ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 9156-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-8260801/25, por el cual la Dirección del Ente Control de Rutas, tramita la adjudicación de la Licitación Pública Nº 05-DECR-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma fue autorizada por Decreto Nº 24315-MHIP-2025 de fecha 27 de diciembre de 2025, obrante en act. DEC 24315/25, para contratar la ejecución de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE NUEVA OFICINA Y DEPOSITO EN PEAJE LA TOMA” Ubicación: LA TOMA. DEPARTAMENTO PRINGLES. PROVINCIA DE SAN LUIS, por un presupuesto oficial de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 20/100 ($74.347.675,20);
Que en act. DOCEXT 1511460/26 obra constancia de publicaciones de los edictos en la forma y por los términos de la Ley;
Que de acuerdo al Acta de Protocolo Especial de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis de fecha 05 de marzo de 2026, obrante en act. DOCEXT 1522901/26 se recepcionó primera y única propuesta presentada por la firma PAVEN S.R.L., que cotiza por la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHO CON 53/100 ($86.551.308,53), correspondiente a su oferta obrante en acts. DOCEXT 1522896/26 y DOCEXT 1538763/26 y documentación obrante en acts. DOCEXT 1522889/26 y DOCEXT 1522905/26;
Que la Comisión de Estudio designada por Resolución Nº 691-MHIP-2026 de fecha 18 de marzo de 2026 obrante en act. DOCEXT 1523009/26, emite informes en acts. DOCEXT 1541177/26, DOCEXT 1541178/26, DOCEXT 1541179/26 y DOCEXT 1574853/26, considerando que resulta conveniente no adjudicar la propuesta de la firma PAVEN S.R.L., por no ser técnicamente apta ni económicamente conveniente;
Que en act. NOTAMP 998418/26 solicita que se apruebe lo actuado y se declare fracasada la Licitación Pública Nº 05-DECR-2025 de la obra de referencia;
Que en act. ACTPAS 1707421/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, aconsejando el dictado del acto administrativo que declare fracasada la Licitación Pública Nº 05-DECR-2025;
Que en act. NOTAMP 1000954/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICFIS 174069/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que se estaría en condiciones de dictar el acto administrativo que apruebe lo actuado y se declare fracasada la presente licitación;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 20 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decretos complementarios.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección del Ente Control de Rutas, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, en la Licitación Pública Nº 05-DECR-2025 para contratar la ejecución de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE NUEVA OFICINA Y DEPOSITO EN PEAJE LA TOMA” Ubicación: LA TOMA. DEPARTAMENTO PRINGLES. PROVINCIA DE SAN LUIS.-
Art. 3º.- Rechazar la propuesta presentada por la firma PAVEN S.R.L., por no ser técnicamente apta ni económicamente conveniente.-
Art. 4º.- Declarar Fracasada la Licitación Pública Nº 05-DECR-2025 a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, por las razones antes esgrimidas.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Subdirección de bancos y Control de Finanzas, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección del Ente de Control de Rutas y a la firma oferente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9157-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7220742/26/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTMMA 99507/26, el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, solicita la incorporación de un nuevo de firmante de las cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 4780130356 denominada ENTE COORDINADOR ZONA FRANCA y Nº 4780128630 denominada SAN LUIS ZONA FRANCA, radicadas en el Banco de la Nación Argentina y cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 101-36-487490/003 denominada ENTE C. ZONA FR. Z.ACT.LOG, COMEX y Nº 101-36-1878386/001 denominada A-TGP-ZONA FRANCA, radicadas en el Banco Supervielle S.A.;
Que en acts. DOCEXT 3840980/26 y 3840981/26 obra documentación correspondiente a lo tramitado;
Que en act. CERFYR 1600563/26, obra intervención del Organismo correspondiente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Disponer el alta del señor VÍCTOR ALEJANDRO PERALTADNI Nº 22.140.472, como firmante de las cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 4780130356 denominada ENTE COORDINADOR ZONA FRANCA y Nº 4780128630 denominada SAN LUIS ZONA FRANCA, radicadas en el Banco de la Nación Argentina y cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 101-36-487490/003 denominada ENTE C. ZONA FR. Z.ACT.LOG, COMEX y Nº 101-36-1878386/001 denominada A-TGP-ZONA FRANCA, radicadas en el Banco Supervielle S.A.-
Art. 2º.- Las cuentas bancarias oficiales, mencionadas en el Art. 1º del presente decreto, quedarán autorizadas a operar con la firma en forma conjunta e indistinta de dos (2) de las siguientes personas:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. Nº |
|
FEDERICO ALBERTO TROMBOTTO |
22.145.146 |
|
ANDREA CECILIA OLMOS NICOTRA |
28.184.346 |
|
VÍCTOR ALEJANDRO PERALTA |
22.140.472 |
Art.3º.- Autorizar a la Dirección de Finanzas y Recursos a gestionar ante las autoridades del Banco de la Nación Argentina y Banco Supervielle S.A., lo dispuesto en los Arts. 1º y 2º del presente Decreto. -
Art.4º.- Hacer saber a: Banco de la Nación Argentina, Banco Supervielle S.A., Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Tesorería General de la Provincia y a la Dirección de Finanzas y Recursos. -
Art.5º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9158-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290886/26, por el cual la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1716500/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, representada por el Dr. FLAVIO AUGUSTO FA LUCHINI, D.N.I. Nº 23.483.395, por una parte y por la otra el Abogado RODRIGO EMMANUEL CALDERON, D.N.I. Nº 35.575.799, para prestar servicios de asesoramiento legal y toda otra tarea que se crea conveniente asignarle teniendo en cuenta el titulo que ostenta en el ámbito de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica;
Que en la cláusula segunda se establece la vigencia contrato y en la cláusula tercera el monto a percibir;
Que en acts. PREV 11468244/26 y PREV 11522550/26, obran comprobantes de imputación preventiva y ajuste, con excepción de duodécimo;
Que en act. ACTPAS 1718570/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 1007371/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, señalando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modifica por la Ley Nº VIII-0867-2013 y se exceptúe de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 175477/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2024 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y se exceptúe de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, representada por el Dr. FLAVIO AUGUSTO FA LUCHINI, D.N.I. Nº 23.483.395, por una parte y por la otra el Abogado RODRIGO EMMANUEL CALDERON, D.N.I. Nº 35.575.799, obrante en act. ACTPAS 1716500/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto año 2026:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
3 11 00 02 01 00 00 01 2 02 00 3 4 3 000 $6.900.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Comisión Reguladora de Energía Eléctrica y notificar al Abogado Rodrigo Emmanuel Calderón.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9159-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6010330/26, por el cual tramita la designación de la docente SABRINA MARIANA PASTEN, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 6 “Santa María Eufrasia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular JUANA LETICIA GALDAMEZ, concedida por Resolución Nº 984-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente SABRINA MARIANA PASTEN, D.N.I. Nº 38.221.243, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3804804/26 y 1599720/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo de la docente titular JUANA LETICIA GALDAMEZ, a la docente SABRINA MARIANA PASTEN, D.N.I. Nº 38.221.243, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 6 “Santa María Eufrasia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes ya la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9160-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290610/26, por el cual tramita la designación de la docente IVANA LORENA BUSTOS; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 148 “Provincia de Chubut”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por Art. 82, ART, de la docente titular MARIA DEL VALLE PAEZ, según Resolución Nº 2516-DRRHH-2026, se torna necesario designar, con carácter suplente, a la docente IVANA LORENA BUSTOS, D.N.I. Nº 27.394.472, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3803483/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 26 de mayo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo o hasta la finalización de la licencia por Art. 82, ART, de la docente titular MARIA DEL VALLE PAEZ, lo que acontezca primero, a la docente IVANA LORENA BUSTOS, D.N.I. Nº 27.394.472, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 148 “Provincia de Chubut”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9161-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5041039/26, por el cual tramita la designación de la docente NATALIA OFELIA IAVICOLI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 25 “Justo José de Urquiza”, de la localidad de Nogoli, departamento Belgrano, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina-titular MARIA JOSE SARA ZAMUDIO, D.N.I. Nº 22.624.004, según Decreto Nº 19097-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente NATALIA OFELIA IAVICOLI, D.N.I. Nº 32.172.528, en OCHO (8) hs. cátedra de Lengua Extranjera -Ingles- 4 hs. en 2do. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3777539/26, 1570550/26, 3822694/26, 3822696/26, 1590339/26 y 3846106/26 obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de abril de 2026, a la docente NATALIA OFELIA IAVICOLI, D.N.I. Nº 32.172.528, en OCHO (8) hs. catedra de Lengua Extranjera -Ingles- 4 hs. en 2do. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 25 “Justo José de Urquiza”, de la localidad de Nogoli, departamento Belgrano.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9162-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6170070/26, por el cual tramita la renuncia y designación de la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3831036/26, obra: nota de renuncia de la docente designada con carácter suplente, GABRIELA NATALIA ALANIZ, D.N.I. Nº 27.907.276, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 3956-MHIP-2026, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 28 “General Juan Martin de Pueyrredón”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, JACQUELINE CLAUDIA CERATTO, según Decreto Nº 5105-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ, D.N.I. Nº 27.907.276, en QUINCE (15) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 1er. año 1ra. división, 5 hs. en 1er. año 2da. división y 5 hs. en 1er. año 3ra. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3831036/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 28 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 28 de mayo de 2026, presentada por la docente suplente, GABRIELA NATALIA ALANIZ, D.N.I. Nº 27.907.276, en SEIS (6) horas cátedra de Lengua en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Príngles.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de mayo de 2026, a la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ, D.N.I. Nº 27.907.276, en QUINCE (15) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 1er. año 1ra. división, 5 hs. en 1er. año 2da. división y 5 hs. en 1er. año 3ra. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 28 “General Juan Martin de Pueyrredón”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Príngles.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9163-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6121242/26, por el cual tramita la designación del docente RENZO DARIO QUIROGA LEIVA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular ROXANA ELIZABETH SANTANDER CHIGGIA, D.N.I. Nº 24.061.654, según Decreto Nº 8233-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente RENZO DARIO QUIROGA LEIVA, D.N.I. Nº 41.298.412, en TRES (3) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Música- en 2do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3820833/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de junio de 2026, al docente RENZO DARIO QUIROGA LEIVA, D.N.I. Nº 41.298.412, en TRES (3) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Música- en 2do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9164-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6040434/26, por el cual tramita la designación del docente RODRIGO ALBERTO SAA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina CECILIA YAEL CAZENAVE, D.N.I. Nº 32.244.566, según Decreto Nº 4942-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente RODRIGO ALBERTO SAA, D.N.I. Nº 34.182.569, en CUATRO (4) hs. catedra de Proyecto de Producción -Artes Visuales- Especialidad en Producción Técnicas Graficas- en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3809493/26 y 1599989/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de junio de 2026, al docente RODRIGO ALBERTO SAA, D.N.I. Nº 34.182.569, en CUATRO (4) hs. cátedra de Proyecto de Producción -Artes Visuales- Especialidad en Producción Técnicas Graficas- en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9165-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6161371/26, por el cual tramita la designación de la docente CARLA SILVINA DEHEZA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina-titular NANCY NOEMI SOSA, D.N.I. Nº 20.414.941, según Decreto Nº 7579-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente CARLA SILVINA DEHEZA, D.N.I. Nº 29.621.699, en DOS (2) hs. catedra de Política y Ciudadanía en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3822326/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 18 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 18 de junio de 2026, a la docente CARLA SILVINA DEHEZA, D.N.I. Nº 29.621.699, en DOS (2) hs. catedra de Política y Ciudadanía en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9166-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5210478/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA ILEANA DUTRUS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo del traslado definitivo de la docente titular MARIANA ELIZABETH PEREYRA, D.N.I. Nº 22.185.707, según Decreto Nº 3112-ME-2026, se torna necesario designar, a la docente ANDREA ILEANA DUTRUS, D.N.I. Nº 25.842.447, en CUATRO (4) hs. catedra de Geografía en 1er. año única división, Modalidad Escuela para Jóvenes, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3796708/26 y 3849579/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 07 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 07 de mayo de 2026, a la docente ANDREA ILEANA DUTRUS, D.N.I. Nº 25.842.447, en CUATRO (4) hs. catedra de Geografía en 1er. año única división, Modalidad Escuela para Jóvenes, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9167-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290034/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIANELA MAGDALENA PEREYRA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina ANA BRENDA GISELA ROSALES, según Decreto Nº 5217-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARIANELA MAGDALENA PEREYRA, D.N.I. Nº 39.299.640, en TRES (3) horas cátedra de Geografía en 1er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3802873/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 28 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de mayo de 2026, a la docente MARIANELA MAGDALENA PEREYRA, D.N.I. Nº 39.299.640, en TRES (3) horas cátedra de Geografía en 1er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9168-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6101282/26, por el cual tramita la designación del docente FACUNDO EXEQUIEL MORALES SUAREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 183-ME-2025 y 2774-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente FACUNDO EXEQUIEL MORALES SUAREZ, D.N.I. Nº 34.288.889, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera, Ingles, en 3er. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3815815/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de mayo de 2026, al docente FACUNDO EXEQUIEL MORALES SUAREZ, D.N.I. Nº 34.288.889, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera, Ingles, en 3er. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9169-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5041133/26, por el cual tramita la designación de la docente MELISA AILIN GIL ARIAS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 18 “Cesar Rosales”, de la ciudad de San Martin, departamento Libertador General San Martin, con motivo de la reubicación definitiva de la docente interina KARINA ANDREA VANUCCI, D.N.I. Nº 25.445.227, según Decreto Nº 5011-ME-2024, cubierto por excepcionalidad según Decreto Nº 4809-MHIP-2025; se torna necesario designar, a la docente MELISA AILIN GIL ARIAS, D.N.I. Nº 41.504.088, en SEIS (6) hs. catedra de Lengua Extranjera -Ingles-, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3847826/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 28 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MELISA AILIN GIL ARIAS, D.N.I. Nº 41.504.088, en SEIS (6) hs. catedra de Lengua Extranjera -Ingles-, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 18 “Cesar Rosales”, de la ciudad de San Martin, departamento Libertador General San Martin.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9170-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4211173/26, por el cual tramita la designación de la docente SUSANA NOEMI BENITEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Hogar Nº 22 “Gobernador Laureano Landaburu”, de la localidad de Alto Pelado, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina BETIANA AKEMI VALDEZ, D.N.I. Nº 36.415.049, según Decreto Nº 7261-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente SUSANA NOEMI BENITEZ, D.N.I. Nº 22.360.336, en TRES (3) hs. catedra de Geografía, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3766385/26 y adjuntos, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 21 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 21 de abril de 2026, a la docente SUSANA NOEMI BENITEZ, D.N.I. Nº 22.360.336, en TRES (3) hs. catedra de Geografía, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Hogar Nº 22 “Gobernador Laureano Landaburu”, de la localidad de Alto Pelado, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9171-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4280078/26, por el cual tramita la designación de la docente LORENA BEATRIZ QUISPE; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina ANTONELLA DI GIORGIO, según Decreto Nº 5318-MHIP-2026 y Decreto de designación Nº 3138-MHP-2023, se torna necesario designar con carácter interino a la docente LORENA BEATRIZ QUISPE, D.N.I. Nº 31.038.237, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3772223/26 y DOCEXT 3820884/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, a la docente LORENA BEATRIZ QUISPE, D.N.I. Nº 31.038.237, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9172-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6261260/26, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 4755-MHIP-2026, de fecha 13 de mayo de 2026, se aceptó la renuncia por jubilación presentada por la docente CLAUDIA CECILIA BRIZUELA, D.N.I. Nº 18.258.822, en VEINTISIETE (27) horas cátedra titulares de Taller de Informática (4 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división, 3 hs. en 2do. año 3ra. división, 3 hs. en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año 2da. división, 4 hs. en 3er. año 1ra. división, 4 hs. en 3er. año 2da. división), Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que según Decreto Nº 6224-MHP-2016, de fecha 10 de octubre de 2016, la docente CLAUDIA CECILIA BRIZUELA, D.N.I. Nº 18.258.822, fue reubicada en CUATRO (4) hs. cátedra titulares de Taller de Informática en 2do. año 1ra. división, TRES (3) hs. cátedra titulares de Taller de Ofimática en 2do. año 1ra. división, TRES (3) hs. cátedra titulares de Taller de Ofimática en 2do. año 2da. división, TRES (3) hs. cátedra titulares de Taller de Ofimática en 2do. año 3ra. división, TRES (3) hs. cátedra titulares de Taller de Ofimática en 3er. año 1ra. división, TRES (3) hs. cátedra titulares de Taller de Ofimática en 3er. año 2da. división, CUATRO (4) hs. cátedra titulares de Taller de Informática en 3er. año 1ra. división y CUATRO (4) hs. cátedra titulares de Taller de Informática en 3er. año 2da. división, por lo que corresponde rectificar el Art. 1º del Decreto Nº 4755-MHIP-2026;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular CLAUDIA CECILIA BRIZUELA, según Decreto Nº 4755-MHIP-2026, rectificado por el presente Decreto, se torna necesario designar a la docente PAULA VANINA CHIECHER, D.N.I. Nº 41.095.784, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Ofimática, en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3834074/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancias de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rectificar el Art. 1º del Decreto Nº 4755-MHIP-2026, de la manera que a continuación se indica:
“Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de abril de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente CLAUDIA CECILIA BRIZUELA, D.N.I. Nº 18.258.822, en DOCE (12) horas cátedra titulares de Taller de Informática, (4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división); QUINCE (15) horas cátedra de Taller de Ofimática (3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división, 3 hs. en 2do. año 3ra. división, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división); SEIS (6) horas cátedra titulares de Configuración y Adaptación del Sistema Operativo, (3 hs. 5to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 2da. división); TRES (3) horas cátedra titulares de Autogestión del Mundo Económico en 7mo. año 1ra. división; CUATRO (4) horas cátedra titulares de Proyecto Final en 7mo. año 2da. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera”.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de junio de 2026, a la docente PAULA VANINA CHIECHER, D.N.I. Nº 41.095.784, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Ofimática, en 2do. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9173-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6120087/26, por el cual tramita la designación del docente JORGE SAID ALIS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza – aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales a las necesidades educativas provinciales.
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0019-DRRHH-2026, de la docente interina JENNIE NATALI PALACIOS, se torna necesario designar al docente JORGE SAID ALIS D.N.I. Nº 30.973.697, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 1er. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos de Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3817199/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 08 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley Nº XV-0387-2004, su Decreto reglamentario Nº 4521-MP- 2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 08 de junio de 2026 y hasta el 09 de octubre de 2026, al docente JORGE SAID ALIS D.N.I. Nº 30.973.697, en TRES (3) horas catedra de Historia, en 1er. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos de Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9174-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4201028/26, por el cual tramita la designación de la docente YANINA LUI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes de la docente interina DANIELA VERONICA ECHENIQUE, concedida por Resolución Nº 1619-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente YANINA LUI, D.N.I. Nº 24.742.260, en CUATRO (4) horas cátedra de Sistema de Información Contable en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3832128/26, 1590537/26 y 1590539/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 20 de abril de 2026 y hasta el 27 de marzo de 2027, en reemplazo de la docente interina DANIELA VERONICA ECHENIQUE, a la docente YANINA LUI, D.N.I. Nº 24.742.260, en CUATRO (4) horas cátedra de Sistema de Información Contable en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9175-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7230818/26, por el cual tramita la designación de la docente MAIÁ NOÉ RIVADENEIRA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, por creación, según Decretos Nº 5739-ME-2022 anexo IX y 5464-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MAIÁ NOÉ RIVADENEIRA, D.N.I. Nº 29.078.034, en DIEZ (10) horas cátedra de Educación Artística –Perfil Danza- (2 hs. en 4to. año 1ra. división, 2 hs. en 4to. año 2da. división, 2 hs. en 5to. año 1ra. división, 2 hs. en 5to. año 2da. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división), Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3848738/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de julio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de julio de 2026, a la docente MAIÁ NOÉ RIVADENEIRA, D.N.I. Nº 29.078.034, en DIEZ (10) horas cátedra de Educación Artística –Perfil Danza- (2 hs. en 4to. año 1ra. división, 2 hs. en 4to. año 2da. división, 2 hs. en 5to. año 1ra. división, 2 hs. en 5to. año 2da. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división), Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9176-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4290050/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ESTER CERDAN, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 237 “Maestra Trinidad Chirino”, de la localidad de Los Molles, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular LILIA BEATRIZ MAGGI GARAY, D.N.I. Nº 27.397.227, según Decreto Nº 3493-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIA ESTER CERDAN, D.N.I. Nº 29.854.767, en SEIS (6) hs. catedra de Biología, 3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3848993/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente MARIA ESTER CERDAN, D.N.I. Nº 29.854.767, en SEIS (6) hs. cátedra de Biología, 3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 237 “Maestra Trinidad Chirino”, de la localidad de Los Molles, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9177-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6101287/26, por el cual tramita la designación del docente LUCA JESUS SCHMIDT, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decretos Nº 183-ME-2025 y 2774-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente LUCA JESUS SCHMIDT, D.N.I. Nº 42.545.639, en DOS (2) horas cátedra de Física-Química, en 3er. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3815818/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de mayo de 2026, al docente LUCA JESUS SCHMIDT, D.N.I. Nº 42.545.639, en DOS (2) horas cátedra de Física-Química, en 3er. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
DECRETO Nº 6558-SGG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6090917/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6041236/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director General de Comunicación dependiente de la Secretaría General de la Gobernación al LIC. DIEGO MARIANO MASCI, D.N.I. Nº 22.438.571;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al LIC. DIEGO MARIANO MASCI, D.N.I. Nº 22.438.571, en el cargo de Director General de Comunicación dependiente de la Secretaría General de la Gobernación. -
Art. 2°.- Establecer una remuneración mensual equivalente a lo dispuesto mediante Decreto Nº 1529-MC-2006, Art. 2° Grupo 3, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1° del presente Decreto.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 9179-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7030928/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104479/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora ANGIE CATHERIN GARCIA, D.N.I. Nº 41.563.404;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 443279/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 443328/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1008316/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora ANGIE CATHERIN GARCIA, D.N.I. Nº 41.563.404, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104479/26 del EXD-0-7030928/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Personas Jurídicas dependiente del Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9180-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6240966/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104605/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora ANALIA SOLEDAD LAGOS, D.N.I. Nº 31.402.263;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 442871/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 442893/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1011714/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora ANALIA SOLEDAD LAGOS, D.N.I. Nº 31.402.263, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104605/26 del EXD-0-62409663/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9181-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6240963/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104604/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por parte y el señor SANTIAGO MARTIN SALINAS, D.N.I. Nº 40.485.130;
Que la Clausula Primera del Contrato citado, una establece el lugar donde prestara servicios el Contratado, y la Clausula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Clausula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 442869/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Publica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 442894/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1011723/26, ha tornado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor SANTIAGO MARTIN SALINAS, D.N.I. Nº 40.485.130, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104604/26 del EXD-0-6240963/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente.
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.-Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9182-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7060014/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104477/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora SOFIA CLARISA DEOLINDA LOPEZ, D.N.I. Nº 35.086.853;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 443290/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 443327/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1008201/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora SOFIA CLARISA DEOLINDA LOPEZ, D.N.I. Nº 35.086.853, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104477/26 del EXD-0-7060014/26/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9183-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7070539/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104480/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor MARTIN LUCAS PRIETO, D.N.I. Nº 26.839.935;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 443265/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 443323/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1008359/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor MARTIN LUCAS PRIETO, D.N.I. Nº 26.839.935, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104480/26 del EXD-0-7070539/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9184-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7011108/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104454/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor SANTIAGO VALENTIN SOLOA ENCABO, D.N.I. Nº 44.738.234;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 443281/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 443329/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1008198/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º .- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor SANTIAGO VALENTIN SOLOA ENCABO, D.N.I. Nº 44.738.234, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104454/26 del EXD-0-7011108/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección General de Comunicación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9185-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7010635/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104608/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora MARIA FLORENCIA ESCUDERO HIERHOLZER, D.N.I. Nº 31.047.839;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 442857/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 442886/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1011906/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora MARIA FLORENCIA HIERHOLZER, D.N.I. Nº 31.047.839, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104608/26 del EXD-0-7010635/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9186-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7011102/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104074/26, luce Decreto Nº 397-SGG-2023, mediante el cual se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto oportunamente por la C.P.N. Romina Andrea Carbonell, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora DULCE MARIA CALI, D.N.I. Nº 33.453.265, por la otra, el cual fue prorrogado por Decreto Nº 7413-SGG-2026;
Que en act. DOCEXT 104371/26, obra Adenda mediante la cual se modifica la cláusula segunda del Contrato mencionado;
Que en act. INFORM 442686/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 443140/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1007215/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Homologar la Adenda al Contrato de Prestación de Servicios, suscripta entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la C.P.N. Romina Andrea Carbonell D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora DULCE MARIA CALI, D.N.I. Nº 33.453.265, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104371/26 del EXD-0-7011102/26.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección General de Comunicación dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9187-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6231298/26; y
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104372/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor TEOFILO EUGENIO GLELLEL, D.N.I. Nº 13.015.989;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestara servicios el Contratado, y la Clausula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 442852/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Publica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 442895/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1006898/26, ha tornado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023 prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor TEOFILO EUGENIO GLELLEL, D.N.I. Nº 13.015.989, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104372/26 del EXD-0-6231298/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9188-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7070536/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104504/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor JESUS ALFREDO VADILLO, D.N.I. Nº 32.568.362;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 443264/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 443325/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1008379/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y el señor JESUS ALFREDO VADILLO, D.N.I. Nº 32.568.362, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104504/26 del EXD-0-7070536/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9189-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6290094/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104606/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora LUCRECIA INES SORIA, D.N.I. Nº 23.302.555;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 442875/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 442888/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1011720/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora LUCRECIA INES SORIA, D.N.I. Nº 23.302.555, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104606/26 del EXD-0-6290094/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9190-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7070533/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 104476/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora ROCIO DEL VALLE PEREYRA, D.N.I. Nº 33.488.165;
Que la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestará servicios el Contratado, y la Cláusula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Cláusula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 443262/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos perteneciente a la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa el costo presupuestario, en tanto que en act. INFORM 443326/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 1008397/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, por una parte y la señora ROCIO DEL VALLE PEREYRA, D.N.I. Nº 33.488.165, por la otra, obrante en act. DOCEXT 104476/26 del EXD-0-7070533/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretaria de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTE
DECRETO Nº 6348-SGG-SD-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041220/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6040819/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Secretario Privado de la Secretaría de Estado de Deporte, al señor RICARDO CLEMENTE MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 24.299.567;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor RICARDO CLEMENTE MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 24.299.567, en el cargo de Secretario Privado de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
DECRETO Nº 9191-SGG-SLyT-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6060018/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por el Art. 1º del Decreto Nº 6496-SSG-SLyT-2026 de fecha 17 de junio de 2026, se designó, al señor OJEDA OSCAR, D.N.I. Nº 12.910.109, en el cargo de Subdirector de Registro de Decretos, dependiente de la Dirección de Vinculación Institucional y Proyectos Estratégicos de la Secretaría de Estado Legal y Técnica;
Que en act. NOTAMP 1007728/26, obra nota de la Secretaría de Estado Legal y Técnica y en su adjunto, situación de revista del señor OJEDA OSCAR, D.N.I. Nº 12.910.109, de la que surge que el agente reviste la Categoría A, Planta Permanente, del Escalafón General de la Administración Pública Provincial de la Secretaría de Estado Legal y Técnica;
Que habiéndose advertido que se ha omitido involuntariamente retener la categoría del señor OJEDA OSCAR, inter dure la función asignada en el Art. 1º del citado Decreto, corresponde proceder a subsanarla;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Incorporar como Art. 1º BIS al Decreto Nº 6496-SGG-SLyT-2026 de fecha 17 de junio de 2026, el siguiente texto:
Art. 1º BIS: Disponer que el señor OJEDA OSCAR, D.N.I. Nº 12.910.109, retendrá la Categoría “A”, Planta Permanente, del Escalafón General de la Administración Pública Provincial de la Secretaría de Estado Legal y Técnica, inter dure la función asignada en el Art. 1º del Decreto Nº 6496-SGG-SLyT-2026.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) y al interesado.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Legal y Técnica, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Natalia Soledad Carranza
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9192-SGG-SLyT-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6250157/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTA 174192/26, obra nota mediante la cual se solicita la reubicación de la agente, MARIA LAURA MARIN, D.N.I. Nº 24.046.810, Planta Contratada, Categoría “A” del Escalafón General de la Secretaría de Estado Legal y Técnica, para cumplir funciones en Fiscalía de Estado;
Que en act. NOTA 174179/26, obra situación de revista de la mencionada agente;
Que en acts. NOTAB 100113340/26 y DOCEXT 104367/26, la señora Secretaria de Estado Legal y Técnica y la señora Secretaria General de la Gobernación, prestan su conformidad a dicha reubicación;
Que en act. INFORM 443456/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes del Ministerio Hacienda e Infraestructura Pública, informa el costo presupuestario y en act. INFORM 443491/26, se indica la partida presupuestaria en laque correspondería imputar la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1009155/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente MARIA LAURA MARIN, D.N.I. Nº 24.046.810, Planta Contratada, Categoría “A” del Escalafón General de la Secretaría de Estado Legal y Técnica, para cumplir funciones en Fiscalía de Estado.-
Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
FISCALÍA DE ESTADO:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.Prog. A.C. Inc.
1 20 10 1-01 01 01 1
Art. 3º.-Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Secretaría de Estado Legal y Técnica, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) y a la interesada.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Legal y Técnica, la señora Secretaria General de la Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Natalia Soledad Carranza
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 9017-ME-2026.-
San Luis, 31 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7150473/26, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6106-ME-2026 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Coordinación Institucional PANE, dependiente de la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar PANE del Ministerio de Educación, a la señora MARIANA BELEN LATTES, D.N.I. Nº 29.700.948;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIANA BELEN LATTES, D.N.I. Nº 29.700.948, en el cargo de Subdirectora de Coordinación Institucional PANE, dependiente de la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar PANE del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Retener el cargo de Categoría E, Planta Permanente del Escalafón General, dependiente de la Secretaría de Deporte, a la señora MARIANA BELEN LATTES, D.N.I. Nº 29.700.948, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 1º.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de Gobernación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9149-ME-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5200637/26, por el cual se tramita reubicación definitiva de la docente CARINA BIBIANA PORCILO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3795202/26/26, obra nota de solicitud de reubicación definitiva de la docente CARINA BIBIANA PORCILIO, D.N.I. Nº 26.189.778, de TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Artística, en 1er. año 4ta. y 5ta. división y UNA (1) hora cátedra interina Institucional, según Decreto Nº 21224-MHIP-2025, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Artística, en 1er. año 4ta. división y TRES (3) horas cátedra (1hs. interina y 2 hs. interinas de incremento) de Educación Artística, en 1er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 3223-ME-2022 y 11654-ME-2024 (acts. DOCEXT 3834560/26 y 3830814/26);
Que en act. DOCEXT 3795202/26, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de designación Nº 21224-MHIP-2025;
Que en act. DOCEXT 3830809/26, obra Resolución Rectificada Nº 391-JCD-SL 2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 180614/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 441218/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 441225/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 998546/26, interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 441225/26;
Que en act. ACTPAS 1716490/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar definitivamente a la docente CARINA BIBIANA PORCILIO, D.N.I. Nº 26.189.778, de TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Artística, en 1er. año 4ta. y 5ta. división y UNA (1) hora cátedra interina Institucional, según Decreto Nº 21224-MHIP-2025, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Artística, en 1er. año 4ta. división y TRES (3) horas cátedra (1hs. interina y 2 hs. interinas de incremento) de Educación Artística, en 1er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 3223-ME-2022 y 11654 -ME-2024.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9150-ME-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5040379/26, por el cual se tramita la reubicación definitiva de la docente ANALIA RITA VILLEGAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3802742/26, obra planilla de reubicación definitiva de la docente ANALIA RITA VILLEGAS, D.N.I. Nº 30.645.023 de TRES (3) horas cátedra de Tecnología, en 2do. año 3ra. división y DOS (2) horas cátedra de E.O.I. Espacio de Opción Institucional, perfil Computación en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, titulares, según Decreto Nº 14079-ME-2025, en la Escuela Nº 31 “Mariano Moreno” y TRES (3) horas cátedra de Tecnología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, interinas, según Decreto Nº 4464-MHyOP-2012, en la Escuela Nº 33 “Vicente Dupuy”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, a SEIS (6)horas cátedra de Educación Tecnológica (3 hs. titulares en 2do. año 1ra. división y 3 hs. interinas en 3er. año 1ra. división) y DOS (2) horas cátedra titulares de Educación Tecnológica, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, vacantes por creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 5739-ME-2022, 3239-ME-2022 y 16096-ME-2025 (act. DOCEXT 3777002/26);
Que en act. DOCEXT 3802742/26 y 3816661/26, obra copia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia de los Decretos Nros. 4464-MHyOP-2012 y 14079-ME-2025;
Que en act. DOCEXT 3816661/26 obra Resolución Rectificada Nº 014-JCD-VM-26, por la cual Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 180611/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1706270/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar definitivamente a la docente ANALIA RITA VILLEGAS, D.N.I. Nº 30.645.023, de TRES (3) horas cátedra de Tecnología, en 2do. año 3ra. división y DOS (2) horas cátedra de E.O.I. Espacio de Opción Institucional, perfil Computación en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, titulares, según Decreto Nº 14079-ME-2025, en la Escuela Nº 31 “Mariano Moreno” y TRES (3) horas cátedra de Tecnología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, interinas, según Decreto Nº 4464-MHyOP-2012, en la Escuela Nº 33 “Vicente Dupuy”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, a SEIS (6) horas cátedra de Educación Tecnológica (3 hs. titulares en 2do. año 1ra. división y 3 hs. interinas en 3er. año 1ra. división) y DOS (2) horas cátedra titulares de Educación Tecnológica, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, vacantes por creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 5739-ME-2022, 3239-ME-2022 y 16096-ME-2025.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Secundaria y por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9151-ME-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5110749/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita primera instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3796790/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la primera instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de tres (3) años, de la Profesora ANA FATIMA DEL ROSARIO PAEZ, D.N.I. Nº 38.916.296, designada mediante Decreto Nº 7368-ME-2024;
Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3785094/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;
Que en act. INFORM 440408/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 440601/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 996670/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 440601/26;
Que en act. DOCEXT 3833211/26 obra Resolución Nº 52-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;
Que en act. DOCEXT 3833693/26 Adjuntos obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;
Que en act. NOTAMP 1009223/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011;
Que en act. NOTAMP 1009352/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando a la Profesora ANA FATIMA DEL ROSARIO PAEZ, partir del 5 de agosto de 2026 y por el término de tres (3) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la segunda instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011.-
Art. 2º.- Designar por primera instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 5 de agosto de 2026 y por el término de tres (3) años, a la Profesora ANA FATIMA DEL ROSARIO PAEZ, D.N.I. Nº 38.916.296, en el cargo de Profesor Auxiliar, para los espacios curriculares “Literatura y Cultura Clásica Griega” y “Literatura y Cultura Clásica Latina”, correspondientes al Profesorado de Educación Secundaria en Lengua y Literatura, con una carga horaria de veinte (20) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por Decreto Nº 2345-ME-2011 y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3833693/26 (Adjuntos), en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos; Contaduría General de la Provincia; Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9152-ME-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4260049/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3770741/26, obra copia del Decreto Nº 2651-MHIP-2026, mediante el cual se le acepta la renuncia por jubilación a la docente GRACIELA LOURDES SOSA, D.N.I. Nº 17.389.187, en UN (1) cargo de Directora, por ascenso jerárquico, inter se llame a concurso, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en acts. ACTPAS 1697090/26 y DOCEXT 3816504/26, obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, Acta de ofrecimiento de cargo, de fecha 3 de junio de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Director, por ascenso jerárquico, inter se llame a concurso, Nivel de Educación Secundaria, al docente MAXIMO ANTONIO GIL, D.N.I. Nº 33.768.705, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3816504/26, obra nota mediante la cual el docente MAXIMO ANTONIO GIL, renuncia a UN (1) cargo de Secretario, Nivel de Educación Secundaria, carácter interino, designado por Decreto Nº 3054-ME-2026, en el Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I,
Que en act. DOCEXT 3816504/26, obra nota por la cual el docente MAXIMO ANTONIO GIL, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en OCHO (8) horas cátedra de Matemática en 1er. año 3ra. división, QUINCE (15) horas cátedra de Matemática (5 hs. en 2do. año 1ra. división, 5 hs. en 2do. año 2da. división y 5 hs. en 2do. año 3ra. división), Orientación Economía y Administración y TRES (3) horas cátedra de Tutoría, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, carácter titular, según Decreto Nº 5395-ME-2023, en el Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I;
Que en act. INFSUM 180760/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 442429/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 442459/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 1004372/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 442459/26;
Que en act. PASEDU 3843711/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia por razones particulares presentada por el docente MAXIMO ANTONIO GIL, D.N.I. Nº 33.768.705, a UN (1) cargo de Secretario, Nivel de Educación Secundaria, carácter interino, designado por Decreto Nº 3054-ME-2026, en el Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 3º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al docente MAXIMO ANTONIO GIL, D.N.I. Nº 33.768.705, en UN (1) cargo de Director, por ascenso jerárquico, inter se llame a concurso, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 4º.- Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 3º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, al docente MAXIMO ANTONIO GIL, D.N.I. Nº 33.768.705, en OCHO (8) horas cátedra de Matemática en 1er. año 3ra. división, QUINCE (15) horas cátedra de Matemática (5 hs. en 2do. año 1ra. división, 5 hs. en 2do. año 2da. división y 5 hs. en 2do. año 3ra. división), Orientación Economía y Administración y TRES (3) horas cátedra de Tutoría, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, carácter titular, según Decreto Nº 5395-ME-2023, en el Centro Educativo de Nivel Secundario Nº 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines correspondientes.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Secundaria y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9153-ME-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7231138/26, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6106-ME-2026 se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Acuerdos de Convivencia, dependiente de la Subdirección Bienestar Escolar de la Dirección Comunidad Educativa del Ministerio de Educación, a la señora FATIMA SABRINA JOFRE, D.N.I. Nº 39.137.468;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora FATIMA SABRINA JOFRE, D.N.I. Nº 39.137.468, en el cargo de Jefe de Área Acuerdos de Convivencia, dependiente de la Subdirección Bienestar Escolar de la Dirección Comunidad Educativa del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9154-ME-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4280002/26, por el cual tramita el traslado definitivo la docente SOLEDAD ANDREA TISSERA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3779377/26 obra nota de solicitud de traslado definitivo, por integración de grupo familiar, de la docente SOLEDAD ANDREA TISSERA, D.N.I. Nº 30.661.989, de UN (1) cargo de Maestra de Grado Tutor, en la Escuela Nº 213 “Maestros Sanluiseños”, de la localidad de Las Aguadas, departamento San Martín, titular, según Decreto Nº 5658-ME-2021, a UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, en la Escuela Nº 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín, vacante por jubilación de la docente ALICIA NOEMI FIGUEROA, según Decreto Nº 4578-MHIP-2026, (act. DOCEXT 3786396/26);
Que en acts. DOCEXT 3779377/26 y 3790608/26 obra copia de D.N.I., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante, declaración jurada de familiares a cargo, Decreto de titularización Nº 5658-ME-2021 y conceptos profesionales docentes 2022, 2023, 2024 y 2025;
Que en acts. DOCEXT 3782209/26 y 3848727/26, obran Acta Nº 14-JCD-Region IV y V y Resolución Rectificatoria Nº 14-JCD-IV-2026, por la cual la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V – sede Concarán, hace lugar a la solicitud de traslado;
Que en act. INFSUM 180471/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1698581/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Hacer lugar al traslado definitivo, por integración de grupo familiar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente SOLEDAD ANDREA TISSERA, D.N.I. Nº 30.661.989, de UN (1) cargo de Maestra de Grado Tutor, en la Escuela Nº 213 “Maestros Sanluiseños”, de la localidad de Las Aguadas, departamento San Martín, titular, según Decreto Nº 5658-ME-2021, a UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, en la Escuela Nº 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín, vacante por jubilación de la docente ALICIA NOEMI FIGUEROA, según Decreto Nº 4578-MHIP-2026.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio a los establecimientos educativos correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9155-ME-2026.-
San Luis, 3 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5280166/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente GABRIELA ALEJANDRA CAIVANO, D.N.I. Nº 28.154.707, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3818510/26 obra copia de Decretos de designación Nros. 3719-MHP-2018 y 8467-ME-2019, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3804374/26;
Que en act. INFSUM 180802/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3824762/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3824851/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente GABRIELA ALEJANDRA CAIVANO, D.N.I. Nº 28.154.707, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 3er. año 4ta. división y TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9205-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6301449/26; y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTEDU 3845695/26 obra nota mediante la cual el señor, HORACIO ROSARIO SUAREZ, D.N.I Nº 21.382.749, renuncia a partir del 30 de junio de 2026, en el cargo de Jefe de Subárea Soporte de Gestión, perteneciente a la Secretaría Privada de Rectorado de la Universidad Provincial de Oficios “Eva Perón”, designado por Decreto Nº 736-ME-2023;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 30 de Junio del 2026, la renuncia presentada por HORACIO ROSARIO SUAREZ, D.N.I Nº 21.382.749, al cargo de Jefe de Subárea Soporte de Gestión, perteneciente a la Secretaría Privada de Rectorado de la Universidad Provincial de Oficios “Eva Perón”.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 9206-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6100217/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ANDREA YANINA ARNAU, D.N.I. Nº 28.720.135, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 66 “Monseñor Tibiletti”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3814792/26, obra copia de Decreto de designación Nº 8017-ME-2019, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3816308/26;
Que en act. INFSUM 180722/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3819338/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3819361/26, la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANDREA YANINA ARNAU, D.N.I. Nº 28.720.135, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 66 “Monseñor Tibiletti”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9207-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4281282/26 por el cual se tramita designación de cargo docente en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3773381/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita autorización para convocar a concurso para cubrir un (1) cargo de Profesor Responsable, para el espacio curricular “Culturas Anglófonas”, correspondiente al Profesorado de Inglés, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, por renuncia de la Profesora ALICIA RITA AGUEDA COLLADO, D.N.I. Nº 29.367.899, aceptada mediante Decreto Nº 1491-ME-2026;
Que en act. INFORM 438484/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 438496/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 986688/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 438496/26;
Que en act. DOCEXT 3832108/26 obra Resolución Nº 137-IFDC-SL/26 por la cual se convocó a aspirantes para la cobertura del cargo docente de referencia y se designó el Jurado Evaluador, respectivamente;
Que en act. DOCEXT 3832111/26 adjuntos, obran las Actas correspondientes al concurso de referencia y nota de aceptación al cargo por parte de la Profesora LUCIA BEATRIZ QUIROGA, D.N.I. Nº 24.681.848;
Que en act. DOCEXT 3832111/26 adjuntos obra nota de renuncia presentada por la Profesora LUCIA BEATRIZ QUIROGA, D.N.I. Nº 24.681.848, al cargo de Profesor Responsable, para los espacios curriculares “Didáctica de la Literatura Infanto Juvenil en Inglés” y “Práctica de la Enseñanza”, correspondientes al Profesorado de Inglés, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, designada mediante Decreto Nº 5638-ME-2024, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis;
Que en act. NOTAMP 1006491/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar encuadrándose el presente en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Resolución Nº 70-ME-2023 y Resolución Nº 137-IFDC-SL/26;
Que en act. NOTAMP 1006581/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente sugiere designar en el cargo mencionado a la profesora LUCIA BEATRIZ QUIROGA, a partir de la fecha del presente Decreto y por el término de dos (2) años, debiendo someterse cuando así corresponda a las Instancia de Revalida de Cargo Docente, dispuesto por el Decreto Nº 2345-ME-2011;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar a partir de la fecha del presente Decreto la renuncia presentada por la Profesora LUCIA BEATRIZ QUIROGA, D.N.I. Nº 24.681.848, al cargo de Profesor Responsable, para los espacios curriculares “Didáctica de la Literatura Infanto Juvenil en Inglés” y “Práctica de la Enseñanza”, correspondientes al Profesorado de Inglés, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, designada mediante Decreto Nº 5638-ME-2024, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Resolución Nº 70-ME-2023 y Resolución Rectoral Nº 137-IFDC-SL/26.-
Art. 3º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto y por el término de dos (2) años, debiendo someterse cuando así corresponda a las instancias de reválida de cargo docente dispuestas por Decreto Nº 2345-ME-2011, a la Profesora LUCIA BEATRIZ QUIROGA, D.N.I. Nº 24.681.848, en el cargo de Profesor Responsable, para el espacio curricular “Culturas Anglófonas”, correspondiente al Profesorado de Ingles, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR Y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9208-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040431/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MARIA FLORENCIA RODRIGUEZ GABRIEL, D.N.I. Nº 37.724.179, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín;
Que en act. DOCEXT 3809494/26 obra copia de Decreto de designación Nº 62-ME-2019, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3819719/26;
Que en act. INFSUM 180766/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3820759/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3820767/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARIA FLORENCIA RODRIGUEZ GABRIEL, D.N.I. Nº 37.724.179, en UN (1) cargo de Maestro de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9209-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5110967/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto Nº 773-ME-2016; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3796833/26 en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de cuatro (4) años, de la Profesora CELESTE VASSALLO, D.N.I. Nº 32.012.515, designada en tercera instancia de reválida de cargo docente mediante Decreto Nº 8469-ME-2022;
Que en act. DOCEXT 3785198/26 obra Decreto Nº 2345-ME-2011, mediante el cual se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;
Que en act. DOCEXT 3785200/26 obra Decreto Nº 773-ME-2016, de la cuarta instancia de Reválida de Cargos Docentes;
Que en act. INFORM 440540/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 440596/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 996643/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 440596/26;
Que en act. DOCEXT 3833193/26 obra Resolución Nº 60-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;
Que en act. DOCEXT 3833769/26 Adjuntos obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;
Que en act. NOTAMP 1009302/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Decreto Nº 2345-ME-2011, y Decreto Nº 773-ME-2016;
Que en act. NOTAMP 1009499/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando al Profesor CELESTE VASSALLO, a partir del 08 de septiembre de 2026 y por el término de cuatro (4) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la quinta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto Nº 3720-ME-2020;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Decreto Nº 2345-ME-2011, y Decreto Nº 773-ME-2016.-
Art. 2º.- Designar por cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 08 de septiembre de 2026 y por el término de cuatro (4) años, a la Profesora CELESTE VASSALLO, D.N.I. Nº 32.012.515, en el cargo de Profesor Responsable para los espacios curriculares “Introducción a los Estudios Lingüísticos” y “Lingüística III”, correspondientes al Profesorado de Educación Secundaria en Lengua y Literatura, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por Decreto Nº 2345-ME-2011, Decreto Nº 773-ME-2016 y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3833769/26 Adjuntos, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR Y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección General de Recursos Humanos; Contaduría General de la Provincia; Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.); Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9210-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5141325/25, y;
CONSIDERANDO:
Que corresponde analizar la solicitud de reubicación definitiva propuesta por el personal docente de la Escuela Nº 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por implementación de las estructuras curriculares aprobadas por Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 (act. DOCEXT 3745487/26), para el Ciclo Básico y Ciclo Orientado del Nivel de Educación Secundaria, de manera progresiva;
Que por Decreto Nº 5261-ME-2021 (act. DOCEXT 3745487/26), se establece que dicha implementación se efectuará en forma gradual y progresiva, comenzando en el ciclo lectivo 2022 con 1er. y 4to. año, en 2023 con 2do. y 5to. año y en 2024 con 3er. y 6to. año;
Que por Decretos Nº 2927-ME-2022 (act. DOCEXT 3745250/26), se modificó la Planta Orgánica Funcional (P.O.F) del citado establecimiento educativo, en virtud de la implementación de la estructura curricular aprobada por Decretos Nros. 4930-ME-2021 y 5261-ME-2021;
Que en act. DOCEXT 3483301/25, obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;
Que en act. DOCEXT 3844589/26, obra Resolución Rectificada Nº 403-JCD-SL-2026, por los cuales Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación definitiva del personal docente del establecimiento educativo de referencia;
Que en act. ACTPAS 1674780/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar definitivamente al personal docente de la Escuela Nº 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:
HECTOR JAVIER CONIGLIO, D.N.I. Nº 29.933.937, docente de SEIS (6) horas cátedra titulares de Geografía (3 hs. en 1er. año 3ra. división y 3 hs. en 3er. año 3ra. división), según Decreto Nº 8490-ME-2022 y DIEZ (10) horas cátedra titulares de Geografía (3 hs. 5to. año 2da. división, 4 hs. 4to. año 1ra. división y 3 hs. 4to. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 6637-ME-2020.
A partir del ciclo lectivo 2022: en CUATRO (4) horas cátedra titulares de Geografía en 4to. año 1ra. división, Orientación Informática, TRES (3) horas en 4to. año 2da. división, Orientación Arte-Artes Visuales y TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 2do. año 3ra. división, TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 5to. año 2da. división, Orientación Artes-Artes Visuales, Nivel de Educación Secundaria.
JUAN FRANCISCO VIGIL, D.N.I. Nº 26.706.358, docente de DOS (2) horas cátedra interinas de Política y Ciudadanía en 4to. año 1ra. división según Decreto Nº 6126-MHyOP-2013 y DOS (2) horas catedra interinas de Política y Ciudadanía en 5to. año 2da. división, según Decreto Nº 6204-MHyOP-2014, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2022: en DOS (2) horas cátedra interinas de Política y Ciudadanía, en 4to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2023: en DOS (2) horas cátedra interinas de Política y Ciudadanía, en 5to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, a Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Subdirección Recursos Humanos Docentes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9211-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6020092/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3815361/26 y 3815359/26, obran los contratos de servicios celebrados entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Directora de Educación Obligatoria del Ministerio de Educación Prof. MARIA RAQUEL ACOSTA, D.N.I. Nº 24.299.482, por una parte y, por la otra, las señoras ANDREA FERNANDA MONZÓN, D.N.I. Nº 34.892.025; y ROSANA HAYDEE GAUNA, D.N.I. Nº 17.024.972, con el objeto de prestar servicios en el ámbito de la Dirección de Educación Obligatoria, dependiente del Ministerio de Educación, cumpliendo tareas como Técnico Pedagógico de la ETP, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026;
Que la cláusula segunda de los contratos de referencia, establece la retribución mensual que percibirán las prestadoras de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11507496/26 obra comprobante de imputación preventiva con excepción duodécimo por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRÉS MIL CON 00/100 ($4.323.000,00);
Que en act. NOTAMP 1004356/26 interviene Asesoría Legal;
Que en act. NOTAMP 1005742/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos mencionados, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004, exceptuando el presente caso de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 175114/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004 modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo del Art. º1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Directora de Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, Prof. MARIA RAQUEL ACOSTA, D.N.I. Nº 24.299.482, por una parte y, por la otra, las señoras ANDREA FERNANDA MONZÓN, D.N.I. Nº 34.892.025; y ROSANA HAYDEE GAUNA, D.N.I. Nº 17.024.972, a los fines de prestar servicio en el ámbito de la Dirección de Educación Obligatoria, cumpliendo tareas como Técnico Pedagógico de la ETP, conforme a lo especificado en la cláusula primera de los contratos de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026, obrantes en acts. DOCEXT 3815361/26 y 3815359/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente, con excepción del duodécimo:
Ins Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $4.323.000,00.-
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Área Educación Técnica, por su intermedio notificar a las interesadas.-
Art. 7º.- Hacer saber a Dirección Educación Obligatoria Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos, Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9212-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6080118/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3833069/26 obra Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y por la otra, la señora MARIA CELESTE MALAVASI, D.N.I. Nº 29.426.394, a los fines de cumplir tareas como la ejecución, evaluación y análisis de la segunda jornada de capacitación docente a realizarse en el marco de la Resolución Nº 240- SDCDyFP-2026 de fecha 2 de junio de 2026, en la que se avala el proyecto de Jornada: “Alimentación saludable y entornos escolares protectores: una jornada de reflexión y acción para docentes y directivos. Segunda Edición”, con vigencia desde su homologación y hasta el 31 de agosto del año 2026;
Que la cláusula segunda del Contrato de Servicios de referencia, establece la retribución que percibirá la prestadora de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11497473/26 obra imputación preventiva del gasto;
Que en act. NOTAMP 1002207/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 1002563/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el modelo de contrato mencionado, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I Nº 33.757.558, por una parte, y por la otra, la señora MARIA CELESTE MALAVASI, D.N.I. Nº 29.426.394, a los fines de prestar servicios conforme a lo especificado en las cláusula primera del contrato de referencia, en el ámbito de la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar–PANE, dependiente del Ministerio de Educación, obrante en DOCEXT 3833069/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 14 22 35 1-01 3 4 5 $384.930,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección General Programa Alimentario Nutricional Escolar-PANE y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9213-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4160578/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita primera instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3774847/26 el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita se autorice la primera instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de tres (3) años, de la profesora MARIA EVA MALLEA, D.N.I. Nº 32.039.482, designada mediante Decreto Nº 8666-ME-2024;
Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3774846/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;
Que en act. INFORM 440635/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 440862/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 997262/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 440862/26;
Que en act. DOCEXT 3834060/26 obra Resolución Nº 69-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;
Que en act. DOCEXT 3834297/26 obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;
Que en act. NOTAMP 1006480/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011;
Que en act. NOTAMP 1007381/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando a la Profesora MARIA EVA MALLEA, partir del 28 de agosto de 2026 y por el término de tres años (3) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la segunda instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011.-
Art. 2º.- Designar por primera instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 28 de agosto de 2026 y por el término de tres (3) años, a la Profesora MARIA EVA MALLEA, D.N.I. Nº 32.039.482, en el cargo de Profesor Auxiliar, para los espacios curriculares “Psicología Educacional”, correspondiente a los Profesorados de Artes Visuales, Música, Teatro con Orientación en Práctica Teatral, Educación Secundaria en Lengua y Literatura, Educación Secundaria en Matemática y Educación Tecnológica y “Sujetos de la Educación Secundaria”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en Lengua y Literatura y Educación Secundaria en Matemática, con una carga horaria de veinticinco (25) horas reloj, de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3834297/26, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9214-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5280248/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente JORGE ABDUL YALIS, D.N.I. Nº 37.495.848, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Nº 7 “Constancio C. Vigil”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3801691/26, obra copia de Decreto de designación Nº 4926-MHP-2023, del docente mencionado;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3808661/26;
Que en act. INFSUM 180639/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3811720/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3811721/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente JORGE ABDUL YALIS, D.N.I. Nº 37.495.848, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera, perfil Inglés, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 7 “Constancio C. Vigil”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9215-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6100233/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ANDREA YANINA ARNAU, D.N.I. Nº 28.720.135, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 66 “Monseñor Tibiletti”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3814808/26 obra copia de Decreto de designación Nº 5627-ME-2019, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3815698/26;
Que en act. INFSUM 180706/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3817575/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3817589/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANDREA YANINA ARNAU, D.N.I. Nº 28.720.135, en TRES (3) horas cátedra de Lenguas Extranjeras-Inglés, en 5to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 66 “Monseñor Tibiletti”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9216-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5181110/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente NADIA CAROLINA JESÚS GRAMAJO, D.N.I. Nº 36.522.744, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 27 “Saturnino González Camarero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3792490/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5620-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3810407/26;
Que en act. INFSUM 180641/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3811724/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3811725/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente NADIA CAROLINA JESÚS GRAMAJO, D.N.I. Nº 36.522.744, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 27 “Saturnino González Camarero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9217-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5140977/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente VIVIANA INES GUSTINCIC, D.N.I. Nº 26.088.509, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3789527/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5423-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3790742/26 y 3814958/26;
Que en act. INFSUM 180478/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3804959/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3804995/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente VIVIANA INES GUSTINCIC, D.N.I. Nº 26.088.505, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9218-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6081112/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente YESICA ILEANA CARRIZO, D.N.I. Nº 32.624.633, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 37 “Juan Bautista Alberdi”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3813115/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5743-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3813572/26;
Que en act. INFSUM 180691/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3820219/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3820227/26 la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente YESICA ILEANA CARRIZO, D.N.I. Nº 32.624.633, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 37 “Juan Bautista Alberdi”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9219-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4160571/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita primera instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3773449/26 el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita se autorice la primera instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de tres (3) años, del profesor ELIAS ANTONIO MINGORANCE, D.N.I. Nº 43.954.040, designado mediante Decreto Nº 7995-ME-2024;
Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3763277/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;
Que en act. INFORM 440957/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 441049/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 997767/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 441049/26;
Que en act. DOCEXT 3833920/26 obra Resolución Nº 66-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;
Que en act. DOCEXT 3834193/26 obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;
Que en act. NOTAMP 1006476/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011;
Que en act. NOTAMP 1007407/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando al profesor ELIAS ANTONIO MINGORANCE, partir del 14 de agosto de 2026 y por el término de tres años (3) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la segunda instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y del Decreto Nº 2345-ME-2011.-
Art. 2º.- Designar por primera instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 14 de agosto de 2026 y por el término de tres (3) años, al profesor ELIAS ANTONIO MINGORANCE, D.N.I. Nº 43.954.040, en el cargo de Profesor Auxiliar para el espacio curricular “Matemática y su Didáctica I”, correspondiente al Profesorado de Educación Primaria, con una carga horaria de veinte (20) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 2345-ME-2011, y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3834193/26, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos; Contaduría General de la Provincia; Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y, por su intermedio, notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9220-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5180880/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente GUSTAVO ALBERTO RONCHETTI, D.N.I. Nº 23.371.189, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco;
Que en act. DOCEXT 3792254/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5429-MHP-2023, del docente mencionado;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3819672/26;
Que en act. INFSUM 180767/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3820784/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando al docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3820787/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente GUSTAVO ALBERTO RONCHETTI, D.N.I. Nº 23.371.189, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9221-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4281287/26 por el cual se tramita designación de cargo docente en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3773404/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita autorización para convocar a concurso para cubrir un (1) cargo de Profesor Responsable, Suplente, para los espacios curriculares “Pedagogía” y “Didáctica General” correspondientes a los Profesorados de Educación Secundaria en Geografía y Ciencia Política, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, por licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, desde el 30 de octubre de 2025 y hasta el 30 de octubre de 2027 a la profesora MARIELA BEATRIZ MEDINA, D.N.I. Nº 25.388.075, otorgada mediante el Resolución Nº 5011-DRH-2025;
Que en act. INFORM 438489/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 438494/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 986668/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 438494/26;
Que en act. DOCEXT 3827173/26 obra Resolución Nº 138-IFDC-SL/26 por la cual se convocó a aspirantes para la cobertura del cargo docente de referencia y se designó el Jurado Evaluador, respectivamente;
Que en act. DOCEXT 3830010/26 adjuntos, obran las Actas correspondientes al concurso de referencia y nota de aceptación al cargo por parte de la Profesora NOELIA CRISTINA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 27.135.828;
Que en act. NOTAMP 1004791/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente caso en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Resolución Nº 70 ME-2024 y Resolución Nº 138- IFDC-SL/26;
Que en act. NOTAMP 1005058/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente sugiere designar en el cargo mencionado a la profesora NOELIA CRISTINA RODRIGUEZ, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 30 de octubre de 2027, por licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, otorgada mediante el Resolución Nº 5011-DRH-2025, a la profesora MARIELA BEATRIZ MEDINA, D.N.I. Nº 25.388.075;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, Resolución Nº 70 ME-2024 y Resolución Nº 138-IFDC-SL/26.-
Art. 2º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 30 de octubre de 2027, a la profesora NOELIA CRISTINA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 27.135.828, por licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, otorgada a la Profesora MARIELA BEATRIZ MEDINA, DN.I. Nº 25.388.075 mediante Resolución Nº 5011-DRH-2025, en el cargo de Profesor Responsable, Suplente, para los espacios curriculares “Pedagogía” y “Didáctica General” correspondientes a los Profesorados de Educación Secundaria en Geografía y Ciencia Política, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR Y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9222-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6090553/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MAYRA SOLANGE QUIROGA, D.N.I. Nº 33.888.009, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 8 “Sargento Baigorria”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act.DOCEXT 3813872/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5837-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3816277/26;
Que en act. INFSUM 180724/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3819184/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3819199/26 la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MAYRA SOLANGE QUIROGA, D.N.I. Nº 33.888.009, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Especial, Perfil Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 8 “Sargento Baigorria”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9223-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4160559/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto Nº 773-ME-2016, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3773422/26 en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita se autorice la cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de cuatro (4) años, de la profesora MARCELA ALEJANDRA GUEMBE, D.N.I. Nº 24.946.239, designada mediante Decreto Nº 9436-ME-2022;
Que en act. DOCEXT 3763254/26 obra Decreto Nº 2345-ME-2011, mediante el cual se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;
Que act. DOCEXT 3763257/26 obra Decreto Nº 773-ME-2016, de la cuarta instancia de Reválida de Cargos Docentes;
Que en act. INFORM 440875/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 441050/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 997786/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 441050/26;
Que en act. DOCEXT 3833717/26 obra Resolución Nº 72-DESyCD-2026, mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;
Que en act. DOCEXT 3833927/26 obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;
Que en act. NOTAMP 1006475/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación, informa que corresponde encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y de los Decretos Nros. 2345-ME-2011 y 773-ME-2016;
Que en act. NOTAMP 1006747/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando a la profesora MARCELA ALEJANDRA GUEMBE, a partir del 27 de agosto de 2026 y por el término de cuatro (4) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la quinta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco de los Decretos Nros. 2345-ME-2011 y 3720-ME-2020;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 y de los Decretos Nros. 2345-ME-2011 y 773-ME-2016.-
Art. 2º.- Designar por cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 27 de agosto de 2026 y por el término de cuatro (4) años, a la profesora MARCELA ALEJANDRA GUEMBE, D.N.I. Nº 24.946.239, en el cargo de Profesor Responsable, para los espacios curriculares “Literatura Universal I” y “Literatura Universal II”, correspondientes al Profesorado de Educación Secundaria en Lengua y Literatura, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas reloj, de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3833927/26, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR Y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9224-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6101202/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 3210-ME-2026 (act. DEC 3210/26) se homologó el Convenio Marco de Cooperación y Colaboración celebrado entre el Ministerio de Educación y la Asociación Civil Ónix Educadora, a los fines de llevar adelante el proyecto educativo de innovación en la Escuela Generativa “Ónix” de la ciudad de La Toma, departamento Pringles;
Que en act. NOTAMP 1000998/26 obra nota de la Asociación Civil Ónix Educadora que administra Escuela Generativa “Ónix”, solicitando un aporte destinado a solventar los gastos de locación del inmueble donde actualmente desarrolla sus actividades educativas, correspondiente al período comprendido entre julio a diciembre del corriente año;
Que en act. NOTEDU 3842138/26 la Subdirección de Escuelas Autogestionadas y Generativas solicita se otorgue a favor de la Asociación Civil Ónix Educadora un aporte de PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 ($15.000.000,00) pagaderos mensualmente durante el periodo comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2026, en seis (6) cuotas iguales y consecutivas, de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL con 00/100 ($2.500.000,00), destinado a afrontar los gastos que demanda la administración de dicha institución y con el fin de evitar interrupciones en el servicio educativo durante el segundo semestre del presente ciclo lectivo;
Que en act. DOCEXT 3842124/26 obra adjunta planilla de cálculo correspondiente;
Que en act. PREV 11526894/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal;
Que en act. DOCEXT 3842129/26 obra documentación de la Asociación Civil Ónix Educadora, que gestiona la Escuela Generativa “Ónix” de la ciudad de La Toma, departamento Pringles;
Que en act. NOTAMP 1008189/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 1008599/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del subsidio conforme lo solicitado, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo ante Contaduría General, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 175604/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un subsidio a favor de la Asociación Civil Ónix Educadora, que gestiona la Escuela Generativa “Ónix” de la ciudad de La Toma, departamento Pringles, por un importe total de PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 ($15.000.000,00) pagaderos mensualmente durante el periodo comprendido entre los meses de julio a diciembre de 2026, en seis (6) cuotas iguales y consecutivas, de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($2.500.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión ante Contaduría General de la Provincia.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 14 14 33 03 1-01 5 1 5 $15.000.000,00
Art. 4º.- Incluir el presente gasto en la programación financiera del mes en curso, según el siguiente detalle:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 14 14 33 03 1-01 5 1 5 $5.000.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Educación Obligatoria, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Subdirección de Escuelas Autogestionadas y Generativas y, por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9225-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5211083/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MARIA DANIELA LOPEZ CAVALLO, D.N.I. Nº 31.716.251, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela de Nivel Inicial Nº 17 “Huellitas de Colores”, de la localidad de Los Puquios, ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3796848/26, obra copia de Decreto de designación Nº 1964-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3814493/26;
Que en act. INFSUM 180726/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3817997/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3818020/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARIA DANIELA LOPEZ CAVALLO, D.N.I. Nº 31.716.251, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 17 “Huellitas de Colores”, de la localidad de Los Puquios, ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9226-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6101190/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente SILVANA SOLEDAD MALNATTI, D.N.I. Nº 29.419.552, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3815677/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6070-MHP-2021, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3816337/26;
Que en act. INFSUM 180721/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3819454/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3819457/26 la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente SILVANA SOLEDAD MALNATTI, D.N.I. Nº 29.419.552, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua y Literatura 4 hs. en 4to. año 1ra. división y 4 hs. en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9228-ME-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6050633/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MARCELA MIRIAM TORRES OJEDA, D.N.I. Nº 35.035.756, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho;
Que en act. DOCEXT 3811197/26, obra copia de Decreto de designación Nº 8897-MHyOP-2014 y Decreto de reubicación Nº 14706-ME-2025, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3814477/26;
Que en act. INFSUM 180710/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3819752/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3819754/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARCELA MIRIAM TORRES OJEDA, D.N.I. Nº 35.035.756, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 9197-MDPS-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7070115/26, por el cual el Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable tramita la modificación del Decreto N° 6091-MDPS-2026; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTMMA 99475/26, el Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable solicita la modificación Decreto N° 6091-MDPS-2026, por el cual se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, conforme lo establecido por el Art. 28 de la Ley Nº V-1195-2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Modificar el Inc. 1.16.5 del Artículo 2º del Decreto Nº 6091-MDPS-2026, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“1.16.5- DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS”.-
Art. 2º.-Modificar el Inc. 1.16.5 del Artículo 3º del Decreto Nº 6091-MDPS-2026, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“1.16.5- DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS”.-
Art. 3º.-Hacer saber a: todos los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo Provincial, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Recursos Humanos, Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 8900-MG-2026.-
San Luis, 30 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7070341/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 6203-MG-2026, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa de Área de Vinculación dependiente de la Dirección de Cultos del Ministerio de Gobierno a la señora JAQUELINA RUTH VELAZQUEZ, D.N.I. Nº 25.166.210;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora JAQUELINA RUTH VELAZQUEZ, D.N.I. Nº 25.166.210, en el cargo de Jefa de Área de Vinculación dependiente de la Dirección de Cultos del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Cultos, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 10321-MG-2026.-
San Luis, 17 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10070303/25, por el cual el Ministerio de Gobierno, tramita Decreto-Acuerdo N° 7-HCS-2025 sancionado por la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOBLRE 4824/25, obra el Decreto-Acuerdo mencionado precedentemente, por el cual la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis presta el acuerdo correspondiente;
Que habiéndose vencido el plazo dispuesto por el Articulo 11 de la Ley N° V-1164-2025 que suspendía las designaciones de los cargos vacantes creados por la Ley N° IV-1106-2023 “Modificación de la Ley N° IV-0086-2021 Ley Orgánica de la Administración de Justicia y de la Ley N° IV-1052-2021 Ley Orgánica del Ministerio Publico, resulta necesaria la prosecución del trámite y designar a la Abg. NERINA CARINA PEREIRA, D.N.I. Nº 22.543.615, en el cargo de JUEZ DE CÁMARA DE APELACIÓN DE SALA CON COMPETENCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, AMBIENTAL, FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y VIOLENCIA, DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a la Abg. NERINA CARINA PEREIRA, D.N.I. Nº 22.543.615, en el cargo de JUEZ DE CÁMARA DE APELACIÓN DE SALA CON COMPETENCIA EN LO CIVIL, COMERCIAL, AMBIENTAL, FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y VIOLENCIA, DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.-
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno.-
Art. 3º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain

MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL
DECRETO Nº 9193-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-9250297/24, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Serranías Puntanas, Manzana 225, Casa 7, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 418381/26, obra copia de Decreto Nº 7128-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 1703-AMGESyA-2026, adjunta en act. NOTAB 100113306/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor FLEITAS JUAN RAMON, D.N.I. Nº 30.441.139;
Que en act. DOCEXT 351300/25, obra Declaración Jurada de fecha 12 de agosto de 2025, mediante la cual la señora BRANCAL MARIA MERCEDES, D.N.I. Nº 28.530.247, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 331683/25, se adjunta Acta de Verificación de la cual se desprende que la vivienda es habitada por la señora BRANCAL MARIA MERCEDES, D.N.I. Nº 28.530.247 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1042487/25, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble adjunta copia de Matrícula, de la cual surge que el dominio de la vivienda pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 406855/26, obra informe de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 103353/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 172902/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Serranías Puntanas, Manzana 225, Casa 7, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a favor de la señora BRANCAL MARIA MERCEDES, D.N.I. Nº 28.530.247.-
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.-Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIA JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9194-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-5280465/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Luis de Videla, Manzana 56, Casa 3, de la Localidad de Naschel, departamento Chacabuco, de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 407964/26, obra copia de Decreto Nº 4802-MDH-SPH-2026 por el cual se desadjudica a la señora PEREZ EDITH, D.N.I. Nº 2.506.410, la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Luis de Videla, Manzana 56, Casa 3, de la localidad de Naschel, departamento Chacabuco, de la provincia de San Luis, notificado por Cedula Nº 1225-AMGESyA-2026, obrante en NOTAB 100111338/26;
Que en acts. DOCEXT 356923/21, obra Declaración Jurada de fecha 10 de mayo de 2018 y en DOCEXT 412430/26, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 26 de junio de 2024, por parte del señor SALAZAR ANGEL HUGO, D.N.I. Nº M8.686.685;
Que en acts DOCEXT 356925/21, obra Acta de Verificación de fecha 10 de mayo de 2021 y en DOCEXT 353882/25, obra Acta de Verificación de fecha 21 de agosto de 2025, donde consta que la vivienda se encuentra habitada por el señor SALAZAR ANGEL HUGO, D.N.I. Nº M8.686.685;
Que en act. DOCEXT 353978/25, obra Matricula actualizada del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de referencia figura a nombre del Estado Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 374067/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100815/25 y DICTAM 102338/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Adjudicar la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Luis de Videla, Manzana 56, Casa 3, de la localidad de Naschel, departamento Chacabuco, de la provincia de San Luis, a favor del señor SALAZAR ANGEL HUGO, D.N.I. Nº M8.686.685.-
Art. 3º. -Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º. -Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos.-
Art. 5º. -Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 6º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 8621-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7211042/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Incluir Salud, dependiente de la Dirección de Fármacos e Insumos Médicos, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud al señor OMAR ALBERTO BURNET, D.N.I. Nº 22.736.667;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor OMAR ALBERTO BURNET, D.N.I. Nº 22.736.667, en el cargo de Subdirector Incluir Salud, dependiente de la Dirección de Fármacos e Insumos Médicos, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Disponer que el señor OMAR ALBERTO BURNET, D.N.I. Nº 22.736.667, percibirá una remuneración mensual equivalente a la dispuesta en el Grupo 5.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Dirección de Fármacos e Insumos Médicos, Subdirección Incluir Salud, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 8622-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7211042/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Agentes Sanitarios, dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, al Técnico GABRIEL ALEJANDRO PÁEZ, D.N.I. Nº 27.220.218;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Técnico GABRIEL ALEJANDRO PÁEZ, D.N.I. Nº 27.220.218, en el cargo de Subdirector Agentes Sanitarios, dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Suspender la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios del Técnico GABRIEL ALEJANDRO PÁEZ, D.N.I. Nº 27.220.218, Agrupamiento Profesional Técnico (T) Categoría C de la Carrera Sanitaria Provincial del Ministerio de Salud, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 8623-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7211042/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario encargar la ejecución de las actividades de Subdirectora de Inmunizaciones, dependiente de la Dirección de Prevención y Promoción de la Salud, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a la señora MARIA ESTHER DIANGELO, D.N.I. Nº 17.466.272;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encargar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIA ESTHER DIANGELO, D.N.I. Nº 17.466.272, la Subdirección de Inmunizaciones, dependiente de la Dirección de Prevención y Promoción de la Salud, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Disponer que la señora MARIA ESTHER DIANGELO, D.N.I. Nº 17.466.272, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G, de la Carrera Sanitaria Provincial, percibirá en sus haberes, el adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo básico de su categoría de revista, de acuerdo lo establecido en el Art. 2º del Decreto Nº 7132-MHP-2006.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Prevención y Promoción de la Salud, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 8624-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7211042/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Legal, Despacho y Personal, perteneciente a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) del Ministerio de Salud, a la señora PAOLA ALEJANDRA CABALLERO, D.N.I. Nº 27.463.585;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora PAOLA ALEJANDRA CABALLERO, D.N.I. Nº 27.463.585, en el cargo de Subdirectora Legal, Despacho y Personal, perteneciente a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Retener la Categoría E Planta Permanente del Escalafón General dependiente del Ministerio de Salud, a la señora PAOLA ALEJANDRA CABALLERO, D.N.I. Nº 27.463.585, inter duren las funciones asignadas en el Art.1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Subdirección Legal, Despacho y Personal, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 8625-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7211042/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director de Infraestructura y Tecnología Sanitaria, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud, al señor DANIEL ALEJANDRO VRBOS, D.N.I. Nº 25.166.558;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor DANIEL ALEJANDRO VRBOS, D.N.I. Nº 25.166.558, en el cargo de Director de Infraestructura y Tecnología Sanitaria, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Dirección de Infraestructura y Tecnología Sanitaria, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 8626-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7211042/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario encargar la ejecución de las actividades de Director Médico del Hospital “Juan Domingo Perón” dependiente de la Red de Hospitales Públicos perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud al Médico FERNANDO JOSÉ ANTONELLO, D.N.I. Nº 24.598.340;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encargar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Médico FERNANDO JOSÉ ANTONELLO, D.N.I. Nº 24.598.340, la Dirección Médica del Hospital “Juan Domingo Perón” dependiente de la Red de Hospitales Públicos perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Disponer que el Médico FERNANDO JOSÉ ANTONELLO, D.N.I. Nº 24.598.340, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, percibirá en sus haberes, el adicional del VEINTE POR CIENTO (20%) del sueldo básico de su categoría de revista, de acuerdo a lo establecido en el Art. 2º del Decreto Nº 7132-MHP-2006, inter duren las funciones asignadas en el Art.1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Hospital “Juan Domingo Perón”, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9200-MdeS-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5151196/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria BARREYRO MARIA JOSE, D.N.I. Nº 31.083.084, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1559195/2 y DOCEXT 3793840/26, surge que la beneficiaria BARREYRO MARIA JOSE, D.N.I. Nº 31.083.084, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de estudio especial para tratamiento hormonal;
Que, en act. DOCEXT 3810978/26, obra llamado a cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3810983/26 y DOCEXT 3810985/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1 y SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0;
Que, en acts. DOCEXT 3810988/26 y DOCEXT 3810989/26, obra razonabilidad del precio a abonar y justificación de presupuesto;
Que, en act. DOCEXT 3816976/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0, el ítem 1, por la suma total PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 ($2.374.725,00);
Que, en acts. PREV 11443134/2 y PREV 11473254/26 obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 948987/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 999237/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 173819/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Arts. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO CON 00/100 ($2.374.725,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3810985/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3816976/26 del EXD-0000-5151196/26.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria BARREYRO MARIA JOSE, D.N.I. Nº 31.083.084, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 1559195/26.-
Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.374.725,00
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9201-MdeS-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5131130/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria TEJERINA GUZMAN NATALIA, D.N.I. Nº 94.000.389, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3788188/26 y DOCEXT 1572065/26, surge que la beneficiaria TEJERINA GUZMAN NATALIA, D.N.I. Nº 94.000.389, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento renal;
Que, en act. SOLSEC 11479164/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5552/2026;
Que, en act. ACTPRO 11483326/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.:33-71250477-9, en act COTZAC 11484267/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11484268/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11484269/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11484270/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11484271/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11484272/26 y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11484274/26;
Que, en act. INFSEC 11484275/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 4877/2026, obrante en act. PROSEC 11484266/26;
Que, en act. PRESEC 11498760/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.:33-71250477-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS QUINIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($521.640,00) y PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, el ítem 2, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.468.630,00);
Que, en acts. PREV 11475806/26 y PREV 11500600/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 952977/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1003676/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 174673/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3788188/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.:33-71250477-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS QUINIENTOS VEINTIUN MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($521.640,00) y PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, el ítem 2, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA CON 00/100 ($1.468.630,00), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11484267/26, COTZAC 11484270/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11498760/26, del EXD-0000-5131130/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria TEJERINA GUZMAN NATALIA, D.N.I. Nº 94.000.389, los medicamentos, que se detallan en act. PRESEC 11498760/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.990.270,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9202-MdeS-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5060173/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elemento tecnológico biomédica a favor de la señora CONTRERA MARIANA ANDREA, D.N.I. Nº 37.296.859, en representación de su hijo el beneficiario ORO EMILIO GAEL, D.N.I. Nº 70.622.344,y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3779557/26, DOCEXT 3779559/26, DOCEXT 3779562/26 DOCEXT 3779565/26, DOCEXT 3809569/26, DOCEXT 1586565/26 y DOCEXT 3833126/26, surge que la señora CONTRERA MARIANA ANDREA, D.N.I. Nº 37.296.859, en representación de su hijo el beneficiario ORO EMILIO GAEL, D.N.I. Nº 70.622.344 ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elemento de tecnología biomédica para tratamiento de colostomía;
Que, en act. SOLSEC 11494741/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5874/2026;
Que, act. ACTPRO 11499240/26, obra las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas: BIOLATINA S.R.L., C.U.I.T.: 30-62932220-1, en act. COTZAC 11505011/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11505012/26, DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2, en act. COTZAC 11505014/26, MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11505015/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T., 33-71119257-9, en act. COTZAC 11505016/26 y LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L., C.U.I.T.: 30-67694776-7, en act. COTZAC 11505017/26;
Que, en act. INFSEC 11505018/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5258/2026, obrante en act. PROSEC 11505010/26;
Que, en act. PRESEC 11518069/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma BIOLATINA S.R.L., C.U.I.T.: 30-62932220-1, los ítems 1, 2, 3 y 4, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($1.285.500,00);
Que, en acts. PREV 11494113/26 y PREV 11520407/26, obra imputación preventiva del gasto, con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955835/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007566/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175606/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art.3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3779565/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma BIOLATINA S.R.L., C.U.I.T.: 30-62932220-1, los ítems 1, 2, 3 y 4, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($1.285.500,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11505011/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11518069/26 del EXD-0000-5060173/26.-
Art. 4º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora CONTRERA MARIANA ANDREA, D.N.I. Nº 37.296.859, en representación de su hijo el beneficiario ORO EMILIO GAEL, D.N.I. Nº 70.622.344, los elementos tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11518069/26.-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.285.500,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9203-MdeS-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5211028/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario GIL ALBERTO, D.N.I. Nº 18.051.963, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1562474/26 y DOCEXT 1576256/26 surge que el beneficiario GIL ALBERTO, D.N.I. Nº 18.051.963, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1562474/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11487991/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5788/2026;
Que, en act. ACTPRO 11494446/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11495763/26 y DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11495764/26;
Que, en act. INFSEC 11495766/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5134/2026, obrante en act. PROSEC 11495762/26;
Que, en act. PRESEC 11516240/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 57/100 ($2.300.874,57);
Que, en acts. PREV 11476052/26, y PREV 11516704/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 954631/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1006284/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175289/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1562474/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 57/100 ($2.300.874,57), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11495764/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11516240/26, del EXD-0000-5211028/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario GIL ALBERTO, D.N.I. Nº 18.051.963, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11516240/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.300.874,57
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9204-MdeS-2026.-
San Luis, 5 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5070865/26, por el cual la Subdirección Atención Primaria de la Salud - Departamento General Pedernera tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora MARTINEZ MARIA LAURA, D.N.I. Nº 17.154.518, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1568388/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora MARTINEZ MARIA LAURA, D.N.I. Nº 17.154.518, por la otra, quien brinda servicios como médico, en el entonces Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, a partir del 01 de mayo de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses hasta que podrá prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11442279/26, obra imputación preventiva del gasto, exceptuando de duodécimo;
Que, en act. ENCAPS 944941/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. DICLEG 945125/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 992675/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 172839/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar los dispuesto en el Art. Nº1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. NIGRA TERESA LUCIA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora MARTINEZ MARIA LAURA, D.N.I. Nº 17.154.518, por la otra, quien brinda servicios como médico, en el entonces en la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, obrante en act. DOCEXT 1568388/26 del EXD-0000-5070865/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 31 00 00 00 3 29 00 3 4 2 000 $8.400.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud (APS), a sus efectos.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia y la Subdirección Atención Primaria de la Salud- Departamento General Pedernera señora MARTINEZ MARIA LAURA, D.N.I. Nº 17.154.518.-
Art. 8º.-El presente, Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9336-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6181092/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria FUNES DAYANA JENIFER, D.N.I. Nº 37.833.855, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3821919/26 y DOCEXT 1582506/26, surge que la beneficiaria FUNES DAYANA JENIFER, D.N.I. Nº 37.833.855, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3821919/26, obra constancia y justificación de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento, a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11499208/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5922/2026;
Que, en act. ACTPRO 11506457/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11508421/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11508422/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11508427/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11508428/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11508430/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11508431/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11508433/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11508434/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11508437/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11508438/26;
Que, en act. INFSEC 11508439/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5318/2026, obrante en act. PROSEC 11508419/26;
Que, en act. PRESEC 11517328/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, los ítems 2 y 3, por la suma total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 70/100 ($99.984.944,70) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, los ítems 1 y 4, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 00/100 ($4.976.251,00);
Que, en acts. PREV 11498505/26 y PREV 11517333/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 954608/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1006266/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175251/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3821919/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, los ítems 2 y 3, por la suma total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 70/100 ($99.984.944,70) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, los ítems 1 y 4, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 00/100 ($4.976.251,00), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11508434/26, COTZAC 11508438/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11517328/26 del EXD-0000-6181092/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria FUNES DAYANA JENIFER, D.N.I. Nº 37.833.855, los medicamentos que se detalla en act. PRESEC 11517328/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $104.961.195,70
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9337-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6040502/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica, a favor de la beneficiaria OCHOA NANCY NOEMI, D.N.I. Nº 18.095.015, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3809577/26 y DOCEXT 3809579/26, surge que la beneficiaria OCHOA NANCY NOEMI, D.N.I. Nº 18.095.015, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11488628/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5414/2026;
Que, en act. ACTPRO 11492210/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11495635/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11495636/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11495637/26;
Que, en act. INFSEC 11495638/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5087/2026, obrante en act. PROSEC 11495634/26;
Que, en act. PRESEC 11518425/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el item 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHENTA MIL CON 00/100 ($2.080.000,00);
Que, en acts. PREV 11472802/26 y PREV 11525677/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 957398/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1009779/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175793/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3809577/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Incluir Salud a contratar con la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHENTA MIL CON 00/100 ($2.080.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11495635/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11518425/26 del EXD-0000-6040502/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria OCHOA NANCY NOEMI, D.N.I. Nº 18.095.015, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11518425/26.-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.080.000,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9338-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4140102/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria MOLINA ESTELA CARMEN, D.N.I. Nº 24.954.983, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3757696/26 y DOCEXT 1567800/26, surge que la beneficiaria MOLINA ESTELA CARMEN, D.N.I. Nº 24.954.983, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento cardiológico;
Que, en act. SOLSEC 11492476/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5833/2026;
Que, en act. ACTPRO 11496068/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11498287/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9, en act. COTZAC 11498288/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11498293/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11498294/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11498295/26 y ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11498296/26;
Que, en act. INFSEC 11498297/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5170/2026, obrante en act. PROSEC 11498285/26;
Que, en act. PRESEC 11507709/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($9.352.400,00);
Que, en acts. PREV 11465392/26 y PREV 11509221/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 953475/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1004596/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 174818/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3757696/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($9.352.400,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11498293/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11507709/26, del EXD-0000-4140102/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria MOLINA ESTELA CARMEN, D.N.I. Nº 24.954.983, los medicamentos, que se detallan en act. PRESEC 11507709/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $9.352.400,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9339-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4270771/26, por el cual el Hospital “Juan Domingo Perón”, tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor SEBASTIAN EDUARDO NUÑEZ, D.N.I. Nº 26.391.287, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3840453/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor SEBASTIAN EDUARDO NUÑEZ, D.N.I. Nº 26.391.287, por la otra, quien presta servicios profesionales como médico en el área de Fisiatría, del entonces Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de julio de 2026 y por el término de SEIS (6) meses;
Que, en act. PREV 11496714/26, obra imputación preventiva del gasto, con excepción de duodécimo;
Que, en act. ENCAPS 952804/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. DICLEG 953051/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1003764/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 174675/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor SEBASTIAN EDUARDO NUÑEZ, D.N.I. Nº 26.391.287, por la otra, quien presta servicios profesionales como médico en el área de Fisiatría, del entonces Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3840453/26 del EXD- 0000-4270771/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $15.120.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital “Juan Domingo Perón”, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al señor SEBASTIAN EDUARDO NUÑEZ, D.N.I. Nº 26.391.287.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9340-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6170194/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario LENCINAS ALBERTO AMADEO, D.N.I. Nº 13.451.762, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3819923/26, DOCEXT 3822377/26, DOCEXT 3822379/26 y DOCEXT 1589159/26 surge que el beneficiario LENCINAS ALBERTO AMADEO, D.N.I. Nº 13.451.762, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 3819924/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11517315/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6129/2026;
Que, en act. ACTPRO 11520783/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DNM FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-71013847-4, en act. COTZAC 11521046/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11521047/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11521048/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11521049/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11521050/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9, en act. COTZAC 11521052/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11521059/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11521061/26 y PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11521064/26;
Que, en act. INFSEC 11521066/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5552/2026, obrante en act. PROSEC 11521045/26;
Que, en act. PRESEC 11529245/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($67.207.464,00);
Que, en acts. PREV 11517145/26, y PREV 11530611/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 956626/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1009065/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175691/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3819923/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($67.207.464,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11521059/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11529245/26, del EXD-0000-6170194/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario LENCINAS ALBERTO AMADEO, D.N.I. Nº 13.451.762, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11529245/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $67.207.464,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9341-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7060029/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario TOBARES MARCOS ANTONIO, D.N.I. Nº 30.007.342, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3836265/26 y DOCEXT 1590892/26, surge que el beneficiario TOBARES MARCOS ANTONIO, D.N.I. Nº 30.007.342, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento neurológico;
Que, en act. SOLSEC 11522974/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6275/2026;
Que, en act. ACTPRO 11525349/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T. 30-51964753-9, en act. COTZAC 11525880/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11525881/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11525882/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11525883/26 y DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11525884/26;
Que, en act. INFSEC 11525885/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5670/2026, obrante en act. PROSEC 11525879/26;
Que, en act. PRESEC 11531352/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($82.136.572,00);
Que, en acts. PREV 11521308/26 y PREV 11531367/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 956634/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1008624/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175676/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3836265/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100 ($82.136.572,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11525883/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11531352/26, del EXD-0000-7060029/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario TOBARES MARCOS ANTONIO, D.N.I. Nº 30.007.342, el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11531352/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $82.136.572,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9342-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5040555/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elemento tecnológico biomédica a favor del beneficiario IBAÑEZ ALEXIS MIGUEL, D.N.I. Nº 38.334.353, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3777036/26, DOCEXT 3777041/26, DOCEXT 3777045/26, DOCEXT 3777048/26, DOCEXT 3777050/26, DOCEXT 3782646/26, DOCEXT 3801487/26, DOCEXT 1586534/26 y DOCEXT 3832875/26, surge que el beneficiario IBAÑEZ ALEXIS MIGUEL, D.N.I. Nº 38.334.353 ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elemento de tecnología biomédica para tratamiento neurológico;
Que, en act. SOLSEC 11494724/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5876/2026;
Que, act. ACTPRO 11499288/26, obra las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8 en act. COTZAC 11505056/26, MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11505057/26;
Que, en act. INFSEC 11505058/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5259/2026, obrante en act. PROSEC 11505055/26;
Que, en act. PRESEC 11518065/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CIENTO VEINTICINCO CON 00/100 ($6.150.125,00);
Que, en acts. PREV 11494121/26 y PREV 11520398/26, obra imputación preventiva del gasto, con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955848/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007577/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175564/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art.3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3782646/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CIENTO VEINTICINCO CON 00/100 ($6.150.125,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11505057/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11518065/26del EXD-0000-5040555/26.-
Art. 4º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario IBAÑEZ ALEXIS MIGUEL, D.N.I. Nº 38.334.353, los elementos tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11518065/26.-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $6.150.125,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9343-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7210775/26, por el cual Ente Hospital Central “Dr. Ramón Carrillo”, tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios del señor SCHENFELD EDUARDO RAUL, D.N.I. Nº 23.036.712, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3846644/26, obra telegrama de renuncia presentada por el señor SCHENFELD EDUARDO RAUL, D.N.I. Nº 23.036.712, Agrupamiento Técnico (T), Categoría C de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1605027/26, obra Decreto Nº 4200-MdeS-2011, mediante el cual se homologó el Contrato de Prestación de Servicios del señor SCHENFELD EDUARDO RAUL, D.N.I. Nº 23.036.712;
Que, en act. INFORM 443922/26, ha tomado intervención la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 30 de junio de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1724484/26, la Dirección Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha tomado intervención de su competencia;
Que, en virtud de lo expuesto precedentemente corresponde rescindir el contrato aludido;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios del señor SCHENFELD EDUARDO RAUL, D.N.I. Nº 23.036.712, homologado por Decreto Nº 4200-MdeS-2011, a partir del 30 de junio de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Ente Hospital Central “Dr. Ramón Carrillo” y Dirección Recursos Humanos de Salud, quien notificará al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 9345-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4010943/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos destinado al beneficiario VOSS JUAN LUIS, D.N.I. Nº 30.566.882, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3747943/26 y DOCEXT 1553461/26, surge que el beneficiario VOSS JUAN LUIS, D.N.I. Nº 30.566.882, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 3747943/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11426532/26, obra Solicitud de Gastos Nº 4491/2026;
Que, en act. ACTPRO 11428178/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11429900/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11429901/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11429902/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11429903/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11429906/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11429907/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11429909/26 y MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11429912/26;
Que, en act. DOCEXT 1597826/26, obra mantenimiento de oferta de la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9;
Que, en act. INFSEC 11429914/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 3867/2026, obrante en act. PROSEC 11429898/26;
Que, en act. PRESEC 11439191/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 16/100 ($69.541.352,16);
Que, en acts. PREV 11425561/26 y PREV 11439415/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 944767/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 991468/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 172678/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3747943/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 16/100 ($69.541.352,16), de acuerdo a la oferta, mantenimiento de oferta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11429906/26, DOCEXT 1597826/26 y PRESEC 11439191/26 del EXD-0000-4010943/26.-
Art. 4º.-Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario VOSS JUAN LUIS, D.N.I. Nº 30.566.882, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11439191/26.-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $69.541.352,16
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9346-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3310634/26, por el cual el Hospital “Madre Catalina Rodríguez” de Merlo, tramita la contratación del servicio de reparación del equipo de colonoscopia marca Pentax, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, declaró desiertos tres procesos de contratación tendientes a la reparación del equipo de colonoscopía, según consta en las acts. PRODES 11429619/26, PRODES 11434680/26 y PRODES 11443558/26;
Que, mediante nota obrante en act. DOCEXT 1575055/26, el Hospital “Madre Catalina Rodríguez” de Merlo tramita la contratación directa del servicio de reparación del equipo de colonoscopia marca Pentax perteneciente a dicho Nosocomio;
Que, en act. DOCEXT 1601123/26, se adjunta presupuesto de la firma CORPO MÉDICA S.A. C.U.I.T.: 30-62591300-0;
Que, en act. DOCEXT 1574365/26, se acompaña informe de la Subdirección Equipamiento y Bioingenieria dependiente de la Dirección de Infraestructura y Tecnología Sanitaria, donde sugiere contratar en forma directa a la firma CORPO MEDICA S.A. C.U.I.T.: 30-62591300-0, el servicio de reparación del equipo de colonoscopia marca Pentax, por la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 99/100 ($8.906.999,99);
Que, en act. PREV 11481674/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DOCEXT 3823291/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. DICLEG 953566/26, obra dictamen legal;
Que, en act. NOTAMP 1005537/26, Contaduría General de la Provincia, informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga la contratación pertinente;
Que, en act. DICFIS 175095/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. c) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar al Hospital “Madre Catalina Rodríguez” de Merlo, a contratar con la firma CORPO MEDICA S.A. C.U.I.T.: 30-62591300-0, el servicio de reparación del equipo de colonoscopia marca Pentax, por la suma total de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 99/100 ($8.906.999,99), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 1601123/26 y a lo indicado en act. DOCEXT 1574365/26 del EXD-0000-3310634/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 27 44 00 00 00 1 01 00 3 3 3 000 $8.906.999,99
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección General de Gestión de la Salud, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Infraestructura y Tecnología Sanitaria, Subdirección Equipamiento y Bioingenieria y el Hospital “Madre Catalina Rodríguez” de Merlo, notificará a la firma.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, Publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9347-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6101156/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica, a favor del beneficiario QUADRELLI RICARDO JAVIER, D.N.I. Nº 23.142.449, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3815625/26, DOCEXT 3815626/26, DOCEXT 1586503/26 y DOCEXT 3830701/26, surge que el beneficiario QUADRELLI RICARDO JAVIER, D.N.I. Nº 23.142.449, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11492232/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5848/2026;
Que, en act. ACTPRO 11499268/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11505034/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11505035/26;
Que, en act. INFSEC 11505036/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5250/2026, obrante en act. PROSEC 11505033/26;
Que, en act. PRESEC 11517988/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($3.250.900,00);
Que, en acts. PREV 11488726/26 y PREV 11520395/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955196/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;
Que, en act. NOTAMP 1006549/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175290/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo al pedido medico obrante en act. DOCEXT 3815625/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($3.250.900,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11505034/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11517988/26 del EXD-0000-6101156/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario QUADRELLI RICARDO JAVIER, D.N.I. Nº 23.142.449, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11517988/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.250.900,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9349-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
El EXD-0000-2270087/26, mediante el cual la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS) eleva renuncia del señor LUCAS SEBASTIAN ZARANDON, D.N.I. Nº 31.518.016, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 3871-MdeS-2022, se homologó el contrato de prestación de servicios del señor LUCAS SEBASTIAN ZARANDON D.N.I. Nº 31.518.016, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, por Decreto Nº 9766-MdeS-2023, el señor LUCAS SEBASTIAN ZARANDON, D.N.I. Nº 31.518.016, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. DOCEXT 1513662/26, obra renuncia presentada por el señor LUCAS SEBASTIAN ZARANDON, D.N.I. Nº 31.518.016;
Que, en act. INFORM 433914/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 27 de febrero del 2026;
Que, en act. ACTPAS 1662721/26, ha tomado intervención de su competencia la Dirección Recursos Humanos de Salud;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley III-0065-2004 (5554).-
Art. 2º.-Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio del señor LUCAS SEBASTIAN ZARANDON, D.N.I. Nº 31.518.016, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 3871-MdeS-2022, a partir del 27 de febrero del 2026.-
Art. 3º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.-Hacer saber a: Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS) y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos de Salud notificar al interesado.-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 9350-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6030348/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria LIMONTA SILVIA LEONOR, D.N.I. Nº 16.778.740, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3807943/26, DOCEXT 3807948/26, DOCEXT 3807951/26, DOCEXT 3807953/26, DOCEXT 3809595/26, DOCEXT 3809596/26, DOCEXT 3829145/26 y DOCEXT 1586429/26, surge que la beneficiaria LIMONTA SILVIA LEONOR, D.N.I. Nº 16.778.740, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11483277/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5695/2026;
Que, en act. ACTPRO 11493951/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11498078/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11498079/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11498081/26;
Que, en act. INFSEC 11498082/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5121/2026, obrante en act. PROSEC 11498077/26;
Que, en act. PRESEC 11517973/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.150.000,00);
Que, en acts. PREV 11480109/26 y PREV 11520389/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955578/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007661/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175472/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3807951/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.150.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11498078/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11517973/26, del EXD-0000-6030348/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria LIMONTA SILVIA LEONOR, D.N.I. Nº 16.778.740, los elementos de tecnología biomédica, que se detallan en act. PRESEC 11517973/26.-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.150.000,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9351-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6021158/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria ARCE IVANA SOLEDAD, D.N.I. Nº 35.765.803, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. NOTSAL 947455/26, NOTSAL 948029/26, DOCEXT 3828975/26 y DOCEXT 1586304/26, surge que la beneficiaria ARCE IVANA SOLEDAD, D.N.I. Nº 35.765.803, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11483291/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5716/2026;
Que, en act. ACTPRO 11494070/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11498322/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11498325/26;
Que, en act. INFSEC 11498326/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5122/2026, obrante en act. PROSEC 11498321/26;
Que, en act. PRESEC 11517948/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($6.150.150,00);
Que, en acts. PREV 11481421/26 y PREV 11520371/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 956034/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007672/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175462/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. NOTSAL 947455/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($6.150.150,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11498322/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11517948/26, del EXD-0000-6021158/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria ARCE IVANA SOLEDAD, D.N.I. Nº 35.765.803, los elementos de tecnología biomédica, que se detallan en act. PRESEC 11517948/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $6.150.150,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9352-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6230760/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria VIDELA PATRICIA MABEL, D.N.I. Nº 28.486.446, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3825084/26 y DOCEXT 1583385/26, surge que la beneficiaria VIDELA PATRICIA MABEL, D.N.I. Nº 28.486.446, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3825084/26, obra constancia y justificación de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento, a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11505563/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5935/2026;
Que, en act. ACTPRO 11512219/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11514989/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11514990/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11514991/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11514992/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11514993/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11514994/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11514995/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11514996/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11514997/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11514999/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11515000/26, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11515001/26 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11515002/26;
Que, en act. INFSEC 11515003/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5402/2026, obrante en act. PROSEC 11514988/26;
Que, en act. PRESEC 11522787/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, el ítem 3, por la suma total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS SIETE CON 96/100 ($84.116.907,96), DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 4, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL CUATRO CON 00/100 ($2.705.004,00), GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, ítem 2, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON 56/100 ($225.724,56) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.435.056,00);
Que, en acts. PREV 11500592/26 y PREV 11523028/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 955515/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1007230/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175552/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3825084/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, el ítem 3, por la suma total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO DIECISÉIS MIL NOVECIENTOS SIETE CON 96/100 ($84.116.907,96), DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 4, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS CINCO MIL CUATRO CON 00/100 ($2.705.004,00), GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, ítem 2, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS VEINTICUATRO CON 56/100 ($225.724,56) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.435.056,00), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11514999/26, COTZAC 11514997/26, COTZAC 11514995/26, COTZAC 11514996/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11522787/26 del EXD-0000-6230760/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria VIDELA PATRICIA MABEL, D.N.I. Nº 28.486.446, los medicamentos que se detalla en act. PRESEC 11522787/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $88.482.692,52
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9353-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10290579/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor del beneficiario ETICHETTI PABLO ENRIQUE, D.N.I. Nº 22.562.713, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3633918/25 y DOCEXT 1456487/25 surge que el beneficiario ETICHETTI PABLO ENRIQUE, D.N.I. Nº 22.562.713, ha cumplido con los requisitos exigidos para la provisión de estudio especial para tratamiento oncológico;
Que, en act. DOCEXT 3723626/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3725095/26 y DOCEXT 3725097/26, obra razonabilidad de precio y justificación de presupuesto;
Que, en acts. DOCEXT 3725082/26, y DOCEXT 3725088/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC. ANON., C.U.I.T.: 30-57459695-1 y SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0;
Que, en act. DOCEXT 3846660/26, obra presupuesto actualizado de la firma, CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC. ANON., C.U.I.T.: 30-57459695-1;
Que, en act. DOCEXT 3725104/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma, CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC. ANON., C.U.I.T.: 30-57459695-1, por la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($950.000,00);
Que, en acts. PREV 11261594/26 y PREV 11302381/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. NOTAMP 967033/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1008254/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169094/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC. ANON., C.U.I.T.: 30-57459695-1, por un monto de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($950.000,00) conforme al presupuesto y preadjudicación obrantes en acts. DOCEXT 3725082/26 y DOCEXT 3725104/26 y presupuesto actualizado en act. DOCEXT 3846660/26 del EXD-000-10290579/25.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario ETICHETTI PABLO ENRIQUE, D.N.I. Nº 22.562.713, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3725104/26.-
Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $950.000,00
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara al beneficiario y a las firmas.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9354-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5260259/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica, a favor de la beneficiaria BARROSO MARY GRACIELA, D.N.I. Nº 16.404.940, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3798810/26 y DOCEXT 3798832/26, surge que la beneficiaria BARROSO MARY GRACIELA, D.N.I. Nº 16.404.940, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento reumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11523305/26, obra Solicitud de Gastos Nº 6211/2026;
Que, en act. ACTPRO 11526189/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11529648/26;
Que, en act. INFSEC 11529652/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 5689/2026, obrante en act. PROSEC 11529647/26;
Que, en act. PRESEC 11539813/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el item 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL CIEN CON 00/100 ($4.100.100,00);
Que, en acts. PREV 11465905/26 y PREV 11539918/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 957896/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1010235/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175894/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3798810/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Incluir Salud a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el item 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL CIEN CON 00/100 ($4.100.100,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11529648/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11539813/26 del EXD-0000-5260259/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria BARROSO MARY GRACIELA, D.N.I. Nº 16.404.940, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11539813/26.-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.100.100,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la beneficiaria y a la firma.-
Art. 8º.-Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9355-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6030952/26, por el cual la Maternidad “Carlos Luco” tramita el Contrato de Servicios de la señora SANCHEZ OCHOA CAROLA DANIELA, D.N.I. Nº 25.105.464, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1581398/26, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora SANCHEZ OCHOA CAROLA DANIELA, D.N.I. Nº 25.105.464, por la otra, quien prestará funciones de Médico, en el Servicio de Neonatología de la Maternidad “Carlos Luco”, a partir de la fecha del presente Decreto y por el termino de TRES (3) meses, renovable por el mismo periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11470552/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 949591/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. DICLEG 949860/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;
Que, en act. NOTAMP 999613/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 173839/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora SANCHEZ OCHOA CAROLA DANIELA, D.N.I. Nº 25.105.464, por la otra, quien prestará funciones de Médico, en el Servicio de Neonatología de la Maternidad “Carlos Luco”, obrante en act. DOCEXT 1581398/26 del EXD-0000-6030952/26.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins. Jur. J.Aux U.E Prog Ub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 34 52 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $4.500.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Maternidad “Carlos Luco”, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y la señora SANCHEZ OCHOA CAROLA DANIELA, D.N.I. Nº 25.105.464.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera

MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 9256-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Subinspector a Oficial Inspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MORALES JESUS MAXIMILIANO, D.N.I. N° 34.700.804
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9257-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Subinspector a Oficial Inspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
ALBA ALICIA ANTONELA, D.N.I. N° 34.921.994
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9258-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
PEREZ WALTER EZEQUIEL, D.N.I. N° 40.319.779
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9259-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ORTIZ KEVIN RAUL, D.N.I. N° 33.623.098
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9260-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
RIOS MARIA DEL VALLE, D.N.I. N° 30.313.105
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9261-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MAIDANA CRISTIAN ALEXIS DAMIAN, D.N.I. N° 33.955.598
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9262-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
BORT EMILIO SEBASTIAN, D.N.I. N° 30.180.200
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9263-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MURUA MAURO SEBASTIAN, D.N.I. N° 33.265.712
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9264-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
MOTA ENZO NICOLAS, D.N.I. N° 35.315.843
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9265-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo a Cabo Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
ARRIETA MILENA GUADALUPE, D.N.I. N° 35.765.430
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9266-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo Primero a Sargento, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
MUÑOZ IVANA CARINA, D.N.I. N° 27.917.807
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9267-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Cabo Primero a Sargento, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
GALLI CRISTIAN ANGEL, D.N.I. N° 30.534.460
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9268-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
FUNES PABLO RUBEN, D.N.I. N° 30.581.786
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9269-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
ZAVALA EDUARDO MIGUEL, D.N.I. N° 33.355.114
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9270-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
VEGA ALEJANDRO VICTOR, D.N.I. N° 28.376.192
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9271-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, a la señora:
RODRIGUEZ MARIA DEOLINDA, D.N.I. N° 31.402.278
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9272-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
DIAZ HUGO ORLANDO, D.N.I. N° 30.493.248
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9273-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1245738/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Sargento a Sargento Primero, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
GARAVAGLIA JOFRE LUIS MAXIMILIANO, D.N.I. N° 27.063.741
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9274-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1242993/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247106/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
SOLOA FRANCO HERNAN GASTON, D.N.I. N° 38.220.038
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9275-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1242993/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247106/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 444019/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 444020/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
GIGLIO BRIAN JORGE, D.N.I. N° 37.723.492
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

DECRETO Nº 9276-MS-2026.-
San Luis, 7 de Agosto de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7271281/26, por el cual Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita ascenso ordinario al grado inmediato superior de dicha Institución; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PASGEN 1245729/26 (adjuntos) obran copias de las Resoluciones Nros. 541-JP-2026, 542-JP-2026 y 543-JP-26, mediante la cual se convoca a la Junta de Calificaciones;
Que en acts. DOCEXT 1602955/26, 1602956/26 y 1602959/26 obran Actas de la Junta de Calificaciones, por la cual se aprueba la nómina de postulantes habilitados para acceder a los distintos grados;
Que en act. PASGEN 1242993/26 obra copia de la Resolución Nº 730-JP-26, de fecha 4 de junio de 2026, rectificada parcialmente por Resolución Nº 994-JP-2026 de fecha 29 de julio de 2026, obrante en act. NOTAPO 1247106/26, mediante la cual se aprueba el trámite efectuado por la Junta de Calificaciones, obrando en la citada actuación nota de Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía elevando el tratamiento efectuado por la Junta de Calificaciones;
Que en act. INFORM 44419/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, indicando la estimación del costo de ascenso del Personal Policial y en act. INFORM 44420/26 la correspondiente partida presupuestaria a la que deberá imputarse la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 1010612/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia prestando conformidad al trámite impreso;
Que en act. DICLEG 34180/26 obra dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 175923/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones que establecen los Arts. 27, 28 y 29 de la Ley XV-0982-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 3053-MS-2019.-
Art. 2º.- Designar por vía de ascenso ordinario a partir de la fecha del presente Decreto y en la jerarquía que se indica, al siguiente personal policial:
De Oficial Ayudante a Oficial Subinspector, con reconocimiento al solo efecto en la antigüedad en el grado, a partir del 01 de enero de 2026, al señor:
VALDEZ BRUNO AGUSTIN, D.N.I. N° 41.123.299
Art. 3º.- El gasto que demande la presente erogación deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:
POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICIA:
INST. 1, JUR. 17, U.E. 16, F.F. 1-01, 23, INC. 1
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Policía de la Provincia de San Luis – Jefatura de Policía y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
María Eugenia Sosa Herrera

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN GRAL. N° 483-DPJ-2026.-
SAN LUIS, 31 de Agosto del año 2026.-
Ref.: NORMALIZACION. -
VISTO:
Actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo de la entidad “CLUB JUVENTUD NUEVA FLORIDA” LPJ N° 30/92, Localidad Embalse La Florida, Dpto. Pringles, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Resolución N° 111-DPIGPJ-92 de fecha 02 de Junio del año 1992.
CONSIDERANDO:
Que a fs. 154 obra petición escrita suscripta por socios denunciando irregularidades en relación a la acefalia de la entidad.
Que del estudio exhaustivo del legajo archivo de la Entidad, surge que la misma se encuentra en estado IRREGULAR, adeudando presentación de Memorias, Estados Contables e Informes del Revisor de Cuentas correspondientes a los ejercicios económicos cerrados en los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 como así también que los mandatos correspondientes a los miembros de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas se encuentran vencidos al día de la fecha.
Que a los fines de encausar la vida institucional de la entidad, los presentantes solicitan nombrar a un Delegado Normalizador, sugiriendo en tal carácter a la Sr. LEPORI, LUIS MARCELO D.N.I. N° 17.124.791
Que el presente instituto de normalización tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de 60 (sesenta) días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo del Delegado Normalizador.
Que la normalización por parte del Estado de la administración de una entidad civil ha sido reconocida desde antiguo por nuestros tribunales (Cámara Civil 1° de la Capital Federal, septiembre 30 de 1936, en autos “Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios”; ídem, mismo tribunal en fecha 17 de junio de 1930 en autos “Asociación Mutual de Retirados del Ejército y la Armada”). -
Atento a ello, consideraciones de hecho y derecho efectuadas, constancias del Legajo/Archivo 39/85 y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación, art. 168 inciso 22 de la Constitución de la Provincia de San Luis; art. 7, apartado 3, inciso b de la Ley Provincial N° V-0112-2004, Articulo 83 siguientes y concordantes de la Resolución General N° 38-DPCyFPJ-2018, esta oficina está facultada para fiscalizar, controlar y normalizar las entidades inscriptas como Personas Jurídicas, en EXCLUSIVO INTERES PUBLICO;
POR ELLO, Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
LA DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1°.-Disponer la medida administrativa de NORMALIZACION de la entidad “CLUB JUVENTUD NUEVA FLORIDA” LPJ N° 30/92, Localidad Embalse La Florida, Dpto. Pringles, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Resolución N° 111-DPIGPJ-92 de fecha 02 de Junio del año 1992 en el marco de las facultades otorgadas por el Art. 7° inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703) y demás disposiciones de la materia. -
Art. 2°.-Designar en el carácter de Delegado Normalizador al Sr. LEPORI, LUIS MARCELO D.N.I. N° 17.124.791 a fin de que lleve adelante el proceso de normalización de la entidad, por el término de 60 DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por causas que así lo justifiquen. Establecer que, en el ejercicio del cargo impuesto, y dentro del plazo establecido, deberá convocar a Asamblea General Extraordinaria para la elección de autoridades según estatuto vigente y previo cumplimiento de las formalidades que exige la normativa aplicable.
Art. 3°.-Notifíquese, publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, Protocolícese y oportunamente Archívese.-
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 02 Sep.

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
RESOLUCIÓN Nº 56-DSA-DGA-MDPS-2026.-
San Luis, 01 de septiembre de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD- 08130533/26 caratulado “VEDA DE PESCA PEJERREY 2026”, en el marco de la Ley Provincial Nº IX-0317-2004 Conservación de la Fauna, Caza y Pesca, su decreto reglamentario Decreto N° 3764-MLyRI-2005 modificado por el Decreto Nº 593-SGG-SA-2023.
CONSIDERANDO:
Que, en act. ACTPAS 3844102/26 obra nota del Área de Flora y Fauna solicitando implementar pautas operativas para veda de pesca deportiva exclusiva para la especie Pejerrey (Odontesthes bonariensis) en los embalses, lagunas y espejos de agua del territorio provincial para la temporada 2026, especificando los términos de veda;
Que, en act. DOCEXT 3844114/26 obra informe técnico, en atención a la situación de la fauna íctica como recurso natural de la Provincia de San Luis, su interés con fines deportivos, y la protección en etapas reproductivas, a fin de mantener la población con un número de individuos que permita su permanencia y repoblación en los cuerpos de agua;
Que los estudios sobre sus ciclos biológicos del pejerrey, citan el desove con un primer período en los meses de agosto noviembre donde se observan fenómenos de rema duración que pueden extender el lapso de tiempo en el que los peces desovan, y un segundo período de menor producción en los meses de marzo-abril;
Que la especie pejerrey desova en aguas someras, con vegetación de macrófitas sumergidas a los cuales los racimos de huevos se adhieren firmemente, por lo que se requiere especial cuidado de estos ambientes en su época reproductiva;
Que, en act. DOCEXT 3844226/26 obra informe técnico de San Luis Agua Sociedad del Estado, considerando la solicitud de veda propuesta, y que los sitios de desoves o frezas, son aguas someras y con vegetación de macrófitas sumergidas, a las cuales los racimos de huevos se adhieren firmemente, razón por la cual la modalidad de pesca sugerida es con embarcaciones, no en costa u orilla y que los Diques Paso de las Carretas, La Florida, San Felipe, La Huertita y Potrero de los Funes se consideran óptimos para practicar la pesca deportiva con modalidad embarcado, a una distancia mayor de 200 metros de la costa, y hacia adentro, para evitar de este modo interferir en las zonas de desove;
Que, de conformidad con lo establecido en el Art N° 4, inc. a) Punto 2 de la RESOLUCIÓN Nº 395-DB-SAYDS-2025 (Calendario Íctico 2026) “El período de veda del pejerrey será determinado por la Autoridad de Aplicación, en función a estudios realizados sobre la época de reproducción y el estado de maduración de los peces. De acuerdo a los resultados obtenidos se podrá adecuar la fecha de veda y para algunos espejos de agua se habilitarán modalidades o zonas de pesca que no perjudiquen el desove”;
Que, en act. DICLEG 52267/26 obra dictamen legal donde se expide la Asesora Legal de la Dirección General de Ambiente, dictaminando que se proceda al dictado del acto administrativo de alcance particular;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL SEÑOR DIRECTOR DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL
RESUELVE:
Art. 1º.-Establecer, la VEDA de PESCA DEPORTIVA de pejerrey (Odontesthes bonariensis) en el territorio de la Provincia de San Luis, desde el día SIETE (07) de septiembre hasta el día CUATRO (04) de diciembre inclusive del corriente año, conforme a lo siguiente:
VEDA TOTAL en los siguientes cuerpos de agua
Dique Luján
Dique Nogolí
Dique Los Manantiales (Villa General Roca)
Dique Esteban Agüero
Dique Las Palmeras
Dique Saladillo
Dique Piscu Yaco
Dique Cruz de Piedra
Dique Vulpiani
Dique Boca del rio
Dique Berta Vidal de Battini
Dique La Estrechura
Dique Chico
Dique La Huertita
Dique San Pedro
Dique Saladillo
Dique Villa Mercedes
VEDA PARCIAL desde costa y murallón para los siguientes cuerpos de aguas.
Solo se permite la pesca los días sábados, domingos y feriados en modalidad embarcado.
A más de doscientos (200) metros desde la costa y murallón (hacia el centro del dique), en Diques Paso de las Carretas, La Florida y La Huertita.
A más de cincuenta (50) metros desde la costa y murallón (hacia el centro del dique), en Diques San Felipe y Potrero de los Funes.
En el Dique Potrero de los Funes, la pesca embarcada autorizada durante el período de veda solo podrá realizarse con embarcaciones propulsadas mediante motor eléctrico.
Art. 2º.-Establecer, la VEDA de PESCA DEPORTIVA de pejerrey (Odontesthes bonariensis) en lagunas particulares de la Provincia de San Luis, desde el día DOS (02) de septiembre hasta el día DOS (02) de noviembre inclusive del corriente año. -
Art. 3º.-Informar que con el objetivo de propender a la protección del recurso se podrá extender la veda establecida en los artículos precedentes, en función del período de desove de la especie en diferentes cuerpos de agua.-
Art. 4º.-Hacer saber al Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Ministerio de Turismo y Cultura, Ministerio de Seguridad Asociación de Guardapescas y San Luis Agua S.E-
Art. 5º.-Comunicar, Publicar, dar Registro Oficial y archivar.-
JOSÉ ORLANDO VARAS
Dirección de Sustentabilidad Ambiental
SPP e: y v: 02 Sep

MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 488-DPJ-2026.-
SAN LUIS, 01 de Septiembre de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº 12/63, perteneciente a la entidad “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO CHACABUCO”, con domicilio en la Localidad Villa del Carmen, Dpto. Chacabuco, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N° 1148-GIF-1448, de fecha 11 de Julio de 1963,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 944 obra nota presentada por el Delegado Normalizador de la entidad de marras, designado mediante Resolución N.º 01-DPJ-2026, mediante la cual solicita la prórroga del proceso de normalización, a fin de continuar con las tareas de organización y gestión necesarias para el adecuado funcionamiento de la institución y el cumplimiento de las expectativas de la comunidad.
Asimismo, manifiesta que la situación institucional ha evidenciado una evolución favorable a partir de la gestión desarrollada por el Delegado Normalizador, destacando que se ha logrado dar inicio a las actividades futbolísticas de la entidad, con el acompañamiento y colaboración de la comunidad.
Que resulta conveniente hacer lugar a la solicitud de Sr/Sra. RABONI, MATIAS DANIEL D.N.I. N° 30.059.282, a fin de facilitar la reorganización institucional de la entidad. -
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO. -
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º EXTENDER por el término de SESENTA (60) días hábiles a partir de su notificación personal, la PRORROGA de NORMALIZACION concedida Resolución N.º 01-DPJ-2026, de fecha 01 de enero del año 2026, a la entidad “CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO CHACABUCO”, con domicilio en la Localidad Villa del Carmen, Dpto. Chacabuco, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N° 1148-GIF-1448, de fecha 11 de Julio de 1963.-
Art. 2º RATIFICAR en sus funciones de Normalizadora a la Sr/Sra RABONI, MATIAS DANIEL D.N.I. N° 30.059.282, a los fines de continuar con el desarrollo de sus actividades tendientes a la regularización definitiva de la entidad. –
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE. -
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e: y v: 02 Sep

MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 489-DPJ-2026
San Luis, 01 de septiembre de 2026
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo Nº 69/2024 correspondientes a la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL CULTIVANDO SUEÑOS”; y
CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora Escolar de referencia se encuentra en estado de irregularidad institucional ante esta Dirección de Personas Jurídicas, registrando vencimiento de mandato de sus autoridades y/o incumplimientos documentales que impiden su normal funcionamiento.
Que las cooperadoras escolares cumplen un rol fundamental en la construcción de la comunidad educativa, promoviendo la participación activa de madres, padres, abuelos y graduados, colaborando en la mejora de las condiciones materiales, organizativas y comunitarias de los establecimientos educativos.
Que mediante Decreto N° 3723-MG-2026 se creó el Programa “Cooperadora Activa”, destinado al fortalecimiento integral de las Cooperadoras Escolares con personería jurídica vigente en la Provincia de San Luis.
Que el citado Programa tiene por finalidad promover el desarrollo institucional de las cooperadoras escolares a través de acciones de sensibilización comunitaria, regularización jurídica, capacitación dirigencial y acceso a financiamiento público para la ejecución de proyectos sociales.
Que el Artículo 5° del Decreto N° 3723-MG-2026 establece como líneas de acción del Programa el reempadronamiento y regularización institucional, la capacitación y formación dirigencial y el acceso al financiamiento público.
Que asimismo el Artículo 7° del referido Decreto establece como requisito para acceder al financiamiento encontrarse en estado regular ante la Dirección de Personas Jurídicas.
Que en consecuencia resulta necesario adoptar las medidas tendientes a restablecer el normal funcionamiento institucional de la entidad, posibilitando la conformación de autoridades legítimamente electas y la regularización de su situación registral.
Que la permanencia de la entidad en estado de irregularidad no sólo afecta su normal desenvolvimiento institucional sino que además impide su incorporación plena a las herramientas de fortalecimiento, capacitación y financiamiento previstas por el Programa Cooperadora Activa.
Que la convocatoria de oficio constituye una herramienta excepcional destinada a garantizar la continuidad institucional de las personas jurídicas cuando circunstancias de interés público así lo aconsejan.
Que la regularización de las Cooperadoras Escolares reviste un especial interés público atento a su vinculación directa con la comunidad educativa y con las políticas provinciales orientadas al fortalecimiento de la educación.
Que el Artículo 4 inciso 5) de la Ley V-0112-2004 faculta a esta Dirección de Personas Jurídicas a convocar de oficio a asambleas cuando ello resulte necesario para garantizar la continuidad institucional de las entidades sujetas a fiscalización.
Que en virtud de lo expuesto corresponde convocar de oficio a Asamblea General Ordinaria de Asociados a fin de proceder a la elección de autoridades y regularización institucional de la entidad.
Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley N° V-0112-2004
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1: CONVOCAR a ASAMBLEA DE ASOCIADOS DE OFICIO de la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL CULTIVANDO SUEÑOS” LPJ 69/2024, personería jurídica otorgada mediante Resolución N° 150-DPJ-2024 a realizarse el día 03/09/2026 a las 14:00Hs. en la sede social de la entidad sita en Escuela Técnica Nº 38 Leonor Matilde Hirsch de Caraballo, autopista 55, km 622, Localidad de Buena Esperanza, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente orden del dia:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta
2) Consideracion de Memoria, Balance e Informe de Comision Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/24 y ejercicio cerrado el 31/12/25.
3) Elección de Autoridades
ARTICULO 2: DETERMINAR que podrán participar en el acto asambleario todos los tutores de los menores del establecimiento escolar que obren en el Listado Adjunto elaborado por la Dirección del colegio.
ARTICULO 3: NOTIFIQUESE, en la forma de práctica y oportunamente ARCHIVESE.
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e: y v: 02 Sep

MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 490-DPJ-2026.-
SAN LUIS, 01 de Septiembre de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº 360/14, perteneciente a la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL AVIADOR HOCKEY CLUB ESCUELA DEPORTIVA Y SOCIAL”, con domicilio en la Ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución N° 606-DCyFPJ-2014, de fecha 25 de Julio de 2014,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 70 consta nota presentada por el delegado normalizador de la entidad de marras designado mediante Resolución Nº 112-DPJ-2026, solicitando prorroga del proceso de normalización en aras de continuar organizando y gestionando el funcionamiento para que dicho organismo cumpla con las expectativas de la comunidad. -
Que resulta conveniente hacer lugar a la solicitud de Sr/Sra. CABEYTU, SILVINA LETICIA D.N.I. N° 25.582.066, a fin de facilitar la reorganización institucional de la entidad. -
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO. -
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º EXTENDER por el término de TREINTA (60) días hábiles a partir de su notificación personal, la PRORROGA de NORMALIZACION concedida Resolución Nº 112-DPJ-2026, de fecha 20 de marzo del año 2026, a la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL AVIADOR HOCKEY CLUB ESCUELA DEPORTIVA Y SOCIAL”, con domicilio en la Ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución N° 606-DCyFPJ-2014, de fecha 25 de Julio de 2014.-
Art. 2º RATIFICAR en sus funciones de Normalizadora a la Sr/Sra CABEYTU, SILVINA LETICIA D.N.I. N° 25.582.066., a los fines de continuar con el desarrollo de sus actividades tendientes a la regularización definitiva de la entidad. –
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE. -
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e: y v: 02 Sep

ACUERDOS
ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 172-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a VEINTIOCHO días del mes de AGOSTO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE y VÍCTOR MANUEL ENDEIZA. No firma la Sra. Ministra Dra. ANDREA CAROLINA MONTE RISO, por encontrarse en comisión oficial.-
DIJERON: Visto lo informado, gestionado y proyectado por Dirección de Recursos Humanos en actuaciones Nros. 30860585/26 (21/8/2026), 31155737/26 (26/8/2026), 31162967/26 (26/8/2026) y 31163001/26 (26/8/2026), del ADM 18789/25 en trámite ante tal Dirección, respecto a las etapas de inscripción, admisión, oposición, evaluación de desempeño, evaluación psicofísica, inoficiosidad de la evaluación de antecedentes, las propuestas de orden de mérito elevadas por las Comisiones Evaluadoras (Acuerdo N° 63-STJSL-SA-2026) y las posibles recategorizaciones; en el marco del Concurso de ascenso del personal del Escalafón Profesional y del Escalafón de Servicios, correspondientes a la convocatoria del año 2026, efectuada en el marco del Reglamento General de Concursos de Antecedentes y Oposición para ascensos del ESCALAFÓN PROFESIONAL y del ESCALAFÓN de SERVICIOS del Poder Judicial de la Provincia -aprobado por Acuerdo N° 14-STJSL-SA-2026-, todo conforme a las atribuciones y deberes previstos en los arts. 50 incs. 1), 2), 9), 10) y 12) y 51 incs. 2) y 5) de la Ley N° IV-0086-2021.-
Que tal Dirección, en actuación N° 30843043/26 (de fecha 21/7/2026), solicitó a Secretaría Contable que informe la factibilidad presupuestaria/financiera y tal Secretaría, en actuación N° 30896668/26, de fecha 27/7/2026, del OFR 18789/5, dictaminó: “En relación a la factibilidad presupuestaria solicitada en actuación N° 30843043/26, y lo informado por la Dirección de Recursos Humanos, en actuación N° 30882005/26, ambas obrantes en el expediente del asunto, se informa que se disponen de partidas presupuestarias para atender dicha solicitud, de acuerdo a las proyecciones del gasto efectuadas hasta el mes de diciembre de 2026 según estructura de personal actualmente en funciones”.-
Que, por lo expuesto, y de conformidad a lo prescripto en los arts. 5 inc. 8), 9 inc. 2), 12 y 39 inc. 7, b) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia, y lo reglamentado en Acuerdo N° 14-STJSL-SA-2026;
ACORDARON:
I) APROBAR los órdenes de mérito proyectados por Dirección de Recursos Humanos, según propuestas efectuadas por las Comisiones Evaluadoras, conformadas por Acuerdo N° 63-STJSL-SA-2026, por circunscripción judicial, organismo, área y/o perfil y categoría del concurso de antecedentes y oposición para ascensos del ESCALAFÓN PROFESIONAL y del ESCALAFÓN de SERVICIOS del Poder Judicial de la Provincia.-
PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
ORGANISMO: Secretaría de Informática Judicial
AREA/PERFIL: Subsecretaría de Desarrollo de Sistemas
CARGO: Subsecretario (Categoría: Secretario de Primera Instancia Profesional)
1- BREDICCE, MARIO IVAN – D.N.I. N° 25.750.147
TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
ORGANISMO: Oficina del Cuerpo Profesional Forense
AREA/PERFIL: Departamento de Trabajo Social
CATEGORIA: Jefe de Departamento Profesional
1- BRINGAS, JORGE OMAR – D.N.I. N° 20.534.171
II) ESTABLECER que el personal que se individualiza a continuación ascienda a las categorías del escalafón profesional, especificadas en cada caso, a partir del día 1 de SEPTIEMBRE de 2026:
PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
- BREDICCE, MARIO IVAN – D.N.I. N° 25.750.147:
SUBSECRETARIO de la Subsecretaría de Desarrollo de Sistemas de la Secretaría de Informática Judicial (Categoría: Secretario de Primera Instancia Profesional).
TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
- BRINGAS, JORGE OMAR – D.N.I. N° 20.534.171: Departamento de Trabajo Social de la Oficina del Cuerpo Profesional Forense
(Categoría: Jefe de Departamento Profesional)
III) DETERMINAR que el personal del escalafón profesional referido en el punto precedente deberá prestar juramento en el cargo de funcionario (art. 5 inc. 8 de la Ley IV-0086-2021), el día 1 de septiembre de 2026, a la hora doce (12:00 hs.) en la Sala de Acuerdos del Palacio de Justicia de la ciudad de San Luis.-
IV) DISPONER que la Unidad de Protocolo y Ceremonial y la Oficina de Prensa y Comunicación Institucional arbitrarán las medidas pertinentes para la realización del referido acto de juramento en observancia de lo dispuesto por los arts. 46 inc. 37) y 104 inc. a) ap. 9 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia.-
V) DETERMINAR que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, por el término de un día, y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia, en las secciones “Acuerdos” y “Concursos internos para cargos” y se efectúen las comunicaciones correspondientes.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Señores Ministros que vuelva el ADM 18789/25 a Dirección de Recursos Humanos, con copia del presente, para las tramitaciones, publicaciones y comunicaciones que correspondan.-
PROYECTADO POR DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
e. y v: 02 Sep.

ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 175-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a TREINTA Y UN días del mes de AGOSTO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-
DIJERON: Vista la Ley N.º IV-0086-2021 “LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS”; el “RÉGIMEN DE LICENCIAS PARA TODO EL PERSONAL DEL PODER JUDICIAL”, aprobado por Acuerdo N.º 561/2018 y sus modificatorios; y el Acuerdo Nº 170-STJSL-SA-2026, mediante el cual el Superior Tribunal de Justicia dispuso, en el punto XV incs. b) y c) de su parte resolutiva, reglas relativas al registro de asistencia y comunicación de ausencias para los magistrados y funcionarios titulares de los organismos previstos en el artículo 3° de la Ley Orgánica de Administración de Justicia, y demás personal; disposiciones cuya aplicación fue prevista, conforme al punto XVIII de la parte resolutiva del citado Acuerdo, a partir del 1° de septiembre de 2026;
Que la implementación de las nuevas modalidades de registración y comunicación respecto de los magistrados y funcionarios titulares de los organismos previstos en el artículo 3° de la Ley Orgánica de Administración de Justicia requiere un período inicial de adaptación que facilite su adecuada utilización y permita detectar y subsanar eventuales dificultades operativas, técnicas o interpretativas que pudieran presentarse durante el primer mes de aplicación;
Que, en razón de ello, resulta prudente y razonable establecer, exclusivamente respecto de los magistrados y funcionarios titulares de los organismos previstos en el artículo 3° de la Ley Orgánica de Administración de Justicia, un período transitorio durante el cual se mantengan las obligaciones de registración y comunicación establecidas, sin atribuir automáticamente a su omisión o cumplimiento extemporáneo las consecuencias presuntivas referidas en el punto XV incs. b) y c) del Acuerdo Nº 170-STJSL-SA-2026;
Que lo dispuesto no obsta a que, constatada efectivamente la ausencia de un magistrado o funcionario, la Dirección de Recursos Humanos adopte las medidas pertinentes para instar la designación de los subrogantes legales que correspondan y aquellas que resulten necesarias para garantizar la continuidad del servicio de justicia, conforme lo previsto en el inciso b) del punto XV del Acuerdo Nº 170-STJSL-SA-2026;
Que la solución propiciada no implica relevar a los magistrados y funcionarios titulares de los organismos previstos en el artículo 3° de la Ley Orgánica de Administración de Justicia del deber de concurrencia, permanencia y prestación efectiva del servicio, ni altera los regímenes de licencias, autorizaciones o justificaciones vigentes, sino que se circunscribe exclusivamente a establecer un periodo de transición, difiriendo las consecuencias presuntivas derivadas de la falta o extemporaneidad de las registraciones/comunicaciones previstas en los incisos b y c) del punto XV del Acuerdo Nº 170-STJSL-SA-2026;
Que, cumplido el período transitorio, las disposiciones referidas resultarán plenamente aplicables respecto de dichos magistrados y funcionarios con todos sus efectos;
Que, en ese marco, la referida Dirección informa y proyecta el acuerdo consecuente - actuación N° 31210580/26 del ADM 14177/23, de fecha 31/8/2026-, conforme a los deberes y atribuciones establecidos en los arts. 50, 51 y cc de la Ley Nº IV-0086-2021;
Por ello, y conforme a lo dispuesto en los arts. 214 incs. 3), 5) y 6) de la Constitución Provincial y en los arts. 10 incs. 2) y 4), 16, 17, 19, 21, 22 inc. 3), 39 incs. 4), 5), 7), 8) y 11), 40 inc. 9), 50, 51 y concordantes de la Ley N.º IV-0086-2021 y sus modificatorias;
ACORDARON:
I) ESTABLECER, desde el 1° y hasta el 30 de septiembre de 2026, un período transitorio de implementación de las disposiciones relativas al registro de ingreso y egreso y a la comunicación de ausencias previstas en los incisos b) y c) del punto XV del Acuerdo Nº 170-STJSL-SA-2026, exclusivamente respecto de los magistrados y funcionarios titulares de los organismos previstos en el artículo 3° de la Ley Orgánica de Administración de Justicia, quienes deberán efectuar las registraciones y comunicaciones allí establecidas a través de la aplicación informática habilitada al efecto.
Durante dicho período, la falta de registración del ingreso o egreso, o su realización extemporánea, no será considerada por sí sola acreditativa de una ausencia, debiendo la Dirección de Recursos Humanos efectuar las verificaciones que correspondan.
Asimismo, durante el referido período, la falta de comunicación de una ausencia dentro del plazo previsto en el inciso c), o su realización extemporánea, no dará lugar por sí sola a la presunción de ausencia injustificada establecida en dicha disposición, debiendo la Dirección de Recursos Humanos efectuar las verificaciones correspondientes y, en su caso, requerir su regularización o justificación.
II) DETERMINAR que lo dispuesto precedentemente no obstará a la adopción inmediata de las medidas previstas en el inciso b) del punto XV del Acuerdo Nº 170-STJSL-SA-2026 cuando se constate efectivamente la ausencia de un magistrado o funcionario y resulte necesario instar la designación de los subrogantes legales que correspondan o adoptar otras medidas tendientes a garantizar la continuidad del servicio de justicia.
III) ESTABLECER que las presentes disposiciones tendrán carácter excepcional y transitorio y no afectarán el deber de concurrencia, permanencia y prestación efectiva del servicio ni las restantes obligaciones previstas.
IV) ORDENAR que por Secretaría Administrativa se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia, en la sección “Acuerdos”, y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia por un día.
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que se comunique a todo el personal y a los organismos del Poder
Judicial y se agregue copia del presente Acuerdo en ADM 14177/23 y que vuelva a Dirección de Recursos Humanos para la continuidad de los trámites correspondientes.-
PROYECTADO POR DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
e. y v: 02 Sep.

MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE
ORDENANZA N° 67-ML-2026.-
VISTO:
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO:
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico. -
Que sobre el terreno ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar “h” (Padrón 3094) de la Manzana 11, y según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “1” (A-E-K), con Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-01-000011-000002 y Nomenclatura Tributaria N° 01-3094, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 62, Folio 447, Nº 7366 del Departamento Pedernera, a nombre de Laura Sombra, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.
Que, el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura N° 3-378-23: mide 24,00 m al norte lindando con solar c; mide 24,00 m al sur lindando con calle pública Corripilium; mide 50,00m al este lindando con solares fyg de la manzana 11; y 50,00m al oeste lindando con solar i; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total de 1.200,00 m2.
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N°24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar “h” de la Manzana 11, individualizado según Plano de Mensura N° 3-378-2023 como Parcela “1” (A-E-K), identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-01-000011-000002 y Nomenclatura Tributaria N° 01-3094, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 1.200 m², cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 62, Folio 447, Nº 7366 del Departamento Pedernera.-
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1° son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 3-378-2023, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º. Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTICULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 10-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026.
VISTO:
El Expediente N° 2271021/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 29/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 2271021/26 la denominación ORDENANZA N°67-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°67-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ORDENANZA N° 68-ML-2026.-
VISTO:
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO:
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico.-
Que, respecto al inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, la Municipalidad ha ejercido la posesión pública, pacífica e ininterrumpida por un plazo mayor a veinte años, mediante el mantenimiento de cerramientos y la ejecución continua de actos posesorios hasta la fecha.
Dicho bien se individualiza según título como Solares J y K de la Manzana 10, y según Plano de Mensura N° 03-391-2023 -confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado ante la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales- como Parcela “3”.
Asimismo, constan las siguientes inscripciones de dominio e identificaciones registrales, a saber: Título A Tomo 138 de Pedernera, Folio 491, Nro. 15322, Inscripción 2da, a nombre de JUAN VILLEGAS. Padrón: No se localiza. Receptoría: Mercedes. Nomenclatura catastral de origen y tributaria: No posee (dada de baja). Circunscripción: Lavaisse, Manzana: 10, Parcela: “3”; Título B Tomo 51 de Pedernera, Folio 81, Nro. 6048, a nombre de LUIS QUIROGA. Padrón Nro. 2270. Receptoría: Mercedes. Nomenclatura catastral de origen: 00-03-76-00-000010-000000. Nomenclatura tributaria: 01-2270. Circunscripción: Lavaisse, Manzana: 10, Parcela: “3”.
Que el inmueble en cuestión identificado como Parcela “3” según Plano de Mensura N° 03-391-2023, posee las siguientes medidas y linderos: al Norte mide 30,75 metros lindando con Luis Quiroga (Saldo del Padrón N° 2270 sin afectar); al Este mide 48,07 metros lindando con el Saldo de título “A” afectado (Solar I de la Manzana 10); al Sur mide 26,67 metros lindando con la Calle Corripilium; y al Oeste mide 45,06 metros lindando con la Calle Juan Tomatis, presentando una ochava en su esquina Noroeste de 5,63 metros; todo lo cual en su conjunto encierra una superficie total de 1.482,98 m².-
Que a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que, conforme surge del Plano de Mensura N° 03-391-2023, la Parcela “3” afecta parcialmente el inmueble correspondiente al Título A, inscripto a nombre de Juan Villegas al Tomo 138 de Pedernera, Folio 491, Número 15322, Inscripción Segunda; dejándose constancia de que no se localiza afectación de padrón vigente según la información catastral adjunta, en virtud de encontrarse dado de baja el Padrón N° 2530 de la Receptoría Mercedes (originalmente a nombre del citado titular), cuyos motivos de baja no constan en los registros oficiales del organismo catastral.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 22 de Agosto del año2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa.-
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-DECLARAR operada la prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, bajo el régimen de la Ley Nacional N° 21.477 y su modificatoria Ley N° 24.320, sobre el inmueble individualizado según título como Solares JyK de la Manzana 10, y según Plano de Mensura N° 03-391-2023 como Parcela ‘3’, con una superficie total de 1.482,98 m²; el cual se constituye y compone mediante la afectación parcial del TÍTULO “A” inscripto al Tomo138 de Pedernera, Folio 491, Nro. 15322, Inscripción 2da, correspondiente a la Receptoría Mercedes y cuyo Padrón no se localiza; y mediante la afectación parcial del TÍTULO“B” inscripto al Tomo 51 de Pedernera, Folio 81, Nro. 6048, correspondiente al Padrón Nro. 2270 de la Receptoría Mercedes.
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos del inmueble adquirido por prescripción administrativa son las que surgen del Plano de Mensura N° 03-391-2023, debiendo consignarse expresamente en la rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por Secretaria procédase a remitirla presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTICULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 11-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026.
VISTO:
El Expediente N° 2280021/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que por RESOLUCIÓN N° 30/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N°2280021/26 la denominación ORDENANZA N°68-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°68-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ORDENANZA N° 69-ML-2026
VISTO:
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO:
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico. -
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela “1” integrado por los Solares d, f y j de la Manzana 11, conforme Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 86 de Pedernera, Folio 245, Nº 3298, a nombre de Matías Garciarena, según consta en el Informe de Dominio adjunto, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.-
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura N°3-378-23: el Solar d al norte limita con calle Canuhe; al sur con solar e; al este con calle Juan Tomatis; y al oeste con solar c, posee una ochava al noreste identificada con los vértices 2 y 3 de 5,64 m; el Solar f al norte limita con solar e; al sur con solar g; al este limita con calle Juan Tomatis; y al oeste con solar h; el Solar j al norte limita con solar k; al sur con calle Corripilium; al este con solar i; y al oeste con calle Pichuin, posee una ochava al suroeste identificada con los vértices 6 y 7 de 5,64 m; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total de 2.234,11 m2 .
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa.–
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre la fracción de terreno afectada y delimitada según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299 y registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, individualizada como Parcela “1” que se integra por los Solares d, f y j de la Manzana 11, sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 86, Folio 245, Nº 3298 del Departamento Pedernera, compuesto de una superficie total de 2.234,11 m2.
ARTÍCULO 2°. –Establecer que las medidas, superficies y linderos de la fracción afectada (2.234,11 m2) adquirida por prescripción administrativa son las que surgen efectivamente del Plano de Mensura N° 03-378-2023, debiendo así consignarse expresamente en la rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTICULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 12-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026.
VISTO:
El Expediente N°3020044/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que por RESOLUCIÓN N° 31/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 3020044/26 la denominación ORDENANZA N°69-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°69-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ORDENANZA N° 70-ML-2026
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que este Municipio Comisionado, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar “a” (Padrón 88) de la Manzana 20; y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “4” (A-G-K), con Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000020-00000A y Nomenclatura Tributaria N° 01-88, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 12 de Pedernera, Folio 401, Número 2078, a nombre de Salles Enrique, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura Nro. 3-542-25: al Norte mide 30,00 m lindando con calle Corripilium, al Sur mide 30,00 m lindando con la fracción afectada del Padrón 01-2272 (solar l), al Este mide 25,00 m lindando con solar b y al Oeste mide 25,00 m lindando con calle Pedro Ranieri; posee en su lado noroeste una ochava de 5,67 m conformada por los vértices 1 y 9; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total afectada de 742,00 m2.
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 20 de abril del año 2026, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa.
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de cajero automático perteneciente al Banco de la Nación Argentina en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº 0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor del Municipio Comisionado de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar “a” (Padrón 88) de la Manzana 20; y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 como Parcela “4” (A-G-K), con Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000020-00000A y Nomenclatura Tributaria N° 01-88, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 742,00 m², inscripto en el Tomo 12 de Pedernera, Folio 401, Número 2078, y cuyos demás datos catastrales se encuentran especificados en el referido plano.
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1°, son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-542-2025, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 13-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026
VISTO:
El Expediente N° 7010292/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que por RESOLUCIÓN N° 32/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 7010292/26 la denominación ORDENANZA N°70-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°70-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ORDENANZA N° 71-ML-2026.-
VISTO:
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que este Municipio Comisionado, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, integrado por los Solares “g”, “h”, “i” (Padrón 3265) de la Manzana 20; y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “4” (A-G-K), con Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000020-00000G y Nomenclatura Tributaria N° 01-3265, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 2 (Ley 3236) de Pedernera, Folio 350, Número 403, a nombre de Josefa Elvira Ranieri de Vedum, Aldino Félix Ranieri, Pedro Ermete Ranieri, Alicia Leonor Ranieri de Altamirano, Virginia Angiolini de Ranieri, Mariano Prudencio Ranieri, Lydia Ranieri de Peñaloza y Emilio Luis Ranieri, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura Nro. 3-542-25: Solar “g” mide 30,00 m al norte lindando con solar f, 30,00 m al sur lindando con calle pública Av. de Acceso José Garciarena (R.P. N° 11), 25,00 m al este lindando con calle Pichuin y posee en su lado sureste una ochava de 5,67 m compuesta por los vértices 4 y 5; y 25,00 m al oeste lindando con solar h. El solar “h” y parte del solar “i” unidos miden 24,00 m al norte lindando con solar c y parte del solar b, al sur mide 24,00 m lindando con calle pública Avenida de Acceso José Garciarena (R.P. N° 11), al este mide 50,00 m lindando en parte con solar g y en parte con solar f, y al oeste mide 50,00 m lindando con solar i saldo de padrón 3265 sin afectar; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total afectada de 2.169,14 m2 .
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 20 de abril del año 2026, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de cajero automático perteneciente al Banco de la Nación Argentina en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº 0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor del Municipio Comisionado de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, integrado por los Solares “g”, “h”, “i” (Padrón 3265) de la Manzana 20; y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 identificado como Parcela “4” (A-G-K), con Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000020-00000G y Nomenclatura Tributaria N° 01-3265, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 2.169,14 m², inscripto en el Tomo 2 (Ley 3236) de Pedernera, Folio 350, Número 403, y cuyos demás datos catastrales se encuentran especificados en el referido plano.
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1°, son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-542-2025, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 14-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026
VISTO:
El Expediente N°7010425/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que por RESOLUCIÓN N° 33/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N°7010425/26 la denominación ORDENANZA N°71-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°71-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ORDENANZA N° 72-ML-2026
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que este Municipio Comisionado, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar “l”(Padrón 2272) de la Manzana 20; y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “4” (A-G-K), con Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000020-00000K y Nomenclatura Tributaria N° 01-2272, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 2 (Ley 3236) de Pedernera, Folio 348, Número 402, a nombre de Josefa Elvira Ranieri de Vedum, Aldino Félix Ranieri, Pedro Ermete Ranieri, Alicia Leonor Ranieri de Altamirano, Virginia Angiolini de Ranieri, Mariano Prudencio Ranieri, Lydia Ranieri de Peñaloza y Emilio Luis Ranieri, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura Nro. 3-542-25: al Norte linda con el Solar “a” (Padrón 01-88); al SUR linda con el saldo remanente del Solar ‘l’ (Padrón 2272) sin afectar; al ESTE linda con el Solar “b” (Título “E”); y al OESTE con calle pública Pedro Ranieri; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total afectada de 364,40 m2 .
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 20 de abril del año 2026, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de cajero automático perteneciente al Banco de la Nación Argentina en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº 0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor del Municipio Comisionado de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar “l” (Padrón 2272) de la Manzana 20; y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 identificado como Parcela “4” (A-G-K), con Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000020-00000K y Nomenclatura Tributaria N° 01-2272, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 364,40 m², inscripto en el Tomo 2 (Ley 3236) de Pedernera, Folio 348, Número 402,y cuyos demás datos catastrales se encuentran especificados en el referido plano.
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1°, son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-542-2025, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 15-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026.
VISTO:
El Expediente N° 7010524/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que por RESOLUCIÓN N° 34/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 7010524/26 la denominación ORDENANZA N°72-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°72-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ORDENANZA N° 73-ML-2026.-
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que este Municipio Comisionado, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solares c, d, e, f de la Manzana 20 y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “4” (A-G-K), sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 146 de Pedernera, Folio 371, Número 16116, a nombre de Matías Garciarena, según consta en el Informe de Dominio adjunto, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura N°03-542-2025: al Norte linda con calle pública Corripilium; al Este con calle pública Pichuin; al Sur con los Solares g, h, i (Padrón 3265); y al Oeste con la fracción afectada del Título E (Solar b); todo lo que en su conjunto encierra una superficie total afectada de 3.442,04 m2 .
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 20 de abril del año 2026, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de cajero automático perteneciente al Banco de la Nación Argentina en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº 0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor del Municipio Comisionado de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solares c, d, e, f de la Manzana 20 y según Plano de Mensura N° 03-542-2025 como Parcela N° 4 (A-G-K) de la Manzana 20,sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 3.442,04 m², inscripto en el Tomo 146 de Pedernera, Folio 371, Número 16116, y cuyos demás datos catastrales se encuentran especificados en el referido plano.
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1°, son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-542-2025, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 16-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026
VISTO:
El Expediente N° 7010573/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que por RESOLUCIÓN N° 35/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 7010573/26 la denominación ORDENANZA N° 73-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°73-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ORDENANZA N° 74-ML-2026
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que este Municipio Comisionado, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar b de la Manzana 20 y según Plano de Mensura N° 03-542-25 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “4” (A-G-K), sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 74 de Pedernera, Folio 75, Número 8610, a nombre de Matías Garciarena, según consta en el Informe de Dominio adjunto, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura N° 03-542-2025: linda al Norte con la calle pública Corripilium; al Este con la fracción afectada del Título D (Solares c, d, e, f); al Sur en parte con el remanente no afectado del Solar b a nombre de Matías Garciarena (cuyo padrón no se localiza) y en parte con la fracción afectada del Solar i; y al Oeste linda en parte con la fracción afectada del Padrón 01-88 (Solar a) y en parte con la fracción afectada del Padrón 01-2272 (Solar l);todo lo que en su conjunto encierra una superficie total afectada de 964,17 m2 .
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 20 de abril del año 2026, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de cajero automático perteneciente al Banco de la Nación Argentina en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº 0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD
DE LAVAISSE, DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor del Municipio Comisionado de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como como Solar b de la Manzana 20 y según Plano de Mensura N° 03-542-25, identificado como Parcela “4” (A-G-K), sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 964,17 m2, inscripto en el Tomo en el Tomo 74 de Pedernera, Folio 75, Nº 8610, y cuyos demás datos catastrales se encuentran especificados en el referido plano.
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1°, son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-542-2025, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.-Por secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

DECRETO Nº 17-ML-2026.-
Lavaisse, 26 de AGOSTO de 2026.
VISTO:
El Expediente N° 7010606/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que por RESOLUCIÓN N° 36/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 11 de Agosto de 2026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N°7010606/26 la denominación ORDENANZA N°74-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°74-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E CHAIN
Intendente Comisionada
Juan A. Torres
Secretario Municipal
EXENTO

ASAMBLEAS
La Directora de Personas Jurídicas Ordena se publique que la ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO DE JUBILADOS DE JUANA KOSLAY SIEMPRE PRIMAVERA, con LPJ N° 79/10 ha convocado a Asamblea Ordinaria a celebrarse el día 3 de septiembre de 2026 a las 18:00hs. en Sauces del Chorrillo N° 1170 de Ciudad de Juana Koslay, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1-Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2-Consideración de memoria, balance e informe del revisor del año 2025.
3- Elección de Comisión Revisora de Cuentas y Cuarto Vocal
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
C: 2970 SPP e: y v: 02 Sep

COLEGIO DE ARQUITECTOS DE SAN LUIS
LEY 5560
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
En cumplimiento del Art. 24, Cap. VI de la Ley 5560, convocase a Asamblea General Ordinaria para el día 02 de Octubre del año 2026 a las 10.00 Hrs, en la sede de calle Mitre 434 de la Ciudad de San Luis.
En la misma se tratará el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1- Nombramiento de tres asambleístas para la firma del Acta resultante de la reunión.
2- Lectura y Consideración de la Memoria Anual, ejercicio 2025 - 2026
3- Lectura y Aprobación del Balance e Inventario General, ejercicio 2025 - 2026
4-Lectura y Aprobación del Presupuesto de Gastos y Recursos para el ejercicio 2026 - 2027.
La Asamblea se integrará por todos los arquitectos matriculados y habilitados por el Colegio de Arquitectos de San Luis para el ejercicio de la profesión a la fecha de esta convocatoria a Asamblea, y podrán hacerse representar por el poder Especial otorgado a otro Asambleísta (Art 22, Ley 5560), estableciéndose como máximo 3 Poderes por Matriculado participante.
San Luis, 02 de Septiembre de 2026
JUAN PIRAN ARCE
Presidente
C: 2971 $16.500,00 e: 02 y v: 07 Sep

CONVOCATORIA A ASAMBLEA GRAL EXTRAORDINARIA
ASOCIACION CIVIL COLEGIO NTRA. SRA. INMACULADA DE TILISARAO
La Asociación Civil del Colegio Nuestra Señora Inmaculada de Tilisarao, Convoca a Asamblea Gral Extraordinaria para el Día 15 de Septiembre de 2026, a las 19.00 hs, en las instalaciones del mismo: San Martín y Cleofe Dominguez Tilisarao, San Luis. CP 5773.
Objeto de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1. Rectificar o modificar el Art N° 44 del estatuto de la asociación Civil Del Colegio Nuestra Señora Inmaculada de Tilisarao respecto de establecer el plazo de duración de sus funciones del Revisor de Cuentas Titular y Revisor de Cuentas Suplente.
Sin otro particular, aprovechamos la oportunidad para saludarlo muy atte.
ERICA PAMELA ZAVALA
Presidente
Claudia Noemi Herrera
Secretario
C: 2972 $5.500,00 e: y v: 02 Sep

La Asociación Civil CLUB GIMNASIA Y ESGRIMA Y PEDERNERA UNIDOS, llama a Asamblea Extraordinaria en Av. Centenario 889 para el día 24 de septiembre del corriente año a las:
18:00hs. -1° Llamado.-
18:30hs. -2° Llamado.-
ORDEN DEL DIA
1. Consideración de la situación institucional del Club. Análisis y adopción de medidas vinculadas a la protección de los intereses institucionales.
2. Consideración de la necesidad de actualización y adecuación del Estatuto Social.
San Luis, 01 septiembre de 2026.-
NÉSTOR HUGO PAÉZ
Presidente
C: 2973 $5.500,00 e: y v: 02 Sep

LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 69- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE INSUMOS DE LABORATORIO con destino a Servicio de Anatomía Patológica, Servicio de Banco de Sangre, Servicio de Laboratorio de Salud Pública y Laboratorio de Hormonas, solicitado por la SUBDIRECCION SERVICIOS TERCERIZADOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-4011286/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 10382-MdeS- 2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($2.337.177.600,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 15 de SEPTIEMBRE de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones, sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. - 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2863 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 70- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACIÓN de SERVICIOS DE DESARROLLO Y/O PROVISION DE SOFTWARE con destino a LABORATORIOS DE LA RED PROVINCIAL. -, solicitado por la SUBDIRECCION SERVICIOS TERCERIZADOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-1270627/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 10383-MdeS- 2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOS MIL CUATROSCIENTOS SESENTA Y UNO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL CON 00/100 ($2.461.624.000,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 15 de SEPTIEMBRE de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones, sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. - 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2864 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MERCEDES
LICITACION PRIVADA N° 3-2026
OBJETO: Contratación Servicio de Emergencias Médicas
CUDAP: EXP-UVM: 741/2026
FECHA DE RECEPCIÓN: HASTA EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2026, HORA: 12:00 HS. DOMICILIO: BALCARCE 314 – VILLA MERCEDES – SAN LUIS.
FECHA ACTO DE APERTURA: 15 DE SEPTIEMBRE DE 2026, HORA: 13:30 HS. DOMICILIO: BALCARCE 314 - VILLA MERCEDES – SAN LUIS.
CONSULTAS: A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN, HASTA EL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2026 DE 13:00 hs a 17:00 hs POR E-MAIL: compras@unvime.edu.ar
RETIRO DE PLIEGOS: A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN, HASTA EL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DE 2026 DE 13:00 hs a 17:00 hs
POR E-MAIL: compras@unvime.edu.ar
VALOR DEL PLIEGO: SIN COSTO
C: 2924 $16.500,00 e: 31 Ago. y v: 04 Sep.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 72- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de RODADOS, con destino a POLICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICÍA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-6230418/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 11048-MS- 2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SETECIENTOS UNO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROSCIENTOS CON 00/100 ($701.997.400,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 18 de SEPTIEMBRE de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2954 SPP e: 02 y v: 07 Sep

COMERCIALES
“Transferencia de Fondo de Comercio: De conformidad con lo previsto en el art. 2 de la ley 11.867, la Escribana Daniela S. Miranda Ipiña, titular del Registro Notarial Nº 16, de la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, con domicilio constituido en calle Potosí 49 , donde se efectuaran los reclamos de Ley, avisa que CLAUDIA TERESA CORIA, DNI Nº 18.614.716, CUIT Nº 27-18614716-8, con domicilio en calle Alfredo Palacios Nº 1175, de la ciudad de San Luis capital, TRANSFIERE A CASA GRASSI SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL E INDUSTRIAL, CUIT: 30-53053341-3, con domicilio legal en calle Riobamba Nº 87, de la ciudad de Villa Mercedes, San Luis el fondo de comercio denominado “Empresa Coria”, establecimiento del rubro “pompas fúnebres y de sepelio”, sito en calle Independencia Nº 1560, Buena Esperanza, San Luis.-”
C: 2851 $27.500,00 e. 26 Ago. y v: 04 Sep.

EDICTO - CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
ANGIS S.A. (CUIT 30-71166386-6). CONVOCATORIA. Convócase a los Sres. Accionistas de ANGIS S.A. a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 18 de septiembre de 2026, a las 10:00 horas en primera convocatoria, y a las 11:00 horas en segunda convocatoria, en la sede social sita en calle Rivadavia N° 1302 de la Ciudad y Provincia de San Luis, a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1°) Designación de dos accionistas para firmar el acta; 2°) Consideración de la documentación del art. 234, inc. 1° de la Ley 19.550 correspondiente al Ejercicio Económico N° 14, finalizado el 30 de noviembre de 2024; 3°) Destino del resultado del Ejercicio Económico N° 14; 4°) Consideración de la documentación del art. 234, inc. 1° de la Ley 19.550 correspondiente al Ejercicio Económico N° 15, finalizado el 30 de noviembre de 2025; 5°) Destino del resultado del Ejercicio Económico N° 15; 6°) Aprobación de la gestión del Directorio; 7°) Autorización a los Directores en los términos del art. 273 de la Ley 19.550. NOTA: Se recuerda a los Sres. Accionistas que deberán cursar comunicación de asistencia en los términos del art. 238 de la Ley N° 19.550, con no menos de tres (3) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la Asamblea, en la sede social. EL DIRECTORIO.-Publíquese: 5 días.
San Luis, 21 de agosto de 2026.-
C: 2887 $27.500,00 e: 28 Ago. y v: 07 Sep.

La directora del Registro Público de Comercio ha ordenado la publicación del Edicto de cambio de autoridades de “COMERCIAL TOMOLASTA SAS” por lo que y de conformidad con el Art. 60 de la Ley 19.550 se hace saber que por reunión de socios de fecha diez (10) de agosto de 2026 se resolvió: 1) Aceptar la renuncia del administrador suplente José Francisco Genovés, D.N.I. N° 42.909.395, aprobándose su gestión; 2) Designar como administrador suplente al Sr. Javier Marcelo Genovés, D.N.I. N° 18.235.972, CUIT 20-18235972-7, quien acepta el cargo y constituye domicilio especial en calle Carlos Pellegrini N° 1260 de la ciudad de San Luis; 3) La administradora titular, Sra. Erica Daniela Bonilla, D.N.I. N° 20.562.242, continúa en el ejercicio de su cargo. La representación legal de la sociedad es ejercida por la administradora titular.
San Luis, 21 de agosto de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2955 $5.500,00 e: y v: 02 Sep

CONTRATO SOCIAL de fecha 20 de Julio de 2026
RAZON SOCIAL ESTRADA HOGAR SAS
SOCIO: ALTURRIA MONICA PATRICIA, argentina, DNI 21.740.842, CUIT 27-21740842-9, mayor de edad, nacida el 12 de octubre de 1970, de 55 años de edad, de estado civil soltera, de profesión comerciante, con domicilio en calle 25 de mayo Nº 771, de la ciudad de Naschel, provincia de San Luis.
DOMICILIO SEDE SOCIAL San Martin N.º 301, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco, provincia de San Luis.
DURACIÓN 99 años desde su constitución.
OBJETO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directamente con las siguientes actividades: a) Comerciales mayorista y/o minorista de artículos para el hogar, electrodomésticos, equipos de audio y video, muebles para el hogar, comercio y/o industria, artículos de mimbre y corcho; mercaderías y/o de bienes muebles y/o inmuebles registrables o no; b) Agropecuarias, avícolas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; c) Culturales y educativas; d) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; e) Inmobiliarias y constructoras; f) Inversoras, financieras y fideicomisos; g) Transporte; h) todo trabajo relacionado con el medio ambiente; i) consultoría y gestoría, j) seguridad en general, k) industrialización de todo tipo de producto y l) proveedora del estado. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestas por las leyes y el presente estatuto. Para la consecución de su objeto social la sociedad podrá realizar todo acto lícito relacionado con el mismo.
CAPITAL SOCIAL Es CAPITAL: El capital social se fija en la suma de Pesos cuatro millones ($4.000.000,00) representado por cuatro mil (4.000) acciones ordinarias escriturales de pesos un mil ($1.000) valor nominal cada una de ellas y con derecho a un voto por acción. La suscripción del capital se realiza íntegramente en este acto, y se integra en efectivo, en un 25% al momento de la suscripción del presente. El socio se obliga a integrar el saldo en un plazo no mayor de dos años contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN La Representación y Administración, estará a cargo del Socio Mónica Patricia Alturria, DNI 21.740.842, y como administrador suplente se designa a Martin Rodrigo Estrada, DNI 22.760.926.
FISCALIZACION La sociedad prescinde de la sindicatura.
CIERRE DE EJERCICIO Finalizará el 31 de diciembre.
CERTIFICACION DE FIRMAS: fecha 06/08/2026.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2956 $5.500,00 e: y v: 02 Sep

El Registro Público de Comercio ordena dar a conocer que por instrumento privado de fecha 21/08/2026 se constituyó la SAS denominada “COSTA HNOS INDUSTRIAL SAS”. Socio: COSTA, FRANCO LUCIANO, D.N.I. Nº 30.377.579, CUIL/CUIT 20-30377579-0, de nacionalidad argentina, nacido el 28/11/1983, de profesión: empresario, de estado civil: casado con Milagros María Ordoñez Alduncin, D.N.I. Nº 31.011.040, con domicilio en calle Lavalle N° 493, de la Ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre. Plazo: 99 años contados a partir de su constitución. Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a: A) ACTIVIDAD INDUSTRIAL: la elaboración, fabricación, producción, procesamiento, filtrado, purificación, ozonización, tratamiento, remineralización, fraccionamiento, almacenamiento, envasado y embalaje – sin que implique limitación – de agua de mesa, agua mineral, agua purificada, soda, aguas gasificadas, gaseosas y todo tipo de bebidas para consumo humano o industrial en general, con o sin contenido alcohólico; como así también la elaboración, fabricación, producción, fraccionamiento, almacenamiento, envasado y embalaje de productos alimenticios en general, en todas sus etapas de elaboración. La fabricación, elaboración, producción, transformación, procesamiento, soplado, inyección, extrusión, termoformado, moldeado, impresión, etiquetado, ensamblado, fraccionamiento y acondicionamiento de envases, recipientes, botellas, bidones, botellones, preformas, tapas, tapones, asas, precintos y demás productos, piezas, componentes y accesorios de material plástico, PET, polietileno, polipropileno, policarbonato y demás materiales sintéticos o similares, destinados al envasado, conservación, almacenamiento, transporte y comercialización de agua, bebidas, alimentos y demás productos. Asimismo, podrá realizar la compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de materias primas, resinas, polímeros, preformas, envases, tapas, accesorios, maquinarias, equipos, moldes, matrices, repuestos e insumos vinculados con dichas actividades; prestar servicios de fabricación, soplado, inyección, envasado y producción para terceros; efectuar el recuperado, reciclado, reprocesamiento y reutilización de materiales plásticos, en cuanto dichas actividades se encuentren legalmente autorizadas; y realizar todos los actos y operaciones conexos, complementarios o accesorios necesarios para el desarrollo de las actividades precedentemente indicadas. B) ACTIVIDAD COMERCIAL: la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, comisión, consignación, representación, otorgamiento de franquicias – sin que implique limitación –, al por menor como al por mayor en el mercado interno y/o externo, de todo tipo de bebidas aptas para el consumo con o sin alcohol, sueltas o envasadas y de tipo industrial, como así también de todo tipo de productos alimenticios en general, en todas sus etapas de elaboración, así como cualquier otro producto destinado al consumo, ya sea que se encuentren en estado primario o hayan sido elaborados o semielaborados en establecimientos propios o de terceros. La prestación de servicios de producción, elaboración, almacenamiento de bebidas y productos alimenticios en establecimientos propios, arrendados u obtenidos en comodato u otro carácter. La comercialización, importación y exportación de artículos, productos, subproductos, insumos, elementos, materias primas, equipamientos y cualquier otro vinculado o relacionado con el objeto social y sus derivados. La explotación de franquicias del ámbito nacional e internacional tanto del rubro gastronómico en general como de todo aquel relacionado al rubro de alimentos y bebidas. C) OPERADOR LOGISTICO Y DE TRANSPORTE: mediante el transporte, almacenamiento y distribución de carga en general ya sea por vía terrestre, aérea, fluvial y/o marítima dentro del país o hacia el exterior de todo tipo de mercaderías, alimentos, materias primas, productos terminados y subproductos industrializados o no, inclusive sustancias peligrosas sin restricción alguna. Fletes, acarreos, encomiendas, equipajes y su almacenamiento y distribución utilizando para ello almacenes propios o de terceros. Depósito, armado, preparación, etiquetado, terminación y embalaje de paquetería y sobres y todo lo que haga a la actividad logística, de almacenamiento, transporte y distribución de productos. La sociedad podrá contratar en forma amplia y sin limitación alguna en el Estado Nacional, Provincial o Municipal y todas sus dependencias y Organismos centralizados y/o descentralizados, prestando toda clase de servicios y asesoramiento. Podrá otorgar representaciones, distribuciones y franquicias dentro o fuera del país. Podrá realizar todo tipo de comisiones, consignaciones, leasing, franchising, representaciones y mandatos relacionados directamente con el objeto social. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. Capital Social: El socio suscribe el 100 % del capital social compuesto por la cantidad de CUATRO MIL (4.000) acciones ordinarias escriturales, de Pesos Un Mil ($1.000) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra totalmente en bienes cuya titularidad le corresponde al accionista, conforme anexo de inventario y valuación de bienes confeccionado por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de San Luis. Administración y Representación: Administrador titular a: COSTA, FRANCO LUCIANO, D.N.I. Nº 30.377.579 y Administrador suplente a: COSTA, GASTON ESTEBAN, D.N.I. Nº 28.184.403. Ambos con mandato por tiempo indeterminado. Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura. Fecha de cierre de ejercicio: 31 de mayo de cada año. Sede Social: calle Lavalle N° 493, de la Ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre.
San Luis, 26 de agosto de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZULCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2974 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

“Convocatoria a Asamblea General de Accionistas – Frade Informática SA – Convócase a los señores accionistas a la asamblea general de accionistas a celebrarse el día 28 de Septiembre de 2026 a las 10:00hs en primera convocatoria y a las 11:00 hs en segunda convocatoria (art. 237 L.19550) en Carlos Pellegrini 350 de la ciudad de San Luis, provincia de San Luis para tratar el siguiente orden del día: 1) Designación de accionistas para firmar el acta. 2) Consideración de las causas de la demora en convocar a asamblea. 3) Análisis de las consecuencias del extravío de la documentación perteneciente a ejercicios cerrados hasta el 31/12/2014 inclusive y del Libro de Depósito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas N° 1. 4) Consideración de la documentación del art. 234 de la LSC correspondiente a los ejercicios cerrados desde el 31/12/2015 hasta el 31/12/2025 y 5) Designación de Autoridades. El Directorio. Nota: Para asistir a la asamblea los accionistas deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 238, primera parte, de la ley 19550 con no menos de tres días hábiles de anticipación al de la fecha fijada en Carlos Pellegrini 350, San Luis en el horario de 10:00 a 12:00hs”
HUGO FERNANDEZ
Presidente
C: 2975 $27.500,00 e. 02 y v: 11 Sep.

En la localidad de Villa Mercedes, Departamento Pedernera, Provincia de San Luis, República Argentina, a los 23 días del mes de agosto de dos mil veintiséis, comparece:
CHEN YANQIANG, de nacionalidad china, nacido el 11 de noviembre de 1985, titular del Documento Nacional de Identidad N.º 95.354.092, C.U.I.T. N.º 20-95354092-5, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio real en Avenida Raúl Scalabrini Ortiz N.º 1492, Barrio Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y por la otra el señor DEMIAN RENATO DAVOLI, de nacionalidad argentina, nacido el 13 de septiembre de 1988, titular del Documento Nacional de Identidad N.º 33.895.158, C.U.I.T. N.º 20-33895158-3, de estado civil soltero, de profesión comerciante, con domicilio real en calle Tucumán N.º 17 de la ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis; quienes convienen constituir una SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (S.A.S.)
1. ESTIPULACIONES
ARTICULO PRIMERO: DENOMINACION Y DOMICILIO: La sociedad girará bajo la denominación ‘MERCADO EL VECINO S.A.S. y tiene su domicilio social en jurisdicción de la Provincia de San Luis, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.
ARTÍCULO SEGUNDO. Duración: La duración de la sociedad será de NOVENTA Y NUEVE (99) AÑOS, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público correspondiente, pudiendo prorrogarse conforme a la normativa vigente.
ARTÍCULO TERCERO. Objeto: La sociedad tendrá por objeto, por cuenta propia, de terceros o asociada con terceros, en el país o en el extranjero, desarrollar las siguientes actividades:
a) La instalación, explotación, administración y funcionamiento de supermercados, hipermercados, autoservicios, minimercados, despensas, almacenes y demás establecimientos dedicados a la comercialización mayorista y minorista de productos de consumo masivo.
b) La compra, venta, importación, exportación, representación, consignación, comisión, distribución, fraccionamiento, envasado, depósito, almacenamiento, transporte y comercialización de productos alimenticios de toda naturaleza, bebidas alcohólicas y analcohólicas, productos regionales y cualquier otro artículo destinado al consumo humano.
c) La comercialización de carnes, aves, pescados, mariscos, fiambres, embutidos, lácteos, panificados, frutas, verduras, hortalizas, alimentos congelados, productos dietéticos, productos aptos para celíacos, alimentos balanceados, productos para mascotas y toda otra mercadería relacionada con el rubro alimenticio.
d) La compra, venta y distribución de artículos de limpieza, higiene personal, perfumería, cosmética, bazar, librería, juguetería, ferretería, electrodomésticos, indumentaria, calzado, textiles, artículos para el hogar, camping, jardinería, decoración y cualquier otro producto comercializable en establecimientos del tipo supermercado.
e) La explotación de depósitos, cámaras frigoríficas, centros logísticos y de distribución, transporte de mercaderías propias o de terceros, servicios de logística, almacenamiento, clasificación, embalaje y distribución.
f) Actuar como representante, distribuidor, concesionario, franquiciado, agente o comisionista de empresas nacionales o extranjeras.
g) Participar en licitaciones públicas y privadas, celebrar contratos de suministro, abastecimiento y provisión de bienes con organismos públicos y privados.
h) Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir, vender, permutar, alquilar, constituir derechos reales, abrir cuentas bancarias, solicitar créditos, otorgar garantías, emitir títulos permitidos por la legislación vigente y realizar todos los actos jurídicos necesarios para el desarrollo de su actividad.
i) Comercial: Compra, venta, permuta, consignación, importación, exportación, representación, distribución, acopio y comercialización al por mayor y menor de toda clase de bienes, productos, materias primas, insumos y mercaderías relacionadas con todas las actividades mencionadas en este artículo.
j) Construcción e Inmobiliaria: La realización de obras civiles, públicas y privadas, montaje industrial, refacción, mantenimiento, demolición, y construcción de edificios y complejos habitacionales, comerciales e industriales. Compraventa, locación, arrendamiento, administración y desarrollo de bienes inmuebles, loteos y subdivisiones.
k) Financiera: Otorgar préstamos, créditos y financiaciones a terceros con intereses, con o sin garantía real. La compra, venta, permuta, endoso, emisión y colocación de títulos valores, acciones, bonos, obligaciones negociables, y cualquier otro instrumento financiero o de crédito, tanto públicos como privados. Quedan excluidas las operaciones de ahorro y crédito que requieran la autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA) u otras entidades reguladoras.
l) De Mandatos y Representaciones: El ejercicio de mandatos, representaciones, comisiones y consignaciones de personas humanas o jurídicas, argentinas o extranjeras, vinculadas con las actividades que conforman el objeto social.
m) Inversiones: Inversiones de capital en otras sociedades o emprendimientos, a través de la suscripción o adquisición de acciones, cuotas partes o cualquier otro tipo de participación social, con el fin de obtener rentas o controlar dichas entidades.
n) Industrial: La instalación y explotación de establecimientos industriales, plantas de producción y manufactura de bienes de consumo, intermedios y finales, incluyendo actividades agrícolas y ganaderas.
o) Agrícola y Ganadera: La explotación de establecimientos agropecuarios, incluyendo siembra, cosecha, cultivo de cereales, oleaginosas, y forrajes; cría, recría, engorde y comercialización de ganado bovino, ovino, porcino y caprino; producción de leche y subproductos; y actividades afines.
p) Combustibles: La comercialización, distribución, importación y exportación de combustibles líquidos, gaseosos, lubricantes y derivados del petróleo, en todas sus formas.
q) Servicios de Seguridad: Prestación de servicios de seguridad privada, vigilancia, custodia de bienes y personas, transporte de caudales, y asesoramiento en materia de seguridad, cumpliendo con la normativa específica aplicable a estas actividades.
ARTÍCULO CUARTO. Capital: El capital social se fija en la suma de PESOS DOS MILLONES ($2.000.000), representado por DOS MIL (2.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de PESOS UN MIL ($1.000) de valor nominal cada una, con derecho a un (1) voto por acción.
ARTÍCULO QUINTO. Integración del Capital: Los accionistas declaran que el capital social ha sido íntegramente suscripto en la forma prevista en el presente contrato.
La integración se efectuará conforme a lo dispuesto por la Ley N.º 27.349 y demás normas aplicables, aportando los accionistas en este acto el porcentaje mínimo exigido por la legislación vigente, obligándose a integrar el saldo restante dentro del plazo legal establecido.
Los aportes se realizan en dinero en efectivo, sin perjuicio de que en el futuro puedan efectuarse aportes en especie, previa valuación conforme a la normativa aplicable y resolución del órgano competente.
ARTÍCULO SEXTO. Transferencias de acciones: La transferencia de acciones entre accionistas será libre.
La transferencia a terceros extraños a la sociedad deberá notificarse previamente a los restantes accionistas, quienes gozarán de derecho de preferencia para adquirirlas en igualdad de condiciones, dentro del plazo de treinta (30) días contados desde la notificación.
Vencido dicho plazo sin que se ejerza el derecho de preferencia, el accionista podrá transferir las acciones al tercero en las mismas condiciones comunicadas.
Toda transferencia producirá efectos respecto de la sociedad desde su inscripción en el Libro de Registro de Acciones.
ARTÍCULO SÉPTIMO. Órgano de administración: La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de un Administrador Titular, pudiendo designarse además un Administrador Suplente, quienes podrán ser accionistas o no.
En este acto se designa como ADMINISTRADOR TITULAR al señor CHEN YANQIANG, Documento Nacional de Identidad N.º 95.354.092, quien acepta el cargo y constituye domicilio especial en la sede social.
Se designa como ADMINISTRADOR SUPLENTE al señor DEMIAN RENATO DAVOLI, Documento Nacional de Identidad N.º 33.895.158, quien acepta el cargo y reemplazará al Administrador Titular en caso de ausencia, impedimento, renuncia, remoción o fallecimiento.
Los administradores ejercerán sus funciones durante el plazo que determine la reunión de accionistas, pudiendo ser reelegidos sin limitación.
Los administradores deberán cumplir con las obligaciones establecidas por la Ley N.º 27.349, la Ley General de Sociedades y las normas del Registro Público de la Provincia de San Luis.
Asimismo, el Administrador Titular y el Administrador Suplente deberán constituir la garantía prevista por la legislación vigente, por la suma de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTICUATRO ($3.724.000) cada uno, mediante depósito en dinero en una cuenta especial a nombre de la sociedad o por cualquiera de las modalidades admitidas legalmente, permaneciendo vigente durante todo el ejercicio del cargo y hasta el vencimiento del plazo legal de responsabilidad.
ARTÍCULO OCTAVO. Ejercicio Social y Estados Contables: El ejercicio económico cerrará el día 30 de junio de cada año.
ARTÍCULO NOVENO. Solución de controversias: Cualquier reclamo, diferencia, conflicto o controversia que se suscite entre la sociedad, los socios, sus administradores Y, en su caso, los miembros del órgano de fiscalización, cualquiera sea su naturaleza, quedará sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con competencia en la materia, con asiento en la Ciudad Capital de San Luis.
2. DISPOSICIONES TRANSITORIAS: En este acto los socios acuerdan:
1 SEDE SOCIAL: Establecer la sede social en la calle en Coronel Iseas N.º 856, ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, República Argentina
2 CAPITAL SOCIAL: El capital social es suscripto de la siguiente forma: EL señor CHEN YANQUIANG suscribe MIL OCHOCIENTAS (1.800) acciones, representativas del NOVENTA POR CIENTO (90%) del capital social. El señor DEMIAN RENATO DAVOLI suscribe DOSCIENTAS (200) acciones, representativas del DIEZ POR CIENTO (10%) del capital social
El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la constancia de pago de los gastos correspondientes a la constitución de la sociedad, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.
Se presentó anexo con fecha 13 de Agosto del 2026 certificado por Escribano.
Se certificó en Dirección Provincial Ingresos Público (RENTAS) en día 13 de Agosto del 2026.
3. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y DECLARACIÓN SOBRE SU CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE:
La administración y representación legal de la sociedad estará a cargo de un Administrador Titular, pudiendo designarse además un Administrador Suplente, quienes podrán ser accionistas o no.
En este acto se designa como ADMINISTRADOR TITULAR al señor CHEN YANQIANG, Documento Nacional de Identidad N.º 95.354.092, quien acepta el cargo y constituye domicilio especial en la sede social.
Se designa como ADMINISTRADOR SUPLENTE al señor DEMIAN RENATO DAVOLI, Documento Nacional de Identidad N.º 33.895.158, quien acepta el cargo y reemplazará al Administrador Titular en caso de ausencia, impedimento, renuncia, remoción o fallecimiento.
Contrato de fecha 23 de julio del 2026 con certificación de firma el 3 de agosto del 2026.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2976 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

El Registro Público de Comercio de la Ciudad de San Luis , ordena se publique por el plazo de ley las cesiones de acciones y designación de nuevas autoridades de la sociedad denominada GENERANDO BIENESTAR S.A.S, de esta manera conforme cesión de fecha 03/08/2026 el Sr. Carlos Cesar BARDAL, argentino, D.N.I. Nº 14.780.471 con el asentimiento conyugal de la Sra. María Cecilia DADONE D.N.I. Nº 27.540.930, cedió en favor de Gonzalo SAÁ BECHER argentino, D.N.I. Nº 44.738.082, la cantidad de 125 acciones nominativas no endosables de VALOR NOMINAL PESOS CIEN CADA UNA ($100,00) con derecho a un voto por acción; representativas del 50% del capital social, de esta forma la cesión se instrumentó mediante escritura pública N° 323 autorizada por la escribana MARIA DE LOS ANGELES FERNANDEZ, titular del Registro Notarial número TREINTA Y OCHO (38). Que en virtud de la cesión, por acta de fecha 14/08/2026 se resuelve la integración de los miembros del órgano de administración , por lo cual la redacción del capital y designación de autoridades queda establecida de la siguiente forma: CAPITAL SOCIAL: Gonzalo SAÁ BECHER argentino, D.N.I. Nº 44.738.082 suscribe doscientas cincuenta (250) acciones nominativas no endosables de VALOR NOMINAL PESOS CIEN CADA UNA ($100,00) con derecho a un voto por acción; representativas del 100% del capital social. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN: Designar como administrador titular y representante legal al Señor Gonzalo SAÁ BECHER argentino, D.N.I. Nº 44.738.082, C.U.I.L. Nº 20-44738082-0, nacido el 26 de abril del 2003, de 23 años de edad, de profesión comerciante quien manifiesta ser de estado civil soltero, sin convivencia inscripta, con domicilio en Barrio Las Palmeras , Manzana 34, Casa 24 de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, quien acepta expresamente el cargo para el que fue designado, constituyendo domicilio especial en la sede social conforme art. 256 de la ley general de Sociedades N.º 19.550. Asimismo, manifiesta por este acto, bajo forma de declaración jurada que no es persona expuesta políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera, y a su vez declara bajo juramento no encontrarse comprendido dentro de las incompatibilidades del Art. 264 de la Ley 19.550. Designar en el cargo de administradora suplente a la señora Alicia Marisel LARROCA PEÑA, uruguaya, D.N.I. Nº 92.835.615, C.U.I.L. Nº 27-92835615-4, nacida el 20 de agosto de 1973, de 52 años de edad, de profesión comerciante, quien manifiesta ser de estado civil soltero sin convivencia inscripta, con domicilio en Avenida Italia 1915 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, quien acepta expresamente el cargo para el que fue designada, constituyendo domicilio especial en la sede social conforme art. 256 de la ley general de Sociedades N.º 19.550. Asimismo, manifiesta por este acto, bajo forma de declaración jurada que no es persona expuesta políticamente, de conformidad a lo establecido en las resoluciones de la Unidad de Información Financiera, y a su vez declara bajo juramento no encontrarse comprendida dentro de las incompatibilidades del Art. 264 de la Ley 19.550. GARANTÍA DE LOS ADMINISTRADORES: Los administradores titulares y suplentes en los términos del artículo 256 de la ley 19.550, se comprometen a prestar cada uno una garantía por la suma de pesos TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($3.766.000), equivalente a diez salarios mínimos vitales y móviles, a materializarse en una cuenta especial a cuenta y orden de la sociedad, no disponiendo de los respectivos fondos durante el plazo de vigencia de su mandato más el término de la prescripción de la acción social de responsabilidad. DECLARACIÓN JURADA DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: los administradores titulares y suplentes declaran bajo juramento que no se encuentran comprendidos en inhabilidades ni incompatibilidades para ejercer el cargo para el que han sido designados. Art 264 Ley General de Sociedades.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2977 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

EDICTO DE CONSTITUCION DE “GRUPO LOS MOLLES S.R.L.”
En la localidad de LOS MOLLES, Provincia de San Luis, República Argentina a los 05 días del mes de Agosto del año 2026, se reúnen los señores: SALOM IGNACIO ANDRES, Argentino, DNI 33.112.986, CUIT 20-33112986-1, mayor de edad, nacido el 12/09/1986, de 39 años, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Bulevar Calle 20 s/n, Los Molles, Provincia de San Luis, con firma certificada en fecha 14 de agosto de 2026 Escribana María C. Chada Registro Notarial N° 26, Merlo, San Luis y ALVAREZ CARLOS EZEQUIEL, Argentino, DNI 36.085.270 CUIT 23-36085270-9, mayor de edad, nacido el 12/11/1992, de 33 años, soltero, de profesión comerciante, con domicilio en calle Bulevar Calle 20 s/n, Los Molles, Provincia de San Luis, con firma certificada el 05 de agosto de 2026 Escribana Antonella N. Olmedo Registro Notarial N° 86, Lanús, Buenos Aires y convienen celebrar el presente contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 19550 General de Sociedades y sus modificatorias y las siguientes cláusulas particulares:
DENOMINACION: “GRUPO LOS MOLLES S.R.L.”
DOMICILIO SOCIAL, LEGAL Y FISCAL: Bulevar Calle 20 s/n, Los Molles, Provincia de San Luis
DURACION: 99 años, contados a partir de la fecha de su constitución.
OBJETO: Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros, las siguientes actividades: otorgar préstamos y/o aportes e inversiones de capitales a particulares o sociedades comerciales , realizar financiaciones y operaciones de crédito en general con cualquiera de las garantías previstas en la legislación vigente o sin ellas, negociación de los títulos, acciones y otros valores mobiliarios, otorgar fianzas y avales a terceros, y realizar operaciones financieras, en todos los casos con dinero propio. Excluyente: operaciones de la ley de entidades financieras y toda aquella que requiera el concurso de ahorro público. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo acto o contrato que no sea prohibido por las leyes o el presente contrato.
CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de ($400.000.-) Pesos cuatrocientos mil mil dividido en 40 cuotas sociales de pesos 10.000 de valor nominal cada una, que los socios suscriben en este acto, del siguiente modo: a) SALOM IGNACIO ANDRES, suscribe la cantidad de 20 (veinte) cuotas, de 10.000.- pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto. (b) ALVAREZ CARLOS EZEQUIEL, suscribe la cantidad de 20 (veinte) cuotas, de 10.000.- pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto.. El capital social se integra en un 25% en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante transferencia Bancaria a la orden del R. P. Comercio Villa Mercedes San Luis, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.
CIERRE DE EJERCICIO: 30 de Junio de cada año.
ORGANO DE ADMINISTRACION: Gerente SALOM IGNACIO ANDRES, Argentino, DNI 33.112.986, CUIT 20-33112986-1, por el término de vigencia de la sociedad. Prescinde de Sindicatura.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2978 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

JUDICIALES
“La Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, se encuentra tramitando mediante “PRESCRIPCION ADMINISTRATIVA - LEY 21.477 modificada por LEY 24.320” la adquisición e inscripción de dominio a su nombre de un inmueble ubicado en su ejido urbano, cuyo antecedente dominial afecta parcialmente al título inscripto al TOMO 146 de Pedernera, FOLIO 371, Nro. 16116 (con un saldo de superficie de 55ha 2723m² en 8068.11m²), afecta totalmente al título inscripto al TOMO 48 de Pedernera, FOLIO 156, Nro. 5714 (con una superficie de 1200.00m²) y afecta totalmente al título inscripto al TOMO 54 de Pedernera, FOLIO 167, Nro. 6410 Insc. 3ra (con una superficie de 1500.00m²), todos de la Receptoría Mercedes, sin padrón ni nomenclatura tributaria registrada en la base catastral. El bien a prescribir se individualiza como PARCELA “1” según Plano de Mensura confeccionado por el Ingeniero Agrimensor JOSÉ SEBASTIÁN MESA SURROCA, Matrícula C.A.S.L. Nº 299, registrado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nro. 3-88-25. Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos: 100,00 metros al norte lindando con calle Epumun; 100,00 metros al sur lindando con calle Canuhe; 92,00 metros al este lindando con calle Pedro Ranieri; 92,00 metros al oeste lindando con calle Yanquetru; y posee cuatro ochavas en sus esquinas, midiendo alternadamente 5,64 metros (en las esquinas Nordeste y Sudoeste) y 5,67 metros (en las esquinas Noroeste y Sudeste); todo lo que en su conjunto encierra una Superficie Total de 10.768,11 m². En consecuencia, se CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS improrrogables y perentorios contados a partir de la presente publicación, a todos quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente, debiendo concurrir a la Municipalidad de Lavaisse, en horas hábiles administrativas, para hacer valer los mismos, acompañando la documentación respaldatoria que acredite el derecho pretendido.”
San Luis; 21 de Agosto de 2.026.-
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente Comisionada
C: 2867 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

“La Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, se encuentra tramitando mediante “PRESCRIPCION ADMINISTRATIVA - LEY 21.477 modificada por LEY 24.320” la adquisición e inscripción de dominio a su nombre de un inmueble ubicado en su ejido urbano, cuyo antecedente dominial afecta parcialmente al padrón 801 de la Receptoría Mercedes a nombre de Brovarone Celestino (afectando 1ha 9184.16m²), correspondiente al título inscripto al TOMO 12 de Pedernera, FOLIO 429/430, Nro. 2085 Insc. 3ra; afecta parcialmente al padrón 5724 de la Receptoría Mercedes a nombre de Alvarez José (afectando 3ha 8234.00m²), correspondiente al título inscripto al TOMO 133 de Pedernera, FOLIO 55, Nro. 14754 Inscripción 2da; afecta parcialmente al padrón 126 de la Receptoría Mercedes a nombre de Andreotti Pedro (afectando 2ha 6172.13m²), correspondiente al título inscripto al TOMO 118 de Pedernera, FOLIO 377, Nro. 13816; y afecta parcialmente al padrón 1872 de la Receptoría Mercedes a nombre de Gutiérrez Luis y Moreno Eleuterio (afectando 3ha 1014.76m²), cuyo título se desprende del traslado a favor de Juan Guzmán en el título inscripto al TOMO 25 de Pedernera, FOLIO 386, Nro. 3298. El bien a prescribir se individualiza como PARCELA “1” según Plano de Mensura confeccionado por el Ingeniero Agrimensor JOSÉ SEBASTIÁN MESA SURROCA, Matrícula C.A.S.L. Nº 299, registrado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nro. 3-78-26. Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos perimetrales: 284,08 metros al norte lindando con Calle Epumun; 345,51 metros en su desarrollo hacia el sudoeste y sur (conformados por tramos de 110,87 metros, 63,41 metros, 62,75 metros, 44,51 metros y 63,97 metros), lindando con el pavimento de la Ruta Provincial Nº 11; 365,37 metros al este lindando con Camino Vecinal; 310,33 metros al oeste lindando con Calle Panguitruz; y posee cuatro ochavas en sus esquinas, midiendo 5,67 metros en la esquina Noroeste, 6,14 metros en la esquina Nordeste, 5,62 metros en la esquina Sudoeste y 22,21 metros en la esquina Sudeste; todo lo que en su conjunto encierra una Superficie Total de 114.605,05 m² (11ha 4605.05m²). En consecuencia, se CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS improrrogables y perentorios contados a partir de la presente publicación, a todos quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente, debiendo concurrir a la Municipalidad de Lavaisse, en horas hábiles administrativas, para hacer valer los mismos, acompañando la documentación respaldatoria que acredite el derecho pretendido.”
San Luis; 21 de Agosto de 2.026.-
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente Comisionada
C: 2868 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

“La Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, se encuentra tramitando mediante “PRESCRIPCION ADMINISTRATIVA - LEY 21.477 modificada por LEY 24.320” la adquisición e inscripción de dominio a su nombre de un inmueble ubicado en su ejido urbano, cuyo antecedente dominial afecta parcialmente al padrón 801 de la Receptoría Mercedes a nombre de Brovarone Celestino (afectando 3ha 3351.00m² en 1496.65m²), correspondiente al título inscripto al TOMO 12 de Pedernera, FOLIO 430, Nro. 2085 Inscripción 3ra, con padrón y nomenclatura tributaria registrada en la base catastral bajo el Nro. 01-801. El bien a prescribir se individualiza como PARCELA “2” según Plano de Mensura confeccionado por el Ingeniero Agrimensor JOSÉ SEBASTIÁN MESA SURROCA, Matrícula C.A.S.L. Nº 299, registrado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nro. 3-180-25. Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos: 96,06 metros al norte en su desarrollo lindando con el pavimento de la Ruta Provincial Nº 11, conformado por un tramo recto de 74,91 metros y una curva de vinculación vial de 21,15 metros (designada como C1); 96,59 metros al sur lindando con Calle de Circunvalación; 30,87 metros al oeste lindando con el remanente del Padrón 801 a nombre de Brovarone Celestino sin afectar; cerrando al este en un vértice conformado por el punto 3 donde confluyen los frentes de la Ruta Provincial Nº 11 y la Calle de Circunvalación; todo lo que en su conjunto encierra una Superficie Total de 1.496,65 m². En consecuencia, se CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS improrrogables y perentorios contados a partir de la presente publicación, a todos quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente, debiendo concurrir a la Municipalidad de Lavaisse, en horas hábiles administrativas, para hacer valer los mismos, acompañando la documentación respaldatoria que acredite el derecho pretendido.”
San Luis; 21 de Agosto de 2.026.-
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente Comisionada
C: 2869 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, de la Primera Circunscripcion Judicial, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza Titular, en autos caratulados: “ALCARAZ GREGORIO ANTONIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO- EXP Nº 405485/23” cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores del causante, DON ALCARAZ GREGORIO ANTONIO DNI Nº 3.223.834, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 22 de JULIO de 2026
C: 2875 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “BARROSO BUENAVENTURA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 452351/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: BUENAVENTURA BARROSO, (D.N.I. Nº 2.507.204), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 24 de Agosto de 2026.-
C: 2876 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez (Juez Subrogante), Secretaría Única, en los autos caratulados: “DEZZUTTO NERY RUBEN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” (EXPTE. Nº 452390/26), cita y emplaza por el término de TRES (3) DÍAS a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Sr. NERY RUBEN DEZZUTTO, D.N.I. Nº 13.435. 710, para que dentro del plazo de treinta (30) días comparezcan a hacer valer sus derechos en el expediente (Art. 699 C.P.C.). Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial y en el diario de mayor circulación de la Provincia de San Luis.
San Luis, catorce de Agosto de dos mil veintiséis.
C: 2879 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la III Circunscripción Judicial a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA, Secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “EXP 448340/26 | MORENO ROMULO RICARDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de MORENO ROMULO RICARDO DNI Nº 6.804.961, bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 22 de Julio de 2026.-
C: 2884 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

JUZGADO CIVIL COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 1 SL de la primera circunscripción a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, JUEZ del Juzgado Civil en autos caratulados EXP 437158/25 “MUÑOZ GIMENEZ LUCIANA VALERIA S/SUCESION AB INTESTATO” Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y/o acreedores de la causante MUÑOZ GIMENEZ LUCIANA VALERIA DNI Nº 31.265.020. Bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 22 de mayo de 2026.-
C: 2885 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD FORTÍN EL PATRIA - 3° TRIMESTRE AÑO 2022 REL. HTD 9963/22; EXD 0-9050633/23”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 10, 64 y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Cuentas en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo X de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2897 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD FORTIN EL PATRIA - 4° TRIMESTRE AÑO 2022 REL. HTD 9963/22; EXD 0-9050634/23”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 10, 64 y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Cuentas en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo X de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2898 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD FORTIN EL PATRIA 1° TRIMESTRE AÑO 2023 REL. HTD 10176/23; EXD 0-7200008/24”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 10, 64 y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Cuentas en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo X de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2899 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD FORTIN EL PATRIA 2° TRIMESTRE AÑO 2023 REL. HTD 10176/23; EXD 0-7200009/24”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 10, 64 y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Cuentas en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo X de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2900 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD FORTIN EL PATRIA 3° TRIMESTRE AÑO 2023 REL. HTD 10176/23; EXD 0-7200010/24”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 10, 64 y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Cuentas en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo X de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2901 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE FORTÍN EL PATRIA 1° TRIMESTRE AÑO 2024 HTD REL 10416/24; EXD 0-6261208/25”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 10, 64 y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Cuentas en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo X de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2902 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE FORTÍN EL PATRIA 2° TRIMESTRE AÑO 2024 HTD REL 10416/24; EXD 0-6261209/25”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 10, 64 y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Cuentas en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo X de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2903 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE FORTÍN EL PATRIA 4° TRIMESTRE AÑO 2024 HTD REL 10416/24; EXD 0-6261212/25”, hace saber que, en virtud de lo dispuesto por los arts. 3, 40 inc. 11 y 12, y 73 de la Ley N° VI-0166-2004, se ha ordenado la instrucción de Juicio de Responsabilidad en los presentes actuados. En consecuencia, y en los términos del Capítulo XI de la normativa citada, se cita, emplaza y corre traslado por el término de quince (15) días hábiles a los herederos, sucesores o a quienes se consideren con derecho sobre el acervo sucesorio del Sr. GATICA, DIEGO RAÚL, D.N.I. N° 25.766.280, para que se presenten a tomar la intervención en los presentes autos, a efectos de realizar los descargos y defensas que por derecho les corresponden.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026
C: 2904 SPP e: 28 Ago y v: 02 Sep

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 432521/25 “PEREZ CARLOS ARGENTINO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por PEREZ CARLOS ARGENTINO, DNI N° 6.816.344
Villa Mercedes, San Luis, 04 de agosto de 2026.
C: 2910 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, prosecretaria de la autorizante, en los autos caratulados: “SUAREZ MARIA ELENA Y GOMEZ ANGEL RAUL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXPTE N° 437755/25” cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores del causante Don GOMEZ ANGEL RAUL DNI N°7.669.720 y Doña SUAREZ MARIA ELENA DNI N°10.945.687, bajo apercibimiento de ley. –
San Luis, 29 de junio de 2026.-
C: 2911 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “TORRES SERGIO ALFREDO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 419094/24, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: TORRES SERGIO ALFREDO, (D.N.I. Nº 20.687.738), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 24 de Agosto de 2026.-
C: 2915 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental n° 1, sito en calle Rivadavia nº 340 3° Piso de la ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Luis Fernando Spagnuolo, Secretaría de la autorizante, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de PAEZ ORLANDO ERNESTO D.N.I. N° 6.799.690 para que se presenten en autos: “PAEZ ORLANDO ERNESTO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” (EXPTE. Nº 440939/25); todo bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 24 de Agosto de 2026.
C: 2921 $16.500,00 e: 28 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro.2, de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Santa Rosa del Conlara (San Luis), a cargo de la Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del autorizante, en autos: “ALTAMIRANO JOSE ALBERTO, ESPINOSA ROLANDO OMAR C/ SALGOS S.A. S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” – EXP. 444249/25, cita y emplaza por quince días a SALGOS S.A., y/o a cualquier persona que en forma indeterminada se consideren con derecho sobre el siguiente inmueble: Ruta Prov. N° 55 s/N°, Santa Rosa, Partido Santa Rosa, Departamento Junín, Provincia de San Luis, Plano N°6/104/25, PARCELA 8, superficie SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CON TREINTA Y SIETE DECIMETROS (6.999,37m2), LINDEROS: Norte: José Raúl Balla; Este: Ruta Prov. N°5 (c/pav.); Sur: Marcelo Gabriel Di Blasi; Oeste: José Raúl Balla. DOMINIO: al T°35 - Ley 3236 de Junín – F°286- N°20990, Padrón relacionado N° 3611, de Santa Rosa, de titularidad a nombre de SALGOS S.A. Bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa del Conlara, 2 de Julio de 2025.-
C: 2938 $11.000,00 e: 31 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, Comercial, Minas y Laboral, de la tercera circunscripción con asiento en Concaran (SL), a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano – Juez. Secretaría del Autorizante, en autos caratulados EXP 445483/26 “AVILA NICOLAS Y ZALAZAR LUISA DEL CARMEN S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de los extintos AVILA NICOLAS DNI: 6.809.040 Y ZALAZAR LUISA DEL CARMEN DNI: 6.146.202, bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, San Luis 10 de junio de 2026.
C: 2940 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “FERNANDEZ CRISTINA DEL CARMEN, BUSTOS HILARIO ORLANDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 449784/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes: FERNANDEZ CRISTINA DEL CARMEN (D.N.I. N° 3.908.810) Y BUSTOS HILARIO ORLANDO, (D.N.I. N° 6.839.607), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 24 de Agosto de 2026.-
C: 2942 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción de la Provincia de San Luis,a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO Secretaría a cargo del/la autorizante, en los autos caratulados: LOPEZ ILLIA JUAN JAVIER S/ SUCESIÓN AB INTESTATO - EXP 432039/25, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes del Sr. LOPEZ ILLIA JUAN JAVIER, D.N.I. 28.793.205, bajo apercibimiento de ley.
SAN LUIS, 26 de agosto de 2026.-
C: 2944 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

EDICTO DE MENSURA
J. Sebastian Mesa Surroca, en carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula N° 299 del (CASL) notifica que el día 13 de octubre de 2026 a las 10:00hs, procederá a mensurar un inmueble que tiene como objeto Tramitar el Título de Propiedad por Prescripción Adquisitiva, ordenado por FEDERICO GONZALO MERCADO, DNI 27.953.724, el fundo ubicado sobre calle Solís sin número esquina calle Güemes sin número de la ciudad de Villa Mercedes, partido Mercedes, departamento General Pedernera, provincia San Luis, el cual afecta parcialmente el padrón 59835 de la receptoria Mercedes a nombre de Club de Equitación Los Ranqueles, sin localizar inscripción dominial en los registros Catastrales y limita al Norte: calle Solís; Sur y Este: parte del padrón 59835 de la receptoria Mercedes (sin afectar) y Oeste: calle Güemes.
Citase a colindantes interesados, según información citada ut-supra.
Consultas en el domicilio Profesional:Las Heras 737, Villa Mercedes, San Luis, C.P.: D5730, teléfono:+54 2657-527014.-
C: 2945 $11.000,00 e: 31 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado, Civil, Comercial y Ambiental N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez y Secretaría a cargo de la Autorizante, en los Autos caratulados: “SUAREZ RAUL ALBINO Y ISKIHATA MARIA ROSA s/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 265316/14, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante: MARÍA ROSA ISKIHATA, D.N.I. Nº 11.924.238, bajo apercibimiento de Ley.-
SAN LUIS, 18 de agosto de 2026.-
C: 2946 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N°3 de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaría del Autorizante, en loa autos caratulados: “AMIEVA GILBERTO EDRUD S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. N°451189/26, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por el causante GILBERTO EDRUD AMIEVA, D.N.I. N°5.266.660, para que estén a derecho; bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 21 de AGOSTO de 2026.-
C: 2947 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El Juzgado Civil. Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, en los autos caratulados: “FERNANDEZ LEANDRO HUMBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 450740/26, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) días a herederos y acreedores del Sr. FERNANDEZ LEANDRO HUMBERTO, DNI N° 6.614.233, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 12 de AGOSTO de 2026.-
C: 2948 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N º 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “HEREDIA EVARISTO ALBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 431200/25, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) días, a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante HEREDIA EVARISTO ALBERTO D.N.I. N º 11.310.771 para que lo acrediten, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 26 de agosto de 2026.-
C: 2949 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en la Localidad de Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: MELIAN VICENTE NERIO Y ESTELA MELIAN S/ SUCESION AB INTESTATO - EXP 452137/26 cita y emplaza por el plazo de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores de VICENTE NERIO MELIAN, DNI 3.632.991 y ESTELA MELIAN, DNI 9.249.706, bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 14 de AGOSTO de 2026.-
C: 2950 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°1, Tercera Circ. Judicial, Concarán, S.L., a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, Secretaría de la Autorizante, en autos: “ALVAREZ RAMIRO XAVIER S/POSESIÓN”, EXPTE.N°433231/25, cita y emplaza por 15 días a JOSE ROSARIO AGUILERA, JOSE RAMIRO AGUILERA y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble en campo Barrio Alegre, Papagayos, Dpto. Chacabuco, S.L, designado Parcela “3” s/Plano Mensura de Ing. Agrim. Carlos A.Cuvertino,M.P.Nº317 C.A.S.L, aprobado por Catastro bajo N°4/7/25.Linderos y medidas: al NORTE con Camino Público(tierra),mide pto.1 al 2:122,48m;al SUR con Silveyra Jorge Martin(Pd.994282,Parc.397,Pl.04-249-14,Parc.B Pl.04-68-85),mide pto.3 al 4:122,04m;al ESTE con Aguilera José Rosario(Pd.274,Parc.B-Pl.04-68-85,Parc.916-Pl.04-225-12,Parc.1-Pl.04-115-22),mide pto.2 al 3:703,71m;y al OESTE con Gauna Antolin(Pd.1027,Parc.1080-Pl.04-197-13),mide pto.5 al 1:472,86m.Sup.Total:8ha.4462,90m2.Padrón N°274 Rec. Concarán a nombre de José Rosario Aguilera. Inscripto Registro Propiedad Inmueble Tomo 7, Dpto. Chacabuco, Folio 172, N°1059. Publíquese por 3 días en Boletín Oficial y diario local con intervalo de 30 días (Art.911/912 CPCC).
Concarán, San Luis, 19 de agosto de 2026.-
C: 2951 $11.000,00 e: 31 Ago y v: 02 Sep

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de esta Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Jueza, Secretaria de la Autorizante en los autos caratulados: EXP 450649/26 “MALERBA CARLOS ENRIQUE Y REBOLLAR SARA ROSA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes causante: CARLOS ENRIQUE MALERBA DNI N° 4.264.177 y de SARA ROSA REBOLLAR DNI 3.977.839, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 24 de agosto de 2026.-
C: 2952 $16.500,00 e: 31 Ago y v: 04 Sep

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°2 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Javier A. Corigliano, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “MOLINA NELIDA CEFERINA C/ ARAYES DE TORRES PRUDENCIA S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” EXP 444026/25, cita y emplaza por el termino de quince días Prudencia Arayes de Torres y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio ubicado en calle Publica S/n, Villa Praga, Partido Guzmán, Dto Ldor. Gral San Martin, Pcia de San Luis, el que se individualiza como “Parcela 15” en el plano de mensura Nº 5-9-24, el mismo limita al NORTE: Prudencia Arayes de Torres Pd. 1625- Parc. 2 – Pl.5-8-79 Rec. San Martin; SUR: Prudencia Arayes de Torres Pd. 1625- Parc. 2 – Pl.5-8-79 Rec. San Martin; ESTE; Calle Publica S/n; OESTE: Prudencia Arayes de Torres Pd. 1625- Parc. 2 – Pl.5-8-79 Rec. San Martin, con una superficie de 285,09m 2 .- Tal superficie del inmueble así individualizado afecta parcialmente el Padrón N°1625, Rec. San Martin. Inscripto en el Registro de Propiedad de la provincia en el T°3 Ley 3236 de San Martin F°87 N°419. Bajo apercibimiento de Ley.-
Santa Rosa del Conlara, 7 de agosto de 2026.-
C: 2953 $11.000,00 e: 31 Ago y v: 02 Sep

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 425530/24 “ARAUJO PAULINO CONSTANTINO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por Sr. ARAUJO PAULINO CONSTANTINO L.E N° 6.880.870.
Villa Mercedes, San Luis, 26 de Agosto de 2026.
C: 2957 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Doctor Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Hedy Gomez, en autos “GALENDES ADOLFO CALIXTO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXPEDIENTE 446038/26 cita por treinta días a herederos y acreedores del causante ADOLFO CALIXTO GALENDES, DNI 04.979.245, bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 21 de Agosto de 2026.-
C: 2958 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

“El Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Juez, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en los Autos caratulados: “EXPTE: 426205/24/24 - GARRAZA JULIO CESAR S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: DON GARRAZA JULIO CESAR, L.E.: 6.809.138, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 12 de MAYO de 2026
C: 2959 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: EXP 429372/25 “CHAVEZ RAUL SAMUEL, MARTINEZ OTILIA ANGELA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” CITA Y EMPLAZA por treinta (30) días a herederos y acreedores del SR. CHAVEZ, RAUL SAMUEL DNI 4.569.455 y la Sra. MARTINEZ OTILIA ANGELA DNI 3.709.676, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 02 de JUNIO de 2026.
C: 2960 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

EDICTO DE MENSURA
CARLOS ALFREDO CUVERTINO, Ingeniero Agrimensor matrícula 317 CASL, notifico que el día 08/octubre/2.026, a 11,00 Hs. procederé a mensurar los inmuebles cuyo objeto: Tramitar el Título por Prescripción Adquisitiva, ordenante ANA BEATRIZ NIEVAS-D.N.I. 18.055.581. El fundo no cuentan registrado en Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, sin nomenclatura tributaria, sin nomenclatura catastral, sin registro en Dirección General de Propiedad Inmueble, y se encuentra ubicado en calle Braulio Moyano S/N°; en Localidad Luján, Departamento Ayacucho, Provincia San Luis. Lugar de encuentro es en el inmuebles.
Cítase a colindantes: Norte: Irineo León López y María Rosalvina López; Este: Gerardo Amaya; Sur: Calle Braulio Moyano.
Consultas: domicilio calle Pringles N° 201- Concarán- Prov. San Luis- Tel: 2664299192. Mail: agrimensoresasociadoscyo@yahoo.com.ar
San Luis, 21 de agosto de 2.026.-
CARLOS A. CUVERTINO
Ing. Agrimensor
C: 2961 $11.000,00 e. 02 y v: 04 Sep.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del la Dra. CYNTHIA ALCARAZ DIAZ, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: “OCCHIPINTI CARLOS ROSARIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 440810/25 cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. OCCHIPINTI CARLOS ROSARIO - DNI N º 20.339.316.-
Villa Mercedes, San Luis, 21 de Agosto de 2026.-
C: 2962 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

JUZGADO CIVIL COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Secretaría a cargo de la Dra. Natalia Hedy Gomez, en autos “EXP 451053/26 SOLOA JUAN CARLOS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de 30 días a herederos y acreedores del causante Sr. SOLOA JUAN CARLOS, DNI Nº 22.140.620, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 21 de Agosto de 2026.
KARINA C. MURCIA
Prosecretaria
C: 2963 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la ciudad de Concarán, Juzgado a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría de la autorizante, EN LOS AUTOS CARATULADOS “DENARO GRACIELA BEATRIZ S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. 452165/25 cita y emplaza por el termino de treinta días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de la SRA. DENARO, GRACIELA BEATRIZ, D.N.I. N° 10.351.539, bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 27 de Agosto de 2026.-
C: 2964 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 1, con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo Juez, Secretaria del autorizante, en autos caratulados: “EXP 347041/19 FUNES MAXIMILIANO Y GONZALEZ MARIA ANGELICA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de la Sra. DOÑA GONZALEZ MARIA ANGELICA D.N.I. N° 0.949.132, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 05 de agosto de 2026.
C: 2965 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Viviana Elizabeth Oste en autos caratulados EXP 444233/25 “OVIEDO JORGE ALBERTO S/GUARDA” cita y emplaza por el término de 15 días a fin de que se notifique de la demanda de estas actuaciones a la Sra. CORTINEZ LOPEZ JOHANA MARCELA DNI 34.699.783, y pueda contestar la misma.-
San Luis, 19 de Agosto de 2026.-
C: 2966 $11.000,00 e. 02 y v: 04 Sep.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “PAREJAS JUAN DOMINGO C/ QUIROGA MARIA JULIETA, QUIROGA ELISEO PASTOR S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 426309/24, cita por el termino de QUINCE (15) DÍAS a toda persona que se considere y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN con derecho al inmueble ubicado en esta provincia de San Luis, Partido de Carolina, Cañada Honda de Villegas, Departamento Coronel Pringles, cuyo plano aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales con el número 2/104/23, fecha 30/10/2023 el cual consta de una superficie total de 2.400.885.87 m2 equivalentes a DOSCIENTAS CUARENTA HECTAREAS OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS PADRON N° 1775, RECEPTORIA Carolina; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de San Luis a la MATRICULA 04 - 704 - R6 – A3, para que comparezcan y contesten la presente demanda, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del CPC, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, en caso de incomparecencia de los citados se designara al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art. 343, 2º y 3°párrafo del CPC).-
San Luis, 06 de Mayo de 2026.-
C: 2967 $11.000,00 e. 02 y v: 04 Sep.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “YSAGUIRRE ELEODORA ISABEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445793/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: ELEODORA ISABEL YSAGUIRRE, (D.N.I. N° 5.339.556), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 30 de Julio de 2026.-
C: 2968 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la ciudad de Concarán, secretaria de la autorizante, a cargo del Dr. Moises Benito Fara, en los autos caratulados “EXP 447533/26 - ABRUZECI MIRTA BEATRIZ S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de treinta días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de la causante ABRUZECI MIRTA BEATRIZ DNI. N° 4.678.804., bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 14 de AGOSTO de 2026.-
C: 2979 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Dr. Juan Esteban Maqueda, Juez del Juzgado Federal de San Luis, Secretaría Civil a cargo del Dr. Jorge Mariano Frias, en los autos caratulados: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA C/ VILLEGAS TALQUENCIA, MARCOS GABRIEL S/ COBRO DE PESOS/ SUMAS DE DINERO” EXPTE. 23.253/2023, cita y emplaza, a la Sr. Villegas Talquencia, Marcos Gabriel, D.N.I. Nº 39.091.859, para que dentro del término de CINCO (5.-) días comparezca personalmente a reconocer o desconocer las firmas que se le atribuyen en la causa, bajo apercibimiento de tener por reconocidos los documentos, como asimismo, de designar al Sr. Defensor de Ausentes para que lo represente en este proceso (Arts. 43, 50 inc. 5 y ce del CPCCN).-
C: 2980 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 438170/25 “CHAVERO RAMON Y BUSTAMANTE EULOGIA S/ SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por Sres. CHAVERO RAMON, D.N.I. N° 6.797.250, y, BUSTAMANTE EULOGIA, L.C. N° 4.758.829.-
Villa Mercedes, San Luis, 26 de Agosto de 2026.
C: 2981 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

EDICTO DE MENSURA
Ingeniero Agrimensor Jonathan W. Sandoval, Mat. 313 CASL, mensurará el día Miércoles 30 de Setiembre del corriente a las 17hs, un inmueble cuyo objeto es para tramitar el título de propiedad por prescripción adquisitiva ordenada por los Sres. JUAN CARLOS GARCIA DNI N° 8.685.159 y CARMEN RITA OLGUIN DNI N° 11.988.711, ubicado en Calle Independencia S/N°, Los Manantiales, Ptdo. Socoscora, Dpto. Belgrano, inmueble identificado con nomenclatura tributaria 220019 de Rec. Socoscora, nomenclatura catastral 00-08-57-00-000004-000004, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales a nombre de Roque Lucero. Sin inscripción de dominio.
Asimismo hago saber que los colindantes del inmueble son al Norte: calle Independencia; Sur y Este: Roque Lucero (Pd.: 27-220019); Oeste: Pascua del Carmen Moyano (Pd.: 27- 220059) y Municipalidad de Villa General Roca (Pd.: 27-220050).
Las operaciones se iniciarán en el vértice Nor-Oeste.
Consultas: Domicilio: Calle Las Quintas N° 259- San Luis; Teléfono: 2612446405.-
JONATHAN W. SANDOVAL
Ingeniero Agrimensor
C: 2982 $11.000,00 e. 02 y v: 04 Sep.

EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Geremías Pablo Ferez, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos, caratulados: EXP 384657/22 ‘’AGAZZI HUGO S/ SUCESION AB INTESTATO’’ cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por HUGO AGAZZI, DNI Nº 6.795.956
Villa Mercedes, San Luis, 31 de julio de 2026.-
C: 2983 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza Titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) DIAS, a herederos y acreedores de ANA MARQUESA MEDINA, D.N.I N° 5.339.322 en los autos caratulados: “MEDINA ANA MARQUESA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” (EXP 450476/26) bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 26 de AGOSTO de 2026
C: 2984 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N°2 de la Primera Circunscripción Judicial cito ubicación calle Rivadavia 340, a cargo de la Dra. Geraldine Inés Ibáñez, Juez, Secretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados: “QUINTEROS REINA ELENA, QUINTERO HIGINIO CAYETANO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA – Expte. N° 371059/21” cita y emplaza por Quince días a las personas que se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en calle La Brea, Barrio Estación, Partido Quines, de la Provincia de San Luis, Departamento Ayacucho, Padrón Nº 2563, sin Inscripción de Dominio, Receptoría Quines, correspondiente al Plano Nº 7/115/19, confeccionado por el Agrimensor Alberto Echenique, Parcela 208 constante de una superficie de MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS SETENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (1869,73 M2) con los siguientes límites NORTE: Emilio Manchado y Baltazar Manchado, OESTE: Luis Diaz, ESTE: Silvestre Honorio López, y SUR: calle La Brea. Para que dentro del término indicado comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial de Ausentes, para su representación en caso de incomparecencia
C: 2985 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.

El Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Fernando Alberto Spagnuolo, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental n° 1 de la ciudad de San Luis, Secretaria a cargo de la Autorizante en autos: EXP 231813/12 “QUIROGA FLORENCIO S/ SUCESION AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por el término de Treinta (30) días a Herederos, Acreedores y/o quienes se consideren con derecho a la Sucesión de SR. QUIROGA FLORENCIO SIN Nro Documento- Fallecido 18 diciembre 1935, bajo apercibimiento de ley.
SAN LUIS, 21 de AGOSTO DE 2026.-
C: 2986 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de Concarán, cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la autorizante, en autos caratulados EXP 432416/25 “TOBARES LIBERATO, TOBARES MARIA VICENTA Y MARIA SUSANA TOBARES Y/O SUSANA MARIA TOBARES S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y/o acreedores de MARIA SUSANA TOBARES DNI. Nº 8.208.528 y/o SUSANA MARIA TOBARES DNI. Nº 8.208.528, bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 24 de Agosto de 2026.-
C: 2987 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro. 2, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis, sito en Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. Javier Corigliano, Juez Civil, secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “GONZALEZ RAMONA SOLANA Y ESCUDERO JOSE ANIBAL S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP 431940/25 cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de los extintos RAMONA SOLANA GONZALEZ DNI 10.169.065 y JOSÉ ANIBAL ESCUDERO L.E. 6.810.459 bajo apercibimiento de Ley.-
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 18 de agosto de 2026.-
C: 2988 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, sito en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, secretaria del Autorizante, en autos caratulados “MUJICO LUIS MANUEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 450856/26 cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto MUJICO LUIS MANUEL DNI. N° 12.274.195 bajo apercibimiento de Ley. -
Concarán, San Luis, 21 de agosto de 2026.-
C: 2989 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, sito en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados “SASSARO GABRIEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 450623/26 cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto SASSARO GABRIEL DNI. N 14.184.117 bajo apercibimiento de Ley. -
Concarán, San Luis, 20 de agosto de 2026.-
C: 2990 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Schmidt Agustina, DNI Nº 46.209.953, con domicilio en Juan Perez Moreno 117, de la Localidad de Merlo, provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matricula de Martillero Publico”; oposiciones de ley ante esta entidad. -
San Luis, 31 agosto 2026.
JOSÉ LUIS VILLEGAS
Presidente
C: 2991 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la III Circunscripción Judicial, con asiento en Autopista de los Comechingones, Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Civil Provisorio, Secretaría a cargo del Autorizante, en autos “MOTTO MONICA GABRIELA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. 450505/26, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la causante MONICA GABRIELA MOTTO, DNI N° 14.857.699, bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 20 de Agosto de 2026.-
C: 2992 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral N° 2 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Dr. Javier Alejandro Corigliano, con asiento en ruta Pcial. N° 55 – Km 921,5, Autopista de Los Comechingones, Santa Rosa del Conlara, San Luis, Secretaría del Autorizante, en autos caratulados “COBIAN VILMA NIDIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” Exp: 452021/26 cita y emplaza por TREINTA (30) días a herederos, acreedores y a todo el que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante COBIAN VILMA NIDIA DNI F3.307.867, bajo apercibimiento de Ley.-
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 20 de agosto de 2026.-
C: 2993 $16.500,00 e. 02 y v: 07 Sep.

REMATES
El Juzgado Laboral N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del DR MIGUEL OSCAR BUSTOS, en los autos caratulados: “PEREZ NADIA YANINA C/ VALLEJOS MONICA ELIZABETH S/ COBRO DE PESOS - LABORAL - DOC - 19-P-2016”, Expte. N° 299604/16, por resolución de fecha 06 de agosto de 2026, se ha dispuesto la venta mediante SUBASTA JUDICIAL ELECTRÓNICA del siguiente bien:
AUTOMOTOR: Dominio AD 098 RX, Marca CHEVROLET, Modelo PRISMA JOY 4P 1.4 N LS MT, Modelo 705, Motor N° GFK140718, Chasis N° 9BGKL69TOJG416155.
MARTILLERO: Oscar Alberto Avaca.
MODALIDAD: La subasta se realizará a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Poder Judicial de la Provincia de San Luis.
FECHA DE INICIO: 22 de septiembre de 2026, a las 11:00 horas.
FECHA DE FINALIZACIÓN: 29 de septiembre de 2026, a las 11:00 horas. BASE: PESOS OCHO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($8.666.666,67).
MONTO INCREMENTAL MÍNIMO: PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($550.000).
CONDICIONES DE VENTA: debiendo abonar el mejor postor el veinte por ciento (20%) del valor de su compra, con más la comisión de la ley del martillero y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas de finalizado el remate. Sólo podrán utilizarse las modalidades de pago previstas expresamente en el Portal. Publicítese en el Portal de Subastas Judiciales durante un plazo mínimo de siete (7) días corridos (art. 14 del Reglamento). Hágase saber al ejecutante que en caso de solicitar autorización de compensar hasta el importe de su crédito y sin perjuicio de aquellos de mayor privilegio, deberá inscribirse como postor (art. 17, segundo párrafo). Una vez concluido el acto de subasta, el Tribunal agregará al expediente electrónico la constancia del resultado del remate -como acta de subasta- (art. 26). El ganador será notificado en su panel de usuario del Portal y a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, para que proceda al pago en los términos arriba dispuestos. El adjudicatario deberá efectivizar el pago de la seña dentro del plazo de veinticuatro (24) horas, a través de las modalidades autorizadas por el Portal de Subastas. Deberá ratificar su compra y constituir domicilio en los términos del art. 27 del CPL Y 40 CPCC, compareciendo personalmente, o mediante escrito firmado conjuntamente con su letrado patrocinante, o por vías de apoderado con facultad de representación, en un plazo máximo perentorio de TRES (3) DÍAS hábiles de concluida la subasta. El saldo del precio (80%), deberá abonarse dentro de los CINCO DÍAS de aprobado el remate (Cfr. Art 580 CPC), mediante transferencia electrónica a la Cuenta judicial a la orden de este juzgado y pertenecientes a estos autos, cuyos datos obran en el portal de Subastas Judiciales. Póngase en conocimiento de los interesados que la entrega de la posesión del automotor se efectivizará una vez realizada la transferencia en el Registro correspondiente – cuyos gastos son a cargo del adjudicatario-. No constando en el Portal el pago de la seña por el adjudicatario en el plazo de Poder Judicial San Luis veinticuatro (24) horas, será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor para que proceda al pago. En su defecto, se dará aviso al tercer mejor postor (siempre que este último no sea el postor incumplidor). En el caso de que éstos no mantengan su interés en la compra, la subasta se declarará desierta. Hágase saber que el incumplimiento del adjudicatario del que resultare la frustración de la subasta, será sancionado con la suma que resultare de calcular el veinticinco por ciento (25%) del valor ofertado. - Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 (veinticuatro) horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad (Art. 22 Reglamento). LUGAR DE EXHIBICIÓN Y UBICACIÓN DEL BIEN: Tacuarí N° 680, ciudad de San Luis, Provincia de San Luis.
ESTADO DEL BIEN: El automotor se vende en el estado de uso, funcionamiento y conservación en que se encuentra, pudiendo los interesados inspeccionarlo previamente mediante coordinación con el martillero designado.
GRAVÁMENES: Del informe del Registro de la Propiedad Automotor surge que el vehículo no registra embargos, excepto el correspondiente a estos autos. Registra deuda por Impuesto Automotor por la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($754.787,24), al 14/05/2025. Asimismo, registra multas municipales pendientes por infracciones de estacionamiento correspondientes a los expedientes N° 15360/V/2023 y N° 23721/V/2024.
HÁGASE SABER que, conforme lo dispuesto por el artículo 30 del Código Tributario de la Provincia de San Luis.-
Prosecretaría, 21 DE AGOSTO DEL 2026.
C: 2969 SPP e: 02 y v: 04 Sep

El martillero Eduardo Alberto Radatti comunica por 1 día que por cuenta y orden de GPAT Compañía Financiera S.A.U. (artículo 39 Ley 12.962) y conforme artículo 2.229 del Código Civil y Comercial de la Nación subastaran por ejecución de prendas, el día 15/09/2026 a partir de las 10hs, y en el estado que se encuentran. Los siguientes vehículos se exhiben de manera presencial en Ruta 24 (ex 197) N° 1541 entre Almafuerte y Atuel, Cuartel V, Moreno, Provincia de Buenos Aires los días10, 11 y 14 de Septiembre de 9 a 16hs: ULLOA NAHUEL MAXIMILIANO; CHEVROLET ASTRA GLS 2.0 /2011; JPY740; Base $4.700.000 - ANGEL EDUARDO ALBERTO; CHEVROLET PRISMA JOY 4P 1.4 N LS MT + /2018; AC318KN; Base $7.200.000.- De no existir ofertas se subastará sin base. Comisión 10%. IVA sobre comisión. Saldo en 24 horas bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora. Puesta en marcha, exhibición virtual, deudas de patentes impuestos e infracciones y trámites y gastos de transferencia, verificación policial, informes de dominio, grabado de autopartes y cristales, a cargo del comprador. Condiciones y características de la subasta en nuestra página www.radatti.subastasenvivo.com. En caso de existir algún inconveniente técnico para la realización de la subasta, la misma se reanudará al siguiente día hábil a las 10 horas. Para ingresar al lugar de exhibición de los vehículos se deberá presentar copia del Documento de Identidad. El comprador constituirá domicilio en la Capital Federal.
Buenos Aires, 25/08/2026.
EDUARDO ALBERTO RADATTI
Martillero Público Nacional
C: 2994 $5.500,00 e. y v: 02 Sep.
