ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE

DECRETO Nº 11807-MDPS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8031165/26, por el cual se tramita la homologación del Convenio, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, Federico Alberto Trombotto, D.N.I. Nº 22.145.146, y Sol Puntano S.A.P.E.M. C.U.I.T. N° 30-70789254-0, representada por su presidente, Lic. Victor Daniel Boiero, D.N.I. Nº 14.654.254, obrante en act. NOTMMA 99788/26; y,

CONSIDERANDO:

Que el citado Convenio tiene por objeto encargar a Sol Puntano S.A.P.E.M., la provisión de los recursos humanos / técnicos para la ejecución de los Programas dispuestos por los Decretos N° 11000-MDP-2024 y N° 11001-MDP-2024 y según las obligaciones detalladas en la Cláusula Segunda del mismo;

Que la Cláusula Tercera establece que el Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable abonará a Sol Puntano S.A.P.E.M., por las prestaciones convenidas en las Cláusulas Primera y Segunda del mismo, hasta la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL PESOS CON 00/100 ($297.920.000,00), importe cuya modalidad de pago se encuentra estipulada en dicha Cláusula;

Que la Cláusula Quinta del referido instrumento legal, establece que comenzará a regir desde su homologación por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial y por un plazo de dos (2) meses, pudiendo prorrogarse por acuerdo expreso de las partes;

Que en act. PREV 11571916/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto;

Que en act. DICLEG 51853/26, ha emitido dictamen legal la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, informando que no presenta objeciones a la continuidad del presente trámite tendiente a la homologación del Convenio;

Que en act. NOTAMP 1021572/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Convenio mencionado, encuadrando el presente caso en el Inc. z) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en las disposiciones del Inc. l) del Art. 100 de la Ley N° VIII-0256-2004 y sus modificatorias Ley N° VIII-0867-2013 y Ley N° V-1118-2024;

Que en act. DICFIS 177765/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado, informando que podría procederse al dictado del correspondiente acto administrativo que homologue el Convenio;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 92 Inc. z) del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 8-MHIP-2025 y en las disposiciones del Art. 100 Inc. l) de la Ley Nº VIII-0256-2004y sus modificatorias Ley N° VIII-0867-2013 y Ley N° V-1118-2024.-

Art. 2º.- Homologar el Convenio, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, Federico Alberto Trombotto, D.N.I. Nº 22.145.146, y Sol Puntano S.A.P.E.M. C.U.I.T. N° 30-70789254-0, representada por su presidente, Lic. Victor Daniel Boiero, D.N.I. Nº 14.654.254, obrante en act. NOTMMA 99788/26, del EXD-0-8031165/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 15 12 19 01 1-01 3 4 9 $297.920.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección Provincial de Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora y notificar a Sol Puntano S.A.P.E.M..-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Federico Alberto Trombotto

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11808-MDPS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7200441/26, por el cual la Dirección General de Ambiente dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable tramita la homologación de Contratos de Servicios; y,

CONSIDERANDO:

Que en act DOCEXT 3843366/26, obran Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, FEDERICO ALBERTO TROMBOTTO, D.N.I. Nº 22.145.146, y los señores ESTEBAN JAVIER GENASETTI, D.N.I N° 32.515.133, MICHELLE ANGELICA CASTILLO ROJAS, D.N.I N° 35.169.031, MARIA FERNANDA ALVAREZ DO BOMFIM, D.N.I N° 31.010.343 y GIEZI SELENA TELLO, D.N.I N° 43.621.682;

Que la Cláusula Primera de los citados Contratos, establece que los Contratados prestarán servicios como Técnico - Profesional, afectados a cumplir funciones en la “Ejecución Operatoria 2023 2024- Planes 70%” de la Dirección de Desarrollo Sustentable y Gestión Climática, como así también a realizar toda otra tarea que se considere conveniente asignarles;

Que la Cláusula Segunda establece los honorarios que percibirán los contratados por las prestaciones convenidas en la Cláusula Primera;

Que la Cláusula Tercera de los referidos Contratos de Servicios establece que comenzarán a regir desde su homologación y por el periodo de 3 meses, pudiendo ser prorrogados mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que en act. PREV 11541125/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($11.662.200,00);

Que, en act. DICLEG 51265/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, informando que estarían dadas las condiciones para la continuidad del trámite administrativo;

Que en act. NOTAMP 1010861/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos mencionados, encuadrando el presente caso en el Inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 176035/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado, informando no tener objeciones que formular, por lo que podría procederse al dictado del acto administrativo pertinente, mediante el cual se homologuen los contratos de servicios requeridos;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 Inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, FEDERICO ALBERTO TROMBOTTO, D.N.I. Nº 22.145.146, y los señores ESTEBAN JAVIER GENASETTI, D.N.I N° 32.515.133, MICHELLE ANGELICA CASTILLO ROJAS, D.N.I N° 35.169.031, MARIA FERNANDA ALVAREZ DO BOMFIM, D.N.I N° 31.010.343 y GIEZI SELENA TELLO, D.N.I N° 43.621.682, obrantes en act. DOCEXT 3843366/26, del EXD-0-7200441/26.-

Art. 3º.- Exceptuar de lo dispuesto en el Art. Nº 106 del Decreto Nº 2863-MC- 2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009 Personas No Habilitadas a la señora MICHELLE ANGÉLICA CASTILLO ROJAS, D.N.I. Nº 35.169.031.-

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 15 36 43 4-30 3 4 9 $11.662.200,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección General de Ambiente y por su intermedio notificar a los interesados.-

Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Federico Alberto Trombotto

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 11819-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-2020421/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudios especiales a favor del beneficiario ALLENDE SERGIO ADRIAN, D.N.I. Nº 18.558.832, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3700308/26, DOCEXT 3700309/26, DOCEXT 3700310/26, DOCEXT 3700343/26, DOCEXT 3700345/26, DOCEXT 3710173/26 y DOCEXT 3761876/26, surge que el beneficiario ALLENDE SERGIO ADRIAN, D.N.I. Nº 18.558.832, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento respiratorio;

Que, en act. DOCEXT 3753276/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;

Que, en acts. DOCEXT 3753278/26 y DOCEXT 3753282/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1 y CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0;

Que, en act. DOCEXT 3860641/26, obra mantenimiento de oferta de la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0;

Que, en acts. DOCEXT 3753308/26 y DOCEXT 3753306/26, obra justificación y razonabilidad de precio a pagar;

Que, en act. DOCEXT 3753310/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.242.630,00);

Que, en act. PREV 11311480/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 937895/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 979901/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 170973/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el del Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.242.630,00), de acuerdo al presupuesto y mantenimiento de oferta obrantes en acts. DOCEXT 3753282/26, DOCEXT 3860641/26 y preadjudicación correspondiente en act. DOCEXT 3753310/26 del EXD-0000-2020421/26.-

Art. 3º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario ALLENDE SERGIO ADRIAN, D.N.I. Nº 18.558.832, los estudios especiales que se detallan en act. DOCEXT 3753310/26.-

Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.242.630,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 7º.-Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11820-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6240682/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la señora LUCERO MARISELA VERONICA, D.N.I. Nº 30.754.502, en representación de su sobrino el beneficiario ZAPATA IBRAHIN BENICIO, D.N.I. Nº 59.818.783, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1583255/26, DOCEXT 1589325/26 y DOCEXT 3840508/26, surge que la señora LUCERO MARISELA VERONICA, D.N.I. Nº 30.754.502, en representación de su sobrino el beneficiario ZAPATA IBRAHIN BENICIO, D.N.I. Nº 59.818.783, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento respiratorio;

Que, en act. DOCEXT 3855148/26, obra llamado a cotización de las diferentes empresas del medio;

Que, en act. DOCEXT 3855153/26, obra presupuesto de la firma VALLEJOS PATRICIA HORTENCIA, C.U.I.T.: 23-11600937-4;

Que, en acts. DOCEXT 3855179/26 y DOCEXT 3855181/26, obra razonabilidad de precios y justificación de presupuesto;

Que, en act. DOCEXT 3855199/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma VALLEJOS PATRICIA HORTENCIA, C.U.I.T.: 23-11600937-4, los ítems 1, 2, 3, 4 y 5, por un monto total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($2.226.200,00);

Que, en acts. PREV 11527035/26 y PREV 11558061/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. ENCAPS 959563/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. DICLEG 959915/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1014650/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176566/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma VALLEJOS PATRICIA HORTENCIA, C.U.I.T.: 23-11600937-4, los ítems 1, 2, 3, 4 y 5, por un monto total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($2.226.200,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3855153/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3855199/26 del EXD-0000-6240682/26.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora LUCERO MARISELA VERONICA, D.N.I. Nº 30.754.502, en representación de su sobrino el beneficiario ZAPATA IBRAHIN BENICIO, D.N.I. Nº 59.818.783, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3855199/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.226.200,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a la firma.-

Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11821-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8191074/26, por el cual la Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento General Pedernera, tramita renuncia del Contrato de Prestación de Servicios de la señora KROHN YANINA BELEN, D.N.I. Nº 39.797.784, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 4794-MdeS-2023, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios de la señora KROHN YANINA BELEN, D.N.I. Nº 39.797.784, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial;

Que, en act. DOCEXT 1621422/26, obra Decreto Nº 9766-MdeS-2023, en el cual la señora KROHN YANINA BELEN, D.N.I. Nº 39.797.784, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por Contrato de Prestación de Servicios;

Que, en act. DOCEXT 1617173/26, obra nota de renuncia presentada por la señora KROHN YANINA BELEN, D.N.I. Nº 39.797.784, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial;

Que, en act. INFORM 446884/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspenderá la liquidación de haberes a partir del 03 de octubre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley Nº III-0065-2004 (5554).-

Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora KROHN YANINA BELEN, D.N.I. Nº 39.797.784, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 4794-MdeS-2023, a partir del 03 de octubre de 2026.-

Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento General Pedernera y Dirección Recursos Humanos de Salud quien notificará a la interesada.-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 11823-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7130235/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elemento de tecnología biomédica a favor del beneficiario BAIGORRIA MAURO EXEQUIEL, D.N.I. Nº 46.181.171, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1592259/26, DOCEXT 1608612/26 y DOCEXT 3867793/26 surge que el beneficiario, BAIGORRIA MAURO EXEQUIEL, D.N.I. Nº 46.181.171, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11550336/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6805/2026;

Que, en act. ACTPRO 11554024/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: COA MEDICAL PRODUCTS SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T.: 30-70780683-0, en act. COTZAC 11559254/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11559255/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11559256/26;

Que, en act. INFSEC 11559257/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6068/2026, obrante en act. PROSEC 11559253/26;

Que, en act. PRESEC 11579916/26, obra informe mediante el cual se pre adjudica a la firma: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($2.360.000,00);

Que, en acts. PREV 11546911/26 y PREV 11586603/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964577/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020656/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177459/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 1592259/26.-

Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($2.360.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11559255/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11579916/26, del EXD-0000-7130235/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario BAIGORRIA MAURO EXEQUIEL, D.N.I. Nº 46.181.171, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11579916/26.-

Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.360.000,00

Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11824-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8070194/26, por el cual la Maternidad “Teresita Baigorria”, tramita la renuncia de la señora OTTAVIANI SANDRA PAOLA, D.N.I. Nº 25.609.172, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 4449-MdeS-2007, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora OTTAVIANI SANDRA PAOLA, D.N.I. Nº 25.609.172, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;

Que, por Decreto Nº 211-MdeS-2022, la señora OTTAVIANI SANDRA PAOLA, D.N.I. Nº 25.609.172, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;

Que, en act. DOCEXT 1610111/26, obra nota de renuncia presentada la señora OTTAVIANI SANDRA PAOLA, D.N.I. Nº 25.609.172;

Que, en act. INFORM 445593/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 07 de agosto de 2026;

Que, en act. ACTPAS 1731966/26, la Dirección Recursos Humanos de Salud, ha tomado intervención de su competencia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley III-0065-2004 (5554).-

Art. 2º.-Aceptar renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio de la señora OTTAVIANI SANDRA PAOLA, D.N.I. Nº 25.609.172, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 4449-MdeS-2007 a partir del 07 de agosto de 2026.-

Art. 3º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-

Art. 4º.-Hacer saber a: Maternidad “Teresita Baigorria”, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos de Salud notificar a la interesada.-

Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-

Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 11825-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7070069/26, por el cual la Dirección de Zonas Sanitarias, tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor ELESFURO NARCISO ALVAREZ ATO, D.N.I. Nº 18.800.331, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3876517/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor ELESFURO NARCISO ALVAREZ ATO, D.N.I. Nº 18.800.331, por la otra, para brindar funciones como Médico Cirujano en el Hospital de La Calera, Zona Sanitaria I dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, a partir de su homologación y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en acts. PREV 11527965/26 y PREVFT 11527967/26, obra imputación preventiva del gasto e imputación ejercicio futuro;

Que, en act. ENCAPS 959515/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 959957/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016793/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176862/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 24 inc. g) y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor ELESFURO NARCISO ALVAREZ ATO, D.N.I. Nº 18.800.331, por la otra, para brindar funciones como Médico Cirujano en el Hospital de La Calera, Zona Sanitaria I dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, obrante en act. DOCEXT 3876517/26 del EXD-0000-7070069/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 27 43 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $9.600.000,00

Art. 4º.-Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($1.920.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Zonas Sanitarias, a sus efectos.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y el señor ELESFURO NARCISO ALVAREZ ATO, D.N.I. Nº 18.800.331.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11826-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7170127/26, por el cual el Hospital Pediátrico tramita la homologación de Contrato de Servicios de la señora CAMARGO CAROLINA INÉS, D.N.I. Nº 27.932.425, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3872662/26, obra el contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA , D.N.I. Nº 16.133.300, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora CAMARGO CAROLINA INÉS, D.N.I. Nº 27.932.425, quien brinda servicios como médica cirujana en el Servicio de Oftalmología del Hospital Pediátrico, a partir del 01 de septiembre del 2026 y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo, mediante Decreto del Poder Ejecutivo;

Que, en act. ENCAPS 958820/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en acts. PREV 11539951/26 y PREVFT 11539953/26, obra imputación preventiva del gasto exceptuado de duodécimo e imputación ejercicio futuro;

Que, en act. DICLEG 959002/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1012076/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;

Que, en act. DICFIS 176205/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora CAMARGO CAROLINA INÉS, D.N.I. Nº 27.932.425, quien brinda servicios como médica cirujana en el Servicio de Oftalmología del Hospital Pediátrico obrante en act. DOCEXT 3872662/26 del EXD-0000-7170127/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $7.280.280,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO CUARENTA CON 00/100 ($3.640.140,00).-

Art. 5º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia al Hospital Pediátrico, a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Gestión de la Salud, Red de Hospitales Públicos y a la señora CAMARGO CAROLINA INÉS, D.N.I. Nº 27.932.425.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11827-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7080662/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria ANZIANO PATRICIA RAQUEL, D.N.I. Nº 17.911.268, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3838956/26 y DOCEXT 1596886/26, surge que la beneficiaria ANZIANO PATRICIA RAQUEL, D.N.I. Nº 17.911.268, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3838956/26, obran constancias de solicitudes efectuadas ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva de los medicamentos requeridos; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. SOLSEC 11536519/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6606/2026;

Que, en act. ACTPRO 11540390/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11541378/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11541379/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11541380/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11541381/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11541382/26, POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, en act. COTZAC 11541383/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11541384/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11541385/26, VORS S.R.L., C.U.I.T. 30-71063736-5, en act. COTZAC 11541386/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11541387/26 y DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11541388/26;

Que, en act. INFSEC 11541389/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5899/2026, obrante en act. PROSEC 11541377/26;

Que, en act. PRESEC 11545718/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5 el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ONCE CON 32/100 ($85.556.011,32);

Que, en acts. PREV 11536240/26, PREV 11545764/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 958896/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1011570/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176145/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3838956/26.-

Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5 el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL ONCE CON 32/100 ($85.556.011,32) de acuerdo a la oferta presentada, COTZAC 11541383/26 preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11545718/26 del EXD-0000-7080662/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en medicamento de la beneficiaria ANZIANO PATRICIA RAQUEL, D.N.I Nº 17.911.268, el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11545718/26.-

Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $85.556.011,32

Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas. -

Art. 8º.-Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11828-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-12050104/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria QUIROGA GUADALUPE ALICIA, D.N.I. Nº 41.563.178, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1471565/25 y DOCEXT 1491097/26, surge que la beneficiaria QUIROGA GUADALUPE ALICIA, D.N.I. Nº 41.563.178, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento reumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11288059/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1161/2026;

Que, en act. ACTPRO 11289686/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11289973/26, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11289974/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11289975/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11289977/26;

Que, en act. DOCEXT 1602553/26, obra mantenimiento de oferta de la firma, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6;

Que, en act. INFSEC 11289978/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 870/2026, obrante en act. PROSEC 11289972/26;

Que, en act. DOCEXT 1605052/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($1.147.320,00);

Que, en acts. PREV 11273901/26, PREV 11309171/26 y PREV 11556982/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. NOTAMP 1013975/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1014432/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176532/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1471565/25.-

Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($1.147.320,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11289977/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1602553/26 y preadjudicación adjunta en act. DOCEXT 1605052/26, del EXD-0000-12050104/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria QUIROGA GUADALUPE ALICIA, D.N.I. Nº 41.563.178, el medicamento, que se detalla en act. DOCEXT 1605052/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.147.320,00

Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11829-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6190974/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria OLIVA TEOFILA, D.N.I. Nº 17.825.530, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1580445/26 y DOCEXT 3825822/26, surge que la beneficiaria OLIVA TEOFILA, D.N.I. Nº 17.825.530, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de estudio especial para tratamiento oncológico;

Que, en act. DOCEXT 3857164/26, obra llamado a cotización a las diferentes empresas del medio;

Que, en acts. DOCEXT 3857188/26 y DOCEXT 3857191/26, obran presupuestos de las firmas: SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0 y CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1;

Que, en acts. DOCEXT 3857211/26 y DOCEXT 3857226/26, obra razonabilidad del precio a abonar y justificación de presupuesto

Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas: SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0, en act. DOCEXT 3857188/26 y CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, en act. DOCEXT 3857191/26;

Que, en act. DOCEXT 3857246/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, el ítem 1, por la suma total PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($3.384.248,00);

Que, en acts. PREV 11527011/26 y PREV 11561639/26 obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 960213/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1014701/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176554/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Arts. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, el ítem 1, por la suma total PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTO CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($3.384.248,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3857191/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3857246/26 del EXD-0000-6190974/26.

Art. 3º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria OLIVA TEOFILA, D.N.I. Nº 17.825.530, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3857246/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.384.248,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11830-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7080176/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria PROKOPOWICZ PAOLA RAQUEL, D.N.I. Nº 25.664.707, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1591436/26, DOCEXT 1596894/26 y DOCEXT 3847338/26, surge que la beneficiaria PROKOPOWICZ PAOLA RAQUEL, D.N.I. Nº 25.664.707, ha cumplido con los requisitos exigidos para la provisión de estudio especial para tratamiento oncológico;

Que, en act. DOCEXT 3863379/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;

Que, en acts. DOCEXT 3863397/26 y DOCEXT 3863404/26, obra razonabilidad de precio y justificación de presupuesto;

Que, en acts. DOCEXT 3863380/26 y DOCEXT 3863384/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1 y CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T: 30-69029824-0;

Que, en act. DOCEXT 3863417/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T: 30-69029824-0, por la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.242.630,00);

Que, en acts. PREV 11540494/26 y PREV 11569359/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 961756/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016655/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176853/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T: 30-69029824-0, por la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.242.630,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3863384/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3863417/26 del EXD-0000-7080176/26.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria PROKOPOWICZ PAOLA RAQUEL, D.N.I. Nº 25.664.707, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3863417/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.242.630,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11831-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8040297/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita la provisión de estudios especiales a favor de la beneficiaria BARBOZA ELENA BEATRIZ, D.N.I. Nº 22.043.466, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3859709/26 y DOCEXT 3859711/26, surge que la beneficiaria BARBOZA ELENA BEATRIZ, D.N.I. Nº 22.043.466, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento oncológico;

Que, en act. DOCEXT 3859931/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;

Que, en acts. DOCEXT 3860887/26 y DOCEXT 3860888/26, obran presupuestos de las firmas: SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0 y CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1;

Que, en acts. DOCEXT 3865561/26 y DOCEXT 3860893/26, obra justificación y razonabilidad del precio a abonar;

Que, en act. DOCEXT 3860897/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0, el ítem 1, por un monto total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS NUEVE CON 00/100 ($2.517.209,00);

Que, en acts. PREV 11565100/26 y PREV 11569124/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 961866/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;

Que, en act. NOTAMP 1016961/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176918/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0, el ítem 1, por un monto total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL DOSCIENTOS NUEVE CON 00/100 ($2.517.209,00) de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3860887/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3860897/26 del EXD-000-8040297/26.-

Art. 3º.- Otorgar en carácter de subsidio en especie a la beneficiaria BARBOZA ELENA BEATRIZ, D.N.I. Nº 22.043.466, la provisión de estudios especiales que se detallan en act. DOCEXT 3860897/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 61 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.517.209,00

Art. 5º. -Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11832-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7241329/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor del beneficiario REQUELME LUIS ROBERTO, D.N.I. Nº 29.272.144, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3850254/26 y DOCEXT 1609317/26, surge que el beneficiario REQUELME LUIS ROBERTO, D.N.I. Nº 29.272.144, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3850254/26, obra constancia y justificación de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento, a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. SOLSEC 11569362/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7311/2026;

Que, en act. ACTPRO 11573121/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11574698/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11574699/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11574702/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11574704/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30- 69028098-8, en act. COTZAC 11574706/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11574708/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11574710/26 y PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11574711/26;

Que, en act. INFSEC 11574712/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6479/2026, obrante en act. PROSEC 11574695/26;

Que, en act. PRESEC 11583287/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS ONCE CON 18/100 ($722.211,18) y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 24/100 ($444.666,24);

Que, en acts. PREV 11569343/26 y PREV 11583603/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 963739/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;

Que, en act. NOTAMP 1020336/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177411/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3850254/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33- 69541513-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS SETECIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS ONCE CON 18/100 ($722.211,18) y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 24/100 ($444.666,24), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11574704/26, COTZAC 11574706/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11583287/26 del EXD-0000-7241329/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario REQUELME LUIS ROBERTO, D.N.I. Nº 29.272.144, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11583287/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.166.877,42

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11833-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4151112/26, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 7301-MdeS-2026, se homologó el Contrato de Servicios Médicos de Cardiología Infantil, suscripto oportunamente entre oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y por la otra, CARDIO FAP S.R.L., C.U.I.T.: 30-71790439-3, representada en este acto por el Dr. VICTOR RAFAEL QUIROGA TORRES, D.N.I. Nº 28.184.578 y por la Dra. ROMERO SANDRA ESTHER, D.N.I. Nº 17.154.779, en carácter de socios administradores;

Que, en act. DOCEXT 3876195/26, obra nota de la Subdirección Servicios Tercerizados, solicitando la modificación del instrumento contractual mencionado, a fin de corregir un error material consignado en la Cláusula Tercera del mismo;

Que, en act. DOCEXT 3885426/26, obra Adenda Rectificatoria del Contrato de Servicios Médicos de Cardiología Infantil, suscripta oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y por la otra, CARDIO FAP S.R.L., C.U.I.T.: 30-71790439-3, representada en este acto por el Dr. VICTOR RAFAEL QUIROGA TORRES, D.N.I. Nº 28.184.578 y por la Dra. ROMERO SANDRA ESTHER, D.N.I. Nº 17.154.779, en carácter de socios administradores;

Que, en act. NOTAMP 1019067/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020257/26, ha tomado la intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177396/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en Art. 24 inc. g) y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad de la Provincia de San Luis, y en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 de Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.-Homologar la Adenda Rectificatoria del Contrato de Servicios Médicos de Cardiología Infantil, suscripta oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y por la otra, CARDIO FAP S.R.L., C.U.I.T.: 30-71790439-3, representada en este acto por el Dr. VICTOR RAFAEL QUIROGA TORRES, D.N.I. Nº 28.184.578 y por la Dra. ROMERO SANDRA ESTHER, D.N.I. Nº 17.154.779, en carácter de socios administradores, obrante en act. DOCEXT 3885426/26, con el objeto de modificar la cláusula tercera del contrato aludido, obrante en act. DOCEXT 1576759/26 del EXD-0000-4151112/26.-

Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Servicios Tercerizados, quien realizará las notificaciones pertinentes.

Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Administrativa y Financiera.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11834-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6220688/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor del beneficiario REINOSO GUIDO BENJASMIN, D.N.I. Nº 34.428.660, y;

CONSIDERANDO:

Que, en acts. DOCEXT 1580995/26 y DOCEXT 1602179/26, obra documentación de la cual surge que el beneficiario REINOSO GUIDO BENJASMIN, D.N.I. Nº 34.428.660, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oftalmológico;

Que, en act. SOLSEC 11552050/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6849/2026;

Que, en act. ACTPRO 11560841/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas de medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11563046/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11563047/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11563048/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11563049/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11563050/26 y COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11563051/26;

Que, en acts. INFSEC 11563052/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6135/2026, obrante en act. PROSEC 11563045/26;

Que, en act. PRESEC 11566605/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($30.923.244,00);

Que, en acts. PREV 11549164/26 y PREV 11567572/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 961237/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1015875/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176698/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 1580995/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($30.923.244,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11563047/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11566605/26 del EXD-0000-6220688/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario REINOSO GUIDO BENJASMIN, D.N.I. Nº 34.428.660, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11566605/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $30.923.244,00

Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11835-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7080499/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la señora OSORIO FERNANDEZ JAQUELINE ANDREA, D.N.I. Nº 38.219.615, en representación de su hijo el beneficiario TEJEDA MÁXIMO ROMÁN, D.N.I. Nº 59.583.730, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1591715/26 y DOCEXT 3844454/26, surge que la señora OSORIO FERNANDEZ JAQUELINE ANDREA, D.N.I. Nº 38.219.615, en representación de su hijo el beneficiario TEJEDA MÁXIMO ROMÁN, D.N.I. Nº 59.583.730, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento gastroenterológico;

Que, en act. DOCEXT 3863437/26, obra llamado a cotización de las diferentes empresas del medio;

Que, en act. DOCEXT 3863440/26, obra presupuesto de la firma VALLEJOS PATRICIA HORTENCIA, C.U.I.T.: 23-11600937-4;

Que, en acts. DOCEXT 3863446/26 y DOCEXT 3863448/26, obra razonabilidad de precios y justificación de presupuesto;

Que, en act. DOCEXT 3863460/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma VALLEJOS PATRICIA HORTENCIA, C.U.I.T.: 23-11600937-4, los ítems 1, 2, 3, 4 y 5, por un monto total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($2.226.200,00);

Que, en act. PREV 11538727/26 y PREV 11569344/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. ENCAPS 961377/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. DICLEG 961750/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016631/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176840/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma VALLEJOS PATRICIA HORTENCIA, C.U.I.T.: 23-11600937-4, los ítems 1, 2, 3, 4 y 5, por un monto total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($2.226.200,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3863440/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3863460/26 del EXD-0000-7080499/26.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora OSORIO FERNANDEZ JAQUELINE ANDREA, D.N.I. Nº 38.219.615, en representación de su hijo el beneficiario TEJEDA MÁXIMO ROMÁN, D.N.I. Nº 59.583.730, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3863460/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.226.200,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a la firma.-

Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11836-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7080659/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la señora AVILA LUZ ALEXANDRA, D.N.I. Nº 42.909.831, en representación de su hija la beneficiaria PALMA XIOMARA IRUPE, D.N.I. Nº 57.319.478, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3838954/26 y DOCEXT 3844438/26, surge que la señora AVILA LUZ ALEXANDRA, D.N.I. Nº 42.909.831, en representación de su hija la beneficiaria PALMA XIOMARA IRUPE, D.N.I. Nº 57.319.478, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento oncológico;

Que, en act. DOCEXT 3863082/26, obra llamado a cotización de las diferentes empresas del medio;

Que, en acts. DOCEXT 3863087/26 y DOCEXT 3863088/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1 y SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T: 30-54587142-0;

Que, en acts. DOCEXT 3863107/26 y DOCEXT 3863109/26, obra razonabilidad de precios y justificación de presupuesto;

Que, en act. DOCEXT 3863134/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T: 30-54587142-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($3.663.620,00);

Que, en acts. PREV 11538724/26 y PREV 11569004/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. ENCAPS 961379/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 961819/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016593/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176884/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T: 30-54587142-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($3.663.620,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3863088/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3863134/26 del EXD-0000-7080659/26.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora AVILA LUZ ALEXANDRA, D.N.I. Nº 42.909.831, en representación de su hija la beneficiaria PALMA XIOMARA IRUPE, D.N.I. Nº 57.319.478 el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3863134/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.663.620,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante de la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11837-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5270035/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario CHAVES JAVIER SEBASTIAN, D.N.I. Nº 26.938.861, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3799909/26, DOCEXT 3799910/26, DOCEXT 3799911/26, DOCEXT 3799915/26, DOCEXT 3799916/26, DOCEXT 1579969/26 y DOCEXT 3825326/26, surge que el beneficiario CHAVES JAVIER SEBASTIAN, D.N.I. Nº 26.938.861, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11476879/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5496/2026;

Que, en act. ACTPRO 11483441/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11486988/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11486991/26 y;

Que, en act. INFSEC 11486994/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 4907/2026, obrante en act. PROSEC 11486986/26;

Que, en act. PRESEC 11507435/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.150.000,00);

Que, en acts. PREV 11475757/26, PREV 11508246/26 y PREV 11544853/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 953629/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1004798/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 174817/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3799911/26.-

Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.150.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11486991/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11507435/26, del EXD-0000-5270035/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario CHAVES JAVIER SEBASTIAN, D.N.I. Nº 26.938.861, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11507435/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.150.000,00

Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11838-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7221214/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria BAIGORRIA ROXANA JUDITH, D.N.I. Nº 21.630.621, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3847950/26 y DOCEXT 3852414/26, surge que la beneficiaria BAIGORRIA ROXANA JUDITH, D.N.I. Nº 21.630.621, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento ginecológico;

Que, en act. DOCEXT 3869646/26, obra llamado a cotización de las diferentes empresas del medio;

Que, en act. DOCEXT 3869647/26, obra presupuesto de la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1;

Que, en acts. DOCEXT 3870423/26 y DOCEXT 3870425/26, obra razonabilidad de precios y justificación de presupuesto;

Que, en act. DOCEXT 3870436/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1, los ítems 1, 2, 3 y 4, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOCIENTOS CON 00/100 ($1.371.200,00);

Que, en act. PREV 11582488/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. ENCAPS 962597/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 963649/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020634/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177548/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1, los ítems 1, 2, 3 y 4, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOCIENTOS CON 00/100 ($ 1.371.200,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3869647/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3870436/26 del EXD-0000-7221214/26.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria BAIGORRIA ROXANA JUDITH, D.N.I. Nº 21.630.621, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3870436/26.-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.371.200,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11839-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9180729/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de reposera de baño, a favor de la beneficiaria GARCIA ANALIA BELEN, D.N.I. Nº 39.323.255, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1426038/25 y DOCEXT 1426039/25, surge que la beneficiaria GARCIA ANALIA BELEN, D.N.I. Nº 39.323.255, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de reposera de baño para tratamiento neurológico;

Que, en act. SOLSEC 11063569/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8710/2025;

Que, en act. ACTPRO 11074729/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5, en act. COTZAC 11088311/25;

Que, en act. INFSEC 11088312/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 8015/2025, obrante en act. PROSEC 11088309/25;

Que, en act. PRESEC 11090306/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5, el item 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($2.145.000,00);

Que, en act. PREV 11261360/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 902488/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;

Que, en act. NOTAMP 954101/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 161549/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de reposera de baño, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1426038/25.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud a contratar con la firma OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5, el item 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($2.145.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11088311/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11090306/25 del EXD-0000-9180729/25.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria GARCIA ANALIA BELEN, D.N.I. Nº 39.323.255, la reposera de baño que se detalla en act. PRESEC 11090306/25.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.145.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la beneficiaria y a la firma.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11840-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6150013/26, por el cual el Hospital “Juan Domingo Perón” tramita la homologación de Contrato de Servicios de la señora JANET SOLEDAD RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 36.124.320, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3874338/26, obra el contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud de la Provincia de San Luis y la señora JANET SOLEDAD RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 36.124.320, quien brinda servicios como técnica en laboratorio para el Área de Anatomía Patológica del Hospital “Juan Domingo Perón”, a partir del 1 de julio de 2026 y por el término de SEIS (6) meses;

Que, en act. ENCAPS 960444/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. PREV 11554138/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 960846/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1015020/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;

Que, en act. DICFIS 176627/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud de la Provincia de San Luis y la señora JANET SOLEDAD RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 36.124.320, quien brinda servicios como técnica en laboratorio para el Área de Anatomía Patológica del Hospital “Juan Domingo Perón”, obrante en act. DOCEXT 3874338/26 del EXD-0000-6150013/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $8.435.700,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia al Hospital “Juan Domingo Perón”, a sus efectos.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Gestión de la Salud, Red de Hospitales Públicos y a la señora JANET SOLEDAD RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 36.124.320.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11841-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7280380/26, por el cual la Dirección de Zonas Sanitarias tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora NIETO MARIA LAURA, D.N.I. Nº 14.536.997, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3880606/26, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora NIETO MARIA LAURA, D.N.I. Nº 14.536.997, por la otra, quien presta servicios profesionales como médica en el Hospital de Santa Rosa del Conlara perteneciente a Zona Sanitaria III de la Dirección de Zonas Sanitarias, a partir del 16 de agosto de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual período mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. PREV 11568211/26 y PREVFT 11568213/26, obra imputación preventiva del gasto e imputación preventiva de ejercicio futuro;

Que, en act. ENCAPS 961710/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 962493/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1017607/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;

Que, en act. DICFIS 176970/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g), Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora NIETO MARIA LAURA, D.N.I. Nº 14.536.997, por la otra, quien presta servicios profesionales como médica en el Hospital de Santa Rosa del Conlara perteneciente a Zona Sanitaria III de la Dirección de Zonas Sanitarias, obrante en act. DOCEXT 3880606/26 del EXD-0000-7280380/26.-

Art. 3º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins. Jur. J.Aux U.E Prog Ub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 27 43 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $9.315.000,00

Art. 4º.-Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCO MIL CON 00/100 ($3.105.000,00).-

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Zonas Sanitarias, a sus efectos.-

Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la señora NIETO MARIA LAURA, D.N.I. Nº 14.536.997.-

Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11842-MdeS-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7070484/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora GONZALEZ PAOLA CARINA, D.N.I. Nº 29.341.192, en representación de su hijo el beneficiario CASTILLO GONZALEZ SANTIAGO ARIEL, D.N.I. Nº 53.998.509, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1591134/26, DOCEXT 1602648/26, DOCEXT 1613890/26 y DOCEXT 1614718/26, surge que la señora GONZALEZ PAOLA CARINA, D.N.I. Nº 29.341.192, en representación de su hijo el beneficiario CASTILLO GONZALEZ SANTIAGO ARIEL, D.N.I. Nº 53.998.509, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11566706/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7120/2026;

Que, en act. ACTPRO 11568987/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: ZION S.R.L., C.U.I.T.: 30-71894438-0, en act. COTZAC 11572074/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11572076/26;

Que, en act. INFSEC 11572077/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 6377/2026, obrante en act. PROSEC 11572073/26;

Que, en act. PRESEC 11585313/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($2.976.000,00);

Que, en acts. PREV 11564511/26 y PREV 11586658/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964568/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020767/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 177540/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1591134/26.-

Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($2.976.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11572076/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11585313/26, del EXD-0000-7070484/26.-

Art. 4º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora, GONZALEZ PAOLA CARINA, D.N.I. Nº 29.341.192 en representación de su hijo el beneficiario CASTILLO GONZALEZ SANTIAGO ARIEL, D.N.I. Nº 53.998.509 los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11585313/26.-

Art. 5º.-Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.976.000,00

Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11907-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5150158/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario LA ROSA JULIO PABLO JESUS, D.N.I. N° 31.365.576, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1558607/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento endocrino;

Que, en act. DOCEXT 1558903/26, obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 947351/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 994562/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 173177/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario LA ROSA JULIO PABLO JESUS, D.N.I. N° 31.365.576, la medicación para tratamiento endocrino, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11461168/26, por un importe de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($955.200,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11912-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6250560/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1614312/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11505804/26, obra solicitud de Gastos N° 5965/2026;

Que, en act. ACTPRO 11512097/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11514891/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 5399/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11514892/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11514893/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11514894/26, FERAVAL S.A. C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11514895/26, MACROPHARMA S.A. C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11514896/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T. 20-27325860-5, en act. COTZAC 11514897/26 y DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T. 30-62345679-6, en act. COTZAC 11514898/26;

Que, en act. INFSEC 11514899/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 5399/2026, obrante en act. PROSEC 11514891/26;

Que, en act. PRESEC 11522796/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, el ítem 2, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 32/100 ($2.933.158,32) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T. 33-69541513-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISEIS CON 38/100 ($364.516,38);

Que, en acts. PREV 11502469/26 y PREV 11523052/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 955686/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1007226/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175485/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3827653/26.-

Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, el ítem 2, por la suma total de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 32/100 ($2.933.158,32) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T. 33-69541513-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISEIS CON 38/100 ($364.516,38), conforme propuestas obrantes en acts. COTZAC 11514893/26, y COTZAC 11514894/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en act. PRESEC 11522796/26 del EXD-0000-6250560/26.-

Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.297.674,70

Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7°.- Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11913-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6250560/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario GODOY JUAN CARLOS, D.N.I. N° 17.463.942, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1584124/26, surge que el beneficiario de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento cardiológico;

Que, en act. DOCEXT 1614312/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 955686/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1007226/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175485/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario GODOY JUAN CARLOS, D.N.I. N° 17.463.942, la medicación para tratamiento cardiológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11522796/26, por un importe de PESOS CIENTO VEINTIUN MIL QUINIENTOS CINCO CON 46/100 ($121.505,46).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11914-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6250560/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario IBAÑEZ SALVADOR RODOLFO, D.N.I. N° 21.095.641, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3827302/26, surge que el beneficiario de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento cardiológico;

Que, en act. DOCEXT 1614312/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 955686/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1007226/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175485/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario IBAÑEZ SALVADOR RODOLFO, D.N.I. N° 21.095.641, la medicación para tratamiento cardiológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11522796/26, por un importe de PESOS TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y SEIS MIL CIENTO SESENTA Y NUEVE CON 24/100 ($3.176.169,24).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11915-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6251025/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario PAYERO JONATHAN ALEXANDER ALBERTO, D.N.I. N° 35.768.702, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1584500/26, surge que el beneficiario de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento reumatológico;

Que, en act. DOCEXT 1584546/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 955707/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1009368/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175830/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario PAYERO JONATHAN ALEXANDER ALBERTO, D.N.I. N° 35.768.702, la medicación para tratamiento reumatológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11522794/26, por un importe de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 00/100 ($1.819.524,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11916-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6251025/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria NIEVAS MARIA ELENA, D.N.I. N° 25.565.547, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1584499/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento reumatológico;

Que, en act. DOCEXT 1584546/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 955707/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1009368/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175830/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria NIEVAS MARIA ELENA, D.N.I. N° 25.565.547, la medicación para tratamiento reumatológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11522794/26, por un importe de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 00/100 ($1.819.524,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11917-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6251025/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1584546/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11506038/26, obra solicitud de Gastos N° 5968/2026;

Que, en act. ACTPRO 11512237/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11515010/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 5396/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11515011/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11515012/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11515013/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11515014/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11515015/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11515016/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11515017/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11515019/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11515020/26 y COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9, en act. COTZAC 11515021/26;

Que, en act. INFSEC 11515023/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 5396/2026, obrante en act. PROSEC 11515010/26;

Que, en act. PRESEC 11522794/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($3.639.048,00);

Que, en acts. PREV 11505038/26 y PREV 11523039/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 955707/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1009368/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 175830/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3827670/26.-

Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($3.639.048,00), conforme propuesta obrante en act. COTZAC 11515012/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en act. PRESEC 11522794/26 del EXD-0000-6251025/26.-

Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.639.048,00

Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11918-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7160273/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3844675/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11544683/26, obra solicitud de Gastos N° 6608/2026;

Que, en act. ACTPRO 11546568/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11552666/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 5961/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, en act. COTZAC 11552667/26 y COTZAC 11552674/26, CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, en act. COTZAC 11552672/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11552673/26 y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11552675/26;

Que, en act. INFSEC 11552676/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 5961/2026, obrante en act. PROSEC 11552666/26;

Que, en act. PRESEC 11561276/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($3.187.836,00);

Que, en acts. PREV 11531125/26 y PREV 11561341/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 961034/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016324/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176801/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3842440/26.-

Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma: POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($3.187.836,00), conforme propuesta obrante en act. COTZAC 11552667/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en act. PRESEC 11561276/26 del EXD-0000-7160273/26.-

Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 23 61 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.187.836,00

Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11919-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7160273/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la señora MARTINEZ CASTRO NICOLE IVONNE, D.N.I. N° 95.148.531, en representación de su hijo el beneficiario TULIAN MARTINEZ NELSON JOEL, D.N.I. N° 49.218.651, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3842462/26 y DOCEXT 3883483/26 surge que la señora MARTINEZ CASTRO NICOLE IVONNE, D.N.I. N° 95.148.531, en representación de su hijo el beneficiario TULIAN MARTINEZ NELSON JOEL, D.N.I. N° 49.218.651, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento neurológico;

Que, en act. DOCEXT 3844675/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 961034/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016324/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176801/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la señora MARTINEZ CASTRO NICOLE IVONNE, D.N.I. N° 95.148.531, en representación de su hijo el beneficiario TULIAN MARTINEZ NELSON JOEL, D.N.I. N° 49.218.651, la medicación para tratamiento neurológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11561276/26, por un importe de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 00/100 ($796.959,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la representante del beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11920-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7160273/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria BIZZOTTO LEAL LUDMILA MAITE, D.N.I. N° 46.545.377, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3842462/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Incluir Salud, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento neurológico;

Que, en act. DOCEXT 3844675/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 961034/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016324/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176801/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria BIZZOTTO LEAL LUDMILA MAITE, D.N.I. N° 46.545.377, la medicación para tratamiento neurológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11561276/26, por un importe de PESOS UN MILLON QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 ($1.593.918,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11921-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7160273/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la beneficiaria LOPEZ VANESA MICAELA, D.N.I. N° 34.946.344, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3842462/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Incluir Salud, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento neurológico;

Que, en act. DOCEXT 3844675/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 961034/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1016324/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176801/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria LOPEZ VANESA MICAELA, D.N.I. N° 34.946.344, la medicación para tratamiento neurológico, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11561276/26, por un importe de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 00/100 ($796.959,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la beneficiaria.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11922-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7210410/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la señora MAGALLANES MARIA BELEN, D.N.I. N° 33.133.499, en representación de su hija la beneficiaria QUARANTA MAGALLANES GIOVANNA, D.N.I. N° 56.089.302 y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1597285/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento hormonal;

Que, en act. DOCEXT 1598047/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 960434/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1014214/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176506/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor señora MAGALLANES MARIA BELEN, D.N.I. N° 33.133.499, en representación de su hija la beneficiaria QUARANTA MAGALLANES GIOVANNA, D.N.I. N° 56.089.302, la medicación para tratamiento hormonal, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11562122/26, por un importe de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($2.261.336,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante de la beneficiaria.-

Art. 5°.- Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11923-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7210410/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie a la señora ROJAS CLAUDIA ALEJANDRA, D.N.I. N° 25.849.069, en representación de su hija la beneficiaria OLIVA ROJAS EMMA, D.N.I. N° 55.417.057 y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3845482/26, surge que la beneficiaria de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento hormonal;

Que, en act. DOCEXT 1598047/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. DICLEG 960434/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1014214/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176506/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor señora ROJAS CLAUDIA ALEJANDRA, D.N.I. N° 25.849.069, en representación de su hija la beneficiaria OLIVA ROJAS EMMA, D.N.I. N° 55.417.057, la medicación para tratamiento hormonal, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11562122/26, por un importe de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($2.261.336,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante de la beneficiaria.-

Art. 5°.- Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11924-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7210410/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1598047/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11542684/26, obra solicitud de Gastos N° 6701/2026;

Que, en act. ACTPRO 11551428/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11552485/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 6016/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11552486/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act COTZAC 11552487/26, VORS S.R.L. C.U.I.T.: 30-71063736-5, en act COTZAC 11552488/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act COTZAC 11552489/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11552490/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A, C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11552491/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11552493/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11552495/26 y DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11552497/26;

Que, en act. INFSEC 11552498/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6016/2026, obrante en act. PROSEC 11552485/26;

Que, en act. PRESEC 11562122/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($4.522.672,00);

Que, en acts. PREV 11538350/26 y PREV 11563228/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 960434/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1014214/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176506/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3845656/26.-

Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma: DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($4.522.672,00), conforme propuestas obrantes en acts. COTZAC 11552497/26 respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en acts. PRESEC 11562122/26 del EXD-0000-7210410/26.-

Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.522.672,00

Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7°.- Hacer saber a, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8°. - El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11925-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6090219/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario MERCAU OSCAR MARCELO, D.N.I. N° 22.140.648, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1573290/26, surge que el beneficiario de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de suplemento para tratamiento nutricional;

Que, en act. DOCEXT 1573572/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. NOTAMP 1018289/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1002203/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 174354/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario MERCAU OSCAR MARCELO, D.N.I. N° 22.140.648, el suplemento para tratamiento nutricional, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11489084/26, por un importe de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($208.800,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11926-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6090219/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al beneficiario CARDENAS OSCAR JOSE, D.N.I. N° 30.948.522, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 1573284/26, surge que el beneficiario de la Subdirección Emergencia Sanitaria, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de suplemento para tratamiento nutricional;

Que, en act. DOCEXT 1573572/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. NOTAMP 1018289/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1002203/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 174354/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario CARDENAS OSCAR JOSE, D.N.I. N° 30.948.522, el suplemento para tratamiento nutricional, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11489084/26, por un importe de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($1.242.000,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11927-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6090219/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita el otorgamiento de subsidio en especie al señor RIVERO NESTOR ARIEL, D.N.I. Nº 23.637.677, en representación de su hijo el beneficiario RIVERO KEVIN MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 49.346.104, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3813488/26 y DOCEXT 3813489/26, surge que el señor RIVERO NESTOR ARIEL, D.N.I. Nº 23.637.677, en representación de su hijo el beneficiario RIVERO KEVIN MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 49.346.104, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de suplemento para tratamiento nutricional;

Que, en act. DOCEXT 1573572/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. NOTAMP 1018289/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1002203/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 174354/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al señor RIVERO NESTOR ARIEL, D.N.I. Nº 23.637.677, en representación de su hijo el beneficiario RIVERO KEVIN MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 49.346.104, el suplemento para tratamiento nutricional, conforme detalle obrante en act. PRESEC 11489084/26, por un importe de PESOS QUINIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($567.000,00).-

Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al representante del beneficiario.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11928-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6090219/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de suplementos nutricionales para ser destinados a beneficiarios de prestaciones de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1573572/26; obra Auditoria Médica;

Que, en act. SOLSEC 11477055/26, obra solicitud de Gastos N° 5523/2026;

Que, en act. ACTPRO 11478737/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;

Que en act. PROSEC 11480058/26 obra constancia de proceso de contratación Nº 4796/2026, emitida por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: ROYMED S.A., C.U.I.T.: 30-71013301-4, en act. COTZAC 11480059/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11480060/26, CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, en act. COTZAC 11480061/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11480062/26 y MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11480063/26;

Que, en act. INFSEC 11480064/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 4796/2026, obrante en act. PROSEC 11480058/26;

Que, en act. PRESEC 11489084/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 3, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($208.800,00) y ROYMED S.A., C.U.I.T.: 30-71013301-4, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NUEVE MIL CON 00/100 ($1.809.000,00);

Que, en acts. PREV 11476915/26 y PREV 11489570/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. NOTAMP 1018289/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1002203/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 174354/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y del Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los suplementos nutricionales solicitados en act. DOCEXT 1573628/26.-

Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 3, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($208.800,00) y ROYMED S.A., C.U.I.T.: 30-71013301-4, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NUEVE MIL CON 00/100 ($1.809.000,00), conforme propuestas obrantes en acts. COTZAC 11480060/26, COTZAC 11480059/26, respectivamente, y de acuerdo al informe de preadjudicación obrante en acts. PRESEC 11489084/26 del EXD-0000-6090219/26.-

Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.017.800,00

Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas oferentes.-

Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11962-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4080533/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario SANTILLAN MAXIMILIANO GASTON JESUS, D.N.I. Nº 32.822.239, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3752252/26, DOCEXT 3762424/26, DOCEXT 1553984/26 y DOCEXT 3783198/26, surge que el beneficiario SANTILLAN MAXIMILIANO GASTON JESUS, D.N.I. Nº 32.822.239, ha cumplido los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11410901/26, obra Solicitud de Gastos Nº 4099/2026;

Que, en act. ACTPRO 11415444/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11417671/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11417673/26 y LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9 en act. COTZAC 11417674/26;

Que, en act. INFSEC 11417676/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 3559/2026, obrante en act. PROSEC 11417670/26;

Que, en act. PRESEC 11433548/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.600.000,00);

Que, en acts. PREV 11407067/26 y PREV 11433932/26, obra imputación preventiva del gasto, con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 944338/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 990248/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 172440/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3762424/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.600.000,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11417674/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11433548/26 del EXD-0000-4080533/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario SANTILLAN MAXIMILIANO GASTON JESUS, D.N.I. Nº 32.822.239, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11433548/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.600.000,00

Art. 6º.- Dar intervención a Fiscalía de Estado, a efectos de que evalúe la procedencia de iniciar las acciones judiciales y/o extrajudiciales que pudieran corresponder contra terceros responsables y/o sus compañías aseguradoras, con el objeto de procurar el recupero de las sumas erogadas por la Provincia en virtud del subsidio otorgado en el presente acto, conforme constancias de la actuación DOCEXT 3878745/26, donde obran las actuaciones policiales y los datos relativos a la cobertura de seguro.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11963-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7271006/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria SERENA NOELIA ANABEL, D.N.I. Nº 31.591.881, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1602115/26 y DOCEXT 1610593/26, surge que la beneficiaria SERENA NOELIA ANABEL, D.N.I. Nº 31.591.881, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento oftalmológico;

Que, en act. SOLSEC 11574238/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7514/2026;

Que, en act. ACTPRO 11577011/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma: HIGIA S.A.S., C.U.I.T.: 33-71747948-9, en act. COTZAC 11577744/26;

Que, en act. INFSEC 11577745/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 6561/2026, obrante en act. PROSEC 11577743/26;

Que, en act. PRESEC 11583547/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma HIGIA S.A.S., C.U.I.T.: 33-71747948-9, los ítems 1, 2 y 3, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 52/100 ($1.174.991,52);

Que, en acts. PREV 11573858/26 y PREV 11583673/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964551/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020632/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177463/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1602115/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: HIGIA S.A.S., C.U.I.T.: 33-71747948-9, los ítems 1, 2 y 3, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO CON 52/100 ($1.174.991,52), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11577744/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11583547/26, del EXD-0000-7271006/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria SERENA NOELIA ANABEL, D.N.I. Nº 31.591.881, el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11583547/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.174.991,52

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería

General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11964-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7211331/26, por el cual la Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento Juan Martin de Pueyrredón tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor MATIAS EXEQUIEL ITURRALDE BAIGORRIA, D.N.I. N° 39.092.133, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3860835/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor MATIAS EXEQUIEL ITURRALDE BAIGORRIA, D.N.I. N° 39.092.133, por la otra, quien cumple funciones en atención de Consultorio en el CAPS Serranías Puntanas u otros CAPS dependientes de la Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento Juan Martin de Pueyrredón, a partir del 01 de agosto de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en acts. PREV 11556450/26, PREV 11569302/26, PREVFT 11556451/26, PREVFT 11569305/26 y PREVFT 11569311/26, obra imputación preventiva del gasto exceptuado duodécimo e imputación ejercicio futuro con sus ajustes correspondientes;

Que, en act. ENCAPS 961101/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 961609/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1017085/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176903/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 24 inc. g) y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor MATIAS EXEQUIEL ITURRALDE BAIGORRIA, D.N.I. N° 39.092.133, por la otra, quien cumple funciones en atención de Consultorio en el CAPS Serranías Puntanas u otros CAPS dependientes de la Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento Juan Martin de Pueyrredón, obrante en act. DOCEXT 3860835/26 del EXD-0000-7211331/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $23.200.000,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($4.640.000,00).-

Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11965-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4270785/26, por el cual el Hospital “Juan Domingo Perón”, tramita la homologación del Contrato de Servicios con la firma NEUROCIRUGIA VM S.A.S., C.U.I.T: 30-71923488-3, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3864947/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma NEUROCIRUGIA VM S.A.S., C.U.I.T: 30-71923488-3 representada por el Dr. PABLO ENRIQUE BARBEITO D.N.I. N° 22.843.348, en su carácter de Administrador titular, por la otra, quien presta servicios médicos en el Servicio de Neurocirugía, del Hospital “Juan Domingo Perón” dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de julio de 2026 y por el término de SEIS (6) meses;

Que, en act. PREV 11486578/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;

Que, en act. ENCAPS 955004/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 955300/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1007216/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;

Que, en act. DICFIS 175401/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma NEUROCIRUGIA VM S.A.S., C.U.I.T: 30-71923488-3 representada por el Dr. PABLO ENRIQUE BARBEITO D.N.I. N° 22.843.348, en su carácter de Administrador titular, por la otra, quien presta servicios médicos en el Servicio de Neurocirugía, del Hospital “Juan Domingo Perón” dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3864947/26 del EXD-0000-4270785/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $33.075.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital “Juan Domingo Perón”, a sus efectos.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Gestión de la Salud y a la firma NEUROCIRUGIA VM S.A.S., C.U.I.T: 30-71923488-3.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11966-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5270407/26, por el cual la Dirección Recursos Humanos de Salud, tramita la homologación del Contrato de Prestación de Servicios de la señora ANA VALERIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 37.717.785, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3882281/26, obra Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis representado en este acto, por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ANA VALERIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 37.717.785, quien se obliga a cumplir funciones de Odontóloga en el Hospital Nueva Galia y en el Hospital de Fortuna, Zona Sanitaria VII dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias y/o en los Organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 30 de septiembre de 2026, vigencia que podrá prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, la cláusula segunda del aludido contrato, establece que la contratada percibirá por todo concepto una remuneración mensual equivalente al Agrupamiento Profesional (P) Categoría E de la Carrera Sanitaria Provincial;

Que, en act. ACTPAS 1697654/26, la Dirección Recursos Humanos de Salud, informa que la mencionada contratación resulta de la vacante aprobada por Decreto Nº 14308-MHIP-2025;

Que, en acts. INFORM 440633/26 e INFORM 441103/26, ha tomado la intervención de su competencia la Subdirección Provincial de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando el costo presupuestario y la disponibilidad del crédito para hacer frente al gasto y Contaduría General de la Provincia en act. NOTAMP 999576/26, presta conformidad a la partida presupuestaria indicada para afrontar la presente erogación;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 17, incisos 13), 14), 15) y 16) de la Ley Nº V-1195-2026.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ANA VALERIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 37.717.785, quien se obliga a cumplir funciones de Odontóloga en el Hospital Nueva Galia y en el Hospital de Fortuna, Zona Sanitaria VII dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias y/o en los Organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3882281/26 del EXD-0000-5270407/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

DIRECCION DE ZONAS SANITARIAS:

Inst. Jur. U.E. F.F. C. Prog. Inc.

1 13 27 1-01 43 1

Art. 4º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos de Salud, notificar a la interesada.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11967-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7060685/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora BUSTOS PAULA SOLEDAD, D.N.I. Nº 31.728.536, en representación de su hija la beneficiaria ORTIZ UMA ALMA ESPERANZA, D.N.I. Nº 54.919.888, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1590680/26, DOCEXT 1594314/26 y DOCEXT 3867492/26, surge que la señora BUSTOS PAULA SOLEDAD, D.N.I. Nº 31.728.536, en representación de su hija la beneficiaria ORTIZ UMA ALMA ESPERANZA, D.N.I. Nº 54.919.888, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11545311/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6722/2026;

Que, en act. ACTPRO 11554033/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11559263/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11559264/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11559266/26;

Que, en act. INFSEC 11559268/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6069/2026, obrante en act. PROSEC 11559262/26;

Que, en act. PRESEC 11579914/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($3.280.800,00);

Que, en acts. PREV 11538083/26 y PREV 11586589/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964540/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020669/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177588/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1590680/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($3.280.800,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11559266/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11579914/26, del EXD-0000-7060685/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la señora BUSTOS PAULA SOLEDAD, D.N.I. Nº 31.728.536, en representación de su hija la beneficiaria ORTIZ UMA ALMA ESPERANZA, D.N.I. Nº 54.919.888, los elementos de tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11579914/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.280.800,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11968-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7170032/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario LEMOS FERMIN LEANDRO, D.N.I. Nº 39.092.882, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3842837/26, DOCEXT 3842839/26, DOCEXT 3842840/26, DOCEXT 3842841/26, DOCEXT 3848570/26, DOCEXT 1611046/26 y DOCEXT 3868506/26, surge que el beneficiario LEMOS FERMIN LEANDRO, D.N.I. Nº 39.092.882, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento de gastrostomía;

Que, en act. SOLSEC 11558118/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6887/2026;

Que, en act. ACTPRO 11564767/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11567997/26, MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11567998/26 y GERONIMO DOS SOLES S.A., C.U.I.T.: 30-71074856-6, en act. COTZAC 11567999/26;

Que, en act. INFSEC 11568000/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6230/2026, obrante en act. PROSEC 11567995/26;

Que, en act. PRESEC 11579923/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($3.360.000,00);

Que, en acts. PREV 11553321/26 y PREV 11586621/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964937/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1021484/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177672/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3842840/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($3.360.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11567998/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11579923/26, del EXD-0000-7170032/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario LEMOS FERMIN LEANDRO, D.N.I. Nº 39.092.882, los elementos de tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11579923/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.360.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11969-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6220536/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora TSICURIS VANESA NATALIA, D.N.I. Nº 31.343.782, en representación de su hijo, el beneficiario GIORDANO TSICURIS JOSUE DAVID, D.N.I. Nº 57.320.462, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3823669/26, DOCEXT 3829746/26, DOCEXT 1601499/26 y DOCEXT 1603284/26, surge que la señora TSICURIS VANESA NATALIA, D.N.I. Nº 31.343.782, en representación de su hijo, el beneficiario GIORDANO TSICURIS JOSUE DAVID, D.N.I. Nº 57.320.462, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11531391/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6476/2026;

Que, en act. ACTPRO 11532388/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11536927/26;

Que, en act. INFSEC 11536928/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 5776/2026, obrante en act. PROSEC 11536926/26;

Que, en act. PRESEC 11558824/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS ONCE MIL CON 00/100 ($1.411.000,00);

Que, en acts. PREV 11529214/26 y PREV 11561177/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 960754/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1014649/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176559/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3823669/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS ONCE MIL CON 00/100 ($1.411.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11536927/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11558824/26 del EXD-0000-6220536/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la la señora TSICURIS VANESA NATALIA, D.N.I. Nº 31.343.782, en representación de su hijo, el beneficiario GIORDANO TSICURIS JOSUE DAVID, D.N.I. Nº 57.320.462, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11558824/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.411.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante del beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11970-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8070839/26, por el cual la Subdirección Atención Primaria de la Salud-Departamento General Pedernera, dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), tramita la homologación de Contrato de Servicios del señor LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ FERRO, D.N.I. N° 16.743.201, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3864604/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ FERRO, D.N.I. N° 16.743.201, por la otra, quien presta servicios como médico, en Consultorio de Obstetricia y Tocoginecología en la Subdirección Atención Primaria de la Salud-Departamento General Pedernera, a partir del 01 de septiembre del 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo, previo acuerdo entre las partes;

Que, en acts. PREV 11571587/26 y PREVFT 11571591/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. ENCAPS 962432/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 963109/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019047/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177192/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ FERRO, D.N.I. N° 16.743.201, por la otra, quien presta servicios como médico, en Consultorio de Obstetricia y Tocoginecología en la Subdirección Atención Primaria de la Salud-Departamento General Pedernera, obrante en act. DOCEXT 3864604/26 del EXD-0000-8070839/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 16 63 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $9.280.000,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($4.640.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), quien deberá practicar la notificación pertinente.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Atención Primaria de la Salud, Dirección Recursos Humanos de Salud y al señor LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ FERRO, D.N.I. N° 16.743.201.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11971-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8241387/26, por el cual la se gestiona la autorización de un aporte no reintegrable con cargo a rendir cuenta destinado a la FUNDACION HOSPITAL DE PEDIATRIA “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN”, C.U.I.T.: 30-62621904-3, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. ENCAPS 964533/26, la FUNDACION HOSPITAL DE PEDIATRIA “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN”, C.U.I.T.: 30-62621904-3, tramita el otorgamiento de un subsidio, por la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($18.937.500,00);

Que, el mismo tiene como objeto fortalecer la respuesta social e institucional destinada a pacientes pediátricos y sus familias, en el marco del convenio de cooperación vigente entre la Provincia de San Luis y la entidad peticionante, con especial énfasis en la asistencia de los niños, niñas y adolescentes derivados por el sistema de salud pública provincial; encontrándose plenamente acreditado en idéntica actuación, que el aporte propiciado se destinará formalmente a la ampliación de la disponibilidad de alojamiento de la Casa Garrahan;

Que, en acts. DOCEXT 3889021/26 y DOCEXT 3896473/26, obra Convenio Marco de Adhesión al Programa Garrahan Federal entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis y el Hospital de Pediatría S.A.M.I.C. “Prof. Dr. Juan P. Garrahan” suscripto con fecha 14 de noviembre de 2023, homologado mediante Decreto N° 11612-MdeS-2023, cuyo objeto es establecer una cooperación estratégica para fortalecer la atención pediátrica y el trabajo en red;

Que, conforme lo establecido en el artículo décimo primero del referido Convenio Marco, el mismo tiene una vigencia de DOS (2) años, renovable automáticamente por igual período, salvo manifestación en contrario de alguna de las partes, encontrándose actualmente vigente;

Que, el aporte propiciado, destinado a ampliar la disponibilidad de alojamiento de la Casa Garrahan para pacientes pediátricos y sus familias, especialmente aquellos derivados por el sistema de salud pública provincial, resulta acorde con los objetivos de cooperación y fortalecimiento de la atención pediátrica previstos en el mencionado Convenio Marco;

Que, en act. PREV 11598421/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 964820/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;

Que, en act. NOTAMP 1020368/26, ha tomado la intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del aporte solicitado, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo;

Que, en act. DICFIS 177377/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y en el Convenio Marco de Adhesión al Programa Garrahan Federal, homologado mediante Decreto N° 1161-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Otorgar a la FUNDACION HOSPITAL DE PEDIATRIA “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN”, C.U.I.T.: 30-62621904-3, UN (1) subsidio por la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($18.937.500,00), quien deberá rendir cuenta documentada del gasto.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto con cargo al rubro del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.Ej. Prog. Subp. Proy. Act. D1 D2 D3 Inc Prin Parc Subp

1 13 00 10 01 00 00 01 1 01 00 5 1 7 000 $18.937.500,000

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, notificar a la FUNDACION HOSPITAL DE PEDIATRIA “PROF. DR. JUAN P. GARRAHAN”, C.U.I.T.: 30-62621904-3.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, Publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11972-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7290363/26, por el cual la Subdirección Atención Primaria de la Salud-Departamento General Pedernera, dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), tramita la homologación de contrato de servicios de la señora PATRICIA EVELINA LLANOS, D.N.I. N° 22.422.723, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3886930/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora PATRICIA EVELINA LLANOS, D.N.I. N° 22.422.723, por la otra, quien prestará servicios de Licenciada en Psicología en el Hospital de Justo Daract, dependiente de la Subdirección Atención Primaria de la Salud-Departamento General Pedernera, a partir de la fecha del presente Decreto y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo, previo acuerdo entre las partes;

Que, en acts. PREV 11579610/26 y PREVFT 11579612/26, obra imputación preventiva del gasto e imputación de ejercicio futuro;

Que, en act. ENCAPS 962664/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 963587/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020215/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177439/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora PATRICIA EVELINA LLANOS, D.N.I. N° 22.422.723, por la otra, quien prestará servicios de Licenciada en Psicología en el Hospital de Justo Daract, dependiente de la Subdirección Atención Primaria de la Salud-Departamento General Pedernera, obrante en act. DOCEXT 3886930/26 del EXD-0000-7290363/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 16 63 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $7.200.000,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.600.000,00).-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección de Atención Primaria de la Salud-Departamento General Pedernera, quien deberá practicar la notificación pertinente.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Recursos Humanos de Salud y a la señora PATRICIA EVELINA LLANOS, D.N.I. N° 22.422.723.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11973-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7211330/26, por el cual la Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento Juan Martin de Pueyrredón tramita la homologación del Contrato de Servicios de la Médica MARIA FLORENCIA COCO, D.N.I. N° 37.640.966, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3860845/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la Médica MARIA FLORENCIA COCO, D.N.I. N° 37.640.966, por la otra, quien cumple funciones en atención de Consultorio en el CAPS Las Américas, CAPS Eva Perón y otros CAPS dependientes de la Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento Juan Martin de Pueyrredón, a partir del 01 de agosto de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse, previo acuerdo de las partes, por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en acts. PREV 11556141/26, PREV 11569286/26, PREVFT 11556145/26 y PREVFT 11569289/26, obra imputación preventiva del gasto exceptuado de duodécimo con sus ajustes correspondientes e imputación ejercicio futuro;

Que, en act. ENCAPS 961100/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;

Que, en act. DICLEG 961591/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1017052/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 176902/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 24 inc. g) y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado

por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la Médica MARIA FLORENCIA COCO, D.N.I. N° 37.640.966, por la otra, quien cumple funciones en atención de Consultorio en el CAPS Las Américas, CAPS Eva Perón y otros CAPS dependientes de la Subdirección Atención Primaria de la Salud – Departamento Juan Martin de Pueyrredón, obrante en act. DOCEXT 3860845/26 del EXD-0000-7211330/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $23.200.000,00

Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($4.640.000,00).-

Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud (APS), a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y la Médica MARIA FLORENCIA COCO, D.N.I. N° 37.640.966.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11974-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041024/26, por el cual la Dirección Recursos Humanos de Salud tramita la homologación del Contrato de Prestación de Servicios del señor FACUNDO GABRIEL ROSALES, D.N.I. Nº 36.543.517, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3877390/26, obra Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor FACUNDO GABRIEL ROSALES, D.N.I. Nº 36.543.517, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Médico en el Servicio de Ortopedia y Traumatología en el Hospital “Juan Domingo Perón” y/o en los Organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 30 de septiembre de 2026, renovable por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, la cláusula segunda del aludido contrato, establece que el contratado percibirá por todo concepto una remuneración equivalente al Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;

Que, en act. ACTPAS 1726923/26, la Dirección Recursos Humanos de Salud informa que la mencionada contratación resulta de la vacante aprobada por Decreto Nº 17214-MdeS-2025;

Que, en acts. INFORM 445564/26 e INFORM 447307/26, ha tomado la intervención de su competencia la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando el costo presupuestario y la disponibilidad del crédito para hacer frente al gasto y Contaduría General de la Provincia en act. NOTAMP 1021995/26, presta conformidad a la partida presupuestaria indicada para afrontar la presente erogación;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 17, incisos 13), 14), 15) y 16) de la Ley Nº V-1195-2026.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte, y el señor FACUNDO GABRIEL ROSALES, D.N.I. Nº 36.543.517, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Médico en el Servicio de Ortopedia y Traumatología del Hospital “Juan Domingo Perón” y/o en los Organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3877390/26 del EXD-0000-8041024/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

HOSPITAL “JUAN DOMINGO PERÓN”:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc

1 13 19 1-01 35 1

Art. 4º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección Recursos Humanos de Salud, Hospital “Juan Domingo Perón” quien notificará al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11975-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7220857/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamentos a favor de la señora GUERRERO ANA ESTEFANIA, D.N.I. Nº 42.632.421, en representación de su hijo el beneficiario GARAY GUERRERO LUKAS IGNACIO, D.N.I. Nº 55.152.138, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1598520/26 y DOCEXT 1599484/26 surge que la señora GUERRERO ANA ESTEFANIA, D.N.I. Nº 42.632.421, en representación de su hijo el beneficiario GARAY GUERRERO LUKAS IGNACIO, D.N.I. Nº 55.152.138, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11563969/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7056/2026;

Que, en act. ACTPRO 11567204/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11568032/26;

Que, en act. INFSEC 11568034/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6290/2026, obrante en act. PROSEC 11568031/26;

Que, en act. PRESEC 11575216/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($2.225.480,00);

Que, en acts. PREV 11562193/26 y PREV 11575325/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 963279/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019276/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177344/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 1598520/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($2.225.480,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11568032/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11575216/26, del EXD-0000-7220857/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora, GUERRERO ANA ESTEFANIA, D.N.I. Nº 42.632.421 en representación de su hijo el beneficiario GARAY GUERRERO LUKAS IGNACIO, D.N.I. Nº 55.152.138 los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11575216/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.225.480,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11976-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7220815/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario GUTIERREZ CARLOS BRANDON, D.N.I. Nº 39.090.934, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3847481/26, DOCEXT 3849680/26 y DOCEXT 1610738/26 surge que el beneficiario, GUTIERREZ CARLOS BRANDON, D.N.I. Nº 39.090.934, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3847481/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. SOLSEC 11574310/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7529/2026;

Que, en act. ACTPRO 11579408/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11580115/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11580116/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11580117/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9, en act. COTZAC 11580118/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11580122/26, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11580124/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11580125/26, VORS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71063736-5, en act. COTZAC 11580126/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11580127/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11580129/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11580130/26 y DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11580131/26;

Que, en act. INFSEC 11580132/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6603/2026, obrante en act. PROSEC 11580113/26;

Que, en act. PRESEC 11584009/26, obra informe mediante el cual se pre adjudica a las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL CON 00/100 ($4.428.000,00);

Que, en acts. PREV 11573879/26 y PREV 11586226/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964589/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020777/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177544/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3847481/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL CON 00/100 ($4.428.000,00), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11580127/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11584009/26, del EXD-0000-7220815/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario GUTIERREZ CARLOS BRANDON, D.N.I. Nº 39.090.934, el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11584009/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.428.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11977-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7270242/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora CARRERAS MARIA TRINIDAD, D.N.I. Nº 42.543.201, en representación de su hijo el beneficiario VILLALBA CARRERAS NOAH ALEXANDER, D.N.I. Nº 59.584.495, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1601205/26, DOCEXT 1602724/26, DOCEXT 1613809/26 y DOCEXT 1614285/26 surge que la señora CARRERAS MARIA TRINIDAD, D.N.I. Nº 42.543.201, en representación de su hijo el beneficiario VILLALBA CARRERAS NOAH ALEXANDER, D.N.I. Nº 59.584.495, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11567322/26, obra Solicitud de Gastos Nº 7157/2026;

Que, en act. ACTPRO 11569084/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11569702/26 y ZION S.R.L., C.U.I.T.: 30-71894438-0, en act. COTZAC 11569703/26;

Que, en act. INFSEC 11569704/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6373/2026, obrante en act. PROSEC 11569701/26;

Que, en act. PRESEC 11585283/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: ZION S.R.L., C.U.I.T.: 30-71894438-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($1.040.400,00);

Que, en acts. PREV 11566461/26 y PREV 11586641/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 964534/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1020751/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 177543/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1601205/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: ZION S.R.L., C.U.I.T.: 30-71894438-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUARENTA MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($1.040.400,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11569703/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11585283/26, del EXD-0000-7270242/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora, CARRERAS MARIA TRINIDAD, D.N.I. Nº 42.543.201 en representación de su hijo el beneficiario VILLALBA CARRERAS NOAH ALEXANDER, D.N.I. Nº 59.584.495 los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11585283/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.040.400,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 11978-MdeS-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7130402/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de fórmula hipercalórica a favor de la señora OVIEDO ALEJANDRA DENISE, D.N.I. Nº 36.889.800, en representación de su hijo el beneficiario AGÜERO LOAN GAEL, D.N.I. Nº 56.088.789, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3839779/26 y DOCEXT 1596846/26 surge que la señora OVIEDO ALEJANDRA DENISE, D.N.I. Nº 36.889.800, en representación de su hijo el beneficiario AGÜERO LOAN GAEL, D.N.I. Nº 56.088.789, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de fórmula hipercalórica para tratamiento nutricional;

Que, en act. SOLSEC 11542654/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6699/2026;

Que, en act. ACTPRO 11551583/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: FRESENIUS-KABI S.A., C.U.I.T.: 30-69297195-3, en act. COTZAC 11552768/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11552770/26 y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11552771/26;

Que, en act. INFSEC 11552772/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 6018/2026, obrante en act. PROSEC 11552766/26;

Que, en act. PRESEC 11579893/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 40/100 ($2.249.330,40);

Que, en acts. PREV 11536422/26 y PREV 11580059/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 963643/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 1019676/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 177306/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de fórmula hipercalórica solicitada en act. DOCEXT 3839779/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 40/100 ($2.249.330,40), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11552770/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11579893/26, del EXD-0000-7130402/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora, OVIEDO ALEJANDRA DENISE, D.N.I. Nº 36.889.800 en representación de su hijo el beneficiario AGÜERO LOAN GAEL, D.N.I. Nº 56.088.789 la fórmula hipercalórica que se detalla en act. PRESEC 11579893/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.249.330,40

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DECRETO Nº 11843-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6050132/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente NATALIA EVANGELINA RAMIREZ, D.N.I. Nº 28.503.503, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Doctor Carlos Alric”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3858050/26, obra copia de Decreto de designación Nº 3767-ME-2024, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3862989/26;

Que en act. INFSUM 181250/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decretos Nros. 3392-ME-2011 y 4218-ME-2021;

Que en act. PASEDU 3865672/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3865889/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente NATALIA EVANGELINA RAMIREZ, D.N.I. Nº 28.503.503, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Doctor Carlos Alric”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11844-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-4220765/26, por el cual se eleva aceptación de renuncia y propuesta de titularización de la docente CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, D.N.I. Nº 23.637.829, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3785316/26, obra copia de Decreto de designación Nº 2208-ME-2024, de la docente mencionada;

Que en act. DOCEXT 3857315/26, obra nota de renuncia a CUATRO (4) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 2do. año 1ra. división y 2 hs. en 2do. año 2da. división), Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, Villa Reynolds, cuidad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, según Decreto N° 5147-ME-2021 y SEIS (6) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 2do. año 5ta. división, 2 hs. en 4to. año 2da. división y 2 hs. en 4to. año 4ta. División), Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, según Decreto Nº 714-ME-2022;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3787532/26;

Que en act. INFSUM 180427/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decretos Nros. 3392-ME-2011 y 4218-ME-2021;

Que en act. PASEDU 3857338/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3858739/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la docente CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, D.N.I. Nº 23.637.829, a CUATRO (4) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 2do. año 1ra. división y 2 hs. en 2do. año 2da. división), Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, Villa Reynolds, cuidad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera y SEIS (6) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 2do. año 5ta. división, 2 hs. en 4to. año 2da. división y 2 hs. en 4to. año 4ta. División), Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, D.N.I. Nº 23.637.829, en UN (1) cargo de Secretaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11845-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12030452/24,y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las presentes actuaciones a raíz de la nota obrante en act. DOCEXT 3374607/24, que realiza la asesora pedagógica del Colegio N° 12 “Dr. Ramón Carrillo”, dirigida a la Subdirección Bienestar Escolar, oportunidad en la cual pone en conocimiento el hecho que afectaría su integridad física, psíquica y mental, denunciando haber sido víctima de un presunto abuso sexual simple ocurrido con fecha 11 de octubre de 2024, fuera del ámbito escolar, el cual involucraría al docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N° 22.543.318, en circunstancias en que éste le ofreciera trasladarla a su domicilio, manifestando asimismo haber radicado la correspondiente denuncia penal con fecha 23 de octubre de 2024 ante la Fiscalía de Instrucción N° 4;

Que mediante Resolución Nº 61-ME-2025 (act. RESOLU 61/25), de fecha 09 de mayo de 2025, se instruyó sumario administrativo al señor GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N° 22.543.318, docente del Colegio N° 12 “Dr. Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, por encontrarse incurso a prima facie, en lo prescripto por el Art. 5º, incs. a) y d) de la Ley N° XV-0387-2004, en correspondencia con el Art. 122 del mismo cuerpo normativo, siendo la conducta fáctica reprochable prima facie, la presunta realización de hechos que comprometerían gravemente los deberes funcionales y la conducta exigida al personal docente;

Que por la Resolución antes referenciada, se afectó al docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N° 22.543.318, en la totalidad de los cargos y/u horas cátedra que posea en el sistema educativo provincial, a cumplir funciones de manera remota, conforme lo determine la Dirección Educación Obligatoria, hasta tanto se resuelva el presente sumario administrativo;

Que la finalidad del sumario administrativo no es otra que la de esclarecer con rigor técnico y jurídico los hechos denunciados, determinar si se ha incurrido en conductas que vulneren los deberes y obligaciones propias de la función pública, y en su caso, permitir el ejercicio del derecho de defensa en igualdad de condiciones;

Que en act. ACTAVO 177649/25 obra Acta de Inicio de Sumario Nº 88-DSA-25, en la que se ordenaron las medidas probatorias consideradas pertinentes para el esclarecimiento de los hechos;

Que, en ese sentido, en act. ACTPAS 1506327/25, mediante Cédula N° 413-DSA-25, se notificó la fecha de audiencia del docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ D.N.I. N° 22.543.318, a los efectos de comparecer a prestar declaración en carácter de sumariado;

Que en acts. ACTPAS 1506364/25 y 1579628/25 obra solicitud de informes y oficios librados por la instrucción de la Dirección de Sumarios Administrativos a los organismos pertinentes;

Que en acts. ACTPAS 1509607/25 y 1599243/25 obra respuesta a Oficio N° 383-DSA-25 y N° 433-DSA-25 de la Unidad de Gestión Fiscal de la Primera Circunscripción Judicial, Fiscalía de Instrucción N° 1, con intervención en género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores;

Que en act. NOTAMH 416425/25 obra declaración del sumariado GUSTAVO DANIEL ORTIZ D.N.I. N° 22.543.318, oportunidad en la cual hace uso de su derecho de abstenerse a prestar declaración;

Que, en cumplimiento de la prueba testimonial ordenada, comparecieron en audiencia los testigos oportunamente ofrecidos;

Que en act. NOTAMP 903837/25, NOTBLA 1085556/25 y NOTAMH 425458/25 obran declaraciones testimoniales;

Que en act. NOTAMP 924433/25 se dispone correr traslado de Ley a los fines de que el sumariado efectué descargo y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, siendo debidamente notificado conforme consta en Cédula N° 1408-DSA-25, obrante en act. ACTPAS 1608669/25;

Que en act. NOTAMH 424640/25 obra descargo presentado en tiempo y en forma, oportunidad en la cual se acompaña prueba documental, informativa, testimonial y solicita declarar el sumariado;

Que en act. NOTBLA 1105717/25 se dispone la clausura del periodo probatorio pasando los autos a estudio a los fines de emitir dictamen correspondiente, siendo el sumariado debidamente notificado, conforme consta en Cédula N° 2062-DSA-25, obrante en actuación ACTPAS 1634711/25;

Que en act. DICTAM 3824548/25 obra Dictamen N° 148-DSA-2025, de la Dirección de Sumarios Administrativos en el que sostiene que la función de la instrucción es central en el procedimiento disciplinario para llevar adelante un proceso administrativo que cumpla con todos los estándares impuestos por la Constitución de la Provincia de San Luis, por la Constitución Nacional y por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos;

Que, a tal efecto, realiza una reseña de los hechos que motiva la iniciación del presente sumario y que a tenor de los mismos y elementos probatorios aportados de la causa se concluye que ha quedado acreditada la situación fáctica de la investigación disciplinaria llevada a cabo;

Que consta en el mencionado Dictamen que se ha respetado en todo el sumario las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio, no pudiendo imputarse a la Administración ninguna omisión o irregularidad que hubiese impedido el ejercicio del derecho de defensa, el cual fue plenamente habilitado;

Que en esta instancia ha quedado suficientemente acreditado que el sumariado ha incurrido claramente en el incumplimiento que hace a sus deberes conforme lo establece la Ley N° XV-0387-2004 Estatuto Docente, Art. 5°, inc. a) Orientar su actividad hacia la realización de los fines y objetivos educativos establecidos en la Constitución Nacional, Provincial y en la presente Ley, inc d) Observar una conducta acorde con la función educativa y no desempeñar actividad que afecte la dignidad del docente;

Que por lo expuesto y a los efectos de ceñirse a las constancias de la causa, en virtud del principio de razonabilidad y la sana crítica, la Instrucción entiende apropiado sugerir que se aplique al sumariado GUSTAVO DANIEL ORTIZ DNI N° 22.543.318, la sanción disciplinaria de cesantía;

Que conforme consta en act. ACTPAS 1651945/26 el Dictamen Nº 148-DSA-2025 ha sido notificado al sumariado mediante Cédula N° 109-DSA-26, a los efectos de que formule alegatos;

Que el docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N° 22.543.318, en ejercicio de su derecho a la defensa, ha presentado sus alegatos obrantes en act. ACTPAS 1652546/26;

Que en act. ACTPAS 1670062/26 la Dirección de Sumarios Administrativos eleva las presentes actuaciones al Ministerio de Educación para la continuidad de su trámite;

Que el sumariado en sus alegatos estructura su planteo principalmente sobre la inexistencia de sentencia penal firme y la invocación de la presunción de inocencia. Sin embargo, dicho argumento resulta jurídicamente improcedente, toda vez que la responsabilidad administrativa es autónoma e independiente de la penal, pudiendo la Administración ejercer válidamente su potestad disciplinaria cuando cuenta con prueba suficiente producida en sede administrativa, sin necesidad de supeditar su decisión a un pronunciamiento judicial penal;

Que en igual sentido, el pedido de suspensión del sumario carece de sustento, no existiendo obligación legal de paralizar el procedimiento. Por otra parte, las alegadas contradicciones en el relato de la denunciante constituyen meras afirmaciones genéricas que no logran desvirtuar el núcleo esencial de la imputación, el cual se encuentra respaldado por un conjunto de elementos probatorios concordantes, debidamente valorados por la instrucción;

Que en relación a la prueba producida, cabe destacar que la Administración ha realizado una valoración integral conforme a las reglas de la sana crítica, ponderando la coherencia y concordancia de los elementos incorporados. En este contexto, los informes periciales, testimoniales y demás constancias han sido analizados de manera conjunta;

Que, asimismo, las testimoniales de descargo referidas a la trayectoria previa del agente no resultan suficientes para desvirtuar los hechos investigados, en tanto no se vinculan directamente con el episodio objeto del sumario;

Que en cuanto al planteo relativo a la supuesta ausencia de nexo funcional, cabe señalar que, aun cuando los hechos hubieran ocurrido fuera del ámbito estrictamente laboral, ello no excluye su relevancia disciplinaria, en tanto la conducta del agente compromete la dignidad, idoneidad y confianza exigidas por la función docente, especialmente en el ámbito educativo;

Que en relación al planteo de nulidad del dictamen, no se advierte la existencia de vicio alguno que afecte su validez. Por el contrario, el mismo se encuentra debidamente fundado en las constancias de autos, habiéndose respetado el debido proceso, el derecho de defensa y las garantías propias del procedimiento administrativo. La disconformidad con la valoración probatoria no constituye causal de nulidad;

Que, por su parte, la invocación de la presunción de inocencia no impide la adopción de sanciones disciplinarias cuando, como en el caso, existe un plexo probatorio suficiente que permite tener por acreditada la conducta reprochada en el ámbito administrativo;

Que, asimismo, en cuanto a la proporcionalidad de la sanción, corresponde señalar que la gravedad de los hechos acreditados y su incidencia en el ámbito institucional tornan razonable la sanción de cesantía, en tanto la conducta atribuida resulta incompatible con la permanencia en la función docente, afectando de manera directa la confianza y el normal funcionamiento del servicio educativo;

Que, en consecuencia, los alegatos formulados constituyen una reiteración de argumentos ya considerados en la etapa sumarial, sin aportar elementos nuevos ni idóneos para modificar las conclusiones del dictamen, por lo que corresponde su rechazo ya que no logran desvirtuar los fundamentos del dictamen;

Que en act. NOTAMP 971959/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación adhiere a lo dictaminado por la Dirección Sumarios Administrativos, aconsejando aplicar al docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N°22.543.318, la sanción disciplinaria de cesantía por encontrarse incurso prima facie en lo prescripto por el Art. 5, incs. a) y d) de la Ley N° XV-0387-2004, en correspondencia con el Art. 122 del mismo cuerpo normativo, cuya instrucción de sumario fuera dispuesta mediante Resolución Nº 61-ME-2025,(act. RESOLU 61/25), y en consecuencia dejar sin efecto lo dispuesto en el Art.3° de la Resolución antes mencionada;

Que en act. DICFIS169764/26 interviene Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Dar por concluido el sumario administrativo dispuesto por Resolución Nº 61-ME-2025, obrante en act. RESOLU 61/25 al docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N° 22.543.318 y, en consecuencia, dejar sin efecto lo dispuesto en el Art.3° de la Resolución antes mencionada.-

Art. 2°.- Aplicar, a partir de la notificación del presente Decreto, la sanción de cesantía, en todos los cargos y/u horas cátedra que posea en el Sistema Educativo Provincial, al docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N° 22.543.318, en virtud del incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5, incs. a) y d) de la Ley N° XV-0387-2004, en correspondencia con el Art. 122 del mismo cuerpo normativo.-

Art. 3°.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salida y Archivo practicar la notificación correspondiente al docente GUSTAVO DANIEL ORTIZ, D.N.I. N° 22.543.318.-

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Obligatoria, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes; Dirección Gestión Educativa, Subdirección Educación Secundaria y por su intermedio, notificar al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11846-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5151101/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente CECILIA ELINA ESTRADA, D.N.I. Nº 21.910.446, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, Villa Reynolds, ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3850483/26, obra copia de Decreto de designación Nº 7624-MHP-2022, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3862130/26;

Que en act. INFSUM 181251/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3865275/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3865350/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente CECILIA ELINA ESTRADA, D.N.I. Nº 21.910.446, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática Aplicada, en 7mo. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, Villa Reynolds, ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11847-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-4060890/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3749664/26 obra constancia enviada por la Fiscalía de Instrucción Penal de Género N° 1 Santa Rosa, Provincia de San Luis, por la cual se remite al Ministerio de Educación copia de la sentencia condenatoria recaída en el marco de la causa seguida contra el señor CARLOS ALBERTO SILVA, D.N.I. N° 20.838.351;

Que en act. DOCEXT 3749685/26 obra sentencia N° 76, de fecha 29 de diciembre de 2025, dictada por la Jueza del Tribunal Unipersonal de la Excma. Cámara en lo Penal, Correccional y Contravencional de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: OFR 375280/6 “OFR SOLICITA ACUSACIÓN Y ELEVACIÓN A JUICIO CARLOS SILVA (DDO) - DANIEL ALEJANDRO DEVIA (DTE) EN REPRESENTACIÓN DE LA MENOR D.B.M.V. S/AV. ABUSO SEXUAL”, en la que, además de condenar al imputado, se dispuso comunicar dicho pronunciamiento al Ministerio de Educación de la Provincia de San Luis;

Que, el señor CARLOS ALBERTO SILVA, D.N.I. N° 20.838.351, fue declarado culpable por ser autor material y penalmente responsable del delito de Abuso Sexual Simple Agravado por ser el Autor Encargado de la Educación de la Víctima, conforme a lo previsto en el Art. 119, primer y quinto párrafos, en relación con el inc. b) del cuarto párrafo, y Art. 45 del Código Penal Argentino, imponiéndosele la pena de tres (3) años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer la docencia en instituciones públicas, privadas, autogestionadas o cualquier otro tipo de institución dedicada a la enseñanza de niños, niñas y adolescentes hasta los dieciocho (18) años de edad en el territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 20 bis del Código Penal Argentino;

Que la sentencia referida fue dictada en el marco de un acuerdo celebrado en juicio abreviado, instituto previsto en la normativa procesal penal, mediante el cual el imputado acordó y reconoció ante el Ministerio Público Fiscal, la existencia de los hechos atribuidos, su responsabilidad penal, la calificación legal y la pena convenida, la que fue posteriormente homologada por el órgano jurisdiccional competente;

Que en act. DOCEXT 3749692/26 interviene la Dirección de Educación Obligatoria;

Que en virtud de la notificación de dicho pronunciamiento, se procedió a la suspensión de haberes del agente, a partir del 29 de diciembre de 2025, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Plástica - Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, carácter interino, según Decreto N° 5253-MHP-2023, en el Centro Educativo N° 12 “Leopoldo Lugones” y TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, perfil Plástica Visual, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, carácter interino, según Decreto N° 3484-MHP-2022, en la Escuela N° 417 “Granadero Florencio Navarro”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, conforme consta en informe de la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, obrante en act. ACTPAS 1675323/26;

Que, como consecuencia de dicha conducta, corresponde adecuar su situación de revista frente a una circunstancia jurídica objetiva y sobreviniente como es la existencia de una sentencia penal que le impuso una inhabilitación especial perpetua para ejercer la docencia;

Que la imposibilidad de continuar en el ejercicio de la función docente deriva, en este caso, de una prohibición jurídica expresa establecida por autoridad judicial competente;

Que los pronunciamientos judiciales resultan obligatorios para la Administración Pública dentro del ámbito de sus competencias, no correspondiendo apartarse de los efectos jurídicos derivados de una decisión emanada del órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo prescripto por la Constitución Provincial en los Arts. 157 inc. 1) y 190;

Que en act. NOTAMP 1008513/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación, sosteniendo que la sentencia condenatoria, dictada en el marco del juicio abreviado mediante el cual el imputado reconoció el hecho y su responsabilidad penal, resultando en consecuencia operativa la prejudicialidad penal, que confirmó la existencia del hecho y la responsabilidad penal del imputado;

Que, asimismo, destaca que las decisiones judiciales poseen carácter obligatorio y ejecutorio para la Administración Pública;

Que, en este sentido, señala que la inhabilitación especial perpetua impuesta produce efectos jurídicos actuales y permanentes, configurando una incapacidad legal absoluta y sobreviniente para el ejercicio de la función docente, que excluye de modo definitivo la aptitud del agente para desempeñarse en cualquier ámbito educativo, no pudiendo la Administración apartarse de sus efectos ni morigerarlos;

Que, en consecuencia, la Asesoría Legal considera que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente que disponga el cese y deje sin efecto las designaciones del agente CARLOS ALBERTO SILVA, D.N.I. N° 20.838.351, en todos los cargos docentes que ejercía en el sistema educativo provincial, en cumplimiento de la sentencia judicial referida, a fin de adecuar su situación de revista a derecho y habilitar la inmediata cobertura de las vacantes generadas, debiendo asimismo notificarse la medida al Tribunal interviniente y a los organismos y áreas competentes;

Que, en el mismo sentido, en act. DICFIS 176054/26 interviene Fiscalía de Estado sosteniendo que la inhabilitación especial perpetua impuesta mediante sentencia penal configura una circunstancia objetiva que impide la subsistencia de las condiciones jurídicas necesarias para la continuidad en el ejercicio de la docencia, al encontrarse el agente legalmente impedido para desarrollar dicha actividad;

Que la sustanciación de un sumario administrativo no constituye un requisito previo para disponer el cese del agente, por cuanto el acto administrativo a dictarse no importa el ejercicio de la potestad disciplinaria ni la aplicación de una sanción administrativa, sino la formalización de una consecuencia jurídica que deriva directamente de la sentencia penal;

Que tal decisión no excluye que, en el marco de un sumario administrativo, puedan determinarse otros efectos jurídicos derivados del mismo hecho reprochado, investigado y judicialmente resuelto, pero con efectos administrativos que puedan ir más allá de la condena penal;

Que es deber constitucional y legal del Estado de garantizar la protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes que integran el sistema educativo, procurando que quienes desempeñan funciones docentes reúnan permanentemente las condiciones legales, profesionales y éticas exigidas para dicha tarea;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cese definitivo del agente CARLOS ALBERTO SILVA, D.N.I. N° 20.838.351, en todos los cargos y/u horas cátedra que desempeña en el Sistema Educativo Provincial, a partir del 29 de diciembre de 2025, como consecuencia de la inhabilitación especial perpetua para ejercer la docencia, impuesta mediante sentencia N° 76, dictada por el Tribunal Unipersonal de la Excma. Cámara en lo Penal, Correccional y Contravencional de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis.-

Art. 2º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salida y Archivo practicar la notificación pertinente.-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Instrucción Penal de Género N° 1 de la localidad de Concarán, Provincia de San Luis.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Obligatoria, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Dirección Gestión Educativa y establecimientos educativos correspondientes.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11848-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5130960/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 9003-ME-2026, obrante en act. DEC 9003/26, se implementó el Proyecto “Residencia Rentada” para los estudiantes de los Institutos de Formación Docente Continua de San Luis, Instituto de Formación Docente Continua de Villa Mercedes, Instituto Superior de Educación e Innovación de Santa Rosa del Conlara, Instituto Superior de Educación e Innovación de San Francisco del Monte de Oro e Instituto Superior de Educación e Innovación de Buena Esperanza que se encuentren en condiciones académicas y administrativas de cursar el último trayecto formativo correspondiente al espacio curricular “Residencia Pedagógica”;

Que en act. NOTAMP 1021155/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente eleva informe al señor Ministro Secretario de Estado de Educación en el cual fundamenta la necesidad de reajustar el monto de las residencias rentadas y, en consecuencia, solicita modificar el Art. 9° del Decreto N° 9003-ME-2026;

Que en act. PREV 11603843/26 obra ajuste de la imputación preventiva del gasto;

Que en act. NOTAMP 1021561/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP1022672/26 Contaduría General de la Provincia considera que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga lo solicitado y modifique el Art. 9° del Decreto N° 9003-ME-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Rectificar el Art. 9° del Decreto N° 9003-ME-2026, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Art. 9°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Inst Jur U.E. Prog F.F. Inc. Pri. Parc. Importe

1 14 16 25 1-01 5 1 3 $325.544.852,64

Art. 2°.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Dirección Gestión Educativa, Juntas de Clasificación Docente, Dirección Educación Superior y Capacitación Docente y, por su intermedio a los Institutos de Formación Docente Continua de San Luis, Instituto de Formación Docente Continua de Villa Mercedes, Instituto Superior de Educación e Innovación de Santa Rosa del Conlara, Instituto Superior de Educación e Innovación de San Francisco del Monte de Oro e Instituto Superior de Educación e Innovación de Buena Esperanza.-

Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11849-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7021068/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. NOTEDU 3851750/26 obra nota de la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar –PANE, solicitando el otorgamiento de un subsidio a las asociaciones civiles y cooperadoras de los establecimientos educativos de gestión estatal, destinados a la cobertura de los gastos que demande el almuerzo escolar en los niveles inicial, primario y secundario, para el período comprendido entre el 01 de septiembre y el18 de diciembre de 2026;

Que en act. DOCEXT 3845281/26 interviene la Dirección de Innovación y Planeamiento informando, con fuente en el Sistema de Gestión Educativa 3.0, la cantidad total de alumnos que asisten a los establecimientos públicos de gestión estatal de toda la Provincia que serán beneficiados con el subsidio de referencia;

Que en act. PREV 11551644/26 obra comprobante de imputación preventiva;

Que en act. NOTAMP 1011275/26 obra intervención de Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1012112/26 obra intervención de Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que otorgue los subsidios a las Asociaciones detalladas, con cargo a rendir cuenta documentada de su aplicación, conforme a lo solicitado y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 176208/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-

Art. 2º.- Otorgar un subsidio, con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión ante Contaduría General de la Provincia, a las asociaciones civiles y cooperadoras de los establecimientos educativos de gestión estatal detalladas en el Anexo, que forma parte integrante del presente Decreto, destinados a la cobertura de los gastos que demande el almuerzo escolar para alumnos de los niveles inicial, primario y secundario, según planilla obrante en act. NOTEDU 3851750/26 (adjuntos), para el período comprendido entre el 01 de septiembre y el 18 de diciembre de 2026,en el marco del Programa Alimentario Nutricional Escolar (PANE).-

Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 14 22 35 00 1-01 5 1 7 $1.637.349.120,00

Art. 4º.- Incluir el presente gasto en la programación financiera del mes en curso, según el siguiente detalle:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 14 22 35 00 1-01 5 1 7 $1.637.349.120,00

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.-Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

PLANILLA COOPERADORAS PANE ALMUERZO 2026 (3ER TRIMESTRE)

Nº

LOCALIDAD

ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO

COOPERADORA

MATRICULA

MONTO TOTAL

CUIT

1

ZANJITAS

ESCUELA N° 13 ANTARTIDA ARGENTINA

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 13 ANTARTIDA ARGENTINA

100

$17.344.800,00

30-70765270-1

2

SAN LUIS

ESCUELA PÚBLICA DIGITAL MULTILINGÜE PROGRESOS Y SUEÑOS

ASOCIACIÓN CIVIL EDUCACIONAL SIN FINES DE LUCRO CELESTIN FREINET

625

$108.405.000,00

30-71631793-1

3

SAN LUIS

ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL N° 1 DOCTORA CAROLINA TOBAR GARCÍA

ASOCIACIÓN COOPERADORA PROTEJAMOS AL NIÑO DIFERENCIAL

93

$16.130.664,00

33-67338818-9

4

SAN LUIS

ESCUELA TÉCNICA N° 37 INGENIERO GERMÁN AVÉ LALLEMANT

ASOCIACIÓN COOPERADORA NIELS BOHR

310

$53.768.880,00

30-71228727-2

5

SAN LUIS

ESCUELA N° 423 BRIGADIER GENERAL JUAN MANUEL DE ROSAS

COOPERADORA COMISION COOPERADORA ESCUELA N° 423 BGDIER. GRAL. JUAN M DE ROSAS

703

$121.933.944,00

30-70761198-3

6

SAN LUIS

ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 8 SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 8 SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI

34

$5.897.232,00

30-70777810-1

7

SAN LUIS

ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 9 A.P.A.D.I.S.

ASOCIACIÓN DE PADRES Y AMIGOS DEL DISCAPACITADO MENTAL-APADIS

84

$14.569.632,00

33-67335420-9

8

JUSTO DARACT

CENTRO EDUCATIVO N° 11 INSPECTOR SOCRATES CORTINES

ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO EDUCATIVO Nº 11 INSPECTOR SOCRATES CORTINES

546

$94.702.608,00

30-70995200-1

9

VILLA MERCEDES

ESCUELA ESPECIAL N° 6 DRA. MARIA MONTESSORI

ASOCIACION COOPERADORA ESCUELA ESPECIAL N 6 DRA MARIAMONTESSORI

130

$22.548.240,00

30-70523427-9

10

VILLA SALLES

ESCUELA N° 242 PABLO PIZZURNO

ASOCIACIÓN COOPERADORA BERNARDINO RIVADAVIA

76

$13.182.048,00

30-70766312-6

11

VILLA SALLES

ESCUELA N° 242 PABLO PIZZURNO (GENERATIVO RURAL)

ASOCIACIÓN COOPERADORA BERNARDINO RIVADAVIA

25

$4.336.200,00

30-70766312-6

12

LA ANGELINA

ESCUELA DE JORNADA COMPLETA N° 452 DR. VALENTIN LUCO

ASOCIACOON COOPERADORA HOGAR ESCUELA N6 DR VALENTIN LUCO

46

$7.978.608,00

30-70728884-8

13

VILLA MERCEDES

COLEGIO N° 11 BENITO JUAREZ

ASOCIACIÓN CIVIL COLEGIO BENITO JUAREZ

355

$61.574.040,00

30-71753108-2

14

VILLA MERCEDES

ESCUELA ASISTENCIAL N° 36 GOBERNADOR DR. CARLOS ALRIC

ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESC ASISTENCIAL N° 36 GOBERNADOR CARLOS ALRIC

699

$121.240.152,00

30-70930081-0

15

JUSTO DARACT

ESCUELA N° 37 JUAN BAUTISTA ALBERDI

ASOCIACIÓN COOPERADORA PADRES CON LA ESCUELA

337

$58.451.976,00

30-70891339-8

16

VILLA MERCEDES

ESCUELA N° 46 GDOR. LEON GUILLET

ASOC COOPERADORA ESCUELA N 46 LEON GUILLET

104

$18.038.592,00

30-70797967-0

17

JUSTO DARACT

ESCUELA Nº 82 GRAL. LAS HERAS

COMISION COOPERADORA ESCUELA N° 82 GENERAL LAS HERAS

334

$57.931.632,00

30-71411317-4

18

VILLA MERCEDES

ESCUELA N° 388 SGTO. EDUARDO ROMERO

COOPERADORA ESCUELA N 388 SARGENTO EDUARDO ROMERO

280

$48.565.440,00

30-70767273-7

19

MARTIN DE LOYOLA

ESCUELA HOGAR N° 16 GRANADEROS PUNTANOS

ASOCIACIÓN COOPERADORA GRANADEROS PUNTANOS

26

$4.509.648,00

30-70921998-3

20

MARTIN DE LOYOLA

ESCUELA HOGAR N° 16 GRANADEROS PUNTANOS (GENERATIVO RURAL)

ASOCIACIÓN COOPERADORA GRANADEROS PUNTANOS

17

$2.948.616,00

30-70921998-3

21

ANCHORENA

ESCUELA DE JORNADA COMPLETA N° 450 NEUQUEN

ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LA EDUCACION

163

$28.272.024,00

30-67347564-3

22

BATAVIA

ESCUELA DE JORNADA COMPLETA N° 448 PAULA ALBARRACIN DE SARMIENTO

ASOCIACIÓN COOPERADORA HOGAR ESCUELA N 9 PAULA ALBARRACIN

73

$12.661.704,00

33-70770406-9

23

NASCHEL

ESCUELA TÉCNICA N° 1 ELENA OSSOLA DE HORAS

ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA ESCUELA TÉCNICA N° 1 ELENA OSSOLA DE HORAS

325

$56.370.600,00

30-70820164-9

24

CORTADERAS

ESCUELA TÉCNICA N° 2 SAN JOSÉ OBRERO

ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA COLEGIO TECNICO N2

185

$32.087.880,00

33-71466040-9

25

MERLO

CENTRO EDUCATIVO N° 27 GOBERNADOR SANTIAGO BESSO

ASOCIACIÓN COOPERADORA CENTRO EDUCATIVO SANTIAGO BESSO

914

$158.531.472,00

30-70893701-7

26

MERLO

ESCUELA TÉCNICA N° 34 ARISTIDES BRATTI

ASOCIACIÓN COOPERADORA COLEGIO N 34

470

$81.520.560,00

30-71141539-0

27

NASCHEL

ESCUELA N° 250 TOMAS ESPORA

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA PROVINCIAL N° 250 TOMAS ESPORA

276

$47.871.648,00

30-70924251-9

28

MERLO

CENTRO DE EDUCACION ESPECIAL MIRLO

ASOC DE PADRES Y AMIGOS DE MIRLO

110

$19.079.280,00

30-67346844-2

29

CABEZA DE NOVILLO

ESCUELA Nº 254 GDRO. DOMINGO LUCERO

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA Nº 254

6

$1.040.688,00

30-71819264-8

30

CABEZA DE NOVILLO

ESCUELA Nº 254 GDRO. DOMINGO LUCERO (GENERATIVO RURAL)

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA Nº 254

8

$1.387.584,00

30-71819264-8

31

SANTA ROSA DEL CONLARA

ESCUELA N° 320 DOCTOR NICOLAS AVELLANEDA

COOPERADORA DE LA ESCUELA DR. NICOLAS AVELLANEDA

139

$24.109.272,00

33-71238149-9

32

LAS CHILCAS

ESCUELA N° 169 GDRO. CANDIDO MIRANDA

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N169

7

$1.214.136,00

30-71672827-3

33

LAS CHILCAS

ESCUELA N° 169 GDRO. CANDIDO MIRANDA (GENERATIVO RURAL)

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N169

12

$2.081.376,00

30-71672827-3

34

LA TOMA

ESCUELA TÉCNICA N° 28 GENERAL JUAN MARTIN DE PUEYRREDON

CONSEJO ESCOLAR INTERNO DEL COLEGIO N° 28 GENERAL JUAN MARTIN DE PUEYRREDON

388

$67.297.824,00

30-70847431-9

35

LA TOMA

COLEGIO N° 3 MANUEL BELGRANO

ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL COLEGIO

PROVINCIAL N 3 GRAL MANUEL BELGRANO

420

$72.848.160,00

30-71444855-9

36

LA TOMA

ESCUELA N° 357 MAXIMO CAMARGO

ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESC. PROV. N° 357 - MAXIMO CAMARGO

396

$68.685.408,00

30-70865868-1

37

SAN FRANCISCO DEL MONTE DE ORO

ESCUELA TÉCNICA N° 29 COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA

ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL COLEGIO N° 29- COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA

246

$42.668.208,00

30-70790562-6

38

CANDELARIA

ESCUELA TÉCNICA N° 33 PROFESOR GABINO PUELLES

COOPERADORA DEL COLEGIO N 33 PROFESOR GABINO PUELLES

319

$55.329.912,00

30-71347130-1

39

LUJAN

ESCUELA N° 297 MAESTRO CELESTINO GOMEZ

ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N297 - MAESTRO CELESTINO GOMEZ

59

$10.233.432,00

33-70936181-9

DECRETO Nº 11850-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-4101132/26, por el cual se eleva la aceptación de renuncia y propuesta de titularización de la docente IVANA GRISELDA JUAREZ, D.N.I. Nº 28.599.551, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 172 “Misiones”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3755477/26, obra copia de Decreto de designación Nº 484-ME-2023, de la docente mencionada;

Que en act. DOCEXT 3783866/26, obra nota de renuncia a UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Educación Inicial, titular, según Decreto N° 5809-ME-2020, en la Escuela N°172 “Misiones”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3799196/26;

Que en act. INFSUM 180578/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decretos Nros. 4815-ME-2018 y 4013-ME-2023;

Que en act. PASEDU 3810045/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3810969/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la docente IVANA GRISELDA JUAREZ, D.N.I. Nº 28.599.551, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Educación Inicial, en la Escuela N° 172 “Misiones”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente IVANA GRISELDA JUAREZ, D.N.I. Nº 28.599.551, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 172 “Misiones”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11851-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5181162/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente RUT ABIGAIL GIMENEZ AGUIRRE, D.N.I. Nº 40.964.265, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3792627/26, obra copia de Decreto de designación Nº 4973-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3859180/26;

Que en act. INFSUM 181234/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3865948/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3865961/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente RUT ABIGAIL GIMENEZ AGUIRRE, D.N.I. Nº 40.964.265, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11852-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-11140899/25, por el cual tramita el traslado definitivo de la docente ELIANA ELIZABETH FAZIO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3650468/25, obra solicitud de traslado definitivo, por integración de grupo familiar, de la docente ELIANA ELIZABETH FAZIO, D.N.I. N° 25.034.926, de UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, titular, según Decreto N° 3455-MHP-2017, a UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 297 “Maestro Celestino Gómez”, de la localidad de Los Pejes, departamento Ayacucho, vacante por jubilación de la docente MARIA ESTHER SOSA, según Decreto N° 3084-MHIP-2026 (act. DOCEXT 3833386/26);

Que en acts. DOCEXT 3650468/25, 3833393/26 y PASEDU 3885702/26, obran copia de D.N.I., constancia de C.U.I.L, declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante, declaración jurada de familiares a cargo, copia del Decreto de titularización N° 3455-MHP-2017 y conceptos profesionales docentes;

Que en acts. DOCEXT 3833394/26 y 3833395/26 obra Acta N° 12-JCD-NP-SL-2026 y Resolución N° 12-JCD-NP-SL-2026, por la cual la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI – sede San Luis, hace lugar a la solicitud de traslado;

Que en acts. PASEDU 3885702/26, obra nota mediante la cual la, docente ELIANA ELIZABETH FAZIO, renuncia a UN (1) cargo de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, carácter interino, en la Escuela N° 236 “Vicedirectora Juana Belzunce”, de la localidad de La Botija, departamento Ayacucho, Región Educativa VI;

Que en act. INFSUM 180918/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. ACTPAS 1715887/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia por razones particulares presentada por la docente ELIANA ELIZABETH FAZIO, D.N.I. N° 25.034.926, a UN (1) cargo de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, carácter interino, en la Escuela N° 236 “Vicedirectora Juana Belzunce”, de la localidad de La Botija, departamento Ayacucho, Región Educativa VI.-

Art. 2°.- Hacer lugar al traslado definitivo, por integración de grupo familiar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ELIANA ELIZABETH FAZIO, D.N.I. N° 25.034.926, de UN (1) cargo Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, titular, según Decreto N° 3455-MHP-2017, a UN (1) cargo de Maestra de Grado titular, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 297 “Maestro Celestino Gómez”, de la localidad Los Pejes, departamento Ayacucho, vacante por jubilación de la docente titular, MARIA ESTHER SOSA, según Decreto N° 3084-MHIP-2026.-

Art. 3°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 4°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio a los establecimientos educativos correspondientes.-

Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11853-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8141085/26, por el cual se tramita la reubicación definitiva de la docente FLAVIA NIDIA VIDELA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3871790/26 obra planilla de reubicación definitiva de la docente FLAVIA NIDIA VIDELA, D.N.I. Nº 27.376.127, de TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 4to. año 1ra. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto N° 1903-ME-2024, en la Escuela Técnica N°9 “Domingo Faustino Sarmiento” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a TRES(3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 3er. año 5ta. división, Modalidad Técnico en Comunicación Multimedial, Nivel de Educación Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decreto N° 2129-ME-2015, (act. DOCEXT 3871790/26);

Que en act. DOCEXT 3871790/26, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de titular N°1903-ME-2024;

Que en act. RESOLU 3875783/26, obra Resolución Nº 480-JCD-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. ACTPAS 1735871/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Reubicar definitivamente a la docente FLAVIA NIDIA VIDELA, D.N.I. Nº 27.376.127, de TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 4to. año 1ra. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto N° 1903-ME-2024, de la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 3er. año 5ta. división, Modalidad Técnico en Comunicación Multimedial, Nivel de Educación Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decreto N° 2129-ME-2015.-

Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Secundaria y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11854-ME-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6161138/23, acumulados EXD 11140121/23, 11130616/23, 11130513/23, 9040544/23, 6290948/23, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 135-ME-2023 (act. RESOLU 135/23), de fecha 27 de septiembre de 2023, se instruyó sumario administrativo al docente JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, de la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por estar incurso, prima facie, en el incumplimiento de lo prescripto por el Art. 5º, incs. a), c), d), e), g) y h) de la Ley N° XV-0387- 2004, en correspondencia con el Art. 122 del mismo cuerpo normativo, siendo la conducta fáctica reprochable a prima facie: “Mal desempeño e inobservancia de la función educativa; no respetar la jurisdicción técnica administrativa, la vía jerárquica, ni protocolos de la institución; presunta violencia de género contra la Directora y Vicedirectora de la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”;

Que dicha instrucción se inicia con motivo de los hechos informados en act. DOCEXT 2895337/23, por el equipo de conducción de la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, del cual surgieron las irregularidades que motivaron las presentes actuaciones y que involucraron al docente JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, desde el año 2019, detallando una serie de medidas aplicadas por sus faltas de comportamiento; incumplimientos de medidas pedagógicas; malos tratos hacia educandos, colegas y superiores; negligencias reiteradas en las actividades escolares; como así también conductas de parte del docente desconociendo la jurisdicción técnica administrativa, obrando constancias de observaciones en privado, llamados de atención, apercibimiento, notificación y descargos del docente en act.DOCEXT 2895337/23 (adjuntos);

Que mediante Resolución N°135-ME-2023 (act. RESOLU 135/25) se dispuso afectar al docente JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, en la totalidad de los cargos que posea en el sistema educativo provincial, a cumplir tareas administrativas en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, inter se resuelva el proceso de sumario administrativo;

Que en act. ACTAVO 9652/23, obra Acta de Iniciación de Sumario Nº 50-DSA-23, mediante la cual la Dirección de Sumarios Administrativos se avocó al conocimiento de la causa, se designaron instructores, se dispuso el requerimiento de informes y se fijaron audiencias para testigos y reconocimiento de firma y contenido, como así también audiencia para el sumariado a los fines de prestar declaración o abstenerse de la misma;

Que de las constancias obrantes en autos, en particular en actuaciones ACTPAS 1209447/23 y 1209452/23, surgen los informes y oficios diligenciados por la Dirección de Sumarios Administrativos ante los organismos pertinentes;

Que en este sentido, en act. DOCEXT 1142669/23 se incorpora el legajo del agente por parte de la Subdirección de Recursos Humanos Docentes, mientras que en act. ACTPAS 712130/23 la Dirección de la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas” remite, en respuesta a Oficio N° 416-SPSA-23, un total de cincuenta y tres (53) fojas de actas institucionales en las que se documentan de manera fehaciente las inconductas atribuidas al sumariado, cuyo contenido y firmas han sido reconocidos por los intervinientes, surgiendo además la existencia de antecedentes disciplinarios previos y conceptos docentes calificados como “regulares”, firmes y consentidos;

Que en cumplimiento de la prueba testimonial ordenada, prestaron declaración en audiencia virtual la Directora del establecimiento, (act. ACTPAS 1236426/23), la Vicedirectora, (act. ACTPAS 1236435/23), la tutora de una alumna (act. ACTPAS 1236439/23) y la entonces Jefa de Subprograma Atención al Recurso Humano Educativo, (act. ACTPAS 1238956/23), registrándose asimismo la incomparecencia justificada de una testigo (act. ACTPAS 1236296/23), declaraciones que resultan concordantes entre sí, ratifican el contenido de las actas acompañadas y dan cuenta de conductas reiteradas del sumariado consistentes en faltas de respeto a la autoridad, incumplimientos funcionales, deficiencias en la planificación pedagógica, negativa al trabajo colaborativo y situaciones que comprometieron el cuidado de los alumnos, incluyendo episodios de violencia verbal hacia autoridades educativas y el dictado de clases en ámbitos no autorizados durante el período de pandemia.

Que en act. ACTPAS 1238989/23 comparece el docente sumariado a la audiencia fijada, oportunidad en la cual presta declaración en relación a los hechos investigados, quedando debidamente garantizado su derecho de defensa en el marco del presente sumario;

Que habiéndose conferido traslado de las actuaciones (act. DOCEXT 788595/24), el sumariado presentó descargo y ofreció prueba documental en actuaciones ACTPAS 1312890/24 y acumuladas en dicho descargo, así como en su declaración, reconoció extremos relevantes tales como el retraso en la presentación de planificaciones, la modificación unilateral de contenidos pedagógicos, la inobservancia de protocolos institucionales ante accidentes escolares y la realización de actividades educativas en un domicilio particular durante la pandemia, circunstancias que resultan corroboradas por el resto del plexo probatorio reunido en autos.

Que en act. DOCEXT 989985/25 se dispone la clausura del periodo probatorio y se pasan los autos a estudio a los fines de emitir Dictamen correspondiente;

Que en act. DICTAM 3802806/25 obra Dictamen N° 34-DSA-2025, de la Dirección de Sumarios Administrativos en el que teniendo en cuenta que, siendo la conducta fáctica:“Mal desempeño e inobservancia de la función educativa, no respetar la jurisdicción técnica administrativa, la vía jerárquica, ni protocolos de la institución, presunta violencia de género contra la Directora y Vicedirectora de la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, sostiene que la función de la instrucción es central en el procedimiento disciplinario para llevar adelante un proceso administrativo que cumpla con todos los estándares impuestos por la Constitución de la Provincia de San Luis, por la Constitución Nacional y por los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, mientras que en act. RESOLU 3695133/26 obra RESOLUCION N° 3-DSA-2026, modificatoria del Dictamen antes mencionado;

Que en este sentido se realiza una reseña de los hechos que motiva la iniciación del presente sumario y que a tenor de los mismos y elementos probatorios obrantes en la causa se concluye que el hecho ha quedado debidamente acreditado, guardando plena congruencia con los testimonios y documental obrante en la presente causa disciplinaria, demostrándose que el sumariado no acataba la jurisdicción técnica administrativa, el respeto a las autoridades, la normativa ni los protocolos vigentes;

Que es por lo expuesto y a los efectos de ceñirse a las constancias de la causa, del principio de razonabilidad y la sana crítica, la Dirección de Sumarios Administrativos entiende apropiado y en concordancia a ello justo, aconsejar que se aplique al docente JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, la sanción disciplinaria con fines expulsivos de CESANTÍA;

Que conforme consta en act.ACTPAS1550761/25, el Dictamen Nº 34-DSA-2025 ha sido notificado al sumariado a los efectos de que formule alegatos;

Que el docente JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, en ejercicio de su derecho a la defensa, ha presentado sus alegatos obrantes en act. DOCEXT 820866/24;

Que en act. NOTAMP 931259/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Educación, considera oportuno evaluar los alegatos y su impacto en las acusaciones formuladas, considerando que a partir de los elementos probatorios que se han presentado en el sumario, tanto testimoniales como documentales, se ha podido comprobar que las acusaciones formuladas contra el docente son fundadas y respaldadas por pruebas objetivas obrantes en las presentes actuaciones, y que los alegatos presentados por el docente no logran desvirtuar de manera efectiva estas pruebas, ni invalidar las conclusiones del proceso sumarial que, en función de los hechos evaluados, aconsejan la sanción de CESANTÍA;

Que del sumario surge que el sumariado ha incurrido claramente en el incumplimiento que hace a sus deberes conforme lo establece el Art. 15 incs. a),c), d), e), g) y h) de la Ley N° XV-0390-2004;

Que el objeto del sumario administrativo es precisar todas las circunstancias y reunir los elementos de prueba tendientes a esclarecer la comisión de irregularidades e individualizar a los responsables y proponer sanciones…” (Autos: “Cisneros Roberto Eugenio c/ Superior Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero s/ Recurso Contencioso Administrativo”- Plenario Superior Tribunal de Justicia 13/02/2006);

Que la imputación de una falta constituye el requisito previo de la responsabilidad administrativa de todo agente y por ende de su deber jurídico de responder del acto en cuestión, en virtud de lo cual, para declararlo responsable de un hecho resulta menester quela acción u omisión pueda atribuírsele, probando de modo cierto la conexión causal entre la falta y su autor”. Autos: “Bravo Almonacid, Eduardo c/ Provincia de Buenos Aires (Tribunal de Cuentas) s/ Demanda contencioso administrativa” AyS 1995 III, 811. Magistrados: Negri, Pisano, Rodríguez Villar, Ghione, Salas;

Que en act. NOTAMP 891627/25 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación comparte lo dictaminado por la Dirección de Sumarios Administrativos, aconsejando aplicar al docente JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, la sanción disciplinaria de CESANTÍA por encontrarse incurso en lo prescripto por el Art. 5° incs. a), c),d), e), g) y h) de la Ley N° XV-0387-2004- en correspondencia con el Art. 122 del mismo cuerpo normativo, cuya instrucción de sumario fuera dispuesta mediante Resolución Nº 135-ME-2023(act. RESOLU 135/23) y en consecuencia dejar sin efecto lo dispuesto en el Art.3°de la Resolución antes mencionada;

Que en act. DICFIS 153240/25 interviene Fiscalía de Estado sosteniendo que el procedimiento impreso ha sido de acuerdo a derecho, respetando el debido proceso y la defensa en juicio del sumariado (art. 18 de la Constitución Nacional, art 43 de la Constitución Provincial), circunstancia esta que amerita el dictado del acto administrativo por el cual se concluya el presente sumario

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Concluir el sumario administrativo instruido al señor JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, mediante Resolución Nº 135-ME-2023, de fecha 27 de septiembre de 2023.-

Art. 2°.- Aplicar al señor JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549, la sanción de CESANTÍA, en todos los cargos y/u horas cátedras que posea en el sistema educativo provincial, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, por encontrarse incurso en incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5° incs. a), c)d), e,), g) y h) de la Ley N° XV-0387-2004 y de conformidad al Art. 122 del mismo cuerpo normativo.-

Art. 3°.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salida y Archivo practicar la notificación correspondiente al señor JUAN MANUEL NATEL, D.N.I. N° 24.912.549.-

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Obligatoria, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, notificar al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DECRETO Nº 11855-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-11240277/20, por el cual tramita la declaración de afectación a Servidumbre Administrativa de Electroducto, de los inmuebles comprendidos en la traza y de aquellos alcanzados por la franja de seguridad de la línea eléctrica LAT DT 132 KV PESCADORES - ET SAN LUIS CENTRO Y ET SAN LUIS CENTRO 132/33/13,2 KV, correspondiente a la obra tramitada en el EXD-0000-11230450/12, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 782032/20 y DOCEXT 782042/20 obran notas de la Empresa Distribuidora San Luis Sociedad Anónima (EDESAL S.A.) en su carácter de concesionaria del servicio público de energía eléctrica, y de la firma ROVELLA CARRANZA S.A. en su carácter de contratista de la obra, respectivamente, solicitando se constituya Servidumbre Administrativa de Electroducto a favor de Estado de la Provincia de San Luis en relación a los inmuebles comprendidos en la traza y de aquellos alcanzados por la franja de seguridad de la línea eléctrica LAT DT 132 KV PESCADORES - ET SAN LUIS CENTRO Y ET SAN LUIS CENTRO 132/33/13,2 KV;

Que en act. DOCEXT 782911/20 obran planos de mensura administrativa a los efectos de constituir servidumbre de electroducto;

Que en act. DOCEXT 782924/20 obran informes catastrales y en act. DOCEXT 874213/24 obran informes de dominio, correspondientes a los inmuebles afectados;

Que en act. DOCEXT 1034056/23 obran imágenes satelitales de la traza de la obra de referencia;

Que en act. ACTPAS 1307964/24 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, informa que la obra de la línea eléctrica LAT DT 132 KV PESCADORES - ET SAN LUIS CENTRO Y ET SAN LUIS CENTRO 132/33/13,2 KV se encuentra finalizada y operando satisfactoriamente, de conformidad con los lineamientos establecidos en el pliego de bases y condiciones técnicas particulares;

Que asimismo, en las intervenciones referidas se explicita que tal como consta en las actuaciones administrativas obrantes en el expediente, se ha cumplimentado el procedimiento establecido en la Ley Nº V-0643-2008, habiéndose efectuado oportunamente los proyectos y planos correspondientes, como asimismo las autorizaciones y permisos respectivos para la ejecución de las obras en cuestión;

Que de conformidad con las previsiones de la citada Ley, resulta procedente dictar el acto administrativo que declarare la afectación de los inmuebles comprendidos en la traza y de aquellos alcanzados por la franja de seguridad de línea eléctrica, a los regímenes de servidumbre administrativa de electroducto previstos en los arts. 3º y 4º; y disponerse su toma de razón registral, en los términos de lo establecido en el art. 5º;

Que en act. ACTPAS 1312091/24 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública,

Que en act. NOTAMP 793365/24 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 122954/24 obra vista de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 3º, 4º, 5º y ccs.de la Ley N° V-0643-2008.-

Art. 2º.- Declarar sujetos al régimen de Servidumbre Administrativa de Electroducto en los términos del Art. 3º de la Ley N° V-0643-2008, a favor del Estado de la Provincia de San Luis, los inmuebles comprendidos en la traza de la línea eléctrica LAT DT 132 KV PESCADORES - ET SAN LUIS CENTRO Y ET SAN LUIS CENTRO 132/33/13,2 KV, individualizados en Anexo I del presente.-

Art. 3º.- Declarar sujetos al régimen de Servidumbre Administrativa de Electroducto en los términos del Art. 4º de la Ley N° V-0643-2008, a favor del Estado de la Provincia de San Luis, los inmuebles comprendidos en la franja de seguridad correspondiente a la línea eléctrica LAT DT 132 KV PESCADORES - ET SAN LUIS CENTRO Y ET SAN LUIS CENTRO 132/33/13,2 KV, individualizados en Anexo II del presente.-

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Autorizar a Escribanía General de Gobierno a tramitar la inscripción registral de la afectación de los inmuebles a los regímenes de servidumbre administrativa de electroducto declarada en el presente Decreto.-

Art. 6°.- Autorizar a la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública a suscribir la documentación necesaria para la inscripción registral correspondiente.-

Art. 7°.- Hacer saber a la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética.-

Art. 8°.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, efectuar la notificación correspondiente a la empresa concesionaria del Servicio Público de Distribución Eléctrica (EDESAL S.A.) y a la contratista de la obra ROVELLA CARRANZA S.A.-

Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO I

PADRÓN AFECTADO

INSCRIPCIÓN DOMINIAL AFECTADA

PLANO de SERVIDUMBRE

POLIGONO

18-1226

No registra

7/69/16

A

18-1501

Tomo 43 Ayacucho, F. 438, Nº 5968

7/68/16

A

16-3922

Matrícula 5-2835

7/93/16

A

16-4023

Matrícula 5-3071

7/81/16

A

16-975721

Matrícula 5-4497

7/80/16

A

16-975720

Matrícula 5-4505

7/79/16

A

16-1011820

Tomo 3 Ayacucho Ley 3236, F. 383 Nº 452

7/76/16

A

16-886

Tomo 16 Ayacucho Ley 3236, F. 476 Nº 20183

7/67/16

A

16-2028

Matrícula 5-2909

7/66/16

A

16-4028

Matrícula 5-2293

7/82/16

A

16-1995

Tomo 11 Ayacucho Ley 3236, F: 204 Nº 10606

7/98/16

A

16-2103

Tomo 36 Ayacucho, F. 244, Nº 5075

7/61/16

A

16-1070675 (anterior 16-1876)

Tomo 50 Ayacucho F. 886, Nº 214 / F. 906 N° 218/ F. 910 Nº 219

7/78/16

A

16-1070676 (anterior 16-1257)

Tomo 50 Ayacucho F. 886, Nº 214 / F. 906 N° 218/ F. 910 Nº 219

7/77/16

A

16-2500

Tomo 50 Ayacucho, F. 706, Nº 169

8/50/16

A

16-2667

Tomo 3 Ayacucho (ley 3236) Folio 414, Numero 465

7/83/16

A

27-171

No registra

7/63/16

A

16-1550

Tomo 3 Ayacucho, F. 70 Nº 486 / Tomo 15 Ayacucho, F.375, Nº 19811

7/70/16

A

12-4075

No registra

1/164/19

42

ANEXO II

PADRÓN AFECTADO

INSCRIPCIÓN DOMINIAL AFECTADA

PLANO de SERVIDUMBRE

POLIGONO

16-1550

Tomo 15 Ley 3236 de Ayacucho, F. 375, Nº 19811

7/9/19

7

27-73

No registra

7/14/19

1

27-210

Tº: 8 de Belgrano - Fº: 465 Nº: 1064

7/10/19

3

27-172

Tº: 20-Belgrano Fº: 133 Nº: 366

7/12/19

4

27-71

No registra

7/15/19

2

27-992550

Matrícula 5-6675 Tomo 13 Belgrano, F.36 Nº 1495

7/11/19

5

27-939

No registra

7/13/19

6

27-47

Tº: 6 (Ley 3236) Belgrano - Fº: 253 - Nº: 2492

8/11/19

57

27-177

Tº: 7 (Ley 3236) - Belgrano - Fº: 457 - Nº: 2849 T: 8- (Ley 3236) - Belgrano - Fº: 174 - Nº: 2933

8/18/19

64

27-939

No registra

8/12/19

107

27-715

Tº: 8 -Belgrano - F: 297 - Nº: 1034/ -F: 305 - Nº: 1036 Tº 7 (ley 3236) Belgrano-Fº:148 - Nº: 2634

8/6/19

54

27-709

Tº: 8 -Belgrano - F: 297 - Nº: 1034/ -F: 305 - Nº:1036 Tº 7 (ley 3236) Belgrano-Fº:148 - Nº: 2634

8/7/19

55

27-714

Tº: 8 -Belgrano - F: 297 - Nº: 1034/ -F: 305 - Nº:1036 Tº 7 (ley 3236) Belgrano-Fº:148 - Nº: 2634

8/8/19

56

27-2178

Tº: 7 - (Ley 3236) - Belgrano - Fº: 196 - Nº: 2652

8/9/19

59

27-45

No registra

8/125/19

135

27-2228

Tomo 4 (Ley 3236) Belgrano Folio 210 Numero 8112/ Tomo 9 (Ley 3236) Belgrano Folio 11 Numero 3073

8/20/19

72

27-2199

Tomo 4 (Ley 3236) Belgrano Folio 210 Numero 8112/ Tomo 9 (Ley 3236) Belgrano Folio 11 Numero 3073

8/21/19

67

27-2204

Tomo 4 (Ley 3236) Belgrano Folio 210 Numero 8112/ Tomo 9 (Ley 3236) Belgrano Folio 11 Numero 3073

8/22/19

69

27-2157

Matrícula 5-1157

8/10/19

60

27-933685

Matrícula: 8-548

8/17/19

65

No se localiza

No registra

8/16/19

126

127

27-500

Tº: 12- Belgrano - Fº: 351 - Nº: 1475

8/15/19

62

27-2270

Tº: 8 (Ley 3236) - Belgrano - Fº: 301 - Nº: 2988

8/14/19

63

27-2268

T° 8 (Ley 3236) Belgrano - Fº: 301 - Nº: 2988

8/13/19

61

27-192

Matrícula: 8-794

8/23/19

68

27-408

Tomo 5 (Ley 3236) Belgrano, F° 280 N° 8343 / Tomo 5 (ley 3236) Belgrano F° 284, N° 8344 y Tomo 5 (ley 3236) Belgrano F° 287 N° 8345

8/24/19

70

27-949

Matrícula: 8-2945

8/26/19

71

27-406

T°9 (Ley 3236) Belgrano, F° 142, N° 2

8/81/19

118

27-407

T°6 (Ley 3236) Belgrano F° 368 Numero 2532

8/58/19

120

27-574

T° 18 de Belgrano (ley 3236) F° 471 N° 2059

8/27/19

73

27-1835

T°5 Ley 3236-Belgrano-F°147-N° 8291

8/29/19

75

27-1840

T°5 Ley 3236-Belgrano-F°147-N° 8291

8/35/19

80

26-930

Matrícula 8 - 292

8/38/19

81

26-2254

Tº: 9 (Ley 3236) Belgrano - Fº: 81 - Nº: 3102

8/37/19

77

26-1803

Matrícula 8 –274

8/36/19

76

26-797

Matrícula 4 -800

8/192/19

140

26-642

Tº: 2 Belgrano - Fº: 152 - Nº: 294

8/140/19

139

26-958745

Tº: 5- (ley3236) -Belgrano - Fº: 393 - Nº: 8360

8/132/19

137

26-2312

Matrícula: 8 - 725

8/39/19

83

26-2313

Matrícula: 8-706

8/40/19

79

26-2314

Matrícula 8-710

8/42/19

85

26-2315

Matrícula 8 - 711

8/43/19

82

26-1004389

MATRICULA: 8-2117

8/55/19

88

26-59

No registra

8/41/19

84

26-931727

Matrícula: 8-1655

8/45/19

86

26-1793

T° 12, BELGRANO-F° 441 N° 1485

8/84/19

131

26-924779

Tº: 17 Belgrano - Fº: 38 - Nº: 1870 continuado al Tº: 22-Belgrano - Fº: 168

8/57/19

89

26-924787

T° 17 Belgrano, F° 38 Numero 1870 Tº: 22 - Belgrano - Fº: 168

8/56/19

90

26-1634

MATRICULA 8 - 1380

8/59/19

91

26-1628

MATRICULA: 8-1379

8/50/19

87

26-1061341 (anterior 26-1625)

MATRICULA: 8-1377

8/51/19

114

26-1894

MATRICULA: 8-1235

8/60/19

92

26-1897

No registra

8/61/19

93

26-974874

Matrícula: 8-1840

8/62/19

94

26-1749

Matrícula: 8-140

8/63/19

97

26-1689

Matrícula 8 - 248

8/64/19

95

26-700

Tº: 10 (Ley3236) Belgrano - Fº: 293 - Nº: 252

8/65/19

96

26-1739

Tº: 10 (Ley3236) Belgrano - Fº: 293 - Nº: 252

8/66/19

98

26-2388

Matrícula 8-1133

8/69/19

101

26-1021370

Matrícula: 8-2941

8/79/19

132

26-1060903 (anterior 26-1021372)

Matrícula 8-3196

8/80/19

129

26-1060904 anterior 26-1021372)

Matrícula 8-3828

8/80/19

129

26-1060905 anterior 26-1021372)

Matrícula 8-2943

8/80/19

129

26-1060906 anterior 26-1021372)

Matrícula 8-3381

8/80/19

129

26-689

Tomo 11 Ley 3236 Belgrano F 371 N 1405

8/67/19

99

26-2068

Tomo 11 Belgrano F 36 N° 55

8/68/19

100

26-988797

Matrícula: 8-330

8/71/19

102

26-977022

Matrícula 8-2510

8/74/19

119

26-977023

Matrícula: 8-2512

8/75/19

104

26-2304

Matrícula: 8-685

8/76/19

105

26-2306

Matrícula: 8-2911

8/85/19

136

26-1066407 (anterior 26-1037677)

Matrícula: 8-2725

8/86/19

108

26-1066408 (anterior 26-1037677)

Matrícula 8-3342

8/86/19

108

26-1066405 (anterior 26-1037677)

Matrícula 8-3341

8/86/19

108

26-1037678

Matrícula: 8-2726

8/111/19

130

26-1037679

Matrícula: 8-2727

8/87/19

109

26-1037680

Matrícula 8-2728

8/88/19

111

26-1037681

Matrícula: 8-2729

8/89/19

112

26-1037682

Matrícula: 8-2730

8/90/19

110

26-1037683

Matrícula: 8-2731

8/91/19

113

26-938

Tomo 4-Ley 3236- Belgrano F 64-N° 8049

8/120/19

134

26-541

T° 4 Ley 3236- Belgrano-Folio 64-N 8049

8/109/19

133

26-2260

Matrícula: 8-519

8/108/19

128

26-1074590 (anterior 26-93333)

Tomo 9 (Ley 3236) Belgrano F 220 N° 31

8/102/19

125

26-1987

Tomo 9 Belgrano (Ley 3236) F498 N 144

8/100/19

123

26-926375

Matrícula: 8-1196

8/99/19

124

26-1970

Matrícula: 8-659

8/98/19

121

26-393

T° 2 (Ley 3236) Belgrano F° 370 N° 467

8/101/19

122

26-374

Tomo 13 de Belgrano, Folio 311, Numero 1538/ Tomo 8 (ley 3236) Belgrano Folio 115, Numero 2909/ Tomo 8 (ley 3236) Belgrano Folio 240, Numero 2963

1/123/19

19

12-1056046 (anterior 26-1012330)

Matrícula 1-48261

1/122/19

18

12-1057730 (anterior 26-1012330)

Matrícula 1-39447

1/122/19

18

12-1057731 (anterior 26-1012330)

Matrícula 1-39448

1/122/19

18

26-1012331

Matrícula:: 8-2697

1/202/19

46

26-475

Tomo8 Belgrano F° 347 N° 1046 insc. 3º

1/121/19

17

26-220

Tomo4 Belgrano, F° 325 N° 563 insc 4°

1/120/19

16

26-1299

Tomo: 20 - Belgrano - Fº: 231 - Nº: 2178 (insc. 2º)

1/119/19

20

26-2071

Matrícula: 8-3326

1/114/19

15

26-68

Tomo: 11 - (Ley 3236) - Belgrano - Fº: 333- Nº: 181

1/110/19

12

26-1672

Tº3 (Ley 3236) Belgrano - Fº: 241 - Nº: 710

1/111/19

11

12-975649

Matrícula: 1-43948

1/112/19

13

12-975654

Matrícula: 1-43947

1/113/19

14

12-1024251

Tomo 199 (Ley 3236) Capital Folio 192 Numero 536

1/155/19

32

12-1024250

Tomo 199 (Ley 3236) Capital Folio 192 Numero 537

1/156/19

35/ 36

12-924114

Tomo 199 (Ley 3236) Capital Folio 192 Numero 538

1/159/19

29

12-924098

Matrícula: 1-20452

1/168/19

38

12-924113

Matrícula: 1-23764

1/167/19

30

12-4075

No registra

1/164/19

43

12-105634

Matrícula: 1-11247

1/165/19

37

12-105636

Matrícula: 1 - 11247

1/160/19

33

12-1024202

Matrícula: 1 - 32902

1/147/19

22

12-1024203

Matrícula: 1 - 32901

1/148/19

23

12-924273

Matrícula: 1 - 17245

1/149/19

24

12-924274

Matrícula: 1 - 17246

1/150/19

25

12-105161

Matrícula: 1-7121

1/210/19

48

12-105162

Matrícula: 1-7122

1/308/19

70

12-1039597

Matrícula: 38507

1/152/19

26

12-997761

Matrícula: 1-38510

1/153/19

27

12-997760

Matrícula: 1-38509

1/154/19

31

12-997759

Matrícula: 1-38508

1/157/19

A

12-988229

Matrícula: 1-5049

1/166/19

21

12-105054

Matrícula: 1-5050

1/163/19

41

12-1003661

Matrícula: 1-19518

1/170/19

39

12-105578

Matrícula: 1-10680

1/162/19

34

12-973723

Matrícula: 1-5058

1/161/19

40

12-1030599

Matrícula: 1-34636

1/177/19

44

12-1008368

Matrícula: 1-5056

1/176/19

45

12-105911

Matrícula: 1 - 28744

1/219/19

49

12-93556

Matrícula: 1-11291

1/120/19

52

12-100662

No registra

1/221/19

53

12-954251

Matrícula: 1-19853

1/222/19

54

12-6249

Tomo 87 Pueyrredon F° 273 N° 11952

1/223/19

50

12-1071291 (anterior 12-93963)

Matrícula: 1-42302

1/224/19

55

12-975769

Matrícula: 1-26500

1/225/19

56

12-975772

Matrícula: 1-10108

1/226/19

51

12-975773

Matrícula: 1-41016

1/227/19

57

12-975774

Matrícula: 1-41209

1/229/19

59

12-975775

Matrícula: 1-26499

1/228/19

58

12-1065854 (anterior 12-975770)

Matrícula: 1 - 40853

1/242/19

69

12-1065855 (anterior 12-975770)

Matrícula 1- 44197

1/242/19

69

12-1065856 (anterior 12-975770)

Matrícula 1- 41053

1/242/19

69

12-1073992 (anterior 12-975771)

Matrícula: 1-26498

1/243/19

63

12-1073993 (anterior 12-975771)

Matrícula 1-42575

1/243/19

63

12-1073994 (anterior 12-975771)

Matrícula 1-42518

1/243/19

63

12-1073995 (anterior 12-975771)

Matrícula 1-42501

1/243/19

63

12-1073996 (anterior 12-975771)

Matrícula 1-44845

1/243/19

63

12-104652

Tomo 170 (Ley 3236) Juan M de Pueyrredon F° 442 N° 3943

1/244/19

62

12-105912

Matrícula: 1-15239

1/245/19

65

12-14391

No registra

1/246/19

64

12-104723

Matrícula: 1-17031

1/247/19

61

12-100887

Tomo 4 de Pueyrredon (LEY 3236) F° 289 N° 813

1/248/19

60

12-934566

Matrícula: 1-38761

1/249/19

66

12-955987

Matrícula: 1-16702

1/250/19

67

DECRETO Nº 11856-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6021104/26, por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la Compulsa de Precios N° 14/2026; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1698826/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética solicita la autorización pertinente para efectuar la Compulsa de Precios de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE SAN JERONIMO - DPTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON - PROV. DE SAN LUIS”, requerida por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, conforme lo obrante en act. DOCEXT 1569629/26;

Que la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética justifica la necesidad de la contratación para la provisión de energía eléctrica, a efectos de la pronta habilitación de las viviendas sociales que se están construyendo en la localidad de San Jeronimo;

Que en act. DOCEXT 1718267/26 el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública presta conformidad para la continuidad del trámite;

Que en act. PLIEGO 256889/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética para la ejecución de la obra referida, por un presupuesto oficial de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS DIECISIETE CON 66/100 ($33.831.917,66) y un plazo de NOVENTA (90) días corridos;

Que a tal efecto en act. DOCEXT 1598502/26 obran invitaciones a cotizar efectuadas por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a las empresas: LYM INGENIERIA S.A., SGD S.R.L. y FENIX ELECTRICIDAD S.R.L;

Que en act. DOCEXT 1599346/26 obra Acta de Apertura de sobres de fecha 23 de julio de 2026, para la contratación de la referida obra, donde se recepcionaron dos (2) propuestas: primera presentada por la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., cuya oferta obra en act. DOCEXT 1599381/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1599380/26; segunda propuesta presentada por la firma LYM INGENIERIA S.A., cuya oferta obra en act. DOCEXT 1599392/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1599389/26;

Que la Comisión de Estudio designada por Resolución N° 2212-MHIP-2026 de fecha 28 de julio de 2026 obrante en act. RESMIN 11543305/26, emite informes en acts. DOCEXT 1607636/26, DOCEXT 1607637/26, DOCEXT 1607640/26, DOCEXT 1607564/26, DOCEXT 16075645/26 y DOCEXT 1607806/26, sugiere que la obra sea adjudicada a la empresa FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., considerando su conveniencia técnica y económica, adjuntando en act. DOCEXT 1627709/26 la documentación solicitada por dicha comisión;

Que en act. ACTPAS 1727011/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar para la Compulsa de Precios N° 14/2026 a la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L. por un monto de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 ($32.140.322,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1599381/26 y documentación obrante en acts. DOCEXT 1599380/26 y DOCEXT 1627709/26;

Que en act. PREV 11564900/26 obra comprobante de imputación preventiva del presente ejercicio por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 ($32.140.322,00);

Que en act. ACTPAS 1729615/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1016290/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8° y 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004;

Que en act. DICFIS 176770/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que dada las razones expuestas para llevar a cabo esta contratación el caso en cuestión encuentra su encuadre legal en lo prescripto por los Arts. 8° y 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios que la complementan;

Que en act. DOCEXT 1614505/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la contratación;

Que corresponde delegar en el señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 8°, 12 apartado II inc. B) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública en la Compulsa de Precios para contratar la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE SAN JERONIMO - DPTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON - PROV. DE SAN LUIS” y un plazo de NOVENTA (90) días corridos.-

Art. 3º.- Adjudicar la contratación para la ejecución de la obra referenciada en el artículo precedente, a la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., CUIT N° 30-71251294-2, por un monto de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 ($32.140.322,00), conforme a su oferta obrante en act. DOCEXT 1599381/26 y documentación obrante en acts. DOCEXT 1599380/26 y DOCEXT 1627709/26.-

Art.4º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., en el marco de la Compulsa de Precios N° 14/2026, para contratar la ejecución de la obra referenciada en el Art. 2°.-

Art. 5º.- Autorizar al señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-

Art. 6º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 24 52 02 4-74 4 2 1 $32.140.322,00

Art.7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a las firmas oferentes.-

Art.9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, en su carácter de DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA Y ENERGETICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km.783, Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno, Edificio Norte, Bloque I planta baja-San Luis, por una parte y por la otra la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., CUIT N° 30-71251294-2, representada por el señor DANIEL VICTOR ESCALANTE D.N.I. N° 23.435.796, en su carácter de Socio Gerente, que constituye domicilio legal en calle Av. España N° 1254 de la ciudad de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la COMPULSA DE PRECIOS Nº 14/2026, efectuada para la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE SAN JERONIMO - DPTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON - PROV. DE SAN LUIS”, conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº…..-MHIP-2026 de fecha…….de……..2026, dictado en EXD-0000-6021104/26, convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art. 10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-

SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.-

TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO CUARENTA MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS 00/100 ($32.140.322,00), precio fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-

CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ……,emitida por …………………., por la suma de …….. /100($..........), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-

QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LACONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno. Conforme lo establece el Pliego de Condiciones Particulares, el Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado.-

SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido NOVENTA (90) días corridos, los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.-

SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-

OCTAVA. –RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-

NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-

DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.-

DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto.-

DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obligada restricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-

DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes sociales del Gobierno Provincial y presentará LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-

En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los……. días del mes de……del año ………...-

DECRETO Nº 11857-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-12121165/25 en el que obran los antecedentes relacionados con la ejecución de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE TREINTA (30) VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA” Ubicación: LA PUNTA. DEPARTAMENTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON. PROVINCIA DE SAN LUIS, y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada a la firma CONSTRUCCIONES ESPERANZA S.R.L. por Decreto N° 1744-MHIP-2026 de fecha 27 de febrero de 2026 y Contrato de Obra Pública suscripto el día 03 de marzo de 2026;

Que en act. DOCEXT 1613663/26 la firma contratista de la obra presenta solicitud de ampliación de obra, con fundamento en la necesidad de corregir parcialmente el trazado eléctrico, conforme requerimiento efectuado por EDESAL, y por otra parte incluir la ejecución de pavimento en calle central en función de evitar anegamientos pluviales, conforme la explicitación acompañada, adjuntando Cómputo y Presupuesto, Análisis de Precios y Plan de Trabajo y Curva de Avance y demás documentación técnica correspondiente, no implicando la misma ampliación de plazo de ejecución;

Que en act. DOCEXT 1613855/26 obra informe de la inspección de la obra, quien considera que la propuesta es conveniente y viable, sugiriendo dar continuidad al trámite administrativo pertinente;

Que en act. NOTAMP 1017902/26 la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas, sugiere adjudicar a favor de la firma CONSTRUCCIONES ESPERANZA S.R.L., CUIT N° 30-71530445-3, la ampliación de obra, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($240.367.764,10), para la ejecución de los trabajos propuestos que no estuvieron incluidos en la obra original, sin implicar ampliación del plazo de ejecución;

Que en act. PTPGAS 57968/26 obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios por la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($240.367.764,10);

Que en act. RCRE 11588474/26, obra comprobante de reserva de crédito;

Que en act. INFORM 445969/26 obra informe de la Dirección de Presupuesto Público encuadrando el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;

Que en act. ACTPAS 1735378/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1021383/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. DICFIS 177633/26 obra vista de Fiscalía de Estado manifestando que se está en condiciones de dictar el correspondiente acto administrativo, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 45, 46 inc. b), 50 y concordantes de la Ley N° VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario;

Que en act. DOCEXT 1624328/26 obra certificado actualizado de la firma a favor de la cual se aconseja la ampliación de obra;

Que corresponde delegar en la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Ampliación de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto por el Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025 y los Arts. 45, 46 incs. b), 50 y concordantes de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios.-

Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe

1 11 23 48 01 1-01 4 $240.367.764,10

Disminuir:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe

1 11 23 46 04 1-01 4 $240.367.764,10

Art. 3º.- Autorizar en la obra denominada: “CONSTRUCCION DE TREINTA (30) VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA” Ubicación: LA PUNTA. DEPARTAMENTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON. PROVINCIA DE SAN LUIS, una ampliación de obra por un monto de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($240.367.764,10), según Planilla de Cómputo y Presupuesto obrante en act. DOCEXT 1613663/26.-

Art. 4º.- Aprobar Plan de Trabajo y Curva de Avance, obrantes en act. DOCEXT 1613663/26.-

Art. 5º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Ampliación de Obra Pública, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma CONSTRUCCIONES ESPERANZA S.R.L., CUIT N° 30-71530445-3, para la ejecución de la ampliación de la obra referenciada en el Art. 3°.-

Art. 6º.- Autorizar a la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA, D.N.I. Nº 28.838.484, a suscribir el Contrato de Ampliación de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Artículo 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario.-

Art. 7º.- Reajustar las garantías conforme lo dispone el Art. 50 de la Ley Nº VIII-0257-2004 previo a la suscripción del respectivo contrato.-

Art. 8º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe

1 11 23 48 01 1-01 4 $240.367.764,10

Art. 9º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 10.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, Dirección de Presupuesto Público, Dirección General de Infraestructura Pública, Subdirección de Control de Certificados y Sistematización de la Obra Pública y Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas quien notificará a la firma CONSTRUCCIONES ESPERANZA S.R.L..-

Art. 11.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 12.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

CONTRATO DE AMPLIACION DE OBRA PÚBLICA

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por la C.P.N. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA, D.N.I. N° 28.838.484 en su carácter de MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km. 783 - Edificio Norte - Bloque I - 2º Piso - Provincia de San Luis por una parte, y por la otra la firma CONSTRUCCIONES ESPERANZA S.R.L., CUIT Nº 30-715304453, representada por la señora BRENDA SOLANGE CHAVERO, D.N.I. Nº 37.724.384, en su carácter de Socio Gerente, que constituye domicilio Legal en calle 25 de Mayo N° 2439 de la Ciudad de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la ampliación de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE TREINTA (30) VIVIENDAS E INFRAESTRUCTURA” Ubicación: LA PUNTA. DEPARTAMENTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON. PROVINCIA DE SAN LUIS, contratada conforme a la autorización conferida por Decreto Nº 1744-MHIP-2026 de fecha 27 de febrero de 2026 y ampliación de obra autorizada por Decreto N° …….-MHIP-2026 de fecha ……de ….. de 2026, dictado en EXD-0000-12121165/25; convienen en formalizar el presente Contrato de Ampliación de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la ampliación de la obra y de plazo precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art. 10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Pública de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, sobre los terrenos asignados, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-

SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los instrumentos que se consignan en la Propuesta y el Decreto de adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.-

TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato de Ampliación de Obra Pública asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($240.367.764,10), precio fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-

CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ….., emitida por ……., por la suma de PESOS ……. CON …/100 ($…….), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-

QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LA CONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno.- El Anticipo Financiero a otorgar para la presente ampliación de obra será del TREINTA POR CIENTO (30 %) del monto total de la misma.-

SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: La terminación total y completa de los trabajos que comprenden esta ampliación de obra, como así también el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, está pactada para el 28 de diciembre de 2026 conjuntamente con la finalización de la obra básica.-

SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-

OCTAVA.- RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-

NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, la propuesta que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-

DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que les pudiera corresponder.-

DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto.-

DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obliga a dar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-

DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes Sociales del Gobierno Provincial y presentar a LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-

En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Provincia de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, a los …. (…) días del mes de ……. del año DOS MIL VEINTISEIS.-

DECRETO Nº 11858-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5150581/26, por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la Compulsa de Precios N° 13/2026; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1707254/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética solicita la autorización pertinente para efectuar la Compulsa de Precios de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 6 VIVIENDAS EN ESTANCIA GRANDE - DPTO. PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS”, requerida por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, conforme lo obrante en act. DOCEXT 1559082/26;

Que la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética justifica la necesidad de la contratación para la provisión de energía eléctrica, a efectos de la pronta habilitación de las viviendas sociales que se están construyendo en la localidad de Estancia Grande;

Que en act. ACTPAS 1708119/26 el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública presta conformidad para la continuidad del trámite;

Que en act. PLIEGO 257247/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética para la ejecución de la obra referida, por un presupuesto oficial de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 22/100 ($99.377.691,22) y un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos;

Que a tal efecto en act. DOCEXT 1589951/26 obran invitaciones a cotizar efectuadas por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a las empresas: SISTELEC INGENIERIA S.A., FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., AGENER S.R.L. y PRANA S.R.L.;

Que en act. DOCEXT 1591669/26 obra Acta de Apertura de sobres de fecha 08 de julio de 2026, para la contratación de la referida obra, donde se recepcionaron tres (3) propuestas: primera presentada por la firma SISTELEC INGENIERIA S.A., cuya oferta obra en act. DOCEXT 1591710/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1591707/26; segunda presentada por la firma AGENER S.R.L., cuya oferta obra en act. DOCEXT 1591719/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1591712/26, tercera presentada por la firma PRANA S.R.L, cuya oferta obra en act. DOCEXT 1591723/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1591722/26;

Que la Comisión de Estudio designada por Resolución N° 2047-MHIP-2026 de fecha 17 de julio de 2026 obrante en act. RESMIN 1006404/26, emite informes en acts. DOCEXT 1598735/26, DOCEXT 1598740/26, DOCEXT 1598744/26, DOCEXT 1598749/26, DOCEXT 1598112/26, DOCEXT 1598114/26, DOCEXT 1598118/26 y DOCEXT 1605836/26, manifestando que habiendo analizado todas las propuestas sugiere que la obra sea adjudicada a la empresa SISTELEC S.A., considerando su conveniencia técnica y económica;

Que en act. ACTPAS 1726379/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar para la Compulsa de Precios N° 13/2026 a la firma SISTELEC INGENIERIA S.A. por un monto de PESOS CIENTO CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 93/100 ($105.293.527,93), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1591710/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1591707/26;

Que en act. PREV 11560214/26 obra comprobante de imputación preventiva del presente ejercicio por la suma de PESOS CIENTO CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 93/100 ($105.293.527,93);

Que en act. ACTPAS 1728339/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1015085/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por el Art. 12 apartado II, inc. b) de la Ley N° VIII-0257-2004;

Que en act. DICFIS 176671/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que dada las razones expuestas para llevar a cabo esta contratación el caso en cuestión encuentra su encuadre legal en lo prescripto por el Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios que la complementan y en el Art. 10 de la Ley Nº V-1165-2025;

Que en act. DOCEXT 1591707/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la contratación;

Que corresponde delegar en el señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios y en el Art. 10 de la Ley Nº V-1165-2025.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública en la Compulsa de Precios para contratar la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 6 VIVIENDAS EN ESTANCIA GRANDE - DPTO. PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS” y un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos.-

Art. 3º.- Adjudicar la contratación para la ejecución de la obra referenciada en el artículo precedente, a la firma SISTELEC INGENIERIA S.A., CUIT 30-70917062-3, por un monto de PESOS CIENTO CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 93/100 ($105.293.527,93), conforme a su oferta obrante en act. DOCEXT 1591710/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1591707/29.-

Art.4º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma SISTELEC INGENIERIA S.A., en el marco de la Compulsa de Precios N° 13/2026, para contratar la ejecución de la obra referenciada en el Art. 2°.-

Art. 5º.- Autorizar al señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-

Art. 6º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 24 52 02 4-74 4 2 1 $105.293.527,93

Art.7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a las firmas oferentes.-

Art.9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, en su carácter de DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA Y ENERGETICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km.783, Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno, Edificio Norte, Bloque I planta baja-San Luis, por una parte y por la otra la firma SISTELEC INGENIERIA S.A., CUIT 30-70917062-3, representada por el señor LUIS ALBERTO BOLINAGA D.N.I. N° 14.542.861, en su carácter de PRESIDENTE, que constituye domicilio legal en calle Desvio a pescadores Km 8,90 de la ciudad de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la COMPULSA DE PRECIOS Nº 13/2026, efectuada para la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 6 VIVIENDAS EN ESTANCIA GRANDE - DPTO. PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS”, conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº…..-MHIP-2026 de fecha…….de……..2026, dictado en EXD-0000-5150581/26, convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art.10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-

SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.-

TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON 93/100 ($105.293.527,93), fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-

CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ……,emitida por …………………., por la suma de …….. /100($..........), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-

QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LACONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno. Conforme lo establece el Pliego de Condiciones Particulares, el Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado.-

SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido CIENTO VEINTE (120) días corridos, los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.-

SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-

OCTAVA. –RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-

NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-

DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.-

DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto.-

DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obligada restricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-

DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes sociales del Gobierno Provincial y presentará LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-

En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los……. días del mes de……del año ………...-

DECRETO Nº 11859-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5150574/26, por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la Compulsa de Precios N° 10/2026; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1698826/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética solicita la autorización pertinente para efectuar la Compulsa de Precios de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 16 VIVIENDAS SOCIALES - LOCALIDAD EL TRAPICHE - DPTO. CORONEL PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS” requerida por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, conforme lo obrante en act. DOCEXT 1558776/26;

Que la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética justifica la necesidad de la contratación para la provisión de energía eléctrica, a efectos de la pronta habilitación de las viviendas sociales que se están construyendo en la localidad El Trapiche;

Que en act. ACTPAS 1700857/26 el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública presta conformidad para la continuidad del trámite;

Que en act. PLIEGO 256789/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética para la ejecución de obra referida, por un presupuesto oficial de PESOS SESENTA MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SEIS CON 75/100 ($60.796.776,75) y un plazo de ejecución de CIENTO VEINTE (120) días corridos;

Que a tal efecto en act. DOCEXT 1582077/26 obran invitaciones a cotizar efectuadas por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a las empresas: FENIX ELECTRICIDAD S.R.L, AGENER S.R.L., SGD S.R.L. y SISTELEC INGENIERIA S.A.;

Que en act. DOCEXT 1584247/26 obra Acta de Apertura de sobres de fecha 25 de junio de 2026, para la contratación de la referida obra, donde se recepcionaron dos (2) propuestas: primera presentada por la firma SGD. S.R.L., cuya oferta obra en act. DOCEXT 1584257/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1584252/26; segunda propuesta presentada por la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., cuya oferta obra en act. DOCEXT 1584284/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1584280/26;

Que la Comisión de Estudio designada por Resolución N° 1946-MHIP-2026 de fecha 03 de julio de 2026 obrante en act. RESMIN 1004287/26, emite informes en acts. DOCEXT 1595376/26, DOCEXT 1595395/26, DOCEXT 1595396/26, DOCEXT 1595305/26, DOCEXT 1595306/26 y DOCEXT 1599404/26, sugiere adjudicar a la empresa SGD S.R.L. considerando su conveniencia técnica y económica;

Que en act. ACTPAS 1721988/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar para la Compulsa de Precios N° 10/2026 a la firma SGD S.R.L. por un monto de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON 00/100 ($74.988.129,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1584257/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1584252/26;

Que en act. PREV 11560174/26 obra comprobante de imputación preventiva del presente ejercicio por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON 00/100 ($74.988.129,00);

Que en act. ACTPAS 1729630/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1016215/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8° y 12 apartado II, inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004;

Que en act. DICFIS 176769/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que dada las razones expuestas para llevar a cabo esta contratación el caso en cuestión encuentra su encuadre legal en lo prescripto por los Arts. 8° y 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios que la complementan;

Que en act. DOCEXT 1615348/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la contratación;

Que corresponde delegar en el señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 8°, 12 apartado II inc. B) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y sus Decretos Reglamentarios.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública en la Compulsa de Precios para contratar la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 16 VIVIENDAS SOCIALES - LOCALIDAD EL TRAPICHE - DPTO. CORONEL PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS y un plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos.-

Art. 3º.- Adjudicar la contratación para la ejecución de la obra referenciada en el artículo precedente a la firma SGD S.R.L. CUIT Nº 30-71434212-2, por un monto de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON 00/100 ($74.988.129,00), conforme a su oferta obrante en act. DOCEXT 1584257/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1584252/29.-

Art.4º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma SGD S.R.L., en el marco de la Compulsa de Precios N° 10/2026, para la ejecución de la obra referenciada en el Art. 2°.-

Art. 5º.- Autorizar al señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-

Art. 6º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 24 52 02 4-74 4 2 1 $74.988.129,00

Art.7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a las firmas oferentes.-

Art.9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, en su carácter de DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA Y ENERGETICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km.783, Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno, Edificio Norte, Bloque I planta baja-San Luis, por una parte y por la otra la firma SGD S.R.L. CUIT Nº 30-71434212-2, representada por el señor JOSE DANIEL GOMEZ D.N.I. N° 12.610.632, en su carácter de Socio Gerente, que constituye domicilio legal en calle Ayacucho 439 de la ciudad de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la COMPULSA DE PRECIOS Nº 10/2026, efectuada para la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 16 VIVIENDAS SOCIALES - LOCALIDAD EL TRAPICHE - DPTO. CORONEL PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS” conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº…..-MHIP-2026 de fecha…….de……..2026, dictado en EXD-0000-5150574/26, convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art. 10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-

SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.-

TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO VEINTINUEVE CON 00/100 ($74.988.129,00), fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-

CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ……,emitida por …………………., por la suma de …….. /100($..........), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-

QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LACONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno. Conforme lo establece el Pliego de Condiciones Particulares, el Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado.-

SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido CIENTO VEINTE (120) días corridos, los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.-

SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-

OCTAVA. –RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-

NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-

DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.-

DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto.-

DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obligada restricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-

DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes sociales del Gobierno Provincial y presentará LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-

En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los……. días del mes de……del año ………...-

DECRETO Nº 11860-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-2010581/21 por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la homologación de la ADENDA AL CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION Y FINANCIACION para la ejecución de la obra “NUEVO ACUEDUCTO LA FLORIDA II - PROVINCIA DE SAN LUIS”; y la aprobación de la Redeterminación Definitiva de Precios N° 26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1586537/26 obra ADENDA AL CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION Y FINANCIACION para la ejecución de la obra “NUEVO ACUEDUCTO LA FLORIDA II - PROVINCIA DE SAN LUIS”, suscripta en fecha 26 de junio de 2026 entre la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía de la Nación, representada por el Secretario de Obras Públicas, Lic. BERNARDO BARTOLOMÉ HEREDIA, y el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública a través de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética de la Provincia de San Luis, representada por el Director, Ing. CORRADO ASTORRE COMASTRI, mediante la que se acuerda una ampliación del plazo de ejecución de NOVENTA (90) días corridos, fijándose en consecuencia como nueva fecha de finalización de la obra el 29 de julio de 2026;

Que en act. DOCEXT 1623786/26, obra la documentación presentada por la contratista SE.MI. S.A. - LUMMA S.A. - UNION TRANSITORIA LA FLORIDA II, en relación a la ampliación de plazo, adjuntando los correspondientes plan de trabajo y curva de inversión;

Que por otra parte, en el marco de las disposiciones del Decreto Nacional Nº 691/2016, obra en act. DOCEXT 1590529/26 Acta N° IF-2026-64834317-APN-SLYA#MEC de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía de la Nación, de fecha 01 de julio 2026, de aprobación de la Redeterminación Definitiva Precios N° 26 por un monto de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SEIS CON 42/100 ($6.366.731.906,42), al mes de septiembre de 2025;

Que en act. DOCEXT 1595107/26 obra póliza de seguro de caución emitida por la firma BERKLEY INTERNATIONAL SEGUROS S.A., por la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 67/100 ($6.203.391,67), correspondiente al monto de la redeterminación de precios Nº 26;

Que en act. ACTPAS 1725695/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. ACORPR 10681/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. DICFIS 176530/26 obra vista de Fiscalía de Estado, dictaminando que es procedente la homologación de la Adenda de ampliación de plazo de obra y la aprobación del acta de redeterminación de precios, en el marco de las disposiciones del Decreto P.E.N. N° 691/2016, y de los Arts. 50 de la Ley N° VIII-0257-2004 y 26 inc. I y IV del Decreto N° 3345-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto P.E.N. N° 691/2016, y de los Arts. 50 de la Ley N° VIII-0257-2004 y 26 inc. I y IV del Decreto N° 3345-MP-2004.-

Art. 2º.- Homologar la ADENDA AL CONVENIO ESPECIFICO DE COOPERACION Y FINANCIACION para la ejecución de la obra “NUEVO ACUEDUCTO LA FLORIDA II - PROVINCIA DE SAN LUIS”, suscripta en fecha 26 de junio de 2026 entre la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía de la Nación, representada por el Secretario de Obras Públicas, Lic. BERNARDO BARTOLOMÉ HEREDIA, y el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública a través de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética de la Provincia de San Luis, representada por el Director, Sr. CORRADO ASTORRE COMASTRI; obrante en act. DOCEXT 1586537/26.-

Art. 3º.- Aprobar en la obra “NUEVO ACUEDUCTO LA FLORIDA II - PROVINCIA DE SAN LUIS”, la ampliación de plazo de ejecución de NOVENTA (90) días corridos, con fecha de finalización 29 de julio de 2026.-

Art. 4º.- Aprobar el Plan de Trabajos y la Curva de Inversión obrantes en act. DOCEXT 1623786/26.-

Art. 5º.- Aprobar en la obra “NUEVO ACUEDUCTO LA FLORIDA II - PROVINCIA DE SAN LUIS”, la Redeterminación Definitiva de Precios N° 26, por un monto de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SEIS CON 42/100 ($6.366.731.906,42), conforme lo obrante en act. DOCEXT 1590529/26.-

Art. 6°.- Aprobar el modelo de Acta de Redeterminación Definitiva de Precios a suscribirse entre el Poder Ejecutivo Provincial y la contratista de la obra SE.MI. S.A. - LUMMA S.A. - UNION TRANSITORIA LA FLORIDA II, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.-

Art. 7°.- Autorizar al Director de Infraestructura Hídrica y Energética, Ing. CORRADO ASTORRE COMASTRI, a suscribir en representación del Poder Ejecutivo Provincial el Acta de Redeterminación Definitiva de Precios, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente.-

Art. 8°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 9°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía de la Nación, y SE.MI. S.A. - LUMMA S.A. - UNION TRANSITORIA LA FLORIDA II.-

Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

ACTA DE REDETERMINACION DEFINITIVA DE PRECIOS

En la Ciudad de San Luis, a los … días del mes de …… del año dos mil veintiséis, entre el Poder Ejecutivo Provincial, representado en este acto por el Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, Ing. CORRADO ASTORRE COMASTRI, (en adelante “LA COMITENTE”) y de la otra parte SE.MI. S.A. - LUMMA S.A. - UNION TRANSITORIA LA FLORIDA II, representada por la Sra. MARIA PIA ROVELLA, D.N.I. Nº 37.599.479, en su carácter de…….. (en adelante “LA CONTRATISTA”), convienen en suscribir ACTA DE REDETERMINACION DEFINITIVA DE PRECIOS N° 26, conforme Decreto P.E.N. Nº 691/2016, con los siguientes términos y condiciones:

CLAUSULA PRIMERA: Que en virtud de lo establecido por el art. 34 del Decreto Nº 691/2016 y el Acta N° IF-2026-64834317-APN-SLYA#MEC de la COMISIÓN DE EVALUACIÓN, COORDINACIÓN Y SEGUIMIENTO de los PROCESOS de REDETERMINACIÓN de PRECIOS en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, LA COMITENTE y LA CONTRATISTA suscriben la presente acta, acordando que conforme la Redeterminación de Precios Nº 26 de acuerdo al Régimen de Redeterminación de Precios de Contratos de Obra Pública, el nuevo PRECIO REDETERMINADO AL MES SEPTIEMBRE DE 2025, es de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SEIS CON 42/100 ($6.366.731.906,42).-

CLAUSULA SEGUNDA: Que la suscripción de la presente acta de Redeterminación Definitiva de Precios, implica la renuncia automática de LA CONTRATISTA a todo reclamo interpuesto o a interponer en sede administrativa o judicial por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos y gastos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza resultantes del proceso de redeterminación y por la oportunidad de la aplicación del sistema de Redeterminación de Precios como resultado del cual se aprueban los precios incluidos en el acta de que se trata, adhiriéndose al Art. 11 del Decreto Nacional 691/2016.-

En señal de conformidad, se suscribe el presente instrumento en dos (2) ejemplares de igual tenor y valor.-

DECRETO Nº 11862-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7210496/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 77 “Maestros Puntanos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente ANA MARIA BAUDRY, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3845561/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente ANA MARIA BAUDRY, D.N.I. Nº 21.382.426, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular, CARINA NOEMI AGÜERO, según Decreto Nº 8120-ME-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 16 de julio de 2026, de la docente ANA MARIA BAUDRY, D.N.I. Nº 21.382.426, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 77 “Maestros Puntanos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11863-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6290324/26, por el cual tramita la designación del docente GABRIEL EDUARDO ESTRADA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, en el marco de lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, del docente titular ERNESTO MARTIN CAGNA, según Resolución N° 1615-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente al docente GABRIEL EDUARDO ESTRADA, D.N.I. N° 27.162.773, en SEIS (6)horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, (3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división), y CUATRO (4) horas cátedra de Derecho en 6to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3845543/26, 3854272/26, 1605409/26 y 3871776/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 11 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 11 de mayo de 2026 y hasta el 02 de noviembre de 2028, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía del docente titular ERNESTO MARTIN CAGNA, al docente GABRIEL EDUARDO ESTRADA, D.N.I. N° 27.162.773, en SEIS (6)horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, (3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división), y CUATRO (4) horas cátedra de Derecho en 6to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11864-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7221154/26, por el cual tramita la designación del docente ROBERTO DANIEL SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 17 “Hipólito Irigoyen”, de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0004-DRRHH-2026, de la docente interina SOFIA MORELLINI, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente ROBERTO DANIEL SOSA, D.N.I. Nº 24.561.663, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística -Perfil Plástica, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3847755/26, 3868940/26 y 1618583/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de julio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 02 de julio de 2026 y hasta el 02 de noviembre de 2026, al docente ROBERTO DANIEL SOSA, D.N.I. Nº 24.561.663, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística -Perfil Plástica, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 17 “Hipólito Irigoyen”, de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11865-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8100886/26, por el cual tramita la designación de la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARIA INES FARA, según Decreto N° 6373-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI, D.N.I. N° 25.250.051, en SEIS (6) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 3er. año 1ra. división, 2 hs. en 3er. año 3ra. división y 2 hs. en 4to. año 1ra. división), Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3873307/26 y 1617025/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 24 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de julio de 2026, a la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI, D.N.I. N° 25.250.051, en SEIS (6) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 3er. año 1ra. división, 2 hs. en 3er. año 3ra. división y 2 hs. en 4to. año 1ra. división), Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11866-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6291205/26, por el cual tramita la designación de la docente MELINA MARIBEL BERTINO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 11“2 de Abril”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0047-DRRHH-2026, de la docente designada con carácter excepcional, SABRINA GISEL BALDEVENITEZ, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MELINA MARIBEL BERTINO, D.N.I. Nº 40.180.870, en UN (1)cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3830952/26,3870151/26, 3873320/26 y 1616296/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 29 de junio de 2026 y hasta el 06 de noviembre de 2026, a la docente MELINA MARIBEL BERTINO, D.N.I. Nº 40.180.870, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 11 “2 de Abril” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11867-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8201249/26, por el cual tramita la designación de la docente MARICEL GRAPPI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular LAURA MONICA SUHRING, según Decreto N° 7911-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente MARICEL GRAPPI, D.N.I. N° 33.698.766, en DIEZ (10) horas cátedras de Educación Física (4 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 4ta. división y 3 hs. en 4to. año 2da. división), Orientación en Economía y Administración, Nivel de Educación Secundario;

Que en act. DOCEXT 3879031/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 20 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de agosto de 2026, a la docente MARICEL GRAPPI, D.N.I. N° 33.698.766, en DIEZ (10) horas cátedras de Educación Física (4 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 4ta. división y 3 hs. en 4to. año 2da. división), Orientación en Economía y Administración, Nivel de Educación Secundario, en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11868-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8201292/26, por el cual tramita la designación del docente ALBERTO DANIEL ASCHERI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nros. 183-ME-2025 y 2637-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente ALBERTO DANIEL ASCHERI, D.N.I. Nº 26.450.790, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera, Inglés en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3876149/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 29 de julio de 2026, al docente ALBERTO DANIEL ASCHERI, D.N.I. Nº 26.450.790, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera, Inglés en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11869-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8211372/26, por el cual tramita la designación de la docente RITA GRISELDA AVILA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida, en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 103° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular MARIA FERNANDA VARGAS, concedida por Resolución Nº 2335-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente RITA GRISELDA AVILA, D.N.I. Nº 25.687.623, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3877447/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 18 de agosto de 2026 y hasta el 14 de marzo de 2027, en reemplazo de la docente titular MARIA FERNANDA VARGAS, a la docente RITA GRISELDA AVILA, D.N.I. Nº 25.687.623, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11870-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8031358/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA VERONICA FATTORI DOMINGUEZ y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3859186/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA VERONICA FATTORI DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 22.852.802, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 10793-ME-2022 y Decreto de reubicación Nº 4775-ME-2015 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 446032/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de septiembre de 2026;

Que en act. INFSUM 181399/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de septiembre de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular MARIA VERONICA FATTORI DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 22.852.802, en SEIS (6) horas cátedra de Lengua Extranjera- Ingles, (3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división), Sector Administración y Gestión y DOS (2) hs. cátedra de Lengua Extranjera- Inglés, en 1er. año 1ra. división, en Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11871-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8110525/26, por el cual tramita la designación de la docente GISELA BELEN ONTIVERO REBER, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA SOLANGE PERSICO, según Decreto N° 6740-ME-2022 y renuncia de la docente suplente FLORENCIA MARIA AGUSTINA HUETAGOYENA, dispuesta por Decreto N° 10268-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente GISELA BELEN ONTIVERO REBER, D.N.I. Nº 32.164.451, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Técnicas de Estudio en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3867248/26 y 3867252/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 11 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 11 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA SOLANGE PERSICO, a la docente GISELA BELEN ONTIVERO REBER, D.N.I. Nº 32.164.451, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Técnicas de Estudio en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11872-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8271288/26, por el cual tramita la designación de la docente CINTIA NATALIA RODRIGUEZ; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación presentada por la docente titular JUSTINA VILCA, según Decreto Nº 7922-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente CINTIA NATALIA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 33.287.529, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3883935/26 y 1623185/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 24 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de agosto de 2026, a la docente CINTIA NATALIA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 33.287.529, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11873-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041398/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente JORGE RICARDO PENA y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3860473/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente JORGE RICARDO PENA, D.N.I. Nº 14.011.928, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 5083-ME-2018 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1731792/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 31 de julio de 2026;

Que en act. INFSUM 181397/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 31 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino JORGE RICARDO PENA, D.N.I. Nº 14.011.928, en CUATRO (4) hs. cátedra de Dibujo Técnico en 2do. año 3ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11874-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8270568/26, por el cual tramita la designación de la docente VERONICA SOFIA BRITO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la baja de oficio de la docente titular MIRIAM LUJAN DIVITO, según Decreto N° 7108-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente VERONICA SOFIA BRITO, D.N.I. N° 33.594.163, en TRES (3) horas cátedra de Lengua y Literatura en 6to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3881831/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 31 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 31 de julio de 2026, a la docente VERONICA SOFIA BRITO, D.N.I. N° 33.594.163, en TRES (3) horas cátedra de Lengua y Literatura en 6to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11875-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8061428/26, por el cual tramita la designación de la docente NORMA VALENTINA DE LA CRUZ BRUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 5739-ME-2019 y 11655-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente NORMA VALENTINA DE LA CRUZ BRUNA, D.N.I. Nº 29.426.216, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3863565/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de julio de 2026, a la docente NORMA VALENTINA DE LA CRUZ BRUNA, D.N.I. Nº 29.426.216, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11876-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8201300/26, por el cual tramita la designación de la docente NORA SALOME CUELLO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nros. 183-ME-2025 y 2637-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente NORA SALOME CUELLO, D.N.I. Nº 33.089.866, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3876154/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 31 de julio de 2026, a la docente NORA SALOME CUELLO, D.N.I. Nº 33.089.866, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11877-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7241285/26, por el cual tramita la designación de la docente MAYRA VERENICE CHAVES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por tenencia con fines de adopción y adaptación binomio madre-hijo, art. 92º y 107° de la Ley XV-0387-2004 y su Decreto Reglamentario N° 4521-2004, Resolución Nº 2065-DRRHH-2026 y 2864-DRRHH-2026, de la docente interina NATALIA ELIZABETH LAGOS, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente MAYRA VERENICE CHAVES, D.N.I. Nº 42.278.538, en UN (1)cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en acts. DOCEXT 3851780/26 y 1619846/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 24 de julio de 2026 y hasta el 15 de diciembre de 2026, a la docente MAYRA VERENICE CHAVES, D.N.I. Nº 42.278.538, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11878-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8071189/26, por el cual tramita la designación de la docente NADIA ROMINA TORRES; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino ALBERTO LUJAN MUIÑA, según Decreto Nº 5714-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente NADIA ROMINA TORRES, D.N.I. Nº 34.879.823, en CINCO (5) horas cátedra de Orientación en Mantenimiento, en 7mo. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3864883/26 y 3871739/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 5 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 5 de agosto de 2026, a la docente NADIA ROMINA TORRES, D.N.I. Nº 34.879.823, en CINCO (5) horas cátedra de Orientación en Mantenimiento, en 7mo. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11879-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041445/26, por el cual tramita la designación del docente CARLOS ESTEBAN FLORES MELIAN, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 11655-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino, al docente CARLOS ESTEBAN FLORES MELIAN, D.N.I. Nº 42.220.670, en OCHO (8) horas cátedra de Física, 4 hs. en 5to. año 1ra. división y 4 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3860530/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 29 de julio de 2026, al docente CARLOS ESTEBAN FLORES MELIAN, D.N.I. Nº 42.220.670, en OCHO (8) horas cátedra de Física, 4 hs. en 5to. año 1ra. división y 4 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11880-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8211452/26, por el cual tramita la designación del docente LEONARDO JOAQUIN IBERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Jornada Completa N° 440 “Sarmiento” de la localidad de Fortín El Patria, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente titular ELBA VANESA GARCIA, concedida por Resolución Nº 2337-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente LEONARDO JOAQUIN IBERO, D.N.I. Nº 33.800.581, en CINCO (5) horas cátedra de Sistemas Agroambientales en 6to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3877614/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 19 de agosto de 2026 y hasta el 19 de diciembre de 2026, en reemplazo de la docente titular ELBA VANESA GARCIA, al docente LEONARDO JOAQUIN IBERO, D.N.I. Nº 33.800.581, en CINCO (5) horas cátedra de Sistemas Agroambientales en 6to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Jornada Completa N° 440 “Sarmiento” de la localidad de Fortín El Patria, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11881-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8270818/26 por el cual se tramita la designación del docente DARIO ANGEL FUNES; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina ESTEFANIA ALESIA MATHEY VALLEJOS, según Decreto Nº 10609-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente DARIO ANGEL FUNES, D.N.I. Nº 26.214.794, en CUATRO (4) horas cátedra de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, en 5to. año 2da. división, Sector Industria Alimentaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3882033/26 y 1623244/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 19 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 19 de agosto de 2026, al docente DARIO ANGEL FUNES, D.N.I. Nº 26.214.794, en CUATRO (4) horas cátedra de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente, en 5to. año 2da. división, Sector Industria Alimentaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11882-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8110276/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente JUAN RICARDO PETRINO y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3866911/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente JUAN RICARDO PETRINO, D.N.I. Nº 39.396.753, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 4490-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. INFORM 446025/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 07 de septiembre de 2026;

Que en act. INFSUM 181443/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 07 de septiembre de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente JUAN RICARDO PETRINO, D.N.I. Nº 39.396.753, en OCHO (8) hs. cátedra de Alemán, 2 hs. en 4to. año 1ra. división, 2 hs. en 4to. año 2da. división, 2 hs. en 5to. año 1ra. división y 2 hs. en 5to. año 2da. división, con carácter excepcional, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11883-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8110270/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente EVELYN ELIANA CHIRINO y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3866905/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente EVELYN ELIANA CHIRINO, D.N.I. Nº 35.764.761, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 2138-ME-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1732115/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 10 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181444/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 10 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular EVELYN ELIANA CHIRINO, D.N.I. Nº 35.764.761, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez” de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11884-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200648/26, por el cual tramita la designación de la docente CELESTE ANTONELLA PEREIRA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 43 “Doctor Tomás Jofré” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA LEONOR PIGNEDOLI, prorrogada por Resolución N° 3594-PCH-2023, y renuncia de la docente suplente XENIA YAEL CORREA, dispuesta por Decreto N° 7721-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente CELESTE ANTONELLA PEREIRA, D.N.I. Nº 42.065.969, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3875517/26 (Adjuntos), 1622298/26 y 1622308/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 19 de agosto de 2026 y hasta el 31 de mayo de 2027, en reemplazo de la docente titular MARIA LEONOR PIGNEDOLI, a la docente CELESTE ANTONELLA PEREIRA, D.N.I. Nº 42.065.969, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 43 “Doctor Tomás Jofré” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11885-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8191177/26, por el cual tramita la designación de la docente EVELYN GUIÑAZU; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular NORMA BEATRIZ FRIAS, según Decreto Nº 7919-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente EVELYN GUIÑAZU, D.N.I. Nº 43.072.820, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3874600/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 18 de agosto de 2026, a la docente EVELYN GUIÑAZU, D.N.I. Nº 43.072.820, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11886-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6161276/26, por el cual la Dirección del la Escuela Nº 27 “Saturnino González Camarero” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente CHRISTIAN MAXIMILIANO VERA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3919621/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente CHRISTIAN MAXIMILIANO VERA D.N.I. Nº 35.728.406, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular ANGELA VERONICA PONCE, según Decreto Nº 2784-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 15 de diciembre de 2025, del docente CHRISTIAN MAXIMILIANO VERA D.N.I. Nº 35.728.406, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Música, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 27 “Saturnino González Camarero” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11887-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6160131/26, por el cual tramita la designación de la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, con motivo del cambio de funciones por razones de salud de la docente titular RAQUEL EDITH OVIEDO, según Resolución Nº 757-DRRHH-2026, y renuncia por razones particulares de la docente suplente, ROMINA ISABELLA DOMINGUEZ, según Decreto N° 6919-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI, D.N.I. N° 25.250.051, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 4to. año 2da. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3878638/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 22 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 22 de mayo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, con motivo del cambio de funciones por razones de salud de la docente titular RAQUEL EDITH OVIEDO, a la docente VERONICA FERNANDEZ CIATTI, D.N.I. N° 25.250.051, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 4to. año 2da. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11888-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8031336/26, por el cual tramita la designación del docente ANDRES ALEJANDRO PEREZ ALGAÑARAZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular SANDRA BIOLE, D.N.I. N° 17.301.647, según Decreto N° 6796-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente ANDRES ALEJANDRO PEREZ ALGAÑARAZ, D.N.I. Nº 39.396.528, en TRES (3) hs. catedra de Química, en 6to. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3859171/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de julio de 2026, al docente ANDRES ALEJANDRO PEREZ ALGAÑARAZ, D.N.I. Nº 39.396.528, en TRES (3) hs. catedra de Química, en 6to. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11889-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7221237/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIA ANTONELLA ORTIZ POGGI, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3849293/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIA ANTONELLA ORTIZ POGGI, D.N.I. Nº 36.795.678, de suplente a interina, vacante por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente interino, DANIEL HUGO ROLA, según Decreto Nº 5619-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2026, de la docente MARIA ANTONELLA ORTIZ POGGI, D.N.I. Nº 36.795.678, de suplente a interina, en CUATRO (4) horas cátedra de Diseño Asistido, en 6to. año 1ra. división y en CINCO (5) horas cátedra de Gestión y Administración de Obra en 7mo. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11890-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8280497/26, por el cual tramita la designación de la docente ELSA ESTER SOSA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 187 “José Hernández”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular NORMA BEATRIZ SABA, según Decreto Nº 9393-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente ELSA ESTER SOSA, D.N.I. Nº 34.428.909, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3883241/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de agosto de 2026, a la docente ELSA ESTER SOSA, D.N.I. Nº 34.428.909, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 187 “José Hernández”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11891-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8060262/25, por el cual tramita la designación del docente MICHAEL GABRIEL SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 84 “Dalmiro Santiago Adaro”, de la localidad de Los Manantiales, departamento Belgrano, Escuela Nº 198 “Policía Federal Argentina” de la localidad de Santa Rosa del Cantantal, departamento Ayacucho y Escuela Nº 219 “Andrea del Carmen Fernández de Godoy Vélez” de la localidad de El Talita, departamento Junín, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular itinerante, NIDIA DEL ROSARIO GABUTTI, según Decreto N° 18143-MHIP-2025, se torna necesario designar, al docente MICHAEL GABRIEL SOSA, D.N.I. Nº 38.438.210, en VEINTIUN (21) horas cátedra de Ciencias Sociales (7 hs en 1er. año, 7 hs. en 2do. año y 7 hs. en 3er. año única división), Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3862454/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 16 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 16 de junio de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente MICHAEL GABRIEL SOSA, D.N.I. Nº 38.438.210, en SIETE (7) horas cátedra de Ciencias Sociales en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 84 “Dalmiro Santiago Adaro”, de la localidad de Los Manantiales, departamento Belgrano, en SIETE (7) horas cátedra de Ciencias Sociales en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 198 “Policía Federal Argentina” de la localidad de Santa Rosa del Cantantal, departamento Ayacucho y en SIETE (7) horas cátedra de Ciencias Sociales en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 219 “Andrea del Carmen Fernández de Godoy Vélez” de la localidad de El Talita, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11892-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6190396/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 225 “Maestro Pio Rosario Flores” de la localidad de Papagayos, departamento Chacabuco, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIA ASUNCION LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3822475/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIA ASUNCION LUCERO D.N.I. Nº 30.730.895, de suplente a interina, vacante por traslado definitivo de la docente titular IVANA CINTIA CORDERO, según Decreto Nº 9819-ME-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 06 de junio de 2025, de la docente MARIA ASUNCION LUCERO, D.N.I. Nº 30.730.895, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Geografía en 6to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 225 “Maestro Pio Rosario Flores” de la localidad de Papagayos, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11893-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8040629/26, por el cual tramita la designación de la docente ANABELLA MIGLIAVACCA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 69 “Maestra Olga Ester Sarden”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino FACUNDO ELIAS DIAZ, según Decreto Nº 11102-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente ANABELLA MIGLIAVACCA, D.N.I. Nº 29.769.586, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3859814/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 4 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 4 de agosto de 2026, a la docente ANABELLA MIGLIAVACCA, D.N.I. Nº 29.769.586, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 69 “Maestra Olga Ester Sarden”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11894-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041401/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente FEDERICO GASTON ROSALES y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3860476/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente FEDERICO GASTON ROSALES, D.N.I. Nº 29.835.120, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 2886-MHP-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1731790/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 31 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181396/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 31 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino FEDERICO GASTON ROSALES, D.N.I. Nº 29.835.120, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11895-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8061133/26, por el cual tramita la designación del docente JORGE ADRIAN ROSALES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, según Decreto N° 2208-ME-2024 y renuncia de la docente suplente SOFIA BELEN VIZCAY, dispuesta por Decreto Nº 1033-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente JORGE ADRIAN ROSALES, D.N.I. Nº 31.342.858, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 4to. año 2da. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3871783/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 04 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, al docente JORGE ADRIAN ROSALES, D.N.I. Nº 31.342.858, en DOS (2) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 4to. año 2da. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11896-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8280760/26, por el cual tramita la designación del docente HECTOR ANTONIO GATICA y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° Técnica Nº 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interina y titular, ADRIAN DEL VALLE ROMERO, según Decreto N° 2906-MHP-2023, cubierto por excepcionalidad, según Decreto Nº 15733-MHIP-2025, se torna necesario designar, al docente HECTOR ANTONIO GATICA, D.N.I. Nº 23.370.595, en TRES (3) horas cátedra de Instalaciones y Construcciones Rurales en 5to. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3883544/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 27 de agosto de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente HECTOR ANTONIO GATICA, D.N.I. Nº 23.370.595, en TRES (3) horas cátedra de Instalaciones y Construcciones Rurales en 5to. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela N° Técnica Nº 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11897-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8100502/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente JOSE MATIAS GARRO y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3865583/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente JOSE MATIAS GARRO D.N.I. Nº 29.621.566, formulario de cese, copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 21013-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1732123/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 05 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181445/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 05 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino JOSE MATIAS GARRO D.N.I. Nº 29.621.566, en CUATRO (4) horas cátedra de Estudios de Suelo en 7mo. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11898-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8210716/26, por el cual tramita la designación del docente SANTIAGO EZEQUIEL ROMERO FERNANDEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, en el marco de lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular LORENA EVELINA FRIAS, según Decreto N° 15961-ME-2025, y renuncia por jubilación de la docente suplente, LAURA MONICA SUHRING, según Decreto N° 7911-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente SANTIAGO EZEQUIEL ROMERO FERNANDEZ, D.N.I. N° 38.002.333, en DOS (2) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Formación General, Especialidad en Artes Visuales, Modalidad Artística, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3876993/26 y DOCEXT 3883460/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 20 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 20 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular LORENA EVELINA FRIAS, al docente SANTIAGO EZEQUIEL ROMERO FERNANDEZ, D.N.I. N° 38.002.333, en DOS (2) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Formación General, Especialidad en Artes Visuales, Modalidad Artística, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11899-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6031104/26, por el cual tramita la designación de la docente STELLA MARIS IRASTORZA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 25 “Justo José de Urquiza”, de la localidad de Nogolí, departamento Belgrano, con motivo de la licencia por razones de salud y cambio de funciones de la docente titular LILIANA GATICA, según Resoluciones Nros. 2209-DRRHH-2026 y 2775-DRRHH-2026, respectivamente, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente STELLA MARIS IRASTORZA, D.N.I. Nº 23.707.360, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3808859/26 y DOCEXT 3822169/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 1 de junio de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia por razones de salud y cambio de funciones de la docente titular LILIANA GATICA, a la docente STELLA MARIS IRASTORZA, D.N.I. Nº 23.707.360, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 25 “Justo José de Urquiza”, de la localidad de Nogolí, departamento Belgrano.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11900-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6180359/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, gestiona el cambio de situación de revista de la docente VANESA NATALIA OZAN, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3821246/26 obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente VANESA NATALIA OZAN D.N.I. Nº 35.764.619, de suplente a interina, vacante por fallecimiento del docente titular, JUAN GERARDO GARCIA, según Resolución Nº 1174-DRRHH-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 26 de marzo de 2025, de la docente VANESA NATALIA OZAN D.N.I. Nº 35.764.619 de suplente a interina, en DOCE (12) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 4to. año 2da. división, 3 hs. en 5to. 1ra. división, 3 hs. en 6to. 2da. división y 3 hs. en 7mo. 1ra división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho “.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11901-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8061057/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIELA ANALIA MAYDANA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo del cambio de funciones por razones de salud de la docente titular PATRICIA ELIZABETH LUCERO, según Resolución N° 949-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MARIELA ANALIA MAYDANA, D.N.I. Nº 26.185.069, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3864739/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 3 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 3 de agosto de 2026 y hasta la culminación del cambio de funciones por razones de salud de la docente titular PATRICIA ELIZABETH LUCERO, o hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, lo que acontezca primero, a la docente MARIELA ANALIA MAYDANA, D.N.I. Nº 26.185.069, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11902-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041448/26, por el cual tramita la designación del docente DIEGO HECTOR MARTIN AGUERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2019 y 735-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, al docente DIEGO HECTOR MARTIN AGUERO, D.N.I. Nº 32.491.205, en SEIS (6) horas cátedra de Matemática, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3860535/26 y DOCEXT 1617872/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 29 de julio de 2026, al docente DIEGO HECTOR MARTIN AGUERO, D.N.I. Nº 32.491.205, en SEIS (6) horas cátedra de Matemática, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11903-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6171245/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente NATALIA EDITH TAVERNA y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3820809/26 obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente NATALIA EDITH TAVERNA D.N.I. Nº 28.489.347, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular, DANIEL HUGO ROLA, según Decreto Nº 5619-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2026, de la docente NATALIA EDITH TAVERNA, D.N.I. Nº 28.489.347, de suplente a interina, en DIEZ (10) horas cátedra de Construcción de la Obra Gruesa, 5 hs. en 4to. año 1ra. división y 5 hs en 4to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N°34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11904-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8280315/26, por el cual tramita la designación de la docente LUCIANA INES GRANERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida, en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 103° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente interina JULIETA BEATRIZ BAIGORRIA, concedida por Resolución Nº 841-DRRHH-2026 y renuncia del docente suplente ALDO JASON MERCAU, dispuesta por Decreto N° 10741-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente LUCIANA INES GRANERO, D.N.I. Nº 41.221.724, en TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3883036/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 18 de agosto de 2026 y hasta el 01 de abril de 2028, en reemplazo de la docente interina JULIETA BEATRIZ BAIGORRIA, a la docente LUCIANA INES GRANERO, D.N.I. Nº 41.221.724, en TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón .-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11905-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8201245/26, por el cual tramita la designación de la docente ANTONIA DEOLINDA SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente titular, MARCELA ADRIANA MARRAU LAMANNA, según Resolución N° 2513-DRRHH-2026, y renuncia por razones particulares de la docente suplente, MARIANELA MAGDALENA PEREYRA, según Decreto N° 4052-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente ANTONIA DEOLINDA SOSA, D.N.I. Nº 26.915.482, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3876148/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 19 de agosto de 2026 y hasta la culminación del ciclo lectivo vigente o hasta la finalización de la licencia por razones de salud de la docente titular, MARCELA ADRIANA MARRAU LAMANNA, lo que acontezca primero, a la docente ANTONIA DEOLINDA SOSA, D.N.I. Nº 26.915.482, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11906-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8050556/26, por el cual tramita la designación de la docente BRENDA ELIZABETH CORNEJO DOMINGUEZ; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 271 “Cautivas Puntanas”, de la localidad de La Punilla, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino MICOL DE LUJAN ESTRADA, según Decreto Nº 8731-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente BRENDA ELIZABETH CORNEJO DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 36.723.127, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, 3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 2 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3861155/26, 3875358/26 y 1618048/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 30 de julio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de julio de 2026, a la docente BRENDA ELIZABETH CORNEJO DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 36.723.127, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, 3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 2 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 271 “Cautivas Puntanas”, de la localidad de La Punilla, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11908-MHIP-2026.-

San Luis, 11 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7310263/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente JORGE MANUEL DELFINO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3857042/26 y 3865818/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente JORGE MANUEL DELFINO, D.N.I. Nº 37.599.738, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 7001-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1733044/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir 29 de julio de 2026;

Que en act. INFSUM 181371/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 29 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino JORGE MANUEL DELFINO, D.N.I. Nº 37.599.738, en DOS (2) horas cátedra de Bioenergía en 5to. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 1 “Elena Ossola de Horas”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11909-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7281315/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente CAROLINA GABRIELA SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3853494/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente CAROLINA GABRIELA SOSA, D.N.I. Nº 27.135.720, formulario de cese, copia de Decreto Nº 2798-ME-2021 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1729827/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 27 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181372/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 27 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular CAROLINA GABRIELA SOSA, D.N.I. Nº 27.135.720, en SEIS (6) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Príngles”, de la ciudad de san Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11910-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7011075/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente LILIAN ISABEL QUINTERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3833234/26 y 3848885/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente LILIAN ISABEL QUINTERO, D.N.I. Nº 36.522.741, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 7511-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1731526/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 30 de julio de 2026;

Que en act. INFSUM 181377/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 30 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina LILIAN ISABEL QUINTERO, D.N.I. Nº 36.522.741, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11911-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7211282/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente FIDELA SOSA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3846449/26 y 3863566/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente FIDELA SOSA, D.N.I. Nº 34.969.972, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 1212-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1730793/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 26 de julio de 2026;

Que en act. INFSUM 181374/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 26 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina FIDELA SOSA, D.N.I. Nº 34.969.972, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo Nivel Secundario “CENS” N° 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11982-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7130813/26, por el cual se tramita la homologación del Acta Compromiso celebrada entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el Director de Infraestructura Hídrica y Energética, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842 y la Municipalidad de Beazley, representada por el señor Intendente Comisionado LORENZO JAVIER DIAZ, D.N.I. Nº 21.381.902, obrante en act. DOCEXT 1625260/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en la misma se fijan las pautas para la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 6 VIVIENDAS EN BEAZLEY – DPTO. JUAN MARTIN DE PUEYRREDON – PROV. DE SAN LUIS”;

Que se considera oportuno y necesario ejecutar la obra mediante gestión municipal, modalidad prevista en la legislación vigente;

Que la cláusula tercera del Acta Compromiso de la obra de referencia, establece que el monto total a proveer para el proyecto y ejecución de la misma asciende a la suma de PESOS SETENTA MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 57/100 ($70.171.398,57);

Que la Municipalidad de Beazley se compromete a ejecutar la obra asignada respetando estrictamente el proyecto elaborado y aprobado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética ajustándose para su construcción a las exigencias indicadas en el Pliego Particular de Bases y Condiciones adjunto en act. PLIEGO 257003/26;

Que estará a cargo del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública a través de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética la constatación de los trabajos que se ejecuten a los fines del cumplimiento del Acta Compromiso;

Que se establece un plazo para la ejecución de la obra de CIENTO VEINTE (120) días corridos;

Que en act. PREV 11542657/26 obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por la suma de PESOS SETENTA MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 57/100 ($70.171.398,57);

Que en act. ACTPAS 1723256/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1011362/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en los Arts. 8°, 10 inc. a) apartado 2 y 12 inciso II) inciso F) de la Ley Nº VIII-0257-2004.

Que en act. DICFIS 176126/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifiesta que no existen objeciones que formular, razón por la cual, subsanada tal observación, y suscripta que fuera por las partes, el caso encuentra su encuadre legal en el Art. 10 inc. a) apartado 4 y Art 12 II inc. f) de la Ley VIII-0257-2004 y Decreto N° 3345-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8º, 10 inc. a) apartado 4 y 12 inciso II) inciso f) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decreto N° 3345-MP-2004.-

Art. 2º.- Homologar en todas sus partes el Acta Compromiso obrante en act. DOCEXT 1625260/26 suscripta entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el Director de Infraestructura Hídrica y Energética, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842 por una parte y la Municipalidad de Beazley, representada por el señor Intendente Comisionado LORENZO JAVIER DIAZ, D.N.I. Nº 21.381.902 por la otra, para la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 6 VIVIENDAS EN BEAZLEY – DPTO. JUAN MARTIN DE PUEYRREDON – PROV. DE SAN LUIS”.-

Art. 3°.- Imputar el gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 24 52 02 4-74 4 2 1 70.171.398,57

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a la Municipalidad de Beazley.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11983-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8190113/26, por cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1744971/26, obra Contrato de Servicios, suscripto el 10 de septiembre de 2026, entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA, D.N.I. N° 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e infraestructura Pública y el señor FRANCISCO ALBERTO SIBERT, D.N.I. N° 7.634.551, a fin de que realice funciones administrativas generales en la Dirección de Recursos Humanos;

Que en la cláusula segunda del contrato se establece la contraprestación de los servicios y la forma de pago y en la cláusula tercera el plazo y vigencia, que será a partir de su homologación y por el termino de tres (3) meses;

Que en act. PREV 11600342/26, obra comprobante de imputación preventiva, para el Presupuesto vigente;

Que en act.. ACTPAS 1737709/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1024262/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, señalando que corresponde el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92° del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 8-MHIP-2025 y Art 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 178082/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92° del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 8-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. MARIA EUGENIA SOSA HERRERA, D.N.I. N° 28.838.484, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Hacienda e infraestructura Pública y el señor FRANCISCO ALBERTO SIBERT, D.N.I. N° 7.634.551, obrante en act. ACTPAS 1744971/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 10 01 01 1-01 3 4 9 $9.000.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y notificar al señor Francisco Alberto Sibert.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 11984-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7060426/26, por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la Compulsa de Precios N° 15/2026; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1720800/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética solicita la autorización pertinente para efectuar la Compulsa de Precios de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 20 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE QUINES – DPTO. AYACUCHO – PROV. DE SAN LUIS”, requerida por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, conforme lo obrante en act. DOCEXT 1590494/26;

Que la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética justifica la necesidad de la contratación para la provisión de energía eléctrica, a efectos de la pronta habilitación de las viviendas sociales que se están construyendo en la localidad de Quines;

Que en act. ACTPAS 1722053/26 el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública presta conformidad para la continuidad del trámite;

Que en act. PLIEGO 256953/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética para la ejecución de la obra referida, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO OCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL UNO CON 06/100 ($108.938.001,06) y un plazo de NOVENTA (90) días corridos;

Que a tal efecto en act. DOCEXT 1608707/26 obran invitaciones a cotizar efectuadas por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a las empresas: FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., PRANA S.R.L., AGENER S.R.L. y LYM INGENIERIA S.A.;

Que en act. DOCEXT 1608609/26 obra Acta de Apertura de sobres de fecha 05 de agosto de 2026, para la contratación de la referida obra, donde se recepcionó una (1) propuesta presentada por la firma LYM INGENIERIA S.A., cuya oferta obra en act. DOCEXT 1608695/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1608694/26;

Que la Comisión de Estudio designada por Resolución N° 2449-MHIP-2026 de fecha 13 de agosto de 2026 obrante en act. RESMIN 11569464/26, emite informes en acts. DOCEXT 11616164/26, DOCEXT 1616167/26, DOCEXT 11616112/26 y DOCEXT 1616472/26, manifestando que habiendo analizado la propuesta, sugiere que la obra sea adjudicada a la empresa LYM INGENIERIA S.A., considerando su conveniencia técnica y económica;

Que en act. ACTPAS 1733869/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar para la Compulsa de Precios N° 15/2026 a la firma LYM INGENIERIA S.A. por un monto PESOS CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON 02/100 ($130.462.224,02), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1608695/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1608694/26;

Que en act. PREV 11586901/26 obra comprobante de imputación preventiva del presente ejercicio por la suma de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON 02/100 ($130.462.224,02);

Que en act. ACTPAS 1735365/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1026821/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8° y 12 inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004;

Que en act. DICFIS 177629/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que dada las razones expuestas para llevar a cabo esta Compulsa de Precios el caso en cuestión encuentra su encuadre legal en lo prescripto por el Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios que la complementan;

Que en act. ACTPAS 1608694/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la contratación;

Que corresponde delegar en el señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 8°, 12 apartado II inc. B) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública en la Compulsa de Precios para contratar la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 20 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE QUINES – DPTO. AYACUCHO – PROV. DE SAN LUIS”, con un plazo de NOVENTA (90) días corridos.-

Art. 3º.- Adjudicar la contratación para la ejecución de la obra referenciada en el artículo precedente, a la firma LYM INGENIERIA S.A., CUIT N° 30-71685685-9, por un monto de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON 02/100 ($130.462.224,02), conforme a su oferta obrante en act. DOCEXT 1608695/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1608694/29.-

Art.4º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma LYM INGENIERIA S.A., en el marco de la Compulsa de Precios N° 15/2026, para la ejecución de la obra referenciada en el Art. 2°.-

Art. 5º.- Autorizar al señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-

Art. 6º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 24 52 02 4-74 4 2 1 $130.462.224,02

Art.7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a la firma oferente.-

Art.9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

ANEXO

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA

Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, en su carácter de DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA Y ENERGETICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km.783, Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno, Edificio Norte, Bloque I planta baja-San Luis, por una parte y por la otra la firma LYM INGENIERIA S.A., CUIT N° 30-71685685-9, representada por el señor CRISTIAN ALFREDO SALVO D.N.I. N° 23.211.032, en su carácter de Presidente, que constituye domicilio legal en calle San Martin N° 450 piso 5 oficina A de la ciudad de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la COMPULSA DE PRECIOS Nº 15/2026, efectuada para la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 20 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE QUINES – DPTO. AYACUCHO – PROV. DE SAN LUIS” conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº….-MHIP-2026 de fecha…….de……..2026, dictado en EXD-0000-7060426/26, convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art.10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-

SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.-

TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma de PESOS CIENTO TRENTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO CON 02/100 ($130.462.224,02), fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-

CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ……,emitida por …………………., por la suma de …….. /100($..........), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-

QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LA CONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno. Conforme lo establece el Pliego de Condiciones Particulares, el Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado.-

SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido NOVENTA (90) días corridos, los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.-

SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-

OCTAVA. –RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-

NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-

DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.-

DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto.-

DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obligada restricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-

DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes sociales del Gobierno Provincial y presentará LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-

En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los……. días del mes de……del año ………...-

DECRETO Nº 11985-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7280769/26, por el cual tramita la designación del docente SERGIO GABRIEL BARROSO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero Germán Avé Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la instrucción de sumario administrativo del docente titular CRISTIAN ALEJANDRO REARTE, ordenado por Resolución N° 37-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente SERGIO GABRIEL BARROSO, D.N.I. Nº 27.644.686, en CUATRO (4) horas cátedra de Mantenimiento Electromecánico en 7mo. año 1ra. división, Sector Energías Renovables, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3853146/26, 1610638/26, 1610646/26, 1610657/26, 1610660/26 y 1610690/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 24 de julio de 2026 e inter dure la instrucción de sumario administrativo del docente titular, CRISTIAN ALEJANDRO REARTE, al docente SERGIO GABRIEL BARROSO, D.N.I. Nº 27.644.686, en CUATRO (4) horas cátedra de Mantenimiento Electromecánico en 7mo. año 1ra. división, Sector Energías Renovables, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero Germán Avé Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11986-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6101210/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica N°34 “Arístides Bratti” de la Villa de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente VALERIA IRENE PARAMOS y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3815753/26 obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente VALERIA IRENE PARAMOS, D.N.I. Nº 20.962.563, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular, DANIEL HUGO ROLA, según Decreto Nº 5619-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2026, de la docente VALERIA IRENE PARAMOS, D.N.I. Nº 20.962.563 de suplente a interino, en CINCO (5) hs cátedra de Proyecto General en 6to año 1ra. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11987-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8040708/26, por el cual tramita la designación de la docente LORENA ELISABET LEAL, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular HECTOR DANIEL JOFRE, D.N.I. N° 17.231.602, según Decreto N° 6765-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente LORENA ELISABET LEAL, D.N.I. Nº 26.661.355, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3859877/26 y 1624220/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de julio de 2026, a la docente LORENA ELISABET LEAL, D.N.I. Nº 26.661.355, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11988-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6230143/26, por el cual tramita la designación de la docente JIMENA PAOLA BEE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0015-DRRHH-2026, de la docente suplente MAYRA CELINA MORAN BRANDAN, D.N.I. N° 35.915.519, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente JIMENA PAOLA BEE, D.N.I. Nº 33.965.791, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 3er. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3824447/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 17 de junio de 2026 y hasta el 31 de octubre de 2026, a la docente JIMENA PAOLA BEE, D.N.I. Nº 33.965.791, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 3er. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11989-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200970/26, por el cual tramita la designación del docente LAUTARO DANIEL DAVILA OVIEDO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular ELIZABETH ANDREA FLORES, concedida por Resolución N° 2921-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente LAUTARO DANIEL DAVILA OVIEDO, D.N.I. Nº 41.682.334, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3875925/26, 1623168/26 y 1623189/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 19 de agosto de 2026 y hasta el 31 de julio de 2027, en reemplazo de la docente titular ELIZABETH ANDREA FLORES, al docente LAUTARO DANIEL DAVILA OVIEDO, D.N.I. Nº 41.682.334, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11990-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8050698/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente GEMMA ROCO CALLEJAS, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3861261/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente GEMMA ROCO CALLEJAS, D.N.I. Nº 30.738.198, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio de la docente titular, GABRIELA ANALIA TROIANI, según Decreto Nº 6910-ME-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de octubre de 2025, de la docente GEMMA ROCO CALLEJAS, D.N.I. Nº 30.738.198, de suplente a interina, en VEINTE (20) horas cátedra de Coordinación del Proyecto de Tutorías, Perfil Licenciada en Psicología, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11991-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7230778/26, por el cual la Dirección del Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIA ALEJANDRA FLORES, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3848820/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIA ALEJANDRA FLORES, D.N.I. Nº 20.413.647, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular, SILVANA RAMONA SALDIVAR, según Decreto Nº 18919-ME-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 31 de octubre de 2025, de la docente MARIA ALEJANDRA FLORES, D.N.I. Nº 20.413.647, de suplente a interina, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia I, en 4to. año 4ta. división Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11992-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8211515/26, por el cual se tramita la designación de la docente ANDREA CARMEN DEOLINDA ESCUDERO, y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MABEL SIRLEY OROZCO, según Decreto Nº 6758-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente ANDREA CARMEN DEOLINDA ESCUDERO, D.N.I. Nº 22.422.770, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3881081/26 y 3885765/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 12 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de agosto de 2026, a la docente ANDREA CARMEN DEOLINDA ESCUDERO, D.N.I. Nº 22.422.770, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11993-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6041285/26, por el cual tramita la designación de la docente VALENTINA IRIEL CASALE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0019-DRRHH-2026, de la docente titular JENNIE NATALI PALACIOS, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente VALENTINA IRIEL CASALE, D.N.I. Nº42.142.441, en SEIS (6) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3810364/26, 1624256/26, 1624656/26 y 1624659 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, Acta de Nacimiento, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de mayo de 2026 y hasta el 09 de octubre de 2026, a la docente VALENTINA IRIEL CASALE, D.N.I. Nº 42.142.441, en SEIS (6) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11994-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8040395/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA JIMENA MARTIN y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0018-DRRHH-2026, de la docente interina, MARIA VIRGINIA MATURANO, se torna necesario designar, a la docente MARIA JIMENA MARTIN,D.N.I. Nº 41.707.369, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Artística, Perfil Plástica, en 1er. año 3га. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3859647/26, 3859652/26 y 1621262/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 25 de junio de 2026 y hasta el 11 de diciembre de 2026, a la docente MARIA JIMENA MARTIN, D.N.I. Nº 41.707.369, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Artística, Perfil Plástica, en 1er. año 3га. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento Pedernera. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11995-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200736/26, por el cual tramita la designación de la docente KARINA BEATRIZ DASQUE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 34 “Raúl Basilio Diaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular CELIA CELINA DIAZ, según Decreto N° 8646-ME-2026, se torna necesario designar a la docente KARINA BEATRIZ DASQUE, D.N.I. Nº 26.467.309, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3875632/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 18 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular CELIA CELINA DIAZ, a la docente KARINA BEATRIZ DASQUE, D.N.I. Nº 26.467.309, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 34 “Raúl Basilio Diaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11996-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6120017/26, por el cual la dirección de la Escuela Nº5 “Bartolomé Mitre” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente JORGE LUIS ROJOS, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3817148/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente JORGE LUIS ROJOS D.N.I. Nº 33.943.740, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, FANNY MERCEDES POMBA, según Decreto Nº 5081-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de febrero del 2026, del docente JORGE LUIS ROJOS D.N.I. Nº 33.943.740, de suplente a interino, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N°5 “Bartolomé Mitre” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11997-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9031312/26, por el cual tramita la designación de la docente DAIANA CATHERIN GARRO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Jornada Completa N° 448 “Paula Albarracín de Sarmiento”, de la localidad de Batavia, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular ARMANDO JORGE CARALLOL, según Decreto Nº 6742-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente DAIANA CATHERIN GARRO, D.N.I. Nº 39.396.890, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua, en 1er. año, única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3890116/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 2 de septiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 2 de septiembre de 2026, a la docente DAIANA CATHERIN GARRO, D.N.I. Nº 39.396.890, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua, en 1er. año, única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Jornada Completa N° 448 “Paula Albarracín de Sarmiento”, de la localidad de Batavia, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11998-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9021152/26, por el cual tramita la designación del docente MARCELO DAVID BARROSO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente suplente JORGE ELIAS SOSA, según Decreto Nº 3136-MHIP-2026 y renuncia por jubilación del docente titular CLAUDIO GUILLERMO SCANZANI, según Decreto Nº 11389-MHIP-2024, se torna necesario designar al docente MARCELO DAVID BARROSO, D.N.I. Nº 34.421.935, en CUATRO (4) horas cátedra de Laboratorio de Motores, en 5to. año 1ra. división, Sector Automotores, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3888484/26 y 1627955/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 27 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de agosto de 2026, al docente MARCELO DAVID BARROSO, D.N.I. Nº 34.421.935, en CUATRO (4) horas cátedra de Laboratorio de Motores, en 5to. año 1ra. división, Sector Automotores, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 11999-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7291208/26, por el cual tramita la designación de la docente BRISA AILEN MARTINA MORILLO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 6252-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente BRISA AILEN MARTINA MORILLO, D.N.I. Nº 43.281.883, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3857309/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de julio de 2026, a la docente BRISA AILEN MARTINA MORILLO, D.N.I. Nº 43.281.883, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12000-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7310483/26, por el cual tramita la designación de la docente TANIA ROXANA RODRIGUEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Junín, con motivo de creación, según Decreto N° 5456-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente TANIA ROXANA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 27.348.820, en TRES (3) horas cátedra de Ingles Técnico, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3857322/26 y DOCEXT 1615677/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de julio de 2026, a la docente TANIA ROXANA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 27.348.820, en TRES (3) horas cátedra de Ingles Técnico, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12001-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8050079/26, por el cual tramita la designación del docente LAUTARO GRLJUSICH, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino OSVALDO ARNULFO ARCE, D.N.I. N° 17.124.707, según Decreto N° 8205-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente LAUTARO GRLJUSICH, D.N.I. Nº 42.239.700, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3860613/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de agosto de 2026, al docente LAUTARO GRLJUSICH, D.N.I. Nº 42.239.700, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12002-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9020195/26, por el cual tramita la designación de la docente LUDMILA BELEN LOPEZ; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Jornada Completa N° 448 “Paula Albarracín de Sarmiento”, de la localidad de Batavia, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular ARMANDO JORGE CARALLOL, según Decreto Nº 6742-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente LUDMILA BELEN LOPEZ, D.N.I. Nº 40.938.375, en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 2do. año, única división y 5 hs. en 3er. año, única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3887598/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 1 de septiembre de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 1 de septiembre de 2026, a la docente LUDMILA BELEN LOPEZ, D.N.I. Nº 40.938.375, en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 2do. año, única división y 5 hs. en 3er. año, única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Jornada Completa N° 448 “Paula Albarracín de Sarmiento”, de la localidad de Batavia, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12003-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6300139/26, por el cual tramita la designación de la docente ANALIA VERONICA FRIDMAN, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 2 “San José Obrero”, de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco, con motivo de creación, según Decretos N° 1950-ME-2013 y 5457-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ANALIA VERONICA FRIDMAN, D.N.I. Nº 26.023.453, en TRES (3) horas cátedra de Química, en 2do. año 2da. división, Especialidad Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3831274/26 y DOCEXT 1617905/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 18 de junio de 2026, a la docente ANALIA VERONICA FRIDMAN, D.N.I. Nº 26.023.453, en TRES (3) horas cátedra de Química, en 2do. año 2da. división, Especialidad Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 2 “San José Obrero”, de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12004-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8031377/26, por el cual tramita la designación de la docente REBECA ANALIA GONZALEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 431 “Profesora Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones del docente titular JORGE EDUARDO DELGADO, según Decreto Nº 4900-ME-2026, se torna necesario designar a la docente REBECA ANALIA GONZALEZ, D.N.I. Nº 34.104.859, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 4to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3859200/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 30 de julio de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, en reemplazo del docente titular JORGE EDUARDO DELGADO, a la docente REBECA ANALIA GONZALEZ, D.N.I. Nº 34.104.859, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 4to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 431 “Profesora Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12005-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8181196/26, por el cual tramita la designación de la docente KARINA ANA BOTELLO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida, en la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 103° de la Ley N° XV-0387-2004, del docente interino ENRIQUE ROMULO CHIESA TORRES, concedida por Resolución N° 987-DRRHH-2026, rectificada por Resolución Nº 1401-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente KARINA ANA BOTELLO, D.N.I. Nº 33.577.453, en UN (1) cargo de Asesor Pedagógico, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3873338/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 11 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 11 de agosto de 2026 y hasta el 02 de diciembre de 2026, en reemplazo del docente interino ENRIQUE ROMULO CHIESA TORRES, a la docente KARINA ANA BOTELLO, D.N.I. Nº 33.577.453, en UN (1) cargo de Asesor Pedagógico, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 40 “Doctor Ricardo Rojas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12006-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8181300/26, por el cual tramita la designación de la docente CAMILA MANA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía del docente titular JORGE GONZALO COSTA ESTRADA, según Decreto N° 4897-ME-2026, se torna necesario designar a la docente CAMILA MANA, D.N.I. Nº 38.438.568, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 6to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3873477/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 18 de agosto de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía del docente titular JORGE GONZALO COSTA ESTRADA, a la docente CAMILA MANA, D.N.I. Nº 38.438.568, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 6to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12007-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200677/26, por el cual tramita la designación de la docente DANA CANDELA RIVAS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente titular CAROLINA VIERA, concedida por Resolución Nº 2334-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente DANA CANDELA RIVAS, D.N.I. Nº 40.849.813, en UN (1) cargo de Preceptora, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3884673/26 y 1624642/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 18 de agosto de 2026 y hasta el 30 de noviembre de 2026, en reemplazo de la docente titular CAROLINA VIERA, a la docente DANA CANDELA RIVAS, D.N.I. Nº 40.849.813, en UN (1) cargo de Preceptora, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12008-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6230930/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ALINA PIA CZIESLA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3825305/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ALINA PIA CZIESLA, D.N.I. Nº 20.874.089, formulario de cese, copias de Decretos Nº 6086-ME-2020 y N° 152-ME-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. INFORM 443367/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de junio de 2026;

Que en act. INFSUM 181080/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de junio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente ALINA PIA CZIESLA D.N.I. Nº 20.874.089, en CINCO (5) horas cátedra, (3 horas titulares y 2 horas interinas), de Matemática, en 2do. año 2da. división y CINCO (5) horas cátedra, (3 horas titulares y 2 horas interinas) de Matemática , en 2do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12009-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041393/26, por el cual tramita la designación de la docente MONICA ALEJANDRA LEYES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la sanción de cesantía del docente interino, ENRIQUE ADRIAN CADAVEIRA, D.N.I. N° 13.308.231, según Decreto N° 3592-ME-2021, y renuncia por razones particulares del docente suplente HUGO DAVID ARAGOITA, D.N.I. N° 29.505.617, según Decreto N° 10749-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MONICA ALEJANDRA LEYES, D.N.I. Nº 22.543.187, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Tecnológica en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3860564/26 y 1624266/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de agosto de 2026, a la docente MONICA ALEJANDRA LEYES, D.N.I. Nº 22.543.187, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Tecnológica en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12010-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6021013/26, por el cual la Dirección de la Escuela N°106 “Profesor Tomas Ferrari” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente FERNANDA BALLESTEROS, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3806999-26 obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente FERNANDA BALLESTEROS, D.N.I. Nº 41.297.545, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ALICIA MABEL CINAT, según Decreto Nº 17112-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de enero de 2025, de la docente FERNANDA BALLESTEROS, D.N.I. Nº 41.297.545 de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N°106 “Profesor Tomas Ferrari” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12011-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6080227/26, por el cual tramita la designación del docente MIGUEL ANGEL GAUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0014-DRRHH-2026, de la docente interina, EMILCE JANET MOLINA, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente MIGUEL ANGEL GAUNA, D.N.I. Nº41.219.809, en UN (1)cargo de Maestro de Grado de Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT3812158/26, 3831151/26, 3831152/26, 3832316/26 y3844986/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 30 de junio de 2026 y hasta el 20 de noviembre de 2026, al docente MIGUEL ANGEL GAUNA, D.N.I. Nº 41.219.809, en UN (1) cargo de Maestro de Grado de Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12012-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7060719/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco” de la localidad Cerro de Oro, de la ciudad de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIA SOLEDAD NASIF, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3837232/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIA SOLEDAD NASIF, D.N.I. Nº 26.894.158, de suplente a interina, vacante por haber accedido al beneficio jubilatorio de la docente interina, MIRYAN ESTELA ROJAS, según Decreto Nº 5902-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, de la docente MARIA SOLEDAD NASIF, D.N.I. Nº 26.894.158, de suplente a interina, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 221 “Irma Romero de Pacheco” de la localidad de Cerro de Oro, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12013-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8051372/26, por el cual tramita la designación de la docente CARLA MARIA INES GOLINI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 5739-ME-2019 y 11655-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente CARLA MARIA INES GOLINI, D.N.I. Nº 27.136.449, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3861822/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de julio de 2026, a la docente CARLA MARIA INES GOLINI, D.N.I. Nº 27.136.449, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12014-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8200827/26, por el cual tramita la designación de la docente MARCELA INES SAYAGO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 2 “San José Obrero”, de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco, con motivo de creación, según Decretos N° 1950-ME-2013 y 5457-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARCELA INES SAYAGO, D.N.I. Nº 30.105.087, en TRES (3) horas cátedra de Dibujo Técnico, en 2do. año 2da. división, especialidad Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3875777/26 y DOCEXT 16221253/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 19 de agosto de 2026, a la docente MARCELA INES SAYAGO, D.N.I. Nº 30.105.087, en TRES (3) horas cátedra de Dibujo Técnico, en 2do. año 2da. división, especialidad Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 2 “San José Obrero”, de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12015-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6100501/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA FERNANDA GIL ARIAS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 7 “Geólogo Román Guiñazú”, de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular LUIS ALBERTO CALDERON, D.N.I. N° 17.101.488, según Decreto N° 21047-MHIP-2025, y renuncia por razones particulares del docente suplente, MIGUEL ANGEL GAUNA, D.N.I. N° 41.219.809, según Decreto N° 4846-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente MARIA FERNANDA GIL ARIAS, D.N.I. Nº 42.845.692, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3815105/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de junio de 2026, a la docente MARIA FERNANDA GIL ARIAS, D.N.I. Nº 42.845.692, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 7 “Geólogo Román Guiñazú”, de la localidad de La Calera, departamento Belgrano.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12016-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7271133/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MAGALI RODRIGUEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3851643/26 y 1610592/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MAGALI RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 43.920.770, formulario de cese, copia de Decreto Nº 9026-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1730786/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 27 de julio de 2026;

Que en act. INFSUM 181373/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 27 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente MAGALI RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 43.920.770, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, con carácter suplente, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín. -

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12017-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8040170/26, por el cual tramita la designación del docente GUILLERMO ADRIAN MONTI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos N° 6240-ME-2013 y 5456-ME-26, se torna necesario designar con carácter interino, al docente GUILLERMO ADRIAN MONTI, D.N.I. Nº 18.170.976, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3863127/26 y DOCEXT 1616669/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de julio de 2026, al docente GUILLERMO ADRIAN MONTI, D.N.I. Nº 18.170.976, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Merlo, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12018-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8070189/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente PAULA MILBANA ACUÑA y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3863848/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente PAULA MILBANA ACUÑA, D.N.I. N° 37.020.296, formulario de cese, copia de Decreto de Designación Nº 6997-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1731705/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 03 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181465/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 03 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente PAULA MILBANA ACUÑA, D.N.I. N° 37.020.296, en UN (01) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nivel Inicial N° 23 “Luna de Papel”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12019-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6020211/26, por el cual la Dirección de la Escuela N° 192 “Maestro Rural Puntano” de la localidad de Donovan, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente ZULEMA BEATRIZ OLMEDO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3810599/26 obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente ZULEMA BEATRIZ OLMEDO D.N.I. Nº 28.223.341, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, LILIANA MABEL CORIA, según Decreto Nº 1969-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 18 de noviembre de 2025, de la docente ZULEMA BEATRIZ OLMEDO D.N.I. Nº 28.223.341 de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 192 “Maestro Rural Puntano” de la localidad de Donovan, departamento Juan Martin de Pueyrredon.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12020-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7030407/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA LORENA MUÑOZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular GRACIELA JUDITH GARRO, D.N.I. N° 17.665.350, según Decreto N° 5642-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIA LORENA MUÑOZ, D.N.I. Nº 28.091.510, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;

Que en acts. DOCEXT 3835235/26, 3869060/26 y 1626881/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 29 de junio de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA LORENA MUÑOZ, D.N.I. Nº 28.091.510, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12021-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8030500/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente ERNESTO LIHUE AMBROGGIO y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3858498/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente ERNESTO LIHUE AMBROGGIO, D.N.I. Nº 34.442.459, formulario de cese, copia de Decreto de designaciones Nros 6457-MHIP-2022 y 802-MHIP-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1731093/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 29 de agosto de 2026;

Que en act. INFSUM 181400/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 29 de agosto de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino ERNESTO LIHUE AMBROGGIO, D.N.I. Nº 34.442.459, en CUATRO (4) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, 2 hs, en 4to. año única división y 2 hs. en 5to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria y en DOS (2) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 6to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Jornada Completa N° 452 “Doctor Valentín Luco”, de la localidad de La Angelina, departamento General Pedernera.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12022-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8051487/26, por el cual tramita la designación de la docente CLAUDIA CRISTINA ALVAREZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio para Adultos N° 3 “Tomas Baras”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MARIA FERNANDA TOBARES, D.N.I. N° 35.315.525, según Decreto N° 10306-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente CLAUDIA CRISTINA ALVAREZ, D.N.I. Nº 27.343.501, en TRES (3) hs. cátedra de Proyecto Socio Comunitario en 2do. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad Educación Permanente de Jóvenes y Adultos de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3863560/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de agosto de 2026, a la docente CLAUDIA CRISTINA ALVAREZ, D.N.I. Nº 27.343.501, en TRES (3) hs. cátedra de Proyecto Socio Comunitario en 2do. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad Educación Permanente de Jóvenes y Adultos de Nivel Secundario, en el Colegio para Adultos N° 3 “Tomas Baras”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12023-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8181191/26, por el cual tramita la designación del docente SERGIO DAVID MONTIVERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 243 “Río Negro”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIELA ROSANA CORIA, según Decreto N° 5303-MHP-2017 y renuncia por razones particulares del docente DARIO EZEQUIEL VEGA, dispuesta por Decreto N° 8736-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente SERGIO DAVID MONTIVERO, D.N.I. Nº 35.542.174, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3873335/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 18 de agosto de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo de la docente titular MARIELA ROSANA CORIA, al docente SERGIO DAVID MONTIVERO, D.N.I. Nº 35.542.174, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 243 “Río Negro”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12024-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8041416/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA JOSE FISSORE, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, de la localidad de El Volcán, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARIELA MONICA IRUSTA, D.N.I. N° 20.414.004, según Decreto N° 4488-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIA JOSE FISSORE, D.N.I. Nº 27.879.993, en CUATRO (4) hs. cátedra de Patrimonio Turístico, en 4to. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3860496/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de junio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N°1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de junio de 2026, a la docente MARIA JOSE FISSORE, D.N.I. Nº 27.879.993, en CUATRO (4) hs. cátedra de Patrimonio Turístico, en 4to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, de la localidad de El Volcán, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12025-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8020055/26, por el cual tramita la designación de la docente KAREM RUTH BAIGORRIA GIMENEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 141 “Los Andes”, de la localidad de Balde, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0012-DRRHH-2026, de la docente interina, NICOL KAROLAIN SALAS ANIÑIR, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente KAREM RUTH BAIGORRIA GIMENEZ, D.N.I. Nº38.220.245, en ОСНО (8) hs. cátedra de Lengua, en 1er., 2do. y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3857950/26 y 1615602/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de julio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 28 de julio de 2026 y hasta el 06 de noviembre de 2026, a la docente KAREM RUTH BAIGORRIA GIMENEZ,D.N.I. Nº 38.220.245, en ОСНО (8) hs. cátedra de Lengua, en 1er., 2do. y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 141 “Los Andes”, de la localidad de Balde, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12026-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7271451/26, por el cual tramita la designación de la docente MAIA RUTH CUEVAS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la sanción de cesantía del docente interino, GUSTAVO DANIEL BAIGORRIA. D.N.I. N° 24.299.588, según Decreto N° 2344-ME-2026, y renuncia por razones particulares de la docente suplente, VIRGINIA ELISA MATTIO, D.N.I. N° 28.837.108, según Decreto N° 8737-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MAIA RUTH CUEVAS, D.N.I. Nº 33.109.431, en DOS (2) hs. cátedra de Astronomía en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3856403/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de julio de 2026, a la docente MAIA RUTH CUEVAS, D.N.I. Nº 33.109.431, en DOS (2) hs. cátedra de Astronomía en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12027-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6031205/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica N°3 “Eva Duarte de Perón” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista del docente DAVID ARNALDO ROSALES, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3808984/26 obra solicitud de cambio de situación de revista del docente DAVID ARNALDO ROSALES, D.N.I. Nº 22.786.612, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular, JORGE DANIEL PARDO, según Decreto Nº 23113-MHIP-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de noviembre de 2025, del docente DAVID ARNALDO ROSALES D.N.I. Nº 22.786.612, de suplente a interino, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 3er. año 2da. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12028-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-8051435/26, por el cual tramita la designación de la docente BIANCA BONGIOVANNI, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino DANIEL RAUL PONS, D.N.I. N° 16.607.028, según Decreto N° 9407-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente BIANCA BONGIOVANNI, D.N.I. Nº 35.315.453, en SEIS (6) hs. cátedra de Física, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3861951/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de agosto de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de agosto de 2026, a la docente BIANCA BONGIOVANNI, D.N.I. Nº 35.315.453, en SEIS (6) hs. cátedra de Física, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12029-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7060342/26, por el cual la Dirección de la Escuela N° 221 “Irma Romero de Pacheco”, de la localidad de Cerro de Oro, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente VERONICA SOFIA BRITO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3836673/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente VERONICA SOFIA BRITO, D.N.I. Nº 33.594.163, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente interina, MYRIAN ESTELA ROJAS, según Decreto Nº 5902-MHIP-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de junio de 2026, de la docente VERONICA SOFIA BRITO, D.N.I. Nº 33.594.163, de suplente a interina, en SEIS (6) horas cátedras de Lengua, 1er. año 1ra. división, Orientación en Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 221 “Irma Romero de Pacheco”, de la localidad de Cerro de Oro, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12030-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7280495/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA OTILIA GARCIA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 77 “Maestros Puntanos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular LUCIA ELENA LEDESMA, D.N.I. N° 17.534.926, según Decreto N° 9882-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIA OTILIA GARCIA, D.N.I. Nº 23.370.594, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;

Que en act. DOCEXT 3852804/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de julio de 2026, a la docente MARIA OTILIA GARCIA, D.N.I. Nº 23.370.594, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 77 “Maestros Puntanos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12031-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7291281/26, por el cual tramita la designación del docente MARCELO NICOLAS PADRONES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 1953-ME-2013 y 1036-ME-2023, se torna necesario designar con carácter interino, al docente MARCELO NICOLAS PADRONES, D.N.I. Nº 33.539.408, en TRES (3) horas cátedra de Química, en 2do. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3855293/26 y DOCEXT 1612218/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de julio de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de julio de 2026, al docente MARCELO NICOLAS PADRONES, D.N.I. Nº 33.539.408, en TRES (3) horas cátedra de Química, en 2do. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 12032-MHIP-2026.-

San Luis, 15 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9020057/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA MICAELA VINUESA SOLA; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 431 “Angela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 3234-ME-2022, se torna necesario designar a la docente MARIA MICAELA VINUESA SOLA, D.N.I. Nº 42.239.850, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3887412/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 27 de agosto de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de agosto de 2026, a la docente MARIA MICAELA VINUESA SOLA, D.N.I. Nº 42.239.850, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 431 “Angela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 13176-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Octubre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-10151158/24, por el cual la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, tramita la venta del inmueble propiedad del Estado Provincial, sito en calle Azcuénaga Nº 1083/1087 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y,

CONSIDERANDO:

Que por Ley Nº V-1124-2024, se autorizó al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar la venta del inmueble señalado, que se encuentra inscripto en la Matrícula N° 19-3502 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, afectado al funcionamiento de la Casa de San Luis;

Que en act. DEC 11922/24 obra Decreto N° 11922-MHIP-2024, de fecha 4 de noviembre de 2024, mediante el cual se autorizó a la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis a realizar el primer llamado para la venta del inmueble propiedad del Estado Provincial, sito en calle Azcuénaga Nº 1083/1087 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en act. DOCEXT N° 1266267/24 obra Acta de Escribanía General de Gobierno, en la que se dejó constancia de la no presentación de oferentes en la licitación pública convocada para la venta del inmueble de referencia, resultando la misma desierta; y en act. DEC 93/25 obra Decreto N° 93-MHIP-2025, de fecha 16 de enero de 2025, mediante el cual se declaró desierto el llamado para la venta del inmueble propiedad del Estado Provincial, sito en calle Azcuénaga Nº 1083/1087 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en act. NOTAMP 1014497/26 obra nota del Director de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, mediante la cual solicita se disponga el inicio del trámite administrativo tendiente a instrumentar un nuevo procedimiento de venta con el objeto de cumplir con lo establecido por la Ley N° V-1124-2024;

Que en act. DOCEXT 1631800/26 obra constancia de tasación del Tribunal de Tasaciones de la Nación;

Que en act. ACTPAS 1754947/26 obran informe de dominio y gravámenes actualizado, expedido por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Ciudad de Buenos Aires, certificado de información catastral, debidamente legalizado por sistema de “Gestión de Documental Electrónica de Buenos Aires”, y Ley 3075-2009 de la Legislatura Porteña catalogando con nivel de protección estructural al inmueble precitado, con su respectivo anexo N° 3277, publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires;

Que conforme lo dispuesto por el Art. 8º de la Ley N° V-0866-2013, la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis es la encargada de la venta en subasta pública de los bienes de los organismos de la Administración Pública Central;

Que en act. DOCEXT 1631864/26, obra Pliego de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis;

Que en act. ACTPAS 1746744/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el caso en el Art. 102 de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. NOTAMP 1028016/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 179048/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.-Encuadrar el presente caso en disposiciones de la Ley Nº V-1124-2024 y el Art. 102 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.2º.-Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante en act. DOCEXT 1631864/26, elaborado por la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, para la venta del inmueble propiedad del Estado Provincial, sito en calle Azcuénaga Nº 1083/1087 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-

Art.3º.-Autorizar a la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, a efectuar el llamado para la venta del inmueble a que hace referencia el Artículo 2º.-

Art.4º.-Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el término de Ley.-

Art.5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos y remitir a la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis.-

Art.6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 13705-MHIP-2026.-

San Luis, 16 de Octubre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7160077/26, por el cual la Dirección Provincial de Vialidad solicita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;

CONSIDERANDO:

Que la misma tiene por objeto la adquisición de BACHADOR EN FRÍO, solicitado por la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, por un presupuesto oficial de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($93.750.000,00);

Que en act. PLGECO 11576968/26 obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11576969/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones para el llamado a Licitación Pública;

Que en act. SOLSEC 11570326/26 se adjunta Planilla de Solicitud de Gastos N° 4840/2026;

Que en act. PREV 11529765/26 obra comprobante de imputación preventivo por la suma de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($93.750.000,00);

Que en act. DOCEXT 1613968/26 la Dirección Provincial de Vialidad presta conformidad a lo establecido en el Pliego Particular de Bases y Condiciones;

Que en act. ACTPAS 1732194/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 1017973/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública manifestando que correspondería encuadrar el caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 sustituida por la Ley VIII – 0867-2013;

Que en act. DICFIS 177056/26 obra vista de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 sustituida por la Ley VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones obrante en act. PLPACO 11576969/26 del EXD-0000-7160077/26 la adquisición de BACHADOR EN FRÍO, solicitado por la Dirección Provincial de Vialidad, ambas dependencias del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a efectuar el llamado a Licitación Pública para la adquisición que se hace referencia en el Art. 2º, por un presupuesto oficial de PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($93.750.000,00).-

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 22 44 00 01 1-01 2 5 9 $93.750.000,00

Art. 5º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados, en la forma y por los términos de la Ley.-

Art. 6º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Dirección de Compras y Contrataciones y a la Dirección Provincial de Vialidad.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DECRETO Nº 13584-MS-2026.-

San Luis, 14 de Octubre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8030590/26 mediante el cual Policía de la Provincia de San Luis - Jefatura de Policía, dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma para la ADQUISICIÓN de ELECTRODOMÉSTICOS con destino a DEPENDENCIAS POLICIALES DE UNIDAD REGIONAL ORDEN PUBLICO 1-2-3-4-5 Y 6 , DIRECCIONES GENERALES 1-3-4-5-6-12 y 13, ALBERGUE POLICIAL DG-4 Y SUB-JEFATURA DE POLICÍA, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por un presupuesto oficial de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($66.738.000,00);

Que en act. SOLSEC 11603823/26 obra Solicitud de Gastos Nº 7024/2026, conformada por la autoridad competente;

Que en act. NOTAMP 1022796/26 obra intervención de la Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Seguridad;

Que en act. PLGECO 11614221/26 obra Pliego General Único de Condiciones aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015;

Que en act. PLPACO 11614227/26 obra el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que en act. NOTAMP 1027796/26 el Ministerio de Seguridad, presta conformidad al Pliego obrante en act. PLPACO 11614227/26;

Que en act. PREV 11570571/26, obra imputación preventiva, por la suma total de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($66.738.000,00);

Que en act. DICLEG 34347/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, encuadrando el presente caso en el Artículo 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 modificada por Ley VIII-0867-2013;

Que en act. NOTAMP 1030386/26 ha tomado vista Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública, encuadrando el caso en el Art. 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida por Ley VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 179195/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97º inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida por Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía, para la ADQUISICIÓN de ELECTRODOMÉSTICOS con destino a DEPENDENCIAS POLICIALES DE UNIDAD REGIONAL ORDEN PUBLICO 1-2-3-4-5 Y 6 , DIRECCIONES GENERALES 1-3-4-5-6-12 y 13, ALBERGUE POLICIAL DG-4 Y SUB-JEFATURA DE POLICÍA, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, obrante en act. PLPACO 11614227/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública a que hace referencia el Art. 2º del presente Decreto, por un Presupuesto Oficial de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($66.738.000,00).-

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe

1 17 16 23 1-01 4 3 7 $66.738.000,00

Art. 5º.- Efectuar las publicaciones de los edictos en la forma y por el termino de Ley.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones a sus efectos.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 13618-MS-2026.-

San Luis, 15 de Octubre de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9281414/26 mediante el cual Policía de la Provincia de San Luis - Jefatura de Policía, dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que la misma es para la ADQUISICIÓN de VEHICULOS con destino a COMISARIAS DE ATENCION A LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (CANAF) DE LAS DISTINTAS UNIDADES REGIONALES, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por un Presupuesto Oficial de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CON 00/100 ($228.000.000,00);

Que en act. SOLSEC 11677476/26 obra Solicitud de Gastos Nº 9623/2026, conformada por la autoridad competente;

Que en acts. DOCEXT 2200172/26 y NOTAMP 1036128/26 obra intervención de la Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Seguridad;

Que en act. PLGECO 11679646/26 obra Pliego General Único de Condiciones aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015;

Que en act. PLPACO 11679653/26 obra el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que en act. PASGEN 1299336/26 Policía de la Provincia de San Luis - Jefatura de Policía, presta conformidad al Pliego obrante en act. PLPACO 11679653/26;

Que en acts. PTPGAS 58077/26 y RCRE 11670264/26 obran Planilla de Transferencias de Créditos Presupuestarios y la correspondiente reserva de crédito;

Que en act. INFORM 452063/26 obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley VIII-0253-2025, Art. 13 del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley V-1118-2024, modificado por el Art. 2º del Decreto Nº 704-SGG-2023, por el Art. 1º del Decreto Nº10443-MHIP-2024 y por el Art. 1º del Decreto Nº 16227-MHIP-2025;

Que en act. DICLEG 34380/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, encuadrando el presente caso en el Artículo 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 modificada por Ley VIII-0867-2013;

Que en act. NOTAMP 1039235/26 ha tomado vista Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública, encuadrando el caso en el Art. 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida por Ley VIII-0867-2013, y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 180648/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida por Ley Nº VIII-0867-2013, Art. 10 de la Ley VIII-0253-2025, Art. 13 del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley V-1118-2024, modificado por el Art. 2º del Decreto Nº 704-SGG-2023, por el Art. 1º del Decreto Nº10443-MHIP-2024, por el Art. 1º del Decreto Nº 16227-MHIP-2025 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Modificar en el presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 17 16 23 1-01 4 $228.000.000,00

Disminuir:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Proy. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 11 23 47 00 03 00 1-01 4 $133.565.570,00

1 17 10 16 00 00 00 1-01 5 5 7 $12.000.000,00

1 17 19 26 00 00 00 1-01 2 $18.214.430,00

1 17 10 01 00 00 01 1-01 5 1 $5.000.000,00

1 17 12 18 01 00 00 1-01 5 8 4 $59.220.000,00

Art. 3º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la ADQUISICIÓN de VEHICULOS, con destino a COMISARIAS DE ATENCION A LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (CANAF) DE LAS DISTINTAS UNIDADES REGIONALES, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, obrante en act. PLPACO 11679653/26.-

Art. 4º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública a que hace referencia el Art. 3º del presente Decreto, por un Presupuesto Oficial de PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CON 00/100 ($228.000.000,00). -

Art. 5º. - Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe

1 17 16 23 1-01 4 $228.000.000,00

Art. 6º.- Efectuar las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley. -

Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 8º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones a sus efectos. -

Art. 9º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía. -

Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN Nº 603-DPJ-2026.-

SAN LUIS, 19 de Octubre del año 2026.-

Ref.: NORMALIZACION.-

VISTO:

Actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo de la entidad ASOCIACIÓN BALLET ALAS DE MI PATRIA, LPJ 368/2011, de la Localidad de Buena Esperanza, Dpto. Dupuy, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución Nº495-DCyFPJ-2011, de fecha 27 de Febrero de 2011;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 82 y Sgtes., obra petición escrita suscripta por más de 10 asociados, denunciando irregularidades en relación a falta de cumplimiento de las obligaciones de la Comisión Directiva, en cuanto a lo estatuido en el Estatuto vigente, como no haber presentado en tiempo y forma los Balances e informes, etc;

Que del estudio exhaustivo del legajo archivo de la Entidad, surge que la misma se encuentra en estado IRREGULAR, adeudando presentación de Memorias, Estados Contables e Informes del Revisor de Cuentas correspondiente a los ejercicios económicos cerrado en los años 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, como así también que los mandatos correspondientes a los miembros de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas se encuentran vencidos, al día de la fecha, según lo normado por del Estatuto Social vigente de la Asociación-.

Que a los fines de encausar la vida institucional de la entidad, los presentantes solicitan nombre a un Delegado Normalizador, sugiriendo en tal carácter al Sr./Sra. MARIA EUGENIA FERREYRA, D.N.I. Nº24.146.698.-

Que el presente instituto de normalización tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de 60 días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo del Delegado Normalizador.

Que la normalización por parte del Estado de la administración de una entidad civil ha sido reconocida desde antiguo por nuestros tribunales (Cámara Civil 1º de la Capital Federal, septiembre 30 de 1936, en autos “Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios”; ídem, mismo tribunal en fecha 17 de junio de 1930 en autos “Asociación Mutual de Retirados del Ejército y la Armada”). -

Atento a ello, consideraciones de hecho y derecho efectuadas, constancias del Legajo/Archivo 368/2011 y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación, art. 168 inciso 22 de la Constitución de la Provincia de San Luis; art. 7, apartado 3, inciso b de la Ley Provincial Nº V-0112-2004, Articulo 83 siguientes y concordantes de la Resolución General Nº38-DPCyFPJ-2018, esta oficina está facultada para fiscalizar, controlar y normalizar las entidades inscriptas como Personas Jurídicas, en EXCLUSIVO INTERES PÚBLICO;

POR ELLO, Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS

RESUELVE:

Art. 1º.-Disponer la medida administrativa de NORMALIZACION de la entidad ASOCIACIÓN BALLET ALAS DE MI PATRIA, LPJ 368/2011, de la Localidad de Buena Esperanza, Dpto. Dupuy, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución Nº 495-DCyFPJ-2011, de fecha 27 de Febrero de 2011.-

Art. 2º.-Designar en el carácter de Delegado Normalizador al Sr./Sra. MARIA EUGENIA FERREYRA, D.N.I. Nº 24.146.698, a fin de que lleve adelante el proceso de normalización de la entidad, por el término de SESENTA (60) DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por causas que así lo justifiquen. Establecer que, en el ejercicio del cargo impuesto, y dentro del plazo establecido, deberá convocar a Asamblea General Extraordinaria para la elección de autoridades según estatuto vigente y previo cumplimiento de las formalidades que exige la normativa aplicable.

Art. 3º.-Notifíquese, publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, Protocolícese y oportunamente Archívese.-

DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ

Directora de Personas Jurídicas

SPP e: y v: 21 Oct

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN Nº 605-DPJ-2026.-

San Luis, 20 de octubre de 2026.-

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo Nº 83/1999 correspondientes a la entidad “ASOCIACION CIVIL COOPERADORA HOGAR ESCUELA Nº 5 BERNARDINO RIVADAVIA”; y

CONSIDERANDO:

Que la Cooperadora Escolar de referencia se encuentra en estado de irregularidad institucional ante esta Dirección de Personas Jurídicas, registrando vencimiento de mandato de sus autoridades y/o incumplimientos documentales que impiden su normal funcionamiento.

Que las cooperadoras escolares cumplen un rol fundamental en la construcción de la comunidad educativa, promoviendo la participación activa de madres, padres, abuelos y graduados, colaborando en la mejora de las condiciones materiales, organizativas y comunitarias de los establecimientos educativos.

Que mediante Decreto Nº 3723-MG-2026 se creó el Programa “Cooperadora Activa”, destinado al fortalecimiento integral de las Cooperadoras Escolares con personería jurídica vigente en la Provincia de San Luis.

Que el citado Programa tiene por finalidad promover el desarrollo institucional de las cooperadoras escolares a través de acciones de sensibilización comunitaria, regularización jurídica, capacitación dirigencial y acceso a financiamiento público para la ejecución de proyectos sociales.

Que el Artículo 5º del Decreto Nº 3723-MG-2026 establece como líneas de acción del Programa el reempadronamiento y regularización institucional, la capacitación y formación dirigencial y el acceso al financiamiento público.

Que asimismo el Artículo 7º del referido Decreto establece como requisito para acceder al financiamiento encontrarse en estado regular ante la Dirección de Personas Jurídicas.

Que en consecuencia resulta necesario adoptar las medidas tendientes a restablecer el normal funcionamiento institucional de la entidad, posibilitando la conformación de autoridades legítimamente electas y la regularización de su situación registral.

Que la permanencia de la entidad en estado de irregularidad no sólo afecta su normal desenvolvimiento institucional sino que además impide su incorporación plena a las herramientas de fortalecimiento, capacitación y financiamiento previstas por el Programa Cooperadora Activa.

Que la convocatoria de oficio constituye una herramienta excepcional destinada a garantizar la continuidad institucional de las personas jurídicas cuando circunstancias de interés público así lo aconsejan.

Que la regularización de las Cooperadoras Escolares reviste un especial interés público atento a su vinculación directa con la comunidad educativa y con las políticas provinciales orientadas al fortalecimiento de la educación.

Que el Artículo 4 inciso 5) de la Ley V-0112-2004 faculta a esta Dirección de Personas Jurídicas a convocar de oficio a asambleas cuando ello resulte necesario para garantizar la continuidad institucional de las entidades sujetas a fiscalización.

Que en virtud de lo expuesto corresponde convocar de oficio a Asamblea General Ordinaria de Asociados a fin de proceder a la elección de autoridades y regularización institucional de la entidad.

Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley Nº V-0112-2004

LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1: CONVOCAR a ASAMBLEA DE ASOCIADOS DE OFICIO de la entidad “ASOCIACION CIVIL COOPERADORA HOGAR ESCUELA Nº 5 BERNARDINO RIVADAVIA” LPJ 83/1999, personería jurídica otorgada mediante Resolución Nº 378-PCyFdePJ-01 a realizarse el día 26/10/2026 a las 18:30Hs. en la sede social de la entidad sita en el Centro Educativo Nº 5 Bernardino Rivadavia, Calle Rivadavia Nº 21, Localidad de Nueva Galia, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente orden del día:

1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta

2) Reforma de Estatuto Social

3) Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/2025

4) Elección de Autoridades

ARTICULO 2: DETERMINAR que podrán participar en el acto asambleario todos los tutores de los menores del establecimiento escolar que obren en el Listado Adjunto elaborado por la Dirección del colegio.

ARTICULO 3: NOTIFIQUESE, en la forma de práctica y oportunamente ARCHIVESE.

DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ

Directora de Personas Jurídicas

SPP e: y v: 21 Oct

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN Nº 606-DPJ-2026.-

SAN LUIS, 20 de octubre del año 2026.-

Ref.: NORMALIZACION. -

VISTO:

Actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo de la entidad “ESCUELA DE FUTBOL INFANTIL ATE II”, LPJ 141/02, Con domicilio legal en la Localidad de Villa Mercedes. Departamento Pedernera, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Resolución Nº 239-PCyFdePJ-02, de fecha 24 de Julio de 2002;

CONSIDERANDO:

Que a fs. 542 a 544 y siguientes obra petición escrita suscripta por la persona propuesta como Normalizador y por más de 10 asociados, denuncian diversas irregularidades vinculadas con el incumplimiento de las obligaciones a cargo de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas, por no cumplir en tiempo y forma con los tramites tendientes a regularizar esta institución. Además, cuyos mandatos se encontrarían vencidos desde el año 2018 permaneciendo dicha situación hasta la actualidad.

Que, del análisis exhaustivo del legajo correspondiente a la entidad, surge que la misma se encuentra en estado IRREGULAR, adeudando la presentación de las Memorias, Estados Contables e Informes de la Comisión Revisora de Cuentas correspondientes a los ejercicios económicos cerrados durante los años2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 conforme a lo establecido en el Estatuto Social Vigente.

Que, en virtud de la situación institucional y administrativa constatada, resulta necesario adoptar las medidas conducentes a encausar y normalizar la vida institucional de la entidad, procurando garantizar el cumplimiento de las disposiciones estatutarias y legales aplicables.

Que, a tales fines, los presentantes solicitan la designación de un delegado Normalizador, proponiendo para desempeñarse en dichos cargos al Señor: ALCARAZ, SERGIO DANIEL; DNI: 26.214.644

Que el presente instituto de normalización tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de 60 días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo del Delegado Normalizador.

Que la normalización por parte del Estado de la administración de una entidad civil ha sido reconocida desde antiguo por nuestros tribunales (Cámara Civil 1º de la Capital Federal, septiembre 30 de 1936, en autos “Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios”; ídem, mismo tribunal en fecha 17 de junio de 1930 en autos “Asociación Mutual de Retirados del Ejército y la Armada”). -

Atento a ello, consideraciones de hecho y derecho efectuadas, constancias del Legajo/Archivo 342/2011 y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación, art. 168 inciso 22 de la Constitución de la Provincia de San Luis; art. 7, apartado 3, inciso b de la Ley Provincial Nº V-0112-2004, Articulo 83 siguientes y concordantes de la Resolución General Nº38-DPCyFPJ-2018, esta oficina está facultada para fiscalizar, controlar y normalizar las entidades inscriptas como Personas Jurídicas, en EXCLUSIVO INTERES PÚBLICO;

POR ELLO, Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,

LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS

RESUELVE:

Art. 1º.-Disponer la medida administrativa de NORMALIZACION de la entidad “ESCUELA DE FUTBOL INFANTIL ATE II”, LPJ 141/02, Con domicilio legal en la Localidad de Villa Mercedes. Departamento Pedernera, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Resolución Nº 239-PCyFdePJ-02, de fecha 24 de Julio de 2002;.-

Art. 2º.-Designar en el carácter de Delegado Normalizador al Señor ALCARAZ, SERGIO DANIEL; DNI: 26.214.644 a fin de que lleve adelante el proceso de normalización de la entidad, por el término de SESENTA (60) DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por causas que así lo justifiquen. Establecer que, en el ejercicio del cargo impuesto, y dentro del plazo establecido, deberá convocar a Asamblea General Extraordinaria para la elección de autoridades según estatuto vigente y previo cumplimiento de las formalidades que exige la normativa aplicable.

Art. 3º.-Notifíquese, publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, Protocolícese y oportunamente Archívese.-

DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ

Directora de Personas Jurídicas

SPP e: y v: 21 Oct

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES

ORDENANZA Nº 1373-HCD-O-2026.-

22 de septiembre de 2026.-

VISTO:

El Expediente Interno del DEM Nº 10928-2026, y;

CONSIDERANDO:

Que el contiene Decreto Municipal Nº 5938/2026, mediante el cual el Ejecutivo Municipal dispone el adelantamiento del pago del 5% correspondiente a octubre, para ser abonado con los haberes del mes de septiembre y el 5% correspondiente a noviembre, para ser abonado con los haberes del mes de octubre; los que fueran calculados sobre el básico correspondiente al mes de enero de 2026 y con alcance a todo el personal de la Municipalidad de Villa Mercedes, dependientes de todas las jurisdicciones y categorías; Tribunal de Contralor Municipal, Honorable Concejo Deliberante y Justicia Municipal de Faltas; como así también para los trabajadores de Obras Sanitarias Mercedes, conforme lo determinado por Decreto Municipal Nº 4613/2026 y homologado por Ordenanza Nº 1367-HCD/O/2026.

Que, en consecuencia, el Honorable Concejo Deliberante, manifiesta su pleno acuerdo a la medida dispuesta, por considerar que resulta beneficioso para los trabajadores de la Administración Pública Municipal y de Obras Sanitarias Mercedes.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN QUÓRUM LEGAL

Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA Nº 1373-HCD/O/2026

Art.1º) HOMOLOGAR el Decreto Municipal Nº 5938/2026, que dispone el ADELANTAMIENTO del pago del 5% dispuesto para octubre, con los haberes del mes de septiembre y el pago del 5% dispuesto para noviembre, con los haberes del mes de octubre, conforme lo dispuesto por Decreto Municipal Nº 4613/2026 y homologado por Ordenanza Nº 1367-HCD/O/2026; ambos calculados sobre el básico correspondiente al mes de enero de 2026 y con alcance a todo el personal de la Municipalidad de Villa Mercedes, dependientes de todas las jurisdicciones, Tribunal de Contralor Municipal, Honorable Concejo Deliberante y Justicia Municipal de Faltas y para todas las categorías; como así también para los trabajadores de Obras Sanitarias Mercedes.

Art.2º) En el marco de lo dispuesto por Art. 1º) de la presente Ordenanza, considérense aprobadas las planillas de básicos para cada categoría, citadas por Art. 2º) del respectivo Decreto y detalladas en ANEXO I del mismo.

Art.3º) Las disposiciones del Decreto citado ut supra y, en consecuencia, de esta Ordenanza y que surtirán efecto, con el porcentaje del Cinco por Ciento (5%) detallado para cada oportunidad, a partir de la liquidación de sueldos de septiembre y octubre de 2026, respectivamente; resultan de orden público y sus efectos serán aplicados hacia el futuro, no pudiendo valerse ni interpretarse retroactivamente y no generando derecho o reconocimiento alguno en tal sentido.

Art.4º) Considérense facultados el Departamento Ejecutivo Municipal y Obras Sanitarias Mercedes a realizar las modificaciones presupuestarias necesarias y de cualquier naturaleza, función y/o finalidad en los Presupuestos vigentes, en los programas y jurisdicciones que correspondan, incorporando nuevas partidas y/o modificando las ya previstas para cubrir los costos que demande el cumplimiento de lo establecido en el presente instrumento normativo.

Art.5º) Cúmplase.

Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.

SILVINA LETICIA GALETTO

Presidenta H.C.D.

María A. Olmos

Secretaria Legislativa H.C.D.

EXENTO

DECRETO Nº 6211-2026.-

Villa Mercedes (S. L.) 29 de septiembre de 2026.-

VISTO:

Exp Nº 11177-E-HCD-2026, Ordenanza Nº 1373-HCD/O/2026 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, y;

CONSIDERANDO:

Que el departamento ejecutivo municipal, comparte el contenido de la norma antes dicha;

Que corresponde su promulgación conforme lo establecido en el Art. 63, inc. 3 de la Carta Orgánica Municipal;

Que por lo antes expuesto, debe emitirse el correspondiente acto administrativo;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal autoriza el dictado del presente decreto;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECRETA:

Art.1º) Promulgar la Ordenanza Nº 1373-HCD/O/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, referida a: Homologación del Decreto Municipal Nº 5938/2026, que dispone ADELANTAR el pago del 5% dispuesto para octubre, con los haberes del mes de septiembre y el pago del 5% dispuesto para noviembre, con los haberes del mes de octubre, con alcance a todo el personal Municipal y de Obras Sanitarias Mercedes.

Art.2º) Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Finanzas y demás dependencias que correspondan.

Art.3º) Cúmplase, comuníquese, REGÍSTRESE y ARCHÍVESE.

MAXIMILIANO GERMÁN FRONTERA

Intendente

Jorge Germán Sepúlveda

Secretario de Gobierno

Marcela Natalia Berón

Secretaria de Economía y Finanzas

EXENTO

ORDENANZA Nº 1374-HCD-O-2026.-

22 de septiembre de 2026.-

VISTO:

La Ordenanza Nº 1292-EMAH/O/2024, y;

CONSIDERANDO:

Que a través del citado instrumento normativo se dispuso Declarar “ZONA DE ALERTA Y VIGILANCIA SANITARIA” a la ciudad de Villa Mercedes a fin de prevenir, evitar y/o contener la situación de riesgo epidemiológico a raíz de la epidemia de dengue, zika y chikungunya que afecta a toda la región.

Que, conforme Art. 2º) de dicha Ordenanza, se estableció una vigencia de un (1) año a partir de su promulgación, con posibilidad de prórroga, por igual plazo mediante Decreto Municipal.

Que habiéndose agotado el plazo de dos (2) años de aplicación de esta norma, constatando que ha resultado altamente efectivo el régimen dispuesto para contrarrestar los focos de producción de vectores de riesgos epidemiológicos, en relación a las afecciones citadas y teniendo en cuenta la proximidad de la época estival, con aumento de temperaturas y precipitaciones; como así también, en carácter preventivo, la posibilidad de afectación a la ciudad de Villa Mercedes del “fenómeno meteorológico El Niño”, se considera pertinente prorrogar las disposiciones de esta norma, por un (1) año, desde el 18 de septiembre de 2026 y con autorización de prórroga por igual término, mediante Decreto Municipal.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN QUÓRUM LEGAL

Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA Nº 1374-HCD/O/2026

Art.1º) PRORROGAR por Un (1) año, a partir del 18 de septiembre de 2026 y con posibilidad de prórroga por idéntico período, mediante Decreto Municipal, las disposiciones establecidas por Ordenanza Nº 1292-EMAH/O/2024- Declaración como “ZONA DE ALERTA Y VIGILANCIA SANITARIA” a la ciudad de Villa Mercedes a fin de continuar con la prevención, evitar y/o contener la situación de riesgo epidemiológico a raíz de la epidemia de dengue, zika y chikungunya que sigue afectando a toda la región; en función de la proximidad del próximo período estival, como así también en carácter preventivo ante la posibilidad de afectación de la ciudad por el “fenómeno meteorológico El Niño”.

Art.2º) Cúmplase.

Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.

SILVINA LETICIA GALETTO

Presidenta H.C.D.

María A. Olmos

Secretaria Legislativa H.C.D.

EXENTO

DECRETO Nº 6210-2026.-

Villa Mercedes (S. L.) 29 de septiembre de 2026.-

VISTO:

Exp Nº 11178-E-HCD-2026, Ordenanza Nº 1374-HCD/O/2026 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, y;

CONSIDERANDO:

Que el departamento ejecutivo municipal, comparte el contenido de la norma antes dicha;

Que corresponde su promulgación conforme lo establecido en el Art. 63, inc. 3 de la Carta Orgánica Municipal;

Que por lo antes expuesto, debe emitirse el correspondiente acto administrativo;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal autoriza el dictado del presente decreto;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECRETA:

Art. 1º) Promulgar la Ordenanza Nº 1374-HCD/O/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, referida a: Prorrogar por Un (1) año, a partir del 18 de septiembre de 2026, y con posibilidad de aplazamiento por idéntico período, mediante Decreto Municipal la Ordenanza Nº 1292-EMAH/O/2024- Declaración como “Zona de Alerta y Vigilancia Sanitaria” a la ciudad de Villa Mercedes. -

Art.2º) Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Finanzas y demás dependencias que correspondan.

Art.3º) Cúmplase, comuníquese, REGÍSTRESE y ARCHÍVESE.

MAXIMILIANO GERMÁN FRONTERA

Intendente

Jorge Germán Sepúlveda

Secretario de Gobierno

Marcela Natalia Berón

Secretaria de Economía y Finanzas

EXENTO

ASAMBLEAS

COLEGIO FARMACEUTICO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

CONVOCATORIA

De conformidad a lo dispuesto por los arts. N° 38, 40, 43 y concordantes del Estatuto vigente y en ejercicio de lo normado por los arts. N° 6 inc “A” y 7 inc “A” de la Ley N° XIV-0376-2004, se convoca a los Señores Farmacéuticos Matriculados a esta Institución, a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 27 de Noviembre de 2026 a las 13:30 hs. -primer llamado-, la misma se realizara en la sede del Colegio, sito en calle Gral Paz N° 434 de esta Ciudad de San Luis, a los fines de tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

- Lectura y Aprobación de la Memoria y Balance correspondientes al ejercicio económico N° 40, finalizado el día 31/07/2026 y presupuestos de gastos periodo 01/08/2026 al 31/07/2027.

MARCELA VIVIANA VALENCIAGA

Secretaria

C: 3639 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA.

De acuerdo con lo establecido en el Estatuto Social y las disposiciones en vigencia, la Comisión Directiva convoca a los señores asociados de “ASOCIACIÓN CIVIL 224 SUEÑOS” a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el 31 de Octubre de 2026 a las 10:00 horas en la sede social sita en la calle Belgrano 777 Cuarto Piso de la Ciudad de San Luis, para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA:

1) Elección de dos Asambleístas para la firma del Acta;

2) Consideración y Aprobación de memoria, balance general e informe correspondiente al ejercicio 2025;

3) Elección de autoridades. La Comisión Directiva.

Sin otro Particular saluda Atte.

CLAUDIA A. CHACÓN

Presidente

C: 3663 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

CLUB NAUTICO Y DE PESCA LA FLORIDA

CONVOCATORIA Y ORDEN DEL DIA

1.-Convocar a Asamblea General Ordinaria para el día 15 (quince) de noviembre de 2026 a las 12 hs. en la Sede de la Institución cita en Embalse La Florida, Avenida de los Pescadores, (Ruta Provincial N° 39), kilometro 2,5, para tratar el siguiente Orden del Día:

a.- Lectura y consideración del Acta anterior,

b.- Elección de dos (2) socios asambleístas para la firma del Acta respectiva.

c.- Lectura y consideración de Memoria y Balance correspondiente al periodo 01-06-2005 al 31-05-206.

d.- Elección de Comisión Directiva periodo 2026, periodo 01-06-2026 a 31-05-2028, integrando los siguientes cargos: Presidente, Vicepresidente, Secretario, Tesorero, tres (3) Vocales Titulares, dos (2) Vocales Suplentes, Revisores de Cuentas Titulares: dos (2) y Revisor de Cuentas Suplente: uno (1).

e.- Resuelta la presente Convocatoria, se designa la Junta Electoral con dos (2) socios electores y el Secretario y Presidente de la actual Comisión Directiva.

San Luis, 15 de Octubre de 2026.

JOSE RAMON MILONE

Presidente

C: 3675 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

ASOCIACIÓN CIVIL PARA LA INVESTIGACIÓN Y EL ACCESO DEL CANNABIS MEDICINAL - ACIACAM

Personería Jurídica Resolución Nº 307-DPCyFPJ-2023 - Legajo Archivo Nº 119/23

Convócase a los asociados a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA a celebrarse el día 9 de noviembre de 2026, a las 15:00 hs., en Sede Social de ACIACAM, calle Juan Bautista Alberdi 760, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, Provincia de San Luis, para tratar el siguiente Orden del Día:

1) Designación de dos (2) asociados para suscribir el acta conjuntamente con Presidente y Secretario.

2) Consideración y aprobación de la Reforma Integral y Texto Ordenado del Estatuto Social de ACIACAM.

3) Autorización al Presidente y Secretario para efectuar las presentaciones registrales y aceptar correcciones formales requeridas por la autoridad de contralor que no alteren sustancialmente lo aprobado.

Asimismo, convócase a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA para el mismo día 9 de noviembre de 2026, a las 16:30 hs., en el mismo lugar, para tratar:

1) Designación de dos (2) asociados para suscribir el acta conjuntamente con Presidente y Secretario.

2) Consideración de las razones de la convocatoria fuera de término correspondiente al ejercicio finalizado el 31/12/2025.

3) Consideración y aprobación de la Memoria y del Informe del Revisor de Cuentas del ejercicio 2025.

4) Consideración y aprobación de los Estados Contables, Balance General, Estado de Recursos y Gastos, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivo, notas, anexos e Informe del Auditor Independiente del ejercicio finalizado el 31/12/2025.

La documentación correspondiente se encontrará a disposición de los asociados en los términos estatutarios y conforme las indicaciones que se comuniquen junto con la convocatoria.

GERMÁN ALEJANDRO DIP DAVOLI

Presidente

C: 3676 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

La Honorable Comisión Directiva de la ASOCIACION BOMBEROS VOLUNTARIOS DE TILISARAO, convoca a socios activos a la Asamblea General Ordinaria, a celebrarse el día sábado 31 de octubre de 2026, a las 17:00 horas, en la sede de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Tilisarao, sita en calle 25 de Mayo, esquina Renca, de esta localidad, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Elección de dos asociados para la firma del acta de asamblea.

2. Consideración de la Memoria y Balance correspondiente al ejercicio económico 2023.

3. Consideración de la Memoria y Balance correspondiente al ejercicio económico 2024.

4. Consideración de la Memoria y Balance correspondiente al ejercicio económico 2025.

5. Elección de nuevas autoridades.

DANIELA AIMALE

Presidente

C: 3677 SPP e: y v: 21 Oct.

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 85- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE CHALECOS ANTIBALAS RB3, RB4 Y CASCOS BALÍSTICOS RB3 con destino al PERSONAL POLICIAL, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 7150803/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13093-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($865.462.500,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 03 de noviembre de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3592 SPP e: 16 y v: 21 Oct.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 86- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE MUNICIONES CALIBRE 9 X 19 MM. Y 7.62 X 51 MM con destino a la DIVISIÓN ARMAMENTO Y EQUIPOS, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 7150804/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13131-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($446.630.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 03 de noviembre de 2026 a las 11:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3593 SPP e: 16 y v: 21 Oct.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 87- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de MUEBLES Y EQUIPAMIENTO DE OFICINA con destino a DEPENDENCIAS POLICIALES (UROP 1, 2, 3, 4, 5, 6 DIRECCIONES GENERALES DG-1, DG-2, DG-3, DG-4, DG6, DG-11, DG-12, Y DG-13 Y BRIGADA RURAL), solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 8070246/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13417-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES CIEN MIL CON 00/100 ($85.100.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 05 de noviembre de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3594 SPP e: 16 y v: 21 Oct.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 88- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de VEHICULOS con destino a COMISARIAS DE ATENCION A LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (CANAF) DE LAS DISTINTAS UNIDADES REGIONALES, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 9281414/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13618-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOSCIENTOS VEINTIOCHO MILLONES CON 00/100 ($228.000.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 06 de noviembre de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3664 SPP e: 21 y v: 26 Oct

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 89- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de ELECTRODOMÉSTICOS con destino a DEPENDENCIAS POLICIALES DE UNIDAD REGIONAL ORDEN PUBLICO 1-2-3-4-5 Y 6, DIRECCIONES GENERALES 1-3-4-5-6-12 y 13, ALBERGUE POLICIAL DG-4 Y SUBJEFATURA DE POLICÍA, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 8030590/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13584-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($66.738.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 06 de noviembre de 2026 a las 11:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3665 SPP e: 21 y v: 26 Oct

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 90- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de BACHADOR EN FRÍO, solicitado por la Dirección Provincial de Vialidad, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000- 7160077/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 13705-MHIP-2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($93.750.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 10 de noviembre de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. Nº 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3666 SPP e: 21 y v: 26 Oct

COMERCIALES

EDICTO DE DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES - ART. 60 LEY 19.550 - AEROSOLES Y SERVICIOS S.A. - Mediante Actas de Directorio de fechas 20/12/2021 y 13/12/2024, y Actas de Asamblea y Registros de Asistencia de fechas 17/01/2022 y 13/01/2025, se resolvió, para ambos períodos, la designación de la Sra. Marcela Hausemer como Presidenta y Directora Titular, y de la Sra. Melina Lara Palonsky como Directora Suplente, por el término de tres (3) años en cada período.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3667 $5.500,00 e: y v: 21 Oct

JUPLAST.S.A.

Convocatoria Asamblea General Ordinaria

Que conforme lo establece el art.237 de la ley 19.550, se convoca a los señores accionistas de JUPLAST S.A. a participar de la Asamblea general ordinaria, la cual se celebrara el 10 de noviembre de 2026 a las 17:30 hs. en primera convocatoria y a las 18:30 hs en segunda convocatoria. La misma se llevará a cabo de manera presencial en el domicilio de Ruta Nacional 148, Margen Sur, Río V, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, a fin de considerar el siguiente orden del día 1) Designación de 2 socios encargados de firmar el acta, 2) Consideración de los Balances Generales, Estado de Resultados y demás documentos previstos en el artículo 234, inc. 1 de la Ley 19.550 correspondientes al ejercicio económico iniciado el 1 de junio de 2025 y finalizado el 31 de mayo de 2026, 3) Tratamiento de los resultados del ejercicio citado en el punto anterior y destino de resultados no asignados a la finalización del mismo. 4) Considerar la aprobación de la gestión del Directorio y la Sindicatura. 5) Considerar la remuneración y fijación de honorarios a los Directores y al Síndico. 6) Poner a consideración elección de Síndico titular y Síndico suplente. Asimismo, se hace saber que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, copias de los estados contables y demás documentación correspondiente al ejercicio cuya consideración integra el orden del día se encuentran a disposición de los accionistas para su consulta en la sede social..Fdo. Rufino Pablo Baggio. Presidente.

C: 3668 $27.500,00 e: 21 y v: 30 Oct.

Designación de Autoridades. El Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis, ordena se publique por el término de ley, el siguiente edicto: La empresa Mondelez Argentina S.A. , comunica que por Acta de Directorio Nº 1518 de fecha 03.06.2026, Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 29.06.2026, Acta de Directorio Nº1519 de fecha 30.06.2026 y Registro de Asistencia del 29.06.2026, se decidió la renovación de autoridades, quienes se mantendrán en sus cargos hasta la celebración de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas que considere los estados contables de la sociedad al 31 de diciembre del 2026. Presidente: Martin Antola DNI 23.782.353. Vicepresidente: Claudio Fabian Cerutti Garcia DNI 23.087.197. Director Titular: Tomas Gabino Gomez Alzaga DNI 25.069.945. Directora Suplente: Paula Andrea Morrone DNI 22.430.957. Síndico Titular: Jorge Garcia DNI 10.258.241. Síndico Suplente: Eduardo Horacio Lobato DNI 10.720.345.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3669 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

El registro público de comercio ordena publicar por el tiempo de ley la constitución de la sociedad “RADIO DIMENSIÓN SAN LUIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” conforme contrato firmado con fecha 31/08/2026 SOCIOS: Altamirano Sinatra Eliana María, DNI 22.852.847, CUIL N° 27-22852847-7, de estado civil soltera, argentino, comerciante, nacida el 18/05/1972, de 54 años, con domicilio en barrio 500 viviendas norte Mza 138 casa 2 de la ciudad de San Luis Pcia. de San Luis y el Barbato Néstor German, DNI 30.377.522, CUIL N° 20-30377522-7, de estado civil soltero, argentino, comerciante, nacida el 13/10/1983, de 42 años, con domicilio en Barrio 500 viviendas licitación 4 casa Mza 138 casa 2 de la ciudad de San Luis Pcia. de San Luis. DOMICILIO SOCIAL: tendrá su domicilio en Jurisdicción de la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, en Pedernera 1228 ciudad y provincia de San Luis, que podrá ser modificado por Acta de Reunión de Socios. - NOMBRE DE LA SOCIEDAD: La sociedad actuará bajo la denominación social “RADIO DIMENSIÓN SAN LUIS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.DURACIÓN: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de su constitución. OBJETO SOCIAL: OBJETO SOCIAL: La Sociedad tendrá por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, de las siguientes actividades: 1) RADIODIFUSIÓN AM Y FM: La instalación, explotación, administración, operación gestión y desarrollo de servicios de radiodifusión sonora en amplitud modulada (AM) y frecuencia modulada (FM), conforme a la normativa vigente y previa obtención de las licencias, autorizaciones, permisos y habilitaciones que correspondan. La sociedad podrá producir, realizar, grabar, editar, programar, emitir, transmitir y retransmitir contenidos radiales de carácter informativo, periodístico, cultural, educativo, musical, deportivo, artístico, publicitario y de entretenimiento. Asimismo, podrá desarrollar y explotar emisoras de radio AM y FM, estudios de producción y grabación, servicios de transmisión y retransmisión de programas y contenidos propios o de terceros, incluyendo entrevistas, programas en vivo, noticieros, boletines, podcasts y demás formatos vinculados con la actividad radiofónica. 2) PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE CONTENIDOS: La producción, elaboración, edición, generación, comercialización, distribución, cesión y explotación de contenidos radiales, audiovisuales, gráficos y digitales, propios o de terceros, destinados a su difusión a través de emisoras AM y FM, internet, plataformas digitales, streaming, redes sociales y cualquier otro medio de comunicación existente o que se cree en el futuro. La sociedad podrá brindar servicios de producción, grabación, edición, locución, transmisión y generación de contenidos radiales y audiovisuales para terceros. 3) PUBLICIDAD Y PROPAGANDA: La comercialización de espacios publicitarios, auspicios, promociones, menciones, publicidad institucional, contenidos patrocinados y demás formas de comunicación comercial a través de las emisoras AM y FM y de sus plataformas digitales. Asimismo, podrá producir, contratar, comercializar y difundir campañas publicitarias, piezas promocionales y contenidos de carácter comercial o institucional para personas humanas o jurídicas, públicas o privadas. 4) SERVICIOS DIGITALES Y MULTIMEDIA: La difusión, transmisión y retransmisión de los contenidos producidos por la sociedad mediante sitios web, aplicaciones, plataformas digitales, streaming, redes sociales, podcasts y demás medios tecnológicos de comunicación, pudiendo desarrollar y explotar los recursos digitales necesarios para complementar y ampliar la actividad de radiodifusión. 5) EVENTOS Y ESPECTÁCULOS: La organización, producción, dirección, coordinación y realización de eventos, espectáculos, recitales, festivales, congresos, exposiciones, presentaciones artísticas, culturales, empresariales y publicitarias, pudiendo efectuar su cobertura, transmisión y difusión mediante radio AM y FM, medios audiovisuales y plataformas digitales, tanto en la República Argentina como en el extranjero. 6) EQUIPAMIENTO E INFRAESTRUCTURA: La adquisición, instalación, administración, mantenimiento y explotación de estudios de radio, plantas transmisoras, antenas, equipos de transmisión, grabación, edición, producción y demás bienes y elementos técnicos necesarios o convenientes para el desarrollo de las actividades de radiodifusión AM y FM y de comunicación comprendidas en el presente objeto. 7) CONTRATACIONES: La sociedad podrá participar en licitaciones, concursos, concesiones y todo tipo de contrataciones públicas o privadas relacionadas con las actividades comprendidas en el objeto social, pudiendo celebrar contratos con el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal, entidades y organismos descentralizados o autárquicos, empresas públicas y privadas, personas humanas y personas jurídicas, tanto en el país como en el extranjero. Asimismo, podrá gestionar y obtener las licencias, autorizaciones, permisos, registros, habilitaciones y demás requisitos administrativos que resulten necesarios para el desarrollo de las actividades comprendidas en el presente objeto social. 8) ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS: A los fines del cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos, contratos, operaciones y actividades que sean necesarios, complementarios, conexos o convenientes para el desarrollo de las actividades precedentemente enumeradas, siempre que se encuentren permitidos por la legislación vigente. Las actividades sujetas a autorización, licencia, permiso o habilitación especial serán desarrolladas una vez obtenidas las correspondientes autorizaciones de las autoridades competentes. CAPITAL: El capital social es de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00), divididos en CIEN (100) cuotas sociales de PESOS QUINIENTOS ($500) cada uno. Los socios suscriben el capital de siguiente forma: la Sra. Altamirano Sinatra Eliana María, DNI 22.852.847 suscribe cincuenta y un (51) cuotas sociales por la suma de $25.500 que representan el 51% del capital social; el Sr. Barbato Néstor German, DNI 30.377.522, suscribe cuarenta y nueve (49) cuotas sociales por la suma de $24.500 que representan el 49 % del capital social. Se suscriben en un cien por ciento y se integran en un veinticinco por ciento en este acto.- SEDE SOCIAL: Pedernera 1228 ciudad y provincia de San Luis. REPRESENTACION Y ADMINISTRACION. La Representación y Administración de la Sociedad estará a cargo de la socia: Sra. Altamirano Sinatra Eliana María, DNI 22.852.847, quien ejercerá la gerencia y la representación de la sociedad, quien acepta expresamente el cargo para el que fue designada constituyendo domicilio especial en la sede social conforme art. 256 de la ley general de Sociedades Nº 19.550 en la sede social de la sociedad. Asimismo, manifiesta por este acto, bajo forma de declaración jurada que no es persona expuesta políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera, y a su vez declara bajo juramento no encontrarse comprendido dentro de las incompatibilidades del Art. 264 de la Ley 19.550. La fiscalización de la actividad de la sociedad estará a cargo de los propios socios, quienes desempeñan esa actividad. -EJERCICIO. El ejercicio Social cierra el día 31 de diciembre de cada año calendario. A esa fecha, se confeccionarán los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. DECLARACION BAJO FE DE JURAMENTO: Altamirano Sinatra Eliana María, DNI 22.852.847 y Barbato Néstor German, DNI 30.377.522 constituyen domicilio especial en la sede social conforme art. 256 de la ley general de Sociedades N.º 19.550 en la sede social de la sociedad. Asimismo, manifiestan por este acto, bajo forma de declaración jurada que no son personas expuestas políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera, y a su vez declaran bajo juramento no encontrarse comprendidos dentro de las incompatibilidades del Art. 264 de la Ley 19.550. GARANTIA DE LOS ADMINISTRADORES: Los administradores titulares deberán constituir una garantía en los términos del Art. 256 de la L.G.S. por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($376.600) a materializarse en una cuenta bancaria especial a cuenta y orden de la Sociedad. Los administradores tienen la obligación de comunicar a la sociedad los datos que individualizan dicha cuenta como así también la entidad financiera autorizada en la que opere. Los Administradores titulares no pueden disponer de dichos fondos durante el plazo de vigencia de su mandato más el término de prescripción de la acción social de responsabilidad.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3670 $5.500,00 e: y v: 21 Oct

El Registro Público de Comercio ordena se publique por el termino de ley que los

1) Socios: ZARATE IRENE BELEN D.N.I. 36.539.398, CUIT 27-36539398-8, argentina, soltera, Medica Anestesióloga, nacido el 30/10/1992 edad 33 años, con domicilio en Ruta 28 S/N Portezuelo, de la ciudad de Portezuelo, Provincia de La Rioja. ZARATE ELOY ENRIQUE D.N.I. 20.698.844, CUIT 20-20698844-5, argentino, soltero, Empleado Municipal, nacido el 20/08/1969 edad 57 años, con domicilio en Avenida San Martin S/N Jardin, de la ciudad de Portezuelo, Provincia de La Rioja. 2) Fecha del instrumento de constitución 23/09/2026. 3) Denominación ZARATE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA. 4) Domicilio: Establecer el domicilio legal, fiscal y la sede social en Ituzaingó 1055, de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis 5) Plazo de duración: noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de su constitución; 6)Objeto: La sociedad tiene como objeto dedicarse por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: a)Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; c) Culturales y educativas; d) Desarrollo de tecnologías investigación e innovación y software; e) Gastronómicas, Hoteleras y turísticas; f) Inmobiliarias y constructoras; g) Inversoras, financieras y fideicomisos; h) Salud; i) Transporte, j) Alimentos y bebidas; k) Textil y Calzado. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.7) Capital: PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000,00) dividido en OCHENTA MIL (80.000) acciones escriturales ordinarias de PESOS DIEZ ($10,00), valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto por acción y es suscripto de la siguiente ZARATE IRENE BELEN suscribe la cantidad de SETENTA Y DOS MIL (72000) acciones escriturales ordinarias de PESOS DIEZ ($10,00), valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto por acción. ZARATE ELOY ENRIQUE suscribe la cantidad de OCHO MIL (8000) acciones ordinarias escriturales, de diez pesos ($10,00) valor nominal cada una y con derecho a un (1) voto por acción. El capital se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la presentación de boleta de depósito del Banco Nación, debiendo integrarse el saldo pendiente dentro de un plazo máximo de dos (2) años contados desde la fecha de constitución de la sociedad. 8) Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios Sra. ZARATE IRENE BELEN D.N.I. 36.539.398 Administrador Titular y del Sr. ZARATE ELOY ENRIQUE D.N.I. 20.698.844, Administrador Suplente, ambos por tiempo indeterminado; 9) Cierre de ejercicio: 31 de Diciembre de cada año. 10) Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3671 $5.500,00 e: y v: 21 Oct

CULTIVAR SAN LUIS S.A

Designación de Autoridades

Inscripta en el Registro Público de Comercio al Tomo 14 de Contratos Sociales, Folio 160, Numero 22, en la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis el 10/01/2011. Que el día 31/12/2025 han cesado en sus cargos el PRESIDENTE DEL DIRECTORIO: Jorge Octavio Lizzi, D.N.I. n° 25.199.964, VICEPRESIDENTE: Adrián Walter Martínez. D.N.I. n° 18.174.491, DIRECTORA SUPLENTE: María Victoria Garro, D.N.I. n° 26.415.612, DIRECTORA SUPLENTE: María Eugenia Cignetti, D.N.I. n° 21.998.276. Que mediante Acta de Asamblea General Ordinaria y Registro de Asistencia, ambas de fecha 01/01/2026 se revolvió por unanimidad que por el termino de tres ejercicios se ocuparan de la siguiente manera los cargos del Directorio. PRESIDENTE DEL DIRECTORIO: Jorge Octavio Lizzi, D.N.I. n° 25.199.964, VICEPRESIDENTE: Adrián Walter Martínez, D.N.I. N° 18.174.491,DIRECTORA SUPLENTE: María Victoria Garro, D.N.I. n° 26.415.612, DIRECTORA SUPLENTE: María Eugenia Cignetti, D.N.I. n° 21.998.276 quienes aceptaron expresamente el cargo para el cual fueron designados bajo responsabilidad de ley, fijando domicilio especial, conforme al Art. 256 ultima parte de la Ley 19.550, en la sede social de la firma, sita en calle Belgrano N° 608, de la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, y en cumplimiento de las disposiciones legales manifestaron con carácter de declaración jurada que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades del Art.264 de la Ley 19.550.-

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3678 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

DON OCTAVIO S.A

Designación de Autoridades

Inscripta en el Registro Público de Comercio al Tomo 09 de Contratos Sociales, Folio 66/67, Numero 2712, en la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis el 05/08/2009. Que el día 31/05/2026 han cesado en sus cargos el PRESIDENTE DEL DIRECTORIO Sr. Jorge Octavio Lizzi, D.N.I. n° 25.199.964 y DIRECTORA SUPLENTE Srta. María Victoria Garro, D.N.I. n° 26.415.612. Que mediante Acta de Asamblea General Ordinaria y Registro de Asistencia, ambas de fecha 01/06/2026, se revolvió por unanimidad que por el termino de tres ejercicios se ocuparan de la siguiente manera los cargos del Directorio. PRESIDENTE DEL DIRECTORIO: Jorge Octavio Lizzi, D.N.I. n° 25.199.964 y DIRECTORA SUPLENTE: María Victoria Garro, D.N.I. n° 26.415.612 quienes aceptaron expresamente el cargo para el cual fueron designados bajo responsabilidad de ley, fijando domicilio especial, conforme al Art. 256 ultima parte de la Ley 19.550, en la sede social de la firma, sita en calle Belgrano N° 608, de la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, y en cumplimiento de las disposiciones legales manifestaron con carácter de declaración jurada que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades del Art. 264 de la Ley 19.550.-

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3679 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

FIDUPRO SAS

MODIFICACIÓN DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN

Se hace saber por un día que FIDUPRO S.A.S., CUIT 30-71627773-5, con sede en Profesor Ricardo D’Agnillo N° 92, Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, inscripta en el Registro Público de Comercio de Villa Mercedes mediante Resolución N° 190-RPC-2018 del 14/11/2018, tomo 56 de Contratos Sociales, folios 85/89, número 8, por Acta de Reunión de Socios N° 13 del 15/09/2026, resolvió:

1. Aceptar la renuncia de Ignacio Raúl Manissero, DNI 28.489.465, al cargo de administrador titular, con cese el 15/09/2026.

2. Dejar constancia del cese de Raúl José Manissero, DNI 10.397.660, como administrador suplente por fallecimiento ocurrido el 18/02/2023.

3. Designar como administradora titular y representante legal a Lucía del Carmen Fernández, DNI 17.061.001, CUIT 27-17061001-1, argentina, nacida el 14/06/1964, comerciante, casada con Esteban Primitivo Castro; y como administrador suplente a Esteban Primitivo Castro, DNI 14.099.694, CUIT 20-14099694-8, argentino, nacido el 26/08/1961, comerciante, casado con Lucía del Carmen Fernández; ambos con domicilio real en Hipólito Irigoyen N° 60, Justo Daract, departamento General Pedernera, provincia de San Luis. Aceptan sus cargos desde el 15/09/2026, por tiempo indeterminado, y constituyen domicilio especial en la sede social.

La representación legal será ejercida por la administradora titular designada, conforme al instrumento constitutivo.

Villa Mercedes (San Luis)

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3680 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

PTAH SAS - SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA UNIPERSONAL. Por instrumento privado de fecha 02 de octubre de 2026, con firmas certificadas por Escribano Público, se resolvió la cesión y transferencia de la totalidad de las acciones de PTAH SAS, quedando como titular del cien por ciento (100 %) del capital social la señora Nelly Ibonne Alcaráz, argentina, nacida el 20 de junio de 1937, jubilada, viuda, D.N.I. Nº 2.506.250, C.U.I.T. N.º 27-02506250-2, domiciliada en Leonismo Argentino Nº 1812, Villa Mercedes, Provincia de San Luis. Asimismo, se resolvió el cese de Erica Romina Vidal, D.N.I. Nº 29.639.493, como Administradora Suplente; la designación de Nelly Ibonne Alcaráz, D.N.I. Nº 2.506.250, como Administradora Titular; y la designación de Sebastián Rognoni, D.N.I. Nº 29.639.487, como Administrador Suplente, quienes aceptaron los cargos. La sociedad mantiene su sede social en Bolivia Nº 1830, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, y su capital social de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($800.000), representado por 800.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal PESOS UNO ($1) cada una y con derecho a un (1) voto por acción. La sociedad prescinde de Sindicatura. Fecha de cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 3681 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

“JS SERVICIOS GASTRONOMICOS SRL”

DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES

El Registro Público de Comercio, ordena se publique por el término de ley:

Que mediante Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 05/10/2026, se renueva el mandato de la gerencia de la sociedad y convalidan la gestión llevada hasta el momento; quedando la gerencia conformada de la siguiente manera:

SOCIO GERENTE: SERGIO ANGEL FINELLI - DNI 20.697.226 por el término de 2 (dos) años.

San Luis, 09 de octubre de 2026.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3682 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

JUDICIALES

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro. 2, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio, secretaría de la autorizante, en autos: “GODOY ROSARIO SARA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 446356/26 cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores de ROSARIO SARA GODOY, (D.N.I. Nº 951.824) bajo apercibimiento de ley.

Santa Rosa del Conlara, San Luis, 11 de Septiembre de 2026

C: 3598 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “RUIZ HILDA MARIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 449130/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de la causante: RUIZ HILDA MARIA, (D.N.I. N° 16.289.681), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-

San Luis, 29 de Septiembre de 2026.-

C: 3602 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 SL a cargo de la Jueza, Dra. Valeria Celeste Benavidez, en los autos caratulados: “AGÜERO EUDORO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO EXP 387199/22” cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a herederos, acreedores ya quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. AGÜERO EUDORO, DNI 3.210.544, bajo apercibimiento de ley.

C: 3615 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Kusa Agustin, DNI Nº 39.393.680, con domicilio en Pedernera 700 Nuevo Merlo, de la Localidad de Merlo, provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad.

San Luis, 14 octubre 2026.-

ELIANA LOURDES ALCARAS

Secretaria General

C: 3618 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, sito en calle Av. Belgrano 558, Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moises Benito Fara - Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “EXP 454461/26 - CASTRO NANCY RAQUEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta Sra. NANCI RAQUEL CASTRO DNI. N°.21.383.876, bajo apercibimiento de ley.-

Concarán (San Luis), 30 de septiembre de 2026.-

C: 3623 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “QUEVEDO JUAN CARLOS S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 450096/26, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores del SR. QUEVEDO, JUAN CARLOS, DNI N° 6.499.739, bajo apercibimiento de Ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3624 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en la Localidad de Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez, Secretaría a cargo del Autorizante, en autos caratulados: D’ACUNTO JOSEFA S/ SUCESION AB INTESTATO – EXP 451684/26 cita y emplaza por el plazo de treinta días a herederos y acreedores de Josefa D’Acunto, DNI Nº 5.748.628, bajo apercibimiento de ley.-

Santa Rosa del Conlara, San Luis, 6 de octubre de 2026.

C: 3625 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

El Sr. Juez en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de La Carlota, Provincia de Córdoba, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra. Marcela Segovia, en los autos caratulados “ESTILARTE, Julia Alejandra y OTROS c/ HEREDIA, Alejandro Damián y OTROS - ABREVIADO - DAÑOS Y PERJUICIOS - ACCIDENTE DE TRÁNSITO – TRÁMITE ORAL” (Expte.N º 13642398), cita y emplaza a los herederos de la Sra. Natalia Belén OJEDA, D.N.I. 31.883.044, para que en el plazo de veinte (20) días contados desde la última publicación del presente, comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía.

LA CARLOTA, CBA, 06/10/2026.-

IVANA ANDREA VALESIO

Prosecretaria

C: 3626 $27.500,00 e: 16 y v: 26 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral de la localidad de Concarán San Luis, a cargo del Dr. BENITO MOISES FARA, Juez Civil, Secretaria Autorizante, en autos caratulados: EXP 449441/26: “GODOY NOLBERTA, LUNA FRANCISCO RAMON S/ SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de NOLBERTA GODOY DNI. N° 5.080.212 y LUNA FRANCISCO RAMON DNI. N° 7.962.921 bajo apercibimiento de ley.-

Concarán, San Luis, 04 de AGOSTO de 2026.-

C: 3628 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “SIBILLA MABEL ROSALIA-LIENDO, RAMON ERNESTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 402909/23, cita y emplaza por (30) treinta días a herederos y acreedores del SR. LIENDO, RAMÓN ERNESTO DNI. N° 6.691.209, bajo apercibimiento de Ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3633 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 02 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, Jueza Titular; Prosecretaria a cargo del autorizante, sito en calle Rivadavia N° 340; 3er. piso de la Ciudad de San Luis, en los autos caratulados “FERNANDEZ JOSE VICTOR, FERNANDEZ JOSÉ EMILIO Y BLANCA RAQUEL OTERO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 452158/26 hace saber: “SAN LUIS, 28 de Setiembre del 2.026. Proveyendo ESCEXT N°31436385 de fecha 24/09/2026 presentado por el Dr. Nicolás Alejandro Anglada: Atento lo solicitado y constancias de autos, al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, RESUELVO: 1) Ordenar la apertura del juicio sucesorio de los causantes Don JOSE VICTOR FERNANDEZ, D.N.I N°14.362.664, Don JOSE EMILIO FERNANDEZ, D.N.I N° 6.636.600 y Doña BLANCA RAQUEL OTERO, D.N.I N° 4.559.534. 2) Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial y en Diario de mayor circulación en la Provincia de San Luis por el término de 03 TRES DIAS, citando a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejado por los causantes para que dentro de 30 (TREINTA) DIAS lo acrediten (Art. 699 del C.P.C)”

San Luis, 02 de Octubre de 2026

C: 3634 $16.500,00 e: 16 y v: 21 Oct.

La Dirección de Sustentabilidad Ambiental convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado por el Titular Medero, Héctor Edgar DNI Nº 20-26573519-4 y cuyo Consultor Ambiental asesor Torres Edgar Fabian, Matrícula RUCEIA N° 66 para el “LOTEO MEDERO”, ubicado en la localidad de Las Chacras Ruta Nº18, KM 13,5 S/N. Coordenadas geográficas de ingreso: 33°15’13.58”S 66°14’17.38”O. Juana Koslay del departamento Pueyrredón de la Provincia de San Luis, Argentina (Ref. EXD. Nº 0000- 4221533/25), en el marco de la Ley General del Ambiente N°25.675 y la Ley Provincial N°IX-0876-2013 «Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental». El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección Sustentabilidad Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, SAN Luis Consulta vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar

C: 3647 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

EDICTO DE CONVOCATORIA A CONCURSO.

Se comunica que en autos ADM N° 20559/26, que tramitan ante el Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría de la Dra. Paola Susana Giannini, se ha dictado la siguiente resolución: “San Luis, catorce de octubre de 2026. Atento la vacancia comunicada por Dirección de Recursos Humanos, en actuación digital N° 31556345/26, lo previsto en los arts. 199 y 200 de la Constitución Provincial y lo reglado en la Ley VI-0615- 2008, CONVÓQUESE al concurso de antecedentes y oposición, para cubrir: “UN (1) CARGO DE DEFENSOR DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA E INCAPACES DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL CON ASIENTO EN LA LOCALIDAD DE CONCARÁN”. ADM N° 20559/26, fijando el periodo de inscripción desde el 09/11/2026 al 13/11/2026, inclusive.

Hágase saber a los postulantes que deberán observar el procedimiento de inscripción on line, adoptado en fecha 20/02/2018 por Acta Nº 08 del Consejo de la Magistratura, conforme se indica en el sitio web consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar presentando por dicho medio, firmada digitalmente, la documental que prescriben los Arts. 3 y 4 incs. d), e) y f) de la Ley Nº VI-0615-2008 -de originales o copias debidamente certificadas por Escribano, Secretario encargado de certificaciones en el ámbito del Poder Judicial, Juez de Paz Lego o Policía de la Provincia- y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios exigidos para el cargo, los que se encuentran detallados en la sección “requisitos” del sitio web del Consejo de la Magistratura.

No es procedente el plazo de gracia para las presentaciones que se realicen en los Concursos que tramitan en el Consejo de la Magistratura conforme Acta Nº 08 de fecha 20/02/2018.

Se recuerda que en caso de necesitar asistencia para la inscripción on line, el postulante deberá concurrir a la terminal de consulta de Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sito en calle 9 de Julio N° 934 de la ciudad de San Luis, planta alta, los días hábiles de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hs. Asimismo, deberán presentar hasta dentro de los 5 días hábiles de finalizado el período de inscripción en Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, a los fines de su reserva en Secretaría, una carpeta con el comprobante de la inscripción on line y el soporte papel de la documentación de la misma, en original o copia certificada, debidamente foliada. Se admitirá, a esos efectos, la remisión que los postulantes efectúen a carpetas presentadas en otro concurso del Consejo de la Magistratura, en tanto refieran a concursos en trámite, estando a cargo de los postulantes completar y/o actualizar la carpeta papel para observar la correspondencia con la documentación incorporada en las respectivas inscripciones on line.

Los postulantes deberán someterse a las Audiencias Públicas de evaluación técnica y conocimiento personal y verbal que establecen los Arts. 7, 8 y 9 de la Ley Nº VI-0615-2008, siendo de aplicación lo dispuesto en la Resolución N° 01- CM-2023 publicada en la sección “Resoluciones” del sitio web del Consejo de la Magistratura.

El temario marco de contenidos mínimos, para tales evaluaciones de idoneidad técnica, se encuentra publicado en el mencionado sitio web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis.

El examen escrito se realizará el día 04/03/2027 a partir de las ocho treinta horas (08:30) y las audiencias de conocimiento personal y examen verbal, el día 05/03/2027 a partir de las ocho treinta horas (08:30). Los mismos se llevarán a cabo en el Palacio de Justicia, sito en calle 9 de Julio Nº 934, de la Ciudad de San Luis.

A efectos de la publicidad y transparencia de los actos, la Audiencia de conocimiento personal y examen verbal del día 05/03/2027 será transmitida vía streaming por el canal oficial del Poder Judicial en la Plataforma de Youtube, los interesados en acceder a la transmisión de dicha Audiencia deberán comunicar su cuenta de Google al correo institucional del Consejo magistratura@justiciasanluis.gov.ar, hasta dos días antes de la celebración de los exámenes verbales. -

PÚBLIQUESE en la página web del Consejo de la Magistratura, en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia y en el diario de edición digital de mayor circulación Provincial los días 19/10/2026, 21/10/2026 y 23/10/2026. (…) Firmado digitalmente por la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Presidente del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis”.

C: 3648 SPP e: 19 y v: 23 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “ACUÑA ROBERTO FABIAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO EXP 449595/26, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: SR. ACUÑA ROBERTO FABIAN DNI N° 21.807.988, bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3649 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de esta Ciudad, a cargo de la Dra. Valeria C. Benavidez, Jueza Subrogante, Prosecretaria del Autorizante, en los autos caratulados: “AGUILAR SERGIO RAFAEL s/ POSESION” (Expte. N° 345453/19) CITA a quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren por el plazo de quince (15) días, sobre: A) un inmueble rural ubicado en el Departamento Junín – Partido Santa Rosa – Lugar El Salado de la Provincia de San Luis, que posee una superficie de QUINCE HECTAREAS SEIS MIL SETECIENTOS TRES CON TRECE METROS CUADRADOS según Plano de Mensura Registrado Provisoriamente por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el N° 6/198/17 en fecha 18-08-2017 inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis al Tomo 12 de San Martín – Folio 143 – Número 1680 (T: A) y Tomo 12 de San Martín – Folio 136 – Número 1678 inscripción segunda (T: B), empadronado en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos bajo el N° 834 – Receptoría San Martín; y B) un inmueble rural ubicado en el Departamento Junín – Partido Santa Rosa – Lugar Estancia Totoral de la Provincia de San Luis, que posee una superficie de DOSCIENTAS CUARENTA Y TRES HECTAREAS CINCO MIL Poder Judicial San Luis TRESCIENTROS CINCUENTA Y DOS CON CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (PARCELA 1) y CINCUENTA HECTAREAS TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES CON CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (PARCELA 2) según Plano de Mensura Registrado Provisoriamente por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el N° 6/197/17 en fecha 18-08-2017 inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis al Tomo 5 (Ley 3236) de San Martín – Folio 461 – Número 965, empadronado en la Dirección Provincial de Ingresos Públicos bajo los Nros 789 y 450 – Receptoría San Martín, a fin de que comparezcan a tomar la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designara al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente.-

San Luis, 9 de OCTUBRE de 2026

C: 3650 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1, de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez; Secretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 452576/26 “SANTIVAÑEZ CARLOS S/SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. CARLOS SANTIVAÑEZ DNI Nº 6.936.049 bajo apercibimiento de ley.

Concarán San Luis, 8 de Octubre de 2026.-

C: 3651 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Laboral y Ambiental N°2 de la III Circ. Judicial sito en Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Juez Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio, Secretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 444573/26 “CARRANZA UNBERTO Y MOLEKER ELSA ADELINA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SR. CARRANZA UNBERTO DNI Nº 6.795.592 y SRA. MOLEKER ELSA ADELINA DNI N° 5.184.488, bajo apercibimiento de ley.

Santa Rosa del Conlara, San Luis 30 de Septiembre de 2026.

C: 3652 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.

Juzgado Civil Comercial Minas N° 2 San Luis Juez Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, Secretaria Autorizante, autos “CARRIZO ANGEL BENANCIO C/ PEREIRA JOSE ROSARIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITVA” EXP N° 401157/23, cita y emplaza para que comparezcan a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble de B° Santa Rosa, calle Arturo Acevedo N°150, de la Provincia de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Partido La Capital, Padrón N°862.374, Inscripción de Dominio T°103 (Ley 3236) de Capital, F°320 –N°30.82, de Receptoría Capital, correspondiente al plano N°1/300/21, confeccionado por el agrimensor Mauricio T. Aguil, Parcela “68” constante de una superficie de TRESCIENTOS TRES METROS NOVENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (303,93 M2) con los siguientes límites: NORTE: Cornelio Sebastián Gaspar; OESTE: calle Arturo Acevedo y José Rosario Pereira, ESTE: José Rosario Pereira y SUR: Domingo Alberto Escudero y Ana María Escudero; con apercibimiento en caso de incomparecencia se designará al Defensor de Ausentes para representarlos.-

SAN LUIS, 04 DE SEPTIEMBRE DE 2026.-

C: 3653 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

La Dirección de Sustentabilidad Ambiental convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa DG EMPREDIMIENTOS S.A. con CUIT/CUIL Nº 20-22452887-7 y cuyo Consultor Ambiental asesor, Ing. Torres, Edgar Fabian matricula Nº 69 RUCEIA para el Proyecto de urbanización denominado Fincas del Dique- Club de Campo, ubicado en ruta 146 y camino vecinal S/N de la localidad de Lujan departamento Ayacucho de la Provincia de San Luis, Argentina (Ref. EXD. Nº 0000-9270388/17, en el marco de la Ley General del Ambiente N°25.675 y la Ley Provincial N°IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección Sustentabilidad Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, SAN Luis Consulta vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar

C: 3654 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra GERALDINA INÉS IBÁÑEZ, JUEZ DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL N° 2 - Secretaría a cargo del autorizante, en autos caratulados “ EXP 452180/26 “GARCÍA ROMÁN RAÚL DANIEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de treinta días a los herederos y acreedores de Don RAÚL DANIEL GARCÍA ROMÁN - DNI. 17.509.294 bajo apercibimiento de ley (art. 699 CPCC)

San Luis, 29 de Septiembre de 2026

C: 3655 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.

El juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 1 a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez, Prosecretaria a cargo de la autorizante, en autos caratulados “LEDESMA CIPRIANO RAUL Y OTROS C/ DE PELLEGRIN WALTER S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 375417/21 cita y emplaza por el termino de QUINCE DIAS a toda persona que se considere y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren sobre el inmueble ubicado en la provincia de San Luis, el Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Partido: La Capital, con una SUPERFICIE de 13671 M2. 50 Dm2., LINDEROS: Al Sur, en parte con calle Buenos Aires, y en parte con parcela 70 del mismo plano; al Este, con parcela 9 de propiedad del Sr. Héctor Domingo González; y al Oeste, con varios inmuebles de propiedad de Asociación Argentina de Telegrafistas, Radiotelegrafistas y Afies; de Gennaro Santagata; de Felipa Nerea Ojeda de Matera y Otros; de Andrés Poszler; de José Florencio Salinas; y de Sara Inés Garay de Brauer. Individualizado en el plano de mensura registrado bajo el N° 1/33/87 de fecha 09/04/1987 confeccionado por el Agrimensor Cacace Roberto E., PARCELA N° 69, MANZANA 62, empadronado en Geodesia y Catastro bajo el N° 855.232 de la Receptora Capital, Inscripción Registral: Matricula 1-19124 Rº 6 Aº 3, y que se encuentra FRACCIONADO Y MENSURADO a saber : 1) PARCELA N° 153 ,Plano N°1/137/19 con una superficie de TRESCIENTOS DOS, CON CINCUENTA METROS CUADRADOS (302,50 M2) y que limita al Norte: Poseedor Vanesa Herrera, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Receptoría Capital, parc. 69-Pl. 1-134-07 Pl 1-514-18, Sur: Poseedor Walter Jaime, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Receptoría Capital, Parc. 69- Pl 1-33-87 Pl 1-134-07 , Oeste: Felipe Norea Ojeda de Matera, Lidia Primitiva Ojeda de Salguero, Maira Cleofe Ojeda y Humberto Daniel Ojeda, Padrón 30306 Receptoria Capital, Parc.55 - Pl 1-560-57, Nicolás Claudio Santagata, Elbio Santagata y Esteban Santagata, Padrón 30305 Capital, Parc.54- Pl 1-560-57, Este: Pasaje Blas Parera (s/pav) a=14,75m. 2) PARCELA 661, Plano N° 1/139/19 con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO, CON SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (264, 68 M2) limita al Norte: Poseedor Perez, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Receptoría Capital, Parc.69-Pl.1- 33-87, Pl-1-134-07, Sur: poseedor Perez, Parc.123- Pl 1-363-18, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Rec.Capital Parc.69- Pl.1-33-87, Pl.1-134-07, Oeste: Pasaje Blas Pareras (s/pav)a= 14,75m, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Rec.Capital, Este: Walter de Pellegrin, Padrón 855.232,Poseedor Funes, Parc.69- Pl.1-33-87, Pl.1-134-07. 3) PARCELA 156, plano 1/184/ 19, con una superficie de CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (194,44M2) limita al Norte: Poseedor Funes, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232-Rec. Capital, Parc.69- Pl 1-33-87, Pl1-134-07, Sur: Iris Beatriz Haberkon (poseedor) Parc.123-Pl.1-363-18, Walter de Pellegrin, Pd.855.232-Rec.Capital , Parc.69- Pl.1-33-87, Pl. 1-134-07, Este: Pasaje El trabajador (s/pav)a=8,90m , Walter de Pellegrin, Oeste : Iris Beatriz Haberkon (poseedor) Parc.123-Pl.1-363-18. 4) PARCELA 150, Plano 1/128 /19 con una superficie de TRESCIENTOS UNO CON CERO NUEVE METROS CUADRADOS (301,09 M2) limita al Norte: poseedor Rogelio Adorno,Walter de Pellegrin, Sur: Pérez Poseedor, Walter de Pellegrin, Oeste: Pasaje Blas Parera (s/pav) a= 14,75m, Walter de Pellegrin, Este: Castro Roberto(poseedor) y Perez (poseedor), Walter de Pellegrin. 5) PARCELA 149, plano N°1/131/2019, con una superficie de TRESCIENTOS CON NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS (393 M2) limita al Norte: Pasaje Publico (s/pav)a=10m , Walter Pellegrin, Sur: Rogelio Adorno(poseedor), Este: pasaje Blas Parera (S/pav) a=14,75m, Oeste: Roberto Castro (poseedor). 5) PARCELA N° 155, Plano 1/ 185/ 19 con una superficie de DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS TREINTA Y DOS CON TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS (282,38 M2) limita al Norte: Poseedor Peres, Walter de Pellegrin, Sur: Poseedor Rodríguez, Walter de Pellegrin, Iris Beatriz Haberkon (poseedor), Oeste :Laura Barroso (poseedor) , Walter de Pellegrin, Poseedor Peres, Este: Pasaje El Trabajador , Walter de Pellegrin . 6) PARCELA N° 151, plano N° 1/136/ 19 con una superficie de TRESCIENTOS TRES CON SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (303,79 M2) limita al Norte: Poseedor Ledezma, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Sur: Poseedor Olivares, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Oeste: Nicolás Claudio Santagata, Elbio Santagata y Esteban Santagata, Pd.30305 Rec.Capital, Parc 54-Pl.1-560-57, Este: Pasaje Blas Pareras y Walter de Pellegin. . 7) PARCELA N° 661, plano N°1/139/ 19 con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO, CON SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (264,68 M2) limita al Norte , Poseedor Perez, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Receptoría Capital, Parc.69-Pl.1- 33-87, Pl-1-134- 07, Sur: poseedor Perez, Parc.123- Pl 1-363-18, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Rec.Capital Parc.69- Pl.1-33-87, Pl.1-134-07, Oeste: Pasaje Blas Pareras (s/pav)a= 14,75m, Walter de Pellegrin, Padrón 855.232, Rec. Capital, Este: Walter de Pellegrin, Padrón 855.232 , poseedor Funes , Parc.69- Pl.1-33-87, Pl.1-134-07. 8) PARCELA N° 125, plano N° 1/362/ 19 con una superficie de OCHENTA Y DOS CON SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (82,66M2) limita al Norte: Hugo Fabián SUAREZ (Poseedor), Sur: Alicia Fanny Orozco (poseedor), Parc.152-Pl.1-138-19 y Walter de Pellegrin, Oeste: Pasaje El Trabajador (s/pav)a=9,00m, Este : Walter de Pellegrini. 9) PARCELA N° 152, plano N° 1/139/ 19 con una superficie de TRESCIENTOS DIEZ CON NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (310,98 M2) limita al Norte: Walter de Pellegrin, Sur: Walter de Pellegini, Este: Pasaje El Trabajador, Oeste: Walter de Pellegrin. 10) PARCELA N° 659, plano N° 1/514/ 18 con una superficie de TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (338 M2) limita al Norte: Walter de Pellegrin, Sur: Walter de Pellegrin, Este: Pasaje Blas Parera, Oeste: Norma Remigia Aguirre,Parc.57- Pl.1-10322-76 Padron 44.478- Recep.Capital , Felipa Nerea Ojeda de Matera, Lidia Primitiva Ojeda de Salguero, Maira Cleofe Ojeda y Humberto Daniel Ojeda ,Parc. 55 plano 1-560-57, padron 30.306 Recep.Capital. 11) PARCELA N° 165, plano N° 1/379/19 con una superficie de TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS (351 M2) limita al Norte: Rogelio A.Adorno Gonella (poseedor) Parc.150 Pl.1-128-19, Walter de Pellegrin, Sur: Laura Elena Barroso (poseedor) Parc.661- Pl. 1-139-1 , Walter de Pellegrin, Este: Pasaje Blas Parera (s/pav) a=14,75m , Oeste: Sergio Enrique Funes (poseedor) Parc.155- Pl.1-185-19 y Claudia A. Caballero (poseedor) Parc.160-Pl 1-263-19. 12) PARCELA N° 148, plano N° 1/117 / 19 con una superficie de DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (284,32 M2) limita al Norte: Angel Alfredo Nicotra Pd.49517 Rec.Capital, Parc 15- Pl.1-104-80, Sur: Pasaje Publico (s/pav)a=10m, Este: Pasaje El Trabajador, Oeste: Pasaje Blas Parera. 14) PARCELA N° 664, plano N° 1/359/19 con una superficie de TRESCIENTOS CATORCE CON NOVENTA Y UN METROS CUADRADOS (314,91 M2) limita al Norte: Hector Domingo Gonzales, Pd. 858578- Rec Capital , Parc.116- Pl. 1-250-91, al Sur: Pasaje Publico (s/pav)a=10m, Este: Carlos Cabrera (poseedor), Oeste: Pasaje Blas Parera, Jorge Quevedo (poseedor). 13) PARCELA N° 160, plano N° 1/263/ 19 con una superficie de TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON CERO TRES METROS CUADRADOS (337,03 M2) limita al Norte: Roberto Castro, Sur: Sergio Funes, Este: Pasaje del Trabajador, Oeste: Rogelio Adorno y Teresa Perez. 14) PARCELA N° 154, plano N° 1/186/19 con una superficie de DOSCIENTOS SIETE, CON CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (207,41M2) limita al Norte: poseedor Olivares, Sur: Walter de Pellegrin, Este: Pasaje Blas Parera (S/Pav)A=14,75m, Oeste: Walter de Pellegrin. 15) PARCELA N° 161, plano N° 1/196 / 19 con una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO, CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (374,47 M2) limita al Norte: Héctor Domingo Gonzales, Pd. 858578 Rec. Capital ,Parc.116-Pl.1-250-91 y Angel Alfredo Nicotra Pd.49517 Rec. Capital, Parc.15-Pl.1-104-80, Sur: Pasaje Publico, Este: Alejandro Heberto Rodoni (poseedor), Oeste: Pasaje Blas Parera. 16) PARCELA N° 660, plano N° 1/127/19 con una superficie de SEISCIENTOS VEINTISIETE CON NOVENTA Y TRES METROS CUADRADOS (627,93 MTS 2) limita al Norte: Pasaje Publico (S/PAV)a=10m, Walter de Pellegrin, Sur: Pere (poseedor), Este: Pasaje El trabajador, Oeste: Rogelio Adorno y Pere; a fin de que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).”

San Luis, 21 de agosto de 2026

C: 3656 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: EXP 423516/24 “PIZARRO ZULEMA BEATRIZ Y DE BLASIS ABELARDO ADRIAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes: DE BLASIS, ABELARDO ADRIAN DNI: 6.871.261 y PIZARRO, ZULEMA BEATRIZ, DNI: 5.499.641, bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3657 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental N° 4, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis a cargo de la Dra. Geraldina Ibañez, Juez; Prosecretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 417884/26 “DOMINGUEZ JOSE ROBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Sr. DOMINGUEZ JOSE ROBERTO DNI Nº 29.187.486 bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 6 de OCTUBRE de 2026

C: 3658 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.

El Juzgado Civil, Com. y Ambiental N° 2, Circ. I., de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldine Ines Ibañez, Secretaria del Autorizante, en autos: ESCUDERO SILVIA CECILIA C/TECON S.A. S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP 437854/25 cita y emplaza por el término de 15 días a los Señores TECON SA, Y/O SUCESORES, Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse; sobre el inmueble ubicado en calle Faustino Berrondo s/n° entre Avenida Juan Bautista Alberdi y Domingo F. Sarmiento, de la localidad de San Francisco del Monte de Oro, de la Provincia de San Luis, Departamento: Ayacucho, Partido: San Francisco, Padrón Nº 480.448, Inscripción de Dominio T° 10 (Ley 3236) de Ayacucho, F° 408 – N° 10.455, de Receptoría: San Francisco, correspondiente al Plano Nº 7/104/24, confeccionado por el Agrimensor Mauricio T. Aguil, Parcela “65” constante de una superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO METROS OCHENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (378,83 M2) con los siguientes límites NORTE: CALLE Faustino Berrondo, OESTE: Víctor Francisco Guzman, ESTE: José Ibar Gracía y Tecon SA, y SUR: José Vicente Marín; bajo apercibimiento de designarles al Sr. Defensor Oficial de Ausentes para que los represente (Art.343, 2º párrafo del C.P.C.).-

San Luis, 09 de Septiembre de 2026.-

C: 3659 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares:

Poseedor: Brayan Manuel Gonzalez DNI. 40.318.384

Ubicación: Calle Las Vertiente Sin N° Km 21 Los Molles

Padrón: 26-319 y 26-579

Departamento: Belgrano.

Partido: Rumiguasi.

Informo que el día 23 - 10- 2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en Calle Sin Nombre La Ensenada Km 21 Los Molles.

La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.

San Luis, 16 de Octubre de 2026

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 3660 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares:

Poseedor: Juan José Blind DNI. 28.091.138

Ubicación: Calle Las Vertiente Sin N° Km 21 Los Molles

Padrón: 26-1078140

Departamento: Belgrano.

Partido: Rumiguasi.

Informo que el día 26-06-2026 se realizó la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en Calle Sin Nombre La Ensenada Km 21 Los Molles.

La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.

San Luis, 16 de Octubre de 2026

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 3661 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares:

Poseedora: Juana Cristina Arguello DNI. 12.779.496

Ubicación: Calle Sin Nombre Sin N° La Ensenada Km 21 Los Molles

Padrón: 26-319

Departamento: Belgrano.

Partido: Rumiguasi.

Informo que el día 24-10-2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en Calle Sin Nombre La Ensenada Km 21 Los Molles.

La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.

San Luis, 16 de Octubre de 2026

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 3662 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara - Juez, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “EXP 446966/26 ALANIZ FRANCISCO JAVIER S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto FRANCISCO JAVIER ALANIZ DOC. 21.384.008 bajo apercibimiento de ley.-

Concarán (San Luis), 22 de junio de 2026.-

C: 3672 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Jueza Titular; Prosecretaria a cargo del autorizante, sito en calle Rivadavia Nº 340 de la Ciudad de San Luis, en los autos caratulados “BUSTOS CINTHIA AYMARA C/ PEDERNERA AMELIA S/ PRESCRIPCION ADQUISTIVA”, EXP Nº EXP 415885/24, cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DIAS a PEDERNERA AURELIA, AURELIO Y/O AMELIA, SUS SUCESORES y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble ubicado en Camino Vecinal s/n km. 28,5, El Molle, Receptoría Hipólito Yrigoyen, Departamento Belgrano, Partido Rumiguasi con los límites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 8/111/22, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art.343, 2° párrafo del C.P.C.).-

San Luis, 07 de octubre de 2026.-

C: 3673 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 452962/26” GOMEZ VERONICA ANDREA S/SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de la causante VERONICA ANDREA GOMEZ, (D.N.I. Nº 23.947.759), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 07 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3674 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la Tercera Circunscripcion Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Santa Rosa del Conlara a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “BASTERRICA JUAN CARLOS S/SUCESION AB INTESTATO” EXP 449797/26, cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de del extinto DON JUAN CARLOS BASTERRICA DNI Nº 11.218.412, bajo apercibimiento de ley.-

Santa Rosa del Conlara, San Luis, 6 de octubre de 2026.-

JORGE A. RODRIGUEZ

Secretario

C: 3683 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct.

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por ROXANA MARCELA JORGE DNI 26026414 - JORGE SERGIO DANIEL DNI 28347454, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada - San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373- San Luis, teléfono 2664257609.

San Luis, 15 de octubre 2026.

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3684 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct.

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensura r un Inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el sellar MONICA GRACIELA JULIO DNI 17283743, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las Inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada - San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26 -1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMENEZ DE MAGALLANES Nélida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 - San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3685 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

El Dr. Fernando A. Spagnuolo, Juez Subrogante a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Prosecretaría a cargo de la Autorizante en los autos caratulados: “LOPEZ ANAHI RITA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP 413041/24, cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DÍAS a QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble cuyo padrón catastral es 261944, receptoría Quines, inscripción de dominio Tomo 17, Ley 3236 de Ayacucho, Folio 397, Nro 20826, ubicado sobre calle Mariano Moreno entre Córdoba y Saavedra, Quines, Departamento de Ayacucho, Provincia de San Luis e individualizado como Parcela 34, del plano 7/195/22, cuya nomenclatura de origen es circunscripción Quines, Sección 1, Manzana 125, Parcela 13, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Alberto Echenique, el mismo limita al Norte: Padrón 19-261495 a nombre de Rosa Sosa de Moreno; Sur: Padrón 19-26143, a nombre de Betty Teresita de Arce; Oeste: Calle Mariano Moreno; Este: Padrón 19-262612 a nombre de Mario Noel Gatica, 19-262610 a nombre del Estado Provincial de San Luis; con una superficie total de CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS (465,93 M2). Todo para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse. Todo bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes para que los represente.

San Luis, 17 de noviembre de 2025.-

C: 3686 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor WALTER VICENTE MOLINA DNI 20134264 - LAURA ALEJANDRA DOMINGUEZ DNI 22543028, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3687 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor SERGIO DARIO NAVARRO DNI 21630487, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3688 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor SERGIO GUSTAVO ROY DNI 18061470, empadronado bajo el padrón 26-362/26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3689 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct.

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el PAMELA ALEJANDRA VILLANUEVA RUIZ DNI 38833817, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3690 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor RAMON RAUL CALDERON, DNI 21823562, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3691 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor NELLY ESTHER EGEA DNI 10274642, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3692 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor RODRIGO DANIEL ELIAS DNI 22351450, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3693 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el RUBEN ANTONIO LEDESMA DNI 21028997, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3694 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la III Circ. Judicial, sito en Aut. de los Comechingones, Sta. Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del autorizante, en autos “(INICIO ORALIDAD) LEMOS CESAR DANIEL C/ QUIROGA FANNY ALICIA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA “ EXP 329104/18, cita y emplaza por 15 días a FANNY ALICIA QUIROGA, DNI Nº 12.956.434 y/o sus herederos o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio, ubicado en Ruta Provincial Nº 1 s/n, Villa de Merlo, Pdo. Merlo, Dpto. Junín, Pcia. de San Luis, designado como PARCELA “15199” Plano Nº 6/208/16. Linderos: Norte: Angel Gustavo Plaza, Eduardo Horacio Plaza (Pad. 9586 Rec. Merlo); Este: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13); Sur: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13); Oeste: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13). Sup.: 539,58 m2. Dominio: Matrícula 03-3119 Rº 6 Aº 2. Pad. afectado: 11239 Rec. 13 a nombre de Fanny Alicia Quiroga.

Santa Rosa del Conlara, 5 de octubre de 2026.-

C: 3695 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor CRISTIAN HERNAN MOGRO DNI 23707541, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3696 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el OSCAR SANTIAGO REYNOSO DNI 10039479- LILIANA ADRIANA SOSA DNI 12053348, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3697 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

El Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Prosecretaría a cargo de la Autorizante en los autos caratulados “SCHIAVI PABLO RAMON C/ URIA JULIO CESAR S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” Expte Nº 424714/24 cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DIAS a JULIO CESAR URIA, DNI Nº 3.227.100 y/o sus sucesores Sres. OMAR DEL ROSARIO URIA MORALES; SILVIA MERCEDES URIA MORALES y SARA DELIA MORALES y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Januario Luna S/N, Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredon, provincia de San Luis. Inscripto al Tomo 9 (ley 3236) de Capital, Folio 214, Nº 1912, designado como PARCELA 25 con una superficie total de novecientos treinta y seis con 22/100 metros cuadrados (936,22 m2),conforme a la mensura practicada por el Ing. Agrim. JONATHA W. SANDOVAL aprobada por la Dirección de Geodesia y Catastro con fecha de 11 de AGOSTO de 2023 bajo el Nº 1/157/23. Nomenclatura catastral de origen: Circunscripción de Juana Koslay, Sección 5, manzana 25, parcela 6, padrón Nº 871186 receptoría CAPITAL, para que comparezcan bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor de Ausentes para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2º y 3º párrafo del C.P.C).

San Luis, 02 de septiembre de 2026.-

C: 3698 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el LUCIA BEATRIZ AGÜERO DNI 35474927, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 08 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3699 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el JESUS ALEJANDRO BAIGORRIA DNI 17932398, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3700 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor ANDREA VIVIANA BUSTOS DNI 22445315, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3701 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor GUILLERMO RUBEN BUSTOS DNI 13841846, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3702 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el MARCO JAVIER FERNANDEZ CHAVEZ DNI 34137566, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3703 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor CARLOS REYNALDO GONZALEZ DNI 20136462 , empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3704 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor HECTOR ABEL GRASSO DNI 11217812, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3705 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor BARBARA REBECA LESCANO DOMINGUEZ, DNI 36227246, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3706 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Briggs Valeria Paola, DNI Nº 24.031.360, con domicilio en Mza 357 Casa 4 Bº 102 Viv., de la Localidad de San Luis, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matricula de Martillero Publico”; oposiciones de ley ante esta entidad. -

San Luis, 14 octubre del 2026.-

ELIANA LOURDES ALCARAS

Secretaria General

C: 3707 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct

La Dirección de Sustentabilidad Ambiental convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado por la empresa DISAL S.A. con CUIT/CUIL Nº 30-62118183-8 y cuyo Consultor Ambiental asesor, Dr. Ruben Lijteroff matricula Nº 04 siendo la principal actividad la elaboración de pinturas, barnices y productos de revestimiento similares, tinta de imprenta y masilla, ubicado en Ruta 148 Extremo Sur Km 755 de la ciudad de Villa Mercedes departamento Gral Pedernera de la Provincia de San Luis, Argentina (Ref. EXD. Nº 0000-7070049/23, en el marco de la Ley General del Ambiente Nº25.675 y la Ley Provincial NºIX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección Sustentabilidad Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis Consulta vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar -

RUBEN LIJTEROFF

Consultor Impacto Ambiental

C: 3708 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO - JUEZ SUBROGANTE, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “EXP 450978/26” RIVAS CESAR VALENTIN S/SUCESIÓN AB INTESTATO, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del causante CESAR VALENTIN RIVAS, (D.N.I. Nº 4.248.328), bajo apercibimiento de ley.-

SAN LUIS, 09 DE OCTUBRE DE 2026.-

C: 3709 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Oct

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Carolina Cherubini, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 448428/26 “TAPIA TRANSITO DEL ROSARIO, ZAPATA MARIA ELVIRA Y OTROS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sr. TAPIA TRANSITO DEL ROSARIO LE Nº 3.204.190, Sra. ZAPATA MARIA ELVIRA DNI Nº 8.205.622, Sra. TAPIA MARTA HAYDEE DNI Nº 4.559.439 y Sr. CAMARGO AMADOR TOMAS LE Nº 6.784.725.

Villa Mercedes, San Luis, 13 de octubre de 2026.

C: 3710 $5.500,00 e: y v: 21 Oct.

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el JORGE BELOUS DNI 14150897, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3711 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor LISANDRO JAVIER LUCERO DNI 24299354, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3712 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor JOSÉ ANIBAL MOLINA DNI 14144651, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3713 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor ALFREDO OSCAR ORTIZ DNI 16117222, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3714 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct.

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor ERICA LAURA POCOVI DNI 23131777 - RICARDO ZABALA DNI 17634790, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3715 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el ARTURO ARIEL RIVERO DNI 28148956 - RAUL DANIEL RIVERO DNI 25565729, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3716 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor FABRICIO RODRIGUEZ DNI 26450682, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3717 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula nº 336 CASL notifico que el día 5 de noviembre, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el señor MIGUEL ANGEL TORRES DNI 13290803, empadronado bajo el padrón 26-362 / 26-1052, ubicado en Complejo Habitacional “El Puestito” en las inmediaciones de la localidad de Villa La Quebrada – San Luis, donde no se ha identificado el dominio afectado. Citase especialmente al colindante Sur ALCARAZ JUSTO Padrón 26-411, colindante Oeste OJEDA MARIO FRANCISCO Padrón 26-1902, colindante Oeste FUNES DE ALCARAZ SOFIA Padrón 26-1901, colindante Este AMALIA OJEDA DE CONCHA y colindante Norte 26-746 señores MAGALLANES Ciro y GIMÉNEZ DE MAGALLANES Nelida Ester. Consultas en el domicilio Ayacucho 373 – San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 15 de octubre 2026.-

FRANCO DI GIUSEPPE BRUNELLO

Ingeniero Agrimensor

C: 3718 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

Sr. Mario Francisco Ledezma, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula Nº274 Del (CASL) notifico que el día 4 de diciembre de 2026, a las 9 hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por los Sres. JAVIER MAURICIO RAE DNI Nº30.583.504 Y MAURO MANUEL RAE DNI Nº31.789.768, respecto del fundo identificado con nomenclatura tributaria: no posee; nomenclatura catastral de origen: NO REGISTRADO. Sin registro en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Registro de Propiedad Inmueble: no posee. Lugar de encuentro en el inmueble sito en Ruta Provincial Nº4 S/N, departamento Ayacucho. Citase especialmente al colindante Norte: Provincia de la Rioja; Sur: Porzio Rut Celma; Porzio Rene Osvaldo; Este: Rae Danilo Yair; Rae Joan Germán; Estancia Santa Amelia de Quines S.A.; Oeste: no se localiza título ni padrón. -

Consultas en el domicilio de Bº UPCN Edificio 1 Depto 8 - San Luis

ledezmamario274-@hotmail.com

San Luis, de octubre 2026.-

MARIO F. LEDEZMA

Ingeniero Agrimensor

C: 3719 $11.000,00 e: 21 y v: 23 Oct

REMATES

El martillero Damián Sebastián Tinto (Matrícula Profesional: 01-1550 / 05-2004) y/o el martillero Cristhian Carvia (Matrícula Profesional: 01-2945 / 05-3608) comunican por 3 días que por cuenta y orden de FCA Compañía Financiera S.A. (art. 39 Ley 12962) y conforme artículo 2229 del Código Civil y Comercial de la Nación, subastarán por ejecución de prendas y en el estado que se encuentran los siguientes automotores:1) Marca: FIAT, Modelo MOBI 1.0 8V WAY, Modelo Año 2018, Tipo SEDAN 5 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552738693220737, Chasis Marca FIAT Nro. 9BD341A61JY531819, Dominio AC344UE; Titularidad de BARAHONA, MARIELA VERONICA, DNI Nro. 22.529.781; Sec. Prend. Expte. 443415/25 - Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 - Villa Mercedes - San Luis, BASE: $9.200.000; 2) Marca: FIAT, Modelo CRONOS DRIVE 1.3 GSE BZ, Modelo Año 2023, Tipo SEDAN 4 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552820598355003, Chasis Marca FIAT Nro. 8AP359AF2PU267957, Dominio AF749VB; Titularidad de PAEZ, LUCAS VICENTA, DNI Nro. 23.861.953; Sec. Prend. Expte. 443414/25 - Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 - San Luis, BASE: $15.100.000; DE NO EXISTIR OFERTAS SE SUBASTARÁN SIN BASE. Los compradores deberán abonar en el acto, seña de 12.1% del precio de compra, 10% comisión martillero, aporte al colegio de martillero, verificación e informes del automotor en el acto, en efectivo pesos argentinos y al mejor postor. Saldo a las 72hs. por medios de pago informados por la vendedora bajo apercibimiento de ser rescindida la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora sin previa notificación. Oferta mínima $100.000. El comprador deberá constituir domicilio en la ciudad de Córdoba. Puesta en marcha, gastos de deuda de patentes, (imp. Docente y/o formulario 381 si correspondiere), impuestos e infracciones, levantamiento de cautelares y otras medidas, impuestos de sellos, aportes colegiales, verificación y gastos bancarios por trámites de cautelares y gastos de transferencia son a cargo del comprador. Concluida la subasta no se admitirán reclamo sobre el estado de los bienes, insuficiente documentación o de cualquier otra índole, en virtud de encontrarse los bienes exhibidos debidamente y la naturaleza pública de los DNRPA y demás organismos. Subasta sujeta a aprobación de la entidad vendedora. Entrega una vez cancelado el saldo del precio e inscripto en el registro correspondiente la transferencia de dominio a nombre del comprador debiendo presentar título a su nombre. La entidad se reserva el derecho de admisión y permanencia. LUGAR Y FECHA DE SUBASTA: Arturo M. Bas 262 de la ciudad de Córdoba el día viernes 30/10/2026 a las 16:00 horas. EXHIBICIÓN: los días miércoles 28 de octubre del 2026 y jueves 29 de octubre del 2026, ambos de 17:00 a 19:00 horas en el domicilio sito en Av. Amadeo Sabattini N° 5313 ciudad de Córdoba. Informes: martillero Damián Sebastián Tinto Tel: 0351-156867386 e-mail: tintosubastas@gmail.com.

DAMIAN SEBASTIAN TINTO

Martillero

C: 3636 $16.500,00 e: 19 y v: 23 Oct.