ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 6419-MDH-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5191269/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios obrante en act. DOCEXT 409997/26, y;
CONSIDERANDO:
Que el mencionado contrato fue suscripto el día 20 de mayo de 2026, entre el Estado Provincia de San Luis representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. Gustavo Antonio Bertolini, D.N.I. N° 14.137.893, y el CENTRO DE PRODUCCION DE OPORTUNIDADES, C.U.I.T. 30-71758515-8, representado por el señor Gerente General del Organismo Desconcentrado CESAR HORACIO MOZO, D.N.I. N° 23.646.224;
Que el mismo tiene por objeto contratar el servicio de catering destinado al evento “Congreso Encace 2026 y Día Internacional del Cooperativismo”, que se llevará a cabo los días 2, 3 y 4 de julio del corriente año en el centro de convenciones de la ciudad de La Punta;
Que en la Cláusula Cuarta del contrato se establece el monto a percibir por el prestador;
Que en act. PREV 11451215/26 obra imputación preventiva por el monto de PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 ($19.738.428,00) para afrontar el gasto que demande la contratación;
Que en act. DICTAM 103819/26 obra informe vertido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, informando que no tiene objeciones que formular al trámite;
Que en act. NOTAMP 993204/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el caso en lo dispuesto en el inc. z) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. l) de la Ley N° VIII-0256-2004 y sus modificaciones Ley N° VIII-0867-2013 y Ley N° V-1118-2024;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el inc. z) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. l) de la Ley N° VIII-0256-2004 y sus modificaciones Ley N° VIII-0867-2013 y Ley N° V-1118-2024.-
Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. Gustavo Antonio Bertolini, D.N.I. N° 14.137.893, y el CENTRO DE PRODUCCION DE OPORTUNIDADES, C.U.I.T. 30-71758515-8, representado por el señor Gerente General del Organismo Desconcentrado CESAR HORACIO MOZO, D.N.I. N° 23.646.224, obrante en act. DOCEXT 409997/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Inst. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 15 24 4-23 3 9 9 $19.738.428,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Cooperativas y Mutuales y al Centro de Producción de Oportunidades.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA
DECRETO Nº 6421-MTyC-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3200641/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en act. PASJEF 50328/26, se solicita la rectificación del Art. 3°, dispuesto por Decreto N° 3431-MTyC-2026, en los cuales se consigno erróneamente la Imputación Preventiva;
Que resulta necesario rectificar el Art. 3° del citado Decreto;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rectificar el Art. 3°, dispuesto por Decreto N° 3431-MTyC-2026, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Donde dice: Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 01 1-01 3 4 9 $2.400.000,00;”
“Debe decir: Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.400.000,00;”.-”
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTE
DECRETO Nº 6085-SGG-SD-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El Expediente EXD-6040819/26, y la Ley N° V-1195-2026 Ley de Ministerios, por la cual se determina la estructura del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley N° V-1195-2026 Ley de Ministerios prevé el funcionamiento de la Secretaría de Estado de Deporte, con rango y categoría de Ministerio Secretaría de Estado, bajo dependencia administrativa de la Secretaría General de la Gobernación;
Que los artículos 27 y 28 de la citada Ley facultan al Poder Ejecutivo a dictar las normas inherentes al funcionamiento y desarrollo de los organismos que integran su competencia, así como a crear, modificar, suprimir, agrupar o reorganizar las estructuras orgánico-funcionales que integran las respectivas jurisdicciones ministeriales y Secretarías de Estado, cuando existan razones de conveniencia para el mejor manejo de los negocios de la Provincia;
Que resulta necesario aprobar la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte, adecuando las unidades que la integran conforme a las necesidades operativas y funcionales de la jurisdicción;
Que la aprobación de dicha estructura tiene por finalidad fortalecer la capacidad institucional de la Secretaría, optimizando los procesos internos y promoviendo mayores niveles de eficacia, eficiencia, transparencia y celeridad administrativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- La Secretaría de Estado de Deporte ejercerá, en el marco de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo de la Ley V-1195-2026 Ley de Ministerios, las siguientes competencias generales:
1) Diseñar en coordinación con el Ministerio de Educación, políticas, estrategias y acciones que integren la educación formal con las actividades físicas, deportivas y recreativas en la educación de nivel inicial, primaria y secundaria como parte integral de la jornada escolar a través de los Juegos Deportivos Intercolegiales;
2) Concientizar a la sociedad de los beneficios derivados del deporte y las actividades físicas y recreativas a fin de lograr una mejor calidad de vida;
3) Fortalecer las instituciones deportivas en su rol social para la contención de niños, niñas, jóvenes y adultos en toda la Provincia;
4) Planificar, promover e impulsar el deporte competitivo en coordinación con las federaciones deportivas, los municipios y otras autoridades competentes del ámbito nacional;
5) Brindar apoyo técnico, científico y económico para el entrenamiento y la participación en competencias deportivas nacionales e internacionales para los atletas de alto rendimiento de la Provincia;
6) Formular y ejecutar programas para la educación física, el deporte y la recreación de las personas con discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, de la tercera edad y de los sectores sociales más necesitados o en condiciones de vulnerabilidad;
7) Fomentar la optimización y modernización de la infraestructura deportiva en el ámbito público y privado para impulsar el deporte en todas sus manifestaciones a nivel provincial, nacional e internacional;
8) Diseñar, articular y ejecutar acciones integrales destinadas a las actividades que se desarrollan en los Centros de Alto Rendimiento de la Provincia;
9) Integrar la actividad deportiva al turismo provincial;
10) Fomentar la generación y creación de espacios que faciliten la actividad física, planificando y programando la construcción de instalaciones deportivas y el mantenimiento preventivo de las existentes;
11) Incentivar y contribuir a la investigación científica y la formación de profesionales ligados a la actividad física y el deporte.-
Art. 2º.-Aprobar para la Secretaría de Estado de Deporte la siguiente estructura orgánico-funcional:
1. SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTE
1.1. Secretaría Privada
1.2. Despacho
1.3. Asesoría Legal
1.4. Asesoría Contable y Presupuestaria
1.5. Subdirección de Comunicación Institucional
1.6. DIRECCIÓN DE DEPORTE COMUNITARIO
1.6.1. Área Coordinación Administrativa
1.6.2. Subdirección de Deporte para Todos
1.6.2.1. Área Deporte Adaptado
1.6.3. Subdirección de Planes Deportivos Provinciales
1.6.3.1. Área Coordinación Operativa Natatorios Merlo y Concarán
1.6.3.2. Área Coordinación Operativa Natatorio El Volcán y Pista de Atletismo Pedro Presti
1.7. DIRECCIÓN DE DEPORTE ESTUDIANTIL
1.7.1. Subdirección de Logística
1.7.1.1. Área Coordinación Administrativa
1.7.1.2. Área Coordinación Institucional
1.7.2. Subdirección Coordinación Primaria
1.7.3. Subdirección Coordinación Secundaria
1.8. DIRECCIÓN DE DESARROLLO DEPORTIVO
1.8.1. Área Coordinación Administrativa
1.8.2. Área Arquitectura y Planificación
1.8.3. Área Inspección y Mantenimiento
1.8.4. Área Servicios Generales y Seguridad
1.8.5. Área Coordinación Operativa Estadio Provincial Juan Gilberto Funes
1.8.6. Área Coordinación Operativa Trinquete Modelo y Velódromo
1.8.7. Subdirección del Centro de Desarrollo Villa Deportiva
1.8.7.1. Área Coordinación Deportiva
1.8.8. Subdirección del Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix
1.8.8.1. Área Coordinación Deportiva
1.9. DIRECCIÓN DE DEPORTE FEDERADO
1.9.1. Subdirección de Fortalecimiento Institucional y Programa “Creciendo con tu Club”
1.9.2. Subdirección Desarrollo Integral de Boxeo
1.9.3. Subdirección de Desarrollo Federativo
1.9.3.1. Área Deportes de Alto Rendimiento
1.9.4. Subdirección Eventos Federativos Provinciales
1.10. DIRECCIÓN DEL CAMPUS DE ALTO RENDIMIENTO
1.10.1. Subdirección de Evaluación Deportiva
1.10.2. Subdirección de Detección de Talentos
1.11. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN DEL PARQUE LA PEDRERA
Art. 3º.-Asignar a los siguientes organismos los regímenes de competencias, misiones y funciones que se detallan a continuación:
1. SECRETARIA DE ESTADO DE DEPORTE.
1.1. SECRETARÍA PRIVADA.
a) Asistir al Secretario de Estado de Deporte, generando la agenda diaria y coordinando sus audiencias;
b) Participar en la elaboración y redacción de notas y distintas comunicaciones, agilizando los asuntos de la Secretaría de Estado de Deporte.
1.2. DESPACHO.
a) Centralizar y coordinar el despacho de la Secretaría de Estado de Deporte;
b) Fiscalizar los registros y archivos para el control del movimiento de los expedientes, notas y demás documentación que ingrese o salga del organismo;
c) Controlar toda la documentación que deba ser suscripta por el Secretario de Estado de Deporte;
d) Controlar y proyectar todos los actos administrativos que genere la Secretaría de Estado de Deporte.
1.3. ASESORÍA LEGAL.
a) Brindar asesoramiento jurídico a los organismos dependientes de la Secretaría de Estado de Deporte;
b) Atender las cuestiones sometidas a su dictamen legal, respetando el marco normativo vigente y el principio de legalidad;
c) Orientar a los funcionarios de la Secretaría, cuando éstos lo soliciten, en las cuestiones vinculadas con el ámbito jurídico;
d) Redactar y confeccionar todos los instrumentos legales necesarios para el normal funcionamiento de la Secretaría;
e) Contribuir mediante el estudio, al perfeccionamiento y actualización del orden jurídico e institucional y a toda otra cuestión que por su naturaleza requiera de su intervención.
1.4. ASESORÍA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA.
a) Brindar asesoramiento técnico y administrativo a los organismos dependientes de la Secretaría de Estado de Deporte, en relación a aspectos contables, presupuestarios, gestión de insumos, entre otros;
b) Coordinar los distintos medios y métodos que permiten llevar a cabo la gestión y logística de compras, con el fin de lograr el orden en la gestión administrativa;
c) Controlar la ejecución presupuestaria de los fondos provenientes de las partidas anuales previstas en la ley de presupuesto general de la administración pública y de los fondos provenientes de subsidios otorgados por Organismos Nacionales con fines deportivos;
d) Efectuar el seguimiento en la gestión de los insumos necesarios para el desarrollo de los objetivos de la Secretaría de Estado de Deporte;
e) Recibir, recopilar, evaluar y presentar en tiempo y forma, la documentación de las rendiciones de la Secretaría de Estado de Deporte.
1.5. SUBDIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL.
a) Crear una base de datos que contenga la información de los medios de San Luis, del país y del mundo, con el fin de separar las comunicaciones específicas;
b) Difundir a través de informes detallados para radio, televisión, portales webs y medios gráficos, las actividades que se generan desde la Secretaría de Estado de Deporte;
c) Elaborar una página web oficial de la Secretaría de Estado de Deporte, con un fácil anclaje en las redes sociales;
d) Crear y activar la comunicación en las plataformas Facebook, Twitter, Instagram y cualquier otra red social popular que ayude a difundir el mensaje para llegar a toda la ciudadanía, a fin de que la misma se integre a las actividades deportivas, recreativas y sociales;
e) Coordinar la comunicación interna de la Secretaría de Estado de Deporte.
1.6. DIRECCIÓN DE DEPORTE COMUNITARIO.
a) Promover el acceso universal a la práctica deportiva, recreativa y de actividad física en todo el territorio provincial, favoreciendo la inclusión y la igualdad de oportunidades;
b) Diseñar, coordinar y supervisar políticas, programas y acciones destinadas al desarrollo del deporte comunitario como herramienta de integración social, promoción de la salud y mejora de la calidad de vida;
c) Impulsar la participación de la comunidad en programas, eventos, encuentros y actividades deportivas, recreativas e inclusivas destinadas a personas de todas las edades;
d) Coordinar acciones tendientes a garantizar la inclusión de personas con discapacidad mediante el acceso a actividades deportivas y recreativas adaptadas;
e) Articular con organismos provinciales, municipales y nacionales el desarrollo de políticas públicas orientadas a la promoción de la actividad física, la salud y el bienestar de la población.
1.6.1. ÁREA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
a) Asistir administrativamente a la Dirección de Deporte Comunitario y a sus distintas áreas dependientes;
b) Coordinar la recepción, registro, seguimiento y archivo de las actuaciones administrativas vinculadas a la Dirección;
c) Gestionar la tramitación de expedientes, notas, convenios, rendiciones y demás documentación administrativa necesaria para el funcionamiento del área;
d) Organizar y supervisar las tareas administrativas relacionadas con recursos humanos, materiales e insumos de la Dirección;
e) Colaborar en la planificación y coordinación administrativa de programas, actividades y eventos deportivos;
f) Elaborar informes, relevamientos y registros estadísticos vinculados a las actividades desarrolladas por la Dirección y sus dependencias.
1.6.2. SUBDIRECCIÓN DE DEPORTE PARA TODOS.
a) Diagramar acciones tendientes a la socialización deportiva como proceso de aprendizaje a lo largo de toda la vida, para estimular el potencial humano y solidario;
b) Incentivar la cultura deportiva como forma de adquirir hábitos, emociones y sanas conductas;
c) Promover el deporte como factor contribuyente a la transformación social, vinculando los diferentes ámbitos de la sociedad;
d) Convertir el deporte en una experiencia que estimule el potencial personal, familiar y social, promoviendo la integración, la convivencia y el desarrollo integral de la comunidad;
e) Brindar las herramientas básicas para que cada habitante de San Luis, desde las prácticas deportivas, recupere el uso de los espacios públicos, adquiera y se apropie de los conocimientos y los hábitos necesarios para favorecer la calidad de vida, promover la salud, hacer un uso positivo del tiempo libre y construir sanos vínculos colectivos que beneficien el tejido social.
1.6.2.1. ÁREA DEPORTE ADAPTADO.
a) Promover la inclusión de las personas con discapacidad mediante la práctica deportiva, recreativa y comunitaria;
b) Diseñar y coordinar actividades deportivas adaptadas, garantizando la igualdad de oportunidades y el acceso a la actividad física;
c) Fomentar la participación de personas con discapacidad en eventos, encuentros y competencias deportivas provinciales, regionales y nacionales;
d) Promover hábitos saludables, la integración social y el desarrollo personal a través de programas y actividades deportivas adaptadas.
1.6.3. SUBDIRECCIÓN DE PLANES DEPORTIVOS PROVINCIALES.
a) Diseñar, coordinar e implementar programas de desarrollo deportivo que fomenten la actividad física y los hábitos saludables;
b) Brindar la posibilidad de acceso a la práctica deportiva de los deportes de base, tales como natación, atletismo y demás disciplinas estratégicas para la formación deportiva integral;
c) Planificar y supervisar el funcionamiento de escuelas deportivas dependientes del área;
d) Realizar el seguimiento y evaluación de los programas implementados, elaborando informes y relevamientos estadísticos que permitan optimizar las políticas deportivas provinciales.
1.6.3.1. ÁREA COORDINACIÓN OPERATIVA NATATORIOS MERLO Y CONCARÁN.
a) Coordinar la administración de los Natatorios de la ciudad de Merlo y de la localidad de Concarán para el correcto funcionamiento de los mismos;
b) Relevar y comunicar las necesidades de mantenimiento necesario de todas las dependencias de los Natatorios de la ciudad de Merlo y de la localidad de Concarán;
c) Relevar periódicamente el stock, estado del material, maquinaria y equipamiento utilizado para el funcionamiento de los Natatorios de la ciudad de Merlo y de la localidad de Concarán;
d) Coordinar la actividad y función de cada uno de los profesionales del deporte que participen de las actividades a desarrollarse en los Natatorios de la ciudad de Merlo y de la localidad de Concarán.
1.6.3.2. ÁREA COORDINACIÓN OPERATIVA NATATORIO EL VOLCÁN Y PISTA DE ATLETISMO PEDRO PRESTI.
a) Coordinar la administración del Natatorio de la localidad de El Volcán y de la Pista de Atletismo Pedro Presti para su correcto funcionamiento;
b) Relevar y comunicar las necesidades de mantenimiento necesario de todas las dependencias del Natatorio de la localidad de El Volcán y de la Pista de Atletismo Pedro Presti;
c) Relevar periódicamente el stock, estado del material, maquinaria y equipamiento utilizado para el funcionamiento del Natatorio de la localidad de El Volcán y de la Pista de Atletismo Pedro Presti;
d) Coordinar la actividad y función de cada uno de los profesionales del deporte que participen de las actividades a desarrollarse en el Natatorio de la localidad de El Volcán y en la Pista de Atletismo Pedro Presti.
1.7. DIRECCIÓN DE DEPORTE ESTUDIANTIL.
a) Promover y estimular la creación y ampliación de redes entre instituciones deportivas formales y comunidades educativas en todos sus niveles y modalidades en el territorio provincial;
b) Fortalecer la trayectoria deportiva y educativa de todos los estudiantes de la provincia mediante la implementación de estrategias lúdicas, deportivas, integrativas y competitivas enmarcados en los preceptos de equidad e igualdad de oportunidades;
c) Optimizar la utilización de recursos y estrategias lúdicas, educativas y deportivas, para favorecer e incentivar la práctica de actividad física regular y programada en todos los estudiantes de los diferentes niveles educativos, desde nivel inicial a universitario, acompañando su formación académica con la apropiación de hábitos de vida activos y saludables;
d) Brindar a la comunidad escolar de toda la provincia, durante el periodo lectivo, actividades deportivas en distintos ámbitos, evaluando el avance de las actividades con el fin de satisfacer los preceptos de equidad e igualdad de oportunidades.
1.7.1. SUBDIRECCIÓN DE LOGÍSTICA.
a) Coordinar la planificación operativa y logística de las actividades, programas y competencias deportivas estudiantiles desarrolladas en el ámbito provincial;
b) Administrar y organizar los recursos materiales, técnicos y humanos necesarios para el correcto desarrollo de las actividades deportivas estudiantiles;
c) Gestionar la logística vinculada al traslado, alimentación, equipamiento e infraestructura requerida para la realización de eventos y competencias;
d) Coordinar acciones con organismos públicos, municipios e instituciones educativas para garantizar el normal funcionamiento de las actividades programadas;
e) Supervisar la correcta distribución y utilización de materiales, elementos deportivos e insumos destinados a las actividades del área.
1.7.1.1. ÁREA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
a) Asistir administrativamente en la gestión y organización de las actividades deportivas estudiantiles;
b) Coordinar la recepción, registro, seguimiento y archivo de documentación, expedientes y actuaciones administrativas del área;
c) Gestionar la tramitación administrativa vinculada a contrataciones, solicitudes, rendiciones, insumos y recursos necesarios para el funcionamiento del área;
d) Elaborar informes, registros y relevamientos administrativos vinculados a las actividades desarrolladas;
e) Colaborar en la organización administrativa de competencias y encuentros deportivos estudiantiles.
1.7.1.2. ÁREA COORDINACIÓN INSTITUCIONAL.
a) Articular acciones entre la Secretaría de Estado de Deporte, el Ministerio de Educación, municipios e instituciones educativas para el desarrollo de actividades deportivas estudiantiles;
b) Coordinar la vinculación institucional con directivos, docentes, asociaciones y demás actores involucrados en los programas y competencias deportivas escolares;
c) Promover la participación activa de las instituciones educativas en las actividades deportivas organizadas por la Dirección;
d) Canalizar las necesidades y requerimientos institucionales vinculados a la organización y desarrollo de las actividades deportivas estudiantiles.
1.7.2. SUBDIRECCIÓN COORDINACIÓN PRIMARIA.
a) Planificar, coordinar y supervisar las actividades deportivas, recreativas e integrativas destinadas a estudiantes del nivel primario;
b) Promover la participación de las instituciones educativas primarias en encuentros y competencias deportivas estudiantiles;
c) Fomentar el desarrollo de habilidades motrices, hábitos saludables y valores sociales mediante la práctica deportiva escolar;
d) Garantizar propuestas deportivas inclusivas, recreativas y formativas adecuadas a las características y necesidades del nivel.
1.7.3. SUBDIRECCIÓN COORDINACIÓN SECUNDARIA.
a) Planificar, coordinar y supervisar las actividades deportivas competitivas destinadas a estudiantes del nivel secundario;
b) Promover la participación de las instituciones educativas secundarias en competencias deportivas;
c) Fomentar la práctica sistemática de actividad física y el desarrollo de hábitos saludables en adolescentes y jóvenes;
d) Impulsar espacios de integración, formación y participación juvenil mediante el deporte, promoviendo valores de respeto, compromiso y juego limpio.
1.8. DIRECCIÓN DE DESARROLLO DEPORTIVO.
a) Generar y fortalecer centros de detección, contención y formación deportiva en distintos puntos de la provincia de San Luis;
b) Brindar herramientas de formación deportiva, recreativa y social que fortalezcan los valores, la disciplina, el compromiso y el trabajo en equipo;
c) Planificar, coordinar y supervisar el funcionamiento integral de los centros de desarrollo, complejos, predios e infraestructura deportiva dependientes de la Secretaría de Estado de Deporte;
d) Impulsar políticas de mantenimiento, conservación y optimización de los espacios deportivos gubernamentales;
e) Fomentar la utilización de los predios deportivos provinciales para actividades recreativas, formativas, competitivas y de integración comunitaria.
1.8.1. ÁREA COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
a) Propiciar las acciones tendientes a coordinar y administrar el funcionamiento de todos los espacios, complejos y predios deportivos gubernamentales;
b) Coordinar la gestión administrativa vinculada al funcionamiento operativo de todos los espacios, complejos y predios deportivos gubernamentales;
c) Realizar el seguimiento de expedientes, actuaciones, solicitudes y documentación administrativa del área;
d) Coordinar acciones de administración de recursos humanos, materiales e insumos necesarios para el funcionamiento de los espacios deportivos;
e) Elaborar informes, relevamientos y registros administrativos vinculados al funcionamiento de los establecimientos deportivos.
1.8.2. ÁREA ARQUITECTURA Y PLANIFICACIÓN.
a) Elaborar proyectos y propuestas técnicas destinadas a la ampliación, remodelación y optimización de la infraestructura deportiva provincial;
b) Realizar relevamientos técnicos y diagnósticos de infraestructura deportiva con el objeto de planificar intervenciones de mediano y largo plazo;
c) Elaborar informes técnicos y propuestas de inversión para el desarrollo de nuevos espacios deportivos o la mejora de los existentes;
d) Planificar programas de conservación y mejoramiento de la infraestructura deportiva provincial.
1.8.3. ÁREA INSPECCIÓN Y MANTENIMIENTO.
a) Ejecutar y supervisar las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo de los espacios, complejos y predios deportivos dependientes de la Secretaría de Estado de Deporte;
b) Realizar inspecciones periódicas sobre el estado de conservación de las instalaciones deportivas y sus equipamientos;
c) Detectar y relevar necesidades de reparación, reposición o adecuación de infraestructura y equipamiento deportivo;
d) Verificar el correcto funcionamiento de los sistemas eléctricos, sanitarios, mecánicos y demás instalaciones complementarias;
e) Elaborar informes de inspección y proponer acciones correctivas tendientes a preservar las condiciones de seguridad y operatividad de los establecimientos deportivos.
1.8.4. ÁREA SERVICIOS GENERALES Y SEGURIDAD.
a) Coordinar los servicios generales necesarios para el funcionamiento cotidiano de los espacios, complejos y predios deportivos gubernamentales;
b) Supervisar las tareas de limpieza, orden, higiene y asistencia operativa de los establecimientos deportivos;
c) Organizar y controlar los servicios de vigilancia, control de accesos y seguridad de las instalaciones deportivas;
d) Implementar protocolos de prevención y actuación ante emergencias que pudieran producirse en los establecimientos deportivos;
e) Coordinar al personal afectado a servicios generales y seguridad, garantizando el cumplimiento de las normas de funcionamiento interno.
1.8.5. ÁREA COORDINACIÓN OPERATIVA ESTADIO PROVINCIAL JUAN GILBERTO FUNES.
a) Coordinar la administración del Estadio Provincial Juan Gilberto Funes para el correcto funcionamiento del mismo;
b) Relevar y comunicar las necesidades de mantenimiento necesario de todas las dependencias del Estadio Provincial Juan Gilberto Funes;
c) Relevar periódicamente, el stock y estado del material, maquinaria y equipamiento utilizado para el funcionamiento del Estadio Provincial Juan Gilberto Funes;
d) Organizar el uso de los distintos espacios que componen el Estadio Provincial Juan Gilberto Funes, para las concentraciones de equipos y/o selecciones locales, provinciales o nacionales y deportistas individuales, que contribuyan al desarrollo del deporte local;
e) Coordinar la actividad y función de cada uno de los profesionales del deporte que participen de las actividades a desarrollarse en el Estadio Provincial Juan Gilberto Funes.
1.8.6. ÁREA COORDINACIÓN OPERATIVA TRINQUETE MODELO Y VELÓDROMO.
a) Coordinar la administración del Trinquete Modelo y del Velódromo, para el correcto funcionamiento de los mismos;
b) Relevar y comunicar las necesidades de mantenimiento necesario de todas las dependencias del Trinquete Modelo y del Velódromo;
c) Relevar periódicamente, el stock y estado del material, maquinaria y equipamiento utilizado para el funcionamiento del Trinquete Modelo y del Velódromo;
d) Organizar el uso de los distintos espacios que componen el Trinquete Modelo y el Velódromo, para las concentraciones de equipos y/o selecciones locales, provinciales o nacionales y deportistas individuales, que contribuyan al desarrollo del deporte local;
e) Coordinar la actividad y función de cada uno de los profesionales del deporte que participen de las actividades a desarrollarse en el Trinquete Modelo y en el Velódromo.
1.8.7. SUBDIRECCIÓN DEL CENTRO DE DESARROLLO VILLA DEPORTIVA.
a) Coordinar y dirigir cada uno de los espacios que integran la estructura del Centro de Desarrollo Villa Deportiva, para su correcto funcionamiento;
b) Atender a las necesidades y expectativas de la comunidad con respecto al Centro de Desarrollo Villa Deportiva;
c) Conformar el Centro de Desarrollo Villa Deportiva como un espacio público en el que puedan convivir múltiples actividades del ámbito estatal y privado, relacionadas al deporte;
d) Generar las condiciones necesarias para que el Centro de Desarrollo Villa Deportiva reciba y organice eventos de dimensión local, provincial, regional, nacional e internacional.
1.8.7.1. ÁREA COORDINACIÓN DEPORTIVA.
a) Elaborar un cronograma de las actividades deportivas que se realizarán en los distintos espacios deportivos que componen el Centro de Desarrollo Villa Deportiva;
b) Organizar el uso de los distintos espacios que componen el Centro de Desarrollo Villa Deportiva, para las concentraciones de equipos y/o selecciones locales, provinciales o nacionales y deportistas individuales, que contribuyan al desarrollo del deporte local;
c) Coordinar la actividad y función de cada uno de los profesionales del deporte que participen de las actividades a desarrollarse en el Centro de Desarrollo Villa Deportiva.
1.8.8. SUBDIRECCIÓN DEL CENTRO DE DESARROLLO DEPORTIVO AVE FÉNIX.
a) Coordinar y dirigir cada uno de los espacios que integran la estructura del Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix para su correcto funcionamiento;
b) Atender las necesidades y expectativas de la comunidad con respecto al Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix;
c) Conformar el Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix como un espacio público en el que puedan convivir múltiples actividades del ámbito estatal y privado, relacionadas al deporte;
d) Generar las condiciones necesarias para que el Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix reciba y organice eventos de dimensión local, provincial, regional, nacional e internacional.
1.8.8.1. ÁREA COORDINACIÓN DEPORTIVA.
a) Elaborar un cronograma de las actividades deportivas que se realizarán en los distintos espacios deportivos que componen el Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix;
b) Organizar el uso de los distintos espacios que componen el Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix, para las concentraciones de equipos y/o selecciones locales, provinciales o nacionales y deportistas individuales, que contribuyan al desarrollo del deporte local;
c) Coordinar la actividad y función de cada uno de los profesionales del deporte que participen de las actividades a desarrollarse en el Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix.
1.9. DIRECCIÓN DE DEPORTE FEDERADO.
a) Trabajar en conjunto con clubes, asociaciones, federaciones e instituciones deportivas de toda la provincia con el objetivo de fortalecer el desarrollo del deporte federado;
b) Promover el crecimiento institucional, deportivo y organizativo de las entidades deportivas provinciales;
c) Impulsar políticas de desarrollo deportivo orientadas a la formación, perfeccionamiento y proyección de deportistas federados;
d) Fomentar la participación de instituciones y deportistas de la provincia en competencias provinciales, regionales, nacionales e internacionales.
1.9.1. SUBDIRECCIÓN DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL Y PROGRAMA “CRECIENDO CON TU CLUB”.
a) Asesorar y acompañar a los clubes deportivos de la provincia en sus procesos de fortalecimiento institucional, administrativo y organizacional;
b) Promover la regularización, actualización y renovación de la personería jurídica y documentación institucional de los clubes deportivos;
c) Diseñar e implementar programas de capacitación destinados a dirigentes, miembros de comisiones directivas y actores institucionales del deporte provincial;
d) Fomentar la integración y articulación entre clubes deportivos, organismos públicos y entidades vinculadas al deporte;
e) Implementar, coordinar y supervisar el Programa de Fortalecimiento Institucional para Clubes y Asociaciones Deportivas “Creciendo con tu Club” y demás programas de fortalecimiento institucional que se creen en el futuro;
f) Realizar el seguimiento, evaluación y control de los programas de fortalecimiento institucional implementados por la Secretaría de Estado de Deporte.
1.9.2. SUBDIRECCIÓN DESARROLLO INTEGRAL DE BOXEO.
a) Promover el desarrollo integral del boxeo amateur y federado en toda la provincia;
b) Fomentar la práctica del boxeo como herramienta de inclusión social, formación personal y desarrollo deportivo;
c) Articular acciones con gimnasios, asociaciones, federaciones y organismos vinculados al boxeo provincial y nacional;
d) Organizar y coordinar encuentros, exhibiciones y competencias de boxeo en el ámbito provincial.
1.9.3. SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO FEDERATIVO.
a) Asesorar y acompañar a asociaciones y federaciones deportivas en la planificación y desarrollo de sus actividades deportivas;
b) Coordinar acciones de cooperación técnica y deportiva con asociaciones y federaciones para el fortalecimiento de sus disciplinas;
c) Promover el desarrollo de calendarios deportivos, programas de entrenamiento y competencias oficiales de las distintas federaciones;
d) Brindar asistencia a asociaciones y federaciones para la organización y participación en campeonatos provinciales, regionales y nacionales;
e) Articular acciones con organismos rectores nacionales de cada disciplina para favorecer el crecimiento del deporte federado provincial.
1.9.3.1. ÁREA DEPORTES DE ALTO RENDIMIENTO.
a) Brindar acompañamiento deportivo e institucional a deportistas federados con proyección provincial, nacional e internacional;
b) Coordinar acciones con federaciones, entrenadores y equipos técnicos para favorecer la participación de deportistas en competencias de alto nivel;
c) Realizar el seguimiento deportivo de atletas destacados pertenecientes al sistema federado provincial;
d) Promover programas de apoyo a deportistas de alto rendimiento vinculados a federaciones y asociaciones deportivas provinciales;
e) Coordinar acciones destinadas a optimizar la preparación competitiva de los deportistas que representen a la provincia en competencias oficiales.
1.9.4. SUBDIRECCIÓN EVENTOS FEDERATIVOS PROVINCIALES.
a) Planificar, coordinar y supervisar la organización de eventos, torneos y competencias deportivas federativas en el ámbito provincial;
b) Articular acciones con federaciones, asociaciones, clubes y organismos públicos para el desarrollo de eventos deportivos;
c) Coordinar aspectos logísticos, técnicos y operativos necesarios para la realización de competencias y encuentros deportivos;
d) Supervisar la correcta organización y ejecución de las actividades deportivas federativas programadas.
1.10. DIRECCIÓN DEL CAMPUS DE ALTO RENDIMIENTO.
a) Desarrollar e implementar programas y disciplinas deportivas dentro del Campus de Alto Rendimiento, que cautive a un público más amplio, asegurando la participación activa de toda la comunidad;
b) Supervisar y coordinar los programas de detección y desarrollo de talentos deportivos implementados por las áreas competentes;
c) Implementar programas de formación continua para entrenadores, que les brinde las herramientas necesarias para potenciar el rendimiento de los atletas;
d) Crear un entorno propicio para el surgimiento de talentos locales;
e) Organizar y promover eventos deportivos a nivel local y regional con el fin de fomentar la participación activa de los deportistas del Campus de Alto Rendimiento y fortaleciendo su presencia en la comunidad.
1.10.1. SUBDIRECCIÓN DE EVALUACIÓN DEPORTIVA.
a) Trabajar en el desarrollo de la investigación y la evaluación deportiva y biomecánica, generando conocimiento, estadísticas y perfiles de los atletas de mediano y alto rendimiento de la provincia de San Luis;
b) Asistir a los entrenadores y atletas de la provincia en el análisis de los resultados obtenidos en las evaluaciones a fin de orientar de la mejor manera sus entrenamientos y carrera deportiva.
1.10.2. SUBDIRECCIÓN DE DETECCIÓN DE TALENTOS.
a) Implementar un sistema de monitoreo continuo para la detección de talentos en todo el territorio provincial;
b) Trabajar en conjunto con diferentes organismos del Estado Provincial, a fin de realizar las acciones necesarias para generar el plan provincial de detección de talentos deportivos.
1.11. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN DEL PARQUE LA PEDRERA.
a) Administrar, coordinar y supervisar el funcionamiento integral del Parque La Pedrera y de todos los espacios, instalaciones, servicios y dependencias que lo componen;
b) Planificar, organizar y coordinar el uso de la infraestructura deportiva, recreativa, cultural y de esparcimiento existente en el predio, garantizando su adecuado aprovechamiento y conservación;
c) Promover y coordinar la realización de actividades deportivas, recreativas, culturales, institucionales y comunitarias en el ámbito del Parque La Pedrera;
d) Organizar y supervisar la utilización de los distintos espacios que integran el complejo para la realización de eventos de alcance local, provincial, regional, nacional e internacional;
e) Coordinar acciones con organismos públicos, instituciones privadas, entidades deportivas y organizaciones de la sociedad civil para el desarrollo de actividades y eventos en el predio;
f) Supervisar el estado general de funcionamiento de las instalaciones, equipamientos y servicios del Parque La Pedrera, gestionando ante las áreas competentes las necesidades de mantenimiento, reparación y mejora que resulten necesarias;
g) Coordinar los servicios generales requeridos para el normal funcionamiento del complejo, incluyendo limpieza, seguridad, logística, control de accesos y atención a los usuarios;
h) Administrar los recursos humanos, materiales y operativos asignados al Parque La Pedrera, procurando su utilización eficiente y el cumplimiento de los objetivos institucionales.-
Art. 4º.-El Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a través del área correspondiente deberá efectuar las modificaciones presupuestarias y/o reasignación de partidas como consecuencia de lo dispuesto por el presente Decreto.-
Art. 5º.-La Secretaría de Estado de Deporte realizará la reubicación del personal para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.-
Art. 6º.-Hacer saber a: todos los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo Provincial, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Recursos Humanos, Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a todas las áreas dependientes de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6404-SGG-SD-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4300373/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 528315/26, obra nota de la FEDERACION SANLUISEÑA DE TENIS, C.U.I.T 30-70858035-6, por la cual solicita apoyo económico para solventar los gastos que demandará el desarrollo deportivo de la disciplina de tenis para los próximos Juegos Binacionales de Integración Andina “Cristo Redentor” 2026 que se desarrollarán del 9 al 15 de noviembre en la provincia de Mendoza;
Que en act. DOCEXT 1691895/26, obra Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte, y la FEDERACION SANLUISEÑA DE TENIS, C.U.I.T 30-70858035-6, representado por el señor PEDRO MAXIMILIANO ESTRADA, D.N.I. Nº 23.066.201, en su carácter de presidente, por la otra;
Que la Cláusula Primera del Convenio de Colaboración establece los compromisos asumidos por la FEDERACION SANLUISEÑA DE TENIS, C.U.I.T 30-70858035-6;
Que la Cláusula Segunda del Convenio de Colaboración establece que el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, se compromete a entregar a la FEDERACION SANLUISEÑA DE TENIS, C.U.I.T 30-70858035-6, un aporte económico por la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($10.500.000,00), que serán abonados en cuatro (4) cuotas consecutivas de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($2.625.000,00) cada una, durante el periodo 2026, debiendo la FEDERACION SANLUISEÑA DE TENIS, C.U.I.T 30-70858035-6 rendir cuenta documentada del destino de cada cuota ante Contaduría General de la Provincia;
Que en act. PREV 11413966/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($10.500.000,00);
Que en act. DICTAM 180298/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 985642/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171844/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.2º.- Homologar el Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte, y la FEDERACION SANLUISEÑA DE TENIS, C.U.I.T 30-70858035-6, representado por el señor PEDRO MAXIMILIANO ESTRADA, D.N.I. Nº 23.066.201, en su carácter de presidente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1691895/26 del EXD-0-4300373/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 5 1 7 $10.500.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y a la FEDERACION SANLUISEÑA DE TENIS.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6406-SGG-SD-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4231257/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 528152/26, obra nota de la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE HANDBALL, CUIT N° ٣٠-٧٠٧٨٠٩٥٨-٩, por la cual solicita apoyo económico para solventar los gastos que demandará el proceso de preparación y participación de las selecciones provinciales en los próximos Juegos Binacionales de Integración Andina “Cristo Redentor” ٢٠٢٦, que se desarrollarán del ٩ al ١٥ de noviembre de ٢٠٢٦ en la provincia de Mendoza;
Que en act. DOCEXT 1691906/26, obra Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte, y la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE HANDBALL, CUIT N° ٣٠-٧٠٧٨٠٩٥٨-٩, representado por el señor WALDO JUAN PESCARA, D.N.I. Nº ٢٨.٨٤٧.٠٣٤, en su carácter de presidente, por la otra;
Que la Cláusula Primera del Convenio de Colaboración establece los compromisos asumidos por la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE HANDBALL, CUIT N° ٣٠-٧٠٧٨٠٩٥٨-٩;
Que la Cláusula Segunda del Convenio de Colaboración establece que el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, se compromete a entregar a la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE HANDBALL, CUIT N° ٣٠-٧٠٧٨٠٩٥٨-٩, un aporte económico por la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON ٠٠/١٠٠ ($٢٤.٢٠٠.٠٠٠,٠٠), que serán abonados en cuatro (٤) cuotas consecutivas durante el periodo ٢٠٢٦, según el siguiente detalle: primer y segunda cuota el monto de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON ٠٠/١٠٠ ($٤.٥٥٠.٠٠٠,٠٠), la tercera cuota de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($١٠.٥٥٠.٠٠٠,٠٠) y la cuarta cuota de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON ٠٠/١٠٠ ($٤.٥٥٠.٠٠٠,٠٠), debiendo la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE HANDBALL, CUIT N° ٣٠-٧٠٧٨٠٩٥٨-٩, rendir cuenta documentada del destino de cada cuota ante Contaduría General de la Provincia;
Que en act. PREV 11402682/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma total de PESOS VEINTICUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($24.200.000,00);
Que en act. DICTAM 180271/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 985206/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171738/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte, y la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE HANDBALL, CUIT N° ٣٠-٧٠٧٨٠٩٥٨-٩, representado por el señor WALDO JUAN PESCARA, D.N.I. Nº ٢٨.٨٤٧.٠٣٤, en su carácter de presidente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1691906/26 del EXD-0-4231257/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 5 1 7 $24.200.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y a la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE HANDBALL.-
Art. 6 º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
DECRETO N° 6403-SGG-ST-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-6020363/26 por el cual la Secretaría de Estado de Transporte tramita la liquidación de Compensaciones Complementarias Provinciales (CPP), en concepto de Atributo Social, del servicio de transporte público urbano de pasajeros, y;
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Transporte de la Nación ha asignado la correspondiente remesa a la Provincia de San Luis y ha procedido a efectuar la transferencia de los fondos pertinentes, en el marco denominado Régimen de Compensaciones Complementarias Provinciales en concepto de Atributo Social;
Que en act. NOTAB 100111387/26 la Dirección de Transporte solicita el pago de los fondos transferidos;
Que en act. DOCEXT 1210665/26 obra nota publicada por la Secretaría de Transporte de la Nación, de los fondos transferidos correspondientes a: 1° pago CCP AS mes de Marzo 2026 y liberaciones anteriores;
Que obra Anexo en act. DOCEXT 1210669/26, con las asignaciones totales que le corresponden a la empresa integrante del mencionado régimen TRANSPUNTANO S.A.P.E.M. S.A., C.U.I.T. N° 33-71123907-9;
Que en act. CERFYR 1569734/26 obra certificación de la Dirección de Finanzas y Recursos;
Que en act. PREV 11468809/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOCE CON 36/100 ($82.041.412,36);
Que en act. DICTLE 10459/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;
Que en act. NOTAMP 995344/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del subsidio a la empresa mencionada por el monto indicado, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2024;
Que en act. DICFIS 173261/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 2°.-Asignar a la empresa TRANSPUNTANO S.A.P.E.M. S.A., C.U.I.T. N° 33-71123907-9, en concepto de 1° pago CCP AS mes de Enero 2026, el monto total de PESOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOCE CON 36/100 ($82.041.412,36), con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia.-
Art. 3°.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 36 37 4-17 5 1 9 $82.041.412,36
Art. 4°.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y por su intermedio a la empresa mencionada.-
Art. 6°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 6525-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Directora de Planificación, Innovación y Movilidad de la Secretaría de Estado de Transporte, a la Contadora Pública TAMARA ANTONELLA ORTIZ, D.N.I. N° 37.638.727;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Contadora Pública TAMARA ANTONELLA ORTIZ, D.N.I. N° 37.638.727 en el cargo de Directora de Planificación, Innovación y Movilidad de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2°.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 6526-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Movilidad Educativa, dependiente de la Dirección de Planificación, Innovación y Movilidad de la Secretaría de Estado de Transporte, al señor FEDERICO AUGUSTO AMIEVA OLIVARES, D.N.I. N° 30.157.042;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor FEDERICO AUGUSTO AMIEVA OLIVARES, D.N.I. N° 30.157.042 en el cargo de Subdirector Movilidad Educativa, dependiente de la Dirección de Planificación, Innovación y Movilidad de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2°.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 6527-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director General de Infraestructura y Terminales de la Secretaría de Estado de Transporte, al señor LUCIANO NICOLAS GIUNTA, D.N.I. N° 37.271.228;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor LUCIANO NICOLAS GIUNTA, D.N.I. N° 37.271.228 en el cargo de Director General de Infraestructura y Terminales de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 6528-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Infraestructura y Mantenimiento, dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Terminales de la Secretaría de Estado de Transporte, al señor JOSE IGNACIO SORIA, D.N.I. N° 32.039.338;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JOSE IGNACIO SORIA, D.N.I. N° 32.039.338 en el cargo de Subdirector de Infraestructura y Mantenimiento, dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Terminales de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2°.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 6529-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Administración Terminal de Ómnibus de La Toma, dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Terminales de la Secretaría de Estado de Transporte, a la señora PIÑEIRO GILDA AZUCENA, D.N.I. N° 14.714.651;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora PIÑEIRO GILDA AZUCENA, D.N.I. N° 14.714.651 en el cargo de Jefe de Área Administración Terminal de Ómnibus de La Toma, dependiente de la Dirección General de Infraestructura y Terminales de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2°.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 6571-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo Subdirectora de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial dependiente de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Gobierno a la señora JULIETA MARIA VICTORIA NIEVAS BUSTOS, D.N.I. N° 37.975.644;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora JULIETA MARIA VICTORIA NIEVAS BUSTOS, D.N.I. N° 37.975.644, en el cargo Subdirectora de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial dependiente de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6572-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo Directora de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Gobierno a la señora, MARIA CECILIA HISSA D.N.I. N° 28.838.060;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIA CECILIA HISSA D.N.I. N° 28.838.060, en el cargo Directora de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6573-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo Subdirectora del Registro Público de Comercio –Villa Mercedes dependiente de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno a la señora MARIA PAULA SILVESTRE PUENTE, D.N.I. N° 35.915.882;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto a la señora MARIA PAULA SILVESTRE PUENTE, D.N.I. N° 35.915.882, en el cargo Subdirectora del Registro Público de Comercio - Villa Mercedes dependiente de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a:Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6574-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo Subdirectora del Registro Público de Comercio - San Luis dependiente de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno a la señora ANDREA VANNESA BELZUNCE, D.N.I. N° 28.091.634;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto a la señora ANDREA VANNESA BELZUNCE, D.N.I. N° 28.091.634, en el cargo Subdirectora del Registro Público de Comercio - San Luis dependiente de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a:Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6575-MG-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290657/26 y la Ley de Ministerios N° V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-5280242/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Gobierno;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Fortalecimiento Institucional dependiente de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno al señor ENZO NICOLAS BELZUNCE, D.N.I. Nº 35.766.930;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al señor ENZO NICOLAS BELZUNCE, D.N.I. Nº 35.766.930, en el cargo de Subdirector de Fortalecimiento Institucional dependiente de la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Firma Digital de San Luis, Dirección de Personas Jurídicas y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 6425-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3170212/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3736728/26 y 3736729/26 obran Decreto Nº 4815-ME-2018 y Decreto Nº 4013-ME-2023, por los cuales se implementaron Concursos de Ascensos Definitivos de Títulos, Méritos y Antecedentes cerrado a la institución, para Auxiliares de Nivel Inicial que revistan carácter titular, a los efectos de acceder al cargo de Maestro de Nivel Inicial, en el caso de producirse una vacante;
Que en act. DOCEXT 3735014/26 obra copia del Decreto Nº 2235-MHIP-2026, mediante el cual se acepta la renuncia a la docente GISELA ROXANA BALLERINO, D.N.I. Nº 30.157.090, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, carácter interino, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 15 “Sonrisas Coloridas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, Región Educativa I;
Que en act. DOCEXT 3750117/26 obra orden de mérito de Docentes Auxiliares titulares elaborado por la Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis, debidamente notificado, Acta Nº 3-2026 de ofrecimiento de cargo, de fecha 6 de Abril de 2026 y Acta Nº 4-2026 de toma de posesión, de fecha 7 de Abril de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, con carácter interino, a la docente MERLINA GABRIELA AGULLES, D.N.I. Nº 29.513.882, quien acepta el respectivo cargo;
Que en act. DOCEXT 3750117/26, obra nota por la cual la docente MERLINA GABRIELA AGULLES, renuncia a UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, titular, según Decreto Nº 7991-ME-2022, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 15 “Sonrisas Coloridas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredon, Región Educativa I;
Que en act. INFSUM 180138/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 438016/26 la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 438104/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 984185/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 438104/26;
Que en act. PASEDU 3780579/26 la Dirección Gestión Educativa informa que la toma de posesión del cargo se hizo efectiva el 7 de Abril de 2026;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 de su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 7 de Abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente MERLINA GABRIELA AGULLES, D.N.I. Nº 29.513.882, a UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, titular, según Decreto Nº 7991-ME-2022, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 15 “Sonrisas Coloridas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 3º.- Designar, a partir del 7 de Abril de 2026, a la docente MERLINA GABRIELA AGULLES, D.N.I. Nº 29.513.882, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, con carácter interino, por ascenso jerárquico, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 15 “Sonrisas Coloridas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Nivel Inicial y, por su intermedio, al establecimiento Educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6426-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5060240/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3806889/26 obra Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor ESTEBAN MAXIMILIANO ARIAS, D.N.I. Nº 34.273.232, con el objeto de cumplir funciones en el Equipo Técnico Jurisdiccional de Certificaciones del Instituto Nacional de Formación Docente (INFoD), en dependencias del Ministerio de Educación, desde el 1 de junio de 2026 y hasta el 31 de agosto de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución mensual que percibirá el prestador de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11441576/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($2.700.000,00);
Que en act. NOTAMP 990619/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 991972/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 172824/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor ESTEBAN MAXIMILIANO ARIAS, D.N.I. Nº 34.273.232, a los fines de prestar servicios en dependencias del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3806889/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Inst. Jur. U.Ej. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 14 16 25 02 4-44 3 4 9 $2.700.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente y, por su intermedio, notificar al interesado.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6427-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4131133/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3774577/26, obra copia del Decreto Nº 2316-ME-2026, de traslado definitivo del docente LEONARDO FABIAN FERNANDEZ, D.N.I. Nº 21.383.579, en UN (1) cargo de Director de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, carácter titular, de la Escuela Nº 389 “Granadero Simón Serares”, del paraje San Fernando, departamento General San Martín, Región Educativa V, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en acts. DOCEXT 3774577/26, obra constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo de referencia, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas IV y V –sede Concarán, Acta Nº 234 de toma de posesión, de fecha 14 de abril del 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, carácter interino, a la docente TANIA MICAELA OLGUIN, D.N.I. Nº 38.439.485, quien acepta el respectivo cargo;
Que en act. DOCEXT 3774577/26, obra nota mediante la cual la docente TANIA MICAELA ORTIZ renuncia a UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, suplente, según Decreto Nº 3605-MHIP-2026 en la Escuela Nº 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez” de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, Región Educativa V;
Que en act. INFSUM 180340/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 439299/26 la Dirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 439502/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 992376/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 439502/26;
Que en act. PASEDU 3804873/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hizo efectiva el 14 de abril de 2026;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 49 de la Ley Nº XV-0387-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 14 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente TANIA MICAELA OLGUIN, D.N.I. Nº 38.439.485 a UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, suplente, según Decreto Nº 3605-MHIP-2026, en la Escuela Nº 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez” de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, Región Educativa V
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 49 de la Ley Nº XV-0387-2004.-
Art. 3º.- Designar, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente TANIA MICAELA OLGUIN, D.N.I. Nº 38.439.485, en UN (1) cargo de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, carácter interino, en la Escuela Nº 389 “Granadero Simón Serares”, del paraje San Fernando, departamento General San Martín, Región Educativa V.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Subdirección Educación Rural y, por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6428-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5180864/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3806559/26 obra el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor PEDRO GASTÓN OROZCO D.N.I. Nº 31.265.018, a los fines de cumplir servicios de Coordinador Referente y Responsable de Línea, en la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026;
Que la cláusula segunda del Contrato de Servicios de referencia establece la retribución mensual que percibirá el prestador de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11449728/26 obra imputación preventiva del gasto;
Que en act. NOTAMP 990385/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 992221/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato adjunto, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 172809/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor PEDRO GASTÓN OROZCO D.N.I. Nº 31.265.018, a los fines de prestar servicios en la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2026, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3806559/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 14 11 20 4-43 3 4 9 $3.150.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Innovación y Planeamiento y por su intermedio, notificar al interesado.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6429-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5060259/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3808692/26 obra Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y por la otra, la señora GABRIELA MABEL FERNANDEZ, D.N.I. Nº 24.681.555, con el objeto de cumplir funciones como Referente de Acompañamiento Institucional del Instituto Nacional de Formación Docente (INFoD), conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2026 y al 31 de agosto de 2026;
Que la cláusula segunda del Contrato de referencia, establece la retribución mensual que percibirá la prestadora de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11441609/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($2.700.000,00)
Que en act. NOTAMP 992780/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 993779/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2024, Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004, exceptuándolo del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009;
Que en act. DICFIS 173028/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el siguiente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2024, Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004, exceptuándolo del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación, GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y por la otra, la señora GABRIELA MABEL FERNANDEZ, D.N.I. Nº 24.681.555, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2026 y al 31 de agosto de 2026, obrante en act. DOCEXT 3808692/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Inst. Jur. U.Ej. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 14 16 25 02 4-44 3 4 9 $2.700.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6430-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5060267/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3806932/26 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE EDUCACIÓN, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y por la otra, la señora TAMARA MARISOL MEDERO, D.N.I. Nº 42.207.709, con el objeto de cumplir funciones como Referente Especialista SIFIECA y como Referente de Desarrollo Curricular del Instituto Nacional de Formación Docente(INFoD),durante el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de agosto de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución mensual que percibirá el prestador de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11441631/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($2.850.000,00);
Que en act. NOTAMP 990614/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 991966/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 172709/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor MINISTRO SECRETARIO DE ESTADO DE EDUCACIÓN, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y por la otra, la señora TAMARA MARISOL MEDERO, D.N.I. Nº 42.207.709, a los fines de prestar servicio durante el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de agosto de 2026, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3806932/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Inst. Jur. U.Ej. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 14 16 25 02 4-44 3 4 9 $2.850.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6431-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6020630/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTULP 2160967/26 la Universidad de La Punta solicita el pago de los aportes para el tercer trimestre del año 2026, según la Ley de Presupuesto Nº VIII-0253-2025 y el Decreto Nº 19504-MHIP-2025, por la suma total de PESOS SEIS MIL CIENTO CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 63/100 ($6.105.394.339,63);
Que en act. PREV 11473290/26 obra el comprobante de imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 966119/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 996561/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del aporte con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 173452/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuarlo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un aporte no reintegrable a favor de la Universidad de La Punta, para el tercer trimestre del año 2026, según la Ley de Presupuesto Nº VIII-0253-2025 y el Decreto Nº 19504-MHIP-2025, por la suma total de PESOS SEIS MIL CIENTO CINCO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 63/100 ($6.105.394.339,63), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo ante Contaduría General de la Provincia.-
Art. 3º.- Autorizar al Ministerio de Educación a librar órdenes de pago mensuales a favor de la Universidad de La Punta, en concepto de aportes no reintegrables, por el período comprendido entre los meses de julio a septiembre de 2026, según detalle obrante en act. NOTULP 2160967/26.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas presupuestarias vigentes:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 14 10 17 00 1-01 5 6 1 $4.918.061.398,12
1 14 10 17 00 1-01 5 6 2 $1.187.332.941,51
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Educación, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia y Universidad de La Punta.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6432-ME-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4010891/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1532234/26 obra nota de renuncia por haber accedido al beneficio de la Jubilación Ordinaria, presentada por la señora ROSSANA ANDREA BATTAGLIA, D.N.I. Nº 18.469.440, a partir del 16 de marzo de 2026, al cargo de Secretaria, con una carga horaria de cuarenta (40) horas reloj, designada mediante Decreto Nº 3985-ME-2022, en el Instituto de Formación Docente Continúa San Luis;
Que en act. INFORM 437457/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que procedió a la suspensión de haberes a partir del 16 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180195/26 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que en act. NOTAMP 981358/26, interviene la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 16 de marzo de 2026, la renuncia por haber accedido al beneficio de la Jubilación Ordinaria, presentada por la señora ROSSANA ANDREA BATTAGLIA, D.N.I. Nº 18.469.440, al cargo de Secretaria, con una carga horaria de cuarenta (40) horas reloj, designada mediante Decreto Nº 3985-ME-2022, en el Instituto de Formación Docente Continúa San Luis.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continúa San Luis y por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 6433-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2040381/26, por el cual el Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la adjudicación de la Licitación Pública Nº 02-S.L.A.-2026; y,
CONSIDERANDO:
Que la misma fue autorizada por Decreto Nº 2960-MHIP-2026 de fecha 1 de abril de 2026, obrante en act. DEC 2960/26, y tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR, con un presupuesto oficial autorizado de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES CON 00/100 ($280.000.000,00);
Que en act. ACTPAS 1682312/26 obran constancias de publicaciones de los edictos en la forma y por los términos de Ley;
Que en act. ACTPAS 1681378/26 obra Resolución Nº 7998-S.L.A.-2026 por la cual se designa la Comisión Evaluadora;
Que en act. ACTPAS 1684059/26 obra Acta Nº 158 labrada por Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis, de fecha 23 de abril de 2026, donde consta que se recepcionaron dos propuestas presentadas por las firmas: ELEVANZ S.A. que cotiza por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($282.576.000,00) obrante en act. ACTPAS 1684364/26 y PARIS CARS S.A. que cotiza por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($227.200.000,00) obrante en act. ACTPAS 1684374/26;
Que en act. ACTPAS 1689418/26 obra Informe de la Comisión Evaluadora que sugiere adjudicar a la firma PARIS CARS S.A., CUIT Nº 30-71728402-6;
Que en act. ACTPAS 1689492/26 el Sr. Presidente del Ente San Luis Agua presta conformidad al informe de la Comisión Evaluadora;
Que en act. ACTPAS 1690763/26 toma intervención Dirección Jurídica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 988664/26, toma intervención Contaduría General, en los términos del Art. 19 de la Ley Nº VI-0165-2004;
Que en act. DICFIS 172341/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado que indica que el Poder Ejecutivo puede proceder al dictado del acto administrativo que apruebe lo actuado y adjudique la presente licitación en la forma que se estime más conveniente a los intereses del Estado, encuadrando el caso en lo prescripto por el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y decretos que la complementan;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Decreto Nº 2293-MHIP-2025.-
Art.2º.- Aprobar el procedimiento efectuado por el Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, en la Licitación Pública Nº 02-S.L.A.-2026 para la ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 02-S.L.A.-2026a que se hace referencia en el Art. 2º a la firma PARIS CARS S.A. CUIT Nº 30-71728402-6 ítem ١, correspondiente a cuatro (٤) camionetas según las especificaciones de su oferta obrante en act. ACTPAS 1684374/26 por la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($227.200.000,00).-
Art. 4º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de contrato de adquisición de camionetas, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Ente San Luis Agua, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma adjudicada en el artículo precedente, en el marco de la Licitación Pública Nº 02-S.L.A.-2026, para la ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR.-
Art. 5º.- Autorizar al señor Presidente del Ente San Luis Agua dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, Hugo Eduardo Guzmán Durán, DNI 18.822.812, a suscribir el contrato de ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis.-
Art. 6º.- La erogación que demande la contratación mencionada en el Art. 2º, se efectivizará con fondos del Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, Ente San Luis Agua y a las firmas oferentes.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR.
Entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado en este acto por el señor Hugo Eduardo Guzmán Durán, DNI Nº 18.822.812 en su carácter de Presidente del Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista de las Serranías Puntanas, Km. 783, Casa de Gobierno, edificio Oeste, bloque I, planta baja, ciudad de San Luis, por una parte, y por la otra, la firma PARIS CARS S.A., CUIT Nº 30-71728402-6 representada por el/la Sr/a. _________________, DNI Nº____________ en su carácter de ___________, que constituye domicilio legal en __________________ de la ciudad de San Luis, provincia de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la licitación pública Nº 02-SLA-2026, efectuada para la “ADQUISICIÓN DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR”, conforme la adjudicación dispuesta por decreto Nº______-MHIP-2026 de fecha _________ de 2026, dictado en el expediente EXD-0-2040381/26; convienen en formalizar el presente contrato de adquisición de camionetas, sujeto a las siguientes cláusulas.
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta entregar cuatro (4) camionetas, conforme a los datos contenidos en el pliego que sirvió de base para la presente contratación, a los documentos integrantes del mismo, a la propuesta de LA CONTRATISTA y a las cláusulas del presente Contrato.
SEGUNDA. SISTEMA DE CONTRATACIÓN: LA CONTRATISTA se obliga por el precio total del ítem adjudicado. Por lo tanto, el monto del contrato no variará, cualquiera sea la diferencia que pueda arrojar respecto a los cómputos, precios unitarios e importes parciales que haya consignado LA CONTRATISTA al formular su oferta. Ello implica que no se reconocerán bajo ninguna circunstancia, “imprevistos”, cualquiera sea su origen.
TERCERA. DOCUMENTACIÓN DEL CONTRATO: está integrado por los instrumentos que se consignan en el pliego de la contratación, la propuesta y el decreto de adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.
CUARTA. MONTO DEL CONTRATO: el monto total del presente contrato asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($227.200.000,00), precio fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.
QUINTA. PLAZO DE ENTREGA: LA CONTRATISTA deberá culminar la entrega de los bienes adjudicados en un plazo máximo de treinta (30) días corridos desde la firma del contrato.
SEXTA. RECEPCIÓN Y PLAZO DE GARANTÍA: ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.
SÉPTIMA. ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación.
OCTAVA. JURISDICCIÓN LEGAL: a todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la jurisdicción de los tribunales ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis con competencia en lo contencioso administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.
NOVENA. SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” el cobro del monto referenciado en la cláusula cuarta del presente.
En prueba de conformidad y aceptación, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a los ______ (__) días del mes de _____ del año dos mil veintiséis.
DECRETO Nº 6434-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4230044/26, por el cual tramita la designación del docente DIEGO DAVID SOLA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por cambio de funciones de la docente titular CAROLA ANAHI FROLA, según Resolución Nº 783-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente DIEGO DAVID SOLA, D.N.I. Nº 29.441.307, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística – Perfil Música, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3768077/26, DOCEXT 3771685/26 y DOCEXT 3792984/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 21 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 21 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo del cambio de funciones de la docente titular CAROLA ANAHI FROLA, al docente DIEGO DAVID SOLA, D.N.I. Nº 29.441.307, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística – Perfil Música, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6435-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4070730/26, por el cual tramita la designación de la docente ARIANA GLORIA CARLINI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interina GRACIELA PATRICIA GARCIA, D.N.I. Nº 16.839.677, según Decreto Nº 4934-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente ARIANA GLORIA CARLINI, D.N.I. Nº 24.681.896, en TRES (3) hs. catedra de Economía Política en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3750899/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 06 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 06 de abril de 2026, a la docente ARIANA GLORIA CARLINI, D.N.I. Nº 24.681.896, en TRES (3) hs. cátedra de Economía Política en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6436-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151366/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA ILEANA DUTRUS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5231-ME-2021 y 5236-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ANDREA ILEANA DUTRUS, D.N.I. Nº 25.842.447, en VEINTITRES (23) horas cátedra de Geografía, 3 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 1er. año 3ra. división, 3 hs. en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año en 2da. división, 3 hs. en 3er. año 3ra. división, 4 hs. en 4to. año 1ra. división y 4 hs. en 4to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3760603/26 y DOCEXT 1554919/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente ANDREA ILEANA DUTRUS, D.N.I. Nº 25.842.447, en VEINTITRES (23) horas cátedra de Geografía, 3 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 1er. año 3ra. división, 3 hs. en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año en 2da. división, 3 hs. en 3er. año 3ra. división, 4 hs. en 4to. año 1ra. división y 4 hs. en 4to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6437-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4140992/26, por el cual tramita la designación de la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de reubicación definitiva del docente interino y titular MIGUEL ALEJANDRO CALDERON VILCHEZ, según Decreto Nº 6448-ME-2023, se torna necesario designar a la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, D.N.I. Nº 35.767.897, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia, en 1er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad Escuela para Jóvenes, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3758824/26, 1558828/26 y 1572257/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, D.N.I. Nº 35.767.897, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia, en 1er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Modalidad Escuela para Jóvenes, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, en la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6438-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5111271/26, por el cual tramita la designación de la docente CANDELA MILAN; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente titular ENRIQUE EZEQUIEL CALVO, según Decreto Nº 5564-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente CANDELA MILAN, D.N.I. Nº 41.158.324, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3785410/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 06 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 06 de mayo de 2026, a la docente CANDELA MILAN, D.N.I. Nº 41.158.324, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6439-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5081211/26, por el cual tramita la designación del docente RUBENS HECTOR OLGUIN, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina, LUDMILA IVANOVICH, según Decreto Nº 5093-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, RUBENS HECTOR OLGUIN, D.N.I. Nº 17.352.708, en TRES (3) horas cátedra de Economía Política en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3783603/26 y ACTPAS 1698696/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 6 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 6 de mayo de 2026, al docente RUBENS HECTOR OLGUIN, D.N.I. Nº 17.352.708, en TRES (3) horas cátedra de Economía Política en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6440-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5150210/26, por el cual tramita la designación del docente ALEXIS GIL; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 2591-ME-2022, 4930-ME-2021 y 5261-ME-2021, se torna necesario designar con carácter interino, al docente ALEXIS GIL, D.N.I. Nº 32.777.831, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3790025/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 14 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de mayo de 2026, al docente ALEXIS GIL, D.N.I. Nº 32.777.831, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6441-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4010794/26, por el cual tramita la renuncia y designación de la docente MARIANA LAURA FREYTES, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3793984/26 y 3747867/26, obran: nota de renuncia por razones particulares, de la docente suplente MARIANA LAURA FREYTES, D.N.I. Nº 27.310.702, formulario de cese; copia del Decreto de designación Nº 7768-ME-2019, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L., de dicha docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 70 “Provincia de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MONICA NOEMI LOYTI, D.N.I. Nº 17.711.728, según Decreto Nº 2002-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIANA LAURA FREYTES, D.N.I. Nº 27.310.702, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3747867/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 23 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 23 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares, de la docente suplente, MARIANA LAURA FREYTES, D.N.I. Nº 27.310.702, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 70 “Provincia de San Luis” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 23 de marzo de 2026, a la docente MARIANA LAURA FREYTES, D.N.I. Nº 27.310.702, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 70 “Provincia de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6442-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4290786/26, por el cual tramita la designación de la docente YOHANA ROCIO RAMALLO SERRANO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina LUA WALDMAN, según Decreto Nº 2191-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente YOHANA ROCIO RAMALLO SERRANO, D.N.I. Nº 38.750.290, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística – Perfil Teatro, en 5to. año única división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3774344/26 y DOCEXT 1572101/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 29 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 29 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina LUA WALDMAN, a la docente YOHANA ROCIO RAMALLO SERRANO, D.N.I. Nº 38.750.290, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística – Perfil Teatro, en 5to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6443-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4221211/26, por el cual tramita la designación de la docente GUADALUPE LICCIARDI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la baja por fallecimiento del docente interino RAFAEL TOMAS BERGALLO, D.N.I. Nº 22.067.071, según Resolución Nº 4904-DRRHH-2025, se torna necesario designar, a la docente GUADALUPE LICCIARDI, D.N.I. Nº 41.327.893, en TRES (3) hs. catedra de Lengua y Literatura en 4to. año 3ra. división, Orientación Arte-Teatro, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3768016/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, a la docente GUADALUPE LICCIARDI, D.N.I. Nº 41.327.893, en TRES (3) hs. catedra de Lengua y Literatura en 4to. año 3ra. división, Orientación Arte-Teatro, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6444-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4161291/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente CRISTIAN ORLANDO BARTOLOCHINI, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3762020/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente CRISTIAN ORLANDO BARTOLOCHINI D.N.I. Nº 32.417.283, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 8056-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 438767/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir 21 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180554/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 21 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino CRISTIAN ORLANDO BARTOLOCHINI, D.N.I. Nº 32.417.283, en DOS (2) horas catedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Informática en 4to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas”, de la calidad de La Punta departamento Juan Martín de Pueyrredón. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6445-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5140378/26, por el cual tramita la designación del docente SERGIO LEANDRO MAGNAGO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 69 “Maestra Olga Ester Sarden” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes del docente titular EMMANUEL AGUILERA, concedida por Resolución Nº 1382-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente SERGIO LEANDRO MAGNAGO, D.N.I. Nº 37.710.061, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Música, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3788881/26 y 1569087/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 12 de mayo de 2026 y hasta el 15 de noviembre de 2026, en reemplazo del docente titular EMMANUEL AGUILERA, al docente SERGIO LEANDRO MAGNAGO, D.N.I. Nº 37.710.061, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Música, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 69 “Maestra Olga Ester Sarden” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6446-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5120025/26, por el cual tramita la designación de la docente JESICA JANET CHIRINO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 24 “Luisa Fantini de Cortes Aparicio”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA FLORENCIA GIRARDI, según Decreto Nº 23385-ME-2025, se torna necesario designar a la docente JESICA JANET CHIRINO, D.N.I. Nº 37.723.973, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Biología, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3785566/26, 1569483/26, 1569509/26, 1569554/26, 1569565/26 y 1569570/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir 28 de abril de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARIA FLORENCIA GIRARDI, a la docente JESICA JANET CHIRINO, D.N.I. Nº 37.723.973, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Biología, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 24 “Luisa Fantini de Cortes Aparicio”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6447-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5270494/26, por el cual tramita la designación del docente JULIETA ANALIA NIEVAS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Educación Especial Nº 6 “Doctora María Montessori”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente interina MARIA NATALIA GARBERO, según Resolución Nº 1645-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente JULIETA ANALIA NIEVAS, D.N.I. Nº 41.682.379, en UN (1) cargo de Maestra de Educación de Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3800512/26, 1567184/26 y adjuntos, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 27 de mayo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia por accidente de la docente interina MARIA NATALIA GARBERO, a la docente JULIETA ANALIA NIEVAS, D.N.I. Nº 41.682.379, en UN (1) cargo de Maestra de Educación de Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela de Educación Especial Nº 6 “Doctora María Montessori”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6448-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5131245/26, por el cual tramita la designación de la docente TAMARA LIZ GALLARDO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 22 “José Manuel Estrada”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, del docente titular CLAUDIO ALEJANDRO AGUADA, concedida por Resolución Nº 547-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente TAMARA LIZ GALLARDO, D.N.I. Nº 39.091.624, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3788322/26, 1569249/26 y 1569257/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 05 de mayo de 2026 y hasta el 16 de setiembre de 2026, en reemplazo del docente titular CLAUDIO ALEJANDRO AGUADA, a la docente TAMARA LIZ GALLARDO, D.N.I. Nº 39.091.624, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 22 “José Manuel Estrada”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6449-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5290695/26, por el cual tramita la designación del docente ROBERTO DANIEL SOSA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, de la docente titular MARIA LAURA ALVAREZ, según Resolución Nº 1592-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente al docente ROBERTO DANIEL SOSA, D.N.I. Nº 24.561.663, en CINCO (5) horas cátedra de Proyecto Final – TAP Pintura, en 6to. año única división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3803767/26; obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 1 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 1 de junio de 2026 y hasta el 28 de febrero de 2027, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, de la docente titular MARIA LAURA ALVAREZ, al docente ROBERTO DANIEL SOSA, D.N.I. Nº 24.561.663, en CINCO (5) horas cátedra de Proyecto Final – TAP Pintura, en 6to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6450-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210012/26, por el cual tramita la designación del docente ALEXIS GIL, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular, ANALIA VERONICA MEI, según Decreto Nº 2787-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente ALEXIS GIL, D.N.I. Nº 32.777.831, en CUATRO (4) horas cátedra de Espacios de Opción Institucional (Perfil Tecnología de la Información y la Comunicación), 2 hs. en 6to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3765213/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 21 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 21 de abril de 2026, al docente ALEXIS GIL, D.N.I. Nº 32.777.831, en CUATRO (4) horas cátedra de Espacios de Opción Institucional (Perfil Tecnología de la Información y la Comunicación), 2 hs. en 6to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6451-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6031279/26, por el cual tramita la designación del docente DIEGO FABRICIO PALMERO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo de Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino CARLOS CIPRIANO ROQUE GUZMAN, según Decreto Nº 4310-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente DIEGO FABRICIO PALMERO, D.N.I. Nº 28.489.578, en CUATRO (4) horas cátedra de Música, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3809084/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 05 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de mayo de 2026, al docente DIEGO FABRICIO PALMERO, D.N.I. Nº 28.489.578, en CUATRO (4) horas cátedra de Música, en 3er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo de Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6452-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9150339/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3591472/25, 3593714/25 y 3767223/26 el Centro Educativo Nº 28 “Dr. René Favaloro” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, solicita reconocimiento de servicios a favor de la docente MARIA FANY DEL ROSARIO GUEVARA, D.N.I. Nº 32.915.925, desde el 19 de abril de 2025 al 18 de mayo de 2025, en DIEZ (10) horas cátedra de Historia (4 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, quien se desempeñó como suplente de la docente ANDREA DELIA BALLERINO, D.N.I. Nº 23.483.301, en uso de licencia por razones de salud según Art. 77 de la Ley Nº XV-0387-2004;
Que en act. PASEDU 3593852/25 presta conformidad la Subdirección Nivel Secundario dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados por la docente MARIA FANY DEL ROSARIO GUEVARA, D.N.I. Nº 32.915.925, desde el 19 de abril de 2025 al 18 de mayo de 2025, en DIEZ (10) horas cátedra de Historia (4 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria del Centro Educativo Nº 28 “Dr. René Favaloro” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, quien se desempeñó como suplente de la docente ANDREA DELIA BALLERINO, D.N.I. Nº 23.483.301, en uso de licencia por razones de salud según Art. 77 de la Ley Nº XV-0387-2004.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación; Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6453-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4230455/26, por el cual tramita la designación del docente JUAN CARLOS MARENGO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, ADRIANA NOEMI PICCOLO, según Decreto Nº 2602-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, JUAN CARLOS MARENGO, D.N.I. Nº 16.656.395, en CUATRO (4) horas cátedra de Gestión de Clientes en 6to. año 2da. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3768688/26 y ACTPAS 1689253/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 16 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 16 de abril de 2026, al docente JUAN CARLOS MARENGO, D.N.I. Nº 16.656.395, en CUATRO (4) horas cátedra de Gestión de Clientes en 6to. año 2da. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6454-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4291007/26, por el cual tramita la designación de la docente LUA WALDMAN, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5231-ME-2021 y 3223-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente LUA WALDMAN, D.N.I. Nº 41.262.222, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Teatro, en 3er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3774562/26 y DOCEXT 1568905/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 29 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 29 de abril de 2026, a la docente LUA WALDMAN, D.N.I. Nº 41.262.222, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Teatro, en 3er. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6455-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6031285/26, por el cual tramita la designación del docente BRUNO ALDO DONOSO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo de Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino CARLOS CIPRIANO ROQUE GUZMAN, según Decreto Nº 4310-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente BRUNO ALDO DONOSO, D.N.I. Nº 34.002.312, en SEIS (6) horas cátedra de Música, en 1er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3809088/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 20 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de mayo de 2026, al docente BRUNO ALDO DONOSO, D.N.I. Nº 34.002.312, en SEIS (6) horas cátedra de Música, en 1er. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo de Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6456-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5150681/26, por el cual tramita la designación del docente WALTER CRISTIAN LIBAAK; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino VICTOR NAZARIO PEDERNERA, según Decreto Nº 2893-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente WALTER CRISTIAN LIBAAK, D.N.I. Nº 25.191.518, en DOCE (12) horas cátedra de Elementos, Máquinas y Montajes de Equipos e Instalaciones Electromecánicas, 6 hs. en 6to. año 2da. división y 6 hs. en 6to. año 3ra. división y en OCHO (8) horas cátedra de Materiales y Técnicas de Ensayo, 4 hs. en 5to. año 3ra. división y 4 hs. en 5to. año 4ta. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3790503/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 13 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de mayo de 2026, al docente WALTER CRISTIAN LIBAAK, D.N.I. Nº 25.191.518, en DOCE (12) horas cátedra de Elementos, Máquinas y Montajes de Equipos e Instalaciones Electromecánicas, 6 hs. en 6to. año 2da. división y 6 hs. en 6to. año 3ra. división, y en OCHO (8) horas cátedra de Materiales y Técnicas de Ensayo, 4 hs. en 5to. año 3ra. división y 4 hs. en 5to. año 4ta. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6457-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5111257/26, por el cual tramita la designación del docente SERGIO EMMANUEL BALMACEDA GUICHON; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular ANTONIA ESTHER GODOY, según Decreto Nº 3481-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente SERGIO EMMANUEL BALMACEDA GUICHON, D.N.I. Nº 37.505.718, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3785365/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 06 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 06 de mayo de 2026, al docente SERGIO EMMANUEL BALMACEDA GUICHON, D.N.I. Nº 37.505.718, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6458-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4010326/26, por el cual tramita la designación del docente CARLOS DAMIAN GENNERO GONZALEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú”, de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, con motivo de Sanción de Cesantía del docente titular PABLO JAVIER BERSELLI, D.N.I. Nº 22.047.099, según Decreto Nº 24381-ME-2025, se torna necesario designar, al docente CARLOS DAMIAN GENNERO GONZALEZ, D.N.I. Nº 38.221.063, en OCHO (8) hs. catedra de Geometría y Matemática, 4 hs. en 4to. año única división y 4 hs. en 5to. año única división, y en CINCO (5) hs, catedra de Matemática en 3er. año única división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3747312/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de marzo de 2026, al docente CARLOS DAMIAN GENNERO GONZALEZ, D.N.I. Nº 38.221.063, en OCHO (8) hs. cátedra de Geometría y Matemática, 4 hs. en 4to. año única división y 4 hs. en 5to. año única división, y en CINCO (5) hs, catedra de Matemática en 3er. año única división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú”, de la localidad de La Calera, departamento Belgrano.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6459-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4060102/26, por el cual tramita la designación del docente LARRY JAMIR URBANO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MONICA MARQUESA CANDAS, D.N.I. Nº 18.061.594, según Decreto Nº 2601-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente LARRY JAMIR URBANO, D.N.I. Nº 34.843.853, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3799841/26, 3774827/26 y 1568347/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, al docente LARRY JAMIR URBANO, D.N.I. Nº 34.843.853, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6460-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4280386/26, por el cual tramita la designación del docente RODRIGO GABRIEL ALVAREZ SCHMID, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente interina MIRIAM RAQUEL GUZMAN, según Resolución Nº 1280-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente RODRIGO GABRIEL ALVAREZ SCHMID, D.N.I. Nº 36.227.425, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua y Literatura, 4 hs. en 5to. año 1ra. división y 4 hs. en 5to. año 2da. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3772518/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 20 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia por accidente de trabajo de la docente interina MIRIAM RAQUEL GUZMAN, al docente RODRIGO GABRIEL ALVAREZ SCHMID, D.N.I. Nº 36.227.425, en OCHO (8) horas cátedra de Lengua y Literatura, 4 hs. en 5to. año 1ra. división y 4 hs. en 5to. año 2da. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6461-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5131181/26, por el cual tramita la designación del docente DIEGO ROLANDO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARIA MARCELA SAIBENE, según Decreto Nº 1393-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente DIEGO ROLANDO, D.N.I. Nº 23.821.009, en TRES (3) horas cátedra de Dibujo Técnico, en 2do. año 3ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3788226/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 08 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 08 de mayo de 2026, al docente DIEGO ROLANDO, D.N.I. Nº 23.821.009, en TRES (3) horas cátedra de Dibujo Técnico, en 2do. año 3ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6462-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6010929/26, por el cual la Dirección de la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolás Antonio de San Luis” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente LUIS EDGARDO TOBARES, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3805669/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente LUIS EDGARDO TOBARES, D.N.I. Nº 13.487.351, de suplente a interino, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, ROSANA BEATRIZ CANO, según Decreto Nº 5406-MHIP-2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 22 de abril de 2026, del docente LUIS EDGARDO TOBARES D.N.I. Nº 13.487.351, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Secretario, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolás Antonio de San Luis” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6463-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5141188/26, por el cual tramita la designación de la docente SANDRA PAEZ; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino DIEGO FRANCISCO AGUSTIN BRAVO, según Decreto Nº 4652-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente SANDRA PAEZ, D.N.I. Nº 29.181.373, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año 2da. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3789684/26 y 1568418/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 11 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 11 de mayo de 2026, a la docente SANDRA PAEZ, D.N.I. Nº 29.181.373, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año 2da. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6464-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4080130/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista del docente CARLOS ALFREDO COLAUT, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3751886/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente CARLOS ALFREDO COLAUT D.N.I. Nº 20.134.858, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular OMAR BERENGUER, según Decreto Nº 19662-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de agosto de 2025, del docente CARLOS ALFREDO COLAUT D.N.I. Nº 20.134.858, de suplente a interino, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6465-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5121364/26, por el cual tramita la designación de la docente GILDA JESICA ONTIVERO REBER; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular ALEJANDRO GABRIEL BESSO, según Decreto Nº 2195-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente GILDA JESICA ONTIVERO REBER, D.N.I. Nº 30.687.528, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Comunicación, en 7mo. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3786949/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 12 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de mayo de 2026, a la docente GILDA JESICA ONTIVERO REBER, D.N.I. Nº 30.687.528, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Comunicación, en 7mo. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6466-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4211179/26, por el cual tramita la designación de la docente TAMARA RAQUEL MONCALERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular SANDRA BIBIANA SOSA, D.N.I. Nº 20.525.046, según Decreto Nº 1707-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente TAMARA RAQUEL MONCALERO, D.N.I. Nº 39.476.657, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3766394/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 20 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente TAMARA RAQUEL MONCALERO, D.N.I. Nº 39.476.657, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 51 “Maestro Faustino Segundo Mendoza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6467-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5141040/26, por el cual tramita la designación de la docente ALEJANDRA VERONICA ABBA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular DANIEL JORGE SAAD, según Decreto Nº 1395-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente ALEJANDRA VERONICA ABBA, D.N.I. Nº 31.660.463, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 5ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3789558/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 08 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 08 de mayo de 2026, a la docente ALEJANDRA VERONICA ABBA, D.N.I. Nº 31.660.463, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 5ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6468-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6021323/26, por el cual tramita la designación de la docente NORA DANIELA BARRERA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente suplente VIVIANA ELISA APARICIO, según Decreto Nº 19066-MHIP-2025, y la renuncia por jubilación de la docente titular ROXANA INGRID MORENO VIDAL, según Decreto Nº 4722-MHP-2022, se torna necesario designar a la docente NORA DANIELA BARRERA, D.N.I. Nº 37.192.210, en TRES (3) horas cátedra de Comunicación en 7mo. año 4ta. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3807206/26 y 1571712/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 02 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 02 de junio de 2026, a la docente NORA DANIELA BARRERA, D.N.I. Nº 37.192.210, en TRES (3) horas cátedra de Comunicación en 7mo. año 4ta. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6469-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4231191/26, por el cual tramita la designación de la docente VERONICA ANDREA GONZALEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 5261-ME-2021, 5739-ME-2022 y 3574-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, VERONICA ANDREA GONZALEZ, D.N.I. Nº 30.478.267, en TRES (3) horas cátedra de Lengua y Cultura Extranjera: Portugués en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3769227/26 y ACTPAS 1689352/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 21 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 21 de abril de 2026, a la docente VERONICA ANDREA GONZALEZ, D.N.I. Nº 30.478.267, en TRES (3) horas cátedra de Lengua y Cultura Extranjera: Portugués en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6470-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200397/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente FERNANDO GABRIEL MARRERO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3764246/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente FERNANDO GABRIEL MARRERO D.N.I. Nº 18.205.005, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 8270-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1690565/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir 08 de mayo de 2026;
Que en act. INFSUM 180547/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 08 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino FERNANDO GABRIEL MARRERO, D.N.I. Nº 18.205.005, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche departamento Coronel Príngles. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6471-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210007/26, por el cual tramita la designación del docente MAICO DANIEL TORRES, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100º de la Ley Nº XV-0387-2004, de la docente titular, VIVIANA BEATRIZ MOREYRA, según Resolución Nº 842-DRRHH-2026 y la renuncia por ascenso jerárquico de la docente suplente, SANDRA ELIZABETH AVILA, mediante Decreto Nº 2036-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente al docente, MAICO DANIEL TORRES, D.N.I. Nº 39.396.812, en UN (1) cargo de Preceptor, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3765209/26 y ACTPAS 1688195/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 20 de abril de 2026 y hasta el 10 de diciembre de 2027, al docente MAICO DANIEL TORRES, D.N.I. Nº 39.396.812, en UN (1) cargo de Preceptor, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6472-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4080082/26, por el cual tramita la designación del docente CLAUDIO ALBERTO LOPEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular, RODOLFO LUIS GARRO, según Decreto Nº 2655-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, CLAUDIO ALBERTO LOPEZ, D.N.I. Nº 26.467.623, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 2do. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3751807/26, ACTPAS 1683054/26 (Adjuntos) y 1697375/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de marzo de 2026, al docente CLAUDIO ALBERTO LOPEZ, D.N.I. Nº 26.467.623, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 2do. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6473-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200991/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente LUCILA INES FERNANDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3764884/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente LUCILA INES FERNANDEZ, D.N.I. Nº 31.438.233, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 9094-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1686783/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 20 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180546/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 20 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente LUCILA INES FERNANDEZ D.N.I. Nº 31.483.233, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Plástica Jornada Completa, con carácter suplente, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 12 “Leopoldo Lugones”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6474-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4011035/26, por el cual tramita la designación de la docente ORIANA ISABEL DOMINGUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decreto Nº 6305-ME-2023, cubierto por excepcionalidad, mediante Decreto Nº 16837-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional a la docente, ORIANA ISABEL DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 43.157.730, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Especial de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3748004/26, ACTPAS 1679964/26 y DOCEXT 3795865/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito y Resolución Nº 45-JCD-2026, elaboradas por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 31 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente ORIANA ISABEL DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 43.157.730, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Especial de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6475-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4270848/26, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente BETIANA AKEMI VALDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular, CLAUDIA FABIANA VALLEJOS, según Resolución Nº 1281-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente BETIANA AKEMI VALDEZ, D.N.I. Nº 36.415.049, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3771694/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 20 de abril de 2026 y hasta el 17 de mayo de 2026, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular, CLAUDIA FABIANA VALLEJOS, a la docente BETIANA AKEMI VALDEZ, D.N.I. Nº 36.415.049, en TRES (3) horas catedra de Geografía, en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 3 “Manuel Belgrano, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber: al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6476-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6010720/26, por el cual tramita la designación de la docente VALERIA LOURDES RUIZ MAÑO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular ROSANA EDITH CURTI, según Decreto Nº 1340-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente VALERIA LOURDES RUIZ MAÑO, D.N.I. Nº 34.421.761, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 6to. año 4ta. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3805410/26 y 1571741/26 (adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 03 de junio de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de junio de 2026, a la docente VALERIA LOURDES RUIZ MAÑO, D.N.I. Nº 34.421.761, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 6to. año 4ta. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6477-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4080153/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista del docente RUBEN MIGUEL GODOY, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3751905/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente RUBEN MIGUEL GODOY D.N.I. Nº 25.222.976, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular OMAR BERENGUER, según Decreto Nº 19662-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de agosto de 2025, del docente RUBEN MIGUEL GODOY D.N.I. Nº 25.222.976, de suplente a interino, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 5to. año única división y 3 hs. en 6to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6478-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5111248/26, por el cual tramita renuncia y designación de la docente MARIA SABINA SIMIOLI; y,
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3785353/26 y 1569663/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente suplente MARIA SABINA SIMIOLI, D.N.I. Nº 29.069.923, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 5963-MHyOP-2012 y copia del Decreto de reubicación Nº 4156-MHP-2017 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular CARLOS CIPRIANO ROQUE GUZMAN, según Decreto Nº 4310-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARIA SABINA SIMIOLI, D.N.I. Nº 29.069.923, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Artes Visuales, 2 hs. en 6to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, y en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Artes Visuales, 2 hs. en 6to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3785353/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 06 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 05 de mayo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente MARIA SABINA SIMIOLI, D.N.I. Nº 29.069.923, en DOS (2) horas cátedra de Artes Visuales, en 1er. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 06 de mayo de 2026, a la docente MARIA SABINA SIMIOLI, D.N.I. Nº 29.069.923, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Artes Visuales, 2 hs. en 6to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, y en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Artes Visuales, 2 hs. en 6to. año 1ra. división y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6479-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5061299/26, por el cual tramita la designación del docente PABLO NICOLAS BERRA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 3795-ME-2021 y 4257-ME-2022, se torna necesario designar, al docente PABLO NICOLAS BERRA, D.N.I. Nº 29.150.665, en OCHO (8) horas cátedra de Biología, 4 hs. en 1er. año 1ra. división y 4 hs. en 1er. año 2da. división y en DOS (2) horas cátedra de Educación para la Salud, en 1er. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3780753/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, al docente PABLO NICOLAS BERRA, D.N.I. Nº 29.150.665, en OCHO (8) horas cátedra de Biología, 4 hs. en 1er. año 1ra. división y 4 hs. en 1er. año 2da. división y en DOS (2) horas cátedra de Educación para la Salud, en 1er. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6480-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090320/26, por el cual tramita la designación de la docente JESICA JANET CHIRINO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 24 “Luisa Fantini de Cortes Aparicio”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100º de la Ley Nº XV-0387-2004 del docente titular, MARIA FLORENCIA GIRARDI, según Decreto Nº 23385-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente, JESICA JANET CHIRINO, D.N.I. Nº 37.723.973, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional (Perfil Biología), en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3753419/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 30 de marzo de 2026 e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, MARIA FLORENCIA GIRARDI, a la docente JESICA JANET CHIRINO, D.N.I. Nº 37.723.973, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional (Perfil Biología), en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 24 “Luisa Fantini de Cortes Aparicio”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6481-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5211077/26, por el cual tramita la designación del docente JOSE HUGO CELI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 37 “Ingeniero Germán Avé Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente titular EVA LAURA FLORIO, concedida por Resolución Nº 16-DDRRH-2026, se torna necesario designar al docente JOSE HUGO CELI, D.N.I. Nº 22.852.369, en DIEZ (10) horas cátedra de Tecnología de las Energías Renovables y No Renovables, 5 hs. en 4to. año 1ra. división y 5 hs. en 4to. año 2da. división, Sector Energías Renovables, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3796838/26, 1564791/26 y 1568114/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 14 de mayo de 2026 y hasta el 10 de julio de 2026, en reemplazo de la docente titular EVA LAURA FLORIO, al docente JOSE HUGO CELI, D.N.I. Nº 22.852.369, en DIEZ (10) horas cátedra de Tecnología de las Energías Renovables y No Renovables, 5 hs. en 4to. año 1ra. división y 5 hs. en 4to. año 2da. división, Sector Energías Renovables, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 37 “Ingeniero Germán Avé Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6482-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2251348/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente CARINA EMILCE MOCAYAR, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3716445/26 y ACTPAS 1694811/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente CARINA EMILCE MOCAYAR, D.N.I. Nº 22.529.742, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 18417-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1695259/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 18 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180222/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 18 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina CARINA EMILCE MOCAYAR, D.N.I. Nº 22.529.742, en OCHO (8) horas cátedra de Matemática, 4 hs. en 1er. año 2da. división y 4 hs. 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Comercio Nº 10 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6483-MHIP-2026.-
San Luis, 17 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3100595/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 74 “Gobernador Benigno Rodríguez Jurado” de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, gestiona el cambio de situación de revista de la docente BERTA ISABEL ARIAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3727746/26 y DOCEXT 3749662/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente BERTA ISABEL ARIAS D.N.I. Nº 30.493.247, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular DORA CLAUDIA RIOS, según Decreto Nº 18671-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 28 de octubre de 2025, de la docente BERTA ISABEL ARIAS D.N.I. Nº 30.493.247, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 74 “Gobernador Benigno Rodríguez Jurado” de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 6611-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Directora General del Servicio Penitenciario Provincial del Ministerio de Seguridad a la señora KARINA LORENA MANTELLI, D.N.I. Nº 24.445.398;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora KARINA LORENA MANTELLI, D.N.I. Nº 24.445.398 en el cargo de Directora General del Servicio Penitenciario Provincial del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6612-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Legal dependiente de la Subdirección Administrativa de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias perteneciente al Ministerio de Seguridad al señor LUCAS NICOLAS MARINELLI, D.N.I. Nº 40.319.111;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor LUCAS NICOLAS MARINELLI, D.N.I. Nº 40.319.111 en el cargo de Jefe de Área Legal dependiente de la Subdirección Administrativa de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Prevención y Gestión de Emergencias y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6613-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Contable dependiente de la Subdirección Administrativa de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias perteneciente al Ministerio de Seguridad a la señora MARÍA EUGENIA GARCIA, D.N.I. Nº 28.600.735;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARÍA EUGENIA GARCIA, D.N.I. Nº 28.600.735 en el cargo de Jefe de Área Contable dependiente de la Subdirección Administrativa de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Prevención y Gestión de Emergencias y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6614-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Administrativa dependiente de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad a la señora VALERIA ELIZABETH LONGO, D.N.I. Nº 26.753.586;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora VALERIA ELIZABETH LONGO, D.N.I. Nº 26.753.586 en el cargo de Subdirectora Administrativa dependiente de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Retener la categoría E Planta Permanente de Policía de la Provincia de San Luis de la señora VALERIA ELIZABETH LONGO, D.N.I. Nº 26.753.586, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Policía de la Provincia, Dirección Prevención y Gestión de Emergencias y a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6615-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Coordinación Operativa Sur dependiente de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad al señor FACUNDO ARIEL MANSILLA, D.N.I. Nº 37.638.714;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor FACUNDO ARIEL MANSILLA, D.N.I. Nº 37.638.714 en el cargo de Subdirector Coordinación Operativa Sur dependiente de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Suspender la categoría C Planta Contratada de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias del señor FACUNDO ARIEL MANSILLA, D.N.I. Nº 37.638.714, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Prevención y Gestión de Emergencias y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6616-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Director Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad al señor GUSTAVO JAVIER ALBORNOZ, D.N.I. Nº 22.121.115;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor GUSTAVO JAVIER ALBORNOZ, D.N.I. Nº 22.121.115 en el cargo de Director Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6617-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Contable dependiente de la Subdirección Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al Ministerio de Seguridad al señor AXEL JOSÉ DÍAZ, D.N.I. Nº 36.681.978;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor AXEL JOSÉ DÍAZ, D.N.I. Nº 36.681.978 en el cargo de Jefe de Área Contable dependiente de la Subdirección Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Instituto Superior de Seguridad Pública - Rectorado y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6618-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Comunicación Institucional dependiente de la Subdirección Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al Ministerio de Seguridad a la señora MARTINA JUAREZ, D.N.I. Nº 43.282.000;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARTINA JUAREZ, D.N.I. Nº 43.282.000 en el cargo de Jefe de Área Comunicación Institucional dependiente de la Subdirección Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Instituto Superior de Seguridad Pública - Rectorado y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6619-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Recursos Humanos dependiente de la Subdirección Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al Ministerio de Seguridad a la señora LILIANA ANDREA GALDAME, D.N.I. Nº 20.382.027;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora LILIANA ANDREA GALDAME, D.N.I. Nº 20.382.027 en el cargo de Jefe de Área Recursos Humanos dependiente de la Subdirección Administrativa del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Retener la Categoría A, Planta Permanente de la Escuela Nº 8 “Sargento Baigorria” de la señora GALDAME LILIANA ANDREA, D.N.I. N° 20.382.027, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Instituto Superior de Seguridad Pública – Rectorado, Ministerio de Educación y a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6620-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Administrativo dependiente del Instituto Superior de Seguridad Pública perteneciente al Ministerio de Seguridad al señor MATIAS NICOLAS MANSO, D.N.I. Nº 27.597.012;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor MATIAS NICOLAS MANSO, D.N.I. Nº 27.597.012 en el cargo de Subdirector Administrativo dependiente del Instituto Superior de Seguridad Pública del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Instituto Superior de Seguridad Pública - Rectorado y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 7503-MDPS-2026.-
San Luis, 3 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4130376/26, por el cual la Dirección de Fiscalización y Control dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable tramita la autorización para efectuar el llamado a Licitación Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que la citada Licitación Pública tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS UTILITARIOS con destino a LA DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($135.000.000,00);
Que en act. SOLSEC 11438852/26, obra Solicitud de Gastos N° 4440/2026;
Que en act. PREV 11428149/26, obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. PLGECO 11447075/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015;
Que en act. PLPACO 11455542/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que en act. NOTMMA 99144/26, obra conformidad al citado Pliego Particular de Bases y Condiciones;
Que en act. DICLEG 50279/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del entonces Ministerio de Desarrollo Productivo informando que no tiene objeciones legales que formular al trámite impetrado;
Que en act. NOTAMP 994767/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el Llamado a Licitación Pública, encuadrando el caso en el Art. 97 Inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173159/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que, no tiene objeciones legales que formular a los Pliegos, razón por la cual se estaría en condiciones de proceder al dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el Llamado a Licitación Pública, encuadrando en lo normado por el Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004 sustituido por el Art. 4° de la Ley N° VIII-0867-2013;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97 Inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituido por el Art. 4º de la Ley N° VIII-0867-2013, y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, para la ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS UTILITARIOS con destino a LA DIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($135.000.000,00), obrante en act. PLPACO 11455542/26, del EXD-0000-4130376/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública a que se hace referencia en el Art. 2° del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($135.000.000,00).-
Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 15 11 18 01 3-38 4 3 2 $135.000.000,00
Art. 5º.-Efectuar las publicaciones de los edictos en la forma y por los términos de Ley.-
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Compras y Contrataciones y a la Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda Pública e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE VILLA MERCEDES
DECRETO Nº 4199-2026.-
Villa Mercedes (San Luis), 02 de julio de 2026
VISTO:
La Ordenanza Municipal Nº 1329-HyP-O/2025, Promulgada mediante Decreto Municipal Nº 5375/2025, Y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma se estableció un “Plan de Regularización de Obras Construidas No Declaradas”, dirigido a todos aquellos contribuyentes propietarios de inmuebles con construcciones, iniciadas o finalizadas, no declaradas o en situación irregular respecto de lo establecido por Ord. 2065/80 (Código de Planeamiento y Edificación Urbana) y sus ordenanzas modificatorias;
Que el citado plan ha permitido a la Administración Municipal reactivar la recaudación, lo que ha posibilitado el erario público hacer frente a las obligaciones que, de otro modo, hubiera sido dificultoso, por la caída generalizada de la economía;
Que por lo antes mencionado, es menester prorrogar su vigencia hasta el día 31 de agosto de 2026;
Que el Arts. 6º de la Ordenanza Nº 1329-HyP-O/2025 faculta al Departamento Ejecutivo a prorrogar la misma mediante Decreto Municipal y Homologación del Honorable Concejo Deliberante;
Que, por lo antes expuesto, debe dictarse el correspondiente acto administrativo;
Que el Departamento Ejecutivo Municipal autoriza el dictado del presente Decreto;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art. 1º) PRORROGAR, hasta el día 31 de agosto de 2026, las disposiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 1329-HyP-O/2025 (Plan de Regularización de Obras Construidas No Declaradas).
Art.2°) Disponer la publicación del presente Decreto, por el término de un (1) día, en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis.
Art.3º) Tomen conocimiento las distintas Secretarias Municipales y demás dependencias que correspondan.
Art.4°) Cúmplase, comuníquese, REGISTRESE y ARCHIVESE.
MAXIMILIANO GERMÁN FRONTERA
Intendente
Jorge Germán Sepúlveda
Secretario de Gobierno
Marcela Natalia Berón
Secretaria de Economía y Finanzas
EXENTO
ASAMBLEAS
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
CÁMARA DE LA INDUSTRIA DE VILLA MERCEDES Y ZONA DE INFLUENCIA
El Consejo Directivo de la “Cámara de la Industria de Villa Mercedes y Zona de Influencia”, convoca a sus asociados a “Asamblea General Ordinaria” a realizarse el día 20 de agosto de 2026, a las 18:00 Hs., en su sede social de calle Betbeder Nº 83 de la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luís, para considerar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1) Designación de dos asambleístas, para que conjuntamente con el Presidente y Secretario, suscriban el acta de asamblea.
2) Lectura y consideración de: balance general; memoria; inventario; cuenta de gastos y recursos; ejecución presupuestaria; presupuesto para el próximo ejercicio social, e informe de la Comisión Revisora de Cuentas, correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025.
3) Elección de los miembros del Consejo Directivo y de la Comisión Revisora de Cuentas, y proclamación de las autoridades que resultaren electas.
Notas: a) para poder participar en la Asamblea es condición indispensable estar al día con la Tesorería (Art. 32.5), y b) la Asamblea sesionará válidamente una vez alcanzado el quórum, caso contrario, lo hará pasada una hora de la fijada en esta convocatoria (Art. 32.2).
OSCAR ALEJANDRO MOYANO
Presidente
C: 2144 $27.500,00 e: 03 y v: 13 Jul.
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 46-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de SISTEMAS SOLARES, REPUESTOS, Y SERVICIOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO con destino al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-4131571/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 7150-MDPS-2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($414.244.530,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 24 de JULIO de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2199 SPP e. 08 y v: 13 Jul.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 47-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS E INSUMOS INFORMATICOS con destino a las distintas salas que componen FISCALÍA DE ESTADO”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-6030322/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 7401-SGG-2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 00/100 ($49.517.806,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 24 de JULIO de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2210 SPP e. 08 y v: 13 Jul.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N° 07-2026
EXD N°: 1070399/26
DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO N° 7494-MHIP-2026
OBRA: CONSERVACION MEJORATIVA EN RUTAS PROVINCIALES SIN PAVIMENTAR – RUTAS PROVINCIALES N° 30 Y N° 31
CIRCUITO I: RUTA PROVINCIAL N° 30 – 47 km
- R.P. N° 30: Emp.R.P.N°9 (Las Barranquitas) – Emp. R.P.N° 20
- R.P. N° 30: Emp. RN N° 7 (Aut. de las Serranías Puntanas) – Emp. RP N° 32ª
CIRCUITO II: RUTA PROVINCIAL N° 31 – 48 km
- R.P.N°31: Emp. R.P.N° 9 – Emp. RP N° 20
- R.P.N°31: Emp. R.P.N° 20 – Emp. R.N.N° 7 (Autopista de las Serranías Puntanas).
- R.P.N°31: Emp. R.N.N° 7(Aut. de las Serranías Puntanas – Acc. a Eleodoro Lobos) – Emp. R.P.N°30 (Zapallar).
DEPARTAMENTO: JUAN MARTIN DE PUEYRREDON Y CORONEL PRINGLES
PROVINCIA: SAN LUIS
PRESUPUESTO OFICIAL:
CIRCUITO I: $129.250.000,00
CIRCUITO II: $132.000.000,00
TOTAL: $261.250.000,00
PRECIO DEL PLIEGO:
CIRCUITO I: $129.250,00
CIRCUITO II: $132.000,00
TOTAL: $261.250,00
PLAZO DE EJECUCIÓN: 60 DIAS CORRIDOS
FECHA DE APERTURA: 23/07/2026 HORA: 10:00 hs.
CONSULTA, VENTA DE PLIEGO Y APERTURA: En la sede de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en calle Avda. España 399, esquina calle Ituzaingo, Ciudad de San Luis, a partir de la fecha de publicación y hasta las 12:00 hs. del 21/07/2026.
MARTIN ALITTA
Subdirector de Contrataciones y Control de Gestión
C: 2218 SPP e: 10 y v: 15 Jul
COMERCIALES
En la Ciudad de San Luis a los 02 días del mes de Julio, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 11.867, se hace saber que la Sra. WENG LIQIN, DNI Nº ٩٦.٢٩٥.٢٨٢ con domicilio en calle Las Lavandas Nº ٨٢, de la localidad de Potrero de los Funes, Provincia de San Luis, transfiere a favor del Sr. WENG HANYU, DNI Nº ٩٦.٣٤١.٤٠٥, con domicilio en calle Las Lavandas Nº ٨٢, de la localidad de Potrero de los Funes, Provincia de San Luis. el fondo de comercio dedicado al rubro SUPERMERCADO, que actúa bajo la denominación comercial ”SMILE”, sito en calle en calle Las Lavandas Nº ٨٢. de la localidad de Potrero de los Funes. La presente transferencia comprende la totalidad de los elementos que integran el establecimiento comercial. incluyendo, entre otros, nombre comercial, clientela, valor llave, instalaciones, mobiliario, maquinarias, herramientas, equipos informáticos, cajas registradoras, balanzas electrónicas, góndolas, estanterías, heladeras comerciales, freezers, cámaras frigoríficas, mercaderías, útiles, derechos, contratos y demás bienes materiales e inmateriales afectados a la explotación del negocio. Las oposiciones previstas por la Ley Nº 11.867 deberán formularse por escrito dentro del término legal, en los domicilios mencionados, donde se recibirán las presentaciones de los acreedores y se encontrará a disposición la documentación pertinente.
C: 2180 $27.500,00 e: 06 y v: 15 Jul.
JUDICIALES
El Juzgado Civil, Comercial, Laboral y Ambiental N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Autopista Provincial N° 55, Km. 921,5, de Santa Rosa del Conlara (S.L.), a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio, secretaría del autorizante en autos “MUZZIO AZUCENA DEL CARMEN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXP 446579/26, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, AZUCENA DEL CARMEN MUZZIO, DNI 4.299.448, y emplaza para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 24 de Junio de 2026.
C: 2203 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5, de la Primera Circunscripción de San Luis, a cargo de la Dra. Ibañez Geraldina Inés, Juez Subrogante, Prosecretaria autorizante, en autos: “TOSETTI RUBEN HECTOR S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 446609/26, CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Don TOSETTI RUBEN HECTOR, DNI N° 10.753.329, bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 26 DE JUNIO DE 2026.-
C: 2205 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz, Juez, Prosecretaría autorizante, en los autos caratulados: EXP 309095/17 “GIMENEZ, LUIS ELADIO Y TORRES AURORA ELENA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores de LUIS ELADIO GIMENEZ, DNI Nº 6.798.925, y AURORA ELENA TORRES, DNI Nº 2.507.957, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 22 de JUNIO de 2026.-
C: 2206 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de esta ciudad, a cargo la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaria de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP 443320/25 “GIMENES AMILCAR GUDELIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza a herederos y acreedores de GIMENES AMILGAR GUDELIO, DNI 6.802.825, por el término de TREINTA (30) DIAS, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 02 de julio de 2026.-
C: 2207 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Santa Rosa del Conlara a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Secretaria del Autorizante, en autos caratulados “ARCAMONE SALVADOR FRANCISCOS/SUCESIÓN TESTAMENTARIA (EXP 441673/25)”. Cita y emplaza por (3) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, ARCAMONE SALVADOR FRANCISCO para que dentro del plazo de 30 días lo acrediten. Bajo apercibimiento de ley. -
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 30 de Junio de 2026.-
C: 2213 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
EL Dr. MARIO MASSA ALCANTARA, Juez en lo Civil, Comercial y Ambiental Nro. 4 con asiento en la ciudad de Villa Mercedes, Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados EXP 376687/21 “DEVIA JORGE ANIBAL, DEVIA EDUARDO CEFERINO S/ POSESIÓN”, cita y emplaza por el termino de quince días ( 15) hábiles a ESCUDERO FRANCISCO HUMBERTO y/o sus herederos y/o terceros interesados a comparecer en el mismo, contestar la demanda y ofrecer prueba, en relación al inmueble que se pretende usucapir, el que se encuentra ubicado en esta ciudad de Mercedes, Partido del mismo nombre, departamento General Pedernera, dentro del ejido municipal, sobre calle Juan W. Gez esquina Pablo Lucero N° 761, Manzana N° 2145, parcela 23-24, cuya inscripción de dominio es Tomo 13 de Ped. Folio 379 N° 2197 Inscr. 4ta Padrón 767.966 y 767.967. Con una superficie 718.72 m2 según plano 3-310-19 aprobado el 22 de noviembre del año 2019, bajo apercibimiento de dar participación al Defensor de Ausentes.-
Villa Mercedes, San Luis, 02 de julio del 2026
C: 2224 $11.000,00 e: 10 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº3 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, en autos caratulados “FERNANDA SOSA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, Expte. Nº 449640/26, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante FERNANDA SOSA, L.C. Nº 3.608.719, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Publíquese por TRES (3) DÍAS en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y en un diario local.
San Luis, julio de 2026.
C: 2229 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Concarán (S.L.), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la autorizante, en autos caratulados:” INTRA ALICIA PAULA s/ SUCESION AB-INTESTATO. EXPTE. Nº 436877/25”, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de ALICIA PAULA INTRA, D.N.I. Nº 7.795.275 bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 27 de marzo de 2026.-
C: 2230 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldine Ibañez, jueza subrogante, prosecretaria a cargo del autorizante, en los autos caratulados “OCHOA LORETO EULALIO, ALANIZ SANTA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 435793/25, cita y emplaza por el termino de treinta días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de los causantes, OCHOA LORETO EULALIO DNI N° 6.814.087 y ALANIZ SANTA DNI N° 4.971.380, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 1 de JULIO de 2026
C: 2231 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Jul.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “PUGIN HEBERTO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 441431/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: HEBERTO PUGIN, (D.N.I. Nº 6.864.701), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-
San Luis, 01 de Julio de 2026.-
C: 2232 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Jul.
REMATES
JUZGADO DE EJECUCIONES FISCALES
PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
PROVINCIA DE SAN LUIS
El Juzgado de Ejecuciones Fiscales con asiento en la 1° Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Sr. Juez Dr. MATIAS B. MEZZANO, Secretaría a cargo de la Dra. SILVINA E. SCHENK, en los autos caratulados ‘’HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS C / GONZALEZ ANIBAL FLORENCIO S/ EJECUCION FISCAL’’ - EXP 415806/24, COMUNICA A LOS INTERESADOS EN GENERAL, que se ha dispuesto ordenar la venta en PÚBLICA SUBASTA a través del portal de subastas judiciales electrónicas, conforme el Reglamento vigente (Acuerdo Nº 192/2018), con intervención del martillero designado Sr. ROBERTO JAVIER MARTINEZ Mat. N° ٧٥٤ con domicilio electrónico en robertomartinez@giajsanluis.gov.ar, del BIEN INMUEBLE embargado en autos, y que se describe según título como: Un inmueble ubicado en Las Chañaritas, Ruta Provincial N° 3, Partido Tala, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, por compra, designada como Parcela 423 en el plano Mensura y División confeccionado por el Agrimensor Tito Pirovano, aprobado por la Dirección Provincial de Geodesia y Catastro con el número 1/195/06, y tiene las siguientes medidas, superficies y linderos: Mide NORTE: desde el punto b al 3: 173,05 metros, desde el 3 al 4: 40,93 metros, desde el punto 4 al 5 mide 597,63 metros y del 5 al 6 miden 144,29 metros; ESTE: desde el punto 6 al 7 mide 888 metros; SUR: desde el punto 7 al a mide 823,62 metros; OESTE: desde el punto a al b mide 1.248,11 metros, todo lo cual cubre superficie de NOVENTA Y CINCO HECTAREAS CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS SESENTA DECIMETROS CUADRADOS, (95 Ha 4.857,60 m2), dentro de los siguientes límites: Norte: propiedad de Mariano Acieff , Francisco Aldo Razzani y Ruth Nelly Acieff, Este: Ruta Provincial N° 3; Sur: parcela 422; y Oeste: parcela 422 del mismo plano citado, NOMENCLATURA CATASTRAL : Parcela 414 , Padrón 28-95752 de Charlone.. Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en la Matrícula 1-27103, de cuyos informes surge que es titularidad del demandado GONZALEZ ANIBAL FLORENCIO (DNI 12.377.082) CUIL 20-12377082-0.
El acto de subasta tendrá duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará el día 10/08/2026 a las ONCE HORAS, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando en consecuencia el día 14/08/2026 a las ONCE HORAS, sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de “minuto adicional”. Atento la modalidad virtual, no se admitirá la compra en comisión.- Que obra en Autos liquidación aprobada en Act.Dig. 30498176/26 de fecha 03-06-2026 por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO CON TREINTA CENTAVOS ($19.514.194,30) efectuada en escrito ESCEXT-30349132/26, de fecha 15-05-2026.- Que en Act. Dig. 30156328/26 de fecha 24-04- 2026, obra como Documento adjunto Informe de D.P.I.P que da cuenta de la Deuda al 18-06-2025, correspondiente por Impuesto Inmobiliario, del inmueble de propiedad de GONZALEZ ANIBAL FLORENCIO CUIL 20-12377082- 0, Padrón 28-95752, la que asciende a la suma de: $38.159,47, en concepto de Impuesto Inmobiliario; y conforme al Art. 137 del Código Tributario se fija la base en la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($19.552.353,77).- La base se incrementará con ofertas de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000) hasta el 50%, luego con ofertas de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000) y seguidamente una puja libre con un mínimo de PESOS CIEN MIL ($100.000).- II) Fijase la comisión del martillero en un 4% (Art. 19, inc. “a” L.H. IV- 0910-2014) del producido de la subasta (más IVA de así corresponder conforme la situación tributaria que revista el rematador) la que será abonada por el comprador conjuntamente con la seña del diez por ciento (10%) y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo, dentro del plazo de 24 (veinticuatro) horas de finalizado el remate. Sólo podrán utilizarse las modalidades de pago previstas expresamente en el Portal.-
Se advierte sobre la solidaridad del adquirente que imponen los Arts. 29/30 C.T., especialmente por los impuestos que pesen sobre el inmueble hasta la fecha de su transferencia, como así también que queda a cargo del comprador el impuesto de sellos correspondiente, dispuesto en el art. 231 C.T. (Ley VI-0490-2005).-
Una vez concluido el acto de subasta y determinado el ganador, éste será notificado en su panel de usuario del Portal y – supletoriamente – a la dirección de correo electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción. El adjudicatario deberá ratificar su compra – y constituir domicilio en los términos del art. 40 CPCC – compareciendo personalmente, o mediante escrito firmado juntamente con su letrado patrocinante, o por vía de apoderado con facultad de representación, en un plazo de 5 (cinco) días hábiles de concluida la subasta, sin perjuicio de lo dispuesto por el Art. 48 CPCC. Todo ello será luego asentado en el Acta de subasta, la cual se pondrá a la oficina por el plazo y a los efectos de ley. El saldo se deberá abonar luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica bajo apercibimiento de ley, brando en estos Autos la creación de una cuenta judicial con CBU 0110478750099021379900. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los 30 (treinta) días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la Tasa Activa promedio BNA, con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago, que se considera adecuado para mantener la equivalencia entre el valor del bien objeto de la venta y su precio. A los fines de evitar el pago de intereses el comprador podrá consignar judicialmente el saldo adeudado. En este último caso, dicho monto deberá ser colocado a plazo fijo renovable automáticamente cada 30 (treinta) días. Se pone en conocimiento que el interés que se devenga es a favor del presente proceso.- Verificado el pago en el panel de control del Juzgado, se dispondrá la emisión del Acta definitiva del remate. Póngase en conocimiento de los interesados que se procederá a la entrega de la posesión del bien al adjudicatario, conforme al estado de ocupación constatado en la causa y lo dispuesto por el ordenamiento procesal. No constando en el Portal el pago por el adjudicatario en el plazo de setenta y dos horas (72 hs.), será considerado remiso e informáticamente se dará aviso al segundo mejor postor (siempre que éste último no sea postor incumplidor). En el caso de que éstos no mantengan su interés en la compra, la subasta se declarará desierta total o parcialmente. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de 24 horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad (Art. 22 Reglamento); si correspondiera el pago de gastos y costos por el uso del portal de subasta, se establecen en el equivalente a dos (2) jus, con destino a la Cuenta General del Poder Judicial.-
Hágase saber a todos los interesados –en los términos del art. 12 del Reglamento– que ante el incumplimiento del adjudicatario del que resultare la frustración de la subasta, éste será sancionado con la suma que resultare de calcular el veinticinco por ciento (25%) del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación. A tal efecto, el Tribunal transcribirá el apercibimiento en el Auto que ordena la subasta, y en caso de declarar remiso al adjudicatario, emitirá un certificado de deuda conforme a lo informado por la Secretaría de Informática, en función de lo dispuesto por el Artículo 57 de la Ley Impositiva Anual, siendo el monto resultante destinado a la cuenta de Tasas de Justicia del Poder Judicial de la Prov. de San Luis.-
Prosecretaría, 2 de julio de 2026.-
C: 2233 SPP e: 10 y v: 15 Jul.


