ADMINISTRATIVAS
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTE
DECRETO Nº 6198-SGG-SD-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4231258/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 528148/26, obra nota de la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE VOLEIBOL (FSV), CUIT Nº 30-69398386-6, por la cual solicita apoyo económico para solventar los gastos que demandará el desarrollo deportivo de la disciplina de vóley para preparar los Juegos Binacionales de Integración Andina “Cristo Redentor” 2026, que se desarrollarán del 9 al 15 de noviembre de 2026 en la provincia de Mendoza;
Que en act. DOCEXT 1691365/26, obra Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte, y la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE VOLEIBOL (FSV), CUIT Nº 30-69398386-6, representado por el señor NESTOR FABIO IRUSTIA, D.N.I. Nº 20.802.516, en su carácter de presidente, por la otra;
Que la Cláusula Primera del Convenio de Colaboración establece los compromisos asumidos por la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE VOLEIBOL (FSV), CUIT Nº 30-69398386-6;
Que la Cláusula Segunda del Convenio de Colaboración establece que el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, se compromete a entregar a la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE VOLEIBOL (FSV), CUIT Nº 30-69398386-6, un aporte económico por la suma de PESOS DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($16.200.000,00), que serán abonados en cuatro (4) cuotas consecutivas durante el periodo 2026, de PESOS CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL CON 00/100 ($4.050.000,00) cada una, debiendo la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE VOLEIBOL (FSV), CUIT Nº 30-69398386-6, rendir cuenta documentada del destino de cada cuota ante Contaduría General de la Provincia;
Que en act. PREV 11403807/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($16.200.000,00);
Que en act. DICTAM 180269/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 985209/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171764/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.2º.- Homologar el Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte, y la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE VOLEIBOL (FSV), CUIT Nº 30-69398386-6, representado por el señor NESTOR FABIO IRUSTIA, D.N.I. Nº 20.802.516, en su carácter de presidente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1691365/26 del EXD-0-4231258/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 5 1 7 $16.200.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y a la FEDERACIÓN SANLUISEÑA DE VOLEIBOL (FSV).-
Art. 6 º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6199-SGG-SD-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5131207/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1693328/26 obra nota de la Dirección de Deporte Comunitario, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores LUIS NORBERTO HERRERA, D.N.I. Nº 21.693.931, MARIA AGUSTINA GUIÑEZ, D.N.I. Nº 41.123.398 y MARIA JOSE MUÑOZ, D.N.I. Nº 26.321.940, quienes se desempeñarán cumpliendo funciones en la coordinación de fútbol infantil y en tareas administrativas vinculadas a la coordinación deportiva del departamento Chacabuco, de la provincia de San Luis;
Que en acts. ACTPAS 1693327/26, DOCEXT 1695894/26 y DOCEXT 1699637/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores LUIS NORBERTO HERRERA, D.N.I. Nº 21.693.931, MARIA AGUSTINA GUIÑEZ, D.N.I. Nº 41.123.398 y MARIA JOSE MUÑOZ, D.N.I. Nº 26.321.940, por la otra, obrantes en acts., DOCEXT 1699638/26, DOCEXT 1699639/26 y DOCEXT 1699645/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir del 01 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en act. PREV 11450509/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($3.870.000,00);
Que en act. DICTAM 180476/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 992299/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 172784/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores LUIS NORBERTO HERRERA, D.N.I. Nº 21.693.931, MARIA AGUSTINA GUIÑEZ, D.N.I. Nº 41.123.398 y MARIA JOSE MUÑOZ, D.N.I. Nº 26.321.940, por la otra, obrantes en acts., DOCEXT 1699638/26, DOCEXT 1699639/26 y DOCEXT 1699645/26, respectivamente, del EXD-0-5131207/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 01 1-01 3 4 9 $3.870.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Comunitario y a los interesados.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6200-SGG-SD-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4290559/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 528279/26, obra nota de la ASOCIACIÓN CIVIL TENIS DE MESA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS (ACTMPSL), CUIT Nº 30-71727304-0, por la cual solicita apoyo económico para solventar los gastos que demandará la planificación deportiva de las selecciones que participarán en los próximos Juegos Binacionales de Integración Andina “Cristo Redentor” 2026, que se desarrollarán del 9 al 15 de noviembre de 2026 en la provincia de Mendoza;
Que en act. DOCEXT 1691364/26, obra Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte, y la ASOCIACIÓN CIVIL TENIS DE MESA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS (ACTMPSL), CUIT Nº 30-71727304-0, representada por el señor CLAUDIO ANTONIO GIMENEZ, D.N.I. Nº 22.642.565, en su carácter de presidente, por la otra;
Que la Cláusula Primera del Convenio de Colaboración establece los compromisos asumidos por la ASOCIACIÓN CIVIL TENIS DE MESA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS (ACTMPSL), CUIT Nº 30-71727304-0;
Que la Cláusula Segunda del Convenio de Colaboración establece que el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, se compromete a entregar a la ASOCIACIÓN CIVIL TENIS DE MESA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS (ACTMPSL), CUIT Nº 30-71727304-0, un aporte económico por la suma de PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($14.300.000,00), que serán abonados en cuatro (4) cuotas consecutivas durante el periodo 2026, de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($3.575.000,00) cada una, debiendo la ASOCIACIÓN CIVIL TENIS DE MESA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, CUIT Nº 30-71727304-0 rendir cuenta documentada del destino de cada cuota ante Contaduría General de la Provincia;
Que en act. PREV 11413736/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($14.300.000,00);
Que en act. DICTAM 180324/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 986706/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171950/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio de Colaboración, suscripto entre el ESTADO PROVINCIA DE SAN LUIS, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte, y la ASOCIACIÓN CIVIL TENIS DE MESA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS (ACTMPSL), CUIT Nº 30-71727304-0, representado por el señor CLAUDIO ANTONIO GIMENEZ, D.N.I. Nº 22.642.565, en su carácter de presidente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1691364/26 del EXD-0-4290559/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 5 1 7 $14.300.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la ASOCIACIÓN CIVIL TENIS DE MESA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS (ACTMPSL).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6316-SGG-SD-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041220/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6040819/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Detección de Talentos de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, al señor DAMIAN EDUARDO AIMAR, D.N.I. Nº 32.943.491;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor DAMIAN EDUARDO AIMAR, D.N.I. Nº 32.943.491, en el cargo de Subdirector de Detección de Talentos de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6317-SGG-SD-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041220/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6040819/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Evaluación Deportiva de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, al señor JOSE EMILIANO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 31.901.000;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JOSE EMILIANO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 31.901.000, en el cargo de Subdirector de Evaluación Deportiva de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6318-SGG-SD-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041220/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6040819/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Director del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, a la señora SILVANA YANINA AGÜERO PATAFIO, D.N.I. Nº 32.491.407;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora SILVANA YANINA AGÜERO PATAFIO, D.N.I. Nº 32.491.407, en el cargo de Director del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6319-SGG-SD-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041220/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6040819/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Eventos Federativos Provinciales de la Dirección de Deporte Federado dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, al señor LUCAS PAOLO ANTON NIEVAS GARRAZA, D.N.I. Nº 27.909.820;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor LUCAS PAOLO ANTON NIEVAS GARRAZA, D.N.I. Nº 27.909.820, en el cargo de Subdirector Eventos Federativos Provinciales de la Dirección de Deporte Federado dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Disponer la retención de la Categoría “E”, Planta Permanente, de la Secretaria General de la Gobernación, del señor LUCAS PAOLO ANTON NIEVAS GARRAZA, D.N.I. Nº 27.909.820, inter duren las funciones asignadas en el Artículo 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6320-SGG-SD-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041220/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-6040819/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Desarrollo Integral de Boxeo de la Dirección de Deporte Federado dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, a la señora CARLA VALENTINA ECHENIQUE PAGANO, D.N.I. Nº 36.227.458;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora CARLA VALENTINA ECHENIQUE PAGANO, D.N.I. Nº 36.227.458, en el cargo de Subdirector de Desarrollo Integral de Boxeo de la Dirección de Deporte Federado dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 6201-MDH-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3190159/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 398610/26, interviene la Dirección Infraestructura Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano en el trámite de Compulsa de Precios para la compra de materiales de construcción destinados a CUATROCIENTOS (400) módulos habitacionales correspondiente a la segunda etapa del Programa de Autoconstrucción del Plan de Viviendas “Tenemos Futuro”;
Que la Ley Nº V-1165-2025 declara la Emergencia Habitacional, habilitando en su Art. 10 al Poder Ejecutivo a aplicar los procedimientos administrativos necesarios para implementar con la mayor celeridad y ejecutividad, las medidas tendientes a paliar el déficit habitacional, quedando facultado a la contratación y/o adquisición directa de obras, bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de dicho objetivo, propiciando el desarrollo de proveedores locales;
Que en act. DOCEXT 405661/26, obran solicitud de Gastos, Pliego de Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, correspondientes a la Compulsa de Precios tramitada;
Que en act. DOCEXT 401401/26, obran invitaciones a cotizar cursadas a diferentes empresas del medio para presentar ofertas en el marco de la presente Compulsa de Precios;
Que en acts. DOCEXT 401564/26, DOCEXT 402939/26, DOCEXT 402751/26, DOCEXT 402951/26, DOCEXT 402970/26, DOCEXT 404721/26, DOCEXT 401523/26, DOCEXT 403014/26, DOCEXT 401551/26, DOCEXT 401528/26, DOCEXT 401404/26, DOCEXT 402759/26, DOCEXT 401412/26, DOCEXT 401517/26, DOCEXT 401574/26, DOCEXT 401638/26, DOCEXT 402740/26, DOCEXT 402743/26, DOCEXT 402749/26, DOCEXT 402995/26 y DOCEXT 404147/26, obran ofertas presentadas por las siguientes empresas: CORPUS S.A., CUIT 30-56953303-8, DELPA S.A.S., CUIT 30-71883088-1, MELLA JORGELINA VALERIA, CUIT 27-24595503-6, GRUPO V S.R.L, CUIT 30- 71607310-2, LOS COLIN S.A.S., CUIT 30-71743675-6, SOSA CERUTTI JULIO FACUNDO, CUIT 20-30569415-1, CERAMICOS Y SANITARIOS SAN LUIS S.R.L., CUIT 30-70723285-0, QUIROGAS S.R.L., CUIT 30-71024748-6, SERVED S.R.L., CUIT 30-70930551-0, J.B.M SERVICIOS S.A.S., CUIT 30-71899743-3, ABERTURAS PAONE S.R.L., CUIT 33-71170290-9, BCH INGENIERIA S.R.L. CUIT 30-71516750-2, STEEL S.R.L., CUIT 30-71422860-5, INVERSORA DEL OESTE S.R.L., CUIT 30-70890414-3, ASELEC S.R.L. CUIT 30-69395622-2, ALIMAD S.R.L. CUIT 30-71463424-7, TEMBOK S.R.L. CUIT 30-71636785-8, FERMADA S.A. CUIT 30-67337662-9, SIDERMET SAN LUIS S.A. CUIT 30-70903820-2, HIERROMAT S.R.L. CUIT 30-70977914-8 y ASCUA HUGO RUBÉN CUIT 20-26874702-9;
Que en act. DOCEXT 412219/26, obra informe de evaluación de ofertas e Informe de Pre-Adjudicación por Proveedor, de los cuales surge la conveniencia de adjudicar a las Empresas: CORPUS S.A., CUIT 30-56953303-8, los Ítems 1, 48 y 49, por la suma de PESOS DOSCIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($202.911.760,00), DELPA S.A.S., CUIT 30-71883088-1, los Ítems 2, 7 y 51, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 00/100 ($15.009.468,00), , MELLA JORGELINA VALERIA, CUIT 27-24595503-6, los Ítems 3, 6 y 52, por la suma de PESOS CIEN MILLONES CIENTO NUEVE MIL NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($100.109.092,00), GRUPO V S.R.L., CUIT 30-71607310-2, el Ítem 34, por la suma de PESOS SETECIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($716.800,00), LOS COLIN S.A.S., CUIT 30-71743675-6, los Ítems 4, 8, 9, 10, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 47, por la suma de PESOS CIENTO OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DOCE CON 00/100 ($108.277.312,00), SOSA CERUTTI JULIO FACUNDO, CUIT 20-30569415-1, los Ítems 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, por la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($84.349.956,00), CERAMICOS Y SANITARIOS SAN LUIS S.R.L., CUIT 30-70723285-0, los Ítems 5, 20 y 58, por la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($49.444.000,00), QUIROGAS S.R.L., CUIT 30-71024748-6, el ítem 33, por la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($2.360.000,00), SERVED S.R.L., CUIT 30-70930551-0, los Ítems 38, 50 y 57, por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($5.298.400,00), J.B.M. SERVICIOS S.A.S., CUIT 30-71899743-3, el Ítem 53, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($279.806.400,00), ABERTURAS PAONE S.R.L., CUIT: 33-71170290-9, por el Ítem 54, por la suma de PESOS CIENTO SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($107.179.200,00) y BCH INGENIERIA S.R.L., CUIT: 30-71516750-2 los Ítems 55 y 56por la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 ($128.646.728,00). Siendo el monto total de la compulsa de precios la suma de PESOS MIL OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NUEVE MIL CIENTO DIECISEIS CON 00/100 ($1.084.109.116,00);
Que en acts. PREV 11374949/26, PREV 11451825/26 y PREV 11438658/26, obran imputaciones preventivas del gasto con excepción del duodécimo, por la suma total de PESOS MIL OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NUEVE MIL CIENTO DIECISEIS CON 00/100 ($1.084.109.116,00);
Que en act. NOTAMP 992014/26, interviene la Asesoría Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 992297/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo encuadrando el caso en las disposiciones Art. 10 de la Ley Nº V-1165-2025 y Art. 100 Inc. g) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, solicitando se exceptúe el mismo de lo dispuesto en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 172415/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº V-1165-2025 y Art. 100 Inc. g) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, y en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección Infraestructura Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, en la Compulsa de Precios para la compra de materiales de construcción destinados a CUATROCIENTOS (400) módulos habitacionales correspondiente a la segunda etapa del Programa de Autoconstrucción del Plan de Viviendas “Tenemos Futuro”.-
Art. 3º.- Adjudicar la contratación de los ítems objeto de la Compulsa de Precios aprobada en el artículo precedente, a las Empresas: CORPUS S.A., CUIT 30-56953303-8, los Ítems 1, 48 y 49, por la suma de PESOS DOSCIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS ONCE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($202.911.760,00), DELPA S.A.S., CUIT 30-71883088-1, los Ítems 2, 7 y 51, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 00/100 ($15.009.468,00), , MELLA JORGELINA VALERIA, CUIT 27-24595503-6, los Ítems 3, 6 y 52, por la suma de PESOS CIEN MILLONES CIENTO NUEVE MIL NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($100.109.092,00), GRUPO V S.R.L., CUIT 30-71607310-2, el Ítem 34, por la suma de PESOS SETECIENTOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($716.800,00), LOS COLIN S.A.S., CUIT 30-71743675-6, los Ítems 4, 8, 9, 10, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 35, 36, 37, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46 y 47, por la suma de PESOS CIENTO OCHO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DOCE CON 00/100 ($108.277.312,00), SOSA CERUTTI JULIO FACUNDO, CUIT 20-30569415-1, los Ítems 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19, por la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($84.349.956,00), CERAMICOS Y SANITARIOS SAN LUIS S.R.L., CUIT 30-70723285-0, los Ítems 5, 20 y 58, por la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($49.444.000,00), QUIROGAS S.R.L., CUIT 30-71024748-6, el ítem 33, por la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($2.360.000,00), SERVED S.R.L., CUIT 30-70930551-0, los Ítems 38, 50 y 57, por la suma de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($5.298.400,00), J.B.M. SERVICIOS S.A.S., CUIT 30-71899743-3, el Ítem 53, por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($279.806.400,00), ABERTURAS PAONE S.R.L., CUIT: 33-71170290-9, por el Ítem 54, por la suma de PESOS CIENTO SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($107.179.200,00) y BCH INGENIERIA S.R.L., CUIT: 30-71516750-2 los Ítems 55 y 56por la suma de PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 ($128.646.728,00), correspondiendo un total de PESOS MIL OCHENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO NUEVE MIL CIENTO DIECISEIS CON 00/100 ($1.084.109.116,00), conforme ofertas obrantes en acts. DOCEXT 401564/26, DOCEXT 402939/26, DOCEXT 402751/26, DOCEXT 402951/26, DOCEXT 402970/26, DOCEXT 404721/26, DOCEXT 401523/26, DOCEXT 403014/26, DOCEXT 401551/26, DOCEXT 401528/26, DOCEXT 401404/26 y DOCEXT 402759/26 e informe obrante en act. DOCEXT 412219/26.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 16 16 25 01 1-01 2 5 8 $154.672.400,00
1 16 16 25 01 1-01 2 5 9 $111.661.580,00
1 16 16 25 01 1-01 2 7 1 $220.867.248,00
1 16 16 25 01 1-01 2 7 4 $573.221.636,00
1 16 16 25 01 1-01 2 7 9 $13.351.680,00
1 16 16 25 01 1-01 2 9 3 $10.334.572,00
Art. 5º.- Incluir el gasto en la Programación Financiera del mes en curso, a las siguientes partidas presupuestarias:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 16 16 25 01 1-01 2 5 8 $154.672.400,00
1 16 16 25 01 1-01 2 5 9 $111.661.580,00
1 16 16 25 01 1-01 2 7 1 $220.867.248,00
1 16 16 25 01 1-01 2 7 4 $573.221.636,00
1 16 16 25 01 1-01 2 7 9 $13.351.680,00
1 16 16 25 01 1-01 2 9 3 $10.334.572,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y a la Dirección Infraestructura Social, quien notificará a los oferentes.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL
DECRETO Nº 6202-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5181095/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios obrante en act. DOCEXT 410660/26, y;
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través de la Secretaría de Política Habitacional, contrata los servicios del abogado JORGE MATIAS LUCERO SOSA, D.N.I. Nº 30.157.434, quien prestará funciones como asesor legal en la Dirección de Regularización Dominial, dependiente de la Secretaría de Política Habitacional, mediante la tramitación y revisión legal de expedientes, realización de dictámenes y atención de consultas legales del público en general y del personal de la Dirección;
Que el contrato obrante en act. DOCEXT 410660/26, según la Cláusula Cuarta, tiene vigencia a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en la Cláusula Quinta del contrato se establece el monto a percibir por el prestador;
Que en act. PREV 11456784/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por el monto de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 25/100 ($4.820.681,25);
Que en act. DICTAM 103832/26 obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, sin formular objeciones al respecto;
Que en act. NOTAMP 993630/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173009/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por el señor JUAN PABLO TORRES, D.N.I. Nº 27.932.532, en su carácter de Secretario de Estado de Política Habitacional, y por la otra parte el abogado JORGE MATIAS LUCERO SOSA, D.N.I. Nº 30.157.434, obrante en act. DOCEXT 410660/26, cuya vigencia es a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 25 28 01 1-01 3 4 3 $4.820.681,25
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Regularización Dominial y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6298-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5181094/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios obrante en act. DOCEXT 410654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través de la Secretaría de Política Habitacional, contrata los servicios del abogado MARIANO ALFREDO BENITES CABRERA, D.N.I. Nº 35.916.519, quien prestará funciones como asesor legal en la Dirección de Regularización Dominial, dependiente de la Secretaría de Política Habitacional, mediante la tramitación y revisión legal de expedientes, realización de dictámenes y atención de consultas legales del público en general y del personal de la Dirección;
Que el contrato obrante en act. DOCEXT 410654/26, según la Cláusula Cuarta, tiene vigencia a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en la Cláusula Quinta del contrato se establece el monto a percibir por el prestador;
Que en act. PREV 11456699/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por el monto de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 25/100 ($4.820.681,25);
Que en act. NOTAMP 992925/26 obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, sin formular objeciones al respecto;
Que en act. NOTAMP 993634/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173017/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por el señor JUAN PABLO TORRES, D.N.I. Nº 27.932.532, en su carácter de Secretario de Estado de Política Habitacional, y por la otra parte el abogado MARIANO ALFREDO BENITES CABRERA, D.N.I. Nº 35.916.519, obrante en act. DOCEXT 410654/26, cuya vigencia es a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 25 28 01 1-01 3 4 3 $4.820.681,25
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Regularización Dominial y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 6114-ME-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5261201/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-5280447/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Centros de Estudiantes, dependiente de la Dirección Beneficios Estudiantiles del Ministerio de Educación a la señora MARIELA ALEJANDRA CALI, D.N.I. Nº 37.599.889;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIELA ALEJANDRA CALI, D.N.I. Nº 37.599.889, en el cargo de Subdirectora de Centros de Estudiantes, dependiente de la Dirección Beneficios Estudiantiles del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6115-ME-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5261201/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-5280447/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Directora de Infraestructura Escolar, dependiente del Ministerio de Educación, a la Arq. IVANA ELENA MORENO, D.N.I. Nº 24.836.640;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Arq. IVANA ELENA MORENO, D.N.I. Nº 24.836.640, en el cargo de Directora de Infraestructura Escolar, dependiente del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6116-ME-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5261201/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-5280447/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Infraestructura Escolar Regiones Educativas I y VI, dependiente de la Dirección de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación, al señor PABLO DANIEL SOSA, D.N.I. Nº 18.304.185;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor PABLO DANIEL SOSA, D.N.I. Nº 18.304.185, en el cargo de Subdirector de Infraestructura Escolar Regiones Educativas I y VI, dependiente de la Dirección de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Retener el cargo de Categoría A, Planta Permanente del Escalafón General, dependiente del Ministerio de Educación, al señor PABLO DANIEL SOSA, D.N.I. Nº 18.304.185, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 1º.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6117-ME-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5261201/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-5280447/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Infraestructura Escolar Regiones Educativas II y III, dependiente de la Dirección de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación, al señor ESTEBAN CARLOS DURÓ, D.N.I. Nº 27.070.421;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor ESTEBAN CARLOS DURÓ, D.N.I. Nº 27.070.421 en el cargo de Subdirector de Infraestructura Escolar Regiones Educativas II y III, dependiente de la Dirección de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6118-ME-2026.-
San Luis, 10 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5261201/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0-5280447/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Educación;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Infraestructura Escolar Regiones Educativas IV y V, dependiente de la Dirección de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación, al señor DOMINGO ADRIEL ZAVALA, D.N.I. Nº 16.661.339;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor DOMINGO ADRIEL ZAVALA, D.N.I. Nº 16.661.339 en el cargo de Subdirector de Infraestructura Escolar Regiones Educativas IV y V, dependiente de la Dirección de Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Otorgar a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 1º, licencia por cargo mayor jerarquía, en los términos del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, al señor DOMINGO ADRIEL ZAVALA, D.N.I. Nº 16.661.339, en UN (1) cargo de Ayudante de Clases Prácticas, titular, según Decreto Nº 5532-MC-2004, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 6204-MG-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5260748/26, por el cual se tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1206692/26, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno y la señora MARIA CELESTE BUSTOS, DNI Nº 28.185.053, quien se obliga a cumplir funciones como abogada, en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en act. PREV 11457313/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.300.000,00);
Que en act. DICLEG 50303/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 994691/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173167/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno, por una parte y la señora MARIA CELESTE BUSTOS, DNI Nº 28.185.053, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como abogada, en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, del Ministerio de Gobierno, obrante en act. DOCEXT 1206692/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 14 19 00 1-01 3 4 3 $3.300.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble y a la interesada -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6205-MG-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5260750/26, por el cual se tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1207084/26, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno y la señora MARIA FADIA TARAZI SOSA, DNI Nº 31.265.047, quien se obliga a cumplir funciones como abogada, en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en act. PREV 11457341/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.300.000,00);
Que en act. DICLEG 50304/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 994771/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 173222/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno, por una parte y la señora MARIA FADIA TARAZI SOSA, DNI Nº 31.265.047, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como abogada, en la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, del Ministerio de Gobierno, obrante en act. DOCEXT 1207084/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 14 19 00 1-01 3 4 3 $3.300.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble y la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6206-MG-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 5260696/26, por el cual se tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3799466/26, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor ABEL ARIEL AGUILERA, D.N.I. Nº 32.851.875, para cumplir funciones como médico en la Dirección de Relaciones Laborales;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de julio de 2026 y hasta el 30 de septiembre de 2026;
Que en act. PREV 11453503/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto (exceptuado duodécimo) por un monto de PESOS TRES MILLONES CON 00/100 ($3.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50231/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 992936/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuando el presente caso de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 172883/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuando el presente caso de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor ABEL ARIEL AGUILERA, D.N.I. Nº 32.851.875, para cumplir funciones como medico en la Dirección de Relaciones Laborales, por la otra, obrante en act. DOCEXT 3799466/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 16 21 00 1-01 3 4 2 $3.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, Dirección de Relaciones Laborales y al interesado. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6295-MG-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-6020609/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1700179/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO HOLISTICO”, con Personería Jurídica Nº 01124-DCyFPJ-2014, en act. ACTPAS 1215610/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de kit de oficina y streaming completo”;
Que en acts. ACTPAS 1700180/26, 1700181/26 y 1700177/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1700182/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11467995/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50316/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 995230/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10º del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 173246/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO HOLISTICO”, con Personería Jurídica Nº 01124-DCyFPJ-2014, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de kit de oficina y streaming completo”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Centro Holistico”.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6296-MG-2026.-
San Luis, 14 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-6020398/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1700031/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL FAMILIA PIEMONTESA DE SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 218-DPCyFPJ-2023, en act. ACTPAS 1700036/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de herramientas de tejido”;
Que en acts. ACTPAS 1700032/26, 1700034/26 y 1700029/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1700035/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11468010/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 50295/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 995263/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10º del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004; Que en act. DICFIS 173243/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL FAMILIA PIEMONTESA DE SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 218-DPCyFPJ-2023, para el financiamiento del proyecto social “Compra de herramientas de tejido”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 3º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Familia Piemontesa de San Luis”.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
DECRETO Nº 6520-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Asesora Legal de la Secretaría de Estado de Transporte a la Abogada MARIA FERNANDA CUELLO ORLANDI, D.N.I. Nº 39.396.480;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Abogada MARIA FERNANDA CUELLO ORLANDI, D.N.I. Nº 39.396.480 en el cargo de Asesora Legal de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6521-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Comunicación Institucional de la Secretaría de Estado de Transporte, a la Licenciada en Comunicación Social EVELINA ELIZABETH AVILA, D.N.I. Nº 31.803.823;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Licenciada en Comunicación Social EVELINA ELIZABETH AVILA, D.N.I. Nº 31.803.823 en el cargo de Jefe de Comunicación Institucional de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6522-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Directora de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte, a la Abogada ROCIO AYELEN LEYES, D.N.I. Nº 37.639.018;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la Abogada ROCIO AYELEN LEYES, D.N.I. Nº 37.639.018 en el cargo de Directora de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6523-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Regulación, Fiscalización y Planificación Operativa, dependiente de la Dirección de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte, al señor JONATHAN GABRIEL BUSTO GONZALEZ, D.N.I. Nº 35.316.283;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JONATHAN GABRIEL BUSTO GONZALEZ, D.N.I. Nº 35.316.283 en el cargo de Subdirector de Regulación, Fiscalización y Planificación Operativa, dependiente de la Dirección de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6524-SGG-ST-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6080524/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que, por EXD-0000-6051004/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de Estado de Transporte;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Control y Fiscalización, dependiente de la Dirección de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte, al señor JUAN CARLOS ALTAMIRANO, D.N.I. Nº 23.166.709;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JUAN CARLOS ALTAMIRANO, D.N.I. Nº 23.166.709 en el cargo de Jefe de Área Control y Fiscalización, dependiente de la Dirección de Transporte y Fiscalización de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y practicar las notificaciones correspondientes. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 6089-MS-2026.-
San Luis, 10 de Julio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041173/26 y la Ley V-1195-2026 Ley de Ministerios, por la cual se determina la estructura del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que el Art. 1º de la Ley V-1195-2026 Ley de Ministerios prevé el funcionamiento del Ministerio de Seguridad;
Que los Arts. 27 y 28 de la citada Ley, facultan al Poder Ejecutivo a dictar las normas inherentes al funcionamiento y desarrollo de los organismos que integran su competencia, así como a crear, modificar, suprimir, agrupar o reorganizar las estructuras orgánico-funcionales que integran las respectivas jurisdicciones ministeriales y Secretarías de Estado, cuando existan razones de conveniencia para el mejor manejo de los negocios de la Provincia;
Que resulta necesario aprobar la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad, adecuando las unidades que la integran conforme a las necesidades operativas y funcionales de la jurisdicción;
Que la aprobación de dicha estructura tiene por finalidad fortalecer la capacidad institucional del Ministerio, optimizando los procesos internos y promoviendo mayores niveles de eficacia, eficiencia, transparencia y celeridad administrativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- El Ministerio de Seguridad ejercerá, en el marco de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo en la Ley V-1195-2026 Ley de Ministerios, las siguientes competencias generales:
1. Organizar y dirigir la Policía de la Provincia, los sistemas de Seguridad Comunitaria y Defensa Civil;
2. Habilitar, regular y controlar la constitución y funcionamiento de las empresas privadas de vigilancia;
3. Coordinar las relaciones entre la Policía y la comunidad;
4. Ejecutar sanciones penales, ejercer la superintendencia del sistema carcelario, aplicar el ordenamiento del régimen legal del indulto, la conmutación y rebajas de penas, y ejecutar sanciones contravencionales de su competencia;
5. Elaborar y ejecutar, de conformidad con los lineamientos que imparta el Poder Ejecutivo, las políticas en materia de seguridad pública, de la protección de las personas, sus bienes y de prevención de los delitos;
6. Organizar y dirigir el Servicio Penitenciario de la Provincia, Complejo I San Luis, Complejo II Pampa de las Salinas y los que en el futuro se construyan;
7. Proyectar, diseñar e implementar acciones de jerarquización y modernización en materia de logística y nuevas tecnologías aplicadas a la eficiencia del sistema estratégico de seguridad y prevención del delito;
8. Diseñar, proponer, organizar y ejecutar, de conformidad con los lineamientos que establezca en la materia el Poder Ejecutivo, planes, proyectos, programas y acciones relativos a catástrofes, en coordinación con otros organismos públicos o privados de bien público;
9. Procurar el resguardo de la vida y bienes de las personas afectadas por catástrofes, restableciendo el orden público y adoptando medidas de emergencia a fin de atenuar sus consecuencias, brindando ayuda y cooperación, coordinando pautas y actividades con otros organismos públicos o privados de bien público;
10. Diseñar, desarrollar y ejecutar políticas y acciones que se establezcan en materia de tránsito y seguridad vial;
11. Ejercer todas aquellas funciones asignadas en la Ley X-0630-2008 de Tránsito y Seguridad Vial de la Provincia de San Luis, sus modificatorias y complementarias; Ley X-1110-2023 Adhesión Provincial a la Ley Nacional Nº 27.714. Modificación del Artículo 49 Inciso a) de la Ley X-0630-2008 modificada por Ley X-0890-2014 y Ley X-1072-2022;
12. Desarrollar e implementar sistemas tecnológicos de última generación para coadyuvar en la prevención, detección y esclarecimiento del delito;
13. Organizar y dirigir estudios estadísticos e investigaciones criminológicas, tendientes a conformar un cuadro de situación tal que permita un acabado conocimiento de la realidad de la Provincia sobre la problemática de la seguridad pública;
14. Organizar, administrar y mantener actualizadas las bases de datos de información para la planificación racional del despliegue de actividades para la prevención e investigación del delito;
15. Diseñar el mapa criminológico de la Provincia;
16. Organizar el sistema de comunicaciones a los fines de ser utilizado en la planificación para la prevención del delito e investigaciones judiciales;
17. Llevar adelante el Observatorio Vial Provincial;
18. Confeccionar mapas de riesgo y puntos críticos en coordinación con los Municipios, organismos del Estado Provincial y Nacional, Organizaciones no Gubernamentales y entidades privadas en base a información estadística;
19. Llevar adelante el Observatorio de Seguridad Integral, como un espacio de desarrollo de estudios y alertas tempranas sobre cada una de las aristas de trabajo que desarrolla el Ministerio, incluyendo la temática vial, ambiental y social;
20. Facilitar herramientas de capacitación y actualización para los integrantes de las fuerzas públicas, en temas de distintas formas de violencia y ciberdelitos en vistas a actualizar los perfiles de los servidores y fortalecer el rol de las fuerzas policiales y de seguridad de la sociedad;
21. Administrar el registro de antecedentes judiciales de las personas humanas;
22. Implementar dentro del ámbito de la provincia de San Luis el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito;
23. Controlar y auditar las cargas de combustibles de la flota automotor;
24. Controlar y auditar los servicios realizados por Parque Automotor;
25. Supervisar con la continua actualización y mejora del sistema informático de Parque Automotor para un mayor control;
26. Aplicación de las normas legales de su competencia.-
Art. 2º.- Aprobar para el Ministerio de Seguridad la siguiente estructura orgánico-funcional:
1. MINISTERIO DE SEGURIDAD
1.1 Secretaría Privada
1.2 Despacho
1.3 Asesoría Legal
1.3.1 Subdirección Recursos Humanos
1.4 Asesoría Contable y Presupuestaria
1.5 DIRECCIÓN COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL
1.5.1 Subdirección Audiovisual
1.6 DIRECCIÓN RELACIONES INSTITUCIONALES
1.6.1 Área Reglamentaciones
1.7 POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS – JEFATURA DE POLICÍA
1.7.1 Sub-Jefatura de Policía
1.7.2 Subdirección Contable y Presupuestaria
1.7.3 Subdirección Prensa y Relaciones Policiales
1.7.4 Área Control Verificación del Automotor
1.8 DIRECCIÓN PREVENCIÓN CIUDADANA
1.8.1 Subdirección Alarma Ciudadana
1.8.2 Subdirección de Coordinación Operativa y Logística
1.8.2.1 Área Coordinación Juan Martín de Pueyrredón
1.8.2.2 Área Coordinación General Pedernera
1.8.2.3 Área Coordinación Junín
1.8.2.4 Área Coordinación Ayacucho
1.8.2.5 Área Coordinación Chacabuco
1.8.2.6 Área Coordinación Gobernador Dupuy
1.8.2.7 Área Coordinación Libertador General San Martín
1.8.2.8 Área Coordinación Coronel Pringles
1.8.2.9 Área Coordinación Belgrano
1.8.3 Subdirección Contable y Presupuestaria
1.8.4 Subdirección Gestión Administrativa
1.8.4.1 Área Recursos Humanos
1.8.5 Subdirección Foros de Relaciones con la Comunidad
1.9 DIRECCIÓN SEGURIDAD VIAL
1.9.1 Subdirección Coordinación Operativa
1.9.1.1 Área Observatorio y Prevención Vial
1.9.1.2 Área Capacitación y Extensión Educativa
1.9.2 Subdirección Unidad Provincial de Juzgamiento de Contravenciones
1.9.3 Subdirección Innovación Tecnológica en Seguridad Vial
1.9.3.1 Área Desarrollo Web en Seguridad Vial
1.10 INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - RECTORADO
1.10.1 Vicerrectorado
1.10.2 Subdirección Académica
1.10.3 Subdirección Escuela Superior, Capacitación y Profesionalización Continua
1.10.4 Subdirección Gabinete Interdisciplinario
1.10.4.1 Área Enfermería
1.10.4.2 Área Prevención y Salud
1.10.5 Subdirección Administrativa
1.10.5.1 Área Recursos Humanos
1.10.5.2 Área Comunicación Institucional
1.10.5.3 Área Contable
1.11 DIRECCIÓN PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE EMERGENCIAS
1.11.1 Subdirección Coordinación General Operativa
1.11.2 Subdirección Operativa Norte
1.11.3 Subdirección Operativa Sur
1.11.4 Subdirección Administrativa
1.11.4.1 Área Contable
1.11.4.2 Área Legal
1.11.4.3 Área Quema Controlada
1.12 DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL
1.12.1 Subdirección General del Servicio Penitenciario Provincial
1.12.1.1 Área Legal y Administrativa
1.12.2 Subdirección Revinculación
1.12.3 Subdirección Contable y Presupuestaria
1.13 DIRECCIÓN INFRAESTRUCTURA EN SEGURIDAD
1.13.1 Subdirección Relevamiento y Desarrollo
1.13.1.1 Área Relevamiento y Mantenimiento
1.14. DIRECCIÓN TECNOLÓGICA EN SEGURIDAD
1.14.1 Área Legal y Administrativa
1.14.2 Subdirección Centro Monitoreo San Luis
1.14.3 Subdirección Centro Monitoreo Villa Mercedes
1.14.4 Área Operativa
1.15. DIRECCIÓN PARQUE AUTOMOTOR
1.15.1 Subdirección Administrativa
1.15.2 Subdirección Gestión de Flota
Art. 3º.- Asignar a los siguientes organismos los regímenes de competencias, Misiones y funciones que se detallan a continuación:
1 MINISTERIO DE SEGURIDAD:
1.1 SECRETARÍA PRIVADA:
a) Organizar y controlar la agenda de compromisos de la señora Ministro;
b) Recibir, clasificar y distribuir la correspondencia y documentación ingresadas al Ministerio.
1.2 DESPACHO:
a) Supervisar e impulsar la documentación y trámites inherentes al Ministerio de Seguridad, realizando el seguimiento de estos;
b) Proyectar todos los actos administrativos que genere el Ministerio de Seguridad;
c) Elaborar y dictar providencias para la firma de la señora Ministro.
1.3 ASESORÍA LEGAL:
a) Tener la responsabilidad de la evaluación y elaboración de los aspectos técnicos, jurídicos y procedimentales de los proyectos de actos administrativos, de alcance general y particular que deban ser suscriptos por la señora Ministro de Seguridad, las Direcciones y las distintas áreas del Ministerio;
b) Trabajar en articulación con las diversas áreas de la cartera de seguridad e intervenir con carácter previo a la celebración de convenios, protocolos, contratos y cualquier otro documento que suscriba el Ministerio a fin de verificar que los mismos se encuadren en las normas legales y reglamentarias;
c) Dictaminar en los procedimientos administrativos previo a la emisión del Acto administrativo;
d) Colaborar con la coordinación de las distintas dependencias.
1.3.1 SUBDIRECCIÓN RECURSOS HUMANOS:
Administrar y controlar por áreas, el reclutamiento y selección, contratación, capacitación, administración o gestión de personal y de su retiro y/o jubilación.
1.4 ASESORÍA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA:
a) Realizar todas las tareas y gestiones contables, colaborando con el Despacho en todos los trámites inherentes al Ministerio de Seguridad;
b) Llevar adelante una correcta ejecución y control presupuestario;
c) Coordinar a las distintas áreas contables del Ministerio de Seguridad;
d) Intervenir en los trámites de contrataciones para el análisis de la ejecución presupuestaria, unificando los criterios en materia contable;
e) Llevar a cabo el control de ingreso y egreso de Bienes que pertenecerán o pertenecen al Patrimonio del Ministerio;
f) Trabajar de manera conjunta con las unidades ejecutoras a fin de propiciar la eficiente ejecución del presupuesto.
1.5 DIRECCIÓN COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL:
a) Tener a cargo la realización, de manera organizada, de la comunicación institucional del Ministerio de Seguridad;
b) Establecer relaciones de comunicación de calidad entre la institución y la ciudadanía con el fin de hacer conocer adecuadamente, las políticas públicas llevadas adelante por cada organismo y por el Ministerio en general.
1.5.1 SUBDIRECCIÓN AUDIOVISUAL:
a) Planificación, producción y edición de piezas audiovisuales institucionales;
b) Gestión integral de fotografía, video, iluminación y sonido;
c) Gestión y archivo del material audiovisual producido;
d) Coordinación con las distintas áreas del Ministerio para la cobertura de necesidades comunicacionales.
1.6 DIRECCIÓN RELACIONES INSTITUCIONALES:
a) Coordinar, planificar y difundir las acciones y actividades generadas desde el Ministerio;
b) Organizar la gestión interna entre las Direcciones y Áreas dependientes del Ministerio;
c) Ser el nexo entre los organismos públicos y privados, nacionales, provinciales y municipales para la realización de tareas en conjunto tanto en la gestión en si como en redacción de normativa en materia de seguridad.
1.6.1 ÁREA REGLAMENTACIONES:
a) Crear, gestionar y asegurar el cumplimiento de la normativa y reglamentaciones aplicables;
b) Gestionar y asesorar en cuestiones legales en las distintas áreas que se requieran del Ministerio.
1.7 POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - JEFATURA DE POLICÍA:
Ejercer las competencias en el marco de las Leyes X-0981-2017 y XV-0982-2017 de conformidad a la estructura orgánica y administrativa, normas vigentes en la materia y sus modificatorias.
1.7.1 SUB-JEFATURA DE POLICÍA:
a) Ser el soporte administrativo y operativo del Jefe de Policía, dando cumplimiento de sus funciones en el carácter de colaborador del mismo, quién a su vez es asesorado por la Plana Mayor Policial y por la Asesoría Legal de Policía;
b) Tener cotidianamente a su cargo a la policía en actividad, y a los distintos operativos que estos realicen.
1.7.2 SUBDIRECCIÓN CONTABLE Y PRESUPUESTARIA:
a) Realizar todas las tareas y gestiones contables y administrativas de la Policía colaborando en todos los trámites inherentes a su competencia;
b) Llevar adelante una correcta ejecución y control presupuestario.
1.7.3 SUBDIRECCIÓN PRENSA Y RELACIONES POLICIALES:
Gestionar la comunicación entre la policía y la sociedad, incluyendo la difusión y transparencia de la información relevante, la gestión de la imagen institucional y el establecimiento de relaciones con los medios de comunicación y su repercusión en la comunidad.
1.7.4 ÁREA CONTROL VERIFICACIÓN DEL AUTOMOTOR:
Realizar el control y verificación de rodados, según la legislación vigente.
1.8 DIRECCIÓN PREVENCIÓN CIUDADANA:
Planificar y gestionar la política de prevención ciudadana de la provincia con las demás Direcciones y otros organismos.
1.8.1 SUBDIRECCIÓN ALARMA CIUDADANA:
Implementar, supervisar y asesorar en la política que ejercerá la Dirección de Prevención Ciudadana, a partir de los datos obtenidos por los distintos sistemas de datos del Ministerio de Seguridad, coordinando los mismos con las distintas necesidades vecinales.
1.8.2 SUBDIRECCIÓN DE COORDINACIÓN OPERATIVA Y LOGÍSTICA:
a) Planificar, supervisar y ejecutar las operaciones y actividades logísticas de la Dirección;
b) Garantizar que los recursos se utilicen de manera eficiente y eficaz, con el fin de cumplir con los objetivos y metas de la Dirección.
1.8.2.1 ÁREA COORDINACIÓN JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Juan Martín de Pueyrredón, zona urbana e interior.
1.8.2.2 ÁREA COORDINACIÓN GENERAL PEDERNERA:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento General Pedernera, zona urbana e interior.
1.8.2.3 ÁREA COORDINACIÓN JUNÍN:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Junín.
1.8.2.4 ÁREA COORDINACIÓN AYACUCHO:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Ayacucho.
1.8.2.5 ÁREA COORDINACIÓN CHACABUCO:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Chacabuco.
1.8.2.6 ÁREA COORDINACIÓN GOBERNADOR DUPUY:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Gobernador Dupuy.
1.8.2.7 ÁREA COORDINACIÓN LIBERTADOR GENERAL SAN MARTÍN:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Libertador General San Martín.
1.8.2.8 ÁREA COORDINACIÓN CORONEL PRINGLES:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Coronel Pringles.
1.8.2.9 ÁREA COORDINACIÓN BELGRANO:
Ejecutar acciones y objetivos establecidos por la Dirección en el departamento Belgrano.
1.8.3 SUBDIRECCIÓN CONTABLE Y PRESUPUESTARIA:
a) Realizar todas las tareas y gestiones contables y administrativas de la Dirección, colaborando con la Dirección en todos los trámites inherentes a su competencia;
b) Llevar adelante una correcta ejecución y control presupuestario.
1.8.4 SUBDIRECCIÓN GESTIÓN ADMINISTRATIVA:
a) Realizar todas las tareas y gestiones administrativas de la Dirección, colaborando en todos los tramites inherentes a su competencia;
b) Llevar adelante el control de la mesa de entrada de la Dirección con especial énfasis en las necesidades de los vecinos.
1.8.4.1 ÁREA RECURSOS HUMANOS:
Entender en las actividades inherentes a la función de recursos humanos: selección, capacitación, análisis y evaluación de cargos y del personal en el ámbito de su competencia.
1.8.5 SUBDIRECCIÓN FOROS DE RELACIONES CON LA COMUNIDAD:
Fortalecer los vínculos entre el Ministerio de Seguridad y la sociedad, esto implica, promover el dialogo, la colaboración y la construcción de acuerdos entre diferentes actores sociales, para abordar problemáticas comunes y diseñar políticas públicas participativas, en la búsqueda de soluciones a las distintas necesidades en materia de seguridad.
1.9 DIRECCIÓN SEGURIDAD VIAL:
a) Diseñar, desarrollar y ejecutar políticas y acciones en materia de tránsito y seguridad vial;
b) Ejercer las funciones que le corresponden conforme las disposiciones de la Ley X-0630-2008 de Tránsito y Seguridad Vial Provincia de San Luis y sus modificatorias;
c) Supervisar los operativos de tránsito realizados por la autoridad policial;
d) Controlar e intervenir en todo lo atinente al cumplimiento de las normas de tránsito;
e) Realizar todas aquellas acciones que propendan a la prevención de siniestros de tránsito;
f) Supervisar los requisitos para habilitar escuelas de conducir y control de funcionamiento de las mismas;
g) Difundir en todos los ámbitos de la Provincia los conceptos tendientes a la prevención de siniestros viales, generando conferencias, encuentros, foros, congresos y todo aquello que propenda a la Educación Vial;
h) Coordinar operativos en los distintos puntos de la Provincia, articulando con sectores públicos y privados las acciones que se llevarán a cabo.
1.9.1 SUBDIRECCIÓN COORDINACIÓN OPERATIVA:
a) Coordinar y gestionar diversas operaciones de la Dirección;
b) Garantizar la eficiencia y efectividad en la ejecución de las tareas y proyectos operativos de la Dirección;
c) Entender en las actividades inherentes a la función de recursos humanos: reclutamiento, selección, capacitación, análisis y evaluación de cargos y del personal en el ámbito de la Dirección;
d) Gestionar, controlar y planificar el almacenamiento y distribución de bienes y recursos de la Dirección Seguridad Vial, asegurando la eficiencia operativa en el movimiento de insumos y materiales.
1.9.1.1 ÁREA OBSERVATORIO Y PREVENCIÓN VIAL:
a) Recopilar, estudiar y generar información confiable y oportuna que contribuya a la toma de decisiones para mejorar la seguridad vial;
b) Proponer el abordaje y reducción de accidentes viales.
1.9.1.2 ÁREA CAPACITACIÓN Y EXTENSIÓN EDUCATIVA:
a) Llevar adelante acciones atinentes a la educación en materia de seguridad vial;
b) Ejecutar actividades que desarrollen, fomenten y permitan generar conciencia en el ciudadano referida a la seguridad vial;
c) Vincularse con diferentes actores sociales haciendo foco en la prevención de accidentes viales.
1.9.2 SUBDIRECCIÓN UNIDAD PROVINCIAL DE JUZGAMIENTO DE CONTRAVENCIONES:
a) Entender en materia de infracciones de tránsito reguladas por la Ley X-0630-2008 de Tránsito y Seguridad Vial Provincia de San Luis y sus Decretos Reglamentarios; Ley Provincial V-0847-2013 y sus Decretos Reglamentarios, con competencia en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas y autovías fuera de los ejidos municipales, y respecto de los Municipios que carecieren de Juez de Faltas y que hubieren convenido ceder al Poder Ejecutivo el juzgamiento de las infracciones de tránsito;
b) Entender en el procedimiento administrativo surgido de las actas de infracción labradas por Policía de la Provincia y por los inspectores de tránsito de los Municipios que hubieren convenido con el Poder Ejecutivo ceder el juzgamiento de las infracciones de tránsito;
c) Colaborar con la Dirección Seguridad Vial en la adopción de estrategias de gestión vinculadas a la órbita de su competencia;
d) Entender en el procedimiento administrativo en la órbita de su competencia.
e) Entender en materia de infracciones reguladas por la Ley IX-1048-2020 “Plan Provincial de Prevención, Presupresión y Lucha contra Incendios” y sus Decretos Reglamentarios.
1.9.3 SUBDIRECCIÓN INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN SEGURIDAD VIAL:
a) Buscar e implementar sistemas tecnológicos seguros, eficientes y reconocidos para el control de la seguridad vial;
b) Llevar adelante acciones donde la tecnología esté al servicio de la seguridad con herramientas como el monitoreo del nivel de riesgo en la conducción, recomendaciones en tiempo real a través de alertas de seguridad, optimización de sistemas de trayectos en rutas, etc.
1.9.3.1. ÁREA DESARROLLO WEB EN SEGURIDAD VIAL:
a) Gestionar y desarrollar las plataformas digitales existentes promocionando la seguridad vial en la provincia de San Luis;
b) Crear sistemas de información, sitios web y aplicaciones móviles que faciliten el acceso a datos, herramientas, y recursos relacionados con la seguridad vial.
1.10 INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA – RECTORADO:
a) Dar cumplimiento a las disposiciones de la Ley V-0524-2006 Decretos reglamentarios y sus modificatorios;
b) Elevar al Ministerio de Seguridad los perfiles docentes necesarios para la cobertura de los espacios curriculares que conforman los planes de estudio de las tecnicaturas que se dictan en dicha institución con el fin de que, por intermedio del Ministerio de Educación, se lleven a cabo las designaciones de los mismos, como así también los procedimientos de reválidas de cargos docentes, con imputación de las partidas asignadas en el presupuesto del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la legislación vigente y sus modificatorias;
c) Elevar el diseño y actualización de los planes de estudios que estructuran las tecnicaturas de referencia, de acuerdo a las necesidades que el Ministerio de Seguridad considere que se requiera en cuanto a la formación de seguridad, con el fin de la aprobación de los mismos por el Ministerio de Educación, en el marco de la normativa vigente;
d) Elaborar y/o reformular el Proyecto Educativo Institucional de la institución, conjuntamente con el Ministerio de Educación en los temas vinculados al ámbito educativo.
1.10.1 VICERRECTORADO:
a) Colaborar con el Rector en el cumplimiento de las funciones y desempeñar las tareas que el Rector le encomienda. Está facultado para reemplazar al Rector en caso de enfermedad o ausencia transitoria de éste;
b) Evaluar y emitir opinión acerca de las actividades académicas realizadas en los distintos niveles y presentar informes al Rector;
c) Supervisar y evaluar el planeamiento y desarrollo de las actividades académicas administrativas y de apoyo técnico.
1.10.2 SUBDIRECCIÓN ACADÉMICA:
a) Asistir al Rector en todo lo relativo a la actividad académica del Instituto Superior, propiciando la mejora y la formación integral de acuerdo con los requerimientos educativos de la institución;
b) Coordinar los lineamientos de la gestión académica proyectando las políticas de dicha gestión en relación con la evolución de los conocimientos, los requerimientos del contexto y el plan de desarrollo del Instituto;
c) Realizar la supervisión y control final de las tramitaciones y gestiones;
d) Coordinar y contribuir para garantizar la ejecución de las políticas y planes establecidos en el Plan de Desarrollo Institucional (P.D.I.), inherentes a la función académica del Instituto;
e) Entender en todo lo concerniente a la actividad administrativa del área académica y en todo lo relativo a garantizar las acciones referidas al ingreso, permanencia y egreso;
f) Fortalecer las acciones de acompañamiento académico y de graduados.
1.10.3 SUBDIRECCIÓN ESCUELA SUPERIOR, CAPACITACIÓN Y PROFESIONALIZACIÓN CONTINUA:
a) Aumentar, optimizar y actualizar los conocimientos, destrezas y aptitudes profesionales de los Agentes de Policía y Penitenciarios;
b) Permitir que se adquiera la capacidad de responder rápida y eficientemente a la evolución científica y tecnológica, así como a las demandas de la función a desempeñar, teniendo un enfoque teórico-práctico;
c) Desarrollar nuevas especialidades, además de las vigentes.
1.10.4 SUBDIRECCIÓN GABINETE INTERDISCIPLINARIO:
Fomentar la participación de expertos de diferentes áreas del conocimiento para abordar problemáticas que se planteen en el ámbito del Instituto Superior de Seguridad Publica de la Provincia.
1.10.4.1 ÁREA ENFERMERÍA:
a) Brindar atención primaria en casos de urgencia o emergencia, ofreciendo primeros auxilios y actuando como primer nivel de respuesta sanitaria ante incidentes dentro del ámbito institucional;
b) Colaborar en el seguimiento de la salud del personal, prestando asistencia en casos de enfermedades comunes, y articulando con otras áreas las acciones destinadas a la promoción de hábitos saludables en el entorno laboral.
1.10.4.2 ÁREA PREVENCIÓN Y SALUD:
a) Fomentar el cuidado de la salud integral de la comunidad educativa perteneciente al Instituto, a través de campañas, capacitaciones y actividades de sensibilización;
b) Prevenir accidentes y situaciones de riesgo durante el desarrollo de las actividades académicas, promoviendo entornos seguros y saludables.
1.10.5 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA:
Realizar todas las tareas y gestiones administrativas del Instituto, colaborando con el Área Contable del mismo y llevando adelante una correcta ejecución de los procedimientos administrativos.
1.10.5.1 ÁREA RECURSOS HUMANOS:
Administrar y controlar por áreas, el reclutamiento y selección, contratación, capacitación, administración o gestión de personal y de su retiro y/o jubilación.
1.10.5.2 ÁREA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL:
a) Gestionar la información interna y externa, construir y mantener la imagen pública del Instituto;
b) Fomentar la relación con la ciudadanía y otros organismos. Esto incluye la creación y difusión de contenidos, el desarrollo de estrategias para fortalecer la confianza y la transparencia institucional.
1.10.5.3 ÁREA CONTABLE:
a) Generar expedientes vinculados con la gestión administrativa, realizando el seguimiento y control de los mismos;
b) Realizar las gestiones contables tendientes al funcionamiento de la estructura de la Subdirección.
1.11 DIRECCIÓN PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE EMERGENCIAS:
a) Coordinar la asistencia y ayuda humanitaria al ciudadano que se brinde en el marco de la Dirección dentro del orden jurídico internacional, nacional y provincial;
b) Programar el plan funcional en casos de emergencias y ejercer la Secretaría del Comité Estratégico y todas las funciones inherentes a ello;
c) Ejercer las competencias reguladas por las Leyes I-0609-2008 de Programa San Luis Solidario, X-0339-2004 de Defensa Civil, Organización y Control, IX-1048-2020 Plan Provincial de Prevención, Presupresión y Lucha Contra Incendios, X-0338-2004 Bomberos. Organización, VIII-0980-2017 de Bomberos Voluntarios, Decretos Reglamentarios y sus modificatorias;
d) Proponer, estructurar y supervisar campañas de prevención en materia de emergencias;
e) Intervenir en la creación de programas y planes de prevención de catástrofes;
f) Posibilitar y facilitar cursos/charlas para fortalecer el conocimiento de cada integrante de la estructura de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias, bomberos voluntarios, bomberos de la policía, municipios, entre otros;
g) Ejecutar y concretar convenios con organismos públicos y privados vinculados a las funciones de cada área dentro de la Dirección;
h) Organizar y coordinar lo atinente al cuerpo de voluntarios profesionales, para situaciones de emergencia.
1.11.1 SUBDIRECCIÓN COORDINACIÓN GENERAL OPERATIVA:
Asistir a la Dirección y coordinar en materia de desarrollo de las acciones de preparación y respuesta inmediata ante situaciones de emergencia y/o desastres socio-naturales, atendiendo a la coordinación del despliegue de las fuerzas policiales, de seguridad y de emergencia.
1.11.2 SUBDIRECCIÓN OPERATIVA NORTE:
Determinar las políticas particulares de prevención de la emergencia en el norte de la provincia y su coordinación.
1.11.3 SUBDIRECCIÓN OPERATIVA SUR:
Determinar las políticas particulares de prevención de la emergencia en el sur de la provincia y su coordinación.
1.11.4 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA:
a) Generar expedientes vinculados con la gestión administrativa, realizando el seguimiento y control de los mismos;
b) Organizar, actualizar y diagramar por departamentos la base de datos de todo el personal de la Dirección;
c) Mantener actualizado el Registro Único de Bomberos Voluntarios Provincial (R.U.B.V.P);
d) Realizar proyectos y acciones a fin de implementar una continua modernización de los registros para que garanticen una mayor eficiencia, eficacia y seguridad de los mismos;
e) Intervenir en los procesos de gestión de recursos humanos, incluyendo el seguimiento de novedades de personal, licencias, altas y bajas.
1.11.4.1 ÁREA CONTABLE:
a) Generar expedientes vinculados con la gestión administrativa, realizando el seguimiento y control de los mismos;
b) Realizar las gestiones contables tendientes al funcionamiento de la estructura de la Dirección.
1.11.4.2 ÁREA LEGAL:
a) Gestionar y asesorar en cuestiones legales a la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias;
b) Intervenir y dictaminar los expedientes del Área Quema Controlada.
1.11.4.3 ÁREA QUEMA CONTROLADA:
a) Asesorar a la Dirección ante la solicitud de una quema controlada, emitiendo opinión sobre su conveniencia o no;
b) Efectuar las inspecciones pertinentes en los inmuebles rurales en los cuales se solicita realizar la quema controlada, debiendo verificar que los mismos cuenten con las picadas cortafuego, el estado y tipo de vegetación existente en la zona, a los efectos de que se den las condiciones óptimas para efectuar la misma;
c) Supervisar la administración, coordinación y ejecución de la quema controlada;
d) Realizar los peritajes de rigor, en ocasión de producirse un foco ígneo como consecuencia de una quema no autorizada, y asesorar sobre la sanción a aplicar al infractor;
e) Realizar un cronograma estadístico de quema, para establecer mecanismos de acción y control;
f) Llevar el Registro de infractores y reincidentes.
1.12 Dirección GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL:
Ejercer las competencias en el marco de la Ley X-1074-2022, de conformidad a la estructura orgánica, normas vigentes en la materia y sus modificatorias.
1.12.1 SUBDIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL:
Ejercer las competencias en el marco de la Ley X-1074-2022, de conformidad a la estructura orgánica, normas vigentes en la materia y sus modificatorias.
1.12.1.1 ÁREA LEGAL Y ADMINISTRATIVA:
Generar expedientes vinculados con la gestión administrativa realizando el seguimiento y control de los mismos.
1.12.2 SUBDIRECCIÓN REVINCULACIÓN:
a) Tener a cargo las políticas penitenciarias de inclusión y revinculación social, con el fin de obtener la reinserción de los reclusos y la prevención de la reincidencia delictiva.
b) Mitigar las consecuencias negativas de la sanción de privación de la libertad.
1.12.3 SUBDIRECCIÓN CONTABLE Y PRESUPUESTARIA:
a) Realizar todas las tareas y gestiones contables y administrativas de la Penitenciaria colaborando en todos los trámites inherentes a su competencia.
b) Llevar adelante una correcta ejecución y control presupuestario.
1.13 DIRECCIÓN INFRAESTRUCTURA EN SEGURIDAD:
Tener a su cargo el relevamiento y diagnóstico de las condiciones de infraestructura de seguridad y la elaboración de un plan para su mantenimiento.
1.13.1 SUBDIRECCIÓN RELEVAMIENTO Y DESARROLLO:
Asistir a la Dirección de Infraestructura en Seguridad en la formulación del plan estratégico, realizando también el relevamiento presencial de las necesidades edilicias y de equipamiento, identificando condiciones, carencias y oportunidades de mejora en instalaciones y servicios.
1.13.1.1 ÁREA RELEVAMIENTO Y MANTENIMIENTO:
Asistir a la Dirección en el relevamiento y diagnóstico de las condiciones de infraestructura de seguridad y en la elaboración de un plan para su mantenimiento.
1.14 DIRECCIÓN TECNOLÓGICA EN SEGURIDAD:
a) Planificar, proponer, diseñar, coordinar y controlar las políticas de recursos informáticos y tecnologías que se implementen en las distintas dependencias del Ministerio de Seguridad, integrando los sistemas del Centro de Atención Telefónica de Emergencia 911;
b) Organizar y administrar las Subdirecciones Centros de Monitoreo San Luis, Villa Mercedes y Villa de Merlo y la Atención Telefónica de Emergencia correspondientes al teléfono 911 en su faz operativa desde la toma de conocimiento de la denuncia hasta la generación del despacho, su efectivización, y posterior cierre del evento;
c) Controlar los sistemas de cámaras de video vigilancia, llamado de emergencia 911, 101, 102, 103, 104, 107 y similares, alarmas comunitarias, portales de detectores de patentes, sistemas de alerta temprana y botones antipánico con el objeto de reforzar las medidas de seguridad específicas y lograr la prevención y mitigación del delito.
1.14.1 ÁREA LEGAL Y ADMINISTRATIVA:
a) Responder temas relacionados a oficios judiciales/policiales, legajos, entre otros;
b) Atender el movimiento de expedientes que ingresen y egresen en la Dirección Tecnológica en Seguridad;
c) Organizar, gestionar y controlar el cumplimiento de los deberes y derechos del personal;
d) Organizar, actualizar y supervisar los inventarios de todos los bienes muebles y demás insumos necesarios para el buen desempeño de las tareas realizadas por los diferentes Centros de Monitoreo dependientes de la Dirección Tecnológica en Seguridad;
e) Elaborar de forma periódica estadísticas e informes de gestión de las diferentes áreas administrativas que permita a la Dirección contar con la información para la toma de decisiones en materia de recursos humanos.
1.14.2 SUBDIRECCIÓN CENTRO MONITOREO SAN LUIS:
a) Coordinar las tareas operativas y administrativas en su centro siguiendo las normativas, protocolos y procedimientos establecidos por la Dirección, en la Ciudad de San Luis y zonas aledañas;
b) Garantizar que los recursos se utilicen de manera eficiente y eficaz, con el fin de cumplir con los objetivos y metas de la Dirección, en la Ciudad de San Luis y zonas aledañas.
1.14.3 SUBDIRECCIÓN CENTRO MONITOREO VILLA MERCEDES:
a) Coordinar las tareas operativas y administrativas en su centro siguiendo las normativas, protocolos y procedimientos establecidos por la Dirección, en la Ciudad de Villa Mercedes y zonas aledañas;
b) Garantizar que los recursos se utilicen de manera eficiente y eficaz, con el fin de cumplir con los objetivos y metas de la Dirección, en la Ciudad de Villa Mercedes y zonas aledañas.
1.14.4 ÁREA OPERATIVA:
a) Asignar, determinar y supervisar la instalación y mantenimiento de los dispositivos de seguimiento vehicular, como así también realizar el monitoreo de los mismos;
b) Supervisar y coordinar las tareas que se desempeñan en los Anillos Digitales;
c) Dar aviso a las correspondientes áreas operativas del incumplimiento de las métricas del patrullaje previsto o de alarmas operativas que detecten las plataformas de seguimiento vehicular.
1.15 DIRECCIÓN PARQUE AUTOMOTOR:
a) Planificar y establecer la política de gestión vehicular institucional Provincial, por intermedio de los sistemas adecuados a tales efectos;
b) Aprobar el alta, baja y transferencia de vehículos de la flota del Estado Provincial;
c) Informar periódicamente a las autoridades superiores del Ministerio sobre el estado de la flota;
d) Supervisar la ejecución presupuestaria asignada al parque automotor;
e) Gestionar y aprobar los procesos de contratación vinculados a la adquisición, contratación y control vehicular;
f) Intervenir en los remates vehiculares de la Provincia como órgano de contralor e impulso de los mismos.
1.15.1 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA:
a) Mantener actualizado el registro y padrón de vehículos de la flota institucional;
b) Gestionar la documentación vehicular (títulos, cédulas, verificaciones técnicas);
c) Administrar los sistemas o contratos de servicios vinculados a la flota (provisión de combustible, seguros, talleres externos y demás);
d) Coordinar con la Asesoría Contable y Presupuestaria, el seguimiento presupuestario y la rendición de gastos;
e) Gestionar los trámites de baja y transferencia de vehículos ante los organismos competentes;
f) Articular con la Asesoría Legal los aspectos normativos y jurídicos de la gestión vehicular;
g) Administrar el recurso humano de la Dirección Parque Automotor.
1.15.2. SUBDIRECCIÓN GESTIÓN DE FLOTA:
a) Supervisar el mantenimiento preventivo y correctivo de la flota;
b) Organizar y coordinar las revisiones periódicas en talleres propios o habilitados;
c) Controlar el consumo y la provisión de combustible por unidad vehicular;
d) Registrar los kilómetros recorridos, novedades mecánicas y siniestros ocurridos;
e) Gestionar las urgencias operativas que requieran disponibilidad vehicular inmediata;
f) Elaborar informes periódicos sobre el estado operativo general de la flota y elevarlos a la Dirección.
Art. 4º.- El Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a través del área correspondiente deberá efectuar las modificaciones presupuestarias y/o reasignación de partidas como consecuencia de lo dispuesto por el presente Decreto.-
Art. 5º.- El Ministerio de Seguridad realizará la reubicación del personal para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.-
Art. 6º.- Hacer saber a: todos los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo Provincial, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Recursos Humanos, Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y a todas las áreas dependientes del Ministerio de Seguridad.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6207-MS-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1060722/26 mediante el cual se tramita la adjudicación de la Licitación Pública Nº 27-MHeIP-DCyC-2026, realizada para la ADQUISICIÓN de CAMPERAS con destino a PROVEER A LAS DISTINTAS PATRULLAS DISTRIBUIDAS EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL PARA COMPLETAR EL UNIFORME DE INVIERNO, solicitado por la DIRECCION PREVENCION CIUDADANA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 2661-MS-2026, obrante en act. DOCEXT 2033576/26, se autorizo el llamado a Licitación Pública Nº 27-MHeIP-DCyC-2026;
Que en act. ACTPRO 11372687/26 obran invitaciones cursadas a empresas del medio, en el marco de la presente contratación y en act. PROSEC 11399518/26 consta el proceso de contratación Nº 1324/2026;
Que en acts. DOCEXT 1534878/26 y 1537071/26 obran publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que en act. INFSEC 11399543/26 obra informe de evaluación del proceso de contratación Nº 1324/2026 de donde surge que presentaron propuestas las firmas: ADRE MAXIMILIANO, C.U.I.T. Nº 20263219113; COVERLINE S.R.L, C.U.I.T. Nº 33708769369; ROSENCOVICH MARIANO ANDRES, C.U.I.T. Nº 20310578801; FENIX SUMINISTROS INDUSTRIALES Y SERVICIOS S.A.S., C.U.I.T. Nº 30718253639; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA., C.U.I.T. Nº 30709176230 y CABILDO UNIFORMES SOCIEDAD SIMPLE, C.U.I.T. Nº 30715376691, según cotizaciones obrantes en acts. COTZAC 11399523/26, 11399531/26, 11399525/26, 11399527/26, 11399533/26, 11399535/26, 11399541/26 y 11399540/26 respectivamente;
Que en act. DOCEXT 1547019/26 obra Acta de Protocolo Especial labrada por Escribanía General de Gobierno de donde surge que se presentaron las siguientes propuestas: CABILDO UNIFORMES SOCIEDAD SIMPLE, C.U.I.T. Nº 30715376691, quien cotiza Oferta 1 por la suma total de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL CON 00/100 ($75.210.000,00) y Oferta 2 por la suma total de PESOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($88.492.500,00); ADRE MAXIMILIANO, C.U.I.T. Nº 20263219113, quien cotiza por la suma total de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($84.488.000,00); COOPERATIVA DE TRABAJO DEL CENTRO LTDA., C.U.I.T. Nº 30709176230, quien cotiza por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA MIL CON 00/100 ($154.970.000,00); ROSENCOVICH MARIANO ANDRES, C.U.I.T. Nº 20310578801, quien cotiza por la suma total de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($86.900.000,00); COVERLINE S.R.L, C.U.I.T. Nº 33708769369, quien cotiza Oferta 1 por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($77.790.000,00) y Oferta 2 por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES VEINTISIETE MIL CON 00/100 ($77.027.000,00), informando que mediante el Sistema Electrónico de Compras, se encuentra presentada la oferta de la firma FENIX SUMINISTROS INDUSTRIALES Y SERVICIOS S.A.S., C.U.I.T. Nº 30718253639, quien no presenta oferta en formato papel por lo que se la considera como no presentada y que la oferta presentada por la firma SOLUTION JUNIN S.A.S. se rechaza por no presentar la misma en el Sistema Electrónico de Compras, conforme a lo estipulado en el Art. 9º del Pliego General de Bases y Condiciones;
Que en act. DOCEXT 1551219/26 obra Resolución Nº 0782-DCyC-2026 por la cual se conforma la Comisión Evaluadora de Ofertas;
Que en act. INFORM 438929/26 obra Acta de Evaluación de Ofertas realizado por la Comisión Evaluadora y en act. PRESEC 11436072/26 obra el Informe de Pre-Adjudicación del que surge que corresponde adjudicar a la firma ADRE MAXIMILIANO, C.U.I.T. Nº 20263219113, ítem 1 por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATRO MIL CON 00/100 ($77.004.000,00) e ítem 2 por la suma total de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($7.484.000,00), las cuales cumplen con las especificaciones técnicas requeridas y se encuentran dentro del presupuesto oficial;
Que en acts. PREV 11296586/26 y 11436088/26, obra el comprobante de imputación preventiva con excepción de duodécimo y el ajuste correspondiente del mismo;
Que en act. DICLEG 34072/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, encuadrando el presente caso en lo dispuesto en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 y su modificatoria Ley VIII-0867-2013;
Que en act. NOTAMP 990381/26 obra intervención de Contaduría General de la Provincia de donde surge que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la contratación con las firmas pre adjudicadas, encuadrando el caso en el Art. 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 sustituida por la Ley VIII-0867-2013 con excepción de las disposiciones que establece el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 172495/26, obra vista de Fiscalía de Estado, considerando que puede dictarse el acto administrativo que apruebe lo actuado y adjudique la presente licitación de la forma que estime más conveniente a los intereses del Estado Provincial, con sustento legal en lo dispuesto por el Art. 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido por Ley VIII-0867-2013;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97º inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido por Ley VIII-0867-2013 y exceptuarlo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública en la Licitación Pública Nº 27-MHeIP-DCyC-2026, realizada para la ADQUISICIÓN de CAMPERAS con destino a PROVEER A LAS DISTINTAS PATRULLAS DISTRIBUIDAS EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL PARA COMPLETAR EL UNIFORME DE INVIERNO, solicitado por la DIRECCION PREVENCION CIUDADANA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 27-MHeIP-DCyC-2026, a la firma ADRE MAXIMILIANO, C.U.I.T. Nº 20263219113, el ítem 1 por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATRO MIL CON 00/100 ($77.004.000,00) e ítem 2 por la suma total de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($7.484.000,00), según cotización obrante en act. COTZAC 11399523/26 en un todo de acuerdo a los informes obrantes en acts. INFORM 438929/26 y PRESEC 11436072/26 del EXD-0-1060722/26.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 17 12 18 1-01 2 2 2 $84.488.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Prevención Ciudadana y a la firma oferente.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6208-MS-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3070868/25, mediante el cual se tramita Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio interpuesto por el Subalcaide JUAN DOMINGO CABRERA, D.N.I. Nº 22.140.571 del Servicio Penitenciario Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 13 de noviembre de 2024, el Subalcaide JUAN DOMINGO CABRERA, D.N.I. Nº 22.140.571, presentó Reclamo Administrativo, el cual obra en act. DOCEXT 1690551/25, solicitando se considere su situación de ascenso en el Servicio Penitenciario Provincial, el cual fue rechazado por REG. Nº 5556-DG-SPP-2024, de fecha 17 de diciembre de 2024, obrante en act. DOCEXT 1690553/25;
Que en act. DOCEXT 1692813/25 el recurrente presenta Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio, en fecha 27 de diciembre de 2024, en contra de la disposición REG. Nº 5556-DG-SPP-2024;
Que el recurrente expresa como fundamento en el Recurso impetrado que la Junta de Calificaciones no ha considerado sus aptitudes ni ha tomado en consideración la explicación detallada del caso;
Que en act. DOCEXT 1699183/25 obra Resolución Nº 047-DG-SPP-25 de fecha 10 de marzo de 2025 por la cual se rechaza el Recurso de Revocatoria interpuesto por el Subalcaide JUAN DOMINGO CABRERA, D.N.I. Nº 22.140.571, por carecer de fundamento legales conforme lo establece el Art. 38 la Ley VI-0156-2004 “Ley Procedimiento Administrativo”;
Que habiéndose rechazado el Recurso de Revocatoria interpuesto, cabe entrar en el análisis de la apelación al órgano superior que se dejó planteada en virtud de lo normado por los Arts. 45 y 46 de la Ley VI-0156-2004;
Que en act. DICLEG 33258/25, rectificado en act. DICLEG 34006/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, indicando que lo dictaminado por la Junta de Calificaciones no constituye un acto administrativo definitivo ni autónomo, sino una actuación de carácter preparatorio, no conteniendo una decisión firme ni generando efectos jurídicos sustanciales ni inmediatos, correspondiendo no hacer lugar al recurso presentado oportunamente por resultar formalmente improcedente;
Que en act. DICFIS 157365/25, obra vista de Fiscalía de Estado, del cual surge que analizadas las actuaciones surge que el planteo del recurrente se dirige contra el dictamen emitido por la Junta de Calificaciones, no constituyendo un acto administrativo, por lo tanto carecen de efectos jurídicos autónomos y no son susceptibles de impugnación por las vías recursivas previstas en la normativa vigente, Art. 38 de la Ley VI-0156-2004, resultando el recurso interpuesto improcedente, correspondiendo dictar el acto administrativo que rechace el Recurso Jerárquico en Subsidio interpuesto por el Subalcaide JUAN DOMINGO CABRERA, D.N.I. Nº 22.140.571;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso Jerárquico en Subsidio, obrante en act. DOCEXT 1692813/25, interpuesto por el Subalcaide JUAN DOMINGO CABRERA, D.N.I. Nº 22.140.571, del Servicio Penitenciario Provincial, en contra de la disposición REG. 5556-DG-SPP-2024, de fecha 17 de diciembre de 2024, por ser formalmente improcedente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 3º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente al 5556-DG-SPP-2024, de fecha 17 de diciembre de 2024 del Servicio Penitenciario Provincial.-
Art. 4º.- Hacer saber a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial. -
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad. -
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
DECRETO Nº 6209-MS-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3181297/26, mediante el cual el SUB COMISARIO CUCCA HORACIO RAMON, D.N.I. Nº 31.044.118, de la Policía de la Provincia plantea acción de prescripción y Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio; y,
CONSIDERANDO:
Que el act. NOTBLA 1159399/26, el SUB COMISARIO CUCCA HORACIO RAMON, D.N.I. Nº 31.044.118, plantea acción de prescripción contra Resolución Nº 1862-JP-2024 de fecha 20 de diciembre de 2024 y Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio, contra Resolución Nº 0084-JP-2026 de fecha 26 de enero de 2026, solicitando se revoque la medida adoptada por ser arbitraria, no valorando su buena conducta al momento de aplicar sanciones;
Que mediante Resolución Nº 0271-JP-2026 de fecha 11 de marzo de 2026, obrante en act. NOTBLA 1159402/26, se rechaza el planteo de prescripción de la acción por falta administrativa y también el Recurso de Revocatoria presentado por el recurrente, en virtud de la gravedad institucional que revisten los hechos investigados en el presente;
Que habiéndose rechazado el Recurso de Revocatoria interpuesto, cabe entrar en el análisis de la apelación al órgano superior que se dejó planteada en virtud de lo normado por los Arts. 45 y 46 de la Ley VI-0156-2004;
Que en act. DICLEG 33957/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, indicando que en virtud a lo normado por los Arts. 38 y 46 de la Ley VI-0156-2004, las medidas preparatorias de decisiones administrativas, informes, dictámenes y vistas, no son recurribles, sugiriendo no hacer lugar al recurso presentado oportunamente por ser formalmente improcedente;
Que en act. DICFIS 170258/26, obra vista de Fiscalía de Estado indicando que no nos encontramos con un acto administrativo propiamente dicho, siendo la Resolución Nº 0084-JP-2026, una medida preparatoria previa a la emisión de la voluntad estatal, siendo irrecurrible e indelegable, estando en condiciones de proceder al dictado del acto administrativo pertinente por el cual se rechace el recurso jerárquico interpuesto en forma subsidiaria por ser formalmente improcedente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso Jerárquico en Subsidio, obrante en act. NOTBLA 1159399/26, interpuesto por el SUB COMISARIO CUCCA HORACIO RAMON, D.N.I. Nº 31.044.118, en contra de Resolución Nº 0084-JP-2026, de fecha 26 de enero de 2026, por ser formalmente improcedente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 3º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente al SUB COMISARIO CUCCA HORACIO RAMON, D.N.I. Nº 31.044.118.-
Art. 4º.- Hacer saber a Policía de la Provincia. -
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad. -
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
DECRETO Nº 6210-MS-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12160776/24, mediante el cual se tramita Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio, interpuesto por la Ayudante de Cuarta MARÍA EUGENIA CASTRO OCHOA, D.N.I. Nº 29.690.989 del Servicio Penitenciario Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que con fecha 12 de noviembre de 2024, la Ayudante de Cuarta MARÍA EUGENIA CASTRO OCHOA, D.N.I. Nº 29.690.989, presenta Reclamo Administrativo, el cual obra en act. DOCEXT 1621167/24, solicitando regularizar su situación jerárquica y funcional como efectivo del Servicio Penitenciario Provincial, considerando ser tratado con sus antecedentes administrativos por la Junta de Calificaciones y se le conceda el grado jerárquico superior, el cual fue rechazado por la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, mediante REG. Nº 5132-DG-SPP-24 de fecha 27 de noviembre de 2024;
Que en act. DOCEXT 1621052/24 la recurrente presenta Recurso de Revocatoria con Jerárquico en Subsidio, en fecha 6 de diciembre de 2024, contra la disposición REG. Nº 5132-DG-SPP-2024;
Que la recurrente solicita ser incluida dentro de las disposiciones del Decreto Nº 11796-MS-2024, solicitando además se regularice su situación jerárquica, emitiéndose un nuevo acto administrativo que evalúe sus antecedentes administrativos a los fines de ser promovida al grado inmediato superior con los correspondientes retroactivos que por antigüedad y mérito profesional le correspondan;
Que en act. DOCEXT 1639899/25 obra Resolución Nº 008-DG-SPP-25 de fecha 3 de enero de 2025 por la cual se rechaza el Recurso de Revocatoria interpuesto por la Ayudante de Cuarta MARÍA EUGENIA CASTRO OCHOA, D.N.I. Nº 29.690.989, por ser sustancialmente improcedente conforme lo establece el Art 98 de la Ley Orgánica y Administrativa del Servicio Penitenciario Provincial;
Que la misma fue notificada el día 07 de enero de 2025, constando el plazo de cinco (5) días de traslado con que cuenta la administrada para fundar el recurso ante la autoridad administrativa de la que emana el acto impugnado;
Que habiéndose rechazado el Recurso de Revocatoria interpuesto, cabe entrar en el análisis de la apelación al órgano superior que se dejó planteada en virtud de lo normado por los Arts. 45 y 46 de la Ley VI-0156-2004;
Que mediante Resolución Nº 070-DG-SPP-25 de fecha 29 de marzo de 2025, se convocó a la Junta de Calificaciones en Sesión Extraordinaria, a efectos de analizar la situación particular del personal penitenciario que oportunamente presentó recurso en contra del último decreto de ascenso, correspondiente al periodo 2024;
Que en act. DOCEXT 1753550/25, obra Acta de la Junta de Calificaciones en Sesión Extraordinaria, de la cual surge que la agente MARÍA EUGENIA CASTRO OCHOA, D.N.I. Nº 29.690.989 ascendió mediante Decreto Nº 4286-MS-2023 a la jerarquía de Ayudante de Cuarta en tiempo y forma, y por Decreto Nº 9517-MS-2023 se le otorga la antigüedad en el grado a partir del 1 de enero de 2021, por lo que en el análisis efectuado en el año 2024, la agente no contaba con el tiempo mínimo de permanencia en el grado, según lo establecido en el Art. 95, inc. a), Art. 98 inc. a) y Anexo I (Tiempo de permanencia en el grado) de la Ley X-1074-2022, por lo que resulta improcedente el reclamo de ascender a Ayudante de Tercera;
Que en act. DICLEG 33339/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad del cual surge que no existiendo una crítica concreta y razonable de la apelante, toda vez que su expresión de agravios parte de premisas que son erróneas en cuanto al cómputo de la antigüedad y permanencia en el grado y una supuesta violación de principios generales del derecho que no se advierte en este caso concreto, sumado a la equívoca vía utilizada para lograr el ascenso, sugiere no hacer lugar al recurso presentado por resultar sustancialmente improcedente, conforme las disposiciones establecidas en la Ley X-1074-2022;
Que en act. DICFIS 157205/25, obra vista de Fiscalía de Estado, indicando que la Junta de Calificaciones en ejercicio de sus facultades técnicas y discrecionales, concluyó que la recurrente no cumplía con el tiempo mínimo de permanencia en el grado, exigido por el Art. 95 inc. a), Art. 98 inc. a) y el Anexo I de la Ley X-1074-2022, considerando que corresponde dictar el acto administrativo pertinente, mediante el cual se rechace el recurso interpuesto, toda vez que el acto recurrido se encuentra debidamente fundado en los antecedentes obrantes y en lo dictaminado por el órgano competente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso Jerárquico en Subsidio, obrante en act. DOCEXT 1621052/24, interpuesto por la Ayudante de Cuarta MARÍA EUGENIA CASTRO OCHOA, D.N.I. Nº 29.690.989 del Servicio Penitenciario Provincial, en contra de la disposición REG. 5132-DG-SPP-2024, por ser sustancialmente improcedente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 3º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente a la Ayudante de Cuarta MARÍA EUGENIA CASTRO OCHOA, D.N.I. Nº 29.690.989, del Servicio Penitenciario Provincial.-
Art. 4º.- Hacer saber a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial. -
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad. -
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
DECRETO Nº 6211-MS-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10091039/25, mediante el cual se tramita Recurso Jerárquico interpuesto por la SUB COMISARIO LAMBAS SANTINA FIORELLA, D.N.I. Nº 29.844.412, de la Policía de la Provincia; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1893000/25 obra Recurso Jerárquico interpuesto con fecha 09 de octubre de 2025 por la SUB COMISARIO LAMBAS, SANTINA FIORELLA, D.N.I. Nº 29.844.412, en contra de la Resolución Nº 1475-JP-2025 de fecha 03 de octubre de 2025, solicitando la declaración de nulidad de las resoluciones de la Junta de Calificaciones por las cuales se había declarado a la recurrente se encontraba inhabilitada para el ascenso en los periodos 2019, 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024, considerando ser tratada con sus antecedentes administrativos por la citada Junta y se le conceda el ascenso inmediato a la jerarquía de Comisario, con reconocimiento de antigüedad, derechos económicos y previsionales desde la fecha del ascenso;
Que mediante Resolución Nº 1475-JP-2025 de fecha 03 de octubre de 2025, Policía de la Provincia exime de responsabilidad administrativa a la SUB COMISARIO LAMBAS SANTINA FIORELLA, D.N.I. Nº 29.844.412, en la causa por la cual había sido sumariada;
Que en el presente caso, la recurrente interpone un recurso contra una resolución en la cual resulta favorecida, con el fin de obtener de esta forma, el ascenso a la jerarquía de Comisario, sosteniendo que el resultado favorable, la habilitaría para acceder al referido cargo;
Que la resolución atacada reviste el carácter de acto administrativo favorable, en tanto no genera una afectación negativa a la situación jurídica de la interesada, sino que expresamente la exoneración de responsabilidad administrativa;
Que la recurrente no acredita la existencia de un gravamen jurídico derivado del acto que impugna, solo se limita a utilizar la vía recursiva como medio para obtener un beneficio distinto, autónomo y ajeno al contenido propio de la resolución cuestionada, configurando una desviación del objeto del recurso, lo que se torna improcedente su tratamiento por esta vía;
Que los ascensos dentro de la carrera policial no constituyen un derecho subjetivo adquirido ni automático del agente, sino que se trata de una facultad discrecional reglada de la Administración, sujeta al cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios que se encuentren vigentes;
Que la eximición de responsabilidad administrativa en un sumario no genera, por sí sola, derecho alguno al ascenso pretendido, sino que únicamente elimina un eventual impedimento para que el agente pueda ser considerado en futuros procesos de promoción, los cuales deben sustanciarse conforme el procedimiento legal establecido;
Que en act. DICLEG 33787/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad en el cual manifiesta que el otorgamiento de ascensos en Policía de la Provincia exige la intervención de la Junta de Calificaciones y del Jefe de Policía, en su carácter de órgano jerárquico inmediato, a quienes compete la evaluación integral de los antecedentes, mérito, condiciones personales y disponibilidad de vacantes, así como la eventual formulación de la propuesta correspondiente, para una posterior intervención del Poder Ejecutivo Provincial, mediante el dictado del acto administrativo pertinente, sugiriendo no hacer lugar al recurso presentado por resultar improcedente, conforme lo establecido en la Ley XV-0982-2017;
Que en act. DICFIS 166280/26, toma vista Fiscalía de Estado, considerando que la pretensión de obtener el ascenso al grado de Comisario, no puede ser canalizada válidamente mediante la impugnación del acto que resolvió el sumario administrativo, ya que el eventual ascenso debe tramitarse por la vía correspondiente, con intervención de los organismos pertinentes y conforme la legislación vigente, correspondiendo rechazar el recurso interpuesto por resultar formal y sustancialmente improcedente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso Jerárquico, interpuesto por la SUB COMISARIO LAMBAS SANTINA FIORELLA, D.N.I: 29.844.412, obrante en act. DOCEXT 1893000/25, en contra de la Resolución Nº 1475-JP-2025 de fecha 03 de octubre de 2025, por ser formal y sustancialmente improcedente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 3º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente a la SUB COMISARIO LAMBAS SANTINA FIORELLA, D.N.I. Nº 29.844.412.-
Art. 4º.- Hacer saber a Policía de la Provincia. -
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad. -
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
DECRETO Nº 6605-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Relevamiento y Mantenimiento dependiente de la Subdirección Relevamiento y Desarrollo de la Dirección Infraestructura en Seguridad perteneciente al Ministerio de Seguridad al señor JUAN EMILIO GUZMAN, D.N.I. Nº 34.818.829;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JUAN EMILIO GUZMAN, D.N.I. Nº 34.818.829 en el cargo de Jefe de Área Relevamiento y Mantenimiento dependiente de la Subdirección Relevamiento y Desarrollo de la Dirección Infraestructura en Seguridad perteneciente al Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Infraestructura en Seguridad y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6606-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Relevamiento y Desarrollo dependiente de la Dirección Infraestructura en Seguridad del Ministerio de Seguridad a la señora LILIANA MARÍA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 22.852.662;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora LILIANA MARÍA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 22.852.662 en el cargo de Subdirectora Relevamiento y Desarrollo dependiente de la Dirección Infraestructura en Seguridad del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Infraestructura en Seguridad y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6607-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Directora Infraestructura en Seguridad del Ministerio de Seguridad a la señora LEILA VEGA, D.N.I. Nº 37.847.355;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora LEILA VEGA, D.N.I. Nº 37.847.355 en el cargo de Directora Infraestructura en Seguridad del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6608-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirector Contable y Presupuestaria dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial del Ministerio de Seguridad al señor FRANCO HECTOR LUCERO JOFRE, D.N.I. Nº 35.474.997;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor FRANCO HECTOR LUCERO JOFRE, D.N.I. Nº 35.474.997 en el cargo de Subdirector Contable y Presupuestaria dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6609-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora Revinculación dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial del Ministerio de Seguridad a la señora MARIANGELES SOSA, D.N.I. Nº 30.446.067;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIANGELES SOSA, D.N.I. Nº 30.446.067 en el cargo de Subdirectora Revinculación dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 6610-MS-2026.-
San Luis, 21 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6041245/26 y la Ley de Ministerios V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que por EXD-0-6041173/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Seguridad;
Que en virtud de la nueva estructura ministerial, se hace necesario designar en el cargo de Jefe de Área Legal y Administrativa dependiente de la Subdirección General del Servicio Penitenciario Provincial de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial perteneciente del Ministerio de Seguridad al señor FRANCO AUGUSTO MOLINA ABALLAY, D.N.I. Nº 37.723.685;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor FRANCO AUGUSTO MOLINA ABALLAY, D.N.I. Nº 37.723.685 en el cargo de Jefe de Área Legal y Administrativa dependiente de la Subdirección General del Servicio Penitenciario Provincial de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial perteneciente del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 6243-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2121127/26 por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la Compulsa de Precios N° 05/2026, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1661891/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética solicita la autorización pertinente para efectuar la Compulsa de Precios de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 40 VIVIENDAS DE VILLA DE MERLO - DPTO. JUNÍN - PROV. DE SAN LUIS”, requerida por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, conforme lo obrante en act. DOCEXT 1507094/26;
Que la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética justifica la necesidad de la contratación para la provisión de energía eléctrica, a efectos de la pronta habilitación de las viviendas sociales que se están construyendo en la localidad de la Villa de Merlo;
Que en act. ACTPAS 1663810/26 el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública presta conformidad para la continuidad del trámite;
Que en act. PLIEGO 256471/26 obra Pliego Particular de Bases y condiciones elaborado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética para la ejecución de obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 40 VIVIENDAS DE VILLA DE MERLO - DPTO. JUNÍN - PROV. DE SAN LUIS” por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 29/100 ($154.896.587,29);
Que a tal efecto en act. DOCEXT 1527577/26 obran invitaciones a cotizar, efectuadas por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a las empresas: SGD S.R.L., LYM INGENIERIA S.A., PRANA S.R.L., PROTON S.R.L. SERVICIOS INTEGRALES, SISTELEC S.A., FENIX ELECTRICIDAD S.R.L. y AGENER S.R.L.;
Que en act. DOCEXT 1527985/26 obra Acta de Apertura de sobres de fecha 26 de marzo de 2026 para la contratación de la referida obra, donde se recepcionaron tres (3) propuestas: primera presentada por la firma LYM INGENIERIA S.A., que cotiza por un monto de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 32/100 ($120.472.283,32), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1528003/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1527999/26, segunda presentada por la firma PROTON S.R.L. SERVICIOS INTEGRALES, que cotiza por un monto de PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($150.249.700,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1528034/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1528014/26 y tercera propuesta presentada por la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., que cotiza por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 00/100 ($147.151.758,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1528065/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1528046/26;
Que la Comisión de Estudio designada por Resolución N° 947-MHIP-2026 de fecha 15 de abril de 2026 obrante en act. RESMIN 11376950/26, emite informes en acts. DOCEXT 1540917/26, DOCEXT 1540920/26, DOCEXT 1540921/26, DOCEXT 1540922/26, DOCEXT 1540948/26, DOCEXT 1540952/26, DOCEXT 1540954/26, DOCEXT 1541585/26 y DOCEXT 1541592/26, manifestando que habiendo analizado todas las propuestas técnica y económicamente, sugiere que la obra sea adjudicada a la empresa LYM INGENIERIA S.A considerando que su oferta se ajusta a los valores de mercado;
Que en act. ACTPAS 1682698/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar para la Compulsa de Precios N° 05/2026 a la firma LYM INGENIERIA S.A por un monto PESOS CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 32/100 ($120.472.283,32), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1528003/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1527999/26;
Que se establece un plazo para la ejecución de la obra de CIENTO VEINTE (120) días corridos;
Que en act. PREV 11404881/26 obra comprobante de imputación preventiva del presente ejercicio por la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 32/100 ($120.472.283,32);
Que en act. ACTPAS 1686399/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 985959/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8° y 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004;
Que en act. DICFIS 171865/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que dada las razones expuestas para llevar a cabo esta Compulsa de Precios el caso en cuestión encuentra su encuadre legal en lo prescripto por el Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios que la complementan y en el Art. 10 de la Ley Nº V-1165-2025;
Que en act. DOCEXT 1555290/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la contratación;
Que corresponde delegar en el señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 8°, 12 apartado II inc. B) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario y en el Art. 10 de la Ley Nº V-1165-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública para contratar la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 40 VIVIENDAS DE VILLA DE MERLO - DPTO. JUNÍN - PROV. DE SAN LUIS”.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a contratar la firma LYM INGENIERIA S.A, por un monto de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 32/100 ($120.472.283,32), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1527999/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1528003/26 y un plazo de ejecución de CIENTO VEINTE (120) días corridos, para la ejecución de la obra referenciada en el Art. 2º.-
Art. 4º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma LYM INGENIERIA S.A., en el marco de la Compulsa de Precios N° 05/2026 para contratar la ejecución de la obra referenciada en el Art. 2°.-
Art. 5º.- Autorizar al señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-
Art. 6º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 11 24 52 02 4-74 4 2 1 $120.472.283,32
Art. 7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Control de Certificación, Seguimiento y Sistematización, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a las firmas oferentes.-
Art.9°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA
Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, en su carácter de DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA Y ENERGETICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km. 783, Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno, Edificio Norte, Bloque I planta baja - San Luis por una parte y por la otra la firma LYM INGENIERIA S.A representada por el señor CRISTIAN ALFREDO SALVO D.N.I. N° 23.211.032, en su carácter de Presidente, que constituye domicilio legal en calle San Martin N° 450 Piso 5 oficina A de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la COMPULSA DE PRECIOS Nº 05/2026, efectuada para la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 40 VIVIENDAS DE VILLA DE MERLO - DPTO. JUNÍN - PROV. DE SAN LUIS”, conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº…..-MHIP-2026 de fecha…….de……..2026, dictado en EXD-0000-2121127/26, convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art. 10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, sobre los terrenos asignados, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-
SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los Instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.-
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 32/100 ($120.472.283,32), precio fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-
CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ……, emitida por …………………., por la suma de …….. /100 ($..........), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-
QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LA CONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno. Conforme lo establece el Pliego de Condiciones Particulares, el Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado.-
SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido CIENTO VEINTE (120) días corridos, los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.-
SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-
OCTAVA. - RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-
NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-
DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.-
DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto. -
DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obliga a dar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-
DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes sociales del Gobierno Provincial y presentar a LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-
En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los ……. días del mes de…… del año ………...-
DECRETO Nº 6244-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3020556/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 7 “Doctor Manuel Sadosky” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIA BELEN OROZCO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3719803/26 y DOCEXT 3752052/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIA BELEN OROZCO D.N.I. Nº 26.213.528, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular ANA DEL CARMEN ZARANDON, según Decreto Nº 19096-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 30 de octubre de 2025, de la docente MARIA BELEN OROZCO D.N.I. Nº 26.213.528, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Geografía de San Luis en 4to. año 2da. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 7 “Doctor Manuel Sadosky” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6245-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200444/26, por el cual tramita la designación del docente ALBERTO ANTONIO BENITEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5231-ME-2021 y 5236-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, al docente ALBERTO ANTONIO BENITEZ, D.N.I. Nº 34.652.708, en SEIS (6) horas cátedra de Geografía, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3764295/26 y DOCEXT 1568611/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, al docente ALBERTO ANTONIO BENITEZ, D.N.I. Nº 34.652.708, en SEIS (6) horas cátedra de Geografía, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6246-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5150563/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA VALERIA DEVIA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 46 Gobernador León Guillet”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina IVANA MAGALI VENECIANO, según Decreto Nº 4316-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente ANDREA VALERIA DEVIA, D.N.I. Nº 29.181.457, en UN (1) cargo de Maestra Especial, Perfil Lengua y Cultura Extranjera Inglés, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3790380/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 5 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de mayo de 2026, a la docente ANDREA VALERIA DEVIA, D.N.I. Nº 29.181.457, en UN (1) cargo de Maestra Especial, Perfil Lengua y Cultura Extranjera Inglés, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 46 Gobernador León Guillet”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6247-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200657/26, por el cual tramita la designación de la docente SILVINA ALEJANDRA HEREDIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina, NOELIA SUSANA CEBALLO, según Decreto Nº 4667-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente SILVINA ALEJANDRA HEREDIA, D.N.I. Nº 24.463.758, en SEIS (6) horas cátedra de Matemática en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3764537/26 y 3789840/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, a la docente SILVINA ALEJANDRA HEREDIA, D.N.I. Nº 24.463.758, en SEIS (6) horas cátedra de Matemática en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6248-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210950/26, por el cual tramita la designación de la docente PAOLA GABRIELA GIOVANNONI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MARIA ROSA PERRUCCHIN, según Decreto Nº 16946-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, PAOLA GABRIELA GIOVANNONI, D.N.I. Nº 27.074.302, en OCHO (8) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Teatro), 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3766179/26 y ACTPAS 1688101/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente PAOLA GABRIELA GIOVANNONI, D.N.I. Nº 27.074.302, en OCHO (8) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Teatro), 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo N° 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6249-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3041010/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente FERNANDO MATIAS CASTRO VARGAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3722746/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente FERNANDO MATIAS CASTRO VARGAS, D.N.I. Nº 28.184.327, formulario de cese, copia de Decreto de reubicación Nº 9451-ME-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 434170/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 27 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180219/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 27 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino FERNANDO MATIAS CASTRO VARGAS, D.N.I. Nº 28.184.327, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 12 “Doctor Ramón Carillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6250-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4240165/26, por el cual tramita la designación de la docente CARMEN DEL ROSARIO FLORES, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular ALEJANDRA TOLEDANO, según Decreto N° 3586-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente CARMEN DEL ROSARIO FLORES, D.N.I. Nº 24.088.561, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3769548/26 y DOCEXT 1569112/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 20 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente CARMEN DEL ROSARIO FLORES, D.N.I. Nº 24.088.561, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6251-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5151139/26, por el cual tramita la designación del docente CARLOS ALBERTO BONINO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular ANGELA LEONE, según Decreto Nº 2792-MHIP-2026, se torna necesario designar al docente CARLOS ALBERTO BONINO, D.N.I. Nº 33.430.966, en UN (1) cargo de Preceptor, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3790867/26 y 1568017/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 04 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de mayo de 2026, al docente CARLOS ALBERTO BONINO, D.N.I. Nº 33.430.966, en UN (1) cargo de Preceptor, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6252-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090703/26, por el cual tramita la designación de la docente SANDRA NOEMI RUSCH, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Instituto Experimental Educativo N° 133 “Fray Luis Amigó”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MAGALI NUÑEZ, D.N.I. N° 36.763.966, según Decreto N° 16139-MHIP-2025, cubierto por excepcionalidad según Decreto N° 20950-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente SANDRA NOEMI RUSCH, D.N.I. Nº 29.158.480, en UN (1) cargo de Maestra Especial -Perfil Lengua y Cultura Extranjera Ingles-, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3753752/26 y adjuntos, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 07 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 07 de abril de 2026, a la docente SANDRA NOEMI RUSCH, D.N.I. Nº 29.158.480, en UN (1) cargo de Maestra Especial -Perfil Lengua y Cultura Extranjera Ingles-, Nivel de Educación Primaria, en el Instituto Experimental Educativo N° 133 “Fray Luis Amigó”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6253-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5061218/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIANELA MICAELA DOMINGUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular, RODOLFO LUIS GARRO, según Decreto N° 2655-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARIANELA MICAELA DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 32.012.525, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 3er. año 2da. división, Especialidad Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3780698/26 y ACTPAS 1697884/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 6 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 6 de mayo de 2026, a la docente MARIANELA MICAELA DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 32.012.525, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 3er. año 2da. división, Especialidad Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6254-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5141230/26, por el cual tramita la designación de la docente MIRIAM PATRICIA BUSTOS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia con goce de haberes, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 96° de la Ley N° XV-0387-2004,del docente titular ANTONIO LEONARDO DI LORENZO, concedida por Resolución N° 837-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente MIRIAM PATRICIA BUSTOS, D.N.I. Nº 29.420.499, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 3er. año 2da. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT3789750/26 y 1560261/26,obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 08 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 08 de mayo de 2026 y hasta el 02 de octubre de 2026, en reemplazo del docente titular ANTONIO LEONARDO DI LORENZO, a la docente MIRIAM PATRICIA BUSTOS, D.N.I. Nº 29.420.499, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 3er. año 2da. división, Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes ya la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6255-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170984/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIANA VANESA SUAREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina CYNTHIA ROMINA ORDOÑEZ, D.N.I. N° 29.956.312, según Decreto N° 4620-MHIP-2026; se torna necesario designar, a la docente MARIANA VANESA SUAREZ, D.N.I. Nº 23.947.373, en CUATRO (4) hs. catedra de Historia de San Luis en 4to. año 2da. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3763288/26 y 1556668/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2026, a la docente MARIANA VANESA SUAREZ, D.N.I. Nº 23.947.373, en CUATRO (4) hs. catedra de Historia de San Luis en 4to. año 2da. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6256-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4231337/26, por el cual tramita la designación de la docente MARTHA NOEMI ARCE; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular EDELMIRA ADRIANA FLORES HERMOSILLA, según Decreto N° 19148-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente MARTHA NOEMI ARCE, D.N.I. N° 27.360.075, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 5to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3769423/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 17 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 17 de abril de 2026, a la docente MARTHA NOEMI ARCE, D.N.I. N° 27.360.075, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 5to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6257-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5040585/26, por el cual tramita la designación del docente GERMAN IGNACIO GIL, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino VICTOR RENE ZAMBRANO, D.N.I. N° 13.778.892, según Decreto N° 2246-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente GERMAN IGNACIO GIL, D.N.I. Nº 31.716.841, en OCHO (8) hs. cátedra de Cálculo y Diseño Eléctrico, 4 hs. en 6to. año 1ra. división y 4 hs. en 6to. año 2da. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3777072/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de abril de 2026, al docente GERMAN IGNACIO GIL, D.N.I. Nº 31.716.841, en OCHO (8) hs. cátedra de Cálculo y Diseño Eléctrico, 4 hs. en 6to. año 1ra. división y 4 hs. en 6to. año 2da. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6258-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170035/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente, MELISA DAHIANA ALBERO ROZANDAL, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3762073/26 y 3789845/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente, MELISA DAHIANA ALBERO ROZANDAL, D.N.I. Nº 37.504.940, de suplente a interina, vacante producida por la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, ADRIANA YANINA JARA, según Decreto N° 18842-ME-2025;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 12 de noviembre de 2025, de la docente MELISA DAHIANA ALBERO ROZANDAL, D.N.I. N° 37.504.940, de suplente a interina, en VEINTE (20) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 2do. 1ra. división, 5 hs. en 2do. 2da. división, 5 hs. en 3er. 1ra. división y 5 hs. en 3er. 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6259-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4280934/26, por el cual tramita la designación del docente EDUARDO DANIEL OCHOA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 11654-ME-2024, se torna necesario designar con carácter excepcional, al docente EDUARDO DANIEL OCHOA, D.N.I. Nº 23.202.589, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Teatro, 2 hs. en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3773043/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 28 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente EDUARDO DANIEL OCHOA, D.N.I. Nº 23.202.589, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Teatro, 2 hs. en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales y 2 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6260-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5071324/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA SOLEDAD RODRIGUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MARIA MARCELA SAIBENE, según Decreto N° 1393-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MARIA SOLEDAD RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 31.347.261, en SEIS (6) horas cátedra de Dibujo Técnico, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3782089/26 y ACTPAS 1697864/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 7 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 7 de mayo de 2026, a la docente MARIA SOLEDAD RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 31.347.261, en SEIS (6) horas cátedra de Dibujo Técnico, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6261-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5060769/26, por el cual tramita la designación de la docente NATALIA VERONICA SUAREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes de la docente titular CLAUDIA GABRIELA SOSA, concedida por Resolución Nº 836-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente NATALIA VERONICA SUAREZ, D.N.I. Nº 24.242.911, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3783651/26 y 1568912/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de mayo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 04 de mayo de 2026 y hasta el 25 de junio de 2026, en reemplazo de la docente titular CLAUDIA GABRIELA SOSA, a la docente NATALIA VERONICA SUAREZ, D.N.I. Nº 24.242.911, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6262-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4171047/26, por el cual tramita la designación de la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 183-ME-2025 y 19572-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, D.N.I. Nº 23.411.330, en OCHO (8) horas cátedra de Ambiente y Sociedad, 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3763477/26 y DOCEXT 1568502/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 15 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 15 de abril de 2024, a la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, D.N.I. Nº 23.411.330, en OCHO (8) horas cátedra de Ambiente y Sociedad, 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6263-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4280565/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA JOSEFINA RANGOL, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1547545/26, e INFORM 439321/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA JOSEFINA RANGOL, D.N.I. Nº 17.168.365, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 3628-MHP-2009, 890-ME-2023, de titularización, 7297-MHP-2008, 1453-MHP-2011, de designación, 7378-MHyOP-2013, de reubicación definitiva, 3549-MHP-2011, de cambio de situación de revista, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 439320/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA JOSEFINA RANGOL, D.N.I. Nº 17.168.365, en, UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Plástica, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 28 “Doctor Reneé Favaloro”, DIEZ (10) horas cátedra titulares de Lenguaje Artístico, (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hs. en 1er. año 2da. división, 2 hs. en 1er. año 3ra. división, 2 hs. en 2do. año 1ra. división, 2 hs. en 2do. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela de Comercio N° 10 “Juan Esteban Pedernera”, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Educación Artística, (2 hs. en 2do. año única división, 2hs. en 3er. año única división), Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 433 “Camino del Peregrino II”, todos los establecimientos educativos, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, y CUATRO (4) horas cátedra titulares de Educación Artística, en 3er. año única división, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Educación Artística, en 2do. año única división, DOS (2) horas cátedra interinas de Espacio de Opción Institucional -Plástica- en 1er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 306 “Gobernador Zoilo Concha”, de la localidad de Villa de la Quebrada, departamento Belgrano.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6264-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5080757/26, por el cual tramita la designación del docente CRISTIAN DANTE ROMERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por Maternidad y binomio madre – hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0016-SDRH-2026, de la docente interina, MARIA DEL ROSARIO COSTANZO, según Decreto N° 3542-MHP-2017, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente CRISTIAN DANTE ROMERO, D.N.I. Nº 38.749.203, en CUATRO (4) horas cátedra de Dibujo Técnico en 2do. año 2da. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3783133/26 y ACTPAS 1698177/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 27 de abril de 2026 y hasta el 29 de agosto de 2026, al docente CRISTIAN DANTE ROMERO, D.N.I. Nº 38.749.203, en CUATRO (4) horas cátedra de Dibujo Técnico en 2do. año 2da. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6265-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4231334/26, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA NOEMI LOPEZ; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular EDELMIRA ADRIANA FLORES HERMOSILLA, según Decreto N° 19148-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente ANDREA NOEMI LOPEZ, D.N.I. N° 29.549.949, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 5to. año 3ra. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3769421/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente ANDREA NOEMI LOPEZ, D.N.I. N° 29.549.949, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 5to. año 3ra. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6266-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4230496/26, por el cual tramita la designación de la docente MONTSERRAT PAZ JAVIERA DANIELE COT; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular e interino VICTOR FROILAN AMIEVA, según Decreto N° 2976-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente MONTSERRAT PAZ JAVIERA DANIELE COT, D.N.I. N° 32.915.989, en CUATRO (4) horas cátedra de Dibujo Técnico, en 2do. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3774332/26 y DOCEXT 1568147/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 20 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de abril de 2026, a la docente MONTSERRAT PAZ JAVIERA DANIELE COT, D.N.I. N° 32.915.989, en CUATRO (4) horas cátedra de Dibujo Técnico, en 2do. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6267-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4211031/26, por el cual tramita la designación del docente FEDERICO NICOLAS GIMENEZ BRITOS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 312 “República de Chile”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular PATRICIA ISABEL OROZCO, D.N.I. N° 18.157.742, según Decreto N° 2199-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente FEDERICO NICOLAS GIMENEZ BRITOS, D.N.I. Nº 37.296.679, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Artística -Perfil Danza-, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3766256/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, al docente FEDERICO NICOLAS GIMENEZ BRITOS, D.N.I. Nº 37.296.679, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Artística -Perfil Danza-, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 312 “República de Chile”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6268-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4071370/26, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 2 “San José Obrero” de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco, gestiona el cambio de situación de revista del docente MARCOS FERNANDO FRANK, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3751671/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente MARCOS FERNANDO FRANK D.N.I. Nº 29.971.045, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular JOSE ALBERTO GLENON, según Decreto Nº 21439-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de noviembre de 2025, del docente MARCOS FERNANDO FRANK D.N.I. Nº 29.971.045, de suplente a interino, en TRES (3) horas cátedra de Prácticas de la Especialidad en 4to. año única división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 2 “San José Obrero” de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6269-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3170434/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3734461/26, 3767511/26 y ACTPAS 1691759/26 (Adjuntos) obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente suplente, GABRIELA ALEJANDRA CAMPOS, D.N.I. N° 21.383.188, formulario de cese, copia del Decreto de designación N° 10416-MHIP-2024, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 46 “Gobernador León Guillet”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, YOLANDA DEL VALLE TORRES, según Decreto N° 1501-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, GABRIELA ALEJANDRA CAMPOS, D.N.I. N° 21.383.188, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3734461/26 y 3767511/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 9 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 9 de marzo de 2026, a la docente suplente GABRIELA ALEJANDRA CAMPOS, D.N.I. N° 21.383.188, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 106 “Profesor Tomás Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 9 de marzo de 2026, a la docente GABRIELA ALEJANDRA CAMPOS, D.N.I. N° 21.383.188, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 46 “Gobernador León Guillet”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6270-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3170083/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente CRISTINA ALICIA OCHOA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3734092/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente CRISTINA ALICIA OCHOA, D.N.I. Nº 35.764.923, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 6452-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1691097/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 13 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180535/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 13 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente CRISTINA ALICIA OCHOA, D.N.I. Nº 35.764.923, en UN (1) cargo de Maestra Especial-Perfil Lengua Extranjera Ingles, con carácter interino, en el Centro Educativo N° 18 “Cesar Rosales”, de la ciudad de San Martín, departamento Libertador General San Martín. -
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6271-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200973/26, por el cual tramita la designación de la docente SOL TRINIDAD REMON, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MARIA SILVINA IRIBARREN, D.N.I. N° 22.227.341, según Decreto N° 19099-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente SOL TRINIDAD REMON, D.N.I. Nº 36.794.959, en DOS (2) hs. cátedra de Educación Artística -Perfil Teatro- en 5to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3764893/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 10 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente SOL TRINIDAD REMON, D.N.I. Nº 36.794.959, en DOS (2) hs. cátedra de Educación Artística -Perfil Teatro- en 5to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6272-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4230356/26, por el cual tramita la designación de la docente SOFIA CAROLINA CLAVERO ALEGRE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, VICTOR DANIEL NAZARIO PEDERNERA, según Decreto N° 2893-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, SOFIA CAROLINA CLAVERO ALEGRE, D.N.I. Nº 43.552.602, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 4to. año 3ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3768501/26 y ACTPAS 1689238/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente SOFIA CAROLINA CLAVERO ALEGRE, D.N.I. Nº 43.552.602, en TRES (3) horas cátedra de Física, en 4to. año 3ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6273-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4220186/26, por el cual tramita la designación del docente ENZO NAHUEL ROMERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del traslado definitivo del docente titular, DANIEL AGENOR AMAYA, según Decreto N° 23639-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino al docente, ENZO NAHUEL ROMERO, D.N.I. Nº 38.762.132, en SEIS (6) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3769156/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, al docente ENZO NAHUEL ROMERO, D.N.I. Nº 38.762.132, en SEIS (6) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6274-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4171008/26, por el cual tramita la designación del docente GASTON ARRIETA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina CINTIA PAMELA ROBERTAZZI, D.N.I. N° 29.890.741, según Decreto N° 5315-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente GASTON ARRIETA, D.N.I. Nº 34.442.409, en DOS (2) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Artes Visuales- en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3763387/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, al docente GASTON ARRIETA, D.N.I. Nº 34.442.409, en DOS (2) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Artes Visuales- en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6275-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4080553/26, por el cual tramita la designación del docente PABLO ANDRES LEDESMA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MONICA PATRICIA FRONTERA, según Decreto N° 45-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, PABLO ANDRES LEDESMA, D.N.I. Nº 33.867.851, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Física, 2 hs. en 1er. año 1ra. división y 2 hs. en 1er. año 2da. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3752271/26 y ACTPAS 1697358/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de marzo de 2026, al docente PABLO ANDRES LEDESMA, D.N.I. Nº 33.867.851, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Física, 2 hs. en 1er. año 1ra. división y 2 hs. en 1er. año 2da. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6276-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2251261/26, por el cual la Dirección de la Escuela Asistencial Nº 36 “Gobernador Carlos Alric” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente MARIBEL MACARENA CARRIZO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3716307/26 y DOCEXT 3749863/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente MARIBEL MACARENA CARRIZO D.N.I. Nº 37.496.135, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular MARISA EDITH HIDALGO, según Decreto Nº 18982-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 12 de noviembre de 2025, de la docente MARIBEL MACARENA CARRIZO D.N.I. Nº 37.496.135, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Asistencial Nº 36 “Gobernador Carlos Alric” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6277-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4061236/26, por el cual tramita la designación de la docente CAMILA DEL ROSARIO LUNA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 12 “Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la baja por fallecimiento del docente interino MAXIMILIANO EMANUEL MORENO, D.N.I. N° 35.250.115, según Resolución N° 474-DRRHH-2026, se torna necesario designar, a la docente CAMILA DEL ROSARIO LUNA, D.N.I. Nº 44.199.110, en CUATRO (4) hs. catedra de Matemática, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3749811/26, 1545635/26 y 3804857/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de marzo de 2026, a la docente CAMILA DEL ROSARIO LUNA, D.N.I. Nº 44.199.110, en CUATRO (4) hs. cátedra de Matemática, en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 12 “Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6278-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4241029/26, por el cual se tramita la renuncia del docente FABIO ALDO MAGALLANES, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1545673/26, 1554977/26, 1561292/26 y ACTPAS 1688928/26, obra: nota de renuncia por jubilación del docente FABIO ALDO MAGALLANES, D.N.I. Nº 17.493.166, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 662-MHP-2016, de reubicación, 4632-MC-2004, 2635-MHP-2009, 5749-MHP-2008, de titularización y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1688926/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 22 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 22 de abril de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente FABIO ALDO MAGALLANES, D.N.I. Nº 17.493.166, en UN (1) cargo titular de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Inicial y Primaria, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno” de la ciudad de Villa Mercedes, UN (1) cargo titular de Maestro de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, NUEVE (9) horas cátedra titulares de Educación Física, (3 hs. 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división, 3 hs. en 7mo. año 1ra. división), Sector Aeronáutica, SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Física, (3 hs. 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división), Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, todos los establecimientos educativos del departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6279-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4231329/26, por el cual tramita la designación del docente RODOLFO SEVERIANO ABECILLA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 14 “Dora Ochoa de Masramón”, de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco, con motivo de renuncia por razones particulares de la docente interina, ALICIA BEATRIZ NOVAK, según Decreto N° 23658-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, al docente RODOLFO SEVERIANO ABECILLA, D.N.I. N° 27.394.408, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3769414/26 y DOCEXT 1568545/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de marzo de 2026, al docente RODOLFO SEVERIANO ABECILLA, D.N.I. N° 27.394.408, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 14 “Dora Ochoa de Masramón”, de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6280-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200264/26, por el cual tramita la designación de la docente MIRIAM ELISABETH REYERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5231-ME-2021 y 5236-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MIRIAM ELISABETH REYERO, D.N.I. Nº 33.427.984, en VEINTIDOS (22) horas cátedra de Lengua, 6 hs. en 1er. año 1ra. división, 6 hs. en 1er. año 3ra. división, 5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. en 2do. año en 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3764133/26 y DOCEXT 1568581/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente MIRIAM ELISABETH REYERO, D.N.I. Nº 33.427.984, en VEINTIDOS (22) horas cátedra de Lengua, 6 hs. en 1er. año 1ra. división, 6 hs. en 1er. año 3ra. división, 5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. en 2do. año en 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6281-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4141395/26, por el cual tramita la designación de la docente ALINA VICTORIA FLORES, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles, con motivo de reubicación definitiva de la docente titular VIVIANA PATRICIA PELEGRINA, según Decreto N° 1632-ME-2026, se torna necesario designar, a la docente ALINA VICTORIA FLORES, D.N.I. Nº 33.133.376, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3759225/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente ALINA VICTORIA FLORES, D.N.I. Nº 33.133.376, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en el Centro Educativo N° 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad de El Trapiche, departamento Coronel Pringles.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6282-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3260241/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente EVELIA SUSANA CANAVIRI, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3744005/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente EVELIA SUSANA CANAVIRI, D.N.I. Nº 27.775.680, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 22258-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1675655/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 18 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180260/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 18 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina EVELIA SUSANA CANAVIRI, D.N.I. Nº 27.775.680, en TRES (3) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 152 “Alas Argentinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6283-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4231330/26, por el cual tramita la designación de la docente NORMA ELIZABETH GARRO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular EDELMIRA ADRIANA FLORES HERMOSILLA, según Decreto N° 19148-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente NORMA ELIZABETH GARRO, D.N.I. N° 24.681.357, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 5to. año 1ra. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3769416/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 16 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 16 de abril de 2026, a la docente NORMA ELIZABETH GARRO, D.N.I. N° 24.681.357, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana, en 5to. año 1ra. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6284-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090510/26, por el cual tramita la designación del docente GERMAN IGNACIO GIL, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino LUIS JUAN ANTONIO ZAMBERLETTI, D.N.I. N° 16.673.798, según Decreto N° 145-MHIP-2025, se torna necesario designar, al docente GERMAN IGNACIO GIL, D.N.I. Nº 31.716.841, en SEIS (6) hs. cátedra de Electrotecnia en 6to. año 2da. división, Especialidad en Comunicación Multimedial, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3753540/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 08 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 08 de abril de 2026, al docente GERMAN IGNACIO GIL, D.N.I. Nº 31.716.841, en SEIS (6) hs. catedra de Electrotecnia en 6to. año 2da. división, Especialidad en Comunicación Multimedial, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6285-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4171006/26, por el cual tramita la designación de la docente LUCIANA DANIELA CAMARGO GARCIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente interino HECTOR WALTER FUHRMANN, D.N.I. N° 22.445.143, según Decreto N° 3255-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente LUCIANA DANIELA CAMARGO GARCIA, D.N.I. Nº 32.161.436, en CUATRO (4) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Teatro- en 3er. año 3ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3763384/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente LUCIANA DANIELA CAMARGO GARCIA, D.N.I. Nº 32.161.436, en CUATRO (4) hs. catedra de Educación Artística -Perfil Teatro- en 3er. año 3ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 6286-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4301261/26, por el cual tramita la designación de la docente MARISA ROSANA VILCHE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARIA MATILDE CHANQUIA, D.N.I. N° 16.740.188, según Decreto N° 21240-MHIP-2025; se torna necesario designar, a la docente MARISA ROSANA VILCHE, D.N.I. Nº 18.169.840, en TRES (3) hs. catedra de Lengua y Literatura en 5to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración y CUATRO (4) hs. catedra de Lengua y Literatura en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3776299/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 17 de abril de 2026, a la docente MARISA ROSANA VILCHE, D.N.I. Nº 18.169.840, en TRES (3) hs. catedra de Lengua y Literatura en 5to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración y CUATRO (4) hs. catedra de Lengua y Literatura en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 7494-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1070399/26 por el cual la Dirección Provincial de Vialidad gestiona llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra denominada: CONSERVACION MEJORATIVA EN RUTAS PROVINCIALES SIN PAVIMENTAR – RUTAS PROVINCIALES N° 30 Y N° 31. DEPARTAMENTO: JUAN MARTIN DE PUEYRREDON Y CORONEL PRINGLES. PROVINCIA: SAN LUIS, con un presupuesto oficial total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($261.250.000,00) y un plazo de ejecución de SESENTA (60) días corridos;
Que en act. PLIEGO 256823/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones;
Que por Decreto Nº 3345-MP-2004 se aprueba el Pliego General de Condiciones;
Que en act. ACTPAS 1703120/26 la Dirección General de Infraestructura Pública presta conformidad al trámite;
Que en act. PTPGAS 57843/26 se adjunta planilla de solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($261.250.000,00);
Que en act. INFORM 441078/26 obra informe de la Dirección Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en las disposiciones del Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025, adjuntando en act. RCRE 11479384/26 su correspondiente reserva de crédito;
Que en act. ACTPAS 1705443/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 999525/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICFIS 173841/26 obra vista Fiscalía de Estado, encuadrando el trámite licitatorio en los Arts. 8°, 12 y cc. de la Ley N° VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en lo dispuesto por el Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025, Arts. 8°, 12 y cc. de la Ley N° VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario.-
Art. 2°.-Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins .Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe
1 11 22 44 02 1-01 4 $261.250.000,00
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe
1 11 22 44 01 1-01 4 $261.250.000,00
Art. 3º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección Provincial de Vialidad obrante en act. PLIEGO 256823/26 del EXD-0000-1070399/26 para la contratación de la obra denominada: CONSERVACION MEJORATIVA EN RUTAS PROVINCIALES SIN PAVIMENTAR – RUTAS PROVINCIALES N° 30 Y N° 31. DEPARTAMENTO: JUAN MARTIN DE PUEYRREDON Y CORONEL PRINGLES. PROVINCIA: SAN LUIS.-
Art. 4º.- Autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a efectuar el llamado a Licitación Pública para contratar la ejecución de la obra a la que se hace referencia en el Art. 3º, por un presupuesto oficial de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($261.250.000,00) y un plazo de ejecución de SESENTA (60) días corridos;
Art. 5º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe
1 11 22 44 02 1-01 4 $261.250.000,00
Art. 6º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados, en la forma y por los términos de la Ley.-
Art. 7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Presupuesto Público, Subdirección Sistematización de la Obra Pública, Dirección General de Infraestructura Pública y Dirección Provincial de Vialidad.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 7150-MDPS-2026.-
San Luis, 25 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131571/26, por el cual el Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable tramita la autorización para efectuar el llamado a Licitación Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que la citada Licitación Pública tiene por objeto la adquisición de SISTEMAS SOLARES, REPUESTOS, Y SERVICIOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO con destino al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($414.244.530,00);
Que en act. SOLSEC 11437751/26, obra Solicitud de Gastos N° 3765/2026;
Que en act. PLGECO 11447097/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015;
Que en act. PLPACO 11447098/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que en act. NOTMMA 99159/26, obra conformidad al citado Pliego Particular de Bases y Condiciones;
Que en act. PREV 11398201/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal;
Que en act. DICLEG 50280/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del entonces Ministerio de Desarrollo Productivo informando que no tiene objeciones legales que formular al trámite impetrado;
Que en act. NOTAMP 995353/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública, encuadrando el caso en el Art. 97 Inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 173251/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que, no tiene objeciones legales que formular a los Pliegos, razón por la cual se estaría en condiciones de proceder al dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el Llamado a Licitación Pública, encuadrando en lo normado por el Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004 sustituido por el Art. 4° de la Ley N° VIII-0867-2013;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97 Inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituido por el Art. 4º de la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, para la adquisición de SISTEMAS SOLARES, REPUESTOS, Y SERVICIOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO con destino al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, por un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($414.244.530,00), obrante en act. PLPACO 11447098/26, del EXD-0000-4131571/26.-
Art. 3º.-Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública a que se hace referencia en el Art. 2° del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($414.244.530,00).-
Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 15 10 17 01 1-01 5 2 1 $414.244.530,00
Art. 5º.-Efectuar las publicaciones de los edictos en la forma y por los términos de Ley.-
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Dirección de Compras y Contrataciones y a la Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Productivo Sustentable.-
Art. 8°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
DECRETO N° 7401-SGG-2026.-
San Luis, 30 de Junio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6030322/26, por el cual Fiscalía de Estado, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS E INSUMOS INFORMATICOS con destino a las distintas salas que componen FISCALÍA DE ESTADO;
Que en act. PLGECO 11471560/26 obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11471561/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones para el llamado a la presente Licitación Pública;
Que en act. SOLSEC 11471168/26 obra Solicitud de Gastos N° 5252/2026;
Que en act. PREV 11469568/26 se ha realizado la imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 00/100 ($49.517.806,00), con excepción del duodécimo;
Que en act. NOTA 173237/26, Fiscalía de Estado ha tomado conocimiento de la documentación licitatoria incorporada, prestando conformidad a la misma;
Que en act. ACTPAS 1703407/26, Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, emite dictamen legal sin formular objeciones legales al presente;
Que en act. NOTAMP 997551/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública encuadrando el caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2024, sustituida por la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art.1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 173554/26, toma vista Fiscalía de Estado, sin formular objeciones legales para la continuidad del trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.-Encuadrar el presente caso en lo establecido en las disposiciones del Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificado por la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art.1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.-Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, para la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS E INSUMOS INFORMATICOS con destino a las distintas salas que componen la FISCALIA DE ESTADO, obrante en act. PLPACO 11471561/26.-
Art. 3°.-Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a efectuar el llamado a Licitación Pública, para la contratación referida en el Art. 2° del presente, por un presupuesto oficial de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 00/100 ($49.517.806,00).-
Art. 4°.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Act. Fte.Fto. Inc. Pri. Par. Importe
1 20 10 01 01 1-01 4 3 6 $49.517.806,00
Art. 5°.-Procédase a la publicación de los edictos con los enunciados, en la forma y por el término de Ley.-
Art. 6°.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 7740-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7040021/26 y acaecido el fallecimiento de la señora INGRID ROSA BLUMENCWEIG, D.N.I. Nº 10.202.433, en el día de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
Que la señora INGRID ROSA BLUMENCWEIG, D.N.I. Nº 10.202.433; se graduó como Licenciada en Física y Periodismo Universitario, fue electa Diputada provincial por el departamento Pringles por dos períodos (2013-2017 y 2021-2025), e Intendenta de La Carolina en dos oportunidades (2007-2011 y 2011-2015);
Que ejerció la docencia y cumplió funciones en el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y desarrolló su labor como escritora siendo autora, entre otras obras, ¿Dónde está Claudia?, “Con Cáncer y Feliz”;
Que, al momento de su fallecimiento, cumplía funciones como Directora de Personas Mayores en el Ministerio de Desarrollo Humano, impulsando políticas públicas y acciones orientadas a promover el bienestar y la calidad de vida de las personas mayores, distinguiéndose por su compromiso, vocación de servicio y cercanía con la comunidad;
Que falleció a los 75 años de edad, tras enfrentar un tratamiento oncológico, que motivo su última obra, en que expresó: “El cáncer llega sin pedir permiso, nos desarma, nos enfrenta a nosotros mismos, pero también abre puertas inesperadas. Nos enseña a valorar los pequeños instantes, abrazarnos fuerte y entender qué importa y que no”;
Que su trayectoria pública, profesional y humana, demostró compromiso con la comunidad y servicio al bien común;
Que, en virtud de ello, resulta procedente honrar su memoria y acompañar a sus familiares, seres queridos y a toda la comunidad de la Provincia de San Luis ante tan irreparable pérdida;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°. -Declarar Duelo Provincial, a partir de la fecha del presente Decreto, por el término de tres (03) días, con motivo del fallecimiento de la señora INGRID ROSA BLUMENCWEIG, D.N.I. Nº 10.202.433.-
Art.2°. -Disponer que la Bandera Nacional y la Bandera de la Provincia de San Luis, permanezcan izadas a media asta en los edificios de las dependencias públicas provinciales, a partir de la fecha y por el término de tres (03) días.-
Art.3°. -Invitar al Poder Legislativo y al Poder Judicial, así como a las Municipalidades, a adherir al Duelo Provincial dispuesto en el Artículo 1°.-
Art.4°. -El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación. -
Art.5°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 7741-SGG-2026.-
San Luis, 5 de Julio de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7050021/26 y acaecido el fallecimiento de la señora LUCIANA MARIA PERANO, D.N.I. N° 27.301.389, en el día de la fecha, y;
CONSIDERANDO:
Que la señora LUCIANA MARIA PERANO, D.N.I. N° 27.301.389, fue electa Diputada provincial por el departamento Juan Martin de Pueyrredon en dos oportunidades, y con anterioridad, se desempeño como Concejal de la ciudad de La Punta;
Que durante su actividad legislativa impulso iniciativas orientadas al fortalecimiento institucional y desarrollo de la provincia, desempeño su labor con compromiso, responsabilidad y vocación de servicio;
Que además de su destacada trayectoria pública se distinguió por su profundo compromiso con la familia, compartiendo su vida con su esposo, el actual Senador provincial, Martin Olivero, con quien formo una familia;
Que falleció el día de la fecha, a los 46 años, encontrándose en ejercicio de su segundo mandato como Diputada Provincial;
Que su fallecimiento constituye una irreparable pérdida, para toda la comunidad de la Provincia de San Luis, por lo que precede honrar su memoria y acompañar a sus familiares y allegados en este difícil momento;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°. - Declarar Duelo Provincial, a partir de la fecha del presente Decreto, por el termino de tres (03) días, con motivo del fallecimiento de la señora LUCIANA MARIA PERANO, D.N.I. N° 27.301.389.-
Art. 2°. - Disponer que la Bandera Nacional y la Bandera de la Provincia de San Luis, permanezcan izadas a media asta en los edificios de las dependencias públicas provinciales, a partir de la fecha y por el término de tres (03) días.-
Art. 3°. - Invitar al Poder Legislativo y al Poder Judicial, así como a las Municipalidades, a adherir al Duelo Provincial dispuesto en el Art 1°.-
Art. 4°. - El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación. -
Art. 5°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
RESOLUCIONES
ADM 20024 /26
“DESTRUCCION DE EXPEDIENTES 2026”
RESOLUCIÓN Nº 01-DGA-2026
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
VISTO: El Acuerdo Nº 07-STJSL-SA-2024 que aprobó el nuevo “REGLAMENTO DE ARCHIVO Y PARALIZACION DE EXPEDIENTES JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS DEL PODER JUDICIAL DE SAN LUIS”, a fin de simplificar los trámites de archivo y paralización de expedientes, teniendo presente el principio de tramitación despapelizada de todos los expedientes judiciales y administrativos, tal como lo dispone el artículo 104 de la ley Orgánica de Administración de Justicia.
Que asimismo el inc. c- del apartado 12 del Reglamento aprobado en el Anexo del mencionado Acuerdo, faculta al Jefe de la Oficina de Archivo a dictar la resolución que disponga materializar la destrucción, haciendo saber la nómina de los expedientes, la fecha de destrucción y el derecho de las partes interesadas a interponer su oposición dentro de los diez días de su publicación.
Que es requisito previo a la destrucción, la publicación del listado de los expedientes por tres días en el Boletín Oficial y Judicial, además de su publicidad en el sitio web de Prensa del Poder Judicial.
Que con fecha 28 de mayo de 2026, la Secretaría Informática del Poder Judicial, por comunicación electrónica y por intermedio del Departamento Base de Datos, transmite a este Archivo informe confeccionando la nomina de expedientes en estado de ser destruidos de las tres Circunscripciones Judiciales, lo que en listado anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Que, a los fines de la publicación del anexo correspondiente, se toma el criterio de adoptar las medidas necesarias para resguardar la intimidad y dignidad de las víctimas, especialmente en aquellos expedientes cuya carátula pudiera revelar circunstancias vinculadas con delitos contra la integridad sexual. Así como preservar los derechos personalísimos de niños, niñas y adolecentes cuando la difusión de la denominación del expediente pudiera comprometer su protección especial; por ello, además de individualizarse mediante la expresión “Caratula reservada” los expedientes que registran tal condición, se ha sustituido en la versión destinada a la publicidad la denominación de aquellas caratulas cuya difusión pudiera ocasionar dicha afectación, por la expresión “Caratula no publicada en resguardo de la intimidad de la víctima o derechos de nnya”, manteniéndose inalterada la individualización y registración interna de los expedientes comprendidos.
Que conforme lo estatuido en el inc. f del Anexo del acuerdo referenciado, la destrucción podrá efectuarse por el Área de mantenimiento si la capacidad operativa lo permitiera o por servicios externos en el marco de la Ley de Contabilidad, administración y Control Publico de la Provincia.
Que mediante Acuerdo Nº100-STJSL-SA-2025, se adjudico a la empresa SOPORTE Y ASISTENCIA DIGITAL S.A. (SYADSA), la prestación del servicio de guarda y conservación de archivos, gerenciamiento operativo de archivos, digitalización y destrucción de expedientes.
Que mediante Expediente Nº 11895/2025, se presta conformidad al presupuesto acompañado por la Empresa emitido por comunicación electrónica en fecha 16 de abril de 2026, para la realización de tareas de provisión de recurso humano calificado, provisión de equipamiento, logística de acopio, retiro y destrucción en las Dependencias de Archivo Judicial de la Primera y Segunda Circunscripción Judicial, dependientes de la Secretaria Contable del Poder Judicial.
Que la persistencia de expedientes en soporte papel en dependencias judiciales, una vez cumplidos los recaudos reglamentarios, contraviene el régimen vigente, afecta el normal funcionamiento del servicio de justicia y compromete condiciones de seguridad edilicia, circunstancias establecidas en el Acuerdo Nº 177-STJSL-SC-2025.
Por ello y conforme lo establecido en el Acuerdo Nº 7 -STJSLSA-2024, en el inc. c- del apartado 12 del Anexo del Reglamento, la Dra. María Fernanda del Cerro, responsable provisoria a cargo del Archivo del Poder Judicial.
RESUELVE:
I) ORDENAR la destrucción de los expedientes en condiciones de ser destruidos, hasta el 31 de diciembre de 2025 y que se encuentran depositados en el Archivo del Poder judicial de la Primera y Segunda Circunscripción y/o en custodia en Instalaciones de la Empresa SYAD S.A., detallados en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.
II) SOLICITAR a Secretaría Contable del Superior Tribunal de Justicia y a su Oficina de la Segunda Circunscripción, proporcione los medios para llevar a cabo la destrucción con intervención de la Empresa depositaria, en el marco de la Ley de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia.
III) FIJAR como fecha de destrucción el lapso comprendido entre los días 1de agosto y 1 de noviembre del año en curso.
IV) HACER SABER a las partes interesadas que podrán ejercer su derecho a oponerse a la destrucción dentro de los diez (10) días de la última publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis.
V) REQUERIR al Boletín Oficial y Judicial de la Provincia y a Dirección de Prensa del Poder Judicial, la publicación de la presente por el término de TRES (3) DÍAS, a tenor de lo previsto por el ap. cdel Art. 12 del Reglamento aprobado en el Anexo del Acuerdo Nº07-STJSL-SA-2024.
VI) NOTIFIQUESE a Secretaría Administrativa, Secretaría Contable del Superior Tribunal de Justicia, Oficina de Archivo Judicial de la Segunda Circunscripción y Dirección de Prensa del Poder Judicial.-
La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en Sistema de Gestión Informático, por la Dra. María Fernanda del Cerro, Responsable provisoria a cargo del Archivo del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, no siendo necesaria la firma manuscrita.-
ANEXO I - DESTRUCCIÓN DE EXPEDIENTES 2026
El link de acceso al Portal del Periódico Judicial donde constan los anexos con los expedientes a destruir:
https://www.periodicojudicial.gov.ar/?p=487083
SPP e: 03 y v: 08 Jul.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 340-DPJ-2026.-
San Luis, 03 de Julio de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº 20/2013, perteneciente a la entidad “MINISTERIO EVANGÉLICO MONTE DE SION”, con domicilio en la ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N°64-DCyFPJ-2013, de fecha 14 de Febrero de 2013,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 99 consta nota presentada por el delegado normalizador de la entidad de marras designado mediante Resolución Nº 331-DPJ-2025, solicitando prorroga del proceso de normalización en aras de continuar organizando y gestionando el funcionamiento para que dicho organismo cumpla con las expectativas de la comunidad.-
Que resulta conveniente hacer lugar a la solicitud de Sr/Sra. CAROLINA NOELIA MARIN BARBOZA, D.N.I. N° 29.584.101, a fin de facilitar la reorganización institucional de la entidad.-
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO.-
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º EXTENDER por el término de TREINTA (30) días hábiles a partir de su notificación personal, la PRORROGA de NORMALIZACION concedida Resolución Nº 331-DPJ-2025, de fecha 13 de Octubre del año 2025, a la entidad “MINISTERIO EVANGÉLICO MONTE DE SION”, con domicilio en la ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N° 64-DCyFPJ-2013, de fecha 14 de Febrero de 2013.-
Art. 2º RATIFICAR en sus funciones de Normalizadora a la Sr/Sra. CAROLINA NOELIA MARIN BARBOZA, D.N.I. N° 29.584.101, a los fines de continuar con el desarrollo de sus actividades tendientes a la regularización definitiva de la entidad.-
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE.-
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 08 Jul.
RESOLUCIÓN N° 342-DPJ-2026.-
San Luis, 03 de Julio del año 2026.-
Ref.: NORMALIZACION.-
VISTO:
Actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo de la entidad ASOCIACIÓN MERCEDINA DE VOLANTES, LPJ 78/1986, de la Ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución N° 761-DPIGPJ-1986, de fecha 12 de Diciembre de 1986;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 503 y Sgtes., obra petición escrita suscripta por más de 10 asociados, denunciando irregularidades, en relación a falta de cumplimiento de las obligaciones de la Comisión Directiva, en cuanto a lo estatuido en el Estatuto vigente, como no haber presentado en tiempo y forma los Balances e informes, etc;
Que del estudio exhaustivo del legajo archivo de la Entidad, surge que la misma se encuentra en estado IRREGULAR, adeudando presentación de Memorias, Estados Contables e Informes del Revisor de Cuentas correspondiente a los ejercicios económicos cerrado en 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, como así también que los mandatos correspondientes a los miembros de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas se encuentran vencidos, al día de la fecha, según lo normado por del Estatuto Social vigente de la Asociación-.
Que a los fines de encausar la vida institucional de la entidad, los presentantes solicitan nombre a un Delegado Normalizador, sugiriendo en tal carácter al Sr./Sra. ENRIQUE JOSE BIASSI, D.N.I. N° 16.618.497.-
Que el presente instituto de normalización tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de 60 días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo del Delegado Normalizador.
Que la normalización por parte del Estado de la administración de una entidad civil ha sido reconocida desde antiguo por nuestros tribunales (Cámara Civil 1° de la Capital Federal, septiembre 30 de 1936, en autos “Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios”; ídem, mismo tribunal en fecha 17 de junio de 1930 en autos “Asociación Mutual de Retirados del Ejército y la Armada”). -
Atento a ello, consideraciones de hecho y derecho efectuadas, constancias del Legajo/Archivo 78/1986 y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación, art. 168 inciso 22 de la Constitución de la Provincia de San Luis; art. 7, apartado 3, inciso b de la Ley Provincial N° V-0112-2004, Articulo 83 siguientes y concordantes de la Resolución General N° 38-DPCyFPJ-2018, esta oficina está facultada para fiscalizar, controlar y normalizar las entidades inscriptas como Personas Jurídicas, en EXCLUSIVO INTERES PÚBLICO;
POR ELLO, Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1°.-Disponer la medida administrativa de NORMALIZACION de la entidad ASOCIACIÓN MERCEDINA DE VOLANTES, LPJ 78/1986, de la Ciudad de Villa Mercedes, Dpto. Pedernera, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución N° 761-DPIGPJ-1986, de fecha 12 de Diciembre de 1986.-
Art. 2°.-Designar en el carácter de Delegado Normalizador al Sr./Sra. ENRIQUE JOSE BIASSI, D.N.I. N° 16.618.497, a fin de que lleve adelante el proceso de normalización de la entidad, por el término de SESENTA (60) DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por causas que así lo justifiquen. Establecer que, en el ejercicio del cargo impuesto, y dentro del plazo establecido, deberá convocar a Asamblea General Extraordinaria para la elección de autoridades según estatuto vigente y previo cumplimiento de las formalidades que exige la normativa aplicable.
Art. 3°.-Notifíquese, publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, Protocolícese y oportunamente Archívese.-
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 08 Jul.
COMISIÓN REGULADORA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
RESOLUCIÓN Nº 235-CRPEE-2026.-
San Luis, 06 de Julio del 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EXD-0000-10090020/2025 Solicitud de aplicación Mecanismo de Monitoreo de Costos, la Ley nacional N° 24.065, t.o. 1992, la Ley provincial N° VIII-0276-2004, -APN-SE#MEC y la RESOL 2026-146 y 151-APN-SE#MEC y las Resoluciones N° 184- CRPEE-2026, y;
CONSIDERANDO
Que, la normativa nacional tarifaria prevé la sanción estacional de los precios promedios ponderados trimestrales que deben pagar los usuarios de las Distribuidoras, calculados conforme establece la Resolución de la Secretaría de Energía de la Nación N° 61/1992 y sus modificatorias, denominada Los Procedimientos, y donde la Autoridad nacional meritúa el traspaso a tarifa, sancionando los Precios Estacionales – PEST -que está compuesto por el precio de la potencia POTREF y el de la energía eléctrica – PEE-, que se traspasa a los usuarios finales, conforme art. 36° y siguientes de la Ley nacional N° 24.065,t.o. 1992, receptada por la ley sectorial provincial;
Que, desde la publicación de la RESOL 2025- 400-APN- SE#MEC, se ha creado un cargo a la demanda denominado Cargo Servicios Complementarios, PES, que, junto con el Precio Estacional del Transporte y el Precio Estabilizado de Energía y la POTREF integra el PEST que se traspasa a tarifa de los usuarios finales de la Distribuidora;
Que, la autoridad nacional mediante Resolucion RESOL 2026 151 APN SE#MEC ha dispuesto el aumento del precio de la POTREF, del PEE y del PES, para toda la demanda estacionalizada, es decir los tres grupos de demandantes que integran la segmentación de las demandas de la distribuidora;
Que, asimismo dispuso un aumento sobre el Precio Estabilizado de Transporte correspondiente a la transportista en Extra Alta Tensión;
Que, entre otros aspectos dispuestos por la Secretaría de Energía nacional, está la dolarización el valor de los rubros que integran el precio de la energía eléctrica que se traspasa a tarifa, propenden a hacer converger el, hasta ahora esquema de formación de precios, hacia el esquema del precio spot horario, a determinarse en función de la última máquina que despacha en cada hora para atender la demanda y la siguiente, entre otras modificaciones en materia de contratos;
Que, en virtud de la estructura tarifaria dispuesta por la Ley N° VIII-0276-2004, la Comisión Reguladora Provincial de la Energía Eléctrica debe traspasar los precios sancionados a la tarifa de los usuarios de la empresa Distribuidora concesionaria del servicio público de distribución de energía eléctrica en el ámbito provincial;
Que, la autoridad nacional ha dispuesto mediante Resolución RESOL 2026 146 APN SE#MEC en su artículo 2°, la variación del porcentual de la bonificación extraordinaria del subsidio para los beneficiarios del Régimen de Subsidios Focalizados- aplicable para el mes de julio de 2026 determinándolo en un DIECISEIS CON CINCUENTA Y NUEVE POR CIENTO (16,59%), lo que implica una modificación de lo oportunamente dispuesto en la RESOL 2026 121 APN SE#MEC;
Que, correspondiendo la aplicación de pasaje a tarifa aplicable a los usuarios beneficiados por el Régimen en virtud del artículo 36° siguientes y concordantes de la Ley N° 24.065 t.o. 1992, procede emitir el cuadro tarifario de aplicación, que varía para los beneficiarios del RESEF, como así también a todos los usuarios de la distribuidora, tanto estacionalizados como no estacionalizados;
Que, asimismo, y dado el mandato de la Resolución de la Secretaría de Energía de la Nación en relación a la facturación de la potencia, debe considerarse el passthrough del mecanismo para lo cual se ha tenido en cuenta la facturación del rubro que la CAMMESA le ha hecho a la distribuidora y que corresponde aplicar;
Que, ha tomado intervención la Oficina Legal, encuadrando la presente dentro de las facultades que le son propias en virtud de la Ley Nacional N° 24.065, t.o. 1992 artículo artículos 36° y concordantes, a la cual adhirió la Provincia de San Luis mediante Ley Provincial N° VIII-0276-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
LA COMISION REGULADORA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA ELECTRICA
RESUELVE:
Art. 1º.-Aprobar el Cuadro Tarifario aplicable a los usuarios de la empresa concesionaria del servicio público de distribución en el ámbito provincial, Empresa Distribuidora de Energía San Luis Sociedad Anónima – EDESAL S.A. - aplicable a partir de las cero horas del día 1° de julio de 2026, que se acompaña en el Anexo I e integra el presente acto. –
Art. 2°. - Por Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente a la empresa “EDESAL S.A.”. –
Art. 3°. - Comunicar, publicar y archivar. -
FA LUCHINI AUGUSTO
Presidente C.R.P.E.E
Roberto Rosso
Vocal C.R.P.E.E.
CUADRO TARIFARIO
SPP e. y v: 08 Jul.
ACUERDOS
ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 133-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a TRES días del mes de JULIO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA. No firma la Sra. Ministra Dra. ANDREA CAROLINA MONTE RISO por encontrarse de licencia.-
DIJERON: Vista la respuesta de la Procuración General del Poder Judicial de la provincia de San Luis (actuación N° 30783182/26 del ADM 418/15) ante la consulta sobre la actual sede de las Fiscalías de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores N° 1 y N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial, en cuanto a que todas las dependencias del Ministerio Público Fiscal se han mudado y se encuentran operativas en el tercer piso del edificio de calle Ayacucho Nº 945, de la ciudad de San Luis, en el marco del “Convenio de Cesión de Uso” homologado por Acuerdo N° 183-STJSL-SC-2024.-
Por ello, de conformidad a lo dispuesto en el art. 39 inc. 20) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia;
ACORDARON:
I) HACER SABER que las Fiscalías de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores N° 1 y N° 2 de la Primera Circunscripción Judicial tienen su sede en el tercer piso del edificio de calle Ayacucho Nº 945, de la ciudad de San Luis.-
II) DETERMINAR que por Secretaría Administrativa se publique el presente Acuerdo, por un (1) día, en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en la sección “Acuerdos”.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que se comunique el presente Acuerdo a todo el Personal y
Organismos del Poder Judicial de la Provincia, y a los Colegios de Abogados y Procuradores de las tres Circunscripciones Judiciales. –
e. y v: 08 Jul.
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DE LA PUNTA
ORDENANZA Nº 547-HCDCDLP-2026.
Ciudad de La Punta jueves 18 de junio de 2026.-
PLAN ESTRATEGICO DE TRANSFORMACION DIGITAL
VISTO:
La Ley Nacional Nº 25.506 de Firma Digital; la Ley Provincial Nº V-0591-2007 de adhesión al régimen de firma digital; la Ley Provincial Nº V-1172-2025; y la necesidad de consolidar el proceso de transformación digital en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de La Punta;
Y CONSIDERANDO:
Que la transformación digital constituye un proceso continuo, sin fecha de finalización, basado en metas parciales, evolución permanente y mejora continua de la gestión pública;
Que la Ley Nacional Nº 25.506 reconoce la validez jurídica de la firma digital, equiparándola a la firma manuscrita, garantizando autenticidad, integridad y no repudio de los documentos electrónicos;
Que la Provincia de San Luis, mediante la Ley Nº V-0591-2007, ha adherido a dicho régimen, habilitando la utilización de firma digital en el ámbito provincial y municipal;
Que la normativa provincial vigente permite la utilización de medios electrónicos en la gestión administrativa, promoviendo la digitalización de procesos y la modernización del Estado;
Que la Ley Nº V-1172-2025 reconoce a los activos digitales como bienes estratégicos del Estado, debiendo garantizarse su correcta administración, resguardo y traspaso institucional;
Que el Municipio ha iniciado un proceso de despapelización, sistematización, centralización de la información y trazabilidad de la gestión, el cual resulta necesario consolidar mediante un marco normativo;
Que uno de los principales desafíos de la administración pública es la fragmentación de la información en sistemas aislados, generando silos de datos, duplicaciones e ineficiencias;
Que resulta necesario establecer un modelo de gobernanza digital que garantice la integración de la información, la interoperabilidad de los sistemas y la continuidad de las políticas públicas;
La transformación digital se establece como un proceso continuo, sin fecha de finalización, basado en metas progresivas, evolución permanente y mejora continua.
Que resulta conveniente establecer los siguientes principios rectores: interoperabilidad, simplificación administrativa, gestión basada en datos, transparencia, trazabilidad, integración de la información y gobernanza de datos.
Que los sistemas, procedimientos y registros administrativos deberán diseñarse y ejecutarse en formato digital como regla general, aun cuando ello no se encuentre expresamente establecido.
Que la implementación de la transformación digital requiere previsión presupuestaria específica para asegurar su sostenibilidad;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE LA PUNTA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
Artículo 1º.-Créase el Sistema Integral de Transformación Digital Municipal, con el objeto de promover la modernización y transparencia de la gestión pública y la mejora de los servicios al ciudadano, considerando que la transformación digital, una política de Estado, debiendo garantizarse su continuidad independientemente de los cambios de gestión.
Artículo 2º.-La presente ordenanza será de aplicación obligatoria para todas las dependencias municipales, tanto del Poder Ejecutivo, Concejo Deliberante y Juzgado de Faltas, debiendo haber iniciado el proceso de transformación digital para el inicio de 2027.
Artículo 3º.- Desígnase a la Secretaría de Modernización, o al organismo que en el futuro la reemplace, como Autoridad de Aplicación de la presente ordenanza, con facultades para dictar normas complementarias, desarrollar aplicativos y procedimientos, supervisar su cumplimiento y coordinar la implementación del Sistema Integral de Transformación Digital Municipal en el ámbito del Poder Ejecutivo Municipal.
El Honorable Concejo Deliberante y el Juzgado Municipal de Faltas designarán, dentro de sus respectivas jurisdicciones y competencias, su propia Autoridad de Aplicación para la implementación de los procesos de transformación digital, preservando su autonomía funcional e independencia institucional.
Artículo 4º.- Establécese el uso obligatorio de sistemas digitales oficiales para la gestión administrativa.
Toda gestión administrativa deberá ser registrada en los sistemas oficiales, careciendo de validez operativa cualquier actuación que no se encuentre debidamente registrada en formato digital.
Los expedientes, registros y documentación generados con anterioridad a la implementación de la presente ordenanza conservarán plena validez jurídica.
A partir de la entrada en vigencia de la presente, todo nuevo sistema, procedimiento, registro o expediente administrativo deberá implementarse y gestionarse en formato digital desde su origen, salvo disposición expresa en contrario.
Artículo 5º.- Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Municipio deberán garantizar la integración de la información entre todas sus áreas, promoviendo la eliminación de silos de datos, quedando prohibida la generación o mantenimiento de bases de datos aisladas que no se encuentren integradas a los sistemas oficiales. La Autoridad de Aplicación podrá disponer la integración, migración o unificación de datos cuando lo considere necesario, dentro del ámbito de su competencia. Cada poder y organismo alcanzado por la presente Ordenanza deberá coordinar sus acciones con la Autoridad de Aplicación del Departamento Ejecutivo Municipal, promoviendo la interoperabilidad de los sistemas, el intercambio seguro de información y la unificación de criterios administrativos digitales, sin perjuicio de las competencias propias, la autonomía funcional y la independencia institucional de cada jurisdicción.
Artículo 6º.-En los procesos de transición de gobierno deberá realizarse el traspaso formal de todos los activos digitales, sistemas y credenciales. La falta de entrega, ocultamiento o alteración de activos digitales será considerada falta grave, denunciada judicialmente y juzgada por el juez penal competente; ello sin perjuicio de las sanciones administrativas, sumarios y responsabilidades patrimoniales que deberán recaer sobre los responsables.-
Artículo 7º.- La implementación de la presente ordenanza deberá contemplar partidas específicas dentro del Presupuesto Anual Municipal.
Artículo 8º.-Proceso de digitalización progresiva.
Establécese que, a partir del inicio de la implementación de la presente ordenanza, se dará comienzo a un proceso progresivo de digitalización de los expedientes, registros y documentación administrativa existentes en soporte físico.
Dicho proceso deberá realizarse de manera planificada, priorizando aquellos trámites y áreas de mayor impacto en la gestión y en la atención al ciudadano, garantizando en todos los casos la integridad, autenticidad y disponibilidad de la información.
La Autoridad de Aplicación será la encargada de definir los criterios, prioridades y plazos de ejecución del proceso de digitalización, en el marco del Plan Estratégico de Transformación Digital.
El proceso de digitalización tendrá por objetivo la eliminación progresiva del soporte papel en la gestión administrativa.
Artículo 9º.- comuníquese, regístrese, publíquese y archívese
ROXANA OROS
Presidente H.C.D.
Juan Pablo Martínez
Secretario Legislativo
EXENTO
DECRETO Nº 0429-IMLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 22 de mayo de 2026.-
VISTO:
La Ordenanza Nº 547-HCDCDLP-2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de La Punta, que aprueba el PLAN ESTRATÉGICO DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 547-HCDCDLP-2026 ha sido remitida al Ejecutivo Municipal para su promulgación y entrada en vigor;
Que la promulgación de las ordenanzas es una atribución y deber del Ejecutivo Municipal, conforme a lo establecido en el Inciso 1 del Artículo 261 de la Constitución de la Provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
DECRETA:
ART. 1º: PROMULGAR la Ordenanza Nº 547-HCDCDLP-2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante. -
ART. 2º: DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial por el término legal.-
ART. 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda del Municipio. -
ART. 4º: De forma. -
LUCIANO MARTÍN AYALA
Intendente
Silvia Musser
Secretaria de Hacienda
EXENTO
ASAMBLEAS
SANATORIO Y CLÍNICA RIVADAVIA S.A.C.A. y S.
Asamblea General Extraordinaria
En cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias, se convoca a los Sres. accionistas, a la Asamblea General Extraordinaria que se llevará a cabo en la Sede Social del Sanatorio y Clínica Rivadavia S.A.C.A. y S. sito en calle Rivadavia N° 1059, el día veintitrés de julio del año 2026 en primera convocatoria a las 21:00hs. y en segunda convocatoria a las 22:00hs.del mismo día y en el mismo lugar que la primera, a fin de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1. Designación de dos accionistas para firmar el acta.
2. Tratamiento del Crédito por el Impuesto sobre los Bienes Personales Participaciones Accionarias en razón de la actuación de la sociedad como Responsable Sustituto del mismo. – Acciones de cobro para su recupero.
El accionista que quiera formar parte de la asamblea por un representante, mediante mandato formalizado en instrumento privado con firma certificada judicial, bancaria o notarialmente, deberá presentarse dicho instrumento en original, dejando copia del mismo, en la sede social con una antelación no menor a 3 días hábiles anteriores a la asamblea.
San Luis, 24 de Junio de 2026.
DR. FERNANDO SIRABO
Presidente
C: 2051 $27.500,00 e: 29 Jun. y v: 08 Jul.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
CÁMARA DE LA INDUSTRIA DE VILLA MERCEDES Y ZONA DE INFLUENCIA
El Consejo Directivo de la “Cámara de la Industria de Villa Mercedes y Zona de Influencia”, convoca a sus asociados a “Asamblea General Ordinaria” a realizarse el día 20 de agosto de 2026, a las 18:00 Hs., en su sede social de calle Betbeder Nº 83 de la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luís, para considerar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
1) Designación de dos asambleístas, para que conjuntamente con el Presidente y Secretario, suscriban el acta de asamblea.
2) Lectura y consideración de: balance general; memoria; inventario; cuenta de gastos y recursos; ejecución presupuestaria; presupuesto para el próximo ejercicio social, e informe de la Comisión Revisora de Cuentas, correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025.
3) Elección de los miembros del Consejo Directivo y de la Comisión Revisora de Cuentas, y proclamación de las autoridades que resultaren electas.
Notas: a) para poder participar en la Asamblea es condición indispensable estar al día con la Tesorería (Art. 32.5), y b) la Asamblea sesionará válidamente una vez alcanzado el quórum, caso contrario, lo hará pasada una hora de la fijada en esta convocatoria (Art. 32.2).
OSCAR ALEJANDRO MOYANO
Presidente
C: 2144 $27.500,00 e: 03 y v: 13 Jul.
LLAMADO A ASAMBLEA:
La MESA COORDINADORA DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DPTO. DUPUY (N° Leg. 13/1990) convoca a todos sus asociados/as a la Asamblea Ordinaria a realizarse el día 08 de Julio de 2026 a las 17:00 hs. en el Centro de Jubilados (San Martin S/N) Buena Esperanza – San Luis.
ORDEN DEL DIA:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del acta.-
2) Aprobación de Balance periodo 2025.
C: 2197 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA FUERA DE TERMINO
El Consejo Directivo de la ASOCIACIÓN MUTUAL DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA VILLA DE MERLO, convoca a Asamblea General Ordinaria (Fuera de término), a realizarse el viernes 07 de agosto a las 12:00 horas, en el Centro de Convenciones de la Villa de Merlo, de la localidad de Merlo, San Luis, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Elección de dos (2) asociados para suscribir el acta
2. Lectura del informe por realización fuera de término
3. Consideración de la Memoria, correspondiente al Ejercicio N° 1 finalizado el 31 de diciembre de 2025.
4. Consideración de Estados Contables, informe de auditoría e informe de la Junta Fiscalizadora del Ejercicio N° 1 finalizado el 31 de diciembre de 2025.
Según el Art. 41 del Estatuto Social, luego de transcurridos treinta (30) minutos de la hora fijada, de no completarse el quorum, la Asamblea iniciará con el número de asociados presentes.
GABRIEL MURUA
Presidente
FEDERICO ROBLES
Secretario
C: 2198 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
Notificación de Asamblea General Ordinaria, a los asociados de la FEDERACION SANLUISEÑA DE PATINAJE
Fecha: 24/07/20226
Hora: 20:30 hs
Lugar: Aristóbulo del Valle y Justo Daract
ORDEN DEL DÍA:
1- Elección de dos asambleístas para firma del acta
2- Aprobación de memoria, balance e informe de comisión revisora de cuentas
Notificación de Asamblea Extraordinaria, a los asociados de la FEDERACION SANLUISEÑA DE PATINAJE
Fecha: 24/07/20226
Hora: 21:30 hs
Lugar: Aristóbulo del Valle y Justo Daract
ORDEN DEL DIA:
1- Elección de dos asambleístas para firma del acta
2- Modificación del estatuto social vigente
ANDREA VIVIANA GIL
Presidente
C: 2208 $5.500,00 e: y v: 08 Jul
COOPERATIVA DE PROVISION DE AGUA, OBRAS Y SERVICIOS MERLO LTDA.
Sres. Asociados
De acuerdo a los establecido en el Artículo 31 del Estatuto Social, el Consejo de Administración CONVOCA FUERA DE TERMINO (Vencido 30/04/2026) a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA a realizarse el sábado 25 de julio de 2026 a la hora 14:00, en el salón de la Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y Servicios Merlo Ltda., sito en Poeta Agüero 760, Villa de Merlo, San Luis, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1) Designación de dos (2) asociados para suscribir el Acta de Asamblea
2) Informe por realización de Asamblea fuera de término
3) Informe del Síndico
4) Consideración de la Memoria correspondiente al Ejercicio Nº 57, cerrado el 31 de diciembre de 2025
5) Consideración del Balance General, Estado de resultados, cuadros anexos, asignación de excedentes e Informe del Auditor del Ejercicio N° 57, cerrado el 31 de diciembre de 2025
6) Informe y propuesta de Actualización del Cuadro Tarifario
7) Aprobación de Bases y Condiciones y elección de tres (3) consejeros titulares (Con mandato por tres Ejercicios) y Tres (3) consejeros suplentes
Según el Art. 32 del Estatuto Social, luego de transcurrida una (1) hora después de la fijada, de no completarse el quórum, la Asamblea sesionará con el número de Asociados presentes
NOTA: La documentación a tratarse en la Asamblea estará disponible para su lectura a partir del día jueves 08-07-26 de 8:00 a 13:00 hs en la Sede Social; también se podrá acceder a los mismos a través de la página oficial coopaguamerlo.com.ar; en la página de Facebook Cooperativa de Agua Merlo SL – Oficial; en el Instagram cooperativaguamerlo2024 y por WhatsApp oficial Nº 2656-407545 o al Bot 2664 86-8302, se podrá solicitar copia de la misma en formato PDF. No se entregará copia en papel.
MARÍA BELEN GURRUCHAGA
Presidente
Javier Pablo Magnago
Secretario
C: 2209 $5.500,00 e: y v: 08 Jul
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 45-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE ALCOHOLIMETROS Y CINEMOMETROS, SOLICITADOS POR LA DIRECCIÓN SEGURIDAD VIAL, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-4161201/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 6845-MS-2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CON 00/100 ($298.000.000,00)
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 21 de JULIO de 2026 a las 10:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2130 SPP e: 03 y v: 08 Jul.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 06/2026
EXD Nº 5280551/2025
DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO Nº 7195-MHIP-2026
Obra: AMPLIACIÓN DE LA ESCUELA N°288 “ANTONIO ESTEBAN AGÜERO”
Ubicación: PIEDRA BLANCA ABAJO. VILLA DE MERLO. DEPARTAMENTO JUNÍN. PROVINCIA DE SAN LUIS.
FORMA DE CONTRATACIÓN: AJUSTE ALZADO
PRESUPUESTO OFICIAL: $836.677.392,51
PRECIO DEL PLIEGO $837.000,00
PLAZO DE EJECUCIÓN 240 días corridos
FECHA DE APERTURA: 29/07/2026 Hora: 10:00hs.
CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Obras de Arquitectura y Vivienda – Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis, a partir de la fecha de invitación y hasta el 24/07/26 inclusive.
PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ACTO DE APERTURA: DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis.
C: 2146 SPP e: 03 y v: 08 Jul.
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
LICITACION PÚBLICA N°: 11/2026
OBJETO: “COMPRA DE NOTEBOOKS PARA SECRETARIA INFORMATICA.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS SESENTA Y DOS MILLONES ($62.000.000,00).-
VALOR DEL PLIEGO:PESOS SESENTA Y DOS MIL ($62.000,00), mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria a la cuenta N° 4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.-
VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico
compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-
GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-
PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 27 de Julio del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta.-
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 28 de JULIO de 2026, a la hora 11:00 (once) por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-
MARÍA MERCEDES BESTARD
Secretaría Contable
C: 2172 SPP e: 06 y v: 10 Jul.
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
LICITACION PÚBLICA N°: 12/2026
OBJETO: “ADQUISICION DE EQUIPAMIENTO INFORMATICO”.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES ($550.000.000,00).-
VALOR DEL PLIEGO:PESOS QUINIENTOS CINCUENTA MIL ($550.000,00), mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria a la cuenta N° 4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.-
VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico
compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-
GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-
PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 29de Julio del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta.-
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 30 de JULIO de 2026, a la hora 11:00 (once) por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-
MARÍA MERCEDES BESTARD
Secretaría Contable
C: 2173 SPP e: 06 y v: 10 Jul.
AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 14-ACTySSL-2026.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO, ACCESORIOS Y SOFTWARE PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE VIDEOVIGILANCIA URBANA”.
EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-6100110/26.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS QUINIENTOS NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($590.660.300,00).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS QUINIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA CON 30/100 ($590.660,30).-
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis - Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 22 de julio de 2026, a las 10:00hs.-
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 21 de julio de 2026 a las 14:00hs.-
Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar
C: 2174 SPP e: 06 y v: 10 Jul.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 46-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de SISTEMAS SOLARES, REPUESTOS, Y SERVICIOS DE REPARACIÓN Y MANTENIMIENTO con destino al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-4131571/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 7150-MDPS-2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA CON 00/100 ($414.244.530,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 24 de JULIO de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2199 SPP e. 08 y v: 13 Jul.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 47-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS E INSUMOS INFORMATICOS con destino a las distintas salas que componen FISCALÍA DE ESTADO”.
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-6030322/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 7401-SGG-2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS CON 00/100 ($49.517.806,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 24 de JULIO de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 2210 SPP e. 08 y v: 13 Jul.
COMERCIALES
En la Ciudad de San Luis a los 02 días del mes de Julio, en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley Nº 11.867, se hace saber que la Sra. WENG LIQIN, DNI Nº ٩٦.٢٩٥.٢٨٢ con domicilio en calle Las Lavandas Nº ٨٢, de la localidad de Potrero de los Funes, Provincia de San Luis, transfiere a favor del Sr. WENG HANYU, DNI Nº ٩٦.٣٤١.٤٠٥, con domicilio en calle Las Lavandas Nº ٨٢, de la localidad de Potrero de los Funes, Provincia de San Luis. el fondo de comercio dedicado al rubro SUPERMERCADO, que actúa bajo la denominación comercial ”SMILE”, sito en calle en calle Las Lavandas Nº ٨٢. de la localidad de Potrero de los Funes. La presente transferencia comprende la totalidad de los elementos que integran el establecimiento comercial. incluyendo, entre otros, nombre comercial, clientela, valor llave, instalaciones, mobiliario, maquinarias, herramientas, equipos informáticos, cajas registradoras, balanzas electrónicas, góndolas, estanterías, heladeras comerciales, freezers, cámaras frigoríficas, mercaderías, útiles, derechos, contratos y demás bienes materiales e inmateriales afectados a la explotación del negocio. Las oposiciones previstas por la Ley Nº 11.867 deberán formularse por escrito dentro del término legal, en los domicilios mencionados, donde se recibirán las presentaciones de los acreedores y se encontrará a disposición la documentación pertinente.
C: 2180 $27.500,00 e: 06 y v: 15 Jul.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD “TELLO Y CORNEJO S.A.S.”
Accionista: THIAGO SEBASTIAN TELLO, D.N.I. 46.260.483, CUIT 20-46260483-2, nacionalidad argentina, de profesión comerciante, nacido el 21/02/2005, estado civil soltero, con domicilio real en calle Valentín Luco n° 1795 de la ciudad de Villa Mercedes (San Luis).
Fecha del Instrumento Constitutivo: 05/06/2026, con certificación de firmas el 08/06/2026.
La sociedad se denomina: “TELLO Y CORNEJO S.A.S.”
Domicilio de la sociedad: en la jurisdicción de la ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis. Sede Social en calle Valentín Luco n° 1795, Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto desarrollar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades:
A) SERVICIOS: La explotación comercial del servicio de transporte terrestre de carga, mercaderías de todo tipo, fletes, acarreos, encomiendas y paquetería, a nivel local, nacional e internacional, utilizando vehículos propios, arrendados o subcontratados; la prestación de servicios integrales de logística, incluyendo el almacenamiento, depósito, embalaje, consolidación, desconsolidación y distribución de mercaderías y bultos en general; el transporte de cargas especiales, tales como sustancias alimenticias, materiales peligrosos (siempre que cuente con las habilitaciones legales correspondientes), cargas sobredimensionadas, maquinaria pesada, contenedores y refrigerados; la compra, venta; B) COMERCIAL: La compra, venta, importación, exportación, comercialización, consignación, alquiler, leasing, mantenimiento y reparación de vehículos automotores de carga, maquinaria vial y equipos de transporte; así como la contratación de seguros y gestión de trámites inherentes a la actividad del transporte; C) FINANCIERA y de INVERSIÓN: Inversión de aporte de capital a personas naturales o jurídicas constituidas o a constituirse, tomar préstamos con o sin garantías, hacer descuentos de documentos, realizar compraventa y negociación de títulos, acciones, documentos y papeles de crédito, constitución, transferencia, cesión parcial o total de créditos con o sin garantías, realizar inversiones de fondos propios y operar con entidades financieras, inversión de capitales en bienes muebles, inmuebles, rodados, títulos y valores mobiliarios, cuotas partes y derechos inclusive los de propiedad intelectual o industrial, operar con Bancos oficiales, privados o mixtos; D) INMOBILIARIA: Compra, venta, permuta, cesión, dación en pago, usufructo, locación, hipotecas, arrendamientos, construcción y administración de toda clase de inmuebles rurales y urbanos; E) REPRESENTACION: El ejercicio de mandatos, comisiones y representaciones en actos relativos al objeto social.
A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no estén prohibidos por la ley o el presente Instrumento Constitutivo, realizar todos los contratos que se relacionen con el objeto social, pudiendo participar en toda clase de empresas y realizar cualquier negocio que directa o indirectamente tenga relación con los rubros expresados.
Duración: El plazo de duración de la sociedad es de 99 años, contados a partir de la fecha de su constitución.
Capital Social: $1.000.000,00 (pesos un millón) representado por 100 acciones ordinarias escriturales, de $10.000,00 (pesos diez mil) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El accionista suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle:
THIAGO SEBASTIAN TELLO suscribe 100 acciones ordinarias escriturales, de diez mil pesos ($10.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, alcanzando su participación total a pesos un millón ($1.000.000,00); e integra el 25% (veinticinco por ciento) con dinero efectivo o sea pesos doscientos cincuenta mil ($250.000,00).
Composición de los órganos de Administración y Fiscalización: Administrador Titular por tiempo indeterminado, hasta que una reunión de accionistas decida su reemplazo: THIAGO SEBASTIAN TELLO, D.N.I. 46.260.483, C.U.I.T. 20-46260483-2. Administradora Suplente por tiempo indeterminado, hasta que una reunión de accionistas decida su reemplazo a: PAOLA ANDREA CORNEJO, D.N.I. 24.242.804, C.U.I.T. 27-24242804-3. Órgano de fiscalización: La sociedad prescinde de la sindicatura.
La representación legal de la sociedad será ejercida por el Administrador Titular THIAGO SEBASTIAN TELLO, D.N.I. 46.260.483, C.U.I.T. 20-46260483-2.
El ejercicio social: cierra el día 31 de diciembre de cada año.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2200 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
Constitución de sociedad “ROTTE E HIJOS SAS”, socio: señor Rotte Adrian Jesus, DNI Nº 32.012.536, CUIL 24-32012536-3, de nacionalidad argentina, nacido el 24/01/1986, profesión: Comerciante, estado civil: soltero, con domicilio en la calle Presidente Peron Nº ٦٠٤, de la cuidad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis.
La sociedad tiene su domicilio legal, fiscal y sede social, en jurisdicción de la ciudad Villa Mercedes, provincia de San Luis, calle Presidente Peron Nº ٦٢٦. Pazo de duración noventa y nueve años.
Objeto social: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país las siguientes actividades: compra, venta, importación, exportación y distribución al por mayor y menor de materiales para la construcción. Esto abarca artículos de ferretería, sanitarios, maderas, hierros, cemento, herramientas y maquinarias. Comercialización: Venta de materiales gruesos (ladrillos, hierros, cemento), finos (cerámicos, porcelanatos), grifería, instalaciones sanitarias, eléctricas y pinturas. Actividades conexas: Alquiler de andamios, hormigoneras y maquinarias pesadas. Logística: Transporte y distribución de cargas (fletes propios o de terceros) para el traslado de los materiales hasta las obras.
El Capital Social es de setecientos cincuenta mil $750.000. El socio suscribe el cien por ciento (100%) del capital social de acuerdo con el siguiente detalle, Rotte Adrian Jesus DNI Nº 32.012.536, suscribe la cantidad de 750.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El ejercicio social cierra el día 31 de diciembre de cada año. Designación de los miembros del órgano de administración: Rotte Adrian Jesus DNI Nº 32.012.536, como administrador titular y Rotte Natalia Marcela DNI Nº 33.140.413, Administrador suplente, aceptando dichos cargos. Fecha de contrato 22/05/2026. Certificacion de firmas 03/06/2026, libro 248, acta 69, folio A-2180-069, Notario: Pablo Closa.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2201 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
El Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis, ha ordenado la publicación del edicto de constitución de ATLAS FINANZAS S.A.S. por lo que de conformidad con lo previsto por el Ley 27.349 y modificatoria se hace saber: 1) DATOS DE LOS ACCIONISTAS: El Sr. GIMENEZ WALTER FABIAN, con 56 años de edad, con D.N.I. N° 21.038.176, C.U.I.T. N° 20-21038176-8, de estado civil Divorciado, comerciante, de nacionalidad argentino, nacido el 22 de agosto del 1969, con domicilio en B° 544 Viv. Mza. M Casa N° 21, de la Ciudad de San Luis, provincia de San Luis. 2) FECHA DEL INSTRUMENTO DE CONSTITUCIÓN: 01 de Junio de 2026; 3) RAZÓN O DENOMINACIÓN SOCIAL: ATLAS FINANZAS SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADAS.; 4) DOMICILIO DE LA SOCIEDAD: Sarmiento N° 2.240, de la Ciudad de San Luis, provincia de San Luis; 5) OBJETO: A dedicarse por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros o contratando a los mismos a las siguientes actividades: PRESTACION DE SERVICIOS: en sus diversas formas y modalidades, pudiendo realizar actividades tales como: 1) Marketing, Catering, publicidad, reparación de equipos de computación e implementación de software, limpieza y desinfección. 2) Servicios de comidas, viandas, etc., su preparación y distribución en el domicilio y/o a domicilio, en forma integral, tanto a entidades nacionales, provinciales, municipales y como a particulares en general, en sus diversas formas. 3) Servicios generales especiales para la preservación, recuperación, mantenimiento del medio ambiente en todas sus facetas, formas y maneras, tales como parquización, canalización, estudio de suelos, limpieza, estructuración y restructuración de espacios. FINANCIERAS E INVERSORAS: mediante: a) El otorgamiento de préstamos y/o créditos personales, de consumo, comerciales, prendarios o hipotecarios; b) La adquisición, descuento, negociación, endoso y venta de facturas (factoring), pagarés, letras de cambio, cheques de pago diferido y todo tipo de títulos valores o créditos comerciales; c) Celebración de contratos de leasing financiero y operativo; d) Inversiones en aportes de capital a sociedades constituidas o a constituirse, adquisición de acciones, cuotas sociales, obligaciones negociables y participaciones en fondos comunes de inversión. Quedan expresamente excluidas todas las operaciones contempladas en la Ley de Entidades Financieras N° 21.526 y toda otra actividad que requiera la autorización previa del Banco Central de la República Argentina (BCRA) para la captación de fondos y depósitos de terceros o ahorro público. TRANSPORTE: Transporte de Cargas y de personas en general, en sus distintos tipos de mercadería en general, fletes generales, materias primas, haciendas, frutos, encomiendas, equipajes, caudales, cargas en general, dentro de esa actividad la de comisionista y representantes de toda operación a fin, sin limitación de ninguna clase. Los transportes se realizarán dentro o fuera del territorio nacional. COMERCIALES: Fabricación, Exportación e Importación de todo objeto, maquina o insumo complementario, tanto a nivel mayorista como minorista. La compra, venta, alquiler, exportación, importación, permuta, representación, comisión, consignación, de todo tipo de bienes muebles, principalmente de artículos de limpieza, toda clase de materias primas, productos terminados o no y mercaderías en general. CONSTRUCTORA: Mediante la ejecución de proyectos de dirección, administración y realización de obras de cualquier naturaleza, sean públicas o privadas del estado nacional, provincial o municipal de sus entes autárquicos o de sus reparticiones públicas o de particulares.- Para la comercialización la sociedad podrá presentarse en licitaciones privada o públicas, también podrá asociarse con otras empresas unipersonales y sociedades.- A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este estatuto. Todas las actividades mencionadas anteriormente como así también aquellas otras relacionadas con su objeto podrán ser desarrolladas tanto dentro como fuera del territorio del país. Para el cumplimiento de tales fines la Sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos permitidos por la legislación vigente. 6) PLAZO DE DURACION: 99 años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis; 7) CAPITAL SOCIAL: se fija en la suma de pesos OCHOCIENTOS mil ($800.000.-), representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales de PESOS UN PESO CON 00/100. - ($1,00) de valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los accionistas conforme lo dispone el Art. 44 de la Ley de S.A.S. 8) COMPOSICION DEL ORGANO DE ADMINISTRACION: se encuentra a cargo del Administrador el Sr. GIMENEZ WALTER FABIAN, con 56 años de edad, con D.N.I. N° 21.038.176, C.U.I.T. N° 20-21038176-8, de estado civil divorciado, comerciante, de nacionalidad argentino, nacido el 22 de agosto del 1969, con domicilio en B° 544 Viv. Mza. M Casa N° 21, de la Ciudad de San Luis, provincia de San Luis, se designará como administrador suplente a la Sra. FERNANDEZ ESTELA LEONARDA, con D.N.I. N° 34.715.679, C.U.I.T. N° 27-34715679-0, con domicilio en B° Padre Mujica Mza. C Casa N° 13, de estado civil SOLTERO, de nacionalidad argentina, nacido el 10 de octubre del 1989, de la Ciudad de San Luis, provincia de San Luis 10) CIERRE DE EJERCICIO ECONOMICO: cierra el 31 de diciembre de cada año 11) FISCALIZACION: se prescinde de la sindicatura. –
C: 2202 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
EDICTO DE CONSTITUCIÓN DE “BARIZZONI AUTOS S.A.S.” En la Ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, República Argentina, a los 10 días del mes de Junio del año 2026, con firma certificada el 11 de Junio de 2026.
Comparece el señor Jonathan Nicolas Barizzoni, DNI Nº 37.132.935, CUIT 20-37132935-9, de nacionalidad Argentina, nacido el 28 de Enero de 1993, de profesión: Comerciante, con domicilio en Juan Djacomo 1130, Buena Esperanza, Gobernador Dupuy, San Luis, Estado civil: Soltero; Resuelve constituir una Sociedad por Acciones Simplificada Unipersonal de conformidad con las siguientes estipulaciones:
Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina “BARIZZONI AUTOS S.A.S.” y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de San Luis, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.
Duración: El plazo de duración de la sociedad es de 99 años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios.
Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras, financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (i) Salud, y (j) Transporte. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.
Capital: El Capital Social es de $800.000 (Pesos Ochocientos Mil) representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo con las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz.
CAPITAL SOCIAL: el socio suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: (a) Jonathan Nicolas Barizzoni suscribe la cantidad de 800.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción .El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante boleta de depósito del Banco, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.
Órgano de administración: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (١) y un máximo de cinco (٥) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán autoconvocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Quien ejerza la representación de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social.
DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN Y DECLARACIÓN SOBRE SU CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: Designar Administrador titular a: Jonathan Nicolas Barizzoni, DNI N.º 37.132.935, CUIT 20-37132935-9, de nacionalidad Argentina, nacido el 28 de Enero de 1993, de profesión: Comerciante, con domicilio en Juan Djacomo 1130, Buena Esperanza, Gobernador Dupuy, San Luis quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. Designar Administrador suplente a: barizzoni Mauricio Oscar DNI N° 26.956.982, CUIT 20-26956982-5 de nacionalidad argentina nacido el 24 de Octubre de 1978, de profesión comerciante con domicilio real en Enrique Tronconi S/N unidades productivas, Buena Esperanza, Gobernador Dupuy, San Luis quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. La representación legal de la sociedad será ejercida por el administrador designado. Los administradores declaran bajo fe de juramento no encontrarse comprendidos en las disposiciones del art. 264 de la LGS.
Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el día 31 de Marzo de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a su consideración por la reunión de socios.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 2211 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
EDICTO con fechas de actas directorio, asambleas, registros de asistencia de todas designaciones; y ultima conformación de directorio “ALGARROBO S.A.”. Acta de Directorio de fecha 28/8/2008. Renovación de cargos. Acta de Asamblea de fecha 08/9/2008. Presidente: Arturo Facundo Pons Bedoya DNI 17.257.278, vicepresidente: María Mercedes Olivera Aguirre DNI 17.124.756. Acta de Directorio de fecha 23/8/2011. Renovación de cargos. Acta de Asamblea de fecha 7/9/2008. Presidente: Arturo Facundo Pons Bedoya DNI 17.257.278, Vicepresidente: María Mercedes Olivera Aguirre DNI 17.124.756. Acta de Directorio de fecha 19/8/2014. Renovación de cargos. Acta de Asamblea de fecha 4/9/2014. Presidente: Arturo Facundo Pons Bedoya DNI 17.257.278, Vicepresidente: María Mercedes Olivera Aguirre DNI 17.124.756. Acta de Directorio y Asamblea autoconvocada art. 158 CCCN de fecha 6/9/2017. Renovación de cargos. Presidente: Arturo Facundo Pons Bedoya DNI 17.257.278, Vicepresidente: María Mercedes Olivera Aguirre DNI 17.124.756. Acta de Directorio y Asamblea autoconvocada art. 158 CCCN de fecha 8/9/2020. Renovación de cargos. Presidente: Arturo Facundo Pons Bedoya DNI 17.257.278, Vicepresidente: María Mercedes Olivera Aguirre DNI 17.124.756. Acta de Directorio y Asamblea autoconvocada art. 158 CCCN de fecha 2/9/2023. Renovación de cargos. Presidente: Arturo Facundo Pons Bedoya DNI 17.257.278, Vicepresidente: María Mercedes Olivera Aguirre DNI 17.124.756. Acta de Directorio y Asamblea autoconvocada art. 158 CCCN de fecha 18/5/2026. Designación de dos accionistas para firmar la orden del día. Regularización de libros societarios. Consideración y tratamiento de Balance general y estado de resultados correspondiente al ejercicio anual cerrado el 31 de diciembre de 2004. Se aclara que todas las asambleas tuvieron asistencia unánime de sus accionistas, es decir que asistencia plena.
DRA. ANDREA BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 2212 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
JUDICIALES
El Juzgado Civil, Comercial, Concursos, Familia, Control, Niñez Adolescencia, Penal Juvenil y Faltas, Secretaría Civil de la localidad de Morteros, Córdoba, a cargo de la Jueza de Primera Instancia Dra. Alejandrina Lia Delfino, Prosecretaria Dra. Marcela Rita Almada, cita y emplaza a los sucesores del demandado SR. REINALDO JUAN PAGLIANO y CARMEN QUIÑONES, conforme lo dispuesto por los arts. 152 y 165 del C. de P.C., a cuyo fin publíquense edictos por cinco días en el Boletín Oficial y en el diario de mayor publicación en la zona de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, para que en el término de veinte días a partir de la última publicación comparezcan a estar a derecho en los autos caratulados “NIERI, CAMILA Y OTRO C/ PAGLIANO, GABRIEL ALEJANDRA Y OTRO- DIVISIÓN DE CONDOMINIO”, Expte. 14651727” bajo apercibimiento de rebeldía y de nombrarle como representante al Sr. Asesor Letrado de la sede (art. 113 inc. 3 apartado a) del C.P.C.).-
MARCELA ALMADA
Prosecretaria
C: 2089 $27.500.00 e: 01 y v: 10 Jul.
El juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ١ de la ciudad de San Luis, a cargo del DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, JUEZ, en los autos: “MOLINA JULIO CESAR S/ SUCESION AB INTESTATO “Expte. 445917/26, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y/o acreedores del causante Don MOLINA JULIO CESAR D.N.I. 23.592.938, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 18 de junio de 2026.-
C: 2137 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jul
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٣ de esta Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 442389/25/ “ORTEGA VIRGINIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza a herederos, acreedores y a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejado por el causante ORTEGA VIRGINIA, DNI F4.524.870, por el término de TREINTA (30) DIAS bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 01 de junio de 2026.-
C: 2138 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jul
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial y Ambiental Nº 4 de la ciudad de San Luis, Primera Circunscripción Judicial a cargo del Dra. DRA. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, JUEZA del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, Prosecretaría a cargo del autorizante en autos caratulados: EXP 432952/25 “RODRIGUEZ MARIA ANGELICA S/SUCESIÓN AB INTESTATO» cita y emplazan por el término de treinta días a herederos y acreedores de la Sra. MARIA ANGELICA RODRIGUEZ, DNI Nº 8.200.107.-
San Luis, 13 de MAYO de 2026
C: 2139 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jul.
El Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio del Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, sito en Santa Rosa del Conlara, Pcia. San Luis, Secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “ROMERO, JUAN CARLOS S/SUCESION AB INTESTATO” (Expte. Nº 347954/19), cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta EMMA ONTAÑON, DNI Nº 3.337.83, bajo apercibimiento de Ley.
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 29 de Junio de 2026.
C: 2140 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jul.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS Se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Alume María Romina, DNI Nº 28.571.992, con domicilio en Av. Pte. Perón 461, de la Localidad de La Toma, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando Matricula de Martillero Publico”; oposiciones de ley ante esta entidad. -
San Luis, 29 junio del 2026.-
JOSÉ LUIS VILLEGAS
Presidente
C: 2155 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA - Juez Civil, secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “FERREYRA RAMON OSMAR, AGUILERA DORA LIDIA Y OTROS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 415696/24, cita y emplaza por tres días a herederos y acreedores del extinto FERREYRA RAMON OSMAR DNI N° ١١.٥٠٥.٦٨٧, Bajo apercibimiento de ley.-
Concarán (S.L.), 14 de noviembre de 2024.-
C: 2156 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral Nº 1 sito en Concarán, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara Juez, Secretaria a cargo de la Autorizante, en autos EXP 450258/26: GODOY JESUS MARIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el plazo de TREINTA DIAS a herederos y acreedores de JESUS MARIA GODOY, DNI Nº 4.461.253, bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 19 de Junio de 2026.-
CINTIA G. LÓPEZ ZABALA
Secretaria
C: 2157 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro 2 de la Tercer Circunscripción Judicial, con asiento en la Localidad de Santa Rosa del Conlara Provincia de San Luis a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados: “LLANES HUGO ALFREDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 448642/26, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don: HUGO ALFREDO LLANES D.N.I. N° 11.054.125 para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten (art. 699 inc. 2º del CPCC), , bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 26 de junio de 2026. -
C: 2158 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٥ de primera circunscripción judicial de San Luis, a cargo de la DRA. IBAÑEZ GERALDINA INÉS, juez subrogante, prosecretaría autorizante, en los autos caratulados: “MOLINA ROBERTO OSCAR, Y PEREYRA TERESITA DEL NIÑO JESUS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445858/26, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, SR. ROBERTO OSCAR MOLINA DNI Nº ٦٧٩١١٤٧ y SRA. TERESITA DEL NIÑO JESUS PEREYRA DNI Nº ٢٥٠٧١٣٩, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 30 de junio de 2026.-
C: 2159 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El JUZGADO CIVIL COMERCIAL AMBIENTAL Y LABORAL N° 2 - MDE CIVIL, con asiento en la Localidad de Santa Rosa del Conlara Provincia de San Luis, Juez a cargo DR. JAVIER ALEJANDRO CORIGLIANO, Juez Provisorio, Secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: “GARRO JUAN SILVESTRE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 432377/25, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de GARRO JUAN SILVESTRE D.N.I. N° 6.813.714.-
SANTA ROSA DEL CONLARA, SAN LUIS, 15 DE ABRIL DE 2026.
C: 2160 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL NRO. 1 SL, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo JUEZ, Secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 421848/24 “PERALTA HUGO EMIR S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de HUGO EMIR PERALTA, D.N.I. Nº 6.817.418.-
SAN LUIS, 02 DE FEBRERO DE 2026.-
C: 2161 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la III Circunscripción Judicial de Santa Rosa del Conlara-S.L., a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano - Juez Provisorio, secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “PONCE LIDIA ARGENTINA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 426294/24, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta LIDIA ARGENTINA PONCE Doc. 2.999.907, bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa (San Luis), 12 de marzo de 2026.
C: 2162 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, en los autos caratulados EXP 448733/26 “REBOREDO BLANCA INES S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a los herederos y acreedores de REBOREDO BLANCA INES D.N.I Nº ٤.٧٧٤.٥٩٨ bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 19 de junio del 2026.-
C: 2163 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Ciudad de San Luis, secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 448804/26 ROMERO RAMON MARIO S/SUCESIÓN AS INTESTATO”, a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: ROMERO, RAMON MARIO DNI Nº 06.783.038.-bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, VEINTINUEVE DE JUNIO DEL 2026.-
C: 2164 $16.500,00 e. 03 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, prosecretaria de la autorizante, en los autos caratulados: “AGUERO ILSA Y SOSA ISAURO S/SUCESIÓN AB INTESTATO - EXP 434846/25”, cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores del causante DON SOSA ISAURO DNI N° 6.818.228 y DOÑA AGUERO ILSA DNI N° 10.169.110, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 29 de junio de 2026.-
C: 2182 $16.500,00 e: 06 y v: 10 Jul.
La Dra. Carolina Soledad Cherubini, Jueza a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ١, de la Ciudad de Villa Mercedes (S.L), Secretaria a cargo del Autorizante, en los autos caratulados: “ALVAREZ LUISA MARINA c/ AGUERO LIBORIO s/ POSESIÓN - Expte. N° 425790/24” cita y emplaza por el termino de 15 días al SR. LIBORIO AGÜERO DNI N° 2.921.619 y/o herederos y/o quienes se consideren con derecho al dominio del inmueble ubicado en calle Lamadrid N° 480, Departamento Pedernera, Receptoría Villa Mercedes, Pcia de San Luis, anotado bajo el Padrón Catastral N° 66.126, Nomenclatura de Origen: Mza. 478, Sección 7, Parcela 14, sin Inscripción de Dominio, y siendo de una superficie total de 235,55 m2 identificado como Parcela “33” conforme Plano de Mensura N° 3/76/21, para que comparezcan a autos, a tomar intervención que les corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar al Señor Defensor de Ausentes para que los represente. (Art. 338, 343 del C.P.CC).-
Villa Mercedes, San Luis, 09 de junio de 2026.
C: 2183 $11.000,00 e: 06 y v: 08 Jul.
Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Ciudad de San Luis, secretaria a cargo de la Dra. Natalia Gomez, en los autos “ANDRADA RAFAEL Y PEREYRA LUCIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 435252/25, CITA Y EMPLAZA a quienes se considerasen con derecho a los bienes dejados por los causantes Sres. ANDRADA RAFAEL, DNI 3.225.862 para que dentro de TREINTA DÍAS lo acrediten bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 3 de septiembre de 2025
C: 2184 $16.500,00 e: 06 y v: 10 Jul.
Dirección de Sustentabilidad Ambiental convoca a Consulta Pública, conforme al artículo N°18 de la Ley Provincial N° IX-0876-2013, en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental” a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes sobre el exd.: Nº EXD-0000-2120148/26 presentada por el Sr Adrián Sejanovich (DNI:10.176.569 ) en calidad de responsable del proyecto Distribuidora de Gas Cuyana S.A. (CUIT Nº 33-65786558-9) y cuyo consultor es el Lic. Sallenave, Soledad RUCEIA N° 62). La actividad nueva Planta de Reguladora de Presión P.R.P, en el departamento Pueyrredón, Provincia de San Luis. -
El expediente se encuentra a disposición de las oficinas de la Dirección Sustentabilidad Ambiental, Terrazas de Portezuelo edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 78 Consultas vía mail
areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar
C: 2185 $11.000,00 e: 06 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1, de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Fernando Spagnuolo, Juez Titular, en autos caratulados: “MALLEA JOAQUIN Y OTRO S/ SUCESION AB INTESTATO EXP N° 169964/9” cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de los causantes, DON MALLEA JOAQUIN DNI N° 3.342.055 y DOÑA CORDOBA MARIA CELESTINA DNI N° 8.314.304, para que comparezcan a tomar la intervención que les corresponda bajo apercibimiento de Ley.
San Luis, veintitres de junio de 2026.-
C: 2187 $16.500,00 e: 06 y v: 10 Jul.
Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral, de la localidad de Concarán, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA- Juez Civil, en autos caratulados “CARRIZO MAIDANA GERARDO DANIEL S/POSESION VEINTEAÑAL “ORALIDAD”, Expte Nº ٤٠١٤89/23: se cita y emplaza por el termino de treinta días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, ubicado en el lugar denominado La Barranca- Casa de los Tigres, Departamento San Martin, Receptoría San Martin, Provincia de San Luis. Descrito e identificado como Parcela “3” en el Plano de Mensura confeccionado por la Ingeniero Agrimensor Carlos A, Cuvertino, Mat 317 del C.A.S.L. y aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales bajo el N°5/58/22 en fecha 23 Enero de.2023. y mide del punto 1 al punto 2, 212,84, metros de longitud; del punto 2 al punto 3 mide: 178,34 m; del punto 3 al punto 4 mide: 163,65 m; del punto 4 al punto 5 mide:98,29 metros de longitud; del punto 5 al punto 6 mide: 150,52 metros de longitud; del punto 6 al punto 7 mide: 137,05 metros de longitud; del punto 7 al punto 8 mide: 161,39 metros de longitud; del punto 8 al punto 9 mide: 77,56 metros de longitud; del punto 9 al punto 10 mide: 61,61 metros de longitud; del punto 10 al punto 11 mide: 66,93 metros de longitud; del punto 11 al punto 12 mide: 115,08 metros de longitud; del punto 12 al punto 13 mide: 31,27 metros de longitud; del punto 13 al punto 14 mide: 131,27 metros de longitud; del punto 14 al punto 15 mide: 145,18 metros de longitud; del punto 15 al punto 16 mide: 58,19 metros de longitud; del punto 16 al punto 17 mide: 90,68 metros de longitud; del punto 17 al punto 18 mide: 91,69 metros de longitud; del punto 18 al punto 19 mide: 42,33 metros de longitud; del punto 19 al punto 20 mide: 83,93 metros de longitud; del punto 20 al punto 21 mide: 18,41 metros de longitud; del punto 21 al punto 22 mide: 26,29 metros de longitud del punto 22 al punto 23 mide: 60,65 metros de longitud; del punto 23 al punto 24 mide: 434,30 m metros de longitud; del punto 24 al punto 25 mide: 182,69 metros de longitud; del punto 25 al punto 26 mide: 560,37 metros de longitud; del punto 26 al punto 27 mide: 383,10 metros de longitud; del punto 27 al punto 28 mide: 185,11 metros de longitud; del punto 28 al 1 punto mide: 194,23 metros de longitud; SUPERFICIE TOTAL PARCELA 3 SOBRE MENSURA: 94 HA 7424,63 M2. Colinda, al Norte: No se localiza Padrón, ni Propietario; al Sud: No se localiza Padrón, ni Propietario; al Este: Maria Carolina Maidana Padrón 163- Rec. San Martin. Parc A- PI 05-46.2004; Parc 163- PI. 05-16-2019; Celina Romero de Isaguirre. Pd 930- Rec. San Martin; al Oeste Pedro Maidan. Pd. 390- Rec. San Martin. Parc A- PI. 05-6-2010 Plano N° 5-58-22 ordenado por GERARDO DANIEL CARRIZO MAIDANA, DNI N° 24.444.491. Inscripción dominial: No se localiza. Padrón: No se Localiza. Receptoría: San Martin. Circunscripción las Aguadas, Cuadricula B4, Sección 1. Registrado bajo el numero 5-58-22.- El 03 de Enero de 2023.-
CONCARAN, SAN LUIS, 02 de junio de 2025.-
C: 2188 $11.000,00 e: 06 y v: 08 Jul
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la 1° Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “DIAZ NESTOR NOLBERTO, DIAZ CRISTINA BETY C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” EXP. 403635/23, cita y emplaza por 15 días al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS y/o quien se considere con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio ubicado en Calle Padre Rocha esq. Calle Pringles S/N de la localidad de Villa del Carmen, Partido Estanzuela, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis, designado como Parcela Nº “46”, en el plano de mensura Nº 4/47/22. Con una Superficie de TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON SESENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (343,68 m2). Limita al Norte: con Parcela Nº 12 Gobierno - Estado de la Provincia de San Luis Pd. 330.281 – Recep. Tilisarao Pl. 4/269/16 Pl. 4/96/01; al Sur: con calle M. Rocha pavimento-ancho 15,00m; al Este: con calle Pringles pavimento ancho 15,00m y al Oeste: con Parcela Nº 14 Gobierno - Estado de la Provincia de San Luis Pd. 330.283 – Recep. Tilisarao Pl. 4/269/16 Pl. 4/96/01. Empadronado bajo el Padrón Nº 330.282 de la Receptoría de la localidad de Tilisarao (SL), sin inscripción de dominio.-
San Luis, 12 de MAYO de 2026
C: 2189 $11.000,00 e: 06 y v: 08 Jul
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de Concarán, 3º Circunscripción Judicial a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA, Juez Civil, Secretaría de la autorizante, en autos EXP 408562/23: ”LEYBA MANUELA C/ SOSA ALBERTO ORLANDO, SOSA JUANA LILIANA Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, cita y emplaza por quince días a ALBERTO ORLANDO SOSA, JUANA LILIANA SOSA, MARIA CUSTODIA LOPEZ, JESUS DORA GUTIERREZ, ELDA NORMA GUTIERREZ, JOSE JUSTO GUTIERREZ, TEOFILO SOSA, REYNALDO PEREZ, NICOLAS GUTIERREZ y JACINTO GARRO y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio que se ubica en el lugar Las Barranquitas, La Crucesita, El Paraíso y El Manantial proximidades de Las Chacras, Partido San Lorenzo, Departamento Libertador General San Martin, individualizado como Parcela “1” según plano 5/68/21, que afecta las inscripciones de dominio al Tomo 4 Ley 3236 de San Martin Folio 433 Número 787, Tomo 2 de San Martin Folio 376, 377 que continua al Tomo 24 de San Martin Folio 496 y 497 Número 402 y Tomo 11 de San Martin Folio 34 Número 1534 y afecta los padrones 346, 671, 725, 287 y 95 todos de la receptoría Las Chacras. Afecta una Superficie de 712 Has. 8546m2. Linda: Norte: Aguilar Miguel Wenseslao, Olguin Rufino, Rodriguez Clarisa Del Valle, Rodriguez De Ojeda Neris Nilda, Leyba Manuela, Rodriguez Aberastain Carlos Genaro, Fa Jorge Mario , Fa Antonio Nelson, Fa Jose Ignacio, Funes Paulino Berónico, Funes Raquel Leoncio, Funes De Lucero Clelia, Funes Esperidion, Funes De Ortiz Carmen Berta, Sosa Pedro Ramón Y Sosa Maria Del Carmen ; Sur: Concha Dominga, Concha Sandalia, Jofré Fermín, Leyba Manuela ; Este: Aguilar Miguel Wenseslao, Olguin Rufino, Aguilar Atenor, Concha Dominga, Concha Sandalia Y Jofre Fermin; Oeste: Perez De Sosa Luisa, Sosa José, Pereira Rafael, Garro Jacinto, Concha Dominga, Concha Sandalia Y Jofré Fermin. Bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 22 de mayo de 2026.-
C: 2190 $11.000,00 e: 06 y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Ibañez Geraldina Inés, Juez Subrogante, Prosecretaría Autorizante, en los autos caratulados: “SOSA ROBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO (CON BLSG)” EXP 448079/26 CITA Y EMPLAZA por el término TREINTA (30) días, a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SR. SOSA ROBERTO D.N.l. N°: ٦.٧٨٦.١٩٠, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 30 de Junio de 2026.-
C: 2192 $16.500,00 e: 06 y v: 10 Jul
Ingeniero Agrimensor Jonathan W. Sandoval, Mat. 313 CASL, mensurará el día Viernes 14 de Agosto del corriente a las 17hs, un inmueble cuyo objeto es para tramitar el título de propiedad por prescripción adquisitiva ordenada por los Sres. CARLOS FERNANDO BASSI DNI N° 24.299.094 y RAMON ALFREDO GARRO DNI N° 25.166.353, ubicado en Circunvalación Av. Santos Ortiz S/N°, Ptdo. La Capital, Dpto. Juan M. de Pueyrredón, inmueble identificado con nomenclatura tributaria 853673 y 853664 de Rec. Capital, nomenclatura catastral 00-01-02-10-000083-000002 y 00-01-02-10-000083-000001, registrados en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales a nombre de Edda Elvira Cantisani de Blanco y Estado de la Provincia de San Luis, respectivamente. Inscriptos en el Registro de la propiedad al T°19 (Ley 3236) de Capital F° 156 N° 7606;
Asimismo hago saber que los colindantes del inmueble son al Norte: Parcela 13 registrada a nombre de La Soleada SA (en formación) (Pd.:12-859587); Parcela 17 registrada a nombre de Santa Ana Servicios y Logística SRL (Pd.:12-921692); Parcela 16 a nombre de José Jonathan Beltrán Urbano y Brigit Jessica Beltran Urbano (Pd.: 12-921691); Parcela 19 a nombre de El Faro SA (Pd.: 12-890765); Parcela 18 a nombre de El Faro SA (Pd.: 12-890764); Parcela 4 a nombre de Cassino Diego Andres (Pd.: 12-853675); al Este: parcela 1 a nombre de Estado de la Provincia de San Luis (Pd.: 12-853664); al Sur y Oeste: camino público.
Las operaciones se iniciarán en el vértice Nor-Oeste.
Consultas: Domicilio: Calle Las Quintas N° 259- San Luis;
Teléfono: 2612446405.-
C: 2193 $11.000,00 e: 06 y v: 08 Jul
El Juzgado Civil, Comercial, Laboral y Ambiental N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Autopista Provincial N° 55, Km. 921,5, de Santa Rosa del Conlara (S.L.), a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio, secretaría del autorizante en autos “MUZZIO AZUCENA DEL CARMEN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXP 446579/26, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, AZUCENA DEL CARMEN MUZZIO, DNI 4.299.448, y emplaza para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 24 de Junio de 2026.
C: 2203 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz – Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “MANA BERNARDO ANTONIO, MORA ARMANDA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 431927/25 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta Sra. MORA ARMANDA, D.N.I. N° 2.922.245, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 26 de junio de 2026.-
C: 2204 $5.500,00 e. y v: 08 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5, de la Primera Circunscripción de San Luis, a cargo de la Dra. Ibañez Geraldina Inés, Juez Subrogante, Prosecretaria autorizante, en autos: “TOSETTI RUBEN HECTOR S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 446609/26, CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, Don TOSETTI RUBEN HECTOR, DNI N° 10.753.329, bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 26 DE JUNIO DE 2026.-
C: 2205 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz, Juez, Prosecretaría autorizante, en los autos caratulados: EXP 309095/17 “GIMENEZ, LUIS ELADIO Y TORRES AURORA ELENA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores de LUIS ELADIO GIMENEZ, DNI Nº 6.798.925, y AURORA ELENA TORRES, DNI Nº 2.507.957, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 22 de JUNIO de 2026.-
C: 2206 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de esta ciudad, a cargo la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaria de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP 443320/25 “GIMENES AMILCAR GUDELIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza a herederos y acreedores de GIMENES AMILGAR GUDELIO, DNI 6.802.825, por el término de TREINTA (30) DIAS, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 02 de julio de 2026.-
C: 2207 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Santa Rosa del Conlara a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Secretaria del Autorizante, en autos caratulados “ARCAMONE SALVADOR FRANCISCOS/SUCESIÓN TESTAMENTARIA (EXP 441673/25)”. Cita y emplaza por (3) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, ARCAMONE SALVADOR FRANCISCO para que dentro del plazo de 30 días lo acrediten. Bajo apercibimiento de ley. -
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 30 de Junio de 2026.-
C: 2213 $16.500,00 e. 08 y v: 13 Jul.


