ADMINISTRATIVAS
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
DECRETO Nº 4352-SGG-ST-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-4210775/26, y;
CONSIDERANDO:
Que el aporte de fondos es de vital importancia para el sostenimiento, mantenimiento y efectivo funcionamiento del Sistema de Transporte Público de Pasajeros Urbano de las Municipalidades de San Luis, Villa Mercedes y Villa de Merlo, asegurando el traslado de los estudiantes a los establecimientos educativos;
Que la Provincia consideró oportuno otorgar un subsidio a las municipalidades mencionadas precedentemente, como parte del plan estratégico del gobierno, reafirmando su compromiso con la educación;
Que este subsidio busca beneficiar a los estudiantes, apoyando su desarrollo académico y personal;
Que en act. NOTAB 100108472/26 la Dirección de Transporte tramita el otorgamiento de un subsidio a las Municipalidades de San Luis, Villa Mercedes y Villa de Merlo, en concepto de Boleto Estudiantil Gratuito, correspondiente al período comprendido entre el 23 y el 27 de febrero de 2026, con motivo del inicio del ciclo lectivo 2026, y marzo 2026;
Que en act. PREV 11393880/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($133.738.885,00);
Que en act. DICTLE 10422/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;
Que en act. NOTAMP 980469/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento de los subsidios conforme lo solicitado, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171015/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 2°.- Otorgar un subsidio a las Municipalidades de San Luis, Villa Mercedes y Villa de Merlo, en concepto de Boleto Estudiantil Gratuito, correspondiente al período comprendido entre el 23 y el 27 de febrero de 2026, con motivo del inicio del ciclo lectivo 2026, y marzo 2026, con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia, conforme el siguiente detalle:
|
MUNICIPALIDAD |
C.U.I.T. N° |
IMPORTE FEBRERO 2026 (comprendido entre los días 23 y 27) |
IMPORTE MARZO 2026 |
TOTAL FEBRERO 2026 Y MARZO 2026 |
|
SAN LUIS |
30-64311665-7 |
$7.933.965,00 |
$79.159.220,00 |
$87.093.185,00 |
|
VILLA MERCEDES |
30-67347229-6 |
$4.399.175,00 |
$41.094.525,00 |
$45.493.700,00 |
|
VILLA DE MERLO |
30-58422997-3 |
$240.000,00 |
$912.000,00 |
$1.152.000,00 |
|
TOTAL |
$12.573.140,00 |
$121.165.745,00 |
$133.738.885,00 |
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 36 37 1-01 5 7 6 $133.738.885,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y por su intermedio a las Municipalidades mencionadas.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 4355-MDP-SAyDS-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2250593/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en adjunto de la act. DOCEXT 3830410/26, obran Contratos de Servicios, suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, a cargo de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, conforme Decreto N° 1223-SGG-2026, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540 por una parte y los señores MARÍA ANGÉLICA GÓMEZ, D.N.I. N° 32.038.585; YANINA ROSMARI OROZCO, D.N.I. N° 34.700.175; ANA CARHUE ORTÍZ RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 32.314.039; YANINA ADRIANA VEPPO, D.N.I. N° 36.776.399; YESICA JOHANA GÓMEZ TORRES, D.N.I. Nº 32.038.553; FLORENCIA NAHIR LANDRIEL, D.N.I. Nº 35.579.895; JENNIFER MARÍA ELIZABETH MOYANO, D.N.I. Nº 36.775.983; LEONEL JESÚS ROSALES, D.N.I. Nº 33.275.885; DAMIAN LURATI, D.N.I. Nº 32.690.445 y MAXIMILIANO DANIEL TRUGLIO, D.N.I. Nº 36.227.521, por la otra;
Que, dichos Contratos tienen por objeto, que los técnicos-profesionales presten servicios brindando soporte en la elaboración de planes de manejo de bosques nativos provinciales, informes de áreas quemadas, mapeos de severidad de incendios para su posterior plan de restauración, en el Área de Bosques de la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, dependiente de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, o en los organismos y dependencias que esta última le requiera, como así también a realizar toda otra tarea que se considere conveniente asignarle;
Que, la Cláusula Segunda de los Contratos de Servicios, establecen el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia de los mismos, pudiendo ser prorrogados por Decreto de Poder Ejecutivo, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11325117/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($27.927.900,00);
Que en act. DICLEG 3829532/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sin formular objeciones legales;
Que en act. NOTAMP 965380/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos mencionados encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuar de las disposiciones del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009 PERSONAS NO HABILITADAS, a las señoras ANA CARHUE ORTIZ RODRIGUEZ, D.N.I. N° 32.314.039 y YANINA ROSMARI OROZCO, D.N.I. N° 34.700.175;
Que en act. DICFIS 168364/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Que al presente caso debe aplicarse el deslinde de responsabilidades por aplicación del Art. 54° correlativos y concordantes de la Ley N° VIII-0256-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. N° 1 del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación, a cargo de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, conforme Decreto N° 1223-SGG-2026, C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540 por una parte y los señores MARÍA ANGÉLICA GÓMEZ, D.N.I. N° 32.038.585; YANINA ROSMARI OROZCO, D.N.I. N° 34.700.175; ANA CARHUE ORTÍZ RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 32.314.039; YANINA ADRIANA VEPPO, D.N.I. N° 36.776.399; YESICA JOHANA GÓMEZ TORRES, D.N.I. Nº 32.038.553; FLORENCIA NAHIR LANDRIEL, D.N.I. Nº 35.579.895; JENNIFER MARÍA ELIZABETH MOYANO, D.N.I. Nº 36.775.983; LEONEL JESÚS ROSALES, D.N.I. Nº 33.275.885; DAMIAN LURATI, D.N.I. Nº 32.690.445 y MAXIMILIANO DANIEL TRUGLIO, D.N.I. Nº 36.227.521, por la otra, obrantes en adjunto de la act. DOCEXT 3830410/26, del EXD-0-2250593/26.-
Art. 3º.- Exceptuar de lo dispuesto en el Art. Nº 106 Inc. b) del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009 Personas No Habilitadas a las señoras ANA CARHUE ORTÍZ RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 32.314.039 y YANINA ROSMARI OROZCO, D.N.I. N° 34.700.175.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 32 49 00 4-30 3 4 9 $27.927.900,00
Art. 5°.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° correlativos y concordantes de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Biodiversidad, Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, Comunicación Institucional y por su intermedio notificar a los interesados.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Daniel Federico Berro
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 4388-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9090778/25, por el cual se tramita ampliación de plazo de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE CUATRO (4) VIVIENDAS” Ubicación: LA VERTIENTE. DEPARTAMENTO SAN MARTIN. PROVINCIA DE SAN LUIS, y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue contratada mediante Acta Compromiso suscripta con la MUNICIPALIDAD DE LA VERTIENTE en fecha 22 de septiembre de 2025, homologada por Decreto N° 18857-MHIP-2025 de fecha 28 de septiembre de 2025;
Que mediante Nota de pedido N° 3 obrante en act. DOCEXT 1536012/26, la contratista solicita una ampliación del plazo de ejecución de NOVENTA (90) días corridos debido a las constantes precipitaciones que afectaron el avance de la obra, manifestando que dicha ampliación no implica mayores costos y presentando en act. DOCEXT 1536013/26, Plan de Trabajo y Curva de Avance, quedando como fecha de finalización de obra el día 10 de noviembre de 2026;
Que en act. DOCEXT 1536017/26 obra informe de la inspección de obra de la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, manifestando que resulta conveniente y viable otorgar la ampliación de plazo solicitada a fin de finalizar las tareas pendientes;
Que en act. NOTAMP 979015/26 la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas, analiza las actuaciones y solicita se acceda a otorgar la ampliación de plazo de NOVENTA (90) días corridos de la obra denominada: “CONSTRUCCION DE CUATRO (4) VIVIENDAS” Ubicación: LA VERTIENTE. DEPARTAMENTO SAN MARTIN. PROVINCIA DE SAN LUIS;
Que en act. ACTPAS 1682164/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 981725/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICFIS 171227/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que se está en condiciones de dictar el acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente caso en lo previsto en el Art. 26 inc. IV) del Decreto N° 3345-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 26 inc. IV) del Decreto N° 3345-MP-2004.-
Art. 2°.- Autorizar en la obra denominada: “CONSTRUCCION DE CUATRO (4) VIVIENDAS” Ubicación: LA VERTIENTE. DEPARTAMENTO SAN MARTIN. PROVINCIA DE SAN LUIS, una ampliación de plazo de NOVENTA (90) días corridos, quedando como fecha de finalización de la obra el día 10 de noviembre de 2026.-
Art. 3°.- Aprobar Plan de Trabajo y Curva de Avance, obrantes en act. DOCEXT 1536013/26.-
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Subdirección de Control de Certificados y Sistematización de la Obra Pública, Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas y a la MUNICIPALIDAD DE LA VERTIENTE.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4389-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4130517/26, por el cual tramita la designación de la docente LAURA CECILIA PAGLIARICCI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, ESTELA MARY URTASUN, según Decreto N° 2423-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente LAURA CECILIA PAGLIARICCI, D.N.I. Nº 31.660.413, en UN (01) cargo de Maestra Especial de Música;
Que en act. DOCEXT 3756430/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de abril de 2026, a la docente LAURA CECILIA PAGLIARICCI, D.N.I. Nº 31.660.413, en UN (01) cargo de Maestra Especial de Música, en la Escuela de Nivel Inicial N° 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4390-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3180361/26, por el cual tramita la designación de la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 7 “Doctor Manuel Sadosky”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la jubilación de la docente interina SILVIA LADY ROSALEZ AQUIN, según Decreto N° 1587-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, D.N.I. Nº 23.411.330, en DOS (2) hs. cátedra de Geografía, en 5to. año 2da. división, Orientación Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3735769/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 16 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 16 de marzo de 2026, a la docente MYRIAM ANDREA AVELLANEDA, D.N.I. Nº 23.411.330, en DOS (2) hs. catedra de Geografía, en 5to. año 2da. división, Orientación Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 7 “Doctor Manuel Sadosky”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4391-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4141369/26, por el cual tramita la designación de la docente DANIA ANTONELLA PEREYRA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MONICA GRACIELA AMAYA, según Decreto N° 2516-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente DANIA ANTONELLA PEREYRA, D.N.I. Nº 41.095.658, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3759165/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, desde el 10 de abril de 2026, a la docente DANIA ANTONELLA PEREYRA, D.N.I. Nº 41.095.658, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4392-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3260443/26, por el cual tramita la designación de la docente LEONORA FERNANDA CONTRERAS, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín, con motivo de la renuncia por jubilación, de la docente titular, NORA EDIT RIVEROS, según Decreto N° 2523-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente LEONORA FERNANDA CONTRERAS, D.N.I. N° 24.476.499, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3741318/26 y 3750900/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de marzo de 2026, a la docente LEONORA FERNANDA CONTRERAS, D.N.I. N° 24.476.499, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4393-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4150641/26, por el cual tramita la designación de la docente CARINA SUSANA ABONA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MONICA PATRICIA FRONTERA, según Decreto N° 45-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, CARINA SUSANA ABONA, D.N.I. Nº 21.599.815, en DOS (2) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3759935/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 1 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 1 de abril de 2026, a la docente CARINA SUSANA ABONA, D.N.I. Nº 21.599.815, en DOS (2) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4394-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4100285/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ALEJANDRA ALCARAZ, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 43 “Doctor Tomas Jofre”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decreto N° 8130-ME-2023 y cubierto por excepcionalidad, según Decreto N° 2571-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MARIA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 28.600.989, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Especial de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3754728/26, DOCEXT 1542799/26 (Adjuntos) y DOCEXT 1547516/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 31 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA ALEJANDRA ALCARAZ, D.N.I. Nº 28.600.989, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Especial de Nivel Inicial, en la Escuela N° 43 “Doctor Tomas Jofre”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4395-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4010313/26, por el cual tramita la designación de la docente CAROLINA ELIZABETH SOSA DIAZ, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 6 “Santa María Eufrasia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular VALERIA ANDREA GEUNA, D.N.I. N° 21.032.909, según Decreto N° 19096-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente CAROLINA ELIZABETH SOSA DIAZ, D.N.I. Nº 18.570.091, en TRES (3) hs. catedra de Educación Tecnológica en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3747310/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de marzo de 2026, a la docente CAROLINA ELIZABETH SOSA DIAZ, D.N.I. Nº 18.570.091, en TRES (3) hs. catedra de Educación Tecnológica en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 6 “Santa María Eufrasia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4396-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4130682/26, por el cual tramita la designación del docente MAXIMILIANO JAVIER BARCIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MONICA PATRICIA FRONTERA, según Decreto N° 45-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, MAXIMILIANO JAVIER BARCIA, D.N.I. Nº 34.958.317, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 5to. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3756667/26 y ACTPAS 1681145/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 10 de abril de 2026, al docente MAXIMILIANO JAVIER BARCIA, D.N.I. Nº 34.958.317, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 5to. año 4ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4397-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3301450/26, por el cual tramita la designación del docente LUCA JESUS SCHMIDT, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decreto N° 2129-ME-2015, se torna necesario designar al docente LUCA JESUS SCHMIDT, D.N.I. Nº 42.545.639, en CUATRO (4) hs. catedra de Química, en 4to. año 4ta. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3745248/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de marzo de 2026, al docente LUCA JESUS SCHMIDT, D.N.I. Nº 42.545.639, en CUATRO (4) hs. catedra de Química, en 4to. año 4ta. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4398-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4141425/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIANA ELIZABETH VALDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, KARINA DANIELA CRESTA, según Decreto Nº 2645-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MARIANA ELIZABETH VALDEZ, D.N.I. Nº 28.152.857, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3759252/26 y ACTPAS 1682292/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente MARIANA ELIZABETH VALDEZ, D.N.I. Nº 28.152.857, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4399-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4150340/26, por el cual tramita la designación de la docente ALEJANDRA VERONICA ABBA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, HECTOR OSCAR DI VITO, según Decreto N° 1416-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, ALEJADRA VERONICA ABBA, D.N.I. Nº 31.660.463, en TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3761672/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de marzo de 2026, a la docente ALEJADRA VERONICA ABBA, D.N.I. Nº 31.660.463, en TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año 3ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4400-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4150588/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente GLADIS NOEMI FERNANDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1539382/26 y ACTPAS 1682437/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente GLADIS NOEMI FERNANDEZ, D.N.I. Nº 20.416.724, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 1244-ME-2020 de traslado definitivo, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1682435/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente GLADIS NOEMI FERNANDEZ, D.N.I. Nº 20.416.724, en UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 30 “General Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4401-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151142/26, por el cual tramita la designación de la docente CAROLINA VANESA MOLINERO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 434 “Nuevos Desafíos”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo del Traslado Definitivo de la docente titular JESSICA LUDMILA ESTEBAN MONTIVEROS, D.N.I. N° 27.706.843, según Decreto N° 2046-ME-2026, se torna necesario designar, a la docente CAROLINA VANESA MOLINERO, D.N.I. Nº 32.823.922, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3760304/26 y 1545233/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente CAROLINA VANESA MOLINERO, D.N.I. Nº 32.823.922, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 434 “Nuevos Desafíos”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4402-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090509/26, por el cual la Dirección del Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de los docentes RICARDO ANGEL MIRANDA y MICAELA IVON VERDULLO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3753590/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de los docentes RICARDO ANGEL MIRANDA D.N.I. Nº 37.296.530 y MICAELA IVON VERDULLO D.N.I. Nº 39.602.523, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular OMAR FERNANDEZ, según Decreto Nº 1971-MHIP-2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de febrero de 2026, del docente RICARDO ANGEL MIRANDA D.N.I. Nº 37.296.530 de suplente a interino, en DOS (2) horas cátedra de Educación Física en 1er. año única división, y de la docente MICAELA IVON VERDULLO D.N.I. Nº 39.602.523, de suplente a interina, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática en 1er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4403-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4150974/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente CLAUDIA ALFONSA RIOS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1539599/26 y ACTPAS 1682543/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente CLAUDIA ALFONSA RIOS, D.N.I. Nº 17.968.052, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 7992-ME-2024 de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1682542/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente CLAUDIA ALFONSA RIOS, D.N.I. Nº 17.968.052, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 98 “Gobernador José Santos Ortíz”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4404-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151262/26, por el cual tramita la designación de la docente NORA ANDREA MERINO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, HECTOR OSCAR DI VITO, según Decreto N° 1416-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente NORA ANDREA MERINO, D.N.I. Nº 24.990.567, en SEIS (6) horas cátedra de Física, 3 hs. en 1er. año 2da. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división, Especialidad Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3760487/26 y ACTPAS 1683470/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 14 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 14 de abril de 2026, a la docente NORA ANDREA MERINO, D.N.I. Nº 24.990.567, en SEIS (6) horas cátedra de Física, 3 hs. en 1er. año 2da. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división, Especialidad Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4405-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4100020/26, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a las vacantes producidas en la Escuela N° 29 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, PATRICIA LAURA PATRONI, según Decreto N° 10400-MHIP-2024 cubierto por excepcionalidad mediante Decreto Nº 2393-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interinas a las docentes: SILVIA DEL CARMEN JOFRE, D.N.I. N° 29.887.680, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 4to. año única división, Orientación Ciencias Sociales y DIANA LIS IBARRA, D.N.I. N° 26.467.679, en CUATRO (4) horas cátedra de Biología en 4to. año única división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3754453/26 y 3754455/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, órdenes de mérito, elaboradas por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopias de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaraciones juradas de incompatibilidad de las docentes mencionadas y constancias de toma de posesión de los cargos;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir de la fecha que en cada caso se especifica, en la Escuela N° 29 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, al siguiente personal docente:
SILVIA DEL CARMEN JOFRE, D.N.I. N° 29.887.680, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 4to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 9 de abril de 2026;
DIANA LIS IBARRA, D.N.I. N° 26.467.679, en CUATRO (4) horas cátedra de Biología en 4to. año única división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 26 de marzo de 2026.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4406-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3171488/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente EVELIA SUSANA CANAVIRI, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3737735/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente EVELIA SUSANA CANAVIRI, D.N.I. Nº 27.775.680, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 3690-MHP-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1671281/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 09 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180042/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 09 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina EVELIA SUSANA CANAVIRI, D.N.I. Nº 27.775.680, en DOS (2) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4407-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131436/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3757512/26 y ACTPAS 1682240/26 (Adjuntos), obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente suplente, MARIA EMILIA FRASINELLI, D.N.I. N° 25.365.780, formulario de cese, copia del Decreto de designación N° 2386-MHyOP-2013, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 13 “Doctor Ricardo Zavala Ortiz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular, KATYA MADARIAGA, según Decreto N° 2181-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MARIA EMILIA FRASINELLI, D.N.I. N° 25.365.780, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3757512/26 y ACTPAS 1682240/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 10 de abril de 2026, a la docente suplente MARIA EMILIA FRASINELLI, D.N.I. N° 25.365.780, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente MARIA EMILIA FRASINELLI, D.N.I. N° 25.365.780, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 13 “Doctor Ricardo Zavala Ortiz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4408-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131065/26, por el cual tramita la designación del docente FABIO ANDRES CHACON, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interina, MONICA ESTER BRAIDA, según Decreto N° 2611-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, FABIO ANDRES CHACON, D.N.I. Nº 34.992.950, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 5to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3757114/26 y ACTPAS 1682265/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de marzo de 2026, al docente FABIO ANDRES CHACON, D.N.I. Nº 34.992.950, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 5to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4409-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151286/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA AGUSTINA ROSALES CABAÑEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 30 “Fragata Presidente Sarmiento”, de la ciudad de Lujan, departamento Ayacucho, con motivo de la licencia sin goce de haberes, por cargo de mayor jerarquía del docente titular JUAN JOSE LOHIOLABERRY, según Resolución N° 535-DRRHH-2026, se torna necesario designar a la docente MARIA AGUSTINA ROSALES CABAÑEZ, D.N.I. Nº 39.990.265, en CINCO (5) horas cátedra de Estados Contables en 7mo. año única división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3760523/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 10 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo vigente, por cargo de mayor jerarquía del docente titular JUAN JOSE LOHIOLABERRY, a la docente MARIA AGUSTINA ROSALES CABAÑEZ, D.N.I. Nº 39.990.265, en CINCO (5) horas cátedra de Estados Contables en 7mo. año única división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 30 “Fragata Presidente Sarmiento”, de la ciudad de Lujan, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4410-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3170714/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3734724/26 y 3761404/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente suplente, DIEGO ALBERTO GOMEZ, D.N.I. N° 33.867.810, formulario de cese, copia del Decreto de designación N° 6195-ME-2019, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicho docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MARCELA CAROLA ROJAS, según Decreto N° 23289-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino al docente, DIEGO ALBERTO GOMEZ, D.N.I. N° 33.867.810, en CUATRO (4) horas cátedra de Administración y Gestión de Recursos Humanos en 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3734724/26 y 3761404/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 6 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 3 de marzo de 2026, al docente suplente DIEGO ALBERTO GOMEZ, D.N.I. N° 33.867.810, en CUATRO (4) horas cátedra de Estados Contables en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 6 de marzo de 2026, al docente DIEGO ALBERTO GOMEZ, D.N.I. N° 33.867.810, en CUATRO (4) horas cátedra de Administración y Gestión de Recursos Humanos en 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4411-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3271282/26, por el cual tramita la designación de la docente NORMA ELIZABETH GARRO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la baja por fallecimiento del docente interino, MAXIMILIANO EMANUEL MORENO, D.N.I. N° 35.250.115, según Resolución N° 474-DRRHH-2026, se torna necesario designar, a la docente NORMA ELIZABETH GARRO, D.N.I. Nº 24.681.357, en TRES (3) hs. catedra de Administración en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3743631/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023, modificado por Decreto N° 704-SGG-2023, ratificados por Ley N° V-1118-2024, y prorrogado por el Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de marzo de 2026, a la docente NORMA ELIZABETH GARRO, D.N.I. Nº 24.681.357, en TRES (3) hs. catedra de Administración en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4412-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4080141/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA EUGENIA GUIÑAZU, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1534203/26 y ACTPAS 1679418/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA EUGENIA GUIÑAZU, D.N.I. Nº 20.136.094, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 10632-ME-2023, de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1677348/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de abril de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA EUGENIA GUIÑAZU, D.N.I. Nº 20.136.094, en CINCO (5) horas cátedra interinas de Tecnología de la Información y la Comunicación, en 1er. año 1ra. división, Orientación en Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y Contextos de Encierro, de la Escuela N° 447 “Pampa de las Salinas”, de la localidad de La Botija, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4413-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090862/26, por el cual tramita la designación de la docente DANIELA BELEN CORIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo del traslado definitivo de la docente titular, GABRIELA BRENDA LOPEZ, según Decreto N° 23644-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, DANIELA BELEN CORIA, D.N.I. N° 38.438.189, en DOS (2) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3753901/26 y ACTPAS 1681731/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 9 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 9 de abril de 2026, a la docente DANIELA BELEN CORIA, D.N.I. N° 38.438.189, en DOS (2) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo en 4to. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4414-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4100092/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente RAFAEL CELESTINO ALFONZO, D.N.I. Nº 10.351.811; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1536034/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 436759/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 436931/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 31 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente RAFAEL CELESTINO ALFONZO, D.N.I. Nº 10.351.811 – Escalafón General – Categoría E – Planta Contratado – de la Dirección de Biodiversidad, dependiente de la Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a partir del 31 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Rafael Celestino Alfonzo. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Daniel Federico Berro
Federico Alberto Trombotto
DECRETO Nº 4415-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4060792/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente RAMÓN DANIEL OROZCO, D.N.I. Nº 13.507.226; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1532973/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 436330/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 437062/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente RAMÓN DANIEL OROZCO, D.N.I. Nº 13.507.226 – Escalafón General – Categoría A – Planta Permanente – de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica, a partir del 19 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Ramón Daniel Orozco. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4416-MHIP-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090135/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente SONIA LILIAN PAVON, D.N.I. Nº 14.035.486; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1535098/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 436639/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 437049/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 31 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente SONIA LILIAN PAVON, D.N.I. Nº 14.035.486 – Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente – de la Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a partir del 31 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Sonia Lilian Pavon. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4500-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170372/26, por el cual tramita la designación del docente AGUSTIN GENARO MARQUEZ BILBAO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular, OSVALDO ALFREDO ARANEGA, según Decreto N° 2510-MHIP-2026, se torna necesario designar, al docente AGUSTIN GENARO MARQUEZ BILBAO, D.N.I. Nº 42.744.213, en VEINTE (20) horas cátedra de Educación Artística – Perfil Música- (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hs. en 1er. año 2da. división, 4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 2do. año 2da. división, 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división), Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3762649/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, desde el 13 de abril de 2026, al docente AGUSTIN GENARO MARQUEZ BILBAO, D.N.I. Nº 42.744.213, en VEINTE (20) horas cátedra de Educación Artística – Perfil Música- (2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hs. en 1er. año 2da. división, 4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 2do. año 2da. división, 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división), Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4501-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3131293/26, por el cual la Dirección de la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente ANA YANINA HEREDIA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3732443/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente ANA YANINA HEREDIA, D.N.I. Nº 37.640.906, de suplente a interina, vacante por renuncia por jubilación de la docente titular IVANNA DAED ISERN GETTAR, según Decreto Nº 20865-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 15 de octubre de 2025, de la docente ANA YANINA HEREDIA, D.N.I. Nº 37.640.906, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4502-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4130514/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA CRUZ SUASTE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial N° 8 “Maestras Mercedinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, MARIA CECILIA BARROSO, según Decreto N° 18617-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARIA CRUZ SUASTE, D.N.I. Nº 37.192.412, en UN (01) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3756383/26, 3756390/26 y ACTPAS 1681277/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de abril de 2026, a la docente MARIA CRUZ SUASTE, D.N.I. Nº 37.192.412, en UN (01) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 8 “Maestras Mercedinas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4503-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4130684/26, por el cual tramita la designación de la docente ROMINA ESTHER ESCALANTE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, NANCY HAYDEE DI CRISTOFANO, según Decreto N° 23009-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, ROMINA ESTHER ESCALANTE, D.N.I. N° 35.883.983, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Física, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3756645/26 y ACTPAS 1681103/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de marzo de 2026, a la docente ROMINA ESTHER ESCALANTE, D.N.I. N° 35.883.983, en UN (1) cargo de Maestra de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4504-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4210359/26, por el cual tramita la designación del docente FABRICIO GABRIEL CUELLO; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del relevo de funciones del docente titular ROLANDO ARIEL CAMPILLAY, según Decreto N° 2172-ME-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, al docente FABRICIO GABRIEL CUELLO, D.N.I Nº ٣٩.٠٩٠.٦١٥, en TRES (٣) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3765487/26 y DOCEXT 1542802/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 21 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 21 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo del relevo de funciones del docente titular ROLANDO ARIEL CAMPILLAY, al docente FABRICIO GABRIEL CUELLO, D.N.I Nº ٣٩.٠٩٠.٦١٥, en TRES (٣) horas cátedra de Educación Física, en ٢do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4505-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3271288/26, por el cual tramita la designación de la docente LAURA JOURDAN, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino EDGAR EMIGDIO ACEVEDO, D.N.I. N° 93.276.053, según Decreto N° 2055-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente LAURA JOURDAN, D.N.I. Nº 92.882.863, en SEIS (6) hs. catedra de Física, 3 hs. en 3er. año 3ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3743645/26 y 1540294/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de marzo de 2026, a la docente LAURA JOURDAN, D.N.I. Nº 92.882.863, en SEIS (6) hs. catedra de Física, 3 hs. en 3er. año 3ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4506-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3170820/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente FABIANA LORENA FARIAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3734822/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente FABIANA LORENA FARIAS, D.N.I. Nº 28.442.225, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 21431-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1670439/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 05 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180044/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 05 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina FABIANA LORENA FARIAS, D.N.I. Nº 28.442.225, en DOS (2) horas cátedra de Geografía, en 3er. año 3ra. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 26 “Gobernador Elías Adre”, de la ciudad de Concaran, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4507-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4170551/26, por el cual tramita la designación de la docente IRIS MARBELLA ARAMAYO BURGA; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por cambio de funciones de la docente titular LAURA ELISA TAPIA, según Resolución N° 752-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente IRIS MARBELLA ARAMAYO BURGA, D.N.I. Nº 18.887.370, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3762893/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 13 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 13 de abril de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo del cambio de funciones de la docente titular LAURA ELISA TAPIA, a la docente IRIS MARBELLA ARAMAYO BURGA, D.N.I. Nº 18.887.370, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4508-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4060513/26, por el cual tramita la designación del docente OSCAR NICOLAS VENECIANO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MONICA PATRICIA FRONTERA, según Decreto N° 45-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, OSCAR NICOLAS VENECIANO, D.N.I. Nº 32.456.666, en DOCE (12) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 2do. año 4ta. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3748912/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de marzo de 2026, al docente OSCAR NICOLAS VENECIANO, D.N.I. Nº 32.456.666, en DOCE (12) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 2do. año 4ta. división, 3 hs. en 5to. año 1ra. división, 3 hs. en 5to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 3ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4509-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3191217/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente LETICIA CAROLINA GONZALEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3737800/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente LETICIA CAROLINA GONZALEZ, D.N.I. Nº 31.570.826, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 5805-MHP-2020 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1671253/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 02 de abril de 2026;
Que en act. INFSUM 180058/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 02 de abril de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina LETICIA CAROLINA GONZALEZ, D.N.I. Nº 31.570.826, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera, Perfil Ingles, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 14 “Dora Ochoa de Masramon”, de la localidad de Villa Larca, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4510-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3201191/26, por el cual tramita la designación de la docente ROMINA LUCIANA VARA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 27 “Saturnino González Camarero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decreto N° 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 3451-ME-2022, se torna necesario designar, a la docente ROMINA LUCIANA VARA, D.N.I. Nº 28.242.125, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Computación, en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3738938/26 y DOCEXT 1541242/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de marzo de 2026, a la docente ROMINA LUCIANA VARA, D.N.I. Nº 28.242.125, en DOS (2) horas cátedra de Espacio de Opción Institucional, Perfil Computación, en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 27 “Saturnino González Camarero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4511-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4071462/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA LAURA CHARRA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 181 “San José de Calasanz”, de la localidad de Piedra Blanca Arriba - ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de creación, según Decreto N° 10708-ME-2023, cubierto por excepcionalidad, según Decreto N° 17906-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MARIA LAURA CHARRA, D.N.I. Nº 27.898.400, en UN (1) cargo de Maestra Especial, Perfil Lengua y Cultura Extranjera, Inglés, Nivel de Educación primaria;
Que en acts. DOCEXT 3751721/26 y DOCEXT 1540412/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 01 de abril de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 01 de abril de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA LAURA CHARRA, D.N.I. Nº 27.898.400, en UN (1) cargo de Maestra Especial, Perfil Lengua y Cultura Extranjera, Inglés, Nivel de Educación primaria, en la Escuela N° 181 “San José de Calasanz”, de la localidad de Piedra Blanca Arriba - ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4512-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3310090/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente SILVIA MARCELA ARIOTTO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1530603/26, e INFORM 437344/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente SILVIA MARCELA ARIOTTO, D.N.I. Nº 20.325.348, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 2911-ME-2020, de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 437345/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de abril de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente SILVIA MARCELA ARIOTTO, D.N.I. Nº 20.325.348, en TRES (3) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana, en 2do. año 1ra. división, TRES (3) horas cátedra (1 hora titular y 2 horas interinas) de Formación Ética y Ciudadana, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 1 “Juan Crisóstomo Lafinur”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4513-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4011108/26, por el cual tramita la designación de la docente GABRIELA FLORENCIA SANCHEZ GODOY, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la creación, según Decreto N° 11667-ME-2022, cubierto por excepcionalidad mediante Decreto Nº 3499-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional a la docente, GABRIELA FLORENCIA SANCHEZ GODOY, D.N.I. N° 40.485.610, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3754370/26 y ACTPAS 1680343/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito y Resolución Nº 37-JCD-2026, elaboradas por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 31 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente GABRIELA FLORENCIA SANCHEZ GODOY, D.N.I. N° 40.485.610, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4514-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4020053/26, por el cual tramita la designación de la docente MICHELLE AZUL BLANCO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 371 “Juan Bautista Alberdi”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo la renuncia por jubilación de la docente titular, NIDIA ALEJANDRA GARRO, según Decretos N° 1279-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MICHELLE AZUL BLANCO, D.N.I. Nº 41.773.931, en UN (01) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3748728/26 y ACTPAS 1680409/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de marzo de 2026, a la docente MICHELLE AZUL BLANCO, D.N.I. Nº 41.773.931, en UN (01) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 371 “Juan Bautista Alberdi”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4515-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3160011/26, por el cual tramita la designación de la docente SARA MABEL MOYANO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0115-DRH-2025, de la docente interina MARCELA ALEJANDRA GONZALEZ, se torna necesario designar a la docente SARA MABEL MOYANO D.N.I. Nº 22.911.044, en CUATRO (4) horas catedra de Lengua Extranjera – Perfil Inglés, en 2do. 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3732492/26, 3734135/26, 3734150/26, 3759348/26 y 1542196/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, acta de nacimiento y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 09 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18° de Ley Nº XV-0387-2024, su Decreto reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 09 de marzo de 2026 y hasta el 14 de agosto de 2026, a la docente SARA MABEL MOYANO D.N.I. Nº 22.911.044, en CUATRO (4) horas catedra de Lengua Extranjera – Perfil Inglés, en 2do. año 1ra. división, Nivel Secundaria en el Colegio Nº 27 “Doctor Eleodoro Lobos”, de la ciudad de Concarán, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4516-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12171073/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios del docente HERNAN JOSÉ SILVA, y;
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83° y 107° de la Ley N° XV-0387-2004, Registro Nº 0092 –DRH-2025, de la docente suplente MARCELA CARDETTI, se torna necesario reconocer los servicios prestados con carácter suplente por el docente HERNAN JOSÉ SILVA D.N.I. Nº 34.520.665, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología, en 2do. año 2da. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario.-
Que en acts. DOCEXT 3676336/25, 3745042/26 y 1536857/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito dictado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 26 de noviembre de 2025 y hasta el 23 de marzo de 2026, por el docente HERNAN JOSÉ SILVA D.N.I. 34.520.665, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología, en 2do. año 2da. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4574-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3301529/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA ENRIQUETA AGUILAR; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Doctor Carlos Alric”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por cambio de funciones de la docente titular MARIA ALEJANDRA BARRETO, según Resolución N° 598-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter excepcional, a la docente MARIA ENRIQUETA AGUILAR, D.N.I. Nº 23.347.177, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3745370/26 y DOCEXT 1533419/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 26 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 26 de marzo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026, con motivo del cambio de función de la docente titular MARIA ALEJANDRA BARRETO, a la docente MARIA ENRIQUETA AGUILAR, D.N.I. Nº 23.347.177, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Asistencial N° 36 “Gobernador Doctor Carlos Alric”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4575-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3091204/26, por el cual tramita la renuncia y designación de la docente CARLA GISELA VEGA SOSA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3754448/26, obra: nota de renuncia por razones particulares, de la docente suplente CARLA GISELA VEGA SOSA, D.N.I. Nº 35.315.158, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 19519-MHIP-2025, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L., de dicha docente;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 139 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de creación, según Decreto N° 1435-ME-2026, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente CARLA GISELA VEGA SOSA, D.N.I. Nº 35.315.158, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3726841/26, DOCEXT 3754448/26 y DOCEXT 1539607/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 09 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 09 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares, de la docente suplente CARLA GISELA VEGA SOSA, D.N.I. Nº 35.315.158, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 139 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 09 de marzo de 2026, a la docente CARLA GISELA VEGA SOSA, D.N.I. Nº 35.315.158, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 139 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 4º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4576-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3060262/26, por el cual tramita la designación de la docente VANESA YAMILA MARQUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular, MARIA DANIELA GIMENEZ FIGUEROA, según Resolución Nº 18- DRRHH-2026, prorrogada mediante Resolución Nº 847- DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente VANESA YAMILA MARQUEZ, D.N.I. N° 40.257.445, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3724662/26 y ACTPAS 1663629/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 4 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 4 de marzo de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2027, a la docente VANESA YAMILA MARQUEZ, D.N.I. N° 40.257.445, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4577-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090944/26, por el cual tramita la designación de la docente MAIRA VIÑE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, ALICIA BEATRIZ PAIRE, según Decreto N° 1934-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MAIRA VIÑE, D.N.I. N° 36.050.900, en DOCE (12) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Plástica), 4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 3er. año 2da. división, 2 hs. en 1er. año 1ra. división y 2 hs. en 1er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3754005/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de marzo de 2026, a la docente MAIRA VIÑE, D.N.I. N° 36.050.900, en DOCE (12) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Plástica), 4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 3er. año 2da. división, 2 hs. en 1er. año 1ra. división y 2 hs. en 1er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4578-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4100901/26, por el cual tramita la renuncia de la docente ALICIA NOEMI FIGUEROA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1536679/26 y ACTPAS 1679956/26, obra nota de renuncia por jubilación de la docente ALICIA NOEMI FIGUEROA, D.N.I. N° 20.326.924, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nro. 147-ME-2022 de traslado definitivo y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1680440/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de mayo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de mayo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente ALICIA NOEMI FIGUEROA, D.N.I. N° 20.326.924, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad Carpintería, departamento Junín.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4579-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4130902/26, por el cual tramita la designación del docente SIMON DAVID NAHON, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, HECTOR OSCAR DI VITO, según Decreto N° 1416-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino al docente, SIMON DAVID NAHON, D.N.I. Nº 24.245.756, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3756895/26 y ACTPAS 1682219/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 31 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 31 de marzo de 2026, al docente SIMON DAVID NAHON, D.N.I. Nº 24.245.756, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4580-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131581/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA AGUSTINA MARTINEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 23 “Malvinas Argentinas”, de la localidad de Arizona, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 3060-ME-2022, 4018-ME-2025 y 5739-ME-2022, cubierto por excepcionalidad mediante Decretos Nros. 14534-MHIP-2025 y 3504-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter excepcional a la docente, MARIA AGUSTINA MARTINEZ, D.N.I. N° 35.783.775, en TRES (3) horas cátedra de Química en 2do. año 1ra. división, TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división y TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3763528/26 y ACTPAS 1681903/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir de la fecha que en cada caso se especifica y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA AGUSTINA MARTINEZ, D.N.I. N° 35.783.775, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división y TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 7 de abril de 2026 y en TRES (3) horas cátedra de Química en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, a partir del 9 de abril de 2026, en el Colegio N° 23 “Malvinas Argentinas”, de la localidad de Arizona, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4581-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3261231/26, por el cual tramita la designación de la docente NORMA CRISTINA CHIESA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular VILMA NANCY PALACIOS, D.N.I. N° 17.646.333, según Decreto N° 1297-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente NORMA CRISTINA CHIESA, D.N.I. Nº 23.379.044, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3743011/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de marzo de 2026, a la docente NORMA CRISTINA CHIESA, D.N.I. Nº 23.379.044, en UN (1) cargo de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4582-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3051309/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente CINTIA YANEL LEIVA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3724384/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente CINTIA YANEL LEIVA, D.N.I. Nº 34.094.887, formulario de cese, copia de Decreto de titularización Nº 5533-ME-2020 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1663825/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 23 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 180070/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 23 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente CINTIA YANEL LEIVA, D.N.I. Nº 34.094.887, en UN (1) cargo de Preceptora con carácter titular, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte N° 1 “Profesor Gaspar Di Gennaro”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4583-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3121329/26, por el cual tramita la designación de la docente VERONICA MARCELA SOSA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular CRISTINA DEL CARMEN DIAZ OZAN, D.N.I. N° 17.724.013, según Decreto N° 2016-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente VERONICA MARCELA SOSA, D.N.I. Nº 25.934.727, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3732361/26 y 1534282/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 06 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 06 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente VERONICA MARCELA SOSA, D.N.I. Nº 25.934.727, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4584-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3101148/26, por el cual tramita la designación de la docente EVELYN ANDREA ROMERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular, ANALIA BEATRIZ RIVAROLA, según Resolución Nº 87-PCH-2022 y la renuncia por jubilación de la docente suplente, SILVIA MABEL CALDERON, mediante Decreto Nº 3258-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente EVELYN ANDREA ROMERO, D.N.I. N° 37.296.844, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3728209/26 y 3759122/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 10 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 10 de marzo de 2026 e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, ANALIA BEATRIZ RIVAROLA, a la docente EVELYN ANDREA ROMERO, D.N.I. N° 37.296.844, en CINCO (5) horas cátedra de Lengua en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4585-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3310036/26, por el cual tramita la designación de la docente KEREN MARIEL CARBALLO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy, con motivo del traslado definitivo del docente titular, JUAN JULIO GIMENEZ, según Decreto N° 23648-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente KEREN MARIEL CARBALLO, D.N.I. Nº 36.429.921, en VEINTE (20) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Artes Visuales), 2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hrs. en 1er. año 2da. división, 4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 2do. año 2da. división, 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3745479/26 y 3759265/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de marzo de 2026, a la docente KEREN MARIEL CARBALLO, D.N.I. Nº 36.429.921, en VEINTE (20) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Artes Visuales), 2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hrs. en 1er. año 2da. división, 4 hs. en 2do. año 1ra. división, 4 hs. en 2do. año 2da. división, 4 hs. en 3er. año 1ra. división y 4 hs. en 3er. año 2da. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4586-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4101307/26, por el cual tramita la designación de la docente CONSTANZA MAILEN CRUZ; y,
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente titular DANIELA VANESA GONZALEZ, según Resolución N° 553-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente CONSTANZA MAILEN CRUZ, D.N.I. N° 38.268.822, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3755757/26 y DOCEXT 3761935/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 25 de marzo de 2026 y hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía de la docente titular DANIELA VANESA GONZALEZ, a la docente CONSTANZA MAILEN CRUZ, D.N.I. N° 38.268.822, en UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4587-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3110719/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente SIXTO ROBERTO MOLINA, D.N.I. Nº 10.212.492; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1519955/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 434496/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 434853/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 04 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente SIXTO ROBERTO MOLINA, D.N.I. Nº 10.212.492 – Escalafón General – Categoría A Planta Permanente – de la Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales, dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura, a partir del 04 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Sixto Roberto Molina. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Turismo y Cultura, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Juan Jose Alvarez Pinto
DECRETO Nº 4588-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12190811/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por retiro transitorio por invalidez presentada por la agente ZULMA MONICA CASTRO NAVARRO, D.N.I. Nº 21.813.038; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1481227/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio del retiro transitorio por invalidez y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 428723/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 429996/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 01 de enero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ZULMA MONICA CASTRO NAVARRO, D.N.I. Nº 21.813.038 - Escalafón General - Categoría E - Planta Contratado - dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a partir del 01 de enero de 2026, por haberse acogido al beneficio del retiro transitorio por invalidez. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Zulma Mónica Castro Navarro,. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4589-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3260808/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente JUAN CARLOS SOSA, D.N.I. Nº 12.314.607; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1528279/26, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 435727/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 437060/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 20 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente JUAN CARLOS SOSA, D.N.I. Nº 12.314.607 – Escalafón General – Categoría A – Planta Permanente – de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a partir del 20 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Juan Carlos Sosa. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4590-MHIP-2026.-
San Luis, 11 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4090613/26, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente OLGA HAYDEE VILLEGAS, D.N.I. Nº 17.493.197; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1535500/26, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 436699/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 436932/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 27 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente OLGA HAYDEE VILLEGAS, D.N.I. Nº 17.493.197 – Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente – Maestranza – de la Escuela N° 187 “José Hernández” de la Ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 27 de marzo de 2026, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Olga Haydee Villegas. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 4481-MHIP-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4070009/26, por el cual tramita la designación de la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interino-titular AGUEDA QUINTEROS, D.N.I. N° 18.407.915, según Decreto N° 2515-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, D.N.I. Nº 35.767.897, en SEIS (6) hs. catedra de Historia, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3749911/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 30 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 30 de marzo de 2026, a la docente BRENDA DAHYANA VILCHES HEREDIA, D.N.I. Nº 35.767.897, en SEIS (6) hs. catedra de Historia, 3 hs. en 3er. año 1ra. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTE
DECRETO Nº 4439-SGG-SD-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3031101/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1661238/26 obra nota de la Dirección de Deporte Comunitario dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Locación con Prestación de Servicios con la empresa SIERRAS TURISTICAS S.R.L., CUIT Nº 30-71417088-7, quien pondrá a disposición exclusiva las instalaciones del natatorio ubicado en calle Las Calandrias Nº 100, localidad de Juana Koslay, a fin de poder fomentar la práctica de la actividad deportiva de natación en la provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 1661237/26 y DOCEXT 1683194/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que en act. ACTPAS 1675822/26, obra conformidad del señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Locación con Prestación de Servicios, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y la empresa SIERRAS TURISTICAS S.R.L., CUIT Nº 30-71417088-7, representada por el señor MARCOS ANDRES OFRIA, D.N.I. N° 20.382.138, en su carácter de socio gerente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1683196/26;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá la empresa contratada por sus servicios y la Cláusula Décima establece que el mismo tendrá vigencia a partir de su homologación por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial y por el término de siete (07) meses;
Que en act. PREV 11369179/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($10.920.000,00);
Que en act. DICTAM 180048/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 976659/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170451/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. c) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Locación con Prestación de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y la empresa SIERRAS TURISTICAS S.R.L., CUIT Nº 30-71417088-7, representada por el señor MARCOS ANDRES OFRIA, D.N.I. N° 20.382.138, en su carácter de socio gerente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1683196/26, del EXD-0-3031101/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 01 1-01 3 4 9 $10.920.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Comunitario y a la empresa SIERRAS TURISTICAS S.R.L.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE VINCULACIÓN INTERJURISDICCIONAL
DECRETO Nº 4440-SGG-SVI-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4160511/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 102000/26, obra Contrato de Servicio suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora GABRIELA GONZALEZ RIOLLO D.N.I N° 31.047.968 en su carácter de Secretaria de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, por una parte, y la señora DAIANA JACQUELINE ROMERO, D.N.I N° 39.092.324, por la otra;
Que en la Cláusula Primera del Contrato citado, establece el objeto de la contratación, y la Cláusula Segunda la remuneración mensual que percibirá y forma de pago;
Que en la Cláusula Tercera establece que la vigencia del mencionado Contrato será a partir de su homologación y hasta el 31 de julio del año 2026, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de partes, y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11387844/26, se ha realizado la imputación preventiva para atender el presente gasto, por la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($900.000,00);
Que en act. ACTPAS 1681287/26, obra Dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en act. NOTAMP 981231/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, manifestando que homologue el contrato adjunto, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley NºVIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley NºVIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 171152/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley NºVIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley NºVIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora GABRIELA GONZALEZ RIOLLO, D.N.I Nº 31.047.968, en su carácter de Secretaria de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, por una parte y la señora DAIANA JACQUELINE ROMERO, D.N.I N° 39.092.324, por la otra, obrante en act. DOCEXT 102000/26.-
Art.3°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc Importe
1 10 50 01 08 1-01 3 4 9 $900.000,00
Art. 4º.- Hacer saber a: Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la interesada.-
Art.5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.6°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gabriela González Riollo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 4441-MS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4091319/26, por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios de la agente JOFRE, CINTHIA PAMELA D.N.I. N° 39.091.784; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 2049854/26 obra copia del Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y por la otra la agente JOFRE, CINTHIA PAMELA D.N.I. Nº 39.091.784;
Que en act. DOCEXT 2049835/26 obra copia del Decreto Nº 2695-MS-2026, mediante el cual se prorrogó el respectivo Contrato de Prestación de Servicios;
Que en act. DOCEXT 1538943/26 Policía de la Provincia mediante Resolución Nº 0405-JP-2026 en su artículo 1º, solicita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios de la agente JOFRE, CINTHIA PAMELA D.N.I. N° 39.091.784;
Que en act. DICLEG 34004/26 obra dictamen de la Asesoría Legal, dependiente del Ministerio de Seguridad indicando que puede dictarse el acto administrativo pertinente;
Que en act. NOTAMP 979872/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171036/26 obra intervención de Fiscalía de Estado indicando que analizadas las actuaciones administrativas y en mérito de lo allí expuesto, se encuentran dadas las condiciones, para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente, mediante el cual se disponga la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios, oportunamente suscripto, con sustento legal en lo establecido en la cláusula sexta del mismo;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Rescindir, a partir de la fecha del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Servicios de la agente JOFRE, CINTHIA PAMELA D.N.I. N° 39.091.784, prorrogado por Decreto Nº 2695-MS-2026.-
Art. 2º.- Por intermedio de Policía de la Provincia, notificar a la interesada. -
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4442-MS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9260889/25 por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Sub Oficial Mayor OJEDA, MIGUEL ANGEL D.N.I. Nº 22.062.787; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley N° XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 3603924/25 obra Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por la Dirección General de Recursos Humanos de Policía de la Provincia, en formularios respectivos;
Que en acts. DOCEXT 1440711/25, 1434829/25, 1435014/25 y 1435015/25 obran formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, detalle de servicios computables emitido por la Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICLEG 33979/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 161052/25 toma vista Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificada por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14;
Que en act. NOTAMP 977922/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 180014/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Sub Oficial Mayor OJEDA, MIGUEL ANGEL D.N.I. Nº 22.062.787, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14. -
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Sub Oficial Mayor OJEDA, MIGUEL ANGEL D.N.I. Nº 22.062.787.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4443-MS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9090619/25 por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Comisario ROMERO, ROBERTO MAXIMILIANO D.N.I. Nº 29.204.168; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley N° XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 3586038/25 obra Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por la Dirección General de Recursos Humanos de Policía de la Provincia, en formularios respectivos;
Que en acts. DOCEXT 1530978/26, 1421085/25, 1421181/25 y 1421183/25 obran formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, detalle de servicios computables emitido por la Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICLEG 33981/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 159695/25 toma vistas Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificada por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14;
Que en act. NOTAMP 977955/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 180053/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Comisario ROMERO, ROBERTO MAXIMILIANO D.N.I. Nº 29.204.168, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14. -
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Comisario ROMERO, ROBERTO MAXIMILIANO D.N.I. Nº 29.204.168.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4444-MS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4080741/26, por el cual la Dirección del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita prórroga de Contrato de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 2043670/26 la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, pone en conocimiento la necesidad de dar continuidad con el tratamiento de internos realizado conforme lo establece la Ley N° 24.660 (Ley de Ejecución Penal) y solicita la prórroga del Contrato de Servicios de la Lic. En Trabajo Social RIVERO GISELA BELEN, D.N.I. Nº 34.715.747, desde el 1 de mayo y hasta el 31 de julio del 2026;
Que en DOCEXT 2048709/26 obra copia de Decreto N° 935-MS-2026, por el cual se homologó el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la LIC. NANCY VERONICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y Lic. En Trabajo Social RIVERO GISELA BELEN, D.N.I. Nº 34.715.747 por la otra, para la realización de informes técnicos criminológicos de acuerdo al requerimiento de la Ley de Ejecución Penal para internos del Servicio Penitenciario Provincial, a partir del 1 de febrero y hasta el 30 de abril del 2026, el cual obra en act. DOCEXT 2055179/26;
Que en act. DOCEXT 2055165/26 obra Adenda suscripta, por la cual conforme Cláusula Cuarta del respectivo Contrato, LAS PARTES acuerdan prorrogar el mismo, por el término de tres (3) meses a partir del 1 de mayo del 2026 al 31 de julio del 2026;
Que en act. PREV 11378685/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($2.850.000,00);
Que en act. DICLEG 33988/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. NOTAMP 978976/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 170996/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013;
Art. 2º.- Prorrogar a partir del 1 de mayo y hasta el 31 de julio del 2026 la vigencia del Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por la Lic. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842 en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Lic. En Trabajo Social RIVERO GISELA BELEN, D.N.I. Nº 34.715.747 por la otra, homologado por Decreto N° 935-MS-2026 y la Adenda suscripta, obrante en act. DOCEXT 2055165/26 del EXD-0-4080741/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 17 15 21 1-01 3 4 9 $2.850.000,00
Art. 4°.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, conforme a lo establecido en el Art. 54°, correlativos y concordantes de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y por su intermedio a la interesada. -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4445-MS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12100573/24 por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita sumario administrativo; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 369-DG-SPP-24 obrante en act. DOCEXT 1630285/24, de fecha 20 de diciembre de 2024, por la cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial ordeno la instrucción de sumario administrativo a la agente penitenciaria Ayudante de Tercera ROMINA GISELLA GIL OCHOA, D.N.I. Nº 31.518.367, por encontrarse incursa a prima facie en incumplimiento de lo prescripto en Faltas a la Ética Profesional, Leves Art. 8º inc. 1), Graves Art. 9º inc. 3) y Gravísimas Art. 10 inc. 3) del Reglamento Régimen Disciplinario, Decreto Nº 1620-GyE-SEG-77, siendo la conducta fáctica reprochable “inasistencias injustificadas los días 25 y 26 de agosto de 2023, 15 y 16 de julio de 2024 y 23 de octubre de 2024, los cuales habrían sido justificadas a través de certificados médicos apócrifos”;
Que en acts. DOCEXT 1267836/24 y 1267839/24 obra situación de revista y reporte de inasistencias de la agente sumariada;
Que la instrucción del sumario administrativo se inicia en virtud de un informe producido por la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, obrante en act. ACTPAS 1387746/24 en relación a la presentación de certificados médicos apócrifos presentados por la agente sumariada, para gozar de licencias pagas por razones de salud, obrando pruebas en act. DOCXET 1267834/24;
Que en act. ACTAVO 177170/25 obra Acta de Iniciación de Sumario Nº 35-DSA-25, por la cual se designan instructores de la causa, se dispone el requerimiento de informes y se fija audiencia para la sumariada a los fines de prestar declaración o abstenerse de la misma;
Que en acts. DOCEXT 961127/25, 961161/25, 961162/25 y 961172/25 obran solicitudes de informe y oficios librados por la instrucción de la Dirección de Sumarios Administrativos a los organismos pertinentes;
Que en act. DOCEXT 992942/25 obra declaración de la sumariada, señora ROMINA GISELLA GIL OCHOA, D.N.I. Nº 31.518.367, disponiéndose en act. DOCEXT 995126/25 correr traslado de todo lo actuado a la sumariada a los fines que efectúe el descargo pertinente y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, el cual fue ejercido de acuerdo al descargo obrante en act. DOCEXT 1000609/25;
Que en act. DOCEXT 1000609/25 se tiene por contestado traslado y ofrecida la prueba en tiempo y forma oportuno;
Que en act. DOCEXT 1010908/25 la instrucción sumariante, incorpora documentación a la causa y clausura el período probatorio, girando los mismos a despacho para emitir el dictamen correspondiente;
Que en act. DICTAM 3810008/25 obra dictamen Nº 65-DSA-2025 de la Dirección de Sumarios Administrativos en el cual se define la conducta fáctica reprochable, realizando una reseña de los hechos que dieron origen al sumario, surgiendo de las constancias obrantes en la causa, que se encuentra probado y acreditado que la sumariada presentó certificados médicos apócrifos para gozar de licencia paga por razones de salud, de acuerdo a los informes técnicos, resultando esta conducta incompatible con su función;
Que dicha conducta, debe ser erradicada a fin de establecer los principios de legalidad, veracidad y responsabilidad en el desempeño de la función pública;
Que el obrar de la sumariada faltó al compromiso ético, respetado, cuidado y a la responsabilidad que la normativa requiere, afectando la eficiencia y la responsabilidad que exige el desempeño de la función pública, no correspondiendo con las buenas prácticas que deben guiar el comportamiento de los agentes públicos, configurando una infracción grave al régimen legal que regula su vínculo con el Estado;
Que atendiendo al material probatorio obrante en la causa, el principio de razonabilidad y de la sana crítica, se sugiere que se aplique a la agente sumariada la sanción disciplinaria de cesantía;
Que en act. DOCEXT 1032469/25 obra notificación del Dictamen Nº 65-DSA-2025 a los efectos que la sumariada formule alegatos, no haciendo uso del derecho concedido, dando por decaído el mismo y elevando las actuaciones a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, de acuerdo a lo obrante en act. DOCEXT 1044095/25;
Que el procedimiento ha respetado en todo momento las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio, no pudiendo imputarse a la Administración ninguna omisión o irregularidad que hubiese impedido el ejercicio del derecho de defensa, el cual fue plenamente habilitado;
Que en act. DOCEXT 33622/25 obra dictamen del Asesor Legal del Servicio Penitenciario Provincial:
Que en act. DOCEXT 1987125/26 obra Resolución Nº 017-DG-SPP-26, de fecha 23 de enero de 2026, por la cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial solicita al Poder Ejecutivo Provincial, el dictado del acto administrativo por el cual se aplique la sanción de cesantía a la Ayudante de Tercera ROMINA GISELLA GIL OCHOA, D.N.I. Nº 31.518.367, por hallarla incursa dentro de la normativa legal establecida dentro de las Faltas a la Ética Profesional, Leves, Art. 8º inc. 1), Graves, Art. 9º inc. 3) y Gravísimas, Art. 10 inc. 3) del Reglamento Régimen Disciplinario, Decreto Nº 1620-GyE-SEG-77;
Que en act. DICLEG 33859/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad no formulando objeciones a la continuidad del trámite, por lo que sugiere proyectar el acto administrativo que ordene la baja por cesantía de la Ayudante de Tercera ROMINA GISELLA GIL OCHOA, D.N.I. Nº 31.518.367, del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en act. DICFIS 166899/26 toma vista Fiscalía de Estado, analizando que se desprende que el procedimiento impreso ha sido de acuerdo a derecho, respetando el debido proceso y la defensa en juicio del sumariado (Art. 18 de la Constitución Nacional, Art. 43 de la Constitución Provincial);
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Dar por concluido el Sumario Administrativo ordenado mediante Resolución Nº 369-DG-SPP-24.-
Art. 2º.- Aplicar, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, la sanción disciplinaria de Cesantía, a la Ayudante de Tercera ROMINA GISELLA GIL OCHOA, D.N.I. Nº 31.518.367, del Servicio Penitenciario Provincial, por encontrarse incurso dentro de la normativa legal establecida en el Reglamento Régimen Disciplinario, Decreto Nº 1620-GyE-SEG-77, Faltas a la Ética Profesional, Leves Art. 8 inc. 1), Graves Art. 9º inc. 3) y Gravísimas Art. 10 inc. 3), en razón de los fundamentos explicitados en los considerandos. -
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, efectuar la notificación correspondiente a la Ayudante de Tercera ROMINA GISELLA GIL OCHOA, D.N.I. Nº 31.518.367, del Servicio Penitenciario Provincial.-
Art. 5º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 4446-MG-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-7010098/22, por el cual se tramita la aceptación de donación de inmueble en favor del Estado Provincial; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 54-MSJM-2022 promulgada por Decreto N° 01-MSJM-2023 y publicada en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia en fecha 20 de enero de 2023, se autoriza la donación al Estado Provincia de San Luis, respecto a los inmuebles ubicados en la localidad de San José del Morro, departamento General Pedernera, individualizados como parcela 34, en el Plano de Mensura aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nº 03-105-2004, padrón Nº 05-1434, con una superficie total de 418,09 mts.2; y parcela 2, padrón Nº 05-998593, con una superficie total de 424,09 mts.2; parcela 6, padrón Nº 05-998597, con una superficie total de 321,55 mts.2; parcela 7, padrón Nº 05-998598, con una superficie total de 344,51 mts.2; parcela 8, padrón Nº 05-998599, con una superficie total de 364,86 mts.2; parcela 9, padrón Nº 05-998600, con una superficie total de 416,76 mts.2 y parcela 10, padrón Nº 05-998601, con una superficie total de 429,42 mts.2, en el Plano de Mensura aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nº 03-76-2015, con inscripción al Tomo 157, Ley 3236, Dpto Pedernera, Folio 348, Nº 196, con cargo a destinarse a la construcción de viviendas sociales;
Que en adjunto de act. DOCEXT 241/22, obran copias de los planos de mensura correspondiente;
Que en adjuntos de act. NOTAMP 978058/26, obran certificados catastrales de las parcelas objeto de la donación y en act. DOCEXT 1178877/26, obra informe de dominio emitido por el organismo registral;
Que en act. DICLEG 49621/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 977121/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el trámite en el marco de las disposiciones del Art. 90 de la Ley Nº VIII-0256-2004, su Decreto Reglamentario Nº 2863-MC-2004;
Que en act. DICFIS 170594/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 90 de la Ley Nº VIII-0256-2004 y su Decreto Reglamentario Nº 2863-MC-2004.-
Art.2º.- Aceptar la donación efectuada por la Municipalidad de San José del Morro, mediante Ordenanza N° 54-MSJM-2022 promulgada por Decreto N° 01-MSJM-2023 y publicada en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia en fecha 20 de enero de 2023, en favor del Estado Provincia de San Luis, respecto a los inmuebles ubicados en la localidad de San José del Morro, departamento General Pedernera, individualizados como parcela 34, en el Plano de Mensura aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nº 03-105-2004, padrón Nº 05-1434, con una superficie total de 418,09 mts.2; y parcela 2, padrón Nº 05-998593, con una superficie total de 424,09 mts.2; parcela 6, padrón Nº 05-998597, con una superficie total de 321,55 mts.2; parcela 7, padrón Nº 05-998598, con una superficie total de 344,51 mts.2; parcela 8, padrón Nº 05-998599, con una superficie total de 364,86 mts.2; parcela 9, padrón Nº 05-998600, con una superficie total de 416,76 mts.2 y parcela 10, padrón Nº 05-998601, con una superficie total de 429,42 mts.2, en el Plano de Mensura aprobado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nº 03-76-2015, con inscripción al Tomo 157, Ley 3236, Dpto. Pedernera, Folio 348, Nº 196, con cargo a destinarse a la construcción de viviendas sociales.-
Art.3º. - Instruir a Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis, a realizar en los términos del Art. 1553° del Código Civil y Comercial de la Nación y conforme las facultades conferidas por el Art. 6° de la Ley N° V-1024-2020, el trámite correspondiente de inscripción directa de los inmuebles individualizados en el Artículo 2°, a nombre del Estado Provincia de San Luis.-
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Asuntos Municipales, Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, Secretaría de Estado de Política Habitacional y a la Municipalidad de San José del Morro.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.7 º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4447-MG-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4240616/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1185339/26, obra Acuerdo Bilateral “CONSTRUYENDO CON TU PUEBLO 2026”, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de Anchorena representado por el señor Intendente Comisionado, HECTOR EDUARDO BAIGORRIA, D.N.I. Nº 22.271.427;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera, las partes convienen crear un fondo común de afectación específica, por un monto de PESOS SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL CUARENTA CON 00/100 ($62.210.040,00), a los fines de la realización de distintas obras públicas en la localidad de Anchorena;
Que por dicho acuerdo la Municipalidad autoriza a la Provincia, a efectuar retenciones de los fondos provenientes de la coparticipación, que le correspondiera percibir de acuerdo a la Ley N° XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, en seis (6) cuotas iguales para su integración al fondo común;
Que en act. PREV 11404101/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO CINCO MIL VEINTE CON 00/100 ($31.105.020,00);
Que en act. DICLEG 49845/26, obra dictamen del Asesor Legal, sin objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP 982538/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que estaría en condiciones de dictarse el Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del Aporte del Tesoro Provincial a la Municipalidad de Anchorena, por el importe de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO CINCO MIL VEINTE CON 00/100 ($31.105.020,00) debiendo rendir cuenta documentada de su gestión conforme a las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan;
Que en act. DICFIS 171479/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de Arts. 21, 22 y concordantes de la Ley N° XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan y Art.168 inc.15) de la Constitución de la Provincia de San Luis. -
Art.2º.- Homologar el Acuerdo Bilateral “CONSTRUYENDO CON TU PUEBLO 2026”, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de Anchorena representado por el señor Intendente Comisionado, HECTOR EDUARDO BAIGORRIA, D.N.I. Nº 22.271.427, obrante en act. DOCEXT 1185339/26.-
Art.3º.- Otorgar un Aporte del Tesoro Provincial (A.T.P.) a la Municipalidad de Anchorena, por la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO CINCO MIL VEINTE CON 00/100 ($31.105.020,00), el que será depositado en la cuenta corriente afectada al fondo común establecido en la cláusula primera del Acuerdo Bilateral, debiendo rendir cuenta documentada conforme con las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias y las que en el futuro las modifiquen y/o sustituyan.-
Art.4º.- Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6 $31.105.020,00
Art.5º.- Incluir en la programación financiera del mes en curso la suma de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO CINCO MIL VEINTE CON 00/100 ($31.105.020,00), a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc.
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6
Art.6º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.7°.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Asuntos Municipales, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y notificar a la Municipalidad de Anchorena. -
Art.8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 4448-MDH-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4200267/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 401544/26, se adjunta renuncia presentada por la agente Jacqueline Alexandra Sosa, D.N.I. Nº 33.428.477, Escalafón General, Categoría C, Planta Contratada, dependiente de la Dirección de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano, por acceder al cargo de docente auxiliar en la Escuela N° 9 “Esteban Agüero”;
Que en act. DOCEXT 402629/26, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 438030/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 20 de abril de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar a partir del 20 de abril la renuncia presentada por la agente Jacqueline Alexandra Sosa, D.N.I. Nº 33.428.477, Escalafón General, Categoría C, Planta Contratada, dependiente de la Dirección de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la Sra. Jacqueline Alexandra Sosa. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4452-MDH-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11260968/24 por el que se tramita el sumario administrativo a la agente MACAGNO LETICIA GABRIELA D.N.I. N° 18.671.179, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 24368-MDH-2025 (COPDEC 382557/26) se concluyó el sumario administrativo instruido a la agente Sra. MACAGNO LETICIA GABRIELA, D.N.I. N° 18.671.179, mediante Resolución N° 460-MDH-2024, de fecha 17 de diciembre del 2024 y se aplicó la sanción disciplinaria de cesantía, por encontrarse incursa en incumplimiento de lo dispuesto en el Art. 15°, Inc. a), b) y t); Art 16, Incs. f), p), y haciéndolos pasibles por los hechos atribuidos de las sanciones prescriptas en Art. 32 incs. a) b) f) (Art 296 Código Penal y concordantes) y el Art. 33 de la Ley N° XV-0390-2004;
Que, en act. DOCEXT 390280/26, la Sra. Leticia Gabriela Macagno, DNI 18.671.179, interpone recurso de Revocatoria, en contra del Decreto Nº 24368-MDH-2025 (COPDEC 382557/26), que le fuera notificado el día 10/02/2026;
Que en act. NOTAMP 963465/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, manifiesta que analizado el recurso, se advierte una simple disconformidad genérica de la recurrente con el Decreto que se ataca, sin dar fundamento alguno en la refutación. No basta, para su acogimiento, disentir con Decreto, sino que, debe incluir un análisis razonado de los considerandos del mismo y su réplica concisa y exacta. Las simples generalizaciones y apreciaciones subjetivas no alcanzan para desvirtuar el acto administrativo, sino que, se requiere una crítica concreta y razonada de las partes del Decreto que se consideran equivocadas, para demostrar que es errónea, injusta o contraria a derecho, debiendo precisar punto por punto los errores, las omisiones y demás deficiencias que se le atribuyen al Decreto;
Que así, al hablar del control de convencionalidad, no precisa e indica con exactitud que norma no se ajusta a la CN y Tratados incorporados a la misma;
Que al referirse a la presunta vulneración del principio de inocencia, tampoco precisa e indica con exactitud en que se vio afectado su derecho consagrado en el Art. 18 de la CN, toda vez que las probanzas reunidas antes y durante el sumario administrativo comprueban que la Sra. Macagno incumplió los deberes establecidos en el Estatuto del Empleado Público; es decir que, la presunción de inocencia, fue desvirtuada por la prueba rendida, tal como explica y concluye la Dirección Provincial de Sumarios Administrativos;
Que por otro lado, la facultad sancionatoria de la Administración es independiente de la responsabilidad penal, que se apoya en una normativa diferente al derecho administrativo, de lo que se colige que, conforme al principio de autonomía jurisdiccional y competencias propias de la organización estadual, tampoco resulta de aplicación la pre-judicialidad penal, no requiriéndose condena firme en dicho fuero, para adoptar medidas disciplinarias en el ámbito administrativo, tal como lo reconoce la jurisprudencia en forma generalizada;
Que en este sentido, a la Agente se le imputó, como conducta fáctica reprochable lo prescripto por el Art. 15, Incs. a), b) y t); y por hallarse incurso en el Art. 16 inc. f) y p) de la Ley N° XV-0387-2004, lo cual fue “probado” acabadamente en el sumario realizado dentro del marco legal y resguardando el derecho de defensa del sumariado, tal como lo prevé el art. 43 de la Constitución Provincial, quedando demostrado que el comportamiento aludido excede el derecho penal, encuadrando su conducta incumplidora, en las normas citadas del Estatuto del Empleado Público, lo que no excluye que la investigación penal prosiga su curso y se resuelva como lo determine el Poder Judicial, en el área de su competencia;
Que al referirse a la falta de garantías procesales, tampoco precisa e indica con exactitud que garantía no se le ha respetado. De la simple lectura del expediente se advierte que, la Sra. Macagno luego de ser notificada del inicio del sumario administrativo, ejerció plenamente, entre otros, los siguientes derechos: tomó vista del expediente, efectuó su descargo, ofreció y produjo pruebas, presentó alegatos, etc., mostrando que la investigación administrativa se realizó conforme a las disposiciones del Estatuto del Empleado Público y la normativa aplicable, garantizando un procedimiento transparente y con respeto a los derechos fundamentales del recurrente;
Que al referirse a la desproporcionalidad de la sanción, tampoco precisa e indica con exactitud porque la sanción impuesta resulta desproporcionada. La cesantía es una sanción especificada en el Estatuto del Empleado Público, para determinado tipo de conductas, conforme régimen disciplinario, y que, en el caso que nos ocupa, se ha comprobado en ámbito del sumario administrativo;
Que finalmente, de las simples apreciaciones esgrimidas por la recurrente, resulta que no son suficientemente fuertes y concluyentes como para revocar el Decreto Nº 24368-MDH-2025, por lo que la Asesoría Legal considera, que, corresponde rechazar en todas sus partes el recurso de revocatoria interpuesto por la Sra. MACAGNO LETICIA GABRIELA, D.N.I. N° 18.671.179, por resultar el mismo sustancialmente improcedente, debiendo dictarse el correspondiente acto administrativo, previa intervención de Fiscalía de Estado;
Que en act. DICFIS 169605/26, Fiscalía de Estado manifiesta que considera procedente el dictado del acto administrativo pertinente mediante el cual se rechace el recurso de revocatoria interpuesto por la Sra. MACAGNO LETICIA GABRIELA, por resultar sustancialmente improcedente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso de Revocatoria obrante en act. DOCEXT 390280/26, interpuesto por la agente Sra. MACAGNO LETICIA GABRIELA, D.N.I. N° 18.671.179, en contra del Decreto N° 24368-MDH-2025 de fecha 30 de diciembre del 2025, por ser sustancialmente improcedente conforme los Arts. 9°, 14 y 17 de la Ley N° VI-0156-2004.-
Art. 2°.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Hacer saber a la Dirección Inclusión Social y a la Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 5°.-El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano.-
Art. 6°.- Registrar, comunicar y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL
DECRETO N° 4449-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-8050484/25, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 157 Viviendas, Manzana 342, Casa 19, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 351689/25, obra informe de la entonces Subdirección Soluciones Habitacionales y copia de Resolución N° 273-MV-2001, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada es el señor ACOSTA NESTOR GABRIEL, D.N.I. N° 16.305.162;
Que en act. DOCEXT 349696/25, se adjunta Declaración Jurada con fecha 5 de agosto del 2025, mediante la cual la señora ESTRADA VICENTA EMILIA, D.N.I. Nº 11.600.081, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia;
Que en act. DOCEXT 349694/25, obran copias de Cesión a Título Oneroso de Derechos y Acciones Posesorias de Adjudicatario; Declaratoria de Herederos de Autos N° CP3-5902/23, “GARCIA JORGE EDUARDO S/Sucesorio” con fecha 23 de noviembre de 2023 y Poder General; asimismo se adjunta copia de Certificado de Cancelación de Vivienda;
Que en act. DOCEXT 370078/25, se adjunta Acta de Verificación de fecha 8 de agosto de 2025;
Que en act. DOCEXT 1109538/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la Vivienda de referencia, figura a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 151654/26, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102149/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 168508/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 157 Viviendas, Manzana 342, Casa 19, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a favor de los señores ESTRADA VICENTA EMILIA, D.N.I. Nº 11.600.081, GARCIA ESTRADA JORGE EMILIO, D.N.I. N° 26.213.023, GARCIA EDUARDO ELIO, D.N.I. N° 27.685.277, GARCIA ESTRADA ANA MARIA DEL CARMEN, D.N.I. N° 28.263.138 y GARCIA ESTRADA GERARDO ALFREDO, D.N.I. N° 31.276.699.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 4450-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5060514/24, acumulados los EXD-0000-9220365/16 y EXD-0000-8130016/16, en referencia a la vivienda individualizada como Barrio 40 Viviendas, Manzana 1, Casa 14, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act DOCEXT 108737/16, obra Decreto N° 5136-SGG-SUVyP-2016, por el cual se desadjudica a la señora GARCIA MARIA CELESTE, DNI. N° 33.583.222, la vivienda individualizada como Barrio 40 Viviendas, Manzana 1, Casa 14, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 381065/25, obra Declaración Jurada de fecha 18 de diciembre de 2025, mediante la cual la señora GARCIA MARIA CELESTE, DNI. N° 33.583.222, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia;
Que en act. DOCEXT 365389/25, se adjunta Acta de Verificación de fecha de 17 de octubre de 2025, efectuada en la vivienda de Barrio 40 Viviendas, Manzana 1, Casa 14, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 1092137/25, obra en adjunto informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia figura a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en act. NOTAMP 949262/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y act. DICTAM 101351/25, obra la intervención del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante el cual considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 167095/26, obra intervención de Fiscalía de Estado;
Que de las propias constancias obrantes en estas actuaciones, ha quedado plenamente acreditado el uso familiar, la habitabilidad continua, ininterrumpida y actual de la vivienda ejercida por la señora mencionada precedentemente y el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre la misma, lo que justifica la aplicación de lo ordenado en el Art. 36 de la Ley Proyecto Integral de Viviendas Nº I-0970-2017 y el consecuente acto administrativo que deje sin efecto lo dispuesto por Decreto Nº 5136-SGG-SUVyP-2016;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Dejar sin efecto lo dispuesto por Decreto N° 5136-SGG-SUVyP-2016, de fecha 08 de septiembre de 2016, obrante en DOCEXT 108737/16.-
Art. 2°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 3°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 4°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, de la Secretaría de Estado de Política Habitacional a sus efectos. -
Art. 5°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 4453-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-12110678/17, acumulado el EXD-0000-1260238/17, por el cual se tramita la regularización del lote individualizado como Barrio 1° de Mayo, Manzana B, Lote 6, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100099273/25, obra en adjunto Boleto de Compra Venta, del cual surge que el adjudicatario del lote mencionado es el señor VELAZQUEZ CARLOS ALBERTO, D.N.I. Nº 16.051.025;
Que en acts. DOCEXT 331686/25 y 404104/26, se adjuntan Actas de Verificación y de Constatación, Verificación y Relevamiento, de las cuales se desprende que el lote no es habitado por el señor VELAZQUEZ CARLOS ALBERTO, D.N.I. Nº 16.051.025;
Que en act. DOCEXT 401928/26, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular del lote, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act. DOCEXT 1088873/25 obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio del lote de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 1473671/25, obra informe emitido por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 395941/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102477/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 170708/26 toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor VELAZQUEZ CARLOS ALBERTO, D.N.I. Nº 16.051.025, el lote individualizado como Barrio 1° de Mayo, Manzana B, Lote 6, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis. -
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos. -
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
DECRETO N° 4451-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3020689/26, por el cual la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad, tramita la homologación de Convenios de Práctica Laboral Rentada; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1639-MDH-SPD-2025 obrante en act. DEC 1639/25 se homologó los Convenios de Practica Laboral Rentada;
Que mediante Decreto N° 17600-MDH-SPD-2025 obrante en act. DEC 17600/25 se autorizó la prórroga, reincorporación e incorporación de los Convenios de Practica Laboral Rentada hasta el 31 de diciembre de 2025; y,
Que mediante Decreto N° 1184-MDH-SPD-2026 obrante en act. DEC 1184/26 se autorizó la prórroga, reincorporación e incorporación de los Convenios de Practica Laboral Rentada hasta el 31 de marzo de 2026; y,
Que en act. ACTPAS 1665233/26 obra nómina de prórroga y en act. ACTPAS 1666959/26 obra nómina de incorporación de personas a quienes se les tramita homologación de Convenios de Practica Laboral Rentada;
Que en acts. DOCEXT 391661/26 y DOCEXT 404882/26 obran Convenios de Práctica Laboral Rentada, suscriptos entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, representado por la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad, por una parte, y las personas que cumplirán prácticas en las dependencias de dicha Secretaría, por la otra, por el período comprendido desde el 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026 consignado en la cláusula sexta de los mencionados convenios;
Que en acts. PREV 11354308/26 obra imputación preventiva con excepción del duodécimo por el monto de PESOS SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($62.400.000,00) y en PREV 11393030/26 ajuste por el monto de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($1.470.744,00) para afrontar el gasto que demande la contratación;
Que en act. NOTAMP 969197/26 obra intervención legal emitida por la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad informando que no tiene objeciones que formular al trámite;
Que en act. NOTAMP 973882/26, obra intervención de Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los convenios de práctica laboral rentada con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley N° VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. N° 1 del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 169969/26 obra vista de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso exceptuándolo de lo establecido en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar a partir del 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026, los Convenios de Práctica Laboral Rentada, obrantes en acts. DOCEXT 391661/26 y DOCEXT 404882/26 , suscriptos entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, representado por la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad y las personas que se detallan en las nóminas obrantes en acts. ACTPAS 1665233/26 y ACTPAS 1666959/26 del EXD-0-3020689/26.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. D1.D2. Inc. Pri. Parc. Importe
1 16 20 26 1-01 5 1 4 $63.870.744,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Presupuesto Público y Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 4454-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10090606/25, por el cual la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la Licitación Pública N° 19-MHeIP-DCyC-2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 1475-MdeS-2026, obrante en act. DEC 1475/26, para la Contratación de SERVICIO DE CATERING Y/O VIANDAS con destino a San Luis y Villa Mercedes por el periodo de DOCE (12) meses a partir de abril 2026, solicitado por la DIRECCION SISTEMA DE EMERGENCIAS MEDICAS PROVINCIAL (SEMPRO), dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($132.462.000,00);
Que, en acts. DOCEXT 1514488/26 y DOCEXT 1514489/26, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras las empresas: NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, en act. COTZAC 11338622/26, NUÑEZ OSCAR ALBERTO, C.U.I.T.: 20-25870474-7, en act. COTZAC 11338625/26, LIMINA SAENZ RICARDO JAVIER, C.U.I.T.: 20-28185050-5, en act. COTZAC 11338626/26, INVERSIONES PUNTANAS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71230156-9, en act. COTZAC 11338628/26 y SIERRAS TURISTICAS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71417088-7, en act. COTZAC 11338630/26;
Que, presentaron oferta mediante sobre cerrado las siguientes firmas: NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, en act. DOCEXT 1521765/26, NUÑEZ OSCAR ALBERTO, C.U.I.T.: 20-25870474-7, en act. DOCEXT 1521760/26, LIMINA SAENZ RICARDO JAVIER, C.U.I.T.: 20-28185050-5, en act. DOCEXT 1521770/26 y SIERRAS TURISTICAS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71417088-7, en act. DOCEXT 1521771/26;
Que, en act. DOCEXT 1521775/26, obra Acta N° 14, con fecha 12 de marzo de 2026, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública N° 19-MHeIP-DCyC-2026, de donde surge lo siguiente: PRIMERA PROPUESTA: LIMINA SAENZ RICARDO JAVIER, COTIZA por la suma total de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($66.331.052,00) por los ítems que cotiza. SEGUNDA PROPUESTA: SIERRAS TURISTICAS S.R.L., COTIZA por la suma total de PESOS CIENTO VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($126.536.200,00) por los ítems que cotiza. TERCERA PROPUESTA: NUTRIR S.R.L., COTIZA por la suma total de PESOS CIENTO TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y DOS CON 00/100 ($130.346.172,00) por los ítems que cotiza. CUARTA PROPUESTA: NUÑEZ OSCAR ALBERTO, COTIZA por la suma total de PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($56.181.314,00) por los ítems que cotiza. En este estado la autoridad que preside el acto informa, que por el Sistema Electrónico de Compras hubo una quinta propuesta perteneciente a la empresa INVERSIONES PUNTANAS S.R.L., quien no presento oferta y documental solicitada en formato papel, razón por lo cual se la tiene como no presentada;
Que, en act. INFSEC 11338631/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 84/2026, obrante en act. PROSEC 11338619/26;
Que, en act. DOCEXT 1525034/26, obra Resolución N° 0438-DCyC-2026, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública N° 19-MHeIP-DCyC-2026, quien se expide en act. INFORM 435461/26, el resultado de la evaluación de las ofertas presentadas, del cual surge que se aconseja preadjudicar a las firmas LIMINA SAENZ RICARDO JAVIER, C.U.I.T.: 20-28185050-5, los ítems 1 y 2, por la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($66.331.052,00) y NUÑEZ OSCAR ALBERTO, C.U.I.T.: 20-25870474-7, los ítems 3 y 4, por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($56.181.314,00);
Que, en act. PRESEC 11353334/26, se preadjudica a la firma oferente de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;
Que, en acts. PREV 11261219/26, PREV 11354382/26, PREVFT 11354376/26 y PREVFT 11359027/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo e imputación de ejercicio futuro con sus respectivos ajustes;
Que, en act. NOTAMP 971858/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 973463/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169846/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 24 inc. g) y Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuar del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública N° 19-MHeIP-DCyC-2026, para la Contratación de SERVICIO DE CATERING Y/O VIANDAS con destino a San Luis y Villa Mercedes por el periodo de DOCE (12) meses a partir de abril 2026, solicitado por la DIRECCION SISTEMA DE EMERGENCIAS MEDICAS PROVINCIAL (SEMPRO), dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3°.- Adjudicar la Licitación Pública N° 19-MHeIP-DCyC-2026, a que se hace referencia en el Art. 2° del presente Decreto, conforme al siguiente detalle LIMINA SAENZ RICARDO JAVIER, C.U.I.T.: 20-28185050-5, los ítems 1 y 2, por la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CINCUENTA Y DOS CON 00/100 ($66.331.052,00) según propuesta obrante en act. COTZAC 11338626/26, oferta mediante sobre cerrado en act. DOCEXT 1521770/26 y NUÑEZ OSCAR ALBERTO, C.U.I.T.: 20-25870474-7, los ítems 3 y 4, por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($56.181.314,00) según propuesta obrante en act. COTZAC 11338625/26, oferta mediante sobre cerrado en act. DOCEXT 1521760/26, de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora en act. INFORM 435461/26 y preadjudicación en act. PRESEC 11353334/26 del EXD-0000-10090606/25.-
Art. 4°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 26 42 00 00 00 1 01 00 2 1 1 000 $88.015.636,00
Art. 5°.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA CON 00/100 ($34.496.730,00).-
Art. 6°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Sistema de Emergencias Médicas Provincial (S.E.M.PRO.), quien notificará a las firmas oferentes.-
Art. 9°.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4455-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3060214/26, por el cual el Hospital Pediátrico San Luis, solicita Disminución de Activos Financieros, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1527464/26, obra nota del Hospital Pediátrico San Luis, mediante la cual solicita la Disminución de Activos Financieros, para incorporar el saldo 2025 al presupuesto 2026, correspondiente a fondos de la mencionada dependencia;
Que, en act. PTPREC 57758/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;
Que, en act. INFORM 437019/26, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente los recursos que a continuación se detallan:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
1- Recursos Corrientes
7- Transferencias Corrientes
8- De la Administración Central Nacional
19- Convenio Ensayo Clínico Fase III de INM004 $1.598.500,00
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
41- Disminución Activos Financieros-Convenio
Ensayo Clínico Fase III de INM004 $17.044.050,00
Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins Jur U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 18 33 3-12 4-12 1 $959.100,00
1 13 18 33 3-12 4-12 4 $639.400,00
Fuente de Financiamiento: 4-12 Convenio Ensayo Clínico Fase III de INM004
1 13 18 33 3-12 4-54 1 $10.226.430,00
1 13 18 33 3-12 4-54 4 $6.817.620,00
Fuente de Financiamiento: 4-54 Disminución Activos Financieros – Convenio
Ensayo Clínico Fase III de INM004
Art. 4º.- Disponer que, las partidas y los recursos a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4456-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2230646/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria, LEDESMA GABRIELA, D.N.I. Nº 18.377.066, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3713514/26, DOCEXT 3713515/26, DOCEXT 3713516/26, DOCEXT 3713518/26, DOCEXT 3713519/26 y DOCEXT 1518264/26, surge que la beneficiaria LEDESMA GABRIELA, D.N.I. Nº 18.377.066, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamentos para tratamiento hematológico;
Que, en act. SOLSEC 11345178/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2703/2026;
Que, en act. ACTPRO 11349691/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33- 69541513-9, en act. COTZAC 11353881/26, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11353886/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11353891/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11353896/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11353903/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11353910/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11353916/26;
Que, en act. INFSEC 11353921/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2084/2026, obrante en act. PROSEC 11353875/26;
Que, en act. PRESEC 11368881/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30- 71595642-6, el ítem 1 y 2, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($2.737.600,00);
Que, en acts. PREV 11340312/26 y PREV 11369949/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 935769/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 976426/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170293/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3713519/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1 y 2, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($2.737,600,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11353916/26, y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11368881/26, del EXD-0000-2230646/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria, LEDESMA GABRIELA, D.N.I. Nº 18.377.066, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11368881/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.737.600,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4457-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2230087/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de estudios especiales a favor de la beneficiaria CABRERA FLORES ROSI, D.N.I. Nº 94.344.413, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1510454/26 y DOCEXT 3716077/26 surge que la beneficiaria CABRERA FLORES ROSI, D.N.I. Nº 94.344.413, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento oncológico;
Que, en act. SOLSEC 11346361/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2750/2026;
Que, act. ACTPRO 11354452/26, obra las invitaciones cursada a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma: CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1, en act. DOCEXT 3754250/26 y SANATORIO ALLENDE S.A., C.U.I.T.: 30-54587142-0 en act. DOCEXT 3754254/26;
Que, en act. DOCEXT 3754266/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1, el ítem 1 y 2 por la suma total de PESOS UN MILLON CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($1.056.037,00);
Que, en acts. PREV 11334543/26 y PREV 11374883/26, obra imputación preventiva del gasto, con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936697/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978089/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170681/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 bis inc. t) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de estudios especiales solicitados en act. DOCEXT 1510454/26.-
Art. 3º Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T.: 30-57459695-1, el ítem 1 y 2 por la suma total de PESOS UN MILLON CINCUENTA Y SEIS MIL TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($1.056.037,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. DOCEXT 3754250/26 y preadjudicación adjunta en act. DOCEXT 3754266/26 del EXD-0000-2230087/26.-
Art. 4º. Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria CABRERA FLORES ROSI, D.N.I. Nº 94.344.413, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3754266/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.056.037,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4458-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11180347/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona el pago a favor de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en concepto de insumos médicos a beneficiarios de dicha Subdirección, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3659850/25, obra Factura B Nº 00002-00009932, por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($2.178.000,00), presentada por la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8;
Que, en act. DOCEXT 3662499/25, obra recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto de los insumos médicos entregados por la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8;
Que, en act. ENCAPS 934617/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11292362/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 934981/26, ha tomado intervención de su competencia la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 975242/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170243/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, por la suma de PESOS DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($2.178.000,00), según Factura B Nº 00002-00009932, obrante en act. DOCEXT 3659850/25 del EXD-0000-11180347/25, en concepto de insumos médicos entregados a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.178.100,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4459-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3180600/26, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria tramita la renovación contractual de la señora CAROLINA CANDELA RAMOS, D.N.I. Nº 36.347.432, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3770308/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. LUCÍA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº ١٦.١٣٣.٣٠٠, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud de la Provincia de San Luis, por una parte y la señora CAROLINA CANDELA RAMOS, D.N.I. Nº 36.347.432, por la otra, quien se obliga a prestar servicios profesionales como médico en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, a partir del 1 de mayo de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 933853/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11352779/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 934246/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 977316/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170475/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la C.P. LUCÍA TERESA NIGRA, D.N.I. N.º 16.133.300, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud de la Provincia de San Luis, por una parte y la señora CAROLINA CANDELA RAMOS, D.N.I. Nº 36.347.432, por la otra, quien se obliga a prestar servicios profesionales como médico en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, obrante en act. DOCEXT 3770308/26 del EXD-0000-3180600/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $18.000.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4460-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3160612/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3761739/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma CIRUPED S.A.S. C.U.I.T.: 30-71743792-2, representada en este acto por el señor ANDRES JAVIER VILLEGAS SCIVETTI, D.N.I. Nº 26.930.573, en carácter de administrador titular, por la otra, quien se obliga a prestar servicios médicos en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 01 de abril de 2026 y por el termino de seis (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 933852/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11343243/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 934211/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 977012/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170446/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma CIRUPED S.A.S. C.U.I.T.: 30- 71743792-2, representada en este acto por el señor ANDRES JAVIER VILLEGAS SCIVETTI, D.N.I. Nº 26.930.573, en carácter de administrador titular, por la otra, quien se obliga a prestar servicios médicos en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria dependiente del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3761739/26 del EXD-0000- 3160612/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $66.000.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4461-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3030707/26, por el cual la Zona Sanitaria III dependiente de la Dirección Zonas Sanitarias, tramita la renuncia de la señora SANCHEZ VERONICA CECILIA, D.N.I. N° 30.581.781, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 2465-MdeS-2017, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios de la señora SANCHEZ VERONICA CECILIA, D.N.I. N° 30.581.781, el cual luce agregado en act. DOCEXT 3721168/26;
Que, en idéntica actuación, obra nota de renuncia presentada por la señora SANCHEZ VERONICA CECILIA, D.N.I. N° 30.581.781, Personal Contratado, Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 434118/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se procedió a suspender la liquidación de haberes a partir del 02 de abril de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1668454/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora SANCHEZ VERONICA CECILIA, D.N.I. N° 30.581.781, Personal Contratado, Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto 2465-MdeS-2017, a partir del 02 de abril de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Zonas Sanitarias, Zona Sanitaria III y Dirección Recursos Humanos, quien notificará a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 4462-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12161065/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30- 71165608-8, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1478235/25, DOCEXT 3742637/26, DOCEXT 3742638/26 y DOCEXT 1529003/26, obra documentación presentada por la Subdirección Emergencia Sanitaria, mediante la cual se fundamenta la solicitud de provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento neurológico destinados a la señora PESSIO MARIA JOSE, D.N.I. Nº 35.475.972, en representación de su hija, la beneficiaria GIL GIULIANA CATALINA, D.N.I. Nº 58.343.786;
Que, en act. DOCEXT 3742631/26, obra Factura B Nº 00004-00013795, presentada por la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30- 71165608-8, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($10.500.000,00);
Que, en act. DOCEXT 3743365/26, obra recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto del servicio prestados por la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8;
Que, en act. PREV 11287561/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 935100/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 975132/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170152/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer a favor de la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30- 71165608-8, PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($10.500.000,00), según Factura B Nº 00004-00013795, en concepto de provisión de elementos de tecnología biomédica destinados a la señora PESSIO MARIA JOSE, D.N.I. Nº 35.475.972, en representación de su hija, la beneficiaria GIL GIULIANA CATALINA, D.N.I. Nº 58.343.786, para tratamiento neurológico.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $10.500.000,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4463-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5071430/26, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 7146-MdeS-2024, se designó al Subdirector Incluir Salud dependiente de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH del Ministerio de Salud;
Que, en act. DOCEXT 1553463/26, obra renuncia presentada por la señora MARIA LILIA BARROSO FERREYRA, D.N.I. N° 20.499.703, al cargo de Subdirector Incluir Salud dependiente de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH del Ministerio de Salud;
Que, se hace necesario el dictado del acto administrativo que acepte la renuncia aludida;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 07 de mayo de 2026, la renuncia presentada por la señora MARIA LILIA BARROSO FERREYRA, D.N.I. N° 20.499.703, al cargo de Subdirector Incluir Salud dependiente de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Reintegrar, a partir del 07 de mayo de 2026, a la señora MARIA LILIA BARROSO FERREYRA, D.N.I. N° 20.499.703, en el cargo de Maestra de Nivel Inicial, con carácter titular, en la Escuela de Nivel Inicial N° 22 “Un Mundo de Sueños”, conforme surge del Decreto N° 4637-ME-2020.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a sus efectos a la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH, Subdirección Incluir Salud, Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 4464-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11270314/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, gestiona el pago a favor de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en concepto de insumos médicos entregados a beneficiarios de dicha Subdirección, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3730718/26, obra Factura B Nº 00002-00010030, por la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($933.600,00), presentada por la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8;
Que, en act. DOCEXT 3751123/25, obra recepción conforme de la Subdirección Emergencia Sanitaria, respecto de los insumos médicos entregados por la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8;
Que, en act. ENCAPS 935519/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11292352/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 935778/26, ha tomado intervención de su competencia la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 976222/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170268/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, por la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($933.600,00), según Factura B Nº 00002-00010030, obrante en act. DOCEXT 3730718/26, del EXD-0000-11270314/25, en concepto de insumos médicos entregados a beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $933.600,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4465-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1130194/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria CATALDO JULIA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 28.595.673, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3690635/26, DOCEXT 389/26, DOCEXT 3690640/26, DOCEXT 3690641/26 y DOCEXT 1502459/26, surge que la beneficiaria CATALDO JULIA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 28.595.673, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento neurológico;
Que, en act. SOLSEC 11297383/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1654/2026;
Que, en act. ACTPRO 11302923/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.:30-71578747-0, en act. COTZAC 11305666/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11305667/26, STARICCO MULLER LEONARDO, C.U.I.T.: 20-22373317-5 en act. COTZAC 11305668/26 y DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5 en act. COTZAC 11305669/26;
Que, en acts. DOCEXT 1547721/26, obra mantenimiento de oferta de la firma, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5;
Que, en act. INFSEC 11305670/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 1245/2026, obrante en act. PROSEC 11305665/26;
Que, en act. PRESEC 11368161/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 ($10.459.722,00);
Que, en acts. PREV 11292267/26 y PREV 11369939/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 935641/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 976292/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170284/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 389/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: DROGUERIA META S.A., C.U.I.T.: 30-66183877-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTIDOS CON 00/100 ($10.459.722,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11305669/26, mantenimiento de presupuesto en act. DOCEXT 1547721/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11368161/26, del EXD-0000-1130194/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria, CATALDO JULIA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 28.595.673, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11368161/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $10.459.722,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4466-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11261256/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria LACERDA MONICA EDITH, D.N.I. Nº 24.299.109, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1466049/25 y DOCEXT 1510351/26, surge que la beneficiaria LACERDA MONICA EDITH, D.N.I. Nº 24.299.109, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento neurológico;
Que, en act. SOLSEC 11317477/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1876/2026;
Que, en act. ACTPRO 11332865/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11333489/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11333490/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11333491/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11333492/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11333493/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11333494/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11333495/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11333496/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11333497/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11333498/26 y COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S. A., C.U.I.T.: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11333499/26;
Que, en act. INFSEC 11333500/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 1775/2026, obrante en act. PROSEC 11333487/26;
Que, en act. PRESEC 11368893/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el item 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON 64/100 ($2.737.763,64);
Que, en acts. PREV 11312983/26 y PREV 11370175/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 935676/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 976221/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170271/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1466049/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el item 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES CON 64/100 ($2.737.763,64), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11333496/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11368893/26 del EXD-0000- 11261256/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la la beneficiaria LACERDA MONICA EDITH, D.N.I. Nº 24.299.109, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11368893/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.737.763,64
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4467-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2130642/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria, QUIROGA MARIELA ISABEL, D.N.I. Nº 23.202.272, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3707966/26 y DOCEXT 1518759/26, surge que la beneficiaria QUIROGA MARIELA ISABEL, D.N.I. Nº 23.202.272, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1523172/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11373687/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3339/2026;
Que, en act. ACTPRO 11375666/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11377035/26, DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, en act. COTZAC 11377036/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11377037/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1 en act. COTZAC 11377038/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11377039/26, RED SALUD S.R.L., C.U.I.T.: 30-71405933-1, en act. COTZAC 11377040/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.:33-69541513-9, en act. COTZAC 11377042/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11377043/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11377044/26;
Que, en act. INFSEC 11377046/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2689/2026, obrante en act. PROSEC 11377034/26;
Que, en act. PRESEC 11374933/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 2, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($7.633.548,00) y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 92/100 ($66.226,92);
Que, en act. PREV 11363966/26 y PREV 11389113/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 938637/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 981170/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 171250/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3707966/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: DISTRIFAR S.A., C.U.I.T.: 30-70819993-8, el ítem 2, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 ($7.633.548,00) y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS CON 92/100 ($66.226,92) de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11377036/26, COTZAC 11377039/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11388449/26, del EXD-0000-2130642/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria, QUIROGA MARIELA ISABEL, D.N.I. Nº 23.202.272, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11388449/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $7.699.774,92
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4468-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1160350/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita elementos de tecnología biomédica a favor de la señora BENITO PAOLA ANAHI, D.N.I. N° 26.958.571, en representación de su hija, la beneficiaria SOSA EVANGELINA JAZMIN, D.N.I. N° 52.181.111, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1494211/26, DOCEXT 3721042/26, DOCEXT 1528076/26 y DOCEXT 3742580/26, surge que la señora BENITO PAOLA ANAHI, D.N.I. N° 26.958.571, en representación de su hija, la beneficiaria SOSA EVANGELINA JAZMIN, D.N.I. N° 52.181.111, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11339281/26, obra solicitud de Gastos N° 2537/2026;
Que, en act. ACTPRO 11343482/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L, C.U.I.T: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11347532/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11347533/26;
Que, en act. INFSEC 11347536/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 1947/2026, obrante en act. PROSEC 11347530/26;
Que, en act. PRESEC 11358491/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L, C.U.I.T: 30- 71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($3.490.000,00);
Que, en acts. PREV 11336928/26 y PREV 11359588/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 934591/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 974183/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169970/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3721042/26.-
Art. 3°.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L, C.U.I.T: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($3.490.000,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11347532/26 y PRESEC 11358491/26 del EXD-0000-1160350/26.-
Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora BENITO PAOLA ANAHI, D.N.I. N° 26.958.571, en representación de su hija, la beneficiaria SOSA EVANGELINA JAZMIN, D.N.I. N° 52.181.111, la provisión de elementos de tecnología biomédica, detallados en act. PRESEC 11358491/26.-
Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.490.000,00
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante de la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4469-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3191048/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor del beneficiario BONA ADRIAN CLAUDIO, D.N.I. Nº 16.772.912, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3737668/26 y DOCEXT 3739002/26, surge que el beneficiario BONA ADRIAN CLAUDIO, D.N.I. Nº 16.772.912, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de estudio especial para tratamiento oncológico;
Que, en act. DOCEXT 3755811/26, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3755814/26 y DOCEXT 3755815/26, obra razonabilidad de precios y justificación de presupuesto;
Que, en act. DOCEXT 3755812/26, obra presupuesto de la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1;
Que, en act. DOCEXT 3755817/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, por la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.850.000,00);
Que, en act. PREV 11353374/26 y PREV 11378112/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936894/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978471/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170679/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO TOMOGRAFIA COMPUTADA CORDOBA SOC ANON, C.U.I.T: 30-57459695-1, por la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.850.000,00) de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3755812/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3755817/26 del EXD-0000-3191048/26.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario BONA ADRIAN CLAUDIO, D.N.I. Nº 16.772.912, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3755817/26.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.850.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificara al beneficiario y a la firma.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4470-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11270025/25, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, eleva renuncia de la señora PEÑA OVIEDO AMELIA ALICIA, D.N.I. Nº 21.571.391, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. NOTAMP 969562/26, obra copia de Decreto Nº 3037-MS-2001, en el cual se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora PEÑA OVIEDO AMELIA ALICIA, D.N.I. Nº 21.571.391;
Que, en act. DOCEXT 1466186/25, obra renuncia presentada por la señora PEÑA OVIEDO AMELIA ALICIA, D.N.I. Nº 21.571.391, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 427268/25, ha tomado intervención la Dirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se procedió a suspender la liquidación de haberes a partir del 5 de enero de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1633901/25, la Dirección Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha tomado intervención;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido, el Contrato de Prestación de Servicios de la señora PEÑA OVIEDO AMELIA ALICIA, D.N.I. Nº 21.571.391, homologado por Decreto N° 3037-MS-2001, a partir del 5 de enero de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a la Dirección Recursos Humanos y a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien notificará a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 4471-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3170533/26, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor JORGE MARIO NIGRA, D.N.I. Nº 17.247.833, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3771826/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor JORGE MARIO NIGRA, D.N.I. Nº 17.247.833, por la otra, quien presta servicios como médico en Consultorio de Obstetricia y Tocoginecología, en la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, a partir del 13 de febrero de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 936453/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11377794/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 936884/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 979424/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170914/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor JORGE MARIO NIGRA, D.N.I. Nº 17.247.833, por la otra, quien presta servicios como médico en Consultorio de Obstetricia y Tocoginecología, en la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, obrante en act. DOCEXT 3771826/26 del EXD-0000-3170533/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 32 50 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $12.600.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud Departamento General Pedernera, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4472-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2190279/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la señora STOYANOFF KUKUROFF LUCIANA, D.N.I. Nº 31.174.372 en representación de su hija la beneficiaria DIAZ TATIANA NATALI, D.N.I. Nº 51.349.899, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3710523/26 y DOCEXT 1517981/26, surge que la señora STOYANOFF KUKUROFF LUCIANA, D.N.I. Nº 31.174.372, en representación de su hija, la beneficiaria DIAZ TATIANA NATALI, D.N.I. Nº 51.349.899, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamentos para tratamiento hormonal;
Que, en act. SOLSEC 11349007/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2769/2026;
Que, en act. ACTPRO 11356074/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11356382/26, HIGIA S.A.S., C.U.I.T: 33-71747948-9, en act. COTZAC 11356383/26, PRISAL GROUP S.A, C.U.I.T: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11356384/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 en act. COTZAC 11356385/26 y PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3 en act. COTZAC 11356386/26;
Que, en act. INFSEC 11356388/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2157/2026, obrante en act. PROSEC 11356381/26;
Que, en act. PRESEC 11368873/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 el item 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON 00/100 ($2.032.521,00);
Que, en acts. PREV 11342755/26 y PREV 11374330/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936488/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 977809/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170556/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3710523/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con las firmas: DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 el item 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTIUNO CON 00/100 ($2.032.521,00) de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11356385/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11368873/26 del EXD-0000-2190279/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora STOYANOFF KUKUROFF LUCIANA, D.N.I. Nº 31.174.372 en representación de su hija la beneficiaria DIAZ TATIANA NATALI D.N.I. Nº 51.349.899, los medicamento que se detalla en act. PRESEC 11368873/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.032.521,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4473-MdeS-2026.-
San Luis, 8 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5140871/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a favor del MINISTERIO DE SALUD de la Provincia de Córdoba, C.U.I.T.: 30-99925718-2, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1464176/25, la Subdirección Emergencia Sanitaria, solicita el pago al MINISTERIO DE SALUD de la Provincia de Córdoba, C.U.I.T.: 30-99925718-2, en concepto de provisión de elemento de tecnología biomédica destinado al beneficiario BECERRA SAMUEL EMMANUEL, D.N.I. Nº 56.609.845;
Que, en act. DOCEXT 1462499/25, obra Factura C Nº 0006-00042809, por la suma total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($58.900.000,00), presentada por el MINISTERIO DE SALUD de la Provincia de Córdoba, C.U.I.T.: 30-99925718-2;
Que, en act. DOCEXT 1464176/25, obra recepción conforme de los servicios prestados;
Que, en act. PREV 11259650/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914125/25, ha tomado la intervención de su competencia la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 954739/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo, que reconozca el gasto y autorice el pago a la firma mencionada;
Que, en act. DICFIS 165178/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor del MINISTERIO DE SALUD de la Provincia de Córdoba, C.U.I.T.: 30-99925718-2, por la suma total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ($58.900.000,00) según Factura C Nº 0006-00042809, obrante en act. DOCEXT 1462499/25, del EXD-0000-5140871/25, en concepto de provisión de elemento de tecnología biomédica destinado al beneficiario BECERRA SAMUEL EMMANUEL D.N.I. Nº 56.609.845.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $58.900.000,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien realizará las notificaciones pertinentes.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
RESOLUCIONES
COMISIÓN REGULADORA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA SAN LUIS
RESOLUCION N° 184-CRPEE-2026.-
San Luis, 29 de mayo del 2026.-
VISTO:
EXD-. N° 10090020/2025 Solicitud de aplicación Mecanismo de Monitoreo de Costos, la Ley nacional N° 24.065, t.o. 1992, la Ley provincial N° VIII-0276-2004, -APN-SE#MEC y la RESOL 2026-121-APN-SE#MEC y las Resoluciones N° 161 y 162- CRPEE-2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, la autoridad nacional ha dispuesto mediante Resolución RESOL 2026 121 APN SE#MEC en su artículo 2°, la variación del porcentual de la bonificación extraordinaria del subsidio para los beneficiarios del Régimen de Subsidios Focalizados- aplicable para el mes de junio de 2026 determinándolo en un ONCE COMA NOVENTA Y SIETE POR CIENTO (11,97%), lo que implica una modificación de lo oportunamente dispuesto en la RESOL 2026 109 APN SE#MEC;
Que, correspondiendo la aplicación de pasaje a tarifa aplicable a los usuarios beneficiados por el Régimen en virtud del artículo 36° siguientes y concordantes de la Ley N° 24.065 t.o.1992, procede emitir el cuadro tarifario de aplicación, que solo varía para los beneficiarios del RESEF;
Que, ha tomado intervención la Oficina Legal, encuadrando la presente dentro de las facultades que le son propias en virtud de la Ley Nacional N° 24.065, t.o. 1992 artículo artículos 36° y concordantes, a la cual adhirió la Provincia de San Luis mediante Ley Provincial N° VIII-0276-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
LA COMISION REGULADORA PROVINCIAL
DE LA ENERGIA ELECTRICA
RESUELVE:
Art. 1º.-Aprobar el Cuadro Tarifario aplicable a los usuarios de la empresa concesionaria del servicio público de distribución en el ámbito provincial, Empresa
Distribuidora de Energía San Luis Sociedad Anónima - EDESAL S.A. - aplicable a los usuarios beneficiados con el Régimen de subsidios Energéticos Focalizados- ReSEF- partir de las cero horas del día 1° de junio de 2026, que se acompaña en el Anexo I e integra el presente acto.-
Art. 2°. -Por Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente a la empresa “EDESAL S.A.”.-
Art. 3°. - Comunicar, publicar y archivar. -
LAURA GIUMELLI
Presidente CRPEE
Augusto Fa Luchini
Vocal 1º CRPEE
ANEXO I
SPP e. y v: 01 Jun.
ACUERDOS
ADM 19213/26
“PROTOCOLO DE ACUERDOS 2026”
ACUERDO N° 87-STJSL-SA-2026.-
En la Provincia de San Luis, a VEINTIOCHO días del mes de MAYO de DOS MIL VEINTISÉIS, los Sres. Ministros del Superior Tribunal de Justicia, Dres. JORGE ALBERTO LEVINGSTON, JOSÉ GUILLERMO L’HUILLIER, EDUARDO SEGUNDO ALLENDE, VÍCTOR MANUEL ENDEIZA y ANDREA CAROLINA MONTE RISO.-
DIJERON: Que por Acuerdo N° 257-STJSL-SA-2023 se llamó a Concurso ABIERTO de Antecedentes y Oposición para el cargo de AUXILIAR DE TERCERA DEL ESCALAFÓN ADMINISTRATIVO, a los fines de conformar órdenes de mérito en las tres Circunscripciones Judiciales para cubrir eventuales vacantes y según necesidades funcionales y factibilidad presupuestaria/financiera, y que, en ese marco, mediante Acuerdo Nº 149-STJSL-SA-2024 se determinó el orden de mérito resultante, definitivo e irrecurrible, con vigencia de un (1) año desde su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, lo que tramita en ADM 14938/23 por ante la Dirección de Recursos Humanos.-
Que, en ese contexto, mediante Acuerdo N° 172-STJSL-SA-2025 (de fecha 26/06/2025, publicado en Boletín Oficial y Judicial N° 15956 el día 30/06/2025), se modificó dicho orden de mérito y se estableció prórroga de su vigencia por el plazo de un (1) año para aquellos postulantes que realizaran y aprobaran el curso de actualización del sistema informático en gestión de expedientes Iurix Cloude Native; cuyo informe emitido por Secretaría de Informática Judicial obra en actuación N° 27972979/25, de fecha 03/07/2025, del ADM referido.-
Que, Dirección de Recursos Humanos, en cumplimiento de las atribuciones y deberes determinados en los arts. 50 incs. 1), 2), 10) y 12) y 51 incs. 2) y 3) de la Ley Nº IV-0086-2021 (modificada por Ley Nº IV-1106-2023), informa, gestiona y proyecta lo pertinente en actuaciones Nros. 30162423/26 y 30397061/26, de fechas 12/05/2026 y 21/05/2026, respectivamente, del mismo ADM, y que por su parte Secretaría de Informática Judicial en actuación Nº 30352398/26, de fecha 18/05/2026, se expide sobre lo correspondiente.-
Por ello;
ACORDARON:
I) AMPLIAR la prórroga dispuesta en el Punto IV) del Acuerdo N° 172-STJSL-SA-2025, respecto a la vigencia del orden de mérito dispuesto por Acuerdo Nº 149-STJSL-SA-2024 (modificado por Acuerdo N° 172-STJSL-SA-2025 de fecha 26/06/2025 y publicado en Boletín Oficial y Judicial N° 15956 el día 30/06/2025), el que incluye a aquellos postulantes que realizaron y aprobaron el curso de actualización del sistema informático en gestión de expedientes Iurix Cloude Native, que oportunamente brindó Secretaria de Informática Judicial, y que se detallan a continuación, por el plazo de un (1) año contado desde el vencimiento de la prórroga oportunamente concedida, esto es, hasta el día 30 de junio de 2027:
|
PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL |
|||
|
Nº ORDEN DE MERITO |
APELLIDO |
NOMBRE |
DNI |
|
41 |
NIEVAS |
FRANCISCO NICOLAS |
39845806 |
|
42 |
BONO PARISI |
GERARDO ANDRES |
36143556 |
|
43 |
GIL |
ERIKA BELEN |
37830617 |
|
44 |
MARTINEZ |
MELISA |
39091249 |
|
45 |
GOMEZ |
GIMENA AYELEN |
38439313 |
|
46 |
VILCHEZ VILCHES |
FRANCO ALEJANDRO |
39241478 |
|
47 |
ALDERETE SEGALA |
JOSE OSCAR |
34428724 |
|
48 |
SOSA |
LUCILA AGUSTINA |
42632338 |
|
49 |
BALESTRA |
LUCIANA BELEN |
35916085 |
|
50 |
BIANCHI DURAN |
FACUNDO FELIPE |
38220227 |
|
51 |
SUAREZ MARTURANO |
MELANI DENISE |
36415251 |
|
52 |
POGGIO MOYANO |
MARÍA GRACIELA |
24681264 |
|
53 |
SANDAZA |
RAQUEL |
30505550 |
|
54 |
AZAGUATE |
SANDRA BEATRIZ |
18670422 |
|
55 |
BONA |
ANDREA VERÓNICA |
25700446 |
|
56 |
VALCARCEL |
DANIELA ROMINA |
32433807 |
|
57 |
ESCUDERO |
GABRIELA CAROLINA |
29811880 |
|
58 |
OROZCO |
CAROLINA GISEL |
40486278 |
|
59 |
MIRAGLIA |
VIVIANA SOLEDAD |
29466586 |
|
60 |
SANDAZA |
MELANIE |
33539311 |
|
61 |
POSA |
DARIO GASTON |
35792207 |
|
62 |
NAVARRO |
NADYA YAEL |
34699430 |
|
63 |
LUCERO GOMEZ |
EDA GISELA |
36227070 |
|
64 |
CADELAGO FILIPPI |
LUCIANA BELEN |
30754920 |
|
SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL |
|||
|
Nº ORDEN DE MERITO |
APELLIDO |
NOMBRE |
DNI |
|
37 |
SOSA |
ROCIO AGUSTINA |
43551398 |
|
38 |
BECERRA |
NORA ANGELINA |
28600998 |
|
39 |
BERNARDIS |
MARIA JOSE |
24719397 |
|
40 |
CUÑADO BETTIO |
MARIA MILAGROS |
43158050 |
|
41 |
DANIELE |
LARA AGUSTINA |
42566405 |
|
42 |
CONTRERAS |
ANABELLA DEOLINDA SOLEDAD |
28598722 |
II) TENER PRESENTE lo determinado en el Punto II del Acuerdo N° 178-STJSL-SA-2024 en relación a la postulante Mónica María Rosa Pereira Rozandal – D.N.I. Nº 29.639.361.-
III) DETERMINAR que por Dirección de Recursos Humanos se publique el presente Acuerdo por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y en la página web institucional del Poder Judicial de la Provincia en la sección de Concursos de “ingreso al Poder Judicial” y la sección “Acuerdos”.-
Con lo que se dio por terminado el acto, disponiendo los Sres. Ministros que vuelva el ADM 14938/23 a Dirección de Recursos Humanos, con copia del presente Acuerdo, para las publicaciones y comunicaciones correspondientes.-
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.
e. y v: 01 Jun.
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE BUENA ESPERANZA
ORDENANZA Nº 098-HCD-2025.-
Buena Esperanza (S.L), 29 de diciembre de 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza donde el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Nota Nº 048 MBE-25, solicita la autorización para llevar a cabo la adquisición de una pala cargadora para llevar a cabo tareas de mantenimiento y mejorar la eficacia en la prestación de servicios a la comunidad Y;
CONSIDERANDO:
Que la localidad de Buena Esperanza ha tenido en los últimos años un crecimiento poblacional importante, aumentando notoriamente el radio urbano en el cual el municipio debe prestar diferentes servicios.-
Que el crecimiento poblacional y urbanístico de Buena Esperanza conlleva a ampliar la infraestructura y herramientas que permitan un eficiente cumplimiento de dichos servicios.-
Que la aplicación de este Instrumento Legal constituye uno de los fundamentos Institucionales de las Municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno Municipal.-
Que es atribución y deber de este Honorable Concejo Deliberante de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 258 de la Constitución de la Provincia de San Luis, de dictar Ordenanzas Y Reglamentos.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BUENA ESPERANZA
EN QÚORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 098 HCD-25
Art.1) APUEBESE el Proyecto de Ordenanza enviado por el D.E.M, solicitando la AUTORIZACIÓN para la compra de una pala cargadora marca Zolid 930D 1 M3-motor Yunnei 80 hp a la Empresa GYG MOTORS S.R.L.-
Art. 2) Remítase copia al Ejecutivo Municipal.-
Art.3) Comuníquese, publíquese, archívese.-
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza, a los veintinueve días del mes de diciembre del año 2025.-
SEBASTIAN BENITEZ
Presidente H.C.D.
Claudia B. Geuna
Secretaria H.C.D.
SPP e y v: 01 Jun
DECRETO Nº 066-MBE-2026.-
Buena Esperanza, San Luis, 02 de Enero del 2026.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza enviado al Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza; solicitando autorización para la compra de una pala cargadora frontal, indispensable para la mejora en la prestación de servicios a la comunidad, Y;
CONSIDERANDO:
Que la creación y aplicación de este Instrumento Legal con constituye uno de los fundamentos Institucionales de las municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno municipal.
Por ello:
LA INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE BUENA ESPERANZA
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art.1º) APROBAR la Ordenanza Nº098-HCD-25, autorización de compra de una pala cargadora marca Zolid 930D 1 M3- motor yunnei 80 hp a la Empresa GYG MOTORS S.R.L.-
Art.2º) Comuníquese, Publíquese y dese al R.M y Archívese.-
SOFÍA LARROUDE
Intendente
Romina Maldonado
Secretaria
SPP e y v: 01 Jun
ORDENANZA Nº 100-HCD-2026.-
Buena Esperanza (S.L), 24 de abril de 2026.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza presentado por el Departamento Ejecutivo Municipal mediante Nota Nº 07 MBE/26, el cual refiere modificar algunos ítems y actualizar Código Tarifario en el rubro A.B.L (alumbrado, barrido, limpieza) Y;
CONSIDERANDO:
Que su fundamentación es motivo de la situación económica por la que se atraviesa y que la percepción de las Tasas y Derechos Municipales constituyen uno de los fundamentos Institucionales de las municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno Municipal.-
Que es atribución y deber de este Concejo Deliberante de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 258 de la Constitución Provincial de dictar Ordenanzas y Reglamentos.-
Que este Honorable Concejo Deliberante realizó el estudio correspondiente al mencionado Anteproyecto y el mismo fue tratado y aprobado en sesión Ordinaria del día 22 de abril del año en curso.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BUENA ESPERANZA,
EN QÚORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº 100 HCD-26
Art 1) Apruébese la Ordenanza correspondiente, en todo su contenido actual, la cual entrará en vigencia a partir de la factura pagadera en el mes de junio y continuará hasta tanto surja modificación, pudiendo incrementarse total o parcialmente, ya sea por la aplicación de índices oficiales o por eventuales aumentos que tengan incidencias sobre tarifas.-
Art 2) Pase al Ejecutivo Municipal para su correspondiente aplicación.-
Art 3) Comuníquese, publíquese y archívese.-
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil veintiséis.-
SEBASTIAN BENITEZ
Presidente HCD
Claudia B. Geuna
Secretaria HCD
SPP e y v: 01 Jun
DECRETO N° 068-MBE-2026.-
Buena Esperanza, San Luis, 28 de Abril del 2026
VISTO:
La Ordenanza N°100-HCD-2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, Y;
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, camparte el contenido de la norma antes dicha.-
Que la aplicación de este cuerpo legal constituye uno de los fundamentos institucionales de los Municipios, sirviendo la percepción de las Tasas y derechos municipales para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del régimen democrático de Gobierno.-
Que tiene su fundamento en los principios sobre los cuales se deberá fundamentar la imposición, tales como la legalidad, la igualdad y el principio de equidad proporcional.-
POR ELLO:
LA INTENDENTE MUNICIPAL
EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art.1°) APROBAR la Ordenanza N°100-HCD-26, CODIGO TARIFARIO, la cual regirá desde su aprobación y continuara hasta que surja modificación.-
Art.2°) Por Secretaria procédase a remitir copia de la presente al Honorable Concejo Deliberante, a los efectos pertinentes.-
Art.3°) cúmplase, comuníquese, publíquese, Dese R.M y Archívese.-
SOFÍA LARROUDE
Intendente
Romina Maldonado
Secretaria
SPP e y v: 01 Jun
ORDENANZA Nº 101-HCD-2026.-
Buena Esperanza, (San Luis), 08 de mayo de 2026.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza donde el Departamento Ejecutivo Municipal solicita mediante Nota Nº011-MBE-26, tratar la Ejecución Presupuestaria correspondiente al Cuarto Trimestre del año 2025; mes de septiembre, octubre, noviembre 2025 Y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo ha sido puesto a disposición para ser analizado, siendo aprobado por el Cuerpo Legislativo de este Honorable Concejo Deliberante, en sesión Ordinaria del día 6 de mayo del año en curso.-
Que se hace necesaria su aprobación para un mejor desenvolvimiento de las tareas administrativas dentro del Municipio.-
Que la aplicación de este Instrumento Legal constituye uno de los fundamentos Institucionales de las Municipalidades para el desarrollo de la vida comunal y el sostenimiento del Gobierno Municipal.-
Que es atribución y deber de este Honorable Concejo Deliberante de acuerdo a lo establecido en el Art. Nº 258 de la Constitución de la Provincia de San Luis, de dictar Ordenanzas y Reglamentos.-
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BUENA ESPERANZA,
EN QÚORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE LA SIGUIENTE:
ORDENANZA Nº101 HCD-26
Art.1) APROBAR la Ejecución Presupuestaria de la Municipalidad de Buena Esperanza correspondiente al Cuarto Trimestre del año 2025.-
Art.2) Remítase al Ejecutivo Municipal para su conocimiento y aplicación.-
Art.3) Notifíquese, publíquese, archívese.-
Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de Buena Esperanza, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.-
SEBASTIAN BENITEZ
Presidente HCD
Claudia B. Geuna
Secretaria HCD
SPP e y v: 01 Jun
DECRETO N° 069-MBE-2026.-
Buena Esperanza, San Luis, 10 de mayo del 2026.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza presentado al Honorable Concejo Deliberante por el Poder Ejecutivo Municipal mediante Nota N° 011-MBE-26, donde se solicita la aprobación de la Ejecución Presupuestaria correspondiente al cuarto trimestre del año 2025 de la Municipalidad de Buena Esperanza, Y;
CONSIDERANDO:
Que el mismo fue sometido a su respectivo análisis por el Cuerpo Legislativo, en sesión Extraordinaria el día 06 de mayo del año en curso.-
Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal promulgar, publicar y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
LA INTENDENTE MUNICIPAL
DE LA LOCALIDAD DE BUENA ESPERANZA
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
DECRETA:
Art.1°) DECLÁRESE APROBADA para su publicación, la Ejecución Presupuestaria correspondiente al cuarto trimestre del año 2025 de la Municipalidad de Buena Esperanza, bajo Ordenanza N° 101-HCD-26.-
Art.2°) Comuníquese, Publíquese y dese al R.M. y Archívese.-
SOFÍA LARROUDE
Intendente
Romina Maldonado
Secretaria
SPP e y v: 01 Jun
MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DE LA PUNTA
ORDENANZA Nº 545-HCDCDLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 14 de mayo de 2026.-
“ACTUALIZACION TARIFA DE TAXI”
VISTO:
La nota presentada con fecha 8 de abril de 2026 por propietarios de taxis y choferes de la Ciudad de La Punta, la Ordenanza Nº 523-HCDLP-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que los prestadores del servicio de taxi han solicitado una actualización tarifaria debido a la situación socioeconómica actual, exponiendo los porcentajes de incremento necesarios para sostener la actividad.
Que fundamentan su pedido en los constantes incrementos de combustible, repuestos, seguros de responsabilidad civil e insumos indispensables para el mantenimiento operativo de las unidades.
Que, mediante ordenanza N° 523-HCDCDLP-2025 se dispone el último ajuste tarifario en el mes de abril de 2025 estableciendo valores que, ante la inflación acumulada entre abril de 2025 y marzo de 2026, han quedado desactualizados.
Que la citada ordenanza establece los siguientes valores: Bajada de bandera diurna – PESOS SETECIENTOS SESENTA ($760,00); Bajada de bandera nocturna - PESOS NOVECIENTOS DIEZ ($910,00); ficha diurna PESOS SETENTA Y SEIS ($76,00); ficha nocturna PESOS NOVENTA Y UNO ($91,00).
Que, mediante ordenanza N° 523-HCDCDLP-2025 se RATIFICA la extensión de la ampliación de la tarifa nocturna en VEINTE PUNTOS PORCENTUALES (20%) superior a la tarifa diurna, para los días sábados, domingos, feriados provinciales y nacionales inamovibles.
Que se ha elaborado un análisis comparativo entre el aumento del 20% solicitado por el sector y los índices inflacionarios, concluyendo que dicha solicitud es razonable y menor al impacto de la inflación real del periodo.
Que es imperativo garantizar el equilibrio entre el derecho de los prestadores a cubrir sus costos operativos y el valor de la canasta básica, y el derecho de los usuarios a acceder a un servicio con tarifas justas.
Que se mantiene la relación matemática entre el valor de la bajada de bandera y el valor de las fichas, así como la conveniencia técnica de mantener la caída de la ficha cada cien (100) metros.
Que la Constitución Provincial en su Capítulo XXVI, Art. 258 establece, es atribución de este Honorable Concejo Deliberante legislar sobre los servicios de transporte.
Por todo ello, y en uso de sus atribuciones
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: ESTABLECER las nuevas tarifas para el funcionamiento de los taxis habilitados en la Ciudad de La Punta, bajo los siguientes valores:
a) Bajada de bandera diurna: PESOS NOVECIENTOS DOCE ($912,00).
b) Bajada de bandera nocturna: PESOS MIL NOVENTA Y DOS ($1092,00).
c) Ficha diurna: PESOS NOVENTA Y UNO CON VEINTE CENTAVOS ($91,20).
d) Ficha nocturna: PESOS CIENTO NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($109,20).
ARTÍCULO 2º: RATIFICAR la extensión de la ampliación de la tarifa nocturna en VEINTE PUNTOS PORCENTUALES (20%) superior a la tarifa diurna, para los días sábados, domingos, feriados provinciales y nacionales inamovibles. -
ARTÍCULO 3º: MANTENER el minuto de espera y la caída de la ficha cada CIEN METROS (100 mts).
ARTÍCULO 4º: DEJAR SIN EFECTO toda otra norma que se oponga a la presente.
ARTÍCULO 5º: DISPONER que la presente Ordenanza entre en vigencia a partir de su promulgación.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.
ROXANA OROS
Presidente HCD
Juan Pablo Martínez
Secretario Legislativo
SPP e y v: 01 Jun
DECRETO Nº 0372-IMLP-2026.-
Ciudad de La Punta, 15 de mayo de 2026.-
VISTO:
La Ordenanza N° 545-HCDCDLP-2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de La Punta, que aprueba la “ACTUALIZACIÓN DE LA TARIFA DE TAXI” Y;
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Ordenanza N° 545-HCDCDLP-2026 ha sido remitida al Ejecutivo Municipal para su promulgación y entrada en vigor;
Que la promulgación de las ordenanzas es una atribución y deber del Ejecutivo Municipal, conforme a lo establecido en el Inciso 1 del Artículo 261 de la Constitución de la Provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DE LA CIUDAD DE LA PUNTA
DECRETA:
ART. 1º: PROMULGAR la Ordenanza Nº 545–HCDCDLP–2026, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante. -
ART. 2º: DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Boletín Oficial por el término legal, garantizando la difusión de la medida.
ART. 3º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda del Municipio. -
ART. 4º: De forma. -
LUCIANO MARTÍN AYALA
Intendente
Silvia Musser
Secretaria de Hacienda
SPP e y v: 01 Jun
MUNICIPALIDAD DE NASCHEL
ORDENANZA N° 358-HCD-2026.-
Naschel, San Luis - 20 de Mayo del 2026.-
“MODIFICACIÓN ORDENANZA N°190-HCD-2018”
Visto, la necesidad de actualizar y ampliar el marco normativo vigente del Honorable Concejo Deliberante de Naschel respecto a las distinciones y honores institucionales que se otorgan a los ciudadanos mediante Ordenanza N°190-HCD-2018 y,
Considerando que el deporte es un pilar fundamental para el desarrollo social, físico y cultural de nuestra comunidad, promoviendo valores de solidaridad, esfuerzo, disciplina y superación;
Que, en nuestra localidad contamos con numerosos deportistas, tanto amateurs como profesionales, que con su trayectoria y logros llevan con orgullo el nombre de Naschel a nivel provincial, nacional e internacional;
Que, es deber de este Cuerpo Deliberativo reconocer de manera específica e inequívoca el esfuerzo de aquellos atletas que se destacan en sus disciplinas y sirven de ejemplo e inspiración para las futuras generaciones;
Que, asimismo, es de estricta justicia honrar la memoria y el legado imperecedero de aquellos deportistas fallecidos que han dejado una huella en la historia deportiva y social del pueblo;
POR ELLO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NASCHEL
EN QUORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DE LEY,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: MODIFÍQUESE e INCOPORÉNSE a la normativa vigente: Ordenanza N°190-HCD-2018 los siguientes artículos, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera:
*DEPORTISTA DESTACADO/A: La distinción de “Deportista Destacado/a” podrá ser otorgada a aquellos deportistas, amateurs o profesionales, que residan en el pueblo o que representen a la comunidad Naschelense, y que se hayan destacado notablemente por su trayectoria, logros deportivos, espíritu de superación o por promover activamente los valores del deporte en la sociedad.
Esta distinción será concedida mediante Declaración del Honorable Concejo Deliberante, aprobado por mayoría simple de los miembros del Cuerpo, consistiendo en la entrega de un diploma suscrito por la autoridad competente.
*DEPORTISTA INSIGNIA POST MORTEM: La distinción de “Deportista Insignia Post Mortem” será otorgada como homenaje definitivo a aquellos deportistas de la comunidad que, habiendo fallecido, hayan dejado una huella imborrable, un legado ejemplar o logros extraordinarios que continúen inspirando a las nuevas generaciones del pueblo.
La distinción consistirá en un diploma de honor que la acredite, y será otorgada a familiares del ciudadano, por el Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 2°:Comuníquese, publíquese, dese a registro oficial y oportunamente archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NASCHEL, DEPARTAMENTO CHACABUCO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, REPÚBLICA ARGENTINA,A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.
GIANFRANCO VILLEGAS
Presidente H.C.D.
Soledad Fernanda Cabañez
Secretaria Legislativa H.C.D.
SPP e y v: 01 Jun
DECRETO Nº 079-MN-2026.-
NASCHEL (SL), Mayo 22 de 2026.-
VISTO:
La ORDENANZA Nº: 358-HCD-2026, (20/05/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 261º de la CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, faculta a este Departamento Ejecutivo Municipal a promulgar y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante,
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE NASCHEL
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
DECRETA
Art.1º.-HOMOLOGAR en todas sus partes la ORDENANZA Nº:358-HCD-2026-, (20/05/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel.
Art.2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Intendencia Municipal.
Art.3º.- Comuníquese, publíquese, elévese al Boletín Oficial de la Provincia de San Luis, dese al Registro Municipal y oportunamente archívese.
VALERIA VERÓNICA KUHN
Intendente
SPP e y v: 01 Jun
ORDENANZA N° 359-HCD-2026.-
Naschel, San Luis - 20 de Mayo del 2026.-
“DONACIÓN MANZANA N°44”
Visto el proyecto de Ordenanza N°3 presentado por la municipalidad de Naschel, para el trabajo y tratamiento de este honorable cuerpo,
Y la necesidad de regularización de dominio de parcelas pertenecientes a la Municipalidad de Naschel en las cuales se encuentran construidas viviendas sociales del Estado Provincia San Luis y;
Considerando que, las mencionadas viviendas sociales fueron construidas en 2004/2005, momento en que no se realizaron las donaciones correspondientes de los terrenos al Estado de la Provincia de San Luis;
Que, es necesario e imperioso realizar las gestiones administrativas en beneficio de los adjudicatarios, teniendo en cuenta que los inmuebles a ceder cumplen con los requisitos perfectos a nombre de la Municipalidad,
POR ELLO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NASCHEL
EN QUORUM LEGAL Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES DE LEY,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar DONACION CON CARGO a favor del Gobierno Provincial de los siguientes inmuebles, con todo lo clavado, plantado, cercado, construido y demás adherido al suelo que contienen y les es anexo, actualmente Inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de esta Provincia en las siguientes inscripciones:
MATRICULAS 6-2564, 6-2565, 6-2566: parcelas 10, 11, 12, 13, 14, 15, 17, 18, 19, 20, 21, 22 del plano de mensura 4-18-02.
Las parcelas indicadas se encuentran actualmente empadronadas tributariamente bajo las siguientes nomenclaturas (padrones):
Desde 11-983378 hasta la 11-983383 inclusive, y desde la 11-985374 hasta la 11-985379 inclusive.
Las medidas, superficies y linderos de las parcelas donadas son las que surgen del plano precitado, todo lo que deberá ser especificado al realizarse la pertinente rogación ante el registro inmobiliario por parte de la Escribanía General de Gobierno a efectos de dar cumplimiento al principio de especialidad exigida por el artículo 12 de la Ley N° 17.801
Así mismo, la donación tiene los siguientes cargos para la provincia: I) cubrir los costos de fas mensuras que eventualmente resulten necesarias para la regularización de los inmuebles mencionados; (II) brindar asistencia técnica a las autoridades de El Municipio sobre la documentación y actos jurídicos necesarios de su parte; y (III) una vez regularizada la situación dominial de los inmuebles, permitir que los habitantes de las parcelas donadas sean admitidos en el programa “Escritura Tu Casa”.
ARTÍCULO 2°: Autorice a la Sra. Intendente Valeria Verónica Kuhn lleve a cabo los actos administrativos y notariales necesarios para la inscripción definitiva de dicha donación en el Registro de la Propiedad Inmueble.
ARTÍCULO 3°: Remita copia de la presente a la Secretaría de Estado de Política Habitacional del Gobierno de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4°:Comuníquese, publíquese, dese a registro oficial y oportunamente archívese.
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE NASCHEL, DEPARTAMENTO CHACABUCO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, REPÚBLICA ARGENTINA,A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS.
GIANFRANCO VILLEGAS
Presidente
Soledad Fernández Cabañez
Secretaría Legislativa
SPP e y v: 01 Jun
DECRETO Nº 080-MN-2026.-
Naschel (SL), Mayo 22 de 2026-
VISTO:
La ORDENANZA Nº: 359-HCD-2026, (20/05/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel, y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 261º de la CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, faculta a este Departamento Ejecutivo Municipal a promulgar y hacer cumplir las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante,
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD DE NASCHEL
EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES
DECRETA
Art.1º.-HOMOLOGAR en todas sus partes la ORDENANZA Nº:359-HCD-2026-, (20/05/2026) remitida oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante de Naschel.
Art.2º.- El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda de la Intendencia Municipal.
Art.3º.- Comuníquese, publíquese, elévese al Boletín Oficial de la Provincia de San Luis, dese al Registro Municipal y oportunamente archívese.
VALERIA VERÓNICA KUHN
Intendente
SPP e y v: 01 Jun
ASAMBLEAS
La Directora de Personas Jurídicas Ordena se publique que la asociación civil ASOCIACION CIVIL ALIANZA SPORTIVO LIBERTAD, con LPJ N° 30/22 ha convocado a Asamblea Ordinaria a celebrarse el día 11 de junio de 2026 a las 20:00hs. en Bolivia N° 1578 de Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1.-Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2.-Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/2025.
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
C: 1667 SPP e y v: 01 Jun.
La Directora de Personas Jurídicas Ordena se publique que la asociación civil CLUB ATLÉTICO SOCIAL DEPORTIVO Y CULTURAL SAN IGNACIO, con LPJ N° 61/22 ha convocado a Asamblea Ordinaria a celebrarse el día 1 de junio de 2026 a las 19:00hs. en Chacho Peñaloza N° 1200 de Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1.-Elección de dos asambleístas para suscribir el acta.
2.-Consideración de Memoria, Balance e Informe de Comisión Revisora de Cuentas ejercicio cerrado el 31/12/2025.
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
C: 1668 SPP e y v: 01 Jun.
Convocamos a los asociados/as a la Asamblea general Ordinaria de la Asociación Vecinal Barrio C. Los Lapachos de la Ciudad de La Punta, que se llevará a cabo:
*Fecha: 13 de junio de 2026
*Hora: 20:00 hs
*Lugar: EPA N° 1 Rosenda Quiroga (secundaria) Av. Serrana s/no.
ORDEN DEL DÍA
-Elección de dos asambleístas para firmar el acta.
-Elección o renovación de Comisión Directiva y Revisora de Cuentas.
Su presencia es muy importante para el bienestar de nuestra comunidad.
Atentamente,
Cecilia, TEJEDOR
Presidente
C: 1669 $5.500,00 e y v: 01 Jun.
CONVOCATORIA
La Comisión Directiva de la LIGA DE FUTBOL DE VILLA MERCEDES se reúne el día 26 de mayo del año 2026 y resuelve:
A. convocar a Asamblea General Extraordinaria para el día 05 de junio del año 2026 a las 20:30 horas en la sede social sito en calle Ángel Pes esquina Mediavilla de la ciudad de Villa Mercedes, a los fines de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
1) Reforma integral de Estatuto.
2) Levantamiento de sanciones a jugadores que hayan cumplido el 50% de las sanciones impuestas por esta Liga.
B. convocar a Asamblea General Ordinaria para el día 05 de junio del año 2026 a las 21:30 horas en la sede social sito en calle Ángel Pes esquina Mediavilla de la ciudad de Villa Mercedes, a los fines de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA:
1) Consideración de Memoria y Balances por los ejercicios cerrados el 31/12/2024 y el 31/12/2025.
HECTOR GABRIEL LOMBARDI
Presidente
C: 1670 $5.500,00 e y v: 01 Jun.
Notificación
Celebración a Asamblea
La Asociación Civil de Fútbol Club EL RINCÓN; Personería Jurídica 801-DCyFPJ-2013 Legajo 402/13, notifica a sus socios a traves de la publicación en boletín oficial, la celebración de la Asamblea General establecida para el día 20/6/26 en su domicilio sito en Alberdi sin número de la localidad de San Francisco del Monte de Oro, departamento de Ayacucho, a las 19. Horas
El orden del día será el siguiente a tratar:
- Elección de dos socios para firmar el acta
- Consideración de Memoria y balance del año 2025 y su respectivo informe de revisor de cuentas.
LUCIA LORENA GORDILLO
Tesorera
C: 1671 $5.500,00 e y v: 01 Jun.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA ORDINARIA
La “Sociedad de Cardiología de la Provincia de San Luis” comunica e invita a sus asociados, a la Asamblea General Ordinaria, a realizarse en calle Maipú N° 721, piso 1° - Dpto. B, de la Ciudad de San Luis, el día Miércoles 24 de Junio de 2026, a las 20:00 hs. Para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1)-Designación de dos asambleístas para firmar el Acta.
2)-Consideración de Memoria, Balance, Informe de la Comisión Revisora de Cuentas e Informe de Auditor del Ejercicio N° 19 cerrado el 31/12/2025.
3)- Elección de las Autoridades de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas de la Sociedad.
C: 1672 $5.500,00 e y v: 01 Jun.
CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO SAN MARTÍN
A los Sres Socios del Club Social y Deportivo San Martín de Santa Rosa del Conlara
Se los invita a participar de la ASAMBLEA EXTRAORDINARIA a realizarse el día 6 de junio de 2026, a las 19hs en la sede del Club en la calle Corrientes 553 de la localidad de Santa Rosa del Conlara, la misma tendrá la siguiente
ORDEN DEL DIA:
-LECTURA Y APROBACIÓN DE MEMORIAS Y BALANCES DE LOS AÑOS 2023, 2024 Y 2025.
-ELECCIÓN DE NUEVAS AUTORIDADES PARA AMBAS COMISIONES: REVISORA DE CUENTAS Y COMISIÓN DIRECTIVA.
Agradecemos una breve y pronta respuesta
CARLOS FAURA
Presidente
C: 1673 $5.500,00 e y v: 01 Jun.
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 33-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE UNA CAMIONETA CON DESTINO A LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ENERGÍAS SUSTENTABLES, SOLICITADO POR EL MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, PARA TAREAS DE INSPECCIÓN Y FORTALECIMIENTO INDUSTRIAL Y ENERGÉTICO EN LA PROVINCIA”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-4081331/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 5048-MDP-2026
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUARENTA MILLONES CON 00/100 ($40.000.000,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 17 de JUNIO de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 1583 SPP e: 27 May. y v: 01 Jun.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 34-MHeIP-DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIOS con destino a ABASTECER A LOS DIFERENTES NOSOCOMIOS DE LA PROVINCIA, solicitado por la DIRECCIÓN FÁRMACOS E INSUMOS MÉDICOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-9030825/25.
DECRETO DE LLAMADO Nº 5056- MdeS-2026
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES CUATROS CIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TRECE CON 10/100 ($4.383.479.913,10).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 17 de JUNIO de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 1584 SPP e: 27 May. y v: 01 Jun.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MERCEDES
LICITACION PRIVADA N° 1-2026
OBJETO: Contratación Pólizas Seguro Alumnos
CUDAP: EXP-UVM: 255/2026
FECHA DE RECEPCIÓN: HASTA 09 DE JUNIO DE 2026, HORA: 12:00 HS. DOMICILIO: BALCARCE 314 - VILLA MERCEDES - SAN LUIS.
FECHA ACTO DE APERTURA: 09 DE JUNIO DE 2026, HORA: 13:30 HS. DOMICILIO: BALCARCE 314 - VILLA MERCEDES - SAN LUIS.
CONSULTAS: A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN Y HASTA EL DÍA 04 DE JUNIO DE 2026 DE 13:00 hs a 15:00 hs EN BALCARCE 314 - VILLA MERCEDES (S.L.) O POR E-MAIL: compras@unvime.edu.ar
RETIRO DE PLIEGOS: A PARTIR DE LA FECHA DE PUBLICACIÓN Y HASTA EL DÍA 08 DE JUNIO DE 2026 DE 13:00 hs a 15:00 hs EN BALCARCE 314 - VILLA MERCEDES (S.L.) O POR E-MAIL: compras@unvime.edu.ar
VALOR DEL PLIEGO: SIN COSTO
C: 1585 $16.500,00 e: 27 May. y v: 01 Jun.
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
LICITACION PÚBLICA Nº 09-2026
OBJETO: “SERVICIO DE GUARDA Y CONSERVACION DE ARCHIVOS, GERENCIAMIENTO OPERATIVO DE ARCHIVOS, DIGITALIZACION Y DESTRUCCION DE EXPEDIENTES”
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO TRECE MILLONES TRESCIENTOS MIL ($113.300.000,00).
VALOR DEL PLIEGO:PESOS CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS ($113.300,00), Depósito o Transferencia electrónica bancaria: a la cuenta N° 4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.
VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-
GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-
PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 15 de junio del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente con anterioridad al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta a la dirección compras@justiciasanluis.gov.ar.
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 16 de junio de 2026 - 11 hs.”, por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-
MARÍA MERCEDES BESTARD
Secretaria Contable
C: 1637 SPP e: 29 May. y v: 03 Jun.
AVISO DE PRORROGA
AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 10-ACTySSL-2026.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS DE RASTREO SATELITAL PARA INSTALACIÓN Y MONITOREO DE UNIDADES OFICIALES MEDIANTE EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO VEHICULAR - IGE 4.0”.
EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-5060192/26.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($52.800.000,00).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($52.800,00).-
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis - Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 19 de junio de 2026, a las 10:00hs.-
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 18 de junio de 2026 a las 14:00hs.-
Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar
C: 1638 SPP e: 29 May. y v: 03 Jun.
COMERCIALES
VIARQ S.A.
Convocase a Asamblea General Ordinaria a los señores Accionistas de Viarq S.A para el día 30 de junio de 2026, a las 10:00 hs en la oficina de calle Lorenzo Vargas 780; Barrio La Cantera; dúplex 17 a fin de tratar la siguiente ORDEN DEL DIA:
1. Designación de un accionista para la firma del acta de la asamblea con el presidente
2. Tratamiento y consideración de los documentos previstos por el articulo 234 inciso 1 de la Ley 19550, correspondientes al ejercicio económico N° 10 iniciado el 1 de enero de 2025 y finalizado el 31 de diciembre de 2025.
3. Consideración de la gestión del Directorio con el alcance del artículo 275 de la ley 19550 y la retribución de sus miembros.
4. Consideración del resultado del ejercicio y su destino.
5. Fijación del número de miembros titulares y suplentes que integraran el directorio y elección de estos por el término estatutario de un ejercicio.
6. Elección de síndico titular y suplente.
Nota Para participar deberá cursar comunicación con al menos 5 días hábiles de anticipación a la fecha de la asamblea, para que se le inscriba en el libro de asistencia. El cierre del registro de asistencia será a las ٢٠ hs del día ٢٥ de junio de ٢٠٢٦.
22 de Mayo de 2026
IGNACIO D. PES
Presidente
C: 1610 $27.500,00 e: 29 May. y v: 08 Jun.
EDICTO DE CONTITUCION PORTAL FO SRL
En la ciudad de Merlo, Provincia de San Luis, a los 16 días del mes de Abril de 2026, se reúnen los señores: MARTIN ROLANDO MUÑOZ, argentino, DNI 24.946.764, CUIT 20-24946764-3, nacido el 06/12/1975, 50 años de edad, de estado civil soltero, profesión comerciante, con domicilio en Ruta Uno 557, Merlo; y LUCIANO MARTIN MUÑOZ, argentino, DNI 30.434.474, CUIT 20-30434474-6, nacido el 19/08/1993, 32 años de edad, estado civil soltero, profesión comerciante, con domicilio en Damiana Vega N° 1010, Cerro de Oro, Merlo; convienen celebrar el presente contrato de Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 19550 General de Sociedades y sus modificatorias y las siguientes cláusulas particulares: 1. Denominación y Domicilio: La sociedad girará bajo la denominación de “Portal Fo” S.R.L; tendrá domicilio social en ciudad de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis, el que podrá ser trasladado por resolución de los socios o cuando el desarrollo de la actividad comercial lo exigiera. La sociedad podrá establecer sucursales, agencias, depósitos y locales de venta en cualquier lugar de la provincia, del país o del extranjero. 2. Duración: A partir de la constitución y por el término de cincuenta (50) años, queda constituida la presente sociedad, plazo que podrá prorrogarse, por acuerdo de socios según lo establecido en el presente contrato. 3. Objeto: La sociedad tendrá por objeto las siguientes actividades, realizadas por cuenta propia o de terceros y/o asociada a terceros: a) Telecomunicaciones: La prestación y explotación de toda la clase de servicios públicos o privados de telecomunicación y, a tal efecto, el diseño, instalación, conservación, refacción, mejora, adquisición, enajenación, interconexión, gestión, administración y cualquier otra actividad no incluida en la enumeración precedente, respecto de toda clase de redes, líneas, satélites, equipos, sistemas e infraestructuras técnicas, actuales o futuras, de telecomunicación, incluidos los inmuebles en que unas y otros se ubiquen; b) La prestación y explotación de toda clase de servicios auxiliares o complementarios o derivados de los de telecomunicación. c) La investigación y desarrollo, promoción y aplicación de toda clase de principios componentes, equipos y sistemas utilizados directa o indirectamente para las telecomunicaciones. d) La fabricación o producción y, en general, las demás formas de actividad industrial relacionadas con las telecomunicaciones. e) La adquisición, enajenación y, en general, las demás formas de actividad comercial relacionadas con las telecomunicaciones. f) Actividades relacionadas con Internet, conectividad, correo electrónico, registro de dominios, comercio electrónico y custodia de información. Servicios de alojamiento Web, servicios gestionados de explotación, administración y mantenimiento de sistemas de información, infraestructura hardware, sistemas operativos, bases de datos y aplicaciones informáticas, comunicaciones de datos y soporte a usuarios en relación con estos servicios. g) Construcción, refacción, reparación y mantenimiento de inmuebles urbanos, rurales e industriales, sean ellos públicos o privados, e inclusive aquellos afectados al régimen de propiedad horizontal. Venta e importación de insumos de construcción y alquiler de máquinas viales. Administración de consorcios y/o barrios privados. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la consecución de su objeto social la sociedad podrá realizar todo acto lícito relacionado con el mismo. 4. Capital: El capital social se fija en la suma de Pesos quinientos mil ($500.000) dividido en 500 cuotas sociales de pesos Un Mil ($1.000) valor nominal cada una. Los socios suscriben el 100 % del capital que se realiza de la siguiente manera: MARTIN ROLANDO MUÑOZ, suscribe la cantidad de cuatrocientas cincuenta 450 cuotas, de Un Mil (1000) pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto. (b) LUCIANO MARTIN MUÑOZ, suscribe la cantidad de cincuenta (50) cuotas, de Un Mil (1000) pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto; íntegramente en este acto y se integra en efectivo, en un veinticinco por ciento (25%) al momento de la suscripción del presente. 5. Administración: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de MARTIN ROLANDO MUÑOZ (gerente titular), designando como Gerente suplente a LUCIANO MARTIN MUÑOZ. Ambos aceptan el cargo que le ha sido conferido. Ambos cargos por tiempo indeterminado por tiempo indeterminado. 6. Cierre de ejercicio La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 del mes de Marzo de cada año. 7. Fiscalización: podrá ser efectuada en cualquier momento por cualquiera de los socios.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1674 $5.500,00 e: y v: 01 Jun.
CONSTITUCION DE SOCIEDAD “F.A.M.A Servicios Generales S.A.S”.
ACCIONISTA: Marcela Alejandra ROMERO, DNI 24.372.248, CUIT 27-24372248-4, Nacida el 1/02/1975, argentina, de estado civil divorciada, de profesión empresaria, con domicilio en Ruta 20 KM 18, El Volcán, San Luis Capital, Provincia de San Luis, y domicilio electrónico marce34ro@gmail.com.
FECHA DE INSTRUMENTO CONSTITUTIVO: 31/03/2026 y 13/5/2026
DENOMINACION SOCIAL: “F.A.M.A Servicios Generales S.A.S” (“Sociedad por Acciones Simplificada”).
PLAZO DE DURACION: NOVENTA Y NUEVE (99) AÑOS.
SEDE SOCIAL: Ruta 20 KM 18, El Volcán, San Luis Capital, Provincia de San Luis.
ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de toda clase de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) industrias manufactureras de todo tipo; (d) culturales y educativas; (e) desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f) comerciales, gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) inmobiliarias y constructoras; (h) inversoras, financieras y fideicomisos, (i) salud, (j) servicios de seguridad, vigilancia y custodias y (k) transporte privado.
Actividades que requieran de título habilitante. Responsabilidad. Todas las actividades antes indicadas que integran el objeto social, cuya prestación y/o desarrollo requieran de profesionales con título habilitante, deberán ser realizadas por los mismos, en calidad de prestadores de servicios por prestaciones accesorias, contratos de servicios o relación laboral con la sociedad, profesionales éstos que al prestar los servicios asumirán personalmente o no, la responsabilidad profesional (civil y penal, etcétera) que establecen las leyes que regulen los servicios de los que se trate en cada caso.
La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y jurídicas, actuar como fiduciaria, celebrar contratos, tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.
CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000) representado por UN MILLON (1.000.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de PESOS UNO ($1), de valor nominal cada una de ellas y con derecho a un voto por acción. La socia Marcela Alejandra ROMERO suscribe en este acto el cien por ciento (100%) del capital social, compuesto por la cantidad de un millón (1.000.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de PESOS uno ($1), de valor nominal cada una de ellas y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante boleta de depósito del Banco. El saldo se integrará dentro del término de ley.
ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: Se designa como ADMINISTRADOR TITULAR al Marcela Alejandra ROMERO, DNI 24.372.248, CUIT 27-24372248-4, y como ADMINISTRADOR SUPLENTE al Sr. Facundo Adrián GOMEZ, DNI 24.804.043, argentino, nacido el 30 de Julio de 1975, CUIT 20-24804043-3, de estado civil divorciado, de profesión policía, domiciliado en Ruta provincial 20, km 18, El Volcán, Provincia de San Luis; quienes aceptan el cargo que se les ha designado. El plazo de duración del cargo será por tiempo indeterminado. Los administradores representarán a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto social, sin limitación de facultades en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales.
FISCALIZACION: La sociedad prescinde de órgano de control.
EJERCICIO SOCIAL: El ejercicio social cierra el día 31 de Diciembre de cada año.
C: 1675 $5.500,00 e: y v: 01 Jun.
El Registro Público de Comercio ordena la publicación por un día de las autoridades de HORMITECH S.R.L., sociedad inscripta al Tomo Nº 368 de contratos sociales, Fº 139, Nº 15 en San Luis el 25/11/2022; designadas por acta de reunión de socios de fecha 07/04/2026, quedando el órgano de administración de la sociedad integrado de la siguiente manera: Gerentes titulares: FLORENCIA BELÉN ALANIZ, DNI Nº 37.638.639, y MATEO NICOLÁS FIGÚN, DNI N° 45.562.796.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1676 $5.500,00 e: y v: 01 Jun.
DESIGNACION DE NUEVO DIRECTORIO Y SINDICOS
Nuevo Amanecer Sociedad Anónima
El Registro Público de Comercio de la ciudad de San Luis, ordena que por el termino de ley que la sociedad denominada “Nuevo Amanecer Sociedad Anónima” Inscripta en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de San Luis Provincia de San Luis al Tomo 113 del libro de Contratos Sociales Folio 195 Número 16 de fecha 05 de Abril de 1995 por resolución de Asamblea General Ordinaria de fecha 03 de Julio de 2025, convocada por Acta de Directorio, el día 24 de Junio 2025, y siendo fecha del registro de asistencia el día 03 de Julio 2025,se resolvió por unanimidad resuelven designar por el termino de tres ejercicios a la señora Amelia Beatriz García, DNI 6.165.280, con domicilio real en Av. Gaona 3020 1°B, C.A.B.A., como Directora Titular y Presidente, a la señora María del Carmen Francica, DNI 4.424.622, con domicilio real en Yerbal 480 5°A, C.A.B.A., como Directora Titular y Vicepresidente y al señor David Leonardo Baron, DNI 18.317.980, con domicilio real en Haedo 1034, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, como Director Titular. Presentes en este acto, todos los directores designados aceptan el cargo para el cual han sido designados, constituyen domicilio especial en la sede social ubicada en Ruta Provincial 3 sin N°, del Parque Industrial Sur de la ciudad de San Luis.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1677 $5.500,00 e: y v: 01 Jun.
INSCRIPCIÓN DE AUTORIDADES
RECOVERY S.A.
Por disposición de la Dirección Provincial del Registro Público de Comercio de la Provincia de San Luis, se hace saber que mediante Asambleas Ordinarias de fecha 15/04/2021 y, 20 de mayo de 2026, y Actas de Directorio de aceptación de cargos, de fecha 09/04/2021 y, 20 de mayo de 2026, se resolvieron las siguientes designaciones en el órgano de administración:
1. DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES Y DISTRIBUCIÓN DE CARGOS: Se designan como nuevas autoridades, quedando el órgano de administración conformado de la siguiente manera:
- Presidente EDUARDO ENRIQUE JURIOL, D.N.I. 22.672.395.
- Director Titular PABLO SEBASTIAN QUEVEDO CRISTOFANO, D.N.I. 31.518.053.
San Luis, … de … de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1678 $5.500,00 e: y v: 01 Jun.
El jefe del Registro Público de Comercio de San Luis, ordena que se publique por el término de la ley, el siguiente edicto de constitución de “CAMSU SAS”.
DENOMINACION: “CAMSU SAS”.
DOMICILIO SOCIAL: Pringles 509 Quines, Departamento Ayacucho, Provincia de San Luis.
SOCIOS: Axel Fabian Alanis Alcibar, DNI Nº 43.490.795, CUIL 20-43490795-1, de nacionalidad Argentino, nacido el 14 de Julio de 2001, profesión: Comerciante, estado civil: Soltero, con domicilio en la calle Pringles N°509, de Quines, Departamento Ayacucho, Provincia de San Luis
INSTRUMENTO DE CONSTITUCION: Contrato Privado de fecha 23 de Abril de 2026.
OBJETO: La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, o de terceros o asociada a terceros, a toda y cualquier actividad lícita comercial, servicio, industrial, agropecuaria, agroindustrial y de transporte. Sin que la enunciación que se transcribe sea limitativa, especialmente podrá dedicarse a las siguientes actividades:
a) Cría, recría, engorde, invernada, producción, explotación y comercialización de ganado bovino, ovino, caprino, porcino, equino, avícola y demás especies animales, incluyendo compra, venta, consignación, transporte y comercialización.
b) Compra, venta, depósito, importación, exportación, comercialización, producción, industrialización, elaboración, de semillas, cereales, oleaginosos, haciendas, frutos del país y todo otro producto derivado de la explotación agrícola, ganadera y forestal o que tenga aplicación en la misma, pudiendo actuar en negocios derivados, subsidiarios, conexos y complementarios de los anteriores; producción, comercialización, representación, distribución, importación y exportación de productos agroquímicos, herramientas, maquinarias e implementos, materias primas y todo lo relacionado con su aplicación; explotar semilleros y/o producir semillas originales propias o de terceros;
c) explotación y arrendamiento de campos; explotación de cabañas para animales de pedigree o establecimientos rurales para la ganadería o la agricultura, molinos e instalaciones para la preparación de alimentos para el ganado y aves; explotación de frigoríficos;
d) realizar todas las operaciones emergentes de la consignación, intermediación, transporte y comercialización de productos agropecuarios en general, propios o de terceros, y en general de toda clase de distribuciones, representaciones, comisiones y mandatos relacionados con la actividad agropecuaria y ganaderas
e) la producción, elaboración, fraccionamiento, acondicionamientos, almacenamiento, acopio, transporte, intermediación, y comercialización de productos agropecuarios, semillas, cereales, productos agroquímicos, combustibles y lubricantes y sus derivados;
f) inscribirse y actuar como Corredor y/o comisionista de cereales, oleaginosas, hacienda, productos agropecuarios o en su caso –conforme la legislación aplicable- preste tales servicios por sí o –si correspondiera- con la intervención de los agentes y/o profesionales con incumbencias reglamentadas en la materia de que se trata;
g) explotar establecimientos de producción ganadera, de forma extensiva o intensiva, tipo feedlots o similares, registrándose conforme la normativa aplicable;
h) explotación de molinos o industrias elaboradoras o procesadoras de materias primas agrícola-ganaderas, alimentos balanceados para animales, pellets y similares;
i) la producción y comercialización de biodiesel, aceites vegetales y derivados;
j) la importación y exportación de todo tipo de mercaderías, maquinarias o servicios relacionados con el objeto social.-
k) FORESTALES: la explotación de bosques y su talado con fines de industrialización; fabricación de carbón de leña, comercialización, transporte, distribución y de todos los productos derivados de la madera.-
l) COMERCIALES: La compra, venta, exportación, importación, consignación, representación, distribución y comercialización bajo cualquier modalidad aceptada por la ley, de todo lo relacionado y conexo al objeto social.-
m) AERONAUTICA: Compra, venta, permuta, alquiler, distribución, importación, exportación, distribución y representación de aeronaves y sus motores, equipos, accesorios, instrumentos y demás partes; prestación de servicios de aeroaplicaciones, por sí o por terceros o asociada a terceros.-
n) Prestación de servicios mediante el uso de aeronaves no tripuladas (drones) aplicados a la actividad agropecuaria, forestal, ambiental y territorial. En especial podrá realizar tareas de pulverización aérea de cultivos, aplicación de fitosanitarios, fertilizantes y otros insumos agrícolas, siembra aérea, monitoreo y relevamiento de cultivos, generación de mapas de prescripción, imágenes multiespectrales, topografía, fotogrametría, control sanitario de cultivos y detección de plagas o enfermedades. Asimismo, podrá realizar relevamientos técnicos, inspecciones, mediciones, filmaciones, fotografías aéreas, análisis de suelos y cultivos, recopilación y procesamiento de datos agrícolas, asesoramiento técnico y agronómico, agricultura de precisión y cualquier otra actividad vinculada al uso de drones en el sector agropecuario.
o) compra, venta, importación, exportación, alquiler, reparación y mantenimiento de drones, repuestos, software, sensores y equipamiento tecnológico relacionado, así como a la comercialización de insumos agrícolas, semillas, fertilizantes y productos fitosanitarios vinculados con la actividad.
p) FINANCIERAS: Otorgar préstamos y/o aportes e inversiones de capitales a particulares o a sociedades por acciones o de cualquier tipo en la medida permitida por la ley, realizar financiaciones y operaciones del crédito en general, aceptando y/o exigiendo cualesquiera de las garantías previstas en la legislación vigente, o sin ellas, inclusive fideicomisos, negociando títulos, acciones u otros valores mobiliarios y realizar operaciones financieras en general, pudiendo constituirse en fideicomisario, fideicomitente o beneficiario de todo tipo de fideicomisos y en especial de fideicomisos de garantía. La sociedad podrá financiar las operaciones sociales, obrando como acreedor, ya sea como acreedor hipotecario o prendario, y realizar todas las operaciones necesarias de carácter financiero referidas al objeto social con dinero propio y/o mediante instrumentos financieros permitidos por la legislación vigente. La sociedad no desarrollará las operaciones y actividades comprendidas en la ley de bancos y/o entidades financieras.-
q) SERVICIOS: dedicarse, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el exterior, a la prestación de servicios de certificación, control, verificación, trazabilidad y auditoría de procesos productivos agropecuarios, en especial de granos, semillas, productos agrícolas y productos ganaderos con identidad preservada, producción diferenciada o bajo protocolos específicos de calidad. Podrá realizar inspecciones, muestreos, análisis, control de procesos productivos, verificación de cumplimiento de normas, certificación de origen, calidad, sanidad, sostenibilidad y trazabilidad de productos agropecuarios, así como la emisión de informes técnicos y certificados relacionados con dichas actividades. Asimismo, podrá prestar servicios de asesoramiento técnico, capacitación, implementación de protocolos de calidad, sistemas de trazabilidad, certificaciones ambientales, agrícolas y ganaderas, agricultura sustentable, buenas prácticas agrícolas y ganaderas, y cualquier otro sistema de producción diferenciada o certificada. También podrá realizar actividades de relevamiento de información productiva, monitoreo de cultivos y rodeos, control de stock y logística de productos agropecuarios, así como la comercialización, representación y gestión de servicios vinculados con certificaciones, estándares y protocolos productivos.
r) Construcción, reparación, rehabilitación, consolidación, restauración, decoración, ornamentación, conservación y mantenimiento de toda clase de obras, incluso suministro, almacenaje y comercialización de materiales de la construcción. La construcción y/o refacción por cuenta propia o de terceros, públicas o privadas, casas habitación urbanas o rurales, casas de departamentos, oficinas, negocios, cocheras, depósitos, fábricas, edificios destinados a fines comerciales y/o habitacionales y demás usos, como así también hacerse cargo de obras comenzadas y realizar todos los trámites atinentes al ramo de la construcción.
s) Provisión de servicios de: desarrollo y/o provisión de software; de diseño gráfico, cartelería y ploteado; de alquiler de equipamiento, maquinas viales y grúas; organización de eventos, filmación y espectáculos; mantenimiento de instalaciones eléctricas, aires acondicionados y motores; transporte de personas y cargas; de hotelería y hospedajes; de desmalezado y desmonte; de distribución y logística.
t) Los montajes e instalaciones de mobiliario, tales como mesas, estanterías, material de oficina y objetos semejantes o complementarios. Los servicios de limpieza de edificios, construcciones y obras de cualquier tipo, de oficinas, locales comerciales y lugares públicos. La preparación, conservación, mantenimiento, higienización, desinfección, desratización. La limpieza, lavado, planchado, clasificación, compra-venta y transporte de ropa.
u) Explotación comercial de negocios del ramo restaurante, bar, confitería, pizzería, cafetería, venta de toda clase de productos alimenticios y despacho de bebidas con o sin alcohol, cualquier rubro gastronómico y toda clase de artículos y productos pre elaborados y elaborados. Podrá, además, realizar sin limitación toda otra actividad anexa, derivada o análoga que directamente se vincule con ese objeto, cualquier otro rubro de la rama gastronómica y toda clase de artículos y productos alimenticios, salón de fiestas y eventos.
v) La ejecución de toda clase de actos de comercio, pudiendo comprar, vender, importar y exportar toda clase de artículos, alimentos y mercancías relacionadas con su objeto social. La compra, venta, acopio, importación, exportación, cesión, alquiler, leasing, consignación y distribución al por mayor y/o menor, representación de terceros, Comisiones y mandatos, intermediaciones, instalación de depósitos, ferias, almacenes de ramos generales, transporte y toda actividad comercial referente a los productos, de procedencia nacional o extranjera, originados en la industria, agricultura, ganadería, avicultura, lombicultura, apicultura, piscicultura, horticultura, floricultura, forestación, viveros y en general todos los subproductos y derivados destinados a la alimentación o vestido, naturales, elaborados o semielaborados, extendiendo su capacidad a la etapa industrial de los mismos, para la elaboración, fraccionamiento y embasamiento de los productos. Realizar operaciones comerciales de cualquier naturaleza, con la informática; medicamentos, artículos de ortopedia, equipamiento e instrumental hospitalario; maquinaria para la industria y todo tipo de artefactos y artículos para el consumo general. Explotación de patentes de invención, marcas de fábrica y/o de comercio, como así también la de agencias y concesionarias.
w) Participar de contrataciones directas, licitaciones, subastas, concursos de precios, privados y/o públicos ya sean organismos del Estado Nacional, Provinciales, Municipales y/o internacionales, integrar y/o constituir fideicomisos de tipo inmobiliario destinados a la construcción.
x) Adquisición, enajenación, venta, gravamen, arrendamiento o uso de cualquier forma y por cualquier título de los bienes muebles e inmuebles que sean necesarios para la realización de los fines sociales. Solicitud de préstamos u obtención de dinero para los fines sociales, sin limitación en lo que se refiere a aceptar y endosar toda clase de títulos de crédito, obligaciones y otros documentos y comprobantes de adeudo, ya sean ejecutivos o no, garantizando su pago, de capital y de intereses, por medio de hipoteca, prenda, venta o cesión en fideicomiso de todo o parte de las propiedades de la Sociedad.
y) Actividades de exportación e importación y todo otro acto contractual autorizado por la legislación, para el cumplimiento de su objeto, y cualquier otra tarea relacionada al objeto social.
z) Comerciales: compra, venta, distribución, consignación, importación y exportación, y comercialización mayorista y minorista de productos alimenticios en general, envasados, fraccionados, a granel o sueltos, herboristería, incluyendo yerba mate, alimentos secos, productos regionales y todo otro producto apto para el consumo humano.
aa) Artesanales: elaboración, producción, compra, venta y comercialización de productos artesanales en general, especialmente artículos elaborados en madera, tales como utensilios, objetos decorativos, muebles, accesorios y demás productos derivados de dicha actividad.
bb) Agropecuarias: explotación agrícola y ganadera en todas sus formas, incluyendo la siembra, cultivo, producción, acopio, industrialización y comercialización de productos agrícolas, en especial alfalfa y otros forrajes, así como la cría, engorde, reproducción, explotación y comercialización de aves de corral, especialmente gallinas, y ganado porcino, y la producción y venta de sus derivados.
cc) Industriales y alimenticias: producción, fraccionamiento, envasado, distribución y comercialización de agua potable de mesa, agua mineral y bebidas no alcohólicas en general, así como todo otro producto vinculado con la industria alimenticia, incluyendo la elaboración, fraccionamiento, envasado y comercialización de mezclas de hierbas, infusiones, extractos vegetales y productos herbales destinados al consumo humano o al saborizado de bebidas, especialmente mate.
dd) Servicios y actividades complementarias: almacenamiento, transporte, logística, distribución y toda otra actividad vinculada directa o indirectamente con las precedentes.
Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones inclusive las prescriptas en el artículo 375 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación; también podrá otorgar garantías reales y/o personales a favor de terceros, incluyendo la constitución de hipotecas, prendas y cualquier otro derecho real o gravamen, respecto de bienes de la sociedad, en garantía del cumplimiento de obligaciones propias o de terceros.”
CAPITAL SOCIAL: El Capital Social es de $800.000 representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.
SUSCRIPCION E INTEGRACION El socio Axel Fabian Alanis Alcibar suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: suscribe la cantidad de 800.000 acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, el cual se integrara en tal circunstancia mediante boleta de depósito del Banco, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad.
ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros
DESIGNACION DE ADMINISTRADOR Y REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD Y ADMINISTRADOR SUPLENTE: Designar (Administrador/es titular/es) a: Aixa Ayelen Alanis Alcibar, DNI Nº 41.095.660, CUIL: 27-41095660-3, de nacionalidad Argentina, nacida el 03 de Agosto de 1998, estado civil: Soltera, Contadora Publica, con domicilio en la calle Pringles 509, Quines, Departamento Ayacucho, Provincia de San Luis; Designar (Administrador/es Suplente/es) a Axel Fabian Alanis Alcibar, DNI Nº 43.490.795, CUIL: 20-43490795-1, de nacionalidad Argentino, nacido el 14 de Julio de 2001, Comerciante, con domicilio en la calle Pringles 509, Quines, Departamento Ayacucho, Provincia de San Luis,
CIERRE DE EJERCICIO: El ejercicio social cierra el día 31 de marzo de cada año.
DURACION: El plazo de duración de la sociedad es de 90 años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión del socio.
FIZCALIZACION: La sociedad prescinde de la sindicatura.
San Luis, de Mayo de 2026
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1679 $5.500,00 e: y v: 01 Jun.
MGO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Modificación Contrato Constitutivo.
Se hace saber por Acta extraordinaria de socios de fecha 28/04/2026 incluida en Libro de Actas N° 2 perteneciente a la sociedad MGO CONSTRUCCIONES S.R.L; CUIT N°30-71646791-7 con fecha de inscripción registral 21/05/2019 en Registro Público de Comercio al tomo 332 de Contratos Sociales Folio 54 Numero 08; que los señores Ordoñez Matias Gabriel y Ordeñez Ornella Beatriz, en calidad de únicos socios, han resuelto de común acuerdo el siguiente cambio en el estatuto social:
1- Cambio de Domicilio Social de la Sociedad, donde tienen la administración y dirección de sus negocios, quedando redactado el Artículo Primero del Contrato Social de la siguiente forma:
PRIMERO: La sociedad se denomina “MGO CONSTRUCCIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, con domicilio en calle Lavalle N°532. Piso 7. Dpto. N°702 de la ciudad de San Luis, pudiendo establecer agencias, sucursales y/o representaciones en cualquier lugar del país o del extranjero.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1680 $5.500,00 e: y v: 01 Jun.
JUDICIALES
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “ESCUDERO JORGE S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 379767/22, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: JORGE ESCUDERO, (D.N.I. N° 6.796.268), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 20 de Mayo de 2026.-
C: 1590 $16.500,00 e: 27 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٢ de la ciudad de San Luis, juzgado a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza subrogante, Secretaria del Autorizante Dra. NATALIA GÓMEZ, en los autos caratulados “PAEZ ENRIQUE, LUCERO RAMONA CELESTINA Y GUSTAVO ALEJANDRO PAEZ s/ SUCESION AB INTESTATO” Exp. 427096/24 cita y emplaza por el termino de treinta (30) días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de los Sres. ENRIQUE PAEZ, DNI Nº 6.850.496, RAMONA CELESTINA LUCERO, LC N°١.٧٧١.٢٧١ y GUSTAVO ALEJANDRO PAEZ, DNI N° 22.852.526, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 27 de marzo de 2026.
FABIANA AQUIN
Prosecretaria
C: 1592 $16.500,00 e: 27 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza Subrogante, Secretaría a cargo del/la Autorizante, en los autos caratulados: “RUSSO SERAFINA MARIA EMMA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 447755/26 cita y emplaza a herederos y acreedores de Doña RUSSO SERAFINA MARIA EMMA - DNI Nº 0.477.099, por término de TREINTA (30) DIAS, bajo apercibimiento de ley. -
SAN LUIS, 18 de mayo de 2026.-
C: 1594 $16.500,00 e: 27 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٣ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: TORRES NILDA ESTHER S/SUCESIÓN AB INTESTATO EXP 422162/24 cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por NILDA ESTHER TORRES D.N.I. Nº 5.584.217.
Villa Mercedes, San Luis, 20 de abril de 2026.
C: 1595 $16.500,00 e: 27 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3, de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Prosecretaría a cargo del autorizante en los autos caratulados: EXP 446518/26/ “GIL PEDRO RAMON S/ SUCESIÓN AB INTESTATO (TRAMITANDO B.L.S.G. CIVIL N°1) cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante GIL PEDRO RAMON, DNI: 12.370.511, bajo apercibimiento de ley. -
San Luis, 13 de mayo de 2026.-
C: 1596 $16.500,00 e: 27 May. y v: 01 Jun.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes sobre la Actualización del Informe de Impacto Ambiental presentada por CEMENTOS AVELLANEDA S.A., CUIT Nº 30-52604776-2, en carácter de titular y cuyo consultor ambiental es el Dr. Carlos Enrique Gardini (RUCEIA N° ٠٠٦), para desarrollar actividades de explotación de piedra caliza en las canteras “Melina”, “Las Niñas”, “Alberto I”, “Juana” y “Calera Oeste”, localizadas en la Ruta Provincial Nº ٣٥, km ١٥, Departamento General Belgrano, Provincia de San Luis y cuyas coordenadas son, aproximadamente, ٣٢°٥٣´٤٨” latitud Sur y ٦٦°٥٠´٤٠”longitud Oeste, (Ref. EXD. Nº ٠- ١٠٣٠١١٣٠/٢٥), en el marco de la Ley General del Ambiente N° ٢٥.٦٧٥ y la Ley Provincial N° IX-٠٨٧٦-٢٠١٣ “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de ٨ hs. a ١٣ hs. en las oficinas de la Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque ٢º Piso ٢º, Autopista de las Serranías Puntanas Km ٧٨٣, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar.
C: 1614 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil 4 de la Primera Circunscripción Judicial juez a cargo Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza secretaria del autorizante en los autos caratulados: EXP 428974/25 “FALASCA JOSE RAUL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” San Luis, 24 de febrero de 2026. Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y/o acreedores del causante, SR. Falasca José Raul. DNI 12370199 bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 6 de MARZO de 2026
C: 1615 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٢, a cargo de la DRA. GERALDINA INES IBÁÑEZ - juez secretaría de la DRA. NATALIA GÓMEZ -autorizante en los autos caratulados: EXP 410705/24 “GATICA MERCEDES EULOGIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y/o acreedores del causante, GATICA MERCEDES EULOGIO (D.N.I. Nº 13.688.721) bajo apercibimien.to de ley.-
San Luis, 20 de Febrero de 2026.-
C: 1616 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, JUEZ, Prosecretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 438819/25 “LUCERO NEMECIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el plazo de treinta días, a todos los que se consideraren con derecho a los bienes dejados por Don NEMECIO LUCERO, DNI: 6.779.612.-
San Luis, 18 de MARZO de 2026
ANA F. DIAZ
Prosecretaria
C: 1617 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
La Sra. Jueza Del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٤ de San Luis, DRA. NATALIA GABRIELA RAMOSCA, prosecretaria a cargo del autorizante en autos caratulados: “SOSA JULIO RUFINO S/ POSESIÓN” EXPTE Nº 295047/16, cita por QUINCE días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado inmueble ubicado Lugar: El Puesto de Rulo. Partido: Rumiguasi. Departamento: Belgrano. Provincia: San Luis. Plano de Mensura: 8/109/14, aprobado con fecha 31/10/2014, y que se encuentra descripto como Parcela “294” del mismo, con una superficie total de 40 has 2011, 63 mts2., siendo sus límites, colindantes y linderos los siguientes: Norte: Juvenal Federik, Padrón 405 Receptoría: H. Irigoyеn del punto 1 al punto 2 en: 971,08 mts. y del punto 5 al 6 en 150,00 mts; Este: María Ventura Garro, Padrón 406, Receptoría H. Irigoyen, María Agueda Garro de Sosa; José Bonifacio Garro, María Ventura Garro; María Rosario Garro de Correa, María Petrona Garro y Baldomera Garro. Padrón: 407 - Receptoría H. Irigoyen, Poseedor: Dionisio Bernabe Chavero del punto 2 al punto 3 en: 358,23 mts y Garro de Correa María Rosario. Padrón 403. Receptoría H. Irigoyen, Plano N° 11389-Parcela 3 del punto 6 al punto 7 en 368,24 mts; Sur: María Ventura Garro, Padrón 406, Receptoría H. Irigoyen, María Agueda Garro de Sosa; José Bonifacio Garro, María Ventura Garro; María Rosario Garro de Correa, María Petrona Garro y Baldomera Garro. Padrón: 407 - Receptoría H. Irigoyen. Poseedor Ricardo Didimo Quiroga y José Omar Flores del punto 3 al punto 4 en 111,57 mts y del punto 7 al punto 8 en 1163,51 mts; Oeste: María Judhit Zucaro Padrón: 1991- Receptoría H. Irigoyen, plano 08-1-1992. Parcela 5 del punto 8 al punto 9 en 259,96 mts y del punto al 9 al punto 1 en 115,18 mts. Inscripción de dominio: Este inmueble está inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 17 de Belgrano - F° 499 - N° 1961 (1) y al Tomo 7 de Belgrano (Ley 3236) F° 140-N°2632 (2). Padrones Catastral Nº ٤٠٦ y ٤٠٧ de la Receptoría H. Irigoyen. Nomenclatura Catastral de Origen: Circunscripción - Cuadrante D٣, Sección ٠٠, Manzana ٠٠ - Parcela -.
San Luis, 15 de ABRIL de 2026
C: 1618 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en la Localidad de Santa Rosa del Conlara, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría a cargo del Autorizante, en autos caratulados: GARCIA ANDERLINI MELINA S/ SUCESION AB INTESTATO - EXP 445768/26 cita y emplaza por el plazo de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores de Melina GARCIA ANDERLINI, DNI 36.142.051, bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 18 de mayo de 2026
C: 1619 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cherubini Carolina Soledad- Jueza, Secretaría del autorizante, en autos caratulados: EXP. 385389/22 “GUTIÉRREZ DALINDA BEATRIZ C/ DE BATISTA RAIMUNDO S/ POSESIÓN” cita y emplaza al Sr. DE BATISTA REIMUNDO y/o a quien se considere con derecho al dominio del inmueble situado en calle JUAN B. JUSTO N° 849, ENTRE CALLES NELSON Y ANTONIO E. AGÜERO, DE LA CIUDAD DE VILLA MERCEDES, DPTO. GRAL. PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS, cuenta con una superficie de 816,82 m2 y se encuentra designado como PARCELA 10 según el plano de mensura número 3/209/20 de Septiembre de 2020 realizada por el agrimensor Sebastián Mesa Surroca, Mat. 299 - C.A.S.L, para que en el término de 15 días comparezca a tomar la intervención que le corresponda en este proceso bajo apercibimiento de designar al Defensor de Ausentes para que lo represente.
Villa Mercedes (San Luis), 14 de Abril de 2026.-
C: 1620 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado de Familia nro. 01 del Departamento Judicial de La Dolores, sito en la calle Buenos Aires nro. 611 de Dolores - Provincia de Buenos Aires, en los autos caratulados “MARTINEZ ANGEL DE JESUS S/ CAMBIO DE NOMBRE”, expediente nro. 26507 - 2025, cita y emplaza al Sr. MARTINEZ, HORACIO OSCAR, DNI 18.472.056, a ejercer sus derechos en el término de cinco días y conteste demanda bajo apercibimiento de designarle al Señor Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente en el proceso (art. 145, 146, 147, 158 y 341 del Código Procesal de la Provincia de Buenos Aires). El presente Edicto será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis, por el plazo de dos días.
Dolores, de Mayo de 2026.
C: 1622 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Juez titular, Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “PALOMEQUE OVIDIO RAMÓN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte. N° 448024/26 cita y emplaza por el término de treinta días para que se presenten ante este Juzgado, a herederos y acreedores del causante, Sr. OVIDIO RAMÓN PALOMEQUE, DNI Nº 5.178.005, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 22 de MAYO de 2026
C: 1623 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: “CEJAS NELLY RAMONA S/ SUCESION AB INTESTATO” EXPTE Nº ٢١٥٩٦٠/١١, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos, acreedores y todo el que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante la SRA. NELLY RAMONA CEJAS, DNI Nº 11.825.024, bajo apercibimiento de Ley.-
SAN LUIS, 30 DE ABRIL DE 2026.-
C: 1625 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº ١, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, juez, en autos caratulados: “EXP 444231/25 “GUERRA VICENTE EMETERIO, CUCCA MARIA GRACIELA Y GUERRA MIRIAN GRACIELA S/SUCESIÓN ABINTESTATO” cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de los causantes: DOÑA CUCCA MARIA GRACIELA, LC Nº 01.586.174, DON GUERRA VICENTE EMETERIO, LE Nº 3.160.268 y de DOÑA GUERRA MIRIAN GRACIELA, DNI Nº 11.310.993; bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 15 de Mayo de 2026.-
C: 1626 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de Concarán, 3º Circunscripción Judicial a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA, Juez Civil, Secretaría de la autorizante, en autos EXP 408562/23:”LEYBA MANUELA C/ SOSA ALBERTO ORLANDO, SOSA JUANA LILIANA Y OTROS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”, cita y emplaza por quince días a ALBERTO ORLANDO SOSA, JUANA LILIANA SOSA, MARIA CUSTODIA LOPEZ, JESUS DORA GUTIERREZ, ELDA NORMA GUTIERREZ, JOSE JUSTO GUTIERREZ, TEOFILO SOSA, REYNALDO PEREZ, NICOLAS GUTIERREZ y JACINTO GARRO y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio que se ubica en el lugar Las Barranquitas, La Crucesita, El Paraíso y El Manantial proximidades de Las Chacras, Partido San Lorenzo, Departamento Libertador General San Martin, individualizado como Parcela “1” según plano 5/68/21, que afecta las inscripciones de dominio al Tomo 4 Ley 3236 de San Martin Folio 433 Número 787, Tomo 2 de San Martin Folio 376, 377 que continua al Tomo 24 de San Martin Folio 496 y 497 Número 402 y Tomo 11 de San Martin Folio 34 Número 1534 y afecta los padrones 346, 671, 725, 287 y 95 todos de la receptoría Las Chacras. Afecta una Superficie de 712 Has. 8546m2. Linda: Norte: Aguilar Miguel Wenseslao, Olguin Rufino, Rodriguez Clarisa Del Valle, Rodriguez De Ojeda Neris Nilda, Leyba Manuela, Rodriguez Aberastain Carlos Genaro, Fa Jorge Mario , Fa Antonio Nelson, Fa Jose Ignacio, Funes Paulino Berónico, Funes Raquel Leoncio, Funes De Lucero Clelia, Funes Esperidion, Funes De Ortiz Carmen Berta, Sosa Pedro Ramón Y Sosa Maria Del Carmen ; Sur: Concha Dominga, Concha Sandalia, Jofré Fermín, Leyba Manuela ; Este: Aguilar Miguel Wenseslao, Olguin Rufino, Aguilar Atenor, Concha Dominga, Concha Sandalia Y Jofre Fermin; Oeste: Perez De Sosa Luisa, Sosa José, Pereira Rafael, Garro Jacinto, Concha Dominga, Concha Sandalia Y Jofré Fermin. Bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 22 de mayo de 2026.-
C: 1627 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la DRA. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, JUEZA, prosecretaria del autorizante, en los autos caratulados: “ROSA ARGENTINA MONTENEGRO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 443535/25, cita y emplaza bajo apercibimiento de ley, por treinta días a herederos, acreedores y a todo tercero que se considere con derecho en la sucesión de la causante, DOÑA ROSA ARGENTINA MONTENEGRO, DNI 3.038.431.-
San Luis, 14 de MAYO de 2026
C: 1628 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٢ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. GEREMIAS FEREZ, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP ٤٣٣٨٠٤/٢٥ “BERNABEU JORGE FREDY S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. BERNABEU JORGE FREDY, DNI ١٧.٢٤٧.٦٨٩.-
Villa Mercedes, San Luis, 13 de Marzo de 2026
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretario
C: 1630 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez del Juzgado Civil Comercial y Ambiental N°1 de la Ciudad de San Luis, Secretaria a cargo de la autorizante, en autos caratulados BOANERGE JORGE NATALIO S/ SUCESION AB INTESTATO, EXP 448754/26, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores del extinto BOANERGE JORGE NATALIO, DNI N° 6.816.731, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 26 de mayo 2026.
C: 1631 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo del Dr. Geremias Pablo Ferez - Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “ARCE ENRIQUE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 423421/24 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. ARCE ENRIQUE, D.N.I. N°6.817.325, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 18 de mayo de 2026.-
C: 1646 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
La Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Juez Titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4, NOTIFICA a los Señores LUCERO, CARLOS JAVIER, D.N.I. N° 35.767.104, de las siguientes resoluciones en los autos caratulados EXP 398116/23 “MONTEMAR CIA. FIN S.A. C/ LUCERO CARLOS JAVIER S/COBRO DE PESOS”: A fecha 19/05/2023, el Juzgado proveyó: “SAN LUIS, DIECINUEVE DE MAYO DE DOS MIL VEINTITRES.- Proveyendo presentación digitales remitidas, por el/la Dr. /Dra. MARIA JOSE SANCHEZ BACA, actuaciones N° 22009948 de fecha 05/05/2023, N° 22057016 de fecha 10/05/2023 y N° 22109375 de fecha 16/05/2023: Por presentada en el carácter invocado, por acreditada personería en merito a la copia de Poder General acompañada, por constituido domicilio legal sito en BELGRANO 980, ciudad, San Luis, de la ciudad de San Luis, provincia de SAN LUIS y domicilio electrónico enmjsanchez@giajsanluis.gov.ar, por parte. La documental digital adjunta en el escrito que se provee, téngase presente.- La tasa de justicia y aporte del Colegio de Abogados adjuntas, agréguense y ténganse presentes. Atento lo solicitado, constancias de autos, téngase por promovida acción de COBRO DE PESOS en contra de LUCERO, CARLOS JAVIER, DNI. 35.767.104, la que tramitará según las normas del proceso SUMARIO (Art. 320 C.P.C. yC.). De la misma córrase traslado por el término DIEZ DÍAS al demandado para que comparezca, constituya domicilio procesal y la conteste, bajo apercibimiento de lo previsto por los artículos 41, 59y 356 del C.P.C. y C., oponga excepciones previas y ofrezca la prueba de que intente valerse. NOTIFIQUESE mediante cédula, cuya confección y diligenciamiento con el agregado de las copias correspondientes estarán a cargo del interesado de conformidad con lo prescripto por el Art. 27, inc. b) del Reglamento General de Expediente Electrónico (Acuerdo del S.T.J.S.L. N° 61/2017).-S.O La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en Sistema de Gestión Informático por el Dr. Fernando Spagnuolo, Juez subrogante del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4”.- Y a fs. 05/02/2026 el Juzgado proveyó: “ San Luis, 05 de febrero de 2026.-Proveyendo la presentación digital a despacho: A lo solicitado, y atento que el domicilio del demandado en autos, Sr./a LUCERO, CARLOS JAVIER, D.N.I. N° 35.767.104, se ignora, procesado a efectivar notificación por edictos por edicto (art. 145 del C.P.C.yC.).- La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en el sistema de gestión informático IURIX, por la Dra. Cecilia Luquez, Secretaria Despacho OGU Ejecutivo.
SAN LUIS, SIETE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS.-
C: 1647 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz, Juez, Prosecretaría Autorizante, en los autos caratulados: “MONTEMAR COMPAÑÍA FINANCIERA S.A. C/CUBILLA GUSTAVO ARIEL S/ EJECUTIVO” EXP 210288/11, CITA Y EMPLAZA durante dos días al SR. CUBILLA GUSTAVO ARIEL, D.N.I. N° 28.742.498, para que dentro de CINCO días comparezca a tomar la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar al Señor Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en él (artículo 343 del C.P.С. у С.).-
SAN LUIS, 18 DE MARZO DE 2026.-
C: 1648 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Dr. Spagnuolo Fernando, Juez el Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N°1 de la ciudad de San Luis, NOTIFICA a los Señores PEREZ, DANIEL WILLIAM, Documento 21.786.247, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 257.114/13, caratulados “MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ PEREZ DANIEL WILLIAM S/Ejecutivo”: “San Luis, 02 de febrero de 2.021.- I) De conformidad con lo solicitado, lo que disponen los arts. 542 y 551 del C.P.C. FALLO: Mandando llevar la ejecución adelante, hasta que el demandado, Sr. DANIEL WILLIAM PEREZ D.N.I. N°21.786.247, haga al actor, MONTEMAR CFSA, íntegro pago de la cantidad reclamada en concepto de capital de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 42/100 ($15.772,42), con más un interés que resulte de aplicar la tasa pactada en la medida que no supere la tasa activa que cobre el Banco de la Nación Argentina para el otorgamiento de préstamos, conforme lo resuelto por la Excma. Cámara Civil en R.R. N° 219/2004 fallo dictado en autos “PRESTI ANTONIO OMAR C/ PROTO ESTEBAN Y AGUADAS PUNTANAS S.R.L.- EJECUTIVO”, Expte. N° 25/2002, con más las costas del proceso que le impongo. FDO DR. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO JUEZ.”
Y a FECHA 08/04/2025.-”San Luis, 8 de ABRIL de 2025 Proveyendo actuaciones digitales en despacho Atento lo solicitado, razones invocadas y constancias obrantes en autos, a los fines de la notificación a los demandado PUBLIQUENSE LOS EDICTOS en el Boletín Oficial y en el Diario de mayor circulación de la provincia de San Luis por DOS DÍAS conforme lo prescribe el Art. 145 y en los términos del Art. 146 del C.P.C. bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. Defensor de Ausentes para que los represente. La presente actuación se encuentra firmada digitalmente por el Dr Spagnuolo Fernando, Juez el Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N°1 de la ciudad de San Luis.-
C: 1649 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
Dr. Dra. Laura Cecilia Luquez, Secretaria OGU - EJECUTIVO de la Ciudad de San Luis, titular del Juzgado en lo Civil Comercial y Ambiental NRO. Nro. 2. NOTIFICA a los Señores QUIROGA, MILESI CECILIA, Documento 29.621.768, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 421.967/24, caratulados “MONTEMAR CIA.FIN. S.A. C/QUIROGA MILESI CECILIA S/ COBRO DE PESOS”: A fecha, el Juzgado proveyó: “San Luis, 18 de Octubre del 2024.--Proveyendo A.D. N° 25973261 25994839 de fecha 07/10/2024 08/10/2024 FORMULARIO CARGA MASIVA DEMANDA TRASLADO DOCUMENTAL DRA. MARIA JOSE SANCHEZ BACA: Por presentado, por parte en el carácter invocado. Por constituido domicilio procesal, electrónico y denunciado el real. Por abonada Tasa de Justicia y Aporte del Colegio de Abogados. La documental acompañada digitalmente, téngase presente. Por promovida Demanda de COBRO DE PESOS en contra de QUIROGA MILESI CECILIA DNI 29.621.768, con domicilio en FALUCHO N° 187 SAN LUIS, la que tramitará según las normas del Proceso Sumario (Art.320 del C.P.C).- Por ofrecida prueba. Córrase TRASLADO de ella al demandado por el término de DIEZ DÍAS, para que comparezca y la conteste bajo el apercibimiento previsto por los arts. 59 y 356 del C.P.C.C, oponga excepciones previas y ofrezca la prueba de que intente valerse. NOTIFIQUESE.- ....” La presente actuación se encuentra firmada digitalmente por la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, Juez Titular en lo Civil, Comercial y Ambiental del Juzgado N° 2 de la ciudad de San Luis.- “.-
“.- Y a fs. el Juzgado proveyó: “San Luis, 11 de Febrero del 2026.--Provevendo A.D. Nº 29511099 de fecha 06/02/2026: Atento lo solicitado y constancia de autos, notifiquese por edicto (Art. 145 del CPCC) al demandado SR. QUIROGA MILESI CECILIA DNI 29.621.768.-La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en Sistema de gestión Informático (IURIX) por la Dra. Laura Cecilia Luquez, Secretaria OGU-EJECUTIVO de la Ciudad de San Luis. JUEZ”.-
C: 1650 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavídez, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “MOLINA BLANCA ROSA C/ GEORGEVICH ESTEBAN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 427030/24, CITA Y EMPLAZA por el término de QUINCE (15) DIAS a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Córdoba Nº 53, punto cardinal Este, Dpto. Juan Martin de Pueyrredón, Partido: Capital, Provincia de San Luis, el cual se individualiza como PARCELA 107 del plano de mensura Nº 1/440/23 confeccionado por el Agrimensor Carlos Gustavo Braeckman, el que tiene una SUPERFICIE TOTAL de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (232,00 m2), cuyos linderos son: al SUR: calle Córdoba, al NORTE: Parc. 62 Francisco Guillermo Zuñiga Pd.44189- Rec. Capital Parc. 179- Pl 9532; ESTE: Francisco Guillermo Zuñiga pd. 44189- Rec. Capital Parc. 179- Pl 9532 y OESTE: Elva Roquelina Torres Pd. 44189- Rec. Capital Parc. 99- Pl 1/256/19 conforme plano citado. El inmueble está inscripto en Registro de Propiedad Inmueble al Tomo 47 Ley 3236 de Capital, Folio 148, Nº 17176, Padrón 41111. Rec. Capital; bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designara al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente (art 343, 2º párrafo del CPC).-
SAN LUIS, 25 DE MARZO DE 2026.-
C: 1651 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٢ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Geremias Pablo Ferez, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 428784/25 “QUIROGA JORGE LUIS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por QUIROGA JORGE LUIS DNI N° 6.818.790.
Villa Mercedes, San Luis, 05 de Mayo de 2026.
C: 1652 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° I de la III Circunscripción Judicial, con asiento en Concarán, a cargo del Sr. Juez Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “MANSILLA NIEVAS COSME ALFREDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” (EXP 446955/26), cita y emplaza a herederos y acreedores del causante COSME ALFREDO MANSILLA NIEVAS D.N.I. 30.865.695 por el término de treinta días, bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis, 27 de Abril 2026.-
C: 1653 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Santa Rosa del Conlara (SL), a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaría del Autorizante, en los autos caratulados: “OLGUIN CARLOS ANTONIO S/ SUCESION INTESTADA” EXP 445860/26, cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. OLGUIN CARLOS ANTONIO DNI N° 7.962.730, bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 18 de mayo de 2026.
C: 1654 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia NRO1 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GIUNTA NATALIA RITA (Dra) - JUEZ/A - Secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados EXP 415007/24 CHACON JUAN MANUELS/ADICION/CAMBIO/SUPRESIÓN DE APELLIDO comunica la promoción de la presente acción de CAMBIO DE APELLIDO del Sr. CHACON JUAN MANUEL, debiendo quien se oponga a la misma formularse oposición dentro de los QUINCE DIAS hábiles computados desde la última publicación.-
San Luis, treinta y uno de julio de 2024
C: 1655 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٤ de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Prosecretaria del autorizante, en autos caratulados: “GUTIÉRREZ, FRANCISCO PASCUAL Y RIVAROLA, MIRTHA ELENA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. Nº 444263/25, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores de los causantes: GUTIÉRREZ, FRANCISCO PASCUAL DNI N° 10.945.968 y RIVAROLA, MIRTHA ELENA DNI N° 13.721.013, para que comparezcan a estar a derecho ante este Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE LEY.-
San Luis, 20 de MAYO de 2026
C: 1656 $16.500,00 e: 29 y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, con asiento en Concarán a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados “EXP: “MALDONADO JORGE ANIBAL S/ SUCESIÓN ABINTESTATO (EXPTE. N° 448130/26)”. Cita y emplaza por (30) días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Maldonado Jorge Anibal DNI: 8276316 para que dentro del plazo de 30 días lo acrediten. Bajo apercibimiento de ley. -
Concarán, San Luis; 20 de Mayo de 2026.-
C: 1658 $16.500,00 e: 29 y v: 03 Jun.
El juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2, Juzgado a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, secretaria a cargo de la autorizante, en autos caratulados: “EXPTE 372338/21, MUÑOZ ARMANDO CRISTOBAL C/ PAEZ MONTERO ROBERTO GREGORIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA, cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Sargento Cabral N° 437, de la Provincia de San Luis.
San Luis, 03 diciembre de 2025
C: 1659 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Primera Circunscripción, Ciudad de San Luis, Provincia del Mismo Nombre a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Juez, Prosecretaria de la Autorizante, en los autos caratulados: “SOBEJANO OSCAR Y SOBEJANO PAULINO S/ SUCESION AB INTESTATO” EXPTE Nº ٤٢٦٨٨١/٢٤ cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Don PAULINO SOBEJANO, D.N.I. Nº 13.290.418, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 15 de ABRIL de 2026
C: 1660 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 4 a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Prosecretaria de la Autorizante, en autos caratulados EXP 446054/26 “ALTAMIRANO MERCEDES PETRONA S/ SUCESION” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la SRA. MERCEDES PETRONA ALTAMIRANO, D.N.I. N° 7.776.552, bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, OCHO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISÉIS.-
C: 1661 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y Ambiental Nro.1, de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. CAROLINA SOLEDAD CHERUBINI - Juez, Secretaría de la autorizante, en autos caratulados: “EXP 360282/20 CASTRO MIGUEL ANGEL S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS”, hace saber que se ha promovido beneficio de litigar sin gastos por parte de CASTRO MIGUEL ANGEL DNI 20.138.210, con domicilio en Sarmiento 421, Naschel, San Luis, a fin de obtener la concesión del beneficio previsto por la ley procesal, a los fines de tramitar juicio de prescripción adquisitiva EXP. 348283/19 Castro Miguel Angel S/Prescripción Adquisitiva”. Se cita y emplaza por el término de CINCO (5) DIAS a quienes pudieran tener interés en la cuestión para que comparezcan y formulen las manifestaciones que estimen corresponder dentro del plazo y bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes, San Luis, 22 de Mayo de 2026.
C: 1662 SPP e: 29 May. y v: 08 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 3 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaría de la autorizante, en autos caratulados EXP 446327/26 IMPERINATO RAFAEL Y ARCE ESTELA CRISTINA cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores de RAFAEL IMPERINATO 06805888 y ESTELA CRISTINA ARCE 5339844 bajo apercibimiento de ley
San Luis, 13 de mayo de 2026.-
C: 1663 $16.500,00 e: 29 May. y v: 03 Jun.
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CATASTRO Y TIERRAS FISCALES
PABLO FEDERICO DA ROLD GARCIA, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matricula n° 284 del CASL notifico que el día 04 de julio a las 10.30hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por EMILIANO SOSA DNI 32.396.581. El fundo a mensurar se identifica con: A) nomenclatura tributaria 26-319, nomenclatura catastral SIN NOMENCLATURA CATASTRAL, ubicado en DEPARTAMENTO BELGRANO, PARTIDO RUMIGUASI, Los Molles , registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y en el Registro de la Propiedad Inmueble, a nombre de Alfonso Ruano y Domingo Simon, sin inscripción de dominio. El inicio de las operaciones de mensura se realizará en el esquinero NORESTE del inmueble. Citase especialmente al colindante Norte: Sebastiana Elcira Alanis, DNI 6.522.037 y Felipe Francisco Moyano, DNI 8.143.808; colindante Oeste: sin colindante; colindante Sur, Rosa del Carmen Aguilar DNI: 12.920.420. Consultas en el domicilio del profesional Modulo 2 Manzana 52 Casa 22, La Punta, teléfono 2664310123.
San Luis, 28 de mayo de 2026.-
PABLO FEDERICO DA ROLD GARCÍA
Ingeniero Agrimensor
C: 1665 $11.000,00 e: 29 May. y v: 01 Jun.
AUTO INTERLOCUTORIO Nº 5-JEP-2026
San Luis, veintiuno de Mayo de 2026
AUTOS Y VISTOS:
Los autos caratulados: “ELE 2125/24 PARTIDO:”MOVIMIENTO UNIDAD PROVINCIAL” (M.U.P.) S/ SOLICITA RECONOCIMIENTO PARTIDO PROVINCIAL” traídos a mi despacho para resolver la validez de las elecciones internas realizadas el día 30/4/2026
Y CONSIDERANDO: Que mediante presentación ESCEXT Nº 30136705/26 de fecha 23/4/2026), se presenta el Dr. Cristian Ariel Gurruchaga, apoderado del partido de autos y comunica las renuncias del Presidente y Vicepresidente del partido de autos, Sres. Mauro Daniel Sabatini y María Paz García, respectivamente, y la fecha de convocatoria a elecciones internas para el día 30/4/2026, para la renovación de los cargos individualizados respectivamente, acompañando documentación partidaria consistente en: copias de las Resoluciones Nº 2 de fecha 9/4/2026, de aceptación de renuncias, acta 1 de fecha 10/4/2026 (designación de la Junta Electoral Partidaria), Acta Nº 3 de fecha 13/4/2026 de convocatoria a elecciones internas, copias de las actas Nº 9,10 y 11 del Libro de Actas del partido, y Edicto para su publicación; lo que se tuvo presente mediante proveído de fecha 23/4/2026 (AD Nº30242816/26).
Que, conforme surge de constancias obrantes en ESCEXT Nº 242816/26 de fecha 4/5/2026, el apoderado de autos comunica presentación de única lista y acompaña copia del acta Nº112, de oficialización de la única lista presentada “LISTA 1” y copia del Acta Nº 113 de fecha 30/4/2026 de la consecuente proclamación consignando su nómina, conforme las disposiciones vigentes del art. 5º Ley Nº XI-1040- 2020, adjuntando además la constancia de publicación de edicto de la referida convocatoria.
Que mediante providencia Nº 30249241/26 de fecha 6/5/2026 se tiene presente lo comunicado y la documentación acompañada por el apoderado de autos, ordenándose la vista al Sr. Agente Fiscal.
Que contestada la vista por el Sr. Agente fiscal, obrante en actuación CONVTA Nº30341373/26 de fecha 15/5/2026, el Sr. Fiscal, dictamina: “…Que en relación a la vista ordenada en estos obrados, atento a la documental adjuntada y en consonancia con el art. 33, inc .3 de la Ley XI- 0346-2004, Este Ministerio Publico, no formula objeciones legales a la validez de las elecciones del Partido “ MOVIMIENTO UNIDAD PROVINCIAL (M.U.P)…”
Que en fecha 15/5/2026 (AD 30343724/26), se ordena que pasen los presentes autos a resolver.
Por ello, constancias obrantes en autos, documental respaldatoria y lo dispuesto en la Ley XI-0346-2004 y Art. 5º Ley Nº XI-1040- 2020, SE RESUELVE:
I) DECLARAR la VALIDEZ de la renovación de las autoridades partidarias del partido político MOVIMIENTO UNIDAD PROVINCIAL (M.U.P) de conformidad a la única lista presentada en fecha 20/02/25, conforme lo dispuesto por el art. 5º de la Ley 1040-2020, (modificatorio del art. 33 de la Ley XI-0346-2004)
II) PUBLIQUESE el resultado de la misma en el Boletín Judicial y Oficial de la Provincia, por el término de un día (art. 36 de la Ley XI-0346- 2004). A sus efectos, OFICIESE con trascripción del art. 63 inc. a) del citado ordenamiento legal, debiendo acompañar copia de la presente resolución conjuntamente con la nómina de la lista respectiva.
REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
LISTA 1: MOVIMIENTO UNIDAD PROVINCIAL (MUP)
ELECCIONES AUTORIDADES INTERNAS
Presidente: FRONTERA MAXIMILIANO GERMAN - DNI 27.074.512
Vicepresidente: MIRANDA CLAUDIA ROSANA – DNI 24.526.103
C: 1681 SPP e. y v: 01 Jun.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. Mario Massa Alcantara, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 430150/25 “BURGARD MARTIN AGUSTIN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por MARTIN AGUSTIN BURGARD, DNIº 8.398.236
Villa Mercedes, San Luis, 21 de mayo de 2026.
CECILIE INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 1682 $5.500,00 e. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la III Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. José Ramiro Bustos-Juez, Secretaria del Autorizante, en autos caratulados: “ESCUDERO EMILIA S/ SUCESION AB INTESTATO”, EXP.Nº421804/24, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta Emilia Escudero DOC.0.632.150 bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, 21 de julio de 2025.-
C: 1683 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. MARIO MASSA ALCANTARA, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 407753/23 “KURAN PEDRO ANTONIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. KURAN PEDRO ANTONIO, DNI N° 7.983.646.-
Villa Mercedes, San Luis, 22 de Mayo de 2026.-
C: 1684 $5.500,00 e. y v: 01 Jun.
La Jueza Subrogante a cargo del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 2, de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, Dra. VALERIA CELESTE BENAVIDEZ; Secretaria a cargo de la Autorizante en Autos: EXP 425502/24 - “GARAY ROBERTO SANTIAGO Y PEDRAZA ROSALIA BEATRIZ S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por el término de treinta (30) días a Herederos, Acreedores y/o quienes se consideren con derecho a la Sucesión del SR. GARAY ROBERTO SANTIAGO, (D.N.I. N° 10.945.789) y SRA. PEDRAZA ROSALIA BEATRIZ, (D.N.I. N° 10.351.429), bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 07 DE OCTUBRE DE 2025.-
C: 1685 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz – Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “ZALAZAR POLICARPO ATILIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 417257/24 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. POLICARPO ATILIO ZALAZAR, DNI N° 6.781.176, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 27 de marzo de 2026.-
C: 1686 $5.500,00 e. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “MATTUZ ELSA INES S/POSESIÓN” EXP 425130/24, CITA y EMPLAZA por el término de QUINCE (15) DÍAS, a QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN, sobre un inmueble rural ubicado en Ruta Provincial Nº 15- Santa Teresa- Alto Negro, Partido de Rumiguasi, Departamento Belgrano de la Provincia de San Luis, se encuentra registrados bajo el padrón catastral 93.335 de la Receptoría Hipólito Irigoyen, siendo la nomenclatura catastral de origen: Circunscripción San Jerónimo Cuad: D2 Sección: 3 Parcela 56 y se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble , en los siguientes asientos registrales: TOMO 1 de Belgrano FOLIO 332 NUMERO 139 (a).; TOMO 7 de Belgrano FOLIO 239 NUMERO 903 Inscr 4ta (b).; TOMO 3 (Ley 3236) de Belgrano FOLIO 193 NUMERO 690 (c).; TOMO 11 ( Ley 3236) de Belgrano FOLIO 496 NUMERO 259 (d). El inmueble en posesión tiene dos (2) parcelas cuya individualización es la siguiente: PARCELA 1: Tiene una superficie de 73 has,1.190,86 mt2 dentro de las siguientes medidas: 1-2: 2.097,62 mt; 2-7-:415,25 mt; 7-8: 2.315,42 mt y 8-1: 236,30 mt; tiene los siguientes limites: NORTE: Parcela 55 Simona Martínez Alejandro Gutierrez, Manuel Gutierrez, Luis Gutiérrez Enrique Gutierrez y Juan Andres Gutierrez Pad 93.334 Recep H. Irigoyen; SUR: Parcela 58 Sebastián Aldo Clavero y Fernando Sanchez Pad. 93.337 Recept Socoscora Pl.8/4/80-Parc B y parcela 57 Sebastián Aldo Clavero y Fernando Sanchez Pad 93.336 Recep Socoscora Pl 8/4/80- Parc A; ESTE: Ruta Provincial Nº 15 y OESTE: Parcela 31 José Birgilio Abrate Pad 93310 Recep Socoscora Pl 8/26/80.- PARCELA 2: Tiene una superficie de 60 has 9.504,75 mt2, dentro de las siguientes medidas: 3-4: 1.965,27 mt; 4-5: 371,02 mt; 5-6: 1.697,53 mt y 6- 3:345,12 mt tiene los siguientes limites: NORTE: Parcela 55 Simona Martinez Alejandro Gutierrez, Manuel Gutierrez, Luis Gutierrez Enrique Gutierrez y Juan Andres Gutierrez Pad. 93334 Recep H. Irigoyen Pl. 8/81/15; SUR: Parcela 505 Eduardo Ruben Migliozzi, Maria Adriana Migliozzi Anselmi y Alejandro Horacio Migliozzi Anselmi Pad. 1.005.103 Recep H. Irigoyen Pl. Nº 8/96/15; ESTE: Parcela 504 Eduardo Ruben Migliozzi, Maria Adriana Migliozzi Anselmi y Alejandro Horacio Migliozzi Anselmi Pad. 1.005.102 Recep H Irigoyen Pl. 8/96/15 como surge del plano de mensura 8/79/24 confeccionado por el Agrim Mauricio T Aguil, para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art.343, 2º párrafo del C.P.C.).-
San Luis, 09 de FEBRERO de 2026.-
C: 1687 $11.000,00 e. 01 y v: 03 Jun.
JUZGADO DE FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y VIOLENCIA Nº 4 de la primera circunscripción a cargo de la Dra. PONCE NAVELINO ANA-, Juez en autos EXP 436383/25 “VELAZCO FABRICIO ALCIDES C/ VIANA MARIA EUGENIA S/DIVORCIO UNILATERAL” Cita y emplaza por el termino de CINCO DÍAS días a la Sra. VIANA MARIA EUGENIA DNI 2008064-6. Comparezca a tomar la intervención que le corresponda en este proceso, bajo apercibimiento de designar Defensor Oficial de Ausentes para que la represente en él (art. 343 del Código Procesal)
San Luis, 27 de Marzo de 2026
C: 1688 $11.000,00 e. 01 y v: 03 Jun.
La Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza Titular del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4, Prosecretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados: EXP 435879/25 “GARRO MOISE GREGORIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) DIAS a herederos, acreedores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: DON Garro Moise Gregario, D.N.I. Nº 6.806.786.-
C: 1689 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N 2 de la Primera Circunscripción judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Anabelia Verónica Imparato Torres - Jueza Subrogante y Secretaria a cargo de la autorizante, en los autos caratulados “MOLINA HIPOLITA MARGARITA S/SUCESION AB INTESTATO” EXPTE Nº 421443/24”, CITA Y EMPLAZA por el termino de TREINTA (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante MOLINA HIPOLITA MARGARITA DNI N 8.200.181, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 11 de Junio de 2025.-
C: 1690 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “CARIDE DIZ JOSE LUIS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 408970/23, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: JOSE LUIS CARIDE DIZ, (D.N.I. N° 93.326.600), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 20 de Mayo de 2026.-
C: 1691 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz - Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “MAHON MARIA ALEJANDRA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 444569/25 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta Sra. MAHON MARIA ALEJANDRA, D.N.I. N°18.206.258, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 21 de mayo de 2026.-
C: 1692 $5.500,00 e. y v: 01 Jun.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 04 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA RAMOSCA, Jueza Titular; Prosecretaria a cargo del autorizante, sito en calle Rivadavia N° 340; 3 er piso de la Ciudad de San Luis, en los autos caratulados “GARBARINO HECTOR FRANCISCO C/ BONNET DE MACALUZZO FANNY EVA, MACALUZZO JORGE MARCOS Y OTROS S/POSESION”, Exd N° 434900/25 hace saber: “San Luis, 20 de Febrero del 2026.- Proveyendo escrito digital remitido vía IOL N° 29497870 en fecha 05/02/2026, por el/la Dr. / Dra. Nicolas Anglada: la contestación de oficio adjunta, agréguese.- Atento lo peticionado y constancias de autos, téngase por promovida demanda de POSESIÓN VEINTEAÑAL en contra de FANNY EVA BONNET DE MACALUZZO, LC N° 4.761.281, JORGE MARCOS MACALUZZO, LE N° 6.895.351, JORGE LUIS MACALUZZO DNI N° 20.563.051 y MARISA SUSANA MACALUZZO DNI N° 21.911.582 y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble objeto de la presente acción, la que tramitara por la vía de JUICIO ORDINARIO (Art. 330 del C.P.C.C. y Art. 24 de la Ley 14.159).- De la misma córrase TRASLADO por el término de QUINCE DIAS a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble inscripto en el Padrón Nº 860.156 de receptoría CAPITAL, con inscripción de dominio al Tomo 147 (Ley 3236) Departamento Juan Martín de Pueyrredon F° 233 N° 744, Sección 9, Manzana 192, Parcela 18 Plano 1/117/91 con relación a una fracción de cuatrocientos sesenta y cinco con 10 metros cuadrados, parcela 34 conforme Plano Nº 1/364/24, ubicado en el Departamento Coronel Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse. NOTIFIQUESE por cedula y/o cedula ley según corresponda, confección estará a cargo del interesado, debiendo adjuntarse las respectivas copias para traslado.- Para la notificación, citación y emplazamiento de quienes se consideren con derecho en el inmueble referenciado, publíquense EDICTOS por el término de DOS DÍAS en el Boletín Oficial y en un Diario de los de mayor circulación (Arts. 145, 146, 147, 343 1er. Párrafo, 911 y 912 del C.P.C.C.), para que dentro de CINCO DÍAS comparezcan a tomar la intervención que les corresponda, haciéndose constar el nombre de los demandados y bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor Oficial de Ausentes, para que los represente.- La publicación edictal deberá realizarse dos veces en intervalos regulares de treinta (30) días entre una y otra publicación. (cfr. art. 911 del C.P.C.).- Asimismo atento las facultades conferidas al proveyente por el Art. 36 y lo dispuesto por el art. 916 del C.P.C., el criterio similar adoptado en el Juzgado Civil Comercial y Minas Nº 1 de esta ciudad en autos: “Ojeda Osvaldo Alejandro c/ Ojeda Modesto y Otra s/ Posesión Veinteañal” (Expte. Nº 5058-O2006), y a los fines de otorgar mayor publicidad para facilitar el conocimiento deas acciones de posesión veinteñal en relación a los vecinos del lugar donde se encuentra ubicado el inmueble y además de no constituir en absoluto una exigencia gravosa para el actor ni causa perjuicio alguno a las partes, ya que por el contrario tiende a garantizar el derecho de defensa de quien tenga interés en el pleito, DISPONGO: Ordenar la colocación, con actuación del Sr. Oficial de Justicia y/o Juez de Paz que por jurisdicción corresponda, de un cartel indicativo con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio, en un lugar del inmueble visible desde el principal camino de acceso, y su mantenimiento a cargo del actor durante toda la tramitación del juicio, circunstancia que deberá acreditarse en autos en la forma dispuesta en el art. 916 del C.P.C. A tal fin, líbrese mandamiento al Sr. Oficial de Justicia en turno.- A efectos de dar cumplimiento con lo dispuesto en el art. 910 del C.P.C., líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble a fin de la toma de conocimiento de la existencia del presente proceso, cuya confección y diligenciamiento estará a cargo de la parte interesada.- Hágase saber que los edictos posesorios deberán ser exhibidos en la sede del Juzgado y en el Municipio respectivo, por el término de treinta días. Por Secretaría deberá efectivizarse lo dispuesto en la primera parte del presente párrafo y dar publicidad del juicio en la página web del Poder Judicial (art. 915 del C.P.C.).- La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en Sistema de Gestión Informático por la Dra. Gabriela Ramosca, Jueza del Juzgado Civil,/ Comercial y Ambiental Nº 4, no siendo necesaria la firma manuscrita (Cfr Ley Nac. 25506, Ley Prov. 591/07; 699/09 y Nuevo Reglamento General del Expediente Electrónico Acuerdo Nº 61/2017 y Memorándum Nº 3 de la Secretaría de Informática, Ley Nº IV-0086- 2021 y Acuerdo Nº 373 del Excmo. S.T.J., Poder Judicial de San Luis.”
C: 1693 $11.000,00 e. 01 y v: 03 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 1 de la ciudad de San Luis, de la 1ª Circunscripción Judicial sito en calle Rivadavia N° 340 3er piso, Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Jueza del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, Secretaría de la autorizante, autos: EXP 431202/25 “SOSA JOSE BENITO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de SOSA JOSE BENITO, D.N.I. N° 6.809.502, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 05 de mayo de 2026.
C: 1694 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “VELAZQUEZ CALIXTO JOAQUIN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 438235/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: VELAZQUEZ CALIXTO JOAQUIN, (D.N.I. Nº 6.799.561), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 15 de Mayo de 2026.-
C: 1695 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 1 de la ciudad de San Luis, de la 1ª Circunscripción Judicial sito en calle Rivadavia N° 340 3er piso, Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Jueza del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1, Secretaría de la autorizante, autos: EXP 1083/1 “RECONSTRUIDO: ZAVARRO JAIME Y PASCALE ANGELA NANCY S/ SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de PASCALE, ANGELA NANCY, DNI 03.049.724.-, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 05 de mayo de 2026.
C: 1696 $16.500,00 e. 01 y v: 05 Jun.
REMATES
BANCO SANTANDER RIO S.A.
POR 1 DÍA - El Martillero Francisco E. Cavalca, comunica por un (1) día, que subastará, únicamente a través del Portal www.bidbit.ar, El DIA 18 de JUNIO de 2026 a partir de las 11:00 horas, subastara 3 unidades por cuenta y orden de BANCO SANTANDER RIO S.A. (Acreedores Prendarios, Art. 39 de la Ley 12.962), y de conformidad con lo establecido por el Art. 2229 del Código Civil y Comercial, a saber: PEREYRA GAUDLITZ, MILAGROS MICAELA, AG124SW FIAT, SEDAN 4 PTAS, CRONOS DRIVE 1.3 GSE BZ 2023 $8.481.822.62 en el estado que se encuentran y exhiben en POLO 52 Parque Industrial, sito en Pilar a 500 mts. de Av. Circunvalación, Au Córdoba - Rosario, Córdoba, provincia de Córdoba y: MARANGUELLO, JUAN RAMIRO, A193AKT BAJAJ MOTOCICLETA ROUSER 200 2023 $1.632.942,72; BARROSO, AXEL NAHUEL AC932AJ FORD SEDAN 5 PUERTAS FIESTA 1.6L SE 2018 $28.764.654.82 en la Av. Mitre 2160/62, Crucecita, partido de Avellaneda, prov de Buenos Aires. Los días 15 y 16 de junio inclusive de 2026 de 11 a 17 hs, en. La puesta en marcha de las unidades será el día 16 de junio a partir de las 14.00 hs. Chequear en portal www.bidbit.ar. Con relación a la exhibición de todas las unidades los ingresos serán por orden de llegada en ambos depósitos. Esto sumado a la modalidad virtual (a través de video que se publicará de cada unidad en el sitio web mencionado). Condiciones de la Subasta y utilización del portal para cualquier usuario: Se deberá consultar las mismas en el portal www.bidbit.ar. Para participar del proceso de subasta electrónica, los usuarios deberán registrar sus datos en el Portal de referencia y aceptar estos términos y condiciones en el mismo, que detalla las condiciones particulares de la subasta. Cumplido el procedimiento de registración y habilitación podrá participar del proceso y realizar ofertas de compra. Las unidades se ofrecen a la venta en el estado en que se encuentran y exhiben y en forma individual, con base y al mejor postor. Las fotos, video y descripciones de los BIENES a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL BIDBIT. Los pagos deberán de realizarse de manera individual por cada lote adquirido. El pago total del valor de venta, más el importe correspondiente a la comisión 10% del valor de venta más IVA y servicio de gestión administrativa e IVA, deberá ser depositado dentro de las 24 horas hábiles bancarias posteriores a la aprobación del Remate en las cuentas que se consignarán a tal efecto, bajo apercibimiento de declararse rescindida la venta, sin interpelación alguna, con pérdida de todo lo abonado a favor de la parte vendedora y del martillero actuante. La subasta se encuentra sujeta a la aprobación de la entidad vendedora. Las deudas, infracciones, gastos de transferencia, certificado de verificación policial digital e informe de dominio, están a cargo del comprador. Al momento de realizar la transferencia de la unidad y en caso de corresponder el comprador deberá firmar negativa de gravado de auto partes y cristales con certificación de firma en caso de corresponder, debiendo luego de retirada la transferencia del registro automotor correspondiente realizar a su cargo y costo el correspondiente grabado de autopartes y cristales de conformidad con la normativa vigente. El informe de las deudas por infracciones se solicitan al Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito, las jurisdicciones que están incorporadas operativamente a dicho sistema se detallan en las condiciones de subasta en el sitio web www.bidbit.ar, en las condiciones de subasta correspondiente. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, que serán aclarados a viva voz por el martillero en el transcurso de la subasta, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cual la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 120 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La entidad vendedora y/o el martillero actuante no se responsabilizan por los plazos y demoras que se pudieran generar ante eventuales normas y/o disposiciones que establezca suspensiones en la posibilidad de inscripción de transferencias dominiales ante Registro de la Propiedad Automotor de unidades adquiridas en la subasta. El retiro de la unidad se realizará con turno previo confirmado por el martillero actuante. Transcurridos los 7 días corridos de comunicada la autorización de retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo en el lugar donde se encuentre. Los compradores mantendrán indemnes a Banco Santander Rio S.A., de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Se encuentra vigente la resolución general de la AFIP Número 3724. En la Ciudad de Buenos Aires, 21 de mayo de 2026.- FRANCISCO E. CAVALCA, MARTILLERO PUBLICO NACIONAL, F 77 L 80.
FRANCISCO E CAVALCA
Martillero
C: 1697 $5.500,00 e y v: 01 Jun.
SAN LUIS BBVA
El Martillero W. Fabián Narváez, comunica por un (1) día, que subastará, únicamente a través del Portal www.narvaezbid.com.ar ,el día 18 de junio de 2026, a partir de las 14.00 horas; 1 unidad por cuenta y orden de PSA FINANCE ARGENTINA CIA FINANCIERA S.AB (Acreedores Prendarios, Art. 39 de la Ley 12.962) y de conformidad con lo establecido por el Art. 2229 del Código Civil y Comercial y de conformidad con lo establecido por el Art. 2229 del Código Civil y Comercial, a saber: AE131AZ, FIAT, ARGO DRIVE 1.3, 2020, en el estado que se encuentra y exhibe los días del 8 al 12 de junio y el 16 de junio de 11 a 16 hs en Hipermercado Carrefour de San Fernando: Panamericana Ramal Tigre y Ruta 202 – Primer Subsuelo, San Fernando, Provincia de Buenos Aires. Puesta en marcha virtual. Con relación a la exhibición los ingresos serán por orden de llegada. Condiciones de la Subasta y utilización del portal: Para participar del proceso de subasta electrónica, los usuarios deberán registrar sus datos en el Portal, de acuerdo al “Procedimiento de utilización del Portal Narvaezbid” y aceptar estos términos y condiciones en el mismo, que detalla las condiciones particulares de la subasta. Cumplido el procedimiento de registración y habilitación podrá participar del proceso y realizar ofertas de compra. Las unidades se ofrecen a la venta en el estado en que se encuentran y exhiben y en forma individual, con base y al mejor postor. Las fotos y descripciones de los BIENES a ser subastados estarán disponibles en el PORTAL NARVAEZBID. Los pagos deberán de realizarse de manera individual por cada lote adquirido. El pago total del valor de venta, más el importe correspondiente a la comisión 10% del valor de venta más IVA y servicio de gestión administrativa e IVA, deberá ser depositado dentro de las 24 horas hábiles bancarias posteriores a la aprobación del Remate en las cuentas que se consignarán a tal efecto, bajo apercibimiento de declararse rescindida la venta, sin interpelación alguna, con pérdida de todo lo abonado a favor de la parte vendedora y del martillero actuante. La subasta se encuentra sujeta a la aprobación de la entidad vendedora. Las deudas, infracciones, gastos de transferencia, certificado de verificación policial digital e informe de dominio, están a cargo del comprador. Al momento de realizar la transferencia de la unidad y en caso de corresponder el comprador deberá firmar negativa de gravado de auto partes y cristales con certificación de firma en caso de corresponder, debiendo luego de retirada la transferencia del registro automotor correspondiente realizar a su cargo y costo el correspondiente grabado de autopartes y cristales de conformidad con la normativa vigente. El informe de Las deudas por infracciones se solicitan al Sistema Unificado de Administraciones Tributarias Subnacionales, las jurisdicciones que están incorporadas operativamente a dicho sistema se detallan en las condiciones de subasta en el sitio web www.narvaezbid.com.ar, en las condiciones de subasta correspondiente. La información relativa a especificaciones técnicas de los vehículos (prestaciones, accesorios, años, modelos, deudas, patentes, radicación, etc.) contenida en este aviso puede estar sujeta a modificaciones o cambios de último momento, que serán aclarados a viva voz por el martillero en el acto de la subasta, dado que los vehículos se encuentran en exhibición por lo cuál la información registral, de rentas y de infracciones puede ser consultada por los interesados directamente en el Registro de La Propiedad Automotor o en los entes correspondientes, la responsabilidad por estos cambios no corresponderá ni a la entidad vendedora ni al martillero actuante. Para certificados de subasta a efectos de realizar la transferencia de dominio en caso de compra en comisión se tendrá 90 días corridos para declarar comitente desde la fecha de subasta, transcurrido este plazo el mismo se emitirá a nombre de la persona que figure como titular en el boleto de compra. La entidad vendedora y/o el martillero actuante no se responsabilizan por los plazos y demoras que se pudieran generar ante eventuales normas y/o disposiciones que establezca suspensiones en la posibilidad de inscripción de transferencias dominiales ante Registro de la Propiedad Automotor de unidades adquiridas en la subasta. El retiro de la unidad se realizará con turno previo confirmado por el martillero actuante. Con relación a las Unidades Exhibidas en el Interior del País el comprador asumirá el gasto de guarda de la unidad desde el día posterior a la subasta hasta su efectivo retiro, el monto de la guarda será informado por el Estudio Jurídico asignado al momento del retiro de la unidad; respecto de las unidades exhibidas en San Fernando, provincia de Bs. As, transcurridos los 7 días hábiles de comunicada la autorización de retiro de la unidad adquirida en subasta, el comprador deberá abonar la estadía por guarda del vehículo, dicho monto será informado al momento del retiro. Los compradores mantendrán indemnes a PSA FINANCE ARGENTINA CIA FINANCIERA S.A de cualquier reclamo que pudiera suscitarse directa o indirectamente con motivo de la compra realizada en la subasta. Buenos Aires, 22 de mayo de 2026.-Walter Fabian Narvaez Martillero Publico Nacional Mat 33 F 230 L 79.
FABIAN NAVAEZ
Martillero Público Nacional
C: 1698 $5.500,00 e y v: 01 Jun.
