ADMINISTRATIVAS
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTE
DECRETO Nº 2431-SGG-SD-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3061063/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1663032/26, obra nota del señor CARLOS ANDRES TELLO, D.N.I. Nº 27.360.515, por la cual solicita apoyo económico para solventar los gastos que demandará la organización de un evento boxístico de relevancia regional, en el cual se disputará un título regional para la boxeadora puntana Micaela Luján, a realizarse en el Palacio de los Deportes “José María Gatica” de la ciudad de Villa Mercedes;
Que en act. ACTPAS 1663037/26, obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que en act. ACTPAS 1663057/26 obra conformidad de la señora Secretaria de Estado de Deporte;
Que en act. PREV 11332058/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 ($15.000.000,00);
Que en act. DICTAM 179757/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 966519/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del subsidio solicitado, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo ante la Contaduría General, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168471/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar al señor CARLOS ANDRES TELLO, D.N.I. Nº 27.360.515, un subsidio con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, por la suma de PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 ($15.000.000,00), que será destinado para solventar los gastos que demandará la organización de un evento boxístico de relevancia regional, en el cual se disputará un título regional para la boxeadora puntana Micaela Luján, a realizarse en el Palacio de los Deportes “José María Gatica” de la ciudad de Villa Mercedes.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 5 1 4 $15.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al señor CARLOS ANDRES TELLO.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2432-SGG-SD-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3051258/26 por el cual la Secretaría de Estado de Deporte tramita Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1664693/26 obra Contrato de Servicios suscripto con fecha 10 de marzo de 2026;
Que en acts. DOCEXT 1662534/26, DOCEXT 1662538/26 y DOCEXT 1664692/26, obra documentación necesaria para contratar con el Estado Provincia de San Luis;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11330535/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.600.000,00);
Que en act. DICTAM 179751/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 966312/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 168504/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto con fecha 10 de marzo de 2026, obrante en act. DOCEXT 1664693/26, del EXD-0-3051258/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 01 00 03 1-01 3 4 9 $3.600.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2433-SGG-SD-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2240142/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1657983/26, obra nota del CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO, por la cual solicita apoyo económico para solventar los gastos que demanda su participación en el Torneo Federal A, temporada 2026;
Que en act. DOCEXT 1662496/26, obra Convenio de Colaboración, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte, y el CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO, representado por el señor ERNESTO MARCELO LOPEZ, D.N.I. Nº 24.230.851, en su carácter de presidente, por la otra;
Que la Cláusula Primera del Convenio de Colaboración establece los compromisos asumidos por el CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO;
Que la Cláusula Segunda del Convenio de Colaboración establece que el Gobierno de la Provincia de San Luis, se compromete a entregar al CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO, un aporte económico por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($276.150.000,00), que serán abonados en cuatro (4) cuotas mensuales de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($69.037.500,00) cada una, durante el periodo 2026, debiendo el CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO rendir cuenta documentada del destino de cada cuota ante Contaduría General de la Provincia;
Que en act. PREV 11314182/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($276.150.000,00);
Que en act. DICTAM 179688/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 963380/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 168079/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art.2º.- Homologar el Convenio de Colaboración, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte, y el CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO, representado por el señor ERNESTO MARCELO LOPEZ, D.N.I. Nº 24.230.851, en su carácter de presidente, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1662496/26 del EXD-0-2240142/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 5 1 7 $276.150.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y al CLUB ATLETICO JUVENTUD UNIDA UNIVERSITARIO.-
Art. 6 º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2434-SGG-SD-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2230806/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1657769/26 obra nota de la Dirección de Deporte Comunitario, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores MAURO MATIAS CAMPAGNA, D.N.I. Nº 35.876.812, JESICA CAROLINA DIAZ, D.N.I. Nº 32.646.543 y DOMINGO MARCELO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 27.606.708, quienes se desempeñarán como profesores de personas mayores, de personas con discapacidad, del Plan de Atletismo, atletismo adaptado, colaborando además en eventos deportivos, en el Programa Grandes Amigos y organizando todos los encuentros recreativos en el marco de las Olimpiadas del Empleado Público Edición 2026;
Que en acts. DOCEXT 1657768/26, DOCEXT 1657806/26 y DOCEXT 1662503/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores MAURO MATIAS CAMPAGNA, D.N.I. Nº 35.876.812, JESICA CAROLINA DIAZ, D.N.I. Nº 32.646.543 y DOMINGO MARCELO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 27.606.708, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1662505/26, DOCEXT 1662506/26 y DOCEXT 1662509/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir de su homologación por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial y hasta el 31 de mayo de 2026;
Que en act. PREV 11318103/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 45/100 ($3.215.492,45);
Que en act. DICTAM 179695/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 964332/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 168169/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores MAURO MATIAS CAMPAGNA, D.N.I. Nº 35.876.812, JESICA CAROLINA DIAZ, D.N.I. Nº 32.646.543 y DOMINGO MARCELO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 27.606.708, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1662505/26, DOCEXT 1662506/26 y DOCEXT 1662509/26, respectivamente, del EXD-0-2230806/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 01 1-01 3 4 9 $3.215.492,45
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Comunitario y a los interesados.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2435-SGG-SD-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2110742/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1655389/26 obra nota de la Dirección de Deporte Comunitario, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores LUCAS MARTIN CASINI, D.N.I. Nº 37.505.834, GUIDO FABIO FALFAN, D.N.I. Nº 20.953.036, ALAN EMANUEL FERNANDEZ, D.N.I. Nº 40.485.084, ALICIA YANINA OROZCO, D.N.I. Nº 35.470.193, RAUL AGUSTIN PONCE, D.N.I. Nº 39.394.174, ELIANA MARIA LUZ PUEBLA, D.N.I. Nº 36.840.526, PABLO EZEQUIEL SOSA, D.N.I. Nº 40.937.625 y HECTOR GUSTAVO VICENTE, D.N.I. Nº 23.199.973, quienes se desempeñarán realizando el dictado de clases a personas con discapacidad en distintos predios deportivos del territorio provincial;
Que en acts. DOCEXT 1655388/26, DOCEXT 1656749/26, ACTPAS 1656782/26 y DOCEXT 1661629/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores LUCAS MARTIN CASINI, D.N.I. Nº 37.505.834, GUIDO FABIO FALFAN, D.N.I. Nº 20.953.036, ALAN EMANUEL FERNANDEZ, D.N.I. Nº 40.485.084, ALICIA YANINA OROZCO, D.N.I. Nº 35.470.193, RAUL AGUSTIN PONCE, D.N.I. Nº 39.394.174, ELIANA MARIA LUZ PUEBLA, D.N.I. Nº 36.840.526, PABLO EZEQUIEL SOSA, D.N.I. Nº 40.937.625 y HECTOR GUSTAVO VICENTE, D.N.I. Nº 23.199.973, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1661636/26, DOCEXT 1661637/26, DOCEXT 1661640/26, DOCEXT 1661645/26, DOCEXT 1661646/26, DOCEXT 1661649/26, DOCEXT 1661651/26 y DOCEXT 1661661/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir de su homologación por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial y hasta el 31 de mayo de 2026;
Que en act. PREV 11309294/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma total de PESOS OCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 00/100 ($8.798.328,00);
Que en act. DICTAM 179671/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 962629/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 167943/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores LUCAS MARTIN CASINI, D.N.I. Nº 37.505.834, GUIDO FABIO FALFAN, D.N.I. Nº 20.953.036, ALAN EMANUEL FERNANDEZ, D.N.I. Nº 40.485.084, ALICIA YANINA OROZCO, D.N.I. Nº 35.470.193, RAUL AGUSTIN PONCE, D.N.I. Nº 39.394.174, ELIANA MARIA LUZ PUEBLA, D.N.I. Nº 36.840.526, PABLO EZEQUIEL SOSA, D.N.I. Nº 40.937.625 y HECTOR GUSTAVO VICENTE, D.N.I. Nº 23.199.973, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 1661636/26, DOCEXT 1661637/26, DOCEXT 1661640/26, DOCEXT 1661645/26, DOCEXT 1661646/26, DOCEXT 1661649/26, DOCEXT 1661651/26 y DOCEXT 1661661/26, respectivamente, del EXD-0-2110742/26.-
Art. 3º.- Exceptuar de lo dispuesto en el Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784- MHP-2009, al señor GUIDO FABIO FALFAN, D.N.I. Nº 20.953.036.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 01 1-01 3 4 9 $8.798.328,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Comunitario y a los interesados.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2436-SGG-SD-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2260705/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 527100/26 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor MARIO ANIBAL NUNES, D.N.I. Nº 16.511.426, quien realizará tareas de mantenimiento general en la Villa Deportiva;
Que en acts DOCEXT 527103/26, DOCEXT 1660418/26 y DOCEXT 1662480/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor MARIO ANIBAL NUNES, D.N.I. Nº 16.511.426, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1662481/26;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026;
Que en act. PREV 11325496/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICTAM 179709/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 964654/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 168221/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor MARIO ANIBAL NUNES, D.N.I. Nº 16.511.426, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1662481/26, del EXD-0-2260705/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA Y CONTROL DE GESTIÓN
DECRETO N° 2451-MG-SEPyCG-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2250633/26 por el que se tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal de la Secretaria de Estado de Ética Pública y Control de Gestión; y,
CONSIDERANDO:
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia de los contratos aludidos, según lo dispuesto por Decreto N° 23067-MG-SEPyCG-2025;
Que en act. NOTAMP 965266/26, obra nota del Director de Parque Automotor, solicitando la prórroga del personal contratado dependiente de su Dirección;
Que en act. NOTAMP 963429/26, obra nota de la Directora de Sumarios Administrativos, solicitando la prórroga del personal contratado dependiente de su Dirección;
Que se hace necesario y es propósito disponer la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, por el período 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Art.1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, de los siguientes agentes de la Secretaría de Estado de Ética Pública y Control de Gestión:
|
Álvarez Mayra Daiana |
35.475.042 |
|
Arancibia Martín Ernesto |
23.202.123 |
|
Araniz Sergio Andrés |
29.232.267 |
|
Ayala Benítez Eliana Gabriela |
38.752.540 |
|
Castro Ciro Esteban |
17.911.453 |
|
Chacon Roberto Armando |
20.414.789 |
|
Fagiano Luisina |
32.680.552 |
|
Gil Juan De Dios |
29.232.313 |
|
Gil Ledezma Natalia Paola |
31.542.685 |
|
Jofre Vidal Mariel Noemí |
33.133.455 |
|
López Julio Ricardo |
31.433.683 |
|
Morcon Lucero Carlos Alberto |
21.526.922 |
|
Ojeda Daniel Isaac |
22.483.259 |
|
Ojeda Quiroga Cynthia Melanie |
33.089.843 |
|
Ortega Cristian Antonio |
25.565.996 |
|
Quiroga Victor Hugo |
27.932.562 |
|
Quiroga Maria Esther |
23.202.629 |
|
Vega Muñoz Fernando Gabriel |
39.092.577 |
|
Vicencio Agüero Kevin Andrés |
42.278.113 |
Art. 2º.- Imputar el gasto a las respectivas partidas del presupuesto vigente año 2026. -
Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Capital Humano, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Ética Pública y Control de Gestión, el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Ricardo Juan Andre Bazla
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 2452-MDH-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1140411/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 389705/26 obra solicitud de la Dirección Infraestructura Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano para la adquisición de áridos para completar los materiales de construcción de la primera etapa de 400 módulos habitaciones destinados a los beneficiarios para el Programa de Autoconstrucción bajo el Plan “Tenemos Futuro”;
Que la magnitud de la demanda habitacional verificada en el marco del reciente plan de gobierno “Tenemos Futuro”, actualmente vigente, tornan oportuno disponer la adquisición inmediata de los materiales de construcción para atender tal necesidad. Con ello se dará respuesta urgente a la comunidad requirente y contribuirá a la reducción del déficit habitacional que afecta principalmente a las familias más vulnerables de esta provincia;
Que ante la Declaración de Emergencia Habitacional a través de la Ley Nº V-1165-2025 donde se crea la Secretaria de Estado Política Habitacional bajo la dependencia administrativa del Ministerio de Desarrollo Humano, determinando entre sus competencias atender las soluciones habitacionales;
Que una de las líneas dentro de las soluciones Habitacionales consistirá en el otorgamiento de materiales para construcción de módulos habitacionales que estarán a cargo de la Dirección Infraestructura Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, según lo previsto en los Arts. 7º, 8º y 10 de la Ley Nº V-1165-2025;
Que en act. DOCEXT 389927/26 obra Solicitud de Gastos, para la adquisición de áridos para completar materiales de construcción señalado precedentemente;
Que en act. DOCEXT 389931/26 obran invitaciones a cotizar cursadas a las Empresas: VIAL MINERA S.A., TRANSMASCH S.A., LA GRUTA S.A.S, LEMMME Y ASOC. S.A.S. y ARENERA EL CHORRILLO S.R.L.;
Que en act. DOCEXT 392430/26 obra informe de evaluación de ofertas presentadas en la Compulsa de Precios por las siguientes empresas oferentes: VIAL MINERA S.A. CUIT Nº 30-60559777-3, TRANSMASCH S.A.S. CUIT Nº 30-71746758-9, LA GRUTA S.A.S. CUIT Nº 30-60201425-4, LEMMME Y ASOC. S.A.S. CUIT Nº 30-71751610-5 y ARENERA EL CHORRILLO S.R.L. CUIT Nº 30-70861850-7, conforme surge de acts. DOCEXT 391502/26, DOCEXT 391503/26, DOCEXT 391504/26, DOCEXT 391580/26, y DOCEXT 392285/26;
Que en act. DOCEXT 392288/26, obra Informe de Pre-Adjudicación por Proveedor de la Compulsa de Precios, del cual surge la conveniencia de adjudicar a la Empresas: LEMMME Y ASOC. S.A.S. CUIT Nº 30-71751610-5, que cotiza por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CON 00/100 ($164.524.000,00), por los Ítems 1, 2 y 3, según oferta obrante en act. DOCEXT 391580/26;
Que en act. PREV 11307617/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS CIENTO NOVENTA MILLONES CON 00/100 ($190.000.000,00) y en act. PREV 11328756/26, ajuste negativo por la suma de PESOS VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CON 00/100 ($25.476.000,00);
Que en act. DICTAM 102249/26, interviene la Asesoría Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 966361/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo encuadrando el caso en las disposiciones del Art. Nº 10 de la Ley Nº V-1165-2025, solicitando se exceptúe el mismo de lo dispuesto en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168434/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. Nº 10 de la Ley Nº V-1165-2025, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección Infraestructura Social dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, en la Compulsa de Precios para contratar la adquisición de áridos para completar los materiales de construcción de la primera etapa de 400 módulos habitaciones destinados a los beneficiarios para el Programa de Autoconstrucción bajo el Plan “Tenemos Futuro”.-
Art. 3º.- Adjudicar la Compulsa de Precios efectuada para la adquisición de áridos aprobada en el Art. 2º a la Empresa LEMMME Y ASOC. S.A.S. CUIT Nº 30-71751610-5, por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CON 00/100 ($164.524.000,00), por los Ítems 1, 2 y 3, según oferta obrante en act. DOCEXT 391580/26.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 16 16 25 01 1-01 2 8 4 $164.524.000,00
Art. 5º.- Incluir en la Programación Financiera del mes en curso la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 16 16 25 01 1-01 2 8 4 $164.524.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y a la Dirección Infraestructura Social, quien notificará al oferente.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2453-MDH-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3020158/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 964045/26, obra nota de la Dirección de Inclusión Laboral, solicitando aprobación del Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “VIAPSI SALUD S. A. S.” CUIT: 30-71864193-0, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral a la beneficiaria de Inclusión Social la Sra. ZANGLA MARADONA ZAIDA ISABEL DNI Nº 39.137.148;
Que en act. DOCEXT 152249/26, obra Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “VIAPSI SALUD S. A. S.” CUIT: 30-71864193-0;
Que en act. NOTAMP 391532/26, obra copia del Decreto Nº 1139-MDH-2024, por el cual se aprueba el modelo de Convenio de Fomento de Empleo Privado, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social;
Que en act. PREV 11326204/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($4.580.000,00) para afrontar el gasto;
Que en act. PREVFT 11326205/26, obra imputación preventiva ejercicio futuro año 2027 por la suma de PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL CON 00/100 ($3.910.000,00) y año 2028 por la suma de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA MIL CON 00/100 ($460.000,00);
Que en act. DICTAM 102229/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 965801/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en lo dispuesto en el Art. 24º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168368/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado encuadrando tal proceder en lo normado por los Arts. 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrando el presente en lo dispuesto en el Art. 24º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “VIAPSI SALUD S. A. S.” CUIT: 30-71864193-0, obrante en act. DOCEXT 152249/26, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social. -
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $4.580.000,00
Art. 4º.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2027 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $3.910.000,00
Art. 5º.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2028 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $460.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Inclusión Laboral.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2454-MDH-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2270045/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 963502/26, obra nota de la Dirección de Inclusión Laboral, solicitando aprobación del Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “MARTINEZ MARIA EUGENIA” CUIT: 27-22852494-3, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral a la beneficiaria de Inclusión Social la Sra. BARROSO KAREN AYELEN DNI Nº 33.943.671;
Que en act. DOCEXT 391168/26, obra Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “MARTINEZ MARIA EUGENIA” CUIT: 27-22852494-3;
Que en act. NOTAMP 963504/26, obra copia del Decreto Nº 1139-MDH-2024, por el cual se aprueba el modelo de Convenio de Fomento de Empleo Privado, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social;
Que en act. PREV 11326197/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS CINCO MILLONES VEINTE MIL CON 00/100 ($5.020.000,00) para afrontar el gasto;
Que en act. PREVFT 11326200/26, obra imputación preventiva ejercicio futuro año 2027 por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($3.680.000,00) y año 2028 por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($230.000,00);
Que en act. DICTAM 102212/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 965402/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en lo dispuesto en el Art. 24º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168326/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado encuentra su encuadre legal en lo normado por los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrando el presente en lo dispuesto en el Art. 24º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “MARTINEZ MARIA EUGENIA” CUIT: 27-22852494-3, obrante en act. DOCEXT 391168/26, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $5.020.000,00
Art. 4º.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2027 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $3.680.000,00
Art. 5º.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2028 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $230.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Inclusión Laboral.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2455-MDH-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050525/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 965521/26, obra nota de la Dirección de Inclusión Laboral, solicitando aprobación del Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “B.G.L.S.A” CUIT: 30-71029444-1, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral a los beneficiarios de Inclusión Social el Sr. ESCUDERO ROQUE NICOLAS DNI Nº 37.090.945, la Sra. LUNA YESICA LORELEI DNI Nº 41.699.293, el Sr. FUNES JOSE OSVALDO DNI Nº 17.698.646, el Sr. BARBOZA VICTOR HECTOR DNI Nº 20.327.935 y el Sr. ALOSI ENZO NICOLAS DNI Nº 41.919.610;
Que en act. DOCEXT 392510/26, obra Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “B.G.L.S.A” CUIT: 30-71029444-1;
Que en act. DOCEXT 392514/26, obra copia del Decreto Nº 1139-MDH-2024, por el cual se aprueba el modelo de Convenio de Fomento de Empleo Privado, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social;
Que en act. PREV 11330335/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES CON 00/100 ($22.000.000,00) para afrontar el gasto;
Que en act. PREVFT 11330342/26, obra imputación preventiva ejercicio futuro año 2027 por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($19.550.000,00) y año 2028 por la suma de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.300.000,00);
Que en act. DICTAM 102274/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 967065/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en lo dispuesto en el Art. 24º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art.1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168682/26, obra dictamen de Fiscalía de Estado encuadrando tal proceder en lo normado por el Art. 24º inc. f) de la Ley Provincial Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público, y en las disposiciones del Decreto Nº 1139- MDH-2024;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrando el presente en lo dispuesto en el Art. 24º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las disposiciones de los artículos 1º, 2º y 3º del Decreto Nº 1139-MDH-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio de Fomento de Empleo Privado con la empresa “B.G.L.S.A” CUIT: 30-71029444-1, obrante en act. DOCEXT 392510/26, que tiene por objeto insertar en el mercado laboral formal a beneficiarios de Inclusión Social. -
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $22.000.000,00
Art. 4º.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2027 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $19.550.000,00
Art. 5º.- Imputar ejercicio futuro Presupuesto 2028 la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 12 19 01 1-01 5 1 9 $2.300.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Inclusión Laboral.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2592-MDH-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2101036/26 por el que se tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal del Ministerio de Desarrollo Humano y organismos de su dependencia; y,
CONSIDERANDO:
Que en fecha 31 de marzo de 2026, vence la vigencia de los contratos aludidos, según lo dispuesto por Decreto Nº 22224-MDH-2025, obrante en act. COPDEC 387962/26;
Que los organismos dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano solicitan la prórroga de los Contratos de Prestación de Servicios del personal a su cargo, mediante notas obrantes en acts. NOTAMP 959222/26, NOTAMP 959223/26, NOTAMP 963387/26, NOTAMP 959226/26, NOTAMP 964641/26, NOTAMP 959229/26, DOCEXT 391079/26, DOCEXT 390751/26, NOTAMP 959233/26, NOTAB 100105501/26, NOTAMP 959238/26, NOTAMP 963818/26, NOTAMP 965706/26 y NOTAMP 959241/26 respectivamente;
Que en acts. NOTAMP 964646/26 y NOTAMP 964739/26, obran renuncias presentadas por las agentes: SILVESTRELLI REGINA, D.N.I. Nº 34.815.715, Categoría C, a partir del 31 de marzo de 2026 y CARVELLI MARIA PIA, D.N.I. Nº 38.750.878, Categoría C, a partir del 04 de marzo de 2026, de la Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia;
Que en acts. NOTAMP 963387/26, NOTAMP 965706/26 y NOTAB 100105501/26, las dependencias: Despacho, Dirección Barrios Populares y Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad, solicitan reubicación de agentes;
Que se hace necesario y es propósito disponer la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, desde el 1 de abril y hasta 30 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 1 de abril y hasta 30 de junio del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, de los siguientes agentes y en las dependencias del Ministerio de Desarrollo Humano que en cada caso se indican:
|
DESPACHO: |
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
|
DOMINGUEZ BARCIA VERONICA EVELYN |
32.915.858 |
|
DONAIRE GABRIELA VICTORIA |
30.840.111 |
|
CEPEDA HUGO ROBERTO |
21.166.119 |
|
VILLARRUEL ROXANA EMILCE |
30.157.148 |
|
ASESORIA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
|
BECERRA ROCIO AYELEN |
36.046.342 |
|
DIRECCION DE PRIMERA INFANCIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
|
MOREIRA PATRICIA EDITH |
17.124.718 |
|
QUIROGA GISELA DANIELA |
32.039.125 |
|
SANCHEZ MARY ISABEL |
17.123.061 |
|
MUÑOZ ROSA LILIANA |
21.041.785 |
|
VELAZQUEZ JUANA ANDREA |
27.220.217 |
|
VELAZQUEZ MARIANA YAMILA |
31.518.319 |
|
ALCARAZ CAMILA ABIGAIL |
44.020.423 |
|
ANTE MARIA VITALINA |
29.835.175 |
|
CARRIZO INES ALEJANDRA |
26.192.322 |
|
MUSCIACCHIO GRISELDA ELIZABET |
30.478.361 |
|
AGÜERO VERONICA VALERIA |
27.074.407 |
|
BALLESTERO, GISEL NADIN |
35.767.134 |
|
BONIAKOWSKI, YESSICA NANCY |
28.838.256 |
|
CALDERÓN, CINTIA EVELIN |
34.699.455 |
|
CASAMAYOU AVALLE, LORENA MARGARITA |
18.880.379 |
|
FERNÁNDEZ, MARIANELA DEL ROSARIO |
37.296.270 |
|
LEYES, SILVINA SOLEDAD |
39.137.427 |
|
MEDERO, ZAIDA ABIGAIL |
41.221.832 |
|
MOLINA, SILVANA MARÍA |
34.877.672 |
|
MUÑOZ GUERRERO, JENNIE ISABEL |
39.796.668 |
|
PALENCIA, LETICIA ELIZABETH |
28.456.777 |
|
PÉREZ, GABRIELA RUTH |
27.682.754 |
|
ROTELLI, CARLA FERNANDA |
37.723.951 |
|
SOSA, JACQUELINE ALEXANDRA |
33.428.477 |
|
SOSA, MARÍA ESTHER |
28.491.434 |
|
VEGA, YESICA PAOLA |
33.412.197 |
|
VELIZ, ÉRICA NATALIA |
30.007.358 |
|
VIDELA, JENNY ALEXANDRA |
26.450.729 |
|
BOLIBO RETAMALES, ANTONELA BELÉN |
39.395.092 |
|
GENEBRO, ANA LAURA |
41.297.670 |
|
GIANTOMASSI, ÁNGELA MILAGROS |
42.632.139 |
|
MUÑOZ, BRENDA LILIANA |
42.195.204 |
|
VOGT, YAMILA MACARENA |
33.653.169 |
|
BAZÁN, CLAUDIA MARIBEL |
39.023.613 |
|
OZAN, ORIANA VALENTINA |
42.278.832 |
|
VARGAS, JULIETA ROXANA |
38.219.994 |
|
BARRIOS SOSA, DAIRA MARINA |
34.921.541 |
|
BENUZZI, RITA VIVIANA |
21.739.072 |
|
ARRIOLA NATALIA ELISABET GUADALUPE |
28.524.981 |
|
CUELLO VILLEGAS, MARÍA BELÉN |
37.296.058 |
|
FERNÁNDEZ BLANCO BECERRA, MARÍA BEATRIZ |
33.539.152 |
|
FERNÁNDEZ, VALERIA SOLEDAD |
28.926.139 |
|
GARRO, CARLOS ROBERTO |
31.047.903 |
|
GOLBERG BALDA, CARLA ANDREA |
92.901.938 |
|
GONZÁLEZ THOMAS, MARÍA BERNARDITA |
44.953.337 |
|
HUETAGOYENA, ROMINA FABIANA |
31.092.976 |
|
MARÍN, FLAVIA ELSA ALBERTA |
36.136.502 |
|
LOBOS, ROSANA PATRICIA |
22.585.009 |
|
MEDUS, IRMA ADELA |
26.529.975 |
|
NIMIS, MARÍA LORENA |
29.263.916 |
|
NOCERA ESCUDERO, FERNANDO JOSÉ |
34.182.872 |
|
REGGIO, YESICA ANALÍA |
33.578.905 |
|
VÍLCHEZ, MACARENA LIZ |
39.384.069 |
|
DEVIA ARCE, LUCAS MANUEL |
34.104.645 |
|
BURGOA, JUAN ALBERTO |
33.800.971 |
|
BUSTO, MAIRA YANINA |
39.395.572 |
|
CHAVERO, LUCIANA MARIEL |
33.157.997 |
|
CUELLO, NANCY VANESA |
33.622.956 |
|
GARAY, EUGENIA CLARIBEL |
42.981.261 |
|
RODRÍGUEZ, ÉRICA MABEL |
39.394.937 |
|
SÁNCHEZ, JULIETA GRISELDA |
44.164.195 |
|
AMAYA, ROMINA GISELA |
32.748.357 |
|
SOSA, DORA LAURA |
36.927.104 |
|
RUIZ RIVERO, LUCIANA JUDITH |
34.421.763 |
|
DOMINGUEZ SABRINA ELINA |
29.960.067 |
|
JOFRE ANTONIA |
16.447.350 |
|
AGÜERO, VIVIANA NOEMÍ |
22.140.456 |
|
DIRECCION DE INCLUSION LABORAL: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
GIMENEZ DESIRE LILIANA |
26.213.603 |
|
DIRECCION EMERGENCIA SOCIAL: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
ORTIZ ARNALDO DARIO |
28.091.296 |
|
LA TORRE LUCIANA BELEN |
29.887.670 |
|
BARROSO MARCELO DANIEL |
21.630.903 |
|
MERCAU MARIA DE LOS ANGELES |
28.091.216 |
|
LUCERO ANALIA |
27.135.766 |
|
FERRUS JUAN ALBERTO |
20.626.249 |
|
DIRECCION DE INCLUSION SOCIAL: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
ALBARRACIN CLAUDIA MARCELA |
22.852.211 |
|
GODOY GABRIELA ALEJANDRA |
22.852.294 |
|
LEDESMA CARINA YUDITH |
21.656.592 |
|
AVILA GUILLERMO GASTON |
30.840.156 |
|
BARROZO GRABIEL ERDULFO |
22.888.030 |
|
BENITEZ EDUARDO ANDRES |
34.699.776 |
|
BUSTOS JUAN CARLOS |
18.279.782 |
|
DAVILA MARIA TERESA |
16.661.176 |
|
EL PACHA OMAR ALDO |
16.839.771 |
|
FERNANDEZ BEATRIZ ALICIA |
17.911.426 |
|
FERNANDEZ MARIO JAVIER |
23.947.334 |
|
GIL SILVINA ISABEL |
28.491.517 |
|
JOFRE SILVESTRE RAUL |
12.550.985 |
|
LUCERO PABLO SEBASTIAN |
27.376.414 |
|
MIRANDA EDGAR SEBASTIAN |
35.104.918 |
|
PEREZ SERGIO DANIEL |
34.715.696 |
|
QUEVEDO SILVIA BEATRIZ |
17.518.635 |
|
SOSA CYNTHIA LORENA |
37.599.882 |
|
SOSA VECCIA GERMAN EDUARDO |
32.161.374 |
|
VELAZQUEZ EDIT PAULA |
16.662.901 |
|
VILLEGAS MARIA SOLEDAD |
26.213.031 |
|
ANDRADA CESAR GABRIEL |
17.851.145 |
|
ESCUDERO GRACIELA |
13.290.656 |
|
LOPEZ MARIA CECILIA |
28.091.822 |
|
PRIVITERA NATALIA SOLEDAD |
25.964.765 |
|
TORRES RENE AMBROSIO |
12.558.277 |
|
LUCERO NANCY NATALIA |
31.799.199 |
|
CASTRO ROSA MONICA |
25.854.165 |
|
ESPINOSA MARIA LORENA |
30.754.660 |
|
CORIA MARIA EDITH |
27.909.967 |
|
CORIA VANESA NATALIA |
30.196.590 |
|
GATICA ROSA ANALIA |
32.039.206 |
|
GONZALEZ MARIELA VANESA |
29.648.353 |
|
OCHOA ADRIANA VANESA |
31.518.003 |
|
STAMPANONI JORGE ANTONIO |
27.790.969 |
|
ODICINO ZAVALA RODRIGUEZ MARIA JOSE |
38.752.263 |
|
AMAYA VALERIA ELIZABETH |
39.138.042 |
|
BAIGORRIA JORGE DANIEL |
23.172.437 |
|
CABAÑEZ CAROLINA ANDREA |
33.670.912 |
|
CARTASEGNA HECTOR BENITO |
23.999.335 |
|
CHAVEZ SANTO DOMINGO |
13.972.671 |
|
CUELLO ALEJANDRO MARCOS |
26.214.752 |
|
FERREYRA MARIO ANTONIO |
23.592.426 |
|
GIL GRACIELA DEL CARMEN |
16.778.612 |
|
HEREDIA SANDRA GRACIELA |
24.526.097 |
|
LUCERO CARLOS JAVIER |
29.205.259 |
|
MOLINA VILMA SANDRA |
18.550.611 |
|
ORELLANO RAMONA AMALIA |
14.497.850 |
|
OVIEDO JUAN CARLOS |
18.428.001 |
|
OVIEDO RAMON ANGEL |
11.757.587 |
|
PERSICO VERONICA MABEL |
23.390.916 |
|
QUIROGA CRISTINA DEL VALLE |
26.173.808 |
|
RODRIGUEZ CAROLINA ELIZABETH |
30.687.663 |
|
SALDAÑA JORGE ALBERTO |
29.724.919 |
|
SOSA CLAUDIO DARIO OSCAR |
24.719.208 |
|
SOSA DORA NOEMI |
29.181.571 |
|
SUAREZ MARIA CRISTINA |
24.590.149 |
|
TORRES JORGE ROBERTO |
17.991.565 |
|
VEGA SILVIA ANDREA |
23.368.857 |
|
GARRO KEVIN DANIEL |
40.320.215 |
|
LAROVERE NERI MARCELO |
35.474.949 |
|
BENITEZ NOELIA BEATRIZ |
29.270.537 |
|
ANDRADA ANDREA VICTORIA |
27.159.082 |
|
HERNANDEZ JAVIER PATRICIO |
23.947.768 |
|
FAVREGA BENITEZ CRISTIAN |
30.345.943 |
|
NASSIVERA ALBERTO RAMON |
11.603.350 |
|
DOMINGUEZ MAXIMILIANO EZEQUIEL |
32.953.120 |
|
CASARES PABLO JOSE SEBASTIAN |
27.933.137 |
|
MOYANO GRACIELA ERNESTINA |
17.442.462 |
|
PEREZ CLAUDIA VANESA |
28.926.279 |
|
DIRECCION INFRAESTRUCTURA SOCIAL: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
AGUILERA JOSE GERARDO |
23.688.315 |
|
SORIA ARNALDO AMERICO |
28.838.743 |
|
AMAYA FERNANDEZ MARIA LORENA |
28.838.448 |
|
ALBSHARA GEORGET |
95.893.568 |
|
AMIEVA JUAN MANUEL |
28.091.678 |
|
BALCALA SALADO HORACIO GASTON |
25.166.406 |
|
BARRERA MARTIN ALEJANDRO |
26.302.482 |
|
BARROSO JOSE HILARIO |
29.887.930 |
|
CABAÑEZ JORGE RUBEN |
28.184.382 |
|
CORNEJO ROMAN |
12.903.294 |
|
ESPINOZA JOSE ANIBAL |
25.854.002 |
|
GARRO MANUEL HORACIO |
20.136.919 |
|
GIL DOMINGO HECTOR |
23.483.799 |
|
HEREDIA ANGELA FANNY |
26.941.788 |
|
HERRERA YAMILA ELIZABETH |
35.475.337 |
|
MARDENLLI GEORGE SHAABO |
19.094.028 |
|
MATTUZ JORGE ALBERTO |
16.323.863 |
|
OJEDA DIOLINDO GUSTAVO |
21.656.579 |
|
ROJAS CARLOS GUSTAVO |
24.099.034 |
|
QUIROGA CARINA SOLEDAD |
26.213.735 |
|
VICTORIA ROMAN MIGUEL |
16.772.890 |
|
FERNANDEZ ADRIANA MARINA |
16.169.406 |
|
DIRECCION INTEGRAL DE LA MUJER, GÉNERO Y DIVERSIDAD: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
BECERRA EMILY TIFANY |
38.749.399 |
|
CASTRO TAMARA ELIZABETH |
31.184.038 |
|
DARUICH MATIAS |
34.884.119 |
|
DIAZ CHEYLA XIOMARA |
35.765.117 |
|
ESCUDERO NAHIARA NAHIR |
33.089.884 |
|
FERNANDEZ GABRIELA |
27.932.640 |
|
FORMENTO EMILY PAULINA |
41.221.896 |
|
FUNES MIRIAM ELIZABETH |
23.245.579 |
|
GATICA SHEYLA NAHIR |
40.484.801 |
|
GIORDANO PAOLA LORENA |
25.166.269 |
|
HABEGGER NOELIA VERONICA |
27.394.136 |
|
IBARRA GABRIELA ALEJANDRA |
42.520.067 |
|
LUCERO LUCIA YASMIN |
36.539.910 |
|
LUCERO SHIRLEY YASMIN |
33.888.110 |
|
OLIVARES LUNA VICTORIA |
35.615.780 |
|
QUIROGA PAMELA DEL ROSARIO |
33.428.426 |
|
SANCHEZ ARIAS ZARA AHITANA |
43.840.229 |
|
TORRES ARACELI NORALI |
39.091.231 |
|
ROCHA LUCIANA VALERIA |
31.845.667 |
|
ROSALES GEMA |
27.931.601 |
|
DIRECCION PERSONAS MAYORES |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
CASTRO JUAN CARLOS |
17.706.514 |
|
FARIAS JUAN CARLOS ALBERTO |
29.707.050 |
|
GOMEZ MARIA CRISTINA |
31.243.593 |
|
HERRERA NORMA BEATRIZ |
16.668.201 |
|
TORRES ALEX EMANUEL |
29.339.647 |
|
CHAVERO IRENE ALBA |
21.957.917 |
|
FLORES ANGELA DEL VALLE |
30.019.461 |
|
GATICA ANDREA ESTHER |
25.281.188 |
|
LUCERO GRACIELA ALEJANDRA |
25.693.890 |
|
LEGUIZAMON GABRIELA NOEMI |
21.630.506 |
|
BENTANCOURT AVELINA |
16.005.957 |
|
DIRECCION SISTEMATIZACION Y GESTION DE RECURSOS |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
CASTRO VIVIANA DEL CARMEN |
24.619.761 |
|
GARRO GUSTAVO IRINEO |
23.254.904 |
|
MENDOZA GERONIMO |
40.842.329 |
|
CARRILLO DEL CERRO JUAN IGNACIO |
43.221.898 |
|
DIRECCION BARRIOS POPULARES |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
|
GIAGNONI MARIA JIMENA |
28.836.137 |
|
MOYANO GUSTAVO JAVIER |
26.828.272 |
Art. 2º.- Aceptar, las renuncias de los agentes de la Dirección Primera Infancia, Niñez, Adolescencia y Familia: SILVESTRELLI REGINA, D.N.I. Nº 34.815.715, Categoría C, a partir del 31 de marzo de 2026 y CARVELLI MARIA PIA, D.N.I. Nº 38.750.878, Categoría C, a partir del 04 de marzo de 2026.-
Art. 3º.- Reubicar, a partir de la fecha del presente Decreto, en las Dependencias que se detallan, a los siguientes agentes:
- DIRECCION DE PRIMERA INFANCIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
DOMINGUEZ BARCIA VERONICA EVELYN, D.N.I. Nº 32.915.858, personal Planta Contratada, Categoría “C” del Escalafón General, de Despacho del Ministerio de Desarrollo Humano.-
- DIRECCION BARRIOS POPULARES
BENITEZ ANDRES EDUARDO, D.N.I. Nº 34.699.176, personal Planta Contratada, Categoría “F” del Escalafón General, de la Dirección Inclusión Social del Ministerio de Desarrollo Humano.-
- HOSPITAL DR. GREGORIO LEVIN DE LA LOC. DE NASCHEL – MINISTERIO DE SALUD
IBARRA GABRIELA ALEJANDRA, D.N.I. Nº 42.520.067, personal Planta Contratada, Categoría “D” del Escalafón General, de la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 4º.- Hacer saber a todos los organismos dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección Recursos Humano, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), y Ministerio de Salud.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, la Señora de Estado de Salud y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA
DECRETO Nº 2456-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3020406/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152481/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor TICIANO EZEQUIEL NUÑEZ, D.N.I. Nº 44.219.225, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: organización, coordinación y desarrollo de talleres de música; capacitación del personal docente; seguimiento de los proyectos que se presenten en dicha disciplina dentro de las actividades programadas para los Intercolegiales Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11330371/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción de duodécimo;
Que en act. DICLEG 48924/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 966818/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168514/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor TICIANO EZEQUIEL NUÑEZ, D.N.I. Nº 44.219.225, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152481/26 del EXD-0000-3020406/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 14 20 01 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, Subdirección Intercolegiales Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2457-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3020554/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152485/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y la señora MARCELA SOLEDAD SILVEYRA, D.N.I. Nº 23.659.253, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: organización, coordinación y desarrollo de talleres artísticos en la Casa de las Culturas; diseño y gestión de nuevos talleres relacionados con el amplio mundo del telar y tejido; dictado de talleres gratuitos que se encomiende y todo lo que se exija al fin de continuar brindando un servicio a la comunidad a través de sus talleres culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11330413/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción de duodécimo;
Que en act. DICLEG 48928/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 966955/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168769/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y la señora MARCELA SOLEDAD SILVEYRA, D.N.I. Nº 23.659.253, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152485/26 del EXD-0000-3020554/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 14 20 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2458-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2260549/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152458/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor CRISTIAN GABRIEL BUSTOS ALVAREZ, D.N.I. Nº 39.396.599, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto el desempeño de las siguientes funciones: gestión administrativa y seguimiento de los proyectos que se presenten en el marco de los Intercolegiales Culturales; diseño web, visual y audiovisual; coordinación y diagramación del material circulante en la página oficial y todo lo que exija la correcta implementación del proyecto Intercolegiales Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11330409/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción de duodécimo;
Que en act. DICLEG 48997/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967869/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168748/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor CRISTIAN GABRIEL BUSTOS ALVAREZ, D.N.I. Nº 39.396.599, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152458/26 del EXD-0000-2260549/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 14 20 01 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, Subdirección Intercolegiales Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2459-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3040903/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152625/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor PEDRO BALTASAR PEREZ, D.N.I. Nº 45.802.487, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: asistencia técnica en la operación de plataformas digitales, supervisión de procesos de transmisión y soporte durante el evento, gestión de incidencias en tiempo real, con capacidad de resolución inmediata, coordinación logística básica vinculada al despliegue de equipos tecnológicos e interacción con proveedores técnicos, productoras y equipos de escenario, control de calidad y seguimiento del flujo de transmisión, en la Dirección de Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11334031/26, obra comprobante de imputación preventiva, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48983/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967176/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168618/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor PEDRO BALTASAR PEREZ, D.N.I. Nº 45.802.487, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152625/26 del EXD-0-3040903/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2460-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3021064/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152487/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor RODRIGO DANIEL PAZ ROCHA, D.N.I. Nº 94.148.593, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: diseño y edición de contenidos audiovisuales; manipulación de material audiovisual grabado para transformarlo en producto acabado y listo para reproducir; producción y postproducción multimedia y medial; uso de herramientas digitales y creación de contenido multimedia a través de soportes fotográficos y todo lo que exija la correcta implementación del proyecto de Intercolegiales Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11330367/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción duodecimal;
Que en act. DICLEG 48931/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 966841/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168521/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor RODRIGO DANIEL PAZ ROCHA, D.N.I. Nº 94.148.593, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152487/26 del EXD-0000-3021064/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 14 20 01 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, Subdirección Intercolegiales Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2461-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3020327/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152479/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y la señora ROCIO VALENTINA GIMENES, D.N.I. Nº 42.142.268, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: diseño y edición de contenidos audiovisuales; manipulación de material audiovisual grabado para transformarlo en producto acabado y listo para reproducir; producción y postproducción multimedia y medial; uso de herramientas digitales, creación de contenido multimedia a través de soportes fotográficos y todo lo que exija la correcta implementación del proyecto de Intercolegiales Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11330373/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción de duodécimo;
Que en act. DICLEG 48946/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 966838/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168538/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y la señora ROCIO VALENTINA GIMENES, D.N.I. Nº 42.142.268, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152479/26 del EXD-0000-3020327/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 14 20 01 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, Subdirección Intercolegiales Culturales y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2462-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3041193/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación del Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152718/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor HECTOR DAMIAN MENDEZ, DNI Nº 29.975.448, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que preste los siguientes servicios en la Casa del Poeta: operación de sonido y/o luces de escenarios; tareas escenotécnicas en general y capacitación y formación en sonido e iluminación;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11334772/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción duodecimal;
Que en act. DICLEG 49025/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura, sin objeciones de orden jurídico que formular;
Que en act. NOTAMP 967916/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168805/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor HECTOR DAMIAN MENDEZ, D.N.I. Nº 29.975.448, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152718/26, del EXD-0-3041193/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2463-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3041170/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152642/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor JONATHAN LEONEL LAUCIERI, D.N.I. Nº 34.715.705, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: operación de sonido y/o luces de escenario; tareas escenotécnicas en general y capacitación y formación en sonido e iluminación en el Centro Cultural Puente Blanco;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11333851/26, obra comprobante de imputación preventiva, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48979/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967187/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168761/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor JONATHAN LEONEL LAUCIERI, D.N.I. Nº 34.715.705, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152642/26 del EXD-0-3041170/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2464-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3040600/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152620/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor EDUARDO ARIEL AMAYA, D.N.I. Nº 23.187.071, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: acomodador, cumpliendo la función los días de eventos en cortar las entradas, acompañar y acomodar a los espectadores en sus respectivos asientos, teniendo un trato cordial con los mismos y con el público en general, debido que es el rostro visible del Teatro; guía: brindando información y acompañando a los grupos de visitantes en su recorrido por las instalaciones del Teatro, explicando durante el transcurso del mismo todas las funciones, en el Cine Teatro San Luis;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11334081/26, obra comprobante de imputación preventiva, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción duodecimal;
Que en act. DICLEG 49004/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967831/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168763/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor EDUARDO ARIEL AMAYA, D.N.I. Nº 23.187.071, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152620/26 del EXD-0-3040600/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2465-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3041199/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152632/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MARIO ANTONIO LOYOLA, D.N.I. Nº 27.437.941, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: técnico de sonido en eventos, conciertos y espectáculos en vivo y producción de eventos, conciertos y espectáculos en vivo, en la Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11333791/26, obra comprobante de imputación preventiva, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48978/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967227/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168688/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MARIO ANTONIO LOYOLA, D.N.I. Nº 27.437.941, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152632/26 del EXD-0-3041199/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2466-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040850/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152656/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MATIAS SEBASTIAN RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 28.838.742, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: operación de sonido y/o luces de escenario; tareas escenotécnicas en general y capacitación y formación en sonido e iluminación;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11333923/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48982/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967179/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168680/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MATIAS SEBASTIAN RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 28.838.742, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152656/26 del EXD-0000-3040850/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2467-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040984/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152640/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor FABIAN ANTONIO VARGAS, D.N.I. Nº 27.253.366, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: operación de sonido y/o luces de escenario; tareas escenotécnicas en general y capacitación y formación en sonido e iluminación;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11333899/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48985/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967181/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168691/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor FABIAN ANTONIO VARGAS, D.N.I. Nº 27.253.366, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152640/26 del EXD-0000-3040984/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2468-MTyC-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3041205/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152627/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MIGUEL ALEJANDRO VILLEGAS, D.N.I. Nº 27.136.021, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones en Cine Teatro San Luis: acomodador, cumpliendo la función los días de eventos en cortar las entradas, acompañar y acomodar a los espectadores en sus respectivos asientos, teniendo un trato cordial con los mismos y con el público en general; Guía, brindando información y acompañando a los grupos de visitantes en su recorrido por las instalaciones del Cine Teatro San Luis;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11333767/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48975/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967248/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168735/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura, JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MIGUEL ALEJANDRO VILLEGAS, D.N.I. Nº 27.136.021, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152627/26 del EXD-0-3041205/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2582-MTyC-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040743/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152658/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y el señor RODRIGO ARIEL ROSALES, D.N.I. N° 37.649.556, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones en el Cine Teatro San Luis: control e inventario; almacenamiento y control del depósito de instrumentos y recepción de todos los elementos y/o productos que comprendan dicho depósito;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11333982/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 49014/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 968282/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168863/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y el señor RODRIGO ARIEL ROSALES, D.N.I. N° 37.649.556, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152658/26 del EXD-0-3040743/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2583-MTyC-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - ANO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040770/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 147892/25, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura, por una parte y el señor FABRICIO JOSE RETAMAL, D.N.I. N° 34.060.163, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen los siguientes servicios en el Centro Cultural Puente Blanco: operación de sonido y/o luces de escenario; tareas escenotécnicas en general y capacitación y formación en sonido e iluminación;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11333959/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 49016/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967852/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168783/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y el señor FABRICIO JOSE RETAMAL, D.N.I. N° 34.060.163, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152654/26 del EXD-0-3040770/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2584-MTyC-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3041158/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152623/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y la señora CELIA ABIGAIL LUGEA, D.N.I. N° 43.728.539, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: dictado de clases de violín; lenguaje musical, teoría, lectoescritura y técnica del instrumento, en la Nave Cultural;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11333889/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48980/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967418/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168798/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y la señora CELIA ABIGAIL LUGEA, D.N.I. N° 43.728.539, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152623/26 del EXD-0-3041158/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2585-MTyC-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040678/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152649/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y el señor LUCAS FACUNDO LARA, D.N.I. N° 40 318.469, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones en el Cine Teatro San Luis: operador de luces de escenario; tareas escenotécnicas en general y capacitación y formación en técnica e iluminación;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11333995/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 49008/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967842/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168781/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y el señor LUCAS FACUNDO LARA, D.N.I. N° 40 318.469, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152649/26 del EXD-0-3040678/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2586-MTyC-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040998/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152635/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y el señor DOUGLAS MATIAS GIL, D.N.I. N° 38.474.366, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: dictado de clases de música con instrumento viola y cuerdas bajas; lenguaje musical, teoría, lectoescritura, técnica del instrumento, comprometiéndose a poner toda su capacidad, conocimiento y experiencia para la ejecución de las mismas de acuerdo a las reglas de la buena técnica;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11333893/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICLEG 48984/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967185/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168694/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y el señor DOUGLAS MATIAS GIL, D.N.I. N° 38.474.366, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152635/26 del EXD-0000-3040998/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2587-MTyC-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2251212/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152455/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y la señora ROSA MATILDE GONZALEZ, D.N.I. N° 13.290.272, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto el desempeño de las siguientes funciones: diseño de herramientas pedagógicas para la creación de productos artísticos y culturales; referente de la región educativa I; acompañamiento a los docentes en la creación de sus producciones artísticas y todo lo que exija la correcta implementación del proyecto de Intercolegiales Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11331388/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción de duodécimo;
Que en act. DICLEG 48919/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 967223/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168773/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y la señora ROSA MATILDE GONZALEZ, D.N.I. N° 13.290.272, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152455/26 del EXD-0000-2251212/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 14 20 01 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, Subdirección Intercolegiales Culturales y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2588-MTyC-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2270325/26, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 152467/26, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y la señora DAYANA BEATRIZ FUNES TORRES, D.N.I. N° 40.319.181, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto el desempeño de las siguientes funciones: organización, coordinación y desarrollo de talleres de folklore argentino; capacitación a personal docente; seguimiento de los proyectos que se presenten en dicha disciplina y todo lo que exija la correcta implementación del proyecto de Intercolegiales Culturales;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11330396/26, obra imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), con excepción de duodécimo;
Que en act. DICLEG 48941/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 966814/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168675/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. N° 31.803.995, por una parte y la señora DAYANA BEATRIZ FUNES TORRES, D.N.I. N° 40.319.181, por la otra, obrante en act. DOCEXT 152467/26 del EXD-0000-2270325/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 14 20 01 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Gestión Cultural e Identidad Sanluiseña, Subdirección Intercolegiales Culturales y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 2469-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11200287/25, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 24340-MdeS-2025, se homologaron los Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada por su Director, C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, por una parte y el personal que cumple funciones en las delegaciones del interior de la mencionada Dirección, por la otra;
Que, en act. HOJAME 928667/26, obra nota de la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), solicitando la modificación de los mencionados contratos;
Que, en act. HOJAME 930495/26, obran Adendas suscriptas oportunamente entre la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada en este acto por su Director, C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, por una parte y el personal que cumple funciones en las delegaciones del interior de la mencionada Dirección, por la otra, con el objeto de modificar la cláusula tercera de los Contratos de Servicios a requerimiento de la Dirección aludida;
Que, en act. PREV 11320335/26, obra ajuste a la imputación preventiva del gasto, con excepción de duodécimo;
Que, en act. NOTAMP 964052/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 965754/26, ha tomado la intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168395/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025,10, en el Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto por el Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar las Adendas a los Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada en este acto por su Director, C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, por una parte y el personal que cumple funciones en las delegaciones del interior de la mencionada Dirección, por la otra, obrantes en act. HOJAME 930398/26, con el objeto de modificar la cláusula tercera de los contratos aludidos, obrantes en act. HOJAME 930495/25 del EXD-0000-11200287/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
3 13 00 01 01 00 00 01 2 01 00 3 4 9 000 $6.685.370,84
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), quien deberá practicar las notificaciones pertinentes.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2470-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1050761/26, por el cual la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis tramita la renovación del Contrato de Servicios de la Dra. FLORES GARRO DAYANA ELIZABETH, D.N.I. Nº 37.639.892, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1502586/26, obra la renovación del contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Sra. Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la Dra. DAYANA ELIZABETH FLORES GARRO, D.N.I. Nº 37.639.892, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como médica en consultorio en el CAPS Pueblo Nuevo, CAPS Maestros Puntanos u otros CAPS dependientes de la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis, a partir del 1 de febrero de 2026 y por el término de SEIS (6) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en acts. PREV 11259844/26, PREV 11259849/26 y PREV 11281365/26 obra imputación preventiva del gasto con sus ajustes correspondientes;
Que, en act. DICLEG 922162/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956353/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166638/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Homologar la renovación del Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la Dra. FLORES GARRO DAYANA ELIZABETH, D.N.I. Nº 37.639.892, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de médica en la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis y/o en los Organismos que lo requieran del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 1502586/26 del EXD-0000-1050761/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $25.200.000,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado .-
Art. 5°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2471-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2040421/26, mediante el cual el Hospital de Merlo eleva renuncia de la señora ANDREA ELIZABETH BAEZ, D.N.I N° 26.427.463, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 4488-MdeS-2020, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora ANDREA ELIZABETH BAEZ, D.N.I. Nº 26.427.463, Personal Contratado, perteneciente al Agrupamiento Técnico (T) Categoría C de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1502915/26, obra telegrama de renuncia presentado por la señora ANDREA ELIZABETH BAEZ, D.N.I N° 26.427.463;
Que, en act. INFORM 432501/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 30 de enero de 2026;
Que, en act. DOCEXT 1507510/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio de la señora ANDREA ELIZABETH BAEZ, D.N.I. Nº 26.427.463, Personal Contratado, perteneciente al Agrupamiento Técnico (T) Categoría C de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 4488-MdeS-2020, a partir del 30 de enero de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Zonas Sanitaria, Zona Sanitaria IV, Hospital de Merlo y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2472-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1160225/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la homologación del Contrato de Servicios del Dr. IGNACIO RUIZ JURI D.N.I. N° 28.654.399, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3704421/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Dr. IGNACIO RUIZ JURI D.N.I. N° 28.654.399, por la otra, quien presta servicios profesionales como médico en el Área de Cirugía Infantil, cumpliendo un mínimo de TRES (3) y un máximo de OCHO (8) guardias mensuales en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de Dirección de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de febrero de 2026 y por el término de SEIS (6) meses;
Que, en acts. PREV 11289417/26 y PREV 11275158/26, obra imputación preventiva del gasto y su ajuste correspondiente, con excepción de duodécimo;
Que, en act. DOCEXT 3699984/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 924862/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957589/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 166906/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Dr. IGNACIO RUIZ JURI D.N.I. N° 28.654.399, por la otra, quien presta servicios profesionales como médico en el Área de Cirugía Infantil, cumpliendo un mínimo de TRES (3) y un máximo de OCHO (8) guardias mensuales en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de Dirección de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3704421/26 del EXD-0000-1160225/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $24.000.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2473-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1230256/26, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, tramita la renuncia de la señora TARASCIO LAURA NOELIA, D.N.I. Nº 29.476.923, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 7067-MdeS-2008, se homologó el Contrato de Servicios de la señora TARASCIO LAURA NOELIA, D.N.I. Nº 29.476.923;
Que, en act. DOCEXT 3704142/26, obra Decreto Nº 211-MdeS-2022, en el cual la señora TARASCIO LAURA NOELIA, D.N.I. Nº 29.476.923, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. DOCEXT 1497430/26, obra nota de renuncia presentada por la señora TARASCIO LAURA NOELIA, D.N.I. Nº 29.476.923, Personal Contratado, Agrupamiento Profesional (P), Categoría E de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 432060/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se procedió a suspender la liquidación de haberes a partir del 01 de marzo de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1653368/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley Nº III-0065-2004 (5554).-
Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora TARASCIO LAURA NOELIA, D.N.I. Nº 29.476.923, homologado por Decreto 7067-MdeS-2008, a partir del 01 de marzo de 2026.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a la Dirección Recursos Humanos quien notificará a la interesada.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2474-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11191099/25, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto N° 24375-MdeS-2025, se homologaron los Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada por su Director, C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, por una parte y el personal que cumple funciones en la Casa Central San Luis de la mencionada Dirección, por la otra;
Que, en act. HOJAME 928692/26, obra nota de la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), solicitando la modificación de los mencionados contratos;
Que, en act. HOJAME 930398/26, obran Adendas suscriptas oportunamente entre la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada en este acto por su Director, C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, por una parte y el personal que cumple funciones en la Casa Central San Luis de la mencionada Dirección, por la otra, con el objeto de modificar la cláusula tercera de los Contratos de Servicios a requerimiento de la Dirección aludida;
Que, en act. PREV 11321101/26, obra ajuste a la imputación preventiva del gasto, con excepción de duodécimo;
Que, en act. NOTAMP 964071/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 965739/26, ha tomado la intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168394/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025,10, en el Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto por el Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar las Adendas a los Contratos de Servicios suscriptos oportunamente entre la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), representada en este acto por su Director, C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244, por una parte y el personal que cumple funciones en la Casa Central San Luis de la mencionada Dirección, por la otra, obrantes en act. HOJAME 930398/26, con el objeto de modificar la cláusula tercera de los contratos aludidos, obrantes en act. HOJAME 916000/25 del EXD-0000-11191099/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
3 13 00 01 01 00 00 01 2 01 00 3 4 2 000 $3.179.171,81
3 13 00 01 01 00 00 01 2 01 00 3 4 6 000 $850.270,79
3 13 00 01 01 00 00 01 2 01 00 3 4 9 000 $17.982.499,69
TOTAL $22.011.942,29
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), quien deberá practicar las notificaciones pertinentes.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2475-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2030017/26, mediante el cual el Hospital de Tilisarao eleva renuncia de la señora JESSICA BELEN SOSA, D.N.I. N° 35.765.685, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 1473-MHP-2018, se homologó el Contrato de Prestación de servicios de la señora JESSICA BELEN SOSA, D.N.I. Nº 35.765.685, Personal Contratado, perteneciente a la Categoría F del Escalafón General;
Que, en act. DOCEXT 3700662/26, obra nota de renuncia presentado por la señora JESSICA BELEN SOSA, D.N.I N° 35.765.685;
Que, en act. INFORM 432503/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 02 de febrero de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1656090/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora JESSICA BELEN SOSA, D.N.I. Nº 35.765.685, Personal Contratado, perteneciente a la Categoría F del Escalafón General, homologado por Decreto Nº 1473-MPH-2018, a partir del 02 de febrero de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Zonas Sanitarias, Zona Sanitaria III, Hospital de Tilisarao y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2476-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11070607/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario BRANDON DANIEL OROZCO, D.N.I Nº 45.800.612, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3644070/25, DOCEXT 3644072/25, DOCEXT 3644077/25, DOCEXT 3644079/25, DOCEXT 3656491/25, DOCEXT 3656494/25, DOCEXT 1477396/25 y DOCEXT 1498139/26, surge que el beneficiario BRANDON DANIEL OROZCO, D.N.I Nº 45.800.612, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11192609/25, obra Solicitud de Gastos Nº 11129/2025;
Que, en act. ACTPRO 11197832/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11200744/25 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11200745/25;
Que, en act. DOCEXT 1498140/26, obra mantenimiento de oferta de la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8;
Que, en act. INFSEC 11200746/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 10346/2025, obrante en act. PROSEC 11200743/25;
Que, en act. PRESEC 11210755/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($3.150.000,00);
Que, en act. PREV 11259661/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 917282/25, ha tomado intervención de su competencia la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957085/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166790/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitados en act. DOCEXT 3656494/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CON 00/100 ($3.150.000,00), de acuerdo a la oferta, mantenimiento de oferta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11200744/25, DOCEXT 1498140/26 y PRESEC 11210755/25 del EXD-0000-11070607/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario BRANDON DANIEL OROZCO, D.N.I Nº 45.800.612, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11210755/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.150.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2477-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12290244/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita el pago a favor de la firma BROKER AIR S.A., C.U.I.T: 30-69228627-4, en concepto de traslado aéreo, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3685227/25, obra Factura B Nº 00002-00000252, por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($27.600.000,00), presentada por la firma BROKER AIR S.A., C.U.I.T: 30-69228627-4, en concepto de traslado aéreo de órganos y equipo de ablación destinado al beneficiario CARMEN NOLBERTO CASTILLO, D.N.I. Nº 17.953.175;
Que, en act. DOCEXT 3710407/26, obra recepción conforme de la Subdirección Incluir Salud, respecto del servicio aéreo entregado por la firma BROKER AIR S.A., C.U.I.T: 30-69228627-4;
Que, en act. DOCEXT 3691114/26, obra intervención de la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11260143/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 921828/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 955082/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166664/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma BROKER AIR S.A., C.U.I.T: 30-69228627-4, por la suma de PESOS VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($27.600.000,00), según Factura B Nº 00002-00000252, obrante en act. DOCEXT 3685227/25, del EXD-0000-12290244/25, en concepto de traslado aéreo de órganos y equipo de ablación destinado al beneficiario CARMEN NOLBERTO CASTILLO, D.N.I. Nº 17.953.175.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $27.600.000,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Incluir Salud, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2478-MdeS-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2030737/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, gestiona el pago a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1502533/26, obra nota del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, mediante la cual se fundamenta lo gestionado;
Que, en act. DOCEXT 1502534/26, obra Factura B N° 00001-00000104, por un monto total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CUATRO CON 40/100 ($5.158.064,40), presentada por la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7, en concepto de servicio de limpieza y desinfección integral de áreas comunes en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, correspondiente al periodo 01 al 20 de enero de 2026;
Que, en act. DOCEXT 1503124/26, obra recepción conforme, respecto de los servicios prestados por la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7;
Que, en act. PREV 11290888/26, obra imputación preventiva del gasto, con excepción de duodécimo;
Que, en act. DOCEXT 3703283/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 925660/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 959749/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que, en act. DICFIS 167471/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Reconocer a favor de la firma COOPERATIVA DE TRABAJO VM RECUBRICKS LIMITADA, C.U.I.T: 30-71811061-7, por la suma total de PESOS CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL SESENTA Y CUATRO CON 40/100 CTVS. ($5.158.064,40), según Factura B N° 00001-00000104, obrante en act. DOCEXT 1502534/26 del EXD- 0000- 2030737/26, concepto de servicio de limpieza y desinfección integral de áreas comunes en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, correspondiente al periodo 01 de enero al 20 de enero de 2026.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 3 5 000 $5.158.064,40
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, quien realizará las notificaciones pertinentes. -
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2562-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12300896/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor del beneficiario OSCAR SANTOS RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 24.033.335, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3685929/25 y DOCEXT 1509933/26, surge que el beneficiario OSCAR SANTOS RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 24.033.335, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento oncológico;
Que, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 23.611, el Estado Nacional implementa mecanismos de provisión de medicamentos oncológicos a través del Banco Nacional de Drogas Antineoplásicas; que, en act. DOCEXT 1520981/26, obra constancia de la solicitud efectuada ante el Banco Nacional de Drogas Oncológicas (Resolución Ministerial Nº 2185/2011), sin que a la fecha se haya obtenido respuesta ni provisión efectiva del medicamento requerido; y que, atento a la urgencia terapéutica acreditada y en garantía del derecho a la salud como derecho humano fundamental, se torna necesario que el Estado Provincial asegure la continuidad del tratamiento mediante la adquisición del fármaco solicitado, otorgándolo en carácter de subsidio en especie;
Que, en act. SOLSEC 11266624/26, obra Solicitud de Gastos Nº 853/2026;
Que, en act. ACTPRO 11267581/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MEDICATION DELIVERY S.A., C.U.I.T: 30-71209481-4, en act. COTZAC 11269049/26, GLOBAL MEDICA S.A., C.U.I.T: 33-71250477-9, en act. COTZAC 11269050/26, COMPAÑÍA DE SERVICIOS FARMACÉUTICOS S.A., C.U.I.T: 30-59766504-7, en act. COTZAC 11269051/26, ARANGURENA PEDRO MARTIN, C.U.I.T: 20-27325860-5, en act. COTZAC 11269052/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11269053/26, DROGUERIA META S.A. C.U.I.T: 30-66183877-5, en act. COTZAC 11269054/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11269055/26, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11269056/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11269057/26, PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11269058/26 y DROMED S.A.S., C.U.I.T: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11269059/26;
Que, en act. INFSEC 11269062/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 359/2026, obrante en act. PROSEC 11269048/26;
Que, en act. PRESEC 11287930/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, los items 1 y 2, por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA CON 00/100 ($19.738.050,00);
Que, en acts. PREV 11262323/26 y PREV 11289757/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 927375/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 962134/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167880/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de los medicamentos solicitados en act. DOCEXT 3685929/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T: 30-53975649-0, los ítems 1 y 2, por la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL CINCUENTA CON 00/100 ($19.738.050,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11269053/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11287930/26 del EXD-0000-12300896/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al OSCAR SANTOS RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 24.033.335, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11287930/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 18 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $19.738.050,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber al Ministerio de Salud de la Nación, Banco Nacional de Drogas Oncológicas, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2563-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11140301/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita la contratación de servicios sociales destinados a sus afiliados, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3671149/25, DOCEXT 3671154/25, DOCEXT 3671155/25 y DOCEXT 1475149/25, surge que los beneficiarios reúnen los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de servicios sociales detallados en act. DOCEXT 1478981/25;
Que, en act. SOLSEC 11220010/25, obra Solicitud de Gastos Nº 312/2026;
Que, en act. ACTPRO 11230901/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: BECK S.A.S., C.U.I.T.: 30-71315640-6, en act. COTZAC 11250298/25, ASISTIR S.A., C.U.I.T.: 33-70817112-9, en act. COTZAC 11250299/25 y SIMONA ROSALES, C.U.I.T.: 27-24975705-0, en act. COTZAC 11250300/25;
Que, en act. INFSEC 11250301/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 205/2026, obrante en act. PROSEC 11250297/25;
Que, en act. DOCEXT 3711971/26, obra mantenimiento de oferta de la firma BECK S.A.S., C.U.I.T.: 30-71315640-6;
Que, en act. PRESEC 11261141/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma BECK S.A.S., C.U.I.T.: 30-71315640-6, los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($387.158.400,00);
Que, en act. PREV 11261195/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 922680/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956136/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166955/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de servicios sociales de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1478981/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud a contratar a la firma BECK S.A.S., C.U.I.T.: 30-71315640-6, los ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12, por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($387.158.400,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11250298/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3711971/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11261141/26 del EXD-0000-11140301/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de los beneficiarios más adelante descriptos, la provisión de servicios sociales detallados en act. DOCEXT 1478981/25.-
|
BENEFICIARIOS |
D.N.I. Nº |
|
ARAYA ALAN EMILIANO |
47.901.770 |
|
BANFFI MARIN MAURO FABIAN |
41.095.919 |
|
FRIA RAMON RAUL |
17.698.767 |
|
MORALES RODRIGO DEL VALLE |
27.953.659 |
|
ALONSO MARIA DEL CARMEN |
31.188.332 |
|
AVILA CARRIZO OSCAR IGNACIO |
37.507.379 |
|
BALMACEDA GONZALO RAMON |
34.677.219 |
|
CASTRO NAHUEL OSVALDO |
34.699.674 |
|
CUELLO MARIA MATILDE DORA |
13.721.350 |
|
ECHENIQUE TATIANA DE LOS ANGELES |
41.683.307 |
|
GOMEZ DARIO NICOLAS |
39.092.000 |
|
GOMEZ FRANCO ALBERTO |
31.047.251 |
|
MOYANO ALEJANDRO DAMIAN |
30.179.327 |
|
MOYANO SERGIO GERMAN |
28.225.185 |
|
NINA PEREZ YANDRI DAYSI |
38.310.904 |
|
SANDRONE CAMILA |
43.597.329 |
|
GONZALEZ JUAN PABLO |
26.467.729 |
|
GUZMAN ALLENDE BRIAN NAHUEL |
39.092.922 |
|
GONZALEZ WALTER ENRIQUE |
20.688.269 |
|
JUAREZ HERRERA NATALIA SOLEDAD |
31.347.097 |
|
PEREZ DEOLINDA OTILIA |
29.305.780 |
|
RIVERO SUSANA RAQUEL |
37.192.516 |
|
RIVERO JULIO ENRIQUE |
24.990.351 |
|
ROJAS JOSE ANTONIO |
16.783.401 |
|
SANCHEZ ROBERTO EMANUEL |
42.239.876 |
|
GODOY ENZO MAXIMILIANO |
39.395.271 |
|
OVIEDO TAMARA SOLEDAD |
38.439.251 |
|
PEDERNERA EMA ROSALIA |
26.668.482 |
|
LEYES RAMON HUGO |
22.744.902 |
|
AVILA LLANOS GONZALO DANIEL |
39.991.528 |
|
CABRERA MARIA BELEN |
47.799.172 |
|
PEDREIRA AGUIRRE JOSE LUIS |
16.995.093 |
|
RUARTE SUAREZ KEYLA ALEXIA |
56.991.293 |
|
MORALES PALMA LISA YOHANA DEL ROSARIO |
40.722.593 |
|
FUENTE NANCY NOEMI |
20.726.948 |
|
VIDELA GALLARDO EMILIANO JESUS |
44.531.386 |
|
VIDELA STELLA MARIBEL |
27.060.651 |
|
REYNOSO ALEXANDER NAIR |
48.270.841 |
|
GARCIA ANALIA BELEN |
39.323.255 |
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $387.158.400,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y a los beneficiarios.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2564-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9180687/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de elemento de tecnología biomédica a favor del beneficiario ROBLEDO AMILCAR SEBASTIAN, D.N.I. Nº 39.395.055, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1425997/25 y DOCEXT 1425999/25, surge que el beneficiario ROBLEDO AMILCAR SEBASTIAN, D.N.I. Nº 39.395.055, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elemento de tecnología biomédica férula para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11063567/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8708/2025;
Que, en act. ACTPRO 11074694/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11088403/25;
Que, en act. INFSEC 11088408/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 8004/2025, obrante en act. PROSEC 11088400/25;
Que, en act. DOCEXT 1515724/26, obra mantenimiento de oferta de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8;
Que, en act. PRESEC 11090304/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($1.390.000,00);
Que, en act. PREV 11261358/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 901524/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;
Que, en act. NOTAMP 954097/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 163413/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elemento de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 1425997/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($1.390.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11088403/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1515724/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11090304/25 del EXD-0000-9180687/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario ROBLEDO AMILCAR SEBASTIAN, D.N.I. Nº 39.395.055, el elemento de tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11090304/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.390.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará al beneficiario y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2565-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10010845/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario ADRIAN ALEJANDRO ARANCIBIA, D.N.I. Nº 23.172.473, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3607739/25, DOCEXT 3624238/25, DOCEXT 1466584/25 y DOCEXT 1492453/26, surge que el beneficiario ADRIAN ALEJANDRO ARANCIBIA, D.N.I. Nº 23.172.473, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11158628/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10226/2025;
Que, en act. ACTPRO 11170610/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11174602/25 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11174603/25;
Que, en act. INFSEC 11174605/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 9881/2025, obrante en act. PROSEC 11174601/25;
Que, en act. DOCEXT 3707735/26, obra mantenimiento de oferta de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8;
Que, en act. PRESEC 11184324/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CIEN CON 00/100 ($3.150.100,00);
Que, en act. PREV 11259517/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 915597/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 954943/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 165441/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 3607739/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL CIEN CON 00/100 ($3.150.100,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11174602/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3707735/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11184324/25 del EXD-0000-10010845/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario ADRIAN ALEJANDRO ARANCIBIA, D.N.I. Nº 23.172.473, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11184324/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.150.100,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2566-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250544/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de silla de baño a favor de la señora VANESA SOLEDAD MORAN, D.N.I. Nº 30.244.061, en representación del beneficiario BAUTISTA GABRIEL DE NONI MORAN, D.N.I. Nº 53.571.701, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3658110/25 y DOCEXT 3658255/25, surge que la señora VANESA SOLEDAD MORAN, D.N.I. Nº 30.244.061, en representación del beneficiario BAUTISTA GABRIEL DE NONI MORAN, D.N.I. Nº 53.571.701, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de silla de baño reclinable para tratamiento neurológico;
Que, en act. SOLSEC 11188200/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10979/2025;
Que, en act. ACTPRO 11194029/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11198249/25 y OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5, en act. COTZAC 11198250/25;
Que, en act. INFSEC 11198251/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 10268/2025, obrante en act. PROSEC 11198248/25;
Que, en act. DOCEXT 3717014/26, obra mantenimiento de oferta de la firma OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5;
Que, en act. PRESEC 11206443/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($1.484.900,00);
Que, en act. PREV 11263179/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 918140/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 955145/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166457/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de silla de baño, solicitada en act. DOCEXT 3658110/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($1.484.900,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11198250/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3717014/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11206443/25 del EXD-0000-11250544/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora VANESA SOLEDAD MORAN, D.N.I. Nº 30.244.061, en representación del beneficiario BAUTISTA GABRIEL DE NONI MORAN, D.N.I. Nº 53.571.701, la silla de baño que se detalla en act. PRESEC 11206443/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.484.900,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y a la representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2567-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11170259/25, por el cual el Programa Sumar+ tramita la homologación del Contrato de Servicios del Dr. GUIDO HIPOLITO ARCE, D.N.I. Nº 20.275.865, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3705842/26, obra el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Sra. Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Dr. GUIDO HIPOLITO ARCE, D.N.I. Nº 20.275.865, por la otra, quien se desempeña como Responsable de Área Cobertura Prestacional en el marco del Programa Sumar+, a partir del 02 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, pudiendo prorrogarse mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11258948/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 914940/25, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. NOTAMP 957886/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 953762/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 167256/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto 08-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Sra. Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Dr. GUIDO HIPOLITO ARCE, D.N.I. Nº 20.275.865, por la otra, quien se desempeña como Responsable de Área Cobertura Prestacional en el marco del Programa Sumar+, obrante en act. DOCEXT 3705842/26 del EXD-0000-11170259/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 31 01 00 00 1 01 00 3 4 9 000 $3.756.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2568-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2020948/26, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis eleva nota de renuncia del señor FRANCO NICOLAS PEDERNERA GODOY, D.N.I. Nº 37.723.873 y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 7946-MdeS-2017, se homologó el contrato de prestación de servicios del señor FRANCO NICOLAS PEDERNERA GODOY, D.N.I. Nº 37.723.873, Personal Contratado, perteneciente al Agrupamiento Profesional (P) Categoría E de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1502114/26, obra nota de renuncia presentada por el señor FRANCO NICOLAS PEDERNERA GODOY, D.N.I Nº 37.723.873;
Que, en act. INFORM 432629/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 02 de marzo de 2026;
Que, en act ACTPAS 1655877/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios del señor FRANCO NICOLAS PEDERNERA GODOY D.N.I Nº 37.723.873, homologado por Decreto Nº 7946-MdeS-2017, a partir del 02 de marzo de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: la Dirección de Atención Primaria de la Salud San Luis y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2569-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10091145/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de lentes de contacto a favor de la beneficiaria TACACHO FLORES, ZAIRA VALENTINA, D.N.I. Nº 70.389.735, representada por su madre, la señora TACACHO OROS, CLARISA VALENTINA, D.N.I. Nº 48.352.711, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1440169/25, DOCEXT 3632005/25 y DOCEXT 3652687/25, que la beneficiaria TACACHO FLORES, ZAIRA VALENTINA, D.N.I. Nº 70.389.735, representada por su madre, la señora TACACHO OROS, CLARISA VALENTINA, D.N.I. Nº 48.352.711, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de lentes de contacto para tratamiento oftalmológico;
Que, en act. DOCEXT 3632008/25, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3641067/25, DOCEXT 3641075/25 y DOCEXT 3641059/25, obran presupuestos de las firmas: OPTICA SIGLO XXI S.R.L., C.U.I.T.: 30-71496310-0, ABALLAY MARCELO ADRIAN, C.U.I.T.: 20-26915030-1 y VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-70939478-5;
Que, en act. DOCEXT 1509667/26, obra mantenimiento de oferta de la firma VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30- 70939478-5;
Que, en act. DOCEXT 3641513/25, obra razonabilidad y justificación del precio a abonar;
Que, en act. DOCEXT 3641567/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30- 70939478-5, por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.400.000,00);
Que, en act. PREV 11268083/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 909614/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 954725/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 164073/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma VISION COLOR S.R.L., C.U.I.T.: 30-70939478-5, por un monto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($1.400.000,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3641059/25, presupuesto actualizado en act DOCEXT 1509667/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3641567/25, del EXD-000-10091145/25.-
Art.3º.- Otorgar en carácter de subsidio en especie a la beneficiaria TACACHO FLORES, ZAIRA VALENTINA, D.N.I. Nº 70.389.735, representada por su madre, la señora TACACHO OROS, CLARISA VALENTINA, D.N.I. Nº 48.352.711, la provisión de lentes de contacto que se detalla en act. DOCEXT 3641567/25.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.400.000,00
Art. 5º. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2570-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11110845/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora AMAYA CELMIRA ANTONIA, D.N.I. Nº 27.133.140, en representación de su hijo el beneficiario MORALES AMAYA FACUNDO, D.N.I. Nº 50.916.706, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1457874/25, DOCEXT 3647444/25, DOCEXT 3647447/25, DOCEXT 1459388/25, DOCEXT 1470542/25 y DOCEXT 1498093/26, surge que la señora AMAYA CELMIRA ANTONIA, D.N.I. Nº 27.133.140, en representación de su hijo el beneficiario MORALES AMAYA FACUNDO, D.N.I. Nº 50.916.706, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11176022/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10855/2025;
Que, en act. ACTPRO 11183615/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11189860/25 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11189861/25;
Que, en act. INFSEC 11189862/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 10031/2025, obrante en act. PROSEC 11189859/25;
Que, en act. DOCEXT 3723133/26, obra mantenimiento de oferta de la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608- 8;
Que, en act. PRESEC 11193662/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30- 71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.350.000,00);
Que, en act. PREV 11259613/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914816/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956613/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166691/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 1457874/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.350.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11189861/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3723133/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11193662/25 del EXD-0000-11110845/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora AMAYA CELMIRA ANTONIA, D.N.I. Nº 27.133.140, en representación de su hijo el beneficiario MORALES AMAYA FACUNDO, D.N.I. Nº 50.916.706, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11193662/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.350.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2571-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-8260423/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de medicamento a favor del beneficiario SANTIAGO NAHUEL CLAVERO, D.N.I Nº 46.485.889, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1409176/25, DOCEXT 1431771/25, DOCEXT 1452862/25 y DOCEXT 1459455/25, surge que el beneficiario SANTIAGO NAHUEL CLAVERO, D.N.I Nº 46.485.889, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamentos para tratamiento de alopecia areata;
Que, en act. SOLSEC 11163683/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10725/2025;
Que, en act. ACTPRO 11175511/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas: PRISAL GROUP S.A., C.U.I.T.: 30-70894816-7, en act. COTZAC 11179734/25, NUCLEO FARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70909819-1, en act. COTZAC 11179735/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11179736/25, DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11179737/25 y DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, en act. COTZAC 11179738/25;
Que, en act. INFSEC 11179739/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 9933/2025, obrante en act. PROSEC 11179733/25;
Que, en act. PRESEC 11235053/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS CON 00/100 ($7.382.826,00);
Que, en act. DOCEXT 1510250/26, obra mantenimiento de oferta de la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6;
Que, en act. PREV 11263877/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 923291/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957138/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166795/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en act. DOCEXT 1409176/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DROMED S.A.S., C.U.I.T.: 30-71595642-6, el ítem 1, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS CON 00/100 ($7.382.826,00), de acuerdo a la oferta, mantenimiento de oferta y preadjudicación adjuntas en acts. DOCEXT 11179738/25, DOCEXT 1510250/26 y PRESEC 11235053/25 del EXD-0000-8260423/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario SANTIAGO NAHUEL CLAVERO, D.N.I Nº 46.485.889, el medicamento, que se detalla en act. PRESEC 11235053/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $7.382.826,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2572-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11120788/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria ANA MARÍA MALDONADO, D.N.I. Nº 24.149.897, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1458738/25 y DOCEXT 1463935/25, surge que la beneficiaria ANA MARÍA MALDONADO, D.N.I. Nº 24.149.897, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11203980/25, obra Solicitud de Gastos Nº 232/2026;
Que, en act. ACTPRO 11214856/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11229163/25;
Que, en act. INFSEC 11229164/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 122/2026, obrante en act. PROSEC 11229162/25;
Que, en act. PRESEC 11233441/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($3.550.000,00);
Que, en act. PREV 11261403/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 922517/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956712/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166736/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitados en act. DOCEXT 1458738/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($3.550.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11229163/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11233441/25 del EXD-0000-11120788/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria ANA MARÍA MALDONADO, D.N.I. Nº 24.149.897, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11233441/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.550.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a la beneficiaria y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2573-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12170353/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria CEJAS AZCURRA NAOMI ELUNEY, D.N.I. Nº 54.160.010, representada por su madre, la señora AZCURRA SILVIA DOMINGA, D.N.I. Nº 30.768.540, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 1478678/25 y DOCEXT 3689276/26, obra documentación en la cual surge que la beneficiaria CEJAS AZCURRA NAOMI ELUNEY, D.N.I. Nº 54.160.010, representada por su madre, la señora AZCURRA SILVIA DOMINGA, D.N.I. Nº 30.768.540, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento reumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11273052/26, obra Solicitud de Gastos Nº 1028/2026;
Que, en act. ACTPRO 11275194/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MG INSUMOS S.A., C.U.I.T.: 30-70956734-5, en act. COTZAC 11275364/26, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11275365/26, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0 en act. COTZAC 11275366/26 y DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11275369/26;
Que, en act. INFSEC 11275370/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 575/2026, obrante en act. PROSEC 11275363/26;
Que, en act. PRESEC 11293917/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems 1 y 2, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO CON 91/100 ($2.018.804,91);
Que, en acts. PREV 11270961/26 y PREV 11294575/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 927632/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 962953/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167983/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos solicitados en act. DOCEXT 1478678/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, los ítems ١ y ٢, por la suma total de PESOS DOS MILLONES DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS CUATRO CON 91/100 ($2.018.804,91), de acuerdo a la oferta presentada en act COTZAC 11275365/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11293917/26 del EXD-0000-12170353/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria CEJAS AZCURRA NAOMI ELUNEY, D.N.I. Nº 54.160.010, representada por su madre, la señora AZCURRA SILVIA DOMINGA, D.N.I. Nº 30.768.540, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11293917/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.018.804,91
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la representante de la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2574-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11270149/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario OLLIER SANTIAGO NICOLAS, D.N.I. Nº 47.799.253, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3659273/25, DOCEXT 3659277/25, DOCEXT 3659282/25, DOCEXT 3659287/25, DOCEXT 3665385/25, DOCEXT 3666764/25, DOCEXT 1487523/25 y DOCEXT 1488791/26, surge que el beneficiario OLLIER SANTIAGO NICOLAS, D.N.I. Nº 47.799.253, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11215000/25, obra Solicitud de Gastos Nº 337/2026;
Que, en act. ACTPRO 11230439/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11240461/25 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11240462/25;
Que, en act. INFSEC 11240463/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 203/2026, obrante en act. PROSEC 11240460/25;
Que, en act. DOCEXT 3723138/26, obra mantenimiento de oferta de la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8;
Que, en act. PRESEC 11244310/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.800.000,00);
Que, en act. PREV 11262265/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 922363/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956072/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166581/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 3666764/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.800.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11240461/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3723138/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11244310/25 del EXD-0000-11270149/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario OLLIER SANTIAGO NICOLAS, D.N.I. Nº 47.799.253, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11244310/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $3.800.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2575-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12260486/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora AGUILERA LAURA SOLEDAD, D.N.I Nº32.192.010, en representación de su hijo el beneficiario BUSTO AGUILERA SANTINO AGUSTIN, D.N.I. Nº 52.355.432, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3683254/25, DOCEXT 3683248/25, DOCEXT 3683251/25, DOCEXT 3683254/25, DOCEXT 3689189/26, DOCEXT 1504681/26 y DOCEXT 3710159/26, surge que el beneficiario BUSTO AGUILERA SANTINO, D.N.I. Nº 52.355.432, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. INFSEC 11294019/26 consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 1020/2026;
Que, en act. SOLSEC 11289095/26, obra solicitud de Gastos Nº 1379/2026;
Que, en act. ACTPRO 11293603/26, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11294018/26;
Que, en act. PRESEC 11296232/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el item 1 por un monto de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($5.589.000,00);
Que, en acts. PREV 11271982/26 y PREV 11296323/26, obra imputación preventiva del gasto y ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 927800/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. DICFIS 168024/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168024/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100º inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004 modificada por Ley Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Art.3º inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art.2º.- Aprobar el tramite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a los solicitado en act. DOCEXT 3683251/25;
Art. 3º.- Autorizar el trámite la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1 por un monto de PESOS CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ($5.589.000,00), de acuerdo a la propuesta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11294018/26 y PRESEC 11296232/26 del EXD-0000- 12260486/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la señora AGUILERA LAURA SOLEDAD, D.N.I.: Nº 32.192.010, en representación de su hijo el beneficiario BUSTO AGUILERA, D.N.I. Nº 52.355.432, la provisión de elementos de tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11296232/26.-
Art. 5º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $5.589.000,00
Art. 6º. - Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y a la representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2576-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11110074/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de medicamentos a favor de la beneficiaria, GUILLERMINA ABIGAIL BARROS, D.N.I. Nº 46.181.812, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1457296/25 y DOCEXT 3656825/25, surge que la beneficiaria, GUILLERMINA ABIGAIL BARROS, D.N.I. Nº 46.181.812, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamentos para tratamiento de esclerosis múltiple;
Que, en act. SOLSEC 11183982/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10996/2025;
Que, en act. ACTPRO 11190547/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11191691/25, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, en act. COTZAC 11191692/25, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T. Nº 30-70865088-5, en act. COTZAC 11191693/25 y DROGUERIA 20 DE JUNIO S.A., C.U.I.T.: 30-62345679-6, en act. COTZAC 11191694/25;
Que, en act. DOCEXT 1513568/26, obra mantenimiento de oferta de la firma, DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0;
Que, en act. INFSEC 11191695/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 10126/2025, obrante en act. PROSEC 11191689/25;
Que, en act. PRESEC 11219109/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma: DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 60/100 ($74.466.640,60);
Que, en act. PREV 11262230/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 922752/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956075/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166572/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1457296/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: DK HOSPITALARIOS DE DROGUERIA KELLERHOFF S.A., C.U.I.T.: 30-53975649-0, el ítem 1, por la suma total de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA CON 60/100 ($74.466.640,60); de acuerdo a las ofertas presentadas en acts. COTZAC 11191692/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11219109/25, del EXD-0000-11110074/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la beneficiaria GUILLERMINA ABIGAIL BARROS, D.N.I. Nº 46.181.812, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11219109/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $74.466.640,60
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2577-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1280302/26, por el cual el Hospital Pediátrico San Luis eleva renuncia de la señora MARIA AGUSTINA ORTIZ LUCENA, D.N.I. Nº 34.502.424, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 11257-MdeS-2023, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora MARIA AGUSTINA ORTIZ LUCENA, D.N.I. Nº 34.502.424, Personal Contratado, perteneciente al Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 3698326/26., obra nota de renuncia presentada por la señora MARIA AGUSTINA LUCENA ORTIZ, D.N.I Nº 34.502.424;
Que, en act. INFORM 432050/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 01 de marzo de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1656147/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio de la señora MARIA AGUSTINA ORTIZ LUCENA D.N.I Nº34.502.424, homologado por Decreto Nº 11257-MdeS-2023, a partir del 01 de marzo de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Hospital Pediátrico San Luis y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2578-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2050099/26, mediante el cual el Hospital de Merlo eleva renuncia de la señora LETICIA HELENA ESTER TEMI D.N.I. Nº 27.322.618, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 5376-MdeS-2023, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora LETICIA HELENA ESTER TEMI D.N.I. Nº 27.322.618, Agrupamiento Profesional (P) Categoría F de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1503275/26, obra Telegrama de renuncia presentado por la señora LETICIA HELENA ESTER TEMI D.N.I. Nº 27.322.618;
Que, en act. INFORM 432498/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 03 de febrero del 2026;
Que, en act. ACTPAS 1661007/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio de la señora LETICIA HELENA ESTER TEMI D.N.I. Nº 27.322.618, homologado por Decreto Nº 5376-MdeS-2023, a partir del 03 de febrero del 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección de Zonas Sanitarias, Zona Sanitaria IV, Hospital de Merlo y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2579-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10171056/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor del beneficiario PEDERNERA HECTOR DANIEL, D.N.I. Nº 25.394.699, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3623352/25, DOCEXT 3623353/25, DOCEXT 3623354/25, DOCEXT 3623355/25, DOCEXT 3623357/25, DOCEXT 1463050/25 y DOCEXT 1498153/26, surge que el beneficiario PEDERNERA HECTOR DANIEL, D.N.I. Nº 25.394.699, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11123168/25, obra Solicitud de Gastos Nº 9876/2025;
Que, en act. ACTPRO 11161204/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11163796/25 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11163799/25;
Que, en act. INFSEC 11163801/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 9588/2025, obrante en act. PROSEC 11163795/25;
Que, en act. DOCEXT 3723141/26, obra mantenimiento de oferta de la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8;
Que, en act. PRESEC 11169975/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($2.430.000,00);
Que, en act. PREV 11259666/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914340/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 958125/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 165120/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 3623354/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($2.430.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11163796/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3723141/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11169975/25 del EXD-0000-10171056/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario PEDERNERA HECTOR DANIEL, D.N.I. Nº 25.394.699, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11169975/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.430.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y al beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2580-MdeS-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12160344/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud tramita la provisión de medicamento a favor de los beneficiarios ARIZA GIBILISCO RODRIGO DANIEL, D.N.I. Nº 36.231.332 y SANGRA ROBERTO GABRIEL JONATHAN, D.N.I. Nº 38.749.972, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 3674514/25 y DOCEXT 3674520/25, obra documentación por la cual surge que los beneficiarios de la Subdirección Incluir Salud, ARIZA GIBILISCO RODRIGO DANIEL, D.N.I. Nº 36.231.332 y SANGRA ROBERTO GABRIEL JONATHAN, D.N.I. Nº 38.749.972, reúnen los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión de medicamento para tratamiento psiquiátrico;
Que, en act. SOLSEC 11290932/26, obra Solicitud de Gastos Nº 364/2026;
Que, en act. ACTPRO 11294284/26, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, en act. COTZAC 11297033/26, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11297034/26 y GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA, C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11297035/26;
Que, en act. INFSEC 11297037/26, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación Nº 1068/2026, obrante en act. PROSEC 11297032/26;
Que, en act. PRESEC 11300123/26, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($1.959.300,00);
Que, en acts. PREV 11290681/26 y PREV 11299898/26, obra imputación preventiva del gasto con su ajuste correspondiente;
Que, en act. DICLEG 928342/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 963203/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168066/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión del medicamento solicitado en acts. DOCEXT 3674514/25 y DOCEXT 3674520/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma CARRARA MARIA DEL PILAR, C.U.I.T.: 27-21642360-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($1.959.300,00), de acuerdo a la oferta presentada en act COTZAC 11297033/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11300123/26 del EXD-0000-12160344/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a los beneficiarios ARIZA GIBILISCO RODRIGO DANIEL, D.N.I. Nº 36.231.332 y SANGRA ROBERTO GABRIEL JONATHAN, D.N.I. Nº 38.749.972, el medicamento que se detalla en act. PRESEC 11300123/26.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $1.959.300,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará a las firmas y a los beneficiarios.-
Art. 8º.- Hacer saber: a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 2500-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4251311/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, gestiona el cambio de situación de revista de la docente LAURA MONICA SÜHRING, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3469306/25 y DOCEXT 3472082/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente LAURA MONICA SÜHRING, D.N.I. Nº 18.032.872, de suplente a interina, vacante por baja de oficio por haber accedido al beneficio jubilatorio de la docente titular SILVIA RUEGG, según Decreto Nº 9995-MHIP-2024;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 09 de agosto de 2023, de la docente LAURA MONICA SÜHRING, D.N.I. Nº 18.032.872, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 3er. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2501-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050242/26, por el cual tramita la designación de la docente YESICA JUDITH RAYNOLDI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia especial sin goce de haberes, de la docente interina ALINA PIA CZIESLA, concedida por Resolución Nº 4854-DRH-2025, se torna necesario designar a la docente YESICA JUDITH RAYNOLDI, D.N.I. Nº 31.047.695, en ONCE (11) horas cátedra de Matemática, 5 hs. en 3er. año 2da. división y 6 hs. en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3723359/26 (Adjuntos) y 1516922/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, listado orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2024, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 03 de marzo de 2026 y hasta el 01 de junio de 2026, en reemplazo de la docente interina ALINA PIA CZIESLA, a la docente YESICA JUDITH RAYNOLDI, D.N.I. Nº 31.047.695, en ONCE (11) horas cátedra de Matemática, 5 hs. en 3er. año 2da. división y 6 hs. en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2502-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2260260/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente DIEGO LUCAS VILLAR, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3716687/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente DIEGO LUCAS VILLAR, D.N.I. Nº 28.489.545, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 21320-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1660877/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 20 de febrero de 2026;
Que en act. INFSUM 179735/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 20 de febrero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino DIEGO LUCAS VILLAR, D.N.I. Nº 28.489.545, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Tecnológica, en 6to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 24 “Luisa Fantini de Cortes Aparicio”, de la ciudad de Buena Esperanza, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2503-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3021128/26, por el cual tramita la designación de la docente NATALIA SOLEDAD FATIGA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 11 “2 de Abril”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo del cambio de función por razones de salud del docente titular, SERGIO ALFREDO DEL CASTELLO, según Resolución N° 426-DRRHH-2026, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente, NATALIA SOLEDAD FATIGA, D.N.I. Nº 37.187.540, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3720397/26 y ACTPAS 1660713/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 2 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 2 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente NATALIA SOLEDAD FATIGA, D.N.I. Nº 37.187.540, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 11 “2 de Abril”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2504-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3121437/26, por el cual tramita la designación de la docente FANNY JANET CARRIZO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 285 “Granadero Domingo Ortiz” de la localidad de Las Chacras, departamento Libertador General San Martín, con motivo de la licencia por Maternidad y binomio madre – hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0094-PCH-2025, de la docente interina, KAREM MICAELA ZAVALA VALDEON, D.N.I Nº ٣٠.٠٩٠.٢٠٠, designada por Decreto Nº ٧٨٩١-ME-٢٠٢١, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente FANNY JANET CARRIZO, D.N.I Nº ٣٣.٩٥٥.٥٦٧, en UN (١) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3731209/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 05 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 05 de marzo de 2026 y hasta el 17 de julio de 2026, a la docente FANNY JANET CARRIZO, D.N.I Nº ٣٣.٩٥٥.٥٦٧, en UN (١) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° ٢٨٥ “Granadero Domingo Ortiz” de la localidad de Las Chacras, departamento Libertador General San Martín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2505-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3111385/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA CAROLINA VENTURINI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 1132-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MARIA CAROLINA VENTURINI, D.N.I. Nº 23.355.794, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Cultura Extranjera, Ingles, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3729662/26 y DOCEXT 1521062/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de marzo de 2026, a la docente MARIA CAROLINA VENTURINI, D.N.I. Nº 23.355.794, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua y Cultura Extranjera, Ingles, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2506-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3101098/26, por el cual tramita la designación de la docente JIMENA PAOLA BEE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, de la docente interina, PATRICIA GABRIELA CAJAL, según Resolución Nº 2445-PCH-2012 y la renuncia por ascenso jerárquico de la docente suplente, ANABEL CLAUDIA BIONDA, mediante Decreto Nº 19150-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente JIMENA PAOLA BEE, D.N.I. N° 33.965.791, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3728138/26 y ACTPAS 1666703/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 6 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 6 de marzo de 2026 hasta el 11 de abril de 2028 o inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía de la docente interina, PATRICIA GABRIELA CAJAL, lo que acontezca primero, a la docente JIMENA PAOLA BEE, D.N.I. N° 33.965.791, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2507-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3091235/26, por el cual la Dirección de la Escuela Secundaria de Arte Nº 1 “Profesor Gaspar Di Gennaro”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente LUCIANA BERTELLYS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3726910/26 y ACTPAS 1665072/26 (Adjuntos), obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente LUCIANA BERTELLYS, D.N.I. Nº 30.621.526, de suplente a interina, vacante producida por la renuncia por jubilación de la docente titular SANDRA GLADIS NARVAEZ, según Decreto N° 2013-MHIP-2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 1 de febrero de 2026, de la docente LUCIANA BERTELLYS, D.N.I. Nº 30.621.526, de suplente a interina, en DOS (2) horas cátedra de Sistema de Composición en 4to. año única división, Orientación Artes Visuales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Secundaria de Arte Nº 1 “Profesor Gaspar Di Gennaro”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2508-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3121352/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIEL SOLEDAD FERNANDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 432 “Camino del Peregrino”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MARTA VIVIANA MASTROLEMBO, D.N.I. N° 20.049.094, según Decreto N° 1850-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIEL SOLEDAD FERNANDEZ, D.N.I. Nº 26.436.148, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3731167/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 09 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 09 de marzo de 2026, a la docente MARIEL SOLEDAD FERNANDEZ, D.N.I. Nº 26.436.148, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 432 “Camino del Peregrino”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2509-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3111397/26, por el cual tramita la designación de la docente YAMINA JAQUELINA LEDESMA JAIME, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 1132-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente YAMINA JAQUELINA LEDESMA JAIME, D.N.I. Nº 33.515.610, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Danza, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3729670/26 y DOCEXT 1521068/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de marzo de 2026, a la docente YAMINA JAQUELINA LEDESMA JAIME, D.N.I. Nº 33.515.610, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Danza, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2510-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1050218/25, por el cual tramita la renuncia del docente OSVALDO ALFREDO ARANEGA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1488267/25 y ACTPAS 1644016/25, obra nota de renuncia por jubilación del docente OSVALDO ALFREDO ARANEGA, D.N.I. N° 17.112.702, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 6970-MHP-2017 de titularización, 899-MHP-2088 de designación, 7609-MHP-2016, 6466-MHyOP-2015 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1644015/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 15 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 15 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por el docente OSVALDO ALFREDO ARANEGA, D.N.I. N° 17.112.702, en CUATRO (4) horas cátedra titulares de Educación Artística (2 hs. en 1er. año 1ra. división y 2 hs. en 1er. año 2da. división), OCHO (8) horas cátedra titulares de Educación Artística (4 hs. en 2do. año 1ra. división y 4 hs. en 2do. año 2da. división), CUATRO (4) horas cátedra titulares de Educación Artística en 3er. año 1ra. división, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Educación Artística en 3er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 32 “Juan Pascual Pringles”, de la ciudad de Quines, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Educación Artística en 2do. año 2da. división, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 33 “Profesor Gabino Puelles” de la ciudad de Candelaria, DOS (2) horas cátedra interinas de Educación Artística en 7mo. año 2da. división, Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 95 “Victor Mercante” de la ciudad de Quines, DOS (2) horas cátedra titulares de Educación Artística en 1er. año 1ra. división, SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Artística (2 hs. en 1er. año 2da. división y 4 hs. en 3er. año 1ra. división), Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 31 “Profesor Victor Saa” de la ciudad de Quines, todos los establecimientos del departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2511-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2240229/26, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente JOHANA YAMILA ORELLANO, y;
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente interina NADIA MARILIN LUCERO ESCUDERO, según Resolución N° 4705-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente JOHANA YAMILA ORELLANO, D.N.I. Nº 34.877.508, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3714281/26 y 3717943/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de merito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, acta de ofrecimiento del cargo en acto público y aceptación del mismo, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 28 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud la docente interina NADIA MARILIN LUCERO ESCUDERO, por la docente JOHANA YAMILA ORELLANO, D.N.I. Nº 34.877.508, en TRES (3) horas catedra de Educación Física, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber: al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2512-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7170423/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente NORMA ESTHER MANES, D.N.I. Nº 12.545.818; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1384525/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 414994/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 429502/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 08 de mayo de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente NORMA ESTHER MANES, D.N.I. Nº 12.545.818 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Dirección Atención Primaria de la Salud, departamento General Pedernera, dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 08 de mayo de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Norma Esther Manes. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2513-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11201311/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente LILIANA FABIANA ORTIZ, D.N.I. Nº 16.636.601; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1463690/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 426416/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 426718/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 17 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente LILIANA FABIANA ORTIZ, D.N.I. Nº 16.636.601 - Escalafón General – Categoría A - Planta Permanente – Maestranza - de la Escuela N° 314 “Provincia de la Rioja” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 17 de noviembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Liliana Fabiana Ortiz.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2514-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2230030/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente GABRIELA EDITH DOMINGUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1510431/26 y ACTPAS 1659561/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente GABRIELA EDITH DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 20.135.819, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 2043-ME-2016 de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1661328/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 19 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 19 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente GABRIELA EDITH DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 20.135.819, en UN (1) cargo titular de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 418 “Fray Justo Santa María de Oro”, del Paraje San Miguel, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2515-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12150643/25, por el cual tramita la renuncia de la docente AGUEDA QUINTEROS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1479512/25 e INFORM 429722/26, obra nota de renuncia por jubilación de la docente AGUEDA QUINTEROS, D.N.I. N° 18.407.915, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 5140-ME-2023, 6061-ME-2021 de reubicación definitiva, 7524-MHP-2016, 8260-ME-2021 de titularización y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 429721/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente AGUEDA QUINTEROS, D.N.I. N° 18.407.915, en CINCO (5) horas cátedra titulares de Ciencias Sociales en 2do. año única división, DOS (2) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana en 2do. año única división, SEIS (6) horas cátedra titulares de Historia (3hs. en 4to. año única división y 3 hs. en 5to. año única división) Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 306 “Gobernador Zoilo Concha” de la localidad de Villa de La Quebrada, departamento Belgrano, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Historia en 5to. año 2da. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundario, en el Centro Educativo N° 2 “Paula Domínguez de Bazán”, SEIS (6) horas cátedra titulares de Historia (3 hs. en 2do. año 3ra. división y 3 hs. en 2do. año 4ta. división), TRES (3) horas cátedra titulares de Historia en 3er. año 1ra. división, TRES (3) horas cátedra titulares de Historia en 1er. año 3ra. división, TRES (3) horas cátedra de Historia (2 hs. titulares y 1 hora interina en 3er. año 2da. división, SEIS (6) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (3hs. en 1er. año 3ra. división y 3 hs. en 2do. año 4ta. división), Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 5 “Bartolomé Mitre”, ambos establecimientos educativos, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2516-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2270284/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MONICA GRACIELA AMAYA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1513732/26 y ACTPAS 1661644/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MONICA GRACIELA AMAYA, D.N.I. Nº 17.189.978, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 2621-MHP-2009 de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1661639/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de marzo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MONICA GRACIELA AMAYA, D.N.I. Nº 17.189.978, en UN (1) cargo titular de Preceptora, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 95 “Víctor Mercante”, de la ciudad de Quines, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2517-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12290798/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente STELLA MARIS LUCERO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1486555/25 y ACTPAS 1644061/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente STELLA MARIS LUCERO, D.N.I. Nº 17.193.927, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 20032-MHIP-2025 de cambio de situación de revista, 1152-MHP-2007, de traslado definitivo, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1644060/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 16 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 16 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente STELLA MARIS LUCERO, D.N.I. Nº 17.193.927, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, y UN (1) cargo interino de Secretaria, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2518-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2130998/26, por el cual tramita la renuncia del docente DANIEL HAZELDINE, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1507779/26 y ACTPAS 1657644/26, obra nota de renuncia por jubilación del docente DANIEL HAZELDINE, D.N.I. N° 12.341.616, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nº 2799-ME-2021 de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1657648/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de 1 de marzo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente DANIEL HAZELDINE, D.N.I. N° 12.341.616, en DIEZ (10) horas cátedra titulares de Química Industrial (5hs. en 6to. año 1ra. división y 5hs. en 6to. año 2da. división) Sector Químico, OCHO (8) horas cátedra titulares de Procesos de Bases Microbiológicas (4hs. en 6to. año 3ra. división y 4hs. en 6to. año 4ta. división) Sector Industrias de Procesos, DIEZ (10) horas cátedra titulares de Prácticas Profesionalizantes (5hs. en 6to. año 1ra. división y 5hs. en 6to. año 2da. división) Sector Químico y OCHO (8) horas cátedra titulares de Practicas Profesionalizantes (4hs. en 6to. año 3ra. división y 4hs. en 6to. año 4ta. división) Sector Industrias de Procesos, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo N° 10 “Ramiro Podetti”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2519-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11201273/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente GLADYS TERESITA MENDOZA, D.N.I. Nº 14.144.683; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1463656/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 426412/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 426719/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 18 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente GLADYS TERESITA MENDOZA, D.N.I. Nº 14.144.683 – Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente – de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a partir del 18 de noviembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Gladys Teresita Mendoza. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Ingresos Públicos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2520-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250318/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente MARIA DE LOURDES PEREZ, D.N.I. Nº 12.370.580; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1464023/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 426450/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 426632/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 17 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente MARIA DE LOURDES PEREZ, D.N.I. Nº 12.370.580 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente – Policía de la Provincia de San Luis dependiente del Ministerio de Seguridad, a partir del 17 de noviembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Maria de Lourdes Perez. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Seguridad, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Nancy Verónica Sosa
DECRETO Nº 2521-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250832/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por el agente CARLOS ALFREDO ALCARAZ, D.N.I. Nº 14.144.021; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1464538/25, se adjunta renuncia del mencionado agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 426490/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 427500/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 17 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el agente CARLOS ALFREDO ALCARAZ, D.N.I. Nº 14.144.021 – Escalafón General – Categoría A - Planta Permanente, dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, a partir del 17 de noviembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria. -
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo al señor Carlos Alfredo Alcaraz. -
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Dirección de Recursos Humanos. -
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano. -
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Gustavo Antonio Bertolini
DECRETO Nº 2522-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2261159/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente SANDRA SUSANA GUZMAN, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1513443/26, y ACTPAS 1661665/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente SANDRA SUSANA GUZMAN, D.N.I. Nº 20.454.032, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 4112-MC-2004, de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1661664/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 20 de enero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 20 de enero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente SANDRA SUSANA GUZMAN, D.N.I. Nº 20.454.032, en UN (1) cargo titular de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 46 “Gobernador León Guillet”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2523-MHIP-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2260974/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente NORA EDIT RIVEROS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1513383/26 y ACTPAS 1661634/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente NORA EDIT RIVEROS, D.N.I. Nº 16.643.445, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto N° 3648-ME-2022 de titularización, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1661642/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de marzo de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente NORA EDIT RIVEROS, D.N.I. Nº 16.643.445, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy”, de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2598-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10221041/25 por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la Compulsa de Precios N° 12/2025 y;
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1615032/25 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética solicita la autorización pertinente para efectuar la Compulsa de Precios de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE ANCHORENA – DPTO. DUPUY – PROV. DE SAN LUIS”, cuya obra ha sido requerida por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, conforme lo obrante en act. DOCEXT 1448520/25;
Que la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética manifiesta la importancia de provisión de energía eléctrica para la pronta habilitación de las viviendas sociales que ya se están construyendo en la localidad de Anchorena, que consistirá en tareas de construcción de un centro de transformación adecuado para satisfacer el consumo de las nuevas viviendas, la construcción de la red de baja tensión para la conexión de los pilares de medición de las viviendas y la red de alumbrado público para garantizar la seguridad de los vecinos que transiten por la zona;
Que en act. ACTPAS 1627959/25 el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública presta conformidad para la continuidad del trámite;
Que en act. PLIEGO 256036/25 obra Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética para la ejecución de obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE ANCHORENA – DPTO. DUPUY – PROV. DE SAN LUIS” por un presupuesto oficial de PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 35/100 ($53.296.310,35);
Que a tal efecto en act. DOCEXT 1472602/25 obran invitaciones a cotizar, efectuadas por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a las empresas: PROTON S.R.L., PRANA S.R.L., FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., SGD S.R.L. Y OBRAS Y ESTRUCTURAS S.R.L.;
Que en act. DOCEXT 1472770/25 obra Acta de Apertura de sobres de fecha 09 de diciembre de 2025 para la contratación de la referida obra, donde se recepcionaron tres (3) propuestas: primera presentada por la firma OBRAS Y ESTRUCTURAS S.R.L., que cotiza por un monto de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO VEINTIDOS CON 49/100 ($67.682.122.49), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1472814/25 y documentación obrante en act. DOCEXT 1472810/25, segunda propuesta presentada por la firma SGD S.R.L. que cotiza por un monto de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($69.018.890,00),correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1472816/25 y documentación obrante en act. DOCEXT 1472815/25 y tercera propuesta presentada por la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., quien cotiza por un monto de PESOS SETENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($71.417.056,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1472836/25 y documentación obrante en act. DOCEXT 1472826/25;
Que la Comisión de Estudio designada por Resolución N° 3280-MHIP-2025 de fecha 15 de diciembre de 2025 obrante en act. RESMIN 11199166/25, emite informes en acts. DOCEXT 1478965/25, DOCEXT 1484305/25, DOCEXT 1484314/25, DOCEXT 1484315/25, DOCEXT 1484318/25, DOCEXT 1483404/25, DOCEXT 1483409/25 y DOCEXT 1483417/25, manifestando que habiendo analizado todas las propuestas técnica y económicamente, sugiere que la obra sea adjudicada a la empresa SGD S.R.L. considerando que su oferta se ajusta a los valores de mercado;
Que en act. ACTPAS 1640893/25 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar para la Compulsa de Precios N° 12/2025 a la firma SGD S.R.L. por un monto PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($69.018.890,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1472816/25 y documentación obrante en act. DOCEXT 1472815/25;
Que se establece un plazo para la ejecución de la obra de CIENTO VEINTE (120) días corridos;
Que en act. PTPREC 57716/26 obra Solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios por la suma de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON 00/100($69.018.890,00);
Que en act. INFORM 433150/26 obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones del Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;
Que en act. ACTPAS 1642122/25 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 963497/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004;
Que en act. DICFIS 168057/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que dado las razones expuestas para llevar a cabo esta Compulsa de Precios el caso encuentra su encuadre legal en lo prescripto por el Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios que la complementan;
Que en act. DOCEXT 1516934/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la contratación;
Que corresponde delegar en el señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2025 y Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario.-
Art. 2º.- Modificar en el presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:
Ampliar:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
29- Disminución Activos Financieros –
F.E.D.E.I. LEY 23.966 Y LEY 24.065 $69.018.890,00
Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe
1 11 24 52 02 4-74 4 $69.018.890,00
Art. 4º.-Disponer que, la partida y el recurso a crear, poseen fuente de financiamiento afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública para contratar la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE ANCHORENA – DPTO. DUPUY – PROV. DE SAN LUIS”.-
Art. 6º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a contratar la firma SGD S.R.L., por un monto de PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($69.018.890,00), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1472816/25 y documentación obrante en act. DOCEXT 1472815/25 y un plazo de ejecución de la obra de CIENTO VEINTE (120) días corridos.-
Art. 7º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma SGD S.R.L., en el marco de la Compulsa de Precios N° 12/2025 para contratar la ejecución de la obra a que se hace referencia en el Art. 5°.-
Art. 8º.- Autorizar al señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-
Art. 9º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Importe
1 11 24 52 02 4-74 4 $69.018.890,00
Art.10.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 11.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Subdirección Control de Certificación, Seguimiento y Sistematización, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a las firmas oferentes.-
Art.12.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.13.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA
Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, en su carácter de DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA Y ENERGETICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km. 783, Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno, Edificio Norte, Bloque I planta baja - San Luis por una parte y por la otra la firma SGD S.R.L. representada por el señor JOSE DANIEL GOMEZ D.N.I. N° 12.610.632, en su carácter de Socio Gerente, que constituye domicilio legal en calle Ayacucho 439 de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la COMPULSA DE PRECIOS Nº 12/2025, efectuada para la ejecución de la obra denominada: “PROVISION DE ENERGIA ELECTRICA PARA 6 VIVIENDAS EN LA LOCALIDAD DE ANCHORENA – DPTO. DUPUY – PROV. DE SAN LUIS”, conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº…..-MHIP-2026 de fecha…….de……..2026, dictado en EXD-0000-10221041/25, convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art. 10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, sobre los terrenos asignados, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-
SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los Instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente. -
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma precio PESOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON 00/100 ($69.018.890,00), fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales. -
CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ……, emitida por …………………., por la suma de …….. /100 ($..........), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”. -
QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LA CONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno. Conforme lo establece el Pliego de Condiciones Particulares, el Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado. -
SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido CIENTO VEINTE (120) días corridos, los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato. -
SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-
OCTAVA. - RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación. -
NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada. -
DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle. -
DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto. -
DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obliga a dar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-
DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes sociales del Gobierno Provincial y presentar a LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida. –
En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los ……. días del mes de…… del año ………...-
DECRETO Nº 2599-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3091243/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 967651/26, la Dirección de Presupuesto Público del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita modificaciones presupuestarias;
Que, por Decreto Nº 1495 MHIP 2026, se dispuso conceder un aumento salarial del DIEZ POR CIENTO (10%) a todos los agentes de la Administración Pública Provincial, con el objeto de proceder a la necesaria recomposición salarial en atención a la actual situación socioeconómica;
Que, en igual sentido, se readecuaron los valores de los beneficios de los planes sociales;
Que la evolución reciente de los recursos evidencia una merma en los ingresos respecto de los niveles normales y habituales, particularmente en las transferencias por coparticipación federal;
Que, en tal contexto, resulta necesaria la utilización temporal y excepcional de la Reserva Salarial y Social creada por Ley Nº V-1164-2025 con el objeto de garantizar el pago de los salarios y de los beneficios sociales ante eventuales caídas de ingresos;
Que en act. PTPREC 57742/26, obra solicitud de transferencia de créditos presupuestarios;
Que en act. RCRE N° ١١٣٣٨٠٧٣/٢٦, obra comprobante de reserva de crédito;
Que en act. INFORM 434602/26, obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Arts 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025 y Ley Nº V-1118-2024, prorrogada por Ley Nº V-1164-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts ٩º y ١٠ de la Ley Nº VIII-٠٢٥٣-٢٠٢٥, y Ley N° V-١١١٨-٢٠٢٤, prorrogada por Ley N° V-١١٦٤-٢٠٢٥.-
Art.2º.- Modificar en el Presupuesto vigente los Recursos que a continuación se detallan:
Ampliar:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
01- Disminución Activos Financieros – Caja y Banco
Procedencia Ley Nº V-1164-2025 –
Reserva Salaria y Social $3.883.448.327,00
Art.3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 01 10 16 00 00 1-01 1 18.844.265,00
1 01 20 17 00 00 1-01 1 8.256.370,00
1 01 30 18 00 00 1-01 1 3.586.888,00
1 02 10 01 00 01 1-01 1 10.706.550,00
1 10 10 01 00 01 1-01 1 14.070.535,00
1 10 11 01 00 02 1-01 1 2.730.870,00
1 10 12 17 00 00 1-01 1 10.047.938,00
1 10 13 21 00 00 1-01 1 630.588,00
1 10 14 22 00 00 1-01 1 548.824,00
1 10 15 23 00 00 1-01 1 1.212.071,00
1 10 20 01 00 03 1-01 1 17.432.661,00
1 10 25 01 00 04 1-01 1 4.036.305,00
1 10 26 27 00 00 1-01 1 2.946.179,00
1 10 27 28 00 00 1-01 1 2.032.543,00
1 10 28 30 00 00 1-01 1 363.248,00
1 10 30 32 00 00 1-01 1 9.882.106,00
1 10 35 01 00 05 1-01 1 1.373.905,00
1 10 36 36 00 00 1-01 1 6.110.294,00
1 10 37 38 00 00 1-01 1 296.207,00
1 10 38 39 00 00 1-01 1 6.157.947,00
1 10 40 01 00 06 1-01 1 3.313.791,00
1 10 45 01 00 07 1-01 1 1.934.130,00
1 10 46 44 00 00 1-01 1 17.286.048,00
1 10 47 45 00 00 1-01 1 458.338,00
1 10 50 01 00 08 1-01 1 3.438.818,00
1 11 10 01 00 01 1-01 1 9.112.209,00
1 11 11 19 00 00 1-01 1 4.791.231,00
1 11 12 23 00 00 1-01 1 2.662.543,00
1 11 13 24 00 00 1-01 1 20.456.231,00
1 11 14 27 00 00 1-01 1 5.677.511,00
1 11 15 28 00 00 1-01 1 605.593,00
1 11 16 02 00 00 1-01 1 1.048.064,00
1 11 17 31 00 00 1-01 1 1.996.062,00
1 11 18 32 00 00 1-01 1 9.769.252,00
1 11 19 03 00 00 1-01 1 262.688,00
1 11 20 41 00 00 1-01 1 1.034.124,00
1 11 21 01 00 02 1-01 1 2.112.493,00
1 11 21 42 00 00 1-01 1 43.038.046,00
1 11 22 04 00 00 1-01 1 10.267.466,00
1 11 23 05 00 00 1-01 1 1.651.702,00
1 11 24 06 00 00 1-01 1 1.806.948,00
1 12 10 01 00 01 1-01 1 5.372.453,00
1 12 11 16 00 00 1-01 1 480.116,00
1 12 12 02 00 00 1-01 1 149.823,00
1 12 13 17 00 00 1-01 1 12.474.858,00
1 12 14 19 00 00 1-01 1 2.592.704,00
1 12 15 20 00 00 1-01 1 3.981.380,00
1 12 16 21 00 00 1-01 1 4.826.328,00
1 12 17 24 00 00 1-01 1 4.093.471,00
1 12 18 29 00 00 1-01 1 7.771.344,00
1 12 19 30 00 00 1-01 1 1.751.570,00
1 12 25 01 00 02 1-01 1 2.917.318,00
1 12 26 32 00 00 1-01 1 320.838,00
1 12 27 33 00 00 1-01 1 1.883.394,00
1 12 30 01 00 03 1-01 1 1.623.772,00
1 13 10 01 00 01 1-01 1 71.749.743,00
1 13 11 23 00 00 1-01 1 1.298.682,00
1 13 12 25 00 00 1-01 1 442.989,00
1 13 13 26 00 00 1-01 1 1.280.741,00
1 13 14 27 00 00 1-01 1 1.524.713,00
1 13 15 28 00 00 1-01 1 249.509,00
1 13 16 29 00 00 1-01 1 100.408.904,00
1 13 17 32 00 00 1-01 1 2.653.003,00
1 13 18 33 00 00 1-01 1 148.852.425,00
1 13 19 35 00 00 1-01 1 111.551.308,00
1 13 20 36 00 00 1-01 1 45.222.904,00
1 13 21 37 00 00 1-01 1 17.060.056,00
1 13 22 38 00 00 1-01 1 195.241,00
1 13 23 39 00 00 1-01 1 903.851,00
1 13 24 40 00 00 1-01 1 12.581.964,00
1 13 25 41 00 00 1-01 1 8.564.838,00
1 13 26 42 00 00 1-01 1 17.852.573,00
1 13 27 43 00 00 1-01 1 235.940.659,00
1 13 28 45 00 00 1-01 1 154.685,00
1 13 29 46 00 00 1-01 1 4.849.533,00
1 13 30 47 00 00 1-01 1 775.937,00
1 13 31 48 00 00 1-01 1 33.801.553,00
1 13 32 49 00 00 1-01 1 26.569.201,00
1 13 33 51 00 00 1-01 1 196.427,00
1 13 34 52 00 00 1-01 1 673.506,00
1 14 10 01 00 01 1-01 1 26.135.216,00
1 14 11 18 00 00 1-01 1 166.976,00
1 14 12 21 00 00 1-01 1 419.319,00
1 14 13 22 00 00 1-01 1 2.125.895,00
1 14 14 23 00 00 1-01 1 1.034.785.096,00
1 14 15 24 00 00 1-01 1 2.926.617,00
1 14 16 25 00 00 1-01 1 58.813.090,00
1 14 17 26 00 00 1-01 1 4.185.593,00
1 14 18 27 00 00 1-01 1 88.603,00
1 14 19 28 00 00 1-01 1 1.260.671,00
1 14 20 01 00 02 1-01 1 650.084,00
1 15 10 01 00 01 1-01 1 6.160.675,00
1 15 11 18 00 00 1-01 1 8.528.705,00
1 15 12 19 00 00 1-01 1 463.345,00
1 15 13 20 00 00 1-01 1 3.855.515,00
1 15 15 23 00 00 1-01 1 10.760.878,00
1 15 16 24 00 00 1-01 1 324.890,00
1 15 17 26 00 00 1-01 1 672.310,00
1 15 19 29 00 00 1-01 1 166.976,00
1 15 20 30 00 00 1-01 1 544.995,00
1 15 21 31 00 00 1-01 1 392.525,00
1 15 22 32 00 00 1-01 1 166.976,00
1 15 25 01 00 02 1-01 1 7.725.462,00
1 16 11 17 00 00 1-01 1 6.891.375,00
1 16 12 19 00 00 1-01 1 13.226.293,00
1 16 13 21 00 00 1-01 1 636.166.785,00
1 16 14 22 00 00 1-01 1 5.742.915,00
1 16 15 24 00 00 1-01 1 522.572,00
1 16 16 25 00 00 1-01 1 1.829.150.527,00
1 16 20 01 00 02 1-01 1 4.627.120,00
1 17 10 01 00 01 1-01 1 14.749.867,00
1 17 12 18 00 00 1-01 1 366.445,00
1 17 13 19 00 00 1-01 1 3.996.567,00
1 17 14 20 00 00 1-01 1 3.057.735,00
1 17 15 21 00 00 1-01 1 66.983.473,00
1 17 16 23 00 00 1-01 1 485.309.874,00
1 17 17 24 00 00 1-01 1 270.637,00
1 17 18 25 00 00 1-01 1 129.047,00
1 18 10 01 00 01 1-01 1 8.871.867,00
1 18 11 20 00 00 1-01 1 4.987.354,00
1 19 10 01 00 01 1-01 1 15.511.023,00
1 19 12 18 00 00 1-01 1 5.994.792,00
1 19 13 19 00 00 1-01 1 3.512.451,00
1 19 14 20 00 00 1-01 1 4.846.754,00
1 19 15 21 00 00 1-01 1 6.880.034,00
1 19 17 23 00 00 1-01 1 14.969.801,00
1 20 10 01 00 01 1-01 1 7.363.052,00
1 01 10 16 00 00 1-01 5 9 1 35.851.760,00
1 14 18 27 01 00 1-01 5 1 137.367.053,00
1 14 18 27 02 00 1-01 5 1 141.159.769,00
1 14 18 27 03 00 1-01 5 1 2.803.237,00
1 14 18 27 04 00 1-01 5 1 21.745.158,00
1 16 12 19 00 00 1-01 5 1 534.805.994,00
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Importe
1 16 10 01 01 1-01 1 $636.166.785,00
1 16 25 01 03 1-01 1 $1.829.150.527,00
Art.4º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Finanzas y Recursos.-
Art.5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2600-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12190799/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente GIULIANA MARIEL RODRIGUEZ y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3678933/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente GIULIANA MARIEL RODRIGUEZ D.N.I. Nº 38.749.762, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 8277-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1644808/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 23 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 179634/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 23 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente GIULIANA MARIEL RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 38.749.762, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, con carácter interino, en la Escuela Nº 45 “Juan de Dios Escobar”, de la localidad de Arizona, departamento Gobernador Dupuy.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2601-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2230297/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MONICA MARQUESA CANDAS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1510595/26, 1517294/26 y ACTPAS 1660038/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MONICA MARQUESA CANDAS, D.N.I. Nº 18.061.594, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 262-SGG-SEFP-1997, de regularización, 2869-MGyE-1997, de unificación, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1659579/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de enero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de enero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MONICA MARQUESA CANDAS, D.N.I. Nº 18.061.594, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2602-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12020252/25, por el cual tramita la renuncia de la docente ADRIANA NOEMI PICCOLO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1469757/25 y ACTPAS 1636118/25, obra nota de renuncia por jubilación de la docente ADRIANA NOEMI PICCOLO, D.N.I. N° 14.497.954, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decreto Nros. 4156-MHP-2017, 4324-MHP-2016 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1642219/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente ADRIANA NOEMI PICCOLO, D.N.I. N° 14.497.954, en CINCO (5) horas cátedra titulares de Operaciones de Compra y Venta en 4to. año 1ra. división, UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría Anual, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Finanzas e Impositiva en 6to. año 2da. división, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Gestión de Clientes en 6to. año 2da. división, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Finanzas e Impositiva en 6to. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel de Educación Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2603-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3110714/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA JOSE ANDRADE GUTIERREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular MONICA ESTER SABIO, D.N.I. N° 17.246.415, según Decreto N° 1936-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente MARIA JOSE ANDRADE GUTIERREZ, D.N.I. Nº 27.136.051, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3728949/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 09 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter excepcional, a partir del 09 de marzo de 2026 y hasta la finalización del presente ciclo lectivo, a la docente MARIA JOSE ANDRADE GUTIERREZ, D.N.I. Nº 27.136.051, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 423 “Brigadier General Don Juan Manuel de Rosas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2604-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12170736/25, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente MAXIMILANO GASPAR PEREIRA ARCE, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3678753/25 y DOCEXT 3712803/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente MAXIMILANO GASPAR PEREIRA ARCE D.N.I. Nº 31.337.687, de suplente a interino, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular ANGELICA NOEMI ESPINOSA, según Decreto Nº 19148-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 19 de noviembre de 2025, del docente MAXIMILANO GASPAR PEREIRA ARCE D.N.I. Nº 31.337.687, de suplente a interino, en DOCE (12) horas cátedra de Historia, 2 hs. en 1er. año 1ra. división, 2 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 1ra. división, 3 hs. en 3er. año 2da. división, Sector Electrónica, y 2 hs. en 1er. año 1ra. división, Sector Químico, TRES (3) horas cátedra de Historia de San Luis en 3er. año 1ra. división, Sector Químico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 4 “Fray Luis Beltrán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2605-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3041206/26, por el cual tramita la designación de la docente SILVINA IRENE MALUFF, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 240 “Provincia de Corrientes”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, CLAUDIA IRMA MONASTEROLO, según Decreto N° 1341-MHIP-2026, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, SILVINA IRENE MALUFF, D.N.I. Nº 34.104.554, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3722883/26 y ACTPAS 1662615/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 2 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 2 de marzo de 2026, a la docente SILVINA IRENE MALUFF, D.N.I. Nº 34.104.554, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela N° 240 “Provincia de Corrientes”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2606-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050873/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA FLORENCIA GAGNOTTI VILLEGA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por cargo de mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100° de la Ley N° XV-0387-2004, del docente titular, GUILLERMO MARTIN CONCETTI, según Decreto N° 22235-ME-2025, se torna necesario designar con carácter suplente, a la docente MARIA FLORENCIA GAGNOTTI VILLEGA, D.N.I. N° 37.723.356, en UN (1) cargo de Preceptora, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3723967/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 3 de marzo de 2026 e inter dure la licencia por cargo de mayor jerarquía del docente titular, GUILLERMO MARTIN CONCETTI, a la docente MARIA FLORENCIA GAGNOTTI VILLEGA, D.N.I. N° 37.723.356, en UN (1) cargo de Preceptora, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 21 “María Auxiliadora”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2607-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12190656/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente DANIELA GUTIERREZ y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3678770/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente DANIELA GUTIERREZ D.N.I. Nº 30.581.725, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 6861-MHP-2021 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1644824/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 15 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 179635/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 15 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina DANIELA GUTIERREZ, D.N.I. Nº 30.581.725, en TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera Ingles I, en 4to. año única división y TRES (3) horas. cátedra de Lengua Extranjera II, Perfil Ingles en 5to. año única división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 417 “Granadero Florencio Navarro”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2608-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3110797/26, por el cual tramita la designación de la docente SANDRA PAEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular e interina, MARIA SANDRA LARTIGUE, según Decreto Nº 1909-MHIP-2025 y la renuncia por ascenso jerárquico de la docente suplente, MARIA BELEN SOSNOWSKI, mediante Decreto N° 19150-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, SANDRA PAEZ, D.N.I. Nº 29.181.373, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 2do. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3729017/26 y ACTPAS 1667837/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 6 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 6 de marzo de 2026, a la docente SANDRA PAEZ, D.N.I. Nº 29.181.373, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 2do. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2609-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3110644/26, por el cual tramita la designación de la docente NATALIA CAROLINA LEMBO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, YANINA DE LOS ANGELES CABALLERO, según Decreto N° 19149-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, NATALIA CAROLINA LEMBO, D.N.I. N° 26.023.354, en SEIS (6) horas cátedra de Biología, 3hs. en 1er. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3728863/26 y ACTPAS 1667778/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de marzo de 2026, a la docente NATALIA CAROLINA LEMBO, D.N.I. N° 26.023.354, en SEIS (6) horas cátedra de Biología, 3hs. en 1er. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2610-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3110660/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA AMELIA REMEDIOS BENDINI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, YANINA DE LOS ANGELES CABALLERO, según Decreto N° 19149-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MARIA AMELIA REMEDIOS BENDINI, D.N.I. N° 29.876.764, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3728882/26 y ACTPAS 1667810/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de marzo de 2026, a la docente MARIA AMELIA REMEDIOS BENDINI, D.N.I. N° 29.876.764, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 431 “Ángela Nelly Chenau de Vecino”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2611-MHIP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11261145/25, por el cual tramita la renuncia de la docente MONICA ESTER BRAIDA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1465942/25 y ACTPAS 1631940/25, obra nota de renuncia por jubilación de la docente MONICA ESTER BRAIDA, D.N.I. N° 20.193.685, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 7812-MHP-2023, 5441-MHP-2023, 4418-MHP-2023 de designación, 1415-MHP-2010 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1631955/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente MONICA ESTER BRAIDA, D.N.I. N° 20.193.685, en SEIS (6) horas cátedra interinas de Historia (3 hs. en 4to. año 2da. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación Comunicación, Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 31 “Mariano Moreno”, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Historia en 4to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundario, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, UN (1) cargo titular de Bibliotecaria, Nivel de Educación Secundario, en la Escuela Técnica N° 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, TRES (3) horas cátedra interinas de Historia General y Universal en 4to. año 1ra. división, Sector Industria Alimentaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia”, todos los establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2641-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2250010/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente RUBEN OMAR BECERRA CAMILETTI, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3715256/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente RUBEN OMAR BECERRA CAMILETTI D.N.I. Nº 31.748.263, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 21661-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1661022/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 24 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 179808/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 24 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente interino RUBEN OMAR BECERRA CAMILETTI, D.N.I. Nº 31.748.263, en DOS (2) horas cátedra de Música en 2do. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2642-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2230570/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA DEL ROCIO MARTIN y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3713459/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA DEL ROCIO MARTIN D.N.I. Nº 38.540.656, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 7330-MHP-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 434013/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 25 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 179809/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 25 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina MARIA DEL ROCIO MARTIN, D.N.I. Nº 38.540.656, en OCHO (8) horas cátedra de Ciencias Sociales en 1er, año 2.do año y 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 13 “Antártida Argentina”, de la localidad de Zanjitas, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2643-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11280650/25, por el cual la Dirección del Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente WILSON ARNALDO TORRES, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3661641/25 y DOCEXT 3700262/26, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente WILSON ARNALDO TORRES D.N.I. Nº 32.410.248, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular MELISA NOELIA CALDERON, según Decreto Nº 19099-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 04 de noviembre de 2025, del docente WILSON ARNALDO TORRES D.N.I. Nº 32.410.248, de suplente a interino, en CUATRO (4) horas cátedra de Práctica Deportiva en 4to. año única división y CUATRO (4) horas cátedra de Proyecto de Intervención: Práctica Socio Comunitaria en 4to. año única división, Orientación Educación Física, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos de Nivel Secundario, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2644-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3041282/26, por el cual tramita la designación de la docente ANABELLA AGUSTINA ACRICH, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MARIA VANESA CERESOLE, D.N.I. N° 30.581.774, según Decreto N° 18918-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente ANABELLA AGUSTINA ACRICH, D.N.I. Nº 37.638.318, en DOS (2) hs. cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 4to. año 2da. división y SEIS (6) hs. cátedra de Sociología, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación en Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3723017/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de marzo de 2026, a la docente ANABELLA AGUSTINA ACRICH, D.N.I. Nº 37.638.318, en DOS (2) hs. cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo, en 4to. año 2da. división y SEIS (6) hs. cátedra de Sociología, 3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división, Orientación en Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2645-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12020198/25, por el cual tramita la renuncia el docente KARINA DANIELA CRESTA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1469442/25 y ACTPAS 1636112/25, obra nota de renuncia por jubilación de la docente KARINA DANIELA CRESTA, D.N.I. N° 20.358.235, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 7027-ME-2013, 5356-MHyOP-2013 de titularización y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1636115/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por el docente KARINA DANIELA CRESTA, D.N.I. N° 20.358.235, en UN (1) cargo titular de Directora, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 240 “Provincia de Corrientes” y en DIEZ (10) horas cátedra titulares de Lengua (5 hs. en 2do. año 1ra. división y 5 hs. en 3er. año 1ra. división), Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, ambos establecimientos educativos, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2646-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3090747/26, por el cual tramita la designación de la docente PAOLA ANDREA SANCHEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2023 y 11371-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, PAOLA ANDREA SANCHEZ, D.N.I. Nº 30.661.725, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática, en 5to. año 1ra. división, Orientación Lenguas, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3726375/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de marzo de 2026, a la docente PAOLA ANDREA SANCHEZ, D.N.I. Nº 30.661.725, en CUATRO (4) horas cátedra de Matemática, en 5to. año 1ra. división, Orientación Lenguas, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2647-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3100179/26, por el cual tramita la designación de la docente SOFIA MARIELA VALLERO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy” de la localidad de Carpintería, departamento Junín, con motivo de la licencia por Maternidad y binomio madre – hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0109-PCH-2025, de la docente suplente, CARLA GIANNINA AGUILERA, D.N.I Nº 38.880.385, designada por Decreto Nº 2619-MHP-2022, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente SOFIA MARIELA VALLERO, D.N.I Nº 35.357.736, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3727303/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 09 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 09 de marzo de 2026 y hasta el 04 de julio de 2026, a la docente SOFIA MARIELA VALLERO, D.N.I Nº 35.357.736, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 159 “Provincia de Jujuy” de la localidad de Carpintería, departamento Junín.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2648-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3090833/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA LAURA RODRIGUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular, EVELYN BELEN MURUA, según Decreto Nº 23571-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MARIA LAURA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 29.176.741, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3726475/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de marzo de 2026, a la docente MARIA LAURA RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 29.176.741, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2649-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3131255/26, por el cual tramita la designación del docente JUAN ESTEBAN GARCIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 1132-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, al docente JUAN ESTEBAN GARCIA, D.N.I. Nº 35.316.471, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3732372/26 y DOCEXT 1522358/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de marzo de 2026, al docente JUAN ESTEBAN GARCIA, D.N.I. Nº 35.316.471, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 446 “Pueblo Puntano de la Independencia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2650-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3090681/26, por el cual tramita la designación del docente ADRIAN LESCANO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2023 y 11371-ME-2024, se torna necesario designar con carácter interino al docente, ADRIAN LESCANO, D.N.I. Nº 20.195.921, en TRES (3) horas cátedra de Política y Ciudadanía, en 5to. año 1ra. división, Orientación Lenguas, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3726311/26 obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de marzo de 2026, al docente, ADRIAN LESCANO, D.N.I. Nº 20.195.921, en TRES (3) horas cátedra de Política y Ciudadanía, en 5to. año 1ra. división, Orientación Lenguas, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 34 “Raúl Basilio Díaz”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2651-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2130266/26, por el cual tramita la renuncia de la docente GRACIELA LOURDES SOSA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1507259/26 e INFORM 433569/26, obra nota de renuncia por jubilación de la docente GRACIELA LOURDES SOSA, D.N.I. N° 17.389.187, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decreto Nros. 6657-MHyOP-2013, 3132-MC-2004 de titularización, 6488-ME-2018 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 433568/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de enero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de enero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente GRACIELA LOURDES SOSA, D.N.I. N° 17.389.187, en DOCE (12) horas cátedra titulares de Tecnología (3 hs. en 1er. año 4ta. división, 3 hs. en 2do. año 3ra. división, 3 hs. en 2do. año 4ta. división y 3 hs. en 3er. año 3ra. división), en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía y TRES (3) horas cátedra titulares de Tecnología en 1er. año 4ta. división) Nivel de Educación Secundario, en la Escuela N° 5 “Bartolomé Mitre”, UN (1) cargo de Directora por ascenso jerárquico inter se llame a concurso y CINCO (5) horas cátedra titulares de Matemática I, en 1er. año única división, en uso de licencia por cargo de mayor jerarquía, Nivel de Educación Secundario, en el Centro Educativo de Nivel Secundario N° 2 “Supervisor Raúl Alberto Valdez”, ambos establecimientos educativos, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2652-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3131126/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente NATALIA JULIETA SECOTARO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3732236/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente NATALIA JULIETA SECOTARO D.N.I. Nº 29.617.691, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente interina MARIA FLORENCIA ESCUDERO, según Decreto Nº 2104-MHIP-2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 19 de noviembre de 2025, de la docente NATALIA JULIETA SECOTARO D.N.I. Nº 29.617.691, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra Especial, Perfil Lengua y Cultura Extranjera Inglés, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2653-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12050528/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente DAMARIS AYELEN FERNANDEZ VIDELA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3666720/25 y 1489828/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente DAMARIS AYELEN FERNANDEZ VIDELA D.N.I. Nº 37.296.298, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 13998-MHIP-2025 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 432667/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 01 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 179650/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina DAMARIS AYELEN FERNANDEZ VIDELA, D.N.I. Nº 37.296.298, en CINCO (5) horas cátedra de Ciencias Naturales en 1er. año 1ra. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2654-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3090105/26, por el cual tramita la designación del docente MAURO FABRICIO ARGÜELLO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy, con motivo de la licencia por Maternidad y binomio madre – hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0070-SDRH-2025, de la docente interina, KAREN MACARENA LUNA, según Decreto N° 1433-MHP-2021, se torna necesario designar con carácter suplente al docente MAURO FABRICIO ARGÜELLO, D.N.I. Nº 33.579.758, en SEIS (6) horas cátedra de Construcción y Mantenimiento de Estructuras en 6to. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3725718/26 y ACTPAS 1663831/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 4 de marzo de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 4 de marzo de 2026 y hasta el 13 de mayo de 2026, al docente MAURO FABRICIO ARGÜELLO, D.N.I. Nº 33.579.758, en SEIS (6) horas cátedra de Construcción y Mantenimiento de Estructuras en 6to. año 1ra. división, Sector Mecanización Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot”, de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2655-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11200492/25, por el cual tramita la renuncia del docente RODOLFO LUIS GARRO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1463103/25, 1474725/25 y ACTPAS 1627995/25, obra nota de renuncia por jubilación del docente RODOLFO LUIS GARRO, D.N.I. N° 17.247.615, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia los Decretos Nros. 12983-MHP-2016, 4156-MHP-2017 de reubicación definitiva, y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1628004/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por el docente RODOLFO LUIS GARRO, D.N.I. N° 17.247.615, en QUINCE (15) horas cátedra titulares de Tecnología (3hs. en 1er. año 3ra. división, 3hs. en 1er. año 4ta. división, 3hs. en 1er. año 5ta. división, 3hs. en 2do. año 4ta. división y 3hs. en 2do. año 5ta. división), SEIS (6.) horas cátedra titulares de Computación (3hs. en 4to. año 4ta. división y 3hs. en 4to. año 5ta. división) Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, DIECIOCHO (18) horas cátedra titulares de Tecnología (3hs. en 1er. año 1ra. división, 3hs. en 1er. año 2da. división, 3hs. en 2do. año 1ra. división, 3hs. en 2do. año 2da. división, 3hs. en 3er. año 1ra. división y 3hs. en 3er. año 2da. división) Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 3 “Eva Duarte de Perón”, ambos establecimientos educativos, de la cuidad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2656-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2250213/26, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente NORA ANDREA MERINO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3715438/26, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente NORA ANDREA MERINO D.N.I. Nº 24.990.567, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular CRISTINA NOEMI SANCHEZ, según Decreto Nº 18157-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2025, de la docente NORA ANDREA MERINO D.N.I. Nº 24.990.567, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Física en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2657-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3041284/26, por el cual tramita la designación de la docente MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo de la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, MARIA VANESA CERESOLE, según Decreto Nº 18918-ME-2025, se torna necesario designar a la docente MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ, D.N.I. Nº 32.771.695, en TRES (3) horas cátedra en Formación Ética y Ciudadana, en 3er. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3723019/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 04 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto Nº 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 04 de marzo de 2026 e inter dure la licencia sin goce de haberes por cargo de mayor jerarquía de la docente titular, MARIA VANESA CERESOLE, a la docente MARIA DE LOS ANGELES GONZALEZ, D.N.I. Nº 32.771.695, en TRES (3) horas cátedra en Formación Ética y Ciudadana, en 3er. año 1ra. división, Orientación Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2658-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050717/26, por el cual tramita la designación de la docente MIRNA GABRIELA MENEZ GONZALEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, VANESA CATALINA CORNEJO, según Decreto N° 19150-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, MYRNA GABRIELA MENEZ GONZALEZ, D.N.I. Nº 20.326.643, en CUATRO (4) horas cátedra de Gestión de Compras y Ventas en 3er. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3723849/26 y ACTPAS 1662729/26 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 5 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 5 de marzo de 2026, a la docente MYRNA GABRIELA MENEZ GONZALEZ, D.N.I. Nº 20.326.643, en CUATRO (4) horas cátedra de Gestión de Compras y Ventas en 3er. año 5ta. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2659-MHIP-2026.-
San Luis, 25 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1220251/26, por el cual se tramita la renuncia de la docente MARIA ISABEL SPERANZA, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1496916/26 y ACTPAS 1650179/26, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente MARIA ISABEL SPERANZA, D.N.I. N° 18.091.340, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 8095-ME-2019, 5235-MHP-2008, 11258-ME-2022 de titularización y fotocopia de D.N.I. de la docente;
Que en act. ACTPAS 1649938/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de enero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de enero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARIA ISABEL SPERANZA, D.N.I. N° 18.091.340, en UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Artística, Plástica Visual, Nivel de Educación Primario, en la Escuela N° 139 “Bartolomé Mitre” de la localidad de San Roque, UN (1) cargo titular de Maestra de Plástica Visual, Nivel de Educación Primario, NUEVE (9) horas cátedra titulares de Educación Artística (3hs. en 1er. año 1ra. división, 3hs. en 2do. año 1ra. división y 3hs. en 3er. año 1ra. división) y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Nivel de Educación Secundario, en la Escuela 23 “Umberto Rodríguez Saa’’, de la ciudad de Juana Koslay, ambos establecimientos educativos del departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
DECRETO Nº 2429-SGG-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2230789/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DEC 24353/25, obra Decreto Nº 24353-SGG-2025, por el que se homologaron los Contratos de Servicios, suscriptos entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y las señoras LUISINA MARINA XIOMARA CAMARGO, D.N.I. Nº 33.958.309 y PAMELA LUCIANA ZULBETTE, D.N.I. Nº 38.750.407, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 100482/26 y DOCEXT 100483/26;
Que en acts. DOCEXT 100868/26 y DOCEXT 100867/26, obran Actas Acuerdos mediante las cuales las partes acuerdan prorrogar la vigencia de los Contratos mencionados, desde el 01 de abril y hasta el 30 de junio de 2026 y la retribución mensual, que percibirán las contratadas por el servicio prestado;
Que en act. PREV 11312761/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma total de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($3.686.364,00);
Que en act. ACTPAS 1661755/26, obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría General de la Gobernación, sin objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP 965391/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 168353/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art.2º.- Homologar las Actas Acuerdos, de los Contratos de Servicios, suscriptas entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. Nº 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y las señoras LUISINA MARINA XIOMARA CAMARGO, D.N.I. Nº 33.958.309 y PAMELA LUCIANA ZULBETTE, D.N.I. Nº 38.750.407, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 100868/26 y DOCEXT 100867/26, respectivamente del EXD-0-2230789/26.-
Art.3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Pr. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc Importe
1 10 13 21 1-01 3 4 9 $3.686.364,00
Art.4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.5º.- Hacer saber a: Escribanía General de Gobierno, Asesoría Contable y Presupuestaria, ambas dependientes de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a las interesadas.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2430-SGG-2026.-
San Luis, 20 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3091200/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOBHCS 33197/26 obra nota de la Cámara de Senadores, solicitando ampliación de créditos presupuestarios;
Que en act. PTPGAS 57735/26 obra solicitud de transferencia de créditos presupuestarios;
Que en act. RCRE 11334814/26 obra comprobante de reserva de crédito;
Que en act. INFORM 434452/26 obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones del Artículo 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Artículo 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025, Art. 13 del Decreto Nº 150-SGG-23, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, modificado por el Art. 2º del Decreto Nº 704-SGG-2023, Art. 1º del Decreto Nº 10443-MHIP-2024 y por el Art. 1º del Decreto Nº 16227-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas Presupuestarias:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 01 20 17 1-01 2 $6.000.000,00
1 01 20 17 1-01 3 $17.000.000,00
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Importe
1 10 10 01 01 1-01 3 $23.000.000,00
Art. 3º.- Incluir en la programación financiera del mes en curso las siguientes partidas presupuestarias:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 01 20 17 1-01 2 $6.000.000,00
1 01 20 17 1-01 3 $17.000.000,00
Art. 4º.- Hacer saber a: Secretaría General de la Gobernación, Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Cámara de Senadores.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2531-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11251016/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 7561-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 24 de julio del año 2024;
Que a través del Decreto N° 23586-SGG-2025 se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 7561-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Comunicación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2532-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11201228/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 4400-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 26 de Abril de 2024;
Que a través del Decreto N° 23589-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 4400-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Intendencia Molino Fénix, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2533-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11201229/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 4082-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 8 de Mayo de 2024;
Que a través del Decreto N° 23598-SGG-2025 se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 4082-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2534-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11251014/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 4739-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 16 de mayo del año 2024;
Que a través del Decreto N° 23588-SGG-2025 se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 4739-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2535-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11251019/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 8982-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora MARIA LILIANA SOSA, D.N.I. N° 12.550.404, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23590-SGG-2025 se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 8982-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado Legal y Técnica, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2536-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281001/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1986-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 24 de Febrero del año 2025;
Que a través del Decreto N° 23693-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 1986-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Vice Gobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2537-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010849/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 16907-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora ALDANA VOTA, D.N.I. Nº 35.899.740, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23694-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 16907-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Gobierno, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2538-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11261206/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 11800-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora DAIANA ADRIANA ROLANDO AMIEVA, D.N.I. N° 32.473.418, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23591-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 11800-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Productivo, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2539-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11271086/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1926-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor MARTIN JAVIER MAUVEZIN, D.N.I. N° 25.964.749, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23592-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 1926-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2540-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281005/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 11598-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor EMILIANO GASTON CASELLA, D.N.I. N° 33.757.676, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23696-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 11598-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2541-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11271087/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 3019-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora VALERIA PIFFARETTI, D.N.I. Nº 25.095.782 por la otra;
Que a través del Decreto N° 23595-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 3019-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Personas con Discapacidad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2542-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010852/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 17811-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor LUCAS JOAQUIN CALDERON LEYTON, D.N.I. Nº 44.752.586, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23697-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 17811-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2543-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11261202/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 9531-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor CHRISTIAN EDGARDO FLOCCO, D.N.I. N° 24.933.444, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23594-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 9531-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Deporte, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2544-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11201222/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 2350-SGG-2024, se homologaron los Contratos de Prestación de Servicios, suscriptos en fecha 15 de Marzo de 2024;
Que a través del Decreto N° 23698-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia de los Contratos mencionados;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia de los mismos, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia de los aludidos Contratos, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, homologados mediante Decreto N° 2350-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerios, Secretarías de Estado, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2545-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010848/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 14784-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor JULIAN SANTIAGO RIVAS ROCCA, D.N.I. Nº 39.798.017, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23686-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 14784-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2546-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11261204/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 10074-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor SANTIAGO TOMÁS LOPEZ, D.N.I. N° 44.954.910, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23601-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 10074-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Vinculación Interjurisdiccional, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2547-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010850/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 16908-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora GRACIELA BEATRIZ CARRIZO, D.N.I. Nº 25.746.773, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23687-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 16908-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2548-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281003/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 4518-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora MIRTA ELIA LUCERO, D.N.I. N° 6.079.603, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23689-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 4518-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Seguridad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2549-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010851/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 16910-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora MYRIAN JUDITH JOFRE ADARO, D.N.I. Nº 28.491.560, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23691-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 16910-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2550-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11201225/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 3555-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 17 de Abril de 2024;
Que a través del Decreto N° 23597-SGG-2025 se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 3555-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2551-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11261201/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 8755-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 20 de agosto del año 2024;
Que a través del Decreto N° 23600-SGG-2025 se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 8755-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaría de Estado de Deporte, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2552-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11271082/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 13515-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor GABRIEL OSVALDO ALEJANDRO GUERRINI, D.N.I. N° 17.111.872, por la otra;
Que a través del Decreto N° 24005-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 13515-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Dirección de Intendencia de Edificios Públicos dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2553-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281002/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 3851-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora DIDIANA ROSA SALINAS GUEVARA, D.N.I. N° 21.041.645, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23690-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 3851-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección Boletín Oficial y Judicial dependiente de la Secretaría de Estado Legal y Técnica, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2554-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2060947/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 100666/26 obra Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria General de la Gobernación C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, por una parte y el señor LUCAS SEBASTIAN RICARTE, D.N.I. N° 27.394.879, por la otra;
Que la Clausula Primera del Contrato citado, establece el lugar donde prestara servicios el Contratado, y la Clausula Segunda establece la remuneración mensual que percibirá;
Que la Clausula Quinta establece la vigencia del Contrato mencionado, pudiendo prorrogarse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. INFORM 433365/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Publica informa el costo presupuestario y en relación a la partida presupuestaria con la que se atenderá el gasto, ratifica lo informado en act. INFORM 432845/261
Que en act. NOTAMP 963293/26, ha tornado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 18° del Decreto N° 150-SGG-2023 prorrogado por Ley N° V-1164-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la Secretaria General de la Gobernación CPN ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, por una parte y el señor LUCAS SEBASTAN RICARTE, D.N.I. N° 27.394.879, por la otra, obrante en act. DOCEXT 100666/26 del EXD-0-2060947/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto C.P. A.C. Inc.
1 10 10 1-01 01 01 1
Art. 4°.- Hacer saber a: Dirección de intendencia La Pedrera, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 6°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2555-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3020409/26, por el cual se tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal dependiente de Fiscalía de Estado; y,
CONSIDERANDO:
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia de los Contratos aludidos, según lo dispuesto por Decreto N° 2-SGG-2026, obrante en act. NOTA 168110/26;
Que mediante Decreto N° 1350-SGG-2026, se aceptó la renuncia del agente CHEDIAK JUAN JOSÉ, D.N.I. N° 27.369.424, categoría “A”, Planta Contratada del Escalafón General de Fiscalía de Estado, a partir del día 02 de febrero del año 2026;
Que es propósito prorrogar la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, según nómina del personal que presta servicios en Fiscalía de Estado obrante en act. NOTA 1681118/26, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.- Prorrogar a partir del 01 de abril y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, de los siguientes agentes dependientes de Fiscalía de Estado:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DOCUMENTO |
|
ABDALA, MARÍA EMILIA |
D.N.I. N° 37.296.229 |
|
ALONSO NEGRE, ANA MERCEDES |
D.N.I. N° 30.312.982 |
|
BARRERA, YAMILA ESTHER |
D.N.I. N° 38.438.615 |
|
BARRERA, YESICA NOEMÍ |
D.N.I. N° 34.877.091 |
|
BUSTOS SAMPERSI, MARÍA FLORENCIA |
D.N.I. N° 37.723.538 |
|
CAYOL, LAURA |
D.N.I. N° 24.155.593 |
|
CRUZ, FLORENCIA SOLANGE |
D.N.I. N° 33.809.293 |
|
FERNÁNDEZ, NERINA LIS |
D.N.I. N° 27.766.272 |
|
LUCERO MURUA, EMILIANO OSCAR |
D.N.I. N° 35.916.350 |
|
NEME, ZARIF ALEJANDRO |
D.N.I. N° 37.724.187 |
|
PEDERNERA, EVA DEOLINDA |
D.N.I. N° 26.529.108 |
|
URTEAGA SUÑER, JUAN IGNACIO |
D.N.I. N° 39.137.490 |
|
VILCHE, MARÍA LAURA ROSA |
D.N.I. N° 24.473.029 |
|
VILLEGAS, SILVIA LILIANA |
D.N.I. N° 26.115.586 |
Art.2°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art.3°.- Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-
Art.4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2556-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11251015/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 6306-SGG-2024, se homologo el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 20 de mayo del año 2024;
Que a través del Decreto N° 23585-SGG-2025 se prorrogo a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del Contrato mencionado, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 6306-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Seguridad, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2557-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11281004/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 12514-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora JESSICA NAHIR GARCIA, D.N.I. Nº 39.993.225, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23699-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 12514-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Deporte, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2558-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12021019/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 19539-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y la señora RITA KARINA SOLEDAD GIORDANI, D.N.I. Nº 26.558.451, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23701-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 19539-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2559-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11261200/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 8752-SGG-2024, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto en fecha 20 de agosto del año 2024;
Que a través del Decreto N° 23584-SGG-2025 se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto N° 8752-SGG-2024.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2560-SGG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12021020/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 20285-SGG-2025, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, suscripto entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y el señor FRANCO EXEQUIEL MERCAU, D.N.I. Nº 40.105.231, por la otra;
Que a través del Decreto N° 23700-SGG-2025, se prorrogó a partir del 01 de enero del año 2026 y hasta el 31 de marzo del año 2026, la vigencia del Contrato mencionado;
Que el 31 de marzo del año 2026, vence la vigencia del mismo, contemplando la Clausula Quinta su renovación por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que es propósito prorrogar la vigencia del aludido Contrato, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1°.- Prorrogar, a partir del 01 de abril del año 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia del Contrato de Prestación de Servicios, homologado mediante Decreto Nº 20285-SGG-2025.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto a la respectiva partida del presupuesto vigente.-
Art. 3°.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
DECRETO Nº 2581-MDP-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3120059/26, por el cual el Ministerio de Desarrollo Productivo tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que el 31 de marzo de 2026, finaliza la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, según lo dispuesto por Decreto Nº 939-MDP-2026;
Que en act. DOCEXT 3830473/26, obran notas de las Direcciones dependientes del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando nómina del personal contratado del escalafón general de la Administración Pública Provincial, que cumplen funciones en las mismas;
Que se hace necesario prorrogar la vigencia de los mismos desde el 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026, conforme lo manifestado en act. PASMIN 20918/26 por el Ministerio de Desarrollo Productivo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar a partir del 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios de los agentes dependientes del Ministerio de Desarrollo Productivo, conforme el siguiente detalle:
|
DESPACHO |
|
|
ORTIZ GUZMAN LILIANA BEATRIZ |
22.852.858 |
|
PALMA JESICA VANESA |
35.180.765 |
|
VALENZUELA ANGELITA LAURA |
25.964.794 |
|
DIRECCION DE PRODUCCION FAMILIAR |
|
|
ALBORNOZ MARTHA GRACIELA |
17.911.156 |
|
ALBORNOZ RAMON ISMAEL |
20.136.202 |
|
ALFONSO SANDRA ALEJANDRA |
24.719.395 |
|
ANDRADA FABIAN ANDRES |
26.214.338 |
|
ARGAÑARAZ CRISTINA FABIANA |
25.166.753 |
|
BARROSO IVANA ELISABET |
29.621.706 |
|
BECERRA JUAN HUMBERTO |
26.092.173 |
|
CONTRERAS CORREA MARIA SOLEDAD |
92.717.544 |
|
CORONEL JORGE ALBERTO |
20.878.591 |
|
DIAZ JOSE EDUARDO |
11.600.610 |
|
DOMINGUEZ ROSAURA DEL CARMEN |
28.106.859 |
|
ENCINA MIGUEL ALBERTO |
30.839.759 |
|
FERNANDEZ JESSICA YAMILE |
32.432.392 |
|
FORQUERA MIGUEL ANGEL |
31.518.216 |
|
FUNES MARIA CRISTINA |
29.427.646 |
|
GABUTTI SILVIA ANTONIA |
27.376.353 |
|
GALERA OSCAR EDUARDO CEFERINO |
26.772.050 |
|
GARCIA VILLEGAS CLAUDINA |
93.123.046 |
|
GARRO MIGUEL ANGEL |
16.772.701 |
|
GIMENEZ MYRIAM RENEE |
16.772.952 |
|
GOMEZ SILVIA BEATRIZ |
12.471.207 |
|
GUARDIA SERGIO GUSTAVO |
25.233.187 |
|
GUZMAN GILBERTO IGNACIO |
14.161.081 |
|
HEITMAN RAFAEL PEDRO |
27.677.262 |
|
LOPEZ DAVID OSMAR |
35.315.927 |
|
MANASSERO LUIS ALBERTO |
14.208.396 |
|
MARTINEZ WALDO POMPELLO |
17.352.832 |
|
MUÑOZ RUBEN OSCAR |
16.117.359 |
|
NIEVAS CALIXTO ALFREDO |
14.497.547 |
|
OJEDA SILVIA LORENA |
25.641.855 |
|
OLGUIN JULIO JONATHAN |
34.700.637 |
|
OLIVELLA ANDREA VALERIA |
20.414.416 |
|
PAEZ LORENA SOLEDAD |
30.196.592 |
|
PAEZ WALTER NICOLAS |
18.061.497 |
|
PEÑALOZA RAUL ALBERTO |
16.313.469 |
|
PERES VICENTA RITA |
17.389.228 |
|
PEREZ MANUEL FABIAN |
20.516.429 |
|
PEREZ RITA DEL CARMEN |
35.767.245 |
|
QUINTERO MIGUEL ANGEL |
14.497.345 |
|
QUINTEROS MARIA GRACIELA |
29.305.729 |
|
QUIROGA CARLOS ALFREDO |
27.907.333 |
|
QUIROGA PABLO DANIEL |
24.685.402 |
|
QUISPE CORTEZ LORENZA |
94.061.069 |
|
ROSALES SILVIA ROSANA |
22.445.044 |
|
SOSA MARIA TERESA |
20.134.636 |
|
TORRES ARIADNA MACARENA |
39.796.785 |
|
ZARATE ALBERTO DALMIRO |
21.182.290 |
|
ZARATE CARLOS OSMAR |
31.401.952 |
|
DIRECCION DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL |
|
|
BAEZ ROSA CLAUDIA |
23.947.348 |
|
CABANAY CARLOS SERGIO |
20.137.345 |
|
CABAÑA DANIEL AMERICO |
18.508.973 |
|
CHIRINO MARTIN ARMANDO |
26.546.789 |
|
CORTEZ VEGA FEDERICO RAMON |
30.116.817 |
|
FERNANDEZ FRANCO LEONARDO |
37.640.950 |
|
GALVAN MARIA CELESTE |
27.932.793 |
|
INOSTROZA TAPIA INGRID ANDREA |
92.910.691 |
|
LEDESMA LEONARDO IAN |
38.030.042 |
|
MUÑOZ SILVANA GABRIELA |
32.396.566 |
|
OJEDA HILDEBRANDO CIRILO |
17.646.021 |
|
OROZCO JORGE ALBERTO |
13.793.505 |
|
ORTIZ MIRTA EDITH |
17.665.468 |
|
RIVERO ESTEBAN CRISTIAN |
28.091.834 |
|
RODRIGUEZ MARIA DEOLINDA |
21.895.559 |
|
ROMERO CLAUDIA LORENA |
26.213.866 |
|
RUIZ SERGIO OSCAR |
27.763.509 |
|
SALAS SANDRA ALEJANDRA |
27.554.429 |
|
SOSA NÉSTOR GERARDO |
21.630.977 |
|
VILLEGAS GRACIELA ROSA |
18.086.043 |
|
ZAPATA MARISA ALEJANDRA |
26.213.992 |
|
ENTE DE DESARROLLO AERONAUTICO – EDA- |
|
|
RODRIGUEZ HUMBERTO |
16.194.136 |
|
DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA |
|
|
ROMERO CRISTIAN MIGUEL ANGEL |
27.396.916 |
|
DIRECCION DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ENERGIAS SUSTENTABLES |
|
|
QUIROGA SCUDIERI KARLA VALERIA |
26.941.711 |
|
DIRECCION DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ESCUELA |
|
|
LUCERO BARRIENTOS JORGE MARTIN |
25.166.810 |
|
DIRECCION DE VALOR AGREGADO Y VINCULACIÓN COMPRE LOCAL |
|
|
ANDINO ERNESTO RAFAEL |
13.721.589 |
|
DIRECCION DE DESARROLLO AGROPECUARIO |
|
|
CABAÑEZ MARIA SINENCIA |
20.136.156 |
|
CORREA JUANA ROSA |
14.542.337 |
Art. 2°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto deberá imputarse a las partidas presupuestarias vigentes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Direcciones dependientes del Ministerio de Desarrollo Productivo, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y notificar a los interesados.-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
DECRETO Nº 2561-SGG-ST-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3020477/26 mediante el cual se tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal de la Secretaría de Estado de Transporte y organismos de su dependencia, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 24081-SGG-ST-2025, obrante en act. DEC 24081/25, se dispuso la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal de la Secretaría de Estado de Transporte hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. NOTAB 100105211/26 la Secretaría de Estado de Transporte tramita prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal de sus organismos dependientes, del 1 de abril de 2026 hasta el 30 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 1 de abril de 2026 hasta el 30 de junio de 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios del personal de la Secretaría de Estado de Transporte y organismos de su dependencia, conforme el siguiente detalle:
|
DIRECCIÓN DE TRANSPORTE |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
ALBORNOZ DAIANA YANINA |
33.539.198 |
“D” |
|
2 |
BUSTOS VANESA DEL VALLE |
30.624.078 |
“F” |
|
3 |
FIGUEREDO MARIELA |
31.464.883 |
“C” |
|
4 |
GATICA MARIA GUADALUPE |
35.916.246 |
“D” |
|
5 |
ROSALES NOELIA ADRIANA |
36.227.097 |
“E” |
|
6 |
SOSA HECTOR NAHUEL |
39.396.878 |
“D” |
|
7 |
VIVAS JEREMIAS ADRIAN |
32.220.971 |
“C” |
|
8 |
VELAZQUEZ MAGALI FABIOLA |
26.239.376 |
“C” |
|
ÁREA CONTROL DE TRANSPORTE GENERAL PEDERNERA Y GOBERNADOR DUPUY |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
BAZAN MATIAS HERNAN |
33.964.656 |
“E” |
|
2 |
CASTRO MARIO OSCAR |
24.990.341 |
“E” |
|
3 |
TORRES CARINA |
26.389.846 |
“E” |
|
4 |
YUBEL YUDIT DEL VALLE |
22.744.999 |
“E” |
|
SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN, SUPERVISIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA DE TRANSPORTE |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
ALANIZ MIRTA BEATRIZ |
22.543.093 |
“D” |
|
2 |
ALBA SANDRA NOEMI |
25.565.343 |
“E” |
|
3 |
BUSTOS ESTEFANIA CAROLINA |
30.049.622 |
“E” |
|
4 |
DAGFAL LIDIA ISABEL |
23.779.026 |
“E” |
|
5 |
DIAZ JAQUELINA INES |
27.520.056 |
“D” |
|
6 |
ENGEL CYNTHIA NEREA |
35.475.476 |
“E” |
|
7 |
FLORES FRANCISCO GABRIEL |
25.306.949 |
“D” |
|
8 |
LEYES ANALIA JUDITH |
27.393.910 |
“D” |
|
9 |
MARIN CASTRO PAOLA INGRID |
23.390.653 |
“E” |
|
10 |
NUÑEZ LAURA BEATRIZ |
26.213.621 |
“D” |
|
11 |
OLGUIN CRISTIAN DARIO |
25.930.344 |
“E” |
|
12 |
OLIVERO ROSANA DEL VALLE |
22.507.846 |
“D” |
|
13 |
PAEZ MARIO ANTONIO |
33.757.285 |
“F” |
|
14 |
PALACIOS MORALES AGUSTINA ELIZABETH |
36.046.063 |
“E” |
|
15 |
SESMILO HUGO MAXIMILIANO |
29.887.744 |
“C” |
|
16 |
VERA JESICA DEL VALLE |
35.768.786 |
“E” |
|
ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE BUENA ESPERANZA |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
ARRIETA JACINTO RAMON |
17.524.652 |
“A” |
|
2 |
ARRIETA OSCAR ALBERTO |
27.898.604 |
“F” |
|
3 |
DUPO JULIA BEATRIZ |
22.822.443 |
“E” |
|
4 |
GATICA ANA MARIA |
17.524.653 |
“E” |
|
5 |
GALLARDO GUADALUPE |
16.172.508 |
“E” |
|
6 |
MENENDEZ KEVIN KARIM |
37.640.462 |
“E” |
|
7 |
MOLINA PAOLA VANESA |
29.921.858 |
“F” |
|
8 |
MORAN MONICA LILIANA |
18.588.410 |
“E” |
|
9 |
SOSA BERTA DALILA |
21.032.907 |
“E” |
|
10 |
VILLEGAS WALTER DANIEL |
18.055.428 |
“A” |
|
11 |
ZANABRIA HUGO OVIDIO |
20.133.798 |
“F” |
|
ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LUJÁN |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
GATICA MAGDALENA SOLEDAD |
33.800.716 |
“F” |
|
2 |
GODOY PATRICIA ESTHER |
18.055.593 |
“E” |
|
3 |
QUIROGA JAVIER HERNAN |
26.983.728 |
“D” |
|
4 |
TORRES PAOLA BEATRIZ |
28.289.023 |
“E” |
|
ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE VILLA DE MERLO |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
AGÜERO GABRIELA GEORGINA |
30.694.824 |
“C” |
|
2 |
AGUIRRE DANIELA ARMINDA |
26.840.244 |
“D” |
|
3 |
ALDECO SERGIO FABIAN |
20.136.724 |
“D” |
|
4 |
CUELLO CELIA MARINA |
13.465.109 |
“C” |
|
5 |
FLORES LILIANA ANTONIA NORMA |
12.592.725 |
“A” |
|
6 |
MILLAN MARIANA SOLEDAD |
24.112.609 |
“E” |
|
7 |
ROSALES MONICA MARCELA |
23.779.306 |
“E” |
|
8 |
TORRES SILVIA ROXANA |
27.744.208 |
“D” |
|
ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE LA TOMA |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
CATANZARO CARLA NOEMI |
32.816.064 |
“E” |
|
2 |
FLORES BEATRIZ NOEMI |
21.997.382 |
“E” |
|
3 |
ISAGUIRRE GRISELDA LORIANA |
26.736.539 |
“D” |
|
4 |
POLETTI LETICIA |
29.467.189 |
“D” |
|
5 |
RIVAROLA MARIA ANTONIA |
20.135.272 |
“A” |
|
6 |
SILVERA MARIA FLORENCIA |
39.090.179 |
“F” |
|
ÁREA ADMINISTRACIÓN TERMINAL DE ÓMNIBUS DE FRAGA |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
ANDRADA GLADYS ELENA |
17.576.678 |
“D” |
|
2 |
AZCURRA LUIS ALBERTO |
23.637.859 |
“F” |
|
3 |
BRAVO NATALIA ALEJANDRA |
29.376.130 |
“F” |
|
4 |
BRAVO ROSA BELEN |
24.571.500 |
“F” |
|
5 |
FRIAS ROSA ERCILIA |
20.134.973 |
“D” |
|
6 |
GONZALEZ ARMANDO ANTONIO |
16.061.915 |
“E” |
|
7 |
MUÑOZ LORENA VANESSA |
27.393.606 |
“E” |
|
8 |
ORDOÑEZ ANTONIO ORLANDO |
16.470.709 |
“E” |
|
9 |
SALINAS ROSANA JUDITH |
25.668.593 |
“D” |
|
10 |
SANCHEZ JAQUELINA MARISOL |
24.571.481 |
“E” |
|
11 |
TOBARES DEOLINDA EDITH |
31.047.353 |
“D” |
|
ENTE ESTACIÓN DE INTERCONEXIÓN REGIONAL DE ÓMNIBUS DE SAN LUIS (EDIRO) |
|||
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. |
Cat. |
|
|
1 |
ARECO YANINA VANESSA |
27.376.347 |
“D” |
|
2 |
ARNIJAS LIENQUEO NORMA LUISA TERESA |
27.877.938 |
“E” |
|
3 |
BARALDO JUANA ESTER |
17.124.654 |
“D” |
|
4 |
BARRERA JORGE ISIDRO |
23.943.415 |
“E” |
|
5 |
BECERRA MARIELA NATALIA |
25.166.569 |
“E” |
|
6 |
CACERES MARIA CECILIA |
24.922.762 |
“F” |
|
7 |
CAMARGO SILVIA RAMONA |
21.823.566 |
“D” |
|
8 |
CARREÑO GRACIELA DEL TRANSITO |
18.047.753 |
“C” |
|
9 |
CASERES SARA |
20.134.342 |
“E” |
|
10 |
DIAS MARCELA BEATRIZ |
20.949.428 |
“E” |
|
11 |
DIAZ CLAUDIA ALEJANDRA |
22.543.230 |
“D” |
|
12 |
DOMINGUEZ CRISTINA DEL VALLE |
32.038.859 |
“E” |
|
13 |
ESCUDERO DEOLINDA SOLEDAD |
27.376.496 |
“E” |
|
14 |
ESCUDERO SANDRA VALERIA |
33.539.089 |
“F” |
|
15 |
GALEANO MARIA JOSE |
38.750.546 |
“D” |
|
16 |
GIL GRACIELA ESTHER |
17.911.046 |
“C” |
|
17 |
GONZALEZ MARIA MACARENA |
30.007.197 |
“E” |
|
18 |
GUEVARA VIVIANA DEL CARMEN |
23.737.561 |
“E” |
|
19 |
GUZMAN MIGUEL OSCAR |
23.483.860 |
“E” |
|
20 |
LEON MARIA LAURA |
27.356.377 |
“E” |
|
21 |
LUCERO JORGE LUIS |
20.134.385 |
“E” |
|
22 |
LUCERO NORA ARGENTINA |
18.061.409 |
“D” |
|
23 |
LUNA MARTIN ENRIQUE DALMIRO |
29.232.077 |
“F” |
|
24 |
MARIN SANDRA EVELINA |
18.232.438 |
“D” |
|
25 |
MARIÑO ESTELA FABIANA |
23.982.776 |
“E” |
|
26 |
MORALES AGUSTINA DEL ROSARIO |
17.646.370 |
“D” |
|
27 |
OLGUIN PABLO RUBEN |
18.625.712 |
“E” |
|
28 |
OROZCO NATALIA SOLEDAD |
25.976.127 |
“E” |
|
29 |
PAEZ MARIA ELVA |
21.382.142 |
“D” |
|
30 |
PALACIOS MORALES OLGA DEL CARMEN |
32.038.886 |
“E” |
|
31 |
PEDERNERA MIRYAM JUDITH |
21.382.311 |
“E” |
|
32 |
PEREZ JOSE ANGEL |
32.094.360 |
“E” |
|
33 |
POBLET MIRIAM GLORIA |
23.067.378 |
“D” |
|
34 |
QUIROGA PAOLA ANDREA |
23.947.526 |
“E” |
|
35 |
RIVERO ALEJANDRO CESAR |
18.035.472 |
“E” |
|
36 |
RIVERO BERTA IRMA |
17.389.317 |
“C” |
|
37 |
SAN MARTIN CABRERA MARIA ISABEL |
94.106.500 |
“C” |
|
38 |
SAROME GLADYS NOEMI |
14.888.009 |
“D” |
|
39 |
SOSA RAMONA MATILDE |
18.061.557 |
“E” |
|
40 |
TAPIA RAMONA LIDIA |
14.099.645 |
“D” |
|
41 |
TISSERA MARIA TERESA |
14.144.869 |
“D” |
|
42 |
TORRES SZADORSKI GISELA YANET |
39.092.725 |
“E” |
|
43 |
ZARATE MARIA ANA |
20.134.633 |
“E” |
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto deberá imputarse a las partidas presupuestarias del Presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y a todos los organismos dependientes de la Secretaría de Estado de Transporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Transporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE POLÍTICA HABITACIONAL
DECRETO Nº 2589-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales y el EXD-0000-3140154/18 por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas, Licitación 07/98, Manzana 2060, Casa 8, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la Provincia de San Luis y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 367052/25, obra informe de la Dirección de Soluciones Habitacionales y adjunta copia de Contrato de Adjudicación Normalizado Nº 0025182 y reporte del Sistema Informático de Viviendas, de los cuales surge que se adjudicó a la señora PEIRANO MIRIAM ALEJANDRA, D.N.I. Nº 25.610.231, la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas, Licitación 07/98, Manzana 2060, Casa 8, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 394705/22, obra Cédula de Notificación de fecha 21 de agosto de 2018, mediante la cual se intima al titular de la vivienda a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que la señora PEIRANO MIRIAM ALEJANDRA, D.N.I. Nº 25.610.231, efectuare el descargo correspondiente;
Que en acts. DOCEXT 394707/22, obra Acta de Auditoría y Constatación de fecha 30 de abril de 2019, en DOCEXT 410055/22 se adjunta Acta de Verificación de fecha 15 de noviembre de 2022 y en DOCEXT 315857/25, obra Acta de Verificación de fecha 21 de febrero de 2025, donde consta que la vivienda no se encuentra habitada por la señora PEIRANO MIRIAM ALEJANDRA, D.N.I. Nº 25.610.231;
Que en act. DOCEXT 3396905/25, obra informe emitido por la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, señalando sobre las condiciones de dominio y gravámenes de la Matrícula Nº 2-28619, con archivo adjunto correspondiente;
Que en act. DOCEXT 1234192/24, obra informe emitido por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 374096/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100822/25 y DICTAM 101667/26, obran dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 164982/25, obra la intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.- Desadjudicar a la señora PEIRANO MIRIAM ALEJANDRA, D.N.I. Nº 25.610.231, en la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas, Licitación 07/98, Manzana 2060, Casa 8, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera de la Provincia de San Luis.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos. -
Art. 6º.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2590-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3210374/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio ATE II, Manzana 8, Casa 460, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, de la provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. COPDEC 390268/26, obra Decreto Nº 1599-MDH-SPH-2026 por el cual se desadjudica a la señora NIEBAS AUDELINA, D.N.I. Nº 8.206.909, la vivienda individualizada como Barrio ATE II, Manzana 8, Casa 460, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, de la provincia de San Luis, notificado por Cedula Nº 318-AMGESyA-2026, obrante en NOTAB 100105721/26;
Que en act. DOCEXT 183275/18, obra Declaración Jurada Nº 99870 de fecha 26 de julio de 2018, en DOCEXT 250447/24, obra Declaración Jurada de Ocupación de Vivienda Social de fecha 19 de marzo de 2024; por parte del señor TRENTAROSSI RODRIGO EMMANUEL, D.N.I. Nº 31.342.828;
Que en acts. DOCEXT 196333/18, obra Acta de Auditoria y Constatación de fecha 31 de agosto de 2018 y en DOCEXT 139449/25, obra Acta de Verificación de fecha 23 de Junio de 2025; donde consta que la vivienda se encuentra habitada por el señor TRENTAROSSI RODRIGO EMMANUEL, D.N.I. Nº 31.342.828;
Que en act. DOCEXT 1010083/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que en acts. DOCEXT 147332/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 100765/25 y DICTAM 101612/26, obran los dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 96424/22 y en DICFIS 166131/26, obran las intervenciones de Fiscalía de Estado,
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2º.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio ATE II, Manzana 8, Casa 460, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, de la provincia de San Luis, al señor TRENTAROSSI RODRIGO EMMANUEL, D.N.I. Nº 31.342.828.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos -
Art. 6º.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos. -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2593-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2230631/26, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios obrante en act. DOCEXT 391687/26; y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Provincia de San Luis, a través de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, contrata los servicios de la escribana GIMENA MAGALI MORALES IBARRA, D.N.I. Nº 31.988.487, quien prestará funciones realizando servicios de asesoramiento profesional en la Dirección de Escrituración, dependiente de la mencionada Secretaría;
Que el contrato obrante en act. DOCEXT 391687/26, según la Cláusula Cuarta, tiene vigencia a partir del 1 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026;
Que en la Cláusula Quinta del contrato se establece el monto a percibir por el prestador;
Que en act. PREV 11326951/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto, por el monto de PESOS CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 25/100 ($4.820.681,25);
Que en act. DICTAM 102241/26 obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, sin formular objeciones al respecto;
Que en act. NOTAMP 967049/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168613/26 obra dictamen de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por el señor HUGO RODOLFO ROSSI, D.N.I. Nº 13.737.607, en su carácter de Secretario de Estado de Política Habitacional, y por la otra parte la escribana GIMENA MAGALI MORALES IBARRA, D.N.I. Nº 31.988.487, obrante en act. DOCEXT 391687/26, cuya vigencia es a partir del 1 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026.-
Art. 3º.- Imputar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Py. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 25 28 01 1-01 3 4 3 $4.820.681,25
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Escrituración y a la interesada.
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Pablo Torres
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
DECRETO Nº 2591-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000 - 3160006/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 394662/26 la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, solicita la prórroga, por el periodo comprendido entre el 01 de abril de 2026 al 30 de junio de 2026, de los Contratos de Prestación de Servicios;
Que el 31 de marzo de 2026, venció la vigencia de los contratos aludidos, según lo dispuesto por el Art. 1° del Decreto Nº 23714-MDH-SPD-2025 obrante en act. DEC 23714/25, por lo que se hace necesario prorrogar el mismo desde el 01 de abril de 2026 hasta 30 de junio de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Prorrogar, a partir del 01 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio del año 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios de los agentes en las dependencias de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad que en cada caso se indican:
DIRECCIÓN DE JUAN MARTÍN DE PUEYRREDÓN:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
|
PUEBLA NANCI ALCIRA |
13.576.397 |
|
SUB-ÁREA EQUINOTERAPIA: |
|
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DNI |
|
ANDRADA JUAN PABLO |
32.773.693 |
|
BENITEZ MARIA LAURA |
36.415.445 |
|
DE LA MOTA MONICA CRISTINA |
14.542.374 |
|
GATICA ADOLFO SEGUNDINO |
16.169.580 |
|
MIGUELES NATALIA PAOLA |
30.177.984 |
|
PAREDES GUSTAVO REYES |
34.700.689 |
|
RIMONDI AGUSTINA |
41.682.350 |
|
RIVERA MANCILLA MARCELA DENISE |
96.003.121 |
Art. 2º.- Imputar el gasto a las respectivas partidas del presupuesto vigente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección Recursos Humano, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y a los interesados.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 2594-MG-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3120618/26, por el cual se solicita la prórroga de Contratos de Prestación de Servicios de agentes pertenecientes al Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 23524-MG-2025, se prorroga la vigencia de los contratos de Prestación de Servicios del Ministerio de Gobierno, hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. DOCEXT 1155184/26, obra nota de renuncia presentada por la señora Horst Carmen Ines, D.N.I. Nº 14.166.287, agente de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial;
Que en adjunto de act. DOCEXT 1155186/26, obran notas de solicitud de prórroga de contratos de Prestación de Servicios de las dependencias del Ministerio de Gobierno;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar desde el 1 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026 la vigencia de los contratos de Prestación de Servicios del Ministerio de Gobierno, de las personas que a continuación se detallan:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
D.N.I. N° |
|
ABREGU, CESAR LEONCIO |
14.199.508 |
|
AGUILAR, PATRICIA NOEMI |
22.464.787 |
|
AGUILERA, EUGENIA JUDITH |
29.835.231 |
|
ALANIZ, JOSE DANIEL |
37.638.408 |
|
ALCARAZ, FACUNDO MAXIMILIANO |
39.092.247 |
|
ALCARAZ, GISELA JACQUELINE |
35.767.519 |
|
ALCARAZ, NELSON GABRIEL |
33.515.756 |
|
ALEZ, GABRIELA GISEL |
33.890.872 |
|
ALTAMIRANO, ADRIANA NOEMI |
25.394.593 |
|
ALTAMIRANO, CARLOS ADRIAN |
39.090.445 |
|
ALVAREZ, LUISANAHA AHIME |
35.315.820 |
|
ALVAREZ, MARIA SUSANA |
26.264.682 |
|
AMAYA, GABRIELA ROMINA |
32.336.756 |
|
AMIEVA, LORENA PAOLA |
23.947.510 |
|
ANDRADA, MARIELA ALEJANDRA |
28.091.404 |
|
ANZULOVICH, MARIA JOSE |
26.213.443 |
|
ARANCIBIA, ANGELICA BEATRIZ |
28.184.308 |
|
AYALI CORTEZ, ESPERANZA |
93.927.187 |
|
BAIGORRIA, IGNACIO ENRIQUE |
33.623.095 |
|
BARRIO, JESUS MARCELO |
30.973.802 |
|
BARROSO, MARIELA EUGENIA |
29.419.329 |
|
BARROSO, PABLO GUSTAVO |
23.649.650 |
|
BRANDANA, CINTIA LUJAN |
32.278.082 |
|
BENITEZ TORANDELL, ERIKA NATALIA |
29.373.828 |
|
BONVEHI CASTRO, ROCIO MAGALI |
40.485.511 |
|
BRITO, FATIMA DE LOS MILAGROS |
41.055.399 |
|
BRITO, KARINA BEATRIZ |
30.178.035 |
|
BRITO, NADIA JOHANA LIS |
33.269.115 |
|
BRITOS, PABLO ALEJANDRO |
35.764.819 |
|
BRUNO, AMANDA SUSANA |
22.728.645 |
|
BUSTOS, DELIA ALEJANDRA |
20.134.073 |
|
CAMARGO, GABRIELA MABEL |
39.395.744 |
|
CAMARGO MONTENEGRO, KAREN ESTEFANIA |
38.221.385 |
|
CAMARGO, PAMELA SABRINA |
36.227.725 |
|
CANO HILGUERO, JAVIER EDUARDO |
28.392.925 |
|
CARRILLO, OLGA MARCELA |
27.369.800 |
|
CARRIZO, TERESA INES |
16.839.710 |
|
CASAZZA, CINTHIA NOEMI |
33.539.190 |
|
CEBALLOS, PAOLA ALEJANDRA |
30.377.543 |
|
CHAVEZ, CLAUDIA ALEJANDRA |
31.047.188 |
|
CORNEJO, FRANCISCO TRANSITO |
14.787.821 |
|
CORREA, PAOLA BEATRIZ |
26.441.239 |
|
CORVALAN, ANGELA BETINA |
27.963.325 |
|
D’AGATA, MARIA CECILIA |
28.926.098 |
|
DEMO FERRARA, CAMILA |
38.750.130 |
|
DIAZ, SANDRA VIVIANA |
21.454.408 |
|
DOMINGUEZ, ANDREA VICTORIA |
35.764.622 |
|
DOMINGUEZ, ELINA CECILIA |
30.071.815 |
|
DOMINGUEZ, ESTER ANALIA |
29.283.613 |
|
DOMINGUEZ, VIVIANA CARINA |
22.786.758 |
|
ESCUDERO, DANIEL ALFREDO |
17.646.231 |
|
ESCUDERO, GRISELDA NOEMI |
22.379.701 |
|
ESPINOZA, MARIA DE LOS ANGELES |
26.214.263 |
|
ESPINOZA IBAÑEZ, NADIA FATIMA |
31.812.763 |
|
ESQUIVEL, ERICA LORENA |
24.634.897 |
|
ESTEVEZ, SUSANA ETEL |
20.035.485 |
|
FARIAS, MAIRA ANABELA |
40.320.009 |
|
FERNANDEZ, JORGE LUIS |
21.117.053 |
|
FERNANDEZ, ROLANDO JAVIER |
33.888.240 |
|
FERNANDEZ, YESICA SOLEDAD |
30.613.248 |
|
FIOCHETTA, CINTIA MARISA ANTONELLA |
36.666.924 |
|
FRIAS, MARIA ALICIA |
28.527.175 |
|
FUNES, SOLEDAD MARLENE |
35.768.880 |
|
FUNEZ, MARIA ALEJANDRA |
23.947.549 |
|
FUNEZ, RITA MABEL MARHTA |
21.382.907 |
|
GALDEANO, WALTER |
14.412.021 |
|
GARAMENDI, FLAVIA JUDITH |
26.920.649 |
|
GARCIA, MARIA CECILIA |
28.838.683 |
|
GARRO, KAREN MELISA |
39.091.366 |
|
GARRO, MONICA BEATRIZ |
31.518.177 |
|
GARRO, NANCY BEATRIZ |
28.091.022 |
|
GAUNA, AYRTON FABRICIO |
42.220.773 |
|
GATICA, PATRICIA NORMA |
14.144.797 |
|
GAUNA, GUSTAVO NICOLAS |
37.599.977 |
|
GIL, DARIO ALEJANDRO |
23.688.342 |
|
GIL FUNES, MARIA CELESTE |
33.801.807 |
|
GIMENEZ, ROXANA ANDREA |
23.947.062 |
|
GODOY, DORA EDITH |
23.637.597 |
|
GODOY, RICARDO ALBERTO |
25.394.663 |
|
GODOY VERA, MARIELA DEL ROSARIO |
92.853.932 |
|
GOMEZ, ANA DANIELA |
28.926.498 |
|
GOMEZ, PAOLA LUCIA |
27.136.140 |
|
GONZALEZ, MARIA IGNACIA |
25.388.557 |
|
GONZALEZ, ROMINA PAOLA |
30.973.419 |
|
GONZALEZ BELZUNCE MARIANA |
23.707.137 |
|
GRAMAGLIA, GUSTAVO GABRIEL |
21.608.056 |
|
GRECO, MARIA JULIETA |
25.174.339 |
|
GIMENEZ, CRISTIAN DARIO |
29.374.258 |
|
GUARDIA, LESLIE SOLEDAD |
35.767.000 |
|
GUERRERO, PATRICIA BEATRIZ |
23.109.059 |
|
HERRERA, JORGE ANTONIO |
24.990.534 |
|
INGOLLINGO, IRMA ANA |
31.518.180 |
|
JUAREZ, RUBEN LEONARDO |
31.342.754 |
|
LABORDA IBARRA, MATIAS FELIPE |
26.737.535 |
|
LAUGA, LEONEL EDUARDO |
36.054.432 |
|
LEGUIZA, RICARDO RAMON |
24.590.156 |
|
LENCINA, ALAN EZEQUIEL |
37.922.042 |
|
LEYES, DIEGO CARLOS |
33.089.736 |
|
LEYES, VALERIA BEATRIZ |
29.573.727 |
|
LIGORRIA, MARIA INES |
21.806.006 |
|
LLOPIZ, EMILIANO ENRIQUE |
41.563.144 |
|
LOPEZ, VANESA ANALIA |
31.637.261 |
|
LORCA, DIEGO GABRIEL |
35.916.743 |
|
LOYOLA, MARTA ALICIA |
22.466.854 |
|
LUCERO, ANA MARIA |
21.377.173 |
|
LUCERO, MARIANA ELIZABET |
30.358.099 |
|
LUNA, ESTEFANIA SOFIA |
32.139.889 |
|
LUNA, MARIA FABIANA |
25.388.594 |
|
MAGALLANES, SILVIA LORENA |
25.565.892 |
|
MANDOLINI, SILVANA ELBA |
20.027.150 |
|
MAILHOS VISETTI, MARIA EUGENIA |
34.859.085 |
|
MANSILLA, SANDRA CEFERINA |
25.644.630 |
|
MATERA, MARIA ELENA |
33.428.306 |
|
MAYAS, JIMENA MARTINA |
30.988.009 |
|
MICARELLI, ADRIAN EZEQUIEL |
31.518.215 |
|
MORENO, ANALIA VERONICA |
25.048.945 |
|
MORCON, MARIA DIMAS DE LOS ANGELES |
39.137.264 |
|
MOREIRA, ROSA NORMA |
31.402.513 |
|
MUÑOZ, EVELINA NATALIA |
25.870.707 |
|
MUÑOZ, DYLAN ERIC |
43.359.494 |
|
NAVARRO, CLAUDIA ANDREA |
27.220.258 |
|
NIEVA, DAYANA CRISTINA |
37.462.914 |
|
NUÑEZ, ANDREA FABIANA |
29.959.690 |
|
NUÑEZ, ERICA SOLEDAD |
29.106.310 |
|
NUÑEZ, MARIA CELIA |
27.181.725 |
|
ORELLANO, MARIA CRISTINA |
21.997.708 |
|
ORELLANO, JENNIFER JULIANA |
39.990.381 |
|
OROS, MARISOL |
29.996.025 |
|
OROZCO, MONICA ISABEL |
21.041.774 |
|
OROZCO, ROBERT WILLIAM |
29.701.421 |
|
OVIEDO, JOHANA PAOLA |
34.796.983 |
|
PAEZ QUIROGA, MARIA EUGENIA |
31.047.889 |
|
PARCIO, MARIA GISELA |
34.568.783 |
|
PAZEL, ELSA ESTHER |
14.734.605 |
|
PEDERNERA, ROXANA BELEN |
34.060.416 |
|
PEINADO, JUANA LAURA |
25.252.161 |
|
QUEVEDO, VERONICA JAQUELINA |
31.869.911 |
|
QUINTERO, RAQUEL ROSA |
18.274.620 |
|
QUIÑONES, SULMA GRACIELA |
16.446.956 |
|
QUIROGA, MARIA LOURDES |
31.092.894 |
|
RIOS, RITA DEOLINDA |
28.591.974 |
|
RIVAS, MARIANO ANDRES |
26.922.748 |
|
ROCA, FERNANDA VANINA |
27.105.170 |
|
RODRIGUEZ, ANA YSABEL |
22.123.896 |
|
RODRIGUEZ, ANALIA NATALIA |
25.809.181 |
|
RODRIGUEZ BENITEZ, ARIEL CARLOS |
24.681.360 |
|
RODRIGUEZ BRINGAS, GRACIELA JUDY |
17.894.756 |
|
RODRIGUEZ, ERICA ANDREA |
36.046.647 |
|
RODRIGUEZ, MARIA ALEJANDRA |
27.953.958 |
|
RODRIGUEZ, MARIA LUJAN |
42.239.976 |
|
RODRIGUEZ, NANCY ELIZABETH |
20.135.853 |
|
SALAS, MARIA PAOLA |
31.542.827 |
|
SALUSSO, ANABEL AYNE |
38.295.507 |
|
SAROME, CLAUDIA MABEL |
16.772.946 |
|
SOLIS CINTIA VANESA |
30.910.271 |
|
SORIA, SERGIO ANTONIO |
18.095.267 |
|
SOSA, ALEX IVAN |
42.799.964 |
|
SOSA MALLEMACI, RICARDO LUIS |
16.839.554 |
|
SOSA, MARIA MILEA |
27.932.611 |
|
SPAGNUOLO, NESTOR ALEJANDRO |
14.451.078 |
|
STAMPANONI, MICAELA SABRINA |
39.137.985 |
|
SUAREZ, SILVIA EDHIT |
17.920.367 |
|
TAMAYO, MARICEL DEL VALLE |
28.091.792 |
|
TOLABA BEJARANO, INES MARIA |
19.063.360 |
|
TORANZO PEDERNERA, OLGA ANDREA |
21.383.374 |
|
TRABALONI, CLAUDIA GRACIELA |
22.067.098 |
|
URQUIZA CABRERA, LOURDES AYELEN |
35.673.392 |
|
VELAZQUEZ, NATALIA VIVIANA |
30.840.157 |
|
VIDELA, IVANA GABRIELA |
32.649.884 |
|
VILLEGAS, DAIANA ELIZABETH |
37.639.572 |
|
VILLEGAS, LORENA NATALIA |
31.660.453 |
|
VILLEGAS, SABRINA KAREN |
37.132.202 |
|
ZABALA, GLORIA MARICEL |
20.721.076 |
|
ZAVALA, MARIA SOLEDAD |
33.287.784 |
|
ZEBALLO, SILVIA LOURDES |
29.425.524 |
Art. 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto deberá imputarse a las partidas presupuestarias vigentes.-
Art. 3º.- Hacer saber a la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y por intermedio del Ministerio de Gobierno practicar las notificaciones pertinentes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA PROGRAMA ALIMENTARIO
NUTRICIONAL ESCOLAR
DECRETO 2595-ME-SPANE-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2261237/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3729890/26 obra Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar – PANE, LAURA SOLEDAD CAPALDO D.N.I. Nº 29.232.318, por una parte, y por la otra, la señora MARIA CELESTE MALAVASI, D.N.I. Nº 29.426.394, a los fines de realizar la planificación, el diseño pedagógico y la ejecución de la primera jornada de capacitación docente a realizarse en el marco de la Resolución Nº 008- SDCDyFP-2026 de fecha 03 de febrero de 2026, en la que se avala el proyecto de Jornada: “Alimentación saludable y entornos escolares protectores: una jornada de reflexión y acción para docentes y directivos”, con vigencia desde la homologación del mismo hasta el 30 de abril del año 2026;
Que la cláusula segunda del Contrato de Servicios de referencia, establece la retribución que percibirá la prestadora de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11329488/26 obra imputación preventiva del gasto;
Que en act. NOTAMP 966041/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 966846/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga su homologación encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168536/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar – PANE, LAURA SOLEDAD CAPALDO, D.N.I Nº 29.232.318, por una parte, y por la otra, la señora MARIA CELESTE MALAVASI, D.N.I. Nº 29.426.394, a los fines de prestar servicios conforme a lo especificado en las cláusula primera del contrato de referencia, en el ámbito de la Secretaría de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar – PANE, obrante en DOCEXT 3729890/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 14 21 32 1-01 3 4 5 $1.374.750,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Coordinación Institucional PANE y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar – PANE, el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Laura Soledad Capaldo
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 2596-ME-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11031202/25, por el cual se eleva aceptación de renuncia y propuesta de titularización de la docente PATRICIA DEL VALLE VILCHEZ, D.N.I. Nº 20.977.669, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 156 “Granadero José Gabriel Bustos”, del Paraje La Cocha, departamento Libertador General San Martín;
Que en act. DOCEXT 3638576/25, obra copia de Decreto de designación Nº 9199-ME-2023, de la docente mencionada;
Que en act. DOCEXT 3676161/26, obra nota de renuncia al cargo de Maestra de Grado, titular, en la Escuela Nº 249 “Conrado García Torres”, de la localidad de Villa de Praga, departamento Libertador General San Martín, según Decreto Nº 556-ME-2022;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3677551/25;
Que en act. INFSUM 179495/25, toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008 conforme a lo establecido en el Art. 119 de la Ley Nº XV-0387-2004 en el Estatuto Docente, Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Que en act. PASEDU 3730015/26, la Subdirección Cobertura de Cargos toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar y presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la docente PATRICIA DEL VALLE VILCHEZ, D.N.I. Nº 20.977.669, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 249 “Conrado García Torres”, de la localidad de Villa de Praga, departamento Libertador General San Martín según Decreto Nº 556-ME-2022.-
Art. 2º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente PATRICIA DEL VALLE VILCHEZ, D.N.I. Nº 20.977.669, en UN (1) cargo de Directora de Personal Único, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 156 “Granadero José Gabriel Bustos”, del Paraje La Cocha, departamento Libertador General San Martín.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2597-ME-2026.-
San Luis, 22 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-6270288/24, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 183-ME-2025 se aprobó la estructura curricular de la Educación Secundaria de Jóvenes, de la Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, para todos los establecimientos educativos de la provincia de San Luis, que imparten esta modalidad de manera progresiva a partir del ciclo lectivo 2024;
Que en act. DOCEXT 3225325/24, la Subdirección Modalidad Jóvenes y Adultos, considera necesario la modificación la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) del Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortinez” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, Región Educativa II, avalado por la Dirección Educación Obligatoria en act. PASEDU 3228288/24;
Que en act. PASEDU 3695140/26, presta la debida conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. INFORM 431923/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 431969/26 se detalla la partida presupuestaria vigente a la cual corresponde imputar el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 957646/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación presupuestaria informada en act. INFORM 431969/26;
Que en act. ACTPAS 1656279/26 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 183-ME-2025.-
Art. 2º.- Implementar en el Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortinez” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, Región Educativa II, la estructura curricular de la Orientación Economía y Administración, Educación Secundaria de Jóvenes, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, aprobada por Decreto Nº 183-ME-2025, Anexo I.-
Art. 3º.- Modificar la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) del Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortinez” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, Región Educativa II, de la siguiente manera:
Ciclo Lectivo 2024:
Disminuir: Dos (2) divisiones de 1er. año de treinta (30) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 1953-ME-2013.
Incrementar: Dos (2) divisiones de 1er. año de cuarenta y dos (42) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, de acuerdo a la estructura curricular aprobada por Decreto Nº 183-ME-2025, Anexo I.
Ciclo Lectivo 2025:
Disminuir: Dos (2) divisiones de 2do. año de treinta (30) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 1953-ME-2013.
Incrementar: Dos (2) divisiones de 2do. año de cuarenta y dos (42) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, de acuerdo a la estructura curricular aprobada por Decreto Nº 183-ME-2025, Anexo I.
Ciclo Lectivo 2026:
Disminuir: Dos (2) divisiones de 3er. año de treinta (30) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 1953-ME-2013.
Incrementar: Dos (2) divisiones de 3er. año de treinta (30) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, de acuerdo a la estructura curricular aprobada por Decreto Nº 183-ME-2025, Anexo I.
Ciclo Lectivo 2027:
Disminuir: Dos (2) divisiones de 4to. año de treinta (30) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, según Decreto Nº 1953-ME-2013.
Incrementar: Dos (2) divisiones de 4to. año de treinta (30) horas cátedra cada una, Orientación Economía y Administración, aprobada por Decreto Nº 183-ME-2025, Anexo I.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente: DIRECCIÓN EDUCACIÓN OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines que correspondan.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Innovación y Planeamiento, Subdirección Educación Jóvenes y Adultos y por su intermedio al Establecimiento Educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO
RESOLUCIÓN N° 160-DPJ-2026
San Luis, 16 de Abril de 2026
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el legajo/archivo N° LPJ 51/1988 correspondiente a la FEDERACION SANLUISEÑA DE BOMBEROS VOLUNTARIOS (VILLA MERCEDES) con domicilio en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis; y
CONSIDERANDO:
Que la entidad de segundo grado obtuvo su autorización para funcionar mediante Resolución N° 492-DPIGPJ-88 del 06/12/1988.
Que mediante Resolución N° 251-DPJ-2025 se dispuso la Intervención Administrativa de la entidad fundamentada en el estado de irregularidad que mantenía desde el año 2018 y en la necesidad de brindar herramientas tendientes a lograr su regularización institucional.
Que mediante Resolución N° 417-DPJ-2026 de fecha 10/12/2025 se dispuso extender la medida administrativa por el término de sesenta días hábiles.
Que a fs. 973 obra informe de gestión, contable y faltantes suscripto por la Sra. Roxana Gilda Díaz, en el que manifiesta las medidas adoptadas desde el inicio de la intervención. Adjunta informe contable en el que expone los saldos de las cuentas y la existencia de fondos no rendidos y que no poseen comprobantes de respaldos por la suma de $26.860.841,51. Que adjunta documentación contable de respaldo.
Que a fs. 1008 obra nota suscripta por el Director de Prevención y Gestión de Emergencias Gustavo Javier Albornoz solicitando la continuidad del proceso de normalización de la entidad. Requiriendo se prorrogue la medida administrativa de intervención, designando en tal carácter a tres personas a los fines que se pueda lograr de manera ordenada y transparente el funcionamiento de la misma.
FUNDAMENTACION NORMATIVA:
Que el Art. 174 del Código Civil y Comercial de la Nación determina que las asociaciones civiles se encuentran sujetas a contralor permanente de la Autoridad competente, nacional o local según corresponda.-
Las facultades y atribuciones de la autoridad de contralor no se agotan con su intervención en el otorgamiento de la autorización para funcionar ni en la verificación de los requisitos legales y fiscales, ya que existe un cúmulo de posibilidades para el control del funcionamiento de aquellas entidades sujetas a su supervisión, y la adopción de medidas y sanciones en caso de irregularidades. (Personas Jurídicas Privadas, 2014, LUIS NIEL PUIG. Página 363)
Que a su vez, la Ley Nº V-0112-2004 (5703) de Personas Jurídicas, determina en su Art. 2 que esta Dirección tendrá como función intervenir en la constitución, funcionamiento, disolución y liquidación en jurisdicción de la provincia de San Luis de las asociaciones civiles.
Que la mencionada Norma dentro de las facultades de la Dirección establece dentro de la Medidas administrativas en su apartado 7-3) Intervención mediante Resolución fundada con participación del Ministerio de la Legalidad y Relaciones Institucionales en las asociaciones civiles “…a) Cuando se constaten irregularidades administrativas o contables. b) Violación a las leyes que regulen la materia, estatuto o reglamento o en exclusivo interés público…”. -
El Estado vigila el funcionamiento de las asociaciones civiles, disponiendo su intervención en casos de graves irregularidades en ejercicio del poder de policía.
Los derechos de las personas no son absolutos, sino que están sujetos a la reglamentación legal que se concreta a través del denominado “poder de policía”, cuyo límite radica en la razonabilidad de la limitación que no puede alterar la esencia del derecho (cfr. arts. 14 y 18, Constitución Nacional) SCJBA, 12-4-2000, “Caselly y Cía. SA s/Inconstitucionalidad, art. 2°, ley 11.825”, Rubinzal Online, RC J 7503/10
La policía societaria comprende una función general relativa a la potestad jurídica de reglamentar y ejercer coactivamente esa reglamentación, con el fin de limitar la libertad personal en defensa del bienestar general (“la fórmula constitucional magnífica del bienestar general es expresiva y presupone un orden público efectivo y armonioso”). Tiende a preservar el orden público. Se ejerce concediendo autorización para funcionar, dictando reglamentaciones y ordenes tendientes a la fiscalización de su actividad (fiscalización externa), detectando y comprobando aquellas irregularidades que afectan el fin público para el que fuera creada la sociedad o asociación, posibilitando su corrección y aplicando eventualmente sanciones, para el cumplimiento de las leyes vigentes. La autoridad competente goza de facultades discrecionales para dictar –o no- el acto administrativo autoritativo, y asimismo cuenta con tales facultades para apreciar y decidir sobre la necesidad del contralor societario.
C1 CCom. de La Plata, sala III, 27-5-2008, “Federación Regional de Golf del Sur s/Denuncia”, Rubinzal Online, RC J 7931/10
Entre las funciones administrativas propias de las provincias se encuentra la del ejercicio del poder de policía, que es entendida como un poder general de reglamentación interna para asegurar el buen orden de la cosa pública, como surge de la armonización de los artículos 121 y 122 de la Constitución Nacional. Y, por lo tanto, la policía de las personas jurídicas cuyo contralor ejerce la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, en cuanto el “acto administrativo” decretado puede afectar los derechos de una asociación, que cuenta con personería jurídica otorgada por dicho órgano de aplicación, hace a una cuestión propia de un acto de dicha naturaleza.
C2 CCom. de La Plata, sala I, 14-12-2004, “Asociación Fomento Social y Deportivo Mayo s/Solicita veedor”, Rubinzal Online, RC J 7733/10
Que se puede concluir que es necesario extender la medida administrativa de Intervención Administrativa a fin de culminar el proceso de normalización institucional de la entidad.
Por ello y en virtud de las atribuciones establecidas en la Ley N° V-0112-2004, la Ley Nº V-0613-2008
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ART. 1°: PRORROGAR la INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA de la FEDERACION SANLUISEÑA DE BOMBEROS VOLUNTARIOS (VILLA MERCEDES) con domicilio en la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis; personería jurídica otorgada mediante Resolución 492-DPIGPJ-88 del 06/12/1988, por el término de CIENTO VEINTE (120) DIAS, en los términos del Art. 7-3 inc. a y b de la Ley V-112-2004.
ART. 2°: DESIGNAR como INTERVENTORES DE LA MISMA a la Sra. DÍAZ ROXANA GILDA DNI 22.140.469, DIAZ MIGUEL ANGEL, DNI 14.079.698 y VERA EMILIANO DANIEL, DNI 32.164.247, quienes detentarán las facultades propias de los órganos sociales de la entidad con el objeto de continuar la normalización institucional de la misma.
ART 3°: A fines de cumplir con el cometido establecido en el Art. 1°, los Sres. Interventores podrán solicitar todas las medidas administrativas y jurídicas tendientes a la protección inmediata de los bienes, las cuentas bancarias y demás recursos de la entidad.
ART 4°: NOTIFIQUESE en la forma de práctica y PUBLÍQUESE por un día en el Boletín Oficial de la provincia de San Luis. Oportunamente ARCHÍVESE.-
DRA. MARÍA LORENA DOMINGUEZ
Directora de Personas Jurídicas
SPP e. y v: 20 Abr.
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE EL VOLCÁN
ORDENANZA N° 112-HCDEV.-
El Volcán, 30 de Marzo de 2026
APROBACION DE BALANCE DEL TERCER TRIMESTRE 2025 DEL EJECUTIVO MUNICIPAL
EXPEDIENTE NR° 002
VISTO:
El Balance de ejecución del Presupuesto General de Gastos y Recursos para el ejercicio financiero del año 2025, que fuera remitido por el Poder Ejecutivo Municipal, en cumplimiento a lo establecido por la normativa vigente; y
CONSIDERANDO:
Que la rendición de cuentas detallado y contenido en el Balance del 3° TERCER trimestre del año 2025 del Presupuesto General de Gastos y Recursos, fue remitido en tiempo y forma por parte del Poder Ejecutivo Municipal;
Que oportunamente éste Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria y conforme al Reglamento Interno, derivó el mismo a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Desarrollo Económico para su estudio y consideración;
Que dicha Comisión tras haber efectuado un análisis integral del mismo, considero pertinente emitir un Despacho de Comisión en mayoría, sugiriendo su tratamiento y aprobación por parte del cuerpo legislativo;
Que habiéndose puesto a consideración de los miembros Concejales para su tratamiento en Sesión Ordinaria y tras un breve debate, se resolvió por MAYORIA de sus miembros aprobar el Balance de ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recursos correspondiente al 3° (tercer trimestre del año 2025
Que del análisis efectuado de la rendición de cuentas enviado por el Poder Ejecutivo, se pudo advertir que su principal meta prevista en el Presupuesto, además de haber ejecutado y realizado algunas de las obras que se habían previsto, pudo garantizarse la fuente de trabajo del personal, se logró contener a los sectores sociales más humildes y desplegar determinadas políticas públicas de naturaleza social.
Que ello fue posible, pese a los imprevistos que generó el índice inflacionario, se pudo llevar adelante y ejecutar una gestión municipal que, en todo momento, ante todo y pese a lo acontecido, realizó esfuerzos extraordinarios para cumplir con las metas de un presupuesto equilibrado y que, por consiguiente, procurar el no generar deudas y mantener saneado al municipio en su cuentas;
Que en mérito a todo ello, es que resulta necesario dictar la presente sanción 3° Trimestre del año 2025.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD
DE EL VOLCAN SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
1º.- APROBAR el Balance de Ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recurso para el ejercicio financiero 2025, correspondiente al 3° Tercer Trimestre del año 2025, cuyo detalle y desglose corre agregado como Anexo I y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
2º.- REMITIR la presente Ordenanza al Poder Ejecutivo Municipal para su promulgación
3º.- Promulgada que fuere por el Poder Ejecutivo Municipal, procédase a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis
4º.- Comuníquese, regístrese y archívese
Dada, tratada y sancionada, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de El Volcán, en fecha 27 de Marzo de 2026.-
JORGE OMAR SCUKA
Presidente H.C.D.
SPP e. y v: 20 Abr.
DECRETO Nº 19-MEV-2026
El Volcán, 1 de abril de 2026
VISTO:
La aprobación de ordenanza registrada en la Sesión del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, de fecha 27 de marzo de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza versa sobre “APROBACION DE BALANCE DEL TERCER TRIMESTRE 2025 DEL EJECUTIVO MUNICIPAL”.-
Que conforme expresa Ley Provincial XII-0349-2004 de Régimen Municipal, es menester promulgar y publicar la presente Ordenanza.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL VOLCAN
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
DECRETA:
Art. 1º.-Promúlguese la Ordenanza Nº 112-HCDEV-2026 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de El Volcán.
Art. 2º.-Registrar, publicar en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y archivar.-
RICARDO L. CALLEGARO
Intendente
SPP e. y v: 20 Abr.
ORDENANZA N° 113-HCDEV.-
El Volcán, 30 de Marzo de 2026.-
APROBACION DE BALANCE DEL CUARTO TRIMESTRE 2025 DEL EJECUTIVO MUNICIPAL
EXPEDIENTE NR° 003
VISTO:
El Balance de ejecución del Presupuesto General de Gastos y Recursos para el ejercicio financiero del año 2025, que fuera remitido por el Poder Ejecutivo Municipal, en cumplimiento a lo establecido por la normativa vigente; y
CONSIDERANDO:
Que la rendición de cuentas detallado y contenido en el Balance del 4° (cuarto) trimestre del año 2025 del Presupuesto General de Gastos y Recursos, fue remitido en tiempo y forma por parte del Poder Ejecutivo Municipal;
Que oportunamente éste Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria y conforme al Reglamento Interno, derivó el mismo a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Desarrollo Económico para su estudio y consideración;
Que dicha Comisión tras haber efectuado un análisis integral del mismo, considero pertinente emitir un Despacho de Comisión en mayoría, sugiriendo su tratamiento y aprobación por parte del cuerpo legislativo;
Que habiéndose puesto a consideración de los miembros Concejales para su tratamiento en Sesión Ordinaria y tras un breve debate, se resolvió por MAYORIA de sus miembros aprobar el Balance de ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recursos correspondiente al 3° (tercer trimestre del año 2025
Que del análisis efectuado de la rendición de cuentas enviado por el Poder Ejecutivo, se pudo advertir que su principal meta prevista en el Presupuesto, además de haber ejecutado y realizado algunas de las obras que se habían previsto, pudo garantizarse la fuente de trabajo del personal, se logró contener a los sectores sociales más humildes y desplegar determinadas políticas públicas de naturaleza social.
Que ello fue posible, pese a los imprevistos que generó el índice inflacionario, se pudo llevar adelante y ejecutar una gestión municipal que, en todo momento, ante todo y pese a lo acontecido, realizó esfuerzos extraordinarios para cumplir con las metas de un presupuesto equilibrado y que, por consiguiente, procurar el no generar deudas y mantener saneado al municipio en su cuentas;
Que en mérito a todo ello, es que resulta necesario dictar la presente sanción 4° Trimestre del año 2025.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD
DE EL VOLCAN SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
1º.- APROBAR el Balance de Ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recurso para el ejercicio financiero 2025, correspondiente al 4° Tercer Cuarto Trimestre del año 2025, cuyo detalle y desglose corre agregado como Anexo I y que forma parte integrante de la presente Ordenanza.-
2º.- REMITIR la presente Ordenanza al Poder Ejecutivo Municipal para su promulgación
3º.- Promulgada que fuere por el Poder Ejecutivo Municipal, procédase a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis
4º.- Comuníquese, regístrese y archívese
Dada, tratada y sancionada, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de El Volcán, en fecha 27 de Marzo de 2026.-
JORGE OMAR SCUKA
Presidente H.C.D.
SPP e. y v: 20 Abr.
DECRETO Nº 20-MEV-2026
El Volcán, 1 de abril de 2026
VISTO:
La aprobación de ordenanza registrada en la Sesión del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, de fecha 27 de marzo de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza versa sobre “APROBACION DE BALANCE DEL CUARTO TRIMESTRE 2025 DEL EJECUTIVO MUNICIPAL”.-
Que conforme expresa Ley Provincial XII-0349-2004 de Régimen Municipal, es menester promulgar y publicar la presente Ordenanza.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL VOLCAN
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
DECRETA:
Art. 1º.-Promúlguese la Ordenanza Nº 113-HCDEV-2026 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de El Volcán.
Art. 2º.-Registrar, publicar en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y archivar.-
RICARDO L. CALLEGARO
Intendente
SPP e. y v: 20 Abr.
ORDENANZA N° 114-HCDEV.-
El Volcán, 30 de Marzo de 2026
APROBACION DE LOS BALANCES FINANCIAROS DEL TERCER TRIMESTRE DEL EJERCICIO 2025 HCDEV
EXPEDIENTE NR° 004
VISTO:
El Balance de ejecución del Presupuesto General de Gastos y Recursos para el ejercicio financiero del año 2025, que fuera remitido por la presidencia del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, en cumplimiento a lo establecido por la normativa vigente; y
CONSIDERANDO:
Que la rendición de cuentas detallado y contenido en el Balance del 3° TERCER trimestre del año 2025 del Presupuesto General de Gastos y Recursos del Honorable Concejo delibérate de El Volcán, fue remitido en tiempo y forma por parte de la presidencia.;
Que oportunamente éste Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria y conforme al Reglamento Interno, derivó el mismo a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Desarrollo Económico para su estudio y consideración;
Que dicha Comisión tras haber efectuado un análisis integral del mismo, considero pertinente emitir un Despacho de Comisión por unanimidad, sugiriendo su tratamiento y aprobación por parte del cuerpo legislativo;
Que habiéndose puesto a consideración de los miembros Concejales para su tratamiento en Sesión Ordinaria y tras un breve debate, se resolvió por UNANIMIDAD de sus miembros aprobar el Balance de ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recursos correspondiente al 3° (tercer trimestre del año 2025
Que del análisis efectuado de la rendición de cuentas enviado por la Presidencia, se pudo advertir que se ha desarrollado un correcto manejo de los fondos, pudiendo efectuar en tiempo y forma el pago de la totalidad de los haberes y dietas de los integrantes del cuerpo como así también el pago de los servicios del personal de la secretaria legislativa y secretaria administrativa de este Concejo Deliberante.
Que también se efectuaron operaciones de gastos administrativos (compra de insumos, traslados, contrataciones etc.), respetando los procedimientos contables.
Que ello fue posible, gracias a un austero y responsable accionar de la presidencia;
Que en mérito a todo ello, es que resulta necesario dictar la presente sanción 3° Trimestre del año 2025 del HCD.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD
DE EL VOLCAN SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
1º.- APROBAR el Balance de Ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recursos del HCD, para el ejercicio financiero 2025, correspondiente al 3° Tercer Trimestre del año 2025.
4º.- Comuníquese, regístrese y archívese
Dada, tratada y sancionada, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de El Volcán, en fecha 27 de Marzo de 2026.-
JORGE OMAR SCUKA
Presidente H.C.D.
SPP e. y v: 20 Abr.
DECRETO Nº 21-MEV-2026
El Volcán, 1 de abril de 2026
VISTO:
La aprobación de ordenanza registrada en la Sesión del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, de fecha 27 de marzo de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza versa sobre “APROBACION DE LOS BALANCES FINANCIEROS DEL TERCER TRIMESTRE 2025 DEL CONCEJO DELIBERANTE”.-
Que conforme expresa Ley Provincial XII-0349-2004 de Régimen Municipal, es menester promulgar y publicar la presente Ordenanza.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL VOLCAN
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
DECRETA:
Art. 1º.-Promúlguese la Ordenanza Nº 114-HCDEV-2026 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de El Volcán.
Art. 2º.-Registrar, publicar en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y archivar.-
RICARDO L. CALLEGARO
Intendente
SPP e. y v: 20 Abr.
ORDENANZA N° 115-HCDEV.-
El Volcán, 30 de Marzo de 2026.-
APROBACION DE LOS BALANCES FINANCIAROS DEL CUARTO TRIMESTRE DEL EJERCICO 2025 HCDEV
EXPEDIENTE NR° 005
VISTO.
El Balance de ejecución del Presupuesto General de Gastos y Recursos para el ejercicio financiero del año 2025, que fuera remitido por la presidencia del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, en cumplimiento a lo establecido por la normativa vigente; y
CONSIDERANDO:
Que la rendición de cuentas detallado y contenido en el Balance del 4° CUARTO trimestre del año 2025 del Presupuesto General de Gastos y Recursos del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, fue remitido en tiempo y forma por parte de la presidencia.;
Que oportunamente éste Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria y conforme al Reglamento Interno, derivó el mismo a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Desarrollo Económico para su estudio y consideración;
Que dicha Comisión tras haber efectuado un análisis integral del mismo, considero pertinente emitir un Despacho de Comisión por unanimidad, sugiriendo su tratamiento y aprobación por parte del cuerpo legislativo;
Que habiéndose puesto a consideración de los miembros Concejales para su tratamiento en Sesión Ordinaria y tras un breve debate, se resolvió por UNANIMIDAD de sus miembros aprobar el Balance de ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recursos correspondiente al 4° (Cuarto trimestre del año 2025
Que del análisis efectuado de la rendición de cuentas enviado por la Presidencia, se pudo advertir que se ha desarrollado un correcto manejo de los fondos, pudiendo efectuar en tiempo y forma el pago de la totalidad de los haberes y dietas de los integrantes del cuerpo como así también el pago de los servicios del personal de la secretaria legislativa y secretaría administrativa de este Concejo Deliberante.
Que también se efectuaron operaciones de gastos administrativos (compra de insumos, traslados, contrataciones etc.), respetando los procedimientos contables.
Que ello fue posible, gracias a un austero y responsable accionar de la presidencia;
Que en mérito a todo ello, es que resulta necesario dictar la presente sanción 3° Trimestre del año 2025 del HCD.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD
DE EL VOLCAN SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
1º.- APROBAR el Balance de Ejecución de Presupuesto General de Gastos y Recursos para el ejercicio financiero 2025, correspondiente al 4° Cuarto Trimestre del año 2025.
4º.- Comuníquese, regístrese y archívese
Dada, tratada y sancionada, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de El Volcán, en fecha 27 de Marzo de 2026.-
JORGE OMAR SCUKA
Presidente H.C.D.
SPP e. y v: 20 Abr.
DECRETO Nº 22-MEV-2026
El Volcán, 1 de abril de 2026
VISTO:
La aprobación de ordenanza registrada en la Sesión del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, de fecha 27 de marzo de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza versa sobre “APROBACION DE LOS BALANCES FINANCIEROS DEL CUARTO TRIMESTRE 2025 DEL CONCEJO DELIBERANTE”.-
Que conforme expresa Ley Provincial XII-0349-2004 de Régimen Municipal, es menester promulgar y publicar la presente Ordenanza.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL VOLCAN
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
DECRETA:
Art. 1º.-Promúlguese la Ordenanza Nº 115-HCDEV-2026 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de El Volcán.
Art. 2º.-Registrar, publicar en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y archivar.-
RICARDO L. CALLEGARO
Intendente
SPP e. y v: 20 Abr.
ORDENANZA N° 116-HCDEV.-
El Volcán, 30 DE MARZO de 2026-
APROBACION DE LA CUENTA DE INVERSION DEL AÑO 2025 DEL HCD DE EL VOLCAN
EXPEDIENTE NRO 006
VISTO:
La cuenta de inversión del año 2025, que fuera remitido por la presidencia del HCD, en cumplimiento a lo establecido por la normativa vigente; y
CONSIDERANDO:
Que la rendición de cuentas detallado y contenido en la cuenta de inversión del año 2025 del Presupuesto General de Gastos y Recursos, fue remitido en tiempo y forma por parte de la presidencia del HCD.;
Que oportunamente éste Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria y conforme al Reglamento Interno, derivó el mismo a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Desarrollo Económico para su estudio y consideración;
Que dicha Comisión tras haber efectuado un análisis integral del mismo, considero pertinente emitir un Despacho de Comisión en mayoría, sugiriendo su tratamiento y aprobación por parte del cuerpo legislativo;
Que habiéndose puesto a consideración de los miembros Concejales para su tratamiento en Sesión Ordinaria y tras un breve debate, se resolvió por unanimidad de sus miembros aprobar la Cuenta de inversión del año 2025 del HCD de El Volcán.
Que del análisis efectuado de la rendición de cuentas enviado por la presidencia del HCD, se pudo advertir que no se encontró inconsistencia alguna en el manejo de los fondos.
Que ello fue posible gracias a un responsable y austero accionar de la presidencia a cargo.
Que en mérito a todo ello, es que resulta necesario dictar la presente sanción de la APROBACION de la Cuenta de Inversión del año 2025.
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD
DE EL VOLCAN SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
1º.- APROBAR ,la Cuenta de Inversión del año 2025 del Honorable Concejo deliberante de la ciudad de El Volcán.
2º.-REMITIR la presente Ordenanza al Poder Ejecutivo Municipal
3º.- Comuníquese, regístrese y archívese
Dada, tratada y sancionada, en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de la ciudad de El Volcán, en fecha 27 de Marzo de 2026.-
JORGE OMAR SCUKA
Presidente H.C.D.
SPP e. y v: 20 Abr.
DECRETO Nº 23-MEV-2026
El Volcán, 1 de abril de 2026
VISTO:
La aprobación de ordenanza registrada en la Sesión del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, de fecha 27 de marzo de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza versa sobre “APROBACION DE LA CUENTA DE INVERSION DEL AÑO 2025 DEL CONCEJO DELIBERANTE”.-
Que conforme expresa Ley Provincial XII-0349-2004 de Régimen Municipal, es menester promulgar y publicar la presente Ordenanza.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL VOLCAN
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
DECRETA:
Art. 1º.-Promúlguese la Ordenanza Nº 116-HCDEV-2026 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de El Volcán.
Art. 2º.-Registrar, publicar en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y archivar.-
RICARDO L. CALLEGARO
Intendente
SPP e. y v: 20 Abr.
ORDENANZA N° 117-HCDEV.-
EL VOLCAN, 30 DE MARZO DE 2026
REGULARIZACION DOMINIAL BARRIO 23 VIVIENDAS EL VOLCAN
EXPEDIENTE N° 007
VISTO:
La necesidad de llevar adelante un proceso de regularización dominial en distintos barrios públicos de la localidad de El Volcán, y;
CONSIDERANDO:
Que, en una primera instancia, mediante las Ordenanzas N° 17-MEV-01 y N° 18-MEV-01, el Municipio de El Volcán declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado en ese entonces como “PARCELAS B y C” del Plano de Mensura y División N° 1-14-01, Padrón Catastral N° 12-101757, hoy padrones Nº 12-105266, 12-105267, 12-105270, 12-105279, 12-105280, 12-105281, 12-105282, 12-105283, 12-105284, 12-105285, y 12-105286, todos emergentes del vigente Plano de Mensura y División N° 1-22-03.
Que, con posterioridad, el Municipio de El Volcán, representado por el entonces Intendente Comisionado Municipal Dr. Sergio Daniel Di Gennaro Álvarez, celebró con el Sr. José Silvio Milone, D.N.I. N° 20.134.250, un instrumento privado de “compromiso de compraventa” respecto del inmueble individualizado como “PARCELAS B y C” del Plano de Mensura y División N° 1-14-01, Padrón Catastral N° 12-101757.
Que, conforme manifestaciones efectuadas por los propios titulares registrales del inmueble referido, posteriormente se habría intentado instrumentar su donación a favor del Municipio de El Volcán; sin embargo, debido al extravío de la documentación pertinente, no obra en las presentes actuaciones constancia fehaciente que acredite dicha operación.
Que del análisis integral de los antecedentes dominiales y catastrales surge que los actos jurídicos antes mencionados no llegaron a perfeccionarse, permaneciendo inconclusos y sin producir efectos traslativos de dominio.
Que, en razón del extravío de la documentación mencionada y del prolongado tiempo transcurrido desde la emisión de los instrumentos normativos referidos, el Municipio de El Volcán ha manifestado su voluntad de desistir expresamente de todo acto o negocio jurídico que eventualmente hubiera celebrado con el objeto de regularizar el dominio del inmueble individualizado en ese entonces como “PARCELAS B y C” del Plano de Mensura y División N° 1-14-01, padrón catastral N° 12-101757, hoy padrones Nº 12-105266, 12-105267, 12-105270, 12-105279, 12-105280, 12-105281, 12-105282, 12-105283, 12-105284, 12-105285, y 12-105286, todos emergentes del vigente Plano de Mensura y División N° 1-22-03.
Que la presente medida tiene por finalidad prestar expresa conformidad para que sea el Gobierno de la Provincia de San Luis quien lleve adelante el proceso de regularización dominial del inmueble referido, correspondiente al Barrio 23 Viviendas “Los Calderones”, a efectos de posibilitar que los vecinos allí residentes puedan acceder a la escrituración de sus viviendas en el marco del programa provincial “Escritura Tu Casa”.
Por ello,
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE
EL VOLCAN SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a disponer el desistimiento expreso de todo acto o gestión jurídica que el Municipio de El Volcán hubiere promovido o celebrado con el objeto de regularizar el dominio del inmueble identificado ese entonces como “PARCELAS B y C” del Plano de Mensura y División N° 1-14-01, Padrón Catastral N° 12-101757, hoy padrones Nº 12-105266, 12-105267, 12-105270, 12-105279, 12-105280, 12-105281, 12-105282, 12-105283, 12-105284, 12-105285, y 12-105286, todos emergentes del vigente Plano de Mensura y División N° 1-22-03, en tanto los mismos no hayan producido efectos traslativos de dominio.
ARTÍCULO 2°.- Prestar expresa conformidad para que el Gobierno de la Provincia de San Luis lleve adelante el proceso de regularización dominial del inmueble referido en el artículo precedente, correspondiente al Barrio 23 Viviendas “Los Calderones”, a fin de garantizar que los vecinos allí residentes puedan acceder a la escrituración de sus viviendas en el marco del programa provincial “Escritura Tu Casa”.
ARTÍCULO 3°.- Autorizar al Poder Ejecutivo Municipal a suscribir toda la documentación vinculada al proceso de regularización dominial complementaria, administrativa y/o notarial, que resulte necesaria para el cumplimiento de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
DADA, TRATADA Y APROBADA POR UNANIMIDAD EN SESION N° 04 EL DIA VIERNES 27 DE MARZO DE 2026.
JORGE OMAR SCUKA
Presidente H.C.D.
SPP e. y v: 20 Abr.
DECRETO Nº 25-MEV-2026
El Volcán, 8 de abril de 2026
VISTO:
La aprobación de ordenanza registrada en la Sesión del Honorable Concejo Deliberante de El Volcán, de fecha 27 de marzo de 2026 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza versa sobre “REGULARIZACION DOMINIAL BARRIO 23 VIVIENDAS EL VOLCAN”.-
Que conforme expresa Ley Provincial XII-0349-2004 de Régimen Municipal, es menester promulgar y publicar la presente Ordenanza.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE EL VOLCAN
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE LA LEY
DECRETA:
Art. 1º.-Promúlguese la Ordenanza Nº 117-HCDEV-2026 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de El Volcán.
Art. 2º.-Registrar, publicar en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia de San Luis y archivar.-
RICARDO L. CALLEGARO
Intendente
SPP e. y v: 20 Abr.
ASAMBLEAS
Convocamos a los asociados/as a la Asamblea general Ordinaria de la ASOCIACIÓN VECINAL BARRIO CERRADO LOS LAPACHOS de la Ciudad de La Punta, que se llevará a cabo:
* Fecha: 24 de abril de 2026
* Hora: 21:00 hs
* Lugar: EPA N° 1 Rosenda Quiroga (secundaria) Av. Serrana s/no.
ORDEN DEL DÍA
-Elección de dos asambleístas para firmar el acta.
-Consideración y aprobación de memoria, balance general e informe de la comisión revisora de cuenta correspondientes al año 2025.
Su presencia es muy importante para el bienestar de nuestra comunidad.
Atentamente,
CECILIA TEJEDOR
Presidente
C: 988 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
CONVOCATORIA
La Comisión Directiva de la ASOCIACION SAN LUIS HANDBALL CLUB, PJ 70/08 del 2008, en cumplimiento con lo establecido en sus Estatutos, convoca a todos sus asociados a: ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA FECHA: 27 de Abril de 2026 HORA: 21.00hs. LUGAR: Sede Eslovenia N° 632 de la Ciudad de San Luis.
ORDEN DEL DÍA:
1) Elección de dos asambleístas para la firma del Acta. -
2) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente al ejercicio contable correspondientes al año 2025.-
3) Votación y elección de la Comisión Revisora de Cuentas.-
PEDRO G. EL CHAHER
Presidente
C: 1023 $5.500,00 e: y v: 20 Abr.
Convocatoria
La asociación civil IGLESIA ASAMBLEA DE DIOS DE VILLA MERCEDES Pers. Jur. 302, Exp. 45471-1-93 Con domicilio social en Pescadores n° 555. Convoca a Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 22 de mayo del 2026 a las 18:00 hs. En la sede social de la entidad, para tratar los siguientes temas:
ORDEN DEL DÍA
1. Elección de dos asambleístas para la firma del acta.
2. Consideración de memoria y balance correspondiente al ejercicio cerrado el 31/12/24 y del 31/12/25 e informe de revisores de cuenta correspondiente a tales ejercicios.
GUSTAVO ARIEL DOMÍNGUEZ
Presidente
C: 1024 $5.500,00 e: y v: 20 Abr.
CONVOCATORIA
A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
El Consejo Directivo del COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS y CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL PARA ESCRIBANOS, en mérito a disposiciones legales vigentes, CONVOCA a los Escribanos matriculados a ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA, el día 27 de Mayo de 2026, a las 10.30 horas en la Sede de la Institución de Rivadavia Nº 374 de ésta Ciudad, a fin de tratar el siguiente:
ORDEN DEL DIA
1.- Lectura y Consideración del Acta de Asamblea anterior.
2.- Aprobación Proyecto Reforma Delegación Villa Mercedes.-
3.- Aprobación Proyecto Reforma Delegación San Luis.-
4.- Aprobación Reforma Casa Quinta Villa Mercedes.-
5.-Aumento Incisos b) y c).-
6.- Designación de dos socios para que suscriban con el Presidente y el Secretario General, el Acta de Asamblea.
CONSEJO DIRECTIVO
Art. 14° del Estatuto: “Las Asambleas sesionarán con la presencia de la mitad más uno de los socios activos. Si una hora después de la señalada para la iniciación no se hubiere logrado la asistencia requerida, se constituirá con el número de socios que haya concurrido”
COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS
C: 1025 $16.500,00 e: 20 y v: 24 abr.
LICITACIONES
ADENDA RECTIFICATORIA PLIEGOS RECTORES APROBADOS POR DECRETO Nº 2960-MHIP-2026
“LICITACIÓN PUBLICA N° 02/ S.L.A./2026-
“ADQUISICION DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR”
Advirtiendo un error involuntario de tipeo en los Pliegos Rectores de la presente, en el Articulo 20 “MANTENIMIENTO DE LA OFERTA” del pliego General de Bases y Condiciones y en el Art. 10 “MANTENIMIENTO MÍNIMO DE LA OFERTA” del Pliego Particular respecto al plazo siendo el correcto de sesenta (60) días, procédase a la RECTIFICACIÓN del mismo, en sus partes pertinentes. Dicha rectificación se efectúa en el marco del artículo 10º del Pliego de Cláusulas Generales, debiendo la presente pasar a formar parte de los Pliegos Rectores como ANEXO 1º Por tanto, en donde dice: treinta (30) días corridos deberá decir sesenta (60) días corridos”.- San Luis, 14 de abril de 2026.
ING. CIVIL HUGO E. GUZMAN DURÁN
Presidente
C: 964 SPP e: 15 y v: 20 Abr
AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y SOCIEDAD SAN LUIS
“LICITACIÓN PÚBLICA N° 07-ACTySSL-2026.-
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “PROVISIÓN, MANTENIMIENTO Y SOPORTE TÉCNICO PARA EQUIPAMIENTO CRÍTICO DE SERVIDORES DEL DATACENTER DE LA AUTOPISTA DE LA INFORMACIÓN”.
EXPEDIENTE NÚMERO: EXD-0-3250928/26.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES VEINTE MIL TREINTA Y SEIS CON 00/100 ($128.020.036,00).-
VALOR DEL PLIEGO: PESOS CIENTO VEINTIOCHO MIL VEINTE CON 04/100 ($128.020,04).-
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Área Compras y Contrataciones dependiente de Agencia de Ciencia, Tecnología y Sociedad San Luis -Casa de Gobierno – Edificio Norte, Bloque 2 – Piso 3°, Ciudad de San Luis – Autopista de las Serranías Puntanas Km 783 - Provincia de San Luis (5700), día 04 de mayo de 2026, a las 10:00hs.-
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán realizar la compra del Pliego Único y del Pliego Particular de Bases y Condiciones hasta el día 30 de abril de 2026 a las 14:00hs.-
Los pliegos se enviarán vía email, previo a la presentación de la constancia de depósito conforme lo establecido en el Art. 5° del Pliego Particular de Bases y Condiciones, el cual deberá ser remitido a la siguiente dirección de correo electrónico: acts.areacomprasycon@sanluis.gov.ar
C: 967 SPP e: 17 y v: 22 Abr.
UNIVERSIDAD NACIONAL DE VILLA MERCEDES
CIRCULAR
Nro. Circular: CIM: 1
Tipo: Modificatoria
Fecha: 09/04/2026
Organismo contratante: Universidad Nacional de Villa Mercedes
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Licitación Pública 1-2026
Clase: De etapa única nacional
Modalidad: Sin Modalidad
Expediente: EXP: 149/226
Rubro comercial: INFORMÁTICA
Objeto de la contratación: Solicitud Equipos Informáticos/Resolución-2025-1308-APN-SE#MCH
DESCRIPCIÓN
Respecto de las especificaciones técnicas del Anexo I - Planilla de Cotización correspondiente a la Licitación Pública N° 01/2026, se efectúan las siguientes aclaraciones y correcciones:
Renglón 1:
•Donde dice: “Servidor tipo torre. HP ProLiant ML110 Gen10 Xeon-B 3204, 32 GB RAM, 1 x 4 TB o equivalente.
Incluye instalación completa, configuración básica y puesta en marcha. Dejando el equipo en plenas condiciones de uso.”
•Debe decir: Servidor tipo torre profesional (con kit opcional para montaje en rack). Procesador: Intel Xeon Silver o AMD EPYC equivalente, mínimo 8 núcleos físicos / 16 hilos. Memoria RAM: 32 GB DDR4/DDR5 ECC (Código de Corrección de Errores, expandible a mínimo 128 GB). Almacenamiento: Arreglo redundante (RAID 1) por hardware, compuesto por 2 (dos) discos HDD de 4 TB Enterprise (7200 RPM) para datos, más 1 (una) unidad de estado sólido (SSD/NVMe) de 480 GB o superior dedicada exclusivamente al Sistema Operativo. Fuentes de alimentación: Redundantes (1+1) hot-plug. Administración Remota: Debe incluir controladora de gestión de hardware dedicada e integrada (tipo HPE iLO, Dell iDRAC o equivalente) con puerto de red RJ-45 independiente para administración “fuera de banda”. Sistema Operativo: Sin sistema operativo licenciado incluido, pero el hardware debe ser 100% certificado de fábrica y compatible con Windows Server 2022 y distribuciones Linux Enterprise (Ubuntu Server / Red Hat). Garantía: Mínimo 3 años On-Site. Incluye instalación completa, configuración básica y puesta en marcha.
Renglón 2:
•Donde dice: “PC de escritorio completa: CPU 16 GB RAM, SSD 480 GB, monitor 17”+, teclado y mouse o equivalente.”
•Debe decir: Computadora de escritorio de alto rendimiento. Procesador: Intel Core i7 (12ª Gen o superior) o AMD Ryzen 7. Motherboard: Chipset corporativo compatible con red Gigabit LAN, USB 3.2 y salidas de video digitales (HDMI/DisplayPort). Memoria RAM: 16 GB (2x8GB) DDR4 a 3200 MHz o DDR5, en configuración Dual Channel. Almacenamiento: Unidad de estado sólido (SSD) de 500/512 GB con interfaz M.2 NVMe PCIe (no se acepta tecnología SATA). Gráficos: Integrados. Monitor: Pantalla LED/IPS de 19” a 24” pulgadas, resolución nativa Full HD (1920x1080) con entradas digitales. Periféricos: Teclado en español y mouse óptico con rueda de desplazamiento, conexión USB de primera marca. Sistema Operativo: Windows 11 Pro (64 bits) con licencia original OEM preinstalada de fábrica. Garantía mínima: 12 meses.
Renglón 3
•Donde dice: Cantidad 20
•Debe decir: Cantidad 1
•Donde dice: “Racks de comunicación 19” para equipamiento de red.”
•Debe decir: Gabinete Rack de comunicaciones cerrado de 19 pulgadas, formato de piso/autoportante (Cantidad a cotizar: 1 unidad). Capacidad interna operativa: 20U (Unidades de Rack, 20 posiciones). Cumplimiento de norma internacional EIA-310. Estructura de acero laminado en frío con pintura epoxi anticorrosiva. Puerta frontal de cristal templado de seguridad con cerradura y llave. Paneles laterales y puerta posterior desmontables. El equipamiento debe incluir los siguientes accesorios instalados de fábrica: 1 (un) kit de ventilación superior con termostato y mínimo 2 (dos) turbinas de extracción; 2 (dos) organizadores de cables horizontales (pasacables) con tapa de 1U; 1 (una) bandeja fija ventilada para equipos no rackeables; y 1 (una) Unidad de Distribución de Energía (PDU / Zapatilla) de montaje en rack con un mínimo de 6 tomas estandarizadas y protección térmica.
Renglón 4
•Donde dice: “Switch administrable, al menos 24 puertos 10/100/1000, gestión web/CLI. TP-Link TL-SG3428 o equivalente.”
•Debe decir: Switch Administrable Capa 2 (Layer 2). Puertos: Mínimo 24 puertos RJ-45 Gigabit Ethernet (10/100/1000 Mbps) de autonegociación, más 4 puertos o ranuras SFP Gigabit para enlaces de fibra óptica. Funciones requeridas: Gestión vía Web y CLI, soporte completo de VLANs (IEEE 802.1Q), QoS para priorización de tráfico y Link Aggregation (LACP). Formato: Rackeable de 19” con aletas de montaje incluidas en la caja. Tipo TP-Link TL-SG3428 o equivalente superior de primera marca.
Renglón 5
•Donde dice: “UPS + estabilizador de tensión, aprox. 2000 VA, 4 tomas. Hikvision 2000 VA o equivalente.”
•Debe decir: Sistema de Alimentación Ininterrumpida (UPS). Tecnología: Line-Interactive con regulador de voltaje automático (AVR) integrado. Capacidad mínima: 2000 VA / 1200 W. Salidas: Mínimo 4 tomas normalizadas con respaldo de batería y protección contra sobretensiones. Interfaz: Debe poseer puerto de comunicación (USB o RS-232) para permitir la gestión y el apagado seguro de los servidores conectados. Tipo Hikvision 2000 VA o equivalente de marca reconocida.
Renglón 6
•Donde dice: “Router cableado. MikroTikRouterBOARDhEX lite RB750r2 o equivalente.”
•Debe decir: Router de borde / cableado de grado corporativo. Puertos: Mínimo 5 puertos RJ-45 Ethernet Gigabit (10/100/1000 Mbps). Procesador: Dual-core o superior. Funcionalidades requeridas: Capacidad de ruteo avanzado, firewall por hardware, soporte para balanceo de carga, colas de tráfico (QoS), NAT y túneles VPN. Tipo MikroTik RouterBOARD hEX (RB750Gr3) o rendimiento equivalente/superior estrictamente con puertos Gigabit.
Renglón 7
•Donde dice: “Router / Access Point WiFi 6. TP-Link Archer AX10 V1.20, 220 V o equivalente.”
•Debe decir: Punto de Acceso (Access Point) o Router inalámbrico Dual Band con tecnología Wi-Fi 6 (estándar IEEE 802.11ax). Velocidad combinada mínima requerida: 1200 Mbps en la banda de 5 GHz y 300 Mbps en la banda de 2.4 GHz. Puertos físicos: 1 puerto WAN Gigabit y mínimo 3 puertos LAN Gigabit. Equipado con antenas externas omnidireccionales, soporte para tecnología MU-MIMO y OFDMA para gestión de alta densidad de dispositivos concurrentes. Tipo TP-Link Archer AX10, AX1500 o equivalente de primera línea.
Las presentes aclaraciones integran el pliego y deberán ser consideradas por los oferentes al momento de formular sus propuestas, prevaleciendo sobre toda redacción anterior en aquello que resulte modificado.
C: 1026 $5.500,00 e: y v: 20 Abr.
COMERCIALES
EDICTO BO - SAN LUIS
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo comercial N° 19, a cargo del Dr. Gerardo D. Santicchia, Secretaria N° 38, a cargo del Dr. Edgardo Ariel Maiques, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, P.B., C.A.B.A., comunica por CINCO días, que con fecha 24.02.2026 se decretó la apertura del concurso preventivo de UNIVISTA SA (CUIT 30-70748987-8), con domicilio en Bulnes 1055/57/59, de la ciudad autónoma de Buenos Aires, en autos caratulados: “UNIVISTA SA S/CONCURSO PREVENTIVO”, expte. N° 245/2026, en el cual se designó sindico al estudio “A” LEWIN MUAVERO Y ASOCIADOS, con domicilio en la calle URUGUAY 390, PISO 20° “A”, tel.: 4371-2243/7708 y CEL.: (11)4979-8959; ante quien los acreedores deberán presentar los pedidos de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 11.05.2026. Se hace saber que todo lo concerniente al periodo informativo podrán consultarlo vía web (http://scw.pjn.gov.ar/scw/home.seam) ingresando los datos de estos actuados. La sindicatura presentará los informes de los arts. 35 y 39 de la ley concursal, los días 25.06.2026 y 24.08.2026, respectivamente. La, audiencia informativa se llevará a cabo en la sala de audiencias del tribunal con fecha 02.03.2027, a las 10:00 hs., y el periodo de exclusividad se fijó hasta el 09.03.2027.
Buenos Aires, 17 de Marzo de 2026.
EDGARDO ARIEL MAIQUES
Secretario
C: 935 $27.500,00 e: 15 y v: 24 Abr.
EDICTO CITATORIO
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de su titular Dra. Gabriela Natalia Ramosca, secretaria de la autorizante, sito en calle Rivadavia N° 346. 3º piso (Palacio de Justicia) de la ciudad de San Luis en autos caratulados “PALADINI ENRIQUE OCTAVIO M. s/ CONCURSO PREVENTIVO”, EXP N° 364686/20, hace saber la fijación de cronograma concursal y.la publicación por 5 (cinco) días del mismo, a saber: 1º) FIJAR hasta el día 18 de mayo de 2026 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes al Síndico; pudiendo el deudor y los acreedores que hubieran solicitado verificación, concurrir al domicilio de Sindicatura hasta el día 2 de junio de 2026, a efecto de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas bajo el régimen previsto por el Art. 34 de la L.C.Q. INTIMASE a Sindicatura a presentar dentro de las CUARENTA Y OCHO HORAS de vencido el plazo a adjuntar copias de las impugnaciones. NOTIFIQUESE.- 2º) FIJAR fecha para el día 1 de Julio de 2026 como fecha hasta la cual deberá presentar el Síndico los INFORMES INDIVIDUALES, dictándose resolución según el art. 36 de la L.C.Q. el día 29 de Julio de 2026.- 3º) Fijar el 28 de Agosto de 2026 como fecha hasta la cual deberá Sindicatura presentar el INFORME GENERAL que prescribe el art. 39 de la L.C.Q., el que estará a disposición de los interesados el día hábil siguiente, pudiendo el deudor y quienes hayan solicitado verificación presentar observaciones al informe art. 40 de la L.C.Q. hasta el día 11 de Septiembre de 2026.- 4º) Fijar el 12 de Agosto de 2026 como fecha hasta la cual el deudor podrá presentar a sindicatura y al Juzgado PROPUESTA DE CATEGORIZACIÓN de acreedores verificados y declarados admisibles, art. 41 de la L.C.Q. dictándose RESOLUCIÓN DE en calle Colón Nº 38 CATEGORIZACIÓN art. 42 de la L.C.Q el día 25 de Septiembre de 2026. – 5º) Fijar hasta el 8 de Marzo de 2027 como fecha hasta la cual el deudor gozará del PERÍODO DE EXCLUSIVIDAD del art. 43 de la L.C.Q. fijándose el 1 de Marzo de 2027 para que tenga lugar la AUDIENCIA INFORMATIVA del art. 45 de la L.C.Q. a las NUEVE y TREINTA HORAS.- 6º) ORDENAR la publicación de EDICTOS por CINCO DIAS en el Boletín Oficial y en el Diario de mayor circulación de la Provincia de San Luis, en la forma prevista por el Art. 27 de la L.C.Q. a cargo del concursado. Se hace constar que el domicilio del Síndico CPN MARIA ANGÉLICA HIERHOLZER al que deberán presentar las insinuaciones es de la ciudad de San Luis, sito en calle José Nicotra N° ٦٠ Barrio Policial Sur de Lunes a Viernes de ١٧ a ٢٠ horas. Domicilio Electrónico: mhierholzer@aiajsanluis.aov.ar.
SAN LUIS SIETE DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTISEIS.
EMILSE VANESSA SCHEURER
Prosecretaria
C: 955 $27.500,00 e: 15 y v: 24 Abr.
LA CASA DEL ARRANQUE S.A.S.
Por disposición del Registro Público de Comercio se hace saber de la constitución de la sociedad por acciones simplificadas. 1) Socio: el Sr. Balduz, Gustavo Adolfo DNI: 23.202.350; CUIT N°: 20-23202350-4; Argentino; Fecha de nacimiento: 15/03/1973; 53 años; Soltero; Comerciante; Domiciliado en Mitre N° 1997 de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis 2) El contrato social fue suscripto el día 11 de Marzo de 2026 3) Denominación: La Casa del Arranque S.A.S. 4) Domicilio Sede Social: Constitución N° 1351, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis 5) Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Venta al por menor y por mayor de repuestos eléctricos y electrónicos de automotores; (b) Venta al por menor y por mayor de repuestos de encendido, lubricantes, autopartes, mecánica en general y accesorios de automóviles; (c) Servicio de reparación y mantenimiento mecánico y/o eléctrico de automotores; (d) Construcción de edificios residenciales y no residenciales, remodelaciones y obras de agua, gas, cloacas y electricidad; (e) Venta de vehículos nuevos o usados; (f) Inmobiliarias y constructoras; (g) Montajes industriales e instalaciones eléctricas; (h) Compra Venta de rezagos industriales y de materiales reciclado en todas sus formas; (i) Salud, y (j) Transporte de cargas en general y de personas. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. 6) Duración: Noventa y nueve (99) años desde su inscripción 7) Capital Social: $4.000.000 (Pesos cuatro millones) compuesto de 100 cuotas de $40.000 c/u, suscriptas en su totalidad por el Sr. Balduz, Gustavo Adolfo 8) Integración: 25% 9) Fiscalización: A cargo de los socios 10) Administración y representación legal: Balduz, Gustavo Adolfo DNI: 23.202.350; Administrador suplente: Balduz, Gustavo Roman DNI: 44.218.756 que duraran en su cargo durante el plazo de duración de la sociedad 11) Cierre del ejercicio: 31 de Diciembre de cada año.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 970 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, comercial y Ambiental N° 1, de la Segunda Circunscripción Judicial, con asiento en la Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis, a cargo de la DRA. CAROLINA CHERUBINI, JUEZ, Secretaria autorizante, en autos caratulados “CENTRO PRIVADO DE TOMOGRAFIA COMPUTADA VILLA MERCEDES SRL S/CONCURSO PREVENTIVO “EXP 444240/25 hace saber que por SI N° 48 de fecha 09/03/2026 se ha declarado abierto el concurso preventivo de CENTRO PRIVADO DE TOMOGRAFIA COMPUTADA SRL, CUIT N° 30-64729842-3, con domicilio real en Balcarce N° 467 de esta Ciudad, habiéndose fijado las siguientes fechas: 1) Plazo para solicitudes de verificación (art. 32 Ley 24.522 LCQ): hasta el 01/06/2026.- 2) Periodo de observación de créditos (art. 34 LCQ): hasta el 16/06/2026.- 3) Plazo para presentación de informes individuales por el Síndico (art. 35 LCQ): hasta 28/07/2026.- 4) Sentencia art. 36 LCQ: hasta el 11/08/2026.- 5) Presentación de informe general de sindicatura (art. 39 LCQ): hasta el 09/09/2026.- 6) Presentación de observaciones al informe general (art. 40 LCQ): hasta el 23/09/2026 fecha para. 7) Hasta el día 26/08/2026 fecha para que el deudor presente propuesta fundada de agrupamiento y clasificación (art. 41 LCQ). 8) Hasta día 07/10/2026 fecha en que se dictará resolución de Categorización (art. 42 LCQ). Dichas fechas han sido fijadas de conformidad con el calendario judicial y sus feriados, sin perjuicio de eventuales reprogramaciones o prorrogas, por feriados no programados o suspensiones de términos en general, posponiendo los plazos antes fijados por idéntico término al abarcado en aquellos.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local, por el término de 5 días. Sindicatura a cargo de CPN Gabriel Eduardo Lapezzata con Domicilio Legal; Urquiza 8 Of. 2 Primer Piso, Villa Mercedes, Horario de Atención; Lunes a Jueves 09:00 a 13:00 Hs, mail. sindicaturas@estudiolapezzata.com.ar.-
VILLA MERCEDES, SAN LUIS, 08 DE ABRIL DE 2026.-
C: 993 $27.500,00 e. 17 y v: 27 Abr.
El Registro Público de Comercio de San Luis, ordena se publique por el término de Ley, que la empresa EON SAS, según acta de Asamblea Nº 4, en sede social, calle Ayacucho 1434, piso 1, dpto 3, Ciudad de San Luis, Provincia del mismo nombre, se aprobaron las siguientes designaciones:
Según Acta de asamblea Nº 4 con fecha 6 de octubre de 2025 punto 1 y 2 el señor Pablo Emanuel Flores, con DNI 39.091.292 y CUIT 20-39091292-8 de nacionalidad Argentina, con fecha de nacimiento el 28 de julio de 1995, edad 30 años, estado civil soltero, de profesión técnico electromecánico, domiciliado en Martin Guemes Nº ١٢٤١, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis renuncia al cargo de Administrador suplente y le transfiere la totalidad de sus acciones de la empresa antes mencionada al señor Sergio Hugo Gagliardi, DNI: ١٤.٥٩٤.٥٦٠, CUIT: ٢٠-١٤٥٩٤٥٦٠-٨, de nacionalidad Argentina, con fecha de nacimiento el ٦ de marzo de ١٩٦١, edad ٦٤ años, estado civil casado en terceras nupcias con Valeria Casas, DNI ٢٠.٠٨٠.٦٠٢, de profesión comerciante, domiciliado en Ayacucho Nº ١٤٣٤, piso ١, dpto. ٣, Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis; en el mismo acto se aprueba por unanimidad la designación del señor Bruno Nicolás Gagliardi, DNI ٣٣.٧٥٧.٢٥٣, como Administrador suplente, cargo que fue aceptado por el mismo.
San Luis, 19 de marzo de 2026
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1027 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
AGROSERV SRL – Inscripta en Tomo: 6 CS Folio: 268 Nº: 1963 de fecha 13/11/2003. Se hace saber mediante el Libro de Actas Nº 1, acta Nº 2 de fecha dieciocho de Abril de dos mil catorce, se resolvió la disolución anticipada de la sociedad y la liquidación de la sociedad según lo dispuesto en el Artículo 94 de la Ley General de Sociedades Nº 19550 y su cancelación registral. En el mismo Acto se resolvió designar como liquidador a la Señora Garrett Adela Mónica DNI 26.467.647.
Domicilio Social, Legal y Especial Av. 25 de Mayo nº 330 de la ciudad de Villa Mercedes –San Luis.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1028 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
CONSTITUCION DE SOCIEDAD “F.A.M.A Servicios Generales S.A.S”. ACCIONISTA: Marcela Alejandra ROMERO, DNI 24.372.248, CUIT 27-24372248-4, Nacida el 1/02/1975, argentina, de estado civil divorciada, de profesión empresaria, con domicilio en Ruta 20 KM 18, El Volcán, San Luis Capital, Provincia de San Luis, y domicilio electrónico marce34ro@gmail.com. FECHA DE INSTRUMENTO CONSTITUTIVO: 31/03/2026. DENOMINACION SOCIAL: “F.A.M.A Servicios Generales S.A.S” (“Sociedad por Acciones Simplificada”). PLAZO DE DURACION: NOVENTA Y NUEVE (99) AÑOS. SEDE SOCIAL: Ruta 20 KM 18, El Volcán, San Luis Capital, Provincia de San Luis. OBJETO: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de toda clase de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) industrias manufactureras de todo tipo; (d) culturales y educativas; (e) desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f) comerciales, gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) inmobiliarias y constructoras; (h) inversoras, financieras y fideicomisos, (i) petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (j) salud, (k) servicios de seguridad, vigilancia y custodias y (l) transporte privado. (El objeto que podrá ser plural y deberá enunciar en forma clara y precisa las actividades principales que constituyen el mismo, que podrán guardar o no conexidad o relación entre ellas). Actividades que requieran de título habilitante. Responsabilidad. Todas las actividades antes indicadas que integran el objeto social, cuya prestación y/o desarrollo requieran de profesionales con título habilitante, deberán ser realizadas por los mismos, en calidad de prestadores de servicios por prestaciones accesorias, contratos de servicios o relación laboral con la sociedad, profesionales éstos que al prestar los servicios asumirán personalmente o no, la responsabilidad profesional (civil y penal, etcétera) que establecen las leyes que regulen los servicios de los que se trate en cada caso. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y jurídicas, actuar como fiduciaria, celebrar contratos, tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. CAPITAL SOCIAL: El capital social se fija en la suma de PESOS UN MILLON ($1.000.000) representado por UN MILLON (1.000.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de PESOS UNO ($1), de valor nominal cada una de ellas y con derecho a un voto por acción. La socia Marcela Alejandra ROMERO suscribe en este acto el cien por ciento (100%) del capital social, compuesto por la cantidad de un millón (1.000.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de PESOS uno ($1), de valor nominal cada una de ellas y con derecho a un voto por acción. El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, acreditándose tal circunstancia mediante boleta de depósito del Banco. El saldo se integrará dentro del término de ley. ADMINISTRACION Y REPRESENTACION: Se designa como ADMINISTRADOR TITULAR al Marcela Alejandra ROMERO, DNI 24.372.248, CUIT 27-24372248-4, y como ADMINISTRADOR SUPLENTE al Sr. Facundo Adrián GOMEZ, DNI 24.804.043, argentino, nacido el 30 de Julio de 1975, CUIT 20-24804043-3, de estado civil divorciado, de profesión policía, domiciliado en Ruta provincial 20, km 18, El Volcán, Provincia de San Luis; quienes aceptan el cargo que se les ha designado. El plazo de duración del cargo será por tiempo indeterminado. Los administradores representarán a la sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto social, sin limitación de facultades en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales. FISCALIZACION: La sociedad prescinde de órgano de control. EJERCICIO SOCIAL: El ejercicio social cierra el día 31 de Diciembre de cada año.
C: 1029 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
AUMENTO DE CAPITAL – REFORMA DE ESTATUTO.-
“POLIMETAL S.A.”
El Registro Público de Comercio ORDENA: Se publique por un día que:- Por Escritura Nº 50 de fecha 27/02/2026, autorizada en esta Ciudad por la Escribana Dirce E. BONA en el Registro Notarial n° 75 a su cargo, se procedió a protocolizar el Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 47 de fecha 18 de Diciembre de 2025 de la sociedad POLIMETAL S.A., en la cual se resuelve el AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL y la consecuente REFORMA del ARTICULO CUARTO del Estatuto Social.-
Conforme lo resuelto en la asamblea antes referida se ejecuta lo siguiente:-
A) SE AUMENTA EL CAPITAL SOCIAL en la suma de $2.884.000.000 (DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS ARGENTINOS), es decir, de la suma de $206.068.407 (doscientos seis millones sesenta y ocho mil cuatrocientos siete pesos argentinos) a la suma de $3.090.068.407 (tres mil noventa millones sesenta y ocho mil cuatrocientos siete pesos argentinos), mediante la capitalización de los Aportes Irrevocables y el Crédito.-
B) SE APRUEBA LA REFORMA DEL ARTICULO CUARTO DEL ESTATUTO SOCIAL el que quedará redactado conforme se transcribe a continuación: “TÍTULO III. CAPITAL SOCIAL. ARTÍCULO CUARTO: 4.1. El capital social es de PESOS TRES MIL NOVENTA MILLONES SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SIETE ($3.090.068.407), representado por: (i) MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y SEIS (1.541.944.136) acciones ordinarias, nominativas no endosables, Clase “A”, de valor nominal un peso ($1) cada una y con derecho a un (1) voto por acción; y (ii) MIL QUINIENTOS CUARENTA OCHO MILLONES CIENTO VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO] (1.548.124.271) acciones ordinarias, nominativas no endosables, Clase “B”, de valor nominal un peso ($1) cada una y con derecho a un (1) voto por acción.”..-
C) A fin de consolidar en un solo texto la modificación estatutaria aprobada, Se RESUELVE OTORGAR UN TEXTO ORDENADO del Estatuto Social, el cual será expedido por instrumento aparte, con las modificaciones introducidas.-
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1030 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
EDICTO DE CONSTITUCIÓN DJ SERVICIOS INDUSTRIALES S.A.S.
SOCIOS: VIDELA, FERNANDO SEBASTIAN, D.N.I. N° 25.388.028, C.U.I.L. 20-25388028-8, de nacionalidad argentino, nacido el 10 de Junio de 1976, de profesión comerciante, estado de familia casado (en primeras nupcias con Carina Vanesa Barroso, D.N.I.: 25.688.386), con domicilio real en calle Elias Andre Nº ٣٩٧ y JAIME DANIEL GUILLERMO, D.N.I. N° ٢٣.٦١١.١٢٣, C.U.I.L. ٢٠-٢٣٦١١١٢٣-٨, de nacionalidad argentino, nacido el ٢٧ de noviembre de ١٩٧٣, de profesión comerciante, estado de familia soltero, con domicilio real en calle Juez Mundet Bis N° ٣٣٥ ambos en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, República Argentina. CONSTITUCIÓN: ١٩ de Marzo del año ٢٠٢٦. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina DJ SERVICIOS INDUSTRIALES S.A.S. y tiene su domicilio social, legal y fiscal en calle Elias Andre Nº ٣٩٧, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, República Argentina. Plazo de Duración: ٩٩ años contados a partir de su constitución. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: A) Servicios de Ingeniería y Mantenimiento Industrial: montajes y mantenimiento, prestación de servicios de montaje, instalación, reparación y mantenimiento preventivo, predictivo y correctivo de plantas industriales, líneas de producción y maquinaria pesada. Soldadura Especializada: Ejecución de trabajos de soldadura mediante procesos TIG, MIG, MAG, pinza, termofusión y roscado. Mecánica: Servicios de mecánica general, mecánica pesada y puesta en marcha de equipos industriales. B) Fabricación y Metalúrgica, estructuras metálicas, fabricación, diseño, reparación y montaje de estructuras en acero al carbono, acero inoxidable y otros metales. Tuberías y Cañerías: Construcción y reparación de sistemas de cañerías en materiales galvanizados, acero al carbono, acero inoxidable y sistemas de termofusión. Procesos Industriales: Realización de trabajos de plegado de metales (incluyendo espesores hasta 3/16”), mecanizados de precisión y tornería. C) Servicios Especializados y Saneamiento, Espacios Confinados, Limpieza técnica de tanques, depósitos y mantenimiento en espacios confinados bajo normas de seguridad específicas. Logística de Equipos: Alquiler, arrendamiento y operación de plataformas elevadoras, guinches y maquinaria para trabajos en altura o movimiento de cargas. D) Obras Civiles y Complementarias: construcción, ejecución de obras civiles industriales y privadas, incluyendo servicios de pintura industrial, plomería, instalaciones hidrosanitarias y mantenimiento de infraestructura. E) La Sociedad podrá realizar inversiones, aportes de capital y participar en otras sociedades, emprendimientos, fondos o vehículos empresariales; adquirir, registrar y explotar marcas, patentes, diseños industriales, software y todo derecho intelectual vinculado al desarrollo de sus actividades. Podrá actuar como fiduciario o fiduciante, celebrar contratos de colaboración empresarial, asociaciones transitorias y cualquier modalidad asociativa admitida por la legislación vigente. Podrá comprar, vender, transferir y/o permutar títulos y valores; otorgar y tomar créditos con o sin garantía real; y realizar operaciones financieras en general. Capital Social: El Capital Social es de Pesos UN MILLÓN ($1.000.000,00) representado por mil acciones ordinarias (1.000) de pesos mil con 00/100 ($1.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Los socios suscriben el cien por ciento (100%) del capital social con el siguiente detalle: a) el socio VIDELA FERNANDO SEBASTIAN suscribe la cantidad de quinientas (500)acciones ordinarias de pesos mil con 00/100 ($1.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, b) el socio JAIME DANIEL GUILLERMO suscribe la cantidad de quinientas (500) acciones ordinarias de pesos mil con 00/100 ($1.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el día 31 de Enero de cada año calendario. Administrador Titular: Sr. VIDELA, FERNANDO SEBASTIAN, D.N.I. N° 25.388.028, con domicilio real en calle Elias Andre N° ٣٩٧, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, República Argentina. Administrador Suplente: JAIME, DANIEL GUILLERMO, D.N.I. Nº 23.611.123, con domicilio real en calle Juez Mundet Bis N° 335, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, República Argentina. La sociedad prescinde de sindicatura.-Fecha de certificación de firmas con fecha 26/03/2026.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1031 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
EDICTO DE CONSTITUCIÓN GAST FLEX S.A.S.
SOCIOS:BRILLA, JULIAN, D.N.I. N° 42.909.628, C.U.I.T. 20-42909628-7, de nacionalidad argentino, nacido el 26 de Agosto de 2000, de profesión comerciante, estado de familia soltero, con domicilio real en calle Riobamba Nº 967 en la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, República Argentina. CONSTITUCIÓN: 04 de Febrero del año 2026. Denominación y Domicilio: La sociedad se denomina GAST FLEX S.A.S. y tiene su domicilio social, legal y fiscal en calle Riobamba Nº 979, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, Provincia de San Luis, República Argentina. Plazo de Duración: 99 años contados a partir de su constitución. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: 1) bar, restaurante, cantina, cervecería, pub, vinoteca, y establecimientos gastronómicos en general, incluyendo el despacho, expendio, elaboración, producción, fraccionamiento, distribución y comercialización de bebidas alcohólicas y sin alcohol, comidas, platos elaborados, minutas, productos gastronómicos, alimenticios y afines, en todas sus modalidades, así como la organización, producción y explotación de eventos gastronómicos, culturales, recreativos y sociales. 2) Asimismo, la explotación de kioscos, despensas, autoservicios, minimercados, supermercados de cercanía, tiendas de conveniencia y comercios de atención permanente, incluyendo establecimientos de funcionamiento las veinticuatro (24) horas, con la compraventa, importación, exportación, almacenamiento, logística, transporte y comercialización de productos alimenticios, bebidas, artículos de limpieza, higiene personal, bazar, librería, golosinas, tabaco, cigarrillos, recargas electrónicas, tarjetas prepagas, productos digitales y mercaderías en general. 3)También la explotación de verdulerías, fruterías, mercados barriales, ferias, puestos y centros de distribución de productos frescos, comprendiendo la producción, acopio, acondicionamiento, fraccionamiento, conservación, distribución y comercialización de frutas, verduras, hortalizas, legumbres, productos orgánicos, agroecológicos, naturales y afines. La elaboración, industrialización, transformación y agregado de valor de productos relacionados con el objeto y otras actividades conexas, complementarias o accesorias que contribuyan al desarrollo del objeto principal. Compraventa, distribución, representación, intermediación, corretaje, consignación, leasing comercial, importación y exportación de productos alimenticios, bebidas y mercaderías en general, tanto al por mayor como al por menor, por canales físicos, digitales, plataformas electrónicas, comercio electrónico, aplicaciones móviles y sistemas de venta remota. La sociedad tiene plena capacidad jurídica, pudiendo realizar todo tipo de actos, contratos u operaciones que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, sin más limitaciones que las establecidas por la ley, disposiciones reglamentarias y este estatuto, realizando cualquier acto o contrato con personas de existencia visible o jurídica.
Capital Social: El Capital Social es de Pesos UN MILLÓN ($1.000.000,00) representado por mil acciones ordinarias (1.000) de pesos mil con 00/100 ($1.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El socio suscribe el cien por ciento (100%) del capital social con el siguiente detalle: a) el socio JULIAN BRILLA suscribe la cantidad de mil acciones ordinarias de pesos mil con 00/100 ($1.000,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Ejercicio Social: El ejercicio social cierra el día 31 de Enero de cada año calendario. Administrador Titular: Sr. BRILLA, JULIAN, D.N.I. N° 42.909.628, con domicilio real en calle Riobamba N° 967, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, República Argentina. Administrador Suplente: PEREIRA, FERNANDO LUIS, D.N.I. Nº 23.066.369, con domicilio real en calle Pueyrredon N° ٥٨١, ciudad de Villa Mercedes, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, República Argentina. La sociedad prescinde de sindicatura.-Fecha de certificación de firmas con fecha ١٢/٠٢/٢٠٢٦.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1032 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
La firma SHEFA S.A., CUIT Nº 30-61610666-6, número de Registro de Personas Jurídicas Res. N° 170. Inscripta en Tomo II folio 84/85/86 de fecha 28/05/87, con el Nº 402 del RPC de Villa Mercedes (S.L.). Con domicilio social Acceso Malvinas Argentinas, calle Proyectada 1 Nº 66 – Parque Industrial. Justo Daract (5738), San Luis
Comunica: Toma de Razón nuevo Directorio, que por:
•ACTA DE DIRECTORIO N° 212 de Directorio donde se convoca a Asamblea, de fecha 19/03/2025, 10 hs. Folios 1 y 24
ACTA DE DIRECTORIO N° 213 de fecha 19/03/2025, 17:00 hs. donde se aprobó y acepto la siguiente distribución de cargos del directorio. Folios 1 y 25
•ACTAS DE ASAMBLEAS N° 1.- Acta de Asamblea General Ordinaria, en donde se aprobaron la designación de directores, de fecha 19/03/2025. Folios 1, 86 y 87
•DEPOSITO DE ACCIONES Y ASISTENCIA A ASAMBLEAS N° 3.- Actas de Registro de Asistencia de Accionistas a la Asamblea donde se aprobaron la designación de directores, de fecha 19/03/2025. Folios 1 y 7
Designación del nuevo directorio de SHEFA SA. Duración dos (2) ejercicios
•Presidente: Francavilla Natalio Oscar, DNI: 11.683.108
•Vicepresidente: Francavilla Marta Norma, DNI: 6.076.153
•Director suplente: Francavilla Raúl Alfredo, DNI: 20.913.179
•Director suplente: Araujo Verónica Andrea, DNI: 28.167.928
Fijando todos domicilio especial en, Acc. Malvinas Argentinas, calle Proyectada 1 Nº 66 – Parque Industrial. Justo Daract (5738), San Luis.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 1033 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
TRANSNAT SRL
El Registro Público de Comercio ordena la siguiente publicación por el término de Ley: que conforme Acta Asamblea del 03 de Marzo de 2026, los socios decidieron por unanimidad modificar el domicilio de la sede social al Pasaje Teniente Ibañez 564, de la Ciudad de San Luis Provincia de San Luis. A su vez modificar la clausula primera, novena y agregar la clausula transitoria cuarta al contrato social en los siguientes términos: “PRIMERA: Denominación y domicilio. En la fecha mencionada queda constituida la Sociedad de Responsabilidad Limitada formada entre los suscritos que girará bajo la denominación TRANSNAT Sociedad de Responsabilidad Limitada o TRANSNAT SRL. La sociedad tiene su domicilio legal en la jurisdicción Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, pudiendo establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimientos o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero”; “NOVENA: La administración y representación legal estarán a cargo de UNO (1) o DOS (2) gerentes administradores, quienes podrán ser socios o no, designados por la asamblea de socios. La duración del cargo será por tiempo indeterminado. Podrán actuar en forma conjunta, individual o indistinta. Tendrán el uso de la firma social y ejercerán la representación plena de la sociedad, sin perjuicios de la representación que pudieran tener mandatarios o apoderados de la sociedad. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social. Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrá efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales. Para los fines sociales los gerentes en la forma indicada podrán: a) operar con toda clase de bancos y /o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia o financiera o de cualquier índole. b) Otorgar poderes a favor de cualquiera de los socios o terceras personas para representarlas ante personas físicas, jurídicas, terceros, organismos internacionales, nacionales, provinciales y municipales, en todos sus asuntos extrajudiciales, judiciales, administrativos, contables, impositivos, civiles, penales, laborales y de cualquier otra materia en los fueros o jurisdicciones que ellos fueran; c) Tomar dineros en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir, efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza; d) Realizar todos los actos tendientes a la administración de la sociedad conforme la legislación vigente, haciéndose constar que la precedente reseña es meramente enunciativa y no taxativa. La sociedad será representada por el o los Gerentes ante las reparticiones Nacionales, Provinciales o Municipales, incluso Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Registro de Créditos Prendarios, Ministerios, Secretaría de Estado, Tribunales o ante cualquier Institución de Orden Público, Privada o Mixta. e) Podrá adquirir también bienes muebles, muebles registrables e inmuebles con la anuencia mediante acta de los socios. f) Tomar y dar en locación toda clase de inmuebles y muebles aún por mayor plazo que el legal. g) Contratar locaciones de servicios como locatarios y como locadores. h) Nombrar empleados y obreros y despedirlos mediante acuerdo de los socios, todo ello con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones, o negocios ajenos a la sociedad”; “Clausula Transitoria Cuarta: Los socios acuerdan establecer el domicilio como sede social de la empresa en el Pasaje Teniente Ibañez 564, de la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis”.
San Luis, de Abril de 2026.-
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 1034 $5.500,00 e: y v: 20 Abr
JUDICIALES
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “AGUIAR DELFIN SANTIAGO, RODRIGUEZ JUANA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 436890/25, CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) DIAS a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: AGUIAR, DELFIN SANTIAGO, DNI 6.815.008 y RODRIGUEZ, JUANA, DNI 10.351.425; bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 09 de ABRIL de 2026.-
C: 936 $16.500,00 e: 15 y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados EXP 445928/26 “BERGAMIN OSCAR ALFREDO S/ SUCESIÓN ABINTESTATO” CITA Y EMPLAZA por el término de treinta (30) días, a herederos, acreedores y a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: Sr BERGAMIN OSCAR ALFREDO DNI 10.421.776 bajo apercibimiento de ley.- San Luis, 07 de abril de 2026.-
C: 939 $16.500,00 e: 15 y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2, de la Primera Circunscripción de San Luis, a cargo de la Dra. IBAÑEZ GERALDINA INÉS, Prosecretaría a cargo de la Autorizante, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a quienes se consideren herederos y/o acreedores de las causantes “VIDELA BLANCA HILDA Y VIDELA NORMA S/ SUCESION AB INTESTATO. IURIX 433239/25, bajo apercibimiento de ley. San Luis, 19 de marzo de 2026. La presente actuación se encuentra firmada digitalmente en Sistema de Gestión Informático (Iurix) por la Dra. Geraldina Inés Ibáñez, Jueza del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 2 de la ciudad de San Luis. No siendo necesaria la firma manuscrita (Cfr. Ley Nac. 25506, Ley Prov. 591/07; 699/09 y Nuevo Reglamento Gral. Del Expte. Electrónico, Acuerdo Nº 61/2017 y Memorándum Nº 3 de la Secretaría de Informática, Ley Nº IV-0086-2021 y Acuerdo Nº 373 del Excmo. S.T.J., Poder Judicial de San Luis.
C: 943 $16.500,00 e: 15 y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental n° 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP. 446081/26 “SAUCEDO MARIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por la causante SRA. MARÍA SAUCEDO, DNI. 20.092.860, bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 07 de abril de 2026.-
C: 957 $16.500,00 e: 15 y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA - Juez, Prosecretaria del autorizante, en los autos caratulados “BALDUZ JUAN CARLOS S/ SUCESION AB INTESTATO” (EXP. 435928/25), cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y todos quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causante, Sr. JUAN CARLOS BALDUZ, DNI 10.878.337, para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley.- San Luis, 20 de FEBRERO de 2026
C: 958 $16.500,00 e: 15 y v: 20 Abr.
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 4, de la ciudad de Villa Mercedes, provincia de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA – JUEZ, Prosecretaría del Autorizante, en autos caratulados “LIONETTI JORGE RUBEN Y FLORES NORMA MIRIAM S/ SUCESIÓN AB INTESTATO – EXP 267310/14”, cita y emplaza por treinta días a posibles herederos y/o acreedores y/o quienes se consideren con derecho respecto a los bienes del Sr. NORMA MIRIAM FLORES, D.N.I. N° 12.062.095, bajo apercibimiento de ley.- San Luis, 6 de FEBRERO de 2026
C: 963 $16.500,00 e: 15 y v: 20 Abr.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 4 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo del Dr. MARIO MASSA ALCANTARA, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: “EXP 404556/23 BRANDAN GREGORINA ALCIRA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el Sra. BRANDAN GREGORIA ALCIRA DNI 8.205.510.-
Villa Mercedes, San Luis, 08 de agosto 2025.-
C: 975 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
EL JUZGADO LABORAL Nº 3 DE LA I CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, A CARGO DE LA DRA. ADELA PEREZ DEL VISO JUEZA, PROSECRETARIA DEL AUTORIZANTE, EN AUTOS CARATULADOS: TRANSPUNTANO S.A.P.E.M. S/CONSIGNACIÓN-LABORAL, Expte. N° 425294/24”, Por promovida demanda por consignación de pago por haberes y los importes indemnizatorios correspondientes a la extinción de la relación laboral por fallecimiento del Sr. PONCE JOSE LUIS CUIT Nº 20-17911363-6, la cual en atención a lo que dispone el Art. 320 inc. a) del C.P.C., de aplicación supletoria por remisión del Art. 144 del C.P.L., tramitará según las normas del proceso sumario. De la misma, córrase traslado por DIEZ DIAS a los sucesores y/o quien se considere con derecho y/o su conviviente y/o esposa con domicilio en calle Santa Fe N° 201, San Luis, a fin de que comparezcan, constituyan domicilio procesal y la contesten bajo el apercibimiento de lo previsto en los Arts. 41, 59, y 356 del C.P.C.- Fdo.- DRA. ADELA PEREZ DEL VISO-JUEZ DEL JUZGADO LABORAL Nº 3 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION.
CIUDAD DE SAN LUIS (SAN LUIS), 13 de ABRIL de 2026.-
C: 977 $11.000,00 e. 17 y v: 20 Abr.
EDICTO CITATORIO. El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Cocarán, San Luis, a cargo del Sr. Juez Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en autos caratulados: “BRITO ROBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO”, EXPTE Nº 446883/26, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores del extinto: ROBERTO BRITO y/o ROBERTO BRITOS, DNI 3.221.398, bajo apercibimiento de ley. Concarán, San Luis, 10 de abril de 2026.- Fdo. Dra. Cintia G. López Zabala, Secretaria
C: 978 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la ciudad de San Luis, Juzgado a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Prosecretaria del autorizante, en los autos caratulados “FLORES EMMA, MOYA FRANCISCO SEGUNDO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXP 441767/25.-, cita y emplaza por el termino de treinta días para que se presenten ante este juzgado, a herederos y acreedores de los causantes, Sra. EMMA FLORES, DNI 5.144.086, y Sr. SEGUNDO FRANCISCO MOYA, DNI 6.724.961, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 9 de ABRIL de 2026
C: 979 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, Provincia de San Luis, a cargo de el Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, Secretaria a cargo del Autorizante, en autos caratulados: “NEME MARIA ALICIA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO - EXPTE N° 445861/26, CITA Y EMPLAZA por el termino de 30 (treinta), a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante, MARIA ALICIA NEME DNI N° 17.123.498.- bajo apercibimiento de ley. FDO. Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1.-
SAN LUIS, 01 de abril de 2026.-
C: 980 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Carolina Soledad Cherubini – Jueza, Secretaría del autorizante, en autos caratulados “ESCUDERO DANIEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte. 391142/22 cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores del extinto Sr. ESCUDERO DANIEL, D.N.I. N° 16.941.777, bajo apercibimiento de ley.-
Villa Mercedes (San Luis), 12 DE DICIEMBRE DE 2025.-
C: 981 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela N. Ramosca, prosecretaría a cargo de la autorizante, en autos “PROPERZI ELSA CARMEN S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 441317/25, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de la extinta PROPERZI ELSA CARMEN, D.N.I. N° 02.751.206, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 13 de ABRIL de 2026
C: 982 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, Provincia de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, Juez, Secretaria a cargo del Autorizante, en autos caratulados: “CHADA JORGE Y LABORDA LUCERO HELENA ESTHER S/ SUCESION AB INTESTATO - EXPTE N° 422755/24”, CITA Y EMPLAZA por el termino de 30 (treinta), a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes, DOÑA LABORDA LUCERO HELENA ESTHER DNI N° 8.210.966 Y DON CHADA JORGE L.E N° 6.788.561 bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, Tres de Diciembre de 2025.-
C: 983 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 04 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza Titular; Prosecretaria a cargo del autorizante, sito en calle Rivadavia Nº 340; 3er piso de la Ciudad de San Luis, en los autos caratulados “SERATTO JUAN CARLOS S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 440273/25, hace saber: “SAN LUIS, 2 de diciembre de 2025 .... Atento a las constancias de autos, al estar prima facie acreditada la legitimación y resultar que el Juzgado es competente para entender en el proceso, a mérito de la partida de defunción acompañada, RESUELVO: 1) Dar por abierto el juicio de SUCESIÓN AB INTESTATO de SERATTO JUAN CARLOS D.N.I. Nº 13.910.512. 2) Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial y Judicial y un diario local por el término de TRES DIAS, citando a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por la causante ... “
San Luis, 9 de ABRIL de 2026
C: 984 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 de la ciudad de San Luís a cargo de la Dra. Geraldina Inés lbáñez - Jueza, Prosecretaría de la autorizante, en autos ‘’WERTMILLER RAUL OSCAR S/ SUCESIÓN AB INTESTATO“, EXP ٤٣٠٩٩٨/٢٥ en los que se ha dispuesto: “Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial y Judicial y un diario local por el término de TRES (03) DIAS, citando a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por la causante para que en el plazo de treinta (30) días lo acrediten (Art. 699 CPCC).”
Causante: RAUL OSCAR WERTMILLER, (D.N.I. Nº 5.476.492).-
San Luis, 31 de Marzo de 2026.-
C: 985 $16.500,00 e. 17 y v: 22 Abr.
EDICTO DE MENSURA
Aguado Guillermo Alberto, en mi carácter de Ingeniero Agrimensor inscripto a la matrícula Nº 332 del (CASL) notifico que el día 18 de mayo de 2026, a las 9h procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por María Virginia Chada, DNI Nº 16.446.552, respecto del fundo identificado con nomenclatura tributaria 12-104225, nomenclatura catastral “sin registro”, y se encuentra ubicado en Camino vecinal acceso a través, de la Ruta Provincial 19 - Ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, partido de El Chorrillo- Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Registro de Propiedad Inmueble, a nombre CHADA DEOLINDO, inscripción dominial no posee. Lugar de encuentro en el inmueble.
Consultas en la calle Falucho Nº 927 de la Ciudad de San Luis.
Teléfono: 2664 73-0324
San Luis, 10 de abril 2026.-
C: 1005 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 de la Primera Circunscripción de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaria de la autorizante en los autos caratulados: EXP 436883/25 PAULINO LIDIA FANNY S/ SUCESIÓN AB INTESTATO, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedores y/o quienes se consideren con derecho a la Sucesión de la Sra. LIDIA FANNY PAULINO, L.E. Nº 3.720.070, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 8 de ABRIL de 2026.-
C: 1006 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, en autos caratulados EXP 445857/26 CORTEZ FEDERICO ALBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el termino de (30) días a herederos, acreedores y/o cualquiera que se considerare con derecho a los bienes dejados por el causante, Federico Alberto Cortez DNI Nº 21.630.460.- San Luis, 9 de ABRIL de 2026.-
C: 1007 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “MATTUZ ELSA INES S/POSESIÓN” EXP 425130/24, cita y emplaza por el término de quince (15) días, a quienes se consideren con derecho y/o lo tuvieren, sobre un inmueble rural ubicado en Ruta Provincial Nº 15- Santa Teresa- Alto Negro, Partido de Rumiguasi, Departamento Belgrano de la Provincia de San Luis, se encuentra registrados bajo el padrón catastral 93.335 de la Receptoría Hipólito Irigoyen, siendo la nomenclatura catastral de origen: Circunscripción San Jerónimo Cuad: D2 Sección: 3 Parcela 56 y se encuentra inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble , en los siguientes asientos registrales: TOMO 1 de Belgrano FOLIO 332 NUMERO 139 (a); TOMO 7 de Belgrano FOLIO 239 NUMERO 903 Inscr 4ta (b); TOMO 3 (Ley 3236) de Belgrano FOLIO 193 NUMERO 690 (c); TOMO 11 ( Ley 3236) de Belgrano FOLIO 496 NUMERO 259 (d). El inmueble en posesión tiene dos (2) parcelas cuya individualización es la siguiente: PARCELA 1: Tiene una superficie de 73 has, 1.190,86 mt2 dentro de las siguientes medidas: 1-2: 2.097,62 mt; 2-7-:415,25 mt; 7-8: 2.315,42 mt y 8-1: 236,30 mt; tiene los siguientes limites: NORTE: Parcela 55 Simona Martínez Alejandro Gutierrez, Manuel Gutierrez, Luis Gutiérrez Enrique Gutierrez y Juan Andres Gutierrez Pad 93.334 Recep H. Irigoyen; SUR: Parcela 58 Sebastián Aldo Clavero y Fernando Sanchez Pad. 93.337 Recept Socoscora Pl. 8/4/80-Parc B y parcela 57 Sebastián Aldo Clavero y Fernando Sanchez Pad 93.336 Recep Socoscora Pl 8/4/80- Parc A; ESTE: Ruta Provincial Nº 15 y OESTE: Parcela 31 José Birgilio Abrate Pad 93310 Recep Socoscora Pl 8/26/80.- PARCELA 2: Tiene una superficie de 60 has 9.504,75 mt2, dentro de las siguientes medidas: 3-4: 1.965,27 mt; 4-5: 371,02 mt; 5-6: 1.697,53 mt y 6- 3:345,12 mt tiene los siguientes limites: NORTE: Parcela 55 Simona Martinez Alejandro Gutierrez, Manuel Gutierrez, Luis Gutierrez Enrique Gutierrez y Juan Andres Gutierrez Pad. 93334 Recep H. Irigoyen Pl. 8/81/15; SUR: Parcela 505 Eduardo Ruben Migliozzi, Maria Adriana Migliozzi Anselmi y Alejandro Horacio Migliozzi Anselmi Pad. 1.005.103 Recep H. Irigoyen Pl. Nº 8/96/15; ESTE: Parcela 504 Eduardo Ruben Migliozzi, Maria Adriana Migliozzi Anselmi y Alejandro Horacio Migliozzi Anselmi Pad. 1.005.102 Recep H Irigoyen Pl. 8/96/15 como surge del plano de mensura 8/79/24 confeccionado por el Agrim Mauricio T Aguil, para que comparezcan y la contesten, bajo el apercibimiento previsto en los arts. 59 y 356 del C.P.C., opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art.343, 2º párrafo del C.P.C.).-
San Luis, 09 de FEBRERO de 2026.-
C: 1008 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados: “MOYANO OLGA NELIGA Y PINELA DOMINGO RAMON S/SUCESIÓN AB INTESTATO” - EXP 414930/24, Publíquense los edictos de ley en el Boletín Oficial y Judicial y un diario local por término de TRES DÍAS citando a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante para que en el plazo de treinta (30) días lo acrediten(Art. 699 CPCC). Causantes: MOYANO OLGA NELIDA D.N.I. Nº 6.419.822 Y PINELA DOMINGO RAMON D.N.I. Nº 6.815.131.-
San Luis, 19 de Marzo de 2026
C: 1009 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
EDICTO DE MENSURA
El que suscribe, Agrimensor Jorge Vidal, Matrícula Nº 291 del CASL, notifica que el día 20 de Abril, a las 10:00, mensuraré con el objeto de tramitar el título por prescripción adquisitiva, por orden de Salustiana Faustina Pereira, un inmueble que posee nomenclatura tributaria (Padrón ٣٣٧٦ de la Receptoría Saladillo) a nombre de El Pilar S.R.L., ubicado sobre Ruta Provincial Nº 39, 1480 metros al Noreste del puente sobre el Río Riocito, sin título registrado en el Registro de la Propiedad Inmueble.
Lugar de encuentro: Ruta Provincial Nº 39, 1480 metros al Noreste del puente sobre el Río Riocito, vivienda de la Señora Salustiana Faustina Pereira.
Cítase especialmente al colindante Norte: Guillermo Antonio Ojeda; y Oeste: Federico Hernán Lucero.
Consultas en el domicilio de Calle Gral. Paz Nº 633 de la Ciudad de San Luis, teléfono 266 4742466
C: 1011 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
EDICTO Nº 30030382
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2 a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca - Jueza Subrogante, Secretaria de la Autorizante, en autos: EXP 445887/26 “TALIO JUANA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza a herederos y acreedores de TALIO JUANA – DNI N° ١٤.٦٥١.٩٢٦, por término de TREINTA DIAS, que tengan derechos sobre los bienes de los causantes, bajo apercibimiento de Ley.
San Luis, 13 de Abril de 2026.-
C: 1012 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado, Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial de la ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaría del Autorizante, en EXP. 33174/5 “ANZULOVICH HECTOR VICENTE y MARIA CRISTINA MANSILLA S/ SUCESION AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DIAS a herederos y acreedores de la SRA. MARIA CRISTINA MANSILLA, D.N.I. Nº 11.296.660, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 16 de marzo de 2026.-
C: 1013 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
EDICTO DE MENSURA
CITACION PROPIETARIOS, COLINDANTES y TERCEROS. El Ingeniero Agrimensor Mariano G. Baez, Mat. 315 CASL, informa que el día viernes 29 de mayo de 2026 a las 12.00 hs mensurará a fines de prescripción adquisitiva, por orden de Martín Miguel Díaz DNI: 21.784.641, un inmueble ubicado en el camino público s/n, Pasos Malos, Merlo, Partido de Merlo, Departamento Junín, nomenclatura tributaria 13-1936. Registrado en Catastro y Tierras Fiscales a nombre de FLORES MIGUEL SEBASTIAN (SUC). Colindantes: Sur LOPEZ DORA ENRIQUETA, DNI: 5608460 titular del padrón 13-1072183; Este y Oeste FLORES MIGUEL SEBASTIAN (SUC) titular del padrón 13-1936; Norte Arroyo Piedra Blanca. No se localiza inscripción de dominio en Registro de la Propiedad Inmueble, ni titular registral. Las operaciones se iniciarán en el vértice Sudoeste, accediendo al mismo desde el camino público. Deberán presentarse con los documentos que acrediten el carácter invocado. Consultas: Av. Del Sol 709 Of. 4, Merlo, San Luis, teléfono (266)15-431-4164.-
C: 1014 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
EDICTO CITATORIO
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٤ de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis; a cargo de la DRA GABRIELA NATALIA RAMOSCA, JUEZA, Secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP ٤٤٤٣٧٥/٢٥ ”VALLEJO ENRIQUE DE JESUS, CASCO VILMA NOEMI S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes: CASCO VILMA NOEMI, DNI N° ٥.٩٢٠.٢٥٥, y VALLEJO ENRIQUE DE JESUS, DNI N° ٦.٨٠٥.٨٠٦.-
San Luis, catorce de abril de 2026.-
C: 1015 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante en los autos caratulados “EXP 380559/22 ALFONZO JUAN JOSE Y EUCEBIA VALENTINA AVILA S/ SUCESION INTESTADA cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la Sra. Eucebia Valentina Ávila, DNI: 5.188.908.-
Concarán, San Luis, 24 de julio de 2025.-
C: 1016 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Segunda Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis cito en la Ciudad de Villa Mercedes, a cargo del DR. MASSA ALCANTARA MARIO ENRIQUE (JUEZ), Secretaría de la Autorizante, en los autos EXP 391880/22 “BOLOGNA LEANDRO NICOLAS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” ha dictado la siguiente resolución que en lo pertinente dice: “Villa Mercedes, San Luis, diez de septiembre de dos mil veinticinco. Proveyendo escrito suscripto por Dra. TOMASI MICAELA ingresado en fecha 04/08/2025: Atento lo peticionado, constancias obrantes, téngase por iniciada formal demanda ordinaria de POSESION VEINTEAÑAL en contra de quien se considere con derecho, tendiente a adquirir el dominio por posesión veinteñal si correspondiere del inmueble que carece de inscripción de dominio, ubicado en calle Int. Leyes N° 648 esquina San Cayetano de la ciudad de Villa Mercedes, San Luis, con las dimensiones, superficie y linderos que surgen del plano de fraccionamiento y mensura aprobado provisoriamente por la Dirección de Geodesia y Catastro bajo el N° 03/241/2023, de fecha 01/09/2023, la que tramitará según las normas del proceso ordinario. A sus efectos, PUBLIQUENSE EDICTOS POR EL TÉRMINO DE DOS (2) DIAS en el Boletín Oficial de la Provincia de San Luis y en un diario de mayor circulación en la ciudad, según lo dispuesto por los arts. 145, 146, 147 y 911 y 915 del C.P.C.yC bajo apercibimiento de que en caso de incomparencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (art. 917 C.P.C.yC)”. Actuación firmada digitalmente por DR. MARIO ENRIQUE MASSA ALCANTARA JUEZ.
Villa Mercedes, San Luis, 13 de abril de 2026.-
C: 1017 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Minas N° 2 de esta Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO - JUEZ SUBROGANTE, Secretaría de la Autorizante, en autos CORIA ANA HERMELA Y CORIA LILIANA MABEL C/LUCERO LIDIA SILVIA DEL CARMEN S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA EXP 400539/23”, hace saber que los Sres. ANA HERMELA CORIA, D.N.I .N° 13.573.941, por derecho propio, con domicilio real en calle René Favaloro N° ٩٣, El Volcán, Provincia de San Luis, y LILIANA MABEL CORIA, D.N.I. N° 18.586.292, con domicilio real en Camino a Donovan N° ٣١٥٩, Donovan, Provincia de San Luis, han iniciado juicio de posesión veinteañal en contra de LIDIA SILVIA DEL CARMEN LUCERO DNI N° 13.290.764 con domicilio en Pasaje Juan W. Gez N° ٣١٨ de esta Ciudad de San Luis, Y/O SUCESORES, Y/O QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO Y/O LO TUVIEREN, la que tramitará según las normas del proceso ORDINARIO (art. ٣٣٠ del C.P.C.C.), sobre el inmueble ubicado en paraje Avenida Juan Pascual Pringles s/n° esquina calle Domingo Lucero, Partido: Chorrillo, El Volcán, Departamento: Juan Martin de Pueyrredón, de la Provincia de San Luis, Padrón N° 430.277, Inscripción de Dominio T° 65 (Ley 3236) de Capital, F° 26 - N° 20.971, de Receptoría: Capital, correspondiente al Plano N° 1/316/22, confeccionado por el Agrimensor Mario Francisco Ledezma, Parcela “23” constante de una superficie de QUINIENTOS CINCUENTA Y UN METROS OCHO DECIMETROS CUADRADOS (551,08 M2) con los siguientes límites NORTE: Avenida Juan Pascual Pringles, OESTE: Ana Hermela Coria, Osvaldo Rubén Coria y Liliana Mabel Coria, ESTE: calle Domingo Lucero, y SUR: Santiago Camilo Gil bajo apercibimiento de que en caso de incomparencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente. (Art. 343, 2º y 3º párrafo del C.P.C.).-
San Luis, 18 de Agosto de 2025.-
FABIANA AQUIN
Prosecretaria
C: 1018 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
EDICTO COLEGIO DE MARTILLEROS Y CORREDORES PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, hace saber a los efectos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº XIV-0898-2014, que Domínguez José Daniel DNI Nº 16.629.137, con domicilio en Colon 63 Norte, de la localidad de San Luis, de la provincia de San Luis, se ha presentado en este Colegio solicitando “Matrícula de Martillero Público”; oposiciones de ley ante esta entidad. -
San Luis, 22 de abril del 2026.-
CARLOS EMILIO FENOY
Secretario General.
C: 1019 $16.500,00 e: 17 y v: 22 Abr.
En el marco del trámite de Mensura cuyos datos se detallan a continuación:
Titulares: Parcela sin Registración (Sin Propietarios).
Poseedor: Paula Vicenta Azcurra DNI 13.036.581
Ubicación: Km 21 Ruta Provincial N° 3 Los Molles, Calle “Los Algarrobos S/N
Padrón: 26-319
Departamento: Belgrano.
Partido: Rumiguasi.
Informo que el día 17-04-2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en calle Los Algarrobos S/N° Km 21 Los Molles.
La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.
JULIA MASTERS
Ing. Agrimensora
C: 1020 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
En el marco del trámite de Mensura cuyos datos se detallan a continuación:
Titulares: Parcela sin Registración (Sin Propietarios).
Poseedor: Ricardo Hernan Leguizamon DNI 21.005.672
Ubicación: Km 21 Ruta Provincial N° 3 Los Molles, Calle “Las Vertientes S/Nº”
Padrón: 26-319
Departamento: Belgrano.
Partido: Rumiguasi.
Informo que el día 18-04-2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en calle Las Vertientes S/N° Km 21 Los Molles.
La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.
JULIA MASTERS
Ing. Agrimensora
C: 1021 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
En el marco del trámite de Mensura cuyos datos se detallan a continuación:
Titulares: Parcela sin Registración (Sin Propietarios).
Poseedor: Sergio Daniel Salinas Medero DNI 28.838.426.
Ubicación: Km 21 Ruta Provincial N° 3 Los Molles, Calle “Los Algarrobos S/N”
Padrón: 26-319
Departamento: Belgrano.
Partido: Rumiguasi.
Informo que el día 17-04-2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 16.30 hs en calle Los Algarrobos S/N° Km 21 Los Molles.
La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.
JULIA MASTERS
Ing. Agrimensora
C: 1022 $11.000,00 e: 17 y v: 20 Abr.
“La Municipalidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, provincia de San Luis, se encuentra tramitando mediante “PRESCRIPCION ADMINISTRATIVA -LEY 21.477 modificada por LEY 24.320” la adquisición -inscripción directa- a nombre de la Municipalidad de Lavaisse de un inmueble ubicado en el ejido urbano de la localidad de Lavaisse, Departamento General Pedernera, que se individualiza como PARCELA “4” (A-G-K), inscripción de dominio Título A) TOMO 12 de Pedernera, FOLIO 401, Nro. 2078, PADRON Nro. 01-88; Receptoría: Mercedes; Nomenclatura Tributaria: 01-88; Título B) TOMO 2 (Ley 3236) de Pedernera, Folio 350, Nro. 403, PADRÓN Nro. 3265; Receptoría: Mercedes; Nomenclatura Tributaria: 01-3265; Título C) TOMO 2 (Ley 3236) de Pedernera, Folio 348, Nro. 402, PADRÓN Nro. 2272, Receptoría: Mercedes; Nomenclatura Tributaria 01-2272; Título D) TOMO 146 de Pedernera, Folio 371, Nro. 16116, Padrón: No se localiza; Receptoría: Mercedes; Nomenclatura Tributaria: No Posee; Título E) TOMO 74 de Pedernera, Folio 75, Número 8610, Padrón: No se localiza; Receptoría: Mercedes; Nomenclatura Tributaria: No Posee. NOMENCLATURA CATASTRAL DE ORIGEN: CIRCUNSCRIPCION: LAVAISSE, CUADRANTE: ----, SECCION: ----, MANZANA: 20, PARCELA: A-G-K; PARCELA a PRESCRIBIR: “4” según Plano de Mensura confeccionado por el Agrimensor JORGE SEBASTIAN MESA SURROCA, registrado por la Dirección de Catastro y Tierras Fiscales bajo el Nro. 3-542-25. Que el inmueble en cuestión posee las siguientes medida y linderos: 100,00 metros al norte lindando con calle Corripilium; 102,79 metros en total al sur lindando el segmento constituido por los vértices 7 y 8 de 48,73 mts con propiedad (**) cuyo padrón no se localiza - Padrón Colindante (Matías Garciarena S/Título) (Solar b Mzna. 20 Plano Pueblo Lavaisse) (Parcela 3 Plano 3-344-2023) y con propiedad (***) RANIERI de VEDUM JOSEFA ELVIRA, RANIERI ALDINO FELIX, RANIERI PEDRO ERMETE, RANIERI de ALTAMIRANO ALICIA LEONOR, ANGIOLINI de RANIERI VIRGINIA, RANIERI MARIANO PRUDENCIO, RANIERI de PEÑALOZA LYDIA y RANIERI EMILIO LUIS Padrón 2272 Receptoría Mercedes (Saldo de padrón sin afectar) (Solar l Mzna. 20 Plano Pueblo Lavaisse) (Parcela 3 Plano 3-344-2023); y el segmento constituido por los vértices 5 y 6 de 54,06 mts lindando con Avenida de Acceso José Garciarena (R.P. Nro. 11); 92,00 metros al Este lindando con calle Pichuin y 32,94 mts al Oeste lindando con calle Pedro Ranieri; y posee tres ochavas en total, una constituida por los vértices 4 y 5 de 5,67 mts. al sureste, la otra constituida por los vértices 2 y 3 de 5,64 mts. al noreste y la tercera constituida por los vértices 1 y 9 de 5,67 mts al noroeste; todo lo que en su conjunto encierra una Superficie Total de 7.681,75 m2. Dicho inmueble se destinará a la construcción de cajero automático del Banco de la Nación Argentina (BNA); por lo cual se CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS improrrogables y perentorios, a todos quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto anteriormente, debiendo concurrir a la Municipalidad de Lavaisse, en horas hábiles administrativas, para hacer valer los mismos, acompañando la documentación respaldatoria que acredite el derecho pretendido.”
San Luis; 16 de Abril de 2.026.-
SANDRA ELENA CHAIN
Intendente Comisionada de la
Municipalidad de Lavaisse
C: 1035 SPP e. 20 y v: 22 Abr.
En el marco del trámite de Mensura cuyos datos se detallan a continuación:
Titulares: Parcela sin Registración (Sin Propietarios).
Poseedor: María Elisa Bueno Parra DNI 94.190.538
Ubicación: Km 21 Ruta Provincial N° 3 Los Molles, Calle “Las Vertientes S/N”
Padrón: 26-319
Departamento: Belgrano.
Partido: Rumiguasi.
Informo que el día 20-04-2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en calle Las Vertientes S/N° Km 21 Los Molles.
La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.
JULIA MASTERS
Ing. Agrimensora
C: 1036 $11.000,00 e. 20 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٤, a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca, Juez, Prosecretaría a cargo de la autorizante, en los autos caratulados: “DI BETTA ORLANDO ADOLFO S/ SUCESION AB INTESTATO”, EXP 191087/10”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y/o acreedores y/o quienes se consideren con derecho a los bienes dejado por el Sr. ORLANDO ADOLFO DI BETTA DNI: 14.524.779 bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 19 de MARZO de 2026
C: 1037 $16.500,00 e. 20 y v: 24 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٢ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. CINTHYA ALCARAZ DIAZ, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 435573/25 “GIACARDI JUANA IRMA BLANCA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. GIACARDI JUANA IRMA BLANCA, DNI: 12.808.312.-
Villa Mercedes, San Luis, 13 de Abril de 2026.-
C: 1038 $5.500,00 e. y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° ١ de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, como Juez, Secretaría de la Autorizante, en autos EXP 397038/23: “GIL ERIBERTO, GIL SIXTO JOSE Y SOLOA FILOMENA JOSEFA S/ SUCESION” cita y emplaza por el término de treinta días a los que se consideraren con derecho a los bienes dejados por los causantes, Sres. SIXTO JOSE GIL. D.N.I: 3.208.634, FILOMENA JOSEFA SOLOA D.N.I: 8.206.059 y ERIBERTO GIL D.N.I 6.819.239, bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 26 de MARZO de 2025
C: 1039 $16.500,00 e. 20 y v: 24 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, sito en calle Lavalle extremo sur, edificio Dr. Ramiro Podetti, Villa Mercedes, San Luis, a cargo de la Dra. Cherubini Carolina Soledad– Jueza, Secretaría del autorizante, en autos caratulados: EXP. 385389/22 “GUTIÉRREZ DALINDA BEATRIZ C/ DE BATISTA RAIMUNDO S/ POSESIÓN” cita y emplaza al Sr. DE BATISTA REIMUNDO y/o a quien se considere con derecho al dominio del inmueble situado en calle JUAN B. JUSTO N° 849, ENTRE CALLES NELSON Y ANTONIO E. AGÜERO, DE LA CIUDAD DE VILLA MERCEDES, DPTO. GRAL. PEDERNERA, PROVINCIA DE SAN LUIS, cuenta con una superficie de 816,82 m2 y se encuentra designado como PARCELA 10 según el plano de mensura número 3/209/20 de Septiembre de 2020 realizada por el agrimensor Sebastián Mesa Surroca, Mat. 299 – C.A.S.L, para que en el término de 15 días comparezca a tomar la intervención que le corresponda en este proceso bajo apercibimiento de designar al Defensor de Ausentes para que lo represente.
Villa Mercedes (San Luis), 14 de Abril de 2026.-
C: 1040 $11.000,00 e. 20 y v: 22 Abr.
EDICTO MENSURA
CARLOS ALFREDO CUVERTINO, Ingeniero Agrimensor matrícula 317 CASL, notifico que el día 14/mayo/2.026, a 11,00 Hs. procederé a mensurar los inmuebles cuyo objeto: Tramitar el Título por Prescripción Adquisitiva, ordenante JUANA YSABEL MONTIVERO- D.N.I. 5.907.578, NILDA NICOLASA MONTIVERO-D.N.I. 5.181.012, LIDIA ESTHER MONTIVERO- D.N.I. 4.711.088, ALFREDO FAUSTINO MONTIVERO- D.N.I. 6.807.128. Los fundos cuentan registrado en Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales, nomenclatura tributaria padrón 290.067 receptoría Candelaria, nomenclatura catastral sección 1 manzana 7 parcelas 4 y se encuentran ubicados en calle España S/N° y calle Laprida S/N°; entre calle España esquinas calle Laprida y calle Pringles-Localidad Candelaria, Departamento Ayacucho, Provincia San Luis. Sin registro en Dirección General Propiedad Inmueble.
Lugar de encuentro es en el inmueble.
Cítase a colindantes: Oeste: calle Pringles; Norte: Ysmael Argentino Montivero y Lylia Haidee Gatica; Este: calle Laprida; Sur: calle España.
C: 1041 $11.000,00 e. 20 y v: 22 Abr.
En el marco del trámite de Mensura cuyos datos se detallan a continuación:
Titulares: Parcela sin Registración (Sin Propietarios).
Poseedor: Cintia Vanesa Oller DNI 37.723.347
Ubicación: Km 21 Ruta Provincial N° 3 Los Molles, Calle “Las Vertientes S/N”
Padrón: 26-319
Departamento: Belgrano.
Partido: Rumiguasi.
Informo que el día 20-04-2026 se realizará la Mensura para Prescripción Adquisitiva a las 15 hs en calle Las Vertientes S/N° Km 21 Los Molles.
La presente solicitud se realiza en cumplimiento de los requisitos legales vigentes, a fin de dar publicidad al trámite.
JULIA MASTERS
Ing. Agrimensora
C: 1042 $11.000,00 e. 20 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la ciudad de San Luis, a cargo del Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Jueza, Prosecretaria de la autorizante, en los autos: EXP 443104/25 “LUCERO PEREZ MAURO MARTIN S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de treinta días a los herederos y acreedores del Sr. LUCERO PEREZ MAURO MARTIN, D.N.I. N° 29.426.058. SECRETARIA, SAN LUIS, 20 DE MARZO DE 2026.-
San Luis, 6 de ABRIL de 2026
C: 1043 $16.500,00 e. 20 y v: 24 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ١ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Carolina Cherubini, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 405773/23 “MORON JESUS ZUSANA, PRANDINA AUGUSTO Y OTROS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por MORON JESUS ZUSANA LC. Nº 8.342.426, PRANDINA BEATRIZ SALOME DNI. Nº 3.805.714, PRANDINA CESAR AUGUSTO DNI. Nº 6.810.756, PRANDINA SERGIO GABRIEL DNI. Nº ١٢.٧١١.559 y PRANDINA AUGUSTO LE. Nº 3.323.427
Villa Mercedes, San Luis, 20 de marzo de 2026.
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 1044 $5.500,00 e. y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ٣ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 428632/25 “PEREZ WALDO AMERICO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por PEREZ WALDO AMERICO, DNI Nº 17.393.544.-
Villa Mercedes, San Luis, 13 de Marzo de 2026
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 1045 $5.500,00 e. y v: 20 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados: EXP. 443829/25 “PONCE MARIO GABRIEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a todos los que se consideren herederos y acreedores con derecho a los bienes dejados por el causante MARIO GABRIEL PONCE, DNI 6.790.592 bajo apercibimiento de ley.-
SAN LUIS, 06 de abril de 2026.-
C: 1046 $16.500,00 e. 20 y v: 24 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° ٣ de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaria a cargo de la autorizante en autos caratulados: “EXP 421607/24 “DORADO BELLIDO FELICIANO C/ EDWARDS DE LANDA DE OVALLE CORREA MARIA ROSARIO S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA” cita y emplaza por el término de quince (15) días a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en RUTA NACIONAL N° 7- AUTOPISTA SERRANÍAS PUNTANAS - SAN LUIS - JUAN MARTIN DE PUEYRREDÓN - SAN LUIS – ARGENTINA inscripto al Tomo 119 de Juan Manuel de Pueyrredón Ley 3226 Folio N° 430 Numero 36919, padrón N° 28--1842 de Receptoria Charlone; NOMENCLADOR CATASTRAL 00-00-00-00- 000000-000148 NOMENCLADOR TRIBUTARIO 28-1842, con los límites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 1/171/24, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 09 de abril de 2026.-
C: 1047 $11.000,00 e. 20 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la ciudad de San Luis, a cargo del Dra. Valeria Benavidez, Secretaría del Autorizante, en autos caratulados EXP 427803/25 “ANDRADA LUIS CARLOS C/ GOMEZ ALBERTO HIPOLITO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA”, cita y emplaza por el término de quince (15) días al Sr. GOMEZ ALBERTO HIPOLITO, SUS SUCESORES y/o QUIENES SE CONSIDEREN CON DERECHO sobre el inmueble ubicado en RUTA PROVINCIAL 37 S/N “LOS VALLECITOS” – Partido “ El totoral” – Dpto. Coronel Pringles – Localidad de La Carolina, Provincia de San Luis, con una superficie de 55 Ha 7745,57 m2, Padrón N° 404, sin inscripción ante el Registro de la Propiedad Inmueble de San Luis, con los limites y alcances descripto en Plano de Mensura Nº 2/150/22, para que comparezcan a estar en derecho y a constituir domicilio legal en el radio del Juzgado, opongan excepciones previas y ofrezcan la prueba de que intenten valerse, bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designará al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES, para que los represente (Art. 343, 2º párrafo del C.P.C.).-
SAN LUIS, 06 de abril de 2026.-
C: 1048 $11.000,00 e. 20 y v: 22 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº ١ de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de Villa Mercedes, a cargo de la Dra. Carolina Cherubini, Jueza, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados “EXP 436965/25 “CASSANO CARLOS LUIS S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por CASSANO CARLOS LUIS, DNI Nº 8.337.393.-
Villa Mercedes, San Luis, 13 de Abril 2026.-
C: 1049 $5.500,00 e. y v: 20 Abr.
EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS LLAMA A CONCURSO PARA ACCEDER A REGISTROS NOTARIALES VACANTES Y ADSCRIPCIONES.
El Colegio de Escribanos de la Provincia de San Luis, en virtud de lo establecido en el art. 32 y concordantes de la Ley XIV-0360/2004 (5721 “R”), LLAMA A CONCURSO PARA ACCEDER A REGISTROS NOTARIALES VACANTES Y ADSCRIPCIONES, informando:
1.- REGISTROS NOTARIALES CUYA TITULARIDAD SE CONCURSA:
•Registro Notarial Nº 45, Jurisdicción: Departamento Pedernera, Lugar de Asiento: VILLA MERCEDES.
•Registro Notarial Nº 77, Jurisdicción: Departamento SAN MARTÍN, Lugar de asiento: SAN MARTÍN.
2.-INSCRIPCIONES:
•Día y hora apertura de la Inscripción: 01 de Julio de 2026 a las 09 horas. -
•Día y hora del cierre de la Inscripción: 31 de Agosto de 2026 a las 13 horas. -
3.-PRESENTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN DE INSCRIPCIÓN:
Colegio de Escribanos de la Provincia de San Luis: Rivadavia N° 374- San Luis- EN FORMA PERSONAL, de lunes a viernes de 09 a 13 horas (1 de julio a 31 de agosto de 2026).-
5.- EXAMEN:
•Instancia de examen escrito: jueves 15 DE OCTUBRE DE 2026– 08:00 horas.
•Instancia de examen oral: viernes 16 DE OCTUBRE DE 2026.-
6.-MATERIAL:
El reglamento de concurso y requisitos de inscripción se encuentran a disposición de los aspirantes en el Colegio de Escribanos, sito en Rivadavia N° 374 (San Luis) de lunes a viernes de 09 a 13 horas.-
7.- ADSCRIPCIONES:
Llámese a Concurso de Aspirantes a ADSCRIPTOS, en igual término y forma arriba expresados.-
San Luis, Abril 2026.-
C: 1050 $16.500,00 e. 20 y v: 24 Abr.
“El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, a cargo de la Lic. NATALIA HISSA, en carácter de Presidenta, en autos caratulados: “SOLICITUD DE CÉDULA - MUNICIPALIDAD DE FORTIN EL PATRIA - HTD 10870/25 - 3° TRIMESTRE 2025.”; EXD 0-11260118/25, cita y emplaza por diez (10) días a quienes se consideren herederos del Sr. DIEGO RAÚL GATICA, DNI. Nº 25.766.280, para que tomen intervención en los presentes autos; todo ello Conforme al Art. 86° que remite Art. 73° Ley N° VI-0166-2004 (Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas). NOTIFIQUESE en la forma dispuesta precedentemente.- PRESIDENCIA, 10 de Febrero de 2026.”.-
C: 1051 SPP e. 20 y v: 24 Abr.
“El Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis, a cargo de la Lic. NATALIA HISSA, en carácter de Presidenta, en autos caratulados: “SOLICITUD DE CÉDULA - MUNICIPALIDAD DE LA PUNILLA - HTD 10877/25 - 3° TRIMESTRE 2025 HASTA 06/09/2025”; EXD 0-11260123/25, cita y emplaza por diez (10) días a quienes se consideren herederos del Sr. ROGELIO ANGEL PORTELA, DNI. Nº 20.134.662, para que tomen intervención en los presentes autos; todo ello Conforme al Art. 86° que remite Art. 73° Ley N° VI-0166-2004 (Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas). NOTIFIQUESE en la forma dispuesta precedentemente.- PRESIDENCIA, 10 de Febrero de 2026.”.-
C: 1052 SPP e. 20 y v: 24 Abr.


