ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 8636-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5070116/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3780845/26 obra copia del Decreto Nº 2211-MHIP-2026, mediante el cual se le acepta la renuncia por jubilación a la docente ESTELA MARI MARINOZI, D.N.I. Nº 20.486.510, en UN (1) cargo de Directora de 3ra. categoría, Nivel de Educación Primaria, carácter titular, en la Escuela N° 17 “Luis Jofré y Meneses” de la localidad de Salinas del Bebedero, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3810042/26 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis y Acta N° 251 de ofrecimiento de cargo y toma de posesión de fecha 02 de Junio de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Director de 3ra. categoría, con grado a cargo, por compulsa de antecedentes, carácter interino, al docente JOSE MARIO ANTONUCCI SOSA, D.N.I. Nº 23.947.652, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3810042/26 obra nota por la cual el docente JOSE MARIO ANTONUCCI SOSA, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto N° 6425-MHyOP-2012, de la Escuela N° 17 “Luis Jofré y Meneses” de la localidad de Salinas del Bebedero, departamento Juan Martin de Pueyrredon, Región Educativa I;
Que en act. INFSUM 180643/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 441473/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 441490/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 999636/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 441490/26;
Que en act. PASEDU 3821847/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hizo efectiva a partir del 2 de junio de 2026;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 de su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 de su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 2º.- Designar, a partir del día 2 de junio de 2026, al docente JOSE MARIO ANTONUCCI SOSA, D.N.I. Nº 23.947.652, en UN (1) cargo de Director de 3ra. categoría, con grado a cargo, por compulsa de antecedentes, carácter interino, en la Escuela N° 17 “Luis Jofré y Meneses” de la localidad de Salinas del Bebedero, departamento Juan Martín de Pueyrredon, Región Educativa I.-
Art. 3º.- Otorgar, a partir del día 2 de junio de 2026, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, al docente JOSE MARIO ANTONUCCI SOSA, D.N.I. Nº 23.947.652, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto N° 6425-MHyOP-2012, de la Escuela N° 17 “Luis Jofré y Meneses” de la localidad de Salinas del Bebedero, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA:
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Rural y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 8637-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6190455/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Acta Acuerdo (act. DOCEXT 3822537/26) se aprobó la implementación del Programa “Formación Docente en Alfabetización”, cuyos lineamientos se integran en el Anexo del Acta Acuerdo de referencia;
Que en act. DOCEXT 3822560/26 la Dirección de Fondos Federales y Recursos Educativos, solicita el reconocimiento y autorización para el pago de un estímulo económico de los docentes de Nivel Inicial y Primario, que fueron capacitados, en el marco del Programa “Formación Docente en Alfabetización”, informando el listado de personas;
Que en act. PTPGAS 57884/26 obra solicitud de transferencias de créditos presupuestarios y en act. RCRE 11500842/26, obra el correspondiente comprobante de reserva de crédito, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($1.320.000,00);
Que en act. INFORM 441971/26 interviene la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;
Que en act. NOTAMP 1002539/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 1003144/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo, que autorice la modificación presupuestaria solicitada y disponga el pago como suma única, extraordinaria, no remunerativa y no bonificable, el adicional “Formación Docente en Alfabetización” a los agentes de la Administración Pública Provincial detallados en actuación DOCEXT 3822560/26, con deslinde de responsabilidad por aplicación de la Ley N° VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 174552/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 14 16 25 02 3-45 4-44 5 1 $1.320.000,00
Inciso: 5.1 – Transferencias corrientes
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Importe
1 14 16 25 02 4-44 3 $1.320.000,00
Art. 3º.- Disponer que las partidas que poseen fuente de financiamiento con afectación específica por Ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 4º.- Reconocer las capacitaciones realizadas por los docentes detallados en act. DOCEXT 3822560/26, durante el año 2024, en el marco de la implementación del Programa “Formación Docente en Alfabetización”, de acuerdo a lo establecido en el Acta Acuerdo suscripta entre el Instituto Nacional de Formación Docente y el Ministerio de Educación de la Provincia de San Luis, obrante en act. DOCEXT 3822537/26.-
Art. 5º.- Autorizar al Ministerio de Educación, a librar las correspondientes Órdenes de Pago a favor de las personas que se detallan en el Anexo I que forma parte integrante del presente Decreto, por la suma que en cada caso se indica.-
Art. 6º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 14 16 25 02 3-45 4-44 5 1 $1.320.000,00
Art. 7º.- Incluir el presente gasto en la programación financiera del mes en curso según el siguiente detalle:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 14 16 25 02 3-45 4-44 5 1 $1.320.000,00
Art. 8º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 9º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 10.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos, a sus efectos.-
Art. 11.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Innovación y Planeamiento, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 12.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 13.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
ANEXO
|
NOMINA DE PERSONAL |
|||
|
Apellido |
Nombre |
DNI |
Importe |
|
AGUILAR |
LILIANA MARY |
17.008.602 |
$120.000,00 |
|
CARTASEGNA |
ESTELA MARIS |
20.135.121 |
$120.000,00 |
|
CUELLO |
AYELEN SOLEDAD |
31.894.085 |
$120.000,00 |
|
GARRO |
GRACIELA EDITH |
18.055.863 |
$120.000,00 |
|
OLGUIN |
SUSANA BEATRIZ |
17.101.480 |
$120.000,00 |
|
SAN MARTIN |
AMALIA |
13.290.804 |
$120.000,00 |
|
LEDESMA |
MARTA BEATRIZ |
16.772.966 |
$120.000,00 |
|
DOMINGUEZ |
CINDI ANABELA |
33.620.357 |
$120.000,00 |
|
GONZALEZ |
SILVIA ADRIANA |
28.888.908 |
$120.000,00 |
|
VILLEGAS |
GRACIELA DEOLINDA |
31.587.484 |
$120.000,00 |
|
STAGNOLI |
CARLA DAHYANA |
37.724.480 |
$120.000,00 |
DECRETO Nº 8638-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4250836/24, acumulado 6070658/24, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 63-ME-2024 (act. RESOLU 63/24), de fecha 15 de mayo de 2024, se instruyó sumario administrativo al señor DIEGO EMANUEL FERNÁNDEZ, D.N.I. N° 33.958.313, preceptor en la Escuela Técnica N° 29 “Comandante Luis Piedra Buena” y docente en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, Región Educativa VI, por encontrarse incurso a prima facie, en el incumplimiento de lo prescripto por el Art. 5º,incs. a) y g) de la Ley N° XV-0387-2004, en aplicación del Art.122 del mismo cuerpo normativo, en virtud de la investigación judicial iniciada con motivo de hechos vinculados con presunto abuso sexual contra una menor de edad, atribuidos al agente;
Que la citada Resolución dispuso, asimismo, afectar al docente DIEGO EMANUEL FERNÁNDEZ D.N.I. N° 33.958.313, en la totalidad de los cargos que posea en el sistema educativo provincial, a cumplir otras funciones, inter se resuelva el proceso de sumario administrativo;
Que en act. ACTAVO 175334/24 obra Acta de Iniciación de Sumario Nº 75-DSA-24, de fecha 05 de junio de 2024, mediante la cual la Dirección de Sumarios Administrativos se abocó al conocimiento de la causa y dispuso medidas probatorias pertinentes;
Que en act. ACTPAS 1311290/24 la Subdirección Recursos Humanos Docentes, adjunta legajo del agente mencionado;
Que en act. DOCEXT 825211/24 obra constancia de la audiencia realizada el 24 de junio de 2024, en la cual el sumariado se abstiene de prestar declaración;
Que en act, NOTAMP 893525/25 la Instrucción de la Dirección de Sumarios Administrativos dispone correr traslado al sumariado DIEGO EMANUEL FERNÁNDEZ D.N.I. N° 33.958.313 para que formule descargo y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, obrando constancia de notificación en act. DOCEXT 1007333/25;
Que en act. NOTAMP 900043/25 se dispone dar por decaído el derecho dejado de usar conferido en act. NOTAMP 893525/25 y la clausura del periodo probatorio y se pasan los autos a estudio a los fines de emitir Dictamen correspondiente;
Que, como prueba informativa, se incorporó en act. DOCEXT 1000350/25, constancia de actuaciones judiciales correspondientes a la sentencia condenatoria de fecha 04 de abril de 2025 dictada por el Colegio de Jueces de la Primera Circunscripción Judicial en la causa penal tramitada por Expediente PEX 326368/22 seguida contra el agente;
Que en act. DICTAM 3808720/25 obra Dictamen N° 60-DSA-2025, de fecha 31 de julio de 2025 y en act. RESUM 160524/25 se procede a su rectificación mediante Resolución N° 17-DSA-2025 de la Dirección de Sumarios Administrativos, de fecha 15 de agosto de 2025, en el cual se aconseja la sanción disciplinaria de Exoneración, por encontrarse incurso en el incumplimiento de lo prescripto por el Art. 5º, incs. a) y g) de la Ley N° XV-0387-2004, en aplicación del Art.122 del mismo cuerpo normativo, en razón de los argumentos que expone, el tenor de los hechos y elementos probatorios, dándose por acreditada la conducta atribuida el señor DIEGO EMANUEL FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 33.958.313;
Que en act. DOCEXT 1056305/25 obra constancia de alojamiento del agente de referencia en el Servicio Penitenciario Provincial;
Que conforme consta en acts. DOCEXT 1024913/25 y 1056330/25, el Dictamen Nº 60-DSA-2025 y la Resolución N°17-DSA-25, respectivamente, han sido notificadas al sumariado a los efectos de que formule alegatos, constando en act. NOTAMP 922720/25 que el derecho no fue ejercido;
Que en acts. OFIJUS 1606737/26 obra informe, de fecha 15 de mayo de 2026,emitido por el Juzgado de Ejecución Penal, haciendo constar que la sentencia dictada al agente se encuentra firme y consentida conforme lo resuelto por el Superior Tribunal de Justicia en el Recurso de Casación con fecha 05 de noviembre de 2025;
Que en las presentes actuaciones administrativas se sustanció el correspondiente procedimiento disciplinario, iniciado con motivo de la existencia de una causa judicial penal seguida contra el agente por hechos que, por su naturaleza y gravedad, resultaban susceptibles de comprometer su responsabilidad disciplinaria y su continuidad en el ejercicio de la función docente;
Que, durante la sustanciación de dichas actuaciones, recayó sentencia condenatoria mediante la cual el agente fue condenado;
Que, cumplidas las instancias recursivas previstas por el ordenamiento jurídico, la referida sentencia ha adquirido firmeza, constituyendo un antecedente definitivo para la valoración de la conducta del agente en el marco del presente procedimiento disciplinario;
Que la responsabilidad administrativa es autónoma de la responsabilidad penal; sin perjuicio de ello, la condena penal firme constituye un elemento objetivo de particular relevancia para apreciar la gravedad de la conducta y su incidencia sobre la idoneidad exigida para el ejercicio de la función pública docente;
Que la función docente exige, además de la capacidad técnica y profesional, una conducta ajustada a los principios de integridad, probidad e idoneidad moral que deben caracterizar a quienes tienen a su cargo la formación y el cuidado de niños, niñas y adolescentes;
Que la naturaleza del delito por el cual resultó condenado el agente revela una conducta de extrema gravedad, manifiestamente incompatible con los deberes inherentes al cargo docente, lesionando de manera irreversible la confianza que la Administración y la comunidad educativa deben depositar en sus agentes;
Que la permanencia del agente en el cargo resulta incompatible con la naturaleza de la función docente, compromete el prestigio institucional del sistema educativo y afecta la credibilidad de la Administración Pública, la cual tiene el deber de preservar el interés público, garantizar ámbitos educativos seguros y asegurar que quienes integran el servicio educativo reúnan las condiciones de idoneidad moral indispensables para el ejercicio de sus funciones;
Que la gravedad objetiva de los hechos acreditados, la pérdida de confianza derivada de la condena penal firme y la manifiesta incompatibilidad entre la conducta del agente y los deberes inherentes al cargo tornan imposible la continuidad del vínculo de empleo público, resultando insuficiente la aplicación de una medida disciplinaria de menor entidad;
Que, en tales condiciones, la continuidad del agente en el sistema educativo resulta contraria al interés público comprometido, afecta el prestigio y la credibilidad de la Administración, por lo que se torna procedente la aplicación de una medida disciplinaria adecuada y proporcional a la entidad de la falta;
Que el Estatuto Docente, en su Art. 138, establece que la sanción de Exoneración debe fundarse en causa debidamente justificada y probada, previo sumario que asegure el pleno ejercicio del derecho de defensa, extremos que se encuentran debidamente satisfechos en las presentes actuaciones, en las que se ha garantizado el debido proceso y se ha reunido prueba suficiente para el dictado de la presente medida;
Que el Art. 155 del citado cuerpo normativo prevé la sanción de Exoneración para aquellos supuestos en los que la conducta del agente evidencie una manifiesta incompatibilidad con el ejercicio de la función docente, comprendiendo, entre otros, los casos de inhabilidad moral sobreviniente y la comisión de delitos, circunstancias que se verifican en el presente caso a partir de la sentencia penal firme recaída contra el agente, conducta que revela una pérdida objetiva de la idoneidad moral exigida para el desempeño del cargo y torna procedente la aplicación de la máxima sanción disciplinaria;
Que la responsabilidad administrativa exige la atribución concreta de una conducta al agente y la acreditación de los hechos que la sustentan. En tal sentido, la sentencia penal firme incorporada a las presentes actuaciones constituye un elemento probatorio de singular entidad, en cuanto acredita la autoría y responsabilidad del agente respecto del delito, permitiendo valorar sus consecuencias en el ámbito disciplinario;
Que, conforme los argumentos explicitados y ponderadas las circunstancias del caso en el marco de los principios de legalidad, razonabilidad, proporcionalidad y tutela del interés público, corresponde imponer la sanción de Exoneración prevista en el régimen disciplinario vigente, por constituir la medida adecuada para resguardar el correcto funcionamiento del servicio público educativo y los valores que deben regir el ejercicio de la función docente;
Que en act. NOTAMP 923105/25 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación comparte lo dictaminado por la Dirección de Sumarios Administrativos, aconsejando aplicar al señor DIEGO EMANUEL FERNÁNDEZ D.N.I. N° 33.958.313, por hallarlo incurso en el incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5° incs. a) y g) de la Ley N° XV-0387-2004, en aplicación del Art. 122 del mismo cuerpo normativo, la sanción disciplinaria de Exoneración, con efecto extintivo de la relación laboral, debiendo efectuarse la anotación definitiva en su legajo personal;
Que en act. DICFIS160932/25 interviene Fiscalía de Estado expresando que se desprende que el procedimiento impreso ha sido de acuerdo a derecho, respetando el debido proceso y la defensa en juicio del sumariado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Concluir el sumario administrativo instruido al señor DIEGO EMANUEL FERNÁNDEZ D.N.I. N° 33.958.313, mediante Resolución Nº 63-ME-2024, de fecha 15 de mayo de 2024.-
Art. 2°.- Aplicar, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, al señor DIEGO EMANUEL FERNÁNDEZ D.N.I. N° 33.958.313, la sanción de Exoneración, en todos los cargos y/u horas cátedra que revista en el sistema educativo provincial, por encontrarse incurso en incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 5° incs. a) y g) de la Ley N° XV-0387-2004, en aplicación del Art. 122 inc. e) del mismo cuerpo normativo.-
Art. 3°.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Obligatoria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Gestión Educativa, y, por su intermedio, notificar a los establecimientos educativos correspondientes.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8639-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5191289/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ANALIA ELIZABETH OVIEDO, D.N.I. Nº 27.325.179, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho;
Que en act. DOCEXT 3794417/26, obra copia de Decreto de designación Nº 8322-MHP-2021, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3810818/26;
Que en act. INFSUM 180655/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3812911/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3812916/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANALIA ELIZABETH OVIEDO, D.N.I. Nº 27.325.179, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 50 “Eulalio Astudillo”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8640-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5181084/26, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 3662-ME-2020 se reubicó transitoriamente a la docente RAQUEL EDITH OVIEDO, D.N.I. Nº 21.701.542, siendo necesario realizar la reubicación definitiva de la misma;
Que en act. DOCEXT 3831684/2, obra planilla de reubicación definitiva de la docente RAQUEL EDITH OVIEDO, D.N.I. Nº 21.701.542, de OCHO (8) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 2do. año 1ra. división, 2 hs. en 2do. año 2da. división, 2 hs. en 3er. año 1ra. división y 2 hs. en 3er. año 2da. división), según Decreto N° 1064-MHP-2009, de la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, a OCHO (8) horas cátedra titulares de Marco Jurídico de los Procesos Productivos (4 hs. en 7mo. año 1ra. división y 4 hs. en 7mo. año 2da. división), Sector Electromecánico, Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por jubilación del docente GUIDO MARCELO VILCHEZ según Decreto N° 2396-MHIP-2025;
Que en acts. DOCEXT 3794472/26 y 3831684/26 obran copia de D.N.I., constancia de C.U.I.L, declaración jurada de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de la docente a reubicar;
Que en act. DOCEXT 3815817/26 obra Resolución N° 9 - JCD REG IV y V- 2026, por la cual Junta de Clasificación Docente IV y V- sede Concarán, hace lugar a la solicitud de reubicación definitiva de la docente de referencia;
Que en act. INFSUM 180813/26 obra informe de la Dirección Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1710509/26 interviene Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar definitivamente a la RAQUEL EDITH OVIEDO, D.N.I. Nº 21.701.542, de OCHO (8) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 2do. año 1ra. división, 2 hs. en 2do. año 2da. división, 2 hs. en 3er. año 1ra. división y 2 hs. en 3er. año 2da. división), según Decreto N° 1064-MHP-2009, de la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco a OCHO (8) horas cátedra titulares de Marco Jurídico de los Procesos Productivos (4 hs. en 7mo. año 1ra. división y 4 hs. en 7mo. año 2da. división), Sector Electromecánico, Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por jubilación del docente GUIDO MARCELO VILCHEZ según Decreto N° 2396-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Subdirección Educación Secundaria y, por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 8641-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5130733/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ERICA VANESA GIL, D.N.I. Nº 31.737.738, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 199 “Provincia de Buenos Aires”, de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho;
Que en act. DOCEXT 3787873/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 11549-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3805778/26;
Que en act. INFSUM 180596/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3809817/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3809831/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ERICA VANESA GIL, D.N.I. Nº 31.737.738, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 199 “Provincia de Buenos Aires”, de la ciudad de Candelaria, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8642-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2100281/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita tercera instancia de Reválida de Cargo de Personal de Apoyo en el marco del Decreto Nº 6652-ME-2018, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3705235/26 el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita se autorice la tercera instancia de Reválida de Cargo de Personal de Apoyo por el término de cinco (5) años, del señor MARIANO GUILLERMO VILLEGAS, D.N.I. N° 25.394.334, en el cargo de Web Máster, con una carga horaria de cuarenta (40) horas reloj designado en segunda instancia de Reválida de Cargo de Personal de Apoyo mediante Decreto Nº 4642-ME-2022;
Que mediante Decreto Nº 6652-ME-2018 obrante en act. DOCEXT 3705234/26, se aprueba el Reglamento de Acceso y Continuidad a cargos del personal de apoyo del Nivel Superior No Universitario de gestión estatal;
Que en act. INFORM 433513/26 la Subdirección Provincial de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 433630/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 963882/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 433630/26;
Que en act. DOCEXT 3746832/26, obra Resolución Rectoral Nº 02/2026 IFDC-VM mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo de Personal de Apoyo;
Que en act. DOCEXT 3746836/26 obra el Acta de reválida de cargo de personal de apoyo, cumplimentada por el Jurado designado;
Que en act. NOTAMP 976144/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 6652-ME-2018;
Que en act. NOTAMP 977618/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando al señor MARIANO GUILLERMO VILLEGAS, a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de cinco (5) años, en el marco del Decreto N° 6652-ME-2018;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 6652-ME2018.-
Art. 2º.- Designar por tercera instancia de Reválida de Cargo de Personal de Apoyo, a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de cinco (5) años, al señor MARIANO GUILLERMO VILLEGAS, D.N.I. N° 25.394.334, en el cargo de Web Master, con una carga horaria de cuarenta (40) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 6652-ME-2018, y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo de Personal de Apoyo, obrante en act. DOCEXT 3746836/26, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos; Contaduría General de la Provincia; Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y, por su intermedio, notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8643-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5221090/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente GABRIELA INES SANTIAGO, D.N.I. Nº 29.112.771, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 27 “Saturnino González Camarero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3798204/26, obra copia de Decreto de designación Nº 3685-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3802751/26;
Que en act. INFSUM 180583/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3808075/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3809403/26 la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente GABRIELA INES SANTIAGO, D.N.I. Nº 29.112.771, en DOS (2) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 6to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 27 “Saturnino González Camarero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 8644-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6011214/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MARÍA DE LAS MERCEDES SORIA, D.N.I. Nº 38.481.405, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3807305/26, obra copia de Decreto de designación Nº 10462-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3810188/26;
Que en act. INFSUM 180652/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3812867/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3812876/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARÍA DE LAS MERCEDES SORIA, D.N.I. Nº 38.481.405, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8645-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6011110/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente FLAVIA PIATTI, D.N.I. Nº 39.797.651, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela de Nivel Inicial N° 13 “Doctor Ricardo Zavala Ortiz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3805818/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 7686-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3810173/26;
Que en act. INFSUM 180653/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3812900/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3812902/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente FLAVIA PIATTI, D.N.I. Nº 39.797.651, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 13 “Doctor Ricardo Zavala Ortiz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8646-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2230717/26 por el cual se tramita designación de cargo docente en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3713733/26 el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita autorización para convocar a concurso para cubrir un (1) cargo de Profesor Responsable, suplente, para el espacio curricular “Práctica de la Enseñanza”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en Lengua y Literatura, Educación Secundaria en Matemática, Educación Tecnológica, Artes Visuales y Música, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas reloj, por licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004, otorgada a la profesora MOIRA MARIAN DIAZ, D.N.I. N° 28.529.386, mediante Decreto N° 18225-ME-2025;
Que en act. INFORM 433999/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 434114/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 966155/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 434114/26;
Que en act. RESOLU 3769942/26 obra Resolución Rectoral Nº 17/2026 IFDC-VM por la cual se convocó a aspirantes para la cobertura del cargo docente de referencia y se designó el Jurado Evaluador, respectivamente;
Que en act. DOCEXT 3769949/26 adjuntos, obran las Actas correspondientes al concurso de referencia y en act. DOCEXT 3770126/26 (adjuntos) nota de aceptación al cargo por parte de la profesora CELIA CELINA DIAZ, D.N.I. N° 32.139.900;
Que en act DCEXT 3777218/26 (adjuntos) obra nota donde la profesora CELIA CELINA DIAZ, D.N.I. N° 32.139.900, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004, e inter dure la designación en el presente Decreto, en el cargo de Profesor Auxiliar para el espacio curricular “Práctica de la Enseñanza”, correspondiente a los Profesorados de Artes Visuales, Música, Educación Tecnológica, Educación Secundaria en: Matemática y Lengua y Literatura, con una carga horaria de veinticinco (25) horas reloj, designada mediante Decreto N° 3377-ME-2025, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, CUATRO (4) horas cátedra de Estadística, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales. Nivel de Educación Secundaria, titular según Decreto N° 9839-ME-2023, en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Carlos Alric” y CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, titular, según Decreto N° 16408-ME-2025, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, ambos establecimientos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. NOTAMP 994402/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación, informa que corresponde encuadrar el presente caso en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación N° 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, Resolución N° 70-ME-2023 y Resolución Rectoral Nº 17/2026 IFDC-VM;
Que en act. NOTAMP 997886/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, sugiere designar en el cargo mencionado a la profesora CELIA CELINA DIAZ, a partir de la fecha del presente Decreto e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004, de la profesora MOIRA MARIAN DIAZ, D.N.I. N° 28.529.386, otorgada mediante Decreto N° 18225-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación N° 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, Resolución N° 70-ME-2023 y Resolución Rectoral Nº 17/2026 IFDC-VM.-
Art. 2º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004, de la profesora MOIRA MARIAN DIAZ, D.N.I. N° 28.529.386, a la profesora CELIA CELINA DIAZ, D.N.I. N° 32.139.900, en el cargo de Profesor Responsable, Suplente, para el espacio curricular “Práctica de la Enseñanza”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en Lengua y Literatura, Educación Secundaria en Matemática, Educación Tecnológica, Artes Visuales y Música, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas reloj, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes.-
Art. 3º.- Conceder a partir de la fecha del presente Decreto, licencia por Cargo de Mayor Jerarquía, conforme a lo establecido en el Art. 100 de la Ley XV-0387-2004 e Inter dure la designación dispuesta en el Art. 2° a la profesora CELIA CELINA DIAZ, D.N.I. N° 32.139.900, en el cargo de Profesor Auxiliar para el espacio curricular “Práctica de la Enseñanza”, correspondiente a los Profesorados de Artes Visuales, Música, Educación Tecnológica, Educación Secundaria en: Matemática y Lengua y Literatura, con una carga horaria de veinticinco (25) horas reloj, designada mediante Decreto N° 3377-ME-2025, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, CUATRO (4) horas cátedra de Estadística, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales. Nivel de Educación Secundaria, titular, según Decreto N° 9839-ME-2023, en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Carlos Alric” y CINCO (5). horas cátedra de Matemática en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, titular, según Decreto N° 16408-ME-2025, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, ambos establecimientos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR Y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8647-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6021372/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, D.N.I. Nº 31.342.760, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3807282/26, obra copia de Decreto de designación Nº 3720-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3810218/26;
Que en act. INFSUM 180649/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3812808/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3812818/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, D.N.I. Nº 31.342.760, en CUATRO (4) horas cátedra de Producción de Lenguajes, en 6to. añо 1ra. división, Orientación en Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8648-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5291095/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente GISELA ESTEFANIA CALVO, D.N.I. Nº 32.924.928, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3804153/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 6813-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3806462/26;
Que en act. INFSUM 180601/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3809426/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3809446/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente GISELA ESTEFANIA CALVO, D.N.I. Nº 32.924.928, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Tecnológica (3 hs. en 1er. año 4ta. división y 3hs. en 3er. año 4ta. división), Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 8649-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5221032/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente LEANDRO GABRIEL PELAYES, D.N.I. Nº 36.588.434, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, cuidad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3798140/26, obra copia de Decreto de cambio situación de revista Nº 11169-MHP-2022, del docente mencionado;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3800150/26;
Que en act. INFSUM 180507/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3808199/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3808215/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente LEANDRO GABRIEL PELAYES, D.N.I. Nº 36.588.434, en SEIS (6) horas cátedra de Geografía, 3 hs. en 1er. año 1ra. división, Sector Aeronáutico y3 hs. en 1er. año 2da. división, Sector Electrónica y TRES (3) horas cátedra de Geografía de San Luis, en 4to. año 2da. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, cuidad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 8650-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-EXD-0-4110050/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente MARIANO ALBERTO GANCEDO CACERES, D.N.I. Nº 37.441.511, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela Nº 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3755768/26, obra copia de Decretos de designación Nros. 10648-MHP-2022 y 11480-MHP-2022, del docente mencionado;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3804442/26;
Que en act. INFSUM 180599/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3809485/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3809544/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente MARIANO ALBERTO GANCEDO CACERES, D.N.I. Nº 37.441.511, en DIECISIETE (17) horas cátedra de Lengua, (6 hs. en 1er. año 1ra. división, 6 hs. en 1er. año 2da. división y 5 hs. en 2do. año 1ra. división), Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 8651-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3261326/26, por el cual se tramita reubicación definitiva de la docente RAQUEL ANDREA BECHER, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3742332/26, obra nota de solicitud de reubicación definitiva de la docente RAQUEL ANDREA BECHER, D.N.I. Nº 27.394.336, de OCHO (8) horas cátedra interinas, en disponibilidad, de Tutoría, según Decreto N° 2462-ME-2016, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis a CUATRO (4) horas cátedra interinas de Contabilidad de Servicios, en 6to. año 1ra. división y CUATRO (4) horas cátedra interinas de Contabilidad de Servicios, en 7mo. año 1ra. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, en la localidad del Volcán, departamento Juan Martín de Pueyrredón, vacantes por creación, según Resolución N° 23-ME-2013 y Decreto Nº 9535-ME-2015;
Que en acts. DOCEXT 3742332/26 y 3801165/26, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del solicitante y copia del Decreto N° 2462-ME-2016;
Que en act. DOCEXT 3817050/26, obra Resolución Nº 310-JCD-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI, sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 180869/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1717078/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Reubicar definitivamente a la docente RAQUEL ANDREA BECHER, D.N.I. Nº 27.394.336, de OCHO (8) horas cátedra interinas, en disponibilidad, de Tutoría, según Decreto N° 2462-ME-2016, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, a CUATRO (4) horas cátedra interinas de Contabilidad de Servicios, en 6to. año 1ra. división y CUATRO (4) horas cátedra interinas de Contabilidad de Servicios, en 7mo año 1ra. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, en la localidad del Volcán, departamento Juan Martín de Pueyrredón, vacantes por creación, según Resolución N° 23-ME-2013 y Decreto Nº 9535-ME-2015.-
Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Obligatoria y por su intermedio a los establecimientos educativos correspondientes.-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8652-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3260651/26 por el cual se tramita designación de cargo docente en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3748779/26 el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, solicita autorización para convocar a concurso para cubrir un (1) cargo de Profesor Responsable, suplente, para los espacios curriculares “Práctica Docente II”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en Matemática, Educación Secundaria en Lengua y Literatura, Artes Visuales y Música, “Práctica II”, correspondiente al Profesorado de Educación Tecnológica, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas reloj, por licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004, otorgada a la Profesora MILENA D’AMARIO D.N.I. N° 22.047.343, mediante Decreto N° 18225-ME-2025;
Que en act. INFORM 437317/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 437415/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 979387/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 437415/26;
Que en act. RESOLU 3807740/26 obra Resolución Rectoral Nº 28/2026 IFDC-VM por la cual se convocó a aspirantes para la cobertura del cargo docente de referencia y se designó el Jurado Evaluador, respectivamente;
Que en act. DOCEXT 3807757/26 adjuntos, obran las Actas correspondientes al concurso de referencia y en act. DOCEXT 3809443/26 (Adjuntos) obra nota de aceptación al cargo por parte de la Profesora ELIZABETH ANDREA FLORES, D.N.I. N° 23.148.458;
Que en act. DOCEXT 3824767/26 (adjuntos) la Profesora ELIZABETH ANDREA FLORES, D.N.I. N° 23.148.458, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387- 2004, al cargo de Profesor Auxiliar, para los espacios curriculares “Práctica Docente II”, correspondiente a los Profesorados de Música, Artes Visuales, Teatro con Orientación en Práctica Teatral y Educación Secundaria en: Matemática y Lengua y Literatura y “Práctica II”, correspondiente al Profesorado de Educación Tecnológica, con una carga horaria de veinticinco (25) horas reloj, designada mediante Decreto N° 8211-ME-2024, en Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua (5 hs. en 3er. año 1ra, división y 5 hs. en 3er. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, titularizada mediante Decreto N° 1884-ME-2023 en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. NOTAMP 1002492/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación N° 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, Resolución N° 70-ME-2023 y Resolución Rectoral N° 28/2026 IFDCVM;
Que en act. NOTAMP 1002720/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente sugiere designar en el cargo mencionado a la profesora ELIZABETH ANDREA FLORES, a partir de la fecha del presente Decreto e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004, otorgada a la Profesora MILENA D’AMARIO D.N.I. N° 22.047.343, mediante Decreto N° 18225-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación N° 26.206, Art. 15 y 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521, Resolución N° 70-ME-2023 y Resolución Rectoral N° 28/2026 IFDCVM.-
Art. 2º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004, de la Profesora MILENA D’AMARIO D.N.I. N° 22.047.343, a la profesora ELIZABETH ANDREA FLORES, D.N.I. N° 23.148.458, en el cargo de Profesor Responsable, Suplente, para los espacios curriculares “Práctica Docente II”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en Matemática, Educación Secundaria en Lengua y Literatura, Artes Visuales y Música y “Práctica II”, correspondiente al Profesorado de Educación Tecnológica, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas reloj, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes.-
Art. 3º.- Conceder a partir de la fecha del presente Decreto, Licencia por Cargo de Mayor Jerarquía, conforme a lo establecido en el Art. 100° de la Ley XV-0387-2004, e Inter dure la designación dispuesta en el Art. 2° del presente Decreto, a la Profesora ELIZABETH ANDREA FLORES, D.N.I. N° 23.148.458, en el cargo de Profesor Auxiliar, para los espacios curriculares “Práctica Docente II”, correspondiente a los Profesorados de Música, Artes Visuales, Teatro con Orientación en Práctica Teatral y Educación Secundaria en: Matemática y Lengua y Literatura y “Práctica II”, correspondiente al Profesorado de Educación Tecnológica, con una carga horaria de veinticinco (25) horas reloj, designada mediante Decreto N° 8211-ME-2024, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua (5hs. en 3er. año 1ra, división y 5hs. en 3er. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, titularizadas mediante Decreto N° 1884-ME-2023 en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION SUPERIOR Y CAPACITACION DOCENTE:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 14 16 1-01 25 1
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8654-ME-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6030300/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ANA PAULA SEMOVILLA, D.N.I. Nº 35.085.812, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3807847/26, obra copia de Decreto de designación Nº 5581-ME-2019, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3810286/26;
Que en act. INFSUM 180659/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3812729/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3812736/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANA PAULA SEMOVILLA, D.N.I. Nº 35.085.812, en TRES (3) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8781-ME-2026.-
San Luis, 28 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6090318/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTEDU 3813620/26 la entonces Área Contable dependiente de la Dirección Gestión Escuelas Privadas y Autogestionadas solicita el otorgamiento de un aporte a favor de la Universidad de La Punta, con destino al pago de sueldos de docentes y coordinadores, urbanos y rurales de las Escuelas Generativas, correspondiente al mes de junio de 2026, según detalle obrante en acts. NOTULP 2162124/26;
Que en act. PREV 11520382/26 obra comprobante de imputación preventiva, con excepción duodecimal;
Que en act. PTPGAS 57905/26 obra planilla de solicitud de transferencia de créditos presupuestarios y en act. RCRE 11522618/26 la reserva de crédito correspondiente;
Que en act. INFORM 442863/26 interviene la Dirección de Presupuesto Público encuadrando el caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;
Que en act. NOTAMP 1006202/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 1007055/26 interviene Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la modificación presupuestaria solicitada y el otorgamiento del aporte con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 175358/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025 y Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004, exceptuándolo del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 33 03 1-01 5 6 1 $142.680.620,29
Disminuir:
Ins Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 14 14 33 03 1-01 5 1 $142.680.620,29
Art. 3º.- Otorgar un aporte no reintegrable a favor de la Universidad de La Punta, por la suma total de PESOS MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 58/100 ($1.189.155.944,58), con destino al pago de sueldos de docentes y coordinadores, urbanos y rurales, de las Escuelas Generativas, correspondiente al mes de junio de 2026, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo ante Contaduría General de la Provincia.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 33 03 1-01 5 6 1 $1.189.155.944,58
Art. 5º.- Incluir el presente gasto en la programación financiera del mes en curso, según el siguiente detalle:
Ins Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 33 03 1-01 5 6 1 $1.189.155.944,58
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Contable dependiente de la Dirección Educación Obligatoria, a sus efectos.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Subdirección de Escuelas Autogestionadas y Generativas y por su intermedio, a la Universidad de La Punta.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8782-ME-2026.-
San Luis, 28 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5140616/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente FERNANDO ARMANDO AGÜERO ANTE, D.N.I. Nº 34.421.925, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela N° 69 “Maestra Olga Ester Sarden”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3789118/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6388-MHP-2022, del docente mencionado;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3795915/26;
Que en act. INFSUM 180479/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3812934/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3812940/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente FERNANDO ARMANDO AGÜERO ANTE, D.N.I. Nº 34.421.925, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 69 “Maestra Olga Ester Sarden”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8783-ME-2026.-
San Luis, 28 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3061061/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3725427/26 la dirección de la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, solicita el cambio en el puntaje del cargo de Director/a, pasando de seiscientos (600) puntos a seiscientos ochenta (680) puntos;
Que en act. PASEDU 3802902/26 la Dirección Educación Obligatoria, presta conformidad a la solicitud del cambio de puntaje solicitado por el establecimiento educativo antes mencionado;
Que en act. INFORM 441470/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 441492/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 999649/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 441492/26;
Que en act. PASEDU 3822574/26 la Dirección Gestión Educativa, toma debida intervención y presta conformidad, indicando que la modificación solicitada cumple con los requisitos establecidos en el Art. 1º del Decreto Nº 3282-ME-2011, obrante en act. DOCEXT 3807306/26;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, de la siguiente manera:
Disminuir:
Un (1) cargo de Director/a de 1ra. categoría, de seiscientos (600) puntos.
Incrementar:
Un (1) cargo de Director/a de 1ra. categoría, de seiscientos ochenta (680) puntos.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 8784-ME-2026.-
San Luis, 28 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5110580/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3786374/26, obra copia del Decreto Nº 3228-MHIP-2026, mediante el cual se le acepta la renuncia por jubilación a la docente GLORIA DEL VALLE BERTELLO, D.N.I. Nº 17.071.086, en UN (1) cargo de Directora de 3ra. categoría con Grado a Cargo, Nivel de Educación Primaria, carácter titular, en la Escuela N° 73 “Los Tres Granaderos” de la localidad de Renca, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en acts. DOCEXT 3817428/26 y DOCEXT 3786374/26, obra constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo de referencia, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V – sede Concarán, Acta Nº 242 de toma de posesión, de fecha 12 de mayo del 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Directora de 3ra. categoría con Grado a Cargo, Nivel de Educación Primaria, con carácter interino, a la docente FABIANA BEATRIZ DOS SANTOS, D.N.I. Nº 22.113.984, quien acepta el respectivo cargo;
Que en act. DOCEXT 3786374/26 obra nota por la cual la docente FABIANA BEATRIZ DOS SANTOS, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto N° 2395-ME-2019, de la Escuela N° 251 “Santiago del Estero” de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, Región Educativa IV;
Que en act. INFSUM 180562/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 440492/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 440604/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 996872/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 440604/26;
Que en act. PASEDU 3817527/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hizo efectiva a partir del 12 de mayo de 2026;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 de su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 de su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 2º.- Designar, a partir del 12 de mayo de 2026, a la docente FABIANA BEATRIZ DOS SANTOS, D.N.I. Nº 22.113.984, en UN (1) cargo de Directora de 3ra. categoría con grado a cargo, por compulsa de antecedentes, con carácter interino, en la Escuela N° 73 “Los Tres Granaderos” de la localidad de Renca, departamento Chacabuco, Región Educativa IV -
Art. 3º.- Otorgar, a partir del 12 de mayo de 2026, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente FABIANA BEATRIZ DOS SANTOS, D.N.I. Nº 22.113.984, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto N° 2395-ME-2019, de la Escuela N° 251 “Santiago del Estero” de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA:
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Rural y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8785-ME-2026.-
San Luis, 28 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6011197/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ANA GABRIELA LUCERO, D.N.I. Nº 22.140.208, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 312 “República de Chile”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3805963/26, obra copia de Decreto de designación Nº 2238-MHyOP-2012, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3810359/26;
Que en act. INFSUM 180651/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3812884/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3812889/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANA GABRIELA LUCERO, D.N.I. Nº 22.140.208, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 4to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 312 “República de Chile”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8786-ME-2026.-
San Luis, 28 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-4070605/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1675165/26 la entonces Subdirección Educación Técnica, solicita la modificación de la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Modalidad de Educación Técnico Profesional, Nivel de Educación Secundaria, correspondiente a la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI, para la especialidad “Técnico en Producción Agropecuaria”, en virtud de la adecuación al nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 44-ME-2024;
Que dicha adecuación curricular implica la reorganización progresiva de la carga horaria y de los espacios curriculares vigentes;
Que en act. DEC 2097/26 obra copia del Decreto N° 2097-ME-2026, el cual establece el cronograma de implementación gradual y progresiva del citado diseño curricular;
Que la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la especialidad “Técnico en Producción Agropecuaria” fue oportunamente aprobada y modificada mediante Decreto N° 6825-ME-2013, obrante en act. DOCEXT 3750794/26;
Que resulta necesario garantizar una transición ordenada entre la estructura curricular vigente y la nueva, resguardando la continuidad pedagógica y la estabilidad laboral docente;
Que en act. INFORM 438147/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente;
Que en act. PASEDU 3752400/26 obra intervención y conformidad de la Dirección Educación Obligatoria;
Que en act. ACTPAS 1687249/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Disponer, a partir del ciclo lectivo 2026, la modificación de la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Modalidad de Educación Técnico Profesional, Nivel de Educación Secundaria, correspondiente a la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, Región Educativa VI, para la especialidad “Técnico en Producción Agropecuaria”, en el marco del Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por Resolución N° 44-ME-2024.-
Art. 2º.- Establecer que la adecuación de la Planta Orgánica Funcional se realizará de manera gradual y progresiva, conforme al cronograma de implementación aprobado por Decreto N° 2097-ME-2026.-
Art. 3º.- Modificar la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) vigente, correspondiente a la estructura curricular anterior de la especialidad “Técnico en Producción Agropecuaria”, conforme se detalla en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente Decreto, en concordancia con el año de implementación del nuevo diseño curricular.-
Art. 4º.- Aprobar el proceso de reorganización progresiva de la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) correspondiente al nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional, conforme se detalla en el ANEXO II, que forma parte integrante del presente Decreto, en concordancia con el año de implementación del nuevo diseño curricular.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Área Educación Técnica y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
María Eugenia Sosa Herrera
ANEXO I
ADECUACIÓN PROGRESIVA DE LA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL DISMINUCIÓN DE LA ESTRUCTURA CURRICULAR VIGENTE
Título: Técnico en Producción Agropecuaria
Estructuras Curriculares aprobadas por Resoluciones N° 65-ME-2013 y N° 173-ME-2017
Planta Orgánica Funcional modificada por Decreto N° 6825-ME-2013.
DISMINUIR:
CICLO LECTIVO 2026
PRIMER AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS RELOJ ANUALES |
1er. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
|||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA |
120 |
5 |
|
LENGUA EXTRANJERA |
48 |
2 |
|
|
HISTORIA |
48 |
2 |
|
|
GEOGRAFÍA |
72 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
48 |
2 |
|
|
EDUCACIÓN ARTISTÍCA |
48 |
2 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA |
120 |
5 |
|
BIOLOGÍA |
120 |
5 |
|
|
TECNOLOGÍA |
72 |
3 |
CICLO LECTIVO 2027
SEGUNDO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS RELOJ ANUALES |
2do. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
|||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA |
120 |
5 |
|
LENGUA EXTRANJERA |
72 |
3 |
|
|
HISTORIA |
72 |
3 |
|
|
GEOGRAFÍA |
48 |
2 |
|
|
FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA |
48 |
2 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
72 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN ARTÍSTICA |
96 |
4 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA |
120 |
5 |
|
BIOLOGÍA |
48 |
2 |
|
|
QUÍMICA |
72 |
3 |
|
|
TECNOLOGÍA AGROPECUARIA |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
TALLER CARPINTERÍA |
72 |
3 |
|
PRODUCCIÓN VEGETAL |
72 |
3 |
|
|
TALLER DE GRANJA |
72 |
3 |
CICLO LECTIVO 2028
TERCER AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS RELOJ ANUALES |
3er. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
|||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA |
120 |
5 |
|
LENGUA EXTRANJERA |
72 |
3 |
|
|
HISTORIA DE SAN LUIS |
72 |
3 |
|
|
GEOGRAFÍA DE SAN LUIS |
48 |
2 |
|
|
FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA |
48 |
2 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
72 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN ARTÍSTICA |
96 |
4 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA |
120 |
5 |
|
BIOLOGÍA |
48 |
2 |
|
|
QUÍMICA |
72 |
3 |
|
|
FÍSICA |
48 |
2 |
|
|
TECNOLOGÍA AGROPECUARIA |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
DIBUJO TÉCNICO |
72 |
3 |
|
TALLER DE ELECTRICIDAD |
72 |
3 |
|
|
PRODUCCIÓN VEGETAL |
72 |
3 |
|
|
TALLER DE GRANJA |
72 |
3 |
CICLO LECTIVO 2029
CUARTO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS RELOJ ANUALES |
4to. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
|||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA |
96 |
4 |
|
LENGUA EXTRANJERA |
72 |
3 |
|
|
HISTORIA ARGENTINA |
72 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA |
96 |
4 |
|
BOTÁNICA Y FISIOLOGÍA VEGETAL |
72 |
3 |
|
|
QUÍMICA |
72 |
3 |
|
|
FÍSICA |
72 |
3 |
|
|
AGROECOLOGÍA |
96 |
4 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
PRODUCCIÓN DE BOVINO PARA CARNE |
120 |
5 |
|
PRODUCCIÓN FORESTAL Y FRUTÍCOLA |
120 |
5 |
|
|
APICULTURA |
120 |
5 |
|
|
MAQUINARÍA |
96 |
4 |
CICLO LECTIVO 2030
QUINTO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS RELOJ ANUALES |
5to. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
|||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA Y LITERATURA |
96 |
4 |
|
INGLÉS TÉCNICO |
72 |
3 |
|
|
SOCIOLOGÍA |
72 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA |
96 |
4 |
|
ANATOMÍA Y FISIOLOGÍA ANIMAL |
72 |
3 |
|
|
QUÍMICA AGRÍCOLA |
72 |
3 |
|
|
BIOENERGÍA |
48 |
2 |
|
|
MICROBIOLOGÍA |
96 |
4 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
PRODUCCIÓN DE GANADERÍA MENOR |
120 |
5 |
|
PRODUCCIONES ALTERNATIVAS |
96 |
4 |
|
|
PRODUCCIÓN DE FORRAJE |
120 |
5 |
|
|
MAQUINARIA |
72 |
3 |
|
|
INSTALACIONES Y CONSTRUCCIONES RURALES |
72 |
3 |
CICLO LECTIVO 2031
SEXTO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS RELOJ ANUALES |
6to. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
|||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA Y LITERATURA |
72 |
3 |
|
INGLÉS TÉCNICO |
72 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
ANÁLISIS MATEMÁTICO |
72 |
3 |
|
GENÉTICA |
72 |
3 |
|
|
BROMATOLOGÍA |
72 |
3 |
|
|
HIGIENE Y SEGURIDAD LABORAL |
72 |
3 |
|
|
ECONOMÍA AGRARIA |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
PRODUCCIÓN DE GRANOS |
144 |
6 |
|
PRODUCCIÓN DE BOVINOS CAPRINOS PARA LECHE |
144 |
6 |
|
|
INDUSTRIALIZACIÓN |
144 |
6 |
|
|
ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN |
72 |
3 |
|
|
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
96 |
4 |
CICLO LECTIVO 2032
SEPTIMO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS RELOJ ANUALES |
7mo. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
|||
|
FORMACIÓN GENERAL |
TALLER DE COMUNICACIÓN |
72 |
3 |
|
INGLÉS TÉCNICO |
72 |
3 |
|
|
DEONTOLOGÍA |
72 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
ANÁLISIS MATEMÁTICO |
72 |
3 |
|
TECNOLOGÍA DE CONTROL |
72 |
3 |
|
|
PROCESOS PRODUCTIVOS |
72 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
AGRICULTURA DE PRECISIÓN |
96 |
4 |
|
REPRODUCCIÓN ANIMAL |
96 |
4 |
|
|
INDUSTRIALIZACIÓN |
144 |
6 |
|
|
POLÍTICA Y LEGISLACIÓN AGRARIA |
48 |
2 |
|
|
PROYECTO DE GESTÓN Y MINI EMPRENDIMIENTOS |
120 |
5 |
|
|
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
168 |
7 |
ANEXO II
ADECUACIÓN PROGRESIVA DE LA PLANTA ORGÁNICA FUNCIONAL INCORPORACIÓN DE LA NUEVA ESTRUCTURA CURRICULAR
Nueva Estructura Curricular Jurisdiccional
Título: Técnico en Producción Agropecuaria
Resolución N° 44-ME-2024- Decreto N° 2097-ME-2026
INCREMENTAR
CICLO LECTIVO 2026
PRIMER AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS CÁTEDRA ANUALES |
HORAS RELOJ ANUALES |
1er. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
||||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA I |
228 |
152 |
6 |
|
LENGUA Y CULTURA EXTRANJERA: INGLÉS I |
152 |
101 |
4 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA I |
152 |
101 |
4 |
|
|
FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA I |
114 |
76 |
3 |
|
|
HISTORIA I |
114 |
76 |
3 |
|
|
GEOGRAFÍA I |
114 |
76 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN ARTÍSTICA I: ARTES VISUALES |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA I |
228 |
152 |
6 |
|
BIOLOGÍA I |
114 |
76 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA I |
76 |
51 |
2 |
|
|
TECNOLOGÍA DE LA REPRESENTACIÓN |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
TALLER INTRODUCTORIO A LA ESPECIALIDAD: PRODUCCIÓN AGROPECUARIA |
76 |
51 |
2 |
CICLO LECTIVO 2027
SEGUNDO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS CÁTEDRA ANUALES |
HORAS RELOJ ANUALES |
2do. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
||||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA II |
190 |
127 |
5 |
|
LENGUA Y CULTURA EXTRANJERA: INGLÉS II |
152 |
101 |
4 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA II |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA II |
114 |
76 |
3 |
|
|
HISTORIA II |
114 |
76 |
3 |
|
|
GEOGRAFÍA II |
114 |
76 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN ARTÍSTICA II: MÚSICA |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA II |
190 |
127 |
5 |
|
BIOLOGÍA II |
114 |
76 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA II |
76 |
51 |
2 |
|
|
FÍSICA I |
114 |
76 |
3 |
|
|
QUÍMICA I |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
TALLER BÁSICO: CARPINTERÍA |
76 |
51 |
2 |
|
TALLER DE LA ESPECIALIDAD: PRODUCCIÓN VEGETAL I |
76 |
51 |
2 |
|
|
TALLER DE LA ESPECIALIDAD: PRODUCCIÓN ANIMAL I |
76 |
51 |
2 |
CICLO LECTIVO 2028
TERCER AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS CÁTEDRA ANUALES |
HORAS RELOJ ANUALES |
3er. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
||||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA III |
190 |
127 |
5 |
|
LENGUA Y CULTURA EXTRANJERA: INGLÉS III |
152 |
101 |
4 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA III |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN ÉTICA Y CIUDADANA III |
114 |
76 |
3 |
|
|
HISTORIA III |
114 |
76 |
3 |
|
|
GEOGRAFÍA III |
114 |
76 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN ARTÍSTICA III: TEATRO |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA III |
190 |
127 |
5 |
|
BIOLOGÍA III |
114 |
76 |
3 |
|
|
EDUCACIÓN TECNOLÓGICA III |
76 |
51 |
2 |
|
|
FÍSICA II |
114 |
76 |
3 |
|
|
QUÍMICA II |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
TALLER BÁSICO: ELECTRICIDAD |
76 |
51 |
2 |
|
TALLER DE LA ESPECIALIDAD: PRODUCCIÓN VEGETAL II |
76 |
51 |
2 |
|
|
TALLER DE LA ESPECIALIDAD: PRODUCCIÓN ANIMAL II |
76 |
51 |
2 |
CICLO LECTIVO 2029
CUARTO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS CÁTEDRA ANUALES |
HORAS RELOJ ANUALES |
4to. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
||||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA Y LITERATURA I |
76 |
51 |
2 |
|
INGLÉS PARA PROPÓSITOS ESPECÍFICOS I |
76 |
51 |
2 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA IV |
76 |
51 |
2 |
|
|
GEOGRAFÍA IV |
76 |
51 |
2 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA IV |
190 |
127 |
5 |
|
FÍSICA III |
114 |
76 |
3 |
|
|
QUÍMICA III |
114 |
76 |
3 |
|
|
BOTÁNICA Y FISIOLOGÍA VEGETAL |
114 |
76 |
3 |
|
|
ANATOMÍA Y FISIOLOGÍA ANIMAL |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
PRODUCCIÓN DE GANADERÍA MENOR |
190 |
127 |
5 |
|
PRODUCCIÓN FORESTAL |
190 |
127 |
5 |
|
|
MAQUINARÍAS AGRÍCOLAS I |
114 |
76 |
3 |
|
|
PRODUCCIÓN FRUTIHORTÍCOLA |
190 |
127 |
5 |
CICLO LECTIVO 2030
QUINTO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS CÁTEDRA ANUALES |
HORAS RELOJ ANUALES |
5to. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
||||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA Y LITERATURA II |
76 |
51 |
2 |
|
INGLÉS PARA PROPÓSITOS ESPECÍFICOS II |
76 |
51 |
2 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA V |
76 |
51 |
2 |
|
|
HISTORIA |
76 |
51 |
2 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA V |
152 |
101 |
4 |
|
AGROECOLOGÍA |
152 |
101 |
4 |
|
|
QUÍMICA AGRÍCOLA |
114 |
76 |
3 |
|
|
MICROBIOLOGÍA |
152 |
101 |
4 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
PRODUCCIÓN PORCINA |
190 |
127 |
5 |
|
PRODUCCIÓN AVÍCOLA |
114 |
76 |
3 |
|
|
PRODUCCIÓN DE FORRAJE |
190 |
127 |
5 |
|
|
MAQUINARIAS Y EQUIPOS AGRÍCOLAS II |
114 |
76 |
3 |
|
|
INSTALACIONES Y CONSTRUCCIONES RURALES |
114 |
76 |
3 |
CICLO LECTIVO 2031
SEXTO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS CÁTEDRA ANUALES |
HORAS RELOJ ANUALES |
6TO AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
||||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA Y LITERATURA III |
76 |
51 |
2 |
|
INGLÉS PARA PROPÓSITOS ESPECÍFICOS III |
76 |
51 |
2 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA VI |
76 |
51 |
2 |
|
|
ECONOMÍA |
76 |
51 |
2 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
ANÁLISIS MATEMÁTICO |
152 |
101 |
4 |
|
GENÉTICA |
114 |
76 |
3 |
|
|
BROMATOLOGÍA |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
PRODUCCIÓN DE GRANOS |
114 |
76 |
3 |
|
INDUSTRIALIZACIÓN I |
190 |
127 |
5 |
|
|
ADMINISTRACIÓN RURAL |
114 |
76 |
3 |
|
|
PRODUCCIÓN BOVINA |
190 |
127 |
5 |
|
|
APICULTURA |
152 |
101 |
4 |
|
|
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
190 |
127 |
5 |
CICLO LECTIVO 2032
SEPTIMO AÑO: 1ª y 2ª DIVISIÓN
|
CAMPOS DE FORMACIÓN |
ESPACIOS CURRICULARES |
HORAS CÁTEDRA ANUALES |
HORAS RELOJ ANUALES |
7mo. AÑO 1ª y 2ª DIVISIÓN |
|
HORAS CÁTEDRA SEMANALES |
||||
|
FORMACIÓN GENERAL |
LENGUA Y LITERATURA IV |
76 |
51 |
2 |
|
INGLÉS PARA PROPÓSITOS ESPECÍFICOS IV |
76 |
51 |
2 |
|
|
EDUCACIÓN FÍSICA VII |
76 |
51 |
2 |
|
|
FORMACIÓN CIENTÍFICO TECNOLÓGICA |
MATEMÁTICA APLICADA |
152 |
101 |
4 |
|
TECNOLOGÍA DE CONTROL |
114 |
76 |
3 |
|
|
PROCESOS PRODUCTIVOS |
114 |
76 |
3 |
|
|
BUENAS PRÁCTICAS AGROPECUARIAS |
114 |
76 |
3 |
|
|
FORMACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA |
AGRICULTURA SUSTENTABLE Y DE PRECISIÓN |
114 |
76 |
3 |
|
REPRODUCCIÓN ANIMAL |
152 |
101 |
4 |
|
|
INDUSTRIALIZACIÓN II |
228 |
152 |
6 |
|
|
POLÍTICA Y LEGISLACIÓN AGRARIA |
76 |
51 |
2 |
|
|
PROYECTO DE GESTIÓN Y MINIEMPRENDIMIENTO |
152 |
101 |
4 |
|
|
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES |
266 |
177 |
7 |
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 7994-MDPS-2026.-
San Luis, 14 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6241316/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa de Área de Flora y Fauna de la Subdirección Bosques, Flora, Fauna y Cambio Climático de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental dependiente de la Dirección General de Ambiente, a la señora MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ, D.N.I. N° 30.203.385;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ, D.N.I. N° 30.203.385, en el cargo de Jefa de Área de Flora y Fauna de la Subdirección Bosques, Flora, Fauna y Cambio Climático de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental dependiente de la Dirección General de Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7995-MDPS-2026.-
San Luis, 14 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6241316/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa de Área Gestión de Bosques, Biodiversidad y Cambio Climático de la Subdirección Bosques, Flora, Fauna y Cambio Climático dependiente de la Dirección General de Ambiente, a la señora DEBORA BELEN LEYES, D.N.I. N° 41.055.430;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora DEBORA BELEN LEYES, D.N.I. N° 41.055.430, en el cargo de Jefa de Área Gestión de Bosques, Biodiversidad y Cambio Climático de la Subdirección Bosques, Flora, Fauna y Cambio Climático dependiente de la Dirección General de Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7996-MDPS-2026.-
San Luis, 14 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6241316/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Bosques, Flora, Fauna y Cambio Climático de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental dependiente de la Dirección General de Ambiente, a la señora DANIELA ROXANA MONTALVINI, D.N.I. N° 32.370.054;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora DANIELA ROXANA MONTALVINI, D.N.I. N° 32.370.054, en el cargo de Subdirectora Bosques, Flora, Fauna y Cambio Climático de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental dependiente de la Dirección General de Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7997-MDPS-2026.-
San Luis, 14 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6241316/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Evaluación Ambiental y Ordenamiento Territorial de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental dependiente de la Dirección General de Ambiente, a la Abogada MARIA VALENTINA ROTHE, D.N.I. N° 40.319.697;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Abogada MARIA VALENTINA ROTHE, D.N.I. N° 40.319.697, en el cargo de Subdirectora de Evaluación Ambiental y Ordenamiento Territorial de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental dependiente de la Dirección General de Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7998-MDPS-2026.-
San Luis, 14 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6241316/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Asesora Legal de la Dirección General de Ambiente, a la Abogada STEFANI AINELEN PEREZ, D.N.I. N° 38.439.040;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Abogada STEFANI AINELEN PEREZ, D.N.I. N° 38.439.040, en el cargo de Asesora Legal de la Dirección General de Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7999-MDPS-2026.-
San Luis, 14 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6241316/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa de Despacho de la Dirección General de Ambiente, a la señora GIULIANA LUJAN NICOLELLI, D.N.I. N° 36.415.517;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora GIULIANA LUJAN NICOLELLI, D.N.I. N° 36.415.517, en el cargo de Jefa de Despacho de la Dirección General de Ambiente, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 8391-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Recupero y Cobro a Obras Sociales, dependiente de la Dirección Administrativa y Financiera, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud, al C.P. MARTIN NOGUEROL, D.N.I. N° 38.169.675;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al C.P. MARTIN NOGUEROL, D.N.I. N° 38.169.675, en el cargo de Subdirector Recupero y Cobro a Obras Sociales, dependiente de la Dirección Administrativa y Financiera, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Dirección Administrativa y Financiera, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8392-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director Administrativo y Financiero, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud, al Licenciado RICARDO ANDRÉS FABREGA CERDA, D.N.I. N° 26.941.501;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Licenciado RICARDO ANDRÉS FABREGA CERDA, D.N.I. N° 26.941.501, en el cargo de Director Administrativo y Financiero, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Retener el cargo Categoría E, Planta Permanente del Escalafón General del Ministerio de Salud, del Licenciado RICARDO ANDRÉS FABREGA CERDA, D.N.I. N° 26.941.501, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1° del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Dirección Administrativa y Financiera, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8393-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Asuntos Profesionales, dependiente de la Dirección Recursos Humanos de Salud, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud, a la Abogada ROMINA BELEN BULACIO D.N.I. N° 40.722.379;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Abogada ROMINA BELEN BULACIO, D.N.I. N° 40.722.379 en el cargo de Subdirectora de Asuntos Profesionales, dependiente de la Dirección Recursos Humanos de Salud, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Dirección Recursos Humanos de Salud, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8394-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Zona Sanitaria II, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, al señor CESAR LEONARDO ARCE, D.N.I. N° 26.585.772;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor CESAR LEONARDO ARCE, D.N.I. N° 26.585.772, en el cargo de Jefe de Zona Sanitaria II, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Disponer que el señor CESAR LEONARDO ARCE, D.N.I. N° 26.585.772, percibirá una remuneración mensual equivalente a la dispuesta para el grupo 7.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8395-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director Recursos Humanos de Salud, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud al señor JORGE LUIS AOSTRI, D.N.I. N° 13.290.578;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JORGE LUIS AOSTRI, D.N.I. N° 13.290.578, en el cargo de Director Recursos Humanos de Salud, perteneciente a la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos, Dirección Recursos Humanos de Salud, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8396-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Directora General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud a la C.P.N. IVANA ELISABETH FERNANDEZ, D.N.I. N° 30.754.802;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la C.P.N. IVANA ELISABETH FERNANDEZ, D.N.I. N° 30.754.802, en el cargo de Directora General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos del Ministerio de Salud, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8397-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Compras y Logística de la Dirección de Zonas Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a la señora PATRICIA GESTSEMANY ALTAMIRANO OJEDA D.N.I. N° 95.301.669;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora PATRICIA GESTSEMANY ALTAMIRANO OJEDA, D.N.I. N° 95.301.669, en el cargo de Jefe de Área Compras y Logística de la Dirección de Zonas Sanitarias, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8398-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Contable, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a la señora LAURA CECILIA ODICINO MARIN, D.N.I. N° 25.930.365;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora LAURA CECILIA ODICINO MARIN D.N.I. N° 25.930.365, en el cargo de Subdirectora Contable, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud -
Art. 2º.- Retener la Categoría D Planta Permanente del Escalafón General dependiente del Ministerio de Salud de la señora LAURA CECILIA ODICINO MARIN D.N.I. N° 25.930.365, inter duren las funciones asignadas en el Art.1° del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8399-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Zona Sanitaria VII, de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, al señor FEDERICO BERNARDO BERHO ETCHEGOYEN, D.N.I. N° 27.524.857;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor FEDERICO BERNARDO BERHO ETCHEGOYEN, D.N.I. N°27.524.857, en el cargo de Jefe de Zona Sanitaria VII, de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Disponer que el señor FEDERICO BERNARDO BERHO ETCHEGOYEN, D.N.I. N° 27.524.857, percibirá una remuneración mensual equivalente a la dispuesta para el grupo 7.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8400-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe Zona Sanitaria III, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a la señora VERÓNICA FABIANA REIF, D.N.I. N° 23.637.873;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora VERÓNICA FABIANA REIF, D.N.I. N° 23.637.873, en el cargo de Jefe Zona Sanitaria III, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Disponer que la señora VERÓNICA FABIANA REIF, D.N.I. N° 23.637.873, percibirá una remuneración mensual equivalente a la dispuesta para el grupo 7.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8401-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Zona Sanitaria I, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a la señora MARÍA SANDRA ARDUINO, D.N.I. N°17.124.818;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARÍA SANDRA ARDUINO, D.N.I. N°17.124.818, en el cargo de Jefe de Zona Sanitaria I, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Disponer que la señora MARÍA SANDRA ARDUINO, D.N.I. N°17.124.818, percibirá una remuneración mensual equivalente a la dispuesta para el grupo 7.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8402-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Directora de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a la señora LEONOR ANGÉLICA QUIROGA, D.N.I. N° 14.448.853;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora LEONOR ANGÉLICA QUIROGA D.N.I. N° 14.448.853, en el cargo de Directora de Zonas Sanitarias, perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud. -
Art. 2º.- Retener la Categoría A, Planta Permanente, del Escalafón General del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, perteneciente a la señora LEONOR ANGÉLICA QUIROGA D.N.I. N° 14.448.853, inter duren las funciones asignadas en el Art.1° del presente Decreto. -
Art. 3º.- Disponer que la señora LEONOR ANGÉLICA QUIROGA D.N.I. N° 14.448.853, percibirá una remuneración mensual equivalente a la dispuesta para el grupo 6.-
Art.4°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Zonas Sanitarias, Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada -
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8403-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Atención Primaria de la Salud - Departamento General Pedernera, dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, al señor MANUEL GUILLERMO YNMENSON, D.N.I. N° 26.097.806;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor MANUEL GUILLERMO YNMENSON, D.N.I. N° 26.097.806, en el cargo de Subdirector Atención Primaria de la Salud - Departamento General Pedernera, dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), Instituto Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8404-MdeS-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301320/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente N° 0000-6041274/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Salud;
Que, en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Atención Primaria de la Salud- Departamento Juan Martín de Pueyrredón, dependiente de la Dirección De Atención Primaria De la Salud (APS), perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud a la señora AGÜERO MARÍA BELÉN, D.N.I. N° 40.722.510;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora AGÜERO MARÍA BELÉN, D.N.I. N° 40.722.510 en el cargo de Subdirectora Atención Primaria de la Salud - Departamento Juan Martín de Pueyrredón, dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), perteneciente a la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), Dirección General de Gestión de la Salud, Dirección de Atención Primaria de la Salud (APS), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9801-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6111145/26, por el cual la Maternidad “Carlos Luco”, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma tiene por objeto, la contratación de SERVICIOS LIMPIEZA DE EDIFICIOS PUBLICOS, por el plazo de 12 (DOCE) MESES solicitado por la MATERNIDAD VILLA MERCEDES, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($350.640.000,00);
Que, en act. SOLSEC 11493607/26, obra Solicitud de Gastos N° 5680/2026, conformada por autoridad competente;
Que, en act. PLGECO 11510677/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11510679/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que, en act. DOCEXT 1588856/26, ha prestado conformidad a los pliegos la Maternidad “Carlos Luco” dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud;
Que, en act. ENCAPS 951883/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. PTPGAS 57871/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;
Que, en act. RCRE 11508789/26, obra comprobante de Reserva del Crédito;
Que, en act. INFORM 442220/26, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en el Art 10. de la Ley N° VIII-0253-2025;
Que, en act. PREVFT 11483572/26, obra imputación ejercicio futuro;
Que, en act. DICLEG 954126/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 1005149/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 174891/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g) y Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada mediante Ley N° VIII-0867-2013, en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025, con excepción del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 34 52 1-01 3 $58.440.000,00
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 34 52 1-01 2 $58.440.000,00
Art. 3º.-Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11510679/26 del EXD-0000-6111145/26, para la contratación de SERVICIOS LIMPIEZA DE EDIFICIOS PUBLICOS, por el plazo de 12 (DOCE) MESES solicitado por la MATERNIDAD VILLA MERCEDES, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 4º.-Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública a que se hace referencia en el Art. 3° del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($350.640.000,00).-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 34 52 1-01 3 $58.440.000,00
Art. 6º.-Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($292.200.000,00).-
Art. 7º.-Efectuar la publicación de los edictos correspondientes en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 8º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 9º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-
Art. 10.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Gestión de la Salud y Maternidad “Carlos Luco”.-
Art. 11.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 12.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 9809-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6011131/26, por el cual la Maternidad “Teresita Baigorria”, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma tiene por objeto la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ECOGRAFÍAS Y DIAGNOSTICO PRENATAL CON DESTINO A SERVICIO DE ECOGRAFÍAS Y DIAGNOSTICO PRENATAL, SOLICITADO POR LA DIRECCIÓN MATERNIDAD DRA. TERESITA BAIGORRIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($434.728.800,00);
Que, en act. SOLSEC 11486532/26, obra Solicitud de Gastos N° 5171/2026, conformada por autoridad competente;
Que, en act. PLGECO 11506309/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11506311/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que, en act. DOCEXT 1588098/26, la Maternidad “Teresita Baigorria” ha prestado conformidad a los pliegos;
Que, en acts. PREV 11466604/26 y PREVFT 11466606/26, obra imputación preventiva del gasto e imputación de ejercicio futuro;
Que, en act. ENCAPS 950403/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. DICLEG 954024/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;
Que, en acts. NOTAMP 1005097/26 y NOTAMP 1010068/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 175186/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 24 inc. g) y Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11506311/26 del EXD-0000-6011131/26, para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ECOGRAFÍAS Y DIAGNOSTICO PRENATAL CON DESTINO A SERVICIO DE ECOGRAFÍAS Y DIAGNOSTICO PRENATAL, SOLICITADO POR LA DIRECCIÓN MATERNIDAD DRA. TERESITA BAIGORRIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.-Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($434.728.800,00).-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $36.227.400,00
Art. 5º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($398.501.400,00).-
Art. 6º.- Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-
Art. 9º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la Maternidad “Teresita Baigorria”.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
María Eugenia Sosa Herrera
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 8657-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7140353/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 1007499/26, la Dirección de Presupuesto Público del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita modificaciones presupuestarias;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por Decreto Nº 1495 MHIP 2026, y el incremento establecidos para los mes de julio del corriente año, a los agentes de la Administración Pública Provincial, con el objeto de proceder a la necesaria recomposición salarial en atención a la actual situación socioeconómica;
Que, en igual sentido, se readecuaron los valores de los beneficios de los planes sociales;
Que la evolución reciente de los recursos evidencia una merma en los ingresos respecto de los niveles normales y habituales, particularmente en las transferencias por coparticipación federal;
Que, en tal contexto, resulta necesaria la utilización temporal y excepcional de la Reserva Salarial y Social creada por Ley Nº V-1164-2025 con el objeto de garantizar el pago de los salarios y de los beneficios sociales ante eventuales caídas de ingresos;
Que en act. PTPREC 57917/26, obra solicitud de transferencia de créditos presupuestarios;
Que en act. RCRE 11535221/26, obra comprobante de reserva de crédito;
Que en act. INFORM 443356/26 obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Arts 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025 y Ley N° V-1118-2024, prorrogada por Ley N° V-1164-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025, y Ley N° V-1118-2024, prorrogada por Ley N° V-1164-2025.-
Art.2º.- Modificar en el Presupuesto vigente los Recursos que a continuación se detallan:
Ampliar:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
01-Disminución Activos Financieros - Caja y Banco
Procedencia: Ley N° V-1164-2025 -
Reserva Salarial y Social- $21.837.450.783,75
Art.3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins Jur U.E. Prog. Subp. Act. F.F. Inc. Prin. Parc. Importe
1 01 10 16 00 00 1-01 1 $85.655.751,67
1 01 20 17 00 00 1-01 1 $37.528.956,28
1 01 30 18 00 00 1-01 1 $16.304.040,86
1 02 10 01 00 01 1-01 1 $48.666.140,27
1 10 10 01 00 01 1-01 1 $63.956.979,03
1 10 11 01 00 02 1-01 1 $12.413.045,87
1 10 12 17 00 00 1-01 1 $45.672.443,15
1 10 13 21 00 00 1-01 1 $2.866.309,48
1 10 14 22 00 00 1-01 1 $2.494.655,66
1 10 15 23 00 00 1-01 1 $5.509.417,45
1 10 20 01 00 03 1-01 1 $79.239.369,15
1 10 25 01 00 04 1-01 1 $315.361.736,43
1 10 26 27 00 00 1-01 1 $33.328.348,82
1 10 28 30 00 00 1-01 1 $27.914.618,74
1 10 30 32 00 00 1-01 1 $106.828.337,78
1 10 35 01 00 05 1-01 1 $6.245.022,15
1 10 36 36 00 00 1-01 1 $27.774.065,20
1 10 37 38 00 00 1-01 1 $1.346.393,68
1 10 38 39 00 00 1-01 1 $27.990.666,85
1 10 40 01 00 06 1-01 1 $15.062.688,28
1 10 45 01 00 07 1-01 1 $49.210.290,42
1 10 46 44 00 00 1-01 1 $490.211.963,90
1 10 47 45 00 00 1-01 1 $13.101.791,42
1 10 50 01 00 08 1-01 1 $46.836.994,11
1 11 10 01 00 01 1-01 1 $16.567.652,68
1 11 11 19 00 00 1-01 1 $21.778.323,42
1 11 12 23 00 00 1-01 1 $12.102.469,63
1 11 13 24 00 00 1-01 1 $92.982.871,95
1 11 14 27 00 00 1-01 1 $25.806.869,95
1 11 15 28 00 00 1-01 1 $2.752.698,18
1 11 16 02 00 00 1-01 1 $4.763.928,78
1 11 17 31 00 00 1-01 1 $9.073.008,10
1 11 18 32 00 00 1-01 1 $44.405.693,39
1 11 19 03 00 00 1-01 1 $1.194.035,91
1 11 20 41 00 00 1-01 1 $4.700.563,60
1 11 21 01 00 02 1-01 1 $9.602.238,82
1 11 21 42 00 00 1-01 1 $195.627.482,19
1 11 22 04 00 00 1-01 1 $46.670.300,64
1 11 23 05 00 00 1-01 1 $7.507.738,14
1 11 24 06 00 00 1-01 1 $8.213.401,35
1 12 10 01 00 01 1-01 1 $24.420.240,99
1 12 11 16 00 00 1-01 1 $2.182.344,97
1 12 12 02 00 00 1-01 1 $681.013,16
1 12 13 17 00 00 1-01 1 $56.703.900,01
1 12 14 19 00 00 1-01 1 $11.785.020,96
1 12 15 20 00 00 1-01 1 $18.097.179,47
1 12 16 21 00 00 1-01 1 $21.937.853,12
1 12 17 24 00 00 1-01 1 $18.606.685,32
1 12 18 29 00 00 1-01 1 $35.324.293,21
1 12 19 30 00 00 1-01 1 $7.961.685,55
1 12 25 01 00 02 1-01 1 $33.812.160,89
1 12 27 33 00 00 1-01 1 $33.413.046,73
1 12 30 01 00 03 1-01 1 $10.173.398,80
1 13 10 01 00 01 1-01 1 $326.135.196,88
1 13 11 23 00 00 1-01 1 $5.903.098,87
1 13 12 25 00 00 1-01 1 $9.262.487,93
1 13 13 26 00 00 1-01 1 $35.146.743,35
1 13 13 26 00 00 3-19 1 $367.582,97
1 13 14 27 00 00 1-01 1 $40.863.674,36
1 13 15 28 00 00 1-01 1 $7.270.709,00
1 13 16 29 00 00 1-01 1 $456.404.110,03
1 13 17 32 00 00 1-01 1 $79.690.990,90
1 13 18 33 00 00 1-01 1 $676.601.931,65
1 13 19 35 00 00 1-01 1 $507.051.400,91
1 13 20 36 00 00 1-01 1 $205.558.655,51
1 13 21 37 00 00 1-01 1 $77.545.710,47
1 13 22 38 00 00 1-01 1 $887.461,11
1 13 23 39 00 00 1-01 1 $4.108.412,36
1 13 24 40 00 00 1-01 1 $57.190.743,32
1 13 25 41 00 00 1-01 1 $38.931.082,81
1 13 26 42 00 00 1-01 1 $81.148.062,64
1 13 27 43 00 00 1-01 1 $1.072.457.543,03
1 13 28 45 00 00 1-01 1 $4.481.142,42
1 13 29 46 00 00 1-01 1 $147.642.352,15
1 13 30 47 00 00 1-01 1 $3.526.985,00
1 13 31 48 00 00 1-01 1 $153.643.424,44
1 13 32 49 00 00 1-01 1 $793.339.410,96
1 13 33 51 00 00 1-01 1 $5.662.384,20
1 13 34 52 00 00 1-01 1 $3.061.393,47
1 14 10 01 00 01 1-01 1 $118.796.435,02
1 14 11 18 00 00 1-01 1 $758.982,47
1 14 12 21 00 00 1-01 1 $1.905.997,40
1 14 13 22 00 00 1-01 1 $9.663.157,65
1 14 14 23 00 00 1-01 1 $4.703.568.616,72
1 14 15 24 00 00 1-01 1 $13.302.807,36
1 14 16 25 00 00 1-01 1 $267.332.231,00
1 14 17 26 00 00 1-01 1 $19.025.425,66
1 14 18 27 00 00 1-01 1 $4.741.066,28
1 14 19 28 00 00 1-01 1 $5.730.324,35
1 14 20 01 00 02 1-01 1 $21.112.918,13
1 15 10 01 00 01 1-01 1 $28.003.071,40
1 15 11 18 00 00 1-01 1 $38.766.841,14
1 15 12 19 00 00 1-01 1 $2.106.117,44
1 15 13 20 00 00 1-01 1 $17.525.069,16
1 15 15 23 00 00 1-01 1 $48.913.083,18
1 15 16 24 00 00 1-01 1 $1.476.774,12
1 15 17 26 00 00 1-01 1 $3.055.957,30
1 15 20 30 00 00 1-01 1 $2.477.250,01
1 15 21 31 00 00 1-01 1 $1.784.207,11
1 15 22 32 00 00 1-01 1 $758.982,47
1 15 25 01 00 02 1-01 1 $156.069.210,08
1 15 31 35 00 00 1-01 1 $80.517.554,44
1 15 32 36 00 00 1-01 1 $55.438.244,15
1 15 33 37 00 00 1-01 1 $10.610.891,88
1 15 34 38 00 00 1-01 1 $272.641.210,92
1 16 10 01 00 01 1-01 1 $32.896.133,56
1 16 11 17 00 00 1-01 1 $31.324.432,31
1 16 12 19 00 00 1-01 1 $60.119.517,04
1 16 13 21 00 00 1-01 1 $12.798.182,42
1 16 14 22 00 00 1-01 1 $26.104.160,71
1 16 15 24 00 00 1-01 1 $2.375.331,44
1 16 16 25 00 00 1-01 1 $35.108.413,55
1 16 20 01 00 02 1-01 1 $141.182.230,52
1 16 25 01 00 03 1-01 1 $8.617.890,03
1 17 10 01 00 01 1-01 1 $67.044.852,54
1 17 12 18 00 00 1-01 1 $1.665.659,40
1 17 13 19 00 00 1-01 1 $18.166.217,00
1 17 14 20 00 00 1-01 1 $13.898.794,25
1 17 15 21 00 00 1-01 1 $304.470.330,56
1 17 16 23 00 00 1-01 1 $2.205.953.971,47
1 17 17 24 00 00 1-01 1 $1.230.170,64
1 17 18 25 00 00 1-01 1 $586.578,71
1 18 11 20 00 00 1-01 1 $123.188.961,45
1 19 10 01 00 01 1-01 1 $70.504.650,01
1 19 12 18 00 00 1-01 1 $27.249.053,52
1 19 13 19 00 00 1-01 1 $15.965.688,25
1 19 14 20 00 00 1-01 1 $22.030.701,99
1 19 15 21 00 00 1-01 1 $31.272.881,32
1 19 17 23 00 00 1-01 1 $68.044.553,80
1 20 10 01 00 01 1-01 1 $33.468.418,72
1 01 10 16 00 00 1-01 5 9 1 $36.974.560,06
1 01 20 17 00 00 1-01 5 9 1 $6.304.791,66
1 14 14 33 01 00 1-01 5 1 $691.251.426,72
1 14 14 33 02 00 1-01 5 1 $3.849.002.835,91
1 14 14 33 04 00 1-01 5 1 $116.373.407,87
1 16 12 19 00 00 1-01 5 1 $2.929.151.280,00
1 16 12 20 00 00 1-01 5 1 $57.056.670,00
1 16 14 22 01 00 1-01 5 1 $22.200.000,00
Disminuir:
Ins Jur U.E. Prog. Subp. Act. F.F. Inc. Prin. Importe
1 10 27 28 00 00 1-01 1 $320.381.323,31
1 13 38 56 00 00 3-19 1 $367.582,97
1 14 18 27 02 00 1-01 5 1 $523.281,92
1 15 30 01 00 03 1-01 1 $1.017.351.148,14
1 18 10 01 00 01 1-01 1 $907.841.871,48
Art.4º.- Disponer que, las partidas que poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Finanzas y Recursos.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8658-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3171388/25 por el cual la Dirección Provincial de Vialidad tramita la aprobación del REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REGULACIÓN DE LA CARTELERÍA PUBLICITARIA en el ámbito de la jurisdicción de la Dirección Provincial de Vialidad, y;
CONSIDERANDO:
Que la regulación de cartelería publicitaria en rutas viales tiene como objetivo principal la seguridad vial, reducir la contaminación visual, evitando que cualquier elemento distraiga la atención de los conductores, encandile u obstaculice la correcta visualización de la cartelería de la señalización oficial;
Que la correcta regulación de la cartelería publicitaria es fundamental para prevenir los riesgos asociados a la instalación inadecuada de estructuras en áreas de tránsito;
Que resulta necesario establecer un procedimiento claro y eficiente para el control y empadronamiento de carteles en dichas zonas;
Que la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 en los artículos 25 y 26 regula la publicidad vial, prohibiendo la instalación de carteles que, por tamaño o intensidad, distraigan a los conductores o puedan confundirse con señales de tránsito, disponiendo que toda cartelería se ubique fuera de la zona de seguridad. Dichas disposiciones en forma coincidente son reguladas por la Ley N° X-0630-2008 Ley de Tránsito y Seguridad Vial de la Provincia de San Luis;
Que en el Decreto N° 4270-MTIyC-2011 se aprobó el Reglamento del Usuario del Ente de Control de Rutas, en el que se establece el ámbito territorial sometido a la jurisdicción de dicho Ente;
Que en act. DOCEXT 1327138/25 obra el proyecto de REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REGULACIÓN DE LA CARTELERÍA PUBLICITARIA en el ámbito de la Dirección Provincial de Vialidad;
Que en act. DOCEXT 1327168/25 obra la Resolución Conjunta N° 39-DECR-2024 para el empadronamiento de cartelería publicitaria;
Que en act. INFORM 407733/25 obra nota de la Dirección Provincial de Vialidad, en la cual se expresa la necesidad de establecer medidas concretas para la regulación de la cartelería;
Que en act. ACTPAS 14255828/25 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, manifestando que no hay objeción alguna para la continuidad del trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aprobar el REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REGULACIÓN DE LA CARTELERÍA PUBLICITARIA en el ámbito de la jurisdicción de la Dirección Provincial de Vialidad, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto.-
Art. 2º.- Hacer saber al Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección Provincial de Vialidad y al Ente Control de Rutas.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
ANEXO
REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS PARA LA REGULACIÓN DE LA CARTELERÍA PUBLICITARIA EN EL ÁMBITO DE LA JURISDICCIÓN DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Art. 1°.-
Objeto - Ámbito y Autoridad de Aplicación. El presente Reglamento tiene por objeto regular la instalación, autorización y permanencia de cartelería publicitaria comercial en espacios o lugares comprendidos dentro de la red de rutas provinciales y/o caminos rurales que se encuentran bajo la jurisdicción de la Dirección Provincial de Vialidad, a excepción de las incluidas bajo la jurisdicción del Ente Control de Rutas, con el propósito de garantizar la seguridad vial, como así también preservar y promover los valores culturales, estéticos, paisajísticos, urbanísticos e históricos en el territorio provincial. La Autoridad de Aplicación del presente Reglamento será la Dirección Provincial de Vialidad.
Art. 2°.-
Ámbito Físico. Integran también los lugares comprendidos en la red vial:
a) Las calzadas principales.
b) Los puestos fijos y móviles de control de cargas.
c) Las áreas de cobro de peaje.
d) Las instalaciones cedidas en alquiler o comodato.
e) Los puentes y sus estructuras.
f) El cantero central, en caso de haberlo.
g) Las calles colectoras frentistas.
h) Las banquinas, alcantarillas y los terrenos adyacentes dentro de la zona de camino definida por la Ley de Tránsito y Seguridad Vial N° X−0630−2008 y sus modificatorias, como todo espacio comprendido entre las propiedades frentistas.
Art. 3°.-
Entiéndase como objeto de regulación a los fines del presente Reglamento a toda cartelería publicitaria que, mediante la utilización de una estructura, tienda a divulgar o hacer conocer al público en general, hechos, actividades, noticias, bienes, servicios o circunstancias semejantes, con o sin fines comerciales.
CAPÍTULO II
PERMISOS
Art. 4°.-
Trámite de Autorización. Se deberá presentar ante la Dirección Provincial de Vialidad una solicitud de autorización de la cartelería publicitaria adjuntando un croquis que indique tamaño, formato, material, medidas, soporte, altura, informe de cálculo estructural, diseño respetando el impacto visual y ubicación propuesta.
La Autoridad de Aplicación debe resolver la autorización de cada solicitud de instalación de cartelería publicitaria dictando el pertinente Acto Administrativo.
Art. 5°.-
Plazo - Renovación. El permiso para la instalación de todo cartel publicitario será otorgado por un plazo no mayor a cuatro (4) años. El mismo podrá ser renovado ante pedido expreso del interesado, con una antelación no inferior a los noventa (90) días de su vencimiento y siempre que reúna las condiciones conforme a las cuales hubiese sido concedido y se adecúe a la normativa vigente. Al momento de la solicitud de renovación no deberá poseer deuda en concepto de canon publicitario previsto en el presente Reglamento.
Art. 6°.-
Caducidad de los Permisos. Los permisos caducarán automáticamente al vencimiento del plazo por el cual hubiesen sido concedidos, salvo que mediare un pedido de renovación en trámite.
Se producirá la caducidad anticipada de los permisos como consecuencia de su revocación dispuesta por la Dirección Provincial de Vialidad, cuando la cartelería no se ajuste a las condiciones tenidas en cuenta para su otorgamiento, o no se hallare en buen estado de conservación, o el anuncio hubiere quedado en infracción como consecuencia de hechos que cambien el entorno de localización en sus características paisajísticas o funcionales; por la falta de seguro de responsabilidad civil, por la falta de pago del canon publicitario o por cualquier incumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.
CAPÍTULO III
CANON
Art. 7°.-
Toda cartelería publicitaria ubicada en jurisdicción de la Dirección Provincial de Vialidad estará alcanzada por un canon de derecho de uso de espacio físico. Su valor será determinado por la Ley Impositiva Anual y variará según la superficie de la estructura que se pretenda colocar.
CAPÍTULO IV
PROHIBICIONES Y ESPECIFICACIONES DE LA CARTELERÍA PUBLICITARIA
Art. 8°.-
Prohibiciones Generales.
La cartelería publicitaria que trata este Reglamento no podrá:
a) Ser contraria a la ley, afectar la moral o las buenas costumbres, o ser discriminatoria.
b) Atentar contra la seguridad pública por sus características de construcción o colocación, o por el lugar de emplazamiento.
c) Provocar molestias que excedan de la normal tolerancia, por el reflejo o brillo de sus luces, frecuencia de su encendido, ruidos o volúmenes excesivos y radiaciones nocivas.
d) Hallarse deteriorada, en deficiente estado de conservación, o en condiciones distintas a las consideradas por la Dirección Provincial de Vialidad para su aprobación.
e) Utilizar elementos de publicidad que contengan diseños y/o colores similares a las señales viales.
f) Instalarse en forma paralela respecto a la calzada, ni superponerse visualmente desde cualquier posición con las señales viales.
g) Utilizar publicidad móvil, dinámica y/o animada.
Art. 9°.-
Prohibiciones Según Localización. Prohíbase la instalación de cartelería publicitaria en:
a) Los elementos que forman parte del camino: las obras de arte mayores y menores, las alcantarillas, las barandas de seguridad, las superficies que constituyen la calzada, las señales viales incluyendo los mojones kilométricos, los muros de protección de cualquier tipo y todo otro elemento que a juicio de la Dirección Provincial de Vialidad corresponda incluir en la enumeración precedente.
b) Los canteros centrales de caminos de calzadas separadas, o sobre los separadores físicos en el caso de caminos de calzadas separadas sin cantero central.
c) Postes o artefactos de alumbrado público y de otros servicios públicos, salvo la cartelería indicativa de dichos servicios.
d) En los casos de intersecciones, sean estas simples, canalizadas, intersecciones a nivel o a distinto nivel, a una distancia mínima de 200 metros de estas. En los casos de intersecciones que posean carril de aceleración y/o desaceleración la distancia mínima se medirá a partir del extremo más alejado de dichos carriles.
e) En la zona de transición previa y posterior de estaciones de peaje y en zona de control de cargas hasta una distancia mínima de 300 metros. En los casos de estaciones de peaje la distancia se medirá a partir del cambio del ancho de calzada en la zona de aproximación y en las de control de cargas a partir del inicio del carril de ingreso a las mismas.
f) En las siguientes zonas:
1. A menos de diez (10) metros de la proyección vertical del conductor extremo externo de las líneas de media y alta tensión.
2. En la franja comprendida un (1) metro a cada lado de las instalaciones subterráneas de agua, eléctricas, cloaca, telefonía, fibra óptica, entre otros.
3. En la franja comprendida dos (2) metros a cada lado de gasoductos, oleoductos o similares.
g) En el caso de rutas que cuenten con calzadas colectoras laterales:
1. Sobre la calzada, a menos de un (1) metro por encima de las señales de tránsito, obras viales e iluminación.
2. En el sector de colectora lindero a los predios frentistas, sobre la acera o zona de camino lindera a los frentistas a la ruta, en los siguientes lugares:
I. Interrumpiendo o confundiendo la visibilidad sobre la calzada del señalamiento vertical instalado.
II. Interrumpiendo la circulación peatonal.
III. En la zona de prolongación de sendas o cruces peatonales.
IV. En los bordes de calzada en zona de detención de autotransporte de pasajeros.
3. En el sector de colectora lindero al camino, en la franja que queda determinada por el borde interno de la calzada colectora y un ancho equivalente a la altura del cartel más cinco (5) metros.
h) En las zonas comprendidas entre los límites de la zona de camino y desde doscientos (200) metros antes y hasta doscientos (200) metros después del desarrollo de las curvas horizontales incluidas sus transiciones.
i) En la zona comprendida entre los límites de la zona camino y desde doscientos (200) metros antes y hasta doscientos (200) metros después del desarrollo de las curvas verticales.
j) En los sectores comprendidos entre los límites de la zona de camino y a lo largo de la extensión total de puentes incluyendo sus longitudes de aproximación hasta un mínimo de doscientos (200) metros.
k) En muros en general y muros de obras de infraestructura. Excepcionalmente, la Dirección Provincial de Vialidad podrá autorizar cartelería que presente condiciones de interés estético y urbanístico para el lugar o área donde se prevea su localización, pudiendo ser interpretado esto como:
1. Reproducir obras del patrimonio histórico arquitectónico, o aspectos paisajísticos más cercanos al entorno;
2. Reproducir obras pictóricas de artistas reconocidos en el ámbito nacional e internacional o bocetos realizados por pintores sanluiseños diseñados específicamente para cada caso;
3. Reproducir motivos alegóricos a la ecología, a una mejor calidad de vida o al trabajo;
4. Reproducir la simulación de plantas o cielos de manera de minimizar la visualización del cemento en zonas densamente edificadas;
5. Todo otro motivo que a criterio de la Dirección Provincial de Vialidad resulte de interés estético urbanístico, y previo estudio e informe favorable, en cada caso, de las reparticiones correspondientes.
Art. 10.-
Los criterios estéticos ambientales que conformen el proyecto que se presentare para su consideración serán aprobados cuando, a juicio de las reparticiones intervinientes, contengan recursos de diseño que tiendan a preservar y a valorizar el lugar. Dentro del área central sólo podrán ser autorizados murales en aquellas ubicaciones que hubieren obtenido la correspondiente autorización de parte de la Dirección Provincial de Vialidad.
Art. 11.-
La cartelería publicitaria deberá observar las siguientes especificaciones técnicas:
a) Las estructuras publicitarias deberán guardar una distancia mínima de doscientos (200) metros entre sí.
b) Solo se permitirán carteles de publicidad estática.
c) Solo se permitirán carteles luminosos con fuente de iluminación interna; deberán ser estáticos, no pueden parpadear, destellar ni cambiar de intensidad.
d) Cuando el plano del cartel publicitario no tuviera forma cuadrangular, a los efectos de cálculo de su superficie, se considerará el área del cuadrilátero mayor que contenga a la forma de que se trata.
e) Los carteles de publicidad cuyas dimensiones sean menores de 1,00 m por 0,75 m (o cuya superficie sea menor a 0,75 m2) no podrán contener leyendas, permitiéndose solamente la utilización de logotipos o isotipos.
f) Los carteles de publicidad cuyas dimensiones superen las indicadas en el inciso anterior, deberán limitar los mensajes impresos a quince (15) palabras, cualquiera sea el tamaño de la letra utilizada, debiendo ser, tanto las imágenes como los textos, de rápida comprensión y lectura.
g) Los carteles publicitarios deberán guardar un ángulo de inclinación de entre 10° y 35° respecto a la perpendicular al eje de la calzada (ángulo externo).
h) Solo estará permitida la utilización, tanto en la estructura de sostén como en el cartel publicitario, de pinturas y elementos mate que eviten todo tipo de reflejo.
i) Cada cartel deberá contar con una estructura de sostén adecuada a dicho fin y deberá ser acompañado por el cálculo estructural correspondiente, el que deberá demostrar la idoneidad de la estructura para soportar los esfuerzos a los que será sometida. Para cada hipótesis de esfuerzo a soportar deberá incluir una verificación al pandeo de los elementos constitutivos de la estructura. A los efectos del cálculo de todos los casos se considerará los esfuerzos producidos por un viento de 150 km/hora. Dicho cálculo incluirá asimismo la verificación de las bases de fundación de la estructura en función de las características del terreno correspondiente. El estudio estructural mencionado deberá ser efectuado y firmado por profesional competente matriculado, el cual será responsable solidariamente con el permisionario.
j) En caso de siniestros, el propietario de las estructuras de cartelería deberá hacerse cargo de las roturas y/o daños en los materiales exhibidos dentro de un plazo no mayor de cuarenta y ocho horas (48) de producido el mismo.
k) Toda cartelería publicitaria deberá estar asegurada mediante póliza de seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a personas o cosas, durante el montaje, permanencia y desmonte de la misma.
CAPÍTULO V
RESPONSABILIDAD E INFRACCIONES
Art. 12.-
Responsabilidad. Serán responsables del cumplimiento de todas y cada una de las previsiones de este Reglamento, y en consecuencia pasibles de las sanciones que correspondan por infracción a las mismas el titular del permiso en los casos en que hubiese sido otorgado, el peticionante del mismo cuando se encontrare en trámite, o en su caso, el propietario de la cartelería y/o quien de alguna manera la usufructúe.
Art. 13.-
Procedimiento de infracciones.
Comprobada una infracción a las disposiciones de esta norma o a aquellas que resulten de aplicación, se procederá de la siguiente manera:
a) Se labrará acta de comprobación por parte del personal de la Dirección Provincial de Vialidad designado, en la que se intimará a su regularización dentro del plazo de diez (10) días hábiles.
b) Ante el incumplimiento de la intimación y vencido el plazo otorgado, la Dirección Provincial de Vialidad quedará facultada para disponer el retiro inmediato de la cartelería y sus estructuras de soporte, así como su posterior traslado a depósito, quedando autorizada a requerir el auxilio de la fuerza pública en caso de ser necesario. Idéntico procedimiento se aplicará para subsanar los incumplimientos generados por letreros o cartelería ocasionales.
Art. 14.-
a) En los casos de cartelería que afecte la seguridad del tránsito y/o revista peligrosidad por su estado de deterioro: Se dispondrá su retiro inmediato sin notificación alguna, labrándose acta de comprobación por parte del personal de la Dirección Provincial de Vialidad designado.
b) En los casos de cartelería donde sus responsables no exhiban el comprobante de vigencia de la póliza de seguros, no se encontraren al día con el pago del canon fijado o no se encontraren empadronados en el registro creado por la Resolución N° 39-DECR-2024 (o la normativa que en el futuro la reemplace o sustituya): Se labrará el acta de comprobación por parte del personal de la Dirección Provincial de Vialidad designado, en la que se intimará a su regularización dentro del plazo de diez (10) días hábiles. Ante el incumplimiento resultará aplicable lo dispuesto en el Art. 13 Inc. b) del presente Reglamento.
Art. 15.-
Los elementos retirados y/o removidos podrán ser devueltos a sus dueños, a solicitud de estos y previa acreditación fehaciente de la titularidad de la cartelería y estructuras involucradas. Los gastos ocasionados por el retiro, traslado y depósito serán soportados por el titular de la cartelería. El infractor deberá pagar dichos gastos para poder retirar los elementos removidos. Transcurrido el plazo de noventa (90) días corridos, el titular o dueño perderá su derecho a la devolución de los elementos removidos, pasando estos a propiedad de la Dirección Provincial de Vialidad en compensación por la deuda del titular de la cartelería, generada por los gastos mencionados en el presente artículo.
CAPÍTULO VI
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Art. 16.-
Toda cartelería instalada que no se ajuste a los requisitos contemplados en el presente Reglamento deberá ser readecuada en un plazo de treinta (30) días corridos, a contar desde su vigencia. Los gastos que demande la misma estarán a cargo del titular de la cartelería. Vencido este plazo operará la caducidad automática y la Dirección Provincial de Vialidad quedará facultada para el retiro o remoción de la cartelería y estructura publicitaria, resultando de aplicación lo establecido en los artículos 13 y 15 del presente Reglamento.
DECRETO Nº 8659-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5210673/26, mediante el cual la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita homologación de Convenios de Práctica Laboral Rentada; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 1004296/26, la mencionada Dirección ha solicitado la homologación de los convenios suscriptos, informando que las prácticas resultan necesarias para mantener la continuidad de la producción de datos estadísticos y la actualización de las series estadísticas provinciales;
Que los Convenios de Práctica Laboral Rentada, obrantes en act. DOCEXT 1595572/26, se encuentran suscriptos entre el señor HÉCTOR ADOLFO ROMERO ALANIZ, D.N.I. N° 12.699.633, en su carácter de Director Provincial de Estadísticas y Censos, y los señores: AGUERO SOFIA AYELEN, D.N.I. Nº 41.773.565; AGUIRRE LUCAS NAHUEL, D.N.I. Nº 41.087.654; DIGREGORIO JORGE RAUL, D.N.I. Nº 11.852.317, LOPEZ LUCIANA, D.N.I. Nº 41.253.822, LOPEZ MARLENE IVONNE, D.N.I. Nº 36.415.907, MICELI RAMIREZ CAMILA GIANNELLA, D.N.I. Nº 43.222.905, PANELO JULIETA BELEN, D.N.I. Nº 37.640.993, PEREYRA MATIAS EMANUEL, D.N.I. Nº 37.639.824, ROJAS SURRACO SILVIA VICTORIA, D.N.I. Nº 29.186.333, SANTILLAN MAURO EZEQUIEL, D.N.I. Nº 41.200.814 y SOSA ELIANA CAROLINA, D.N.I. Nº 35.475.052;
Que en la cláusula segunda se establece el monto que percibirán los practicantes en concepto de estímulo por el desarrollo de su práctica laboral y en la cláusula quinta la vigencia de los Convenios;
Que en act. PREV 11515782/26 obra comprobante de imputación preventiva;
Que en act. ACTPAS 1714828/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 1006962/26 Contaduría General de la Provincia ha tomado intervención, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la homologación de los Convenios de Práctica Laboral Rentada;
Que en act. DICFIS 175344/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Homologar los Convenios de Práctica Laboral Rentada celebrados entre la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica, y las personas que seguidamente se detallan, obrantes en act. DOCEXT 1595572/26 del EXD-0-5210673/26:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. Nº |
|
AGUERO SOFIA AYELEN |
41.773.565 |
|
AGUIRRE LUCAS NAHUEL |
41.087.654 |
|
DIGREGORIO JORGE RAUL |
11.852.317 |
|
LOPEZ LUCIANA |
41.253.822 |
|
LOPEZ MARLENE IVONNE |
36.415.907 |
|
MICELI RAMIREZ CAMILA GIANNELLA |
43.222.905 |
|
PANELO JULIETA BELEN |
37.640.993 |
|
PEREYRA MATIAS EMANUEL |
37.639.824 |
|
ROJAS SURRACO SILVIA VICTORIA |
29.186.333 |
|
SANTILLAN MAURO EZEQUIEL |
41.200.814 |
|
SOSA ELIANA CAROLINA |
35.475.052 |
Art. 2º.- Imputar el gasto a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 26 54 4-04 5 1 4 20.397.771,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Provincial de Estadísticas y Censos y por su intermedio al Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.) y a los practicantes.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8660-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3060429/26, por el cual en act. ACTPAS 1662796/26 la Empresa Distribuidora de Electricidad de San Luis Sociedad Anónima (EDESAL S.A.) tramita pago por provisión de energía eléctrica destinada a Usuarios Electrodependientes; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1667792/26, el Área Técnica de Control de Contrato de Concesión dependiente de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informa que para el periodo de enero de 2026, el subsidio alcanza la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SESENTA Y DOS CON 06/100 ($4.335.062,06);
Que en act. PREV 11442864/26, obra comprobante de imputación preventiva;
Que en act. ACTPAS 1698418/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 993598/26 ha intervenido Contaduría General de la Provincia señalando que corresponde el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del subsidio en especie a favor de los usuarios electrodependientes y autorice el pago a la Empresa Distribuidora de Electricidad de San Luis Sociedad Anónima (EDESAL S.A.), encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Arts. 3° y 4° de la Ley N° III-0972-2017, en el inc. c) de las excepciones previstas en el Art. 92º del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 8-MHIP-2025, Art. 100º inc. c) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173036/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso las disposiciones de los Arts. 3° y 4° de la Ley N° III-0972-2017, en el inc. c) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y Art. y 100 inc c) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art.2º.- Autorizar el pago a favor de la Empresa Distribuidora de Electricidad de San Luis Sociedad Anónima (EDESAL S.A.), por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SESENTA Y DOS CON 06/100 ($4.335.062,06), por la provisión de energía eléctrica destinada a Usuarios Electrodependientes, correspondiente al periodo de enero de 2026, de acuerdo a lo obrante en act. ACTPAS 1667792/26.-
Art.3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a Usuarios Electrodependientes, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SESENTA Y DOS CON 06/100 ($4.335.062,06).-
Art.4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 11 10 16 00 4-03 5 1 4 4.335.062,06
Art.5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.6º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Comisión Reguladora de Energía Eléctrica y notificar a la Empresa Distribuidora de Electricidad de San Luis Sociedad Anónima (EDESAL S.A.) y a la Defensoría del Pueblo.-
Art.7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
DECRETO Nº 8661-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6221002/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3824070/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, D.N.I. Nº 31.342.760, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 7827-ME-2019 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1711980/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 19 de julio de 2026;
Que en act. INFSUM 180884/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 19 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente PATRICIA ANTONELA SGOIFO, D.N.I. Nº 31.342.760, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Jornada Completa N° 452 “Doctor Valentín Luco”, de la localidad de La Angelina, departamento General Pedernera. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8662-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6090188/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente LORENA EVELINA FRIAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3813406/26 y 3822253/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente LORENA EVELINA FRIAS, D.N.I. Nº 26.167.314, formulario de cese, copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 4218-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1709876/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 08 de julio de 2026;
Que en act. INFSUM 180877/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 08 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina LORENA EVELINA FRIAS D.N.I. Nº 26.167.314, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 3er. año 1ra. división, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8663-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7020133/26, por el cual tramita la designación de la docente SUSANA NOEMI BENITEZ; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 38 “Leonor Matilde Hirsch de Caraballo”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina GIULIANA YAMILE AGUADA, según Decreto Nº 6778-MHP-2026, se torna necesario designar a la docente SUSANA NOEMI BENITEZ, D.N.I. Nº 22.360.336, en TRES (3) horas cátedra de Geografía II en 2do. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3833598/26 y 1591036/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 30 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de junio de 2026, a la docente SUSANA NOEMI BENITEZ, D.N.I. Nº 22.360.336, en TRES (3) horas cátedra de Geografía II en 2do. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 38 “Leonor Matilde Hirsch de Caraballo”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8664-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4281290/26, por el cual tramita la designación del docente JORGE RAUL FLORES, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 5236-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, al docente JORGE RAUL FLORES, D.N.I. Nº 33.659.517, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3776825/26 y DOCEXT 3811398/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de abril de 2026, al docente JORGE RAUL FLORES, D.N.I. Nº 33.659.517, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8665-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6241334/26, por el cual tramita la designación del docente JOAQUIN EZEQUIEL AUDICIO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular CLAUDIA CECILIA BRIZUELA, según Decreto Nº 4755-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente JOAQUIN EZEQUIEL AUDICIO, D.N.I. Nº 37.296.704, en TRES (3) horas cátedra de Autogestión del Mundo Económico, en 7mo. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3831182/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 24 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de junio de 2026, al docente JOAQUIN EZEQUIEL AUDICIO, D.N.I. Nº 37.296.704, en TRES (3) horas cátedra de Autogestión del Mundo Económico, en 7mo. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8666-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5201054/26, por el cual tramita la renuncia de la docente ROSANA DIONISIA BUCHINI, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1561828/26, y ACTPAS 1698495/26, 1714309/26, 1714315/26, 1714936/26, obra nota de renuncia por jubilación de la docente ROSANA DIONISIA BUCHINI, D.N.I. N° 20.595.080, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 6763-ME-2021, 4018-MC-2004 de titularización, 3686-ME-2012 de reubicación y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1698494/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente ROSANA DIONISIA BUCHINI, D.N.I. N° 20.595.080, en UN (1) cargo titular de Preceptora y DIECISEIS (16) horas cátedra titulares de Educación Artística (3hs. en 1er. año 1ra. división, 3hs. en 1er. año 2da. división, 3hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división, 2hs. en 4to. año única división, 2hs. en 5to. año única división), Nivel de Educación Secundario, en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Carlos Alric”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8667-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4270374/26, por el cual tramita la designación de la docente CLAUDIA VANESA GARRO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza - aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales a las necesidades educativas provinciales.
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0127-DRRHH-2025, de la docente interina BRENDA JAQUELINE ALEGRE, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente CLAUDIA VANESA GARRO D.N.I. Nº 33.888.286, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Educación Especial con formación en Lengua de Señas, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3817143/26 y 1587289/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 09 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18° de Ley Nº XV-0387-2004, su Decreto reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 09 de junio de 2026 y hasta el 01 de octubre de 2026, a la docente CLAUDIA VANESA GARRO D.N.I. Nº 33.888.286, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Educación Especial con Formación en Lengua de Señas, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8668-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4071117/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA ANGELICA ARRIETA y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3751384/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA ANGELICA ARRIETA, D.N.I. Nº 33.539.315, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 12249-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 441540/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 26 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180949/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 26 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente MARIA ANGELICA ARRIETA, D.N.I. Nº 33.539.315, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia de San Luis en 4to. año 1ra. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 10 “Martín Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8669-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4221146/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA CELESTE TOVAL, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3767929/26 y 3833321/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA CELESTE TOVAL, D.N.I. Nº 27.044.369, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 640-MHP-2011 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1686766/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 22 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180538/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 22 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular MARIA CELESTE TOVAL D.N.I. Nº 27.044.369, en CUATRO (4) horas catedra de Educación Artística en 3er. año 2da. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8670-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5140926/26, por el cual tramita la designación del docente PABLO AGUSTIN ESTRADA DUBOR, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular NANCY BEATRIZ LEGUIZAMON, D.N.I. N° 22.786.322, según Decreto N° 7000-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente PABLO AGUSTIN ESTRADA DUBOR, D.N.I. Nº 43.157.747, en UN (1) cargo de Maestro de Música, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3789505/26 y 1590639/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de mayo de 2026, al docente PABLO AGUSTIN ESTRADA DUBOR, D.N.I. Nº 43.157.747, en UN (1) cargo de Maestro de Música, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8671-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5210400/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA PAOLA NIEVAS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín, con motivo de creación por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 2948-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ANDREA PAOLA NIEVAS, D.N.I. Nº 29.222.083, en TRES (3) horas cátedra de Matemática, en 6to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3821251/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de mayo de 2026, a la docente ANDREA PAOLA NIEVAS, D.N.I. Nº 29.222.083, en TRES (3) horas cátedra de Matemática, en 6to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8672-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6240451/26, por el cual tramita la designación de la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 7 “Doctor Manuel Sadosky”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular HECTOR DANIEL JOFRE, según Decreto N° 6765-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, D.N.I. N° 23.411.330, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 1er. año 3ra. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3826171/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 16 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 16 de junio de 2026, a la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, D.N.I. N° 23.411.330, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 1er. año 3ra. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 7 “Doctor Manuel Sadosky”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8673-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6300379/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA FLORENCIA JOFRE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la instrucción de sumario administrativo del docente titular, JOSE AGUSTIN DENEGRI BERDINI, ordenado por Resolución N° 52-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente MARIA FLORENCIA JOFRE, D.N.I. Nº 35.475.847, en CINCO (5) horas cátedra de Química Orgánica en 4to. año 1ra. división y CUATRO (4) horas cátedra de Química Ambiental en 6to. año 1ra. división, Sector Químico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3836756/26, 1594835/26, 1595958/26 y 1595974/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 17 de junio de 2026 e inter dure la instrucción de sumario administrativo del docente titular, JOSE AGUSTIN DENEGRI BERDINI, a la docente MARIA FLORENCIA JOFRE, D.N.I. Nº 35.475.847, en CINCO (5) horas cátedra de Química Orgánica en 4to. año 1ra. división y CUATRO (4) horas cátedra de Química Ambiental en 6to. año 1ra. división, Sector Químico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8674-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4160207/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente TANIA MICAELA OLGUIN, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3760807/26, 3824581/26 y act. ACTPAS 1698226/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente TANIA MICAELA OLGUIN, D.N.I. Nº 38.439.485, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 3605-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1704629/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 13 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180863/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 13 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente TANIA MICAELA OLGUIN D.N.I. Nº 38.439.485, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, con carácter suplente, en la Escuela N° 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Príngles. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8675-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5180536/26, por el cual tramita la designación de la docente LAURA ADELAIDA UÑATE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 443 “Islas Malvinas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino-titular ANDRES FERRANDO, D.N.I. N° 14.144.534, según Decreto N° 2867-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente LAURA ADELAIDA UÑATE, D.N.I. Nº 33.455.434, en CINCO (5) hs. catedra de Tecnología de la Información y la Comunicación en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en acts. DOCEXT 3791801/26 y 3791822/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de marzo de 2026, a la docente LAURA ADELAIDA UÑATE, D.N.I. Nº 33.455.434, en CINCO (5) hs. catedra de Tecnología de la Información y la Comunicación en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en la Escuela N° 443 “Islas Malvinas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8676-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170340/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 37 “Ingeniero Germán Ave Lallemant” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente NICOLAS NESPRIAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3762633/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente NICOLAS NESPRIAS D.N.I. Nº 41.920.143, de suplente a interino, vacante por renuncia por razones particulares de los docentes titulares LAURA JOURDAN y VICTOR ARNOLDO DURAN, según Decreto Nº 19148-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 03 de noviembre de 2025, del docente NICOLAS NESPRIAS D.N.I. Nº 41.920.143, de suplente a interino, en DOCE (12) horas cátedra de Calculo y Diseño con Energías Renovables, 6 hs. en 7mo. año 1ra. división y 6 hs. en 7mo. año 2da. división, ONCE (11) horas cátedra de Prácticas Profesionalizantes en 7mo. año 1ra. división y CUATRO (4) horas cátedra de Taller Energías Renovables en 3er. año 2da. división, Sector Energías Renovables, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 37 “Ingeniero Germán Ave Lallemant” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8677-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6161411/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ANA CAROLINA HERRERO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3819762/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ANA CAROLINA HERRERO, D.N.I. Nº 26.483.685, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 5231-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1709196/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 17 de julio de 2026;
Que en act. INFSUM 180870/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 17 de julio de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente ANA CAROLINA HERRERO D.N.I. Nº 26.483.685, en DOS (2) horas catedra con carácter excepcional de Espacio de Opción Institucional, Perfil Tecnología de la Información y la Comunicación en 6to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Jornada Completa N° 440 “Sarmiento”, de la localidad de Fortín el Patria, departamento Gobernador Dupuy. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8678-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4270224/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA CANDELA CRUCEÑO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 17 “Huellitas de Colores”, de la localidad de Los Puquios, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular KARINA ARIADNE RIEU, D.N.I. N° 31.402.006, según Decreto N° 18672-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente MARIA CANDELA CRUCEÑO, D.N.I. Nº 35.475.098, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3812599/26 y 3825426/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de mayo de 2026, a la docente MARIA CANDELA CRUCEÑO, D.N.I. Nº 35.475.098, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 17 “Huellitas de Colores”, de la localidad de Los Puquios, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8679-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6250203/26, por el cual tramita la designación del docente MAURO FABRICIO ARGÜELLO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot” de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy, por instrucción de sumario administrativo de la docente interina BRENDA MARA REYNOSO, ordenado por Resolución N° 56-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente MAURO FABRICIO ARGÜELLO, D.N.I. Nº 33.579.758, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología de los Materiales en 4to. año 2da. división y CINCO (5) horas cátedra de Automatismo y Control en 7mo. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3827049/26 y 1588285/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 25 de junio de 2026 e inter dure la instrucción de sumario administrativo de la docente interina BRENDA MARA REYNOSO, al docente MAURO FABRICIO ARGÜELLO, D.N.I. Nº 33.579.758, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología de los Materiales en 4to. año 2da. división y CINCO (5) horas cátedra de Automatismo y Control en 7mo. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot” de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8680-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6181178/26, por el cual tramita la designación del docente IGNACIO DANIEL GUZMAN, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio para Adultos N° 3 “Tomas Baras”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente titular MIRIAM ELISABETH QUIROGA, según Resolución N° 1852-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente IGNACIO DANIEL GUZMAN, D.N.I. Nº 26.329.593, en CUATRO (4) horas catedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3822020/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 17 de junio de 2026 y hasta el 16 de agosto de 2026, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular MIRIAM ELISABETH QUIROGA, a la docente IGNACIO DANIEL GUZMAN, D.N.I. Nº 26.329.593, en CUATRO (4) horas catedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio para Adultos N° 3 “Tomas Baras”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8681-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5140665/26, por el cual tramita la designación del docente RUBEN DANIEL CEFERINO SANCHEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 24 “Pancha Hernández”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARISA DEL CARMEN SALGUERO, D.N.I. N° 17.948.215, según Decreto N° 1869-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente RUBEN DANIEL CEFERINO SANCHEZ, D.N.I. Nº 27.376.071, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Artística, perfil Artes Visuales, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3789197/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de mayo de 2026, al docente RUBEN DANIEL CEFERINO SANCHEZ, D.N.I. Nº 27.376.071, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Artística, perfil Artes Visuales, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 24 “Pancha Hernández”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8682-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6251397/26, por el cual tramita la designación del docente ALEJANDRO DANIEL DE JESUS; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 2570-ME-2022, se torna necesario designar al docente ALEJANDRO DANIEL DE JESUS, D.N.I. Nº 35.503.759, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3831131/26 y 1588426/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 23 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 23 de junio de 2026, al docente ALEJANDRO DANIEL DE JESUS, D.N.I. Nº 35.503.759, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8683-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200275/26, por el cual tramita la designación de las docentes ANA LAURA NIEVAS y ALEJANDRA BEATRIZ ROCHA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso de enseñanza - aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales a las necesidades educativas provinciales.
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a las vacantes producidas en el Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortines”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0121-DRRHH-2025, de la docente interina AILIN AYELEN TOLEDO, se torna necesario designar a las docentes ANA LAURA NIEVAS D.N.I. Nº 31.845.798, en CINCO (5) horas cátedra de Estado Contable en 7mo. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, TRES (3) horas cátedra de Economía, en 6to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión y TRES (3) horas cátedra de Sistema Informático Contable, en 6to. año 3ra. división y ALEJANDRA BEATRIZ ROCHA D.N.I Nº 22.422.621, en CUATRO (4) horas cátedra de Comercio Exterior, en 7mo. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, CINCO (5) horas cátedra de Gestión Financiera y Fuentes de Financiación, 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, y CUATRO (4) horas cátedra de Sistema de Información Contable, en 2do. año 3ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3764127/26 y 1572712/26, obra: constancia de la publicación de los llamados para cubrir los cargos vacantes, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de las docentes mencionadas, acta de nacimiento y constancias de toma de posesión de los cargos de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 14 de abril de 2026 y hasta el 13 de julio de 2026, a las docentes:
ANA LAURA NIEVAS D.N.I Nº 31.845.798, en CINCO (5) horas cátedra de Estados Contables, en 7mo. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, TRES (3) horas cátedra de Economía, en 6to. año 3ra. división y TRES (3) horas cátedra de Sistema Informático Contable, 6to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Nivel de Educación Secundaria.-
ALEJANDRA BEATRIZ ROCHA D.N.I 22.422.621, en CUATRO (04) horas cátedra de Comercio Exterior en 7mo. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, CINCO (5) horas cátedra de Gestión Financiera y Fuentes de Financiación, en 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión y CUATRO (4) horas cátedra de Sistema de Información Contable, 2do. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortines”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8684-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5210288/26, por el cual tramita la designación de la docente CYNTHIA TATIANA TORREYRO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 417 “Granadero Florencio Navarro”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina DANIELA GUTIERREZ, D.N.I. N° 30.581.725, según Decreto N° 2607-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente CYNTHIA TATIANA TORREYRO, D.N.I. Nº 33.829.500, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Ingles I en 4to. año única división y TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera II, Perfil Ingles en 5to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3810291/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de mayo de 2026, a la docente CYNTHIA TATIANA TORREYRO, D.N.I. Nº 33.829.500, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Ingles I en 4to. año única división y TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera II, Perfil Ingles en 5to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 417 “Granadero Florencio Navarro”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8685-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3201330/26, por el cual tramita la designación de la docente ANA CECILIA BRITOS DELUIGGI, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, de la localidad de El Volcán, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de renuncia por razones particulares del docente titular ENZO MARTIN VIEYRA, según Decreto N° 18919-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente ANA CECILIA BRITOS DELUIGGI, D.N.I. Nº 39.092.391, en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 1er. año 1ra. división y 5 hs. en 2do. año única división, Sector Turismo, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3739066/26, DOCEXT 1544298/26 (Adjuntos) y DOCEXT 3810330/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 02 de marzo de 2026, a la docente ANA CECILIA BRITOS DELUIGGI, D.N.I. Nº 39.092.391, en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 1er. año 1ra. división y 5 hs. en 2do. año única división, Sector Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, de la localidad de El Volcán, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8686-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4241286/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 191 “Provincia de La Pampa” de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy, gestiona el cambio de situación de revista del docente ADRIAN PAOLO ZANOTTO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3770630/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente ADRIAN PAOLO ZANOTTO D.N.I. Nº 41.441.220, de suplente a interino, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular MARIA VICTORIA RINAUDI, según Decreto Nº 3840-ME-2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 23 de abril de 2026, del docente ADRIAN PAOLO ZANOTTO D.N.I. Nº 41.441.220, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 191 “Provincia de La Pampa” de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8687-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5131227/26, por el cual tramita la designación de la docente BETIANA INES ROMERO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 16 “Tucumán”, de la localidad de Beazley, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, ROSSANA LAURA GARCIA, según Decreto N° 9967-MHIP-2025, y renuncia por jubilación de la docente suplente, ADRIANA ESTHER GUIDOBALDI, según Decreto N° 5106-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente BETIANA INES ROMERO, D.N.I. N° 25.259.572, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3788299/26 y DOCEXT 3795635/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 11 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 11 de mayo de 2026, a la docente BETIANA INES ROMERO, D.N.I. N° 25.259.572, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 16 “Tucumán”, de la localidad de Beazley, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8688-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6251300/26, por el cual tramita la designación de la docente PATRICIA DANIELA ANDINO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3827907/26, obra: nota de renuncia por razones particulares, de la docente suplente PATRICIA DANIELA ANDINO, D.N.I. Nº 30.964.200, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 9007-MHP-2022, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L., de dicho docente;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, STELLA MARIS ALTAMIRANO, según Decreto N° 5325-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente PATRICIA DANIELA ANDINO, D.N.I. Nº 30.964.200, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3827907/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 12 de junio de 2026, la renuncia por razones particulares, de la docente suplente, PATRICIA DANIELA ANDINO, D.N.I. Nº 30.964.200, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, desde el 12 de junio de 2026, a la docente PATRICIA DANIELA ANDINO, D.N.I. Nº 30.964.200, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8689-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4270624/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, gestiona el cambio de situación de revista de la docente DANIELA FERNANDA CLAUDIANO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3771503/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente DANIELA FERNANDA CLAUDIANO D.N.I. Nº 21.579.179, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente interino LUIS ALBERTO CALDERON, según Decreto Nº 21047-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de noviembre de 2025, de la docente DANIELA FERNANDA CLAUDIANO D.N.I. Nº 21.579.179, de suplente a interina, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8690-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4011154/26, por el cual la Dirección de la Escuela de Nivel Inicial Nº 23 “Luna de Papel” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MILENA SOLEDAD BUSTO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3748164/26 y DOCEXT 3770018/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MILENA SOLEDAD BUSTO D.N.I. Nº 37.599.071, de suplente a interina, vacante por renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, ANDREA VIVIANA GODOY, según Decreto Nº 18671-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 11 de noviembre de 2025, de la docente MILENA SOLEDAD BUSTO D.N.I. Nº 37.599.071, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 23 “Luna de Papel” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8691-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5111268/26, por el cual tramita la designación de la docente MANUELA CECILIA CORREA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2001, 2921-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MANUELA CECILIA CORREA, D.N.I. Nº 28.489.305, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Artes Visuales, en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3785401/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 06 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 06 de mayo de 2026, a la docente MANUELA CECILIA CORREA, D.N.I. Nº 28.489.305, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Artes Visuales, en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8692-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290011/26, por el cual tramita la designación de la docente GALA ZUIN MENENDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA FABIANA BARROSO, según Decreto N° 12663-ME-2024 y renuncia del docente suplente MIGUEL ANGEL MIRANDA, dispuesta por Decreto Nº 7095-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente GALA ZUIN MENENDEZ, D.N.I. Nº 43.273.324, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3802813/26, 1579022/26 y 1579023/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 28 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2027, en reemplazo de la docente titular MARIA FABIANA BARROSO, a la docente GALA ZUIN MENENDEZ, D.N.I. Nº 43.273.324, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8693-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5121262/26, por el cual tramita la designación de la docente IVANA VANESA QUIROGA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 2927-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente IVANA VANESA QUIROGA, D.N.I. Nº 31.365.546, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3786645/26 y DOCEXT 1580215/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de mayo de 2026, a la docente IVANA VANESA QUIROGA, D.N.I. Nº 31.365.546, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8694-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4281099/26, por el cual tramita la designación del docente SEBASTIAN EDUARDO DELLA FAZIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía del docente titular ANDRES SEBASTIAN LOPEZ, según Decreto N° 6711-ME-2026, se torna necesario designar al docente SEBASTIAN EDUARDO DELLA FAZIA, D.N.I. Nº 31.029.253, en TRES (3) horas cátedra de Educación Tecnológica en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3773161/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 24 de abril de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía del docente titular ANDRES SEBASTIAN LOPEZ, al docente SEBASTIAN EDUARDO DELLA FAZIA, D.N.I. Nº 31.029.253, en TRES (3) horas cátedra de Educación Tecnológica en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8695-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5131203/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA FERNANDA GIRAUDO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 2948-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARIA FERNANDA GIRAUDO, D.N.I. Nº 24.858.032, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Turismo, en 6to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3821280/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de mayo de 2026, a la docente MARIA FERNANDA GIRAUDO, D.N.I. Nº 24.858.032, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Turismo, en 6to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8696-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6011231/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3806042/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente GABRIELA NATALIA ALANIZ, D.N.I. Nº 27.907.276, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 3956-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1707630/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 28 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180881/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 28 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente GABRIELA NATALIA ALANIZ D.N.I. Nº 27.907.276, en SEIS (6) horas catedra de Espacio de Lengua en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8697-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5221152/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA LAURA FERNANDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 1132-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARIA LAURA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 26.557.143, en TRES (3) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3798310/26 y DOCEXT 1584871/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de mayo de 2026, a la docente MARIA LAURA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 26.557.143, en TRES (3) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8698-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5281280/26, por el cual tramita la designación de la docente DIANA ROSA BENZO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 183-ME-2025 y 17479-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente DIANA ROSA BENZO, D.N.I. Nº 27.205.160, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera, Ingles, 2 hs. en 1er. año única división y 2 hs. en 4to. año única división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3802756/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 19 de mayo de 2026, a la docente DIANA ROSA BENZO, D.N.I. Nº 27.205.160, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera, Ingles, 2 hs. en 1er. año única división y 2 hs. en 4to. año única división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8699-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6300013/26, por el cual tramita la designación de la docente LOURDES CLARIVEL BENGOLEA LARA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, de la localidad de El Volcán, departamento Juan Martin de Pueyrredón, por afectación ministerial de la docente interina FANNY CARINA GUIÑAZU, ordenado por Resolución N° 28-ME-2026 y renuncia de la docente suplente FATIMA LUCRECIA MUÑOZ, dispuesta por Decreto N° 8204-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente LOURDES CLARIVEL BENGOLEA LARA, D.N.I. Nº 44.738.790, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3831142/26, y 1590499/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 23 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 23 de junio de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo de la docente interina FANNY CARINA GUIÑAZU, a la docente LOURDES CLARIVEL BENGOLEA LARA, D.N.I. Nº 44.738.790, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en el Centro Educativo N° 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, de la localidad de El Volcán, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8700-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4290186/26, por el cual tramita la designación de la docente SARA MABEL MOYANO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 237 “Maestra Trinidad Chirino”, de la localidad de Los Molles, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MARIA VICTORIA LOURDES VILLEGAS, D.N.I. N° 35.315.646, según Decreto N° 4621-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente SARA MABEL MOYANO, D.N.I. Nº 22.911.044, en TRES (3) hs. catedra de Lengua Extranjera -Perfil Ingles- en 5to. año única división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3773725/26 y 3824575/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente SARA MABEL MOYANO, D.N.I. Nº 22.911.044, en TRES (3) hs. catedra de Lengua Extranjera -Perfil Ingles- en 5to. año única división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 237 “Maestra Trinidad Chirino”, de la localidad de Los Molles, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8701-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4150522/26, por el cual tramita la designación de la docente CAROLINA SILVIA TUSSO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza - aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0120-DRRHH-2025, de la docente interina, CAMILA DAIANA BIONDI, se torna necesario designar a la docente CAROLINA SILVIA TUSSO, D.N.I. Nº 27.263.664, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3798558/26, 1570053/26 y 1570469/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18° de Ley Nº XV-0387-2004, su Decreto reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 20 de abril de 2026 y hasta el 01 de octubre de 2026, a la docente CAROLINA SILVIA TUSSO, D.N.I. Nº 27.263.664, UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8702-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5201296/26, por el cual tramita la designación de la docente ROSA LORENA CANO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 12 “Mi Valle Azul”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de creación, según Decreto N° 1908-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ROSA LORENA CANO, D.N.I. Nº 29.049.906, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3795821/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente ROSA LORENA CANO, D.N.I. Nº 29.049.906, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 12 “Mi Valle Azul”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8703-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4101240/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ANABELA KARINA ABIBE y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3755693/26 y 1568121/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ANABELA KARINA ABIBE, DNI Nº 32.812.236, formulario de cese, copia de Resolución Nº 3374-DRH-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 440458/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 16 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 180761/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 16 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina ANABELA KARINA ABIBE, DNI Nº 32.812.236, en SEIS (6) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Informática (2 hs. en 6to. año 1ra. división, 2 hs. en 6to. año 2da. división y 2 hs. en 5to. año 1ra. división), Orientación Informática y CUATRO (4) horas cátedra de Algoritmos, Lenguajes y Técnicas de Procesamiento en 5to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 313 “Rosario Mercedes Simón” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8704-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3160344/26, por el cual tramita la designación del docente SANTIAGO FABRICIO NUÑEZ DOMINGUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Educación Especial N° 9 “A.P.A.D.I.S.”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MIRIAN RAMONA DELUIGGI, D.N.I. N° 17.911.011, según Decreto N° 10764-MHIP-2025, cubierto por excepcionalidad según Decreto N° 18753-MHIP-2025; se torna necesario designar, al docente SANTIAGO FABRICIO NUÑEZ DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 38.750.140, en UN (1) cargo de Maestro de Actividades Practicas -Perfil Gastronomía-, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3801888/26 y 1592423/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 30 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente SANTIAGO FABRICIO NUÑEZ DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 38.750.140, en UN (1) cargo de Maestro de Actividades Practicas -Perfil Gastronomía-, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela de Educación Especial N° 9 “A.P.A.D.I.S.”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8705-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151318/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA CECILIA JUAREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 10 “Martín Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente titular MARIA FERNANDA ORELLANO, concedida por Resolución Nº 16-DRRHH-2026 y rectificada por Resolución Nº 40-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente ANDREA CECILIA JUAREZ, D.N.I. Nº 28.091.285, en CUATRO (4) horas cátedra de Finanzas e Impositiva en 6to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3795730/26, 1571098/26 y 1571689/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 26 de marzo de 2026 y hasta el 22 de junio de 2026, en reemplazo de la docente titular MARIA FERNANDA ORELLANO, a la docente ANDREA CECILIA JUAREZ, D.N.I. Nº 28.091.285, en CUATRO (4) horas cátedra de Finanzas e Impositiva en 6to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 10 “Martín Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8706-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5130910/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ANDREA LOURDES OLIVERI, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3788062/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ANDREA LOURDES OLIVERI, D.N.I. Nº 31.812.397, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 8713-MHP-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 441619/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 31 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180861/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 31 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente ANDREA LOURDES OLIVERI D.N.I. Nº 31.812.397, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, con carácter suplente, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 49 “Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8707-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170097/26, por el cual tramita la designación de la docente FANY MARICEL ESCUDERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular, SILVINA LORENA PEREZ, según Resolución Nº 2442-DRH-2024 y la renuncia por jubilación de la docente suplente, ANA GRACIELA MARANGHELLO, mediante Decreto Nº 5084-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente FANY MARICEL ESCUDERO, D.N.I. N° 29.887.716, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 4to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3762198/26, 3762215/26 y 3796934/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 15 de abril de 2026 y hasta el 25 de julio de 2026, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, SILVINA LORENA PEREZ, a la docente FANY MARICEL ESCUDERO, D.N.I. N° 29.887.716, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 4to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 29 “Remedios Escalada de San Martin”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8708-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080297/26, por el cual tramita la designación de la docente DARIA VADIMOVNA BUDARINA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Secundaria de Arte N° 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decreto Nº 5720-ME-2019 y Resolución Nº 45-ME-2014, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente DARIA VADIMOVNA BUDARINA, D.N.I. Nº 93.565.098, en DOS (2) horas cátedra de Improvisación y Composición Coreográfica III, en 6to. año única división, Orientación Danza, con Especialidad en Danza de Origen Escénico, Modalidad de Educación Artística de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3812143/26 y DOCEXT 1586444/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de junio de 2026, a la docente DARIA VADIMOVNA BUDARINA, D.N.I. Nº 93.565.098, en DOS (2) horas cátedra de Improvisación y Composición Coreográfica III, en 6to. año única división, Orientación Danza, con Especialidad en Danza de Origen Escénico, Modalidad de Educación Artística de Nivel Secundario, en la Escuela Secundaria de Arte N° 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8709-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5151136/26, por el cual tramita la designación del docente JAVIER MATIAS MANCHENTO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 74 “Gobernador Benigno Rodríguez Jurado”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular CLAUDIA ELENA BARZOLA, según Decreto N° 4159-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente JAVIER MATIAS MANCHENTO, D.N.I. N° 30.245.155, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3822004/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 08 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 08 de mayo de 2026, al docente JAVIER MATIAS MANCHENTO, D.N.I. N° 30.245.155, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 74 “Gobernador Benigno Rodríguez Jurado”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8710-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5201309/26, por el cual tramita la designación de la docente ANA VINUESA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Ave Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino DANIEL EDUARDO SCHMIDT, D.N.I. N° 26.196.281, según Decreto N° 5643-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ANA VINUESA, D.N.I. Nº 33.428.392, en TRES (3) hs. catedra de Taller de Geoclimatología en 4to. año 2da. división, Sector Energías Renovables, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3795837/26 y 1584379/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de mayo de 2026, a la docente ANA VINUESA, D.N.I. Nº 33.428.392, en TRES (3) hs. catedra de Taller de Geoclimatología en 4to. año 2da. división, Sector Energías Renovables, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Ave Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8711-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5220571/26, por el cual tramita la designación del docente FERNANDO NICOLAS GALLARDO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0019-DRRHH-2026, de la docente interina, JENNIE NATALI PALACIOS, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente FERNANDO NICOLAS GALLARDO, D.N.I. Nº 37.504.859, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia Argentina, 2 hs. en 5to. año 1ra. división y 2 hs. en 5to. año 2da división, Sector Industria Alimentaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3797649/26, 3797723/26 y 3832421/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., Acta de Nacimiento, declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 12 de mayo de 2026 y hasta el 9 de octubre de 2026, al docente FERNANDO NICOLAS GALLARDO, D.N.I. Nº 37.504.859, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia Argentina, 2 hs. en 5to. año 1ra. división y 2 hs. en 5to. año 2da división, Sector Industria Alimentaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8712-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5220712/26, por el cual tramita la designación del docente JOSE DANTE MERCADO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular DANIEL JORGE SAAD, según Decreto Nº 1395-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente JOSE DANTE MERCADO, D.N.I. Nº 42.845.131, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 3er. año 3ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3797863/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 21 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 21 de mayo de 2026, al docente JOSE DANTE MERCADO, D.N.I. Nº 42.845.131, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 3er. año 3ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8713-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7011175/26, por el cual tramita la designación de la docente VERONICA DENISE CABALLERIA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 429 “Gregorio Agüero”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente NELDA NAHIR PERNAS LOPEZ, según Decreto N° 5913-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional a la docente VERONICA DENISE CABALLERIA, D.N.I. Nº 38.749.572, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Especial de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3833367/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito y Resolución Nº 75-JCD-2026, elaborados por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 30 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 30 de junio de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente VERONICA DENISE CABALLERIA, D.N.I. Nº 38.749.572, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Especial de Nivel Inicial, en la Escuela N° 429 “Gregorio Agüero”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8714-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6030890/26, por el cual tramita la designación de la docente JESSICA LORENA CANO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decreto N° 11816-ME-2014, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente JESSICA LORENA CANO, D.N.I. Nº 25.251.175, en SEIS (6) horas cátedra de Biología, 3 hs. en 4to. año 2da. división, Sector Turismo y 3 hs. en 4to. año 2da. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3808703/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de mayo de 2026, a la docente JESSICA LORENA CANO, D.N.I. Nº 25.251.175, en SEIS (6) horas cátedra de Biología, 3 hs. en 4to. año 2da. división, Sector Turismo y 3 hs. en 4to. año 2da. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8715-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7011093/26, por el cual tramita la designación del docente OSCAR FEDERICO ALAGIA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular NICOLAS ALBERTO ISVAN CORREA, según Decreto Nº 5145-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente OSCAR FEDERICO ALAGIA, D.N.I. Nº 22.786.625, en CINCO (5) horas cátedra de Tecnología de la Representación Gráfica e Interpretación de Planos, en 5to. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3833243/26 y 1590087/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 30 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de junio de 2026, al docente OSCAR FEDERICO ALAGIA, D.N.I. Nº 22.786.625, en CINCO (5) horas cátedra de Tecnología de la Representación Gráfica e Interpretación de Planos, en 5to. año 4ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8716-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5111049/26, por el cual tramita la designación del docente BRUNO ALDO DONOSO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del cambio de funciones de la docente titular NORA MINERVA BALSEIRO, según Resolución N° 586-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente BRUNO ALDO DONOSO, D.N.I. Nº 34.002.312, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística - Perfil Música, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3785157/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 8 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 8 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo del cambio de funciones de la docente titular NORA MINERVA BALSEIRO, al docente BRUNO ALDO DONOSO, D.N.I. Nº 34.002.312, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística - Perfil Música, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8717-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6111069/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ELISABETH MUÑOZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía del docente titular VICTOR DANIEL BOIERO, concedida por Resolución Nº 1190-DRH-2024 y renuncia de la docente suplente CECILIA ANDREA GIMENEZ MUT, dispuesta por Decreto N° 4152-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente MARIA ELISABETH MUÑOZ, D.N.I. Nº 25.132.597, en DOS (2) horas cátedra de Espacios de Opción Institucional, Perfil Laboratorio en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3817154/26, 1581328/26 y 1581331/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 04 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía del docente titular VICTOR DANIEL BOIERO, a la docente MARIA ELISABETH MUÑOZ, D.N.I. Nº 25.132.597, en DOS (2) horas cátedra de Espacios de Opción Institucional, Perfil Laboratorio en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8718-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5080698/26, por el cual tramita la designación de la docente DIEGO DAVID SOLA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 11654-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino, al docente DIEGO DAVID SOLA, D.N.I. Nº 29.441.307, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música, en 4to. año 3ra. división, Orientación en Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3783124/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 06 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 06 de mayo de 2026, al docente DIEGO DAVID SOLA, D.N.I. Nº 29.441.307, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música, en 4to. año 3ra. división, Orientación en Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8719-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6290543/26, por el cual tramita la designación del docente MILTON KEVIN IBAÑEZ GARAY, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 306 “Gobernador Zoilo Concha”, de la localidad de Villa de la Quebrada, departamento Belgrano, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente titular MIRTHA ALEJANDRA DIAZ, según Resolución N° 2322-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente MILTON KEVIN IBAÑEZ GARAY, D.N.I. Nº 38.005.600, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3830280/26 y 1595630/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 23 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 23 de junio de 2026 y hasta el fin del ciclo lectivo 2026 o finalización de la licencia por accidente de trabajo, lo que acontezca primero, de la docente titular MIRTHA ALEJANDRA DIAZ, al docente MILTON KEVIN IBAÑEZ GARAY, D.N.I. Nº 38.005.600, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 306 “Gobernador Zoilo Concha”, de la localidad de Villa de la Quebrada, departamento Belgrano.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8720-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4290265/26, por el cual tramita la designación de la docente ANALIA LOURDES BENITEZ; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la baja por fallecimiento del docente interino RAFAEL TOMAS BERGALLO, según Resolución N° 4904-DRRHH-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente ANALIA LOURDES BENITEZ, D.N.I. N° 27.082.178, en TRES (3) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 5to año 1ra. división, Orientación Arte - Teatro, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3773846/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, a la docente ANALIA LOURDES BENITEZ, D.N.I. N° 27.082.178, en TRES (3) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 5to año 1ra. división, Orientación Arte - Teatro, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8721-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5060290/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortines” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente LUCIA CAROLINA GIOVANELLA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3779717/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente LUCIA CAROLINA GIOVANELLA D.N.I. Nº 35.315.958, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular ADRIANA MONICA VAROTTA, según Decreto Nº 7760-MHP-2021;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de noviembre de 2021, de la docente LUCIA CAROLINA GIOVANELLA D.N.I. Nº 35.315.958, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Formación y Participación Ciudadana en 2do. año 2da. división, Escuela para Jóvenes, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortines” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8722-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6251341/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA BELEN QUEVEDO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARIELA BELEN ZOSSO, según Decreto Nº 5770-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente ANDREA BELEN QUEVEDO, D.N.I. Nº 34.859.277, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3828004/26 y 3832517/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 23 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 23 de junio de 2026, a la docente ANDREA BELEN QUEVEDO, D.N.I. Nº 34.859.277, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8723-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4060480/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ANA CAROLINA HERRERO y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3748869/26 y 3804016/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ANA CAROLINA HERRERO, D.N.I. Nº 26.483.685, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 4202-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1697720/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 06 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180630/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 06 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina ANA CAROLINA HERRERO, D.N.I. Nº 26.483.685, en DOS (2) horas cátedra de Taller de la Especialidad: Producción Vegetal I, en 2do. año 1ra. división, Especialidad Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 38 “Leonor Matilde Hirsch de Caraballo”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8724-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1190256/26, por el cual se tramita la renuncia del docente GUSTAVO ADOLFO VASSALLO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1494894/26, 1587784/26 e INFORM 439894/26, obra: nota de renuncia por jubilación del docente GUSTAVO ADOLFO VASSALLO, D.N.I. Nº 16.310.339, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 5532-MC-2004, de titularización, 6071-ME-2020, de designación, 1851-MHP-2016, de reubicación, y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 431647/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de febrero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente GUSTAVO ADOLFO VASSALLO, D.N.I. Nº 16.310.339, en UN (1) cargo de Profesor Responsable para los espacios curriculares “Arte y Tecnología I: Fotografía” y “Arte en la Bidimensión II: Grabado” correspondientes al Profesorado de Artes Visuales, con una carga horaria de treinta y cinco (35) horas reloj, en el Instituto de Formación Docente Continua Villa Mercedes, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Artística, en 3er. año, 1ra. división, UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, TRES (3) horas cátedra titulares de Cultura, Arte y Sociedad, en 4to. año única división, UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría Anual, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Taller de Dibujo II, en 5to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte N° 1 “Profesor Gaspar Di Gennaro”, todos los establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8725-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6120435/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARTHA ZULEMA MANCILLA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1576380/26 y ACTPAS 1708389/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARTHA ZULEMA MANCILLA, D.N.I. N° 20.436.823, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nº 3465-ME-2022 de titularización y fotocopia de D.N.I. de la docente;
Que en act. ACTPAS 1708388/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de julio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de julio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARTHA ZULEMA MANCILLA, D.N.I. N° 20.436.823, en un (1) cargo titular de Secretaria, Modalidad de Educación Técnica Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 2 “San José Obrero” de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8726-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4061308/26, por el cual tramita la designación de la docente ELIANA ROCIO AGUIRRE MORALES, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 23 “Umberto Rodríguez Saa”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARIA ISABEL SPERANZA, D.N.I. N° 18.091.340, según Decreto N° 2659-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ELIANA ROCIO AGUIRRE MORALES, D.N.I. Nº 37.398.175, en UN (1) cargo de Maestra de Plástica Visual, Nivel de Educación Primario;
Que en acts. DOCEXT 3749936/26 y 3777668/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de marzo de 2026, a la docente ELIANA ROCIO AGUIRRE MORALES, D.N.I. Nº 37.398.175, en UN (1) cargo de Maestra de Plástica Visual, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 23 “Umberto Rodríguez Saa”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8727-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6290637/26, por el cual tramita la designación del docente DOMINGO PAUL MORENO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la ciudad de Carpintería, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino DUILIO RUBEN GARAY, según Decreto N° 5585-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente DOMINGO PAUL MORENO, D.N.I N° 38.751.689, en DOS (2) horas cátedra de Estadística, 2 hs. en 5to. año 2da división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3830402/26, 3835070/26 y 3835071/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de junio de 2026, al docente DOMINGO PAUL MORENO D.N.I 38.751.689, en DOS (2) horas cátedra de Estadística, en 2 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la ciudad de Carpintería, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8728-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6240712/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA BELEN OROZCO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 7 “Doctor Manuel Sadosky”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular HECTOR DANIEL JOFRE, según Decreto N° 6765-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente MARIA BELEN OROZCO, D.N.I. N° 26.213.528, en CINCO (5) horas cátedra de Geografía, 2 hs. en 2do. año 4ta. división y 3 hs. en 1er. año 4ta. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3826409/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 17 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 17 de junio de 2026, a la docente MARIA BELEN OROZCO, D.N.I. N° 26.213.528, en CINCO (5) horas cátedra de Geografía, 2 hs. en 2do. año 4ta. división y 3 hs. en 1er. año 4ta. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 7 “Doctor Manuel Sadosky”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8729-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6290182/26, por el cual tramita la designación de la docente VALENTINA AYLEN LUNA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 3219-ME-2022, y cese por excepcionalidad según Decreto Nº 22264-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente VALENTINA AYLEN LUNA, D.N.I. Nº 45.986.209, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística-Perfil Teatro, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3829877/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 16 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 16 de junio de 2026 y hasta fin del presente ciclo lectivo, a la docente VALENTINA AYLEN LUNA, D.N.I. Nº 45.986.209, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística-Perfil Teatro, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8730-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5211068/26, por el cual tramita la designación del docente ALAN MINIG, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Ave Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina ROXANA CARINA GLEREAN, D.N.I. N° 21.824.245, según Decreto N° 4942-MHP-2017; y renuncia por razones particulares de la docente suplente GISELA NATALIA BORGATELLO, D.N.I. N° 28.474.756, según Decreto N° 4861-MHIP-2026; se torna necesario designar, al docente ALAN MINIG, D.N.I. Nº 36.283.882, en TRES (3) hs. catedra de Geoclimatología -Perfil Geólogo, Ingeniería Ambiental- en 4to. año 1ra. división y TRES (3) hs. catedra de Taller de Geoclimatología -Perfil Geólogo, Ingeniería Ambiental- en 4to. año 1ra. división, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3796820/26 y 1585402/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de mayo de 2026, al docente ALAN MINIG, D.N.I. Nº 36.283.882, en TRES (3) hs. catedra de Geoclimatología -Perfil Geólogo, Ingeniería Ambiental- en 4to. año 1ra. división y TRES (3) hs. catedra de Taller de Geoclimatología -Perfil Geólogo, Ingeniería Ambiental- en 4to. año 1ra. división, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Ave Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8731-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4010327/26 y acumulado EXD-0000-3311192/26 por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente MICOL DE LUJAN ESTRADA y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3746700/26, 3747437/26 y 3763527/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente MICOL DE LUJAN ESTRADA, D.N.I. Nº 40.318.866, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 18140-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1697720/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180630/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino MICOL DE LUJAN ESTRADA, D.N.I. Nº 40.318.866, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, en 1er. año, 2do. año y 3er. año, 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 270 “Alejandro del Carmen Bazán”, de la localidad de Juan Llerena y en OCHO (8) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, en 1er. año, 2do. año y 3er.año, 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 271 “Cautivas Puntanas”, de la localidad de La Punilla; ambas localidades del departamento General Pedernera.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Eugenia Sosa Herrera
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8732-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4271280/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente LUCAS NAHUEL ANDREOTTI BONA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3772112/26 y 3780676/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente LUCAS NAHUEL ANDREOTTI BONA, D.N.I. Nº 38.425.100, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 9244-MHP-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1712375/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 27 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180532/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 27 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino LUCAS NAHUEL ANDREOTTI BONA, D.N.I. Nº 38.425.100, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
RESOLUCIONES
REF. RESOLUCIÓN N° 40-2026
- Honorable Cámara de Senadores
En cumplimiento del Artículo 201 del Reglamento Interno, se ha resuelto:
Fijar Audiencia Pública para el 15/09/26 en el Recinto de esta H. Cámara:
10:30 hs.: Abg. Mariela Desirée Cadelago Filippi, D.N.I. Nº 25.964.766, para cubrir el cargo de Juez de Cámara de Apelaciones de la Sala con Competencia en lo Civil, Comercial, Ambiental, Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia de la Primera Circunscripción Judicial.-
Fijar hasta el día 08/09/2026 inclusive, para presentar por Mesa de Entradas de ésta Cámara las preguntas para la Audiencia Pública y observaciones a las calidades y méritos de los aspirantes propuestos.-
RECINTO DE SESIONES 18/08/2026
RICARDO ANÍBAL ANTONIO ENDEIZA
Presidente
Said Alume Sbodio
Secretario Legislativo
SPP e y v: 21 Ago.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N°459 -DPJ-2026.-
San Luis, 18 de Agosto del año 2026.-
Ref.: NORMALIZACION
VISTO:
Actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo de la entidad “COMISIÓN INTITUTO FOLKLORICO ECOS DE MI TIERRA DE UNION”, LPJ 742/01, Con domicilio legal en la Localidad de Unión, Departamento Dupuy, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto N° 872PCyFdePJ-2001 de fecha 16 de octubre de 2001;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 167 y Sgtes., obra petición escrita suscripta por más de 10 asociados, denunciando irregularidades en relación a falta de cumplimiento de las obligaciones de la Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, ya que se encuentran con mandato vencido desde el año 2016 al día de la fecha;
Que del estudio exhaustivo del legajo archivo de la Entidad, surge que la misma se encuentra en estado IRREGULAR, adeudando presentación de Memorias, Estados Contables e Informes del Revisor de Cuentas correspondiente a los ejercicios económicos cerrado en los años 2015 irregular, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, según lo normado por del Estatuto Social vigente de la Asociación.-
Que a los fines de encausar la vida institucional de la entidad, los presentantes solicitan nombre a un Delegado Normalizador, sugiriendo en tal carácter al Sr./Sra. PARDO, MARCELO SEBASTIAN D.N.I. N° 39.992.845.-
Que el presente instituto de normalización tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de 60 días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo del Delegado Normalizador.
Que la normalización por parte del Estado de la administración de una entidad civil ha sido reconocida desde antiguo por nuestros tribunales (Cámara Civil 1° de la Capital Federal, septiembre 30 de 1936, en autos “Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios”; ídem, mismo tribunal en fecha 17 de junio de 1930 en autos “Asociación Mutual de Retirados del Ejército y la Armada”). -
Atento a ello, consideraciones de hecho y derecho efectuadas, constancias del Legajo/Archivo 342/2011 y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación, art. 168 inciso 22 de la Constitución de la Provincia de San Luis; art. 7, apartado 3, inciso b de la Ley Provincial N° V-0112-2004, Articulo 83 siguientes y concordantes de la Resolución General N°38-DPCyFPJ-2018, esta oficina está facultada para fiscalizar, controlar y normalizar las entidades inscriptas como Personas Jurídicas, en EXCLUSIVO INTERES PÚBLICO;
POR ELLO, Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1°.-Disponer la medida administrativa de NORMALIZACION de la entidad “COMISIÓN INTITUTO FOLKLORICO ECOS DE MI TIERRA DE UNION”, LPJ 742/01, Con domicilio legal en la Localidad de Unión, Departamento Dupuy, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto N° 872-PCyFdePJ-2001 de fecha 16 de octubre de 2001;
Art. 2°.-Designar en el carácter de Delegado Normalizador al Sr./Sra. PARDO, MARCELO SEBASTIAN, D.N.I. N° 39.992.845, a fin de que lleve adelante el proceso de normalización de la entidad, por el término de SESENTA (60) DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por causas que así lo justifiquen. Establecer que, en el ejercicio del cargo impuesto, y dentro del plazo establecido, deberá convocar a Asamblea General Extraordinaria para la elección de autoridades según estatuto vigente y previo cumplimiento de las formalidades que exige la normativa aplicable.
Art. 3°.-Notifíquese, publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, Protocolícese y oportunamente Archívese.-
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora Personas Jurídicas
SPP e y v: 21 Ago.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 461-DPJ-2026.-
San Luis, 18 de Agosto de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº 51/1988, perteneciente a la entidad “FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE BOMBEROS VOLUNTARIOS, con domicilio en la Ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luis y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1021 consta nota emitida por el Sr GUSTAVO JAVIER ALBORNOZ, Director DPYGE, donde solicitan prorroga de la Intervención
Que resulta conveniente hacer lugar a la solicitud de los Interventores, a fin de facilitar la re organización institucional de la entidad.-
Que en la misma nota se solicita la incorporación de otro interventor a efectos de ayudar a la reorganización de la federación, proponiendo al Sra MARIA EUGENIA GARCIA, D.N.I. N° 28.600736.-
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO.-
LA DIRECCION PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º EXTENDER por el término de NOVENTA (90) días a partir de su notificación personal, la PRORROGA de INTERVENCIÓN concedido por Resolución Nº 251-DPJ-2025, a la entidad “FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE BOMBEROS VOLUNTARIOS, con domicilio en la Ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís.-
Art. 2º RATIFICAR en sus funciones de Interventor a los Sres. ROXANA GILDA DIAZ, D.N.I. N° 22.140.469, MIGUEL ANGEL DIAZ, D.N.I. N° 14.079.698, EMILIANO DANIEL VERA, D.N.I. N° 32.164.247 y nombrar interventor a la Sra. MARIA EUGENIA GARCIA, D.N.I. N° 28.600.736, para continuar con el desarrollo de sus actividades tendientes a la regularización definitiva de la entidad.-
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE.
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora Personas Jurídicas
SPP e y v: 21 Ago.
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DE LA PUNTA
ORDENANZA Nº 546-HCDCDLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 28 de mayo de 2026
DENOMINACIÓN “CAMINOS DEL SOL” AL BOULEVAR DEL Bº LOS LAPACHOS
VISTO:
La Ordenanza Nº 417-HCDCDLP-2020 de Nomenclatura Urbana de la ciudad de La Punta, y Nota presentada por vecinos del B° Los Lapachos de nuestra ciudad, y:
CONSIDERANDO:
Que la correcta denominación de los espacios públicos contribuye a la organización urbana, la localización de domicilios y la eficiente prestación de servicios esenciales como, ambulancias, policía y bomberos;
Que los vecinos del barrio Los Lapachos, en conjunto con la Asociación Vecinal, han llevado adelante un proceso participativo mediante el cual se propuso y eligió la denominación del boulevard principal;
Que, como resultado de dicho proceso, y contando con el acompañamiento de los vecinos a través de firmas, se ha consensuado el nombre “Boulevard Camino del Sol”:
Que resulta fundamental promover y reconocer la participación ciudadana en las decisiones que hacen a la identidad de los barrios, fortaleciendo el sentido de pertenencia;
POR ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE LA PUNTA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º.- DESIGNAR con la denominación “Camino del Sol” al Boulevard del Barrio Los Lapachos, conforme a la elección realizada por los vecinos y la Asociación Vecinal. -
ARTÍCULO 2º. - Instrúyase al Poder Ejecutivo Municipal a proceder a la señalización correspondiente y a la incorporación de dicha denominación en los registros municipales oficiales. -
ARTÍCULO 3º. - Comuniquese, publiquese y archivese. -
PASCUA ROXANA OROS
Presidente H.C.D.
Juan Pablo Martínez
Secretario Legislativo
EXENTO
DECRETO Nº 0437-IMLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 02 de junio de 2026
VISTO:
La Ordenanza N° 546-HCDCDLP-2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de La Punta, aprueba la DENOMINACIÓN “CAMINOS DEL SOL” AL BOULEVARD DEL BARRIO LOS LAPACHOS, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 546-HCDCDLP-2026 ha sido remitida al Ejecutivo Municipal para su promulgación y entrada en vigor;
Que la promulgación de las ordenanzas es una atribución y deber del Ejecutivo Municipal, conforme a lo establecido en el Inciso 1 del Artículo 261 de la Constitución de la Provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
DECRETA:
ART. 1º: PROMULGAR la Ordenanza Nº 546–HCDCDLP–2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante. -
ART. 2º: DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial por el término legal.
ART. 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda del Municipio. -
ART. 4º: De forma. -
LUCIANO MARTÍN AYALA
Intendente
Silvia Musser
Secretaria de Hacienda
EXENTO
ORDENANZA N° 548-HCDCDLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 25 de junio de 2026
DENOMINACIÓN PLAZA “ALAN RIOS”
VISTO:
Que la Ordenanza Municipal N° 417 HCDCDLP-2020 establece que el Honorable Concejo Deliberante es el órgano competente para denominar las plazas, avenidas y demás espacios públicos de la ciudad;
CONSIDERANDO:
Que el espacio público entre los módulos 3 y 4 del Barrio El Paraíso sobre calles 1 Bis entre calle 14 oeste y 20 oeste que en los próximos días será inaugurada la puesta en valor resultando necesario una denominación oficial antes de su habilitación al uso público:
Que con el propósito de garantizar la participación ciudadana en el proceso de nominación, se llevó a cabo una encuesta entre los vecinos y residentes del barrio, resultando como nombre elegido “Alan Ríos” obtuvo el 74% de los votos emitidos, expresando de manera contundente la voluntad de la comunidad de honrar su memoria en el espacio público;
Que la imposición del nombre de Alan Ríos a esta plaza constituye un acto de reconocimiento y homenaje hacia un joven que formó parte de nuestra ciudad, cuya memoria perdura en el afecto de sus vecinos y familiares;
Que Alán Ríos fue un pequeño que llegó con su familia en los inicios de la ciudad, que se convirtió en un joven con una capacidad de relacionarse con los vecinos, participando activamente con sus pares, en juegos y actividades grupales.
Que denominar los espacios públicos con nombres de personas entrañables para la comunidad contribuye a fortalecer la identidad barrial, preservar la memoria colectiva y estrechar los lazos de pertenencia entre los vecinos y su entorno:
Que el Honorable Concejo Deliberante estima que la voluntad mayoritaria expresada por la comunidad del módulo 3 y módulo 4 Barrio El Paraíso merece ser receptada y formalizada en el marco normativo municipal vigente;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
LA CIUDAD DE LA PUNTA SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- DESIGNAR con la denominación “PLAZA ALAN RÍOS conforme a la elección realizada por el voto de los vecinos, al espacio público ubicado, sobre calles 1 Bis y entre calle 14 oeste y 20 oeste de los módulos 3 y 4, de la ciudad de La Punta, provincia de San Luis.
ARTÍCULO 2º.- instrúyase al Poder Ejecutivo Municipal a proceder a la señalización correspondiente y a la incorporación de la denominación en los registros municipales oficiales, dentro de los treinta (30) días de promulgada la presente.
ARTÍCULO 3º.- Invítese especialmente a los familiares de Alan Ríos y a los vecinos del Barrio El Paraíso el día del acto inaugural, que participaron de la consulta popular que dio origen a la presente norma.
ARTÍCULO 4°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, publíquese, regístrese y archívese.
PASCUA ROXANA OROS
Presidente H.C.D.
Juan Pablo Martínez
Secretario Legislativo
EXENTO
DECRETO Nº 0517-IMLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 30 de junio de 2026
VISTO:
La Ordenanza N° 548-HCDCDLP-2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de La Punta, aprueba la DENOMINACIÓN PLAZA “ALAN RIOS”, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza N° 548-HCDCDLP-2026 ha sido remitida al Ejecutivo Municipal para su promulgación y entrada en vigor;
Que la promulgación de las ordenanzas es una atribución y deber del Ejecutivo Municipal, conforme a lo establecido en el Inciso 1 del Artículo 261 de la Constitución de la Provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
DECRETA:
ART. 1º: PROMULGAR la Ordenanza Nº 548–HCDCDLP–2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante. -
ART. 2º: DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial por el término legal.
ART. 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda del Municipio. -
ART. 4º: De forma. -
LUCIANO MARTÍN AYALA
Intendente
Silvia Musser
Secretaria de Hacienda
EXENTO
MUNICIPALIDAD DE LOS MANANTIALES
ORDENANZA N° 4-MLM-2026.-
Los Manantiales Dpto. Belgrano Pcia de San Luis, 30 de julio de 2026
DONACION DE INMUEBLES AL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS DESTINADOS A VIVIENDA SOCIAL
VISTO:
El programa provincial TENEMOS FUTURO, Plano de Mensura 08-17-2026;
CONSIDERANDO:
Que es voluntad del municipio de la localidad de Los Manantiales, paliar el déficit habitacional, contribuir, planificar y ejecutar políticas públicas de acceso a la vivienda, facilitando la disponibilidad del suelo a los fines de facilitar el desarrollo habitacional;
Que los inmuebles objeto de la presente son de dominio de la Municipalidad de Los Manantiales C.U.I.T. 30673360102 y se encuentran inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-R6-A1;
Que resulta de interés público transferir los bienes inmuebles precitados a favor del Estado Provincial con la finalidad que se proyecte sobre los mismos la ejecución de viviendas sociales en el marco del Programa Provincial “TENEMOS FUTURO” durante el año 2026, lo que constituye un claro beneficio humano, económico y social para nuestra comunidad;
Que la presente encuentra su fundamento legal en el Articulo 258 inc.11 de la Constitución Provincial, es atribución y deber del Concejo Deliberante dictar ordenanzas sobre la Disposición de los bienes municipales requiriéndose los dos tercios de los votos de la totalidad de sus miembros para su autorización;
Que resulta necesario instrumentar mediante Ordenanza Municipal, la oferta de donación de los inmuebles a favor del Gobierno de la Provincia de San Luis, a fin de posibilitar la posterior aceptación por parte del Poder Ejecutivo Provincial y la prosecución del trámite administrativo correspondiente;
Que la individualización de los inmuebles se realiza conforme al Plano 08-17-2026 de Mensura y División Administrativa confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Jonathan W. Sandoval Mat. 313 C.A.S.L., y registrado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales en fecha 06 de abril de 2026;
Que la presente donación se realiza sin cargo y con destino específico de la construcción de viviendas;
QUE POR TODO LO EXPUESTO ESTE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA LOCALIDAD DE LOS MANANTIALES,
DEPARTAMENTO BELGRANO PROVINCIA DE SAN LUIS
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES Y FACULTADES QUE
LE CONFIERE LA LEY SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1°: AUTORIZAR a la señora intendente municipal de la localidad de Los Manantiales, Carolina Salinas, a donar sin cargo el dominio a favor del Gobierno de la Provincia de San Luis de los siguientes inmuebles:
Parcela N°4 de la manzana 6 con una superficie de 314,32m2, identificado tributariamente con padrón N°1104663 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1; Parcela N°5 de la manzana 6 con una superficie de 314,32m2, identificado tributariamente con padrón N°1104664 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1; Parcela N°9 de la manzana 6 con una superficie de 349,21m2, identificado tributariamente con padrón N°1104668 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1; Parcela N°10 de la manzana 6 con una superficie de 332,24m2, identificado tributariamente con padrón N°1104669 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1, todas conforme al Plano 08.17.2026 confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Jonathan W Sandoval, Mat. 313 C.A.S.L., y registrado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales en fecha 06 de abril de 2026.
Artículo 2°: ESTABLECER que la presente donación se realiza sin cargo, con destino exclusivo para la ejecución de viviendas sociales en el marco del Programa Provincial “TENEMOS FUTURO”.
Artículo 3°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todos los actos necesarios y pertinentes para el cumplimiento de la presente, incluyendo la remisión de antecedentes, gestión ante organismos provinciales y toda actuación conducente a la concreción de la donación.
Artículo 4°: DISPONER la remisión de la presente Ordenanza al Ministerio de Gobierno de la Provincia de San Luis a los efectos de su intervención y posterior aceptación mediante el acto administrativo correspondiente.
Artículo 5°: Comuníquese, Publíquese, dese al Registro Comunal, y oportunamente Archívese.
SILVIA CLAUDIA FERNANDEZ
Presidenta H.C.D.
EXENTO
DECRETO N° 4-MLM-2026.-
Los Manantiales Dpto. Belgrano Pcia de San Luis, 4 de Agosto de 2026
VISTO:
El programa provincial TENEMOS FUTURO, mediante tramite de fecha 30 de Julio, conforme al Plano 08-17-2026 de Mensura y División por el cual el Departamento Ejecutivo Municipal tramita la transferencia de un inmueble a favor del Superior Gobierno de la Provincia de San Luis, Ordenanza Municipal N° 4-MLM-2026;
CONSIDERANDO:
Que la política habitacional de la localidad de Los Manantiales tiene por fin paliar el déficit habitacional, contribuir, planificar y ejecutar políticas públicas de acceso a la vivienda, facilitando la disponibilidad del suelo a los fines de facilitar el desarrollo habitacional;
Que en ese contexto la municipalidad tiene en miras un plan de urbanización sostenible y sustentable a largo plazo, sin dañar el medio ambiente y los ecosistemas y sin consumir sus recursos de forma indiscriminada, logrando un desarrollo equilibrado haciendo un uso eficiente de los recursos naturales, renovables y no renovables;
Que a tales efectos la Municipalidad de los Manantiales trabaja en Concordancia y Coordinación con la política habitacional del Estado de la Provincia de San Luis con el objetivo de cumplir con la Obligación del Estado de Garantizar el Derecho de los ciudadanos a acceder a una vivienda digna, con el fin de logar el disfrute de una vida que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias;
Que dentro del marco de Cooperación y Coordinación obrante, y a los fines de ejecutar la política pública habitacional mencionada, mediante el tratamiento legislativo correspondiente, el Honorable Concejo Deliberante Ordenanza Municipal N°4-MLM-2026, que autoriza al Ejecutivo Municipal a realizar el acto de transferencia de Dominio de Inmuebles a favor del Estado Provincial;
Que resulta de interés público transferir los bienes inmuebles precitados a favor del Estado Provincial con la finalidad que se proyecte sobre los mismos la ejecución de viviendas sociales en el marco del Programa Provincial “TENEMOS FUTURO” durante el año 2026, lo que constituye un claro beneficio humano, económico y social para nuestra comunidad;
Que la individualización de los inmuebles se realiza conforme al Plano 08-17-2026 de Mensura y División Administrativa confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Jonathan W. Sandoval Mat. 313 C.A.S.L., y registrado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales en fecha 06 de abril de 2026;
Que la presente donación se realiza con destino específico de la construcción de viviendas sociales;
QUE POR TODO LO EXPUESTO LA INTENDENTE MUNICIPAL
DE LA LOCALIDAD DE LOS MANANTIALES EN EJERCICIO DE SUS
Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
DECRETA
Artículo 1°: DONAR a favor del Superior Gobierno de la Provincia de San Luis los inmuebles de propiedad municipal individualizados de la siguiente manera:
Parcela N°4 de la manzana 6 con una superficie de 314,32m2, identificado tributariamente con padrón N°1104663 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1; Parcela N°5 de la manzana 6 con una superficie de 314,32m2, identificado tributariamente con padrón N°1104664 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1; Parcela N°9 de la manzana 6 con una superficie de 349,21m2, identificado tributariamente con padrón N°1104668 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1; Parcela N°10 de la manzana 6 con una superficie de 332,24m2, identificado tributariamente con padrón N°1104669 de receptoría 27 (Socoscora), inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble a la Matricula 08-3850-1, todas conforme al Plano 08.17.2026 confeccionado por el Ingeniero Agrimensor Jonathan W Sandoval, Mat. 313 C.A.S.L., y registrado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales en fecha 06 de abril de 2026.
Artículo 2°: ESTABLECER que la presente donación se realiza con destino exclusivo para la ejecución de viviendas sociales en el marco del Programa Provincial “TENEMOS FUTURO”.
Artículo3°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia, corriendo todos los gastos que demande la escrituración por cuenta de la parte donataria.
Artículo 4°: Comuníquese, Publíquese, dese al Registro Comunal, y oportunamente Archívese.
ALEJANDRA CAROLINA SALINAS
Intendente
Ana Cecilia Castillo
Secretaria
EXENTO
ASAMBLEAS
La “Asociación Civil San Luis Triatlon” convoca a Asamblea General Ordinaria para el día 27 de Agosto de 2026 a las 19 hs. en calle Buenos Aires 429 de la ciudad de San Luis -5700-San Luis, Argentina.-
ORDEN DEL DÍA
1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta.-
2) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General e Informe del Síndico/Comisión Fiscalizadora correspondiente a los ejercicios contables correspondientes a los años 2005.-
3) Cambio de domicilio legal de la sede.-
San Luis, 04 de Agosto de 2026
C: 2686 $27.500,00 e: 14 y v: 24 Ago.
Triunfo Cooperativa de Seguros Limitada
Convocatoria a Asamblea de Distrito
El Consejo de Administración convoca a Asamblea de Distrito para el día 19 de Setiembre de 2026 a los Asociados domiciliados en la Provincia de San Luis en Illia 329, San Luis integrando el Distrito 1, asociados del número 55238 al 3448333 a las 10 horas y Distrito 2, asociados del número 3448549 al 4697335 a las 12 horas; para tratar el siguiente Orden del Día (en todas las Asambleas de mencionadas): 1) Elección de un Presidente y un Secretario para presidir el acto. 2) Designación de dos (2) Asociados presentes para aprobar y firmar el acta de Asamblea. 3) Elección de un (1) Delegado Titular e igual número de Suplente para integrar las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias. Toda lista de candidatos a Delegados por cada distrito deberá presentarse para su oficialización, con un mínimo de diez (10) días de anticipación a las Asambleas de Distrito, ante el Consejo de Administración y contendrá la aceptación de los candidatos mediante su firma. (Artículo 51 del Estatuto Social). Los Asociados de los Distritos mencionados que no sean aquellos en el que se realizará la Asamblea, deberán concurrir a este conforme el Artículo 51 del Estatuto Social. Se recuerda a los Asociados que conforme al Artículo 48 del Estatuto Social, deberán solicitar la credencial que acredite su calidad de asociados. De no reunirse el quórum legal a la hora fijada en esta Convocatoria, la Asamblea se llevará a cabo una hora después, cualquiera sea el número de Asociados presentes. El Consejo de Administración.
Mendoza, 23 de Julio de 2026.
CARLOS ROBERTO PIERRINI
Presidente
C: 2747 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
ASOCIACION CIVIL DE FUTBOL EL RINCON
La entidad: asociación Civil Club de Fútbol el Rincón; personería jurídica número 801-DCyFPJ-2013, legajo 402/13, convoca a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 8/9/2026 a las 19.00 horas en su Sede Central, domicilio legal, sito en Alberdi sin número, de la localidad de San Francisco del Monte de Oro.
EL ORDEN DEL DÍA será el siguiente a tratar:
- Elección de dos socios para firmar el acta.
- Elección de Comisión Directiva y de Comisión Revisora de cuentas
ARIEL DAVID SOLOA
Presidente
C: 2798 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA
La Asociación Taekwondo Cruz del Sur convoca a sus socios a la Asamblea Extraordinaria a realizarse el día 24 de Agosto de 2026 a las 20:00 horas en la sede social ubicada en Bº Lucas Rodríguez Mza: C Casa: 19 de la Ciudad de San Luis, a fin de dar tratamiento al siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1. Consideración y aprobación de Memoria, Balance e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente a: 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 , 2022, 2023, 2024 y 2025.
2. Elección de autoridades.
San Luis, 19 de Agosto de 2026.-
C: 2799 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GRAL ORDINARIA.
ASOCIACION CIVIL COLEGIO NTRA. SRA. INMACULADA DE TILISARAO
La Asociación Civil del Colegio Nuestra Señora Inmaculada de Tilisarao, Convoca a Asamblea Gral. Ordinaria para el día 15 de Septiembre de 2026, a las 20.00 hs, en las instalaciones del mismo. Objeto de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
I. Renovación de la Comisión Directiva.
Tilisarao (San Luis), 18 de Agosto de 2026
ERICA PAMELA ZAVALA
Presidente
CLAUDIA NOEMI HERRERA
Secretario
C: 2800 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
TIRO FEDERAL ARGENTINO DE SAN LUIS
1ra. INSTITUCION SOCIAL Y DEPORTIVA DE SAN LUIS DESDE 1895 PATRIMONIO NACIONAL HISTORICO - CULTURAL-SOCIAL Y DEPORTIVO
De nuestra mayor consideración, por la presente, solicitamos la publicación por 1 día de la convocatoria de Asamblea General Ordinaria para el 09/09/2026 a las 20 hs. en la sede de la Institución cita en Av. IV Centenario 801-San Luis Capital.
ORDEN DEL DÍA:
- Elección de 2 Asambleístas para la firma del libro de actas.
- Tratamiento de Memoria, Balance y Revisión de cuentas.
San Luis, 19 de Agosto de 2026
C: 2801 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 63- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS LIMPIEZA DE EDIFICIOS PUBLICOS por el plazo de 12 (DOCE) MESES solicitado por la MATERNIDAD VILLA MERCEDES, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-6111145/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 9801-MdeS- 2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($350.640.000,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 08 de SEPTIEMBRE de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones, sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266- 4452010 int. - 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2771 SPP e: 21 y v: 26 Ago.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 64- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ECOGRAFÍAS Y DIAGNOSTICO PRENATAL con destino a SERVICIO DE ECOGRAFÍAS Y DIAGNOSTICO PRENATAL, solicitado por la DIRECCIÓN MATERNIDAD DRA.TERESITA BAIGORRIA, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-6011131/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 9809-MdeS- 2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($434.728.800,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 08 de SEPTIEMBRE de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones, sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. - 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2772 SPP e: 21 y v: 26 Ago.
COMERCIALES
LLAMADO A ASAMBLEA
El directorio de INACO ALIMENTOS S.A. comunica a sus accionistas que la “Asamblea General Ordinaria” se celebrará el día 15 de Setiembre de 2026, en primera convocatoria a las 10.00hs. Y segunda convocatoria a las 11 hs., en ruta 7 Km. 703- Villa Mercedes; San Luis para tratar el siguiente
ORDEN DEL DIA:
1-Consideración de Balances generales, estados de resultados, distribución de ganancias, Memorias e informes de Balances Generales cerrados al: 31 de diciembre de 2024 y 2024.-
2- Renovación de Autoridades.
3-Aprobación o no de la incorporación de bienes de uso, aportados por Molino San Luis S.A.S., al activo corriente de la empresa.
C: 2691 $27.500,00 e: 14 y v: 24 Ago.
PILISAR S.A. // NEW PGA S.R.L.
Se comunica por tres días a los fines previstos por el artículo 83, inciso 3, de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias y complementarias que: (i) NEW PGA S.R.L. (CUIT 30-61526545-0) con sede social en Ex Ruta Nacional 7, Km 0, 700, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, inscripta ante el Registro Público de Comercio de San Luis, Ciudad de Villa Mercedes en fecha 12/08/1986 bajo el número de registro N° 350, Folio 297, Tomo I de Contratos Sociales (en adelante, la “Absorbente”) y PILISAR S.A. (CUIT 33-70918094-9) con sede social en Roque Pérez 3650, CABA, inscripta ante la IGJ el 19/04/2005 bajo el número 4796 del Libro 27, Tomo -, de Sociedades por Acciones (en adelante, la “Absorbida” y, en conjunto las “Partes”) han aprobado un proceso de Fusión-Absorción mediante el cual PILISAR S.A. se disolverá sin liquidarse y transferirá la totalidad de su patrimonio (Activo y Pasivo) a NEW PGA S.R.L la cual revestirá el carácter de sociedad absorbente, continuadora y titular de todos los derechos y obligaciones de la absorbida, con efectos contables, sociales e impositivos a partir de la fecha de reorganización establecida en el Compromiso Previo de Fusión. (ii) NEW PGA S.R.L incrementó su capital social en proporción a la absorción del patrimonio de PILISAR S.A. El capital social de NEW PGA S.R.L., previo a la Fusión-Absorción, ascendía a $2.248.396.833, el cual fue incrementado a la suma de $2.253.685.390, representado por 225.368.539 cuota parte de $10 valor nominal cada una con derecho a un voto por cuota parte, con la consecuente reforma de su Estatuto Social manteniendo su actual denominación, su tipo social, su domicilio legal y su sede social, las que no se modifican; (iii) Valuación del activo y pasivo de NEW PGA S.R.L. según Balance Especial de Fusión-Absorción al 31/03/2026. Antes de la Fusión-Absorción: Activo: 403.843.584.757 Pasivo: $156.817.282.670. Patrimonio Neto: $247.026.302.087; Después de la Fusión-Absorción: Activo: 735.337.252.409. Pasivo: 487.729.938.669. Patrimonio Neto: $247.607.171.915; (iv) Pilisar S.A se disolverá sin liquidarse, por lo que previo de la Fusión-Absorción, tenía un capital que ascendía a la suma de $541.078.500, Activo: 343.853.236.788, Pasivo: 343.272.194.072, Patrimonio Neto: 581.042.716; (v) El compromiso previo de fusión fue suscrito el 19/06/2026, habiendo sido aprobado por el Directorio y la Gerencia de las Partes de fecha 19/06/2026 y, posteriormente por la Asamblea y Reunión de Socios de las mismas el 07/07/2026; (vi) Las oposiciones de ley deben efectuarse en Ex Ruta Nacional 7, Km 0, 700, Villa Mercedes, San Luis y en la calle Roque Pérez N° 3650, Ciudad de Buenos Aires de lunes a viernes de 10 a 18 o al correo electrónico legales@newsan.com.ar dentro de los quince días de la última publicación de este aviso.
C: 2724 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
CONSTITUCIÓN: DECANO S.A.S. Instrumento privado del 13 de julio de 2026. Socios: 1) Luis Antonio Muñoz Parra, 05/04/1978 (48 años), argentino, soltero, empleado, DNI 25.825.990, CUIT 20-25825990-5, dom. Otogalli 1546, Villa Mercedes (S.L.); y 2) Emilio José Villegas, 15/10/1981 (44 años), argentino, soltero, empleado, DNI 28.960.769, CUIT 20-28960769-3, dom. Intendente Leyes 279, Villa Mercedes (S.L.). Sede: Otogalli 1556, Villa Mercedes, S.L. Plazo: 99 años. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a la prestación de todo tipo de servicios, orientándose de manera principal a los relacionados con la ingeniería industrial, el desarrollo, dirección y ejecución de obras civiles, industriales y de infraestructura. Atento a lo dispuesto por el inciso 4 del artículo 36 de la Ley 27.349, el objeto social es amplio y plural; en consecuencia, la sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier actividad lícita comercial, industrial, de servicios, importación y exportación, adquirir derechos y contraer obligaciones que no estén expresamente prohibidas por las leyes. Objeto amplio. Capital: $900.000 en 900.000 acciones ordinarias escriturales de pesos uno de valor nominal y un voto cada una. Suscripción: 50% cada socio. Integración: 25% efectivo, saldo a 2 años. Administración y Representación: Adm. Titular: Federico Gonzalo Mercado, DNI 27.953.724, CUIT 20-27953724-7, ingeniero, dom. real Lainez 935, V. Mercedes; Adm. Suplente: Paulo Nicolás Mercado, DNI 27.393.888, CUIT 20-27393888-6, empleado, dom. real B° La Ribera Mza 7164 Casa 10, V. Mercedes. Ambos fijan dom. especial en sede social. Mandato: indeterminado. Rep. legal: Adm. Titular. Sindicatura: Prescinde. Cierre ejercicio: 31/12.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2773 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
EDICTO DE CONSTITUCION: SANCHO PANZA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”
El Registro Público de Comercio ordena la siguiente publicación de edicto por el término de Ley: que mediante contrato privado de fecha 07/08/2026, se ha constituido la siguiente Sociedad por Acciones Simplificada: DENOMINACION: “SANCHO PANZA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA” (“SANCHO PANZA S.A.S.”). DOMICILIO SOCIAL: Establecer la sede social en calle Bolívar N° 1.467 de la ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre, República Argentina. SOCIOS: Federico SANCHEZ GIL, argentino, nacido el 25 de enero de 1.988, titular del D.N.I. N° 33.412.203, C.U.I.T. N° 20-33412203-5, de estado civil casado en primeras nupcias con María de los Milagros Guadalupe FERNÁNDEZ GONZALEZ, titular del D.N.I. Nº 35.475.489 de profesión licenciado en marketing, Facundo SANCHEZ GIL, argentino, nacido el 18 de enero de 1.989, titular del D.N.I. N° 33.943.779, C.U.I.T. N° 20- 33943779-4, de estado civil soltero, de profesión arquitecto y María Florencia SANCHEZ GIL, argentina, nacida el 21 de agosto de 1.990, titular del D.N.I. N° 35.315.059 C.U.I.T. N° 27-35315059-1, de estado civil soltera, de profesión licenciada en diseño industrial, todos con domicilio en calle Bolívar N° 1.467 de la ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre, República Argentina. DURACION: noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de su constitución. OBJETO SOCIAL: La Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, en cualquier forma jurídica y en cualquier lugar de la República Argentina o fuera de ésta, las siguientes actividades u operaciones: 1. Gastronómicas: a) Servicios relacionados con restaurantes, bares, cafeterías, rotisería, pizzerías, hamburguesería, patios de comidas, bares, cervecerías, cafeterías, confiterías, parrillas, con atención en el local y envío a domicilio de comidas preelaboradas y elaboradas y demás actividades afines a la gastronomía; b) Expendio de bebidas; c) Organización de eventos, catering y shows de todo tipo relacionadas con la actividad gastronómica en todos sus aspectos; 2. Comercio mayorista y minorista: importación, exportación, compra, venta de bienes muebles, mercaderías, materias primas y productos elaborados o semielaborados; 3. Hoteleras y turísticas: explotación y administración del rubro hotelería y turismo, ya sean hoteles residenciales, hospedaje, camping, hoteles tipo “boutique”, servicios de tiempo compartido y/o todo tipo de establecimiento y/o complejos edilicios vinculados a la hotelería y el turismo; administración de hoteles, actividades de operador turístico; 4. Servicios de Transporte y Logística: servicios de logística comercial, distribución, almacenamiento, depósito, embalaje y transporte de productos propios o de terceros, manipulación, control y transporte de materia prima, sustancias alimenticias y materiales, fletes, encomiendas, equipajes y pasajeros; 5. Representación y mandatos: ejercicio de representaciones, comisiones, consignaciones y/o mandatos de firmas que actúen en la fabricación, distribución, comercialización e importación de mercaderías, bienes, productos, artículos y elementos relacionados con el objeto social; 6. Inmobiliaria: la realización de todo tipo de actividades de carácter inmobiliario, en especial, las relativas a la compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento, explotación de toda clase de inmuebles urbanos o rurales, incluyendo los comprendidos dentro del régimen de propiedad horizontal y otras leyes especiales, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior venta de la tierra con fines de urbanización, pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros, así como también toda clase de operaciones inmobiliarias vinculadas a la actividad fiduciaria. Podrá inclusive introducir mejoras o modificaciones en los inmuebles, tanto en unidades individuales como en edificios; realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes comprendidas en las disposiciones de la Ley de Propiedad Horizontal y otras leyes especiales. También podrá dedicarse a la administración de propiedades inmuebles propias o de terceros. 7. Desarrollista y Constructora: la prestación de servicios de asesoramiento en toda clase de proyectos inmobiliarios, en especial su gestión y desarrollo integral, como su construcción y ejecución. La confección de proyectos arquitectónicos, pliegos de contrataciones y legajos técnicos, la dirección y la administración de obras. En general, las actividades propias de las compañías constructoras y promotoras: realización y construcción de toda clase de edificios, urbanizaciones, movimiento de tierras, vías de comunicación, canalizaciones, obras de ingeniería y arquitectura, como también contratación de obras a terceros; 8. Inversoras y Fideicomisos: asumiendo el rol de fiduciaria en contratos de fideicomiso, revistiendo el carácter de titular de dominio fiduciario de los bienes fideicomitido que tengan por objeto el desarrollo de proyectos inmobiliarios, créditos o cualquier otro bien o valor relacionado con el negocio inmobiliario en cualquiera de sus modalidades incluyendo sin limitación fideicomisos inmobiliarios, ordinarios o de administración y 9. Proveedora del estado: nacional, provincial o municipal, de todos sus organismos y empresas, pudiendo intervenir en licitaciones públicas, concursos de precios o ventas directas. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de franquicia; colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. CAPITAL SOCIAL: El Capital Social se fija en la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) representado por TREINTA MIL (30.000) ACCIONES ORDINARIAS DE PESOS CIEN ($100), valor nominal cada una de ellas y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Los socios suscriben el capital social de la siguiente forma: Federico SANCHEZ GIL, suscribe la cantidad de diez mil (10.000) acciones ordinarias, que representan un tercio del capital social, por un valor de pesos un millón ($1.000.000) y con derecho a un voto por acción, Facundo SANCHEZ GIL, suscribe la cantidad de diez mil (10.000) acciones ordinarias, que representan un tercio del capital social, por un valor de pesos un millón ($1.000.000) y con derecho a un voto por acción y María Florencia SANCHEZ GIL, suscribe la cantidad de diez mil (10.000) acciones ordinarias, que representan un tercio del capital social, por un valor de pesos un millón ($1.000.000) y con derecho a un voto por acción, todas estas como se expresó en el artículo cuarto son acciones ordinarias con un valor nominal cada una de pesos cien ($100). El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante la presentación del comprobante de depósito del Banco de la Nación Argentina, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: ADMINISTRADORA TITULAR: Facundo SANCHEZ GIL, D.N.I. N° 33.943.779 ADMINISTRADOR SUPLENTE: Federico SANCHEZ GI, D.N.I. N° 33.412.203 por tiempo indeterminado. FISCALIZACIÓN: La sociedad prescinde de la sindicatura. CIERRE DE EJERCICIO: 31 de marzo de cada año.-
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2774 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
EDICTOS- VISION COLOR S.R.L.
El Registro de Comercio hace saber que la firma VISION COLOR constituida el 12 de octubre de 2005 inscripto en el Registro Público de Comercio al Tomo 164 de Contratos Sociales, Folio 1, Numero 1, el 25 de octubre de 2005 ha realizado las siguientes modificaciones:
1-Modificación de Contrato Social por Aumento de Capital por aporte de inmueble de los socios Miguel Ángel Villanueva y María Azucena Martínez Sacco, la que consta en el Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 31 de marzo de 2011, protocolizada por Escritura N° 266 de fecha 29 de diciembre de 2011 autorizada por la Escribana Teresita del Carmen Cangiano en ese entonces titular del Registro Notarial N° 25 y Escritura N° 267 de aporte de bien inmueble a la firma,
2- Cesión de Cuotas Sociales de fecha 19 de febrero de 2025 a favor de Pilar Garces Villanueva,
3-Cesión de cuotas sociales de fecha 19 de febrero de 2025 a favor de Mateo Garces Villanueva, lo que consta en el Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 29 de enero de 2025
4-Acta de designación de nueva gerencia, de fecha 14 de abril de 2025, designándose como socia gerente a la Señora Mariana Villanueva,
5-Acta de modificación del contrato social en su artículo cuarto por incorporación de los cesionarios Mateo y Pilar Garces Villanueva,
6-Acta de Modificación del objeto social y texto ordenado del estatuto de fecha 13 de julio del corriente año, la firma VISION COLOR queda en virtud de las modificaciones efectuadas conformada como se indica a continuación:
1. SOCIOS: MARIANA VILLANUEVA, Argentina, nacida el 13 de julio de 1972, titular del Documento Nacional de Identidad N° 22.893.017, CUIT 27-22893017-8, de estado civil casada en primeras nupcias con el Señor Claudio Marcelo Garces, titular del Documento Nacional de Identidad N° 21.630.403, de profesión Óptica Contactóloga, Domiciliada en Barrio Cerros Colorados Manzana 41, Casa 1 de la Ciudad de Juana Koslay, Provincia de San Luis, MATEO GARCES VILLANUEVA, Argentino, nacido el 29 de diciembre de 2005, titular del Documento Nacional de Identidad N° 46.807.201, CUIL 20-46807201-8, de estado civil soltero, de profesión estudiante, domiciliado en Barrio Cerros Colorados Manzana 41, Casa 1 de la Ciudad de Juana Koslay, Provincia de San Luis y PILAR GARCES VILLANUEVA, Argentina, nacida el 13 de febrero de 2007, titular del Documento Nacional de Identidad N° 47.499.782, CUIL 27-47499782-7, de profesión estudiante, domiciliada en Barrio Cerros Colorados Manzana 41, Casa 1 de la Ciudad de Juana Koslay, Provincia de San Luis.-
2. Objeto social: La sociedad tiene por objeto, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) ÓPTICA Y CONTACTOLOGÍA: Compra, venta, importación, exportación, fabricación, distribución, consignación y representación de artículos ópticos, anteojos recetados y de sol, lentes de contacto y sus accesorios, líquidos, estuches, instrumental óptico, optométrico, optoelectrónico, foto colorimétrico y de señalización, sus repuestos y accesorios. Investigación, asesoramiento, adaptación y control de lentes de contacto. Prestación de servicios de exámenes de agudeza visual, optometría y contactología en consultorios propios y/o de terceros, bajo la dirección técnica de profesionales con título habilitante y matrícula correspondiente. La sociedad no ejercerá actos propios de la profesión, sino que los realizará a través de profesionales matriculados. b) AUDIOLOGÍA Y AUDÍFONOS: Compra, venta, importación, exportación, fabricación, distribución, consignación, reparación y representación de audífonos, prótesis auditivas, implantes auditivos, moldes a medida, pilas, accesorios y equipamiento audiológico. Prestación de servicios de audiometría, screening auditivo, adaptación, programación, mantenimiento y rehabilitación auditiva en consultorios propios y/o de terceros, bajo la dirección técnica de profesionales fonoaudiólogos con matrícula habilitante. La sociedad no ejercerá actos propios de la profesión, sino que los realizará a través de profesionales matriculados. c) FOTOGRAFIA. COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS FOTOGRAFICOS: explotación de un comercio dedicado a la venta de productos para fotografía. Abarca por consiguiente la comercialización de películas fotográficas y cinematográficas, aparatos y/o cámaras fotográficas, proyectores, placas radiográficas, filmadoras, etc. Así como también cualquier otro rubro directamente relacionado con el ramo de fotografía.- INSUMOS FOTOGRAFICOS: procesamiento en laboratorio de películas fotográficas y filmaciones, compra, venta de productos afines a la fotografía que provengan de la comercialización de insumos de la actividad, rollos fotográficos, productos químicos para revelado, papel fotográfico, aparatos e instrumentos, cámaras fotográficas, proyectores, así como cualquier otro rubro relacionado directamente con la fotografía.- IMPRESIONES: edición, impresión, distribución y en general comercialización en todas sus formas, de revistas, libros, publicaciones, folletos e impresos de cualquier índole, conviniendo a tal efecto con los titulares de los derechos sobre las obras, las respectivas representaciones y/o autorizaciones para su reproducción y/o comercialización; d) venta al por menor de equipos, periféricos, accesorios y programas informáticos, e) venta al por mayor de maquinas, equipos y materiales conexos, f) servicios relacionados con la salud humana, desarrollo de consultorios médicos, atendidos por profesionales especialistas, vinculados a la actividad de desarrollo inmobiliario.- g) DESARROLLOS INMOBILIARIOS: La explotación, compraventa, administración e intermediación de bienes propios o de terceros, ya sean de personas físicas o jurídicas, incluyéndose toda clase de bienes inmuebles, urbanos o rurales. Construcción, refacción, remodelación y dirección de obras de cualquier naturaleza, incluso las comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal y la constitución sobre los mismos de derechos reales que tengan relación con el objeto enunciado. Podrá actuar como fiduciaria en fideicomisos inmobiliarios, la compra, venta, representación, comisión, consignación, acopio, distribución y fraccionamiento de todos los productos que se produzcan en el país y en el extranjero y materias primas necesarias para el cumplimiento del objeto social; h)la explotación de patentes de invención y marcas nacionales y extranjeras, la venta, importación y exportación y/o permuta de los productos elaborados en el país y en el extranjero; i) la realización de comisiones, consignaciones, representaciones actuando o no, específicamente como mandante o mandataria; j) administración, pago de impuestos, tasas y servicios, que graven o afecten bienes muebles o inmuebles, urbanos o rurales, propios o de terceros; k) el aporte de capital a sociedades o empresas constituidas o a constituirse, con valores mobiliarios, títulos y acciones, por cuenta propia o bien de terceros; l) tomar a su cargo y/o combinación con otras personas físicas o jurídicas, la colocación de emisión de acciones, debentures, títulos y otros valores.
La sociedad podrá realizar todas las operaciones de lícito comercio vinculadas a los objetos de la misma, sin limitación alguna, teniendo al efecto plena capacidad legal.
3. Capital social; el capital social se fija en la suma de Pesos SETECIENTOS SESENTA MIL ($760.000) dividido en mil cuotas de Pesos setecientos sesenta ($760) de valor nominal cada una, totalmente suscriptas por cada uno de los socios de acuerdo al siguiente detalle: la socia Mariana VILLANUEVA ochocientas treinta cuotas de pesos setecientos sesenta cada una que representan el 83% del capital, que hace un total de Pesos seiscientos treinta mil ochocientos; el socio MATEO GARCES VILLANUEVA OCHENTA Y CINCO cuotas de pesos setecientos sesenta ($760.-) cada una de ellas que representan el 8,5% del capital, que hace un total de Pesos sesenta y cuatro mil seiscientos ;y la socia PILAR GARCES VILLANUEVA, OCHENTA Y CINCO cuotas de pesos setecientos sesenta ($760.-) cada una de ellas que representan el 8,5% del capital, que hace un total de Pesos sesenta y cuatro mil seiscientos.- Todas las cuotas se encuentran integradas.-
4. La administración, la representación legal y uso de la firma social estarán a cargo de los socios gerentes. Se designa socia-gerente a la señora Mariana VILLANUEVA, quien representará a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto social, sin limitación de facultades en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales. La gerencia será ejercida hasta tanto los socios no decidan cambiar de gerentes de común acuerdo.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2775 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
La Jefa del Registro Público de Comercio de San Luis, ordena que se publique por el término de ley, el siguiente edicto:
BENISFRA S.R.L.
Socios: Sras. LEMME María Lucía, de nacionalidad argentina, DNI 33.428.432, CUIT 27-33428432-3, nacida el 14 de enero de 1988, estado civil soltera, de profesión comerciante, domiciliada en calle Bolívar N° 1443, de la localidad de San Luis Capital, provincia de San Luis, y la Sra. LEMME María Alicia, de nacionalidad argentina, DNI 11.296.895, CUIT 23-11296895-4, nacida el 19 de septiembre de 1954, estado civil soltera, de profesión arquitecta, domiciliada en calle Colón N°614 Piso 9 Departamento B, localidad de San Luis Capital, provincia de San Luis.
Fecha constitutiva: 07/08/2026.
Razón social: BENISFRA S.R.L.
Domicilio: Terminal de Ómnibus San Luis (EDIRO) Local 3, de la ciudad de San Luis Capital, Provincia de San Luis.
Duración: La duración de la sociedad se fija en veinte años contados desde la inscripción de la misma en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá ser prorrogado siendo necesario para ello el acuerdo de los socios reunidos en Asamblea. La prórroga deber solicitarse e inscribirse antes del vencimiento del plazo de duración de la Sociedad.
Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros o contratando a los mismos a las siguientes actividades:
1.- Comercialización y Explotación: La explotación comercial de establecimientos bajo la modalidad de kioscos, maxi kioscos, drugstores, polirrubros, fiambrerías y almacenes. Esto incluye la compra, venta, permuta, consignación, acopio, distribución, fraccionamiento, importación y exportación, tanto al por mayor como al por menor, de productos alimenticios envasados, golosinas, confitería, productos lácteos, helados, tabaco, cigarrillos, artículos de tabaquería, encendedores, tarjetas de carga virtual, quiniela internacional, nacional, provinciales y cualquier otro tipo de billetes de lotería y juegos de azar autorizados, como así también la implantación, implementación, explotación, administración de hipermercados, supermercados, almacenes mayoristas y minoristas.
2.- Bebidas y Gastronomía Anexa: La venta y comercialización de bebidas refrescantes, aguas, jugos, bebidas energizantes, así como la comercialización de bebidas alcohólicas (sujeto a las habilitaciones pertinentes). La explotación y organización de servicios gastronómicos integrados como cafetería, expendio de minutas, viandas, sándwiches, panadería, cafetería al paso, heladería y comidas rápidas para consumir en el local o para llevar.
3.- Artículos de Consumo General: La comercialización de artículos de higiene personal, limpieza, perfumería, cosmética, bazar, papelería, librería, juguetería, regalaría, marroquinería, artículos electrónicos menores, accesorios para telefonía móvil, pilas, baterías y carbón.
4.- Mandatos y Representaciones: La aceptación de comisiones, consignaciones, mandatos, agencias, representaciones comerciales, la explotación de franquicias de marcas nacionales o extranjeras vinculadas al rubro y en general adquirir derechos y contraer obligaciones efectuando todos los actos jurídicos necesarios para la mejor obtención de los fines sociales que sean afín al objeto para lo cual podrá importar, exportar, transportar, distribuir por cuenta propia o de terceros, o asociados a terceros, todo tipo de bienes.
5.- Comprar o vender mercaderías, que hacen a las actividades a realizar, adquirir derechos contraer obligaciones, instalar o tomar concesión, alquiler, comodato y por cualquier otra forma de contratación, servicios públicos o privados y/o bienes en general; celebrar contratos de sociedad, mandato y/o concesión con el poder público o empresas ya establecidas y/o crear toda clase de sociedades, asociarse a las ya existentes, efectuar UTE y otras comunidades de intereses con firmas, compañías, empresas o personas;
Para el cumplimiento de tales fines la Sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos permitidos por la legislación vigente.-
Duración: 20 años desde inscripción registral.
Capital social: El Capital Social se fija en la suma de valor nominal Pesos UN MILLON ($1.000.000), dividido en DIEZ MIL (10.000) cuotas sociales de valor nominal Pesos CIEN ($100) cada una. El capital es suscripto en su totalidad por los socios en la siguiente proporción: LEMME María Lucía el 90%, representado por nueve mil cuotas (9.000) y LEMME María Alicia el 10%, representado por mil cuotas (1.000), las que sumadas conforman el 100% del Capital Social. El mismo ha sido suscripto e integrado en su totalidad.
Administración: Gerencia Unipersonal ejercida por la socia LEMME María Lucía.
Gerentes: El Gerente Titular será el socio fundador, Sra. LEMME María Lucía. En caso de ser necesario un Gerente Suplente éste será designado mediante asamblea extraordinaria reunida a tal efecto.
Fiscalización: A cargo de los socios, prescindiendo de la sindicatura.
Representación legal y uso de la firma social: A cargo de los Gerentes en forma indistinta.
Cierre de ejercicio: 30 de junio de cada año.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2776 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
El Registro Público de Comercio, ordena que se publique por el término de Ley:
Que según contrato constitutivo de fecha: los ocho días del mes de Mayo de 2026 entre Norval Alberto Balari, Argentino, D.N.I 14.796.006, CUIT 23-14796006-9,de 64 años de edad, nacido el 11 de Abril de 1962, de Profesión Productor Agropecuario, casado con Mirta Elisabet Hloska, D.N.I. 14.351.197, CUIL 27-14351197-4, ambos con domicilio en Ruta Provincial Nº 9 km, puerta Nº 130, El Durazno, Departamento Coronel Pringes, Provincia de San Luis, Facundo Carlos Balari, D.N.I 37.724.284, CUIT 20-37724284-0,de 31 años de edad, nacido el 10 de Junio de 1994, de Profesión Comerciante, casado con Debora Celeste Chavez, DNI 38.221.380, CUIL 27-38221380-2, nacida el 18 de Agosto de 1994, ambos con domicilio en Ruta Provincial Nº 9 km 28, Estancia Grande, Departamento Coronel Pringes, Provincia de San Luis, y Maximiliano Javier Balari D.N.I 33.440.760, CUIT 20-33440760-9, de 37 años de edad, nacido el 20 de Junio de 1988, de Profesión Productor Agropecuario, casado con Maria Valeria Escudero, DNI 34.700.161, CUIL 24-34700161-5, nacida el 21 de Septiembre de 1989, ambos con domicilio en Ruta Provincial Nº 9 km 27, El Amparo, Departamento Coronel Pringes, Provincia de San Luis, deciden constituir una SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA que se regirá por las siguientes cláusulas: Denominación: “BALARI AGRO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA” y girara comercialmente bajo el nombre de BALARI AGRO S.R.L. con domicilio legal en ciudad de San Luis, el que podrá ser trasladado por resolución de los socios o cuando el desarrollo de la actividad comercial lo exigiera. La sociedad podrá establecer sucursales o agencias, depósitos y locales de venta en cualquier lugar de la provincia, el país o el extranjero. Duración. La sociedad tendrá una duración de 50 (Cincuenta) años, contados desde la inscripción en el registro público de comercio. Objeto Social: SERVICIOS DE LABRANZA: Prestación de servicios de labranza a terceros como siembra, fertilizaciones, fumigaciones y recolección de frutos de todo tipo de cereales, oleaginosas, y/u otras semillas en campos, propios y/o de terceros, por cuenta propia y/o de terceros, con herramientas propias y/o alquiladas a terceros.- Transportes de granos, oleaginosas y cargas en general, fletes de cualquier tipo de mercadería y/o cualquier otra actividad vinculada a la actividad del transporte de productos agrícolas, mercaderías, cosas y bienes muebles y/o de servicios para el transporte.- Compra, venta, importación y/o exportación de cereales, oleaginosas, granos, forrajes, semillas y todo otro derivado de la producción agrícola, animal y/o forestal conocido o por conocerse, de todo tipo, especie, calidad, destino y/o naturaleza, en su estado natural y/o elaborado; AGROPECUARIAS: a) Compra, venta, depósito, importación, exportación, comercialización, producción, industrialización, elaboración, de semillas, cereales, oleaginosos, haciendas, frutos del país y todo otro producto derivado de la explotación agrícola, ganadera y forestal o que tenga aplicación en la misma, pudiendo actuar en negocios derivados, subsidiarios, conexos y complementarios de los anteriores; producción, comercialización, representación, distribución, importación y exportación de productos agroquímicos, herramientas, maquinarias, materias primas y todo lo relacionado con su aplicación; explotar semilleros y/o producir semillas originales propias o de terceros; b) explotación y arrendamiento de campos; explotación de cabañas para animales de pedigree o establecimientos rurales para la ganadería o la agricultura, molinos e instalaciones para la preparación de alimentos para el ganado y aves; explotación de frigoríficos; c) realizar todas las operaciones emergentes de la consignación, intermediación, transporte y comercialización de productos agropecuarios en general, propios o de terceros, y en general de toda clase de distribuciones, representaciones, comisiones y mandatos relacionados con la actividad agropecuaria; d) la producción, elaboración, fraccionamiento, intermediación, y comercialización de productos agropecuarios, semillas, acopio de cereales, productos agroquímicos, combustibles y lubricantes y sus derivados; e) inscribirse y actuar como Corredora y/o comisionista de cereales o en su caso –conforme la legislación aplicable- preste tales servicios por sí o –si correspondiera- con la intervención de los agentes y/o profesionales con incumbencias reglamentadas en la materia de que se trata; f) explotar establecimientos de producción ganadera, de forma extensiva o intensiva, tipo feedlots o similares, registrándose conforme la normativa aplicable; g) explotación de molinos o industrias elaboradoras o procesadoras de materias primas agrícola-ganaderas, alimentos balanceados para animales, pellets y similares; h) la producción y comercialización de biodiesel, aceites vegetales y derivados; i) la importación y exportación de todo tipo de mercaderías, maquinarias o servicios relacionados con el objeto social COMERCIALES: La compra, venta, exportación, importación, consignación, representación, distribución y comercialización bajo cualquier modalidad aceptada por la ley, de todo lo relacionado y conexo al objeto social. Capital. El capital social se fija en la suma de pesos Quinientos Mil.- ($500.000,00.-), representado por quinientas cuotas partes, de valor nominal de PESOS CIEN ($1.000,00) cada una, que los socios suscriben totalmente en dinero en este acto del siguiente modo: En este acto el señor Balari Norval Alberto suscribe trescientas cuotas partes por valor de pesos trescientos mil ($300.000.-), Facundo Carlos Balari, suscribe cien cuotas partes por valor de pesos cien mil ($100.000.-) y Maximiliano Javier Balari suscribe cien cuotas partes por valor de pesos cien mil ($100.000.-). La integración se realiza en dinero en efectivo por el 25% del capital social, debiéndose integrar el saldo restante en dinero en efectivo dentro del plazo de dos años a partir de la fecha.-
Dirección y Administración. La dirección y administración estará a cargo del socio BALARI NORVAL ALBERTO en calidad de gerente y durará en su cargo hasta que la Asamblea le revoque el mandato. Fecha de Cierre de Ejercicio: el día 30 de Junio de cada año.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2777 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
EDICTO “EL ESTABLO S.A.S.”
En la Ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, República Argentina, a los 6 días del mes de agosto del año 2026, comparece el señor AGUILERA LUCAS ELEAZAR, DNI N° 31.184.167, CUIL N° 20-31184167-0, de nacionalidad argentina, nacido el 22/10/1984, profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en B° La Ribera, Manzana 7134, Casa 18, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, quien resuelve constituir una Sociedad por Acciones Simplificada Unipersonal, de conformidad con las siguientes estipulaciones:
Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “EL ESTABLO S.A.S.” y tiene su domicilio legal en B° La Ribera, Manzana 7096, Casa 1, de la jurisdicción de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.
Duración: El plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios.
Objeto: Dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: a) La compraventa, faena, producción, industrialización, elaboración, trozado, envasado, fraccionamiento, conservación, congelado, distribución, transporte, comercialización, exportación e importación de carnes de todo tipo -bovina, porcina, ovina, aviar, caprina, equina, de pescado y demás especies comestibles- y de sus derivados y subproductos. b) La explotación de establecimientos destinados a la venta minorista y/o mayorista de carnes frescas, congeladas, embutidos, fiambres, chacinados, menudencias, productos elaborados, envasados y/o cocidos, así como la instalación y operación de carnicerías, fiambrerías, frigoríficos, plantas de faena, depósitos y cámaras de frío. c) La elaboración, fraccionamiento, empaque y/o comercialización de productos alimenticios y derivados cárnicos, así como de productos de granja, lácteos, panificados, bebidas y artículos de almacén, limpieza y consumo cotidiano, pudiendo actuar como distribuidora o revendedora. d) La compra, venta, consignación, representación, distribución y comercialización al por mayor y al por menor de todo tipo de productos alimenticios, frescos o industrializados, nacionales o importados, pudiendo intervenir en licitaciones públicas o privadas. e) La prestación de servicios de catering, viandas, comedores industriales, rotiserías y elaboración de comidas preparadas. f) La prestación de servicios de transporte y logística de mercaderías propias o de terceros, en el territorio nacional y en el exterior, incluyendo el almacenamiento, distribución y entrega a domicilio. g) La participación en sociedades, consorcios o uniones transitorias de empresas (U.T.E.) con fines similares o complementarios, así como la realización de inversiones en emprendimientos agropecuarios, ganaderos, industriales o comerciales vinculados directa o indirectamente al rubro alimenticio y cárnico. h) La compra, venta, locación y/o administración de bienes muebles, inmuebles, rodados e instalaciones relacionadas con el objeto principal, pudiendo realizar toda clase de operaciones comerciales, financieras, bancarias, mobiliarias e inmobiliarias lícitas que sean necesarias o convenientes para el cumplimiento del presente objeto social.
Capital: El capital social es de $7.000.000 (pesos siete millones) representado por 700 acciones ordinarias escriturales, de $10.000 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley N° 27.349. El socio suscribe el 100% del capital social, de acuerdo con el siguiente detalle: AGUILERA LUCAS ELEAZAR suscribe 700 acciones ordinarias escriturales de valor nominal $10.000 cada una y con derecho a un voto por acción. Las mismas se integran en un 25% en dinero efectivo, acreditando tal circunstancia mediante la correspondiente boleta de depósito bancario, debiendo integrarse el saldo pendiente dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.
Administración: Se designa Administrador Titular a AGUILERA LUCAS ELEAZAR, DNI N° 31.184.167, CUIL N° 20-31184167-0, de nacionalidad argentina, nacido el 22/10/1984, profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en B° La Ribera, Manzana 7134, Casa 18, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, quien acepta el cargo conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad con las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera.
Se designa Administrador Suplente a AGUILERA CARLOS SANTIAGO, DNI N° 27.954.093, CUIL N° 20-27954093-0, de nacionalidad argentina, nacido el 20/02/1981, profesión comerciante, estado civil soltero, con domicilio en B° La Ribera, Manzana 7162, Casa 16, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, quien acepta el cargo conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad con las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera.
La representación legal de la sociedad será ejercida por los administradores designados. Los administradores declaran bajo fe de juramento no encontrarse comprendidos en las disposiciones del artículo 264 de la Ley General de Sociedades.
Órgano de Fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.
Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios con no menos de quince (15) días de anticipación a su consideración por la reunión de socios.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2802 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
LA LOMA JD S.A.S.
DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORES
Con fecha 24 de abril de 2025, por Asamblea Ordinaria Nº 11, se dispuso la renovación de autoridades de LA LOMA JD S.A.S.
1. Composición de la administración: renovando sus cargos, la administración queda compuesta de la siguiente manera: Administradores Titulares: ZANÓN SANTIAGO MATÍAS, D.N.I. Nº 42.845.547, C.U.I.T. Nº 23-42845547-9, y ZANÓN LUCAS DAMIÁN, D.N.I. Nº 36.050.865, C.U.I.T. Nº 20-36050865-0; Administradora Suplente: CASALE GLADYS LUCÍA, D.N.I. Nº 21.005.706, C.U.I.T. Nº 23-21005706-4.
2. Duración de los mandatos: 2 (dos) ejercicios.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2803 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
El Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis, ordena la publicación por el termino de ley, que la sociedad VAYU S.A.S.”, según Acta de Asamblea Nº 13 de fecha 26 de noviembre de 2025 resolvió la modificación de sus autoridades.
En tal sentido, se designa al Sr RICARDO ROGRIGO PAEZ BRAVO, D.N.I. N° 27.135.591, como Administrador Titular de la sociedad, quien acepta el cargo para el cual ha sido designado/a y constituye domicilió especial en la sede social.
La representación legal de la sociedad será ejercida por el Administrador designado.
San Luis, 14 de agosto de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2804 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
POLIRESINAS SAN LUIS S.A.- NOMBRAMIENTO DE DIRECTORIO
El Registro Público ordena se publique, por el término de la ley, que POLIRESINAS SAN LUIS SA, con sede social en Calle 110 entre 6 y 8, Parque Industrial Sur, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, inscripta en Registro Público de San Luis con fecha 08/10/1986, tomo 31 de Contratos Sociales, folio 194, número 26; ha resuelto la designación del Directorio para el periodo 2026-2027 dispuesto en las siguientes actas: Acta de Directorio Nº 268 de fecha 26/05/2026, Acta de Asamblea de fecha 27/05/2026 y Registro de Asistencia, Acta de Directorio Nº 269 de fecha 27/05/2026, nota de aceptación de cargos vicepresidente de fecha 01/07/2026, nota de aceptación de cargos director titular de fecha 01/07/2026, nota de aceptación de cargos director suplente de fecha 01/07/2026 y nota de aceptación de cargos director suplente de fecha 02/07/2026; quedando conformado de la siguiente manera:
PRESIDENTE- RABINI MARIA MERCEDES - DNI: 24.564.297
VICEPRESIDENTE- BIONDINI ALFREDO MARIANO - DNI 21.482.673
DIRECTOR TITULAR - SOCIN MARIANO IGNACIO - DNI: 21.483.989
DIRECTOR TITULAR- CASARIN FLAVIA CRISTINA - DNI: 27.691.769
DIRECTOR TITULAR- PICCHIELLO OCTAVIO MARIO - DNI: 29.542.030
DIRECTOR TITULAR - CIPRIANI ROMINA ADRIANA - DNI: 22.675.650
DIRECTOR SUPLENTE - RABINI MARINA - DNI: 25.641.411
DIRECTOR SUPLENTE - SOCIN VERONICA PAULA - DNI: 23.643.854
DIRECTOR SUPLENTE - CASARIN DANILO LUIS - DNI: 25.790.162
DIRECTOR SUPLENTE – CIPRIANI MARCELA CLAUDIA – DNI 18.367.130
DIRECTOR SUPLENTE –PICCHIELLO LEONARDO MARCO – DNI 31.752.353
DIRECTOR SUPLENTE - BIONDINI MARIA PIA – DNI: 18.181.559
San Luís, de Agosto de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2805 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
REAL SOLUCIONES INMOBILIARIAS S.A.S. - CUIT N° 30-71668910-3, con sede social en calle Río Gallegos Sur, Parcela 31, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis por Resolución N° 355-RPC-2019 de fecha 29 de octubre de 2019, hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 1 de fecha 20 de octubre de 2025 se ratificó la integración del Directorio y se fijó en tres (3) años el término de duración de los mandatos, quedando el mismo conformado, sin cesación de sus integrantes respecto de la designación originaria, de la siguiente manera:
AUTORIDADES DESIGNADAS / RATIFICADAS:
Presidente: Juan Alejandro Palma, D.N.I. N° 32.161.457.
Director Suplente: Pablo Agustín Palma, D.N.I. N° 34.747.120.
AUTORIDADES QUE HAN CESADO EN SUS CARGOS:
No se ha producido cesación de autoridades, por tratarse de la ratificación de los mismos integrantes designados en el instrumento constitutivo de fecha 16 de agosto de 2019, con actas de ratificación de fechas 29 de octubre de 2019, 28 de octubre de 2022 y 20 de octubre de 2025.
Domicilio especial constituido por ambas autoridades conforme Art. 256 de la Ley 19.550: Río Gallegos Sur, Parcela 31, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis. San Luis, ...... de .......... de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2806 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA “CAPITAL PUNTANO S.A.S.”
El Registro Público de Comercio ordena se publique por el termino de ley: 1)- SOCIO: Sr. Sr. JOFRE ORTEGA, HUGO ALBERTO DNI 34.700.243, CUIL 20-34700243-8, de nacionalidad argentino, con domicilio en calle Belgrano N° 870 dep 3B, de profesión empresario, estado civil casado; 2)- FECHA DEL INSTRUMENTO DE CONSTITUCIÓN: 13 DE AGOSTO DE 2026; 3)- DENOMINACIÓN: CAPITAL PUNTANO SAS; 4)- DOMICILIO: establecer domicilio legal y fiscal en la jurisdicción de la Ciudad de San Luis, y SEDE SOCIAL Av. Juan Gilberto Funes al 750, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis; 5)- PLAZO DE DURACIÓN: de 99 (noventa y nueve) años, contados a partir de la fecha de su constitución. 6)- OBJETO a) COMERCIALIZACIÓN DE AUTOMOTORES, MAQUINARIAS Y TODO TIPO DE VEHÍCULOS: La compra, venta, permuta, consignación, comercialización, distribución, intermediación, importación, exportación, alquiler, arrendamiento, leasing y explotación comercial de automotores, vehículos utilitarios, camionetas, camiones, motocicletas, máquinas viales, agrícolas, industriales y de construcción, maquinarias, equipos y herramientas, nuevos o usados, nacionales o importados, con o sin operador, así como sus repuestos, accesorios, partes y complementos. Asimismo, podrá prestar servicios vinculados con su utilización, mantenimiento, conservación y explotación, y celebrar toda clase de contratos relacionados con dichos bienes. b) OTORGAMIENTO DE CRÉDITOS Y FINANCIACIONES: El otorgamiento habitual, por cuenta propia y con fondos propios, de préstamos, mutuos, créditos y financiaciones a personas humanas y/o jurídicas, destinados o no a la adquisición de automotores y demás bienes, pudiendo establecer capital, intereses compensatorios y punitorios, plazos, cuotas, gastos y demás condiciones de las operaciones, dentro de los límites establecidos por la legislación vigente. c) CRÉDITOS CON GARANTÍA PRENDARIA: El otorgamiento de préstamos, mutuos, créditos y financiaciones garantizados mediante prenda con registro, especialmente sobre automotores, vehículos y demás bienes muebles susceptibles de dicha garantía, pudiendo la sociedad revestir el carácter de acreedor prendario, constituir, aceptar y solicitar la inscripción de contratos de prenda a su favor, así como realizar todos los actos necesarios para la constitución, inscripción, modificación, reinscripción, endoso, transferencia, ejecución y cancelación de las garantías prendarias. d) FINANCIACIÓN DE ADQUISICIONES: La financiación total o parcial de operaciones de adquisición de automotores y demás bienes, tanto cuando la sociedad revista el carácter de vendedora como cuando el bien sea adquirido de terceros, pudiendo instrumentar dichas operaciones mediante contratos de compraventa, mutuo, préstamo, financiación, pagarés, reconocimientos de deuda y demás instrumentos admitidos legalmente, con constitución de las garantías reales y personales que correspondan. e) ADMINISTRACIÓN Y COBRANZA DE CRÉDITOS: La administración, gestión, cobranza y recupero de los créditos propios derivados de las operaciones comprendidas en el objeto social, pudiendo efectuar intimaciones, requerimientos de pago, ejecuciones y demás actos judiciales y extrajudiciales destinados a la percepción de los créditos y al ejercicio de los derechos derivados de las garantías constituidas a favor de la sociedad. f) CESIÓN DE CRÉDITOS: La adquisición, cesión, transferencia, administración y negociación de créditos propios derivados de las operaciones comprendidas en el objeto social, incluidos los créditos garantizados con prenda con registro, siempre que tales operaciones se encuentren legalmente permitidas. g) GARANTÍAS: La constitución, aceptación, inscripción, modificación, reinscripción, transferencia, endoso, ejecución y cancelación de garantías reales y personales vinculadas con las operaciones comprendidas en el objeto social, especialmente prendas con registro sobre automotores y demás bienes muebles susceptibles de dicha garantía. h) DESARROLLOS Y CONSTRUCCIONES INMOBILIARIAS: La adquisición, desarrollo, planificación, construcción, refacción, remodelación, administración, explotación, alquiler y comercialización de toda clase de bienes inmuebles, propios o de terceros, en emprendimientos u obras públicas o privadas, incluyendo la venta en pozo y de unidades terminadas, loteos y urbanizaciones, así como la prestación de servicios de administración y postventa vinculados a los emprendimientos inmobiliarios. i) ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS: La celebración de todos los actos, contratos y operaciones civiles, comerciales y bancarias que sean necesarios, accesorios o complementarios para el cumplimiento de las actividades precedentemente enumeradas, incluyendo la contratación de seguros, servicios de cobranza, recupero de créditos y demás servicios relacionados con las actividades sociales. La sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que sean necesarios o convenientes para el cumplimiento de su objeto, con las limitaciones establecidas por la legislación vigente respecto de aquellas actividades que requieran autorización especial de autoridad competente. 7)- CAPITAL: El Socio suscribe el 100.00% (cien por ciento) del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: HUGO ALBERTO JOFRE ORTEGA, suscribe la cantidad de $750.000,00 (pesos Setecientos Cincuenta Mil) adquiriendo la misma cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $1,00 (pesos uno con cero centavos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un 25% (veinticinco por ciento) en dinero efectivo, el saldo pendiente del capital social se integrará dentro del plazo máximo de dos (dos) años, contados desde la fecha de su constitución de la sociedad. La mora en la integración de las acciones suscriptas se producirá al solo vencimiento del plazo. La sociedad podrá optar por cualquiera de las alternativas previstas en el artículo 193 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. 8)- ADMINISTRACION: Sr. JOFRE ORTEGA, HUGO ALBERTO DNI 34.700.243, CUIL 20-34700243-8, de nacionalidad argentino, con domicilio en calle Belgrano N° 870 dep 3B, de profesión empresario, estado civil casado quien acepta el cargo que le ha sido conferido y constituye domicilio especial en la sede social conforme a lo establecido en el artículo 256 Ley 19.550 de Sociedades Comerciales; y designar Administradora suplente a la Sra. María Paula Piguillem DNI 33.888.177 CUIL 27-33888177-6, con domicilio en calle Belgrano N° 870 dep 3B, de profesión Administrativa, quien acepta el cargo que le ha sido conferido y constituye domicilio especial en la sede social9)- CIERRE DE EJERCICIO: el día 31 de diciembre de cada año10)- FISCALIZACION: prescinde del órgano de fiscalización
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2807 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
DESIGNACION NUEVO DIRECTORIO
Por Acta de Reunión de Socios de fechas 3 de marzo de 2020,28 de abril de 2022, 25 de abril de 2024 y 1 de abril de 2026, de la sociedad Emilio Huguenine y Asociados S.R.L. CUIT 30-71527948-3 se resolvió que continúe en el cargo de Gerente, el Sr Eduardo Emilio Huguenine Gomez, D.N.I. Nº 23.947.734, de nacionalidad argentino, estado civil casado. El designado aceptó el cargo conferido. Se hace saber a los efectos legales.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2808 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
JUDICIALES
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del DR. GEREMÍAS PABLO FEREZ, juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 406561/23 “ECHEVARRIA JUAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por ECHEVARRIA JUAN DNI 6.794.771.
Villa Mercedes (San Luis), 12 de Agosto de 2026
C: 2729 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Concarán (S.L) a cargo del Dr. Moisés Benito Fara-Juez, Secretaría de la Autorizante, en los autos “MUÑOZ ANTONIO OSVALDO S/ SUCESION AB INTESTATO, EXP.441683/25” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto ANTONIO OSVALDO MUÑOZ DNI: LE 6.790.224 bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 04 de Mayo de 2026
C: 2733 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, prosecretaria de la autorizante, en los autos caratulados “ROSALES SARA MARBELLA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 433139/25 cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores del causante DOÑA ROSALES SARA MARBELLA DNI N° 4.772.591, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 29 de junio de 2026
C: 2734 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Segunda Nominación, Secretaría Nº 3, de la ciudad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, en los autos caratulados “MUSSO DE URIZ Ó MUSSO, JUANA EMILIA Ó JULIA EMILIA Ó JUANA - DECLARATORIA DE HEREDEROS” (Expte. SAC N.º 11245030), hace saber que mediante Auto N.º 81, de fecha 4 de julio de 2025, se resolvió: “Declarar sin perjuicio de terceros únicos y universales herederos de la causante Juana Emilia ó Julia Emilia ó Juana Musso De Urizó Musso, a su hijo Raúl Wilde Uriz (f); por derecho de representación de su hijo premuerto Omar Agustín Uriz, a los hijos de este, Omar Julio Uriz (f) y Osvaldo Daniel Uriz, respectivamente; y por derecho de representación de su hijo premuerto Julio Marcelo Uriz, a su esposa Irene María Wotoszyn (f), en el carácter de nuera viuda sin hijos y en la proporción de ley correspondiente, en los términos del art. 3576 bis del Código Civil, Ley 340, reconociéndoseles la posesión judicial de la herencia”. Asimismo, por decreto de fecha 21 de mayo de 2026, se dispuso citar a quienes se consideren con derechos en relación con Irene María Wotoszyn (f), D.N.I. Nº 4.136.407, para que dentro del plazo de diez (10) días comparezcan a defenderse o a obrar en la forma que les convenga, bajo apercibimiento de ley. Fdo.: Marcelo Ramiro Durán Lobato, Juez de Primera Instancia. María Carolina Altamirano, Secretaria de Primera Instancia.
C: 2736 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis (San Luis) a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO (JUEZ), Secretaría de la Autorizante, en los autos: “JOFRE ALEJANDRO ANASTACIO DEL VALLE S/ SUCESION AB INTESTATO - EXP. N.º 443818/25” cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de DON JOFRE ALEJANDRO ANASTACIO DEL VALLE DNI 6.783.411, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 4 de agosto de 2026
C: 2739 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “GARRO ROLANDO ELISEO S/SUCESION AB INTESTATO” EXP 440996/25, CITA Y EMPLAZA por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de Don Rolando Eliseo GARRO, D.N.I. M 8.314.266, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 12 de Agosto de 2026
C: 2742 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “POMA TICONA DEMETRIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 451435/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: DEMETRIO POMA TICONA, (D.N.I. Nº 92.893.400), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 12 de Agosto de 2026
C: 2743 $16.500,00 e: 17 y v: 21 Ago.
PARTIDO JUSTICIALISTA
DISTRITO SAN LUIS
Compañero/a congresal:
Convoco a usted, en virtud de lo dispuesto por el Consejo Provincial a la reunión extraordinaria, para el día sábado 22 de agosto de 2026 a las 10 hs. en primera citación y a las 12hs. en segunda citación, en la sede del Partido Justicialista, sito en calle Héroes de Malvinas 702, ciudad de San Luis, para tratar el siguiente orden del día:
-Designación de miembros de los órganos partidarios que se encuentren vacantes o cuyo mandato esta cumplido o próximo a cumplirse.
-Resolución de apelaciones si las hubiere.
-En virtud de la proximidad de la convocatoria a elecciones para cubrir cargos provinciales y nacionales para año 2027, ratificar la vocación política de participar en dichas elecciones y establecer los planes y metodología política y electoral.
Mesa del Congreso Provincial Partido Justicialista
IMPORTANTE: Concurrir con el último ejemplar del DNI original.
Confirmar recepción de la citación por este mismo medio y enviar dirección de correo electrónico.
C: 2749 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Ago.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
POSTULANTES ADMITIDOS
El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría a cargo de la Dra. Paola Susana Giannini, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:
“UN (01) CARGO DE JUEZ DEL COLEGIO DE JUECES EN LO PENAL DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL (ADM N° 19997/26)”
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APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
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DIVIZIA LOHIGORRY MARIA SOLEDAD |
29.426.060 |
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GONZALEZ DIEGO MARTÍN |
24.242.743 |
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LAZARTE OTERO NATALIA BELEN |
30.244.273 |
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MEDIAVILLA ROCÍO ALEJANDRA |
33.702.559 |
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MILSTEIN GARCIA GISELA ANAHÍ |
31.357.472 |
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SUAREZ VICTORIA CELESTE |
27.932.663 |
La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura: https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar.-
C: 2753 SPP e: 19 y v: 24 Ago.
La Municipalidad de JUAN JORBA, en los términos de la Ley 21.477 modificada por Ley 24.320, se encuentra tramitando la adquisición por prescripción administrativa de sobre un inmueble ubicado en calles Pedernera, Bartolomé Mitre, Juan Llerena y Domingo F. Sarmiento, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, que, conforme plano de mensura N° 3-232-22 confeccionado por la Ingeniera Agrimensora EMILSE C. ROBLEDO, Matricula C.A.S.L. N° 306, aprobado e inscripto por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el N° 03/232/2022, se identifica de la siguiente manera: PARCELA 3, Superficie 6.438,29 m², inscripción de dominio: Tomo 90 de Pedernera, Folio 377 Número 10387, Padrón: 710029-710030 Receptoría: Mercedes, nomenclatura catastral: circunscripción: Juan Jorba, cuadrante: -, Sección-, manzana 9, parcela 1 y 2. LINDA al NORTE con calle Juan Llerena, al SUR con calle Pedernera, al ESTE con calle D. F. Sarmiento y al OESTE con calle Bartolomé Mitre. En virtud de ello, se CITA Y EMPLAZA, por el término PERENTORIO E IMPRORROGABLE de CINCO (5) DÍAS a quien resulte propietario y/o todo aquel que se crea con derechos sobre el inmueble antes descripto, para que comparezca ante la Municipalidad de JUAN JORBA ubicada en calle 1 (entre calles 2 y 3) de la localidad de Juan Jorba, Dpto. Gral. Pedernera, Provincia de San Luis, en horario de 08.00 a 13.00 hs., para hacer valer su derecho, munido de documentación respaldatoria a tales efectos.
FDO. RICHARD WALTER BASCONCELLO
DNI N°16.177.355
INTENDENTE COMISIONADO
MUNICIPALIDAD DE JUAN JORBA
RICHARD WALTER BASCONELLO
Intendente Comisionado Municipal
C: 2754 SPP e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N°4 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza, en autos caratulados EXP 449539/26” ALAGIA MERCEDES RUTH S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de (30) días a herederos, acreedores y/o cualquiera que se considerare con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. ALAGIA MERCEDES RUTH, DNI N° 11.600.670.-
C: 2755 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Jueza a cargo de la autorizante, en los autos: EXP 446115/26 ARGÜELLO JORGE S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a quienes se consideren herederos y acreedores del causante Sr. ARGÜELLO JORGE, D.N.I 20.452.850, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 03 de agosto de 2026
SILVINA NATALIA TORRES
Prosecretaria
C: 2756 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental 4 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza, Prosecretaría del autorizante, en los autos caratulados: “EXP 447322/26, LUCERO FRANCISCO ROBERTO, BARROSO PETRONA S/ SUCESION AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término TREINTA días (30) a quienes se consideren herederos y/o acreedores del causante Sr. FRANCISCO ROBERTO LUCERO DNI 06.818.691 y/o de la causante Sra. PETRONA BARROSO DNI 06.658.781, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 5 de AGOSTO de 2026
C: 2757 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara - Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “JORDAN LUIS CESAR S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 422689/24 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. LUIS CESAR JORDAN, D.N.I. N° 12.722.177, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 25 de junio de 2026
C: 2759 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Minas y ambiental 4, de la ciudad de san Luis, Provincia de San Luis, a cargo del DRA. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza, en autos: EXP 447640/26, TERRAGNI GLADIS EMA, JOSE RICARDO CATTANEO S/SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el plazo de tres (30) días a herederos, acreedores y quienes se consideren con derecho a los bienes de los causantes, TERRAGNI GLADIS EMA DNI N° 2.450.249 y CATTANEO JOSE RICARDO DNI N° 6.517.841.-, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 9 de junio de 2026.
C: 2761 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de Dr. Geremias Pablo Ferez (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: ARIAS EDUARDO AMERICO S/SUCESION AB INTESTATO - EXP 432024/25 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Don ARIAS EDUARDO AMERICO DNI N°13.036.568, bajo apercibimiento de ley.-
Prosecretaría: 03 de julio de 2026.-
C: 2762 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5, de la Primera Circunscripción Judicial de san Luis, a cargo del Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: EXP 445022/26 “LUCERO GREGORIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y quienes se consideren con derecho a los bienes de los causantes, LUCERO GREGORIO DNI N° 6.789.574.-, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 27 de JUNIO de 2026.
C: 2763 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, en los autos caratulados: “QUIROGA ESTELA, QUIROGA SERGIO ROMAN Y OTROS C/ LUCERO HILARIO, QUIROGA PABLO POLICARPO Y OTROS S/POSESIÓN” EXP 409341/23, cita y emplaza a HILARIO LUCERO, PABLO POLICARPO QUIROGA D.N.I. N° 3.187.957, IRENE QUIROGA Y/O SUS HEREDEROS Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO por el término de QUINCE (15) DIAS, sobre el inmueble individualizado en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tº 50 de Capital Fº 326 Nº 9037 Isc. Segunda, Padrón N 914 y Tº 81 de Capital Fº 433 Nº 11402, padrón Nº 627 de la receptoría de Charlone, para que comparezcan y la contesten bajo apercibimiento de lo previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C, para que opongan excepciones y ofrezcan prueba de que intenten valerse bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. Defensor de Ausente, para que los represente (Art. 343, 2° párrafo del CPC).-
SAN LUIS, 10 DE AGOSTO DE 2026.-
C: 2765 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°1 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “BATTISTELLO LUCIANA C/ SOCIEDAD COLECTIVA DELFINO HERMANOS, CHIAPPERO MIGUEL CESAR Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” EXP 435450/25, se cita y emplaza por el termino de quince días a Sociedad Colectiva Delfino Hnos, Miguel Cesar Chiappero, Miguel Ramón Sánchez y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio ubicado en Camino Vecinal s/n, localidad de Concarán, Dto. Chacabuco, Pcia de San Luis, el que se individualiza como Parcela “2” en el plano de mensura Nº 4-79-24, el mismo limita al Norte: Abdo de Graieb, Yamila, Pd. 2542 Rec. Concarán, Parc. 732 Pl. 04-3303-1965, Sociedad Colectiva Delfino Hnos., Pd. 3459 Rec. Concarán, Pl. 04-13-1984, Chiappero, Miguel Cesar y Sociedad Colectiva Delfino Hnos. Pd. 3633 Rec. Concarán Pl. 04-44-1982 Pl. 04-21-1999; Este: Battistello, Miguel Ricardo Pd. 2674 Rec. Concarán, Pl. 04-6924-1971, Callejón; Sur: Muñoz de Granado Juana Pd. 1334 Rec. Concarán, Parc. 1 Pl. 04-91-2021, Oeste: Camino Vecinal (Tierra).Con una superficie de 80 Has 8316,66m2. El inmueble se encuentra registrado en la Dirección Provincial de Catastro bajo los Padrones N°3459, 3633, 7, Rec. Concarán. Inscripto en el Registro de la Propiedad del Inmueble en el T° 41 de Chacabuco, F°186, N°6371 Insc. 2° (A), T°4 Ley 3236 de Chacabuco F°489 N°695 (B), T°3 Ley 3236 de ChacabucoF°476 N°428 (C). Bajo apercibimiento de Ley.-Concarán –
San Luis, 11 de Marzo de 2026.-
DRA. CINTIA G. LÓPEZ ZABALA
Secretaria
C: 2766 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “ESTRADA SEMA SOCORRO Y OTROS C/ ESTRADA MATILDE Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVIA ORALIDAD”EXP 403534/23, se hace saber: “Concarán, San Luis, 01 de Agosto de 2024…II.- 1) Por promovida formal demanda de prescripción veinteañal, en contra Ortiz de Quiroga Benicia, Ortiz Juan Alfredo, Zabala de Andin Maria Audelina, Zabala Nabor, Estrada Matilde y/o Natilde y Ortiz Alfredo y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, la que tramitara según las normas del proceso ordinario (Art. 330 del CPCC). ORDENO OFICIAR AL RPI a los fines previstos por el artículo 910 CPCC a fin de que proceda a tomar razón del inicio de la presente acción a través de nota marginal. Acompañe oficio en formato editable para control, firma y envío. 2) De la demanda y documental acompañada, traslado al accionado por el término de quince días, con más los que correspondieren por la distancia, para que la conteste y comparezca estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Se le requiere al demandad comunique su número telefónico y de su letrado a los fines de lograr adecuada inmediatez y comunicación. Notifíquese personalmente o por cedula (Art. 135 del CPCC). DEBERA denunciar domicilio exacto a los fines de la notificación. En caso de que el demandado se encuentre fallecido, ordeno librar oficio al registro de juicios universales, a fin de que informe si se ha abierto sucesorio en relación al mismo, y, en su caso, juzgado por donde tramita. Se le hace saber al profesional que deberá acompañar oficio en formato editable, para su control, firma y envío. 3) Sin perjuicio de ello, y a los fines de salvaguardar derechos de terceros, publíquense edictos dos veces y con intervalo de treinta días por el término de dos días en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis, y en un diario de amplia difusión local, con las enunciaciones de ley. (Artículo 911/912 CPCC). Se le hace saber al profesional que deberá acompañar proyecto de edicto en formato editable para su control y firma. 4) Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 915 CPCC, estando a cargo de la parte la exhibición y acreditación allí prevista en la Municipalidad respectiva. 5) En relación a la exhibición de edictos en sede judicial y pagina web del Poder Judicial, en su oportunidad pase a diligenciamiento a sus fines. 6) Previo a la publicación de edictos ordenada, se deberá dar cumplimiento a lo ordenado infra al punto 8. 7) Atento lo dispuesto por el articulo 914 CPCC, ordeno notificar en los términos allí prescriptos del inicio de la presente causa, que tramita por ante el Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°1 de Concarán de la Tercera Circunscripción Judicial, EXPTE N° 403534/23 “ESTRADA SEMA SOCORRO Y OTROS C/ ESTRADA MATILDE Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVIA ORALIDAD”, plano de mensura del inmueble objeto del juicio N° 5/6/22, al a) PROVINCIA DE SAN LUIS (Fiscalía de Estado) a cuyos fines ofíciese, b) MUNICIPALIDAD DE LA LOCALIDAD DE SAN MARTIN. Ofíciese. Deberá acompañar proyectos de oficios en formato editable para control y firma c) Deberá el actor denunciar el domicilio de los colindantes que surgen del plano de mensura y del informe de catastro obrante en autos, a saber: SUR: Alfaro Antonio, Estrada Matilde, Ortiz Juan; ESTE: Monsalvo Diego Roberto, Monsalvo Marta Silvina, Monsalvo Roberto Marcelo, Monsalvo Roberto Fabián; OESTE: Zabala de Andino Maria Audelina, Ortiz de Quiroga Benicia, Ortiz Juan Alfredo, Zabala Nador y Ortiz Santiago (artículo 909 inciso 1), a los fines previstos en dicho artículo. Cumplido, ordeno notificar a los mismos. Deberá acompañar proyecto de cedula en formato editable para control y firma y posterior envío. Líbrese oficio al Juzgado de Paz que por jurisdicción corresponda. 8) Colóquese cartel indicativo conforme lo prescribe el artículo 916 CPCC, lo que deberá acreditarse previo a la publicación de los edictos respectivos. El mismo deberá contener, además de los datos requeridos en el artículo citado, que el juez interviniente es el Dr. MOISES BENITO FARA – Juez Civil - y la secretaria a la que pertenece la causa, es la de la Dra. VILMA G. SIMIOLI. Acompañe Oficio en formato editable, dirigido al Juzgado de Paz y/o Oficial de Justicia que por jurisdicción corresponda a fin de dar cumplimiento con lo aquí ordenado. Líbrese oficio a tal fin. 9) Líbrese Oficio a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales de la Provincia de San Luis para que tome conocimiento del inicio de acciones en base al plano de mensura N° 5/6/22. Deberá acompañar proyecto de oficio en formato editable para control y firma.10) Acompañe copia de DNI del Actor y constancia de Cuil o Cuit a fin de la correcta registración si correspondiere, oportunamente.” Firmado Digitalmente en el día de la fecha por el Dr. MOISES BENITO FARA – Juez Civil –
Concarán, San Luis. 03 de Agosto de 2026.-
DRA. ROSANA CUEVAS
Secretaria
C: 2767 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 327841/18 “FERNANDEZ GLADYS ESTER Y OTRA S/ SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por ZALAZAR FRANCISCA ELVA DNI 2.508.896 y de doña FERNANDEZ GLADYS ESTER DNI 11.731.759.
Villa Mercedes, San Luis, 20 de marzo de 2026
CECILIA I. BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 2768 $16.500,00 e: 19 y v: 24 Ago.
Dirección de Planificación y Coordinación General convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado por el titular de la empresa Sr. Scarinci Claudio, cuyo Consultor Ambiental asesor es Pestchanker Luis, Matrícula RUCEIA N° 041, para el proyecto de “Auditoria Ambiental” de la empresa ANAEROBICOS SRL CUIT N° 30-54785218-0, ubicada en Calle 108 entre 6 y 8 - Parque Industrial Sur, localidad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis (Ref. EXD. Nº 0000-5230452/22), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección Sustentabilidad Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis. -
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar
Dir. Planificación y Coordinación General
C: 2769 $11.000,00 e: 19 y v: 21 Ago.
“La Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, se encuentra tramitando mediante “PRESCRIPCION ADMINISTRATIVA -LEY 21.477 modificada por LEY 24.320” la adquisición e inscripción de dominio a su nombre de un inmueble ubicado en su ejido urbano, cuyo antecedente dominial se encuentra inscripto al TOMO 146 de Pedernera, FOLIO 371, Nro. 16116 (Receptoría Mercedes, sin padrón ni nomenclatura tributaria registrada), identificado en su origen en la Circunscripción Lavaisse, Cuadrante E5, Manzana 22. El bien a prescribir se individualiza como PARCELA “10” según Plano de Mensura confeccionado por el Agrimensor JORGE SEBASTIAN MESA SURROCA, registrado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nro. 3-98-25. Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos: 30,00 metros al norte lindando con Padrón 2036 Receptoría Mercedes a nombre de Oga Pantaleon Parcela L Manzana 22 (Solar k Manzana 22 del plano de la Colonia); 26,00 metros al sur lindando con Avda. José Garciarena (R.P. Nº 11); 25,00 metros al este lindando con Solar i de la Manzana 22 a nombre de Quiroga Genaro sin padrón colindante; 21,00 metros al oeste lindando con calle pública Juan Tomatis, y posee una ochava de 5.64 metros en la intersección de calle Juan Tomatis con Av. José Garciarena; todo lo que en su conjunto encierra una Superficie Total de 742,01 m2. En consecuencia, se CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS improrrogables y perentorios contados a partir de la presente publicación, a todos quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente, debiendo concurrir a la Municipalidad de Lavaisse, en horas hábiles administrativas, para hacer valer los mismos, acompañando la documentación respaldatoria que acredite el derecho pretendido.”
San Luis; 19 de Agosto de 2.026.-
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente
C: 2778 SPP e: 21 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “AIMALE JOSE JUVENAL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 447098/26 cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores y/o a todo a quien se considere con derecho a los bienes dejados por el causante, SR. JOSE JUVENAL AIMALE D.N.I. 6.819.512, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 06 de AGOSTO de 2026
C: 2779 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo - Juez Subrogante, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “PEDERNERA EDGAR GUSTAVO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO (CON B.L.S.G.)” EXP 435957/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: EDGAR GUSTAVO PEDERNERA, (D.N.I. Nº 24.681.524), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 05 de Agosto de 2026.-
C: 2780 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de la Dra. Carolina Cherubini (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: RINAUDO GRACIELA TERESA S/ SUCESION AB INTESTATO - EXP 437939/25 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Sra. RINAUDO GRACIELA TERESA DNI Nº 14.035.262, bajo apercibimiento de ley.-
Prosecretaría: 04 de Agosto de 2026.-
C: 2781 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 3 de la Ciudad de Villa Mercedes (San Luis), a cargo de la Dra.: CYNTHIA ALCARAZ DIAZ (JUEZ), Secretaria de la AUTORIZANTE, en los autos caratulados: “ADARO JOSE JOVINO Y BARRIONUEVO RAMONA LINNE s/ SUCESION AB INTESTATO - EXPTE.: 322036/18”, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de RAMONA LINNE BARRIONUEVO, DNI Nº 4.192.598, bajo apercibimiento de ley.-
PROSECRETARIA, 07 de Abril de 2026
C: 2782 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 386353/22 “ ALARCON JOSE LUIS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por ALARCON JOSE LUIS LE 6.815.918.
Villa Mercedes, San Luis, 04 de Marzo de 2026
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 2783 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara Juez Civil, secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “ALBET WALTER DANIEL C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL CARMEN (SAN LUIS) S/ PRESPCRIPCIÓN ADQUISITIVA ORALIDAD” EXP. 434239/25, cita y emplaza por 15 días a MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL CARMEN SAN LUIS y/o quienes se consideren con derecho sobre un inmueble urbano ubicado en calle Güemes S/N° esq. Ruta Provincial N° 1 S/N° de la localidad de Villa Del Carmen, Partido Estanzuela, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis el que se individualiza como Parcela “15” en el plano de mensura N° 4/109/24. Con una Superficie de CIENTO NOVENTA Y DOS CON TREINTA Y CINCO METROS CUADRADOS (192,35 M2). Limita al Norte: con calle Güemes (c/pav), al Este: Municipalidad de Villa del Carmen, Padrón 330103, Rec. Tilisarao, Parc 1; Parcela 5 -Plano 04-29-2002; Parcela 11 -Pl 04-76-2011; Parc 4 – Pl 04-55-2017, al Sur: con Municipalidad de Villa del Carmen Pd 330103 Rec Tilisarao, Parc 1; Parc 5 – Pl 04-29-2022; Parc 10 – Pl 04-76-2011; Parc 18 – Pl 04-55-2017 y al Oeste: Ruta Provincial Nº 1 (c/pav). Empadronado a los efectos fiscales bajo el Padrón Nº 330.103 de la Receptoría Tilisarao sin inscripción de dominio.-
Concarán, San Luis, 13 de AGOSTO de 2026
C: 2784 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Ibañez Geraldina Inés, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “MARTI JORGE JULIAN, BAIER NOELIA ORQUIDEA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 414302/24, cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejado por los causantes, SR. MARTI JORGE JULIAN D.N.I Nº 16.051.133 y SRA. NOELIA ORQUIDEA BAIER D.N.I Nº 20.321.376, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 05 de Diciembre de 2025.-
C: 2785 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental Nº 2, sito en calle Rivadavia 340-3º piso de San Luis, a cargo de a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ -jueza, en autos caratulados: “AGÜERO, RAMONA ASCENSION Y RAMON ANIBAL ZAVALA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 403717/23, cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de los extintos, RAMON ANIBAL ZAVALA D.N.I. Nº 6.805.790 y AGÜERO, RAMONA ASCENSION D.N.I. 5.180.228 bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 18 de Junio de 2024
C: 2786 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “CARABALLO LEONILDA EMILIA, AQUILINO RICARDO JOSE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 451269/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes: CARABALLO LEONILDA EMILIA, (D.N.I. N° 11.498.129) y AQUILINO RICARDO JOSE, (D.N.I. N° 5.274.750), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 12 de Agosto de 2026
C: 2787 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “DOMINGUEZ HOLGAR ANTONIO Y OTRO C/BOEHLER MELITON JUAN, ALUME MARIO REYES Y ALUME JOSE EDGARDO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 308843/17, cita y emplaza por el termino de QUINCE DIAS A QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O TUVIEREN DERECHO sobre el inmueble descripto como tres fracciones de campo, conocidas como “Las Latas”, “La Aguada” o “Los Palques” próximas a la localidad de Quines e inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 8 (Ley 3236) de Capital, Dpto. Ayacucho Folio 57 N° 9436 Padrón 19-2790 y Padrón 19-2941, con los límites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 5/70/15, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, haciéndose constar el nombre de los demandados, a saber: BOEHLER MELITON JUAN (C.I. N° 4.795.650), con domicilio en Calle Constitución N° 563, General Coronado - Rio IV - Provincia de Córdoba; ALUME MARIO REYES y ALUME JOSÉ EDGARDO ambos sin domicilio conocido. Todo lo anterior, bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente.-
San Luis, 06 de Agosto de 2026.-
C: 2788 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara – Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “FERREYRA JOSE JULIO PAULINO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 448382/26 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. JOSE JULIO PAULINO FERREYRA, D.N.I. N°4.606.216, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 5 de agosto de 2026.-
C: 2789 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2, STR, MDE CIVIL, sito en Ruta Pcial. N° 55 - Km 921,5, Autopista de Los Comechingones, Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “EXP 427373/25 PEREYRA JUAN CARLOS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL”, cita y emplaza por el término de quince días a toda persona que de forma indeterminada se considere con derecho sobre el inmueble objeto del juicio, para que contesten demanda y comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de Ley, ubicado en calle Ruta provincial N° 28, localidad Carpintería, Departamento Junín, Provincia de San Luis, que conforme al Plano de Mensura N° 6/191/23, se individualiza como “Parcela 7”, que posee los siguientes linderos, medidas y superficie: al NORTE, del punto a-b, mide 62,33 m., y linda con Jorge Luis Funes (Pd. 7, Pl 6-5545-69); al ESTE, del punto b-c, mide 125,92 m., y linda con Funes Carlos Rufino y Novillo Olga Liliana (Pd. 5827, Rec. Merlo, P. a, Pl. 6-119-04); al SUR, del punto c-d, mide 62,33 m., y linda con Ruta Provincial N° 28; al OESTE, del punto d-a mide 125,92m. y linda con Castillo Silvia Susana (pd 1056189 p 1982 pl 6-128-19 rec merlo) y con Funes Luis Alberto (Pd. 1056186, Rec. Merlo, P. 2552, Pl. 06-128-19. Lo que hace una superficie de UNA HECTAREAS, SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (1 HAS 694,51 M2). El inmueble identificado se encuentra empadronado ante la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nº 5827 de la receptoría N° 13, a nombre de Alejo Funez, careciendo de inscripción de dominio en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
Santa Rosa del Conlara, 12 de mayo de 2025.
C: 2790 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 427885/25 “CARITA JORGE LUIS, ROSALES TERESA ANGELICA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por CARITA JORGE LUIS, DNI Nº6.650.802 y ROSALES TERESA ANGELICA, DNI N°4.299.822.-
Villa Mercedes, San Luis, 16 de Abril de 2026
C: 2791 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
La Dirección de Sustentabilidad Ambiental convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado el Ing. Martín M. Lombardini DNI 22.008.045 en carácter de apoderado de la empresa Edesal S.A y cuyo consultor ambiental es el Mgter. Ing. Germán Ostoich (RUCEIA N° 12) para construcción de Línea de Alta Tensión 132 Kv y ET “Nueva Galia”, ubicado en la locación ET Encadenadas en la localidad de Villa Mercedes y destino a la ET Nueva Galia, Departamento Gob. Dupuy, Provincia de San Luis (Ref. EXD. Nº0000- 2160011/26/26), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar.
C: 2792 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes a la Auditoría Ambiental presentada por el Sr. Martín Miguel Lombardini DNI 22.008.045, en carácter representante legal de la empresa EDESAL S.A. CUIT 3 0-65901405-6, cuyo consultor ambiental es el Ing. Germán Ostoich (RUCEIA N° 12), para transporte y distribución de energía eléctrica, Estación Transformadora Villa Mercedes, ubicado en colectora norte Ruta Nacional N° 7, km 696, localidad de Villa Mercedes, Dpto. Gral. Pedernera, Provincia de San Luis (Ref. EXD. Nº 0000- 3120111/24), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N°IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. En las oficinas de la Dirección de Gestión Ambiental y Fiscalización, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar.
C: 2793 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
El Juzgado de Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA - Juez -, Secretaria de la autorizante, en autos caratulados “EXP 414537/24 FUNES JESUS FABIANA, ALTURRIA MARIA LIDIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores de FUNES JESUS FABIANA DNI N° LC1.588.402 y ALTURRIA MARIA LIDIA DNI N° 4.937.965, bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis 22 de Julio de 2026
C: 2794 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 con asiento en Concarán, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la autorizante en autos EXPTE. N° 451636/26 “KVVEK BRUNETE S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la BRUNETE KVVEK, D.N.I 1.595.892 para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 07 de Agosto de 2026.-
C: 2795 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia San Luis, con asiento en Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. Javier Corigliano, Juez Provisorio, en autos “ORTIZ ANDREA LUCIANA S. POSESION VEINTEAÑAL” EXP 418274/24, cita y emplaza por quince días a quienes se consideren con derecho sobre un inmueble, con una superficie de 297,47 m2, ubicado dentro de los siguientes límites: al norte Calle Leandro Moran, al Sur Hugo Martín Villareal, al Este Hugo Martín Villareal y al Oeste Calle Las Chilcas, padrón 900288, de Receptoría Merlo a nombre de Hugo Martin Villareal, según plano N° 6/40/22 de fecha 29 de mayo de 2024, a nombre de Andrea Luciana Ortiz.- Sin inscripción de dominio.- Todo bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, 31 de marzo de 2026
C: 2796 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Prosecretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 421388/24 “QUIROZ EDESIA VIRGILIA Y SUAREZ JOSE ERNESTO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos, acreedores, y a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por los causantes, Sres. DOÑA QUIROZ EDESIA VIRGILIA DNI Nº 5.132.678 y DON SUAREZ JOSÉ ERNESTO, DNI N° 6.818.117.-
San Luis, 12 de MAYO de 2026
C: 2797 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
EDICTO DE CONVOCATORIA A CONCURSO.
Se comunica que en autos ADM N° 20249/26, que tramitan ante el Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría de la Dra. Paola Susana Giannini, se ha dictado la siguiente resolución: “San Luis, diecinueve de agosto de 2026. Atento al resultado del concurso tramitado en ADM 19872/26 y lo previsto en los arts. 199 y 200 de la Constitución Provincial y lo reglado en la Ley VI-0615- 2008, CONVÓQUESE al concurso de antecedentes y oposición, para cubrir: “UN (01) CARGO DE DEFENSOR ADJUNTO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, con asiento en Concarán”, fijando el periodo de inscripción desde el 07/09/2026 al 11/09/2026, inclusive.
Hágase saber a los postulantes que deberán observar el procedimiento de inscripción on line, adoptado en fecha 20/02/2018 por Acta Nº 08 del Consejo de la Magistratura, conforme se indica en el sitio web consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar presentando por dicho medio, firmada digitalmente, la documental que prescriben los Arts. 3 y 4 incs. d), e) y f) de la Ley NºVI-0615-2008 -de originales o copias debidamente certificadas por Escribano, Secretario encargado de certificaciones en el ámbito del Poder Judicial, Juez de Paz Lego o Policía de la Provincia- y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios exigidos para el cargo, los que se encuentran detallados en la sección “requisitos” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
No es procedente el plazo de gracia para las presentaciones que se realicen en los Concursos que tramitan en el Consejo de la Magistratura conforme Acta Nº 08 de fecha 20/02/2018.
Se recuerda que en caso de necesitar asistencia para la inscripción on line, el postulante deberá concurrir a la terminal de consulta de Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sito en calle 9 de Julio N° 934 de la ciudad de San Luis, planta alta, los días hábiles de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hs.
Asimismo, deberán presentar hasta dentro de los 5 días hábiles de finalizado el período de inscripción en Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, a los fines de su reserva en Secretaría, una carpeta con el comprobante de la inscripción on line y el soporte papel de la documentación de la misma, en original o copia certificada, debidamente foliada. Se admitirá, a esos efectos, la remisión que los postulantes efectúen a carpetas presentadas en otro concurso del Consejo de la Magistratura, en tanto refieran a concursos en trámite, estando a cargo de los postulantes completar y/o actualizar la carpeta papel para observar la correspondencia con la documentación incorporada en las respectivas inscripciones on line.
Los postulantes deberán someterse a las Audiencias Públicas de evaluación técnica y conocimiento personal y verbal que establecen los Arts. 7, 8 y 9 de la Ley Nº VI-0615-2008, siendo de aplicación lo dispuesto en la Resolución N° 01- CM- 2023 publicada en la sección “Resoluciones” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
El temario marco de contenidos mínimos, para tales evaluaciones de idoneidad técnica, se encuentra publicado en el mencionado sitio web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis.
El examen escrito se realizará el día 12/11/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30) y las audiencias de conocimiento personal y examen verbal, el día 13/11/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30). Los mismos se llevarán a cabo en el Palacio de Justicia, sito en calle 9 de Julio Nº 934, de la Ciudad de San Luis.
A efectos de la publicidad y transparencia de los actos, la Audiencia de conocimiento personal y examen verbal del día 13/11/2026 será transmitida vía streaming por el canal oficial del Poder Judicial en la Plataforma de Youtube, los interesados en acceder a la transmisión de dicha Audiencia deberán comunicar su cuenta de Google al correo institucional del Consejo magistratura@justiciasanluis.gov.ar, hasta dos días antes de la celebración de los exámenes verbales.-
PÚBLIQUESE en la página web del Consejo de la Magistratura y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia y en el diario de mayor circulación Provincial los días 21/08/2026, 24/08/2026 y 26/08/2026 (…) Firmado digitalmente por la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Presidente del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis”.
C: 2809 SPP e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de la Dra. CAROLINA CHERUBINI (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: AGUILERA ROBERTO NESTOR S/ SUCESION AB INTESTATO – EXP 445885/26 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Sr. AGUILERA ROBERTO NESTOR DNI N° 11.731.978, bajo apercibimiento de ley.-
Prosecretaría: 18 de Agosto de 2026.-
C: 2810 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “BENAVIDEZ ROBERTO Y AMPARO BERTA AMALIA FERRIERES S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 363291/20, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes: ROBERTO BENAVIDEZ, L.E. N° 6.796.613, y AMPARO BERTA AMALIA FERRIERES, L.C. N° 3.596.669, bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 22 de Junio de 2026.-
C: 2811 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Dra. Fernández Paz Cynthia Liliana, Juez, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “DI GENNARO JUAN CARLOS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. N° 450145/26, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) días a herederos y acreedores de Don JUAN CARLOS DI GENNARO, D.N.I. N° 6.809.315, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 13 de Agosto de 2026.-
C: 2812 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
EL DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, JUEZ DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 1 DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, SECRETARIA DE LA AUTORIZANTE, EN LOS AUTOS CARATULADOS: EXP 415690/24 “FERNANDEZ GERONIMO RITA DALIA S/ACCIÓN POSESORIA”, que tramita según las normas del proceso ordinario, cita a toda persona que se considere y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, sobre el inmueble ubicado en calle Juan T. Zabala N° 2227 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, individualizado como parcela N° 265 de la manzana 58 del plano de mensura, confeccionado por el agrimensor Gabriel Horacio Perino y registrado en la Dirección de Catastro, bajo el Nº 1/292/22, registrado provisoriamente el 9/11/22, padrón 28419 de la Receptoría Capital, e inscripto su dominio al: Tomo 23 Ley 3236 Dpto Capital. Folio 291 Nº 8427 Fecha: 5 de Octubre de 1972.- Tomo 13, Ley 3236, Dpto Capital. Folio 86 Nº 342 fecha: 11 de Marzo de 1970.- Tomo: 8 Ley 3236, Dpto Capital. Folio 266, Nº 17, Fecha: 4 de Diciembre de 1969.- Tomo 8 Ley 3236 Dpto Capital Folio 68 Nº 724 Fecha: 4 de Diciembre de 1969.- Tomo 8 Ley 3236 Dpto Capital Folio 270 .Nº 1725 Fecha: 4 de Febrero de 1969.- Tomo 24 (Viejo) Dpto Capital. Folio 249 (Insc.2da). Nº 3336 Fecha: 13 de Julio de 1950.- Tomo 24 (Viejo) Dpto: Capital. Folio 51 Nº 3336 Fecha: 7 de Enero de 1959.- Tomo: 24 (Viejo) Dpto Capital Folio 252 .Nº 336 Fecha: 14 de Diciembre de 1960.- Tomo 24 (Viejo) - Insc.3era - Dpto Capital Folio 55 .Nº 3337 Fecha: 13 de Julio de 1950.- Tomo 118 (Viejo) Dpto Capital Folio 16 Nº 337 Fecha: 7 de Enero de 1959.- Tomo: 118 (Viejo) Dpto Capital Folio 17 N 3337 Fecha: 14 de Diciembre de 1960.- Tomo 27 (Viejo) -Insc. 2da- Dpto Capital Folio 459 Nº 3745 Fecha: 14 de Julio de 1950.- Tomo: 27 (Viejo) Dpto Capital. Folio 461 Nº 3745 Fecha: 7 de Enero de 1960.- Tomo: 27 (Viejo) Dpto Capital Folio 462 Nº 3745 Fecha: 14 de Diciembre de 1960. El inmueble mide: al OESTE de 1 a 2: 30,91 metros. SUR de 2 a 3: 8,12 metros ESTE de 3 a 4: 16,65 metros. De 4 a 5: 2,88 metros, De 5 a 6: 11,46 metros, NORTE: de 1 a 6: 7,09 metros. Con una superficie de DOS CIENTOS TREINTA Y CUATRO CON TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (234,39 MTS2). Siendo sus linderos al OESTE: Horacio Alfredo Sagari, Padrón 42.163 y María Eufemia Puerta de Vilchez, Padrón 934.104. Sur: Maria Dalinda Romero De Guiñazú, Pedro Julian Guiñazú, Pura Esther Guiñazú, Feliza Guiñazú de Perez, Manuel Loreto Guiñazú, Bernardo Edgar Guiñazú Lima, Domingo Guiñazú, Julio Argentino Guiñazú – Eusebia Guiñazú de Devia - Filomena Agueda Guiñazú de Diego, Padrón 28419. ESTE: Calle Juan T. Zavala. NORTE: Hugo Ricardo Miranda, Padrón 927.086, PUBLIQUENSE EDICTOS a fin de que comparezcan a estar a derecho, en el plazo de quince (15) días dos veces, en intervalos regulares de treinta (30) días entre una publicación y otra, por DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en el diario de mayor circulación en la provincia (arts. 911, última parte y 912 del C.P.C), bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).,.-
SAN LUIS, veintinueve de julio de dos mil veintiséis.-
C: 2813 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
EDICTO DE MENSURA
Mario Ruiz, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula Nº 247 CASL, cito a propietarios, colindantes y terceros a presentarse con documentos que acrediten el carácter invocado, el día 25 de septiembre de 2026, a las 16:00 Hs, en el que procederé a mensurar el inmueble cuyo objeto es Tramitar el Título de Propiedad por Prescripción Adquisitiva, ordenado por María Nancy Rodríguez, DNI 23.342.392; ubicado en calle Eugenia de Diego Deutrelepont Nº 310 de Cortaderas, Partido Larca, Departamento Chacabuco, afectando al padrón 10-390235 a nombre de Rudecindo Rodríguez, DNI 6.819.819 y otros (fallecidos); y sin inscripción dominial en el Registro Catastral Provincial. Y que limita al Norte y Oeste: con padrón 10-390235 a nombre de Rudecindo Rodríguez, DNI 6.819.819 y otros (fallecidos); Este: con parcela 4 del padrón 10-390026 a nombre de Dora Ester Dominguez de Ponce Cuadrado; y Sur: con calle Eugenia de Diego Deutrelepont.
Citase a colindantes interesados, sin poder identificar catastralmente datos de estos.
Consultas en el domicilio Zona Rural S/Nº, Carpintería, San Luis, teléfono (2657)15584633.-
C: 2814 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
EDICTO DE MENSURA
Mario Ruiz, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula Nº 247 CASL, cito a propietarios, colindantes y terceros a presentarse con documentos que acrediten el carácter invocado, el día 25 de septiembre de 2026, a las 14:00 Hs, en el que procederé a mensurar el inmueble cuyo objeto es Tramitar el Título de Propiedad por Prescripción Adquisitiva, ordenado por María Nancy Rodríguez, DNI 23.342.392; ubicado en calle San Martín Nº 271 de Cortaderas, Partido Larca, Departamento Chacabuco, afectando al padrón 10-390235 a nombre de Rudecindo Rodríguez, DNI 6.819.819 y otros (fallecidos); y sin inscripción dominial en el Registro Catastral Provincial. Y que limita al Norte: con calle San Martín; Este: con parcela 2 del padrón 10-390024 a nombre de Correos y Telecomunicaciones; y Oeste y Sur: con padrón 10-390235 a nombre de Rudecindo Rodríguez, DNI 6.819.819 y otros (fallecidos).
Citase a colindantes interesados, sin poder identificar catastralmente datos de estos.
Consultas en el domicilio Zona Rural S/Nº, Carpintería, San Luis, teléfono (2657)15584633.-
C: 2815 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
EDICTO DE MENSURA
Mario Ruiz, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula Nº 247 CASL, cito a propietarios, colindantes y terceros a presentarse con documentos que acrediten el carácter invocado, el día 25 de septiembre de 2026, a las 12:00 Hs, en el que procederé a mensurar el inmueble cuyo objeto es Tramitar el Título de Propiedad por Prescripción Adquisitiva, ordenado por Silvia Alejandra Rodríguez, DNI 22.980.731; ubicado en calle Mariano Moreno entre Avda. San Martín y calle Cornelio Saavedra de Cortaderas, Partido Larca, Departamento Chacabuco, afectando al padrón 10-390235 a nombre de Rudecindo Rodríguez, DNI 6.819.819 y otros (fallecidos); y al padrón 10-390236 a nombre de Juan Rodríguez (fallecido); y sin inscripción dominial en el Registro Catastral Provincial. Y que limita al Norte y Sur: con padrón 10-390235 a nombre de Rudecindo Rodríguez, DNI 6.819.819 y otros (fallecidos) y con padrón 10-390236 a nombre de Juan Rodríguez (fallecido); Este: con parcela 3 del padrón 10-390025 a nombre de Aldo Severo Aparicio, DNI 21.382.685 y con parcela 4 del padrón 10-390026 a nombre de Dora Ester Dominguez de Ponce Cuadrado; y Oeste: con calle Mariano Moreno.
Citase a colindantes interesados, sin poder identificar catastralmente datos de estos.
Consultas en el domicilio Zona Rural S/Nº, Carpintería, San Luis, teléfono (2657)15584633.-
C: 2816 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
EDICTO DE MENSURA
Mario Ruiz, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula Nº 247 CASL, cito a propietarios, colindantes y terceros a presentarse con documentos que acrediten el carácter invocado, el día 24 de septiembre de 2026, a las 11:00 Hs, en el que procederé a mensurar el inmueble cuyo objeto es Tramitar el Título de Propiedad por Prescripción Adquisitiva, ordenado por Juan Francisco Ruiz, DNI 40.319.133 y Abigail Luciana Soto, DNI 44.715.712; ubicado en Ruta Provincial Nº 28 Nro. 200 de Carpintería, Partido Merlo, Departamento, afectando al padrón 13-390235 a nombre de Jorge Emilio Ciriani; y sin inscripción dominial en el Registro Catastral Provincial. Y que limita al Norte: con Ruta Provincial Nº 28; Sur: no se localiza información; Este: con padrón 13-570079 a nombre de Roberto Francisco Rodríguez, DNI 7.696.803 y de Mirna Estela Paredes Espinola, DNI 92.065.753; y con padrón 13-11455 a nombre de Karina Andrea Vanucci, DNI 25.445.227 y de Diego Alejandro Vanucci (fallecido); y Oeste: con padrón 13-570321 a nombre de Gilda Vicitación Lorenz, DNI 13.957.666 y Victoria Adelma Lorenz, DNI 4.463.852; con padrón 13-570323 a nombre de Paola Ariana Klejman, DNI 23.256.470, y con padrón 13-570322 a nombre de Próspero Testai, DNI 93.341.395 y de Angela Testai, DNI 93.494.910.
Citase a colindantes interesados, sin poder identificar catastralmente datos de estos.
Consultas en el domicilio Zona Rural S/Nº, Carpintería, San Luis, teléfono (2657)15584633.-
C: 2817 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
El Dr. Fara Moises Benito Juez del Juzgado Civil Nº1, 3ra. Circunscripcion Judicial, con asiento en Concarán (S.L), secretaria de la autorizante en autos exp 419787/24 “TORRES JUAN PABLO C/ DOMINGUEZ ALMENGOR Y HROS S/POSESIÓN”, cita y emplaza por el termino de 15 dias a los que se consideren con derecho sobre un inmueble en Ruta Nº5, Partido Santa Rosa, Santa Rosa Del Conlara, Dpto. Junin, Parc. “Parcela “5”, que linda: SUR, y OESTE ruta nº5; ESTE Ruta nº23, NORTE parte Postiguillo Manuel, Padrón 2834, Torres Juan Pablo Y Dominga Maria Perez, Padron 535, todo según Plano 6-271-23 con una sup. total de 2ha. 8.906, 74 m2, sin inscripcion de dominio, Padrón 38 a nombre de Almengor Dominguez bajo apercibimiento de ley.-
Concarán San Luis, 25 de JUNIO de 2026.-
C: 2818 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 406618/23 “VOLK JOSE SEGUNDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por JOSE SEGUNDO VOLK DNI 12321628.-
Villa Mercedes, San Luis, 13 de Agosto de 2026.
C: 2819 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
EDICTO DE MENSURA
Ingeniero Agrimensor Cristian Martin Godoy. Matrícula 327 CASL, mensurará
El día 23 de Septiembre de 2026, a las 10:00 Hs. Para tramitar el título por prescripción adquisitiva, por orden de: Zalazar Ramon D.N.I: 4.979.342, un inmueble identificado con nomenclatura tributaria 10-3071, sin Nomenclatura Catastral, ubicado en: Ruta Provincial N°40 – Punta de la Loma, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, a nombre de PUNTACOR S.A, inscripción dominial Matricula: 06-237. El lugar de encuentro será en el propio inmueble, a las 10:00 Hs. Citase especialmente a los colindantes Oeste: Villegas Vicente y Moyano María Cándida, Nomenclatura Tributaria: 10- 1048861 y Norte/Este: Puntacor S.A, Nomenclatura Tributaria: 10-3071.
Consultas:
Raúl B. Díaz 867 - Tilisarao.
Teléfono: (266) 15-745100.
Fecha: 19/08/2026
C: 2820 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO – Juez, Secretaria del Autorizante, en los autos: LUCERO RUPERTO, LUCERO AURORA S/SUCESIÓN AB INTESTATO EXP 404458/23, CITA Y EMPLAZA a los eventuales herederos, acreedores y/o quienes se considerasen con derecho a los bienes dejados por los causantes RUPERTO LUCERO DNI 3.188.217 y AURORA LUCERO DNI 0.790.350, para que, dentro de TREINTA DÍAS, lo acrediten bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 4 de agosto de 2026
C: 2821 $16.500,00 e: 21 y v: 26 Ago.
El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 1 de la ciudad de San Luís, a cargo de la Dr. FERNANDO A. SPAGNUOLO, JUEZ, Secretaria a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP 218795/11 “PAEZ HERNANDEZ ROLANDO APOLINARIO S/ POSESION”, CITA Y EMPLAZA por el termino de quince días a RAMONA ELOISA TORRES DE ORUETA Y ALDO ORUETA y/o a sus herederos y/o a quienes se consideren con derecho y/o a quienes lo tuvieren sobre un inmueble inscripto a nombre de RAMONA ELOISA TORRES DE ORUETA Y ALDO ORUETA ubicado en la Provincia de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredon, calle Publica S/N, Cruz de Piedra, Cuchi Corral, compuesto de Titulo A inscripto al Tomo 99 ley 3236 de Capital, Folio 26 Numero 29828 y Titulo B inscripto al Tomo 122 B Capital Folio 662, Número 221; Plano de Mensura Nº1/366/13, el cual posee un total de MIL OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (1800,00 M2), con los siguientes límites: NORTE Padrón 12860 a nombre de VELAZQUEZ FILEMON, ESTE Padrón 12857 a nombre de VELAZQUEZ FILEMON, SUR calle pública y OESTE Padrón 12859 a nombre de BIANCHI DURAN FACUNDO FELIPE Y BIANCHI DURAN JEREMIAS EDUARDO, para que comparezcan a estar en derecho, constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente.-
San Luis, 9 de diciembre de de 2024.-
C: 2822 $11.000,00 e: 21 y v: 24 Ago.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 437168/25 “SANCHEZ CONTI ROGELIO Y CLAVERO EDIHT/EDITH ELSA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por Sr. SANCHEZ CONTI ROGELIO L.E N° 6.784.716 y Sra. CLAVERO EDIHT Y/O EDITH ELSA DNI N° 7.779.646.
Villa Mercedes, San Luis, 18 de Agosto de 2026.
C: 2823 $5.500,00 e y v: 21 Ago.
El Gobierno de la Provincia de San Luis cita y emplaza por un período de quince días, contados a partir de la última publicación de este edicto, a aquellas personas que se consideren con derechos sobre los inmuebles sitos en la localidad de SANTA ROSA DEL CONLARA, Departamento Junín, Provincia de San Luis, en el cual se asienta en el B°100 Viviendas, que se identifica con el padrón catastral 14-350698, y que según plano de mensura y división N°06-367-25, suscripto por la Ingeniera Agrimensora Mailen Bustos Bridarolli, linda al Norte con Avenida Primeros Egresados, al Este con inmueble de Roldan de Quillay, Nelly Adivia, Padrón 14-350698, al Sur con inmueble de Roldan de Quillay, Nelly Adivia, Padrón 14-350698 y al Oeste con calle General Urquiza, con los padrones catastrales 14-351229 y 14-351230, y que según plano de mensura y división N° 06-381-25, suscripto por la Ingeniera Agrimensora Mailen Bustos Bridarolli, linda al Norte con calle Belgrano, al Este con calle Mitre, al Sur con inmueble de Mariano Rodríguez, Padrón 14-350802, y al Oeste con inmueble de Mariano Antonio Rodríguez, Padrón 14-351228, y con los padrones catastrales 14-351889, 14-351890 y 14-351891, y que según plano de mensura y división N° 06-387-25, suscripto por la Ingeniera Agrimensora Mailen Bustos Bridarolli, linda al Norte con inmuebles de Gallardo Jacinta Mercedes y Gallardo Victoria Carmen, Padrón 14-351887, y de Arias Carmen Florentino, el Este con inmueble de Gallardo Jacinta Mercedes y Gallardo Victoria Carmen, Padrón 14-351888, al Sur con calle Lamadrid, y al Oeste con inmueble de Arias Carmen Florentino, Padrón 14-351892, los hagan ante esta administración, en el marco del Expediente TramixEXD-0-1300396/26 que tiene como objeto la tramitación de su prescripción administrativa, en los términos de las leyes 21.477 y 24.320.
C: 2824 SPP e: 21 y v: 26 Ago.
REMATES
El martillero Leandro Ariel Agusti comunica por 1 día que por cuenta y orden de Banco Santander Argentina S.A. (Art 39 Ley 12.962) y conf. Artículo 2229 del Código Civil y Comercial, subastará por ejecución de prendas, el 10/09/2026 a partir de las 11.30 horas en el portal de Agusti L. S.R.L. www.agustisubastas.com.ar, los automotores que se detallan, en el estado en que se encuentran y fueran exhibidos los días LUNES 7, MARTES 8 Y MIERCOLES 9 DE SEPTIEMBRE DE 2026 de 10 a 12 y de 14 a 17 hs en POLO INDUSTRIAL EZEIZA AUT. CAÑUELAS SALIDA TRISTÁN SUAREZ KM 41 PUENTE DEL INCA 2450 EZEIZA CALLE 15 LOTE 5074, Provincia de Buenos Aires. Puesta en marcha virtual. SOSA, SERGIO OSCAR/ BENELLI 302 S MOTOCICLETA/ DOMINIO A154ZPO / AÑO 2022/ BASE $10.550.145,00. // Venta sujeta a aprobación de la vendedora. Es de responsabilidad exclusiva de los participantes cerciorarse del estado y condición en el que se encuentran los bienes, debiendo concurrir al lugar de exhibición. De no existir ofertas se subastarán Sin base al mejor postor. Seña $160.000 REALIZADA POR MEDIO DE TARJETA DE CREDITO O TRANSFERENCIA. Comisión 10% del valor de venta más TASA ADMINISTRATIVA MAS IVA sobre comisión; verificación policial digital e informe de dominio a cargo del comprador. Al momento de realizar la transferencia de la unidad, y en caso de corresponder el comprador deberá firmar negativa de grabado de auto partes y cristales con certificación de firma en caso de corresponder, debiendo luego de retirada la transferencia del registro automotor correspondiente realizar a su cargo y costo el correspondiente grabado de autopartes y cristales de conformidad con la normativa vigente. Saldo en 24 hs en efectivo o en transferencia bancaria según se indique en cuenta bancaria que se designará a tales efectos bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de la totalidad de las sumas entregadas por cualquier concepto a favor de la vendedora y del martillero actuante, sin interpelación previa alguna. Deudas de patente, impuestos e infracciones, como trámites y gastos de transferencia a cargo del comprador. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cual la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 120 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La unidad deberá ser retirada dentro del plazo que se anunciara en la plataforma web: www.agustisubastas.com.ar, vencido dicho plazo, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemne al Banco Santander Argentina S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se deberá concurrir con documento de identidad a la exhibición subasta. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. Buenos Aires, 14 de AGOSTO de 2026.-Martillero Nacional M 894 – F 144 – T III- Leandro Ariel Agusti – Socio gerente.
LIC. LEANDRO A. AGUSTI
Socio Gerente
C: 2825 $5.500,00 e y v. 21 Ago.
El martillero Eduardo Alberto Radatti comunica por 1 día que por cuenta y orden de FCA Compañía Financiera S.A. (artículo 39 Ley 12.962) y conforme artículo 2.229 del Código Civil y Comercial de la Nación subastaran por ejecución de prendas, el día 04/09/2026 a partir de las 10hs, y en el estado que se encuentran. Los siguientes vehículos se exhiben de manera presencial en Ruta 36 KM 37,500, Centro Industrial Ruta 2, Berazategui, El Pato, Provincia de Buenos Aires los días1,2 y3 de Septiembre de 9 a 16 hs: CACACE CECILIA ANDREA; FIAT CRONOS DRIVE 1.3 MT /2020; AE542MT; Base $9.300.000 - MORALES LORENZO ALBERTO; FIAT CRONOS DRIVE 1.3 MT /2020; AE567FK; Base $9.500.000 - CORNEJO HECTOR HUGO; FIAT MOBI 1.0 8V EASY /2018; AC338IS; Base $6.900.000.- De no existir ofertas se subastará sin base. Comisión 10%. IVA sobre comisión. Saldo en 24 horas bajo apercibimiento de rescindir la operación con pérdida de las sumas entregadas a favor de la vendedora. Puesta en marcha, exhibición virtual, deudas de patentes impuestos e infracciones y trámites y gastos de transferencia, verificación policial, informes de dominio, grabado de autopartes y cristales, a cargo del comprador. Condiciones y características de la subasta en nuestra página www.radatti.subastasenvivo.com. En caso de existir algún inconveniente técnico para la realización de la subasta, la misma se reanudará al siguiente día hábil a las 10 horas. Para ingresar al lugar de exhibición de los vehículos se deberá presentar copia del Documento de Identidad. El comprador constituirá domicilio en la Capital Federal.
Buenos Aires, 12/08/2026.
EDUARDO ALBERTO RADATTI
Martillero Público Nacional
C: 2826 $5.500,00 e y v. 21 Ago.
