ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 4022-MDP-SAyDS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3101159/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3831785/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado, por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, DANIEL FEDERICO BERRO, D.N.I. Nº 35.313.785, por una parte y el señor VICTOR MAXIMILIANO PARDO, D.N.I. Nº 39.990.572, por la otra;
Que, dicho Contrato tiene por objeto, que el técnico-profesional preste servicios como guardaparque en la Reserva La Higuerita ubicada en la localidad de Luján, departamento Ayacucho, de la Dirección de Biodiversidad dependiente de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, o en los organismos y dependencias que esta última le requiera, como así también a realizar toda otra tarea que se considere conveniente asignarle;
Que, la Cláusula Segunda de los Contratos de Servicios, establecen el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia de los mismos, pudiendo ser prorrogados por Decreto de Poder Ejecutivo, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11334710/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($2.844.600,00);
Que en act. DICLEG 3831108/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sin formular objeciones legales;
Que en act. NOTAMP 969767/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato adjunto, encuadrando el presente en el Inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 169102/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Que al presente caso debe aplicarse el deslinde de responsabilidades por aplicación del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, señor DANIEL FEDERICO BERRO, D.N.I. Nº 35.313.785, por una parte y el señor VICTOR MAXIMILIANO PARDO, D.N.I. Nº 39.990.572, por la otra, obrante en act. DOCEXT 3831785/26, del EXD-0-3101159/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 32 48 00 3-33 3 4 9 $2.844.600,00
Art. 4º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Biodiversidad, Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, Comunicación Institucional y por su intermedio notificar a los interesados.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Daniel Federico Berro
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4097-MDP-SAyDS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2250909/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en adjuntos de las actuaciones act. DOCEXT 3831264/26 y DOCEXT 3833537/26, obran Contratos de Servicios, suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado, por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, señor DANIEL FEDERICO BERRO, D.N.I. Nº 35.313.785, por una parte y los señores MARTÍN IVÁN SOSA, D.N.I. Nº 39.090.329; MATÍAS EZEQUIEL BERAUDO, D.N.I. Nº 39.090.128; JUAN ALBERTO GIL JOFRÉ, D.N.I. Nº 40.486.248; KARINA TATIANA CRUZ, D.N.I. Nº 37.505.346 y MARTÍN MIGUEL FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 22.258.776, por la otra;
Que, dichos Contratos tienen por objeto, que los técnicos-administrativos presten servicios en la Dirección de Biodiversidad y Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental dependientes de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, o en los organismos y dependencias que esta última le requiera, como así también a realizar toda otra tarea que se considere conveniente asignarle;
Que, la Cláusula Segunda de los Contratos de Servicios, establecen el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia de los mismos, pudiendo ser prorrogados por Decreto de Poder Ejecutivo, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11325033/26, obra comprobante de imputación preventiva por la suma de PESOS DOCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($12.995.400,00), con excepción duodecimal;
Que en act. DICLEG 3830125/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sin formular objeciones legales;
Que en act. NOTAMP 967066/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos mencionados, encuadrando el presente en el Inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168888/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Que al presente caso debe aplicarse el deslinde de responsabilidades por aplicación del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.-Encuadrar el presente caso en el Inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Homologar los Contratos de Servicios, suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, DANIEL FEDERICO BERRO, D.N.I. Nº 35.313.785, por una parte y los señores MARTÍN IVÁN SOSA, D.N.I. Nº 39.090.329; MATÍAS EZEQUIEL BERAUDO, D.N.I. Nº 39.090.128; JUAN ALBERTO GIL JOFRÉ, D.N.I. Nº 40.486.248; KARINA TATIANA CRUZ,D.N.I. Nº 37.505.346 y MARTÍNMIGUEL FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 22.258.776, por la otra, obrantes en adjuntos de las actuaciones DOCEXT 3831264/26 y DOCEXT 3833537/26, del EXD-0-2250909/26.-
Art.3º.-Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 27 28 00 3-36 3 4 9 $5.689.200,00
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 30 32 00 3-34 3 4 9 $7.306.200,00
Art.4º.-Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Biodiversidad, Dirección de Gestión y Fiscalización Ambiental, Comunicación Institucional y por su intermedio notificar a los interesados.-
Art.7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Daniel Federico Berro
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA
DECRETO Nº 4023-MTyC-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3300884/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita ampliación de partidas presupuestarias; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 976377/26, obra nota de solicitud de ampliación de partidas presupuestarias, correspondientes a la Dirección de Sitios Culturales y Recreativos, con disminución de activos financieros, por la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100 ($50.000.000,00), destinados para solventar los gastos inherentes al funcionamiento de dicha Dirección;
Que en act. PTPREC 57777/26, obra planilla de solicitud de transferencia de créditos presupuestarios, por la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100 ($50.000.000,00);
Que en act. INFORM 437608/26 ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público informando sobre el acto administrativo a dictarse, con encuadre en los Art. 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Art. 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025.-
Art. 2º.-Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
42- Disminución Activos Financieros - Ingresos de Espacios
Culturales y Recreativos $50.000.000,00
Art. 3º.-Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin. Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 19 17 23 3 46 3-44 3 $50.000.000,00
Fte. Fto.: Disminución Activos Financieros – Ingresos de Espacios Culturales y Recreativos.-
Art. 4º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Dirección de Presupuesto Público; Dirección de Sitios Culturales y Recreativos y Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura.-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan José Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4099-MTyC-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3300542/26, y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Secretario Privado del Ministerio de Turismo y Cultura;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor MAURICIO DANIEL GUERRERO VARGAS, D.N.I. Nº 36.050.829, en el cargo de Secretario Privado del Ministerio de Turismo y Cultura.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y notificar al interesado.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan José Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 4028-MG-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131365/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678334/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL MERCEDINA DEPORTIVO FENIX”, con Personería Jurídica Nº 155-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1678338/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de equipos deportivos y futbol”;
Que en acts. ACTPAS 1678335/26, 1678336/26 y 1678332/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678337/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678339/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL MERCEDINA DEPORTIVO FENIX” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11379387/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49657/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 979483/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 170886/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL MERCEDINA DEPORTIVO FENIX”, con Personería Jurídica Nº 155-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Compra de equipos deportivos y futbol”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Mercedina Deportivo Fenix”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4088-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131448/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678466/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL DE POLICIAS RETIRADOS Y PENSIONADOS COMISARIO GENERAL (RV) ALEJANDRO DEL VALLE JOFRE- SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 179-DPJ-2024, en act. ACTPAS 1678470/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de equipamiento y elementos institucionales”;
Que en acts. ACTPAS 1678467/26, 1678468/26 y 1678463/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678469/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678471/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL DE POLICIAS RETIRADOS Y PENSIONADOS COMISARIO GENERAL (RV) ALEJANDRO DEL VALLE JOFRE- SAN LUIS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11379970/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49704/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 980533/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171079/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL DE POLICIAS RETIRADOS Y PENSIONADOS COMISARIO GENERAL (RV) ALEJANDRO DEL VALLE JOFRE- SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 179-DPJ-2024, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de equipamiento y elementos institucionales”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil de Policias Retirados y Pensionados Comisario General (RV) Alejandro del Valle Jofre - San Luis”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4089-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 4131467/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678500/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL EL LINCE CON ESPERANZA”, con Personería Jurídica 356-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1678504/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de heladera”;
Que en acts. ACTPAS 1678502/26, 1678501/26 y 1678498/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678503/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678505/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL EL LINCE CON ESPERANZA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11380339/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49708/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 980508/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171097/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL EL LINCE CON ESPERANZA”, con Personería Jurídica Nº 356-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de heladera”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil el Lince con Esperanza”-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4090-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131385/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678348/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE PATINAJE ARTISTICA VILLA MERCEDES”, con Personería Jurídica Nº 245-DCyFPJ-2013, en act. ACTPAS 1678352/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de impresora multifunción”;
Que en acts. ACTPAS 1678349/26, 1678350/26 y 1678346/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678351/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678353/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE PATINAJE ARTISTICA VILLA MERCEDES” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11379389/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49763/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 981610/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171221/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE PATINAJE ARTISTICA VILLA MERCEDES”, con Personería Jurídica Nº 245-DCyFPJ-2013, para el financiamiento del proyecto social “Compra de impresora multifunción”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Centro de Patinaje Artística Villa Mercedes”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4091-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131463/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678483/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION VILLAMERCEDINA DE BOXEO (JOSE MARIA GATICA)”, con Personería Jurídica Nº 124-DdeCyFdePJ-09, en act. ACTPAS 1678487/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de indumentaria deportiva”;
Que en acts. ACTPAS 1678484/26, 1678485/26 y 1678481/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678486/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678488/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION VILLAMERCEDINA DE BOXEO (JOSE MARIA GATICA)” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11380293/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49706/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 980517/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171087/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION VILLAMERCEDINA DE BOXEO (JOSE MARIA GATICA)”, con Personería Jurídica Nº 124-DdeCyFdePJ-09, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de indumentaria deportiva”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Villamercedina de Boxeo (JOSE MARIA GATICA)”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4092-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131465/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678491/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CULTURAL ALELUYA”, con Personería Jurídica Nº 1781-GyE-67, en act. ACTPAS 1678495/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de mobiliario escolar”;
Que en acts. ACTPAS 1678492/26, 1678493/26 y 1678489/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678494/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678496/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CULTURAL ALELUYA” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11380320/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49707/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 980511/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171094/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CULTURAL ALELUYA”, con Personería Jurídica Nº 1781-GyE-67, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de mobiliario escolar”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Cultural Aleluya”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4093-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4140192/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678611/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA TERCERA EDAD DE CARPINTERIA SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 146-DPCyFPJ-2022, en act. ACTPAS 1678616/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de cocina industrial”;
Que en acts. ACTPAS 1678613/26, 1678614/26 y 1678609/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678615/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678617/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA TERCERA EDAD DE CARPINTERIA SAN LUIS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11384488/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49762/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 981589/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171220/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE LA TERCERA EDAD DE CARPINTERIA SAN LUIS”, con Personería Jurídica Nº 146-DPCyFPJ-2022, para el financiamiento del proyecto social “Compra de cocina industrial”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Centro de Jubilados y Pensionados de la Tercera Edad de Carpintería San Luis”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4094-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-4131462/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678476/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL RELIGIOSA ILE NATURALEZA Y FORZA (ACRIFN)”, con Personería Jurídica Nº 00207-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1678480/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales para mejoras edilicias en baño y cocina”;
Que en acts. ACTPAS 1678477/26, 1678478/26 y 1678474/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678479/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11380288/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49705/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 980667/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10º del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171082/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art. 2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL RELIGIOSA ILE NATURALEZA Y FORZA (ACRIFN)”, con Personería Jurídica Nº 00207-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de materiales para mejoras edilicias en baño y cocina”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.-Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Religiosa Ile Naturaleza y Forza (ACRIFN)”.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4095-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4140218/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678632/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL MAQUINISTA FUTSAL”, con Personería Jurídica Nº 49-DPCyFPJ-2023, en act. ACTPAS 1678636/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Compra de indumentaria deportiva categorías inferiores”;
Que en acts. ACTPAS 1678633/26, 1678634/26 y 1678630/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678635/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1678637/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL MAQUINISTA FUTSAL” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11384490/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49760/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 981545/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171215/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL MAQUINISTA FUTSAL”, con Personería Jurídica Nº 49-DPCyFPJ-2023, para el financiamiento del proyecto social “Compra de indumentaria deportiva categorías inferiores”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Maquinista Futsal”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4096-MG-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4131470/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1678508/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “IGLESIA CRISTIANA CIELOS ABIERTOS UN LUGAR DE BENDICION Y RESTAURACION ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica 00070-DPJ-2026, en act. ACTPAS 1678512/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de computadora”;
Que en acts. ACTPAS 1678510/26, 1678509/26 y 1678506/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1678511/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11380357/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 49699/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 980436/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171020/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “IGLESIA CRISTIANA CIELOS ABIERTOS UN LUGAR DE BENDICION Y RESTAURACION ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 00070-DPJ-2026, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de computadora”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Iglesia Cristiana Cielos Abiertos un Lugar de Bendición y Restauración Asociación Civil”-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4968-MG-2026.-
San Luis, 19 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12051051/25 por el cual el Ministerio de Gobierno, tramita Decreto-Acuerdo N° 3-HCS-2026 sancionado por la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOBLRE 4970/26, obra el Decreto-Acuerdo mencionado precedentemente, por el cual la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis presta el acuerdo correspondiente para efectuar la designación de la Abg. MARIANA SOLEDAD OLGUIN, D.N.I. N° 35.884.039, en el cargo de FISCAL ADJUNTO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a la Abg. MARIANA SOLEDAD OLGUIN, D.N.I. N° 35.884.039, en el cargo de FISCAL ADJUNTO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.-
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno.-
Art. 3º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
DECRETO Nº 4969-MG-2026.-
San Luis, 19 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11280925/25 por el cual el Ministerio de Gobierno, tramita Decreto-Acuerdo N° 3-HCS-2026 sancionado por la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOBLRE 4968/26, obra el Decreto-Acuerdo mencionado precedentemente, por el cual la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis presta el acuerdo correspondiente para efectuar la designación de la Abg. STEFANIA SILVINA CIFUENTES QUIROGA, D.N.I. N° 32.924.986, en el cargo de DEFENSOR OFICIAL EN LO PENAL Nº 2 DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a la Abg. STEFANIA SILVINA CIFUENTES QUIROGA, D.N.I. N° 32.924.986, en el cargo de DEFENSOR OFICIAL EN LO PENAL Nº 2 DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.-
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno.-
Art. 3º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
DECRETO Nº 4970-MG-2026.-
San Luis, 19 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12051103/25 por el cual el Ministerio de Gobierno, tramita Decreto-Acuerdo N° 3-HCS-2026 sancionado por la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOBLRE 4969/26, obra el Decreto-Acuerdo mencionado precedentemente, por el cual la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis presta el acuerdo correspondiente para efectuar la designación de la Abg. AGUSTINA ROCIO TOBARES, D.N.I. N° 36.876.445, en el cargo de DEFENSOR ADJUNTO DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a la Abg. AGUSTINA ROCIO TOBARES, D.N.I. N° 36.876.445, en el cargo de DEFENSOR ADJUNTO DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.-
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno.-
Art. 3º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
DECRETO Nº 4971-MG-2026.-
San Luis, 19 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12051064/25 por el cual el Ministerio de Gobierno, tramita Decreto-Acuerdo N° 3-HCS-2026 sancionado por la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOBLRE 4967/26, obra el Decreto-Acuerdo mencionado precedentemente, por el cual la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de San Luis presta el acuerdo correspondiente para efectuar la designación de la Abg. ORNELLA FLORENCIA COSTA, D.N.I. N° 35.104.965, en el cargo de FISCAL ADJUNTO DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a la Abg. ORNELLA FLORENCIA COSTA, D.N.I. N° 35.104.965, en el cargo de FISCAL ADJUNTO DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.-
Art. 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno.-
Art. 3º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 4042-ME-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4060624/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en la act. DOCEXT 3763209/26 obra el Convenio para la Ampliación de las Horas de Clase, Programa: “Hacia la Universalización de la Jornada Completa o Extendida” suscripto entre la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano de la Nación, representada por su titular, Dr. Carlos H. Torrendell, por una parte, y el Ministerio de Educación de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. Guillermo Fabián Araujo, por la otra;
Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206, en su Art. 28, establece que las escuelas primarias serán de jornada extendida o completa, con la finalidad de asegurar el logro de los objetivos previstos para dicho nivel, garantizando oportunidades equitativas para el aprendizaje de conocimientos significativos en las distintas áreas;
Que, en consonancia con ello, y conforme lo dispuesto por el Art. 32 inc. c) de la citada norma, el Consejo Federal de Educación debe fijar las disposiciones necesarias para que las jurisdicciones garanticen un mínimo de VEINTICINCO (25) horas reloj semanales de clase;
Que la HORA+ se define como la extensión de la jornada escolar mediante la incorporación de tiempo adicional de enseñanza en el Nivel de Educación Primaria, orientado al fortalecimiento de los aprendizajes prioritarios y enmarcado en el proceso de universalización de la jornada completa o extendida;
Que en las act. PASEDU 3749771/26 y NOTAMP 975646/26 la Dirección Educación Obligatoria informa que, en el marco del Plan Provincial de Fortalecimiento Escolar, la implementación de la HORA+ constituye una estrategia prioritaria para avanzar de manera progresiva hacia la ampliación del tiempo escolar en el Nivel de Educación Primaria de los establecimientos educativos de gestión estatal, con el objetivo de alcanzar el mínimo de VEINTICINCO (25) horas reloj semanales de clases, permitiendo dar un primer paso concreto hacia la universalización de la jornada extendida o completa;
Que la incorporación de este tiempo adicional se orienta al fortalecimiento de las trayectorias escolares, poniendo especial énfasis en el desarrollo de competencias clave como la comprensión lectora, la producción escrita y la alfabetización matemática;
Que, en este sentido, la HORA+ no solo implica una ampliación de la carga horaria, sino que promueve un uso pedagógico intencionado del tiempo escolar, en articulación con el Plan Provincial de Alfabetización “Queremos Aprender” y el Plan Provincial de Matemática “Queremos Resolver”, orientado al fortalecimiento de los procesos de enseñanza y aprendizaje;
Que la implementación de la HORA+ posibilita una atención más focalizada de los alumnos con trayectorias educativas debilitadas, favoreciendo instancias de acompañamiento, refuerzo y diversificación de estrategias didácticas;
Que el Convenio referido establece, en su cláusula cuarta, que la Secretaría de Educación de la Nación contribuirá con el OCHENTA POR CIENTO (80%) del financiamiento correspondiente a la diferencia salarial de los docentes y equipos directivos;
Que en la act. DOCEXT 3751597/26 la Dirección de Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos solicita la apertura de una cuenta corriente bancaria oficial destinada a recibir los aportes del Estado Nacional;
Que, en virtud de que la extensión horaria constituye un concepto adicional a ser incorporado al recibo de haberes del personal docente alcanzado, la Dirección mencionada solicita al Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública arbitrar los medios necesarios para afrontar el cien por ciento (100%) de su financiamiento mediante rentas generales u otras fuentes disponibles, a fin de garantizar la regularidad en la percepción de los haberes frente a eventuales desfasajes en las transferencias nacionales (80%);
Que, una vez acreditados los fondos provenientes del Convenio Nacional, el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública procederá a efectuar los ajustes presupuestarios, contables y financieros que resulten pertinentes;
Que en act. NOTAMP 975569/26 obra la intervención de la Subdirección Bancos y Control de Recursos, considerando oportuna la apertura de una cuenta bancaria oficial a los fines de la adecuada administración de los recursos vinculados a la HORA+;
Que en la act. NOTAMP 975646/26, y en función de la implementación efectiva de la HORA+ y la consecuente ampliación del tiempo escolar en el Nivel de Educación Primaria, la Dirección de Educación Obligatoria propone la creación del concepto salarial denominado “EXTENSIÓN HORA+”, aplicable al cargo testigo de Maestro de Grado con una carga horaria de VEINTE (20) horas reloj semanales, el cual será incorporado al recibo de haberes del personal docente de las instituciones educativas de gestión pública que den cumplimiento efectivo a la mencionada ampliación de la jornada;
Que en act. PTPREC 57787/26 obra solicitud de transferencias de créditos presupuestarios, en act. RCRE 11396350/26 la reserva de crédito correspondiente y en act. NOTEDU 3768684/26 el comprobante de imputación ejercicio futuro 2027;
Que en act. INFORM 437745/26 interviene la Dirección de Presupuesto Público encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Arts. 9° y 10 del la Ley N° VIII-0253-2025;
Que en act. NOTAMP 981240/26 obra intervención de la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 981932/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado de Decreto del Poder Ejecutivo que autorice las modificaciones presupuestarias propuestas, homologue el convenio mencionado y sus anexos, encuadrando el presente en las disposiciones del Art. 24 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295- MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 171229/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 28 de la Ley N° 26.206, Art. 168, inc. 15 de la Constitución Provincial, Art. 24 inc. f) y g) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2025, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Homologar el Convenio para la Ampliación de las Horas de Clase, Programa: “Hacia la Universalización de la Jornada Completa o Extendida”, suscripto entre la Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano de la Nación, representada por su titular, Dr. Carlos H. Torrendell, por una parte, y, por la otra, el Ministerio de Educación de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. Guillermo Fabián Araujo, obrante en act. DOCEXT 3763209/26.-
Art. 3°.- Implementar en el ámbito del Sistema Educativo Provincial la extensión de la jornada escolar denominada “HORA+”, destinada al Nivel de Educación Primaria, de establecimientos educativos de gestión estatal, conforme los lineamientos del convenio homologado, con el objeto de fortalecer los aprendizajes prioritarios y las trayectorias escolares de los alumnos.-
Art. 4°.- Crear a partir del 1 de abril de 2026, el concepto de carácter no bonificable denominado “EXTENSIÓN HORA+”, cuya asignación corresponderá al cargo testigo de Maestro de Grado de Educación Primaria y al Personal Directivo del mencionado nivel, estableciendo que dicho concepto tendrá carácter cien por ciento (100%) remunerativo para el Personal Directivo, mientras que, para el cargo de Maestro de Grado, su composición como remunerativa y no remunerativa se determinará conforme la situación de revista y la liquidación individual de haberes de cada agente.-
Art. 5°.- Disponer que el Ministerio de Educación, mediante Resolución Ministerial, determinará el personal docente al que le corresponderá la percepción del adicional “EXTENSIÓN HORA+” por la ampliación de la jornada escolar, debiendo comunicarlo a la Dirección de Recursos Humanos a los fines de su liquidación.-
Art. 6°.- Disponer que las erogaciones correspondientes al adicional “EXTENSIÓN HORA+” serán imputadas inicialmente a fuentes de financiamiento sin afectación específica, con carácter transitorio, a fin de garantizar la oportuna liquidación de haberes. Dicha imputación deberá ser regularizada una vez percibidos los fondos con afectación específica, conforme lo previsto en el Artículo siguiente, a fin de garantizar la oportuna liquidación de haberes.-
Art. 7°.- Autorizar a las áreas competentes a que, una vez percibidos los fondos con afectación específica destinados a financiar hasta el ochenta por ciento (80%) de la diferencia salarial correspondiente a los cargos docentes y equipos directivos, conforme lo establecido en el convenio respectivo, procedan a efectuar los ajustes presupuestarios, contables y financieros necesarios para reflejar la ejecución del gasto con dicha fuente de financiamiento.-
Art. 8°.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:
Crear:
1-Recursos de la Administración Central
1- Recursos Corrientes
7- Transferencias Corrientes
8- De la Administración Central Nacional
20-Convenio Programa Hora + $319.366.206,66
Art. 9°.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins Jur U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 14 14 23 3-45 4-27 1 $319.366.206,66
Fuente de Financiamiento: 4-27 – Convenio Programa Hora +
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 14 14 23 1-01 1 $142.709.470,11
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Importe
1 14 10 01 01 1-01 1 $142.709.470,11
Art. 10.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas presupuestarias vigentes:
Ins Jur U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 14 14 23 4-27 1 $319.366.206,66
1 14 14 23 1-01 1 $142.709.470,11
Art. 11.- Imputar al ejercicio futuro año 2027 la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES VEINTICINCO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO CON 59/100 ($154.025.225,59).-
Art. 12.- Disponer que las partidas y recursos, que poseen fuente de financiamiento con afectación específica, por Ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos;
Art. 13.- Disponer la apertura de una cuenta corriente bancaria oficial en el Banco de la Nación Argentina con CUIT 30-67337754-4, a denominarse A-TGP-CONVENIO PROGRAMA HORA +, la cual quedará autorizada a operar con la firma en forma conjunta e indistinta de dos (2) de las siguientes personas:
| NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ | D.N.I. Nº 25.144.115 |
| MARIA EUGENIA SOSA HERRERA | D.N.I. N° 28.838.484 |
| WALTER DANIEL VALENZUELA | D.N.I. N° 14.362.602 |
| CAROLINA DEL VALLE PELLEGRINI | D.N.I. N° 28.184.655 |
Art. 14.- Incorporar la cuenta corriente bancaria oficial indicada en el artículo precedente al Saldo Consolidado del Gobierno de la Provincia de San Luis.
Art. 15.- Autorizar a la Dirección de Finanzas y Recursos a gestionar ante las autoridades del Banco de la Nación Argentina, la apertura de la cuenta corriente bancaria oficial dispuesta en el Art. 13 del presente Decreto.-
Art. 16.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 17.- Notificar a Fiscalía de Estado-.
Art. 18.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Banco de la Nación Argentina, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Presupuesto Público, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Contaduría General de la Provincia.-
Art. 19.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 20.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4043-ME-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3100729/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3764394/26 obran los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, las señoras JOHANA DENICE ONTIVEROS CAROZZO, D.N.I. N° 39.796.556, SILVANA SOLEDAD BRITOS FARFARANA, D.N.I. N° 33.094.853 y YESICA AURORA GEORGINA BAZAN, D.N.I. N° 33.269.394, a los fines de cumplir tareas de Asistencia Pedagógica y Especialista en Lengua en el marco del Proyecto de Alfabetización de la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de abril de 2026 y el 30 de junio de 2026;
Que la cláusula segunda de los Contratos de Servicios de referencia establece la retribución mensual que percibirán las prestadoras de servicios, por todo concepto;
Que en acts. PREV 11350257/26 y 11391694/26 obra comprobantes de imputación preventiva del gasto;
Que en act. NOTAMP 974425/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 974652/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos adjuntos, encuadrando el presente caso en el inc. k)de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, y Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por la aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley N° VIII-0256-2004, asimismo exceptuar del Art. 106 del Decreto N° 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009;
Que en act. DICFIS 170069/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, y Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Exceptuar de las disposiciones del Art. 106 del Decreto N° 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009, a las señoras JOHANA DENICE ONTIVEROS CAROZZO, D.N.I. N° 39.796.556, SILVANA SOLEDAD BRITOS FARFARANA, D.N.I. N° 33.094.853 y YESICA AURORA GEORGINA BAZAN, D.N.I. N° 33.269.394.-
Art. 3º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, las señoras JOHANA DENICE ONTIVEROS CAROZZO, D.N.I. N° 39.796.556, SILVANA SOLEDAD BRITOS FARFARANA, D.N.I. N° 33.094.853 y YESICA AURORA GEORGINA BAZAN, D.N.I. N° 33.269.394, a los fines de prestar servicios conforme a lo especificado en la cláusula primera de los contratos de referencia, en la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2026, obrantes en act. DOCEXT 3764394/26.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 14 11 19 4-48 3 4 9 $8.400.000,00
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Innovación y Planeamiento y, por su intermedio, notificar a las interesadas.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4044-ME-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2170012/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3755425/26, obra el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor GUSTAVO CESAR NAVARRO, D.N.I. N° 22.822.524, con el objeto de prestar servicios consistentes en desarrollo, mantenimiento evolutivo y asistencia a usuarios sobre el Sistema de Junta de Clasificación Docente de la Provincia en la Dirección Gestión Educativa, dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2026;
Que la cláusula novena del Contrato de referencia, establece la retribución mensual que percibirá el prestador de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11326693/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 968437/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 970720/26, Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el modelo de contrato mencionado, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 169291/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuarlo del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor GUSTAVO CESAR NAVARRO, D.N.I. N° 22.822.524, con el objeto de prestar servicios conforme lo establecido en la cláusula primera de contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, obrante en act. DOCEXT 3755425/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 14 17 26 00 1-01 3 4 9 $16.100.000,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio notificar al prestador de servicios.-
Art. 7º.- Hacer saber a Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y a Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4045-ME-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11180769/25, por el cual tramita el traslado definitivo la docente SOL MARIEL GONZALEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3652991/25, obra nota de solicitud de traslado definitivo, por integración de grupo familiar, de la docente SOL MARIEL GONZALEZ , D.N.I. N° 35.460.400, de UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, titular, según Decreto N° 8465-ME-2022, a UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, titular, en la Escuela Especial N° 8 “Subsecretario Jorge Aostri”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, vacante por jubilación de la docente CECILIA PANERO, según Decreto N° 1708-MHIP-2026, (act. DOCEXT 3731574/26);
Que en act. DOCEXT 3652991/25, obra copia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del solicitante, declaración jurada de familiares a cargo, copia del Decreto de titularización N° 8465-ME-2022 y conceptos profesionales docentes 2022, 2023, 2024;
Que en acts. DOCEXT 3732240/26,3739726/26, obra Acta Nº 02-JCD-EE-SL-2026 y Resolución Rectificada Nº 02-JCD-EE-SL-2026, por la cual la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI – sede San Luis, hace lugar a la solicitud de traslado;
Que en act. INFSUM 179874/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1675866/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Hacer lugar al traslado definitivo, por integración de grupo familiar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente SOL MARIEL GONZALEZ , D.N.I. N° 35.460.400, de UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, del Centro Educativo N° 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, titular, según Decreto N° 8465-ME-2022, a UN (1) cargo de Maestra de Grado de Educación Especial, Nivel de Educación Primaria, titular, en la Escuela Especial N° 8 “Subsecretario Jorge Aostri”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, vacante por jubilación de la docente CECILIA PANERO, según Decreto N° 1708-MHIP-2026.-
Art. 2°.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Educación Obligatoria.-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4046-ME-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3160277/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3738293/26, 3738296/26, 3738299/26, 3738302/26, 3738304/26, 3738307/26, 3738309/26 y 3738313/26, obran los contratos de servicios celebrados entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Directora de Educación Obligatoria del Ministerio de Educación Prof. MARIA RAQUEL ACOSTA, D.N.I. N° 24.299.482, por una parte y, por la otra, los señores RAQUEL ESTEFANIA FARIAS, D.N.I. Nº 33.856.998; MÓNICA ALEJANDRA SORIA, D.N.I. N° 26.214.114; CAROLINA CRISTINA SINDONI, D.N.I. Nº 29.621.911; DARIO MARTIN RUANO, D.N.I. N° 28.527.460; JUAN ESTEBAN PEDERNERA, D.N.I. N° 28.838.615; BELEN ARACELI PAEZ ORELLANO, D.N.I. N° 37.639.943; ANDREA ELIANA MUÑOZ, D.N.I. Nº 33.576.858 y SONIA MIRIAM BARROSO, D.N.I. N° 32.617.547, con el objeto de prestar servicios en la Unidad Ejecutora Jurisdiccional del Instituto Nacional de Educación Tecnológica, dependiente del Ministerio de Educación, cumpliendo tareas de apoyo tecnico-pedagógico consistentes en la articulación de recursos educativos con los proyectos curriculares vigentes, supervisión del impacto de los programas federales en la calidad de enseñanza de los establecimientos, entre otras, durante el período comprendido entre el 01 de abril de 2026 y el 30 de junio de 2026;
Que la cláusula segunda de los contratos de referencia, establece la retribución mensual que percibirán los prestadores de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11375338/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL CON 00/100 ($25.152.000,00);
Que en act. NOTAMP 978113/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 978485/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos mencionados, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 8-MHIP-2025 y 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 170721/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004 modificado por el Decreto N° 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Directora de Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, Prof. MARIA RAQUEL ACOSTA, D.N.I. N° 24.299.482, por una parte y, por la otra, los señores RAQUEL ESTEFANIA FARIAS, D.N.I. Nº 33.856.998; MÓNICA ALEJANDRA SORIA, D.N.I. N° 26.214.114; CAROLINA CRISTINA SINDONI, D.N.I. Nº 29.621.911; DARIO MARTIN RUANO, D.N.I. N° 28.527.460; JUAN ESTEBAN PEDERNERA, D.N.I. N° 28.838.615; BELEN ARACELI PAEZ ORELLANO, D.N.I. N° 37.639.943; ANDREA ELIANA MUÑOZ, D.N.I. Nº 33.576.858; y SONIA MIRIAM BARROSO, D.N.I. N° 32.617.547, a los fines de prestar servicio en la Unidad Ejecutora Jurisdiccional del Instituto Nacional de Educación Tecnológica, dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de abril de 2026 y el 30 de junio de 2026, conforme a lo especificado en la cláusula primera de los contratos de referencia, obrante en acts. DOCEXT 3738293/26, 3738296/26, 3738299/26, 3738302/26, 3738304/26, 3738307/26, 3738309/26 y 3738313/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 14 14 23 01 4-26 3 4 9 $25.152.000,00.-
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Educación Técnica, por su intermedio notificar a los interesados.-
Art. 7º.- Hacer saber a Dirección Educación Obligatoria Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4126-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4150293/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente TANIA YAMILA MANZUR, D.N.I. Nº 30.012.882, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3759562/26, obra copia de Decreto de designación Nº 3432-MHP-2021, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3760311/26;
Que en act. INFSUM 180131/26, toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3762162/26 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar y presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente TANIA YAMILA MANZUR, D.N.I. Nº 30.012.882, en CUATRO (4) horas cátedra de Sistema de Información Contable, en 6to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 9 “Doctor Esteban Adaro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4127-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4101224/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente LORENA DEL CARMEN MOLINA, D.N.I. Nº 27.167.011, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3755658/26, obra copia de Decreto de designación Nº 1961-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3760598/26;
Que en act. INFSUM 180128/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3762263/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar y presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente LORENA DEL CARMEN MOLINA, D.N.I. Nº 27.167.011, en UN (1) cargo de Maestra de Grado Jornada Completa, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4128-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3031279/26, por el cual tramita el relevo de funciones de la docente VIVIANA LORENA GRIPPO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3732393/26 la Dirección de la Escuela Nº 445 “Pueblo Comechingón”, solicita relevo de funciones de la docente VIVIANA LORENA GRIPPO, D.N.I. Nº 23.573.690, de UN (1) cargo de Maestra de Grado, carácter interino, en el Centro Educativo Nº 18 “Cesar Rosales”, de la localidad de San Martín, departamento Libertador General San Martín, Región Educativa V, según Decreto Nº 3771-MHyOP-2015, para cumplir funciones en la Escuela Nº 445 “Pueblo Comechingón”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, Región Educativa IV;
Que en act. NOTEDU 3739096/26, la Dirección Educación Obligatoria presta conformidad a lo solicitado;
Que en acts DOCEXT 3732393/26 y 3752901/26, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto Nº 3771-MHyOP-2015;
Que en act. INFSUM 179962/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no posee sumario administrativo alguno;
Que en act. PASEDU 3752950/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Relevar de funciones, a partir de la fecha del presente Decreto hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, a la docente VIVIANA LORENA GRIPPO, D.N.I. Nº 23.573.690, de UN (1) cargo de Maestra de Grado, carácter interino, en el Centro Educativo Nº 18 “Cesar Rosales”, de la localidad de San Martín, departamento Libertador General San Martín, Región Educativa V, según Decreto Nº 3771-MHyOP-2015, para cumplir funciones en la Escuela Nº 445 “Pueblo Comechingón” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, Región Educativa IV.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines que correspondan.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Subdirección Recursos Humanos Docentes, Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio a los establecimientos educativos correspondientes.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4129-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3270534/26, por el cual se tramita la reubicación definitiva de la docente MARIA ESTELA AVILA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3742837/26, obra planilla de reubicación definitiva de la docente MARIA ESTELA AVILA, D.N.I. Nº 29.941.306, de OCHO (8) horas cátedra titulares de Filosofía, (4 hs. en 6to. año 1ra. división y 4 hs. en 6to. año 2da. división), Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 3672-ME-2022, en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, a SEIS (6) horas cátedra titulares de Filosofía, (3 hs. en 4to. año 1ra. división y 3 hs. en 4to. año 2da. división), Orientación Ciencias Naturales y DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación según Decreto Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 5739-ME-2022 y 19573-ME-2025, (acts. DOCEXT 3742843/26 y 3756528/26);
Que en act. DOCEXT 3742837/26 obran copias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de la docente a reubicar;
Que en act. DOCEXT 3742847/26 obra Resolución Nº 006-JCD-IIyIII-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente - sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación de la docente de referencia;
Que en act. INFSUM 179982/26, obra informe de la Dirección Sumarios Administrativos indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1677889/26 interviene Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reubicar definitivamente a la docente MARIA ESTELA AVILA, D.N.I. Nº 29.941.306, de OCHO (8) horas cátedra titulares de Filosofía, (4 hs. en 6to. año 1ra. división y 4 hs. en 6to. año 2da. división), Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 3672-ME-2022, en el Centro Educativo Nº 9 “Doctor Juan Llerena”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, a SEIS (6) horas cátedra titulares de Filosofía, (3 hs. en 4to. año 1ra. división y 3 hs. en 4to. año 2da. división), Orientación Ciencias Naturales y DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación según Decreto Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021, 5739-ME-2022 y 19573-ME-2025.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines que correspondan.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes, Subdirección Educación Secundaria y, por su intermedio a los establecimientos educativos correspondiente.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4130-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11140968/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3755384/26 obran Decreto Nº 4815-ME-2018 y Decreto Nº 4013-ME-2023, por los cuales se implementaron Concursos de Ascensos Definitivos de Títulos, Méritos y Antecedentes cerrado a la institución, para Auxiliares de Nivel Inicial que revistan carácter titular, a los efectos de acceder al cargo de Maestro de Nivel Inicial, en el caso de producirse una vacante;
Que en act. DOCEXT 3651957/25 obra copia del Decreto Nº 18672-ME-2025, mediante el cual se le acepta la renuncia a la docente SUSANA BEATRIZ BARROSO, D.N.I. Nº 22.140.590, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial titular, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I;
Que en acts. DOCEXT 3757486/26 y 3735337/26 obra orden de mérito de Docentes Auxiliares titulares, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, debidamente notificado y Acta Nº 40-2026 de ofrecimiento de cargo, de fecha 16 de Marzo de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, con carácter interino, a la docente AQUILINA ISAURA ALMANZA MENECES, D.N.I. Nº 18.733.783, quien acepta el respectivo cargo;
Que en act. DOCEXT 3735337/26, obra nota por la cual la docente AQUILINA ISAURA ALMANZA MENECES, solicita licencia por cargo mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, carácter titular, según Decreto Nº 11179-ME-2023 de la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos”, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I;
Que en act. INFSUM 179904/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 435988/26 la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 436166/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 974656/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 436166/26;
Que en act. PASEDU 3760249/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 de su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 2º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente AQUILINA ISAURA ALMANZA MENECES, D.N.I. Nº 18.733.783, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, carácter interino, por ascenso jerárquico, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 3º.-Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente AQUILINA ISAURA ALMANZA MENECES, D.N.I. Nº 18.733.783, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, carácter titular, según Decreto Nº 11179-ME-2023 de la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos”, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Nivel Inicial y, por su intermedio, al establecimiento Educativo correspondiente.-
Art. 7º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4131-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10200794/25 mediante el cual el Instituto Superior de Seguridad Pública “Coronel Juan Pascual Pringles”, solicita cuarta instancia de reválida de cargo docente en el marco del Decreto Nº 4839-ME-2016 modificado por Decreto Nº 4131-ME-2018, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1903699/25 el Instituto Superior de Seguridad Pública “Coronel Juan Pascual Pringles”, solicita se autorice la cuarta instancia de reválida de cargo docente por el término de cinco (5) años, de la Profesora MARCELA BELEN PICCA, D.N.I. Nº 24.681.277, designada en tercera instancia de reválida de cargo docente mediante Decreto Nº 5152-ME-2021 (act. DOCEXT 1903658/25);
Que mediante Decreto Nº 4839-ME-2016 (act. DOCEXT 1903643/25 modificado por Decreto Nº 4131-ME-2018 (act. DOCEXT 1903644/25), se procedió a unificar el procedimiento de reválida de cargos para los docentes del Instituto Superior de Seguridad Pública “Coronel Juan Pascual Pringles”;
Que en act. INFORM 433260/26 la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes informa el costo presupuestario que demanda la presente designación y en act. INFORM 433648/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 963974/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria obrante en act. INFORM 433648;
Que en act. DOCEXT 3700902/26 obra Resolución Nº 136-DESyCD-2025, mediante la cual se conformó el Jurado Evaluador y se estableció el cronograma a los efectos de iniciar el proceso de reválida de cargo docente;
Que en act. DOCEXT 1967112/25 obra Acta de reválida de cargo docente, cumplimentada por el jurado designado;
Que en act. NOTAMP 970285/26 la Asesoría Legal del Ministerio de Educación informa que corresponde encuadrar el presente en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, en el Art. 15 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, en la Ley Nº V-0524- 2006, Decreto Nº 4839-ME-2016 modificado por Decreto Nº 4131-ME-2018, Decreto Nº 4374-ME-2021, Resolución Nº 75-ISSP-2025 y Resolución Nº 135-DESyCD-2025;
Que en act. NOTAMP 972371/26 la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente informa que corresponde dictar el instrumento legal pertinente, designando a la Profesora MARCELA BELEN PICCA, a partir del 14 de diciembre de 2025 y por el término de cinco (5) años, debiendo someterse cuando así corresponda a la quinta instancia de reválida de cargo docente dispuesta por Decreto Nº 4839-ME-2016 modificado por Decreto Nº 4131-ME-2018 y Decreto Nº 4374-ME-2021;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las previsiones contenidas en el Art. 37 de la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, en el Art. 15 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521, en la Ley Nº V-0524- 2006, Decreto Nº 4839-ME-2016 modificado por Decreto Nº 4131-ME-2018, Decreto Nº 4374-ME-2021, Resolución Nº 75-ISSP-2025 y Resolución Nº 135-DESyCD-2025.-
Art. 2º.-Designar por cuarta instancia de reválida de cargo docente, a partir del 14 de diciembre de 2025 y por el término de cinco (5) años, a la Profesora MARCELA BELEN PICCA, D.N.I. Nº 24.681.277, en el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos, para el espacio curricular “Educación Física y Defensa Personal II”, correspondiente a la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública orientada a la Formación de Agentes Penitenciarios, con una carga horaria de doce (12) horas reloj, en el marco de lo dispuesto por Decreto Nº 4839-ME-2016 modificado por Decreto Nº 4131-ME-2018, de acuerdo con el Acta de reválida de cargo docente obrante en act. DOCEXT 1967112/25 en el Instituto Superior de Seguridad Pública “Coronel Juan Pascual Pringles”.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INST. SUP. DE SEGURIDAD PÚBLICA DE LA PROVINCIA-RECTORADO:
Inst. Jur. U.E. F.F. C.P. Inc.
1 17 17 1-01 24 1
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Educación Superior y Capacitación Docente, a sus efectos.-
Art. 5º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto Superior de Seguridad Pública “Coronel Juan Pascual Pringles” y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4132-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11251145/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3761588/26 obra copia del Decreto Nº 2547-MHIP-2025, mediante la cual se acepta la renuncia por jubilación a la docente SILVIA CRISTINA RITTANO, D.N.I. Nº 17.671.786, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Inicial y Primaria, titular (en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía) y en act. DOCEXT 3657441/25 obra copia del Decreto Nº 19147-ME-2025, por el cual se le acepta la renuncia por razones particulares a la docente JULIA ELENA NIEVAS, D.N.I. Nº 20.447.410, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, carácter suplente, ambos cargos en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero” de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3717532/26 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V - sede Concarán y en act. DOCEXT 3736966/26 obra Acta Nº 01/2026 de ofrecimiento de cargo de fecha 17 de marzo de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, por compulsa de antecedentes, carácter interino, a la docente MONICA ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 22.032.005, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3736955/26 obra nota por la cual la docente MONICA ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 22.032.005, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto Nº 5018-ME-2025 en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero” de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, Región Educativa IV;
Que en act. INFSUM 179923/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 436437/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 436466/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 975328/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 436466/26;
Que en act. PASEDU 3765311/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 2º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MONICA ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 22.032.005, en UN (1) cargo de Secretaria, Nivel de Educación Primaria, por compulsa de antecedentes, carácter interino, en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero” de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 3º.-Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente MONICA ALEJANDRA TORRES, D.N.I. Nº 22.032.005, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, titular según Decreto Nº 5018-ME-2025 en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero” de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Supervisión Region Educativa IV, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4133-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11121105/25, por el cual se tramita reubicación definitiva de la docente ANALIA ANGELICA VILAR SIERRA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3648214/25, obra nota de solicitud de reubicación definitiva de la docente ANALIA ANGELICA VILAR SIERRA, D.N.I. Nº 32.091.909, de NUEVE (9) horas cátedra titulares de Lengua Extranjera Inglés (3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 2do. año 3ra. división), según Decreto Nº 19255-ME-2025, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a CUATRO (4) horas cátedra (3 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 2do. año 1ra división, CUATRO (4) horas cátedra (3 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 2do. año 2da. división y CUATRO (4) horas cátedra (3 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 2do. año 3ra. división, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación según Decreto Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2022 y 3436-ME-2022;
Que en acts. DOCEXT 3648214/25 y 3703690/26, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de titularización Nº 19255-ME-2025;
Que en act. INFORM 435986/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario correspondiente y en act. INFORM 436168/26, detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 974672/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la partida presupuestaria informada en act. INFORM 436168/26;
Que en act. DOCEXT 3739168/26, obra Resolución Nº 4-JCD-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 179773/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1677373/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reubicar definitivamente a la docente ANALIA ANGELICA VILAR SIERRA, D.N.I. Nº 32.091.909, de NUEVE (9) horas cátedra titulares de Lengua Extranjera Inglés (3 hs. en 2do. año 1ra. división, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 2do. año 3ra. división), según Decreto Nº 19255-ME-2025, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a CUATRO (4) horas cátedra (3 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 2do. año 1ra división, CUATRO (4) horas cátedra (3 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés en 2do. año 2da. división y CUATRO (4) horas cátedra (3 hs. titulares y 1 hs. interina de incremento) de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 2do. año 3ra. división, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación según Decreto Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2022 y 3436-ME-2022.-
Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA:
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-
Art. 4º.-Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Educación Secundaria y, por su intermedio al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4134-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4011153/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente YANINA DEBORA MIRANDA, D.N.I. Nº 30.754.902, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en el Centro Educativo Nº 28 “Doctor Rene Favaloro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3753736/26, obra copia de Decreto de designación Nº 8054-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3758482/26;
Que en act. INFSUM 180120/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3760882/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar y presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente YANINA DEBORA MIRANDA, D.N.I. Nº 30.754.902, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 28 “Doctor Rene Favaloro”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4135-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-9080546/25, y;
CONSIDERANDO:
Que corresponde analizar la solicitud de reubicación propuesta para el personal docente del Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, por implementación de la estructura curricular aprobada por Decreto Nº 3795-ME-2021, obrante en act. DOCEXT 3584513/25, para la Educación Secundaria de Adultos de la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3584513/25, obra Decreto Nº 5525-ME-2022, mediante el cual se modificó la Planta Orgánica Funcional del citado establecimiento educativo;
Que en acts. DOCEXT 3724451/26 (adjuntos) y 3725587/26, obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;
Que en act. DOCEXT 3584533/25, obra Resolución Nº 026-JCD-VM-25, por la cual Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en acts. INFSUM 179388/25 y 179389/25, obran informes de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que los docentes de referencia no registran sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1679669/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reubicar definitivamente al personal docente del Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:
ADRIANA VANESA VALLICA, D.N.I. Nº 22.422.711, docente de CUATRO (4) horas cátedra titulares de Economía, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Estados Contables, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración y CUATRO (4) horas cátedra titulares de Proyecto y Gestión de Microemprendimiento, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 4496-ME-2014, quien se encuentra en uso de licencia por cambio de funciones por razones de salud, según EXP/NOA 11051361/24.
A partir del ciclo lectivo 2024: en DOS (2) horas cátedra titulares de Administración de Recursos Humanos, en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Gestión y Cálculo Financiero, en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Microemprendimientos, en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos y DOS (2) horas cátedra titulares de Tutoría.
DIEGO ALBERTO GOMEZ, D.N.I. Nº 33.867.810, suplente de la docente titular ADRIANA VANESA VALLICA, en CUATRO (4) horas cátedra de Estados Contables, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 6195-ME-2019
A partir del ciclo lectivo 2024: en CUATRO (4) horas cátedra suplentes de Gestión y Cálculo Financiero, en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos.
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Subdirección Recursos Humanos Docentes.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4136-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4130260/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente DAIANA AYELEN CABRERA ALOSI, D.N.I. Nº 34.182.666, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3756142/26, obra copia de Decreto de cambio de situación de revista Nº 4413-MHP-2023, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3760381/26;
Que en act. INFSUM 180134/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3762142/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar y presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente DAIANA AYELEN CABRERA ALOSI, D.N.I. Nº 34.182.666, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4137-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3090746/26, por el cual se tramita reubicación definitiva de la docente VERONICA EDITTA LAMANNA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3745157/26, obra nota de solicitud de reubicación definitiva de la docente VERONICA EDITTA LAMANNA, D.N.I. Nº 28.926.268, de TRES (3) horas cátedra interinas de Lengua Extranjera - Inglés, en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 6179-ME-2019, en el Centro Educativo Nº 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad El Trapiche, departamento Coronel Pringles, a TRES (3) horas cátedra interinas de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 4to. año 2da. división, Nivel de Educación Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decreto Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 3225 -ME-2022 (act. DOCEXT 3745157/26);
Que en act. DOCEXT 3745157/26 obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de designación Nº 6179-ME-2019;
Que en act. DOCEXT 3745161/26 obra Resolución Nº 144-JCD-2026, por la cual Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 179980/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1678465/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reubicar definitivamente a partir del presente Decreto, a la docente VERONICA EDITTA LAMANNA, D.N.I. Nº 28.926.268, de TRES (3) horas cátedra interinas de Lengua Extranjera - Inglés, en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 6179-ME-2019, en el Centro Educativo Nº 5 “Senador Alfredo Bertín”, de la localidad El Trapiche, departamento Coronel Pringles, a TRES (3) horas cátedra interinas de Lengua y Cultura Extranjera: Inglés, en 4to. año 2da. división, Nivel de Educación Secundario, en el mismo establecimiento educativo, vacantes por creación, según Decreto Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 3225-ME-2022.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos y Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4138-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4120019/26, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente MYRIAM JACQUELINE LUCERO, D.N.I. Nº 33.133.366, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 270 “Alejandro del Carmen Bazan”, de la localidad de Juan Llerena, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3755770/26, obra copia de Decreto de designación Nº 3272-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3756953/26;
Que en act. INFSUM 180107/26, toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3760014/26, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar y presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MYRIAM JACQUELINE LUCERO, D.N.I. Nº 33.133.366, en UN (1) cargo de Maestra de Grado 3er. Ciclo Rural, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 270 “Alejandro del Carmen Bazan”, de la localidad de Juan Llerena, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4139-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12030723/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3760973/26 obran Decreto Nº 4815-ME-2018 y Decreto Nº 4013-ME-2023, por los cuales se implementaron Concursos de Ascensos Definitivos de Títulos, Méritos y Antecedentes cerrado a la institución, para Auxiliares de Nivel Inicial que revistan carácter titular, a los efectos de acceder al cargo de Maestro de Nivel Inicial, en el caso de producirse una vacante;
Que en act. DOCEXT 3665354/25 obra copia del Decreto Nº 19147-ME-2025, mediante el cual se acepta la renuncia a la docente GABRIELA ALEJANDRA MANSILLA, D.N.I. Nº 23.253.091, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, titular, de la Escuela Nº 398 “Justo Daract” de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, Región Educativa IV;
Que en act. DOCEXT 3714524/26 obra orden de mérito de Docentes Auxiliares titulares, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, debidamente notificado y en act DOCEXT 3756798/26 obra Acta Nº 3-2026 de ofrecimiento de cargo, de fecha 16 de marzo de 2026, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, con carácter interino, a la docente NATALIA DEOLINDA BAIGORRIA, D.N.I. Nº 28.242.487, quien acepta el respectivo cargo;
Que en act. DOCEXT 3741286/26, obra nota por la cual la docente NATALIA DEOLINDA BAIGORRIA, renuncia a UN (1) cargo de Maestra Auxiliar de Nivel Inicial, titular, según Decreto Nº 2981-MHyOP-2015, en la Escuela Nº 398 “Justo Daract” de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junin, Región Educativa IV;
Que en act. INFSUM 180108/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 436005/26 la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 436164/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 974573/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 436164/26;
Que en act. PASEDU 3760980/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 de su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia por razones particulares presentada por la docente NATALIA DEOLINDA BAIGORRIA, D.N.I. Nº 28.242.487 a UN (1) cargo de Maestra Auxiliar de Nivel Inicial, titular, según Decreto Nº 2981-MHyOP-2015, en la Escuela Nº 398 “Justo Daract” de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, Región Educativa IV.-
Art. 2º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 3º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente NATALIA DEOLINDA BAIGORRIA, D.N.I. Nº 28.242.487, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, carácter interino, por ascenso jerárquico, en la Escuela Nº 398 “Justo Daract” de la ciudad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, Región Educativa IV.-
Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines correspondientes.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Nivel Inicial y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4140-ME-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2260212/26, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8-ME-2026 de fecha 15 de enero de 2026, obrante en act. DEC 8/26, se prorrogó a partir del 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, la vigencia de los contratos de prestación de servicios del personal del escalafón general del Ministerio de Educación;
Que se hace necesario prorrogar la vigencia de los contratos de prestación de servicios a partir del 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026;
Que en acts. PASEDU 3724994/26, 3725100/26 y NOTEDU 3736283/26 la Dirección Educación Obligatoria eleva listado de prórroga de la vigencia de los contratos de prestación de servicios del personal que cumple sus funciones en dependencias de la misma, como así también informe de bajas por motivos de inasistencias, fallecimiento y jubilación;
Que en act. DOCEXT 3725310/26 (adjuntos), obran las solicitudes de prórroga de los contratos de prestación de servicios del personal que presta servicios en dependencias del Ministerio de Educación;
Que en act. DOCEXT 3734320/26 obra informe de la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública referido a las inasistencias de agentes;
Que en act. NOTEDU 3728134/26 interviene el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, elevando el detalle del personal contratado del escalafón general que presta real y efectivo servicio en las dependencias del Ministerio a su cargo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar, a partir del 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026, la vigencia de los contratos de prestación de servicios del personal que a continuación se detalla y en las dependencias que se indican:
|
MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LEDESMA, LUCAS FEDERICO |
31.343.103 |
8-ME-2026 |
|
TULIAN, MONICA BEATRIZ |
16.839.564 |
8-ME-2026 |
|
ILLANES, ALIANA |
21.658.526 |
8-ME-2026 |
|
JUNTA CLASIFICACION DOCENTE |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DOMINGUEZ, CINTHIA PAOLA |
30.510.320 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, SANDRA LORENA |
27.362.859 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, CLAUDIA CECILIA |
22.140.691 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, MARIA ALEJANDRA |
22.190.771 |
8-ME-2026 |
|
GUERRERO, ARIANA BELEN |
27.054.765 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, ELSA ESTER |
25.585.072 |
8-ME-2026 |
|
URQUIZA, SUSANA MARISEL |
24.153.591 |
8-ME-2026 |
|
UNIVERSIDAD PROVINCIAL DE OFICIOS “EVA PERON” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MERCADO, GIMENA JESUS |
36.632.774 |
8-ME-2026 |
|
AGUIRRE, SILVIA ADRIANA |
25.394.694 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, ALICIA BEATRIZ |
21.741.085 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, ROBERTO CARLOS |
28.826.273 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, ALICIA |
22.697.518 |
8-ME-2026 |
|
ASESORÍA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GARAY HECTOR EDUARDO |
18.051.974 |
8-ME-2026 |
|
DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA ESCOLAR |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORANZO, MARCELO VICTOR |
25.233.197 |
8-ME-2026 |
|
ZAVALA, MARIO ANTONIO |
25.700.311 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, SANDRA NOEMÍ |
20.134.130 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MIRIAM LILIANA |
22.335.692 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, FLAVIA VERONICA |
25.854.036 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, GABRIELA YANINA |
30.754.979 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, LILIAN BEATRIZ |
26.941.538 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, MARIELA ALEJANDRA |
27.394.018 |
8-ME-2026 |
|
ALANIS, PATRICIO NICOLAS |
30.280.885 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MATIAS NICOLAS |
39.394.100 |
8-ME-2026 |
|
BLANCO, MARCELINO YSIDRO |
16.772.717 |
8-ME-2026 |
|
CHIRINO, ALFREDO GABRIEL |
28.184.814 |
8-ME-2026 |
|
CUELLO, WILSON DAVID |
41.221.986 |
8-ME-2026 |
|
GARCIA, FRANCO RODRIGO |
29.821.759 |
8-ME-2026 |
|
GIL, FRANCISCO ADRIAN |
40.319.302 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, PABLO DAVID |
38.752.544 |
8-ME-2026 |
|
GONDAR, LUCAS GABRIEL |
38.221.526 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JORGE MARTIN |
27.932.660 |
8-ME-2026 |
|
LEDESMA, MARIANO CEFERINO |
20.136.270 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, LEANDRO NAHUEL |
37.599.713 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, SERGIO ALEJANDRO |
44.738.309 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, OSCAR DANIEL |
40.937.628 |
8-ME-2026 |
|
TORO, RUBEN DANTE |
22.968.617 |
8-ME-2026 |
|
TORRES MUÑOZ, GABRIELA VERONICA |
35.315.189 |
8-ME-2026 |
|
DIRECCIÓN GESTIÓN ESCUELAS PRIVADAS Y AUTOGESTIONADAS |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GONZALEZ, PAMELA FABIANA |
33.924.100 |
8-ME-2026 |
|
PÉREZ, CLAUDIA PAOLA |
23.285.033 |
8-ME-2026 |
|
DIRECCION DE INNOVACION Y PLANEAMIENTO |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ESPINOZA PORTOCARRERO, MICXI SUSAN |
94.592.824 |
8-ME-2026 |
|
INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA – IFDC SAN LUIS |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGÜERO, CARMEN BEATRIZ |
30.029.711 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, MIGUEL SENES |
12.451.619 |
8-ME-2026 |
|
BRITOS, JUAN CARLOS |
14.296.322 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, MAIRA ANABEL |
33.757.377 |
8-ME-2026 |
|
DE LA VEGA, ALEJANDRA BARBARA |
27.632.715 |
8-ME-2026 |
|
ESPEJO, DARIO JAVIER |
26.213.580 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, MARIA DE LAS MERCEDES |
18.581.629 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, MYRIAM MAGDALENA |
18.469.401 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, FERNANDO CEFERINO |
17.953.186 |
8-ME-2026 |
|
MAGALLANES, JOSE CRISTOBAL |
13.259.688 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, FROILAN ARIEL |
22.140.730 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, JESUS BIANNEY |
14.144.213 |
8-ME-2026 |
|
MORA, JULIO EDGAR |
22.786.373 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, DIEGO FERNANDO |
27.932.309 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, JUAN CARLOS |
20.413.843 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, MARIANELLA |
25.964.758 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, OSMAR NOES |
17.858.143 |
8-ME-2026 |
|
SESMILO, JUAN ALBERTO |
14.448.859 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, RAMONA ESTHER |
20.414.270 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUE, NELLY JUDITH |
20.134.149 |
8-ME-2026 |
|
INSTITUTO DE FORMACIÓN DOCENTE CONTINUA – IFDC VILLA MERCEDES |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALBELO, JUAN ALEJANDRO |
28.591.916 |
8-ME-2026 |
|
FREDES, CEFERINO |
24.242.857 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, MIRTA ELENA |
14.035.208 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, PATRICIA NANCY |
28.926.315 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, DIEGO FABIAN |
32.012.498 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, GABRIEL FEDERICO |
28.960.623 |
8-ME-2026 |
|
ROCHA, CARLOS ALBERTO |
20.326.681 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, LUIS ENRIQUE |
14.497.883 |
8-ME-2026 |
|
VARGAS, ALDO FABIO |
18.449.060 |
8-ME-2026 |
|
DIRECCIÓN GESTION EDUCATIVA |
||
|
APELLIDO, NOMBRE |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AMIEVA, BETTINA SOLEDAD |
30.613.262 |
8-ME-2026 |
|
BRITOS, PRISCILA ABIGAIL |
38.438.427 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO QUIROGA, YESICA ANTONELLA |
34.877.495 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, ANALIA MAGDALENA |
22.376.942 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, ROXANA CELESTE |
28.926.020 |
8-ME-2026 |
|
VILLA, NOELIA GUADALUPE |
37.640.937 |
8-ME-2026 |
|
PASTORE, YANINA VALERIA |
30.764.831 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO ESTER SILVINA |
28.246.571 |
8-ME-2026 |
|
SUBDIRECCIÓN REGISTRO Y FISCALIZACIÓN DE TÍTULOS |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SOSA PELLEGRINO, IVANA LORENA ELIZABETH |
30.244.034 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA MARIA BELEN |
27.136.272 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO TÉCNICO DE APOYO AL APRENDIZAJE “CETAAP” - VILLA MERCEDES |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GALLI, CECILIA |
26.933.580 |
8-ME-2026 |
|
DIRECCIÓN COMUNIDAD EDUCATIVA |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OGA VICTOR HUGO |
28.838.140 |
8-ME-2026 |
|
DIRECCIÓN EDUCACIÓN OBLIGATORIA |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SALFATE ESPINOZA, AMADA TABITA |
92.352.643 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, MARIA ALEJANDRA |
28.826.283 |
8-ME-2026 |
|
LIZARRAGA, GILDA YANINA |
28.838.566 |
8-ME-2026 |
|
CORTEZ, AZUCENA HILDA |
16.839.805 |
8-ME-2026 |
|
PONCE, DOLORES DEOLINDA |
25.565.822 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, MARIA BELEN |
37.132.474 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, DANIEL ESTANISLAO |
13.721.052 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, YANINA YANET |
37.132.667 |
8-ME-2026 |
|
CELAN, ALEJANDRA ANALIA |
29.512.237 |
8-ME-2026 |
|
SUBDIRECCIÓN EDUCACIÓN INICIAL |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORREZ, ALEJANDRA BEATRIZ |
20.133.617 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, MARIA CECILIA |
30.007.198 |
8-ME-2026 |
|
SUBDIRECCIÓN EDUCACIÓN PRIMARIA |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GITTO, VALERIA NATALIA |
28.491.541 |
8-ME-2026 |
|
SUBDIRECCIÓN EDUCACIÓN RURAL |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FUNES, MARIA ALEJANDRA |
24.719.111 |
8-ME-2026 |
|
SUBDIRECCIÓN MODALIDAD JÓVENES Y ADULTOS |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ECHEVERRY, MONICA BEATRIZ |
18.447.547 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 1 “MAESTRAS LUCIO LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
IBAÑEZ, RUTH ELIZABETH |
32.094.363 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 1 “JUAN PASCUAL PRINGLES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LOPEZ, MONICA BEATRIZ |
22.445.380 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, LAURA BEATRIZ |
22.543.017 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MIGUEL ANGEL |
22.852.553 |
8-ME-2026 |
|
REQUELME, MARIA INES |
23.253.072 |
8-ME-2026 |
|
NACIF, PAOLA EVELYN |
23.416.512 |
8-ME-2026 |
|
ESTRADA CASTRO, JESUS FERNANDO |
94.111.318 |
8-ME-2026 |
|
SILVA JAIME, JOVITA |
21.943.840 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, DIEGO FERNANDO |
20.050.173 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, ROQUE RAMON |
14.005.856 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, ANTONIA ALICIA |
16.631.870 |
8-ME-2026 |
|
ABARCA, ANDRES ALBERTO |
24.681.115 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, ROCIO BELEN |
39.531.815 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, MICAELA HERMINIA |
29.036.604 |
8-ME-2026 |
|
LEYES, RAMON ANIBAL |
17.646.270 |
8-ME-2026 |
|
ORREGO, RAMONA ANA |
22.770.884 |
8-ME-2026 |
|
MATTUOS, ANA GRACIELA |
27.135.899 |
8-ME-2026 |
|
BARLOA, CRISTINA ANALIA |
33.757.370 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, MARIS NORMA |
12.929.965 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, MARIA DE LOS ANGELES |
29.522.361 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, MARIA JOSE |
25.565.929 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, ADRIANA ELIZABETH |
31.092.862 |
8-ME-2026 |
|
HERRERA, ADRIANA NANCI |
23.947.111 |
8-ME-2026 |
|
CHAVEZ, PAMELA YESICA |
31.365.755 |
8-ME-2026 |
|
RAMIREZ, JORGE RAMON |
23.707.539 |
8-ME-2026 |
|
MASTANDREA, ROMINA PAOLA |
29.691.677 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, SALUSTIANO REINERIO |
14.144.633 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 1 “ELENA OSSOLA DE HORAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ORELLANO, MARTA PAULINA |
20.193.907 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ADRUBAL NEFTALI |
14.821.103 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, MARIA ISABEL |
16.213.257 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, MARIA INES |
22.477.762 |
8-ME-2026 |
|
PONCE, SABINA ISABEL |
24.361.045 |
8-ME-2026 |
|
GARCIA, LILIANA ANDREA |
27.907.311 |
8-ME-2026 |
|
BENITEZ, IVANA MARIEL |
29.397.839 |
8-ME-2026 |
|
BARRIO, FLAVIA GISELA |
30.795.604 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 1 “JUAN CRISÓSTOMO LAFINUR” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ORTIGOSA, IRMA EDITH |
21.910.479 |
8-ME-2026 |
|
PARDO, JUANA AIDA |
22.140.626 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, LUISA KARINA |
26.320.645 |
8-ME-2026 |
|
MUGNOS, MARIA ISABEL |
33.094.003 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, ANGEL DARIO |
24.779.774 |
8-ME-2026 |
|
CASTILLO, JORGE FEDERICO |
28.184.602 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA SECUNDARIA DE ARTE Nº 1 “PROFESOR GASPAR DI GENNARO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PUERTAS, NATALIA ELIZABETH |
27.394.684 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, KARINA |
27.918.818 |
8-ME-2026 |
|
BARRERA, MARIA DOLORES |
22.786.432 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL Nº 1 “DOCTORA CAROLINA TOBAR GARCÍA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TAPIA, RUTH ELIZABETH |
30.896.805 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, DALINDA ROSA |
14.144.055 |
8-ME-2026 |
|
SEPULVEDA, ERNESTO ESTEBAN |
16.051.163 |
8-ME-2026 |
|
VEGA, EMILIA ANDREA |
34.060.159 |
8-ME-2026 |
|
VEGA, JORGE ALBERTO |
13.290.948 |
8-ME-2026 |
|
CENTURION, GABRIEL OSVALDO |
22.153.276 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Nº 1 “OTTO KRAUSE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VIDELA, HUGO RICARDO |
21.630.887 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, HUGO GASTON |
25.166.039 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 2 “REMEDIOS ESCALADA DE SAN MARTÍN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DUCHEN CONDORI, MIGUEL |
92.624.948 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 2 “BERNARDINO RIVADAVIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FUNES, SERGIO HERNAN |
20.382.075 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ DOLMAN, PAOLA ROXANA |
27.932.320 |
8-ME-2026 |
|
KAIRUZ, RAUL OSCAR |
21.936.021 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, MARIO RAFAEL |
20.413.971 |
8-ME-2026 |
|
IBAÑEZ, LAURA ISABEL |
27.093.672 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, CLAUDIA VANESA |
32.855.395 |
8-ME-2026 |
|
FLORES, ANDREA AZUCENA |
31.542.785 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, NORMA EDITH |
25.835.063 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, ROSA TERESA |
21.897.888 |
8-ME-2026 |
|
VEGA, NORMA LORENZA |
16.472.199 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 2 “JUAN ESTEBAN PEDERNERA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DEVIA, LUISA MATILDE |
22.712.438 |
8-ME-2026 |
|
LUJAN, ELBA GRACIELA |
16.133.048 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 2 “PAULA DOMÍNGUEZ DE BAZÁN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MALDONADO, EDGARDO FERNANDO |
17.768.494 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, ESTER GREGORIA |
22.445.313 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, MABEL YOLANDA |
23.910.769 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, MARIA ESTER |
24.323.117 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, JOSE CEFERINO |
25.166.179 |
8-ME-2026 |
|
DAGFAL, MARIA SUSANA |
26.341.286 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, CARLA ANALIA |
27.136.029 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, JESSICA IVANA |
28.926.007 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, RAMON |
10.945.051 |
8-ME-2026 |
|
IRUSTA, NATALIA ISABEL |
25.565.135 |
8-ME-2026 |
|
SORIA, PATRICIA VERONICA |
28.091.149 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA SECUNDARIA DE ARTE Nº 2 “NICOLÁS ANTONIO DE SAN LUIS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TULIAN, GLADYS JUDITH |
16.117.589 |
8-ME-2026 |
|
LEFEÑIR, IVAN DAMIAN |
34.700.484 |
8-ME-2026 |
|
CARDENAS CLARK, MARIA ISABEL LETICIA |
93.251.245 |
8-ME-2026 |
|
QUEVEDO, DARIO JAVIER |
24.681.776 |
8-ME-2026 |
|
OTERO, SANDRA ELIZABETH DEL VALLE |
20.414.415 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 2 “SAN JOSÉ OBRERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ACEVEDO, MARTHA ISABEL |
21.613.993 |
8-ME-2026 |
|
PERES, NORMA INES |
27.029.529 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 3 “MANUEL BELGRANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VELAZQUEZ, DOMINGO FELIX |
23.483.272 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, DARIO ERNESTO |
26.213.491 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, FERNANDO MANUEL |
28.185.007 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JUAN MANUEL |
30.754.826 |
8-ME-2026 |
|
BRUNO NATEL, ANA EVANGELINA |
28.838.582 |
8-ME-2026 |
|
GIL, EMILSE DEL CARMEN |
33.412.267 |
8-ME-2026 |
|
PARRA, SAIDE ANTONELLA |
39.796.879 |
8-ME-2026 |
|
GALVAN, SILVIA VALERIA |
30.157.088 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 3 “MANUEL BELGRANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GUZMAN, MYRIAN MAFALDA |
24.158.589 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, MARIA INES |
25.590.048 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS, CAROLINA MERCEDES |
26.787.934 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, YAMILA DEOLINDA |
27.907.317 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, MERCEDES CRISTINA |
29.467.180 |
8-ME-2026 |
|
TAPIA, TERESITA DANIELA |
29.690.064 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MARIA ALICIA |
30.285.238 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, ROSA MARGARITA |
23.274.824 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, JOSE JAVIER |
25.191.477 |
8-ME-2026 |
|
PEREIRA, LIDIA |
13.507.223 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MARIELA VERONICA |
26.083.046 |
8-ME-2026 |
|
VAZQUEZ, ELISABETH ADRIANA |
20.687.727 |
8-ME-2026 |
|
GIL, CECILIA PAOLA |
30.244.060 |
8-ME-2026 |
|
ASTUDILLO, ALBERTO JORGE RAMON |
20.135.270 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, GLORIA RENE |
25.651.527 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ELIANA ELIZABETH |
31.212.842 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO PARA ADULTOS Nº 3 “TOMÁS BARAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROMERO, SILVINA LOURDES |
29.487.668 |
8-ME-2026 |
|
JOLIVOT, CRISTINA MARIELA |
24.779.958 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, DAVID CARLOS |
22.850.716 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, GLADYS MABEL |
27.412.749 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 3 “EVA PERÓN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARRIENTOS, GRACIELA RAMONA |
21.382.271 |
8-ME-2026 |
|
ALMADA, MARCELA ROXANA |
25.166.242 |
8-ME-2026 |
|
CARRIZO LLANOS, VALERIA SOLEDAD |
32.545.489 |
8-ME-2026 |
|
ALUCI PEREZ, MARTHA ROSARIO |
94.043.467 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, ANALIA DEOLINDA |
28.838.516 |
8-ME-2026 |
|
REY, EDUARDO DANIEL |
24.681.474 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, ESTELA MARY |
16.341.492 |
8-ME-2026 |
|
CARRIZO, VANINA CELESTE |
33.428.183 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, CRISTIAN DAVID |
29.232.063 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, FABIAN CARLOS |
22.852.999 |
8-ME-2026 |
|
CHOQUE FLORES, GERMANIA ARMINDA |
94.038.431 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 3 “EVA DUARTE DE PERÓN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PEREZ, ALEJANDRA SOLEDAD |
29.215.111 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 3 “MERCEDES SAN MARTIN DE BALCARCE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MORALES, ESTELA MONICA |
24.466.221 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, MARIANA ALEJANDRA |
28.242.482 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, LAURA BEATRIZ |
37.638.015 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 4 “ROSARIO VERA PEÑALOZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LEDESMA, OLGA EDITH |
17.123.236 |
8-ME-2026 |
|
MONSALVA, RITA NOEMI |
17.646.521 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, NANCY BEATRIZ |
18.358.604 |
8-ME-2026 |
|
SANTILLAN, MARIA ROSA |
24.039.104 |
8-ME-2026 |
|
ORELLANA RUBIO, PATRICIA CARMEN |
92.452.645 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 4 “JUAN TULIO ZAVALA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TULA, ANA MARIA |
17.659.012 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, ALICIA LILIAN |
24.299.512 |
8-ME-2026 |
|
ALTURRIA, ANDREA CELINA |
27.221.845 |
8-ME-2026 |
|
ANDRADA, CLAUDIA PATRICIA |
21.630.618 |
8-ME-2026 |
|
TORREZ, CARLOS JAVIER |
31.518.127 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, ANAHI SONIA |
21.432.738 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, LAURA NOELIA |
30.157.016 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 4 “FRAY LUIS BELTRÁN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALCUCERO, OLGA SATURNINA |
13.721.855 |
8-ME-2026 |
|
CADELAGO, CAROLINA SOLEDAD |
25.565.691 |
8-ME-2026 |
|
HERRERA, SANDRA PATRICIA |
27.790.803 |
8-ME-2026 |
|
LUNA, PATRICIA SOLEDAD |
28.926.360 |
8-ME-2026 |
|
BRIZUELA, SILVANA VANESA |
30.631.820 |
8-ME-2026 |
|
HOMOLA, MIRTA EDITH |
17.390.016 |
8-ME-2026 |
|
IRUSTA ALVA, MARINA CELESTE |
34.877.126 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, ERICA SOLEDAD |
31.265.096 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, FABIANA TERESA |
25.628.842 |
8-ME-2026 |
|
VALDEZ, ROSA ZULEMA |
29.546.694 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, CINTHIA JENNIFER |
32.740.988 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ MIRANDA, MATIAS EMANUEL |
34.877.985 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA HOGAR Nº 4 “MINISTRO JOSÉ MARÍA TISSERA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OJEDA, JORGE |
17.524.889 |
8-ME-2026 |
|
ALBELO, MARCELO VICTOR |
22.543.636 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, MARIA SUSANA |
16.297.411 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO DE NIVEL SECUNDARIO Nº 4 (C.E.N.S. Nº 4) |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OCHOA, NESTOR FABIAN |
25.047.384 |
8-ME-2026 |
|
ISAGUIRRE, MONICA LILIANA |
28.571.911 |
8-ME-2026 |
|
OROS, FANY DEL ROSARIO |
31.579.774 |
8-ME-2026 |
|
TULIAN, BLANCA IDA |
29.513.824 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, MARTA VANESA |
30.006.891 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 5 “INGENIERO JOSÉ ANTONIO ÁLVAREZ CONDARCO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MOLINA, ESTELA ALEJANDRA |
21.630.386 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, SILVIA ALEJANDRA |
25.300.497 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, MARIELA ALEJANDRA |
25.565.140 |
8-ME-2026 |
|
VALDEZ, MARIA MONTSERRAT |
24.438.364 |
8-ME-2026 |
|
BAUDRY, MONICA LETICIA |
28.926.081 |
8-ME-2026 |
|
VILLARROEL, FABIO MARCELO |
17.389.165 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, ERICA SUSANA |
29.621.896 |
8-ME-2026 |
|
CELIZ, EMANUEL MARTIN |
31.248.459 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, PATRICIA ALEJANDRA |
20.584.641 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 5 “BARTOLOMÉ MITRE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VALLEJO, GLORIA STELLA |
14.888.039 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, JOSE SEFERINO |
20.414.427 |
8-ME-2026 |
|
SAROME, CARINA JUDITH |
21.630.755 |
8-ME-2026 |
|
MERCAU, ROSA MABEL |
14.144.412 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, STELLA MARIS |
26.930.679 |
8-ME-2026 |
|
GUTIERREZ, GRACIELA LOURDES |
18.360.558 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, PATRICIA ISABEL |
22.543.422 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, LILIANA NOEMI |
17.389.141 |
8-ME-2026 |
|
CARRIZO, MARIA DE LOS MILAGROS |
27.376.168 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, LILIANA IDA |
14.448.771 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, ARIEL ANGEL |
24.254.844 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, ESTELA MARY |
16.781.594 |
8-ME-2026 |
|
VARAS, VANINA YAMILE |
30.157.325 |
8-ME-2026 |
|
MAGALLANES, JOSE ALBERTO |
28.091.155 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, MARISA GABRIELA |
26.497.073 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, VILMA ESTELA |
21.813.322 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, ESTELA ISIDORA |
29.522.411 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 5 “SENADOR ALFREDO BERTÍN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OJEDA, JOSE LUIS |
23.688.593 |
8-ME-2026 |
|
ESCOBARES, CARLOS EDUARDO |
21.382.705 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, LORENA MABEL |
23.688.489 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, LIDIA ESTHER |
20.138.306 |
8-ME-2026 |
|
PUCCIONI, ROBERTO ALEJANDRO |
14.144.917 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, MARTIN ANDRES |
36.305.858 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, JONATHAN LIONEL |
32.646.176 |
8-ME-2026 |
|
LAGOS, YESICA BELEN |
33.287.983 |
8-ME-2026 |
|
GUEVARA, ROSA DINA |
23.688.502 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, NANCI ANALIA |
31.052.210 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, CECILIA DEL VALLE |
29.727.782 |
8-ME-2026 |
|
LOZANO, ABEL |
16.839.892 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 5 “MARÍA EDELMIRA ALRIC DE CASTILLO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LOPEZ, FABIANA SOLEDAD |
29.901.306 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, JULIA ELENA |
29.405.178 |
8-ME-2026 |
|
RAMIREZ, SILVINA CAROLINA |
36.227.260 |
8-ME-2026 |
|
CAVALLO, SANDRA VIVIANA |
17.319.992 |
8-ME-2026 |
|
LEDESMA, JOSE EDUARDO |
14.144.172 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 6 “SANTA MARÍA EUFRASIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROSALES, NOEMI |
16.195.605 |
8-ME-2026 |
|
LEDESMA, CLAUDIA IRIS |
20.136.178 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, LORENA MABEL |
27.167.100 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, NATALIA MAGDALENA |
30.157.381 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, RAMONA SOLEDAD |
30.709.961 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, LORENA PAOLA |
30.754.860 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, PATRICIA MABEL |
28.184.913 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, MANUEL MAUBRICIO |
34.699.396 |
8-ME-2026 |
|
CARREÑO, DORA ELSA |
14.771.158 |
8-ME-2026 |
|
CASATTE, ANALIA NOEMI |
33.089.777 |
8-ME-2026 |
|
RANGOL, CESAR ALBERTO |
29.531.946 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, LIDIA GLADYS |
13.721.092 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 6 “CABO PRINCIPAL FABRICIO ALCARAZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VIDELA, RAUL HUMBERTO |
12.699.014 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, RAUL MANUEL |
31.047.962 |
8-ME-2026 |
|
GAYA, FERNANDA KARIN |
26.614.974 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, GLADYS ROSA |
17.949.402 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, STEFANIA BELEN |
39.092.016 |
8-ME-2026 |
|
VILCHES, CECILIA GRISELDA |
30.157.169 |
8-ME-2026 |
|
ROSSA, MARIA SOLEDAD |
29.887.527 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, ERIKA RENNE |
27.584.173 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, GRACIELA BELEN |
30.244.257 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL Nº 6 “DOCTORA MARÍA MONTESSORI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARROZO, SARITA |
17.949.393 |
8-ME-2026 |
|
HERRERA, VERONICA ELIZABETH |
23.362.867 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, RUFINA JULIA |
16.310.288 |
8-ME-2026 |
|
PIZARRO, NORMA SUSANA |
17.698.650 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 6 “CRECER JUGANDO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROSALES, MATIAS EDUARDO GERMAN |
31.440.472 |
8-ME-2026 |
|
TORGNIELLI, ELENA NOEMI |
16.661.076 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 7 “CONSTANCIO C. VIGIL” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRES, YESICA YAMILE |
32.038.990 |
8-ME-2026 |
|
CHAVES, LORENA SOLEDAD |
26.450.678 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, JUAN DOMINGO |
22.543.662 |
8-ME-2026 |
|
HERRERA, CLAUDIO DANIEL |
38.220.424 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, JOSE ALBERTO |
24.571.523 |
8-ME-2026 |
|
PEÑA BUSTOS, YANINA ANDREA |
36.227.791 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JOSE FABIAN |
21.630.325 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 7 “BURBUJITAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LEYES, ANGELICA BEATRIZ |
24.323.032 |
8-ME-2026 |
|
TALAMONTI, CLAUDIA MARIA |
13.976.319 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, JOVITA BEATRIZ |
23.939.964 |
8-ME-2026 |
|
ZUÑIGA, JORGE FRANCISCO |
16.210.536 |
8-ME-2026 |
|
BRUNO TORRES, STEFANIA SOLEDAD |
35.767.453 |
8-ME-2026 |
|
TORREZ, PAOLA DEL VALLE |
28.838.517 |
8-ME-2026 |
|
CHOQUE MURILLO, MARLENE GEMMYLINA |
94.043.460 |
8-ME-2026 |
|
NUÑEZ, ROSANA ELENA |
26.495.948 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 7 “DOCTOR MANUEL SADOSKY” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GONZALEZ, OLGA NILDA |
18.254.666 |
8-ME-2026 |
|
LEDESMA, WALTER JAVIER |
22.496.865 |
8-ME-2026 |
|
SOLOA, JORGE MARTIN |
23.947.053 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, SUSANA |
12.052.836 |
8-ME-2026 |
|
PEREIRA, ADRIANA JAQUELINA |
22.140.688 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, MARIA EUSTACIA |
21.712.748 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, MARGARITA PETRONA |
26.213.597 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 7 “GEÓLOGO ROMÁN GUIÑAZÚ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GUEVARA, MYRIAM EVANGELINA |
22.850.714 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, RAMONA ERCILIA |
23.737.597 |
8-ME-2026 |
|
MATTUOS, PATRICIA DEL CARMEN |
27.440.508 |
8-ME-2026 |
|
FRIAS, JORGE ANTONIO |
23.737.581 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, JOSE ISIDORO |
21.383.687 |
8-ME-2026 |
|
SORIA, JOSE FRANCISCO |
13.242.405 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, ZULMA CARINA |
29.815.487 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, JUAN CARLOS |
29.936.236 |
8-ME-2026 |
|
BRITO, SERGIO SEBASTIAN |
32.724.094 |
8-ME-2026 |
|
ALBELO, BLANCA SUSANA |
25.272.915 |
8-ME-2026 |
|
GELVEZ, ALESSANDRA VANESA |
30.767.472 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 7 “GENERAL MANUEL BELGRANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
COLLADO, MARIA CELESTE |
23.202.463 |
8-ME-2026 |
|
CUELLO, BEATRIZ DEL CARMEN |
24.299.282 |
8-ME-2026 |
|
BLANEZ, MARCELO DAVID |
30.244.008 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, REBECA VANESA |
30.345.536 |
8-ME-2026 |
|
MALDONADO MOLINA, VALESKA MERY |
94.045.737 |
8-ME-2026 |
|
BENITEZ, LILIANA EDITH |
17.665.378 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, SONIA BEATRIZ |
17.911.410 |
8-ME-2026 |
|
CHACALIAZA CARRASCO, DELIA DEL PILAR |
19.043.542 |
8-ME-2026 |
|
MORALES, BEATRIZ DEL CARMEN |
16.781.593 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, AYELEN ABIGAIL |
37.823.214 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, ROSA NELLY |
25.565.983 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO, ALDO AMERICO |
18.157.900 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, MARIELA ALEJANDRA |
21.000.658 |
8-ME-2026 |
|
VALLEJO, GLADYS LUCIA |
22.625.388 |
8-ME-2026 |
|
BLANCO, VERONICA CECILIA |
26.941.798 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, LILIANA NOEMI |
14.594.584 |
8-ME-2026 |
|
ANDINO, PAULA YANINA |
28.491.624 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, MARIA DEL ROSARIO |
25.166.842 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, GLADYS FANNY |
14.542.873 |
8-ME-2026 |
|
MORA, ANALIA VANESA |
30.865.665 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, ROSA DEL CARMEN |
18.681.990 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 8 “MAESTRAS LUCIO LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALCARAZ, TEOFILO RODOLFO |
13.793.504 |
8-ME-2026 |
|
QUEVEDO, MARIA CLARINDA |
14.301.564 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JORGE JOSE |
14.362.654 |
8-ME-2026 |
|
LENCINA, GUILLERMO RODOLFO |
17.646.400 |
8-ME-2026 |
|
PALMA, CECILIA BEATRIZ |
18.391.296 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, GRACIELA ALEJANDRA |
20.642.316 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, SIMON DARDO |
24.619.799 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ. JONATHAN WILSON |
29.187.476 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, VERONICA NOEMI |
29.426.357 |
8-ME-2026 |
|
LEYES, ALEJANDRA DEL CARMEN |
26.278.492 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, JAQUELINA VANESA |
32.545.465 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO QUEVEDO, MARISA ELISABETH |
26.806.212 |
8-ME-2026 |
|
ANTONIO, MARIA BELEN |
31.365.519 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, ERIKA BEATRIZ |
37.638.219 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 8 “MAESTRAS MERCEDINAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PEREZ, SONIA MARISA |
18.560.414 |
8-ME-2026 |
|
MONDINO, ELISABET MAFALDA MANUELA |
22.797.001 |
8-ME-2026 |
|
MAURE, SILVANA NOEMI |
27.394.087 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, IRMA NOEMI |
16.631.779 |
8-ME-2026 |
|
PERUZZOTTI, ELVA MABEL |
24.156.803 |
8-ME-2026 |
|
LUJAN, TERESA MONICA |
29.427.558 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 8 “SARGENTO BAIGORRIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ZABALA, NORMA BEATRIZ |
17.389.294 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, ALICIA NOEMI |
22.865.850 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, AGAPITO |
29.522.332 |
8-ME-2026 |
|
CANNAVO, ANGELA TAMARA |
33.650.283 |
8-ME-2026 |
|
PEDROZO, VICTOR ELADIO |
28.091.349 |
8-ME-2026 |
|
GIL, RAMON EDUARDO |
24.465.947 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, VANESA DEL CARMEN |
31.265.133 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 8 “MAURICIO PASTOR DARACT” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OLGUIN, MARTHA DEL CARMEN |
20.414.046 |
8-ME-2026 |
|
BIONDO, MONICA SANDRA |
22.392.174 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, MARIA MARIELA |
23.707.170 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, DIONICIA DORLIZA |
17.442.292 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO, CARLOS GERMAN |
27.556.126 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, NORA ISABEL |
17.911.463 |
8-ME-2026 |
|
MONTIEL, MARIA SOLEDAD |
30.567.998 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, MARIA CELESTE |
29.887.675 |
8-ME-2026 |
|
GIORDANO, CLAUDIA LORENA |
26.213.294 |
8-ME-2026 |
|
ARABEL, CEFERINA DEL ROSARIO |
23.629.130 |
8-ME-2026 |
|
NICOLAS, ANALIA VERONICA |
28.277.268 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, WALTER SEGUNDO |
29.232.044 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, NORMA EDITH |
30.133.904 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, ROSA DEL VALLE |
31.753.603 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL Nº 8 “SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SOSA GARRO, MARIA VALERIA |
27.167.108 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 9 “DOCTOR JUAN LLERENA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ORTIZ, OMAR RUBEN |
14.720.616 |
8-ME-2026 |
|
PAREDES, VICTOR HUGO |
17.247.856 |
8-ME-2026 |
|
ZAPATA, MARIO MIGUEL |
17.944.184 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, ELBA SUSANA |
20.304.023 |
8-ME-2026 |
|
LEDESMA, WALDO MIGUEL |
22.422.731 |
8-ME-2026 |
|
SARALEGUI LOPEZ, MARIA INES PAULA |
22.452.352 |
8-ME-2026 |
|
CAMACHO, FERNANDO GABRIEL |
28.389.970 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, JULIA ANDREA |
29.724.913 |
8-ME-2026 |
|
GENTA, LORENA PAOLA |
30.007.509 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, NATALIA DANIELA |
30.478.429 |
8-ME-2026 |
|
MORENO, MERCEDES NIDIA |
23.066.381 |
8-ME-2026 |
|
PALACIOS, ANALIA |
30.032.797 |
8-ME-2026 |
|
OLIVA, JORGE LUIS |
29.690.046 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, FRANCISCA TERESITA EDIT |
16.361.156 |
8-ME-2026 |
|
SORIA, GUILLERMO ARIEL |
24.990.457 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, CARLOS DANIEL |
31.184.155 |
8-ME-2026 |
|
CORDOBA, NATALIA MARILIN |
25.459.191 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, GISELA ALEJANDRA |
32.012.575 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, RITA SINFOROSA |
14.546.002 |
8-ME-2026 |
|
LIRA, MIRIAM MIRTHA |
14.581.752 |
8-ME-2026 |
|
ZARANDON, MYRIAM NOEMI |
17.991.588 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 9 “DOCTOR ESTEBAN ADARO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALCARAZ, EUCEBIO ANIBAL |
16.673.777 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, PATRICIA NOEMI |
18.602.468 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ROSA DONATILA |
20.136.360 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO RODRIGUEZ, VALERIA LUCIANA |
25.281.125 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 9 “DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CAMARGO, NANCY LILIANA |
16.839.437 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ROSA DOLORES |
21.054.462 |
8-ME-2026 |
|
LLAVER, NANCY ESTER |
14.532.085 |
8-ME-2026 |
|
CONTRERAS, CLAUDIO GUSTAVO |
14.157.928 |
8-ME-2026 |
|
SALVO FLORES, CLARA DE LAS MERCEDES |
92.500.326 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, PAOLA SUSANA |
27.596.345 |
8-ME-2026 |
|
POBLETE, MARTA NANCY |
17.243.537 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ LUCERO, PAOLA VANESA |
30.244.003 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, ROQUELINA MARIELA |
29.533.390 |
8-ME-2026 |
|
TORRES ROJO, EDGARDO FEDERICO |
31.542.587 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, ROSA |
26.529.114 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 9 “SEÑORA CHABELA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRES, ALICIA BEATRIZ |
14.023.114 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, MARIA ANTONIA |
16.971.047 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, CLAUDIA ROGELIA |
24.508.668 |
8-ME-2026 |
|
ROSELLO, IVANA BELEN |
33.800.507 |
8-ME-2026 |
|
ORUETA, NORMA |
17.748.408 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, RAUL ROBERTO |
12.850.697 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, SERGIO LUIS |
25.008.925 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL Nº 9 “APADIS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROJO, IRMA JORGELINA |
21.383.060 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 10 “MARTÍN MIGUEL DE GÜEMES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FLORES, ADRIANA ELISABET |
27.933.209 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, SILVIA GRISELDA |
25.565.878 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, MERCEDES |
14.144.309 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 10 “JUAN ESTEBAN VACCA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CHACON, ALDO LUIS |
17.123.037 |
8-ME-2026 |
|
BORDON, MARIA ALEJANDRA |
27.723.012 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, VERONICA DIOLINDA |
26.369.088 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, GLADIS ERNESTINA |
13.576.400 |
8-ME-2026 |
|
SARMIENTO, ROQUE ANTONIO |
28.913.800 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 10 “RAMIRO PODETTI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MÉNDEZ, SANDRA EDITH |
22.067.192 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, MARIO RAUL |
14.497.624 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, SUSANA MARY |
17.893.798 |
8-ME-2026 |
|
PORTELA, CLAUDIA GRACIELA |
20.326.652 |
8-ME-2026 |
|
CASTILLO, PATRICIA MARIELA |
27.763.566 |
8-ME-2026 |
|
MANSILLA, VERONICA BEATRIZ |
31.845.702 |
8-ME-2026 |
|
ARREGUI, MARINA NATALIA |
32.858.879 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Nº 10 “JUAN ESTEBAN PEDERNERA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, JOSE MARIA |
26.213.822 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, MYRIAM VIVIANA |
20.414.452 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, MARIELA ALEJANDRA |
30.157.347 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, CLAUDIA NOEMI |
25.565.651 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, ELSA CRISTINA |
23.994.967 |
8-ME-2026 |
|
RIVERO, DANIELA ERICA |
33.943.541 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 10 “CATILANDIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGUILAR, CLAUDIO DAVID |
27.256.152 |
8-ME-2026 |
|
CORIA, NATALIA PAOLA |
28.836.782 |
8-ME-2026 |
|
CHIRINO, DOLORES MARTA |
30.493.272 |
8-ME-2026 |
|
CHIRINO, ANTONIA |
25.132.561 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 11 “INSPECTOR SOCRATES CORTINES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
RODRIGUEZ, MARIA ELENA |
23.920.891 |
8-ME-2026 |
|
ARECHABALA, NORMA CAROLINA |
22.274.699 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, LUISA RAQUEL |
14.967.376 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, VICTOR MANUEL |
14.029.712 |
8-ME-2026 |
|
GUZMAN, OMAR ENRRIQUE |
14.029.781 |
8-ME-2026 |
|
CABANAY, NORMA ESTHER |
34.428.950 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, NELSON WALTER |
26.307.950 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JESICA MARIANA |
34.428.966 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 11 “BENITO JUAREZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, NORMA BEATRIZ |
16.805.860 |
8-ME-2026 |
|
GENTA, MARIA OFELIA |
21.741.015 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO, ADRIANA EDITH |
25.191.647 |
8-ME-2026 |
|
GIL, CLAUDIA ALEJANDRA |
25.820.420 |
8-ME-2026 |
|
OLIVA, WALTER OSVALDO |
26.214.147 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, GRISELDA BEATRIZ |
27.763.718 |
8-ME-2026 |
|
NEIRA, LUISA DEL CARMEN |
28.688.502 |
8-ME-2026 |
|
GAITAN, GRACIELA BEATRIZ |
31.577.037 |
8-ME-2026 |
|
SUARES, NATALIA CARINA |
27.394.797 |
8-ME-2026 |
|
CARRANZA, SANDRA ELIA |
23.637.495 |
8-ME-2026 |
|
AGUILAR, SERGIO GABRIEL |
30.028.748 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, SILVIA NELVA |
14.693.349 |
8-ME-2026 |
|
GIL, BEATRIZ LORENZA |
13.675.518 |
8-ME-2026 |
|
VEGA, JORGELINA BEATRIZ |
23.922.817 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, ANDREA MARISA |
25.191.630 |
8-ME-2026 |
|
CANGIANO, MARTA GLADYS |
12.503.788 |
8-ME-2026 |
|
LAGOS, NELIDA MARIANA |
28.960.761 |
8-ME-2026 |
|
CARRASCO, VANESA ELIZABETH |
29.813.434 |
8-ME-2026 |
|
NUÑEZ, MONICA ALEJANDRA |
30.099.032 |
8-ME-2026 |
|
SANTANDER, CECILIA DE LOS ANGELES |
23.066.309 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, ROSA LETICIA |
20.326.563 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, MARIO CESAR |
26.504.991 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 11 “2 DE ABRIL” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BLANCO, JULIA MARTA |
26.706.785 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 11 “DORA DEL CARMEN ZABALA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OLIVERA, CARLOS ARNALDO |
20.382.134 |
8-ME-2026 |
|
SOLOA, ROSARIO MARIA |
25.651.532 |
8-ME-2026 |
|
GALAN, NANCY NOEMI |
24.484.261 |
8-ME-2026 |
|
PEREIRA, JORGE DAVID |
31.212.809 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, ADRIANA BIATRIZ |
32.911.062 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, ROXANA NERI |
29.187.485 |
8-ME-2026 |
|
MENDOZA, ILSA LORENA |
25.832.923 |
8-ME-2026 |
|
CORREA, RAMONA NATIVIDAD JUANITA |
14.787.860 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ERMINIA PAULA |
20.138.307 |
8-ME-2026 |
|
AMAYA, CELIA GLADYS |
17.071.052 |
8-ME-2026 |
|
GIL, LILIANA MABEL |
25.870.296 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 12 “MAESTRAS MERCEDINAS – TOMASA GARRAZA DE QUIROGA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ZALAZAR, MONICA GRACIELA |
18.095.157 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, MARTIN WALTER |
30.478.447 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 12 “LEOPOLDO LUGONES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SIMONETTI, NOELIA ROXANA |
35.315.558 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, SONIA CARINA |
29.814.327 |
8-ME-2026 |
|
CUELLO, NORMA ADRIANA |
23.779.369 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, SONIA MABEL |
30.581.776 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 12 “DOCTOR RAMÓN CARRILLO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VELAZQUEZ, ALICIA DORA |
20.134.069 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ESTRELLA DE LOS ANGELES |
29.621.910 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, JUANA VILMA ESTER |
17.987.879 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, NANCY DEL VALLE |
21.812.881 |
8-ME-2026 |
|
ANDRADA, SERGIO RAMON |
22.092.112 |
8-ME-2026 |
|
LEGUIZAMON, MIGUEL ALFREDO |
32.161.500 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, DEBORA JOHANA |
34.699.663 |
8-ME-2026 |
|
FLORES, SILVINA DEL VALLE |
21.973.543 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, LILIANA IGNACIA |
23.707.316 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, MARIA HORTENCIA DEL VALLE |
17.633.878 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, MONICA NOELIA |
31.047.456 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 12 “MI VALLE AZUL” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MERCAU, IMELDA GLADYS |
16.289.579 |
8-ME-2026 |
|
CHAVERO, VERONICA NATALIA |
29.049.970 |
8-ME-2026 |
|
CHAVERO, ANGEL BONIFACIO |
20.168.610 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, JULIA LILIANA |
26.712.371 |
8-ME-2026 |
|
LEYES, GABRIEL ALEJANDRO |
26.983.743 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, FANY BEATRIZ |
27.348.756 |
8-ME-2026 |
|
ALBAREZ, MARIA ISABEL |
29.670.183 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, MARIA BELEN |
33.287.813 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, CARLA BEATRIZ |
31.579.739 |
8-ME-2026 |
|
VALLEJO, DEOLINDA MAGDALENA |
30.006.802 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, YOHANA MIRIAM |
29.561.845 |
8-ME-2026 |
|
CHAVERO, VANESA PAOLA |
30.006.885 |
8-ME-2026 |
|
ESCOBARES, FELIPE OMAR |
16.762.844 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 13 “DOCTOR RICARDO ZAVALA ORTIZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PIZARRO, VANESA ELIZABETH |
30.822.580 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, FANY DEL CARMEN |
32.773.670 |
8-ME-2026 |
|
CASTILLO, ROSA ISABEL |
24.549.013 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, PAOLA MARCELA |
24.990.413 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 13 “PROFESOR ROBERTO MOYANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ARANCIBIA, LAURA LORENA |
31.542.745 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, MARIA CELESTE |
27.507.041 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, VIVIANA DELIA |
17.389.312 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 13 “ROSA BURGOS DE AGUIRRE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BUDENA, ANA MARIA |
18.290.660 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 13 “ANTÁRTIDA ARGENTINA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CABALLERO, MARCELA ELIZABETH |
23.435.505 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, GRACIELA NELLY |
14.985.164 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, FILOMENA ANTONIA |
25.976.137 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, ALICIA MELINA |
29.783.718 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, SOLEDAD ADRIANA |
30.525.107 |
8-ME-2026 |
|
VALETTE, DANIELA ELISABETH |
26.450.728 |
8-ME-2026 |
|
TORREZ, NORMA ANTONIA |
28.540.613 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 14 “MAESTRA BERTA RINAUDI DE GARCIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUCERO, CRISTIAN ALBERTO |
27.932.335 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, ROSA ELENA |
29.815.486 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, BLANCA ISABEL |
26.213.536 |
8-ME-2026 |
|
SURRACO, DANIELA ALEJANDRA KARIN |
27.135.657 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 14 “DORA OCHOA DE MASRAMON” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LEDESMA, ERICA JOHANA |
36.543.507 |
8-ME-2026 |
|
LOYOLA, KARINA EVANGELINA |
27.349.055 |
8-ME-2026 |
|
LOYOLA, PATRICIA ALEJANDRA |
23.991.115 |
8-ME-2026 |
|
NIEVAS, RAMONA SANDRA |
23.626.075 |
8-ME-2026 |
|
VEGA, CYNTHIA ANABELA |
28.760.300 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, GLADIS BEATRIZ |
29.611.724 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 14 “MINISTRO DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DOCTOR LUIS ANGEL LUCO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MUÑOZ, VERONICA MARISA |
25.870.533 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, MARIA FERNANDA |
30.839.757 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, ADRIANA LUJAN |
27.393.521 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, GRISELDA |
27.074.325 |
8-ME-2026 |
|
CACERES, LUCIA ELIZABETH |
25.010.560 |
8-ME-2026 |
|
FERRARO, ANA MICAELA |
26.467.626 |
8-ME-2026 |
|
D’ANGELO, LILIANA |
24.834.039 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, SILVINA ESTHER |
18.566.266 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, ALEJANDRA MARIELA |
30.892.734 |
8-ME-2026 |
|
BACCEI, SANDRA SUSANA |
20.134.878 |
8-ME-2026 |
|
MORENO, LIDIA RAQUEL |
20.134.559 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA HOGAR Nº 15 “ANTONIO ESTEBAN AGÜERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUCERO, CARLOS ORLANDO |
14.403.030 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 15 “SONRISAS COLORIDAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CHOQUE FLORES, IRENE |
94.044.151 |
8-ME-2026 |
|
BENITEZ CABALLERO, CARMELA SIMONA |
18.802.617 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, SAMANTA ESTEFANIA |
33.888.371 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, MARCELA LILIANA |
23.688.556 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 15 “SANTA CATALINA DE SIENA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ARCE, MARGARITA |
27.234.483 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, SUSANA BEATRIZ |
18.588.108 |
8-ME-2026 |
|
CHAVES, IRMA ESTER |
13.630.823 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 15 “INGENIERO AGUSTÍN MERCAU” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MARTINEZ, ROBERTO GUSTAVO |
16.310.094 |
8-ME-2026 |
|
FRIAS, PAULO ADRIAN |
16.778.931 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, MIGUEL ANGEL |
17.047.859 |
8-ME-2026 |
|
GALLARDO, MIRTHA ELIZABET |
18.206.215 |
8-ME-2026 |
|
RUIZ, MARINA TERESA |
21.698.804 |
8-ME-2026 |
|
ZUNINI, MARIA ELENA DE LOS ANGELES |
22.190.418 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, MARIO MARCELO |
23.637.751 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, SILVINA BEATRIZ |
28.601.155 |
8-ME-2026 |
|
KNIZSE, VERONICA VANESA |
30.177.927 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, GRACIELA CELIA |
30.687.585 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, CRISTINA MARIA DEL VALLE |
30.973.509 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, MARIELA PAOLA |
24.990.525 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 16 “TUCUMÁN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PONCE, MONICA PAOLA |
29.621.771 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, VERONICA VANESA |
32.310.172 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, VANESA |
34.469.476 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, RAMONA VICTORINA |
33.287.907 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, LIDIA |
14.808.802 |
8-ME-2026 |
|
OCAÑA, SONIA ERIKA |
32.410.458 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, YANET GRACIELA |
34.025.650 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, MARTA CELESTINA |
27.898.667 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, MARTHA EVA |
18.546.820 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, CAROLINA NOEMI |
25.976.136 |
8-ME-2026 |
|
ILLANES, ANA MARIA |
27.898.664 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, BACILIO ISMAEL |
13.957.645 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, GERMAN MARCELINO |
14.542.593 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, MARIA ELENA |
14.888.197 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, LUIS CARLOS |
20.133.728 |
8-ME-2026 |
|
PANELO, JAVIER NICOLAS |
25.205.603 |
8-ME-2026 |
|
SARMIENTO, DEOLINDA RAMONA |
26.781.236 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, LELIS NATALIA |
27.645.573 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, DIANA DALMA |
38.220.004 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, YAMILA BEATRIZ |
39.092.659 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, JUAN DANILO |
33.964.722 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 16 “JESÚS OBRERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BECERRA, YOLANDA DORA |
22.062.098 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, GRACIELA LILIA |
22.072.499 |
8-ME-2026 |
|
GUZMAN, LAURA ALEJANDRA |
22.274.663 |
8-ME-2026 |
|
CALDERON, MARIA MAGDALENA |
28.837.750 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, ELISA SOLEDAD |
30.443.979 |
8-ME-2026 |
|
MORALES, RAQUEL VANINA |
25.367.582 |
8-ME-2026 |
|
ROBLES, PATRICIO PABLO |
16.661.109 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, MARCELO JAVIER |
22.062.055 |
8-ME-2026 |
|
CORVALAN, NELIDA HAYDEE |
16.480.882 |
8-ME-2026 |
|
COLIGNER, ANA CRISTINA |
17.033.309 |
8-ME-2026 |
|
ROSSO, MIRTA SONIA |
17.391.170 |
8-ME-2026 |
|
CABANAY, NESTOR LUIS |
27.082.189 |
8-ME-2026 |
|
ROSSO, HORACIO JOSE |
26.910.036 |
8-ME-2026 |
|
MOREIRA, CARINA MARIANA |
28.677.930 |
8-ME-2026 |
|
AVILA, ROSANA CARINA |
25.388.055 |
8-ME-2026 |
|
CALDERON, AGUSTIN BENJAZMIN |
42.486.762 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 17 “HUELLITAS DE COLORES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LINO VALLE, HILDA |
94.042.218 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 17 “HIPÓLITO IRIGOYEN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LENCINA, RAMON OSCAR |
25.908.599 |
8-ME-2026 |
|
ESPINOSA, ANGELES ANDREA |
28.306.013 |
8-ME-2026 |
|
VIVAS, MERCEDES ALICIA |
28.391.540 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, JORGE ARIEL |
23.253.060 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, JUAN CARLOS |
20.641.190 |
8-ME-2026 |
|
FARIAS, MARIA LORENA |
30.199.846 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, SILVANA LORENA |
28.439.360 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, BERTA YOLANDA |
18.527.733 |
8-ME-2026 |
|
AZCURRA, RICARDO OSCAR |
14.256.784 |
8-ME-2026 |
|
FREITES, ALICIA MARCELA |
23.896.561 |
8-ME-2026 |
|
CORNELLANA, BENITO IBAN |
16.289.653 |
8-ME-2026 |
|
MAGALLAN, MARIELA DANILA |
31.278.631 |
8-ME-2026 |
|
OROSCO, MARY ESTELA |
23.538.294 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, RAMON ADRIAN |
32.082.267 |
8-ME-2026 |
|
MAGALLAN, PAOLA LORENA |
30.730.812 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 17 “LUIS JOFRÉ Y MENESES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GOMEZ, MARIA GRACIELA |
17.453.139 |
8-ME-2026 |
|
ABERASTAIN, MARIA DEL PILAR |
22.231.199 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, EMILIO CIPRIANO |
31.092.751 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 18 “NICOLASA BERRONDO DE QUIROGA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALANIZ, LILIANA NANCY |
16.133.433 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, LUCIO AURELIANO |
16.484.294 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, VICENTA RAMONA |
24.261.506 |
8-ME-2026 |
|
GARCIA, NATALIA MARISA |
26.291.311 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, VALERIA YEMINA |
26.557.864 |
8-ME-2026 |
|
GALLARDO SEPULVEDA, NADYA TAMARA |
30.543.007 |
8-ME-2026 |
|
MEDERO, VANESA DEL VALLE |
30.691.998 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, CLAUDIO MARCELO |
24.719.005 |
8-ME-2026 |
|
PEÑA, HILDA LUCIA |
24.026.303 |
8-ME-2026 |
|
CARDOSO, PATRICIA IVANA |
22.422.703 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, MIRTA ALEJANDRA |
20.916.512 |
8-ME-2026 |
|
JAIME, VALERIA DEL VALLE |
27.540.961 |
8-ME-2026 |
|
SALINAS, VANESSA EDITH |
26.614.838 |
8-ME-2026 |
|
VALDEZ, RAFAEL ATILIO |
27.135.705 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 18 “CESAR ROSALES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MAIDANA, CLAUDIA NOEMI |
21.621.236 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, ROQUELINA ALEJANDRA |
21.621.296 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, SILVIA MARISELA |
32.336.754 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, CLAUDIA MARIELA |
29.561.813 |
8-ME-2026 |
|
ZAVALA, JOHANA ELIZABETH |
33.355.100 |
8-ME-2026 |
|
LAGOS, VALERIA GISELA |
32.231.483 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, MARINA ANDREA |
32.894.092 |
8-ME-2026 |
|
TOBARES, GLADYS ESTELA |
35.316.334 |
8-ME-2026 |
|
CORIA, CRISTINA DEL SOCORRO |
18.535.258 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, DEOLINDA SOLEDAD |
30.629.031 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, RAMON ANTONIO |
24.939.915 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 19 “SARMIENTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TOBARES, ROSA MARIELA |
29.106.343 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, ROSA DEL CARMEN |
29.405.180 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, LIBAR DANIEL |
28.289.030 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, ARMANDO JAVIER |
29.164.120 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 19 “BERNARDINO RIVADAVIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AHUMADA, ADRIANA DEL ROSARIO |
25.394.431 |
8-ME-2026 |
|
CEJAS, NORA PATRICIA |
20.825.606 |
8-ME-2026 |
|
AZCURRA, CARLOS GERMAN |
14.497.526 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, JUANA ELSA |
12.883.450 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, MARIA ELENA |
16.310.238 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, SILVIA DANIELA |
23.066.149 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 19 “PAULA DOMINGUEZ DE BAZAN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUCERO, TAMARA CAROLINA |
29.426.221 |
8-ME-2026 |
|
LANGE, VERONICA BEATRIZ |
28.284.390 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 20 “EL PRINCIPITO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGUILAR, MARIA DE LOS ANGELES |
27.544.158 |
8-ME-2026 |
|
ANGULO, MARIA ALEJANDRA |
24.331.338 |
8-ME-2026 |
|
CRUCEÑO, VERONICA BEATRIZ |
24.426.004 |
8-ME-2026 |
|
GUIRALDES, JULIA MARGARITA |
13.747.675 |
8-ME-2026 |
|
LUJAN, STELLA MARY |
16.213.341 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, DARIO SEBASTIAN |
28.184.824 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, MARIA ISABEL |
39.798.179 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 20 “ANTONIO BERNI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OROZCO, DANIEL BERNARDO |
13.507.237 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, GRACIELA NOEMI |
18.166.142 |
8-ME-2026 |
|
VARGAS, PATRICIA AMERICA |
21.359.859 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO, MARIA JULIA |
16.631.790 |
8-ME-2026 |
|
LUDUEÑA, TERESITA DEL VALLE |
17.780.772 |
8-ME-2026 |
|
LEIVA, MARTIN EDUARDO |
30.099.018 |
8-ME-2026 |
|
CRUZ, ESTEBAN |
14.573.023 |
8-ME-2026 |
|
ZARATE, CECILIA GABRIELA |
32.026.490 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 20 “JUAN WENCESLAO GEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GRECO, MONICA ESTELA |
16.315.519 |
8-ME-2026 |
|
LAGOS, MONICA LILIANA |
16.485.400 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, NILDA EDITH |
22.422.350 |
8-ME-2026 |
|
PAYERO, LAUREANA RUTH |
31.288.714 |
8-ME-2026 |
|
FARFAN, GLADYS BEATRIZ |
22.874.441 |
8-ME-2026 |
|
JAIME, GRACIELA HAYDEE |
24.990.226 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MARTA GRABIELA |
21.384.051 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, SUSANA BEATRIZ |
17.414.715 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, ALBERTA SILVIA |
17.659.013 |
8-ME-2026 |
|
CARRERAS, SILVIA DEL CARMEN |
14.804.222 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, CARMEN ROSANA |
23.999.495 |
8-ME-2026 |
|
AVILA, MONICA ADRIANA |
24.789.243 |
8-ME-2026 |
|
FRONTERA, MARTHA BEATRIZ |
22.067.346 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, CRISTINA ESTER |
13.675.196 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 21 “PUERTA DE CUYO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MIRANDA, MIRTA DEL CARMEN |
23.621.765 |
8-ME-2026 |
|
TORREZ, NATALIA VERÓNICA |
28.020.554 |
8-ME-2026 |
|
GUZMAN, MIRTHA YAMILA |
30.157.497 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, DARIO ALBERTO |
27.790.867 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, MARIA ELENA |
24.141.519 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 21 “MARIA AUXILIADORA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BAIGORRIA, NORMA ALEJANDRA |
14.438.368 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, FELISA BEATRIZ |
16.661.055 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, SILVIA BEATRIZ |
17.032.676 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, OSMAR ALFREDO |
17.991.526 |
8-ME-2026 |
|
ROSSO, MARIA DEL CARMEN |
17.991.529 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, ESTELA MARY |
20.133.705 |
8-ME-2026 |
|
REPETTO, MARIA ALEJANDRA |
23.492.035 |
8-ME-2026 |
|
BARRERA, SILVANA MARIELA |
23.920.864 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, ARIEL ALBERTO |
26.907.674 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, MARIA ISABEL |
16.661.119 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, LUIS GUSTAVO |
21.005.732 |
8-ME-2026 |
|
ALBORNOZ, GILBERTO ALFREDO |
14.648.687 |
8-ME-2026 |
|
GUEVARA, AYELEN MILENA |
37.137.983 |
8-ME-2026 |
|
URQUIZA, CARLOS ALBERTO |
30.766.648 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 21 “CONSTRUYENDO SUEÑOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALCARAZ, ANDREA VANESA |
30.099.099 |
8-ME-2026 |
|
PORRAS, AZUCENA DEL CARMEN |
24.438.792 |
8-ME-2026 |
|
ALTAMIRANO, AMADO |
17.893.799 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 22 “UN MUNDO DE SUEÑOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FORQUERA, ELENA RAMONA |
18.289.372 |
8-ME-2026 |
|
HERNANDEZ, MARCELA |
20.748.559 |
8-ME-2026 |
|
FREDES, RAMONA KARINA |
29.329.594 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, SOLEDAD SARA |
29.419.425 |
8-ME-2026 |
|
ECHENIQUE, VILMA RAQUEL |
21.383.366 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS, VANESSA SOLEDAD |
27.499.739 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA HOGAR Nº 22 “GOBERNADOR LAUREANO LANDABURU” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FARIAS, SERGIO |
14.035.640 |
8-ME-2026 |
|
GURMENDEZ, DOLLY BALVINA |
17.885.464 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 22 “BERNARDO O’HIGGINS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GOMEZ, LORENA FABIANA |
33.287.998 |
8-ME-2026 |
|
SAROME, ROBERTO DEL CARMEN |
25.009.282 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 22 “HISTORIADOR URBANO JOAQUÍN NÚÑEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARROZO, CLAUDIA ELIZABET |
23.582.361 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUE, CARINA VANESA |
28.498.880 |
8-ME-2026 |
|
BARROZO, LUCRECIA SOLEDAD |
29.945.097 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, SOLEDAD VERONICA |
30.244.130 |
8-ME-2026 |
|
CAVALLERA, MELINA NOELIA |
31.342.991 |
8-ME-2026 |
|
BRAVO, EDGAR ARIEL |
24.233.646 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO, SANDRA ROSANA |
20.193.858 |
8-ME-2026 |
|
BRAVO, RICARDO DANIEL |
17.607.192 |
8-ME-2026 |
|
TOBARES, ROSANA FANY |
28.934.833 |
8-ME-2026 |
|
FERREYRA, MARIA EUGENIA |
28.738.314 |
8-ME-2026 |
|
BRAVO, SILVIA CRISTINA |
18.092.754 |
8-ME-2026 |
|
FRANCO, LAURA FABIANA |
29.759.768 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, FRANCISCA |
14.577.411 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, CLAUDIA LORENA |
30.764.114 |
8-ME-2026 |
|
BRAGA, MARIA DE LOS ANGELES |
26.848.900 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 22 “JOSÉ MANUEL ESTRADA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALVAREZ, MARIA LETIZIA |
17.847.635 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, FELIPE |
16.661.310 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, GRACIELA VANESA |
29.106.273 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, SONIA NOEMI |
22.722.705 |
8-ME-2026 |
|
LIRA, VERONICA PATRICIA |
28.960.075 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 23 “UMBERTO RODRÍGUEZ SAÁ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ESCUDERO, LIDIA MARIANA |
24.323.104 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº 24 “SENDERITOS DEL VALLE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRES, LUCIA ELENA |
17.433.622 |
8-ME-2026 |
|
PALMERO, CARINA RAMONA |
22.888.013 |
8-ME-2026 |
|
FRIAS, MARIA ESTER |
12.565.489 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, ANGELA DEL CARMEN |
25.566.831 |
8-ME-2026 |
|
ALTAMIRANO, ANDREA ANALIA |
29.936.309 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 24 “PANCHA HERNÁNDEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DICIERO, BLANCA NIEVES |
16.330.987 |
8-ME-2026 |
|
ONTIVEROS MORAN, STELLA MARIS |
17.211.665 |
8-ME-2026 |
|
QUINTEROS, SUSANA ISABEL |
18.577.649 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, GABRIELA BEATRIZ |
24.480.122 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, MARIA EVELIA |
25.166.775 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, CAROLINA CARMEN |
29.621.654 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, NOELIA |
35.916.904 |
8-ME-2026 |
|
VEJA, ANALIA SOLEDAD |
27.376.352 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, NESTOR CRESPINIANO |
17.407.371 |
8-ME-2026 |
|
MEDINA, DANIELA DE LOS ANGELES |
27.167.021 |
8-ME-2026 |
|
LA VIA, FLAVIO SERGIO |
23.707.677 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, SUSANA INES |
16.297.519 |
8-ME-2026 |
|
GALVAN, CLAUDIA PATRICIA |
31.542.596 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 24 “LUISA FANTINI DE CORTES APARICIO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GATICA, NORMA BEATRIZ |
18.055.424 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, LUISA ISABEL |
24.685.415 |
8-ME-2026 |
|
ARRIETA, MARIA ESTER |
16.566.379 |
8-ME-2026 |
|
ARRIETA, JESSICA SOFIA |
37.638.965 |
8-ME-2026 |
|
QUINTANA, EPIFANIO MARIANO |
23.848.040 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 25 “JUSTO JOSÉ DE URQUIZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GIMENEZ, NICOMEDES |
12.903.275 |
8-ME-2026 |
|
TORANZO, NELIDA MERCEDES |
16.180.804 |
8-ME-2026 |
|
GUZMAN, FRANCISCA GLADY |
16.468.827 |
8-ME-2026 |
|
AÑES, MARIA DORA |
17.464.553 |
8-ME-2026 |
|
MAGALLANES, IVANA GABRIELA |
28.527.151 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, JOSE TIMOTEO |
33.288.318 |
8-ME-2026 |
|
GALFRE, MARIA LAURA |
27.054.793 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 25 “ESCULTOR ANTONIO MIGUEL NEVOT” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BUSTO, FLAVIA GABRIELA |
23.443.271 |
8-ME-2026 |
|
LUNA, OSCAR FELIPE |
13.868.455 |
8-ME-2026 |
|
BAIGORRIA, MARIA LUISA |
13.929.671 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, VICTOR DANIEL |
17.029.147 |
8-ME-2026 |
|
VELARDEZ, DELIA ESTER |
29.389.768 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, RENZO DANIEL |
31.455.338 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 26 “MARÍA PALMIRA CABRAL DE BECERRA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FIGUEROA, ADRIANA ELISABET |
29.107.016 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 26 “GOBERNADOR ELIAS ADRE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ORTIZ, ROQUE ERNESTO |
14.737.962 |
8-ME-2026 |
|
CUELLO, CARLA LILIANA |
23.166.624 |
8-ME-2026 |
|
ALTAMIRANDA, MARIA NATIVIDAD |
23.919.848 |
8-ME-2026 |
|
MERCAU, ARNALDO DANIEL |
25.132.598 |
8-ME-2026 |
|
ZABALA, ELEONORA NOELIA |
30.095.953 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, VERONICA DANIELA |
30.865.684 |
8-ME-2026 |
|
BRITO, YANINA ESTELA |
31.007.730 |
8-ME-2026 |
|
ZAMORA SILVA, SOFIA ESTER |
33.605.311 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, MARIA DOLORES |
22.761.721 |
8-ME-2026 |
|
CARRERAS, MARIA ELINA |
21.701.541 |
8-ME-2026 |
|
SALDAÑA, ROSA CAROLINA |
27.468.384 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 27 “SATURNINO GONZÁLEZ CAMARERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SOSA, HERNALDO ERMINDO |
21.382.527 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, SONIA MABEL |
33.428.240 |
8-ME-2026 |
|
FLORES, YANINA JAQUELINA |
34.877.794 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, ROSARIO DEL PILAR |
22.496.851 |
8-ME-2026 |
|
LEON, CARINA BEATRIZ |
26.068.989 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 27 “DOCTOR ELEODORO LOBOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FLORES, LUISA |
22.541.676 |
8-ME-2026 |
|
BRAVO, WALTHER ANTONIO |
16.668.204 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, MARIA ELENA |
24.141.940 |
8-ME-2026 |
|
SALDAÑA, MONICA SANDRA |
24.328.999 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, MARISA ELISABETH |
27.917.804 |
8-ME-2026 |
|
CEBALLO, ROSA MABEL |
20.876.932 |
8-ME-2026 |
|
CARRERAS, MIRTA |
29.339.609 |
8-ME-2026 |
|
VELEZ, ROSANA MARIELA |
27.234.486 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, VILMA INES |
28.601.296 |
8-ME-2026 |
|
CHIRINO, JOANA GISELA |
33.287.551 |
8-ME-2026 |
|
FLORES, LUCIANA CARINA |
31.402.275 |
8-ME-2026 |
|
MORAN, MARIA GABRIELA |
27.369.437 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, MARIA ELENA |
30.096.626 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, ROMINA VALERIA |
31.337.690 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, CARMEN LORENA |
27.744.207 |
8-ME-2026 |
|
LUNA, JOSE MARIO |
23.896.562 |
8-ME-2026 |
|
ALTAMIRANDA, MARTA LILIANA |
25.566.808 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 27 “GOBERNADOR SANTIAGO BESSO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CUELLO, GABRIELA EDITH |
21.383.303 |
8-ME-2026 |
|
VALSICOVICH, SUSANA |
16.411.356 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 28 “GENERAL JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CONTRERA, FABIO ARIEL |
29.187.465 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, GLADYS MONICA |
17.583.706 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, GRACIELA NOEMI |
18.599.911 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, ROSA MABEL |
17.163.118 |
8-ME-2026 |
|
GIL, CLARINDA RAMONA |
17.873.516 |
8-ME-2026 |
|
MEQUERE, ILDA PETRONA |
20.136.377 |
8-ME-2026 |
|
SEPULVEDA, NILDA ESTER |
21.630.978 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, HUGO MARCELO |
22.779.625 |
8-ME-2026 |
|
AGUILAR, SANDRA MARY |
23.274.808 |
8-ME-2026 |
|
MENDOZA, BIBIANA ANGELINA |
22.379.922 |
8-ME-2026 |
|
MORA, PATRICIA YAQUELINA |
32.396.589 |
8-ME-2026 |
|
RIVERO, MARTHA ELIZABETH |
23.187.069 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 28 “CABILDO ABIERTO 22 DE MAYO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
JOFRE, MARIA CRISTINA |
23.937.277 |
8-ME-2026 |
|
CENTRO EDUCATIVO Nº 28 “DOCTOR RENEÉ FAVALORO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VEGA, PATRICIA FRANCISCA |
20.302.230 |
8-ME-2026 |
|
REINOSO, ROSA RAMONA |
24.331.416 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, ANALIA VALERIA |
27.136.362 |
8-ME-2026 |
|
ABREGO, MARIA CRISTINA |
22.352.839 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, JULIA ALCIRA |
17.058.297 |
8-ME-2026 |
|
CAMPUSANO, JUAN ANTONIO |
23.315.031 |
8-ME-2026 |
|
VILA, NELVA GRISELDA |
22.932.032 |
8-ME-2026 |
|
MORA, ELDA ADRIANA |
24.797.716 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, GRACIELA NOEMI |
17.389.198 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, ANTONIA LORENZA |
24.620.614 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, CRISTINA DEL VALLE |
23.202.553 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, MARIA CELESTE |
29.549.945 |
8-ME-2026 |
|
PALENQUE, ANDREA PAOLA |
29.087.601 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, MARGARITA OLGA |
30.345.557 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, MARIA DEL URDEN |
14.562.411 |
8-ME-2026 |
|
PALLERO, PAMELA MELISA |
36.415.155 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 29 “REMEDIOS ESCALADA DE SAN MARTÍN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRES, MERCEDES BELEN |
27.394.083 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO, NORMA ANGELICA |
18.206.204 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ VILLEGAS, ALEJANDRA MARIANA |
26.915.015 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, SOLEDAD DORINA |
27.697.840 |
8-ME-2026 |
|
ESCOBAR, NATALIA PAMELA |
29.215.205 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 29 “COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GATICA, CAROLINA EUGENIA |
27.169.656 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, ERNESTO VENTURA |
22.058.683 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, MANUEL ALEJANDRO |
24.984.532 |
8-ME-2026 |
|
YSAGUIRRE, LAURA ELISABETH |
27.909.974 |
8-ME-2026 |
|
GUIÑAZU, RAUL ROQUE |
23.917.677 |
8-ME-2026 |
|
BRITO, LUISA DALINDA |
34.701.059 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, MARIELA |
32.220.999 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, MARTIN |
13.499.352 |
8-ME-2026 |
|
ABACA, VICTOR EDUARDO |
30.613.218 |
8-ME-2026 |
|
QUEVEDO, JULIA ELIZABETH |
27.033.067 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, ANA RITA |
31.402.519 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 30 “GENERAL PEDERNERA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VARAS, LILIANA |
14.035.386 |
8-ME-2026 |
|
OLERY, MONICA GRACIELA |
16.660.686 |
8-ME-2026 |
|
VARAS, GABRIELA ELIZABETH |
28.960.643 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 30 “FRAGATA PRESIDENTE SARMIENTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ACEVEDO, MARIA ARGENTINA |
21.383.139 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, MARIA DE LOS ANGELES |
33.800.731 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, DEBORA DEL VALLE |
32.471.140 |
8-ME-2026 |
|
BRITO, SERGIO RODOLFO |
25.101.927 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, PATRICIA GRACIELA |
29.305.701 |
8-ME-2026 |
|
QUEVEDO, JOSE ALEJO |
16.133.873 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA TORRES, CARLA LUJAN |
30.693.973 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 31 “MARIANO MORENO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OLIVARES, SONIA ELENA |
14.940.058 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, MIGUEL ANGEL |
26.214.673 |
8-ME-2026 |
|
SERRANO VERGARA, GABRIELA ROMINA |
30.687.521 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, GABRIELA DE LOS ANGELES |
28.489.567 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, OLGA BEATRIZ |
18.377.073 |
8-ME-2026 |
|
LEDESMA, HAYDEE |
18.095.012 |
8-ME-2026 |
|
MARTIN, MARISA RAQUEL |
26.467.098 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, FERNANDA RUTH |
30.687.624 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, ESTELA MARY |
27.394.941 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 31 “PROFESOR VICTOR SAÁ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CAMARGO, HECTOR NOEL |
17.189.945 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, SILVIA INES |
22.258.704 |
8-ME-2026 |
|
BARRIO, MARIA ESTHER |
22.702.885 |
8-ME-2026 |
|
MOYANO, ROBERTO OSCAR |
25.695.260 |
8-ME-2026 |
|
GRANDON, FRANCISCO JAVIER |
26.297.102 |
8-ME-2026 |
|
AMAYA, STELLA MARIS |
26.546.767 |
8-ME-2026 |
|
ISAGUIRRE, NATALIA LORENZA |
27.909.398 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, GRACIELA ESTER |
31.235.686 |
8-ME-2026 |
|
AMAYA, SILVINA DEL VALLE |
27.360.076 |
8-ME-2026 |
|
NIEVAS, ELIZABETH DEL CARMEN |
17.524.372 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, LIDIA NORMA |
20.447.446 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, DAMIAN WALTER |
21.625.990 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, ANALIA CLAUDIA |
17.189.953 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, MONICA DEL VALLE |
17.720.132 |
8-ME-2026 |
|
LESCANO, ROXANA ANDREA |
18.252.992 |
8-ME-2026 |
|
MERCADO, WALTER CEFERINO |
20.447.448 |
8-ME-2026 |
|
BRUNA, CLAUDIA DEL VALLE |
21.356.600 |
8-ME-2026 |
|
LUJAN, ELENA DEL ROSARIO |
17.524.303 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, RAMONA GRACIELA |
23.629.160 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, JOSE DAVID |
31.402.183 |
8-ME-2026 |
|
MARIN, MARIO OSCAR |
24.637.969 |
8-ME-2026 |
|
MALDONADO, MARY ISABEL |
23.966.775 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, MARIA ESTHER |
20.501.272 |
8-ME-2026 |
|
AMARO, GRACIELA INES |
26.661.520 |
8-ME-2026 |
|
LEYES, CELINA DEL VALLE |
29.049.979 |
8-ME-2026 |
|
SORIA, MARIA DOLORES |
27.125.416 |
8-ME-2026 |
|
AVILA, EDILIA ADELINA |
26.185.015 |
8-ME-2026 |
|
CEBALLOS, CIRIACO LUIS |
13.427.938 |
8-ME-2026 |
|
BLANCO, CESAR DANIEL |
25.695.228 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, JORGE DANIEL |
31.011.528 |
8-ME-2026 |
|
MALDONADO, EDITH DEL CARMEN |
26.016.872 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, MARIELA VANESSA |
27.909.366 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, MIRNA SOLEDAD |
27.805.876 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, MONICA ALBA |
22.744.911 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, JORGE ALDO |
17.720.162 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 32 “JUAN PASCUAL PRINGLES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GODOY, DENNIS DEL CARMEN |
20.447.393 |
8-ME-2026 |
|
MALDONADO, MONICA BEATRIZ |
21.740.888 |
8-ME-2026 |
|
PONCE, MARY ISABEL |
26.143.931 |
8-ME-2026 |
|
ALVA, ANTONIA DEOLINDA |
29.522.462 |
8-ME-2026 |
|
QUINTEROS, EUGENIA DEL VALLE |
29.652.593 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, ANDREA ROSA |
30.019.904 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, ANDREA CELESTE |
30.019.912 |
8-ME-2026 |
|
CHIRINO, RAUL HUMBERTO |
16.479.712 |
8-ME-2026 |
|
CARRIZO, JUAN CARLOS |
26.983.701 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 33 “VICENTE DUPUY” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GUZMAN, ROLANDO ALBERTO |
17.948.789 |
8-ME-2026 |
|
FARIAS, MARCELO ADRIAN |
25.870.167 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, JESSICA FERNANDA |
29.215.152 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 33 “PROFESOR GABINO PUELLES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VARAS, PEDRO HECTOR |
20.133.810 |
8-ME-2026 |
|
LLANOS, OSCAR ALEJANDRO |
20.983.064 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, SANDRA DEL VALLE |
24.311.788 |
8-ME-2026 |
|
MALDONADO, SILVIA BEATRIZ |
28.376.145 |
8-ME-2026 |
|
MALDONADO, CARMEN VANESA |
31.204.864 |
8-ME-2026 |
|
GIL, ANTONIO FABIAN |
31.204.884 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, CLAUDIA ROXANA |
32.748.355 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, CLAUDIA RENEE |
27.868.654 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, JULIO RICARDO |
29.652.558 |
8-ME-2026 |
|
CARABAJAL, MIGUEL ANGEL |
30.721.347 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, MARIO JAVIER |
20.501.274 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, RITA ELIZABETH |
30.721.350 |
8-ME-2026 |
|
YGLESIAS, CEFERINA EDELVEY |
21.740.895 |
8-ME-2026 |
|
DURAN, SILVIA BEATRIZ |
24.953.098 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, RITA TERESITA |
31.204.881 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, ROSA NANCY |
28.625.031 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 34 “RAUL BASILIO DÍAZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LOMBARDI, SILVANA JUDITH |
23.999.238 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 34 “ARISTIDES BRATTI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ANDRADA, JULIO CESAR |
23.636.232 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 35 “CAMINO DEL PEREGRINO II” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALCARAZ, PATRICIA DEL CARMEN |
16.297.589 |
8-ME-2026 |
|
AGUILAR, GREGORIA SILVESTRE |
16.661.179 |
8-ME-2026 |
|
MAYORDOMO, NANCY SUSANA |
17.646.600 |
8-ME-2026 |
|
GALVAN, GRACIELA DEL CARMEN |
17.665.314 |
8-ME-2026 |
|
ALVAREZ, MONICA BALDOMERA |
23.734.389 |
8-ME-2026 |
|
MONSALVA, MYRIAM NATALIA |
28.185.255 |
8-ME-2026 |
|
FLORES, ROSA DENI |
17.885.453 |
8-ME-2026 |
|
STAMPANONI, SUSANA BEATRIZ |
25.166.420 |
8-ME-2026 |
|
QUINTERO, JUAN RAMON |
18.550.046 |
8-ME-2026 |
|
FANTINO, SANDRA MIRIAM |
21.568.660 |
8-ME-2026 |
|
VERA, CLAUDIA MARIELA |
24.299.366 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ENRIQUE CRUZ |
21.630.150 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 35 “GRANADERO BASILIO BUSTOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, MYRIAM ROSANA |
21.626.081 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA ASISTENCIAL Nº 36 “GOBERNADOR CARLOS ALRIC” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROMERO, MARISA NOEMI |
20.134.747 |
8-ME-2026 |
|
GUZMAN, SANDRA ADRIANA |
22.366.002 |
8-ME-2026 |
|
PALMA, LILIANA NOEMI |
24.590.520 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, MARIA ALEJANDRA |
26.915.184 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, GABRIELA ALEJANDRA |
27.494.942 |
8-ME-2026 |
|
LUNA, GABRIELA ALEJANDRA |
27.525.474 |
8-ME-2026 |
|
BRIZUELA, ANALIA VANESA |
30.099.209 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, VALERIA ALEJANDRA |
30.177.865 |
8-ME-2026 |
|
BRITO, LUCIA PAOLA |
30.317.075 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, ESTER EUSEBIA |
16.957.014 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, MARIA DEL CARMEN |
14.035.532 |
8-ME-2026 |
|
ZAVALA, SILVIA BEATRIZ |
24.526.240 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, MARIA FERNANDA |
25.191.392 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, ANGELA NOEMI |
28.598.548 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, VANESA SOLEDAD |
31.597.563 |
8-ME-2026 |
|
PESSIO, LAURA SILVANA |
27.393.997 |
8-ME-2026 |
|
NUÑEZ, JOSE LUIS |
28.451.561 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, NATALIA ELIZABETH |
28.389.947 |
8-ME-2026 |
|
ALBA, PAULA ANDREA |
20.687.759 |
8-ME-2026 |
|
CORIA, GLADYS NOEMI |
22.786.477 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, TRANCITO MARCIANA |
17.698.624 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 36 “DOCTOR BERNARDO ALBERTO HOUSSAY” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRES, DEOLINDA RAMONA |
24.465.944 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, ANA LUISA |
24.387.743 |
8-ME-2026 |
|
BUSTAMANTE CASTRO, RUTH EMILIANA |
93.453.518 |
8-ME-2026 |
|
BARRERA, GABRIELA DE LOS ANGELES |
24.990.270 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, SUSANA BEATRIZ |
18.157.896 |
8-ME-2026 |
|
BARRAZA, JUAN ARTURO |
37.599.874 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, JOSE SALVADOR |
25.547.503 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 37 “JUAN BAUTISTA ALBERDI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VIDELA, SERGIO HUMBERTO |
31.518.351 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, REINA BEATRIZ |
17.328.224 |
8-ME-2026 |
|
MANZANO, RAQUELA DEL CARMEN |
18.624.685 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, MARIA DEL VALLE |
22.437.144 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, LORENA VANESA |
28.958.363 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, SONIA AZUCENA |
30.071.871 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, ROSA LAURA |
30.874.263 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, VERONICA EDITH |
26.307.941 |
8-ME-2026 |
|
MALDONADO, SILVANA DE LOS ANGELES |
21.626.070 |
8-ME-2026 |
|
BERGA, BEATRIZ LUCIA |
23.920.882 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, MARIA BELEN |
26.768.825 |
8-ME-2026 |
|
PASTEN, PATRICIA JUDIT |
22.274.560 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, MARIA SOLEDAD |
31.083.072 |
8-ME-2026 |
|
CAÑETE, MARIA LUISA |
20.080.679 |
8-ME-2026 |
|
BROWN, EMILIO JOSE |
23.920.888 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, CARINA MARIELA |
26.763.545 |
8-ME-2026 |
|
URQUIZA, OSVALDO BENJAMIN |
30.203.304 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, LUCAS DAVID |
29.724.963 |
8-ME-2026 |
|
GIL, SONIA CAROLINA |
29.814.340 |
8-ME-2026 |
|
ORTEGA, CLAUDIA ELIZABETH |
24.778.964 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 37 “INGENIERO GERMÁN AVÉ LALLEMANT” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BRAVO, NANCY EVANGELINA |
18.496.274 |
8-ME-2026 |
|
LIMA, FRANCO TOMAS |
27.253.153 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 38 “MARIE CURIE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OJEDA, RAQUEL PATRICIA |
18.169.811 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, MARTHA |
22.206.931 |
8-ME-2026 |
|
LANOIX, CYNTIA IVANA |
32.410.210 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, DANIEL HUGO |
17.911.049 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, BEATRIZ NOEMI |
17.911.094 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, EULADIA |
16.446.598 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS ZAVALA, FLAVIO YAMIL |
28.185.036 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 38 “GENERAL PABLO LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DIAZ, RITA BEATRIZ |
28.893.737 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, NORMA PAULINA |
27.396.955 |
8-ME-2026 |
|
MORAN, VIVIANA MICAELA |
27.763.642 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA TÉCNICA Nº 38 “LEONOR MATILDE HIRSCH DE CARABALLO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DOMINGUEZ, PATRICIA EDIT |
25.820.406 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 39 “FRAY LUIS TULA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VILLEGAS, ROXANA MABEL |
23.582.366 |
8-ME-2026 |
|
PEÑALOZA, ALEJANDRA CARINA |
24.571.488 |
8-ME-2026 |
|
COLEGIO Nº 40 “HÉROES DE MALVINAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VELASQUEZ, PATRICIA |
21.980.595 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, MARIA DE LOS ANGELES |
24.887.373 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, MIRTA GLADYS |
25.378.598 |
8-ME-2026 |
|
QUEVEDO, STELLA MARIS |
26.614.968 |
8-ME-2026 |
|
OILO, CLAUDIA ELIZABETH |
23.067.946 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, WALTER DANIEL |
25.166.003 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, LAURA NATALIA |
27.923.326 |
8-ME-2026 |
|
LEYES, CLAUDIA ELINÉ |
25.507.844 |
8-ME-2026 |
|
VERA, MARCELA VERONICA |
22.396.031 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, ANTONELLA CELESTE |
39.397.475 |
8-ME-2026 |
|
GANDOLFO, ANGEL DARIO |
33.515.704 |
8-ME-2026 |
|
GALLARDO CORTEZ, MONICA GIMENA |
93.614.767 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, ANA DELIA |
22.543.008 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, RAMONA MARIEL |
18.546.903 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, MIRTA FABIANA |
21.000.669 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 40 “DOCTOR RICARDO ROJAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARROSO, PATRICIA ALEJANDRA |
29.419.409 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, CELIA BIBIANA |
30.177.952 |
8-ME-2026 |
|
ARNAUDO, MARIA LUCRECIA |
31.342.939 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, ETELVINA |
16.310.102 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ROSA ALEJANDRA |
22.786.444 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 43 “DOCTOR TOMÁS JOFRÉ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AMAYA, MARIA CRISTINA |
13.039.337 |
8-ME-2026 |
|
ROLDAN, YANINA PAMELA |
28.243.507 |
8-ME-2026 |
|
RAMPONI, VANESA LIGIA |
27.325.176 |
8-ME-2026 |
|
GARCIA, ANDREA DEL VALLE |
28.598.513 |
8-ME-2026 |
|
ROJAS, BIBIANA TOMASA |
18.377.150 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 45 “JUAN DE DIOS ESCOBAR” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ILLARREGUI, JOSE EDGARDO |
25.719.680 |
8-ME-2026 |
|
RIVAS, CECILIA |
28.601.167 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, JOSE VICENTE |
14.443.958 |
8-ME-2026 |
|
BULACIO, ALICIA ESTHER |
30.347.482 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 46 “GOBERNADOR LEÓN GUILLET” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALLENDE, GABRIELA ALEJANDRA |
24.990.446 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 48 “FAUSTINO FRANCISCO BERRONDO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MOLINA, DORA DEL ROSARIO |
17.524.716 |
8-ME-2026 |
|
DELGADO, JORGE ANIBAL |
11.444.475 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, GRACIELA TERESA |
20.414.113 |
8-ME-2026 |
|
SEPULVEDA, JORGELINA CECILIA |
25.182.147 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, CINTIA YESICA |
30.613.208 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, ELENA VANESA |
30.613.206 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, VALERIA SOLEDAD |
29.549.901 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 49 “GOBERNADOR LINDOR LAURENTINO QUIROGA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BENITEZ, LIDIA NOEMI |
14.336.927 |
8-ME-2026 |
|
JIMENEZ, DAIANA ELISABETH |
33.508.851 |
8-ME-2026 |
|
BENITEZ, CINTHYA LEONOR |
30.339.590 |
8-ME-2026 |
|
MORAN, JULIA NELIDA |
22.385.993 |
8-ME-2026 |
|
BREWER, MONICA ALICIA |
20.324.409 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 50 “EULALIO ASTUDILLO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, RAMON ALBERTO |
22.258.705 |
8-ME-2026 |
|
VARA, RAMONA DEL CARMEN |
22.258.744 |
8-ME-2026 |
|
CHAVERO, ELISA ROSA |
22.392.621 |
8-ME-2026 |
|
AMAYA, MARIA INES |
27.909.356 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, ANA ELIZABET |
28.530.281 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, FANY JOSEFINA |
28.530.284 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, FRANCISCO WASHINGTON |
13.842.863 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 51 “MAESTRO FAUSTINO SEGUNDO MENDOZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CASTRO, TEODOCIA MARTINA |
18.233.479 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS, LETIZIA DALINDA |
22.911.276 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, MARIELA DE LOS ANGELES |
25.166.193 |
8-ME-2026 |
|
CARAVAJAL, IRIS ANTONIA |
16.660.621 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JULIO FRANCISCO |
32.872.864 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, CRISTINA VANESA |
30.058.302 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, SERGIO ALEJANDRO |
35.884.851 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 52 “SUBMARINO ARMADA REPUBLICA ARGENTINA SAN LUIS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CABAÑEZ, MARIA ANTONIA |
13.688.722 |
8-ME-2026 |
|
ZOLOAGA, JUANA ROQUELINA |
23.661.485 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, ROSARIO |
16.447.345 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, CRISTINA BEATRIZ |
33.473.558 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, MARIA LUJAN |
29.960.048 |
8-ME-2026 |
|
MOYANO, PATRICIA VANESA |
30.693.978 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, FATIMA ALEXANDRA |
34.469.483 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 53 “JUANA AZURDUY DE PADILLA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, AURELIA DEOLINDA |
31.011.539 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 54 “DELFINA VARELA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OJEDA, MARCELA ALEJANDRA |
27.076.328 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 56 “ARAOZ DE LAMADRID” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CAMARGO, HUGO ALEJANDRO |
29.106.303 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 57 “JUAN JOSE CASTELLI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CASTRO, ADOLFO DAMIAN |
16.803.615 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 59 “11 DE SEPTIEMBRE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUCERO, RAUL |
26.090.758 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, DARIO ANTONIO |
23.917.661 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 62 “GENERAL LAVALLE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, JULIA EVA |
20.136.957 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, SEGUNDO NICOLAS |
20.930.861 |
8-ME-2026 |
|
SALAS, ANDRES DOMINGO |
24.556.653 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, ANTONIO BACILIO |
20.136.984 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, FORTUNATO ALFREDO |
16.177.334 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 66 “MONSEÑOR TIBILETTI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MIRANDA, PATRICIA MAGDALENA |
24.382.256 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, LUISA SUSANA |
18.157.585 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, JOSE OSCAR |
24.681.324 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, CRISTINA ISABEL |
21.383.557 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 69 “MAESTRA OLGA ESTER SARDEN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MOREIRA, GLADYS SUSANA |
13.268.470 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, ILDA GLADYS |
16.778.867 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, MARYSOL |
25.394.243 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, GLADYS NOEMI |
23.390.960 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, ANALIA SUSANA |
27.003.334 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, MARIA ELIZABETH |
30.973.518 |
8-ME-2026 |
|
ESCOBAR, MARIELA PAOLA |
30.099.231 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, ROSA ALEJANDRA |
26.467.294 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 70 “PROVINCIA DE SAN LUIS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
HERRERA, ELMA CRISTINA |
20.137.587 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JUANA VERÓNICA |
23.202.148 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, HUGO FERNANDO |
26.806.270 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, PAOLA ANTONIA |
31.047.966 |
8-ME-2026 |
|
LEYTON, MARIA MAGDALENA |
31.830.911 |
8-ME-2026 |
|
ZARANDON, ANDREA JOHANNA |
32.410.323 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 74 “GOBERNADOR BENIGNO RODRÍGUEZ JURADO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BRITO, NOELIA ELIZABETH |
29.339.641 |
8-ME-2026 |
|
YSAGUIRRE, LUISA MABEL |
30.096.622 |
8-ME-2026 |
|
BRITO, CINTIA AZUL |
30.493.274 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, ALEJANDRA GLADYS |
27.541.963 |
8-ME-2026 |
|
CASTILLO, JORGE ANTONIO |
28.760.265 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, BARBARA SABRINA |
32.491.571 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, MARIA ESTEFANIA |
32.259.251 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, CINTIA PAOLA |
30.095.986 |
8-ME-2026 |
|
ALTAMIRANDA, DIEGO ALEJANDRO |
30.095.971 |
8-ME-2026 |
|
ANTE, SOLEDAD MABEL |
31.007.726 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, NANCY BEATRIZ |
28.601.291 |
8-ME-2026 |
|
CORIA, ANTONIA DEL ROSARIO |
21.621.295 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 76 “LUISA QUIROGA DE LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ESCUDERO, MARCELA JUDITH |
28.727.583 |
8-ME-2026 |
|
ROBLE, MABEL CLAUDIA |
29.582.382 |
8-ME-2026 |
|
ROBLE, PAOLA SUSANA |
30.581.718 |
8-ME-2026 |
|
GUTIERREZ, ADRIANA DEL CARMEN |
29.847.832 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 77 “MAESTROS PUNTANOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LOPEZ, ALBERTO FRANCISCO |
16.839.541 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, FLAVIA ILSA |
24.323.045 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, ELENA ELIZABET |
26.534.991 |
8-ME-2026 |
|
GALFRE, RITA LORENA |
28.491.823 |
8-ME-2026 |
|
BRAVO SALAS, KATERIN DEL CARMEN |
33.089.882 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, RITA VANESA |
30.244.250 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, NORMA EDITH |
14.542.480 |
8-ME-2026 |
|
OROSCO, LUIS LEANDRO |
36.227.211 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, MONICA ROXANA |
25.565.958 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, MARGARITA EMELIA |
31.092.734 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, SANDRA KARINA |
24.605.776 |
8-ME-2026 |
|
TISERA, HUGO ALFREDO |
21.630.450 |
8-ME-2026 |
|
REINA, MARIA MERCEDES |
33.856.872 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, MARIA ALEJANDRA |
30.244.074 |
8-ME-2026 |
|
RETTA MOLINA, PAOLA GABRIELA |
31.047.940 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO OJEDA, JUAN CARLOS |
30.754.759 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 82 “GENERAL LAS HERAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MOCCA, MARIA ROSARIO |
29.342.368 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, JOSE EMILIO |
27.499.780 |
8-ME-2026 |
|
AVERASTAIN, SILVIA NOEMI |
14.438.317 |
8-ME-2026 |
|
OYOLA, MARIA SILVIA |
24.125.220 |
8-ME-2026 |
|
GIL, MARIA SOLEDAD |
36.050.837 |
8-ME-2026 |
|
PONCE MARIN, TANIA FABIOLA |
92.795.579 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, MARIAN GISELA |
29.342.318 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA TORRES, IVANA ANDREA |
29.342.364 |
8-ME-2026 |
|
TORGNIELLI, ROMINA VANESA |
31.285.377 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, DANIEL EDUARDO |
34.428.951 |
8-ME-2026 |
|
SERVETTI, MAYRA ANAHI |
36.133.009 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, AMANDA ISABEL |
20.135.955 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 84 “DALMIRO SANTIAGO ADARO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BAIGORRIA, NELVA VANESA |
32.400.395 |
8-ME-2026 |
|
BECHIS, SERGIO DANIEL |
16.297.429 |
8-ME-2026 |
|
MOYANO, LAURA ANDREA |
27.376.305 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, MARIA EUFEMIA |
13.422.444 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 85 “ÁLVAREZ CONDARCO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
JANSSEN, NORMA ISABEL |
17.470.701 |
8-ME-2026 |
|
AGÜERO, FERNANDA ALAY |
42.207.618 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 89 “ROSARIO AMANDA RAMIREZ DE VARELA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ESCUDERO, JORGE WALDINO |
30.624.076 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 92 “JUAN WENCESLAO GEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRONTEGUI, OSCAR ANIBAL |
16.772.825 |
8-ME-2026 |
|
RETA, HUGO ROQUE |
23.483.326 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 94 “GRANADERO FRANCISCO GATICA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MORENO, RITA LUCIANA |
33.288.344 |
8-ME-2026 |
|
VELIZ, ROSALINDA |
13.630.809 |
8-ME-2026 |
|
PEREIRA, GLADYS MELISA |
31.978.087 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 95 “VICTOR MERCANTE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
NAVARRO, SERGIO EFRAIN |
26.546.784 |
8-ME-2026 |
|
AMAYA, VANESSA DEL VALLE |
27.868.666 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, RAMON HECTOR |
27.909.409 |
8-ME-2026 |
|
AZCURRA, MARIA ESTHER |
22.258.731 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, RAMON SEBASTIAN |
27.360.083 |
8-ME-2026 |
|
MORAN, RENEE EDILIA |
26.983.739 |
8-ME-2026 |
|
CARRIZO, ROSA VERONICA |
28.530.300 |
8-ME-2026 |
|
SORIA, LUIS DEOLINDO |
26.546.780 |
8-ME-2026 |
|
GIGENA, DANIELA LAURA |
26.812.706 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, ELCY HILDA |
16.479.739 |
8-ME-2026 |
|
SANDANDE, MARIA ROSA |
30.149.001 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, ALBA NOELIA |
27.360.088 |
8-ME-2026 |
|
VERA, SILVIA CRISTINA |
27.360.122 |
8-ME-2026 |
|
QUINTERO, LIDIA DOMINGA |
29.513.851 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, GUILLERMO RAMON |
25.695.265 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, PAOLA YAMILA |
30.006.860 |
8-ME-2026 |
|
MARIN, VANESA VALERIA |
30.006.890 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, MARIA ESTHER |
17.524.370 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 98 “GOBERNADOR JOSÉ SANTOS ORTIZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ARCE, GUSTAVO EDGARDO |
16.117.458 |
8-ME-2026 |
|
MORCON, JOSE ANTONIO |
23.202.282 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, EVA ARGENTINA |
14.144.093 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, NATALIA MARINA |
34.877.412 |
8-ME-2026 |
|
ZANGLA, EMANUEL ALEJANDRO |
32.872.598 |
8-ME-2026 |
|
HEREDIA, LAURA BETINA |
31.047.964 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, VANESSA CAROLINA |
36.309.784 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, ALICIA MERCEDES |
12.550.693 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, SILVIA ANDREA |
25.668.581 |
8-ME-2026 |
|
MORALES, ANIBAL ALEJANDRO |
29.811.773 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, CINTIA SOLEDAD |
28.184.724 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 104 “DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GARCIA, RITA NOEMI |
17.873.293 |
8-ME-2026 |
|
RIVERO, MARIA CECILIA |
24.444.547 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, SANDRA BEATRIZ |
18.222.434 |
8-ME-2026 |
|
AGUILAR, NORMA ANDREA |
24.484.259 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, JOHANA YOLANDA |
36.305.810 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, ANGEL MARCIAL |
30.377.769 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MARIA CRISTINA |
14.371.922 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 105 “GENERAL JUSTO JOSÉ DE URQUIZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
RODRIGUEZ, DEOLINDA ANABEL |
27.909.850 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, ATILIO HECTOR |
22.413.276 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, LUIS FELIPE |
14.487.056 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, NORA MABEL |
14.487.058 |
8-ME-2026 |
|
ANDRADA, RICARDO OSCAR |
17.460.299 |
8-ME-2026 |
|
DAVILA, VICTOR JAVIER |
21.997.392 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 106 “PROFESOR TOMAS FERRARI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUCERO HERRERA, IRMA EDITH |
13.972.696 |
8-ME-2026 |
|
HERRERA, EDUARDO ADOLFO |
16.133.202 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, ROSA LUISA |
17.123.397 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, ERICA VALERIA |
27.394.948 |
8-ME-2026 |
|
SALINAS, BEATRIZ ANDREA |
28.598.791 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 107 “CORNELIO SAAVEDRA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRES, LIDIA ALEJANDRA |
26.063.024 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 113 “JUAN AGUSTIN ORTIZ ESTRADA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BECERRA, NORMA RAMONA |
24.141.516 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, MAXIMO |
12.445.855 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 114 “DOCTOR RICARDO GUTIERREZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MUÑOZ, YOLANDA MABEL |
18.055.879 |
8-ME-2026 |
|
GUZMAN, LETICIA VERONICA |
18.842.951 |
8-ME-2026 |
|
ROA, DORIS AVELINA DEL VALLE |
23.938.443 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, DORIS VIVIANA |
17.825.518 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, MARTHA EDITH |
18.365.262 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, ELVA RAQUEL |
16.499.349 |
8-ME-2026 |
|
GUIÑAZU, LEOPOLDO DANTE |
20.135.268 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, SANDRA ROSSANA |
17.024.956 |
8-ME-2026 |
|
AVILA, LILIANA MABEL |
17.024.963 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, ANA PATRICIA |
24.268.997 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, NORMA GENOVEVA |
14.787.819 |
8-ME-2026 |
|
ROLDAN, ELVA CRISTINA |
30.567.319 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, JUAN CARLOS |
12.547.753 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, NAZARENA DEL CARMEN |
30.019.414 |
8-ME-2026 |
|
MORAN, MARIA MAGDALENA |
12.407.920 |
8-ME-2026 |
|
GUZMAN, MARGARITA ROGELIA |
23.861.383 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, JESSICA ROMINA |
30.377.753 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, CARMEN YSABEL |
31.212.868 |
8-ME-2026 |
|
GENTA, GABRIELA FABIOLA |
23.883.955 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, KARINA YSABEL |
30.019.458 |
8-ME-2026 |
|
FARES, MARIANGELA ISABEL |
29.690.027 |
8-ME-2026 |
|
GUIÑAZU, PATRICIA VIVIANA |
24.954.982 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, CLAUDIA MARISA |
24.739.425 |
8-ME-2026 |
|
ISAGUIRRE, MARIELA LORENA |
27.360.072 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 119 “CARMEN QUIROGA DE BERRONDO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MIRANDA, ROSA NOEMI |
28.026.592 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, JUAN FRANCISCO |
23.432.541 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, ENRIQUE NICOLINO |
20.138.414 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 122 “ALBERTO WILLIAMS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BENGOLEA, NANCY NOEMI |
32.646.160 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JORGE ANTONIO |
14.296.333 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, MARIA CRUZ |
14.351.193 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 125 “FRAY LUIS BELTRAN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MAIDANA, NORA ALICIA |
31.402.508 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, JUSTO PALMARIN |
24.939.911 |
8-ME-2026 |
|
CARRIZO, JONATTAN DANIEL |
38.220.054 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, CLAUDIO GERMAN |
29.936.462 |
8-ME-2026 |
|
FRANCO, NILDA DEL CARMEN |
29.936.474 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, MARCELO ANTONIO |
30.866.198 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, JOSE FELIPE |
13.630.815 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, RAMON ANDRES |
17.987.842 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 127 “SAN LORENZO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PEDERNERA, DIOLINDA DEL CARMEN |
24.188.088 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 128 “LORENZO GUERRERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OJEDA, ESTHER RAMONA |
18.538.817 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, MARIA CONCEPCION |
34.710.995 |
8-ME-2026 |
|
INSTITUTO EXPERIMENTAL EDUCATIVO Nº 133 “FRAY LUIS AMIGÓ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
YGLESIAS, RAUL ALBERTO |
17.149.903 |
8-ME-2026 |
|
CHUFFO, ANALIA RAQUEL |
20.174.799 |
8-ME-2026 |
|
VARGAS, ELIAS ANTONIO |
21.701.510 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, EMMA MARIELA |
23.483.533 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ANDREA ALEJANDRA |
23.664.235 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, PATRICIA ANAHI |
31.900.946 |
8-ME-2026 |
|
LLANOS SANCHEZ, DALESHKA ARLETH |
19.096.438 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 137 “MINISTRO JOSE MARIA OJEDA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FUNES, NATALIA LORENA |
27.158.958 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 139 “BARTOLOMÉ MITRE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FUNES, MARTA RAQUEL |
24.009.029 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 141 “LOS ANDES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROSALES, MIRTHA ROXANA |
25.854.228 |
8-ME-2026 |
|
PUERTA, NELSON RICHARD EDUARDO |
27.898.466 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 142 “GOBERNADOR SANTIAGO BESSO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MORCON, PAOLA LETICIA |
25.854.205 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 146 “GRANADERO TOMAS CUELLO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, MONICA VIVIANA |
26.573.524 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, NELIDA NOEMI |
16.117.680 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, GRACIELA KARINA |
34.429.149 |
8-ME-2026 |
|
JUAREZ, RAMONA CRISTINA |
14.786.559 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, SILVIA MABEL |
21.823.482 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 147 “PROVINCIA DE MENDOZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LEGUIZAMON, VIVIANA BEATRIZ |
27.393.649 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, GLADYS BEATRIZ |
35.475.708 |
8-ME-2026 |
|
FERRERO, LAURA NOEMI |
21.654.835 |
8-ME-2026 |
|
ORELLANO, CLAUDIA MONICA |
17.509.938 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, ADRIANA YUDITH |
16.631.729 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, OMAR HUMBERTO |
14.978.649 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, GLADYS EUGENIA |
21.383.605 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, ROQUE DANIEL |
20.137.183 |
8-ME-2026 |
|
LUJAN, FABIAN DARIO |
26.302.281 |
8-ME-2026 |
|
PEREDA, JUANA MARIA |
30.019.428 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 148 “PROVINCIA DE CHUBUT” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MUÑOZ, SUSANA GRISELDA |
27.394.014 |
8-ME-2026 |
|
PAEZ, JUAN ALEJANDRO |
18.467.374 |
8-ME-2026 |
|
ZAPATA, JUAN EDUARDO |
25.008.912 |
8-ME-2026 |
|
GIRARDI, CLAUDIO RICARDO |
18.095.217 |
8-ME-2026 |
|
ZENDRON, CLAUDIA PATRICIA |
22.000.025 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, YOLANDA ANGELICA |
17.698.607 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 149 “MANUEL LAINEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARROSO, VICTOR EDGARDO |
29.214.436 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, CLAUDIA BEATRIZ |
23.133.819 |
8-ME-2026 |
|
ALVAREZ, GRACIELA RAQUEL |
23.443.258 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, TELMA LIVIA |
29.214.434 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 150 “PROVINCIA DE SANTA FE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VEJA, SANDRA TOMASA |
17.352.953 |
8-ME-2026 |
|
CHAVES, MARIA ROSA |
20.134.755 |
8-ME-2026 |
|
VEJA, MARIO JOSE |
21.383.159 |
8-ME-2026 |
|
SILVERA, LUISA AMELIA |
27.360.044 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, TOMASA ROSARIO |
29.813.072 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, PAOLA VANESA |
31.342.990 |
8-ME-2026 |
|
MORA, MARIELA PATRICIA |
26.098.008 |
8-ME-2026 |
|
FREDEZ, LUCAS EMMANUEL |
30.178.063 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 152 “ALAS ARGENTINAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VEGA, RODOLFO |
14.035.381 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, HAYDEE LAURENTINA |
17.698.747 |
8-ME-2026 |
|
NIEVAS, FELIPE DEL POLO |
23.637.886 |
8-ME-2026 |
|
PAYES, ROSA MARICEL |
26.214.321 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, MARIA BELEN |
32.012.620 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, NATALIA DEL CARMEN |
33.429.229 |
8-ME-2026 |
|
BARROZO, RUMALDO DANIEL |
18.041.352 |
8-ME-2026 |
|
MENDEZ, ALEJANDRO ARMANDO |
20.610.267 |
8-ME-2026 |
|
VARA, ZULEMA ADELAIDA |
18.599.914 |
8-ME-2026 |
|
LOYOLA, HECTOR HUGO |
16.631.893 |
8-ME-2026 |
|
FARIAS, CLARA DEL VALLE |
14.910.737 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, RAUL ALBERTO |
27.394.581 |
8-ME-2026 |
|
MORAN, FRANCO DAVID |
27.698.368 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, MARCOS ANTONIO |
28.091.048 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, EDUARDO DANIEL |
16.133.093 |
8-ME-2026 |
|
PORTELA, GABRIELA DEL CARMEN |
28.219.514 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ FLORES, MARCELA VALENTINA |
92.680.768 |
8-ME-2026 |
|
FIGUEROA, GUSTAVO ABEL |
26.915.029 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, LETICIA ADRIANA |
26.214.339 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, WALTER OSCAR |
26.467.059 |
8-ME-2026 |
|
CASTRO, MARISA CECILIA |
23.799.245 |
8-ME-2026 |
|
VALDEVENITEZ, SILVIA DEL CARMEN |
25.733.405 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, VERONICA PATRICIA |
27.394.716 |
8-ME-2026 |
|
SANTANA ALBORNOZ, SOFIA CANDELA |
42.207.829 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 156 “GRANADERO JOSE GABRIEL BUSTOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SALINAS, SUSANA MIRIAM |
17.207.539 |
8-ME-2026 |
|
AMAYA, VICTOR HUGO |
22.712.430 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 157 “GRANADERO JUAN ENRIQUE LOZANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PEREZ, ESTELA MARY |
29.419.322 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 158 “JOSE MANUEL ESTRADA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALANIZ, CLAUDIA MABEL |
26.329.059 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 162 “DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CALDERON, GLORIA MARGARITA |
17.037.098 |
8-ME-2026 |
|
CALDERON, NEMECIO |
17.101.461 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, JOSE MANUEL |
20.486.546 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, PATRICIA NORMA |
23.011.748 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 163 “PROVINCIA DE CHACO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LEDESMA, ARIEL WENCESLAO |
26.614.828 |
8-ME-2026 |
|
BURGOS, BEATRIZ |
30.613.293 |
8-ME-2026 |
|
BURGOS, ISABEL RAMONA |
29.797.691 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 165 “MINISTRO JULIAN BARROSO RODRIGUEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OGAS, ANGELA DORA |
28.601.077 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 169 “GRANADERO CANDIDO MIRANDA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ZALAZAR, YOHANA ESTEFANIA |
32.171.234 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 171 “PINTOR BLADIMIRO MELGAREJO MUÑOZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUCERO, JOSE CAYETANO |
17.014.340 |
8-ME-2026 |
|
MOYANO, GUSTAVO ARIEL |
21.608.001 |
8-ME-2026 |
|
LEYES, MARCELINO RAMON |
22.408.937 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, MARIA SUSANA |
31.996.172 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 172 “MISIONES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GIMENEZ, ADRIANA DEL CARMEN |
21.382.308 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, BEATRIZ VIVIANA |
24.681.997 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, LAURA BELEN |
29.996.130 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 175 “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGÜERO, ILSA |
14.542.544 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, ELVA ANDREA |
17.911.408 |
8-ME-2026 |
|
HERNANDEZ, OLGUINA PATRICIA |
20.668.535 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, IVANA INES |
29.426.099 |
8-ME-2026 |
|
ARGAÑARAZ, LIDIA CARINA |
31.092.807 |
8-ME-2026 |
|
BORDON, GABRIELA ALEJANDRA |
21.630.066 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, MARCELA LILIANA |
22.543.630 |
8-ME-2026 |
|
AVILA, NORMA GRACIELA |
17.646.445 |
8-ME-2026 |
|
EMIN, MARIA LORENA |
35.626.739 |
8-ME-2026 |
|
GÑAVES, OLGA VERÓNICA |
29.811.922 |
8-ME-2026 |
|
OROSCO, RAMONA MABEL |
17.389.040 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 176 “MAESTRA NÉLIDA ESTHER PÉREZ DE FERRER” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MORE, MARGARITA DEL ROSARIO |
20.609.278 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, JOSE GUSTAVO |
25.870.010 |
8-ME-2026 |
|
PERALTA, MIRTA GRACIELA |
27.102.821 |
8-ME-2026 |
|
VILLARRUEL, KARINA ANDREA |
27.394.751 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, NOELIA |
27.419.909 |
8-ME-2026 |
|
PALMA, DEOLINDA ANTONIA |
29.427.666 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, LUCINDA MABEL |
26.915.291 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, CLAUDIA GABRIELA |
21.382.757 |
8-ME-2026 |
|
VARGAS, ANGELA BEATRIZ |
16.357.448 |
8-ME-2026 |
|
RIVAROLA, NOEMI EDIN |
14.771.369 |
8-ME-2026 |
|
CEJAS, CELIA NATALIA |
35.313.967 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 177 “GRANADERO MANUEL ANTONIO FERNANDEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DIAZ, JESUS SIMON |
24.880.039 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, ANTONIO RUBEN |
21.757.965 |
8-ME-2026 |
|
ALLENDE, LIDIA MIRIAN |
26.820.682 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, DANIEL ALFREDO |
26.125.670 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS, MARCELA JULIETA |
30.946.012 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 178 “JOSE INES PEDERNERA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GIGENA, MARCOS ANIBAL |
17.963.782 |
8-ME-2026 |
|
LA TORRE, MYRIAN ALEJANDRA |
21.090.277 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, JOSE AMERICO |
16.641.885 |
8-ME-2026 |
|
SANCHES, DIOLINDA DEL VALLE |
24.880.031 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, JUAN CARLOS |
29.727.834 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, DORA GRACIELA |
20.138.871 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 179 “EJÉRCITO ARGENTINO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DURAN, MERCEDES ESTELA |
22.335.408 |
8-ME-2026 |
|
LAGOS, MARCELA EDITH |
23.688.560 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, MARIA DE LOS ANGELES |
22.335.409 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, GLADI IRMA |
17.518.634 |
8-ME-2026 |
|
PEREIRA, OSCAR ANTONIO |
20.134.632 |
8-ME-2026 |
|
BORDON, MARY ISABEL |
23.688.336 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 184 “MANUEL BELGRANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SANCHEZ, RAUL |
16.480.367 |
8-ME-2026 |
|
FERREYRA, ADRIANA ISABEL |
22.218.271 |
8-ME-2026 |
|
LEGUIZAMON, NORMA GRACIELA |
22.445.434 |
8-ME-2026 |
|
PALMA, CLAUDIA PAOLA |
25.281.132 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 185 “GRANADERO JOSE GABRIEL ORTIZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MERCAU, LORENA DEL VALLE |
32.777.836 |
8-ME-2026 |
|
RAMIREZ, VALERIA JIMENA |
35.316.331 |
8-ME-2026 |
|
RAMIREZ, SALVADOR DELPIDIO |
16.362.159 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, MABEL YNES |
25.459.192 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 186 “GRANADERO JUAN MIGUEL ALCARAZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CORREA, YSOLINA BEATRIZ |
20.137.842 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, STELLA MARI |
17.894.754 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 187 “JOSÉ HERNÁNDEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MONTIEL, ANGEL DAVID |
20.326.600 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ADRIANA HAYDEE |
26.915.459 |
8-ME-2026 |
|
BERTOLA, MARIA FERNANDA |
28.389.926 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ROSA ANGELICA |
30.099.190 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS, ANDREA BELEN |
29.813.479 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 188 “PROVINCIA DE SANTA CRUZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BRINGAS, MIGUEL MANUEL |
23.133.816 |
8-ME-2026 |
|
BRINGAS, AMADEO RAUL |
18.267.504 |
8-ME-2026 |
|
BRINGAS, EDUARDO RAFAEL |
14.717.481 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS, MIRTA LILIANA |
23.131.303 |
8-ME-2026 |
|
THEUNYCK, CARLOS ALFREDO |
14.259.851 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ANTONIO |
26.758.257 |
8-ME-2026 |
|
THEUNYNCK, MARIA LUCIANA |
25.163.871 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 191 “PROVINCIA DE LA PAMPA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALFONSO, CRISTIAN FABIAN |
32.256.242 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 196 “MAESTRA MARÍA MITCHELL DE RAMIREZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
YGLESIAS, ROSARIO DEL SALVADOR |
22.107.967 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 199 “PROVINCIA DE BUENOS AIRES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GUZMAN, ANTONIO JUSTINO |
23.271.998 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, DOMINGO ANDRES |
25.354.061 |
8-ME-2026 |
|
GIL, MIRIAN YOLANDA |
16.631.565 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, GRACIELA DOMINGA |
16.642.257 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, DALINDA GLADYS |
17.800.428 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, WALTER FEDERICO |
30.019.927 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, VERONICA DEL VALLE |
27.868.667 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, YESICA MARIA ELIDA |
29.190.863 |
8-ME-2026 |
|
YGLESIAS, ROSA HAYDEE |
25.354.055 |
8-ME-2026 |
|
CHAVERO, MARTA DEL VALLE |
12.625.606 |
8-ME-2026 |
|
VARA, ESTELA DEL ROSARIO |
22.107.974 |
8-ME-2026 |
|
MANSILLA, JUAN CARLOS |
30.721.335 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 200 “CAPITAN FAUSTO GAVAZZI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MONTAÑEZ, HILDA MARY |
21.005.747 |
8-ME-2026 |
|
BALMACEDA, ELSA MABEL |
18.276.164 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 202 “GOBERNADOR GERONIMO MENDOZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
JUAREZ, LUISA JOSEFINA |
22.957.231 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, RAMON VICENTE |
23.334.359 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 204 “MAESTRO NEMECIO VILLEGAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PEREYRA, HUGO ESTEVAN |
16.803.649 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, ALBERTO DEL CARMEN |
17.058.298 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 207 “VICTOR WALDINO ENDEIZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PONCE, MIRIAN VANESA |
35.315.936 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, NANCY BEATRIZ |
30.157.182 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, DALMIRO |
14.198.769 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 208 “DIRECTORA HAYDEE ETCHEVERRY DE SOSA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PONCE, MIRIAN VANESA |
35.315.936 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, JUAN CARLOS |
18.237.293 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 210 “GENERAL PEDERNERA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CASTRO, MARIA VANESA |
32.570.679 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, RICARDO FIDEL |
17.101.794 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, MARIA ROSA |
30.007.503 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 213 “MAESTROS SANLUISEÑOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PEREIRA, SUSANA BEATRIS |
21.383.500 |
8-ME-2026 |
|
FRANCO, ROXANA ALEXIA |
29.071.698 |
8-ME-2026 |
|
FRANCO, MARIANA |
31.978.085 |
8-ME-2026 |
|
MORENO, LORENA MELINA |
33.288.342 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, JORGE IGNACIO |
28.915.776 |
8-ME-2026 |
|
ALVELO, VALERIA ALEJANDRA |
30.096.627 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 214 “GRANADERO JUAN RODRIGUEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LAGOS, RAMON ANIBAL |
30.096.521 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 215 “MINISTRO ANDRÉS MATILDE GARRO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ESCUDERO, CLAUDIA MABEL |
27.544.154 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, IVAR JOSE |
27.486.076 |
8-ME-2026 |
|
CHAVEZ, MARILINA DEL VALLE |
29.458.490 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 219 “ANDREA DEL CARMEN FERNÁNDEZ DE GODOY VELEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GARCIA, RAMON SEBASTIAN |
31.489.099 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 220 “HEROINAS DE AYOHUMA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
HEREDIA, SILVIA VERONICA |
28.419.271 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, RAMON IVAN |
17.039.985 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, RITA NOEMI |
34.700.989 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, MARCELO DARIO |
20.138.709 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 223 “GRANADERO JUAN MANUEL PRINGLES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SOSA, GLADYS SUSANA |
21.383.112 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, JUAN PABLO |
27.239.999 |
8-ME-2026 |
|
ZAPATA, PABLO ALEJANDRO |
29.106.352 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, JULIO ROSENDO |
22.587.797 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, JOSE OSVALDO |
24.403.911 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 224 “MINISTRO VICTOR GUIÑAZU” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ECHENIQUE, HECTOR RAUL |
17.911.458 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 225 “MAESTRO PIO ROSARIO FLORES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CHIRINO, NELLY ROSA |
20.134.543 |
8-ME-2026 |
|
BARRIO, RAUL GUSTAVO |
17.769.506 |
8-ME-2026 |
|
NIEVA, SILVIA FELISA |
27.645.814 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 227 “CORONEL PRINGLES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
JOFRE, JUAN RAMON |
22.335.419 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, CESAR JAVIER |
30.544.627 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, VERONICA PATRICIA |
23.688.423 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, DOMINGO ODILIO |
12.394.127 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, HILDA ELENA |
26.573.521 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 228 “GOBERNADOR JUAN SAÁ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ZALAZAR, MARIA NICOLASA |
18.232.464 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, TERESA DEL CARMEN |
22.094.889 |
8-ME-2026 |
|
LIGORRIA, EVA RAFAELA |
31.542.645 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 232 “GRANADERO FERMIN BENITEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PEREZ, HILDA ONNA |
21.957.916 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 234 “ARMADA ARGENTINA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FALCON, ZULMA ANDREA |
26.740.874 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, ADRIANA AMALIA |
14.693.353 |
8-ME-2026 |
|
ZARATE, ADRIANA DEL VALLE |
22.385.998 |
8-ME-2026 |
|
SUARES, ALICIA BEATRIZ |
17.032.608 |
8-ME-2026 |
|
SUARES, CARLOS ARIEL |
25.644.631 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 236 “VICEDIRECTORA JUANA BELZUNCE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGUERO, LUCIANO ANTONIO |
28.540.618 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 237 “MAESTRA TRINIDAD CHIRINO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MANCILLA, MARIA LAURA |
26.354.409 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 240 “PROVINCIA DE CORRIENTES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, CELESTE ANDREA ROMINA |
31.479.522 |
8-ME-2026 |
|
LOBOS, TERESA NOEMI |
29.069.917 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, MARIELA SOLEDAD |
29.085.045 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 242 “PABLO PIZZURNO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
COY, CLAUDIA ELIZABETH |
22.274.580 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, CARLOS ALBERTO |
24.619.977 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 243 “PROVINCIA DE RIO NEGRO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PONCE, DEOLINDA |
25.512.685 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, MARIA BELEN |
35.316.155 |
8-ME-2026 |
|
FUNEZ, MARIA ESTER |
17.936.439 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 247 “GRANADERO JOSE DOROTEO ARIAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARROSO, ROSA RAMONA |
26.817.217 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 249 “CONRADO GARCÍA TORRES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TORRES, JOSÉ ALBERTO |
25.159.928 |
8-ME-2026 |
|
PALLERO, RICARDO SEBASTIAN |
30.629.032 |
8-ME-2026 |
|
SOTO TORRES, DANIEL |
17.665.334 |
8-ME-2026 |
|
VILCHEZ, MARCELO DARIO |
26.831.874 |
8-ME-2026 |
|
FRANCO, DALILA JUDITH |
24.939.925 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 250 “TOMAS ESPORA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PALLERO, ROSA BARBARITA |
16.660.888 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MERCEDES JAQUELINA |
24.845.672 |
8-ME-2026 |
|
BUSTO, GLADIS MARICEL |
16.965.579 |
8-ME-2026 |
|
GUERRERO, GLADYS PATRICIA |
17.256.774 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 251 “SANTIAGO DEL ESTERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AVILA, MONICA BEATRIZ |
21.383.727 |
8-ME-2026 |
|
GARCIA, SANDRA NOEMI |
26.833.056 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, PABLO CARLOS |
27.381.495 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, SILVIA SUSANA |
28.529.464 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, MONICA GABRIELA |
25.083.683 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, ANALIA PATRICIA |
28.727.592 |
8-ME-2026 |
|
DEVIA, JUAN ALBERTO |
29.582.362 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, VERONICA VALERIA |
29.814.395 |
8-ME-2026 |
|
ZALAZAR, ROSA ELVA |
16.148.954 |
8-ME-2026 |
|
CASTILLO, GRISELDA NANCY |
29.814.313 |
8-ME-2026 |
|
LEGUIZAMON, JAVIER ALFREDO |
25.516.822 |
8-ME-2026 |
|
GUIÑEZ, MARINA ZULLY |
16.148.952 |
8-ME-2026 |
|
REINARZ, MARCOS DAMIAN |
33.314.880 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 255 “PROVINCIA DE FORMOSA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, ROBERTO ANTONIO |
18.269.324 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, LORENA VIRGINIA |
28.475.084 |
8-ME-2026 |
|
ALTAMIRANO, JUAN GABRIEL |
29.049.981 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, ALICIA LORENA |
30.007.348 |
8-ME-2026 |
|
VERA, RITA DEOLINDA |
30.543.410 |
8-ME-2026 |
|
BLANCO, JUAN CARLOS |
30.543.461 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, FERNANDA NOELIA |
30.866.192 |
8-ME-2026 |
|
VERA, DELIA BIBIANA |
31.011.537 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 256 “PROVINCIA DE SALTA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GATICA, CEFERINA ELENA |
24.067.692 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, RUBEN ALFREDO |
24.067.693 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 257 “PROVINCIA DE SALTA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GODOY, JORGE DEOLINDO |
23.629.168 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, LUIS GUSTAVO |
27.909.358 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 258 “MAESTRO ANTONIO ELISEO TELLO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GOMEZ, CRISTIAN FRANCISCO |
26.682.993 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, SIXTA REGINA |
20.836.060 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 259 “VICEDIRECTOR JESUS TORIBIO LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BECERRA, SILVIA GLADYS |
32.161.442 |
8-ME-2026 |
|
BLANCO, MARIELA YANELA |
29.807.986 |
8-ME-2026 |
|
VAZQUEZ, FANNY NOEMI |
17.780.313 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, ROMELIA |
22.186.762 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, ZULMA ELISABETH |
29.916.605 |
8-ME-2026 |
|
LEYES, RAMONA EDITH |
21.607.963 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, EBLOJIA |
14.821.025 |
8-ME-2026 |
|
MAGNALDI, SELVA DEL CARMEN |
27.909.983 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 264 “JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARRIONUEVO, ROSA ESTER |
24.333.608 |
8-ME-2026 |
|
ABARCA, MARIA ALEJANDRA |
22.140.454 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, JUAN ERASMO |
12.044.501 |
8-ME-2026 |
|
MANAVELLA, MARIA DE BELEN |
23.202.167 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 266 “JOSE FACUNDO LOPEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GARRO, SILVERIA MARGARITA |
18.157.511 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, GUILLERMO MARTINIANO |
14.653.208 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 267 “GOBERNADOR ERIBERTO MENDOZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BUSTOS, SILVANA LORENA |
27.739.319 |
8-ME-2026 |
|
AMIEVA, LUIS FAUSTINO |
16.839.722 |
8-ME-2026 |
|
FURNARI, RICARDO |
23.390.772 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 271 “CAUTIVAS PUNTANAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GONZALEZ, ESTELA ADRIANA |
16.941.778 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 272 “CAPITAL FEDERAL” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARBERAN, ISABEL NOEMI |
17.590.439 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, GASTON MARTIN |
35.315.960 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, GABRIELA PAOLA |
27.412.522 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 278 “GENERAL FRANKLIN LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CHIRINO, DORA EDITH |
28.915.764 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, SILVIA MONICA |
18.181.788 |
8-ME-2026 |
|
PADILLA, SILVIA NOEMI |
17.894.763 |
8-ME-2026 |
|
PRADO, ROSANA VIVIANA |
31.368.793 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 279 “SOLDADO ARGENTINO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CORREA, SANTA ELENA |
14.372.457 |
8-ME-2026 |
|
NIEVA, MANUEL HORACIO |
29.761.876 |
8-ME-2026 |
|
VILLEGAS, VILMA INES |
30.809.403 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 282 “GOBERNADOR JACINTO VIDELA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SUAREZ, ISABEL ESTELA |
14.870.305 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, SIXTO RAMIREZ |
13.922.229 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 285 “GRANADERO DOMINGO ORTIZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SOSA, MARIA ESTELA |
26.586.699 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, RAMON LAZARO |
27.511.292 |
8-ME-2026 |
|
SOLOA, CRISTIAN FACUNDO |
35.316.326 |
8-ME-2026 |
|
LAGOS, SERGIO DAMIAN |
29.209.923 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 286 “JUAN BAUTISTA ALBERDI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, SOFIA LORENA |
28.601.260 |
8-ME-2026 |
|
FIGUEROA, MARIA ELENA |
30.761.583 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 290 “DIRECTOR TEOFILO IGNACIO GATICA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ARGÜELLO, GRACIELA ESTHER |
24.323.036 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, FABIAN ARIEL |
24.333.627 |
8-ME-2026 |
|
ARGUELLO, NORMA ANGELICA |
16.104.224 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 292 “DIPUTADO ROBERTO PAEZ MONTERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGÜERO, MARIA ANTONIA |
24.571.526 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, GRACIELA ANALIA |
29.546.696 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, NATALIA ALEJANDRA |
29.546.697 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, JESICA ROSA |
30.230.600 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 295 “MAESTRA ENRIQUETA DEL CARMEN SARMIENTO DE AMODEY” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MORALES, KARINA PATRICIA |
25.338.700 |
8-ME-2026 |
|
VERA, DOMINGO ELIO |
17.050.019 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, SILVIA BEATRIZ |
27.706.845 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 296 “PROFESOR CARLOS CARLETTI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TELLO, DANIEL ANTONIO |
25.590.084 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, CELIA |
16.104.209 |
8-ME-2026 |
|
ARCE, PATRICIA CLEMIRA |
23.370.443 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, SILVIA |
32.723.648 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 297 “MAESTRO CELESTINO GOMEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SOSA, BETIANA ELINA |
23.661.498 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, JESICA ROMINA |
31.803.942 |
8-ME-2026 |
|
GATICA, RAMONA SINENCIA |
13.688.720 |
8-ME-2026 |
|
COSTANSO, NATALIA SOLEDAD |
29.305.723 |
8-ME-2026 |
|
RIVERO, PATRICIA RAMONA |
22.852.627 |
8-ME-2026 |
|
QUEVEDO, NORMA |
24.794.799 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, JULIO EDUARDO |
26.682.991 |
8-ME-2026 |
|
ZOLOAGA, RUBEN DAMIAN |
25.693.505 |
8-ME-2026 |
|
CAYO, PAMELA IVANNA |
31.029.031 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 298 “MINISTRO EDUARDO DARACT” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
JOFRE, SANTOS ARTEMIO |
21.383.594 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 302 “MINISTRO CELESTINO JOFRÉ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BUSTOS, MARIELA RAMONA |
26.982.694 |
8-ME-2026 |
|
PERRIER, ANTONIO RAMON |
26.703.445 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 303 “SEBASTIÁN MUÑOZ” |
||
|
OJEDA, BERTA GORGELINA |
22.183.329 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 306 “GOBERNADOR ZOILO CONCHA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALBORNOZ, MARIA DE LOS ANGELES |
22.978.037 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, ADRIANA ADELINA |
20.136.929 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, RAMON DARIO |
21.859.694 |
8-ME-2026 |
|
ROSSETTO, SILVIA LORENA |
27.167.264 |
8-ME-2026 |
|
MORENO, MARINA ANDREA |
28.838.489 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, LORENA VANESA |
30.244.033 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, HUGO ORLANDO |
23.802.158 |
8-ME-2026 |
|
BECERRA, ESTELA MARY |
21.859.688 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 308 “NICOLAS AVELLANEDA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ECHENIQUE, EDUARDO ALEJANDRO |
28.926.045 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, DAVID DARIO |
27.994.496 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, DALINDA MARIA |
23.046.023 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, ROBERTO JUAN |
27.994.494 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 310 “GOBERNADOR RICARDO RODRÍGUEZ SAÁ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROMERO, CLAUDIA MABEL |
28.775.464 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, ALICIA ESTER |
23.011.741 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 312 “REPÚBLICA DE CHILE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
PIZARRO, ESTHER BIENVENIDA |
24.681.698 |
8-ME-2026 |
|
TOLEDO SANTAGATA, CARLOS GUSTAVO |
23.202.321 |
8-ME-2026 |
|
CORTEZ CUENCA, ROSA JESUS |
20.132.709 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, MARTIN SALVADOR |
30.157.162 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, SILVIA CEFERINA |
23.009.831 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, PAOLA ANDREA |
26.992.430 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 313 “ROSARIO MERCEDES SIMÓN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
INGOLLINGO, ESTEBAN ANTONIO |
16.673.696 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ALEJANDRA ANTONIA |
23.947.298 |
8-ME-2026 |
|
HERRERA, VIVIANA JUDITH |
25.166.187 |
8-ME-2026 |
|
HAUG, NELIDA HAIDE |
21.450.951 |
8-ME-2026 |
|
VARAS, ADRIANA JAQUELINA |
23.202.497 |
8-ME-2026 |
|
HERRERA, SANDRA CECILIA |
25.166.364 |
8-ME-2026 |
|
CORIA, EUGENIO RAMON |
16.641.898 |
8-ME-2026 |
|
AYALA, DANIELA CLAUDIA |
31.540.180 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 314 “PROVINCIA DE LA RIOJA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CABAÑEZ, ANGELA PATRICIA |
27.135.551 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, EVA NELIDA |
24.099.473 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 315 “MAESTRO GILBERTO AMIEVA PAIVA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ALBORNOZ, ROSA DOMINGA |
23.544.352 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, CARLOS DANIEL |
29.305.704 |
8-ME-2026 |
|
JURI, ANTONIO |
18.304.181 |
8-ME-2026 |
|
LOPEZ, SONIA SOLEDAD |
28.813.681 |
8-ME-2026 |
|
VALLEJOS, PAOLA ANALIA |
29.729.310 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 316 “MAESTRA CARMEN FLORES DE NIÑO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CALDERON, AIDA JOSEFINA |
24.137.046 |
8-ME-2026 |
|
YUBEL, MARY YSABEL |
28.376.113 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 317 “ELEODORO FRANCISCO VILA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FLORES, JUANA DOMINGA |
14.487.362 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, SILVIA |
23.919.823 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 320 “NICOLAS AVELLANEDA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GONZALEZ, RAMON HECTOR |
22.587.795 |
8-ME-2026 |
|
IRUSTA, JUAN CARLOS |
16.447.354 |
8-ME-2026 |
|
GALLARDO, FAUSTINO RUBEN |
17.143.592 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, ANGEL ERNESTO |
13.782.969 |
8-ME-2026 |
|
ARGUELLO, MARIO ROLANDO |
14.988.861 |
8-ME-2026 |
|
CUELLO, JORGE AMERICO |
14.988.896 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, GLADYS PATRICIA |
29.225.936 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, CLAUDIA MARIANA |
35.313.962 |
8-ME-2026 |
|
PAYERO, NELLY MABEL |
17.679.376 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, GONZALO DARIO |
24.954.581 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 323 “JUAN WENCESLAO GEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
TRINCA, MARCELO DANIEL |
27.774.192 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, GUSTAVO HECTOR |
23.947.143 |
8-ME-2026 |
|
ORTIZ, EDUARDO ELIAS |
20.414.661 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, VANESSA BELEN |
30.393.944 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 324 “FELISA MUÑOZ DE FOURCADE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FIGUEROA, FERNANDO ALEXIS |
27.980.803 |
8-ME-2026 |
|
OGA, JULIA INES |
26.214.679 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 325 “GRANADERO PEDRO LUCAS CACERES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERREYRA, CARLOS OMAR |
28.373.913 |
8-ME-2026 |
|
CHIRINO, LILIANA ANDREA |
32.336.617 |
8-ME-2026 |
|
OVIEDO, RAMON ANTONIO |
21.384.070 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 326 “INGENIERO JORGE NEWBERY” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SALINA, DANTE DANIEL |
26.787.944 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, JAQUELINA JESUS |
28.255.815 |
8-ME-2026 |
|
CUELLO, ALBINO MATEO |
24.444.529 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, RAFAEL RAMON |
16.957.019 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 327 “MAESTRA PARMENIA OJEDA BUSTOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GATICA, JESUS ISRAEL |
10.185.079 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, JORGE DAVID |
31.442.064 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 329 “DIRECTOR PEDRO BIANCHI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGÜERO, HUMBERTO |
16.117.548 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 333 “INSPECTOR ROSARIO MUÑOZ SARMIENTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MACIAS, RUBEN ORLANDO |
31.011.552 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, CLAUDIO ARIEL |
30.285.232 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 335 “MAESTRA CELINA AMAN DE LOAIZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MERCADO, FERNANDO DAHER |
26.585.763 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 337 “INDEPENDENCIA ARGENTINA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SANCHEZ, GUILLERMO |
20.135.302 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 340 “SENADOR MIGUEL ANGEL BERNARDO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGUILAR, GLADYS NAZARIA |
27.749.805 |
8-ME-20262 |
|
SUAREZ, CARLOS GERONIMO |
14.522.257 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 341 “GRANADERO JUAN DE LA CRUZ MOLINA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROBLE, MARCELA ARMINDA |
26.321.918 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 357 “MÁXIMO CAMARGO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERNANDEZ, OSCAR HUMBERTO |
22.478.010 |
8-ME-2026 |
|
MAGALLAN, DAVID ROBERTO |
29.187.496 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, LUISA RAMONA |
20.136.629 |
8-ME-2026 |
|
PALLERO, LILIANA BEATRIZ |
22.259.098 |
8-ME-2026 |
|
BARROZO, MARIA DEL VALLE |
30.019.451 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, ALEJANDRA BEATRIZ |
29.690.079 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, SUSANA ELIZABETH |
22.703.258 |
8-ME-2026 |
|
MEDERO, VIVIANA DEOLINDA |
25.565.573 |
8-ME-2026 |
|
AGUILAR, ELBA |
17.168.393 |
8-ME-2026 |
|
SEPULVEDA, GABRIELA ELISABETH |
27.360.052 |
8-ME-2026 |
|
ARIAS, MARIA DEL CARMEN |
26.504.872 |
8-ME-2026 |
|
CAMARGO, MARTHA MARCELA |
33.623.070 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, ROMINA DEBORA |
29.652.095 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, JUANA IVANA |
31.212.856 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 361 “GRANADERO JOSÉ MARTIN LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SALDAÑA, CLAUDIA MABEL |
25.799.470 |
8-ME-2026 |
|
VELAZQUEZ, HECTOR FIDEL |
21.813.315 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, SEGUNDO TOMAS |
24.137.014 |
8-ME-2026 |
|
CHAVES, ANALIA BEATRIZ |
29.936.466 |
8-ME-2026 |
|
CHAVEZ, LAURA EVA |
31.402.501 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 362 “GRANADERO MAURICIO PEREZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARZOLA, JOSE ALBERTO |
24.545.802 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, ROSA MABEL |
26.228.567 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, JULIO CESAR |
38.438.307 |
8-ME-2026 |
|
BARZOLA, JOSE RAMON |
24.545.811 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 365 “MAESTRA FILOMENA OJEDA BUSTOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
AGUERO, DANIEL ANTONIO |
23.555.544 |
8-ME-2026 |
|
AVILA, NORMA MERCEDES |
18.162.876 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, ROQUE JACINTO |
23.034.826 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 369 “GOBERNADOR ALBERTO ARANCIBIA RODRIGUEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SAROMES, AMELIA DEL CARMEN |
20.486.514 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, JULIAN ELIAS |
16.180.801 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 370 “GRANADERO LEANDRO LUCERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARRIO, SILVIA RAMONA |
35.316.325 |
8-ME-2026 |
|
ALBET, KARINA DE LOS ANGELES |
32.292.730 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 371 “JUAN BAUTISTA ALBERDI” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ACOSTA, MARIO GUSTAVO |
18.377.055 |
8-ME-2026 |
|
ZERDA, SILVANA DEL VALLE |
25.394.042 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, CLAUDIA EDITH |
27.954.016 |
8-ME-2026 |
|
ACOSTA, LUCIA CAROLINA |
35.085.994 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 374 “GOBIERNO DE SAN LUIS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VILCHEZ, RUBEN DARIO DEL VALLE |
25.634.331 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, FANY SOLEDAD |
28.960.501 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 378 “PROFESORA CELMIRA FIGUEROA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
IGNACIO, EUGENIA |
17.822.639 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 380 “GRANADERO VALENTIN DOMINGUEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MEDERO, MARIA LAURA |
28.926.335 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 381 “SOLDADO PUNTANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUCERO, CARLOS HECTOR |
17.057.698 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, ALEJANDRA GRICELDA |
17.752.699 |
8-ME-2026 |
|
PEREYRA, LEONARDO MATEO |
23.688.436 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, JUANA BEATRIZ |
26.930.677 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, SANDRA NOEMI |
36.305.867 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 382 “GOBERNADOR TORIBIO MENDOZA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CUELLO, NORMA LETICIA |
27.135.793 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, RAMON ANTONIO |
23.432.545 |
8-ME-2026 |
|
MEDERO, NILDA JOHANA |
35.316.497 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, MARIA CELESTE PATRICIA |
29.996.077 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 384 “GRANADERO MARIANO DOMINGUEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GIL, MARIA CAROLINA |
28.591.951 |
8-ME-2026 |
|
FLORES, FERNANDO RAUL |
14.958.823 |
8-ME-2026 |
|
MORAN, CRISTIAN DANIEL ROQUE |
23.636.247 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 388 “SARGENTO EDUARDO ROMERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARRERA, ALEJANDRA DEL CARMEN |
18.206.126 |
8-ME-2026 |
|
SITJAS, RAUL CEFERINO |
23.999.182 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, GREGORIO RAUL |
20.137.180 |
8-ME-2026 |
|
MARTINEZ LOZADA, ROSA MARCELA |
27.686.155 |
8-ME-2026 |
|
GUTIERREZ, LEONARDO EDGAR |
22.786.413 |
8-ME-2026 |
|
DESGENS, MARIA ISABEL |
28.598.555 |
8-ME-2026 |
|
BERNENGO, JOSE RAMON |
31.542.692 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 389 “GRANADERO SIMÓN SERARES” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MERCAU, TERESA JESUS |
20.138.867 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 393 “GRANADERO JUAN MANUEL MORENO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUNA, ANGEL DEL CORAZON DE JESUS |
13.787.706 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, JUAN PABLO |
30.822.469 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 395 “GRANADERO VICTORIANO CONCHA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BUSTOS, NESTOR FABIAN |
24.466.202 |
8-ME-2026 |
|
GODOY, ALBA MARGARITA |
16.313.508 |
8-ME-2026 |
|
ALANIZ, CECILIA PAOLA |
32.107.873 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 398 “JUSTO DARACT” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARRIONUEVO, MARIA ROSA |
24.474.968 |
8-ME-2026 |
|
OZAN CASTRO, LUISA AURORA |
23.659.381 |
8-ME-2026 |
|
FIGUEROA, HAYDEE DANIELA |
28.591.950 |
8-ME-2026 |
|
ROSALES, ANIBAL ESTEBAN |
24.954.573 |
8-ME-2026 |
|
MARDONE, RAQUEL LIDIA |
13.972.673 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 400 “PINTOR VICENTE VACCA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
CABAÑEZ, CIRIACO VICENTE |
24.387.729 |
8-ME-2026 |
|
VALLEJO, PEDRO |
16.432.161 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 405 “SOBERANÍA NACIONAL” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ACEVEDO, ELVIRA CARMEN |
22.911.003 |
8-ME-2026 |
|
ANDRADA, MALVINA SOLEDAD |
29.190.883 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 409 “GRANADERO MARCELINO RODRÍGUEZ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MIRANDA, FRANCISCO DANIEL |
29.830.626 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 411 “PROFESORA CARMEN VERA ARENAS DE SAN JUAN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ORTIZ, JORGE HERMENEGILDO |
27.126.943 |
8-ME-2026 |
|
SALVATICO, RICARDO HUMBERTO |
20.356.082 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 413 “JOSE IGNACIO MALDONADO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROMERO, MARIA HAYDEE |
17.128.655 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 417 “GRANADERO FLORENCIO NAVARRO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
RIBBA, SILVIA LILIANA |
22.058.725 |
8-ME-2026 |
|
ZALAZAR, MARIA ESTELA |
18.535.776 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, ROQUE ALEJANDRO |
24.249.070 |
8-ME-2026 |
|
CARDINALE, VERONICA BEATRIZ |
23.375.570 |
8-ME-2026 |
|
AMAYA, LUIS PABLO |
20.137.336 |
8-ME-2026 |
|
ALTURRIA, VERONICA NATALIA |
30.581.721 |
8-ME-2026 |
|
CEBALLO, GRACIELA MARIBEL |
25.960.173 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 418 “FRAY JUSTO SANTA MARIA DE ORO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FERREYRA, YOLANDA ESTHER |
20.134.503 |
8-ME-2026 |
|
SALAS, RICARDO NOEL |
21.409.533 |
8-ME-2026 |
|
AGUILERA, BELINDO ERNESTO |
18.571.703 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 423 “BRIGADIER GENERAL DON JUAN MANUEL DE ROSAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GREGORIO, ISABEL BIBIANA |
17.322.913 |
8-ME-2026 |
|
BOLATTI, GABRIEL ANSELMO |
25.644.543 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, CINTIA LORENA |
29.649.918 |
8-ME-2026 |
|
SEPULVEDA, ROXANA INES |
30.157.021 |
8-ME-2026 |
|
RUARTE, EMILIA DEL ROSARIO |
13.251.188 |
8-ME-2026 |
|
OROZCO, RENEE |
17.149.814 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, SILVIA PATRICIA |
20.641.182 |
8-ME-2026 |
|
LOZANO, VALERIA EDITH |
30.018.766 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, CLAUDIA BEATRIZ |
17.123.438 |
8-ME-2026 |
|
MAIDANA, CLAUDIA MARIANA |
39.092.256 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, NERY |
16.446.637 |
8-ME-2026 |
|
GUEVARA MINI, JOSE OSVALDO |
29.426.114 |
8-ME-2026 |
|
VALLEJO, ANALIA VERONICA |
27.570.345 |
8-ME-2026 |
|
MACIAS YUJRA, GREGORIA |
94.043.341 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ FLORES, SOFIA |
94.736.846 |
8-ME-2026 |
|
BUSTOS, ANALIA VERONICA |
29.996.290 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, MARIA ANTONIA |
29.730.177 |
8-ME-2026 |
|
BRUNA, HILDA NOEMI |
26.278.551 |
8-ME-2026 |
|
SOSA, NELSA VERONICA |
31.365.785 |
8-ME-2026 |
|
JOFRÉ GÓMEZ, MARÍA ARACELI |
37.723.917 |
8-ME-2026 |
|
LESCANO, MARIELA CELESTE |
27.977.887 |
1436-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 427 “PROVINCIA DE CÓRDOBA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GUAITTA, MARIO FEDERICO |
17.023.683 |
8-ME-2026 |
|
LUCERO, MARTA INES |
17.646.102 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, JUAN HUGO |
30.840.159 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ SECTON, SOFIA YASMIN |
40.484.994 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 429 “GREGORIO AGÜERO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VIVAS, MARCELA GLADYS |
29.342.326 |
8-ME-2026 |
|
CABAÑEZ, LILIANA BEATRIZ |
17.464.559 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, NORMA ADRIANA ELISABETH |
18.268.471 |
8-ME-2026 |
|
ALBORNOZ, ADRIANA ELISABET |
25.388.038 |
8-ME-2026 |
|
JOFRE, NANCY NOEMI |
21.626.072 |
8-ME-2026 |
|
CHAVEZ, SILVANA ELISA |
22.185.792 |
8-ME-2026 |
|
BARROSO, MARIA ANGELICA |
17.590.469 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, CLAUDIA ELISA |
29.069.823 |
8-ME-2026 |
|
ARECO, MARIA CELESTE MELINA |
30.417.349 |
8-ME-2026 |
|
CARDOZO, LAURA DANIELA |
30.071.889 |
8-ME-2026 |
|
MACHUCA, PABLO ANSELMO |
29.916.301 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, PAOLA JANINA |
31.402.074 |
8-ME-2026 |
|
FIGUEROA, JUAN ANTONIO |
29.144.477 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 431 “PROFESORA ANGELA NELLY CHENAU DE VECINO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GUZMAN, CLAUDIA ALEJANDRA |
18.048.171 |
8-ME-2026 |
|
VIDELA, EVA ESTELA |
24.719.067 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ANTONIO CEFERINO |
25.193.027 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ROBERTO ANTONIO |
11.513.901 |
8-ME-2026 |
|
ANDINO, DEOLINDA JUDITH |
24.990.299 |
8-ME-2026 |
|
PANELO, SILVIA JAQUELINA |
24.225.470 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, ROSANA VANESSA |
27.763.741 |
8-ME-2026 |
|
LETOILE, NORMA ESTHER |
16.011.314 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 432 “CAMINO DEL PEREGRINO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GARRO, OMAR EMILIO |
13.721.582 |
8-ME-2026 |
|
RICKARD, LEONARDO FABIAN |
24.681.393 |
8-ME-2026 |
|
FUNES, ROSA AMALIA |
12.920.035 |
8-ME-2026 |
|
ALCARAZ, ALFREDO MARTIN |
26.213.541 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, CECILIA ROXANA |
28.140.393 |
8-ME-2026 |
|
INGOLLINGO, MARIA DE LOS ANGELES |
25.166.816 |
8-ME-2026 |
|
TORRES ORO, NICOLAS GABRIEL |
39.092.453 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 434 “NUEVOS DESAFÍOS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VARA, MIRTHA ISABEL |
23.370.587 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, RITA PAOLA |
26.163.598 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ELVIRA LORENA |
28.185.055 |
8-ME-2026 |
|
MOLINA, LAURA ANDREA |
21.072.975 |
8-ME-2026 |
|
ESCUDERO, VILMA ELIZABETH |
25.281.057 |
8-ME-2026 |
|
DIAZ, SANDRA MABEL |
20.557.810 |
8-ME-2026 |
|
MOYANO, SILVIA VERONICA |
26.213.135 |
8-ME-2026 |
|
REYES, MARIANA ANDREA |
31.286.857 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 435 “PUEBLO COMECHINGÓN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GALLARDO, DORA ESTHER |
17.738.964 |
8-ME-2026 |
|
BATISTA, ELISABETH BERNARDA |
22.760.371 |
8-ME-2026 |
|
ALBORNOZ, PAOLA ALEJANDRA |
27.360.062 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 436 “JUAN JOSÉ PASO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BORDON, FAVIO RAMON |
25.036.410 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 437 “JUAN CRISOSTOMO LAFINUR” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ZABALA, CARLOS ANDRES |
18.129.424 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, JUAN CARLOS |
26.302.632 |
8-ME-2026 |
|
GARAY, ALDO SEBASTIAN |
29.297.615 |
8-ME-2026 |
|
LUNA, MARIO OSCAR |
20.135.427 |
8-ME-2026 |
|
CHAVEZ, HUGO HECTOR |
27.909.403 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, ESTEBAN HORACIO |
13.319.641 |
8-ME-2026 |
|
LUNA, RITA VERONICA |
29.733.681 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 438 “BERNARDINO RIVADAVIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VELARDE, IRMA ZULEMA |
22.227.193 |
8-ME-2026 |
|
ZOTELO, SANDRA PATRICIA |
22.380.744 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 450 “NEUQUEN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BLANCO, DANIEL OSFALDO |
17.745.774 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 441 “CAPITAN DE FRAGATA DON PEDRO EDGARDO GIACHINO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BECHIS, JORGE ANTONIO |
17.358.450 |
8-ME-2026 |
|
PEREIRA, SANDRA VIVIANA |
24.787.416 |
8-ME-2026 |
|
OLGUIN, EMETERIO |
12.322.860 |
8-ME-2026 |
|
OJEDA, OSCAR |
20.134.248 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 442 “DOCTOR ADOLFO RODRÍGUEZ SAÁ” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DIAZ, ANALIA MERCEDES |
33.801.503 |
8-ME-2026 |
|
FERNANDEZ, ROSANA ISABEL |
32.290.485 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, ALICIA BEATRIZ |
26.105.684 |
8-ME-2026 |
|
CORREA, MARIA ELENA |
31.891.948 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 443 “ISLAS MALVINAS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LÓPEZ, GISELA ESTEFANÍA |
32.819.582 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 445 “RIO QUINTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OLHAGARAY, PEDRO ARIEL |
24.521.155 |
8-ME-2026 |
|
DIEZ, JAQUELINA ELISA |
24.990.211 |
8-ME-2026 |
|
LOBOS, KARINA ALEJANDRA |
28.598.468 |
8-ME-2026 |
|
TORRES, GERALDINA GRISELDA |
27.783.590 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA Nº 446 “PUEBLO PUNTANO DE LA INDEPENDENCIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MUÑOZ, VANESA ALEJANDRA |
35.105.827 |
8-ME-2026 |
|
QUIROGA, JORGE ALEJANDRO |
31.365.790 |
8-ME-2026 |
|
CARHUAMACA ORELLANA, JESUS FRANCISCO |
19.008.762 |
8-ME-2026 |
|
ROJO, NANCY RITA DEOLINDA |
26.668.418 |
8-ME-2026 |
|
POMIRO, YANINA SOLEDAD |
30.345.559 |
8-ME-2026 |
|
ALVAREZ, HILDA BEATRIZ |
29.232.053 |
8-ME-2026 |
|
CACERES, MARIELA VALERIA |
31.622.610 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 448 “PAULA ALBARRACÍN DE SARMIENTO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LUNA, MIGUEL JACINTO |
12.787.574 |
8-ME-2026 |
|
CALDERON, PROSPERO JESUS |
25.512.676 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 450 “NEUQUÉN” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FRIAS, JUSTINA ROSA |
17.546.078 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, ILSE HILDA |
18.276.299 |
8-ME-2026 |
|
CARRIZO, BLANCA ADRIANA |
23.378.343 |
8-ME-2026 |
|
ROMERO, RAMONA BEATRIZ |
13.738.463 |
8-ME-2026 |
|
DOMINGUEZ, ZULMA RAQUEL |
23.737.609 |
8-ME-2026 |
|
FREDES, GLADIS NOEMI |
28.777.949 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA Nº 454 “FUERZA AÉREA ARGENTINA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SUAREZ, ADRIANA BEATRIZ |
17.779.705 |
8-ME-2026 |
|
GONZALEZ, SANTIAGO ANDRES |
34.921.705 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “CLUB JORGE NEWBERY” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GARCIA, JUAN MANUEL |
39.797.590 |
8-ME-2026 |
|
GARCIA, JUAN CARLOS |
23.066.332 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “CORAZÓN VICTORIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GERARDO, SOFIA BEATRIZ |
23.483.957 |
8-ME-2026 |
|
OCHOA, MARIO LORENZO |
16.660.701 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “GEN Z” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LOPEZ, SANDRA MABEL |
26.214.133 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, CLAUDIA ALEJANDRA |
27.082.193 |
8-ME-2026 |
|
RODRIGUEZ, IVANA ROSA |
30.414.110 |
8-ME-2026 |
|
SANCHEZ, LAURA ROSANA |
29.069.953 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “CLUB GEPU” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MORAN, ALBERTO DOMINGO |
16.490.096 |
8-ME-2026 |
|
GIMENEZ, JUAN CARLOS |
25.281.004 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, MONICA ALEJANDRA |
20.413.772 |
8-ME-2026 |
|
MANSILLA, MARIA DE LOS ANGELES |
32.307.523 |
8-ME-2026 |
|
CORREA, LILIANA NANCY |
17.123.059 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “HORIZONTE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GAITAN, NORMA ALICIA |
13.106.331 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “POR UN MAÑANA MEJOR” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ORTIZ, LUCIANA BELEN |
35.767.375 |
8-ME-2026 |
|
VERA, ALEJANDRO ALFREDO |
24.068.025 |
8-ME-2026 |
|
GIL, ROQUE HIBRAHIN |
21.895.556 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “PROFESOR GUILLERMO VISCO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SALINAS, SANDRA MARIELA |
23.483.780 |
8-ME-2026 |
|
VISSETTI, SERGIO ALFREDO |
23.202.506 |
8-ME-2026 |
|
VALDEZ, RUBEN ELIAS |
18.055.585 |
8-ME-2026 |
|
MIRANDA, LUIS |
16.653.481 |
8-ME-2026 |
|
SUAREZ, ALFREDO MARCELINO |
18.157.826 |
8-ME-2026 |
|
JOLIVOT, MARCELO EDUARDO |
24.299.023 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “NUEVA HUMANIDAD” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ANDRADA, EUSTAQUIA |
17.123.358 |
8-ME-2026 |
|
MUÑOZ, MARIA LUISA |
24.299.145 |
8-ME-2026 |
|
DUBOIS, GRACIELA BEATRIZ |
26.388.794 |
8-ME-2026 |
|
RETA, ADRIANA DE LOURDES |
27.612.403 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “CLUB ATLÉTICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BARROSO, ANIBAL DAMIAN |
30.840.121 |
8-ME-2026 |
|
LAUCIERI, MARCIA PAOLA |
28.564.068 |
8-ME-2026 |
|
SEGOVIA, OLIVIA FABIANA |
23.389.298 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA GENERATIVA “LA VICTORIOSA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MUÑOZ, SADI ALBERTO |
14.542.377 |
8-ME-2026 |
|
GOMEZ, MARIA LAURA |
33.133.324 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA BILINGÜE DIGITAL “NELSON MANDELA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
VILLEGAS, NANCY YUDIT |
21.383.910 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA Nº 1 “MAESTRA ROSENDA QUIROGA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ROSALES, GLADY BEATRIZ |
16.772.663 |
8-ME-2026 |
|
PEREZ, ROSA ALEJANDRA |
28.091.366 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA Nº 2 “PUERTAS DEL SOL” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
LOZANO, GISEL SEYLA |
32.915.810 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA DIGITAL Nº 2 “ESTANCIA GRANDE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
FUNES, CLAUDIA ALEJANDRA |
26.995.018 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA Nº 3 “MADRE TERESA DE CALCUTA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MORCON, CINTIA GIMENA |
35.768.001 |
8-ME-2026 |
|
VALLEJO, FRANCISCA SOLEDAD |
29.797.628 |
8-ME-2026 |
|
MAYA, MONICA PATRICIA |
22.140.275 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA Nº 7 “EDUARDO GALEANO” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
DIAZ, CEFERINA ARIELA |
22.142.108 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA DE NIVEL INICIAL Nº 12 “MANUEL GARCIA FERRE” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
ESCUDERO, MARIA ELENA |
20.134.292 |
8-ME-2026 |
|
VELEZ, NELIDA VERONICA |
24.939.907 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA DE NIVEL PRIMARIO Nº 13 “ESTHER DEL ROSARIO GUEVARA” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
MIRANDA, MARIA LAURA |
29.811.953 |
8-ME-2026 |
|
GARRO, MARIA DE LOS ANGELES |
23.707.159 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA DE NIVEL SECUNDARIO Nº 14 “MARTIN LUTHER KING” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
GONZALEZ, MARIA CLAUDIA |
20.414.964 |
8-ME-2026 |
|
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA DE EDUCACIÓN PRIMARIA Nº 16 “MARIA DELIA GATICA DE MONTIVEROS” |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
BEA, FATIMA MARIA |
30.754.913 |
8-ME-2026 |
|
SUPERVISIÓN |
||
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
OCHOA, ROSA ANALIA |
17.124.943 |
8-ME-2026 |
|
FLORES, EVA VIVIANA |
32.410.315 |
8-ME-2026 |
|
LAGOS, OSCAR DORINDO |
22.541.658 |
8-ME-2026 |
Art. 2º.-Dar por concluídos, a partir del 01 de abril de 2026, los contratos de prestación de servicios del personal que a continuación se detalla:
|
Apellido y Nombre |
Documento |
Decreto de prórroga |
|
SORIA BENITEZ, MARIANELA GISEL |
37.271.274 |
8-ME-2026 |
|
ALTAMIRANO, CLARA ROSA |
14.348.054 |
8-ME-2026 |
|
PEDERNERA, HÉCTOR DANIEL |
24.299.361 |
8-ME-2026 |
|
AGUILAR, SERGIO DARIO |
27.763.736 |
8-ME-2026 |
Art. 3º.- Declarar la baja, por fallecimiento, del personal que se detalla a continuación y en la fecha que en cada caso se indica:
|
REINOSO, JUANA DE DIOS |
17.524.337 |
8-ME-2026 |
14/12/2025 |
|
SUAREZ, JUAN CASTULO |
20.136.951 |
8-ME-2026 |
09/02/2026 |
Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, será imputado a las partidas correspondientes del presupuesto 2026.-
Art. 5º.-Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Contaduría General de la Provincia y a las Direcciones dependientes del Ministerio de Educación.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
DECRETO Nº 4029-MCI-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4151247/26, mediante el cual se tramita la homologación del Acta Acuerdo de Prórroga del Contrato de Servicios celebrado entre el Gobierno de la provincia de San Luis y el señor ROBERTO ALFREDO GARAT, D.N.I. Nº 25.930.492; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante act. NOTAB 100108301/26, la Dirección Vinculación Estratégica, dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, ha solicitado la prórroga del Contrato de Servicios de la citada persona, por un período de TRES (3) meses;
Que por Decreto Nº 1171-MCI-2026, obrante en act. DOCEXT 3760710/26, se homologó el Contrato de Servicios celebrado entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, y el señor ROBERTO ALFREDO GARAT, D.N.I. Nº 25.930.492, conforme consta en act. DOCEXT 3760704/26;
Que mediante act. CONFIR 23039/26, se ha incorporado el Acta Acuerdo de Prórroga del contrato antes referido, por el cual las partes acuerdan extender su vigencia desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 31 de julio de 2026, manteniendo las mismas condiciones y obligaciones originalmente convenidas;
Que en act. PREV 11389223/26, se ha realizado la imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($1.500.000,00);
Que en act. DICTAM 180152/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Ciencia e Innovación ha dictaminado sin objeciones al procedimiento;
Que la Contaduría General de la Provincia, mediante act. NOTAMP 980030/26, ha tomado intervención en los términos del Art. 19 de la Ley Nº VI-0165-2004, manifestando que corresponde el dictado del acto administrativo que homologue el acta acuerdo del contrato adjunto, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 170982/26, la Fiscalía de Estado ha tomado vista sin formular observaciones;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) del Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025; en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Acta Acuerdo de Prórroga del Contrato de Servicios suscripta entre el Estado Provincial de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, PEDRO YANDO CANALI PEREZ, D.N.I. Nº 24.299.072, y el señor ROBERTO ALFREDO GARAT, D.N.I. Nº 25.930.492, obrante en act. CONFIR 23039/26 del EXD-0-4151247/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Py. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 18 10 19 01 1-01 3 4 9 $1.500.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección Vinculación Estratégica, Asesoría Contable y Presupuestaria dependientes del Ministerio de Ciencia e Innovación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia dependientes del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Pedro Yando Canali Perez
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4030-MCI-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4150189/26, mediante el cual se tramita la homologación del Acta Acuerdo de Prórroga del Contrato de Servicios celebrado entre el Gobierno de la provincia de San Luis y la Abog. ADRIANA BEATRIZ CORREA, D.N.I. Nº 26.806.126; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante act. NOTAB 100108262/26, la Dirección Organización y Gestión, dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, ha solicitado la prórroga del Contrato de Servicios de la citada profesional, por un período de TRES (3) meses;
Que por Decreto Nº 937-MCI-2026, obrante en act. DOCEXT 154505/26, se homologó el Contrato de Servicios celebrado entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, y la Abog. ADRIANA BEATRIZ CORREA, D.N.I. Nº 26.806.126, conforme consta en act. DOCEXT 154504/26;
Que mediante act. CONFIR 23040/26, se ha incorporado el Acta Acuerdo de Prórroga del contrato antes referido, por el cual las partes acuerdan extender su vigencia desde el 1 de mayo de 2026 hasta el 31 de julio de 2026, manteniendo las mismas condiciones y obligaciones originalmente convenidas;
Que en act. PREV 11388341/26, se ha realizado la imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($1.500.000,00);
Que en act. DICTAM 180150/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Ciencia e Innovación ha dictaminado sin objeciones al procedimiento;
Que la Contaduría General de la Provincia, mediante act. NOTAMP 980063/26, ha tomado intervención en los términos del Art. 19 de la Ley Nº VI-0165-2004, manifestando que corresponde el dictado del acto administrativo que homologue el acta acuerdo del contrato adjunto, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 170985/26, la Fiscalía de Estado ha tomado vista sin formular observaciones;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) del Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025; en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Acta Acuerdo de Prórroga del Contrato de Servicios suscripta entre el Estado Provincial de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, PEDRO YANDO CANALI PEREZ, D.N.I. Nº 24.299.072, y la Abog. ADRIANA BEATRIZ CORREA, D.N.I. Nº 26.806.126, obrante en act. CONFIR 23040/26 del EXD-0-4150189/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Py. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 18 10 17 01 1-01 3 4 9 $1.500.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección Organización y Gestión, Asesoría Contable y Presupuestaria dependientes del Ministerio de Ciencia e Innovación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia dependientes del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Pedro Yando Canali Perez
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 4031-MDH-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2110103/26, por el cual se tramita la homologación de los Contratos de Servicios obrantes en act. DOCEXT 395960/26 y rectificación de Contratos de Servicios obrantes en act. CONTRI 102764/26 y;
CONSIDERANDO:
Que el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, a través del Ministerio de Desarrollo Humano, contrata los servicios de: Téc. ABIGAIL TAMAR CUEVAS, D.N.I. Nº 42.632.297, Lic. FATIMA VICTORIA DELPINO, D.N.I. Nº 36.739.071, Lic. YAMILE GISEL MONTIVERO, D.N.I. Nº 36.416.414 y Sra. SOFIA AYLEN VEGA, D.N.I. Nº 37.718.492, quienes prestarán funciones en el Ministerio de Desarrollo Humano, realizando visitas a domicilio y establecimientos educativos;
Que los contratos obrantes en act. DOCEXT 395960/26 y rectificación de contratos obrantes en act. CONTRI 102764/26, según la Cláusula Cuarta, tienen vigencia a partir del 1º de abril del 2026 hasta el 30 de junio de 2026, sujeto a la pertinente homologación;
Que en la Cláusula Quinta del contrato se establece el monto a percibir por las prestadoras;
Que en act. PREV 11343195/26 obra imputación preventiva ejercicio futuro por el monto de PESOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($17.529.780,00) para afrontar el gasto que demanden las contrataciones;
Que en act. DICTAM 102442/26 obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 972883/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 169744/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por el Lic. GUSTAVO ANTONIO BERTOLINI, D.N.I. Nº 14.137.893, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, y por la otra parte: Téc. ABIGAIL TAMAR CUEVAS, D.N.I. Nº 42.632.297, Lic. FATIMA VICTORIA DELPINO, D.N.I. Nº 36.739.071, Lic. YAMILE GISEL MONTIVERO, D.N.I. Nº 36.416.414 y Sra. SOFIA AYLEN VEGA, D.N.I. Nº 37.718.492, obrantes en act. DOCEXT 395960/26, cuya vigencia es a partir del 1º de abril del 2026 hasta el 30 de junio de 2026.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 11 17 1 01 3 4 9 $17.529.780,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54, 55 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia y a las interesadas.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4081-MDH-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4070293/26, y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Subdirector Gestión Territorial Zona I dependiente de la Dirección Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Designar a partir de la fecha del presente Decreto en el cargo de Subdirector Gestión Territorial Zona I dependiente de la Dirección Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano, al señor HERNANDEZ JAVIER PATRICIO, D.N.I. Nº 23.947.768.-
Art. 2º.-Suspender la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, al señor HERNANDEZ JAVIER PATRICIO, D.N.I. Nº 23.947.768, Categoría E, Planta Contratado de la Dirección Inclusión Laboral del Ministerio de Desarrollo Humano inter dure la función asignada en el Artículo 1º del presente Decreto.-
Art. 3º.-Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Inclusión Laboral, Dirección Inclusión Social y al interesado.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL
DECRETO Nº 4032-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-5300168/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 24 Viviendas, Manzana 21, Casa 8, de la localidad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 392171/26, obra copia de Decreto Nº 1876-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 492-AMGESyA-26, adjunta en act. NOTAMP 972913/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor FARIA ALBERTO RUBEN, D.N.I. Nº 10.474.760;
Que en acts. DOCEXT 358261/21, obra Declaración Jurada de fecha 21 de octubre de 2021 y en DOCEXT 353811/25 obra nueva Declaración Jurada de fecha 20 de marzo de 2025, mediante las cuales la señora BARRIONUEVO DORA ELENA, D.N.I. Nº 10.990.506, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en acts. DOCEXT 358262/21 y 353791/25 se adjuntan Actas de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por la señora BARRIONUEVO DORA ELENA, D.N.I. Nº 10.990.506;
Que en act. DOCEXT 1072035/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 371693/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100726/25 y 101615/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 106632/23 y 166105/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 24 Viviendas, Manzana 21, Casa 8, de la localidad de Santa Rosa del Conlara, departamento Junín, provincia de San Luis, a favor de la señora BARRIONUEVO DORA ELENA, D.N.I. Nº 10.990.506.-
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.-Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4033-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-2230559/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 102 Viviendas, Manzana 324, Casa 25, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 363190/25, obra copia de Contrato de Adjudicación Nº 173-3687688-F, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada, es la señora TORRES ALEJANDRINA AMELIA, D.N.I. Nº 3.687.688;
Que en acts. DOCEXT 175153/18, se adjunta Acta de Constatación, Verificación y Relevamiento y en DOCEXT 369734/25, obra nueva Acta de Verificación, de la cuales se desprende que la vivienda no es habitada por la señora TORRES ALEJANDRINA AMELIA, D.N.I. Nº 3.687.688;
Que en act. DOCEXT 216887/18, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act DOCEXT 1076304/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre de Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en act. ACTPAS 1189998/23, obra informe de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 372900/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101618/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166915/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 14, 15, 16, 36 y cc de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Desadjudicar a la señora TORRES ALEJANDRINA AMELIA, D.N.I. Nº 3.687.688, la vivienda individualizada como Barrio 102 Viviendas, Manzana 324, Casa 25, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis.-
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.-Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4082-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales y el EXD-0000-12190249/18 por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 100 Viviendas Manzana C, Casa 6, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 369365/25, obra informe de la subdirección de Inscriptos y Adjudicatarios señalando que mediante Decreto Nº 6787 MV-2012, se adjudicó a la señora DOMINGUEZ ANDREA SOLEDAD, D.N.I. Nº 27.394.997, la vivienda individualizada como Barrio 100 Viviendas Manzana C, Casa 6, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la provincia de San Luis, adjuntándose Contrato de Adjudicación Nº 27394997-2012-F, copia de acto administrativo y reporte del Sistema Informático de Viviendas;
Que en act. DOCEXT 241573/19, obra Cédula de Notificación mediante la cual se intima al titular de la vivienda a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que la señora DOMINGUEZ ANDREA SOLEDAD, D.N.I. Nº 27.394.997, efectuare el descargo correspondiente;
Que en act. DOCEXT 365963/25, obra Acta de Verificación de fecha 7 de octubre de 2025, donde consta que la vivienda no se encuentra habitada por la señora DOMINGUEZ ANDREA SOLEDAD, D.N.I. Nº 27.394.997;
Que en act. DOCEXT 1053430/25, obra informe emitido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 375602/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101288/25 y DICTAM 101980/26, obran los dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 110974/23 y en DICFIS 166503/26, obran las intervenciones de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Desadjudicar a la señora DOMINGUEZ ANDREA SOLEDAD, D.N.I. Nº 27.394.997, la vivienda individualizada como Barrio 100 Viviendas Manzana C, Casa 6, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis.-
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos. -
Art. 6º.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4083-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-5131057/25, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo II, Manzana 7, Casa 756, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 391694/26, obra copia de Decreto Nº 1751-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 596-AMGESyA-26, adjunta en act. NOTAB 100107015/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor CALDERON CRISTIAN ANDRES, D.N.I. Nº 26.135.170;
Que en act. DOCEXT 331335/25, obra Declaración Jurada de fecha 13 de mayo de 2025, mediante la cual la señora LOPEZ LAURA EUGENIA, D.N.I. Nº 25.565.218, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 368993/25 se adjunta Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda es habitada por la señora LOPEZ LAURA EUGENIA, D.N.I. Nº 25.565.218 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1075809/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 372072/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100720/25 y 101660/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166478/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo II, Manzana 7, Casa 756, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a favor de la señora LOPEZ LAURA EUGENIA, D.N.I. Nº 25.565.218.-
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.-Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4084-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3140540/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, 126 Viviendas, Manzana 2086, Casa 16, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 322535/25, obra informe de la entonces Subdirección Soluciones Habitacionales, señalando que mediante Decreto Nº 1105-DHyS(SEVUyMA)-1999, se adjudicó a la señora GODOY PAULA MONICA, D.N.I. Nº 25.191.306, la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, 126 Viviendas, Manzana 2086, Casa 16, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, adjuntando copia de Contrato de Adjudicación Normalizado Nº 24369 y reporte del Sistema Informático de Viviendas;
Que en acts. DOCEXT 159671/18, obra Declaración Jurada Nº 25685 de fecha 27 de marzo de 2018 y en DOCEXT 324067/25 obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 7 de abril de 2025, por parte de la señora AVILA MARIA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 23.999.034, quien solicita regularizar la titularidad de la vivienda a su favor;
Que en act. DOCEXT 136672/25, obra Acta de Verificación de fecha 16 de abril de 2025, donde consta que la vivienda se encuentra habitada por la señora AVILA MARIA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 23.999.034 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 159673/18 obran copia de documentos de identidad, Reconocimiento de Cesión de Derechos, de fecha 28 de mayo de 2001, por parte de la señora GODOY PAULA MONICA, D.N.I. Nº 25.191.306, a favor de la señora AVILA MARIA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 23.999.034;
Que en act. DOCEXT 391683/26, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act. DOCEXT 988747/25, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, adjunta Matrícula Nº 2-28835, de la cual se surge que el dominio de la vivienda figura a nombre del Estado Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 343475/25, obra dictamen de la entonces Subdirección Regularización Dominial y en DICTAM 98503/25 y DICTAM 101601/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 153397/25, toma intervención Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, 126 Viviendas, Manzana 2086, Casa 16, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a favor de la señora AVILA MARIA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 23.999.034.-
Art. 3º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º. -Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º. -Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6º. -Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4085-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3140154/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas, Licitación 07/98, Manzana 2060, Casa 8, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 396731/26, obra copia de Decreto Nº 2589-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 771-AMGESyA-2026, adjunta en act. NOTAMP 977097/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia a la señora PEIRANO MIRIAM ALEJANDRA, D.N.I. Nº 25.610.231;
Que en acts. DOCEXT 161468/18, obra Declaración Jurada de fecha 09 de abril de 2018 y en DOCEXT 383184/26 obra nueva Declaración Jurada de fecha 13 de septiembre de 2024, mediante las cuales la señora VARGAS MIRNA LORENA RENEE, D.N.I. Nº 26.201.705, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en acts. DOCEXT 394707/22, 410055/22 y 315857/25, se adjuntan Actas de Auditoría y Constatación y de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por la señora VARGAS MIRNA LORENA RENEE, D.N.I. Nº 26.201.705 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 3396905/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 374096/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100822/25 y 101667/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 164982/25, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.-Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas, Licitación 07/98, Manzana 2060, Casa 8, de la ciudad Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a favor de la señora VARGAS MIRNA LORENA RENEE, D.N.I. Nº 26.201.705.-
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.-Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4213-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-10230491/25, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Ignacio Vidal, Manzana 14, Casa 5 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 369857/25, obra informe de la entonces Subdirección Soluciones Habitacionales, informando que se desadjudico a la señora PELLEGRINO MARIELA FERNANDA, D.N.I. N° 23.202.785, y se adjunta reporte donde la vivienda no posee adjudicatario actualmente;
Que en act. DOCEXT 366445/25, obra Declaración Jurada de fecha 23 de octubre de 2025, suscripta por la señora PEREZ ALBERTA, D.N.I. N° 2.966.018;
Que en act. DOCEXT 366444/25, obra solicitud efectuada por la señora PEREZ ALBERTA, D.N.I. N° 2.966.018, a los fines de regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 366444/25, obra contrato privado de compraventa, celebrado por instrumento privado con certificación de firmas ante Escribano Público, entre la señora PELLEGRINO MARIELA FERNANDA, D.N.I. N° 23.202.785, en carácter de vendedora y la señora PEREZ ALBERTA, D.N.I. N° 2.966.018, en carácter de compradora y por la vivienda social de Barrio Ignacio Vidal, Manzana 14, Casa 5 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 377733/25, se adjunta Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda es habitada por la señora PEREZ ALBERTA, D.N.I. N° 2.966.018 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 1093577/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que en act. DOCEXT 373804/25, obra Certificado de Cancelación de Vivienda, extendido por la Dirección de Provincial de Ingresos Públicos;
Que en act. DOCEXT 380604/25, obra opinión legal efectuada por la Dirección de Regularización Dominial y en acts. DICTAM 101286/25 y DICTAM 101695/26, obran dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano considerando proceder al dictado del acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166506/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Ignacio Vidal, Manzana 14, Casa 5 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a la señora PEREZ ALBERTA, D.N.I. N° 2.966.018.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4214-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3190286/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2487 A, Casa 08, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 398528/26, obra copia de Decreto N° 2919-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 834-AMGESYA-2026, adjunta en act. NOTAB 100108488/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor VALDEZ ESPERIDION, D.N.I. Nº 6.800.774;
Que en acts. DOCEXT 159648/18, obra Declaración Jurada N° 104692 de fecha 27 de marzo de 2018 y en DOCEXT 383184/26 obra nueva Declaración Jurada de fecha 29 de agosto de 2024, mediante las cuales la señora LEON DELICIA, D.N.I. Nº 5.080.221, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 140379/25, se adjunta Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda es habitada por la señora LEON DELICIA, D.N.I. Nº 5.080.221;
Que en act. DOCEXT 999641/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 384206/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101864/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante el cual considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 168516/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2487 A, Casa 08, de la ciudad Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a favor de la señora LEON DELICIA, D.N.I. Nº 5.080.221.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4215-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3190736/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 384 Viviendas Obras Sanitarias, Manzana F, Casa 4, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100092225/25, obra informe de la entonces Subdirección de Soluciones Habitacionales, señalando que el señor BULLONES HIPOLITO EVERGISTO, D.N.I. N° 6.901.287, figura como adjudicatario en la vivienda individualizada como Barrio 384 Viviendas Obras Sanitarias, Manzana F, Casa 4, de la ciudad de Villa Mercedes departamento General Pedernera de la provincia de San Luis; adjuntándose Contrato de Adjudicación Normalizado N° 03552 y reporte del Sistema Informático de Viviendas;
Que en acts. DOCEXT 398390/26, obra Declaración Jurada N° 137934 de fecha 6 de julio de 2018, por parte de la señora FLORES OLGA BEATRIZ, D.N.I. N° 23.935.145, quien solicita regularizar la titularidad de la vivienda a su favor;
Que en acts. DOCEXT 398386/26, obra Acta de Auditoria y Constatación de fecha 31 de agosto de 2018 y en DOCEXT 326566/25, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 21 de abril de 2025 y en DOCEXT 140354/25, Acta de Verificación de fecha 4 de julio de 2025, donde consta que la vivienda se encuentra habitada por la señora FLORES OLGA BEATRIZ, D.N.I. N° 23.935.145 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 398384/26, obra Cesión de Derechos y Acciones, de fecha 6 de noviembre de 2024, por parte del señor BULLONES HIPOLITO EVERGISTO, D.N.I. N° 6.901287 a favor de señora FLORES OLGA BEATRIZ, D.N.I. N° 23.935.145, de la vivienda objeto de regularización, certificado por escribano público, copia de documentos de identidad y boletas de servicio;
Que en act. DOCEXT 1042377/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, señalando que el dominio figura a nombre del Estado Provincial;
Que en acts. DOCEXT 147681/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100809/25 y DICTAM 102346/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 169862/26, toma intervención Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°. -Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 384 Viviendas Obras Sanitarias, Manzana F, Casa 4, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la provincia de San Luis., a favor de la señora FLORES OLGA BEATRIZ, D.N.I. N° 23.935.145.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°.-Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4216-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-12070471/21, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 24 Viviendas Basilio Bustos, Manzana B, Casa 24 de la localidad de Anchorena, departamento Gobernador Dupuy, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100099690/25, obra informe y se adjunta copia de Contrato de Adjudicación N° 1-13.071.000, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada es el señor GOMEZ RAUL OSCAR, D.N.I. Nº 13.071.000;
Que en act. DOCEXT 140966/25, se adjunta Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda no es habitada por el señor GOMEZ RAUL OSCAR, D.N.I. Nº 13.071.000;
Que en acts. DOCEXT 387736/26 y NOTAB 100105710/26, se adjuntan Notificación y su respectiva Cédula, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act. DOCEXT 1098139/25, la Dirección de Registro de la Propiedad Inmueble adjunta copia de Matrícula 9-1621, de la cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 1504093/26, obra informe de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 394346/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102393/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante el cual consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 170707/26 toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor GOMEZ RAUL OSCAR, D.N.I. Nº 13.071.000, la vivienda individualizada como Barrio 24 Viviendas Basilio Bustos, Manzana B, Casa 24 de la localidad de Anchorena, departamento Gobernador Dupuy, provincia de San Luis. -
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4217-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3220099/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio ATE II, Manzana 2, Departamento 85, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 361607/25, obra informe de la Subdirección Soluciones Habitacionales, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada, es el señor BARZOLA JORGE DAVID, D.N.I. Nº 17.116.457;
Que en acts. DOCEXT 196279/18, se adjunta Acta de Auditoria y Constatación y en DOCEXT 314348/25, obra nueva Acta de Verificación, de la cuales se desprende que la vivienda no es habitada por el señor BARZOLA JORGE DAVID, D.N.I. Nº 17.116.457;
Que en act. NOTAB 100100336/25, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act DOCEXT 995523/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre de Instituto Provincial de la Vivienda;
Que en act. DOCEXT 1450240/25, obra informe de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 373976/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101653/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 165848/25 y DICFIS 168631/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 14, 15, 16, 36 y cc de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor BARZOLA JORGE DAVID, D.N.I. Nº 17.116.457, la vivienda individualizada como Barrio ATE II, Manzana 2, Departamento 85, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4218-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-4070825/25, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 500 Viviendas Norte, Manzana 100G, Casa 9, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 341996/25, obra informe de la Subdirección Soluciones Habitacionales y copia de Contrato de Adjudicación N° 30157185-2012-M, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada, es el señor VALENZUELA JULIO CESAR, D.N.I. Nº 30.157.185;
Que en act. DOCEXT 326351/25, obra Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda no es habitada por el señor VALENZUELA JULIO CESAR, D.N.I. Nº 30.157.185;
Que en act. NOTAB 100101207/25, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act DOCEXT 968722/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre de Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en act DOCEXT 1399690/25, obra informe de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 383829/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101567/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 168717/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 14, 15, 16, 36 y cc de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor VALENZUELA JULIO CESAR, D.N.I. Nº 30.157.185, la vivienda individualizada como Barrio 500 Viviendas Norte, Manzana 100G, Casa 9, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4219-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales y el EXD-0000-7080260/15 y 0000-3210281/18 (acumulado) por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 960 Viviendas Santa Rita de Casia, Monoblock 56, Departamento C- 112, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100100753/25, obra informe de la entonces Subdirección de Soluciones Habitacionales, señalando que el señor FLORES TEODOLINDO RAMON, D.N.I. N° 10.731.499, figura como adjudicatario en la vivienda individualizada como Barrio 960 Viviendas Santa Rita de Casia, Monoblock 56, Departamento C-112, de la ciudad de Villa Mercedes. departamento General Pedernera de la provincia de San Luis; adjuntándose Contrato de Adjudicación Normalizad N° 03132 y reporte del Sistema Informático de Viviendas;
Que en act. NOTAB 75904/16, obra Cédula de Notificación N° 738-AMGESyA- 13, mediante la cual se intima al titular de la vivienda a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que el señor FLORES TEODOLINDO RAMON, D.N.I. N° 10.731.499, efectuare el descargo correspondiente;
Que en act. DOCEXT 195956/18, obra Acta de Auditoria y Constatación de fecha 31 de agosto de 2018, en DOCEXT 371234/22, obra Acta de Verificación de fecha 31 de marzo de 2022, en DOCEXT 315823/25, obra Acta de Verificación de fecha 6 de enero de 2025; en DOCEXT 136643/25, obra Acta de Verificación de fecha 16 de abril de 2025, donde consta que la vivienda no se encuentra habitada por el señor FLORES TEODOLINDO RAMON, D.N.I. N° 10.731.499;
Que en act. DOCEXT 974789/25, obra informe emitido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que en acts. NOTAMP 946144/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101111/25 y DICTAM 102354/26, obran los dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 92724/22 y DICFIS 167128/26, obran las intervenciones de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Art. 14º, 15º, 16º y 36º de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor FLORES TEODOLINDO RAMON, D.N.I. N° 10.731.499, la vivienda individualizada como Barrio 960 Viviendas Santa Rita de Casia, Monoblock 56, Departamento C-112, de la Ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos. -
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. –
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4220-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-7310125/25, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 227 Viviendas, Manzana 12, Casa 12 de la localidad de la Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 352911/25, obra informe de la entonces Subdirección Soluciones Habitacionales y copia de Contrato de Adjudicación N°6710286-2013-F, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada es la señora MIGEL CARMEN BEATRIZ, L.C. N° 6.710.286;
Que en act. DOCEXT 348702/25, se adjunta Declaración Jurada con fecha 31 de julio del 2025, mediante la cual el señor PERSICHILLO SERGIO ADRIAN, D.N.I. Nº 27.476.005, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 348699/25, obran copias de Sentencia Interlocutoria Numero: 44/15 “MIGEL CARMEN BEATRIZ S/SUCESION AB-INTESTATO” y de Cesión de Derechos y Acciones Hereditarias: PERSICHILLO JUAN CARLOS y Otros a favor de PERSICHILLO SERGIO ADRIAN;
Que en act. DOCEXT 353835/25, se adjunta Acta de Verificación de fecha 21 de agosto de 2025, de la cual se desprende que la vivienda es habitada por el señor PERSICHILLO SERGIO ADRIAN, D.N.I. Nº 27.476.005;
Que en act. DOCEXT 1078460/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la Vivienda de referencia, figura a nombre del Estado Provincial de San Luis;
Que en acts. NOTAMP 960676/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 102153/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 168499/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 227 Viviendas, Manzana 12, Casa 12 de la localidad de la Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis, a favor del señor PERSICHILLO SERGIO ADRIAN, D.N.I. Nº 27.476.005.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4221-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 5 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-11160127/22, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 828 Viviendas “Familia Obrera”, Manzana 38, Casa 13, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 393630/26, obra copia de Decreto N° 2068-MDH-SPH-2026, debidamente notificado a través de Cédula Nº 559-AMGESyA-26, adjunta en act. NOTAB 100107227/26, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor PEREZ LUIS RAMÓN, D.N.I. Nº 10.697.357;
Que en act. DOCEXT 333352/25, obra Declaración Jurada de fecha 21 de mayo de 2025 mediante la cual la señora TERRAZA MARCELA VIVIANA, D.N.I. Nº 21.373.070, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en acts. DOCEXT 410074/22 y 141735/25, se adjuntan Actas de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por la señora TERRAZA MARCELA VIVIANA, D.N.I. Nº 21.373.070 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 987775/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 373732/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100785/25 y 101702/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166564/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 828 Viviendas “Familia Obrera”, Manzana 38, Casa 13, de la ciudad Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a favor de la señora TERRAZA MARCELA VIVIANA, D.N.I. Nº 21.373.070.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4283-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-12110686/17 y EXD 0000-12140703/17 (acumulado) por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Coronel José Félix Bogado 402 Viviendas, Manzana D, Casa 18, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis y la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo I, Manzana Tira Este, Casa 561, de la ciudad San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100100239/25, obra informe de la Dirección de Soluciones Habitacionales, que mediante Decreto 2482-AS-94, se adjudicó al señor BAIGORRIA CARMELO, D.N.I. N° 6.806.806, la vivienda individualizada como Barrio coronel José Félix Bogado 402 Viviendas, Manzana D, Casa 18, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis; adjuntándose Contrato de Adjudicación Normalizado N° 04582, copia de acto administrativo y reporte del Sistema informático de Vivienda;
Que en act. NOTAB 100093774/25, obra informe del entonces Subdirección de Soluciones Habitacionales, señalando que el señor PEREYRA VICTOR HUGO DANIEL, D.N.I. N° 17.59.2675, figura como adjudicatario de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo I, Manzana Tira Este, Casa 561, de la ciudad San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis; adjuntándose copia de Contrato de Compraventa y reporte del Sistema Informático de Viviendas;
Que en acts. DOCEXT 147522/17, obra Declaración Jurada N° 24852 de fecha 12 de diciembre de 2017, DOCEXT 148746/17 obra Declaración Jurada N° 25827 de fecha 14 de diciembre de 2017, por parte de los señores BAIGORRIA CARMELO, D.N.I. N° 6.806.806 y del señor PEREYRA EDUARDO MAXIMILIANO, D.N.I. N° 33.057.581; quienes requieren regularizar las viviendas objeto de regularización;
Que en acts. DOCEXT 183150/18, obra Acta de Constatación y Relevamiento de fecha 26 de julio de 2017, en DOCEXT 234682/19, obra Acta de Auditoria y Constatación de fecha 11 de abril de 2019, en DOCEXT 311478/24, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 30 de octubre de 2024 y en DOCEXT 312267/25, obra Acta de verificación de fecha 4 de febrero de 2025; por las cuales consta que la vivienda individualizada como Barrio Coronel José Félix Bogado 402 Viviendas, Manzana D, Casa 18, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis, se encuentra habitada por el señor PEREYRA EDUARDO MAXIMILIANO, D.N.I. N° 33.057.581 y su grupo familiar;
Que en acts. DOCEXT 296683/24, obra Acta de verificación de fecha 12 de noviembre de 2024 y en DOCEXT 294151/24, de fecha 30 de octubre de 2024, donde consta que la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo I, Manzana Tira Este, Casa 561, de la ciudad San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis; se encuentra habitada por el señor BAIGORRIA GUSTAVO ELOY, D.N.I. N° 21.752.539 y su grupo familiar;
Que en acts DOCEXT 148748/17, obran copias de documentos de identidad de los señores PEREYRA EDUARDO MAXIMILIANO, D.N.I. N° 33.057.581, PEREYRA FACUNDO MARTIN D.N.I. N° 52.355.201 y JUAN MARIA ALICIA, D.N.I. N° 37.599.999, solicitud de transferencia de las viviendas por parte de los señores BAIGORRIA CARMELO, D.N.I. N° 6.806.806 y PEREYRA VICTOR HUGO DANIEL, D.N.I. N° 17.59.2675, sentencia definitiva de divorcio, caratulado” IRUSTA, CECILIA MICAELA Y PEREYRA, EDUARDO HUGO – BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS Y DIVORCIO VINCULAR” Expte. Nº 591-I-1997, donde se resolvió homologar el acuerdo y con respecto a la vivienda individualizada como Barrio Coronel José Félix Bogado 402 Viviendas, Manzana D, Casa 18, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis, a favor de los hijos, PEREYRA EDUARDO MAXIMILIANO, D.N.I. N° 33.057.581, PEREYRA MATIAS DAVID, D.N.I. N° 31.890.875, PEREYRA MARTIN NORBERTO, D.N.I. N° 37.296.569, PEREYRA GUADALUPE MICAELA, D.N.I. N° 39.138.052 y PEREYRA MACARENA ANAHI, D.N.I. N° 39.138.053, en DOCEXT 305370/24, obra Protocolo Notarial N° 410- Cesión De Derechos Hereditarios y Acciones Posesorias sobre Contrato De Permuta De Vivienda Social.otorgada por BAIGORRIA CARLOS ARIEL, D.N.I. N° 23.022.073 a favor de BAIGORRIA GUSTAVO ELOY, D.N.I. N° 21.752.539, de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo I, Manzana Tira Este, Casa 561, de la ciudad San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis, en DOCEXT 305397/24, obra copia de sentencia judicial “BAIGORRIA CARMELO Y COSTELA DELIA EMMA S/ SUCESION AE INTESTATO”, por el cual ..”Declarar que por fallecimiento de Don BAIGORRIA CARMELO, D.N.I. N° 6.806.806 y Doña COSTELA DELIA EMMA, D.N.I. N° 4.611.321., le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos: BAIGORRIA CARLOS ARIEL D.N.I. N° 23.022.073 y BAIGORRIA GUSTAVO ELOY, D.N.I. N° 21.752.539; en DOCEXT 294150/24, obra copia de documentos de identidad, del señor BAIGORRIA CARLOS ARIEL, D.N.I. N° 23.022.073 y el señor BAIGORRIA GUSTAVO ELOY, D.N.I. N° 21.752.539, acta de fallecimiento del señor BAIGORRIA CARMELO, D.N.I. N° 6.806.806, Contrato de Compraventa y Contrato de Permuta de fecha 28 de octubre de 2010, entre la señora IRUSTA CECILIA MICAELA, D.N.I. N° 17.738.116 y el señor BAIGORRIA CARMELO, D.N.I N° ٦.٨٠٦.٨٠٦, certificado por escribano público, de la vivienda identificada como Barrio Eva Perón Anexo I, Manzana Tira Este, Casa ٥٦١, de la ciudad San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 938651/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble; señalando que las viviendas de referencia, figuran a nombre del Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 361460/25, obra opinión legal de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 99725/25 y DICTAM 102353/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts DICFIS 57489/18 y DICFIS 162103/25, obran las intervenciones de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 19, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón Anexo I, Manzana Tira Este, Casa 561, de la ciudad San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis, a favor del señor BAIGORRIA GUSTAVO ELOY, D.N.I. Nº 21.752.539.-
Art. 3°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Coronel José Félix Bogado 402 Viviendas, Manzana D, Casa 18, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón de la Provincia de San Luis, a favor de los señores PEREYRA EDUARDO MAXIMILIANO, D.N.I. N° 33.057.581, PEREYRA MATIAS DAVID, D.N.I. N° 31.890.875, PEREYRA MARTIN NORBERTO, D.N.I. N° 37.296.569, PEREYRA GUADALUPE MICAELA, D.N.I. N° 39.138.052 y PEREYRA MACARENA ANAHI, D.N.I. N° 39.138.053.-
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 6°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 7°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 8°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 9°. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4284-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-4241148/25, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Las Américas, 78 Viviendas, Manzana 103, Casa 3, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 340491/25, obra informe de la entonces Subdirección Soluciones Habitacionales, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada, es la señora FANIN ADRIANA GLADYS, D.N.I. Nº 11.901.636;
Que en act. DOCEXT 396980/26, se adjunta Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda no es habitada por la señora FANIN ADRIANA GLADYS, D.N.I. Nº 11.901.636;
Que en act. NOTAB 100100344/25, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act DOCEXT 1078030/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre de Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 363072/25, obra informe de la Dirección Administración de la Vivienda;
Que en acts. DOCEXT 384835/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101635/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante el cual considera conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 167542/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 14, 15, 16, 36 y cc de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar a la señora FANIN ADRIANA GLADYS, D.N.I. Nº 11.901.636, la vivienda individualizada como Barrio Las Américas, 78 Viviendas, Manzana 103, Casa 3, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis. -
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
DECRETO N° 4080-SGG-ST-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD 0000-4150626/26 por el cual la Secretaría de Estado de Transporte tramita la liquidación de Compensaciones Complementarias Provinciales (CPP), en concepto de Atributo Social, del servicio de transporte público urbano de pasajeros, y;
CONSIDERANDO:
Que la Secretaría de Transporte de la Nación ha asignado la correspondiente remesa a la Provincia de San Luis y ha procedido a efectuar la transferencia de los fondos pertinentes, en el marco denominado Régimen de Compensaciones Complementarias Provinciales en concepto de Atributo Social;
Que en act. NOTAB 100108117/26 la Dirección de Transporte solicita el pago de los fondos transferidos;
Que en act. DOCEXT 1178924/26 obra nota publicada por la Secretaría de Transporte de la Nación, de los fondos transferidos correspondientes a: 2° pago CCP AS mes de Diciembre 2025 y liberaciones anteriores;
Que obra Anexo en act. DOCEXT 1178685/26, con las asignaciones totales que le corresponden a la empresa integrante del mencionado régimen TRANSPUNTANO S.A.P.E.M. S.A., C.U.I.T. N° 33-71123907-9;
Que en act. CERFYR 1539497/26 obra certificación de la Dirección de Finanzas y Recursos por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 48/100 ($285.957.214,48);
Que en act. PREV 11384191/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 48/100 ($285.957.214,48);
Que en act. DICTLE 10416/26 obra dictamen legal de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Transporte, sin formular objeciones legales al trámite;
Que en act. NOTAMP 979162/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del subsidio a la empresa mencionada por el monto indicado, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo, encuadrando el caso en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2024;
Que en act. DICFIS 170684/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 2°.- Asignar a la empresa TRANSPUNTANO S.A.P.E.M. S.A., C.U.I.T. N° 33-71123907-9, en concepto de 2° pago CCP AS mes de Diciembre 2025 y liberaciones anteriores, el monto total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 48/100 ($285.957.214,48), con cargo a rendir cuenta documentada ante la Contaduría General de la Provincia.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 36 37 4-17 5 1 9 $285.957.214,48
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Transporte y por su intermedio a la empresa mencionada.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 4086-MS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4080354/26, por el cual la Dirección del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita prórroga de Contrato de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 2043630/26 la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, pone en conocimiento la necesidad de dar continuidad con el tratamiento de internos realizado conforme lo establece la Ley N° 24.660 (Ley de Ejecución Penal) y solicita la prórroga del Contrato de Servicios de la Lic. En Trabajo Social MATTIO MELISA BEATRIZ, D.N.I. Nº 33.371.463, desde el 1 de mayo y hasta el 31 de julio del 2026;
Que en DOCEXT 2048703/26 obra copia de Decreto N° 1263-MS-2026, por el cual se homologó el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la LIC. NANCY VERONICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y la Lic. En Trabajo Social MATTIO MELISA BEATRIZ, D.N.I. Nº 33.371.463 por la otra, para la realización de informes técnicos criminológicos de acuerdo al requerimiento de la Ley de Ejecución Penal para internos del Servicio Penitenciario Provincial, a partir del 1 de febrero y hasta el 30 de abril del 2026, el cual obra en act. DOCEXT 2055173/26;
Que en act. DOCEXT 2055168/26 obra Adenda suscripta, por la cual conforme Cláusula Cuarta del respectivo Contrato, LAS PARTES acuerdan prorrogar el mismo, por el término de tres (3) meses a partir del 1 de mayo del 2026 al 31 de julio del 2026;
Que en act. PREV 11378677/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($2.850.000,00);
Que en act. DICLEG 33987/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. NOTAMP 979017/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 170760/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013;
Art. 2º.- Prorrogar a partir del 1 de mayo y hasta el 31 de julio del 2026 la vigencia del Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por la Lic. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842 en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad y la Lic. En Trabajo Social MATTIO MELISA BEATRIZ, D.N.I. Nº 33.371.463 por la otra, homologado por Decreto N° 1263-MS-2026 y la Adenda suscripta, obrante en act. DOCEXT 2055168/26 del EXD-0-4080354/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 17 15 21 1-01 3 4 9 $2.850.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y por su intermedio a la interesada. -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
DECRETO Nº 4098-MDP-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4151357/26, por el cual la Sociedad Rural de San Luis solicita un subsidio; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3833577/26, obra nota de la Sociedad Rural de San Luis por la cual solicita un subsidio, para solventar parte de los gastos que demandará la realización de la “45° Exposición y Venta del Ternero”, y del “1° Certamen Interprovincial de los Terneros del Centro del País”, que se realizará los días 9 y 10 de mayo de 2026, en el predio de dicha Sociedad en la ciudad de San Luis, provincia de San Luis;
Que en act. ACTPAS 3833873/26, la Dirección de Desarrollo Agropecuario dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo, considera oportuno el otorgamiento del subsidio requerido por la Sociedad Rural de San Luis, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 ($15.000.000,00);
Que en act. PREV 11391953/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto;
Que en act. DICLEG 49712/26, ha emitido dictamen jurídico la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo informando que no se advierte objeción legal que formular para la continuidad del trámite tendiente a la proyección del Acto Administrativo por el cual se disponga del otorgamiento del subsidio peticionado;
Que en act. NOTAMP 980872/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo, que disponga el otorgamiento del subsidio a la Sociedad Rural de San Luis, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 171127/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que teniendo en cuenta la documentación obrante en autos, puede procederse al dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el subsidio requerido;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 2º.- Otorgar un subsidio a la Sociedad Rural de San Luis, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 ($15.000.000,00), para solventar parte de los gastos que demandará la realización de la “45° Exposición y Venta del Ternero”, y del “1° Certamen Interprovincial de los Terneros del Centro del País”, que se realizará los días 9 y 10 de mayo de 2026, en el predio de dicha Sociedad en la ciudad de San Luis, provincia de San Luis, conforme surge en act. DOCEXT 3833577/26, del EXD-0000-4151357/26, debiendo rendir cuenta documentada ante Contaduría General de la Provincia.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sprog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 15 15 23 03 1-01 5 1 7 $15.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Productivo; Dirección de Desarrollo Agropecuario y notificar a la Sociedad Rural de San Luis.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 4034-MdeS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12170803/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario GATICA ROQUE DIEGO IVAN, D.N.I. Nº 32.159.445, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 3676088/25, DOCEXT 3676090/25, DOCEXT 3676092/25, DOCEXT 3676094/25, DOCEXT 3676095/25, DOCEXT 3685032/25, DOCEXT 1502959/26 y DOCEXT 3704742/26, obra documentación en la cual surge que el beneficiario GATICA ROQUE DIEGO IVAN, D.N.I. Nº 32.159.445, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11276922/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1076/2026;
Que, en act. ACTPRO 11280811/26 obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en acts. COTZAC 11284582/26 y COTZAC 11284584/26 y LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, en act. COTZAC 11284583/26;
Que, en act. DOCEXT 3753194/26, obra mantenimiento de oferta de la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T: 20-39956804-9;
Que, en act. INFSEC 11284588/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación Nº 670/2026, obrante en act. PROSEC 11284581/26;
Que, en act. PRESEC 11292487/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.650.000,00);
Que, en acts. PREV 11268593/26 y PREV 11295147/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 926505/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 969310/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169077/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256- 2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3676090/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEONARDO NICOLAS ROJAS MORETA, C.U.I.T.: 20-39956804-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.650.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11284583/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3753194/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11292487/26 del EXD-0000-12170803/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario GATICA ROQUE DIEGO IVAN, D.N.I. Nº 32.159.445, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11292487/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.650.000,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4035-MdeS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2020324/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario BRAVO MARTIN MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 34.700.733, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3700259/26, DOCEXT 3700261/26, DOCEXT 3700263/26, DOCEXT 3700265/26, DOCEXT 3700268/26, DOCEXT 1518700/26 y DOCEXT 3729462/26, surge que el beneficiario BRAVO MARTIN MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 34.700.733, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11298418/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1725/2026;
Que, en act. ACTPRO 11325388/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: OSTEOLIFE S.R.L., C.U.I.T.: 30-70776140-3, en act. COTZAC 11327310/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11327311/26;
Que, en act. INFSEC 11327312/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 1617/2026, obrante en act. PROSEC 11327308/26;
Que, en act. DOCEXT 3758874/26, obra mantenimiento de oferta de la firma OSTEOLIFE S.R.L., C.U.I.T.: 30-70776140-3;
Que, en act. PRESEC 11329953/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma OSTEOLIFE S.R.L., C.U.I.T.: 30-70776140-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que, en acts. PREV 11297663/26 y PREV 11330664/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 931544/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 969229/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 169027/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 3700263/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma OSTEOLIFE S.R.L., C.U.I.T.: 30-70776140-3, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CON 00/100 ($1.000.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11327310/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3758874/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11329953/26 del EXD-0000-2020324/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario BRAVO MARTIN MAXIMILIANO, D.N.I. Nº 34.700.733, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11329953/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.000.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4036-MdeS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3121032/26, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de medicamentos a favor de la señora MORINI MARIA ANGELA, D.N.I. Nº 35.193.599, en representación de su hijo el beneficiario MUÑOZ LORENZO ADRIAN, D.N.I. Nº 55.154.335, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3732497/26 y DOCEXT 3732499/26, surge que la señora MORINI MARIA ANGELA, D.N.I. Nº 35.193.599, en representación de su hijo el beneficiario MUÑOZ LORENZO ADRIAN, D.N.I. Nº 55.154.335, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento hematológico;
Que, en act. SOLSEC 11344200/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2699/2026;
Que, en act. ACTPRO 11347302/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11348391/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11348392/26, CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, en acts. COTZAC 11348393/26 y COTZAC 11348394/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11348395/26;
Que, en act. INFSEC 11348396/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 2025/2026, obrante en act. PROSEC 11348390/26;
Que, en act. PRESEC 11348787/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS VEINTE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($20.520.000,00);
Que, en act. PREV 11344167/26 y PREV 11348456/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 932777/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 971892/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 169526/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos, solicitados en act. DOCEXT 3732497/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS VEINTE MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ($20.520.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11348391/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11348787/26 del EXD-0000-3121032/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora MORINI MARIA ANGELA, D.N.I. Nº 35.193.599, en representación de su hijo el beneficiario MUÑOZ LORENZO ADRIAN, D.N.I. Nº 55.154.335, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11348787/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $20.520.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y a la representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4037-MdeS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3191025/26 por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria MORCON BRENDA TAMARA, D.N.I. Nº 36.227.185, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3738940/26, DOCEXT 3738942/26, DOCEXT 3738941/26, DOCEXT 3738943/26, DOCEXT 3738949/26, DOCEXT 3738952/26, DOCEXT 3737773/26, DOCEXT 3737772/26, DOCEXT 3738959/26 y DOCEXT 3739004/26, surge que la beneficiaria MORCON BRENDA TAMARA, D.N.I. Nº 36.227.185, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento ginecológico;
Que, en act. DOCEXT 3754641/26, obra llamado a cotización de las diferentes empresas del medio;
Que, en act. DOCEXT 3754672/26, obra presupuesto de la firma CEDEM SALUD S.A., C.U.I.T: 30-71187587-1;
Que, en acts. DOCEXT 3754704/26 y DOCEXT 3754708/26, obra razonabilidad de precios y justificación de presupuesto;
Que, en act. DOCEXT 3754782/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CEDEM SALUD S.A. CUIT: 30-71187587-1, el ítem 1, por un monto total de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($19.360.000,00);
Que, en acts. PREV 11353377/26 y PREV 11375511/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. ENCAPS 936314/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 936576/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 978198/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170671/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto 08-MHIP-2025 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CEDEM SALUD S.A. CUIT: 30-71187587-1, el ítem 1, por un monto total de PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($19.360.000,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3754672/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3754782/26 del EXD-0000-3191025/26.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria MORCON BRENDA TAMARA, D.N.I. Nº 36.227.185, el estudio especial que se detalla en act. DOCEXT 3754782/26.-
Art. 4º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $19.360.000,00
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a la firma.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4039-MdeS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3201189/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, gestiona el pago a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. ADJFAC 932854/26, obra Factura B Nº 00001-00000113, por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 CTVS. ($4.628.571,00), presentada por la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7, en concepto de servicio de limpieza y desinfección integral de la unidad de cuidado intensivo, servicio de quirófanos y áreas comunes en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, correspondiente al periodo 01 de febrero al 09 de febrero de 2026;
Que, en act. DOCEXT 1527919/26, obra recepción conforme, emitida por el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, respecto de los servicios prestados por la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7;
Que, en act. PREV 11357679/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 934592/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 934898/26, consta dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 975247/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que, en act. DICFIS 170212/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reconocer el pago a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SEISCIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 00/100 CTVS. ($4.628.571,00), según Factura B Nº 00001-00000113, obrante en act. ADJFAC 932854/26 del EXD- 0000-3201189/26, concepto de servicio de limpieza y desinfección integral de la unidad de cuidado intensivo, servicio de quirófanos y áreas comunes que prestó por el periodo de 01 de febrero al 09 de febrero de 2026, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes.-
Art. 2º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 3 5 000 $4.628.571,00
Art. 3º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4040-MdeS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2230354/26, la Subdirección Emergencia Sanitaria solicita elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario OLIVARES SERGIO FABIAN, D.N.I.: Nº 28.243.962, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3713248/26, DOCEXT 3713249/26, DOCEXT 3713250/26, DOCEXT 3713255/26, DOCEXT 3713256/26, DOCEXT 3733527/26 y DOCEXT 1521283/26 surge que el beneficiario OLIVARES SERGIO FABIAN, D.N.I. Nº 28.243.962, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11326949/26, obra solicitud de Gastos Nº 2058/2026;
Que, en act. ACTPRO 11329618/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11332371/26 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11332372/26;
Que, en act. INFSEC 11332373/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº -1695/2026, obrante en act. PROSEC 11332370/26;
Que, en act. PRESEC 11345667/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, el ítem 1, por un monto total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($3.500.000,00);
Que, en acts. PREV 11325055/26 y PREV 11346865/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 933281/26, obra dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 972120/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169584/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el Art. 100º bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y el Art.3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elemento de tecnología biomédica solicitado en act. DOCEXT 3713250/26.-
Art.3º.-Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, el ítem 1, por un monto total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($3.500.000,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrante en acts. COTZAC 11332372/26 y PRESEC 11345667/26 del EXD-0000-2230354/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al señor OLIVARES SERGIO FABIAN, D.N.I. Nº 28.243.962, la provisión de elementos de tecnología biomédica, detallado en act. PRESEC 11345667/26.-
Art. 5º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.500.000,00
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º. -Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº4041-MdeS-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4070506/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor del beneficiario, AZAÑERO ARMAS LUIS ALBERTO, D.N.I. Nº 19.084.253, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1533661/26 y DOCEXT 1533631/26, surge que el beneficiario AZAÑERO ARMAS LUIS ALBERTO, D.N.I. Nº 19.084.253, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1540521/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11371537/26, obra Solicitud de Gastos Nº 3252/2026;
Que, en act. ACTPRO 11373556/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.:33-69541513-9, en act. COTZAC 11373937/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11373940/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11373942/26 DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11373944/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11373945/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11373946/26, FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, en act. COTZAC 11373947/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11373948/26 y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11373949/26;
Que, en act. INFSEC 11373950/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 2587/2026, obrante en act. PROSEC 11373935/26;
Que, en act. PRESEC 11374933/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 00/100 ($1.617.408,00) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.:33-69541513-9, el ítem 2 y 3, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 68/100 ($496.397,68);
Que, en act. PREV 11371424/26 y PREV 11374938/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 936701/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 977927/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170637/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1533631/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: FERAVAL S.A., C.U.I.T.: 33-71119257-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS DIECISIETE MIL CUATROCIENTOS OCHO CON 00/100 ($1.617.408,00) y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.:33-69541513-9, el ítem 2 y 3, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 68/100 ($496.397,68) de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11373947/26, COTZAC 11373937/26, y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11374933/26, del EXD-0000-4070506/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario, AZAÑERO ARMAS LUIS ALBERTO, D.N.I. Nº 19.084.253, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11374933/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.113.805,68
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4100-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12111222/25, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor LUIS ALBERTO NAYA, D.N.I. N° 10.625.976, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1532240/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor LUIS ALBERTO NAYA, D.N.I. N° 10.625.976, por la otra, quien presta servicios profesionales como médico en el Área de Otorrinolaringología del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de enero de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses;
Que, en acts. PREV 11261057/26 y PREV 11326630/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DOCEXT 3694092/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 924621/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 971321/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato adjunto;
Que, en act. DICFIS 169506/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor LUIS ALBERTO NAYA, D.N.I. N° 10.625.976, por la otra, quien presta servicios profesionales como médico en el Área de Otorrinolaringología del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1532240/26 del EXD-0000-12111222/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $11.448.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4101-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12111243/25, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 3109-MdeS-2026, se homologó el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Dr. ENRIQUE ANTONIO CORDOBA, D.N.I. Nº 30.776.621, por la otra, para prestar servicios como médico en el área de pediatría en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud;
Que en act. DOCEXT 1543704/26, el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, solicita la rectificación del Art. 3º del Decreto Nº 3109-MdeS-2026, en razón de haberse consignado erróneamente la partida presupuestaria informada en acts. PREV 11261792/26 y PREV 11308856/26;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rectificar el Art. 3° del Decreto N° 3109-MdeS-2026, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $22.428.000,00
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4102-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3021006/26, por el cual el Hospital Pediátrico San Luis tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora OYOLA FLORENCIA ITATI, D.N.I. N° 41.750.655, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1530387/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora OYOLA FLORENCIA ITATI, D.N.I. N° 41.750.655, por la otra, quien cumple funciones como Enfermera Universitaria en el Servicio de Enfermería Pediátrica del Hospital Pediátrico San Luis, con vigencia a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo, por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 931067/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11332861/26, obra imputación preventiva del gasto, con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 931369/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 968513/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 168890/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora OYOLA FLORENCIA ITATI, D.N.I. N° 41.750.655, por la otra, quien cumple funciones como Enfermera Universitaria en el Servicio de Enfermería Pediátrica del Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1530387/26 del EXD-0000-3021006/26.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $8.190.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4103-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2180765/26, por el cual el Hospital Pediátrico San Luis, tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor FERRER GERARDO MARTIN D.N.I. N° 26.790.634, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1523056/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor FERRER GERARDO MARTIN D.N.I. N° 26.790.634, por la otra, quien cumple funciones como Médico Cirujano en el Servicio de Traumatología Pediátrica del Hospital Pediátrico San Luis, con vigencia a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo, por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 927468/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11305254/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DIGLEG 927739/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 962426/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 167918/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor FERRER GERARDO MARTIN D.N.I. N° 26.790.634, por la otra, quien cumple funciones como Médico Cirujano en el Servicio de Traumatología Pediátrica del Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1523056/26 del EXD-0000-2180765/26.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $13.596.660,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4104-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9290754/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora GOMEZ ILDA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 25.854.241, en representación de su hijo el beneficiario MERCAU ANGEL MATEO RAMON, D.N.I. Nº 57.319.949, y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1432938/25, DOCEXT 1437223/25, DOCEXT 1465821/25,
DOCEXT 1477021/25 y DOCEXT 1495332/26, surge que la señora GOMEZ ILDA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 25.854.241, en representación de su hijo el beneficiario MERCAU ANGEL MATEO RAMON, D.N.I. Nº 57.319.949, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento urológico;
Que, en act. SOLSEC 11192583/25, obra Solicitud de Gastos Nº 11127/2025;
Que, en act. ACTPRO 11197824/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11200823/25, DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2, en act. COTZAC 11200824/25, BIOLATINA S.R.L., C.U.I.T.:30-62932220-1, en act. COTZAC 11200825/25 y DROGUERIA AZCUENAGA S.R.L., C.U.I.T.: 30-70154517-2, en act. COTZAC 11200826/25;
Que, en act. INFSEC 11200828/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 10348/2025, obrante en act. PROSEC 11200822/25;
Que, en act. DOCEXT 3760088/26, obra mantenimiento de oferta de la firma DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2;
Que, en act. PRESEC 11210752/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($2.159.460,00);
Que, en act. PREV 11259654/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 917239/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956211/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166928/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 1432938/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($2.159.460,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11200824/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3760088/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11210752/25 del EXD-0000-9290754/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora GOMEZ ILDA DEL CARMEN, D.N.I. Nº 25.854.241, en representación de su hijo el beneficiario MERCAU ANGEL MATEO RAMON, D.N.I. Nº 57.319.949, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11210752/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.159.460,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4105-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080143/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria CECILIA ALEJANDRA SUAREZ, D.N.I. Nº 38.688.602, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 3688925/26, DOCEXT 3688926/26, DOCEXT 3688928/26, DOCEXT 3688930/26, DOCEXT 3688931/26, DOCEXT 1498549/26 y DOCEXT 1498830/26, obra documentación de la cual surge que la beneficiaria CECILIA ALEJANDRA SUAREZ, D.N.I. Nº 38.688.602, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11263536/26, obra Solicitud de Gastos Nº 684/2026;
Que, en act. ACTPRO, 11268657/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11270488/26;
Que, en act. DOCEXT 3748423/26, obra mantenimiento de oferta de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8;
Que, en act. INFSEC 11270489/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 392/2026, obrante en act. PROSEC 11270487/26;
Que, en act. PRESEC 11279789/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($1.990.600,00);
Que, en acts. PREV 11260948/26 y PREV 11281028/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 924753/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957386/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166855/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256- 2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3688926/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS NOVENTA MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($1.990.600,00), de acuerdo a la oferta presentada en act COTZAC 11270488/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3748423/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11279789/26 del EXD-0000-1080143/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria CECILIA ALEJANDRA SUAREZ, D.N.I. Nº 38.688.602, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11279789/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.990.600,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4106-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10281118/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria QUIROGA MILENA ESTELA, D.N.I. Nº 23.385.298, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1450490/25 y DOCEXT 1456961/25, obra documentación en la cual surge que la beneficiaria QUIROGA MILENA ESTELA, D.N.I. Nº 23.385.298, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento reumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11165057/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10778/2025;
Que, en act. ACTPRO 11170422/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11171522/25, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 en act. COTZAC 11171523/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0 en act. COTZAC 11171524/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1 en act. COTZAC 11171526/25 y DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6 en act. COTZAC 11171527/25;
Que, en act. DOCEXT 3761837/26, obra mantenimiento de oferta de la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6;
Que, en act. INFSEC 11171528/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 9862/2025, obrante en act. PROSEC 11171521/25;
Que, en act. PRESEC 11219169/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($4.414.236,00);
Que, en act. PREV 11268101/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 929835/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 966444/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168474/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamento solicitado en act. DOCEXT 1450490/25.-
Art. 3º- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($4.414.236,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11171523/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3761837/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11219169/25 del EXD-0000-10281118/25.-
Art. 4º- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria QUIROGA MILENA ESTELA, D.N.I. Nº 23.385.298, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11219169/25.-
Art. 5º- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.414.236,00
Art. 6º. Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 7º- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y la beneficiaria. -
Art. 8º- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4107-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3311213/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a favor de la firma HOTEL ATISOR S.R.L., C.U.I.T: 30-71218793-6, en concepto de servicio de estadías a beneficiarios no mutualizados, correspondiente al periodo febrero y marzo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1533590/26, obra factura B Nº 0004-00004341, presentada por la firma HOTEL ATISOR S.R.L., C.U.I.T: 30-71218793-6, por la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.850.000,00);
Que, en act. DOCEXT 1533638/26, obra nota de recepción conforme de los servicios prestados por la firma HOTEL ATISOR S.R.L., C.U.I.T: 30-71218793-6;
Que, en act. PREV 11370383/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 936071/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. ENCAPS 935700/26, obra intervención contable de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. NOTAMP 976799/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 170438/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma HOTEL ATISOR S.R.L., C.U.I.T: 30-71218793-6, por la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.850.000,00), según Factura B Nº 0004-00004341, obrante en act. DOCEXT 1533590/26, en concepto de servicio de estadía a beneficiarios no mutualizados de la Subdirección Emergencia Sanitaria, correspondiente al periodo febrero y marzo de 2026.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.850.000,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4108-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10210890/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de estudios especiales a favor de la beneficiaria BIES SILVANA PAOLA, D.N.I. Nº 25.852.315, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3625679/25, DOCEXT 3627090/25, DOCEXT 1447298/25 y DOCEXT 3708926/26, surge que la beneficiaria BIES SILVANA PAOLA, D.N.I. Nº 25.852.315, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudios especiales para tratamiento oncológico;
Que, en act. DOCEXT 3723511/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en act. DOCEXT 3723526/26, obra presupuesto de la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8;
Que, en act. DOCEXT 3768520/26, obra mantenimiento de oferta de la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8;
Que, en acts. DOCEXT 3723532/26 y DOCEXT 3723535/26, obra razonabilidad y justificación del precio a abonar;
Que, en act. DOCEXT 3723542/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8, por un monto total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($3.790.000,00);
Que, en act. PREV 11261603/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. NOTAMP 966961/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 967444/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168947/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8, por un monto total de PESOS TRES MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($3.790.000,00) de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3723526/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3768520/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3723542/26, del EXD-000-10210890/25.-
Art. 3º.- Otorgar en carácter de subsidio en especie a la beneficiaria BIES SILVANA PAOLA, D.N.I. Nº 25.852.315, la provisión de estudios especiales que se detallan en act. DOCEXT 3723542/26.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.790.000,00
Art. 5º. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y a la beneficiaria.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4109-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091103/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estudio especial a favor de la beneficiaria SEPULVEDA ROSA MABEL, D.N.I. Nº 20.413.622, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3668479/25 y DOCEXT 3669944/25, surge que la beneficiaria SEPULVEDA ROSA MABEL, D.N.I. Nº 20.413.622, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de estudio especial para tratamiento oncológico;
Que, en act. DOCEXT 3706384/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8, en act. DOCEXT 3706389/26;
Que, en act. DOCEXT 3736082/26, obra mantenimiento de oferta de la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8;
Que, en acts. DOCEXT 3706416/26 y DOCEXT 3706422/26, obra razonabilidad y justificación del precio a abonar;
Que, en act. DOCEXT 3706417/26, obra informe mediante el cual se preadjudicó a la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($5.450.000,00);
Que, en act. PREV 11261449/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. NOTAMP 960452/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 960927/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167806/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. t) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma CENTRO PRIVADO DE RADIOTERAPIA RIO CUARTO S.A., C.U.I.T.: 30-71290110-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($5.450.000,00) de acuerdo a la oferta presentada en act DOCEXT 3706389/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3736082/26 y preadjudicacion adjunta en act. DOCEXT 3706417/26 del EXD-0000-12091103/25.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria SEPULVEDA ROSA MABEL, D.N.I. Nº 20.413.622, el estudio especial que se detallan en act. DOCEXT 3668479/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $5.450.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4110-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2240823/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a favor de la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, en concepto de servicios de estadías a beneficiarios no mutualizados, correspondiente al periodo enero de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1511664/26, obra factura B Nº 09991-00005355, presentada por la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL OCHENTA CON 00/100 ($5.508.080,00);
Que, en act. DOCEXT 1511671/26, obra nota de recepción conforme de los servicios prestados por la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4;
Que, en act. PREV 11315032/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 930282/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 974119/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169944/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL OCHENTA CON 00/100 ($5.508.080,00), según Factura B Nº 00005-00005355, obrante en act. DOCEXT 1511664/26, en concepto de servicios de estadías a beneficiarios no mutualizados de la Subdirección Emergencia Sanitaria, correspondientes al periodo enero del año 2026.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $5.508.080,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4111-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2040948/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria, SENA MARIANA SOLEDAD, D.N.I. Nº 26.769.709, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3702275/26 y DOCEXT 1536595/26, surge que la beneficiaria SENA MARIANA SOLEDAD, D.N.I. Nº 26.769.709, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1534863/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11331415/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1878/2026;
Que, en act. ACTPRO 11365726/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11367615/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11367616/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11367617/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.:30-70894816-7, en act. COTZAC 11367618/26, PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, en act. COTZAC 11367619/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.:30-71595642-6, en act. COTZAC 11367620/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11367621/26 y FERAVAL S.A., C.U.I.T.:33-71119257-9, en act. COTZAC 11367622/26;
Que, en act. INFSEC 11367623/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2390/2026, obrante en act. PROSEC 11367614/26;
Que, en act. PRESEC 11373400/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30- 70909819-1, el ítem 3, por la suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($63.156,00) y PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1 y 2, por la suma total de PESOS CIENTO CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($114.675.294,00);
Que, en acts. PREV 11312166/26 y PREV 11373442/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 935899/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 976864/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170440/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3702275/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, el ítem 3, por la suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($63.156,00) y PROYECTA MILLENIUM S.A., C.U.I.T.: 30-70338900-3, el ítem 1 y 2, por la suma total de PESOS CIENTO CATORCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 ($114.675.294,00) de acuerdo a la oferta presentada en acts. COTZAC 11367621/26, COTZAC 11367619/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11373400/26, del EXD-0000-2040948/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria, SENA MARIANA SOLEDAD, D.N.I. Nº 26.769.709, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11373400/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $114.738.450,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4112-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2200366/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor BRUNO GIZZI, D.N.I. Nº 32.633.167, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1541784/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor BRUNO GIZZI, D.N.I. Nº 32.633.167, por la otra, quien brinda servicios de mantenimiento y guardias pasivas como responsable del Área de Gestión de Infraestructura Hospitalaria, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de abril de 2026 y por el termino de TRES (3) meses;
Que, en act. PREV 11311971/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 932462/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 933019/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;
Que, en act. NOTAMP 972009/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 169660/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N VIII-0867-2013 y en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8- MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor BRUNO GIZZI, D.N.I. Nº 32.633.167, por la otra, quien brinda servicios de mantenimiento y guardias pasivas como responsable del Área de Gestión de Infraestructura Hospitalaria, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1541784/26 del EXD-0000-2200366/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 9 000 $6.300.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4113-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2260268/26, por el cual la Maternidad Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud, tramita la renuncia de la señora VERAGUA MAIRA ANAHI, D.N.I N° 37.493.755, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 9947-MdeS-2023, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios de la señora VERAGUA MAIRA ANAHI, D.N.I N° 37.493.755, el cual luce agregado en act. DOCEXT 1513021/26;
Que, en act. DOCEXT 3717056/26, obra nota de renuncia presentada por la señora VERAGUA MAIRA ANAHI, D.N.I N° 37.493.755;
Que, en act. INFORM 434568/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se procedió a suspender la liquidación de haberes a partir del 01 de abril de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1668477/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora VERAGUA MAIRA ANAHI, D.N.I N° 37.493.755, homologado por Decreto 9947-MdeS-2023, a partir del 01 de abril de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Recursos Humanos y Maternidad Villa Mercedes, quien notificará a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 4114-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3201197/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, gestiona el pago a favor de la firma SIL SERVICIOS S.A.S., C.U.I.T: 30-71668560-4, en concepto de servicio de limpieza y desinfección integral de la unidad de cuidado intensivo, servicio de quirófanos y áreas comunes, correspondiente al periodo 01 de marzo al 12 de marzo de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. ADJFAC 933194/26, obra Factura B N° 00001-00000131, por un monto total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 ($5.380.645,00), presentada por la firma SIL SERVICIOS S.A.S., C.U.I.T: 30-71668560-4;
Que, en act. DOCEXT 1528202/26, obra recepción conforme, emitida por el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, respecto de los servicios prestados por la firma SIL SERVICIOS S.A.S., C.U.I.T: 30-71668560-4;
Que, en act. PREV 11357626/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 934612/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 934891/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 975258/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que, en act. DICFIS 170126/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma SIL SERVICIOS S.A.S., C.U.I.T: 30-71668560-4, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 00/100 ($5.380.645,00), según Factura B N° 00001-00000131, obrante en act. ADJFAC 933194/26 del EXD- 0000-3201197/26, en concepto de servicio de limpieza y desinfección integral de la unidad de cuidado intensivo, servicio de quirófanos y áreas comunes, correspondiente al periodo del 01 de marzo al 12 de marzo del 2026, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 3 5 000 $5.380.645,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4115-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3171096/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, gestiona el pago a favor de la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. NOTMIN 931945/26, obra nota del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes solicitando el pago a favor de la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, en concepto de servicios de viandas destinadas a internados y personal de salud, correspondiente al período 01 de marzo de 2026 al 11 de marzo de 2026;
Que, en act. ADJFAC 931949/26, obra Factura B N° 00001-00000101, por un monto total de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($15.479.335,00), presentada por la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7;
Que, en act. DOCEXT 1524354/26, obra recepción conforme, emitida por el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, respecto de los servicios prestados por la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7;
Que, en act. ENCAPS 932457/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11346138/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 932728/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 971439/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que, en act. DICFIS 169503/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Reconocer el pago a favor de la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($15.479.335,00), según Factura B N° 00001-00000101, obrante en act. ADJFAC 931949/26 del EXD-0000- 3171096/26, en concepto de servicios de viandas destinadas a internados y personal de salud del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, correspondiente al período 01 de marzo de 2026 al 11 de marzo de 2026.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 2 1 1 000 $15.479.335,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4116-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1210111/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la beneficiaria RIVADAVIA TRINIDAD SOFIA, D.N.I. Nº 43.729.285, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3694237/26, DOCEXT 3694517/26 y DOCEXT 1541234/26, surge que la beneficiaria RIVADAVIA TRINIDAD SOFIA, D.N.I. Nº 43.729.285, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas. Asimismo, en act. DOCEXT 1538780/26, obra nota aclaratoria la que deja constancia que los medicamentos solicitados no se encuentran dentro del vademécum del Banco Nacional de Drogas Oncológicas y atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11301385/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1779/2026;
Que, en act. ACTPRO 11309448/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: DK HOSPITALARIOS DE DROGERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11310960/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11310961/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11310962/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11310964/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11310965/26 y GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11310966/26;
Que, en act. INFSEC 11310967/26, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 1378/2026, obrante en act. PROSEC 11310959/26;
Que, en act. PRESEC 11326465/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CON 60/100 ($393.573,60), DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 , el ítem 2 y 4, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 ($2.294.718,00), GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, el ítem 5, por la suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 06/100 ($745.347,06) y MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, el ítem 3, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 80/100 ($971.134,80);
Que, en acts. PREV 11298911/26 y PREV 11328312/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 929955/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 966854/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168642/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 3694237/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y TRES CON 60/100 ($393.573,60), DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6 , el ítem 2 y 4, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO CON 00/100 ($2.294.718,00), GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T.: 33-71250477-9, el ítem 5, por la suma total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 06/100 ($745.347,06) y MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, el ítem 3, por la suma total de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 80/100 ($971.134,80) de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11310960/26, COTZAC 11310961/26, COTZAC 11310966/26, COTZAC 11310962/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11326465/26 del EXD-0000-1210111/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria RIVADAVIA TRINIDAD SOFIA, D.N.I. Nº 43.729.285, el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11326465/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.404.773,46
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4117-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3180933/26, por el cual la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis tramita el Contrato de Servicios de la señora BENITEZ MELANIE VALENTINA D.N.I. 38.750.351, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1535913/26, obra el contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora BENITEZ MELANIE VALENTINA D.N.I. Nº 38.750.351, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como médica en consultorio del CAPS El Suyuque y CAPS dependientes de la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis, a partir del 1 de abril del 2026 y por el término de TRES (3) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11358012/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 933952/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 973300/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169825/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295 -MHIP-2025.-
Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora BENITEZ MELANIE VALENTINA D.N.I. Nº 38.750.351, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como médica en consultorio del CAPS El Suyuque y CAPS dependientes de la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1535913/26 del EXD-0000-3180933/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $9.922.500,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4118-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1070658/26, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora DANIELA FLORENCIA ALEGRE ILNAO, D.N.I. Nº 34.525.010, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1517242/26, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto, por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora DANIELA FLORENCIA ALEGRE ILNAO, D.N.I. Nº 34.525.010, por la otra, para brindar servicios médicos de atención de consultorio en el CAPS El Chorrillo dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, con vigencia a partir de la fecha del presente Decreto y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. DOCEXT 3699977/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11259835/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 924948/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957999/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167171/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto, por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora DANIELA FLORENCIA ALEGRE ILNAO, D.N.I. Nº 34.525.010, por la otra, para brindar servicios médicos de atención de consultorio en el CAPS El Chorrillo dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1517242/26 del EXD-0000-1070658/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $3.150.000,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4119-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2090077/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor de la señora VITALE CYNTHIA, D.N.I. Nº 37.773.727, en representación de su hija la beneficiaria ACHARI VITALE MAYLEN, D.N.I. Nº 55.844.444, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3704148/26 y DOCEXT 1517977/26, surge que la señora VITALE CYNTHIA, D.N.I. Nº 37.773.727, en representación de su hija la beneficiaria ACHARI VITALE MAYLEN, D.N.I. Nº 55.844.444, ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento hormonal;
Que, en act. SOLSEC 11345179/26, obra Solicitud de Gastos Nº 2705/2026;
Que, en act. ACTPRO 11369676/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11370151/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11370152/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.:30-70909819-1, en act. COTZAC 11370153/26, MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T.: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11370154/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11370155/26;
Que, en act. INFSEC 11370157/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 2470/2026, obrante en act. PROSEC 11370150/26;
Que, en act. PRESEC 11378615/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS UNO CON 65/100 ($2.082.301,65);
Que, en acts. PREV 11338654/26 y PREV 11378644/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 937173/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 979479/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170869/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3704148/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma: LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS UNO CON 65/100 ($2.082.301,65) de acuerdo a las ofertas presentadas en act. COTZAC 11370151/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11378615/26, del EXD-0000-2090077/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora, VITALE CYNTHIA, D.N.I. Nº 37.773.727 en presentación de su hija la beneficiaria ACHARI VITALE MAYLEN, D.N.I. Nº 55.844.444 el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11378615/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.082.301,65
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante de la beneficiaria y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4120-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2200382/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. N° 13.039.464, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1536205/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. N° 13.039.464, por la otra, quien presta funciones realizando la organización de convenios con universidades provinciales, nacionales y privadas con distintas O.N.G. y el control de prácticas de alumnos, en el Área de Relaciones Institucionales del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de TRES (3) meses;
Que, en act. PREV 11324994/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. ENCAPS 932255/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 933031/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 972014/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 169669/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. Nº 13.039.464, por la otra, quien presta funciones realizando la organización de convenios con universidades provinciales, nacionales y privadas con distintas O.N.G. y el control de prácticas de alumnos, en el Área de Relaciones Institucionales del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1536205/26 del EXD-0000-2200382/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 9 000 $3.553.500,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4121-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2260021/26, por el cual el Hospital Pediátrico San Luis tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora PEREYRA ARRIETA PAULA MALENA, D.N.I. N° 39.090.323, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1524194/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora PEREYRA ARRIETA PAULA MALENA, D.N.I. N° 39.090.323, por la otra, quien cumple funciones como Licenciada en Producción de Bioimagenes en el Servicio de Radioterapia del Hospital Pediátrico San Luis, con vigencia a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo, por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 928849/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11320042/26, obra imputación preventiva del gasto, con excepción de duodécimo;
Que, en act. DIGLEG 928991/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 966411/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 168433/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora PEREYRA ARRIETA PAULA MALENA, D.N.I. N° 39.090.323, por la otra, quien cumple funciones como Licenciada en Producción de Bioimagenes en el Servicio de Radioterapia del Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1524194/26 del EXD-0000-2260021/26.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $8.160.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4122-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2050171/26, por el cual se tramita la renovación de Contratos de Servicio de Ecografía del Hospital de Merlo, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 1511010/26, DOCEXT 1511012/26, DOCEXT 1511015/26, DOCEXT 1511041/26 y DOCEXT 1511043/26, obran Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el personal que cumple funciones en el Servicio de Ecografía del Hospital de Merlo dependiente de la Zona Sanitaria IV de la Dirección de Zonas Sanitarias, a partir del 01 de marzo de 2026 y hasta el 31 de agosto de 2026, pudiendo ser prorrogados por igual periodo, por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. DOCEXT 3703794/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11292316/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 925933/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 960774/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos mencionados;
Que, en act. DICFIS 167652/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre el entre el Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, representado en este acto, por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el personal que cumple funciones en el Servicio de Ecografía del Hospital de Merlo dependiente de la Zona Sanitaria IV de la Dirección de Zonas Sanitarias, obrantes en acts. DOCEXT 1511010/26, DOCEXT 1511012/26, DOCEXT 1511015/26, DOCEXT 1511041/26 y DOCEXT 1511043/26 del EXD-0000-2050171/26:
|
NOMBRE Y APELLIDO |
D.N.I. Nº |
FUNCIÓN |
|
SAMARIA CARI MOREIRA |
94.757.775 |
MÉDICA |
|
RODRIGO SEQUEIROS FERNANDEZ |
95.433.234 |
MÉDICO |
|
MARCELO ALEJANDRO GOMEZ FLORES |
29.104.604 |
MÉDICO |
|
JOSE EDUARDO PERALTA |
24.200.461 |
MÉDICO |
|
MARIANO ANDRES GARCIA AGUIRRE |
27.026.981 |
MÉDICO |
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 27 44 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $150.000.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Zonas Sanitarias, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4123-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1070525/26, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor de la señora ROJAS CLAUDIA ALEJANDRA, D.N.I. N° 25.849.069, en representación de su hija, la beneficiaria OLIVA ROJAS EMMA, D.N.I. N° 55.417.057, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1489625/26 y DOCEXT 1502309/26, surge que la señora ROJAS CLAUDIA ALEJANDRA, D.N.I. N° 25.849.069, en representación de su hija, la beneficiaria OLIVA ROJAS EMMA, D.N.I. N° 55.417.057, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento endocrinológico;
Que, en act. SOLSEC 11294579/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1567/2026;
Que, en act. ACTPRO 11298815/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11300202/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11300203/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11300204/26, LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11300205/26, DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11300206/26, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11300207/26 y PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11300208/26,
Que, en act. DOCEXT 1535919/26, obra mantenimiento de oferta de la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6;
Que, en act. INFSEC 11300209/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 1156/2026, obrante en act. PROSEC 11300201/26;
Que, en act. PRESEC 11308739/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el item 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 ($1.928.389,00);
Que, en acts. PREV 11289380/26 y PREV 11309382/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 929901/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 967488/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168723/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1489625/26.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, el item 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 00/100 ($1.928.389,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11300206/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1535919/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11308739/26 del EXD-0000-1070525/26.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora ROJAS CLAUDIA ALEJANDRA, D.N.I. N° 25.849.069, en representación de su hija, la beneficiaria OLIVA ROJAS EMMA, D.N.I. N° 55.417.057, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11308739/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.928.389,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4124-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12190920/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario LEANIZ JOSE MIGUEL, D.N.I. Nº 44.075.685, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 3679020/25, DOCEXT 3679023/25, DOCEXT 3679025/25, DOCEXT 3679026/25, DOCEXT 3679029/25, DOCEXT 1497111/26 y DOCEXT 1498873/26, obra documentación en la cual surge que el beneficiario LEANIZ JOSE MIGUEL, D.N.I. Nº 44.075.685, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11251772/25, obra Solicitud de Gastos Nº 461/2026;
Que, en act. ACTPRO 11262709/26 obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11264703/26 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11264704/26;
Que, en act. DOCEXT 3748888/26, obra mantenimiento de oferta de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8;
Que, en act. INFSEC 11264705/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 328/2026, obrante en act. PROSEC 11264702/26;
Que, en act. PRESEC 11279794/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL CIEN CON 00/100 ($2.690.100,00);
Que, en acts. PREV 11259167/26 y PREV 11281032/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 924755/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957394/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166850/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3679025/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL CIEN CON 00/100 ($2.690.100,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11264704/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3748888/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11279794/26 del EXD-0000-12190920/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario LEANIZ JOSE MIGUEL, D.N.I. Nº 44.075.685, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11279794/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.690.100,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4125-MdeS-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050346/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita el pago a favor del señor GUSTAVO MARTIN FARRELL D.N.I. N° 23.972.464, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. NOTMIN 929752/26, el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes solicita el pago al señor GUSTAVO MARTIN FARRELL D.N.I. N° 23.972.464, en concepto de provisión de servicios médicos psiquiátricos, correspondiente al mes de diciembre de 2025;
Que, en act. ADJFAC 929767/26, obra Factura B N° 00002-00000112, por un monto total de PESOS DOS MILLONES CON 00/100 ($2.000.000,00), presentada por el señor GUSTAVO MARTIN FARRELL D.N.I. N° 23.972.464;
Que, en act. DOCEXT 3723644/26, obra recepción conforme, emitida por el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, respecto de los servicios prestados por el señor GUSTAVO MARTIN FARRELL D.N.I. N° 23.972.464;
Que, en act. PREV 11334403/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 931062/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 931262/26, consta dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 972299/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 169600/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor del señor GUSTAVO MARTIN FARRELL D.N.I. N° 23.972.464, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CON 00/100 ($2.000.000,00), según Factura B N° 00002-00000112, obrante en act. ADJFAC 929767/26 del EXD-0000-3050346/26, en concepto de provisión de servicios médicos psiquiátricos destinados al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, correspondiente al mes de diciembre de 2025.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $2.000.000,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4199-MdeS-2026.-
San Luis, 2 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11041227/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario ASCASO PABLO RICARDO, D.N.I. Nº 17.412.820, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1454384/25, DOCEXT 1454389/25 y DOCEXT 1464587/25, surge que el beneficiario ASCASO PABLO RICARDO, D.N.I. Nº 17.412.820, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas que, en acts. DOCEXT 1534335/26 y DOCEXT 1534343/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido y que atento, a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11262972/26, obra Solicitud de Gastos Nº 721/2026;
Que, en act. ACTPRO 11266564/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11267139/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11267141/26, DROGUERIA META S.A., C.U.I.T: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11267142/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S. A., C.U.I.T: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11267143/26, COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T: 30-51964753-9, en act. COTZAC 11267144/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11267146/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11267147/26 y MACROPHARMA S.A., C.U.I.T: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11267148/26;
Que, en act. DOCEXT 1530336/26, obra mantenimiento de oferta de la firma COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T: 30-51964753-9;
Que, en act. INFSEC 11267150/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 348/2026, obrante en act. PROSEC 11267138/26;
Que, en act. PRESEC 11287946/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T: 30-51964753-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($25.999.740,00);
Que, en acts. PREV 11259694/26 y PREV 11289779/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 926460/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 961520/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167777/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1454384/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma COFARSUR S.A.C.I.F., C.U.I.T: 30-51964753-9, el ítem 1, por la suma total de PESOS VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA CON 00/100 ($25.999.740,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11267144/26, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1530336/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11287946/26 del EXD-0000-11041227/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario ASCASO PABLO RICARDO, D.N.I. Nº 17.412.820, el medicamento que se detallan en act. PRESEC 11287946/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $25.999.740,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Hacer saber a: Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4360-MdeS-2026.-
San Luis, 6 de Mayo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5041097/26, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 9540-MdeS-2024, se designó al C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, en el cargo de Director de la Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) dependiente del Ministerio de Salud;
Que, en act. DOCEXT 1550756/26, obra renuncia presentada por el C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, en el cargo de Director de la Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) dependiente del Ministerio de Salud;
Que se hace necesario aceptar la renuncia presentada al cargo mencionado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar a partir del 30 de abril de 2026, la renuncia presentada por el C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, en el cargo de Director de la Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) dependiente del Ministerio de Salud.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN
DECRETO Nº 4078-SGG-SC-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4140398/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 101567/26, obra la renuncia presentada por la señora KAREM YAMILE AMAYA, D.N.I. Nº 37.639.573, en el cargo de Jefa de Área de Atención Virtual Ciudadana de la Dirección de Atención Ciudadana en Redes Sociales Oficiales, de la Secretaría de Estado de Comunicación;
Que la misma fue designada por Decreto Nº 7831-SGG-SC-2024 obrante en act. DOCEXT 101565/26;
Que se dispone designar a la señora KAREM YAMILE AMAYA, D.N.I. Nº 37.639.573, en el cargo de Secretaria Privada de la Secretaría de Estado de Comunicación;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la señora KAREM YAMILE AMAYA, D.N.I. Nº 37.639.573, al cargo de Jefa de Área de Atención Virtual Ciudadana de la Dirección de Atención Ciudadana en Redes Sociales Oficiales, de la Secretaría de Estado de Comunicación, dispuesto por Decreto Nº 7831-SGG-SC-2024 obrante en act DOCEXT 101565/26 del EXD-0-4140398/26.-
Art. 2º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Secretaria Privada de la Secretaría de Estado de Comunicación a la señora KAREM YAMILE AMAYA, D.N.I. N° 37.639.573.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Secretaría de Estado de Comunicación y a la interesada.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Comunicación, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Diego Mariano Masci
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 4079-SGG-SC-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2100751/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 100288/26 obra nota del Secretario de Estado de Comunicación solicitando se otorgue un adicional por Responsabilidad Funcional en los haberes mensuales de la agente Suarez Sosa Tania Rosa D.N.I. Nº 31.907.342, Planta Permanente categoría “E”, dependiente de la Secretaría de Estado de Comunicación, la misma informa y certifica las tareas que desempeña la agente en dicho organismo;
Que en act. DOCEXT 100289/26 obra Situación de Revista de la agente;
Que en act. INFORM 432881/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario;
Que en act. INFORM 432985/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 976982/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Establecer a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre del año 2026, un adicional denominado Responsabilidad Funcional del sueldo básico de la categoría que ostenta la agente Suarez Sosa Tania Rosa D.N.I. Nº 31.907.342, Planta Permanente categoría “E”, dependiente de la Secretaría de Estado de Comunicación, el cual tendrá el carácter no remunerativo y no bonificable, conforme cálculo obrante en act. INFORM 432881/26.-
Art. 2º.- Imputar el gasto a la siguiente Partida del Presupuesto vigente:
SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN:
Ins. Jur. U.E. Fte.Fto. C.Prog. A.C. Inc.
1 10 45 1-01 01 07 1
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Secretaría de Estado de Comunicación y a la interesada.-
Art. 4°.-El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Comunicación, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.
Art.5°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Diego Mariano Masci
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA
DECRETO N° 4074-SGG-SLyT-2026.-
San Luis, 1 de Mayo de 2026
2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2230331/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en DOCEXT 101945/26, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Abogada NATALIA SOLEDAD CARRANZA, D.N.I. N° 30.244.135, en su carácter de Secretaria de Estado Legal y Técnica, por una parte y la señora MONICA BEATRIZ RIVERA, D.N.I. N° 11.338.561, por la otra;
Que la Cláusula Primera establece el objeto de la contratación y la Cláusula Segunda establece la retribución mensual que percibirá y forma de pago;
Que la Cláusula Tercera establece la vigencia a partir de su homologación hasta el 31 de mayo del año 2026, pudiendo ser prorrogado previo acuerdo de partes y por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. PREV 11319007/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción del duodécimo, por la suma de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($2.640.000,00);
Que en act. ACTPAS 1672046/26, obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en acts. NOTAMP 978452/26 y DICFIS 170670/26, se ha cumplido con las vistas de Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, respectivamente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.-Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado por el Decreto N° 8-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada mediante Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art.2°.-Homologar los Contratos de Servicios suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Abogada NATALIA SOLEDAD CARRANZA, D.N.I. N° 30.244.135, en su carácter de Secretaria de Estado Legal y Técnica, por una parte y la señora MONICA BEATRIZ RIVERA, D.N.I. N° 11.338.561, por la otra, obrante en DOCEXT 101945/26, del EXD-0-2230331/26.-
Art.3°.-Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 10 40 01 06 1-01 3 4 9 $2.640.000,00
Art.4°.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.5°.-Hacer saber a: Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la interesada.-
Art.6°.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Legal y Técnica, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.7°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Natalia Soledad Carranza
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTE
DECRETO Nº 3925-SGG-SD-2026.-
San Luis, 27 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4060931/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1674708/26 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo, solicitando se otorgue un adicional por Responsabilidad Funcional, por el término de DOCE (12) meses, en los haberes mensuales del señor Juan Carlos Garcia, D.N.I. N° 23.707.542, Categoría “E”, Planta Contratada del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, de la Secretaría de Estado de Deporte, que presta servicios en el Autódromo Rosendo Hernández dependiente de la citada Dirección, y en la misma se informa y certifica las tareas que desempeña el agente en dicho organismo;
Que en act. DOCEXT 527830/26 obra como adjunto Situación de Revista del agente;
Que en act. INFORM 436786/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario;
Que en act. INFORM 436718/26 detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 977377/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Establecer por el término de DOCE (12) meses, un adicional denominado Responsabilidad Funcional del sueldo básico de la categoría que ostenta el agente Juan Carlos Garcia, D.N.I. N° 23.707.542, Categoría “E”, Planta Contratada del Escalafón General de la Administración Pública Provincial, de la Secretaría de Estado de Deporte, el cual tendrá el carácter no remunerativo y no bonificable, por el monto mensual de PESOS TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($300.000,00).-
Art. 2º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARIA DE DEPORTE:
INST. 1, JUR. 10, U.E. 20, F.F. 1-01, C.PROG. 01, A.C. 03, INC. 1
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 3926-SGG-SD-2026.-
San Luis, 27 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4011075/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 527826/26 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor WALTER GABRIEL DIAZ, D.N.I. N° 30.345.621, quien realizará tareas de mantenimiento general en la Villa Deportiva;
Que en acts. DOCEXT 527835/26, DOCEXT 1675017/26 y DOCEXT 1678785/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor WALTER GABRIEL DIAZ, D.N.I. N° 30.345.621, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1678789/26;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de mayo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026;
Que en act. PREV 11373703/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($2.145.000,00);
Que en act. DICTAM 180029/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 976114/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170253/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y el señor WALTER GABRIEL DIAZ, D.N.I. N° 30.345.621, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1678789/26, del EXD-0-4011075/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 3 4 9 $2.145.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y al interesado.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 3927-SGG-SD-2026.-
San Luis, 27 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3270355/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 527647/26 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores CRISTIAN ANDRES MARTINEZ, D.N.I. N° 35.916.776 y JULIANA ANABELLA ACEVAL, D.N.I. N° 41.379.714, quienes se desempeñarán en la escuela de iniciación y desarrollo deportivo de ciclismo en el Velódromo Provincial;
Que en acts. DOCEXT 527648/26, DOCEXT 1672991/26 y DOCEXT 1678818/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y los señores CRISTIAN ANDRES MARTINEZ, D.N.I. N° 35.916.776 y JULIANA ANABELLA ACEVAL, D.N.I. N° 41.379.714, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1678823/26 y DOCEXT 1678820/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir del 01 de mayo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026;
Que en act. PREV 11367000/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CUATRO CON 00/100 ($2.850.804,00);
Que en act. DICTAM 179946/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 975134/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170136/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y los señores CRISTIAN ANDRES MARTINEZ, D.N.I. N° 35.916.776 y JULIANA ANABELLA ACEVAL, D.N.I. N° 41.379.714, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1678823/26 y DOCEXT 1678820/26, respectivamente, del EXD-0-3270355/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 3 4 9 $2.850.804,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y a los interesados.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 3928-SGG-SD-2026.-
San Luis, 27 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3310565/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 527981/26 obra contrato suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y la empresa CONSTRUCTORA SAN LUIS S.A.P.E.M. C.U.I.T. N° 30-70890242-6, representada por la Arq. MARIA PIA POLLIO, D.N.I. N° 24.299.296, en su carácter de Presidente, por la otra;
Que el objeto del referido contrato es que la empresa CONSTRUCTORA SAN LUIS S.A.P.E.M. C.U.I.T. N° 30-70890242-6, realice tareas de mantenimiento y refacción en los predios deportivos dependientes de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que la Cláusula Segunda del aludido contrato establece la suma que percibirá la entidad por sus servicios y la Cláusula Quinta, establece la vigencia del mismo;
Que en act. DOCEXT 1673081/26 obra la documentación necesaria para para la continuidad del trámite;
Que en act. PREV 11368438/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS QUINIENTOS MILLONES CON 00/100 ($500.000.000,00);
Que en act. DICTAM 179963/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 975348/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170387/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. z) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025, Art. 100 inc. l) de la Ley N° VIII-0256-2004, incorporado por Ley N° V-1118-2024, y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el contrato suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y la empresa CONSTRUCTORA SAN LUIS S.A.P.E.M. C.U.I.T. N° 30-70890242-6, representada por la ARQ. MARIA PIA POLLIO, D.N.I. N° 24.299.296, en su carácter de Presidente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 527981/26, del EXD-0-3310565/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 4 1 2 $500.000.000,00
Art. 4°.- Incluir en la Programación Financiera del mes en curso la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 4 1 2 $150.000.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la empresa CONSTRUCTORA SAN LUIS S.A.P.E.M.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 3980-SGG-SD-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4150309/26 y el Decreto N° 47-SGG-SD-23 que conforma la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Estado de Deporte; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar al Subdirector de Detección de Talentos, dependiente de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento de la Secretaría de Estado de Deporte;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Subdirector de Detección de Talentos, dependiente de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento de la Secretaría de Estado de Deporte, a la señora CLAUDIA PAOLA PECHE, D.N.I. N° 29.314.680.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y a la interesada. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 3981-SGG-SD-2026.-
San Luis, 28 de Abril de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-4010597/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 527785/26 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores LEANDRO YAMIL BARZOLA, D.N.I. N° 39.396.043, ALDANA FABIOLA PEREYRA, D.N.I. N° 38.220.826, PABLO NICOLAS PEÑEÑORY, D.N.I. N° 44.359.432, ANGEL MARTIN POLLINI, D.N.I. N° 31.748.124 y FERNANDO GABRIEL SANCHEZ, D.N.I. N° 39.397.207, quienes integrarán el equipo de profesores pertenecientes a las escuelas de iniciación y actividades deportivas a desarrollarse en el Parque La Pedrera de la ciudad de Villa Mercedes;
Que en acts. DOCEXT 527786/26, DOCEXT 1674284/26 y DOCEXT 1680305/26, obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y los señores LEANDRO YAMIL BARZOLA, D.N.I. N° 39.396.043, ALDANA FABIOLA PEREYRA, D.N.I. N° 38.220.826, PABLO NICOLAS PEÑEÑORY, D.N.I. N° 44.359.432, ANGEL MARTIN POLLINI, D.N.I. N° 31.748.124 y FERNANDO GABRIEL SANCHEZ, D.N.I. N° 39.397.207, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1680306/26, DOCEXT 1680307/26, DOCEXT 1680308/26, DOCEXT 1680309/26 y DOCEXT 1680310/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir del 01 de mayo de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026;
Que en act. PREV 11369877/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTISEIS CON 00/100 ($4.776.126,00);
Que en act. DICTAM 179992/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 975291/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 170124/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. N° 21.630.477, por una parte y los señores LEANDRO YAMIL BARZOLA, D.N.I. N° 39.396.043, ALDANA FABIOLA PEREYRA, D.N.I. N° 38.220.826, PABLO NICOLAS PEÑEÑORY, D.N.I. N° 44.359.432, ANGEL MARTIN POLLINI, D.N.I. N° 31.748.124 y FERNANDO GABRIEL SANCHEZ, D.N.I. N° 39.397.207, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1680306/26, DOCEXT 1680307/26, DOCEXT 1680308/26, DOCEXT 1680309/26 y DOCEXT 1680310/26, respectivamente, del EXD-0-4010597/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins .Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 3 4 9 $4.776.126,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y a los interesados.-
Art. 6°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN Nº 235-DPJ-2026.-
San Luis, 20 de Mayo de 2026
VISTO:
Las actuaciones administrativas obrantes en legajo archivo Nº 82/2014, perteneciente a la entidad “CLUB DEFENSORES DE NOGOLÍ”, con domicilio en la localidad de Nogolí, Dpto. Belgrano, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N° 2153-GyE-1968, de fecha 31 de Julio de 1968,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 527 consta nota presentada por el delegado normalizador de la entidad de marras designado mediante Resolución Nº 68-DPJ-2026, solicitando prorroga del proceso de normalización en aras de continuar organizando y gestionando el funcionamiento para que dicho organismo cumpla con las expectativas de la comunidad.-
Que resulta conveniente hacer lugar a la solicitud de Sr/Sra. CRISTIAN GASTÓN FUNES, D.N.I. N° 34.273.917, a fin de facilitar la reorganización institucional de la entidad.-
Que atento a ello y en uso de las atribuciones establecidas en Art. 7° Inc. 3 pto. a) y b) de la Ley Provincial N° V-0112-2004 (5703*), Resolución Gral. N° 38-DPCyFPJ-2018 y demás disposiciones de la materia, esta Oficina está facultada para fiscalizar, controlar e intervenir las entidades inscriptas como Personas Jurídicas en EXCLUSIVO INTERÉS PÚBLICO.-
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1º EXTENDER por el término de TREINTA (30) días hábiles a partir de su notificación personal, la PRORROGA de NORMALIZACION concedida Resolución Nº 68-DPJ-2026, de fecha 25 de Febrero del año 2026, a la entidad “CLUB DEFENSORES DE NOGOLÍ”, con domicilio en la localidad de Nogolí, Dpto. Belgrano, Provincia de San Luís, personería otorgada mediante Resolución/ Decreto N° 2153-GyE-1968, de fecha 31 de Julio de 1968.-
Art. 2º RATIFICAR en sus funciones de Normalizadora a la Sr/Sra. CRISTIAN GASTÓN FUNES, D.N.I. N° 34.273.917, a los fines de continuar con el desarrollo de sus actividades tendientes a la regularización definitiva de la entidad.-
Art. 3º NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE por un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, y oportunamente ARCHIVESE.-
DRA. MARÍA LORENA DOMÍNGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 25 May.
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 242-DPJ-2026.-
San Luis, 21 de Mayo del año 2026.-
Ref.: NORMALIZACION.-
VISTO:
Actuaciones obrantes en el Legajo/Archivo de la entidad ASOCIACIÓN CHOY LEE FUT, LPJ 1457/2011, de la Ciudad de San Luis, Dpto. Pueyrredón, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución N° 1958-DCyFPJ-2011, de fecha 23 de Septiembre 2011;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 115 y Sgtes., obra petición escrita suscripta por más de 10 asociados, denunciando irregularidades en relación a falta de cumplimiento de las obligaciones de la Comisión Directiva, en cuanto a lo estatuido en el Estatuto vigente, como no haber presentado en tiempo y forma los Balances e informes, etc;
Que del estudio exhaustivo del legajo archivo de la Entidad, surge que la misma se encuentra en estado IRREGULAR, adeudando presentación de Memorias, Estados Contables e Informes del Revisor de Cuentas correspondiente a los ejercicios económicos cerrado en los años 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025, como así también que los mandatos correspondientes a los miembros de la Comisión Directiva y Revisora de Cuentas se encuentran vencidos, al día de la fecha, según lo normado por del Estatuto Social vigente de la Asociación-.
Que a los fines de encausar la vida institucional de la entidad, los presentantes solicitan nombre a un Delegado Normalizador, sugiriendo en tal carácter al Sr./Sra. NATALIA BELEN CALDERON, D.N.I. N° 25.564.921.-
Que el presente instituto de normalización tiene como misión poner en marcha el mecanismo de convocatoria a Asamblea General Extraordinaria en el plazo máximo de 60 días hábiles desde la fecha de toma de posesión del cargo del Delegado Normalizador.
Que la normalización por parte del Estado de la administración de una entidad civil ha sido reconocida desde antiguo por nuestros tribunales (Cámara Civil 1° de la Capital Federal, septiembre 30 de 1936, en autos “Centro de Jubilados y Pensionados Ferroviarios”; ídem, mismo tribunal en fecha 17 de junio de 1930 en autos “Asociación Mutual de Retirados del Ejército y la Armada”). -
Atento a ello, consideraciones de hecho y derecho efectuadas, constancias del Legajo/Archivo 1457/2011 y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación, art. 168 inciso 22 de la Constitución de la Provincia de San Luis; art. 7, apartado 3, inciso b de la Ley Provincial N° V-0112-2004, Articulo 83 siguientes y concordantes de la Resolución General N° 38-DPCyFPJ-2018, esta oficina está facultada para fiscalizar, controlar y normalizar las entidades inscriptas como Personas Jurídicas, en EXCLUSIVO INTERES PÚBLICO;
POR ELLO, Y EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
LA DIRECCION PROVINCIAL DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:
Art. 1°.- Disponer la medida administrativa de NORMALIZACION de la entidad ASOCIACIÓN CHOY LEE FUT, LPJ 1457/2011, de la Ciudad de San Luis, Dpto. Pueyrredón, Provincia de San Luis; Personería Jurídica otorgada mediante Decreto/Resolución N° 1958-DCyFPJ-2011, de fecha 23 de Septiembre 2011.-
Art. 2°.- Designar en el carácter de Delegado Normalizador al Sr./Sra. NATALIA BELEN CALDERON, D.N.I. N° 25.564.921, a fin de que lleve adelante el proceso de normalización de la entidad, por el término de SESENTA (60) DIAS HABILES, a partir de la toma de posesión del cargo, pudiendo prorrogarse dicho plazo por causas que así lo justifiquen. Establecer que, en el ejercicio del cargo impuesto, y dentro del plazo establecido, deberá convocar a Asamblea General Extraordinaria para la elección de autoridades según estatuto vigente y previo cumplimiento de las formalidades que exige la normativa aplicable.
Art. 3°.- Notifíquese, publíquese por Un (1) día en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia, Protocolícese y oportunamente Archívese.-
DRA. MARÍA LORENA DOMÍNGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 25 May.
ACUERDOS
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
ACUERDO N° 183-TC-2026
En la Ciudad de San Luis, Capital de la Provincia de igual nombre, República Argentina, a quince días del mes de abril del año dos mil veintiséis, venido a Acuerdo del Honorable Tribunal de Cuentas, los miembros del mismo dijeron que:
VISTO: El EXD 10150105/25 caratulado: “MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA 1° TRIMESTRE AÑO 2025 HTD REL. 10637/25 - PORTELA ROGELIO ANGEL” y;
CONSIDERANDO: Que vienen a fallo de este Honorable Tribunal de Cuentas las actuaciones referenciadas, por lo que puestas las mismas a consideración de la Vocalía del C.P.N. Ferraro, Alberto manifiesta: “…Que en las presentes actuaciones obra Informe de Auditoría (actuación INFOMU 73889/25), en el cual el Contador Fiscal actuante informa los montos transferidos a la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA en el periodo correspondiente al 1° TRIMESTRE AÑO 2025, según consulta efectuada al Sistema Contable de Contaduría General de la Provincia en concepto de COPARTICIPACIÓN y FONDO CCTP por la suma de PESOS CIENTO ONCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y DOS CTVOS. ($111.547.366,62), encuadrando el presente caso en las normas del Capítulo XI de la Ley Nº VI-0166-2004.
Que el Responsable Cuentadante de este periodo es el SR. PORTELA ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662.
Que en actuación ELEIND 213574/25 el Contador Fiscal General, compartiendo el Informe de Auditoría de la Contaduría Fiscal actuante, eleva las presentes actuaciones.
Que en actuación DOCEXT 213575/25 obra constitución de domicilio electrónico del Cuentadante.
Que en actuación DICREL 213576/25 obra acta de defunción del Cuentadante Sr. Portela, Rogelio Ángel, fallecido el día 07/09/2025.
Que el Art. 73 Ley N° VI-0166-2004 dispone: “la renuncia, separación del cargo, incapacidad legalmente declarada o muerte del obligado, no impide ni paraliza el Juicio de Cuenta, en el que en los dos últimos casos se sustanciará con los curadores o herederos del causante”.
Que se dicta Acuerdo N° 615-TC-2025 de fecha 30 de octubre de 2025 de inicio de Juicio Administrativo de Responsabilidad, el cual no quedó firme, dado que no ha sido notificación de forma correspondiente.
Que vistas las actuaciones mencionadas, analizadas las mismas es necesario realizar algunas precisiones.
Que según lo normado en el Art. 1° de la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, determina lo siguiente: “Los Intendentes Comisionados son agentes naturales del Gobierno de la Provincia. Tienen a su cargo el gobierno y la administración general del municipio...”.
Que el Responsable de la administración de la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA, al no presentar rendición alguna, respecto al 1° TRIMESTRE AÑO 2025, no ha cumplido con una obligación explícita de los Comisionados Municipales que es presentar los Balances Trimestrales, según lo normado por el Art. 3° punto 7 de la Ley Nº XII-0622-2008 Ley de Comisionados Municipales de la Provincia.
Que en el artículo antes mencionado se determina lo siguiente: “Presentar trimestralmente al Programa Asuntos Municipales u organismo que lo reemplace, un Balance del Estado Económico y Financiero del Municipio detallando la recaudación efectuada e inversión de fondos, acompañando los comprobantes pertinentes y conteniendo la documentación e información que exija el Tribunal de Cuentas. El Programa Asuntos Municipales u organismo que lo reemplace verificará el cumplimiento de los Programas Presupuestarios, y hará el control y seguimiento de las políticas presupuestarias, para informar al Poder Ejecutivo. Las cuentas trimestrales se enviarán al Tribunal de Cuentas de la Provincia que analizará cada rendición en sus aspectos legales, formales, numéricos y documentales, determinado las responsabilidades administrativas, si las hubiere. El vencimiento para realizar esta presentación opera el último día del mes siguiente al de finalización del trimestre”.
Que la mencionada obligación es automática, independiente y sin necesidad de que exista un requerimiento o notificación previa, por estar impuesta en la ley antes referida. De manera tal que se produce el incumplimiento por el mero vencimiento del plazo prescripto, de pleno derecho.
Que el Art. 54 de la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia habla sobre la Responsabilidad Administrativa y determina: “Alcance. Todo agente de la Administración Provincial responderá por los daños que por su culpa o negligencia sufran las finanzas públicas y estará sometido al control de la Contaduría General y a la jurisdicción del Tribunal de Cuentas en los términos de la presente Ley. La mencionada responsabilidad alcanza en general a todo agente o persona a quien se haya confiado el cometido de recaudar, percibir, invertir, pagar o custodiar fondos, valores u otros bienes pertenecientes o administrados por el Estado...”.
Que es necesario recordar lo normado en el Inc. 1) del Art. 238 de nuestra Constitución Provincial sobre la jurisdicción y competencia de este Organismo que expresa: “Examina y fiscaliza las cuentas de percepción, gastos e inversión de las rentas públicas provinciales, reparticiones autárquicas, entes descentralizados y municipalidades, aprobándolas o desaprobándolas; en este último caso, determina los responsables, como también el monto, las causas y los alcances respectivos”.
Que en este mismo orden de ideas el Art. 3° de la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas Nº VI-0166-2004 establece: “LA VOCATIO: El Tribunal de Cuentas es la única autoridad con imperium exclusivo en el orden administrativo, para aprobar o desechar las cuentas rendidas en la Administración Provincial, reparticiones autárquicas, entes centralizados, descentralizados, desconcentrados y municipalidades. Declarará su competencia o incompetencia para intervenir en la rendición de cuentas sin recurso alguno. Todo ello sin perjuicio de lo determinado sobre control previo por la legislación vigente y/o lo que en el futuro se establezca sobre dicha materia”.
Que en la mencionada Ley se determina la Competencia de este Organismo en el Art. 40 Inc. 11) donde se lee: “Traerá a Juicio Administrativo de Responsabilidad a todo funcionario provincial o comunal, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley”. Asimismo, en el Inc. 12) del mencionado artículo se puntualiza: “Declarará la responsabilidad en el orden administrativo y formulará el pertinente cargo cuando corresponda”.
Que como conclusión de lo expresado anteriormente y según lo normado en el Capítulo XI de la Ley Nº VI-0166-2004, corresponde DEJAR SIN EFECTO ACUERDO N° 615-TC-2025 e INICIAR JUICIO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD por la suma de PESOS CIENTO ONCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y DOS CTVOS. ($111.547.366,62), correspondiente al 1° TRIMESTRE AÑO 2025, al SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, en el carácter de INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis. Atento al fallecimiento del SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, corresponde llamar a sus herederos a fin de que concurran a estar a derecho (Conf. Art. 73 Ley N° VI-0166-2004) mediante citación por EDICTOS por tres (3) días consecutivos. ES MI VOTO. VOCALÍA. C.P.N. FERRARO ALBERTO, SAN LUIS 15 DE ABRIL AÑO 2026”.
Que los restantes miembros del Cuerpo adhieren in totum al voto emitido por el C.P.N. Ferraro, Alberto.
Por ello, los integrantes del Honorable Cuerpo;
ACUERDAN
Artículo 1°: DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo N° 615-TC-2025.
Artículo 2°: INICIAR JUICIO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD en los términos del Capítulo XI de la Ley Nº VI-0166-2004, por la suma de PESOS CIENTO ONCE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y DOS CTVOS. ($111.547.366,62), o lo que más o menos resulte en el presente Juicio, correspondiente al 1° TRIMESTRE AÑO 2025, al SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, en el carácter de INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis. Atento al fallecimiento del SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, corresponde llamar a sus herederos a fin de que concurran a estar a derecho (Conf. Art. 73 Ley N° VI-0166-2004) mediante citación por EDICTOS por tres (3) días consecutivos.
Artículo 2°: DESIGNAR como Instructora Sumariante a la Dra. Baretto, Ana Gabriela, Secretaria Legal de este Organismo.
Artículo 3°: Registrar, Notificar y Archivar.
Agotado el tema, motivo de este Acuerdo, se da por finalizado el mismo.
e. 20 y v: 25 May.
HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
ACUERDO N° 187-TC-2026
En la Ciudad de San Luis, Capital de la Provincia de igual nombre, República Argentina, a catorce días del mes de abril del año dos mil veintiséis, venido a Acuerdo del Honorable Tribunal de Cuentas, los miembros del mismo dijeron que:
VISTO: El EXD 6251149/25 caratulado: “MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA 2° TRIMESTRE AÑO 2024 HTD REL. 10423/24 – PORTELA ROGELIO ANGEL” y;
CONSIDERANDO: Que vienen a fallo de este Honorable Tribunal de Cuentas las actuaciones referenciadas, por lo que puestas las mismas a consideración de la Vocalía del C.P.N. Ferraro, Alberto manifiesta: “…Que en las presentes actuaciones obra Informe de Auditoría (actuación INFOMU 73514/25), en el cual el Contador Fiscal actuante informa los montos transferidos a la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA en el periodo correspondiente al 2° TRIMESTRE AÑO 2024, según consulta efectuada al Sistema Contable de Contaduría General de la Provincia en concepto de COPARTICIPACIÓN por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON TREINTA Y TRES CTVOS. ($74.462.482,33), encuadrando el presente caso en las normas del Capítulo XI de la Ley Nº VI-0166-2004.
Que el Responsable Cuentadante de este periodo es el SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662.
Que en actuación ELEIND 207088/25 el Contador Fiscal General, compartiendo el Informe de Auditoría de la Contaduría Fiscal actuante, eleva las presentes actuaciones.
Que en actuación DOCEXT 207089/25 obra constitución de domicilio electrónico del Cuentadante.
Que se dicta Acuerdo N° 395-TC-2025, INICIO DE JUICIO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD de fecha 19 de agosto de 2025, el cual no quedó firme toda vez que no ha sido notificado al Cuentadante.
Que en actuación DOCEXT 214429/25 obra solicitud de prórroga de la Sra. Dubini Adriana Patricia a los fines de presentar el Balance correspondiente, la que fue concedida mediante actuación NOTID 215150/25.
Que actuación DOCEXT 218041/25 obra acta de defunción del Cuentadante Sr. Portela, Rogelio Ángel, fallecido el día 07/09/2025.
Que el Art. 73 Ley N° VI-0166-2004 dispone: “la renuncia, separación del cargo, incapacidad legalmente declarada o muerte del obligado, no impide ni paraliza el Juicio de Cuenta, en el que en los dos últimos casos se sustanciará con los curadores o herederos del causante”.
Que en respuesta a la consulta efectuada a la Dirección de Asuntos Municipales y a Mesa de Entradas de este Organismo, en relación a la presentación de documentación respaldatoria, conforme lucen en actuaciones NOTCON 220581/26 y PASGEN 1149016/26, ambos respondieron que nada se ha presentado a la fecha.
Que mediante actuación NOTID 222682/26 se deja constancia del cambio de caratula del expediente de referencia.
Que vistas las actuaciones mencionadas, analizadas las mismas es necesario realizar algunas precisiones.
Que según lo normado en el Art. 1° de la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, determina lo siguiente: “Los Intendentes Comisionados son agentes naturales del Gobierno de la Provincia. Tienen a su cargo el gobierno y la administración general del municipio...”.
Que el Responsable de la administración de la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA, al no presentar rendición alguna, respecto al 2° TRIMESTRE AÑO 2024, no ha cumplido con una obligación explícita de los Comisionados Municipales que es presentar los Balances Trimestrales, según lo normado por el Art. 3° punto 7 de la Ley Nº XII-0622-2008 Ley de Comisionados Municipales de la Provincia.
Que en el artículo antes mencionado se determina lo siguiente: “Presentar trimestralmente al Programa Asuntos Municipales u organismo que lo reemplace, un Balance del Estado Económico y Financiero del Municipio detallando la recaudación efectuada e inversión de fondos, acompañando los comprobantes pertinentes y conteniendo la documentación e información que exija el Tribunal de Cuentas. El Programa Asuntos Municipales u organismo que lo reemplace verificará el cumplimiento de los Programas Presupuestarios, y hará el control y seguimiento de las políticas presupuestarias, para informar al Poder Ejecutivo. Las cuentas trimestrales se enviarán al Tribunal de Cuentas de la Provincia que analizará cada rendición en sus aspectos legales, formales, numéricos y documentales, determinado las responsabilidades administrativas, si las hubiere. El vencimiento para realizar esta presentación opera el último día del mes siguiente al de finalización del trimestre”.
Que la mencionada obligación es automática, independiente y sin necesidad de que exista un requerimiento o notificación previa, por estar impuesta en la ley antes referida. De manera tal que se produce el incumplimiento por el mero vencimiento del plazo prescripto, de pleno derecho.
Que el Art. 54 de la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia habla sobre la Responsabilidad Administrativa y determina: “Alcance. Todo agente de la Administración Provincial responderá por los daños que por su culpa o negligencia sufran las finanzas públicas y estará sometido al control de la Contaduría General y a la jurisdicción del Tribunal de Cuentas en los términos de la presente Ley. La mencionada responsabilidad alcanza en general a todo agente o persona a quien se haya confiado el cometido de recaudar, percibir, invertir, pagar o custodiar fondos, valores u otros bienes pertenecientes o administrados por el Estado...”.
Que es necesario recordar lo normado en el Inc. 1) del Art. 238 de nuestra Constitución Provincial sobre la jurisdicción y competencia de este Organismo que expresa: “Examina y fiscaliza las cuentas de percepción, gastos e inversión de las rentas públicas provinciales, reparticiones autárquicas, entes descentralizados y municipalidades, aprobándolas o desaprobándolas; en este último caso, determina los responsables, como también el monto, las causas y los alcances respectivos”.
Que en este mismo orden de ideas el Art. 3° de la Ley Orgánica de este Honorable Tribunal de Cuentas Nº VI-0166-2004 establece: “LA VOCATIO: El Tribunal de Cuentas es la única autoridad con imperium exclusivo en el orden administrativo, para aprobar o desechar las cuentas rendidas en la Administración Provincial, reparticiones autárquicas, entes centralizados, descentralizados, desconcentrados y municipalidades. Declarará su competencia o incompetencia para intervenir en la rendición de cuentas sin recurso alguno. Todo ello sin perjuicio de lo determinado sobre control previo por la legislación vigente y/o lo que en el futuro se establezca sobre dicha materia”.
Que en la mencionada Ley se determina la Competencia de este Organismo en el Art. 40 Inc. 11) donde se lee: “Traerá a Juicio Administrativo de Responsabilidad a todo funcionario provincial o comunal, de acuerdo con lo dispuesto en la presente Ley”. Asimismo, en el Inc. 12) del mencionado artículo se puntualiza: “Declarará la responsabilidad en el orden administrativo y formulará el pertinente cargo cuando corresponda”.
Que como conclusión de lo expresado anteriormente y según lo normado en el Capítulo XI de la Ley Nº VI-0166-2004, corresponde DEJAR SIN EFECTO Acuerdo N° 395-TC-2025 e INICIAR JUICIO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON TREINTA Y TRES CTVOS. ($74.462.482,33), correspondiente al 2° TRIMESTRE AÑO 2024, al SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, en el carácter de INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis. Atento al fallecimiento del SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, corresponde llamar a sus herederos a fin de que concurran a estar a derecho (Conf. Art. 73 Ley N° VI-0166-2004) mediante citación por EDICTOS por tres (3) días consecutivos. ES MI VOTO. VOCALÍA. C.P.N. FERRARO ALBERTO, SAN LUIS 14 DE ABRIL AÑO 2026”.
Que los restantes miembros del Cuerpo adhieren in totum al voto emitido por el C.P.N. Ferraro, Alberto.
Por ello, los integrantes del Honorable Cuerpo;
ACUERDAN
Artículo 1°: DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo N° 395-TC-2025.
Artículo 2°: INICIAR JUICIO ADMINISTRATIVO DE RESPONSABILIDAD en los términos del Capítulo XI de la Ley Nº VI-0166-2004, por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS CON TREINTA Y TRES CTVOS. ($74.462.482,33), o lo que más o menos resulte en el presente Juicio, correspondiente al 2° TRIMESTRE AÑO 2024, al SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, en el carácter de INTENDENTE de la MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis. Atento al fallecimiento del SR. PORTELA, ROGELIO ANGEL D.N.I. 20.134.662, corresponde llamar a sus herederos a fin de que concurran a estar a derecho (Conf. Art. 73 Ley N° VI-0166-2004) mediante citación por EDICTOS por tres (3) días consecutivos.
Artículo 3°: CORRER TRASLADO a los Responsables Cuentadantes, en la forma establecida en el Art. 64 de la Ley Nº VI-0166-2004 y por el término de quince (15) días.
Artículo 4°: Registrar, Notificar y Archivar.
Agotado el tema, motivo de este Acuerdo, se da por finalizado el mismo.
e. 20 y v: 25 May.
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE
ORDENANZA N° 60-ML-2026.-
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico.-
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela A-E-K de la Manzana 11 (Solar G), según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-01-000011-000004 y Nomenclatura Tributaria N° 01- 2222, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 109, Folio 243, Nº 13246 del Departamento Pedernera, a nombre de Laura Sombra de Ochoa, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, manteniendo cerramiento y actos posesorios en el inmueble;
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Informe Catastral N° 01-2222: al Norte, solares F; al Sur, calle pública; al Este, calle pública; y al Oeste, solares F; todo lo que encierra una superficie total de 750 m²;
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE,
DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA,
PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble identificado como Padrón N° 2222, Receptoría Mercedes, Tomo 109, Folio 243, Nº 13246, con una superficie de 750 m², conforme Plano de Mensura N° 03-378-2023.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizad en el artículo 1°, son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-378-2023, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTICULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.-
ARTICULO 4º.-Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTICULO ٥º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E. CHAIN
Intendente Comisionado
Juan A. Torres
Secretario Municipal
SPP e. y v: 25 May.
DECRETO Nº 09-ML-2026.-
Lavaisse, 12 de MAYO de 2026.
VISTO:
El Expediente N° 2270737/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 7/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 22 de abril de 2.026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL
MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 2270737/26 la denominación ORDENANZA N° 60-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N° 60-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente Comisionado
Juan Alfredo Torres
Secretario de Gobierno Municipal
SPP e. y v: 25 May.
ORDENANZA N° ٦١-ML-٢026.-
VISTO:
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que este Municipio Comisionado, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela N°1 (A-E-K) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000011-00000A y Nomenclatura Tributaria N°01-2548, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 54, Folio 143, Nº 6404 del Departamento Pedernera, a nombre de Rómula Ávila de Barroso, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo, hasta la fecha.
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Informe Catastral N° 01-2548: al Norte, calle pública; al Sur, solar C; al Este, solar B; y al Oeste, calle pública; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total de 750 m².
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº 0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE,
DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor del Municipio Comisionado de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela N° 1 (A-E-K) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023, confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000011-00000A y Nomenclatura Tributaria N° 01-2548, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 54, Folio 143, Nº 6404 del Departamento Pedernera y cuyos demás datos catastrales se encuentran especificados en el referido plano.
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1°, son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-378-2023, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTICULO 4º.-Por secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTÍCULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E. CHAIN
Intendente
Juan A. Torres
Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
DECRETO Nº 08-ML-2026.-
Lavaisse, 12 de MAYO de 2026.-
VISTO:
El Expediente N° 2271428/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 8/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 22 de abril de 2.026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL
MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 2271428/26 la denominación ORDENANZA N°61-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°61-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente Comisionado
Juan Alfredo Torres
Secretario de Gobierno Municipal.
SPP e. y v: 25 May.
ORDENANZA N° 62-ML-2026.-
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico.-
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela N° 1 (solares B e I) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000011-000000 y Nomenclatura Tributaria N° 01-2271, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 62, Folio 305, Nº 7336 del Departamento Pedernera, a nombre de Antonio Concha y Pedro López, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.-
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Informe Catastral N° 01-2271: al Norte, calle pública; al Sur, calle pública; al Este, solar C; y al Oeste, manzana 11; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total de 2.400 m².-
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa.-
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE,
DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela N° 1 (solares B e I) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023, confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000011- 000000 y Nomenclatura Tributaria N° 01-2271, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 2.400 m², cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 62, Folio 305, Nº 7336 del Departamento Pedernera.-
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1° son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-378-2023, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTICULO 3º.-Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTICULO 4º.-Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTICULO ٥º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E. CHAIN
Intendente
Juan A. Torres
Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
DECRETO Nº 07-ML-2026.-
Lavaisse, 12 de MAYO de 2026.-
VISTO:
El Expediente N° 2271508/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 9/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 22 de abril de 2.026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL
MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 2271508/26 la denominación ORDENANZA N° 62-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N° 62-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente Comisionado
Juan Alfredo Torres
Secretario de Gobierno Municipal.
SPP e y v: 25 May.
ORDENANZA N° ٦٣-ML-٢026.-
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico.-
Que, sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar E de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000011-00000E y Nomenclatura Tributaria N° 01-2551, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 54, Folio 151, Nº 6406 del Departamento Pedernera, a nombre de Adela Suaste de Lucero, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Informe Catastral N° 01-2551: Superficie total: 750m², Norte: Solar D, Sur: Solar L, Este: Calle pública y Oeste: Solar C.-
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa.-
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE,
DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.-Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar E de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-00-000011-00000E y Nomenclatura Tributaria N° 01-2551, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 750 m², cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 54, Folio 151, Nº 6406 del Departamento Pedernera.-
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1° son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-378-2023, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N°17.801.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.- Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E. CHAIN-Intendente
Juan A. Torres-Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
DECRETO Nº 06-ML-2026.
Lavaisse, 12 de MAYO de 2.026.
VISTO:
El Expediente N° 2271505/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 10/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 22 de abril de 2.026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL
MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N°2271505/26 la denominación ORDENANZA N°63-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”.
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°63-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E. CHAIN-Intendente
Juan A. Torres-Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
ORDENANZA N° 64-ML-2026
VISTO
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico.-
Que sobre el terreno ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar C de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° 299, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-01-000011-000003 y Nomenclatura Tributaria N° 01-2038, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 48, Folio 324, Nº 5754 del Departamento Pedernera, a nombre de Pedro Medina, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.-
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Informe Catastral N° 01-2038, Superficie total: 1.200 m², Norte: Manzana 6, Sur: Solar H, Este: Solar D, Oeste: Solar B.-
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE,
DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y sumo dificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Solar C de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023, identificado con la Nomenclatura Catastral N° 00-03-76-01-000011-000003 y Nomenclatura Tributaria N° 01-2038, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 1.200 m², cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 48, Folio 324, Nº 5754 del Departamento Pedernera.-
ARTÍCULO 2°.-Establecer que las medidas, superficies y linderos de la parcela individualizada en el artículo 1° son las que surgen del Plano de Mensura y División N° 03-378-2023, debiendo dichas circunstancias ser expresamente consignadas al momento de efectuarse la correspondiente rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 4º.- Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley 0622-2008.-
ARTICULO ٥º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese.-
SANDRA E. CHAIN-Intendente
Juan A. Torres-Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
DECRETO Nº 05-ML-2026.
Lavaisse, 12 de MAYO de 2.026.
VISTO:
El Expediente N° 2271507/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 11/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 22 de abril de 2.026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL
MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N°2271507/26 la denominación ORDENANZA N°64-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°64-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E. CHAIN-Intendente
Juan A. Torres-Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
ORDENANZA N° 65-ML-2026.-
VISTO:
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO:
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico.-
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela N° 1 (solar K) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° ٢٩٩, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° ٠٠-٠٣-٧٦-٠٠-٠٠٠٠١١-00000K y Nomenclatura Tributaria N° 01-2549, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 54, Folio 143, Nº 6404 del Departamento Pedernera, a nombre de Romula Avila de Barroso, según consta en el Informe de Dominio y en el Informe Catastral adjuntos, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.-
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Informe Catastral N° 01-2549: al Norte, con solar L; al Sur, con solar I; al Este, con solar I; y al Oeste, con calle pública; todo lo que en su conjunto encierra una superficie total de 750 m2.-
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa.-
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE,
DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble identificado como Parcela N° 1 (solar K) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023, confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° ٢٩٩, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado con la Nomenclatura Catastral N° ٠٠-٠٣-٧٦-٠٠-٠٠٠٠١١-00000K y Nomenclatura Tributaria N° 01-2549, Receptoría Mercedes, con una superficie total afectada de 750 m2, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo 54, Folio 143, Nº 6404 del Departamento Pedernera.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que las medidas, superficies y linderos del inmueble donado son las que surgen del Plano de Mensura N° 03-378-2023, debiendo consignarse expresamente en la rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO ٣º.- Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO ٤º.- Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley ٠٦٢٢-٢٠٠٨.-
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese. -
SANDRA E. CHAIN
Intendente
Juan A. Torres
Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
DECRETO Nº 04-ML-2026.
Lavaisse, 12 de MAYO de 2026.
VISTO:
El Expediente N° 3010043/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 12/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 22 de abril de 2.026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL
MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N° 3010043/26 la denominación ORDENANZA N°65-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°65-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E. CHAIN
Intendente
Juan A. Torres
Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
ORDENANZA N° 66-ML-2026.-
VISTO:
Las disposiciones de la Leyes Nacionales 21.477 y 24.320 mediante las cuales se faculta a las Municipalidades a realizar los trámites pertinentes para que se declare la prescripción adquisitiva de aquellos terrenos en que la Municipalidad haya ejercido una posesión por el término estipulado en el Artículo 1.899 del Código Civil y Comercial de la Nación, cumpliendo además, todos los requisitos legales que exige la legislación vigente.-
Y CONSIDERANDO:
Que esta Municipalidad, encuentra abocada al saneamiento de los títulos de aquellos inmuebles sobre los cuales ejerce posesión pública, pacífica e ininterrumpida por el término legal, a fin de otorgarles un destino específico.-
Que sobre el inmueble ubicado en la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, individualizado como Parcela N° 1 (solar l) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° ٢٩٩, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo ٤٣, Folio ٣٥٤, Nº ٥١٥٩ del Departamento Pedernera, a nombre de Eligio Brizuela, según consta en el Informe de Dominio adjunto, la Municipalidad ha ejercido una posesión por más de veinte años en forma pública, pacífica e ininterrumpida, habiendo mantenido el inmueble y desarrollado actos posesorios en el mismo hasta la fecha.-
Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medidas y linderos, conforme surge del Plano de Mensura N° 3-378-23: al Norte, con solar letra A; al Sur, con solar letra K; al Este, con solar letra B; y al Oeste, con calle pública; compuesto de una superficie total de 750 m2.
Que, a los efectos de acreditar la posesión, de la Ley 21.477 en su Art. 2 que prevé la intervención de reparticiones específicas, el Municipio dio intervención a la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de quienes han emanado los informes certificados que se adjuntan a la presente Ordenanza.
Que se han publicado edictos citatorios en el Boletín Oficial de la Provincia el día 29 de Septiembre del año 2.025, sin que se hayan presentado personas reclamando derechos sobre el inmueble, acreditándose así que no vulneran derechos en expectativa. -
Que el inmueble individualizado es un terreno baldío con cerramiento de alambre en tu totalidad realizado por la Municipalidad de Lavaisse; habiendo ésta ejercidos actos posesorios en este inmueble por un periodo de más de veinte años, el que una vez regularizado, será destinado a la construcción de viviendas sociales, para familias residentes en la localidad de Lavaisse.
Que la presente Ordenanza encuentra su fundamentación legal en la Constitución de la Provincia de San Luis, en la Ley Nº XII-0622-2008 Régimen de Intendentes Comisionados, en las Leyes N° 21.477 y N° 24.320 y demás normas jurídicas vigentes en la materia;
Por todo ello,
LA INTENDENTE COMISIONADA DE LA MUNICIPALIDAD DE LAVAISSE,
DEPARTAMENTO GENERAL PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTÍCULO 1°.- Declarar operada la Prescripción adquisitiva a favor de la Municipalidad de Lavaisse Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, por vía de la Ley 21.477 y su modificatoria Ley 24.320, sobre el inmueble identificado como Parcela N° 1 (solar l) de la Manzana 11, según Plano de Mensura N° 03-378-2023 confeccionado por el Ing. Agrimensor Jorge Sebastián Mesa Surroca, Mat. CASL N° ٢٩٩, registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, sin poseer Nomenclatura Catastral y sin poseer Nomenclatura Tributaria, Receptoría Mercedes, cuya inscripción de dominio obra en el Tomo ٤٣, Folio ٣٥٤, Nº ٥١٥٩ del Departamento Pedernera, compuesto de una superficie total de ٧٥٠ m2.
ARTÍCULO 2°.- Establecer que las medidas, superficies y linderos del inmueble donado son las que surgen del Plano de Mensura N° 03-378-2023, debiendo consignarse expresamente en la rogación ante el Registro de la Propiedad Inmueble, a fin de dar cumplimiento al principio de especialidad previsto en el artículo 12 de la Ley N° 17.801.
ARTÍCULO ٣º.- Autorizar a la señora Intendente Comisionada Municipal a realizar todos los actos administrativos y notariales que resulten necesarios para la inscripción definitiva de la presente en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de San Luis.
ARTÍCULO ٤º.- Por Secretaria procédase a remitir la presente a la Dirección de Asuntos Municipales, a los efectos establecidos en el CAPITULO II de la Ley ٠٦٢٢-٢٠٠٨.-
ARTICULO 5º.-Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente archívese. -
SANDRA E. CHAIN-Intendente
Juan A. Torres-Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
DECRETO Nº 03-ML-2026.
Lavaisse, 12 de MAYO de 2.026.
VISTO:
El Expediente N° 3020108/26, por el cual se tramita la aprobación de la ordenanza “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA” y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley XII-622-2008 prevé en su Artículo N° 5 que las Ordenanzas serán elaboradas por el Intendente Comisionado y Autorizadas por la Legislatura;
Que, por RESOLUCIÓN N° 13/2026 de la Comisión Bicameral Permanente de Control de Legalidad de Ordenanzas Municipales, de fecha 22 de abril de 2.026, aprueba el Proyecto de Ordenanza referido;
Por ello y en uso de sus atribuciones:
LA INTENDENTE COMISIONADO DEL
MUNICIPIO DE LAVAISSE
DECRETA:
ART. 1º: Asignar a la Ordenanza obrante en EXPEDIENTE N°3020108/26 la denominación ORDENANZA N°66-ML- “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA ADMINISTRATIVA”.
ART. 2º: Promulgar la Ordenanza N°66-ML-2026.
ART. 3º: Comunicar al Programa de Asuntos Municipales, registrar y publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis.
SANDRA E. CHAIN-Intendente
Juan A. Torres-Secretario Municipal
SPP e y v: 25 May.
ASAMBLEAS
Notificación de Asamblea a los asociados del Club Social y deportivo las Chacras
Fecha: 09/06/2026
hora: 20 hs
Lugar: Barrio 116 viviendas manzana 276 casa 6
ORDEN DEL DÍA:
1- Elección de dos asambleístas para firma del acta
2- Aprobación de memoria, balance e informe de comisión revisora de cuentas
NATALIA FERNÁNDEZ-Presidente
ALEJANDRO RIOS
Secretario
C: 1564 $5.500,00 e. y v: 25 May.
COOPERATIVA DE PROVISION DE AGUA, OBRAS Y SERVICIOS MERLO LTDA.
Por la presente SE DEJA SIN EFECTO EL LLAMADO A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA convocado para el día sábado 06 de junio de 2026 a las 14:00 horas, en el salón de la Cooperativa de Provisión de Agua, Obras y Servicios Merlo Ltda., sito en Poeta Agüero 760 de la Villa de Merlo, San Luis. La presente medida obedece a la necesidad de efectuar una rectificación administrativa vinculada a la documentación remitida para su publicación. Oportunamente se efectuará la nueva convocatoria conforme a los plazos y formalidades estatutarias correspondientes.
21 de mayo 2026
MARÍA BELEN GURRUCHAGA
Presidente
C: 1565 $5.500,00 e. y v: 25 May.
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
DIRECCIÓN DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS
AVISO DE PRORROGA
LICITACIÓN PÚBLICA 03-2026
EXD. 12111023/25
DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO Nº 3642-MHIP-2026
Obra: “TERMINACIÓN DEL POLIDEPORTIVO Y ANEXO EN LA VILLA DEPORTIVA”
Ubicación: AV. JUSTO DARACT Y CALLE PROF. F. BERRONDO - CIUDAD DE SAN LUIS. DEPARTAMENTO JUAN MARTIN DE PUEYRREDÓN. PROVINCIA DE SAN LUIS.
FORMA DE CONTRATACIÓN: AJUSTE ALZADO
PRESUPUESTO OFICIAL: $3.419.586.792,19.-
PRECIO DEL PLIEGO: $3.419.600,00.-
PLAZO DE EJECUCIÓN: 320 días corridos
FECHA DE APERTURA: La fecha prevista originalmente para el 20/05/2026, HORA: 10:00 Hs, se PRORROGA para el día 28/05/2026 a las 10:30 hs.
PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS Y ACTO DE APERTURA: DIRECCION DE OBRAS DE ARQUITECTURA Y VIVIENDAS Edificio Norte, Bloque II, Piso 2, Casa de Gobierno, San Luis.
C: 1501 SPP e: 20 y v: 25 May.
AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 09-ACTySSL-2026.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTOS E INSUMOS PARA EL MANTENIMIENTO DE LA RED DE LA AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN”.
EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-5040606/26.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($452.047.620,00).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y SIETE CON 62/100 ($452.047,62).-
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis -Casa de Gobierno - Edificio Norte, Bloque 2 - Piso 3°, Ciudad de San Luis - Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 03de junio de 2026, a las 10:00hs.-
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 02 de junio de 2026 a las 14:00hs.-
Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar
C: 1502 SPP e: 20 y v: 25 May.
AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 10-ACTySSL-2026.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE DISPOSITIVOS DE RASTREO SATELITAL PARA INSTALACIÓN Y MONITOREO DE UNIDADES OFICIALES MEDIANTE EL SISTEMA DE SEGUIMIENTO VEHICULAR - IGE 4.0”.
EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-5060192/26.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($52.800.000,00).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($52.800,00).-
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis -Casa de Gobierno - Edificio Norte, Bloque 2 - Piso 3°, Ciudad de San Luis - Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 03 de junio de 2026, a las 10:30hs.-
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 02 de junio de 2026 a las 14:00hs.-
Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar
C: 1503 SPP e: 20 y v: 25 May.
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
LICITACIÓN PÚBLICA N° ٨-2026
OBJETO: “ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE SEGURIDAD FORTINET Y RENOVACIÓN DEL LICENCIAMIENTO DE EQUIPO EXISTENTE”.-
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MILLONES ($166.000.000,00).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL ($166.000,00), mediante Depósito o Transferencia electrónica bancaria a la cuenta N° 4780189784 del Banco de la Nación Argentina Sucursal San Luis, CBU 0110478720047801897842, CUIT 30-63459906-8, del Poder Judicial de San Luis, hasta un día antes de la apertura de ofertas.-
VENTA DE PLIEGO Y CONSULTAS: Por correo electrónico compras@justiciasanluis.gov.ar con copia a compras.poderjudicialsanluis@gmail.com hasta 48 hs hábiles antes de la fecha de apertura, en el horario de 08:00 hs. a 13:30 hs.-
GARANTIA DE OFERTA Y GARANTIA DE CONTRATO: sujeto a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales.-
PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: las ofertas serán recepcionadas hasta el día ANTERIOR al fijado para su apertura (es decir hasta el 08 de Junio del 2026), mediante email que deberá ser enviado a la casilla compras@justiciasanluis.gov.ar de Secretaría Contable en documento electrónico (en formatos .doc, .docx o .pdf) protegido con cifrado de contraseña, la que deberá ser comunicada por el oferente al momento del inicio del acto de apertura de ofertas, desde la misma dirección de correo desde la cual se remitió la oferta.-
FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: 09 de JUNIO de 2026, a la hora 11:00 (once) por videoconferencia realizada a tal fin, por el Área Compras y Contrataciones de la Primera Circunscripción Judicial.-
C.P.N. JERÓNIMO FRANCO
Responsable de Compras y Contrataciones
C: 1542 SPP e: 22 y v: 27 May.
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE JUANA KOSLAY
SECRETARÍA SERVICIOS PÚBLICOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 002-SSP-IMJK-2026.
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE CIEN MIL LITROS DE HIPOCLORITO DE SODIO”
EXPEDIENTE Nº 05180007-2026
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO ONCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CON 00/100 ($111.683.000,00).
VALOR DEL PLIEGO: PESOS QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($500.000,00).
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE JUANA KOSLAY, SITO EN AV. DEL PORTEZUELO N° 617; DÍA 5 DE JUNIO DEL AÑO 2026 A LAS 12:15 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGO: DESDE EL DÍA 27 MAYO HASTA EL DÍA 1 DE JUNIO DE 2026, EN HORARIO DE 8:30 A 13:30 Hs. EN SEDE DEL EDIFICIO ADMINISTRATIVO MUNICIPAL. PAGO POR CAJA, EN SEDE ADMINISTRATIVA O POR DEPÓSITO BANCARIO CBU: 0270101710004090220015. ‘MUNICIPALIDAD DE JUANA KOSLAY’.
PRESENTACIÓN DE OFERTAS: DESDE EL DÍA 28 DE MAYO HASTA EL DÍA 5 DE JUNIO DEL AÑO 2026 DE 8:30 A 12:00 Hs. EN EDIFICIO ADMINISTRATIVO DE LA MUNICIPALIDAD DE JUANA KOSLAY.
CONSULTAS: Tel: 2664727944 Email: comprasycontrataciones@juanakoslay.gob.ar Edicto publicado en el portal web oficial https://share.google/MEN1RRyi1TrV48IiN
C: 1566 SPP e: 25 y v: 29 May.
COMERCIALES
El Registro Público de Comercio, ordena se publique por el término de ley que, según contrato constitutivo de fecha 23 de abril de 2026, el señor MATIAS MARIANI, de nacionalidad argentino, Documento Nacional de Identidad número 32.665.726, CUIL número ٢٠-٣٢٦٦٥٧٢٦-٤, nacido el ٢٩ de noviembre de ١٩٨٦, de estado civil casado en primeras nupcias con la señora Silvana Giselle Orlando, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad número ٣٢.٧٣٧.١٦٣, CUIL número ٢٧-٣٢٧٣٧١٦٣-٦, nacida el ١٩ de noviembre de ١٩٨٦, domiciliado en calle Rosales número ٣٨٨٩, Villa Lynch, General San Martín, Provincia de Buenos Aires, de profesión comerciante; la señora MARIA AGUSTINA MOREIRA, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad número 40.675.836, CUIL número ٢٧-٤٠٦٧٥٨٣٦-٨, nacida el ١٠ de octubre de ١٩٩٧, de estado civil soltera, domiciliada en calle Pampa número ٥٤٤, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, de profesión comerciante; y, la señora JOSEFA LILIANA PAEZ, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad número 12.903.295, CUIL número ٢٠-١٢٩٠٣٢٩٥-٨, nacida el ٠٣ de julio de ١٩٦٠, de estado civil soltera, domiciliada en calle La Rioja número ١٧٧١ de esta ciudad de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis, de profesión comerciante; constituyeron una SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA de conformidad con las siguientes ESTIPULACIONES: Denominación y Domicilio. La sociedad se denomina “BRIO S.A.S.” y tiene su sede social en Avenida Presidente Illia número ٥٤٦ de esta ciudad de San Luis, Departamento Juna Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis. Duración: El plazo de duración de la sociedad es de NOVENTA Y NUEVE AÑOS, contados a partir de la fecha de su constitución. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales, en especial la venta de todo tipo de repuestos y accesorios para automotores, servicios de reparación de los mismos, además de la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Culturales y educativas; (d) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (e) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Inversoras, financieras y fideicomisos; (h) Petroleras, gasíferas, forestales y energéticas en todas sus formas; (i) Salud, y (j) Transporte. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. Capital. El Capital Social es de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000.-), representado por igual cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: (a) Matías Mariani, suscribe la cantidad de tres millones trescientas mil acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. (b) María Agustina Moreira, suscribe la cantidad de tres millones trescientas mil acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. (c) Josefa Liliana Páez, suscribe la cantidad de tres millones cuatrocientas mil acciones ordinarias escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante boleta de depósito del Banco. ADMINISTRACIÓN: Se designa Administrador titular: Al señor MATIAS MARIANI, de nacionalidad argentino, Documento Nacional de Identidad número 32.665.726, CUIL número ٢٠-٣٢٦٦٥٧٢٦-٤, nacido el ٢٩ de noviembre de ١٩٨٦, de estado civil casado en primeras nupcias con la señora Silvana Giselle Orlando, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad número ٣٢.٧٣٧.١٦٣, CUIL número ٢٧-٣٢٧٣٧١٦٣-٦, nacida el ١٩ de noviembre de ١٩٨٦, domiciliado en calle Rosales número ٣٨٨٩, Villa Lynch, General San Martín, Provincia de Buenos Aires, de profesión comerciante; quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. Y, Administrador suplente: la señora JOSEFA LILIANA PAEZ, de nacionalidad argentina, Documento Nacional de Identidad número 12.903.295, CUIL número ٢٠-١٢٩٠٣٢٩٥-٨, nacida el ٠٣ de julio de ١٩٦٠, de estado civil soltera, domiciliada en calle La Rioja número ١٧٧١ de esta ciudad de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis, de profesión comerciante; quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que NO es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera. La representación legal de la sociedad será ejercida por los administradores designados. Los administradores declaran bajo fe de juramento no encontrarse comprendidos en las disposiciones del art. 264 de la LGS. GARANTIA DE LOS ADMINISTRADORES. Los administradores titulares y suplentes deberán constituir una garantía en los términos del art. 256 de la LGS por la suma de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000.-) a materializarse en una cuenta bancaria especial a cuenta y orden de la sociedad. El CIERRE DE EJERCICIO será el 31 de diciembre de cada año. La sociedad prescinde de la sindicatura.
San Luis, 23 de abril de 2026.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1544 $11.000,00 e. 22 y v: 25 May.
Se hace saber que mediante ESCRITURA PUBLICA N° 53, de fecha 11 de MAYO de 2026, autorizada por el Escribano SEBASTIÁN ESTEVES, Titular del Registro Notarial N° 09 de la Provincia de San Luis, se resolvió constituir una S.A. integrada por DIEGO GABRIEL SEBASTIAN CORREA, argentino, nacido el día 17 de marzo de 1992, titular del documento nacional de identidad número 36.046.980, C.U.I.L. Nº 20-36046980-9, quien manifiesta ser de estado civil soltero, ser de profesión empresario y domiciliarse en Ruta Nº 18, Nº 9015, localidad de El Volcán, Provincia de San Luis y ALEJANDRA GISELA PIZZA, argentina, nacida el día 04 de Abril de 1983, titular del documento nacional de identidad número 30.526.565, C.U.I.L. Nº 27-30526565-4, quien manifiesta ser de estado civil soltera, ser de profesión empresaria, y domiciliarse en calle Lisandro de La Torre nº 3.265, Localidad de Ituzaingó, Provincia de Buenos Aires.- DENOMINACION: “FLAMMA S.A.” DOMICILIO: En la Ciudad de San Luis.- OBJETO SOCIAL: La sociedad tendrá por objeto, la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero a las siguientes actividades: Construcciones, montajes y obras de ingeniería: a) Construcción de edificios, urbanizaciones por el régimen de la ley de propiedad horizontal, conjunto inmobiliario y/o por el sistema denominado o conocido, por compraventa al costo. b) Construcción y venta de inmuebles: Construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, conjunto inmobiliario y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles. Como actividad secundaria, la sociedad tendrá por objeto dedicarse a negocios relacionados con la construcción, reforma y reparación de todo tipo de obras, públicas o privadas, sea a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de viviendas, puentes, caminos y cualquier otro trabajo del ramo de la ingeniería o arquitectura; asimismo, corresponde al objeto social la intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros y de mandatos. c) Constructora en general: Construcción de edificios, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería y arquitectura de carácter público o privado. d) Ingeniería civil: Proyecto, desarrollo, fabricación y comercialización de estructuras metálicas para encofrados de hormigón armado, moldes metálicos para inyección de hormigón destinados a la construcción de obras civiles y/o industriales, mediante sistemas de premoldeado; estructuras metálicas para apoyo de techos; máquinas extrusoras y mezcladoras para la industria, y toda clase de repuestos, accesorios y elementos necesarios para el rendimiento de todo lo precedentemente detallado. e) Compra y/o venta de bienes inmuebles; explotación y administración de edificios, estancias, barrios cerrados, barrios privados, clubes de campo, campos, chacras, bosques, terrenos y fincas, propios y/o de terceros; realización de toda clase de estudios, investigaciones y trabajos para la utilización y 4 valorización de dichas explotaciones, debiendo requerirse dictamen profesional de la matrícula cuando así lo requieran las reglamentaciones vigentes. f) Compraventa, construcción, de emprendimientos de urbanización, centros comerciales, subdivisión, loteos, barrios cerrados, clubes de campo, fraccionamientos con obras de equipamientos colectivo, y de esparcimiento común, afectación al régimen de propiedad horizontal, arrendamientos, locaciones, contratos de leasing, de fideicomisos, incluso como fiduciantes o fiduciarios o fideicomisarios. Para el ejercicio de sus actividades la sociedad puede celebrar toda clase de contratos, adquirir y disponer toda clase de bienes inclusive registrables y operar con instituciones bancarias. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica de adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos necesarios con el fin del objeto social, que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. La sociedad también podrá constituir y/o participar en sociedades y en cualquier otra forma asociativa y/o de colaboración empresaria en el país o en el extranjero realizando a tal efecto los aportes de capital correspondientes. Para el cumplimiento de sus fines la sociedad podrá: A) Ejercer la representación en el orden nacional e internacional, comercial, administrativo y judicial de sociedades comerciales e industriales afines al ramo, pudiendo administrar y explotar sus negocios. B) Intervenir en la formación de sociedades para la implantación de industrias que tengan relación con el objeto de la sociedad, tomar participación en sociedades existentes, asociarse o fusionarse parcialmente con ellas, registrar y requerir en propiedad marcas de fábricas de comercios, patentes de invención y procedimientos de fabricación y construcción. C) Solicitar, comprar, y enajenar concesiones nacionales, provinciales municipales e inclusive internacionales de todo género de negocios que tengan relación directa o indirecta con los fines de la sociedad que resulten necesarios para el cumplimiento de los fines de esta sociedad, aunque no se especifiquen expresamente en este contrato.- La Sociedad podrá realizar cualesquiera de las actividades comprendidas dentro de su objeto social y solicitar para ello le sean concedidos los beneficios de los Regímenes establecidos por las Leyes de Radicación y Promoción Industrial existentes y/o cualquier ley que se dicte al respecto en el futuro en los ámbitos nacional, provincial y/o municipal.- Podrá presentarse en todo tipo de concursos de precios, licitaciones públicas o privadas en los ámbitos municipales, provinciales, nacionales e internacionales La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por las leyes o por este estatuto.- DURACIÓN: 99 años. CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000,00), representado por mil acciones ordinarias, nominativas no endosables de 30.000 pesos valor nominal cada una y de un voto por acción.- ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN Se designa para integrar el Directorio: Presidente: señor DIEGO GABRIEL SEBASTIAN CORREA, titular del documento nacional de identidad número 36.046.980, directora suplente: ALEJANDRA GISELA PIZZA titular del documento nacional de identidad número 30.526.565, cuyos datos se tienen por enteramente reproducidos a iodos los efectos legales, quienes aceptan el cargo que le ha sido conferido, constituyendo domicilio especial en la sede social.- ORGANO DE FISCALIZACION: La sociedad prescinde de la sindicatura. SUSCRIPCION E INTEGRACION DEL CAPITAL SOCIAL: El capital se suscribe e integra de acuerdo con el siguiente detalle: el señor DIEGO GABRIEL SEBASTIAN CORREA, suscribe Setecientas Acciones (700), o sea la suma de VEINTIUN MILLONES de pesos y La señora ALEJANDRA GISELA PIZZA, suscribe Trescientas Acciones (300), o sea la suma de Nueve Millones pesos. Total: Mil acciones (1.000) suscriptas, ordinarias, nominativas no endosables, de un votos por acción y de 30.000 pesos valor nominal cada una. Los accionistas integran el veinticinco por ciento en efectivo haciendo entrega ante mí la Presidente de Siete Millones Quinientos ml pesos ($7.500.000.-) y el saldo en el término de ley. B) SEDE SOCIAL Sede Social en calle Colón Nº 50, Depto. 4 de esta Ciudad y Provincia de San Luis.- FECHA DE CIERRE DE EJERCICIO: 31 de Marzo de cada año.
C: 1567 $5.500,00 e. y v: 25 May.
JUDICIALES
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la II Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle Extremo Sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes (S.L.), a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca –JUEZ PROVISORIA, SECRETARIA DEL AUTORIZANTE, EN AUTOS CARATULADOS “CASTAÑEDA ALBERTO Y AREDES NICOLASA CRISTINA S/ SUCESION N° ٣٦٠٦٥٧/٢٠” cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de los extintos SR. CASTAÑEDA ALBERTO DNI N° 6.653.368 y de la SRA. AREDES NICOLASA CRISTINA DNI N° 4.170.195 bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), Dieciocho de Febrero de 2022.-
C: 1481 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٣ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Mario Massa Alcantara, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 418236/24 “GARCIA INES Y ANSELMO MERLOS/ SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por INES GARCIA, L.C. 0.632.619 y ANSELMO MERLO, DNI Nº 2.967.757.-
Villa Mercedes, San Luis, 31 de Marzo de 2026
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 1482 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, jueza, Secretaría cargo del autorizante, en autos: “SATORRES VERONICA FLORENCIA S/ SUCESION AB INTESTATO”. EXPTE. 444704/25 cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante VERONICA FLORENCIA SATORRES, DNI: 25.565.707 bajo apercibimiento de ley.-San Luis, 12 de MAYO de 2026
C: 1485 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Minas Nº 1 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, Secretaría a cargo de la AUTORIZANTE en autos: “SAVOURNIN JUANA ELENA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte. Nº 441580/25, cita y emplaza por treinta días a quienes consideren tener derechos respecto de la extinta DOÑA SAVOURNIN JUANA ELENA D.N.I. N° 6.292.372, bajo apercibimiento de ley.San Luis, 05 de Marzo de 2026
C: 1486 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en autos caratulados: EXP 446544/26 “CHAVEZ EVARISTA EVA, SOSA JESUS DOMINGO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de TREINTA (30) días a herederos y acreedores de los causantes EVARISTA EVA CHAVEZ DNI: 1.592.765 y JESUS DOMINGO SOSA DNI: 6.783.998, bajo apercibimiento de ley.-SAN LUIS, 13 de mayo de 2026
C: 1488 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados “VILLEGAS AMALIA DEL CARMEN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. 445874/26, cita y emplaza por el termino de TREINTA (30) días a herederos, acreedores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SRA. AMALIA DEL CARMEN VILLEGAS, D.N.I. 10.351.661, bajo apercibimiento de ley. -San Luis, 08 de Mayo de 2026
C: 1492 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
POSTULANTES ADMITIDOS.
El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría a cargo de la Dra. Paola Susana Giannini, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:
“UN (1) CARGO DE JUEZ DEL COLEGIO DE JUECES EN LO PENAL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.” (ADM N° ١٩٦٠٠/٢٦)”
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
|
CALDERON SALOMON SANTIAGO ABRAHAM |
32.410.265 |
|
CIVALERO ERICA LOURDES |
27.877.865 |
|
DIVIZIA LOHIGORRY MARÍA SOLEDAD |
29.426.060 |
|
DURAN MARIA DEL VALLE |
24.207.111 |
|
FLORES LEYES MARCOS GABRIEL |
34.705.751 |
|
FLORES VALERIA VANINA |
28.091.656 |
|
LAZARTE OTERO NATALIA BELEN |
30.244.273 |
|
PASCUARELLI DI GENNARO GASTON ALFREDO |
27.933.196 |
La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:
https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar.-
C: 1510 SPP e: 20 y v: 25 May.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
POSTULANTES ADMITIDOS
El Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia de la Dra. Andrea Carolina Monte Riso, Secretaría a cargo de la Dra. Paola Susana Giannini, COMUNICA de conformidad a lo previsto por el Art. 5º de la Ley VI-0615- 2008 y a los efectos del art. 6º de la misma Ley, los profesionales a los que se ha admitido la postulación para cubrir:
“UN (01) CARGO DE JUEZ DEL COLEGIO DE JUECES EN LO PENAL DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL (ADM N° ١٩٦٠١/٢٦)”
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
|
CALDERON SALOMON SANTIAGO ABRAHAM |
32.410.265 |
|
CIVALERO ERICA LOURDES |
27.877.865 |
|
DIVIZIA LOHIGORRY MARÍA SOLEDAD |
29.426.060 |
|
LAZARTE OTERO NATALIA BELEN |
30.244.273 |
|
PALACIO FERNANDEZ MARCELO |
25.166.807 |
|
PANERO MAGNANO MARÍA ANTONELA |
32.456.799 |
La documentación y antecedentes de los postulantes, efectuada por medio del sistema de inscripciones on line, puede ser consultada en la página web del Consejo de la Magistratura:
https://consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar.-
C: 1511 SPP e: 20 y v: 25 May.
El juzgado civil, comercial, ambiental y laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara juez, Secretaría a cargo de la autorizante en Autos EXP 447945/26 ESCUDERO ARNALDO PEDRO S/SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por Treinta días a herederos y acreedores del extinto ESCUDERO ARNALDO PEDRO DNI. N° 6.808.908. Bajo apercibimiento de ley.-Concarán, San Luis 20 de Mayo de 2026
C: 1513 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٢ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. GEREMIAS FEREZ, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 339783/19 “SANCHEZ JOSEFINA ELVIRA Y GONZALEZ ANTONIO S/ SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. GONZALEZ ANTONIO D.N.I Nº ٦.٦٧٢.٨١٠.-Villa Mercedes, San Luis, 8 de Abril de 2026.-
CECILIA INÉS BERITOGNOLO-Prosecretaria
C: 1518 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo del Dr. Geremias Pablo Ferez - Juez, Secretaría del autorizante , en autos caratulados “ACEVEDO ALEJANDRA CATALINA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 411514/24 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de la extinta Sra. ACEVEDO ALEJANDRA CATALINA D.N.I. Nº 18.034.142, bajo apercibimiento de ley.-Villa Mercedes (San Luis), 08 de abril de 2026
CECILIA INÉS BERITOGNOLO-Prosecretaria
C: 1519 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado, Civil, Comercial, y Ambiental N° 4 de la Primera Circunscripción Judicial de La Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Juez, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en los Autos caratulados: “EXP 446287/26 “LEANDRO MARTIN CUASNICU S/SUCESION AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: LEANDRO MARTIN CUASNICU, DNI 21.586.737 bajo apercibimiento de ley.-San Luis, 14 de MAYO de 2026
C: 1521 $16.500,00 e: 20 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, Secretaría de la Autorizante en autos caratulados “HERRERO STELLA MARIS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 447300/26 cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta HERRERO STELLA MARIS DNI 5.435.013 bajo apercibimiento de Ley. -Concarán, San Luis, 04 de Mayo de 2026
C: 1526 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “MELIAN GUSTAVO ALBERTO C/ MAURO FORTUNATO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL “PAEZ TERESA DEL CARMEN C/ GITTO DE GITTO ANTONIA, GITTO PEDRO S/POSESIÓN”, EXP 424125/24, cita y emplaza a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble individualizado al Tomo 28 (Ley 3236) de CAPITAL Fº 289-Nº 9427, Padrón 16752, Receptoría : Capital, Circunscripción: Estancia Grande, Parcela 78. Como mayor recaudo legal se transcribe la resolución que ordena la medida y en su parte pertinente dice: “San Luis, 14 de abril de 2026.-(…) Atento lo solicitado y constancias de autos, téngase por promovido Juicio de demanda por PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, la que tramitará según las normas del PROCESO ORDINARIO (art. 330 del C.P.C.C.). De la misma córrase TRASLADO por el término de QUINCE DIAS (15) en contra del SR. FORTUNATO MAURO, L.E. Nº 1.746.982, JOSE ANTONIO MAURO, D.N.I. Nº 13.019.902, SR. ROBERTO CARLOS MAURO, D.N.I. Nº 8.393.337 Y/O SUS HEREDEROS Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO, para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse. NOTIFIQUESE personalmente o por cédula en la forma dispuesta en el artículo 27, inc. b) del Reglamento General del Expediente Electrónico, Acuerdo Nº 61/17. La prueba ofrecida en la demanda, téngase presente. Para la citación de toda persona que se considere con derecho al inmueble individualizado PUBLIQUENSE EDICTOS POR DOS VECES, EN INTERVALOS REGULARES DE TREINTA (30) DIAS ENTRE UNA PUBLICACIÓN Y OTRA. Cada una se practicará por DOS (2) días en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en un diario de mayor circulación en la Provincia, según lo dispuesto por el Art. 911 y c.c. del C.P.C.C., debiendo dichas publicaciones ajustarse a los recaudos establecidos en el Art. 912 del C.P.C.C., bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art. 343, 2° párrafo del C.P.C.C.).San Luis, 13 de Mayo de 2026
C: 1528 $11.000,00 e: 22 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados: “EXPTE N° 436733/25 BRAVO ALEJANDRA MERCEDES C/ ROMERO ACOSTA RAMON WILFRIDO S/ POSESION” cita y emplaza por el término de quince (15) días a Ramón Wilfrido Romero Acosta y/o quienes se consideren con derecho sobre el automotor dominio OKN617, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, oponga excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo el apercibimiento de designarles al Sr. Defensor de ausentes para que los represente en el proceso.Concarán, San Luis, 14 de Abril de 2026
C: 1530 $11.000,00 e: 22 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “GARCIA MARTHA ANGELICA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 437867/25, CITA Y EMPLAZA por el término de (30) TREINTA DIAS a herederos, acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante SRA. GARCIA MARTHA ANGELICA DNI N° 14.766.939, bajo apercibimiento de ley.-San Luis, 09 de ABRIL de 2026
C: 1531 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental n° 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados: “LUCERO MARIA BERTA S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP N° ٤٤٥٧١٣/٢٦ cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores de la causante, DOÑA LUCERO MARIA BERTA DNI N° 5.180.175, bajo apercibimiento de ley.
SAN LUIS, 06 de mayo de 2026
C: 1532 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS hace saber a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Puga Nigro Walquiria Elizabeth, DNI Nº 32.947.312, con domicilio en Malvina Argentina 280, Localidad de Carpintería, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad. -San Luis, 14 mayo del 2026.-
MARÍA ELENA EDITH LUCERO DE TAMAYO
Presidente
C: 1533 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado de 1° Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro. 1, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis, Concarán S.L., a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: EXP 419662/24: “ARIAS EUDORA ANGELICA Y HECTOR AMBROSIO FALCO, S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por TREINTA (30) días a herederos, acreedores y todo el que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante HECTOR AMBROSIO FALCO, DNI. N° 6.791.286, bajo apercibimiento de Ley.
Concarán, San Luis, 11 de Mayo de 2026
C: 1551 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental del Juzgado Nº 2 de Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, Secretaría de la Autorizante, en autos: “FERNANDEZ HECTOR DANIEL S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, EXP 360671/20, cita y emplaza a toda persona y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O lo tuvieren con derecho al inmueble a usucapir, ubicado Ruta Provincial N° 9, Valle de Pancanta, Localidad de Carolina, Departamento Coronel Pringles, Provincia de San Luis, inscripto bajo el Padrón 136, sin inscripción de dominio, de Receptoría Carolina. Posee una superficie de SETENTA Y CINCO HECTAREAS SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS TREINTA Y DOS DECIMETRO CUADRADOS (75 ha. 6857,32 M2) según Plano de Mensura 2/115/19, confeccionado por el Agrimensor Guillermo Daniel Aguado, Parcela 36, con los siguientes límites NORTE: Juana Zoraida Fernández de Lucero (s/d); OESTE: Pirqas S.A. (CUIT 30-71533409-3), ESTE: Juana Zoraida Fernández de Lucero (s/d), y SUR: Faustino Fernández (DNI 47.798.511), Rocío Dalma Fernández ( DNI 48.354.165), Faustino Fernández (LE 6.807.611) y Juana Zoraida Fernández (LC 632.897).- Para que comparezcan en el término de QUINCE DIAS, para hacerse parte y contesten bajo apercibimiento de lo previsto en el Art. 59 y 356 del C.P.C.
San Luis, 04 de Octubre de 2024
C: 1552 $11.000,00 e: 22 y v: 25 May.
El Juzgado Civil Comercial Ambiental y Laboral N° 1, de la ciudad de Concarán, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA, Secretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados “FIECCONI JOSE SANTIAGO, RICOBELLI LIDA ROSA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” (EXP 448030/26)” cita y emplaza por el término de treinta (30) días a los herederos y acreedores de los causantes FIECCONI, JOSÉ SANTIAGO, L.E N° ٦.٧٨٠.٣٦٥ y RICOBELLI, LIDA ROSA, L.C N° ٩٤٩.٨٠٣, bajo apercibimiento de ley.Concarán, San Luis, 12 de Mayo de 2026
C: 1553 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
EDICTO CITATORIO El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1, Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Sr. Juez interino Dr. Javier Alejandro Corigliano, en autos caratulados: “MAZZITELLI EDUARDO ALBERTO S/SUCESION AB INTESTATO”, EXPTE Nº ٤٣٧٦٠٨/٢٥, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto: EDUARDO ALBERTO MAZZITELLI, DNI 10.507.648, bajo apercibimiento de ley. Santa Rosa, San Luis, 18 de mayo de 2026. Fdo. Dr. Fernando Scarso, Secretario.
C: 1554 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de San Luis a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, JUEZ, Secretaría del Autorizante en autos caratulados: EXP 448044/26 “VALDEON PROSPERO EZEQUIEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores del extinto SR. VALDEON PROSPERO EZEQUIEL DNI 6.797.405.
San Luis, 15 de mayo de 2026
C: 1557 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circunscripción judicial, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA Juez Civil, Secretaría de la Autorizante en los autos caratulados EXP 416145/24 | CASERO ALFREDO ANGEL C/ CASTILLO JOSE S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” cita y emplaza por quince días a CASTILLO JOSE y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, el que se encuentra ubicado en Los Cerritos, Partido Conlara, Departamento General San Martin Provincia de San Luis, el que se individualiza como Parcela “1”, en el plano de mensura N° 5/41/23, con una superficie total de CIENTO SESENTA Y CUATRO HECTAREAS NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (164 HA 967 M2). Padrón N° 308, Rec. Las Chacras sin Inscripción de Dominio. Limita al Norte: Frias de Funes Fidelina, Frias Patricio, Frias Leoncia Ciriaca, Frias Cipriano Padron N° ٢٧٠ Rec. Las Chacras Parcela A Plano N° 5-38-2004, Sur: Castillo Antonio, Padron N° ٦٨٠, Rec. Las Chacras Parcela A Plano 5-14-1986, Oeste: no se localiza propietario ni padrón y al Este: Funes Marta Graciela, Funes Anselmo Alejandro, Funes Simona del Carmen, Funes Luis Oscar Padron N° 886 Rec Las Chacras. Bajo apercibimiento de ley.-
Concarán, San Luis. 06 de Marzo de 2026
C: 1558 $11.000,00 e: 22 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4, a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca, JUEZ, Prosecretaria del autorizante, en estos autos EXP 348034/19 “VILLEGAS ANTONIO EVARISTO S/ SUCESIÓN” cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de DON VILLEGAS ANTONIO EVARISTO D.N.I. N° 2.834.904.-San Luis, 3 de MARZO de 2026
C: 1559 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circunscripción judicial, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA Juez Civil, Secretaría de la Autorizante en los autos caratulados EXP 382984/22 DISPALDRO PABLO HERMENEGILDO Y MOSQUERA GRACIELA NORMA C/PEREZ ROSA ELVIRA S/POSESION VEINTEAÑAL “ORALIDAD” cita y emplaza por quince días a ROSA ELVIRA PEREZ y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del presente juicio, el que se encuentra Ubicado en la localidad de Cortaderas, Partido de Larca, Departamento Chacabuco, Provincia de San Luis, individualizado en el Plano de Mensura 4/140/21, empadronado e inscripto a los efectos fiscales bajo los padrones N° 1.044.018 Y 923.962, ambos de la Receptoría de Concarán SL, a nombre de Rosa Elvira Pérez, y con inscripción de dominio por ante el Registro General de la Propiedad Inmueble al Tomo 45, de Chacabuco, Folio 194, N° 298., compuesto de una Superficie Total de TRES MIL METROS, don SETENTA y DOS DECIMETROS CUADRADOS (3000,72 m2), limita al Norte: en una parte con Parcela N° 60, Luis Alberto Cruz, Pad. N° 1.035.137 - Recep. Concarán, PI. N0 4/81/17 Y en otra parte con Parcela N° 61, César Manuel Chavez, Pad. N° 1.035.138 - Recep. Concarán, PI. N° 4/81/17; al Este: en una parte con Parcela N° 63, Rosa Elvira Pérez, Pad. N° 1.044.019 - Recep. Concarán, PI. N° 4/231/17 Y en otra parte con Parcela N° 28, Rosa Elvira Pérez, Pad. N° 923.964 - Recep. Concarán, PI. N° 4/85/09; al Sur: Parcela N° 31, Pablo Hermenegildo Dispaldro, Pad. 4.579- Recep. Concarán PI. N° 4/163/08 Yen otra parte Parcela N° 32, Graciela Norma Mosquera Pad. N° 4.578 - Recep. Concarán, PI. N° 4/163/08 Ycamino de huella a Ruta Prov. N° l Y al Oeste: Parcela N° 38, Esteban Emmanuel Jofre, Pad. N° 4.536 - Recep. Concarán. PI. N° 4/28/08.- Dicha parcela cuenta con las siguientes medidas lineales Punto 1-2 = 107,24 m; 2-3 =29,21 m; 3-4= 5,15 m; 4-5 =3,74 m; 5-6 = 44,42 m; 6-7 = 58,17 m y 7 al punto de partida 1 = 23,20 m.- Bajo apercibimiento de ley.
Concarán -San Luis, 11 de Marzo de 2026
C: 1560 $11.000,00 e: 22 y v: 25 May.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ Jueza, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “DOMINGUEZ RAMÓN ADOLFO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO (CON B.L.S.G.)” EXP 435135/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante: DOMINGUEZ RAMÓN ADOLFO, (D.N.I. N° 7.376.495), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).
San Luis, 14 de Mayo de 2026
C: 1561 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de la III Circunscripción judicial, a cargo del Dr. MOISES BENITO FARA Juez Civil, Secretaría del Autorizante en los autos caratulados EXP 378712/21 DOS SANTOS SILVIA MARCELA C/ BORJAS TOMAS JOSE Y OTROS S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA ORALIDAD, cita y emplaza por quince días a TOMAS JOSE BORJAS, BORJAS PEREIRA, JOSE PEREIRA, SILVANA PEREIRA DE VILLEGAS, MARIA MERCEDES DE PEREIRA, SERAFINA PILAR TORRES, MARIA ALEJANDRA BECERRA DE PERALTA, MERCEDES GUILLERMINA PERALTA DE CAMINAUR, ZOILO NAUN PERALTA, ILDA ILSA PERALTA, ALEJANDRA LIDIA PERALTA, LUCIA DEL VALLE PERALTA, PABLO BUENAVENTURA PERALTA, JOSE ARNALDO MIRABILE, SILVANA PEREYRA, MARIA MERCEDES DE PEREYRA, CARLOS TOMAS PEREYRA, INES PEREYRA, MERCEDES PEREYRA, VIDAL PEREYRA y/o sus sucesores o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble rural ubicado en el departamento San Martín, Campo “EL VALLE”, con una superficie total de MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES HECTAREAS TRES MIL CINCUENTA Y CUATRO M 2, ( 1.153 Has. 3050,54 m2), conforme Plano de Mensura N° 5/9/20. inscripciones registrales: A) Padrón N° 590, receptoría Las Chacras SL, e inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble al Tomo 2 San Martín Folio 298, Número 364 Insc. 2°, y Tomo 6 de San Martín Folio 32 a nombre de Tomás José Borjas y Silvia Pereyra con una superficie de 100 ha. al que se afecta totalmente.- Al padrón N° 711 de la Receptoría Las Chacras SL, con un superficie de 252 ha. 2232 m2, se lo afecta totalmente, e inscripto en el Registro General de la Propiedad Inmueble al Tomo 20 San Martin Folio 347 Número 2502; Tomo 22 San Martin Folio 320, N° 2691 Insc. 3°; Tomo 4 Ley 3236 San Martin Folio 463 N° 802 y Tomo 8 Ley 3236 San Martin Folio 221 N° 286, en condominio a nombre de Borjas Pereira, José Pereira y Silvana Pereira de Villegas, María Mercedes de Pereira, Carlos Tomás Pereira (el causante) Ines Pereyra, Mercedes Pereyra, Mercedes Guillermina Peralta de Caminaur, Zoilo Naun Peralta, Ilda Peralta, Alejandra Lidia Peralta, Lucia del Valle Peralta de Moyano, Pablo Buenaventura Peralta, María Alejandra Becerra de Peralta, con una superficie de 452 ha. 22 as 32 cas, se afecta parcialmente en 330 ha.- Por el resto del bien denunciado, no se localiza padrón ni título. El inmueble limita AL NORTE: Rio Grande; AL SUR: José Armando Mirabile y Osvaldo Esteban Chiracovich Padrón 911 Rec. Las Chacras, Parcela A PL. 05/24/19991; Mercedes L. Pereira, María J. Pereira, Fermin C. Pereira, Erasmo R. Pereira, María Ramona del Huerto Pereira, María del Carmen Pereira, José E. Pereira, María del Rosario Pereira, María T. Pereira y Eliseo A. Pereira Padrón 953943 Rec. Las Chacras Parc. 47 Plano 05/40/2012; María Ramona del Huerto Pereira Parc. 1397 Plano 05/77/2012. AL ESTE: Isabel Pereira de Isaguirre Pd. 133 Rec. Las Chacras; Rafael Deolindo Pereira Pd. 213 Rec. Las Chacras Parcela 1488; Rafael Deolindo Pereira Pd. 609 Rec. Las Chacras Parc. 1486; AL OESTE: Rio Grande Y Mercedes G. Peralta de Caminaur, Zoilo Naun Peralta, Ilda Ilsa Peralta, Alejandra L. Peralta, Lucia del Valle Peraltad de Moyano y Pablo Buenaventura Peralta Pd. 162, Rec. Las Chacras Parcela B Plano 05/24/1991.- Todo bajo apercibimiento de Ley.-
Concarán, San Luis, 16 de octubre de 2025
C: 1562 $11.000,00 e: 22 y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “SOSA ANIBAL EUFRASIO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 446136/26, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del causante ANIBAL EUFRASIO SOSA, DNI Nº 6.780.232, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 14 de MAYO de 2026
C: 1563 $16.500,00 e: 22 y v: 27 May.
El Juzgado Civil 2 de la Primera Circunscripción Judicial juez a cargo Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Jueza secretaria del autorizante en los autos caratulados: EXP 406935/23 CARRIZO GABRIEL ANGEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y/o acreedores del causante, SR. CARRIZO GABRIEL ANGEL DNI 10351262 bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 19 de Febrero de 2026.
C: 1568 $16.500,00 e: 25 y v: 29 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, Provincia de San Luis, a cargo de la Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, en autos caratulados: “COLLADO RANULFO, COLLADO TEODORO ILDEGARDO Y OTROS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 444911/26, cita y emplaza por el termino de (30) días a herederos, acreedores y/o cualquiera que se considerare con derecho a los bienes dejados por los causantes, Sres. COLLADO RANULFO, DNI N° 3.186.698, BARROSO CONCEPCION, DNI N° 8.208.454 y COLLADO TEODORO ILDEGARDO, DNI N° 6.802.959, bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara, San Luis, 13 de mayo de 2026
C: 1569 $16.500,00 e: 25 y v: 29 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz – Juez, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “GIL RAMIREZ S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 432081/25 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. GIL RAMIREZ, D.N.I. N° 6.806.828, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 12 de mayo de 2026
C: 1570 $5.500,00 e. y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “LUCERO SIOMARA VICTORIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 441190/25, cita y emplaza por treinta (30) días a herederos y acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes de la SRA. LUCERO SIOMARA VICTORIA D.N.I. Nº 08.211.490, bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS 21 de mayo de 2026
C: 1571 $16.500,00 e: 25 y v: 29 May.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ - Jueza, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “MIRANDA ANA MARIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 444626/25, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores de la causante: ANA MARÍA MIRANDA, (D.N.I. Nº 11.600.994), bajo apercibimiento de ley (Art. 699 CPCC).San Luis, 12 de Mayo de 2026
C: 1572 $16.500,00 e: 25 y v: 29 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 a cargo de la Dra. GERALDINA INÉS IBÁÑEZ - Jueza, Secretaría de la Autorizante, en autos: EXP 439071/25 “ORTEU JOSE JULIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta (30) días, a herederos y acreedores de ORTEU JOSE JULIO, (D.N.I. 10.169.112) bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 23 de diciembre de 2.025
C: 1573 $16.500,00 e: 25 y v: 29 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la primera circunscripción judicial del Poder Judicial de la provincia de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados EXP 446023/26 “RODRIGUEZ ELVA C/ DE LAJONQUIERE BLANCA HAYDEE, DE LAJONQUIERE DE GAYOSO ANA OSTELINDA S/ POSESIÓN”, cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DÍAS a quiénes se consideren con derecho respecto del inmueble ubicado en calle Sargento Cabral Nº 126, ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre. INSCRIPCIÓN DE DOMINIO: Por un lado, obra al Tº 49 -Ley 3236- Dpto. Juan M. de Pueyrredón, Fº 125, Nº 17599, correspondiente al PADRÓN: 35724, RECEPTORIA: Capital, cuya superficie es de 301,50 m2, a nombre de Blanca Haydee de Lajonquiere. Por otro lado, obra al Tº 49 -Ley 3236- Dpto. Juan M. de Pueyrredón, Fº 127, Nº 17600, correspondiente al PADRÓN: 35725, RECEPTORIA: Capital, cuya superficie es de 301,00 m2, a nombre de Ana Ostelinda de Lajonquiere de Gayoso. MEDIDAS DE SUPERFICIE, LINDEROS, CONLINDANTES Y DOMICILIOS: La con respecto a la SUPERFICIE de la PARCELA 42 del plano 1/66/25, abarca 357,20 m2 mientras que los LINDEROS, CONLINDANTES Y DOMICILIOS son: En su frente, hacia el OESTE, mide 11 ,86 m., entre los puntos 1-4 colindando con la calle Sargento Cabral. En el contrafrente, hacia el este mide 11,95 m., entre los puntos 2-3 limitando con los colindantes Cirila Sánchez; José Manuel Martínez y Orlando Oscar Camargo, Padrón 30643, Receptoría Capital. También limita con Roque Firmo Leyes, con, Padrón 35729, Receptoría Capital. Hacia el costado norte presenta 30, 14 m., entre los puntos 1-2 limitando con Ana Ostelinda De Lajonquiere De Gayoso. Y Blanca Haydee De Lajonquiere, Padrón 35724, Receptoría Capital. Finalmente, hacia el costado sur tiene 29,91 m., entre los puntos 3-4 colindando con el vecino Ignacio Severiano Orozco, Padrón 862624, Receptoría Capital. Receptoría Capital. NOMENCLATURA CATASTRAL: El inmueble se encuentra registrado bajo los PADRONES 35724 y 35725, ambos de la RECEPTORIA 12-Capital, hoy denominado Juan Martín de Pueyrredón. NOMENCLATURA CATASTRAL DE ORIGEN: El Plano Nº 1/66/25 de Mensura que se acompaña refiere la siguiente Nomenclatura Catastral de Origen: Circunscripción: Ciudad de San Luis. Sección: 3, Manzana 22, Parcela 17- 16, a fin de que comparezcan, constituyan domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse.
San Luis, 14 de MAYO de 2026
C: 1574 $11.000,00 e: 25 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: ROSALES ALVEANO CELESTINO, MORRA NELMA DOMINGA S/ SUCESION AB INTESTATO – EXP 436840/25 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Sr. ALVEANO CELESTINO ROSALES DNI N° 2.967.542 y de Sra. NELMA DOMINGA MORRA DNI N° 6.623.941, bajo apercibimiento de ley.-
Prosecretaría: 05 de Mayo del 2026
C: 1575 $5.500,00 e. y v: 25 May.
Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº ٣, de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Villa Mercedes, San Luis, sito en calle Lavalle ext. Sur S/N, Edificio Ramiro Podetti, a cargo de la DRA. BAEZ LORENA ALEJANDRA - JUEZ, Secretaria DRA. LUCERO MARIA DE LAS MERCEDES, en autos: EXP 393443/22 “AGÜERO MAXIMILIANO JOAQUIN S/ SUPRESION DE APELLIDO PATERNO” por iniciado trámite tendiente a obtener supresión de apellido paterno del adolescente MAXIMILIANO JOAQUIN AGUERO, DNI Nº 48.353.237, argentino, con domicilio real en Libertad Nº 887, de esta ciudad. PUBLIQUENSE edictos en el boletín oficial, una vez por mes en el plazo de dos meses, conforme lo dispuesto por el Art. 70 del C.C.y C (...)- Dra. BAEZ LORENA ALEJANDRA - JUEZ.
Villa Mercedes, San Luis, doce de mayo de dos mil veintiséis
C: 1576 SPP e. y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٢ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. GEREMIAS PABLO FEREZ, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 433910/25 “BALLARIN MAURICIO IVAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. BALLARIN MAURICIO IVAN, DNI N° 25.471.313.-
Villa Mercedes, San Luis, 5 de Mayo de 2026
C: 1577 $5.500,00 e. y v: 25 May.
Juzgado de Familia, Niñez, Adolescencia y Violencia Nº 1, de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de Villa Mercedes, San Luis, sito en calle Lavalle ext. Sur S/N, Edificio Ramiro Podetti, a cargo de la DRA. MARIANA SORONDO OVANDO- JUEZ/A, secretaria civil, en autos: EXP 440877/25 “CABRERA SANTINO NICOLAS S/ RECTIFICACION ACTA NACIMIENTO” Por iniciado trámite tendiente a obtener la RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO (apellido CABRERA por VISCAY), la que tramitará bajo las normas del proceso URGENTE (Art. 5 inc 3 del CPFN y A) (...) Publíquese el pedido de rectificación de Acta del niño CABRERA SANTINO NICOLÁS, con DNI Nº 55.844.726, domicilio sito en barrio 640 viviendas, manzana 2346, casa 2, ciudad, mediante edictos en el boletín oficial, una vez por mes eh el plazo de dos meses, conforme lo dispuesto por el Art. 70 del C.C.y C., en las formas y términos establecido en los art. 145, 146, 147 y 343 del C.P.C.C. Quedando la confección y el diligenciamiento a cargo de la parte interesada, previo control y firma por el Área de Comunicaciones de la OGU.- ( ... )- Dra. MARIANA SORONDO OVANDO JUEZ/A
Villa Mercedes, San Luis, 5 de marzo de 2026
C: 1578 SPP e. y v: 25 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2, de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Santa Rosa del Conlara, Provincia de San Luis, a cargo del Juez Provisorio Dr. Javier Alejandro Corigliano y Secretaría del Autorizante, autos: “NOBILE, CARLOS SAMUEL C/ BRANILOVAS VERBICKAS, NAVARRO EDUARDO S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA (Expte. Nº 432633/25), hace saber que Carlos Samuel Nobile ha promovido Juicio Posesión Veinteañal respecto del inmueble sito en Av. José Mercau esquina calle Mercurio, Partido Merlo, Departamento Junín, Provincia de San Luis, el que según plano de mensura Nº 6-218-24 aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “11”; siendo sus medidas y linderos: al NORTE: Germinal Pardo (Padrón 343965 - Receptoría Merlo); al SUR: calle Mercurio (tierra); al SUROESTE: calle Mercurio y calle Sagitario; al ESTE: Omar Luis Schiavo (Padrón 343963 - Receptoría Merlo); y al OESTE: calle Sagitario (tierra); todo lo que encierra una superficie total de OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (842,00 M2). Cita y emplaza por quince días a Branilovas Verbickas y Navarro Eduardo y/o quienes acrediten ser propietarios y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio para que contesten demanda y comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de Ley.
Santa Rosa del Conlara, 26 de marzo de 2026
C: 1579 $11.000,00 e: 25 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° ٢, de la Tercera Circunscripción Judicial con asiento en Santa Rosa del Contara, Provincia, de San Luis, a cargo del Juez Provisorio Dr. Javier Alejandro Corigliano y Secretaría del Autorizante, autos: “NOBILE, CARLOS SAMUEL C/ SCHIAVO, OMAR LUIS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP 432632/25, hace saber que Carlos Samuel Nobile ha promovido·Juicio Posesión Veinteañal respecto del inmueble sito en Av. José Mercau esquina calle Mercurio, Partido Merlo, Departamento Junin, Provincia de San Luis, el que según plano de mensura Nº 6-213-24 aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, identificado como Parcela “10”; siendo sus medidas .y linderos: al NORTE: Salgado Melanie (Padrón 347743 - Receptoría Merlo); al SUR: calle Mercurio (tierra); al SURESTE: Av. José A. Mercau y calle Mercurio; al ESTE: Av. José A. Mercau (pavimentado); y al OESTE: Verbickas Branislovas - Navarro Eduardo (Padrón 343964 - Receptoría Merlo); todo lo que encierra una superficie total de NOVECIENTOS SETENTA y TRES METROS CUADRADOS, CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (973,59 M2). Cita y emplaza por quince días a Omar Luis Schiavo y/o quienes acrediten ser propietarios y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto del juicio para que contesten demanda y comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de Ley.
Santa Rosa del Conlara, 26 de marzo de 2026
C: 1580 $11.000,00 e: 25 y v: 27 May.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Geraldina Inés IBAÑEZ, Secretaría a cargo de la autorizante, en autos caratulados: “VELASCO JUAN CARLOS S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”- EXP 403793/23, cita y emplaza por el término de QUINCE (15) DÍAS dos veces en intervalos regulares de TREINTA (30) DÍAS entre una publicación y otra, por DOS DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en el diario de mayor circulación en la provincia (arts. 911, última parte y 912 del C.P.C) a los demandados con domicilio ignorado y toda persona que se considere y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN con derecho al inmueble ubicado en Rivadavia 648, local interno 3, acceso Peatonal a calle Rivadavia, ciudad de San Luis, Provincia de San Luis; Departamento: Juan Martin de Pueyrredón, Partido: La Capital, Padrón Nº 35.845, Inscripción de Dominio T° 74 (Ley 3236) de Capital, F° 79 – N° 22782, Receptoría: Capital, correspondiente al Plano Nº 1/384/22, confeccionado por el Agrimensor Guillermo Daniel Aguado, Parcela “108” constante de una superficie de OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCO DECIMETROS CUADRADOS (81,05 M2), bajo apercibimiento de designar al Sr. Defensor de Ausentes para que los represente, en caso de incomparecencia.(art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).-La resolución judicial que ordena esta medida corresponde a la actuación digital G1IO1424775616/24B de fecha 26 abril octubre de 2024.
San Luis, 01 de Julio de 2025
C: 1581 $11.000,00 e: 25 y v: 27 May.
MINAS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE MINERÍA DE SAN LUIS
EDICTO DE CANTERA:
La Autoridad Minera de la Provincia de San Luis hace saber que, por tres veces en quince días, llamando por un plazo de veinte días desde la última publicación a quienes se consideran con derecho a deducir oposiciones en el expediente digital caratulado DENUNCIO CANTERA “EL CHOSME I” - CESAR DANIEL MARTINEZ PALACIO, EXD Nº 12190911/25. a nombre de Cesar Daniel Martínez Palacio DNI N° 36.943.906, ubicada en Partido Chosme, Departamento Juan Martin de Pueyrredón de esta provincia de San Luis; ubicación: COORDENADAS (GAUSS-KRUGGER 94): Y X 1.3423247,6311112 2.3423247,6311112 3.3423023,6311210 4.3422757,6311187 5.3422715,6311579 6.3422393,6311850 7.3422337,6311677 8.3422538,6311405 9.3422603,6311028 10.3422902,631099111.3423042,6311033 12.3423185,6310977. DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA. ES COPIA PARA PUBLICAR. A CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS. -
AGUSTÍN RICARDO CLOSA
Escribano de Minas
C: 1366 $16.500,00 Pub: 11, 18 y 25 May.
