (de 8:00 a 14:00 horas): Atención presencial en la localidad de Los Cajones, en la oficina sita en Av. Virgen del Rosario s/n.

Dicho cronograma de tareas diarias se establece sin perjuicio de la realización de diligencias con habilitación de día y hora, la atención de asuntos de urgencia y de las demás funciones que pudieran surgir.

III) DISPONER que por Dirección de Recursos Humanos se proceda a la carga y actualización de la información del ícono “Justicia de Paz” de la página web institucional del Poder Judicial, conforme los datos consignados en el presente Acuerdo.

IV) DETERMINAR que por Secretaría Administrativa se publique el presente Acuerdo, por un (1) día, en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en la sección “Acuerdos”.

Con lo que se dio por terminado el acto disponiendo los Sres. Ministros se comunique el presente Acuerdo a todo el personal y Organismos del Poder Judicial de la Provincia y a Dirección de Recursos Humanos para la continuidad del trámite.

Firmado digitalmente por los Sres. Ministros Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO, no siendo necesaria la firma manuscrita (Art. 104 inciso a apartado 4 de la Ley N° IV-0086-2021).

e: y v: 26 Oct.

ASAMBLEAS

CLUB NAUTICO Y DE PESCA LA FLORIDA

CONVOCATORIA Y ORDEN DEL DIA

1.- Convocar a Asamblea General Ordinaria para el día 15 (quince) de noviembre de 2026 a las 12 hs. en la Sede de la Institución cita en Embalse La Florida, Avenida de los Pescadores (Ruta Provincial N° 39), Kilometro 2,5, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

a.- Lectura y consideración del Acta anterior,

b.- Elección de dos (2) socios asambleístas para la firma del Acta respectiva.

c.- Lectura y consideración de Memoria y Balance correspondiente al periodo 01-06-2025 al 31-05-2026.

d.- Elección de Comisión Directiva periodo 2026, periodo 01-06-2026 a 31-05-2028, integrando los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, tres (3) Vocales Titulares, dos (2) Vocales Suplentes, Revisores de Cuentas Titulares: dos (2) y Revisor de Cuentas Suplente: uno (1).

e.- Resuelta la presente Convocatoria, se designa la Junta Electoral con dos (2) socios electores y el Secretario y Presidente de la actual Comisión Directiva.

San Luis, 15 de Octubre de 2026.

JOSE RAMON MILONE

Presidente

Mario Osvaldo Perez

Secretario

C: 3767 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 88- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de VEHICULOS con destino a COMISARIAS DE ATENCION A LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (CANAF) DE LAS DISTINTAS UNIDADES REGIONALES, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 9281414/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13618-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CON 00/100 ($228.000.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 06 de noviembre de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3664 SPP e: 21 y v: 26 Oct

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 89- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de ELECTRODOMÉSTICOS con destino a DEPENDENCIAS POLICIALES DE UNIDAD REGIONAL ORDEN PUBLICO 1-2-3-4-5 Y 6, DIRECCIONES GENERALES 1-3-4-5-6-12 y 13, ALBERGUE POLICIAL DG-4 Y SUBJEFATURA DE POLICÍA, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 8030590/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13584-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($66.738.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 06 de noviembre de 2026 a las 11:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3665 SPP e: 21 y v: 26 Oct

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 90- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de BACHADOR EN FRÍO, solicitado por la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 7160077/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13705-MHIP-2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($93.750.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 10 de noviembre de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3666 SPP e: 21 y v: 26 Oct

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 91- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de MEDICAMENTOS, con destino a abastecer los nosocomios provinciales, solicitado por la DIRECCIÓN FÁRMACOS E INSUMOS MÉDICOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-6290067/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13670-MdeS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SIETE MIL SETECIENTOS SETENTA MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 ($7.770.565.971,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 10 de NOVIEMBRE de 2026 a las 11:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3722 SPP e: 23 y v: 28 Oct.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 92- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de EQUIPAMIENTO MEDICO Y EQUIPAMIENTO DE REHABILITACION con destino a HOSPITAL DE SALUD MENTAL, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGIA SANITARIA, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-5111309/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13671-MdeS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SESENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON 27/100 ($68.832.139,27).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 11 de NOVIEMBRE de 2026 a las 10:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3768 SPP e: 26 y v: 30 Oct.

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

LICITACION PÚBLICA N° 22-2026

OBJETO: “RENOVACION DE SOPORTE Y GARANTIAS EN EQUIPAMIENTO DE BACKUP UBICADO EN EL DATACENTER DE LA CIUDAD DE LA PUNTA”.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES ($45.000.000,00).-

VALOR DEL PLIEGO:PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000,00), mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria a la cuenta N° 4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.-

VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico

compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00hs. a 13:30 hs.-

GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-

PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 16de Noviembre del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta.-

FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 17 de NOVIEMBRE de 2026, a la hora 11:00 (once) por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-

MARÍA MERCEDES BESTARD

Secretaria Contable

C: 3769 SPP e: 26 y v: 30 Oct.

COMERCIALES

JUPLAST.S.A.

Convocatoria Asamblea General Ordinaria

Que conforme lo establece el art.237 de la ley 19.550, se convoca a los señores accionistas de JUPLAST S.A. a participar de la Asamblea general ordinaria, la cual se celebrara el 10 de noviembre de 2026 a las 17:30 hs. en primera convocatoria y a las 18:30 hs en segunda convocatoria. La misma se llevará a cabo de manera presencial en el domicilio de Ruta Nacional 148, Margen Sur, Río V, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, a fin de considerar el siguiente orden del día 1) Designación de 2 socios encargados de firmar el acta, 2) Consideración de los Balances Generales, Estado de Resultados y demás documentos previstos en el artículo 234, inc. 1 de la Ley 19.550 correspondientes al ejercicio económico iniciado el 1 de junio de 2025 y finalizado el 31 de mayo de 2026, 3) Tratamiento de los resultados del ejercicio citado en el punto anterior y destino de resultados no asignados a la finalización del mismo. 4) Considerar la aprobación de la gestión del Directorio y la Sindicatura. 5) Considerar la remuneración y fijación de honorarios a los Directores y al Síndico. 6) Poner a consideración elección de Síndico titular y Síndico suplente. Asimismo, se hace saber que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, copias de los estados contables y demás documentación correspondiente al ejercicio cuya consideración integra el orden del día se encuentran a disposición de los accionistas para su consulta en la sede social..Fdo. Rufino Pablo Baggio. Presidente.

C: 3668 $27.500,00 e: 21 y v: 30 Oct.

EDICTO CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

Se hace saber por publicación por cinco días que: Se convoca a los señores socios de OXIGENO ALVAREZ S.A.S. a Asamblea General Ordinaria para el día 12 de noviembre de 2026, a las 10 horas en primera convocatoria, y a las 11 horas en segunda convocatoria, a celebrarse en la sede social sita en calle Avenida 25 de Mayo Nº 517, ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, para tratar el siguiente orden del día:

1. Tratamiento fuera de término del estado contable correspondiente al ejercicio Nº 34 cerrado al 30 de junio de 2025.

2. Consideración de la documentación a la que se refiere el inciso 1º, artículo 234 de la Ley de Sociedades Comerciales, correspondiente al ejercicio económico Nº 34 finalizado el 30 de junio de 2025.

3. Consideración de los resultados del ejercicio.

4. Consideración de la gestión de la Administración.

5. Consideración de la retribución de la Administración.

C: 3741 $27.500,00 e: 23 Oct y v: 02 Nov

“GENERAL PLASTICS S.A.

Convóquese a Asamblea Ordinaria de Accionistas para el 17/11/2026, a las 09:00hs. en primera convocatoria y a las 10:00hs.en segunda convocatoria, en Calle 108 y 6, Parque industrial Sur 5700 - San Luis, para tratar el Orden Del Día: 1. Designación de accionistas para firmar el acta. 2. Consideración de la documentación prescripta por el artículo 234 Inc. 1º de la Ley Nº 19.550, correspondiente a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025. 3. Consideración de resultados de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025. 4. Consideración de la gestión del Directorio durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025. 5. Remuneración al Directorio, en exceso del monto previsto por el Artículo 261 de la Ley 19.550.6. Fijación del número de directores y designación de miembros del directorio. 7. Autorizaciones para registraciones en el Registro Público. Los accionistas que deseen concurrir a la Asamblea deberán cursar comunicación de asistencia a la asamblea en Calle 108 y 6, Parque industrial Sur 5700 - San Luis Ciudad de San Luis, de conformidad con lo previsto por el Art. 238 de la Ley 19.550.”

Firmado, por Sebastián Tasselli, Presidente.

C: 3746 $27.500,00 e: 23 Oct y v: 02 Nov

Edicto de CONSTITUCIÓN DE “AGRO LEVICÚ S.A.S.” SOCIO: CRISTOBAL JANTUS HARRIAGUE, DNI 18305218, CUIT 20183052188, 61 años, argentino, contratista rural, casado, cónyuge: MARIA VERONICA PERNAS, DNI 18377092, con domicilio en Noctiluca 798, Los Caldenes, Villa Reynols, provincia de San Luis, CONSTITUCION: Contrato Social de fecha 29 de Septiembre de 2026. DENOMINACION: “AGRO LEVICÚ S.A.S.” DOMICILIO LEGAL: Noctiluca 798, Los Caldenes, Villa Reynols, provincia de San Luis. DURACIÓN: noventa y nueve años a contar desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier lugar del país o del exterior, la prestación de servicios agropecuarios, comprendiendo especialmente: a) Servicios agrícolas: La preparación y acondicionamiento de suelos; laboreo, subsolado, cincelado, rastreo, nivelación, siembra convencional, directa y de precisión; fertilización; pulverización terrestre mediante equipos propios o de terceros; aplicación de fitosanitarios, fertilizantes, bioinsumos y enmiendas autorizados por la normativa vigente; cosecha de granos, oleaginosas, forrajes y semillas; confección de rollos, henificación, picado de forrajes, confección de silajes, embolsado y extracción de granos, limpieza de lotes y toda otra labor agrícola vinculada con la producción agropecuaria. b) Servicios con maquinaria agrícola: La adquisición, explotación, administración, alquiler, arrendamiento, reparación, mantenimiento y operación de tractores, sembradoras, cosechadoras, pulverizadoras, niveladoras, mixers, tolvas, embolsadoras, extractoras, equipos de riego, implementos agrícolas y toda clase de maquinarias, equipos y herramientas destinadas a la prestación de servicios agropecuarios. c) Agricultura de precisión: La prestación de servicios de monitoreo de cultivos, mapeo de rendimiento, georreferenciación, aplicación variable de insumos, utilización de sistemas GPS, drones, sensores, imágenes satelitales, software de gestión agropecuaria y demás tecnologías aplicadas a la producción agrícola. d) Explotaciones agropecuarias: La explotación agrícola, ganadera, tambera, avícola, porcina, ovina, caprina, equina, apícola, forestal, frutícola, hortícola, vitivinícola y de cualquier otra actividad agropecuaria, en inmuebles propios, arrendados, concesionados o de terceros, incluyendo la producción, cría, recría, invernada, engorde, feed lot ,mejoramiento genético, reproducción, industrialización primaria y comercialización de sus productos y subproductos. Cría, adiestramiento y comercialización de caballos de polo. e) Comercialización de insumos y maquinaria: La compra, venta, distribución, representación, consignación, importación y exportación de maquinaria agrícola, implementos, repuestos, neumáticos, lubricantes, combustibles, fertilizantes, semillas, agroquímicos, bioinsumos y demás bienes relacionados con la actividad agropecuaria. f) Transporte complementario: La prestación de servicios de logística y transporte de maquinaria agrícola, implementos, insumos, cereales, semillas, fertilizantes y demás productos vinculados con la actividad agropecuaria, sujetos a las habilitaciones legales que correspondan. g) Asistencia técnica: La planificación, administración y organización de campañas agrícolas; asesoramiento técnico y operativo sobre labores rurales; administración de contratistas y equipos de trabajo; gestión de establecimientos agropecuarios y demás servicios complementarios relacionados con la actividad principal. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, vender, permutar, arrendar y administrar bienes muebles e inmuebles; celebrar toda clase de contratos civiles y comerciales; actuar como mandataria, comisionista, representante, concesionaria o distribuidora; participar en licitaciones públicas y privadas; constituir uniones transitorias, consorcios, agrupaciones de colaboración y demás formas asociativas previstas por la legislación vigente; importar y exportar bienes relacionados con su actividad; otorgar y recibir garantías; realizar inversiones con fondos propios y ejecutar todos los actos jurídicos y comerciales necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto, con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras. La sociedad prescinde de sindicatura. CAPITAL SOCIAL: pesos $1.000.000.- (pesos un millón), representado por 100 (cien) acciones de $10.000 (diez mil pesos), valor nominal cada una y da derecho a un (1) voto por acción .Suscripción. Los socios suscriben el 100 % del capital social; socio CRISTOBAL JANTUS HARRIAGUE, suscribe la cantidad de 100 (cien acciones) ordinarias, nominativas, no endosables de 10.000 (diez mil) pesos de valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Integración. El capital social se integra en un 25 % en dinero en efectivo que será depositado en la cuenta designada a nombre del Registro Público de Comercio de la ciudad de Villa Mercedes, San Luis. El saldo restante deberá ser integrado por el socio dentro del plazo máximo de 2 (dos) años contados desde la fecha de constitución de la sociedad. Cierre de ejercicio: 31 de Diciembre. ADMINISTRACION: administrador titular: socio: CRISTOBAL JANTUS HARRIAGUE, DNI 18305218, administrador suplente: PERNAS MARIA VERÓNICA, DNI 18377092

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3770 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

GRUPO PP S.A.S.

PERSA PABLO IGNACIO con D.N.I 32.773.751 CUIT 20-32773751-2, edad 39 años, Nacionalidad Argentino, de profesión comerciante, estado civil soltero, cumplimentando el Art 256 LGS y en carácter de declaración jurada constituye domicilio especial, real, legal y Fiscal en Pedernera Nº 1556, de la ciudad de Villa Mercedes; por derecho propio resuelve constituir una SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA

GRUPO PP S.A.S. establece domicilio social, fiscal, legal y administrativo en Pedernera Nº 1556, Villa Mercedes, San Luis. Asimismo, en forma complementaria a su sede social física y sin reemplazarla, la Sociedad constituye su sede electrónica complementaria en la dirección de correo electrónico ppgrupposas@gmail.com. Duración 99 años.

La sociedad tendrá por objeto principal, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, la realización de las siguientes actividades:

a) Servicios Agrícolas: La prestación de servicios agrícolas integrales, comprendiendo la preparación de suelos, siembra, resiembra, pulverización, fertilización, cosecha, acondicionamiento, almacenamiento, transporte, laboreo y toda otra tarea vinculada con la producción agrícola, ya sea con maquinaria propia o de terceros, en forma directa o mediante contratación o subcontratación de servicios.

b) Actividades Comerciales: La compra, venta, permuta, consignación, distribución, representación, comisión, corretaje, intermediación, importación, exportación, acopio, depósito y comercialización, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes muebles, mercaderías, materias primas, productos elaborados y semielaborados, insumos, maquinarias, herramientas, repuestos, equipos, artículos de consumo, bienes de uso y demás bienes muebles, registrables o no, sin limitación alguna, relacionados o no con la actividad agropecuaria.

c) Actividades Comerciales Agropecuarias: La compra, venta, consignación, acopio, distribución, importación, exportación, representación e intermediación de cereales, oleaginosas, semillas, forrajes, productos agrícolas, ganaderos, agroindustriales y sus derivados, así como de insumos, fertilizantes, agroquímicos, implementos y maquinarias destinadas al sector agropecuario.

d) Actividades Agropecuarias: La explotación, administración y desarrollo de establecimientos agrícolas, ganaderos, mixtos, frutícolas, hortícolas, forestales y cualquier otra explotación agropecuaria, en inmuebles propios o de terceros, mediante arrendamiento, aparcería, contratos asociativos o cualquier otra modalidad legal, incluyendo la producción, cría, recría, engorde, reproducción y comercialización de hacienda y de toda clase de productos agropecuarios.

e) Actividades Inmobiliarias: La compra, venta, permuta, arrendamiento, locación, administración, explotación, desarrollo, construcción, urbanización, loteo, subdivisión, fraccionamiento y administración de bienes inmuebles urbanos y rurales, propios o de terceros, así como la realización de operaciones comprendidas en el régimen de propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, barrios privados, fideicomisos inmobiliarios y cualquier otro régimen previsto por la legislación vigente.

f) Arrendamiento y Locación: El arrendamiento, alquiler, leasing, locación y cesión de uso de bienes muebles e inmuebles, registrables o no, maquinarias agrícolas, vehículos, equipos, herramientas e implementos destinados a actividades agropecuarias, comerciales, industriales o de servicios.

g) Actividades Financieras: El otorgamiento de préstamos, créditos, anticipos y asistencias financieras, con o sin garantías reales o personales; la realización de aportes de capital e inversiones en personas humanas o jurídicas, constituidas o a constituirse, quedando expresamente excluidas las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra actividad que requiera autorización previa de la autoridad competente.

A los fines del cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos, comerciales, civiles y administrativos necesarios o convenientes para su consecución, celebrar toda clase de contratos, adquirir y disponer de bienes muebles e inmuebles, constituir derechos reales y personales, otorgar garantías, participar en otras sociedades, fideicomisos, uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración y cualquier otra forma asociativa permitida por la legislación vigente, siempre que dichos actos sean complementarios o conexos con su objeto social.

El capital social se fija en la suma de pesos $5.000.000 APORTADO EN ESPECIES en su integridad, dividido en 10 acciones ordinarias de pesos $500.000 valor nominal cada una, con derecho a UN VOTO. Las acciones son suscriptas por el Sr. PERSA PABLO IGNACIO que suscribe 10 acciones de pesos $500.000 cada una, por la suma de pesos $5.000.000.

La administración, la representación legal y el uso de la firma social será ejercida en forma exclusiva por un accionista, reelegible, siendo designado para tal cargo al accionista PERSA PABLO IGNACIO con D.N.I. 32.773.751 que acepta el cargo y durará en el mismo por tiempo indeterminado. Se designa como Administrador suplente al Sr. AVILA NAHUEL GASTON con D.N.I 34.104.667 CUIT 20-34104667-0, Nacionalidad Argentina, edad 37 años, de profesión comerciante, estado civil soltero, cumplimentando el Art 256 LGS y en carácter de declaración jurada constituyo domicilio especial, real, legal y Fiscal en Ecuador Nº 18 de la ciudad de Villa Mercedes. Quien acepta el cargo y expresa que constituyen una garantía a favor de la sociedad en mención, por la suma de $3.912.000.

Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.

Fecha de Fecha de cierre del ejercicio 30/09, fecha de contrato 30/09/2026. Certificación de firmas 01/10/2026.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3771 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

Por contrato privado de fecha 23de Septiembre de 2026 en la ciudad de San Luis el señor: CARLOS VICTOR ARIEL VILLEGAS (DNI 17.342.038), con CUIT 20-17342038-3, de nacionalidad argentina, con fecha de nacimiento el 09 de marzo de 1966, estado civil divorciado, de profesión Programador de sistemas, y con domicilio en Avenida Viento Chorrillero Nº 2891, ciudad de San Luis, provincia de San Luis, resuelve constituir una Sociedad por Acciones Simplificada. Denominación y domicilio: La sociedad se denomina «H4 S.A.S.» y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de San Luis. Duración: El plazo de duración de la sociedad es 99 años. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y/o exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) culturales y educativas; (d) desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (e) gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) inmobiliarias y constructoras; (g) inversoras, financieras y fideicomisos; (h) petroleras, gasíferas, forestales y energéticas en todas sus formas; (i) salud; y (j) transporte. Capital El capital social es $770.000 (pesos setecientos setenta mil) representado por igual cantidad de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $1,00 (Pesos uno con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de sindicatura. Ejercicio social: El ejercicio social finaliza el 31 de diciembre de cada año. SEDE SOCIAL: Establecer la sede social en Avenida Viento Chorrillero Nº 2891, ciudad de San Luis, Provincia de San Luis. CAPITAL SOCIAL: Suscribir el 100,00٪ (cien por ciento) del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: CARLOS VICTOR ARIEL VILLEGAS suscribe la cantidad de 770.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $1,00 (Pesos uno con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un 25,00٪ (veinticinco por ciento) en dinero efectivo, el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de 2 (dos) años. Designar Administrador titular a: CARLOS VICTOR ARIEL VILLEGAS (DNI 17.342.038) y Administrador suplente a: MARIA ANDREA HUGUENINE GOMEZ (DNI 22.140.643).

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3772 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

El REGISTRO PUBLICO DE COMERCIO ORDENA SE PUBLIQUE POR EL TERMINO DE LEY EL SIGUIENTE EDICTO.

J.D.J. EVENTOS S.A., (CUIT 30-70800480-0), con domicilio en calle Rivadavia número 249, de la localidad de La Toma, Provincia de San Luis, inscripta en el Registro Público de Comercio de la ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre al Tomo 322 de Contratos Sociales – Folio 234 – Número 18, en San Luis el 03 de septiembre de 2018. Por Acta de Directorio de fecha 8/10/2026 Maria Eugenia Cignetti se incorpora como Director Titular ante el fallecimiento del presidente Adrián Walter Martínez. Por Acta de Asamblea de fecha 8/10/2026, se eligen los miembros del Directorio, Presidente María Eugenia Cignetti, DNI 21.998.276 y Director Suplente Pedro Martínez, DNI 38.109.944. Por Acta de Directorio del 8/10/2026, se procede a la distribución de los cargos.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3773 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

El registro público de comercio ordena publicar por el tiempo de ley la constitución de la sociedad “LAS DELICIAS DE GABI S.A.S” conforme contrato firmado con fecha 13/10/2026 SOCIOS: Carina Gabriela Blatter, DNI N° 26.430.166, CUIL 27-26430166-7, de Nacionalidad Argentina, nacida el día 09/08/1978, de 48 años de edad, de estado civil soltera sin convivencia inscripta de profesión empresaria Elvio Catalino Bogado, DNI N° 24.952.545, CUIL 20-24952545-7, de Nacionalidad Argentina, nacido el día 30/04/1975, de 51 años de edad, de estado civil soltero sin convivencia inscripta de profesión empresario, Claudio Enrique Bogado DNI N° 46.617.078, CUIL 20-46617078-0, de Nacionalidad Argentina, nacido el día 26/07/2005, de 21 años de edad, de estado civil Soltero sin convivencia inscripta, de profesión empresario, Milagros Estefanía Bogado, DNI N° 47.798.691, CUIL 27-47798691-4, de Nacionalidad Argentina, nacida el día 23/01/2007, de 19 años de edad, de estado civil Soltera sin convivencia inscripta, de profesión empresaria, Johana Elizabth Bogado, DNI N° 44.358.648, CUIL 27-44358648-8, de Nacionalidad Argentina, nacida el día 15/07/2002, de 24 años de edad, de estado civil Soltera con convivencia inscripta con el señor Lucas Rafael PAIZ DNI N° 38.221.599, de profesión empresaria, todos con domicilio en Barrio el Lince Mza 18 casa 16 Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis DOMICILIO SOCIAL: La sociedad tendrá domicilio en la Provincia de San Luis, República Argentina. La misma podrá proceder a la apertura de sucursales o agencias en cualquier parte del territorio nacional y extranjero de conformidad a lo previsto en las normas legales. NOMBRE DE LA SOCIEDAD: La sociedad actuará bajo la denominación social “LAS DELICIAS DE GABI S.A.S” DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de su constitución. OBJETO SOCIAL: La Sociedad tendrá por objeto la realización por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: A) EXPLOTACIÓN GASTRONÓMICA: explotación, instalación, administración, gerenciamiento, provisión y comercialización de negocios y establecimientos gastronómicos en todas sus modalidades, incluyendo restaurantes, parrillas, bares, cervecerías, cafeterías, confiterías, pastelerías, panaderías, casas de repostería. Elaboración, preparación, producción, fabricación, fraccionamiento, envasado, distribución, suministro y comercialización de toda clase de comidas, alimentos, productos de panadería, pastelería y repostería, y bebidas alcohólicas y no alcohólicas, comidas para llevar, viandas y servicios de entrega a domicilio (delivery). Explotación de concesiones gastronómicas, franquicias y demás emprendimientos vinculados con la actividad, por cuenta propia o de terceros. B) CATERING Y SERVICIOS GASTRONÓMICOS: organización y prestación de servicios gastronómicos integrales, incluyendo catering, banquetes, lunch, recepciones, desayunos, almuerzos, meriendas, cenas y provisión de alimentos y bebidas para toda clase de eventos. Contratación y coordinación de personal, proveedores y servicios necesarios para su realización. Alquiler, arrendamiento, provisión, compra, venta y comercialización de vajilla, cristalería, cubiertos, mantelería, utensilios, mesas, sillas, mobiliario, carpas, gazebos, estructuras, hornos, equipamiento gastronómico y demás elementos destinados a eventos, celebraciones y actividades comerciales. La prestación de servicios de entrega, instalación, montaje, desmontaje y retiro de los bienes suministrados. C) ORGANIZACIÓN Y DECORACIÓN DE EVENTOS: planificación, organización, coordinación, producción y realización de eventos y acontecimientos sociales, recreativos y comerciales. Prestación de servicios de decoración, ambientación, ornamentación y montaje de espacios, salones y establecimientos.- D) ELABORACIÓN, INDUSTRIALIZACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS: La producción, fabricación, elaboración, transformación, industrialización, fraccionamiento, envasado, almacenamiento, distribución, importación, exportación, compra y venta, al por mayor y menor, de alimentos, bebidas, materias primas, insumos, productos gastronómicos elaborados, semielaborados y sus derivados. Elaboración y comercialización de productos de panadería, pastelería, repostería, confitería, conservas, congelados, productos envasados, y demás productos alimenticios. Explotación de fábricas, panaderías, pastelerías, plantas de elaboración, depósitos y establecimientos vinculados con la industria alimentaria. E) COMERCIO GENERAL Y ACTIVIDADES INDUSTRIALES: compra, venta, fabricación, elaboración, transformación, ensamblaje, reparación, distribución, representación, consignación, importación y exportación de toda clase de bienes, productos, mercaderías, materias primas, insumos, y demás productos alimenticios o gastronómicos. Explotación de supermercados, minimercados, almacenes, autoservicios, kioscos, drugstores, comercios mayoristas y minoristas, depósitos y centros de distribución. Instalación y explotación de establecimientos comerciales, industriales y manufactureros relacionados con las actividades precedentes. F) IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN Y REPRESENTACIONES: importación, exportación, distribución, representación, consignación, intermediación y comercialización de bienes, productos, mercaderías, alimentos, bebidas, maquinarias, equipos e insumos, nacionales o extranjeros. La adquisición, explotación y otorgamiento de franquicias, licencias, marcas, concesiones y representaciones comerciales, así como la celebración de contratos de distribución, suministro, agencia y colaboración empresarial. G) CONTRATACIONES PÚBLICAS Y PRIVADAS: participación en licitaciones públicas o privadas, concursos de precios, contrataciones directas, concesiones y demás procedimientos de contratación con organismos estatales nacionales, provinciales o municipales, entidades públicas o privadas y personas humanas o jurídicas. CAPITAL: El Capital Social es de SETECIENTOS NOVENTA MIL ($790.000) representado en SIETE MIL NOVECIENTAS (7.900) acciones nominativas no endosables, de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una y con derecho de un voto por acción SEDE SOCIAL: La sociedad tiene sede social en Avenida Lafinur 90 ciudad de San Luis Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis. SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN DEL CAPITAL SOCIAL: los socios suscriben e integran el capital social de la siguiente manera: Claudio Enrique Bogado DNI N° 46.617.078, CUIL 20-46617078-0, suscribe CUATRO MIL SETECIENTAS CUARENTA (4740) acciones nominativas no endosables, de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una y con derecho de un voto por acción, representativas del 60% del capital social. Carina Gabriela Blatter, DNI N° 26.430.166, CUIL 27-26430166-7, suscribe MIL QUINIENTAS UN (1501) acciones nominativas no endosables, de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una y con derecho de un voto por acción, representativas del 19% del capital social, Elvio Catalino Bogado, DNI N° 24.952.545, CUIL 20-24952545-7 suscribe QUINIENTAS CINCUENTA Y TRES (553) acciones nominativas no endosables, de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una y con derecho de un voto por acción, representativas del 7% del capital social, Milagros Estefanía Bogado, DNI N° 47.798.691, CUIL 27-47798691-4 suscribe QUINIENTAS CINCUENTA Y TRES (553) acciones nominativas no endosables, de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una y con derecho de un voto por acción, representativas del 7% del capital social y Johana Elizabth Bogado, DNI N° 44.358.648, CUIL 27-44358648-8, suscribe QUINIENTAS CINCUENTA Y TRES (553) acciones nominativas no endosables, de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una y con derecho de un voto por acción, representativas del 7% del capital social. El capital social se suscribe en un 100% y se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: Designar como administradora titular y representante legal al señor Claudio Enrique Bogado DNI N° 46.617.078, CUIL 20-46617078-0, de Nacionalidad Argentina, nacido el día 26/07/2005, de 21 años de edad, de estado civil Soltero sin convivencia inscripta, de profesión empresario con domicilio real en Barrio el Lince Mza 18 casa 16 Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis, quien acepta expresamente el cargo para el que fue designado, constituyendo domicilio especial en la sede social conforme art. 256 de la ley general de Sociedades Nº 19.550 en la sede social de la sociedad. DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE LEGAL SUPLENTE: Designar como administradora suplente a la Señora Carina Gabriela Blatter, DNI N° 26.430.166, CUIL 27-26430166-7, de Nacionalidad Argentina, nacida el día 09/08/1978, de 48 años de edad, de estado civil soltera sin convivencia inscripta, de profesión empresaria, con domicilio real en Barrio el Lince Mza 18 casa 16 Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis, quien acepta expresamente el cargo para el que fue designada constituyendo domicilio especial en la sede social conforme art. 256 de la ley general de Sociedades N.º 19.550 en la sede social de la sociedad. Asimismo, manifiesta por este acto, bajo forma de declaración jurada que no es persona expuesta políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera, y a su vez declara bajo juramento no encontrarse comprendido dentro de las incompatibilidades del Art. 264 de la Ley 19.550. GARANTÍA DE LOS ADMINISTRADORES: Los administradores titulares y suplentes en los términos del artículo 256 de la ley 19.550, se comprometen a prestar cada uno una garantía por la suma de pesos TRES MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL ($3.912.000) equivalente a diez salarios mínimos vitales y móviles, a materializarse en una cuenta especial a cuenta y orden de la sociedad, no disponiendo de los respectivos fondos durante el plazo de vigencia de su mandato más el término de la prescripción de la acción social de responsabilidad. DECLARACIÓN JURADA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: los administradores titulares y suplentes declaran bajo juramento que no se encuentran comprendidos en inhabilidades ni incompatibilidades para ejercer el cargo para el que han sido designados. Art 264 Ley General de Sociedades. FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO SOCIAL: El ejercicio económico y financiero comenzará el 01 de enero y finalizará el 31 de diciembre de cada año. A esa fecha se confeccionarán los estados contables, conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. ORGANO DE FISCALIZACION: La sociedad prescinde del órgano de fiscalización, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor conforme el art. 55 de la Ley General de Sociedades 19.550.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3774 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

CESION DE CUOTAS SOCIALES

“SALUD INTEGRAL MERLO S.R.L.” (CUIT 30-71534619-9), con domicilio social en El Ciprés 120 de la localidad de la Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis, inscripta en el Registro Público de Comercio al Tomo 46 de Contratos Sociales, Folio 01/07 Número 01 en Villa Mercedes, el 02 de Septiembre de 2016; informa que por acta de reunión de socios de fecha 19 de Enero de 2026, se resolvió por unanimidad la venta de la totalidad de las acciones de Salud Integral SRL. Por instrumento privado se realizó el Contrato de cesión de cuotas sociales de fecha 13 de mayo de 2026, por la cual Raúl Orlando Urquiza, DNI N° 14.958.423, de estado civil divorciado, nacido el 31 de Agosto de 1962, domiciliado en Conti 838 de la localidad de Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis y Pablo Martín Urquiza, DNI N° 35.765.392, de estado civil soltero, con fecha de nacimiento el 13 de Abril de 1993, con domicilio real en la calle Rivadavia nº 938, localidad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, provincia de San Luis, por una parte, cedieron las seiscientas (600) cuotas partes de LA SOCIEDAD “SALUD INTEGRAL MERLO SRL” de la que son propietarios, según Contrato de cesión de cuotas sociales de fecha 28/03/2024; representativas del 100% del capital social, de valor nominal de PESOS MIL ($1.000) cada una; involucrando la cesión todos los derechos y obligaciones inherentes a las cuotas cedidas a los Sres. Matías Fabio Valdivia, DNI N° 29.877.555, estado civil soltero, nacido el 27 de abril de 1983 y María Victoria Sosa Lisciotto, DNI N° 35.581.695, estado civil soltera, con fecha de nacimiento 27 de mayo de 1991 ambos domiciliados en Horacio Porras esquina Las Campanitas N° 171, Primer Piso de la localidad de la Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis. El contrato de Cesión fue por la suma de OCHENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($85.000.000). A raíz de esta cesión el Capital Social queda integrado de la siguiente manera: SEISCIENTAS (600) cuotas de PESOS MIL ($1.000) cada una, de valor nominal, que representan la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($600.000) quedando repartido sesenta y cinco por ciento 65% para el Sr. Matías Fabio Valdivia quien detentará TRESCIENTAS NOVENTA(390) cuotas; y el treinta y cinco por ciento (35%) restante para la socia Sra. María Victoria Sosa Lisciotto resultando titular de las otras doscientas diez (210) cuotas. Quedó designado por unanimidad como gerente el Sr. Matías Fabio Valdivia, quien aceptó desempeñar el cargo.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3775 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

JUDICIALES

El Sr. Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de La Carlota, Provincia de Córdoba, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra. Marcela Segovia, en los autos caratulados “ESTILARTE, Julia Alejandra y OTROS c/ HEREDIA, Alejandro Damián y OTROS - ABREVIADO - DAÑOS Y PERJUICIOS - ACCIDENTE DE TRÁNSITO – TRÁMITE ORAL” (Expte.N º 13642398), cita y emplaza a los herederos de la Sra. Natalia Belén OJEDA, D.N.I. 31.883.044, para que en el plazo de veinte (20) días contados desde la última publicación del presente, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía.

LA CARLOTA, CBA, 06/10/2026.-

IVANA ANDREA VALESIO

Prosecretaria

C: 3626 $27.500,00 e: 16 y v: 26 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara - Juez, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “EXP 446966/26 ALANIZ FRANCISCO JAVIER S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto FRANCISCO JAVIER ALANIZ DOC. 21.384.008 bajo apercibimiento de ley.-

Concarán (San Luis), 22 de junio de 2026.-

C: 3672 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 452962/26” GOMEZ VERONICA ANDREA S/SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de la causante VERONICA ANDREA GOMEZ, (D.N.I. Nº 23.947.759), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 07 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3674 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Santa Rosa del Conlara a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “BASTERRICA JUAN CARLOS S/SUCESION AB INTESTATO” EXP 449797/26, cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de del extinto DON JUAN CARLOS BASTERRICA DNI Nº 11.218.412, bajo apercibimiento de ley.-

Santa Rosa del Conlara, San Luis, 6 de octubre de 2026.-

JORGE A. RODRIGUEZ

Secretario

C: 3683 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct.

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Briggs Valeria Paola, DNI Nº 24.031.360, con domicilio en Mza 357 Casa 4 Bº 102 Viv., de la Localidad de San Luis, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matricula de Martillero Publico”; oposiciones de ley ante esta entidad. -

San Luis, 14 octubre del 2026.-

ELIANA LOURDES ALCARAS

Secretaria General

C: 3707 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO - JUEZ SUBROGANTE, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 450978/26” RIVAS CESAR VALENTIN S/SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del causante CESAR VALENTIN RIVAS, (D.N.I. Nº 4.248.328), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3709 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct

El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral Nº1 de la localidad de Concarán, Tercera circunscripción judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la autorizante, en los autos caratulados “EXP 454416/26: “BENAVIDEZ HUGO JORGE S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de treinta días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de DON HUGO JORGE BENAVIDEZ DNI N°10.217.584 bajo apercibimiento de ley.-

Concarán San Luis, 7 de Octubre de 2026.-

C: 3726 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO - Juez titular, Secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 448594/26 “BUSTOS MARIA EVA Y MENDOZA CARLOS VÍCTOR S/SUCESIÓN AB INTESTATO”CITA y EMPLAZA por treinta días a quienes se considerasen con derecho a los bienes dejados por DON MENDOZA CARLOS VICTOR, D.N.I. Nº 11.600.357 y DOÑA BUSTOS MARIA EVA, D.N.I. Nº 8.208.024, bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 31 de Agosto de 2026.

C: 3727 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

Carlos Alfredo Cuvertino, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula n°317 Del (CASL) notifico que el día 24 de Noviembre del 2026, a las 12:00 hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el Sr. LUCIA CUELLO (D.N.I.: 23.579.153) y LILIANA EDIT CUELLO (D.N.I.: 22.274.627). Ubicado en Calle Moreno Esq. Cordoba s/Nº - Santa Rosa del Conlara, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y en el Registro de la Propiedad Inmueble, el Padrón 14-350754 a nombre JESUS GODOY, inscripción dominial, no posee.

Son colindantes del inmueble al Oeste con calle Cordoba, al Sur con Calle Moreno, al Norte Centro de Jubilados y Pensionados Nacionales Pd. 14-351976 y Este con Ripari, Luis Rolando Pd. 14-350759.-

Las operaciones se iniciarán en el vértice Sur - Oeste de la propiedad.

Consultas en el domicilio Pringles 201, Concarán San Luis, teléfono 2664-299192.-

San Luis, 27 de 02 de 2026.-

C: 3728 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

El Juzgado de Civil, Comercial y Minas Nº4, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados “EXP 450961/26 / LEYES JOSE YSMAEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza a los herederos y acreedores de LEYES JOSE ISMAEL, DNI 6812612 por el termino de treinta días, bajo apercibimiento de Ley.-

San Luís, 17 de septiembre de 2026.

C: 3729 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Ciudad de San Luis, Secretaria Autorizante, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, en los autos caratulados “EXP 447688/26 LUCERO INDALECIO ANTONIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de treinta días para que se presenten ante este Juzgado, a herederos y acreedores del causante don INDALECIO ANTONIO LUCERO, DNI N° 6.814.496.-, bajo apercibimiento de Ley.

San Luis, 26 de JUNIO de 2026

C: 3730 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

Guillermo Raúl Fernández, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula N° 283 del CASL, NOTIFICO que el día 14 de Noviembre del año 2026, a las 16:00 horas, por cuenta y orden del Sr. Fredy Molina D.N.I. Nº 14.301.574, quien persigue tramitar el título de dominio por prescripción adquisitiva, procederé a mensurar un inmueble rural ubicado en el paraje de “La Majada”, en la jurisdicción administrativa de la municipalidad de Leandro N. Alem, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales al padrón Nº 16-471 – superficie: 39 has. 4,237 m2, a nombre de Reiloba de Leyes Teonila. Son colindantes del inmueble, al Norte: calle pública de La Majada y Lucero S. – al Sur: calle pública de La Majada - al Este: calle pública de La Majada, A. de Heredia y propietario desconocido - al Oeste: calle pública de La Majada. Inscripción dominial del Reg. de la Propiedad Inmueble: Sin inscripción de dominio. Las operaciones se iniciarán en el vértice Sur- Este de la propiedad. Consultas en el domicilio Bº Cerros Colorados - Mzna:17 - Casa: 5, Juana Koslay, San Luis, teléfono: 2664 56-4253.-

San Luis, 19 de Octubre de 2026.-

C: 3731 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

Guillermo Raúl Fernández, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula N° 283 del CASL, NOTIFICO que el día 14 de Noviembre del año 2026, a las 15:30 horas, por cuenta y orden de la Sra. Lil Susana Molina D.N.I. Nº 16.662.905, quien persigue tramitar el título de dominio por prescripción adquisitiva, procederé a mensurar un inmueble rural ubicado en el paraje de “La Majada”, en la jurisdicción administrativa de la municipalidad de Leandro N. Alem, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales al padrón Nº 16-471 – superficie: 39 has. 4,237 m2, a nombre de Reiloba de Leyes Teonila. Son colindantes del inmueble, al Norte: calle pública de La Majada y Lucero S. – al Sur: calle pública de La Majada - al Este: calle pública de La Majada, A. de Heredia y propietario desconocido - al Oeste: calle pública de La Majada. Inscripción dominial del Reg. de la Propiedad Inmueble: Sin inscripción de dominio. Las operaciones se iniciarán en el vértice Sur-Este de la propiedad. Consultas en el domicilio Bº Cerros Colorados - Mzna:17 - Casa: 5, Juana Koslay, San Luis, teléfono: 2664 56-4253.-

San Luis, 19 de Octubre de 2026.-

C: 3732 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

Guillermo Raúl Fernández, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula N° 283 del CASL, NOTIFICO que el día 14 de Noviembre del año 2026, a las 15:00 horas, por cuenta y orden de la Sra. Rosario Nancy Molina D.N.I. Nº 17.342.081, quien persigue tramitar el título de dominio por prescripción adquisitiva, procederé a mensurar un inmueble rural ubicado en el paraje de “La Majada”, en la jurisdicción administrativa de la municipalidad de Leandro N. Alem, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales al padrón Nº 16-471 – superficie: 39 has. 4,237 m2, a nombre de Reiloba de Leyes Teonila. Son colindantes del inmueble, al Norte: calle pública de La Majada y Lucero S. – al Sur: calle pública de La Majada - al Este: calle pública de La Majada, A. de Heredia y propietario desconocido - al Oeste: calle pública de La Majada. Inscripción dominial del Reg. de la Propiedad Inmueble: Sin inscripción de dominio. Las operaciones se iniciarán en el vértice Sur-Este de la propiedad. Consultas en el domicilio Bº Cerros Colorados - Mzna:17 - Casa: 5, Juana Koslay, San Luis, teléfono: 2664 56-4253.-

San Luis, 19 de Octubre de 2026.-

C: 3733 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

Carlos Alfredo Cuvertino, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula n°317 Del (CASL) notifico que el día 24 de Noviembre del 2026, a las 10:00 hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el Sr. Hugo Nicanor Pallero, DNI 26.228.586. Ubicado en Calle Brasil Esq. Pringles s/N° - Santa Rosa del Conlara, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y en el Registro de la Propiedad Inmueble, el Padrón 14-350606 a nombre Municipalidad de Santa Rosa del Conlara, inscripción dominial, no posee.

Son colindantes del inmueble al este con calle Brasil, al Sur con Calle Pringles, al norte y Oeste con Municipalidad de Santa Rosa del Conlara. Padron 14- 3506606.-

Las operaciones se iniciarán en el vértice Sur - Este de la propiedad.

Consultas en el domicilio Pringles 201, Concarán San Luis, teléfono 2664-299192.-

San Luis, 27 de 02 de 2026.-

C: 3734 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - JUEZA, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 14486/98” VELAZQUEZ FELIPE FLORENCIO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del causante FELIPE FLORENCIO VELAZQUEZ, (D.N.I. N° 6.809.535), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 19 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3736 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1, de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. FERNANDO SPAGNUOLO, Juez Titular, Prosecretaría a cargo del AUTORIZANTE cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante VELAZQUEZ JUAN ANGEL, DNI. 6.794.458, en los autos: EXP 448538/26 “DEFENSORIA CIVIL 1 SL VELAZQUEZ JUAN ANGEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” bajo apercibimiento de ley. -

San Luis, 30 de SEPTIEMBRE de 2026

C: 3737 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Ramosca Gabriela Natalia, Prosecretaría cargo del autorizante en autos: “BARROSO WALDO ANTONIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445577/26, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de BARROSO WALDO ANTONIO, DNI 6.796.622.-

San Luis, 6 de OCTUBRE de 2026

KARINA C. MURCIA

Prosecretaria

C: 3749 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct

El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Av. Belgrano 558, Concarán, San Luis a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: EXP 454276/26: “BELLINGERI ANGELA MARIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por TREINTA (30) días a herederos, acreedores y todo el que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante ANGELA MARIA DNI. Nº 5.611.361, bajo apercibimiento de Ley.-

Concarán San Luis, 30 de Septiembre de 2026.-

C: 3750 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1, de la Tercera Circunscripción Judicial, Concarán San Luis, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA, Juez, Secretaría de la Autorizante, en autos: EXP 442036/25 - “GIL GOROSITO MONICA LILIANA S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL”, cita y emplaza por quince días a JUANA PADILLA y/o sus sucesores y/o cualquier persona que en forma indeterminada se considere/n con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio para que conteste/n demanda y comparezca/n bajo apercibimiento de ley. Ubicado en calle Pública s/nº de Cortaderas, Partido de Larca, Chacabuco, San Luis. Plano de Mensura Nº 4/130/22. Parcela 21. Superficie de 916,26 m2. Posee las siguientes medidas y linderos: Norte mide, A-B mide 5,87 metros y B-C: 21,80 metros, linda con Juana Padilla; Este mide: C-D: 35,71 metros, linda con Juana Padilla; Sur, D-E: 26,78 metros, linda con calle pública y Juana Padilla; Oeste mide: E-A: 31,82 metros linda con calle pública y Juana Padilla. Carece de inscripción de dominio y forma parte del Padrón Nº 1966 - Receptoría de Concarán.

Concarán San Luis, 2 de Octubre de 2026.-

C: 3751 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Av. Belgrano 558, Concarán, San Luis a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: EXP 454015/26: “PAIZ FELIX ANTONIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por TREINTA (30) días a herederos, acreedores y todo el que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante PAIZ FELIX ANTONIO DNI. Nº 12.258.047 bajo apercibimiento de Ley.-

Concarán San Luis, 2 de Octubre de 2026.-

C: 3752 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la localidad de Concarán San Luis, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA, Juez Civil, Secretaria Autorizante, en autos caratulados: EXP 392923/22: “ANDRADA FRANCISCO, VALDEVENITEZ ILDA ESTHER Y ANDRADA FRANCISCO DANIEL S/SUCESION INTESTADA” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de los extintos FRANCISCO ANDRADA DNI. Nº6.779.760 e ILDA ESTHER VALDEVENITEZ DNI. Nº 8.211.245. bajo apercibimiento de ley.

Concarán, San Luis, 01 de noviembre de 2024.

C: 3753 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO - JUEZ SUBROGANTE, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 392943/22” BARBIERI BEATRIZ CELIA Y SIENRA LIONEL IGNACIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del causante LIONEL IGNACIO SIENRA, (D.N.I. Nº 4.911.327), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3754 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

El juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, sito en calle Belgrano 558, Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría del Autorizante, en autos caratulados “EXP 399728/23 GENDRAU JULIO NICANOR S/ SUCESION INTESTADA” cita y emplaza por treinta días a los herederos y del extinto Sr. JULIO NICANOR GENDRAU, DNI: 13.029.261 bajo apercibimiento de ley.

Concarán (San Luis). 25 de Septiembre de 2026.

C: 3756 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 453276/26” PAEZ JUAN ANIBAL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del causante PAEZ JUAN ANIBAL, (D.N.I. Nº 16.095.221), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 17 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3758 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción judicial, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA Juez Civil, Secretaría de la Autorizante en los autos caratulados EXP 420708/24 PIOMBO OSCAR ANIBAL, PIOMBO LAURA DANIELA S/POSESIÓN” cita y emplaza por quince días a ROSARIO QUIROGA DE QUIROGA, ERMELINA QUIROGA DE BASCONNET y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho, sobre el inmueble objeto del presente juicio, el que se encuentra Ubicado sobre Ruta Provincial Nº 8 b San Pablo, designado como PARCELA Nº 5, del plano 4/69/23, Padrón Nº 3759 Receptoría Tilisarao, a nombre de ROSARIO QUIROGA DE QUIROGA, y ERMELINA QUIROGA DE BASCONNET, con una superficie total de TREINTA Y NUEVE HECTÁREAS NUEVE Mil NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CON TREINTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS ( 39 Has 9951,33 m2), limita al Norte: en una parte con Escuela Nº 76 “Luisa Quiroga de Lucero”, Rosario Quiroga de Quiroga y Ermelinda Quiroga de Basconnet Pd. 3759 - Rec - Tilisarao -: parc. B - PI. 04-2329-1962 y en otra con Ipolito Aguilera (poseedor), Pd. no se localiza - Rec. Tilisarao - Parcela A PI. 4/82/2003; al Este: Camino Vecinal - canal de riego revestido; al sur: con Benito Portela Pd. 1071903 - Rec. Tilisarao - Parc. 11- PI. 04-152-2021; Benito Portela Pd. 1071902 - Rec. Tilisarao - Parc. 4 - PI. 04-152-2021; Benito Portela Pd. 1071901 - Rec. Tilisarao - Parc. 3 - PI. 04-152- 2021; Benito Portela Pd. 1071904 - Rec. Tilisarao - Parc. 12 - PI. 04-152-2021; Benito I Portela Pd. 1071900 - Rec. Tilisarao - Parc. 10 - PI. 04-152-2021 Y Benito Portela Pd. 1071899 - Rec. Tilisarao - Parc. 09 - PI. 04-152-2021 Y al Oeste, en una Parte con Ruta I Provincial Nº 1 Y en otra con Escuela Nº 76 “Luisa Quiroga de lucero, Rosario Quiroga de Quiroga y Ermelinda Quiroga de Basconnet Pd. 3759 - Rec - Tilisarao - Parc. B - PI. 04- 2329-1962. Bajo apercibimiento de ley.

Concarán San Luis 30 de Septiembre de 2026.-

C: 3759 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - JUEZA, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 451588/26” PIPITONE JUAN FRANCISCO Y GIMENEZ RITA RAFAELA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de los causantes RITA RAFAELA GIMENEZ (D.N.I. Nº 4.995.828) y JUAN FRANCISCO PIPITONE (D.N.I. Nº 6.813.262), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 19 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3760 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct

Mauricio Ariel Merlo, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula Nº 333 del (CASL) notifico que el día 4 de diciembre de 2026, a las 15h, procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por la Sra. MÓNICA ADRIANA REYNA DNI Nº24.928.717, respecto del fundo identificado con nomenclatura tributaria 12-8784 (de baja), nomenclatura catastral: NO REGISTRADO, ubicado en Av. El Portezuelo S/N- Las Chacras- Juana Koslay, provincia de San Luis. Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales: no posee; Registro de Propiedad Inmueble: no posee. Lugar de encuentro en el inmueble sito en ubicado en Av. El Portezuelo S/N- Las Chacras- Juana Koslay, Provincia de San Luis. Citase especialmente al colindante Noroeste: No se localiza padrón ni titular de dominio. Noreste: Avenida El Portezuelo; Suroeste: Asociación Civil Terra Patrum, padrón 12-1044663; Sureste: no se localiza padrón ni titular registral. Consultas en el domicilio Isla Soledad 1149 - Potrero de los Funes - San Luis. Teléfono: 2625400704.

Correo electrónico: m.merlo.mar.21@gmail.com

San Luis, de octubre de 2026.-

MAURICIO ARIEL MERLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3761 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2º de la Primera Circunscripción Judicial, sito en calle Rivadavia 340, en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GERALDINE INES IBAÑEZ-Juez-, Secretaria del autorizante, en autos caratulados, “SOSA MONICA TAMARA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 451371/26 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta Sra. SOSA MONICA TAMARA DNI Nº 44.738.325, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 02 de Octubre de 2026.-

C: 3762 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini – Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “TOLEDO ALBERTO ISIDRO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 438559/25 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. TOLEDO ALBERTO ISIDRO, D.N.I. Nº14.771.194, bajo apercibimiento de ley.-

Villa Mercedes (San Luis), 16 de septiembre de 2026.-

C: 3763 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la III Circunscripción judicial, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA Juez Civil, Secretaría de la Autorizante en los autos caratulados EXP 403972/23 “YSAGUIRRE LELIS DEL CARMEN C/SUAREZ BERTA INES Y OTROS S/POSESION VEINTEAÑAL “ORALIDAD EXP 403972/23: cita y emplaza por quince días a SUAREZ DE RODRIGUEZ BERTA INES, SUAREZ DE ISAGUIRRE RUFINA LORENZA, SUAREZ CARLOS ROMEO, SUAREZ DE SALTO PABLINA ILDA, SUAREZ DE SALDAÑA BASILIA ANASTASIA, SUAREZ DE DOSANTOS ROSA ANGELICA Y SUAREZ DE GATICA ZARA ELINA y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble sobre Ruta Provincial Nº 40, lugar Valle de San Agustín, de la localidad de Renca, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis. Designado como parcela NUMERO SEIS (6) del plano 4/169/22, empadronado a los efectos fiscales bajo el Nº 992591 Receptoría 11 de Tilisarao San Luis, DOCE HECTAREAS, DOSCIENTOS SESENTA Y DOS METROS con CERO CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (12 ha. 0262.04 m2), Inscripto en el Registro General de la Propiedad al Tomo 18 (Ley 3236) del Chacabuco Folio 364 Nº 265, a nombre de SUAREZ DE RODRIGUEZ BERTA INES, SUAREZ DE ISAGUIRRE RUFINA LORENZA, SUAREZ CARLOS ROMEO, SUAREZ DE SALTO PABLINA ILDA, SUAREZ DE SALDAÑA BASILIA ANASTASIA, SUAREZ DE DOSANTOS ROSA ANGELICA Y SUAREZ DE GATICA ZARA ELINA, Bajo apercibimiento de ley.-

Concarán, San Luis 20 de Agosto de 2026.-

C: 3764 $11.000,00 e: 23 y v: 26 Oct

En la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, el ENTE HOSPITAL RAMÓN CARRILLO cita y emplaza por el término de QUINCE (15) días a toda persona que se considere con derechos respecto del óbito que se encuentran bajo guarda y custodia de esta institución, a fin de que comparezca a acreditar su vínculo y solicitar su retiro o disposición final, según corresponda.

Se hace saber que corresponde a:

- RODRIGUEZ, MARIO D.N.I. Nº 19.137.638.

La presente publicación se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 14-EHRC-2026, dictada en el marco de las actuaciones administrativas correspondientes.

Vencido el plazo de QUINCE (15) días sin que se presente persona alguna acreditando derechos sobre el óbito individualizado precedentemente, se procederá conforme lo dispuesto en la citada resolución y demás actuaciones administrativas pertinentes.

Publíquese por el término de TRES (3) días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial.

San Luis, 23 de Octubre de 2026.

C: 3776 SPP e: 26 y v: 30 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - JUEZA, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 452839/26” FERRAMOLA MARCOS TOMAS S/SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del causante FERRAMOLA MARCOS TOMAS, (D.N.I. N° 13.105.906), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 19 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3777 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - JUEZA, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 452614/26” LUCERO MARIA CLOTILDE, FLORES MARCELINO RITO S/SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de los causantes MARIA CLEOTILDE LUCERO, (D.N.I. N° 6.487.839) y FLORES MARCELINO RITO, (D.N.I. N° 6.807.294), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 19 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3778 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la DRA. CYNTHIA ALCARAZ DIAZ, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 415851/24 “OBANDO JORGE ALBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. JORGE ALBERTO OBANDO, DNI N°21.355.437.-

Villa Mercedes, San Luis, 18 de Julio de 2026.-

C: 3779 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, y Ambiental No 1, con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Prosecretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados “EXP 437355/25 “QUINTERO CLAUDIO JAVIER S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores del Sr. QUINTERO CLAUDIO JAVIER DNI N° 23.290.898, con último domicilio real conocido en Bº Serranías Puntanas M:2 C: 16, de la ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre, bajo apercibimiento de ley.-

C: 3780 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “SANCHEZ RUBEN HORACIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 448610/26, cita y emplaza por el termino de treinta (30) días, a herederos y acreedores del causante RUBEN HORACIO SANCHEZ, D.N.I N° 5.266.025, bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3781 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct.

El Dr. Juan Esteban Maqueda, Juez del Juzgado Federal de San Luis, Secretaría Civil a cargo del Dr. Jorge Mariano Frias, en los autos caratulados: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA C/ DIAZ, ANI ROXANA S/ PREPARA VIA EJECUTIVA” EXPTE. 3.131/2024, cita y emplaza, a la Sra. DIAZ ANI ROXANA D.N.I. Nº34.469.487, para que dentro del término de CINCO (5) días comparezca personalmente a reconocer o desconocer las firmas que se le atribuyen en la causa, bajo apercibimiento de tener por reconocidos los documentos, como asimismo, de designar al Sr. Defensor de Ausentes para que lo represente en este proceso (Arts. 43, 50 inc. 5 y ce del CPCCN).-

C: 3782 $5.500,00 e: y v: 26 Oct

La Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil C.A.F.NA.V. y L. de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, Sala C.A.F.N.A.V. a cargo de las Dras. María N. Chada y Teresa de L. Maletto, Secretaria a cargo del Dr. Martín Javier Rodríguez, en los autos caratulados: “CONFECCIÓN LISTA DE SINDICOS” (EXP 189081/10) ha dispuesto por A.I. Nº 358 de fecha 21/09/2026: “1) Aprobar el proyecto presentado por el C.P.C.E.S.L. con las modificaciones apuntadas. 2) Ordenar que el procedimiento a seguir para el sorteo de Síndico, Coadministradores, Evaluadores y Enajenadores a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el art. 253, 259, 261 y 262 de la ley 24.522, quedará establecido de la manera dispuesta en los considerando. 3) Ordenar la publicación DE EDICTOS por el término de TRES DIAS en el Boletín Oficial y en un diario de los de mayor circulación en esta Circunscripción, conforme lo dispuesto en art. 17 de los considerandos. Comuníquese a Prensa del Poder Judicial de la Provincia a los fines de dar publicidad a la convocatoria. 4) Convocar a todos los interesados por el término de 15 días a partir de la última publicación de edictos a los fines de proceder a la confección de las listas pertinentes acorde a lo establecido en los considerandos.(...).-” “Artículo 2°.- Las solicitudes de inscripción serán recepcionadas en formato papel y digital, por Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de San Luis, sede Villa Mercedes con domicilio en calle en calle General Paz Nº 349, de lunes a viernes y en horario de atención al público. Las solicitudes deberán ser firmadas por sus presentantes y el C.P.C.E. legalizará las firmas, verificará los datos personales de los solicitantes y en cumplimiento de los requisitos de la solicitud que podrá hacerse en formularios impresos por el C.P.C.E. “

SECRETARÍA, 22 de Octubre de 2026.-

ROSA ESTELA RODRIGUEZ

Prosecretaria

C: 3783 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia L. Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “SERATTO GABRIEL GONZALO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445714/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores del SR. GABRIEL GONZALO SERATTO, DNI N°30.991.726, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 20 de Octubre de 2026.-

C: 3784 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct.

El Dr. Fara Moises Benito Juez del Juzgado Civil Nº1, 3RA. Circunscripción Judicial, con asiento en Concarán (S.L), Secretaria de la Autorizante en autos EXP 419787/24 “TORRES JUAN PABLO C/ DOMINGUEZ ALMENGOR Y HROS S/POSESIÓN”, cita y emplaza por el termino de 15 días a los que se consideren con derecho sobre un INMUEBLE EN RUTA Nº5, PARTIDO SANTA ROSA, SANTA ROSA DEL CONLARA, DPTO. JUNIN, PARC. “PARCELA “5”, que linda: SUR, y OESTE Ruta Nº5; ESTE Ruta Nº 23, NORTE parte Postiguillo Manuel, Padrón 2834, Torres Juan Pablo y Dominga Maria Perez, Padrón 535, todo según Plano 6-271-23 con una sup. total de 2HA. 8.906, 74 M2, sin inscripción de dominio, Padrón 38 a nombre de ALMENGOR DOMINGUEZ bajo apercibimiento de Ley.-

Concarán San Luis, 25 de JUNIO de 2026.-

C: 3785 $11.000,00 e: 26 y v: 28 Oct.

El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, provincia de San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez proviosrio; Secretaría a cargo del Autorizante, en los autos caratulados: EXP 438188/25 “VAEZ WALTER RAMON S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL”, cita y emplaza por treinta días a colindantes y/o sus herederos y/o cualquier persona que se consideren con derechos sobre el inmueble situado en calle El Boyero S/N, Piedra Blanca, Villa de Merlo, Dpto. Junín, provincia de San Luis, Plano de Mensura aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras fiscales bajo el N° 6/106/25, de fecha 14 de abril del año 2025, que se designa como Parcela “14”. Que dicho inmueble se encuentra inscripto a nombre del Sr. Hugo Marcelo Alaniz en el Registro General de la Propiedad Inmueble al Tomo 20 (Ley 3236) de Junín, Folio 361, Numero 11152, en San Luis, el 19/11/1980 y empadronado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Padrón N° 5560 de la Receptoría 13 de Merlo, todo ello a los fines de que hagan valer sus derechos bajo apercibimiento de ley.

Santa Rosa del Conlara, 19 de octubre del año 2026.-

C: 3786 $11.000,00 e: 26 y v: 28 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - JUEZA, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 404075/23” VALDEON MIGUEL JESUS S/SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del causante MIGUEL JESUS VALDEON, (D.N.I. Nº 6.819.410), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 19 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3787 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct.

Dr. Fernando Alberto Spagnuolo Juez Titulas del Juzgado civil N° 1 de esta ciudad de San Luis, Secretaria Autorizante, en autos caratulados: EXP 394109/23 “SOULE ELDA LILIAN, SOULE CARLOS RUBEN S/ POSESIÓN”, cita y emplaza por el termino de quince días (15) a toda persona que se considere con derecho al inmueble individualizado sito en inmueble rural ubicado en camino vecinal s/n localidad de Cuchi Corral Ciudad de Juana Koslay con una superficie de cuatro (4) ha con 9.506,76 m2, identificado en Catastro y Tierras Fiscales bajo los padrones Nº 6.831 y 3.985 de Capital según plano de mensura y división 1/462/22 suscripto por el Ing. Mauricio T. Agil agrimensor Mat 290 aprobado por Dirección de Geodesia y Catastro, reconociendo los siguientes límites al NORTE Daniel Escudero Pad. Nº 3985; al SUR Ricardo Antonio Hernández Pad. Nº6.831; al ESTE Camino Vecinal de Tierra; al OESTE Agrícola La Perla SA Pad. Nº 19.296, PUBLIQUENSE EDICTOS a fin de que comparezcan a estar a derecho, en el plazo de quince (15) días dos veces, en intervalos regulares de treinta (30) días entre una publicación y otra, por DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en el diario de mayor circulación en la provincia (arts. 911, última parte y 912 del C.P.C), bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia (art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).

C: 3788 $5.500,00 e: y v: 26 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N.º 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - JUEZA, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 452514/26” VELAZQUEZ JULIA MARTA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de la causante JULIA MARTA VELAZQUEZ, (D.N.I. N° 1.593.813), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 19 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3789 $16.500,00 e: 26 y v: 30 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 402541/23 «PAGLIARINI OSCAR GUSTAVO S/SUCESIÓN AB INTESTATO» cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por PAGLIARINI OSCAR GUSTAVO, DNI N°24.857.889.

Villa Mercedes, San Luis, 25 de Febrero de 2026

C: 3790 $5.500,00 e: y v: 26 Oct.

REMATES

El martillero Damián Sebastián Tinto (Matrícula Profesional: 01-1550 / 05-2004) y/o el martillero Cristhian Carvia (Matrícula Profesional: 01-2945 / 05-3608) comunican por 3 días que por cuenta y orden de FCA Compañía Financiera S.A. (art. 39 Ley 12962) y conforme artículo 2229 del Código Civil y Comercial de la Nación, subastarán por ejecución de prendas y en el estado que se encuentran los siguientes automotores:1) Marca: FIAT, Modelo MOBI 1.0 8V WAY, Modelo Año 2018, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552738693220737, Chasis Marca FIAT Nro. 9BD341A61JY531819, Dominio AC344UE; Titularidad de BARAHONA, MARIELA VERONICA, DNI Nro. 22.529.781; Sec. Prend. Expte. 443415/25 - Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 - Villa Mercedes - San Luis, BASE: $9.200.000; 2) Marca: FIAT, Modelo CRONOS DRIVE 1.3 MT, Modelo Año 2021, Tipo SEDAN 4 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552820597837728, Chasis Marca FIAT Nro. 8AP359A32MU139790, Dominio AE821ON; Titularidad de OLGUIN SANZANA, HECTOR ANTONIO, DNI Nro. 40.319.305; Sec. Prend. Expte. 450792/26 - Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 - San Luis, BASE: $13.500.000; 3) Marca: FIAT, Modelo CRONOS DRIVE 1.3 GSE BZ, Modelo Año 2023, Tipo SEDAN 4 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552820598359812, Chasis Marca FIAT Nro. 8AP359AF2PU268643, Dominio AF729AW; Titularidad de FARIAS, MARIANA BELEN, DNI Nro. 31.347.298; Sec. Prend. Expte. 449225/26 - Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 - Villa Mercedes - San Luis, BASE: $15.100.000; 4) Marca: FIAT, Modelo CRONOS DRIVE 1.3 GSE BZ, Modelo Año 2023, Tipo SEDAN 4 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552820598355003, Chasis Marca FIAT Nro. 8AP359AF2PU267957, Dominio AF749VB; Titularidad de PAEZ, LUCAS VICENTA, DNI Nro. 23.861.953; Sec. Prend. Expte. 443414/25 - Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 - San Luis, BASE: $15.100.000; DE NO EXISTIR OFERTAS SE SUBASTARÁN SIN BASE. Los compradores deberán abonar en el acto, seña de 12.1% del precio de compra, 10% comisión martillero, aporte al colegio de martillero, verificación e informes del automotor en el acto, en efectivo pesos argentinos y al mejor postor. Saldo a las 72hs. por medios de pago informados por la vendedora bajo apercibimiento de ser rescindida la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora sin previa notificación. Oferta mínima $100.000. El comprador deberá constituir domicilio en la ciudad de Córdoba. Puesta en marcha, gastos de deuda de patentes, (imp. Docente y/o formulario 381 si correspondiere), impuestos e infracciones, levantamiento de cautelares y otras medidas, impuestos de sellos, aportes colegiales, verificación y gastos bancarios por trámites de cautelares y gastos de transferencia son a cargo del comprador. Concluida la subasta no se admitirán reclamo sobre el estado de los bienes, insuficiente documentación o de cualquier otra índole, en virtud de encontrarse los bienes exhibidos debidamente y la naturaleza pública de los DNRPA y demás organismos. Subasta sujeta a aprobación de la entidad vendedora. Entrega una vez cancelado el saldo del precio e inscripto en el registro correspondiente la transferencia de dominio a nombre del comprador debiendo presentar título a su nombre. La entidad se reserva el derecho de admisión y permanencia. LUGAR Y FECHA DE SUBASTA: Arturo M. Bas 262 de la ciudad de Córdoba el día viernes 06/11/2026 a las 16:00 horas. EXHIBICIÓN: los días miércoles 4 de noviembre del 2026 y jueves 5 de noviembre del 2026, ambos de 17:00 a 19:00 horas en el domicilio sito en Av. Amadeo Sabattini N° 5313 ciudad de Córdoba. Informes: martillero Damián Sebastián Tinto Tel: 0351-156867386 e-mail: tintosubastas@gmail.com.

DAMIAN SEBASTIAN TINTO

Martillero

C: 3765 $16.500,00 e: 23 y v: 28 Oct