ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 5605-MdeS-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4130261/26, por el cual la Zona Sanitaria I, eleva renuncia del señor DEGIORGI NICOLAS OMAR D.N.I. 30.620.067, y;

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Nº 7134-MdeS-2019, se homologó el contrato de prestación de servicios del señor DEGIORGI NICOLAS OMAR D.N.I. Nº 30.620.067, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;

Que, por Decreto Nº 3431-MdeS-2023, el señor DEGIORGI NICOLAS OMAR D.N.I. Nº 30.620.067, Agrupamiento Profesional (P) Categoría F de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;

Que, en act. DOCEXT 1537093/26, obra nota de renuncia presentada por el señor DEGIORGI NICOLAS OMAR D.N.I. Nº 30.620.067;

Que, en act. INFORM 437624/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 11 de mayo de 2026;

Que, en act. ACTPAS 1682805/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley III-0065-2004 (5554).-

Art. 2º.- Aceptar renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio del señor DEGIORGI NICOLAS OMAR D.N.I. Nº 30.620.067, Agrupamiento Profesional (P) Categoría F de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 7134-MdeS-2019, a partir del 11 de mayo de 2026.-

Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-

Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis, Dirección de Zona Sanitaria, Zona Sanitaria I, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar al interesado.-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

DECRETO Nº 5606-MdeS-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3190776/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario GARCIA NILO OSCAR ALBERTO, D.N.I. Nº 43.490.573, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3737529/26, DOCEXT 3737530/26, DOCEXT 3737532/26, DOCEXT 3737534/26, DOCEXT 3737536/26, DOCEXT 1527949/26 y DOCEXT 3772742/26, surge que el beneficiario GARCIA NILO OSCAR ALBERTO, D.N.I. Nº 43.490.573, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11367660/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3052/2026;

Que, en act. ACTPRO 11380169/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11384902/26;

Que, en act. INFSEC 11384905/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2787/2026, obrante en act. PROSEC 11384901/26;

Que, en act. PRESEC 11405867/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($18.282.400,00);

Que, en acts. PREV 11359209/26 y PREV 11407445/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 940529/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 984371/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 171609/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3737532/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($18.282.400,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11384902/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11405867/26, del EXD-0000-3190776/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario, GARCIA NILO OSCAR ALBERTO, D.N.I. Nº 43.490.573, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11405867/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $18.282.400,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a la firma y al beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5607-MdeS-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3110932/26, por el cual la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH, tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable, con cargo a rendir cuentas, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. ENCAPS 930789/26, la señora MAKARENA ITATI PEDERNERA GODOY, C.U.I.T: 27-41597163-5, médica residente, solicita el otorgamiento de un aporte no reintegrable, con cargo a rendir cuentas, para afrontar gastos de rotación de formación pediátrica en la ciudad de Buenos Aires, por el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de octubre de 2026, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($6.720.000,00), el que será aplicado conforme se indica en idéntica actuación;

Que, en act. PREV 11344904/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 933137/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. ENCAPS 933337/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. NOTAMP 972628/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 169829/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificado por Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Otorgar un aporte no reintegrable, con cargo a rendir cuentas, a la señora MAKARENA ITATI PEDERNERA GODOY, C.U.I.T: 27-41597163-5, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES SETECIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($6.720.000,00).-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 01 00 00 01 1 01 00 5 1 4 000 $6.720.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Pasar las actuaciones a la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5669-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3100858/26, la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita elementos de tecnología biomédica a favor del señor SUAREZ ALFREDO JAVIER, D.N.I. N° 30.380.164, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3727997/26, DOCEXT 3728008/26, DOCEXT 1532408/26 y DOCEXT 3752712/26, surge que el señor SUAREZ ALFREDO JAVIER, D.N.I. N° 30.380.164, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. SOLSEC 11345061/26, obra solicitud de Gastos N° 2742/2026;

Que, en act. ACTPRO 11358246/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11361682/26, LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11361685/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11361686/26;

Que, en act. DOCEXT 3768319/26, obra mantenimiento de oferta de la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T: 20-39956804-9

Que, en act. INFSEC 11361688/26, consta informa de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N°2205/2026, obrante en act. PROSEC 11361680/26;

Que, en act. PRESEC 11374360/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($1.390.000,00);

Que, en acts. PREV 11338778/26 y PREV 11374861/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 937287/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 979386/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 170817/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica en act. DOCEXT 3727997/26.-

Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($1.390.000,00),de acuerdo al presupuesto obrante en act. COTZAC 11361682/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3768319/26 y preadjudicación en act. PRESEC 11374360/26 del EXD-0000-3100858/26.-

Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al señor SUAREZ ALFREDO JAVIER, D.N.I. N° 30.380.164, la provisión de elementos de tecnología biomédica, detallado en act. PRESEC 11374360/26.-

Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.390.000,00

Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a la firma.-

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5670-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-1190063/26 por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita la provisión de medicamentos para beneficiarios de dicha Subdirección, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1494663/26 y DOCEXT 1499149/26, surge que los beneficiarios de la Subdirección Incluir Salud, reúnen los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de pañales para tratamiento oncológico;

Que, en act. SOLSEC 11291005/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1456/2026;

Que, en act. ACTPRO 11294247/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11296908/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11296909/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11296910/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11296911/26, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11296912/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11296913/26;

Que, en act. DOCEXT 3774735/26, obra mantenimiento de oferta de la firma: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1;

Que, en act. INFSEC 11296915/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 1073/2026, obrante en act. PROSEC 11296907/26;

Que, en act. PRESEC 11361260/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, los ítems 2 y 5, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($1.210.764,00), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, los ítems ٣ y ٦, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON ٩٦/١٠٠ ($١.٨٧٠.٤٠٤,٩٦) y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, los ítems 1 y 4, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.587.276,00);

Que, en acts. PREV 11290998/26 y PREV 11344997/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 934221/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 973821/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 169968/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1494663/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud a contratar con las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, los ítems 2 y 5, por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($1.210.764,00), LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, los ítems 3 y 6, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA MIL CUATROCIENTOS CUATRO CON 96/100 ($1.870.404,96) y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, los ítems ١ y ٤, por la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CON ٠٠/١٠٠ ($1.587.276,00), de acuerdo a las ofertas obrantes en acts. COTZAC 11296913/26, COTZAC 11296910/26, COTZAC 11296909/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3774735/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11361260/26 del EXD-0000-1190063/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de los beneficiarios que a continuación se detallan, la provisión de medicamentos detallados en act. PRESEC 11361260/26:

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I.

BEA ALICIA

17.048.042

MALDONADO VENANCIO RAMON

13.811.463

LUNA NILDA ELVIRA

14.714.179

MORENO NOEMI

20.973.523

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.668.444,96

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y a los beneficiarios.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5671-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4170371/26, por el cual el Centro Oncológico Integral, gestiona el pago a favor de la firma FUNES MARIA JOSE, C.U.I.T.: 27-32545421-6, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1541797/26, obra Factura B N° 00006-00000122, por un monto total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($2.363.390,00), presentada por la firma FUNES MARIA JOSE, C.U.I.T.: 27-32545421-6, en concepto de servicio de limpieza hospitalaria en el Centro Oncológico Integral, correspondiente al periodo 01 de marzo al 15 de marzo de 2026;

Que, en act. DOCEXT 1541798/26, obra recepción conforme, emitida por el Centro Oncológico Integral, respecto de los servicios prestados por la firma FUNES MARIA JOSE, C.U.I.T.: 27-32545421-6;

Que, en act. PREV 11391394/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. ENCAPS 938309/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. DICLEG 938804/26, consta dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 983720/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que, en act. DICFIS 171523/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma FUNES MARIA JOSE, C.U.I.T.: 27-32545421-6, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($2.363.390,00), según Factura B N° 00006-00000122, obrante en act. DOCEXT 1541797/26 del EXD-0000-4170371/26, en concepto de servicio de limpieza hospitalaria, correspondiente al periodo 01 de marzo al 15 de marzo de 2026, en el Centro Oncológico Integral.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 31 48 00 00 00 1 01 00 3 3 5 000 $2.363.390,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones al Centro Oncológico Integral, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5672-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3031003/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario SOSA JOSE MARIO, D.N.I. Nº 14.542.883, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3721358/26 y DOCEXT 1529511/26 surge que el beneficiario SOSA JOSE MARIO, D.N.I. Nº 14.542.883, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en act. DOCEXT 3736984/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. SOLSEC 11376756/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3469/2026;

Que, en act. ACTPRO 11381574/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11384870/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11384871/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11384872/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11384873/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11384874/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11384875/26, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.:33-71250477-9, en act. COTZAC 11384876/26 y DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11384877/26;

Que, en act. INFSEC 11384879/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 2839/2026, obrante en act. PROSEC 11384869/26;

Que, en act. PRESEC 11393191/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($685.560,00) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($601.800,00);

Que, en acts. PREV 11368342/26 y PREV 11393423/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 938983/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 981483/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 171235/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3721358/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($685.560,00) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS SEISCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($601.800,00) de acuerdo a las ofertas presentadas en act. COTZAC 11384871/26, COTZAC 11384870/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11393191/26, del EXD-0000-3031003/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario SOSA JOSE MARIO, D.N.I. Nº 14.542.883, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11393191/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.287.360,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5673-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-1300158/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la señora IGLESIAS ELBA CLIDIA, D.N.I. N° 32.749.478, en representación de su hija, la beneficiaria GIMENEZ IGLESIAS IRIS NAHIARA, D.N.I. N° 50.668.283, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3699501/26 y DOCEXT 1502877/26, surge que la señora IGLESIAS ELBA CLIDIA, D.N.I. N° 32.749.478, en representación de su hija, la beneficiaria GIMENEZ IGLESIAS IRIS NAHIARA, D.N.I. N° 50.668.283, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;

Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Que, en act. DOCEXT 1548438/26, obra nota donde consta la falta de cobertura del medicamento requerido ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011) y que atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;

Que, en act. SOLSEC 11296650/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1646/2026;

Que, en act. ACTPRO 11303081/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11305759/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11305760/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11305761/26 y GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11305762/26;

Que, en act. DOCEXT 1546390/26 obra mantenimiento de oferta de la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T: 33-69541513-9;

Que, en act. INFSEC 11305763/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 1223/2026, obrante en act. PROSEC 11305758/26;

Que, en act. PRESEC 11332007/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T: 33-69541513-9, el item 1, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 99/100 ($1.087.586,99);

Que, en acts. PREV 11292337/26 y PREV 11332179/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 932126/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 970042/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 169208/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3699501/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T: 33-69541513-9, el item 1, por la suma total de PESOS UN MILLON OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS CON 99/100 ($1.087.586,99), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11305759/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1546390/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11332007/26 del EXD-0000-1300158/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora IGLESIAS ELBA CLIDIA, D.N.I. N° 32.749.478, en representación de su hija, la beneficiaria GIMENEZ IGLESIAS IRIS NAHIARA, D.N.I. N° 50.668.283, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11332007/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.087.586,99

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-

Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5674-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-2200882/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de formula hipercalórica a favor del beneficiario RUIZ CRISTIAN GUSTAVO, D.N.I. Nº 23.059.243, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1510174/26 y DOCEXT 1524992/26, surge que el beneficiario RUIZ CRISTIAN GUSTAVO, D.N.I. Nº 23.059.243, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de formula hipercalórica para tratamiento nutricional;

Que, en act. SOLSEC 11362893/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2934/2026;

Que, en act. ACTPRO 11365679/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, en act. COTZAC 11367583/26 y ROYMEDSA, C.U.I.T.: 30-71013301-4, en act. COTZAC 11367584/26 y COTZAC 11367586;

Que, en act. INFSEC 11367587/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2374/2026, obrante en act. PROSEC 11367582/26;

Que, en act. PRESEC 11397076/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($3.688.200,00);

Que, en acts. PREV 11354892/26 y PREV 11397089/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 939798/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 983583/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 171494/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Arts. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de formula hipercalórica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1510174/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($3.688.200,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11367583/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11397076/26, del EXD-0000-2200882/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario, RUIZ CRISTIAN GUSTAVO, D.N.I. Nº 23.059.243, la formula hipercalórica que se detallan en act. PRESEC 11397076/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.688.200,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5675-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3100410/26, la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria SIRKA MYRIAM BEATRIZ, D.N.I. N° 20.278.052, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3727541/26, DOCEXT 3727553/26, DOCEXT 1520348/26 y DOCEXT 3750718/26, surge que la beneficiaria SIRKA MYRIAM BEATRIZ, D.N.I. N° 20.278.052, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;

Que, en act. ACTPRO 11361016/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11364126/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11364127/26;

Que, en act. PRESEC 11371527/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($1.985.000,00);

Que, en acts. PREV 11338775/26 y PREV 11374247/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. DICLEG 937243/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 979491/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 170953/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de estudio especial solicitado en act. DOCEXT 3727541/26.-

Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($1.985.000,00), de acuerdo a la oferta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11364127/26 y PRESEC 11371527/26 del EXD-0000-3100410/26.-

Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria SIRKA MYRIAM BEATRIZ, D.N.I. N° 20.278.052, la provisión de elementos de tecnología biomédica, detallado en act. PRESEC 11371527/26.-

Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.985.000,00

Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-

Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5676-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4010140/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona compra de estadías en hoteles fuera de la provincia, destinado a pacientes no mutualizados y de escasos recursos derivados a centros de mayor complejidad, y;

CONSIDERANDO:

Que, en acts. DOCEXT 1532273/26, la Subdirección Emergencia Sanitaria, solicita la compra de estadías en hoteles fuera de la provincia, destinado a pacientes no mutualizados y de escasos recursos, respondiendo a la urgencia de efectuar derivaciones a centros especializados ubicados en la provincia de Mendoza, ante la necesaria disponibilidad de especialistas y/o de infraestructura tecnológica indispensable para la realización de tratamientos específicos en casos de alta complejidad;

Que, en act. SOLSEC 11369388/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3079/2026;

Que, en act. ACTPRO 11374698/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma SEBASTIAN RODRIGO ZALAZAR BRIZUELA, C.U.I.T 20-29618153-7, en act. COTZAC 11382678/26;

Que, en act. INFSEC 11382679/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2648/2026, obrante en act. PROSEC 11382677/26;

Que, en act. PRESEC 11389226/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma SEBASTIAN RODRIGO ZALAZAR BRIZUELA, C.U.I.T 20-29618153-7, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($4.750.000,00);

Que, en act. PREV 11367799/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 940115/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 984051/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 171565/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la compra de estadías en hoteles de la provincia de Mendoza, destinado a pacientes no mutualizados y de escasos recursos derivados a centros de mayor complejidad, solicitados en act. DOCEXT 1532273/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma SEBASTIAN RODRIGO ZALAZAR BRIZUELA, C.U.I.T 20-29618153-7, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($4.750.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11382678/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11389226/26 del EXD-0000-4010140/26.-

Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria, lo detallado en act. PRESEC 11389226/26.-

Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.750.000,00

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma oferente.-

Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5677-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-10240799/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudios especiales a favor del beneficiario ALBORNOZ JOSE MARIA, D.N.I Nº 17.986.210, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3629772/25, DOCEXT 3629776/25, DOCEXT 3629781/25, DOCEXT 3629785/25, DOCEXT 3642197/25 y DOCEXT 3706638/26, surge que el beneficiario ALBORNOZ JOSE MARIA, D.N.I Nº 17.986.210, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento cardiológico;

Que, en act. DOCEXT 3728830/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;

Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFÍA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T. 30-57459695-1, en act. DOCEXT 3728838/26 y CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, en act. DOCEXT 3728844/26;

Que, en act. DOCEXT 3782134/26, obra mantenimiento de oferta de la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0;

Que, en acts. DOCEXT 3728885/26 y DOCEXT 3728887/26, obra razonabilidad y justificación del precio a abonar;

Que, en act. DOCEXT 3728894/26, obra informe mediante el cual se preadjudicó a la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L. C.U.I.T. 30-69029824-0, los items 1 y 2, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($1.359.637,00);

Que, en acts. PREV 11261596/26 y PREV 11299249/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;

Que, en act. NOTAMP 969805/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 970400/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 169383/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc.t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-

Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L. C.U.I.T. 30-69029824-0, los items 1 y 2, por la suma total de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($1.359.637,00) de acuerdo a la oferta presentada en act DOCEXT 3728844/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3782134/26 y preadjudicacion adjunta en act. DOCEXT 3728894/26 del EXD-0000-10240799/25.-

Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario ALBORNOZ JOSE MARIA, D.N.I Nº 17.986.210, los estudios especiales que se detallan en act. DOCEXT 3728894/26.-

Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.359.637,00

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-

Art. 7º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5678-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4220709/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a favor de la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en concepto de medicamentos destinado a la señora ZABALA LAURA ESTER, D.N.I. N° 31.276.418, en representación del beneficiario OJEDA ZABALA MARIO JAVIER, D.N.I. N° 56.653.489, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 1543898/26, obra Factura B Nº 0008-00004809, presentada por la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T: 33-71119257-9, por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 17/100 ($2.469.694,17);

Que, en act. DOCEXT 1543917/26, obra nota de recepción conforme de los servicios prestados por la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T: 33-71119257-9;

Que, en act. PREV 11396091/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. DICLEG 942110/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 987526/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 172099/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T: 33-71119257-9, por la suma total de DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 17/100 ($2.469.694,17), según Factura B Nº 0008-00004809, obrante en act. DOCEXT 1543898/26 del EXD-0000-4220709/26, en concepto de medicamentos destinado a la señora ZABALA LAURA ESTER, D.N.I. N° 31.276.418 en representación del beneficiario OJEDA ZABALA MARIO JAVIER, D.N.I. N° 56.653.489.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.469.694,17

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º - Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5679-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4281011/26, por el cual el Hospital Salud Mental tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora JULIANA SOFIA PEREYRA, D.N.I. N° 40.277.606, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3795052/26, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora JULIANA SOFIA PEREYRA, D.N.I. N° 40.277.606, por la otra, para cumplir funciones en el Servicio de Asistencia y Prevención del Suicidio del Hospital Salud Mental, a partir de la fecha del presente Decreto y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. PREV 11422879/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;

Que, en act. ENCAPS 942992/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. DICLEG 943113/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 988479/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;

Que, en act. DICFIS 172222/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA,

D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora JULIANA SOFIA PEREYRA, D.N.I. N° 40.277.606, por la otra, para cumplir funciones en el Servicio de Asistencia y Prevención del Suicidio del Hospital Salud Mental, obrante en act. DOCEXT 3795052/26 del EXD-0000-4281011/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 21 37 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $10.800.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Pasar las actuaciones de referencia al Hospital Salud Mental, a sus efectos.-

Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Recursos Humanos y a la señora JULIANA SOFIA PEREYRA, D.N.I. N° 40.277.606.-

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5680-MdeS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5120405/26, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor EMANUEL REPETTO, D.N.I. Nº 29.188.667, y;

CONSIDERANDO:

Que, en act. DOCEXT 3798109/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor EMANUEL REPETTO, D.N.I. Nº 29.188.667, por la otra, para realizar guardias médicas pasivas en la especialidad de urología en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria durante QUINCE (15) días al mes, a partir del 1 de junio de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual período por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;

Que, en act. PREV 11435836/26, obra imputación preventiva del gasto;

Que, en act. ENCAPS 944308/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;

Que, en act. DICLEG 944563/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;

Que, en act. NOTAMP 990242/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que, en act. DICFIS 172515/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor EMANUEL REPETTO, D.N.I. Nº 29.188.667, por la otra, para realizar guardias médicas pasivas en la especialidad de urología en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, obrante en act. DOCEXT 3798109/26 del EXD-0000-5120405/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:

INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE

Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp

1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $11.400.000,00

Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-

Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Lucia Teresa Nigra

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

DECRETO Nº 5608-ME-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12151536/25, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3673707/25 obra copia del Decreto Nº 19649-MHIP-2025, mediante el cual se acepta la renuncia por jubilación a la docente GRACIELA BEATRIZ GODOY, D.N.I. Nº 12.689.080, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, carácter titular, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;

Que en act. DOCEXT 3724404/26 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes y en act. DOCEXT 3758757/26 obra Acta N° 1/26 de ofrecimiento de cargo de fecha 9 de abril de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, por compulsa de antecedentes, carácter interino, a la docente ROMINA GISEL CEIN, D.N.I. Nº 37.132.539, quien acepta el cargo;

Que en act. DOCEXT 3771089/26, obran nota de no aceptación al cargo de la docente CLAUDIA GABRIELA SOSA, D.N.I. N° 25.870.266, quien precede en el orden de mérito;

Que en act. DOCEXT 3758757/26 obra nota por la cual la docente ROMINA GISEL CEIN, D.N.I. Nº 37.132.539, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, titular según Decreto N° 4260-MHP-2018 en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II;

Que en act. INFSUM 180140/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. INFORM 437743/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 437773/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 981501/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 437773/26;

Que en act. PASEDU 3771100/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;

Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004.-

Art. 2º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ROMINA GISEL CEIN, D.N.I. Nº 37.132.539, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, carácter interino, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II.-

Art. 3º.-Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente ROMINA GISEL CEIN, D.N.I. Nº 37.132.539, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, titular según Decreto N° 4260-MHP-2018 en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II.-

Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-

Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Primaria y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5609-ME-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-3171426/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente YESICA MARIA JOSE DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 31.212.840, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 249 “Conrado García Torres”, de la localidad de Villa de Praga, departamento Libertador General San Martín;

Que en act. DOCEXT 3750798/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 11291-MHP-2023, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, de las Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3775502/26;

Que en act. INFSUM 180309/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3782083/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando ala docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3782093/26, la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, ala docente YESICA MARIA JOSE DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 31.212.840, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 249 “Conrado García Torres”, de la localidad de Villa de Praga, departamento Libertador General San Martín.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5610-ME-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-2270483/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita tercera instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3720792/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la tercera instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de cuatro (4) años, del Profesor MARIO NICOLAS WILDNER SANCHEZ, D.N.I. N° 29.835.088, designado mediante Decreto Nº 6608-ME-2023;

Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3720787/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;

Que en act. INFORM 434240/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 434284/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 966635/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 434284/26;

Que en act. DOCEXT 3773630/26 obra Resolución Nº 38-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. DOCEXT 3772975/26 (Adjuntos) obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;

Que en act. NOTAMP 987501/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011;

Que en act. NOTAMP 988935/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando al Profesor MARIO NICOLAS WILDNER SANCHEZ, partir del 05 de junio de 2026 y por el término de cuatro años (4) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto N° 773-ME-2016;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011.-

Art. 2º.-Designar por tercera instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 05 de junio de 2026, y por el término de cuatro (4) años, al Profesor MARIO NICOLAS WILDNER SANCHEZ, D.N.I. N° 29.835.088, en el cargo de Profesor Auxiliar, para el espacio curricular “Práctica de la Enseñanza” correspondiente al Profesorado de Educación Primaria, con una carga horaria de veinte (20) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 2345-ME-2011 y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3772975/26 (Adjuntos), en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 14 16 1-01 25 1

Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar al interesado.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5611-ME-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5200120/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3794572/26 obra nota de la docente MONICA BEATRIZ TOLEDO, mediante la cual solicita la rectificación del Decreto Nº 18986-ME-2025, por el cual se la designa Directora titular en Escuela N° 388 “Sargento Eduardo Romero”, ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, y se le acepta la renuncia en UN (1) cargo de Maestra de Grado en el mismo establecimiento educativo, ya que se consignó de manera incorrecta el número de su D.N.I.;

Que act. DOCEXT 3794572/26, obran copias del mencionado Decreto y de su D.N.I., de las cuales surge que se hace necesario rectificar, en sus partes pertinentes, los Art. 2° y 3° del Decreto Nº 18986-ME-2025;

Que en act. ACTPAS 1694689/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Rectificar el Art. 2° del Decreto Nº 18986-ME-2025, según el siguiente detalle:

Donde dice: Escuela Nº 388 “Sargento Eduardo Romero” - ciudad de Villa Mercedes - departamento General Pedernera.

Director:

MONICA BEATRIZ TOLEDO - D.N.I. Nº 18.488.847

Debe decir: Escuela Nº 388 “Sargento Eduardo Romero” - ciudad de Villa Mercedes - departamento General Pedernera.

Director:

MONICA BEATRIZ TOLEDO - D.N.I. Nº 18.448.847.-

Art. 2º.- Rectificar el Art. 3° del Decreto Nº 18986-ME-2025, según el siguiente detalle:

Donde dice: MONICA BEATRIZ TOLEDO - D.N.I. Nº 18.488.847

UN (1) cargo de Maestra de Grado, carácter titular, Educación Primaria, según Decreto Nº 8110-MHyOP-2013, en la Escuela Nº 388 “Sargento Eduardo Romero”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera

Debe decir: MONICA BEATRIZ TOLEDO - D.N.I. Nº 18.448.847

UN (1) cargo de Maestra de Grado, carácter titular, Educación Primaria, según Decreto Nº 8110-MHyOP-2013, en la Escuela Nº 388 “Sargento Eduardo Romero”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3°.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-

Art. 4°.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes y, por su intermedio al Establecimiento Educativo correspondiente.-

Art. 5°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5612-ME-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-3270971/26, por el cual se tramita reubicación definitiva del docente CLAUDIO FERNANDO PALACIOS, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3744057/26, obra nota de solicitud de reubicación definitiva del docente CLAUDIO FERNANDO PALACIOS, D.N.I. Nº 20.193.717, de DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría, según Decreto N° 20394-ME-2025, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera, a TRES (3) horas cátedra (2 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Literatura en 7mo. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, vacante por renuncia por jubilación del docente titular ALEJANDRO GABRIEL BESSO, según Decreto Nº 2195-MHIP-2026, en el mismo establecimiento educativo;

Que en act. DOCEXT 3744057/26, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del solicitante y copia del Decreto de reubicación N° 20394-ME-2025;

Que en act. INFORM 435976/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 436160/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;

Que en act. NOTAMP 974496/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 436160/26;

Que en act. DOCEXT 3744169/26 obra Resolución Nº 005-JCD-VM-26, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación;

Que en act. INFSUM 180091/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;

Que en act. ACTPAS 1679161/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.-Reubicar definitivamente al docente CLAUDIO FERNANDO PALACIOS, D.N.I. Nº 20.193.717, de DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría, según Decreto N° 20394-ME-2025, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera, a TRES (3) horas cátedra (2 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Literatura en 7mo. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, vacante por jubilación del docente titular ALEJANDRO GABRIEL BESSO, según Decreto Nº 2195-MHIP-2026, en el mismo establecimiento educativo.-

Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente: DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA:

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1

Art. 3°.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 4°.-Hacer saber a: Dirección Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos y Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes.-

Art. 5°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 6°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5613-ME-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5040508/26, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente HEBER DARIO LOYOLA, D.N.I. Nº 30.842.484, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;

Que en act. DOCEXT 3777544/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 11963-MHP-2022, del docente mencionado;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, de las Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3779368/26;

Que en act. INFSUM 180330/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3782319/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3782326/26 la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente HEBER DARIO LOYOLA, D.N.I. Nº 30.842.484, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5614-ME-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-3160285/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 3738316/26 y 3738317/26, obran los contratos de servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Directora de Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, Prof. MARIA RAQUEL ACOSTA, D.N.I. N° 24.299.482, por una parte y, por la otra, las señoras ANDREA FERNANDA MONZÓN, D.N.I. N° 34.892.025; y ROSANA HAYDEE GAUNA, D.N.I. N° 17.024.972, con el objeto de prestar servicios en la Unidad Ejecutora Jurisdiccional del Instituto Nacional de Educación Tecnológica, dependiente de la Subdirección Educación Técnica, Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, como Técnico Pedagógico, cumpliendo tareas tales como relevamiento y sistematización de información, desarrollo, evaluación y revisión de los diseños curriculares y asistencia técnica y capacitación de las instituciones, durante el período comprendido entre el 01 de abril de 2026 y el 30 de junio de 2026;

Que la cláusula segunda de los contratos de referencia, establece la retribución mensual que percibirán los prestadores de servicios, por todo concepto;

Que en act. PREV 11375353/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS VEINTITRES MIL CON 00/100 ($4.323.000,00);

Que en act. NOTAMP 987170/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 987397/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos mencionados, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 172111/26 interviene Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004 modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-

Art. 2º.-Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Directora de Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, Prof. MARIA RAQUEL ACOSTA, D.N.I. N° 24.299.482, por una parte y, por la otra, las señoras ANDREA FERNANDA MONZÓN, D.N.I. N° 34.892.025; y ROSANA HAYDEE GAUNA, D.N.I. N° 17.024.972, a los fines de prestar servicio en la Unidad Ejecutora Jurisdiccional del Instituto Nacional de Educación Tecnológica, dependiente de la Subdirección Educación Técnica, Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de abril de 2026 y el 30 de junio de 2026, conforme a lo especificado en la cláusula primera de los contratos de referencia, obrantes en acts. DOCEXT 3738316/26 y 3738317/26.-

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 14 14 23 01 4-26 3 4 9 $4.323.000,00.-

Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.-Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 6º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Educación Técnica, y, por su intermedio, notificar a las interesadas.-

Art. 7º.-Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5682-ME-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5210075/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3802072/26 obra el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora OLGA NOEMI GARCÍA, D.N.I. N° 12.806.580, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, desempeñándose en la realización de tareas de implementación de estrategias pedagógicas y políticas que garanticen el cumplimiento de la obligatoriedad escolar, supervisar, monitorear y evaluar los procesos de mejora continua de la calidad educativa, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 y el 30 de septiembre de 2026;

Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;

Que en act. PREV 11446075/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;

Que en act. NOTAMP 990776/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;

Que en act. NOTAMP 991306/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 172571/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.-Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora OLGA NOEMI GARCÍA, D.N.I. N° 12.806.580, a los fines de prestar servicios durante el período comprendido entre el 01 de julio de 2026 al 30 de septiembre de 2026, en la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3802072/26.-

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:

Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe

1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $8.640.000,00

Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.-Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, notificar a la interesada.-

Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-

Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5683-ME-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-4061254/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente YAMILA SOLEDAD BARROSO, D.N.I. Nº 37.838.594, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;

Que en act. DOCEXT 3759302/26, obra copia de Decreto de designación Nº 6399-MHP-2022, de la docente mencionada;

Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, de las Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3777538/26;

Que en act. INFSUM 180305/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;

Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;

Que en act. PASEDU 3788615/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;

Que en act. PASGES 3788645/26 la Dirección Gestión Educativa presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, ala docente YAMILA SOLEDAD BARROSO, D.N.I. Nº 37.838.594, SEIS (6) horas cátedra de Física, (3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5684-ME-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-9170193/25, y;

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 19097-ME-2025, de fecha 03 de octubre del 2025, se designó con carácter titular, en el marco del Concurso de Antecedentes, Méritos y Oposición de cargos jerárquicos, convocado por Decreto N° 4533-ME-2024, entre otros, a la docente MARIA JOSE SARA ZAMUDIO, D.N.I. Nº 22.624.004;

Que en act. DOCEXT 3759527/26 obra nota presentada por la docente MARIA JOSE SARA ZAMUDIO, mediante la cual solicita la rectificación de Decreto mencionado en el párrafo anterior ya que se consignó erróneamente el curso correspondiente a las horas cátedra del espacio curricular “Lenguas Extranjeras”, a las que renuncia;

Que analizada la solicitud de la docente antes mencionada, se verifica que en el Art. 3° del Decreto Nº 19097-ME-2025, se le aceptó erróneamente la renuncia, en TRES (3) horas cátedra de Lenguas Extranjeras en 5to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundario, titulares según Decreto N° 2132-ME-2021, en el Centro Educativo Nº 25 “Justo José de Urquiza”, de la localidad de Nogolí, departamento Belgrano, cuando correspondía aceptar la renuncia en TRES (3) horas cátedra de Lenguas Extranjeras en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundario, titulares según Decreto N° 2132-ME-2021;

Que a los fines de regularizar la situación de la docente MARIA JOSE SARA ZAMUDIO, D.N.I. Nº 22.624.004, se hace necesario rectificar, en sus partes pertinentes, el Art. 3° del Decreto Nº 19097-ME-2025;

Que en act. ACTPAS 1679350/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Rectificar en la parte pertinente a la docente MARIA JOSE SARA ZAMUDIO - D.N.I. Nº 22.624.004, el Art. 3° del Decreto Nº 19097-ME-2025, de acuerdo al siguiente detalle:

Donde dice: “MARIA JOSE SARA ZAMUDIO – D.N.I. Nº 22.624.004 OCHO (8) horas cátedra de Lengua Extranjera (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división) y TRES (3) horas cátedra de Lenguas Extranjeras en 5to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundario, titulares según Decreto N° 2132-ME-2021, CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera (2 hs en 1er. año. 1ra. división, 1 hs. en 2do. año 1ra. división y 1 hs. en 3er. año 1ra. división), interinas, según Decreto N° 5171-ME-2020, en el Centro Educativo Nº 25 “Justo José de Urquiza”, de la localidad de Nogolí, departamento Belgrano”.

Debe decir: “MARIA JOSE SARA ZAMUDIO – D.N.I. Nº 22.624.004 OCHO (8) horas cátedra de Lengua Extranjera (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división) y TRES (3) horas cátedra de Lenguas Extranjeras en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundario, titulares, según Decreto N° 2132-ME-2021, CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 1 hs. en 2do. año 1ra. división y 1 hs. en 3er. año 1ra. división), interinas, según Decreto N° 5171-ME-2020, en el Centro Educativo Nº 25 “Justo José de Urquiza”, de la localidad de Nogolí, departamento Belgrano”.-

Art. 2°.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-

Art. 3°.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis y, por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-

Art. 4°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5685-ME-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-2270832/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita quinta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto Nº 3720-ME-2020, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3720341/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la quinta instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de cuatro (4) años, de la Profesora MARIA EUGENIA CANAVESI, D.N.I. N° 30.979.301, designada en cuarta instancia de reválida de cargo docente mediante Decreto Nº 5520-ME-2022;

Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3720331/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;

Que en act. DOCEXT 3720334/26 obra Decreto Nº 3270-ME-2020, de la quinta instancia de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. INFORM 434327/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 434374/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 967348/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 434374/26;

Que en act. DOCEXT 3773728/26 obra Resolución Nº 43-DESYCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. DOCEXT 3773732/26 obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;

Que en act. NOTAMP 985921/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y de los Decretos Nros. 2345-ME-2011, 3720-ME-2020 y 217-ME-2024;

Que en act. DOCEXT 3720341/26 Adjuntos obra Decreto Nº 217-ME-2024, donde se dispone que los docentes Responsables y Auxiliares, que aprueben la quinta instancia de reválida de cargos, sean designados en los cargos que revalidaron con carácter titular;

Que en act. NOTAMP 989234/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente solicita la titularización dispuesta por Decreto Nº 217-ME-2024, de la Profesora MARIA EUGENIA CANAVESI, D.N.I. N° 30.979.301, por haber revalidado la quinta y última instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto Nº 3720-ME-2020, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y de los Decretos Nros. 2345-ME-2011, 3720-ME-2020 y 217-ME-2024.-

Art. 2º.-Designar por quinta instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 24 de junio de 2026, a la Profesora MARIA EUGENIA CANAVESI, D.N.I. N° 30.979.301, en el cargo de Profesor Auxiliar, para el espacio curricular “Pedagogía”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en: Historia y Geografía, con una carga horaria de diez (10) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por Decreto Nº 2345-ME-2011, Decreto 3270-ME-2020 y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3773732/26 Adjuntos, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 3º.-Titularizar a la Profesora MARIA EUGENIA CANAVESI, D.N.I. N° 30.979.301, en el cargo de Profesor Auxiliar, para el espacio curricular “Pedagogía”, correspondiente a los Profesorados de Educación Secundaria en: Historia y Geografía, con una carga horaria de diez (10) horas reloj, en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION SUPERIOR Y CAPACITACION DOCENTE:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 14 16 1-01 25 1

Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-

Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar a la interesada.-

Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5686-ME-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-2270555/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita tercera instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3720521/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la tercera instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de cuatro (4) años, de la Profesora VANESSA CARLA VIDELA, D.N.I. N° 21.997.606, designada mediante Decreto Nº 7258-ME-2023;

Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3720493/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;

Que en act. INFORM 435697/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 435780/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 973876/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 435780/26;

Que en act. DOCEXT 3776219/26 obra Resolución Nº 39-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. DOCEXT 3776221/26 obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;

Que en act. NOTAMP 989632/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011;

Que en act. NOTAMP 990854/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando a la Profesora VANESSA CARLA VIDELA, a partir del 25 de julio de 2026 y por el término de cuatro años (4) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la cuarta instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011 y Decreto N° 773-ME-2016;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011.-

Art. 2º.-Designar por tercera instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 25 de julio de 2026, y por el término de cuatro (4) años, a la profesora VANESSA CARLA VIDELA, D.N.I. N° 21.997.606, en el cargo de Profesor Responsable, para los espacios curriculares “Psicología Educacional” y “Sujeto de la Educación Secundaria”, correspondientes al Profesorado de Educación Secundaria en Lengua y Literatura y “Psicología Educacional” correspondiente al Profesorado de Inglés, con una carga horaria de treinta (30) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por Decreto Nº 2345-ME-2011 y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3776221/26 (Adjuntos), en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 14 16 1-01 25 1

Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar a la interesada.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5687-ME-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-2270266/26 mediante el cual el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita primera instancia de Reválida de Cargo de Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3722748/26 el Instituto de Formación Docente Continua San Luis, solicita se autorice la primera instancia de Reválida de Cargo Docente por el término de tres (3) años, de la profesora FLORENCIA ELIZABETH MENENDEZ, D.N.I. N° 33.888.083, designada mediante Decreto Nº 3598-ME-2024;

Que mediante Decreto Nº 2345-ME-2011 (act. DOCEXT 3722747/26), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes Responsables y Auxiliares;

Que en act. INFORM 435512/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 435555/26 emite informe de imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 971465/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 435555/26;

Que en act. DOCEXT 3776071/26 obra Resolución Nº 23-DESyCD-2026 mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de Reválida de Cargo Docente;

Que en act. DOCEXT 3776078/26 (Adjuntos) obra el Acta de Reválida de Cargo Docente, cumplimentada por el Jurado designado;

Que en act. NOTAMP 987516/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011;

Que en act. NOTAMP 988041/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando a la Profesora FLORENCIA ELIZABETH MENENDEZ, partir del 09 de mayo de 2026 y por el término de tres años (3) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la segunda instancia de Reválida de Cargo Docente en el marco del Decreto Nº 2345-ME-2011;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 20 de la Ley de Educación Superior N° 24.521 y del Decreto N° 2345-ME-2011.-

Art. 2º.- Designar por primera instancia de Reválida de Cargo Docente, a partir del 09 de mayo de 2026 y por el término de tres (3) años, a la Profesora FLORENCIA ELIZABETH MENENDEZ, D.N.I. N° 33.888.083, en el cargo de Profesor Responsable para el área de Acompañamiento y Seguimiento Estudiantil, con una carga horaria de veinte (20) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Nº 2345-ME-2011, y de acuerdo con el Acta de Reválida de Cargo Docente, obrante en act. DOCEXT 3776078/26 (Adjuntos), en el Instituto de Formación Docente Continua San Luis.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION SUPERIOR y CAPACITACION DOCENTE:

Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.

1 14 16 1-01 25 1

Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-

Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Formación Docente Continua San Luis y por su intermedio, notificar a la interesada.-

Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e infraestructura Pública.-

Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DECRETO Nº 5615-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5300903/25, por el cual se tramita ampliación de plazo de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE DOCE (12) VIVIENDAS, INFRAESTRUCTURA, NEXOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS” Ubicación: TILISARAO. DEPARTAMENTO CHACABUCO. PROVINCIA DE SAN LUIS, y;

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue contratada con la firma CERVERA PASCUAL DESARROLLOS S.R.L., mediante Decreto Nº 14966-MHIP-2025 de fecha 28 de julio de 2025 obrante en act. ACTPAS 1580203/25, según Contrato de Obra Pública suscripto en fecha 29 de julio de 2025 obrante en act. DOCEXT 1406758/25;

Que en act. DOCEXT 1550958/26, obra Nota de Pedido N° 6, donde la contratista de la obra solicita ampliación del plazo de ejecución de SESENTA (60) días corridos motivado por condiciones climáticas, demora en el suministro y traslado de materiales que imposibilitaron dar cumplimiento al plazo pactado, y adjuntando Plan de Trabajo y Curva de Avance, obrantes en act. DOCEXT 1550958/26 quedando como fecha de finalización de obra el día 24 de julio de 2026;

Que en act. DOCEXT 1551049/26 obra informe de la inspección de obra de la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considerando razonable técnicamente conceder la ampliación de plazo referida;

Que en act. NOTAMP 985405/26 la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas, analiza las actuaciones y solicita se acceda a otorgar la ampliación de plazo de SESENTA (60) días corridos de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE DOCE (12) VIVIENDAS, INFRAESTRUCTURA, NEXOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS” Ubicación: TILISARAO. DEPARTAMENTO CHACABUCO. PROVINCIA DE SAN LUIS, para permitir su conclusión dentro del nuevo plazo propuesto;

Que en act. ACTPAS 1692298/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 990871/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. DICFIS 172525/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que puede dictarse el acto administrativo por el que se autorice la ampliación de plazo de ejecución con encuadre legal en las disposiciones del Art. 26 apartado IV) del Decreto N° 3345-MP-2004;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 26 apartado IV) del Decreto N° 3345-MP-2004.-

Art. 2°.- Autorizar en la obra denominada: “CONSTRUCCION DE DOCE (12) VIVIENDAS, INFRAESTRUCTURA, NEXOS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS” Ubicación: TILISARAO. DEPARTAMENTO CHACABUCO. PROVINCIA DE SAN LUIS, una ampliación de plazo de SESENTA (60) días corridos, quedando como fecha de finalización de la obra el día 24 de julio de 2026.-

Art. 3°.- Aprobar Plan de Trabajo y Curva de Avance, obrantes en act. DOCEXT 1550958/26.-

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Subdirección de Control de Certificados y Sistematización de la Obra Pública, Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas y a la firma CERVERA PASCUAL DESARROLLOS S.R.L..-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5616-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3251449/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ROMINA BELEN TABACCHI, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3740713/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ROMINA BELEN TABACCHI, D.N.I. Nº 29.347.568, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 9414-ME-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1677742/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de abril de 2026;

Que en act. INFSUM 180257/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular ROMINA BELEN TABACCHI, D.N.I. Nº 29.347.568, en SEIS (6) horas cátedra de Geografía, 3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5617-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4081341/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIANA BELEN CARRIZO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo del relevo de funciones del docente titular SERGIO FERNANDO ZABALA, según Decreto Nº 1097-ME-2026, se torna necesario designar a la docente MARIANA BELEN CARRIZO, D.N.I. Nº 28.228.321, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3753121/26 y 1552532/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 09 de marzo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 09 de marzo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, en reemplazo del docente titular SERGIO FERNANDO ZABALA, a la docente MARIANA BELEN CARRIZO, D.N.I. Nº 28.228.321, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5618-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4231299/26, por el cual tramita la designación del docente EMMANUEL FERNANDO BACHA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Secundaria de Arte N° 1 “Profesor Gaspar Di Gennaro”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 7261-ME-2023 y 16225-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, al docente EMMANUEL FERNANDO BACHA, D.N.I. Nº 30.189.677, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, de la Modalidad de Educación Artística de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3769379/26 y ACTPAS 1689662/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 16 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 16 de abril de 2026, al docente EMMANUEL FERNANDO BACHA, D.N.I. Nº 30.189.677, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, de la Modalidad de Educación Artística de Nivel Secundario, en la Escuela Secundaria de Arte N° 1 “Profesor Gaspar Di Gennaro”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5619-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5040405/26, por el cual se tramita la renuncia del docente DANIEL HUGO ROLA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1558706/26 y ACTPAS 1693653/26, obra: nota de renuncia por jubilación del docente DANIEL HUGO ROLA, D.N.I. Nº 16.589.825, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 7519-ME-2022, de titularización, 2087-MHP-2016, de reubicación definitiva, 430-MHP-2020, de designación y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. ACTPAS 1693654/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente DANIEL HUGO ROLA, D.N.I. Nº 16.589.825, en DIEZ (10) horas cátedra titulares de Construcción de la Obra Gruesa, (5 hs. en 4to. año 1ra. división, 5 hs. en 4to. año 2da. división), CUATRO (4) horas cátedra titulares de Historia de la Construcción en 4to. año 1ra. división, CINCO (5) horas cátedra titulares de Proyecto General en 6to. año 1ra. división, CUATRO (4) horas cátedra interina de Diseño Asistido en 6to. año 1ra. división, CINCO (5) horas cátedra interinas de Gestión y Administración de Obra, en 7mo. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional Docente de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5620-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5200234/26, por el cual tramita la designación de la docente PAULA ROSANA SERGIANI OHANIAN, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la localidad de Concarán, departamento Chacabuco, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, en el marco de lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular NATALIA RASPO, según Decreto N° 3789-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente PAULA ROSANA SERGIANI OHANIAN, D.N.I. N° 41.920.088, en SEIS (6) horas cátedra de Física, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3794703/26, DOCEXT 1561288/26 y DOCEXT 1562976/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 18 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 18 de mayo de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular NATALIA RASPO, a la docente PAULA ROSANA SERGIANI OHANIAN, D.N.I. N° 41.920.088, en SEIS (6) horas cátedra de Física, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la localidad de Concarán, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5621-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4231328/26, por el cual tramita la designación del docente JOSE LUIS CASIVA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular, ALEJANDRO GABRIEL BESSO, según Decreto N° 2195-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, JOSE LUIS CASIVA, D.N.I. Nº 21.805.324, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 2do. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3769412/26 y ACTPAS 1689743/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 21 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 21 de abril de 2026, al docente JOSE LUIS CASIVA, D.N.I. Nº 21.805.324, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 2do. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5622-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3261226/26, por el cual tramita la designación del docente OSCAR ALBERTO ABALLAY, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente titular e interina ALINA PIA CZIESLA, concedida por Resolución Nº 4854-DRH-2025, se torna necesario designar al docente OSCAR ALBERTO ABALLAY, D.N.I. Nº 37.133.104, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3742264/26 y 1529731/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 25 de marzo de 2026 y hasta el 01 de junio de 2026, en reemplazo de la docente titular e interina ALINA PIA CZIESLA, al docente OSCAR ALBERTO ABALLAY, D.N.I. Nº 37.133.104, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5623-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-2070022/26, por el cual tramita la designación de la docente SOFIA SOLEDAD AGUILERA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular VALERIA DENISE GLUSMAN, D.N.I. N° 18.592.825, según Decreto N° 19148-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente SOFIA SOLEDAD AGUILERA, D.N.I. Nº 29.621.601, en TRES (3) hs. catedra de Producción Vegetal en 3er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3704071/26 y 3779142/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de diciembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de diciembre de 2025, a la docente SOFIA SOLEDAD AGUILERA, D.N.I. Nº 29.621.601, en TRES (3) hs. catedra de Producción Vegetal en 3er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5624-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4010405/26, por el cual tramita la designación del docente FABRICIO ANIBAL RAMOSCA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, por creación, según Decretos Nº 4930-ME-2021 y 2916-ME-2022, se torna necesario designar con carácter excepcional, al docente FABRICIO ANIBAL RAMOSCA D.N.I. Nº 30.693.964, en NUEVE (9) horas cátedra de Educación Artística –Perfil Música (3 hs. en 1ro. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división), Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3747411/26 y DOCEXT 3763983/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 31 de marzo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, al docente FABRICIO ANIBAL RAMOSCA, D.N.I. Nº 30.693.964, en NUEVE (9) horas cátedra de Educación Artística –Perfil Música (3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división), Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5625-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4200417/26, por el cual tramita la designación del docente MARINA LAURA MEDERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 98 “Gobernador José Santos Ortiz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina LORENA ELISABET LEAL, D.N.I. N° 26.661.355, según Decreto N° 3801-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARINA LAURA MEDERO, D.N.I. Nº 22.140.467, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3764263/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 13 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARINA LAURA MEDERO, D.N.I. Nº 22.140.467, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 98 “Gobernador José Santos Ortiz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5626-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4200711/26, por el cual tramita la designación de la docente AGUSTINA NUÑEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 288 “Antonio Esteban Agüero”, de la localidad de Piedra Blanca Abajo, ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular ANA GRACIELA MAGALLANES, D.N.I. N° 17.738.983, según Decreto N° 18496-MHIP-2025 y renuncia por razones particulares de la docente suplente MAYRA LUCRECIA URQUIZA, D.N.I. N° 35.904.575, según Decreto N° 3245-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente AGUSTINA NUÑEZ, D.N.I. Nº 40.484.654, en TRES (3) hs. catedra de Patrimonio Cultural-Natural en 4to. año 1ra. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3764629/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente AGUSTINA NUÑEZ, D.N.I. Nº 40.484.654, en TRES (3) hs. catedra de Patrimonio Cultural-Natural en 4to. año 1ra. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 288 “Antonio Esteban Agüero”, de la localidad de Piedra Blanca Abajo, ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5627-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4231279/26, por el cual tramita la designación de la docente LAURA ANDREA SCHIAVINI, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 181 “San José de Calasanz”, de la localidad de Piedra Blanca Arriba, ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de creación, según Decreto Nº 10708-ME-2023, cubierto por excepcionalidad, según Decreto N° 165757-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente LAURA ANDREA SCHIAVINI, D.N.I. Nº 26.553.344, en UN (1) cargo de Maestra Especial, Perfil Lengua y Cultura Extranjera, Ingles, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3769349/26 y DOCEXT 1548707/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 09 de abril de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 09 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente LAURA ANDREA SCHIAVINI, D.N.I. Nº 26.553.344, en UN (1) cargo de Maestra Especial, Perfil Lengua y Cultura Extranjera, Ingles, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 181 “San José de Calasanz”, de la localidad de Piedra Blanca Arriba, ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5628-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4141392/26, por el cual tramita la designación de la docente IRMA ISABEL BENITEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARINA JUDITH MARTINEZ VIDELA, según Decreto N° 2051-ME-2026, se torna necesario designar a la docente IRMA ISABEL BENITEZ, D.N.I. Nº 33.287.681, en NUEVE (9) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, 3 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3780745/26, 1555449/26 y 1555453/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir 14 de abril de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular MARINA JUDITH MARTINEZ VIDELA, a la docente IRMA ISABEL BENITEZ, D.N.I. Nº 33.287.681, en NUEVE (9) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés, 3 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5629-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4150586/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA JULIETA OJEDA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones de la docente titular, MARISABEL SONIA POLICINO, según Decreto N° 1387-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente, MARIA JULIETA OJEDA, D.N.I. N° 36.812.621, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3761823/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 31 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA JULIETA OJEDA, D.N.I. N° 36.812.621, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5630-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4240719/26, por el cual tramita la designación del docente ENZO NAHUEL ROMERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la instrucción de sumario administrativo del docente interino, DARIO NAHUEL LEDESMA, ordenado por Resolución N° 188-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente ENZO NAHUEL ROMERO, D.N.I. Nº 38.762.132, en TRES (3) horas cátedra de Historia en 2do. año 1ra. división y CUATRO (4) horas cátedra de Historia en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3770133/26 y ACTPAS 1689717/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir de la fecha que en cada caso se especifica e inter dure la instrucción de sumario administrativo del docente interino, DARIO NAHUEL LEDESMA, al docente ENZO NAHUEL ROMERO, D.N.I. Nº 38.762.132, en TRES (3) horas cátedra de Historia en 2do. año 1ra. división, a partir del 23 de abril de 2026 y CUATRO (4) horas cátedra de Historia en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 24 de abril de 2026, en la Escuela N° 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5631-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5050434/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA ALEJANDRA SANTAMARIA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1551103/26, e INFORM 439272/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA ALEJANDRA SANTAMARIA, D.N.I. Nº 20.382.546, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 570-MHP-2017, de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 439271/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA ALEJANDRA SANTAMARIA, D.N.I. Nº 20.382.546, en OCHO (8) horas cátedra titulares de Química, (2 hs. en 2do. año 1ra. división, 2 hs. en 2do. año 2da. división, 2 hs. en 3er. año 1ra. división, 2 hs. en 3er. año 2da. división), Sector Informático, DOS (2) horas cátedra titulares de Química en 3er. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, OCHO (8) horas cátedra titulares de Química Orgánica, (4hs. en 5to. año 1ra. división, 4hs. en 5to. año 2da. división), Sector Informático, OCHO (8) horas cátedra titulares de Química Inorgánica, (4hs. en 4to. año 1ra. división, 4hs. en 4to. año 2da. división), Sector Informático, SEIS (6) horas cátedra titulares de Biología, (3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 4to. año 1ra. división), Sector Administración y Gestión, SEIS (6) horas cátedra titulares de Biología, (3 hs. en 4to. año 1ra. división, 3 hs. en 4to. año 2da. división), Sector Informático, DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 10 “Martín Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5632-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-11180864/25, por el cual tramita la designación del docente JULIO LEONARDO FERNANDEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones agiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de renuncia por razones particulares de la docente interina CLAUDIA ANA BARROSO, D.N.I. N° 21.630.217, según Decreto N° 7275-ME-2019, se torna necesario designar, al docente JULIO LEONARDO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 30.754.889, en TRES (3) hs. cátedra de Deontología, en 7mo. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en acts. DOCEXT 3653133/25, 3666089/25 y 3782465/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de noviembre de 2025;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de noviembre de 2025, al docente JULIO LEONARDO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 30.754.889, en TRES (3) hs. cátedra de Deontología, en 7mo. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 6 “General San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5633-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4141099/26, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente LUCIA VANESSA GUEVARA GODINO, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 2 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes de la docente titular ELIANA ANTONIA CARRIZO, concedida por Resolución Nº 822-DRRHH-2026, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente LUCIA VANESSA GUEVARA GODINO, D.N.I. Nº 25.565.031, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3758919/26 y 3767890/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026 y constancia de cese con fecha 17 de abril de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, desde el 13 de abril de 2026 y hasta el 17 de abril de 2026, en reemplazo de la docente titular ELIANA ANTONIA CARRIZO, por la docente LUCIA VANESSA GUEVARA GODINO, D.N.I. Nº 25.565.031, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 2 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 4º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5634-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4150577/26, por el cual tramita la designación del docente LUCIANO DANIEL FARIAS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones de la docente titular, MARISABEL SONIA POLICINO, según Decreto N° 1387-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente al docente, LUCIANO DANIEL FARIAS, D.N.I. N° 37.090.982, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3761778/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 1 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 1 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente LUCIANO DANIEL FARIAS, D.N.I. N° 37.090.982, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5635-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4231137/26, por el cual tramita las designaciones de las docentes SUNG JA KI y ALEJANDRA INGRID ALAEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a las vacantes producidas en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular, MARIA SOLEDAD RIVAROLA, según Decreto N° 2775-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente a las docentes: SUNG JA KI, D.N.I. N° 92.584.522, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés en 1er. año 1ra. división, y ALEJANDRA INGRID ALAEZ, D.N.I. N° 32.456.623, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3770395/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir los cargos vacantes, órdenes de mérito elaboradas por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L., declaraciones juradas de incompatibilidad de las docentes mencionadas y constancias de toma de posesión de los cargos;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir de la fecha que en cada caso se especifique e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, MARIA SOLEDAD RIVAROLA, en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, al siguiente personal docente:

SUNG JA KI, D.N.I. N° 92.584.522, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 20 de abril de 2026;

ALEJANDRA INGRID ALAEZ, D.N.I. N° 32.456.623, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera Inglés en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 13 de abril de 2026.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5636-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5190014/26, por el cual tramita la designación del docente EMILIO AGUSTIN AMAYA, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular, OSVALDO ALFREDO ARANEGA, según Decreto N° 2510-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente EMILIO AGUSTIN AMAYA, D.N.I. Nº 36.692.200, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Artística- Perfil Artes Visuales (2 hs. en 1er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 1ra. división), Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3792717/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, desde el 12 de mayo de 2026, al docente EMILIO AGUSTIN AMAYA, D.N.I. Nº 36.692.200, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Artística- Perfil Artes Visuales (2 hs. en 1er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 1ra. división), Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5637-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4160592/26, por el cual tramita la designación de la docente ERICA SILVANA PALOMINO; y,

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 204 “Maestro Nemesio Villegas”, de la localidad de La Carolina, departamento Coronel Pringles, con motivo de la licencia por cambio de funciones del docente titular MARCELO DANIEL AMAYA, según Resolución N° 618-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente ERICA SILVANA PALOMINO, D.N.I. Nº 21.406.771, en UN (1) cargo de Maestra Tutor, Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3761336/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 13 de abril de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 13 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo del cambio de funciones del docente titular MARCELO DANIEL AMAYA, a la docente ERICA SILVANA PALOMINO, D.N.I. Nº 21.406.771, en UN (1) cargo de Maestra Tutor, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 204 “Maestro Nemesio Villegas”, de la localidad de La Carolina, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5638-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4230019/26, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a las vacantes producidas en el Centro Educativo N° 11 “Inspector Sócrates Cortines”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular e interina, GILDA ELISABETH LANZETTI, según Decreto N° 3240-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a los docentes: WALTER MATIAS OCHOA, D.N.I. Nº 34.735.946, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 3er. año 2da. división, ROMINA AYELEN VERON, D.N.I. Nº 35.164.621, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria y MARCOS GASTON GATICA, D.N.I. N° 34.442.633, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 2do. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3768069/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir los cargos vacantes, órdenes de mérito, elaboradas por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L., declaraciones juradas de incompatibilidad de los docentes mencionados y constancias de toma de posesión de los cargos;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir de la fecha que en cada caso se especifica, en el Centro Educativo N° 11 “Inspector Sócrates Cortines”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, al siguiente personal docente:

WALTER MATIAS OCHOA, D.N.I. Nº 34.735.946, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 14 de abril de 2026;

ROMINA AYELEN VERON, D.N.I. Nº 35.164.621, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 16 de abril de 2026

MARCOS GASTON GATICA, D.N.I. N° 34.442.633, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 2do. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, a partir del 17 de abril de 2026.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5639-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4080003/26, por el cual tramita la designación de la docente JESICA GISELA ESTEFANIA GALDAMES, y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARIA LAURA MAILAND, D.N.I. N° 23.378.423, según Decreto N° 23759-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente JESICA GISELA ESTEFANIA GALDAMES, D.N.I. Nº 33.051.321, en UN (1) cargo de Maestra Gabinetista, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3751724/26 y 1542273/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 01 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 01 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente JESICA GISELA ESTEFANIA GALDAMES, D.N.I. Nº 33.051.321, en UN (1) cargo de Maestra Gabinetista, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 21 “Puerta de Cuyo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5640-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3051239/26, por el cual tramita la designación de la docente ANA BEATRIZ ROMERO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 16 “Tucumán”, de la localidad de Beazley, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la baja por cesantía del docente suplente CLAUDIO FABIAN LEONARHDT y la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada, del docente titular PEDRO WALTER ALFREDO HEHN, según Decreto N° 1473-MHP-2021, se torna necesario designar a la docente ANA BEATRIZ ROMERO, D.N.I. Nº 20.930.655, en CINCO (5) horas catedra de Matemática, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3724295/26 y 1521711/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de marzo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 02 de marzo de 2026 e inter dure la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada del docente titular PEDRO WALTER ALFREDO HEHN, a la docente ANA BEATRIZ ROMERO, D.N.I. Nº 20.930.655, en CINCO (5) horas catedra de Matemática, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 16 “Tucumán”, de la localidad de Beazley, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5641-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4231311/26, por el cual tramita la designación del docente JULIO HERNAN GATICA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente suplente, SONIA MARIEL GALLEGO, según Decreto Nº 9076-MHIP-2024, Decretos de cambio de estructura curricular Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 5739-ME-2022, cubierto por excepcionalidad mediante Decreto Nº 9505-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino al docente, JULIO HERNAN GATICA, D.N.I. N° 26.790.974, en TRES (3) horas cátedra de Política y Ciudadanía en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3769397/26 y ACTPAS 1689799/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 22 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 22 de abril de 2026, al docente JULIO HERNAN GATICA, D.N.I. N° 26.790.974, en TRES (3) horas cátedra de Política y Ciudadanía en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5642-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5140069/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente GRACIELA JUDITH GARRO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1557477/26 y ACTPAS 1694710/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente GRACIELA JUDITH GARRO, D.N.I. N° 17.665.350, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nro. 2650-MHP-2009 de titularización y fotocopia de D.N.I. de la docente;

Que en act. ACTPAS 1694709/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente GRACIELA JUDITH GARRO, D.N.I. N° 17.665.350, en UN (1) cargo titular de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela N° 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5643-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-2250679/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente DANIEL EDUARDO SCHMIDT, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3715823/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente DANIEL EDUARDO SCHMIDT, D.N.I. Nº 26.196.281, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 12476-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. INFORM 434369/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 19 de marzo de 2026;

Que en act. INFSUM 180160/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 19 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino DANIEL EDUARDO SCHMIDT, D.N.I. Nº 26.196.281, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Geoclimatologia en 4to. año 2da. división, Sector Energía Renovable, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero Germán Ave Lallemant”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5644-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5191138/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA GABRIELA GEUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1560846/26, y ACTPAS 1695992/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA GABRIELA GEUNA, D.N.I. Nº 20.326.875, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 1700-ME-2026, de relevo de funciones, 8407-MHP-2016, de reubicación, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1695991/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA GABRIELA GEUNA, D.N.I. Nº 20.326.875, en VEINTITRES (23) horas cátedra titulares de Historia, (3 hs. en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 3ra. división, 3 hs. en 3er. año 4ta. división, 3 hs. en 3er. año 5ta. división, 2 hs. en 5to. año 1ra. división, 2 hs. en 5to. año 2da. división, 2 hs. en 5to. año 3ra. división, 2 hs. en 5to. año 4ta. división), DIECISEIS (16) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana, (2 hs. en 3er. año 1ra. división, 2 hs. en 3er. año 2da. división, 2 hs. en 3er. año 3ra. división, 2 hs. en 3er. año 4ta. división, 2 hs. en 3er. año 5ta. división, 2 hs. en 4to. año 1ra. división, 2 hs. en 4to. año 3ra. división, 2 hs. en 4to. año 5ta. división), UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría Anual, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5645-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5180940/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente ALINE CRISTINA SANCHEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1559789/26, y ACTPAS 1696003/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente ALINE CRISTINA SANCHEZ, D.N.I. Nº 20.499.773, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 5326-MHP-2007, de permuta, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1696002/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente ALINE CRISTINA SANCHEZ, D.N.I. Nº 20.499.773, en UN (1) cargo titular de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5646-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5181068/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente SANDRA RUTH PALLERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1559893/26 e INFORM 439530/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente SANDRA RUTH PALLERO, D.N.I. Nº 20.413.823, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 4514-MHP-2009 de traslado definitivo, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 439529/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente SANDRA RUTH PALLERO, D.N.I. Nº 20.413.823, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 6 “Santa María Eufrasia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5647-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3191224/26, por el cual tramita la designación de la docente TANIA DENIS AMAYA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 16096-ME-2025 y 5739-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, TANIA DENIS AMAYA, D.N.I. Nº 35.475.998, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3737808/26, 3749222/26 y ACTPAS 1696696/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de marzo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de marzo de 2026, a la docente TANIA DENIS AMAYA, D.N.I. Nº 35.475.998, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Literatura, en 4to. año 1ra. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5648-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4161013/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA JOSE GAGLIARDI GUIÑAZU, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 12 “Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina LUISA CLARA VIRGINIA AGUERO, D.N.I. N° 26.042.750, según Decreto N° 19099-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente MARIA JOSE GAGLIARDI GUIÑAZU, D.N.I. Nº 22.543.271, en DOS (2) hs. catedra de Espacio de Opción Institucional -Perfil Estados Contables- en 6to. año 3ra. división y CUATRO (4) hs. cátedra de Sistema de Información Contable en 6to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3761758/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente MARIA JOSE GAGLIARDI GUIÑAZU, D.N.I. Nº 22.543.271, en DOS (2) hs. catedra de Espacio de Opción Institucional -Perfil Estados Contables- en 6to. año 3ra. división y CUATRO (4) hs. catedra de Sistema de Información Contable en 6to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 12 “Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5649-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5191185/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA FERNANDA DEL TURCO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1560852/26 y ACTPAS 1695910/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA FERNANDA DEL TURCO, D.N.I. Nº 20.193.786, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 3341-MHyOP-2014 de traslado definitivo, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1695915/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA FERNANDA DEL TURCO, D.N.I. Nº 20.193.786, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 148 “Provincia de Chubut”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5650-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3191221/26, por el cual tramita la designación de la docente VIVIANA ELISA APARICIO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 3239-ME-2022, 4930-ME-2021 y 5261-ME-2021, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, VIVIANA ELISA APARICIO, D.N.I. Nº 33.867.891, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3737807/26, 3749188/26 y ACTPAS 1696722/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 12 de marzo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de marzo de 2026, a la docente VIVIANA ELISA APARICIO, D.N.I. Nº 33.867.891, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5651-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3230093/26, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista del docente, GUILLERMO SEBASTIAN ESCUDERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 3739126/26, 3773508/26 y ACTPAS 1692167/26 (Adjuntos), obra solicitud de cambio de situación de revista del docente, GUILLERMO SEBASTIAN ESCUDERO, D.N.I. Nº 31.083.061, de suplente a interino, vacante producida por la renuncia por ascenso jerárquico del docente titular, CLAUDIO SEBASTIAN LUCO, según Decreto N° 19149-ME-2025;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 20 de noviembre de 2025, del docente GUILLERMO SEBASTIAN ESCUDERO, D.N.I. Nº 31.083.061, de suplente a interino, en DOCE (12) horas cátedra de Taller I, (Perfil Metalmecánica), 3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 1er. año 3ra. división y 3 hs. en 1er. año 4ta. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5652-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3260312/26, por el cual tramita la designación de la docente WENDY ROCIO DEL CIELO MUÑOZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 21 “Jardín Construyendo Sueños”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina, MARIELA GISELLE ORTIZ, según Decreto N° 3010-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente WENDY ROCIO DEL CIELO MUÑOZ, D.N.I. Nº 39.797.671, en UN (01) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Inicial;

Que en acts. DOCEXT 3741157/26 y 3752237/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de marzo de 2026, a la docente WENDY ROCIO DEL CIELO MUÑOZ, D.N.I. Nº 39.797.671, en UN (01) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 21 “Jardín Construyendo Sueños”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5653-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4080414/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente DANIEL EDUARDO SCHMIDT, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3752158/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente DANIEL EDUARDO SCHMIDT, D.N.I. Nº 26.196.281, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 10509-ME-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. INFORM 437900/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 30 de abril de 2026;

Que en act. INFSUM 180325/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 30 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente titular DANIEL EDUARDO SCHMIDT, D.N.I. Nº 26.196.281, en SEIS (6) horas catedra de Geografía, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 38 “Marie Curie”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón. -

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5654-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4170950/26, por el cual tramita la designación de la docente MARISOL GABRIELA COMAN, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía del docente titular JORGE DAVID LEYES, según Decreto Nº 13477-ME-2024 y renuncia de la docente suplente JENIFER MARIBEL TORRES, dispuesta por Decreto Nº 4062-MHIP-2026, se torna necesario designar a la docente MARISOL GABRIELA COMAN, D.N.I. Nº 28.170.484, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3763169/26 y 1556669/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 13 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo del docente titular JORGE DAVID LEYES, a la docente MARISOL GABRIELA COMAN, D.N.I. Nº 28.170.484, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5655-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5080620/26, por el cual tramita la designación de la docente CECILIA VERONICA QUINTERO y;

CONSIDERANDO:

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° Técnica Nº 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo del traslado definitivo de la docente titular, MIRNA SOLEDAD SILVEYRA, según Decreto N° 1467-ME-2023, cubierto por excepcionalidad, según Decreto Nº 16426-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente CECILIA VERONICA QUINTERO, D.N.I. Nº 33.287.609, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Ingles en 2do. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;

Que en act. DOCEXT 3782933/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 04 de mayo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente CECILIA VERONICA QUINTERO, D.N.I. Nº 33.287.609, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Ingles en 2do. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela N° Técnica Nº 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5656-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4211375/26, por el cual tramita la designación de la docente SONIA MABEL VILLARROEL, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 5525-ME-2022 y 3795-ME-2021, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, SONIA MABEL VILLARROEL, D.N.I. N° 30.099.088, en CUATRO (4) horas cátedra de Estados Contables en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;

Que en acts. DOCEXT 3766642/26, 3781932/26 y ACTPAS 1692111/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 21 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 21 de abril de 2026, a la docente SONIA MABEL VILLARROEL, D.N.I. N° 30.099.088, en CUATRO (4) horas cátedra de Estados Contables en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5657-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3200423/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente VIVIANA ALCIRA SUAREZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1525853/26, y ACTPAS 1691868/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente VIVIANA ALCIRA SUAREZ, D.N.I. Nº 14.448.793, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 5371-MC-2004, de titularización, 1889-SGG-SEFP-2000, de reubicación, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. ACTPAS 1691028/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 15 de diciembre de 2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 15 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente VIVIANA ALCIRA SUAREZ, D.N.I. Nº 14.448.793, en SEIS (6) horas cátedra titulares de Técnicas de la Danza, en 6to. año única división, CINCO (5) horas cátedra titulares de Proyecto Final, en 6to. año única división, DOS (2) horas cátedra titulares de Institucionales, SEIS (6) horas cátedra titulares de Danzas Clásicas en 2do. año única división, DOS (2) horas cátedra titulares de Historia del Arte en 2do. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte N° 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5658-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5050250/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente SUSANA LUCIA ANDRIEUX, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1550914/26 e INFORM 439284/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente SUSANA LUCIA ANDRIEUX, D.N.I. N° 17.665.891, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nº 1814-MHyOP-2014 de titularización y fotocopia de D.N.I. de la docente;

Que en act. INFORM 439284/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente, SUSANA LUCIA ANDRIEUX, D.N.I. N° 17.665.891, en UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 4 “Rosario Vera Peñaloza” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5659-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5180802/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente SANDRA FABIANA CORREA AMIOTTI, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1559719/26, e INFORM 439506/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente SANDRA FABIANA CORREA AMIOTTI, D.N.I. Nº 20.414.227, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 3217-MC-2004, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 439505/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente SANDRA FABIANA CORREA AMIOTTI, D.N.I. Nº 20.414.227, en UN (1) cargo titular de Maestra Auxiliar de Nivel Inicial, en la Escuela N° 2 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5660-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3300582/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente DAMARIS ANDREA AVILA, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3744473/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente DAMARIS ANDREA AVILA D.N.I. Nº 39.081.658, de suplente a interina, vacante por traslado definitivo por integración de grupo familiar de la docente titular SILVANA LORENA BARBEITO DAFFRA, según Decreto Nº 2482-ME-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 20 de marzo de 2026, de la docente DAMARIS ANDREA AVILA D.N.I. Nº 39.081.658, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5661-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3030012/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente BLANCA AZUCENA RAMOS, D.N.I. Nº 11.896.901; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1514957/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 433766/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 434225/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 20 de febrero de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente BLANCA AZUCENA RAMOS, D.N.I. Nº 11.896.901 – Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente, de la Dirección de Desarrollo Agropecuario dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, a partir del 20 de febrero de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Blanca Azucena Ramos. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Federico Alberto Trombotto

DECRETO Nº 5662-MHIP-2026.-

San Luis, 2 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3020470/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente MARIA CLARINDA QUEVEDO, D.N.I. Nº 14.301.564; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1514535/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);

Que en act. INFORM 433699/26, se adjunta situación de revista;

Que en act. INFORM 434237/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 20 de febrero de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente MARIA CLARINDA QUEVEDO, D.N.I. Nº 14.301.564 – Escalafón General - Categoría C - Planta Contratado - de la Escuela N° 8 “Maestras Lucio Lucero” de la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 20 de febrero de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-

Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Maria Clarinda Quevedo. -

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5688-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3091261/26, por el cual tramita la designación de la docente CAMILA AGOSTINA VARGAS, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo de la licencia por Maternidad y binomio madre – hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0119-DRRHH-2025, de la docente interina, SANDRA SOLEDAD MEDINA, D.N.I Nº 33.202.746, designada por Decreto Nº 17576-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente CAMILA AGOSTINA VARGAS, D.N.I Nº 41.920.138, en TRES (3) horas cátedra de Política y Ciudadanía en 6to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3754400/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 06 de marzo de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 06 de marzo de 2026 y hasta el 14 de agosto de 2026, a la docente CAMILA AGOSTINA VARGAS, D.N.I Nº 41.920.138, en TRES (3) horas cátedra de Política y Ciudadanía en 6to. año única división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5689-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5081293/26, por el cual tramita la designación de la docente CAMILA DEL ROSARIO LUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular OLIVIA AJATA MARCA, prorrogada por Resolución N° 4873-DRH-2025, se torna necesario designar a la docente CAMILA DEL ROSARIO LUNA, D.N.I. Nº 44.199.110, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3783729/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 06 de mayo de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 06 de mayo de 2026 y hasta el 04 de setiembre de 2029, en reemplazo de la docente titular OLIVIA AJATA MARCA, a la docente CAMILA DEL ROSARIO LUNA, D.N.I. Nº 44.199.110, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5690-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5140221/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente CLAUDIA SANDRA DILIO, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1557560/26, e INFORM 439339/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente CLAUDIA SANDRA DILIO, D.N.I. Nº 20.111.766, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 5830-ME-2020, de reubicación definitiva, 7207-ME-2021, 7246-ME-2015 de designación, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;

Que en act. INFORM 439340/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de junio de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de junio de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente CLAUDIA SANDRA DILIO, D.N.I. Nº 20.111.766, en UN (1) cargo titular de Vicedirectora, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, NUEVE (9) horas cátedra titulares de Historia de San Luis, (3 hs. en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 3ra. división), Sector Construcciones Edilicias, UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5691-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4280938/26, por el cual la Dirección de la Escuela de Nivel Inicial Nº 15 “Sonrisas Coloridas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente YALILE JACQUELINE LUCERO ESCUDERO, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3773048/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente YALILE JACQUELINE LUCERO ESCUDERO D.N.I. Nº 37.296.415, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular YESICA ELIZABET ALCALDE, según Decreto Nº 3893-ME-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 25 de abril de 2026, de la docente YALILE JACQUELINE LUCERO ESCUDERO D.N.I. Nº 37.296.415, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 15 “Sonrisas Coloridas” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5692-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4141412/26, por el cual tramita la designación de la docente ZUNILDA ANYELEN TORRES, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía de la docente titular SILVANA YUDITH ALCARAZ, según Decreto N° 2051-ME-2026, se torna necesario designar a la docente ZUNILDA ANYELEN TORRES, D.N.I. Nº 34.843.941, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3781838/26, 1555883/26 y 1555887/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, desde el 13 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, en reemplazo de la docente titular SILVANA YUDITH ALCARAZ, a la docente ZUNILDA ANYELEN TORRES, D.N.I. Nº 34.843.941, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5693-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4101079/26, por el cual tramita la designación del docente MARCOS GABRIEL DEL CASTELLO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 357 “Máximo Camargo”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina LARA MILVANA CALCAGNI ORTIZ, D.N.I. N° 33.801.702, según Decreto N° 18303-MHIP-2025, se torna necesario designar, al docente MARCOS GABRIEL DEL CASTELLO, D.N.I. Nº 43.123.994, en UN (1) cargo de Maestro Especial -Perfil Lengua y Cultura Extranjera Ingles- Nivel de Educación Primaria;

Que en act. DOCEXT 3755442/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 07 de abril de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 07 de abril de 2026, al docente MARCOS GABRIEL DEL CASTELLO, D.N.I. Nº 43.123.994, en UN (1) cargo de Maestro Especial -Perfil Lengua y Cultura Extranjera Ingles- Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 357 “Máximo Camargo”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5694-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5141008/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente GABRIELA IRIS VIEYRA, y;

CONSIDERANDO:

Que en acts. DOCEXT 1558227/26 y ACTPAS 1693898/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente GABRIELA IRIS VIEYRA, D.N.I. N° 20.622.052, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nro. 4284-MC-2004 de titularización y fotocopia de D.N.I. de la docente;

Que en act. ACTPAS 1693899/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente GABRIELA IRIS VIEYRA, D.N.I. N° 20.622.052, en UN (1) cargo titular de Maestra Grado, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 278 “General Franklin Lucero”, de la localidad de Cortaderas, departamento Chacabuco.-

Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5695-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4281311/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA LUCRECIA TELLO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 270 “Alejandro del Carmen Bazán”, de la localidad Juan Llerena, departamento General Pedernera, con motivo de traslado definitivo de la docente titular, GRACIELA CELESTE ANDINO, según Decreto N° 1346-MHP-2018, cubierto por excepcionalidad mediante Decreto Nº 12277-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MARIA LUCRECIA TELLO, D.N.I. Nº 28.932.307, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3773435/26 y ACTPAS 1690458/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito y Resolución Nº 52-JCD-2026, elaboradas por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de abril de 2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 28 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA LUCRECIA TELLO, D.N.I. Nº 28.932.307, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 270 “Alejandro del Carmen Bazán”, de la localidad Juan Llerena, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5696-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5080510/26, por el cual tramita la designación de la docente SUSANA BEATRIZ SANCHEZ, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente interina MIRIAM RAQUEL GUZMAN, según Resolución N° 1280-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente SUSANA BEATRIZ SANCHEZ, D.N.I. Nº 21.974.409, en CINCO (5) horas catedra de Lengua, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3782738/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 14 de abril de 2026 y hasta el fin del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia por accidente de trabajo de salud de la docente interina MIRIAM RAQUEL GUZMAN, a la docente SUSANA BEATRIZ SANCHEZ, D.N.I. Nº 21.974.409, en CINCO (5) horas catedra de Lengua, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 7 “General Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5697-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-2250788/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente CINTHYA MONICA MUÑOZ, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3715918/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente CINTHYA MONICA MUÑOZ, D.N.I. Nº 29.561.814, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 4213-MHP-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;

Que en act. INFORM 434163/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 18 de marzo de 2026;

Que en act. INFSUM 180161/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Aceptar, a partir del 18 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina CINTHYA MONICA MUÑOZ, D.N.I. Nº 29.561.814, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Ingles en 3er. año única división, Modalidad Escuela para Jóvenes, Orientación Economía y Administración, en el Colegio N° 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-

Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5698-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4281320/26, por el cual tramita la designación de la docente ABIGAIL LORELEI LUNA, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decreto N° 6027-ME-2023, cubierto por excepcionalidad mediante Decreto Nº 5309-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional a la docente, ABIGAIL LORELEI LUNA, D.N.I. N° 44.753.028, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Artística (Perfil Danza), Nivel de Educación Primaria;

Que en acts. DOCEXT 3774608/26 y ACTPAS 1690536/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito y Resolución Nº 57-JCD-2026, elaboradas por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 28 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente ABIGAIL LORELEI LUNA, D.N.I. N° 44.753.028, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Artística (Perfil Danza), Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 5699-MHIP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-4281232/26, por el cual tramita la designación del docente FABRICIO GABRIEL CUELLO, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;

Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;

Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones del docente titular, ROLANDO ARIEL CAMPILLAY, según Decreto N° 2172-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente al docente, FABRICIO GABRIEL CUELLO, D.N.I. N° 39.090.615, en SIETE (7) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 2do. año 3ra. división y 4 hs. en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;

Que en act. DOCEXT 3773262/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 23 de abril de 2026;

Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-

Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 23 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente FABRICIO GABRIEL CUELLO, D.N.I. N° 39.090.615, en SIETE (7) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 2do. año 3ra. división y 4 hs. en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-

Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-

Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-

Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

DECRETO Nº 6011-MHIP-2026.-

San Luis, 10 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;

CONSIDERANDO:

Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.

Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Bancos y Control de Recursos a la señora ALEJANDRA ADARO, D.N.I. Nº 28.184.959;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora ALEJANDRA ADARO, D.N.I. Nº 28.184.959 en el cargo de Subdirectora de Bancos y Control de Recursos dependiente de la Dirección de Finanzas y Recursos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 2º.- Disponer la retención de la Categoría “E”, Planta Permanente en la Dirección de Finanzas y Recursos, de la señora ALEJANDRA ADARO, D.N.I. Nº 28.184.959, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis a la señora ALEJANDRA ADARO, y practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 6012-MHIP-2026.-

San Luis, 10 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;

CONSIDERANDO:

Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.

Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirectora de Programación, Control y Pagos a la señora MARIA GUADALUPE ARITO, D.N.I. Nº 30.472.364;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la señora MARIA GUADALUPE ARITO, D.N.I. Nº 30.472.364 en el cargo de Subdirectora de Programación, Control y Pagos dependiente de la Tesorería General de la Provincia del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 2º.- Disponer la retención de la Categoría “E”, Planta Permanente en la Tesorería General de la Provincia, de la señora MARIA GUADALUPE ARITO, D.N.I. Nº 30.472.364, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis a la señora MARIA GUADALUPE ARITO, y practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 6013-MHIP-2026.-

San Luis, 10 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;

CONSIDERANDO:

Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.

Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Programación Financiera al señor JORGE MIGUEL SUAREZ, D.N.I. Nº 23.947.573;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor JORGE MIGUEL SUAREZ, D.N.I. Nº 23.947.573 en el cargo de Subdirector de Programación Financiera dependiente de la Dirección de Presupuesto Público del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 2º.- Disponer la retención de la Categoría “B”, Planta Permanente en la Dirección de Presupuesto Público, del señor JORGE MIGUEL SUAREZ, D.N.I. Nº 23.947.573, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis al señor JORGE MIGUEL SUAREZ, y practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 6014-MHIP-2026.-

San Luis, 10 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;

CONSIDERANDO:

Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.

Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de Subdirector de Mantenimiento de Rutas y Señalización Vial al señor MARCELO EDUARDO SISSO, D.N.I. Nº 17.207.979;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor MARCELO EDUARDO SISSO, D.N.I. Nº 17.207.979 en el cargo de Subdirector de Mantenimiento de Rutas y Señalización Vial dependiente de la Dirección del Ente Control de Rutas del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 2º.- Disponer la retención de la Categoría “D”, Planta Permanente del Área Familia Solidaria del Ministerio de Desarrollo Humano, del señor MARCELO EDUARDO SISSO, D.N.I. Nº 17.207.979, inter duren las funciones asignadas en el Art. 1º del presente Decreto.-

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis, al señor MARCELO EDUARDO SISSO, y practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 6015-MHIP-2026.-

San Luis, 10 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-6040472/26 y la Ley de Ministerios Nº V-1195-2026, mediante la cual se establece la organización orgánico funcional del Poder Ejecutivo Provincial y;

CONSIDERANDO:

Que, por expediente EXD-0000-6031216/26, en el marco de la citada Ley, se aprobó la estructura orgánico-funcional del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.

Que en virtud de la nueva estructura ministerial se hace necesario designar en el cargo de jefe de Área Sistemas al señor ANDRES EUGENIO TULA, D.N.I. Nº 37.270.515;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor ANDRES EUGENIO TULA, D.N.I. Nº 37.270.515 en el cargo de Jefe de Área Sistemas dependiente de la Dirección del Ente Control de Rutas del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica.-

Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto Firma Digital de San Luis al señor ANDRES EUGENIO TULA, y practicar las notificaciones correspondientes.-

Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 6507-MHIP-2026.-

San Luis, 19 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

EXD-0000-2271107/26, por el cual la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas solicita autorización para efectuar el llamado a Licitación Pública, y;

CONSIDERANDO:

Que la misma tiene por objeto contratar la ejecución de la obra denominada: INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA “CORONEL JUAN PASCUAL PRINGLES”. MANTENIMIENTO Y REFACCION DE LA CUADRA FEMENINA Y REFACCION INTEGRAL DE LA INSTALACION ELECTRICA DE TODO EL PREDIO. UBICACIÓN: AV. SAN MARTIN ACCESO AL MONUMENTO AL PUEBLO PUNTANO – JUANA KOSLAY DEPARTAMENTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON. PROVINCIA DE SAN LUIS, por un presupuesto oficial de PESOS NOVECIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO TRECE MIL OCHOCIENTOS TRECE CON 02/100 ($970.113.813,02);

Que por Decreto Nº 3345-MP-2004 se aprueba el Pliego General de Condiciones;

Que en act. PLIEGO 256728/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones al que ha prestado conformidad en act. DOCEXT 988117/16 la Dirección Infraestructura en Seguridad dependiente del Ministerio de Seguridad;

Que en acts. NOTAMP 963873/26, DOCEXT 1554952/26, DOCEXT 1554953/26 y DOCEXT 1570553/26 obra documentación de la cual surge que se ha dado cumplimiento a lo establecido por el Art. 4º de la Ley Nº VIII-0257-2004;

Que se establece un plazo para la ejecución de la obra de DOSCIENTOS CUARENTA (240) días corridos por lo que la misma será atendida con partidas de los presupuestos años 2026 y 2027;

Que en act. PREV 11438200/26 obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por la suma de PESOS SETECIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO TRECE MIL OCHOCIENTOS TRECE CON 02/100 ($770.113.813,02);

Que en act. PREVFT 11438201/26 obra comprobante de imputación preventiva ejercicio futuro por la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES CON 00/100 ($200.000.000,00);

Que en act. NOTAMP 988981/26 la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, solicita se autorice el llamado a Licitación Pública de la obra referida;

Que en act. ACTPAS 1694578/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 992118/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. DICFIS 172762/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que se estaría en condiciones de dictar el acto administrativo que apruebe la documentación licitatoria y autorice el llamado a Licitación Pública y se ordene la publicación de edictos por término de ley, todo ello conforme a lo dispuesto por los Arts. 8º, 12 ss. y cc. de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 8º, 12 ss. y cc. de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios.-

Art. 2º.-Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas, obrante en act. PLIEGO 256728/26 para contratar la ejecución de la obra denominada: INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA “CORONEL JUAN PASCUAL PRINGLES”. MANTENIMIENTO Y REFACCION DE LA CUADRA FEMENINA Y REFACCION INTEGRAL DE LA INSTALACION ELECTRICA DE TODO EL PREDIO. UBICACIÓN: AV. SAN MARTIN ACCESO AL MONUMENTO AL PUEBLO PUNTANO – JUANA KOSLAY DEPARTAMENTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDON. PROVINCIA DE SAN LUIS.-

Art. 3º.-Autorizar a la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas a efectuar el llamado a Licitación Pública, para contratar la ejecución de la obra a que se hace referencia en el Art. 2º por un presupuesto oficial de PESOS NOVECIENTOS SETENTA MILLONES CIENTO TRECE MIL OCHOCIENTOS TRECE CON 02/100 ($970.113.813,02).-

Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe

1 11 23 47 02 1-01 4 2 1 $770.113.813,02

Art. 5º.-Imputar al ejercicio futuro año 2027 la suma de PESOS DOSCIENTOS MILLONES CON 00/100 ($200.000.000,00).-

Art. 6º.-Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados en la forma y por los términos de Ley.-

Art. 7º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Subdirección de Control de Certificados y Sistematización de la Obra Pública, Dirección Infraestructura en Seguridad y pasen las actuaciones a la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas a sus efectos.-

Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretaria de Estado de Seguridad.-

Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

Nancy Verónica Sosa

DECRETO Nº 6717-MHIP-2026.-

San Luis, 21 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-12290070/25, por el cual el Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita autorización para contratar la ejecución de OBRA DE PERFORACIÓN PARA PROVISIÓN DE AGUA CRUDA PARA LA MUNICIPALIDAD DE CONCARÁN; y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 3637-MHIP-2026 obrante en act. ACTPAS 1682163/26, se aprobó el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por el Ente San Luis Agua, incorporado en act. ACTPAS 1646242/26 y se autorizó el llamado a Licitación Pública N° 01-S.L.A.-2026 para la contratación referenciada;

Que en act. ACTPAS 1688705/26 obran constancias de publicaciones de los edictos en la forma y por los términos de Ley;

Que en act. ACTPAS 1691764/26 obra Acta N° 26 labrada por Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis, de fecha 12 de mayo de 2026, donde consta que, al momento de la apertura de sobre, no se presentaron ofertas;

Que en act. ACTPAS 1690563/26 luce agregada Resolución N° 8167-S.L.A.-2026 mediante la cual se designa la Comisión Evaluadora;

Que en act. ACTPAS 1691894/26 consta el informe emitido por la Comisión Evaluadora;

Que en act. ACTPAS 1692226/26, el Sr. Presidente del Ente San Luis Agua solicita autorización para efectuar un nuevo llamado a Licitación Pública;

Que en act. ACTPAS 1695054/26 toma intervención Dirección Jurídica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. NOTAMP 992336/26 interviene Contaduría General en los términos del Art. 19 de la Ley Nº VI-0165-2004;

Que en act. DICFIS 172807/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado por el cual indica que habiéndose analizado el procedimiento y acreditado el cumplimiento de los principios generales de publicidad, concurrencia e igualdad, puede procederse al dictado del acto administrativo que apruebe lo actuado y declare desierta la Licitación Pública N° 01-S.L.A.-2026;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 8, 12 y cc. de la Ley N° VIII-0257-2004, y Decretos Reglamentarios.-

Art.2º.-Declarar desierta la Licitación Pública N° 01-S.L.A.-2026, tramitada para la ejecución de OBRA DE PERFORACIÓN PARA PROVISIÓN DE AGUA CRUDA DESTINADA ALA MUNICIPALIDAD DE CONCARÁN.-

Art. 3º.-Autorizar al Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a efectuar un nuevo llamado a Licitación Pública para la contratación referenciada en el Art. 2º, con un presupuesto oficial de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($175.000.000,00).

Art. 4º.-La erogación emergente de la contratación de la obra mencionada en el Art. 2º, se efectivizará con fondos del Ente San Luis Agua.

Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.

Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, y al Ente San Luis Agua.

Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.

Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.

CLAUDIO JAVIER POGGI

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE GOBIERNO

DECRETO Nº 5663-MG-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-5181099/26, por el cual se tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 1200808/26, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor MATIAS PUIG, DNI Nº 43.072.627, quien se obliga a cumplir funciones como asistente técnico y evaluador de proyectos sociales del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y Programa Cooperadora Activa de la provincia con sus respectivas rendiciones y visitas a las entidades, en la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno;

Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de junio de 2026 y por un plazo de TRES (3) meses;

Que en act. PREV 11453616/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 ($2.805.000,00);

Que en act. DICLEG 50186/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;

Que en act. NOTAMP 992615/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 172851/26, toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno, por una parte y el señor MATIAS PUIG, DNI Nº 43.072.627, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1200808/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe

1 12 15 20 01 00 1-01 3 4 9 $2.805.000,00

Art.4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, y al interesado. -

Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA

DECRETO Nº 5664-MTyC-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-11120052/25, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita reubicación; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3647359/25, obra nota emitida por Lic. NATALIA SOLEDAD CUEVAS, Secretaria a cargo de la Escuela Nº 443 “Islas Malvinas”, solicitando la reubicación de la agente ELIZABETH GRISELDA DIAZ, D.N.I. Nº 22.974.461, Categoría “E”, Planta Contratada del Escalafón General del Ministerio de Turismo y Cultura, para cumplir funciones en dicha Institución, dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación;

Que en act. PASDES 147558/25, el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura, presta conformidad a la reubicación tramitada y en act. PASEDU 3657889/25, hace lo propio la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, respectivamente;

Que en act. DOCEXT 3647372/25, obra situación de revista de la agente ELIZABETH GRISELDA DIAZ, D.N.I. Nº 22.974.461;

Que en act. INFORM 439223/26, la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, detalla el cálculo del costo presupuestario por la reubicación de la mencionada agente y en act. INFORM 439335/26, indica la partida presupuestaria del Presupuesto vigente a la que corresponde imputar la presente erogación;

Que en act. INFORM 990611/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 439335/26;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente ELIZABETH GRISELDA DIAZ, D.N.I. Nº 22.974.461, Categoría “E”, Planta Contratada del Escalafón General quien cumple funciones en el Area Parque IV Centenario y la Cerámica dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura, para cumplir funciones en Escuela Nº 443 “Islas Malvinas”, dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA:

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F.1-01, C.PROG. 23, INC. 1

Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación; Dirección Educación Obligatoria; Dirección Sitios Culturales y Recreativos; Dirección de Recursos Humanos; Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes y notificar a la agente ELIZABETH GRISELDA DIAZ.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura; el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Juan Jose Alvarez Pinto

Néstor Alberto Ordoñez

Guillermo Fabián Araujo

MINISTERIO DE SEGURIDAD

DECRETO Nº 5665-MS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9100608/25 por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Ayudante Principal ZAPATA, JESUS PEDRO D.N.I. Nº 27.405.399; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley N° XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;

Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);

Que de las constancias obrantes en autos surge, que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024;

Que en act. DOCEXT 1864986/25 Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por el Departamento Personal del Servicio Penitenciario Provincial;

Que en act. DICLEG 33652/25 obra Dictamen del Asesor Legal del Servicio Penitenciario Provincial;

Que en acts. DOCEXT 1551767/26, 1426465/25,1426609/25 y 1426612/25 obra formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, Detalle de Servicios Computables emitido por el Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humano del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. DICLEG 34056/26 obra vista de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 160496/25 toma vista Fiscalía de Estado;

Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 4ta.,8va., 9na. y 10ma. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional ratificado por Ley N°VII-0229-2004 (5089) y de las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria del Convenio de Transferencia N°046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14;

Que en act. NOTAMP 987494/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. INFSUM 180357/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Ayudante Principal ZAPATA, JESUS PEDRO D.N.I. Nº 27.405.399, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 4ta., 8va., 9na. y 10ma. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional ratificado por Ley N° VII-0229-2004(5089) y de las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria del Convenio de Transferencia N°046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14. -

Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Ayudante Principal ZAPATA, JESUS PEDRO D.N.I. Nº 27.405.399.-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -

Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humano, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5666-MS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-9261144/25 por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Sub Oficial Mayor GUTIERREZ, EDUARDO HUGO D.N.I. Nº 16.104.247; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley N° XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;

Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);

Que de las constancias obrantes en autos surge que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024;

Que en act. DOCEXT 1432257/25 obra Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por la Dirección General de Recursos Humanos de Policía de la Provincia, en formularios respectivos;

Que en acts. DOCEXT 1549224/26, 1433946/25, 1434782/25 y 1434784/25 obran formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, detalle de servicios computables emitido por la Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;

Que en act. DICLEG 34054/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;

Que en act. DICFIS 161068/25 toma vistas Fiscalía de Estado;

Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia

del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificada por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14;

Que en act. NOTAMP 986954/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. INFSUM 180317/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Sub Oficial Mayor GUTIERREZ, EDUARDO HUGO D.N.I. Nº 16.104.247, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14. -

Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Sub Oficial Mayor GUTIERREZ, EDUARDO HUGO D.N.I. Nº 16.104.247.-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -

Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5667-MS-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5040159/26 por el cual Policía de la Provincia, dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Obligatorio de la Ex Cabo 1ro. MIRANDA, VANESA BEATRIZ D.N.I. N° 27.932.423; y,

CONSIDERANDO:

Que la normativa vigente en la materia está dada por la Ley Nº VII-0229-2004, mediante la cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;

Que, a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Cláusulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley Nº 4464, revivificada por Ley N° XV-1145-2024/83, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluará la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);

Que en act. DOCEXT 1550110/26 obra nota de la Ex Cabo 1ro. MIRANDA, VANESA BEATRIZ D.N.I. N° 27.932.423, solicitando el pase a situación de Retiro Obligatorio y copia de Decreto N° 1718-MS-2026 que dispone aplicar la sanción disciplinaria de cesantía con fecha de 27 de febrero de 2026 a la Ex Cabo 1ero. MIRANDA, VANESA BEATRIZ D.N.I. N° 27.932.423;

Que en act. DOCEXT 1550112/26 obra certificado de Prestación de Servicios, certificado de responsabilidad funcional y dictamen del asesor legal de Policía de la Provincia;

Que en act. DICLEG 34047/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;

Que en act. NOTAMP 986437/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 171969/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente corresponde encuadrar el caso en los Arts. 7° inc. L) y concordante con el Art. 16° de la Ley Nº 4464/83, revivificada por Ley N° XV-1145-2024 de aplicación ultractiva por imperio de la cláusula 8va., del convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley N° VII-0229-2004 (5089), Ley N° XVI-0411-2004 y del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 7° inc. L) y concordante con el Art.16° de la Ley Nº 4464/83, revivificada por Ley N° XV-1145-2024 de aplicación ultractiva por imperio de la cláusula 8va. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley N° VII-0229-2004 (5089), Ley N° XVI-0411-2004 y del Acta complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14.-

Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Obligatorio de la Ex Cabo 1ero. MIRANDA, VANESA BEATRIZ D.N.I. N° 27.932.423, de Policía de la Provincia, dependiente del Ministerio de Seguridad.-

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -

Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 6665-MS-2026.-

San Luis, 21 de Junio de 2026.-

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3120110/26 mediante el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,

CONSIDERANDO:

Que en el presente, obran actuaciones vinculadas al llamado a LICITACIÓN PÚBLICA para la adquisición de COLCHONES solicitado por la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD;

Que en act. SOLSEC 11443384/26 obra Solicitud de Gastos Nº 2535/2026, conformada por la autoridad competente;

Que en act. PREV 11337601/26 obra preventivo por un monto total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($38.500.000,00);

Que en act. PLGECO 11449706/26 obra Pliego General Único de Condiciones aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015;

Que en act. PLPACO 11449723/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborados por la Dirección de Compras y Contrataciones;

Que en act. NOTAMP 996050/26 la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial presta conformidad a los Pliegos obrantes en el expediente de referencia;

Que en act. DICLEG 34096/26 obra dictamen legal del Ministerio de Seguridad;

Que en act. NOTAMP 992235/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública, encuadrando el caso en el Art. 97º inciso a) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida por la Ley VIII-0867-2013;

Que en act. DICFIS 172788/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado y habiendo analizado los antecedentes y documental anexa en autos, considera que el Poder Ejecutivo puede proceder al dictado del acto administrativo pertinente por el cual se apruebe la documentación licitatoria y se autorice el llamado a licitación pública, a cuyo fin deberán efectuarse las publicaciones de Ley, todo ello conforme lo dispuesto por el Art. 97° inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido por Ley Nº VIII-0867-2013;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97º inciso a) de la Nº Ley VIII-0256- 2004, sustituida por Ley Nº VIII-0867-2013.-

Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones para la adquisición de COLCHONES solicitado por la DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, obrante en act. PLPACO 11449723/26.-

Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública a efectuar el llamado a Licitación Pública a que hace referencia el Art. 2º del presente Decreto, por un Presupuesto Oficial de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($38.500.000,00).-

Art. 4°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe

1 17 15 21 1-01 2 2 9 $38.500.000,00

Art. 5°.- Efectuar las publicaciones de los edictos en la forma y por el termino de Ley.-

Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -

Art. 7º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones a sus efectos. -

Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial. -

Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -

Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Nancy Verónica Sosa

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO

DECRETO Nº 5681-MDP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0000-3020448/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 3722319/26, obra nota de la agente CINTHIA CAROLINA ALESSIO LUCERO, D.N.I N° 36.050.958, Personal Planta Permanente, Categoría C del Escalafón General, del ex Programa Producción Agropecuaria y Arraigo Rural, por la cual solicita desempeñar sus funciones en la Escuela N° 272 “CAPITAL FEDERAL”, de la ciudad de Justo Daract, dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación;

Que en act. INFORM 435534/26, obra situación de revista;

Que en act PASMIN 21340/26, el Ministerio de Desarrollo Productivo, presta conformidad a la solicitud de reubicación de la agente CINTHIA CAROLINA ALESSIO LUCERO, D.N.I N° 36.050.958;

Que en act. PASEDU 3787530/26 obra conformidad del señor Ministro Secretario de Estado de Educación;

Que en acts. INFORM 435708/26 e INFORM 436176/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, informa el costo y la imputación presupuestaria;

Que en act. NOTAMP 989064/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Por ello y en uso de sus atribuciones,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art.1º.- Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente CINTHIA CAROLINA ALESSIO LUCERO, D.N.I N° 36.050.958, Personal Planta Permanente, Categoría C del Escalafón General, del ex Programa Producción Agropecuaria y Arraigo Rural, en la Escuela N° 272 “CAPITAL FEDERAL”, de la ciudad de Justo Daract, dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación.-

Art.2º.- Imputar el gasto a la siguiente partida presupuestaria del Presupuesto vigente:

DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA:

INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P.23, INC. 1

Art.3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Dirección Educación Obligatoria, Contaduría General de la Provincia, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección de Recursos Humanos y notificar a la agente CINTHIA CAROLINA ALESSIO LUCERO.-

Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo, el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Federico Alberto Trombotto

Guillermo Fabián Araujo

Néstor Alberto Ordoñez

MINISTERIO DE GOBIERNO

SECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES

Y ENLACE PARLAMENTARIO

DECRETO Nº 5723-MG-SAIyEP-2026.-

San Luis, 3 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5260153/26, por el cual se tramita modificación de partidas presupuestarias; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 102795/26, la Secretaría de Estado Legal y Técnica a cargo de la Secretaría de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario, solicita autorización para una ampliación de partidas presupuestarias de la Secretaria encomendada;

Que en act. PTPGAS 57829/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios, por la suma de PESOS NUEVE MILLONES CIEN MIL CON 00/100 ($9.100.000,00);

Que en act. RCRE 11457617/26 obra Reserva de Crédito por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES CIEN MIL CON 00/100 ($9.100.000,00);

Que en act. INFORM 439739/26, ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público, informando sobre el acto administrativo a dictarse debe encuadrarse en el Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025.-

Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto Vigente las siguientes partidas presupuestarias:

Ampliar:

Inst. Jur. U.E. Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Importe

1 12 30 01 03 1-01 3 $9.100.000,00

Disminuir:

Inst. Jur. U.E. Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Importe

1 12 30 01 03 1-01 2 $9.100.000,00

Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Legal y Técnica a cargo de la Secretaría de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario, por el Señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Natalia Soledad Carranza

Gonzalo Federico Amondarain

Néstor Alberto Ordoñez

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SECRETARÍA DE DEPORTE

DECRETO Nº 5725-SGG-SD-2026.-

San Luis, 4 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-4230242/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 528130/26, obra nota de la Dirección de Deporte Federado, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para gestionar un Convenio de Práctica Laboral Rentada con el señor SERGIO GUSTAVO AXEL MEDINA LUCERO, D.N.I. N° 44.020.429, quien realizará su práctica laboral desarrollando tareas de coordinación y desarrollo deportivo de la disciplina de boxeo;

Que en acts. DOCEXT 528128/26, DOCEXT 1683308/26 y DOCEXT 1687094/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;

Que se ha suscripto el pertinente Convenio de Práctica Laboral Rentada, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor SERGIO GUSTAVO AXEL MEDINA LUCERO, D.N.I. N° 44.020.429, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1687096/26;

Que la Cláusula Tercera del referido convenio establece la suma que percibirá el practicante en carácter de estímulo por el desarrollo de la práctica laboral, y la Cláusula Sexta establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 19 de mayo de 2026 y por el término de TRES (3) meses;

Que en act. PREV 11401347/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($847.966,00);

Que en act. DICTAM 180243/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;

Que en act. NOTAMP 982686/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 171427/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Homologar el Convenio de Práctica Laboral Rentada celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte, y el señor SERGIO GUSTAVO AXEL MEDINA LUCERO, D.N.I. N° 44.020.429, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1687096/26 del EXD-0-4230242/26 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 10 20 25 04 00 1-01 5 1 4 $847.966,00

Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 4º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y al interesado.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5787-SGG-SD-2026.-

San Luis, 4 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5130728/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. DOCEXT 528540/26 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor MAXIMO DARACT, D.N.I. N° 43.765.777, quien se desempeñará desarrollando tareas en la Escuela de Iniciación Deportiva de Futsal en el Centro de Desarrollo y Especialización Deportiva Ave Fénix;

Que en acts. DOCEXT 528525/26, DOCEXT 1693028/26 y DOCEXT 528688/26, obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;

Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor MAXIMO DARACT, D.N.I. N° 43.765.777, por la otra, obrante en act. DOCEXT 528689/26;

Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir de su homologación por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial y por el termino de TRES (03) meses;

Que en act. PREV 11438808/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($1.980.000,00);

Que en act. DICTAM 180408/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;

Que en act. NOTAMP 990252/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 172488/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor MAXIMO DARACT, D.N.I. N° 43.765.777, por la otra, obrante en act. DOCEXT 528689/26, del EXD-0-5130728/26.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 10 20 25 03 00 1-01 3 4 9 $1.980.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y al interesado.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO Nº 5788-SGG-SD-2026.-

San Luis, 4 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD-0-5191080/26; y,

CONSIDERANDO:

Que en act. ACTPAS 1694479/26, obra nota de la FUNDACION UNIVERSIDAD DE LA PUNTA, CUIT N° ٣٠-٧٠٩٧٣٦٦٩-٤, mediante la cual solicita apoyo económico destinado a solventar los gastos de transporte que demandará la participación del equipo masculino de la Escuela Federada de Handball de dicha institución, en el Torneo Nacional de Clubes Cadetes “A”, a desarrollarse en la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, entre los días 8 y 13 de junio de 2026;

Que en acts. DOCEXT 1694480/26 y DOCEXT 1700066/26, obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;

Que en act. ACTPAS 1696217/26 obra conformidad de la señora Secretaria de Estado de Deporte;

Que en act. PREV 11450510/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($6.200.000,00);

Que en act. DICTAM 180472/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;

Que en act. NOTAMP 993244/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;

Que en act. DICFIS 172930/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art.2º.- Otorgar a la FUNDACION UNIVERSIDAD DE LA PUNTA, CUIT N° ٣٠-٧٠٩٧٣٦٦٩-٤, un subsidio con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS MIL CON ٠٠/١٠٠ ($٦.٢٠٠.٠٠٠,٠٠), que será destinado a solventar los gastos de transporte que demandará la participación del equipo masculino de la Escuela Federada de Handball de dicha institución, en el Torneo Nacional de Clubes Cadetes “A”, a desarrollarse en la ciudad de San Carlos de Bariloche, Provincia de Río Negro, entre los días 8 y 13 de junio de 2026.-

Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe

1 10 20 25 04 1-01 5 1 7 $6.200.000,00

Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y a la FUNDACION UNIVERSIDAD DE LA PUNTA.-

Art. 6 º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-

Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

DECRETO N° 5726-SGG-ST-2026.-

San Luis, 4 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD 0000-5261156/26, y;

CONSIDERANDO:

Que la provincia de San Luis revestía la calidad de beneficiaria del Fondo de Compensación al Transporte Público de pasajeros por automotor urbano y suburbano del interior del país, creado por el artículo 125 de la Ley N° 27.467, el cual fue prorrogado por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 882 de fecha 23 de diciembre de 2021 y por el artículo 81 de la Ley N° 27.701;

Que el Gobierno Nacional en fecha 8 de febrero de 2024 anunció la eliminación de los subsidios al transporte público del interior del país (Fondo Compensador del Interior);

Que no obrando voluntad desde el Gobierno Nacional de arribar a una suscripción de convenio y/o adenda, que promueva el sustento económico del sistema de transporte urbano y suburbano del interior del país, y ante el comunicado oficial de eliminar el Fondo Compensador del Interior, la Provincia, en aras de sostener el sistema de transporte público de pasajeros continúa aportando los subsidios con fondos provinciales propios;

Que en act. NOTAB 100110962/26 la Dirección de Transporte tramita otorgamiento de subsidios para las empresas de transporte público urbano e interurbano de pasajeros, a afectarse al cobro íntegro de salarios por parte de los trabajadores de las empresas de transporte público de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal, al costo del gas oil y al mantenimiento de las unidades, correspondiente al período Junio 2026;

Que en act. PREV 11455935/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción del duodécimo por la suma de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 84/100 ($215.522.292,84);

Que en act. DICTLE 10449/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;

Que en act. NOTAMP 992167/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento de los subsidios a las empresas por los montos indicados, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;

Que en act. DICFIS 172732/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-

Art. 2°.- Otorgar un subsidio a las empresas de transporte público urbano e interurbano de pasajeros (sustituyendo los montos emitidos desde el Fondo Compensador del Interior durante su vigencia), a afectarse al cobro íntegro de salarios por parte de los trabajadores de las empresas de transporte público de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal, al costo del gas oil y al mantenimiento de las unidades correspondiente al período Junio 2026, con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia, conforme el siguiente detalle:

EMPRESA

C.U.I.T. N°

JUNIO 2026

EL MERLINO S.R.L.

30-71671677-1

$3.716.310,85

BLANCA PALOMA S.R.L.

30-70078620-6

$15.843.461,55

PANAHOLMA S.R.L.

30-70764510-1

$6.501.992,52

MARIA DEL ROSARIO S.R.L.

30-70766224-3

$14.731.902,79

JUANA KOSLAY S.R.L.

30-70903473-8

$3.268.214,52

GRUPO MR S.R.L. (S.L.)

30-71076096-5

$17.740.857,28

POLO SUR S.R.L.

30-71097069-2

$3.990.518,78

PANAMERICANA S.R.L.

30-71419766-1

$22.660.417,11

TRANSPUNTANO S.A.P.E.M.

33-71123907-9

$107.473.554,03

GRUPO MR S.R.L. (V.M.)

30-71076096-5

$19.595.063,41

TOTAL

$215.522.292,84

Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 36 37 1-01 5 1 9 $215.522.292,84

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y por su intermedio a las empresas mencionadas.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO N° 5727-SGG-ST-2026.-

San Luis, 4 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD 0000-4090428/26, y;

CONSIDERANDO:

Que en act. DEC 1582/25 obra Decreto N° 1582-SGG-ST-2025, de fecha 20 de febrero de 2025, mediante el cual se implementó el “Boleto Educativo Interurbano” (BEI) facilitando el acceso al servicio de transporte público interurbano con cobertura del CIEN por ciento (100%) del boleto, a los estudiantes de niveles inicial, primario y secundario que asisten a establecimientos educativos de gestión pública y privada, en localidades distintas a su residencia;

Que en act. DEC 1977/26 obra Decreto N° 1977-SGG-ST-2026, por el cual se modificó el Art. 1° del Decreto N° 1582-SGG-ST-2025, ampliando el beneficio al personal docente y no docente de los establecimientos educativos de gestión pública y privada de niveles inicial, primario y secundario;

Que en act. NOTAB 100110279/26 la Dirección de Transporte tramita el otorgamiento de un subsidio a la COMISIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA NACIONAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 17 “V BRIGADA AÉREA”, C.U.I.T. N° 30-70731470-9, en concepto de “Boleto Educativo Interurbano” (BEI), correspondiente al período comprendido entre el 23 y el 27 de febrero 2026 (con motivo del inicio del ciclo lectivo 2026), marzo 2026 y abril 2026;

Que en act. DOCEXT 1198447/26 obra documentación de la cooperadora referida;

Que en act. PREV 11436110/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 00/100 ($31.575.375,00);

Que en act. DICTLE 10443/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;

Que en act. NOTAMP 990219/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del subsidio conforme lo solicitado, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 172471/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-

Art. 2°.- Otorgar un subsidio a la COMISIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA NACIONAL DE EDUCACIÓN TÉCNICA N° 17 “V BRIGADA AÉREA”, C.U.I.T. N° 30-70731470-9, en concepto de “Boleto Educativo Interurbano” (BEI), con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia, conforme el siguiente detalle:

COMISIÓN

C.U.I.T. N°

IMPORTE FEBRERO (del 23 al 27) 2026

IMPORTE MARZO 2026

IMPORTE ABRIL 2026

COOPERADORA ESCUELA N° 17 “V BRIGADA AÉREA”

30-70731470-9

$1.740.375,00

$14.917.500,00

$14.917.500,00

TOTAL

$31.575.375,00

Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 36 37 1-01 5 1 7 $31.575.375,00

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y por su intermedio a la cooperadora mencionada.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

DECRETO N° 5789-SGG-ST-2026.-

San Luis, 4 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El EXD 0000-5261155/26, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Convenio suscripto en fecha 28 de febrero de 2023, homologado por Decreto N° 1555-SGG-STTE-2023, entre el Ministerio de Transporte de la Nación y la provincia de San Luis, en su cláusula cuarta, la provincia se obliga a aportar a las empresas prestadoras de los servicios provinciales y municipales del sistema de transporte de pasajeros urbano y suburbano por automotor, un monto igual a los aportes girados por el Estado Nacional, procurando la sustentabilidad de los servicios de transporte automotor de pasajeros, que mediante ADENDA IV se dispuso una vigencia hasta el mes de diciembre de 2023 del referido convenio;

Que en fecha 08 de febrero de 2024 el Gobierno Nacional emite un comunicado oficial, anunciando la eliminación del Fondo Compensador del Interior, en este contexto y vencida la vigencia del mencionado convenio, la Provincia consideró oportuno continuar con el otorgamiento de dicho subsidio en aras de sostener el funcionamiento del Sistema de Transporte Público de Pasajeros;

Que en act. NOTAB 100110960/26 la Dirección de Transporte solicita el otorgamiento de subsidios a las empresas de transporte público urbano e interurbano de pasajeros, de jurisdicción provincial y municipal, a afectarse al pago íntegro de salarios de los trabajadores, al costo del gas oil y al mantenimiento de las unidades, correspondiente al período Junio 2026;

Que en act. PREV 11455934/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MILLONES QUINIENTOS VEINTIDOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 84/100 ($215.522.292,84);

Que en act. DICTLE 10450/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;

Que en act. NOTAMP 992168/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento de los subsidios a las empresas por los montos indicados, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;

Que en act. DICFIS 172742/26 toma vista Fiscalía de Estado;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-

Art. 2°.- Otorgar un subsidio a las empresas de transporte público urbano e interurbano de pasajeros (Provincia), a afectarse al cobro íntegro de salarios por parte de los trabajadores de las empresas de transporte público de pasajeros de jurisdicción provincial y municipal, al costo del gas oil y al mantenimiento de las unidades, correspondiente al período Junio 2026, con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia, conforme el siguiente detalle:

EMPRESA

C.U.I.T. N°

JUNIO 2026

EL MERLINO S.R.L.

30-71671677-1

$3.716.310,85

BLANCA PALOMA S.R.L.

30-70078620-6

$15.843.461,55

PANAHOLMA S.R.L.

30-70764510-1

$6.501.992,52

MARIA DEL ROSARIO S.R.L.

30-70766224-3

$14.731.902,79

JUANA KOSLAY S.R.L.

30-70903473-8

$3.268.214,52

GRUPO MR S.R.L. (S.L.)

30-71076096-5

$17.740.857,28

POLO SUR S.R.L.

30-71097069-2

$3.990.518,78

PANAMERICANA S.R.L.

30-71419766-1

$22.660.417,11

TRANSPUNTANO S.A.P.E.M.

33-71123907-9

$107.473.554,03

GRUPO MR S.R.L. (V.M.)

30-71076096-5

$19.595.063,41

TOTAL

$215.522.292,84

Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:

Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe

1 10 36 37 1-01 5 1 9 $215.522.292,84

Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-

Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y por su intermedio a las empresas mencionadas.-

Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Víctor Andrés Cianchino Chiofalo

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

DECRETO Nº 6380-SGG-2026.-

San Luis, 16 de Junio de 2026

“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”

VISTO:

El Expediente EXD-0-6041236/26, y la Ley N° V-1195-2026 Ley de Ministerios, por la cual se determina la estructura del Poder Ejecutivo Provincial; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley N° V-1195-2026 Ley de Ministerios prevé el funcionamiento de la Secretaría General de la Gobernación;

Que los arts. 27 y 28 de la citada Ley facultan al Poder Ejecutivo a dictar las normas inherentes al funcionamiento y desarrollo de los organismos que integran su competencia, así como a crear, modificar, suprimir, agrupar o reorganizar las estructuras orgánico-funcionales que integran las respectivas jurisdicciones ministeriales y Secretarías de Estado, cuando existan razones de conveniencia para el mejor manejo de los negocios de la Provincia;

Que resulta necesario aprobar la estructura orgánico-funcional de la Secretaría General de la Gobernación, adecuando las unidades que la integran conforme a las necesidades operativas y funcionales de la jurisdicción;

Que la aprobación de dicha estructura tiene por finalidad fortalecer la capacidad institucional de la Secretaría, optimizando los procesos internos y promoviendo mayores niveles de eficacia, eficiencia, transparencia y celeridad administrativa;

Por ello y en uso de sus atribuciones;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Art. 1º.- La Secretaría General de la Gobernación ejercerá en el marco de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por Ley N° V-1195-2026 Ley de Ministerios, las siguientes competencias generales:

1. Procesar y transmitir las comunicaciones, directivas e instrucciones del Gobernador y coordinar y articular la gestión de las distintas jurisdicciones ministeriales;

2. Proporcionar al Gobernador toda la información que se le requiera sobre la Administración Pública y mantenerlo informado sobre el cumplimiento de las acciones, metas y objetivos de Gobierno;

3. Recepcionar, procesar y considerar con el Gobernador la correspondencia oficial del Poder Ejecutivo y distribuir su respuesta;

4. Orientar el régimen de audiencias del Gobernador y programar su agenda;

5. Supervisar las actividades administrativas de la Gobernación;

6. Orientar, el trámite de los expedientes que se inicien por intermedio de la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, y supervisar su organización y funcionamiento;

7. Ejercer la supervisión directa de la Casa de Gobierno - Terrazas del Portezuelo y todo otro asiento permanente o transitorio del Poder Ejecutivo, como así también, sobre las actividades de Intendencia de la sede del Gobierno y otros edificios públicos.

8. Planificar y programar en forma excluyente la infraestructura vinculada a sus reparticiones;

9. Fiscalizar y auditar el registro de bienes inmuebles y muebles registrables del Estado Provincial y el inventario general de bienes muebles no registrables;

10. Dictar todas las resoluciones, directivas e instrucciones conducentes a controlar, que la forma y ejecución de los planes, programas, proyectos y obras de gobierno se lleven a cabo con la debida eficiencia y eficacia, conforme las previsiones y estimaciones previstas en su formulación;

11. Poner en conocimiento del Gobernador los actos que hubiesen acarreado o que puedan acarrear significativos perjuicios para el patrimonio del Estado;

12. Mantener las comunicaciones entre las autoridades de los Poderes del Estado del orden nacional, provincial y municipal;

13. Poner en conocimiento del Poder Ejecutivo Provincial los pedidos de informes y/o explicaciones formulados por el Poder Legislativo vinculados con las funciones o atribuciones del Poder Ejecutivo Provincial;

14. Proponer estrategias y acciones para el cumplimiento de los planes de gobierno;

15. Autoridad de Aplicación de la Ley N° V-1024-2020 “Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis”;

16. Coordinar los procedimientos necesarios, a los fines de asistir al Sr. Gobernador en el desarrollo de su actividad oficial;

17. Entender en la organización, capacitación, formación y seguimiento de los programas de jóvenes becarios existentes y/o los que en el futuro se implementen;

18. Promover la difusión, a través de los distintos medios de comunicación, de las políticas públicas ejecutadas y a ejecutarse por el Gobierno Provincial, propiciando una coordinación del flujo de la información pública;

19. Intervenir en todo lo concerniente a las actividades del Gobierno Provincial a través de medios de comunicación masivos, alternativos o no tradicionales, medios electrónicos y redes sociales;

20. Desarrollar estrategias y campañas de comunicación para promover y difundir las diversas actividades y programas que surgen en el seno del Gobierno Provincial;

21. Supervisar y orientar las relaciones con la prensa y la difusión de la información oficial, dirigir y coordinar el trabajo de los responsables de comunicación institucional y/o quien los reemplacen, que cumplan funciones en Ministerios, entes desconcentrados y empresas del Estado de la Provincia de San Luis;

22. Estructurar estrategias de comunicación tendientes a optimizar el diálogo con la comunidad y el mejor conocimiento por parte de la misma de los planes y programas de Gobierno;

23. Autoridad de Aplicación de la Ley N° V-1172-2025 “Activos Digitales Gubernamentales de la Provincia de San Luis. Regulación del uso, administración, protección, resguardo y traspaso de los mismos”;

24. Coordinar las relaciones del Gobierno de la Provincia de San Luis con el Estado Nacional, los Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y entes federales;

25. Coordinar con los distintos Ministerios, Secretarías y Entes específicos competentes, las políticas de los organismos inter-jurisdiccionales en los que la provincia de San Luis sea parte;

26. Entender en la difusión y promoción de los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos, turísticos y de interés para la provincia de San Luis, coordinando la participación de los distintos Ministerios, Secretarías y Entes en la actividad de representación de la provincia de San Luis en las Regiones, Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

27. Asistir a los diferentes Ministerios y/o Secretarías en sus necesidades para la ejecución de sus políticas públicas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

28. Coordinar la estrategia de proyección internacional de la provincia de San Luis y asistir al Gobernador de la Provincia en la gestión de las relaciones internacionales y la vinculación institucional con la cooperación internacional bilateral, regional y multilateral;

29. Representar de manera oficial a la provincia de San Luis, a través de la representación de San Luis en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la difusión de atractivos turísticos, culturales e históricos sanluiseños y el potencial económico de la Provincia y atraer nuevas inversiones;

30. Promover los intereses de la provincia de San Luis en la comunidad internacional, mediante el fomento de las buenas relaciones políticas en las distintas embajadas que están representadas en la República Argentina.

Art. 2º.- Aprobar para la Secretaría General de la Gobernación, la siguiente estructura orgánico funcional:

1. SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

1.1 Secretaría Privada

1.2 Asesoría Legal

1.3 Asesoría Contable y Presupuestaria

1.3.1 Área Jóvenes Becarios

1.4 Despacho

1.4.1 Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo

1.5 Secretaría Privada de la Gobernación

1.6 Secretaría Privada de la Vice Gobernación

1.7 Dirección de Intendencia de Edificios Públicos

1.7.1 Área Centro Administrativo “Ex Casa de Gobierno”

1.8 Escribanía General de Gobierno

1.8.1 Subdirección de Escribanía General de Gobierno

1.9 Dirección de Actividades Oficiales

1.9.1 Subdirección Protocolo

1.10 DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN INTERJURISDICCIONAL

1.10.1 Dirección de Relaciones Internacionales

1.10.1.1 Subdirección de Salud y Deporte

1.10.1.2 Subdirección de Turismo y Cultura

1.10.2 Dirección de Relaciones Institucionales

1.10.2.1 Subdirección de Vinculación Ciudadana

1.11 DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN

1.11.1 Despacho

1.11.2 Asesor Contable y Presupuestario

1.11.3 Dirección de Agencia de Noticias San Luis

1.11.3.1 Subdirección de Redacción

1.11.3.2 Subdirección de Contenidos en Medios

1.11.3.3 Subdirección Administrativa y de Registro de Medios

1.11.4 Dirección de Producción Multimedia

1.11.4.1 Subdirección de Fotografía

1.11.5 Dirección de Desarrollo Estratégico y Vinculación Gubernamental

1.11.5.1 Subdirección de Vinculación Ciudadana

1.11.5.2 Subdirección de Diseño Gráfico

1.11.5.3 Subdirección de Producción de Contenidos Audiovisuales

1.11.6 Dirección de Desarrollo de Activos Digitales en Plataformas Web Oficiales

1.11.7 Dirección de Atención Ciudadana en Redes Sociales Oficiales

1.11.7.1 Área de Atención Virtual Ciudadana

1.11.8 Dirección de Coordinación y Planificación

1.11.9 Dirección de Desarrollo de Contenidos en Redes Sociales Oficiales

1.11.9.1 Subdirección de Planificación y Producción

1.11.10 Dirección de Streaming

1.11.10.1 Subdirección de Desarrollo en Redes

1.11.11 Organismo Desconcentrado-SAN LUIS TELEVISION

Art.3°.- Asignar a los siguientes organismos los regímenes de competencias misiones y funciones que se detallan a continuación:

1.1 SECRETARÍA PRIVADA

a) Organizar el régimen de audiencias del Secretario General de la Gobernación.

1.2 ASESORÍA LEGAL

a) Dictaminar y asesorar en todo asunto y/o expediente, actuando como servicio jurídico cuando la normativa lo exija, o a requerimiento del Gobernador y/o Secretario General de la Gobernación.

1.3 ASESORÍA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA

a) Ejecutar lo relacionado con la gestión contable de las unidades ejecutoras y/o dependencias de la Secretaría que se determine, conforme lo establecido en la Ley N° VIII-0256-2004.

b) Entender el proceso de asignación de fondos administrando las prioridades financieras.

c) Analizar el presupuesto de la Secretaría y administrar las partidas presupuestarias correspondientes, procurando la eficiente ejecución del presupuesto anual.

d) Elaborar lo relacionado con la ejecución contable y financiera de las unidades ejecutoras y/o dependencias de la Secretaría que se determine conforme lo establecido en la Ley N° VIII-0256-2004, Decreto reglamentario o normas que las reemplacen y/o modifiquen.

e) Elaborar la programación financiera mensual de cada unidad ejecutora dependiente de la Secretaría.

f) Organizar y coordinar lo referente a transferencias bancarias y/o depósitos.

g) Organizar, controlar y optimizar el procedimiento de conciliaciones bancarias.

h) Recopilar, evaluar y procesar en tiempo y forma la documentación de las rendiciones de la Secretaría.

i) Controlar el procedimiento y recepción de la documentación pertinente.

j) Digitalizar las rendiciones de las dependencias.

k) Coordinar y controlar todos los procesos de compras y contrataciones de la Secretaría.

l) Efectuar las imputaciones, emisión de órdenes de pago y el correspondiente control presupuestario.

m) Controlar viáticos dentro y fuera de la provincia y emitir la correspondiente orden de salida, planilla y orden de pago.

n) Programar, organizar, controlar y optimizar los recursos humanos que el área necesite para el desarrollo de sus funciones.

1.3.1 ÁREA JÓVENES BECARIOS

a) Entender en la organización, capacitación, formación y seguimiento de los programas de jóvenes becarios existentes y/o los que en el futuro se implementen.

b) Fomentar la capacitación de los jóvenes mediante la realización de procesos de entrenamiento en empresas privadas, facilitando y promoviendo la transición de los mismos hacia el empleo formal.

c) Velar por el cabal cumplimiento de los requisitos de admisibilidad y permanencia de los beneficiarios.

d) Propender al desarrollo de herramientas, conocimientos y habilidades que sean de utilidad para aumentar su empleabilidad y sus posibilidades de insertarse en el ámbito laboral, motivando a las empresas a establecer un vínculo formal con el beneficiario.

1.4 DESPACHO

a) Recepcionar, centralizar y coordinar el despacho de la Secretaría General de la Gobernación y de las Secretarías de Estado y de toda documentación que deba ser suscripta por el Secretario General de la Gobernación, conforme la competencia que le asigne la Ley de Ministerios, Ley de Contabilidad, Administración y Control Público y demás normas administrativas aplicables a los asuntos y cuestiones en trámite.

b) Recepcionar y centralizar la documentación dirigida al Poder Ejecutivo y someterla a consideración del Secretario General de la Gobernación para la distribución de la misma a los respectivos Ministerios.

c) Elaborar bajo la supervisión y control del Secretario General de la Gobernación, los proyectos de decretos, resoluciones, circulares, memorándum y demás actos que resulten necesarios para la decisión de los asuntos que tramitan en el área y confección definitiva de los mismos para ser sometidos a la firma de las autoridades y funcionarios que correspondan.

d) Organizar y fiscalizar los registros y archivos para el control del movimiento de los expedientes, notas, y demás documentación que ingrese o salga del organismo.

e) Atención y fiscalización de todo lo referido al despacho y movimiento administrativo de la Secretaría General de la Gobernación.

f) Supervisar al personal e impartir instrucciones para el óptimo funcionamiento de la oficina de despacho.

1.4.1 ÁREA MESA GENERAL DE ENTRADAS, SALIDAS Y ARCHIVO

a) Recepción de toda presentación que se realice ante los organismos públicos y su derivación al área que corresponda informando sobre los antecedentes que existan relacionados al caso.

b) Atención del servicio de envío de correspondencia por el sistema “Puerta a Puerta” y su distribución a los organismos destinatarios.

c) Recepción y envío de los despachos postales y/o telegráficos, originados en los organismos que se determine.

d) Distribución a los destinatarios de toda documentación que ingrese a través de la dependencia.

e) Régimen de vistas y notificaciones de los actos administrativos emanados de los organismos de la Administración Pública.

f) Atención al público orientándole sobre el estado de su trámite.

g) Apoyo a las diversas áreas con relación al sistema informatizado de movimiento de expedientes.

h) En general, cumplir el procedimiento administrativo conforme lo establecido en la Ley N° VI-0156-2004 y Decreto N° 4497-MLyRI-2004 y sus modificaciones o normas que los reemplacen.

i) Mantener las comunicaciones entre las autoridades de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del orden nacional y sus similares del orden provincial y municipal de todo el país a fin de facilitar la función de gobierno.

j) Archivo administrativo.

1.5 SECRETARÍA PRIVADA DE LA GOBERNACIÓN

a) Organizar el régimen de audiencias del Señor Gobernador.

b) Asistencia General de la Gobernación.

c) Coordinar los actos de gobierno en los que asistan funcionarios en representación del Poder Ejecutivo Provincial.

1.6 SECRETARÍA PRIVADA DE LA VICE GOBERNACIÓN

a) Organizar el régimen de audiencias del Vice Gobernador.

b) Centralizar y coordinar el despacho de la Vice Gobernación, fiscalizando los registros y archivos para el control del movimiento de los expedientes, notas y demás documentación que ingrese o salga del organismo.

c) Controlar toda documentación que deba ser suscripta por el Vice Gobernador.

d) Proyectar todos los actos administrativos que genere la Vice Gobernación.

1.7 DIRECCIÓN DE INTENDENCIA DE EDIFICIOS PÚBLICOS

a) Ejercer el control y supervisión de las actividades de intendencia de la sede del Gobierno en Terrazas del Portezuelo, Centro Administrativo “Ex Casa de Gobierno”, Centro Administrativo de Villa Mercedes y los existentes en otras localidades provinciales.

b) Transmitir al Secretario General de la Gobernación las necesidades en mantenimiento, conservación, bienes y servicios, entre otros del edifico correspondiente y sus instalaciones.

c) Coordinar y supervisar las tareas de mantenimiento, conservación, limpieza y servicios de los edificios aludidos y espacios comunes.

d) Mantener actualizado el inventario de bienes asignados al organismo.

e) Ejercer el control de la conservación y mantenimiento de todos los edificios públicos y transmitir las necesidades en dicho aspecto.

f) Las demás funciones y tareas que le encomiendan las autoridades del área, según el nivel de competencia y conforme su dependencia jerárquica.

g) Mantener en perfectas condiciones de higiene, ascensores, pasillos, paredes, vidrios, escaleras, jardines, ornamentos, espacios verdes, veredas, entre otros, de los edificios aludidos, según su área de competencia

h) Supervisar al personal e impartir instrucciones para el óptimo funcionamiento de las instalaciones.

i) Velar por la integridad y conservación del edificio, de los bienes afectados a la dependencia y la de los elementos ubicados en el mismo.

j) Supervisar las tareas de conservación y limpieza por parte del personal afectado a las diversas dependencias y oficinas ubicadas en el edificio.

k) Prestar la conformidad a la provisión de los servicios de luz y gas, entre otros, del edificio.

l) Proponer al Secretario General de la Gobernación los turnos de servicios del personal bajo su dependencia.

m) Comunicar al Secretario General de la Gobernación toda anormalidad que se produzca en el edificio y en la prestación de servicios del personal bajo su dependencia.

1.7.1 ÁREA CENTRO ADMINISTRATIVO “EX CASA DE GOBIERNO”

a) Ejercer el control y supervisión de las actividades de intendencia de la sede del Gobierno en el Centro Administrativo “Ex Casa de Gobierno”.

b) Transmitir a la Dirección de Intendencia de Edificios Públicos y/o denominación quien lo reemplace en el futuro las necesidades en mantenimiento, conservación, bienes y servicios.

c) Coordinar y supervisar las tareas de mantenimiento, conservación, limpieza y servicios del edificio aludido y espacios comunes.

d) Mantener actualizado el inventario de bienes asignados al organismo.

e) Las demás funciones y tareas que le encomiendan las autoridades del área, según el nivel de competencia y conforme su dependencia jerárquica.

f) Mantener en perfectas condiciones de higiene, ascensores, pasillos, paredes, vidrios, escaleras, jardines, ornamentos, espacios verdes, veredas, entre otros, de los edificios aludidos, según su área de competencia.

g) Supervisar al personal e impartir instrucciones para el óptimo funcionamiento de las instalaciones.

h) Velar por la integridad y conservación del edificio, de los bienes afectados a la dependencia y la de los elementos ubicados en el mismo.

i) Supervisar las tareas de conservación y limpieza por parte del personal afectado a las diversas dependencias y oficinas ubicadas en el edificio.

j) Prestar la conformidad a la provisión de los servicios de luz, y gas, entre otros, del edificio.

k) Proponer a la Dirección de Intendencia de Edificios Públicos los turnos de servicios del personal bajo su dependencia.

l) Comunicar a la Dirección de Intendencia de Edificios Públicos toda anormalidad que se produzca en el edificio y en la prestación de servicios del personal bajo su dependencia.

1.8 ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO

a) Instrumentar los actos de transmisiones, delegaciones, asunciones, reasunciones de mando del Gobernador y, en su caso, del Vicegobernador de la Provincia, juramentos de los Ministros del Poder Ejecutivo.

b) Registrar, depositar, custodiar los Protocolos Oficiales de Escribanía de Gobierno y determinar el procedimiento y elementos técnicos adecuados de su digitalización a fin de preservar la conservación de dichos Protocolos, conforme lo establecen la Ley Nacional Nº 25.506 y la Ley Provincial Nº V-0591-2007 y sus normas complementarias.

c) Registrar, archivar y custodiar los títulos de propiedad del Estado Provincial.

d) Autorizar las escrituras públicas con fines de interés social a favor del Estado Provincial y/o de particulares, en el marco de regularizaciones dominiales, cuando así lo disponga el Poder Ejecutivo Provincial.

e) Conservar y custodiar el Archivo General de la Provincia.

f) Conservar la estructura orgánico funcional establecida por Ley Nº V-1024-2020.

1.8.1 SUBDIRECCIÓN ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO

a) Ejercer la subdirección de la repartición conforme lo establece la Ley Nº V-1024-2020.

1.9 DIRECCIÓN DE ACTIVIDADES OFICIALES

a) Con consulta al Secretario General de la Gobernación y/o al Director General de Comunicación, coordinar la actividad oficial del Gobernador de la Provincia.

b) Coordinar con las áreas pertinentes las acciones y procedimientos necesarios para llevar a cabo de manera efectiva y organizada la actividad oficial.

c) Organizar el itinerario diario de la actividad oficial del señor Gobernador de la Provincia.

d) Supervisar la correcta aplicación de normas y disposiciones relacionadas con precedencias, símbolos patrios, carteles y ornamentación en los eventos.

e) Gestionar los recursos materiales y humanos incluido el traslado.

1.9.1 SUBDIRECCIÓN PROTOCOLO

a) Asistir a la Dirección de Actividades Oficiales en la actividad oficial del Señor Gobernador de la Provincia.

b) Disponer la avanzada en los lugares donde se desarrollen las actividades, previa a la asistencia del señor Gobernador de la Provincia.

1.10 DIRECCIÓN GENERAL DE VINCULACIÓN INTERJURISDICCIONAL

a) Coordinar las relaciones del Gobierno de la Provincia de San Luis con el Estado Nacional, los Estados Provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y organismos federales.

b) Entender en la difusión y promoción de los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos, turísticos y de interés para la provincia de San Luis, coordinando la participación de los distintos Ministerios, Secretarías y Entes en la actividad de representación de la provincia de San Luis en las Regiones, Provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

c) Asistir a los diferentes Ministerios y/o Secretarías en sus necesidades para la ejecución de sus políticas públicas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

1.10.1 DIRECCIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES

a) Propiciar la inserción internacional de la provincia de San Luis con organismos internacionales, en vinculación con los distintos ámbitos regionales y globales.

b) Articular la promoción comercial y de inversiones extranjeras en la Provincia.

c) Fomentar las buenas relaciones políticas de la provincia, con las distintas embajadas establecidas en la República Argentina.

d) Articular, promover y afianzar el potencial de las actividades económicas relevantes y regionales para la difusión y diseño de políticas de competitividad.

1.10.1.1 SUBDIRECCIÓN DE SALUD Y DEPORTE

a) Fomentar la colaboración y coordinación entre las áreas de gobierno, promover el apoyo social y mejorar el acceso a la salud y el bienestar de la población.

b) Promover los aportes de agentes privados, destinados al desarrollo del deporte en la provincia de San Luis.

c) Propiciar que la provincia de San Luis sea elegida como sede de torneos y competencias regionales, nacionales e internacionales.

1.10.1.2. SUBDIRECCIÓN DE TURISMO Y CULTURA

a) Representar a la provincia de San Luis, a través de la Casa de San Luis en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para la difusión de atractivos turísticos, culturales e históricos sanluiseños, y el potencial económico de la Provincia y atraer nuevas inversiones.

b) Entender en la difusión y promoción de los aspectos económicos, culturales, históricos, científicos, turísticos y de interés para la provincia de San Luis, coordinando la participación de los distintos Ministerios, Secretarías y Entes en la actividad de representación de la provincia de San Luis en las regiones, provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

1.10.2 DIRECCIÓN DE RELACIONES INSTITUCIONALES

a) Coordinar con Ministerios, Secretarías y Entes, las políticas de los organismos interjurisdiccionales en los que la provincia de San Luis sea parte.

b) Propiciar acuerdos para incluir a la provincia de San Luis en organismos de financiamiento, en materia de proyectos de investigación, formación, financiamiento e infraestructura.

c) Fomentar y articular, en cooperación con los Ministerios y Secretarías, el desarrollo y promoción de diversos programas e iniciativas locales para el asesoramiento y financiamiento de organismos internacionales, con el fin de potenciar los resultados de dichos programas.

1.10.2.1 SUBDIRECCIÓN DE VINCULACIÓN CIUDADANA

a) Promover espacios de trabajo colaborativo, intercambio y capacitación con el sector público nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el sector privado, académico y organizaciones de la sociedad civil.

b) Gestionar y promover políticas para la formación del empleo, estableciendo herramientas de conocimiento financiero y fomento de la cultura emprendedora.

1.11 DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACION

a) Promover la difusión, a través de los distintos medios de comunicación, de las políticas públicas ejecutadas y a ejecutarse por el Gobierno Provincial, propiciando una coordinación del flujo de la información pública.

b) Intervenir en todo lo concerniente a las actividades del Gobierno Provincial a través de medios de comunicación masivos, alternativos o no tradicionales, medios electrónicos y redes sociales.

c) Desarrollar estrategias y campañas de comunicación para promover y difundir las diversas actividades y programas que surgen en el seno del Gobierno Provincial;

d) Supervisar y orientar las relaciones con la prensa y la difusión de la información oficial, dirigir y coordinar el trabajo de los responsables de comunicación institucional y/o quien los reemplacen, que cumplan funciones en Ministerios, entes desconcentrados y empresas del Estado de la Provincia de San Luis.

e) Estructurar estrategias de comunicación tendientes a optimizar el diálogo con la comunidad y el mejor conocimiento por parte de la misma de los planes y programas de Gobierno.

f) Autoridad de Aplicación de la Ley N° V-1172-2025 “Activos Digitales Gubernamentales de la Provincia de San Luis. Regulación del uso, administración, protección, resguardo y traspaso de los mismos”.

1.11.1. DESPACHO

a) Organizar la agenda de compromisos de la Dirección General de Comunicación.

b) Recibir, clasificar y distribuir la correspondencia y documentación de la Dirección General estableciendo prioridades llevando el registro y archivo de las mismas.

c) Recepcionar, centralizar y coordinar el despacho y de toda documentación que deba ser suscripta por la misma.

d) Organizar y fiscalizar los registros y archivos para el control del movimiento de los expedientes, notas y demás documentación que ingrese o se derive del organismo.

e) Fiscalizar todo lo referido al despacho y al procedimiento administrativo.

1.11.2 ASESOR CONTABLE Y PRESUPUESTARIO

a) Recepcionar, centralizar y coordinar todo el procedimiento de control de gestión, con el objeto de lograr mayor celeridad y eficacia en su tramitación, contribuyendo con las dependencias de la Dirección General de Comunicación a cumplir sus objetivos, aportando un enfoque sistemático y disciplinado.

b) Garantizar el cumplimiento de todos los procedimientos administrativos - contables.

c) Implementar mecanismos de control, tendientes a verificar el debido cumplimiento de los procedimientos internos, llevados a cabo por las dependencias de la misma.

d) Recepcionar solicitudes de publicación y edictos, carátulas y comunicados para su correcta publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la provincia de San Luis y en medios provinciales.

e) Coordinar y fiscalizar la administración de los recursos humanos e informáticos.

1.11.3. DIRECCIÓN DE AGENCIA DE NOTICIAS SAN LUIS

a) Confeccionar la agenda pública del Poder Ejecutivo y las actividades que requieran coberturas, en coordinación con los Ministerios, Secretarías de Estado y Entes involucrados.

b) Planificar, coordinar y articular con las oficinas de prensa de los organismos de gobierno, las acciones que formarán parte de la agenda pública.

c) Generar una agenda común de las acciones gubernamentales para difundir a través de medios de comunicación.

d) Conocer las agendas públicas a nivel local, nacional e internacional para diseñar estrategias de comunicación de interés público.

e) Potenciar el acceso y la comunicación de la información pública.

1.11.3.1 SUBDIRECCIÓN DE REDACCIÓN

a) Generar contenido noticiable a través de la difusión de las actividades gubernamentales.

b) Planificar, coordinar y ejecutar el orden e importancia de las coberturas de actos, actividades, visitas, y cualquier actividad llevada a cabo por cada Ministerio, Secretaría de Estado, Entes Gubernamentales y que la Dirección General de Comunicación requiera.

c) Articular y coordinar los distintos equipos de coberturas institucionales a fin de optimizar la cobertura de actividades.

1.11.3.2. SUBDIRECCIÓN DE CONTENIDOS EN MEDIOS

a) Garantizar el desarrollo y distribución del contenido noticiable y de las campañas de gobierno, en medios de difusión tradicionales (Radio y TV).

b) Crear el contenido en diferentes formatos técnicos respetando las prioridades establecidas por la Dirección General de Comunicación.

1.11.3.3 SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y DE REGISTRO DE MEDIOS

a) Organizar el Registro Provincial de Medios de Comunicación.

b) Reunir y contar con información actualizada sobre los medios en el ámbito de toda la geografía provincial.

c) Organizar y desarrollar las tareas administrativas concernientes a la Dirección de Agencia de Noticias San Luis.

1.11.4. DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN MULTIMEDIA

a) Diseñar, realizar y editar diferentes spots, videos y todo tipo de piezas interactivas y multimediales.

b) Velar por la eficiente y eficaz transmisión de las actividades de gobierno en las diferentes redes sociales.

c) Ejecutar piezas comunicacionales basadas en nuevos diseños y tecnologías de vanguardia.

d) Llevar el registro de imágenes, sirviendo de material para vídeos y contenidos audiovisuales.

1.11.4.1. SUBDIRECCIÓN DE FOTOGRAFÍA

a) Producir material visual de calidad.

b) Evaluar y gestionar proyectos visuales en diferentes campañas que se requieran.

c) Coordinar el equipo de fotografía a fin de generar registros de imágenes de interés.

d) Generar un banco de imágenes y distribuir las fotografías que sean requeridas por la Dirección General de Comunicación, medios de comunicación y otros.

e) Realizar registros fotográficos en todo el territorio provincial con vista publicitaria.

1.11.5. DIRECCIÓN DE DESARROLLO ESTRATÉGICO Y VINCULACIÓN GUBERNAMENTAL

a) Desarrollar y ejecutar proyectos específicos de mediano y largo plazo, orientados a vincular el Gobierno Provincial con la comunidad.

b) Generar de Políticas Públicas comunicacionales, gestión y revisión de contenidos comunicacionales y desarrollo de proyectos estratégicos a implementarse en el ámbito educativo.

c) Coordinar con equipos multidisciplinarios y áreas responsables de la aplicación de las distintas políticas de Estado, para una adecuada ejecución de la estrategia comunicacional en beneficio de la comunidad.

1.11.5.1. SUBDIRECCIÓN DE VINCULACIÓN CIUDADANA

a) Ejecutar y controlar los proyectos comunicacionales, que vinculen al gobierno provincial con la ciudadanía, y con organismos no gubernamentales.

b) Trabajar en la ejecución de proyectos de comunicación en la comunidad educativa, en coordinación con las autoridades de aplicación de dichas políticas.

c) Brindar las herramientas necesarias que permitan el desarrollo, y el control de dichos proyectos, garantizando el cumplimiento eficiente de la estrategia de comunicación del Gobierno de San Luis.

1.11.5.2. SUBDIRECCIÓN DE DISEÑO GRÁFICO

a) Creación y desarrollo de la identidad visual del Poder Ejecutivo Provincial.

b) Supervisar y coordinar el trabajo del equipo de diseño, generando nuevas ideas y conceptos aplicables a campañas institucionales.

1.11.5.3. SUBDIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES

a) Supervisar el trabajo del área de multimedia, medios alternativos y editores de contenido.

b) Coordinar el equipo de técnicos y creativos.

c) Generar el contenido destinado a las actividades institucionales y/o de difusión en medios, del Poder Ejecutivo Provincial.

1.11.6. DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE ACTIVOS DIGITALES EN PLATAFORMAS WEB OFICIALES

a) Planificar, crear, publicar y monitorear los contenidos en las webs oficiales del Gobierno de San Luis.

b) Coordinar y articular con las oficinas de prensa de cada Ministerio, Secretaría o dependencia que cuente con web oficial, de manera de actualizar, publicar y monitorear los contenidos, según disponga la Dirección General de Comunicación.

c) Velar por la eficiente y eficaz producción de los sitios web oficiales, coordinando con Ministerios y Secretarías.

1.11.7. DIRECCIÓN DE ATENCIÓN CIUDADANA EN REDES SOCIALES OFICIALES

a) Recepcionar, centralizar y coordinar la información proveniente de las solicitudes que la ciudadanía realice a través de las redes sociales oficiales del Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis. El objeto del mismo es lograr mayor celeridad y eficacia en la respuesta del Estado Provincial, contribuyendo con las dependencias de la Dirección General de Comunicación.

1.11.7.1. ÁREA DE ATENCIÓN VIRTUAL CIUDADANA

a) Implementar mecanismos de control y asesoría tendientes a verificar el cumplimiento de los procedimientos internos que tienen lugar en la Dirección mencionada ut supra y en la Dirección General de Comunicación.

1.11.8. DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN

a) Coordinar y articular con las oficinas de prensa de cada organismo de gobierno las acciones que formarán parte de la agenda pública.

b) Diseñar y ejecutar un plan de medios de alcance provincial y nacional para difundir las acciones realizadas por el Poder Ejecutivo de la provincia.

c) Ejecutar la realización y/o contratación de bienes y servicios destinados a la comunicación de actos de gobierno.

1.11.9. DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE CONTENIDOS EN REDES SOCIALES OFICIALES

a) Velar por la eficiente y eficaz transmisión de las actividades del Gobierno de San Luis en las diferentes redes sociales.

b) Planificar, crear, publicar y monitorear los contenidos de las redes sociales oficiales.

c) Coordinar la comunicación con los responsables de cada una de las redes sociales de los Ministerios, Secretarías de Estado y Entes Gubernamentales.

d) Construir, gestionar y administrar la comunidad online creando y manteniendo relaciones estables y duraderas con los ciudadanos.

1.11.9.1. SUBDIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y PRODUCCIÓN

a) Coordinar, crear, publicar y monitorear los contenidos de las redes sociales oficiales de manera que alcancen los objetivos planificados desde la Dirección General de Comunicación.

b) Crear y mantener un registro oficial de activos digitales gubernamentales en redes sociales según Ley N° V-1172-2025 “Activos Digitales Gubernamentales de la Provincia de San Luis. Regulación del uso, administración, protección, resguardo y traspaso de los mismos”

1.11.10. DIRECCIÓN DE STREAMING

a) Dar respuesta a las demandas de las nuevas audiencias que acceden a contenido de información y entretenimiento a través de las nuevas plataformas tecnológicas.

b) Generar una biblioteca de contenido virtual y audiovisual, como reservorio de la identidad del canal y de sus producciones, realizando actualizaciones frecuentes del mismo.

c) Gestionar contenidos para ser transmitidos por streaming, los cuales deben ofrecer compatibilidad con una variedad de dispositivos de transmisión.

d) Ofrecer acceso a todo el contenido del canal en vivo, y a las producciones exclusivas para streaming, proporcionando una experiencia audiovisual atractiva para los usuarios.

e) Articular con las direcciones de la Dirección General de Comunicación el desarrollo de contenido virtual que sean de interés para las audiencias.

f) Construir, gestionar y administrar la comunidad online creando y manteniendo relaciones estables y duraderas con los ciudadanos.

1.11.10.1. SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO EN REDES

a) Recepcionar y analizar nuevas propuestas de programas y/o material multimedia, en estrecha vinculación con la sociedad y con distintos sectores interesados en articular con el canal la producción y difusión de contenidos.

b) Proyectar nuevas e innovadoras propuestas para impulsar la captación de audiencia de los distintos rangos etarios.

c) Trabajar de manera coordinada con los sectores especializados en redes sociales y de generación de contenido audio visual alternativos, con el objetivo de ampliar y potenciar la difusión del material.

d) Gestionar en coordinación con el sector correspondiente, la exportación de contenido propio o de terceros cuando corresponda.

e) Promover la creación de concursos de proyectos integrales de generación de contenidos.

1.11.11. ORGANISMO DESCONCENTRADO: SAN LUIS TELEVISIÓN.

Tendrá por funciones las mencionadas en su Decreto de creación, Decreto N°624-SEGLyT-2012 y su modificatorio.

Art. 4°.- El Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a través del Área correspondiente deberá efectuar las modificaciones presupuestarias y/o reasignación de partidas como consecuencia de lo dispuesto por el presente Decreto.-

Art. 5°.- La Secretaría General de la Gobernación realizará la reubicación del personal para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto.-

Art. 6°.- Hacer saber a: todos los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo Provincial, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Recursos Humanos, al Instituto de la Firma Digital y a todas las áreas dependientes de la Secretaría General de la Gobernación.-

Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria General de la Gobernación, y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-

Art. 8°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

CLAUDIO JAVIER POGGI

Romina Andrea Carbonell

Néstor Alberto Ordoñez

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE GOBIERNO

RESOLUCIÓN N° 326-DPJ-2026

San Luis, 25 de junio de 2026

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo Nº 43/2000 correspondientes a la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 5 BARTOLOMÉ MITRE”; y

CONSIDERANDO:

Que la Cooperadora Escolar de referencia se encuentra en estado de irregularidad institucional ante esta Dirección de Personas Jurídicas, registrando vencimiento de mandato de sus autoridades y/o incumplimientos documentales que impiden su normal funcionamiento.

Que las cooperadoras escolares cumplen un rol fundamental en la construcción de la comunidad educativa, promoviendo la participación activa de madres, padres, abuelos y graduados, colaborando en la mejora de las condiciones materiales, organizativas y comunitarias de los establecimientos educativos.

Que mediante Decreto N° 3723-MG-2026 se creó el Programa “Cooperadora Activa”, destinado al fortalecimiento integral de las Cooperadoras Escolares con personería jurídica vigente en la Provincia de San Luis.

Que el citado Programa tiene por finalidad promover el desarrollo institucional de las cooperadoras escolares a través de acciones de sensibilización comunitaria, regularización jurídica, capacitación dirigencial y acceso a financiamiento público para la ejecución de proyectos sociales.

Que el Artículo 5° del Decreto N° 3723-MG-2026 establece como líneas de acción del Programa el reempadronamiento y regularización institucional, la capacitación y formación dirigencial y el acceso al financiamiento público.

Que asimismo el Artículo 7° del referido Decreto establece como requisito para acceder al financiamiento encontrarse en estado regular ante la Dirección de Personas Jurídicas.

Que en consecuencia resulta necesario adoptar las medidas tendientes a restablecer el normal funcionamiento institucional de la entidad, posibilitando la conformación de autoridades legítimamente electas y la regularización de su situación registral.

Que la permanencia de la entidad en estado de irregularidad no sólo afecta su normal desenvolvimiento institucional sino que además impide su incorporación plena a las herramientas de fortalecimiento, capacitación y financiamiento previstas por el Programa Cooperadora Activa.

Que la convocatoria de oficio constituye una herramienta excepcional destinada a garantizar la continuidad institucional de las personas jurídicas cuando circunstancias de interés público así lo aconsejan.

Que la regularización de las Cooperadoras Escolares reviste un especial interés público atento a su vinculación directa con la comunidad educativa y con las políticas provinciales orientadas al fortalecimiento de la educación.

Que el Artículo 4 inciso 5) de la Ley V-0112-2004 faculta a esta Dirección de Personas Jurídicas a convocar de oficio a asambleas cuando ello resulte necesario para garantizar la continuidad institucional de las entidades sujetas a fiscalización.

Que en virtud de lo expuesto corresponde convocar de oficio a Asamblea General Ordinaria de Asociados a fin de proceder a la elección de autoridades y regularización institucional de la entidad.

Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley N° V-0112-2004

LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS

RESUELVE:

ARTICULO 1: CONVOCAR a ASAMBLEA DE ASOCIADOS DE OFICIO de la entidad “ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 5 BARTOLOMÉ MITRE”, LPJ 43/2000, personería jurídica otorgada mediante Resolución N° 00026-DPRLeI-2000; a realizarse el día 30/06/2026 a las 15:00Hs. en la sede social de la entidad sita en Colón N° 312 de la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente orden del día:

1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta

2) Reforma Integral de Estatuto Social

3) Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/2025.

ARTICULO 2: DETERMINAR que podrán participar en el acto asambleario todos los tutores de los menores del establecimiento escolar que obren en el Listado Adjunto elaborado por la Dirección del colegio.

ARTICULO 3: NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia y oportunamente ARCHIVESE.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

SPP e. y v: 26 Jun.

COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

RESOLUCIÓN N° 06-CD-2025-2027

San Luis, 24 de junio de 2026

VISTO:

Los artículos 69 inciso b), artículo 117 inciso a), c) y m) y artículo 121 de la Ley Nº XIV-0360-2004; artículo 11 de la Ley Nº V-0113-2004 y normas concordantes y;

CONSIDERANDO:

Que conforme al artículo 69 inciso b. 2) de la Ley XIV-0360-2004, el protocolo notarial deberá ser exhibido a los profesionales que lo justificaren para el cumplimiento de tareas relacionadas con estudios de títulos.

Que, de acuerdo al artículo 11 de la Ley Nº V-0113-2004, los Escribanos de la Provincia podrán conservar en sus escribanías los protocolos de los últimos tres años.

Que, no obstante dicha facultad, la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario exige garantizar acceso a los protocolos a aquellos notarios que necesitan realizar estudio de títulos en orden a legitimar a eventuales disponentes.

Que se han advertido conductas reñidas con tal necesidad que, no solo resultan contrarias a las mas elementales pautas éticas de colaboración entre colegas, sino verdaderos incumplimientos de deberes legales.

Que frente a tales situaciones es necesario establecer un procedimiento tendiente a subsanar tales irregularidades.

POR ELLO

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS

DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

RESUELVE:

Art. 1º. Todo escribano matriculado en el Colegio de Escribanos de San Luis que afirme estar realizando un estudio de título se presume que cuenta con interés legítimo suficiente para acceder a los protocolos notariales.

Art. 2º. En caso de necesitar realizar el estudio y cotejo sobre instrumentos matrices que se encuentren bajo la guarda de otro notario y este se negara a conceder el debido acceso, podrá el interesado presentar una nota dirigida a la Comisión Directiva del Colegio de Escribanos – firmada ológrafa o digitalmente - individualizando el/los instrumentos matrices a analizar (número y fecha de escritura y notario autorizante).

Art. 3º. La Comisión Directiva intimará al escribano bajo cuya custodia se encuentra el protocolo para que, en el plazo de 48 horas hábiles, fije día y hora en el que podrá el colega interesado apersonarse en su domicilio profesional para realizar el respectivo estudio de títulos. Dicha cita deberá establecerse dentro de los 48 horas hábiles siguientes de recibida la intimación.

El Colegio de Escribanos de San Luis, a través de la Comisión Directiva, informará al solicitante el día y hora fijado.

Art. 4º. En caso de que el escribano intimado no respondiera o no permitiera el acceso al protocolo notarial en la cita indicada, se considerará configurada una irregularidad profesional en los términos del artículo 121 de la Ley Nº XIV-0360-2004.

Art. 5º. Si el protocolo al que se pretende acceder tuviere más de tres años de antigüedad, la intimación tendrá por objeto la entrega íntegra del mismo en el plazo improrrogable de 48 horas hábiles.

Art. 6º. Publíquese por 1 día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y notifíquese a los matriculados a sus respectivos domicilios electrónicos y archívese.

$5.500,00 e. y v: 26 Jun.

ACUERDOS

ADM 19213/26

“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”

ACUERDO N° 117-STJSL-SA-2026.-

En la Provincia de San Luis, a VEINTITRÉS días del mes de JUNIO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-

DIJERON: Vista la nota de la Comisión Directiva del Sindicato Judiciales Puntanos, de fecha 19/6/2026, agregada en actuación N° 30665562/26 del ADM 491/15 en trámite ante Secretaría Administrativa, mediante la cual solicita que el Superior Tribunal de Justicia adhiera al Decreto N° 008-MSR-2026 de la Municipalidad de Santa Rosa del Conlara y, en consecuencia, declare inhábil judicial el día viernes 3 de julio de 2026 para los organismos del Poder Judicial con asiento en dicha ciudad, con la consecuente suspensión de términos procesales.-

Que, el mencionado Decreto, fechado 11/6/2026 (adjunto en la referida actuación), considerando el 168° aniversario de la fundación de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, en su art. 1º establece: “Decretase Festivo para todo el ámbito de la Comunidad de Santa Rosa del Conlara, el día 03 de Julio de 2026.”, y en su art. 2º dispone: “Decretase Feriado el día 03 de Julio de 2026, para comercios, industrias locales, instituciones en general y establecimientos educativos, como así también la administración pública de la localidad”.-

Que, en función de la petición formulada por el Sindicato Judiciales Puntanos y de lo dispuesto en el referido Decreto de la Municipalidad de Santa Rosa del Conlara, se estima conveniente, en esta oportunidad, armonizar el calendario judicial para los organismos del Poder Judicial con asiento en tal ciudad con el feriado municipal declarado para el día 3 de Julio de 2026.-

Por ello y en uso de las facultades conferidas en el art. 39 inc. 10) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia Nº IV-0086-2021;

ACORDARON:

I) DECLARAR FERIADO JUDICIAL el día 3 de julio de 2026, en los Organismos del Edificio del Poder Judicial Provincial con asiento en el edificio “Dr. Tomás Jofré” y demás organismos con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, de la Tercera Circunscripción Judicial, con motivo de la conmemoración del aniversario de la fundación de tal ciudad y de lo dispuesto mediante Decreto Nº 008-MSR-2026 de la Municipalidad de Santa Rosa del Conlara, fechado 11/6/2026.-

II) RECORDAR la obligación de disponibilidad de magistrados, funcionarios y agentes judiciales de los referidos Organismos del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, de todos los fueros y grados, para la atención de los asuntos urgentes durante los días inhábiles.-

III) DETERMINAR que, por el Área de Comunicaciones y Relaciones Institucionales de Secretaría Administrativa, se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia, en la sección “Acuerdos”, y se remita para su publicación, por un (1) día, al Boletín Oficial y Judicial de la Provincia.-

Con lo que se dio por finalizado el acto, disponiendo los Señores Ministros se comunique al Personal y Organismos del Poder Judicial de la Provincia, al Sindicato Judiciales Puntanos y a los Colegios de Abogados y Procuradores de las tres Circunscripciones Judiciales.-

e y v: 26 Jun.

ADM 19213/26

“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”

ACUERDO N° 118-STJSL-SA-2026.-

En la Provincia de San Luis, a VEINTICUATRO días del mes de JUNIO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-

DIJERON: Vista la presentación de la Dra. Mónica Viviana Corvalán, Secretaria Administrativa del Superior Tribunal de Justicia, a cargo de la Dirección de Coordinación de Mediación Judicial y Extrajudicial - adjunta en actuación 30485726 del ADM 389/15-, en relación a la modificación del punto 1) del título XVII-GRATUIDAD, del REGLAMENTO DEL CENTRO DE MEDIACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL, aprobado por Acuerdo Nº 307/2011, modificado por Acuerdo N°248/2024 que establece que “… Quedarán eximidas de abonar los honorarios al mediador y al comediador, las personas que manifiesten que sus ingresos y los de su grupo familiar son de hasta un (1) Salario Mínimo Vital y Móvil. Los mismos serán abonados por el Fondo de Financiamiento. Tal monto se actualizará automáticamente conforme se actualice el Salario Mínimo Vital y Móvil que fija el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.”

Que adjunto en actuación Nº 30485726/26 del referido ADM obra lo informado por Secretaría Contable en el ámbito de su competencia, respecto a la mencionada presentación.-

Que el art. 32 de la Ley de Mediación Judicial en la Provincia de San Luis N° IV-0700-2009 dispone: “El Superior Tribunal de Justicia deberá proveer los medios y las formas para cubrir los requerimientos de las personas sin recursos…”.-

Que ante lo expuesto, y de conformidad a lo previsto en los arts. 214 inc. 3 de la Constitución Provincial, 39 inc. 4 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia Nº IV-0086-2021 -modificada por Ley Nº IV-1106-2023- y art. 32 de la Ley N° IV-0700-2009. Por ello;

ACORDARON:

I) SUSTITUIR el punto 1) del título XVII-GRATUIDAD del REGLAMENTO DEL CENTRO DE MEDIACION JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL, aprobado por Acuerdo Nº 307/2011 y modificado por Acuerdo 248/2024, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“XVII-GRATUIDAD

1-Quedarán eximidas de abonar los honorarios al mediador y al comediador, las personas cuyos ingresos, y los de su grupo familiar, sean inferiores a un Salario Mínimo Vital y Móvil y medio. Dichos honorarios serán solventados por el Fondo de Financiamiento.

Tal monto se actualizará automáticamente conforme se actualice el Salario Mínimo Vital y Móvil que fija el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.

II) DISPONER que la eximición establecida en el punto I) tendrá carácter temporal y será aplicable desde el 1 de julio de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026.-

III) DETERMINAR que por Secretaría Administrativa se publique el presente Acuerdo en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en la sección “Acuerdos” y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia por un (1) día.-

Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que por el Área Comunicaciones de Secretaría Administrativa se notifique el presente a Secretaría Contable, a todos los Organismos del Poder Judicial y a la Dirección de Coordinación de Mediación Judicial y Extrajudicial, para las demás comunicaciones que correspondan. –

e. y v: 26 Jun.

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE TILISARAO

ORDENANZA Nº 428-HCD-2026.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TILISARAO

EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°.- Homologar el Convenio Urbanístico celebrado entre la Municipalidad de Tilisarao y la desarrolladora urbanística Diez y Asociados, correspondiente al loteo denominado “Victorino”, Nomenclador Catastral 00-04-38-01-000022-000003, firmado con fecha 25 de marzo de 2026, el cual forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo 2°.- Los Loteadores ofrecen como garantía hipotecaria las Parcelas “D1, D2, D3, D4, D5, D6, D7, D8, D9, D10, D11, D12, D13, D14, D15, D16, D17, D8, D19 y D20” de la Manzana “D” y plano referido siendo un total de (20) lotes, que deberán levantarse las hipotecas en cuanto se certifica el cumplimiento de cada obra de infraestructura.

Artículo 3°.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento del convenio homologa

Artículo 4°.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, notifíquese a la desarrolladora Diez y Asociados, publíquese y archívese.

Artículo 5°. -De forma.-

SALA DE SESIONES del Honorable Concejo Deliberante de Tilisarao, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis, a los 10 Días del Mes de junio del Año Dos Mil Veintiséis.

HUGO EZEQUIEL SANMARTINO

Presidente H.C.D.

Ramón Alejandro Rosa

Secretario H.C.D.

EXENTO

DECRETO Nº 029-MT-2026.-

Tilisarao (S.L.), 19 de Junio de 2026

VISTO:

La Ordenanza Nº 428-HCD-2026 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, referente a Homologar el Convenio Urbanístico entre la Municipalidad de Tilisarao y la desarrolladora urbanística Diaz y Asociados y;

CONSIDERANDO:

Que el artículo 261 Inc. 1) de la Constitución de la Provincia de San Luís, faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a promulgar, publicar y hacer cumplir las Ordenanzas, cuando las mismas cuentan con la aprobación del Ejecutivo Municipal;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TILISARAO

EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETO

Art. 1º.- Promulgar en todas sus partes la Ordenanza Nº 428-HCD-2026 de fecha 10 de Junio del año 2026 del Honorable Concejo Deliberante, referente a Homologar el Convenio Urbanístico entre la Municipalidad de Tilisarao y la desarrolladora urbanística Diaz y Asociados, correspondiente al loteo denominado “Victorino”

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Sec. de Gobierno, Educación y Relaciones Institucionales de la Municipalidad de Tilisarao.

Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a Registro Oficial Municipal y Archívese.-

JUAN MANUEL OLGUÍN

Intendente Municipal

Fabio Darío Ochoa

Sec. de Gobierno, Educación y Relaciones Institucionales

EXENTO

MUNICIPALIDAD DE NASCHEL

ORDENANZA Nº 360-HCD-2026.-

Naschel, San Luis 03 de Junio del 2026.-

“MODIFICACIÓN ORDENANZA N°354-HCD-2026”

Visto a Ordenanza N°354-HCD-2026 “Tarifaria Municipal 2026”, y la necesidad de modificar el Artículo 33°, inciso E, referido a vendedores ambulantes y/o eventuales; y

Considerando que resulta importante proteger y fomentar el comercio local, garantizando condiciones equitativas para quienes desarrollan actividades comerciales de manera permanente en la localidad;

Que, corresponde establecer criterios diferenciales según el tipo de actividad, rubro comercial y residencia del vendedor;

Que, la presente modificación tiene por finalidad promover un desarrollo comercial ordenado, equitativo y una adecuada utilización del espacio público;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NASCHEL

EN QUORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DE LEY,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: MODIFIQUESE de la Ordenanza N°354-HCD-2026 “Tarifaria Municipal 2026”, el Artículo 32°, Inciso E, los Ítem 33 y 34, quedando de la siguiente manera:

ACTIVIDAD

PRIMERA

SEGUNDA

TERCERA

33

VENDEDORES AMBULANTES Y/O PROMOTORES SEGÚN LA SIGUIENTE CATEGORIZACIÓN

A - A PIE - POR DÍA (No comprende a personas con domicilio real en Naschel).

$13.138,87

B - EN VEHÍCULOS - POR DÍA (No comprende a personas con domicilio real en Naschel).

$20.940,11

C - GASTRONÓMICOS (CARROS, PANCHEROS, FOOD TRUCKS, PUESTOS DE COMIDA Y AFINES)- POR MES Con domicilio real en Naschel.

$23.814,28

D - EN PREDIO MUNICIPAL:POR MES.

$80.065,14

$64.462,72

$32.847,21

E - ADICIONAL POR USO ENERGÍA ELÉCTRICA.

$10.000,00

34

RECARGOS PARA ACTIVIDADES GASTRONÓMICAS AMBULANTES

GASTRONÓMICOS NO RESIDENTES EN NASCHEL-POR DÍA (CARROS, PANCHEROS, FOOD TRUCKS Y AFINES) Incremento de hasta el 30% de la tasa correspondiente

$30.958,56

ARTÍCULO 2°:Comuníquese, publíquese, dese a registro oficial y oportunamente archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NASCHEL, DEPARTAMENTO CHACABUCO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, REPÚBLICA ARGENTINA,A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.

GIANFRANCO VILLEGAS

Presidente H.C.D.

Soledad Fernanda Cabañez

Secretaria Legislativa

EXENTO

DECRETO Nº 081-MN-2026.-

Naschel (SL), 17 de Junio de 2026.-

VISTO:

La ordenanza Nº 360-HCD-2026, (03/06/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 261º de la CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, faculta a este Departamento Ejecutivo Municipal a promulgar y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante,

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE NASCHEL

EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES

DECRETA:

Art. 1º.- Homologar en todas sus partes la ordenanza Nº 360-HCD-2026.-(0359¿/06/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel.

Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Intendencia Municipal.

Art. 3º.-Comuniquese, publíquese, elévese al Boletín Oficial de la provincia de San Luis, dese al Registro Municipal y oportunamente archívese.

VALERIA VERÓNICA KUHN

Intendente Municipal

EXENTO

ASAMBLEAS

SANATORIO Y CLÍNICA RIVADAVIA S.A.C.A. y S.

Asamblea General Ordinaria

En cumplimiento de disposiciones legales y estatutarias, se convoca a los Sres. accionistas, a la Asamblea General Ordinaria que se llevará a cabo en la Sede Social del Sanatorio y Clínica Rivadavia S.A.C.A. y S. sito en calle Rivadavia N° 1059, el día veintitrés de julio del año 2026 en primera convocatoria a las 20:00hs. y en segunda convocatoria a las 21:00hs. del mismo día y en el mismo lugar que la primera, a fin de tratar el siguiente:

ORDEN DEL DÍA

1. Designación de dos accionistas para firmar el acta.

2. Lectura de informe de sindicatura.

3. Consideración, memoria y aprobación del balance, estado de resultados ejercicio N° 34 ciclo económico cerrado en fecha 31/12/2025.

4. Regulación de la actividad profesional.

El accionista que quiera formar parte de la asamblea por un representante, mediante mandato formalizado en instrumento privado con firma certificada judicial, bancaria o notarialmente, deberá presentarse dicho instrumento en original, dejando copia del mismo, en la sede social con una antelación no menor a 3 días hábiles anteriores a la asamblea.

San Luis, 22 de Junio de 2026.

DR. FERNANDO SIRABO

Presidente

C: 1999 $27.500,00 e: 24 Jun. y v: 03 Jul.

La Directora de Personas Jurídicas Ordena se publique que la asociación civil HUMANO MERLO TIENDA COLECTIVA ASOCIACIÓN CIVIL, con LPJ N° 96/24 ha convocado a Asamblea Ordinaria a celebrarse el día 10 de julio de 2026 a las 14:00hs. en Calle Presidente Perón Nº 74 de Ciudad de Villa de Merlo, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1-Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.

2-Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/2025.

3-Elección de Autoridades.

DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ

Directora de Personas Jurídicas

C: 2015 SPP e y v: 26 Jun.

CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO NASCHEL

CONVOCATORIA A ASAMBLEA

La Asociación Civil CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO NASCHEL, invita a la Asamblea Ordinaria que se realizará el viernes 17 de Julio del año 2026 a las 20:00 hs en la sede del mismo.

ORDEN DEL DÍA:

1) Elección de dos asambleístas para que junto con el Presidente del Club firmen el Acta de Asamblea.

2) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General e Informe de la comisión Revisora de cuenta correspondiente a los ejercicios contables años 2022, 2023, 2024 y 2025

3) Elección de autoridades de la Comisión Directiva, por vencimiento del mandato.

4) Elección de autoridades de la comisión Revisora de Cuenta, por vencimiento del mandato.

C: 2016 $5.500,00 e y v: 26 Jun.

LICITACIONES

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 43- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS Y ELEMENTOS DE SEGURIDAD CON DESTINO A BOMBEROS DE LA POLICÍA Y BRIGADITAS DE LA DIRECCIÓN PREVENCIÓN Y GESTIÓN DE LA EMERGENCIA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-1230345/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 6424-MS-2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO OCHO MILLONES CIENTO TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($108.137.740,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 06 de JULIO de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 1969 SPP e: 22 y v: 26 Jun.

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

LICITACION PÚBLICA N°: 14-2026

OBJETO: “SERVICIO DE GUARDA Y CONSERVACION DE ARCHIVOS, GERENCIAMIENTO OPERATIVO DE ARCHIVOS, DIGITALIZACION Y DESTRUCCION DE EXPEDIENTES”

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO TRECE MILLONES TRESCIENTOS MIL ($113.300.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS ($113.300,00), Depósito o Transferencia electrónica bancaria: a la cuenta N° 4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.

VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-

GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-

PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 20de julio del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente con anterioridad al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta a la dirección compras@justiciasanluis.gov.ar.

FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 21 de julio de 2026, a las 11 horas,(once)por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-

MARÍA MERCEDES BESTARD

Secretaria Contable

C: 1988 SPP e: 24 y v: 29 Jun.

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 44- MHeIP - DCyC-2026

OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE COLCHONES SOLICITADO POR LA DIRECCION GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SEGURIDAD”.

EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-3120110/26.

DECRETO DE LLAMADO Nº 6665-MS-2026.-

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($38.500.000,00).

VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 15 de JULIO de 2026 a las 10:30 Hs.

VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.

C: 2017 SPP e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS

MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA

DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 05/2026

EXD. 2271107/2026

DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO Nº 6507-MHIP-2026

OBRA: INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PUBLICA “CORONEL JUAN PASCUAL PRINGLES”. MANTENIMIENTO Y REFACCION DE LA CUADRA FEMENINA Y REFACCION INTEGRAL DE LA INSTALACION ELECTRICA DE TODO EL PREDIO.

UBICACIÓN: AV. SAN MARTIN ACCESO AL MONUMENTO AL PUEBLO PUNTANO - JUANA KOSLAY DEPARTAMENTO JUAN MARTIN PUEYRREDON. PROVINCIA DE SAN LUIS.

FORMA DE CONTRATACIÓN: AJUSTE ALZADO

PRESUPUESTO OFICIAL: $970.113.813,02

PRECIO DE PLIEGO $971.000,60

PLAZO DE EJECUCIÓN: 240 días corridos

FECHA DE APERTURA: 14/07/2026 Hora: 10:00hs.

CONSULTAS Y VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Obras de Arquitectura y Vivienda – Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis, a partir de la fecha de publicación y hasta el 08/07/26 inclusive.

PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ACTO DE APERTURA:

DIRECCION DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS

Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis.

C: 2018 SPP e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

Ente San Luis Agua

LICITACIÓN PÚBLICA Nº01-S.L.A.-2026 - DEC 6717/26

DENOMINACION: “OBRA DE PERFORACIÓN PARA PROVISIÓN DE AGUA CRUDA PARA LA MUNICIPALIDAD DE CONCARÁN”.

CONSULTA DE BASES: sanluisaguacompras@gmail.com

RECEPCION DE PROPUESTAS: Desde el día 26 de junio del 2026, hasta el día 07 de julio del 2026 a las 09hs.

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($175.000.000,00) IVA INCLUIDO

VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Se establece en la suma de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($175.000,00) equivalente al 1‰ del presupuesto oficial.

El pago por la compra del pliego deberá hacerse en dinero en efectivo, mediante depósito bancario, en la moneda de curso legal en el país, en la cuenta bancaria del Ente San Luis Agua (Nº de cuenta 4780244091 CBU: 0110478720047802440915 – Banco Nación).

FECHA DE APERTURA: El día 07 de julio del 2026, en las Oficinas Administrativas del Ente San Luis Agua.

HORA DE APERTURA: 10:00 hs.

LUGAR DE APERTURA: Edificio Oeste – Bloque I Planta Baja, Casa de Gobierno.

ADQUISICION DE PLIEGOS: Los interesados podrán adquirir los Pliegos en la sede administrativa del Ente San Luis Agua, sito en Casa de Gobierno, Edificio Oeste, Bloque 1, Planta Baja; o bien enviando una solicitud al correo electrónico sanluisaguacompras@gmail.com, consignando razón social y N° de CUIT, todos los días hábiles, de 10:00 Hs. a 14:00 Hs. y hasta las 24 horas antes del acto de apertura de sobres, previo pago del sellado del importe determinado para su adquisición, siendo obligatorio constituir un domicilio en la ciudad de San Luis, al cual serán dirigidas las comunicaciones legales, judiciales, extrajudiciales o aclaraciones referentes a los Pliegos adquiridos.

PRESENTACION DE OFERTAS: por sobre anónimo cerrado en el lugar de apertura

Para consultas e informes comunicarse al teléfono 4452000 /

sanluisaguacompras@gmail.com

ING. HUGO E. GUZMÁN DURÁN

Presidente

C: 2030 SPP e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

Ente San Luis Agua

LICITACIÓN PÚBLICA Nº03-S.L.A.-2026 - DEC 7092/26

DENOMINACION: “EJECUCIÓN DE NUEVA PERFORACIÓN | POZO PÚBLICO TRES LOMAS”.

CONSULTA DE BASES: sanluisaguacompras@gmail.com

RECEPCION DE PROPUESTAS: Desde el día 26 de junio del 2026, hasta el día 07 de julio del 2026 a las 10hs.

PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($135.000.000,00) IVA INCLUIDO

VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Se establece en la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($135.000,00) equivalente al 0,1% del presupuesto oficial.

El pago por la compra del pliego deberá hacerse en dinero en efectivo, mediante depósito bancario, en la moneda de curso legal en el país, en la cuenta bancaria del Ente San Luis Agua (Nº de cuenta 4780244091 CBU: 0110478720047802440915 – Banco Nación).

FECHA DE APERTURA: El día 07 de julio del 2026, en las Oficinas Administrativas del Ente San Luis Agua.

HORA DE APERTURA: 11:00 hs.

LUGAR DE APERTURA: Edificio Oeste – Bloque I Planta Baja, Casa de Gobierno.

ADQUISICION DE PLIEGOS: Los interesados podrán adquirir los Pliegos en la sede administrativa del Ente San Luis Agua, sito en Casa de Gobierno, Edificio Oeste, Bloque 1, Planta Baja; o bien enviando una solicitud al correo electrónico sanluisaguacompras@gmail.com, consignando razón social y N° de CUIT, todos los días hábiles, de 10:00 Hs. a 14:00 Hs. y hasta las 24 horas antes del acto de apertura de sobres, previo pago del sellado del importe determinado para su adquisición, siendo obligatorio constituir un domicilio en la ciudad de San Luis, al cual serán dirigidas las comunicaciones legales, judiciales, extrajudiciales o aclaraciones referentes a los Pliegos adquiridos.

PRESENTACION DE OFERTAS: por sobre anónimo cerrado en el lugar de apertura

Para consultas e informes comunicarse al teléfono 4452000 / sanluisaguacompras@gmail.com

ING. HUGO E. GUZMÁN DURÁN

Presidente

C: 2031 SPP e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

COMERCIALES

El Registro Público de Comercio ordena la publicación por un día de las autoridades de CORAZA HIERROS S.A. sociedad inscripta al Tomo 126 de Contratos Sociales, Folio 29, N° 05 en San Luis el 12-09-2000; designadas por Acta de Asamblea General Ordinaria celebrada como asamblea unánime del 27/3/2026 convocada mediante Acta de Directorio del 27/3/2026, y conforme registro de asistencia del 27/3/26, quedando el directorio de la sociedad integrado de la siguiente manera: Presidente y Director Titular: ROBERTO ALEJANDRO GÓMEZ MIRANDA, DNI N° 22.852.409; Vicepresidente y Directora Titular: CRISTINA AMANDA RENEE ALLENDE, DNI N° 32.038.827; Directora Suplente: ANA CLARA GÓMEZ ZUDAIRE, DNI N° 48.353.604.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 2019 $5.500,00 e y v: 26 Jun.

MODIFICACION DE CONTRATO SOCIAL “HERSAN S.R.L.” - Por Reunión de Socios de fecha 17/06/2026, los únicos socios de HERSAN S.R.L., CUIT 30-71836666-2, señores José Augusto Hernández y Roberto Alejandro Santillan, resolvieron por unanimidad reformar el contrato social: 1) CLAUSULA PRIMERA (Domicilio): se modifica fijando el domicilio legal dentro de la jurisdicción de la Provincia de San Luis, República Argentina, facultando el traslado de la sede social por acta de socios separada sin necesidad de nueva reforma contractual. Consecuentemente, se fija la sede social efectiva en: Loteo Manquehue, Block 2, Casa 20 de la ciudad de Juana Koslay, Provincia de San Luis. 2) CLAUSULA DECIMO PRIMERA: (Administración y Representación): se modifica fijando el plazo de la gerencia en tres (3) ejercicios comerciales y estableciendo que la administración y representación legal estará a cargo de uno o más gerentes actuando de forma indistinta. 3) DESIGNACION DE GERENTES: se ratifica en el cargo de Gerente al Sr. Hernández José Augusto, DNI N°25.352.379 y se designa en el cargo de Gerente al Sr. Santillan, Roberto Alejandro DNI N°28.649.843, ambos con domicilio especial en la sede social electa. San Luis 19/06/2026.

JOSÉ AUGUSTO HERNÁNDEZ

Socio Gerente

C: 2020 $5.500,00 e y v: 26 Jun.

El Registro Público de Comercio de San Luis, ordena se publique por el término de Ley, que la Sra. Maldonado Beatriz Alicia D.N.I: 13.165.079, CUIT N° ٢٧-١٣١٦٥٠٧٩-٠, de profesión comerciante, con domicilio en B° ١٥٧ viviendas, Manzana ٣٤٢ Casa ٧, San Luis Capital, Provincia de San Luis, de nacionalidad Argentina, nacido el ١٣ de junio de ١٩٥٧, de estado civil Casada con el Sr. Ruben Dario Calderon DNI N° 13165015 CUIL N° ٢٣-١٣١٦٥٠١٥-٩ ,de profesión Agricultor, con domicilio en Calle el Pantano S/N Joreli Viyo, Lavalle, de la provincia de Mendoza nacido el 03 de Marzo de 1957, mediante Contrato Privado de fecha 01 de Junio de 2026, constituye una sociedad por acciones simplificada, bajo la denominación de “KILLIA S.A.S.”; fijando domicilio de la Sede Social en B° 164 Viviendas Manzana 464 N° 26, San Luis Capital, Provincia de San Luis; con plazo de duración por 99 años contados a partir de la fecha de su constitución.

OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o en el extranjero, las siguientes actividades: 1) Constructora: dirección y realización de obras de cualquier naturaleza civiles, hidráulicas, viales, eléctricas, mecánicas, telecomunicaciones y/o de cualquier otro tipo, públicas o privadas, propias y/o de terceros, dentro y fuera del país, como también realizar el mantenimiento, conservación y mejoramiento de tales construcciones y/o instalaciones; 2) Consultora: realización de proyectos de ingeniería eléctrica, mecánica, civiles, hidráulica, arquitectura y de cualquier otro tipo; 3) Comerciales: explotación, negocios, compra venta de materiales para la construcción, eléctricos, mecánicos y/o toda actividad relacionada con materiales destinados a la construcción, explotación de playas de estacionamiento, lubricentro y lavaderos, muebles de todo tipo, vajillas, acolchados, artefactos y artículos para el hogar y oficina, artículos helados y congelados, explotación de servicios de transporte de pasajeros y de cargas, cultivos en general, producción de semillas, cría de ganado bovino, equino y ovino, invernada de ganado y cría en corrales y/o a campo, producción de leche, cría de aves de corral, producción de huevos, matanza de ganado bovino, procesamiento de carne de ganado bovino, saladero y peladero de cueros de ganado bovino, producción y procesamiento de carne de aves, elaboración de fiambres y embutidos, matanza de ganado, venta al por menor en minimercados, venta al por menor de carnes rojas, menudencias y chacinados frescos, servicio de expendio de comidas y bebidas, venta de autos, camiones y camionetas nuevos y/o usados, venta de combustibles y lubricantes, venta en comisión de autos, camionetas y camiones nuevos y usados, venta de partes y piezas nuevas y/o usadas, y cualquier otro tipo de actividad comercial y de servicios; 4) Mandataria: mediante el ejercicio del mandato por cuenta y orden de terceros, como representante y/o administradora de negocios comerciales, comisiones y consignaciones; 5) Importación y/o exportación: de bienes y/o servicios; 6) Financiera: la sociedad podrá realizar la financiación de las operaciones sociales como acreedor prendario en los términos del Art. 5 de la Ley 12.962 y todas las operaciones necesarias de carácter financiero permitidas por la legislación vigente y las disposiciones que establezca el BCRA, siempre con dinero propio; 7) Inmobiliaria: compra, venta, permuta, administración, locación y arrendamiento de inmuebles; 8) Industriales: producción, elaboración y transformación en todas sus formas de materias primas, productos elaborados y semielaborados que se relacionen directamente con las actividades previstas en esta cláusula.

Para el cumplimiento de tales fines la Sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos, operaciones y/o contratos permitidos por la legislación vigente.

Capital: El capital social se suscribe e integra de la siguiente manera: la Sra. Maldonado Beatriz Alicia D.N.I: 13.165.079, CUIT N° ٢٧-١٣١٦٥٠٧٩-٠, suscribe $٨٠٠.٠٠٠ (pesos ochocientos mil con ٠٠/١٠٠), representado por ٨٠٠ (ochocientas) Acciones ordinarias escriturales, de $١.٠٠٠ (pesos mil con ٠٠/١٠٠), valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, integrando el ٢٥٪ ($٢٠٠.٠٠٠) del total en transferencia.

Designar como Administrador Titular al Sr. Calderon William Omar D.N.I: 44.020.339, CUIT N° ٢٠-٤٤٠٢٠٣٣٩-٧ y administrador suplente a la Sra. Calderon Feitosa Camila, D.N.I N° ٤٦.٨٠٧.١٢٥, CUIT N° ٢٧-٤٦٨٠٧١٢٥-٣. El ejercicio social cierra el ٣١ de diciembre de cada año.

Fiscalización: prescinde de Sindicatura.

DRA. ANDREA V. BELZUNCE

Subdirectora R.P.C.

C: 2032 $5.500,00 e. y v: 26 Jun.

EDICTO ANEXO COMPLEMENTARIO

Se hace saber por el término de un (1) día que el Sr. Juan Manuel Pardo, de nacionalidad argentino, de estado civil soltero, nacido el 05 de enero de 1981, titular del D.N.I. Nº 27.953.894, con domicilio real en Edison N° 121, ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, integrante de la firma “ESTABLECIMIENTO SANTA ANA S.A.S.” y Administrador Titular de la misma, ha procedido a modificar su apellido, el cual en adelante será PARDO (quedando su nombre completo e identidad fijados como JUAN MANUEL PARDO). Dicha modificación instrumenta legalmente el cambio de su anterior apellido MEDIAVILLA de conformidad con lo dispuesto y certificado mediante Anexo Complementario de fecha 02 de junio de 2026. Con firma certificada en fecha 08 de Junio de 2026.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 2033 $5.500,00 e. y v: 26 Jun.

PAMPA GLOBAL ARG S.A.S.

GARCIA ARTURO CARLOS EDUARDO con D.N.I 17.863.449 CUIT 20-17863449-7, edad 59 años, Nacionalidad Argentino, de profesión Ingeniero, estado civil divorciado cumplimentando el Art 256 L20-17863449-7GS y en carácter de declaración jurada constituye domicilio especial, real, legal y Fiscal en Pringles Nº ٧٢٢ de la ciudad de Villa Mercedes, y el Sr. QUEVEDO ESTEBAN ELIAS con D.N.I 35.767.675 CUIT 20-35767675-5, edad 35 años, Nacionalidad Argentino, de profesión Diseñador Industrial, estado civil soltero cumplimentando el Art 256 L20-17863449-7GS y en carácter de declaración jurada constituye domicilio especial, real, legal y Fiscal en Independencia Nº ١٦١٠ de Buena Esperanza, Provincia de San Luis; por derecho propio resuelve constituir una SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.

PAMPA GLOBAL ARG S.A.S establece domicilio social, fiscal, legal y administrativo en INDEPENDECIA Nº ١٣٧٣, Buena Esperanza, San Luis. Duración ٩٩ años.

La sociedad tendrá por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades:

a) Importación y Exportación de Maquinarias y Bienes: La importación y exportación de maquinarias, equipos, herramientas, tecnología y todo tipo de bienes muebles registrables y no registrables, nuevos o usados, incluyendo sus repuestos, partes, piezas y accesorios, destinados a la actividad industrial, comercial, agropecuaria o de servicios. La sociedad podrá actuar como importadora directa o a través de las gestiones necesarias con sociedades vinculadas del exterior, incluyendo en especial a PAMPA GLOBAL LLC.

b) Comercialización de Bienes Muebles: La compraventa, distribución, representación, consignación, permuta, leasing, alquiler y comercialización en general de toda clase de bienes muebles registrables y no registrables, maquinarias, vehículos automotores, utilitarios, equipos industriales, tecnológicos y agropecuarios, nuevos o usados, así como de sus repuestos y accesorios.

c) Comisionista: La actuación en carácter de comisionista en la compraventa, distribución y comercialización de bienes muebles registrables y no registrables, representando a terceros —nacionales o extranjeros— en la gestión de operaciones comerciales a cambio de una comisión o retribución acordada, conforme a lo establecido en los artículos 335 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación. Podrá actuar como agente, consignatario o intermediario en nombre propio, pero por cuenta ajena, en toda clase de operaciones de compra, venta, permuta e importación de bienes muebles.

d) Representación Comercial: La representación de empresas nacionales y extranjeras en el país, así como la representación de la sociedad o de sus vinculadas en el exterior, para la gestión de negocios, distribución de productos y celebración de contratos comerciales.

A tales fines, la sociedad podrá realizar todos los actos jurídicos y operaciones comerciales, financieras, mobiliarias e inmobiliarias que resulten necesarias o convenientes para el cumplimiento de su objeto social, incluyendo la celebración de contratos con PAMPA GLOBAL LLC y demás entidades vinculadas del exterior.

El capital social se fija en la suma de pesos $5.000.000 APORTADO EN ESPECIES en su integridad, dividido en 10 acciones ordinarias de pesos $500.000 valor nominal cada una, con derecho a UN VOTO. Las acciones son suscriptas por: el Sr. GARCIA ARTURO CARLOS EDUARDO que suscribe 9 acciones de pesos $500.000 cada una, por la suma de pesos $4.500.000; y el Sr. QUEVEDO ESTEBAN ELIAS suscribe 1 acción de pesos $500.000 cada una, por la suma de pesos $500.000.

La administración, la representación legal y el uso de la firma social será ejercida en forma indistinta por todos los accionistas, reelegibles, siendo designados para tal cargo a GARCIA ARTURO CARLOS EDUARDO con D.N.I. 18.863.449 y QUEVEDO ESTEBAN ELIAS con D.N.I. 35.767.675 que aceptan el cargo de Administradores Titulares, y durarán en el mismo por tiempo indeterminado. Administrador suplente QUEVEDO ESTEBAN ELIAS con D.N.I 35.767.675, edad 35 años, Nacionalidad Argentino, de profesión Diseñador Industrial, estado civil soltero, y en carácter de declaración jurada constituye domicilio especial, real, legal y Fiscal en Independencia Nº 1610 de Buena Esperanza, Provincia de San Luis

Fecha de Fecha de cierre del ejercicio 30/04, fecha de contrato 27/05/2026. Certificación de firmas 27/05/2026.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 2034 $5.500,00 e. y v: 26 Jun.

PONTMARKE SOCIEDAD ANÓNIMA

LA SUBLIME PORTE SOCIEDAD ANÓNIMA

En cumplimiento del artículo 83, inciso 3º, Ley 19.550, se hace saber por 3 días la fusión por absorción celebrada entre PontMarke Sociedad Anónima y La Sublime Porte Sociedad Anónima, siendo PontMarke Sociedad Anónima la Sociedad Absorbente con sede social en calle Urquiza 8, Dpto. 2 Primer Piso, Villa Mercedes, Departamento de General Pedernera, San Luis; inscripta en el RPC Tomo 97 de Contratos Sociales a Folios 288/299 N° 32 con fecha 24 de Octubre de 2025; CUIT: 30-71792158-1 y La Sublime Porte Sociedad Anónima, la Sociedad Absorbida, con sede social; Urquiza 8, Dpto. 2 Primer Piso, Villa Mercedes, Departamento de General Pedernera, San Luis; inscripta en el RPC Tomo 75 de Contratos Sociales a Folios 86/97 N° 09 con fecha 12 de Enero de 2023; CUIT: 30-71792605-2

PontMarke Sociedad Anónima- como Sociedad Absorbente - es la subsistente; en tanto La Sublime Porte Sociedad Anónima - como Sociedad Absorbida- se disuelve sin liquidarse conforme el Compromiso Previo de Fusión suscripto por ambas sociedades con fecha 19/03/2026, el cual fue aprobado por el Representante Legal de cada sociedad y por la Asamblea Extraordinaria de Socios de PontMarke Sociedad Anónima con fecha 06/04/2026 y por Asamblea Extraordinaria de Socios de La Sublime Porte Sociedad Anónima con fecha 06/04/2026.

La fusión se efectúa en base a los balances especiales al 31/12/2025, a cuya fecha el importe del activo y pasivo de las sociedades era:

(i) PONTMARKE S.A. Activo $1.122.803.968,28; Pasivo: $656.216.043,60; y Patrimonio Neto: $466.587.924,68; y

(ii) LA SUBLIME PORTE S.A.: Activo: 676.736.782,53; Pasivo: $448.088.031,05; y Patrimonio Neto: $232.648.751,48

El capital social de PONTMARKE S.A. de $1.600.000,00.- se aumentará en $2.800.000,00.-, quedando en $4.400.000,00.-

PONTMARKE SOCIEDAD ANÓNIMA no cambiará su denominación social y mantendrá su domicilio legal en calle Urquiza 8, Dpto. 2 Primer Piso, Villa Mercedes, Departamento de General Pedernera, San Luis.

Se deja constancia que no se constituye nueva sociedad como consecuencia de esta fusión por absorción.

DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE

Subdirectora R.P.C.

C: 2035 $5.500,00 e. y v: 26 Jun.

JUDICIALES

El Juzgado de Primera instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1, de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, Secretaría a cargo de la autorizante, autos: “ALVAREZ ROBERTO NELSON S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 450204/26, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Roberto Nelson Alvarez, DNI N° 16.033.500, bajo apercibimiento de ley.-

Concarán, San Luis, 12 de Junio de 2026.-

C: 1971 $16.500,00 e: 22 y v: 26 Jun.

Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Ciudad de San Luis, secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados “EXP 445871/26 MIR JOSE SIXTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO por (30) DIAS, CITA Y EMPLAZA”, a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: Sr MIR JOSE SIXTO DNI Nº 6.514.081.-bajo apercibimiento de ley.-

San Luis, 12 de JUNIO de 2026

C: 1973 $16.500,00 e: 22 y v: 26 Jun.

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en la localidad de Concarán, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría a cargo de quien corresponda, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante COLMAN ROLON ONDINA DELICIA, D.N.I. N° 5.595.407, quien falleciera el día 04 de mayo de 2024 en la ciudad de Madrid, Reino de España, para que comparezcan a hacerlo valer en los autos caratulados: “COLMAN ROLON ONDINA DELICIA S/ SUCESIÓN INTESTADA”, Expte. N° 447045/26 en trámite por ante este Juzgado.

Concaran, San Luis, 6 de mayo de 2026.-

C: 1974 $16.500,00 e: 22 y v: 26 jun.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “LUCERO ASENCIO RAMON Y AGUILERA MARÍA OBDULIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 444529/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes: LUCERO ASENCIO RAMÓN, (D.N.I. Nº 6.788.193), y AGUILERA MARÍA OBDULIA, (D.N.I. Nº 2.999.852) bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).

San Luis, 10 de Junio de 2026

C: 1977 $16.500,00 e: 22 y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial Y Ambiental N° 3 SL, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez - Juez Titular, Secretaría del autorizante, en los autos caratulados: “NIEVAS RODOLFO ROSARIO Y PRADO MARIA ANGELICA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”- EXP 446042/26, CITA y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS, a herederos y acreedores de los extintos NIEVAS RODOLFO ROSARIO, argentino, DNI Nº 6.793.767 y de PRADO MARIA ANGELICA, argentina, DNI Nº 9.876.752, bajo apercibimiento de Ley.

San Luis, 03 de junio de 2026

C: 1980 $16.500,00 e: 22 y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la III Circunscripción Judicial, sito en Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, secretaria del autorizante en autos caratulados: “PEREZ JOSE ESTEBAN MANTOVANI NORA DOLORES – S/ SUCESION AB INTESTATO, EXP 446381/26 cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de los extintos JOSE ESTEBAN PEREZ, DNI 6.812.963 y NORA DOLORES MANTOVANI, DNI 5.638.796 bajo apercibimiento de Ley.

Santa Rosa del Conlara, San Luis, 17 de junio de 2026

C: 1983 $16.500,00 e: 22 y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 1, de la primera circunscripción judicial de la provincia de San Luis a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnulo juez titular, Secretaria de la autorizante, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho sobre los bienes del causante, el Sr. VIUDEZ JORGE DAMIAN, D.N.I. N° 32.807.165, en autos caratulados: “EXP 444590/25 VIUDEZ JORGE DAMIAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” que tramitan en este juzgado, sito en edificio judicial de calle Rivadavia 340, 3° piso, San Luis.

San Luis, 15 de Mayo del año 2026

C: 1986 $16.500,00 e: 22 y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA - Juez Civil, secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “GARRO EMANUEL MATIAS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 426300/24, cita y emplaza por tres días a herederos y acreedores del extinto EMANUEL MATIAS GARRO DNI. 30.794.411. Bajo apercibimiento de ley.-

Concarán (S.L.), 29 de mayo de 2025.-

C: 1992 $16.500,00 e: 24 y 29 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la III Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Juez, secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “GONZALEZ BLANCA AIDA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”., EXP. 439425/25, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta Blanca Aida González DNI 1.242.259 bajo apercibimiento de ley.

Santa Rosa del Conlara, 14 de noviembre de 2025.-

C: 1993 $16.500,00 e: 24 y 29 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2, de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Ruta Provincial Nº 55 y Nº 5 (Au de los Comechingones) Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría a cargo del autorizante, en autos: “FONSECA GERONIMO ADAN S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP. 445825/26, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Gerónimo Adan Fonseca, DNI 6.788.418, bajo apercibimiento de ley.-

Santa Rosa del Conlara, San Luis, 20 de mayo de 2026

C: 1994 $16.500,00 e: 24 y 29 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, a cargo de Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, en los autos caratulados: EXP 447044/26 “LACONCHA LUCIA EDITH S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de (30) días herederos, acreedores y/o cualquiera que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante, SRA. LACONCHA LUCIA EDITH, DNI Nº 3.676.775.-

SAN LUIS, 16 DE JUNIO DE 2026.-

C: 1995 $16.500,00 e: 24 y 29 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Jueza; Prosecretaría de la autorizante en los autos caratulados EXP 408844/23 “LOPEZ PABLO OSCAR S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, cita y emplaza al/los Sres. IRENEO LEON LOPEZ DNI 3.179.336, LOPEZ ADARO IRINEO Y MARIA ROSALVINA LOPEZ DE CABAÑEZ DNI 12.920.501 SUS SUCESORES Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmuebles ubicado en calle Teniente Coronel Loyola, Localidad de Lujan, Provincia de San Luis, Padrón 1625 (superficie de 1 ha 1729,82 m2) y Padrón N° 1626 (superficie de 4863,78 m2), de la receptoría Lujan, con una superficie total de 5 Has 8012 m2, con inscripción en Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo: 16, Ley 3236, (no como cita) Dpto. Ayacucho, Folio: 245, Nº 20074. de Fecha 24/11/87, con los limites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 7/129/22, para que dentro de QUINCE (15) DÍAS comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse y tomen la intervención que les corresponda, haciéndose constar el nombre de los demandados y bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente.

San Luis, 06 de mayo de 2026.

C: 1996 $11.000,00 e: 24 y 26 Jun.

EDICTO DE MENSURA

Carlos Alfredo Cuvertino, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula n° 317 Del (CASL) notifico que el día 17 de Julio del 2026, a las 10:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por Sr FABIAN AMADO OJEDA, DNI N°29.815.485, ubicado en ruta prov. N° 26- Los Lagares, Naranjo Esquino; inmueble identificado con nomenclatura tributaria 27-308, 27-358 y 27-1046692, nomenclatura catastral no posee; Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y en el Registro de la Propiedad Inmueble como padrón 27-308 a nombre Reta de Reta, Epifania, padrón 27-358 a nombre de reta de Escalante, Clara y padrón 27-1046692 a nombre de Becerra, Gustavo Juan Agustin; Ponce, Simón e Imburgia, Fortunato Oscar; los padrones 27-308 y 27-358 se encuentran sin inscripción dominial y el padrón 27-1046692 inscripto según matrícula 8 - 2760 - Aº 3 - Rº 6.- Son colindantes del inmueble al Oeste: Bustos, Rufino Delfin; Norte, no se localiza padrón ni colindante; al Este, el mismo ordenante el Sr, Ojeda Fabian y al sur, ruta prov. N° 26 . Las operaciones se iniciarán en el vértice Nor-Este de la propiedad. Consultas en el domicilio Pringles 201, Concarán San Luis, teléfono 2664-299192.-

San Luis, 27 de 02 de 2026.-

C: 1997 $11.000,00 e: 24 y 26 Jun.

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que de Comerci Sebastián Alberto, DNI Nº 34.114.056, con domicilio en Mercurio 1096, de la Localidad de Merlo, provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad. -

San Luis, 22 junio 2026.

JOSÉ LUIS VILLEGAS

Presidente

C: 2005 $16.500,00 e: 24 y v: 29 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circ. Judicial, sito en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la autorizante, en autos “GIMENEZ JORGE LUIS C/ REBECA DE YARZA MARGARITA L., MORAN DOMINGUEZ MARCELINO S/POSESIÓN” EXP 420269/24, cita y emplaza por 15 días MARGARITA L. REBECA DE YARZA DNI N° 1.287.000, con último domicilio conocido en Pilar N° 1627, Capital Federal y MARCELINO MORAN DOMINGUEZ DNI N° 6.621.178, con último domicilio conocido en Cuesta la Granadilla s/n, Cerro de Oro, Villa de Merlo, Provincia de San Luis, y/o sus herederos o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio, ubicado en calle Cuesta de la Granadita s/n, Cerro de Oro, Villa de Merlo, Partido de Merlo, Departamento Junin, Provincia de San Luis. Plano N° 6/232/23. Linderos: Sur: calle Cuesta de la Granadilla (s/pav.); Oeste: Ricardo Adolfo Gil Ciesco y Guillermo Raul Gil Ciesco (Pad. 9280 Rec. Merlo); Norte: Fabio Citta Rouseau, Luciana Citta Rouseau, Maximiliano Ivan Bossicovich, Julieta Bossicovich y Carolina Bossicovich (Pad. 11683 Rec. Merlo); Este: Ruben Juan Doblas, Ricardo Ariel Doblas y Marcelo David Arnolfo (Pad. 5213 Rec. Merlo) y Teodoro Irazoque (Pad. 378 Rec. Merlo). Sup.: 3 Has. 1.364,14 m2). Matricula: 3-206 Rubro 6 Asiento 3. Pad. afectado: 5997 rec. Merlo.-

Concarán, San Luis, 04 de Junio de 2026.-

C: 2008 $11.000,00 e: 24 y v: 26 Jun

El Juzgado en lo Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, secretaría del autorizante, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del causante DON LUNA MOISES IGNACIO, D.N.I. N° 13.721.662, en los autos “LUNA MOISES IGNACIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO. - EXP 449335/26”, bajo apercibimiento de ley (art. 699 C.P.C.C.).-

San Luis, 19 de Junio de 2026.-

C: 2009 $16.500,00 e: 24 y v: 29 Jun

La Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza Subrogante a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Prosecretaría a cargo de la Autorizante en los autos caratulados: EXP. 446566/26 “ESCUDERO JULIO CESAR S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” se cita y emplaza por el término de treinta (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante JULIO CESAR ESCUDERO DNI N° 14.542.781, bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 21 de mayo de 2026.-

C: 2010 $16.500,00 e: 24 y v: 29 Jun

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٣ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 446148/26 “FERNANDEZ JOSE LUIS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por JOSE LUIS FERNANDEZ D.N.I N° 6.808.717.

Villa Mercedes, San Luis, 18 de junio de 2026.

C: 2011 $16.500,00 e: 24 y v: 29 Jun

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Informe de Impacto Ambiental presentado por la Firma Lanxess S.A. CUIT N° ٣٠-٧٠٨٧٧٠١٦-٣ con el asesoramiento técnico del Consultor Ambiental Lic. Humberto Ulacco Matrícula RUCEIA N° ٣٦ para el proyecto Establecimiento Industrial Minero ubicado en parque industrial de Merlo departamento Junin Provincia de San Luis, Argentina (Ref. EXD. N° ٠٠٠٠- ٦٢٧٠٨٠٤/٢٥), en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección Gestión Ambiental y Vinculación, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2° Piso 2°, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, SAN Luis Consulta vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar

C: 2012 $11.000,00 e: 24 y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Jueza, Secretaría a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados EXP 437272/25 “LOPEZ PABLA SARA Y CALDERON VERA PEDRO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el término de treinta (30) días, a herederos y acreedores de los señores LOPEZ PABLA SARA DNI N°4.120.681 y CALDERON VERA PEDRO, DNI N° 6.513.778, bajo apercibimiento de ley.-

San Luís, 24 de abril de 2026.-

C: 2013 $16.500,00 e: 24 y v: 29 Jun.

En la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, el ENTE HOSPITAL RAMÓN CARRILLO cita y emplaza por el término de QUINCE (15) días a toda persona que se considere con derechos respecto del óbito que se encuentran bajo guarda y custodia de esta institución, a fin de que comparezca a acreditar su vínculo y solicitar su retiro o disposición final, según corresponda.

Se hace saber que corresponde a:

- TERESA HOLZER, D.N.I. Nº F 2.722.360.

La presente publicación se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 14-EHRC-2026, dictada en el marco de las actuaciones administrativas correspondientes.

Vencido el plazo de QUINCE (15) días sin que se presente persona alguna acreditando derechos sobre el óbito individualizado precedentemente, se procederá conforme lo dispuesto en la citada resolución y demás actuaciones administrativas pertinentes.

Publíquese por el término de UN (1) días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial.

San Luis, 23 de junio de 2026.

C: 2021 SPP e y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3, de la ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, secretaría de la autorizante, en los autos caratulados “BARBEITO ELENA S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP. 448490/26 cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. BARBEITO ELENA, DNI 5.299.108, bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 09 de JUNIO de 2026.

C: 2022 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Bilañski María Emilia, DNI Nº 31.660.573, con domicilio en Brasil 578, de la Localidad de Villa Mercedes, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad. -

San Luis, 22 junio del 2026.Villegas

JOSÉ LUIS VILLEGAS

Presidente

C: 2023 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

La Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública, conforme al artículo N°18 de la Ley Provincial N° IX-0876-2013, en el marco de la Ley General del Ambiente N° 25.675 y la Ley Provincial N° IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental “a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes sobre el exd.: Nº EXD-0000-5130128/25 “ACTUALIZACIÓN DE INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL DEL YACIMIENTO CALIMINAS” presentada por el Ing. Leandro Faienzo (DNI: 24.734.473) en calidad de responsable del proyecto y titular de la firma CEMENTOS AVELLANEDA S. A. división San Luis (CUIT Nº 30-52604779-2) y cuyo consultor es el Dr. Carlos Gardini (Matricula RUCEIA N° 6). La actividad consiste en una cantera donde se realiza la explotación de caliza del yacimiento “Caliminas” en las Sierras del Gigante, localidad de La Calera, Dpto. Belgrano, Provincia de San Luis. -

El expediente se encuentra a disposición de oficinas de la Dirección Gestión Ambiental y Vinculación, Terrazas Capital Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 78

Consultas vía mail areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar

C: 2024 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

EXP 431927/25 “MANA BERNARDO ANTONIO, MORA ARMANDA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” Villa Mercedes, San Luis, once de Junio de dos mil veintiséis Publíquese edicto en el B.O. por el término de un día (conf. Art. 2340 CCyCN), citando a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante. -Actuación firmada digitalmente por Dra. Alcaraz Díaz Cynthia Natalia, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3, en el sistema de gestión informático del Poder Judicial de San Luis, conforme LO IV0086-2021, Ley 25.506; Ley Prov. 591/07; 699/09 y RGEE Ac. STJ 61/17, no siendo necesaria la firma manuscrita.

C: 2025 $5.500,00 e y v: 26 Jun.

La Sra. Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Ciudad de San Luis, Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA juez, Secretaria a cargo de la autorizante en autos caratulados: EXP 423610/24 “MONTIVEROS HUGO ANIBAL C/ LAS TRES A SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” ordena: cita y emplaza a quienes se consideren con derecho en el inmueble ubicado en calle Mariano Moreno N° 457 de localidad de Quines, inscripto al Tomo 42 Dpto Ayacucho Folio 19 Numero 5804 continuado al Tomo 46 Folio 466 inscripción tercera, identificado como parcela Numero 21 según plano 7/136/2023 APROBADO por Dirección de Catastro y Tierras fiscales, que afecta el padrón N° 19-260187 de la localidad de Quines con una superficie de 676,71 metros cuadrados, bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia. (art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).-

Como recaudo se transcribe la resolución que así lo ordena y autoriza, y que en lo pertinente dice: “San Luis, 03 de Marzo del 2026.- Proveyendo escrito digital remitido vía IOL N° 29619306 en fecha 23/02/2026, por el/la Dr. / Dra. Dora Carolina Cavallera : lo manifestado, tengase presente.- Atento lo peticionado y constancias de autos, téngase por promovida demanda de POSESIÓN VEINTEAÑAL en contra de LAS TRES A SOCIEDAD COMERCIAL COLECTIVA y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble objeto de la presente acción, la que tramitará por la vía de JUICIO ORDINARIO (Art. 330 del C.P.C.C. y Art. 24 de la Ley 14.159).Para la notificación, citación y emplazamiento del demandado cuyo domicilio se desconoce y de quienes se consideren con derecho en el inmueble referenciado, publíquense EDICTOS por el término de DOS DÍAS en el Boletín Oficial y en un Diario de los de mayor circulación (Arts. 145, 146, 147, 343 1er. Párrafo, 911 y 912 del C.P.C.C.), para que dentro de CINCO DÍAS comparezcan a tomar la intervención que les corresponda, haciéndose constar Poder Judicial San Luis el nombre de los demandados y bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente.- La publicación edictal deberá realizarse dos veces en intervalos regulares de treinta (30) días entre una y otra publicación. (cfr. art. 911 del C.P.C.)… Otro decreto: San Luis, 10 de Abril del 2026.- Proveyendo escrito digital remitido vía IOL N° 29958251 en fecha 04/04/2026, por el/la Dr. / Dra. Dora Cavallera: atento lo solicitado, y habiéndose incurrido en un error involuntario en número de plano obrante el proveído de traslado de demanda de fecha 03/03/2026 en su tercer párrafo donde dice: “… Plano de Mensura N° 12/01/2024…”; deberá leerse: “Plano de Mensura N° 7/136/2023”.- El presente es parte integrante del proveído de referencia. Notifíquese en conjunto

San Luis, 6 de Mayo del 2026.-

C: 2026 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

EL DR. FERNANDO A. SPAGNUOLO, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL N°1, secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados “MURIEL JUAN PABLO Y OTRA C/ PAEZ VICTOR RAMON Y OTRO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, CITA Y EMPLAZA por el término de QUINCE (15) DIAS a toda persona que se considere y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren al inmueble ubicado en calle Raúl B. Díaz s/n esq. calle Elpidio González ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, Partido la capital, provincia de San Luis inscripto al dominio: TOMO 187 (LEY 3236) JUAN MARTIN DE PUEYRREDÓN, FOLIO 272, N° 1162; padrón 852190 receptoría Capital y TOMO 89, JUAN MARTIN DE PUEYRREDÓN, FOLIO 111, N°12116; padrón 852191 receptoría Capital-Sección 7 –Manzana 7,parcela 28 y 29. Inmueble individualizado como PARCELA 286 en el plano de mensura N° 1/587/19 confeccionado por el ingeniero agrimensor J. Sebastián Mesa Surroca Mat 299 CASL, aprobada por la Dirección de Catastro y Tierras fiscales el 6/10/2020 con una SUPERFICIE de 5264,13mts. Limita: al norte calle Elpidio González pavimentad, al este: Liliana Miriam Fernández padrón 1050583 Rec. Capital Parc. 1 plano 1- 33-2019 (calle proyectada), al Sur: Bernardino Giunta padrón 988065 Rec. Capital Parc. 2 plano 1-101-2015, al oeste: calle Raúl B. Díaz calle pavimentada. Medidas: en su costado norte vértice 1-2: 44.83m; costado este vértice 2-3: 135.00m; costado sur vértice 3-4: 29.47m; costado sur vértice 4- 5: 130.00 m, a fin de que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de designar al SR.DEFENSORDE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).

SAN LUIS, 09 de junio de 2026.-

C: 2027 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2, a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, en los autos caratulados: “SILVERO ANDREA FABIANA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte Nº 437328/25, cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SRA. ANDREA FABIANA SILVERO, DNI N° 21.073.883, bajo apercibimiento de ley.

San Luis, 29 de Diciembre de 2025

C: 2028 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS se hace saber, a los efectos del Art. 6 de la ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Zeballos Lucero Yanina Nahir, DNI Nº 36.051.190, con domicilio en Calle Rep. Del Líbano Nº 82, Localidad de San Luis, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matricula de Martillero Publico”; oposiciones de ley ante esta entidad.-

San Luis, 22 junio del 2026.

JOSÉ LUIS VILLEGAS

Presidente

C: 2029 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares: Fernando Adaro.

Poseedor: Alejandra Lorena Alcaraz

Ubicación: Los Molles KM 21 “La Ensenada”

Padrón: 26-1078142

Departamento: Belgrano.

Partido: Rumiguasi.

Informo que el día 20-06-2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en Calle Sin Nombre KM 21 “La Ensenada” Los Molles.

8 de Junio de 2026 San Luis.

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 2036 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares:

Poseedor: Rosa Clarinda Chavez. DNI 13.721.163

Ubicación: Calle Los Algarrobos Sin N° Km 21 Los Molles

Padrón: 26-319

Departamento: Belgrano.

Partido: Rumiguasi.

Informo que el día 25 - 06- 2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en Calle Los Algarrobos S/N° Km 21 Los Molles.

8 de Junio de 2026 San Luis.

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 2037 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares: Fernando Adaro.

Poseedor: Gonzalo Cisternas DNI

Ubicación: Los Molles KM 21 “La Ensenada”

Padrón: 26-1078141

Departamento: Belgrano.

Partido: Rumiguasi.

Informo que el día 18 - 06- 2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 16hs en Calle Sin Nombre KM 21 “La Ensenada” Los Molles.

8 de Junio de 2026 San Luis.

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 2038 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares:

Poseedor: José A Figueroa DNI 29.261.299

Ubicación: Calle Sin Nombre S/N° Suyuque Nuevo.

Padrón: 26-314

Departamento: Juan Martín de Pueyrredón.

Partido: Capital.

Informo que el día 21 - 05- 2026 se realizó la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en Calle Sin Nombre S/N° Suyuque Nuevo.

8 de Junio de 2026 San Luis.

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 2039 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

En el marco del trámite de Mensura Para Prescripción Adquisitiva cuyos datos se detallan a continuación:

Titulares:

Poseedor: Roberto Orlando Orozco. DNI 12.550.086

Ubicación: Calle Sin Nombre S/N° Suyuque Nuevo.

Padrón: 26-314

Departamento: Juan Martín de Pueyrredón.

Partido: Capital.

Informo que el día 22 - 06- 2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en Calle Sin Nombre S/N° Suyuque Nuevo.

8 de Junio de 2026 San Luis.

JULIA MASTERS

Ing. Agrimensora

C: 2040 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

DIRECCIÓN PROVINCIA DE CATASTRO Y TIERRAS FISCALES

EDICTO DE MENSURA

Franco Di Giuseppe Brunello, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula n° 336 CASL notifico que el día 17 de julio, a las 11:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por Luis Martín Raúl Garro, DNI 21.981.950. El fundo se identificado con nomenclatura tributaria 24-1006, nomenclatura catastral C4-05-36-00-000000-001372, y se encuentra ubicado en Calle Pública - Camino al Dique San Pedro - Libertador Gral. San Martín - San Luis registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Registro de Propiedad Inmueble, a nombre de Luis Martín Raul Garro, Daniel Alejandro Sanchez, Visitacion Maria Chirino, Saturnino Felix Chirino y Nestor Eusebio Galan inscripción dominial matrícula 7-594; lugar de encuentro en el inmueble.

Citase especialmente al colindante Oeste, nombre Camilo Lucero, nomenclatura tributaria 24-340; colindante Oeste, nombre Sinforoso Barroso nomenclatura tributaria 24-91, colindante Sur, nombre Ruben Eugenio Baracco nomenclatura tributaria 08-978.-

Consultas en el domicilio San Juan 994 - San Luis, teléfono 2664257609 -

San Luis, 23 de junio 2026.-

C: 2041 $11.000,00 e: 26 y v: 29 Jun.

EDICTO Nº 30247671

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “PAREJAS JUAN DOMINGO C/ QUIROGA MARIA JULIETA, QUIROGA ELISEO PASTOR S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 426309/24, cita por el termino de QUINCE (15) DÍAS a toda persona que se considere y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN con derecho al inmueble ubicado en esta provincia de San Luis, Partido de Carolina, Cañada Honda de Villegas, Departamento Coronel Pringles, cuyo plano aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales con el número 2/104/23, fecha 30/10/2023 el cual consta de una superficie total de 2.400.885.87 m2 equivalentes a DOSCIENTAS CUARENTA HECTAREAS OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO METROS CUADRADOS PADRON N° 1775, RECEPTORIA Carolina; inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de San Luis a la MATRICULA 04 - 704 - R6 - A3, para que comparezcan y contesten la presente demanda, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del CPC, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, en caso de incomparecencia de los citados se designara al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art. 343, 2º y 3°párrafo del CPC).-

San Luis, 06 de Mayo de 2026.-

C: 2042 $5.500,00 e y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Concarán, a cargo del Dr. MOISÉS BENITO FARA, en autos EXP 449091/26 “RANIOLO SALVADOR ALEJANDRO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por SALVADOR ALEJANDRO RANIOLO, DNI N° 14.682.440, fallecido el 02/12/2025, para que comparezcan a hacer valer sus derechos. Publíquese por tres (3) días.

Concarán, San Luis, 12 de junio de 2026.-

C: 2043 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “REYNA JUAN ALFREDO, CALDERON ADELA MARTINA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 432977/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes: JUAN ALFREDO REYNA, L.E. 2.708.100, y ADELA MARTINA CALDERON, L.C. N° 8.219.591, bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).-

San Luis, 22 de Junio de 2026.-

C: 2044 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3, Primera Circunscripción Judicial, Poder Judicial de San Luis, cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Jueza Titular, Pro-Secretaría a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados “TAPIA MAMANI LUCIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. 449209/26, cita y emplaza por el término de (30) días a herederos, acreedores y/o cualquiera que se considerare con derecho a los bienes dejados por el causante SR. LUCIO TAPIA MAMANI D.N.I. 92.950.847, bajo apercibimiento de Ley.-

San Luis, 16 de junio de 2026.-

C: 2045 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la III Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano- Juez provisorio Civil , secretaria a cargo del Autorizante, en autos caratulados “CUELLO TRANCITO RAMÓN S/SUCESIÓN AB INTESTATO - EXP 444827/25”, cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores del extinto, don CUELLO TRANCITO RAMÓN DNI Nº 6.815.248, bajo apercibimiento de Ley.-

Santa Rosa del Conlara, San Luís, 22 de junio de 2026.

C: 2046 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul.

El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٢ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Geremias Pablo Ferez, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 421516/24 “MERCADO ROSSANA IRIS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por MERCADO ROSSANA IRIS, DNI N°20.175.910.

Villa Mercedes, San Luis, 03 de Junio de 2026.

C: 2047 $5.500,00 e y v: 26 Jun.

El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro. 2, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaria a cargo de la autorizante, en autos caratulados: “SCHARAPPE MARIO MIGUEL SCHARAPPE RICARDO GILBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445834/26, cita y emplaza por treinta días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante RICARDO GILBERTO SCHARAPPE DNI 6.732.162 bajo apercibimiento de ley.-

Santa Rosa del Conlara, San Luis, 22 de junio de 2026

C: 2048 $16.500,00 e: 26 Jun. y v: 01 Jul