ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 4652-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3060921/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente DIEGO FRANCISCO AGUSTIN BRAVO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3725244/26 y 3728164/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente DIEGO FRANCISCO AGUSTIN BRAVO D.N.I. Nº 42.017.137, formulario de cese, copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 96-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1665987/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 04 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180099/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 04 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino DIEGO FRANCISCO AGUSTIN BRAVO, D.N.I. Nº 42.017.137, en OCHO (8) horas cátedra de Historia, 2 hs. en 1er. año 1ra división, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4653-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3270837/26, por el cual tramita la designación de la docente LILIANA BEATRIZ GALLO HERRÁN, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular FLAVIA PAOLA PESCATORI, D.N.I. Nº 25.102.873, según Decreto Nº 19148-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente LILIANA BEATRIZ GALLO HERRÁN, D.N.I. Nº 22.597.809, en CUATRO (4) hs. cátedra de Taller de Química General en 2do. año 1ra. división, Sector Química, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3744874/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de marzo de 2026, a la docente LILIANA BEATRIZ GALLO HERRÁN, D.N.I. Nº 22.597.809, en CUATRO (4) hs. cátedra de Taller de Química General en 2do. año 1ra. división, Sector Química, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4654-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4141399/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ALBERE CABRAL, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones del docente titular, MARIO ELIAS QUIROGA, según Decreto Nº 1273-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente, MARIA ALBERE CABRAL, D.N.I. Nº 42.562.011, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3759229/26 y ACTPAS 1683623/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 14 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA ALBERE CABRAL, D.N.I. Nº 42.562.011, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4655-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3310448/26, por el cual tramita la designación de la docente PAULA ALEJANDRA ZAMORA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 5739-ME-2022 y 11655-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente PAULA ALEJANDRA ZAMORA, D.N.I. Nº 35.578.924, en DOS (2) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3745932/26 y DOCEXT 1542993/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de marzo de 2026, a la docente PAULA ALEJANDRA ZAMORA, D.N.I. Nº 35.578.924, en DOS (2) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4656-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3311201/26, por el cual tramita la designación de la docente FLORENCIA ISNARDI, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0006-PCH-2026, de la docente suplente e interina MELISA RUTH NAVARRO, se torna necesario designar a la docente FLORENCIA ISNARDI D.N.I. Nº 36.794.298, en OCHO (8) horas cátedras de Literatura (4 hs. en 4to. año 2da. división y 4 hs. en 5to. año 1ra. división), Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3766664/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 31 de marzo de 2026 y hasta el 15 de agosto de 2026, a la docente FLORENCIA ISNARDI D.N.I. Nº 36.794.298, en la Escuela Técnica Nº 31 “Profesor Víctor Saa”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, en OCHO (8) horas cátedras de Literatura (4 hs. en 4to. año 2da. división y 4 hs. en 5to. año 1ra. división), Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4657-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4160668/26, por el cual tramita la designación de la docente FERNANDA PAOLA AGUILAR; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 139 “Bartolomé Mitre”, de la localidad de San Roque, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por cambio de función de la docente titular ROSANA MARCELA VARGAS, según Resolución Nº 414-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente FERNANDA PAOLA AGUILAR, D.N.I. Nº 23.947.607, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3761460/26 y DOCEXT 1540392/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y ١٨º de la Ley XV-٠٣٨٧-٢٠٠٤, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 14 de abril de 2026 y hasta el fin del ciclo lectivo 2026, con motivo del cambio de función de la docente titular ROSANA MARCELA VARGAS, a la docente FERNANDA PAOLA AGUILAR, D.N.I. Nº 23.947.607, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 139 “Bartolomé Mitre”, de la localidad de San Roque, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4658-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170267/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 106 “Profesor Tomás Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente, VERONICA MARIANA NEYRA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3762506/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente, VERONICA MARIANA NEYRA, D.N.I. Nº 36.833.436, de suplente a interina, vacante producida por la renuncia por jubilación del docente titular, ELIAS RAUL MANZUR, según Decreto Nº 2723-MHIP-2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 1 de marzo de 2025, de la docente VERONICA MARIANA NEYRA, D.N.I. Nº 36.833.436, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 4to. año 1ra. división, Orientación Arte con Especialidad en Artes Visuales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 106 “Profesor Tomás Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4659-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4070667/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA VALENTINA JURI GOMEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 48 “Faustino Francisco Berrondo”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, DANIEL ALBERTO GOZAINY, según Decreto Nº 4208-MHIP-2024, cubierto por excepcionalidad, según Decreto Nº 3756-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente MARIA VALENTINA JURI GOMEZ, D.N.I. Nº 42.744.217, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3750855/26, 3763130/26, 3763128/26 y 3763124/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.-Designar con carácter interina, desde el 31 de marzo de 2026, a la docente MARIA VALENTINA JURI GOMEZ, D.N.I. Nº 42.744.217, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 48 “Faustino Francisco Berrondo”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4660-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3270866/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA INES ROGGIA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular FLAVIA PAOLA PESCATORI, D.N.I. Nº 25.102.873, según Decreto Nº 19148-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente MARIA INES ROGGIA, D.N.I. Nº 24.418.207, en CUATRO (4) hs. cátedra de Taller de Química Inorgánica en 3er. año 1ra. división; CINCO (5) hs. cátedra de Ciencias Naturales en 1er. año 1ra. división; TRES (3) hs. cátedra de Química Biológica en 4to. año 1ra. división y CUATRO (4) hs. cátedra de Taller Básico -Perfil Química- en 1er. año 1ra. división, Sector Química, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3747708/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de marzo de 2026, a la docente MARIA INES ROGGIA, D.N.I. Nº 24.418.207, en CUATRO (4) hs. cátedra de Taller de Química Inorgánica en 3er. año 1ra. división; CINCO (5) hs. cátedra de Ciencias Naturales en 1er. año 1ra. división; TRES (3) hs. cátedra de Química Biológica en 4to. año 1ra. división y CUATRO (4) hs. cátedra de Taller Básico -Perfil Química- en 1er. año 1ra. división, Sector Química, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4661-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151356/26, por el cual tramita la renuncia y designación de la docente FATIMA LUCRECIA MUÑOZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3767999/26 y DOCEXT 1544629/26, obra: nota de renuncia por razones particulares, de la docente suplente FATIMA LUCRECIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 33.943.563, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 4244-MHIP-2025, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L., de dicha docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decreto Nº 2091-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente FATIMA LUCRECIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 33.943.563, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3767999/26 y DOCEXT 1544629/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 13 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares, a la docente suplente FATIMA LUCRECIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 33.943.563, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en el Centro Educativo Nº 6 “Cabo Principal Fabricio Alcaraz”, de la localidad de El Volcan, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente FATIMA LUCRECIA MUÑOZ, D.N.I. Nº 33.943.563, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 4º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4662-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3300040/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente CESAR JAVIER GORNALUSSE, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3743919/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente CESAR JAVIER GORNALUSSE, D.N.I. Nº 26.556.234, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 2063-MHP-2020 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1674076/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 11 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180051/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 11 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino CESAR JAVIER GORNALUSSE, D.N.I. Nº 26.556.234, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música, en 6to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 13 “Rosa Burgos de Aguirre”, de la localidad de Villa del Carmen, departamento Chacabuco.-
Art.2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4663-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4070427/26, por el cual tramita la designación del docente RUBEN ALBERTO CASTINO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, HECTOR OSCAR DI VITO, según Decreto Nº 1416-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, RUBEN ALBERTO CASTINO, D.N.I. Nº 18.206.040, en DOS (2) horas cátedra de Física en 2do. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3750546/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 31 de marzo de 2026, al docente RUBEN ALBERTO CASTINO, D.N.I. Nº 18.206.040, en DOS (2) horas cátedra de Física en 2do. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4664-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151167/26, por el cual tramita la designación de la docente FLORENCIA ROCIO CRENNA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 150 “Provincia de Santa Fe”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por Maternidad y binomio madre - hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0078-SDRH-2025, de la docente interina, AGOSTINA MACARENA MERINO, según Decreto Nº 4909-MHIP-2024, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente FLORENCIA ROCIO CRENNA, D.N.I. Nº 39.137.755, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3760325/26 y ACTPAS 1683578/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 13 de abril de 2026 y hasta el 28 de mayo de 2026, a la docente FLORENCIA ROCIO CRENNA, D.N.I. Nº 39.137.755, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 150 “Provincia de Santa Fe”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4665-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3041216/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente VERONICA ALEJANDRA ORTEGA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3722924/26 y 3726390/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente VERONICA ALEJANDRA ORTEGA, D.N.I. Nº 29.735.987, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 3454-MHP-2021 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1664522/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 25 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180077/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 25 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina VERONICA ALEJANDRA ORTEGA, D.N.I. Nº 29.735.987, en TRES (3) horas cátedra de Geografía en 1er. año 1ra. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 14 “Ministro del Superior Tribunal de Justicia Doctor Luis Ángel Luco”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4666-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4100467/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA EDITH MONTANI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 24 “Luisa Fantini de Cortes Aparicio”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100º de la Ley Nº XV-0387-2004 del docente titular, MARIA FLORENCIA GIRARDI, según Decreto Nº 23385-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente, MARIA EDITH MONTANI, D.N.I Nº 25.378.849, en CUATRO (4) horas cátedra de Ambiente y Desarrollo Social en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3754948/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 26 de marzo de 2026 e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, MARIA FLORENCIA GIRARDI, a la docente MARIA EDITH MONTANI, D.N.I Nº 25.378.849, en CUATRO (4) horas cátedra de Ambiente y Desarrollo Social en 6to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 24 “Luisa Fantini de Cortes Aparicio”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4667-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050673/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente NOELIA SUSANA CEBALLO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3723796/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente NOELIA SUSANA CEBALLO, D.N.I. Nº 30.233.834, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 22482-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1663171/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 03 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180074/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 03 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina NOELIA SUSANA CEBALLO, D.N.I. Nº 30.233.834, en SEIS (6) horas cátedra de Matemática en 1er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art.2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4668-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4160195/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA BELEN HORAK QUIROGA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 30 “Fragata Presidente Sarmiento”, de la ciudad de Lujan, departamento Ayacucho, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía del docente titular JUAN JOSE LOHIOLABERRY, según Resolución Nº 535-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente MARIA BELEN HORAK QUIROGA, D.N.I. Nº 42.562.380, en DIEZ (10) horas cátedra de Prácticas Profesionalizantes en 7mo. año única división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3760782/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 10 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía del docente titular JUAN JOSE LOHIOLABERRY, a la docente MARIA BELEN HORAK QUIROGA, D.N.I. Nº 42.562.380, en DIEZ (10) horas cátedra de Prácticas Profesionalizantes en 7mo. año única división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 30 “Fragata Presidente Sarmiento”, de la ciudad de Lujan, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4669-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11180283/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA CAROLINA AGUIRRE, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3652249/26 y 3718235/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA CAROLINA AGUIRRE, D.N.I. Nº 23.707.630, formulario de cese, copia de Decreto de reubicación Nº 3631-ME-2020 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1667202/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 10 de noviembre de 2025;
Que en act. INFSUM 179941/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 10 de noviembre de 2025, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente MARIA CAROLINA AGUIRRE, D.N.I. Nº 23.707.630, en CUATRO (4) horas cátedra de Historia en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4670-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4081449/26, por el cual tramita la designación de la docente JORGELINA YESICA MORALES, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 23 “Malvinas Argentinas”, de la localidad de Arizona, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la instrucción de sumario administrativo de la docente titular e interina, SUSANA ESTHER FERREYRA, ordenado por Resolución Nº 175-ME-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional a la docente, JORGELINA YESICA MORALES, D.N.I. Nº 34.700.966, en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3763514/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 25 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente JORGELINA YESICA MORALES, D.N.I. Nº 34.700.966, en DIEZ (10) horas cátedra de Lengua, 5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 23 “Malvinas Argentinas”, de la localidad de Arizona, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4671-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151061/26, por el cual tramita la designación del docente DIEGO EMILIO COSTA ESTRADA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saa” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 1957-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, al docente DIEGO EMILIO COSTA ESTRADA, D.N.I. Nº 32.740.997, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3760279/26 y DOCEXT 1544603/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, al docente DIEGO EMILIO COSTA ESTRADA, D.N.I. Nº 32.740.997, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saa” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4672-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151268/26, por el cual tramita la designación de la docente SANDRA ELISABETH NEWTON CARRIZO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saa” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 1957-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente SANDRA ELISABETH NEWTON CARRIZO, D.N.I. Nº 25.564.962, en CUATRO (4) horas cátedra de Teoría de la Información y la Comunicación, Aplicadas a Espacios Rurales y Urbanos, en 4to. año 1da. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3760499/26 y DOCEXT 1544619/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de abril de 2026, a la docente SANDRA ELISABETH NEWTON CARRIZO, D.N.I. Nº 25.564.962, en CUATRO (4) horas cátedra de Teoría de la Información y la Comunicación, Aplicadas a Espacios Rurales y Urbanos, en 4to. año 1da. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saa” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4673-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4141443/26, por el cual tramita la designación del docente DARIO EMILIO GAUNA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio para Adultos Nº 3 “Tomás Baras”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente titular YANINA ZORAIDA ABDELAHAD, concedida por Resolución Nº 532-DRRHH-2026, se torna necesario designar al docente DARIO EMILIO GAUNA, D.N.I. Nº 33.595.495, en DIEZ (10) horas cátedra de Informática, 5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. en 2do. año 2da. división, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Orientación en Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3759254/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 14 de abril de 2026 y hasta el 24 de marzo de 2027, en reemplazo de la docente titular YANINA ZORAIDA ABDELAHAD, al docente DARIO EMILIO GAUNA, D.N.I. Nº 33.595.495, en DIEZ (10) horas cátedra de Informática, 5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. en 2do. año 2da. división, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Orientación en Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio para Adultos Nº 3 “Tomás Baras”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4674-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3060035/26, por el cual tramita la designación del docente ALI ASAF FIGUEROA CARRUM, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino GERARDO BUENAVENTURA DEL PRADO, D.N.I. Nº 12.505.969, según Decreto Nº 21675-MHIP-2025, se torna necesario designar, al docente ALI ASAF FIGUEROA CARRUM, D.N.I. Nº 35.313.934, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Tecnológica en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3724455/26 y 1530793/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 02 de marzo de 2026, al docente ALI ASAF FIGUEROA CARRUM, D.N.I. Nº 35.313.934, en TRES (3) hs. cátedra de Educación Tecnológica en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la ciudad de Concaran, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4675-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170238/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 106 “Profesor Tomás Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente, OLGA NATALIA GATICA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3762439/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente, OLGA NATALIA GATICA, D.N.I. Nº 29.811.801, de suplente a interina, vacante producida por la renuncia por jubilación del docente titular, ELIAS RAUL MANZUR, según Decreto Nº 2723-MHIP-2026;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 1 de marzo de 2025, de la docente OLGA NATALIA GATICA, D.N.I. Nº 29.811.801, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Química en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 106 “Profesor Tomás Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4676-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170281/26, por el cual tramita la designación del docente JUAN MANUEL BARRIOS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones del docente titular, ROLANDO ARIEL CAMPILLAY, según Decreto Nº 2172-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente al docente, JUAN MANUEL BARRIOS, D.N.I. Nº 38.751.905, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 2do. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3762535/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 17 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, al docente JUAN MANUEL BARRIOS, D.N.I. Nº 38.751.905, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 2do. año 5ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4677-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3260219/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente VIVIANA MIRTHA AGUILERA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1527741/26, e INFORM 437424/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente VIVIANA MIRTHA AGUILERA, D.N.I. Nº 20.413.676, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 6076-ME-2020, de reubicación definitiva, 5414-MC-2004, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 437425/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 19 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 19 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente VIVIANA MIRTHA AGUILERA, D.N.I. Nº 20.413.676, DIEZ (10) horas cátedra titulares de Lengua Extranjera-Inglés, (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hs en 1er año 2da. división, 3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división), Formación General, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolás Antonio de San Luis”, VEINTINUEVE (29) horas cátedra titulares de Lengua Extranjera –Inglés, (4 hs. en 1er. año 3ra. división, 4 hs. en 1er. año 4ta. división, 3 hs. en 4to. año 2da. división, 3 hs. en 5to. año 2da. división, 3 hs. en 6to. año 2da. división, 3 hs. en 1er. año única división, 3 hs. en 2do. año única división, 3 hs. en 3er. año única división, 3 hs. en 4to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4678-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2251207/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente EDITH DEL CARMEN LUCERO LUCCHESI, D.N.I. Nº 13.721.535; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1512418/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 433458/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 435118/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente EDITH DEL CARMEN LUCERO LUCCHESI, D.N.I. Nº 13.721.535 – Escalafón General – Categoría A – Planta Permanente – de la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno, a partir del 19 de febrero de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Edith del Carmen Lucero Lucchesi.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Gonzalo Federico Amondarain
DECRETO Nº 4679-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11070366/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente ESTELA MARY DUARTE, D.N.I. Nº 16.655.785; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1456191/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 425447/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 426771/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 29 de agosto de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ESTELA MARY DUARTE, D.N.I. Nº 16.655.785 - Escalafón General - Categoría D - Planta Contratado - de la Escuela Técnica Nº 21 “María Auxiliadora” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 29 de agosto de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Estela Mary Duarte. -
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4680-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3250944/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente CARLOS RENE MUSSO, D.N.I. Nº 12.333.589; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1527131/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 435580/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 437064/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 20 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente CARLOS RENE MUSSO, D.N.I. Nº 12.333.589 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Subdirección Registro y Fiscalización de Títulos dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 20 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Carlos Rene Musso.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4681-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1070574/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente MARIA AIDEE FERNANDEZ, D.N.I. Nº 13.812.044; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1489676/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 429961/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 430693/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente MARIA AIDEE FERNANDEZ, D.N.I. Nº 13.812.044 - Escalafón General - Categoría D - Planta Contratado - de la Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, a partir del 19 de diciembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Maria Aidee Fernandez.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Seguridad, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Nancy Verónica Sosa
DECRETO Nº 4682-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080291/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente GUILLERMO DAMASO GODOY, D.N.I. Nº 10.945.337; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1490081/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 430033/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 430817/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente GUILLERMO DAMASO GODOY, D.N.I. Nº 10.945.337 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Dirección de Inclusión Laboral, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir del 19 de diciembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Guillermo Damaso Godoy. -
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Gustavo Antonio Bertolini
DECRETO Nº 4683-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1090563/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente ALICIA JOSEFINA FLORES, D.N.I. Nº 13.721.959; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1490911/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 430246/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 430809/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 16 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ALICIA JOSEFINA FLORES, D.N.I. Nº 13.721.959 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - del Jardín Maternal “Evita”, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano a partir del 16 de diciembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Alicia Josefina Flores. -
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Gustavo Antonio Bertolini
DECRETO Nº 4684-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2251107/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente SANTOS BARBARITO SOSA, D.N.I. Nº 12.250.048; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1512358/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 433451/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 434276/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente SANTOS BARBARITO SOSA, D.N.I. Nº 12.250.048 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Escuela Nº 303 “Sebastián Muñoz” de la localidad Toro Negro, departamento Belgrano, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 19 de febrero de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Santos Barbarito Sosa.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4685-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4060964/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente ROSA SILVIA AGUILERA, D.N.I. Nº 13.688.707; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1533073/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 436334/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 437056/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ROSA SILVIA AGUILERA, D.N.I. Nº 13.688.707 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno, a partir del 19 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Rosa Silvia Aguilera.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Gonzalo Federico Amondarain
DECRETO Nº 4686-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2260661/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente ROBERTO ANTONIO SUAREZ, D.N.I. Nº 11.513.901; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1513171/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 433550/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 434255/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 18 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente ROBERTO ANTONIO SUAREZ, D.N.I. Nº 11.513.901 - Escalafón General - Categoría C - Planta Contratado - de la Escuela Nº 431 “Profesora Ángela Nelly Chenau de Vecino” de la Ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 18 de febrero de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Roberto Antonio Suarez.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4687-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2250923/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente GRACIELA RAQUEL MUÑOZ, D.N.I. Nº 13.861.501; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1512251/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 433434/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 434279/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 18 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente GRACIELA RAQUEL MUÑOZ, D.N.I. Nº 13.861.501 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Escuela Nº 24 “Pancha Hernández” de la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 18 de febrero de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Graciela Raquel Muñoz. -
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4688-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2260872/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente VICTOR HUGO MUÑOZ, D.N.I. Nº 13.290.305; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1513310/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 433570/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 435411/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente VICTOR HUGO MUÑOZ, D.N.I. Nº 13.290.305 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Subdirección de Control de Certificados y Sistematización de la Obra Pública, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a partir del 19 de febrero de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.-Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Víctor Hugo Muñoz.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
FE DE ERRATA
En el Boletín Oficial y Judicial de la provincia de San Luis, número de edición 16.101 del tres de junio del dos mil veintiséis, en la sección Administrativas, se cometió un error en la fecha del Decreto Nº 5421 del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública:
Donde dice:
San Luis, 22 de Mayo de 2026.-
Debe decir:
San Luis, 28 de Mayo de 2026.-
Dese por válida y corregida la publicación mencionada.
DECRETO Nº 5421-MHIP-2026.-
San Luis, 28 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2241061/26 por el cual la Dirección Provincial de Vialidad gestiona llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma tiene por objeto la contratación de la ejecución de la obra denominada: REPAVIMENTACION - PUESTA EN VALOR RETORNO RUTA PROV 2B- ACCESO A ZAL. DEPARTAMENTO: PEDERNERA. PROVINCIA: SAN LUIS, por un presupuesto oficial de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 55/100 ($934.819.677,55) y un plazo de ejecución de CIENTO OCHENTA (180) días corridos;
Que en act. PLIEGO 256620/26 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones;
Que por Decreto Nº 3345-MP-2004 se aprueba el Pliego General de Condiciones;
Que en act. ACTPAS 168602/26 la Dirección General de Infraestructura Pública presta conformidad al trámite;
Que en act. PREV 11401605/26 obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por un monto de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 55/100 ($934.819.677,55);
Que en act. ACTPAS 1687127/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 986910/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICFIS 172002/26 obra vista Fiscalía de Estado, encuadrando el trámite licitatorio en los Arts. 8º y 12, ss. y cc. de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8º y 12, ss. y cc. de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario.-
Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección Provincial de Vialidad obrante en act. PLIEGO 256620/26 del EXD-0000-2241061/26 para la contratación de la obra denominada: REPAVIMENTACION - PUESTA EN VALOR RETORNO RUTA PROV 2B - ACCESO A ZAL. DEPARTAMENTO: PEDERNERA. PROVINCIA: SAN LUIS.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a efectuar el llamado a Licitación Pública para contratar la ejecución de la obra a la que se hace referencia en el Art. 2º, por un presupuesto oficial de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 55/100. ($934.819.677,55) y un plazo de ejecución de CIENTO OCHENTA (180) días corridos.-
Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 11 22 44 01 1-01 4 2 2 $934.819.677,55
Art. 5º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados, en la forma y por los términos de la Ley.-
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Subdirección de Control de Certificados y Sistematización de la Obra Pública y Dirección Provincial de Vialidad.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
DECRETO Nº 4691-SGG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-5120101/26; у,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 809-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, correspondiente al señor VICENTE ALEJANDRO BRITOS, D.N.I. Nº 16.778.580, para cumplir funciones en la Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, el cual fue prorrogado por Decreto Nº 2823-SGG-2026;
Que mediante nota obrante en act. NOTAB 100109938/26, el señor VICENTE ALEJANDRO BRITOS, D.N.I. Nº 16.778.580, presenta su renuncia al mencionado Contrato;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el señor VICENTE ALEJANDRO BRITOS, D.N.I. Nº 16.778.580, al Contrato de Prestación de Servicios, homologado por Decreto Nº 809-SGG-2024 y prorrogado por Decreto Nº 2823-SGG-2026.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 4697-SGG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-5120399/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 843-SGG-2023, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, correspondiente al señor MIGUEL ANGEL BUSTOS, D.N.I. Nº 16.586.653, para cumplir funciones en la Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, el cual fue prorrogado por Decreto Nº 2818-SGG-2026;
Que mediante nota obrante en act. NOTAB 100109951/26, el señor MIGUEL ANGEL BUSTOS, D.N.I. Nº 16.586.653, presenta su renuncia al mencionado Contrato;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el señor MIGUEL ANGEL BUSTOS, D.Ν.Ι. Νº 16.586.653, al Contrato de Prestación de Servicios, homologado por Decreto Nº 843-SGG-2023 y prorrogado por Decreto Nº 2818-SGG-2026.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 4698-SGG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
EI EXD-0-5120106/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 843-SGG-2023, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, correspondiente a la señora MARIELA ROSANA OLGUIN, D.N.I. Nº 22.478.014, para cumplir funciones en la Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, el cual fue prorrogado por Decreto Nº 2818-SGG-2026;
Que mediante nota obrante en act. NOTAB 100109948/26, la señora MARIELA ROSANA OLGUIN, D.N.I. Nº 22.478.014, presenta su renuncia al mencionado Contrato;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la señora MARIELA ROSANA OLGUIN, D.N.I. Nº 22.478.014, al Contrato de Prestación de Servicios, homologado por Decreto Nº 843-SGG-2023 y prorrogado por Decreto Nº 2818-SGG-2026.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 4699-SGG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5120097/26; у,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 1141-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, correspondiente al señor DIEGO ARMANDO BECERRA, D.N.I. Nº 30.312.033, para cumplir funciones en la Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, el cual fue prorrogado por Decreto Nº 2819-SGG-2026;
Que mediante nota obrante en act. NOTAB 100109942/26, el señor DIEGO ARMANDO BECERRA, D.N.I. Nº 30.312.033, presenta su renuncia al mencionado Contrato;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el señor DIEGO ARMANDO BECERRA, D.N.I. Nº 30.312.033, al Contrato de Prestación de Servicios, homologado por Decreto Nº 1141-SGG-2024 y prorrogado por Decreto Nº 2819-SGG-2026.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
DECRETO Nº 4702-SGG-SC-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3310999/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 101405/26, obra Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica, suscripto entre la Secretaría de Estado de Comunicación, representada por el Secretario de Estado de Comunicación Lic. Diego Mariano Masci, D.N.I. Nº 22.438.571, y la Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis, representada por Pablo Enrique Guerreiro, D.N.I. Nº 22.445.167, en su carácter de Presidente;
Que en la Cláusula Primera se dispone que el objeto del mismo es la prestación de asistencia técnica y operativa para la implementación de los procesos de digitalización, conservación y gestión electrónica de contenidos digitales vinculados a los Activos Digitales Gubernamentales, promoviendo su manejo responsable, seguro y ético;
Que en la Cláusula Segunda se establece como objetivo del mencionado Convenio la creación de un marco adecuado para la coordinación de acciones destinadas a la implementación, ejecución y sostenimiento del régimen previsto en la Ley Nº V-1172-2025 y su normativa reglamentaria;
Que en la Cláusula Novena se establece el plazo de duración de DOS (2) años, contados a partir de su homologación por Decreto por parte del Poder Ejecutivo Provincial, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial por idéntico plazo;
Que en act. ACTPAS 1677626/26, obra dictamen legal de la Asesora Legal de la Secretaría de Estado de Comunicación;
Que en act. NOTAMP 977486/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170570/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las facultades conferidas por el Decreto Nº24013-SGG-SC-2025 y Ley NºV-1172-2025.-
Art. 2º.-Homologar el Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica, suscripto entre la Secretaría de Estado de Comunicación, representada por el Secretario de Estado de Comunicación Lic. Diego Mariano Masci, D.N.I. Nº 22.438.571, y la Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis, representada por Pablo Enrique Guerreiro, D.N.I. Nº 22.445.167, en su carácter de Presidente, obrante en act. DOCEXT 101405/26 del EXD-0-3310999/26.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Comunicación y la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Diego Mariano Masci
Romina Andrea Carbonell
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE VINCULACIÓN INTERJURISDICCIONAL
DECRETO Nº 4703-SGG-SVI-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4170297/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 101991/26, obra Contrato de Servicio suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora GABRIELA GONZALEZ RIOLLO D.N.I N° 31.047.968 en su carácter de Secretaria de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, por una parte, y la señora ANTONELLA RINAUDO, D.N.I. Nº 36.227.293, por la otra;
Que en la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el objeto de la contratación, y la Cláusula Segunda la remuneración mensual que percibirá y forma de pago;
Que en la Cláusula Tercera establece que la vigencia del mencionado Contrato será a partir de su homologación y hasta el 31 de julio del año 2026, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de partes, y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11388131/26, se ha realizado la imputación preventiva para atender el presente gasto, por la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($900.000,00);
Que en act. ACTPAS 1681179/26, obra Dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en act. NOTAMP 981220/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, manifestando que homologue el contrato adjunto, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 171174/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora GABRIELA GONZALEZ RIOLLO, D.N.I Nº 31.047.968, en su carácter de Secretaria de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, por una parte y la señora ANTONELLA RINAUDO, D.N.I. Nº 36.227.293, por la otra, obrante en act. DOCEXT 101991/26.-
Art.3°.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. PR. AC. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc Importe
1 10 50 01 08 1-01 3 4 9 $900.000,00
Art. 4º.-Hacer saber a: Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la interesada.-
Art.5º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.6°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gabriela Gonzales Riollo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
DECRETO Nº 4704-MDP-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210834/26, por el cual el ENTE DE DESARROLLO AERONÁUTICO solicita un aporte no reintegrable; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100108475/26, obra nota del ENTE DE DESARROLLO AERONÁUTICO solicitando un aporte no reintegrable con el objeto de solventar las erogaciones correspondientes a gastos corrientes y de capital para el normal funcionamiento de la escuela de aviación con sedes en la ciudad de San Luis y de Santa Rosa del Conlara, y gastos de infraestructura para el Aeropuerto Internacional Valle del Conlara, correspondiente al primer trimestre del año 2026, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 75/100 ($257.413.940,75);
Que en act. PREV 11394212/26, obra comprobante imputación preventiva del gasto;
Que en act. DICLEG 49716/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no se observan objeciones legales que formular para el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que otorgue el aporte no reintegrable solicitado;
Que en act. NOTAMP 981836/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del aporte, encuadrando el caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171269/26, obra vista de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 2º.-Otorgar un aporte no reintegrable al ENTE DE DESARROLLO AERONÁUTICO, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA CON 75/100 ($257.413.940,75), con el objeto de solventar las erogaciones correspondientes a gastos corrientes y de capital para el normal funcionamiento de la escuela de aviación con sedes en la ciudad de San Luis y de Santa Rosa del Conlara, y gastos de infraestructura para el Aeropuerto Internacional Valle del Conlara, correspondiente al primer trimestre del año 2026, conforme lo manifestado en act. NOTAB 100108475/26, del EXD-0000-4210834/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 15 16 25 1-01 5 5 2 $120.563.940,75
1 15 16 25 1-01 5 5 7 $136.850.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Productivo y notificar al Ente de Desarrollo Aeronáutico.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA
DECRETO Nº 4705-MTyC-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3041242/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita reubicación; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3738140/26, obra nota de solicitud de reubicación emitida por la Subdirección Educación Inicial, solicitando la reubicación del agente WALDO DAVID MUÑOZ, D.N.I. Nº 25.936.333, Categoría “E”, Personal Permanente del Escalafón General del Ministerio de Educación, para cumplir funciones en la Dirección Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 973671/26, el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura, presta conformidad a la reubicación tramitada y en PASEDU 3754814/26, hace lo propio el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura, respectivamente;
Que en act. DOCEXT 3738274/26, obra situación de revista del agente WALDO DAVID MUÑOZ, D.N.I. Nº 25.936.333;
Que en act. INFORM 437104/26, la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura, detalla el cálculo del costo presupuestario para la reubicación del mencionad agente y en act. INFORM 437170/26, indica la partida presupuestaria del Presupuesto vigente a la que corresponde imputar la presente erogación;
Que en act. NOTAMP 978590/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 437170/26;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.-Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, al agente WALDO DAVID MUÑOZ, D.N.I. Nº 25.936.333, Categoría “E”, Personal Permanente del Escalafón General del Ministerio de Educación, para cumplir funciones en la Dirección Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura.-
Art.2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
DIRECCION GESTION CULTURAL E IDENTIDAD SANLUISEÑA:
INST. 1, JUR. 19, U.E. 14, F.F.1-01, C. PROG. 20, INC. 1
Art.3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Dirección Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña; Dirección de Recursos Humanos; Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes; Área Coordinación de Recursos Humanos del Ministerio de Turismo y Cultura y notificar al agente mencionado.-
Art.4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 4706-MS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1070675/26, por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad tramita renuncia de la Adjutor Principal MOLINA, MARIA NAZARETH D.N.I. Nº 35.767.900; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 2050683/26 obra renuncia de la Adjutor Principal MOLINA, MARIA NAZARETH D.N.I. Nº 35.767.900 con fecha 15 de abril de 2026;
Que en act. DOCEXT 1516335/26 obra nota de la Señora Directora General del Servicio Penitenciario Provincial solicitando se dé trámite a la renuncia presentada por la Adjutor Principal;
Que en acts. DOCEXT 2050686/26 y 2061579/26 obra copia del contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y por la otra la Adjutor Principal MOLINA, MARIA NAZARETH D.N.I. Nº 35.767.900 y copia del Decreto Nº 2695-MS-2026, mediante el cual se prorrogo la vigencia del Contrato;
Que en act. INFORM 437705/26 obra intervención de la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, procediendo a la suspensión a partir del mes de abril de 2026;
Que en act. DICLEG 34025/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, no encontrando objeciones a la continuidad del trámite tendiente al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente caso en las disposiciones del Art. 68 inc. a) y los Arts. 121, 122 y 123 de la Ley X-1074-2022;
Que en act. NOTAMP 983368/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia y en act. DICFIS 171491/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Adjutor Principal MOLINA, MARIA NAZARETH D.N.I. Nº 35.767.900, a partir del 15 de abril de 2026, prorrogado por Decreto Nº 2695-MS-2026.-
Art. 2º.- Por intermedio de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, notificar a la interesada. -
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4797-MS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9230876/25 por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Ayudante de 2da. AGUILERA, RAUL LORENZO D.N.I. Nº 20.807.930; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley Nº XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge, que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 1877421/25 Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por el Departamento Personal del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en act. DICLEG 33662/25 obra Dictamen del Asesor Legal del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en acts. DOCEXT 1541358/26, 1432803/25,1434694/25 y 1434702/25 obra formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, Detalle de Servicios Computables emitido por el Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humano del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICLEG 34022/26 obra vista de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 161366/25 toma vista Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1) y 16º de la Ley 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 4ta., 8va., 9na. y 10ma. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional ratificado por Ley NºVII-0229-2004 (5089) y de las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria del Convenio de Transferencia Nº046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14;
Que en act. NOTAMP 983394/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 180178/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Ayudante de 2da. AGUILERA, RAUL LORENZO D.N.I. Nº 20.807.930, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1) y 16º de la Ley 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 4ta., 8va., 9na. y 10ma. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional ratificado por Ley Nº VII-0229-2004(5089) y de las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria del Convenio de Transferencia Nº046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14. -
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Ayudante de 2da. AGUILERA, RAUL LORENZO D.N.I. Nº 20.807.930.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humano, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4798-MS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9101024/25 por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Ayudante de 1era. LUCERO, WALTER ARIEL D.N.I. Nº 26.278.397; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley Nº XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge, que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 1876459/25 Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por el Departamento Personal del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en act. DICLEG 33651/25 obra Dictamen del Asesor Legal del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en acts. DOCEXT 1541369/26, 1432507/25,1435818/25 y 1435834/25 obra formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, Detalle de Servicios Computables emitido por el Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humano del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICLEG 34023/26 obra vista de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 161346/25 toma vista Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1) y 16º de la Ley 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 4ta.,8va., 9na. y 10ma. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional ratificado por Ley NºVII-0229-2004 (5089) y de las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria del Convenio de Transferencia Nº046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14;
Que en act. NOTAMP 983414/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 180179/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Ayudante de 1era. LUCERO, WALTER ARIEL D.N.I. Nº 26.278.397, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1) y 16º de la Ley 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 4ta., 8va., 9na. y 10ma. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional ratificado por Ley Nº VII-0229-2004(5089) y de las Cláusulas Primera, Tercera, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria del Convenio de Transferencia Nº046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14. -
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Ayudante de 1era. LUCERO, WALTER ARIEL D.N.I. Nº 26.278.397.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humano, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 4710-MG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4240880/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1185466/26, obra el Segundo Acuerdo Bilateral “Construyendo con tu Pueblo 2026”, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de Talita, representado por la señora Intendenta Comisionada KARINA ELIZABEH MAIDANA, D.N.I. N° 25.597.573;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera, las partes convienen crear un fondo común de afectación específica, por un monto de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL CON 00/100 ($39.504.000,00), a los fines de la realización de distintas obras públicas en la localidad de Talita;
Que por dicho acuerdo la Municipalidad autoriza a la Provincia, a efectuar retenciones de los fondos provenientes de la coparticipación, que le correspondiera percibir de acuerdo a la Ley N° XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, en seis (6) cuotas iguales para su integración al fondo común;
Que en act. PREV 11404150/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto para el presente ejercicio por un monto de PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($19.752.000,00);
Que en act. DICLEG 49837/26, obra dictamen del Asesor Legal, sin objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP 982568/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que estaría en condiciones de dictarse el Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del Aporte del Tesoro Provincial a la Municipalidad de Talita, por el importe de PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($19.752.000,00); debiendo rendir cuenta documentada de su gestión conforme a las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan;
Que en act. DICFIS 171438/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de Arts. 21,22 y concordantes de la Ley N° XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan y Art. 168 inc.15) de la Constitución de la Provincia de San Luis. -
Art.2º.- Homologar el Acuerdo Bilateral, “Construyendo con tu Pueblo 2026”, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de Talita, representado por la señora Intendenta Comisionada KARINA ELIZABEH MAIDANA, D.N.I. N° 25.597.573, obrante en act. DOCEXT 1185466/26.-
Art.3º.- Otorgar un Aporte del Tesoro Provincial (A.T.P.) a la Municipalidad de Talita, por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($19.752.000,00) el que será depositado en la cuenta corriente afectada al fondo común establecido en la cláusula primera del Acuerdo Bilateral, debiendo rendir cuenta documentada conforme con las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias y las que en el futuro las modifiquen y/o sustituyan.-
Art.4º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6 $19.752.000,00
Art.5º.- Incluir en la programación financiera del mes en curso la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($19.752.000,00), a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc.
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6
Art.6º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.7°.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Asuntos Municipales, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y notificar a la Municipalidad de Talita.-
Art.8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4794-MG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170306/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1181975/26, obra Contrato de Servicios suscripto por el Gobierno de la Provincia de San Luis, y la señora ALEJANDRA DEL CARMEN ZANÓN, D.N.I. N° 23.390.638, para cumplir funciones como asesora en la Subdirección de Personas Jurídicas en la ciudad de Villa Mercedes, dependiente del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de mayo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026;
Que en act. PREV 11388100/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por monto de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 ($2.805.000,00);
Que en act. DICLEG 49773/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 982145/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuarlo de las disposiciones del Art. Nº 106 del Decreto 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784- MHP-2009 Personas No Habilitadas;
Que en act. DICFIS 171333/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el inc. a) del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784- MHP-2009 Personas No Habilitadas. -
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Gobierno, por una parte y la señora ALEJANDRA DEL CARMEN ZANÓN, D.N.I. N° 23.390.638, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1181975/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 15 20 01 1-01 3 4 9 $2.805.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, y a la interesada. -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4795-MG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1090496/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1122703/26, obra contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y el señor VALENTIN GERMAN FIERRO URTUBIA, D.N.I. N° 44.718.146, quien se obliga a cumplir funciones como asistente técnico y evaluador de proyectos sociales del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la provincia con sus respectivas rendiciones y visitas a las entidades, en la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1º de febrero de 2026 y por un plazo de TRES (3) meses;
Que en act. PREV 11259419/26, obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por un monto de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 ($2.805.000,00);
Que en act. DICLEG 48355/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955794/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 166532/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025, y Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante Ley N° VIII-0867-2013.-
Art.2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y el señor VALENTIN GERMAN FIERRO URTUBIA, D.N.I. N° 44.718.146, quien se obliga a cumplir funciones como asistente técnico y evaluador de proyectos sociales del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la provincia con sus respectivas rendiciones y visitas a las entidades, en la Dirección de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno, obrante en act. DOCEXT 1122703/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Prin. Ppal. Importe
1 12 15 20 01 1 01 3 4 9 $2.805.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Personas Jurídicas y al interesado.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4796-MG-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170413/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1180462/26, obra Acuerdo Complementario Específico de Pasantías, suscripto el 30 de septiembre de 2024, entre la Universidad Católica de Cuyo sede San Luis, representado por la entonces Vicerrectora, MELINA MALUF MARTINEZ, D.N.I. Nº 25.281.143, y el Gobierno de la Provincia, representado por el entonces Ministro Secretario de Estado de Gobierno;
Que en act. DOCEXT 1188080/26, obra copia del Decreto Nº 13647-MG-2024, de fecha 18 de diciembre de 2024, mediante el cual en su Art 2º, se dispuso la homologación del Acuerdo Complementario Específico de Pasantías;
Que el mencionado Acuerdo Especifico indica en su Clausula Primera que el objeto es la implementación de un sistema de pasantías educativas en el ámbito del Ministerio de Gobierno; en su Cláusula Octava dispone la asignación estimulo mensual a percibir por estudiante y en la Clausula Decima la duración de la misma;
Que en acts. DOCEXT 1180466/26, 1180467/26 y 1180468/26, obran los Acuerdos Individuales de Pasantías, suscriptos entre el Gobierno de la provincia de San Luis representado por la Directora de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno MARIA LORENA DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 27.394.363; la Universidad Católica de Cuyo, sede San Luis, representada por el señor WALTER ARGENTINO HERRERA, D.N.I. Nº 23.947.660 y las señoras THIARA VALENTINA PEREZ, D.N.I. Nº 46.408.742; NAHIR MARTINA GARAY HERRERA, D.N.I. Nº 47.267.241 y VALENTINA DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 44.019.753 en fecha 14 de abril de 2026;
Que la Cláusula Tercera de los Acuerdos Individuales, dispone que las pasantías tendrán una vigencia de TRES (3) meses a partir del 1 de mayo de 2026;
Que por la Cláusula Cuarta de los Acuerdos antes mencionados, se dispone que los pasantes percibirán durante el término que duren las pasantías una asignación estimulo mensual de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($320.000,00);
Que en act. PREV 11388301/26, obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por un monto de PESOS DOS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y CINCO CON 00/100 ($2.952.045,00);
Que en act. DICLEG 49774/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 982403/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, señalando que corresponde el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo, que homologue las actas acuerdo adjuntas;
Que en act. DICFIS 171362/26, obra vista de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 168 inc. 15) de la Constitución de la Provincia de San Luis.-
Art.2º.- Homologar los Acuerdos Individuales de Pasantías, suscriptos entre el Gobierno de la provincia de San Luis representado por la Directora de Personas Jurídicas del Ministerio de Gobierno MARIA LORENA DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 27.394.363; la Universidad Católica de Cuyo, sede San Luis, representada por el señor WALTER ARGENTINO HERRERA, D.N.I. Nº 23.947.660 y las señoras THIARA VALENTINA PEREZ, D.N.I. Nº 46.408.742; NAHIR MARTINA GARAY HERRERA, D.N.I. Nº 47.267.241 y VALENTINA DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 44.019.753, suscriptos en fecha 14 de abril de 2026, obrante en acts. DOCEXT 1180466/26, 1180467/26 y 1180468/26.-
Art.3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Prin. Ppal. Importe
1 12 15 20 01 1 01 5 1 4 $2.952.045,00
Art.4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Universidad Católica de Cuyo sede San Luis, Dirección de Personas Jurídicas y a las Pasantes.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL
DECRETO Nº 4711-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3140571/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2107, Casa 23, de la Ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 398550/26, obra copia de Decreto N° 2911-MDH-SPH-2026 por el cual se desadjudica al señor MONSALVO DIEGO FABIAN, D.N.I. N° 20.099.497, la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2107, Casa 23, de la Ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la provincia de San Luis notificado por Cedula Nº 831-AMGESyA-2026, obrante en NOTAMP 979226/26;
Que en acts. DOCEXT 160128/18, obra Declaración Jurada N° 23159 de fecha 28 de marzo de 2018 y en DOCEXT 284060/24, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 19 de julio de 2024, por parte de la señora LUCERO CLAUDIA ROSANA, D.N.I. N° 21.897.803;
Que en acts DOCEXT 195871/18, obra Acta de Auditoria y Constatación de fecha 29 de agosto de 2018 y en DOCEXT 137412/25, obra Acta de Verificación de fecha 24 de abril de 2025, donde consta que la vivienda se encuentra habitada por la señora LUCERO CLAUDIA ROSANA, D.N.I. N° 21.897.803 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1155861/26, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que en acts. DOCEXT 358805/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 99739/25 y DICTAM 102446/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 163050/25, obra la intervención de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017. -
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2107, Casa 23, de la Ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la provincia de San Luis, a favor de la señora LUCERO CLAUDIA ROSANA, D.N.I. N° 21.897.803.-
Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°. - Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°. - Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos. -
Art. 6°. - Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4712-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1120109/18, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 360431/25, obra copia del Decreto Nº 18453-MDH-SPH-2025, por el cual se adjudica la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 500 Viviendas Norte Licitación N° 02/2012, Manzana C (159), Casa 6, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis a la señora CHACON MARIELA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 24.299.651;
Que habiéndose detectado que en los considerandos y en el Art. 2° del mencionado decreto, se ha consignado por error involuntario incorrectamente el número de D.N.I. de la señora detallada, según constancias obrantes en act. DOCEXT 151542/18, es que resulta necesario rectificar el mismo con la emisión del acto administrativo correspondiente;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Rectificar el Decreto N° 18453-MDH-SPH-2025, de fecha 19 de septiembre de 2025, en sus partes pertinentes:
donde dice “CHACON MARIELA ALEJANDRA, D.N.I. N° 24.681.836” y “CHACON MARIELA ALEJANDRA, D.N.I. N° 21.630.497”,
debe decir “CHACON MARIELA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 24.299.651”.-
Art. 2°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 3°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos -
Art. 5°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4713-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3070284/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo IV, manzana 73, Casa 13, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 400517/26, obra copia de Decreto N° 3387-MDH-SPH-2026 por el cual se desadjudica al señor QUIROGA RAIMUNDO LORENZO D.N.I. N° 20.931.971, la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo IV, manzana 73, casa 13, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis notificado por Cedula Nº 957-AMGESyA-2026, obrante en NOTAB 100108867/26;
Que en acts DOCEXT 167751/18, obra Declaración Jurada N° 58613 de fecha 21 de mayo de 2018 y en DOCEXT 263505/24, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 3 de junio de 2024 por parte de la señora MUÑOZ JESSICA TAMARA, D.N.I. Nº 36.415.805;
Que en acts DOCEXT 208310/18, obra Acta de Constatación, Verificación y Relevamiento de fecha 6 de setiembre de 2018 y en DOCEXT 323231/25, obra Acta de Verificación de fecha 27 de marzo de 2025, donde consta que la vivienda se encuentra habitada por la señora MUÑOZ JESSICA TAMARA, D.N.I. Nº 36.415.805 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 877468/24, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que la vivienda de referencia figura a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 365660/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100092/25 y DICTAM 102377/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166760/26, obra la intervención de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo IV, manzana 73, casa 13, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis, a favor de la señora MUÑOZ JESSICA TAMARA, D.N.I. Nº 36.415.805.-
Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°. - Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°. - Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6°. - Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4714-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-12050231/17, por el cual se tramita la regularización del lote individualizado como Barrio Plan Lote Eva Perón – Anexo II, Manzana 18, Lote 20, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 401371/26, obra copia de Decreto N° 3513-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 985-AMGESyA-26, adjunta en act. NOTAB 100108953/26, mediante el cual se desadjudica el lote de referencia al señor CASTRO UBALDO ORLANDO, D.N.I. Nº 22.072.423;
Que en acts. DOCEXT 146428/17, obra Declaración Jurada N° 92773 de fecha 05 de diciembre de 2017 y en DOCEXT 292658/24 obra nueva Declaración Jurada de fecha 24 de octubre de 2024, mediante las cuales la señora PASCUALI ROMINA GRISELDA, D.N.I. Nº 33.412.263, solicita regularizar la titularidad del lote de referencia a su favor;
Que en acts. ACTPAS 532382/18 y DOCEXT 311355/25, se adjuntan Actas de Constatación, Verificación y Relevamiento y de Verificación, de las cuales se desprende que el lote es habitado por la señora PASCUALI ROMINA GRISELDA, D.N.I. Nº 33.412.263 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1032688/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble del cual surge que el dominio del lote de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 365025/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100049/25 y 102236/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 71262/20 y 167012/26, toma intervención Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad del lote individualizado como Barrio Plan Lote Eva Perón – Anexo II, Manzana 18, Lote 20, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a favor de la señora PASCUALI ROMINA GRISELDA, D.N.I. Nº 33.412.263.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4715-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3140536/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2086, Casa 14, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 395078/26, obra copia de Decreto N°2297-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 770-AMGESyA-26, adjunta en act. NOTAMP 977109/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia a la señora HEREDIA MARIA ELSA, D.N.I. N° 2.260.383;
Que en acts. DOCEXT 159703/18, obra Declaración Jurada de fecha 27 de marzo de 2018 y en DOCEXT 314902/25, se adjunta nueva Declaración Jurada de fecha 19 de febrero de 2025, mediante las cuales la señora PEREZ VIVIANA CECILIA, D.N.I. N° 23.637.986, solicita la regularización de la vivienda de referencia a su favor;
Que en acts. DOCEXT 217041/18, se adjunta Acta de Auditoria y Constatación de fecha 10 de diciembre de 2018 y en DOCEXT 140781/25, obra nueva Acta de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por la señora PEREZ VIVIANA CECILIA, D.N.I. N° 23.637.986 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1000488/25, obra informe emitido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre del Estado Provincia de San Luis;
Que en acts DOCEXT 365375/25, obra dictamen de la entonces Subdirección Asuntos Legales - Regularización Dominial y en DICTAM 101616/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 164161/25, toma intervención Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art.2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2086, Casa 14, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a la señora PEREZ VIVIANA CECILIA, D.N.I. N° 23.637.986.-
Art.3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art.5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art.6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art.7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4717-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3140533/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2086, Casa 9 de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 343226/25, obra informe y se adjunta copia de Contrato de Adjudicación Normalizado N° 24346, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada es el señor BACHEY JUAN JOSE MARCELO, D.N.I. Nº 25.870.101;
Que en acts. DOCEXT 196177/18 y 140664/25, se adjuntan Actas de Auditoría y Constatación y de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda no es habitada por el señor BACHEY JUAN JOSE MARCELO, D.N.I. Nº 25.870.101;
Que en acts. DOCEXT 367653/25 y NOTAMP 935288/25, se adjuntan Notificación y su respectiva Cédula, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act. DOCEXT 347504/25, se adjunta copia de Matrícula 2-28828, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado Provincia de San Luis;
Que en act. ACTPAS 1183445/23, obra informe de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 372881/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100761/25 y 102347/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166757/26, toma intervención Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor BACHEY JUAN JOSE MARCELO, D.N.I. Nº 25.870.101, la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2086, Casa 9 de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis. -
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4718-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3150623/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas, Altos del Oeste, Manzana 2470 A, Casa 4, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 388953/26, obra copia de Decreto N° 1434-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 280-AMGESyA-2026, adjunta en act. NOTAB 100105575/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor CASTRO POBLET JUAN RICARDO, D.N.I. N° 7.799.296;
Que en acts. DOCEXT 160577/18, obra Declaración Jurada N° 118486, de fecha 03 de abril de 2018 y DOCEXT 343028/25 obra nueva Declaración Jurada de fecha 04 de julio de 2025, mediante las cuales el señor CASTRO OSVALDO RAUL, D.N.I. Nº 23.999.352, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en acts. DOCEXT 195692/18 y 140654/25 se adjuntan Actas de Auditoría y Constatación y de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por el señor CASTRO OSVALDO RAUL, D.N.I. Nº 23.999.352 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1019609/25, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble adjunta Matrícula de la cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 146826/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100680/25 y 101666/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166117/26, toma intervención Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas, Altos del Oeste, Manzana 2470 A, Casa 4, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a favor del señor CASTRO OSVALDO RAUL, D.N.I. Nº 23.999.352.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4802-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-5280465/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Luis de Videla, Manzana 56, Casa 3, de la Localidad de Naschel, departamento Chacabuco, de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 371530/25, obra informe de la entonces Subdirección de Soluciones Habitacionales, señalando que la señora PEREZ EDITH, D.N.I. N° 2.506.410, figura como adjudicataria en la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Luis de Videla, Manzana 56, Casa 3, de la localidad de Naschel, departamento Chacabuco, de la provincia de San Luis; adjuntándose certificado de adjudicación y reporte del Sistema Informático de Vivienda;
Que en acts. DOCEXT 356927/21, obra Cédula de Notificación de fecha 10 de mayo de 2018, mediante las que se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que la señora PEREZ EDITH, D.N.I. N° 2.506.410, haya ejercido alguna oposición al respecto;
Que en acts DOCEXT 356925/21, obra Acta de Verificación de fecha 10 de mayo de 2021 y en DOCEXT 353882/25, obra Acta de Verificación de fecha 21 de agosto de 2025, donde consta que la vivienda no se encuentra habitada por la señora PEREZ EDITH, D.N.I. N° 2.506.410;
Que en act. DOCEXT 353978/25, obra Matricula actualizada del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de referencia figura a nombre del Estado Provincia de San Luis ;
Que en acts. DOCEXT 374067/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100815/25 y DICTAM 102338/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 99560/23 y DICFIS 166728/26, obran las intervenciones de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el Arts. 15, 16 y 36 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar a la señora PEREZ EDITH, D.N.I. N° 2.506.410, la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Luis de Videla, Manzana 56, Casa 3, de la localidad de Naschel, departamento Chacabuco, de la provincia de San Luis.-
Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°. - Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°. - Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6°. - Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°. -El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4803-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-12120744/17, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Vialidad Nacional, Manzana 160, Departamento 137, Tira E, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100097746/25, obra informe de la Dirección de Soluciones Habitacionales, señalando que GIMENEZ DE RODRIGUEZ ANA MARIA, D.N.I. N° 18.459.185, figura como adjudicatario en la vivienda individualizada como Barrio Vialidad Nacional, Manzana 160, Departamento 137, Tira E, de la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la provincia de San Luis, adjuntándose Reporte del Sistema Informático de Vivienda;
Que en act. NOTIFI 162360/18, obra Cédula de Notificación mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que la señora GIMENEZ DE RODRIGUEZ ANA MARIA, D.N.I. N° 18.459.185, hubiere ejercido alguna oposición al respecto;
Que en acts. DOCEXT 159568/18, obra Acta de Constatación, Verificación y Relevamiento de fecha 23 de marzo de 2018, en DOCEXT 324824/20, obra Acta de Verificación y en DOCEXT 348555/25, obra Acta de Verificación de fecha 12 de junio de 2025, donde consta que la vivienda no se encuentra habitada por la señora GIMENEZ DE RODRIGUEZ ANA MARIA, D.N.I. N° 18.459.185;
Que en act. DOCEXT 897234/24, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, adjunta matrícula de la cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. NOTAMP 935623/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100613/25 y DICTAM 102352/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 93375/22 y DICFIS 167015/26, obran la intervenciones de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar a la señora GIMENEZ DE RODRIGUEZ ANA MARIA, D.N.I. N° 18.459.185, la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Vialidad Nacional, Manzana 160, Departamento 137, Tira E, de la Ciudad de San Luis. departamento Juan Martin de Pueyrredón de la provincia de San Luis.-
Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°. - Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°. - Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6°. - Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°. -El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4804-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-3080141/16, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 122 Viviendas, Manzana 7040, Casa 20, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 350855/25, obra informe de la entonces Subdirección de Soluciones Habitacionales, señalando que mediante Decreto 3674 MP-2004, se adjudicó a señora GARCIA HILDA ELIDA, D.N.I. N° 17.247.861, de la vivienda individualizada como Barrio: 122 Viviendas Lic. 18/01, Manzana 7040, Casa 20, de la ciudad de Villa Mercedes departamento General Pedernera de la Provincia de San Luis; adjuntándose Contrato De Adjudicación N° 1-17247861-F, copia de acto administrativo y reporte del Sistema Informático de Vivienda;
Que en act. DOCEXT 347138/25, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 24 de julio de 2025, por la cual la señora GARCIA SILVANA, D.N.I. N° 35.915.782, solicita regularizar la titularidad de la vivienda a su favor;
Que en DOCEXT 141892/25, obra Verificación de fecha 31 de julio de 2025 donde consta que la vivienda se encuentra habitada por la señora GARCIA SILVANA, D.N.I. N° 35.915.782 y su grupo familiar;
Que en acts. DOCEXT 383407/26, obran actuaciones judiciales- INC 284291/1 “INCIDENTE DE MODIFICACION DE SENTENCIA DEFINITIVA GARCIA SILVANA S/ CAPACIDAD RESTRINGIDA”; SENTENCIA INTERLOCUTORIA NUMERO: VEINTIDOS, dictada por la Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 1, de fecha 19/03/2025, por la cual se Declara la Restricción de la capacidad de la señora SILVANA GARCIA, D.N.I. N° 35.915.782 y se designa como personas de apoyo a la señora GARCIA HILDA ELIDA, D.N.I. N° 17.247.861 (tía paterna) y al señor GARCIA JOSE ENRIQUE, D.N.I. N° 16.133.434 (progenitor); en DOCEXT 383828/26, obra Cesión de derechos de la vivienda de referencia por parte de la señora GARCIA HILDA ELIDA, D.N.I. N° 17.247.861 a favor de la señora GARCIA SILVANA, D.N.I. N° 35.915.782;
Que en act. DOCEXT 1032755/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 383830/26, obran la opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102206/26, obra dictámen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 168512/26, obra la intervención de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el Articulo 36 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 122 Viviendas, Manzana 7040, Casa 20, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, a favor de la señora GARCIA SILVANA, D.N.I. N° 35.915.782 -
Art. 3°. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°. - Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°.-Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4805-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-1180011/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 1 de Mayo, Manzana D, Casa 14, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 400522/26, obra copia de Decreto N° 3390-MDH-SPH-2026 por el cual se desadjudica a la señora HABERLE CLAUDIA SILVINA, D.N.I. N° 21.520.295, la vivienda individualizada como Barrio 1 de Mayo, Manzana D, Casa 14, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis, notificado por Cedula Nº 956-AMGESyA-2026, obrante en NOTAMP 981905/26;
Que en acts. DOCEXT 151886/18, obra Declaración Jurada N° 111067, de fecha 18 de enero de 2018 y en DOCEXT 323340/25, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social, de fecha 3 de abril de 2025; por las cuales el señor PEREZ ROQUE NICOMEDES, D.N.I. Nº 14.144.527, solicita regularizar la titularidad de la vivienda a su favor;
Que en acts DOCEXT 184745/18, obra Acta de Constatación, Verificación y Relevamiento de fecha 30 de julio de 2018 y en DOCEXT 325701/25, obra Acta de Verificación de fecha 9 de abril de 2025, donde consta que la vivienda se encuentra habitada por el señor PEREZ ROQUE NICOMEDES, D.N.I. Nº 14.144.527;
Que en act. DOCEXT 1000294/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que la vivienda de referencia figura a nombre del Estado Provincial- Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 375842/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101230/25 y DICTAM 102350/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 62086/19 y DICFIS 166912/26, obran las intervenciones de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 1 de Mayo, Manzana D, Casa 14, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis., a favor del señor PEREZ ROQUE NICOMEDES, D.N.I. Nº 14.144.527-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°. - Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°. - Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6°. - Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4806-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-11300248/17, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 116 Viviendas, Manzana 479, Casa 15, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 323615/20, obra copia Decreto N°5374-SGG-SV-2019, debidamente notificado a través de Cédula Nº 154-AMGESyA-2020, adjunta en act. NOTAMP 445975/20, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor ESPINOSA JOSE ORLANDO, D.N.I. N° 13.591.375;
Que en acts. DOCEXT 145966/17, obra Declaración Jurada de fecha 30 de noviembre de 2017 y en DOCEXT 294002/24, se adjunta nueva Declaración Jurada con fecha 31 de octubre de 2024, mediante las cuales el señor FELEO CORNEJO ROBERTO DAVID, D.N.I. N° 30.024.738, solicita la regularización de la vivienda de referencia a su favor;
Que en acts. DOCEXT 171390/18, se adjunta Acta de Constatación, Verificación y Relevamiento de fecha 4 de junio de 2018 y en DOCEXT 366046/25, obra nueva Acta de Verificación de fecha 21 de octubre de 2025, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por el señor FELEO CORNEJO ROBERTO DAVID, D.N.I. N° 30.024.738 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1117074/25, obra informe emitido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts DOCEXT 395633/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102426/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 170836/26, toma intervención Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art.2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 116 Viviendas, Manzana 479, Casa 15, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, al señor FELEO CORNEJO ROBERTO DAVID, D.N.I. N° 30.024.738.-
Art.3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art.5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art.6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art.7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art.8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4807-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4231058/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios obrante en act. DOCEXT 402725/26; y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, contrata los servicios de la escribana/abogada CYNTIA VANESA BERNASCONI, D.N.I. Nº 32.665.470, quien prestará funciones realizando servicios de asesoramiento profesional en la Dirección de Escrituración, dependiente de la mencionada Secretaría;
Que el contrato obrante en act. DOCEXT 402725/26, según la Cláusula Cuarta, tiene vigencia a partir del 1 de mayo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026;
Que en la Cláusula Quinta del contrato se establece el monto a percibir por el prestador;
Que en act. PREV 11403518/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por el monto de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 25/100 ($4.820.681,25);
Que en act. DICTAM 102930/26 obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, sin formular objeciones al respecto;
Que en act. NOTAMP 985431/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 171812/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por el señor JUAN PABLO TORRES, D.N.I. Nº 27.932.532, en su carácter de Secretario de Estado de Política Habitacional, y por la otra parte la escribana/abogada CYNTIA VANESA BERNASCONI, D.N.I. Nº 32.665.470, obrante en act. DOCEXT 402725/26, cuya vigencia es a partir del 1 de mayo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 00 25 28 00 01 00 1-01 00 3 4 3 $4.820.681,25
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Escrituración y a la interesada.
Art. 6°. - El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4808-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales y el EXD-0000-4100636/18 por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 120 Viviendas, Manzana 7, Casa 20, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 367272/25, obra informe de la Subdirección Inscriptos y Adjudicatarios señalando que mediante Decreto Nº 1912 MP-2005, se adjudicó al señor GARCIA DIEGO NELSON, D.N.I. N° 27.909.417, la vivienda individualizada como Barrio 120 Viviendas, Manzana 7, Casa 20, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la provincia de San Luis; adjuntándose contrato de adjudicación N° 1- 27909417-M, copia de acto administrativo y reporte del Sistema Informático de Viviendas;
Que en act. NOTAB 100102073/25, obra Cédula de Notificación N° 3518-AMGESyA-25, mediante la cual se intima al titular de la vivienda a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que el señor GARCIA DIEGO NELSON, D.N.I. N° 27.909.417, efectuare el descargo correspondiente;
Que en acts. DOCEXT 183145/18, obra Acta de Constatación, Verificación y Relevamiento de fecha 26 de julio de 2018 y en DOCEXT 370904/25, obra Acta de Verificación de fecha 17 de octubre de 2025, donde consta que la vivienda no se encuentra habitada por el señor GARCIA DIEGO NELSON, D.N.I. N° 27.909.417;
Que en act. DOCEXT 1189260/26, obra informe emitido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, señalando que el titular del dominio figura a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 397119/26, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102520/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 171111/26, obra la intervención de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor GARCIA DIEGO NELSON, D.N.I. N° 27.909.417, la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 120 Viviendas, Manzana 7, Casa 20, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos. -
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. –
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4809-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-7250839/25, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Libertad, Manzana B, Casa 10, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100094242/25, obra informe de la entonces Subdirección de Soluciones Habitacionales, señalando que mediante Resolución N° 10-1994, se adjudicó al señor RODRIGUEZ FRANCISCO RAMON, D.N.I. N° 6.750.621, la vivienda individualizada como Barrio Libertad, Manzana B, Casa 10, de la Ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, adjuntándose Contrato de Adjudicación Normalizado N° 13927, copia de acto administrativo y reporte del Sistema Informático de Vivienda;
Que en act. NOTAMP 945136/25, obra Cédula de Notificación N° 3475- AMGESyA-25, mediante la que se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que el señor RODRIGUEZ FRANCISCO RAMON, D.N.I. N° 6.750.621, hubiere efectuado alguna oposición al respecto;
Que en act. DOCEXT 350450/25, obra Acta de Verificación de fecha 30 de junio de 2025, donde se constata que la vivienda no se encuentra habitada por el señor RODRIGUEZ FRANCISCO RAMON, D.N.I. N° 6.750.621;
Que en act. DOCEXT 1151816/26, obra informe del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el titular registral es el Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. NOTAMP 967112/26, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102317/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 171119/26, obran la intervención de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 14, 15, 16 y 36 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor RODRIGUEZ FRANCISCO RAMON, D.N.I. N° 6.750.621, la vivienda individualizada como Barrio Libertad, Manzana B, Casa 10, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 4716-MDH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4101176/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 399841/26, obra situación de revista de la agente SUAREZ CARINA ANDREA, D.N.I. N° 23.483.612;
Que en acts. NOTAMP 976509/26 y DOCEXT 101510/26 obran conformidades del Ministerio de Desarrollo Humano y Secretaria de Estado de Comunicación, en relación a la reubicación solicitada;
Que en act. INFORM 437489/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública indica el costo que insumirá el gasto;
Que en act. INFORM 437502/26, se informa la imputación presupuestaria a la que deberá imputarse el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 979782/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia, sin objeciones que formular;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la agente SUAREZ CARINA ANDREA, D.N.I. N° 23.483.612, Planta Permanente, Categoría E, dependiente de la Secretaria de Estado de Comunicación, en el Despacho del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO:
INST. 1, JUR. 16, U.E. 10, F.F. 1-01, C. PROG. 01, A.C. 01, INC. 1
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Secretaria de Estado de Comunicación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, el señor Secretario de Estado de Comunicación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Diego Mariano Masci
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4719-MDH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3251479/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 396865/26, la Dirección Inclusión Social solicita autorización de pago de un beneficio estímulo al esfuerzo y compromiso, a los beneficiarios del Plan de Inclusión Social que realizaron los relevamientos del primer sorteo del Programa “Tenemos Futuro” que se llevó a cabo el pasado 26, 29 y 30 de diciembre, cuya nómina obra en acts. ACTPAS 1673537/26 y ACTPAS 1673539/26;
Que la tarea fue llevada a cabo por beneficiarios de toda la provincia realizando relevamientos de las viviendas y de los módulos habitacionales, fuera del horario habitual;
Que teniendo en cuenta que el Gobierno de la provincia de San Luis entiende la inclusión social como un proceso a través del cual se asegura a aquellos ciudadanos que estén en condiciones vulnerables, tanto el acceso a oportunidades en los distintos ámbitos como así también el reconocimiento a su desempeño comprometido brindando la posibilidad de desarrollo, capacitación y crecimiento;
Que la Ley N° V-1120-2024 en su Art. 20, confieren al Ministerio de Desarrollo Humano la facultad de generar acciones de inserción social con fines de compromiso y solidaridad a los sectores más vulnerables, pudiendo otorgar reconocimientos por los esfuerzos realizados, brindando de esta manera oportunidades de inserción social, laboral, económica y cultural;
Que el objetivo es brindar un beneficio estímulo al esfuerzo y compromiso, para que no solo se capaciten, continúen cumpliendo y buscando un crecimiento constante, por lo cual se dispuso un importe fijo por beneficiario en concepto de los relevamientos realizados;
Que en act. DOCEXT 398877/26, obra cálculo del costo detallando a percibir por cada beneficiario será de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($150.000,00);
Que en act. PREV 11371690/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($19.500.000,00);
Que en act. DICTAM 102556/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio del Ministerio de Desarrollo Humano manifestando no tener objeciones que formular al respecto;
Que en act. NOTAMP 976718/26, obra intervención de Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 11 bis de la Constitución Provincial.-
Art. 2°.- Autorizar a la Dirección Inclusión Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano a hacer efectivo el pago de un beneficio estímulo al esfuerzo y compromiso, a las personas detalladas en acts. ACTPAS 1673537/26 y ACTPAS 1673539/26, por el monto de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($150.000,00), a cada uno, conforme a lo indicado en act. DOCEXT 398877/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 1-01 5 1 4 $19.500.000,00
Art. 4°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Inclusión Social.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4799-MDH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5080526/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 406258/26 obra renuncia presentada por el señor LEONARDO JAVIER CORICA, D.N.I. N° 23.707.601, al cargo de Subdirector Protección Niñez, Adolescencia y Familia dependiente de la Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, designado por Decreto N° 683-MDH-2023;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar a partir del día 04 de mayo de 2026, la renuncia presentada por el señor LEONARDO JAVIER CORICA, D.N.I. N° 23.707.601, al cargo de Subdirector Protección Niñez, Adolescencia y Familia dependiente de la Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, designado por Decreto N° 683-MDH-2023.-
Art. 2º.- Reintegrar a partir del día 04 de mayo de 2026, al señor LEONARDO JAVIER CORICA, D.N.I. N° 23.707.601, al cargo Categoría E, Planta Permanente del Ministerio de Educación.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia, Ministerio de Educación y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
DECRETO Nº 4800-MDH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4211258/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 422739/26 obra solicitud de homologación de Convenio Específico N° 2, obrante en act. DOCEXT 402750/26;
Que en act. DOCEXT 402747/26 obra copia de Convenio Marco de Cooperación homologado por Decreto Nº 15668-MDH-2025, cuya vigencia es del día 05 de Agosto de 2025 y hasta el 10 de Diciembre de 2027;
Que el Convenio Especifico N° 2 de fecha 22 de abril de 2026, fue suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. Gustavo Antonio Bertolini, D.N.I. N° 14.137.893, y la “Fundación Orquesta Escuela Infanto Juvenil de San Luis”, representada por el señor Presidente Marcos José Eloy Arquez, D.N.I. N° 28.091.209;
Que el Convenio Específico N° 2, obrante en act. DOCEXT 402750/26, tiene por objeto la ejecución del proyecto “ORQUESTA MELODIAS SERRANAS”, como herramienta de integración social y promoción Socio Cultural destinado a los niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad social;
Que en act. PREV 11403022/26 obra imputación preventiva, por el monto de PESOS CIENTO VEINTIDOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($122.498.600,00) para afrontar el gasto;
Que en act. NOTAMP 983474/26 obra intervención de la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, no teniendo objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP 984000/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en acts. DICFIS 171596/25, ha tomado intervención Fiscalía de Estado encuadrando el caso en las disposiciones del Art. 168, inc. 15) de la Constitución Provincial;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 168, inc. 15) de la Constitución Provincial.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio Específico N° 2 celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Humano, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. Gustavo Antonio Bertolini, D.N.I. N.° 14.137.893, y la “Fundación Orquesta Escuela Infanto Juvenil de San Luis”, representada por el señor Presidente Marcos José Eloy Arquez, D.N.I. N° 28.091.209, obrante en act. DOCEXT 402750/26.-
Art. 3°.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 13 21 1-01 3 4 9 $122.498.600,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Emergencia Social y a la “Fundación Orquesta Escuela Infanto Juvenil de San Luis”.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4801-MDH-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210021/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 979767/26, obra nota de la Dirección de Inclusión Laboral, solicitando aprobación del Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “INC S. A.” CUIT: 30-68731043-4, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral a la beneficiaria de Inclusión Social la Sra. MALDONADO NOELIA DNI N° 33.943.733;
Que en act. DOCEXT 401729/26, obra Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “INC S. A.” CUIT: 30-68731043-4;
Que en act. NOTAMP 979769/26, obra copia del Decreto N° 1139-MDH-2024, por el cual se aprueba el modelo de Convenio de Fomento de Empleo Privado, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social;
Que en act. PREV 11392713/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CON 00/100 ($4.140.000,00) para afrontar el gasto;
Que en act. PREVFT 11392712/26, obra imputación preventiva ejercicio futuro año 2027 por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL CON 00/100 ($4.140.000,00) y año 2028 por la suma de PESOS SEISCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($690.000,00);
Que en act. DICTAM 102766/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 981795/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en lo dispuesto en el Art. 24° Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art.1° del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 171296/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente en lo dispuesto en el Art. 24° Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “INC S. A.” CUIT: 30-68731043-4, obrante en act. DOCEXT 401729/26, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $4.140.000,00
Art. 4º.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2027 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $4.140.000,00
Art. 5°.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2028 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $690.000,00
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Inclusión Laboral.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4886-MDH-2026.-
San Luis, 17 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5080530/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 406275/26 obra renuncia presentada por la señora MARIA SOLANA MORCON, D.N.I. N° 37.724.417, al cargo de Jefe de Área Familia Solidaria dependiente de la Subdirección Protección Niñez, Adolescencia y Familia de la Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, designada por Decreto N° 408-MDH-2023;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar a partir del día 04 de mayo de 2026, la renuncia presentada por la señora MARIA SOLANA MORCON, D.N.I. N° 37.724.417, al cargo de Jefe de Área Familia Solidaria dependiente de la Subdirección Protección Niñez, Adolescencia y Familia de la Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, designada por Decreto N° 408-MDH-2023.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia, y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
DECRETO Nº 5668-MDH-2026.-
San Luis, 3 de Junio de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4200850/26, y;
CONSIDERANDO:
Que por Ley Provincial Nº V-1165-2025 se declaró la emergencia habitacional en todo el territorio provincial, por el término de CINCO (5) años, prorrogable por períodos anuales por el Poder Ejecutivo, a fin de habilitar los procedimientos y mecanismos administrativos necesarios para llevar a cabo, con la mayor celeridad y ejecutividad, las medidas tendientes a combatir el déficit habitacional;
Que en la ley de emergencia habitacional se ha definido una política gubernamental de largo plazo, que trascienda los mandatos constitucionales de gobierno, estableciéndose pautas para que la formulación del presupuesto provincial de cada año, considere una afectación determinada de los recursos fiscales destinada a la ejecución de las soluciones habitacionales;
Que mediante Decreto Nº 4094-MDH-2025, se creó el Plan de Viviendas “TENEMOS FUTURO” el que tiene por objeto generar soluciones habitacionales orientadas a satisfacer las necesidades de los diversos sectores sociales, priorizando aquellos grupos familiares en situación de vulnerabilidad social, en el marco de las disposiciones de la Ley Nº I-0970-2017;
Que mediante dicho acto administrativo, se abrió la etapa de inscripción al Plan de Viviendas, estableciendo los requisitos mínimos que debían cumplir los aspirantes al mismo;
Que durante dicho periodo, a través de la ventanilla única del Plan de Viviendas “Tenemos Futuro” implementada a tal efecto, se llevó a cabo la inscripción, de la cual resultó la nómina de aspirantes del citado Plan.
Que por Resolución Nº 52-SPH-2025, de fecha 28 de noviembre de 2025, se aprobó la nómina de aspirantes inscriptos, que constituye el universo determinado de postulantes y grupos familiares sobre el cual, en las instancias correspondientes, se debe realizar la evaluación y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como condición de acceso a las soluciones habitacionales provinciales en el marco de la normativa vigente;
Que, de la información obtenida de la inscripción, se procedió al análisis de la situación socioeconómica de los aspirantes y sus grupos familiares y en consecuencia, en el marco de un criterio de razonabilidad, se establecieron categorías objetivas para segmentar a la población inscripta conforme sus ingresos, a fin de posibilitar la adecuación de las respuestas habitacionales a las necesidades específicas de cada grupo;
Que en virtud de dicho análisis, se adoptaron dos modalidades de solución habitacional, consistentes en Vivienda Social y Módulo Habitacional de Autoconstrucción; cada una diseñada para atender de manera proporcional y coherente las características de las familias involucradas y satisfacer el acceso efectivo a la vivienda en condiciones acordes a la realidad de cada aspirante;
Que, por Resoluciones Nº 91-SPH-2025 y su rectificatoria Nº ٩٢- SPH-٢٠٢٥ de fechas ١٨ y ١٩ de diciembre de ٢٠٢٥, y Nº ٠٢-SPH-٢٠٢٦ de fecha ١٧ de Marzo de ٢٠٢٦, se aprobaron la primera y la segunda nómina de sorteables por localidades y por modalidad, respectivamente, entre los inscriptos que a la fecha habían dado observancia a los trámites preliminares correspondientes a través de la ventanilla única del plan “Tenemos Futuro”; y de los sorteos respectivos, se obtuvieron los sorteados de la primera y la segunda etapa por localidades y por ambas modalidades;
Que resulta necesario establecer el régimen correspondiente para la implementación de la modalidad de Módulo Habitacional de Autoconstrucción, consistente en el suministro de materiales destinados a la ejecución asistida de la vivienda a cargo del adjudicatario.
Que, a fin de facilitar el acceso y la concreción de las soluciones habitacionales bajo dicha modalidad, el Gobierno Provincial podrá contemplar el aporte de mano de obra en aquellos casos en que los adjudicatarios así lo soliciten, pudiendo instrumentarse mediante recursos humanos propios del Estado Provincial o a través de convenios celebrados con municipios, comunas y/o empresas privadas.
Que corresponde centralizar a través de un organismo competente, el sistema vinculado a la adquisición, provisión y distribución de materiales, así como a las acciones operativas, logísticas y de control necesarias para el desarrollo del Programa;
Que resulta necesario regular la relación jurídica entre el Estado y los adjudicatarios de la vivienda de autoconstrucción, aprobándose el modelo de contrato de suministro de materiales, a celebrarse por las partes;
Que el esquema debe contemplar la entrega de materiales en etapas sucesivas y el reintegro del costo de los mismos en cuotas;
Que corresponde asimismo la aprobación del prototipo de vivienda objeto del Programa y del Manual Técnico de Autoconstrucción para los aspectos técnicos y constructivos;
Que en act. DICTAM 103129/26 ha tomado intervención Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. DICFIS 171967/26 ha tomado intervención Fiscalía de Estado;
Que en virtud de ello se hace necesario regular la implementación del Programa de Autoconstrucción Asistida;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Establecer la implementación del Programa Autoconstrucción Asistida, aplicable a la modalidad “Módulo Habitacional de Autoconstrucción” del Plan de Viviendas “Tenemos Futuro”, consistente en el suministro de materiales de construcción, para la ejecución asistida de una vivienda por parte del adjudicatario.-
Art.2º.- Disponer que el Ministerio de Desarrollo Humano será la Autoridad de Aplicación del Programa de Autoconstrucción Asistida, siendo responsable de la adquisición y provisión de los materiales de construcción destinados a dicho Programa, así como de toda otra contratación de bienes y servicios necesaria para su implementación, administración y ejecución, incluyendo las tareas operativas, logísticas, de control y trazabilidad, y toda otra acción conducente al cumplimiento de sus objetivos. Asimismo, el adjudicatario podrá solicitar a la Autoridad de Aplicación asistencia de mano de obra para la ejecución de la vivienda, la cual podrá contemplarse en aquellos casos que así se requiera, pudiendo proveerse mediante recursos humanos propios del Estado Provincial o a través de convenios celebrados con municipios y/o empresas privadas.
Art.3º.- Disponer que la Secretaría de Estado de Política Habitacional suscribirá en representación del Estado Provincial, el Contrato de Suministro de Materiales aprobado por el presente, con los adjudicatarios del “Módulo Habitacional de Autoconstrucción” determinados por su conducto en el marco del Plan de Viviendas “Tenemos Futuro”.-
Art.4º.- Aprobar el Modelo de Contrato de Suministro de Materiales que como Anexo forma parte integrante del presente decreto.-
Art. 5º.-Aprobar el prototipo de Vivienda del Programa de Autoconstrucción Asistida, obrante como documentación técnica en act. DOCEXT 411025/26.-
Art. 6º.- Aprobar el Manual Técnico de Autoconstrucción Asistida obrante en act. DOCEXT 411064/26, que establece los lineamientos técnicos, criterios constructivos y demás especificaciones necesarias, que deberá aplicarse en la ejecución de la vivienda por parte de los adjudicatarios, en el marco del Programa de Autoconstrucción Asistida.-
Art. 7º.- Disponer que los gastos que demande la implementación del presente decreto serán imputadas en las partidas creadas a tal efecto.-
Art. 8º.-Facultar al Ministerio de Desarrollo Humano a dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la aplicación del presente decreto.-
Art.9º.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis.-
Art.10º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.11º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, por el señor secretario de Estado de Política habitacional, y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.12º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Juan Pablo Torres
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIALES
PROGRAMA AUTOCONSTRUCCIÓN ASISTIDA
PLAN “TENEMOS FUTURO”
Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS con domicilio en “Casa de Gobierno”, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste, bloque 2, piso 3, representado en este acto por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. GUSTAVO BERTOLINI, D.N.I. 14.137.893, el Sr. Secretario de Estado de Política Habitacional, JUAN PABLO TORRES, D.N.I Nº ……………….., en adelante “LA PROVINCIA” y por la otra al Sr. ……………………., D.N.I. N° ……………., estado civil ……………….., con domicilio en …………………………………, de San Luis, en adelante “EL/LA ADJUDICATARIO/A”, convienen en celebrar el presente contrato para el suministro de materiales, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA. OBJETO:
LA PROVINCIA, en el marco de la modalidad “Módulo Habitacional de Autoconstrucción” del plan de Viviendas “Tenemos Futuro,” se obliga a suministrar al adjudicatario los materiales de construcción para la ejecución de la vivienda, de conformidad al Prototipo de Vivienda del Programa de Autoconstrucción Asistida y al Manual Técnico de Autoconstrucción. EL ADJUDICATARIO se obliga a construir la vivienda en el plazo convenido, aportando la mano de obra para la construcción; y a ejecutar la obra conforme al Prototipo de Vivienda del Programa de Autoconstrucción Asistida y en base a los lineamientos establecidos en el Manual Técnico de Autoconstrucción, instrumentos de cumplimiento obligatorio. Asimismo, se obliga a Restituir a LA PROVINCIA el valor económico de los materiales de construcción, en las condiciones establecidas en el presente.-
El ADJUDICATARIO, solicita en este acto, el aporte de mano de obra contemplado mediante el Decreto….-
SEGUNDA. ASISTENCIA TÉCNICA Y VERIFICACIÓN: LA PROVINCIA, a través del Ministerio de Desarrollo Humano, instrumentará la asistencia técnica mediante la intervención de un Asistente Técnico quien actuará en carácter de agente de acompañamiento, orientación, seguimiento y verificación administrativa del proceso constructivo desarrollado por EL/LA ADJUDICATARIO/A.
La intervención del Asistente Técnico tendrá carácter exclusivamente orientativo, administrativo y de verificación, sin implicar en ningún caso dirección técnica, ejecución de obra ni responsabilidad profesional sobre el proyecto, la construcción, la calidad de los trabajos ejecutados o la seguridad estructural de la vivienda.
Serán funciones del Asistente Técnico: a) brindar orientación general sobre el proceso constructivo conforme el prototipo aprobado y el manual técnico de autoconstrucción; b) realizar visitas de seguimiento y verificación del avance de obra; c) verificar el cumplimiento de las etapas previstas para la entrega de materiales; y d) emitir las correspondientes Actas de Verificación de Avance, dejando constancia del estado de ejecución de cada etapa; e) emitir el acta final, respecto a la terminación de la vivienda y a la conclusión de la asistencia técnica en el marco del Programa.
Las Actas de Verificación de Avance tendrán carácter exclusivamente administrativo y constituirán instrumento suficiente para habilitar la entrega de materiales correspondientes a la etapa siguiente, sin implicar certificación técnica de la obra ni conformidad definitiva sobre la misma.
La responsabilidad integral de la ejecución de la vivienda, su correcta construcción, calidad constructiva, seguridad, cumplimiento de normas técnicas y legales vigentes y toda otra obligación derivada de la obra será exclusiva de EL/LA ADJUDICATARIO/A y, en su caso, de los profesionales que éste designe.
TERCERA. SUMINISTRO Y USO DE MATERIALES:
LA PROVINCIA efectuará la entrega de materiales por etapas, conforme el avance de obra verificado en las correspondientes Actas de Verificación de Avance.
La primera entrega se realizará dentro de los QUINCE (15) días hábiles de suscripto el presente contrato. Las entregas subsiguientes se efectuarán dentro de los QUINCE (15) días hábiles contados desde la verificación y conformidad de la etapa inmediata anterior.
La recepción de los materiales importará conformidad respecto de las cantidades entregadas en cada etapa y transferirá a EL/LA ADJUDICATARIO/A la guarda y custodia de los mismos.
EL/LA ADJUDICATARIO/A se obliga a: a) utilizar los materiales exclusivamente para la ejecución de la vivienda objeto del presente; b) ejecutar la obra conforme el prototipo aprobado y las pautas contenidas en el manual técnico de autoconstrucción; c) facilitar el acceso del Asistente Técnico a la obra a los fines de verificar el avance correspondiente; y d) suscribir las constancias y actas vinculadas a la entrega de materiales y verificación de etapas.
A los fines de garantizar la correcta asignación y aplicación de los materiales al destino previsto, LA PROVINCIA podrá instrumentar mecanismos de registración, seguimiento, control y trazabilidad, incluyendo inspecciones, constancias de recepción y toda otra documentación vinculada a la ejecución de la obra.
CUARTA. PLAZO:
El plazo para la ejecución de la vivienda será de DOCE (12) meses contados desde la primera entrega de materiales. El plazo para la ejecución de cada etapa será de TRES (3) meses.
La Autoridad de Aplicación podrá otorgar prórrogas mediante acto fundado, cuando existieren razones debidamente justificadas.
QUINTA. PRECIO. ACTUALIZACIÓN:
EL/LA ADJUDICATARIO/A se obliga a reintegrar a LA PROVINCIA el costo correspondiente a los materiales suministrados en el marco del presente contrato, fijándose el valor total de los mismos en la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES ($18.000.000).
El reintegro de dicho costo se efectuará mediante un plan de pagos compuesto por TRESCIENTAS (300) cuotas mensuales y consecutivas, con un valor inicial de PESOS SESENTA MIL ($60.000) cada una.
Las cuotas serán abonadas del día uno (1) al día diez (10) de cada mes, comenzando el vencimiento de la primera cuota una vez entregada la totalidad de los materiales;
El valor de las cuotas será actualizado semestralmente, los días 30 de junio y 31 de diciembre de cada año, conforme la variación porcentual del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) publicada por la autoridad competente, aplicándose el índice vigente al momento de cada actualización.
SEXTA. RESPONSABILIDAD. SEGUROS:
Las partes dejan expresamente establecido que el presente no constituye contrato de obra ni implica la asunción por parte de LA PROVINCIA de obligaciones propias de constructor, director de obra o ejecutor material.
EL/LA ADJUDICATARIO/A será exclusivo responsable de la ejecución de la vivienda, ya sea por sí o por terceros bajo su dirección, respondiendo por cualquier vicio constructivo, defecto, daño o perjuicio derivado de su ejecución incorrecta, negligente o contraria al prototipo aprobado y al manual técnico de autoconstrucción.
Recibidos los materiales, EL/LA ADJUDICATARIO/A asumirá su guarda y custodia, no pudiendo reclamar por pérdida, robo, hurto o deterioro de los mismos
EL/LA ADJUDICATARIO/A declara conocer y aceptar las cantidades y características de los materiales previstos para cada etapa, no pudiendo efectuar reclamos por provisiones adicionales distintas de las contempladas en el Programa y en la documentación técnica aplicable.”.
Asimismo, EL/LA ADJUDICATARIO/A asumirá a su exclusivo costo los daños propios y/o a terceros derivados de la ejecución de la obra, debiendo contratar y mantener vigente un seguro de responsabilidad civil durante todo el proceso constructivo.
SEPTIMA. MORA E INCUMPLIMIENTO:
La mora operará de pleno derecho por la falta de pago de TRES (3) cuotas consecutivas o CINCO (5) alternadas, sin necesidad de interpelación previa.
Asimismo, cuando EL/LA ADJUDICATARIO/A hubiere recibido materiales y no alcanzare el avance mínimo requerido para habilitar la etapa siguiente, LA PROVINCIA podrá suspender nuevas entregas y exigir la restitución del valor económico de los materiales entregados, conforme las condiciones establecidas en el presente contrato.
OCTAVA. AMPLIACIONES:
EL/LA ADJUDICATARIO/A declara conocer y aceptar que la vivienda podrá admitir ampliaciones laterales compatibles con su estructura original, quedando expresamente prohibida la construcción de plantas superiores o cualquier intervención que comprometa la seguridad estructural del prototipo aprobado.-
NOVENA. INMUEBLE:
EL/LA ADJUDICATARIO/A manifiesta que la vivienda será construida en el inmueble sito en …, identificado catastralmente…….
DÉCIMA. DERECHO:
El presente Contrato se rige por las Cláusulas insertas en él, lo establecido la Ley Nº I-0970-2017, Decreto N° 4094-MDH-2025 y el Código Civil y Comercial de la Nación.-
DÉCIMA PRIMERA. JURISDICCIÓN. DOMICILIOS ESPECIALES:
A todos los efectos emergentes del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de Luis, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción, constituyendo domicilios especiales en los consignados en el encabezado.-
En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de ___, a los __ días del mes de ____ de __.
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 4720-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3180950/26, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis tramita contrato de servicios de la señora ROMERO MICHEL VALENTINA, D.N.I. Nº 40.104.254, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1552507/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ROMERO MICHEL VALENTINA, D.N.I. Nº 40.104.254, quien cumple funciones en la oficina de Despacho dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de TRES (3) meses, pudiendo ser prorrogado por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que, en act. PREV 11396117/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 939974/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 940222/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 984463/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que, en act. DICFIS 171656/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N VIII-0867-2013 y en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ROMERO MICHEL VALENTINA, D.N.I. Nº 40.104.254, quien cumple funciones en la oficina de Despacho dependiente del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1552507/26 del EXD-0000-3180950/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 31 00 00 00 4 37 00 3 9 9 000 $2.100.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la señora ROMERO MICHEL VALENTINA, D.N.I. Nº 40.104.254.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4721-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1090208/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita medicación a favor de la beneficiaria MIRANDA GLADIS ROSARIO, D.N.I. N° 27.082.181, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3689643/26 y DOCEXT 1509495/26, surge que la beneficiaria MIRANDA GLADIS DEL ROSARIO, D.N.I. N° 27.082.181, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme los dispuesto por la Ley N°23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1531363/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas oncológicas (Resolución Ministerial N° 2185/2011), sin que a la fecha que se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento, a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11331904/26, obra solicitud de Gastos N° 2219/2026;
Que, en act. ACTPRO 11338398/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.:30-62345679-6, en act. COTZAC 11339574/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11339575/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11339576/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11339578/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S. A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11339579/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11339580/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11339581/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.:30-71595642-6, en act. COTZAC 11339582/26 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11339583/26;
Que, en act. INFSEC 11339584/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N°1850/2026, obrante en act. PROSEC 11339572/26;
Que, en act. PRESEC 11363198/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S. A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, el ítem 2 por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CON 52/100 ($10.248.800,52), DROMED S.A.S.,C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1,por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($42.744,00) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 3, por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($46.559.760,00);
Que, en acts. PREV 11317285/26 y PREV 11364333/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 935209/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 975137/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170141/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3689643/26.-
Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S. A.,C.U.I.T.: 30-59766504-7, el ítem 2 por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CON 52/100 ($10.248.800,52), DROMED S.A.S.,C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1,por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($42.744,00) y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0:, el ítem 3, por la suma total de PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($46.559.760,00) de acuerdo a las propuestas y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11339579/26, COTZAC 11339582/26 y COTZAC 11339575/26, PRESEC 11363198/26 del EXD-0000-1090208/26.-
Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria MIRANDA GLADIS ROSARIO, D.N.I. N° 27.082.181, la provisión de medicamento, detallados en act. PRESEC 11363198/26.-
Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $56.851.304,52
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4722-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3051019/26, por el cual a Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor LUIS ALBERTO RODRIGUEZ FERRO, D.N.I. Nº 16.743.201, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3771814/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor LUIS ALBERTO RODRIGUEZ FERRO, D.N.I. Nº 16.743.201, por la otra, quien presta servicios como médico en Consultorio de Obstetricia y Tocoginecología, en la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, a partir del 1 de marzo de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 936454/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11377780/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 936973/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 979359/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170792/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor LUIS ALBERTO RODRIGUEZ FERRO, D.N.I. Nº 16.743.201, por la otra, quien presta servicios como médico en Consultorio de Obstetricia y Tocoginecología, en la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, obrante en act. DOCEXT 3771814/26 del EXD-0000-3051019/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 32 50 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $12.600.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4723-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11140091/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento, a favor del beneficiario PARISOT WALTHER RUBEN, D.N.I. Nº 17.835.809, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1459947/25 y DOCEXT 3656407/25, surge que el beneficiario PARISOT WALTHER RUBEN, D.N.I. Nº 17.835.809, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento dermatológico;
Que, en act. SOLSEC 11200306/25, obra Solicitud de Gasto Nº 11031/2025;
Que, en act. ACTPRO 11205832/25, obra las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11140091/25, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11207490/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11207492/25, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11240091/25, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11207496/25 y COOPERATIVA FARMACEUTICA MENDOZA LIMITADA, C.U.IT: 30-53537926-9, en act. COTZAC 11207497/25;
Que, en act. DOCEXT 1536558/26, obra mantenimiento de oferta de la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6;
Que, en act. INFSEC 11207500/25, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 10431/2025, obrante en act. PROSEC 11207487/25;
Que, en act. PRESEC 11276934/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 60/100 ($7.680.657,60);
Que, en acts. PREV 11262244/26 y PREV 11277941/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 925035/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 958737/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167221/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la ley Nº VIII-0256-2004, modificada por ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el tramite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones para la provisión de medicamento solicitado en act. DOCEXT 1459947/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, el ítem ١, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 60/100 ($7.680.657,60), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11207496/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1536558/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11276934/26 del EXD-0000-11140091/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario PARISOT WALTHER RUBEN, D.N.I. Nº 17.835.809, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11276934/26.-
Art. 5º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $7.680.657,60
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10. Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4724-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3270797/26, la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria PEREYRA NOELIA YAMILA, D.N.I. N° 37.192.032, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3743102/26, DOCEXT 3743103/26, DOCEXT 3743104/26, DOCEXT 3743105/26 y DOCEXT 1540148/26, surge que la beneficiaria PEREYRA NOELIA YAMILA, D.N.I. N° 37.192.032, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11372560/26, obra solicitud de Gastos N° 3119/2026;
Que, en act. ACTPRO 11376161/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11377209/26, LEM MEDICAL S.R.L, C.U.I.T: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11377210/26 y LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11377212/26;
Que, en act. PRESEC 11389065/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($3.350.000,00);
Que, en acts. PREV 11367889/26 y PREV 11392391/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 939154/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 981986/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171338/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3743104/26.-
Art.3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($3.350.000,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11377212/26 y PRESEC 11389065/26 del EXD-0000-3270797/26.-
Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria PEREYRA NOELIA YAMILA, D.N.I. N° 37.192.032, la provisión de elementos de tecnología biomédica, detallados en act. PRESEC 11389065/26.-
Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.350.000,00
Art. 6º.- Dar intervención a Fiscalía de Estado, a efectos de que evalúe la procedencia de iniciar las acciones judiciales y/o extrajudiciales que pudieran corresponder contra terceros responsables y/o sus compañías aseguradoras, con el objeto de procurar el recupero de las sumas erogadas por la Provincia en virtud del subsidio otorgado en el presente acto, conforme constancias de la actuación DOCEXT 3743105/26, donde obran las actuaciones policiales y los datos relativos a la cobertura de seguro.-
Art. 7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 9°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4725-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3121327/26, por el cual el Hospital de Unión dependiente de Zona Sanitaria VII de la Dirección de Zonas Sanitarias, eleva renuncia del Contrato de Prestación de Servicios del Odontólogo GONZALEZ MARTINEZ FACUNDO GABRIEL, D.N.I. N° 33.761.194, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 4441-MdeS-2019, se homologó el contrato de prestación de servicios del Odontólogo GONZALEZ MARTINEZ FACUNDO GABRIEL, D.N.I. N° 33.761.194, Agrupamiento Profesional (P) Categoría E de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1527574/26, obra Decreto Nº 3431-MdeS-2023, en el cual el Odontólogo GONZALEZ MARTINEZ FACUNDO GABRIEL, D.N.I. N° 33.761.194, Agrupamiento Profesional (P) Categoría E de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. DOCEXT 3731142/26, obra nota de renuncia presentada por el Odontólogo GONZALEZ MARTINEZ FACUNDO GABRIEL, D.N.I. N° 33.761.194, Agrupamiento Profesional (P) Categoría E de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 435025/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspenderá la liquidación de haberes a partir del 01 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley III-0065-2004 (5554).-
Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios del Odontólogo GONZALEZ MARTINEZ FACUNDO GABRIEL, D.N.I. N° 33.761.194, Agrupamiento Profesional (P) Categoría E de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 4441-MdeS- 2019, a partir del 01 de abril de 2026.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección de Zonas Sanitarias y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar al interesado.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 4726-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2200384/26, por el cual se tramita la rescisión del Contrato de Servicios del señor LUIS CRISTOBAL GARCIA, D.N.I. N° 30.313.157, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. 3781854/26, obra Decreto N° 4368-MdeS-2026, mediante el cual se homologó el Contrato de Servicios del señor LUIS CRISTOBAL GARCIA, D.N.I. N° 30.313.157, quien presta funciones realizando la carga de datos de pacientes de obra sociales y PAMI, en el Área de Autogestión del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rescindir a partir de la fecha del presente Decreto, el Contrato de Servicios del señor LUIS CRISTOBAL GARCIA, D.N.I. N° 30.313.157, homologado por Decreto N° 4368-MdeS-2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería de la Provincia y Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, quien notificará al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 4727-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080257/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria, ANZIANO PATRICIA RAQUEL, D.N.I. Nº 17.911.268, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3689075/26, DOCEXT 1495016/26 y DOCEXT 1543970/26, surge que la beneficiaria ANZIANO PATRICIA RAQUEL, D.N.I. Nº 17.911.268, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1520900/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11353188/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2850/2026;
Que, en act. ACTPRO 11357151/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MEDICATION DELIVERY, C.U.I.T.:30-71209481-4, en act. COTZAC 11358957/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30- 62345679-6, en act. COTZAC 11358958/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11358959/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 1158960/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11358962/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.:30-70894816-7, en act. COTZAC 11358963/26, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.:33-71250477-9, en act. COTZAC 11358964/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.:30-59766504-7, en act. COTZAC 11358965/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.:33-69541513-9, en act. COTZAC 11358966/26 y DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11358968/26;
Que, en act. INFSEC 11358969/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2190/2026, obrante en act. PROSEC 11358956/26;
Que, en act. PRESEC 11371610/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 70/100 ($77.015.546,70);
Que, en act. PREV 11326650/26 y PREV 11374584/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936641/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978636/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170821/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3689075/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 70/100 ($77.015.546,70) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11358958/26, y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11371610/26, del EXD-0000- 1080257/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria, ANZIANO PATRICIA RAQUEL, D.N.I. Nº 17.911.268, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11371610/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $77.015.546,70
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4728-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3181129/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario FUNES JORGE DIEGO D.N.I. Nº 20.137.867, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3736384/26 y DOCEXT 3755494/26, surge que el beneficiario FUNES JORGE DIEGO D.N.I. Nº 20.137.867, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1548499/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11378985/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3486/2026;
Que, en act. ACTPRO 11381718/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11382572/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11382574/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11382575/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11382578/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACEUTICOS S.A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11382580/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30- 62345679-6, en act. COTZAC 11382581/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11382584/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.:33-69541513-9, en act. COTZAC 11382586/26 y NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11382587/26;
Que, en act. INFSEC 11382588/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 2828/2026, obrante en act. PROSEC 11382571/26;
Que, en act. PRESEC 11388673/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($76.316.760,00);
Que, en acts. PREV 11376641/26 y PREV 11389096/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 938523/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 981372/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171257/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3736384/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($76.316.760,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11382578/26, y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11388673/26, del EXD-0000-3181129/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario, FUNES JORGE DIEGO D.N.I. Nº 20.137.867, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11388673/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $76.316.760,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4729-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3130686/26, por el cual la Dirección Recursos Humanos, tramita la renuncia de la señora UDAQUIOLA CAROLINA PAULA, D.N.I. Nº 29.753.986, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 9735-MdeS-2014, se homologó el Contrato de Servicios de la señora UDAQUIOLA CAROLINA PAULA, D.N.I. Nº 29.753.986, el cual luce agregado en act. DOCEXT 1522402/26;
Que, en act. DOCEXT 1522368/26, obra Decreto Nº 3431-MdeS-2023, en el cual de la señora UDAQUIOLA CAROLINA PAULA, D.N.I. Nº 29.753.986, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. DOCEXT 3731972/26, obra telegrama de renuncia presentado por la señora UDAQUIOLA CAROLINA PAULA, D.N.I. Nº 29.753.986, Personal Contratado, Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 435024/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se procederá a suspender la liquidación de haberes a partir del 01 de abril de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1668601/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley Nº III-0065-2004 (5554).-
Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora UDAQUIOLA CAROLINA PAULA, D.N.I. Nº 29.753.986, Personal Contratado, Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto 9735-MdeS-2014 y aprobado el concurso cerrado mediante Decreto Nº 3431-MdeS-2023, a partir del 01 de abril de 2026.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Zonas Sanitarias, Zona Sanitaria III y a la Dirección Recursos Humanos quién notificará al interesado.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 4730-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9221211/25, acumulados EXD- 0000-11251206/25 y EXD-0000-12030379/25, por el cual la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la Licitación Pública N° 20-MHeIP-DCyC-2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 1481-MdeS-2026, obrante en act. DEC 1481/26, para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, por un período de VEINTIUN (21) meses, solicitado de manera conjunta por la DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL ESTADO PROVINCIAL (DOSEP) y la SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS TERCERIZADOS, dependientes del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CON 94/100 ($5.979.173.363,94);
Que, en acts. DOCEXT 1514493/26, DOCEXT 1514495/26 y DOCEXT 1544243/26, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que, en act. PROSEC 11345960/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras y por medio de sobre cerrado las empresas: ETICA S.A., C.U.I.T.: 30-69024539-2, en acts. COTZAC 11345963/26 y DOCEXT 1525976/26; PRAXAIR ARGENTINA S.R.L., C.U.I.T.: 30-57878067-6 en act. COTZAC 11345970/26 y DOCEXT 1525980/26 y AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A, C.U.I.T.: 30-50085213-1 en act. COTZAC 11346140/26 y DOCEXT 1525970/26; TECNO AGROVIAL S.A., C.U.I.T.: 30-66181642-9, en act. DOCEXT 1525985/26;
Que, en act. DOCEXT 1524578/26, obra Acta con fecha 18 de marzo de 2026, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública N° 20-MHeIP-DCyC-2026, de donde surge: PRIMERA PROPUESTA: ETICA S.A. COTIZA por la suma total de PESOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE ($1.672.756.337,00), por los ítems que cotiza. SEGUNDA PROPUESTA: PRAXAIR ARGENTINA S.R.L. COTIZA por la suma total de PESOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA ($1.429.244.460,00) por los ítems que cotiza. TERCERA PROPUESTA: AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. COTIZA por la suma total de PESOS DOS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TREINTA Y DOS CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($2.148.241.032,56) por los ítems que cotiza.
Se procede a la apertura de un cuarto sobre perteneciente a la empresa TECNO AGROVIAL S.A. del cual surge que la empresa ha decidido no presentar cotización en esta licitación;
Que, en act. INFSEC 11346144/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 760/2026, obrante en act. PROSEC 11345960/26;
Que, en act. DOCEXT 1532653/26, obra Resolución N° 0501-DCyC-2026, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública Nº 20- MHeIP- DCyC-2026, quien expide en act. IEVHAC 11389182/26, el resultado de la evaluación de las ofertas presentadas, del cual surge preadjudicar a la firma PRAXAIR ARGENTINA S.R.L., C.U.I.T.: 30-57878067-6, los ítems 1 al 36 por un total de PESOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($1.429.244.460,00);
Que, en act. PRESEC 11391366/26, se preadjudica a la firma oferente de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;
Que, en acts. PREV 11264353/26, PREV 11264375/26, PREV 11391827/26, PREV 11391841/26, PREVFT 11264376/26, PREVFT 11264354/26, PREVFT 11391828/26, PREVFT 11296211/26 PREVFT 11391830/26; PREVFT 11391850/26 y PREVFT 11391856/26, obran imputaciones preventivas del gasto exceptuados de duodécimo e imputaciones ejercicio futuro con sus ajustes correspondientes;
Que, en act. NOTAMP 980329/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 981857/26, ha tomado la intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171271/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art 24 inc. g) y Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004, modificada por la Ley VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública N° 20-MHeIP-DCyC-2026, para la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE OXIGENOTERAPIA DOMICILIARIA, por un período de VEINTIUN (21) meses, solicitado de manera conjunta por la DIRECCIÓN DE OBRA SOCIAL DEL ESTADO PROVINCIAL (DOSEP) y la SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS TERCERIZADOS, dependientes del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública N° 20-MHeIP-DCyC-2026, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, conforme al siguiente detalle: PRAXAIR ARGENTINA S.R.L., C.U.I.T.: 30- 57878067-6, los ítems 1 al 36, por un total de PESOS MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($1.429.244.460,00), según propuesta, obrante en act. COTZAC 11345970/26, de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora obrante en act. IEVHAC 11389182/26 y preadjudicación en act. PRESEC 11391366/26 del EXD-0000-9221211/25, acumulados EXD-0000-11251206/25 y EXD-0000-12030379/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 15 28 02 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $306.072.144,00
3 13 00 01 16 00 00 00 2 01 00 5 1 4 000 $170.342.676,00
TOTAL $476.414.820,00
Art. 5º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS OCHOCIENTOS DIECISEIS MILLONES SETECIENTOS ONCE MIL CIENTO VEINTE CON 00/100 ($816.711.120,00).-
Art. 6º.- Imputar al ejercicio financiero año 2028 la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($136.118.520,00).-
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Servicios Tercerizados, quien notificará a las firmas oferentes.-
Art. 9º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4731-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12230359/25, por el cual la Dirección de Zonas Sanitarias tramita contrato de servicios del señor REBOT MIGUEL ANDRES, D.N.I. Nº 11.161.079, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3715953/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor MIGUEL ANDRES REBOT, D.N.I. N° 11.161.079, quien realiza guardias médicas en el Hospital de San Francisco, Zona Sanitaria I, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, a partir del 25 de enero de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo ser prorrogado por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que, en act. PREV 11280255/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DOCEXT 3701496/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 925279/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 962133/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que, en act. DICFIS 167870/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N VIII-0867-2013 y en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8- MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor MIGUEL ANDRES REBOT, D.N.I. N° 11.161.079, quien realiza guardias médicas en el Hospital de San Francisco, Zona Sanitaria I, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, obrante en act. DOCEXT 3715953/26 del EXD-0000-12230359/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 27 43 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $14.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Zonas Sanitarias, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4732-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3130494/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora ANA CAROLINA DEL MILAGRO CHAVEZ AREDES D.N.I. N° 37.512.615, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1541767/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ANA CAROLINA DEL MILAGRO CHAVEZ AREDES D.N.I. N° 37.512.615, por la otra, quien presta servicios como médica en la Guardia Central del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de marzo de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses;
Que, en act. PREV 11344885/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. ENCAPS 934717/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 934994/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 976167/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato adjunto;
Que, en act. DICFIS 170236/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ANA CAROLINA DEL MILAGRO CHAVEZ AREDES D.N.I. N° 37.512.615, por la otra, quien presta servicios como médica en la Guardia Central del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1541767/26 del EXD- 0000-3130494/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $20.160.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4733-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11180683/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora VERA ANDREA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 23.947.332, en representación de su nieto, el beneficiario ALBORNOZ ROLDAN FRANCO MATIAS, D.N.I. Nº 54.161.928, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1461835/25, DOCEXT 1462517/25, DOCEXT 1485048/25 y DOCEXT 3704655/26, surge que la señora VERA ANDREA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 23.947.332, en representación del beneficiario ALBORNOZ ROLDAN FRANCO MATIAS, D.N.I. Nº 54.161.928, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento auditivo;
Que, en act. SOLSEC 11184208/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10971/2025;
Que, en act. ACTPRO 11222837/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma TECNOSALUD S.A., C.U.I.T: 30-67770113-3, en act. COTZAC 11229101/25;
Que, en act. DOCEXT 3760112/26, obra mantenimiento de oferta de la firma TECNOSALUD S.A., C.U.I.T: 30-67770113-3;
Que, en act. INFSEC 11229102/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 10552/2026, obrante en act. PROSEC 11229100/25;
Que, en act. PRESEC 11237665/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma TECNOSALUD S.A., C.U.I.T: 30-67770113-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($33.525.000,00);
Que, en acts. PREV 11293568/26 y PREV 11346328/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 926109/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 972195/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169758/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 1461835/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma TECNOSALUD S.A., C.U.I.T: 30-67770113-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($33.525.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11229101/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3760112/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11237665/25 del EXD-0000-11180683/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora VERA ANDREA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 23.947.332, en representación de su nieto, el beneficiario ALBORNOZ ROLDAN FRANCO MATIAS, D.N.I. Nº 54.161.928, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11237665/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $33.525.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y a la representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4810-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2200286/26, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera tramita la prórroga del Contrato de Servicios del Doctor CARRIZO WALTER OSVALDO, D.N.I. Nº 20.134.019, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1538635/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Sra. Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Doctor CARRIZO WALTER OSVALDO, D.N.I. Nº 20.134.019, por la otra, quien brinda servicios médicos en la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, a partir del 01 de febrero de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11308779/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 928218/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 964146/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168135/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Doctor CARRIZO WALTER OSVALDO, D.N.I. Nº 20.134.019, por la otra, quien brinda servicios médicos en la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, obrante en act. DOCEXT 1538635/26 del EXD-0000-2200286/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 32 50 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $9.900.000,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, a sus efectos.-
Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4811-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050248/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita la provisión de elemento de tecnología biomédica a favor del beneficiario FRANCO RAUL ARIEL, D.N.I. N° 24.137.017, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3723496/26 y DOCEXT 3723498/26, surge que el beneficiario FRANCO RAUL ARIEL, D.N.I. N° 24.137.017, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11344353/26, obra solicitud de Gastos N° 2707/2026;
Que, en act. ACTPRO 11354419/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11356579/26;
Que, en act. INFSEC 11356580/26, consta informe de evaluación la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 2142/2026, obrante en act. PROSEC 11356578/26;
Que, en act. PRESEC 11369840/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1 por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($1.830.000,00);
Que, en acts. PREV 11329934/26 y PREV 11372423/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936661/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 977909/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170689/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°. - Encuadrar el presente caso en el Art.100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en los Art. 3° inc.4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°. - Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 3723496/26.-
Art.3°.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1 por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($1.830.000,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11356579/26, PRESEC 11369840/26, del EXD-0000-3050248/26.-
Art. 4°. - Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario FRANCO RAUL ARIEL, D.N.I. N° 24.137.017, la provisión de elemento de tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11369840/26.-
Art. 5°. - Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.830.000,00
Art. 6°. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9°. - El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4812-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4061052/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona el pago a favor de la firma INSTITUTO MODELO CARDIOVASCULAR PRIVADO S.A., C.U.I.T: 30-70802011-3, en concepto de prácticas de urgencias brindadas a beneficiarios de dicha Subdirección, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3761810/26, obra Factura B Nº 00003-00001020, por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 78/100 ($32.472.268,78), presentada por la firma INSTITUTO MODELO CARDIOVASCULAR PRIVADO S.A., C.U.I.T: 30-70802011-3;
Que, en act. DOCEXT 3760418/26, obra recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto de las prácticas de urgencias brindadas por la firma INSTITUTO MODELO CARDIOVASCULAR PRIVADO S.A., C.U.I.T: 30-70802011-3;
Que, en act. ENCAPS 938027/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11387407/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 938228/26, ha tomado intervención de su competencia la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 980466/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171041/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma INSTITUTO MODELO CARDIOVASCULAR PRIVADO S.A., C.U.I.T: 30-70802011-3, por la suma de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 78/100 ($32.472.268,78), según Factura B Nº 00003-00001020, obrante en act. DOCEXT 3761810/26 del EXD-0000-4061052/26, en concepto de prácticas de urgencias brindadas a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $32.472.268,78
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4813-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3130420/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de estudios especiales a favor del señor SALAS CEFERINO ERASMO, D.N.I. Nº 24.323.015, en representación de su hija, la beneficiaria SALAS ALBORNOZ JULIETA MICAELA, D.N.I. Nº 55.153.630, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3731614/26 y DOCEXT 3738030/26, surge que el señor SALAS CEFERINO ERASMO, D.N.I. Nº 24.323.015, en representación de su hija, la beneficiaria SALAS ALBORNOZ JULIETA MICAELA, D.N.I. Nº 55.153.630, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento de nefrología;
Que, en act. DOCEXT 3756826/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3756866/26 y DOCEXT 3756867/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON., C.U.I.T.: 30-57459695-1 y CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0;
Que, en acts. DOCEXT 3756899/26 y DOCEXT 3756903/26, obra razonabilidad y justificación del precio a abonar;
Que, en act. DOCEXT 3756929/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, por un monto total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($1.339.792,00);
Que, en acts. PREV 11353397/26 y PREV 11379158/26, obra imputación preventiva del gasto, con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936709/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978081/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170631/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en los Art. 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, por un monto total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($1.339.792,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3756867/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3756929/26, del EXD-000-3130420/26.-
Art. 3º.- Otorgar en carácter de subsidio en especie al señor SALAS CEFERINO ERASMO, D.N.I. Nº 24.323.015, en representación de su hija, la beneficiaria SALAS ALBORNOZ JULIETA MICAELA, D.N.I. Nº 55.153.630, la provisión de estudios especiales que se detallan en act. DOCEXT 3756929/26.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.339.792,00
Art. 5º. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y al representante de la beneficiaria.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4814-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11110059/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudios especiales a favor de la beneficiaria GOMEZ MARIA DE LOS ANGELES, D.N.I. Nº 43.691.053, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1457298/25, DOCEXT 1457769/25 y DOCEXT 3742971/26, surge que la beneficiaria GOMEZ MARIA DE LOS ANGELES, D.N.I. Nº 43.691.053, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento oncológico;
Que, en act. DOCEXT 3729148/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3729155/26 y DOCEXT 3729172/26, obran presupuestos de las firmas: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1 y SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0;
Que, en act. DOCEXT 3767162/26, obra mantenimiento de oferta de la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1;
Que, en acts. DOCEXT 3729287/26 y DOCEXT 3729281/26, obra justificación y razonabilidad de precio a pagar;
Que, en act. DOCEXT 3729301/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 ($3.125.238,00);
Que, en acts. PREV 11261582/26, PREV 11298274/26 y PREV 11336878/26, obra imputación preventiva del gasto con sus ajustes correspondientes;
Que, en act. NOTAMP 970320/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 973271/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169860/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. t) del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 00/100 ($3.125.238,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3729155/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3767162/26 y preadjudicación correspondiente en act. DOCEXT 3729301/26 del EXD-0000-11110059/26.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie la beneficiaria GOMEZ MARIA DE LOS ANGELES, D.N.I. Nº 43.691.053, los estudios especiales que se detallan en act. DOCEXT 3729301/26.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.125.238,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 7º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4815-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3100414/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de estudios especiales a favor de la beneficiaria RETA NATALIA VERONICA, D.N.I. Nº 29.702.411, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3727539/26 y DOCEXT 3733703/26, surge que la beneficiaria RETA NATALIA VERONICA, D.N.I. Nº 29.702.411, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento oncológico;
Que, en act. DOCEXT 3755800/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en act. DOCEXT 3755801/26, obra presupuesto de la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8;
Que, en acts. DOCEXT 3755802/26 y DOCEXT 3755807/26, obra razonabilidad y justificación del precio a abonar;
Que, en act. DOCEXT 1536830/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8, por un monto total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($3.890.000,00);
Que, en act. PREV 11353431/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 936869/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978540/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170687/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC- 2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8, por un monto total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($3.890.000,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3755801/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 1536830/26, del EXD-000-3100414/26.-
Art. 3º.- Otorgar en carácter de subsidio en especie la beneficiaria RETA NATALIA VERONICA, D.N.I. Nº 29.702.411, los estudios especiales que se detallan en act. DOCEXT 1536830/26.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.890.000,00
Art. 5º. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y a la beneficiaria.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4816-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2270210/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la señora AZCURRA SILVIA DOMINGA, D.N.I. Nº 30.768.540, en representación de su hija la beneficiaria CEJAS AZCURRA NAOMI ELUNEY, D.N.I. Nº 54.160.010, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3718194/26 y DOCEXT 1517971/26, surge que la señora AZCURRA SILVIA DOMINGA, D.N.I. Nº 30.768.540, en representación de su hija la beneficiaria CEJAS AZCURRA NAOMI ELUNEY, D.N.I. Nº 54.160.010, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento reumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11345181/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2712/2026;
Que, en act. ACTPRO 11349732/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11353567/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11353569/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11353570/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11353571/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11353572/26, y GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.:33-71250477-9, en act. COTZAC 11353573/26;
Que, en act. INFSEC 11353574/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2082/2026, obrante en act. PROSEC 11353565/26;
Que, en act. PRESEC 11368254/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRES CON 25/100 ($104.723,25) y FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 65/100 ($988.285,65);
Que, en acts. PREV 11340333/26 y PREV 11374894/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936472/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 977952/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170718/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3718194/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTITRES CON 25/100 ($104.723,25) y FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 65/100 ($988.285,65) de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11353570/26, COTZAC 11353567/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11368254/26, del EXD-0000-2270210/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora, AZCURRA SILVIA DOMINGA, D.N.I. Nº 30.768.540 en presentación de su hija la beneficiaria CEJAS AZCURRA NAOMI ELUNEY, D.N.I. Nº 54.160.010 el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11368254/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.093.008,90
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante de la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4817-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3100125/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario FRIAS FABIAN, D.N.I. Nº 24.526.192, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3727239/26, DOCEXT 3727240/26, DOCEXT 3727242/26, DOCEXT 3727248/26, DOCEXT 1531299/26 y DOCEXT 3752350/26, surge que el beneficiario FRIAS FABIAN, D.N.I. Nº 24.526.192, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11345060/26, obra solicitud de Gastos N° 2738/2026;
Que, en act. ACTPRO 11358266/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11361801/26 y LEM MEDICAL S.R.L, C.U.I.T: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11361803/26;
Que, en act. INFSEC 11361804/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 2209/2026, obrante en act. PROSEC 11361800/26;
Que, en act. PRESEC 11373461/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO CINCUENTA CON 00/100 ($6.650.150,00);
Que, en acts. PREV 11338780/26 y PREV 11374312/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936968/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978340/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170678/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3727242/26.-
Art. 3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, el ítem ١, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO CINCUENTA CON ٠٠/١٠٠ ($6.650.150,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11361801/26 y PRESEC 11373461/26 del EXD-0000-3100125/26.-
Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario FRIAS FABIAN, D.N.I. Nº 24.526.192, los elementos de tecnología biomédica, detallados en act. PRESEC 11373461/26.-
Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $6.650.150,00
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4818-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3110356/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria ALMIRON MARIA GABRIELA, D.N.I. N° 22.505.084, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3728598/26 y DOCEXT 3728599/26, surge que la beneficiaria ALMIRON MARIA GABRIELA, D.N.I. N° 22.505.084, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento cardiologico;
Que, en act. SOLSEC 11337022/26, obra solicitud de Gastos N° 2491/2026;
Que, en act. ACTPRO 11360865/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, en act. COTZAC 11364130/26;
Que, en act. INFSEC 11364132/26, consta informe de evaluación la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 2236/2026, obrante en act. PROSEC 11364129/26;
Que, en act. PRESEC 11368096/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, el ítem 1 por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 00/100 ($1.412.391,00);
Que, en acts. PREV 11335669/26 y PREV 11372426/26, obra imputación preventiva del gasto y ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936056/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 976576/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170352/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°. - Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en los Art. 3° inc.4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°. - Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de estudio especial solicitado en act. DOCEXT 3728598/26.-
Art.3°.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma CAMARA GAMMA SPECT SAN LUIS S.R.L., C.U.I.T.: 30-69029824-0, el item 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 00/100 ($1.412.391,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11364130/26, PRESEC 11368096/26 del EXD-0000-3110356/26.-
Art. 4°. - Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria ALMIRON MARIA GABRIELA, D.N.I. N° 22.505.084, la provisión de estudio especial que se detalla en act. PRESEC 11368096/26.-
Art. 5°. - Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.412.391,00
Art. 6°. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la firma y a la beneficiaria.-
Art. 8°. - Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9°. - El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10. - Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4819-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3301160/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor MARCHETTI RATTI MARTIN ORVAL ROALD, D.N.I. Nº 32.349.199, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1549964/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor MARCHETTI RATTI MARTIN ORVAL ROALD, D.N.I. Nº 32.349.199, por la otra, quien se obliga a prestar servicios profesionales como médico especialista en tocoginecología en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, a partir del 1 de mayo de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 938416/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11388179/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 938912/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 982595/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171369/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor MARCHETTI RATTI MARTIN ORVAL ROALD, D.N.I. Nº 32.349.199, por la otra, quien se obliga a prestar servicios profesionales como médico en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, obrante en act. DOCEXT 1549964/26 del EXD-0000-3301160/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $18.025.860,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4820-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11190184/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona el pago a favor de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en concepto de insumos médicos a beneficiarios de dicha Subdirección, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3662439/25, obra Factura B Nº 00002-00009972, por la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($3.182.000,00), presentada por la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8;
Que, en act. DOCEXT 3662561/25, obra recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto de los insumos médicos entregados por la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8;
Que, en act. ENCAPS 934639/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11292355/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 934964/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;
Que, en act. NOTAMP 975113/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170213/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, por la suma de PESOS TRES MILLONES CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($3.182.000,00), según Factura B Nº 00002-00009972, obrante en act. DOCEXT 3662439/25, del EXD-0000-11190184/25, en concepto de insumos médicos entregados a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.182.000,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4821-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3301139/26, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria tramita la homologación de contrato de servicios de la señora VALERIA PIZARRO, D.N.I. N° 32.374.903, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3768545/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora VALERIA PIZARRO, D.N.I. N° 32.374.903, por la otra, quien se obliga a prestar servicios profesionales como médico especialista en Tocoginecología en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, a partir del 1 de mayo de 2026 y por el termino de TRES (3) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 937713/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11382167/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 937936/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 979870/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171005/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-٠٢٥٦-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora VALERIA PIZARRO, D.N.I. N° 32.374.903, por la otra, quien se obliga a prestar servicios profesionales como médico especialista en Tocoginecología en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, obrante en act. DOCEXT 3768545/26 del EXD-0000-3301139/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $7.590.708,00
Art. 4°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4822-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3160042/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud solicita la adquisición de complemento nutricional a favor de la señora LUCERO NORMA YAMILE, D.N.I. N° 33.800.538, en representación de su hijo el beneficiario SOSA JUAN IGNACIO, D.N.I. N° 52.554.429, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3732630/26 y DOCEXT 3734010/26, surge que la señora LUCERO NORMA YAMILE, D.N.I. N° 33.800.538, en representación de su hijo el beneficiario SOSA JUAN IGNACIO, D.N.I. N°52.554.429, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de complemento nutricional para tratamiento nutricional;
Que, en act. ACTPRO 11371278/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: ROYMED S.A., C.U.I.T.: 30-71013301-4, en act. COTZAC 11374041/26 CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T: 27-21642360-2, en act. COTZAC 11374042/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. 11374043/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. 11374044/26 y FRESENIUS-KABI S.A., C.U.I.T.:30-69297195-3, en act. COTZAC 11374045/26;
Que, en act. PRESEC 11400033/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma FRESENIUS-KABI S.A., C.U.I.T.:30-69297195-3, por un monto de PESOS SIETE MILLONES SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($7.078.500,00);
Que, en acts. PREV 11344428/26 y PREV 11399498/26, obra imputación preventiva del gasto y ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 939426/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 982814/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171367/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y el Art.3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma FRESENIUS-KABI S.A., C.U.I.T.:30-69297195-3, por un monto de PESOS SIETE MILLONES SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($7.078.500,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11374045/26 y PRESEC 11400033/26 del EXD-0000-3160042/26.-
Art. 3°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora LUCERO NORMA YAMILE, D.N.I. N° 33.800.538, en representación de su hijo el beneficiario SOSA JUAN IGNACIO, D.N.I. N°52.554.429, la provisión de complemento nutricional, detallado en act. PRESEC 11400033/26.-
Art. 4°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $7.078.500,00
Art. 5°. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6°. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-
Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4823-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1260202/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona compra de estadías en hoteles fuera de la provincia, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 1498166/26 y DOCEXT 1532584/26, la Subdirección Emergencia Sanitaria, solicita la compra de estadías en hoteles fuera de la provincia, lo que responde a la urgencia de efectuar derivaciones a centros especializados ubicados en las provincias de Córdoba (incluida la ciudad de Río Cuarto), Buenos Aires y Mendoza, ante la necesaria disponibilidad de especialistas y/o de infraestructura tecnológica indispensable para la realización de tratamientos específicos en casos de alta complejidad;
Que, en act. SOLSEC 11277158/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1137/2026;
Que, en act. ACTPRO 11319559/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma SEBASTIAN RODRIGO ZALAZAR BRIZUELA, C.U.I.T: 20-29618153-7, en acts. COTZAC 11324297/26 y COTZAC 11324298/26;
Que, en act. INFSEC 11324299/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 1540/2026, obrante en act. PROSEC 11324296/26;
Que, en act. PRESEC 11333593/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma SEBASTIAN RODRIGO ZALAZAR BRIZUELA, C.U.I.T: 20-29618153-7, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($4.250.000,00);
Que, en acts. PREV 11276196/26 y PREV 11334331/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 932500/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 971915/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en acts. DICFIS 169612/26 y DICFIS 171019/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la compra de estadías en hoteles fuera de la provincia solicitados en act. DOCEXT 1498166/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma SEBASTIAN RODRIGO ZALAZAR BRIZUELA, C.U.I.T: 20-29618153-7, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($4.250.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11324298/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11333593/26 del EXD-0000-1260202/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria, lo detallado en act. PRESEC 11333593/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.250.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma oferente.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4824-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10281120/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria PERES YESICA DANIELA, D.N.I. Nº 36.305.815, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1450493/25 y DOCEXT 1456956/25, surge que la beneficiaria PERES YESICA DANIELA, D.N.I. Nº 36.305.815, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento reumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11165071/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10779/2025;
Que, en act. ACTPRO 11170429/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.:30-71578747-0, en act. COTZAC 11171122/25, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5 en act. COTZAC 11171123/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11171124/25, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11171125/25, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. 11171126/25, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11171127/25, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11171129/25 y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11171130/25;
Que, en acts. DOCEXT 1546434/26, obra mantenimiento de oferta de la firma, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6;
Que, en act. INFSEC 11171131/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 9861/2025, obrante en act. PROSEC 11171121/25;
Que, en act. PRESEC 11219148/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($4.414.236,00);
Que, en act. PREV 11267220/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 933039/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 972284/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 169932/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1450493/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($4.414.236,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11171125/25, mantenimiento de presupuesto en DOCEXT 1546434/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11219148/25, del EXD-0000-10281120/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria, PERES YESICA DANIELA, D.N.I. Nº 36.305.815, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11219148/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.414.236,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4891-MdeS-2026.-
San Luis, 17 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12090942/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria GATICA MERCEDES, D.N.I. Nº 18.789.800, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3668381/25 y DOCEXT 1475790/25, surge que la beneficiaria GATICA MERCEDES, D.N.I. Nº 18.789.800, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1524113/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11262979/26, obra Solicitud de Gastos Nº 408/2026;
Que, en act. ACTPRO 11266576/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11267108/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11267109/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11267110/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11267111/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11267112/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T.: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11267113/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11267114/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11267115/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11267117/26;
Que, en acts. DOCEXT 1546466/26 y DOCEXT 1546470/26 obra mantenimiento de oferta de las firmas, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6;
Que, en act. INFSEC 11267118/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 346/2026, obrante en act. PROSEC 11267107/26;
Que, en act. DOCEXT 3755447/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, el ítem 1, 2 y 4, por la suma total de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON 04/100 ($117.999.821,04) y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 3, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($5.350.310,00);
Que, en acts. PREV 11262153/26, PREV 11277806/26, PREV 11294679/26 y PREV 11377655/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. NOTAMP 981203/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 982533/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171391/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3668381/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T.: 30-51964753-9, el ítem 1, 2 y 4, por la suma total de PESOS CIENTO DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTI UNO CON 04/100 ($117.999.821,04) y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 3, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 00/100 ($5.350.310,00) de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11267115/25, mantenimiento de presupuesto en DOCEXT 1546466/26, COTZAC 11267117/25, mantenimiento de presupuesto en DOCEXT 1546470/26 y preadjudicación adjunta en act. DOCEXT 3755447/26, del EXD-0000-12090942/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria GATICA MERCEDES, D.N.I. Nº 18.789.800, el medicamento, que se detalla en act. DOCEXT 3755447/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $123.350.131,04
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4892-MdeS-2026.-
San Luis, 17 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10160356/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario PERALTA JUAN EDUARDO, D.N.I. Nº 23.999.276, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3621085/25, DOCEXT 3621088/25, DOCEXT 3621091/25, DOCEXT 3621096/25 y DOCEXT 3639760/25, surge que el beneficiario PERALTA JUAN EDUARDO, D.N.I. Nº 23.999.276, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento neurológico;
Que, en act. SOLSEC 11149343/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10349/2025;
Que, en act. ACTPRO 11372482/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11373879/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.:30-62345679-6, en act. COTZAC 11373880/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11373881/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11373882/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11373884/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11373885/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11373886/26 y NEXUS S.R.L., C.U.I.T.:30-71578747-0, en act. COTZAC 11373887/26;
Que, en act. INFSEC 11373888/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 10622/2026, obrante en act. PROSEC 11373877/26;
Que, en act. PRESEC 11393557/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($42.243.256,00);
Que, en act. PREV 11369115/26, PREV 11393573/26 y PREV 11393580/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 939074/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 982216/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171324/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3621091/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($42.243.256,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11373879/26, y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11393557/26, del EXD-0000-10160356/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario, PERALTA JUAN EDUARDO, D.N.I. Nº 23.999.276, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11393557/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $42.243.256,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4893-MdeS-2026.-
San Luis, 17 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2241279/26, por el cual la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis tramita la homologación de Contrato de Servicios de la Sra. MAIRA YAMILE TORRES, D.N.I. N° 35.105.934, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1545684/26, obra el contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la Sra. Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la Sra. MAIRA YAMILE TORRES, D.N.I. N° 35.105.934, por la otra, quien cumple funciones como enfermera en el Hospital del Norte dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a partir del 1 de abril de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 931560/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11339258/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 932019/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 969985/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 169200/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la Sra. MAIRA YAMILE TORRES, D.N.I. N° 35.105.934, por la otra, quien cumple funciones de enfermera en el Hospital del Norte dependiente de la Dirección Atención Primaria, obrante en act. DOCEXT 1545684/26 del EXD-0000-2241279/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $6.930.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la señora MAIRA YAMILE TORRES, D.N.I. N° 35.105.934.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4894-MdeS-2026.-
San Luis, 17 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3101167/26, por el cual la Subdirección Servicios Tercerizados tramita prorroga del Contrato de Provisión de insumos de laboratorio de análisis clínicos con destino a laboratorios de la Provincia de San Luis;
CONSIDERANDO:
Que, el 30 de abril de 2026, vence la vigencia del Contrato de Provisión de insumos de laboratorio de análisis clínicos con destino a laboratorios de la Provincia de San Luis y ANEXOS, suscripto oportunamente entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. N° 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la firma CIENTIFICA SAN LUIS S.A., C.U.I.T.: 33-71068021-9, por la otra, representada por la Sra. MARIA PIA DE LEON, D.N.I. N° 26.213.904, en carácter de apoderada, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1534409/26, homologado por Decreto Nº 17709-MdeS-2025, obrante en act. DEC 17709/25;
Que, en act. DOCEXT 3770253/26, obra acta acuerdo suscripta por las partes a los efectos de homologar la prórroga del Contrato de Servicio aludido, a partir del 01 de mayo de 2026 y por el término de DOCE (12) meses;
Que, en act. PREV 11374823/26 y PREVFT 11374824/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo e imputación de ejercicio futuro;
Que, en act. ENCAPS 935829/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 936149/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 977970/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170669/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. c) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013, en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el acta acuerdo de prórroga del Contrato de Provisión de insumos de laboratorio de análisis clínicos con destino a laboratorios de la Provincia de San Luis y ANEXOS, suscripto a partir del 01 de mayo de 2026 y por el término de DOCE (12) meses, entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. N° 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la firma CIENTIFICA SAN LUIS S.A., C.U.I.T.: 33-71068021-9, por la otra, representada por la Sra. MARIA PIA DE LEON, D.N.I. N° 26.213.904, en carácter de apoderada, por la otra, obrante en act. DOCEXT 3770253/26 EXD-0000-3101167/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 15 28 02 00 00 1 01 00 2 9 5 000 $1.875.800.000,00
Art. 4º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS UN MIL CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 ($1.045.000.000,00).-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a Subdirección Servicios Tercerizados, quien realizará las notificaciones pertinentes.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4895-MdeS-2026.-
San Luis, 17 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3120373/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor FERNANDO GABRIEL NUÑEZ, D.N.I. Nº 26.806.376, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3753461/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor FERNANDO GABRIEL NUÑEZ, D.N.I. N° 26.806.376, por la otra, para cumplir funciones como Responsable del Área de Sistema del Programa Sumar, a partir del 01 de mayo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026, vigencia que podrá prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11338383/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 931861/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 932914/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 974180/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en acts. DICFIS 169995/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor FERNANDO GABRIEL NUÑEZ, D.N.I. N° 26.806.376, por la otra, para cumplir funciones como Responsable de Área de Sistema del Programa Sumar, obrante en act. DOCEXT 3753461/26 del EXD-0000-3120373/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 31 01 00 00 1 01 00 3 4 5 000 $3.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4896-MdeS-2026.-
San Luis, 17 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3101259/26, por el cual la Subdirección Servicios Tercerizados tramita la homologación de contrato de servicios de terapia intensiva pediátrica y sistemas de traslados pediátricos en Hospital Pediátrico San Luis, Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3770239/26, obra Contrato de Servicios de Terapia Intensiva Pediátrica y Sistemas de Traslados Pediátricos suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma PAZ Y VIDA S.A.S., C.U.I.T. Nº 30-71770242-1, representada por el señor PABLO ANDRES VATTIMO, D.N.I Nº 32.017.450, en su carácter de Administrador Suplente, por la otra, a partir del 1 de mayo de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual período por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 936396/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en acts. PREV 11378533/26, obra comprobante de imputación preventiva con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 937054/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 979565/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171014/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013, en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios de Terapia Intensiva Pediátrica y Sistemas de Traslados Pediátricos suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma PAZ Y VIDA S.A.S., C.U.I.T. Nº 30-71770242-1, representada por el señor PABLO ANDRES VATTIMO D.N.I Nº 32.017.450, en su carácter de Administrador Suplente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 3770239/26 del EXD-0000-3101259/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux.U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 15 28 01 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $480.309.925,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Servicios Tercerizados, quien deberá practicar las notificaciones pertinentes.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Hospital Pediátrico San Luis y Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 5440-MdeS-2026.-
San Luis, 29 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1130417/26 por el cual la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma tiene por objeto, la Contratación de adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a MATERNIDAD VILLA MERCEDES, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS NOVECIENTOS DOCE MILLONES CINCUENTA MIL CON 00/100 ($912.050.000,00);
Que, en act. SOLSEC 11407273/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3755/2026, conformada por autoridad competente;
Que, en act. PLGECO 11416524/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11416526/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que, en act. DOCEXT 1551145/26, la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, ha prestado conformidad a los pliegos;
Que, en act. PREV 11378782/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 940204/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 941179/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 986274/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171956/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11416526/26 del EXD-0000-1130417/26, para la Contratación de adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a MATERNIDAD VILLA MERCEDES, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS NOVECIENTOS DOCE MILLONES CINCUENTA MIL CON 00/100 ($912.050.000,00).-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 4 3 3 000 $912.050.000,00
Art. 5º.- Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-
Art. 8º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 5443-MdeS-2026.-
San Luis, 29 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1070639/26 por el cual la Subdirección Equipamiento y Bioingeniería dependiente de la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud del Ministerio de Salud, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma tiene por objeto, la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a DISTINTOS NOSOCOMIOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS SEISCIENTOS OCHO MILLONES CON 00/100 ($608.000.000,00);
Que, en act. SOLSEC 11356349/26, obra Solicitud de Gastos Nº 997/2026, conformada por autoridad competente;
Que, en act. PLGECO 11361788/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11361846/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que, en act. DOCEXT 1538381/26, la Subdirección Equipamiento y Bioingeniería dependiente de la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud del Ministerio de Salud, ha prestado conformidad a los pliegos;
Que, en acts. PREV 11269612/26 y PREV 11347370/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936686/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978001/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170719/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-٠٢٥٦-2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11361846/26 del EXD-0000-1070639/26, para la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a DISTINTOS NOSOCOMIOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS SEISCIENTOS OCHO MILLONES CON 00/100 ($608.000.000,00).-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 4 3 3 000 $608.000.000,00
Art. 5º.- Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-
Art. 8º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 5447-MdeS-2026.-
San Luis, 29 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4140719/26 por el cual la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma tiene por objeto, la Contratación de ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a DIRECCIÓN MATERNIDAD DRA. TERESITA BAIGORRIA, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS UN MIL TRESCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL CIENTO VEINTICINCO CON 00/100 ($1.312.125.125,00);
Que, en act. SOLSEC 11407323/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3761/2026, conformada por autoridad competente;
Que, en act. PLGECO 11416674/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11416678/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que, en act. DOCEXT 1551150/26, la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud, dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, ha prestado conformidad a los pliegos;
Que, en acts. PREV 11381204/26 y PREV 11386896/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo y su ajuste correspondiente;
Que, en act. ENCAPS 940225/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 941197/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 986255/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 171925/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11416678/26 del EXD-0000-4140719/26, para la Contratación de ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a DIRECCIÓN MATERNIDAD DRA. TERESITA BAIGORRIA, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS UN MIL TRESCIENTOS DOCE MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL CIENTO VEINTICINCO CON 00/100 ($1.312.125.125,00).-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 4 3 3 000 $1.312.125.125,00
Art. 5º.- Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-
Art. 8º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
ACUERDOS
ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 95-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a DOS días del mes de JUNIO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-
DIJERON: Visto el Convenio Específico de Práctica Forense Año 2026, suscripto en fecha 30 de abril de 2026, entre el Ministerio Público de la Defensa del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, representado por la Sra. Defensora General, Dra. Marcela Luján Torres Cappiello, y el Colegio de Abogados y Procuradores de la ciudad de San Luis, representado por su Presidente, Dr. José Gabriel Alessandro, que en copia digital obra en adjunto de actuación Nº 30315100/26, del expediente ADM 19774/26 que tramita ante Defensoría General.-
Que el mencionado Programa de Práctica Forense tiene por objetivos: “…proveer al novel profesional de un adiestramiento en la práctica de la Defensa Pública -en cualquier de sus ámbitos-, vinculada con la propuesta curricular de los estudios cursados y asimismo la posibilidad de aplicar los conocimientos adquiridos en el desarrollo de la carrera a contextos prácticos y situaciones que deberán resolver en su actividad profesional.”.-
Que la Sra. Defensora General, en actuación N° 30315100/26 del mismo ADM, solicita a Secretaría Contable, en fecha 13/5/2026, que: “…respecto a las prácticas de pasantías profesionales forenses” dictamine sobre “factibilidad presupuestaria, a los fines de brindar a los futuros practicantes cobertura de un seguro que resguarde la actividad del profesional, extensivo en principio a tres abogados matriculados del fuero local y con vigencia durante el período que dure la práctica” y en actuación N° 30319251/26, de fecha 13/5/2026, del mismo ADM, Secretaría Contable dictamina: “En relación a la factibilidad presupuestaria solicitada en actuación N°30315100/26, del expediente del asunto, se informa que, se dispone de disponibilidad financiera para tal fin, en el Programa Nº 26: Defensoría General.”.-
Que Dirección de Recursos Humanos, en el marco de los deberes y atribuciones establecidas en los artículos 50 incisos 1), 2), 9) 10) y 12) y 51 inciso 7) de la Ley N° IV-0086-2021, en actuación N° 30429794/26, de fecha 27/5/2026, informa que “…es factible dar curso al trámite de homologación del convenio referido” y proyecta el acuerdo consecuente.
Por ello;
ACORDARON:
I) HOMOLOGAR el CONVENIO ESPECÍFICO DE PRÁCTICA FORENSE AÑO 2026, suscripto entre el Ministerio Público de la Defensa del Poder Judicial de San Luis, representado por la Sra. Defensora General Dra. Marcela Luján Torres Cappiello, DNI Nº 26.213.810, y el Colegio de Abogados y Procuradores de la ciudad de San Luis, representado por su Presidente, Dr. José Gabriel Alessandro, DNI Nº 21.382.056, que como anexo forma parte del presente Acuerdo.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que por el Área Comunicaciones de Secretaría Administrativa se notifique el presente Acuerdo a todos los Organismos del Poder Judicial y al Colegio de Abogados y Procuradores de la ciudad de San Luis, y se publique en la página web institucional del Poder Judicial en la sección “Acuerdos” y, por un día, en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y vuelva el ADM 19774/26, con copia del presente Acuerdo, a Defensoría General.-
ANEXO
CONVENIO ESPECIFICO DE PRÁCTICA FORENSE AÑO 2026
ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA Y EL COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE SAN LUIS
Conforme lo establecido por Convenio Marco celebrado en fecha 30 de abril de 2026, se celebra y se RATIFICA el presente “PROGRAMA DE PRÁCTICA FORENSE 2026”, entre el Ministerio Público de la DEFENSA de la Provincia de San Luis representado en este acto por la Señora Defensora General de la Provincia de San Luis, Doctora MARCELA LUJAN TORRES CAPPIELLO, D.N.I. Nº 26.213.810, con domicilio en su Público Despacho, sito en 9 de Julio Nº 934, 1er Piso de esta Ciudad de San Luis y electrónico dominio: defgeneral@justiciasanluis.gov.ar, en adelante “EL MPD”; y el Colegio de Abogados y Procuradores de la ciudad de San Luis, en adelante “EL COLEGIO” representado por su Presidente Doctor JOSÉ GABRIEL ALESSANDRO, DNI Nº 21.382.056, con domicilio en 9 de Julio esquina Colón, 2 piso, ciudad de San Luis, acuerdan el siguiente CONVENIO DE PRÁCTICA FORENSE que regla las relaciones entre el MPD y el letrado designado por el Colegio de Abogados de San Luis, en adelante “EL PROFESIONAL” a los fines de integrarse al MPD y realizar su práctica profesional en el ámbito de las Defensorías Públicas.-
I.- OBJETIVO
El Programa de Práctica Forense tendrá por objetivos proveer el novel profesional de un adiestramiento en la práctica de la Defensa Pública -en cualquiera de sus ámbitos-, vinculada con la propuesta curricular de los estudios cursados y asimismo la posibilidad de aplicar los conocimientos adquiridos en el desarrollo de la carrera a contextos prácticos y situaciones que deberán resolver en su actividad profesional.-
II.- DURACIÓN
La práctica se realizará por un plazo de tres meses seguidos y consecutivos, (con excepción de los días de receso de feria judicial), renovable por tres meses más previa conformidad del MPD, El Colegio de Abogados al cual pertenezca el profesional y la voluntad de renovar del profesional practicante. Cualquiera de las partes podrá dar por rescindido este convenio con anticipación al vencimiento del plazo indicado, sin obligación de invocar causa y sin obligación de indemnización a la otra parte.-
III.- SEGUIMIENTO
El seguimiento de la práctica, el control de la actividad y su evaluación, estarán bajo la responsabilidad, por parte del Poder Judicial, de la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS y del tutor quien será un funcionario del MPD, quien realizará el seguimiento y la evaluación.-
IV. LUGAR Y HORARIO
La práctica forense, se realiza en la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de San Luis, turno matutino, en el horario de 09 a 13h; en dependencias del MPD que oportunamente se determinarán.-
V.- COBERTURA
El MPD contratará a su exclusivo cargo, un Seguro que resguarda la actividad del profesional practicante, el que se mantendrá vigente durante el período que dure la práctica.-
VI.- SUSPENSIÓN DE LA MATRÍCULA, RESPONSABILIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
El Profesional practicante se compromete a:
1.- Solicitar al Colegio de Abogados la suspensión de la matrícula durante el período en que se desarrolle la práctica profesional dentro del MPD.
2.- Cumplimentar con las reglamentaciones y disposiciones normativas emanadas de la legislación vigente; así como de la Acordadas del Superior Tribunal de Justicia del Poder Judicial y Resoluciones del MPD.
3.- Considerar como confidencial toda la información a la que tenga acceso o que llegue a su conocimiento en razón de las tareas que desempeñe dentro del organismo, ya sea de manera directa o indirecta. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá vigente tanto durante el desarrollo de la práctica como después de la finalización del presente convenio.
4.- Elaborar, al finalizar la práctica profesional, un informe final sobre el desarrollo de sus actividades, dando a conocer cualquier cuestión que fuere de interés a la tarea encomendada.-
El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en el presente convenio será causal de suspensión o finalización de la práctica, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias que el Colegio de Abogados pueda aplicar en el ámbito de su competencia.-
VII.- FINALIZACIÓN
Al finalizar la práctica, las partes firmantes extenderán un certificado en el que conste la duración y actividades desarrolladas; además se entregará una certificación de las funciones cumplidas a los tutores intervinientes.
Leído y ratificado el presente Acuerdo por cada una de sus partes, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, a los treinta días de abril de 2026.-
MARCELA LUJAN TORRES CAPPIELLO
Defensora General de la Provincia de San Luis
José Gabriel Alessandro
Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores
e: y v: 05 Jun
ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 96-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a DOS días del mes de JUNIO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-
DIJERON: Vista la comunicación del Sr. Procurador General, de fecha 28/05/2026 (adjunta en actuación N° 30460182/26 del ADM 13316/22 en trámite ante Dirección de Recursos Humanos) en la que propone, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 10 inciso l) de la Ley Nº IV-1052-2021, que: “…la Dra. Mercedes del Valle García…” sea designada “…como Fiscal Adjunta provisoria de la Fiscalía de Género N.º 2, mientras subsista la necesidad funcional que motiva la presente. Ello, atento a que la Dra. Antonella Córdoba, Fiscal Adjunta titular, se encuentra cubriendo provisoriamente el cargo de Fiscal Titular de la Fiscalía de Género, circunstancia que ha generado en la actualidad la necesidad de cubrir ese cargo de Fiscal Adjunta, a fin de garantizar el adecuado funcionamiento del servicio de justicia y la continuidad en la intervención especializada que la materia requiere…”.-
Que la Ley Nº IV-0086-2021, en el art. 3 inc. a) apartado 17), establece que en la Primera Circunscripción Judicial actuarán: “OCHO (٨) Fiscales Adjuntos”.-
Que la Ley Nº IV-0086-2021 (modificada por Ley Nº IV-1106-2023) en el artículo 21 establece: “(…) Para los casos de licencias mayores a TREINTA días o vacancias, el Superior Tribunal de Justicia podrá designar un reemplazante con carácter provisorio. La designación provisoria debe recaer en alguien que oportunamente se haya sometido a la Comisión de Evaluación Técnica que por ley corresponda y haya aprobado el examen, habiendo sido calificado como recomendable para el cargo a cubrir. El Juez o Funcionario Judicial Provisorio durará en el cargo hasta que se cubra la vacante o en su defecto se cumpla el plazo máximo de UN (1) año” y en el art. 39 inc. 28) señala, como atribución deber del Superior Tribunal de Justicia: “Designar provisorios, en los términos de la presente Ley, para el reemplazo en casos de licencias, ausencias u otros impedimentos superiores a TREINTA (30) días, fallecimiento, renuncia, cesantía de Magistrados, Funcionarios y Empleados, hasta tanto se reintegre el titular o se cubra la vacante. En ambos supuestos, el plazo de designación de cada provisorio no podrá ser superior a UN (1) año”.-
Que el art. 10 inc. l) de la Ley Nº IV-1052-2021 (modificada por Ley Nº IV-1106-2023) determina como atribuciones y funciones del Procurador General: “Proponer al Superior Tribunal de Justicia, en caso de vacancia de funcionarios pertenecientes al Ministerio Fiscal, el nombramiento de provisorios”.-
Que, en actuaciones N° 30460182/26, de fecha 29/5/2026, N° 30478201/26, de fecha 1/6/2026 y N° 30489017/26, de fecha 2/6/2026, del expediente ADM 13316/22, la Dirección de Recursos Humanos, en el marco de las atribuciones y deberes determinados en los arts. 50 incs. 1), 2), 9), 10) y 12) y 51 incs. 2), 13) y 19) de la Ley N° IV-0086-2021, informa sobre la factibilidad de la “…designación provisoria de la Dra. MERCEDES DEL VALLE GARCIA DNI 36.416.329 al cargo de FISCAL ADJUNTO provisorio para cumplir funciones en la Fiscalía de Instrucción Penal con Intervención en contexto de Genero, Diversidad Sexual, Infancias y Adultos Mayores Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial...” y agrega, en el marco de lo previsto en los arts. 3 de la Ley N° IV-0086-2021 y 11 de la Ley N° V-1164-2025, que actualmente se encuentran desempeñándose siete fiscales adjuntos de los ocho cargos autorizados por la Ley N° IV-0086-2021. Asimismo, en actuación N° 30483896/26, de fecha 2/6/2026, proyecta el acuerdo consecuente.
Que Secretaría Contable, en actuación N° 30050081/26 del OFR 13906/2, ha informado que: “Visto las actuaciones N°29393877/26 y N°29904172/26 del expediente del asunto, se informa que, se dispone de partidas presupuestarias para tal fin, de acuerdo a las proyecciones del gasto efectuadas hasta el mes de diciembre de 2026 según estructura de personal actualmente en funciones...”.-
Que dado lo expuesto y a fin de asegurar el debido servicio de justicia-art. 214 inc. 5) de la Constitución Provincial-, corresponde adoptar las medidas pertinentes para el adecuado funcionamiento de la Fiscalía de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores N° 2, de la Primera Circunscripción Judicial, con la designación provisoria correspondiente, fijando día y hora de juramento, conforme lo disponen los arts. 205 de la Constitución Provincial y 12 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia y determinando el día siguiente como fecha de inicio de las funciones para la adecuada organización funcional.-
Por ello y dado lo dispuesto por los arts. 214 inc. 5) de la Constitución Provincial, 12, 21 y 39 incs. 7) b. y 28) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia y 10 inc. l) de la Ley Orgánica del Ministerio Público;
ACORDARON:
I) DESIGNAR, con carácter provisorio, a la Dra. MERCEDES DEL VALLE GARCIA, D.N.I. Nº 36.416.329, en el cargo de “FISCAL ADJUNTO DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL”, para desempeñar funciones en la FISCALÍA DE INSTRUCCIÓN PENAL CON INTERVENCIÓN EN CONTEXTO DE GÉNERO, DIVERSIDAD SEXUAL, INFANCIAS Y ADULTOS MAYORES N° 2 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, a partir del 5 de junio del 2026, hasta el reintegro de su titular, o por el plazo máximo de un año, lo que ocurra primero, FIJANDO el correspondiente acto de juramento para el día 4 de junio de 2026, a las doce (12:00) horas, en el Salón Blanco del Palacio de Justicia, de la ciudad de San Luis.-
II) ESTABLECER que, inter dure la designación provisoria dispuesta en el punto precedente, la Dra. MERCEDES DEL VALLE GARCIA no prestará funciones como personal del Escalafón Administrativo, cargo que retendrá.
III) DETERMINAR que la Unidad de Protocolo y Ceremonial y la Oficina de Prensa y Comunicación Institucional arbitren las medidas pertinentes para la realización del referido acto de juramento en observancia de lo dispuesto por los arts. 46 inc. 37) y 104 inc. a) ap. 9 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia.-
IV) DETERMINAR que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en la sección “Acuerdos”.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que se agregue copia del presente Acuerdo en ADM 13316/22 y que VUELVA a Dirección de Recursos Humanos para las publicaciones, comunicaciones y continuidad de los trámites correspondientes.-
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
e: y v: 05 Jun
ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 97-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a DOS días del mes de JUNIO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-
DIJERON: Vista la comunicación de la Sra. Defensora General del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, de fecha 18/05/2026, en el marco de las atribuciones conferidas por el artículo 15 inciso o) de la Ley Nº IV-1052-2021, obrante en actuación Nº 30480346/26 del expediente ADM 13316/22, en trámite ante Dirección de Recursos Humanos, mediante la cual propone la designación provisoria de la agente Laura Melina Chacón como Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, ante la prolongación de la licencia, sin goce de haberes, de la Dra. Gabriela Verónica L’Huillier, quien se desempeña como Defensora Oficial de Niñez, Adolescencia e Incapaces en la Defensoría de Niñez, Adolescencia e Incapaces Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial.-
Que la Dirección de Recursos Humanos, en el marco de las funciones previstas en los arts. 50 incs. 1), 2), 9), 10) y 12) y 51 incs. 2), 13) y 19) de la Ley Nº IV-0086-2021, en actuaciones Nº 30480346/26, de fecha 2/6/2026, y N° 30489017/26, de la misma fecha, ambas del ADM 13316/22, informa que: “…resulta factible considerar la designación provisoria de la Dra. LAURA MELINA CHACON como Defensora de Niñez, Adolescencia e Incapaces N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, inter dure la ausencia de su Titular o por el plazo que le permite la ley (286 días)” y agrega, en el marco de lo previsto en los arts. 3 de la Ley N° IV-٠٠٨٦-٢٠٢١ y ١١ de la Ley N° V-1164-2025, que “…no se trata de la cobertura de una vacante comprendida en la Ley Nº IV-1106-2023”. Asimismo, proyecta el acuerdo consecuente, que agrega en actuación N° 30480346/26, de fecha 2/6/2026.-
Que Secretaría Contable, en actuación N° 30050081/26 OFR 13906/2, ha informado que: “Visto las actuaciones N°29393877/26 y N°29904172/26 del expediente del asunto, se informa que, se dispone de partidas presupuestarias para tal fin, de acuerdo a las proyecciones del gasto efectuadas hasta el mes de diciembre de 2026 según estructura de personal actualmente en funciones...”.-
Que dado lo expuesto y a fin de asegurar el debido servicio de justicia -art. 214 incs. 5) y 6) de la Constitución Provincial-, se estima pertinente disponer la correspondiente designación provisoria, y fijar día y hora del respectivo juramento, conforme lo establecen los arts. 205 de la Constitución Provincial y 12 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia de la Provincia.-
Por ello, y dado lo previsto en los arts. 205 y 214 incs. 5) y 6) de la Constitución Provincial, 12, 21 y 39 incs. 7) b. y 28) de la Ley Orgánica de Administración de Justicia y 15 inc. o) de la Ley Orgánica del Ministerio Público;
ACORDARON:
I) DESIGNAR, con carácter provisorio, a la Dra. LAURA MELINA CHACÓN, D.N.I. Nº 35.764.839, para desempeñarse en el cargo de “DEFENSOR DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA E INCAPACES N° 1 DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL”, a partir del día 5/6/2026 e inter dure la licencia de la Funcionaria titular de tal cargo o por el plazo máximo de 286 (doscientos ochenta y seis días), lo que ocurra primero; FIJANDO el correspondiente acto de juramento para el día 4 de junio de 2026, a las doce (12:00) horas, en el Salón Blanco del Palacio de Justicia de la ciudad de San Luis.-
II) ESTABLECER que, inter dure la designación provisoria dispuesta en el punto precedente, la Dra. Laura Melina Chacón no prestará funciones como personal del Escalafón Administrativo de la Primera Circunscripción Judicial, cargo que retendrá.-
III) DETERMINAR que la Unidad de Protocolo y Ceremonial y la Oficina de Prensa y Comunicación Institucional arbitren las medidas pertinentes para la realización del referido acto de juramento en observancia de lo dispuesto por los arts. 46 inc. 37) y 104 inc. a) ap. 9 de la Ley Orgánica de Administración de Justicia. -
IV) DISPONER que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en la sección “Acuerdos”.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que se agregue copia del presente Acuerdo en ADM 13316/22 y que VUELVA a Dirección de Recursos Humanos para las publicaciones, comunicaciones y continuidad de los trámites correspondientes.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
e: y v: 05 Jun
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE TILISARAO
DECRETO Nº 027-MT-2026.-
Tilisarao (S.L.), 29 de Mayo de 2026.-
VISTO
La Ordenanza Nº 373-HCD-2022 mediante la cual se declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa y financiera en el ámbito de la Municipalidad de Tilisarao; y
CONSIDERANDO
Que mediante Ordenanza Nº 373-HCD-2022 el Honorable Concejo Deliberante de Tilisarao declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa y financiera en el ámbito de la Municipalidad de Tilisarao;
Que las circunstancias extraordinarias que motivaron el dictado de la referida Ordenanza no solo persisten, sino que se han profundizado considerablemente en virtud de la actual situación económica y social imperante en la República Argentina;
Que la economía nacional continúa atravesando un contexto de alta inflación, retracción del consumo, disminución de la actividad económica y fuerte deterioro del poder adquisitivo, afectando severamente las finanzas de los estados provinciales y municipales;
Que la Provincia de San Luis ha sufrido una significativa disminución de recursos coparticipables y transferencias provenientes del Estado Nacional, repercutiendo ello directamente sobre las finanzas municipales;
Que asimismo se ha verificado una disminución relativa de los recursos que percibe el Municipio de Tilisarao en concepto de coparticipación municipal, afectando el normal desenvolvimiento de las obligaciones esenciales a cargo de esta administración;
Que el incremento sostenido de los costos de prestación de servicios públicos, mantenimiento de infraestructura, adquisición de bienes y funcionamiento general de la administración municipal, sumado al aumento de obligaciones salariales y sociales, ha generado una fuerte presión sobre las cuentas públicas municipales;
Que asimismo genera preocupación institucional y financiera la situación vinculada a las modificaciones legislativas propuestas respecto del régimen de “Zona Fría”, actualmente con media sanción legislativa, cuyos eventuales efectos podrían impactar negativamente sobre la economía regional, el consumo y las condiciones sociales y económicas de la Provincia de San Luis y particularmente de las comunidades del interior provincial;
Que resulta obligación indelegable del Departamento Ejecutivo adoptar todas las medidas necesarias tendientes a garantizar la continuidad y regular prestación de los servicios públicos esenciales, el pago de salarios, el sostenimiento institucional del Municipio y el resguardo del interés público;
Que persisten las circunstancias excepcionales que justifican la continuidad del estado de emergencia oportunamente declarado;
Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 373-HCD-2022 faculta expresamente al Poder Ejecutivo Municipal a disponer su prórroga;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TILISARAO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE en todos sus términos la vigencia de la Ordenanza Nº 373-HCD-2022 por el término de un (1) año, extendiéndose la declaración de emergencia pública en materia social, económica, administrativa y financiera hasta el día 31 de diciembre de 2026.
ARTÍCULO 2º.- DISPÓNESE que la presente medida tiene por finalidad preservar el equilibrio financiero municipal, garantizar la continuidad de los servicios públicos esenciales y resguardar el interés general de la comunidad de Tilisarao.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, Educación y Relaciones Institucionales de la Municipalidad de Tilisarao.-
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-
JUAN MANUEL OLGUÍN
Intendente
Fabio Darío Ochoa
Sec. de Gobierno, Educación y Relaciones Institucionales
SPP e: y v: 05 Jun.
ASAMBLEAS
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA FUERA DE TÉRMINO
El Consejo Directivo de la ASOCIACIÓN MUTUAL DE LOS TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA VILLA DE MERLO, convoca a Asamblea General Ordinaria (Fuera de término), a realizarse el viernes 03 de julio a las 12:00 horas, en la Casa del Poeta sita en Marquez de Sobremonte esquina Poeta Agüero, de la localidad de Merlo, San Luis, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Elección de dos (2) asociados para suscribir el acta
2. Lectura del informe por realización fuera de término
3. Consideración de la Memoria, correspondiente al Ejercicio N° 1 finalizado el 31 de diciembre de 2025.
4. Consideración de Estados Contables, informe de auditoría e informe de la Junta Fiscalizadora del Ejercicio N° 1 finalizado el 31 de diciembre de 2025.
Según el Art. 41 del Estatuto Social, luego de transcurridos treinta (30) minutos de la hora fijada, de no completarse el quorum, la Asamblea iniciará con el número de asociados presentes.
GABRIEL MURUA
Presidente
C: 1741 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
NOTIFICACIÓN DE REALIZACIÓN DE LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
La ASOCIACIÓN CIVIL EL CUENCO, con personería Jurídica Nº538-CD y PFJ 2012 y domicilio legal en Ruta 1 KM 4, Villa de Merlo, San Luis (5881), convoca a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA, a celebrarse el día 16 de Junio del corriente año, a las 15:00 hs., en el edificio ubicado en Ruta Provincial N°1 km. 4, Villa de Merlo, San Luis (5881), a fin de tratar el siguiente orden del día:
1) Consideración de Memoria correspondiente al año 2025.
2) Consideraciones de Balance e informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente al periodo 2025.
3) Elección de cargos Vocal titular 1 y 2, y vocal suplente de la comisión directiva por renuncia presentada ante la comisión directiva.
MARISA BECERRA
Presidente
C: 1742 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONVOCATORIA
El consejo de Administración de la COOPERATIVA DE PROVISIÓN, TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN “MERCADO COOPERATIVO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS SAN LUIS-MENDOZA” LIMITADA, en el cumplimiento de las disposiciones, cita a los asociados a la Asamblea Ordinaria a realizarse el día 20 de junio del presente año a las 13 hrs y el segundo llamado a las 14hrs, en el predio ubicado en Ruta Provincial 3, puerta 1040 ciudad de San Luis, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1) Elección de dos asociados para que juntamente con la presidente y secretario firmen el acta en representación de la asamblea
2) Explicación del llamado a asamblea fuera de término
3) Consideración del Ejercicio Económico Nº4
4) Iniciado el 1/01/2025 y finalizado 31/12/2025, y que comprenden la memoria anual: El informe del Sindico, los Estados Contables, Estado de Situación Patrimonial, Estado de Resultados, Estado de Evolución del Patrimonio Neto, Estado de Flujo de Efectivos, Notas Anexas al Estado de Situación Patrimonial, cuadro de Bienes de Uso, cuadros de Previsión y Reservas, Estado de Reconstitución de Reservas, Inventario General, Padrón de Asociados, Planilla de Datos Estadísticos, Proyecto de Distribución de Resultados y el Informe de Auditoria
5) Reglamento Interno
6) Viáticos para los de consejo de Administración
7) Renovación del Contrato de Alquiler
8) Renuncias y refuerzos de cuota societaria
ELIAS ALARCON
Secretario
C: 1743 $16.500,00 e: 05 y v: 10 Jun.
Estimados colegas de
ASOCIACIÓN DE KINESIOLOGÍA Y FISIOTERAPIA DE VILLA MERCEDES
Se les informa, en el correspondiente tiempo y forma, que el 24 de junio de 2026, se llevara a cabo la realización de la Asamblea ordinaria correspondiente al año 2026.
La misma será realizada de manera presencial, en cito calle Moreno 60 a las 21hs.
El ORDEN DEL DÍA será el siguiente:
1. Elección de 2 (dos miembros) para firmar el Acta, en conjunto con el secretario y Presidente de la Asociación.
2. Lectura y consideración de la Asamblea Ordinaria anterior.
3. Consideración de la Memoria Anual 2025.
4. Tratamiento del Estado Contable correspondiente al año 2025.
5. Acta de aceptación de renuncia de la secretaria Fatima Grousset y como queda conformada la Comisión Directiva.
Quedan debidamente notificados, solicitándoles asistencia y puntualidad.
Sin otro particular, los saludo cordialmente
Villa Mercedes, San Luis 3 de junio de 2026
ELIANA MARICEL AGUIAR
Presidente
C: 1762 $27.500,00 e: 05 y v: 15 Jun.
Se solicita se publique que la Asociación Civil CAI SAN LUIS, con LPJ N° 29/01 ha convocado a Asamblea Ordinaria a celebrarse el día 22 de Junio de 2026 a las 21:00 hs. en Martin Fierro 914 Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DIA:
1- Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2- Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/2025.
HECTOR DANIEL MIRANDA
Presidente
C: 1763 $11.000,00 e: 05 y v: 08 Jun.
La ASOCIACIÓN CIVIL IGLESIA CRISTIANA TIEMPO DE DIOS convoca a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día martes 23 de junio de 2026 a las 20h en la sede de la entidad sita Barrio 207 Viviendas Boulevard 1250 Villa de Merlo; a fin de tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del acta;
2) Consideración y aprobación de memorias y balances correspondientes al ejercicio 2025;
3) Elección de autoridades: Presidente, Vice Presidente Segundo, Pro Secretario, Pro Tesorero, Vocal titular 1, Vocal Suplente y Comisión Revisora de Cuentas.
MARCELO F. CENTINEO
Presidente
C: 1764 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONVOCATORIA
El Presidente de la ASOCIACIÓN CIVIL CLUB ATLÉTICO Y CULTURAL DEFENSORES DEL ESTE convoca a Asamblea Ordinaria para el día viernes 19 de junio del año 2026, a la hora 21:00, en la sede social ubicada en Ángel Pes y San Betty, de la ciudad de Villa Mercedes, San Luis, a fin de tratar los siguientes puntos del ORDEN DEL DÍA:
1- Elección de dos asambleístas para la firma del acta.
2- Presentación de memoria y balance.
Solicitamos que la presente convocatoria sea publicada por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis, conforme a las disposiciones legales y estatutarias vigentes.
MANUEL G. YNMENSON
Presidente
C: 1765 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA FUERA DE TERMINO
El Consejo de Administración de la COOPERATIVA DE AGUA, OBRAS, SERVICIOS Y DE CONSUMO CAÑADA LA NEGRA LIMITADA, convoca a Asamblea General Ordinaria (Fuera de término), a realizarse el día sábado 28 de junio a las 17:00 horas, en la sede de la Cooperativa sita en Boulevard Cañada La Negra km. 2,7, del paraje de Cañada La Negra, San Luis, para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1. Elección de dos (2) asociados para suscribir el acta
2. Lectura del informe por realización fuera de término
3. Consideración de la Memoria, correspondiente al Ejercicio N° 1 finalizado el 31 de diciembre de 2025.
4. Consideración de Estados Contables, informe de auditoría e informe del Síndico del Ejercicio N° 1 finalizado el 31 de diciembre de 2025.
5. Elección de dos (2) consejeros titulares y un (1) suplente.
6. Aprobación de la iniciativa de conformar la Federación de Cooperativas de la Provincia de San Luis.
Según el Art. 32 del Estatuto Social, luego de transcurrida una (1) hora de la fijada, de no completarse el quorum, la Asamblea iniciará con el número de asociados presentes.
JUAN BERNARDO BALDISSONE
Presidente
C: 1766 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONVOCATORIA
SEÑORES ASOCIADOS:
El Consejo de Administración de la COOPERATIVA DE TRABAJO SAN LORENZO LIMITADA, invita a los señores asociados a la Asamblea General Ordinaria, que se realizara el día 28 de Junio de 2026, a las 18.30 horas a realizarse en Ruta Nacional N° 7, km. 700.8 de esta ciudad para considerar el siguiente ORDEN DEL DÍA:
1) Designación de Dos (2) Socios para firmar el acta junto al Presidente y Secretario.
2) Consideración de Memoria. Balance General, cuenta de gastos, inventario, informe del Órgano de Fiscalización correspondiente a los ejercicios económico irregular comprendido entre el 24 de Mayo de 2017 y cierre el 31 de Marzo de 2018, ejercicios económicos iniciado el 01/04/2018 y cierre 31/03/2019; ejercicio iniciado el 01/04/2019 y cierre el 31/03/2020; ejercicio iniciado el 01/04/2020 y cierre el 31/03/2021; ejercicio iniciado el 01/04/2021 y cierre el 31/03/2022; ejercicio iniciado el 01/04/2022 y cierre el 31/03/2023; ejercicio iniciado el 01/04/2023 y cierre el 31/03/2024, ejercicio iniciado el 01/04/2024 y cierre el 31/03/2025; ejercicio iniciado el 01/04/2025 y cierre el 31/03/2026.
3) Elección de miembros para integrar la Comisión Directiva y del Órgano de Fiscalización.
Villa Mercedes (San Luis), 02 de Junio de 2026.
JUAN CARLOS VEGA
Presidente
C: 1767 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
El CIRCULO DE OFICIALES DE POLICÍA DE SAN LUIS convoca a sus Socios Activos afiliados a Asamblea Anual Ordinaria para el día 26 de Junio de 2026 a las 17:00 hs., a realizarse en su sede central de calle 25 de Mayo n°1066 de la Ciudad de San Luis y con el siguiente ORDEN DEL DIA:
1) Elección de dos socios asambleístas para la firma del Acta Correspondiente.
2) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General e informe del Síndico correspondiente al ejercicio 2025.
ALBERTO NICOLAS TELLO
Presidente
C: 1768 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
Convocatoria Asamblea Ordinaria
La ASOCIACIÓN VILLAMERCEDINA DE CHAIU-DO-KWAN, convoca a sus socios a celebrar la asamblea ordinaria, el día 27 junio 2026, a las 18 hs, en Leonismo Argentino 247, Villa Mercedes. Tratamiento del ORDEN DEL DÍA:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta.
2) Consideración y aprobación de Memoria, Balance e Informe de la Comisión Fiscalizadora correspondiente al ejercicio contable finalizado el 31 de diciembre 2025.
GUSTAVO JOSUÉ SILVA
Presidente
C: 1769 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
La Comisión Del Centro DE JUBILADOS Y PENSIONADOS CIVILES Y NACIONALES DE SAN LUIS, Legajo Nº 21/49 Convoca a Asamblea General Ordinaria para el día 21 de junio a Las 15 hs en su Sede Pringles 738 Ciudad de San Luis.
ORDEN DEL DIA
- Lectura y Consideración Del Acta.
- Lectura, Memoria y Balance Del Ejercicio. 24/25
- Aprobación Del Balance.
- Renovación Del Cincuenta por ciento de la Comisión directiva.
- Revisor de cuentas.
- Designar dos asambleístas, para legitimar el acta con su firma.
IGNACIO F. RALLO
Presidente
C: 1770 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
Los AGENTES DE LOTERÍA SAN LUIS AGRUPADOS S.L, llama a Asamblea Ordinaria, para el día 18 de Junio de 2026, en el domicilio de Junín 427 para tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
- Balance 2025
C: 1771 $11.000.00 e: 05 y v: 08 Jun.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GRAL ORDINARIA.
ASOCIACION CIVIL COLEGIO NTRA. SRA. INMACULADA DE TILISARAO
La Asociación Civil del Colegio Nuestra Señora Inmaculada de Tilisarao, Convoca a Asamblea Gral Ordinaria para el Día 03 de Julio de 2026, a las 20.00 hs, en las instalaciones del mismo.
Objeto de tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA:
1. Memoria y balance períodos 01/12/2024 al 30/11/2025.-
ERICA PAMELA ZAVALA
Presidente
C: 1772 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONVOCATORIA
En mi carácter de Presidente de la Asociación civil CLUB SOCIAL CUALTURAL Y DEPORTIVO LOS PUMAS LP 36/92 convoca a asamblea ORDINARIA para el día 20 de Junio del año 2026 a la 21:00 en el cede social de calle Chile 446 la ciudad de Villa Mercedes tal fin de tratar los siguientes puntos del ORDEN DEL DÍA
01) Elección de 2 asambleísta para firmar el acta
02) Presentación de memoria y balance año 2025 e informe de la comisión revisora de cuenta
ALEJANDRA RIOS
Presidente
C: 1796 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 35- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICION DE MEDICAMENTOS Y METODOS ANTICONCEPTIVOS, SOLICITADO POR LA DIRECCION SALUD SEXUAL, REPRODUCTIVA Y NO REPRODUCTIVA, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-3120160/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 5201-MDeS-2026.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO CUARENTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($140.530.000,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 23 de JUNIO de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 1701 SPP e: 03 y v: 08 Jun
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 36- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “Adquisición de servicios de seguros con destino a alumnos que asisten a establecimientos educativos estatales, autogestionados, generativos e institutos superiores, de toda la provincia de San Luis, en los Niveles Inicial, Primario, Secundario Común y Técnico, Adultos, Formación Profesional, Prácticas Pre-Laborales y Nivel Superior, solicitado por la Dirección Comunidad Educativa, dependiente del Ministerio de Educación”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-4151312/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 5341-ME-2026.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO ONCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 26/100 ($111.429.294,26).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 23 de JUNIO de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 1702 SPP e: 03 y v: 08 Jun
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA Nº: 04/2026
EXD Nº: 2241061/26
DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO Nº 5421-MHIP-2026
OBRA: REPAVIMENTACION - PUESTA EN VALOR RETORNO RUTA PROV 2B- ACCESO A ZAL
DEPARTAMENTO: PEDERNERA
PROVINCIA: SAN LUIS
PRESUPUESTO OFICIAL: $934.819.677,55
PRECIO DEL PLIEGO: $934.819,68
PLAZO DE EJECUCIÓN: 180 DIAS CORRIDOS
FECHA DE APERTURA: 22/06/2026 HORA: 10:00 hs.
CONSULTA Y VENTA DE PLIEGO: En la sede de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en calle Avda. España 399, esquina calle Ituzaingó, Ciudad de San Luis, a partir de la fecha de publicación y hasta las 12:00 hs. del 19/06/2026.
MARTIN ALITTA
Subdirector de Contrataciones y Control de Gestión
C: 1716 SPP e: 03 y v: 08 Jun.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 37-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICION DE SERVICIO DE VIANDAS con destino a pacientes internados, residentes y profesionales de guardia, solicitado por el HOSPITAL SALUD MENTAL, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-3040977/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 3745-MdeS-2026.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($172.944.000,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 24 de JUNIO de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 1744 SPP e. 05 y v: 10 Jun.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 38 - MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “CONTRATACION DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS PUBLICOS CON DESTINO AL HOSPITAL DE MERLO, SOLICITADO POR LA DIRECCION DE ZONAS SANITARIAS, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-9240652/25.
DECRETO DE LLAMADO Nº 5197-MdeS-2026.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($162.584.400,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 24 de JUNIO de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 1745 SPP e. 05 y v: 10 Jun.
COMERCIALES
VIARQ S.A.
Convocase a Asamblea General Ordinaria a los señores Accionistas de Viarq S.A para el día 30 de junio de 2026, a las 10:00 hs en la oficina de calle Lorenzo Vargas 780; Barrio La Cantera; dúplex 17 a fin de tratar la siguiente
ORDEN DEL DIA:
1. Designación de un accionista para la firma del acta de la asamblea con el presidente
2. Tratamiento y consideración de los documentos previstos por el articulo 234 inciso 1 de la Ley 19550, correspondientes al ejercicio económico N° 10 iniciado el 1 de enero de 2025 y finalizado el 31 de diciembre de 2025.
3. Consideración de la gestión del Directorio con el alcance del artículo 275 de la ley 19550 y la retribución de sus miembros.
4. Consideración del resultado del ejercicio y su destino.
5. Fijación del número de miembros titulares y suplentes que integraran el directorio y elección de estos por el término estatutario de un ejercicio.
6. Elección de síndico titular y suplente.
Nota Para participar deberá cursar comunicación con al menos 5 días hábiles de anticipación a la fecha de la asamblea, para que se le inscriba en el libro de asistencia. El cierre del registro de asistencia será a las ٢٠ hs del día ٢٥ de junio de ٢٠٢٦.
22 de Mayo de 2026
IGNACIO D. PES
Presidente
C: 1610 $27.500,00 e: 29 May. y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la III Circunscripción Judicial, sito en la localidad de Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del Autorizante, en autos caratulados: “EMPRENDIMIENTOS TORRES S.A. C/ RODRIGUEZ ONESIMO VICTOR S/ POSESIÓN” EXP.: 438604/25, cita y emplaza por el término de quince días a toda persona que en forma indeterminada se considere con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, ubicado en Pasaje Los Teros S/Nº - Merlo, Partido Merlo, Departamento Junín de la Provincia de San Luis. Designado como parcela “19” del plano 6/43/25. Con inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 2 (Ley 3236) de Junín Folio 344 Nº 375. Padrón 341.663 Receptoría Merlo. Con una superficie de CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (442,57 M2). Posee los siguientes linderos: al Norte: Pasaje Los Teros (s./pav.) a= 9,50 m.; al Este: Basuga Susana Haydee, Padrón Nº ١٠٣٩٦٥٨ - Recep. Merlo, Parcela 16 - Plano 6-201-2017; al Sur: Gatafoni David Ezequiel, Padrón Nº ٣٤١.٦٥٦ - Recep. Merlo, Parcela 13 - Plano 6-373-2016; y al Oeste: Emprendimientos Torres S.A., Padrón Nº ٣٤١.٦٦٢ - Recep. Merlo, Parcela 4 - Plano 6-3678-1966 y Parcela 13 - Plano 6-30-1995. Y medidas: del punto A al B: 10,50 m.; del punto B al C: 42,32 m.; del punto C al D: 10,50 m.; y del punto D al A: 42,33 m.-
Santa Rosa del Conlara, 29 de mayo de 2026.-
C: 1746 $11.000,00 e: 05 y v: 08 Jun.
PROYECTO DE EDICTO - CONSTITUCION DE SOCIEDAD: LA SUSI S.A.S.
FECHA DEL CONTRATO SOCIAL: 16 de Abril de 2026,por instrumento privado con la firma certificada y legalizada notarialmente de fecha 17 de abril de 2026. IDENTIFICACIÓN DE SOCIOS: Sr. VILLEGAS CHIRINO SERGIO LUIS, DNI Nº 42.407.793, CUIL 20-42407793-4, de nacionalidad ARGENTINA, nacido el 24/04/2000, independiente, soltero; con domicilio en Malvinas y Potosí S/N, Concarán, Depto. De Chacabuco, Provincia de San Luis. PLAZO DE DURACIÓN: 99 años, a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. DOMICILIO LEGAL: tiene su domicilio legal en jurisdicción de Villa Larca, Dpto. Chacabuco, Provincia de San Luis, Argentina, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero. OBJETO SOCIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras, financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (i) Salud, y (j) Transporte. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público y todas aquellas actividades a las que no esté habilitada por el tipo social. CAPITAL SOCIAL: El Capital Social es de $750.000.- (Pesos Setecientos cincuenta mil) representado por 75 (Setenta y cinco) acciones ordinarias escriturales, de $10.000.- (Pesos Diez Mil) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley Nº 27.349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. El socio suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: VILLEGAS CHIRINO SERGIO LUIS, suscribe la cantidad de 75.- (Setenta y cinco) acciones ordinarias escriturales, de $10.000.- (Diez mil pesos) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de su inscripción en el Registro Público. SEDE SOCIAL: Establecer la sede social en Calle 70 Nº 465, Villa Larca, Dpto. Chacabuco, Provincia de San Luis, Argentina. FISCALIZACIÓN: La sociedad prescinde de la sindicatura. ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN LEGAL: ADMINISTRADOR TITULAR: VILLEGAS CHIRINO SERGIO LUIS, DNI Nº42.407.793, CUIL 20-42407793-4.ADMINISTRADOR SUPLENTE: VILLEGAS SERGIO ENRIQUE, DNI Nº20.138.560, CUIL 20-20138560-2. FECHA CIERRE EJERCICIO SOCIAL: 31 de marzo de cada año.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1747 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
SAN LUIS MINERA S.A.P.E.M. - CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
Se convoca a los señores accionistas de San Luis Minera S.A.P.E.M, a Asamblea General Ordinaria a realizarse el día 29 de junio de 2026 a las 10:00 horas y a las 13:00 horas en segunda convocatoria, en la sede social sita en Autopista de las Serranías Puntanas km. 764, terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste 1º piso, de esta Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, a fin de considerar los siguientes puntos del
ORDEN DEL DÍA:
“1º) Designación de los accionistas que rubricarán el Acta de Asamblea;
2º) Consideración de la documentación enumerada por el Artículo 234 inciso 1 de la Ley 19.550 y modificaciones correspondiente al Ejercicio Económico Nº7 cerrado el 31-12-2025.
3º) Consideración del resultado del ejercicio y su destino.
4º) Autorizaciones.”
La asamblea se llevará a cabo de manera presencial en la sede de la sociedad. Los señores accionistas deberán dirigirse previamente dentro del plazo legal, a los efectos de confirmar su asistencia y proceder su registración al libro de accionistas.
IGNACIO A. CAMPOS
Presidente
C: 1748 SPP e: 05 y v: 15 Jun.
La Jefa del Registro Público de Comercio de San Luis, ordena que se publique por el término de ley, el siguiente edicto:
RMOR S.R.L.
Socios: Sra. ORELLANO ELORZA Adriana Edith, de nacionalidad argentina, DNI 24.299.054, CUIT 23-24299054-4, nacida el 01 de enero de 1975, estado civil casada con Ernesto Marcelo LOPEZ DNI 24.230.851, de profesión arquitecta, domiciliada en Bº Los Quebrachos Mna F Casa 3, de la localidad de San Luis, provincia de San Luis, y la Sra. RICCA Marcela Geanett, de nacionalidad argentina, DNI 17.698.640, CUIT 27-17698640-4, nacida el 14 de septiembre de 1965, estado civil casada con OROZ Daniel Edgar DNI 18.095.185, de profesión comerciante, domiciliada en Pasaje Santo Domingo Nº2873, localidad de Juana Koslay, provincia de San Luis.
Fecha constitutiva: 28/05/2026.
Razón social: RMOR S.R.L.
Domicilio: Bº Los Quebrachos Mna F Casa 3, de la localidad de San Luis, Provincia de San Luis.
Duración: La duración de la sociedad se fija en veinte años contados desde la inscripción de la misma en el Registro Público de Comercio. Este plazo podrá ser prorrogado siendo necesario para ello el acuerdo de los socios reunidos en Asamblea. La prórroga deber solicitarse e inscribirse antes del vencimiento del plazo de duración de la Sociedad.
Objeto: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros, asociada a terceros o contratando a los mismos a las siguientes actividades:
1.- Actividades vinculadas al desarrollo e inversión inmobiliaria, comprendiendo la adquisición, compra, venta, permuta, construcción, refacción, urbanización, loteo, administración, explotación y alquiler de bienes inmuebles urbanos y rurales.-
2 - Destinar los inmuebles de su propiedad, administración o explotación a la prestación de servicios de alojamiento turístico, temporario o permanente, mediante su utilización como departamentos, casas, complejos habitacionales, cabañas, apart hoteles, hosterías, restaurantes y demás modalidades de hospedaje, incluyendo servicios complementarios inherentes a dicha actividad, tales como servicios gastronómicos y la realización de eventos sociales, culturales y empresariales.-
3 - Realizar toda clase de actos y contratos relacionados directa o indirectamente con su objeto social, pudiendo para ello adquirir derechos y contraer obligaciones.-
4 -Todas las actividades mencionadas anteriormente como así también aquellas otras relacionadas con su objeto podrán ser desarrolladas tanto dentro como fuera del territorio del país.
Para el cumplimiento de tales fines la Sociedad podrá realizar toda clase de actos jurídicos, operaciones y contratos permitidos por la legislación vigente. -
Duración: 20 años desde inscripción registral.
Capital social: El Capital Social se fija en la suma de valor nominal Pesos UN MILLON ($1.000.000), dividido en DIEZ MIL (10.000) cuotas sociales de valor nominal Pesos CIEN ($100) cada una. El capital es suscripto en su totalidad por las socias en la siguiente proporción: Adriana Edith ORELLANO ELORZA el 67%, representado por seis mil setecientas cuotas (6.700) y Marcela Geanett RICCA el 33%, representado por tres mil trescientas cuotas (3.300), las que sumadas conforman el 100% del Capital Social. El mismo ha sido suscripto e integrado en su totalidad.
Administración: Gerencia Unipersonal ejercida por la socia ORELLANO ELORZA Adriana Edith.
Gerentes: El Gerente Titular será la socia fundadora, Sra. ORELLANO ELORZA Adriana Edith. En caso de ser necesario un Gerente Suplente éste será designado mediante asamblea extraordinaria reunida a tal efecto.
Fiscalización: A cargo de los socios, prescindiendo de la sindicatura.
Representación legal y uso de la firma social: A cargo de los Gerentes en forma indistinta.
Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1749 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONSTITUCION: Constitución de fecha 10/04/2026 con firma certificada del instrumento constitutivo el 29 de abril de 2026 por Escribana Gimena Magali Morales Ibarra.
DENOMINACIÓN. “EL ENCUENTRO CASA DE COMIDAS SAS”.
SOCIOS. SILVIA LETICIA MENDEZ, titular del documento nacional de identidad Nº 25.561.945 CUIL 20-25561945- 0, de nacionalidad argentina, nacida el veinticinco de abril de 1977, de profesión comerciante, de estado civil divorciada, con domicilio en Aldo Raul Avila 702
OBJETO: La sociedad tendrá por objeto, dentro de la República Argentina, la realización de las siguientes actividades; La elaboración, fabricación, producción, cocción, conservación, compra, venta, comercialización, distribución, consignación, importación y exportación de productos alimenticios, materias primas gastronómicas, comida elaborada, preelaborada, comidas preparadas para llevar (rotisería), sandwichería, panificados, confitería, pastelería y todo tipo de alimentos para consumo humano. La explotación comercial de locales gastronómicos, tales como rotiserías, restaurantes, bares, cafeterías, confiterías, parrillas, pizzerías y patios de comidas. La prestación de servicios de catering, lunch, viandas y catering empresarial para eventos públicos o privados. La distribución y venta de productos, comidas y bebidas con o sin envío a domicilio (delivery), tanto en locales propios como de terceros. La comercialización de bebidas sin alcohol, jugos, aguas, y aquellas con graduación alcohólica autorizadas por la normativa vigente, vinculadas a la actividad principal. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todas las actividades conexas, accesorias y complementarias a las mencionadas”
PLAZO DE DURACIÓN: el plazo de duración de la sociedad es de treinta años a contar desde la inscripción del estatuto en el Registro Público de Comercio. Por decisión de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas este término puede prorrogarse.
CAPITAL SOCIAL: el capital social inicial es $1.000.000 (pesos un millón) representado por 100 acciones ordinarias escriturales de $10.000 (pesos diez mil) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción
SUSCRIPCIÓN e INTEGRACION. La socia suscribe la totalidad de acciones que constituyen el Capital Social, compuesto por cien acciones ordinarias escriturales de diez mil pesos ($10.000) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción e integra el 25% (veinticinco por ciento) en dinero en efectivo o sea pesos doscientos cincuenta mil ($250.000). Debiendo integrar el saldo pendiente del capital social dentro del pazo máximo de un (1) año, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.
ADMINISTRACIÓN. Designar administrador por tiempo indeterminado, hasta que una reunión decida su reemplazo a la señora SILVIA LETICIA MENDEZ, titular del documento nacional de identidad Nº 25.561.945 CUIL 20-25561945- 0, de nacionalidad argentina, nacida el 25/04/1977, de profesión comerciante, de estado civil divorciada, con domicilio en Aldo Raul Avila 702 de esta ciudad. Designar como administrador suplente por tiempo indeterminado, hasta que una reunión de socios decida su reemplazo al SR. PABLO SCIPIONE DNI 93.771.500 CUIL 20-93771500-6 nacido en Italia el 20 de enero de 1951, de profesión comerciante, de estado civil casado, con domicilio en Barrio La Ribera Manzana 7235 casa 21
SEDE SOCIAL: establecer la sede social en calle Avda. Presidente Perón Nº 997, de esta ciudad
ORGANO DE FISCALIZACIÓN. La sociedad prescinde de la sindicatura.
FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO. : El ejercicio social cierra el 31 de marzo de cada año
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1773 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
Por disposición del Registro Público de Comercio, se hace saber que según CONTRATO DE FIDEICOMISO de fecha 06 de abril de 2026 el Sr. RODOLFO DARIO NEGRI, DNI 21.374.327, mayor de edad, argentino, nacido el 26 de diciembre de 1969, con domicilio real en calle San Martin Nº 414, piso 7mo “A” de la ciudad de San Luis Pcia. de San Luis, como “FIDUCIANTE” y el Sr. SAMUEL HILARIO HERRERA RAMOS, DNI 34.921.991, mayor de edad, Argentino, nacido el 24 de abril de 1991, con domicilio real en Mza 1, Casa 3, Barrio 1º de mayo Anexo, de la ciudad de San Luis, como “FIDUCIARIO” constituyen un CONTRATO DE FIDEICOMISO CON TRANSFERENCIA DE CUOTAS SOCIALES de la firma CLINICA DEL ACONCAGUA S.R.L, que se denominara “FIDEICOMISO ACONCAGUA” el cual tendrá por objeto a) la transferencia en carácter de propiedad fiduciaria y no a título personal, la totalidad de las noventa y cinco (95) cuotas sociales que posee el FIDUCIANTE en CLÍNICA DEL ACONCAGUA S.R.L., con todos los derechos políticos, económicos y societarios inherentes a ellas, al “FIDUCIARIO”. El Fideicomiso tendrá una duración de 5 años y el beneficiario será el Sr. RODOLFO DARIO NEGRI. El domicilio especial constituido del fideicomiso será el sito en Mza 1, casa 3, Barrio 1º de mayo Anexo, de la Ciudad de San Luis. -
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1774 $5.500,00 e: y v: 05 Jun
DOS JOTAS S.R.L.
El Registro Público de Comercio ordena la siguiente publicación por el término de Ley: que conforme Contrato de Cesión de Cuotas Sociales de fecha 29 de Abril de 2026, tratada por Acta Asamblea del 13 de Abril de 2026 y Acta Asamblea de fecha 30 de Abril de 2026, se aprobó la cesión a título de venta del socio ALEXIS ALBERTO INGARAMO D.N.I. 32.222.676 de diez (10) cuotas sociales de DOS JOTAS SRL al socio MAURICIO JAVIER PESTCHANKER D.N.I. 12.920.357. Así mismo, en la Asamblea del 30 de Abril de 2026, ante la nueva suscripción de la división del capital social, se aprobó la modificación de la Clausula Transitoria del contrato social en los siguientes términos: Clausula Transitoria: el capital social fijado en la clausula quinta y su división en cien (100) cuotas sociales se encuentran totalmente suscriptas por cada uno de los socios según el siguiente detalle: Mauricio Andrés Pestchanker, la cantidad de cuarenta y cinco (45) cuotas sociales de pesos cincuenta ($50) valor nominal cada una; María Claudia Pestchanker, la cantidad de cuarenta y cuatro (44) cuotas sociales cuotas sociales de pesos cincuenta ($50) valor nominal cada una; y Mauricio Javier Pestchanker, la cantidad de once (11) cuotas sociales de pesos cincuenta ($50) valor nominal cada una.
San Luis, de Junio de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1775 $5.500,00 e: y v: 05 Jun
NEWEN S.A. - (MODIFICACIONDE CONTRATO- DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES) - Inscripta en Tomo: 7 de CS Folio: 4 Nº: 2014 de fecha 18/03/2004. Se hace saber mediante el Libro de Actas Nº 1, por Asamblea General Ordinaria de fecha veintiuno de agosto de dos mil veinticinco, se resolvió por unanimidad:
1. Aceptar la renuncia del Director Titular y Presidente Sra. Silvia Mabel Mirone, D.N.I. Nº 11.400.633, y del Director Suplente Sr. Matías Daniel Durante, D.N.I. Nº 29.320.063.
2. Designar el nuevo Directorio por el termino de (3) tres ejercicios, quedando conformado de la siguiente manera:
- Presidente y Director Titular: Alfonso José Quaranta, D.N.I. Nº 20.392.148, Argentino, Estado Civil: Casado, Profesión: Abogado, con domicilio especial en Bv. Argentino 8845, Rosario provincia de Santa Fé.
- Director Titular: Ignacio Daniel Neme, D.N.I. Nº 30.048.320, Argentino, Estado Civil: Soltero, Profesión: Comerciante, con domicilio especial en Av. Madres Plaza 25 de Mayo 2.880 Dpto. 21 2º piso torre 1, Rosario, provincia de Santa Fé.
- Director Suplente: Cesar Gabriel Repetti, D.N.I. Nº 28.965.967, Argentino, Estado Civil: Soltero, Profesión: Comerciante, con domicilio especial en Guardia Nacional 1.260, Mataderos, provincia de Buenos Aires.
Los directores electos aceptaron sus cargos en el mismo acto.
Domicilio Social, Legal y Especial Pringles 1.275 de la ciudad de Villa Mercedes -San Luis.
C: 1776 $5.500,00 e: y v: 05 Jun
Edicto de constitución de “SVD SEGURIDAD PRIVADA S.A.S.”SOCIO: VANESA LUCIANA SOSA D.N.I.: 31.319.848, C.U.I.T.: 27-31319848-6, argentina, nacida el 13/12/1984, casada -con el Sr. Jesús Daniel Olivera DNI: 31.518.383-, empresaria, con domicilio en la calle General Paz Nº 1566 PA 6, Villa Mercedes, provincia de San Luis. CONSTITUCION: Contrato Social de fecha 30 de Abril de 2026. DENOMINACION: SVD SEGURIDAD PRIVADA S.A.S. SEDE SOCIAL: Manzana “X”; Casa 476, Barrio Eva Perón, de la ciudad de San Luis, provincia de San Luis, República Argentina. DURACION: Noventa y nueve años a contar desde su constitución. OBJETO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país y en el extranjero a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directamente o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Seguridad, investigación, vigilancia, y/o custodia de personas o bienes; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (e) Gastronómicas, bares, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras, financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales, mecánicas, industriales y energéticas en todas sus formas; (i) Servicios profesionales, consultoría y asesoramiento en cualquier materia; (j) Elaboradoras y Comerciales de productos en general y k) agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas. La Sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capital a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración, comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de $750.000 (setecientos cincuenta mil pesos) dividido en 750.000 (setecientos cincuenta mil) acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso ($1) valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. La Sra. VANESA LUCIANA SOSA suscribe la cantidad de 750.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso ($1) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, representativas del 100% del capital social. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo en este acto, difiriendo la integración de la diferencia a un plazo de dos años a partir de la fecha. CIERRE DE EJERCICIO: 31 de Marzo de cada año. Administradora Titular: VANESA LUCIANA SOSA D.N.I.: 31.319.848, Administrador Suplente: ALEX FRANCO AGUERO, DNI: 47.318.609, por el término de duración de la Sociedad. Prescinde de sindicatura.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1777 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONSTITUCIÓN DE CONLAGRO SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.
En la localidad de Tilisarao, departamento Chacabuco, de la Provincia de San Luis, República Argentina, a los 15 días de mayo de 2026, se reúnen; 1) ALICIA NOEMI LONGO, argentina, D.N.I. Nº 27.112.235, CUIT/CUIL Nº 27-27112235-2, nacida el día 13 de marzo de 1979, de 47 años, estado civil soltera y de profesión comerciante, con domicilio real en Sargento Baigorria 650, de la ciudad de Merlo, Departamento Junin, de la Provincia de San Luis, Argentina, por derecho propio 2) FRANCO NICOLAS DE BATTISTA TOLOSA, argentino, D.N.I. Nº 35.767.276, CUIT/CUIL Nº 20-35767276-8, nacido el día 27 de febrero de 1991, de 35 años, estado civil soltero, y de profesión Ingeniero Agrónomo, con domicilio real en Presbitero Becerra 1034, de la ciudad de Merlo, Departamento Junin, de la Provincia de San Luis, Argentina, por derecho propio 3) FEDERICO EMANUEL PEREZ, argentino, D.N.I Nº 39.798.205, CUIT/CUIL Nº 20-39798205-0, nacido el día 08 de noviembre de 1996, de 29 años, estado civil soltero y de profesión Contador Público Nacional, con domicilio real en Belgrano 391, de la localidad de Tilisarao, de la Provincia de San Luis, Argentina, por derecho propio, quienes resuelven constituir una Sociedad por Acciones Simplificada que se regirá por las disposiciones de la ley 27.349 y las siguientes clausulas particulares DENOMINACIÓN: La sociedad girará bajo la denominación de “CONLAGRO S.A.S”. DURACIÓN: La duración de la sociedad se establece en 99 años, contados desde la fecha del instrumento constitutivo. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios. SEDE SOCIAL: Establecer la sede social en Belgrano 391, de la localidad de Tilisarao, Departamento Chacabuco, provincia de San Luis. OBJETO SOCIAL: a) Transporte y logística. La prestación integral de servicios de transporte de cargas generales y especiales, principalmente vinculadas con la actividad agropecuaria, incluyendo cereales, semillas, fertilizantes, hacienda, insumos, mercaderías y productos elaborados. Podrá desarrollar tareas de logística, distribución, almacenamiento, acopio, depósito y administración de flotas, así como la explotación comercial de camiones, acoplados, semirremolques, tolvas, bateas y todo otro vehículo destinado al transporte. b) Actividad agropecuaria. La explotación agrícola, ganadera y mixta en establecimientos propios o de terceros, comprendiendo la siembra, cultivo, cosecha, fumigación, fertilización y demás labores rurales. Asimismo, podrá dedicarse a la compra, venta y comercialización de semillas, agroquímicos, fertilizantes, fitosanitarios y todo tipo de insumos para el agro, además del acopio y comercialización de granos, cereales, oleaginosas, forrajes y demás productos provenientes del campo. c) Servicios profesionales y asesoramiento. La prestación de servicios de consultoría y asesoramiento técnico, contable, impositivo, societario, laboral, financiero y de gestión empresarial, así como asesoramiento agronómico, productivo y ambiental orientado al sector agropecuario y a empresas en general. La sociedad podrá desarrollar estudios, auditorías, informes, proyectos de inversión, valuaciones, pericias, planificación fiscal y productiva, siempre mediante la intervención de profesionales con título habilitante cuando así lo exija la normativa vigente. d) Ganadería y actividades vinculadas con animales. La cría, recría, engorde, compra, venta y consignación de hacienda bovina, porcina, ovina, caprina, equina, aviar y cualquier otra especie animal. También podrá desarrollar actividades de faena, industrialización, comercialización de carnes, subproductos, cueros, alimentos balanceados y servicios conexos, incluyendo la explotación de frigoríficos, feedlots, corrales y establecimientos vinculados a la producción animal. e) Combustibles, lubricantes y derivados. La compra, venta, distribución, comercialización, transporte, consignación y almacenamiento de combustibles líquidos, gasoil, naftas, biocombustibles, aceites, lubricantes, aditivos y demás derivados destinados al agro, al transporte, a la industria y al público en general. La sociedad podrá explotar estaciones de servicio, tanques de almacenamiento, centros de abastecimiento y bocas de expendio propias o de terceros, así como prestar servicios complementarios vinculados al suministro de combustibles para maquinarias agrícolas, camiones, vehículos y establecimientos rurales. f) Maquinarias, vehículos y repuestos. La compra, venta, importación, exportación, representación, consignación, reparación, mantenimiento y alquiler de maquinarias agrícolas, viales e industriales. Del mismo modo, podrá comercializar camiones, camionetas, acoplados y toda clase de vehículos, incluyendo cubiertas, neumáticos, accesorios, repuestos, autopartes, lubricantes y componentes vinculados al transporte y al trabajo rural. g) Energía, riego y obras rurales. La ejecución, instalación, mantenimiento y explotación de sistemas de energía aplicados al agro y a establecimientos industriales o comerciales, incluyendo paneles solares, energías renovables, grupos electrógenos, tendidos, electrificación rural y soluciones de eficiencia energética. Asimismo, podrá desarrollar sistemas de riego, perforaciones, bombas, tanques australianos, reservorios, canales, drenajes, obras hídricas, caminos internos, movimiento de suelos, alambrados, corrales, silos, galpones y toda otra obra de infraestructura rural o productiva. h) Inmuebles, construcción y alquileres. La compra, venta, administración, arrendamiento y explotación de inmuebles rurales y urbanos, incluyendo campos, viviendas, oficinas, galpones, depósitos y establecimientos productivos. Podrá asimismo construir galpones, silos, tinglados, corrales, viviendas rurales y urbanas con destino a su posterior alquiler, venta o explotación comercial, así como desarrollar emprendimientos inmobiliarios y parques industriales. i) Seguros y servicios conexos. La intermediación, promoción y asesoramiento comercial relacionado con seguros agropecuarios, empresariales y personales, incluyendo coberturas para cultivos, maquinarias, vehículos, riesgos del trabajo, accidentes personales, vida y salud, orientados tanto a productores rurales como a empresas, personas humanas y empleados del sector, con la debida intervención de profesionales matriculados cuando corresponda. j) Representaciones, comisiones, franquicias e intermediación. El ejercicio de representaciones comerciales, mandatos, corretaje, consignaciones, comisiones, agencias, distribución y concesiones de bienes y servicios vinculados con cualquiera de las actividades comprendidas en el presente objeto, incluyendo insumos agropecuarios, maquinarias, vehículos, inmuebles y seguros. Asimismo, la sociedad podrá celebrar acuerdos comerciales, alianzas estratégicas, contratos de colaboración, uniones transitorias, joint ventures, licencias, concesiones y franquicias con empresas nacionales o extranjeras, así como otorgar y explotar franquicias propias o de terceros relacionadas con su actividad social. También podrá presentarse y participar en licitaciones públicas o privadas, concursos de precios, compulsas, subastas, contrataciones directas y demás procedimientos de selección convocados por organismos nacionales, provinciales, municipales, entes públicos, empresas del Estado o sujetos privados, pudiendo formular ofertas, celebrar contratos y ejecutar las prestaciones vinculadas con su objeto social. k) Actividades financieras complementarias. La realización de inversiones y aportes de capital con fondos propios, así como el otorgamiento de préstamos, adelantos, financiaciones y créditos comerciales destinados al desarrollo de las actividades sociales, con expresa exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras. CAPITAL SOCIAL: El capital social es de pesos argentinos un millón quinientos mil ($1.500.0000), representado por mil quinientas (1.500) acciones ordinarias, de pesos argentinos mil ($1.000). Los socios suscriben el CIEN POR CIENTO (100%) del capital social de acuerdo al siguiente detalle: ALICIA NOEMI LONGO, D.N.I. Nº 27.112.235 suscribe 500 acciones ordinarias, representativo de pesos quinientos mil ($500.000), equivalente a un tercio (⅓) del total del capital social, con derecho a un voto por acción; FRANCO NICOLÁS DE BATTISTA TOLOSA, D.N.I. Nº 35.767.276 suscribe 500 acciones ordinarias, representativo de pesos quinientos mil ($500.000), equivalente a un tercio (⅓) del total del capital social, con derecho a un voto por acción; FEDERICO EMANUEL PEREZ, D.N.I. Nº 39.798.205 suscribe 500 acciones ordinarias, representativo de pesos quinientos mil ($500.000), equivalente a un tercio (⅓) del total del capital social, con derecho a un voto por acción. El capital suscripto se integra en dinero en efectivo, el cien por ciento (100%) en este acto. DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN TITULAR Y SUPLENTE, CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL Y DECLARACIÓN SOBRE SU CONDICIÓN DE PERSONA EXPUESTA POLÍTICAMENTE: La administración de la sociedad será plural. Se designa como ADMINISTRADORES TITULARES a la socia ALICIA NOEMI LONGO , D.N.I. Nº 27.112.235, C.U.I.T. Nº 27-27112235-2, de nacionalidad Argentina, nacida el día 13/03/1979 con domicilio real en Sargento Baigorria 650, de la ciudad de Merlo, Departamento Junin, de la Provincia de San Luis, Argentina, al socio FRANCO NICOLAS DE BATTISTA TOLOSA, D.N.I Nº 35.767.276, CUIT/CUIL Nº 20-35767276-8, de nacionalidad Argentina, nacido el dia 27/02/1991, con domicilio real en Presbitero Becerra 1034, de la ciudad de Merlo, Departamento Junin, de la Provincia de San Luis, Argentina y al socio FEDERICO EMANUEL PEREZ, D.N.I. Nº 39.798.205, C.U.I.T. Nº 20-39798205-0, de nacionalidad Argentina, nacido el día 08/11/1996 con domicilio real en Belgrano 391, de la localidad de Tilisarao, Departamento Chacabuco, de la Provincia de San Luis, Argentina, quienes aceptan el cargo que le han sido conferido y asumen de pleno derecho el mismo a partir de este momento y por tiempo indeterminado con posibilidad de renovarse antes por decisión de los socios. Constituyen domicilio especial en la sede social y manifiestan bajo forma de declaración jurada que NO son Personas Expuestas Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. Se designa como ADMINISTRADOR SUPLENTE, a JAVIER ALBERTO RINALDI D.N.I Nº 26.811.880, CUIT/CUIL Nº 20-26811880-3, de nacionalidad Argentina, nacido el dia 26/12/1978, con domicilio real en Sargento Baigorria 650, de la ciudad de Merlo, Departamento Junin, de la Provincia de San Luis, Argentina, quien acepta el cargo que le ha sido conferido y asume de pleno derecho el mismo a partir de este momento. Constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. Los administradores declaran bajo fe de juramento no encontrarse comprendidos en las disposiciones del art. 264 de la LGS. CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO: Se establece como fecha de cierre de ejercicio económico el 30 de Junio de cada año. Bajo las cláusulas precedentes se deja formalizada y constituida la Sociedad denominada “CONLAGRO SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA” declarando los socios que ACEPTAN el presente Contrato en todos sus términos por estar redactado conforme a Io convenido por los mismos.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1778 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA (S.A.S.)
Se hace saber que con fecha 14 de mayo de 2026 se celebró el contrato constitutivo de la sociedad GONCOR S.A.S., con domicilio legal en Roberta Montiel 1177, Juana Koslay, San Luis Capital, Provincia de San Luis, CUIT en trámite.
Socios fundadores: LUCAS VALENTÍN GONZALEZ THOMAS, DNI Nº 40.823.381, CUIL Nº 20-40823381-0, nacionalidad argentina, nacido el día 21 de noviembre de 1997, estado civil casado, comerciante, con domicilio en Roberta Montiel 1177, Juana Koslay, San Luis Capital, Provincia de San Luis; y RAÚL CÉSAR CORIA, DNI Nº 22.822.442, CUIL Nº 20-22822442-2, nacionalidad argentina, nacido el día 02 de octubre de 1972, estado civil casado, comerciante, con domicilio en Gómez Isleño 1136, Juana Koslay, San Luis Capital, Provincia de San Luis.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto principal:
a) La explotación agropecuaria en todas sus formas, incluyendo la producción, cultivo, siembra, cosecha, acopio, acondicionamiento, comercialización, distribución, importación y exportación de cereales, oleaginosas, granos, semillas, forrajes y demás productos agrícolas, especialmente maíz, soja, girasol y cultivos similares, complementarios o conexos.
b) La cría, recría, invernada, engorde, compra, venta, consignación, transporte y comercialización de ganado bovino y de todo tipo de hacienda, animales y productos derivados de la actividad ganadera.
c) La explotación de establecimientos de engorde intensivo de ganado a corral, feedlot, corrales de encierre, recría, terminación, alimentación, sanidad, manejo, administración y guarda de hacienda propia o de terceros.
d) La prestación de servicios agropecuarios, rurales y ganaderos, incluyendo labores de siembra, cosecha, fumigación, pulverización, fertilización, rollos, enfardado, preparación de suelos, mantenimiento de campos, alambrados, corrales, aguadas, mangas, bretes, silos, galpones e instalaciones rurales.
e) La compra, venta, alquiler, administración, explotación y arrendamiento de campos, establecimientos rurales, inmuebles agropecuarios, maquinaria agrícola, herramientas, vehículos, equipos, insumos, semillas, fertilizantes, agroquímicos, alimentos balanceados y productos relacionados con la actividad agrícola, ganadera, agroindustrial y rural.
f) La industrialización, fraccionamiento, acondicionamiento, transporte, almacenamiento y comercialización de productos, subproductos e insumos derivados de la actividad agrícola, ganadera, agroindustrial y rural.
g) La realización de toda clase de actos jurídicos, contratos y operaciones comerciales, civiles, agropecuarias, industriales, financieras y de servicios permitidas por la ley, necesarias o convenientes para el cumplimiento de su objeto, pudiendo participar en licitaciones, concursos, contrataciones directas, asociaciones, fideicomisos, uniones transitorias, contratos de colaboración empresaria y en otras sociedades o emprendimientos con objeto similar, conexo o complementario.
Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos permitidos por la legislación vigente, directamente o por medio de terceros, dentro o fuera del país.
Duración: 99 años.
Administración: Se designa como Administrador Titular a LUCAS VALENTÍN GONZALEZ THOMAS, DNI Nº 40.823.381, y como Administrador Suplente a RAÚL CÉSAR CORIA, DNI Nº 22.822.442. La representación legal de la sociedad será ejercida por el Administrador Titular.
La sociedad prescinde de órgano de fiscalización.
Cierre de ejercicio: 31 de diciembre.
Capital social: El capital social es de $1.000.000, representado por 1.000.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción.
Los socios suscriben el capital social en partes iguales: LUCAS VALENTÍN GONZALEZ THOMAS suscribe 500.000 acciones, equivalentes a $500.000, y RAÚL CÉSAR CORIA suscribe 500.000 acciones, equivalentes a $500.000.
Cada socio integra en este acto el 35% del capital suscripto, equivalente a $175.000 cada uno. El saldo pendiente será integrado dentro del plazo legal de doce (12) meses, conforme al artículo 40 de la Ley Nº 27.349.
Se fija como sede social el domicilio indicado en el contrato constitutivo.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1779 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
El Registro Público de Comercio ordena la publicación por el término de ley, de la disolución anticipada de GRUPO SERVIPAG S.A., sociedad inscripta al Tomo 315 de Contratos Sociales, Folio 01 Nº 01 en San Luis el 12-03-2018, resuelta por Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada como Asamblea Unánime de fecha 31/07/2025, convocada por Acta de Directorio de la misma fecha 31/07/2025, asumiendo la Sra. Cecilia Verónica Ciccarone DNI 23.463.752 el carácter de liquidadora. Asimismo, mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria celebrada como Asamblea Unánime de fecha 02/10/2025, convocada por Acta de la liquidadora de la misma fecha 02/10/2025 se aprueba el balance final de liquidación de la sociedad, proyecto de distribución, informe de la liquidadora y demás documentación, así como la gestión de la liquidadora, y por último se decide sobre la conservación de libros y papeles y la cancelación de las acciones en circulación.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1780 $5.500,00 e: y v: 05 Jun
Edicto de constitución de “LA VACA ECHADA S.A.S.” SOCIO: JUANA BEATRIZ SENAS, titular del DNI: 20.818.530, CUIT: 27-20818530-1, argentina, casada -con el Sr. Luis Eduardo Galvan DNI: 20.154.931, comerciante, nacida el 24/06/1969, con domicilio en la calle Villa Mercedes S/N, Polideportivo, Concarán, provincia de San Luis. CONSTITUCION: Contrato Social de fecha 27 de Abril de 2026. DENOMINACION: LA VACA ECHADA S.A.S. SEDE SOCIAL: calle Villa Mercedes S/N, Concarán, provincia de San Luis, República Argentina. DURACION: Noventa y nueve años a contar desde su constitución. OBJETO: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país y en el extranjero a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directamente o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Gastronómicas, bares, restaurantes, hoteleras y turísticas; (b) Industriales, elaboradoras y comerciales de productos en general, incluyendo comidas, bebidas y productos en general; (c) Agropecuarias, agrícolas, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (e) Culturales y educativas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras, financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales, mecánicas, industriales y energéticas en todas sus formas; (i) Servicios profesionales, consultoría y asesoramiento en cualquier materia; (j) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; y k) Transporte. La Sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capital a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración, comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de $10.000.000 (pesos diez millones) dividido en 10.000.000 (diez millones) de acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso ($1) valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. La Sra. JUANA BEATRIZ SENAS suscribe la cantidad de 10.000.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso ($1) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, representativas del 100% del capital social. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo en este acto, difiriendo la integración de la diferencia a un plazo de dos años a partir de la fecha. CIERRE DE EJERCICIO: 31 de Diciembre de cada año. Administradora Titular: JUANA BEATRIZ SENAS, DNI: 20.818.530, Administrador Suplente LUIS EDUARDO GALVAN, DNI: 20.154.931, por el término de duración de la Sociedad. Prescinde de sindicatura.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1781 $5.500,00 e: y v: 05 Jun
JUDICIALES
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y Ambiental Nro.1, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. CAROLINA SOLEDAD CHERUBINI - Juez, Secretaría de la autorizante, en autos caratulados: “EXP 360282/20 CASTRO MIGUEL ANGEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS”, hace saber que se ha promovido beneficio de litigar sin gastos por parte de CASTRO MIGUEL ANGEL DNI 20.138.210, con domicilio en Sarmiento 421, Naschel, San Luis, a fin de obtener la concesión del beneficio previsto por la ley procesal, a los fines de tramitar juicio de prescripción adquisitiva EXP. 348283/19 Castro Miguel Angel S/Prescripción Adquisitiva”. Se cita y emplaza por el término de CINCO (5) DIAS a quienes pudieran tener interés en la cuestión para que comparezcan y formulen las manifestaciones que estimen corresponder dentro del plazo y bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes, San Luis, 22 de Mayo de 2026.
C: 1662 SPP e: 29 May. y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. José Ramiro Bustos-Juez, Secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “ESCUDERO EMILIA S/ SUCESION AB INTESTATO”, EXP.Nº421804/24, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta Emilia Escudero DOC.0.632.150 bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, 21 de julio de 2025.-
C: 1683 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
La Jueza Subrogante a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 2, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Dra. VALERIA CELESTE BENAVIDEZ; Secretaria a cargo de la Autorizante en Autos: EXP 425502/24 - “GARAY ROBERTO SANTIAGO Y PEDRAZA ROSALIA BEATRIZ S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por el término de treinta (30) días a Herederos, Acreedores y/o quienes se consideren con derecho a la Sucesión del SR. GARAY ROBERTO SANTIAGO, (D.N.I. N° 10.945.789) y SRA. PEDRAZA ROSALIA BEATRIZ, (D.N.I. N° 10.351.429), bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 07 DE OCTUBRE DE 2025.-
C: 1685 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
La Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza Titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, Prosecretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados: EXP 435879/25 “GARRO MOISE GREGORIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) DIAS a herederos, acreedores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: DON Garro Moise Gregario, D.N.I. Nº 6.806.786.-
C: 1689 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N 2 de la Primera Circunscripción judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Anabelia Verónica Imparato Torres - Jueza Subrogante y Secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados “MOLINA HIPOLITA MARGARITA S/SUCESION AB INTESTATO” EXPTE Nº 421443/24”, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MOLINA HIPOLITA MARGARITA DNI N 8.200.181, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 11 de Junio de 2025.-
C: 1690 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “CARIDE DIZ JOSE LUIS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 408970/23, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: JOSE LUIS CARIDE DIZ, (D.N.I. N° 93.326.600), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 20 de Mayo de 2026.-
C: 1691 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 1 de la ciudad de San Luis, de la 1ª Circunscripción Judicial sito en calle Rivadavia N° 340 3er piso, Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Jueza del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, Secretaría de la autorizante, autos: EXP 431202/25 “SOSA JOSE BENITO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de SOSA JOSE BENITO, D.N.I. N° 6.809.502, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 05 de mayo de 2026.
C: 1694 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “VELAZQUEZ CALIXTO JOAQUIN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 438235/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: VELAZQUEZ CALIXTO JOAQUIN, (D.N.I. Nº 6.799.561), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 15 de Mayo de 2026.-
C: 1695 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 1 de la ciudad de San Luis, de la 1ª Circunscripción Judicial sito en calle Rivadavia N° 340 3er piso, Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Jueza del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, Secretaría de la autorizante, autos: EXP 1083/1 “RECONSTRUIDO: ZAVARRO JAIME Y PASCALE ANGELA NANCY S/ SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de PASCALE, ANGELA NANCY, DNI 03.049.724.-, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 05 de mayo de 2026.
C: 1696 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial Minas y Laboral de Concarán a cargo de la Dra. María Claudia Uccello de Melino, Secretaria del Autorizante del Dr. Daniel Sanchiño, en Autos Caratulados: “BARELIER LUIS ANGEL C/ NIEVAS DE GODOY MARIA DESIDERIA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP-296660/16, cita y emplaza por el término de 15 días a MARIA DESIDERIA NIEVAS DE GODOY y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, ubicado en lugar El Molino, El Hueco, Piscu Yaco, Partido Larca, Departamento Chacabuco de San Luis, designado como Parcela N° “2.060”, en el plano de mensura N° 4/153/15, confeccionado por el Agrimensor Mauricio T. Aguil, con una Superficie de 1 Ha. 5.412,81 m2. Limita al Norte: con María Desideria Nievas de Godoy Pad. N° 2.095 — Rec. —Concarán Poseedor Juan Ramón Gauna: al Sur. con Otto Pablo Schrappe, Elisa Teresa Schrappe de Luna, Lina Elva Schrappe de Morales, Ana Adela Schrappe de Tissera, Delia Dalinda Schrappe de Odonell, Carlos Julio Schrappe, Irene Ludela Schrappe de Moreno, Irina Dora Schrappe de Ineli, Ricardo Gilberto Schrappe, Rosa Magdalena Schrappe de Godoy, Regino Emiliano Schrappe, Ilda Regina Schrappe, María Reyes Andrada de Schrappe Pad. N° 255 — Rec. Concarán Pl.4/129/12, Pl. 4/33/03; al Este: con María Desideria Nievas de Godoy Pad. N° 2.095 — Rec. —Concarán Poseedor Juan Ramón Gauna, y al Oeste: con María Desideria Nievas de Godoy Pad. N° 2.095 — Rec. —Concarán Poseedor Juan Ramón Gauna. Dicho inmueble se encuentra empadronado a los efectos fiscales bajo el Padrón N°2.095 de la Receptoría N° 10 de Concarán (SL), Inscripto al Tit 36, de Chacabuco, F° 126, N° 5.054, Inscr. 1era.
Concaran San Luis, Veintitres de Noviembre de Dos Mil Diecisiete.-
C: 1706 $11.000,00 e: 03 y v: 05 Jun
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Geremías Pablo Ferez, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 401286/23 “SALDAÑEZ RAUL ALFREDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por SALDAÑEZ RAUL ALFREDO DNI 8.685.466.
Villa Mercedes, San Luis, 18 de mayo de 2026.
C: 1708 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
Dr Fernando Alberto Spagnuolo Juez Titulas del Juzgado civil N° 1 de esta ciudad de San Luis, Secretaria Autorizante, en autos caratulados: EXP 383948/22 “DIP MIRTA CELINA S/ PRESCIPCION ADQUISITIVA”, cita y emplaza por el termino de treinta días (30) a toda persona que se considere con derecho al inmueble individualizado sito en Psj. Trabajador S/N Ciudad (hoy Juan Martin de Pueyrredón), Provincia de San Luis. El mismo cuenta con una superficie de trescientos (300 m2) Padrón anterior 850201; Plano de Mensura 01-70-1997, Parcela Baldía Nº 81; Nom. Tributaria 12-855489. Reconociendo las siguientes medidas: Compuesto por 10 metros de frente al Oeste e igual medida al Este y 30 metros en los costados Norte Parcela 82 Flia Díaz. Al Sur Pacela 99 con Romero y Freites. Al Parcela 96 Este con Salvador Marassa todo conforme croquis. Inscripto en el registro de la propiedad inmueble al TOMO 117, Ley 3.236, de Capital, Fº 287, Nº 36.151. El auto que así lo ordena dice: SAN LUIS, 13 de marzo de 2024.- Proveyendo ESCEXT N° 24368253/24 de fecha 11/3/2024 presentado por el Dr. NOSTRAY: Atento lo solicitado, razones invocadas y constancias de autos…” “…Para la citación de los demandados y toda persona que se considere y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren con derecho al inmueble individualizado, PUBLIQUENSE EDICTOS a fin de que comparezcan a estar a derecho, en el plazo de quince (15) días dos veces, en intervalos regulares de treinta (30) días entre una publicación y otra, por DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en el diario de mayor circulación en la provincia (arts. 911, última parte y 912 del C.P.C), bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).”La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en sistema de gestión informático por el Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, no siendo necesaria la firma manuscrita (Cfr. Ley Nac. 25506, Ley Prov. 591/07; 699/09 y Reglamento General del Expediente Electrónico Acuerdo Nº 61/17 y Memorándum Nº 3 de la Secretaría de Informática, Ley Nº IV-0086-2021 y Acuerdo Nº 373 del Excmo. S.T.J., Poder Judicial de San Luis).
San Luis, 29 de ABRIL de 2024
C: 1709 $11.000,00 e: 03 y v: 05 Jun.
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL N°3 DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, juzgado a cargo de la Dra. VALERIA CELESTE BENAVIDEZ JUEZ del juzgado civil comercial y ambiental, secretaria autorizante Dra. Natalia Gómez EN LOS AUTOS CARATULADOS EXP 429823/25 “LEPEZ SILVANA GABRIELA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de treinta días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de la Sra. LEPEZ SILVANA GABRIELA DNI 27.270.728 bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 26/8/25
C: 1711 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “LOZANO AMADO S/ SUCESIÓN TESTAMENTARIA” EXP 383018/22, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: AMADO LOZANO, (D.N.I. Nº 6.798.130), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 12 de Mayo de 2026.-
C: 1712 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
Dra. Gabriela N. Ramosca, JUEZA del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, Prosecretaría del autorizante, CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) DIAS, a herederos y acreedores de DOÑA MARGARITA PEREZ DNI Nº 3.209.646, en los autos caratulados “PEREZ MARGARITA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. Nº 359610/20, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 17 de NOVIEMBRE de 2025
ANA F. DÍAZ
Prosecretaria
C: 1713 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto SPAGNUOLO, Juez, en autos: “EXP 416848/24 “CAMARGO ESCUDERO JULIO ANDRES S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, cita y emplaza a toda persona que se considere y/o quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren, bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia. (art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C)., con relación a una fracción de terreno ubicada en la Ciudad de San Luis Capital, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis, sobre calle Ituzaingó N° ٥٥٧, designada como PARCELA 125 de la MANZANA 38 del plano de mensura confeccionado por el agrimensor Guillermo Daniel AGUADO y visado provisoriamente por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales con el número 1-208-22 de fecha 06/07/2022 el cual resulta ser un excedente de titulo la Parcela 18 y tiene una superficie total de SESENTA Y CINCO CON SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (65.63 MTS2) el mismo tiene las siguiente medidas y linderos: Mide al ESTE, Nueve metros con setenta y seis centímetros (9,76 mts); Al NORTE, Siete metros con catorce centímetros (7,14 mts); al OESTE, Nueve metros con sesenta y tres. centímetros (9,63 mts); y al SUR, Seis metros con cuarenta y un centímetros (6,41 mts); y Linda: Al ESTE, con Parcela 18; al NORTE, con Propiedad de Nicolas Tessi; al OESTE, no se localiza Padron ni titular dominial; y al SUR, con Propiedad de María José ZARATE, todo según plano y manzana citado. No posee inscripción, ni padrón,
San Luis, 27 de Mayo de 2026.-
C: 1723 $11.000,00 e: 03 y v: 05 Jun.
Miguel N. Sirur Flores, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula N° 308 del CASL notifico que el día 8 de julio de 2026, a las 16:00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por el Sr. Ariel Ricardo Costa DNI 31.822.111. El inmueble no dispone de nomenclatura catastral ni tributaria registrada en la Dirección de Catastro, ni de dominio inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, se localiza sobre Calle Los Agapantos y/o Los Girasoles, Piedra Blanca Abajo, localidad de Villa de Merlo. Lugar de encuentro en el inmueble.
Citase especialmente a Estado de la Provincia de San Luis.
Consultas en el domicilio Janzon 179 primer piso dpto. 3, Villa de Merlo, teléfono 2664790109. sobre Calle Los Agapantos y/o Los Girasoles, Piedra Blanca Abajo, localidad de Villa de Merlo
San Luis, 29 de mayo de 2026.-
C: 1724 $11.000,00 e: 03 y v: 05 Jun
El Juzgado Civil, Comercial, ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaria de la Dra. Simioli, en los autos caratulados “EXP 413.126/24 SARMIENTO FRANCISCO DOMINGO, CEPEDA VICTORIA IRENE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de Don FRANCISCO DOMINGO SARMIENTO, DNI: 8.653.407 y doña VICTORIA IRENE CEPEDA, DNI: 5.979.572 ambos con domicilio en manzana 9 casa 18 del Bº 227 Viv. en la Villa de Merlo, Departamento Junín de la Provincia de San Luis.
Concarán (SL), 26 de MARZO de 2026.-
C: 1725 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “GODOY MARIA LIDIA Y TISSERA JOSÉ S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 271553/14, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: JOSE TISSERA (D.N.I. N° 6.801.193), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 28 de Mayo de 2026.-
C: 1727 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Juez Dr. Moisés Benito Fara, Secretaria de la Dra. López Zavala, en los autos caratulados “EXP 415346/24 “GONZALEZ CARLOS ALFREDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. GONZALEZ CARLOS ALFREDO DNI. N° 16.656.559.
Concarán, San Luis, 31 de Marzo de 2026.-
C: 1728 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
La Dra. Valeria Celeste Benavidez, Jueza a cargo del Juzgado Civil, Comercial Y Ambiental Nº 3, Secretaria Autorizante, de la 1RA. Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, en los autos caratulados: “SOMARE JUAN ANGEL S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP. 342917/19” cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DIAS a toda persona que se considere, tuviere o invocare derecho sobre el inmueble individualizado en CALLE MITRE S/N, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN EL TRAPICHE, RECEPTORÍA SALADILLO, LOCALIDAD EL TRAPICHE, DEPARTAMENTO CORONEL PRINGLES siendo su nomenclatura catastral de origen= SECCIÓN 5, MANZANA 2, PARCELA 40. El padrón catastral es 421038 y su INSCRIPCIÓN DE DOMINIO EN EL RPI FIGURA BAJO EL TOMO 19 (LEY 3236) DE PRINGLES, FOLIO N° 310, N° 20916, individualizando el terreno a usucapir, como la PARCELA 91 la que cuenta con una superficie de 988,15m2 conforme plano de mensura 2/65/17 confeccionado por el agrimensor Carlos Gustavo Braeckman, Mat 289 CASL. El lote tiene como linderos al NORTE: CALLE PÚBLICA; al SUR: ORLANDO RODRIGUEZ (PADRÓN 143); al ESTE: ANA ADAMEK DE CALDERÓN Y ANTONIO BASILIO CALDERON (PADRÓN 421039- PARCELA 41/22); al OESTE: ORLANDO RODRIGUEZ (PADRÓN 143- PARCELA 79) siendo sus medidas 1-2= 20.00M, 2-3=50.00M, 3-4=13.00M, 4-57.09M, 1-5=48.00M., bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. Defensor de Ausentes, para que los represente (ART.343, 2º PÁRRAFO DEL C.P.C.).-
San Luis, 17 de abril de 2026.-
C: 1730 $11.000,00 e: 03 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “IGLESIAS RODRIGO ELIO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA TRAMITE ORAL” EXP. Nº 418553/24, cita y emplaza por 15 días a quienes se consideren con derecho sobre un inmueble urbano, ubicado Calle Fundadores S/N de Villa Larca, Partido Larca, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis, designado como Parcela Nº “6”, en el plano de mensura Nº 4/54/22, confeccionado por el Agrimensor Mauricio T. Aguil, de fecha 22/08/2022. Con una Superficie de MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE CON SETENTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (1.227,75 m2). Limita al Norte: Calle Fundadores Tierra-ancho 8,00 m; al Sur: con Parcela Nº 28 Federico Arturo Palacio Pad. Nº 1.031.917 – Rec. Concarán Pl. Nº 4/12/17; al Este: No se localiza padrón ni propietario Poseedor: Eduardo Nievas y al Oeste: No se localiza padrón ni propietario Pl. Nº 4/84/21 Pl. 4/194/10 Poseedora: Aurelia Trinidad Coronel. El inmueble carece de padrón y no se localiza inscripción de dominio.-
Concarán - San Luis. 17 de Marzo de 2026.-
C: 1731 $11.000,00 e: 03 y v: 05 Jun
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N°2 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Santa Rosa del Conlara, (SL), a cargo del Juez Provisorio, Dr. Javier Corigliano, Secretaria del Dr. Scarzo, en los autos caratulados: “MIRANDA OSCAR REGINO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 435.557/25 cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. OSCAR REGINO MIRANDA, DNI: 14.651.010, bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, (SL), 20 de abril de 2026.-
C: 1732 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, a cargo de la Dra. Gabriela N. Ramosca, Prosecretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados “OROZCO FRANCISCO FEDERICO S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP 446542/26, que tramita ante este Juzgado, cita y emplaza a quienes se considerasen con derecho a los bienes dejados por el causante FRANCISCO FEDERICO OROZCO, DNI Nº ٨.٦٨٦.٣٢٥. para que dentro de TREINTA DÍAS lo acrediten bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 29 de MAYO de 2026
C: 1733 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
El Juzgado, Civil, Comercial y Ambiental N° 1, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez Titular, Secretaria a cargo de la autorizante cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de los causante SRES. SOSA JUAN ANTONIO, DNI 6.819.665, ORLANDO AGUSTIN BERON -L.E. N° 06.810.118 Y ENZO DARIO BERON, DNI 22.852.907, en Autos caratulados: “SOSA JUAN BAUTISTA Y LUCERO VIVIANA - SUCESION AB INTESTATO “Expte 314737/17”, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 12 de mayo de 2026.-
C: 1735 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun.
EDICTO Nº 287-AGUA SUBTERRANEA-SLA-2025
PREFACTIBILIDAD
La empresa TIBY S.A. CUIT 30-71831077-2, titular del padrón Inmobiliario 19-1039120 y 19-1039122, perteneciente al Establecimiento La Esperanza, ubicado aproximadamente a 13 km al oeste de la Intersección entre Ruta Nacional Nº 79 y Ruta Provincial N°4, en la localidad de Quines, departamento Ayacucho, Provincia de San Luis. Se corresponde a la Cuenca Hidrogeológica Llanura Norte, solicita permiso para la ejecución de dos (2) perforaciones con destino de uso AGRICOLA, ubicada en las siguientes coordenadas (POSGAR 94 - FAJA 3):
- Perforación tipo: N: 6436787,22 E: 3505042,23.
- Perforación tipo: N: 6436589.51 E: 3503470.88.
Quienes se consideren afectados, deberán presentarse dentro de los CINCO (5) días hábiles ante ENTE SAN LUIS AGUA, sito en Casa de Gobierno de la Provincia de San Luis, Edificio Oeste, Bloque 1, P/8, Ciudad de San Luis.
C: 1739 $11.000,00 e: 03 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados: “SANCHEZ JOSE NORBERTO, GODOY NELIDA CASTULA S/SUCESIÓN AB INTESTATO EXP. 440364/25 cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a quienes se consideren herederos y/o acreedores del Sr. JOSÉ NORBERTO SANCHEZ DNI Nº 06.830.637 y de la Sra. NÉLIDA CASTULA GODOY DNI Nº 8.359.648, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 07 de abril de 2026.-
C: 1740 $16.500,00 e: 03 y v: 08 Jun
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
EDICTO DE CONVOCATORIA A CONCURSO.
Se comunica que en autos ADM N° 19872/26, que tramitan ante el Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría de la Dra. Paola Susana Giannini, se ha dictado la siguiente resolución: “San Luis, dos de junio de 2026. Atento a la vacancia comunicada mediante Acuerdo N° 77-STJSL-SA-2026, apartado N° IV de fecha 20 de mayo del corriente año por Secretaria Administrativa, lo previsto en los arts. 199 y 200 de la Constitución Provincial y lo reglado en la Ley VI-0615- 2008, CONVÓQUESE al concurso de antecedentes y oposición, para cubrir: “UN (01) CARGO DE DEFENSOR ADJUNTO DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, con asiento en Concarán”, fijando el periodo de inscripción desde el 16/06/2026 al 22/06/2026, inclusive.
Hágase saber a los postulantes que deberán observar el procedimiento de inscripción on line, adoptado en fecha 20/02/2018 por Acta Nº 08 del Consejo de la Magistratura, conforme se indica en el sitio web consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar presentando por dicho medio, firmada digitalmente, la documental que prescriben los Arts. 3 y 4 incs. d), e) y f) de la Ley NºVI-0615-2008 -de originales o copias debidamente certificadas por Escribano, Secretario encargado de certificaciones en el ámbito del Poder Judicial, Juez de Paz Lego o Policía de la Provincia- y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios exigidos para el cargo, los que se encuentran detallados en la sección “requisitos” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
No es procedente el plazo de gracia para las presentaciones que se realicen en los Concursos que tramitan en el Consejo de la Magistratura conforme Acta Nº 08 de fecha 20/02/2018.
Se recuerda que en caso de necesitar asistencia para la inscripción on line, el postulante deberá concurrir a la terminal de consulta de Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sito en calle 9 de Julio N° 934 de la ciudad de San Luis, planta alta, los días hábiles de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hs.
Asimismo, deberán presentar hasta dentro de los 5 días hábiles de finalizado el período de inscripción en Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, a los fines de su reserva en Secretaría, una carpeta con el comprobante de la inscripción on line y el soporte papel de la documentación de la misma, en original o copia certificada, debidamente foliada. Se admitirá, a esos efectos, la remisión que los postulantes efectúen a carpetas presentadas en otro concurso del Consejo de la Magistratura, en tanto refieran a concursos en trámite, estando a cargo de los postulantes completar y/o actualizar la carpeta papel para observar la correspondencia con la documentación incorporada en las respectivas inscripciones on line.
Los postulantes deberán someterse a las Audiencias Públicas de evaluación técnica y conocimiento personal y verbal que establecen los Arts. 7, 8 y 9 de la Ley Nº VI-0615-2008, siendo de aplicación lo dispuesto en la Resolución N° 01-CM-2023 publicada en la sección “Resoluciones” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
El temario marco de contenidos mínimos, para tales evaluaciones de idoneidad técnica, se encuentra publicado en el mencionado sitio web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis.
El examen escrito se realizará el día 13/08/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30) y las audiencias de conocimiento personal y examen verbal, el día 14/08/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30). Los mismos se llevarán a cabo en el Palacio de Justicia, sito en calle 9 de Julio Nº 934, de la Ciudad de San Luis.
A efectos de la publicidad y transparencia de los actos, la Audiencia de conocimiento personal y examen verbal del día 14/08/2026 será transmitida vía streaming por el canal oficial del Poder Judicial en la Plataforma de Youtube, los interesados en acceder a la transmisión de dicha Audiencia deberán comunicar su cuenta de Google al correo institucional del Consejo magistratura@justiciasanluis.gov.ar, hasta dos días antes de la celebración de los exámenes verbales.
PÚBLIQUESE en la página web del Consejo de la Magistratura y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia y en el diario de mayor circulación Provincial los días 05/06/2026, 08/06/2026 y 10/06/2026 (…) Firmado digitalmente por la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Presidente del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis”.
C: 1750 SPP e: 05 y v: 10 Jun
El Juzgado de Familia, Niñez Adolescencia y Violencia Nº 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. María Agustina Montiveros Garro, Juez, Secretaria de la Autorizante, “Villa Mercedes, San Luis, veintidós de octubre de dos mil veinticinco, hace saber que en los autos caratulados: AGUIRRE MIATELLO VICTORIA AGUSTINA C/ AGUIRRE SILVIO ANDRES S/ SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO Expte. N°432486/25, se ha ordenado la publicación del presente edicto una vez por mes en el plazo de dos meses a los fines de hacer saber a quienes pudieren tener interés, que la Sra. AGUIRRE MIATELLO VICTORIA AGUSTINA DNI N°42.909.438 ha solicitado la supresión de su apellido, conforme lo previsto por el art. 70 del C.C.C.. FDO. DRA. MARIA AGUISTINA MONTIVEROS GARRO - JUEZ.-
Villa Mercedes San Luis 15 de Abril de 2026.-
DORA CRISTINA DOUGLAS PRICE
Prosecretaria
C: 1751 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
El Juzgado de Primera instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1, de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, Secretaría a cargo de la autorizante, autos: “PENNACCHIO MARIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 449266/26, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de MARÍA PENNACCHIO, DNI 13.181.881, bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis 27 de Mayo de 2026.-
C: 1752 $16.500,00 e: 05 y v: 10 Jun
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental nº4 de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca, Prosecretaria a cargo del Autorizante en autos: “ALMEIDA RAMONITA MARGARITA C/ VALLEJOS ESTEBAN S/POSESIÓN EXP 439457/25”, cita y emplaza por el termino de CINCO días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en Departamento Belgrano, Partido Rumiguasi, calle Tomas Alcaraz s/n de la Localidad de Villa de la Quebrada Provincia de San Luis, Padrón nº 1555 Rec. 26, Parcela Nº 2 con los limites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº ٨/٨/٢٥ y cuyos demandados son Esteban Vallejos DNI: 3.213.398, Carmen Segunda Alba de Caballera LC.6.811.709 y Vicente Antonio Caballera LE.6.811.709, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse.-
San Luis, 27 de MAYO de 2026
C: 1753 $11.000,00 e: 05 y v: 08 Jun.
Juzgado Civil Comercial Minas N° 1 San Luis Juez Dr. Fernando Spagnuolo, Secretaria Autorizante, autos “CARRIZO PLACIDA Y OTRO C/ OCAÑA ADELINA Y OTROS S/POSESION VEINTEAÑAL” EXP N° 296863/16, cita y emplaza, por el término de QUINCE (15) DÍAS, para que comparezcan a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble de La Represita, La Tranca, Campo San Ceferino y Los Divisaderos, El Gigante, Dpto Belgrano, San Luis inscripto en Matrícula 8-893 Padrón 91651 y Tº 6 Ley 3236 Belgrano Fº 374 Nº2535, Tº 7 Ley 3236 Belgrano Fº٢٠ Nº ٢٥٨٦ y Fº١٢٧ Nº٢٦٨٨ y Tº 9 Ley 3236 Belgrano Fº 266 Nº 50 Padrón 86 ambos de Socoscora Mensura 8/230/16 Parcela 111 superficie 1088 Has 1428,04 m2 límites Norte: Juan, Hipólito, Felix, Placida y Clemira Carrizo Sur: Victor Fernández, Arminda Ocaña de Fernández, Guillermo Próspero Ocaña, Ventura Rosa Ocaña de Fernández, Placida Carrizo y Feliciano Calderón y Estado Provincial Este: San Francisco de las Quijadas y Oeste: Florencio Pareja Sackmann con apercibimiento en caso de incomparecencia se designará al Defensor de Ausentes para representarlos
San Luis, 25 de febrero de 2026.
C: 1754 $11.000,00 e: 05 y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de Concarán, de la Tercera Circunscripción Judicial a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría a cargo de la autorizante, ha dispuesto en los autos caratulados “EXP 449212/26: QUIÑONES ANA ISABEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, citar a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante ANA ISABEL QUIÑONES DNI N°14.380.957 para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten (art. 699 del CPCC).-
Concarán, San Luis, 22 de Mayo de 2026.-
C: 1755 $16.500,00 e: 05 y v: 10 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Juez; Prosecretaria del autorizante, en los autos caratulados: “AGUILERA GUILLERMINA, S/SUCESIÓN AB INTESTATO”- EXP 403631/23, Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial y Judicial y un diario local por término de TRES DÍAS citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante. Causante: AGUILERA GILLERMINA D.N.I N° 4.284.113.-
San Luis, 6 de ABRIL de 2026
C: 1756 $16.500,00 e: 05 y v: 10 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٠٣, de ésta Ciudad, a cargo de la Dra. Benavidez, Valeria Celeste, Jueza, Secretaría a cargo de la Autorizante, en los autos: “EXP. 448046/26 BERNARDI JUAN CARLOS-SUC. AB INTESTATO”, cita y emplaza por treinta (30) días, a herederos y acreedores del SR. BERNARDI, JUAN CARLOS, DNI 10.915.492, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 01 de junio de 2026.-
C: 1757 $16.500,00 e: 05 y v: 10 Jun
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “TRANI JUAN RAMON c/ AMAYA BLANCA ELIDA S/POSESIÓN (MEDIDAS PRELIMINARES) - PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP. 409766/23, cita y emplaza por quince (15) días a toda persona que se considere con derecho sobre el inmueble a usucapir, ubicado en calle Bartolomé Mitre ٩٤٥ ciudad de San Luis, Manzana 57, Parcela 015, sección 1, cuadrante D3, ciudad de San Luis. Superficie: lote n° 61: 480,69 m2; número de plano 1/160/23, inscripto ante el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 48 Departamento Juan Martin de Pueyrredón, folio 87 Numero 8773 - inscripción segunda- y ante la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales como padrón 21814 de la Receptoría 12, conforme plano de mensura N° 1/160/23 confeccionado por el Ing. Agr. Jose Badani Ceballos, bajo apercibimiento de designar al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente en caso de incomparecencia (Art. 343, 2º y 3° párrafo del C.P.C.).-
SAN LUIS, 28 de octubre de 2025.-
C: 1758 $11.000,00 e: 05 y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cherubini Carolina Soledad- Jueza, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “ISMAEL BLANCA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 372843/21 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta SRA. ISMAEL BLANCA D.N.I. Nº 11.532.763, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 16 de febrero de 2024.-
ANALÍA CELDRÁN
Prosecretaria
C: 1759 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz - Juez, Secretaría del autorizante en autos caratulados “RODRIGUEZ CIRILA PRESENTACION, BRINGAS NILDA NORMA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 434067/25 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de los extintos Sres. CIRILA PRESENTACION RODRIGUEZ D.N.I. Nº 1.590.354 y BRINGAS NELIDA NORMA, D.N.I. Nº 4.606.457, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 18 de mayo de 2026.
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 1760 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº1 de la II Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, Edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes (S.L.), a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini, Juez Titular, Secretaria de la Autorizante, en autos caratulados: “SOMBRA RAMON Y PEREZ AURELIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO EXPTE Nº 363192/20, cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de los extintos SRES. PEREZ AURELIA DNI Nº 8.200.316 y SOMBRA RAMON DNI Nº 3.225.509 bajo apercibimiento de Ley.
Villa Mercedes (San Luis), veintitrés de septiembre de dos mil veintidós.
MARISA E. CATUOGNO
Secretaria
C: 1761 $5.500,00 e: y v: 05 Jun.
El Juzgado Electoral Provincial a cargo del Dr. Fernando Spagnuolo, Secretaría Electoral Provincial a cargo de la Dra. Alejandra Lucero – Secretaria Electoral Provincial Subrogante, comunica el nombre adoptado por el partido en formación “IMPULSO GENERACIONAL” obrante en autos ELE 2412/26 el que fuera constituido en fecha 02/05/26, a fin de la oposición al nombre que pudiere formularse (Art. 16 incs. 1, 2, y 3 Ley Nº XI-0346-2004).
ART. 63 INC. A) DE LA LEY XI-0346- 2004-5542” R”: “Las actuaciones tramitarán por escrito, a máquina en el mismo tipo de papel exigido por la Justicia Ordinaria y estarán exentos de la tasa judicial y Acto de Procedimiento, las publicaciones contempladas en esta Ley se harán en el Boletín Judicial y Oficial sin cargo, a cuyo efecto deberán contener la autorización de la autoridad de aplicación.”
San Luis, 04 de Junio del 2026
C: 1782 SPP e. 05 y v: 10 Jun.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes a la Auditoría Ambiental presentada por la Sr. ARNALDO ÁNGEL AIMALE, DNI 17.396.683 en carácter de representante legal y cuyo consultor ambiental es la Lic. Gisela N. Borgatello (RUCEIA Nº 21), para matadero y frigorífico, ubicado en Ruta Provincial Nº 6 Pozo Cavado, Concarán, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis (Ref. EXD. Nº 0000-5240782/23), en el marco de la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y la Ley Provincial Nº IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección de Gestión Ambiental y Fiscalización, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar
C: 1783 $11.000,00 e. 05 y v: 08 Jun.
EDICTO Nº 274-AGUA SUBTERRANEA-SLA-2026
PREFACTIBILIDAD
La firma GANADERA LOS MOLLES S.A CUIT. 30-70738534-7, titular del padrón inmobiliario 14-1847, perteneciente al Establecimiento San José, ubicado aproximadamente a 12 km al norte de la intersección entre la ruta RN55 y RP6, en la localidad de Santa Rosa, departamento Chacabuco, Provincia de San Luis. Se corresponde a la Cuenca Hidrogeológica Conlara, solicita permiso para la ejecución de dos (2) perforaciones con destino de uso AGRÍCOLA, ubicadas en las siguientes coordenadas (POSGAR 94 – FAJA 3):
- P1: N: 6404309.75 E: 3583228.17
- P2: N: 6404244.91 E: 3582125.89
Quienes se consideren afectados, deberán presentarse dentro de los CINCO (5) días hábiles ante ENTE SAN LUIS AGUA, sito en Casa de Gobierno de la Provincia de San Luis, Edificio Oeste, Bloque I, P/B, Ciudad de San Luis.
MAURICIO GABRIEL GARBERO
Sub Gerente de Agua Subterránea
C: 1784 $11.000,00 e. 05 y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca, Prosecretaría del Autorizante, cita y emplaza por el término de treinta días a los herederos y acreedores de OCHOA JUANA NOELIA, DNI Nº 1.781.310 en autos: “OCHOA JUANA NOELIA S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP 372535/21, bajo apercibimiento de ley
San Luis, 6 de FEBRERO de 2026
C: 1785 $16.500,00 e. 05 y v: 10 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “VARGAS MIGUEL ANGEL C/LLESI ROSA ELVIRA S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 394865/23, cita y emplaza a ROSA ELVIRA LLESSI, (D.N.I. Nº 11.281.858) por el término de CINCO (05) DÍAS a partir de la última publicación para que comparezca a estar a derecho, bajo el apercibimiento de designarle al Sr. Defensor de Ausentes para que lo represente en el proceso
San Luis, 05 de Mayo de 2026.-
C: 1786 $5.500,00 e. y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 con asiento en Santa Rosa del Conlara-San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano en los autos: “OLGUIN NORA DEL VALLE S/ SUCESION AB INTESTATO - EXPTE. Nº 429518/25”, cita y emplaza por treinta días a todos lo que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante NORA DEL VALLE OLGUIN, DNI Nº 4.862.885, bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, SAN LUIS, 19 de Febrero de 2026.-
C: 1787 $16.500,00 e. 05 y v: 10 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la Ciudad de San Luis, Capital de la Provincia del mismo nombre, a cargo de la DRA. GERALDINA INES IBAÑEZ, JUEZ, Secretaría del autorizante, en los autos caratulados “PEREZ FERNANDO BASILIO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 408712/23, cita a los demandados con domicilio ignorado y toda persona que se considere y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN con derecho al inmueble ubicado en Acceso desde RPNº38 S/Nº, de la Provincia de San Luis, Departamento: Libertador Gral. San Martin, Partido: San Lorenzo, Padrón Nº 10, sin Inscripción de Dominio, de Receptoría: Carolina, correspondiente al Plano Nº 5/84/21, confeccionado por el Agrimensor Jonathan W. Sandoval, Parcela “5” constante de una superficie de DOSCIENTAS CINCUENTA HECTAREAS, CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO METROS CINCUENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (250 HAS. 4758,54 M2) con los siguientes límites NORTE: Pascual Florencia Funes, Héctor del V. Suarez, Ramona A. Suarez, Lorenzo Lucero, Rogelio Cesar Domínguez, Ramon T. Domínguez, José G. Domínguez, Eduardo Del Domínguez, Edelmira Domínguez, Rosa D. Domínguez de Castro, Jacinta M. Domínguez de Alfonso, Rosier Pérez, Antonio Rosier Pérez, OESTE: Pascual Florencia Funes, Héctor del V. Suarez, Ramona A. Suarez, Lorenzo Lucero; Leandro Sabanes, María Sergia Villaverde, ESTE: Benicia Pérez, Rogelio Cesar Domínguez, Ramon T. Domínguez, José G. Domínguez, Eduardo Del Domínguez, Edelmira Domínguez, Rosa D. Domínguez de Castro, Jacinta M. Domínguez de Alfonso, Rosier Pérez, Antonio Rosier Pérez, y SUR: Río Luluara, Rogelio Cesar Domínguez, Ramon T. Domínguez, José G. Domínguez, Eduardo Del Domínguez, Edelmira Domínguez, Rosa D. Domínguez de Castro, Jacinta M. Domínguez de Alfonso, Rosier Pérez, Antonio Rosier Pérez, Benicia Pérez. Todo bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor de Ausentes para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2º y 3º párrafo del C.P.C).-
San Luis, 09 de Febrero de 2026.-
C: 1788 $16.500,00 e. 05 y v: 10 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados: “SOSA FLORINDA S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA” EXP 444572/25, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. FLORINDA SOSA DNI 2.999.694, y a quienes resulten herederos sustitutos conforme las previsiones del testamento otorgado mediante Escritura Pública Nº 25 de fecha 19/03/2023, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 06 de mayo de 2026.-
C: 1789 $16.500,00 e. 05 y v: 10 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de esta ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, secretaría del autorizante en autos “SUAREZ NEDO S/ SUCESION AB INTESTATO” Expte 436358/25 cita y emplaza a herederos y acreedores de NEDO SUAREZ DNI 13.738.490, por el termino de treinta días.
San Luis, 12 de MAYO de 2026
C: 1790 $16.500,00 e. 05 y v: 10 Jun.
El Juzgado, Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 de la ciudad de Villa Mercedes (SL), a cargo del Dr. GEREMIAS PABLO FEREZ Juez, Secretaría autorizante, en los autos caratulados: EXP 360385/20 “GARCIA PASCUA C/ S/ POSESIÓN”, cita y emplaza por el termino de QUINCE DIAS a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble identificado como Receptoría 05, Padrón 8 del plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Mauricio T. Aguil y aprobado por la Dirección Provincial de Geodesia y Catastro bajo el Nº 3/104/12 el 13 de agosto del año 2012. Inmueble este ubicado en Pasaje Privado y calle Luis Guerci de la localidad de Juan Llerena, Partido El Morro, Departamento General Pedernera, a fin de que comparezcan a estar a derecho, la contesten, opongan excepciones y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (art. 917 C.P.C.yC).
Villa Mercedes (San Luis) 02 de junio de 2026.-
C: 1791 $11.000,00 e. 05 y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: PAGANI CELESTINO RODOLFO Y RIVA ELVA MARIA S/ SUCESION AB INTESTATO - EXP 409020/23 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Sr. PAGANI CELESTINO RODOLFO LE Nº 5.014.789 y de Sra. RIVA ELVA MARIA DNI Nº 2.854.654 bajo apercibimiento de ley.-
Prosecretaría: 22 de diciembre de 2025.-
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 1792 $5.500,00 e. y v: 05 Jun.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes al Estudio de Impacto Ambiental presentado por el Sr. GREGORIO RAFAEL HERNÁNDEZ - CUIT Nº 20-12123884-6, en carácter de titular y cuyos consultores ambientales son: El Msc. Gabriel Cayetano Tognelli (RUCEIA Nº 30 – Mat. CGSL: 29) y la Lic. Gisela N. Borgatello (Mat. RUCEIA Nº 021 - Mat. CGSL: 95), para desarrollar actividades de explotación de áridos en la cantera “Luco I”, localizada en cercanías de Los Molles, Partido Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis y cuyas coordenadas son, aproximadamente, 1. X: 6.410.774,76; Y: 3.590.834,21 – 2. X: 6.407.907,32; Y: 3.593.574,84 (WGS84), (Ref. EXD. Nº 0- 9241171/24), en el marco de la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y la Ley Provincial Nº IX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección de Gestión Ambiental y Fiscalización, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2º Piso 2º, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar.
C: 1793 $11.000,00 e. 05 y v: 08 Jun.
El Dr. Fernando A. Spagnuolo, Juez Subrogante a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Prosecretaría a cargo de la Autorizante en los autos caratulados. “LEYES ADELA, SCHVAGER LEON SAUL Y OTRO / SUC. AB INTESTATO EXP. 321584/18, cita y emplaza por el término de treinta (30) días, a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Sra. LEYES ADELA.DNI 4.194.282, SCHVAGER LEON SAUL DNI 8.314.692 y SCHVAGER SIMON ISRAEL DNI 10.945.677 bajo apercibimiento de ley. -
San Luis, 27 de mayo de 2026.-
C: 1794 $16.500,00 e. 05 y v: 10 Jun.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL N.º 2 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRPCIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS A CARGO DE LA DRA. GERALDINA INÉS IBAÑEZ, JUEZA TITULAR, SECRETARIA DE LA AUTORIZANTE, EN AUTOS CARATULADOS “JOFRE ROSA ARGENTINA C/CERIZOLA IBAR ANTONIO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP N.º 324827/18 cita y emplaza por quince días a los demandados con domicilio ignorado y toda persona que se considere y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Gobernador Esteban Adaro y esquina calle Raul B. Diaz, de la Provincia de San Luis, Departamento: Juan Martín de Pueyrredón, Partido: La Capital, Padrón Nº 890394, Inscripción de Dominio Tº 22 (Ley 3236) de Capital, Fº 54 – Nº 8175, de Receptoría: Capital, correspondiente al Plano Nº 1/388/19, confeccionado por el Agrimensor Raúl Giulietti, Parcela “32” constante de una superficie de CIENTO OCHENTA Y TRES METROS SESENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS (183,63 M2) con los siguientes límites NORTE: calle Gobernador Esteban Adaro, OESTE: calle Raul B. Diaz, ESTE: Antonio Melian Morales, y SUR: María Haydee Coria de Miranda.-
San Luis, 02 de Junio de 2026
C: 1795 $11.000,00 e. 05 y v: 08 Jun.
