ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DECRETO Nº 11535-MHIP-2026.-

San Luis, 9 de Septiembre de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9030361/26, por el cual la Dirección de Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública eleva la Programación Financiera Mensual correspondiente al mes de Septiembre del año 2026, y;

CONSIDERANDO:-

Que en act. PROFIM 102485/26, obran las solicitudes de la cuota mensual para atender las erogaciones previstas para el mes de Septiembre del año 2026 en las distintas jurisdicciones;

Que el presente caso se encuadra en las disposiciones de los Artículos 1º y 3º del Decreto Nº 212 -HyOP-(SH)-99;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO DE MINISTROS

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los artículos 1° y 3° del Decreto Nº 212 -HyOP-(SH)-99.-

Art. 2º.- Estimar la recaudación de ingresos para el mes de Septiembre del año 2026 a los efectos de hacer frente a los compromisos consignados en el artículo siguiente de acuerdo al detalle de recursos que a continuación se indica:

ADMINISTRACION CENTRAL

Total Recursos

186.232.837.604,00

Provinciales

42.625.875.973,00

Corrientes

41.811.875.973,00

Tributarios

36.134.992.728,00

No Tributarios

168.500.000,00

Venta de Bienes y Servicios

350.000.000,00

Rentas de la Propiedad

4.684.465.700,00

Transferencias

473.917.545,00

De Capital

814.000.000,00

Recuperación de Préstamos

814.000.000,00

Federales

143.521.961.631,00

Corrientes

143.521.961.631,00

Tributarios

143.521.961.631,00

Nacionales

85.000.000,00

Corrientes

85.000.000,00

Transferencias

85.000.000,00

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

Dirección General Obra Social del

Estado Provincial (D.O.S.E.P.) 11.425.000.000,00

Comisión Reguladora de Energía Eléctrica 270.771.019,00

Dirección de la Caja Social y Financiera

de la Provincia de San Luis 489.748.387,00

Art. 3º.- Disponer la Programación Financiera para el mes de Septiembre del año 2026, la que por institucional, categoría programática, fuente de financiamiento, inciso y monto a continuación se indica:

ADMINISTRACION CENTRAL Y DESCENTRALIZADA

INSTITUCIONAL: 01 y 03

INC1: PERSONAL IMPORTE

72.065.565.404,00

ADMINISTRACION CENTRAL

JURISDICCIÓN: 01-PODER LEGISLATIVO

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 2 3.199.413,58

SERVICIOS NO PERSONALES

1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 3 9.540.636,58

BIENES DE USO

1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 4 5.205.422,58

TRANSFERENCIAS

1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 5 196.612.552,08

BIENES DE CONSUMO

1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 2 2.950.416,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 3 10.633.332,00

BIENES DE USO

1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 4 1.708.332,00

TRANSFERENCIAS

1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 5 42.366.689,00

BIENES DE CONSUMO

1 01 30 18 00 00 00 1-01-00 2 1.110.172,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 01 30 18 00 00 00 1-01-00 3 13.456.266,00

BIENES DE USO

1 01 30 18 00 00 00 1-01-00 4 1.874.738,00

JURISDICCIÓN: 02- TRIBUNAL DE CUENTAS

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 2 5.750.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 3 13.666.666,67

BIENES DE USO

1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 4 5.100.000,00

TRANSFERENCIAS

1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 5 2.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 02 10 16 00 00 00 1-01-00 2 1.500.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 02 10 16 00 00 00 1-01-00 3 1.900.000,00

BIENES DE USO

1 02 10 16 00 00 00 1-01-00 4 5.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 02 10 17 00 00 00 1-01-00 2 50.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 02 10 17 00 00 00 1-01-00 3 2.666.666,67

JURISDICCIÓN: 10

SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 10 10 01 00 00 01 1-01-00 2 17.268.150,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 10 01 00 00 01 1-01-00 3 38.434.000,00

TRANSFERENCIAS

1 10 10 01 00 00 01 1-01-00 5 15.981.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 10 16 00 00 00 1-01-00 2 2.418.800,00

BIENES DE USO

1 10 10 16 00 00 00 1-01-00 4 2.453.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 12 17 00 00 00 1-01-00 2 48.677.099,90

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 12 17 00 00 00 1-01-00 3 18.388.894,42

BIENES DE USO

1 10 12 17 00 00 00 1-01-00 4 166.319.387,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 12 18 00 00 00 1-01-00 2 6.055.363,98

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 12 18 00 00 00 1-01-00 3 3.395.000,00

BIENES DE USO

1 10 12 18 00 00 00 1-01-00 4 105.671.976,58

BIENES DE CONSUMO

1 10 12 19 00 00 00 1-01-00 2 12.561.635,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 12 19 00 00 00 1-01-00 3 50.274.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 12 20 00 00 00 1-01-00 2 1.050.500,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 12 20 00 00 00 1-01-00 3 622.142,85

BIENES DE CONSUMO

1 10 13 21 00 00 00 1-01-00 2 404.550,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 13 21 00 00 00 1-01-00 3 1.228.788,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 14 22 00 00 00 1-01-00 2 17.762.630,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 14 22 00 00 00 1-01-00 3 32.883.213,60

BIENES DE USO

1 10 14 22 00 00 00 1-01-00 4 1.218.835,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 15 23 00 00 00 1-01-00 2 1.578.040,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 15 23 00 00 00 1-01-00 3 2.183.400,00

TRANSFERENCIAS

1 10 15 23 00 00 00 1-01-00 5 318.966.708,30

BIENES DE CONSUMO

1 10 16 51 00 00 00 1-01-00 2 500.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 16 51 00 00 00 1-01-00 3 1.400.000,00

TRANSFERENCIAS

1 10 16 51 00 00 00 1-01-00 5 600.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 16 52 00 00 00 1-01-00 2 1.400.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 16 52 00 00 00 1-01-00 3 12.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 17 53 00 00 00 1-01-00 3 2.990.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 17 54 00 00 00 1-01-00 3 750.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 17 55 00 00 00 1-01-00 3 950.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 18 56 00 00 00 1-01-00 3 200.000,00

TRANSFERENCIAS

1 10 19 57 00 00 00 1-01-00 5 350.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 01 00 00 03 1-01-00 3 10.800.000,00

BIENES DE USO

1 10 20 01 00 00 03 1-01-00 4 8.328.390,00

TRANSFERENCIAS

1 10 20 24 00 00 00 1-01-00 5 29.316.714,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 20 25 01 00 00 1-01-00 2 202.860,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 01 00 00 1-01-00 3 71.346.713,00

TRANSFERENCIAS

1 10 20 25 01 00 00 1-01-00 5 179.727.700,75

BIENES DE CONSUMO

1 10 20 25 02 00 00 1-01-00 2 9.575.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 02 00 00 1-01-00 3 73.698.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 20 25 03 00 00 1-01-00 2 6.194.223,57

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 03 00 00 1-01-00 3 17.699.362,00

PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE DEPORTE

1 10 20 25 03 01 00 1-01-00 4 50.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 20 25 04 00 00 1-01-00 2 3.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 04 00 00 1-01-00 3 100.622.461,48

TRANSFERENCIAS

1 10 20 25 04 00 00 1-01-00 5 148.713.000,00

TRANSFERENCIAS

1 10 20 25 04 00 00 4-28-00 5 11.102.240,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 05 00 00 1-01-00 3 15.416.560,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 06 00 00 1-01-00 3 7.600.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 07 00 00 1-01-00 3 4.575.000,00

CRECIENDO CON TU CLUB

1 10 20 25 08 01 00 1-01-00 5 438.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 20 25 09 00 00 1-01-00 2 33.118.895,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 20 25 09 00 00 1-01-00 3 500.000,00

TRANSFERENCIAS

1 10 20 25 09 00 00 1-01-00 5 287.915.250,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 25 01 00 00 04 1-01-00 2 943.484,50

BIENES DE CONSUMO

1 10 27 28 00 00 00 1-01-00 2 1.079.384,50

BIENES DE CONSUMO

1 10 30 32 00 00 00 1-01-00 2 1.079.384,50

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 30 32 00 00 00 1-01-00 3 5.154.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 30 32 00 00 00 3-34-00 2 4.124.508,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 31 34 00 00 00 1-01-00 3 3.540.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 32 47 00 00 00 1-01-00 2 44.384,50

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 32 47 00 00 00 1-01-00 3 3.680.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 32 49 00 00 00 4-29-00 2 1.460.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 35 01 00 00 05 1-01-00 2 700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 35 01 00 00 05 1-01-00 3 1.500.000,00

BIENES DE USO

1 10 35 01 00 00 05 1-01-00 4 450.000,00

TUBI TU PROVINCIA EN BICICLETA

1 10 35 35 00 01 00 1-01-00 2 630.952,00

TUBI TU PROVINCIA EN BICICLETA

1 10 35 35 00 01 00 1-01-00 3 20.816.390,00

TUBI TU PROVINCIA EN BICICLETA

1 10 35 35 00 01 00 1-01-00 5 800.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 36 36 00 00 00 1-01-00 2 1.587.300,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 36 36 00 00 00 1-01-00 3 146.666,67

TRANSFERENCIAS

1 10 36 36 01 00 00 1-01-00 5 368.092.403,22

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 36 36 02 00 00 1-01-00 3 83.333,34

TRANSFERENCIAS

1 10 36 37 00 00 00 1-01-00 5 2.369.804.635,47

TRANSFERENCIAS

1 10 36 37 00 00 00 4-17-00 5 480.043.162,53

INNOVACION TECNOLOGICA DEL TRANSPORTE

1 10 37 38 00 01 00 1-01-00 3 9.705.918,98

BIENES DE CONSUMO

1 10 38 39 00 00 00 1-01-00 2 2.024.360,00

TRANSFERENCIAS

1 10 38 40 00 00 00 1-01-00 5 61.158.333,34

BIENES DE CONSUMO

1 10 40 01 00 00 06 1-01-00 2 7.606.190,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 40 01 00 00 06 1-01-00 3 5.228.000,00

TRANSFERENCIAS

1 10 40 01 00 00 06 1-01-00 5 1.845.400,00

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

1 10 40 41 00 01 00 1-01-00 2 1.202.000,00

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

1 10 40 41 00 01 00 1-01-00 3 8.332.240,00

BIENES DE CONSUMO

1 10 40 50 00 00 00 1-01-00 2 453.300,00

TRANSFERENCIAS

1 10 40 50 00 00 00 1-01-00 5 1.450.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 10 45 01 00 00 07 1-01-00 3 25.028.289,99

BIENES DE CONSUMO

1 10 50 01 00 00 08 1-01-00 2 100.000,00

JURISDICCIÓN: 11

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 11 10 01 00 00 01 1-01-00 2 451.953,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 10 01 00 00 01 1-01-00 3 11.238.000,00

TRANSFERENCIAS

1 11 10 01 00 00 01 1-01-00 5 630.000,00

TRANSFERENCIAS

1 11 10 16 00 00 00 4-03-00 5 167.077.616,20

TRANSFERENCIAS

1 11 10 17 00 00 00 1-01-00 5 2.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 11 10 18 00 00 00 1-01-00 5 560.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 11 19 00 00 00 1-01-00 2 2.787.218,49

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 11 19 00 00 00 1-01-00 3 5.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 11 11 20 00 00 00 1-01-00 5 15.639.278.979,00

TRANSFERENCIAS

1 11 11 20 00 00 00 3-16-00 5 47.742.072,75

APORTE CONVENIO CONSTRUYENDO CON TU PUEBLO

1 11 11 20 00 01 00 1-01-00 5 66.398.040,00

TRANSFERENCIAS

1 11 11 21 00 00 00 1-01-00 5 1.755.147.292,00

TRANSFERENCIAS

1 11 11 22 00 00 00 1-01-00 5 2.737.600.091,30

BIENES DE CONSUMO

1 11 12 23 00 00 00 1-01-00 2 75.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 13 24 00 00 00 1-01-00 2 10.756.100,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 13 24 00 00 00 1-01-00 3 727.941.543,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 13 24 01 00 00 1-01-00 3 1.439.512,53

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 13 25 00 00 00 1-01-00 3 57.653.794,13

BIENES DE CONSUMO

1 11 14 27 00 00 00 1-01-00 2 914.541,70

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 14 27 00 00 00 1-01-00 3 257.105.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 15 28 00 00 00 1-01-00 2 200.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 15 28 00 00 00 1-01-00 3 3.630.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 16 02 00 00 00 1-01-00 2 240.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 16 29 00 00 00 1-01-00 3 5.500.000,00

TRANSFERENCIAS

1 11 16 30 00 00 00 1-01-00 5 1.000.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 17 31 00 00 00 1-01-00 2 582.144,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 17 31 00 00 00 1-01-00 3 220.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 18 32 00 00 00 1-01-00 3 1.610.000,00

TRANSFERENCIAS

1 11 18 32 00 00 00 1-01-00 5 3.100.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 18 32 01 00 00 1-01-00 3 28.437.522,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 18 33 00 00 00 1-01-00 3 19.800.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 18 34 00 00 00 1-01-00 3 1.900.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 35 00 00 00 1-01-00 3 12.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 01 00 00 1-01-00 3 513.391.882,50

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 02 00 00 1-01-00 3 12.678.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 03 00 00 1-01-00 3 176.826.472,20

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 04 00 00 1-01-00 3 452.400.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 05 00 00 1-01-00 3 21.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 06 00 00 1-01-00 3 46.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 07 00 00 1-01-00 3 457.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 08 00 00 1-01-00 3 29.926.504,50

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 09 00 00 1-01-00 3 17.727.230,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 10 00 00 1-01-00 3 37.239.055,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 11 00 00 1-01-00 3 71.471.160,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 12 00 00 1-01-00 3 67.742.120,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 13 00 00 1-01-00 3 1.551.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 14 00 00 1-01-00 3 57.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 15 00 00 1-01-00 3 5.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 36 16 00 00 1-01-00 3 17.900.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 01 00 00 1-01-00 3 23.689.558,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 02 00 00 1-01-00 3 3.600.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 03 00 00 1-01-00 3 76.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 04 00 00 1-01-00 3 90.831.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 05 00 00 1-01-00 3 735.900,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 06 00 00 1-01-00 3 1.360.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 07 00 00 1-01-00 3 206.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 37 10 00 00 1-01-00 3 37.680.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 19 38 01 00 00 1-01-00 2 146.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 19 38 02 00 00 1-01-00 2 56.140.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 19 38 03 00 00 1-01-00 2 618.930.730,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 19 39 00 00 00 1-01-00 3 545.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 19 40 00 00 00 1-01-00 2 741.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 2 25.024.050,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 3 17.599.654,00

BIENES DE USO

1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 4 36.184.999,00

TRANSFERENCIAS

1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 5 2.600.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 22 04 00 00 00 1-01-00 3 900.000,00

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 01 00 1-01-00 2 250.000.000,00

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 01 00 1-01-00 3 46.000.000,00

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 01 00 1-01-00 4 1.288.612.195,16

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 01 00 4-22-00 3 105.763.999,29

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 01 00 4-22-00 4 411.865.044,84

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 01 00 4-52-00 3 335.000.000,00

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 01 00 4-52-00 4 30.000.000,00

MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES NO PAVIMENTADAS

1 11 22 44 00 02 00 1-01-00 4 569.264.278,46

DESTRONQUE Y DESMALEZADO DE BANQUINAS

1 11 22 44 00 03 00 4-52-00 3 86.089.920,00

ILUMINACION RUTAS PROVINCIALES

1 11 22 44 00 05 00 1-01-00 3 250.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 23 05 00 00 00 1-01-00 2 600.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 23 05 00 00 00 1-01-00 3 75.000.000,00

ESCUELA TECNICA N° 4 ”FRAY LUIS BELTRAN” AMPLIACION Y REFUNCIONALIZACION SAN LUIS

1 11 23 45 00 02 00 4-25-00 4 22.691.838,14

ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 8 “SUBSECRETARIO JOSE AOSTRI” REFACCION, MANT. Y AMPLIACION SAN LUIS

1 11 23 45 00 06 00 4-25-00 4 49.484.158,67

ESCUELA N° 423 “ BRIGADIER GRAL. JUAN MANUEL DE ROSAS” REFACCION Y CONSTRUCCION DE SALA DE 3 AÑOS SAN LUIS

1 11 23 45 00 07 00 4-25-00 4 27.422.685,75

ESC. NIVEL INICIAL N° 7 “BURBUJITAS” REFUNCIONALIZACION DE NUEVA SALA DE 3 AÑOS Y DEPENDENCIAS

1 11 23 45 00 12 00 4-25-00 4 16.458.296,89

TERMINACION DEL MODULO I DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MERCEDES

1 11 23 45 00 13 00 1-01-00 5 675.259.336,20

REFACCION Y MANTENIMIENTO HOSPITAL JUAN DOMINGO PERON ETAPA II - 1° PISO - VILLA MERCEDES

1 11 23 46 00 01 00 1-01-00 4 585.035.518,45

HOSPITAL DE UNION

1 11 23 46 00 07 00 1-01-00 4 378.707.232,30

HOSPITAL DR. RENE FAVALORO - VILLA MERCEDES

1 11 23 46 00 08 00 1-01-00 4 182.731.411,32

HOSPITAL DE SALUD MENTAL AMPLIACION Y PUESTA EN VALOR - SAN LUIS

1 11 23 46 00 10 00 1-01-00 4 458.900.976,97

CENTRO DE DESHABITUACION AL CONSUMO PROBLEMATICO Y ADICCIONES - TERMINACIONES - LA TOMA

1 11 23 46 00 11 00 1-01-00 4 110.284.591,84

INST.SUP.DE SEG.PUBLICA “CORONEL J.P.PRINGLES” -REFACCIÓN INTEGRAL DE INSTALACION ELECTRICA - JUANA KOSLAY

1 11 23 47 00 02 00 1-01-00 4 58.206.828,78

VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA

1 11 23 48 00 01 00 1-01-00 4 619.237.000,23

VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA

1 11 23 48 00 01 00 1-01-00 5 1.642.189.265,06

VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA

1 11 23 48 00 01 00 3-05-00 4 1.701.108.340,04

VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA

1 11 23 48 00 01 00 4-14-00 4 1.940.602.329,60

VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA

1 11 23 48 00 01 00 4-14-00 5 2.500.890.684,72

VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA

1 11 23 48 00 01 00 4-59-00 4 665.758.596,56

VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA

1 11 23 48 00 01 00 4-59-00 5 446.017.535,18

PARQUE RECREATIVO DE MERLO “TERMINACION

DEL MICROESTADIO” - VILLA DE MERLO

1 11 23 49 00 05 00 4-53-00 4 237.181.216,76

TERMINACION POLIDEPORTIVO Y ANEXOS EN LA

VILLA DEPORTIVA- SAN LUIS

1 11 23 49 00 08 00 4-53-00 4 504.384.290,64

BIENES DE CONSUMO

1 11 24 06 00 00 00 1-01-00 2 2.500.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 24 06 00 00 00 1-01-00 3 30.000.000,00

PROVISION DE GAS NATURAL A LOS BARRIOS 600 VIVIENDAS Y 74 VIVIENDAS - LA PUNTA

1 11 24 51 00 01 00 1-01-00 4 50.013.728,00

PROVISION DE GAS NATURAL AL BARRIO 900 VIVIENDAS - LA PUNTA

1 11 24 51 00 02 00 1-01-00 4 1.594.109,00

PLAN CHAU GARRAFA

1 11 24 51 00 03 00 1-01-00 6 123.000.000,00

NEXOS ELECTRICOS PARA PLANES HABITACIONALES

1 11 24 52 00 02 00 4-11-00 4 2.536.280,00

NEXOS ELECTRICOS PARA PLANES HABITACIONALES

1 11 24 52 00 02 00 4-74-00 4 139.283.750,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 26 54 00 00 00 1-01-00 2 685.854,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 26 54 00 00 00 1-01-00 3 1.200.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 26 54 00 00 00 4-04-00 3 1.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 11 26 54 00 00 00 4-04-00 5 7.898.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 11 26 54 01 00 00 1-01-00 2 335.295,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 26 54 01 00 00 1-01-00 3 200.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 11 26 54 02 00 00 1-01-00 3 174.857,14

ANTICIPOS FINANCIEROS

PUESTA EN VALOR Y REFUNCIONALIZACION DE RUTA

PROVINCIAL 1- INGRESO A LA LOCALIDAD DE MERLO

RUBRO 1- DPTO: JUNIN – PCIA. DE SAN LUIS 1.526.600.000,00

CONSERVACION MEJORATIVA EN RUTA PROVINCIALES

SIN PAVIMENTAR – RUTAS PROVINCIALES N° 30 Y N° 31.

DPTO: JUAN MARTIN DE PUEYRREDON Y CORONEL

PRINGLES. PCIA. DE SAN LUIS 21.401.022,01

RECONSTRUCCION Y RECALCE DE ALCANTARILLAS Y

SOCAVONES SOBRE R.P. N° 36 PERILAGO DIQUE PASO

LAS CARRETAS- DPTO: PRINGLES. PCIA. DE SAN LUIS 7.589.511,77

MANTENIMIENTO CORRECTIVO ESCUELA 149 MANUEL

LAINEZ - FORTUNA 128.463.368,81

CONSTRUCCION DE SALA DE 3 AÑOS. E.N.I MARTIN PESCADOR - ESC Nº 267 GOB. E. MENDOZA -

POTRERO DE LOS FUNES 59.700.644,01

MANTENIMIENTO Y REFACCION INSTITUTO SUPERIOR DE

SEGURIDAD CORONEL J. P. PRINGLES 291.034.143,91

AMPLIACION ESC. Nº 288 ANTONIO ESTEBAN AGÜERO -

VILLA DE MERLO 251.003.217,75

MANTENIMIENTO EN ESCUELA

TECNICA Nº 9 DOMINGO F. SARMIENTO 370.021.647,00

CONSTRUCCION 20 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD

DE LA TOMA - DPTO. PRINGLES 415.602.494,10

CONSTRUCCION 20 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE

JUSTO DARACT – DPTO. PEDERNERA 413.999.212,13

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 20 VIVIENDAS

EN LA LOCALIDAD DE QUINES - DPTO. AYACUCHO -

PROV. DE SAN LUIS 46.790.961,39

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 3 VIVIENDAS

EN ALTO PELADO - DPTO. JUAN MARTIN DE PUEYRREDON

PROV. DE SAN LUIS 17.040.937,50

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA EN BEAZLEY -

DPTO. J.M. DE PUEYRREDON - PROV. DE SAN LUIS 22.251.419,57

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 6 VIVIENDAS

EN SAN JERONIMO - DPTO. J.M. DE PUEYRREDON 10.149.575,30

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 30 VIVIENDAS

EN EL VOLCAN - DPTO. J.M. DE PUEYRREDON -

PROV. DE SAN LUIS 71.586.663,07

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 6 VIVIENDAS EN

ESTANCIA GRANDE - DPTO. PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS 29.813.307,37

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 4 VIVIENDAS

DE LA LOCALIDAD DE VILLA LARCA - DPTO CHACABUCO

PROV. DE SAN LUIS 32.910.732,44

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 10 VIVIENDAS

EN LA LOCALIDAD DE NUEVA GALIA - DPTO. DUPUY -

PROV. DE SAN LUIS 42.996.890,58

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 18 VIVIENDAS

EN LA LOCALIDAD DE BUENA ESPERANZA - DPTO. DUPUY

PROV. DE SAN LUIS 36.421.599,07

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 4 VIVIENDAS

EN LA LOCALIDAD DE BATAVIA - DPTO. DUPUY -

PROV. DE SAN LUIS 25.976.213,34

PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 16 VIVIENDAS

EN LA LOCALIDAD DE EL TRAPICHE - DPTO. PRINGLES

PROV. DE SAN LUIS 18.239.033,03

PUESTA EN VALOR Y REFUNCIONALIZACION DE RUTA

PROVINCIAL 1 - INGRESO A LA LOCALIDAD DE MERLO -

DPTO. JUNIN - PROV. DE SAN LUIS 159.986.630,00

JURISDICCIÓN: 12-MINISTERIO DE GOBIERNO

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 2 3.700.500,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 3 6.038.500,00

BIENES DE USO

1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 4 11.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 5 25.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 11 16 00 00 00 1-01-00 2 196.200,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 11 16 00 00 00 1-01-00 3 770.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 13 17 00 00 00 4-01-00 2 6.000.000,00

BIENES DE USO

1 12 13 17 00 00 00 4-01-00 4 6.950.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 13 17 00 00 00 4-41-00 2 1.800.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 13 18 00 00 00 1-01-00 3 13.817.252,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 14 19 00 00 00 1-01-00 2 2.183.907,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 14 19 00 00 00 1-01-00 3 3.047.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 15 20 00 00 00 1-01-00 2 2.603.734,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 15 20 00 00 00 1-01-00 3 17.500.000,00

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ONG´S

1 12 15 20 00 01 00 1-01-00 3 20.114.396,48

FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ONG´S

1 12 15 20 00 01 00 1-01-00 5 322.355.499,36

COOPERADORA ACTIVA

1 12 15 20 00 02 00 1-01-00 5 105.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 16 21 00 00 00 1-01-00 2 1.874.408,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 16 21 00 00 00 1-01-00 3 5.380.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 16 22 00 00 00 4-20-00 3 19.415.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 16 22 00 00 00 4-40-00 3 3.280.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 16 23 00 00 00 3-27-00 2 497.860,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 17 24 00 00 00 1-01-00 2 2.312.625,35

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 17 24 00 00 00 1-01-00 3 4.009.798,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 17 25 00 00 00 1-01-00 2 1.548.000,35

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 17 25 00 00 00 1-01-00 3 37.791.147,88

BIENES DE CONSUMO

1 12 17 26 00 00 00 1-01-00 2 6.880.730,84

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 17 26 00 00 00 1-01-00 3 2.791.702,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 17 27 00 00 00 1-01-00 2 947.209,35

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 17 27 00 00 00 1-01-00 3 6.882.750,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 17 28 00 00 00 1-01-00 2 338.200,35

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 17 28 00 00 00 1-01-00 3 2.400.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 18 29 00 00 00 3-24-00 2 789.600,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 18 29 00 00 00 3-24-00 3 1.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 12 18 29 00 00 00 3-37-00 2 2.320.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 18 29 00 00 00 3-37-00 3 4.443.154,24

BIENES DE CONSUMO

1 12 19 30 00 00 00 1-01-00 2 1.728.141,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 19 30 00 00 00 1-01-00 3 4.460.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 25 31 00 00 00 1-01-00 3 9.240.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 12 30 01 00 00 03 1-01-00 3 9.272.785,16

JURISDICCIÓN: 13

MINISTERIO DE SALUD

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 13 10 01 00 00 01 1-01-00 2 1.191.100,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 10 01 00 00 01 1-01-00 3 6.176.700.694,12

TRANSFERENCIAS

1 13 10 01 00 00 01 1-01-00 5 24.692.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 10 16 00 00 00 4-21-00 2 409.500,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 10 16 00 00 00 4-51-00 3 1.500.000,00

BIENES DE USO

1 13 10 16 00 00 00 4-51-00 4 13.330.000,00

TRANSFERENCIAS

1 13 10 17 00 00 00 1-01-00 5 972.429.513,31

TRANSFERENCIAS

1 13 10 18 00 00 00 1-01-00 5 1.270.352.377,24

TRANSFERENCIAS

1 13 10 19 00 00 00 1-01-00 5 912.009.545,14

TRANSFERENCIAS

1 13 10 21 00 00 00 1-01-00 5 216.025.755,75

BIENES DE CONSUMO

1 13 10 22 00 00 00 1-01-00 2 976.214,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 12 25 00 00 00 1-01-00 2 122.270.866,66

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 12 25 00 00 00 1-01-00 3 100.569.983,96

BIENES DE USO

1 13 12 25 00 00 00 1-01-00 4 3.338.274.743,19

PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE LA SALUD

1 13 12 25 00 01 00 1-01-00 4 300.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 12 58 00 00 00 1-01-00 2 7.249.009,35

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 12 58 00 00 00 1-01-00 3 750.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 13 26 00 00 00 3-19-00 2 1.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 13 26 00 00 00 3-19-00 3 9.900.000,00

BIENES DE USO

1 13 13 26 00 00 00 3-19-00 4 17.106.062,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 13 26 00 00 00 3-31-00 3 15.929.890,00

BIENES DE USO

1 13 13 26 00 00 00 3-31-00 4 35.645.000,00

MANTENIMIENTO DE EFECTORES DE SALUD

1 13 13 26 00 01 00 3-31-00 4 276.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 13 14 27 00 00 00 1-01-00 5 821.083.522,03

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 14 27 00 00 00 4-18-00 3 250.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 14 27 00 00 00 4-46-00 2 1.825.600,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 14 27 00 00 00 4-46-00 3 2.479.600,00

TRANSFERENCIAS

1 13 14 27 00 00 00 4-46-00 5 105.778.029,62

BIENES DE CONSUMO

1 13 15 28 00 00 00 1-01-00 2 2.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 15 28 01 00 00 1-01-00 3 1.754.102.761,19

BIENES DE CONSUMO

1 13 15 28 02 00 00 1-01-00 2 1.240.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 13 15 28 02 00 00 1-01-00 5 743.800.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 15 28 03 00 00 1-01-00 3 292.400.720,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 15 28 04 00 00 1-01-00 3 152.500.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 29 00 00 00 1-01-00 3 1.500.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 16 30 00 00 00 1-01-00 2 69.552.240,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 30 00 00 00 1-01-00 3 111.057.600,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 16 31 00 00 00 3-29-00 2 20.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 31 00 00 00 3-29-00 3 40.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 16 31 00 00 00 4-10-00 2 20.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 31 00 00 00 4-10-00 3 50.000.000,00

BIENES DE USO

1 13 16 31 00 00 00 4-10-00 4 5.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 16 31 00 00 00 4-33-00 2 5.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 31 00 00 00 4-33-00 3 1.760.000,00

BIENES DE USO

1 13 16 31 00 00 00 4-33-00 4 20.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 16 31 00 00 00 4-37-00 2 1.933.100,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 31 00 00 00 4-37-00 3 7.370.000,00

BIENES DE USO

1 13 16 31 00 00 00 4-37-00 4 12.363.752,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 31 01 00 00 1-01-00 3 5.818.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 16 62 00 00 00 1-01-00 2 4.323.570,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 16 63 00 00 00 1-01-00 2 16.425.540,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 16 63 00 00 00 1-01-00 3 18.068.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 18 33 00 00 00 1-01-00 2 112.826.721,21

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 18 33 00 00 00 1-01-00 3 120.891.203,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 19 35 00 00 00 1-01-00 2 162.087.940,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 19 35 00 00 00 1-01-00 3 178.137.766,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 20 36 00 00 00 1-01-00 2 188.553.555,74

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 20 36 00 00 00 1-01-00 3 194.709.791,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 21 37 00 00 00 1-01-00 2 23.230.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 21 37 00 00 00 1-01-00 3 6.600.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 22 38 00 00 00 1-01-00 2 2.431.491,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 22 38 00 00 00 1-01-00 3 9.325.575,00

TRANSFERENCIAS

1 13 22 38 00 00 00 1-01-00 5 10.659.999,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 23 39 00 00 00 1-01-00 2 2.142.529.274,74

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 23 39 00 00 00 1-01-00 3 100.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 23 39 01 00 00 1-01-00 3 157.149.505,43

TRANSFERENCIAS

1 13 23 60 00 00 00 1-01-00 5 80.797.454,00

TRANSFERENCIAS

1 13 23 61 00 00 00 1-01-00 5 4.146.987,75

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 23 61 00 00 00 4-46-00 3 7.576.500,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 24 40 00 00 00 1-01-00 2 31.428.384,27

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 24 40 00 00 00 1-01-00 3 7.333.200,00

TRANSFERENCIAS

1 13 24 40 00 00 00 1-01-00 5 2.146.670,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 25 41 00 00 00 1-01-00 2 100.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 25 41 00 00 00 1-01-00 3 1.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 13 25 41 00 00 00 1-01-00 5 200.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 26 42 00 00 00 1-01-00 2 34.467.770,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 26 42 00 00 00 1-01-00 3 315.192.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 27 43 00 00 00 1-01-00 2 121.978.477,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 27 43 00 00 00 1-01-00 3 111.837.929,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 28 45 00 00 00 1-01-00 2 435.200,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 28 45 00 00 00 1-01-00 3 1.900.000,00

TRANSFERENCIAS

1 13 28 45 00 00 00 1-01-00 5 3.936.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 29 46 00 00 00 1-01-00 3 850.400,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 30 47 00 00 00 1-01-00 2 263.346,52

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 30 47 00 00 00 1-01-00 3 4.060.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 31 48 00 00 00 1-01-00 2 18.800.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 31 48 00 00 00 1-01-00 3 23.876.460,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 32 49 00 00 00 1-01-00 2 372.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 32 50 00 00 00 1-01-00 3 26.306.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 34 52 00 00 00 1-01-00 2 87.397.750,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 34 52 00 00 00 1-01-00 3 100.345.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 35 53 00 00 00 1-01-00 2 38.866.540,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 35 53 00 00 00 1-01-00 3 96.314.999,66

BIENES DE CONSUMO

1 13 37 55 00 00 00 1-01-00 2 131.545.167,36

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 38 56 00 00 00 3-19-00 3 64.550.000,00

BIENES DE USO

1 13 38 56 00 00 00 3-19-00 4 30.944.902,00

TRANSFERENCIAS

1 13 38 56 00 00 00 3-19-00 5 1.600.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 38 56 00 00 00 3-31-00 2 18.310.632,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 38 56 00 00 00 3-31-00 3 7.500.000,00

BIENES DE USO

1 13 38 56 00 00 00 3-31-00 4 73.956.827,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 39 64 00 00 00 1-01-00 2 8.243.289,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 39 64 00 00 00 1-01-00 3 42.262.500,00

TRANSFERENCIAS

1 13 39 64 00 00 00 1-01-00 5 102.670.004,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 39 65 01 00 00 1-01-00 2 15.426.475,05

SERVICIOS NO PERSONALES

1 13 39 65 01 00 00 1-01-00 3 56.990,00

BIENES DE USO

1 13 39 65 01 00 00 1-01-00 4 6.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 13 39 65 02 00 00 1-01-00 2 1.248.814,34

JURISDICCIÓN: 14-MINISTERIO DE EDUCACION

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 2 8.501.754,25

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 3 25.812.729,75

BIENES DE USO

1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 4 4.266.003,00

TRANSFERENCIAS

1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 5 14.500.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 10 16 00 00 00 1-01-00 5 1.225.069.738,57

TRANSFERENCIAS

1 14 10 17 00 00 00 1-01-00 5 2.665.131.446,55

BIENES DE CONSUMO

1 14 11 18 00 00 00 1-01-00 2 3.956.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 11 18 00 00 00 1-01-00 3 3.658.000,00

BIENES DE USO

1 14 11 18 00 00 00 1-01-00 4 30.287.799,00

BIENES DE CONSUMO

1 14 11 19 00 00 00 4-16-00 2 7.945.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 11 19 00 00 00 4-16-00 3 17.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 11 19 00 00 00 4-19-00 3 22.900.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 11 20 00 00 00 4-43-00 3 6.250.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 14 12 21 00 00 00 1-01-00 2 310.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 12 21 00 00 00 1-01-00 3 1.785.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 12 21 01 00 00 1-01-00 5 1.993.200.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 12 21 02 00 00 1-01-00 5 845.376.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 12 21 03 00 00 1-01-00 5 4.186.080,00

BIENES DE CONSUMO

1 14 13 22 00 00 00 1-01-00 2 69.759.143,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 13 22 00 00 00 1-01-00 3 41.424.270,00

BIENES DE USO

1 14 13 22 00 00 00 1-01-00 4 97.200.999,40

PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE EDUCACION

1 14 13 22 00 01 00 1-01-00 4 1.021.592.500,00

PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE EDUCACION

1 14 13 22 00 01 00 4-25-00 4 470.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 14 14 23 00 00 00 1-01-00 2 1.183.200,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 14 23 00 00 00 1-01-00 3 68.300.802,28

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 14 23 01 00 00 4-26-00 3 2.687.500,00

BIENES DE USO

1 14 14 23 01 00 00 4-26-00 4 8.266.242,09

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 14 23 01 00 00 4-47-00 3 500.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 14 33 00 00 00 1-01-00 3 1.500.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 14 33 01 00 00 1-01-00 5 352.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 14 33 02 00 00 1-01-00 5 3.500.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 14 33 03 00 00 1-01-00 5 1.775.765.186,00

TRANSFERENCIAS

1 14 14 33 04 00 00 1-01-00 5 294.354.376,05

BIENES DE CONSUMO

1 14 15 24 00 00 00 1-01-00 2 1.300.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 15 24 00 00 00 1-01-00 3 33.849.500,00

BIENES DE CONSUMO

1 14 16 25 00 00 00 1-01-00 2 502.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 16 25 00 00 00 1-01-00 3 2.810.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 16 25 00 00 00 1-01-00 5 108.514.950,88

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 16 25 02 00 00 4-44-00 3 2.750.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 16 25 03 00 00 1-01-00 5 4.168.750,00

TRANSFERENCIAS

1 14 16 25 04 00 00 1-01-00 5 4.389.166,66

BIENES DE CONSUMO

1 14 16 25 05 00 00 1-01-00 2 1.091.664,99

BIENES DE CONSUMO

1 14 16 25 06 00 00 1-01-00 2 3.482.038,08

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 16 25 07 00 00 1-01-00 3 2.338.320,38

BIENES DE CONSUMO

1 14 17 26 00 00 00 1-01-00 2 680.343,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 17 26 00 00 00 1-01-00 3 7.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 18 27 00 00 00 1-01-00 3 2.520.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 18 27 01 00 00 1-01-00 5 2.938.300.732,63

TRANSFERENCIAS

1 14 18 27 02 00 00 1-01-00 5 50.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 18 27 03 00 00 1-01-00 5 113.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 14 18 27 04 00 00 1-01-00 5 541.413.707,83

BIENES DE CONSUMO

1 14 19 28 00 00 00 1-01-00 2 6.195.250,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 19 29 00 00 00 1-01-00 3 5.377.500,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 19 31 00 00 00 1-01-00 3 23.197.623,64

TRANSFERENCIAS

1 14 19 34 01 00 00 1-01-00 5 445.536.207,28

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 21 32 00 00 00 1-01-00 3 1.505.798.750,00

TRANSFERENCIAS

1 14 21 32 00 00 00 1-01-00 5 1.700.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 14 22 35 00 00 00 1-01-00 2 6.415.974,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 14 22 35 00 00 00 1-01-00 3 2.870.191.382,84

TRANSFERENCIAS

1 14 22 35 00 00 00 1-01-00 5 1.637.349.120,00

JURISDICCIÓN: 15-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 15 10 01 00 00 01 1-01-00 2 3.794.233,38

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 10 01 00 00 01 1-01-00 3 12.975.000,00

BIENES DE USO

1 15 10 01 00 00 01 1-01-00 4 69.613.956,98

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 10 01 00 00 01 4-68-00 3 371.000.000,00

PLAN DE RECONSTRUCCION

DEPARTAMENTO LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN

1 15 10 17 00 01 00 1-01-00 2 19.740.000,00

PLAN DE RECONSTRUCCION

DEPARTAMENTO LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN

1 15 10 17 00 01 00 1-01-00 3 68.900.000,00

PLAN DE RECONSTRUCCION

DEPARTAMENTO LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN

1 15 10 17 00 01 00 1-01-00 5 112.125.307,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 11 18 01 00 00 3-06-00 2 20.475.652,65

BIENES DE USO

1 15 11 18 01 00 00 3-06-00 4 7.320.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 11 18 01 00 00 3-38-00 3 162.500.000,00

MI PROXIMO PASO - MI PRIMER EMPRENDIMIENTO

1 15 12 19 00 01 00 1-01-00 2 711.200,00

MI PROXIMO PASO - MI PRIMER EMPRENDIMIENTO

1 15 12 19 00 01 00 1-01-00 3 30.240.000,00

PROMOCION Y DESARROLLO DE PYMES

1 15 12 19 00 02 00 1-01-00 5 20.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 13 20 01 00 00 1-01-00 2 93.768,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 13 20 01 00 00 1-01-00 3 8.614.000,00

TRANSFERENCIAS

1 15 13 20 01 00 00 1-01-00 5 13.448.080,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 13 20 02 00 00 1-01-00 2 48.899.986,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 13 20 02 00 00 1-01-00 3 21.622.000,00

COMPRE SAN LUIS

1 15 14 21 00 01 00 1-01-00 2 7.420.000,00

COMPRE SAN LUIS

1 15 14 21 00 01 00 1-01-00 3 3.600.000,00

TRANSFERENCIAS

1 15 14 22 00 00 00 1-01-00 5 381.711.437,00

PROMOCION Y PRODUCCION DE ALIMENTOS SALUDABLES

1 15 15 23 00 01 00 1-01-00 2 18.152.800,00

PROMOCION Y PRODUCCION DE ALIMENTOS SALUDABLES

1 15 15 23 00 01 00 1-01-00 5 14.653.740,00

PROMOCION Y COMERCIALIZACION

1 15 15 23 00 02 00 1-01-00 2 8.135.689,00

PROMOCION Y COMERCIALIZACION

1 15 15 23 00 02 00 1-01-00 3 1.285.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 15 23 01 00 00 1-01-00 2 8.908,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 15 23 01 00 00 1-01-00 3 35.367.000,01

BIENES DE CONSUMO

1 15 15 23 03 00 00 1-01-00 2 1.859.172,00

TRANSFERENCIAS

1 15 15 23 03 00 00 1-01-00 5 100.885.300,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 17 26 00 00 00 1-01-00 2 89.465,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 17 26 00 00 00 1-01-00 3 900.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 19 29 01 00 00 1-01-00 2 849.859,35

BIENES DE CONSUMO

1 15 21 31 01 00 00 1-01-00 2 1.109.700,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 21 31 01 00 00 1-01-00 3 250.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 22 32 01 00 00 1-01-00 2 3.504.000,00

TRANSFERENCIAS

1 15 22 32 02 00 00 1-01-00 5 6.267.400,00

TRANSFERENCIAS

1 15 25 33 00 00 00 1-01-00 5 626.125.156,78

TRANSFERENCIAS

1 15 41 52 00 00 00 1-01-00 5 765.177.078,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 42 53 00 00 00 3-32-00 2 28.833.501,64

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 42 53 00 00 00 3-32-00 3 1.000.000,00

BIENES DE USO

1 15 42 53 00 00 00 3-32-00 4 6.461.600,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 43 54 00 00 00 1-01-00 3 39.656.478,00

BIENES DE CONSUMO

1 15 43 55 00 00 00 3-34-00 2 14.820.666,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 15 43 56 00 00 00 4-30-00 3 34.250.040,00

BIENES DE USO

1 15 43 56 00 00 00 4-30-00 4 8.370.000,00

TRANSFERENCIAS

1 15 43 56 00 00 00 4-30-00 5 362.590.387,00

JURISDICCIÓN: 16

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 16 10 01 00 00 01 1-01-00 2 8.500.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 10 01 00 00 01 1-01-00 3 33.050.000,00

BIENES DE USO

1 16 10 01 00 00 01 1-01-00 4 105.170.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 10 16 00 00 00 1-01-00 5 29.800.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 11 17 00 00 00 1-01-00 2 21.725.213,40

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 11 17 00 00 00 1-01-00 3 25.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 11 17 00 00 00 1-01-00 5 360.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 11 17 01 00 00 1-01-00 3 10.500.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 11 17 01 00 00 1-01-00 5 30.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 11 17 02 00 00 1-01-00 5 300.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 11 18 00 00 00 1-01-00 2 3.500.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 11 18 00 00 00 1-01-00 3 3.100.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 11 18 00 00 00 1-01-00 5 25.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 12 19 00 00 00 1-01-00 2 8.612.584,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 12 19 00 00 00 1-01-00 3 4.548.210,00

TRANSFERENCIAS

1 16 12 19 00 00 00 1-01-00 5 11.120.362.952,00

TRANSFERENCIAS

1 16 12 19 01 00 00 1-01-00 5 70.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 12 20 00 00 00 1-01-00 5 136.873.808,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 13 21 00 00 00 1-01-00 2 194.939.379,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 13 21 00 00 00 1-01-00 3 290.945.723,72

TRANSFERENCIAS

1 16 13 21 00 00 00 1-01-00 5 23.522.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 14 22 00 00 00 1-01-00 2 7.213.926,32

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 14 22 00 00 00 1-01-00 3 22.786.520,00

TRANSFERENCIAS

1 16 14 22 01 00 00 1-01-00 5 82.880.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 14 23 00 00 00 1-01-00 2 2.588.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 14 23 00 00 00 1-01-00 5 17.500.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 2 3.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 3 8.600.000,00

BIENES DE USO

1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 4 1.500.000,00

TRANSFERENCIAS

1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 5 60.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 15 24 00 00 00 4-50-00 2 3.800.000,00

BIENES DE USO

1 16 15 24 00 00 00 4-50-00 4 500.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 16 25 00 00 00 1-01-00 2 334.218.612,50

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 16 25 00 00 00 1-01-00 3 11.340.000,00

PROGRAMA POLITICA HABITACIONAL DE AUTOCONSTRUCCION Y SOLUCIONES HABITACIONALES “PLAN TENEMOS FUTURO”

1 16 16 25 00 01 00 1-01-00 2 1.040.384.280,00

PROGRAMA POLITICA HABITACIONAL DE AUTOCONSTRUCCION Y SOLUCIONES HABITACIONALES “PLAN TENEMOS FUTURO”

1 16 16 25 00 01 00 1-01-00 5 650.000.000,00

PROGRAMA DE POLITICA HABITACIONAL DE AUTO CONSTRUCCION Y SOLUCIONES HABITACIONALES “PLAN TENEMOS FUTURO”

1 16 17 29 00 01 00 1-01-00 2 2.647.830,00

PROGRAMA DE POLITICA HABITACIONAL DE AUTOCONSTRUCCION Y SOLUCIONES HABITACIONALES “PLAN TENEMOS FUTURO”

1 16 17 29 00 01 00 1-01-00 3 13.238.308,66

PROGRAMA DE POLITICA HABITACIONAL DE AUTOCONSTRUCCION Y SOLUCIONES HABITACIONALES “PLAN TENEMOS FUTURO”

1 16 17 29 00 01 00 1-01-00 5 30.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 20 26 00 00 00 1-01-00 2 6.425.558,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 16 20 26 00 00 00 1-01-00 3 7.500.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 20 27 01 00 00 1-01-00 2 1.436.160,00

BIENES DE CONSUMO

1 16 20 27 02 00 00 1-01-00 2 757.930,00

POLITICA HABITACIONAL

1 16 25 28 00 01 00 1-01-00 2 9.925.983,00

POLITICA HABITACIONAL

1 16 25 28 00 01 00 1-01-00 3 68.492.468,00

POLITICA HABITACIONAL

1 16 25 28 00 01 00 1-01-00 4 3.576.000,00

JURISDICCIÓN: 17

MINISTERIO DE SEGURIDAD

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 17 10 01 00 00 01 1-01-00 2 10.336.390,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 10 01 00 00 01 1-01-00 3 812.276.649,33

TRANSFERENCIAS

1 17 10 16 00 00 00 1-01-00 5 46.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 11 17 00 00 00 1-01-00 3 1.500.000,00

BIENES DE USO

1 17 11 17 00 00 00 1-01-00 4 57.540.616,12

BIENES DE CONSUMO

1 17 12 18 00 00 00 1-01-00 2 7.300.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 12 18 00 00 00 1-01-00 3 16.600.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 13 19 00 00 00 3-15-00 2 14.700.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 13 19 00 00 00 3-15-00 3 1.000.000,00

BIENES DE USO

1 17 13 19 00 00 00 3-15-00 4 25.700.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 13 19 01 00 00 3-15-00 2 1.900.000,00

BIENES DE USO

1 17 13 19 01 00 00 3-15-00 4 1.800.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 2 14.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 3 950.000,00

BIENES DE USO

1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 4 4.000.000,00

TRANSFERENCIAS

1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 5 46.655.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 15 21 00 00 00 1-01-00 2 90.400.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 15 21 00 00 00 1-01-00 3 45.250.000,00

BIENES DE USO

1 17 15 21 00 00 00 1-01-00 4 20.400.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 15 21 00 00 00 3-08-00 2 85.930.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 15 21 00 00 00 3-08-00 3 58.940.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 15 21 00 00 00 4-34-00 2 140.166.000,00

BIENES DE USO

1 17 15 21 00 00 00 4-34-00 4 25.183.980,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 15 22 00 00 00 1-01-00 2 2.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 15 22 00 00 00 1-01-00 3 8.450.000,00

TRANSFERENCIAS

1 17 15 22 00 00 00 1-01-00 5 3.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 2 108.627.671,70

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 3 9.087.280,00

BIENES DE USO

1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 4 87.355.020,00

TRANSFERENCIAS

1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 5 64.500.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 16 23 00 00 00 3-42-00 2 16.341.848,61

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 16 23 00 00 00 3-42-00 3 40.030.375,00

BIENES DE USO

1 17 16 23 00 00 00 3-42-00 4 18.272.777,43

BIENES DE CONSUMO

1 17 17 24 00 00 00 1-01-00 2 31.841.307,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 17 24 00 00 00 1-01-00 3 3.536.850,00

TRANSFERENCIAS

1 17 17 24 00 00 00 1-01-00 5 22.500.000,00

PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE SEGURIDAD

1 17 18 25 00 01 00 1-01-00 4 600.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 17 19 26 00 00 00 1-01-00 2 5.018.893,80

SERVICIOS NO PERSONALES

1 17 19 26 00 00 00 1-01-00 3 2.800.000,00

JURISDICCIÓN: 19-MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 19 10 01 00 00 01 1-01-00 2 19.085,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 10 01 00 00 01 1-01-00 3 26.081.183,70

BIENES DE USO

1 19 10 01 00 00 01 1-01-00 4 3.459.600,00

TRANSFERENCIAS

1 19 10 16 00 00 00 1-01-00 5 36.500.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 19 11 17 00 00 00 1-01-00 2 26.644.221,06

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 11 17 00 00 00 1-01-00 3 6.352.500,00

BIENES DE CONSUMO

1 19 12 18 00 00 00 1-01-00 2 1.068.150,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 12 18 00 00 00 1-01-00 3 7.450.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 19 13 19 00 00 00 1-01-00 2 1.391.589,74

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 13 19 00 00 00 1-01-00 3 72.530.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 19 14 20 00 00 00 1-01-00 2 9.091.835,50

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 14 20 00 00 00 1-01-00 3 7.136.789,59

BIENES DE CONSUMO

1 19 14 20 01 00 00 1-01-00 2 6.131.585,29

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 14 20 01 00 00 1-01-00 3 133.471.874,26

BIENES DE CONSUMO

1 19 15 21 00 00 00 1-01-00 2 15.453.831,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 15 21 00 00 00 1-01-00 3 37.617.106,44

TRANSFERENCIAS

1 19 15 21 00 00 00 1-01-00 5 34.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 19 16 22 00 00 00 1-01-00 2 823.425,70

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 16 22 00 00 00 1-01-00 3 1.500.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 19 17 23 00 00 00 1-01-00 2 11.895.389,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 17 23 00 00 00 1-01-00 3 3.070.282,30

BIENES DE CONSUMO

1 19 17 23 00 00 00 3-17-00 2 15.009.400,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 17 23 00 00 00 3-44-00 3 11.532.284,00

PLAN MANTENIMIENTO EDIFICIOS DE TURISMO,

CULTURALES Y PARQUES

1 19 17 23 00 01 00 1-01-00 4 7.400.000,00

BIENES DE CONSUMO

1 19 18 24 00 00 00 1-01-00 2 20.750.673,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 19 18 24 00 00 00 1-01-00 3 9.862.200,00

JURISDICCIÓN: 20-FISCALIA DE ESTADO

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

1 20 10 01 00 00 01 1-01-00 2 1.402.718,00

SERVICIOS NO PERSONALES

1 20 10 01 00 00 01 1-01-00 3 7.132.664,60

BIENES DE USO

1 20 10 01 00 00 01 1-01-00 4 49.517.806,00

ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA

DIRECCION DE LA CAJA SOCIAL Y FINANCIERA

DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

3 11 01 16 00 00 00 2-03-00 2 1.766.600,00

SERVICIOS NO PERSONALES

3 11 01 16 00 00 00 2-03-00 3 62.814.583,00

BIENES DE USO

3 11 01 16 00 00 00 2-03-00 4 6.140.000,00

BIENES DE CONSUMO

3 11 01 17 00 00 00 2-03-00 2 1.179.540,00

SERVICIOS NO PERSONALES

3 11 01 17 00 00 00 2-03-00 3 348.642.000,00

TRANSFERENCIAS

3 11 01 17 00 00 00 2-03-00 5 40.000.000,00

TRANSFERENCIAS

3 11 01 18 00 00 00 2-03-00 5 1.993.200.000,00

COMISION REGULADORA DE ENERGIA ELECTRICA

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

3 11 02 01 00 00 01 2-02-00 2 2.408.756,00

SERVICIOS NO PERSONALES

3 11 02 01 00 00 01 2-02-00 3 10.418.500,00

BIENES DE USO

3 11 02 01 00 00 01 2-02-00 4 3.000.000,00

DIRECCION GENERAL DE OBRA SOCIAL DEL ESTADO PROVINCIAL (DOSEP)

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

BIENES DE CONSUMO

3 13 01 01 00 00 01 2-01-00 2 10.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

3 13 01 01 00 00 01 2-01-00 3 270.000.000,00

BIENES DE USO

3 13 01 01 00 00 01 2-01-00 4 10.000.000,00

TRANSFERENCIAS

3 13 01 16 00 00 00 2-01-00 5 11.015.000.000,00

BIENES DE CONSUMO

3 13 01 17 00 00 00 2-01-00 2 20.000.000,00

SERVICIOS NO PERSONALES

3 13 01 17 00 00 00 2-01-00 3 80.000.000,00

BIENES DE USO

3 13 01 17 00 00 00 2-01-00 4 20.000.000,00

OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO

INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE

SERVICIO DE LA DEUDA Y DISMINUCION DE OTROS PASIVOS

4 21 10 16 00 00 00 1-01-00 7 260.729.483,41

Art. 4º.- La Dirección de Presupuesto Público habilitará la emisión de órdenes de pago de los gastos individualizados en el Art. 3° hasta el importe de los recursos programados.-

Art. 5º.- Autorizar a la Dirección de Presupuesto Público a efectuar modificaciones entre las categorías programáticas programadas en el presente mes e incluir nuevos gastos en la medida de incorporación de recursos adicionales a los programados.-

Art. 6º.- Hacer saber a la Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a todos los Ministerios y Secretarías.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la Señora Secretaria General de la Gobernación, el Señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, la Señora Ministro Secretario de Estado de Salud, el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Eugenia Sosa Herrera

Romina Andrea Carbonell

Gonzalo Federico Amondarain

Lucia Teresa Nigra

Guillermo Fabián Araujo

Juan Antonio Rios

Gustavo Antonio Bertolini

Nancy Verónica Sosa

Juan Jose Alvarez Pinto

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DECRETO N° 9631-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento Primero a Sargento Ayudante, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

RONCO ADOLFO ENRIQUE, D.N.I. N° 29.813.364

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9632-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento Primero a Sargento Ayudante, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

MOYA MAURICIO LUJAN, D.N.I. N° 29.092.016

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9633-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento Primero a Sargento Ayudante, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

ESCUDERO DANIEL ALBERTO LUJAN, D.N.I. N° 29.813.188

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9634-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento Primero a Sargento Ayudante, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

CAJAL NORBERTO GABRIEL, D.N.I. N° 27.394.874

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9635-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento Primero a Sargento Ayudante, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

HERRERA ALBERTO CARLOS RAMON, D.N.I. N° 28.167.590

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9636-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

TORRES XAVIER EZEQUIEL, D.N.I. N° 36.632.627

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9637-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

TORRES SZADORSKI GASTON ALEJANDRO, D.N.I. N° 38.438.088

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9638-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

TORRES JUANA SILVIA, D.N.I. N° 39.395.785

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9639-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

TORRES EDGAR MAXIMILIANO, D.N.I. N° 41.682.346

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9640-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

SORIA NOELIA MARISOL, D.N.I. N° 42.805.646

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9641-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

SORIA ALEXIS FABIAN, D.N.I. N° 39.797.144

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9642-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

RIVAS DIAZ BRIAN ALEJANDRO, D.N.I. N° 41.750.690

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9643-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

RIERA BRIAN ALFREDO TOMAS, D.N.I. N° 42.209.603

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9644-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

MUÑOZ LUCAS DAMIAN, D.N.I. N° 42.278.580

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9645-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

MORCON LEYES AXEL ELIAS, D.N.I. N° 40.909.251

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9646-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

MILHOMME OLIVARES CECILIA MARINA, D.N.I. N° 39.796.905

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9647-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

LUCERO CARLOS EMANUEL, D.N.I. N° 39.397.009

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9648-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

LEYRIA JONATHAN EZEQUIEL, D.N.I. N° 37.090.473

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9649-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

INZIRILLO DIEGO IVAN, D.N.I. N° 38.748.809

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9650-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

GARRO SOFIA BELEN, D.N.I. N° 39.394.526

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9651-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

GARRO ALAN GABRIEL, D.N.I. N° 41.721.704

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9652-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

FIGUEROA LAUTARO GABRIEL, D.N.I. N° 39.137.744

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9653-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

CRUZ SOMBRA ANGELO EMMANUEL, D.N.I. N° 37.717.645

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9654-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

BENITO MATIAS EZEQUIEL, D.N.I. N° 35.915.601

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9655-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

ANDINO JUAN CARLOS, D.N.I. N° 40.319.149

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9656-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

ALCARAZ FERNANDEZ MAXIMILIANO DANIEL, D.N.I. N° 37.717.179

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9657-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

SOMBRA BRAYAM ISMAEL, D.N.I. N° 41.773.815

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9658-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7310418/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1248487/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1606325/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1248494/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1248497/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444510/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444511/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1012092/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34194/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176170/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

LEYES QUIROGA LUIS SEBASTIAN, D.N.I. N° 38.075.013

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9659-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

GATICA MARIELA ALEJENDRA, D.N.I. N° 33.287.692

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO N° 9660-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247975/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

DELGADO RIOS ANGEL GABRIEL, D.N.I. N° 37.271.757

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9661-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Agente a Cabo, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

GARAY SANDRA GABRIELA, D.N.I. N° 28.826.271

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9662-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

RIVERO LORENA PAOLA, D.N.I. N° 34.351.532

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9663-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

JOFRE GABRIEL ALEJANDRO, D.N.I. N° 31.996.174

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9664-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

GUIÑAZU IGNACIO DAVID, D.N.I. N° 35.765.130

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9665-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

GIL JUANA CARMEN, D.N.I. N° 35.765.028

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9666-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

GIL ANDREA DEL VALLE, D.N.I. N° 33.958.354

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9667-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

GATICA FACUNDO EZEQUIEL, D.N.I. N° 37.723.660

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9668-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

BAUDRY CARLOS OSCAR, D.N.I. N° 33.958.322

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9669-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

AGUILAR YADIA MARILEN, D.N.I. N° 30.710.504

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9670-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

QUIROGA VICTOR HUGO, D.N.I. N° 35.035.748

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9671-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

LUCERO DEOLINDA SOLEDAD, D.N.I. N° 36.692.008

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9672-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

LEYES MAIRA CAROLAYN, D.N.I. N° 38.750.864

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9673-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

GUTIERREZ STELLA MARIS, D.N.I. N° 31.579.758

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9674-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

ARCE CARLOS ALFREDO, D.N.I. N° 39.092.670

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9675-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

AGÜERO LUCAS ENRIQUE, D.N.I. N° 37.639.931

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9676-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

YGLESIAS LEONARDO MIGUEL, D.N.I. N° 38.219.965

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9677-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

ROJAS RITO DANILO, D.N.I. N° 39.904.442

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9678-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

IBAÑEZ LUIS DAVID, D.N.I. N° 39.991.573

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis - Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9679-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

FERNANDEZ BREAN SEBASTIAN, D.N.I. N° 38.219.901

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9680-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

ARCE MANUELA ELIZABET, D.N.I. N° 37.639.544

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9681-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

AGÜERO MIGUEL ANGEL, D.N.I. N° 31.737.741

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9682-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo Primero a Sargento, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

PENCIN JOSE ANTONIO, D.N.I. N° 35.197.219

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9683-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo Primero a Sargento, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

PAEZ CARINA BEATRIZ, D.N.I. N° 27.499.928

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9684-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo Primero a Sargento, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

LEDESMA MARIA CECILIA, D.N.I. N° 33.098.012

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9685-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo Primero a Sargento, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

DIAZ NESTOR OMAR, D.N.I. N° 28.283.446

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9686-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Cabo Primero a Sargento, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

VELAZQUEZ JESICA DEL CARMEN, D.N.I. N° 32.872.866

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9687-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

IBARRA JORGE LUIS, D.N.I. N° 28.838.918

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9688-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

GOMEZ CLAUDIO ALEJANDRO, D.N.I. N° 28.734.839

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9689-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

OLMEDO MARCOS CELESTINO, D.N.I. N° 25.695.268

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9690-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

GODOY MARIA VANESA, D.N.I. N° 30.543.486

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9691-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

FERNANDEZ ANDRES SEBASTIAN, D.N.I. N° 28.503.520

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9692-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

ANDINO SERGIO DARIO, D.N.I. N° 29.757.474

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9693-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Sargento Primero a Sargento Ayudante, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

MOREIRA EDGAR OSCAR, D.N.I. N° 29.049.904

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9694-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247975/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

GIL CRISTIAN EMMANUEL, D.N.I. N° 36.840.593

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9695-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247975/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:

BENITEZ ANA MARIA, D.N.I. N° 40.485.903

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9696-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247975/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

RODRIGUEZ BRIAN EZEQUIEL, D.N.I. N° 39.993.260

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9697-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247975/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

NEIRA ELIAS GABRIEL, D.N.I. N° 41.440.787

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9698-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247975/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

ALTOBELLI ALEXANDRO OSVALDO, D.N.I. N° 38.750.817

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9699-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281427/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1247970/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en act. DOCEXT 1605864/26 obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1247973/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247975/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444427/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444428/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1011789/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34191/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 176123/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

AVILA CLAUDIO MARIANO, D.N.I. N° 41.750.950

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9700-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281426/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1246601/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en acts. DOCEXT 1603969/26, 1603970/26 y 1604062/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1246604/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444108/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444109/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1010935/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34184/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 175991/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Subinspector a Oficial Inspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

VALLEJO JORGE ELIAN, D.N.I. N° 36.877.672

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9701-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281426/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1246601/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en acts. DOCEXT 1603969/26, 1603970/26 y 1604062/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1246604/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444108/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444109/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1010935/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34184/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 175991/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Sub Inspector a Oficial Inspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

AVILA WALTER ANDRES, D.N.I. N° 36.853.459

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9702-MS-2026.-

San Luis, 9 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7281426/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. PASGEN 1246601/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;

Que en acts. DOCEXT 1603969/26, 1603970/26 y 1604062/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;

Que en act. PASGEN 1246604/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;

Que en act. INFORM 444108/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444109/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;

Que en act. NOTAMP 1010935/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;

Que en act. DICLEG 34184/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 175991/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-

Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:

De Oficial Inspector a Oficial Principal, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:

SOSA FRANCISCO FERNANDO, D.N.I. N° 35.765.058

Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:

INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE GOBIERNO

DECRETO Nº 9772-MG-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6300679/26, donde el Ministerio de Gobierno tramita reubicación de agente; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1230903/26, obra solicitud de reubicación de la agente, MARIA CECILIA SOSA, D.N.I Nº 28.838.545, personal Planta Permanente, categoría “E” del Escalafón General;

Que en act. DOCEXT 1230278/26, obra Situación de Revista correspondiente;

Que en act. DOCEXT 104283/26, obra intervención de la señora Secretaria General de la Gobernación, prestando conformidad a la reubicación solicitada;

Que en act. INFORM 443771/26, la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informa sobre el costo presupuestario que demanda la presente reubicación;

Que en act. INFORM 443778/26, la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informa sobre la imputación presupuestaria a la que deberá imputarse el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1010639/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, sin objeciones que formular;

Por ello, en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reubicar a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIA CECILIA SOSA, D.N.I Nº 28.838.545, personal Planta Permanente, categoría “E” del Escalafón General, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, en el Ministerio de Gobierno.-

Art. 2°. - Imputar el gasto a la siguiente partida presupuestaria:

MINISTERIO DE GOBIERNO:

INST. 1, JUR. 12, U.E. 10, F.F.1-01, C. PROG. 01 A.C. 01 INC. 1

Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría General de la Gobernación, Dirección General de Comunicación, Dirección de Agencia de Noticias San Luis, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), y a la interesada.-

Art. 4°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, la señora Secretaria General de la Gobernación y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Romina Andrea Carbonell

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9773-MG-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7300620/26; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 3723-MG-2026, obrante en act. ACTPAS 1724738/26, se crea el Programa “Cooperadora Activa” destinado al fortalecimiento integral de las Cooperadoras Escolares con personería jurídica vigente en la Provincia de San Luis, y aprobar la herramienta de financiamiento de proyectos sociales mediante aportes no reintegrables;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL ESCUELA N°277 “NIÑOS DE MI PATRIA”, con Personería Jurídica Nº 783-PCyFdePJ-01, en act. ACTPAS 1724742/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de campana e impresora”;

Que en acts. ACTPAS 1724740/26, 1724739/26 y 1724736/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1724741/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa “Cooperadora Activa” y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11558046/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.200.000,00);

Que en act. DICLEG 51511/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1013274/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del aporte, con cargo a rendir cuenta documentada de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 176400/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 3723-MG-2026.-

Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL ESCUELA N°277 “NIÑOS DE MI PATRIA”, con Personería Jurídica Nº 783-PCyFdePJ-01 y, para el financiamiento del proyecto social “compra de campana e impresora”, por un monto de PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.200.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 02 1-01 5 2 4 $1.200.000,00

Art.4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, Ministerio de Educación y a la entidad “Asociación Civil Escuela N°277 “Niños De Mi Patria”. -

Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9774-MG-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7020986/26 mediante el cual el Ministerio de Gobierno tramita Homologación de Convenio de Cooperación, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1232751/26, obra Convenio de Cooperación Institucional e Intercambio Seguro de Información, suscripto entre el Ministerio de Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el C.P.N. GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, representado por el presidente del Cuerpo DR. JORGE ALBERTO LEVINGSTON;

Que, el presente Convenio tiene por objeto la cooperación y colaboración institucional entre las partes, en el marco de sus respectivas competencias, a fin de compartir de forma segura la base de datos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la provincia, dependiente del Ministerio de Gobierno. La información será procesada por la Secretaría de Informática Judicial del Tribunal para que los magistrados y funcionarios locales puedan consultarla en causas específicas y para integrarla al sistema de intercambio de información de la Región Nuevo Cuyo de JUFEJUS;

Que, la clausula decima novena indica que el presente Convenio tendrá una vigencia de DOS (2) AÑOS;

Que, en act. DICLEG 51492/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que, en act. NOTAMP 1012678/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello, en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el art. 168 inc. 15) de la Constitución de la Provincia de San Luis.-

Art. 2°. - Homologar el Convenio Cooperación Institucional e Intercambio Seguro de Información, suscripto entre el Ministerio de Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el C.P.N. GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el Superior Tribunal de Justicia de San Luis, representado por el presidente del Cuerpo DR. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, obrante en act. DOCEXT 1232751/26.-

Art. 3°. - Hacer saber a: Superior Tribunal de Justicia de San Luis, Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales y Subdirección del Registro de Deudores Alimentarios Morosos. -

Art. 4°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno. -

Art. 5°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

DECRETO Nº 9775-MG-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-7221039/26, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1721328/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;

Que en el marco de dicha normativa la entidad “FEDERACION ATLETICA SANLUISEÑA”, con Personería Jurídica Nº 19-DPIGPJ-1993, en act. ACTPAS 1721332/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de indumentaria deportiva”;

Que en acts ACTPAS 1721330/26, 1721329/26 y 1721326/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;

Que en act. ACTPAS 1721331/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;

Que en act. PREV 11545768/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);

Que en act. DICLEG 51394/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 1010724/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 176096/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-

Art. 2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FEDERACION ATLETICA SANLUISEÑA”, con Personería Jurídica Nº 19-DPIGPJ-1993, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de indumentaria deportiva”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00

Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.-Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la entidad “Federación Atlética Sanluiseña”.-

Art. 6°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DECRETO Nº 9847-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-4201100/26, por el cual se eleva la aceptación de renuncia y propuesta de titularización de la docente NOELIA ELISABETH BECERRA, D.N.I. Nº 28.468.557 y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3765022/26 obra copia de Decreto de designación Nº 573-ME-2023, de la docente mencionada;

Que en act. DOCEXT 3766969/26 obra nota de renuncia a UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, titular, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, según Decreto Nº 1170-MHyOP-2014;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3835850/26;

Que en act. INFSUM 180973/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decretos Nros. 4815-ME-2018 y 4013-ME-2023;

Que en act. PASEDU 3842347/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3842861/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la docente NOELIA ELISABETH BECERRA, D.N.I. Nº 28.468.557, a UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, titular, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente NOELIA ELISABETH BECERRA, D.N.I. Nº 28.468.557, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9848-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5291113/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ESTHER GILDA OJEDA, D.N.I. Nº 40.464.697, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3804174/26, obra copia de Decreto de designación Nº 10464-MHP-2022, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3824313/26;

Que en act. INFSUM 180830/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3832763/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3832772/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ESTHER GILDA OJEDA, D.N.I. Nº 40.464.697, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente, Nivel de Educación Inicial-Primario, en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9849-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6030670/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente STELLA MARIS CUPPARO, D.N.I. Nº 18.551.452, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3808419/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6037-ME-2019 y Decreto de reubicación Nº 7891-ME-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3821844/26;

Que en act. INFSUM 180712/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3821864/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3821865/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente STELLA MARIS CUPPARO, D.N.I. Nº 18.551.452, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 1er. año 2da. división, Técnico en Equipo e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9850-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-3051338/26, por el cual se tramita reubicación definitiva de la docente MARIA JOSE LUCERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3724405/26, obra nota de solicitud de reubicación definitiva de la docente MARIA JOSE LUCERO, D.N.I. Nº 26.278.372, de UNA (1) hora cátedra interina de Tutoría, según Decreto Nº 7186-ME-2022, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, a TRES (3) horas cátedra (1hs. interina y 2hs. interinas de incremento) de Geografía, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 5739-ME-2022,735-ME-2022 y 11655-ME-2024 (act. DOCEXT 3789053/26 y 3817848/26);

Que en acts. DOCEXT 3724405/26, 3742178/26, 3763082/26, 3789053/26 y 3856007/26 obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de reubicación Nº7186-ME-2022;

Que en act. DOCEXT 3789623/26 obra Resolución Nº 267-JCD-SL-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. INFSUM 180622/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. INFORM 440907/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 441055/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 997839/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 441055/26;

Que en act. ACTPAS1705732/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Reubicar definitivamente a la docente MARIA JOSE LUCERO, D.N.I. Nº 26.278.372, de UNA (1) hora cátedra interina de Tutoría, según Decreto Nº 7186-ME-2022, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, a TRES (3) horas cátedra (1 hs. interina y 2 hs. interinas de incremento) de Geografía, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 5739-ME-2022, 735-ME-2022 y 11655-ME-2024.-

Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA:

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-

Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 4º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9851-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5110733/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita segunda instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3796842/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la segunda instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de tres (3) años, del Profesor PABLO DAVID GARCIA, D.N.I. Nº 33.140.769, designado mediante Decreto Nº 2141-ME-2024;

Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3785086/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;

Que en act. INFORM 440303/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 440354/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 995500/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 440354/26;

Que en act. DOCEXT 3833219/26 obra Resolución Nº 57-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. DOCEXT 3833607/26 (Adjuntos) obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;

Que en act. NOTAMP 1009284/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011;

Que en act. NOTAMP 1009473/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando al profesor PABLO DAVID GARCIA, a partir del 14 de septiembre de 2026 y por el término de tres (3) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la tercera instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011.-

Art. 2º.-Designar por segunda instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 14 de septiembre de 2026 y por el término de tres (3) años, al Profesor PABLO DAVID GARCIA, D.N.I. Nº 33.140.769, en el cargo de Profesor Responsable, para los espacios curriculares “Ciencias Naturales” y “Educación Tecnológica” con extensión a “Residencia Pedagógica”, correspondientes al Profesorado de Educación Primaria, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3833607/26 (Adjuntos), en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 14 16 1-01 25 1

Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y, por su intermedio, notificar al interesado.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9852-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7211178/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3859122/26 obra Convenio de Práctica Laboral Rentada, celebrado entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis representado por el señor C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I Nº 33.757.558, en su carácter de MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE EDUCACIÓN, por una parte y, por la otra, la señora NANCY BEATRIZ SILVA, D.N.I. Nº 40.526.037,con el objeto de realizar prácticas laborales en dependencias del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;

Que en act. PREV 11539408/26 obra imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 1009928/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1010439/26Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la homologación del convenio de Práctica Laboral Rentada adjunto;

Que en act. DICFIS 176004/26 interviene Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Homologar el Convenio de Práctica Laboral Rentada, celebrado entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis representado por el señor C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO D.N.I Nº 33.757.558, en su carácter de MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE EDUCACION, por una parte y, por la otra, la señora NANCY BEATRIZ SILVA, D.N.I. Nº 40.526.037, con el objeto de realizar prácticas laborales en dependencias del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026, obrantes en DOCEXT 3859122/26.-

Art. 2º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 14 22 35 00 1-01 5 1 4 $1.238.550,00

Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar- PANE y, por su intermedio, notificar a la interesada.-

Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.-Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9853-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6260036/26, por el cual se tramita el traslado definitivo del docente MAXIMILIANO EUGENIO BOSCHI, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3831129/26 obra nota de solicitud de traslado definitivo, por integración de grupo familiar, del docente MAXIMILIANO EUGENIO BOSCHI, D.N.I. Nº 26.214.360, de CUATRO (4) horas cátedra titulares de Física -Química, en 2do. año2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 1519-MHP-2016 y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, según Decreto Nº 1611-ME-2025, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, a CINCO (5) horas cátedra titulares de Matemática, en 1er. año 1ra. división, Sector Aeronáutico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, vacantes por renuncia por razones particulares de la docente Jessica Noelia Sovrano, según Decreto Nº 6794-MHIP-2026, (act. DOCEXT 3831846/26);

Que en acts. DOCEXT 3831129/26 y 3844357/26, obra copia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del solicitante, declaración jurada de familiares a cargo, copia del Decreto de Titularización Nº 1519-MHP-2026 y del Decreto de Reubicación Nº 1611-ME-2025y conceptos profesionales docentes 2022, 2023, 2024 y 2025;

Que en act. DOCEXT 3831846/26, obran Resolución Nº 005-JCD-(Nivel Secundario)/26 y Acta Nº 05-JCD/NS-2026, por la cual la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III – sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de traslado;

Que en act. INFSUM 180931/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. ACTPAS 1720417/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Hacer lugar al traslado definitivo, por integración de grupo familiar, a partir de la fecha del presente Decreto, del docente MAXIMILIANO EUGENIO BOSCHI, D.N.I. Nº 26.214.360, de CUATRO (4) horas cátedra titulares de Física – Química, en 2do. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 1519-MHP-2016 y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, según Decreto Nº 1611-ME-2025, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, a CINCO(5) horas cátedra titulares de Matemática, en 1er. año 1ra. división, Sector Aeronáutico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, vacantes por renuncia por razones particulares de la docente Jessica Noelia Sovrano, según Decreto Nº 6794-MHIP-2026.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio a los establecimientos educativos correspondientes.-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9854-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6170863/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente BRENDA PAMELA PENSOTTI, D.N.I. Nº 37.724.277, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo Nº 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles;

Que en act. DOCEXT 3820481/26 obra copia de Decreto de designación Nº 5773-ME-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3845056/26;

Que en act. INFSUM 181085/26 toma debida intervención, la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3848807/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3848828/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente BRENDA PAMELA PENSOTTI, D.N.I. Nº 37.724.277, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en el Centro Educativo Nº 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9855-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-8141208/25, y;

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario reubicar al personal docente de la Escuela Técnica Nº34 “Arístides Bratti” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis, Región Educativa IV, por implementación de la estructura curricular aprobada por Decreto Nº 3795-ME-2021 (act. DOCEXT 3563973/25), para la Educación Secundaria de Adultos, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;

Que por Decreto Nº 4257-ME-2022 (act. DOCEXT 3563973/25), se modificó la Planta Orgánica Funcional del citado establecimiento educativo;

Que en act. DOCEXT 3563973/25 obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;

Que en act. DOCEXT 3857026/26 obra Resolución Nº 21 – JCD IV y V-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. INFORM 443039/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 443040/26 detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1007040/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 443040/26;

Que en act. ACTPAS1726054/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Reubicar definitivamente al personal docente de la Escuela Técnica Nº34 “Arístides Bratti” de la ciudad de la Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis, Región Educativa IV, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:

EMA ISABEL ALBORNOZ BRITOS, D.N.I. Nº 27.933.233, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Química, 2 hs. en 2do. año 1ra. división y 2 hs. en 2do. año 2da división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto 2666-MHP-2023.

A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra interinas (2 hs. interinas y 2 hs. interinas de incremento) de Química, en 2do. año 1ra. división y TRES (3) horas cátedra interinas (2 hs. interinas y 2 hs. interinas de incremento) de Química, en 2do. año 2da. división Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

HERNAN DAVID BARROSO, D.N.I. Nº 24.571.165, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Economía, en 3er. año 1ra. división, 1er. cuatrimestre y en 3er. año 2da. división 2do. Cuatrimestre, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 11279- MHP-2023.

A partir del ciclo lectivo 2023: en CUATRO (4) horas cátedra interinas de Economía, en 3er. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

NADIA GISELA URQUIZA, D.N.I. Nº 27.125.399, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas en Historia de San Luis, en 3er. año 1ra. y 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 2205-MHP-2016.

A partir del ciclo lectivo 2020: en TRES (3) horas cátedras interinas de Historia de San Luis, en 2do. año 2da. división, Orientación Turismo, y UNA (1) hora cátedra interina de Tutoría, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.-

Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente: DIRECCIÓN EDUCACIÓN OBLIGATORIA

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-

Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los sus efectos.-

Art. 4º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9856-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6160771/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3832900/26, obra copia del Decreto Nº 5916-MHIP-2026, mediante el cual se acepta la renuncia por jubilación del docente RAMON DOROTEO ARCE, D.N.I. Nº 17.207.961, en UN (1) cargo de Director de Personal Único, carácter titular, en la Escuela Nº 258 “Maestro Antonio Eliseo Tello”, de la localidad de Santa Teresita, departamento Ayacucho, Región Educativa VI;

Que en acts. DOCEXT 3819244/26 y 3824588/26, obra constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo de referencia y orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI – sede San Luis;

Que en act. DOCEXT 3845750/26 obra Acta Nº 258 de toma de posesión, de fecha 25 de junio del 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Directora de Personal Único, carácter interino, a la docente ROSA DEOLINDA BARRIO, D.N.I. Nº 23.629.180, quien acepta el respectivo cargo;

Que en act. DOCEXT 3832900/26 obra nota por la cual la docente ROSA DEOLINDA BARRIO, renuncia a UN (1) cargo de Empleada Administrativa, categoría E, en la Municipalidad de Quines;

Que en act. INFSUM 180927/26 la Dirección de Sumarios Administrativos informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. INFORM 443114/26 la Dirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 443129/26, emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 1007250/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 443129/26;

Que en act. PASEDU 3846261/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hizo efectiva a partir del 25 de junio de 2026;

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley Nº XV-0387-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 49 de la Ley Nº XV-0387-2004.-

Art. 2º.-Designar, a partir del 25 de junio de 2026, a la docente ROSA DEOLINDA BARRIO, D.N.I. Nº 23.629.180, en UN (1) cargo de Directora de Personal Único, por compulsa de antecedentes, Nivel de Educación Primaria con carácter interino, en la Escuela Nº 258 “Maestro Antonio Eliseo Tello”, de la localidad de Santa Teresita, departamento Ayacucho, Región Educativa VI;

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-

Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos; Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes; Subdirección Recursos Humanos Docentes; Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Rural y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9857-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5110721/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita segunda instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3796837/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la segunda instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de tres (3) años, de la Profesora LORENA FERNANDA AZCURRA, D.N.I. Nº 31.491.300, designada mediante Decreto Nº 1995-ME-2024;

Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3785073/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;

Que en act. INFORM 441339/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 441489/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 999537/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 441489/26;

Que en act. DOCEXT 3833221/26 obra Resolución Nº 61-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. DOCEXT 3833555/26 (Adjuntos) obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;

Que en act. NOTAMP 1009258/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011;

Que en act. NOTAMP 1009407/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando a la Profesora LORENA FERNANDA AZCURRA, partir del 10 de septiembre de 2026 y por el término de tres (3) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la tercera instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011.-

Art. 2º.-Designar por segunda instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 10 de septiembre de 2026 y por el término de tres (3) años, a la Profesora LORENA FERNANDA AZCURRA, D.N.I. Nº 31.491.300, en el cargo de Profesor Responsable, para los espacios curriculares “Historia y Política de la Educación Argentina”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en Lengua y Literatura y Profesorado de Inglés y “Práctica Docente I”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en: Historia y Geografía, con una carga horaria de diez (10) horas reloj, de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3833555/26 (Adjuntos), en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 14 16 1-01 25 1

Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y, por su intermedio, notificar a la interesada.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9858-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5190660/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MARIELA SOLEDAD SZER, D.N.I. Nº 30.888.424, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 313 “Rosario Mercedes Simón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3793517/26, obra copia de Decreto de designación Nº 4746-MHP-2021, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3833433/26;

Que en act. INFSUM 180929/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3836976/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3836994/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARIELA SOLEDAD SZER, D.N.I. Nº 30.888.424, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 313 “Rosario Mercedes Simón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9859-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6190295/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente SOFIA CONTI LABARRE, D.N.I. Nº 41.841.916, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 12 “Maestras Mercedinas Tomasa Garraza de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3822385/26, obra copia de Decreto de designación Nº 7140-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3827560/26;

Que en act. INFSUM 180852/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3834681/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3834682/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente SOFIA CONTI LABARRE, D.N.I. Nº 41.841.916, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 12 “Maestras Mercedinas Tomasa Garraza de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9860-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6261209/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente DANIEL EDUARDO POLIZZI, D.N.I. Nº 34.504.110, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín;

Que en act. DOCEXT 3829518/26, obra copia de Decreto de designación Nº 11302-MHP-2022, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3835902/26;

Que en act. INFSUM 180961/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3840643/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3840671/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente DANIEL EDUARDO POLIZZI, D.N.I. Nº 34.504.110, en OCHO (8) horas cátedra de Teatro, 4 hs. en 1er. año 1ra. división y 4 hs. en 1er. año 2da. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Educación Secundaria de Adultos, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9861-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6170669/26, y;

CONSIDERANDO:

Que corresponde analizar la solicitud de reubicación propuesta para el personal docente de la Escuela Nº 38 “General Pablo Lucero”, de la localidad de San José del Morro, departamento General Pedernera, por implementación de las estructuras curriculares aprobadas por Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021,5739-ME-2021 y 10865-ME-2024 (act. DOCEXT 3820326/26), para el Ciclo Básico y Ciclo Orientado del Nivel de Educación Secundaria, de manera progresiva;

Que por Decreto Nº5261-ME-2021 (act. DOCEXT 3820326/26), se establece que dicha implementación se efectuará en forma gradual y progresiva, comenzando en el ciclo lectivo 2022 con 1er. y 4to. año, en 2023 con 2do. y 5to. año y en 2024 con 3er. y 6to. año;

Que por Decreto Nº10865-ME-2024 se modificó la Planta Orgánica Funcional del citado establecimiento educativo, en virtud de la implementación de la estructura curricular aprobada por Decretos Nros. 4930-ME-2021 y 5261-ME-2021;

Que en act. DOCEXT 3820347/26 obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;

Que en act. DOCEXT 3820354/26obra Resolución Nº 030-JCD-II y III-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III- sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación definitiva del personal docente de la Escuela de referencia;

Que en act. INFORM 442512/26la Dirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 442560/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 1005022/26interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 442512/26;

Que en act. ACTPAS1717987/26interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Reubicar definitivamente al personal docente de la Escuela Nº 38 “General Pablo Lucero”, de la localidad de San José del Morro, departamento General Pedernera, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:

NADIA MILCA CALDERON, D.N.I. Nº 27.419.626, docente de OCHO (8) horas cátedra titulares de Tecnología, 1er. año única división, en 2do. año única división y en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 2922-ME-2020.

A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Tecnológica, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2025: TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Tecnológica, en 2do. año 1ra. división y DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.

GABRIELA MARIEL GARCIA, D.N.I. Nº 22.984.204, docente de OCHO (8) horas cátedra titulares de Lengua, (2 hs. en 1er. año única división, 3hs. en 2do. año única división y 3 hs. en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, Según Decreto Nº 5266-ME-2022.

A partir del ciclo lectivo 2025: en CINCO (5) horas cátedra titulares de Lengua, en 2do. año 1ra. división.

A partir del ciclo lectivo 2026: en CINCO (5) horas cátedra (3 hs titulares y 2 hs. interinas de incremento) de Lengua, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

FACUNDO SERGIO ANDRES LUCERO, D.N.I. Nº 32.012.819, docente de OCHO (8) horas cátedra interinas de Matemática, en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 6460-MHP-2022.

A partir del ciclo lectivo 2025: en CINCO (5) horas cátedra interinas de Matemática, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2026: en CINCO (5) hora cátedra (3 hs. interinas y 2 hs. interinas de incremento) de Matemática, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

NOELIA ELISA PALMERO, D.N.I. Nº 24.971.029, docente de OCHO (8) horas cátedra titulares de Ciencia Sociales, en 1er. año, 2do. año y 3er. año única división, según Decreto Nº 6136-MC-2004.

A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2025: en TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2026: en TRES (3) horas cátedra (2 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Geografía, en 3er. año 1ra. División, Nivel de Educación Secundaria.-

JAVIER LEANDRO ZARATE, D.N.I. Nº 33.230.909, docente de OCHO (8) horas cátedra titulares de Ciencias Naturales, en 1er. año, 2do. Año y 3er. año, única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 7640-ME-2023.

A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra titulares de Biología, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2025: en TRES (3) horas cátedra titulares de Biología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.

A partir del ciclo lectivo 2026: en TRES (3) horas cátedra (2 hs. titulares y 1hs. interina de incremento) de Biología, en 3er. año 1ra. División, Nivel de Educación Secundaria.-

Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA

INST. 1, JUR. 14, U. E.14, F. F.1-01, CP. 23, INC. 1

Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 4º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Secundaria y, por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9862-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6240137/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente OMAR ABRAHAM BERTONE, D.N.I. Nº 31.246.235, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Técnica Nº 1 “Elena Ossola de Horas”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 3825749/26, obra copia de Decreto de designación Nº 3447-MHP-2021, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3830992/26;

Que en act. INFSUM 180900/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3835528/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3835547/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente OMAR ABRAHAM BERTONE, D.N.I. Nº 31.246.235, en CINCO (5) horas cátedra de Programación de las Compras y las Ventas, en 6to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 1 “Elena Ossola de Horas”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9863-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5191183/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ROSALBA GICELA LOPEZ, D.N.I. Nº 31.698.011, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 250 “Tomás Espora”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco;

Que en act. DOCEXT 3794190/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5300-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán en act. DOCEXT 3806783/26;

Que en act. INFSUM 180675/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3816567/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3816583/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ROSALBA GICELA LOPEZ, D.N.I. Nº 31.698.011, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 250 “Tomás Espora”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9864-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5080003/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente CARINA ALEJANDRA MIÑO, D.N.I. Nº 29.341.296, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3782213/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6848-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3794640/26;

Que en act. INFSUM 180799/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3824874/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3824882/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente CARINA ALEJANDRA MIÑO, D.N.I. Nº 29.341.296, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9865-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6040554/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ROMINA ADELA GAMBONE, D.N.I. Nº 30.142.702, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín;

Que en act. DOCEXT 3809624/26, obra copia de Decreto de designación Nº 2062-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3817065/26;

Que en act. INFSUM 180765/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3820685/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3820691/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ROMINA ADELA GAMBONE, D.N.I. Nº 30.142.702, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística, perfil Plástica, en 5to. año 2da. división, Orientación en Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9866-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-6240664/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3826451/26, la dirección de la Escuela Nº 243 “Provincia de Rio Negro”, solicita la reubicación definitiva de la docente ALEJANDRA DANIELA GEDDA, D.N.I. Nº 34.152.499, de UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, según Decreto Nº 10407-ME-2022, en la Escuela Nº 422 “Profesora María Estela Fúnez Gez de Gómez” del paraje Nahuel Mapa, departamento Gobernador Dupuy, a UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 243 “Provincia de Río Negro”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy, vacante por creación, según Decreto Nº 4798-ME-2024;

Que en act. DOCEXT 3826451/26 obra copia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de titularización Nº 10407-ME-2022;

Que en act. DOCEXT 3831222/26 obra acta de ofrecimiento y aceptación del cargo Nº 08/2026, celebrada entre la docente requirente ALEJANDRA DANIELA GEDDA, D.N.I. Nº 34.152.499 y Junta de Clasificación Docente Región II y III;

Que en act. DOCEXT 3832818/26, obra Resolución Nº 15-JCDVM-2026 de la Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, dando continuidad al trámite correspondiente;

Que en act. INFSUM 180914/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. PASEDU 3845241/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Reubicar definitivamente a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ALEJANDRA DANIELA GEDDA, D.N.I. Nº 34.152.499, de UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, según Decreto Nº 10407-ME-2022, en la Escuela Nº 422 “Profesora María Estela Fúnez Gez de Gómez” del paraje Nahuel Mapa, departamento Gobernador Dupuy, a UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 243 “Provincia de Río Negro”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy, vacante por creación, según Decreto Nº 4798-ME-2024.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Inicial y por su intermedio a los establecimientos educativos correspondientes.-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9867-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-4281328/26, y;

CONSIDERANDO:

Que corresponde analizar la solicitud de reubicación propuesta para el personal docente del Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por implementación de la estructura curricular aprobada por Decreto Nº 183-ME-2025, obrante en act. DOCEXT 3803735/26, para la Educación Secundaria de Adultos de la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;

Que en act. DOCEXT 3773457/26, obra copia del Decreto Nº 2774-ME-2026, mediante el cual se modificó la Planta Orgánica Funcional del citado establecimiento educativo;

Que en acts. DOCEXT 3773478/26, 3773479/26, 3773480/26, 3773481/26, 3773482/26 y 3785408/26, obran copias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;

Que en act. DOCEXT 3804388/26, obra Resolución Nº 266-JCD-SL-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI-sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. INFORM 440917/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 441036/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 997677/26, interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 441036/26;

Que en act. ACTPAS 1717127/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Reubicar definitivamente al personal docente del Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:

FABIANA YANINA TELLO, D.N.I. Nº 31.414.132, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Lengua y Literatura, en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 10554-MHyOP-2014.

A partir del ciclo lectivo 2026: en OCHO (8) horas cátedra (4 hs. interinas y 4 hs. interinas de incremento) de Lengua y Literatura, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

CAROLINA MARISOL SOSA, D.N.I. Nº 27.047.830, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Filosofía, en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 7391-MHP-2016.

A partir del ciclo lectivo 2026: en DOS (2) horas cátedra interinas de Filosofía, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, y DOS (2) horas cátedra interinas de Tutoría, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

BETIANA ELIZABETH SOSA, D.N.I. Nº 25.924.288, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Introducción al Derecho en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 3721-MHP-2022.

A partir del ciclo lectivo 2025: en DOS (2) horas cátedra interinas de Formación y Participación Ciudadana, en 2do. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

A partir del ciclo lectivo 2026: en DOS (2) horas cátedra interinas de Derecho, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos

TOMAS YAIN ARANCIBIA, D.N.I. Nº 38.438.076, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Psicología en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 13125-MHIP-2024.

A partir del ciclo lectivo 2026: en DOS (2) horas cátedra interinas de Psicología, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, y DOS (2) horas cátedra interinas de Tutoría, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

MAXIMILIANO GASPAR PEREIRA ARCE, D.N.I. Nº 31.337.687, docente de CUATRO (4) horas cátedra titulares de Metodología de la Investigación, Orientación Ciencias Sociales, en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 22999-ME-2025.

A partir del ciclo lectivo 2026: en CUATRO (4) horas cátedra titulares de Metodología de la Investigación, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.

Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente: DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-

Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-

Art. 4º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 5º.El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9868-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-3101182/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente BIBIANA GABRIELA GONZALEZ, D.N.I. Nº 23.798.028, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3785468/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 4250-MHP-2021 y Decretos de reubicación Nros. 9466-ME-2023 y 7344-ME-2025, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3811220/26;

Que en act. INFSUM 180674/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3817270/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3817314/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente BIBIANA GABRIELA GONZALEZ, D.N.I. Nº 23.798.028, en SEIS (6) horas cátedra de Prácticas Profesionalizantes, en 7mo. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9869-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5141242/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente IRIS ZULMA LUCERO, D.N.I. Nº 29.587.986, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo Nº 18 “César Rosales”, de la ciudad de San Martín, departamento Libertador General San Martín;

Que en act. DOCEXT 3798168/26 obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 4754-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3814247/26;

Que en act. INFSUM 180693/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3817368/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3817414/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente IRIS ZULMA LUCERO, D.N.I. Nº 29.587.986, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 18 “César Rosales”, de la ciudad de San Martín, departamento Libertador General San Martín.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9870-ME-2026.-

San Luis, 12 de Agosto de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-7070194/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3853576/26 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora MARIA SOFIA ALAMO FUNES, D.N.I. Nº 42.279.000, con el objeto de prestar servicios en la Subdirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección de Educación Obligatoria para realizar tareas de colaboración en la planificación y evaluación de proyectos y monitorear la implementación de los mismos, entre otras, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, tendrá vigencia a partir de su homologación y hasta el día 30 de septiembre de 2026;

Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá la prestadora de servicios por todo concepto;

Que en act. PREV 11521618/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;

Que en act. NOTAMP 1006486/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 1007772/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley NºVIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 175567/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.-Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora MARIA SOFIA ALAMO FUNES, D.N.I. Nº 42.279.000, con el objeto de prestar servicios en la Subdirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección de Educación Obligatoria, a los fines de prestar servicio conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3853576/26.-

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe

1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $2.677.500,00

Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.-Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio notificar a la interesada.-

Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 7561-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Julio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5260612/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario LEZCANO SERGIO ALEXANDER, D.N.I. Nº 38.467.698, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3799301/26, DOCEXT 3799303/26, DOCEXT 3799305/26, DOCEXT 3799308/26, DOCEXT 3799309/26, DOCEXT 1574797/26 y DOCEXT 3815575/26, surge que el beneficiario LEZCANO SERGIO ALEXANDER, D.N.I. Nº 38.467.698, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11459527/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5044/2026;

Que, en act. ACTPRO 11471471/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11471857/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11471858/26 y LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11471859/26;

Que, en act. INFSEC 11471860/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 4600/2026, obrante en act. PROSEC 11471856/26;

Que, en act. PRESEC 11479589/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, los ítems 1, 2 y 3, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($7.630.000,00);

Que, en act. PREV 11458581/26 y PREV 11479602/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 949840/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 999501/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 173840/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3799305/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, los ítems 1, 2 y 3, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($7.630.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11471859/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11479589/26, del EXD-0000-5260612/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario, LEZCANO SERGIO ALEXANDER, D.N.I. Nº 38.467.698, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11479589/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $7.630.000,00

Art. 6º.- Dar intervención a Fiscalía de Estado, a efectos de que evalúe la procedencia de iniciar las acciones judiciales y/o extrajudiciales que pudieran corresponder contra terceros responsables y/o sus compañías aseguradoras, con el objeto de procurar el recupero de las sumas erogadas por la Provincia en virtud del subsidio otorgado en el presente acto, conforme constancias de la actuación DOCEXT 3799309/26, donde obran las actuaciones policiales y los datos relativos a la cobertura de seguro.-

Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 8º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-

Art. 9º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE JUANA KOSLAY

ORDENANZA Nº 0271-D-HCDJK-2026.-

Juana Koslay, 20 de agosto de 2026

VISTO:

La necesidad de establecer un régimen jurídico único, sistemático y actualizado que regule las habilitaciones municipales en el ámbito de la Municipalidad de Juana Koslay; y;

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Municipio regular las actividades que se desarrollan dentro de su ejido en protección de la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente, el ordenamiento territorial y el interés general;

Que el régimen de habilitaciones municipales constituye una herramienta esencial para el adecuado ejercicio de dichas competencias, permitiendo verificar el cumplimiento de las condiciones exigidas para el funcionamiento de establecimientos y actividades sujetas a control municipal;

Que la normativa vigente relativa a las habilitaciones municipales se encuentra dispersa en distintos cuerpos normativos y disposiciones especiales, lo que dificulta su aplicación, interpretación y conocimiento tanto por la Administración como por los administrados;

Que resulta conveniente reunir en un único cuerpo normativo las disposiciones generales que regulan las habilitaciones municipales, estableciendo un régimen claro, ordenado y sistemático que brinde seguridad jurídica, favorezca la eficiencia administrativa y facilite su aplicación;

Que resulta necesario promover procedimientos administrativos ágiles, razonables y acordes con los principios de eficiencia, simplificación administrativa y buena administración, procurando facilitar el cumplimiento de las exigencias legales sin desatender la tutela del interés público;

Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar un Código Municipal de Habilitaciones que establezca un régimen general, moderno, sistemático y uniforme para las habilitaciones municipales en el ámbito de la Municipalidad de Juana Koslay;

Que es facultad del Honorable Concejo Deliberante el dictado de la legislación que lo instrumente.

POR TODO ELLO.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE

JUANA KOSLAY, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON

PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

CÓDIGO MUNICIPAL DE HABILITACIONES

TÍTULO I

PARTE GENERAL

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°. Denominación. Apruébase el Código Municipal de Habilitaciones de la Municipalidad de Juana Koslay, el que podrá citarse en adelante como “CMH”, y se regirá por las disposiciones de la presente ordenanza.

Artículo 2°. Objeto. El presente Código tiene por objeto regular el régimen de habilitación, funcionamiento, fiscalización y control de los establecimientos, locales, instalaciones y demás actividades sujetas al poder de policía municipal que se desarrollen dentro del ejido de la Municipalidad de Juana Koslay, cualquiera sea su naturaleza, finalidad o carácter lucrativo, sin perjuicio de las regulaciones especiales que resulten aplicables.

Artículo 3°. Ámbito de aplicación. Las disposiciones del presente Código serán de aplicación obligatoria para toda persona humana o jurídica, pública o privada, que pretenda desarrollar o desarrolle actividades sujetas a habilitación municipal dentro del ejido de la Municipalidad de Juana Koslay.

Artículo 4°. Autoridad de Aplicación. La Autoridad de Aplicación del presente Código será la dependencia que determine el Departamento Ejecutivo Municipal, la que ejercerá las competencias conferidas por esta norma y su reglamentación, sin perjuicio de la intervención que corresponda a otras áreas municipales o a organismos provinciales o nacionales en el ámbito de sus respectivas competencias.

En ejercicio del poder de policía municipal, la Autoridad de Aplicación tendrá a su cargo la interpretación, aplicación, fiscalización y ejecución del presente Código, pudiendo adoptar las medidas preventivas, correctivas y de control que resulten necesarias para resguardar la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente, el ordenamiento territorial, la convivencia y los demás intereses públicos comprometidos, mediante resolución debidamente fundada y con sujeción a la normativa vigente.

En el ejercicio de dichas atribuciones, la Autoridad de Aplicación deberá procurar la adecuada tutela del interés público comprometido, ponderando las circunstancias de cada caso y los derechos e intereses de los particulares, conforme a los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad.

Artículo 5°. Alcance. La habilitación otorgada en los términos del presente Código acredita exclusivamente el cumplimiento de los requisitos exigibles por la Municipalidad para el desarrollo de la actividad autorizada, sin eximir a su titular del cumplimiento de las disposiciones establecidas por la normativa nacional, provincial o municipal que resulte aplicable, ni de la obtención de permisos, autorizaciones o registros exigidos por otras autoridades competentes.

Artículo 6°. Normativa especial. Las actividades sujetas a habilitación municipal que cuenten con regulación específica se regirán por las disposiciones del presente Código y, en lo pertinente, por las normas especiales que regulen cada actividad. En caso de incompatibilidad entre las disposiciones generales del presente Código y las normas especiales aplicables, prevalecerán estas últimas respecto de la materia específicamente regulada, siendo de aplicación supletoria las disposiciones del presente Código en todo aquello no previsto por la normativa especial.

Artículo 7°. Interpretación e integración. Las disposiciones del presente Código se interpretarán conforme a sus fines, procurando la protección de la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente, el orden urbano, la convivencia y el interés público, favoreciendo al mismo tiempo la simplificación administrativa, la razonabilidad de los requisitos y el desarrollo de las actividades lícitas.

CAPÍTULO II

PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 8°. Interés público. La interpretación y aplicación del presente Código deberá orientarse a la protección de la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente, el ordenamiento territorial, la convivencia ciudadana y demás intereses públicos comprometidos en el ejercicio de las actividades sujetas a habilitación municipal.

Artículo 9°. Simplificación administrativa. La Autoridad de Aplicación deberá promover procedimientos ágiles, sencillos y eficientes, procurando reducir cargas administrativas innecesarias y evitando la duplicación de requisitos, sin afectar el ejercicio del poder de policía municipal.

Artículo 10°. Proporcionalidad. Los requisitos, condiciones, inspecciones y demás exigencias deberán guardar razonable relación con la naturaleza, características, escala y nivel de riesgo de la actividad cuya habilitación se solicite.

Artículo 11°. Coordinación administrativa. La Autoridad de Aplicación podrá requerir la intervención de las demás dependencias municipales y articular su actuación con organismos provinciales y nacionales cuando ello resulte necesario para el otorgamiento, mantenimiento, suspensión o revocación de la habilitación, procurando evitar que el administrado deba presentar documentación o información que obre en poder de la Administración Municipal.

Artículo 12°. Declaración jurada. Toda información, documentación o manifestación presentada por el solicitante tendrá carácter de declaración jurada, sin perjuicio de las facultades de verificación y fiscalización de la Autoridad de Aplicación y de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieran corresponder por su falsedad u ocultamiento.

Artículo 13°. Habilitación y responsabilidad. El otorgamiento de una habilitación municipal no exime al titular de la obligación permanente de mantener las condiciones exigidas para su otorgamiento, ni limita las facultades de control, inspección y fiscalización de la Municipalidad.

TÍTULO II

DEL RÉGIMEN GENERAL DE HABILITACIONES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 14°. Habilitación obligatoria. Toda persona humana o jurídica, pública o privada, que pretenda desarrollar una actividad comprendida en el ámbito de aplicación del presente Código deberá obtener previamente la correspondiente habilitación municipal, salvo las excepciones expresamente previstas por la normativa vigente.

Artículo 15°. Alcance de la habilitación. La habilitación autoriza exclusivamente el desarrollo de la actividad, en el establecimiento, condiciones, rubros y demás términos expresamente autorizados por la Autoridad de Aplicación, sin conferir derechos adquiridos respecto de modificaciones posteriores de la normativa aplicable ni respecto de actividades distintas de las habilitadas.

Artículo 16°. Carácter personal. La habilitación tendrá carácter personal e intransferible, salvo los supuestos de transferencia o continuidad previstos expresamente en el presente Código.

Artículo 17°. Compatibilidad urbanística. El otorgamiento de la habilitación estará condicionado a la compatibilidad del uso pretendido con las disposiciones del Código Urbanístico y demás normas de ordenamiento territorial vigentes.

Artículo 18°. Cumplimiento de requisitos especiales. Cuando la actividad se encuentre alcanzada por normativa especial o requiera autorizaciones, registros, certificaciones o intervenciones de organismos municipales, provinciales o nacionales, la habilitación sólo podrá otorgarse una vez acreditado el cumplimiento de tales exigencias, salvo los casos expresamente previstos en este Código.

Artículo 19°. Deber de conservación. El titular de la habilitación deberá mantener durante toda la vigencia de la actividad las condiciones que motivaron su otorgamiento, debiendo comunicar a la Autoridad de Aplicación toda modificación que pudiera incidir en ellas, conforme lo establecido en el presente Código.

CAPÍTULO II

REQUISITOS PARA LA HABILITACIÓN

Artículo 20°. Requisitos generales. Toda persona que solicite una habilitación deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Código, su reglamentación y las normas especiales que resulten aplicables según la naturaleza de la actividad.

Artículo 21°. Identificación y personería. El solicitante deberá acreditar su identidad y, cuando corresponda, la personería invocada y la representación con la que actúa, conforme a la normativa vigente.

Artículo 22°. Uso legítimo del inmueble. Deberá acreditarse el uso legítimo del inmueble donde se desarrollará la actividad mediante título suficiente, contrato, autorización del titular o cualquier otro instrumento idóneo que justifique su ocupación.

Artículo 23°. Inscripciones tributarias. El solicitante deberá acreditar su inscripción ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos o el tributo que en el futuro lo sustituya, cuando corresponda.

Artículo 24°. Compatibilidad urbanística. La actividad deberá resultar compatible con los usos permitidos por la normativa urbanística vigente.

Artículo 25°. Documentación técnica. Cuando la naturaleza de la actividad lo requiera, deberán presentarse planos, memorias descriptivas, certificaciones técnicas o cualquier otra documentación necesaria para verificar las condiciones del establecimiento.

Artículo 26°. Intervención de otras áreas. Durante la tramitación de la solicitud, la Autoridad de Aplicación podrá dar intervención a las dependencias municipales competentes y, cuando corresponda, a organismos provinciales o nacionales, a fin de que emitan los informes técnicos o de factibilidad que resulten necesarios dentro del ámbito de sus respectivas competencias, o cuando dicha intervención sea exigida por la normativa vigente.

Artículo 27°. Condiciones especiales. El solicitante deberá acreditar el cumplimiento de las condiciones de seguridad, higiene, salubridad, accesibilidad, protección ambiental y demás exigencias previstas por la normativa vigente, cuando resulten aplicables a la actividad.

Artículo 28°. Requisitos particulares. Las actividades reguladas especialmente deberán cumplir, además de los requisitos generales previstos en este Código, aquellos específicos establecidos para cada una de ellas.

Artículo 29°. Documentación complementaria. La Autoridad de Aplicación podrá requerir, mediante acto fundado, toda documentación o información adicional que resulte necesaria, pertinente y razonablemente vinculada con la evaluación de la actividad cuya habilitación se solicita.

CAPÍTULO III

SOLICITUD DE HABILITACIÓN

Artículo 30°. Inicio del trámite. El trámite de habilitación se iniciará a solicitud del interesado o de su representante legal, mediante la presentación de la solicitud en la forma que determine la Autoridad de Aplicación, acompañada de la documentación exigida por el presente Código y su reglamentación.

Artículo 31°. Contenido de la solicitud. La solicitud deberá contener, como mínimo, la identificación del solicitante, el domicilio real y especial constituido, la individualización del establecimiento, la descripción de la actividad a desarrollar, los rubros cuya habilitación se solicita y toda otra información necesaria para su evaluación.

Artículo 32°. Representación. Cuando la solicitud sea presentada por representante, deberá acreditarse la personería invocada mediante la documentación correspondiente.

Artículo 33°. Declaración jurada. La solicitud y la documentación presentada tendrán carácter de declaración jurada respecto de la veracidad de los datos consignados, sin perjuicio de las facultades de verificación y fiscalización de la Autoridad de Aplicación.

Artículo 34°. Subsanación. Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o la documentación resultare insuficiente, la Autoridad de Aplicación intimará al solicitante para que subsane las observaciones dentro del plazo que se establezca, bajo apercibimiento de disponer el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de la posibilidad de iniciar un nuevo trámite.

CAPÍTULO IV

EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL TRÁMITE

Artículo 35°. Verificación. La Autoridad de Aplicación verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente Código, su reglamentación y la normativa aplicable, pudiendo realizar todas las actuaciones necesarias para determinar la procedencia de la habilitación solicitada.

Artículo 36°. Efectos de los informes técnicos y de factibilidad. Los informes técnicos o de factibilidad emitidos por las áreas competentes podrán contener observaciones, condiciones o adecuaciones necesarias para el otorgamiento o mantenimiento de la habilitación. La Autoridad de Aplicación resolverá la solicitud considerando dichos informes y podrá supeditar el otorgamiento de la habilitación al cumplimiento de las condiciones que en ellos se establezcan.

Artículo 37°. Informes técnicos. Cuando la naturaleza de la actividad lo requiera, la Autoridad de Aplicación podrá solicitar informes técnicos o la intervención de otras dependencias municipales u organismos competentes.

Artículo 38°. Medidas para mejor proveer. En cualquier estado del trámite, la Autoridad de Aplicación podrá disponer fundadamente las medidas que estime necesarias para mejor proveer, incluyendo nuevas inspecciones, ampliación de informes o requerimientos de documentación complementaria.

Artículo 39°. Resolución. Verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos, la Autoridad de Aplicación dictará el acto administrativo que otorgue o deniegue la habilitación solicitada. Toda denegatoria deberá ser debidamente fundada.

Artículo 40°. Habilitación provisoria. La Autoridad de Aplicación podrá otorgar habilitaciones provisorias en los casos y bajo las condiciones que establezca la reglamentación, siempre que ello no comprometa la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente o el interés público.

CAPÍTULO V

VIGENCIA Y MODIFICACIONES DE LA HABILITACIÓN

Artículo 41°. Vigencia. La habilitación mantendrá su vigencia mientras subsistan las condiciones que motivaron su otorgamiento y no concurra alguna de las causales de suspensión, revocación, caducidad o cese previstas en el presente Código.

Artículo 42°. Modificaciones. El titular deberá comunicar a la Autoridad de Aplicación toda modificación de los datos, condiciones o circunstancias que hubieren servido de fundamento para el otorgamiento de la habilitación, dentro del plazo que establezca la reglamentación.

Artículo 43°. Modificaciones sujetas a autorización. Requerirán autorización previa de la Autoridad de Aplicación, cuando corresponda, el cambio de titular, el cambio de domicilio, la modificación, ampliación o reducción de rubros, las reformas sustanciales del establecimiento y toda otra modificación que pueda incidir sobre las condiciones de la habilitación otorgada.

Artículo 44°. Actualización documental. La Autoridad de Aplicación podrá requerir en cualquier momento la actualización de la documentación presentada cuando ello resulte necesario para verificar el mantenimiento de las condiciones de habilitación.

CAPÍTULO VI

SUSPENSIÓN, REVOCACIÓN Y CADUCIDAD

Artículo 45°. Suspensión. La Autoridad de Aplicación podrá disponer la suspensión de la habilitación cuando se verifique el incumplimiento de las condiciones exigidas para su mantenimiento o existan razones de seguridad, salubridad, higiene, protección ambiental o interés público que así lo justifiquen, sin perjuicio de las demás medidas que pudieren corresponder.

Artículo 46°. Revocación. La habilitación podrá ser revocada por incumplimientos graves o reiterados de las obligaciones establecidas en el presente Código, por falsedad en la información suministrada o por cualquier otra causal prevista en la normativa vigente, previa sustanciación del procedimiento correspondiente.

Artículo 47°. Caducidad. La habilitación caducará por el cese definitivo de la actividad, por el vencimiento de una habilitación otorgada por plazo determinado, cuando corresponda, o por las demás causales previstas en este Código o en la normativa aplicable.

CAPÍTULO VII

CESE DE ACTIVIDADES

Artículo 48°. Baja voluntaria. El titular de la habilitación deberá comunicar a la Autoridad de Aplicación el cese definitivo de la actividad, solicitando la baja de la habilitación conforme al procedimiento que establezca la reglamentación.

Artículo 49°. Cese de oficio. La Autoridad de Aplicación podrá disponer el cese de oficio de la habilitación cuando verifique el abandono de la actividad, la clausura definitiva del establecimiento o cualquier otra circunstancia que determine la imposibilidad de continuar desarrollando la actividad habilitada.

Artículo 50°. Efectos. La suspensión, revocación, caducidad o baja de la habilitación no eximirá al titular del cumplimiento de las obligaciones pendientes ni de las responsabilidades administrativas, civiles, tributarias o penales que pudieren corresponder conforme a la normativa vigente.

CAPÍTULO VIII

RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE HABILITACIÓN

Artículo 51°. Régimen. Créase el Régimen Simplificado de Habilitación, destinado a facilitar el acceso a la habilitación municipal de aquellas actividades que determine la reglamentación, mediante un procedimiento simplificado basado en la presentación de una declaración jurada y la documentación esencial exigible, permitiendo el otorgamiento inmediato de la habilitación, sin perjuicio de las facultades de verificación, inspección y fiscalización posterior de la Autoridad de Aplicación.

Artículo 52°. Actividades comprendidas. El Departamento Ejecutivo Municipal determinará mediante reglamentación las actividades que podrán incorporarse al presente régimen, atendiendo a la naturaleza de la actividad, su complejidad, el riesgo involucrado y la posibilidad de verificar con posterioridad el cumplimiento de los requisitos exigibles.

Artículo 53°. Declaración jurada. La incorporación al Régimen Simplificado requerirá la presentación de la solicitud de habilitación, la declaración jurada de cumplimiento de los requisitos aplicables y la documentación que determine la reglamentación. La información suministrada tendrá los efectos previstos en el artículo 12 del presente Código.

Artículo 54°. Fiscalización posterior. La Autoridad de Aplicación podrá verificar en cualquier momento la veracidad de la declaración jurada presentada y el cumplimiento de las condiciones exigidas para la habilitación. La constatación de incumplimientos dará lugar a la adopción de las medidas previstas en el presente Código, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas, civiles o penales que pudieren corresponder.

TÍTULO III

DEL EJERCICIO DE LAS ACTIVIDADES HABILITADAS

CAPÍTULO ÚNICO

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 55°. Condiciones de funcionamiento. El titular de la habilitación deberá desarrollar la actividad autorizada manteniendo en forma permanente las condiciones que motivaron su otorgamiento y dando cumplimiento a las disposiciones del presente Código, su reglamentación y la normativa especial que resulte aplicable.

Artículo 56°. Seguridad, higiene y conservación. Los establecimientos, instalaciones, vehículos y demás bienes afectados al desarrollo de la actividad deberán mantenerse en adecuadas condiciones de seguridad, higiene, salubridad, conservación, accesibilidad y protección ambiental, conforme a la normativa vigente.

Artículo 57°. Documentación. El titular deberá conservar en el establecimiento, o mantener a disposición de la Autoridad de Aplicación cuando la naturaleza de la actividad así lo requiera, la documentación cuya exhibición resulte exigible conforme al presente Código, su reglamentación y la normativa especial aplicable.

Artículo 58°. Colaboración con la fiscalización. El titular, sus dependientes o responsables deberán permitir el ingreso y facilitar la labor del personal municipal debidamente identificado, suministrando la información y documentación que les sea requerida en ejercicio de las facultades de fiscalización.

Artículo 59°. Cumplimiento de la normativa especial. Las actividades reguladas especialmente deberán cumplir, además de las disposiciones generales del presente Código, las obligaciones particulares previstas para cada una de ellas y las establecidas por la legislación nacional, provincial y municipal que resulte aplicable.

Artículo 60°. Deber general de adecuación. El titular de la habilitación deberá adoptar las medidas necesarias para mantener el ejercicio de la actividad dentro de las condiciones exigidas por la normativa vigente, adecuándose a las modificaciones que resulten obligatorias en los plazos que, en su caso, establezcan las disposiciones aplicables.

TÍTULO IV

DEL CONTROL Y FISCALIZACIÓN

CAPÍTULO I

FACULTADES DE FISCALIZACIÓN

Artículo 61°. Facultades de fiscalización. La Autoridad de Aplicación ejercerá el control y fiscalización del cumplimiento de las disposiciones del presente Código, su reglamentación y demás normativa aplicable, pudiendo realizar inspecciones, verificaciones, requerir documentación e información, labrar actas y adoptar las medidas necesarias para el ejercicio del poder de policía municipal.

Artículo 62°. Inspecciones. Las inspecciones podrán realizarse de oficio o como consecuencia de denuncias, actuaciones administrativas o cualquier otro antecedente que justifique la intervención municipal. El personal actuante deberá identificarse al momento de la inspección y ejercer sus funciones dentro del ámbito de sus competencias.

Artículo 63°. Actas de inspección. De toda inspección se labrará el acta correspondiente, en la que se dejará constancia de las circunstancias verificadas, las observaciones formuladas, la documentación examinada y, en su caso, de las intimaciones o medidas adoptadas. El acta hará plena fe respecto de los hechos constatados por el agente actuante, sin perjuicio de la prueba en contrario.

CAPÍTULO II

MEDIDAS PREVENTIVAS

Artículo 64°. Medidas preventivas. Cuando durante una inspección se constaten incumplimientos que pudieran afectar la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente, el ordenamiento territorial o cualquier otro interés público comprometido, la Autoridad de Aplicación podrá disponer, mediante acto fundado, las medidas preventivas que resulten necesarias para hacer cesar la situación verificada o evitar su agravamiento, sin perjuicio de las sanciones administrativas o contravencionales que pudieren corresponder.

TÍTULO V

DE LOS INCUMPLIMIENTOS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 65°. Incumplimientos. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Código, su reglamentación y demás normativa aplicable habilitará la adopción de las medidas administrativas previstas en este Título, sin perjuicio de las consecuencias que pudieren corresponder conforme al Código de Faltas Municipal y a la legislación nacional o provincial aplicable.

Artículo 66°. Principios. Las medidas previstas en el presente Título deberán adoptarse mediante acto fundado, respetando los principios de legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, garantizando el debido procedimiento y el derecho de defensa cuando corresponda.

CAPÍTULO II

MEDIDAS ADMINISTRATIVAS

Artículo 67°. Intimación. Cuando el incumplimiento verificado fuere susceptible de subsanación y no comprometiera de manera inmediata la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente o cualquier otro interés público relevante, la Autoridad de Aplicación podrá intimar al responsable para que regularice la situación dentro del plazo que se determine, bajo apercibimiento de adoptar las medidas administrativas que correspondan.

Artículo 68°. Clausura preventiva. La Autoridad de Aplicación podrá disponer, mediante resolución fundada, la clausura preventiva total o parcial de un establecimiento cuando la continuidad de la actividad represente un riesgo para la seguridad, la salubridad, la higiene, el ambiente, el orden público o cualquier otro interés público comprometido, o cuando así lo autorice la normativa vigente. La medida tendrá carácter preventivo y se mantendrá únicamente mientras subsistan las causas que la motivaron o hasta tanto la autoridad competente disponga lo que corresponda.

CAPÍTULO III

ACTUACIÓN ANTE EL JUZGADO MUNICIPAL DE FALTAS

Artículo 69°. Acta de infracción. Cuando en ejercicio de las facultades de fiscalización se constatare un hecho que pudiere configurar una infracción prevista en el Código de Faltas Municipal, el personal actuante labrará el acta correspondiente, la que será remitida, junto con las actuaciones administrativas pertinentes, al Juzgado Municipal de Faltas para la prosecución del procedimiento que corresponda.

Artículo 70°. Competencia del Juzgado Municipal de Faltas. La aplicación de las sanciones previstas en el Código de Faltas Municipal, incluida la clausura definitiva cuando corresponda, será de competencia del Juzgado Municipal de Faltas, sin perjuicio de las medidas administrativas adoptadas por la Autoridad de Aplicación en ejercicio del poder de policía municipal.

TÍTULO VI

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS

Artículo 71°. Reglamentación.

Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a reglamentar el presente Código y dictar las normas complementarias, interpretativas y operativas que resulten necesarias para su aplicación, sin alterar su espíritu ni sus disposiciones.

Artículo 72°. Normas especiales y derogaciones.

Derógase toda norma que se oponga a la presente ordenanza. Las normas especiales que regulen actividades sujetas a habilitación municipal conservarán su vigencia en todo aquello que no resulte incompatible con las disposiciones del presente Código, el que será de aplicación supletoria en todo lo no previsto por aquellas.

Artículo 73°. Adecuación normativa.

El Departamento Ejecutivo Municipal podrá adecuar los procedimientos administrativos, formularios, instructivos y demás instrumentos necesarios para la implementación del presente Código, sin alterar los derechos y obligaciones establecidos en esta ordenanza.

Artículo 74°. Vigencia.

La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación oficial, sin perjuicio de los plazos que establezca la reglamentación para la implementación de sus disposiciones.

Artículo 75°. Cúmplase, publíquese y oportunamente, archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUANA KOSLAY, EL DÍA VEINTE DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTISÉIS.-

MARÍA JOSÉ GOMEZ

Presidente H.C.D.J.K.

$163.680,00

DECRETO Nº 219-IMJK-2026.-

Juana Koslay, 20 de agosto de 2026.

VISTO:

El Expediente N° 08240001-2026, remisión de la Sanción Legislativa Nº 271-D-HCDJK-2026 – Ref. “CÓDIGO MUNICIPAL DE HABILITACIÓN”, y;

CONSIDERANDO:

Que el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Juana Koslay remitió la Ordenanza Nº 271-D-HCDJK-2026;

Que es propicio proceder a la promulgación de la Ordenanza mencionada;

Que a sus efectos resulta necesario el dictado del acto administrativo que así lo determine;

POR ELLO:

EL INTENDENTE DE LA CIUDAD DE JUANA KOSLAY

EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

DECRETA

Art. 1º.- Promulgar en todas sus partes la Ordenanza Nº 271-D-HCDJK-2026.

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario General del Municipio.

Art. 3º.- Notificar, publicar, comunicar y oportunamente archivar.

PEDRO ALEJANDRO TAGLIENTE

Intendente

Sergio Alejandro Torres

Secretario General

EXENTO

MUNICIPALIDAD DE TILISARAO

DECRETO N° 37-MT-2026.-

TILISARAO (SL); 02 de septiembre de 2026

VISTO

El Acuerdo Bilateral firmado entre la Municipal de Tilisarao y el Gobierno de la Provincia de San Luis, para la construcción de obra pública en el marco del programa “Construyendo con tu pueblo 2026”, y;

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución N° 168-MG-2026 de fecha 06 de agosto del corriente año, se aprueba la Construcción de la Obra “CREACIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUYENDO CON TU PUEBLO – ASFALTADO B° SAN CAYETANO” en el marco del convenio “Construyendo con tu pueblo 2026” firmado entre la Municipalidad de Tilisarao y el Gobierno de la Provincia de San Luis;

Que, la ejecución de dicha obra demandará un gasto equivalente a los CIENTO OCHENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL OCHENTA CON 00/00 ($185.710.080,00), estos fondos serán abonados en partes iguales entre los firmantes del Convenio;

Que, a los fines de dar inicio a la obra y considerando que el Artículo 5° de la Ordenanza de Presupuesto vigente faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a introducir modificaciones presupuestarias, incluyendo ampliaciones y reestructuraciones, cuando las mismas se encuentren financiadas con incremento de recursos, debiendo comunicar previamente dichas modificaciones al Honorable Concejo Deliberante, corresponde el dictado del acto administrativo que permita la creación de la partida presupuestaria con destino al financiamiento de la obra;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE TILISARAO

EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Art. 1°. -Aprobar el proyecto de obra “CREACIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUYENDO CON TU PUEBLO – ASFALTADO B° SAN CAYETANO”, en el marco del “Acuerdo Bilateral- Construyendo con tu Pueblo 2026” firmado entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y la Municipalidad de Tilisarao.-

Art. 2°. -Modifíquese el Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Municipal para el ejercicio 2026, disponiéndose dentro del mismo:

CREAR

Recursos de Capital Provincial “Acuerdo Bilateral- Construyendo con tu Pueblo 2026” Obra CREACIÓN DEL PROYECTO “CONSTRUYENDO CON TU PUEBLO – ASFALTADO B° SAN CAYETANO, por la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUARENTA CON 00/00 ($92.855.040,00);

DISMINUIR

01.40.40.04.00.05.00: “Proyecto Pavimentación Calles Urbanas”

INCISO-PARTIDA

PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS GENERALES

TOTAL

$92.855.040,00

$92.855.040,00

Bienes de Uso

$92.855.040,00

$92.855.040,00

CREAR

01.40.40.04.00.06.00: “PROYECTO DE INVERSION – ASFALTADO B° SAN CAYETANO”

INCISO-PARTIDA

PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS

PROVINCIALES

RENTAS

GENERALES

TOTAL

$185.710.080,00

$92.855.040,00

$92.855.040,00

Bienes de Uso

$185.710.080,00

$92.855.040,00

$92.855.040,00

Art. 3°. - El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda, Ingresos Públicos y Desarrollo Económico de la Municipalidad de Tilisarao.

Art. 4°. -Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y oportunamente archívese.

JUAN MANUEL OLGUÍN

Intendente

Lucas Martin Rittano

Secretario de Hacienda, Ingresos Públicos y Desarrollo Económico

EXENTO

DECRETO N° 38-MT-2026.-

TILISARAO (SL); 02 de septiembre de 2026

VISTO

El expediente N° 0251/2026, la Ordenanza N° 01-HCD-2025 de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Municipal para el ejercicio 2026, y lo dispuesto por su Artículo 5°, y;

CONSIDERANDO

Que, el Artículo 5° de la Ordenanza de Presupuesto vigente faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a introducir modificaciones presupuestarias, incluyendo ampliaciones y reestructuraciones, cuando las mismas se encuentren financiadas con incremento de recursos, debiendo comunicar previamente dichas modificaciones al Honorable Concejo Deliberante;

Que, la fuerte caída en la recaudación proveniente de la Coparticipación Municipal, obliga al Poder Ejecutivo Municipal a cubrir tal caída con recaudación propia y con un severo ajuste del gasto público al solo efecto de continuar prestando los servicios con la eficiencia que siempre caracterizó a este Ejecutivo sin desatender la ayuda social que nuestros Ciudadanos cada día necesitan más;

Que, el Honorable Concejo Deliberante ha solicitado formalmente el incremento de sus partidas presupuestarias para cumplir con sus funciones y ante la imposibilidad del mismo de implementar las disposiciones del Art. 57° de la Ley No XII-0349-2004, se resuelve otorgar un aumento en el Inciso 2 “Bienes de Consumo” en proporción a los fondos disponibles de la Municipalidad;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la normativa vigente, se ha procedido a comunicar formalmente al Honorable Concejo Deliberante las modificaciones presupuestarias a realizar, acompañando el detalle de las partidas afectadas y su correspondiente justificación;

Por ello;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE TILISARAO

EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Art. 1°. - Modifíquese el Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Municipal para el ejercicio 2026, disponiéndose dentro del mismo:

AMPLIAR

Recursos corrientes municipales “EXCEDENTE 2025”, por la suma de PESOS UN MILLON CON 0/00 ($1.000.000,00);

AMPLIAR

01.10.10.00.00.00.00: “Actividad Central Honorable Concejo Deliberante”

INCISO-PARTIDA

PRINCIPAL

IMPORTE

RENTAS

GENERALES

TOTAL

$1.000.000,00

$1.000.000,00

Bienes de consumo

$1.000.000,00

$1.000.000,00

Art. 2°. - El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda, Ingresos Públicos y Desarrollo Económico de la Municipalidad de Tilisarao.

Art. 3°. - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y oportunamente archívese.-

JUAN MANUEL OLGUÍN

Intendente

Lucas Martin Rittano

Secretario de Hacienda, Ingresos Públicos y Desarrollo Económico

EXENTO

MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO

ORDENANZA N° IX-1206-CD-2026.-

Villa de Merlo (S.L.), 03 de Septiembre de 2026.-

ACEPTA Y HOMOLOGA LA DONACIÓN EFECTUADA POR EL SR. LUIS ALBERTO COELHO. -

VISTO:

La Nota Recibida N° 187-C.D.-2026 y la Nota Recibida N° 222-C.D.-2026, ingresadas a este Concejo Deliberante, la primera, con fecha 15 de Julio de 2026 y la segunda, con fecha 18.08.2026; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la primera de las N.R. mencionadas en el visto de la presente, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial de la Municipalidad Villa de Merlo, solicita el tratamiento, aceptación y homologación por parte de este C.D. del acta de donación de una parcela, por parte del Sr. LUIS ALBERTO COELHO identificada a continuación, a favor de la Municipalidad Villa de Merlo;

Que iniciado el tratamiento en la Comisión “A” de Planeamiento y Ambiente de este C.D., se dispuso remitir a dicha Secretaría, la Comunicación N° 073-C.D.-2026, en fecha 30 de Julio de 2026;

Que esta Comunicación fue respondida, mediante el ingreso de la segunda de las N.R. mencionadas en el visto de la presente, prosiguiendo con el tratamiento del pedido inicial;

Que existe Acta de Donación realizada el día 26 de Agosto del año 1998, mediante la cual, el Sr. LUIS ALBERTO COELHO, D.N.I. N° 11.507.216, en su carácter de apoderado de MANUEL COELHO, C.I.P.F.N°10.807.355, (según Escritura N° 32, de fecha 04 de Marzo del año 1996, del Registro Notarial N° 32, de San Luis), y siendo el propósito de los suscriptos fraccionar una superficie de 63.668,99 mts.2 según mensura, y originando esta subdivisión, calles, ochavas, plaza y espacios verdes reservados para uso público, efectúa donación expresa de una superficie de 3.161,53 mts.2, respecto del inmueble ubicado en Camino Vecinal próximo a Piedra Blanca, Departamento Junín, Provincia de San Luis, según título e inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, al Tomo 44 (Ley 3236) de Junín, Folio 288, Número 1079;

Que el Acta de Donación, cuenta con firmas certificadas por el Juzgado de Paz de esta Villa de Merlo, Provincia de San Luis;

Que posteriormente, en fecha 12 de noviembre de 2002, se efectuó una Ratificación de Contrato de Cesión y Autorización;

Que el instrumento citado en el considerando precedente, fue aclarado por Nota Aclaratoria y Ratificatoria, firmada por Luis Alberto Coelho y el Director de Catastro de la Municipalidad Villa de Merlo, que dice: se ratifica la cesión de la Parcela “C”, Padrón 13-10192, destinada a espacio verde, se consignó por error material el número de Plano de División 06-30-02, correspondiendo el N° 06-188-02, siendo este último el plano definitivo y vigente resultante de la división vinculada a la parcela objeto de la cesión y transferencia, así como también se colocó por error la superficie de 3158,64 m2, correspondiendo en realidad 3159,64m2. La presente aclaración y ratificación no altera, ni modifica el alcance, objeto ni validez del instrumento originalmente suscripto, manteniéndose plenamente vigente los todos sus demás términos;

Que la aceptación formal de las donaciones resulta necesaria a los fines de regularizar la titularidad dominial municipal e incorporar los bienes al Patrimonio de la Municipalidad de la Villa de Merlo;

Que el inmueble donado reviste el carácter de utilidad pública;

Que, por todo ello, se resuelve conforme se dispone a continuación;

POR TODO LO EXPUESTO, ELCONCEJO DELIBERANTE DE LA

CIUDAD VILLA DE MERLO, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y

FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY, SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: ACEPTAR y HOMOLOGAR la donación efectuada por el Sr. LUIS ALBERTO COELHO, D.N.I. N° 11.507.216, en su carácter de apoderado de MANUEL COELHO, C.I.P.F. N° 10.807.355, (según Escritura N° 32, de fecha 04 de Marzo del año 1996, del Registro Notarial N° 32, de San Luis), respecto del inmueble ubicado en Camino Vecinal próximo a Piedra Blanca, Departamento Junín, Provincia de San Luis, según título e inscripción de dominio en el Registro General de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis, al Tomo 44 (Ley 3236) de Junín, Folio 288, Número 1079, en lo atinente a la Parcela “C”, Padrón 13-10192, destinada a espacio verde, Plano de División N° 06-188-02, por una superficie de 3159,64m2.-

ARTÍCULO 2°: Determinar que el inmueble descripto en el artículo precedente se incorpora al Patrimonio Municipal de la Villa de Merlo, (conforme lo dispone la Ordenanza N°VIII-1020-HCD-2021 del BANCO MUNICIPAL DE TIERRAS E INMUEBLES, Arts. 6° y 7°), destinándose a los fines de uso público ya especificados. -

ARTÍCULO 3°: Instruir al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice la escrituración correspondiente incluyendo el trámite de inscripción directa, acompañando copia autenticada de la presente Ordenanza y del Acta de Donación aceptada en el Artículo 1° de esta Ordenanza, más documentos complementarios. -

ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE, REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y OPORTUNAMENTE, ARCHÍVESE. -

PATRICIA MORANDÉ

Presidente H.C.D.

Jorge H. Flores

Secretario Legislativo H.C.D.

EXENTO

DECRETO Nº 46-IM-2026.-

Villa de Merlo, San Luis, 07 de septiembre del 2026

VISTO:

La Ordenanza N° IX-1206-C.D.-2026.-ACEPTA Y HOMOLOGA LADONACIÓNEFECTUADA POR EL SR. LUIS ALBERTO COELHO.

CONSIDERANDO:

Que es facultad constitucional del Departamento Ejecutivo Municipal promulgar, publicar y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante.

POR TODO ELLO, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE LA

MUNICIPALIDAD DE VILLA DE MERLO, SAN LUIS,

EN USO DE LASATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY,

PRODUCE EL SIGUIENTE:

DECRETO

ART. 1º.- PROMULGAR la ORDENANZA N° IX-1206-C.D.-2026.- ACEPTA Y HOMOLOGA LA DONACIÓN EFECTUADA POR EL SR. LUIS ALBERTO COELHO

ART. 2º.- DE FORMA. -

LEONARDO RODRIGUEZ

Intendente

Francisco Sebastián Oviedo

Secretario de Gobierno y Deporte

EXENTO

MUNICIPALIDAD DE NASCHEL

DECRETO Nº 089-MN-2026.-

NASCHEL (SL), septiembre 09 de 2026

VISTO:

La necesidad de declarar de interés Municipal al PROYECTO PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO ENERGIAS RENOVABLES LOS NOGALES” y;

CONSIDERANDO:

Que el proyecto tiene por finalidad promover la generación de energía eléctrica a partir de una fuente renovable, limpia e inagotable;

Que este tipo de emprendimientos contribuye a la reducción del consumo de energías de origen fósil, disminuyendo la emisión de gases de efecto invernadero y promoviendo el cuidado del ambiente;

Que la incorporación de energías renovables favorece el desarrollo sostenible, impulsa inversiones de interés para la comunidad y fortalece el crecimiento económico y social del Municipio;

Que resulta conveniente que el Departamento Ejecutivo Municipal exprese su reconocimiento institucional al referido proyecto;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE NASCHEL

EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

DECRETA:

Art.1º.- DECLARESE de Interés Municipal el Proyecto de Parque Solar Fotovoltaico “Energías Renovables Los Nogales, por su contribución al desarrollo sostenible, la promoción de las energías renovables y el cuidado del ambiente.

Art.2º.- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial Municipal y archívese.

VALERIA VERÓNICA KUHN

Intendente Comisionado

Juan Lepore

Secretario de Hacienda

EXENTO

MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES

ORDENANZA Nº 1370-HCD-O-2026.-

26 de agosto de 2026.

VISTO:

La aprobación de la Ley, por parte de las Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia que instituye la “Semana Provincial de Prevención, Concientización y Sensibilización sobre Adicciones y Consumos Problemáticos”, a desarrollarse anualmente entre los días 25 y 31 de agosto inclusive y la labor de la Red Intersectorial para la prevención de adicciones y consumos problemáticos, organizaciones políticas, civiles, educativas, sociales, de salud, y;

CONSIDERANDO:

Que estas actividades tiene como objetivo principal la prevención, la promoción de derechos, la inclusión social y el abordaje integral de cuestiones vinculadas a la salud por iniciativa de las y los integrantes de la Red Intersectorial para la prevención de adicciones y consumo problemático.

Que las adicciones y los consumos problemáticos constituyen una problemática compleja y multicausal que impacta no sólo en las personas que atraviesan dichas situaciones, sino también en sus familias, vínculos afectivos y en la comunidad en general, requiriendo respuestas integrales, interdisciplinarias y sostenidas en el tiempo.

Que se entiende por consumos problemáticos aquellos consumos que, con o sm sustancia, afectan negativamente la salud física o psíquica de una persona y/o sus relaciones sociales, contemplando tanto las adicciones a sustancias como determinadas conductas compulsivas.

Que el abordaje de los consumos problemáticos debe desarrollarse desde una perspectiva de derechos humanos, respetando la autonomía, la singularidad y la dignidad de las personas, evitando prácticas discriminatorias y estigmatizantes.

Que la prevención adquiere especial relevancia respecto de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, resultando necesario generar espacios de escucha, orientación, acompañamiento, participación y promoción de hábitos saludables.

Que la comunidad constituye un actor fundamental en la construcción de estrategias preventivas, siendo indispensable fortalecer la articulación entre el Estado municipal, los organismos provinciales, las instituciones educativas, los centros de salud, las organizaciones sociales, las asociaciones civiles, las entidades deportivas y culturales y las familias.

Que desde nuestra ciudad, se proponen iniciativas que serán llevadas a cabo por diversas instituciones como BIVES San Luis, RIPAC (Red Institucional para la Prevención de Adicciones y Consumos Problemáticos), la Municipalidad de Villa Mercedes entre otros actores comprometidos de nuestra ciudad, con el propósito de fortalecer la prevención, promover la sensibilización y generar espacios de encuentro y participación comunitaria en tomo a esta problemática.

Que la agenda ha sido construida de manera colectiva y territorial por las instituciones y organizaciones que integran la Red, donde se encuentran las siguientes:

• Martes 25 - Actividades de difusión: acciones de sensibilización y comunicación a través de redes sociales, destinadas a visibilizar las actividades que se desarrollarán durante la semana de prevención;

• Miércoles 26 - Caminata Azul: iniciando a las 16:30hs. en Plaza Pedernera, con destino a Plaza del Sesquicentenario;

• Jueves 27 y viernes 28 - Charlas en Escuelas y Universidades: jornadas de sensibilización destinadas a estudiantes, docentes y no docentes, en los tumos mañana, tarde y noche;

• Sábado 29 - Kermesse Preventiva: de 15:00 a 18:00h. en Plaza San Martín. Será un espacio de encuentro comunitario en el que las instituciones y asociaciones integrantes de la Red dispondrán de espacios informativos y propuestas lúdicas y participativas para la comunidad;

• Lunes 31 - Conversatorio: de 14:00 a 17:00hs. en el Complejo Molino Fénix, como espacio de información, reflexión e intercambio sobre el Proyecto de Ley y el abordaje local de la prevención de los consumos problemáticos;

• Cierre Intersectorial: a las 17:30hs., mediante la transmisión en vivo, destinada a comunicar y visibilizar el trabajo realizado a lo largo de la semana y fortalecer su difusión en la comunidad.

Que dentro de dichas acciones se encuentra la visibilización mediante la utilización del color azul en lazos, iluminación de edificios públicos y espacios institucionales como símbolos de concientización, esperanza, acompañamiento y compromiso social.

Que esta problemática ha llegado a la Honorable Cámara de Diputados y Senadores, a través de Asociaciones y ONG que trabajan dicha temática, y se aprobó instituir la “Semana Provincial de Prevención, Concientización y Sensibilización sobre Adicciones y Consumos Problemáticos” del 25 al 31 de agosto de cada año.

Que el mismo tiene por finalidad instituir en todo el territorio de la Provincia de San Luis una semana destinada a promover acciones de prevención, información, reflexión, sensibilización y acompañamiento comunitario frente a las adicciones y los consumos problemáticos. Asimismo, se permitirá fortalecer las políticas locales de prevención y concientización, acompañando las acciones desarrolladas por la Provincia y promoviendo una respuesta comunitaria, integral y sostenida frente a los consumos problemáticos.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN QUÓRUM LEGAL

Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA Nº 1370-HCD/O/2026

Art.1°) Dispóngase la ADHESIÓN del Municipio de la ciudad de Villa Mercedes a la Ley Provincial que establece la “SEMANA PROVINCIAL DE PREVENCIÓN, CONCIENTIZACIÓN Y SENSIBILIZACIÓN SOBRE ADICCIONES Y CONSUMOS PROBLEMÁTICOS”, a desarrollarse entre los días 25 y 31 de agosto de cada año.

Art.2°) La presente Ordenanza tiene por objeto promover en el ámbito municipal políticas y acciones de prevención, concientización, información, sensibilización, escucha, acompañamiento e inclusión social en relación con las adicciones y los consumos problemáticos, desde una perspectiva integral y de derechos humanos.

Art.3°) El Departamento Ejecutivo Municipal a través de las áreas que disponga tenderá a la articulación permanente con el Centro de Prevención y Asistencia de las Adicciones (C.P.A.A.), el Ministerio de Salud de la Provincia, el Ministerio de Educación, instituciones educativas, centros de salud, organizaciones de la sociedad civil, asociaciones civiles, clubes y entidades deportivas, instituciones culturales, organizaciones comunitarias y demás actores vinculados con la prevención y el abordaje de los consumos problemáticos. En procura de alcanzar los objetivos dispuestos en el Art.2°).

Art.4°) Dispóngase que, durante esta Semana, el Municipio y el Honorable Concejo Deliberante procedan a la iluminación en sus dependencias de color azul, como símbolo de prevención, concientización, esperanza, acompañamiento y compromiso social frente a las adicciones y los consumos problemáticos.

Art.5°) Invítese a las instituciones públicas y privadas, organizaciones sociales, asociaciones civiles, entidades deportivas y culturales, comercios y comunidad en general a utilizar durante la Semana Provincial el “Lazo Azul” como símbolo de prevención, sensibilización, acompañamiento y esperanza.

Art.6°) Déjense sin efecto las disposiciones establecidas en el Art. 2°) de la Ordenanza Nº 1321-ASCE/O/2025.

Art.7°) Cúmplase.

Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los veintiséis días del mes de agosto del año dos mil veintiséis.

SILVINA LETICIA GALETTO

Presidenta H.C.D.

Maria A. Olmos

Secretaria Legislativa H.C.D.

EXENTO

DECRETO Nº 5524-2026.-

Villa Mercedes (S.L.) 01 de septiembre de 2026

VISTO:

Exp Nº 9995-E-HCD-2026, Ordenanza Nº 1370-HCD/O/2026 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, y;

CONSIDERANDO:

Que el departamento ejecutivo municipal, comparte el contenido de la norma antes dicha;

Que corresponde su promulgación conforme lo establecido en el Art. 63, inc. 3 de la Carta Orgánica Municipal;

Que por lo antes expuesto, debe emitirse el correspondiente acto administrativo;

Que el Departamento Ejecutivo Municipal autoriza el dictado del presente decreto;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS

DECRETA:

Art. 1°) Promulgar la Ordenanza Nº 1370-HCD/O/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, referida a:Adhesión del Municipio de la ciudad de Villa Mercedes a la Ley Provincial que establece la “Semana Provincial de Prevención, Concientización y Sensibilización sobre Adicciones y Consumos Problemáticos”, a desarrollarse entre los días 25 y 31 de agosto de cada año.

Art. 2°) Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Finanzas y demás dependencias que correspondan.

Art. 3º) Cúmplase, comuníquese, REGÍSTRESE y ARCHÍVESE.

MAXIMILIANO GERMÁN FRONTERA

Intendente

Jorge Germán Sepúlveda

Secretario de Gobierno

Marcela Natalia Berón

Secretaria de Economía y Finanzas

EXENTO

ASAMBLEAS

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA

Por la presente se deja sin efecto la convocatoria a la asamblea fijada para el día 14 de septiembre de 2026.

Asimismo, se convoca a todos los asociados del “CLUB DEFENSORES DE POTRERO DE LOS FUNES”, L.P.J. Nº 65/86, para tener participación activa de asamblea ordinaria, el día 28 de septiembre del año 2026 a las 13:00Hrs, la misma tendrá ejecución en Barrio Las Dalias s/n (Cancha del Club), de la Localidad de Potrero de los Funes. Los temas que integran el orden del día serán los que se mencionan a continuación:

1) Listado de asistencia

2) Elección de dos asambleístas para la firma del acta.

3) Consideración y tratamiento de la reforma del estatuto social

C: 3124 $5.500,00 e. y v: 14 Sep.

ASAMBLEA ORDINARIA

Por la presente se deja sin efecto la convocatoria a la asamblea fijada para el día 14 de septiembre de 2026.

Asimismo, se convoca a todos los asociados del “CLUB DEFENSORES DE POTRERO DE LOS FUNES”, L.P.J. Nº 65/86, para tener participación activa de asamblea ordinaria, el día 28 de septiembre del año 2026 a las 15:00Hrs, la misma tendrá ejecución en Barrio Las Dalias s/n (Cancha del Club), de la Localidad de Potrero de los Funes. Los temas que integran el orden del día serán los que se mencionan a continuación:

1) Listado de asistencia

2) Elección de dos asambleístas para la firma del acta.

3) Consideración y aprobación de Memoria, Balance general e informe del revisor de cuentas correspondiente a los ejercicios contables de los años 2024 y 2025.

4) Elección de los miembros de la nueva comisión directiva, conforme a las nuevas disposiciones del Estatuto Social

5) Elección de los miembros de la comisión revisora de cuentas, conforme a las disposiciones del Estatuto Social

C: 3125 $5.500,00 e. y v: 14 Sep.

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 74- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE CHOMBAS CON DESTINO A PERSONAL, SOLICITADO POR LA DIRECCIÓN PREVENCIÓN CIUDADANA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-5291148/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 11065-MS- 2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($96.600.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 29 de SEPTIEMBRE de 2026 a las 10:00 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 3093 SPP e. 11 y v: 16 Sep.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 10-2026

EXD-0-7220523/26

DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO Nº 11528-MHIP-2026

OBRA: EDIFICIO ADMINISTRATIVO CALLE AYACUCHO 945 - ETAPA 1- REFACCIÓN, MANTENIMIENTO Y MODERNIZACIÓN

UBICACIÓN: CIUDAD DE SAN LUIS – DEPARTAMENTO J. M. DE PUEYRREDÓN - PROVINCIA DE SAN LUIS.

FORMA DE CONTRATACIÓN: AJUSTE ALZADO

PRESUPUESTO OFICIAL: $11.573.193.387,61.-

PRECIO DEL PLIEGO: $11.574.000.-

PLAZO DE EJECUCIÓN: 210 días corridos

FECHA DE APERTURA: 22/10/2026 Hora: 10:00hs.

CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas– Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis, a partir de la fecha de publicación y hasta el 19/10/26 inclusive.

PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ACTO DE APERTURA:

DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS

Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis.

C: 3126 SPP e: 14 y v: 18 Sep.

COMERCIALES

INDUSTRIA ARGENTINA DE LA INDUMENTARIA S.A.

Por resolución del Directorio y de acuerdo con lo dispuesto por los Estatutos de la sociedad INDUSTRIA ARGENTINA DE LA INDUMENTARIA S.A., se convoca a los señores accionistas a Asamblea General Extraordinaria que tendrá lugar en la sede social de calle 25 de mayo 2385 de la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, el día Jueves 8 de octubre a las 8.00 hs. en primera convocatoria, y una hora más tarde en segunda convocatoria, para tratar el siguiente:

ORDEN DEL DIA:

1) Designación de dos accionistas para que conjuntamente con el presidente suscriban el acta.

2) Situación actual de la empresa.

3) Consideración de la reorganización de los establecimientos y actividades de la sociedad. Medidas a adoptar respecto de las plantas industriales de la sociedad y de todos los actos necesarios para su implementación.

4) Reforma parcial del estatuto social. Artículo 1 y 2: Texto Ordenado.

5) Designación de uno o más profesionales para que conjunta o indistintamente realicen los trámites ante las autoridades de control, con facultades de aceptar todo tipo de modificaciones requeridas por dichos organismos.

NOTA: Se recuerda a los Señores Accionistas que para asistir a la Asamblea deberán cursar comunicación para que se los inscriba en el Libro de Asistencia (conf. art. 238 de la LGS).

EL DIRECTORIO

C: 3127 $27.500,00 e: 14 y v: 23 Sep.

VIKAM SRL

El Registro Público de la Ciudad de San Luis ordena que se publique por el termino de ley la constitución de la siguiente Sociedad de Responsabilidad Limitada: 1)- SOCIOS: Consuelo del Rosario GUERRERO HIDALGO, de nacionalidad chilena, titular del Documento Nacional de Identidad N° 92.599.633, CUIT: 27-92599633-0, mayor de edad, nacida el día 08 de agosto de 1964, de estado civil soltera, de profesión comerciante, con domicilio en Av. Aristóbulo del Valle N° 825 de la ciudad de San Luis, Departamento Juan M. de Pueyrredón; Provincia de San Luis y Neyen Cesar GEREZ, de nacionalidad argentina, titular del Documento Nacional de Identidad N° 34.607.161, CUIT: 20-34607161-4, mayor de edad, nacido el 16 de noviembre de 1988, de estado civil soltero, profesión comerciante, con domicilio en calle San Benito Abad N° 70 de la Ciudad de Alta Gracia, Santa María, Provincia de Córdoba 2)- FECHA DEL INSTRUMENTO DE CONSTITUCIÓN: 04 de agosto de 2026. 3)- DENOMINACIÓN: “VIKAM S.R.L” 4)- DOMICILIO. SEDE SOCIAL: establecen domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad de San Luis y sede social en Calle Justo Daract 1828 San Luis Departamento Juan M. de Pueyrredón, Provincia de San Luis. 5)- PLAZO DE DURACIÓN: de 99 años contados a partir de su constitución. 6)- OBJETO. La sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier lugar del país o del extranjero, a las siguientes actividades: a) Gastronomía: la explotación comercial de restaurantes, bares, cafeterías, confiterías, pizzerías, rotiserías, casas de comidas, servicios de catering, elaboración, producción, industrialización, fraccionamiento, distribución, comercialización, representación, importación y exportación de alimentos, bebidas con y sin alcohol, productos gastronómicos, materias primas e insumos relacionados con la actividad. b) Comercial: la compra, venta, distribución, representación, consignación, importación, exportación y comercialización, tanto mayorista como minorista, de productos de limpieza, higiene, desinfección, perfumería, artículos de bazar, papelería, descartables, insumos para gastronomía, artículos para el hogar, comercios e industrias y demás productos afines. c) Servicios: prestación de servicios gastronómicos, organización de eventos, explotación de franquicias, concesiones comerciales, distribución logística, almacenamiento y transporte de mercaderías vinculadas con el objeto social. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá adquirir bienes muebles e inmuebles, celebrar toda clase de contratos, abrir cuentas bancarias, obtener créditos, constituir garantías sobre sus propios bienes, importar y exportar mercaderías, otorgar y recibir mandatos, participar en licitaciones públicas y privadas; y efectuar toda clase de actos y contratos civiles y comerciales relacionados directa o indirectamente con su objeto. A tales fines, la sociedad podrá adquirir, administrar, gravar, arrendar y enajenar bienes muebles e inmuebles, abrir sucursales, otorgar y recibir créditos y garantías, operar con entidades bancarias y financieras —con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras— y realizar todos los actos jurídicos necesarios para el cumplimiento de su objeto social. 7)- CAPITAL SOCIAL: Suscripción. Capital: El Capital Social suscripto es de pesos un millón ($1.000.000,00) dividido en diez cuotas sociales de pesos $100.000 valor nominal cada una, y con derecho a un voto cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: a) Consuelo del Rosario Guerrero Hidalgo suscribe la cantidad de cinco (5) cuotas que representa el 50% del capital social; (b) Neyen Cesar Gerez, suscribe la cantidad de cinco (5) cuotas, que presentan el 50% del capital social. La suscripción del capital se realiza íntegramente en este acto, y se integra en un 25% en efectivo, es decir $250.000, acreditándose tal circunstancia mediante la boleta de depósito del Banco. 8)- ADMINISTRACION. REPRESENTACION: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no, designados por reunión de socios y cumplirán funciones por el término de cinco ejercicios; pudiendo ser removido con las mayorías exigidas por el Art 160 de la Ley General de Sociedades. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Designar Gerente titular a: Consuelo del Rosario GUERRERO HIDALGO, titular del Documento Nacional de Identidad 92.599.633, y a al señor Neyen Cesar GEREZ, titular del Documento Nacional de Identidad 34.607.1619)- CIERRE DE EJERCICIO: el día 31 de diciembre de cada año. 10)- FISCALIZACION: estará a cargo de los socios.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3128 $5.500,00 e. y v: 14 Sep.

ABI DISTRIBUCION Y LOGISTICA SRL

Se hace saber que por Acta de reunión de Socios celebrada en la ciudad de San Luis con fecha 29 de octubre del 2024 se autorizo la cesión de cuotas sociales de la socia Maria Jose Cid 26.213.492 a favor de Becerra Hector Camilo DNI 6.815.228. Que mediante acta del 28 de febrero de 2025, tras el contrato de cesión de cuotas sociales de fecha 11/11/2024, con la presencia de socios representativos del cien por ciento (100%) del capital social, se resolvió por unanimidad modificar la Cláusula Cuarta del Contrato Social, la que queda redactada de la siguiente manera:“CUARTA: CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000), dividido en QUINIENTAS (500) cuotas sociales de PESOS CIEN ($100) valor nominal cada una, que los socios suscriben e integran de conformidad con el siguiente detalle: el socio HÉCTOR CAMILO BECERRA, D.N.I. Nº 6.815.228, suscribe DOSCIENTAS VEINTE (220) cuotas sociales; y el socio HÉCTOR ALEJANDRO BECERRA ITURRIOZ DNI 23.483.955, suscribe DOSCIENTAS OCHENTA (280) cuotas sociales. La integración se realiza en dinero en efectivo en su totalidad.”

San Luis, …….. de septiembre de 2026.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 3129 $5.500,00 e. y v: 14 Sep.

JUPLAST.S.A.

Convocatoria Asamblea General Ordinaria

Que conforme lo establece el art. 237 de la ley 19.550, se convoca a los señores accionistas de JUPLAST S.A. a participar de la Asamblea general ordinaria, la cual se celebrara el 5 de octubre de 2026 a las 17:15 hs. en primera convocatoria y a las 18:15 hs en segunda convocatoria. La misma se llevará a cabo de manera presencial en el domicilio de Ruta Nacional 148, Margen Sur, Río V, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, a fin de considerar el siguiente orden del día 1) Designación de 2 socios encargados de firmar el acta, 2) Consideración de los Balances Generales, Estado de Resultados y demás documentos previstos en el artículo 234, inc. 1 de la Ley 19.550 correspondientes al ejercicio económico iniciado el 1 de junio de 2025 y finalizado el 31 de mayo de 2026, 3) Tratamiento de los resultados del ejercicio citado en el punto anterior y destino de resultados no asignados a la finalización del mismo. 4) Considerar la aprobación de la gestión del Directorio y la Sindicatura. 5) Considerar la remuneración y fijación de honorarios a los Directores y al Síndico. 6) Poner a consideración elección de directores titulares y director suplente. 7) Poner a consideración elección de Síndico titular y Síndico suplente. Asimismo, se hace saber que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 67 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, copias de los estados contables y demás documentación correspondiente al ejercicio cuya consideración integra el orden del día se encuentran a disposición de los accionistas para su consulta en la sede social. Fdo. Rufino Pablo Baggio. Presidente.

C: 3130 $27.500,00 e: 14 y v: 23 Sep.

JUDICIALES

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: EXP 430600/25 “ESCUDERO FERMIN ARMANDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a herederos y acreedores del causante SR. FERMIN ARMANDO ESCUDERO, DNI Nº 4.283.464, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 19 de AGOSTO de 2026

C: 3065 $16.500,00 e: 09 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “FERREYRA PATRICIA VERONICA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 449081/26, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes de la causante, Doña FERREYRA PATRICIA VERONICA D.N.I 20.526.794, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 20 Agosto de 2026

C: 3066 $16.500,00 e: 09 y v: 14 Sep.

Huinca Renanco, el Sr. Juez Lucas R. Funes, Juzgado, Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Primera Instancia y Única Nominación de Huinca Renancó, en los autos caratulados: “ROSALES HERALDO GABRIEL– USUCAPION – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION” (EXPTE. Nº 13579327) cita y emplaza a quienes se consideren con derecho sobre: el inmueble inscripto con la Matricula N° 1710628, Cta. N° 150219784696 a nombre de Chaves Francisco Víctor, se designa en calle Padre Juan Delgado 340, lote 100, manzana A del municipio de Huinca Renanco, Pedanía Jagüeles, Departamento General Roca, que según informe parcelario se describe como parcela de 4 lados, que partiendo del vértice “A” con una dirección Norte, con un ángulo en dicho vértice de 89º44’ y una distancia de 9,60 m llegamos al vértice “B”; a partir de B, con un ángulo interno de 90º15’, lado B-C de 16,00 m; a partir de C, con un ángulo interno de 90º00’, lado C-D de 9,60 m; a partir de D, con un ángulo interno de 90º01’, lado D-A de 16,04 m; encerrando una superficie de 153,76 m². Y linda con: lado A-B con CALLE PADRE JUAN DELGADO, lado B-C con Par-cela 41- Mza A - L 37 - Cta.: 1502-1978472/6 - Mat. 418.652 - Pereyra Vicente Eloy, lado C-D con Parcela 39- Mza A - L 44 - Cta.: 1502-1978470/0 - Mat. 1.723.573 - Instituto Provincial de la Vivienda, lado D-A con Parcela 37- Mza A - L 39 - Cta.: 1502-1978468/8 - Mat. 1.546.989 - Sosa Oscar Abel. Encerrando una superficie de 153,76 m2 de los cuales 95,48 m están cubiertos. Limita al Norte con las parcelas: 41 de Pereyra Vicente Eloy, al Este con parcela 39 de Instituto Provincial de la Vivienda, al Sur con parcela 37 de Sosa Oscar Abel y al Oeste con calle Padre Juan Delgado. DOMICILIO: CALLE PADRE JUAN DELGADO N° 340 DE HUINCA RENANCO a comparecer a estar a derecho en el plazo de treinta días (30) bajo apercibimiento de ley. Se hace saber que se procedió a efectuar igual publicación edictal a la presente en el diario Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOE) con fecha de primera publicación durante diez días en intervalos regulares por un término de treinta días a partir del 14 de abril de 2026-

LUCAS RAMIRO FUNES

Juez de 1ra instancia

Marcela del Carmen Vivas

Prosecretario

C: 3067 $55.000,00 e: 09 y v: 30 Sep.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

POSTULANTES ADMITIDOS

El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría a cargo de la Dra. Paola Susana Giannini, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:

“CONCURSO PARA CUBRIR UN (1) CARGO DE JUEZ DEL JUZGADO GARANTIA Nº 1 DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL CON ASIENTO EN LA LOCALIDAD DE CONCARAN” (ADM 20088/26)

APELLIDO Y NOMBRE

DNI

ARABENA SEBASTIAN ARNALDO

25.854.012

CHAVERO ADAN ALEXIS

35.179.070

FORNASARI VALENTIN

34.657.993

LEDE ZAJIC JORGE NAHUEL

33.801.554

La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:

https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar

C: 3069 SPP e: 09 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, secretaría de la Dra. Verónica B. Funcia, en autos caratulados: “GARRO ANDREA ABELINA Y VEGA MIGUEL ANGEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 369049/21, cita y emplaza por el término de 30 días a los herederos y acreedores de MIGUEL ANGEL VEGA, D.N.I. N° 06.810.333, y de ANDREA AVELINA GARRO, L.C. Nº 02.359.878; bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 5 de Agosto de 2021

C: 3082 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental nº 3, que tramitan por ante el Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez Subrogante, Prosecretaría a cargo de la Autorizante en los autos caratulados: “MATURANO ROMAN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO EXP 440154/25”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes dejados MATURANO ROMAN DNI: 6.799.041 bajo apercibimiento de Ley.

San Luis, 03 de septiembre de 2026

C: 3083 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Juez Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, secretaria de la autorizante, en autos EXP 431177/25 MUÑOZ FERMIN S/SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el termino de treinta días a todos los que se consideren herederos y acreedores de Don MUÑOZ FERMIN DNI N° 6.874.982, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 29 de julio de 2026

C: 3084 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.

La Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez del Juzgado de Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la Ciudad de San Luis, por la SECRETARIA autorizante-, en los autos caratulados EXP 452848/26 “ROMERO DOMINGO CRISTIAN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” por (30) días, cita y emplaza, a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: ROMERO DOMINGO CRISTIAN, DNI 24.738.536, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 04 DE SEPTIEMBRE DEL 2026

C: 3085 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.

La Jueza Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Dra. Benavidez, Valeria Celeste, Secretaria a cargo de la Autorizante en los autos caratulados: “EXP 446974/26 SAMPER BATTINI ALFREDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos, acreedores y/o quienes se consideren con derecho a la Sucesión de SAMPER BATTINI, ALFREDO DNI N° 6.811.840, bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 10 de agosto de 2026

C: 3086 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 a cargo de la Dra Fernando Spagnuolo, Juez Titular; Secretaria de la Autorizante, en estos autos caratulados “SEPULVEDA VEGA JORGE BONIFACIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte Nº 413784/24, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos, acreedores y deudores del causante SEPULVEDA VEGA JORGE BONIFACIO, DNI 92.895.426, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 03 de agosto de 2026

C: 3087 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Fernández Marcia Elizabeth D.N.I 24.768.883, con domicilio en Avda. Arroyo Benítez S/N 600-7, de la localidad de Cortaderas, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad. -

San Luis, 4 de setiembre del 2026

JOSÉ LUIS VILLEGAS

Presidente

C: 3090 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.

Magalí Barzola, en mi carácter de Ingeniera Agrimensora inscripta a la matricula N° 319 (CASL) notifico que el día 3 de octubre del año en curso, a las 10:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por la Srta. MELITA XIOMARA FERNANDEZ, CUIL N°27-43342798-5. El fundo se ubica en Calle La Cisterna S/N°, inmueble identificado con Padrón 13-2144, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales a nombre de BASUALDO FAUSTINO, sin inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble. Colindantes Norte: No se Localiza, Sur: Calle La Cisterna, Este: FERNANDEZ MARIA DOMINGA DEL LUJAN, Padrón 13-954190, inscripto en el registro de la propiedad en matrícula 3-8491-2; y Oeste: BASUALDO FAUSTINO, Padrón 13-2144, sin inscripción dominial.-

Las operaciones se iniciarán en el vértice Sur-Oeste sobre Calle La Arenosa y Calle La Cisterna.

Consultas en el correo electrónico magalibarzolaagrimensor@gmail.com,

Teléfono 266-4846140.-

San Luis, 1 de septiembre 2026.-

C: 3098 $11.000,00 e 11 y v: 14 Sep.

Claudio E. Ortiz, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula N° 228 del CASL, notifico que el día 7 de Octubre del 2026, a las 9.00 horas procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por RAMON ANDRES LUCERO (D.N.I.: 21.789.747). El fundo se identificado con nomenclatura tributaria 2172 y 2168 todos Receptoría San Francisco, nomenclatura catastral Circuscripción: San Francisco y se encuentra ubicado Ex Ruta Nacional 146 s/N° - Paraje ¨La Carpinteria¨- Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, a nombre de el Padrón 2172 a nombre de Ramon Lucero con una superficie de 9 Ha 6863,00m2 afectado totalmente y el Padrón 2168 a nombre de Ramon Lucero con una superficie de 9 Ha 6863,00m2, afectado parcialmente en 8ha 6735,48m2 por sus Inscripciónes dominial NO SE LOCALIZA. Lugar de encuentro sobre sobre ex Ruta Nacional 146 s/N° Paraje ¨La Carpinteria¨. Citase al colindante: Norte: No se localiza padrón ni propietario y Ex Ruta Nacional N° 146 s/N°. Este: Camino vecinal ¨Punta del Agua¨ de tierra - ancho 15,00m Oste: No se localiza padrón ni propietario y Ex Ruta Nacional N° 146 s/N° Sur: No se localiza padrón ni propietario

Consultas en el domicilio: Calle 25 de mayo 1533 - Ciudad de San Luis

Teléfono 2664703899

San Luis, 7de Septiembre del 2026

C: 3099 $11.000,00 e 11 y v: 14 Sep.

El Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº1 de esta Ciudad, secretaría de la autorizante, en autos “ “GIL MARIANO MAXIMILIANO C/ URBANIZADORA SAN LUIS SRL S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA - TRAMITE ORAL” - EXP 428751/25, notifica la siguiente resolución: “SAN LUIS, 20 de julio de 2026.- … Téngase por promovido juicio de demanda por POSESION VEINTEAÑAL en contra de URBANIZADORA SAN LUIS S.R.L. la que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO (art. 330 del C.P.C.) La prueba ofrecida en la demanda, téngase presente.- Para la citación de la demandada con domicilio desconocido y toda persona que se considere y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren sobre el inmueble ubicado sobre un acceso de Calle Alto Bella Vista sobre el lado oeste, Ciudad de San Luis, del Departamento Juan Martín de Pueyrredón; se individualiza como PARCELA 4 del plano confeccionado por el Agrimensor Carlos A. Cuvertino, Matrícula Profesional N° 317 CASL, y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el N° 1-88-23, Medidas: tiene 45,97 metros entre los puntos 1 y 2; 15,05 metros entre los puntos 2 y 3; 43,47 metros entre los puntos 3 y 4; y 15,06 metros entre los puntos 4 y 1; lo que cierra el polígono totalizando la superficie de SEISCIENTOS SETENTA METROS CUADRADOS OCHENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (670,82 m2). Limita al Norte con Carletti Hermanos S.R.L., padrón 857009, Rec. Capital, Parcela 50, plano 01 250-1989; al Sur con Carletti Hermanos S.R.L., padrón 853499, Rec. Capital, Parcela 49 y Parcela A, plano 01-286-1994; al Este con Gobierno – Estado de la Provincia de San Luis, Padron 853451, Rec. Capital, Parcela 1, plano 01-2250- 1962; y al Oeste con Acceso de 15 m sobre Calle Alto Bella Vista.. Se corresponde según datos de catastro con la Circunscripción Ciudad de San Luis, Cuadrícula D3, Sección N° 10, Manzana 76, Parcela 3, correspondiente al padrón 12-853502. Inscripto en el Registro de la Propiedad inmueble de la Ciudad de San Luis al: Tomo 3 –2da Sección- de Capital – F° 447 – N° 315, PUBLIQUENSE EDICTOS a fin de que comparezcan a estar a derecho, en el plazo de quince (15) días dos veces, en intervalos regulares de treinta (30) días entre una publicación y otra, por DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en el diario de mayor circulación en la provincia (arts. 911, última parte y 912 del C.P.C), bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).

San Luis, 29 de Julio de 2026.-

C: 3101 $11.000,00 e 11 y v: 14 Sep.

El Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO – JUEZ en lo Civil, Comercial y Ambiental N°1, Ciudad de San Luis, Secretaría del Autorizante, en Autos “LUCERO JOSE GERARDO C/ GUERRERO GREGORIO S/ POSESIÓN” EXP. N°367767/21, Cita y Emplaza por QUINCE DIAS, a: herederos, sucesores y/o quienes se crean con derecho respecto del inmueble inmueble ubicado en calle Av. Lafinur N° 43 – Dpto. Juan Martin de Pueyrredón, Provincia del mismo nombre, todo de acuerdo al Plano de Mensura Nº1/57/19, confeccionado por el Ing. Agrim. CARLOS A. Cuvertino – Matr. Nº317 C.A.S.L. cuya Inscripción de Dominio se encuentra al T° 15 (Ley 3236) de Capital.- F°156; N°5855 – Padrón: N°22801 – Recept. Capital, con los siguientes linderos: Norte: Propiedades de Dichiachio Soledad Guadalupe D’Arrezzo y Cinthia Noemi D’Arrezo– Pd. 862112 – Recp. Capital – Parc: 211 – Pl. 1-3-94 y Propiedad de Norberto Osvaldo Cometto – Pd. 862113 – Recp. Captial – Parc. 212 – Pl. 1-3-94.- Sur: Propiedad de Elisabet Noemi Del Valle Sudack – Pd. 856586 – Recp. Capital – Parc. 204 – Pl. 1-209-89 y Propiedad de Antonio La Torre – Pd. 22802 – Recp. Capital – Parc. 22 – Pl. 1-1975-62.- Este: Av. Lafinur (C/ Pav.).- Oeste: Propiedad de Juan Elias Gonzalez – Pd. 32082 – Recp. Capital – Parc. 66 – Pl. 1-1975-62.- La superficie que encierra el plano citado, es decir de la parcela N°25 s/ Mensura es de TRESCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS (309,40 m2), que es al superficie del polígono A-B-C-D-E-F-G-A; cuyas medidas perimetrales son NORTE: A-B: 16,76 mts; B-C: 16 mts; ESTE: C-D: 7,35 mts; SUR: D-E: 26,21 mts; E-F: 0,72 mts; F-G: 6,16 mts; OESTE: G-A: 11,06; para que comparezcan a estar a derecho y contestar la demanda, bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor de Ausentes en su representación, en caso de incomparencia.-

San Luis, 28 de abril del 2026.-

C: 3102 $11.000,00 e 11 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaría Autorizante, en los autos caratulados: “PEREZ GERARDO, VILLEGAS YRINEA ROSA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. N°448107/26, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes SR. PEREZ GERARDO, D.N.I. N°6.788.409 y VILLEGAS YRENEA ROSA, D.N.I. N°1.781.309; bajo apercibimiento de Ley.-

SAN LUIS, 04 DE SEPTIEMBRE DE 2026.-

C: 3104 $16.500,00 e 11 y v: 16 Sep.

El Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Prosecretaría a cargo de la Autorizante en los autos caratulados “SCHIAVI PABLO RAMON C/ URIA JULIO CESAR S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” Expte N° 424714/24 cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DIAS a JULIO CESAR URIA, DNI N° 3.227.100 y/o sus sucesores Sres. OMAR DEL ROSARIO URIA MORALES; SILVIA MERCEDES URIA MORALES y SARA DELIA MORALES y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Januario Luna S/N, Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredon, provincia de San Luis. Inscripto al Tomo 9 (ley 3236) de Capital, Folio 214, N° 1912. designado como PARCELA 25 con una superficie total de novecientos treinta y seis con 22/100 metros cuadrados (936,22 m2),conforme a la mensura practicada por el Ing. Agrim. JONATHA W. SANDOVAL aprobada por la Dirección de Geodesia y Catastro con fecha de 11 de AGOSTO de 2023 bajo el Nº1/157/23. Nomenclatura catastral de origen: Circunscripción de Juana Koslay, Sección 5 , manzana 25, parcela 6, padrón Nº 871186 receptoría CAPITAL, para que comparezcan bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor de Ausentes para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C). San Luis, 02 de septiembre de 2026.- La presente actuación se encuentra firmada digitalmente por KARINA C. MURCIA, Prosecretaria del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N°1 de la ciudad De San Luis.-

C: 3105 $11.000,00 e 11 y v: 14 Sep.

La MUNICIPALIDAD DE BAGUAL; DEPARTAMENTO GOBERNADOR VICENTE DUPUY, de la PROVINCIA DE SAN LUIS; se encuentra tramitando en Expediente Administrativo Municipal Nº EXD-0-4071342/26, la adquisición por prescripción adquisitiva (Ley Nacional Nº 21.477 modificatoria Ley Nacional Nº 24.320) a nombre de la MUNICIPALIDAD DE BAGUAL; del inmueble ubicado en la provincia de San Luis, Departamento Gobernador Dupuy, Partido Fortuna, Localidad de Bagual, designada como PARCELA 26 en el plano de mensura realizado por el agrimensor Hugo Orlando Villegas y registrado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el número 09-44-2024 con fecha 25 de febrero de 2025.- El título afectado se encuentra a nombre de Francina Ghysels de Accetta, José Accetta, Rosalía Johana Accetta, Fortunato Salvador Accetta, Vicente Máximo Accetta, Máximo Accetta, Juan Accetta, Vicente Marino Accetta y otros, según las inscripciones en los Tomos 62 (Folio 141, Nº 7.297), 77 (Folio 257, N° 8.991), 111 (Folio 55, Nº 17.345), 48 (Folio 492, Nº 5.791), 43 (Folio 334, N° 5.154), 85 (Folio 313, Nº 9.781) y 47 (Folio 265, Nº 5.618) del departamento Pedernera.- Nomenclatura Catastral: El inmueble tiene su origen en la Circunscripción Bagual, Sección 6, Manzana 7, afectando las parcelas 3, 4, 8 y 9; bajo los padrones Nº 690.043, 1.556, 690.044, 690.045, 690.042 y 53 de la Receptoría Fortuna.-

Por lo cual se cita y emplaza por el término de treinta (30) días improrrogables y perentorios a todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente; debiendo concurrir a la Municipalidad de Bagual; en horario de oficina, para hacer valer el mismo: acompañado de la documentación acreditante.

BAGUAL; SAN LUIS; 30 de Junio de 2026.

MARCELO ULLOA

Intendente Comisionado Municipal

C: 3111 SPP e: 11 y v: 14 Sep.

La MUNICIPALIDAD DE BAGÜAL; DEPARTAMENTO GOBERNADOR VICENTE DUPUY, de la PROVINCIA DE SAN LUIS; se encuentra tramitando en Expediente Administrativo Municipal Nº EXD-0-4070587/26, la adquisición por prescripción adquisitiva (Ley Nacional Nº 21.477 modificatoria Ley Nacional Nº 24.320) a nombre de la MUNICIPALIDAD DE BAGÜAL; del inmueble ubicado en la provincia de San Luis, Departamento Gobernador Dupuy, Partido Fortuna, Localidad de Bagüal, designada como PARCELA A en el plano de mensura que realizó el agrimensor Hugo O. Villegas y que aprobó la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales con el número 9/25/24 el 9 de septiembre de 2024.- El titulo afectado se encuentra a nombre de Manuel Álvarez, al Tomo 63 de Pedernera, Folio 173, número 7.418.- Nomenclatura Catastral: Inmueble Rural no registrado, padrón 954 de la Receptoría Fortuna.-

Por lo cual se cita y emplaza por el termino de treinta (30) días improrrogables y perentorios a todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente; debiendo concurrir a la Municipalidad de Bagüal; en horario de oficina, para hacer valer el mismo: acompañado de la documentación acreditante.

BAGÜAL; SAN LUIS; 30 de Junio de 2026

MARCELO ULLOA

Intendente Comisionado Municipal

C: 3112 SPP e: 11 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1, de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, Secretaría a cargo de la autorizante, en autos “BELLUCCI SERGIO FABIAN S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” EXP 448006/26, cita y emplaza por 15 días a la Sra. Lydia Adela Fernández DNI N° 2.023.477 y/o sus herederos y/o quienes se consideren con derecho sobre un vehículo automotor marca y modelo VOLKSWAGEN SURAN 1.6L 5D 21B, tipo: SEDAN 5 PTAS, año 2012, dominio LBP-404, motor N° CFZ271806, Chasis N° 8AWPB45Z4CA534214, bajo apercibimiento de ley.-

Concarán, San Luis, 03 de Julio de 2026

C: 3113 $11.000,00 e: 11 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 415836/24 “CERUTTI JORGE ALBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por CERUTTI JORGE ALBERTO DNI N° 12.903.239.

Villa Mercedes, San Luis, 04 de septiembre de 2026

C: 3114 $16.500,00 e: 11 y v: 16 Sep.

El Juzgado, Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de San Luis a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, Secretaría del Autorizante, en autos: “MEDERO MARCELO DELPIDIO, SUCESION AB INTESTATO, EXPTE Nº 407458/23”, cita por el término de TREINTA DIAS a herederos y acreedores de MARCELO DELPIDIO MEDERO, D.N.I. Nº 6.803.132, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 08 de setiembre de 2026

C: 3116 $16.500,00 e: 11 y v: 16 Sep.

Sra. Emilse c. Robledo, en mi carácter de Ingeniera Agrimensora inscripto a la matricula Nº 306 Del (CASL) notifico que el día 19 de octubre de 2026, a las 11 hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el Sr. SERGIO GABRIEL RODRÍGUEZ, DNI N° 13.424.706, respecto del fundo identificado con nomenclatura tributaria 27-15, nomenclatura catastral de origen: Circ: San Francisco; Cuadrante: C3; Sección 18. Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales a nombre de GOMEZ ABDON y Registro de Propiedad Inmueble: no posee. Lugar de encuentro en el inmueble sito en Ruta Nacional N° 146 Río Socoscora, Departamento Belgrano, partido de Socoscora. Citase especialmente al colindante Norte: Suc. Dominguez Benito; Sur: Río Socoscora; Este: Río Socoscora; Oeste: Ruta Nacional N° 146.

Consultas en el domicilio de calle Chacabuco Nº 470 de la Ciudad de San Luis. -

E-mail: e1000crobledo@gmail.com

Tel: 2664668060

San Luis, de septiembre 2026

C: 3118 $11.000,00 e: 11 y v: 14 Sep.

Sra. Emilse C. Robledo, en mi carácter de Ingeniera Agrimensora inscripto a la matricula N° 306 Del (CASL) notifico que el día 19 de octubre de 2026, a las 10 hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el Sr. SERGIO GABRIEL RODRÍGUEZ, DNI Nº 13.424.706, respecto del fundo identificado con nomenclatura tributaria 27-15, nomenclatura catastral de origen: Circ: Villa General Roca; Cuadrante: C3; Sección 4. Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales a nombre de GOMEZ ABDON y Registro de Propiedad Inmueble: no posee. Lugar de encuentro en el inmueble sito en Ruta Nacional N° 146 Río Socoscora, Departamento Belgrano, partido de Socoscora. Citase especialmente al colindante Norte: Río Socoscora; Sur: Merletti Aldo Rubén; Acevedo Bertín Enrique; Serrano Mercedes; Este: Ruta Nacional Nº 146; Oeste: Merletti Aldo Rubén; Acevedo Bertín Enrique; Serrano Mercedes. Consultas en el domicilio de calle Chacabuco Nº 470 de la Ciudad de San Luis. -

E-mail: e1000crobledo@gmail.com

Tel: 2664668060

San Luis, de septiembre 2026

C: 3119 $11.000,00 e: 11 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la III Circ. Judicial, sito en Sta. Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del autorizante, en autos “AUGSBURGER CONSTANZA TRINIDAD C/ CABRERA DALMACIO JANUARIO, GONZALEZ ISIDRO Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP 432126/25, cita y emplaza por 15 días a Dalmacio Januario Cabrera, Isidro González, Walter Voct, Juan Inocencio Villegas, Ector José Mosca, Roger Humberto Ferreyra y/o sus herederos o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio, ubicado en Av. Fuerza Aérea s/n, Concarán, Partido Dolores, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis. Plano N° 4/1/24. Linderos: Sur: Av. Fuerza Aérea (c/pav.); Este: Osmar Abalo (Pad. 361035 Rec. Concarán); Norte: Italian Style Ceramic S.A (Pad. 2806 Rec. Concarán); Oeste: Walter Ossiri Defago y Oscar Ricardo Lara (Pad. 361550 Rec. Concarán). Sup.: 3 Has 9.079,91 m2. Inscripción de Dominio: Tomo 7 (Ley 3236) de Chacabuco, Folio 177, N° 1350. Pad. afectado N° 361549.

Santa Rosa del Conlara, 20 de julio de 2026

C: 3120 $11.000,00 e: 11 y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circunscripción Judicial, con asiento en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos “RODRIGUEZ ALBERTO DAVID Y AMPARO MARIA SAMANIEGO S/ SUCESION AB INTESTATO (NUMERO ANTERIOR 799/02)” EXP 326260/18, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la causante AMPARO MARIA SAMANIEGO DNI Nº 3.884.058 bajo apercibimiento de ley.

Concarán, San Luis, 3 de Septiembre de 2026

C: 3121 $16.500,00 e: 11 y v: 16 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de Concarán, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “SUCESORES DE AMLETO SERGIANI S.A S/ POSESIÓN” EXP 412924/24, se ha ordenado publicar la presente resolución: ”Concaran, San Luis 04/02/2026… Por promovida formal demanda de prescripción veinteañal contra quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, la que tramitara según las normas del proceso ordinario (Art. 330 del CPCC)…”. El inmueble a usucapir es Parcela 20, Plano 4/103/21. Receptoría de Concarán, sin inscripción de dominio, sin inscripción catastral. Los limites son: Norte: Jorge Enrique Sergiani, Sur: Sucesores de Amleto Sergiani S.A., Este: Calle Gobernador Elías Adre, Oeste:

Terminal de Ómnibus de Concaran. La publicación deberá hacerse por el término de dos (2) días en el Boletín oficial y en un Diario local de la Provincia de San Luis, y con intervalo de 30 días, cada una.-

Concarán, San Luis, 07 de Abril de 2026

C: 3122 $11.000,00 e: 11 y v: 14 Sep.

ELE 2412/26

“PARTIDO LIBERATE SAN LUIS S/ SOLICITA RECONOCIMIENTO COMO PARTIDO PROVINCIAL LEY XI -0346-2004”

AUTO INTERLOCUTORIO Nº 9 - JEP-2026.

San Luis, 9 de Septiembre de 2026

AUTOS Y VISTOS: Los autos caratulados: PARTIDO: “LIBERATE SAN LUIS” S/ SOLICITA RECONOCIMIENTO COMO PARTIDO PROVINCIAL LEY XI-0346-2004- ELE 2412/26, traídos a mi despacho para dictar sentencia de Reconocimiento Definitivo

Y CONSIDERANDO: Que mediante presentación DEMIOL 29529141/26 de fecha 10/2/2026 el Sr. Elías Agustín Quevedo en carácter de apoderado, constituyendo domicilio legal y electrónico, acompañando declaración de principios y bases de acción política, carta orgánica, y demás documental que se encuentra agregada en autos; y solicita el reconocimiento del partido de orden provincial: “LIBERATE SAN LUIS”, para actuar en el ámbito de la provincia de San Luis.

Que, conforme al proveído de fecha 18/02/2026, se requirió al partido de autos la presentación de la documentación prevista en la Ley XI-0346-2004.

Al respecto, mediante las presentaciones ESCEXT N.° 29636488/26 (24/02/2026) y N.° 29737683/26 (06/03/2026), el apoderado dió debido cumplimiento con la aportación de la nómina de adherentes y demás exigencias legales. Dichas presentaciones fueron tenidas presentes mediante los proveídos del 25/02/2026 (actuación N.° 29643395/26) y del 15/03/2026 (actuación N.° 29802944/26), respectivamente, habiéndose acreditado los extremos requeridos para dar continuidad al trámite de reconocimiento de la agrupación.

Que, mediante actuaciones obrantes en ESCEXT 299553842/26 de fecha 1/4/2026, el partido de autos da cumplimiento a las rectificaciones requeridas por la normativa vigente, conforme proveído de fecha 7/4/2026 actuación N° 29965266/26.

Que consecuentemente, en fecha 7/4/2026 actuación 29975650/26, Secretaría Electoral Provincial, informa en relación al cumplimiento del requisito de presentación de adherentes, teniéndose presente lo informado y ordenándose consecuentemente, la notificación y publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis del nombre adoptado para el presente partido, a los efectos de la oposición al nombre. (conf. AD N° 29980607/26, de fecha 8/4/2026).

Que, no habiendo mediado oposición al nombre adoptado por la agrupación política, conforme actuación de fecha 28/4/2026 AD N° 30177432/26, se habilitó al partido de autos a efectuar las afiliaciones de conformidad a lo dispuesto art. 8 inc 3 y 4; art.28, 29, 30 y 31 de la Ley XI-0346-2004.

Que, en fecha 03/07/2026 actuación N° 30792410/26, el apoderado de autos presenta las fichas de afiliaciones, y mediante actuación ESCEXT N° 30885414/26 comunica la modificación de la carta orgánica del partido en formación.

Que, en fecha 24/7/2026, se ordena que se publique en el Boletín Oficial y Judicial la nueva carta orgánica del partido de autos, ordenándose el control y carga de las fichas de afiliados en el Sistema Distrito, a efectos de la continuidad del trámite.

Que, el pasado 28/07/2026 la Secretaría Electoral informó sobre las fichas de afiliación presentadas por la agrupación de autos, señalando que las mismas no alcanzaban el mínimo exigido por la normativa electoral provincial. En consecuencia, mediante proveído de la misma fecha, se dispuso intimarlo a efectuar las rectificaciones correspondientes.

Que, en fecha 31/07/2026, el apoderado de autos presentó un nuevo lote de fichas de afiliación a los fines de subsanar lo requerido. Dichas presentaciones fueron informadas por la Secretaría Electoral mediante la actuación N° 31059148/26 de fecha 12/08/2026, disponiéndose el cumplimiento de las observaciones allí formuladas.

Que, posteriormente mediante actuación de fecha 20/8/2026 se tiene presente las constancias de cumplimiento efectuadas por el partido de autos, (actuaciones N° 31101263/26 y 31112208/26), de fecha 18/8/2026 y 19/8/2026, ordenándose la vista al Sr. Agente fiscal a fin de que se expida sobre el reconocimiento del partido en formación de autos.

Que, materializada la vista, el Sr. Agente Fiscal se expide al efecto mediante dictamen de fecha 31/8/2026 (CONVTA 31207867/26); expresando: “…Que en relación a la vista ordenada en estos obrados, atento a las constancias de la causa y documental adjuntada, encontrándose cumplimentados los requisitos del art. 8 de la ley Ley N° XI-0346-2004 (5542) a la solicitud de reconocimiento del partido “LIBERATE SAN LUIS”, Este Ministerio Publico, no formula objeciones legales. Es cuanto dictamina…”

Que, atento al estado de autos en fecha 2/9/2026, se ordena que pasen los presentes autos a resolver. (AD N° 31233089/26),

Por lo expuesto, constancias obrantes en autos, documental respaldatoria, acompañada y agregada a estos autos; y lo dispuesto en la normativa electoral aplicable de la Ley Nº XI-0346-2004;

RESUELVO: I) OTORGAR el RECONOCIMIENTO DEFINITIVO de la personería Jurídico-Política del Partido de orden Provincial: “LIBERATE SAN LUIS”, para actuar plenamente en su calidad de tal en el ámbito de la Provincia de San Luís, con todos los atributos, derechos y garantías que le acuerda la Ley.

Por Secretaría, procédase a su inscripción en el Libro de Actos Partidarios Registrables.

II) OTORGAR el número SETECIENTOS DIECISIETE (717) al partido mencionado, conforme lo prevé el Art. 17 de la Ley XI-0346-2004, con derecho exclusivo al uso del mismo, con las garantías contempladas en los arts. 18 y 19 de la Ley XI-0346-2004.

III) CONCEDER un plazo MÁXIMO PERENTORIO E IMPRORROGABLE de NOVENTA (90) días corridos a partir de la notificación de la presente, a efectos de que las autoridades promotoras convoquen a realizar las elecciones internas partidarias, a fin de constituir autoridades definitivas del partido (art. 8 inc 6° Ley XI0346-2004), de conformidad a las modalidades y plazos previstos en los art. 32 y 33 in fine de la mencionada Ley; y art. 5 de la Ley Nº XI-1040-2020, bajo apercibimiento de ley.

IV) CONCEDER el plazo máximo de sesenta (60) días corridos contados a partir de la notificación de la presente, a efectos de que acompañe los libros a que se refiere el art. 39 de la Ley XI-0346-2004 para su Rubricación (art. 8 inc 5° Ley XI-0346-2004), bajo apercibimiento de ley.

V) PUBLÍQUESE por un día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, la presente resolución y Carta Orgánica del Partido Provincial: LIBERATE SAN LUIS, a sus efectos ofíciese, con trascripción íntegra del art. 63, inc. a) de la Ley XI-0346-2004

VI) COMUNICAR la presente resolución al Sr. Ministro Secretario de Estado de Gobierno; al Sr. Juez Federal con competencia Electoral Distrito San Luís y al Excmo. Tribunal Electoral Provincial.

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-

CARTA ORGÁNICA DEL PARTIDO “LIBÉRATE SAN LUIS”

Título I-Principios y Símbolos

Artículo 1: El Partido “Libérate San Luis” adhiere al régimen democrático, representativo, republicano y federal, respetando la Constitución Nacional y la Constitución de la Provincia de San Luis.

Artículo 2: El Partido propicia como principios rectores:

a) La defensa de la libertad individual y la igualdad ante la ley.

b) La protección de la propiedad privada y la limitación del poder del Estado, garantizando que este actúe únicamente dentro de las funciones que le son propias y necesarias.

c) La participación ciudadana como fundamento de la democracia.

d) La transparencia y la ética en la gestión pública y partidaria.

Artículo 3: El Partido adoptará símbolos, colores y logotipos propios, los que serán aprobados por el Congreso Partidario y registrados conforme a la legislación vigente.

Título II - Patrimonio

Artículo 4: El patrimonio del Partido estará constituido por:

a) Las contribuciones ordinarias y extraordinarias de los afiliados, las que deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley XI-0346-2004.

b) Los aportes estatales previstos en la ley.

c) Donaciones, legados, herencias y subsidios admitidos por la normativa vigente.

d) Los bienes muebles e inmuebles adquiridos por cualquier título legítimo.

Artículo 5: El patrimonio será administrado por el Consejo Partidario, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias.

Artículo 6: El ejercicio contable cerrará el 31 de diciembre de cada año. El balance anual será aprobado por el Congreso Partidario y puesto a disposición de los afiliados.

Título III - Afiliados y Adherentes

Artículo 7: Podrán afiliarse al Partido los ciudadanos desde los dieciséis (16) años de edad, conforme a la legislación vigente, debiendo encontrarse incluidos en el padrón electoral vigente de la Provincia de San Luis.

Artículo 8: Los afiliados tendrán los siguientes derechos:

a) Elegir y ser elegidos para cargos partidarios y candidaturas.

b) Participar en las asambleas, congresos y demás actividades partidarias.

c) Acceder a la información institucional y consultar balances.

d) Fiscalizar la gestión de las autoridades partidarias.

Artículo 9: Los afiliados tendrán las siguientes obligaciones:

a) Respetar la presente Carta Orgánica y las resoluciones de las autoridades,

b) Defender y difundir los principios del Partido.

c) Contribuir con las cuotas y aportes fijados por el Congreso.

d) Colaborar en las actividades políticas y sociales del Partido.

Artículo 10: La afiliación se perderá por:

a) Fallecimiento.

b) Renuncia voluntaria.

c) Sanción disciplinaria firme.

d) Inhabilitación electoral dictada por autoridad competente.

Artículo 11: Se admitirán adherentes, menores de dieciocho (18) años o extranjeros, quienes podrán participar en las actividades partidarias, sin derechos electorales ni posibilidad de ocupar cargos.

Título IV - Órganos Partidarios

Artículo 12: El Partido se organiza institucionalmente a través de los siguientes órganos:

a) Órganos electivos: el Consejo Partidario y el Congreso Partidario.

b) Órganos designados: la Junta Electoral Partidaria y la Comisión Revisadora de Cuentas.

Artículo 13: Todos los órganos funcionarán conforme a los principios de democracia interna, igualdad, paridad de género, publicidad de los actos partidarios y respeto a la presente Carta Orgánica.

Capítulo I - Consejo Partidario

Artículo 14: El Consejo Partidario es el órgano ejecutivo del Partido y su máxima autoridad de dirección política.

Artículo 15: El Consejo estará compuesto por los siguientes cargos:

a) Presidente.

b) Vicepresidente.

c) Secretario Administrativo.

d) Secretario Político.

e) Tesorero.

Artículo 16: Los miembros del Consejo durarán cuatro (4) años en sus funciones y podrán ser reelegidos en forma consecutiva o alternada, sin limitación de períodos.

Artículo 17: Son atribuciones del Consejo Partidario:

a) Ejecutar y hacer cumplir las resoluciones del Congreso.

b) Convocar a elecciones internas y a reuniones del Congreso.

c) Administrar los fondos y bienes del Partido.

d) Elaborar y presentar los balances y memorias anuales.

e) Formular y aprobar las plataformas electorales.

f) Fiscalizar la actuación de los representantes electos en cargos públicos.

g) Designar comisiones de trabajo y delegaciones partidarias.

h) Representar legalmente al Partido ante las autoridades administrativas y judiciales.

i) Resolver todos los asuntos que no sean competencia exclusiva del Congreso.

Capítulo II - Congreso Partidario

Artículo 18: El Congreso Partidario es el órgano supremo y deliberativo del Partido.

Artículo 19: El Congreso estará integrado por nueve (9) miembros denominados Congresistas, con mandato de cuatro (4) años, distribuidos de la siguiente manera:

a) Tres (3) por la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis.

b) Tres (3) por la Segunda Circunscripción Judicial.

c) Tres (3) por la Tercera Circunscripción Judicial.

Artículo 20: La representación en el Congreso se integrará respetando la paridad de género establecida por la legislación vigente, en particular lo dispuesto por el artículo 6 de la Ley VIII-1038-2020.

Artículo 21: Los congresistas durarán cuatro (4) años en sus funciones y podrán ser reelegidos en forma consecutiva o alternada, sin limitación de períodos.

Artículo 22: Son atribuciones del Congreso:

a) Reformar esta Carta Orgánica.

b) Aprobar los balances y memorias anuales.

c) Autorizar la constitución de alianzas políticas y electorales.

d) Oficializar las candidaturas a cargos públicos electivos.

e) Imponer sanciones disciplinarias a los afiliados, de acuerdo al régimen previsto.

f) Designar a los integrantes de la Junta Electoral Partidaria y de la Comisión Revisadora de Cuentas.

g) Resolver los conflictos internos que surjan entre órganos del Partido.

h) Delegar funciones excepcionales en el Presidente del Consejo para la conformación de alianzas o la representación en elecciones nacionales, provinciales o municipales.

Capítulo III-Junta Electoral Partidaria

Artículo 23: La Junta Electoral Partidaria es el órgano encargado de organizar, fiscalizar y garantizar la regularidad de los procesos electorales internos del Partido.

Artículo 24: La Junta estará integrada por cinco (5) miembros titulares y tres (3) suplentes, designados por el Congreso Partidario.

Artículo 25: Los miembros de la Junta Electoral durarán dos (2) años en sus funciones y podrán ser reelegidos en forma consecutiva o alternada, sin limitación de períodos.

Artículo 26: No podrán ser miembros de la Junta Electoral quienes integren simultáneamente el Consejo Partidario u ocupen cargos ejecutivos dentro del Partido.

Artículo 27: Son atribuciones de la Junta Electoral:

a) Convocar y organizar las elecciones internas del Partido.

b) Confeccionar, depurar y actualizar los padrones de afiliados habilitados para votar.

c) Oficializar las listas de candidatos que cumplan los requisitos legales y estatutarios.

d) Resolver las impugnaciones y reclamos durante el proceso electoral.

e) Fiscalizar los comicios internos y proclamar a los candidatos electos.

f) Elevar al Congreso Partidario un informe final de cada proceso electoral.

Capítulo IV - Comisión Revisadora de Cuentas

Artículo 28: La Comisión Revisadora de Cuentas es el órgano de control y fiscalización financiera del Partido.

Artículo 29: Estará integrada por tres (3) miembros titulares y dos (2) suplentes, designados por el Congreso Partidario.

Artículo 30: Los miembros de la Comisión durarán dos (2) años en sus funciones y podrán ser reelegidos en forma consecutiva o alternada, sin limitación de períodos.

Artículo 31: Son atribuciones de la Comisión Revisadora de Cuentas:

a) Examinar periódicamente los libros de contabilidad, comprobantes y documentos financieros.

b) Fiscalizar la administración del patrimonio efectuada por el Consejo Partidario.

c) Emitir dictámenes sobre el balance anual y elevarlos al Congreso para su aprobación.

d) Informar al Congreso y al Consejo sobre cualquier irregularidad detectada en la administración financiera.

e) Exigir a las autoridades partidarias la adopción de medidas correctivas en caso de incumplimientos contables o legales.

Título V - Régimen Disciplinario

Artículo 32: El régimen disciplinario del Partido se aplicará con respeto a las garantías constitucionales del debido proceso, la defensa en juicio y la proporcionalidad entre la falta y la sanción. Ningún afiliado podrá ser sancionado sin haber sido previamente notificado y oído.

Artículo 33: Las sanciones aplicables a los afiliados serán las siguientes:

a) Apercibimiento escrito.

b) Suspensión temporaria de derechos partidarios, por un plazo de hasta un (1) año.

c) Inhabilitación para ejercer cargos partidarios, por un plazo de hasta dos (2) años.

d) Expulsión definitiva del padrón de afiliados.

Artículo 34: Son causales de sanción disciplinaria:

a) El incumplimiento de la presente Carta Orgánica, reglamentos internos y resoluciones de las autoridades partidarias.

b) La afiliación simultánea a otro partido político.

c) La realización de actos contrarios a los principios y fines del Partido.

d) El uso indebido de fondos, bienes, símbolos o emblemas partidarios.

e) La violencia física o verbal ejercida contra otros afiliados o autoridades del Partido.

f) El falseamiento de información en la solicitud de afiliación.

g) La utilización del Partido para fines personales, ajenos o contrarios a sus objetivos institucionales.

Título VI - Régimen Electoral Interno

Artículo 35: La elección de autoridades partidarias y la selección de candidatos a cargos públicos electivos se realizará mediante comicios internos convocados y organizados por la Junta Electoral Partidaria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 34 y 35 de la Ley XI-0346-2004, el artículo 5 de la Ley XI-1040-2020, la legislación electoral vigente y la presente Carta Orgánica.

Artículo 36: El voto será:

El voto en las elecciones internas del Partido será personal, igual, libre y secreto, y tendrá carácter obligatorio para todos los afiliados incluidos en el padrón partidario, salvo causa debidamente justificada.

Se considerarán causales de justificación, entre otras, la enfermedad, fuerza mayor, razones laborales impostergables, distancia geográfica u otras circunstancias atendibles que serán evaluadas por la Junta Electoral Partidaria, conforme al reglamento que se dicte al efecto.

La falta de emisión del voto sin causa justificada podrá dar lugar a las medidas internas que establezca la reglamentación partidaria, sin afectar derechos políticos esenciales ni la condición de afiliado.

Título VII - Disposiciones Generales y Transitorias

Artículo 37: La presente Carta Orgánica solo podrá ser modificada por decisión del Congreso Partidario, adoptada con el voto favorable de las dos terceras partes (2/3) de sus miembros presentes, en sesión convocada expresamente para tal efecto.

Disposición Transitoria

Artículo 38: Las autoridades partidarias serán designadas por los miembros fundadores, quienes constituirán una Junta Promotora encargada de ejercer las funciones del Consejo y del Congreso hasta la realización de la primera elección de autoridades.

Normas Complementarias

Artículo 39: En caso de vacantes en cargos partidarios, las mismas serán cubiertas según los procedimientos establecidos en esta Carta Orgánica.

C: 3131 SPP e. y v: 14 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del DR. GEREMÍAS PABLO FEREZ, juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 406561/23 “ECHEVARRIA JUAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por ECHEVARRIA JUAN DNI 6.794.771.

Villa Mercedes (San Luis), 12 de Agosto de 2026

C: 3132 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “GONZALEZ CARLOS DANIEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 438472/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: CARLOS DANIEL GONZALEZ (D.N.I. N° 28.850.551), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-

San Luis, 26 de Agosto de 2026

C: 3133 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental 4 de esta ciudad de San Luis, a cargo de la DRA. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, prosecretaria autorizante, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de DOMINGA MATURANO, DNI F 0.949.371, en los autos caratulados “EXPTE. N° 446959/26: MATURANO DOMINGA S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA”, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 27 de Agosto de 2026

C: 3134 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral de la Tercera Circunscripción Judicial de la localidad de Concarán a cargo provisoriamente del Dr. Javier Corigliano; Secretaría a cargo del autorizante, cita a los demandados FATALA ROBERTO SERGIO, DELL AQUA PIER LUIGI, RODRIGUEZ DE MARTINEZ NOEMI, SCHAMNE ROBERTO GASPAR, SOCIEDAD ANONIMA EDITORA LA VANGUARDIA, ORLANDO HAYDEE ELENA, OBISPADO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, GUIDICE RUBEN Y HAYDEE SUSANA VINEYS DE GIUDICE, BARONE CONRADO PALMIRO, CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE MERLO, LABAT RODOLFO AURELIO, LUIS CARLOS MORENO Y HECTOR D’ALOISIO, por el término de quince días a partir de la última publicación, para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de nombrar al Sr. Defensor Oficial para que lo represente en los autos “MUNICIPALIDAD DE MERLO C/ DELL AQUA PIER LUIGI S/ Expropiación”, (Expte. Nº 173757/3).-

Concarán, San Luis, 22 de Febrero de 2023

C: 3135 SPP e: 14 y v: 16 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Juez de Primera Instancia, en los autos caratulados “EXP 409821/23 NAZARIO ORTIZ, RAMONA BARROSO DE ORTIZ, JUAN RAMÓN ORTIZ, JESÚS GERTRUDIS OLGUÍN, JUAN LUCIANO ORTIZ, JOSÉ NAZARIO ORTIZ S/SUCESIÓN AB INTESTATO” publíquense edictos de ley por el término de tres días, citándose a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten (art. 699 inc. 2º del CPCC).

Santa Rosa del Conlara, 30 de julio de 2025.

C: 3136 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Ciudad de San Luís, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Jueza, Secretaría a cargo del autorizante, en autos “ANDRADA DANIEL Y REINOSO JUANA DE DIOS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. N° 408696/23, cita y emplaza por el término de treinta días, a herederos y acreedores de la extinta REINOSO, JUANA DE DIOS, D.N.I. N° 17.524.337.-

San Luis, 8 de septiembre de 2026

C: 3137 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “ARCE PABLO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXPTE. 448184/26, CITA Y EMPLAZA por el término de treinta (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, don PABLO ARCE DNI 6.789.560, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 04 de Septiembre de 2026

C: 3138 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: EXP 447308/26 “BRANDOLIN DEBORAH LUISINA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, SRA. BRANDOLIN DEBORAH LUISINA, DNI Nº 31.124.084, bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 21 de JULIO de 2026

C: 3139 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep.

El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral de la III Circ. Judicial, sito en Concarán, a cargo del Dr. JAVIER ALEJANDRO CORIGLIANO, Juez, en autos “SOSA JOSE ADOLFO Y POZZOLI ROSA GLADYS C/BARZOLA AGUSTIN S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA “ORALIDAD” (EXP 383120/22), cita y emplaza por 15 días AGUSTIN BARZOLA y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en Calle San Jose S/N, Paso Grande, Partido Conlara, Departamento Libertador General San Martin, dominio sobre la parcela Nº 26 (nomenclatura catastran de origen parcela 2), manzana 9, circunscripción Paso Grande, Cuad, sección 1, inscripción dominial Tomo N°15 de San Martin Folio N° 32 N° 2002 (inscrip. 2da), padrón 560038, receptoría Conlara, Sup. 291,45 m2. Plano 5/31/21. Bajo apercibimiento de ley.

Concarán, San Luis, 28 de marzo de 2023

C: 3140 $11.000,00 e: 14 y v: 16 Sep.

REMATES

El martillero Damián Sebastián Tinto comunica por 3 días que por cuenta y orden de FCA Compañía Financiera S.A. (art. 39 Ley 12962) y conforme artículo 2229 del Código Civil y Comercial de la Nación, subastará por ejecución de prendas y en el estado que se encuentran los siguientes automotores: 1) Marca: FIAT, Modelo CRONOS DRIVE 1.3 MT, Modelo Año 2020, Tipo SEDAN 4 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552820597603608, Chasis Marca FIAT Nro. 8AP359A32MU109249, Dominio AE489SO; Titularidad de JUAREZ, LUCAS, DNI Nro. 37.640.723; Sec. Prend. Expte. 437205/25 - JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 3 - SAN LUIS, BASE: $11.600.000; 2) Marca: FIAT, Modelo CRONOS DRIVE 1.3 MT, Modelo Año 2022, Tipo SEDAN 4 PUERTAS, Motor Marca FIAT Nro. 552820598050978, Chasis Marca FIAT Nro. 8AP359A32NU190645, Dominio AF190DR; Titularidad de AGUILAR, JUAN ANTONIO, DNI Nro. 26.503.811; Sec. Prend. Expte. 450797/1 - Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N°04 - San Luis, BASE: $14.700.000; DE NO EXISTIR OFERTAS SE SUBASTARÁN SIN BASE. Los compradores deberán abonar en el acto, seña de 12.1% del precio de compra, 10% comisión martillero, aporte al colegio de martillero, verificación e informes del automotor en el acto, en efectivo pesos argentinos y al mejor postor. Saldo a las 72hs. por medios de pago informados por la vendedora bajo apercibimiento de ser rescindida la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora sin previa notificación. Oferta mínima $100.000. El comprador deberá constituir domicilio en la ciudad de Córdoba. Puesta en marcha, gastos de deuda de patentes, (imp. Docente y/o formulario 381 si correspondiere), impuestos e infracciones, levantamiento de cautelares y otras medidas, impuestos de sellos, aportes colegiales, verificación y gastos bancarios por trámites de cautelares y gastos de transferencia son a cargo del comprador. Concluida la subasta no se admitirán reclamo sobre el estado de los bienes, insuficiente documentación o de cualquier otra índole, en virtud de encontrarse los bienes exhibidos debidamente y la naturaleza pública de los DNRPA y demás organismos. Subasta sujeta a aprobación de la entidad vendedora. Entrega una vez cancelado el saldo del precio e inscripto en el registro correspondiente la transferencia de dominio a nombre del comprador debiendo presentar título a su nombre. La entidad se reserva el derecho de admisión y permanencia. LUGAR Y FECHA DE SUBASTA: Arturo M. Bas 262 de la ciudad de Córdoba el día viernes 25/09/2026 a las 16:00 horas. EXHIBICIÓN: los días miércoles 23 de septiembre del 2026 y jueves 24 de septiembre del 2026, ambos de 16:00 a 18:00 horas en el domicilio sito en Av. Amadeo Sabattini N° 5313 ciudad de Córdoba. Informes: martillero Damián Sebastián Tinto Tel: 0351-156867386 e-mail: sebastiantinto@hotmail.com.

DAMIAN SEBASTIAN TINTO

Martillero Judicial

C: 3141 $16.500,00 e: 14 y v: 18 Sep