ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 7926-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7070129/26, por el cual la Dirección de Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública eleva la Programación Financiera Mensual correspondiente al mes de Julio del año 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. PROFIM 101134/26, obran las solicitudes de la cuota mensual para atender las erogaciones previstas para el mes de Julio del año 2026 en las distintas jurisdicciones;
Que el presente caso se encuadra en las disposiciones de los Artículos 1º y 3º del Decreto Nº 212 -HyOP-(SH)-99;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO DE MINISTROS
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los artículos 1° y 3° del Decreto Nº 212 -HyOP-(SH)-99.-
Art. 2º.-Estimar la recaudación de ingresos para el mes de Julio del año 2026 a los efectos de hacer frente a los compromisos consignados en el artículo siguiente de acuerdo al detalle de recursos que a continuación se indica:
|
ADMINISTRACION CENTRAL |
|
|
Total Recursos |
179.493.600.708,00 |
|
Provinciales |
38.055.961.912,00 |
|
Corrientes |
37.266.961.912,00 |
|
Tributarios |
33.192.208.175,00 |
|
No Tributarios |
273.328.668,00 |
|
Venta de Bienes y Servicios |
300.000.000,00 |
|
Rentas de la Propiedad |
3.046.351.503,00 |
|
Transferencias |
455.073.566,00 |
|
De Capital |
789.000.000,00 |
|
Recuperación de Préstamos |
789.000.000,00 |
|
Federales |
141.315.158.621,00 |
|
Corrientes |
141.315.158.621,00 |
|
Tributarios |
141.315.158.621,00 |
|
Nacionales |
122.480.175,00 |
|
Corrientes |
122.480.175,00 |
|
Transferencias |
122.480.175,00 |
|
ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA |
|
|
Dirección General Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) |
10.400.000.000,00 |
|
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica |
220.825.327,00 |
|
Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis |
452.569.163,00 |
Art. 3º.-Disponer la Programación Financiera para el mes de Julio del año 2026, la que por institucional, categoría programática, fuente de financiamiento, inciso y monto a continuación se indica:
|
ADMINISTRACION CENTRAL Y DESCENTRALIZADA |
|
|
INSTITUCIONAL: 01 y 03 |
|
|
INC1: PERSONAL |
IMPORTE |
|
64.686.347.655,00 |
|
|
ADMINISTRACION CENTRAL |
|
JURISDICCIÓN: 01-PODER LEGISLATIVO
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 2 3.199.413,58
SERVICIOS NO PERSONALES
1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 3 9.540.636,58
BIENES DE USO
1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 4 5.205.422,58
TRANSFERENCIAS
1 01 10 16 00 00 00 1-01-00 5 187.466.586,61
BIENES DE CONSUMO
1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 2 2.950.416,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 3 10.633.332,00
BIENES DE USO
1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 4 1.708.332,00
TRANSFERENCIAS
1 01 20 17 00 00 00 1-01-00 5 34.806.863,00
BIENES DE CONSUMO
1 01 30 18 00 00 00 1-01-00 2 1.110.172,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 01 30 18 00 00 00 1-01-00 3 13.456.266,00
BIENES DE USO
1 01 30 18 00 00 00 1-01-00 4 1.874.738,00
JURISDICCIÓN: 02- TRIBUNAL DE CUENTAS
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 2 5.750.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 3 13.666.666,67
BIENES DE USO
1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 4 5.100.000,00
TRANSFERENCIAS
1 02 10 01 00 00 01 1-01-00 5 2.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 02 10 16 00 00 00 1-01-00 2 1.500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 02 10 16 00 00 00 1-01-00 3 1.900.000,00
BIENES DE USO
1 02 10 16 00 00 00 1-01-00 4 5.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 02 10 17 00 00 00 1-01-00 2 50.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 02 10 17 00 00 00 1-01-00 3 2.666.666,67
JURISDICCIÓN: 10-SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 10 10 01 00 00 01 1-01-00 2 15.710.600,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 10 01 00 00 01 1-01-00 3 43.268.000,00
TRANSFERENCIAS
1 10 10 01 00 00 01 1-01-00 5 15.987.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 10 16 00 00 00 1-01-00 2 216.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 10 16 00 00 00 1-01-00 3 18.512.500,00
BIENES DE USO
1 10 10 16 00 00 00 1-01-00 4 636.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 12 17 00 00 00 1-01-00 2 24.643.035,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 12 17 00 00 00 1-01-00 3 16.253.894,42
BIENES DE USO
1 10 12 17 00 00 00 1-01-00 4 3.959.999,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 12 18 00 00 00 1-01-00 2 2.333.667,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 12 18 00 00 00 1-01-00 3 1.450.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 12 20 00 00 00 1-01-00 2 941.952,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 12 20 00 00 00 1-01-00 3 7.200.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 13 21 00 00 00 1-01-00 2 390.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 13 21 00 00 00 1-01-00 3 2.078.788,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 14 22 00 00 00 1-01-00 2 821.931,68
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 14 22 00 00 00 1-01-00 3 29.276.960,80
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 15 23 00 00 00 1-01-00 3 895.400,00
TRANSFERENCIAS
1 10 15 23 00 00 00 1-01-00 5 315.691.105,07
BIENES DE CONSUMO
1 10 16 51 00 00 00 1-01-00 2 360.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 16 51 00 00 00 1-01-00 3 1.100.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 16 52 00 00 00 1-01-00 2 1.400.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 16 52 00 00 00 1-01-00 3 12.000.000,00
BIENES DE USO
1 10 16 52 00 00 00 1-01-00 4 2.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 17 53 00 00 00 1-01-00 3 5.037.129,19
TRANSFERENCIAS
1 10 19 57 00 00 00 1-01-00 5 350.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 01 00 00 03 1-01-00 3 1.200.000,00
BIENES DE USO
1 10 20 01 00 00 03 1-01-00 4 9.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 10 20 24 00 00 00 1-01-00 5 29.316.714,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 20 25 01 00 00 1-01-00 2 14.910.950,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 01 00 00 1-01-00 3 63.365.696,00
TRANSFERENCIAS
1 10 20 25 01 00 00 1-01-00 5 177.499.311,75
BIENES DE CONSUMO
1 10 20 25 02 00 00 1-01-00 2 139.864,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 02 00 00 1-01-00 3 73.500.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 20 25 03 00 00 1-01-00 2 14.203.356,57
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 03 00 00 1-01-00 3 13.377.306,00
PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE DEPORTE
1 10 20 25 03 01 00 1-01-00 4 40.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 20 25 04 00 00 1-01-00 2 2.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 04 00 00 1-01-00 3 30.622.461,48
TRANSFERENCIAS
1 10 20 25 04 00 00 1-01-00 5 67.463.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 20 25 05 00 00 1-01-00 2 4.780.500,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 05 00 00 1-01-00 3 15.682.877,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 06 00 00 1-01-00 3 12.975.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 07 00 00 1-01-00 3 4.575.000,00
CRECIENDO CON TU CLUB
1 10 20 25 08 01 00 1-01-00 5 227.100.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 20 25 09 00 00 1-01-00 2 18.880.088,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 20 25 09 00 00 1-01-00 3 50.612.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 25 01 00 00 04 1-01-00 2 2.749.654,50
TRANSFERENCIAS
1 10 25 01 00 00 04 1-01-00 5 258.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 26 27 00 00 00 3-32-00 3 2.986.500,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 27 28 00 00 00 1-01-00 2 1.079.384,50
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 27 28 00 00 00 3-36-00 3 4.882.900,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 28 30 00 00 00 1-01-00 3 3.360.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 30 32 00 00 00 1-01-00 2 1.813.384,50
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 30 32 00 00 00 1-01-00 3 6.628.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 30 32 00 00 00 3-14-00 2 3.380.680,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 30 32 00 00 00 3-34-00 2 19.576.793,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 30 32 00 00 00 3-34-00 3 7.412.900,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 31 34 00 00 00 1-01-00 2 2.671.005,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 31 34 00 00 00 1-01-00 3 3.682.872,00
BIENES DE USO
1 10 31 34 00 00 00 1-01-00 4 6.865.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 32 47 00 00 00 1-01-00 2 44.384,50
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 32 47 00 00 00 1-01-00 3 3.680.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 32 48 00 00 00 3-33-00 3 948.200,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 32 49 00 00 00 4-29-00 2 1.460.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 32 49 00 00 00 4-30-00 3 9.309.300,00
BIENES DE USO
1 10 32 49 00 00 00 4-30-00 4 3.390.700,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 35 01 00 00 05 1-01-00 2 292.600,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 35 01 00 00 05 1-01-00 3 1.771.000,00
BIENES DE USO
1 10 35 01 00 00 05 1-01-00 4 919.532,00
TUBI TU PROVINCIA EN BICICLETA
1 10 35 35 00 01 00 1-01-00 3 26.041.780,00
TUBI TU PROVINCIA EN BICICLETA
1 10 35 35 00 01 00 1-01-00 5 1.000.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 36 36 00 00 00 1-01-00 2 1.078.599,97
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 36 36 00 00 00 1-01-00 3 146.666,67
TRANSFERENCIAS
1 10 36 36 01 00 00 1-01-00 5 199.470.216,57
BIENES DE CONSUMO
1 10 36 36 02 00 00 1-01-00 2 300.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 36 36 02 00 00 1-01-00 3 83.333,34
TRANSFERENCIAS
1 10 36 37 00 00 00 1-01-00 5 1.783.388.523,85
TRANSFERENCIAS
1 10 36 37 00 00 00 4-17-00 5 375.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 10 37 38 00 00 00 1-01-00 2 367.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 37 38 00 00 00 1-01-00 3 30.000,00
INNOVACION TECNOLOGICA DEL TRANSPORTE
1 10 37 38 00 01 00 1-01-00 3 4.886.626,49
BIENES DE CONSUMO
1 10 38 39 00 00 00 1-01-00 2 939.784,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 38 39 00 00 00 1-01-00 3 18.674.530,00
TRANSFERENCIAS
1 10 38 40 00 00 00 1-01-00 5 61.158.333,34
BIENES DE CONSUMO
1 10 40 01 00 00 06 1-01-00 2 869.940,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 40 01 00 00 06 1-01-00 3 3.970.000,00
BIENES DE USO
1 10 40 01 00 00 06 1-01-00 4 46.600,00
TRANSFERENCIAS
1 10 40 01 00 00 06 1-01-00 5 1.764.000,00
BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL
1 10 40 41 00 01 00 1-01-00 2 2.125.510,00
BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL
1 10 40 41 00 01 00 1-01-00 3 8.332.240,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 45 42 00 00 00 1-01-00 3 650.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 10 45 43 00 00 00 1-01-00 3 850.000.000,00
JURISDICCIÓN: 11-MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 11 10 01 00 00 01 1-01-00 2 451.953,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 10 01 00 00 01 1-01-00 3 9.833.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 10 01 00 00 01 1-01-00 5 4.789.806,00
TRANSFERENCIAS
1 11 10 16 00 00 00 4-03-00 5 99.514.928,69
TRANSFERENCIAS
1 11 10 17 00 00 00 1-01-00 5 2.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 10 18 00 00 00 1-01-00 5 466.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 11 19 00 00 00 1-01-00 2 3.030.228,66
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 11 19 00 00 00 1-01-00 3 5.010.808,68
TRANSFERENCIAS
1 11 11 20 00 00 00 1-01-00 5 15.017.427.670,89
ACTIVOS FINANCIEROS
1 11 11 20 00 00 00 1-01-00 6 25.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 11 20 00 00 00 3-16-00 5 47.742.072,75
APORTE CONVENIO CONSTRUYENDO CON TU PUEBLO
1 11 11 20 00 01 00 1-01-00 5 111.486.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 11 21 00 00 00 1-01-00 5 1.509.802.337,80
TRANSFERENCIAS
1 11 11 22 00 00 00 1-01-00 5 2.737.600.091,25
BIENES DE CONSUMO
1 11 12 23 00 00 00 1-01-00 2 1.270.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 13 24 00 00 00 1-01-00 2 3.260.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 13 24 00 00 00 1-01-00 3 696.298.686,87
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 13 24 01 00 00 1-01-00 3 1.439.512,53
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 13 25 00 00 00 1-01-00 3 52.943.134,22
BIENES DE CONSUMO
1 11 14 27 00 00 00 1-01-00 2 618.770,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 14 27 00 00 00 1-01-00 3 231.655.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 15 28 00 00 00 1-01-00 2 400.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 15 28 00 00 00 1-01-00 3 460.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 16 02 00 00 00 1-01-00 2 468.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 16 29 00 00 00 1-01-00 3 4.850.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 16 30 00 00 00 1-01-00 5 950.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 17 31 00 00 00 1-01-00 2 298.758,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 17 31 00 00 00 1-01-00 3 220.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 18 32 00 00 00 1-01-00 3 1.610.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 18 32 00 00 00 1-01-00 5 2.100.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 18 32 01 00 00 1-01-00 3 28.437.522,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 18 33 00 00 00 1-01-00 3 19.800.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 18 34 00 00 00 1-01-00 3 1.900.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 35 00 00 00 1-01-00 3 12.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 01 00 00 1-01-00 3 392.593.792,50
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 02 00 00 1-01-00 3 12.678.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 03 00 00 1-01-00 3 170.511.241,05
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 04 00 00 1-01-00 3 365.400.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 05 00 00 1-01-00 3 6.200.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 06 00 00 1-01-00 3 46.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 07 00 00 1-01-00 3 457.700.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 08 00 00 1-01-00 3 19.951.003,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 09 00 00 1-01-00 3 17.727.230,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 10 00 00 1-01-00 3 39.054.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 11 00 00 1-01-00 3 59.559.300,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 12 00 00 1-01-00 3 40.645.272,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 13 00 00 1-01-00 3 2.099.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 14 00 00 1-01-00 3 19.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 36 16 00 00 1-01-00 3 3.580.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 01 00 00 1-01-00 3 37.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 02 00 00 1-01-00 3 3.600.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 03 00 00 1-01-00 3 38.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 04 00 00 1-01-00 3 76.857.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 05 00 00 1-01-00 3 735.900,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 06 00 00 1-01-00 3 1.360.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 07 00 00 1-01-00 3 174.900.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 37 10 00 00 1-01-00 3 31.400.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 19 38 01 00 00 1-01-00 2 49.988.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 19 38 02 00 00 1-01-00 2 25.173.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 19 38 03 00 00 1-01-00 2 281.510.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 19 39 00 00 00 1-01-00 3 545.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 19 40 00 00 00 1-01-00 2 684.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 2 14.650.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 3 19.900.000,00
BIENES DE USO
1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 4 53.950.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 20 41 00 00 00 1-01-00 5 2.500.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 22 04 00 00 00 1-01-00 2 80.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 22 04 00 00 00 1-01-00 3 400.000,00
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS
1 11 22 44 00 01 00 1-01-00 2 250.000.000,00
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS
1 11 22 44 00 01 00 1-01-00 3 40.000.000,00
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS
1 11 22 44 00 01 00 1-01-00 4 310.000.000,00
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS
1 11 22 44 00 01 00 4-22-00 3 78.000.000,00
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS
1 11 22 44 00 01 00 4-22-00 4 1.150.768.172,03
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS
1 11 22 44 00 01 00 4-52-00 3 40.000.000,00
MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE RUTAS PROVINCIALES PAVIMENTADAS
1 11 22 44 00 01 00 4-52-00 4 30.000.000,00
DESTRONQUE Y DESMALEZADO DE BANQUINAS
1 11 22 44 00 03 00 4-22-00 3 277.547.912,55
DESTRONQUE Y DESMALEZADO DE BANQUINAS
1 11 22 44 00 03 00 4-52-00 3 86.089.920,00
ILUMINACION RUTAS PROVINCIALES
1 11 22 44 00 05 00 1-01-00 3 200.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 11 23 05 00 00 00 1-01-00 2 600.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 23 05 00 00 00 1-01-00 3 68.000.000,00
ESCUELA TECNICA N° ٤ «FRAY LUIS BELTRAN” AMPLIACION Y REFUNCIONALIZACION SAN LUIS
1 11 23 45 00 02 00 4-25-00 4 130.478.069,28
ESC.NIV. INICIAL N°25 “GARABATOS” CONSTRUCCION SALA 3 AÑOS -CENTRO EDU. N°1 “J.P.PRINGLES” REFACCION SAN LUIS
1 11 23 45 00 05 00 4-25-00 4 5.744.672,26
ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 8 “SUBSECRETARIO JOSE AOSTRI” REFACCION, MANTENIMIENTO Y AMPLIACION SAN LUIS
1 11 23 45 00 06 00 4-25-00 4 118.761.980,82
ESCUELA N° 423 “ BRIGADIER GRAL. JUAN MANUEL DE ROSAS” REFACCION Y CONSTRUCCION DE SALA DE 3 AÑOS SAN LUIS
1 11 23 45 00 07 00 4-25-00 4 58.762.898,03
ESC. NIVEL INICIAL N°7 “BURBUJITAS” REFUNCIONALIZACION DE NUEVA SALA DE 3 AÑOS Y DEPENDENCIAS
1 11 23 45 00 12 00 4-25-00 4 45.260.316,44
REFACCION Y MANTENIMIENTO HOSPITAL JUAN DOMINGO PERON ETAPA II - 1° PISO - VILLA MERCEDES
1 11 23 46 00 01 00 1-01-00 4 702.042.622,14
HOSPITAL DE UNION
1 11 23 46 00 07 00 1-01-00 4 420.785.813,67
HOSPITAL DR. RENE FAVALORO - VILLA MERCEDES
1 11 23 46 00 08 00 1-01-00 4 395.918.057,85
HOSPITAL DE SALUD MENTAL AMPLIACION Y PUESTA EN VALOR - SAN LUIS
1 11 23 46 00 10 00 1-01-00 4 413.010.879,28
CENTRO DE DESHABITUACION AL CONSUMO PROBLEMATICO Y ADICCIONES - TERMINACIONES - LA TOMA
1 11 23 46 00 11 00 1-01-00 4 124.070.165,82
VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA
1 11 23 48 00 01 00 1-01-00 4 723.252.974,05
VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA
1 11 23 48 00 01 00 1-01-00 5 1.885.405.353,54
VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA
1 11 23 48 00 01 00 4-14-00 4 1.589.435.099,99
VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA
1 11 23 48 00 01 00 4-14-00 5 3.682.224.141,71
VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA
1 11 23 48 00 01 00 4-59-00 4 2.110.713.047,97
VIVIENDA E INFRAESTRUCTURA
1 11 23 48 00 01 00 4-59-00 5 1.126.297.852,47
PARQUE RECREATIVO DE MERLO “TERMINACION DEL MICROESTADIO” - VILLA DE MERLO
1 11 23 49 00 05 00 4-53-00 4 49.412.753,49
BIENES DE CONSUMO
1 11 24 06 00 00 00 1-01-00 2 2.500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 24 06 00 00 00 1-01-00 3 32.000.000,00
PROVISION DE GAS NATURAL A LOS BARRIOS 600 VIVIENDAS Y
74 VIVIENDAS - LA PUNTA
1 11 24 51 00 01 00 1-01-00 4 80.000.000,00
PROVISION DE GAS NATURAL AL BARRIO 900 VIVIENDAS - LA PUNTA
1 11 24 51 00 02 00 1-01-00 4 95.670.000,00
PLAN CHAU GARRAFA
1 11 24 51 00 03 00 1-01-00 6 134.400.000,00
EXTENSIONES DE REDES DE GAS NATURAL EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS
1 11 24 51 00 04 00 1-01-00 4 15.863.000,00
NEXOS ELECTRICOS PARA PLANES HABITACIONALES
1 11 24 52 00 02 00 4-03-00 4 13.124.655,00
NEXOS ELECTRICOS PARA PLANES HABITACIONALES
1 11 24 52 00 02 00 4-11-00 4 73.431.338,00
NEXOS ELECTRICOS PARA PLANES HABITACIONALES
1 11 24 52 00 02 00 4-74-00 4 190.700.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 26 54 00 00 00 1-01-00 3 400.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 26 54 00 00 00 4-04-00 3 2.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 11 26 54 00 00 00 4-04-00 5 13.620.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 11 26 54 01 00 00 1-01-00 3 500.000,00
|
ANTICIPOS FINANCIEROS |
|
|
CONSERVACION MEJORATIVA EN RUTAS SIN PAVIMENTAR -DPTOS. VARIOS- PROV. DE SAN LUIS |
134.805.000,00 |
|
MANTENIMIENTO Y REFACCION INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD CORONEL JUAN PASCUAL PRINGLES |
291.034.143,91 |
|
AMPLIACION ESC. Nº 288 ANTONIO ESTEBAN AGÜERO - VILLA DE MERLO |
251.003.217,75 |
|
CONSTRUCCION DEL CAMPUS UNIVERSITARIO MODULO 1 - UNIVERSIDAD NACIONAL VILLA MERCEDES |
806.712.094,26 |
|
TERMINACION DEL POLIDEPORTIVO Y ANEXO EN LA VILLA DEPORTIVA – PROV. DE SAN LUIS |
1.025.876.037,66 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 6 VIVIENDAS EN SAN JERONIMO - DPTO. J.M. DE PUEYRREDON |
10.149.575,30 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA EN ALTO PELADO - DPTO. J.M. DE PUEYRREDON - PROV. DE SAN LUIS |
17.040.937,50 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA EN BEAZLEY - DPTO. J.M. DE PUEYRREDON - PROV. DE SAN LUIS |
22.251.419,57 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 20 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE QUINES - DPTO. AYACUCHO - PROV. DE SAN LUIS |
46.790.961,39 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 6 VIVIENDAS EN LA CAROLINA - DPTO. CORONEL PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS |
33.853.680,00 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE LEANDRO N. ALEM - DPTO. AYACUCHO - PROV. DE SAN LUIS |
10.094.543,70 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 30 VIVIENDAS EN EL VOLCAN - DPTO. J.M. DE PUEYRREDON - PROV. DE SAN LUIS |
71.586.663,07 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA A 6 VIVIENDAS EN ESTANCIA GRANDE - DPTO. PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS |
29.813.307,37 |
|
PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 16 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE EL TRAPICHE - DPTO. PRINGLES - PROV. DE SAN LUIS |
18.239.033,03 |
JURISDICCIÓN: 12-MINISTERIO DE GOBIERNO
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 2 6.600.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 3 7.338.500,00
BIENES DE USO
1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 4 8.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 12 10 01 00 00 01 1-01-00 5 25.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 11 16 00 00 00 1-01-00 2 86.300,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 11 16 00 00 00 1-01-00 3 600.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 13 17 00 00 00 4-01-00 3 1.740.000,00
BIENES DE USO
1 12 13 17 00 00 00 4-01-00 4 2.280.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 13 17 00 00 00 4-41-00 2 1.800.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 13 18 00 00 00 1-01-00 3 22.400.575,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 14 19 00 00 00 1-01-00 2 1.205.600,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 14 19 00 00 00 1-01-00 3 3.155.500,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 15 20 00 00 00 1-01-00 2 5.910.224,00
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ONG´S
1 12 15 20 00 01 00 1-01-00 2 1.995.000,00
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ONG´S
1 12 15 20 00 01 00 1-01-00 3 35.323.241,16
FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS ONG´S
1 12 15 20 00 01 00 1-01-00 5 312.990.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 16 21 00 00 00 1-01-00 2 1.283.648,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 16 21 00 00 00 1-01-00 3 4.480.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 16 22 00 00 00 4-20-00 3 18.490.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 16 23 00 00 00 3-27-00 2 288.100,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 16 23 00 00 00 3-27-00 3 600.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 17 24 00 00 00 1-01-00 2 1.564.511,25
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 17 24 00 00 00 1-01-00 3 3.495.775,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 17 25 00 00 00 1-01-00 2 945.834,25
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 17 25 00 00 00 1-01-00 3 16.681.524,04
BIENES DE CONSUMO
1 12 17 26 00 00 00 1-01-00 2 945.834,25
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 17 26 00 00 00 1-01-00 3 510.887,50
BIENES DE CONSUMO
1 12 17 27 00 00 00 1-01-00 2 1.057.111,25
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 17 27 00 00 00 1-01-00 3 1.221.775,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 17 28 00 00 00 1-01-00 2 873.178,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 17 28 00 00 00 1-01-00 3 400.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 18 29 00 00 00 3-24-00 3 1.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 18 29 00 00 00 3-37-00 2 6.069.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 18 29 00 00 00 3-37-00 3 5.235.000,00
BIENES DE USO
1 12 18 29 00 00 00 3-37-00 4 10.855.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 19 30 00 00 00 1-01-00 2 1.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 19 30 00 00 00 1-01-00 3 3.100.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 20 35 00 00 00 1-01-00 3 11.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 12 25 01 00 00 02 1-01-00 2 440.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 25 01 00 00 02 1-01-00 3 5.720.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 12 30 01 00 00 03 1-01-00 3 9.958.445,16
JURISDICCIÓN: 13-MINISTERIO DE SALUD
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 13 10 01 00 00 01 1-01-00 2 62.970,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 10 01 00 00 01 1-01-00 3 6.258.662.365,87
TRANSFERENCIAS
1 13 10 01 00 00 01 1-01-00 5 6.732.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 10 16 00 00 00 4-21-00 2 409.500,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 10 16 00 00 00 4-51-00 3 1.500.000,00
BIENES DE USO
1 13 10 16 00 00 00 4-51-00 4 11.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 13 10 17 00 00 00 1-01-00 5 1.024.137.200,35
TRANSFERENCIAS
1 13 10 18 00 00 00 1-01-00 5 1.459.246.519,39
TRANSFERENCIAS
1 13 10 19 00 00 00 1-01-00 5 1.172.205.369,77
BIENES DE CONSUMO
1 13 10 22 00 00 00 1-01-00 2 795.508,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 11 24 00 00 00 1-01-00 2 500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 11 24 00 00 00 1-01-00 3 9.800.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 12 25 00 00 00 1-01-00 2 46.423.451,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 12 25 00 00 00 1-01-00 3 197.675.766,27
BIENES DE USO
1 13 12 25 00 00 00 1-01-00 4 294.453.340,39
PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE LA SALUD
1 13 12 25 00 01 00 1-01-00 4 300.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 13 26 00 00 00 3-19-00 2 8.924.060,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 13 26 00 00 00 3-19-00 3 15.610.000,00
BIENES DE USO
1 13 13 26 00 00 00 3-19-00 4 15.600.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 13 26 00 00 00 3-31-00 2 9.280.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 13 26 00 00 00 3-31-00 3 20.129.890,00
BIENES DE USO
1 13 13 26 00 00 00 3-31-00 4 70.840.475,00
MANTENIMIENTO DE EFECTORES DE SALUD
1 13 13 26 00 01 00 3-31-00 4 276.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 13 14 27 00 00 00 1-01-00 5 631.589.142,53
BIENES DE CONSUMO
1 13 14 27 00 00 00 4-18-00 2 3.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 14 27 00 00 00 4-18-00 3 1.250.000,00
TRANSFERENCIAS
1 13 14 27 00 00 00 4-18-00 5 10.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 14 27 00 00 00 4-46-00 2 2.241.695,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 14 27 00 00 00 4-46-00 3 9.131.650,00
TRANSFERENCIAS
1 13 14 27 00 00 00 4-46-00 5 123.334.958,76
BIENES DE CONSUMO
1 13 15 28 00 00 00 1-01-00 2 2.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 15 28 01 00 00 1-01-00 3 1.654.102.761,19
BIENES DE CONSUMO
1 13 15 28 02 00 00 1-01-00 2 1.205.106.956,57
TRANSFERENCIAS
1 13 15 28 02 00 00 1-01-00 5 835.115.385,08
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 15 28 03 00 00 1-01-00 3 292.400.720,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 15 28 04 00 00 1-01-00 3 152.500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 16 29 00 00 00 1-01-00 3 2.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 16 30 00 00 00 1-01-00 2 63.564.920,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 16 30 00 00 00 1-01-00 3 123.957.600,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 16 31 00 00 00 3-29-00 2 20.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 16 31 00 00 00 3-29-00 3 40.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 16 31 00 00 00 4-33-00 2 5.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 16 31 00 00 00 4-33-00 3 2.400.000,00
BIENES DE USO
1 13 16 31 00 00 00 4-33-00 4 20.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 16 31 00 00 00 4-37-00 2 2.500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 16 31 00 00 00 4-37-00 3 10.000.000,00
BIENES DE USO
1 13 16 31 00 00 00 4-37-00 4 20.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 16 31 01 00 00 1-01-00 3 7.294.900,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 17 32 00 00 00 1-01-00 2 3.906.250,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 18 33 00 00 00 1-01-00 2 186.071.437,51
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 18 33 00 00 00 1-01-00 3 113.747.145,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 19 35 00 00 00 1-01-00 2 110.538.410,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 19 35 00 00 00 1-01-00 3 119.939.636,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 20 36 00 00 00 1-01-00 2 134.668.499,70
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 20 36 00 00 00 1-01-00 3 174.512.193,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 21 37 00 00 00 1-01-00 2 17.166.200,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 21 37 00 00 00 1-01-00 3 5.900.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 22 38 00 00 00 1-01-00 2 2.453.852,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 22 38 00 00 00 1-01-00 3 9.185.806,94
TRANSFERENCIAS
1 13 22 38 00 00 00 1-01-00 5 18.190.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 23 39 00 00 00 1-01-00 2 1.584.664.365,36
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 23 39 00 00 00 1-01-00 3 100.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 23 39 01 00 00 1-01-00 3 153.757.471,38
BIENES DE CONSUMO
1 13 24 40 00 00 00 1-01-00 2 30.059.478,50
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 24 40 00 00 00 1-01-00 3 4.614.800,00
TRANSFERENCIAS
1 13 24 40 00 00 00 1-01-00 5 2.146.440,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 25 41 00 00 00 1-01-00 2 429.770,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 25 41 00 00 00 1-01-00 3 1.500.000,00
TRANSFERENCIAS
1 13 25 41 00 00 00 1-01-00 5 170.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 26 42 00 00 00 1-01-00 2 28.584.520,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 26 42 00 00 00 1-01-00 3 315.842.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 27 43 00 00 00 1-01-00 2 108.585.376,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 27 43 00 00 00 1-01-00 3 137.304.925,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 27 44 00 00 00 1-01-00 2 49.005.764,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 27 44 00 00 00 1-01-00 3 104.147.699,66
BIENES DE CONSUMO
1 13 29 46 00 00 00 1-01-00 2 7.822.953,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 29 46 00 00 00 1-01-00 3 1.550.400,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 30 47 00 00 00 1-01-00 2 414.974,77
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 30 47 00 00 00 1-01-00 3 500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 30 47 00 00 00 4-31-00 3 654.500,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 31 48 00 00 00 1-01-00 2 21.550.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 31 48 00 00 00 1-01-00 3 20.576.460,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 32 49 00 00 00 1-01-00 2 1.666.500,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 32 49 00 00 00 1-01-00 3 588.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 32 50 00 00 00 1-01-00 2 8.891.794,50
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 32 50 00 00 00 1-01-00 3 37.083.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 33 51 00 00 00 1-01-00 2 140.530.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 13 34 52 00 00 00 1-01-00 2 70.533.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 13 34 52 00 00 00 1-01-00 3 93.645.000,00
JURISDICCIÓN: 14-MINISTERIO DE EDUCACION
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 2 4.500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 3 21.415.528,20
BIENES DE USO
1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 4 88.999,99
TRANSFERENCIAS
1 14 10 01 00 00 01 1-01-00 5 1.500.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 10 16 00 00 00 1-01-00 5 1.225.069.738,57
TRANSFERENCIAS
1 14 10 17 00 00 00 1-01-00 5 2.254.501.246,54
BIENES DE CONSUMO
1 14 11 18 00 00 00 1-01-00 2 43.763.703,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 11 18 00 00 00 1-01-00 3 5.800.000,00
BIENES DE USO
1 14 11 18 00 00 00 1-01-00 4 15.445.167,00
BIENES DE CONSUMO
1 14 11 19 00 00 00 4-16-00 2 13.616.537,48
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 11 19 00 00 00 4-16-00 3 17.260.000,00
BIENES DE USO
1 14 11 19 00 00 00 4-16-00 4 2.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 11 19 00 00 00 4-19-00 3 22.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 11 19 00 00 00 4-48-00 3 2.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 11 20 00 00 00 4-43-00 3 6.250.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 14 12 21 00 00 00 1-01-00 2 1.787.040,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 12 21 00 00 00 1-01-00 3 3.800.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 12 21 00 00 00 1-01-00 5 950.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 12 21 02 00 00 1-01-00 5 751.282.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 12 21 03 00 00 1-01-00 5 1.338.527.220,00
BIENES DE CONSUMO
1 14 13 22 00 00 00 1-01-00 2 13.523.200,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 13 22 00 00 00 1-01-00 3 30.912.605,00
BIENES DE USO
1 14 13 22 00 00 00 1-01-00 4 34.215.000,00
PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE EDUCACION
1 14 13 22 00 01 00 1-01-00 4 1.863.808.000,00
PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE EDUCACION
1 14 13 22 00 01 00 4-25-00 4 600.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 14 14 23 00 00 00 1-01-00 2 3.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 14 23 00 00 00 1-01-00 3 57.438.052,42
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 14 23 01 00 00 4-26-00 3 11.397.000,00
BIENES DE USO
1 14 14 23 01 00 00 4-26-00 4 8.266.242,09
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 14 23 01 00 00 4-47-00 3 1.750.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 14 14 33 00 00 00 1-01-00 2 2.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 14 33 01 00 00 1-01-00 5 37.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 14 33 02 00 00 4-25-00 5 3.052.801.130,83
TRANSFERENCIAS
1 14 14 33 03 00 00 1-01-00 5 2.434.093.400,00
BIENES DE CONSUMO
1 14 15 24 00 00 00 1-01-00 2 3.650.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 15 24 00 00 00 1-01-00 3 14.589.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 14 16 25 00 00 00 1-01-00 2 357.200,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 16 25 00 00 00 1-01-00 3 600.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 16 25 02 00 00 4-44-00 3 2.750.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 16 25 03 00 00 1-01-00 5 4.168.750,00
TRANSFERENCIAS
1 14 16 25 04 00 00 1-01-00 5 4.389.166,66
BIENES DE CONSUMO
1 14 16 25 05 00 00 1-01-00 2 3.012.810,99
BIENES DE CONSUMO
1 14 16 25 06 00 00 1-01-00 2 1.435.881,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 16 25 07 00 00 1-01-00 3 2.766.645,44
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 17 26 00 00 00 1-01-00 3 4.130.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 18 27 00 00 00 1-01-00 3 3.120.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 18 27 01 00 00 1-01-00 5 3.010.151.717,45
TRANSFERENCIAS
1 14 18 27 02 00 00 1-01-00 5 50.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 18 27 03 00 00 1-01-00 5 70.508.706,83
TRANSFERENCIAS
1 14 18 27 04 00 00 1-01-00 5 506.678.920,27
BIENES DE CONSUMO
1 14 19 28 00 00 00 1-01-00 2 7.055.920,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 19 29 00 00 00 1-01-00 3 3.150.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 19 30 00 00 00 1-01-00 5 1.121.357.207,59
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 19 31 00 00 00 1-01-00 3 20.746.844,84
BIENES DE CONSUMO
1 14 21 32 00 00 00 1-01-00 2 1.642.998.320,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 14 21 32 00 00 00 1-01-00 3 2.808.662.500,00
TRANSFERENCIAS
1 14 21 32 00 00 00 1-01-00 5 145.540.000,00
TRANSFERENCIAS
1 14 22 35 00 00 00 1-01-00 5 35.511.696,00
JURISDICCIÓN: 15-MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 15 10 01 00 00 01 1-01-00 2 1.281.248,79
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 10 01 00 00 01 1-01-00 3 17.736.248,79
BIENES DE USO
1 15 10 01 00 00 01 1-01-00 4 119.917.093,11
TRANSFERENCIAS
1 15 10 16 00 00 00 1-01-00 5 281.448.570,00
PLAN DE RECONSTRUCCION DEPARTAMENTO LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN
1 15 10 17 00 01 00 1-01-00 2 27.162.000,00
PLAN DE RECONSTRUCCION DEPARTAMENTO LIBERTADOR GENERAL SAN MARTIN
1 15 10 17 00 01 00 1-01-00 5 47.982.633,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 11 18 01 00 00 3-06-00 2 34.274.140,00
BIENES DE USO
1 15 11 18 01 00 00 3-06-00 4 17.831.200,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 11 18 01 00 00 3-38-00 3 162.500.000,00
MI PROXIMO PASO - MI PRIMER EMPRENDIMIENTO
1 15 12 19 00 01 00 1-01-00 2 711.200,00
MI PROXIMO PASO - MI PRIMER EMPRENDIMIENTO
1 15 12 19 00 01 00 1-01-00 3 589.000,00
PROMOCION Y DESARROLLO DE PYMES
1 15 12 19 00 02 00 1-01-00 5 20.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 13 20 01 00 00 1-01-00 2 119.736,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 13 20 01 00 00 1-01-00 3 490.000,00
TRANSFERENCIAS
1 15 13 20 01 00 00 1-01-00 5 9.300.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 13 20 02 00 00 1-01-00 2 23.674.351,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 13 20 02 00 00 1-01-00 3 17.442.000,00
COMPRE SAN LUIS
1 15 14 21 00 01 00 1-01-00 2 12.829.240,00
COMPRE SAN LUIS
1 15 14 21 00 01 00 1-01-00 3 13.098.766,92
TRANSFERENCIAS
1 15 14 22 00 00 00 1-01-00 5 381.711.437,00
PROMOCION Y PRODUCCION DE ALIMENTOS SALUDABLES
1 15 15 23 00 01 00 1-01-00 2 18.649.520,00
PROMOCION Y COMERCIALIZACION
1 15 15 23 00 02 00 1-01-00 2 2.408.580,00
PROMOCION Y COMERCIALIZACION
1 15 15 23 00 02 00 1-01-00 3 8.885.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 15 23 01 00 00 1-01-00 2 18.759.570,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 15 23 01 00 00 1-01-00 3 1.055.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 15 23 03 00 00 1-01-00 2 139.359.172,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 17 26 00 00 00 1-01-00 2 222.640,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 17 26 00 00 00 1-01-00 3 900.000,00
TRANSFERENCIAS
1 15 17 27 00 00 00 1-01-00 5 10.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 19 29 01 00 00 1-01-00 2 10.673.828,62
DESARROLLO AGROPECUARIO
1 15 20 30 00 01 00 1-01-00 2 1.923.330,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 21 31 01 00 00 1-01-00 2 745.874,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 21 31 01 00 00 1-01-00 3 250.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 22 32 01 00 00 1-01-00 2 420.000,00
TRANSFERENCIAS
1 15 22 32 02 00 00 1-01-00 5 6.267.400,00
TRANSFERENCIAS
1 15 25 33 00 00 00 1-01-00 5 626.125.156,78
BIENES DE CONSUMO
1 15 30 01 00 00 03 1-01-00 2 2.843.700,00
TRANSFERENCIAS
1 15 30 34 00 00 00 1-01-00 5 303.031.029,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 32 36 00 00 00 3-35-00 3 2.900.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 34 38 00 00 00 3-34-00 2 1.410.350,00
BIENES DE USO
1 15 34 38 00 00 00 3-34-00 4 4.839.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 36 42 00 00 00 3-09-00 2 3.300.696,00
BIENES DE USO
1 15 36 42 00 00 00 3-09-00 4 3.988.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 15 36 42 00 00 00 3-33-00 2 73.000,00
BIENES DE USO
1 15 36 42 00 00 00 3-33-00 4 21.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 15 36 43 00 00 00 4-30-00 3 11.662.200,00
BIENES DE USO
1 15 36 43 00 00 00 4-30-00 4 2.176.300,00
TRANSFERENCIAS
1 15 36 43 00 00 00 4-30-00 5 760.553.463,00
JURISDICCIÓN: 16-MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 16 10 01 00 00 01 1-01-00 2 12.800.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 10 01 00 00 01 1-01-00 3 33.050.000,00
BIENES DE USO
1 16 10 01 00 00 01 1-01-00 4 59.800.000,00
TRANSFERENCIAS
1 16 10 16 00 00 00 1-01-00 5 34.800.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 11 17 00 00 00 1-01-00 2 1.500.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 11 17 00 00 00 1-01-00 3 16.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 16 11 17 00 00 00 1-01-00 5 360.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 11 17 01 00 00 1-01-00 2 4.770.189,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 11 17 01 00 00 1-01-00 3 5.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 16 11 17 01 00 00 1-01-00 5 30.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 16 11 17 02 00 00 1-01-00 5 200.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 11 18 00 00 00 1-01-00 2 2.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 11 18 00 00 00 1-01-00 3 11.560.815,00
TRANSFERENCIAS
1 16 11 18 00 00 00 1-01-00 5 25.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 12 19 00 00 00 1-01-00 2 22.833.456,93
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 12 19 00 00 00 1-01-00 3 4.434.860,00
TRANSFERENCIAS
1 16 12 19 00 00 00 1-01-00 5 10.223.335.526,25
TRANSFERENCIAS
1 16 12 19 01 00 00 1-01-00 5 70.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 16 12 20 00 00 00 1-01-00 5 110.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 13 21 00 00 00 1-01-00 2 164.945.827,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 13 21 00 00 00 1-01-00 3 231.440.514,80
TRANSFERENCIAS
1 16 13 21 00 00 00 1-01-00 5 20.561.750,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 14 22 00 00 00 1-01-00 2 5.519.438,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 14 22 00 00 00 1-01-00 3 14.286.520,00
TRANSFERENCIAS
1 16 14 22 01 00 00 1-01-00 5 89.110.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 14 23 00 00 00 1-01-00 2 2.587.999,94
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 14 23 00 00 00 1-01-00 3 64.000,00
TRANSFERENCIAS
1 16 14 23 00 00 00 1-01-00 5 17.500.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 2 16.055.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 3 85.240.000,00
BIENES DE USO
1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 4 18.300.000,00
TRANSFERENCIAS
1 16 15 24 00 00 00 4-23-00 5 57.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 15 24 00 00 00 4-50-00 2 4.900.000,00
BIENES DE USO
1 16 15 24 00 00 00 4-50-00 4 2.500.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 16 25 00 00 00 1-01-00 2 382.853.658,50
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 16 25 00 00 00 1-01-00 3 12.500.000,00
PROGRAMA POLITICA HABITACIONAL DE AUTOCONSTRUCCION Y SOLUCIONES HABITACIONALES
“ PLAN TENEMOS FUTURO”
1 16 16 25 00 01 00 1-01-00 2 2.373.146.676,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 20 26 00 00 00 1-01-00 2 6.812.460,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 20 26 00 00 00 1-01-00 3 41.000.000,00
BIENES DE USO
1 16 20 26 00 00 00 1-01-00 4 1.757.826,00
TRANSFERENCIAS
1 16 20 26 00 00 00 1-01-00 5 55.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 20 27 01 00 00 1-01-00 2 1.574.882,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 16 20 27 01 00 00 1-01-00 3 56.990,00
BIENES DE CONSUMO
1 16 20 27 02 00 00 1-01-00 2 1.746.713,00
POLITICA HABITACIONAL
1 16 25 28 00 01 00 1-01-00 2 12.170.000,00
POLITICA HABITACIONAL
1 16 25 28 00 01 00 1-01-00 3 82.565.936,75
JURISDICCIÓN: 17-MINISTERIO DE SEGURIDAD
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 17 10 01 00 00 01 1-01-00 2 8.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 10 01 00 00 01 1-01-00 3 806.583.955,20
BIENES DE CONSUMO
1 17 12 18 00 00 00 1-01-00 2 90.800.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 12 18 00 00 00 1-01-00 3 4.500.000,00
BIENES DE USO
1 17 12 18 00 00 00 1-01-00 4 1.050.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 13 19 00 00 00 3-15-00 2 1.600.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 13 19 00 00 00 3-15-00 3 4.800.000,00
BIENES DE USO
1 17 13 19 00 00 00 3-15-00 4 34.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 13 19 01 00 00 3-15-00 2 900.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 13 19 01 00 00 3-15-00 3 300.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 2 21.900.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 3 5.150.000,00
BIENES DE USO
1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 4 4.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 17 14 20 00 00 00 1-01-00 5 43.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 15 21 00 00 00 1-01-00 2 289.417.920,80
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 15 21 00 00 00 1-01-00 3 45.250.000,00
BIENES DE USO
1 17 15 21 00 00 00 1-01-00 4 51.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 15 21 00 00 00 3-08-00 2 117.066.825,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 15 21 00 00 00 3-08-00 3 30.740.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 15 21 00 00 00 4-34-00 2 119.691.500,00
BIENES DE USO
1 17 15 21 00 00 00 4-34-00 4 25.483.980,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 15 22 00 00 00 1-01-00 2 13.950.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 15 22 00 00 00 1-01-00 3 8.450.000,00
TRANSFERENCIAS
1 17 15 22 00 00 00 1-01-00 5 3.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 2 128.139.693,83
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 3 24.227.280,00
BIENES DE USO
1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 4 16.878.217,32
TRANSFERENCIAS
1 17 16 23 00 00 00 1-01-00 5 61.355.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 17 24 00 00 00 1-01-00 2 64.183.561,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 17 24 00 00 00 1-01-00 3 2.934.820,00
BIENES DE USO
1 17 17 24 00 00 00 1-01-00 4 6.000.000,00
TRANSFERENCIAS
1 17 17 24 00 00 00 1-01-00 5 22.500.000,00
PLAN MANTENIMIENTO PARA EDIFICIOS DE SEGURIDAD
1 17 18 25 00 01 00 1-01-00 4 600.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 17 19 26 00 00 00 1-01-00 2 46.699.199,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 17 19 26 00 00 00 1-01-00 3 2.800.000,00
JURISDICCIÓN: 18-MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACION
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 18 11 20 00 00 00 1-01-00 2 908.720,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 18 11 20 00 00 00 1-01-00 3 1.917.476,40
BIENES DE CONSUMO
1 18 11 20 01 00 00 1-01-00 2 195.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 18 11 20 01 00 00 1-01-00 3 100.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 18 11 20 02 00 00 1-01-00 2 63.113,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 18 11 20 02 00 00 1-01-00 3 100.000,00
JURISDICCIÓN: 19-MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 19 10 01 00 00 01 1-01-00 2 809.400,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 10 01 00 00 01 1-01-00 3 13.540.000,00
BIENES DE USO
1 19 10 01 00 00 01 1-01-00 4 3.073.955,55
TRANSFERENCIAS
1 19 10 16 00 00 00 1-01-00 5 28.695.513,00
BIENES DE CONSUMO
1 19 11 17 00 00 00 1-01-00 2 16.672.271,65
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 11 17 00 00 00 1-01-00 3 4.178.062,50
BIENES DE CONSUMO
1 19 12 18 00 00 00 1-01-00 2 275.800,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 12 18 00 00 00 1-01-00 3 7.550.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 19 13 19 00 00 00 1-01-00 2 3.638.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 13 19 00 00 00 1-01-00 3 280.640.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 19 14 20 00 00 00 1-01-00 2 9.913.471,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 14 20 00 00 00 1-01-00 3 9.502.714,91
BIENES DE CONSUMO
1 19 14 20 01 00 00 1-01-00 2 13.204.500,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 14 20 01 00 00 1-01-00 3 8.250.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 19 15 21 00 00 00 1-01-00 2 18.463.126,15
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 15 21 00 00 00 1-01-00 3 32.656.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 19 16 22 00 00 00 1-01-00 2 38.400,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 16 22 00 00 00 1-01-00 3 1.400.000,00
BIENES DE CONSUMO
1 19 17 23 00 00 00 1-01-00 2 21.048.305,00
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 17 23 00 00 00 1-01-00 3 6.740.280,30
BIENES DE CONSUMO
1 19 17 23 00 00 00 3-17-00 2 15.902.361,90
SERVICIOS NO PERSONALES
1 19 17 23 00 00 00 3-44-00 3 10.530.000,00
PLAN MANTENIMIENTO EDIFICIOS DE TURISMO, CULTURALES Y PARQUES
1 19 17 23 00 01 00 1-01-00 4 9.458.000,00
JURISDICCIÓN: 20-FISCALIA DE ESTADO
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
1 20 10 01 00 00 01 1-01-00 2 1.054.874,47
SERVICIOS NO PERSONALES
1 20 10 01 00 00 01 1-01-00 3 7.132.664,60
BIENES DE USO
1 20 10 01 00 00 01 1-01-00 4 49.517.806,00
ADMINISTRACION DESCENTRALIZADA
DIRECCION DE LA CAJA SOCIAL Y FINANCIERA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
3 11 01 16 00 00 00 2-03-00 2 262.140,00
SERVICIOS NO PERSONALES
3 11 01 16 00 00 00 2-03-00 3 52.992.808,00
TRANSFERENCIAS
3 11 01 16 00 00 00 2-03-00 5 750.454.686,00
SERVICIOS NO PERSONALES
3 11 01 17 00 00 00 2-03-00 3 130.376.360,00
TRANSFERENCIAS
3 11 01 17 00 00 00 2-03-00 5 40.000.000,00
TRANSFERENCIAS
3 11 01 19 00 00 00 2-03-00 5 1.338.557.220,00
COMISION REGULADORA DE ENERGIA ELECTRICA
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
3 11 02 01 00 00 01 2-02-00 2 1.150.440,00
SERVICIOS NO PERSONALES
3 11 02 01 00 00 01 2-02-00 3 7.948.512,50
DIRECCION GENERAL DE OBRA SOCIAL DEL ESTADO PROVINCIAL (DOSEP)
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
BIENES DE CONSUMO
3 13 01 01 00 00 01 2-01-00 2 10.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
3 13 01 01 00 00 01 2-01-00 3 350.000.000,00
BIENES DE USO
3 13 01 01 00 00 01 2-01-00 4 10.000.000,00
TRANSFERENCIAS
3 13 01 16 00 00 00 2-01-00 5 9.840.000.000,00
BIENES DE CONSUMO
3 13 01 17 00 00 00 2-01-00 2 10.000.000,00
SERVICIOS NO PERSONALES
3 13 01 17 00 00 00 2-01-00 3 90.000.000,00
BIENES DE USO
3 13 01 17 00 00 00 2-01-00 4 90.000.000,00
OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO
INS JUR UE PROG SP PY AE FTE.F INC IMPORTE
SERVICIO DE LA DEUDA Y DISMINUCION DE OTROS PASIVOS
4 21 10 16 00 00 00 1-01-00 7 91.829.483,41
Art. 4º.- La Dirección de Presupuesto Público habilitará la emisión de órdenes de pago de los gastos individualizados en el Art. 3° hasta el importe de los recursos programados.-
Art. 5º.-Autorizar a la Dirección de Presupuesto Público a efectuar modificaciones entre las categorías programáticas programadas en el presente mes e incluir nuevos gastos en la medida de incorporación de recursos adicionales a los programados.-
Art. 6º.-Hacer saber a la Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a todos los Ministerios y Secretarías.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la Señora Secretaria General de la Gobernación, el Señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, la Señora Ministro Secretario de Estado de Salud, el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Romina Andrea Carbonell
Gonzalo Federico Amondarain
Lucia Teresa Nigra
Guillermo Fabián Araujo
Federico Alberto Trombotto
Gustavo Antonio Bertolini
Nancy Verónica Sosa
Juan Jose Alvarez Pinto
DECRETO Nº 6058-MHIP-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Liquidación Otros Entes y Empresas del Estado a la señora LORENA ELIZABETH FERNANDEZ, D.N.I. Nº 28.642.252;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora LORENA ELIZABETH FERNANDEZ, D.N.I. Nº 28.642.252 en el cargo de Jefe de Área Liquidación Otros Entes y Empresas del Estado dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la que percibirá una remuneración equivalente al Grupo 7.-
Art. 2º.- Disponer la retención de la Categoría “E”, Planta Permanente en la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, de la señora LORENA ELIZABETH FERNANDEZ, D.N.I. Nº 28.642.252, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis a la señora LORENA ELIZABETH FERNANDEZ, y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6059-MHIP-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Recursos Humanos Docentes a la señora MARIA LUZ TOBARES, D.N.I. Nº 35.916.341;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIA LUZ TOBARES, D.N.I. Nº 35.916.341 en el cargo de Subdirectora de Recursos Humanos Docentes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis a la señora MARIA LUZ TOBARES, y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6060-MHIP-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Recursos Humanos Docentes al señor JORGE GABRIEL GARCIA SOSA, D.N.I. Nº 36.051.232;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JORGE GABRIEL GARCIA SOSA, D.N.I. Nº 36.051.232 en el cargo de Jefe de Área Recursos Humanos Docentes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis al señor JORGE GABRIEL GARCIA SOSA, y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7000-MHIP-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4091283/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente NANCY BEATRIZ LEGUIZAMON, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3754424/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente NANCY BEATRIZ LEGUIZAMON, D.N.I. Nº 22.786.322, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 8099-ME-2021 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1681613/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 07 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180282/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 07 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente NANCY BEATRIZ LEGUIZAMON D.N.I. Nº 22.786.322, en UN (1) cargo de Maestra de Música y UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, ambos cargos con carácter titular, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7001-MHIP-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3181263/26, por el cual tramita la designación del docente JORGE MANUEL DELFINO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 1 “Elena Ossola de Horas”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular SONIA PAOLA MERCAU, según Decreto N° 18615-ME-2025, se torna necesario designar, al docente JORGE MANUEL DELFINO, D.N.I. Nº 37.599.738, en DOS (2) horas cátedra de Bioenergía, en 5to. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3807818/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de marzo de 2026, al docente JORGE MANUEL DELFINO, D.N.I. Nº 37.599.738, en DOS (2) horas cátedra de Bioenergía, en 5to. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 1 “Elena Ossola de Horas”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7002-MHIP-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4101221/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA GABRIELA RODRIGUEZ y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3755660/26 y ACTPAS 1702448/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA GABRIELA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 22.161.282, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 4895-MHP-2020 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1702650/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 09 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180591/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 09 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina MARIA GABRIELA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 22.161.282, en SEIS (6) horas cátedra de Lengua, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 181 “San José de Calasanz”, de la localidad de Piedra Blanca Arriba, departamento Junín.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7003-MHIP-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4240784/26, por el cual se tramita la renuncia del docente OSVALDO RUBEN CORIA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1545553/26, 1566661/26, e INFORM 438783/26, obra: nota de renuncia por jubilación del docente OSVALDO RUBEN CORIA, D.N.I. Nº 14.181.842, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 5851-MHIP-2024, de designación, y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 438784/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 20 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 20 de abril de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente OSVALDO RUBEN CORIA, D.N.I. Nº 14.181.842, en UN (1) cargo suplente de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 139 “Bartolomé Mitre” San Roque, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7004-MHIP-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210764/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente GRACIELA TERESA TADDEI, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1542824/26 e INFORM 440537/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente GRACIELA TERESA TADDEI, D.N.I. Nº 20.032.518, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 8149-MHyOP-2014, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 438706/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente GRACIELA TERESA TADDEI, D.N.I. Nº 20.032.518, en UN (1) cargo titular de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Comercio N° 10 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7093-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4290929/26, por el cual tramita la designación del docente ROBERTO JOSE MARIA LUCERO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino ALEJANDRO DANIEL FERNANDEZ, según Decreto N° 2018-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente ROBERTO JOSE MARIA LUCERO, D.N.I. N° 34.428.829, en DIEZ (10) horas cátedra de Topografía, 5 hs. en 6to. año 1ra. división y 5 hs. en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3774498/26 y DOCEXT 1572624/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 27 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de abril de 2026, al docente ROBERTO JOSE MARIA LUCERO, D.N.I. N° 34.428.829, en DIEZ (10) horas cátedra de Topografía, 5 hs. en 6to. año 1ra. división y 5 hs. en 6to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7094-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210180/26, por el cual tramita la designación de la docente JESSICA PAOLA CHILOTTI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Instituto Experimental Educativo N° 133 “Fray Luis Amigó”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina LAURA HUMPIRI OYHENART, D.N.I. N° 25.215.984, según Decreto N° 21616-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente JESSICA PAOLA CHILOTTI, D.N.I. Nº 30.967.323, en CUATRO (4) hs. catedra de Psicología en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3765345/26 y adjuntos, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, a la docente JESSICA PAOLA CHILOTTI, D.N.I. Nº 30.967.323, en CUATRO (4) hs. catedra de Psicología en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Instituto Experimental Educativo N° 133 “Fray Luis Amigó”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7095-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5050021/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente MIGUEL ANGEL MIRANDA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3777792/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente MIGUEL ANGEL MIRANDA, D.N.I. Nº 29.895.258, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 9128-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 438796/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 04 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180521/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 04 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente suplente MIGUEL ANGEL MIRANDA D.N.I. Nº 29.895.258, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7096-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4270408/26, por el cual tramita la designación de la docente FLAVIA ZUNILDA FERNANDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular SILVINA MARIANA MASSOLO, concedida Resolución N° 33-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente FLAVIA ZUNILDA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 26.497.060, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3780657/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 05 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo de la docente titular SILVINA MARIANA MASSOLO, a la docente FLAVIA ZUNILDA FERNANDEZ, D.N.I. Nº 26.497.060, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7097-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4241290/26, por el cual tramita la designación de la docente ALICIA VIVIANA CABRAL; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 237 “Maestra Trinidad Chirino”, de la localidad de Los Molles, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino, GONZALO JOSE OVIEDO, según Decreto N° 4009-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente ALICIA VIVIANA CABRAL, D.N.I. N° 26.209.568, en TRES (3) horas cátedra de Administración, en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3770617/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 17 de abril de 2026, a la docente ALICIA VIVIANA CABRAL, D.N.I. N° 26.209.568, en TRES (3) horas cátedra de Administración, en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 237 “Maestra Trinidad Chirino”, de la localidad de Los Molles, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7098-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4060386/26, por el cual tramita la designación de la docente HELEN JOSEPH TEJEDA MUÑOZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 184 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina RINA IVONNE PEREZ, D.N.I. N° 30.211.618, según Decreto N° 4848-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente HELEN JOSEPH TEJEDA MUÑOZ, D.N.I. Nº 92.879.715, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Actividades Plásticas, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3774259/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente HELEN JOSEPH TEJEDA MUÑOZ, D.N.I. Nº 92.879.715, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Actividades Plásticas, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 184 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7099-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4201050/26, por el cual tramita la designación de la docente ROMINA ADELA GAMBONE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 14 “Dora Ochoa de Masramon”, de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MONICA CRISTINA AGUERO, D.N.I. N° 22.357.302, según Decreto N° 4008-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ROMINA ADELA GAMBONE, D.N.I. Nº 30.142.702, en CUATRO (4) hs. catedra de Educación Artística, Perfil Plástica, 2 hs. en 5to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3764955/26 y 1556082/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, a la docente ROMINA ADELA GAMBONE, D.N.I. Nº 30.142.702, en CUATRO (4) hs. catedra de Educación Artística, Perfil Plástica, 2 hs. en 5to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 14 “Dora Ochoa de Masramon”, de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7100-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4040045/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente JESSICA NOELIA SOVRANO y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3748255/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente JESSICA NOELIA SOVRANO, D.N.I Nº ٣٨.٧٥١.٨٦٣, formulario de cese, copia de los Decretos de designación Nros. 2428-ME-2019, 8081-ME-2019 y 288-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1700727/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180628/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente JESSICA NOELIA SOVRANO, D.N.I Nº ٣٨.٧٥١.٨٦٣, en CINCO (٥) horas cátedra suplentes de Matemática en ٥to. año 2da. división; en CINCO (5) horas cátedra suplentes de Matemática en 1er. año 3ra. división; y en CINCO (5) horas cátedra interinas de Matemática en 2do. año 4ta. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo N° 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7101-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200679/26, por el cual tramita la designación de la docente MICAELA IVON VERDULLO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular YOLANDA MATEA LUCERO, concedida por Resolución Nº 4554-DRH-2025 y renuncia de la docente suplente JOHANA ELISABET AMAYA, otorgado por Decreto Nº 5263-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente MICAELA IVON VERDULLO, D.N.I. Nº 39.602.523, en OCHO (8) horas cátedra de Matemática, 4 hs. en 4to. año 2da. división y 4 hs. en 5to. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3764586/26, 3774987/26 y 1572775/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 20 de abril de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular YOLANDA MATEA LUCERO, a la docente MICAELA IVON VERDULLO, D.N.I. Nº 39.602.523, en OCHO (8) horas cátedra de Matemática, 4 hs. en 4to. año 2da. división y 4 hs. en 5to. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7102-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3300319/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente JULIO CESAR PERALTA PAEZ y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3744255/26 y 3753309/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente JULIO CESAR PERALTA PAEZ, D.N.I. Nº 28.185.104, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 13499-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 439059/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 26 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180592/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 26 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente suplente JULIO CESAR PERALTA PAEZ, D.N.I. Nº 28.185.104, en DOS (2) horas cátedra de Educación Física, en 1er. año 2da. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 7 “Doctor Manuel Sadosky”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7103-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5050103/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MAILEN CANDELARIA CORZO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3777904/26 y 1554040/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MAILEN CANDELARIA CORZO, D.N.I. Nº 43.150.481, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 4184-MHIP-2026 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1691520/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180511/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente MAILEN CANDELARIA CORZO, D.N.I. Nº 43.150.481, en CINCO (5) horas catedra de Lengua en 2do. año 2da. división, Sector Industria Alimentaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7104-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5040610/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA ASUNCION LUCERO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3777107/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA ASUNCION LUCERO, D.N.I. Nº 30.730.895, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 8737-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1690451/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 28 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180513/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 28 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente MARIA ASUNCION LUCERO D.N.I. Nº 30.730.895, en DOS (2) horas catedra de Espacio de Opción Institucional, perfil Turismo en 6to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 225 “Maestro Pio Rosario Flores”, de la localidad de Papagayos, departamento Chacabuco.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7105-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3310720/26, por el cual tramita la designación de la docente JESICA ALEJANDRA TELLO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular FLAVIA PAOLA PESCATORI, según Decreto N° 19148-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente JESICA ALEJANDRA TELLO, D.N.I. N° 32.915.924, en TRES (3) horas cátedra de Química, en 3er. año 2da. división, Sector Electrónica, TRES (3) horas cátedra de Química General, en 2do. año 1ra. división, Sector Química y TRES (3) horas cátedra de Química Inorgánica, en 3er. año 1ra división, Sector Química, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3747033/26 y DOCEXT 3774965/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de marzo de 2026, a la docente JESICA ALEJANDRA TELLO, D.N.I. N° 32.915.924, en TRES (3) horas cátedra de Química, en 3er. año 2da. división, Sector Electrónica, TRES (3) horas cátedra de Química General, en 2do. año 1ra. división, Sector Química y TRES (3) horas cátedra de Química Inorgánica, en 3er. año 1ra división, Sector Química, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7106-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2261158/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 26 “Gobernador Elías Adre” de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, gestiona el cambio de situación de revista de la docente NATALIA RASPO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3717668/26 y DOCEXT 3749727/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente NATALIA RASPO D.N.I. Nº 28.826.876, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particular de la docente titular e interina GLORIA SUSANA TEME y el docente titular JORGE RICARDO VEGA, según Decreto Nº 18615-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 28 de octubre de 2025, de la docente NATALIA RASPO D.N.I. Nº 28.826.876, de suplente a interina, en CUATRO (4) horas cátedra de Física en 4to. año 2da. división y CUATRO (4) horas cátedra de Tecnología de los Materiales en 5to. año 1ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 26 “Gobernador Elías Adre” de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7107-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3300334/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ERICA NATALIA MOLINA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3744260/26 y 3807355/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente suplente ERICA NATALIA MOLINA, D.N.I. Nº 31.636.299, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 6195-MHP-2021 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 437336/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 25 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180286/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 25 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente ERICA NATALIA MOLINA D.N.I. Nº 31.636.299, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 12 “Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7108-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4300805/26, por el cual se tramita la Baja de Oficio de la docente MIRIAM LUJAN DIVITO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3775750/26, 1573665/26, 1573749/26 y ACTPAS 1700688/26, obra: nota de la Directora del establecimiento educativo en relación a la docente MIRIAM LUJAN DIVITO, D.N.I. N° 16.830.914, situación de revista, copia del decreto Nº 1388-ME-2021 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1700683/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 30 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Disponer la Baja de Oficio, a partir del 30 de diciembre de 2025, de la docente MIRIAM LUJAN DIVITO, D.N.I. N° 16.830.914, en NUEVE (9) horas cátedra titulares de Lengua y Literatura (3hs. en 5to. año 2da. división, 3 hs. en 6to. año 1ra. división y 3hs. en 6to. año 2da. división), TRES (3) horas cátedra titulares de Filosofía en 6to. año 1ra. división y TRES (3) horas cátedra de Filosofía (2 horas titulares y 1 hora interina en 6to. año 2da. división), Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundario, en el Centro Educativo N° 26 “María Palmira Cabral de Becerra”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7178-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6010552/26, por el cual la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la autorización para la suscripción del Contrato de Servicios con la Ingeniera Agrimensor EMILSE CRISTINA ROBLEDO, D.N.I N° ٢٦.٠٨٩.٢٥٢; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1706657/26, obra modelo de Contrato de Servicios a suscribir entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el Dr. DARIO HECTOR CRIVELLO, D.N.I. N° 22.775.482, en su carácter de Director Provincial de Catastro y Tierras Fiscales del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, por una parte, y por la otra la Ingeniera Agrimensor EMILSE CRISTINA ROBLEDO, D.N.I N° ٢٦.٠٨٩.٢٥٢, para realizar tareas inherentes a su profesión en la mencionada Dirección;
Que el Contrato de Servicio que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, en la cláusula segunda establece la retribución de la contraprestación y en la cláusula tercera la vigencia, que será a partir del 01 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en act. PREV 11469409/26, obra comprobante de imputación preventiva para el Presupuesto vigente;
Que en act. ACTPAS 1702889/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 997130/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173548/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art.100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 modificada por Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2°.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Servicios, que como anexo forma parte del presente Decreto, a suscribirse entre el Gobierno de la provincia de San Luis y la Ingeniera Agrimensor EMILSE CRISTINA ROBLEDO, D.N.I N° ٢٦.٠٨٩.٢٥٢.-
Art. 3º.- Autorizar al Dr. DARIO HECTOR CRIVELLO, D.N.I. Nº 22.775.482, en su carácter de Director Provincial de Catastro y Tierras Fiscales dependiente del Ministro de Hacienda e Infraestructura Pública, a suscribir en representación del Gobierno de la provincia de San Luis, el Contrato de Servicios con la Ingeniera Agrimensor EMILSE CRISTINA ROBLEDO, D.N.I N° ٢٦.٠٨٩.٢٥٢, conforme al modelo aprobado en el Artículo precedente.-
Art.4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Inst. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 11 14 27 1-01 3 4 9 $4.695.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y notificar a la Ingeniera Agrimensor Emilse Cristina Robledo.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE SERVICIO
Entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, en adelante “EL COMITENTE”, representado en este acto por el Dr. HECTOR DARIO CRIVELLO, D.N.I. N° 22.775.482, en su carácter de Director Provincial de Catastro y Tierra Fiscales dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, con domicilio en Ayacucho 945, Ex casa de Gobierno, 4to piso de la ciudad de San Luis, por una parte y la Ingeniera-Agrimensora. EMILSE CRISTINA ROBLEDO, D.N.I. N° 26.089.252, con domicilio en la Manzana 264, casa 21 Barrio Cerro de la Cruz de la Ciudad de San Luis, provincia de San Luis, por la otra, en adelante “LA PRESTADORA”, en conjunto denominadas “LAS PARTES”, suscriben el presente CONTRATO DE SERVICIOS, aprobado por el Decreto N°………………-MHIP-2026 de fecha …………………………; sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL COMITENTE” contrata los servicios de la Ingeniera-Agrimensora EMILSE CRISTINA ROBLEDO, D.N.I. N° 26.089.252, quien se obliga a cumplir funciones inherentes al ejercicio de su profesión en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales.-
SEGUNDA: Como retribución por los servicios prestados, “EL COMITENTE” abonará a “LA PRESTADORA”, en concepto de honorarios, la suma mensual de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($1.565.000,00) contra presentación de la correspondiente factura. En el caso de que la “LA PRESTADORA” comience a prestar sus servicios una vez autorizado la suscripción del contrato, el mismo percibirá una suma proporcional de los honorarios correspondientes a la cantidad de días en que prestó tareas. Asimismo “EL COMITENTE” emitirá un certificado en el cual constará el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de “LA PRESTADORA” quien asume la responsabilidad técnica de las tareas encomendadas motivo de este contrato.-
TERCERA: El presente Contrato tendrá una vigencia a partir del 01 de julio de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026.-
CUARTA: Ambas partes se reservan el derecho de rescindir el presente contrato en la oportunidad que lo crean conveniente, sin que la otra parte tenga derecho a reclamar indemnización alguna. Si la voluntad de rescisión es de “LA PRESTADORA”, deberá notificarlo fehacientemente por escrito a “EL COMITENTE” con una antelación de por lo menos 15 (QUINCE) días corridos.-
QUINTA: El presente Contrato no crea relación laboral de dependencia entre las partes, ni importa expectativa o derecho de prórroga a favor de “LA PRESTADORA”, pudiendo sólo ser prorrogado o renovado expresamente por “EL COMITENTE”.-
SEXTA: “LA PRESTADORA”, deberá poner en la ejecución de sus tareas la máxima diligencia y eficiencia de conformidad con la práctica profesional de su especialidad, protegiendo los intereses de “EL COMITENTE” y adoptando todas las medidas tendientes al mejor cumplimiento de sus servicios, quedando este último desvinculado de toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo y/o en ocasión del cumplimiento del presente.-
SEPTIMA: “LA PRESTADORA” declara bajo juramento, que se encuentra afiliado/a ante los Organismos de Previsión Social en legal forma y en calidad de Monotributista siendo de su exclusiva responsabilidad la realización de los pertinentes aportes y contribuciones: asimismo declara poseer seguros vigentes.-
OCTAVA: A los efectos legales que pudieran suscitarse por este contrato, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luís, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o Jurisdicción al que se crea con derecho a recurrir.-
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Luís a los ……… días del mes de ………… de Dos Mil Veintiséis.-
DECRETO Nº 7179-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5210828/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 1434-MHIP-2026 obrante en act. RESMIN 991080/26 se dispuso el cambio de firmantes de la cuenta corriente bancaria oficial Nº 4780126818 denominada ENTE ADM DE PLANTAS DE REC Y TRAT, radicada en el Banco de la Nación Argentina;
Que es necesario ratificar la resolución mencionada en el párrafo anterior con el fin de mejorar la eficiencia en el control y administración de los recursos del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Ratificar la Resolución Nº 1434-MHIP-2026 obrante en act. RESMIN 991080/26 del EXD-0000-5210828/26.-
Art.2º.- Hacer saber a: Banco de la Nación Argentina, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Finanzas y Recursos.-
Art.3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7180-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5070750/26, y;
CONSIDERANDO:
Que la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la compulsa de precios para la Adquisición de Áridos, conforme a lo establecido en el pliego de bases y condiciones obrante en act. DOCEXT 1554302/26, por un presupuesto oficial de PESOS VEINTITRES MILLONES CON 00/100 ($23.000.000,00);
Que resulta necesario llevar a cabo la compulsa de precios con el objeto de adquirir los materiales específicos requeridos para el mantenimiento y conservación de la red vial provincial, a fin de asegurar el normal desarrollo de los servicios operativos vinculados a la conservación de rutas;
Que la interrupción de dichos servicios podría afectar gravemente la seguridad vial y comprometer la conectividad de zonas rurales y productivas, esenciales para el desarrollo económico y social de la provincia;
Que en act. ACTPAS 1695033/26 y ACTPAS 1709193/26, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda Pública, presta conformidad al trámite;
Que ante ello la Dirección Provincial de Vialidad procedió a invitar a cotizar la obra a las siguientes firmas: ARENERA EL CHORRILLO S.R.L. y VIAL MINERA S.A., según constancias adjuntas obrantes en act. DOCEXT 1554331/26;
Que de acuerdo al Acta de Apertura de Sobres de fecha 14 de mayo de 2026 obrante en act. DOCEXT 1558396/26 se recepcionaron DOS (2) propuestas: primera presentada por la firma ARENERA EL CHORRILLO S.R.L., por la suma de PESOS VEINTE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($20.300.000,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1558390/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1558389/26; y segunda presentada por la firma VIAL MINERA S.A. por la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($18.300.000,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1558395/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1558394/26;
Que por Resolución N° 18-DPV-2026 de fecha 22 de mayo de 2026 obrante en act. DOCEXT 1562924/26, se designó la Comisión Honoraria de Adjudicaciones;
Que en act. DOCEXT 1563573/26, obra acta de evaluación de ofertas emitido por la comisión evaluadora sugiriendo adjudicación de los Ítems 1 y 3 a la firma VIAL MINERA S.A. por la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($18.300.000,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1558395/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1558394/26; el ítem 2 a la firma ARENERA EL CHORRILLO S.R.L. por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL CON 00/100 ($4.100.000,00) correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1558390/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1558389/26; y declarar desierto el ítem 4 por no presentar ofertas;
Que en act. INFORM 439824/26 la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, sugiere que la presente contratación sea adjudicada a favor de la firma VIAL MINERA S.A. los ítems 1 y 3 y el ítem 2 a la firma ARENERA EL CHORRILO S.R.L., ofertas más convenientes técnica y económicamente;
Que en act. ACTPAS 1700654/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en acts. PREV 11423484/26 y PREV 11459875/26, obra comprobante de imputación preventivo y ajuste de preventivo, por la suma total de PESOS VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($22.400.000,00);
Que en act. NOTAMP 996001/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, manifestando que correspondería el dictado de Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la contratación con las firmas pre adjudicadas, encuadrando el caso en el inc. t) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, incorporado por Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173327/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 92 Inc. t) del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado mediante Decreto N° 08-MHIP-2025 y 100 Bis Inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, incorporado por Ley N°VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Aprobar lo actuado por la Dirección Provincial de Vialidad en el EXD-0000-5070750/26, para la Adquisición de Áridos por compulsa de precios.-
Art. 3º.- Adjudicar la compulsa de precios, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, los ítems 1 y 3, a la firma VIAL MINERA S.A., CUIT: 30-60559777-3, por la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($18.300.000,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1558395/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1558394/26 y el ítem 2 a la firma ARENERA EL CHORRILLO S.R.L., CUIT: 30-70861850-7, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL CON 00/100 ($4.100.000,00) correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1558390/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1558389/26.-
Art. 4º.- Declarar desierto el ítem 4, conforme a lo expresado en los considerandos del presente decreto.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 11 22 44 01 1-01 2 8 4 $22.400.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección Provincial de Vialidad y a las firmas oferentes.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7181-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5261149/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTMMA 99128/26, el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, solicita el cambio de firmantesde las cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 4780130356 denominada ENTE COORDINADOR ZONA FRANCA y Nº 4780128630 denominada SAN LUIS ZONA FRANCA, radicadas en el Banco de la Nación Argentina y cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 101-36-487490/003 denominada ENTE C. ZONA FR. Z.ACT. LOG, COMEX y Nº 101-36-1878386/001 denominada A-TGP-ZONA FRANCA, radicadas en el Banco Supervielle S.A.;
Que en acts. DOCEXT 3836833/26, 3836834/26, 3836835/26 y 3836836/26 obra documentación correspondiente a lo tramitado;
Que en acts. NOTAMP 993395/26 y CERFYR 1579931/26, obra intervención del Organismo correspondiente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.-Disponer la baja de LUIS JAVIER PESTCHANKER DNI N° 16.297.575, GRACIELA SUSANA PALADINI DNI N° 20.413.599 y de NAHUEL CEJAS PEREZ DURAN DNI N° 40.485.253, como firmantes de las cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 4780130356 denominada ENTE COORDINADOR ZONA FRANCA y Nº 4780128630 denominada SAN LUIS ZONA FRANCA, radicadas en el Banco de la Nación Argentina y cuentas corrientes bancarias oficiales Nº 101-36-487490/003 denominada ENTE C. ZONA FR. Z.ACT. LOG, COMEX y Nº 101-36-1878386/001 denominada A-TGP-ZONA FRANCA, radicadas en el Banco Supervielle S.A.-
Art.2º.- Disponer el alta del señor FEDERICO ALBERTO TROMBOTTO, D.N.I. Nº 22.145.146 y de ANDREA CECILIA OLMOS NICOTRA, D.N.I. Nº 28.184.346, como firmantes de las cuentas corrientes bancarias oficiales mencionadas en el artículo precedente, las cuales quedarán autorizadas a operar con la firma conjunta de las personas mencionadas en el presente artículo. -
Art.3º.- Autorizar a la Dirección de Finanzas y Recursos a gestionar ante las autoridades del Banco de la Nación Argentina y Banco Supervielle S.A., lo dispuesto en los Arts. 1º y 2º del presente Decreto. -
Art.4º.- Hacer saber a: Banco de la Nación Argentina, Banco Supervielle S.A., Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable, Tesorería General de la Provincia y a la Dirección de Finanzas y Recursos. -
Art.5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7182-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4241205/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARCELA SUSANA GRANERO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3770484/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARCELA SUSANA GRANERO, D.N.I. Nº 21.695.095, formulario de cese, copia de Decreto de reubicación Nº 6353-ME-2022 y copia de Decreto de titularización N° 9350-ME-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 438773/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 08 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180534/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 08 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente MARCELA SUSANA GRANERO D.N.I. Nº 21.695.095, en TRES (3) horas catedra de Química en 2do. año 3ra. división, (2 hs. interinas y 1 hora titular), Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juna Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7183-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6050452/26, por el cual tramita la designación del docente JUAN MANUEL GONZALEZ; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 2636-ME-2026 y 183-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, al docente JUAN MANUEL GONZALEZ, D.N.I. Nº 34.442.316, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística-Perfil Teatro en 2do. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3811057/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 04 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de junio de 2026, al docente JUAN MANUEL GONZALEZ, D.N.I. Nº 34.442.316, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística-Perfil Teatro en 2do. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7184-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5270162/26, por el cual tramita la designación de la docente ADRIANA MARISEL CARRIZO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular KARINA ALEJANDRA DIAZ, según Decreto N° 4300-ME-2026, se torna necesario designar a la docente ADRIANA MARISEL CARRIZO, D.N.I. Nº 32.159.437, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3800093/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 26 de mayo de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular KARINA ALEJANDRA DIAZ, a la docente ADRIANA MARISEL CARRIZO, D.N.I. Nº 32.159.437, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7185-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6040475/26, por el cual tramita la designación de la docente CINDY SOFIA PAULIK, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes de la docente interina, ESTEFANIA LUJAN FERNANDEZ, según Resolución N° 831-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente CINDY SOFIA PAULIK, D.N.I. N° 44.164.304, en TRES (03) horas cátedra de Estructura Sismo, en 7mo. año 1ra división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3837865/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 15 de mayo de 2026 y hasta finalización de ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes de la docente interina, ESTEFANIA LUJAN FERNANDEZ, a la docente CINDY SOFIA PAULIK, D.N.I. N° 44.164.304, en TRES (03) horas cátedra de Estructura Sismo, en 7mo. año 1ra división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7186-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151323/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA CECILIA JUAREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 10 “Martín Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular ANDREA ELISABETH AGÜERO, según Decreto N° 2096-ME-2026, se torna necesario designar a la docente ANDREA CECILIA JUAREZ, D.N.I. Nº 28.091.285, en CUATRO (4) horas cátedra de Gestión de Clientes, Perfil Marketing Contable, en 6to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3760567/26 y 1555431/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 15 de abril de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular ANDREA ELISABETH AGÜERO, a la docente ANDREA CECILIA JUAREZ, D.N.I. Nº 28.091.285, en CUATRO (4) horas cátedra de Gestión de Clientes, Perfil Marketing Contable, en 6to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 10 “Martín Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7187-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5211079/26, por el cual tramita la designación de la docente ANALIA SOLEDAD LUCERO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 10 “Ramiro Podetti”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decreto Nº 578-ME-2023 y cese por excepcionalidad según Decreto Nº 7405-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente ANALIA SOLEDAD LUCERO, D.N.I. Nº 27.052.350, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3796843/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito y Resolución Nº 62-JCD-2026 elaborados por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 19 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 19 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, a la docente ANALIA SOLEDAD LUCERO, D.N.I. Nº 27.052.350, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 10 “Ramiro Podetti”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7188-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3271295/26, por el cual tramita la designación del docente CARLOS RUBEN MARTINEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino PABLO EXEQUIEL OLGUIN, D.N.I. N° 34.788.365, según Decreto N° 4932-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente CARLOS RUBEN MARTINEZ, D.N.I. Nº 34.428.317, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3812570/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de marzo de 2026, al docente CARLOS RUBEN MARTINEZ, D.N.I. Nº 34.428.317, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7189-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080283/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente CLAUDIA ELENA LEDESMA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1572526/26, y ACTPAS 1705355/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente CLAUDIA ELENA LEDESMA, D.N.I. Nº 18.273.903, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del decreto N° 1131-MHP-2018, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1705044/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de julio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de julio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente CLAUDIA ELENA LEDESMA, D.N.I. Nº 18.273.903, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7190-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6120144/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente VIVIANA ARACELY SALINAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1576033/26, 1578748/26 y ACTPAS 1706426/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente VIVIANA ARACELY SALINAS, D.N.I. N° 20.641.144, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nro. 4747-MC-2004 de titularización y fotocopia de D.N.I. de la docente;
Que en act. ACTPAS 1706431/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de julio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de julio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente VIVIANA ARACELY SALINAS, D.N.I. N° 20.641.144, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primario, en el Centro Educativo N° 17 “Hipólito Irigoyen” de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7191-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5260090/26, por el cual tramita la designación de la docente PRISCILA IVON CAMACHO ROMERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular NEFTALI DAIANA NAVARRO, concedida por Resolución Nº 4851-DRH-2025, se torna necesario designar a la docente PRISCILA IVON CAMACHO ROMERO, D.N.I. Nº 41.721.910, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3798548/26, 1569936/26, 1569940/26, 1569943/26, 1569959/26 y 1570825/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 19 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 19 de mayo de 2026 y hasta el 01 de noviembre de 2026, en reemplazo de la docente titular NEFTALI DAIANA NAVARRO, a la docente PRISCILA IVON CAMACHO ROMERO, D.N.I. Nº 41.721.910, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial.- y archivar
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7192-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080220/26, por el cual tramita la designación de la docente ROSANA PAULA ORTIZ; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 2636-ME-2026 y 183-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ROSANA PAULA ORTIZ, D.N.I. Nº 24.526.245, en CUATRO (4) horas cátedra de Tecnología de la Información y Comunicación en 2do. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3812032/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 04 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de junio de 2026, a la docente ROSANA PAULA ORTIZ, D.N.I. Nº 24.526.245, en CUATRO (4) horas cátedra de Tecnología de la Información y Comunicación en 2do. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7193-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4240931/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA CECILIA MIRANDA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1683832/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA CECILIA MIRANDA, D.N.I. Nº 20.134.373, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 19988-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 438776/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 24 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180536/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 24 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente MARIA CECILIA MIRANDA, D.N.I. Nº 20.134.373, en DOCE (12) horas catedra de Lengua Extranjera Ingles, 3 hs. en 1er. año única división, 3 hs. en 2do. año única división, 3 hs. en 3er. año única división y 3 hs. en 4to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7194-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6110439/26, por el cual tramita la renuncia del docente CARLOS LUIS VELTRI, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1575374/26 y ACTPAS 1706389/26, obra nota de renuncia por jubilación del docente CARLOS LUIS VELTRI, D.N.I. N° 16.528.230, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 5194-MHP-2016 de renuncia/designación, 6087-ME-2018 de designación y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1706386/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de julio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de 1 de julio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente, CARLOS LUIS VELTRI, D.N.I. N° 16.528.230, en CINCO (5) horas cátedra interinas de Matemática en 1er. año 2da. división y OCHO (8) horas cátedra interinas de Geometría y Matemática (4hs. en 4to año 2da. división y 4hs. en 5to. 1ra. división), Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 8444-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2130913/26, por el cual la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas solicita autorización para efectuar el llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma tiene por objeto contratar la ejecución de la obra denominada: CONSTRUCCION DE SALA DE 3 AÑOS EN ESCUELA Nº 267 “GOB. ERIBERTO MENDOZA” UBICACIÓN: POTRERO DE LOS FUNES - DEPARTAMENTO PUEYRREDÓN - PROVINCIA DE SAN LUIS, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 71/10 ($199.002.146,71);
Que por Decreto Nº 3345-MP-2004 se aprueba el Pliego General de Condiciones;
Que en act. PLIEGO 256967/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones al que ha prestado conformidad la Subdirección de Planificación de la Dirección de Infraestructura Escolar dependiente del Ministerio de Educación en act. PASEDU 3840251/26;
Que en acts. DOCEXT 3841387/26 y DOCEXT 1593921/26 obra documentación de la cual surge que se ha dado cumplimiento a lo establecido por el Art. 4° de la Ley N° VIII-0257-2004;
Que se establece un plazo para la ejecución de la obra de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días corridos por lo que la misma será atendida con partidas de los presupuestos años 2026 y 2027;
Que en act. PREV 11529203/26 obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MILLONES DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 71/100 ($152.002.146,71);
Que en act. PREVFT 11529207/26 obra comprobante de imputación preventiva ejercicio futuro por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CON 00/100 ($47.000.000,00);
Que en acts. NOTAMP 1007173/26 y NOTAMP 1007931/26 la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, solicita se autorice el llamado a Licitación Pública de la obra referida;
Que en act. ACTPAS 1719254/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 1007517/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICFIS 175439/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que se estaría en condiciones de dictar el acto administrativo que apruebe la documentación licitatoria y autorice el llamado a Licitación Pública y se ordene la publicación de edictos por término de ley, todo ello conforme a lo dispuesto por los Arts. 8°, 12 y ccs.de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts., 8°, 12 y ccs. de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios.-
Art. 2°.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas, obrante en act. PLIEGO 256967/26, correspondiente a la Licitación Pública para la ejecución de la obra denominada: CONSTRUCCION DE SALA DE 3 AÑOS EN ESCUELA Nº 267 “GOB. ERIBERTO MENDOZA” UBICACIÓN: POTRERO DE LOS FUNES - DEPARTAMENTO PUEYRREDÓN - PROVINCIA DE SAN LUIS.-
Art. 3°.- Autorizar a la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas a efectuar el llamado a Licitación Pública, para contratar la ejecución de la obra a que se hace referencia en el Art. 2° por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MILLONES DOS MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 71/10 ($199.002.146,71).-
Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 11 23 45 08 4-25 4 2 1 $152.002.146,71
Art. 5°.- Imputar al ejercicio futuro año 2027 la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CON 00/100 ($47.000.000,00).-
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados en la forma y por los términos de Ley.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Subdirección Contable y Control de Certificados, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección de Infraestructura Escolar y a la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 6586-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Capacitación dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno a la señora MARISA LAURA AVELLANEDA MUÑOZ, D.N.I. Nº 28.838.805;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARISA LAURA AVELLANEDA MUÑOZ, D.N.I. Nº 28.838.805, en el cargo de Subdirectora de Capacitación dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis, Dirección de Asuntos Municipales y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6587-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Asistencia Jurídica dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno, a la señora NATALIA CECILIA MORENO BRUNA, D.N.I. N° 25.565.192;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora NATALIA CECILIA MORENO BRUNA, D.N.I. N° 25.565.192, en el cargo de Subdirectora de Asistencia Jurídica dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis, Dirección de Asuntos Municipales y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6588-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Control Administrativo y Contable dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno al C.P. CRISTIAN LUCIANO OJEDA FATTORI D.N.I. N° 37.639.273;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al C.P. CRISTIAN LUCIANO OJEDA FATTORI, D.N.I. Nº 37.639.273, en el cargo de Subdirector de Control Administrativo y Contable dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis, Dirección de Asuntos Municipales y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6589-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD.0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Directora de Asuntos Municipales, a la señora NANCY DEL VALLE ALBORNOZ, D.N.I. Nº 22.445.031;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora NANCY DEL VALLE ALBORNOZ, D.N.I. Nº 22.445.031, en el cargo de Directora de Asuntos Municipales dependiente del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6590-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Directora de Relaciones Laborales del Ministerio de Gobierno a la señora IVANA BEATRIZ BALMACEDA AMESTOY, D.N.I. N° 22.190.457;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora IVANA BEATRIZ BALMACEDA AMESTOY, D.N.I. N° 22.190.457, en el cargo de Directora de Relaciones Laborales del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.-Otorgar Licencia por cargo de mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley N° XV-0387-2004 a la señora IVANA BEATRIZ BALMACEDA AMESTOY, D.N.I. N°22.190.457, en UN (1) cargo Titular de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, reubicada por Decreto N° 5268-ME-2019 del Centro Educativo N° 2 “Paula Dominguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art.1°. -
Art. 3º.-Hacer saber a:Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6932-MG-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6081059/26, por el cual se tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. CONSER 1573937/26, obra contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, C.P.N. GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y el señor NICOLAS ALEJANDRO GODOY FUNES, D.N.I. N° 31.092.761 para cumplir funciones como asesor administrativo - contable en el Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en act. PREV 11483842/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($3.630.000,00);
Que en act. DICLEG 50491/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 999324/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025 y 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173816/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025, y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, C.P.N. GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 por una parte y el señor NICOLAS ALEJANDRO GODOY FUNES, D.N.I. N° 31.092.761 por la otra, para cumplir funciones como asesor administrativo - contable en el Ministerio de Gobierno, obrante en act. CONSER 1573937/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Act. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 10 01 00 01 1-01 3 4 4 $3.630.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6933-MG-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5200945/26, por el cual la Dirección de Relaciones Laborales, tramita la homologación de Contratos de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3796550/26 y 1214362/26, obran Convenio Especifico y sus Anexos y copia del Decreto Nº 2737-MG-2026 de homologación entre el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, en representación de la Administradora de Trabajo Local de la Provincia de San Luis y, en su carácter de Ministro Secretario de Estado del Gobierno Provincia de San Luis y el señor FERNANDO GABIRLE PEREZ, en representación de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (S.R.T.) y, en su carácter de Gerente General;
Que el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno de la Provincia de San Luis, contrata los servicios de los señores BARROSO PAULA MICAELA, D.N.I. Nº 42.975.634; CABRERA ALOSI STEFANIE JOHANA, D.N.I. Nº 33.428.047; GIMENEZ IRMA ZUNILDA DEL ROSARIO, D.N.I. N° 17.911.224; LEONTE RIVERO FRANCO SEBASTIAN, D.N.I. N° 39.395.209; LUNA DARIO EMMANUEL, D.N.I. Nº 35.766.914; MEDINA ACOSTA MELISA FLORENCIA, D.N.I. Nº 40.320.275; MUÑOZ MARIA VERONICA, D.N.I. Nº 35.508.877; ROMERO FRANCISCO JAVIER, D.N.I. N° 31.414.257; TORRES LUCIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 34.921.208; MIATELLO WALTER EMILIANO, D.N.I. Nº 27.074.151 y KOSAR MARIANA, D.N.I Nº ٣٩.٧١١.٩٢٤, para cumplir funciones en la Dirección de Relaciones Laborales, realizando acciones inspectivas en materia de Seguridad e Higiene;
Que los mencionados Contratos de Servicios obrantes en acts. DOCEXT 1208133/26, 1208134/26, 1208135/26, 1208136/26, 1208137/26, 1208138/26, 1208139/26, 1208140/26, 1208141/26, 3803367/26 y 3803375/26, tienen vigencia a partir del 1 de junio de 2026 y hasta el 31 de agosto de 2026;
Que en act. PREV 11445607/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($27.735.000,00);
Que en act. DICLEG 50301/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. DOCEXT 1698836/26, obra informe sobre situación administrativa de los contratados, informando que los mismos no registran calidad de agentes, ni designaciones en el ámbito de la administración pública provincial;
Que en act. NOTAMP 995260/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 173290/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios, obrantes en acts. DOCEXT 1208133/26, 1208134/26, 1208135/26, 1208136/26, 1208137/26, 1208138/26, 1208139/26, 1208140/26, 1208141/26, 3803367/26 y 3803375/26, suscriptos entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno de la Provincia de San Luis, y los señores BARROSO PAULA MICAELA, D.N.I. Nº 42.975.634; CABRERA ALOSI STEFANIE JOHANA, D.N.I. Nº 33.428.047; GIMENEZ IRMA ZUNILDA DEL ROSARIO, D.N.I. N° 17.911.224; LEONTE RIVERO FRANCO SEBASTIAN, D.N.I. N° 39.395.209; LUNA DARIO EMMANUEL, D.N.I. Nº 35.766.914; MEDINA ACOSTA MELISA FLORENCIA, D.N.I. Nº 40.320.275; MUÑOZ MARIA VERONICA, D.N.I. Nº 35.508.877; ROMERO FRANCISCO JAVIER, D.N.I. N° 31.414.257; TORRES LUCIANA BEATRIZ, D.N.I. Nº 34.921.208; MIATELLO WALTER EMILIANO, D.N.I. Nº 27.074.151 y KOSAR MARIANA, D.N.I Nº ٣٩.٧١١.٩٢٤, para cumplir funciones en la Dirección de Relaciones Laborales, realizando acciones inspectivas en materia de Seguridad e Higiene.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppa. Parc Importe
1 12 16 22 4-20 3 4 9 $27.735.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Relaciones Laborales y a los interesados. -
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6934-MG-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6090481/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1703951/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL BIBLIOTECA POPULAR “SARMIENTO”, con Personería Jurídica N° 00022-DPCyFPJ-2018, en act. ACTPAS 1703956/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “puesta en valor del escenario”;
Que en acts. ACTPAS 1703953/26, 1703952/26 y 1703949/26 se acompaña documentación de la referida Fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1703955/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1703957/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL BIBLIOTECA POPULAR “SARMIENTO” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11481504/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50440/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 998496/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley N° VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 173745/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL BIBLIOTECA POPULAR “SARMIENTO”, con Personería Jurídica Nº 00022-DPCyFPJ-2018, para el financiamiento del proyecto social “puesta en valor del escenario”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Biblioteca Popular “Sarmiento”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6935-MG-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-6080383/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1703237/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUTBOL MERLO CLUB ASOCIACION CIVIL DEPORTIVA”, con Personería Jurídica Nº 334-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1703241/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales para la construcción de baño”;
Que en acts. ACTPAS 1703238/26, 1703239/26 y 1703235/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1703240/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11481477/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50444/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 998940/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠° del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 173761/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FUTBOL MERLO CLUB ASOCIACION CIVIL DEPORTIVA”, con Personería Jurídica Nº 334-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales para la construcción de baño”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 3°.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Futbol Merlo Club Asociación Civil Deportiva”.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6936-MG-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080796/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1703459/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL ECOS DE MI TIERRA”, con Personería Jurídica N° 432-DCyFPJ-2014, en act. ACTPAS 1703463/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de rollos de alambre tejido”;
Que en acts. ACTPAS 1703461/26, 1703460/26 y 1703457/26 se acompaña documentación de la referida Fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1703462/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1703464/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL ECOS DE MI TIERRA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto N.º 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11481482/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50441/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 998500/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 173742/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL ECOS DE MI TIERRA”, con Personería Jurídica Nº 432-DCyFPJ-2014, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de rollos de alambre tejido”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Ecos De Mi Tierra”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6937-MG-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-6100607/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1704687/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL Y DEPORTIVA CEBOLLITAS”, con Personería Jurídica Nº 00110-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1704691/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de conjuntos Deportivos”;
Que en acts. ACTPAS 1704688/26, 1704689/26 y 1704685/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1704690/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11481541/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50443/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 998379/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠° del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 173655/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL Y DEPORTIVA CEBOLLITAS”, con Personería Jurídica Nº 00110-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de conjuntos Deportivos”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 3°.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil y Deportiva Cebollitas”.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6938-MG-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 6080359/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto N.º 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1703206/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CLUB ATLETICO FENIX”, con Personería Jurídica N° 114-DCyFPJ-2015, en act. ACTPAS 1703210/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de elementos deportivos e indumentaria”;
Que en acts. ACTPAS 1703208/26, 1703207/26 y 1703204/26 se acompaña documentación de la referida Fundación y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1703209/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Fundación solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1703211/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL CLUB ATLETICO FENIX” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto N.º 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11481473/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50446/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 998583/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley N° VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 173741/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CLUB ATLETICO FENIX”, con Personería Jurídica Nº 114-DCyFPJ-2015, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de elementos deportivos e indumentaria”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Club Atlético Fénix”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
DECRETO Nº 6396-SGG-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6101223/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6041236/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Secretaria Privada de la Gobernación dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora MARIA ELIDA DEL CARMEN MOLINA, D.N.I. Nº 23.333.527;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Secretaria Privada de la Gobernación dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora MARIA ELIDA DEL CARMEN MOLINA, D.N.I. Nº 23.333.527.-
Art. 2º.-Retener la Categoría A, Planta Permanente, Escalafón General de la Gobernación, a la señora MARIA ELIDA DEL CARMEN MOLINA, D.N.I. Nº 23.333.527, inter dure la función asignada en el Artículo 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Gobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6397-SGG-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6101223/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6041236/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo dependiente del Despacho de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora ANA MARIA LOZA ALIAGA, D.N.I. Nº 92.913.936;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo dependiente del Despacho de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora ANA MARIA LOZA ALIAGA, D.N.I. Nº 92.913.936.-
Art. 2º.- Retener la Categoría A, Planta Permanente, Escalafón General de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora ANA MARIA LOZA ALIAGA, D.N.I. Nº 92.913.936, inter dure la función asignada en el Artículo 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6398-SGG-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6101223/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6041236/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa de Despacho de la Secretaría General de la Gobernación, a la Abog. PAOLA ROMINA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.541;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Jefa de Despacho de la Secretaría General de la Gobernación, a la Abog. PAOLA ROMINA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.541.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6399-SGG-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6101223/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6041236/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa Área Jóvenes Becarios dependiente de la Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora SILVIA CARRIZO, D.N.I. Nº 23.278.609;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Jefa Área Jóvenes Becarios dependiente de la Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora SILVIA CARRIZO, D.N.I. Nº 23.278.609.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº ٦٤٠٠-SGG-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6101223/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6041236/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefa de la Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora FATIMA BEATRIZ COSENTINO, D.N.I. N° 31.047.923;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Jefa de la Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, a la señora FATIMA BEATRIZ COSENTINO, D.N.I. N° 31.047.923.-
Art. 2º.-Retener la Categoría C, Planta Permanente, Escalafón General de la Dirección Provincial de Registro de Deudores Alimentarios Morosos dependiente del Ministerio de Gobierno, a la señora FATIMA BEATRIZ COSENTINO, D.N.I. N° 31.047.923, inter dure la función asignada en el Artículo 1° del presente Decreto.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección Provincial de Registro de Deudores Alimentarios Morosos, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación, y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7006-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6160596/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 808-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, correspondiente a la señora TANIA LEWYLLE, D.N.I. Nº 40.684.460, para cumplir funciones en la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad, el cual fue prorrogado por Decreto Nº 2822-SGG-2026;
Que mediante nota obrante en act. DOCEXT 103460/26, la señora TANIA LEWYLLE, D.N.I. Nº 40.684.460, presenta su renuncia al mencionado Contrato;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la señora TANIA LEWYLLE, D.N.I. Nº 40.684.460, al Contrato de Prestación de Servicios, homologado por Decreto Nº 808-SGG-2024 y prorrogado por Decreto Nº 2822-SGG-2026.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 7007-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD 0-6031072/26; у,
CONSIDERANDO:
Que es propósito homologar el Contrato de Servicios, obrante en act. NOΤΑ 173574/26;
Que la Cláusula Primera del referido Contrato, establece el objeto de la contratación;
Que la Cláusula Segunda, estipula los honorarios que percibirá “EL PRESTADOR” y la forma de pago;
Que la Cláusula Tercera establece que la vigencia del mencionado Contrato será a partir del 01 de julio y hasta el 30 de septiembre de 2026, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de partes y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial:
Que en act. PREV 11477712/26 luce comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($4.200.000,00);
Que en act. ACTPAS 1703185/26, la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, emite dictamen;
Que en act. NOTAMP 997102/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173539/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. 1) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios obrante en act. NOTA 173574/26 del EXD-0-6031072/26.-
Art. 3º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Pri. Par. Importe
1 20 10 01 01 1-01 3 4 3 $4.200.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Dirección de Presupuesto Público, Asesoría Contable y Presupuestaria dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación, y el Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7008-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11271087/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 3019-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora VALERIA PIFFARETTI, D.N.I. Nº 25.095.782 por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2541-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 3019-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7009-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11261202/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 9531-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor CHRISTIAN EDGARDO FLOCCO, D.N.I. Nº 24.933.444, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2543-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 9531-SGG-2024.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Secretaría de Estado de Deporte, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7010-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281001/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1986-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 24 de febrero del año 2025;
Que a través del Decreto Nº 2536-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 1986-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Vice Gobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7011-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11261206/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 11800-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora DAIANA ADRIANA ROLANDO AMIEVA, D.N.I. Nº 32.473.418, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2538-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 11800-SGG-2024.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7012-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6030897/26; у,
CONSIDERANDO:
Que es propósito homologar el Contrato de Servicios, obrante en act. NOTA 173575/26, suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la Dra. MARIA FABIANA ZARATE, D.N.Ι. Νº 18.570.077, en su carácter de Fiscal de Estado, por una parte y el señor JUAN IGNACIO TRUSENDI, D.N.I. Nº 41.721.653, por la otra;
Que, en la Cláusula Primera del referido Contrato, se establece que el contratado prestará servicios en Fiscalía de Estado, afectado a cumplir funciones en la Sala Penal;
Que la Cláusula Segunda, estipula los honorarios que percibirá el contratado por el servicio prestado y la forma de pago;
Que la Cláusula Tercera establece que la vigencia del mencionado Contrato será a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, pudiendo ser prorrogado previo acuerdo de partes y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11477846/26 luce comprobante de imputación preventiva, con excepción del duodécimo, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00);
Que en act. ACTPAS 1703290/26, la Asesoría Legal de la Secretaria General de la Gobernación, emite dictamen no formulando objeciones al trámite;
Que en act. NOTAMP 997110/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 173534/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art.100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante Ley Nº VIII-0867-2013, y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis representado por la Dra. MARIA FABIANA ZARATE, D.N.Ι. Nº 18.570.077, en su carácter de Fiscal de Estado, por una parte y el señor JUAN IGNACIO TRUSENDI, D.N.I. Νº 41.721.653, por la otra, obrante en act. NOTA 173575/26 del EXD-0-6030897/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 20 10 01 01 1-01 3 4 3 $4.500.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º. Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al interesado.-
Art. 6º. El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º. Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7013-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5271155/26; y,
CONSIDERANDO:
Que es propósito homologar el Contrato de Servicio, suscripto entre el Estado Provincia de San Luis representado por la señora C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL D.N.I. Nº 30.569.540 en su carácter de SECRETARIA GENERAL DE GOBERNACIÓN, por una parte, y la señora CARLA YANINA GARRO, D.N.I. Nº 38.438.950, por la otra, obrante en act. DOCEXT 103445/26;
Que, en la Cláusula Primera del referido Contrato, se establece el objeto de la contratación;
Que la Cláusula Segunda, estipula la retribución que percibirá el contratado por el servicio que se obliga a cumplir y la forma de pago;
Que la Cláusula Tercera establece que la vigencia del mencionado Contrato será a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de partes y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11474202/26 luce comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($2.475.000,00);
Que en act. ACTPAS 1700941/26, la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, emite dictamen legal;
Que en act. NOTAMP 997785/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173586/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicio suscripto entre el Estado Provincia de San Luis representado por la señora C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540 en su carácter de SECRETARIA GENERAL DE GOBERNACIÓN, por una parte, y la señora CARLA YANINA GARRO, D.N.I. Nº 38.438.950, por la otra, obrante en act. DOCEXT 103445/26 del EXD-0-5271155/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Fte.Fto Inc. Pri. Parc. Importe
1 10 14 22 1-01 3 4 9 $2.475.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Actividades Oficiales, Asesoría Contable y Presupuestaria, ambas de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la interesada.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7014-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6020456/26, mediante el cual se tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal dependiente de Fiscalía de Estado; y.
CONSIDERANDO:
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia de los mencionados Contratos, según lo dispuesto por Decreto Nº 2555-SGG-2026;
Que es propósito prorrogar la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios detallados en nómina obrante en act. NOΤΑ 173018/26, a partir del 01 de julio hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar a partir del 01 de julio y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, de los siguientes agentes dependientes de Fiscalía de Estado:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DOCUMENTO |
|
ABDALA MARÍA EMILIA |
D.N.I. Nº 37.296.229 |
|
ALONSO NEGRE ANA MERCEDES |
D.N.I. Nº 30.312.982 |
|
BARRERA YAMILA ESTHER |
D.N.I. Nº 38.438.615 |
|
BARRERA YESICA NOEMİ |
D.Ν.Ι. Νº 34.877.091 |
|
BUSTOS SAMPERISI MARÍA FLORENCIA |
D.N.I. Nº 37.723.538 |
|
CAYOL LAURA |
D.Ν.Ι. Νº 24.155.593 |
|
CRUZ FLORENCIA SOLANGE |
D.N.I. Nº 33.809.293 |
|
FERNÁNDEZ NERINA LIS |
D.Ν.Ι. Νº 27.766.272 |
|
LUCERO MURUA EMILIANO OSCAR |
D.N.I. Nº 35.916.350 |
|
NEME ZARIF ALEJANDRO |
D.N.I. Nº 37.724.187 |
|
PEDERNERA EVA DEOLINDA |
D.N.I. Nº 26.529.108 |
|
URTEAGA SUÑER JUAN IGNACIO |
D.N.I. Nº 39.137.490 |
|
VILCHE MARÍA LAURA ROSA |
D.Ν.Ι. Νº 24.473.029 |
|
VILLEGAS SILVIA LILIANA |
D.Ν.Ι. Νº 26.115.586 |
Art.2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art.3º.- Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7015-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5261158/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1697045/26, obra nota de la Secretaría de Estado de Deporte, por la cual solicita un Aporte No Reintegrable por la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($33.300.000,00), que será destinado para afrontar la erogación del bono extraordinario para el mes de mayo del año 2026, para los empleados en relación de dependencia del Ente Deporte San Luis;
Que en act. PREV 11455956/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($33.300.000,00);
Que en act. ACTPAS 1699473/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en act. NOTAMP 994809/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del aporte con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 173147/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a favor del Ente Deporte San Luis, por la suma de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($33.300.000,00), que será destinado para afrontar la erogación del bono extraordinario para el mes de mayo del año 2026, para los empleados en relación de dependencia del mencionado Ente, con cargo de rendir cuenta documentada de la inversión del mismo ante Contaduría General de la Provincia.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 12 19 1-01 5 5 2 $33.300.000,00
Art. 4º.-Incluir en la Programación Financiera del mes en curso, la siguiente Partida Presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 12 19 1-01 5 5 2 $33.300.000,00
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Ente Deporte San Luis, Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación, la señora Secretaria de Estado de Deporte y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7016-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6020665/26; у,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1700249/26, obra nota de la Dirección Jóvenes Becarios, solicitando la prórroga de beneficiarios del Programa Jóvenes en Formación, por el periodo 1º de julio del año 2026 al 30 de septiembre del año 2026, conforme nómina adjunta en act. ACTPAS 1700317/26;
Que en act. PREV 11468207/26 se ha realizado la imputación preventiva del gasto por la suma total de pesos SETECIENTOS DOS MILLONES CIENTO OCHO MIL CON 00/100 ($702.108.000,00);
Que en act. ACTPAS 1701510/26, toma conocimiento del trámite la Secretaria General de la Gobernación;
Que en act. ACTPAS 1702606/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, sin formular objeciones al trámite realizado;
Que en act. NOTAMP 997800/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 1º de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, el beneficio establecido por el Programa Jóvenes en Formación de la Dirección Jóvenes Becarios, conforme nómina de beneficiarios adjunta en act. ACTPAS 1700317/26 del EXD-0-6020665/26.-
Art. 2º. Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 15 23 1-01 5 1 4 $702.108.000,00
Art. 3º. Hacer saber a: Dirección Jóvenes Becarios, Asesoría Contable y Presupuestaria ambos de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º. Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7017-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6020680/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1700252/26, la Dirección Jóvenes Becarios de la Secretaría General de la Gobernación, solicita autorización para tramitar prórroga según nómina que luce en act. ACTPAS 1700279/26, de Práctica Laboral Rentada, obrante en act. ACTPAS 1706743/26, desde el 01 de julio hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Que en act. PASGG 1702370/26, toma intervención, la Secretaría General de la Gobernación;
Que en act. PREV 11468196/26 se incorpora comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS UN MILLÓN TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($1.035.000,00);
Que en act. ACTPAS 1704553/26 se acompaña dictamen legal de la Asesoria Legal de la Secretaria General de la Gobernación;
Que en acts, NOTAMP 998272/26 y DICFIS 173652/26, han tomado intervención respectivamente Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar a partir del 01 de julio hasta el 30 de septiembre del año 2026, el Convenio de Práctica Laboral Rentada, obrante en act. ACTPAS 1706743/26 del EXD-0-6020680/26.-
Art. 2º. Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 10 15 23 1-01 5 1 4 $1.035.000.00
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Jóvenes Becarios y Asesoría Contable y Presupuestaria, ambas de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7018-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO
EL EXD-0-11261201/25; у,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 8755-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 20 de agosto del año 2024;
Que a través del Decreto Nº 2551-SGG-2026 se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 8755-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Deporte, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7019-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11271085/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 13967-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 27 de diciembre del año 2024;
Que a través del Decreto Nº 2669-SGG-2026 se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 13967-SGG-2024.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7020-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11271082/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 13515-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 07 de noviembre del año 2024;
Que a través del Decreto Nº 2552-SGG-2026 se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 13515-SGG-2024.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Intendencia de Edificios Públicos dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7021-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281002/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 3851-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora DIDIANA ROSA SALINAS GUEVARA, D.N.I. Nº 21.041.645, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2553-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 3851-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección Boletín Oficial y Judicial dependiente de la Secretaría de Estado Legal y Técnica, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7022-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-5280839/26; у,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100111204/26, obra nota de la Asesoría Contable y Presupuestaria dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, solicitando autorización para tramitar la prórroga del Convenio de Práctica Laboral Rentada, por el periodo 01 de julio hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Que es propósito prorrogar el Convenio de Práctica Laboral Rentada obrante en act. DOCEXT 102932/26;
Que en act. PREV 11460721/26, se ha realizado la imputación preventiva del gasto, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 25/100 ($933.758,25);
Que en act. ACTPAS 1700876/26, obra dictamen de la Asesoría Legal dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, sin formular objeciones al trámite realizado:
Que en act. NOTAMP 995807/26 y DICFIS 173557/26, se ha cumplido con las vistas de Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, respectivamente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar a partir del 01 de julio hasta el 30 de septiembre del año 2026, el Convenio de Practica Laboral Rentada, obrante en act. DOCEXT 102932/26.-
Art. 2º. Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Fte.Fto. Inc. Pri Parc. Importe
1 10 15 23 1-01 5 1 4 $933.758,25
Art. 3º.- Hacer saber a: Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaria General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7111-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010852/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 17811-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor LUCAS JOAQUIN CALDERON LEYTON, D.N.I. Nº 44.752.586, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2542-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 17811-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7112-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010849/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 16907-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora ALDANA VOTA, D.N.I. Nº 35.899.740, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2537-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 16907-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7113-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010851/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 16910-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora MYRIAN JUDITH JOFRE ADARO, D.N.I. Nº 28.491.560, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2549-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 16910-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7114-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281003/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 4518-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora MIRTA ELIA LUCERO, D.N.I. Nº 6.079.603, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2548-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 4518-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Seguridad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7115-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EL EXD-0-4210219/26; у,
CONSIDERANDO:
Que en act. DEC 24355/25 obra Decreto Nº 24355-SGG-2025, por el que se homologó el Contrato de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMIΝΑ ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor GUILLERMO DAVID ESCUDERO, D.N.I. Nº 27.718.191;
Que en act. DOCEXT 101740/26, obra nota de la Dirección de Intendencia La Pedrera, solicitando la prórroga del mencionado Contrato de Servicios;
Que en act. DOCEXT 103225/26, obra Acta Acuerdo de Prórroga de Contrato de Servicios mediante la cual las partes acuerdan prorrogar la vigencia del mencionado Contrato, desde el 01 de julio del año 2026 y hasta el 31 de diciembre del año 2026 y la retribución mensual, que percibirá el contratado por el servicio prestado;
Que en act, PREV 11428806/26, obra comprobante preventivo del gasto, con excepción duodecimal, por la suma de PESOS CIENTO VEINTISEIS MILLONES CON 00/100 ($126.000.000,00);
Que en act. ACTPAS 1693324/26, obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, sin formular objeciones al trámite;
Que en act. NOTAMP 994955/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 173267/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, y exceptuar de las disposiciones establecidas en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar a partir del 01 de julio y hasta el 31 de diciembre del año 2026, el Acta Acuerdo de Prórroga de Contrato de servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.Ι. Νº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor GUILLERMO DAVID ESCUDERO, D.N.Ι. Νº 27.718.191, por la otra, obrante en act. DOCEXT 103225/26 del EXD-0-4210219/26.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc Importe
1 10 12 19 1-01 3 3 9 $126.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Intendencia La Pedrera, Asesoría Contable y Presupuestaria, ambas dependientes de la Secretaria General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7116-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-3250414/26; у,
CONSIDERANDO:
Que en NOTA 173577/26, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la Dra. MARIA FABIANA ZARATE, D.N.I. Nº 18.570.077, en su carácter de FISCAL DE ESTADO, por una parte y la señora SANDRA CECILIA SIRUR FLORES, D.N.I. Nº 14.651.001, por la otra;
Que la Cláusula Primera establece el objeto de la contratación y la Cláusula Segunda establece la retribución mensual que percibirá y forma de pago;
Que la Cláusula Tercera establece la vigencia a partir de su homologación hasta el 31 de agosto del año 2026, pudiendo ser prorrogado previo acuerdo de partes y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11477852/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00);
Que en act. ACTPAS 1694338/26, obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaria General de la Gobernación;
Que en acts. NOTAMP 997116/26 y DICFIS 173535/26, se ha cumplido con las vistas de Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, respectivamente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la Dra. MARIA FABIANA ZARATE, D.N.I. N 18.570.077, en su carácter de FISCAL DE ESTADO, por una parte y la señora SANDRA CECILIA SIRUR FLORES, D.N.I. Nº 14.651.001, por la otra, obrante en NOTA 173577/26, del EXD-0-3250414/26.-
Art. 3º- Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 20 10 01 01 1-01 3 4 3 $4.500.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la interesada.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7117-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0-6031025/26; y,
CONSIDERANDO:
Que es propósito homologar el Contrato de Servicios, obrante en adjuntos de act. NOTA 173651/26; suscripto entre el Estado, representado por la Dra. MARIA FABIANA ZARATE, D.N.I. Nº 18.570.077, en su carácter de Fiscal de Estado, por una parte y el señor FLAVIO ANDRES AVILA, D.N.I. Nº 25.695.275, por la otra;
Que la Cláusula Primera del referido Contrato, establece el objeto de la contratación;
Que la Cláusula Segunda, estipula los honorarios que percibirá “EL PRESTADOR” y la forma de pago;
Que la Cláusula Tercera establece que la vigencia del mencionado Contrato será a partir del 01 de julio y hasta el 30 de septiembre del año 2026, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de partes y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11477838/26 luce comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($4.500.000,00);
Que en act. ACTPAS 1703216/26, la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, emite dictamen;
Que en act. NOTAMP 997107/26, interviene Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art.100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173553/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el ESTADO representado por la Dra. MARIA FABIANA ZARATE, D.N.I. Nº 18.570.077, en su carácter de Fiscal de Estado, por una parte y el señor FLAVIO ANDRES AVILA, D.N.I. Nº 25.695.275, por la otra, obrante en adjunto de act. NOTA 173651/26 del EXD-0-6031025/26.-
Art. 3º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac Fte.Fto. Inc. Pri. Par Importe
1 20 10 01 01 1-01 3 4 3 $4.500.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al interesado.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación, y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7118-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281004/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 12514-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora JESSICA NAHIR GARCIA, D.N.I. Nº 39.993.225, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2557-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 12514-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente. -
Art. 3º.-Hacer saber a: Secretaría de Estado de Deporte, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7119-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12021019/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 19539-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora RITA KARINA SOLEDAD GIORDANI, D.N.I. Nº 26.558.451, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2558-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 19539-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7120-SGG-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12021020/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 20285-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor FRANCO EXEQUIEL MERCAU, D.N.I. Nº 40.105.231, por la otra;
Que a través del Decreto Nº 2560-SGG-2026, se prorrogó a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 30 de junio del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.-Prorrogar, a partir del 01 de julio del año 2026 y hasta el 30 de septiembre del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 20285-SGG-2025.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Educación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 6639-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y.
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Coordinación Gobernador Dupuy, dependiente de la Subdirección de Coordinación Operativa y Logística de la Dirección Prevención Ciudadana perteneciente al Ministerio de Seguridad a la señora ESTRADA MARÍA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 22.074.951;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora ESTRADA MARÍA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 22.074.951, en el cargo de Jefe de Área Coordinación Gobernador Dupuy, dependiente de la Subdirección de Coordinación Operativa y Logística de la Dirección Prevención Ciudadana perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Prevención Ciudadana y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº ٦٦٤٠-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Coordinación Chacabuco, dependiente de la Subdirección de Coordinación Operativa y Logística de la Dirección Prevención Ciudadana perteneciente al Ministerio de Seguridad al señor EZIO FRANCO BALARI, D.N.I. Nº 23.910.803;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor EZIO FRANCO BALARI, D.N.I. Nº 23.910.803, en el cargo de Jefe de Área Coordinación Chacabuco, dependiente de la Subdirección de Coordinación Operativa y Logística de la Dirección Prevención Ciudadana perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Prevención Ciudadana y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº ٦٦٤١-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Coordinación Juan Martin de Pueyrredón, dependiente de la Subdirección de Coordinación Operativa y Logística de la Dirección Prevención Ciudadana perteneciente al Ministerio de Seguridad a la señora DANIELA NOEMÍ QUIROGA CUENCA, D.N.I. Nº 36.415.620:
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora DANIELA NOEMİ QUIROGA CUENCA, D.N.I. Nº 36.415.620, en el cargo de Jefe de Área Coordinación Juan Martin de Pueyrredón, dependiente de la Subdirección de Coordinación Operativa y Logística de la Dirección Prevención Ciudadana perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Prevención Ciudadana y a la interesada.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº ٦٦٤٢-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Coordinación Operativa y Logística dependiente de la Dirección Prevención Ciudadana del Ministerio de Seguridad a la señora DAIANA YANET CONDORI, D.N.I. Nº 34.148.424;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora DAIANA YANET CONDORI, D.N.I. Nº 34.148.424 en el cargo de Subdirectora Coordinación Operativa y Logistica dependiente de la Dirección Prevención Ciudadana del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduria General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Prevención Ciudadana y a la interesada.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6944-MS-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6010505/26 mediante el cual se tramita la reubicación de la señora AGUILERA, ANALIA YAMILE D.N.I. N° 27.396.904 en el Ministerio de Seguridad; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 993800/26 obra nota de la Asesora Contable y Presupuestaria, solicitando la reubicación de la señora AGUILERA, ANALIA YAMILE, D.N.I. N° 27.396.904, personal Planta Contratada, Categoría E de la Subdirección Unidad Provincial de Juzgamiento de Contravenciones en el Ministerio de Seguridad;
Que en act. DOCEXT 2090529/26 se adjunta situación de revista de la agente;
Que en act. INFORM 440357/26 se indica el costo de lo que insumirá el gasto y en act. INFORM 440362/26 la partida presupuestaria correspondiente;
Que en act. NOTAMP 995408/26, obra intervención de Contaduría General de la Provincia, sin objeciones que formular;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora AGUILERA, ANALIA YAMILE D.N.I. N° 27.396.904, personal Planta Contratada, Categoría E de la Subdirección Unidad Provincial de Juzgamiento de Contravenciones en la Asesoría Contable y Presupuestaria dependiente del Ministerio de Seguridad. -
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
MINISTERIO DE SEGURIDAD
INST. 1, JUR. 17, U.E. 10, F.F. 1-01, C.P. 01, A.C. 01, INC. 1
Art. 3º.- Hacer saber a Subdirección Unidad Provincial de Juzgamiento de Contravenciones y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 6963-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11120571/25, por el cual tramita el traslado definitivo de la docente MARINA GABRIELA GOMEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3647780/25 obra nota de solicitud de traslado definitivo, por integración de grupo familiar, de la docente MARINA GABRIELA GOMEZ, D.N.I. N° 23.798.667, de UN (1) cargo de Maestra Especial de Plástica, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 297 “Maestro Celestino Gómez”, de la ciudad de Lujan, titular, según Decreto N° 5826-ME-2020, a UN (1) cargo de Maestra Especial de Actividades Prácticas, Nivel de Educación Primaria, titular, en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, ambos establecimientos educativos del departamento Ayacucho, vacante por jubilación del docente JORGE OMAR MICHEL, según Decreto N° 4631-MHIP-2026, (act. DOCEXT 3728327/26);
Que en acts DOCEXT 3647780/25 y DOCEXT 3818710/26, obra copia de D.N.I., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante, declaración jurada de familiares a cargo, Decreto de titularización N° 5826-ME-2020 y conceptos profesionales docentes 2022, 2023, 2024 y 2025;
Que en acts. DOCEXT 3787970/26 y 3818710/26, obra Acta Nº 01-JCD-AE-SL-2026 y Resolución Nº 01-JCD-AE-SL-2026, por la cual la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de traslado;
Que en act. INFSUM 179666/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1695093/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Hacer lugar al traslado definitivo, por integración de grupo familiar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARINA GABRIELA GOMEZ, D.N.I. N° 23.798.667, de UN (1) cargo de Maestra Especial de Plástica, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 297 “Maestro Celestino Gómez”, de la ciudad de Lujan, titular, según Decreto N° 5826-ME-2020, a UN (1) cargo de Maestra Especial de Actividades Prácticas, Nivel de Educación Primaria, titular, en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, ambos establecimientos educativos del departamento Ayacucho, vacante por jubilación del docente JORGE OMAR MICHEL, según Decreto N° 4631-MHIP-2026.-
Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio a los establecimientos educativos correspondientes.-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6964-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5131158/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3813082/26 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora ROMINA GISELLE TORRES CHIRINO, D.N.I. N° 32.012.904, con el objeto de prestar servicios en la Subdirección Educación Primaria dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, cumpliendo tareas como Asistente Técnico Pedagógico, participación en la Comisión de Feria de Ciencias, colaboración, evaluación y seguimiento de proyectos educativos y generación de estrategias pedagógicas para abordar dificultades de aprendizaje en los estudiantes, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia establece la retribución que percibirá la prestadora de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11450476/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 994051/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 995632/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en acts. DICFIS 173272/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Exceptuar de las disposiciones del inc. b) del Art. 106 del Decreto N° 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto N° 784-MHP-2009.-
Art. 3°.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora ROMINA GISELLE TORRES CHIRINO D.N.I. N° 32.012.904, a los fines de prestar servicio durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026, para desempeñarse en el ámbito de la Subdirección Educación Primaria dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3813082/26.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $2.677.500,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6965-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5071370/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente YAMILA BELEN BARTOLUCCI, D.N.I. Nº 40.121.218, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3782164/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 11203-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas - I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3785874/26;
Que en act. INFSUM 180445/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3800319/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3800293/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente YAMILA BELEN BARTOLUCCI, D.N.I. Nº 40.121.218, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6966-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6010380/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3819056/26 obra Acta Compromiso celebrada entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la Municipalidad de Lujan, C.U.I.T. Nº 30-67338405-2, representada por el intendente municipal, señor MARIO OSVALDO ROMERO, D.N.I. N° 28.289.014;
Que en la misma se fijan las pautas para la elaboración de un proyecto y su posterior ejecución de obras en las Escuela N° 52 “Submarino A.R.A. San Luis”, Escuela N° 297 “Celestino Gómez”, Escuela Técnica N° 30 “Fragata Presidente Sarmiento”, Escuela N° 315 “Maestro Gilberto Amieva Paiva”, todos los establecimientos educativos de la ciudad de Lujan, departamento Ayacucho;
Que se considera oportuno y necesario ejecutar las obras mediante gestión municipal, modalidad prevista en la legislación vigente;
Que la cláusula segunda del Acta Compromiso establece el monto total para el proyecto y ejecución de las mismas, el cual asciende a la suma de PESOS OCHO MILLONES CON 00/100 ($8.000.000,00);
Que estará a cargo del Ministerio de Educación a través de la Dirección de Infraestructura Escolar, la constatación de los trabajos que se ejecuten a los fines del cumplimiento del Acta Compromiso;
Que se establece un plazo de ejecución de la obra de TREINTA (30) días corridos a partir de la entrega del anticipo;
Que en act. PREV 11469306/26 obra la imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 995073/26 toma intervención la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 995295/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 996664/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Acta Compromiso suscripta con sustento en los Arts. 8°, 10 inc. a) apartado 4 y Art. 12 apartado II, inciso f) de la Ley N° VIII-0257-2004;
Que en act. DICFIS 173459/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 8°, 10 inc. a) apartado 4 y Art. 12 apartado II, inc. f) de la Ley N° VIII-0257-2004 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Acta Compromiso celebrada entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la Municipalidad de Lujan, C.U.I.T. Nº 30-67338405-2, representada por el intendente municipal, señor MARIO OSVALDO ROMERO, D.N.I. N° 28.289.014, obrante en act. 3819056/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 13 22 01 1-01 4 2 2 $8.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Infraestructura Escolar y, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6967-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4241248/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3770564/26 obra copia del Decreto Nº 23582-MHIP-2025, mediante el cual se le acepta la renuncia por jubilación a la docente ANGELA ELIZABETH ROJO, D.N.I. Nº 18.524.116, en UN (1) cargo de Directora carácter titular, en la Escuela N° 317 “Eleodoro Francisco Vila” del paraje Santa Martina, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3793239/26 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V - sede San Luis y Acta N° 245 de toma de posesión, con fecha 19 de mayo de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Director de 3ra. categoría con Grado a cargo, Nivel de Educación Inicial y Primaria, por compulsa de antecedentes, con carácter interino, al docente LINO RAMON QUIROGA, D.N.I. Nº 20.287.211 quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3793239/26 obra nota por la cual el docente LINO RAMON QUIROGA, D.N.I. Nº 20.287.211, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto N° 1515-ME-2020 en la Escuela N° 317 “Eleodoro Francisco Vila” del paraje Santa Martina, departamento Chacabuco, Región Educativa IV;
Que en act. INFSUM 180619/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 440618/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 440844/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 997183/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 440844/26;
Que en act. PASEDU 3817429/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hizo efectiva el 19 de mayo de 2026;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2.1 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2.1 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004.-
Art. 2º.- Designar, a partir del 19 de mayo de 2026, al docente LINO RAMON QUIROGA, D.N.I. Nº 20.287.211, en UN (1) cargo de Director de 3ra. categoría con Grado a cargo, Nivel de Educación Inicial y Primaria, por compulsa de antecedentes, con carácter interino, en la Escuela N° 317 “Eleodoro Francisco Vila” del paraje Santa Martina, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 3º.- Otorgar, partir del 19 de mayo de 2026, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, al docente LINO RAMON QUIROGA, D.N.I. Nº 20.287.211, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, carácter titular, según Decreto N° 1515-ME-2020 en la Escuela N° 317 “Eleodoro Francisco Vila” del paraje Santa Martina, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Rural y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6968-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4171079/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente KARINA YAMILE LAGOS, D.N.I. Nº 37.599.625, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 227 “Coronel Pringles”, de la localidad de Río Grande, departamento Coronel Pringles;
Que en act. DOCEXT 3765280/26 obra copia de Decreto de designación Nº 10077-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3793250/26;
Que en act. INFSUM 180431/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3798374/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3798375/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente KARINA YAMILE LAGOS, D.N.I. Nº 37.599.625, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 227 “Coronel Pringles”, de la localidad de Río Grande, departamento Coronel Pringles.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6969-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10300214/25, y;
CONSIDERANDO:
Que corresponde analizar la solicitud de reubicación propuesta por el personal docente del Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, por implementación de las estructuras curriculares aprobadas por Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 5739-ME-2022 (act. DOCEXT 3642766/25), para el Ciclo Básico y Ciclo Orientado del Nivel de Educación Secundaria, de manera progresiva;
Que por Decreto N° 19573-ME-2025 (act. DOCEXT 3642766/25), se modificó la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) del citado establecimiento educativo, en virtud de la implementación de la estructura curricular aprobada por Decreto N° 4930-ME-2021;
Que en act. DOCEXT 3642769/25 - (adjuntos), obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;
Que en act. INFORM 431917/26 la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 431973/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 957504/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 431973/26;
Que en act. DOCEXT 3744840/26 obra Resolución Rectificada N° 042-JCD II-y-III-2020, por la cual Junta de Clasificación Docente de las regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. ACTPAS 1673094/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar definitivamente al personal docente del Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:
CAROLINA DELICIA ROJAS, D.N.I. Nº 29.943.591, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Matemática, en 6to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, según Decreto N° 123-MHIP-2024.
A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra interinas de Matemática, en 6to. año 1ra. división, Orientación Comunicación y UNA (1) hora cátedra interina de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.
ROSANA PAULA ORTIZ, D.N.I. N° 24.526.245, docente de CUATRO (4) horas cátedra titulares de Matemática, en 5to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, según Decreto N° 7990-ME-2021.
A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra titulares de Matemática, en 5to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2024: en DOS (2) horas cátedra (1 hs. titular y 1 hs. interina de incremento) de Educación Tecnológica, en 6to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria.
MARIA VERONICA BUSTOS, D.N.I. N° 23.637.807, docente de TRES (3) horas cátedra titulares de Lenguas Extranjeras, en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua Extranjera, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, SEIS (6) horas cátedra titulares de Lenguas Extranjeras (3 hs. en 4to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división), Orientación Ciencias Sociales, según Decreto N° 552-ME-2022 y TRES (3) horas cátedra titulares de Lenguas Extranjeras, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, según Decreto N° 6294-ME-2020.
A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera - Inglés, en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera - Inglés, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera - Inglés, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera - Inglés, en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra titulares de Lengua y Cultura Extranjera - Inglés en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria.
SOFIA MARIA CAROLINA AGUILAR BRUNKHORST, D.N.I. N° 31.479.578, docente de CINCO (5) horas cátedra titulares de Ciencias de la Tierra y Astronomía, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, según Decreto N° 16544-ME-2025.
A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra titulares de Ciencias de la Tierra, en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.
NANCY EDITH AVACA, D.N.I. N° 20.138.752, docente de CUATRO (4) horas cátedra titulares de Física-Química I, en 4to. año 2da. división, según Decreto N° 17624-ME-2025.
A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra titulares de Química, en 6to. año 1ra. división, Orientación Comunicación y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.
GISELA ESTAFANIA CALVO, D.N.I. N° 32.924.928, docente de TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Tecnológica, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, según Decreto N° 4260-ME-2022 y UNA (1) hora cátedra interina de Educación Tecnológica, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, según Decreto N° 5340-ME-2020.
A partir del ciclo lectivo 2024: en CUATRO (4) horas. cátedra (3 hs. titulares y 1 hs. interina) de Educación Tecnológica, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria.
MARIA GABRIELA RAMONA ESCOBEDO, D.N.I. N° 25.136.987, docente de CINCO (5) horas cátedra interinas de Ciencias de la Tierra y Astronomía, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, según Decreto N° 7228-ME-2019.
A partir del ciclo lectivo 2022: en: TRES (3) horas cátedra interinas de Ciencias de la Tierra, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas. cátedra (2 hs. interinas y 1 hs. interina de incremento), de Biología, en 3er. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria.
SILVINA MOIRA MELLANO, D.N.I. N° 23.637.805, docente de CUATRO (4) horas cátedra interinas de Biología I, en 4to. año 3ra. división, según Decreto N° 4330-MHP-2011 y TRES (3) horas cátedra interinas de Biología, en 4to. año 2da. división, según Decreto N° 6839-MHyOP-2014.
A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra interinas Biología, en 4to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales. CUATRO (4) horas cátedra interinas de Biología, en 4to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria.
MARIA LUCIA MILAN, D.N.I. N° 18.095.049, docente de DOS (2) horas cátedra de Educación Artística - perfil Plástica, en 1er. año 3ra. división, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Educación Artística - perfil Plástica, en 2do. año 3ra. división, según Decreto N° 3272-MHyOP-2012.
A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Artística, en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2023: en TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Artística, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria.
LUCAS ANDRES RAVERA, D.N.I. N° 37.716.514, docente de OCHO (8) horas cátedra titulares de Historia (4 hs. en 5to. año 1ra. división y 4 hs. en 5to. año 2da. división), Orientación Ciencias Naturales, según Decreto N° 18091-ME-2025.
A partir del ciclo lectivo 2024: en OCHO (8) horas cátedra titulares de Historia (4 hs. en 6to. año 1ra. división y 4 hs. en 6to. año 2da. división), Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria.
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente: DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Secundaria y, por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6970-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3260273/26, por el cual se tramita reubicación definitiva de la docente MIRIAM MERCEDES CORDOBA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3741103/26, obra nota de solicitud de reubicación definitiva de la docente MIRIAM MERCEDES CORDOBA, D.N.I. Nº 22.140.637, de DOS (2) horas cátedra interinas de Formación Ética y Ciudadana, en 3er. año 1ra. división, según Decreto N° 10908-MHP-2022, en la Escuela N° 23 “Umberto Rodríguez Saá”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a TRES (3) horas cátedra interinas de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. interinas y 1 hs. interina de incremento) en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 2587-ME-2022;
Que en acts. DOCEXT 3741103/26 y 3767866/26, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del solicitante y copia del Decreto de designación N° 10908-MHP-2022;
Que en act. DOCEXT 3755775/26, obra Resolución Nº 183-JCD-SL-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente de las Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 180342/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 439490/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 439503/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 991565/26, interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 439503/26;
Que en act. ACTPAS 1699606/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Reubicar definitivamente de la docente MIRIAM MERCEDES CORDOBA, D.N.I. Nº 22.140.637, de DOS (2) horas cátedra interinas de Formación Ética y Ciudadana, en 3er. año 1ra. división, según Decreto N° 10908-MHP-2022, en la Escuela N° 23 “Umberto Rodríguez Saá”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a TRES (3) horas cátedra interinas de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. interinas y 1 hs. interina de incremento) en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 2587-ME-2022.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 3°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Obligatoria y por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6971-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4161289/26, por el cual se eleva aceptación de renuncia y propuesta de titularización de la docente NORMA EDITH LEDESMA, D.N.I. Nº 24.199.936, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela N° 82 “General Las Heras”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3762016/26 obra copia de Decreto de designación Nº 9187-ME-2023, de la docente mencionada;
Que en act. DOCEXT 3777213/26 obra nota de renuncia al cargo de Maestra de Grado, carácter titular, según Decreto Nº 3600-MHP-2007, trasladada por Decreto Nº 7977-ME-2019, en la Escuela N° 82 “General Las Heras”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3779374/26;
Que en act. INFSUM 180435/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decretos Nros. 3392-ME-2011 y 4218-ME-2021;
Que en act. PASEDU 3798370/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3798371/26 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la docente NORMA EDITH LEDESMA, D.N.I. Nº 24.199.936, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 82 “General Las Heras”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente NORMA EDITH LEDESMA, D.N.I. Nº 24.199.936, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 82 “General Las Heras”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6972-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5270368/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3800383/26 obra nota mediante la cual la Promoción 2026 BAUCARIOS, del Instituto Privado Aleluya de la ciudad de San Luis, solicita colaboración para afrontar los gastos de alquiler de las gradas para el evento del Fogón de San Pedro y San Pablo que se llevará a cabo el 30 de junio de 2026 en el predio del Ejército Argentino ubicado en la calle Carlos Pellegrini;
Que en act. DOCEXT 3807280/26 obra presupuesto de la Empresa SHOW SERVICE LATAM S.A.S;
Que en act. PREV 11470274/26 obra comprobante de imputación preventiva, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 995756/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 996304/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento de subsidio, con cargo a rendir cuenta documentada de la aplicación del mismo, conforme a lo solicitado y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004, exceptuando el presente caso de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295- MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 173453/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un subsidio, con cargo a rendir cuenta documentada de su aplicación ante Contaduría General de la Provincia, a favor de la Asociación Cultural Aleluya, C.U.I.T. N° 30-58134146-2, que gestiona el Instituto Privado Aleluya, por la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($3.118.200.00) para afrontar los gastos del servicio de montaje de gradas para el evento del Fogón de San Pedro y San Pablo, organizado por la Promoción 2026 BAUCARIOS.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente.-
Ins Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 18 27 02 1-01 5 1 5 $3.118.200,00
Art. 4°.- Notificar a fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Escuelas Privadas y, por su intermedio, al Instituto Privado Aleluya.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Contaduría General de Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6973-ME-2026.-
San Luis, 24 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5261323/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3819060/26 obran los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, las señoras ARACELI TERESITA AVILA PASQUINI, D.N.I. N° 32.039.187, MARIANA BERTIN CORVERA, D.N.I. N° 30.754.722, IVANA CAROLINA GATICA, D.N.I. N° 37.132.314, GUADALUPE PILAR MUSARELLA, D.N.I. N° 45.317.630 y SILVINA GRACIELA VILLEGAS, D.N.I. N° 26.213.162 y los señores AXEL GABRIEL AGÜERO, D.N.I. N° 45.802.856, PABLO AUGUSTO MIRANDA MOYANO D.N.I. N° 39.091.256 y JUAN MANUEL ROJO D.N.I. N° 21.394.353, a los fines de cumplir tareas de Coordinación Referentes y Responsables de Línea en el marco del Proyecto de Alfabetización Inicial y Primaria de la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026;
Que la cláusula segunda del Contrato de Servicios de referencia establece la retribución mensual que percibirán los prestadores de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11465938/26 obra imputación preventiva del gasto;
Que en act. NOTAMP 996125/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 996630/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos, encuadrando el presente caso en inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuando del Art. 106 del Decreto N° 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009, a la señora SILVINA GRACIELA VILLEGAS, D.N.I. Nº 26.213.162;
Que en act. DICFIS 173503/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Exceptuar de las disposiciones del Art. 106 del Decreto N° 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009, a la señora SILVINA GRACIELA VILLEGAS, D.N.I. Nº 26.213.162.-
Art. 3º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, las señoras ARACELI TERESITA AVILA PASQUINI, D.N.I. N° 32.039.187, MARIANA BERTIN CORVERA, D.N.I. N° 30.754.722, IVANA CAROLINA GATICA, D.N.I. N° 37.132.314, GUADALUPE PILAR MUSARELLA, D.N.I. N° 45.317.630, y SILVINA GRACIELA VILLEGAS, D.N.I. N° 26.213.162 y los señores AXEL GABRIEL AGÜERO, D.N.I. N° 45.802.856, PABLO AUGUSTO MIRANDA MOYANO D.N.I. N° 39.091.256 y JUAN MANUEL ROJO D.N.I. N° 21.394.353, a los fines de prestar servicios conforme a lo especificado en la cláusula primera de los contratos de referencia, en la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2026, obrantes en act. DOCEXT 3819060/26.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 14 11 19 4-16 3 4 9 $12.000.000,00
1 14 11 19 4-19 3 4 9 $12.000.000,00
1 14 15 24 1-01 3 4 9 $1.200.000,00
Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Innovación y Planeamiento y, por su intermedio, notificar a los interesados.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 7041-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200088/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora SALDAÑA MARIA EUGENIA, D.N.I. Nº 36.191.741, en representación de su hija, la beneficiaria PEREIRA SALDAÑA AMBAR ABRIL, D.N.I. Nº 56.991.223, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3763779/26, DOCEXT 1550231/26 y DOCEXT 3781761/26, surge que la señora SALDAÑA MARIA EUGENIA, D.N.I. Nº 36.191.741, en representación de su hija, la beneficiaria PEREIRA SALDAÑA AMBAR ABRIL, D.N.I. Nº 56.991.223, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11403141/26, obra Solicitud de Gastos Nº 4009/2026;
Que, en act. ACTPRO 11411507/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11412831/26, LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11412835/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11412838/26;
Que, en act. INFSEC 11412839/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 3493/2026, obrante en act. PROSEC 11412829/26;
Que, en act. PRESEC 11425904/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($950.000,00);
Que, en acts. PREV 11402997/26 y PREV 11427088/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 943474/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 988952/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 172275/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3763779/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($950.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11412835/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11425904/26 del EXD-0000-4200088/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora SALDAÑA MARIA EUGENIA, D.N.I. Nº 36.191.741, en representación de su hija, la beneficiaria PEREIRA SALDAÑA AMBAR ABRIL, D.N.I. Nº 56.991.223, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11425904/26.-
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $950.000,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-
Art. 8º.-Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7042-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5081214/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria ARIAS SERRANO SOFIA ABIGAIL MICAELA, D.N.I. Nº 48.333.720, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1554353/26 y DOCEXT 3786377/26, surge que la beneficiaria ARIAS SERRANO SOFIA ABIGAIL MICAELA, D.N.I. Nº 48.333.720, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento oncológico;
Que, en act. DOCEXT 3802518/26, obra llamado a cotización de las diferentes empresas del medio;
Que, en act. DOCEXT 3802523/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON C.U.I.T.: 30-57459695-1, SANATORIO ALLENDE S.A. C.U.I.T.: 30-54587142-0, en act. DOCEXT 3802528/26;
Que, en acts. DOCEXT 3802537/26 y DOCEXT 3802538/26, obra razonabilidad de precios y justificación de presupuesto;
Que, en act. DOCEXT 3802565/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, los ítems 1 y 2, por un monto total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100 ($3.269.862,00);
Que, en acts. PREV 11431522/26 yPREV 11462083/26, obra imputación preventiva del gasto con sus ajustes correspondientes;
Que, en act. ENCAPS 947436/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 947697/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 996421/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 173450/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, los ítems 1 y 2, por un monto total TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100 ($3.269.862,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3802523/26 e informe de preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3802565/26 del EXD-0000-5081214/26.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria ARIAS SERRANO SOFIA ABIGAIL MICAELA, D.N.I. Nº 48.333.720, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3802565/26.-
Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.269.862,00
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a la firma.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7043-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2241283/26, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis tramita la renovación el Contrato de Servicios del señor SOSA JUAN IGNACIO D.N.I. Nº 42.207.892, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1561646/26, obra la renovación del contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Sra. Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor SOSA JUAN IGNACIO, D.N.I. Nº 42.207.892, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como enfermero en el Hospital del Norte dependiente de la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis, debido cumplir una carga horaria mensual de 192 horas, a partir del 1 de abril por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11339263/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 932815/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 975699/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170237/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 13861-MHIP-2024.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor SOSA JUAN IGNACIO D.N.I. Nº 42.207.892, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de enfermero en la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis y/o en los Organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1561646/26 del EXD-0000-2241283/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $6.930.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7044-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5060577/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria NUEBO MALVINA INES, D.N.I. Nº 20.340.122, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3779998/26 y DOCEXT 1563437/26, surge que la beneficiaria NUEBO MALVINA INES, D.N.I. Nº 20.340.122, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en acts DOCEXT 378000/26 y DOCEXT 3780001/26, obra constancia y justificación de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento, a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11461213/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5073/2026;
Que, en act. ACTPRO 11466041/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11467138/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11467139/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11467140/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11467141/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11467142/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. 30-70909819-1, en act. COTZAC 11467144/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11467145/26, POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, en act. COTZAC 11467146/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11467147/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11467148/26 y GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11467150/26;
Que, en act. INFSEC 11467151/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 4488/2026, obrante en act. PROSEC 11467137/26;
Que, en act. PRESEC 11470205/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 3, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($230.850,00), GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($1.656.000,00), NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 4, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL VEINTE CON 00/100 ($688.020,00), NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, el ítem 5, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($275.052,00) y PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 2, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 12/100 ($1.494.747,12);
Que, en acts. PREV 11459395/26 y PREV 11470272/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 948541/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 997221/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 173555/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3779998/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 3, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($230.850,00), GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($1.656.000,00), NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 4, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL VEINTE CON 00/100 ($688.020,00), NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30- 70909819-1, el ítem 5, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($275.052,00) y PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 2, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 12/100 ($1.494.747,12), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11467142/26, COTZAC 11467150/26, COTZAC 11467141/26, COTZAC 11467141/26, COTZAC 11467144/26, COTZAC 11467139/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11470205/26 del EXD-0000-5060577/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria NUEBO MALVINA INES, D.N.I. Nº 20.340.122, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11470205/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.344.669,12
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7045-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5080402/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita compra de medicamentos de alto costo a favor de beneficiarios de dicha Subdirección, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3782644/26, DOCEXT 1553787/26, DOCEXT 3782652/26, DOCEXT 3782654/26, DOCEXT 3782680/26, DOCEXT 3782688/26, DOCEXT 1553820/26, DOCEXT 3782696/26, DOCEXT 3782708/26, DOCEXT 3782715/26, DOCEXT 1553827/26, DOCEXT 3782720/26, DOCEXT 3782729/26 y DOCEXT 1554365/26, surge que los beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria, reúnen los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para distintas patologías;
Que, en act. SOLSEC 11428035/26, obra solicitud de Gastos Nº 4509/2026;
Que, en act. ACTPRO 11433318/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11434586/26, HIGIA S.A.S., C.U.I.T.: 33-71747948- 9, en act. COTZAC 11434587/26 y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11434588/26;
Que, en act. INFSEC 11434591/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 3951/2025, obrante en act. PROSEC 11434585/26;
Que, en act. PRESEC 11442462/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 46/100 ($769.214,46) y HIGIA S.A.S., C.U.I.T.: 33-71747948-9, los ítems 2 y 3, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TRECE CON 25/100 ($358.613,25);
Que, en acts. PREV 11427273/26 y PREV 11442973/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 945092/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 991945/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 172737/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3783915/26.-
Art.3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33- 69541513-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 46/100 ($769.214,46) y HIGIA S.A.S., C.U.I.T.: 33-71747948-9, los ítems 2 y 3, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS TRECE CON 25/100 ($358.613,25), de acuerdo a las propuestas COTZAC 11434586/26, COTZAC 11434587/26 y preadjudicación obrante en act. PRESEC 11442462/26 del EXD-0000-5080402/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de los beneficiarios más adelante descriptos, la provisión de medicamentos detallados en act. PRESEC 11442462/26.-
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. Nº |
|
BRIZZIO MARIA ALEJANDRA |
20.499.751 |
|
QUEVEDO GUSTAVO FABIAN |
20.414.798 |
|
VARAS JORGE LUIS |
16.447.394 |
|
HERRERA GABRIELA VERONICA |
24.719.046 |
|
CARRANZA JORGE ABEL |
17.518.611 |
|
NIEVAS INOCENCIO ELOY |
16.391.131 |
|
SUAREZ MARIELA BEATRIZ |
40.937.627 |
|
RIDIERO ROSANA ELDA |
22.699.610 |
|
HERRERA VANESA NOEMI |
31.518.428 |
|
LOPEZ DOMINGO SALVADOR |
17.121.941 |
|
MIRANDA ANALIA ROXANA |
28.389.982 |
|
ALBAREZ ROSALIA ESTER |
24.299.686 |
Art. 5º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.127.827,71
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a los beneficiarios y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7046-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6100491/26, por el cual la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. HOJAME 949130/26, la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) solicita un aporte no reintegrable con el objeto de cancelar obligaciones devengadas y vencidas, afrontar los compromisos financieros del corriente ejercicio y garantizar la continuidad de las prestaciones de salud a sus afiliados;
Que, en act. ENCAPS 949616/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y Recursos Humanos;
Que, en act. PREV 11481636/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. PTPREC 57861/26, obra Planilla de Solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios;
Que, en act. INFORM 441379/26, ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025;
Que, en act. DICLEG 950532/26, obra dictamen de la Asesoría Legal;
Que, en act. NOTAMP 999950/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el otorgamiento del aporte no reintegrable tramitado y la modificación presupuestaria propuesta;
Que, en act. DICFIS 173922/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025, Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el recurso que a continuación se detalla:
Crear:
2- Recursos Organismos Descentralizados 1- Recursos Propios
1- Recursos Corrientes
3- Recursos DOSEP
10- Aporte de la Administración Central $8.500.000.000,00
Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
3 13 01 16 2-01 5 1 $8.500.000.000,00
Art. 4º.- Otorgar a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) un aporte no reintegrable, por la suma total de PESOS OCHO MIL QUINIENTOS MILLONES CON 00/100 ($8.500.000.000,00).-
Art. 5º. - Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 01 00 00 01 1 01 00 5 7 4 000 $8.500.000.000,00
Art. 6º.- Incluir en la Programación Financiera del mes en curso las siguientes partidas presupuestarias:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 01 00 00 01 1 01 00 5 7 4 000 $8.500.000.000,00
3 13 00 01 16 00 00 00 2 01 00 5 1 4 000 $8.500.000.000,00
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Pasar las actuaciones a la Dirección General de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP), a sus efectos.-
Art. 9º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7047-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210908/26, por el cual la Dirección Recursos Humanos tramita la homologación del Contrato de Prestación de Servicios, de la señora ORELLANA ACUÑA ANA LAURA, D.N.I. Nº 39.996.352, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3790007/26, obra Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ANA LAURA ORELLANA ACUÑA, D.N.I. Nº 39.996.352, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Médica en el Hospital de La Toma, Zona Sanitaria II, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias y/o en los organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, a partir de la fecha de homologación por parte del Poder Ejecutivo Provincial y hasta el 30 de junio de 2026, renovable por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, la cláusula segunda del aludido contrato, establece que el contratado percibirá por todo concepto una remuneración equivalente al Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. ACTPAS 1682069/26, la Dirección Recursos Humanos informa que la mencionada contratación resulta de la vacante aprobada por Decreto Nº 11624-MdeS-2025;
Que, en acts. INFORM 437815/26 e INFORM 437823/26, ha tomado la intervención de su competencia la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando el costo presupuestario y la disponibilidad del crédito para hacer frente al gasto y Contaduría General de la Provincia en act. NOTAMP 982248/26, presta conformidad a la partida presupuestaria indicada para afrontar la presente erogación;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificados por ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte, y la señora ANA LAURA ORELLANA ACUÑA, D.N.I. Nº 39.996.352, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Médica en el Hospital de La Toma, Zona Sanitaria II, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias y/o en los organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3790007/26 del EXD-0000-4210908/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
DIRECCIÓN DE ZONAS SANITARIAS:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc
1 13 27 1-01 43 1
Art. 4º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección Zonas Sanitarias, Zona Sanitaria II y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7048-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5270411/26, por el cual el Hospital de Concarán dependiente de Zona Sanitaria III de la Dirección de Zonas Sanitarias, eleva renuncia del Contrato de Prestación de Servicios de la señora ESCODA AGÜERO MARTA LILIANA, D.N.I. Nº 24.028.251, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 9034-MdeS-2024, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora ESCODA AGÜERO MARTA LILIANA, D.N.I. Nº 24.028.251, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1565110/26, obra nota de renuncia presentada por la señora ESCODA AGÜERO MARTA LILIANA, D.N.I. Nº 24.028.251, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 440124/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspenderá la liquidación de haberes a partir del 01 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora ESCODA AGÜERO MARTA LILIANA, D.N.I. Nº 24.028.251, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 9034-MdeS-2024, a partir del 01 de junio de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección de Zonas Sanitarias y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 7049-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11270947/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento, a favor de la señora GUIÑAZU GIMENA JANET, D.N.I. Nº 37.296.651, en representación de su hija, la beneficiaria ALOZEN GUIÑAZU YULIANA, D.N.I. Nº 55.416.946, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3660210/25 y DOCEXT 3678955/25, surge que la señora GUIÑAZU GIMENA JANET, D.N.I. Nº 37.296.651, en representación de su hija, la beneficiaria ALOZEN GUIÑAZU YULIANA, D.N.I. Nº 55.416.946, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento hormonal;
Que, en act. SOLSEC 11280018/26, obra Solicitud de Gasto Nº 1042/2026;
Que, en act. ACTPRO 11284198/26, obra las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11284775/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11284776/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11284778/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11284780/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11284781/26, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11284782/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11284784/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11284786/26 y DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11284787/26;
Que, en act. DOCEXT 1571372/26, obra mantenimiento de oferta de la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6;
Que, en act. INFSEC 11284789/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 737/2026, obrante en act. PROSEC 11284773/26;
Que, en act. PRESEC 11293901/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 00/100 ($1.899.769,00);
Que, en acts. PREV 11266742/26, PREV 11471261/26 y PREV 11294143/26, obra imputación preventiva del gasto con sus ajustes correspondientes;
Que, en act. DICLEG 926096/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 971678/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169515/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la ley Nº VIII-0256-2004, modificada por ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el tramite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones para la provisión de medicamento solicitado en act. DOCEXT 3660210/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 00/100 ($1.899.769,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11284775/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1571372/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11293901/26 del EXD-0000-11270947/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora GUIÑAZU GIMENA JANET, D.N.I. Nº 37.296.651, en representación de su hija, la beneficiaria ALOZEN GUIÑAZU YULIANA, D.N.I. Nº 55.416.946, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11293901/26.-
Art. 5º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.899.769,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7050-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5051359/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor del beneficiario SALINAS MARCELO ROBERTO, D.N.I. Nº 21.688.478, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3779356/26 y DOCEXT 1563436/26, surge que el beneficiario SALINAS MARCELO ROBERTO, D.N.I. Nº 21.688.478, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3779358/26, obra constancia y justificación de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento, a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11458835/26, obra Solicitud de Gastos Nº 5041/2026;
Que, en act. ACTPRO 11465996/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11466954/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11466958/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11466959/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11466960/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11466961/26;
Que, en act. INFSEC 11466962/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 4489/2026, obrante en act. PROSEC 11466953/26;
Que, en act. PRESEC 11471487/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 00/100 ($544.768,00), NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 2, por la suma total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($587.840,00) y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, el ítem 3, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($209.880,00);
Que, en acts. PREV 11458569/26 y PREV 11471504/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 948563/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 997246/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 173558/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3779356/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 00/100 ($544.768,00), NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 2, por la suma total de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($587.840,00) y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, el ítem 3, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($209.880,00), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11466961/26, COTZAC 11466960/26, COTZAC 11466959/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11471487/26 del EXD-0000-5051359/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario SALINAS MARCELO ROBERTO, D.N.I. Nº 21.688.478, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11471487/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.342.488,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7051-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4141041/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona el pago a favor de la firma PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T: 30-70894816-7, en concepto de medicamentos entregados a beneficiarios de dicha Subdirección, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1538851/26, obra Factura B Nº 0002-00039542, por la suma de PESOS DOCE MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($12.161.460,00), presentada por la firma PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T: 30-70894816-7;
Que, en act. DOCEXT 1538857/26, obra recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto de los medicamentos entregados por la firma PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T: 30-70894816-7;
Que, en act. ENCAPS 937710/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11381767/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 938015/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 979953/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171086/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reconocer el pago a favor de la firma PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T: 30-70894816-7, por la suma de PESOS DOCE MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($12.161.460,00), según Factura B Nº 0002-00039542, obrante en act. DOCEXT 1538851/26, del EXD-0000-4141041/26, en concepto de medicamentos entregados a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria.-
Art. 2º.-Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $12.161.460,00
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7052-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1140196/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria PEREYRA RITA ROMINA, D.N.I. Nº 34.970.151, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1492671/26 y DOCEXT 1537928/26, surge que la beneficiaria PEREYRA RITA ROMINA, D.N.I. Nº 34.970.151, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento reumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11390794/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3809/2026;
Que, en act. ACTPRO 11394227/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11394643/26, GLOBAL MEDICAL S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9 en act. COTZAC 11394645/26 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11394648/26;
Que, en act. INFSEC 11394650/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 3090/2026, obrante en act. PROSEC 11394642/26;
Que, en act. PRESEC 11398468/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($1.862.640,00);
Que, en acts. PREV 11382201/26 y PREV 11398518/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 939789/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 983186/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171455/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1492671/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($1.862.640,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11394643/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11398468/26, del EXD-0000-1140196/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria PEREYRA RITA ROMINA, D.N.I. Nº 34.970.151, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11398468/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.862.640,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7053-MdeS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EXD-0000-5070402/26 y acumulados: EXD-0000-5051234/26, EXD-0000-5060669/26, EXD-0000-5060396/26 EXD-0000-5070434/26, EXD-0000-4300564/26, EXD-0000-5040164/26 EXD-0000-5061018/26 Y EXD-0000-5110751/26, mediante los cuales se gestiona el pago de horas excedentes y adicionales por guardias a profesionales médicos, bioquímicos, enfermeros y choferes del Ministerio de Salud, correspondiente al mes de abril de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 8815-MdeS-2022 rectificado mediante Decreto Nº 9833-MdeS-2022, se estableció el marco legal de horas excedentes para los profesionales médicos, bioquímicos, enfermeros y choferes del sistema de salud pública; por Decreto Nº 8820-MdeS-2022, se determinó el marco legal de los adicionales por guardias (U.G.E. y G.P.) para profesionales médicos; y a través del Decreto Nº 12108-MdeS-2024, se actualizaron los valores correspondientes a dichos conceptos;
Que, en act. DOCEXT 1579064/26, obra planilla confeccionada por la Dirección Recursos Humanos de Salud de acuerdo al detalle de horas excedentes y adicionales por guardias informadas por la, Maternidad “Teresita Baigorria”, Area Movilidad, Dirección de Epidemiología y Bioestadística, Dirección Sistema de Emergencias Médicas Provincial (SEMPRO), Hospital Ernesto P. Borzani Justo Daract, Hospital “ Madre Catalina Rodríguez”, Centro Oncológico Integral y Direccion de Salud Mental, dependientes del Ministerio de Salud, correspondientes al mes de abril de 2026, por un importe total que asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y OCHO CON 56/100 ($121.277.158,56);
Que, en act. DICLEG 944291/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. INFORM 439902/26, la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informa las partidas presupuestarias a las que debe imputarse el gasto;
Que, en act. NOTAMP 994388/26, Contaduría General de la Provincia presta conformidad a las partidas presupuestarias indicadas;
Que, en act. DICFIS 173058/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado, dictaminando que no tiene objeciones legales que formular;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aprobar el pago de horas excedentes y adicionales por guardias a los profesionales médicos, bioquímicos, enfermeros y choferes que cumplieron funciones dentro del sistema de salud pública, durante el mes de abril de 2026, conforme ANEXO I que forma parte integrante del presente Decreto.-
Art. 2º.-Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:
Inst. Jur. U.E. F.F. C. Prog. Inc Importe Total
1 13 20 1-01 36 1 -
1 13 11 1-01 23 1 -
1 13 27 1-01 43 1 -
1 13 31 1-01 48 1 -
1 13 21 1-01 37 1 -
1 13 24 1-01 40 1 -
1 13 26 1-01 42 1 -
- - - - - - $121.277.158,56
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Maternidad “Teresita Baigorria”, Area Movilidad, Dirección de Epidemiología y Bioestadística, Dirección Sistema de Emergencias Médicas Provincial (SEMPRO), Hospital Ernesto P. Borzani Justo Daract, Hospital “Madre Catalina Rodríguez”, Centro Oncológico Integral y Dirección de Salud Mental, a través de la Dirección Recursos Humanos de Salud notificar a los interesados.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO I
|
MATERNIDAD “TERESITA BAIGORRIA” |
|||||
|
MEDICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. / PERIODO / MODULO |
MONTO A LIQUIDAR |
|
BARRIENTOS REBECA SOLANGE |
27-32989399-0 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
21 |
$238.959,84 |
|
BARROZO ERIKA BEATRIZ |
27-28151308-2 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$136.548,48 |
|
BLINT NICOLAS DAMIÁN |
20-27074936-5 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
50 |
$568.952,00 |
|
BUSTO NATALIA DANIELA |
27-35316816-4 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
10 |
$409.645,20 |
|
CABRERA CARLOS CESAR |
20-27052420-7 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
72 |
$819.290,88 |
|
ETCHART MAURA BEATRIZ |
27-32103481-6 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$136.548,48 |
|
FLEITAS LUCERO MAXIMILIANO JUAN JOSE |
23-33757431-9 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
4 |
$163.858,08 |
|
GAITAN YANINA URSULA |
23-31377035-4 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$1.137.904,00 |
|
GARCÍA JUAN MANUEL |
20-27880301-6 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
10 |
$409.645,20 |
|
GIANNINI CLAUDIA MARIELA |
27-20326810-1 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
47 |
$534.814,88 |
|
GIUBERGIA FEDERICO |
20-24585028-0 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
17 |
$193.443,68 |
|
GONZALEZ BORDON TAMARA DEOLINDA |
27-37640915-0 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
36 |
$409.645,44 |
|
JOSE MARIA CECILIA |
27-31692306-8 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$546.193,92 |
|
MASIERO YEMINA ANGELICA |
27-27596257-6 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
58 |
$659.984,32 |
|
MENZIO MONICA CLAUDIA |
27-21403155-3 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
30 |
$341.371,20 |
|
MIRANDA LETICIA BIBIANA |
27-20414701-4 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
10 |
$113.790,40 |
|
MOLINA MARIANA EMILIA |
27-32633532-6 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
29 |
$329.992,16 |
|
ORTIZ NANCY FERNANDA |
27-33234953-3 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$136.548,48 |
|
PALMA AYELEN VERONICA |
27-29887895-5 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$546.193,92 |
|
PIGUILLEM GABRIELA |
27-21382238-7 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
7 |
$79.653,28 |
|
PUGLIESE LUCIA |
27-38647768-5 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
72 |
$819.290,88 |
|
ROLANDO NATALIA RITA |
27-24106511-7 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
28 |
$318.613,12 |
|
SENOR VARINEA |
27-32476773-3 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
60 |
$682.742,40 |
|
TABOADA LOPEZ WILLIAMS |
20-94116939-3 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
30 |
$341.371,20 |
|
UCHINO MÓNICA NOEMÍ |
27-26897872-6 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$1.137.904,00 |
|
VERA GABRIEL OSCAR |
20-30822259-5 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$546.193,92 |
|
VIVES IVANA CARINA |
27-26791236-5 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
46 |
$523.435,84 |
|
TOTAL IMPORTES |
$12.282.535,20 |
||||
|
MEDICOS - SERVICIO DE TRASLADOS NEONATALES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
CASTRO LUNA ANA MARIA |
23-28349221-4 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
120 |
$1.365.484,80 |
|
MASIERO YEMINA ANGELICA |
27-27596257-6 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
120 |
$1.365.484,80 |
|
MOLINA MARIANA EMILIA |
27-32633532-6 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
120 |
$1.365.484,80 |
|
SENOR VARINEA |
27-32476773-3 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
120 |
$1.365.484,80 |
|
TABOADA LOPEZ WILLIAMS |
20-94116939-3 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
120 |
$1.365.484,80 |
|
VIVES IVANA CARINA |
27-26791236-5 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
120 |
$1.365.484,80 |
|
TOTAL IMPORTES |
$8.192.908,80 |
||||
|
ENFERMEROS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
ALDAYA MARIA YSABEL |
27-26712397-2 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
23 |
$141.787,64 |
|
CANDIA CECILIA NOEMI |
27-27831344-7 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
CAPITONI JESICA VANESA |
23-32185919-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
DOMINGUEZ ANDREA LORENA |
27-30024865-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
MOLINA DANIEL ALBERTO |
20-30151526-0 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
14 |
$86.305,52 |
|
TORRES VILLAR BERTA ELINA |
27-30157348-6 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$73.976,16 |
|
VALDEZ FACUNDO EMMANUEL |
20-33888452-5 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
TOTAL IMPORTES |
$671.950,12 |
||||
|
ENFERMEROS - SERVICIO DE TRASLADOS NEONATALES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
CANDIA CECILIA NOEMI |
27-27831344-7 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$616.468,00 |
|
CASTILLO LAURA VANESA |
27-31031363-2 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$616.468,00 |
|
DOMINGUEZ ANDREA LORENA |
27-30024865-4 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$616.468,00 |
|
LUCERO ESTEBAN ELEAZAR |
20-28091851-3 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$616.468,00 |
|
LUCERO NACHAR MARTIN GASTON |
20-29049909-8 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$616.468,00 |
|
RIVEROS OSCAR DAVID |
20-28841778-5 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$616.468,00 |
|
TORRES VILLAR BERTA ELINA |
27-30157348-6 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
100 |
$616.468,00 |
|
TOTAL IMPORTES |
$4.315.276,00 |
||||
|
CHOFERES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
CHAVEZ JULIO DANIEL |
20-35196847-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
24 |
$131.518,56 |
|
STAMPANONI DANIEL JESUS |
20-22140117-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
24 |
$131.518,56 |
|
TOTAL IMPORTES |
$263.037,12 |
||||
|
CHOFERES - SERVICIO DE TRASLADOS NEONATALES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
CHAVEZ JULIO DANIEL |
20-35196847-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
120 |
$657.592,80 |
|
COCERES VICTOR ANDRES |
20-23046864-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
120 |
$657.592,80 |
|
GIMENEZ ROQUE DAVID |
20-22852381-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
120 |
$657.592,80 |
|
LEDEZMA ROBERTO CARLOS |
20-23707596-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
120 |
$657.592,80 |
|
STAMPANONI DANIEL JESUS |
20-22140117-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
120 |
$657.592,80 |
|
TOTAL IMPORTES |
$3.287.964,00 |
||||
|
AREA MOVILIDAD |
|||||
|
CHOFERES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
DOMINGUEZ DANILO ARMANDO |
20-33943525-2 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
49 |
$268.517,06 |
|
GARAY ESTEBAN ALEJANDRO |
20-36415315-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
54 |
$295.916,76 |
|
LAZARTE JULIAN JOSUÉ |
20-36681945-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
81 |
$443.875,14 |
|
LAZARTE SANTIAGO GASTON |
20-35765156-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
39 |
$213.717,66 |
|
QUIROGA MIGUEL ANGEL |
20-33888032-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
52 |
$284.956,88 |
|
VILLEGAS CRISTHIAN ANDRES |
23-33539117-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
71 |
$389.075,74 |
|
LAZARTE TOMAS MIGUEL |
20-16308219-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
94 |
$515.114,36 |
|
TOTAL IMPORTES |
$2.411.173,60 |
||||
|
DIRECCIÓN DE EPIDEMIOLOGIA Y BIOESTADÍSTICA |
|||||
|
ENFERMEROS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
REYES SUSANA ALEJANDRA |
27-22060020-9 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
TOTAL IMPORTES |
$147.952,32 |
||||
|
CHOFERES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
GARRO RETA DANIEL |
20-30754664-8 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
59 |
$323.316,46 |
|
GARRO RETA GUILLERMO |
23-28926429-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
38 |
$208.237,72 |
|
GIL REY JOSÉ MAXIMILIANO |
20-34877108-7 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
50 |
$273.997,00 |
|
HEREDIA HECTOR ESTEBAN |
20-31092835-7 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
39 |
$213.717,66 |
|
HERRERA JORGE YAMIL |
20-38701488-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
38 |
$208.237,72 |
|
LEONE BRUNO EDGAR |
20-29241086-8 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
35 |
$191.797,90 |
|
LUCERO ORLANDO ASDRÚBAL |
20-22445362-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
26 |
$142.478,44 |
|
TOTAL IMPORTES |
$1.561.782,90 |
||||
|
DIRECCIÓN SISTEMA DE EMERGENCIAS MÉDICAS PROVINCIAL (SEMPRO) |
|||||
|
MEDICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. / PERIODO / MODULO |
MONTO A LIQUIDAR |
|
AZCURRA LILIANA YAEL |
27-35134878-5 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
96 |
$1.092.387,84 |
|
CAMARGO CARLOS DAVID |
20-32872871-1 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$136.548,48 |
|
GUZMAN MARIANA SOLEDAD |
27-26941534-2 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
99 |
$1.126.524,96 |
|
TOTAL IMPORTES |
$2.355.461,28 |
||||
|
ENFERMEROS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
ABELENDA GUILLERMO ANDRES |
20-92459150-2 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
88 |
$542.491,84 |
|
AGUIRRE ROSARIO AURORA |
27-18487891-2 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$610.303,32 |
|
ALANIZ FLORENCIA |
20-29427637-9 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
92 |
$567.150,56 |
|
ALCARAZ RAMONA ALICIA |
27-21383830-5 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
72 |
$443.856,96 |
|
ALCARAZ SONIA IVANA |
27-29960300-3 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$610.303,32 |
|
ALFONSO IRMA BEATRIZ |
27-17752695-4 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$49.317,44 |
|
AXSON GISELA VANINA |
27-25015631-1 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
AZCURRA ANTONIO FEDERICO |
20-33757200-7 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
64 |
$394.539,52 |
|
BAEZ MARIANA CECILIA SOFIA |
27-28173413-5 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
CALDERON ANABELA INÉS |
27-40938184-2 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
CEBALLOS DÉBORA MABEL |
27-28363864-8 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$49.317,44 |
|
CONCHA PEDRO ADAN EDGARDO |
20-34136255-6 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
25 |
$154.117,00 |
|
CONTRERA HECTOR DAVID |
20-33287861-2 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
99 |
$610.303,32 |
|
DARA MARIANA LIS |
23-26168963-4 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
27 |
$166.446,36 |
|
ESCUDERO VANESSA BEATRIZ |
27-29181411-0 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
FERRARO MARISA NOEMI |
27-28408275-9 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$295.904,64 |
|
FRIAS CAROLINA FABIANA |
27-29096679-0 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
GARAY JORGE EMANUEL |
23-33619775-9 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
72 |
$443.856,96 |
|
GIL NATALIA PAOLA |
27-26508988-2 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$49.317,44 |
|
GIMENEZ FABIANA LIDIA |
27-22625195-8 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
84 |
$517.833,12 |
|
GODOY FRANCO ALEJANDRO |
20-39394128-7 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
GONZALEZ GUADALUPE ANAHI |
27-37504854-5 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
20 |
$123.293,60 |
|
GONZALEZ CARAVACA CYNTHIA FABIANA |
27-30358092-7 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
GREGORI JUDITH ALEJANDRA |
27-38248384-2 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
GUZMAN SIMÓN CESAR |
20-30180273-1 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
96 |
$591.809,28 |
|
JOFRE NOVILLO MARCELO NICOLAS |
20-36414736-9 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
20 |
$123.293,60 |
|
KARL RITA AYELEN |
27-34958379-3 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
LARREGAY MIGUEL ANGEL |
20-36414543-9 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
99 |
$610.303,32 |
|
LOPEZ SANDRA NOEMI |
27-27325285-7 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
84 |
$517.833,12 |
|
LUCERO ANALIA SOLEDAD |
27-28184605-7 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
72 |
$443.856,96 |
|
LUCERO JESSICA AYELEN |
27-34699473-3 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
96 |
$591.809,28 |
|
MARTINEZ ADRIANA LUJAN |
27-17952951-9 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
MAURI MABEL ANDREA |
27-18540178-8 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
MIRANDA DANIEL ALEJANDRO |
20-29995625-4 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
92 |
$567.150,56 |
|
MORALES JORGE RAUL |
20-30074738-9 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$49.317,44 |
|
MOREIRA NESTOR DOMINGO |
20-32108106-2 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
MUÑOZ ADRIANA MABEL |
27-18427427-8 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
NINNI MAURICIO GABRIEL |
20-30061767-1 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$295.904,64 |
|
OLIVARES MUÑOZ SOFIA MACARENA |
27-39797359-5 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
PEREYRA CARINA ROSANA |
27-22543699-7 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
96 |
$591.809,28 |
|
PEREYRA DANIELA ROMINA |
27-35764892-6 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
38 |
$234.257,84 |
|
PEREYRA PEDRO DANIEL |
20-27222096-5 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
72 |
$443.856,96 |
|
PEREYRA SARA ALEJANDRA |
27-41596835-9 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
25 |
$154.117,00 |
|
PEREYRA JOFRE NESTOR FABIAN |
20-27877841-0 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$610.303,32 |
|
PORTILLO MYRIAM DEOLINDA |
27-26806463-5 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
62 |
$382.210,16 |
|
QUIROGA FRANCO AGUSTIN |
20-37296882-7 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
25 |
$154.117,00 |
|
QUIROGA RAUL ALBERTO |
20-29232033-8 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$49.317,44 |
|
RAMIS JULIO CESAR |
20-26279201-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
99 |
$610.303,32 |
|
RECIO ANDREA NATALIA |
27-24393929-7 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
72 |
$443.856,96 |
|
ROCHA JOSE EDUARDO |
23-25523233-9 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
96 |
$591.809,28 |
|
RODRIGUEZ EDUARDO EZEQUIEL |
20-33567572-0 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
84 |
$517.833,12 |
|
SEGURA GUZMAN LAURA DANIELA |
27-35474914-4 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
SILVA MERCEDES BEATRIZ |
27-31602689-9 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
96 |
$591.809,28 |
|
SILVA VIOLETA BEATRIZ |
27-23571000-0 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
SOSA JORGE DANIEL |
20-18181318-1 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
84 |
$517.833,12 |
|
UGAS REYES CRISTIAN MAURICIO |
20-94325267-0 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
UGAS REYES DAVID EUGENIO |
20-93111916-9 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
80 |
$493.174,40 |
|
URQUIZA DANIELA FERNANDA |
27-26372902-7 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
56 |
$345.222,08 |
|
VALVERDE GONZALO ALFREDO |
20-33943730-1 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
VIDELA ROBERTO CARLOS |
20-26171469-9 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$73.976,16 |
|
ZETA PAEZ MARIA DE LOS MILAGROS |
27-26683322-4 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
84 |
$517.833,12 |
|
MAGALLANE MARIA LOURDES |
27-25693838-9 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
44 |
$271.245,92 |
|
TOTAL IMPORTES |
$21.970.919,52 |
||||
|
CHOFERES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
ABILA ALBERTO ENRIQUE |
20-14141650-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
56 |
$306.876,64 |
|
AGUERO DIEGO ALBERTO |
20-27917808-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
60 |
$328.796,40 |
|
AGUILERA NÉSTOR CEFERINO |
20-27393748-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
AGUIRRE JORGE RAMON |
20-20326667-8 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
ALANIS DANIEL FABIAN |
20-24400865-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
ANDINO LUCAS JUAN |
20-35315061-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
12 |
$65.759,28 |
|
ANDINO SILVIA BEATRIZ |
23-22852370-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
92 |
$504.154,48 |
|
ARRIAGADA ESCUDERO LUCIANO MANUEL |
20-40319131-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
BASABILBASO CESAR DAMIAN |
20-34700349-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
BAZAN NELSON NOEL |
20-26576568-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
BERMUDEZ TOMAS ALEJANDRO |
20-42017164-2 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
68 |
$372.635,92 |
|
BLANCHE PABLO ENEAS |
20-32491390-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
BLANCO MATIAS SEBASTIAN |
20-28091994-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
CARRIZO MIGUEL ANTONIO |
20-30377615-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
44 |
$241.117,36 |
|
CHAVEZ JULIO DANIEL |
20-35196847-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
48 |
$263.037,12 |
|
COSENTINO ARMANDO DANIEL |
20-35474612-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
CRISCITO JULIAN MATIAS ALEJANDRO |
20-38749258-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
32 |
$175.358,08 |
|
DI LAURO SERGIO GABRIEL |
23-28477821-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
92 |
$504.154,48 |
|
FUNES JUAN CARLOS |
20-23390873-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
GALLI OTERO WILLIAN ALBERTO |
20-25785322-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
68 |
$372.635,92 |
|
GARRO GONZALO NICOLAS |
20-40319422-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
80 |
$438.395,20 |
|
GIGENA TOMAS ANGEL |
20-28838407-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
GIMENEZ CLAUDIO MARCELO |
20-22786426-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
92 |
$504.154,48 |
|
GOMEZ CRISTIAN SERGIO |
20-28486040-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
44 |
$241.117,36 |
|
GOMEZ GASTON EMILIANO |
20-33136380-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
JOFRE GERMAN DANIEL |
20-14771239-2 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
LOPEZ CAMINO KALL RODRIGO MAURICIO |
20-35916991-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
97 |
$531.554,18 |
|
MANSILLA JUAN CARLOS |
20-27074478-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
MARTINEZ GUSTAVO ADOLFO |
20-25625085-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
56 |
$306.876,64 |
|
MARTINEZ LUIS RAÚL |
20-24620793-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
MERCAU FLAVIO GERMAN |
23-28486048-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
88 |
$482.234,72 |
|
MONTANI MARTIN |
20-31347204-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
20 |
$109.598,80 |
|
MONTAÑEZ MARCELO ANIBAL |
20-22438272-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
66 |
$361.676,04 |
|
MORAN NICOLAS DARIO |
20-29954001-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
MORENO DIEGO ANGEL CRISTIAN |
20-26213766-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
20 |
$109.598,80 |
|
MOYANO JUAN GABRIEL |
20-33757451-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
56 |
$306.876,64 |
|
ORELLANO LUCAS MATIAS |
20-31479426-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
44 |
$241.117,36 |
|
OZUBKO ALEJANDRO TOMAS |
20-31863448-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
44 |
$241.117,36 |
|
PAEZ HECTOR ALEJANDRO |
20-26915357-2 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
16 |
$87.679,04 |
|
PAONE JOSE ALBERTO |
20-24711737-8 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
68 |
$372.635,92 |
|
PARRA OLMEDO GUILLERMO ABEL |
20-31365703-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
11 |
$60.279,34 |
|
PEDERNERA NELSON JOSE |
20-35475422-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
56 |
$306.876,64 |
|
PELLEGRINO GIULIANO ANDRES |
20-35767978-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
13 |
$71.239,22 |
|
PEREYRA OSVALDO DAVID |
20-25870556-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
44 |
$241.117,36 |
|
PEREYRA RUBEN ADRIAN |
20-26214753-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
49 |
$268.517,06 |
|
PIRACÉS IGLESIAS CARLOS FEDERICO |
20-25565431-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
56 |
$306.876,64 |
|
ROSALES ALEJANDRO JAVIER |
20-27143620-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
48 |
$263.037,12 |
|
ROSALES DANIEL GASTON |
20-34921752-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
ROSELLO JUAN MANUEL |
20-37611441-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
84 |
$460.314,96 |
|
SANCHEZ MARTIN |
20-23523670-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
32 |
$175.358,08 |
|
SANCHEZ ROBERTO MARIO |
24-23637937-6 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
84 |
$460.314,96 |
|
SEADE ABEL AUGUSTO |
20-31996482-8 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
SESE GABRIEL HERNAN |
20-30677548-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
92 |
$504.154,48 |
|
SORIA ENZO NAHUEL |
20-36415111-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
SORIA JULIO WALTER RAMON |
20-25132573-2 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
SOSA LUIS DAMIAN |
20-17311064-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
68 |
$372.635,92 |
|
SOSA WALTER JESUS |
23-29887548-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
33 |
$180.838,02 |
|
SUAREZ MARIO FEDERICO |
23-29232144-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
36 |
$197.277,84 |
|
TORREZ CHAVEZ VICTOR ABEL |
20-31047749-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
VIDELA EDGAR FRANCISCO |
20-25166098-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
99 |
$542.514,06 |
|
TOTAL IMPORTES |
$16.291.861,62 |
||||
|
HOSPITAL ERNESTO P. BORZANI JUSTO DARACT |
|||||
|
MEDICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. / PERIODO / MODULO |
MONTO A LIQUIDAR |
|
GOMEZ JUAN CRISOSTOMO |
20-17328559-1 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
38 |
$432.403,52 |
|
ITURRALDE MARCELA ALEJANDRA |
27-33617491-6 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$136.548,48 |
|
VELAZQUEZ SANTIAGO DANIEL |
20-32518962-3 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
96 |
$1.092.387,84 |
|
TOTAL IMPORTES |
$1.661.339,84 |
||||
|
ENFERMEROS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
CARTASEGNA SILVIO GABRIEL |
23-26307932-9 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
CHACON MARCIA GRACIANA |
27-27868685-5 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
CHAVEZ LUCAS EZEQUIEL |
20-37106786-9 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
DÍAZ MIRIAN GRACIELA SEGUNDA |
27-24199907-1 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
GUERRERO VARGAS DAMIAN ARIEL |
20-33671000-7 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
90 |
$554.821,20 |
|
LO TAURO EVELYN JOANA |
27-37723310-2 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
QUIROGA MENICHETTI TATIANA NEREA |
27-35551803-0 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
7 |
$43.152,76 |
|
RODRIGUEZ IGNACIO |
20-30686437-9 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
50 |
$308.234,00 |
|
RODRIGUEZ MARIA CECILIA |
27-28771821-2 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
90 |
$554.821,20 |
|
VIALE NATALIA VANESA |
27-32164862-8 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
50 |
$308.234,00 |
|
WIDMER MELANIE SAMANTA |
27-35198931-4 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
5 |
$30.823,40 |
|
TOTAL IMPORTES |
$2.317.919,68 |
||||
|
CHOFERES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
AVEIRO CESAR OMAR |
20-14520218-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
21 |
$115.078,74 |
|
BARROSO PEDRO JOSÉ |
20-25668361-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
83 |
$454.835,02 |
|
CUELLO JUAN RICARDO |
20-23489806-0 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
GUIBELALDE JOSE ADRIAN |
20-22062057-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
29 |
$158.918,26 |
|
GUIBELALDE BARRERA CRISTIAN ADRIAN |
20-35198915-8 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
61 |
$334.276,34 |
|
PERALTA EDUARDO MARCELO |
20-24199923-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
21 |
$115.078,74 |
|
VIALE HUGO ORLANDO |
23-27953714-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
90 |
$493.194,60 |
|
TOTAL IMPORTES |
$1.715.221,22 |
||||
|
HOSPITAL “ MADRE CATALINA RODRÍGUEZ” |
|||||
|
MEDICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. / PERIODO / MODULO |
MONTO A LIQUIDAR |
|
ALLENDE EDUARDO MARCELO |
20-36145815-0 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
8 |
$1.092.387,84 |
|
ALMENA NAZARENA |
27-35989817-2 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
2 |
$273.096,96 |
|
ALONSO GIMENA CARLA |
27-26824328-9 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
7 |
$955.839,36 |
|
ARAMBURU JUAN MANUEL |
20-30145244-7 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
BUCHANAN MATIAS HUGO |
20-31212531-6 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
4 |
$546.193,92 |
|
BUSTO MARIA VANESA |
27-26983676-3 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
4 |
$546.193,92 |
|
CERUTTI ESTEBAN ANDRÉS |
24-28973693-6 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
6 |
$819.290,88 |
|
CIERRA DARIO RAUL |
20-20941300-1 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
DEBUC PABLO ARIEL |
20-30254538-4 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
ESPINOSA JOFRE MARIA LAURA |
27-23947109-4 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
8 |
$1.092.387,84 |
|
FERNANDEZ MARIELA SOLEDAD |
27-26089022-6 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
4 |
$546.193,92 |
|
GALLI ULISES |
20-37209690-0 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
4 |
$546.193,92 |
|
HAGEL JULIETA |
23-31343497-4 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
8 |
$1.092.387,84 |
|
HAMZE NATALIA |
27-32372073-3 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
5 |
$682.742,40 |
|
HERNANDEZ JULIAN |
20-25025263-4 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
5 |
$682.742,40 |
|
JUAN MIGUEZ JAVIER SEBASTIAN |
20-28847395-2 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
5 |
$682.742,40 |
|
LOPEZ ILEANA RAQUEL |
27-20179983-5 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
6 |
$819.290,88 |
|
LOPEZ ALVAREZ URSULA VIVIANA |
27-30941161-2 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
MAGNANI SILVINA IRENE |
27-23390573-4 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
MESA OSVALDO JAVIER |
20-24207167-1 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
5 |
$682.742,40 |
|
PEDETTI ARIEL AGUSTIN |
20-26354609-2 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
POLLET PIER JORDAN |
20-33164562-2 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
5 |
$204.822,60 |
|
PRIANTE RIERA NICOLAS ALBERTO |
23-25565529-9 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
7 |
$955.839,36 |
|
RAMIREZ RUBEN ALEJANDRO |
20-30283020-8 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
RODE GUSTAVO OSVALDO |
23-23390816-9 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
5 |
$682.742,40 |
|
ROJAS NAIR |
27-35232477-4 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
8 |
$327.716,16 |
|
SEGURA PABLO IGNACIO |
20-29426204-1 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
6 |
$819.290,88 |
|
TORRES ALVARO JAVIER |
20-30446786-0 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
6 |
$819.290,88 |
|
ZALAZAR JORGE HUGO |
20-27230578-2 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
4 |
$546.193,92 |
|
ZOCCATELLI BOSCH MARCOS CRISTIAN |
23-33287272-9 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
6 |
$819.290,88 |
|
ZUCOTTI GIULIANA |
27-36131894-9 |
0278-AGRUP.PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
6 |
$245.787,12 |
|
TOTAL IMPORTES |
$18.775.414,20 |
||||
|
BIOQUIMICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
BARONIO ORNELLA CELESTE |
27-33171166-2 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$377.717,28 |
|
GATICA ALEJANDRO |
20-28091269-8 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
36 |
$283.287,96 |
|
GENOVESE MARIA VIRGINIA |
27-33094628-3 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$377.717,28 |
|
MAYDANA MARÍA ROCÍO |
23-41095614-4 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
36 |
$283.287,96 |
|
MAZZA MIORIN LUIS MATIAS |
20-31214831-6 |
0280-AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$377.717,28 |
|
OLIVERA CESAR NICOLAS |
24-29177883-2 |
0280-AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$377.717,28 |
|
PARRACONE CLAUDIA LORENA |
27-27805409-3 |
0280-AGRUP.PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
36 |
$283.287,96 |
|
SIRUR FLORES LUIS MANUEL |
20-16873052-8 |
0279 - AGRUP.PROF. CAT.”F” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$377.717,28 |
|
TOTAL IMPORTES |
$2.738.450,28 |
||||
|
ENFERMEROS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
AGÜERO FERNANDA MARIANELA |
27-39092671-0 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
AGÜERO JAVIER HERIBERTO |
20-20428091-7 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
62 |
$382.210,16 |
|
ALTAMIRANO YANINA SOLEDAD |
27-33870390-8 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
60 |
$369.880,80 |
|
ARNAUDO PAULO DAMIAN |
20-28615086-2 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
16 |
$98.634,88 |
|
BECERRA JONATHAN DAVID |
20-36604885-6 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
23 |
$141.787,64 |
|
BURGOS MARCELA FABIANA |
27-20859023-0 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
16 |
$98.634,88 |
|
CABAÑEZ YVANA SOLEDAD |
27-35764638-9 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
20 |
$123.293,60 |
|
CALIO DANIELA IVANA |
27-26213899-8 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
16 |
$98.634,88 |
|
CANO RIOS MARIBEL GEORGINA |
27-37227010-7 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
36 |
$221.928,48 |
|
CARLEVARO ANDREA KARINA |
27-23636752-0 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
20 |
$123.293,60 |
|
CHAVES HECTOR AMERICO |
20-35832506-9 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
32 |
$197.269,76 |
|
CORIA MARTIN EDUARDO |
20-44642723-8 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
CORREA NATASHA AGUSTINA |
27-44752555-6 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
32 |
$197.269,76 |
|
CRUZ VILMA ANALIA |
27-28837044-9 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
44 |
$271.245,92 |
|
DÍAZ PAOLA VERONICA |
27-29285202-4 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
22 |
$135.622,96 |
|
DOMINGUEZ NATALIA ELIZABETH |
27-27156654-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
67 |
$413.033,56 |
|
FLECHA INSUA MARIA GIMENA |
27-28868230-0 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$73.976,16 |
|
FORQUERA CELIA CARMEN |
27-28952190-4 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
84 |
$517.833,12 |
|
FUNES FLORENCIA CECILIA |
27-37448755-3 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
28 |
$172.611,04 |
|
GOMEZ ROSA CRISTINA |
27-34646058-5 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
48 |
$295.904,64 |
|
GONZALEZ ALICIA ALEJANDRA |
27-16890649-3 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
32 |
$197.269,76 |
|
HERRERA MIRIAM ESTHER |
27-24259764-3 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
16 |
$98.634,88 |
|
LABARDEN CORONEL RAQUEL ANDREA |
27-29542244-6 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
22 |
$135.622,96 |
|
LLAMPA CRISTIAN ALFREDO |
20-28715929-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
16 |
$98.634,88 |
|
MORALES CECILIA VERONICA |
23-35099957-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
32 |
$197.269,76 |
|
MOYANO JESICA SOLEDAD |
27-31922072-6 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
20 |
$123.293,60 |
|
NIEVA CAROLINA IVANA |
27-37320712-3 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
80 |
$493.174,40 |
|
OJEDA LORENA INES |
27-29861295-5 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
68 |
$419.198,24 |
|
OLMEDO NANCY GABRIELA |
27-31586958-2 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
20 |
$123.293,60 |
|
OVIEDO MARCOS SAID |
20-38750806-7 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P |
H.E. |
16 |
$98.634,88 |
|
QUINTEROS GABRIEL NESTOR JESUS |
20-21599464-4 |
0628 - ENF.DE PISO.Y CONS. - C.C.T.122/75 |
H.E. |
32 |
$197.269,76 |
|
RODRIGUEZ SERGIO DANIEL |
20-17903159-1 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
52 |
$320.563,36 |
|
RUEDA RUBEN MARCELO |
20-24476880-7 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
70 |
$431.527,60 |
|
SILVA NOELIA EDITH |
27-26819714-7 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
54 |
$332.892,72 |
|
SUAREZ MONICA SILVIA |
23-29903405-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
50 |
$308.234,00 |
|
TELLO ALEX MAURICIO |
20-39176906-1 |
0288 - TECNICO”B” - C.S.P. |
H.E. |
96 |
$591.809,28 |
|
TUCCI JIMENA VALERIA |
27-33262267-1 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
12 |
$73.976,16 |
|
VARELA MARIO HUMBERTO |
20-32979700-8 |
0288 - TECNICO “B” - C.S.P. |
H.E. |
20 |
$123.293,60 |
|
VIANA MARIA LAURA |
27-33956968-7 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
96 |
$591.809,28 |
|
TOTAL IMPORTES |
$8.963.444,72 |
||||
|
CHOFERES |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
ACUÑA CARLOS AUGUSTO |
23-26399169-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
46 |
$252.077,24 |
|
AGUILAR ARIEL ERNESTO |
20-24259825-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
25 |
$136.998,50 |
|
AGUILERA DIEGO SEBASTIAN |
20-30809420-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
26 |
$142.478,44 |
|
ARIAS MIGUEL ANGEL |
20-29936357-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
32 |
$175.358,08 |
|
BORSANI DANIEL ERNESTO RUBEN |
20-22067207-8 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
25 |
$136.998,50 |
|
BRINGAS OSVALDO ANTONIO |
20-25199693-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
25 |
$136.998,50 |
|
FERREYRA JUAN EDUARDO |
20-27759618-1 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
65 |
$356.196,10 |
|
GODOY JUAN CARLOS |
20-17545477-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
8 |
$43.839,52 |
|
GOMEZ ARNALDO JOSE |
20-21864576-4 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
51 |
$279.476,94 |
|
GOMEZ RAMON ALEJANDRO |
20-21731792-5 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
30 |
$164.398,20 |
|
GONZALEZ DARIO EZEQUIEL |
20-33801826-7 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
68 |
$372.635,92 |
|
LUCERO DANIEL ABDON |
20-21910805-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
72 |
$394.555,68 |
|
MORENO JORGE JOSE ALBERTO |
23-27753061-9 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
80 |
$438.395,20 |
|
NUÑEZ JUAN CARLOS |
20-22650050-3 |
0638 - OFICIALES SALUD-C.C.T.122/75 |
H.E. |
36 |
$197.277,84 |
|
TOTAL IMPORTES |
$3.227.684,66 |
||||
|
CENTRO ONCOLÓGICO INTEGRAL |
|||||
|
MEDICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. / PERIODO / MODULO |
MONTO A LIQUIDAR |
|
BROMBIN ROMINA GISELLE |
27-32238924-3 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
9 |
$368.680,68 |
|
CARUSO MARÍA PAZ |
27-33271694-3 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
9 |
$368.680,68 |
|
COLOMBO GINO ANGEL |
20-31795637-2 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
9 |
$368.680,68 |
|
FAGES MARIO ROBERTO |
20-13290099-0 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
11 |
$450.609,72 |
|
FOLLARI JUAN CARLOS |
20-26806142-9 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
4 |
$163.858,08 |
|
LOPEZ MARIA PAULA |
27-36227276-4 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
2 |
$273.096,96 |
|
MIRANDA MACHADO CLAUDIO MARCELO |
20-24719303-1 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
14 |
$573.503,28 |
|
OLIVERA FIGUEROA RUBEN ORLANDO |
20-27376863-8 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
9 |
$368.680,68 |
|
RIZZOTTO ROCIO AGUSTINA |
27-39092365-7 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
9 |
$368.680,68 |
|
RUEFLI MARISA MARIKENA |
23-38265518-4 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
G.P. |
17 |
$696.396,84 |
|
TOTAL IMPORTES |
$4.000.868,28 |
||||
|
BIOQUIMICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
DIAZ MEINARDI MARCELA ALEJANDRA |
27-28184770-3 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
16 |
$125.905,76 |
|
PATITUCCI ROSSANA |
27-17116475-9 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
H.E. |
20 |
$157.382,20 |
|
PEÑALOZA MAGALLANES MARIA DEL ROSARIO |
27-36771396-3 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
4 |
$31.476,44 |
|
RODRIGUEZ YAMILA ISABEL |
27-32699439-7 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
18 |
$141.643,98 |
|
VITALE ANA PATRICIA |
27-29426109-0 |
0280-AGRUP. PROF. CAT.”E” - C.S.P. |
H.E. |
22 |
$173.120,42 |
|
TOTAL IMPORTES |
$629.528,80 |
||||
|
ENFERMEROS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
BURCEZ JUAN RODOLFO |
20-23052952-4 |
0281-AGRUP. PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
15 |
$92.470,20 |
|
CORNEJO GRISELDA MARIA |
27-31383629-6 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
TOTAL IMPORTES |
$129.458,28 |
||||
|
DIRECCIÓN DE SALUD MENTAL |
|||||
|
MEDICOS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. / PERIODO / MODULO |
MONTO LIQUIDAR |
|
CHAVEZ GONZALEZ RONNIE DENIS |
27-41919538-9 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
2 |
$273.096,96 |
|
GONZALEZ RIVEROS MARÍA DEL ROSARIO |
27-42258835-9 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
2 |
$273.096,96 |
|
MENGELLE LUCIANO |
20-23317353-4 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
5 |
$682.742,40 |
|
PFISTER OLIVER MAGDALENA |
27-21310947-8 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
2 |
$273.096,96 |
|
RIVEROS JULIETA VANESA |
27-24948767-3 |
0278-AGRUP. PROF. CAT.”G” - C.S.P. |
U.G.E. |
8 |
$1.092.387,84 |
|
TOTAL IMPORTES |
$2.594.421,12 |
||||
|
ENFERMEROS |
|||||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
CUIL |
REGIMEN |
TIPO ADIC. |
HS. EXC. |
MONTO A LIQUIDAR |
|
BAUDRY RAUL EDGAR |
20-28091242-6 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
44 |
$271.245,92 |
|
ESCUDERO VALERIA DEL VALLE |
27-29621546-0 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
24 |
$147.952,32 |
|
GARRO CLAUDIO ALFREDO |
20-27933183-5 |
0281-AGRUP.PROF. CAT.”D” - C.S.P. |
H.E. |
51 |
$314.398,68 |
|
TORRES ROMINA GISELA |
27-35035707-1 |
0287-TECNICO”C”- C.S.P. |
H.E. |
6 |
$36.988,08 |
|
TOTAL IMPORTES |
$770.585,00 |
||||
|
TOTAL GENERAL IMPORTES – ANEXO I |
$121.277.158,56 |
||||
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
DECRETO Nº 7023-SGG-SLyT-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EL EXD-0-5280525/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1705581/26, obran Contratos de Servicios suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Abogada NATALIA SOLEDAD CARRANZA, D.N.I. Nº 30.244.135, en su carácter de Secretaria de Estado Legal y Técnica, por una parte y los señores JOAQUIN OSCAR AMAYA,D.N.I. Nº 41.721.543, DANISA AGUSTINA BUSTOS MARTINEZ, D.N.I. Nº 39.239.343, GONZALO EMANUEL FUENTES D.N.I. Nº 38.751.880, GUADALUPE INES LUCERO D.N.I. Nº 34.877.175, NANCY IVANA PAEZ, D.N.I. Nº 36.415.085, LUCIANO LUCAS QUEVEDO, D.N.I. Nº 32.915.985 y MARTIN GERARDO ACOSTA, D.N.I. Nº 42.903.927, por la otra;
Que la Cláusula Primera establece el objeto de la contratación y la Cláusula Segunda establece la retribución mensual que percibirán y forma de pago;
Que la Cláusula Tercera establece la vigencia de los mencionados contratos, a partir del 01 de julio hasta el 30 de septiembre del año 2026, pudiendo ser prorrogados previo acuerdo de partes y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11466917/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción del duodécimo, por la suma de PESOS VEINTITRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($23.646.720,00);
Que en act. ACTPAS 1702577/26, obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, sin formular objeciones legales;
Que en acts. NOTAMP 996657/26 y DICFIS 173491/26, se ha cumplido con las vistas de Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, respectivamente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º. -Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 92 inc k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art.1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art.2º.-Homologar los Contratos de Servicios suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Abogada NATALIA SOLEDAD CARRANZA, D.N.I. Nº 30.244.135, en su carácter de Secretaria de Estado Legal y Técnica, por una parte y los señores, JOAQUIN OSCAR AMAYA, D.N.I. Nº 41.721.543, DANISA AGUSTINA BUSTOS MARTINEZ, D.N.I. Nº 39.239.343, GONZALO EMANUEL FUENTES D.N.I. Nº 38.751.880, GUADALUPE INES LUCERO D.N.I. Nº 34.877.175, NANCY IVANA PAEZ, D.N.I. Nº 36.415.085, LUCIANO LUCAS QUEVEDO, D.N.I. Nº 32.915.985 y MARTIN GERARDO ACOSTA, D.N.I. Nº 42.903.927, por la otra, obrantes en act. ACTPAS 1705581/26, del EXD-0-5280525/26.-
Art.3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Py. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 10 40 41 01 1-01 3 4 9 $23.646.720,00
Art.4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.5º.-Hacer saber a: Dirección de Boletín Oficial y Judicial, Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a los interesados.-
Art.6º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Legal y Técnica, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Natalia Soledad Carraza
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7024-SGG-SLyT-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACION EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6171271/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100112278/26, obra nota de la Secretaría de Estado Legal y Técnica, solicitando la readecuación de los créditos presupuestarios, fundamentándose dicha solicitud en virtud de la sanción de la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026 y del Decreto Nº 6084-SGG-SLyT-2026, mediante los cuales se aprueba la nueva organización funcional;
Que en act. PTPGAS 57879/26, obra planilla de Solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios;
Que en act. RCRE 11490267/26, obra Reserva de Crédito;
Que en act. INFORM 441583/26, obra informe de la Dirección de Presupuesto Público;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Artículo 14º de la Ley Nº VIII-0253-2025 y en las disposiciones del Art 13º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, modificado por el Art. 2º del Decreto 704-SGG-2023, por Art. 1º del Decreto Nº 10443-MHIP-2024 y por Art. 1º del Decreto Nº 16227-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 10 40 50 00 1-32 1-01 2 -- $871.743,90
1 10 40 50 00 1-32 1-01 3 -- $965.714,84
1 10 40 50 00 1-32 1-01 5 2 $4.000.000,00
1 10 40 50 01 1-32 1-01 2 -- $10.475.000,00
1 10 40 50 01 1-32 1-01 3 -- $655.269.676,45
1 10 40 50 01 1-32 1-01 5 1 $207.800.000,00
Programa: 50-Enlace Parlamentario
Proyecto: 01-Proceso de Reforma Constitucional
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 10 40 01 00 06 1-01 1 -- $176.541.382,74
1 10 40 01 00 06 1-01 3 -- $11.200.000,00
1 10 40 01 00 06 1-01 4 -- $2.000.000,00
1 10 40 01 00 06 1-01 5 1 $7.500.000,00
1 10 40 41 01 00 1-01 3 -- $1.500.000,00
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 12 30 01 00 03 1-01 1 -- $176.541.382,74
1 12 30 01 00 03 1-01 2 -- $871.743,90
1 12 30 01 00 03 1-01 3 -- $965.714,84
1 12 30 34 01 00 1-01 2 -- $10.475.000,00
1 12 30 34 01 00 1-01 3 -- $655.269.676,45
1 12 30 34 01 00 1-01 5 1 $234.000.000,00
Art. 3º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Dirección de Presupuesto Público.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Legal y Técnica, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Natalia Soledad Carraza
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 7060-MDPS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6070049/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Control Sanitario Fiscal – CO.SA.FI, dependiente de la Dirección de Fiscalización y Control, al señor MARTIN GUILLERMO SIBERT, D.N.I. Nº 27.330.440;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor MARTIN GUILLERMO SIBERT, D.N.I. Nº 27.330.440, en el cargo de Subdirector de Control Sanitario Fiscal – CO.SA.FI, dependiente de la Dirección de Fiscalización y Control del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.-Retener la categoría A, planta permanente, del Escalafón General del entonces Ministerio del Campo, del señor MARTIN GUILLERMO SIBERT, D.N.I. Nº 27.330.440, inter duren las funciones asignadas en el artículo precedente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7061-MDPS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6070049/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director de Fiscalización y Control al Lic. VICTOR DANIEL BOIERO, D.N.I. Nº 14.654.254;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Lic. VICTOR DANIEL BOIERO, D.N.I. Nº 14.654.254 en el cargo de Director de Fiscalización y Control del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.-Conceder licencia al Lic. en Bioquímica VICTOR DANIEL BOIERO, D.N.I. Nº 14.654.254, en los términos del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero” de la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, en 32 hs. Cátedra, titulares del nivel de educación secundaria, conforme Decreto Nº 5928-ME-2020, inter dure Io dispuesto en el Art. 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7062-MDPS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6070049/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director de Desarrollo de Proveedores y Compre San Luis, al señor HORACIO SEBASTIAN MOHR, D.N.I. Nº 27.096.753;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor HORACIO SEBASTIAN MOHR, D.N.I. Nº 27.096.753, en el cargo de Director de Desarrollo de Proveedores y Compre San Luis, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7063-MDPS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6070049/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Mi Próximo Paso Valle del Conlara, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora, a la señora STELLA MARIS DE MARCO, D.N.I. Nº 16.556.393;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora STELLA MARIS DE MARCO, D.N.I. Nº 16.556.393, en el cargo de Subdirectora Mi Próximo Paso Valle del Conlara, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7064-MDPS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6070049/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Formulación de Proyectos de Inversión y de Planificación Estratégica, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora, al señor CELSO CARLOS SIMONE ZALAZAR, D.N.I. Nº 38.749.947;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor CELSO CARLOS SIMONE ZALAZAR, D.N.I. Nº 38.749.947, en el cargo de Subdirector Formulación de Proyectos de Inversión y de Planificación Estratégica, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora, del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7065-MDPS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6070049/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico-funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por expediente Nº 0-6051072/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Capacitaciones y Desarrollo de Habilidades Empresariales, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora, a la Lic. MARIA ANTONIETA GIL VERGES, D.N.I. Nº 24.299.071;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Lic. MARIA ANTONIETA GIL VERGES, D.N.I. Nº 24.299.071, en el cargo de Subdirectora Capacitaciones y Desarrollo de Habilidades Empresariales, dependiente de la Dirección Mi Próximo Paso y Cultura Emprendedora del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 7336-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6098-MDH-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Atención Integral, Seguimiento y Evaluación de Casos, dependiente de la Subdirección Atención Integral a la Víctima de Violencia de la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano, a la señora ANDREA JUDITH AMAYA, D.N.I. Nº 20.641.821;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora ANDREA JUDITH AMAYA, D.N.I. Nº 20.641.821, en el cargo de Jefe de Área Atención Integral, Seguimiento y Evaluación de Casos, dependiente de la Subdirección Atención Integral a la Víctima de Violencia de la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7337-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6098-MDH-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Atención Integral a la Víctima de Violencia dependiente de la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano, a la Señora MARIA GABRIELA MOLINA, D.N.I. Nº 23.188.833;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Señora MARIA GABRIELA MOLINA, D.N.I. Nº 23.188.833, en el cargo de Subdirector Atención Integral a la Víctima de Violencia dependiente de la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7338-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6098-MDH-2026 en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano a la señora MELISA DANIELA ZARATE, D.N.I.Nº 31.365.638;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MELISA DANIELA ZARATE, D.N.I. Nº 31.365.638, en el cargo de Director Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7339-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6098-MDH-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Gestión Territorial Zona I dependiente de la Dirección de Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano, al señor JAVIER PATRICIO HERNANDEZ, D.N.I. Nº 23.947.768;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JAVIER PATRICIO HERNANDEZ, D.N.I. Nº 23.947.768, en el cargo de Subdirector Gestión Territorial Zona I dependiente de la Dirección de Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.-Suspender la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, al señor HERNANDEZ JAVIER PATRICIO, D.N.I. Nº 23.947.768, Categoría E, Planta Contratado de la entonces Dirección Inclusión Laboral del Ministerio de Desarrollo Humano inter dure la función asignada en el Artículo 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.-Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7340-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6098-MDH-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Supervisión Interior dependiente de la Subdirección de Centros de Desarrollo Infantil de la Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, a la señora YESICA PAMELA CASARES, D.N.I. Nº 37.723.618;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora YESICA PAMELA CASARES, D.N.I. Nº 37.723.618 en el cargo de Jefe de Área Supervisión Interior dependiente de la Subdirección de Centros de Desarrollo Infantil de la Dirección de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.-Hacer saber: a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7341-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6098-MDH-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Comunicación y Protocolo dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, a la señora LOURDES MARIELA ARRIETA, D.N.I. Nº 29.049.948;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora LOURDES MARIELA ARRIETA, D.N.I. Nº 29.049.948, en el cargo de Subdirector Comunicación y Protocolo dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.-Retener la Categoría E, Planta Permanente de la entonces Oficina San Luis T.V. dependiente de la Secretaria General de la Gobernación, de la señora LOURDES MARIELA ARRIETA, D.N.I. Nº 29.049.948, inter dure la función asignada en el Artículo 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7342-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6040287/26, y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 6098-MDH-2026, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Infraestructura y Logística dependiente de la Dirección de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, a la señora CRISTINA ELIZABET BECERRA, D.N.I. Nº 21.383.149;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora CRISTINA ELIZABET BECERRA, D.N.I. Nº 21.383.149, en el cargo de Subdirector Infraestructura y Logística dependiente de la Dirección de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.-Conceder licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco de lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente CRISTINA ELIZABET BECERRA, D.N.I. Nº 21.383.149, en los cargos de: maestra de Nivel Inicial titular y Auxiliar Docente de Nivel Inicial, ambos de la Escuela Asistencial 36 “Gobernador Dr. Carlos Alric” la Ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, inter dure la función asignada en el artículo precedente.-
Art. 3º.-Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 350-DPJ-2026.-
San Luis, 13 de Julio de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº 12/1968, perteneciente a la entidad “CLUB DEFENSORES DE NOGOLI”, con domicilio en la Localidad de Nogoli, Dpto. Belgrano, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N°2153-GyE-1968, de fecha 31 de Julio de 1968,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 535 consta nota presentada por el delegado normalizador de la entidad de marras designado mediante Resolución Nº68-DPJ-2026, solicitando prorroga del proceso de normalización en aras de continuar organizando y gestionando el funcionamiento para que dicho organismo cumpla con las expectativas de la comunidad.-
Que resulta conveniente hacer lugar a la solicitud de Sr/Sra. CRISTIAN GASTÓN FUNES, D.N.I. N° 34.273.917, a fin de facilitar la reorganización institucional de la entidad.-
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO.-
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º EXTENDER por el término de TREINTA (30) días hábiles a partir de su notificación personal, la PRORROGA de NORMALIZACION concedida Resolución Nº68-DPJ-2026, de fecha 25 de Febrero del año 2026, a la entidad “CLUB DEFENSORES DE NOGOLI”, con domicilio en la Localidad de Nogoli, Dpto. Belgrano, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N° 2153-GyE-1968, de fecha 31 de Julio de 1968.-
Art. 2º RATIFICAR en sus funciones de Normalizadora a la Sr/Sra. EMANUEL ISRAEL MARCIAL, D.N.I. N° 31.321.237, a los fines de continuar con el desarrollo de sus actividades tendientes a la regularización definitiva de la entidad.-
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE.-
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e y v: 24 Jul.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 383-DPJ-2026.-
San Luis, 21 de Julio de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº48/2013, perteneciente a la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL IGLESIA EVANGÉLICA TIEMPO DE RESTAURACIÓN”, con domicilio en la Ciudad de San Luis, Dpto. Pueyrredón, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N°116-DCyFPJ-2013, de fecha 31 de Julio de 2024,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 70 consta nota presentada por el delegado normalizador de la entidad de marras designado mediante Resolución Nº307-DPJ-2024, solicitando prorroga del proceso de normalización en aras de continuar organizando y gestionando el funcionamiento para que dicho organismo cumpla con las expectativas de la comunidad.-
Que resulta conveniente hacer lugar a la solicitud de Sr/Sra. MIRTHA HILDA IBAÑEZ, D.N.I. N°20.131.252, a fin de facilitar la reorganización institucional de la entidad.-
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO.-
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º EXTENDER por el término de TREINTA (30) días hábiles a partir de su notificación personal, la PRORROGA de NORMALIZACION concedida Resolución Nº307-DPJ-2024, de fecha 31 de Julio del año 2024, a la entidad “ASOCIACIÓN CIVIL IGLESIA EVANGÉLICA TIEMPO DE RESTAURACIÓN”, con domicilio en la Ciudad de San Luis, Dpto. Pueyrredón, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N° 116-DCyFPJ-2013, de fecha 31 de Julio de 2024.-
Art. 2º RATIFICAR en sus funciones de Normalizadora a la Sr/Sra. MIRTHA HILDA IBAÑEZ, D.N.I. N° 20.131.252, a los fines de continuar con el desarrollo de sus actividades tendientes a la regularización definitiva de la entidad.-
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE.-
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e y v: 24 Jul.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 385-DPJ-2026
San Luis, 22 de julio de 2026
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo Nº 27/1997 correspondientes a la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA PRO AYUDA AL NIÑO ESCUELA N° 191”; y
CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora Escolar de referencia se encuentra en estado de irregularidad institucional ante esta Dirección de Personas Jurídicas, registrando vencimiento de mandato de sus autoridades y/o incumplimientos documentales que impiden su normal funcionamiento.
Que las cooperadoras escolares cumplen un rol fundamental en la construcción de la comunidad educativa, promoviendo la participación activa de madres, padres, abuelos y graduados, colaborando en la mejora de las condiciones materiales, organizativas y comunitarias de los establecimientos educativos.
Que mediante Decreto N° 3723-MG-2026 se creó el Programa “Cooperadora Activa”, destinado al fortalecimiento integral de las Cooperadoras Escolares con personería jurídica vigente en la Provincia de San Luis.
Que el citado Programa tiene por finalidad promover el desarrollo institucional de las cooperadoras escolares a través de acciones de sensibilización comunitaria, regularización jurídica, capacitación dirigencial y acceso a financiamiento público para la ejecución de proyectos sociales.
Que el Artículo 5° del Decreto N° 3723-MG-2026 establece como líneas de acción del Programa el reempadronamiento y regularización institucional, la capacitación y formación dirigencial y el acceso al financiamiento público.
Que asimismo el Artículo 7° del referido Decreto establece como requisito para acceder al financiamiento encontrarse en estado regular ante la Dirección de Personas Jurídicas.
Que en consecuencia resulta necesario adoptar las medidas tendientes a restablecer el normal funcionamiento institucional de la entidad, posibilitando la conformación de autoridades legítimamente electas y la regularización de su situación registral.
Que la permanencia de la entidad en estado de irregularidad no sólo afecta su normal desenvolvimiento institucional sino que además impide su incorporación plena a las herramientas de fortalecimiento, capacitación y financiamiento previstas por el Programa Cooperadora Activa.
Que la convocatoria de oficio constituye una herramienta excepcional destinada a garantizar la continuidad institucional de las personas jurídicas cuando circunstancias de interés público así lo aconsejan.
Que la regularización de las Cooperadoras Escolares reviste un especial interés público atento a su vinculación directa con la comunidad educativa y con las políticas provinciales orientadas al fortalecimiento de la educación.
Que el Artículo 4 inciso 5) de la Ley V-0112-2004 faculta a esta Dirección de Personas Jurídicas a convocar de oficio a asambleas cuando ello resulte necesario para garantizar la continuidad institucional de las entidades sujetas a fiscalización.
Que en virtud de lo expuesto corresponde convocar de oficio a Asamblea General Ordinaria de Asociados a fin de proceder a la elección de autoridades y regularización institucional de la entidad.
Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley N° V-0112-2004
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1: CONVOCAR a ASAMBLEA DE ASOCIADOS DE OFICIO de la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA PRO AYUDA AL NIÑO ESCUELA N°191” LPJ 27/1997, personería jurídica otorgada mediante Resolución N°00105-DPRLel-1997; a realizarse el día 27/07/2026 a las 17:00Hs. en la sede social de la entidad sita en Pedernera N° 1638, Localidad Buena Esperanza, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente orden del día:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta
2) Reforma de Estatuto
3) Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/24 y ejercicio cerrado el 31/12/25
4) Elección de Autoridades
ARTICULO 2: DETERMINAR que podrán participar en el acto asambleario todos los tutores de los menores del establecimiento escolar que obren en el Listado Adjunto elaborado por la Dirección del colegio.
ARTICULO 3: NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia y oportunamente ARCHIVESE.
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e y v: 24 Jul.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 386-DPJ-2026
San Luis, 22 de julio de 2026
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo Nº 242/2001 correspondientes a la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 225”; y
CONSIDERANDO:
Que la Cooperadora Escolar de referencia se encuentra en estado de irregularidad institucional ante esta Dirección de Personas Jurídicas, registrando vencimiento de mandato de sus autoridades y/o incumplimientos documentales que impiden su normal funcionamiento.
Que las cooperadoras escolares cumplen un rol fundamental en la construcción de la comunidad educativa, promoviendo la participación activa de madres, padres, abuelos y graduados, colaborando en la mejora de las condiciones materiales, organizativas y comunitarias de los establecimientos educativos.
Que mediante Decreto N° 3723-MG-2026 se creó el Programa “Cooperadora Activa”, destinado al fortalecimiento integral de las Cooperadoras Escolares con personería jurídica vigente en la Provincia de San Luis.
Que el citado Programa tiene por finalidad promover el desarrollo institucional de las cooperadoras escolares a través de acciones de sensibilización comunitaria, regularización jurídica, capacitación dirigencial y acceso a financiamiento público para la ejecución de proyectos sociales.
Que el Artículo 5° del Decreto N° 3723-MG-2026 establece como líneas de acción del Programa el reempadronamiento y regularización institucional, la capacitación y formación dirigencial y el acceso al financiamiento público.
Que asimismo el Artículo 7° del referido Decreto establece como requisito para acceder al financiamiento encontrarse en estado regular ante la Dirección de Personas Jurídicas.
Que en consecuencia resulta necesario adoptar las medidas tendientes a restablecer el normal funcionamiento institucional de la entidad, posibilitando la conformación de autoridades legítimamente electas y la regularización de su situación registral.
Que la permanencia de la entidad en estado de irregularidad no sólo afecta su normal desenvolvimiento institucional sino que además impide su incorporación plena a las herramientas de fortalecimiento, capacitación y financiamiento previstas por el Programa Cooperadora Activa.
Que la convocatoria de oficio constituye una herramienta excepcional destinada a garantizar la continuidad institucional de las personas jurídicas cuando circunstancias de interés público así lo aconsejan.
Que la regularización de las Cooperadoras Escolares reviste un especial interés público atento a su vinculación directa con la comunidad educativa y con las políticas provinciales orientadas al fortalecimiento de la educación.
Que el Artículo 4 inciso 5) de la Ley V-0112-2004 faculta a esta Dirección de Personas Jurídicas a convocar de oficio a asambleas cuando ello resulte necesario para garantizar la continuidad institucional de las entidades sujetas a fiscalización.
Que en virtud de lo expuesto corresponde convocar de oficio a Asamblea General Ordinaria de Asociados a fin de proceder a la elección de autoridades y regularización institucional de la entidad.
Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley N° V-0112-2004
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTICULO 1: CONVOCAR a ASAMBLEA DE ASOCIADOS DE OFICIO de la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N°225” LPJ 242/2001, personería jurídica otorgada mediante Resolución N°375-PCyFdePJ-2001; a realizarse el día 24/07/2026 a las 9:30Hs. en la sede social de la entidad sita en Avenida Comechingones S/N, Localidad Papagayos, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente orden del día:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta
2) Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/25
ARTICULO 2: DETERMINAR que podrán participar en el acto asambleario todos los tutores de los menores del establecimiento escolar que obren en el Listado Adjunto elaborado por la Dirección del colegio.
ARTICULO 3: NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia y oportunamente ARCHIVESE.
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e y v: 24 Jul.
RESOLUCION Nº 05-MDPS-2026.-
San Luis, 20 de Julio de 2026.-
VISTO:
El EXD 0000-7200104/26; y,
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la especificidad de las competencias ministeriales vigentes, se ha evaluado la idoneidad y designación de tres funcionarios de esta cartera de Estado para que integren y representen de forma coordinada los intereses del sector estatal provincial en la COPROSA;
Que las designaciones propuestas recaen sobre el Director de Ganadería, Agricultura y Agroindustria, el Director de Producción Familiar, Frutihortícola y Apícola y el Director de Fiscalización y Control, funcionarios que reúnen las condiciones de idoneidad técnica y funcional requeridas para el ejercicio de dicha función;
En tal sentido se propone designar como representantes formales del Gobierno de la Provincia de San Luis ante la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA), a los siguientes funcionarios del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentadle, quienes actuarán en representación del Estado Provincial con voz y voto en las deliberaciones del organismo y ejerciendo las funciones asignadas legalmente:
Presidente: Ing. Gustavo del Bosco, D.N.I. N° 23.202.474 en su carácter de Director de Ganadería, Agricultura y Agroindustria; Vicepresidente: Diego Pierdominici, D.N.I. N° 30.849.799 en su carácter de Director de Producción Familiar, Frutihortícola y Apícola y; Suplente: Víctor Daniel Boiero, D.N.I. N° 14.654.254 en su carácter de Director de Fiscalización y Control;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL SEÑOR MINISTRO SECRETARIO
DE ESTADO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTADLE
RESUELVE:
Art. 1°.- Designar como representantes formales del Gobierno de la Provincia de San Luis ante la Comisión Provincial de Sanidad Animal (COPROSA), a los siguientes funcionarios del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentadle, quienes actuarán en representación del Estado Provincial con voz y voto en las deliberaciones del organismo y ejerciendo las funciones asignadas legalmente:
- Presidente: Gustavo Del Bosco, D.N.I. N° 23.202.474 en su carácter de Director de Ganadería, Agricultura y Agroindustria.
- Vicepresidente: Diego Pierdominici, D.N.I. N° 30.849.799 en su carácter de Director de Producción Familiar, Frutihortícola y Apícola.
- Suplente: Víctor Daniel Boiero, D.N.I. N° 14.654.254 en su carácter de Director de Fiscalización y Control.-
Art. 2°.- Establecer que las funciones y mandatos de los representantes designados en el Artículo 1º se ejercerán con carácter ad honorem y mientras duren en el ejercicio de sus funciones en los cargos de revista o medie una nueva disposición que modifique la presente.-
Art. 3°.- Hacer saber a los funcionarios designados, a la Mesa Ejecutiva de la COPROSA San Luis y a la Dirección Regional del SENASA.-
Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
FEDERICO A. TROMBOTTO
Ministro Secretario de Estado de
Desarrollo Productivo Sustentable
SPP e. y v: 24 Jul.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 389-DPJ-2026
San Luis, 22 de Julio de 2026
VISTO:
Las actuaciones obrantes en Legajo/archivo 7/1980 correspondientes a la entidad “CLUB HIPICO TILISARAO”, con domicilio legal en Ruta 55 Km 877, de la Localidad de Tilisarao, Provincia de San Luis, y:
CONSIDERANDO:
Que la entidad de referencia presenta estado de irregularidad ante esta Dirección.
Que a fs. 837 obra presentación suscripta por el Sr. DARIO FRANCISCO HIPOLITO LUCERO, de fecha 4 de Mayo de 2026, dirigida a la Sra. Directora de Personería Jurídicas, Dra. María Lorena Domínguez, mediante la cual denuncia irregularidades en el Club Hípico Tilisarao, manifestando que la Comisión Directiva actual no le permite incorporarse como socio desde hace más de un año y medio, y que próximamente se realizaría la Asamblea Ordinaria del Club, ocasión en la que, al no poder revestir la calidad de socio, no tendría la posibilidad de presentarse como candidato con lista. Solicita intervención para que se lo incorpore como socio y se prorrogue la Asamblea a los fines de darle la posibilidad de participar.
Que a fs. 839 obra notificación emitida por esta Dirección, de fecha 26 de Mayo de 2026, dirigida a la Comisión Directiva del Club Hípico Tilisarao, mediante la cual se corrió TRASLADO por el plazo improrrogable y perentorio de diez (10) días hábiles de las presentaciones adjuntas, a los efectos de realizar el correspondiente DESCARGO en tiempo y forma ante esta Dirección.
Que a fs. 840 obra nueva presentación del Sr. DARIO FRANCISCO HIPOLITO LUCERO, de fecha 23 de Junio de 2026, dirigida a esta Dirección, mediante la cual denuncia que la Comisión Directiva del Club Hípico Tilisarao se encuentra en estado de ACEFALÍA, en razón de haber vencido el plazo para convocar a Asamblea el día 13 de Junio del corriente año. En consecuencia, solicita: la intervención de la Comisión impidiéndole a sus integrantes presentar listas; la convocatoria a elecciones abiertas para todas las listas que deseen presentarse; o en su defecto, que se lo designe normalizador del Club para llevar a cabo la Asamblea. Reitera su petición de ser autorizado a presentar una lista, adjuntando cuarenta (40) firmas en concepto de respaldo, nómina de la Comisión actual, comprobante de fecha de vencimiento de mandato, y documentación relativa a carreras programadas para el día 28 de Junio de 2026.
Que de fs. 847 a fs. 848 obra nota de respuesta suscripta por el Sr. Andres Lucero, en su carácter de Presidente, en representación de la Comisión Directiva del Club Hípico Tilisarao Asociación Civil, de fecha 25 de Junio de 2026, dirigida a esta Dirección, mediante la cual contesta las presentaciones efectuadas por el Sr. Darío Francisco Hipólito Lucero, señalando: 1°) Que el Estatuto Social vigente establece expresamente que la admisión de nuevos asociados constituye una atribución exclusiva de la Comisión Directiva, quien posee la facultad de resolver la admisión de quienes soliciten incorporarse. 2°) Que el Estatuto dispone que en caso de rechazo de una solicitud de ingreso no resulta obligatorio expresar las causas de dicha decisión, no existiendo derecho adquirido por el mero transcurso del tiempo ni obligación de incorporar automáticamente a un aspirante. 3°) Que para integrar los órganos sociales resulta indispensable revestir la calidad de socio activo, contar con una antigüedad mínima de dos (2) años como tal, ser mayor de edad, residir en la localidad de Tilisarao y encontrarse al día con Tesorería, requisitos que quien no posee la condición de socio activo no puede reunir. 4°) Que el Estatuto no contempla disposición alguna que autorice o imponga la suspensión o prórroga de una Asamblea Ordinaria con motivo de una solicitud individual de ingreso como asociado. 5°) Que la Comisión Directiva manifiesta haber actuado dentro de las facultades conferidas por el Estatuto Social y solicita que la presentación efectuada por el Sr. Darío Francisco Hipólito Lucero sea desestimada por no existir incumplimiento estatutario alguno que justifique la intervención solicitada.
Que en fs. 849 obra nota de fecha 21 de Julio de 2026, suscripta por el Presidente Lucero Andrés junto al resto de la Comisión Directiva, mediante la cual solicitan que este Organismo convoque asamblea de oficio a fin de tratar, Reforma Integral del Estatuto Social; Elección de Autoridades; Consideración y Aprobación de Estados Contables 2025, adjuntando: 1) Libro de Socios Actualizado; 2) Listado de Socios en Condiciones de Participar; 3) Estados Contables 2025; 4) Informe del Revisor de Cuentas 2025; 5) Memoria 2025 6) Proyecto de Estatuto Social; adjuntando correspondiente documentación.
Que del análisis de las cuestiones planteadas surge que como consecuencia del carácter de persona jurídica privada de la entidad, la admisión de socios o la denegación de las solicitudes son prerrogativas propia de la misma. El Art. 23 Inc. b) del Estatuto Social faculta a la Comisión Directiva a resolver sobre la admisión de los socios; en consecuencia ésta Dirección no interviene en estas cuestiones internas y propias de la entidad.
Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la ley N° V-0112-2004
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ART. 1°: NO HAY LUGAR a la presentación de fs. 837/839 sobre denegación de admisión de socios por improcedente.
ART. 2°: Convocar a Asamblea Extraordinaria y Ordinaria a de Oficio a celebrarse el día Lunes 27 de Julio de 2026, en la sede social Ruta 55 Km 877, de la entidad “CLUB HIPICO TILISARAO”, con personería jurídica otorgada mediante Resolución Nº 2649-GyE-(SEG)-1980, LPJ Nº ٠٠٠٠٧/١٩٨٠ con el siguiente y orden del día:
Asamblea Extraordinaria: A las 18:00 horas, con el siguiente Orden del Día:
•Elección de dos asambleístas para la firma del acta.
•Reforma de Estatuto Social.
Asamblea Ordinaria: A las 19:00 horas, con el siguiente Orden del Día:
•Elección de dos asambleístas para la firma del Acta.
•Consideración y Aprobación de Memoria, Balance General e Informe de Revisores de Cuenta correspondientes a los ejercicios contables del año 2025.
•Elección de Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas
ART 2°: Notifíquese en la forma de práctica; publíquese por UN (1) día en el Boletín Oficial de la provincia de San Luis y oportunamente archívese.
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 24 Jul.
ACUERDOS
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
ACUERDO N° 202-TC-2026
En la Ciudad de San Luis, Capital de la Provincia de igual nombre, República Argentina, a quince días del mes de abril del año dos mil veintiséis, venido a Acuerdo del Honorable Tribunal de Cuentas, los miembros del mismo dijeron que:
VISTO: El EXD 6261210/25 caratulado: “MUNICIPALIDAD DE FORTÍN EL PATRIA 3° TRIMESTRE AÑO 2024 HTD REL 10416/24” y;
CONSIDERANDO: Que vienen a fallo de este Honorable Tribunal de Cuentas las actuaciones referenciadas, por lo que, puestas las mismas a consideración de la Vocalía del C.P.N. Ferraro Alberto en su voto fundado manifiesta: “…Que en las presentes actuaciones obra Informe de Auditoría (actuación INFOMU 73769/25), en el cual el Contador Fiscal actuante ante la falta de presentación del Balance considera encuadrar el presente caso en las normas del Capítulo XI de la Ley Nº VI-0166-2004.
Que en actuación ELEIND 207299/25 el Contador Fiscal General, compartiendo el informe de Auditoría de la Contaduría Fiscal actuante, eleva las presentes actuaciones.
Que en actuación DOCEXT 207300/25 obra constitución de domicilio electrónico de los Cuentadantes.
Que en EXD 6090885/25 los Cuentadantes presentan el Balance, acumulado a las presentes actuaciones, por lo que se remite para su análisis por Contaduría Fiscal.
Que en actuación INFOMU 73997/25 obra Informe de Auditoría en el que, Contaduría Fiscal actuante efectúa observaciones Formales y Sustanciales, conforme el Art. 63, Inc. a) y b) de la Ley Nº VI-0166-2004.
Que las Observaciones Sustanciales del punto 6.A sin subsanar consisten
Que en el punto 8 figura el detalle del Trimestre bajo análisis:
Que el Contador Fiscal actuante considera que se debe APROBAR PARCIALMENTE la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y OCHO CTVOS. ($92.858.650,68) e INICIAR JUICIO DE CUENTAS por la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON CUATRO CTVOS. ($10.115.541,04), correspondientes a las Observaciones Sustanciales del punto. 6.A del 3° TRIMESTRE AÑO 2024, a los Responsables Cuentadantes SR. GATICA, DIEGO RAÚL D.N.I. 25.766.280 y la SRA. MORICHETTI, DANIELA PAULA D.N.I. 32.845.628 en el carácter de INTENDENTE y SECRETARIA respectivamente, de la MUNICIPALIDAD DE FORTIN EL PATRIA, Departamento Dupuy, Provincia de San Luis (Conf. Capítulo X de la Ley Nº VI-0166-2004).
Que en actuación ELEIND 209486/25 el Contador Fiscal General, compartiendo el informe de Auditoría de la Contaduría Fiscal actuante, eleva las presentes actuaciones.
Que los Cuentadantes son notificados de las Observaciones formuladas mediante cédulas CEDOBS 244/25 y CEDOBS 245/25 y constancias de recepción en DOCEXT 211830/25 y DOCEXT 211831/25, no obrando en autos, descargo alguno.
Que en actuación DOCEXT 216832/25 obra acta de defunción del Cuentadante Sr. Gatica, Diego Raul, fallecido el día 20/10/2025.
Que el Art. 73 Ley N° VI-0166-2004 dispone: “la renuncia, separación del cargo, incapacidad legalmente declarada o muerte del obligado, no impide ni paraliza el Juicio de Cuenta, en el que en los dos últimos casos se sustanciará con los curadores o herederos del causante”.
Que vistas las actuaciones mencionadas, analizadas las mismas es necesario realizar algunas precisiones.
Que según lo normado en el Art. 1° de la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, determina lo siguiente: “Los Intendentes Comisionados son agentes naturales del Gobierno de la Provincia. Tienen a su cargo el gobierno y la administración general del municipio...”.
Que el Art. 54 de la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia habla sobre la responsabilidad Administrativa y determina: “Alcance. Todo agente de la Administración Provincial responderá por los daños que por su culpa o negligencia sufran las finanzas públicas y estará sometido al control de la Contaduría General y a la jurisdicción del Tribunal de Cuentas en los términos de la presente Ley. La mencionada responsabilidad alcanza en general a todo agente o persona a quien se haya confiado el cometido de recaudar, percibir, invertir, pagar o custodiar fondos, valores u otros bienes pertenecientes o administrados por el Estado...”.
Que es necesario recordar lo normado en el Inc. 1) del Art. 238 de nuestra Constitución Provincial sobre la jurisdicción y competencia de este Organismo que expresa: “Examina y fiscaliza las cuentas de percepción, gastos e inversión de las rentas públicas provinciales, reparticiones autárquicas, entes descentralizados y municipalidades, aprobándolas o desaprobándolas; en este último caso, determina los responsables, como también el monto, las causas y los alcances respectivos”.
Que en este mismo orden de ideas el Art. 3° de la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas Nº VI-0166-2004 establece: “LA VOCATIO: El Tribunal de Cuentas es la única autoridad con imperium exclusivo en el orden administrativo, para aprobar o desechar las cuentas rendidas en la Administración Provincial, reparticiones autárquicas, entes centralizados, descentralizados, desconcentrados y municipalidades. Declarará su competencia o incompetencia para intervenir en la rendición de cuentas sin recurso alguno. Todo ello sin perjuicio de lo determinado sobre control previo por la legislación vigente y/o lo que en el futuro se establezca sobre dicha materia.”
Que en la mencionada Ley se determina la Competencia de este Organismo en el Art. 40 Inc. 10) “Traerá a Juicio de Cuentas a todo agente o funcionario de la Administración Provincial o Municipal, y en general a todo estipendiario, cuentadante, ordenador primario o secundario, persona o entidad a las que ya sea con carácter permanente o eventuales se les haya entregado o confiado el cometido de recaudar, invertir, pagar, transferir, administrar o custodiar fondos, especies u otros bienes del Estado o Municipalidades”.
Que como conclusión de lo expresado anteriormente, corresponde APROBAR PARCIALMENTE la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y OCHO CTVOS. ($92.858.650,68) e INICIAR JUICIO DE CUENTAS en los términos del Capítulo X de la Ley Nº VI-0166-2004, por la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON CUATRO CTVOS. ($10.115.541,04), correspondientes a las Observaciones Sustanciales del punto. 6.A del 3° TRIMESTRE AÑO 2024, a los Responsables Cuentadantes SR. GATICA, DIEGO RAÚL D.N.I. 25.766.280 y la SRA. MORICHETTI, DANIELA PAULA D.N.I. 32.845.628 en el carácter de INTENDENTE y SECRETARIA respectivamente, de la MUNICIPALIDAD DE FORTIN EL PATRIA, Departamento Dupuy, Provincia de San Luis. Atento al fallecimiento del SR. GATICA, DIEGO RAÚL D.N.I. 25.766.280, corresponde llamar a sus herederos a fin de que concurran a estar a derecho (Conf. Art. 73 Ley N° VI-0166-2004) mediante citación por EDICTOS por tres (3) días consecutivos. ES MI VOTO. VOCALÍA. C.P.N. FERRARO ALBERTO, SAN LUIS 15 DE ABRIL AÑO 2026”.
Que los restantes miembros del Cuerpo adhieren in totum al voto emitido por el C.P.N. Ferraro, Alberto.
Por ello, los integrantes del Honorable Cuerpo;
ACUERDAN
Artículo 1°: APROBAR PARCIALMENTE la suma de PESOS NOVENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON SESENTA Y OCHO CTVOS. ($92.858.650,68).
Artículo 2°: INICIAR JUICIO DE CUENTAS en los términos del Capítulo X de la Ley Nº VI-0166-2004, por la suma de PESOS DIEZ MILLONES CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UNO CON CUATRO CTVOS. ($10.115.541,04), más intereses correspondientes a las Observaciones Sustanciales del punto 6.A del 3° TRIMESTRE AÑO 2024, a los Responsables Cuentadantes SR. GATICA, DIEGO RAÚL D.N.I. 25.766.280 y la SRA MORICHETTI, DANIELA PAULA D.N.I. 32.845.628 en el carácter de INTENDENTE y SECRETARIA respectivamente, de la MUNICIPALIDAD DE FORTIN EL PATRIA, Departamento Dupuy, Provincia de San Luis. Atento al fallecimiento del SR. GATICA, DIEGO RAÚL D.N.I. 25.766.280, LLAMAR a sus herederos a fin de que concurran a estar a derecho al (Conf. Art. 73 Ley N° VI-0166-2004), mediante citación por EDICTOS por tres (3) días consecutivos.
Artículo 3°: CORRER TRASLADO a los Responsables Cuentadantes, en la forma establecida en el Art. 64 de la Ley Nº VI-0166-2004 y por el término de quince (15) días.
Artículo 4°: Registrar, Notificar y Archivar.
Agotado el tema, motivo de este Acuerdo, se da por finalizado el mismo.
e: 22 y v: 27 Jul.
ADM 19219/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS SC 2026”
ACUERDO Nº 125-STJSL-SC-2026-
En la Provincia de San Luis, a VEINTIDOS días del mes de JULIO de DOS MIL VEINTISEIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L´HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VICTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO;
DIJERON: Que la Ley Orgánica del Ministerio Público reconoce la autonomía funcional del Ministerio Fiscal y del Ministerio de la Defensa, atribuyendo al Procurador General y al Defensor General, respectivamente, facultades de superintendencia, administración y contralor sobre los recursos humanos y materiales de los organismos a su cargo.
Que mediante el Acuerdo Nº 5-STJSL-SC-2026 este Superior Tribunal de Justicia estableció pautas y mecanismos vinculados a la gestión administrativa y a los procedimientos de contratación en el ámbito del Poder Judicial, fijando criterios orientados a garantizar la eficiencia, transparencia y adecuado control de los recursos públicos.
Que dotar al Ministerio Público Fiscal y al Ministerio de la Defensa de mayores herramientas de gestión administrativa, permite que determinadas contrataciones de menor cuantía, vinculadas exclusivamente a las dependencias bajo su dirección, puedan ser autorizadas directamente por sus máximas autoridades.
Que la medida propiciada resulta complementaria de las previsiones contenidas en el Acuerdo Nº 5-STJSL-SC-2026 y contribuirá a optimizar los procedimientos administrativos, agilizar la atención de las necesidades operativas del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio de la Defensa y fortalecer el principio de descentralización funcional, sin alterar los mecanismos de control presupuestario y rendición de cuentas vigentes en el ámbito del Poder Judicial.
Por ello y teniendo en cuenta las facultades otorgadas en el artículo 214 inciso 8 de la Constitución Provincial, y lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis, artículo 39 inciso 40) y artículo 48 de la Ley Orgánica de la Administración de Justicia de la Provincia de San Luis; y artículos 21, 22 y 28 Ley IV-1052-2024 Orgánica del Ministerio Público Fiscal;
ACORDARON:
I) MODIFICAR el inciso c) del punto III) del Acuerdo Nº 5-STJSL-SC-2026, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“c) Hasta la suma de PESOS DOCE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL ($12.538.000,00):
1. por Presidencia del Superior Tribunal de Justicia;
2. por quien ejerza la Presidencia del Consejo Académico del Instituto de Capacitación del Poder Judicial “Dr. Juan Crisóstomo Lafinur”, para las contrataciones hasta dicho monto correspondientes a la Unidad Ejecutora “Instituto de Capacitación Dr. Tomás Jofré”;
3. por el Procurador General, para las contrataciones correspondientes a la atención de las necesidades de su ámbito jurisdiccional, imputables al programa presupuestario del Ministerio Público Fiscal;
4. por el Defensor General, para las contrataciones correspondientes a la atención de las necesidades de su ámbito jurisdiccional, imputables al programa presupuestario del Ministerio de la Defensa.”
II) ORDENAR que se publique el presente acuerdo en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis, por el término de un día.
III) DISPONER que el presente Acuerdo tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación.
Con lo que se dio por terminado el acto disponiendo los Sres. Ministros la continuidad del trámite, comunicaciones y publicaciones correspondientes por Secretaría Contable.
SECRETARIA CONTABLE
MARÍA MERCEDES BERTARD
Secretaria Contable
e y v: 24 Jul.
ADM 19219/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS SC 2026”
ACUERDO Nº 126-STJSL-SC-2026-
En la Provincia de San Luis, a VEINTIDOS días del mes de JULIO de DOS MIL VEINTISEIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L´HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO;
DIJERON: Visto el anuncio efectuado por el Sr. Gobernador de la Provincia, de fecha 8 de julio de 2026, mediante el cual se dispuso un incremento salarial para el personal de la Administración Pública Provincial, consistente en cuatro tramos del cinco por ciento (5%), a hacerse efectivos en los meses de julio, agosto, octubre y noviembre del corriente año, alcanzando un incremento total del treinta por ciento (30%) para el ejercicio 2026.
Que la Constitución de la Provincia reconoce al Superior Tribunal de Justicia su independencia funcional y la autonomía económica, financiera y funcional del Poder Judicial, garantizando asimismo la intangibilidad de las remuneraciones de sus magistrados.
Que resulta procedente disponer para el personal del Poder Judicial un incremento salarial en idénticas condiciones al anunciado para la Administración Pública Provincial, a fin de mantener la política remunerativa vigente.
Que la Dirección de Recursos Humanos, a través de la Oficina de Sueldos, informó el costo estimado que demandará la implementación del referido incremento salarial para el resto del ejercicio 2026.
Que resulta necesario gestionar ante el Poder Ejecutivo Provincial el correspondiente refuerzo presupuestario, a fin de evitar la afectación de recursos propios del Poder Judicial destinados al cumplimiento de las políticas institucionales y de los objetivos previstos para el presente ejercicio, preservando así el normal desenvolvimiento de su autonomía económica y financiera.
Que, en consecuencia, corresponde disponer el incremento salarial anunciado e instruir a la Secretaría Contable para gestionar las adecuaciones presupuestarias y el correspondiente refuerzo de partidas ante el Ministerio de Hacienda Pública de la Provincia.
Por ello, y teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 214 de la Constitución Provincial y 1°, 3° y concordantes de la Ley Nº IV-0088-2004 de Autonomía Económica, Financiera y Funcional;
ACORDARON:
I) OTORGAR al personal del Poder Judicial de la Provincia de San Luis un incremento salarial remunerativo y bonificable del VEINTE POR CIENTO (20%), el que se hará efectivo en forma progresiva, siendo:
-un CINCO POR CIENTO (5%) a partir del 1 de julio de 2026;
-un CINCO POR CIENTO (5%) a partir del 1 de agosto de 2026;
-un CINCO POR CIENTO (5%) a partir del 1 de octubre de 2026; y
-un CINCO POR CIENTO (5%) a partir del 1 de noviembre de 2026;
Cada tramo será calculado sobre los haberes vigentes al mes de enero de 2026, conforme la modalidad establecida para la Administración Pública Provincial y de acuerdo con los criterios de liquidación vigentes para este Poder Judicial.
II) ESTABLECER que los incrementos dispuestos precedentemente se aplicarán sobre el Sueldo Básico, la Compensación Jerárquica y los complementos remunerativos vigentes, manteniéndose la naturaleza jurídica y el tratamiento de los distintos conceptos salariales.
III) DISPONER que lo establecido en el presente Acuerdo tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2026, no generando otros derechos o reconocimientos al margen de las fechas precedentemente establecidas.
IV) COMISIONAR a la Secretaría Contable para que efectúe las adecuaciones presupuestarias necesarias y gestione ante el Ministerio de Hacienda y Obras Públicas de la Provincia el refuerzo presupuestario correspondiente, destinado a financiar el mayor costo derivado de la presente medida salarial.
V) REMITIR, por Secretaría Contable, copia del presente Acuerdo al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas de la Provincia.
VI) ORDENAR que por Secretaría Contable se proceda a la publicación del presente Acuerdo en el sitio web institucional del Poder Judicial y por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia.
Con lo que se dio por terminado el acto disponiendo los Sres. Ministros la continuidad del trámite, comunicaciones y publicaciones correspondientes por Secretaría Contable.
SECRETARIA CONTABLE
MARÍA MERCEDES BERTARD
Secretaria Contable
e y v: 24 Jul.
ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 138-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a VEINTIDÓS días del mes de JULIO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L´HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.
DIJERON: Que por Acuerdo Nº 36-STJSL-SA-2026 se llamó a Concurso Abierto de Antecedentes y Oposición para cubrir los cargos de Juez de Paz Lego, con asiento en las localidades de NOGOLI, ESTANCIA GRANDE, LOS CAJONES y UNIÓN, lo que tramita en ADM 18761/25 por ante Dirección de Recursos Humanos. -
Que, en ese contexto, la Dirección de Recursos Humanos, en cumplimiento de las funciones previstas en los arts. 50 incs. 1, 2, 9, 10 y 12 y 51 incs. 3 y 13 de la Ley N° IV-0086-2021, en actuaciones Nº 30684247/26, de fecha 20/7/2026 y N° 30859002/26, de fecha 22/7/2026, del mencionado ADM, informa sobre el estado del referido Concurso respecto de cada una de las localidades concursadas (resultado de las instancias de oposición; evaluación psicolaboral; evaluación de antecedentes; factibilidad de designaciones; y destaca la no conformación de terna para la localidad de Unión -punto X del Acuerdo de referencia-, y el recurso de reconsideración con apelación en subsidio interpuesto por una de los postulantes a cubrir cargo de Juez de Paz Lego en la localidad de Nogolí, en trámite en ERE 18761/2), y proyecta el acuerdo consecuente.-
Que Secretaría Contable, en actuación N° 30050081/26, de fecha 14/4/2026, del ADM 13906/23, dictaminó sobre la factibilidad presupuestaria y financiera para cargos de JUEZ DE PAZ LEGO.-
Que, por lo expuesto, y de conformidad a lo establecido por los arts. 205, 214 incs. 5 y 6, 220 a 223 de la Constitución Provincial; arts. 4, 12, 21 y 39 incs. 7) b., 26) y 28) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia Nº IV-0086-2021 (modificada por Ley N° IV-1106- 2023) y art. 17 de la Ley N° VI-0156- 2004;
ACORDARON:
I) DESIGNAR en el cargo de JUEZ DE PAZ LEGO con jurisdicción sobre el Partido de El Durazno, con asiento en la localidad de ESTANCIA GRANDE del Departamento Coronel Pringles de la Primera Circunscripción Judicial, al Sr. MARIANO ALFREDO DAVIS, D.N.I. Nº 28.184.704.-
II) DESIGNAR en el cargo de JUEZ DE PAZ LEGO con jurisdicción sobre los Partidos de Las Lomitas, Cautana y Punta de Agua con asiento en la localidad de LOS CAJONES del Departamento Junín de la Tercera Circunscripción Judicial, al Abg. JUAN PABLO ALBARADO MAGALLANES, D.N.I. N º 29.621.610.-
III) DESIGNAR, con carácter provisorio, a la Sra. CATERINNE YAZMIN GUERRA – D.N.I. N° 43.691.086 en el cargo de JUEZ DE PAZ LEGO con jurisdicción sobre los Partidos de Fortuna y Justo Daract, con asiento en la Localidad de UNIÓN del Departamento Gobernador Dupuy de la Segunda Circunscripción Judicial, hasta que finalizado el proceso de llamado a Concurso correspondiente se designe el Funcionario titular o en su defecto se cumpla el plazo máximo de un año, lo que ocurra primero. -
IV) ESTABLECER la puesta en funciones de cada mandato constitucional desde el día 1/8/2026, FIJANDO el correspondiente acto de juramento para el día 24 de JULIO de 2026 a la hora doce (12:00 hs.) en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, sito en el Palacio de Justicia de la ciudad de San Luis. -
V) DISPONER que la Unidad de Protocolo y Ceremonial y la Oficina de Prensa y Comunicación Institucional arbitren las medidas pertinentes para la realización del referido acto de juramento en observancia de lo dispuesto por los arts. 46 inc. 37 y 104 inc. a) ap. 9 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia Nº IV-0086-2021 (modificada por Ley N° IV-1106-2023).-
VI) SUSPENDER el proceso de concurso correspondiente al cargo de JUEZ DE PAZ LEGO con jurisdicción sobre los Partidos de Nogolí y Rumiguasi, con asiento en la localidad de NOGOLI del Departamento Belgrano de la Primera Circunscripción Judicial, de conformidad a lo prescripto en el último párrafo del art. 17 de la Ley de Procedimiento Administrativo, inter se resuelva el recurso de reconsideración con apelación en subsidio interpuesto por la postulante Abg. María Emilia García - en trámite ERE 18761/2.
VII) ORDENAR que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en las secciones “Acuerdos” y “Concursos para Ingreso al Poder Judicial”, y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia por un (1) día.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros se agregue copia del presente Acuerdo al ADM 18761/25, y vuelva el mismo a Dirección de Recursos Humanos, para las comunicaciones y publicaciones que correspondan. -
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
MARÍA MERCEDES BERTARD
Secretaria Contable
e. y v: 24 Jul.
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE NASCHEL
ORDENANZA N° 361-HCD-2026
NASCHEL, San Luis - 24 de Junio del 2026
“DIGESTO JURÍDICO MUNICIPAL DE NASCHEL”
Visto, la necesidad de recopilar, ordenar, sistematizar y garantizar el acceso a la normativa municipal vigente, dictada en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante desde su creación hasta la actualidad y del Departamento Ejecutivo Municipal; y,
Considerando que, el ordenamiento jurídico municipal constituye una herramienta fundamental para garantizar la seguridad jurídica, la transparencia institucional y el adecuado acceso a la información pública;
Que, el transcurso del tiempo ha generado una importante dispersión normativa, dificultando la localización, interpretación y aplicación de las normas municipales;
Que, resulta necesario implementar mecanismos de organización, clasificación y actualización normativa que permitan identificar el estado de vigencia de las disposiciones municipales;
Que, la Ley Nacional N° 26.939, mediante la cual se aprobó el Digesto Jurídico Argentino, constituye un antecedente legislativo e institucional relevante en materia de ordenamiento, consolidación y sistematización normativa, sirviendo como referencia técnica para la implementación de herramientas de organización jurídica en los distintos ámbitos del Estado;
Que, el acceso público, gratuito y organizado a la normativa municipal fortalece los principios de transparencia, publicidad de los actos de gobierno y acceso a la información pública;
Que, la creación de un Digesto Jurídico Municipal permitirá consolidar progresivamente un sistema ordenado, accesible y dinámico de consulta normativa;
Que, asimismo resulta necesario preservar y organizar el patrimonio documental e institucional del Municipio de Naschel;
Que, existe documentación normativa municipal recopilada y organizada correspondiente al período comprendido entre el 2004 y la actualidad, constituyendo ello un antecedente documental e institucional relevante para el inicio progresivo del Digesto Jurídico de Naschel;
Que, corresponde establecer criterios claros para la recopilación, clasificación y publicación de la normativa municipal.
POR ELLO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NASCHEL
EN QUORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DE LEY,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: Créase el “Digesto Jurídico Municipal de Naschel”, como sistema de recopilación, organización, clasificación, sistematización y actualización de la normativa municipal vigente y de valor histórico institucional.
ARTÍCULO 2°: El Digesto Jurídico de Naschel estará integrado por:
a) Ordenanzas;
b) Resoluciones;
c) Declaraciones;
d) Decretos del Departamento Ejecutivo Municipal de alcance general, reglamentario, organizativo o de carácter permanente.
Quedan excluidos los actos administrativos de carácter individual, particular o de mero trámite administrativo.
ARTÍCULO 3°: El Digesto Jurídico tendrá por objeto:
a) Ordenar y sistematizar la normativa municipal;
b) Garantizar la seguridad jurídica;
c) Facilitar el acceso ciudadano a la información normativa;
d) Promover la transparencia institucional;
e) Contribuir al saneamiento, depuración y ordenamiento normativo municipal;
f) Preservar el patrimonio documental e institucional del Municipio.
ARTÍCULO 4°: La implementación y coordinación general del Digesto Jurídico de Naschel estará a cargo de la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, actuando la Secretaría Legislativa como órgano técnico-administrativo responsable de su organización, sistematización, actualización y administración.
ARTÍCULO 5°: El Digesto Jurídico de Naschel contará con el acompañamiento y revisión institucional de las Comisiones Permanentes del Honorable Concejo Deliberante y de la Asesoría Jurídica del mismo, quienes intervendrán conforme a sus respectivas competencias en tareas de análisis, clasificación, seguimiento y revisión normativa.
ARTÍCULO 6°: La normativa incorporada al Digesto Jurídico será clasificada conforme a los siguientes criterios:
a) Vigente;
b) Derogada;
c) Caduca;
d) Histórica;
e) Consolidada.
ARTÍCULO 7°: La Presidencia del Honorable Concejo Deliberante, con intervención de la Secretaría Legislativa, podrá establecer criterios de organización temática y codificación progresiva de la normativa municipal, conforme a las materias y competencias correspondientes.
ARTÍCULO 8°: Toda dependencia municipal deberá poner a disposición la documentación normativa, registros, antecedentes y demás información que resulten necesarios para la conformación y actualización del Digesto Jurídico Municipal, garantizando el acceso para su consulta, relevamiento, digitalización y clasificación, sin que ello implique el traslado obligatorio de documentación original fuera de la dependencia que la custodia.
ARTÍCULO 9°: El Digesto Jurídico Municipal será incorporado progresivamente a formatos digitales de consulta pública y podrá difundirse a través de los canales institucionales oficiales del Honorable Concejo Deliberante y/o de la Municipalidad de Naschel.
ARTÍCULO 10°: Toda norma sancionada o dictada con posterioridad a la promulgación de la presente Ordenanza deberá incorporarse al Digesto Jurídico de Naschel.
ARTÍCULO 11°: El proceso de conformación inicial del Digesto Jurídico Municipal tendrá como plazo de ejecución hasta el día 30 de agosto de 2027, fecha en la cual deberá encontrarse concluida la primera etapa de relevamiento, clasificación y sistematización normativa.
Antes del 30 de junio de 2027, el Honorable Concejo Deliberante deberá expedirse mediante Resolución Interna ratificando el plazo previsto en el artículo precedente o, en caso de resultar necesario por razones fundadas vinculadas a la magnitud de la tarea o a la disponibilidad de documentación, disponer su prórroga, estableciendo un nuevo plazo de finalización.
ARTÍCULO 12°: Finalizada la etapa inicial de relevamiento y sistematización normativa, el Digesto Jurídico Municipal será elevado al Honorable Concejo Deliberante para su consideración y aprobación mediante la norma correspondiente.
ARTÍCULO 13°: La actualización del Digesto Jurídico será permanente y progresiva.
ARTÍCULO 14°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese, regístrese y archívese.
GIANFRANCO VILLEGAS
Presidente H.C.D.
Soledad Fernanda Cabañez
Secretaria Legislativa H.C.D.
EXENTO
DECRETO Nº 082-MN-2026.-
NASCHEL (SL), Julio 01 de 2026
VISTO:
La ORDENANZA Nº: 361-HCD-2026, (01/07/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 261º de la CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, faculta a este Departamento Ejecutivo Municipal a promulgar y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante,
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE NASCHEL
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
DECRETA
Art. 1º.-HOMOLOGAR en todas sus partes la ORDENANZA Nº: 361-HCD-2026, (01/07/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel.
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Intendencia Municipal.
Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, elévese al Boletín Oficial de la Provincia de San Luis, dese al Registro Municipal y oportunamente archívese.
VALERIA VERÓNICA KUHN
Intendente Municipal
EXENTO
MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES
ORDENANZA Nº 1364-OSP-O-2026
30 de junio de 2026.
VISTO:
La Ordenanza Nº 627-OSP/O/2014, que crea la URBANIZACION ZONA CENTRAL “PERIFERICO ESTE DEL CASCO CENTRAL”, y;
CONSIDERANDO:
Que el crecimiento de la ciudad hacia su lado este con zonas afectadas a la actividad rural y las conclusiones de los estudios realizados para el Plan Urbano Ambiental, todo ello referente al Art.3°) de la mencionada Ordenanza que establece una restricción al dominio para que las calles y caminos que puedan ampliarse hasta alcanzar como mínimo los anchos que se consignan: “Camino de La Fortuna (...) a) 30.60 mts., entre Av. Jorge Newbery y Colectora Ferrocarril Gral. San Martín”.
Que la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS PUBLICAS y SERVICIOS URBANOS, solicita modificar el Inc. a) del Punto 2) del Art. 3°), de modo de establecer una restricción al dominio para que las calles y caminos que a continuación se detallan puedan ampliarse hasta alcanzar como mínimo los anchos que se consignan: Segundo Párrafo en su parte pertinente, “2) Av. Camino La Futuna: a) 9.60 de ancho de pavimentación”.
Que se detalla la situación actual de la arteria vial de referencia, en el tramo comprendido entre las calles Ardiles y Av. Jorge Newbery, como así también su proyección en cuanto a sus dimensiones según Ordenanza del año 2015. Para esta arteria vial se proyectó una Avenida con un ancho total de 30.00 metros, para lo cual se ordenó el retiro de 7.50 metros a las propiedades frentistas de ambos lados, cuyo efecto tendría lugar al momento en que los propietarios de esos inmuebles presentaran planos de subdivisión.
Que, en realidad, actualmente solo existen dos planos de subdivisión para loteos aprobados con posterioridad a dicha Ordenanza, los cuales cumplen con el retiro previsto para el ensanche de la calle (Plano de Mensura de División Nº 03-119-2016, ubicado al oeste del Camino De La Fortuna, entre calle Miguel B. Pastor y Pringles; Plano de Mensura de División Nº 03-259 2017, el cual se emplaza al este de dicha calle, en el tramo comprendido entre las calles Ardiles y Edison).
Que a su vez existe un tramo entre las proyecciones de calles Edison y Pringles, sobre el cual los inmuebles frentistas poseen planos de mensura anteriores a la mencionada Ordenanza; por lo cual en estos inmuebles no se ha materializado ni se podrá materializar el retiro previsto para ensanche de calle La Fortuna. En el sector comprendido entre calles Zoilo Concha y Av. Jorge Newbery, las edificaciones ubicadas al oeste del Camino De La Fortuna se encuentran ocupando el retiro previsto para ensanche, debido también a que sus mensuras son anteriores a la Ordenanza vigente.
Que considerando las diversas situaciones relevadas en el tramo del Camino La Fortuna y verificando que no será posible aplicar de manera uniforme el ensanche previsto por la Ordenanza de 2012, conforme sugerencia de la Coordinación de Planeamiento Urbano, se considera pertinente reordenar el trazado de la arteria.
Que se propone destinar los sectores donde actualmente se registran retiros y ensanches a la creación de parques lineales, plazas y espacios de descanso, generando áreas de uso público que aporten valor urbano y social.
Que, para los demás tramos, donde las condiciones de mensura y edificación impiden la materialización del retiro, se recomienda ejecutar una calle con dimensiones normales, ajustada a las mediciones de líneas y niveles existentes.
Que por medio de la presente se pone a consideración el Proyecto de Pavimentación de la calle “La Fortuna”, el cual contempla la ejecución de pavimento sobre una longitud aproximada de 1.250 metros lineales, por un ancho 9.60 metros, de cordón a cordón, con el objetivo de mejorar sustancialmente la infraestructura vial del sector Este de la ciudad.
Que la concreción de esta obra permitirá optimizar la conectividad entre dos barrios consolidados, generando un vínculo directo entre sectores actualmente separados por una vía de circulación con condiciones de transitabilidad limitada; de manera tal que la calle “La Fortuna” pase a constituirse en una arteria principal de acceso y circulación para el sector Este de la ciudad, favoreciendo el flujo vehicular de sur a norte y de norte a sur, así también como el transporte de servicios y la movilidad cotidiana de los vecinos.
Que esta medida busca, no solo mejorar la circulación, sino también elevar la calidad urbana del entorno, contribuyendo al ordenamiento territorial, la valorización de las propiedades frentistas y el desarrollo general del sector. Asimismo, la pavimentación permitirá reducir problemas asociados al polvo en suspensión en épocas secas y al barro durante períodos de lluvia, mejorando significativamente las condiciones ambientales y sanitarias del área.
Que, como parte fundamental del desarrollo técnico de la obra, esta disposición contempla la realización de un planteo altimétrico integral, que permitirá definir las pendientes longitudinales y transversales de la calzada. Este estudio se desarrollará en conjunto con un sistema de escurrimiento y conducción de desagües pluviales, garantizando el adecuado drenaje de las aguas superficiales y evitando acumulaciones que puedan afectar la durabilidad del pavimento o generar inconvenientes a los vecinos.
Que la ejecución de esta obra representa una intervención estratégica para el crecimiento urbano, consolidando un corredor vial que facilite la circulación y mejore la accesibilidad en una zona en constante desarrollo, incorporando además espacios públicos de valor paisajístico y social para la comunidad.
Que, por lo expuesto, se considera que la iniciativa de Pavimentación de la calle “La Fortuna” y desarrollo de Parque Lineal constituye una inversión prioritaria en materia de infraestructura urbana, con beneficios directos en la conectividad, seguridad vial, desarrollo urbano y calidad de vida de la población.
Que, por todo lo expuesto, se dispone la modificación a la Ordenanza N° 627-OSP/O/2014, en lo que respecta al ancho de la calle “la Fortuna”, atento que se encuentra comprometido en la presente el bien público y la mejora de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE,
EN QUÓRUM LEGAL Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 1364-OSP/O/2026
Art. 1°) MODIFÍQUESE el Art. 3º) de la Ordenanza Nº 627-OSP/O/2014, que crea la URBANIZACION ZONA CENTRAL “PERIFERICO ESTE DEL CASCO CENTRAL”, quedando redactado de la siguiente forma:
Art. 3°) Se establece una restricción al dominio para que las calles y caminos que a continuación se detallan puedan ampliarse hasta alcanzar, como mínimo los anchos que se consignan:
1) Av. Amaro-Galán:
a) 23.60 m entre las calles Ardiles y Av. Pringles.
b) 39.60 m entre las calles Ardiles y Corrientes
c) 30.00 m entre la Calle Corrientes y la Colectora del FFCC.
2) Av. Camino de La Fortuna:
a) 9.60 m entre Av. Jorge Newbery y Colectora Ferrocarril Gral. San Martín
3) Ardiles:
a) 27.60 m entre calle Agüero y Av. Amaro Galán
b) 39.60 m entre Av. Amaro Galán límite este del ejido municipal
4) Av. Maipú:
a) 19.60 m entre Calle Pedernera y Calle Chile.
b) 23.60 m entre calle Chile y Av. Camino de la Fortuna
c) 39.60 m entre Av. Camino de la Fortuna y el límite este del Ejido Municipal.
5) Calle San Luis
a) 27.60 m entre calle Rufino Barreiro y Amaro Galán
6) Calle Paraguay:
a) 22.60 m entre Paseo de la Dársena y Granaderos Puntanos
7) Calle Rufino Barreiro:
a) 25.00 m en todo su recorrido
8) Granaderos Puntanos:
a) 22.60 m. entre Calle Paraguay y Moreno
9) Moreno:
a) 22.60 m. entre Granaderos Puntanos y Av. Amaro Galán
Art. 2º) Cúmplase.
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a los treinta días del mes de junio del año dos mil veintiséis.
SILVINA LETICIA GALETTO
Presidenta H.C.D.
María A. Olmos
Secretaria Legislativa H.C.D.
EXENTO
DECRETO Nº 4346-2026
Villa Mercedes (S. L.) 14 de julio de 2026
VISTO:
Exp Nº ٧٧٢١-E-HCD-2026, Ordenanza Nº 1364-OSP/O/2026 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que el departamento ejecutivo municipal, comparte el contenido de la norma antes dicha;
Que corresponde su promulgación conforme lo establecido en el Art. 63, inc. 3 de la Carta Orgánica Municipal;
Que por lo antes expuesto, debe emitirse el correspondiente acto administrativo;
Que el Departamento Ejecutivo Municipal autoriza el dictado del presente decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art. 1°) Promulgar la Ordenanza Nº 1364-OSP/O/2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, referida a: Modificación del Inc. a) del Punto 2) del Art. 3°) de la Ordenanza N° 627-OSP/O/2014- Ancho de Avda. “Camino de La Fortuna”.
Art. 2°) Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Finanzas y demás dependencias que correspondan.
Art. 3º) Cúmplase, comuníquese, REGÍSTRESE y ARCHÍVESE.
MAXIMILIANO GERMÁN FRONTERA
Intendente
Jorge Germán Sepúlveda
Secretario de Gobierno
Marcela Natalia Berón
Secretaria de Economía y Finanzas
EXENTO
ASAMBLEAS
SOCIEDAD RURAL DE SAN LUIS
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS
En cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de los estatutos sociales, la Sociedad Rural de San Luis, convoca a los socios de la Institución a la Asamblea General Ordinaria, que se celebrará en las oficinas ubicadas dentro del predio de la Sociedad Rural de San Luis, sito en calles Belgrano y Rawson, el día martes 18 de agosto del corriente año a las 18:00 hs.-
ORDEN DEL DIA
1º Consideración y aprobación de la memoria, balance general e informe revisor de cuentas del ejercicio anual iniciado el 1 de Enero del 2025 al 31 de Diciembre del 2025.
2º Tratamiento y consideración de la memoria balance e informe del revisor de cuentas.
JOAQUÍN BELGRANO RAWSON
Presidente
C: 2316 $16.500,00 e: 22 y v: 27 Jul.
MINISTERIO DE GOBIERNO
La Directora de Personas Jurídicas ordena se publique que la asociación civil CENTRO DE JUBILADOS LOS MOLLES ASOCIACIÓN CIVIL, con LPJ Nº ١٩٢/٢٠١٢, ha convocado a Asamblea Extraordinaria a celebrarse el día 27 de Julio de 2026 a las 15:30 hs. en calle 25 de Mayo y calle 27 de la localidad de Los Molles, Provincia de San Luis, a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1 - Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2·- Reforma Integral del Estatuto Social.
Asimismo, se convoca a Asamblea Ordinaria a celebrarse el mismo día a las 16:30 hs. en el mismo lugar, a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1 - Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2·- Consideración y aprobación de Memoria, Balance e Informe del Revisor de Cuentas correspondiente al ejercicio cerrado el 31/12/2025.
C.P.N. MARÍA VICTORIA POGGI
Subdirectora de Personas Jurídicas
C: 2324 SPP e. y v: 24 Jul.
LLAMADO A ASAMBLEA:
La BIBLIOTECA PUPULAR MARIANO MORENO(N° Leg. 63/1996) convoca a todos sus asociados/as a la Asamblea Extraordinaria a realizarse el día 29 de Julio de 2026 a las 15:00 hs. en la Sede Social (calle 12 de Octubre y Sarmiento) Fortuna - San Luis.
ORDEN DEL DIA:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del acta.-
2) Elección de autoridades (Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas)
C: 2333 $5.500,00 e y v: 24 Jul.
El centro de jubilado Los Molles 423-DC Y FPJ 2012 llama a asamblea ordinaria el día 27 de julio de 2026 a las 15.30 hs en la calle 25 de mayo y 27, para tratar los siguientes temas
-Elección de asambleístas para firma del acta
-Consideración balance al 31 de diciembre del 2025
EDUARDO CAMPIONE
Presidente
C: 2334 $5.500,00 e y v: 24 Jul.
El centro de jubilado Los Molles 423-DC Y FPJ 2012 llama a asamblea extraordinaria el día 27 de julio de 2026 a las 16.30 hs en la calle 25 de mayo y 27, para tratar los siguientes temas
-Elección de asambleístas para firma del acta
-Consideración cambio art del estatuto
EDUARDO CAMPIONE
Presidente
C: 2335 $5.500,00 e y v: 24 Jul.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA
La Asociación Educacional “Portal de Melo”, Pers. Jurd. 290/99 notifica de la Asamblea Ordinaria a realizarse el día 21 de agosto del dos mil veintiséis, a las dieciocho treinta horas, en su domicilio sito en Independencia y Juana Azurduy de Merlo (San Luis), a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del acta conjuntamente con el Presidente y Secretario de la Asociación. -
2) Explicación de los motivos de realización fuera de término de la Asamblea.
3) Consideración de la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas, por el ejercicio cerrado al 31/12/2025.-
4) Renovación de “cuatros” miembros de la Comisión Directiva por finalización de mandato según estatuto de la Asociación.
5) Renovación de Comisión Revisora de Cuentas. –
Nota:
• Según el art. 22 del Estatuto Social, la Asamblea se realizará válidamente sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido la mitad más uno de los asociados.-
• Según el art. 21 del Estatuto Social, la copia de la documentación a tratar en la Asamblea se encuentra a disposición de los asociados en la sede social de la institución.
ELENA GALLARDO
Presidente
C: 2344 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE UNIÓN
“LLAMADO A ASAMBLEA ANUAL ORDINARIA”
La Asociación Centro de Jubilados y Pensionados de Unión, provincia de San Luis convoca a sus asociados a la Asamblea Anual Ordinaria, la cual tendrá lugar para el día Lunes 17 de agosto del 2026 a las 15:00 horas en su sede social en la localidad de Unión, provincia de San Luis, para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
- Consideración de Memoria, Balance, cuenta de Recursos y Gastos de los ejercicios anuales N° 25 correspondiente al siguiente periodo 01/01/2025 a 31/12/2025
- Renovación de la totalidad de los miembros a cargo de la comisión directiva y órgano revisor de cuentas
Unión, San Luis 22 de Julio del 2026
VICTOR HUGO SOSA
Presidente
C: 2345 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
COOPERADORA ESCOLAR COLEGIO Nº 22 JOSE MANUEL ESTRADA
“LLAMADO A ASAMBLEA ANUAL ORDINARIA”
La Asociación Cooperadora Escolar Colegio Nº 22 José Manuel Estrada, de Unión provincia de San Luis convoca a sus asociados a la Asamblea Anual ordinaria, la cual tendrá lugar para el día viernes 14 de agosto del 2026 a las 18:00 horas en su sede social ubicada Av. Antonio Dassa Nº ٣٨٥ (Colegio Secundario), en la localidad de Unión, provincia de San Luis, para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
-Consideración de Memoria, Balance, cuenta de Recursos y Gastos de los ejercicios anuales por Planilla con fecha de cierre de ejercicio 2025
Unión, San Luis 22 de julio del 2026
NATALIA ALONSO
Presidente
C: 2346 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
CONVOCATORIA
“Asociación Civil Círculo Médico del Norte de San Luis”
La Comisión Directiva convoca a sus afiliados/as a la Asamblea General Anual Ordinaria a realizarse el día 22 de Agosto de 2026 a las 18 Hs. sede social Pte. Perón 112 Planta Alta Ofic. 1 y 2.
1) Designación de 2 socios para rubricar el Acta de Asamblea conjuntamente con el Presidente y Secretaria de Actas de la Comisión Directiva.
2) Consideración y aprobación de Memoria, Balance e Informe de Comisión Fiscalizadora del ejercicio económico cerrado el 30 de septiembre de 2025 (N° 40).-
3) Elección para renovación completa de Comisión Directiva, Comisión Fiscalizadora y Tribunal de Honor.-
Merlo, 17 de Julio de 2026
ADRIANA OLIVERA
Presidenta
C: 2347 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
La Asociación Civil de Bomberos Voluntarios de Concarán llama a Asamblea General Ordinaria el día 31/08/2026 a las 20:30 hs para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1°) Elección de dos socios para firmar el acta correspondiente.
2°) Poner a consideración de la asamblea para su aprobación memoria y balance 2025.
3°) Renovación total de Comisión Directiva.
CONCARAN 21/07/2026
MIGUEL ANGEL ORTIZ
Presidente
C: 2348 SPP e. y v: 24 Jul.
LICITACIONES
AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 15-ACTySSL-2026.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TRASLADOS PARA PERSONAL DE LA AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN Y LA AGENCIA DE CIENCIA TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS”.
EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-6300556/26.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON 08/100 ($877.862.404,08).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS CON 40/100 ($877.862,40).-
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis -Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 07 de agosto de 2026, a las 10:00hs.-
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 06 de agosto de 2026 a las 14:00hs.-
Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar
C: 2319 SPP e: 22 y v: 27 Jul.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 07-2026
EXD. 2130913/26
DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO Nº 8444-MHIP-2026
OBRA: CONSTRUCCIÓN DE SALA DE 3 AÑOS EN ESCUELA Nº 267 “GOB. ERIBERTO MENDOZA”
UBICACIÓN: POTRERO DE LOS FUNES - DEPARTAMENTO PUEYRREDÓN - PROVINCIA DE SAN LUIS.
FORMA DE CONTRATACIÓN: AJUSTE ALZADO
PRESUPUESTO OFICIAL: $199.002.146,71.-
PRECIO DEL PLIEGO: $200.000,00.-
PLAZO DE EJECUCIÓN: 240 días corridos
FECHA DE APERTURA: 10/08/2026 Hora: 10:00 hs.
CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas – Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis, a partir de la fecha de publicación y hasta el 05/08/26 inclusive.
PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ACTO DE APERTURA:
DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS
Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis.
C: 2349 SPP e: 24 y v: 29 Jul.
COMERCIALES
Convócase a los accionistas de LV - ENERGY S.A. a Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 27 de julio de 2026 a las 13 hs en primera convocatoria y a las 14 hs en segunda convocatoria en el domicilio de calle Junín 347 de la Ciudad de San Luis, para el tratamiento del siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1. Designación del accionista que suscribirá el acta.
2. Consideración de las actuaciones derivadas de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 6 de septiembre de 2024.
3. Consideración de la documentación prevista por el artículo 234, inciso 1°, de la Ley General de Sociedades correspondiente al ejercicio económico N° 13, finalizado el 31 de diciembre de 2024.
4. Consideración del resultado del ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2024.
5. Consideración de la gestión del Directorio correspondiente al ejercicio económico 2024.
6. Consideración de la documentación prevista por el artículo 234, inciso 1°, de la Ley General de Sociedades correspondiente al ejercicio económico N° 14, finalizado el 31 de diciembre de 2025.
7. Consideración del resultado del ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2025.
8. Consideración de la gestión del Directorio correspondiente al ejercicio económico 2025.
9. Cambio de la sede social.
10. Determinación del número de directores y designación de autoridades
Nota: Los accionistas deberán cursar comunicación para que se los inscriba en el Registro de Asistencia con no menos de tres (3) días hábiles de anticipación a la Asamblea
C: 2281 $27.500,00 e: 17 y v: 27 Jul.
MINISTERIO DE GOBIERNO
Atento lo solicitado en el expediente caratulado “GRUPO FERNANDEZ AZALDEGUI S.A.S.”./inscripción de S.A.S.- Rubrica de Libros.-Ordénese publicación de Edicto, por el término de un día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis conforme al Art 37 de la Ley N° 27.349.-
Villa Mercedes 03 de Julio de 2026.-
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2336 $5.500,00 e y v: 24 Jul.
El Registro Público de Comercio ordena la publicación por el termino de ley, de los miembros del directorio de ROVELLA EMPRENDIMIENTOS S.A., sociedad al inscripta al Tomo de Contratos Sociales N° 330, Folio 40, N° 06 en San Luis el 29/03/2019, los cuales han sido designados por Acta de Asamblea General Ordinaria celebrada como Asamblea Unánime de fecha22/06/2026, convocada por Acta de Directorio del 22/06/2026, y conforme registro de asistencia del 22/06/2026, quedando el directorio conformado, a partir de las mismas, de la siguiente forma: Presidente y Directora Titular: MARIA PIA ROVELLA, DNI Nº 37.599.479; Directora Suplente: CECILIA VERÓNICA CICCARONE, DNI N° 23.463.752.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2337 $5.500,00 e y v: 24 Jul.
CONSULTORA MEGATOR S.A.
ACTA DE DIRECTORIO N° 68. En San Luis a los 24 días del mes de abril de 2026, siendo las 09:00hs., se reúne el Directorio de CONSULTORA MEGATOR S.A. (la “Sociedad”), en su sede social de la calle Rivadavia N° 1302 de la Ciudad y Provincia de San Luis, con la presencia de los Sres. Directores que suscriben al pie de la presente. Preside la reunión la Presidente del Directorio, Lic. Graciela Ana Geiler, quien declara abierto el acto y manifiesta que la presente reunión tiene por objeto considerar la convocatoria a Asamblea General Ordinaria a fin de renovar mandato de directorio y fijar al efecto el orden del día. Puesto a consideración el punto la Sra. Presidente manifiesta que resulta necesario convocar a la Asamblea a fin de designar nuevas autoridades a partir de la renovación de directorio atento a que el actual ha estado vigente en el cierre de 3 ejercicios. Luego de una breve deliberación se resuelve por unanimidad convocar a los Sres. Accionistas a la Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 24 de abril del 2026 a las 11:00hs en la sede social, sito en la calle Rivadavia 1302 de la Ciudad y Provincia de San Luis y cuyo orden del día a tratar queda establecido en el siguiente: 1) Designación de dos accionistas para firmar el acta; 2) Aprobación de la gestión del Directorio; 3) Fijar conformación de un nuevo Directorio y elegir sus miembros. El Presidente informa que ha tomado contacto la totalidad de los accionistas, los que han comprometido su asistencia a la Asamblea General Ordinaria a realizarse por lo que la misma es de carácter de unánime en los términos del art. 234 de la ley 19.550, por lo que se resuelve prescindir de la publicación de edictos en el Boletín Oficial para la convocatoria, todo lo cual se aprueba por unanimidad de votos. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 10:00hs. ACTA DE ASAMBLEA N° 32. En San Luis a los 24 días del mes de abril del 2026, se reúnen en Asamblea General Ordinaria los accionistas de CONSULTORA MEGATOR S.A. (la “Sociedad”), en su sede social de la calle Rivadavia N° 1302 de la Ciudad y Provincia de San Luis, que figuran y suscriben en el libro de Deposito de Acciones y Registro de Asistencia a Asambleas Generales N° 1 F°20. La Sra. Presidente del Directorio, Lic. Graciela Ana Geiler, siendo las 11:00hs da inicio a la Asamblea con la presencia del 100% de los accionistas que representan la totalidad del capital social y del total de votos de la Sociedad, por cual, la presente asamblea reviste el carácter de unánime de conformidad con lo dispuesto en el art. 237 de la ley 19.550 último párrafo, y se halla válidamente constituida para tratar todos los asuntos que se someten a su consideración y las resoluciones que se adopten tendrán validez siempre que se aprueben por unanimidad de votos. No habiendo objeciones que formular por ninguno de los presentes, se da lectura al temario del Orden del Día: 1) Designación de dos accionistas para firmar el acta; 2) Aprobación de la gestión del Directorio; 3) Fijar conformación de un nuevo Directorio y elegir sus miembros. Puesto a consideración el primer punto del orden del día, por unanimidad, se resuelve que el acta sea firmada por todos los accionistas presentes. Puesto a consideración el segundo punto del orden del día, por unanimidad, se resuelve aprobar la gestión del Directorio agradeciendo a sus miembros la dedicación empeñada. Puesto a consideración el tercer punto del orden del día, toma la palabra la Sra. presidente y expone que, encontrándose cumplido el mandato del actual Directorio, resulta necesario fijar un nuevo Directorio y designar los miembros que lo componen por lo que mociona un Directorio conformado por el número mínimo de miembros con los siguientes socios: DIRECTOR: DR. DANIEL ERNESTO WOSCOBOINIK DIRECTOR SUPLENTE: LIC. GRACIELA ANA GEILER Sometido a votación, por unanimidad se resuelve, Aprobar la moción presentada por la Sra. Presidente, designando el nuevo Directorio conforme la moción expuesta ut supra. Encontrándose presentes en este acto las personas nombradas, aceptan los cargos para los cuales han sido propuestos y manifiestan que no se encuentran comprendidos en inhabilidades o incompatibilidades legales o reglamentarias para ejercer en dichos cargos y que no son personas expuestas políticamente constituyendo domicilio especial en calle Rivadavia 1302 de la Ciudad y Provincia de San Luis. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12:00hs
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2350 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD “LOS INDIOS S.A.S.”
Accionistas: MARÍA JOSÉ DE LA RIVA, D.N.I. 27.953.775, CUIT 27-27953775-6, nacionalidad argentina, de profesión comerciante, nacida el 22/11/1980, estado civil casada con Roberto Duglan Giana de D.N.I. 28.782.085, con domicilio real en calle Urquiza n° 916 de la ciudad de Villa Mercedes; ROBERTO DUGLAN GIANA, D.N.I. 28.782.085, CUIT 20-28782085-3, nacionalidad argentina, de profesión comerciante, nacido el 21/08/1981, estado civil casado con María José de la Riva de D.N.I. 27.953.775, con domicilio real en calle Urquiza n° 916de la ciudad de Villa Mercedes.
Fecha del Instrumento Constitutivo: 08/06/2026, con certificación de firmas el 12/06/2026.
La sociedad se denomina: “LOS INDIOS S.A.S.”
Domicilio de la sociedad: en la jurisdicción de la ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis. Sede Social en calle Urquiza n° 916, Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades:
A) SERVICIOS: La explotación comercial del servicio de transporte terrestre de carga, mercaderías de todo tipo, fletes, acarreos, encomiendas y paquetería, a nivel local, nacional e internacional, utilizando vehículos propios, arrendados o subcontratados; la prestación de servicios integrales de logística, incluyendo el almacenamiento, depósito, embalaje, consolidación, desconsolidación y distribución de mercaderías y bultos en general; el transporte de cargas especiales, tales como sustancias alimenticias, materiales peligrosos (siempre que cuente con las habilitaciones legales correspondientes), cargas sobredimensionadas, maquinaria pesada, contenedores y refrigerados; la compra, venta; B) COMERCIAL: La compra, venta, importación, exportación, comercialización, consignación, alquiler, leasing, mantenimiento y reparación de vehículos automotores de carga, maquinaria vial y equipos de transporte; así como la contratación de seguros y gestión de trámites inherentes a la actividad del transporte; C) FINANCIERA y de INVERSIÓN: Inversión de aporte de capital a personas naturales o jurídicas constituidas o a constituirse, tomar préstamos con o sin garantías, hacer descuentos de documentos, realizar compraventa y negociación de títulos, acciones, documentos y papeles de crédito, constitución, transferencia, cesión parcial o total de créditos con o sin garantías, realizar inversiones de fondos propios y operar con entidades financieras, inversión de capitales en bienes muebles, inmuebles, rodados, títulos y valores mobiliarios, cuotas partes y derechos inclusive los de propiedad intelectual o industrial, operar con Bancos oficiales, privados o mixtos; D) INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, cesión, dación en pago, usufructo, locación, hipotecas, arrendamientos, construcción y administración de toda clase de inmuebles rurales y urbanos; E) REPRESENTACION: El ejercicio de mandatos, comisiones y representaciones en actos relativos al objeto social.
A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente Instrumento Constitutivo, realizar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados.
Duración: El plazo de duración de la sociedad es de 99 años, contados a partir de la fecha de su constitución.
Capital Social: $1.000.000,00 (pesos un millón) representado por 100 acciones ordinarias escriturales, de $10.000,00 (pesos diez mil) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Los accionistas suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle:
MARÍA JOSÉ DE LA RIVA suscribe 50 acciones ordinarias escriturales, de diez mil pesos ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, alcanzando su participación total a pesos quinientos mil ($500.000,00); e integra el 25% (veinticinco por ciento) con dinero efectivo o sea pesos ciento veinticinco mil ($125.000,00).
ROBERTO DUGLAN GIANA suscribe 50 acciones ordinarias escriturales, de diez mil pesos ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, alcanzando su participación total a pesos quinientos mil ($500.000,00); e integra el 25% (veinticinco por ciento) con dinero efectivo o sea pesos ciento veinticinco mil ($125.000,00).-
Composición de los órganos de Administración y Fiscalización: Administrador Titular por tiempo indeterminado, hasta que una reunión de accionistas decida su reemplazo: MARÍA JOSÉ DE LA RIVA, D.N.I. 27.953.775, C.U.I.T. 27-27953775-6. Administrador Suplente por tiempo indeterminado, hasta que una reunión de accionistas decida su reemplazo a: ROBERTO DUGLAN GIANA, D.N.I. 28.782.085, C.U.I.T. 20-28782085-3. Órgano de fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.
La representación legal de la sociedad será ejercida por la Administradora Titular MARÍA JOSÉ DE LA RIVA, D.N.I. 27.953.775, C.U.I.T. 27-27953775-6.-
El ejercicio social: cierra el día 31 de diciembre de cada año.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2351 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
El Registro Público de la Ciudad de San Luis ordena que se publique por el término de ley la constitución de “IAtech Sociedad Anónima”: 1. Socios: Héctor Edgardo MAZA, argentino, DNI N° 20.589.158, CUIT 20-20589158-8, nacido el 29/11/1.968, de profesión comerciante, de 57 años de edad y de estado civil casado en segundas nupcias con Ana Laura Cuello DNI N° 34.428.911 y Julieta Belén MAZA, argentina, DNI N° 39.091.159 -CUIT 27-39091159-4 nacida el 24/06/1995 de profesión empresaria, de 30 años de edad, de estado civil soltera y ambos con domicilio real en Barrio Lote 32 Block A Barrio Los Quebrachos 2. Fecha del instrumento de constitución: Escritura N° 83 de fecha 02/06/2026. 3. Denominación. “IAtech Sociedad Anónima” 4- Domicilio- Sede Social: establecen domicilio legal en la jurisdicción de la Ciudad de San Luis y sede social en Avenida Presidente Peron N° ١.٢٦٩ “Edificio Carmelo”-٧° Piso -Oficina B, ciudad y provincia de San Luis. 5- Plazo de duración: de 99 años contados a partir de su inscripción en el Registro Público. 6. Objeto: La sociedad tiene por objeto ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país y/o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) Diseño, desarrollo, construcción, operación, mantenimiento y explotación de centros de datos (data centers), incluyendo infraestructura tecnológica, eléctrica, mecánica y de telecomunicaciones asociada. 2) Desarrollo y operación de infraestructura energética, incluyendo generación, transporte, almacenamiento y comercialización de energía eléctrica principalmente a partir de fuentes renovables, así como la instauración de sistemas de respaldo energético para infraestructuras críticas. 3) La prestación de servicios tecnológicos, incluyendo servicios tales como “Cloud Computing”, “Housing” (Colocation), “Hosting”, procesamiento de datos, inteligencia artificial (IA); almacenamiento digital y servicios relacionados. 4) La construcción y desarrollo de obras de infraestructura, incluyendo obras civiles, industriales y energéticas vinculadas a centros de datos. 5) La importación, exportación, comercialización y fabricación de equipamiento tecnológico y eléctrico, incluyendo servidores, sistemas de refrigeración, transformadores, generadores y demás componentes. 6) La participación en licitaciones públicas y privadas, tanto en el país como en el exterior. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.- 7. Capital social. Suscripciones. El capital social suscripto es de pesos treinta millones ($30.000.000) y se divide en cien mil (100.000) acciones ordinarias, nominativas no endosables de valor nominal pesos trescientos ($300) cada una y con derecho a un voto por acción, que se suscriben conforme al siguiente detalle: el Señor Héctor .E Maza suscribe 80.000 acciones ordinarias nominativas no endosables y la señorita Julieta B. Maza 20.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, lo cual conforman ambas el 100% del total de capital social. Integración: el capital se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero en efectivo por la cantidad de pesos siete millones quinientos mil ($7.500.000) y los socios se obligan a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años computados a partir de la inscripción de la sociedad- 8)- Administración- Representación: La sociedad será administrada por un directorio compuesto por 1 (uno) a 5 (cinco) miembros titulares pudiendo la asamblea elegir igual o menor número de suplentes, los que se incorporarán al directorio por el orden de su elección. El término del mandato de los directores será de tres ejercicios y durarán eventualmente hasta la celebración de la asamblea que los reemplace o los reelija. Se designa como Director Titular y Presidente al señor: Héctor Edgardo Maza DNI: 20.589.158, y como Director Suplente: Julieta Belén Maza DNI 39.091.159. Cierre de ejercicio: Cada ejercicio social cerrará todos los 31 de diciembre de cada año.-10-Fiscalización: la fiscalización estará a cargo de los socios en los términos del 55 y 284 de la LGS. Instrumento constitutivo otorgado por Escritura Pública N° 83 de fecha 02 de junio de 2026. Registro Notarial N° 8 de la Ciudad de San Luis.-
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2352 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
El Registro Público de Comercio ordena se publique por el término de la ley, que:
En relación a la sociedad “SALLENAVE S.R.L.”, con domicilio en calle San Martín Nº 848 de esta Ciudad y Provincia de San Luis, inscripta al Tomo 68 de Contratos Sociales, Folio 198, Número 20, en fecha 16 de Abril de 1990, por instrumento privado de fecha 19 de Junio de 2026, con firmas certificadas por notario en la misma fecha, se instrumentó una Cesión de Cuotas Sociales, por la que Teresita Magda Emma SALLENAVE cedió a título de donación como anticipo de herencia a favor de sus hijas María Belén SAGUI y María Celeste SAGUI, la totalidad de cuotas sociales que posee, esto es, TREINTA Y CINCO (35) CUOTAS SOCIALES con un VALOR NOMINAL de PESOS CIEN MIL ($100.000) cada una, representativas del cincuenta por ciento (50%) del capital social de la referida sociedad, en la siguiente proporción: María Belén SAGUI: 17 cuotas y María Celeste SAGUI: 18 cuotas. Prestan conformidad expresa los consocios, Jorge Martín SALLENAVE, Eduardo Agustín SALLENAVE, y Ana Soledad SALLENAVE, respecto de la cesión efectuada a favor de las señoras María Belén SAGUI y María Celeste SAGUI, cumpliéndose con lo estipulado en la cláusula décima quinta del estatuto. En virtud de la Cesión de Cuotas Sociales instrumentada, la nómina de socios y el capital social de la firma “SALLENAVE S.R.L.” queda conformado de la siguiente manera: María Belén SAGUI: 17 cuotas sociales, María Celeste SAGUI: 18 cuotas sociales, Jorge Martín SALLENAVE: 11 cuotas sociales, Eduardo Agustín SALLENAVE: 12 cuotas sociales y Ana Soledad SALLENAVE: 12 cuotas sociales.-
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2353 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
DoYLT Cloud Technology S.R.L. informa que por Acta N° 5 de Reunión de Socios de fecha 15 de abril de 2026, se resolvió la disolución de la sociedad conforme a lo dispuesto por el artículo 94 inciso 1° de la Ley 19.550, designándose como liquidador al Sr. Leandro Troncoso, DNI 39.397.314. La sociedad tiene su domicilio legal en calle Lainez 515, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, y está inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el Tomo 78 C.S. Folio 17/20 Número 03 de fecha 07/07/2023, CUIT 30-71814565-8. El dia 28/05/2026 por Acta N° 6 se aprobó el balance final de distribución y el Proyecto de distribución final. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar sus créditos en el domicilio legal dentro del plazo de treinta (30) días a partir de la última publicación del presente, conforme a lo establecido en el artículo 213 de la Ley 19.550.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2354 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
JUDICIALES
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental Nro 4 de la Primer Circunscripción Judicial, Ciudad San Luis, Provincia de San Luis a cargo de la Dra. Geraldine Ibañez, Jueza Subrogante, Prosecretaría del autorizante, en autos caratulados: “EXP 449267/26 SALAS HUGO DANIEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten (art. 699 inc. 2º del CPCC), de DON: SALAS HUGO DANIEL D.N.I. N° 16.051.145, bajo apercibimiento de ley.-
C: 2303 $16.500,00 e: 20 y v: 24 Jul
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, sito en San Martin y Belgrano, localidad de Concarán, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante en autos caratulados “EXP 433892/25 AUDISSIO KARINA ELIZABETH C/ MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL CARMEN (SAN LUIS). S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA -TRÁMITE ORAL”, cita y emplaza por quince días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio ubicado sobre calle Belgrano, sin número, localidad de Villa del Carmen, Departamento Chacabuco, Partido Estanzuela, Provincia de San Luis y que se encuentra individualizado según plano de mensura a los efectos de tramitar el título de propiedad por prescripción adquisitiva confeccionado por el Agrimensor Carlos A. Cuvertino, Mat. Prof. 317 CASL y registrado provisoriamente por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales el 02 de junio de 2025, bajo el número 4/107/24, como parcela N° “22”. Dicha parcela se encuentra empadronada bajo el N°330104 de la Receptoría Tilisarao (11) figurando a nombre de la Municipalidad De Villa Del Carmen con una superficie total de 2580,60 m2, y es afectada parcialmente por la presente mensura en 150,83m2. El inmueble carece de inscripción de dominio. Son sus medidas, superficie y linderos los siguientes: Mide desde el punto “1” al punto “2”, 7,23m; desde el punto “2” al punto “3”, 5,66m; desde el punto “3” al punto “4”, 9,93m; desde el punto “4” al punto “5”, 11,38m; y desde el punto “5” al punto “1”, 14,19m, lo que hace una superficie total de ciento cincuenta con ochenta y tres metros cuadrados (150,83 m2). Linda: Al Oeste y al Norte con padrón N°330104 de la receptoría Tilisarao, figurando a nombre de la Municipalidad de Villa Del Carmen; al Sur con calle Belgrano; y al Este con calle Ex Ruta Provincial n°1. Todo bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 29 de Junio de 2026.-
C: 2309 $11.000,00 e: 22 y v: 24 Jul.
EDICTO Nº 30744376
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “ESTRUGO LUIS ALBERTO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 448740/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: LUIS ALBERTO ESTRUGO, (D.N.I. Nº 13.721.637), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 29 de Junio de 2026.-
C: 2310 $16.500,00 e: 22 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 4 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara – Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “LATINI LUIS VICENTE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 402110/23 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. LUIS VICENTE LATINI, D.N.I. N°7.841.858, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 23 de junio de 2026.-
C: 2311 $16.500,00 e: 22 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, sito en San Martin y Belgrano, localidad de Concarán, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante en autos caratulados “MUCHUT ARIEL ENRIQUE S/ POSESION VEINTEAÑAL. EXP 306208/17”, cita y emplaza por quince días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio ubicado en esta Provincia de San Luis, Departamento Chacabuco, Partido Larca, Lugar Acceso Chorro San Ignacio Establecimiento San Cayetano, individualizado según plano de mensura a los efectos de tramitar el título de propiedad por prescripción adquisitiva confeccionado por el Agrimensor Gonzalo Sanchez Rossi, Matr. N°318 CASL el 23 de junio de 2016 y registrado provisoriamente por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el número 4/206/16, como parcela “735”. Dicha mensura afecta parcialmente el padrón 152 de la Receptoría Concarán (10) el cual se encuentra a nombre de Funes Gerardo y Alaniz de Funes Petrona. Asimismo, el inmueble carece de inscripción dominial. Mide al Norte, desde el punto “A” al punto “B”, 356,57m; desde el punto “B” al punto “C”, 30,40m; y desde el punto “C” al punto “D”, 18,21m. Al Este, desde el punto “D” al punto “E”, 201,58m. Al Sur, desde el punto “E” al punto “F”, 422,53m. Y al Oeste, desde el punto “F” al punto “A”, 287,81m, lo que hace una superficie total de 10Ha. 0.784,04m2. Linda al Norte con acceso a Chorro De San Ignacio; al Sur, con Padrón N° 1024178 de la receptoría Concarán a nombre de Aguita Clara S.A.; al Este con Padrón N° 152 de la receptoría Concarán a nombre de Gerardo Funes y Petrona Alaniz de Funes; y al Oeste, con Padrón N° 1032465 de la Receptoría Concarán, figurando a nombre de Suarez del Cerro de Molinari Adriana y Suarez del Cerro de García Reinoso Graciela. Todo bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis 30 de Junio de 2026.-
C: 2312 $11.000,00 e: 22 y v: 24 Jul.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Informe de Impacto Ambiental presentado por Cementos Avellaneda S.A., CUIT Nº 30-52604779-2, en carácter de titular y cuyo consultor ambiental es el Dr. Carlos Enrique Gardini (RUCEIA N° ٥٣), para desarrollar actividades de explotación de arcilla en la cantera “El Bajo”, localizada 75 km al NO de la ciudad de San Luis, sobre Ruta Provincial Nº 35, km 15, aproximadamente, en el Departamento General Belgrano, Partido La Calera, Provincia de San Luis y cuyas coordenadas son, aproximadamente, 32º 51´S y 66º 51´ O, (Ref. EXD. Nº 0- 1140385/20), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar
C: 2313 $11.000,00 e: 22 y v: 24 Jul.
La MUNICIPALIDAD DE BAGUAL; DEPARTAMENTO GOBERNADOR VICENTE DUPUY, de la PROVINCIA DE SAN LUIS; se encuentra tramitando en Expediente Administrativo Municipal N° EXD-0-4071342/26, la adquisición por prescripción adquisitiva (Ley Nacional N° 21.477 modificatoria Ley Nacional N° 24.320) a nombre de la MUNICIPALIDAD DE BAGUAL; del inmueble ubicado en la provincia de San Luis, Departamento Gobernador Dupuy, Partido Fortuna, Localidad de Bagual, designada como PARCELA 26 en el plano de mensura realizado por el agrimensor Hugo Orlando Villegas y registrado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el número 09-44-2024 con fecha 25 de febrero de 2025.- El titulo afectado se encuentra a nombre de Francina Ghysels de Accetta, José Accetta, Rosalía Johana Accetta, Fortunato Salvador Accetta, Vicente Máximo Accetta, Máximo Accetta, Juan Accetta, Vicente Marino Accetta y otros, según las inscripciones en los Tomos 62 (Folio 141, N°7.297), 77 (Folio 257, N°8.991), 111 (Folio 55, N°17.345), 48 (Folio 492, N°5.791), 43 (Folio 334, N°5.154), 85 (Folio 313, N°9.781) y 47 (Folio 265, N° 5.618) del departamento Pedernera.-Nomenclatura Catastral: El inmueble tiene su origen en la Circunscripción Bagual, Sección 6, Manzana 7, afectando las parcelas 3, 4, 8 y 9; bajo los padrones N° 690.043, 1.556, 690.044, 690.045, 690.042 y 53 de la Receptoría Fortuna.-
Por lo cual se cita y emplaza por el termino de treinta (30) días improrrogables y perentorios a todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente; debiendo concurrir a la Municipalidad de Bagual; en horario de oficina, para hacer valer el mismo: acompañado de la documentación acreditante.
BAGUAL; SAN LUIS; 30 de Junio de 2026.
MARCELO ULLOA
Intendente Comisionado Municipal
C: 2325 SPP e: 22 y v: 24 Jul.
La MUNICIPALIDAD DE BAGÜAL; DEPARTAMENTO GOBERNADOR VICENTE DUPUY, de la PROVINCIA DE SAN LUIS; se encuentra tramitando en Expediente Administrativo Municipal N° EXD-0-4070587/26, la adquisición por prescripción adquisitiva (Ley Nacional N° 21.477 modificatoria Ley Nacional N° 24.320) a nombre de la MUNICIPALIDAD DE BAGÜAL; del inmueble ubicado en la provincia de San Luis, Departamento Gobernador Dupuy, Partido Fortuna, Localidad de Bagüal, designada como PARCELA A en el plano de mensura que realizó el agrimensor Hugo O. Villegas y que aprobó la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales con el número 9/25/24 el 9 de septiembre de 2024.- El titulo afectado se encuentra a nombre de Manuel Álvarez, al Tomo 63 de Pedernera, Folio 173, número 7.418.- Nomenclatura Catastral: Inmueble Rural no registrado, padrón 954 de la Receptoría Fortuna.-
Por lo cual se cita y emplaza por el termino de treinta (30) días improrrogables y perentorios a todos aquellos que se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente; debiendo concurrir a la Municipalidad de Bagüal; en horario de oficina, para hacer valer el mismo: acompañado de la documentación acreditante.
BAGÜAL; SAN LUIS; 30 de Junio de 2026.
MARCELO ULLOA
Intendente Comisionado Municipal
C: 2326 SPP e: 22 y v: 24 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٢ de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis a cargo de la DRA. GERALDINA INÉS IBAÑEZ, jueza titular, secretaria de la autorizante, en autos caratulados “JOFRE ROSA ARGENTINA C/CERIZOLA IBAR ANTONIO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP Nº ٣٢٤٨٢٧/١٨ cita y emplaza por quince días a los demandados con domicilio ignorado y toda persona que se considere y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Gobernador Esteban Adaro y esquina calle Raul B. Diaz, de la Provincia de San Luis, Departamento: Juan Martín de Pueyrredón, Partido: La Capital, Padrón Nº 890394, Inscripción de Dominio T° 22 (Ley 3236) de Capital, F° 54 – N° 8175, de Receptoría: Capital, correspondiente al Plano Nº 1/388/19, confeccionado por el Agrimensor Raúl Giulietti, Parcela “32” constante de una superficie de CIENTO OCHENTA Y TRES METROS SESENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (183,63 M2) con los siguientes límites NORTE: calle Gobernador Esteban Adaro, OESTE: calle Raul B. Diaz, ESTE: Antonio Melian Morales, y SUR: María Haydee Coria de Miranda.-
San Luis, 02 de Junio de 2026
C: 2327 $11.000,00 e: 22 y v: 24 Jul.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS se hace saber a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Collazo Leandro, DNI Nº 32.319.649, con domicilio en Sauce 1478 B° Estación Conlara, de la Localidad de Santa Rosa de Conlara, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad.-
San Luis, 7 julio del 2026.-
ELIANA LOURDES ALCARAS
Secretario General
C: 2328 $11.000,00 e: 22 y v: 24 Jul.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Cruz Tito Alex Emanuel, DNI Nº 40.139.165, con domicilio en Av. Justo Daract 27, de la Localidad de Merlo, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad.-
San Luis, 17 julio del 2026.-
JOSÉ LUIS VILLEGAS
Presidente
C: 2329 $16.500,00 e: 22 y v: 27 Jul.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Fernández Romero Victoria D.N.I 45.614.984, con domicilio en Esmeralda y Berilo S/N Las Moreras, de la localidad de Merlo, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad.
San Luis, 20 de julio del 2026.-
JOSÉ LUIS VILLEGAS
Presidente
C: 2330 $16.500,00 e: 22 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: “FRIAS INDOLFO CLEMENTE, AGUILAR BEATRIZ S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP 409516/23, se hace saber: “CONCARÁN, SAN LUIS, 23 de SEPTIEMBRE de 2024…II.- 1) Por promovida formal demanda de prescripción veinteañal, en contra de Benicio Aguilar y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, la que tramitara según las normas del proceso ordinario (Art. 330 del CPCC). 2) De la demanda y documental acompañada, traslado al accionado por el término de quince días, con más los que correspondieren por la distancia, para que la conteste y comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley. Se le requiere al demandado comunique su número telefónico y de su letrado a los fines de lograr adecuada inmediatez y comunicación. Notifíquese personalmente o por cedula (Art. 135 del CPCC). DEBERA denunciar domicilio exacto a los fines de la notificación. En caso de que el demandado se encuentre fallecido, ordeno librar oficio al registro de juicios universales, a fin de que informe si se ha abierto sucesorio en relación al mismo, y, en su caso, juzgado por donde tramita. Se le hace saber al profesional que deberá acompañar oficio en formato editable, para su control, firma y envío. 3) Sin perjuicio de ello, y a los fines de salvaguardar derechos de terceros, publíquense edictos dos veces y con intervalo de treinta días por el término de dos días en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis, y en un diario de amplia difusión local, con las enunciaciones de ley. (Artículo 911/912 CPCC). Se le hace saber al profesional que deberá acompañar proyecto de edicto en formato editable para su control y firma. 4) Cúmplase con lo dispuesto por el artículo 915 CPCC, estando a cargo de la parte la exhibición y acreditación allí prevista en la Municipalidad respectiva. 5) En relación a la exhibición de edictos en sede judicial y pagina web del Poder Judicial, en su oportunidad pase a diligenciamiento a sus fines. 6) Previo a la publicación de edictos ordenada, se deberá dar cumplimiento a lo ordenado infra al punto 8. 7) Atento lo dispuesto por el articulo 914 CPCC, ordeno notificar en los términos allí prescriptos del inicio de la presente causa, que tramita por ante el Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de Concarán de la Tercera Circunscripción Judicial, EXPTE N°409516/23 “FRIAS INDOLFO CLEMENTE, AGUILAR BEATRIZ S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, plano de mensura del inmueble objeto del juicio N° 5/22/23, al a) PROVINCIA DE SAN LUIS (Fiscalía de Estado) a cuyos fines ofíciese, b) MUNICIPALIDAD DE LA LOCALIDAD DE VILLA PRAGA. Ofíciese. Deberá acompañar proyectos de oficios en formato editable para control y firma c) Deberá el actor denunciar el domicilio de los colindantes que surgen del plano de mensura y del informe de catastro obrante en autos, a saber: NORTE: PEREIRA FLORENCIO; ANDINO PEDRO LEÓN; SUR: FRIAS PABLO; ARAYES PANTALEÓN; SUCESION GARRO ROSARIO; ESTE: ANDINO PEDRO LEÓN; SUCESION GARRO ROSARIO; OESTE: FRIAS PABLO (artículo 909 inciso 1), a los fines previstos en dicho artículo. Cumplido, ordeno notificar a los mismos. Deberá acompañar proyecto de cedula en formato editable para control y firma y posterior envío. Líbrese oficio al Juzgado de Paz que por jurisdicción corresponda. 8) Colóquese cartel indicativo conforme lo prescribe el artículo 916 CPCC, lo que deberá acreditarse previo a la publicación de los edictos respectivos. El mismo deberá contener, además de los datos requeridos en el artículo citado, que el juez interviniente es el Dr. MOISES BENITO FARA – Juez Civil - y la secretaria a la que pertenece la causa, es la de la Dra. VILMA G. SIMIOLI. Acompañe Oficio en formato editable, dirigido al Juzgado de Paz y/o Oficial de Justicia que por jurisdicción corresponda a fin de dar cumplimiento con lo aquí ordenado. Líbrese oficio a tal fin. 9) Acompañe copia de DNI del Actor y constancia de CUIL o CUIT a fin de la correcta registración si correspondiere, oportunamente.” Firmado Digitalmente por el Dr. MOISES BENITO FARA - Juez Civil -
Concaran, SAN LUIS, 30 de Junio de 2026.-
C: 2331 $11.000,00 e: 22 y v: 24 Jul.
EL Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, de la ciudad de San Luis, a cargo de Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaria a cargo de la autorizante, cita y emplaza por treinta días a herederos, acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes de RAMONA BLANCA OROZCO, DNI 04.612.057 en autos caratulados: “EXP 433800/25 “OROZCO RAMONA BLANCA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”
San Luis, 06 de Mayo de 2026.
C: 2332 $16.500,00 e: 22 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaría a cargo del autorizante, en autos caratulados “BURGARTT ALBERTO LUIS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXPTE Nº 290818/15, cita y emplaza bajo apercibimiento de ley por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de LUIS ALBERTO BURGARTT DNI Nº 07.928.197.-
San Luis, 29 de junio de 2026.-
C: 2338 $16.500,00 e: 24 y v: 29 Jul.
El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nro. 2 Civil, de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. VIVIANA OSTE -, Juez, SECRETARIA de la Autorizante, en los autos caratulados: “CONCHA CAMARGO EMILIO JOSE S/ADICION/CAMBIO/SUPRESIÓN DE APELLIDO” EXPTE N° 430883/25 ORDENA se publiquen edictos en el Boletín Oficial por una vez mes en el lapso de DOS MESES haciéndose constar que se ha promovido la presente acción de supresión de apellido del Sr. EMILIO JOSE CONCHA CAMARGO DNI N° 33.153.149, con domicilio en B° FO.PRO.VI. CASA N° 5, de la localidad de San Francisco del Monte de Oro, Depto. Ayacucho, Provincia de San Luis, debiendo quien se oponga a la misma formular oposición dentro de los QUINCE DIAS hábiles computados desde la última publicación.
San Luis, 22 de Junio de 2026.-
C: 2339 $5.500,00 e y v: 24 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca, Juez; prosecretaria del autorizante, en autos caratulados “LAGOS PASCUAL EDUARDO S/ POSESIÓN”, Expte. N° 377970/21, hace saber que por decreto de fecha 20 de febrero de 2026 se ha ordenado correr traslado de la demanda de posesión veinteañal a todos aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble identificado como Matrícula 274 CASL, Departamento Coronel Pringles, Partido El Durazno – Las Casas Blancas – Virorco. Se cita y emplaza a los interesados para que dentro del plazo de CINCO (5) días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarse Defensor Oficial de Ausentes. Publíquese por DOS (2) días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial y repítase la publicación con intervalo de TREINTA (30) días, según lo ordenado en autos.
San Luis, 5 de MARZO de 2026
C: 2340 $11.000,00 e: 24 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez; Secretaría de la Autorizante, en autos Caratulados “EXP 446228/26 LUNA ANGEL NEMENCIO S/ SUCESION AB INTESTATO”, cita y emplaza por (30) treinta días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: Don LUNA ANGEL NEMENCIO, D.N.I. 21.383.489, para que lo acrediten bajo apercibimiento de Ley.-
Concarán, San Luis, 08 de Abril de 2026.-
C: 2341 $16.500,00 e: 24 y v: 29 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez Titular; Secretaria a cargo de la autorizante, en estos autos caratulados “EXP 417192/24 “PREVENCION A.R.T. S.A. C/ LA REFORMA S.A. Y OTROS S/ ACCIÓN DE REPETICIÓN” ordena notificar el siguiente proveído al Sr. JUAN LUIS BAEZ ORTELLANO, D.N.I. N° 94.112.347: “SAN LUIS, 26 de julio de 2024… Téngase por promovida demanda de COBRO DE PESOS, la que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO (art. 330 y 338 del C.P.C.C.), córrase traslado de ella por el término de QUINCE (15) DÍAS a los codemandados: LA REFORMA S.A., CUIT N° 33 54702525-9, JUAN LUIS BAEZ ORTELLANO, D.N.I. N° 97.112.347 y CESAR GASTON RUOCCO, D.N.I. N° 31.716.964 para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto por los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse” fdo. DRA. VALERIA CELESTE BENAVÍDEZ, JUEZ. Bajo apercibimiento de lo prescripto por el Art. 343 del código de rito.
San Luis, 24 de junio de 2026.-
C: 2342 $11.000,00 e: 24 y v: 27 Jul.
EDICTO Nº 30829867
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “SERVING SRL C/ FERNANDEZ BUSTOS MATEO S/EJECUTIVO” EXP 444855/26, en los que -en virtud del art. 531 inc. 2 del CPCC-, ordeno publicar edicto por una vez en el Boletín Oficial y un diario local, emplazándose al demandado, FERNANDEZ BUSTOS MATEO CUIT 20- 41298122-8 para que dentro del término de CINCO (05) DIAS comparezca a tomar la intervención que le corresponde en este proceso, antes descripto bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 20 de Julio de 2026.-
C: 2343 $5.500,00 e y v: 24 Jul.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
EDICTO DE CONVOCATORIA A CONCURSO.
Atento la vacancia del cargo de Juez del Juzgado de Garantía N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, comunicada por la Dirección de Recursos Humanos del Poder Judicial en fecha 08/07/2026 - actuación digital N° 30832400/ 26 -, lo previsto en los arts. 199 y 200 de la Constitución Provincial y lo reglado en la Ley VI-0615- 2008, CONVÓQUESE al concurso de antecedentes y oposición, para cubrir: “(1) CARGO DE JUEZ DEL JUZGADO GARANTIA Nº ١ DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL CON ASIENTO EN LA LOCALIDAD DE CONCARAN”, fijando el periodo de inscripción desde el 18/08/2026 al 24/08/2026, inclusive.
Hágase saber a los postulantes que deberán observar el procedimiento de inscripción on line, adoptado en fecha 20/02/2018 por Acta Nº 08 del Consejo de la Magistratura, conforme se indica en el sitio web consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar presentando por dicho medio, firmada digitalmente, la documental que prescriben los Arts. 3 y 4 incs. d), e) y f) de la Ley Nº VI-0615-2008 -de originales o copias debidamente certificadas por Escribano, Secretario encargado de certificaciones en el ámbito del Poder Judicial, Juez de Paz Lego o Policía de la Provincia- y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios exigidos para el cargo, los que se encuentran detallados en la sección “requisitos” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
No es procedente el plazo de gracia para las presentaciones que se realicen en los Concursos que tramitan en el Consejo de la Magistratura conforme Acta Nº 08 de fecha 20/02/2018.
Se recuerda que en caso de necesitar asistencia para la inscripción on line, el postulante deberá concurrir a la terminal de consulta de Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sito en calle 9 de Julio N° 934 de la ciudad de San Luis, planta alta, los días hábiles de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hs. Asimismo, deberán presentar hasta dentro de los 5 días hábiles de finalizado el período de inscripción en Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, a los fines de su reserva en Secretaría, una carpeta con el comprobante de la inscripción on line y el soporte papel de la documentación de la misma, en original o copia certificada, debidamente foliada. Se admitirá, a esos efectos, la remisión que los postulantes efectúen a carpetas presentadas en otro concurso del Consejo de la Magistratura, en tanto refieran a concursos en trámite, estando a cargo de los postulantes completar y/o actualizar la carpeta papel para observar la correspondencia con la documentación incorporada en las respectivas inscripciones on line.
Los postulantes deberán someterse a las Audiencias Públicas de evaluación técnica y conocimiento personal y verbal que establecen los Arts. 7, 8 y 9 de la Ley Nº VI-0615-2008, siendo de aplicación lo dispuesto en la Resolución N° 01- CM-2023 publicada en la sección “Resoluciones” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
El temario marco de contenidos mínimos, para tales evaluaciones de idoneidad técnica, se encuentra publicado en el mencionado sitio web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis. El examen escrito se realizará el día 22/10/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30) y las audiencias de conocimiento personal y examen verbal, el día 23/10/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30). Los mismos se llevarán a cabo en el Palacio de Justicia, sito en calle 9 de Julio Nº 934, de la Ciudad de San Luis.
A efectos de la publicidad y transparencia de los actos, la Audiencia de conocimiento personal y examen verbal del día 23/10/2026 será transmitida vía streaming por el canal oficial del Poder Judicial en la Plataforma de Youtube, los interesados en acceder a la transmisión de dicha Audiencia deberán comunicar su cuenta de Google al correo institucional del Consejo magistratura@justiciasanluis.gov.ar, hasta dos días antes de la celebración de los exámenes verbales. PÚBLIQUESE en la página web del Consejo de la Magistratura y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia y en diario de digital de la Provincia los días 24/07/2026, 27/07/2026 y 29/07/2026. Notifíquese a los Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia y de Magistrados y Funcionarios de la Provincia, mediante comunicación electrónica, y a la lista de distribución de correos electrónicos de dominio @giajsanluis.gov.ar de abogados. (FDO) Presidencia del Consejo de la Magistratura de San Luis Dra. Andrea Carolina Monte Riso”
C: 2355 SPP e. 24 y v: 29 Jul.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CATASTRO Y TIERRAS FISCALES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
EDICTO DE MENSURA
Ingeniero Agrimensor Cristian Martin Godoy. Matrícula 327 CASL, mensurará El día 26 de Agosto de 2026, a las 10:00 Hs. Para tramitar el título por prescripción adquisitiva, por orden de: Godoy, Deolinda Karina D.N.I: 25.291.641 y Godoy, María de los Ángeles D.N.I. 25.291.640; Ubicado en: Calle Tucumán S/N°, Tilisarao – Partido Renca – Departamento Chacabuco. Nomenclatura Tributaria: 11-310648 a nombre de Ortiz, Cayetano; Nomenclatura Catastral: 00-04-38-01-64-11, Sin Inscripción Dominial. El lugar de encuentro será en el propio inmueble, a las 10:00 Hs. Citase especialmente al colindante Oeste: Páez, Mirtha Herminia – Páez, Vilma Delia – Páez, Del Bue Carmen Susana y Páez, José Exaltación, nomenclatura tributaria: 11-310649; Norte: Giménez, Segundo Ricardo, nomenclatura tributaria 11-310646 y Este: Barrio, Juan Cayetano, nomenclatura tributaria 11-310647.
Consultas:
Raúl B. Díaz 867 - Tilisarao.
Teléfono: (266) 15-745100.
Fecha: 21/07/2026
C: 2356 $11.000,00 e. 24 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, sito en Santa Rosa Del Conlara, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio, Secretaria a cargo del Autorizante en autos caratulados: “EXP 444448/25 NIEVAS HUGO ANTONIO C/ NIEVAS RAFAEL S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL”, cita y emplaza por quince días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio ubicado en esta Provincia de San Luis, Departamento Chacabuco, Partido Estanzuela, más precisamente en la localidad de Villa del Carmen y sobre calle Belgrano S/N, individualizado según plano de mensura a los efectos de tramitar el título de propiedad por prescripción adquisitiva, confeccionado por el Agrimensor Carlos A. Cuvertino, Mat. Prof. 317 CASL, el 05 de Junio de 2025 y registrado provisoriamente por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales el 21 de agosto de 2025, bajo el número 04/126/25, como parcela N° “15”. Dicha parcela se encuentra empadronada bajo el N° 330060 de la Receptoría Tilisarao (11) figurando a nombre de Nievas Rafael con una superficie total de 1744,00 m2, y es afectada parcialmente por la presente mensura en 1681,13 m2. El inmueble carece de inscripción de dominio. Son sus medidas, superficie y linderos los siguientes: Mide al Norte, desde el punto 1 al 2, 29,04 m; al Sur, desde punto 5 a 6, 27,12m; al Este, desde el punto 2 al 3, 18,52m, desde el punto 3 al 4, 12,56m, desde el punto 4 al 5, 29,39m; al Oeste desde el punto 6 al 1, 60,23m. Haciendo una superficie total mil seiscientos ochenta y un metros cuadrados con trece decímetros cuadrados (1681m2, 13dcm2). Linda: al Norte, con padrón 330058 de la receptoría Tilisarao a nombre de Ortiz de Suarez Rosa; al Sur con calle Belgrano; al Este con Padrón 330059 de la receptoría Tilisarao figurando a nombre de Moreira Pablo y con padrón 1040274 de la receptoría Tilisarao a nombre de Rodríguez Walter Rubén; y al Oeste con Padrón 987189 de la receptoría Tilisarao, figurando a nombre de Municipalidad de Villa Del Carmen, provincia de San Luis. Bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa Del Conlara, 30 de junio de 2026.-
C: 2357 $11.000,00 e. 24 y v: 27 Jul.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Sosa Erika Tamara, DNI Nº 38.339.850, con domicilio en Bº La Ribera Mza. 7142 C 2, de la Localidad de Villa Mercedes, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad. -
San Luis, 21 julio del 2026.-
JOSÉ LUIS VILLEGAS
Presidente
C: 2358 $16.500,00 e. 24 y v: 29 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en la Localidad de Concarán, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Moises Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados: TERRIBILE GRACIELA CRISTINA S/ SUCESION AB INTESTATO - EXP 450684/26 cita y emplaza por el plazo de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores de Graciela Cristina Terribile, DNI 4.665.536, bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 03 de Julio de 2026
C: 2359 $16.500,00 e. 24 y v: 29 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٢ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Geremias Pablo Ferez, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 391399/22 “FERRISI MARIA GRACIELA S/SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por FERRISI MARIA GRACIELA CON DNI: 11.827.202.
Villa Mercedes, San Luis, 21 de Julio de 2026.
C: 2360 $16.500,00 e. 24 y v: 29 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz, Juez, Prosecretaría autorizante, en los autos caratulados: EXP 417977/24 “GOMEZ GERONIMO ANTONIO C/ NATEL FLORENCIO Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA – TRÁMITE ORAL”, cita y emplaza por el término de QUINCE DIAS al SR. FLORENCIO NATEL L.E. N° 3.216.636 Y/O SUS HEREDEROS Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al tomo 8, de la ley 3236, del departamento Pringles, en el folio 65, número 1439, ubicado en camino vecinal, sito en “Quebrada de Flores”, partido “El Totoral”, departamento Pringles de la provincia de San Luis, Padrón 07-1469 de Saladillo, Receptoría Coronel Pringles, con una superficie de 54 ha 3192,26 m2, cuya inscripción de dominio está en cabeza del señor Florencio Natel. Colindantes al NORTE: con los padrones de receptoría Carolina, números 328 cuyo titular es Guillermo Pedernera, ya fallecido y, 103 de Fabián Sebastián Pedernera, también fallecido y de cuyos bienes ostenta la posesión la señora Ana María Pedernera, DNI 12.920.813; SUR y OESTE: con el padrón 1023430 de receptoría Saladillo cuyos titulares son Raúl Ángel Gil Alfonso, DNI 12.442.903, Ángel Alfonso, ya fallecido y, Estela Mary Gil Alfonso, DNI 11.511.589; ESTE: Río La Bajada. La citación es para que dichas personas comparezcan a tomar la intervención que les corresponda en este proceso en un plazo de QUINCE DIAS, para hacerse parte, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que se intente valerse, se les corra traslado de la demanda conforme lo establecido en los artículos 343 2do párrafo, 911 y 912 del C. P. C. y C., bajo apercibimiento de designarles al Sr. Defensor de Ausentes para que los represente en el proceso. -
San Luis, 11 de MAYO de 2026.-
C: 2361 $11.000,00 e. 24 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. CAROLINA SOLEDAD CHERUBINI, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 387855/22 “LUGANO JORGE RUBEN Y MARINELLI FRANCISCA LIDIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SRA. MARINELLI FRANCISCA LIDIA, DNI N° 3.805.511.-
Villa Mercedes, San Luis, 21 de Julio de 2026.-
C: 2362 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavídez, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “RIVERO SANTO NICOLAS C/ FERNANDEZ ABELARDO TRANSITO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP 414095/24, CITA Y EMPLAZA por el término de QUINCE (15) DIAS a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble urbano ubicado en calle Pasteur N° 734, Localidad de La Toma, Partido Rosario, Departamento Coronel Pringles, Provincia de San Luis, individualizado como PARCELA 13 del Plano de Mensura N.º 2-57-22, con una superficie de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS DECÍMETROS CUADRADOS (355,92 m2). Padrón N° 410883, Receptoría: La Toma. Nomenclatura Catastral Circunscripción: La Toma - Cuadrante: D4 - Sección: 5 - Manzana: 16 - Parcela: 6, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo: 31 Dpto. Pringles, Folio: 586; Nº 390, con los límites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 02/57/22. Linda: al Sur con calle Pasteur - Abelardo Transito Fernandez (padrón 410883 rec. La Toma); al Norte con Abelardo Transito Fernandez (padrón 410888 rec. La Toma); al Oeste con Abelardo Transito Fernandez (padrón 410883 rec. La Toma) - Analia Veronica Muñoz Olguin y Antonella De Lourdes Olguin (padrón 410884 rec. La Toma); al Este con Andres Lino Aguilar (padrón 410879 rec. La Toma) - Ramona Gutierrez De Muñoz /Gobierno–Estado de la Provincia de San Luis (padrón 410882 rec. La Toma), bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se Poder designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art. 343, 2º párrafo del C.P.C.).-
San Luis, 24 de JUNIO de 2026.-
C: 2363 $11.000,00 e. 24 y v: 27 Jul.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 4 de la I Circ. Judicial, sito en Rivadavia 340, ciudad y Pcia. de San Luis, a cargo del Dra. Gabriela Ramosca, juez, en autos “AGÜERO CLELIA LYDA S/ POSESION” EXPTE Nº ٤٠٩٩١١/٢٤ cita y emplaza por 15 días a los posibles herederos del Sr. JOSÉ FAUSTINO GIMENEZ DNI N° 8.243.115, a los fines de notificarlos del traslado de la demanda según surge de las constancias obrante en autos, TEXTO DE LA PROVIDENCIA QUE SE NOTIFICA: “SAN LUIS, DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTICINCO.- Proveyendo escrito digital remitido vía IOL N° ٢٨٤٨٤٠٧٣ en fecha 09/09/25, por el/la Dr. / Dra. Antonella Calderón Delicia: lo manifestado, téngase presente. En consecuencia, y en atención a las constancias de autos, téngase por promovida demanda de POSESIÓN VEINTEAÑAL en contra de RAMON CUSTODIO CHACON, y/o sus herederos BLANCA CANDIDA CHACON DE VILCHEZ, ANDRES CHACON, EDUVIGES DEL ROSARIO CHACON DE GIMENEZ, JOSE FAUSTO GIMENEZ y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble objeto de la presente acción, la que tramitará por la vía de JUICIO ORDINARIO (Art. 330 del C.P.C.C. y Art. 24 de la Ley 14.159).- De la misma córrase TRASLADO por el término de QUINCE DIAS (con mas CUATRO DIAS en razón de la distancia respecto al Sr. JOSE FAUSTO GIMENEZ) a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble urbano ubicado en el departamento: Ayacucho, partido: Quines, sobre calle 24 de Febrero s/n de la provincia de San Luis, indicado como parcela 62 del Plano de Mensura N° 7/43/22, padrón 262251, receptoría 19 –Quines, con una superficie de TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS OCHENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (367,89 m2), que carece de inscripción dominial; nomenclatura catastral, circunscripción: Quines, cuadricula: B4, Sección: 1, Manzana: 142, parcela 21, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse. Y TEXTO DE LA PROVIDENCIA QUE SE NOTIFICA: San Luis 28 de Mayo de 2026: “…En consecuencia, habiéndose cumplido sumariamente las diligencias previas que establece el art. 145 del C. P. C., a fin de tomar conocimiento sobre los posibles herederos del Sr. Giménez José Faustino, y obteniendo resultados negativos a ello, practíqueseles por edictos la notificación del traslado de demanda ordenada, los que se publicarán en el Boletín Oficial y Diario de mayor circulación de esta Provincia, durante 2 (DOS) DIAS, bajo apercibimiento de lo prescripto por el art. 343 del código de rito.”-
San Luis, 11 de JUNIO de 2026
C: 2364 $16.500,00 e. 24 y v: 29 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Concarán, a cargo del DR. MOISES BENITO FARA - JUEZ CIVIL, Secretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “AVILA ROMINA BELEN S/SUCESIÓN ABINTESTATO” - EXP 447596/26, cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores de la causante: Sra. ROMINA BELEN AVILA, DNI Nº 31.399.972, bajo apercibimiento de Ley.-
Concarán, San Luis, 2 de Junio de 2026.-
C: 2365 $16.500,00 e. 24 y v: 29 Jul.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “VELAZQUEZ VICTOR RAUL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 448440/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: VICTOR RAUL VELAZQUEZ, D.N.I. N° 6.804.233, bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 22 de Junio de 2026.-
C: 2366 $16.500,00 e. 24 y v: 29 Jul.
En la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, el ENTE HOSPITAL RAMÓN CARRILLO cita y emplaza por el término de QUINCE (15) días a toda persona que se considere con derechos respecto del óbito que se encuentran bajo guarda y custodia de esta institución, a fin de que comparezca a acreditar su vínculo y solicitar su retiro o disposición final, según corresponda.
Se hace saber que corresponde a:
• BENITEZ AMÉRICO OMAR, D.N.I. N.º 4293998.
La presente publicación se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº ١٤-EHRC-2026, dictada en el marco de las actuaciones administrativas correspondientes.
Vencido el plazo de QUINCE (15) días sin que se presente persona alguna acreditando derechos sobre el óbito individualizado precedentemente, se procederá conforme lo dispuesto en la citada resolución y demás actuaciones administrativas pertinentes.
Publíquese por el término de TRES (3) días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial.
San Luis, ____ de __________ de 2026.
C: 2367 SPP e. 24 y v: 29 Jul.
REMATES
BANCO SANTANDER RIO SA
El Martillero Walter Fabián Narváez, comunica por un (1) día, que subastará, únicamente a través del Portal www.narvaezbid.com.ar , el día 5 de Agosto de 2.026 a partir de las 1100 horas 4 unidades por cuenta y orden de BANCO SANTANDER RIO S.A. (Acreedores Prendarios, Art. 39 de la Ley 12.962), y de conformidad con lo establecido por el Art. 2229 del Código Civil y Comercial, a saber: ALI, NASIF ALEJANDRO CHEVROLET, SEDAN 5 PUERTAS, SPIN 1.8 N LTZ M/T 2016 PLV176 BASE $2.554.500, BALAGUER CASTEJON, ADRIANA VOLKSWAGEN, SEDAN 5 PUERTAS, GOL TREND 1.6 GP 2013 MQI784 BASE $18.382.100, MASSAGLIA, GABRIEL FERNANDO RENAULT, SEDAN 5 PTAS, SANDERO LIFE 1.6 2024 AG481RA BASE $27.171.400, BRITO, PATRICIA ELIZABETH BAJAJ, MOTOCICLETA, ROUSER 200 2025 A242HCL BASE $5.886.200, en el estado que se encuentran y exhiben del 28 de julio al 3 de agosto de 11 a 16 hs. en Hipermercado Carrefour de San Fernando, Panamericana Ramal Tigre y Ruta N° 202- Primer subsuelo, San Fernando, Provincia de Buenos Aires. La puesta en marcha de todas las unidades se realizará únicamente de manera virtual (a través de video que se publicará de cada unidad en el sitio web mencionado). Condiciones de la Subasta y utilización del portal para cualquier usuario: Se deberá consultar las mismas en el portal www.narvaezbid.com.ar. Para participar del proceso de subasta electrónica, los usuarios deberán registrar sus datos en el Portal, de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Narvaezbid” y aceptar estos términos y condiciones en el mismo, que detalla las condiciones particulares de la subasta. Cumplido el procedimiento de registración y habilitación podrá participar del proceso y realizar ofertas de compra. Las unidades se ofrecen a la venta en el estado en que se encuentran y exhiben y en forma individual, con base y al mejor postor. Las fotos, video y descripciones de los BIENES a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL NARVAEZBID. Los pagos deberán de realizarse de manera individual por cada lote adquirido. El pago total del valor de venta, más el importe correspondiente a la comisión 10% del valor de venta más IVA y servicio de gestión administrativa e IVA, deberá ser depositado dentro de las 24 horas hábiles bancarias posteriores a la aprobación del Remate en las cuentas que se consignarán a tal efecto, bajo apercibimiento de declararse rescindida la venta, sin interpelación alguna, con pérdida de todo lo abonado a favor de la parte vendedora y del martillero actuante. La subasta se encuentra sujeta a la aprobación de la entidad vendedora. Las deudas, infracciones, gastos de transferencia, certificado de verificación policial digital e informe de dominio, están a cargo del comprador. Al momento de realizar la transferencia de la unidad y en caso de corresponder el comprador deberá firmar negativa de gravado de auto partes y cristales con certificación de firma en caso de corresponder, debiendo luego de retirada la transferencia del registro automotor correspondiente realizar a su cargo y costo el correspondiente grabado de autopartes y cristales de conformidad con la normativa vigente. El informe de las deudas por infracciones se solicitan al Sistema Unificado de Administraciones Tributarias, las jurisdicciones que están incorporadas operativamente a dicho sistema se detallan en las condiciones de subasta en el sitio web www.narvaezbid.com.ar, en las condiciones de subasta correspondiente. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, que serán aclarados a viva voz por el martillero en el acto de la subasta, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cual la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 120 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La entidad vendedora y/o el martillero actuante no se responsabilizan por los plazos y demoras que se pudieran generar ante eventuales normas y/o disposiciones que establezca suspensiones en la posibilidad de inscripción de transferencias dominiales ante Registro de la Propiedad Automotor de unidades adquiridas en la subasta. El retiro de la unidad se realizará con turno previo confirmado por el martillero actuante. Transcurridos los 7 días corridos de comunicada la autorización de retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemnes a Banco Santander Rio S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número ٣٧٢٤. Buenos Aires, ١٦ de julio ٢٠٢٦.- Walter Fabian Narvaez Martillero Publico Nacional. Mat 33 F 230 L 79.
WALTER FABIAN NARVAEZ
Martillero Público Nacional
C: 2368 $5.500,00 e. y v: 24 Jul.
