LEGISLATIVAS
LEY Nº XIII-1213-2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
DE SAN LUIS, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
DECLARACIÓN DE LA NECESIDAD DE REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
ARTÍCULO 1°.- DECLARACIÓN. Declárase la necesidad de la reforma parcial de la Constitución de la provincia de San Luis de 1987, en conformidad con lo establecido en el Artículo 281 del texto vigente.-
ARTÍCULO 2°.- OBJETO DE LA REFORMA. La Convención Constituyente podrá reformar, suprimir e incorporar Artículos relativos a las siguientes materias y núcleos temáticos:
a) Sobre el Poder Ejecutivo. Alternancia y Limitación de Mandatos:
1. Modificación del Artículo 147 para establecer la prohibición absoluta de reelección tras DOS (2) períodos consecutivos o alternados para el Gobernador.
2. Incorporar como Cláusula Transitoria correspondiente al Artículo 147, la siguiente: Cómputo de mandatos del Poder Ejecutivo. A los fines de la aplicación del límite de mandatos y la prohibición absoluta de reelección estipulados en el Artículo 147 de esta Constitución, establécese que el período constitucional 2023-2027 que se encuentra cumpliendo el Gobernador en ejercicio al momento de sancionarse la presente Ley de necesidad de reforma constitucional, será computado legalmente como primer mandato a todos los efectos de la aplicación del Artículo 147.
b) Sobre el Poder Legislativo:
1. Artículo 114: Ampliación del período de sesiones ordinarias del 15 de marzo al 31 de diciembre;
2. Artículo 114: Corrección de la redacción actual, cambiando la expresión “sesiones extraordinarias” por “sesiones ordinarias”;
3. Artículo 103: Establecer la renovación total de la Cámara de Diputados en elecciones coincidentes con la de Gobernador;
4. Artículo 111: Establecer la renovación total de la Cámara de Senadores en elecciones coincidentes con la de Gobernador;
5. Incorporar una Cláusula Transitoria correspondiente a los Artículos 103 y 111, sobre la renovación total de ambas Cámaras, mediante la cual se disponga que, a los fines de implementar el sistema de renovación total del Poder Legislativo y su simultaneidad con la elección del Poder Ejecutivo Provincial, se disponga la prórroga excepcional de los mandatos de los Diputados y Senadores provinciales electos en los Comicios del año 2025, de modo que los legisladores cuyos mandatos vencen originariamente en el año 2029, continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta la asunción de las autoridades que resulten electas en los Comicios Generales del año 2031. A partir de dicho proceso electoral, ambas Cámaras se renovarán en su totalidad cada CUATRO (4) años, caducando la presente disposición transitoria;
6. Artículo 268 segundo párrafo: Establecer la renovación total de los Concejos de vecinos y Concejos Deliberantes, en la misma oportunidad que las autoridades provinciales;
7. Incorporar una Cláusula Transitoria correspondiente al Artículo 268 segundo párrafo, sobre la renovación total de Concejos Deliberantes municipales, mediante la cual se disponga que, a los fines de implementar el sistema de renovación total del Concejo Deliberante, se disponga la prórroga excepcional de los mandatos de los concejales municipales electos en los comicios del año 2025, de modo que los legisladores cuyos mandatos vencen originariamente en el año 2029, continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta la asunción de las autoridades que resulten electas en los Comicios Generales del año 2031. A partir de dicho proceso electoral, los Concejos Deliberantes se renovarán en su totalidad cada CUATRO (4) años, caducando la presente disposición transitoria;
8. Eliminar las atribuciones contenidas en los Artículos 141 Inciso 4) y Artículo 144 Inciso 11), por resultar obsoletas con la reforma de la Constitución Nacional de 1994;
9. Mejorar la redacción del Artículo 116 sobre “Quórum”, de modo de especificar que se trata de “más de la mitad”.
c) Sobre el Poder Judicial, Ministerio Público y otros organismos con jerarquía constitucional:
1. Garantizar la independencia del Ministerio Público, separándolo del Poder Judicial con una estructura de doble dirección: una Defensoría General y Procuración General, siguiendo los siguientes lineamientos:
1.1. El Procurador General y el Defensor General de la Provincia serán designados por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado;
1.2. Establecer un Consejo del Ministerio Público, encargado de la selección de los miembros inferiores del Ministerio Público de la Defensa y del Ministerio Público Fiscal;
1.3. Establecer un Jurado de Destitución del Ministerio Público;
1.4. Los funcionarios del Ministerio Público inferiores serán designados por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, en terna vinculante remitida por el Consejo del Ministerio Público, con la posibilidad del Poder Ejecutivo de apartarse del orden por motivos fundados;
1.5. Establecer una Cláusula Transitoria por medio de la cual se disponga que, a los fines de garantizar la transición ordenada y la correcta conformación del Ministerio Público como órgano independiente y extrapoder, se establecerá un plazo máximo y perentorio de UN (1) año, contado a partir de la entrada en vigencia de esta Constitución, para la operatividad plena de su nueva estructura.
2. Artículo 197: Reforma de la composición del Consejo de la Magistratura. Incorporación de miembros pertenecientes a la academia y del Senado provincial; determinación y especificación que los miembros incorporados por cada estamento deben ser abogados, salvo que no hubiera abogados entre sus miembros;
3. Artículo 199 Inciso 1): Disponer que el Consejo de la Magistratura elaborará un orden de mérito en función de los concursos de antecedentes y que la terna propuesta deberá ser vinculante para el Poder Ejecutivo, con la posibilidad de éste de apartarse del orden por motivos fundados. Y adecuar si correspondiese el Artículo 196;
4. Artículos 224, 236 y 245: Modificar el Jurado de Enjuiciamiento tal como se encuentra regulado en el texto actual, excluyendo de la competencia del mismo a los miembros del Tribunal de Cuentas, al Fiscal de Estado, miembros del Ministerio Público y a todos aquellos funcionarios que quedaren sujetos a juicio político;
5. Artículos 196, 197 y 198: Modificar la composición del Consejo de la Magistratura, separando del mismo los funcionarios del Ministerio Público;
6. Artículo 201: Incorporar como párrafo final la exigencia de permanencia mínima en el cargo de CUATRO (4) años para magistrados del Poder Judicial y del Ministerio Público como requisito para acceder a nuevos cargos;
7. Elevar de TRES (3) a CINCO (5) años la exigencia establecida por el Artículo 203, Inciso 4) de ejercicio de la profesión de abogado o desempeño de alguna magistratura o funciones como Fiscales, Defensores o Secretarios.
d) Limitación de edad a los miembros vitalicios del Poder Judicial, del Ministerio Público y demás funcionarios con jerarquía constitucional:
1. Modificación de los Artículos 201 y 242 Inciso 1), para establecer la limitación de la duración de todos los mandatos vitalicios hasta los SETENTA Y CINCO (75) años de edad (miembros del Tribunal de Cuentas, del Poder Judicial y del Ministerio Público). Analizando la posibilidad de continuar en el cargo con un nuevo Acuerdo del Senado a propuesta del Poder Ejecutivo;
2. Incorporar como Cláusula Transitoria correspondiente a los Artículos 201, 242 Inciso 1) y el Artículo correspondiente al Ministerio Público, la siguiente: El límite de edad de SETENTA Y CINCO (75) años establecido en el Artículo 201 para el cese en los cargos de Magistrados, el Artículo referido a los representantes del Ministerio Público y Artículo 242 Inciso 1), para los miembros del Tribunal de Cuentas, serán de aplicación exclusiva para aquellos funcionarios que sean designados y asuman sus cargos con posterioridad a la entrada en vigencia de la presente reforma constitucional.
Quienes se encuentren en el ejercicio de dichos cargos al momento de la sanción de esta reforma, conservarán la inamovilidad bajo las condiciones del texto constitucional anterior de 1987.
e) Políticas Especiales:
1. Agua: Jerarquización constitucional como derecho humano y recurso estratégico, a cargo de un funcionario técnico, con acreditada idoneidad, designado por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado y con mandato de CINCO (5) años.
f) Organismos de Control y Juicio Político:
1. Artículo 242 Inciso 2) Tribunal de Cuentas: Revisión de la composición del Tribunal de Cuentas, especificando que los DOS (2) miembros designados por la Asamblea Legislativa deben ser a propuesta, uno de la mayoría y el otro por la primera minoría, o en su defecto, uno por la primera minoría y el otro por la segunda minoría;
2. Artículo 144 Inciso 19) y Artículo 180 (Capítulo XX), Juicio Político: Inclusión de miembros del Superior Tribunal, Tribunal de Cuentas (en consecuencia, modificar el Artículo 245), Defensor General, Procurador General, Fiscal de Estado (en consecuencia, modificar el Artículo 236), Contador General y al funcionario Técnico del Agua, como sujetos pasibles de Juicio Político. Excluir dentro de la competencia del Jurado de Enjuiciamiento el juzgamiento de estos funcionarios.
g) Sobre el proceso de Reforma Constitucional:
1. Artículo 283: Eliminar de entre los funcionarios incompatibles para ser Convencionales, al Gobernador, Vicegobernador, Ministros del Poder Ejecutivo y Legisladores, de modo que queden habilitados para participar como convencionales para futuras reformas constitucionales, posteriores a la presente;
2. Artículo 286: Reducir el plazo de duración total del proceso de Reforma, el cual deberá ser fijado por la Ley de Declaración de Necesidad de Reforma Constitucional.
h) Sobre la fijación de capitales alternas:
1. Artículo 5. Establecer capitales alternas de la Provincia, las que serán fijadas por Ley especial de la Legislatura. Los días en que el Poder Ejecutivo y su Gabinete de Ministros se constituyan en alguna de esas localidades del interior provincial determinadas como capitales alternas por la ley respectiva, ésta será Capital de la Provincia.
i) Sobre el plazo de presentación del Presupuesto:
1. Artículo 168 Inciso 6). Modificar la fecha de presentación establecida actualmente por la Constitución “antes del treinta y uno de agosto” por “treinta de septiembre incluido”.-
ARTÍCULO 3°.- OTROS PUNTOS HABILITADOS. Se habilitan también para su debate y resolución en la Convención los puntos que se explicitan y los Artículos que se discriminan a continuación. Con el objetivo de adecuar el texto constitucional provincial a la Reforma Constitucional Federal de 1994 en los puntos a), b), c) y d); y los puntos e) y f) a los tiempos actuales.
a) La incorporación de una cláusula federal, reafirmando la autonomía provincial en consonancia con los nuevos estándares de la Constitución Federal de 1994, que prevea el ejercicio pleno de los poderes y competencias no delegados al Gobierno Federal, aplicar su poder de policía y tributario en los establecimientos de utilidad nacional radicados en su territorio. Asegurar el acceso, control y participación activa de la Provincia en el diseño y ejecución de estudios, planes y decisiones de la Administración Federal, participar en el debate y la concertación de un nuevo régimen de coparticipación federal de impuestos, entre otras cuestiones atinentes a la autonomía de la Provincia en el concierto federal;
b) Artículo 11 bis. Nuevas Tecnologías e Inteligencia Artificial: Establecer principios y directrices generales relacionadas con la incorporación de derechos a la identidad digital, de su utilización con ética, y resguardo de la dignidad humana como principio rector de todos los derechos fundamentales de la persona humana; protección de datos frente a algoritmos y acceso universal a la conectividad; incorporar el Habeas Data como mecanismo de protección de los datos personales, en concordancia con la Constitución Nacional, así como los principios sobre acceso a la información pública, gobierno abierto y transparente;
c) Incorporar un capítulo sobre Relaciones Intergubernamentales e Internacionales:
Facultad provincial para celebrar convenios de inversión y cooperación directa; principios generales en materia de relaciones con otros niveles de gobierno dentro del País y a nivel internacional, en consonancia con la Constitución Nacional reformada en 1994;
d) Incorporación del sistema de doble vuelta o balotaje para la elección del Gobernador y Vicegobernador, para garantizar mayor legitimidad popular de la fórmula electa;
e) Incorporar al Artículo 75 Inciso 3) la obligación de la escolaridad a partir de los TRES (3) años de edad y de la educación secundaria;
f) Modificar el Artículo 72, reemplazando el término “hombre” por el de “ciudadano”.-
ARTÍCULO 4°.- COMPETENCIA, FACULTADES Y RÉGIMEN DEL FUNCIONAMIENTO DE LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE. La Convención Constituyente se reunirá con el objeto único y exclusivo de considerar las reformas al texto constitucional incluidas en los temas habilitados para su debate conforme lo establecido en los Artículos 2º y 3º de la presente Ley.
Serán nulas de nulidad absoluta todas las modificaciones, derogaciones y agregados que realice la Convención Constituyente apartándose de la competencia expresamente establecida en la presente Ley de Declaración.
La Convención puede decidir no modificar el texto vigente, o parte de él.-
ARTÍCULO 5°.- COMPOSICIÓN DE LA CONVENCIÓN CONSTITUYENTE. La Convención Constituyente se integrará, conforme al Artículo 284 de la Constitución Provincial, por un número de miembros igual al de la totalidad de los legisladores provinciales (Diputados y Senadores), haciendo un total de CINCUENTA Y DOS (52) Convencionales, elegidos por el pueblo de cada Departamento, a saber:
-Departamento Pueyrredón, ONCE (11) convencionales;
-Departamento Pedernera, ONCE (11) convencionales;
-Departamento Ayacucho, CINCO (5) convencionales;
-Departamento Chacabuco, CINCO (5) convencionales;
-Departamento Belgrano, CUATRO (4) convencionales;
-Departamento Coronel Pringles, CUATRO (4) convencionales;
-Departamento Gobernador Dupuy, CUATRO (4) convencionales;
-Departamento Junín, CUATRO (4) convencionales;
-Departamento San Martín, CUATRO (4) convencionales.-
ARTÍCULO 6°.- CONVOCATORIA Y ELECCIÓN. La elección de los Convencionales se realizará en la próxima elección provincial general, utilizándose el mismo sistema electoral que el fijado por la legislación para la elección de los Diputados Provinciales.-
ARTÍCULO 7°.- CALIDAD DEL CARGO. Los Convencionales Constituyentes deberán reunir las mismas condiciones requeridas para ser Diputados Provinciales, conforme al Artículo 104 de la Constitución Provincial, y gozarán de las mismas inmunidades y privilegios que éstos, desde que son electos y hasta que concluyan sus funciones, conforme lo dispone el Artículo 283 de la Constitución Provincial.-
ARTÍCULO 8°.- LUGAR Y PLAZO. La Convención tendrá su sede en la ciudad de San Luis; iniciará su labor dentro de los TREINTA (30) días posteriores a la proclamación de los convencionales electos y deberá terminar su cometido dentro de los SESENTA (60) días de su instalación, pudiendo prorrogar el plazo por otros TREINTA (30) días.
Vencido dicho término sin que la Convención haya concluido su cometido, ni sancionado el texto reformado, ésta quedará disuelta de pleno derecho. En tal instancia, tanto la Convención como la totalidad de la labor realizada -incluyendo proyectos, despachos, actas o reformas aprobadas- quedarán sin efecto, valor ni validez jurídica alguna, recuperando plena vigencia el texto constitucional anterior en los puntos que se pretendían reformar.
La Convención Constituyente sesionará con más de la mitad de sus integrantes y se regirá para su funcionamiento por el Reglamento Interno de la Cámara de Senadores de la Provincia, hasta tanto sancione su propio Reglamento Interno.
La Convención será juez último de la validez de las elecciones, derechos y títulos de sus miembros.-
ARTÍCULO 9°.- PRESUPUESTO. El Poder Ejecutivo dispondrá las partidas presupuestarias necesarias para el funcionamiento de la Convención.-
ARTÍCULO 10.- TEXTO ORDENADO. La Convención queda facultada para renumerar y esquematizar sus Artículos y Capítulos, así como las compatibilizaciones necesarias en la denominación de títulos, secciones y capítulos del texto Constitucional provincial para garantizar su armonía normativa y una más adecuada técnica legislativa.
Podrá, asimismo, sancionar las cláusulas transitorias que fueren necesarias para la vigencia de las reformas introducidas.-
ARTÍCULO 11.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.-
RECINTO DE SESIONES de la Legislatura de la provincia de San Luis, a dos días de septiembre de dos mil veintiséis.-
DECRETO Nº 11440-MG-2026.-
San Luis, 4 de Septiembre de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El PRY 0-21/26 y la Sanción Legislativa Nº XIII-1213-2026, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. SADEDI 30283/26, obra Sanción Legislativa Nº XIII-1213-2026 “DECLARACIÓN DE LA NECESIDAD DE REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”;
Que, San Luis posee una arraigada tradición institucional y constitucional, que remonta a los primeros años de la organización nacional y se ha caracterizado por una permanente adecuación de su ordenamiento fundamental a las transformaciones políticas y sociales de cada época;
Que, la Sanción Legislativa declara la necesidad de reformar parcialmente la Constitución de la Provincia de San Luis, a fin de adecuar su texto a las nuevas demandas políticas, sociales, institucionales y tecnológicas de la provincia y del país, y al propósito de construir una Constitución para el San Luis del futuro;
Que, la reforma procura armonizar y actualizar el texto de la Constitución Provincial en consonancia con los principios, derechos y garantías incorporados a la Constitución Nacional a partir de la reforma de 1994, adecuándolo a la evolución del derecho constitucional y a las nuevas demandas sociales e institucionales;
Que, el eje central de la reforma se encuentra en el fortalecimiento de las instituciones, la autolimitación del poder y la alternancia en el ejercicio de los cargos públicos, en resguardo del sistema republicano y de la calidad institucional, como condiciones necesarias para promover un mayor desarrollo humano y económico sustentable en la Provincia de San Luis;
Que, asimismo se prevé la adecuación del texto constitucional a las nuevas realidades sociales y tecnológicas, mediante la incorporación de garantías vinculadas con la identidad digital, la protección de datos y accesos a la conectividad, así como el fortalecimiento de las instituciones de justicia y control;
Que, habiéndose cumplido la instancia legislativa correspondiente y encontrándose reunidos los requisitos constitucionales y legales para ello, corresponde proceder a la promulgación de la Sanción Legislativa Nº XIII-1213-2026 “DECLARACIÓN DE LA NECESIDAD DE REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Cúmplase, promúlguese y téngase por Ley de la Provincia de San Luis, la Sanción Legislativa Nº XIII-1213-2026 “DECLARACIÓN DE LA NECESIDAD DE REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”.-
Art. 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno. -
Art. 3°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 9477-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
LUCERO CESAR RUBEN, D.N.I. N° 26.450.622
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9478-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
LOPEZ ALEJANDRO BENITO JAVIER, D.N.I. N° 30.157.146
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9479-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
LIESEGANG SONIA ALEJANDRA, D.N.I. N° 22.999.265
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9480-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
GUIÑAZU MARIA EUGENIA, D.N.I. N° 27.136.397
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9481-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
GIUNTA RIVERO DANIEL JOAQUIN, D.N.I. N° 27.220.236
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9482-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
GIMENES SUSANA DEOLINDA, D.N.I. N° 29.621.873
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9483-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
ELIZONDO VANESA JULIETA, D.N.I. N° 30.768.449
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9484-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
CABAÑEZ CECILIA NOEMI, D.N.I. N° 29.232.130
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9485-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
BENITEZ JOSE SIMEON, D.N.I. N° 22.094.886
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9486-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
BARROSO FERNANDEZ EDUARDO RAUL, D.N.I. N° 27.933.226
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9487-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
BARLOA MARIA BELEN, D.N.I. N° 24.299.434
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9488-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ARRIETA FERNANDO ANDRES, D.N.I. N° 30.754.930
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9489-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
AMIEVA LAURA GABRIELA JACQUELINE, D.N.I. N° 30.157.355
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9490-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
AGUILAR SERGIO DANIEL, D.N.I. N° 28.491.439
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9491-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ABALLAY OSCAR DARIO, D.N.I. N° 29.690.846
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9492-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ABALLAY FRANCO EDGARDO, D.N.I. N° 30.569.567
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9493-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
OCHOA HECTOR EUGENIO, D.N.I. N° 26.677.999
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9494-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
RINALDI SEBASTIAN ANTONIO, D.N.I. N° 28.705.687
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9495-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
UBIETA VICTOR ARIEL, D.N.I. N° 25.409.278
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9496-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ROJAS SEBASTIAN ANDRES, D.N.I. N° 27.932.595
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9497-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, la señora:
FRIAS TERESA ANALIA, D.N.I. N° 30.569.542
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9498-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, la señora:
CECCHELLI MIRTA LILIANA, D.N.I. N° 11.194.496
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9499-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8030927/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250051/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607295/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250052/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444632/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444634/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34198/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176242/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Subcomisario a Comisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
RAMIREZ GASTON ARIEL, D.N.I. N° 29.621.703
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9500-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
QUIROGA JAVIER ALEJANDRO, D.N.I. N° 33.412.113
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9501-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
YUBEL MARCELA ADRIANA, D.N.I. N° 28.763.201
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9502-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
VILLEGAS PONCE MARIA FERNANDA FATIMA, D.N.I. N° 30.244.179
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9503-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
VILLEGAS NELIDA SOLEDAD, D.N.I. N° 29.232.314
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9504-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
VIDELA JOFRE ANTONIO ALEJANDRO, D.N.I. N° 27.548.532
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9505-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
TERUEL FRANCISCO JESUS, D.N.I. N° 32.339.269
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9506-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
RANGOL ANGEL FEDERICO, D.N.I. N° 32.039.459
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9507-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
QUIROGA JOHANA CECILIA, D.N.I. N° 32.872.431
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9508-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
QUEVEDO SERGIO DANIEL, D.N.I. N° 32.038.692
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9509-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
POLLINI LUIS EMANUEL, D.N.I. N° 33.635.982
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9510-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
PEREZ DARIO FABIAN, D.N.I. N° 31.542.506
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9511-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
PAYERO GASTON MOISES, D.N.I. N° 32.894.105
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9512-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
PARDO DANIEL JESUS, D.N.I. N° 30.157.257
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9513-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
PAEZ RITA NOELIA, D.N.I. N° 27.932.564
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9514-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
OROZCO PAUL ALEXANDER, D.N.I. N° 33.560.881
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9515-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
OLGUIN YAMIR OMAR, D.N.I. N° 31.212.829
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9516-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
NAVARRO MARCELO ANTONIO, D.N.I. N° 32.039.084
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9517-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
NAVARRO CLAUDIA GABRIELA, D.N.I. N° 27.220.257
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9518-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MUÑOZ HUGO ORLANDO, D.N.I. N° 30.754.783
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9519-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MOYANO LEONARDO CRISTIAN, D.N.I. N° 30.345.720
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9520-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MORALES ROLANDO JAVIER, D.N.I. N° 29.108.903
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9521-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
LUCERO MARIO HECTOR, D.N.I. N° 27.376.114
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9522-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
HERRERA LUIS MATIAS ISMAEL, D.N.I. N° 33.757.205
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9523-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
GUTIERREZ SCHIRO MARIANA BELEN, D.N.I. N° 32.915.938
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9524-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
GOMEZ GALO MAURICIO, D.N.I. N° 33.133.365
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9525-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
GIL GASTON RAUL, D.N.I. N° 28.838.774
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9526-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
GARAY JOSE VICTOR, D.N.I. N° 29.727.794
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9527-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
FLORES VILLARREAL NICOLAS FRANCISCO, D.N.I. N° 30.550.111
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9528-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
FERNANDEZ JUAN GABRIEL, D.N.I. N° 29.426.296
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9529-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
CORREA HUGO ALBERTO, D.N.I. N° 28.841.771
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9530-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
CORREA DIEGO FEDERICO, D.N.I. N° 31.716.970
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9531-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
CERIZOLA GUILLERMO EDUARDO, D.N.I. N° 30.754.652
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9532-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
BRIANZO FACUNDO, D.N.I. N° 33.428.254
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9533-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ARIAS ARIEL SEBASTIAN, D.N.I. N° 29.426.436
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9534-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ANDRADA ADRIAN HUGO, D.N.I. N° 29.594.510
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9535-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ALCARAZ SERGIO DIEGO, D.N.I. N° 29.426.476
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9536-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
ALCARAZ SANDRA YAMILA, D.N.I. N° 29.500.224
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9537-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ALANIZ VICENTE ALCIDES, D.N.I. N° 31.510.484
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9538-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
AGUILERA LUCRECIA RUTH, D.N.I. N° 30.754.755
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9539-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
ACEVEDO SABRINA MARICEL, D.N.I. N° 32.851.467
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9540-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
PEREYRA LEANDRO SAUL, D.N.I. N° 30.770.975
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9541-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
SOLAR ALGARBE MARCELO ALEJANDRO, D.N.I. N° 30.244.163
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9542-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
ORELLANA MARIANA PATRICIA, D.N.I. N° 29.887.532
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9543-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
CRESPIN FRANCO EMMANUEL, D.N.I. N° 31.047.733
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9544-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
ALANIZ EMILIA VALERIA, D.N.I. N° 32.911.068
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9545-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
PERALTA ARTURO ORLANDO, D.N.I. N° 27.253.156
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9546-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031289/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250470/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607513/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250475/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444679/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444680/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1013029/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34201/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176256/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Principal a Subcomisario, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MORENO CESAR EMANUEL, D.N.I. N° 32.915.824
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9547-MS-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8031296/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1250170/26 (adjuntos) obra copia de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-2026, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en act. DOCEXT 1607441/26, obra Acta de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1250171/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444671/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444672/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1012888/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34199/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 176246/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Inspector a Oficial Principal, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
MAROTTE PAGANI LUISINA MARIA, D.N.I. N° 35.715.838
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 9745-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6101288/26, por el cual tramita la designación de la docente FERNANDA SOLEDAD HERITIER, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 183-ME-2025 y 2774-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente FERNANDA SOLEDAD HERITIER, D.N.I. Nº 27.167.737, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera, Ingles, en 2do. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3815819/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de mayo de 2026, a la docente FERNANDA SOLEDAD HERITIER, D.N.I. Nº 27.167.737, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera, Ingles, en 2do. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9746-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3051095/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente SILVIA BRANDANI, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3724161/26 y 3729655/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente SILVIA BRANDANI, D.N.I. Nº 23.495.865, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 1883-MHP-2018 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 437339/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 04 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 181151/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 04 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular SILVIA BRANDANI, D.N.I. Nº 23.495.865, en TRES (3) horas cátedra de Matemática, en 4to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 267 “Gobernador Eriberto Mendoza” de la localidad de Potrero de los Funes, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9747-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6240281/26, por el cual tramita la designación de la docente EVELIN MAILEN OCAMPO CATTAFI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo del traslado definitivo de la docente titular IVANA SOFIA ROJAS, D.N.I. N° 26.213.514, según Decreto N° 3694-ME-2026, se torna necesario designar, a la docente EVELIN MAILEN OCAMPO CATTAFI, D.N.I. Nº 38.759.602, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3825913/26 y Adjuntos, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 22 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 22 de junio de 2026, a la docente EVELIN MAILEN OCAMPO CATTAFI, D.N.I. Nº 38.759.602, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9748-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6191008/26, por el cual tramita la designación de la docente ANABEL GATICA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la localidad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular STELLA MARIS ALTAMIRANO, según Decreto N° 5325-MHIP-2026 y Decreto de titularización N° 2460-CyE-SEAGEyC-1992, se torna necesario designar con carácter interino a la docente ANABEL GATICA, D.N.I. N° 30.543.449, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3823018/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 12 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de junio de 2026, a la docente ANABEL GATICA, D.N.I. N° 30.543.449, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la localidad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9749-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5211132/26, por el cual tramita la designación de la docente SOFIA DEL CARMEN QUIROGA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones del docente titular MARIO ELIAS QUIROGA, según Decreto N° 1273-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente SOFIA DEL CARMEN QUIROGA, D.N.I. Nº 40.938.372, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3801418/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 4 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 4 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo del relevo de funciones del docente titular MARIO ELIAS QUIROGA, a la docente SOFIA DEL CARMEN QUIROGA, D.N.I. Nº 40.938.372, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9750-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5281250/26, por el cual tramita la designación del docente GUSTAVO FABIAN ANDINO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Jornada Completa N° 450 “Neuquén”, de la localidad de Anchorena, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino MATIAS EZEQUIEL GONZALEZ, según Decreto N° 17400-MHIP-2025 y cese por excepcionalidad según Decreto Nº 23300-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, al docente GUSTAVO FABIAN ANDINO, D.N.I. Nº 36.692.036, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3802749/26 y 1600413/26 (adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 26 de mayo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente GUSTAVO FABIAN ANDINO, D.N.I. Nº 36.692.036, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Jornada Completa N° 450 “Neuquén”, de la localidad de Anchorena, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9751-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6220011/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente EMILCE ANALÍA PÉREZ y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3823155/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente EMILCE ANALÍA PÉREZ, D.N.I. Nº 29.944.659, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 10364-ME-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1716897/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 20 de julio de 2026;
Que en act. INFSUM 181077/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 20 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular EMILCE ANALÍA PÉREZ, D.N.I. Nº 29.944.659, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación permanente de Jóvenes y Adultos de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortines”, de la ciudad de Justo Daract departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9752-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6220507/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente TOMAS YAIN ARANCIBIA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3823623/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente TOMAS YAIN ARANCIBIA, D.N.I. Nº 38.438.076, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 19807-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 442780/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 09 de junio de 2026;
Que en act. INFSUM 181071/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 09 de junio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente suplente TOMAS YAIN ARANCIBIA D.N.I. Nº 38.438.076, en DOS (2) horas catedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Psicología en 4to. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9753-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6120098/26, por el cual tramita la designación de la docente BARBARA NAIR LIFFOURRENA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 431 “Angela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina ROCIO MICAELA GARCIA GOGOL, según Decreto N° 8807-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente BARBARA NAIR LIFFOURRENA, D.N.I. Nº 39.991.926, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3817287/26, 3817472/26 (adjuntos) y 3818490/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito y Resolución Nº 68-JCD-2026, elaborados por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 10 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 10 de junio de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente BARBARA NAIR LIFFOURRENA, D.N.I. Nº 39.991.926, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 431 “Angela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9754-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5210571/26, por el cual tramita la designación de la docente IVANA ANALIA CABRERA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 312 “República de Chile”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por cambio de funciones de la docente titular MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ, según Resolución N° 399-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente IVANA ANALIA CABRERA, D.N.I. Nº 29.119.763, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Plástica, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3796371/26 y DOCEXT 3818872/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 12 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 12 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo del cambio de funciones de la docente titular MARIA DE LOS ANGELES HERNANDEZ, a la docente IVANA ANALIA CABRERA, D.N.I. Nº 29.119.763, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Plástica, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 312 “República de Chile”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9755-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5060725/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA SONIA BACCHETTA y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3780188/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA SONIA BACCHETTA, D.N.I. Nº 23.202.637, formulario de cese, copia de Decreto de reubicación Nº 17897-ME-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 440525/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 04 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180751/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 04 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina MARIA SONIA BACCHETTA, D.N.I. Nº 23.202.637, en SEIS (6) horas cátedra de Matemática, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9756-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6110384/26, por el cual tramita la designación de la docente MAYRA AGUSTINA MUÑOZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0003-DRRHH-2026, de la docente interina, EDISA ANTONELLA NIEVAS, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MAYRA AGUSTINA MUÑOZ, D.N.I. Nº 34.699.829, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Cultura Extranjera Inglés, en 1er. año 4ta. división de Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3816292/26, 3833777/26, y 1599819/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 27 de mayo de 2026 y hasta el 2 de octubre de 2026, a la docente MAYRA AGUSTINA MUÑOZ, D.N.I. Nº 34.699.829, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Cultura Extranjera Inglés, en 1er. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón. -
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9757-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6240428/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA GIULIANA AGUIAR, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 28 “Doctor René Favaloro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular PATRICIA SANCHEZ, D.N.I. N° 17.342.117, según Decreto N° 5715-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIA GIULIANA AGUIAR, D.N.I. Nº 38.750.584, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3826170/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 22 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 22 de junio de 2026, a la docente MARIA GIULIANA AGUIAR, D.N.I. Nº 38.750.584, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Especial, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 28 “Doctor René Favaloro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 9758-MHIP-2026.-
San Luis, 9 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6241139/26, por el cual tramita la designación de la docente ELENA MABEL FASCIO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 313 “Rosario Mercedes Simón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino ANDRES FERRANDO, D.N.I. N° 14.144.534, según Decreto N° 2867-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ELENA MABEL FASCIO, D.N.I. Nº 29.232.110, en CUATRO (4) hs. catedra de Redes, Perfil Informática, en 4to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3826783/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de mayo de 2026, a la docente ELENA MABEL FASCIO, D.N.I. Nº 29.232.110, en CUATRO (4) hs. catedra de Redes, Perfil Informática, en 4to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 313 “Rosario Mercedes Simón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 7368-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 6098-MHD-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Barrios Populares dependiente de la Dirección de Infraestructura Social y Barrios Populares del Ministerio de Desarrollo Humano, al señor PABLO GERARDO BERTOLINI D.N.I. Nº 30.358.180;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor PABLO GERARDO BERTOLINI D.N.I. Nº 30.358.180, en el cargo de Subdirector de Barrios Populares dependiente de la Dirección de Infraestructura Social y Barrios Populares del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7397-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 6098-MDH-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, al Dr. HÉCTOR FERNANDO MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 23.483.875;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Dr. HÉCTOR FERNANDO MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 23.483.875 en el cargo de Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO N° 9783-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6100125/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita tratamiento de estimulación visual a favor de la señora FERREYRA GISELA JANET, D.N.I. N° 35.768.214, en representación de su hija, la beneficiaria FUNES FERREYRA ZOE YAHICTZA, D.N.I. N° 54.159.075, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3814673/26 y DOCEXT 3820395/26, surge que la señora FERREYRA GISELA JANET, D.N.I. N° 35.768.214, en representación de su hija, la beneficiaria FUNES FERREYRA ZOE YAHICTZA, D.N.I. N° 54.159.075, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento de estimulación visual;
Que, en act. SOLSEC 11526404/26, obra solicitud de Gastos N° 5918/2026;
Que, en act. ACTPRO 11528546/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma VALERIA DEL CARMEN FERNANDEZ, C.U.I.T.: 27-27271406-7, en act. COTZAC 11534507/26;
Que, en act. INFSEC 11534510/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada de acuerdo al proceso de contratación Nº 5721/2026, obrante en act. PROSEC 11534506/26;
Que, en act. PRESEC 11537841/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma VALERIA DEL CARMEN FERNANDEZ, C.U.I.T.: 27-27271406-7, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($1.960.000,00);
Que, en acts. PREV 11525759/26 y PREV 11538009/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 957103/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1009698/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175787/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de tratamiento de estimulación visual solicitado en act. DOCEXT 3814673/26.-
Art. 3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma VALERIA DEL CARMEN FERNANDEZ, C.U.I.T.: 27-27271406-7, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($1.960.000,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrante en act. COTZAC 11534507/26 y PRESEC 11537841/26 del EXD-0000-6100125/26.-
Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora FERREYRA GISELA JANET, D.N.I. N° 35.768.214, en representación de su hija, la beneficiaria FUNES FERREYRA ZOE YAHICTZA, D.N.I. N° 54.159.075, la provisión de tratamiento de estimulación visual, detallado en act. PRESEC 11537841/26.-
Art. 5°.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 23 60 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.960.000,00
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante de la beneficiaria y a la firma.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9784-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6020995/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita la provisión de estudio especial a favor del beneficiario CALABRIN RUBEN ERNESTO, D.N.I. N° 25.008.930, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3806985/26, DOCEXT 3806988/26, DOCEXT 3806990/26, DOCEXT 3806991/26, DOCEXT 3806995/26, DOCEXT 3809129/26 y DOCEXT 3816065/26, surge que el beneficiario CALABRIN RUBEN ERNESTO, D.N.I. N° 25.008.930, ha cumplido con los requisitos exigidos para la provisión de estudio especial para tratamiento cardiológico;
Que, en act. DOCEXT 3843747/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3843751/26 y DOCEXT 3843752/26, obra razonabilidad de precio y justificación de presupuesto;
Que, en acts. DOCEXT 3843749/26 y DOCEXT 3843750/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1 y CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T: 30-69029824-0;
Que, en act. DOCEXT 3843754/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T: 30-69029824-0, por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.474.666,00);
Que, en acts. PREV 11480918/26 y PREV 11535854/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 956887/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1009454/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175759/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T: 30-69029824-0, por la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.474.666,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3843750/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3843754/26 del EXD-0000-6020995/26.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario CALABRIN RUBEN ERNESTO, D.N.I. N° 25.008.930, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3843754/26.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.474.666,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9785-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4101016/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria PALACIOS KAREN NAHIR, D.N.I. Nº 48.150.217, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3755396/26 y DOCEXT 3755408/26, surge que la beneficiaria PALACIOS KAREN NAHIR, D.N.I. Nº 48.150.217, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamentos para tratamiento neurológico;
Que, en act. SOLSEC 11395242/25, obra Solicitud de Gastos Nº 3488/2026;
Que, en act. ACTPRO 11510704/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11517771/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11517772/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11517773/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11517774/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9, en act. COTZAC 11517775/26, DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en act. COTZAC 11517776/26, POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, en act. COTZAC 11517778/26 y FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11517781/26;
Que, en act. INFSEC 11517782/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 5378/2026, obrante en act. PROSEC 11517769/26;
Que, en act. PRESEC 11523259/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 72/100 ($3.024.226,72);
Que, en acts. PREV 11376736/26 y PREV 11521497/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 957851/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1009999/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 175904/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos, solicitada en act. DOCEXT 3755396/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 72/100 ($3.024.226,72), de acuerdo a la oferta presentadas en act. COTZAC 11517781/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11523259/26 del EXD-0000-4101016/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria PALACIOS KAREN NAHIR, D.N.I. Nº 48.150.217, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11523259/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.024.226,72
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9787-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5220488/26, la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento especial a favor de la señora CEPEDA RIOS NADIA JOHANA, D.N.I.: N° 33.321.959 en representación de su hijo el beneficiario BORDENAVE THIAGO BENJAMÍN, D.N.I.: N° 50.917.844, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3797507/26 y DOCEXT 1576664/26, surge que la señora CEPEDA RIOS NADIA JOHANA, D.N.I.: N° 33.321.959 en representación de su hijo el beneficiario BORDENAVE THIAGO BENJAMÍN, D.N.I. N° 50.917.844, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento especial para tratamiento neumológico;
Que, en act. SOLSEC 11488076/26, obra solicitud de Gastos N° 5799/2026;
Que, en act. ACTPRO 11494421/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11495740/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11495741/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11495742/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11495749/26, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11495751/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, COTZAC 11495752/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, COTZAC 11495753/26 y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, COTZAC 11495754/26;
Que, en act. INFSEC 11495755/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 5133/2026, obrante en act. PROSEC 11495738/26;
Que, en act. PRESEC 11516238/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON 60/100 ($6.903.471,60);
Que, en acts. PREV 11484211/26 y PREV 11516667/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 954775/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;
Que, en act. NOTAMP 1006354/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175224/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamento especial solicitado en act. DOCEXT 3797507/26.-
Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma , COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO CON 60/100 ($6.903.471,60), de acuerdo al presupuesto obrante en act. COTZAC 11495742/26, e informe de preadjudicación en act. PRESEC 11516238/26 del EXD-0000-5220488/26.-
Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie la provisión de medicamento especial a favor de la señora CEPEDA RIOS NADIA JOHANA, D.N.I.: N° 33.321.959 en representación de su hijo el beneficiario BORDENAVE THIAGO BENJAMÍN, D.N.I.: N° 50.917.844, detallado en act. PRESEC 11516238/26.-
Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $6.903.471,60
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9788-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6100045/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario CARRIZO GONZALO GABRIEL, D.N.I. Nº 43.839.618, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3814531/26, DOCEXT 3814532/26, DOCEXT 3814533/26, DOCEXT 3814534/26, DOCEXT 3814536/26, DOCEXT 3819544/26, DOCEXT 1593460/26 y DOCEXT 3843452/26, surge que el beneficiario CARRIZO GONZALO GABRIEL, D.N.I. Nº 43.839.618, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11510196/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5994/2026;
Que, en act. ACTPRO 11515602/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11517801/26;
Que, en act. INFSEC 11517802/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 5424/2026, obrante en act. PROSEC 11517799/26;
Que, en act. PRESEC 11539916/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($8.900.000,00);
Que, en acts. PREV 11507579/26 y PREV 11541655/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 958256/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1010967/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 176045/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3819544/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($8.900.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11517801/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11539916/26, del EXD-0000-6100045/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario CARRIZO GONZALO GABRIEL, D.N.I. Nº 43.839.618, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11539916/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $8.900.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9789-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5210658/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora LUANA MILAGROS RODRIGUEZ, D.N.I. N° 44.075.836, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3818302/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. NIGRA TERESA LUCIA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora LUANA MILAGROS RODRIGUEZ, D.N.I. N° 44.075.836, por la otra, quien brinda servicios profesionales de enfermería en el CAPS de Navia, Zona Sanitaria VII, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, a partir del 01 de mayo de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses hasta que podrá prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11447714/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 945966/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. DICLEG 946393/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 994914/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 173227/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. NIGRA TERESA LUCIA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora LUANA MILAGROS RODRIGUEZ, D.N.I. N° 44.075.836, quien brinda servicios profesionales de enfermería en el CAPS de Navia, Zona Sanitaria VII, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, obrante en act. DOCEXT 3818302/26 del EXD-0000-5210658/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 27 43 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $4.620.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Zonas Sanitarias, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia y la señora LUANA MILAGROS RODRIGUEZ, D.N.I. N° 44.075.836.-
Art. 8º.- El presente, Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9790-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080180/26, por el cual la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la Licitación Pública N° 29-MHeIP-DCyC-2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 4038-MdeS-2026, obrante en act. DEC 4038/26, para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL DE LABORATORIO perteneciente al MINISTERIO DE SALUD, con destino a la RED DE LABORATORIOS PROVINCIALES, incluyendo la PROVISIÓN DE REPUESTOS, PARTES Y EQUIPOS DE BACK-UP, por el término de DOCE (12) MESES, solicitado por la SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS TERCERIZADOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CON 00/100 ($252.000.000,00);
Que, en acts. DOCEXT 1566915/26 y DOCEXT 1566917/26, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras y por medio de sobre cerrado las empresas: BIO FAB S.R.L. C.U.I.T.: 30-71172660-4, en acts. COTZAC 11448707/26, COTZAC 11448757/26 y DOCEXT 1564573/26, DAP SERVICE S.R.L. C.U.I.T.: 30-71014338-9, en acts. COTZAC 11448747/26, COTZAC 11448752/26 y DOCEXT 1564577/26;
Que, en act. DOCEXT 1564567/26, obra Acta Nº 236, con fecha 22 de mayo de 2026, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública N° 29-MHeIP-DCyC-2026, de donde surge lo siguiente: PRIMERA PROPUESTA: BIO FAB S.R.L. COTIZA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($226.800.000,00) por los ítems que cotiza. En este acto la autoridad de aplicación informa que por el Sistema Electrónico de Compras se observan OFERTA 1 y OFERTA 2 ambas por un total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($226.800.000,00). SEGUNDA PROPUESTA: DAP SERVICE S.R.L. COTIZA, OFERTA UNO por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($441.384.000,00), OFERTA DOS por la suma total de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($379.200.000,00) por los ítems que cotiza;
Que, en act. INFSEC 11448758/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 2410/2026, obrante en act. PROSEC 11448687/26;
Que en act. DOCEXT 1568994/26, la firma DAP SERVICE S.R.L. C.U.I.T.: 30-71014338-9, impugnó la oferta presentada por la firma BIO FAB S.R.L. C.U.I.T.: 30-71172660-4, en el marco de la Licitación Pública N° 29-MHeIP-DCyC-2026, que, por su parte, la firma afectada presentó su correspondiente descargo, el cual fue incorporado en act. DOCEXT Nº 1572763/26;
Que, en act. ACTPAS 1716412/26, la Dirección de Compras y Contrataciones, tomó conocimiento de la impugnación presentada por la firma DAP SERVICE S.R.L. Que, asimismo, se ha considerado lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, en act. ACTPAS 1715412/26, en virtud de dicho dictamen, la citada Dirección indica que corresponde continuar con el trámite del procedimiento de contratación oportunamente iniciado;
Que, en act. DOCEXT 1573642/26, obra Resolución N° 1041-DCyC-2026, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública N° 29-MHeIP-DCyC-2026, quien se expide en act. INFORM 441956/26, el resultado de la evaluación de la oferta presentada, del cual surge que se aconseja preadjudicar a la firma BIO FAB S.R.L. C.U.I.T.: 30-71172660-4, los ítems 1 y 2, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($226.800.000,00);
Que, en act. PRESEC 11526463/26, se preadjudica a la firma oferente de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;
Que, en acts. PREV 11284085/26, PREV 11527988/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo y PREVFT 11284086/26, PREVFT 11527997/26, imputación ejercicio futuro, con sus ajustes correspondientes;
Que, en act. NOTAMP 1007172/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007635/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la contratación con la firma pre adjudicada;
Que, en act. DICFIS 175431/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Art. 24 inc. g) y Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública N° 29-MHeIP-DCyC-2026, para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL DE LABORATORIO perteneciente al MINISTERIO DE SALUD, con destino a la RED DE LABORATORIOS PROVINCIALES, incluyendo la PROVISIÓN DE REPUESTOS, PARTES Y EQUIPOS DE BACK-UP, por el término de DOCE (12) MESES, solicitado por la SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS TERCERIZADOS.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública N° 29-MHeIP-DCyC-2026, a que se hace referencia en el Art. 2° del presente Decreto, conforme al siguiente detalle: BIO FAB S.R.L. C.U.I.T.: 30-71172660-4, los ítems 1 y 2, por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($226.800.000,00) según propuesta obrante en act. COTZAC 11448707/26 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1564573/26, informe de la Comisión Evaluadora en act. INFORM 441956/26 y pre adjudicación en act. PRESEC 11526463/26 del EXD-0000-1080180/26.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 15 28 03 00 00 1 01 00 3 3 3 000 $94.500.000,00
Art. 5º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($132.300.000,00).-
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Servicios Tercerizados, a sus efectos.-
Art. 8º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Administrativa y Financiera, Dirección de Infraestructura y Tecnología Sanitaria, Subdirección Equipamiento y Bioingeniería.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9791-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080424/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria PERALTA SANDRA ESTHER, D.N.I. Nº 40.484.518, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3812373/26, DOCEXT 3818746/26 y DOCEXT 1589199/26, surge que la beneficiaria PERALTA SANDRA ESTHER, D.N.I. Nº 40.484.518, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento de diabetes;
Que, en act. SOLSEC 11517388/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6134/2026;
Que, en act. ACTPRO 11520779/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11521011/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11521012/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11521013/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11521014/26 y DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11521015/26;
Que, en act. INFSEC 11521016/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 5553/2026, obrante en act. PROSEC 11521010/26;
Que, en act. PRESEC 11529254/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 24/100 ($1.443.882,24);
Que, en acts. PREV 11517163/26 y PREV 11531284/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 956571/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1009070/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175682/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3818746/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 24/100 ($1.443.882,24), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11521014/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11529254/26, del EXD-0000-6080424/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria PERALTA SANDRA ESTHER, D.N.I. Nº 40.484.518, el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11529254/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.443.882,24
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9792-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5131271/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elemento tecnológico biomédica a favor la beneficiaria ALVAREZ ANA YAMILEM, D.N.I. Nº 39.992.356, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3788334/26, DOCEXT 3788335/26, DOCEXT 3788336/26 DOCEXT 3788337/26, DOCEXT 3788338/26, DOCEXT 1586524/26 y DOCEXT 3830757/26, surge que la beneficiaria ALVAREZ ANA YAMILEM, D.N.I. Nº 39.992.356 ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elemento de tecnología biomédica para tratamiento de traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11494783/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5878/2026;
Que, act. ACTPRO 11499220/26, obra las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9 en act. COTZAC 11505001/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8 en act. COTZAC 11505002/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11505003/26;
Que, en act. INFSEC 11505004/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 5257/2026, obrante en act. PROSEC 11505000/26;
Que, en act. PRESEC 11518056/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($1.350.400,00);
Que, en acts. PREV 11494122/26 y PREV 11520397/26, obra imputación preventiva del gasto, con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955476/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007222/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175646/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art.3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3788335/26.-
Art. 3º Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($1.350.400,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11505003/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11518056/26 del EXD-0000-5141271/26.-
Art. 4º. Otorgar con carácter de subsidio en especie la beneficiaria ALVAREZ ANA YAMILEM, D.N.I. Nº 39.992.356, los elementos tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11518056/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.350.400,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9793-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5280256/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria ISAGUIRRE SONIA GABRIELA, D.N.I. Nº 21.910.328, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3801626/26, DOCEXT 3801629/26, DOCEXT 3801631/26, DOCEXT 3801633/26, DOCEXT 3801634/26, DOCEXT 3808254/26, DOCEXT 3828924/26 y DOCEXT 1586266/26, surge que la beneficiaria ISAGUIRRE SONIA GABRIELA, D.N.I. Nº 21.910.328, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11480974/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5639/2026;
Que, en act. ACTPRO 11485772/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11489437/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11489438/26, MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11489440/26 y BIO-NEK LINEA MEDICA S.A.S., C.U.I.T.: 30-71727824-7, en act. COTZAC 11489441/26;
Que, en act. INFSEC 11489447/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 4933/2026, obrante en act. PROSEC 11489436/26;
Que, en act. PRESEC 11517943/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($3.130.700,00);
Que, en acts. PREV 11480139/26 y PREV 11521352/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955824/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007607/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175688/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3808254/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO TREINTA MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($3.130.700,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11489440/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11517943/26, del EXD-0000-5280256/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria ISAGUIRRE SONIA GABRIELA, D.N.I. Nº 21.910.328, los elementos de tecnología biomédica, que se detallan en act. PRESEC 11517943/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.130.700,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9794-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4240051/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de prótesis a favor del beneficiario DOMINGUEZ BRAYAN EMANUEL, D.N.I. Nº 41.504.459, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3769457/26, DOCEXT 3769458/26, DOCEXT 3769459/26, DOCEXT 3769463/26, DOCEXT 3769464/26, DOCEXT 3795293/26 y DOCEXT 1561779/26, surge que el beneficiario DOMINGUEZ BRAYAN EMANUEL, D.N.I. Nº 41.504.459, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de prótesis para tratamiento oncológico;
Que, en act. SOLSEC 11423181/26, obra Solicitud de Gastos Nº 4320/2026;
Que, en act. ACTPRO 11428241/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11432095/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11432096/26;
Que, en act. INFSEC 11432097/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 3859/2026, obrante en act. PROSEC 11432094/26;
Que, en act. PRESEC 11447040/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($6.315.150,00);
Que, en act. PREV 11419882/26 y PREV 11447408/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 946055/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 993332/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 172939/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de prótesis de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3769459/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS QUINCE MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($6.315.150,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11432096/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11447040/26, del EXD-0000-4240051/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario, DOMINGUEZ BRAYAN EMANUEL, D.N.I. Nº 41.504.459, la prótesis que se detalla en act. PRESEC 11447040/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $6.315.150,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9795-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6121193/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario AMAYA EZEQUIEL MARCOS, D.N.I. Nº 37.192.422, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3818305/26, DOCEXT 3818306/26, DOCEXT 3818307/26, DOCEXT 3818308/26, DOCEXT 3818310/26, DOCEXT 3843280/26 y DOCEXT 1595907/26, surge que el beneficiario AMAYA EZEQUIEL MARCOS, D.N.I. Nº 37.192.422, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11505511/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5963/2026;
Que, en act. ACTPRO 11515626/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11517827/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11517828/26;
Que, en act. INFSEC 11517830/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 5421/2026, obrante en act. PROSEC 11517826/26;
Que, en act. PRESEC 11539909/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($10.321.300,00);
Que, en acts. PREV 11496443/26 y PREV 11541646/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 958110/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1010482/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 176039/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3818306/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES TRESCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($10.321.300,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11517828/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11539909/26, del EXD-0000-6121193/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario AMAYA EZEQUIEL MARCOS, D.N.I. Nº 37.192.422, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11539909/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $10.321.300,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9796-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301157/26, por el cual el Hospital Pediátrico tramita el Contrato de Servicios del señor BORGONOVO LUCAS, D.N.I. N° 25.457.197, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1604670/26, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor BORGONOVO LUCAS, D.N.I. N° 25.457.197, por la otra, quien cumple funciones como médico en el Servicio de Gastroenterología del Hospital Pediátrico, a partir del 01 de julio de 2026 y por el termino de TRES (3) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11521353/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. ENCAPS 954827/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 955456/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1010356/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 175919/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor BORGONOVO LUCAS, D.N.I. N° 25.457.197, por la otra, quien cumple funciones como médico en el Servicio de Gastroenterología del Hospital Pediátrico, obrante en act. DOCEXT 1604670/26 del EXD-0000-6301157/26.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins. Jur. J.Aux U.E Prog Ub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $7.501.500,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico, a sus efectos. -
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al señor BORGONOVO LUCAS, D.N.I. N° 25.457.197. -
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9797-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5070470/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de lentes de contacto a favor del beneficiario QUIROGA ALEX JOSE, D.N.I. Nº 44.846.000, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. NOTSAL 941795/26 y DOCEXT 3789401/26, surge que el beneficiario QUIROGA ALEX JOSE, D.N.I. Nº 44.846.000, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de lentes de contacto para tratamiento oftalmológico;
Que, en act. SOLSEC 11470730/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5333/2026;
Que, en act. ACTPRO 11481054/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma: VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-70939478-5, en act. COTZAC 11487090/26;
Que, en act. INFSEC 11487091/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 4845/2026, obrante en act. PROSEC 11487089/26;
Que, en act. PRESEC 11507972/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-70939478-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.200.000,00);
Que, en acts. PREV 11470546/26, PREV 11488343/26 y PREV 11488349/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 954852/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1006298/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175362/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de lentes de contacto solicitados en act. NOTSAL 941795/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-70939478-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.200.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11487090/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11507972/26, del EXD-0000-5070470/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario QUIROGA ALEX JOSE, D.N.I. Nº 44.846.000, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11507972/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.200.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9798-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210520/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita la provisión de lentes, a favor de la beneficiaria CHAVERO SANDRA MARCELA, D.N.I. N° 27.394.436, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3765796/26 y DOCEXT 3765806/26, surge que la beneficiaria, CHAVERO SANDRA MARCELA, D.N.I. N° 27.394.436, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de lentes para tratamiento oftalmológico;
Que, en act. SOLSEC 11395978/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3909/2026;
Que, en act. ACTPRO 11481051/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma ABALLAY MARCELO ADRIAN, C.U.I.T.: 20-26915030-1, en act. COTZAC 11487070/26;
Que, en act. INFSEC 11487071/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 4846/2026, obrante en act. PROSEC 11487069/26;
Que, en act. PRESEC 11504407/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: ABALLAY MARCELO, C.U.I.T: 20-26915030-1, el ítem 1, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($996.000,00);
Que, en acts. PREV 11393876/26 y PREV 11519438/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955912/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007531/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175553/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de lentes solicitados en act. DOCEXT 3765796/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma ABALLAY MARCELO, C.U.I.T: 20-26915030-1, el ítem 1, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($996.000,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrante en act. COTZAC 11487070/26 y PRESEC 11504407/26 del EXD-0000-4210520/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria, CHAVERO SANDRA MARCELA, D.N.I. N° 27.394.436 la provisión de lentes detallados en act. PRESEC 11504407/26:
Art. 5º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $996.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO N° 9799-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5280872/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elemento tecnológico biomédica a favor del beneficiario GONZALEZ YAEL MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 42.486.766, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1566731/26, DOCEXT 1573658/26, DOCEXT 3829076/26 y DOCEXT 1586362/26, surge que el beneficiario GONZALEZ YAEL MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 42.486.766 ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elemento de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11487742/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5806/2026;
Que, act. ACTPRO 11494059/26, obra las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8 en act. COTZAC 11498265/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11498267/26 y;
Que, en act. INFSEC 11498269/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 5123/2026, obrante en act. PROSEC 11498264/26;
Que, en act. PRESEC 11517959/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL CIEN CON 00/100 ($4.830.100,00);
Que, en acts. PREV 11481407/26 y PREV 11520381/26, obra imputación preventiva del gasto, con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 956007/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007687/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175662/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art.3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 1566731/26.-
Art. 3º Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL CIEN CON 00/100 ($4.830.100,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11498267/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11517959/26 del EXD-0000-5280872/26.-
Art. 4º. Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario GONZALEZ YAEL MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 42.486.766, los elementos tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11517956/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.830.100,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 10698-MDPS-2026.-
San Luis, 20 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto N° 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Fiscalización Industrial y Comercial, de la Subdirección de Control Sanitario Fiscal – CO.SA.FI., dependiente de la Dirección de Fiscalización y Control, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable al señor HECTOR FERNANDO GODOY, D.N.I. N° 24.681.542;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor HECTOR FERNANDO GODOY, D.N.I. N° 24.681.542, en el cargo de Jefe de Área Fiscalización Industrial y Comercial, de la Subdirección de Control Sanitario Fiscal – CO.SA.FI., dependiente de la Dirección de Fiscalización y Control, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Retener la categoría D, planta permanente del Escalafón General, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable del señor HECTOR FERNANDO GODOY, D.N.I. N° 24.681.542, inter duren las funciones asignadas en el artículo precedente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10902-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto Nº 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, dependiente de la Dirección General de Ambiente, al señor ANIBAL VALENTIN CATTANEO, D.N.I. N° 14.467.081;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor ANIBAL VALENTIN CATTANEO, D.N.I. N° 14.467.081, en el cargo de Director de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos dependiente de la Dirección General de Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10903-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto Nº 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Mosca de los Frutos dependiente de la Subdirección de Control Sanitario Fiscal – CO.SA.FI, de la Dirección de Fiscalización y Control, al Ingeniero Agrónomo HECTOR ANTONIO BARRIENTO, D.N.I. N° 23.333.362;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Ingeniero Agrónomo HECTOR ANTONIO BARRIENTO, D.N.I. N° 23.333.362, en el cargo de Jefe de Área Mosca de los Frutos dependiente de la Subdirección de Control Sanitario Fiscal – CO.SA.FI, de la Dirección de Fiscalización y Control dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10904-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto Nº 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Inicio al Desarrollo Económico Adolescente – I.D.E.A. dependiente de la Dirección Desarrollo Productivo Sustentable y Escuela, al señor PABLO ALBERTO FEDERICO CALDERON, D.N.I. N° 25.294.516;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor PABLO ALBERTO FEDERICO CALDERON, D.N.I. N° 25.294.516 en el cargo de Jefe de Área Inicio al Desarrollo Económico Adolescente – I.D.E.A. dependiente de la Dirección Desarrollo Productivo Sustentable y Escuela, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Retener la categoría D, planta permanente del Escalafón General del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, del señor PABLO ALBERTO FEDERICO CALDERON, D.N.I. N° 25.294.516, inter duren las funciones asignadas en el artículo precedente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10905-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto Nº 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Créditos Mi Próximo Paso, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora, al señor GUSTAVO MARCELO LUJAN, D.N.I. N° 23.707.661;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor GUSTAVO MARCELO LUJAN, D.N.I. N° 23.707.661, en el cargo de Subdirector Créditos Mi Próximo Paso, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable. -
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10906-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto N° 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Huertas Escolares Demostrativas, dependiente de la Dirección Desarrollo Productivo Sustentable y Escuela, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable al señor ALCIDES RUBEN TOLEDO, D.N.I. N° 16.334.456;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor ALCIDES RUBEN TOLEDO, D.N.I. N° 16.334.456, en el cargo de Jefe de Área Huertas Escolares Demostrativas, dependiente de la Dirección Desarrollo Productivo Sustentable y Escuela, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10907-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto N° 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Operaciones ZAL, dependiente de la Dirección Zona de Actividades Logísticas – ZAL, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable a la señora CLAUDIA BETINA MIRANDA, D.N.I. N° 21.362.773;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora CLAUDIA BETINA MIRANDA, D.N.I. N° 21.362.773 en el cargo de Subdirectora de Operaciones ZAL, dependiente de la Dirección Zona de Actividades Logísticas – ZAL, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10908-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto Nº 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Plantas de Reciclado, dependiente de la Dirección de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, al Contador Público ARTURO DANIEL NEGRI, D.N.I. N° 16.839.731;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Contador Público ARTURO DANIEL NEGRI, D.N.I. N° 16.839.731, en el cargo de Subdirector de Plantas de Reciclado, dependiente de la Dirección de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10909-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto Nº 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Vinculación Municipal y Economía Circular, dependiente de la Dirección de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, al señor RAMON HECTOR DIAZ, D.N.I. N° 13.508.142;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor RAMON HECTOR DIAZ, D.N.I. N° 13.508.142, en el cargo de Subdirector de Vinculación Municipal y Economía Circular, dependiente de la Dirección de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable. -
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 10910-MDPS-2026.-
San Luis, 23 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7230637/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, modificada por Decreto N° 9197-MDPS-2026;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa de Área Ordenamiento Territorial de la Subdirección de Evaluación Ambiental y Ordenamiento Territorial, de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, dependiente de la Dirección General de Ambiente del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, a la señora MAGALI BARZOLA, D.N.I. N° 35.925.955;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MAGALI BARZOLA, D.N.I. N° 35.925.955 en el cargo de Jefa de Área Ordenamiento Territorial de la Subdirección de Evaluación Ambiental y Ordenamiento Territorial, de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, dependiente de la Dirección General de Ambiente del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable .-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Antonio Rios
María Eugenia Sosa Herrera
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 508-DPJ-2026.-
San Luis, 07 de septiembre de 2026
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº 123/44, perteneciente a la entidad “CENTRO RECREATIVO INDEPENDIENTE”, con domicilio en la Localidad de Justo Daract, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Decreto N° 536/03/1926, de fecha 30 de marzo de 1926,
CONSIDERANDO:
Que, conforme surge de la Resolución N.º 458-DPJ-2026, a fs. 1402 y siguientes se presentó una petición suscripta por asociados, colaboradores y vecinos del “Centro Recreativo Independiente Justo Daract” mediante la cual se solicitó la normalización de la entidad, denunciándose diversas irregularidades institucionales, estatutarias y operativas.
Que, entre los hechos denunciados, se señaló la presunta restricción al ingreso de nuevos asociados, el cese de actividades propias de la institución, la clausura municipal de la sede social, el abandono y deterioro del predio deportivo y una situación de paralización institucional que afectaría el normal funcionamiento de los órganos sociales.
Que, analizada la presentación, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas concluyó que el accionar de la Comisión Directiva se encontraba encuadrado, en lo sustancial, en las disposiciones normativas y estatutarias aplicables, motivo por el cual se rechazó el pedido de normalización.
En virtud de ello, la autoridad administrativa intimó a la Comisión Directiva a convocar a Asamblea General Extraordinaria de Asociados dentro del plazo de treinta (30) días hábiles de notificada la resolución.
Por todo lo expuesto se llevará a la cabo la realización de una inspección en la entidad “CENTRO RECREATIVO INDEPENDIENTE, en legajo archivo Nº 123/44 con domicilio en la Localidad de Justo Daract, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís. Encomendándose a tal efecto dicha diligencia a los agentes de esta Repartición que se designan a continuación: MARISA, LUNA; D.N.I 22.786.708 Y ALEJANDRA DEL CARMEN ZANON; D.N.I 23.390.638.
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO. -
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º Disponer la realización de una inspección en la entidad “CENTRO RECREATIVO INDEPENDIENTE, en legajo archivo Nº 123/44 con domicilio en la Localidad de Justo Daract, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís. Encomendándose a tal efecto dicha diligencia a los agentes de esta Repartición que se designan a continuación: MARISA, LUNA; D.N.I 22.786.708 y ALEJANDRA DEL CARMEN ZANON; D.N.I 23.390.638.
Art. 2º Requerir el auxilio de la Fuerza Pública a los efectos de hacer efectivo el cumplimiento de la presente Resolución.
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE. -
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 09 Sep.
COMISIÓN REGULADORA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA SAN LUIS
RESOLUCION Nº 295-CRPEE-2026.-
San Luis, 13 de Agosto de 2026
VISTO:
EXD-0000-1270459/26.- “CRPEE REGULACION DE PASE DE CONTRATOS”, Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución de la Secretaría de Energía N° 400/25 ha iniciado un período transicional en las normas de explicitación de precios en el Mercado Eléctrico Mayorista – MEM, que, hacia la demanda segmenta la misma entre “estacionalizada” y “no estacionalizada”;
Que, en el primer segmento se encuentran todos los usuarios de la Distribuidora no GUDIs, es decir aquellos con potencias menores a 300 kW – contratadas y adquiridas-, mientras que en el segundo se encuentran los GUDIs, a los que se le aplica, además del Precio Estacional sancionado periódicamente conforme Los Procedimientos- Resolución de la Secretaria de Energía N° 62-1992 y modificatorias, el diferencial de precio entre éste y el resultante monómico mensual impuesto por la Resolución de la Secretaria de Energía N° 976-2023;
Que, con ello se expone a los GUDIs a la volatilidad del MEM, que, sumado a los incentivos regulatorios, MATER y salir de Compras Conjuntas, establecidas en la resolución MINEM N° 281- 2017 son un claro incentivo a la migración de éstos al MEM;
Que, en relación a la demanda estacionalizada, que se subdivide en Residencial y No residencial menores de 300 kW, y a fin de evitar alta volatilidad de precios y un sendero entre el esquema de precios administrado y el spot, la secretaria de energía ha dispuesto que esta demanda sea cubierta por las unidades de generación de titularidad del estado nacional y con la generación contratada en virtud de las políticas públicas desarrollada por el Estado, entre ellas Renovar, RENMDI, Res. MINEM 21-2016 y 287 2017;
Que, de ello surge que el conjunto de generación bajo contrato – a precio pactado o de generación del estado cubre parcialmente la demanda estacionalizada y el resto- según las demandas mensuales- es cubierta por las unidades que operan en el mercado spot;
Que, tanto oferta como demanda están sujetas a un factor de adaptación a fin de hacer converger precios para la formación de un único mercado;
Que, hay que tener presente, que la Provincia no ha adherido a las modificaciones de la norma nacional (DNU 450/25), y mantiene la Jurisdicción en los términos establecidos en el Pacto Federal Eléctrico de 1989 y la Ley VIII-0276-2004;
Que, el sector se encuentra inmerso en un contexto donde se están integrando verticalmente el sector gasífero con el eléctrico, y existan restricciones en la provisión de gas natural para usina, debiéndose recurrir para el abastecimiento de las demandas MEM a GNL, gas importado y líquidos en varias semanas del año;
Que, a su vez la holgura de generación es escasa, entendida esta como oferta disponible efectivamente y demanda requerida con más las pérdidas y los márgenes de seguridad, que, sumada a las restricciones de transporte eléctrico, propician volatilidad de precios; sin que se haya re-diseñado esquema de precios locales como preveía la regulación o sin señales regulatorias de ubicación, hacen a la incertidumbre en latería de precios a toda la demanda de la Distribuidora;
Que, por otro lado, los contratos de abastecimiento pueden ser de potencia, energía o ambos productos;
Que, los contratos debieren tener garantía de abastecimiento en el nodo de contratación, es decir nodo ET Luján, por ejemplo, de modo tal que la cadena de responsabilidad sea clara y que la distribuidora tenga los incentivos para contratar;
Que, en materia de contratación de potencia, la propia resolución N° 400/2025 establece un diferencial de precio entre la Potencia Puesta a Disposición -PPAD- que paga la oferta y la demanda;
Que, de lo expuesto resulta conveniente establecer las reglas necesarias para los contratos de abastecimiento y que sean trasladables a los usuarios de la distribuidora, cautivos o no, aun cuando exista un riesgo para la Distribuidora dado que los Usuarios GUDIs, pueden migrar al MEM por lo que la Distribuidora quedaría con energía contratada en exceso y con altos costos;
Que, a fin de proteger y beneficiar a los usuarios provinciales son deseables establecer condiciones que debe cumplir los procesos y contratos de abastecimiento;
Que, entre ellos destaca la transparencia de los procesos de contratación de abastecimiento, mediante mecanismo licitatorios transparentes, esto alineado con la reciente Resolución del Ente nacional -ENREGE- N° 199-2026, que obliga a los agentes a mantener normas de compliance;
Que, de ello se desprende que uno de los requisitos es la debida publicidad del proceso, que bien puede hacerse por los medios tradicionales o usando las plataformas sectoriales de transacciones, de modo tal de garantizar la participación de varios generadores en el proceso;
Que, por otro lado, una de las condiciones es que se mantenga la responsabilidad de entrega en nodo de demanda, ya que la cadena de responsabilidad por el abastecimiento en firme es una de las razones por la que una Distribuidora se contrata y asume riesgo precio y, para el caso que no haya ofertas en nodo demanda, el precio del transporte será el correspondiente al precio estacional;
Que, en el caso de la potencia el tope será para cada estación lo dispuesto en la Resolución de la secretaria de energía N° 22-2026, menos el porcentual de potencia requerida por los GUDIs, ya que estos pueden migrar al MEM y la Distribuidora quedaría sobrecontratada, a excepción que aporte contratos GUDIs;
Que, en el caso de la energía el tope máximo 20% de la demanda asignada y con topes de precio basados en el Precio Estacional (PEST) para la demanda estacionalizada;
Que, en ningún caso el contrato podrá exceder el PEE y POTREF establecidos en los Precios estacionales, resultando estos el tope de aplicación, de modo tal de que la demanda local vea una mejora evidente respecto de los precios de aplicación y, a su vez, exista un incentivo para la Distribuidora a asumir el riesgo precio, y este riesgo no afecta ni a la comunidad de usuarios, sino que los beneficie, tanto económica como técnicamente;
Que, por otro lado, es importante que las eventuales garantías de cumplimiento por parte de la demanda, deberán ser sometidas a la aprobación de la CRPEE, toda vez que no pueden comprometer el normal desempeño en la prestación del servicio de la Distribuidora;
Que, por último, y adjudicado el contrato, este deberá ser sometido a la autorización de la CRPEE previo pase a tarifa;
Que, los plazos de contratación no pueden ser menores a un mes, ya que carecería de sentido dado que los precios del MEM están mensualizados y sin banda horaria significativa; Que, es prudente y oportuno establecer las pautas que servirían como base técnica que deberán cumplir las contrataciones y ser sometidas a la aprobación de la CRPEE, de modo de garantizar, en cada caso el beneficio a la comunidad de usuarios;
Que, tomó intervención la Oficina Legal;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
LA COMISION REGULADORA PROVINCIAL DE LA ENERGIA ELECTRICA
RESUELVE:
Art.1º.-Aprobar las pautas que debe cumplir la Distribuidora en el proceso de contratación de potencia y/o energía para poder trasladar a tarifa los contratos de abastecimiento MEM, que se listan en el Anexo I e integra el presente.
ANEXO I
Pautas para la contratación de potencia y/o energía al MEM:
1.- La Distribuidora deberá propiciar un esquema de transparencia para la contratación, sea haciéndolo por medios de información convencionales o plataformas de comercialización, debiendo mantener la publicación del llamado a ofertar por, al menos 72 horas. - Desde el último llamado se requieren otras 48 horas – dos días hábiles- para recibir las ofertas.
2.- el pedido de cotización debe contener, como mínimo: a) Cantidades tope demandadas. b) Punto de entrega. c) Plazo de liquidación y pago del contrato. d) Si el precio incluye o no garantía. En caso que el oferente exija garantía deberá establecer el costo implícito en el precio de la misma. e) Plazo del contrato. f) Qué parte asume los costos administrativos del contrato. g) Otras condiciones.
3.- El pedido podrá tener precio de referencia, aunque no es obligatorio.
4.- Cerrado el proceso, la Distribuidora deberá informar el resultado y la oferta a la CRPEE quien autorizará o efectuará observaciones, debiendo respetar los topes de precio, cantidades establecidas en los considerandos de la presente. La aprobación por la CRPEE es obligatoria y previa al registro del contrato en CAMMESA.
5.- Mensualmente, la Distribuidora deberá enviar a la CRPEE el resumen de la liquidación contractual a los efectos tarifarios. Serán de aplicación las normas, plazos y procedimientos establecidos en el Contrato de Concesión en la relación entre la Distribuidora y la CRPEE.
La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en sistema de gestión tramix. -no siendo necesaria la firma ológrafa. –
AUGUSTO FA LUCHINI
Presidente C.R.P.E.E.
Roberto Rosso
Vocal C.R.P.E.E.
SPP e. y v: 09 Sep.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 509-DPJ-2026.-
San Luis, 8 de septiembre de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo Nº 263/2001 correspondientes a la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA Nº 259”; y
CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora Escolar de referencia se encuentra en estado de irregularidad institucional ante esta Dirección de Personas Jurídicas, registrando vencimiento de mandato de sus autoridades y/o incumplimientos documentales que impiden su normal funcionamiento.
Que las cooperadoras escolares cumplen un rol fundamental en la construcción de la comunidad educativa, promoviendo la participación activa de madres, padres, abuelos y graduados, colaborando en la mejora de las condiciones materiales, organizativas y comunitarias de los establecimientos educativos.
Que mediante Decreto N° 3723-MG-2026 se creó el Programa “Cooperadora Activa”, destinado al fortalecimiento integral de las Cooperadoras Escolares con personería jurídica vigente en la Provincia de San Luis.
Que el citado Programa tiene por finalidad promover el desarrollo institucional de las cooperadoras escolares a través de acciones de sensibilización comunitaria, regularización jurídica, capacitación dirigencial y acceso a financiamiento público para la ejecución de proyectos sociales.
Que el Artículo 5° del Decreto N° 3723-MG-2026 establece como líneas de acción del Programa el reempadronamiento y regularización institucional, la capacitación y formación dirigencial y el acceso al financiamiento público.
Que asimismo el Artículo 7° del referido Decreto establece como requisito para acceder al financiamiento encontrarse en estado regular ante la Dirección de Personas Jurídicas.
Que en consecuencia resulta necesario adoptar las medidas tendientes a restablecer el normal funcionamiento institucional de la entidad, posibilitando la conformación de autoridades legítimamente electas y la regularización de su situación registral.
Que la permanencia de la entidad en estado de irregularidad no sólo afecta su normal desenvolvimiento institucional sino que además impide su incorporación plena a las herramientas de fortalecimiento, capacitación y financiamiento previstas por el Programa Cooperadora Activa.
Que la convocatoria de oficio constituye una herramienta excepcional destinada a garantizar la continuidad institucional de las personas jurídicas cuando circunstancias de interés público así lo aconsejan.
Que la regularización de las Cooperadoras Escolares reviste un especial interés público atento a su vinculación directa con la comunidad educativa y con las políticas provinciales orientadas al fortalecimiento de la educación.
Que el Artículo 4 inciso 5) de la Ley V-0112-2004 faculta a esta Dirección de Personas Jurídicas a convocar de oficio a asambleas cuando ello resulte necesario para garantizar la continuidad institucional de las entidades sujetas a fiscalización.
Que en virtud de lo expuesto corresponde convocar de oficio a Asamblea General Ordinaria de Asociados a fin de proceder a la elección de autoridades y regularización institucional de la entidad.
Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley N° V-0112-2004
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1: CONVOCAR a ASAMBLEA DE ASOCIADOS DE OFICIO de la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA Nº 259” LPJ 263/2001, personería jurídica otorgada mediante Resolución N° 00402-OTRO-2001 a realizarse el día 16/09/2026 a las 14:30Hs. en la sede social de la entidad sita en Escuela Nº 259 Vicedirector Jesus Toribio Lucero, Calle Aldo Laciar S/N Localidad Leandro N. Alem, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente orden del dia:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta
2) Reforma Estatuto Social
3) Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comision Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/22, ejercicio cerrado el 31/12/23, ejercicio cerrado el 31/12/24 y ejercicio cerrado el 31/12/25
4) Elección de Autoridades
ARTICULO 2: DETERMINAR que podrán participar en el acto asambleario todos los tutores de los menores del establecimiento escolar que obren en el Listado Adjunto elaborado por la Dirección del colegio.
ARTICULO 3: NOTIFIQUESE, en la forma de práctica y oportunamente ARCHIVESE.
DRA. MARÍA LORENA DOMÍNGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 09 Sep.
RESOLUCIÓN Nº 708-SPH-2026.-
San Luis, 08 de Septiembre de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-8280770/26; y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la provincia de San Luis, a través la Secretaría de Estado de Política Habitacional, se encuentra facultado para regular planes y estrategias habitacionales que se desarrollen y ejecuten en el ámbito de la provincia, en el marco de la normativa vigente;
Que, asumida la presente gestión de Gobierno, se dispuso la implementación de políticas públicas de vivienda, en pos de hacer efectivo el derecho a la vivienda, reduciendo el déficit habitacional a través de soluciones que atiendan los requerimientos de los distintos grupos sociales que conforman la comunidad sanluiseña;
Que por Ley Provincial Nº V-1165-2025 se declaró la emergencia habitacional en todo el territorio provincial, por el término de CINCO (5) años, prorrogable por períodos anuales por el Poder Ejecutivo, a fin de habilitar los procedimientos y mecanismos administrativos necesarios para llevar a cabo, con la mayor celeridad y ejecutividad, las medidas tendientes a combatir el déficit habitacional;
Que en la ley de emergencia habitacional se ha definido una política gubernamental de largo plazo, que trascienda los mandatos constitucionales de gobierno, estableciéndose pautas para que la formulación del presupuesto provincial de cada año, considere una afectación determinada de los recursos fiscales destinada a la ejecución de las soluciones habitacionales;
Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO”, que tiene por objeto generar distintas soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° I-0970-2017;
Que mediante dicho acto administrativo, se abrió la etapa de inscripción al Plan de Viviendas, estableciendo los requisitos mínimos que debían cumplir los aspirantes al mismo, cuyo plazo inició el 21 de abril de 2025 y venció el 21 de julio de 2025;
Que durante dicho periodo, a través de la ventanilla única de “Tenemos Futuro” implementada a tal efecto, se llevó a cabo la inscripción, de la cual resultó la nómina de aspirantes del citado Plan;
Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28-11-2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual se realizará la evaluación y verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a los distintos planes habitacionales provinciales y por la normativa vigente Ley I-0970-2017 “Proyecto Integral de Vivienda” y la Ley V-1165-2025 de Emergencia Habitacional, a los fines de determinar su admisibilidad en el proceso de selección para acceder a soluciones habitacionales;
Que en base a categorías objetivas que permitieron segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo, para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas, se estableció la implementación de dos modalidades de solución habitacional, consistentes en vivienda social y módulo habitacional de autoconstrucción;
Que en esta instancia, se encuentran dadas las condiciones para proceder al primer sorteo por localidades y por modalidad, entre los inscriptos que a la fecha hubieren atendido los trámites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”;
Que, en razón de ello, se hace necesario aprobar la nómina de los inscriptos que se consideran sorteables, y entre quienes se determinarán los primeros aspirantes para acceder a las soluciones habitacionales dispuestas para la primera etapa;
Que en act. DOCEXT 162148/26, obra en adjunto registro de aspirantes por: Tipo de Plan, Localidad, D.N.I., Apellidos y Nombres y N° orden para el sorteo, que han observado los requerimientos pertinentes a la fecha;
Que asimismo, se hace necesario aprobar el procedimiento y reglamento que deberán observarse en el sorteo correspondiente, cuya fecha será establecida y comunicada oportunamente por la autoridad de aplicación;
Que en act. DICTAM 105117/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, considerando que corresponde proceder al dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL SEÑOR SECRETARIO DE ESTADO DE POLITICA HABITACIONAL
RESUELVE:
Art. 1°.-Aprobar, en el marco del Plan de Viviendas “Tenemos Futuro”, la nómina de inscriptos sorteables correspondiente a la modalidad Vivienda Social, obrante en act. DOCEXT 16148/26, entre quienes se realizará el sorteo destinado a la selección de los aspirantes a dicha solución habitacional para la sexta etapa.-
Art. 2°.-Aprobar el Reglamento de Sorteo, que obra como Anexo de la presente.-
Art. 3°.-La Secretaría de Estado de Política Habitacional evaluará y verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa vigente, a los fines de determinar la admisibilidad de los inscriptos para acceder a soluciones habitacionales.-
Art. 4°.-Con copia autorizada de la presente Resolución, pase a la Dirección Soluciones Habitacionales.-
Art. 5°.-Registrar, publicar en Boletín Oficial y Judicial, comunicar y archivar.-
JUAN PABLO TORRES
Secretario de Estado de Política habitacional
ANEXO I
REGLAMENTO DE SORTEO PARA SECRETARIA DE ESTADO DE POLITICA HABITACIONAL
Artículo 1º.-El presente reglamento establece las disposiciones que regirán al procedimiento y metodología de sorteo en el marco del “PLAN TENEMOS FUTURO”.-
Artículo 2º.- Base de números sorteables: la Secretaría de Estado de Política Habitacional entregara la información de los sorteables en base a la nómina de inscriptos y los que han cumplido con las condiciones para cada sorteo, obrante en act. DOCEXT 162148/26, que se encuentran detallados por segmentos (localidad y tipo de plan), sobre los cuales se realizara el sorteo. Los datos que conformarán el universo sorteable segmento son: Tipo de Plan, Localidad, D.N.I., Apellidos y Nombres. A cada inscripto se le otorgará un número para el sorteo de manera correlativa, constituyendo el número de orden para la localidad en particular.-
Artículo 3º.- La Secretaría de Estado de Política Habitacional informará a las autoridades intervinientes la cantidad de soluciones habitacionales (viviendas y módulos de construcción), a construir para cada segmento según la nómina de inscriptos que han cumplido con las condiciones para cada sorteo.-
Artículo 4º.- Fiscalizadores:
Desde el inicio del sorteo deben fiscalizar el cumplimiento del mismo, las siguientes personas como mínimo:
Un (1) Escribano afectado por Escribanía General de Gobierno.-
Un (1) Funcionario o personal de la Secretaría de Estado de Política Habitacional.-
Un (1) Funcionario o personal de la Caja Social y Financiera de la Provincia.-
Artículo 5º.-Metodología del sorteo:
El Escribano actuante confeccionará un Acta que contendrá como mínimo: los inscriptos que participarán de cada sorteo divididos por segmento el que contendrá la siguiente información: N° de sorteo/Denominación del sorteo asignado, Fecha del sorteo, Segmento, N° de Orden de los aspirantes, Apellidos y Nombres de la/el/los titulares, DNI, Departamento, Localidad y Tipo de Plan.
Mecánica de sorteo:
En caso de participar hasta 9 personas por sorteo se utilizarán UN sorteador:
• Unidad (Con las bolillas desde el o al 9)
En caso de participar hasta 99 personas por sorteo se utilizarán DOS sorteadores:
• Decena (Con las bolillas desde el o al 9)
• Unidad (Con las bolillas desde el o al 9)
En caso de participar hasta 999 personas por sorteo se utilizarán TRES sorteadores:
• Centena (Con las bolillas desde el o al 9)
• Decena (Con las bolillas desde el o al 9)
• Unidad (Con las bolillas desde el o al 9)
En caso de participar hasta 9999 personas por sorteo se utilizarán CUATRO sorteadores:
• Millar (Con las bolillas desde el o al 9)
• Centena (Con las bolillas desde el o al 9)
• Decena (Con las bolillas desde el o al 9)
• Unidad (Con las bolillas desde el o al 9)
Se podrán reducir bolillas en función del tamaño del segmento, con los fines de evitar combinaciones mayores a la cantidad de inscriptos, véase en un ejemplo; cantidad de inscriptos 77, las bolillas a ingresar serían:
Decena (Con las bolillas desde el o al 7)
Unidad (Con las bolillas desde el o al 9)
a) El Operador de Lotería cargará los bolilleros bajo la supervisión de los Fiscalizadores, individualizados en el Art. 4°;
b) El Escribano dará la orden de sortear y el Operador de Lotería pulsará el botón para que los sorteadores extraigan los números;
c) En caso de salir un número VALIDO (que no fue sorteado hasta ese momento y se encuentra dentro del segmento) El Escribano (o Locutor) informarán el número de orden, nombre y apellido del ganador, solicitarán el reingreso de bolillas y darán la orden al Operador de Lotería de “Sortear”;
d) Si el número sorteado fuera NO VALIDO (porque ya ha sido sorteado o se encuentra fuera del rango sorteable, para el ejemplo sale el nro. 79), El Escribano (o Locutor) informarán que el número esta repetido-o fuera de rango- y darán la orden al Operador de Lotería de reingresar bolillas y sortear un nuevo número. Este punto se repetirá hasta tanto salga un número no favorecido y se agoten la cantidad de viviendas disponibles para ese sorteo en ese segmento.
En el caso de los segmentos – (localidades y tipo de plan) que tienen un número impar de aspirantes y que el Cincuenta (50) % no se correspondiera con un numero entero, se tomara el próximo de la fracción a los efectos del sorteo.-
Artículo 6º.- Una vez finalizado el sorteo se realizará el acta correspondiente la cual debe estar firmada por los representantes mencionados en el Art 4°. Se entregará una copia de dicha acta a cada firmante.-
SPP e. y v: 09 Sep
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DE LA PUNTA
ORDENANZA Nº 550-HCDCDLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 06 de Agosto de 2026
DENOMINACIÓN ESTHER DEL ROSARIO GUEVARA A LA ACTUAL CALLE 44 OESTE
VISTO:
La iniciativa presentada por la comunidad educativa de la Escuela Pública Autogestionada Nº 13 «Esther del Rosario Guevara» ubicada en la ciudad de La Punta;
CONSIDERANDO:
Que, la comunidad educativa desarrolló el proyecto institucional “Huellas con Nombre de Mujer”, acompañada por vecinos del Barrio 600 viviendas mediante firmas de adhesión, solicitando la modificación de la denominación de la actual calle 44 Oeste por el nombre “Esther del Rosario Guevara”, tal como se denomina la escuela mencionada;
Que, la iniciativa involucró a la comunidad educativa, familias y vecinos, quienes también acompañaron la propuesta mediante la firma de un petitorio, lo que constituye un ejemplo de participación ciudadana;
Que, Esther del Rosario Guevara posee un invaluable legado educativo para la provincia de San Luis, siendo una destacada educadora, escritora de literatura infantil y paracaidista sanluiseña, fortaleciendo la identidad local y la memoria colectiva;
Que, las calles de nuestra ciudad son parte de nuestra vida diaria y cotidiana, por lo que en cada oportunidad en que por ellas transitamos o citamos, evocamos la memoria y a las personas cuyo nombre recuerdan;
Que, es imprescindible denominar a una calle o a un pasaje, con nombres de personas que marcaron un antecedente cultural;
Que, hoy más que nunca debemos asirnos a la memoria de quienes, aun con los defectos propios de la naturaleza humana, nos dejan ejemplo de virtud, capacidad y respeto; todo, en la persona de Esther Del Rosario Guevara;
Que, el 11 de agosto se conmemora el aniversario de su nacimiento; por lo que, como representantes del pueblo debemos recordarla y mantener vivo su legado para los vecinos de nuestra ciudad;
Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante establecer los nombres de calles, plazas y paseos de la ciudad de La Punta;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Designar con la denominación “ESTHER DEL ROSARIO GUEVARA” a la actual calle 44 oeste, en el tramo comprendido entre Avenida Héroes de Malvinas y calle 13 norte.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndese al Poder Ejecutivo Municipal la colocación de la cartelería identificatoria correspondiente (señalética) y la actualización de la nomenclatura urbana y registros municipales.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.
PASCUA ROXANA OROS
Presidente H.C.D.
Juan Pablo Martínez
Secretario Legislativo
EXENTO
DECRETO Nº 607-IMLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 12 de Agosto de 2026
VISTO:
La Ordenanza N° 550-HCDCDLP-2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de La Punta, aprueba la DENOMINACION ESTHER DEL ROSARIO GUEVARA A LA ACTUAL CALLE 44 OESTЕ.), y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 550-HCDCDLP-2026 ha sido remitida al Ejecutivo Municipal para su promulgación y entrada en vigor;
Que la promulgación de las ordenanzas es una atribución y deber del Ejecutivo Municipal, conforme a lo establecido en el Inciso 1 del Artículo 261 de la Constitución de la Provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
DECRETA:
ART. 1º: PROMULGAR la Ordenanza Nº 550–HCDCDLP–2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante. -
ART. 2º: DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial por el término legal.
ART. 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Haciendadel Municipio.-
ART. 4º: Deforma.-
LUCIANO MARTÍN AYALA
Intendente
Silvia Musser
Secretaria de Hacienda
EXENTO
MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA DEL CONLARA
ORDENANZA Nº 0355-H.C.D-2026.-
Santa Rosa del Conlara, 20 de Agosto de 2026.-
VISTO:
La necesidad de solucionar la demanda de viviendas que existe en nuestra localidad.
Y….
CONSIDERANDO:
Que para solventar en parte esta problemática, se logró llegar a un acuerdo con un vecino de la localidad para adquirir una parcela que por sus dimensiones se podrían ubicar los terrenos para la construcción de viviendas sociales, a través del Gobierno de la Provincia de San Luis
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
SANTA ROSA DEL CONLARA (SAN LUIS) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
AUTORIZACION DE CESION DE TERRENO Y TRANSFERENCIA PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS SOCALES.
ARTICULO 1º)-AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal de SANTA ROSA DEL CONLARA a CEDER PARTE DE UN INMUEBLE de propiedad del municipio, ubicado en la localidad de Santa Rosa del Conlara, San Luis, que se designa como parcelas 11,12 de la Manzana N° 909; parcelas 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 de la manzana N° 915 y parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 manzana N° 916. Debidamente individualizados según plano de mensura N° 6-414-25, confeccionado por el ingeniero agrimensor Carlos A. Cuvertino mat. Prof. N° 317, y cuya inscripción de dominio consta en la matricula 3-18926-A° 1-R°6.- Padron provincial N° 1.100.204.
ARTICULO 2º)-AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal de SANTA ROSA DEL CONLARA a transferir al gobierno de la provincia de San Luis, VEINTE (20) lotes necesarios para la construcción por administración municipal de viviendas sociales y en igual cantidad de viviendas a construir. El restante de la superficie de las manzanas mencionadas en el articulo N° 1, se mantendrá en poder del municipio, todo mediante sesión con cargo para la construcción de viviendas sociales en el periodo Año 2023 al 2027, La medida de los lotes son según exigencias del gobierno de la provincia para la realización de viviendas sociales.
ARTICULO 3º)-AUTORIZAR al intendente Municipal de Santa Rosa del Conlara a afectar los fondos de coparticipación provincial para la realización de viviendas sociales y garantizar la misma.
ARTICULO 4º)-Comuníquese, publíquese, dése al Registro Comunal y oportunamente archívese.
NELLY TERESA SANCHEZ
Presidente H.C.D.
Fabián Edgardo Moreno
Secretario H.C.D.
EXENTO
DECRETO Nº 015-MSR-2026.-
Santa Rosa del Conlara-SL, 24 de Agosto de 2026.-
VISTO:
La necesidad de solucionar la demanda de viviendas que existe en nuestra localidad.
Y…
CONSIDERANDO:
Que para solventar en parte esta problemática, se logró llegar a un acuerdo con un vecino de la localidad para adquirir una parcela que por sus dimensiones se podrían ubicar los terrenos para la construcción de viviendas sociales, a través del Gobierno de la Provincia de San Luis
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SANTA ROSA DEL CONLARA
(San Luis), EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
DECRETA
AUTORIZACION DE CESION DE TERRENO Y TRANSFERENCIA PARA LA CONSTRUCCION DE VIVIENDAS SOCALES.
Art. 1º)–Promulgar en su totalidad la ordenanza N° 0355-HCD -2026, la cual AUTORIZA al Ejecutivo Municipal de SANTA ROSA DEL CONLARA a CEDER PARTE DE UN INMUEBLE de propiedad del municipio, ubicado en la localidad de Santa Rosa del Conlara, San Luis, que se designa como parcelas 11,12 de la Manzana N° 909; parcelas 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 de la manzana N° 915 y parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 manzana N° 916. Debidamente individualizados según plano de mensura N° 6-414-25, confeccionado por el ingeniero agrimensor Carlos A. Cuvertino mat. Prof. N° 317, y cuya inscripción de dominio consta en la matrícula 3-18926-A° 1-R°6.- Padrón provincial N° 1.100.204.
Art. 2º)–AUTORIZA al Ejecutivo Municipal de SANTA ROSA DEL CONLARA a transferir al gobierno de la provincia de San Luis, VEINTE (20) lotes necesarios para la construcción por administración municipal de viviendas sociales y en igual cantidad de viviendas a construir. El restante de la superficie de las manzanas mencionadas en el artículo N° 1, se mantendrá en poder del municipio, todo mediante sesión con cargo para la construcción de viviendas sociales en el periodo Año 2023 al 2027, La medida de los lotes son según exigencias del gobierno de la provincia para la realización de viviendas sociales.
Art. 3º)- AUTORIZAR al intendente Municipal de Santa Rosa del Conlara a afectar los fondos de coparticipación provincial para la realización de viviendas sociales y garantizar la misma.
Art. 4º)-El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad.
Art. 5º)- Comuníquese, Publíquese, dese al registro Comunal y oportunamente archívese.-
MIGUEL M. POSTIGUILLO
Intendente
Marta Beatriz Ponce
Secretaria de Gobierno
EXENTO
ORDENANZA Nº 0356-H.C.D-2026
Santa Rosa del Conlara 20 de Agosto de 2026.-
VISTO:
Las facultades conferidas al Honorable Concejo Deliberante y la necesidad de mejorar la seguridad vial, prevenir accidentes y ordenar la circulación vehicular en nuestra localidad.
Y….
CONSIDERANDO:
Que el actual sentido de doble mano de las calles Pringles y Pedernera provoca una serie de inconvenientes en la circulación óptima de vehículos, significando un riesgo constante de accidentes viales.
Que a los fines de mejorar el movimiento vehicular dentro del radio urbano se ha estimado conveniente modificar el sentido de circulación de ambas calles.
Que el crecimiento sostenido del parque automotor y del tránsito vehicular en la localidad ha incrementado significativamente la circulación por las calles Pringles y Pedernera, las cuales presentan una calzada de ancho reducido que no reúne las condiciones técnicas recomendadas para una circulación segura en doble sentido, especialmente considerando el estacionamiento sobre la vía pública, lo que incrementa el riesgo de conflictos de tránsito y accidentes.
Que a través de este cambio se espera cumplir con los objetivos previstos contribuyendo a dotar de mayor seguridad al tránsito y a minimizar los riesgos de accidentes a personas y vehículos.
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
SANTA ROSA DEL CONLARA (SAN LUIS) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
CAMBIO DE CIRCULACIÓN DE CALLE PRINGLES Y PEDERNERA
ARTICULO 1° )-Modificar el sentido de circulación de la calle Pringles, la cual pasará a tener sentido único de circulación de Oeste a Este en el tramo comprendido entre las calles San José al Oeste y la calle Tucumán al Este.
ARTICULO 2° )-Modificar el sentido de circulación de la calle Pedernera, la cual pasará a tener sentido único de circulación de Este a Oeste en el tramo comprendido entre las calles Tucumán al Este y Mariano Rodríguez al Oeste
ARTICULO 3° )-Autorizar al DEM, a través del área competente y dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde la promulgación de la presente Ordenanza, a realizar la señalización vial correspondiente y a disponer la instalación, adecuación o reubicación de semáforos en los lugares que resulten necesarios para la correcta implementación de la presente. Asimismo, deberá proceder a la colocación de cartelería indicativa, señales de contramano, flechas direccionales, demarcación horizontal y toda otra señalización complementaria que resulte necesaria para garantizar el ordenamiento y la seguridad vial.
ARTICULO 4° )-Disponer, por un período de prueba de quince (15) días hábiles, la presencia de personal de Tránsito Municipal sobre las calles alcanzadas por la presente Ordenanza, con el objeto de informar, concientizar y educar a los conductores respecto del nuevo sentido de circulación.
ARTICULO 5° )-Comunicar a las empresas de transporte interurbano a fin de que adecuen sus recorridos conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
ARTICULO 6° )-Realizar una amplia difusión de lo expuesto por los medios de comunicación y redes sociales.
ARTICULO 7° )-Comuníquese, publíquese, dése al Registro Comunal y oportunamente archívese
NELLY TERESA SANCHEZ
Presidente H.C.D.
Fabián Edgardo Moreno
Secretario H.C.D.
EXENTO
DECRETO Nº 016-MSR-2026.-
Santa Rosa del Conlara-SL, 24 de Agosto de 2026.-
VISTO:
Las facultades conferidas al Honorable Concejo Deliberante y la necesidad de mejorar la seguridad vial, prevenir accidentes y ordenar la circulación vehicular en nuestra localidad.
Y….
CONSIDERANDO:
Que el actual sentido de doble mano de las calles Pringles y Pedernera provoca una serie de inconvenientes en la circulación óptima de vehículos, significando un riesgo constante de accidentes viales.
Que a los fines de mejorar el movimiento vehicular dentro del radio urbano se ha estimado conveniente modificar el sentido de circulación de ambas calles.
Que el crecimiento sostenido del parque automotor y del tránsito vehicular en la localidad ha incrementado significativamente la circulación por las calles Pringles y Pedernera, las cuales presentan una calzada de ancho reducido que no reúne las condiciones técnicas recomendadas para una circulación segura en doble sentido, especialmente considerando el estacionamiento sobre la vía pública, lo que incrementa el riesgo de conflictos de tránsito y accidentes.
Que a través de este cambio se espera cumplir con los objetivos previstos contribuyendo a dotar de mayor seguridad al tránsito y a minimizar los riesgos de accidentes a personas y vehículos.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SANTA ROSA DEL CONLARA
(San Luis), EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
DECRETA
CAMBIO DE CIRCULACIÓN DE CALLE PRINGLES Y PEDERNERA
Art. 1º)Promulgar en su totalidad la ordenanza N° 0356-HCD -2026, la cual MODIFICA el sentido de circulación de la calle Pringles, la cual pasará a tener sentido único de circulación de Oeste a Este en el tramo comprendido entre las calles San José al Oeste y la calle Tucumán al Este.
Art. 2º)- Modifica el sentido de circulación de la calle Pedernera, la cual pasará a tener sentido único de circulación de Este a Oeste en el tramo comprendido entre las calles Tucumán al Este y Mariano Rodríguez al Oeste
Art. 3º)- Autoriza al DEM, a través del área competente y dentro del plazo de treinta (30) días corridos contados desde la promulgación de la presente Ordenanza, a realizar la señalización vial correspondiente y a disponer la instalación, adecuación o reubicación de semáforos en los lugares que resulten necesarios para la correcta implementación de la presente. Asimismo, deberá proceder a la colocación de cartelería indicativa, señales de contramano, flechas direccionales, demarcación horizontal y toda otra señalización complementaria que resulte necesaria para garantizar el ordenamiento y la seguridad vial.
Art. 4º)- Dispone, por un período de prueba de quince (15) días hábiles, la presencia de personal de Tránsito Municipal sobre las calles alcanzadas por la presente Ordenanza, con el objeto de informar, concientizar y educar a los conductores respecto del nuevo sentido de circulación
Art. 5º)- Comunica a las empresas de transporte interurbano a fin de que adecuen sus recorridos conforme a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Art. 6º)- Realiza una amplia difusión de lo expuesto por los medios de comunicación y redes sociales.
Art. 7º)- El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad.
Art. 8º)- Comuníquese, Publíquese, dese al registro Comunal y oportunamente archívese.-
MIGUEL M. POSTIGUILLO
Intendente
Marta Beatriz Ponce
Secretaria de Gobierno
EXENTO
ORDENANZA Nº 0357-HCD-2026.-
Santa Rosa del Conlara, 20 de Agosto de 2026.-
VISTO:
La necesidad de regular la tenencia responsable de animales domésticos de compañía, garantizar su bienestar y sancionar de manera efectiva los actos de crueldad, maltrato y abandono en el ámbito de nuestra jurisdicción; Y…
CONSIDERANDO:
Que los animales son seres sintientes que merecen especial protección por parte del estado y la comunidad.
Que el abandono de animales en la vía pública genera problemas de salud, riesgos viales y sobrepoblación.
Que es un deber del municipio promover la convivencia armónica entre los vecinos y los animales domésticos.
POR ELLO EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
SANTA ROSA DEL CONLARA (SAN LUIS) EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
MULTAS POR MALTRATO ANIMAL
ARTICULO 1º)-Objeto y ámbito de aplicación
La presente ordenanza tiene como objeto garantizar el bienestar de los animales de compañía, regular las condiciones de su tenencia responsable y sancionar actos de maltrato y abandono dentro del ejido municipal.
ARTICULO 2 º)-De las obligaciones de propietarios o responsables
Todo dueño o responsable de un animal doméstico está obligado a:
Proporcionarle alimentación e hidratación adecuada y suficiente.
Brindarle un espacio higiénico, ventilado, protegido del clima y con dimensiones acordes al tamaño.
Garantizar la atención veterinaria preventiva y curativa (vacunación, castración, curación, desparasitación)
Evitar que el animal circule suelto por la vía pública sin supervisión, correa y/o medidas de seguridad correspondiente
ARTICULO 3 º)-De las prohibiciones y definiciones de infracciones.
Se prohíbe terminantemente en todo el territorio municipal el maltrato y el abandono animal. A los efectos de esta ordenanza, se consideran infracciones muy graves.
Golpear, infligir dolor físico, mantener atado de forma permanente, privar de alimento o agua, mantener en espacios confinados o insalubres, y no brindarle la asistencia médica si está enfermo o herido.
ARTICULO 4°)- REGIMEN DE SANCIONES Y MULTAS
Las infracciones de la presente norma serán sancionadas con multas económicas acumulables y de decomiso del animal si su vida corre peligro.
Abandono en la vía pública o mantener al animal en condiciones insalubres multa en Pesos argentino con UF de entre 50 y 500 litros de nafta súper
Crueldad física, tortura, desnutrición extrema o abandono con resultado de muerte, multa en pesos argentino con UF de entre 200 y 1000 lts de nafta súper e inhabilitación permanente para tener animales
El dueño del animal será responsable del 100% de los gastos que genere a 3ros, si este lastima a otro animal.
ARTICULO 5º)- Destinar 100% de lo recaudado a castraciones.
ARTICULO 6º)- Designar al director de Zoonosis y / o Bromatología como autoridad de aplicación, quedando facultada para realizar inspecciones ante la denuncia de vecinos.
ARTICULO 7º)- Comuníquese, Publíquese, dese al registro Comunal y oportunamente archívese.
NELLY TERESA SANCHEZ
Presidente H.C.D.
Fabián Edgardo Moreno
Secretario H.C.D.
EXENTO
DECRETO Nº 017-MSR-2026.-
Santa Rosa del Conlara-SL, 24 de Agosto de 2026
VISTO:
La necesidad de regular la tenencia responsable de animales domésticos de compañía, garantizar su bienestar y sancionar de manera efectiva los actos de crueldad, maltrato y abandono en el ámbito de nuestra jurisdicción
Y….
CONSIDERANDO:
Que los animales son seres sintientes que merecen especial protección por parte del estado y la comunidad.
Que el abandono de animales en la vía pública genera problemas de salud, riesgos viales y sobrepoblación.
Que es un deber del municipio promover la convivencia armónica entre los vecinos y los animales domésticos.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE SANTA ROSA DEL CONLARA (San Luis)
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
DECRETA
MULTAS POR MALTRATO ANIMAL
Art. 1º)–Promulgar en su totalidad la ordenanza N° 0357-HCD -2026, cuyo objeto es garantizar el bienestar de los animales de compañía, regular las condiciones de su tenencia responsable y sancionar actos de maltrato y abandono dentro del ejido municipal.
Art. 2º)–De las obligaciones de propietarios o responsables
Todo dueño o responsable de un animal doméstico está obligado a:
Proporcionarle alimentación e hidratación adecuada y suficiente.
Brindarle un espacio higiénico, ventilado, protegido del clima y con dimensiones acordes al tamaño.
Garantizar la atención veterinaria preventiva y curativa (vacunación, castración, curación, desparasitación)
Evitar que el animal circule suelto por la vía pública sin supervisión, correa y/o medidas de seguridad correspondiente
Art. 3º)- De las prohibiciones y definiciones de infracciones.
Se prohíbe terminantemente en todo el territorio municipal el maltrato y el abandono animal. A los efectos de esta ordenanza, se consideran infracciones muy graves.
Golpear, infligir dolor físico, mantener atado de forma permanente, privar de alimento o agua, mantener en espacios confinados o insalubres, y no brindarle la asistencia médica si está enfermo o herido.
Art. 4º)–REGIMEN DE SANCIONES Y MULTAS
Las infracciones de la presente norma serán sancionadas con multas económicas acumulables y de decomiso del animal si su vida corre peligro.
Abandono en la vía pública o mantener al animal en condiciones insalubres multa en Pesos argentino con UF de entre 50 y 500 litros de nafta súper
Crueldad física, tortura, desnutrición extrema o abandono con resultado de muerte, multa en pesos argentino con UF de entre 200 y 1000 lts. de nafta súper e inhabilitación permanente para tener animales
El dueño del animal será responsable del 100% de los gastos que genere a 3ros, si este lastima a otro animal
Art. 5º)–Destinar 100% de lo recaudado a castraciones.
Art. 6º)- Realizar una amplia difusión de lo expuesto por los medios de comunicación y redes sociales.
Art. 7º)- Designar al director de Zoonosis y / o Bromatología como autoridad de aplicación, quedando facultada para realizar inspecciones ante la denuncia de vecinos.
Art. 8º)-El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad.
Art. 9º)- Comuníquese, Publíquese, dese al registro Comunal y oportunamente archívese.-
MIGUEL M. POSTIGUILLO
Intendente
Marta Beatriz Ponce
Secretaria de Gobierno
EXENTO
ORDENANZA Nº 0358-HCD-2026.-
Santa Rosa del Conlara 20 de Agosto de 2026
VISTO:
La Ley Provincial N.° X-1177-2025, sancionada por la Legislatura de la Provincia de San Luis con fecha del 12.11.2025, titulada “Marco Normativo para la Disposición de Vehículos Abandonados, Perdidos, Secuestrados y/o Decomisados en el ámbito de la Provincia de San Luis”.
Y…
CONSIDERANDO:
Que la citada Ley Provincial establece un procedimiento uniforme para la identificación, gestión y disposición de vehículos abandonados, perdidos, secuestrados y/o decomisados en el territorio provincial, incluyendo su posible descontaminación, compactación, subasta o asignación a organismos estatales.
Que la ley en cuestión contempla la invitación a las municipalidades para adherir a sus disposiciones y celebrar convenios con la Autoridad de Aplicación, conforme surge de sus artículos 27 y 28, respectivamente.
Que la normativa provincial prevé la posibilidad de recupero de gastos de traslado, depósito, manutención y otros derivados del procedimiento, lo que resulta beneficioso para las finanzas municipales.
Que la adhesión a estas leyes dotará al área de Medio Ambiente, Control y Desarrollo Urbano de herramientas legales apropiadas para el tratamiento de vehículos abandonados, secuestrados o depositados en corralones municipales.
Que es necesario contar con un marco normativo que garantice el debido proceso y los derechos de los propietarios, al tiempo que permita la gestión eficiente de estos bienes.
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
SANTA ROSA DEL CONLARA (SAN LUIS)
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ADHESIÓN AL MARCO NORMATIVO PARA LA DISPOSICIÓN DE VEHÍCULOS ABANDONADOS, PERDIDOS, SECUESTRADOS Y/O DECOMISADOS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
ARTICULO 1º)-ADHERIR en todos sus términos, a la Ley Provincial N.° X-1177- 2025, sancionada por la Legislatura de la Provincia de San Luis con fecha 12.11.2025, titulada “Marco Normativo para la Disposición de Vehículos Abandonados, Perdidos, Secuestrados y/o Decomisados en el ámbito de la Provincia de San Luis”.-
ARTICULO 2º)-AUTORIZAR al DEM a designar la autoridad de aplicación de la ley mencionada en los artículos precedentes, en el ámbito de la jurisdicción municipal
ARTICULO 3º)-FACÚLTAR al DEM a:
a) Dictar las normas reglamentarias necesarias para la implementación de la presente ordenanza
b) Celebrar los convenios que resulten necesarios con organismos provinciales, nacionales o privados para el cumplimiento de las leyes adheridas.
c) Designar los funcionarios y personal necesario para el ejercicio de las facultades conferidas por la ley provincial adherida.
ARTICULO 4º)-AUTORIZAR al DEM a reestructurar las partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por la presente ordenanza y las leyes provinciales adheridas.
ARTICULO 5º)-La Jueza de Faltas de Santa Rosa del Conlara será la autoridad competente para intervenir en todos los procedimientos previstos en la presente ordenanza que involucran los siguientes temas:
Actuación jurisdiccional, en concordancia con las competencias atribuidas por la legislación provincial vigente.
Homologación de acuerdos de pago, quitas o compensaciones que se celebren entre el municipio y los propietarios o titulares registrales de los vehículos, garantizando el debido proceso y la tutela judicial efectiva de los derechos de las partes.
Intervendrá en los casos en que los propietarios o titulares registrales de los vehículos, debidamente notificados conforme el procedimiento establecido en la Ley Provincial, no se presenten en los plazos fijados. En esos casos, la autoridad municipal deberá remitir las actuaciones al Juzgado de Faltas para obtener autorización judicial para la disposición final del vehículo, ya sea mediante subasta, compactación, descontaminación u otras modalidades previstas en la norma provincial adherida.
ARTICULO 6º)-La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
ARTICULO 7º)-Comuníquese, publíquese, dése al Registro Comunal y oportunamente archívese
NELLY TERESA SANCHEZ
Presidente H.C.D.
Fabian Edgardo Moreno
Secretario H.C.D.
EXENTO
DECRETO Nº 018-MSR-2026.-
Santa Rosa del Conlara-SL, 24 de Agosto de 2026.-
VISTO:
La Ley Provincial N.° X-1177-2025, sancionada por la Legislatura de la Provincia de San Luis con fecha del 12.11.2025, titulada “Marco Normativo para la Disposición de Vehículos Abandonados, Perdidos, Secuestrados y/o Decomisados en el ámbito de la Provincia de San Luis”.
Y….
CONSIDERANDO:
Que la citada Ley Provincial establece un procedimiento uniforme para la identificación, gestión y disposición de vehículos abandonados, perdidos, secuestrados y/o decomisados en el territorio provincial, incluyendo su posible descontaminación, compactación, subasta o asignación a organismos estatales.
Que la ley en cuestión contempla la invitación a las municipalidades para adherir a sus disposiciones y celebrar convenios con la Autoridad de Aplicación, conforme surge de sus artículos 27 y 28, respectivamente.
Que la normativa provincial prevé la posibilidad de recupero de gastos de traslado, depósito, manutención y otros derivados del procedimiento, lo que resulta beneficioso para las finanzas municipales.
Que la adhesión a estas leyes dotará al área de Medio Ambiente, Control y Desarrollo Urbano de herramientas legales apropiadas para el tratamiento de vehículos abandonados, secuestrados o depositados en corralones municipales.
Que es necesario contar con un marco normativo que garantice el debido proceso y los derechos de los propietarios, al tiempo que permita la gestión eficiente de estos bienes.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SANTA ROSA DEL CONLARA (San Luis),
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
DECRETA
ADHESIÓN AL MARCO NORMATIVO PARA LA DISPOSICIÓN DE VEHÍCULOS ABANDONADOS, PERDIDOS, SECUESTRADOS Y/O DECOMISADOS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
Art. 1º)–Promulgar en su totalidad la ordenanza N° 0358-HCD -2026, la cual ADHERE en todos sus términos, a la Ley Provincial N.° X-1177- 2025, sancionada por la Legislatura de la Provincia de San Luis con fecha 12.11.2025, titulada “Marco Normativo para la Disposición de Vehículos Abandonados, Perdidos, Secuestrados y/o Decomisados en el ámbito de la Provincia de San Luis”. Cuyo objeto es garantizar el bienestar de los animales de compañía, regular las condiciones de su tenencia responsable y sancionar actos de maltrato y abandono dentro del ejido municipal.
Art. 2º)–AUTORIZA al DEM a designar la autoridad de aplicación de la ley mencionada en los artículos precedentes, en el ámbito de la jurisdicción municipal.
Art. 3º)- FACÚLTA al DEM a:
a) Dictar las normas reglamentarias necesarias para la implementación de la presente ordenanza
b) Celebrar los convenios que resulten necesarios con organismos provinciales, nacionales o privados para el cumplimiento de las leyes adheridas.
Designar los funcionarios y personal necesario para el ejercicio de las facultades conferidas por la ley provincial adherida.
Art. 4º)–AUTORIZA al DEM a reestructurar las partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por la presente ordenanza y las leyes provinciales adheridas
Art. 5º)- La Jueza de Faltas de Santa Rosa del Conlara será la autoridad competente para intervenir en todos los procedimientos previstos en la presente ordenanza que involucran los siguientes temas:
Actuación jurisdiccional, en concordancia con las competencias atribuidas por la legislación provincial vigente.
Homologación de acuerdos de pago, quitas o compensaciones que se celebren entre el municipio y los propietarios o titulares registrales de los vehículos, garantizando el debido proceso y la tutela judicial efectiva de los derechos de las partes.
Intervendrá en los casos en que los propietarios o titulares registrales de los vehículos, debidamente notificados conforme el procedimiento establecido en la Ley Provincial, no se presenten en los plazos fijados. En esos casos, la autoridad municipal deberá remitir las actuaciones al Juzgado de Faltas para obtener autorización judicial para la disposición final del vehículo, ya sea mediante subasta, compactación, descontaminación u otras modalidades previstas en la norma provincial adherida.
Art. 6º)- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación.
Art. 7º)-El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad.
Art.8º)- Comuníquese, Publíquese, dese al registro Comunal y oportunamente archívese.-
MIGUEL M. POSTIGUILLO
Intendente
Marta Beatriz Ponce
Secretaria de Gobierno
EXENTO
MUNICIPALIDAD DE BUENA ESPERANZA
ORDENANZA Nº 102-HCD-2026.-
Buena Esperanza (S.L) 27 de mayo de 2026
VISTO:
La necesidad de establecer la “TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN” y la “TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS” para el período 2026; Y
CONSIDERANDO:
Que los montos de dichas tasas deben resultar adecuados para permitir la adecuada prestación de los servicios comprometidos en el hecho imponible de las tasas en cuestión.-
Que la aplicación de este Instrumento Legal constituye uno de los fundamentos Institucionales de las Municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno Municipal.-
Que es atribución y deber de este Honorable Concejo Deliberante de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 258 de la Constitución de la Provincia de San Luis, de dictar Ordenanzas y Reglamentos.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BUENA ESPERANZA,
EN QÚORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 102-HCD-26
TASA POR HABILITACIÓN Y ESTUDIO DE FACTIBILIDAD DE UBICACIÓN (THE)
Artículo 1°:
Al momento de solicitar el permiso de construcción de nuevas estructuras de soporte, o de solicitar la habilitación de estructuras de soporte preexistentes a la sanción de la presente Ordenanza, los solicitantes deberán abonar por única vez la suma de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000) por cada estructura portante respecto de la cual se requiera el permiso de construcción o certificado de habilitación.
Esta tasa retribuirá los servicios de estudio de factibilidad de localización y otorgamiento de permiso de construcción y/o habilitación, y comprenderá el estudio y análisis de los planos, documentación técnica e informes, las inspecciones iniciales que resulten necesarias y los demás servicios administrativos que deban prestarse para el otorgamiento del permiso de construcción y/o del certificado de habilitación.
En caso de estructuras portantes denominadas “no convencionales” y/o “wicaps”, el monto se reducirá a UN TERCIO (1/3).
Las estructuras portantes utilizadas exclusivamente para el montaje de antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, quedaran exentas del pago.
TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS (TIE)
Artículo 2º: Por los servicios destinados a preservar y verificar la seguridad y las condiciones de registración y estructurales de cada estructura portante y sus infraestructuras directamente relacionadas, se abonará anualmente la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($1.250.000) por cada estructura portante.
El plazo para el pago vencerá el 30/01/2026, o a los cuarenta y cinco (45) días de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, lo que resulte posterior.
En caso de estructuras portantes denominadas “no convencionales” y/o “wicaps”, el monto se reducirá a UN TERCIO (1/3).
Las estructuras portantes utilizadas exclusivamente para el montaje de antenas correspondientes a servicios semipúblicos de larga distancia, quedaran exentas del pago.
RECARGOS
Artículo 3º: La falta de pago de las tasas previstas en esta Ordenanza, devengará automáticamente un recargo mensual que será calculado a la tasa de interés punitorio que establezca el Fisco Nacional (ARCA u organismo que la sustituya), que se calculará desde la fecha de vencimiento establecida en el artículo anterior o desde los treinta (30) días corridos posteriores a la notificación por cualquier medio de esta Ordenanzas y de los demás detalles necesarios para el pago.
Sin perjuicio de ello, si las tasas no son abonadas voluntariamente a su vencimiento, y debe procederse a emitir y notificar la liquidación administrativa prevista en el artículo 5), se generará automáticamente un recargo adicional del CINCO POR CIENTO (5%) de la suma total intimada, destinado a cubrir las actividades y gastos administrativos adicionales que demande dicha tarea y los gastos de envío de las notificaciones correspondientes.
RESPONSABILIDAD SOLIDARIA
Artículo 4º: Las empresas que posean o exploten antenas montadas o emplazadas en estructuras portantes que sean de propiedad o tenencia de otras empresas o particulares, serán responsables solidaria e ilimitadamente por el pago de las tasas previstas en este artículo y sus correspondientes intereses.
DETERMINACIÓN DE DEUDA
Artículo 5º: Para la determinación de las tasas previstas en esta Ordenanza se empleará el sistema de determinación de oficio originaria o liquidación administrativa.
Conforme a ello, ante la falta de pago voluntario y espontáneo de las tasas a su vencimiento, se procederá a notificar al contribuyente y/o al responsable solidario la liquidación de la deuda con sus respectivos intereses, concediéndosele un plazo de quince (15) días para efectuar el pago. Contra dicha liquidación sólo podrá interponerse un recurso de reconsideración, que será resuelto sin sustanciación por la máxima autoridad administrativa, luego de lo cual quedará agotada la instancia administrativa.
INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 6°: Sin perjuicio de lo establecido en otras Ordenanzas, constituyen infracciones a las normas establecidas, y serán sancionadas con multas de entre el DIEZ POR CIENTO (10%) y QUINIENTOS POR CIENTO (500%) del monto establecido para la TASA POR INSPECCIÓN DE ESTRUCTURAS PORTANTES E INFRAESTRUCTURAS RELACIONADAS (TIE), las siguientes conductas:
a) Presentación de información incompleta o disminuida sobre la antena o estructura de soporte a colocar.
b) Ejecución de la obra (colocación de la antena o estructura de soporte, o realización de modificaciones sobre ella) sin previo permiso y pago del tributo respectivo.
c) Omisión de informar las estructuras portantes de antenas de su titularidad que se encuentren ubicadas en la jurisdicción.
VIGENCIA Y PUBLICACIÓN
Artículo 7°: La presente Ordenanza entrará en vigencia el 01/01/2026 o al día siguiente de su promulgación si dicha fecha fuera posterior, y se mantendrá vigente mientras no sea expresamente o tácitamente derogada por otra Ordenanza.
A partir de su entrada en vigencia, quedan derogadas todas las ordenanzas que se le opongan.
A todos los efectos legales, la notificación por cualquier medio (incluso por correo electrónico) del texto completo de la presente Ordenanza, se considerará equivalente a su publicación, tanto si se realiza de manera independiente como si se la adjunta junto a la liquidación administrativa prevista precedentemente.
Artículo 8°: COMUNÍQUESE, publíquese, regístrese y archívese.
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.-
SEBASTIAN BENÍTEZ
Presidente H.C.D.
Claudia B. Geuna
Secretaria H.C.D.
EXENTO
DECRETO N° 070-MBE-2026.-
Buena Esperanza, San Luis, 30 de mayo del 2026
VISTO:
Que el Honorable Concejo Deliberante de la Localidad de Buena Esperanza en Quórum Legal y en uso de sus atribuciones, sancionó la Ordenanza N° 102-HCD-26, Y;
CONSIDERANDO:
Que la creación y aplicación de este instrumento legal constituye uno de los fundamentos Institucionales de las Municipalidades para la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno Municipal. Y;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE LAS FACULTADES
QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art. 1°) FIJAR los montos y condiciones para el cobro de las antenas de telefonía, fijadas con el Honorable Concejo Deliberante, bajo en número de Ordenanza N° 102-HCD-26.-
Art. 2°) Comuníquese, Publíquese y dese al R.M y archívese.-
SOFIA LARROUDE
Intendente Municipal
Romina Maldonado
Secretaria Municipal
EXENTO
ORDENANZA Nº 103-HCD-2026.-
Buena Esperanza (San Luis) 29 de Julio del año 2026.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza donde el Departamento Ejecutivo Municipal solicita mediante Nota Nº 014-MBE-26 tratar la Ejecución Presupuestaria correspondiente al Primer Trimestre del año 2026 Y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo ha sido detenido a un minucioso análisis; siendo aprobado por el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria del día 29 de julio del año en curso. -
Que se hace necesaria su aprobación para un mejor desenvolvimiento de las tareas administrativas dentro del Municipio. -
Que la aplicación de este Instrumento Legal constituye uno de los fundamentos Institucionales de las Municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno Municipal. -
Que es atribución y deber de este Honorable Concejo Deliberante de acuerdo en lo establecido en el Art. N.º 258 de la Constitución de la Provincia de San Luis, de dictar Ordenanzas y Reglamentos.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BUENA ESPERANZA,
EN QÚORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 103-HCD-26.-
Art. 1) APROBAR la Ejecución Presupuestaria de la Municipalidad de Buena Esperanza, correspondiente al Primer Trimestre del año 2026.-
Art. 2) Remítase al Ejecutivo Municipal para su conocimiento y aplicación. -
Art. 3) Notifíquese, publíquese, archívese. -
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza, a los 29 días del mes de julio del año dos mil veintiséis.-
SEBASTIAN BENÍTEZ
Presidente H.C.D.
Marilina Ferreyra Bosisio
Secretaria H.C.D.
EXENTO
DECRETO N° 071-MBE-2026.-
Buena Esperanza, San Luis, 31 de Julio del 2026
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza presentado al Honorable Concejo Deliberante por el Poder Ejecutivo Municipal mediante Nota Nº 014-MBE-26, donde se solicita la aprobación de la Ejecución Presupuestaria correspondiente al primer trimestre del año 2026 de la Municipalidad de Buena Esperanza, Y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo fue sometido a su respectivo análisis por el Cuerpo Legislativo, en sesión Extraordinaria el día 29 de Julio del año en curso.-
Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal promulgar, publicar y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE BUENA ESPERANZA
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art. 1°) DECLÁRESE APROBADA para su publicación, la Ejecución Presupuestaria correspondiente al primer trimestre del año 2026 de la Municipalidad de Buena Esperanza, bajo Ordenanza N° 103-HCD-26.-
Art. 2°) Comuníquese, Publíquese y dese al R.M. y Archívese.-
SOFIA LARROUDE
Intendente Municipal
Romina Maldonado
Secretaria Municipal
EXENTO
ORDENANZA Nº 104-HCD-2026.-
Buena Esperanza (S.L), 12 de Agosto de 2026.
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza donde el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Nota Nº 017- MBE/26, solicita la autorización para llevar a cabo la adquisición de una maquina desmalezadora y un tractor, para realizar tareas de mantenimiento y mejorar la eficacia en la prestación de servicios a la comunidad Y;
CONSIDERANDO:
Que la localidad de Buena Esperanza ha tenido en los últimos años un crecimiento poblacional importante, aumentando notoriamente el radio urbano en el cual el municipio debe prestar diferentes servicios.-
Que el crecimiento poblacional y urbanístico de Buena Esperanza conlleva a ampliar la infraestructura y herramientas que permitan un eficiente cumplimiento de dichos servicios.-
Que la aplicación de este Instrumento Legal constituye uno de los fundamentos Institucionales de las Municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno Municipal.-
Que es atribución y deber de este Honorable Concejo Deliberante de acuerdo a lo establecido en el Art.º 258 de la Constitución de la Provincia de San Luis, de dictar Ordenanzas Y Reglamentos.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BUENA ESPERANZA
EN QÚORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 104 HCD-26
Art. 1) APUEBESE el Proyecto de Ordenanza enviado por el D.E.M, solicitando la AUTORIZACIÓN para la contratación directa de una maquina desmalezadora marca AgroArDM 1000 a la empresa Agropecuaria AEY S.R.L. N° 2788 y un tractor línea Stark Agr4 a la empresa Agropecuaria AEY S.R.L. N °2787
Art. 2) Remítase copia al Ejecutivo Municipal.-
Art. 3) Comuníquese, publíquese, archívese.-
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza, a los doce días del mes de Agosto del año 2026.-
SEBASTIAN BENÍTEZ
Presidente H.C.D.
Claudia B. Geuna
Secretaria H.C.D.
EXENTO
DECRETO Nº 072-MBE-2026.-
Buena Esperanza, San Luis, 13 de Agosto del 2026
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza enviado al Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza; solicitando autorización para la compra de desmalezadora y un tractor, indispensable para la mejora en la prestación de servicios a la comunidad, Y;
CONSIDERANDO:
Que la creación y aplicación de este Instrumento Legal con constituye uno de los fundamentos Institucionales de las municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno municipal.
Por ello:
LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE BUENA ESPERANZA
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art. 1º) APROBAR la Ordenanza Nº 104-HCD-26, autorización de compra directa de una maquina desmalezadora marca AGROAR DM 1000 la Empresa AGROPECUARIA AEY S.R.L y un tractor línea STARK AGR4.-
Art. 2º) Comuníquese, Publíquese y dese al R.M y Archívese.-
SOFIA LARROUDE
Intendente Municipal
Romina Maldonado
Secretaria Municipal
EXENTO
MUNICIPALIDAD DE ALTO PELADO
ORDENANZA N° 35-MAP-2026.-
VISTO:
La necesidad de dar respuesta habitacional a los residentes de la Localidad de Alto Pelado, y;
CONSIDERANDO:
Que esta municipalidad impulsa y adhiere al Plan de viviendas impulsado por el Gobierno de la provincia, en cuyo marco ha dispuesto, la realización de todos los trámites pertinentes tendientes a sanear los títulos sobre los que se asentarán futuras viviendas, y/o donar los inmuebles necesarios al Estado provincial.
Que la presente ordenanza tiene como finalidad resolver el problema habitacional de aquellas familias de escasos recursos económicos, que sin la asistencia social les sería imposible acceder a la casa propia;
Que en ese marco, el municipio cuenta con 2 (dos) terrenos aptos para dicho fin con una excelente ubicación y la factibilidad para brindarle los servicios necesarios;
Que la construcción de viviendas, tiene una significativa importancia para el desarrollo habitacional de nuestro pueblo, y el desarrollo urbanístico de la localidad.
Que de acuerdo a la normativa vigente se hace necesario dictar el pertinente instrumento legal por el cual se transfiera en Donación al Gobierno de la Provincia de San Luis el inmueble identificado como Parcela N° 3095, Padrón N° 28-982746, Receptoría Charlone, del Plano de Mensura N° 03/471/13, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Juan Carlos Noriega, aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales con fecha 22/07/2011, que cubre una superficie de 387.83 m2 metros cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula 1-21655, y Parcela N° 3096, Padrón N° 28-982747, Receptoría Charlone, del Plano de Mensura N° 03/471/13, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Juan Carlos Noriega, aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales con fecha 22/07/2011, que cubre una superficie de 378.83 m2 metros cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula 1-21655.-
Que la parcela N° 3095, Padrón N° 28-982746, linda al Este con Calle Pública, al Norte con parcela 3094 y con la parcela 3093, al Oeste parcela 3101 y con la parcela 3102, y al Sur con parcela 3096.
Que la Parcela N° 3096, Padrón N° 28-982747, linda al Este con Calle Publica, al Norte con Parcela 3095, al Oeste Parcela 3100 y con la Parcela 3101, y al Sur con Parcela 3097 y con la Parcela 3098.
Que la presente ordenanza encuentra su fundamento legal tanto en la Constitución de la Provincia de San Luis, como en la Ley XII – 0622- 2008, y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por ello;
EL INTENDENTE COMISIONADO DE LA LOCALIDAD DE ALTO PELADO
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES
QUE LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, a DONAR al Gobierno de la Provincia de San Luis, el inmueble ubicado en la localidad de Alto Pelado, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, provincia de San Luis, identificado como Parcela N° 3095, Padrón N° 28-982746, Receptoría Charlone, del Plano de Mensura N° 03/471/13, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Juan Carlos Noriega, aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales con fecha 22/07/2011, que cubre una superficie de 387.83 m2 metros cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula 1-21655, y Parcela N° 3096, Padrón N° 28-982747, Receptoría Charlone, del Plano de Mensura N° 03/471/13, confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Juan Carlos Noriega, aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales con fecha 22/07/2011, que cubre una superficie de 378.83 m2 metros cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble bajo Matrícula 1-21655. La parcela N° 3095, Padrón N° 28-982746, linda al Este con Calle Pública, al Norte con parcela 3094 y con la parcela 3093, al Oeste parcela 3101 y con la parcela 3102, y al Sur con parcela 3096 y la Parcela N° 3096, Padrón N° 28-982747, linda al Este con Calle Publica, al Norte con Parcela 3095, al Oeste Parcela 3100 y con la Parcela 3101, y al Sur con Parcela 3097 y con la Parcela 3098.
Artículo 2°.- El inmueble donado, deberá destinarse exclusivamente a la construcción de viviendas sociales a través del Gobierno de la Provincia de San Luis.
Artículo 3°.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los actos complementarios que resulten necesarios para la inscripción definitiva del inmueble donado, incluyendo la confección de planos de mensura, subdivisiones, rectificaciones, aclaraciones y demás gestiones administrativas o técnicas que correspondan, a fin de garantizar la registración y publicidad registral del dominio en favor del Gobierno de la Provincia de San Luis
Artículo 4°.- Dese oportunamente intervención a Escribanía de Gobierno para que confeccione el pertinente acto escritural y ordene las registraciones e inscripciones de rigor.
Artículo 5°.- Regístrese, publíquese, comuníquese al Gobierno de la Provincia de San Luis, y archivar.-
CARLA MABEL FERRERO
Intendente Comisionado
Martin A. Colombi
Secretario Municipal
EXENTO
DECRETO N° 03-MAP-2026.-
Alto Pelado, 4 de agosto de 2026
VISTO:
La Resolución Nº 19-2026-CBPCLO de fecha nueve de junio del año 2026, dictada por la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, prevé en el Art. 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y autorizada por la Legislatura.-
Que la Legislatura deberá expedirse de manera fundada sobre la legalidad de la ordenanza confirmándola o rechazándola.-
Que el Art. 9, establece que la Legislatura podrá suplir la intervención del Cuerpo mediante la conformación de una Comisión Bicameral Permanente para todos los actos en los cuales se requiera su intervención.-
Que la comisión descripta ha emitido la Resolución Nº 19-2026-CBPCLO, confirmando el Proyecto de Ordenanza elaborado por esta Municipalidad, cumpliendo de esta forma con lo normado en la Ley de Intendentes Comisionados detallada Ut. Supra.
Que el proyecto de Ordenanza versa sobre “DONACIÓN DE TERRENOS PARA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS”.-
Que conforme expresa el Art. 7 de la Ley Provincial XII 0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, es menester promulgar y publicar la presente Ordenanza.
Por ello:
LA INTENDENTE COMISIONADA MUNICIPAL DE ALTO PELADO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
RESUELVE:
Art. 1º.- Asignar al Proyecto de Ordenanza tramitado por Expediente EXD 0000-5131295/26 y confirmado por la Resolución Nº 19-2026-CBPCLO de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, el de Ordenanza Nº 35 del Municipio de Alto Pelado.
Art. 2º.- Cúmplase y promúlguese la Ordenanza Nº 35 del Municipio de Alto Pelado.
Art. 3º.- Comunicar al Programa Asuntos Municipales, registrar, publicar en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y archivar.-
CARLA MABEL FERRERO
Intendente Comisionado
Martin A. Colombi
Secretario Municipal
EXENTO
ASAMBLEAS
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
El Consejo Directivo del COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS y CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA ESCRIBANOS, en mérito a disposiciones legales vigentes, CONVOCA a los Escribanos matriculados a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, el día 07 de octubre de 2026, a las 10.30 horas en la Sede de la Institución de calle Rivadavia Nº 374 de ésta ciudad, a fin de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lectura y Consideración del Acta de la Asamblea anterior.
2.- Lectura de la Memoria correspondiente al Ejercicio Anual cerrado el 30 de Junio de 2026.
3.- Consideración del Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos del ejercicio 01/07/2025 al 30/06/2026.
4.- Informe adicional.
5.- Designación de dos socios para que suscriban con el Presidente y el Secretario General, el Acta de Asamblea.
CONSEJO DIRECTIVO
Art. 14° del Estatuto: “Las Asambleas sesionarán con la presencia de la mitad más uno de los socios activos. Si una hora después de la señalada para la iniciación no se hubiere logrado la asistencia requerida, se constituirá con el número de socios que haya concurrido”
C: 3045 $16.500,00 e: 07 y v: 11 Sep.
La Directora de Personas Jurídicas Ordena se publique que la asociación civil CENTRO DE JUBILADOS NACIONALES DE SAN FRANCISCO DEL MONTE DE ORO, con LPJ N°08/86 ha convocado a Asamblea Extraordinaria a celebrarse el día 9 de septiembre de 2026 a las 16:00hs. en Sarmiento 315 de la Localidad de San Francisco del Monte de Oro, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1-Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2-Reforma Integral del Estatuto
DRA. MARÍA LORENA DOMÍNGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
C: 3072 SPP e y v: 09 Sep.
La Directora de Personas Jurídicas Ordena se publique que la asociación civil ASOCIACION CIVIL SPARTANO PUNTANO, con LPJ N° 63/25 ha convocado a Asamblea Ordinaria a celebrarse el día 10 de septiembre de 2026 a las 20:00hs. en Barrio 114 Viviendas Mza 193 Casa 20 de Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1-Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2-Consideración de memoria, balance e informe del revisor del año 2025.
DRA. MARÍA LORENA DOMÍNGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
C: 3073 SPP e y v: 09 Sep.
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 73-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACIÓN de SERVICIO INTEGRAL DE COCINA EN INSTALACIONES PUBLICAS con destino a Servicio de Nutrición Hospital Pediátrico, por el periodo octubre 2026 a septiembre 2027, solicitado por el HOSPITAL PEDIÁTRICO, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-7280056/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 11279-MdeS- 2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS NOVECIENTOS VEINTICINCO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($925.822.500,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 22 de SEPTIEMBRE de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones, sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. - 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2995 SPP e: 04 y v: 09 Sep
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 19-2026
OBJETO: Licitación Pública Nº 19/2026 con el objeto de realizar la contratación del “SERVICIO GENERAL DE LIMPIEZA” del Edificio Judicial “Ramiro Podetti”, sito en calle Lavalle s/n extremo sur, Ciudad de Villa Mercedes, y del predio de Secuestro de la Oficina de Secuestros Judiciales, ubicado en la Quinta Albergue Policial, Barrio Eva Perón II, calle Tomas Ferrari, de la misma Ciudad.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO CATORCE MILLONES ($114.000.000,00).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO CATORCE MIL ($114.000,00). El cual podrá ser adquirido mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria: a la Cuenta Corriente N° 4780189784 del BANCO NACIÓN SUCURSAL SAN LUIS CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis.-
VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Oficina Contable de la Segunda Circunscripción del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de San Luis. Correo electrónico comprasvm@justiciasanluis.gov.ar con copia a contablevmjudicial@gmail.com hasta 48hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00hs. a 13:00 hs.-
GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-
PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas HASTA EL DÍA ANTERIOR (ES DECIR HASTA EL DIA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2026) al fijado para su apertura, por email, el que deberá ser enviado a la casilla comprasvm@justiciasanluis.gov.ar con copia a contablevmjudicial@gmail.com de la Oficina Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta.-
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: La apertura de ofertas se realizará el día 22 de SEPTIEMBRE de 2026, A LAS 11:00 (ONCE) HORAS, por videoconferencia que será realizada a tal fin, por la Oficina Contable de la Segunda Circunscripción Judicial.-
C.P.N. PAULA J. IMBERTI
Responsable de la Oficina Contable
C: 2996 SPP e: 04 y v: 09 Sep
AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 19-ACTySSL-2026.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE LICENCIAS PARA LOS SISTEMAS DE MONITOREO DEL DATACENTER DE LA AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN”.
EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-8180349/26.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES CON 68/100 ($167.920.663,68).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE CON 66/100 ($167.920,66).-
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis - Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 25 de septiembre de 2026, a las 10:00hs.-
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 24 de septiembre de 2026 a las 14:00hs.-
Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar
C: 3046 SPP e. 07 y v: 11 Sep.
COMERCIALES
“Convocatoria a Asamblea General de Accionistas – Frade Informática SA – Convócase a los señores accionistas a la asamblea general de accionistas a celebrarse el día 28 de Septiembre de 2026 a las 10:00hs en primera convocatoria y a las 11:00 hs en segunda convocatoria (art. 237 L.19550) en Carlos Pellegrini 350 de la ciudad de San Luis, provincia de San Luis para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de accionistas para firmar el acta. 2) Consideración de las causas de la demora en convocar a asamblea. 3) Análisis de las consecuencias del extravío de la documentación perteneciente a ejercicios cerrados hasta el 31/12/2014 inclusive y del Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas N° 1. 4) Consideración de la documentación del art. 234 de la LSC correspondiente a los ejercicios cerrados desde el 31/12/2015 hasta el 31/12/2025 y 5) Designación de Autoridades. El Directorio. Nota: Para asistir a la asamblea los accionistas deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 238, primera parte, de la ley 19550 con no menos de tres días hábiles de anticipación al de la fecha fijada en Carlos Pellegrini 350, San Luis en el horario de 10:00 a 12:00hs”
HUGO FERNANDEZ
Presidente
C: 2975 $27.500,00 e. 02 y v: 11 Sep.
ECOHUE S.A.S.
BACHEY LUCAS SEBASTIAN con D.N.I 27.393.973 CUIT 20-27393973-4, edad 46 años, Nacionalidad Argentino, de profesión comerciante, estado civil soltero, cumplimentando el Art 256 L20-17863449-7GS y en carácter de declaración jurada constituye domicilio especial, real, legal y Fiscal en Avenida Mitre Nº 510 primer piso departamento B, de la ciudad de Villa Mercedes; por derecho propio resuelve constituir una SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA
ECOHUE S.A.S. establece domicilio social, fiscal, legal y administrativo en Pedernera Nº 973, Villa Mercedes, San Luis. Duración 99 años.
La sociedad tendrá por objeto principal, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, la realización de las siguientes actividades:
a) TRANSPORTE, LOGÍSTICA Y DISTRIBUCIÓN: La prestación, explotación, organización, administración, coordinación y contratación de servicios de transporte terrestre de cargas en general, tanto en jurisdicción nacional como internacional, comprendiendo el transporte de cargas generales, mercaderías, productos, bienes y cargas peligrosas, de producción propia o de terceros. Dichos servicios podrán ser realizados mediante vehículos propios, arrendados, contratados o de terceros, incluyendo camiones, semirremolques, acoplados y demás unidades de transporte habilitadas.
Asimismo, podrá realizar servicios de fletes, distribución, logística integral, logística de abastecimiento y entrega, consolidación y desconsolidación de cargas, carga y descarga de mercaderías, coordinación y gestión de transporte, almacenamiento y depósito de bienes y mercaderías, preparación y acondicionamiento de cargas, gestión de inventarios y demás actividades conexas o complementarias al transporte y la logística, siempre que se encuentren permitidas por la normativa vigente.
La sociedad podrá contratar, subcontratar y coordinar transportistas, fleteros, operadores logísticos y demás prestadores de servicios relacionados con el transporte y la distribución de cargas, pudiendo actuar como transportista, operador logístico, agente de transporte o intermediario, cuando la normativa aplicable así lo permita y se cuente con las habilitaciones correspondientes.
b) COMERCIAL: La compra, venta, permuta, distribución, comercialización, consignación, representación, importación y exportación de toda clase de mercaderías, productos, bienes muebles y bienes inmuebles, registrables o no, por cuenta propia o de terceros, así como la realización de todas las operaciones comerciales vinculadas o complementarias a dichas actividades.
c) INMOBILIARIA: La adquisición, venta, permuta, locación, arrendamiento, administración, explotación, construcción, refacción, remodelación, urbanización y subdivisión de toda clase de inmuebles urbanos y rurales, propios o de terceros; la realización de loteos, fraccionamientos y urbanizaciones; el desarrollo y explotación de emprendimientos inmobiliarios; y la realización de operaciones comprendidas en el régimen de propiedad horizontal y demás regímenes de propiedad inmobiliaria vigentes.
d) INVERSORA Y FINANCIERA: La realización de inversiones y operaciones financieras por cuenta propia; la concesión de préstamos y financiaciones con o sin garantías; el aporte de capital a personas humanas o jurídicas y a sociedades constituidas o a constituirse; y la adquisición, tenencia, administración, negociación y enajenación de acciones, cuotas sociales, obligaciones negociables, debentures, títulos, bonos y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, incluyendo la suscripción e integración de obligaciones negociables, todo ello con sujeción a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables y sin realizar actividades que requieran autorización especial de organismos de control, salvo que se obtengan las correspondientes habilitaciones.
Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos, celebrar todos los contratos y efectuar todas las operaciones civiles, comerciales, financieras, mobiliarias e inmobiliarias que resulten necesarias, convenientes, accesorias o complementarias para el desarrollo de las actividades que constituyen su objeto social, pudiendo adquirir, administrar, arrendar, dar en locación y disponer de bienes muebles e inmuebles; adquirir, registrar, explotar y transferir marcas, nombres comerciales, patentes, licencias y demás derechos de propiedad intelectual; contratar personal y servicios de terceros; constituir, adquirir, administrar y participar en sociedades, asociaciones, fideicomisos y demás estructuras jurídicas permitidas por la legislación vigente, siempre que tales actos resulten conducentes al cumplimiento del objeto social.
El capital social se fija en la suma de pesos $5.000.000 APORTADO EN ESPECIES en su integridad, dividido en 10 acciones ordinarias de pesos $500.000 valor nominal cada una, con derecho a UN VOTO. Las acciones son suscriptas por el Sr. BACHEY LUCAS SEBASTIAN que suscribe 10 acciones de pesos $500.000 cada una, por la suma de pesos $5.000.000.
La administración, la representación legal y el uso de la firma social será ejercida en forma exclusiva por un accionista, reelegible, siendo designado para tal cargo al accionista BACHEY LUCAS SEBASTIAN con D.N.I 27.393.973 que acepta el cargo y durará en el mismo por tiempo indeterminado. Se designa como Administrador suplente a la Sra. GUTVAY TAMARA con D.N.I 30.973.587 CUIT 27-30973587-6 Nacionalidad Argentina, edad 42 años, de profesión comerciante, estado civil soltero, cumplimentando el Art 256 LGS y en carácter de declaración jurada constituyo domicilio especial, real, legal y Fiscal en Avenida Mitre Nº 510 A de la ciudad de Villa Mercedes. Quien acepta el cargo y expresa que constituyen una garantía a favor de la sociedad en mención, por la suma de $3.766.000
Fecha de Fecha de cierre del ejercicio 31/07, fecha de contrato 12/08/2026. Certificación de firmas 12/08/2026.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 3062 $5.500,00 e. y v: 09 Sep.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD “EL GALPÓN S.A.S.”
Accionista: ALFREDO ENSO BRUNO DEL TRECCO, D.N.I. 10.958.034, CUIT 20-10958034-2, nacionalidad argentina, de profesión comerciante, nacido el 24/04/1953, estado civil casado con BATLLE MARÍA ROSA, D.N.I. 14.035.154, con domicilio real en calle San Luis n° 410 de la ciudad de Villa Mercedes (San Luis).
Fecha del Instrumento Constitutivo: 19/06/2026, con certificación de firmas el 22/06/2026.
La sociedad se denomina: “EL GALPÓN S.A.S.”
Domicilio de la sociedad: en la jurisdicción de la ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis. Sede Social en calle San Luis n° 410, Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades:
A) COMERCIAL: Fabricación, industrialización, armado, reparación, recuperación, reciclado, tratamiento, impregnación, secado y acondicionamiento de pallets, tarimas, embalajes, cajones, bins, plataformas de carga y demás productos elaborados total o parcialmente en madera; compraventa, importación, exportación, distribución, representación, consignación, acopio, depósito y comercialización de pallets nuevos y usados, maderas, tablas, listones, tirantes, fenólicos, aglomerados, envases, embalajes y toda clase de productos forestales y derivados de la madera; producción, transformación, industrialización y comercialización de productos y subproductos de madera, incluyendo muebles, estanterías, estructuras, cercos, revestimientos, aberturas, componentes industriales y cualquier otro producto vinculado con la actividad maderera; B) SERVICIOS: Prestación de servicios de logística, almacenamiento, recuperación, clasificación, mantenimiento, reparación y gestión integral de pallets, embalajes y elementos de transporte y almacenamiento de mercaderías; transporte de mercaderías propias vinculadas al cumplimiento de su objeto social; C) FINANCIERA y de INVERSIÓN: Inversión de aporte de capital a personas naturales o jurídicas constituidas o a constituirse, tomar préstamos con o sin garantías, hacer descuentos de documentos, realizar compraventa y negociación de títulos, acciones, documentos y papeles de crédito, constitución, transferencia, cesión parcial o total de créditos con o sin garantías, realizar inversiones de fondos propios y operar con entidades financieras, inversión de capitales en bienes muebles, inmuebles, rodados, títulos y valores mobiliarios, cuotas partes y derechos inclusive los de propiedad intelectual o industrial, operar con Bancos oficiales, privados o mixtos; D) INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, cesión, dación en pago, usufructo, locación, hipotecas, arrendamientos, construcción y administración de toda clase de inmuebles rurales y urbanos; E) REPRESENTACION: El ejercicio de mandatos, comisiones y representaciones en actos relativos al objeto social.
A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente Instrumento Constitutivo, realizar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados.
Duración: El plazo de duración de la sociedad es de 99 años, contados a partir de la fecha de su constitución.
Capital Social: $1.000.000,00 (pesos un millón) representado por 100 acciones ordinarias escriturales, de $10.000,00 (pesos diez mil) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El accionista suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle:
ALFREDO ENSO BRUNO DEL TRECCO suscribe 100 acciones ordinarias escriturales, de diez mil pesos ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, alcanzando su participación total a pesos un millón ($1.000.000,00); e integra el 25% (veinticinco por ciento) con dinero efectivo o sea pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).
Composición de los órganos de Administración y Fiscalización: Administrador Titular por tiempo indeterminado, hasta que una reunión de accionistas decida su reemplazo: ALFREDO ENSO BRUNO DEL TRECCO, D.N.I. 10.958.034, C.U.I.T. 20-10958034-2. Administrador Suplente por tiempo indeterminado, hasta que una reunión de accionistas decida su reemplazo a: DIEGO ALFREDO DEL TRECCO, D.N.I. 29.427.594, C.U.I.T. 20-29427594-1. Órgano de fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.
La representación legal de la sociedad será ejercida por el Administrador Titular ALFREDO ENSO BRUNO DEL TRECCO, D.N.I. 10.958.034, C.U.I.T. 20-10958034-2.
El ejercicio social: cierra el día 31 de diciembre de cada año.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 3063 $5.500,00 e. y v: 09 Sep.
AUMENTO DE CAPITAL A CUATRO S.R.L.
Por Acta de Reunión de Socios de fecha 30 de mayo de 2026, los socios de A CUATRO S.R.L., con domicilio legal en Pringles 509 de la localidad de Quines, Provincia de San Luis, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis bajo Tomo 336, Folio 23, N° 04, resolvieron por unanimidad aumentar el capital social de la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00) a la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CINCUENTA MIL ($17.050.000,00), y modificar en consecuencia el Artículo 5° del Contrato Social, el que queda redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 5°: CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS DIECISIETE MILLONES CINCUENTA MIL ($17.050.000,00), dividido en CINCUENTA (50) cuotas sociales de valor nominal PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL ($341.000,00) cada una, suscriptas de la siguiente manera: Ana Rita Alcibar, VEINTICINCO (25) cuotas, por un total de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL ($8.525.000,00), representativas del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social; y Jorge Carlos Alanis, VEINTICINCO (25) cuotas, por un total de PESOS OCHO MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL ($8.525.000,00), representativas del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del capital social. El capital se integra en dinero en efectivo.”
San Luis, ____ de Septiembre de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 3074 $5.500,00 e y v: 09 Sep
El Registro Público de Comercio de San Luis, ordena se publique por el término de Ley, que la empresa GARBO SAS, según acta de Asamblea Nº 9 de fecha 14 de agosto de 2026, a las 10,00 Horas, en sede social, calle 101, entre 1 y 2, Ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre, se aprobaron las siguiente remoción y designación:
El señor Bruno Juan Chanampa, DNI 32.351.757 fue removido de su cargo de administrador suplente por esta administración y se designó por unanimidad al señor, Matias Poratti, D.N.I. Nº 27.136.177 como administrador suplente de GARBO S.A.S., quien en el mismo acto acepto el cargo conferido.
Los cargos de designación y remoción fueron aceptados y aprobados por Felix Poratti, DNI 32.038.504, administrador titular de GARBO S.A.S.
Se transcribe la nueva redacción de las clausulas 3 de las disposiciones transitorias del contrato social.
3º Designar administrador suplente a: Matias Poratti, con DNI 27.136.177 y CUIT 20-27136177-8, de nacionalidad Argentina, con fecha de nacimiento el 08 de diciembre de 1979 y con el siguiente domicilio Miguel Azcuenaga 188, Barrio Nacional, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis.
San Luis, 2 de septiembre de 2026
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 3075 $5.500,00 e y v: 09 Sep
El Registro Público de Comercio ordena se publique por el termino de ley en la ciudad de San Luis, a los 27 días de mes de Mayo de 2024, siendo las 16 hs. se reúnen los socios en la sede social de LEM MEDICAL SRL, para tratar las siguientes orden del día:
1- Cesión de cuotas.
2- Modificación art 8 del contrato
1- Sr. EMILIANO FERNAN LATINI CEDE y TRANSFIERE A LA CESIONARIA PAOLA VANESA DIAZ la totalidad de las cuotas sociales que tiene y le corresponden en la sociedad, o sea la cantidad de CINCUENTA CUOTAS SOCIALES (50), de Pesos CIEN ($100) valor nominal de cada una, por un total de PESOS CINCO MIL ($5.000) equivalente al cincuenta por ciento (50%) del capital social de “LEM MEDICAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” conforme surge de los términos del contrato social de fecha 03 de Nov de 2010, quedando conformado el total del capital social de PESOS DIEZ MIL ($10.000) en la siguiente proporción Sr EMILIANO MARTIN LATINI la cantidad de CINCUENTA CUOTAS SOCIALES (50), de Pesos Cien ($100) valor nominal de cada una, por un total de PESOS CINCO MIL ($5.000,00) equivalente al cincuenta por ciento (50%) del total social, y Sr. PAOLA VANESA DIAZ, la cantidad de CINCUENTA CUOTAS SOCIALES (50), de Pesos Cien ($100) valor nominal de cada una, por un total de PESOS CINCO MIL ($5.000,00) equivalente al cincuenta por ciento (50%) del total social.
Las partes aseguran que tienen plena capacidad jurídica para firmar este contrato y que no existe impedimento legal ni jurídico de disposición de las cuotas sociales referidas objeto del presente contrato, que se encuadra en los términos del artículo décimo del contrato social y artículo 152 de la ley 19550, debiendo efectuarse la respectiva inscripción en el Registro Público de Comercio
2- OCTAVA: La administración, representación legal y el uso de la firma social estará a cargo del socio gerente Sr EMILIANO MARTIN LATINI, DNI 29.760.999, por tiempo indeterminado, quien declara bajo fe de juramento, que fija y constituye domicilio especial en Pringles 464, de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, conforme a lo previsto por el Art. 157 tercer párrafo y el Art. 256 de la ley 19.550. Los administradores titulares deberán constituir una garantía en los términos del art. 256 de la I.G.J. por la suma de pesos dos millones trescientos cincuenta mil ($2.350.000,00) a materializarse en una cuenta bancaria especial a cuenta y orden de la Sociedad. Los administradores tienen la obligación de comunicar a la Sociedad los datos que individualizan dicha cuenta como así también la entidad financiera autorizada en la que opere. Los administradores titulares no pueden disponer de dichos fondos durante el plazo de vigencia de su mandato más el término de prescripción de la acción social de responsabilidad. Queda prohibido comprometer la firma Social en operaciones extrañas al giro comercial de la sociedad ni en fianzas, garantías o avales a favor de terceros. El socio gerente tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del Objeto Social, inclusive los previstos en el Art. 9 del Decreto Ley 5965/63, adquirir toda clase de bienes muebles o inmuebles, contraer préstamos, constituir toda clase de derechos reales de garantía, otorgar poderes especiales, generales, de administración, judiciales y laborales con cláusulas especiales que en cada caso se requiera. Operar con toda clase de instituciones bancarias y financieras, oficiales y privadas y entidades crediticias, dejando expresa constancia que esta enumeración no es limitativa ni taxativa.”-
HABIENDO TRATADO TODOS LOS PUNTOS DEL ORDEN DEL DIA Y SIENDO LAS 18.30 HS Se procede a redactar el contrato con fecha 28 de Mayo de 2024 y se da por terminada la asamblea.-
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 3076 $5.500,00 e y v: 09 Sep
LOBATO SAN LUIS S.A.- NOMBRAMIENTO DE DIRECTORIO
El Registro Público ordena se publique, por el término de la ley, que LOBATO SAN LUIS SA, con sede social en Tomas Jofre 875, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, inscripta en Registro Público de San Luis con fecha 21/10/1986, tomo 31 de Contratos Sociales, folio 32, número 6; ha resuelto la designación del Directorio para el periodo 2024-2027 dispuesto en las siguientes actas: Acta de Directorio de fecha 24 de octubre de 2024 según consta a fs N°5 del Libro de Directorio N°2, Acta de Asamblea de fecha 25 de Octubre de 2024 según consta a fs N°4 y N° 5 del Libro de Asamblea N°2, Acta de Directorio de fecha 25 de octubre de 2024 según consta a fs N° 7 del Libro de Directorio N°2 y Registro de Asistencia N° 1,; quedando conformado de la siguiente manera:
PRESIDENTE- CLARA ANDREA BROSTOW RICARDO -DNI: 20.217.496
VICEPRESIDENTE- LEONARDO LANCIANO- DNI: 41.824.774
DIRECTOR TITULAR- NICOLAS LANCIANO- DNI: 21.553.449
DIRECTOR SUPLENTE –ABRHAM BROSTOW -DNI: 4.397.250
San Luís, de de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 3077 $5.500,00 e y v: 09 Sep
El Registro Público de Comercio ordena dar a conocer que por instrumento privado de fecha 27/08/2026 se constituyó la SAS denominada “GRUPO GRAF SAS”. SOCIO: FRANCISCO TOMÁS MUÑOZ, D.N.I. Nº 44.551.331, CUIL/CUIT 20-44551331-9, de nacionalidad argentina, nacido el 07/01/2.003, de profesión: comerciante, estado civil: soltero, con domicilio en calle Lindor Quiroga N° 1.310 – Juana Koslay, Provincia de San Luis. Plazo: 30 años contados a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio, pudiendo ser prorrogado por decisión del socio único. OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, sean personas físicas o jurídicas, en el país y en el exterior, a las siguientes actividades: Venta de máquinas y/o equipos de impresión, accesorios, insumos tecnológicos de la actividad, reciclados de cartuchos de impresión. Prestación de servicios para la reparación de los equipos de electrónica y computación en general, redes, software, hardware y alquiler de los mismos. Imprenta y comercialización de impresiones, encuadernación, plastificados, anillados, laminados. Venta y comercialización de artículos de librería y papelería. Venta de equipamientos para oficinas. Diseño gráfico y multimedial. Gastronomía y espectáculos públicos: explotación de actividades de hotelería, restaurantes, bares, lugares de espectáculos públicos, tanto por sí o por terceros. Representaciones y mandatos: ejercer representaciones, distribuciones, consignaciones y mandatos de entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, y mandatos vinculados directamente con las actividades y productos señalados en este artículo, incluyendo la operativa de exportación e importación, actuando ante la administración nacional de aduanas en todo lo que sea necesario conforme las leyes que reglamentan su ejercicio. Inscribirse en los registros que establezca la autoridad de aplicación y como proveedor de los estados Nacional, Provincial y Municipal, de acuerdo con las reglamentaciones vigentes. Inscripción y explotación de patentes, marcas, licencias y diseños industriales, sean de origen nacional o extranjero. Transporte: Como operadora de transporte de personas, y bienes, tanto en transporte terrestre, marítimo, fluvial o aéreo en oleoductos, poliductos, gasoductos, tanto nacional como internacional. Consultora: Mediante el estudio, proyecto, desarrollo, dirección, administración y ejecución de trabajos de consultoría en el área energética, tanto para el sector público como para el sector privado, pudiendo realizarlo por sí o por terceros. Servicios públicos: Podrá por sí o por terceros, o asociada a terceros ser concesionaria de servicios públicos, de prestación, distribución de energía eléctrica, agua potable, telecomunicaciones, radiodifusión, servicios de salud, construcción de viviendas sociales, educación, comercialización, locación y administración de bienes inmuebles propios o de terceros, inclusive las operaciones comprendidas en las leyes de Propiedad Horizontal y Prehorizontalidad, inclusive para la explotación, venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos o rurales, adquisición y la venta de tierra en lotes y parcelas, conforme a sus respectivas reglamentaciones legales, así como también la intermediación y el corretaje en operaciones inmobiliarias celebradas por terceros, todo ellos con fines lucrativos. Industrial: mediante el desarrollo de procesos de exportación, explotación, elaboración, manufactura, fraccionamiento, fabricación, transformación de materia prima, productos, subproductos, con materiales y materias primas elaboradas y/o semielaboradas o no, de producción nacional o extranjera, en especial derivados de las actividades frutihortícola, agropecuarias y forestales. Exportación e importación: Mediante la importación o exportación por cuenta propia o de terceros o bien asociada a terceros, aunque se trate de otras personas jurídicas, de todo tipo de bienes materiales e inmateriales, incluyendo obras de ciencia o tecnología; esta actividad faculta a la entidad a intermediar en el comercio internacional, previa inscripción en la matrícula y registros pertinentes. Agropecuarias: mediante el desarrollo de la actividad agrícola y ganadera, comprendiendo la implantación producción, elaboración, industrialización, envasado, explotación, fraccionamiento, comercialización de cultivos permanentes o estacionarios, y de los frutos y productos de las referidas actividades. Dedicarse a la ganadería mediante crianza, engorde de animales vacunos, ovinos, caballares, porcinos, avícolas o caprinos y cualquier tipo de animal, también en lo referente a la compraventa, arrendamiento o aparcería de inmuebles de la sociedad o de terceros, pudiendo realizar estas mismas operaciones, con más la de comisión, consignación, permutas y depósitos sobre frutos o productos de esas explotaciones rurales. Silvicultura y forestación: Mediante la explotación de plantaciones, maderables nuevas o ampliación de forestaciones existententes o explotación montes naturales o artificiales o reforestación, y las actividades y contratos vinculados a negociación de bonos verdes y preservación del medio ambiente mediante la silvicultura y la forestación. Inversión y financieras: Mediante la ejecución de operaciones crediticias con fondos propios, inversiones mobiliarias e inmobiliarias, mediante títulos valores causales y abstractos, títulos acciones, debentures, cédulas, bonos y cualquier tipo de obligaciones emitidas por particulares, por el Estado, Empresas Estatales y/o Autárquicas. En general la Sociedad podrá realizar toda clase de actividades jurídicas u operaciones comerciales relativas, conexas y/o afines al objeto social. Fiduciaria: La sociedad podrá asumir la calidad de fiduciante pudiendo transmitir bienes en fideicomiso; podrá actuar como fiduciario; o ser beneficiario o fideicomisario; en los términos del Código Civil y Comercial y leyes complementarias y modificatorias. Licitaciones: Intervención en licitaciones de entes privados o públicos, nacionales o extranjeros, análisis de oferta y adjudicaciones, intervención en concursos públicos o privados, para celebrar contratos de Uniones Transitorias de Empresas y Contratos de Colaboración Empresaria. Construcción: Mediante el estudio, proyecto, desarrollo, dirección, administración y ejecución de obras de arquitectura, ingeniería, públicas o privadas. Comprende los trabajos, de ingeniería, agrimensura y arquitectura pertinentes, de obras civiles, hidráulicas, portuarias, mecánicas, sanitarias, eléctricas, urbanizaciones, pavimentos, edificios, incluso destinados al régimen de propiedad horizontal, construcción de silos, diques, viviendas, talleres, puentes, plantas industriales, gasoductos, poliducto, acueductos, oleoductos y todas aquellas instalaciones para almacenar, transportar, elaborar e industrializar petróleo, gas, biocombustibles y energía eléctrica, incluso estaciones transformadoras, sean todos ellos públicos o privados, refacción, demolición de las obras enumeradas; proyecto, dirección y construcción de plantas industriales, obras viales y en general todo tipo de construcción. Inmobiliarias: Mediante la comercialización, locación y administración de bienes inmuebles propios o de terceros, inclusive las operaciones comprendidas en las leyes de Propiedad Horizontal y Prehorizontalidad, inclusive para la explotación, venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos, suburbanos o rurales, adquisición y venta de tierra en lotes y parcelas, conforme a sus respectivas reglamentaciones legales, así como también mediante la intermediación y el corretaje en operaciones inmobiliarias celebrada por terceros, todo ello con fines lucrativos. Medios de Comunicación y Difusión: creación, instalación, administración, explotación y comercialización de medios de comunicación en todas sus formas, incluyendo emisoras radiales, señales televisivas abiertas o por cable, productoras audiovisuales, plataformas de streaming, portales digitales, redes sociales, aplicaciones móviles y cualquier otro medio de difusión presente o futuro. Producción Integral de Contenidos: producción, coproducción, realización, dirección, edición, postproducción y comercialización de contenidos audiovisuales, radiales y digitales tales como programas de televisión y radio, streaming en vivo, podcasts, documentales, transmisiones deportivas y culturales, contenido periodístico, institucional, educativo y de entretenimiento. Publicidad, Comercialización y Pauta Oficial y Privada: comercialización de espacios publicitarios en medios propios o de terceros, gestión, planificación, producción y ejecución de campañas publicitarias institucionales, comerciales y gubernamentales. Contratación, administración y ejecución de pauta oficial municipal, provincial o nacional, así como pauta privada, patrocinio, sponsoreo y acuerdos comerciales. Comunicación Estratégica y Asesoramiento: prestación de servicios de comunicación institucional, marketing político, prensa, relaciones públicas, posicionamiento de imagen y consultoría estratégica. Organización y Producción de Eventos: organización, producción, promoción, difusión y transmisión de eventos culturales, empresariales, políticos, educativos, deportivos y sociales. Tecnología y Plataformas Digitales: desarrollo, administración y monetización de plataformas digitales, sistemas de streaming, aplicaciones móviles, portales web y soluciones tecnológicas vinculadas a la comunicación. Participación en otras sociedades e inversiones: participación como accionista, socia o inversora en sociedades, fideicomisos, UTE, joint ventures o cualquier forma asociativa vinculada con su objeto. Contratación con el Estado: participación en licitaciones, concursos, contrataciones directas y cualquier modalidad contractual con organismos públicos nacionales, provinciales o municipales. La sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos y contractuales necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto. CAPITAL SOCIAL: El Socio suscribe el 100.00% (cien por ciento) del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: FRANCISCO TOMÁS MUÑOZ, suscribe la cantidad de $753.200,00 (pesos Setecientos Cincuenta y tres mil doscientos con cero ctvs.) adquiriendo la misma cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $1,00 (pesos uno con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un 25% (veinticinco por ciento) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la boleta de depósito del Banco Nación, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (dos) años, contados desde la fecha de su constitución de la sociedad. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: Administrador titular: FRANCISCO TOMÁS MUÑOZ, D.N.I. Nº 44.551.331 (CUIL: 20-44551331-9) y Administrador suplente: DIEGO FABIÁN MUÑOZ, D.N.I. Nº 25.136.553 (CUIL: 23-25136553-9). FISCALIZACIÓN: La sociedad prescinde de sindicatura. FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: cierra el 31 de diciembre de cada año. SEDE SOCIAL: en calle Lavalle nº 970, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis.
San Luis, 31 de Agosto de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 3078 $5.500,00 e y v: 09 Sep
EDICTO DE CONSTITUCIÓN HUNTER AGROPECUARIA S.A.S.
SOCIOS: THOMAS HUNTER, D.N.I. N° 96.190.684, C.U.I.T./C.U.I.L. 27-96190684-4, de nacionalidad británico, nacido el 15 de Junio de 1990, de profesión empresario, estado de familia soltero, con domicilio real en calle Av. Mitre N° 1.331, de la Ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, República Argentina. CONSTITUCIÓN: 28 de Agosto del año 2026. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina HUNTER AGROPECUARIA S.A.S. y tiene su domicilio social, legal y fiscal en calle Pueyrredón N° 581, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, República Argentina. Plazo de Duración: 99 años contados a partir de su constitución. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto realizar, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera de la República Argentina, las siguientes actividades: I. ACTIVIDAD AGROPECUARIA: a) La producción, explotación, adquisición, venta, permuta, depósito, acopio, conservación, acondicionamiento, elaboración, industrialización, fraccionamiento, distribución, comercialización, importación y exportación de cereales, oleaginosas, semillas, hacienda, productos y frutos del país y, en general, de toda clase de bienes, productos, subproductos y derivados provenientes de la actividad agrícola, ganadera o forestal. b) La explotación agrícola y ganadera de establecimientos rurales propios o de terceros, bajo cualquier modalidad lícita; el arrendamiento, aparcería, pastaje y demás modalidades de explotación rural; la instalación y explotación de cabañas de reproducción y mejoramiento animal, establecimientos de cría, recría, engorde e invernada, sistemas intensivos o extensivos de producción ganadera, incluidos establecimientos tipo feedlot o similares, con las inscripciones y habilitaciones que correspondan. c) La explotación de semilleros y la producción, multiplicación, acondicionamiento y comercialización de semillas propias o de terceros, incluyendo semillas originales, híbridas o de cualquier otra clase admitida por la legislación vigente. d) La adquisición, producción, elaboración, fraccionamiento, distribución, representación, comercialización, importación y exportación de fertilizantes, agroquímicos, productos fitosanitarios, insumos agropecuarios, herramientas, implementos, maquinarias, repuestos, materias primas y demás productos relacionados con la actividad agropecuaria, con sujeción a las autorizaciones y habilitaciones que correspondan. e) La instalación y explotación de plantas de acopio, silos, molinos, plantas de elaboración o procesamiento de materias primas agrícolas o ganaderas, establecimientos para la fabricación de alimentos balanceados para animales, pellets y productos similares, así como frigoríficos y demás establecimientos vinculados con el procesamiento de productos de origen animal o vegetal, previa obtención de las habilitaciones exigibles. f) La producción, elaboración, industrialización y comercialización de aceites vegetales, biocombustibles, biodiésel y demás productos y subproductos derivados de materias primas agropecuarias, en todos los casos con sujeción a la normativa específica aplicable. g) La consignación, intermediación, representación, comisión, mandato, distribución, transporte y comercialización de productos agropecuarios propios o de terceros. Podrá asimismo actuar como corredora y/o comisionista de cereales, granos y demás productos agropecuarios, siempre que cuente con las matrículas, registros, autorizaciones y habilitaciones exigidas por la legislación vigente y, cuando corresponda, mediante la intervención de profesionales o agentes con incumbencia legalmente reglamentada. h) La adquisición, comercialización y distribución de combustibles, lubricantes y sus derivados destinados a las actividades comprendidas en el presente objeto, con sujeción a las habilitaciones legales y reglamentarias aplicables. i) La importación y exportación de bienes, mercaderías, maquinarias, equipos, insumos y servicios vinculados directa o indirectamente con las actividades comprendidas en el objeto social. II. ACTIVIDAD FORESTAL: La implantación, administración, conservación y explotación de bosques y montes propios o de terceros; la forestación y reforestación; la tala y aprovechamiento forestal conforme a la legislación ambiental vigente; la industrialización, transformación y comercialización de madera y sus derivados; y la fabricación y comercialización de carbón vegetal y demás productos y subproductos de origen forestal. III. ADQUISICIÓN, ADMINISTRACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE INMUEBLES RURALES: La adquisición, venta, permuta, cesión, arrendamiento, subarrendamiento, administración, explotación, desarrollo, mejora y disposición de inmuebles rurales propios, así como la explotación de inmuebles rurales de terceros bajo las modalidades contractuales legalmente admitidas. Las actividades comprendidas en este apartado deberán desarrollarse con sujeción a las normas nacionales, provinciales y municipales aplicables y, en particular, cuando corresponda, al régimen legal vigente relativo a la adquisición, posesión y tenencia de tierras rurales. IV. COTOS DE CAZA Y ACTIVIDAD CINEGÉTICA: La constitución, formación, organización, administración y explotación de cotos de caza en inmuebles rurales propios o de terceros, destinados al aprovechamiento cinegético sustentable y a la práctica de la caza deportiva, así como la prestación de servicios turísticos, logísticos, de alojamiento, guía, transporte y demás servicios accesorios o complementarios directamente vinculados con dicha actividad. Las actividades comprendidas en este apartado deberán desarrollarse con estricto cumplimiento de las Leyes de la Provincia de San Luis Nº IX-0322-2004 —Cotos de Caza—, Nº IX-0323-2004 y sus modificatorias, Nº IX-0317-2004 —Conservación de Fauna, Caza y Pesca—, Nº IX-0786-2011 —Registro Único Provincial de Operadores Cinegéticos—; de la Ley Nacional Nº 22.421 de Conservación de la Fauna y su Decreto Reglamentario Nº 666/1997; y de toda otra norma nacional, provincial o municipal vigente en la materia, así como de aquellas que en el futuro las modifiquen, sustituyan o complementen. La Sociedad deberá obtener, con carácter previo al desarrollo de las actividades que así lo requieran, las inscripciones, habilitaciones, licencias, permisos, autorizaciones, evaluaciones, planes de administración y manejo y demás requisitos exigidos por la autoridad de aplicación competente. Queda expresamente excluida cualquier actividad de caza, captura, tenencia, transporte, introducción, liberación, reproducción, comercialización o aprovechamiento de fauna silvestre que se encuentre prohibida o respecto de la cual no se hubieren obtenido previamente las autorizaciones legalmente exigibles. V. INVERSIONES Y PARTICIPACIONES: La Sociedad podrá realizar, exclusivamente con fondos propios y sin desarrollar actividades reservadas a entidades sujetas a regímenes especiales: a) aportes e inversiones de capital, tecnología, conocimientos, bienes y otros recursos en personas jurídicas, sociedades, emprendimientos o negocios existentes o a constituirse, en el país o en el extranjero; b) otorgar préstamos, financiaciones y créditos, con o sin garantías reales o personales, a sociedades controladas, vinculadas, participadas o a terceros, siempre que dichas operaciones no impliquen intermediación habitual entre la oferta y la demanda de recursos financieros ni cualquier otra actividad reservada a entidades comprendidas en la Ley Nº 21.526 de Entidades Financieras; c) adquirir, mantener, administrar, gravar y enajenar acciones, cuotas, participaciones sociales, títulos públicos o privados, obligaciones negociables, debentures, valores negociables y demás instrumentos financieros legalmente autorizados, propios o emitidos por terceros, pudiendo realizar dichas operaciones en mercados autorizados del país o del extranjero; d) constituir, adquirir o participar en sociedades, sucursales, uniones transitorias, agrupaciones de colaboración, consorcios, joint ventures y demás contratos asociativos admitidos por la legislación vigente; e) garantizar obligaciones propias y, cuando exista interés social suficiente, obligaciones de sociedades controlantes, controladas, vinculadas o participadas, mediante el otorgamiento de fianzas, avales, cauciones, hipotecas, prendas y demás garantías reales o personales legalmente admitidas; f) actuar como fiduciaria en fideicomisos ordinarios, de administración, inversión, garantía u otras modalidades admitidas por la legislación vigente, pudiendo actuar como fiduciaria financiera exclusivamente cuando reúna las condiciones, inscripciones y autorizaciones exigidas por la normativa específica y por la Comisión Nacional de Valores. Las participaciones societarias deberán realizarse de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Sociedades Nº 19.550 y sus modificatorias, especialmente las limitaciones que, en su caso, resulten aplicables. VI. FACULTADES COMPLEMENTARIAS: Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá celebrar todos los actos, contratos y operaciones que se relacionen directa o indirectamente con las actividades precedentemente enumeradas; adquirir, administrar, gravar y disponer de bienes muebles e inmuebles; adquirir derechos y contraer obligaciones; realizar y recibir inversiones, aportes de capital y demás contribuciones de carácter patrimonial o financiero provenientes de personas humanas o jurídicas, nacionales o extranjeras; y realizar todos aquellos actos jurídicos lícitos que resulten necesarios, convenientes, accesorios o conducentes para el desarrollo y consecución de su objeto social. Las actividades que por disposición legal o reglamentaria requieran título profesional habilitante, matrícula, autorización administrativa, inscripción, licencia o habilitación especial serán realizadas por medio de profesionales habilitados o una vez cumplidos los requisitos correspondientes. Capital Social: El Capital Social es de Pesos DOS MILLONES ($2.000.000), dividido en doscientas (200) acciones ordinarias nominativas no endosables, de PESOS DIEZ MIL ($10.000) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El socio suscribe el cien por ciento (100%) del capital social con el siguiente detalle: a) el único socio THOMAS HUNTER suscribe la cantidad de doscientas (200) acciones ordinarias de pesos diez mil con 00/100 ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el 31 del mes de Julio de cada año calendario. Administrador Titular: THOMAS HUNTER, D.N.I. Nº 96.190.684, con domicilio real en calle Av. Mitre N°1331, en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, República Argentina. Administrador Suplente: Sr. FERNANDO LUIS PEREIRA, D.N.I. Nº 23.066.369, con domicilio en calle Pueyrredón N° 581, en la ciudad de Villa Mercedes, República Argentina. La sociedad prescinde de sindicatura.- Fecha de certificación de firmas con fecha 28/08/2026 y 31/08/2026.
DRA. MARIA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 3079 $5.500,00 e y v: 09 Sep
EDICTO DE CONSTITUCIÓN DE “LA TABLITA S.A.S.”
SOCIO: TORRES, Fany, DNI N° 31.402.487, CUIT N° 27-31402487-2, de nacionalidad argentina, nacida el 24 de Abril de 1986, profesión: comerciante, estado civil: soltera, con domicilio en calle Urquiza N° 811, de la ciudad de Villa Mercedes provincia de San Luis.
CONSTITUCIÓN: Instrumento Constitutivo de fecha 20/08/2026 con firma certificada en fecha 21/08/2026.
DENOMINACIÓN: “LA TABLITA S.A.S.”.
DOMICILIO LEGAL: Manzana 6976 casa 6 Barrio Unión de la ciudad de Villa Mercedes provincia de San Luis.
DURACIÓN: 99 años a contar desde su constitución.
OBJETO: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia y/o de terceros o asociada a terceros sean estas personas físicas y/o jurídicas en cualquier parte de la República Argentina o del exterior, a las siguientes actividades:
A. Inversiones: Realizar todo tipo de inversiones de capital en sociedades anónimas debidamente constituidas en todo el territorio de la República Argentina y en particular, pero no de modo excluyente, aquellas que tengan por objeto la construcción de obras públicas y/o privadas, la investigación en dichas áreas. Inversiones inmobiliarias mediante la compraventa, locación de bienes inmuebles, constitución de hipotecas, fideicomiso y todo otro tipo de derecho real.
B. Industrial: la fabricación y/o elaboración de productos o subproductos que integran el ramo comercial del objeto social, a saber: derivados de los frutos del país, especialmente oleaginosas, cereales, maderas, frutas, verduras, hortalizas, carnes, lácteos, elaboración de harinas, sémolas, alimentos balanceados, y todo alimento derivado de los frutos del país.
C. Agrícola- Ganadera: mediante la explotación de todas sus formas de establecimientos agrícolas. Toda clase de siembra, cosecha, compra venta de insumos generales, importación exportación, comercialización de granos y otros frutos de la agricultura. Se incluye explotación forestal, vitivinícola, olivícolas frutícolas, hortícolas, cerealeras, forrajeras y pasturas y toda actividad que implique producción de frutas y realización de cultivos, por sí o por medio de terceros. Establecimientos ganaderos cría de ganados, cría de animales en general, ya sea para venta directa, industrialización y venta, compra venta, importación, exportación, comercialización de ganado, consignaciones, remates, ferias, en todo el territorio de la república argentina y todo lo relacionado a ganado menor o mayor. La prestación de servicios agropecuarios.
D. Comercial: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros las siguientes actividades Comerciales: Compraventa, importación, exportación, representación, consignación, fraccionamiento, industrialización, procesamiento y faena de carnes, sus subproductos y los derivados de los mismos; elaboración de chacinados; su transporte, distribución, almacenamiento y acopio. Explotación de todo lo relacionado con la industria frigorífica, cámaras frigoríficas y carnicerías en toda su variedad de productos complementarios en general; y cuantos más actos y contratos que no sean prohibidos por las leyes o este contrato social para el mejor cumplimiento de su objeto. Carnicería al por mayor y por menor. Compra, venta, distribución, exportación e importación de bebidas sin alcohol, cervezas, vinos, comestibles, productos alimenticios.
E. Logística y distribución: realizar, por cuenta propia o de terceros, con el contacto potencial cliente, la presentación del producto ofrecido y/o servicio prestado, la demostración de la calidad de los productos y/o servicios, las condiciones de uso, aplicación y obtención, prevención en aplicación, la custodia y conservación en buen estado de los mismos; como la efectiva y segura entrega de los productos y/o servicios a través de los canales de distribución, sean estos propios o de terceros.
F. Transporte: mediante la explotación del transporte de mercaderías en general de cargas de semillas, maderas, ganados, frutos del país, alimentos, combustibles líquidos, lubricantes y derivados del almacenamiento, depósito y embalaje, utilizando medios propios, o de terceros, cumpliendo para ello con los requisitos que exijan las normas y disposiciones legales vigentes en cada oportunidad u el transporte de maquinaria agrícola.
G. Inmobiliaria: a) mediante el ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos en general; b) compraventa, permuta, arrendamiento, aparcerías, fraccionamiento, leasing, loteo, administración de inmuebles urbanos y rurales.
H. Importación y exportación de cualquiera de los servicios y productos producidos, desarrollados o adquiridos para reventa que hacen al objeto de la sociedad.
La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración, comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores, tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, incluidas las reguladas por la ley de entidades financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.
CAPITAL: El socio suscribe el 100% del capital social por un total de $1.000.000, representado por 1.000.000 de acciones ordinarias escriturales de $1 valor nominal cada una (1 voto por acción). El capital se integra en un 25% en dinero en efectivo, debiendo integrarse el saldo en un plazo máximo de dos años.
CIERRE DE EJERCICIO: El 31 de Agosto de cada año.
ADMINISTRACIÓN: Designara la Sra. TORRES, Fany, DNI N° 31.402.487, CUIT N° 27-31402487-2, de nacionalidad argentina, nacida el 24 de Abril de 1986, profesión: comerciante, estado civil: soltera, con domicilio en calle Urquiza N° 811, de la ciudad de Villa Mercedes provincia de San Luis, quien constituye domicilio especial en la sede social y declara bajo juramento no ser Persona Expuesta Políticamente (PEP). Administradora Suplente al Sr. ALTAMIRA, Daniel Ezequiel, DNI N° 33.107.024, CUIT N° 20-33107024-7, de nacionalidad argentina, nacido el 4 de Septiembre de 1987, profesión: comerciante, estado civil: soltero, con domicilio en MNA 6066, Casa 10 S/N B° Jardín del Sur, de la ciudad de Villa Mercedes provincia de San Luis; quien constituye domicilio especial en la sede social y declara bajo juramento no ser Persona Expuesta Políticamente (PEP).
DURACIÓN EN EL CARGO: Por tiempo indeterminado.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 3080 $5.500,00 e y v: 09 Sep
CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “AGERE S.R.L.”-
El Registro Público de Comercio ordena se publique por el termino de ley que por Contrato Social de fecha 10 de agosto de 2026, se constituye AGERE S.R.L. según las siguientes estipulaciones condiciones: 1)- SOCIOS: RODRIGO NICOLAS GARCIA, titular del DNI N° 34.877.746, CUIT/CUIL 20-34877746-8, de nacionalidad argentina, nacido el 16 de febrero de 1990, de 36 años de edad, estado civil casado en primeras nupcias con la Sra. Daiana Gisela Arrieta Ingollingo cuyos datos se brindarán a continuación, domiciliado en B° Cerro de la Cruz manzana 246 casa 36 de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, Argentina, de profesión Comerciante, y DAIANA GISELA ARRIETA INGOLLINGO, titular del DNI N° 35.315.136, CUIT/CUIL 27-35315136-9, de nacionalidad argentina, nacida el 4 de octubre de 1990, de 35 años de edad, estado civil casada en primeras nupcias con el Sr. Rodrigo Nicolás García cuyos datos se brindaron anteriormente, domiciliada en B° Cerro de la Cruz manzana 246 casa 36 de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, Argentina, de profesión Abogada; 2)- FECHA DEL INSTRUMENTO DE CONSTITUCIÓN: 10 de agosto de 2026. 3)- DENOMINACIÓN: AGERE S.R.L.4)- DOMICILIO: establecer domicilio legal y fiscal en la jurisdicción de la Ciudad de San Luis, y SEDE SOCIAL en B° Cerro de la Cruz Manzana 246 Casa 36, de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, República Argentina. 5)- PLAZO DE DURACIÓN: de 15 (quince) años, contados a partir de la fecha de su constitución. 6)- OBJETO: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, realizadas por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros: a) Construcción: Mediante la construcción de inmuebles rurales o urbanos, por cualquiera de los sistemas de propiedad que permitan las leyes, planes de construcción de viviendas, industrias, country club, oficinas o clásicas, incluyendo movimiento de suelos, excavaciones, pavimentación, obras hidráulicas, hídricas, trabajos viales, reparaciones, reformas, ampliaciones, y toda clase de obra de ingeniería y/o arquitectura de todo tipo, mantenimiento y reparación de bienes muebles y/o inmuebles, instalación de equipamiento, artefactos y/o accesorios, y las reparaciones y mantenimientos de los mismos; b) Inmobiliaria: Mediante la compra, venta, explotación, administración y/o arrendamiento de bienes inmuebles, urbanos o rurales, al contado o a plazos, con o sin garantías, subdivisiones, urbanizaciones, loteos, fraccionamientos y/o afectaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones de Propiedad Horizontal, intermediación en operaciones de compraventa, alquiler, permuta, fideicomisos, leasing y todo tipo de negocios jurídicos relacionados con inmuebles; c) Financiera: mediante el otorgamiento y/o realización de aportes e inversiones de capital a particulares o sociedades de cualquier tipo y/o naturaleza; de financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, la negociación de títulos, acciones y otros valores mobiliarios y la realización de operaciones financieras, excluyéndose las comprendidas en la Ley N° 21.526 de Entidades Financieras; d) Ejercicio de comisiones, mandatos y representaciones. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la consecución de su objeto social, la sociedad podrá realizar todo acto lícito relacionado con el mismo. 7)- CAPITAL: El Capital Social es de PESOS TRES MILLONES con 00/100 ($3.000.000,00) dividido en 500 cuotas sociales de valor nominal PESOS SEIS MIL con 00/100 ($6.000,00) cada una. RODRIGO NICOLAS GARCIA suscribe la cantidad de cuatrocientas setenta y cinco (475) cuotas sociales de valor nominal PESOS SEIS MIL con 00/100 ($6.000,00) cada una, representando el noventa y cinco por ciento (95%) del capital social; DAIANA GISELA ARRIETA INGOLLINGO suscribe la cantidad de veinticinco (25) cuotas sociales de valor nominal PESOS SEIS MIL con 00/100 ($6.000,00) cada una, representando el cinco por ciento (5%) del capital social. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo, en este acto. Los socios se obligan a integrar el saldo restante en la proporción correspondiente en un plazo no mayor de dos años contados a partir de la fecha de constitución de la sociedad. 8)- ADMINISTRACION: Se designa como Gerente a RODRIGO NICOLAS GARCIA, titular del DNI N° 34.877.746, CUIT/CUIL 20-34877746-8, de nacionalidad argentina, nacido el 16 de febrero de 1990, domiciliado en B° Cerro de la Cruz manzana 246 casa 36 de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, Argentina 9)- CIERRE DE EJERCICIO: el día 30 de junio de cada año. 10)- FISCALIZACION: la fiscalización estará a cargo de los socios.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 3081 $5.500,00 e: y v: 09 Sep
JUDICIALES
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la DRA. VALERIA CELESTE BENAVIDEZ – JUEZA SUBROGANTE, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “ABALLAY NICOLÁS BERNABE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 430539/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: NICOLÁS BERNABÉ ABALLAY, (D.N.I. Nº 8.152.974), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 14 de Agosto de 2026.-
C: 3002 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Castagno Francisco, DNI Nº 44.738.515, con domicilio en Mza 398 Casa 20 Bº 126 Viviendas, de la Localidad de San Luis, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matricula de Martillero Publico”; oposiciones de ley ante esta entidad. -
San Luis, 31 agosto del 2026.
JOSÉ LUIS VILLEGAS
Presidente
C: 3003 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de SAN LUIS; a cargo de la Dra. VALERIA CELESTE BENAVIDEZ JUEZ/A, Secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 448321/26 “DI GENARO NELIDA OLGA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SRA. DOÑA DI GENARO NELIDA OLGA, DNI Nº 5.920.184.-
San Luis, 26 de AGOSTO del 2026.
C: 3005 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “VANELLA CARLOS JOSE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 412056/24, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: CARLOS JOSE VANELLA, (D.N.I. N° 16.362.402), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 28 de Agosto de 2026.-
C: 3008 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
LA MUNICIPALIDAD DE UNION; DEPARTAMENTO GOBERNADOR VICENTE DUPUY, de la PROVINCIA DE SAN LUIS; se encuentra tramitando en Expediente Administrativo Municipal Nº 44-MU-26, la adquisición por prescripción adquisitiva (Ley Nacional Nº 21.477 modificatoria Ley Nacional Nº 24.320) a nombre de la MUNICIPALIDAD DE UNION; del inmueble ubicado en la Provincia de San Luis, Departamento Dupuy; Localidad de Unión; sobre Ruta Provincial Nº 3 y Avenida Wust, designada como PARCELA VEINTICUATRO (24) en el plano de mensura que confeccionó el Agrimensor Hugo O. Villegas en Junio de 2024 y que aprobó la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales con el número 9/33/24, en enero de 2025, conforme al cual, cubre una superficie de CATORCE MIL SETECIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS, TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (14.720,35m2). Padrones Catastrales 30-1013794 al 30-1013807 - 30-1013833 al 30-1013843 y el 30-1016890.- Y que afecta a un inmueble a nombre del Estado Nacional Argentino, y cuyo dominio ha sido adquirido por este Municipio por posesión veinteñal en los términos de los artículos 1897 y 1899 del Código Civil y Comercial de la Nación. Por lo cual se cita y emplaza por el termino de treinta (30) días improrrogables y perentorios a todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente; debiendo concurrir a la Municipalidad de UNION; en horario de oficina, para hacer valer el mismo: acompañado de la documentación acreditante.
UNION; SAN LUIS; 14 DE AGOSTO DE 2026.-
DAMIAN ELVIO VIGIL
Intendente
C: 3009 SPP e. 04 y v: 09 Sep.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº3 DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, juzgado a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez Juez del juzgado civil comercial y ambiental, secretaria autorizante, EN LOS AUTOS CARATULADOS EXP 444318/25 “CORTINEZ IRYNEO DEL CARMEN Y BUSTOS MIROPE ANACLETA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de treinta dias para que se presenten ante este Juzgado, a herederos y acreedores de los SRES. YRINEO DEL CARMEN CORTINEZ DNI N° 6.776.236 y MIROPE ANACLETA BUSTOS DNI N° 338.676, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 11/8/26
C: 3025 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Minas Nº 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Secretaría Autorizante, en los autos caratulados: “GONZALEZ MARTIN ANTONIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO (394446/23)”, cita y emplaza a herederos y/o acreedores del Sr. MARTIN ANTONIO GONZALEZ, documento nacional de identidad número 6.809.359, por el término de treinta días para que hagan valer sus derechos, bajo apercibimiento de Ley (Art. 699 del C.P.C.).
SAN LUIS, 31 de Agosto de 2026.
C: 3026 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “MONTILLA ENRIQUE FERNANDO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 430493/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: ENRIQUE FERNANDO MONTILLA (D.N.I. N° 11.018.636), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 28 de Agosto de 2026.-
C: 3027 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Fernández Paz Cynthia Liliana Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “SUAREZ DORA GLADYS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 431002/25, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SRA. SUAREZ DORA GLADYS D.N.I Nº 13.019.978, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 13 de Agosto de 2026
C: 3028 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
La Dra. Valeria Celeste Benavidez juez titular Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 esta ciudad de San Luis, Secretaria Autorizante, en los autos caratulados: EXP 422716/24 “RUTA LUCIANO PEDRO S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA Y AB INTESTATO” cita y emplaza a herederos y acreedores del causante LUCIANO PEDRO RUTA DNI 33.428.466 por el término de treinta (30) días para que comparezcan a juicio, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 19 de agosto de 2026.-
C: 3035 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la localidad de Santa Rosa San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano Juez Provisorio, secretaria Autorizante, en autos caratulados: “WAGNER RICARDO MANFREDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 444320/25, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de WAGNER RICARDO MANFREDO bajo apercibimiento de ley. -
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 5 de agosto de 2026. -
C: 3037 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 1, de la ciudad de San Luis, provincia de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO – JUEZ, Secretaría del Autorizante, en autos caratulados “MUÑOZ LUIS, OYOLA ILSA PURA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXP. Nº 449180/26, cita y emplaza por treinta días a posibles herederos y/o acreedores y/o quienes se consideren con derecho respecto a los bienes de los causantes MUÑOZ LUIS, D.N.I. N° 6.784.095 y OYOLA ILSA PURA, D.N.I. N° 8.213.485.-, bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS 05 de Agosto de 2026.-
C: 3040 $16.500,00 e. 04 y v: 09 Sep.
EDICTO DE MENSURA
Sr. Mario Francisco Ledezma, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula Nº 274 Del (CASL) notifico que el día 7 de octubre de 2026, a las 9 hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el Sr. JORGE DIEGO FUNES, DNI Nº 20.137.867, respecto del fundo identificado con nomenclatura tributaria 12-7243, nomenclatura catastral de origen: NO REGISTRADO. Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales a nombre de Lucero Ana, Lucero Delia, Lucero Demetrio A. y Lucero Elisa y Registro de Propiedad Inmueble: Tomo 104, de Capital - F276 - Nº 13491. Lugar de encuentro en el inmueble sito en Ruta Provincial Nº 18 S/N - Campo “Las Moras”, El Volcán, San Luis. Citase especialmente al colindante Norte: Lacam Sandra Virginia, Lacam Gabriela Anahí, Lacam Ramón Adrián, Lacam Marilina Fanny, Lacam Fabio Ariel, Lacam Mauricio Raúl y Carretero Dora Susana; Sur: Río El Volcán; Este: Río El Volcán; Oeste: Ruta Provincial Nº 18. -
Consultas en el domicilio de calle Tte. lbañez 527 -
San Luis ledezmamario274-@hotmail.com
San Luís, de septiembre 2026.-
C: 3049 $11.000,00 e: 07 y v: 09 Sep.
La Dirección de Sustentabilidad Ambiental convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes del Informe de Impacto Ambiental presentada por MASECO S.R.L del proyecto de un Emprendimiento “LA QUEBRADITA II ETAPA III” CUIT Nº 30-71461236-7 y cuyo consultor ambiental Lic. Soledad Sallenave, RUCEIA Nº 62, para el Proyecto AUDITORIA AMBIENTAL, ubicada en Estancia Grande, Departamento Cnel. Pringles, Provincia de San Luis, (Ref. EXD Nº 0000-8200355/24), en el marco de la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y la Ley Provincial Nº IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección Gestión Ambiental y Vinculación, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste (ex capital) Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.go
C: 3050 $11.000,00 e: 07 y v: 09 Sep.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Rosa Alfredo, DNI Nº 20.326.515, con domicilio en Ruta Nº 24 KM 4 Villa Reynolds, de la Localidad de Villa Mercedes, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matricula de Martillero Publico”; oposiciones de ley ante esta entidad. -
San Luis, 31 agosto del 2026.-
Villegas José Luis – Presidente
C: 3051 $16.500,00 e: 07 y v: 11 Sep.
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial San Luis, a cargo de S.S. el Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, y Secretaría de la autorizante, en autos caratulados “TORRES MIRIAN ESTELA S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP 297182/16, CITA por el plazo de 15 (quince) días a toda persona que se considere, y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren al inmueble rustico ubicado en LA MAJADA, DPTO. AYACUCHO, PROV. SAN LUIS, individualizado como Parcela 118 de Plano de Mensura N° 7/88/15, cuya superficie total es de TRECE HECTÁREAS UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS SESENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (13has. 1482, 61 m2), bajo apercibimiento de designar al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia (Art. 343, 2º y 3º párrafo C.P.C.).
San Luis, 24 de AGOSTO de 2026
C: 3052 $11.000,00 e: 07 y v: 09 Sep.
EDICTO DE MENSURA
PABLO FEDERICO DA ROLD GARCIA, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula n° 284 del CASL notifico que el día 03 de octubre a las 12.00hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por VICTOR GUSTAVO ACUÑA, DNI 12.550.502. El fundo a mensurar se identifica con los siguientes datos catastrales: nomenclatura tributaria 16-481393, nomenclatura catastral 00-07-60-13-000013-000010, ubicado en DEPARTAMENTO AYACUCHO, PARTIDO SAN FRANCISCO, LOCALIDAD SAN FRANCISCO DEL MONTE DE ORO, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales a nombre de Villegas Juan P., SIN DNI y en el Registro de la Propiedad Inmueble, SIN INSCRIPCION DE DOMINIO.
El inicio de las operaciones de mensura se realizará en el esquinero NOROESTE del inmueble.
Citase especialmente al colindante Norte: CAMARGO AJU, DNI sin datos; colindante Este: GATICA DORALIZA, Sin DNI.
Consultas en el domicilio del profesional Modulo 2 Manzana 52 Casa 22, La Punta, teléfono 2664310123.
San Luis, 07 de SEPTIEMBRE de 2026.-
PABLO FEDERICO DA ROLD GARCÍA
Ingeniero Agrimensor
C: 3054 $16.500,00 e: 07 y v: 11 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavídez, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “RIVERO SANTO NICOLAS C/ FERNANDEZ ABELARDO TRANSITO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP 414095/24, CITA Y EMPLAZA por el término de QUINCE (15) DIAS a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble urbano ubicado en calle Pasteur N° 734, Localidad de La Toma, Partido Rosario, Departamento Coronel Pringles, Provincia de San Luis, individualizado como PARCELA 13 del Plano de Mensura N.º 2-57-22, con una superficie de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (355,92 m2). Padrón N° 410883, Receptoría: La Toma. Nomenclatura Catastral Circunscripción: La Toma - Cuadrante: D4 - Sección: 5 -Manzana: 16 - Parcela: 6, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo: 31 Dpto. Pringles, Folio: 586; Nº 390, con los límites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 02/57/22. Linda: al Sur con calle Pasteur - Abelardo Transito Fernandez (padrón 410883 rec. La Toma); al Norte con Abelardo Transito Fernandez (padrón 410888 rec. La Toma); al Oeste con Abelardo Transito Fernandez (padrón 410883 rec. La Toma) - Analia Veronica Muñoz Olguin y Antonella De Lourdes Olguin (padrón 410884 rec. La Toma); al Este con Andres Lino Aguilar (padrón 410879 rec. La Toma) - Ramona Gutierrez De Muñoz /Gobierno–Estado de la Provincia de San Luis (padrón 410882 rec. La Toma), bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art. 343, 2º párrafo del C.P.C.).-
San Luis, 24 de JUNIO de 2026.-
C: 3057 $11.000,00 e: 07 y v: 09 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz - juez, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados “ZARATE SILVIA NOEMI S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXPTE. Nº 407289/23, CITA Y EMPLAZA, por el termino de (30) TREINTA DIAS a herederos y acreedores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el/ la causante SR./A. SILVIA NOEMI ZARATE, DNI Nº 5.712.111, bajo apercibimiento de ley.-San Luis, 21 de Julio de 2026.-
C: 3058 $16.500,00 e: 07 y v: 11 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Concarán, a cargo del Dr. MOISÉS BENITO FARA - Juez Civil, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “CHACON GUSTAVO OMAR S/SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXP 451664/26”, cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores del extinto, don GUSTAVO OMAR CHACON DNI. Nº 26.321.905, bajo apercibimiento de Ley.-
Concarán, San Luís, 20 de agosto de 2026.-
C: 3059 $16.500,00 e: 07 y v: 11 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la III Circ. Judicial, sito en Aut. de los Comechingones, Sta. Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del autorizante, en autos “LEMOS LUIS ALBERTO C/ QUIROGA FANNY ALICIA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP. N° 329114/18, cita y emplaza por 15 días a FANNY ALICIA QUIROGA, DNI N° 12.956.434 y/o sus herederos o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio, ubicado en Ruta Provincial N° 1 s/n, Villa de Merlo, Pdo. Merlo, Dpto. Junín, Pcia. De San Luis, designado como PARCELA “65” Plano N° 6/220/16. Linderos: Norte: Angel Gustavo Plaza, Eduardo Horacio Plaza (Pad. 9586 Rec. Merlo) y huella; Este: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13); Sur: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13) y huella; Oeste: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13); Sur: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13) y huella. Sup.: 539,39 m2. Dominio: Matrícula 03-3119 R° 6 A° 2. Pad. afectado: 11239 rec. 13 a nombre de Fanny Alicia Quiroga.
Santa Rosa del Conlara, 28 de agosto de 2026.-
C: 3060 $11.000,00 e: 07 y v: 09 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la III Circ. Judicial, sito en Aut. de los Comechingones, Sta. Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del autorizante, en autos “(INICIO ORALIDAD) LEMOS SILVIA IRENE C/ QUIROGA FANNY ALICIA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP. N° 329116/18, cita y emplaza por 15 días a FANNY ALICIA QUIROGA y/o sus herederos o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio, ubicado en Ruta Provincial N° 1 s/n, Villa de Merlo, Pdo. Merlo, Dpto. Junín, Pcia. de San Luis, designado como PARCELA “11” Plano N° 6/209/16. Linderos: Norte: Angel Gustavo Plaza, Eduardo Horacio Plaza (Pad. 9586 Rec. Merlo); Este: Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13); Sur: Huella vecinal, Carlos Isidro Bustos (Pad. 11239 Rec. 13); Oeste: Huella vecinal, Angel Gustavo Plaza y Eduardo Horacio Plaza (Pad. 9586 Rec. 13). Sup.: 603,86 m2. Dominio: Matrícula 03-3119 R° 6 A° 2. Pad. afectado: 11239 rec. 13 a nombre de Fanny Alicia Quiroga.
Santa Rosa del Conlara, 28 de Agosto de 2026.-
C: 3061 $11.000,00 e: 07 y v: 09 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernandez Paz, Juez, Prosecretaria de la Autorizante, en los autos caratulados: “ALVAREZ, DOMINGO Y ADARO, MARTINA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO (EXPTE DIGITALIZADO)”, EXP 299375/16, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores del SR. ALVAREZ DOMINGO L.E. 3199658 Y LA SRA. ADARO MARTINA DNI N° 0950036, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 29 de MAYO del 2026
C: 3064 $11.000,00 e: 09 y v: 11 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: EXP 430600/25 “ESCUDERO FERMIN ARMANDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a herederos y acreedores del causante SR. FERMIN ARMANDO ESCUDERO, DNI Nº 4.283.464, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 19 de AGOSTO de 2026
C: 3065 $16.500,00 e: 09 y v: 14 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “FERREYRA PATRICIA VERONICA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 449081/26, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes de la causante, Doña FERREYRA PATRICIA VERONICA D.N.I N° 20.526.794, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 20 Agosto de 2026
C: 3066 $16.500,00 e: 09 y v: 14 Sep.
Huinca Renanco, el Sr. Juez Lucas R. Funes, Juzgado, Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Primera Instancia y Única Nominación de Huinca Renancó, en los autos caratulados: “ROSALES HERALDO GABRIEL– USUCAPION – MEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPION” (EXPTE. Nº 13579327) cita y emplaza a quienes se consideren con derecho sobre: el inmueble inscripto con la Matricula N° 1710628, Cta. N° 150219784696 a nombre de Chaves Francisco Víctor, se designa en calle Padre Juan Delgado 340, lote 100, manzana A del municipio de Huinca Renanco, Pedanía Jagüeles, Departamento General Roca, que según informe parcelario se describe como parcela de 4 lados, que partiendo del vértice “A” con una dirección Norte, con un ángulo en dicho vértice de 89º44’ y una distancia de 9,60 m llegamos al vértice “B”; a partir de B, con un ángulo interno de 90º15’, lado B-C de 16,00 m; a partir de C, con un ángulo interno de 90º00’, lado C-D de 9,60 m; a partir de D, con un ángulo interno de 90º01’, lado D-A de 16,04 m; encerrando una superficie de 153,76 m². Y linda con: lado A-B con CALLE PADRE JUAN DELGADO, lado B-C con Par-cela 41- Mza A - L 37 - Cta.: 1502-1978472/6 - Mat. 418.652 - Pereyra Vicente Eloy, lado C-D con Parcela 39- Mza A - L 44 - Cta.: 1502-1978470/0 - Mat. 1.723.573 - Instituto Provincial de la Vivienda, lado D-A con Parcela 37- Mza A - L 39 - Cta.: 1502-1978468/8 - Mat. 1.546.989 - Sosa Oscar Abel. Encerrando una superficie de 153,76 m2 de los cuales 95,48 m están cubiertos. Limita al Norte con las parcelas: 41 de Pereyra Vicente Eloy, al Este con parcela 39 de Instituto Provincial de la Vivienda, al Sur con parcela 37 de Sosa Oscar Abel y al Oeste con calle Padre Juan Delgado. DOMICILIO: CALLE PADRE JUAN DELGADO N° 340 DE HUINCA RENANCO a comparecer a estar a derecho en el plazo de treinta días (30) bajo apercibimiento de ley. Se hace saber que se procedió a efectuar igual publicación edictal a la presente en el diario Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba (BOE) con fecha de primera publicación durante diez días en intervalos regulares por un término de treinta días a partir del 14 de abril de 2026-
LUCAS RAMIRO FUNES-Juez de 1ra instancia
Marcela del Carmen Vivas-Prosecretario
C: 3067 $55.000,00 e: 09 y v: 30 Sep.
Dr. Fernando Alberto Spagnuolo Juez Titulas del Juzgado civil N° 1 de esta ciudad de San Luis, Secretaria Autorizante, en autos caratulados: EXP 394109/23 “SOULE ELDA LILIAN, SOULE CARLOS RUBEN S/ POSESIÓN”, cita y emplaza por el termino de quince días (15) a toda persona que se considere con derecho al inmueble individualizado sito en inmueble rural ubicado en camino vecinal s/n localidad de Cuchi Corral Ciudad de Juana Koslay con una superficie de cuatro (4) ha con 9.506,76 m2 , identificado en Catastro y Tierras Fiscales bajo los padrones Nº 6.831 y 3.985 de Capital según plano de mensura y división 1/462/22 suscripto por el Ing. Mauricio T. Agil agrimensor Mat 290 aprobado por Dirección de Geodesia y Catastro, reconociendo los siguientes límites al NORTE Daniel Escudero Pad. Nº 3985; al SUR Ricardo Antonio Hernández Pad. Nº 6.831; al ESTE Camino Vecinal de Tierra; al OESTE Agrícola La Perla SA Pad. Nº 19.296, PUBLIQUENSE EDICTOS a fin de que comparezcan a estar a derecho, en el plazo de quince (15) días dos veces, en intervalos regulares de treinta (30) días entre una publicación y otra, por DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en el diario de mayor circulación en la provincia (arts. 911, última parte y 912 del C.P.C), bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia (art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).
C: 3068 $5.500,00 e. y v: 09 Sep.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
POSTULANTES ADMITIDOS
El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría a cargo de la Dra. Paola Susana Giannini, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:
“CONCURSO PARA CUBRIR UN (1) CARGO DE JUEZ DEL JUZGADO GARANTIA Nº 1 DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL CON ASIENTO EN LA LOCALIDAD DE CONCARAN” (ADM 20088/26)
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APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
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ARABENA SEBASTIAN ARNALDO |
25.854.012 |
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CHAVERO ADAN ALEXIS |
35.179.070 |
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FORNASARI VALENTIN |
34.657.993 |
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LEDE ZAJIC JORGE NAHUEL |
33.801.554 |
La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:
https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar
C: 3069 SPP e: 09 y v: 14 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, secretaría de la Dra. Verónica B. Funcia, en autos caratulados: “GARRO ANDREA ABELINA Y VEGA MIGUEL ANGEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 369049/21, cita y emplaza por el término de 30 días a los herederos y acreedores de MIGUEL ANGEL VEGA, D.N.I. N° 06.810.333, y de ANDREA AVELINA GARRO, L.C. Nº 02.359.878; bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 5 de Agosto de 2021
C: 3082 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental nº 3, que tramitan por ante el Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez Subrogante, Prosecretaría a cargo de la Autorizante en los autos caratulados: “MATURANO ROMAN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO EXP 440154/25”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes dejados MATURANO ROMAN DNI: 6.799.041 bajo apercibimiento de Ley.
San Luis, 03 de septiembre de 2026
C: 3083 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Juez Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, secretaria de la autorizante, en autos EXP 431177/25 MUÑOZ FERMIN S/SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el termino de treinta días a todos los que se consideren herederos y acreedores de Don MUÑOZ FERMIN DNI N° 6.874.982, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 29 de julio de 2026
C: 3084 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.
La Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Juez del Juzgado de Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la Ciudad de San Luis, por la SECRETARIA autorizante-, en los autos caratulados EXP 452848/26 “ROMERO DOMINGO CRISTIAN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” por (30) días, cita y emplaza, a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: ROMERO DOMINGO CRISTIAN, DNI 24.738.536, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 04 DE SEPTIEMBRE DEL 2026
C: 3085 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.
La Jueza Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Dra. Benavidez, Valeria Celeste, Secretaria a cargo de la Autorizante en los autos caratulados: “EXP 446974/26 SAMPER BATTINI ALFREDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos, acreedores y/o quienes se consideren con derecho a la Sucesión de SAMPER BATTINI, ALFREDO DNI N° 6.811.840, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 10 de agosto de 2026
C: 3086 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 a cargo de la Dra Fernando Spagnuolo, Juez Titular; Secretaria de la Autorizante, en estos autos caratulados “SEPULVEDA VEGA JORGE BONIFACIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte Nº 413784/24, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos, acreedores y deudores del causante SEPULVEDA VEGA JORGE BONIFACIO, DNI 92.895.426, bajo apercibimiento de ley.-San Luis, 03 de agosto de 2026
C: 3087 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “VILLEGAS MARCELO OMAR C/ BAILO JORGE ARIODANTE Y GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS S/POSESIÓN” EXP 400025/23, CITA y EMPLAZA al Sr. BAILO JORGE ARIODANTE, D.N.I. N° 13.507.222 y sus herederos y/o todas las personas que se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en CALLE PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN Y PEDERNERA – LA TOMA, PARTIDO ROSARIO, DEPARTAMENTO CORONEL PRINGLES, PROVINCIA DE SAN LUIS, inscripto en el Registro de Propiedad Inmueble de San Luis al TOMO 3 DE PRINGLES, FOLIO 124, N° 386, PADRON N° 412101, RECEPTORÍA LA TOMA, con los límites y alcances descriptos en Plano de Mensura Nº 2/144/22, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art. 343, 2º párrafo del C.P.C.C.).-
San Luis, 31 de AGOSTO de 2026
C: 3088 $11.000,00 e. 09 y v: 11 Sep.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental N° 4, de la Primera Circunscripción Judicial, San Luis, Provincia de San Luis a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Juez; Prosecretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados EXP 301714/16 “ESCUDERO JOSE MARIA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, se ha dispuesto realizar la presente publicación… EXP 301714/16 “ESCUDERO JOSE MARIA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” San Luis, 21 de Abril del 2026… téngase por promovida demanda de POSESIÓN VEINTEAÑAL en contra de CELESTINO MAGALLANES y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble objeto de la presente acción, la que tramitará por la vía de JUICIO ORDINARIO (Art. 330 del C.P.C.C. y Art. 24 de la Ley 14.159).- De la misma córrase TRASLADO por el término de QUINCE DIAS a quienes se consideren con derecho sobre la porción de terreno identificada como Parcela N° 1, ubicado en Avenida Marmol Onix y Calles San Juan, Granaderos Renqueños y Presidente Perón, de la localidad de La Toma, Partido del Rosario, Departamento Pringles, Provincia de San Luis, inscripto al T° 9 de Pringles, Folio 461 N° 1696 (2° inmueble), Padrón 226 de receptoría La Toma con los limites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 2/082/14, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse. Para la notificación, citación y emplazamiento del demandado cuyo domicilio se desconoce, y de quienes se consideren con derecho en el inmueble referenciado, publíquense EDICTOS por el término de DOS DÍAS en el Boletín Oficial y en un Diario de los de mayor circulación (Arts. 145, 146, 147, 343 1er. Párrafo, 911 y 912 del C.P.C.C.), para que dentro de CINCO DÍAS comparezcan a tomar la intervención que les corresponda, haciéndose constar Poder Judicial San Luis el nombre de los demandados y bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente…”.-
San Luis, 12 de JUNIO de 2026
C: 3089 $11.000,00 e. 09 y v: 11 Sep.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Fernández Marcia Elizabeth D.N.I 24.768.883, con domicilio en Avda. Arroyo Benítez S/N 600-7, de la localidad de Cortaderas, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad. -San Luis, 4 de setiembre del 2026
JOSÉ LUIS VILLEGAS
Presidente
C: 3090 $16.500,00 e. 09 y v: 14 Sep.
REMATES
El martillero Eduardo Alberto Radatti comunica por 1 día que por cuenta y orden de Banco Galicia S.A. (artículo 39 Ley 12.962) y conforme artículo 2.229 del Código Civil y Comercial de la Nación subastaran por ejecución de prendas, el día 21/09/2026 a partir de las 10hs, y en el estado que se encuentran. El siguiente vehículo se exhibe de manera presencial en Ruta 24 (ex 197) N° 1541 entre Almafuerte y Atuel, Cuartel V, Moreno, Provincia de Buenos Aires los días 16, 17 y 18 de Septiembre de 10 a 13 y 14 a 17hs: BRUNO JUAN CARLOS; RENAULT MEGANE III 2.0 16V LUXE TN /2012; KUX472; Base $5.000.000.- De no existir ofertas se subastará sin base. Comisión 10%. IVA sobre comisión. Saldo en 24 horas bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora. Puesta en marcha, exhibición virtual, deudas de patentes impuestos e infracciones y trámites y gastos de transferencia, verificación policial, informes de dominio, grabado de autopartes y cristales, a cargo del comprador. Condiciones y características de la subasta en nuestra página
www.radatti.subastasenvivo.com. En caso de existir algún inconveniente técnico para la realización de la subasta, la misma se reanudará al siguiente día hábil a las 10 horas. Para ingresar al lugar de exhibición de los vehículos se deberá presentar copia del Documento de Identidad. El comprador constituirá domicilio en la Capital Federal. Buenos Aires, 31/08/2026
EDUARDO ALBERTO RADATTI
Martillero Público Nacional
C: 3070 $5.500,00 e. y v: 09 Sep.
MINAS
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
La Autoridad Minera de la Provincia de San Luis hace saber que, por Resolución N.º 112-DPMYM-2026, de fecha 27 de agosto de 2026, dictada en el EXD N.º 0000-5210503/19, caratulado “DPM-017M2019 - MINERÍA Y SERVICIOS S.A. - AFRODITA I - TIERRAS RARAS - AYACUCHO”, se dispuso citar y notificar, mediante edictos que se publicarán por tres (3) veces en el término de quince (15) días en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis, a las personas inciertas o de domicilio ignorado y, en general, a quienes sean o aleguen ser propietarios, poseedores, tenedores, superficiarios o titulares de un interés legítimo respecto de los inmuebles comprendidos en el área minera denominada “AFRODITA I”, para que, dentro de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente al de la última publicación, comparezcan en el expediente, constituyan domicilio, tomen vista de las actuaciones y hagan valer los derechos u observaciones que estimen corresponder respecto de la diligencia de puesta en posesión ordenada, bajo apercibimiento de continuar la tramitación conforme a la normativa vigente. La mina, compuesta por veinte (20) pertenencias de tierras raras, se encuentra ubicada en el Zapallar, Partido Quines, Departamento Ayacucho, Provincia de San Luis, inscripta en el Tomo XXVI, folios 402/404, N.º 1573 del Registro de Minas, a nombre de MINERÍA Y SERVICIOS S.A., CUIT N.º 30-70910790-5. COORDENADAS (GAUSS-KRÜGER - POSGAR 94): Punto de partida: X = 3.518.330,00; Y = 6.428.384,00. Vértice 1: X = 3.516.000,00; Y = 6.431.500,00. Vértice 2: X = 3.520.000,00; Y = 6.431.500,00. Vértice 3: X = 3.520.000,00; Y = 6.426.540,00. Vértice 4: X = 3.519.700,00; Y = 6.426.540,00. Vértice 5: X = 3.519.700,00; Y = 6.426.500,00. Vértice 6: X = 3.516.000,00; Y = 6.426.500,00. SUPERFICIE: 1.998 ha 8.000 m² (19.988.000 m²). La publicación será a cargo de MINERÍA Y SERVICIOS S.A. ES COPIA PARA PUBLICAR. A VEINTISIETE DÍAS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA Y MINEROINDUSTRIA.-
AGUSTIN RICARDO CLOSA
Escribano de Minas
Dirección Provincial de Minería
C: 3071 $16.500,00 Pub.: 09, 16 y 23 Sep.


