ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
DECRETO N° 2212-SGG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2261115/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 397-SGG-2023, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios, correspondiente al señor Juan Alejo Escudero, D.N.I. N° 37.716.999, para cumplir funciones en el Ministerio deDesarrollo Humano, conforme surge de act. DOCEXT 100687/26;
Que mediante nota obrante en act. DOCEXT 391131/26, presenta su renuncia al mencionado Contrato;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el señor Juan Alejo Escudero, D.N.I. N° 37.716.999, al Contrato de Prestación de Servicios, homologado por Decreto N° 397-SGG-2023.-
Art. 2°.- Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Dirección de RecursosHumanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO N° 2259-SGG-2026.-
San Luis, 12 de marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3040661/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 2904-SGG-2025, se homologó el Convenio de Práctica Laboral Rentada, correspondiente a la señora BELKIS GISEL SUAREZ, D.N.I. N° 37.638.235, conforme surge de act. DOCEXT 527245/26;
Que mediante nota obrante en act. DOCEXT 162819/26, la señora BELKIS GISEL SUAREZ, presenta su renuncia al mencionado Convenio;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del día 01 de febrero del año 2026, la renuncia presentada por la señora BELKIS GISEL SUAREZ, D.N.I. N° 37.638.235, al Convenio de Práctica Laboral Rentada homologado por Decreto N° 2904-SGG-2025.-
Art. 2°.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, y a la Asesoría Contable y Presupuestaria, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación y a la interesada.-
Art. 3°.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 4°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO N° 2260-SGG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12260971/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 18764-SGG-2025, la Abog. VIRGINIA SOLEDAD VOLKER, D.N.I. N° 28.358.605, fue designada en el cargo de Secretaria de Asuntos Administrativos de Fiscalía de Estado, a partir del 26 de Septiembre del año 2025;
Que se hace necesario modificar el Art. 2° del Decreto Nº 18764-SGG-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Modificar el Decreto Nº 18764-SGG-2025, en su Art. 2°, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Designar a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Secretaria de Asuntos Administrativos de Fiscalía de Estado, a la Abog. VIRGINIA SOLEDAD VOLKER, D.N.I. N° 28.358.605, estableciendo una remuneración mensual, equivalente a lo dispuesto mediante Decreto N° 1529-MC-2006, Art.2° grupo 5, inter duren las funciones asignadas”. -
Art. 2º.-Hacer saber a: Fiscalía de Estado, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y a la interesada.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2291-SGG-2026.-
San Luis, 14 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2050604/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante act. NOTASG 162547/26 la Secretaría General de la Gobernación, tramita creación del Fondo Rotatorio CUENTA FONDOS ROTATORIOS COMUNES, Cuenta Corriente Oficial N° 93809290000416, por la suma de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000,00);
Que en act. PTPGAS 57628/26 obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios por la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($24.000.000,00);
Que en act. RCRE 11299607/26 luce Reserva de Crédito;
Que en act. INFORM 434203/26, ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público, informando sobre el acto administrativo a dictarse con encuadre en el Art. 10° de la Ley N° VIII-0253-2025;
Que en act. CERFYR 1517638/26, ha tomado intervención la Subdirección de Bancos y Control de Recursos de la Dirección de Finanzas y Recursos dependiente de la Dirección General de Hacienda Pública del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que la Cuenta Corriente Bancaria Nº 93809290000416 CUENTA FONDOS ROTATORIOS COMUNES, se encuentra vigente;
Que en act. NOTAMP 965681/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, manifestando que correspondería el dictado del Decreto el Poder Ejecutivo que autorice las modificaciones presupuestarias propuestas y creación de un Fondo Rotatorio, encuadrando el presente en las disposiciones del Art. 68 de la Ley N° VIII-0256-2004 y Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado mediante el Decreto N° 5287-MHP-2008;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 10° de la Ley N° VIII-0253-2025, en lo establecido en el Art. 68º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 5287-MHP-2008, en el Art 13° Decreto N° 150-SGG-2023, ratificado por Ley N° V-1118-2024, modificado por el Art. 2° del Decreto N° 704-SGG-2023, por Art. 1° del Decreto N° 10443-MHIP-2024 y por Art. 1° del Decreto N° 16227-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar
Ins. Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Importe
1 10 10 01 01 1-01 4 $24.000.000,00
Disminuir
Ins. Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Importe
1 10 10 01 01 1-01 3 $24.000.000,00
Art. 3º.-Crear el Fondo Rotatorio para el Ejercicio 2026, CUENTA FONDOS ROTATORIOS COMUNES, por la suma de PESOS OCHO MILLONES CON 00/100 ($8.000.000,00), para ser imputados en el Inc. 4.-
Art. 4º.-Designar como responsable del Fondo Rotatorio citado en el Art. 3º del presente Decreto, a la señora Secretaria General de la Gobernación, ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, designada mediante Decreto N° 1-SGG-2023.-
Art. 5º.-Autorizar a operar con la firma conjunta de dos (2) de las personas que se detallan a continuación, la Cuenta Corriente Oficial N° 93809290000416, denominada CUENTA FONDOS ROTATORIOS COMUNES:
|
APELLIDO Y NOMBRE |
DOCUMENTO |
|
CARBONELL ROMINA ANDREA |
D.N.I. N° 30.569.540 |
|
VALENZUELA WALTER DANIEL |
D.N.I. N° 14.362.602 |
|
COSENTINO FATIMA BEATRIZ |
D.N.I. N° 31.047.923 |
Art. 6°.-La autorización y aprobación de las contrataciones con cargo al Fondo Rotatorio citado en el Art. 3º, serán realizadas por la señora Secretaria General de la Gobernación, hasta la suma de PESOS OCHO MILLONES CON 00/100 ($8.000.000,00).-
Art. 7º.-Imputar el presente gasto al siguiente rubro del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Importe
1 10 10 01 01 1-01 4 $24.000.000,00
Art. 8º.-Incluir el presente gasto en la Programación Financiera del mes en curso:
Ins. Jur. U.E. Prog. Act. Fte.Fto. Inc. Importe
1 10 10 01 01 1-01 4 $8.000.000,00
Art. 9º.-Hacer saber a: Asesoría Contable y Presupuestaria de la Secretaría General de la Gobernación, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Dirección de Finanzas y Recursos.-
Art. 10.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2292-SGG-2026.-
San Luis, 14 de Marzo de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2090998/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100104187/26, obra nota de la Asesoría Contable y Presupuestaria dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, solicitando la homologación de los Convenios de Práctica Laboral Rentada de las señoras ANA ROSA LUNA, D.N.I. N° 43.840.485, MARÍA CANDELA SUAREZ GARCIA D.N.I. N° 37.133.037, ELEONORA NICASIA CRUCEÑO D.N.I. N° 32.491.202, y el señor MAURICIO AUGUSTO VELAZQUEZ D.N.I. N° 41.221.881;
Que en adjuntos de act. DOCEXT 100674/26, obran Convenios de Práctica Laboral Rentada suscriptos entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y las señoras ANA ROSA LUNA, D.N.I. N° 43.840.485, MARÍA CANDELA SUAREZ GARCIA D.N.I. N° 37.133.037, ELEONORA NICASIA CRUCEÑO D.N.I. N° 32.491.202, y el señor MAURICIO AUGUSTO VELAZQUEZ D.N.I. N° 41.221.881, por la otra;
Que los Convenios prevén en su Cláusula Primera: el objeto de la práctica, en su Cláusula Segunda: la suma mensual que percibirán por la práctica realizada y la forma de pago;
Que la Cláusula Sexta establece que la vigencia será a partir de su homologación y hasta el 31 de mayo de 2026, renovable por Decreto del Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis;
Que en act. PREV 11296467/26, se ha realizado la imputación preventiva del gasto, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 84/100 ($6.169.371,84);
Que en act. ACTPAS 1656604/26, obra dictamen de la Asesoría Legal dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, sin formular objeciones al trámite realizado;
Que en acts. NOTAMP 962945/26 y DICFIS 167950/26, se ha cumplido con las vistas de Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, respectivamente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.-Homologar, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de mayo de 2026, los Convenios de Práctica Laboral Rentada suscriptos entre el Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis, representado por la C.P.N. ROMINA ANDREA CARBONELL, D.N.I. N° 30.569.540, en su carácter de Secretaria General de la Gobernación, por una parte y las señoras ANA ROSA LUNA, D.N.I. N° 43.840.485, MARÍA CANDELA SUAREZ GARCIA D.N.I. N° 37.133.037, ELEONORA NICASIA CRUCEÑO D.N.I. N° 32.491.202, y el señor MAURICIO AUGUSTO VELAZQUEZ D.N.I. N° 41.221.881, por la otra, obrantes en adjuntos de act. DOCEXT 100674/26 del EXD-0-2090998/26.-
Art. 2°.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Pr. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 10 15 23 1-01 5 1 4 $6.169.371,84
Art. 3°.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.-Hacer saber a: Ministerio de Desarrollo Humano, Ministerio de Desarrollo Productivo, y Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la Asesoría Contable y Presupuestaria dependiente de la Secretaría General de la Gobernación.-
Art. 5°.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6°.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO N° 2213-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 3040803/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661732/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUNDACIÓN BOMBEROS SAN LUIS- AYUDEMOS A SERVIR”, con Personería Jurídica N° 504-DCyFPJ-10, en act. ACTPAS 1661736/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Mejora edilicia de la sede”;
Que en acts. ACTPAS 1661733/26,1661734/26 y 1661730/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661735/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1661737/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “FUNDACIÓN BOMBEROS SAN LUIS- AYUDEMOS A SERVIR” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11328561/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48883/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965735/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168375/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FUNDACIÓN BOMBEROS SAN LUIS- AYUDEMOS A SERVIR”, con Personería Jurídica Nº 504-DCyFPJ-10, para el financiamiento del proyecto social “Mejora edilicia de la sede”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Fundación Bomberos San Luis- Ayudemos a Servir”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2214-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040726/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661695/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS FE Y ESPERANZA”, con Personería Jurídica Nº 145-DCyFPJ-2013, en act. ACTPAS 1661699/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de mesas y sillas”;
Que en acts. ACTPAS 1661696/26, 1661697/26 y 1661693/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661698/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11328557/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48882/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965752/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠° del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168376/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS FE Y ESPERANZA”, con Personería Jurídica Nº 145-DCyFPJ-2013, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de mesas y sillas”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Centro de Jubilados y Pensionados Fe y Esperanza”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2215-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040834/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661758/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “RAÍCES PUNTANAS ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 236-DPJ-2025, en act. ACTPAS 1661762/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de computadora”;
Que en acts. ACTPAS 1661759/26, 1661760/26 y 1661756/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661761/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11328571/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48886/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965762/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠° del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168424/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “RAÍCES PUNTANAS ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 236-DPJ-2025, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de computadora”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Raíces Puntanas Asociación Civil”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2216-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040816/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661748/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “HUMANO MERLO TIENDA COLECTIVA ASOCIACIÓN CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 212-DPJ-2024, en act. ACTPAS 1661752/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición y colocación de pérgola”;
Que en acts. ACTPAS 1661749/26, 1661750/26 y1661746/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661751/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11328565/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48884/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965742/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠° del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168374/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “HUMANO MERLO TIENDA COLECTIVA ASOCIACIÓN CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 212-DPJ-2024, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición y colocación de pérgola”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Humano Merlo Tienda Colectiva Asociación Civil”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2217-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040614/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661654/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUNDACIÓN LUZ DEL CIELO ALAN ALEXIS BENITEZ ARSE”, con Personería Jurídica 1137-DCyFPJ-2014, en act. ACTPAS 1661658/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Banners institucional, mesa de pino y sillas, smart 32”;
Que en acts. ACTPAS 1661655/26, 1661656/26 y 1661652/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661657/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1661659/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “FUNDACIÓN LUZ DEL CIELO ALAN ALEXIS BENITEZ ARSE” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11328551/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48881/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965763/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168378/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FUNDACIÓN LUZ DEL CIELO ALAN ALEXIS BENITEZ ARSE”, con Personería Jurídica Nº1137-DCyFPJ-2014, para el financiamiento del proyecto social “Banners institucional, mesa de pino y sillas, smart 32”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Fundación Luz del Cielo Alan Alexis BenitezArse”.-
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2218-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040404/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661557/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “CLUB SOCIAL DEPORTIVO Y CULTURAL SANTA RITA DE CASIA”, con Personería Jurídica Nº 119-OCyFdePJ-05, en act. ACTPAS 1661561/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de camperas reversibles”;
Que en acts. ACTPAS 1661558/26, 1661559/26 y 1661555/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661560/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. PREV 11328535/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48878/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965796/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠° del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168377/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº ٢٤٣٠٩-MG-٢٠٢٥.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “CLUB SOCIAL DEPORTIVO Y CULTURAL SANTA RITA DE CASIA”, con Personería Jurídica Nº 119-OCyFdePJ-05, para el financiamiento del proyecto social “compra de camperas reversibles”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Club Social Deportivo y Cultural Santa Rita de Casia”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2219-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040576/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661609/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “ASOCIACION CIVIL PADRE JUAN OGRIN”, con Personería Jurídica 1025-DCyFPJ-2013, en act. ACTPAS 1661613/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de sillas plásticas”;
Que en acts. ACTPAS 1661610/26, 1661611/26 y 1661607/26, se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661612/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1661614/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “ASOCIACION CIVIL PADRE JUAN OGRIN” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11328546/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48880/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965780/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168379/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “ASOCIACION CIVIL PADRE JUAN OGRIN”, con Personería Jurídica Nº 1025-DCyFPJ-2013, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de sillas plásticas”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Asociación Civil Padre Juan Ogrin”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2220-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3040876/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1661786/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la “FUNDACIÓN TIERRA DE ORO”, con Personería Jurídica N° 1249-DCyFPJ-11, en act. ACTPAS 1661791/26, solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Adquisición de carro para minitractor, cortacerco y mangueras”;
Que en acts. ACTPAS 1661787/26, 1661789/26 y 1661784/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1661790/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1661792/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la “FUNDACIÓN TIERRA DE ORO” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11328573/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48887/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 965741/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts ٦°, ٨° y ١٠ del Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-٢٠٢٤, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. ٥° de la Ley VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤;
Que en act. DICFIS 168426/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la “FUNDACIÓN TIERRA DE ORO”, con Personería Jurídica N° 1249-DCyFPJ-11, para el financiamiento del proyecto social “Adquisición de carro para minitractor, cortacerco y mangueras”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5° de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4°. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la “Fundación Tierra de Oro”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2264-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1020271/26, por el cual la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, tramita Modificación de Partidas Presupuestarias, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100105009/26, obra nota de solicitud;
Que en act. PTPREC 57609/26, se encuentra Planilla de Transferencias de Créditos Presupuestarios;
Que en act. INFORM 433090/26, obra informe de la Dirección de Presupuesto Público;
Que en act. DICLEG 48746/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Artículos 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025.-
Art. 2º.-Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
35-Disminución Activos Financieros-
Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial $100.806.701,35
Art. 3º.-Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin. Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 12 18 29 4 71 3-37 2 $45.000.000,00
1 12 18 29 4 71 3-37 3 $30.000.000,00
1 12 18 29 4 71 3-37 4 $25.806.701,35
Fuente de Financiamiento: 3-37 - Disminución Activos Financieros- Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial.-
Art. 4º.-Disponer que, las partidas y el recurso a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.-Hacer saber a la Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -
Art. 6°. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7°. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2265-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2200292/26, por el cual la Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales, tramita la homologación de Contrato de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. CONSER 1511289/26, obra contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y la señora VERONICA PIERINA GARCES, D.N.I. N° 21.812.874 para cumplir funciones como asistente técnico de comunicación organizacional en la Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de abril de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026;
Que en act. PREV 11308741/26, obra comprobantede imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($2.574.000,00);
Que en act. DICLEG 48867/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 966198/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 168439/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARIAN, D.N.I. Nº 29.241.096 y la señora VERONICA PIERINA GARCES, D.N.I. N° 21.812.874 para cumplir funciones como asistente técnico de comunicación organizacional en la Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales del Ministerio de Gobierno, obrante en act. CONSER 1511289/26.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 17 24 00 1-01 3 4 9 $2.574.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales, y a la interesada. -
Art. 6°. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7°. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2266-MG-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3110466/26 por el cual el Ministerio de Gobierno tramita renuncia del Delegado Organizador del Municipio de Desaguadero, y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario aceptar la renuncia presentada por el señor Sergio Antonio Gonzalez, D.N.I. Nº 21.947.379 al cargo de Delegado Organizador del Municipio de Desaguadero, dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno, obrante en act. DOCEXT 1154314/26, designado por Decreto N° 167-MG-2023;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el señor Sergio Antonio Gonzalez, D.N.I. Nº 21.947.379 al cargo de Delegado Organizador del Municipio de Desaguadero, dependiente de la Dirección de Asuntos Municipales del Ministerio de Gobierno.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia,Dirección de Recursos Humanos, Instituto Firma Digital de San Luis, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección de Asuntos Municipales, al Municipio de Desaguadero y al interesado.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO N° 2221-MS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11251247/24 por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita sumario administrativo; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 368-DG-SPP-24, de fecha 20 de diciembre de 2024, obrante en act. DOCEXT 1630289/24, la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial ordeno la instrucción de sumario administrativo al agente penitenciario Adjutor Principal JORGE MATÍAS MORALES LUCERO, D.N.I. Nº 30.571.269, por encontrarse incurso a prima facie en incumplimiento de lo prescripto en Faltas a la Ética Profesional, Leves Art. 8º inc. 1), Graves Art. 9º inc. 3) y Gravísimas Art. 10 inc. 3) del Reglamento Régimen Disciplinario, Decreto Nº 1620-GyE-SEG-77, siendo la conducta fáctica reprochable “inasistencias injustificadas los días 5, 6 y 7 de mayo de 2024 y 20 y 21 de julio de 2024, los cuales habrían sido justificadas a través de certificados médicos apócrifos”;
Que en acts. DOCEXT 1259159/24 y 1265563/24 obra situación de revista y reporte de inasistencias del agente sumariado;
Que la instrucción del sumario administrativo se inicia en virtud de un informe producido por la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, obrante en act. ACTPAS 1386760/24 en relación a la presentación de certificados médicos apócrifos presentados por el agente sumariado, para gozar de licencias pagas por razones de salud, obrando pruebas en act. DOCXET 1259157/24;
Que en act. ACTAVO 177129/25 obra Acta de Iniciación de Sumario Nº 30-DSA-25, por la cual se designan instructores de la causa, se dispone el requerimiento de informes y se fija audiencia para el sumariado a los fines de prestar declaración o abstenerse de la misma;
Que en acts. ACTPAS 1451881/25, 1451909/25, 1451924/25, 1451945/25 y obran solicitudes de informe y oficios librados por la instrucción de la Dirección de Sumarios Administrativos a los organismos pertinentes;
Que en act. NOTBLA 991173/25 obra declaración del sumariado, señor JORGE MATÍAS MORALES LUCERO, D.N.I. Nº 30.571.269, disponiéndose en act. NOTBLA 991182/25 correr traslado de todo lo actuado al sumariado a los fines que efectúe el descargo pertinente y ofrezca las pruebas que hagan a su derecho, el cual fue ejercido de acuerdo al descargo obrante en act. ACTPAS 1548109/25;
Que en act. NOTBLA 1004081/25 se tiene por contestado traslado y la instrucción sumariante clausura el período probatorio, girando los mismos a despacho para emitir el dictamen correspondiente;
Que en act. DICTAM 3806572/25 obra dictamen Nº 56-DSA-2025 de la Dirección de Sumarios Administrativos en el cual se define la conducta fáctica reprochable, realizando una reseña de los hechos que dieron origen al sumario, surgiendo de las constancias obrantes en la causa, que se encuentra probado y acreditado que el sumariado presentó certificados médicos apócrifos para gozar de licencia paga por razones de salud, de acuerdo a los informes técnicos, resultando esta conducta incompatible con su función;
Que dicha conducta, debe ser erradicada a fin de establecer los principios de legalidad, veracidad y responsabilidad en el desempeño de la función pública;
Que el obrar del sumariado faltó al compromiso ético, respetado, cuidado y a la responsabilidad que la normativa requiere, afectando la eficiencia y la responsabilidad que exige el desempeño de la función pública, no correspondiendo con las buenas prácticas que deben guiar el comportamiento de los agentes públicos, configurando una infracción grave al régimen legal que regula su vínculo con el Estado;
Que atendiendo al material probatorio obrante en la causa, el principio de razonabilidad y de la sana crítica, se sugiere que se aplique al agente sumariado la sanción disciplinaria de cesantía, de acuerdo al Dictamen Nº 56-DSA-2025;
Que en act. NOTBLA 1012189/25 se corre vista al sumariado para que por el término de DOS (2) días formule alegatos en relación al Dictamen Nº 56-DSA-2025, emitido en fecha 18 de julio de 2025, haciendo uso del derecho concedido, de acuerdo a las constancias obrantes en act. DOCEXT 1018921/25, elevándose las actuaciones en act. NOTBLA 1018928/25 a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial;
Que el procedimiento ha respetado en todo momento las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio, no pudiendo imputarse a la Administración ninguna omisión o irregularidad que hubiese impedido el ejercicio del derecho de defensa, el cual fue plenamente habilitado;
Que en act. DOCEXT 33625/25 obra dictamen del Asesor Legal del Servicio Penitenciario Provincial:
Que en act. DOCEXT 1987120/26 obra Resolución Nº 016-DG-SPP-26, de fecha 23 de enero de 2026, por la cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial solicita al Poder Ejecutivo Provincial, el dictado del acto administrativo por el cual se aplique la sanción de cesantía al Adjutor Principal JORGE MATÍAS MORALES LUCERO, D.N.I. Nº 30.571.269, por hallarlo incurso dentro de la normativa legal establecida dentro de las Faltas a la Ética Profesional, Leves, Art. 8º inc. 1), Graves, Art. 9º inc. 3) y Gravísimas, Art. 10 inc. 3) del Reglamento Régimen Disciplinario, Decreto Nº 1620-GyE-SEG-77;
Que en act. DICLEG 33860/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad no formulando objeciones a la continuidad del trámite, por lo que sugiere proyectar el acto administrativo que ordene la baja por cesantía al Adjutor Principal JORGE MATÍAS MORALES LUCERO, D.N.I. Nº 30.571.269, del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en act. DICFIS 167008/26 toma vista Fiscalía de Estado, analizando que se desprende que el procedimiento impreso ha sido de acuerdo a derecho, respetando el debido proceso y la defensa en juicio del sumariado (Art. 18 de la Constitución Nacional, Art. 43 de la Constitución Provincial);
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Dar por concluido el Sumario Administrativo ordenado mediante Resolución Nº 368-DG-SPP-24.-
Art. 2º.- Aplicar la sanción disciplinaria de Cesantía, al Adjutor Principal JORGE MATÍAS MORALES LUCERO, D.N.I. Nº 30.571.269, del Servicio Penitenciario Provincial, por encontrarse incurso dentro de la normativa legal establecida en el Reglamento Régimen Disciplinario, Decreto Nº 1620-GyE-SEG-77, Faltas a la Ética Profesional, Leves Art. 8 inc. 1), Graves Art. 9º inc. 3) y Gravísimas Art. 10 inc. 3), en razón de los fundamentos explicitados en los considerandos. -
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, efectuar la notificación correspondiente al Adjutor Principal JORGE MATÍAS MORALES LUCERO, D.N.I. Nº 30.571.269, del Servicio Penitenciario Provincial.-
Art. 5º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2222-MS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-9130468/23 que lleva acumulado el EXD-0-7020211/25, por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad tramita sumario administrativo; y,
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se originan con motivo del allanamiento realizado en fecha 1 de septiembre de 2023 por la Policía de Seguridad Aeroportuaria en el Complejo Penitenciario Provincial N° 1 – Unidad 1 “Condenados Mayores”, en la celda donde se encontraba alojado el interno condenado Rafael Churquina;
Que en el marco de la causa tramitada ante el Juzgado Federal de la Provincia de San Luis, FMZ N° ١٥٤٧٨/٢٠٢٣ caratulada: Imputado: Compulsa en Autos N° FCB 11559/2020 - Rafael Churquina (investigado) y otros s/infracción Ley 23.737 e Infracción Art. 303, Inc. 1”, se investiga la organización y financiamiento del transporte de estupefacientes y su posterior comercialización, en la modalidad de administrar, convertir, transferir y poner en circulación en el mercado dinero proveniente del contrabando, surgiendo de las actuaciones la presunta participación y colaboración de agentes penitenciarios;
Que mediante Resolución N° 142-J-SPP-2023 de fecha 12 de septiembre de 2023 se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo a fin de determinar y/o deslindar responsabilidades administrativas respecto del Alcaide JORGE ÁNGEL OROZCO, D.N.I. N° 28.838.167, y del Adjutor Principal MARIO ANDRÉS OJEDA, D.N.I. N° 33.943.516, por encontrarlos incursos, prima facie, en las faltas gravísimas previstas en el Art. 10 incs. 3), 4) y 6) -Faltas a la Ética Profesional- y en el Art. 12 incs. 4), 20), 21) y 22) -Faltas a la Seguridad, Guardia y Orden Penitenciario- del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Decreto N° 1620-GyE-SEG-77;
Que en el marco del procedimiento sumarial se dispuso la suspensión preventiva de los agentes y su pase a disponibilidad, conforme lo establecido en el Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Decreto N° 1620-GyE-SEG-77 y en la Ley Orgánica y Administrativa del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en act. ACTAVO 9667/23 obra Acta de Inicio de Sumario Nº 57-SPSA-23, mediante la cual el entonces Subprograma Sumarios Administrativos se aboca al conocimiento de la causa, dispone el requerimiento de informes al Juzgado Federal de San Luis, al Servicio Penitenciario Provincial y fija fecha de audiencia virtual para ambos sumariados; y en act. DOCEXT 732474/24 obra Resolución N° 10-DPSA-2024, por la que resuelve suspender los plazos procesales administrativos, fijando mediante act. DOCEXT 794564/24, nuevas fechas de audiencia;
Que, conforme consta en act. DOCEXT 813962/24 los agentes sumariados fueron debidamente notificados de la audiencia fijada a los efectos de recibirse su declaración en el marco del procedimiento; instancia a la cual no comparecieron, lo que surge de proveído obrante en act. DOCEXT 864146/24;
Que, conforme consta en act. DOCEXT 973962/25, se cumplimentó el traslado a los sumariados de todo lo actuado, de la instrucción del sumario y los hechos atribuidos, a efectos de formular descargo y ofrecer prueba en el plazo legal correspondiente; no habiendo los mismos ejercido tal derecho, lo que surge de proveído obrante en act. DOCEXT 989531/25;
Que en act. DOCEXT 945250/25 obra informe del Juzgado Federal San Luis, en relación a la causa penal tramitada;
Que habiéndose producido las medidas de prueba ordenadas, la Dirección de Sumarios Administrativos dispone en act. DOCEXT 989531/25 la clausura del período probatorio y el pase de las actuaciones para dictamen; lo cual se notifica a los agentes sumariados, conforme consta en acts. DOCEXT 992106/25 y 992106/05;
Que en act. DICTAM 3803140/25 obra Dictamen Nº 37-DSA-2025 de la Dirección de Sumarios Administrativos, del cual se desprende que a tenor de los hechos y elementos probatorios existentes en la causa, puede concluirse que ha quedado acreditada la plataforma fáctica atribuible a los agentes sumariados;
Que conforme lo obrante y configurando los hechos verificados faltas calificadas como gravísimas en los términos del Reglamento de Régimen Disciplinario, la Dirección de Sumarios Administrativos sugiere en su Dictamen la aplicación a los agentes sumariados de la sanción disciplinaria de Cesantía;
Que en act. DOCEXT 993104/25 la Dirección de Sumarios Administrativos, corre vista por el término legal a los sumariados a efectos de la formulación de alegatos en relación al Dictamen N° 37-DSA-2025, obrando en acts. DOCEXT 994117/25 y 994118/25 las respectivas constancias de notificación;
Que en act. DOCEXT 999914/25 obra proveído mediante el cual la Dirección de Sumarios Administrativos da por decaído el derecho de formular alegatos, no ejercido por los agentes sumariados;
Que en act. DOCEXT 1800179/25 obra Resolución Nº 129-DG-SPP-2025 de fecha 30 de junio de 2025, mediante la cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, solicita el dictado del acto administrativo que disponga la sanción de cesantía a los agentes: Alcaide JORGE ÁNGEL OROZCO, D.N.I. Nº 28.838.167; y Adjutor Principal MARIO ANDRÉS OJEDA, D.N.I. Nº 33.943.516; en virtud hallarlos incursos en las faltas gravísimas previstas en el Art. 10 incs. 3), 4) y 6) -Faltas a la Ética Profesional- y en el Art. 12 incs. 4), 20), 21) y 22) -Faltas a la Seguridad, Guardia y Orden Penitenciario- del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Decreto N° 1620-GyE-SEG-77;
Que surge manifiesto el suficiente caudal probatorio en la causa judicial correspondiente, lo que justifica el procesamiento y la prisión preventiva de los agentes, como partícipes del delito atribuido;
Que las sanciones administrativas constituyen manifestación del poder disciplinario del Estado, debiendo su aplicación ajustarse estrictamente a los principios de legalidad, razonabilidad y debido proceso, extremos que han sido plenamente garantizados en las presentes actuaciones;
Que la naturaleza de los hechos investigados, su verosimilitud y su evidente relevancia institucional afectan de manera directa la confianza, idoneidad y ejemplaridad exigidas al personal penitenciario, resultando ello determinante para evaluar la continuidad del vínculo funcional;
Que, en virtud del principio de autotutela administrativa y del especial deber de conducta que pesa sobre los agentes del Servicio Penitenciario Provincial, la gravedad institucional de los hechos, torna incompatible la permanencia de los sumariados en la institución, configurándose una circunstancia objetiva que justifica la aplicación de la sanción disciplinaria de carácter expulsivo;
Que en act. DICLEG 33492/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 152975/25 se expide Fiscalía de Estado;
Que el procedimiento se ha desarrollado con pleno respeto de las garantías constitucionales del debido proceso y defensa en juicio;
Que de conformidad a lo actuado, corresponde el disponer la conclusión del sumario y la sanción disciplinaria de cesantía a los agentes sumariados;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Dar por concluido el Sumario Administrativo ordenado mediante Resolución N° 142-J-SPP-2023 de fecha 12 de septiembre de 2023.-
Art. 2º.- Aplicar la sanción disciplinaria de Cesantía al Alcaide JORGE ÁNGEL OROZCO, D.N.I. Nº 28.838.167, del Servicio Penitenciario Provincial, por encontrarlo incurso en las faltas gravísimas previstas en el Art. 10 incs. 3), 4) y 6) -Faltas a la Ética Profesional- y en el Art. 12 incs. 4), 20), 21) y 22) -Faltas a la Seguridad, Guardia y Orden Penitenciario- del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Decreto N° 1620-GyE-SEG-77, en razón de los fundamentos expuestos en los considerandos.-
Art. 3º.- Aplicar la sanción disciplinaria de Cesantía al Adjutor Principal MARIO ANDRÉS OJEDA, D.N.I. Nº 33.943.516, del Servicio Penitenciario Provincial, por encontrarlo incurso en las faltas gravísimas previstas en el Art. 10 incs. 3), 4) y 6) -Faltas a la Ética Profesional- y en el Art. 12 incs. 4), 20), 21) y 22) -Faltas a la Seguridad, Guardia y Orden Penitenciario- del Reglamento de Régimen Disciplinario aprobado por Decreto N° 1620-GyE-SEG-77, en razón de los fundamentos expuestos en los considerandos.-
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Por la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial efectuar las notificaciones correspondientes al señor JORGE ÁNGEL OROZCO, D.N.I. Nº 28.838.167 y al señor MARIO ANDRÉS OJEDA, D.N.I. Nº 33.943.516, ambos del Servicio penitenciario Provincial.-
Art. 6º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P). -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2295-MS-2026.-
San Luis, 14 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4161071/25 por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Comisario Inspector VILLEGAS, FERNANDO DANIEL D.N.I. Nº 18.508.410; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley N° XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge, que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 1329001/25 obra Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por la Dirección General de Recursos Humanos, de Policía de la Provincia, en formularios respectivos;
Que en acts. DOCEXT 1370899/25, 1366444/25, 1367446/25 y 1367450/25 obran formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, detalle de servicios computables emitido por la Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICLEG 33908/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 151621/25 toma vista Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificada por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14;
Que en act. NOTAMP 964825/26 toma Intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 179685/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Comisario Inspector VILLEGAS, FERNANDO DANIEL D.N.I. Nº 18.508.410, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14. -
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Comisario Inspector VILLEGAS, FERNANDO DANIEL D.N.I. Nº 18.508.410.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 2296-MS-2026.-
San Luis, 14 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-8120976/25 por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Sub Comisario FLORES, JOSE LEONARDO D.N.I. Nº 29.003.684; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley N° XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge, que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 1401962/25 obra Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por la Dirección General de Recursos Humanos, de Policía de la Provincia, en formularios respectivos;
Que en acts. DOCEXT 1508969/26, 1405146/25, 1405347/25 y 1405349/25 obran formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, detalle de servicios computables emitido por la Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICLEG 33910/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. DICFIS 158407/25 toma vista Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificada por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14;
Que en act. NOTAMP 965991/26 toma Intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 179683/26 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Sub Comisario FLORES, JOSE LEONARDO D.N.I. Nº 29.003.684, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4°, 6°, 9° inc. a), 10°, 13° punto 1) y 16° de la Ley N° 4464/83, revivificada por la Ley N° XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8° del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley N° VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria N° 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional N° 776/14. -
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Sub Comisario FLORES, JOSE LEONARDO D.N.I. Nº 29.003.684.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación. -
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P). -
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE POLÍTICIA HABITACIONAL
DECRETO Nº 2223-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0-12260189/17, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón, Anexo II, casa 740, Manzana 6 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 150071/17, obra contrato de compraventa por el que nos hace saber que la titularidad de la vivienda antes mencionada recae en el señor PALMIOTTO MIGUEL ERNESTO, D.N.I. Nº 17.389.159;
Que en act. DOCEXT 150070/17, obra Declaración Jurada de fecha 26 de diciembre de 2017 y en act. DOCEXT 351205/25, obra nueva Declaración Jurada de fecha 12 de agosto de 2025, suscriptas por la señora MÁRQUEZ VERÓNICA CLAUDIA, D.N.I. Nº 24.331.224 y a los fines de regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 150071/17, obra contrato privado de compraventa, celebrado por instrumento privado con certificación de firmas ante Escribano Público, entre el señor PALMIOTTO MIGUEL ERNESTO, D.N.I. Nº 17.389.159, en carácter de vendedor y la señora MÁRQUEZ VERÓNICA CLAUDIA, D.N.I. Nº 24.331.224, en carácter de compradora y por la vivienda social de Barrio Eva Perón, Anexo II, casa 740, Manzana 6 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis;
Que en acts. DOCEXT 198398/18 y DOCEXT 353731/25, se adjuntan Actas de Constatación, Verificación y Relevamiento, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por la señora MÁRQUEZ VERÓNICA CLAUDIA, D.N.I. Nº 24.331.224;
Que en act. DOCEXT 1085340/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del que surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 1468432/25, obra informe correspondiente a la Dirección de Ingresos Públicos de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 381787/25, obra opinión legal efectuada por la Dirección de Regularización Dominial y en acts. DICTAM 101523/26 y DICTAM 101619/26, obran dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano considerando proceder al dictado del acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 57750/18 y DICFIS 167017/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio Eva Perón, Anexo II, casa 740, Manzana 6 de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis, a favor de la señora MÁRQUEZ VERÓNICA CLAUDIA, D.N.I. Nº 24.331.224.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2224-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3150296/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 125 Viviendas Contratación Directa III “La Ribera”, Manzana 7156, Casa 14, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 387717/26, se adjunta copia de Decreto N° 7792-MV-2014, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia a la señora BAZAN MARIA ESTER, D.N.I. N° 16.608.338;
Que en acts. DOCEXT 182612/18, obra Declaración Jurada N° 21733 de fecha 24 de julio de 2018 y DOCEXT 276870/24 obra nueva Declaración Jurada de fecha 14 de agosto de 2024, mediante las cuales la señora RIVERO BIBIANA LORENA, D.N.I. Nº 24.115.050, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en acts. DOCEXT 216294/18 y 312217/25, se adjuntan Actas de Auditoría y Constatación y de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por la señora RIVERO BIBIANA LORENA, D.N.I. Nº 24.115.050 y su grupo familiar;
Que en acts. DOCEXT 530568/22 y 1079407/25, obran informes de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Gobierno de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 1233825/24, se adjunta informe emitido por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en act. NOTAMP 943456/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en acts. DICTAM 100967/25 y 101768/26, obran dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano considerando proceder al dictado del acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 96393/22 y 166495/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 125 Viviendas Contratación Directa III “La Ribera”, Manzana 7156, Casa 14, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a favor de la señora RIVERO BIBIANA LORENA, D.N.I. Nº 24.115.050.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2225-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-6060074/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Granadero Santos Fredes, Manzana 53, Casa 8, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 353483/25, obra informe y copia de Contrato de Adjudicación Normalizado N° 17267, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada es el señor GARRO EUSTAQUIO ADOLFO, D.N.I. Nº 6.782.948;
Que en acts. DOCEXT 194849/18, 386731/22 y 137787/25, se adjuntan Actas de Auditoría y Constatación y de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda no es habitada por el señor GARRO EUSTAQUIO ADOLFO, D.N.I. Nº 6.782.948;
Que en act. DOCEXT 222699/19, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en acts. DOCEXT 199214/19 y 324326/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble y se adjunta copia de Matrícula N° 2-19183, de los cuales surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado Provincia de San Luis;
Que en act. ACTPAS 768803/21, obra informe de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. NOTAMP 952755/26, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 101571/26, obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en acts. DICFIS 94570/22 y 166944/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor GARRO EUSTAQUIO ADOLFO, D.N.I. Nº 6.782.948, la vivienda individualizada como Barrio 150 Viviendas Granadero Santos Fredes, Manzana 53, Casa 8, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2267-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3010458/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Santa Rita 108 Viviendas, Manzana 1, (Edificio 2), Departamento 59, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en acts NOTAB 100097999/25, obra informe de la Dirección de Soluciones Habitacionales señalando que se adjudicó al señor LUCERO VICTOR HUGO, D.N.I. Nº 12.550.110 la vivienda individualizada como Barrio Santa Rita 108 Viviendas, Manzana 1, (Edificio 2), Departamento 59, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis; adjuntando reporte del Sistema Informático de Vivienda y en DOCEXT 329279/25 obra listado anexo de la Resolución Nº 133-IPVU-88;
Que en act. DOCEXT 202900/18, obra Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de regularización por incumplimiento de las obligaciones, sin que el señor LUCERO VICTOR HUGO, D.N.I. Nº 12.550.110 efectuare el descargo correspondiente;
Que en acts. DOCEXT 185667/18, obra Acta de Constatación Verificación y Relevamiento de fecha 6 de agosto de 2018, en DOCEXT 210472/18, obra Acta de Auditoria y Constatación de fecha 25 de octubre de 2018 y en act. DOCEXT 325699/25, obra nueva Acta de Verificación de fecha 11 de abril de 2025 donde consta que el señor LUCERO VICTOR HUGO, D.N.I. Nº 12.550.110, no habita la vivienda;
Que en act. DOCEXT 965577/25, obra en adjunto informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que en act. DOCEXT 348640/25, obra dictamen de la entonces Subdirección Asuntos Legales- Regularización Dominial y en act. DICTAM 99082/25 y DICTAM 101608/26, obran dictámenes del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 158169/25, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor LUCERO VICTOR HUGO, D.N.I. Nº 12.550.110 la vivienda individualizada como Barrio Santa Rita 108 Viviendas, Manzana 1, (Edificio 2), Departamento 59, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaria de Estado de Política Habitacional a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2269-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3190701/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas Lic. 07/98 “Altos del Oeste”, Manzana 2487A, Casa 12, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 348245/25 y 351271/25, obran informes y copia de Contrato de Adjudicación Normalizado N° 0025191, del cual surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada es el señor CASTELLINO JAVIER MARTIN, D.N.I. Nº 23.999.422;
Que en acts. DOCEXT 388462/26, obra Declaración Jurada N° 87295 de fecha 28 de marzo de 2018 y DOCEXT 312689/25, obra nueva Declaración Jurada de fecha 07 de febrero de 2025, mediante las cuales la señora BULFON ADRIANA EDITH, D.N.I. Nº 23.547.265, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 388479/25, obra copia de Contrato de Cesión;
Que en acts. DOCEXT 388483/25 y 136860/25 se adjuntan Actas de Auditoría y Constatación y de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda es habitada por la señora BULFON ADRIANA EDITH, D.N.I. Nº 23.547.265 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 977269/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado Provincia de San Luis;
Que en act. ACTPAS 557517/18, se adjunta informe emitido por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en act. DOCEXT 147878/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en acts. DICTAM 100810/25 y 101756/26, obran dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano considerando proceder al dictado del acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166528/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 168 Viviendas Lic. 07/98 “Altos del Oeste”, Manzana 2487A, Casa 12, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis, a favor de la señora BULFON ADRIANA EDITH, D.N.I. Nº 23.547.265.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2289-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-5110567/23, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 227 Viviendas, Manzana 9, Casa 15, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 350854/25, obra informe y se adjunta copia de Decreto N° 4707-SGG-SUVyP-2016, mediante el cual se desadjudica la vivienda de referencia al señor ROSALES DARDO BERNABE, D.N.I. N° 23.122.356;
Que en act. DOCEXT 333403/25, obra Declaración Jurada de fecha 09 de mayo de 2025, mediante la cual la señora GODOY CECILIA CIRILA, D.N.I. Nº 28.486.004, solicita regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 444841/23, se adjunta copia de Convenio de ocupación celebrado entre la entonces Secretaría de Estado de Urbanismo, Vivienda y Parques y la señora GODOY CECILIA CIRILA, D.N.I. Nº 28.486.004;
Que en act. DOCEXT 333404/25, se adjunta Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda es habitada por la señora GODOY CECILIA CIRILA, D.N.I. Nº 28.486.004 y su grupo familiar;
Que en act. DOCEXT 989881/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado Provincial de San Luis;
Que en act. ACTPAS 1182377/23, se adjunta informe emitido por la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en act. DOCEXT 371958/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en acts. DICTAM 100727/25 y 101701/26, obran dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano considerando proceder al dictado del acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166420/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Adjudicar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 227 Viviendas, Manzana 9, Casa 15, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, provincia de San Luis, a favor de la señora GODOY CECILIA CIRILA, D.N.I. Nº 28.486.004.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2297-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 14 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-3140536/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2086, Casa 14, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en acts. NOTAB 100092926/25, y DOCEXT 159706/18, obra informe de la Subdirección Soluciones Habitacionales y copia de Contrato de Adjudicación Normalizado N° 24340, de los cuales surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada, es la señora HEREDIA MARIA ELSA, D.N.I. Nº 2.260.383
Que en acts. DOCEXT 217041/18, se adjunta Acta de Auditoria y Constatación de fecha 10 de diciembre de 2018 y en DOCEXT 140781/25, obra nueva Acta de Verificación de fecha 16 de julio de 2025, de la cuales se desprende que la vivienda no es habitada por la señora HEREDIA MARIA ELSA, D.N.I. Nº 2.260.383;
Que en act. NOTAB 100094929/25, se adjunta Cédula de Notificación, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act. DOCEXT 1000488/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, del cual surge que el dominio de la vivienda de referencia, figura a nombre de Estado Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 1389134/25, obra informe de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos;
Que en acts. DOCEXT 365375/25, obra dictamen de la entonces Subdirección Asuntos Legales - Regularización Dominial y en DICTAM 101616/26, obra dictamen del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 164161/25, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 14, 15, 16, 36 y cc de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar a la señora HEREDIA MARIA ELSA, D.N.I. Nº 2.260.383, la vivienda individualizada como Barrio Altos del Oeste, Manzana 2086, Casa 14, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2298-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 14 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que, en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0000-6060081/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio Granadero Santos Fredes, Manzana 50, Casa 6, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 347662/25, obra informe y se adjunta copia del Contrato de Adjudicación Normalizado N° 17255, de los cuales surge que el adjudicatario de la vivienda mencionada es el señor CABEZA GUTIERREZ REMIGIO DEL CARMEN, D.N.I. Nº 92.845.713;
Que en acts. DOCEXT 382267/22 y 320987/25 se adjuntan Actas de Verificación, de las cuales se desprende que la vivienda no es habitada por el señor CABEZA GUTIERREZ REMIGIO DEL CARMEN, D.N.I. Nº 92.845.713;
Que en acts. DOCEXT 348641/25 y NOTAB 100094826/25, se adjuntan Notificación y su respectiva Cédula, mediante la cual se intima al titular de la vivienda, a realizar descargo en virtud de las actuaciones de desadjudicación por incumplimiento de las obligaciones, sin que haya hecho uso del citado derecho;
Que en act. DOCEXT 1013950/25, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble, adjunta matrícula de la cual surge que el dominio de la vivienda de referencia pertenece al Estado de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 447430/23, se adjunta Constancia de Cancelación de Vivienda;
Que en acts. DOCEXT 355372/25, obra dictamen de la Dirección de Regularización Dominial y en DICTAM 99803/25 y DICTAM 102186/26 , obra dictamen del Asesor Legal dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano, mediante los cuales consideran conveniente dictar el acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 166647/26 toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 15, 16, 17, 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Desadjudicar al señor CABEZA GUTIERREZ REMIGIO DEL CARMEN, D.N.I. Nº 92.845.713 la vivienda individualizada como Barrio Granadero Santos Fredes, Manzana 50, Casa 6, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5°.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2299-MDH-SPH-2026.-
San Luis, 14 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
La Ley Nº I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017, que en su Capítulo V del Ordenamiento Administrativo, ordena la regularización de las viviendas sociales, y el EXD-0-5080802/18, por el cual se tramita la regularización de la vivienda individualizada como Barrio 12 Viviendas, Manzana 07, casa 04, de la localidad de Juan Llerena, departamento Coronel Pringles, provincia de San Luis; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 348152/25, obra informe emitido por la entonces Subdirección Soluciones Habitacionales, haciendo saber que la titularidad de la vivienda antes mencionada recaía en el señor GUTIÉRREZ RUBÉN ALEJANDRO, D.N.I. 11.907.666 y que el mismo ha sido desadjudicado, adjuntando reporte que hace constar que la vivienda carece actualmente de adjudicatario;
Que en act. DOCEXT 320967/25, obra Decreto Nº 11630-MV-2014, por el que se desadjudica al señor GUTIÉRREZ RUBÉN ALEJANDRO, D.N.I. 11.907.666 de la vivienda de Barrio 12 Viviendas, Manzana 07, casa 04, de la localidad de Juan Llerena, departamento Coronel Pringles, provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 320969/25, obra Declaración Jurada de fecha 25 de marzo de 2025, suscripta por la señora SOMBRA MARÍA GLADYS, D.N.I. 12.545.685, a los fines de regularizar la titularidad de la vivienda de referencia a su favor;
Que en act. DOCEXT 320966/25, obra contrato privado de compraventa, celebrado por instrumento privado con certificación de firmas ante el Juez de Paz de la localidad de La Toma, entre el señor GUTIÉRREZ RUBÉN ALEJANDRO, D.N.I. 11.907.666, en carácter de vendedor y la señora SOMBRA MARÍA GLADYS, D.N.I. 12.545.685, en carácter de compradora de la vivienda social de antes referida;
Que en act. DOCEXT 139439/25, se adjunta Acta de Verificación, de la cual se desprende que la vivienda es habitada por la señora SOMBRA MARÍA GLADYS, D.N.I. 12.545.685;
Que en act. DOCEXT 962865/25, obra informe de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble;
Que en acts. DOCEXT 1346800/25 y NOTAB 100090524/25, obran informes extendidos por la Dirección de Ingresos Públicos de la Provincia de San Luis;
Que en act. DOCEXT 147963/25, obra opinión legal efectuada por la Dirección de Regularización Dominial y en acts. DICTAM 101553/26 y DICTAM 101629/26, obran dictámenes del Asesor Legal del Ministerio de Desarrollo Humano considerando proceder al dictado del acto administrativo pertinente;
Que en act. DICFIS 167468/26, toma intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en los Arts. 36, 37, 38 y 39 de la Ley N° I-0970-2017 y su Decreto Reglamentario Nº 4168-SGG-SV-2017.-
Art. 2°.- Regularizar la titularidad de la vivienda individualizada como Barrio 12 Viviendas, Manzana 07, casa 04, de la localidad de Juan Llerena, departamento Coronel Pringles, provincia de San Luis, a favor de la señora SOMBRA MARÍA GLADYS, D.N.I. 12.545.685.-
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Por Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Regularización Dominial de la Secretaría de Estado de Política Habitacional, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Dirección Provincial de Ingresos Públicos.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Política Habitacional, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Hugo Rodolfo Rossi
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
DECRETO Nº 2226-MDP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2270764/26; y
CONSIDERANDO:
Que la generación de condiciones propicias para que el crecimiento del sector privado de la provincia, la recuperación y consolidación de puestos de trabajo y la creación de nuevas fuentes de trabajo, constituye uno de los ejes centrales de las políticas del Gobierno de la provincia de San Luis;
Que, en tal sentido, por gestión del actual Gobierno provincial y con acuerdo de los gobernadores de las provincias argentinas, el 10 de septiembre de 2024, la provincia de San Luis volvió a formar parte del Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que dicho organismo cumple un rol trascendente en materia de asistencia financiera al sector privado, con lineamientos participativos y sustentables destinados a la inclusión financiera de micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores productivos, por lo que resulta un socio estratégico de la provincia de San Luis para el fortalecimiento de la economía provincial;
Que entre el Estado Provincial y el C.F.I. se suscribieron convenios destinados a distintas líneas de financiamiento: Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres, Financiamiento para el Desarrollo de Cadenas de Valor, Financiamiento Verde y Convenio Marco para la elaboración de dos planes maestros: Agua y Energía, para el período comprendido entre los años 2025–2035;
Que emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que desarrollan actividades productivas en la provincia de San Luis o que son parte de las cadenas de valor de las mismas, han solicitado créditos dentro de mencionadas líneas de financiamiento;
Que en act. DOCEXT 3829070/26, obra nota del señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo, mediante la que eleva a consideración del C.F.I. la solicitud de financiamiento de la firma MICROPLAST S.A.S., C.U.I.T. N° 30-71746154-8, destinado a la adquisición de maquinaria para incrementar la capacidad productiva, en la fabricación de productos plásticos de alta calidad, para su planta ubicada en la ciudad de San Luis, y en la que manifiesta que el proyecto reviste carácter de Interés Provincial;
Que en act. DOCEXT 3829071/26, obra nota de la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis, en la que comunica que la solicitud de financiamiento presentada por la firma MICROPLAST S.A.S., ha sido aprobada por el C.F.I, proponiendo la Declaración de Interés Provincial a las inversiones a realizar para el fortalecimiento de dicha empresa;
Que en act. DOCEXT 3829072/26, se adjunta el proyecto presentado por la firma MICROPLAST S.A.S., con descripción de la actividad productiva que desarrolla y detallando el destino del financiamiento solicitado;
Que en act. ACTPAS 3829529/26, consta intervención de la Dirección de Desarrollo Industrial y Energías Sustentables manifestando que se verifican las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para la Declaración propuesta, en cuanto la inversión comprometida en el proyecto analizado coadyuva a promover el desarrollo y fortalecimiento del tejido industrial en la provincia, a fortalecer la competitividad, a promover la diversificación de la producción industrial, promover la generación de valor agregado en origen, fomentar la inversión privada de modo que se fortalezca el capital económico de la provincia, a la vez que el Estado Provincial genera directas acciones tendientes a impulsar la competitividad del sector industrial;
Que en act. DICLEG 48943/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no presenta objeciones legales a la continuidad del trámite tendiente al dictado del Decreto que declare de Interés Provincial el presente Proyecto;
Que en act. DICFIS 168464/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que estarían dadas las condiciones para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente mediante el cual se declare de Interés Provincial el Proyecto de la firma MICROPLAST S.A.S.;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno declarar de Interés Provincial el Proyecto de inversión destinado a la adquisición de maquinaria para incrementar la capacidad productiva, en la fabricación de productos plásticos de alta calidad, para la planta ubicada en la ciudad de San Luis, de la firma MICROPLAST S.A.S., por contribuir a la reactivación productiva y, en definitiva, al crecimiento económico sustentable de la provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Declarar de Interés Provincial el Proyecto destinado a la adquisición de maquinaria para incrementar la capacidad productiva, en la fabricación de productos plásticos de alta calidad, para la planta ubicada en la ciudad de San Luis, de la firma MICROPLAST S.A.S., C.U.I.T. N° 30-71746154-8, por su significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de nuestra Provincia.-
Art. 2º.- Con copia del presente, notificar a la firma MICROPLAST S.A.S., C.U.I.T. N° 30-71746154-8.-
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.-
Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
DECRETO Nº 2227-MDP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3031072/26; y
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3829444/26, obra nota de la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis, solicitando que se declare de interés provincial la participación de la empresa BIOCAP S.A. en el Laboratorio Federal de Mujeres Productivas en el marco del Programa para el Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres del Consejo Federal de Inversiones;
Que el Laboratorio Federal de Mujeres Productivas es una herramienta diseñada por el Consejo Federal de Inversiones (CFI) para fortalecer proyectos productivos liderados por mujeres en las provincias argentinas a través de un acompañamiento técnico intensivo y personalizado, el Laboratorio impulsa la mejora productiva, la innovación y la gestión de empresas consolidadas con potencial real de crecimiento, contribuyendo así al desarrollo productivo regional con perspectiva de género;
Que por Decreto N° 16011-MDP-2025, se declaró de Interés Provincial el Proyecto destinado a la adquisición de maquinaria para la Fabricación de capilares de vidrio para microhematocrito y análisis de gases en sangre, para ampliar y modernizar la capacidad productiva de la planta, de la firma BIOCAP S.A. CUIT N° ٣٣-٧٠١٨٢٠١٩-٩, por su significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de nuestra Provincia;
Que en act. NOTAMP 965899/26 consta intervención de la Dirección de Desarrollo Industrial y Energías Sustentables manifestando que la firma BIOCAP S.A. es la principal fabricante de capilares de vidrio para microhematocrito y análisis de gases en sangre en la Argentina, comercializando sus productos en todo el país, además de exportarlos a países limítrofes y de Centroamérica, por lo que se verifican las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para la Declaración propuesta, en cuanto la asistencia técnica directa comprometida coadyuva a promover el desarrollo y fortalecimiento del tejido industrial en la provincia; a fortalecer la competitividad; a promover la diversificación de la producción industrial; a promover la generación de valor agregado en origen y fomentar la inversión privada, de modo que se fortalezca el capital económico de la provincia, a la vez que el Estado Provincial genera directas acciones tendientes a impulsar la competitividad del sector industrial;
Que en act. DICLEG 48947/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no presenta objeciones legales a la continuidad del trámite;
Que en act. DICFIS 168489/26, obra vista de Fiscalía de Estado;
Que en virtud de lo expuesto, resulta oportuno declarar de Interés Provincial la participación de la empresa BIOCAP S.A. CUIT N° ٣٣-٧٠١٨٢٠١٩-٩, en el Laboratorio Federal de Mujeres Productivas en el marco del Programa para el Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres del Consejo Federal de Inversiones, por significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de la provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Declarar de Interés Provincial la participación de la empresa BIOCAP S.A. CUIT N° ٣٣-٧٠١٨٢٠١٩-٩, en el Laboratorio Federal de Mujeres Productivas en el marco del Programa para el Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres del Consejo Federal de Inversiones, por significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de la provincia de San Luis.-
Art. 2º.- Con copia del presente, notificar a la firma BIOCAP S.A. CUIT N° ٣٣-٧٠١٨٢٠١٩-٩ y a la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis.-
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.-
Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 2228-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12110422/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a favor de la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, en concepto de servicios de estadías prestadas a beneficiarios no mutualizados, correspondiente al periodo comprendido entre el 01 de noviembre 2025 al 22 de noviembre de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1474970/25, obra Factura B Nº 05555-00000122, presentada por la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, por la suma de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($6.251.320,00);
Que, en act. DOCEXT 1475033/25, obra nota de recepción conforme de los servicios prestados por la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4;
Que, en act. PREV 11259076/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 923346/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956152/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166568/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, por la suma total de PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($6.251.320,00), según Factura B Nº 05555-00000122, obrante en act. DOCEXT 1474970/25 del EXD-0000-12110422/25, en concepto de servicios de estadías prestadas a beneficiarios no mutualizados, correspondiente al periodo comprendido entre el 01 de noviembre 2025 al 22 de noviembre de 2025.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $6.251.320,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2229-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040125/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita el pago a favor de la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, C.U.I.T: 30-71593716-2, en concepto de servicios de estadías a beneficiarios no mutualizados, correspondiente al periodo noviembre de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1492393/26, obra factura B Nº 00005-00002279, presentada por la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT: 30-71593716-2, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($7.555.800,00);
Que, en act. PREV 11262274/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 923913/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 958363/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167092/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma RIVIERA HOTELES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT: 30-71593716-2, por la suma total de PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($7.555.800,00), según Factura B Nº 00005-00002279, obrante en act. DOCEXT 1492393/26, en concepto de servicios de estadías a beneficiarios no mutualizados de la Subdirección Emergencia Sanitaria, correspondientes al periodo noviembre del año 2025.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $7.555.800,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2270-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11280509/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora MARIANA YAMILA GOMEZ, D.N.I. Nº 36.251.386, en representación de su hijo, el beneficiario TADEO SAMIR GOMEZ, D.N.I. Nº 53.553.086, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3661386/25, DOCEXT 1480398/25 y DOCEXT 1495298/26, surge que la señora MARIANA YAMILA GOMEZ, D.N.I. Nº 36.251.386, en representación de su hijo, el beneficiario TADEO SAMIR GOMEZ, D.N.I. Nº 53.553.086, reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente para acceder a la provisión para la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento intestinal;
Que, en act. SOLSEC 11203802/25, obra Solicitud de Gastos Nº 11227/2025;
Que, en act. ACTPRO 11212719/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron oferta las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11221154/25, DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2, en act. COTZAC 11221155/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11221156/25 y CANDUSSI ELIO OMAR, C.U.I.T.: 20-23287432-6, en act. COTZAC 11221158/25;
Que, en act. INFSEC 11221160/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 10505/2025, obrante en act. PROSEC 11221152/25;
Que, en act. PRESEC 11227241/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($4.938.760,00);
Que, en act. DOCEXT 3716457/26, obra mantenimiento de oferta de la firma DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2;
Que, en act. PREV 11259382/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 920034/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 955412/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166734/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3º pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la adquisición de elementos de tecnología biomédica solicitados en act. DOCEXT 3661386/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma DISSAN S.R.L., C.U.I.T.: 30-61248115-2, el ítem 1, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100 ($4.938.760,00), de acuerdo a la oferta, mantenimiento de oferta y preadjudicación obrantes en acts. COTZAC 11221155/25, DOCEXT 3716457/26 y PRESEC 11227241/25 del EXD-0000-11280509/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora MARIANA YAMILA GOMEZ, D.N.I. Nº 36.251.386, en representación de su hijo, el beneficiario TADEO SAMIR GOMEZ, D.N.I. Nº 53.553.086, los elementos de tecnología biomédica, que se detalla en act. PRESEC 11227241/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $4.938.760,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la representante del beneficiario y a las firmas.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2271-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2040257/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita el pago a favor de la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1502838/26, obra nota solicitando el pago a favor de la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, en concepto de servicios de cocina para internados y personal de salud en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, durante el periodo comprendido entre el 09/01/26 al 20/01/26;
Que, en act. DOCEXT 1502840/26, obra Factura B N° 00001-00000088, por un monto total de PESOS VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NUEVE CON 00/100 ($22.793.909,00), presentada por la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7;
Que, en act. DOCEXT 1503152/26, obra recepción conforme, emitida por el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, respecto de los servicios prestados por la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7;
Que, en act. DOCEXT 3703282/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11290813/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DICLEG 925638/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 959348/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167375/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Exceptuar del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Reconocer el pago a favor de la firma NUTRIR S.R.L., C.U.I.T.: 30-71866481-7, por la suma total de PESOS VEINTIDÓS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NUEVE CON 00/100 ($22.793.909,00), según Factura B N° 00001-00000088, obrante en act. DOCEXT 1502840/26 del EXD-0000-2040257/26, en concepto de servicios de cocina para internados y personal de salud en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, durante el periodo comprendido entre el 09/01/26 al 20/01/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 2 1 1 000 $22.793.909,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, quien notificará a la firma.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2272-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1160259/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la homologación del Contrato de Servicios de la Dra. MILAGROS GUADALUPE GONZALEZ D.N.I. Nº 43.116.556, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3708183/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la Dra. MILAGROS GUADALUPE GONZALEZ D.N.I. Nº 43.116.556, por la otra, quien presta servicios como médica en Guardia Pediátrica, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de Dirección de Gestión de la Salud Ministerio de Salud, a partir del 01 de febrero de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses;
Que, en acts. PREV 11275163/26 y PREV 11289414/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo y su ajuste correspondiente;
Que, en act. DOCEXT 3699981/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 924859/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957587/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 166886/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII- 0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, exceptuándolo de lo dispuesto por el Art. 1º del Decreto N° Decreto 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte la Dra. MILAGROS GUADALUPE GONZALEZ D.N.I. Nº 43.116.556, por la otra, quien presta servicios como médica en Guardia Pediátrica, en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de Dirección de Gestión de la Salud Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3708183/26 del EXD- 0000-1160259/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $10.080.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2273-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1260367/26, por el cual la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, tramita la renovación del Contrato de Servicios del señor ÁNGEL SILVANO RINALDI, D.N.I. Nº 24.378.835, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1511692/26, obra el contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor ÁNGEL SILVANO RINALDI, D.N.I. Nº 24.378.835, por la otra, quien cumple funciones como médico en el Servicio de Tocoginecología, en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, a partir del 1 de febrero de 2026 y por el término de TRES (3) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11276727/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. ENCAPS 926924/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 927175/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 961768/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167807/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1º del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor ÁNGEL SILVANO RINALDI, D.N.I. Nº 24.378.835, por la otra, quien cumple funciones como médico en el Servicio de Tocoginecología en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, obrante en act. DOCEXT 1511692/26 del EXD-0000-1260367/26.-
Art. 3°.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $5.670.000,00
Art. 4°.- Notificar a Fiscalía de Estado .-
Art. 5°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, a sus efectos.-
Art. 7°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2274-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12010203/25, por el cual el Programa Sumar tramita el Contrato de Servicios de la señora ORNELLA ALEJANDRA CORTES SOSA, D.N.I. Nº 35.105.791, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3708102/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora ORNELLA ALEJANDRA CORTES SOSA, D.N.I. Nº 35.105.791, por la otra, quien se desempeña en el Área de capacitación del Programa Sumar, a partir del 02 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026, pudiendo prorrogarse mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11289729/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 917097/25, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 917881/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 958771/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en acts. DICFIS 167203/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora ORNELLA ALEJANDRA CORTES SOSA, D.N.I. Nº 35.105.791, por la otra, quien se desempeña en el Área de Capacitación del Programa Sumar, obrante en act. DOCEXT 3708102/26 del EXD-0000-12010203/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 31 00 00 00 4 33 00 3 4 9 000 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º. Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2275-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12111239/25, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la renovación del Contrato de Servicios de la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. N° 13.039.464, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1505771/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. N° 13.039.464, por la otra, quien presta funciones realizando la organización de convenios con universidades provinciales, nacionales y privadas con distintas O.N.G. y el control de prácticas de alumnos, en el Área de Relaciones Institucionales del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente de la Dirección de Gestión de la Salud, a partir del 01 de enero de 2026 y por el término de TRES (3) meses;
Que, en act. PREV 11263998/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DOCEXT 3694070/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 923810/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 958111/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 167121/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora ADRIANA ALCIRA VACA, D.N.I. Nº 13.039.464, por la otra, quien presta funciones realizando la organización de convenios con universidades provinciales, nacionales y privadas con distintas O.N.G. y el control de prácticas de alumnos, en el Área de Relaciones Institucionales del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente de la Dirección de Gestión de la Salud, obrante en act. DOCEXT 1505771/26 del EXD-0000-12111239/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 9 000 $3.553.500,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2276-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11051188/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la señora GABRIELA LAURA BESANA, D.N.I. Nº 24.481.712, en representación de su hijo el beneficiario FRANCISCO OCTAVIO FARIAS BESANA, D.N.I. Nº 50.847.898, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3641688/25, DOCEXT 1455093/25, DOCEXT 1466746/25 y DOCEXT 1492855/26, surge que la señora GABRIELA LAURA BESANA, D.N.I. Nº 24.481.712, en representación de su hijo el beneficiario FRANCISCO OCTAVIO FARIAS BESANA, D.N.I. Nº 50.847.898, reúne los requisitos exigidos por la nómina vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11164490/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10733/2025;
Que, en act. ACTPRO 11170493/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11174844/25;
Que, en act. INFSEC 11174845/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 9839/2025, obrante en act. PROSEC 11174843/25;
Que, en act. DOCEXT 3707744/26, obra mantenimiento de oferta de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8;
Que, en act. PRESEC 11184409/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($2.420.800,00);
Que, en act. PREV 11259615/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914786/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 954049/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 165262/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitado en act. DOCEXT 3641688/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($2.420.800,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11174844/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3707744/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11184409/25 del EXD-0000-11051188/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la señora GABRIELA LAURA BESANA, D.N.I. Nº 24.481.712, en representación de su hijo el beneficiario FRANCISCO OCTAVIO FARIAS BESANA, D.N.I. Nº 50.847.898, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11184409/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.420.800,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y a la representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2277-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12111230/25, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita la homologación del Contrato de Servicios del Sr. GUSTAVO MARTIN FARRELL, D.N.I. Nº 23.972.464, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1507337/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Sr. GUSTAVO MARTIN FARRELL, D.N.I. Nº 23.972.464, por la otra, para prestar servicios médicos en la especialidad de Psiquiatría en el Servicio de Salud Mental del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a partir del 01 de enero de 2026 y por el termino de SEIS (6) meses;
Que, en act. PREV 11274391/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DOCEXT 3701499/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 925239/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;
Que, en act. NOTAMP 959016/26, ha intervenido Contaduría general de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 167310/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y exceptuar del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Sr. GUSTAVO MARTIN FARRELL, D.N.I. Nº 23.972.464, por la otra, para prestar servicios médicos en la especialidad de Psiquiatría en el Servicio de Salud Mental del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, obrante en act. DOCEXT 1507337/26 del EXD- 0000-12111230/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $12.600.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2278-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9240902/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica, a favor del beneficiario ANTONIO FERNANDO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 14.122.240, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3601169/25, DOCEXT 3601171/25, DOCEXT 3601175/25, DOCEXT 3601177/25, DOCEXT 3601180/25, DOCEXT 1437110/25 y DOCEXT 1498023/26, surge que el beneficiario ANTONIO FERNANDO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 14.122.240, ha cumplido con los requisitos necesarios para la adquisición de elementos de tecnología biomédica para tratamiento de gonartrosis tricompartimental;
Que, en act. SOLSEC 11081157/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8871/2025;
Que, en act. ACTPRO 11089076/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma LEM MEDICAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11092208/25;
Que, en act. DOCEXT 1498025/26, obra mantenimiento de oferta de la firma LEM MEDICAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71165608-8;
Que, en act. INFSEC 11092210/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 8260/2025, obrante en act. PROSEC 11092204/25;
Que, en act. PRESEC 11094323/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma LEM MEDICAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71165608-8, el item 1, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON /100 ($9.980.000,00);
Que, en act. PREV 11259534/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 902823/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 956736/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 161836/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, de acuerdo al pedido medico obrante en act. DOCEXT 3601175/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con la firma LEM MEDICAL S.R.L. C.U.I.T.: 30-71165608-8, el item 1, por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CON /100 ($9.980.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11092208/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 1498025/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11094323/25, del EXD-0000-9240902/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario ANTONIO FERNANDO FERNANDEZ, D.N.I. Nº 14.122.240, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11094323/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $9.980.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará al beneficiario y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a la Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2279-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4150234/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita la provisión de prótesis a favor del beneficiario JOSE LUIS ARRIETA, D.N.I. Nº 21.630.078, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en act. DOCEXT 3460400/25, surge que el beneficiario JOSE LUIS ARRIETA, D.N.I. Nº 21.630.078, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de prótesis para tratamiento traumatológico;
Que, en act. DOCEXT 3587008/25, obra llamado a cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, en acts. DOCEXT 3710770/26 y DOCEXT 3617432/25, obran presupuestos de las firmas: VICTOR JOSE MILONI Y AIXA MAGALI TAVANTI S.R.L., C.U.I.T: 30-71095092-6 y MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8;
Que, en act. DOCEXT 3617443/25, obra razonabilidad del precio a abonar;
Que, en act. DOCEXT 3617455/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma VICTOR JOSE MILONI Y AIXA MAGALI TAVANTI S.R.L., C.U.I.T: 30-71095092-6, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($6.800.000,00);
Que, en act. PREV 11288965/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 903673/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957613/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 167005/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 92 inc. c) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite y autorizar a la Subdirección Incluir Salud, a contratar con la firma VICTOR JOSE MILONI Y AIXA MAGALI TAVANTI S.R.L., C.U.I.T: 30-71095092-6, por un monto total de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 ($6.800.000,00), de acuerdo al presupuesto obrante en act. DOCEXT 3617386/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3710770/26 y preadjudicación obrante en act. DOCEXT 3617455/25 del EXD-0000-4150234/25.-
Art. 3º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie al beneficiario JOSE LUIS ARRIETA, D.N.I. Nº 21.630.078, la prótesis que se detalla en act. DOCEXT 3617455/25.-
Art. 4º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $6.800.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Incluir Salud, quien notificará al beneficiario y a las firmas.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2280-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1160257/26, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, tramita el Contrato de Servicios del señor WALTER OSVALDO CARRIZO, D.N.I. N° 20.134.019, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3704413/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor WALTER OSVALDO CARRIZO, D.N.I. N° 20.134.019, por la otra, quien presta servicios como médico en el Área de ecografía en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 1 de febrero de 2026 y hasta el 31 de julio de 2026;
Que, en act. PREV 11274678/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. DOCEXT 3699982/26, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 924867/26, ha dictaminado la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 957588/26, ha intervenido Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 166902/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada mediante Ley N° VIII-0867-2013, en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto N° 2863-MC-2004, modificado el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado en este acto por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el señor WALTER OSVALDO CARRIZO, D.N.I. N° 20.134.019, por la otra, quien presta servicios como médico en el Área de ecografía en el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3704413/26, del EXD-0000-1160257/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 19 35 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $12.840.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2281-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040096/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora OYOLA FLORENCIA ITATI, D.N.I. N° 41.750.655, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1503258/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora OYOLA FLORENCIA ITATI, D.N.I. N° 41.750.655, por la otra, quien cumple funciones de Enfermera Universitaria en el Hospital Pediátrico San Luis, a partir del 01 de enero de 2026 y por el termino de TRES (3) meses, pudiendo prorrogarse por igual periodo mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11259374/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 915231/25, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 915745/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 955254/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 166781/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora OYOLA FLORENCIA ITATI, D.N.I. N° 41.750.655, por la otra, quien cumple funciones de Enfermera Universitaria en el Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1503258/26 del EXD-0000-12040096/25.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins. Jur. J.Aux U.E Prog Ub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $3.900.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado .-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2282-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10090560/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de elementos de tecnología biomédica a favor de la beneficiaria ELIANA ELIZABETH SANCHEZ, D.N.I. Nº 33.795.460, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3627018/25, DOCEXT 3639027/25, DOCEXT 1464910/25 y DOCEXT 1465625/25, surge que la beneficiaria ELIANA ELIZABETH SANCHEZ, D.N.I. Nº 33.795.460, reúne los requisitos exigidos por la nómina vigente para acceder a la provisión de elementos de tecnología biomédica para tratamiento traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11152953/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10592/2025;
Que, en act. ACTPRO 11163354/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, en act. COTZAC 11166821/25 y LEM MEDICAL S.R.L., C.U.I.T.: 30-71165608-8, en act. COTZAC 11166822/25;
Que, en act. INFSEC 11166823/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 9701/2025, obrante en act. PROSEC 11166820/25;
Que, en act. DOCEXT 3707742/26, obra mantenimiento de oferta de la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8;
Que, en act. PRESEC 11174583/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($2.750.800,00);
Que, en act. PREV 11260085/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914312/25, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 954218/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 164837/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica, solicitados en act. DOCEXT 3639027/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($2.750.800,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11166821/25, mantenimiento de oferta en act. DOCEXT 3707742/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11174583/25 del EXD-0000-10090560/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a la beneficiaria ELIANA ELIZABETH SANCHEZ, D.N.I. Nº 33.795.460, los elementos de tecnología biomédica que se detallan en act. PRESEC 11174583/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.750.800,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a las firmas y a la beneficiaria.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2283-MdeS-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12010211/25, por el cual el Programa Sumar+ tramita la renovación del Contrato de Servicios de la señora IVANA GUADALUPE OROZCO, D.N.I. Nº 37.296.432, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3708093/26, obra Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora IVANA GUADALUPE OROZCO, D.N.I. Nº 37.296.432, por la otra, quien se desempeña en el Área de capacitación del Programa Sumar+, a partir del 02 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026, pudiendo prorrogarse mediante Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11289730/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. ENCAPS 916967/25, ha tomado conocimiento la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 917907/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 958770/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en acts. DICFIS 167259/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2024.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora IVANA GUADALUPE OROZCO, D.N.I. Nº 37.296.432, por la otra, quien se desempeña en el Área de Capacitación del Programa Sumar+, obrante en act. DOCEXT 3708093/26 del EXD-0000-12010211/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 31 00 00 00 4 33 00 3 4 9 000 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº ٢٢٩٠-MdeS-2026.-
San Luis, 13 de Marzo de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2110634/26, por el cual la Dirección de Sistema de Emergencias Médicas Provincial (S.E.M.PRO.) dependiente del Ministerio de Salud de la provincia de San Luis, eleva el proyecto de creación de la “Red Provincial de Derivación y Traslado Sanitario”; y:
CONSIDERANDO:
Que, la asistencia médica oportuna en situaciones de urgencia y emergencia, constituyen un deber indelegable del Estado, para garantiza la protección de la vida, la integridad física y asegurar el acceso efectivo de la población al derecho de salud;
Que, el derecho a la salud, resulta un derecho humano fundamental, reconocido por la Constitución Nacional (Arts. 14 bis y Art 42), los Tratados y Pactos Internacionales con jerarquía constitucional y la Convención Americana sobre Derechos Humanos;
Que, la Constitución Provincial en su Art 57, garantiza un régimen de salud como derecho esencial de la persona humana, imponiendo al Estado provincial la obligación de organizar, dirigir y fiscalizar el sistema sanitario, asegurando la accesibilidad, integralidad y calidad de las prestaciones;
Que, la dispersión geográfica de la población provincial, las asimetrías en la complejidad de los establecimientos hospitalarios y la necesidad de optimizar los recursos humanos, técnicos y logísticos, hace imprescindible la coordinación sistémica de las derivaciones y traslados sanitarios;
Que, el factor tiempo resulta determinante en la eficacia de la atención médica, especialmente ante la necesidad de trasladar pacientes a centros de mayor complejidad o ante una emergencia.
Que, la creación de una Red Provincial de Derivación y Traslado Sanitario permitirá garantizar la asistencia oportuna, comunicándose de manera rápida y segura a los prefijos 911 y/o 107, optimizando los recursos disponibles y asegurando la continuidad y calidad de la atención entre los distintos niveles del sistema de salud;
Que, resulta necesario institucionalizar dicha Red Provincial de Derivación y Traslado Sanitario, articulando los establecimientos de salud públicos y, en su caso privados con convenio, bajo criterios técnicos uniformes, que garanticen la eficiencia, equidad y racionalidad en el uso de recursos públicos;
Que, la Dirección del Sistema de Emergencias Médicas Provincial (S.E.M.PRO.), resulta el órgano técnicamente idóneo para la coordinación operativa de la red;
Que, en acts. DOCEXT 3706382/26 y DOCEXT 3706383/26, la Dirección del Sistema de Emergencias Médicas Provincial (S.E.M.PRO.) ha elaborado y presentado los fundamentos técnicos, diagnósticos situacionales y procesos operativos necesarios para la implementación de la Red Provincial de Derivación y Traslado Sanitario, sustentados en criterios de planificación sanitaria, análisis de demanda, capacidad instalada y optimización de los recursos disponibles
Que, en act. DICLEG 926387/26, obra intervención de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear la Red Provincial de Derivación y Traslado Sanitario, bajo la órbita funcional de la Dirección del Sistema de Emergencias Médicas Provincial (S.E.M.PRO.) dependiente del Ministerio de Salud.
Art. 2º.- Establecer que la Dirección del Sistema de Emergencias Médicas Provincial o la que en el futuro la reemplace, será la encargada de coordinar, quedando facultada para organizar y administrar recursos humanos y de movilidad, teniendo en cuenta la georreferencia y la complejidad de los centros de derivación.
Art. 3º.- Determinar que la Red Provincial de Derivación y Traslado Sanitario, tendrá por objeto:
a) Garantizar la asistencia médica oportuna, continua y equitativa.
b) Coordinar y sistematizar las derivaciones interhospitalarias conforme criterios de complejidad, capacidad instalada y disponibilidad.
c) Optimizar la utilización de ambulancias, unidades de traslado y recursos humanos especializados.
d) Establecer protocolos uniformes de actuación para la clasificación, estabilización y traslado de pacientes.
e) Asegurar la trazabilidad, registro y auditoría de las derivaciones y traslados realizados.
Art. 4º.- El Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación y podrá celebrar convenios de colaboración con instituciones privadas, municipios, provincias y organismos nacionales, a efectos de fortalecer la operatividad de la Red.
Art. 5°.- El Ministerio de Salud aprobará mediante resolución, los protocolos y procedimientos que se establezcan a fin de garantizar la operatividad y el funcionamiento de la Red.
Art. 6º.- Disponer que todos los establecimientos de salud públicos provinciales integraran la Red Provincial de Derivación y Traslado Sanitario y deberán ajustarse a los protocolos que se establezcan.
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 3047-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Abril de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080246/26, por el cual la Subdirección Servicios Tercerizados, dependiente del Ministerio de Salud, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma tiene por objeto la ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTAL HOSPITALARIO REACTIVOS Y CONSUMIBLES CON EQUIPAMIENTO EN COMODATO con destino a Servicio Red de Laboratorios Provincial, solicitado por la SUBDIRECCION SERVICIOS TERCERIZADOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($2.598.744.600,00);
Que, en act. SOLSEC 11295802/26, obra Solicitud de Gastos N° 613/2026, conformada por autoridad competente;
Que, en act. PLGECO 11309053/26, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015 y en act. PLPACO 11334672/26, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que, en act. DOCEXT 3728220/26, ha prestado conformidad a los pliegos la Subdirección Servicios Tercerizados, dependiente del Ministerio de Salud;
Que, en acts. PREV 11270012/26 y PREVFT 11270015/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo e imputación de ejercicio futuro;
Que, en act. ENCAPS 926960/26, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. NOTAMP 969447/26, obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 967996/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 168759/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 24 inc. g) y 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido por la Ley N° VIII-0867-2013 y exceptuar del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. PLPACO 11334672/26 del EXD-0000-1080246/26, para la adquisición de ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTAL HOSPITALARIO REACTIVOS Y CONSUMIBLES CON EQUIPAMIENTO EN COMODATO con destino a Servicio Red de Laboratorios Provincial, solicitado por la SUBDIRECCION SERVICIOS TERCERIZADOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.-Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2° del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($2.598.744.600,00).-
Art. 4º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 15 28 02 00 00 1 01 00 2 5 1 000 $1.693.532.200,00
Art. 5º.-Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS NOVECIENTOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 ($905.212.400,00).-
Art. 6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.-Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 8º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-
Art. 9º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la Subdirección Servicios Tercerizados.-
Art. 10º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 2230-ME-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7221409/25,y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3624780/25, obra copia del Decreto Nº 18496-MHIP-2025, mediante el cual se le acepta la renuncia por jubilación a la docente ANA GRACIELA MAGALLANES, D.N.I. Nº 17.738.983, en UN (1) cargo de Secretaria, carácter titular, en la Escuela N° 288 “Antonio Esteban Agüero”, Piedra Blanca Abajo de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, Región Educativa IV, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3621197/25 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V - sede Concarán y en act. DOCEXT 3624780/25 obra Acta N° 1/2025 de ofrecimiento de cargo de fecha 20 de octubre de 2025, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Secretario, por compulsa de antecedentes con carácter interino, al docente JULIO CESAR SOSA, D.N.I.Nº 21.997.741, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3624780/25, obra nota de no aceptación del docente JOSE MARIO COSTAMAGNA, D.N.I. N° 20.326.706;
Que en act. DOCEXT 3624780/25 obra nota por la cual el docente JULIO CESAR SOSA, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, carácter titular, según Decreto Nº 3149-MC-2004, en la Escuela N° 288 “Antonio Esteban Agüero”, Piedra Blanca Abajo de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, Región Educativa IV;
Que en act. INFSUM 179114/26 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 430325/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 430383/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 952796/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 430383/26;
Que en act. PASEDU 3719322/25 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente decreto;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004.-
Art.2º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al docente JULIO CESAR SOSA, D.N.I. Nº 21.997.741, en UN (1) cargo de Secretario, por compulsa de antecedentes inter se llame a concurso en la Escuela N° 288 “Antonio Esteban Agüero”, Piedra Blanca Abajo de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, Región Educativa IV.-
Art. 3º.- Otorgar, a partir de la fecha del presente Decreto, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, al docente JULIO CESAR SOSA, D.N.I. Nº 21.997.741, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, carácter titular, según Decreto Nº 3149-MC-2004, en la Escuela N° 288 “Antonio Esteban Agüero”, Piedra Blanca Abajo de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, Región Educativa IV.-
Art.4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art.5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a los fines correspondientes.-
Art.6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art.7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2231-ME-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5161281/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3485822/25 la dirección de la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Avé Lallemant” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, solicita cobertura del cargo de Secretaria, vacante por renuncia del docente JUAN PABLO LUCENA D.N.I. N° 28.168.434, designado con carácter suplente, cuya renuncia fue aceptada por Decreto N° 5882-MHIP-2025;
Que en act. DOCEXT 3720513/26 obra copia del Decreto Nº 19148-ME-2025, mediante el cual se le acepta la renuncia a la docente CINTIA LORENA ORTEGAS, D.N.I. Nº 25.565.552, en UN (1) cargo de Secretaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional del Nivel Secundario, carácter titular, de la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Avé Lallemant” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3647080/25 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis y en act. DOCEXT 3665713/25 obra Acta N° 1/2025 de ofrecimiento de cargo de fecha 1 de octubre de 2025, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Secretaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, por ascenso jerárquico, carácter interino, a la docente IRIS EDITH LUNA, D.N.I. N° 22.546.343, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3665713/25 obran notas de no aceptación de los docentes LUCIANO JAVIER PAEZ, D.N.I. N° 31.212.837, SANTIAGO DANIEL PELLERITI, D.N.I. N° 32.038.882, GRISELDA GABRIELA SOLOA, D.N.I. N° 30.396.297 y MYRIAM BEATRIZ ZARATE, D.N.I. N° 32.633.341, que anteceden en el orden de mérito;
Que en act. DOCEXT 3665713/25 obra nota mediante la cual la docente IRIS EDITH LUNA, D.N.I. N° 22.546.343, renuncia a CUATRO (4) horas catedra de Psicología Laboral, (2 hs. en 5to. año 2da. división y 2 hs. en 5to. año 3ra. división) Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, carácter suplente, según Decreto N° 21492-MHIP-2025, (act. DOCEXT 3720519/26) de la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I;
Que en act. INFSUM 179451/25 la Dirección de Sumarios Administrativos informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 430892/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 431130/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 963996/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 431130/26;
Que en act. PASEDU 3720631/26 la Dirección Gestión Educativa informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia por razones particulares presentada por la docente IRIS EDITH LUNA, D.N.I. N° 22.546.343, a CUATRO (4) horas cátedra de Psicología Laboral, (2 hs. en 5to. año 2da. división y 2 hs. en 5to. año 3ra. división) Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, carácter suplente, según Decreto N° 21492-MHIP-2025, de la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley Nº XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004.-
Art. 3º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente IRIS EDITH LUNA, D.N.I. N° 22.546.343, en UN (1) cargo de Secretaria Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, carácter interino, en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero German Avé Lallemant” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
INST. 1, JUR. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, INC. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a los fines correspondientes.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Técnica y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 2284-ME-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3030170/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3727393/26 obra contrato deservicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por otra, el señor MOLINA ROQUE DANIEL, D.N.I. N° 37.132.641, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos, a los fines de cumplir tareas tales como elaboración de inventarios físicos, gestión y supervisión de la recepción y entrega de productos, materiales y/o mercancías, entre otras, en el ámbito de la Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos dependiente del Ministerio de Educación, durante el periodo comprendido entre el 01 de abril de 2026 al 30 de junio de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11328501/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 964716/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 965386/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168337/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. N° 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor MOLINA ROQUE DANIEL, D.N.I. N° 37.132.641, a los fines de prestar servicio conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de abril y el 30 de junio de2026, obrante en act. DOCEXT 3727393/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 11 18 00 1-01 3 4 9 $2.550.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos y, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 2232-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10280825/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por retiro transitorio por invalidez presentada por la agente KARINA DANIELA GERBAUDO, D.N.I. Nº 23.637.405; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1450348/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio del retiro transitorio por invalidez y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. ACTPAS 1617560/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 424794/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 01 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente KARINA DANIELA GERBAUDO, D.N.I. Nº 23.637.405 - Enfermera de Piso y Consultorio - Planta Contratado - Convenio Colectivo de Trabajo 122/75 - del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 01 de noviembre de 2025, por haberse acogido al beneficio del retiro transitorio por invalidez.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Karina Daniela Gerbaudo.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2233-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2191117/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente LUCIANA BERTELLYS; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3711064/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente LUCIANA BERTELLYS, D.N.I. Nº 30.621.526, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 4771-MHP-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1657481/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 19 de marzo de 2026;
Que en act. INFSUM 179691/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 19 de marzo de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina LUCIANA BERTELLYS, D.N.I. Nº 30.621.526, en TRES (3) horas cátedra de Arte, Cultura y Sociedad, en 6to. año 1ra. división, Orientación Arte con Especialidad en Artes Visuales, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 106 “Profesor Tomás Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2234-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250672/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente MARIA HORTENSIA BELMAR VILLALON, D.N.I. Nº 93.002.703; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1464405/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 426471/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 427007/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 18 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente MARIA HORTENSIA BELMAR VILLALON, D.N.I. Nº 93.002.703 - Escalafón General - Categoría E- Planta Contratado - del Ente Estación de Interconexión Regional de Ómnibus de San Luis (EDIRO), dependiente de la Secretaria de Estado de Transporte, a partir del 18 de noviembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar a la señora Maria Hortensia Belmar Villalon, por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Transporte, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, el señor Secretario de Estado de Transporte y la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Víctor Andrés Cianchino Chiofalo
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 2235-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12190167/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente GISELA ROXANA BALLERINO; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3678106/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente GISELA ROXANA BALLERINO, D.N.I. Nº 30.157.090, formulario de cese, copia de Decreto de cambio de situación de revista N° 7043-MHP-2023 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 430117/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 18 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 179623/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 18 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina GISELA ROXANA BALLERINO, D.N.I. Nº 30.157.090, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial N° 15 “Sonrisas Coloridas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2236-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12121305/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente DELIA JANINA ROMERO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3672340/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente DELIA JANINA ROMERO D.N.I. Nº 37.296.134, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular MONICA BEATRIZ LUCERO, según Decreto Nº 18919-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 02 de diciembre de 2025, de la docente DELIA JANINA ROMERO D.N.I. Nº 37.296.134, de suplente a interina, en CUATRO (4) horas cátedra de Derecho Laboral en 4to. año 1ra. división, Orientación economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2237-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12190131/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares del docente ALEJANDRO MATIAS RAMOS, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3678052/25 y 3701167/26, obra: nota de renuncia por razones particulares del docente ALEJANDRO MATIAS RAMOS, D.N.I. Nº 31.748.270, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 11257-ME-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1654442/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 19 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 179664/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 19 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por el docente titular ALEJANDRO MATIAS RAMOS, D.N.I. Nº 31.748.270, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 7mo. año 2da. división, Sector Industria Alimentaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2238-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12160642/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente SONIA ESTELA OVIEDO DOMINGUEZ y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3674438/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente SONIA ESTELA OVIEDO DOMINGUEZ D.N.I. Nº 23.066.226, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 3189-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1654678/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 18 de febrero de 2026;
Que en act. INFSUM 179652/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 18 de febrero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina SONIA ESTELA OVIEDO DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 23.066.226, en TRES (3) horas cátedra de Biología en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 12 “Doctor Ramón Carrillo”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2239-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3050087/26, por el cual tramita la designación de la docente CARINA ELIZABETH LEGGIO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interina ALEJANDRA MARIA DEL LUJAN VULICH, D.N.I. N° 18.277.360, según Decreto N° 19689-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente CARINA ELIZABETH LEGGIO, D.N.I. Nº 29.429.136, en CUATRO (4) hs. cátedra de Teatro en 1er. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3723140/26 y adjuntos, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de marzo de 2026, a la docente CARINA ELIZABETH LEGGIO, D.N.I. Nº 29.429.136, en CUATRO (4) hs. cátedra de Teatro en 1er. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo N° 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2240-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2180499/26, por el cual tramita la renuncia del docente RICARDO JUSTINO MONTIEL, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1508278/26 e INFORM 433294/26, obra nota de renuncia por jubilación del docente RICARDO JUSTINO MONTIEL, D.N.I. N° 17.124.815, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nro. 1493-MHP-2016 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 433295/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de febrero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente RICARDO JUSTINO MONTIEL D.N.I. N° 17.124.815, en CINCO (5) horas cátedra titulares de Introducción a la Programación en 4to. año 2da. división, Sector Informático, CUATRO (4) horas cátedra titulares de Instalación de Computadoras en 4to. año 1ra. división, Sector Informático, SEIS (6) horas cátedra titulares de Conversión y Reparación de Datos (3hs. en 6to. año 1ra. división y 3hs. en 6to. año 2da. división), Sector Informático, en la Escuela Técnica N° 10 “Martín Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2241-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12220470/25, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 19511-MHIP-2025, se designó con carácter interino, a partir del 05 de septiembre de 2025, al docente CESAR IVAN JOFRE, D.N.I. Nº 35.916.235, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología de la Información Turística, en 4to. año 2da. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3680308/25 obra nota del Equipo Directivo de la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, en la cual informan que, por error, el ofrecimiento del cargo se realizó por TRES (3) horas cátedra, siendo que dicho espacio curricular tiene una carga horaria de CUATRO (4) horas cátedra, según Decreto de creación Nº 11816-ME-2014;
Que a los fines de regularizar la situación del docente CESAR IVAN JOFRE, D.N.I. Nº 35.916.235, se hace necesario rectificar el Art. 2° del Decreto N° 19511-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rectificar el Art. 2° del Decreto N° 19511-MHIP-2025, de la siguiente manera:
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de septiembre de 2025, al docente CESAR IVAN JOFRE, D.N.I. Nº 35.916.235, en CUATRO (4) horas cátedra de Tecnología de la Información Turística, en 4to. año 2da. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2242-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12190484/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ROSARIO ELISABETH ALVARADO y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3678535/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ROSARIO ELISABETH ALVARADO D.N.I. Nº 24.681.981, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 11792-MHP-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 430241/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 19 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 179642/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 19 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente ROSARIO ELISABETH ALVARADO, D.N.I. Nº 24.681.981, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, con carácter interina, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 15 “Sonrisas Coloridas”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2243-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12181509/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente DANIELA GUTIERREZ; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3677944/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente DANIELA GUTIERREZ, D.N.I. Nº 30.581.725, formulario de cese, copia de Decreto de titularización N° 725-ME-2022 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1654774/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 15 de enero de 2026;
Que en act. INFSUM 179653/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 15 de enero de 2026, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular DANIELA GUTIERREZ, D.N.I. Nº 30.581.725, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera - Inglés Técnico I y II, en 4to. año única división, 1er. y 2do cuatrimestre, TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera - Inglés, en 1er. año única división y TRES (3) horas cátedra de Lengua Extranjera - Inglés II, en 2do. año única división, 1er. cuatrimestre, (estructura curricular 3 años), Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 3 “Manuel Belgrano”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2244-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2120666/26, por el cual tramita la renuncia del docente SERGIO ADRIAN RODRIGUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1506807/26 y ACTPAS 1657972/26, obra nota de renuncia por jubilación del docente SERGIO ADRIAN RODRIGUEZ D.N.I. N° 17.391.167, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia del Decreto Nro. 2361-MHP-2016 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. ACTPAS 1657971/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de febrero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de febrero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente SERGIO ADRIAN RODRIGUEZ, D.N.I. N° 17.391.167, en DOS (2) horas cátedra interinas de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Maestro Mayor de Obras, DOS (2) horas cátedra interinas de Educación Física en 1er. año 2da. división, Sector Químico, TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Física en 2do. año 2da. división, Sector Químico, TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Física en 4to. año 1ra. división, Maestro Mayor de Obras, TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Física en 5to. año 1ra. división, Maestro Mayor de Obras y TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Física en 5to. año 1ra. división, Sector Químico, Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 16 “Jesús Obrero” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2245-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12010710/25, por el cual la Dirección del Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista del docente EMANUEL HEBERTO LUCERO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3662878/25 y DOCEXT 3700242/25, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente EMANUEL HEBERTO LUCERO D.N.I. Nº 33.440.810, de suplente a interino, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular MELISA NOELIA CALDERON, según Decreto Nº 19099-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 04 de noviembre de 2025, del docente EMANUEL HEBERTO LUCERO D.N.I. Nº 33.440.810, de suplente a interino, en CUATRO (4) horas cátedra de Turismo y Recreación en 4to. año única división, Orientación Educación Física, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos de Nivel Secundario, en el Colegio Nº 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2246-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2120794/26, por el cual tramita la renuncia del docente VICTOR RENE ZAMBRANO, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1506927/26 e INFORM 433383/26, obra nota de renuncia por jubilación del docente VICTOR RENE ZAMBRANO, D.N.I. N° 13.778.892, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decretos Nros. 2303-ME-2020 de titularización, 7301-MHP-2022, 498-MHP-2020, 2770-MHP-2020 de designación, 5699-ME-2020 de reubicación definitiva y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 433385/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 19 de enero de 2026;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 19 de enero de 2026, la renuncia por jubilación presentada por el docente VICTOR RENE ZAMBANO, D.N.I. N° 13.778.892, en TRES (3) horas cátedra interinas de Tecnología en 2do. año 2da. división, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, DOCE (12) horas cátedra interinas de Calculo y Diseño Eléctrico (4 hs. en 6to. año 1ra. división, 4 hs. en 6to. año 2da. división y 4 hs. en 6to. año 3ra. división), Perfil Electricista, Técnico en Equipos e Instalaciones Electromecánicas, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 9 “Domingo Faustino Sarmiento”, de la ciudad de San Luis, TRES (3) horas cátedra interinas de Tecnología en 1er. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 4 “Fray Luis Beltrán”, de la ciudad de San Luis, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Máquinas Eléctricas en 6to. año 1ra. división, Sector Energías Renovables, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Aprovechamiento Energético en 7mo. año 2da. división, Perfil Ingeniero Eléctrico/Electromecánico, CUATRO (4) horas cátedra interinas de Mantenimiento Electromecánico en 7mo. año 2da. división, Perfil Ingeniero Técnico Mecánico Electromecánico/Electrónico, Sector Energías Renovables y TRES (3) horas cátedra titulares de Tecnología en 1er. año 1ra. división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 37 “Ingeniero Germán Ave Lallemant’, de la ciudad de Juana Koslay, todos los establecimientos educativos del departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2247-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12160527/25, por el cual tramita la designación de la docente LORENA RODOLFINA MERCADO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular e interino, RAUL ARGENTINO TORANZO, D.N.I. N° 14.688.413, según Decreto N° 1200-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente LORENA RODOLFINA MERCADO, D.N.I. Nº 24.539.408, en SIETE (7) hs. cátedra de Historia, 3 hs. en 3er. año 2da. división y 4 hs. en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3674266/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 24 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 24 de noviembre de 2025, a la docente LORENA RODOLFINA MERCADO, D.N.I. Nº 24.539.408, en SIETE (7) hs. cátedra de Historia, 3 hs. en 3er. año 2da. división y 4 hs. en 5to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio N° 13 “Profesor Roberto Moyano”, de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2248-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2130668/26, por el cual tramita la renuncia de la docente MARGARITA YOLANDA GARAY, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1507605/26 e INFORM 433376/26, obra nota de renuncia por jubilación de la docente MARGARITA YOLANDA GARAY, D.N.I. N° 14.351.169, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los Decreto Nros. 5992-ME-2019, 4895-ME-2022, 3785-MHP-2016 de titularización, 8491-MHP-2023 de designación y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 433370/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomo intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 26 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 26 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente MARGARITA YOLANDA GARAY, D.N.I. N° 14.351.169, en OCHO (8) horas cátedra titulares de Geografía I (4hs. en 1er. año 1ra. división y 4hs. en 1er. año 2da. división), OCHO (8) horas cátedra titulares de Geografía II (4 hs. en 4to. año 1ra. división y 4 hs. en 4to. año 2da. división), Orientación Informática, NUEVE (9) horas cátedra titulares de Geografía (4hs. en 3er. año 1ra. división y 5hs. en 2do. año 2da. división), SEIS (6) horas cátedra interinas de Geografía ( 3 hs. en 2do. año 3ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división), Nivel de Educación Secundario, en el Colegio N° 40 “Héroes de Malvinas” de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el Señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y Archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2249-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12191464/25, por el cual tramita la designación de la docente DAMARIS NOEMI GUELPA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia gremial con goce de haberes, de acuerdo a lo establecido en el art. 101° de la Ley N°XV-0387-2004, de la docente titular, SILVANA GABRIELA MUÑOZ, prorrogada por Resolución N° 3821-PCH-2023 y la renuncia por razones particulares de la docente suplente, CAROLINA SOL SANJURJO, mediante Decreto N° 19827-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente, DAMARIS NOEMI GUELPA, D.N.I N° 39.797.782, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3679599/25, 3717799/26 y ACTPAS 1659615/26 (Adjuntos) obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15º y 18º de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, a partir del 27 de noviembre de 2025 y hasta el 02 de octubre de 2027, a la docente DAMARIS NOEMI GUELPA, D.N.I N° 39.797.782, en UN (1) cargo de Maestra Especial de Música, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela N° 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2250-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1270117/26, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente CANDIDA GISELLE ALUME, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1498668/26 (Adjuntos), obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente CANDIDA GISELLE ALUME, D.N.I. Nº 38.750.821, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 10337-MHIP-2024 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1649387/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 10 de diciembre de 2025;
Que en act. INFSUM 179629/26, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 10 de diciembre de 2025, la renuncia por razones particulares presentada por la docente suplente CANDIDA GISELLE ALUME, D.N.I. Nº 38.750.821, en TRES (3) horas cátedra de Lengua, en 2do. año única división y DOS (2) horas cátedra de Lengua, en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 295 “Maestra Enriqueta del Carmen Sarmiento de Amodey”, de la localidad de Balde de Escudero, departamento Junín.-
Art.2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2251-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3041279/26, por el cual tramita la designación de la docente CYNTHIA TATIANA TORREYRO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular CLAUDIA TERESA CADELAGO, D.N.I. N° 20.135.772, según Decreto N° 24-MHIP-2026, se torna necesario designar, a la docente CYNTHIA TATIANA TORREYRO, D.N.I. Nº 33.829.500, en CUATRO (4) hs. cátedra de Lengua Extranjera -Perfil Ingles- en 2do. año 1ra. división, Orientación en Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3723015/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 04 de marzo de 2026;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 15° y 18° de la Ley XV-0387-2004, su Decreto Reglamentario N° 4521-MP-2004 y Decreto N° 1592-ME-2026.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 04 de marzo de 2026, a la docente CYNTHIA TATIANA TORREYRO, D.N.I. Nº 33.829.500, en CUATRO (4) hs. cátedra de Lengua Extranjera -Perfil Ingles- en 2do. año 1ra. división, Orientación en Agro y Ambiente, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2252-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10220866/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente LUIDINA DEL CARMEN MATAMORO, D.N.I. Nº 14.775.529; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1446650/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 424020/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 424325/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 19 de septiembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente LUIDINA DEL CARMEN MATAMORO, D.N.I. Nº 14.775.529 - Escalafón General - Categoría E - Planta Contratado - de la Escuela Técnica N° 19 “Bernardino Rivadavia” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 19 de septiembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Luidina del Carmen Matamoro.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2253-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11260651/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente PATRICIA AMELIA GARGIULO, D.N.I. Nº 16.778.990; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1465516/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 426673/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. ACTPAS 1632384/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 17 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente PATRICIA AMELIA GARGIULO, D.N.I. Nº 16.778.990 - Profesional G –Carrera Sanitaria Provincial - Planta Contratado - del Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes, dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 17 de noviembre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Patricia Amelia Gargiulo.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2254-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7290510/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente ROSA EVELIA ORTIZ, D.N.I. Nº 14.035.073; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1392345/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 415907/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 416523/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 22 de julio de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ROSA EVELIA ORTIZ, D.N.I. Nº 14.035.073 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 22 de julio de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Rosa Evelia Ortiz.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2255-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11120474/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente MIRTA MONICA CARENA, D.N.I. Nº 17.361.654; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1458388/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 426931/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 426352/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 17 de octubre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente MIRTA MONICA CARENA, D.N.I. Nº 17.361.654 - Auxiliar de Segunda Categoría - Planta Contratado - Convenio Colectivo de Trabajo 122/75 - de la Dirección Sistema de Emergencias Médicas Provincial (S.E.M.PRO.), dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 17 de octubre de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Mirta Mónica Carena.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2256-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9190151/25, por el cual se tramita la renuncia del docente ANTONIO ARMANDO RUIZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1426415/25, 1515664/26 e INFORM 433613/26, obra: nota de renuncia por jubilación del docente ANTONIO ARMANDO RUIZ, D.N.I. Nº 13.389.585, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 7523-MHIP-2024, 674-MHP-2020, de designación y fotocopia de D.N.I. de dicho docente;
Que en act. INFORM 433614/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 17 de setiembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 17 de setiembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por el docente ANTONIO ARMANDO RUIZ, D.N.I. Nº 13.389.585, en ONCE (11) horas cátedra interinas de Matemática (6 hs. en 1er. año 1ra. división, 5 hs. en 2do. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 312 “República de Chile”, CUATRO (4) horas cátedra suplentes de matemática en 5to. año 1ra. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela N° 7 “Constancio C. Vigil”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2257-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10310482/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente TITA ANGELINA BARROSO, D.N.I. Nº 16.471.318; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1452491/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. ACTPAS 1619206/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. ACTPAS 1626863/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 21 de agosto de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente TITA ANGELINA BARROSO, D.N.I. Nº 16.471.318 - Profesional D - Carrera Sanitaria Provincial - Planta Contratado - del Hospital Pediátrico San Luis dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 21 de agosto de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Tita Angelina Barroso.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Salud, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 2258-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12110744/25, por el cual se tramita la renuncia de la docente ANA ESTHER SÁNCHEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1474749/25 y ACTPAS 1638742/25, obra: nota de renuncia por jubilación de la docente ANA ESTHER SÁNCHEZ, D.N.I. Nº 18.418.070, declaración jurada de incompatibilidad, situación de revista, formulario de cese, copia de los decretos Nros. 10250-ME-2014, 8003-ME-2024, de designación, 2102-MHP-2011, de reubicación, y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1644002/26, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes, a partir del 1 de diciembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 1 de diciembre de 2025, la renuncia por jubilación presentada por la docente ANA ESTHER SÁNCHEZ, D.N.I. Nº 18.418.070, en DOS (2) horas cátedra interinas de Espacio de Opción Institucional en 3er. año única división, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica N° 29 “Comandante Luis Piedra Buena”, UN (1) cargo titular de Regente de Nivel Inicial y Primario, UN (1) cargo de Director General - 1° categoría, Nivel Inicial, Primaria y Secundaria, designado por ascenso jerárquico inter se llame a concurso, en el Centro Educativo N° 19 “Sarmiento”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 2285-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2180405/26, por el cual la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la autorización para la suscripción del Contrato de Servicios con la Ingeniera Agrimensor AZUCENA BEATRIZ PEÑALOZA, D.N.I N° 29.481.555; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1663946/26, obra modelo de Contrato de Servicios a suscribir entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Dr. DARIO HECTOR CRIVELLO, D.N.I. N° 22.775.482, en su carácter de Director Provincial de Catastro y Tierras Fiscales del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, por una parte, y por la otra la Ingeniera Agrimensor AZUCENA BEATRIZ PEÑALOZA, D.N.I N° 29.481.555, para realizar tareas inherentes a su profesión en la mencionada Dirección;
Que el Contrato de Servicio que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, en la cláusula segunda establece la retribución de la contraprestación y en la cláusula tercera la vigencia, que será a partir del 01 de abril de 2026 y por el termino de tres (3) meses;
Que en act. PREV 11311975/26, obra comprobante de imputación preventiva para el Presupuesto vigente;
Que en act. ACTPAS 1659502/26, obra dictamen de la Dirección Jurídica dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 965197/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013, debiendo exceptuarse de lo dispuesto en el Art. N° 1 del Decreto N° 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 168349/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025 y en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004 modificada por Ley Nº VIII-0867-2013, y se exceptué de lo dispuesto en el Art. N° 1 del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2°.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Servicios, que como anexo forma del presente Decreto, a suscribirse entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y la Ingeniera Agrimensor AZUCENA BEATRIZ PEÑALOZA, D.N.I N° ٢٩.٤٨١.٥٥٥.-
Art. 3º.- Autorizar al Dr. DARIO HECTOR CRIVELLO, D.N.I. Nº 22.775.482, en su carácter de Director Provincial de Catastro y Tierras Fiscales dependiente del Ministro de Hacienda e Infraestructura Pública, a suscribir en representación del Gobierno de la Provincia de San Luis, el Contrato de Servicios con la Ingeniera Agrimensor AZUCENA BEATRIZ PEÑALOZA, D.N.I N° 29.481.555, conforme al modelo aprobado en el Artículo precedente.-
Art.4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria año 2026:
Inst. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 11 14 27 1-01 3 4 9 $4.365.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y notificar a la Ingeniera Agrimensor Azucena Beatriz Peñaloza.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE SERVICIO
Entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, en adelante “EL COMITENTE”, representado en este acto por el Dr. DARIO HECTOR CRIVELLO, D.N.I. N° 22.775.482, en su carácter de Director Provincial de Catastro y Tierra Fiscales dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, con domicilio en Ayacucho 945, Ex casa de Gobierno, 4to piso de la ciudad de San Luis, por una parte y la Ingeniera Agrimensor AZUCENA BEATRIZ PEÑALOZA, D.N.I N° 29.481.555, con domicilio en calle Los Pejes 1779, Juana Koslay, provincia de San Luis, por la otra, en adelante “LA PRESTADORA”, en conjunto denominadas “LAS PARTES”, suscriben el presente CONTRATO DE SERVICIOS, aprobado por el Decreto N°………………-MHIP-2025 de fecha …………………………; sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL COMITENTE” contrata los servicios de la Ingeniera Agrimensor AZUCENA BEATRIZ PEÑALOZA, D.N.I N° 29.481.555, quien se obliga a cumplir funciones inherentes al ejercicio de su profesión en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales.-
SEGUNDA: Como retribución por los servicios prestados, “EL COMITENTE” abonará a “LA PRESTADORA”, en concepto de honorarios, la suma mensual de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($1.455.000,00) contra presentación de la correspondiente factura. En el caso de que la “LA PRESTADORA” comience a prestar sus servicios una vez autorizado la suscripción del contrato, el mismo percibirá una suma proporcional de los honorarios correspondientes a la cantidad de días en que prestó tareas. Asimismo “EL COMITENTE” emitirá un certificado en el cual constará el cumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de “LA PRESTADORA” quien asume la responsabilidad técnica de las tareas encomendadas motivo de este contrato.-
TERCERA: El presente Contrato tendrá una vigencia a partir del 01 de abril de 2026 y por el término de 3 meses.-
CUARTA: Ambas partes se reservan el derecho de rescindir el presente contrato en la oportunidad que lo crean conveniente, sin que la otra parte tenga derecho a reclamar indemnización alguna. Si la voluntad de rescisión es de “LA PRESTADORA”, deberá notificarlo fehacientemente por escrito a “EL COMITENTE” con una antelación de por lo menos 15 (QUINCE) días corridos.-
QUINTA: El presente Contrato no crea relación laboral de dependencia entre las partes, ni importa expectativa o derecho de prórroga a favor de “LA PRESTADORA”, pudiendo sólo ser prorrogado o renovado expresamente por “EL COMITENTE”.-
SEXTA: “LA PRESTADORA”, deberá poner en la ejecución de sus tareas la máxima diligencia y eficiencia de conformidad con la práctica profesional de su especialidad, protegiendo los intereses de “EL COMITENTE” y adoptando todas las medidas tendientes al mejor cumplimiento de sus servicios, quedando este último desvinculado de toda responsabilidad por reclamos de cualquier tipo por parte de terceros derivados de daños que pudieran ocasionarse con motivo y/o en ocasión del cumplimiento del presente.-
SEPTIMA: “LA PRESTADORA” declara bajo juramento, que se encuentra afiliado/a ante los Organismos de Previsión Social en legal forma y en calidad de Monotributista siendo de su exclusiva responsabilidad la realización de los pertinentes aportes y contribuciones: asimismo declara poseer seguros vigentes.-
OCTAVA: A los efectos legales que pudieran suscitarse por este contrato, “LAS PARTES” se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luís, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o Jurisdicción al que se crea con derecho a recurrir.-
En prueba de conformidad, previa lectura y ratificación, se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Luís a los ……… días del mes de ………… de Dos Mil Veintiséis.-
DECRETO Nº 2286-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11111222/25 por el cual la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, tramita la Compulsa de Precios N° 16/2025 y;
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1633224/25 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética solicita la autorización pertinente para efectuar la Compulsa de Precios de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 6 VIVIENDAS SOCIALES - LOCALIDAD ARIZONA - DPTO. DUPUY - PROV. DE SAN LUIS” cuya obra ha sido requerida por la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, conforme lo obrante en act. DOCEXT 1469131/25;
Que la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética manifiesta la importancia de provisión de energía eléctrica para la pronta habilitación de las viviendas sociales que ya se están construyendo en la zona de la localidad de Arizona, que consistirá en tareas de construir una red de distribución de baja tensión para la conexión de los pilares de medición de las viviendas, una red de alumbrado público para garantizar la seguridad de los vecinos que transiten por esta zona;
Que en act. ACTPAS 1637438/25 el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública presta conformidad para la continuidad del trámite;
Que en act. PLIEGO 256128/25 obra Pliego de Bases y Condiciones Particulares elaborado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética para la ejecución de obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 6 VIVIENDAS SOCIALES - LOCALIDAD ARIZONA - DPTO. DUPUY - PROV. DE SAN LUIS” por un presupuesto oficial de PESOS VEINTITRÉS MILLONES OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO CON 91/100 ($23.083.265,91);
Que a tal efecto en act. DOCEXT 1487584/25 obran invitaciones a cotizar, efectuadas por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a las empresas: FENIX ELECTRICIDAD S.R.L., PROTON S.R.L. SERVICIOS INTEGRALES, LYM INGENIERIA S.A., OBRAS Y ESTRUCTURAS S.R.L., AGENER S.R.L. y SGD S.R.L.;
Que en act. DOCEXT 1490186/26 obra Acta de Apertura de sobres de fecha 08 enero de 2026 para la contratación de la referida obra, donde se recepcionaron cuatro (4) propuestas: primera presentada por la firma SGD S.R.L. que cotiza por un monto de PESOS VEINTIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 55/100 ($28.866.650,55), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1490350/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1490360/26; segunda propuesta presentada por la firma OBRAS Y ESTRUCTURAS S.R.L. que cotiza por un monto de PESOS VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TRES CON 78/100 ($27.758.403,78) correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1490365/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1490361/26; tercera propuesta presentada por la firma FÉNIX ELECTRICIDAD S.R.L. que cotiza por un monto de PESOS VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 ($26.545.754,00) correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1490368/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1490366/26; cuarta propuesta presentada por la firma AGENER S.R.L. que cotiza por un monto de PESOS VEINTINUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 64/100 ($29.425.177,64) correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1490372/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1490369/26;
Que la Comisión de Estudio designada por Resolución N° 20-MHIP-2026 de fecha 15 de enero del 2026 obrante en act. RESMIN 952599/26, emite informes en acts. DOCEXT 1502979/26, DOCEXT 1502980/26, DOCEXT 1502981/26, DOCEXT 1502982/26, DOCEXT 1502984/26, DOCEXT 1502794/26, DOCEXT 1502796/26, DOCEXT 1502797/26, DOCEXT 1502800/26 y DOCEXT 1503100/26, manifestando que habiendo analizado técnica y económicamente todas las propuestas, por unanimidad sugiere que la obra sea adjudicada a la empresa FENIX ELECTRICIDAD S.R.L. considerando que su oferta se ajusta a los valores de mercado;
Que en act. INFORM 432284/26 la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar para la Compulsa de Precios N° 16/2025 a la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L. por un monto de PESOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 ($26.545.754,00) correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1490368/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1490366/26;
Que se establece un plazo para la ejecución de la obra de SESENTA (60) días corridos;
Que en act. PREV 11291082/26 obra comprobante de imputación preventiva del presente ejercicio por la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 ($26.545.754,00);
Que en act. ACTPAS 1659479/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 964244/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente caso en lo dispuesto por los Arts. 8°, 12 punto II inc. B), 18 y cc. de la Ley N° VIII-0257-2004;
Que en act. DICFIS 168182/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que estaría en condiciones de proceder al dictado del acto administrativo pertinente mediante el cual se autorice la Compulsa de Precios tramitada, el caso encuentra su encuadre legal en lo prescripto por el Art. 12 apartado II inc. B) de la Ley N° VIII-0257-2004 y Decretos Reglamentarios que la complementan;
Que en act. DOCEXT 1515988/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la contratación;
Que corresponde delegar en el señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley N° VIII-0257-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 8°, 12 apartado II inc. B), 18 y cc. de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública para contratar la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 6 VIVIENDAS SOCIALES.- LOCALIDAD ARIZONA - DPTO. DUPUY - PROV. DE SAN LUIS”.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética a contratar la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L. por un monto de PESOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 ($26.545.754,00) correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1490368/26 y documentación obrante en act. DOCEXT 1490366/26 y un plazo para la ejecución de la obra de SESENTA (60) días.-
Art. 4º.- Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma FENIX ELECTRICIDAD S.R.L. en el marco de la Compulsa de Precios N° 16/2025, para contratar la ejecución de la obra a que se hace referencia en el Art. 2°.-
Art. 5º.- Autorizar al señor Director de Infraestructura Hídrica y Energética del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-
Art. 6º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 11 24 52 02 4-03 4 2 1 $26.545.754,00
Art. 7°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Subdirección Control de Certificación, Seguimiento y Sistematización, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética y a las firmas oferentes.-
Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA
Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el ING. CORRADO ASTORRE COMASTRI, D.N.I. N° 14.609.842, en su carácter de DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA HIDRICA Y ENERGETICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PUBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km. 783, Edificio de Descentralización Administrativa Casa de Gobierno, Edificio Norte, Bloque I planta baja - San Luis por una parte y por la otra la firma FÉNIX ELECTRICIDAD S.R.L. representada por el sr. DANIEL VICTOR ESCALANTE D.N.I. N° 23.435.796, en su carácter de Socio Gerente, que constituye domicilio legal en calle Av. España N° 1254, de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la COMPULSA DE PRECIOS Nº 16/2025, efectuada para la ejecución de la obra denominada: “PROVISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA A 6 VIVIENDAS SOCIALES - LOCALIDAD ARIZONA - DPTO. DUPUY - PROV. DE SAN LUIS” conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº…..-MHIP-2026 de fecha…….de……..2026, dictado en EXD-0000-11111222/25, convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art. 10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, sobre los terrenos asignados, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-
SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los Instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente.-
TERCERA.- MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma de PESOS VEINTISEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/100 ($26.545.754,00), precio fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-
CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ……, emitida por …………………., por la suma de …….. /100 ($..........), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-
QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LA CONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno. Conforme lo establece el Pliego de Condiciones Particulares, el Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado.-
SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido SESENTA (60) días corridos, los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.-
SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-
OCTAVA.- RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-
NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-
DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.-
DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto.-
DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obliga a dar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-
DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes sociales del Gobierno Provincial y presentar a LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-
En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martin de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los ……. días del mes de…… del año…….-
DECRETO Nº 2287-MHIP-2026.-
San Luis, 12 de Marzo de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10310353/25, en el que obran actuaciones relativas a la renuncia por jubilación presentada por la agente ERICA YUDITH CHACON, D.N.I. Nº 16.631.588; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1452368/25, se adjunta renuncia de la mencionada agente por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria y copia del otorgamiento del mismo, expedido por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES);
Que en act. INFORM 424876/25, se adjunta situación de revista;
Que en act. INFORM 425434/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa que tomó intervención en la baja de haberes y procedió a la suspensión de los mismos a partir del 22 de abril de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la agente ERICA YUDITH CHACON, D.N.I. Nº 16.631.588 - Escalafón General - Categoría A - Planta Permanente - de la Escuela N° 37 “Juan Bautista Alberdi” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, dependiente del Ministerio de Educación, a partir del 22 de abril de 2025, por haberse acogido al beneficio de la jubilación ordinaria.-
Art. 2º.- Notificar por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo a la señora Erica Yudith Chacón.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P) y Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE TILISARAO
DECRETO Nº 018-MT-2026.-
Tilisarao (S.L.), 05 de Abril de 2026.-
VISTO:
El fallecimiento de tres jóvenes vecinos de nuestra localidad, hecho que enluta profundamente a toda la comunidad; y
CONSIDERANDO:
Que la pérdida de vidas jóvenes genera un profundo dolor en el conjunto de la sociedad.
Que estos hechos conmueven a toda la comunidad de Tilisarao, unida por la cercanía, el afecto y los valores compartidos.
Que es deber del Estado Municipal acompañar a las familias en este difícil momento, expresando el pesar y la solidaridad de todo el pueblo.
Que corresponde declarar duelo municipal como muestra de respeto y recogimiento.
Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TILISARAO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Declárase Duelo Municipal por el término de tres (3) días en todo el ejido de Tilisarao, con motivo del fallecimiento de tres jóvenes vecinos de nuestra comunidad.
ARTÍCULO 2º.- Dispóngase que durante los días de duelo las banderas Nacional y Provincial permanecerán izadas a media asta en todos los edificios públicos municipales.
ARTÍCULO 3º.- Suspéndanse durante el período de duelo todos los actos oficiales de carácter festivo organizados por el Municipio.
ARTÍCULO 4º.- Exprésese el acompañamiento y las más sinceras condolencias a las familias, amigos y seres queridos de los jóvenes fallecidos.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese amplia difusión y archívese.
JUAN MANUEL OLGUÍN
Intendente Municipal
Fabio Darío Ochoa
Sec. de Gobierno, Educación y
Relaciones Institucionales
SPP e y v: 13 Abr.
MUNICIPALIDAD DE VILLA LARCA
RESOLUCIÓN Nº 05-2026.-
Villa Larca, 06 de Abril de 2026.-
VISTO:
Los inmuebles identificados catastralmente como Padrón Nº 1038309 - Receptoría Nº 10 - Matrícula 06-12994; Padrón Nº 1038299 - Receptoría Nº 10 - Matrícula 06-12993; y Padrón Nº 1038293 - Receptoría Nº 10 - Matrícula 06-12992, todos ellos correspondientes al Plano de Mensura Nº 4/112/17, ubicados dentro del ejido urbano de la localidad de Villa Larca, Provincia de San Luis; y
CONSIDERANDO:
Que los inmuebles individualizados precedentemente se encuentran actualmente afectados como espacios verdes, conforme surge del plano de mensura y de la planificación urbanística vigente.
Que corresponde a la Municipalidad de Villa Larca, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales de ordenamiento territorial y planificación urbana, adoptar las medidas necesarias para garantizar el desarrollo equilibrado del ejido municipal, procurando compatibilizar la preservación ambiental con las necesidades sociales de la población.
Que en los últimos años se ha verificado en la localidad de Villa Larca un crecimiento sostenido de la demanda habitacional, situación que impone a la administración municipal el deber de instrumentar políticas públicas destinadas a facilitar el acceso al suelo urbano para la radicación de familias residentes en la localidad.
Que la problemática habitacional constituye una cuestión de interés público y social, vinculada directamente con el derecho a una vivienda digna reconocido por el ordenamiento jurídico argentino y por los principios rectores de las políticas de desarrollo urbano.
Que el análisis técnico efectuado por las áreas competentes del municipio permite advertir que los inmuebles antes mencionados resultan aptos para ser incorporados a programas de desarrollo urbano y habitacional, en virtud de sus condiciones de localización, accesibilidad y características territoriales.
Que asimismo debe ponderarse que la zona en la cual se emplazan dichos padrones se encuentra inserta dentro de un entorno natural privilegiado, caracterizado por la existencia de amplias superficies de espacios verdes, áreas naturales y presencia de bosque nativo, lo cual garantiza que la eventual desafectación de los inmuebles mencionados no generará una afectación significativa al equilibrio ambiental ni a la disponibilidad de espacios recreativos para la comunidad.
Que, en efecto, el sector mantiene una importante disponibilidad de áreas naturales y espacios verdes públicos, lo cual permite afirmar que la modificación de la afectación urbanística respecto de los inmuebles individualizados no compromete el estándar de superficie verde por habitante ni la preservación del paisaje natural característico de la localidad.
Que en consecuencia, y atendiendo a criterios de razonabilidad, planificación territorial y función social del suelo urbano, resulta procedente disponer la desafectación de los referidos inmuebles como espacios verdes, a fin de posibilitar su futura incorporación a programas de urbanización o soluciones habitacionales que determine la autoridad municipal.
Que la presente medida se adopta en el marco de las facultades de administración y planificación territorial que corresponden al municipio, en orden a promover el desarrollo urbano sustentable y la satisfacción de las necesidades habitacionales de la población local.
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA LARCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: DISPONER la desafectación de la categoría de espacios verdes de los inmuebles identificados como:
-Padrón Nº 1038309 - Receptoría Nº 10 - Matrícula 06-12994
-Padrón Nº 1038299 - Receptoría Nº 10 - Matrícula 06-12993
-Padrón Nº 1038293 - Receptoría Nº 10 - Matrícula 06-12992
todos ellos correspondientes al Plano de Mensura Nº 4/112/17, ubicados dentro del ejido urbano de la localidad de Villa Larca, Provincia de San Luis.
ARTÍCULO 2º: ESTABLECER que la presente desafectación se fundamenta en razones de interés público vinculadas a la necesidad habitacional existente en la localidad, así como en criterios de planificación territorial y desarrollo urbano sustentable.
ARTÍCULO 3º: DEJAR CONSTANCIA que la modificación de la afectación urbanística de los inmuebles referidos no compromete la disponibilidad de espacios verdes del sector, en razón de la existencia de extensas áreas naturales, espacios públicos y sectores de bosque nativo en el entorno inmediato, lo cual garantiza la preservación del equilibrio ambiental de la zona.
ARTÍCULO 4º: DISPONER que los inmuebles mencionados podrán ser destinados a programas de desarrollo urbano, urbanización o soluciones habitacionales, conforme lo determine oportunamente la autoridad municipal competente.
ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE a las áreas municipales competentes, incorpórese a los registros catastrales y urbanísticos correspondientes, publíquese y archívese.
MATEO VILCHEZ
Intendente Comisionado
SPP e y v: 13 Abr.
ASAMBLEAS
CONVOCATORIA
CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS NACIONALES DE SAN FRANCISCO DEL MONTE DE ORO
La Comisión Directiva, convoca a sus asociados a Asamblea General Anual Ordinaria a realizarse el día 24 de Abril de 2026 a las 10:00 Hs. en sede social Av. Sarmiento 315 de San Francisco del Monte de Oro, San Luis, para tratar el siguiente ORDEN DEL DÍA:
1) Elección de (2) dos asociados para la firma del Acta de Asamblea conjuntamente con Presidente y Secretario.-
2) Consideración y aprobación de Memoria, Balance General (en formulario Resolución Nº 021-DPJ-2024, Anexos II y III) e Informe del Síndico correspondiente al Ejercicio Contable del año 2025 Nº 11
San Luis, de Marzo de 2026.-
ROBERTO OMAR LAMAS
Presidente
C: 851 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr.
El CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS CIVILES DEL SUR; convoca a Asamblea General Ordinaria, a los socios; para el día 04 de mayo del 2026 a las 19:30 hs., en la sede del centro, sito en calle 4 de junio s/n. Se tratará el siguiente
ORDEN DE DÍA:
1- Elección de dos asambleístas para la firma del acta.
3- Consideración y aprobación de memoria; balance general e informe del síndico/comisión Fiscalizadora; correspondiente a los ejercicios contables correspondientes a los años 2025.
NELLY A. CORIA
Presidenta
C: 915 $5.500,00 e. y v: 13 Abr.
El CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO EL TRAPICHE, llama a Asamblea Ordinaria para el día sábado 22 de abril a las 20Hs, en Sede Social, tratando el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1) Aprobación de balance y memoria ejercicio 2025.
El Trapiche San Luis, 7 de abril de 2026
DIEGO P. GUEVARA
Presidente
C: 916 $5.500,00 e. y v: 13 Abr.
Publicación Asamblea Ordinaria
ASOCIACIÓN CIVIL VIAL CLUB SAN LUIS Leg. 13/1957 Convoca a sus socios a participar de la Asamblea Ordinaria que se llevará a cabo el día 25 de abril de 2026 a las 18:00 hs. en su sede sito Av. Riobamba Nº 2410 a fin de tratar la siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1. Balances 2025
2. Informe comisión revisora de cuentas 2025
3. Memoria anual 2025
4. Nombrar 2 socios que suscriban el acta
RICARDO ADRIÁN IRASTORZA
Presidente
Mauro Enrique Visco
Secretario
C: 917 $5.500,00 e. y v: 13 Abr.
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° 27- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN de CAMPERAS con destino a PROVEER A LAS DISTINTAS PATRULLAS DISTRIBUIDAS EN TODO EL TERRITORIO PROVINCIAL PARA COMPLETAR EL UNIFORME DE INVIERNO, solicitado por la DIRECCIÓN PREVENCIÓN CIUDADANA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-1060722/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 2661-MS-2026
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS CIENTO TREINTA MILLONES CON 00/100 ($130.000.000,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 24 de abril de 2026 a las 10:30 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° 0266-4452010 int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 837 SPP e: 08 y v: 13 Abr.
Ente San Luis Agua
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02 / S.L.A. / 2026 – DEC 2960/26
DENOMINACION: “ADQUISICION DE CAMIONETAS PARA LA FLOTA VEHICULAR”.
CONSULTA DE BASES: sanluisaguacompras@gmail.com
RECEPCION DE PROPUESTAS: Desde el día 10 de Abril del 2026, hasta el día 23 de Abril del 2026 a las 09hs.
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MILLONES CON 00/100 ($280.000.000,00) IVA INCLUIDO
VALOR DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Se establece en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL CON 00/100 ($280.000,00) equivalente al 1‰ del presupuesto oficial.
El pago por la compra del pliego deberá hacerse en dinero en efectivo, mediante depósito bancario, en la moneda de curso legal en el país, en la cuenta bancaria del Ente San Luis Agua (Nº de cuenta 4780244091 CBU: 0110478720047802440915 - Banco Nación).
FECHA DE APERTURA: El día 23 de Abril del 2026, en las Oficinas Administrativas del Ente San Luis Agua.
HORA DE APERTURA: 10:00 hs.
LUGAR DE APERTURA: Edificio Oeste - Bloque I Planta Baja, Casa de Gobierno.
ADQUISICION DE PLIEGOS: Los interesados podrán adquirir los Pliegos en la sede administrativa del Ente San Luis Agua, sito en Casa de Gobierno, Edificio Oeste, Bloque 1, Planta Baja; o bien enviando una solicitud al correo electrónico sanluisaguacompras@gmail.com, consignando razón social y N° de CUIT, todos los días hábiles, de 10:00 Hs. a 14:00 Hs. y hasta las 24 horas antes del acto de apertura de sobres, previo pago del sellado del importe determinado para su adquisición, siendo obligatorio constituir un domicilio en la ciudad de San Luis, al cual serán dirigidas las comunicaciones legales, judiciales, extrajudiciales o aclaraciones referentes a los Pliegos adquiridos.
PRESENTACION DE OFERTAS: por sobre anónimo cerrado en el lugar de apertura
Para consultas e informes comunicarse al teléfono 4452000 /
sanluisaguacompras@gmail.com
C: 894 SPP e. 10 y v: 15 Abr.
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LICITACIÓN PÚBLICA N° ٢٨- MHeIP - DCyC-2026
OBJETO DE LA LICITACIÓN: “ADQUISICIÓN DE INSTRUMENTAL HOSPITALARIO REACTIVOS Y CONSUMIBLES CON EQUIPAMIENTO EN COMODATO, CON DESTINO A SERVICIO RED DE LABORATORIOS PROVINCIAL, SOLICITADO POR LA SUBDIRECCION SERVICIOS TERCERIZADOS, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD”
EXPEDIENTE DIGITAL Nº 0000-1080246/26.
DECRETO DE LLAMADO Nº 3047-MdeS-2026
PRESUPUESTO OFICIAL: PESOS DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CON 00/100 ($2.598.744.600,00).
VALOR DEL PLIEGO: será el equivalente al 0,1% del monto total de la oferta, o la de mayor valor, si es que el oferente realiza más de una propuesta.
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección de Compras y Contrataciones, 27 de abril de 2026 a las 11:00 Hs.
VENTA Y ADQUISICIÓN DE PLIEGOS: Los interesados podrán descargar el pliego general único de condiciones, pliego particular de bases y condiciones, circulares, aclaraciones y adendas de corresponder, a través sitio web de la Dirección de Compras y Contrataciones www.sistemacompras.sanluis.gov.ar. Por cualquier duda llamar al Tel. N° ٠٢٦٦-٤٤٥٢٠١٠ int. 3740- 3218.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
C: 918 SPP e: 13 y v: 17 Abr.
COMERCIALES
CASA GRASSI S.A.C.I.
CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORIDINARIA
El Directorio de CASA GRASSI S.A.C.I, con sede social en calle Riobamba N° 87, de Villa Mercedes, San Luis, Depto. Pedernera, ha resuelto CONVOCAR a Asamblea General Ordinaria y extraordinaria, a celebrarse el día 08 de Mayo del 2026 a las 11 hs, en su sede a fin de tratar el siguiente orden del día:
1- Consideración de la Memoria y Balance General del ejercicio económico cerrado el 31 de diciembre del 2025;
2- Proyecto de distribución de utilidades y retribución del Directorio;
3-Renovación de autoridades, fijación del número de directores y su elección.
4-Ampliación del objeto social: modificación del artículo tercero del estatuto social.
5-Prórroga del plazo de duración: modificación del artículo segundo del estatuto social.
6- Designación de dos accionistas para firmar el acta.
Firma: Apoderada Noelia Coniglio
C: 809 $27.500,00 e. 03 y v: 13 Abr.
EDICTO DE FUSION
PONTEMARKE S.A.- LA SUBLIME PORTE S.A.
En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 83, inciso 3º de la Ley 19.550, se hace saber que PONTMARKE S.A y LA SUBLIME PORTES.A., han resuelto fusionarse, disponiendo esta última sociedad su disolución anticipada sin liquidación.
1. Datos de las sociedades:
Sociedad incorporante: PONTMARKE S.A. (CUIT: 30-71792158-1); con domicilio legal en Urquiza 8, piso 1°, oficina 2, Villa Mercedes, San Luis; inscripta al Tomo 97 de Contratos Sociales, Folio 288/299, Número 32 del Registro Público de Comercio de Villa Mercedes, San Luis, con fecha 24/10/2025.
Sociedad incorporada: LA SUBLIME PORTE S.A. (CUIT: 30-71792605-2); con domicilio legal en Urquiza 8, piso 1º, oficina 2, Villa Mercedes, San Luis; inscripta al Tomo 75 de Contratos Sociales, Folio 86/97, Número 09 del Registro Público de Comercio de Villa Mercedes, San Luis, con fecha 12/01/2023.
2. Capital Social: PONTMARKE S.A. aumenta su capital social en la suma de $2.800.000,-; llevándolo de la suma de $1.600.000,- a la suma de $4.400.000,-.
3. Valuación de Activos y Pasivos al 31 de Diciembre de 2025:
PONTMARKE S.A.: Activo: $1.122.803.968. Pasivo: $656.216.043.
LA SUBLIME PORTE S.A.: Activo: $676.736.783. Pasivo: $444.088.031.
4. Compromiso Previo de Fusión: Fue suscripto el 19 de marzo de 2026.
5. Resoluciones Aprobatorias:
PONTMARKE S.A.: reunión de Directorio de 19 de Marzo de 2026 y Asamblea Extraordinaria Unánime de Accionistas de 6 de Abril de 2026.
LA SUBLIME PORTE S.A.: reunión de Directorio de 19 de Marzo de 2026 y Asamblea Extraordinaria Unánime de Accionistas del 6 de Abril de 2026.
6. Oposiciones: podrán formularse en Urquiza 8, piso 1º, oficina 2, Villa Mercedes, Provincia de San Luis, en el horario de 9 a 12 horas y 14 a 17 horas.
C: 856 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr.
MODELO DE EDICTO - V&C SRL
Por instrumento privado de fecha 27 de febrero de 2026, se constituye una sociedad de responsabilidad limitada conforme a las siguientes condiciones:
1. Socios:
VILCHEZ HECTOR DANIEL, DNI N° 16.238.512, CUIT 20-16238512-8, argentino, mecánico y empleado municipal, domiciliado en Paunero 1815, Barrio Familia Obrera Norte, Villa Mercedes, Provincia de San Luis; y CAUSI VERONICA TERESA, DNI N° 24.373.587, CUIT 23-24373587-4, argentina, técnica universitaria en laboratorio químico y análisis biológico, domiciliada en Barrio La Ribera Mz 7164 Casa 3, Villa Mercedes, Provincia de San Luis.
2. Denominación: V&C SRL.
3. Domicilio legal: Ciudad de Villa Mercedes, Provincia de San Luis.
4. Duración: 30 años contados desde la fecha de constitución.
5. Objeto:
La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, comercialización, intermediación y la prestación de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades:
a) Organización e integralidad en la planificación y desarrollo de eventos sociales y empresariales;
b) Alquiler y ambientación de salones propios o de terceros, incluyendo servicios de decoración;
c) Servicios gastronómicos, ya sea servicios de lunch, catering, expendio de bebidas con y sin alcohol;
d) Servicios técnicos y shows: contratación y prestación de servicios de música, DJ, iluminación, sonido y shows artísticos;
e) Comercialización, compra, venta y contratación de insumos necesarios para la realización de los eventos.
La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.
6. Capital social: $1.000.000 representado por 100 cuotas de $10.000 valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota.
Suscripción:
Vilchez Hector Daniel: 30 cuotas.
Causi Verónica Teresa: 70 cuotas.
Integración: 25% en efectivo.
7. Administración: A cargo de uno o más gerentes. Se designan como gerentes:
VILCHEZ HECTOR DANIEL
CAUSI VERONICA TERESA
Quienes actuarán en forma indistinta.
8. Representación legal: A cargo de los gerentes designados.
9. Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año.
10. Sede social: Paunero 1815, Barrio Familia Obrera Norte, Villa Mercedes, Provincia de San Luis.
DRA. MARÍA PAULA SILVESTRE PUENTE
Subdirectora R.P.C.
C: 919 $5.500,00 e: y v: 13 Abr.
El Registro Público de Comercio, ordena la publicación por el término de ley, del Edicto de modificación de estatuto de la sociedad PANTAGRUEL S.R.L, sociedad inscripta en el Registro Público de Comercio, al Tomo 314, Folio 263, Numero 27, el 6/3/2018. Que por Acta de Asamblea Nro 15 de fecha 10 de marzo de 2026 se decidió la modificación de la clausula Quinta y disposiciones transitorias “C” y “A”, del estatuto quedando las mismas redactada de la siguiente forma: “QUINTA: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de 1 (un) socio gerente y durará en el cargo el plazo de existencia de la sociedad. El socio gerente podrá como tal realizar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social dentro de los límites de los artículos 58 y 59 de la Ley 19.550”. DISPOSICION TRANSITORIA “C”: En este acto queda designado como único socio gerente el Sr. Alexis Alberto Ingaramo, DNI 32.222.676”. DISPOSICION TRANSITORIA “A”: La Sociedad tendrá su domicilio y sede social en calle Los Pinos Nro 48, Juana Koslay, Provincia de San Luis”.
DRA. ANDREA V. BELZUNCE
Subdirectora R.P.C.
C: 920 $5.500,00 e: y v: 13 Abr.
JUDICIALES
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: OVIEDO OSVALDO RUBEN S/ SUCESION AB INTESTATO – EXP 425738/24 Cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores de Don OVIEDO OSVALDO RUBEN DNI N° 11.914.603, bajo apercibimiento de ley.-
Prosecretaría: 29 de octubre de 2025.-
C: 843 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Juez, Secretaría del/la Autorizante, en autos EXP 443565/25 RODRIGUEZ LUCIA BEATRIZ S/SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza a herederos y acreedores de la causante RODRIGUEZ LUCIA BEATRIZ DNI 18.061.677 quien falleció el 05/09/2021 para que dentro de TREINTA DÍAS lo acrediten bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 25 de MARZO de 2026
C: 844 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y AMBIENTAL N° 3 DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, a cargo de la Dra. VALERIA CELESTE BENAVIDEZ, JUEZ, del Juzgado Civil Comercial y Ambiental, secretaría autorizante Dra. Natalia Gómez en los autos caratulados: “SOSA MARIO FRANCISCO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. 416805/24, cita y emplaza por el término de treinta días a herederos y acreedores del Sr. SOSA MARIO FRANCISCO, D.N.I. 6.819.609, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 21/8/25
C: 846 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Minas N° ١ de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaría a cargo del/la Autorizante, en autos: “ZEBALLOS BEATRIZ DEL CARMEN – SUCESIÓN AB INTESTATO” – EXP Nº 439361/25, CITA Y EMPLAZA POR TREINTA (30) DÍAS a herederos, acreedores y quienes se consideren con derecho a los bienes del causante, DOÑA BEATRIZ DEL CARMEN ZEBALLOS, DNI N° 14.144.665, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 25 de MARZO de 2.026.-
C: 861 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro 2 de la III Circunscripción Judicial, con asiento en Autopista de los Comechingones, Km 921,5 de Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio, Secretaria a cargo del Autorizante, en autos caratulados: “GARCIA ARANGUEZ LUCAS DAMIAN S/SUCESIÓN AB INTESTATO EXP 441196/25 “, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante DON LUCAS DAMIAN GARCIA ARANGUEZ, DNI 31.750.075, para que dentro del plazo de treinta días lo acrediten, bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa del Conlara, 25 de marzo de 2026.-
C: 862 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 de la ciudad de San Luis a cargo de S.S. Dra. Gabriela Natalia Ramosca – Jueza Subrogante, Prosecretaría de la autorizante, en autos “HERRERA SANCHEZ NORMA S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA”, EXP 418759/24 cita y emplaza por TREINTA (30) DÍAS a todos quienes se consideren con derecho a los bienes del causante, NORMA HERRERA SANCHEZ, (D.N.I. Nº 10.945.887), a sucesores universales y particulares del mismo, para que comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 27 de Marzo de 2026.
C: 863 $16.500,00 e: 08 y v: 13 Abr.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental Nº 2 de la ciudad de San Luís a cargo de la Dra. Geraldina Inés Ibáñez - Jueza, Prosecretaría de la autorizante, en autos “LORENZEN CRISTINA ROSARIO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 444615/25 CITA Y EMPLAZA POR TREINTA (30) DÍAS a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante CRISTINA ROSARIO LORENZEN, (D.N.I. Nº 5.299.365).-
San Luis, 31 de Marzo de 2026.
C: 873 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
El Juzgado CIVIL COMERCIAL Y AMBIENTAL Nº 1 de la Ciudad de San Luis a cargo del Dr. FERNANDO ALBERTO SPAGNUOLO, en los autos caratulados: “PASCUCCI OSMAR RAUL S / SUCESION AB INTESTATO” Expte. 445563/26, cita y emplaza por TREINTA DIAS a los herederos y/o acreedores y/o quienes se consideren con derecho a la herencia del Sr. PASCUCCI OSMAR RAUL DNI Nº 4.966.166, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 01 de Abril de 2026.-
C: 874 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, Juez, Prosecretaría a cargo del autorizante, en los autos caratulados “EXP 438955/25 | SIRABO ALBERTO VICENTE, MONASTEROLO NELIDA ROSA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” - cita y emplaza, por el término de treinta días, a sucesores universales, particulares y acreedores de los causantes ALBERTO VICENTE SIRABO, D.N.I Nº 3.222.658 y, NELIDA ROSA MONASTEROLO, D.N.I Nº 8.217.265 - bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis, 31 de MARZO de 2026
C: 875 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza Subrogante, Secretaria a cargo del Autorizante, en autos caratulados “DIAZ ALVARO Y BAIGORRIA CIRIACA JUSTA S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXPTE 441169/25 cita y emplaza por el término de (30) días a herederos, acreedores y/o cualquiera que se considerare con derecho a los bienes dejados por los causantes SRES. DIAZ ALVARO, LIBRETA DE ENROLAMIENTO MATRICULA Nº 2.261.668; Y DE BAIGORRIA CIRIACA JUSTA, DNI Nº0790445, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 19 de marzo de 2026.-
C: 876 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la III Circunscripción Judicial, sito en Concarán, San Luis, a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Juez Civil, Secretaría a cargo de la Dra. Cintia G. López Zabala, en los autos caratulados: “GAUNA VICTOR HUGO C/GAUNA PABLO SERAPIO Y OTROS S/PRESCRIPCION ADQUISITIVA ORALIDAD” (EXP 403520/23), cita y emplaza por 30 días, bajo apercibimiento de ley, a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado sobre Ex Ruta Nº40 de la localidad de Paso Grande, San Luis, e identificado como Parcela 3 del Plano de Mensura Nº 5-34-22 que afecta parcialmente al Padrón Nº 437, registrado en Receptoría Conlara, Inscripción de dominio Tº26 de San Martín, Fº133-Nº3026 (A); al Padrón Nº 803, registrado en Receptoría Conlara, inscripción de dominio Tº26 de San Martín-Fº145-Nº3029(B); Padrón Nº808, registrado en Receptoría Conlara, inscripción de dominio Tº13 de San Martín, Fº141-Nº1785 Ins.2º (C) y Padrón Nº 807, registrado en Receptoría Conlara, inscripción de dominio Tº13 de San Martín, Fº 141-Nº1785 Ins.2º (D). Superficie total: 193 ha 2.181,93 m2.
Concarán, San Luis, 06 de Marzo de 2026.-
C: 877 $11.000,00 e: 10 y v: 13 Abr.
EDICTO DE MENSURA
MAURICIO TADEO AGUIL en mi carácter de Agrimensor inscripto a la matrícula nº 290 del (CASL) notifico que el día 30 de abril del año 2026, a las 9.00 Hs procederé a mensurar un inmueble que tiene como objeto tramitar el título por prescripción adquisitiva, ordenado por Marcela Gladys Morales Mamani, DNI 22.456.522. El fundo es identificado con nomenclatura tributaria 26-200.052 nomenclatura catastral Sección 01 Manzana 05 Parcela 017, y se encuentra ubicado en ubicado en 25 de Mayo s/n (entre Belgrano y Sarmiento) Localidad Villa de la Quebrada - Departamento Belgrano - Registrado en la Dirección Provincial de Catastro y Tierras Fiscales y Registro de Propiedad Inmueble, a nombre de Alcaraz de Funes, Julia sin inscripción dominial, lugar de encuentro en el inmueble.- Citase especialmente al colindante Oeste, con Armando Nicolás Ojeda y Mary Alba Lucero, nomenclatura tributaria 00-08-25-01-000005-0000018; Norte con Armando Nicolás Ojeda Mary Alba Lucero nomenclatura tributaria 00-08-25-01-000005-0000018, Este, con calle 25 de Mayo, y al Sur con Julia Alcaraz de Fúnes 00-08-25-01-000005-0000017 Sur, nombre Julia Alcaraz de Fúnes. Consultas en el domicilio Mitre Sur Nro. 68 teléfono 2664-665949 –
San Luis, 6 de Abril 2025.-
MAURICIO T. AGUIL
Agrimensor
C: 879 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
EDICTO DE CONVOCATORIA A CONCURSO
Se comunica que en autos ADM Nº 19600/26 que tramitan ante el Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia suplente del Dr. Víctor Manuel Endeiza, Secretaría de la Dra. Paola Susana Giannini, se ha dictado la siguiente resolución: “San Luis, seis de abril de 2026. Atento al resultado del concurso tramitado en ADM 19083/25, lo previsto en los arts. 199 y 200 de la Constitución Provincial y lo reglado en la Ley VI-0615-2008, CONVÓQUESE al concurso de antecedentes y oposición, para cubrir: “UN (1) CARGO DE JUEZ DEL COLEGIO DE JUECES EN LO PENAL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, fijando el periodo de inscripción desde el 27/04/2026 al 04/05/2026, inclusive.
Hágase saber a los postulantes que deberán observar el procedimiento de inscripción on line, adoptado en fecha 20/02/2018 por Acta Nº 08 del Consejo de la Magistratura, conforme se indica en el sitio web consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar presentando por dicho medio, firmada digitalmente, la documental que prescriben los Arts. 3 y 4 incs. d), e) y f) de la Ley Nº VI-0615-2008 -de originales o copias debidamente certificadas por Escribano, Secretario encargado de certificaciones en el ámbito del Poder Judicial, Juez de Paz Lego o Policía de la Provincia- y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios exigidos para el cargo, los que se encuentran detallados en la sección “requisitos” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
No es procedente el plazo de gracia para las presentaciones que se realicen en los Concursos que tramitan en el Consejo de la Magistratura conforme Acta Nº 08 de fecha 20/02/2018.
Se recuerda que en caso de necesitar asistencia para la inscripción on line, el postulante deberá concurrir a la terminal de consulta de Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sito en calle 9 de Julio Nº 934 de la ciudad de San Luis, planta alta, los días hábiles de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hs.
Asimismo, deberán presentar hasta dentro de los 5 días hábiles de finalizado el período de inscripción en Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, a los fines de su reserva en Secretaría, una carpeta con el comprobante de la inscripción on line y el soporte papel de la documentación de la misma, en original o copia certificada, debidamente foliada. Se admitirá, a esos efectos, la remisión que los postulantes efectúen a carpetas presentadas en otro concurso del Consejo de la Magistratura, en tanto refieran a concursos en trámite, estando a cargo de los postulantes completar y/o actualizar la carpeta papel para observar la correspondencia con la documentación incorporada en las respectivas inscripciones on line.
Los postulantes deberán someterse a las Audiencias Públicas de evaluación técnica y conocimiento personal y verbal que establecen los Arts. 7, 8 y 9 de la Ley Nº VI-0615-2008, siendo de aplicación lo dispuesto en la Resolución Nº 01-CM-2023 publicada en la sección “Resoluciones” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
El temario marco de contenidos mínimos, para tales evaluaciones de idoneidad técnica, se encuentra publicado en el mencionado sitio web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis.
El examen escrito se realizará el día 18/06/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30) y las audiencias de conocimiento personal y examen verbal, el día 19/06/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30). Los mismos se llevarán a cabo en el Palacio de Justicia, sito en calle 9 de Julio Nº 934, de la Ciudad de San Luis.
A efectos de la publicidad y transparencia de los actos, la Audiencia de conocimiento personal y examen verbal del día 19/06/2026 será transmitida vía streaming por el canal oficial del Poder Judicial en la Plataforma de Youtube, los interesados en acceder a la transmisión de dicha Audiencia deberán comunicar su cuenta de Google al correo institucional del Consejo magistratura@justiciasanluis.gov.ar, hasta dos días antes de la celebración de los exámenes verbales.
PÚBLIQUESE en la página web del Consejo de la Magistratura y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia y en el diario de mayor circulación Provincial los días 08/04/2026, 10/04/2026 y 13/04/2026.
Notifíquese a los Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia y de Magistrados y Funcionarios de la Provincia, mediante comunicación electrónica, y a la lista de distribución de correos electrónicos de dominio @giajsanluis.gov.ar de abogados. La presente actuación se encuentra firmada digitalmente por el Dr. Víctor Manuel Endeiza, Presidente Suplente del Consejo de la Magistratura, no siendo necesaria la firma ológrafa (Art. 104 inc. a apdo. 4 Ley Nº IV-0086-2021), pudiendo ser validada en el sitio web de Firma Digital de la Provincia de San Luis www.firmadigital.sanluis.gov.ar”.
C: 884 SPP e: 10 y v: 15 Abr.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS.
EDICTO DE CONVOCATORIA A CONCURSO
Se comunica que en autos ADM Nº 19600/26 que tramitan ante el Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis, Presidencia suplente del Dr. Víctor Manuel Endeiza, Secretaría de la Dra. Paola Susana Giannini, se ha dictado la siguiente resolución: “San Luis, seis de abril de 2026.- Atento al resultado del concurso tramitado en ADM 18906/25, lo previsto en los arts. 199 y 200 de la Constitución Provincial y lo reglado en la Ley VI-0615-2008, CONVÓQUESE al concurso de antecedentes y oposición, para cubrir: “UN (1) CARGO DE JUEZ DEL COLEGIO DE JUECES EN LO PENAL DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, fijando el periodo de inscripción desde el 27/04/2026 al 04/05/2026, inclusive.
Hágase saber a los postulantes que deberán observar el procedimiento de inscripción on line, adoptado en fecha 20/02/2018 por Acta Nº 08 del Consejo de la Magistratura, conforme se indica en el sitio web consejodelamagistratura.justiciasanluis.gov.ar presentando por dicho medio, firmada digitalmente, la documental que prescriben los Arts. 3 y 4 incs. d), e) y f) de la Ley NºVI-0615-2008 -de originales o copias debidamente certificadas por Escribano, Secretario encargado de certificaciones en el ámbito del Poder Judicial, Juez de Paz Lego o Policía de la Provincia- y demás documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos constitucionales, legales y reglamentarios exigidos para el cargo, los que se encuentran detallados en la sección “requisitos” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
No es procedente el plazo de gracia para las presentaciones que se realicen en los Concursos que tramitan en el Consejo de la Magistratura conforme Acta Nº 08 de fecha 20/02/2018.
Se recuerda que en caso de necesitar asistencia para la inscripción on line, el postulante deberá concurrir a la terminal de consulta de Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, sito en calle 9 de Julio Nº 934 de la ciudad de San Luis, planta alta, los días hábiles de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hs.
Asimismo, deberán presentar hasta dentro de los 5 días hábiles de finalizado el período de inscripción en Mesa de Entradas del Consejo de la Magistratura, a los fines de su reserva en Secretaría, una carpeta con el comprobante de la inscripción on line y el soporte papel de la documentación de la misma, en original o copia certificada, debidamente foliada. Se admitirá, a esos efectos, la remisión que los postulantes efectúen a carpetas presentadas en otro concurso del Consejo de la Magistratura, en tanto refieran a concursos en trámite, estando a cargo de los postulantes completar y/o actualizar la carpeta papel para observar la correspondencia con la documentación incorporada en las respectivas inscripciones on line.
Los postulantes deberán someterse a las Audiencias Públicas de evaluación técnica y conocimiento personal y verbal que establecen los Arts. 7, 8 y 9 de la Ley Nº VI-0615-2008, siendo de aplicación lo dispuesto en la Resolución Nº 01- CM-2023 publicada en la sección “Resoluciones” del sitio web del Consejo de la Magistratura.
El temario marco de contenidos mínimos, para tales evaluaciones de idoneidad técnica, se encuentra publicado en el mencionado sitio web del Consejo de la Magistratura de la Provincia de San Luis.
El examen escrito se realizará el día 18/06/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30) y las audiencias de conocimiento personal y examen verbal, el día 19/06/2026 a partir de las ocho treinta horas (08:30). Los mismos se llevarán a cabo en el Palacio de Justicia, sito en calle 9 de Julio Nº 934, de la Ciudad de San Luis.
A efectos de la publicidad y transparencia de los actos, la Audiencia de conocimiento personal y examen verbal del día 19/06/2026 será transmitida vía streaming por el canal oficial del Poder Judicial en la Plataforma de Youtube, los interesados en acceder a la transmisión de dicha Audiencia deberán comunicar su cuenta de Google al correo institucional del Consejo magistratura@justiciasanluis.gov.ar, hasta dos días antes de la celebración de los exámenes verbales.
PÚBLIQUESE en la página web del Consejo de la Magistratura y en el Boletín Oficial y Judicial de la Provincia y en el diario de mayor circulación Provincial los días 08/04/2026, 10/04/2026 y 13/04/2026. Notifíquese a los Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia y de Magistrados y Funcionarios de la Provincia, mediante comunicación electrónica, y a la lista de distribución de correos electrónicos de dominio @giajsanluis.gov.ar de abogados. La presente actuación se encuentra firmada digitalmente por el Dr. Víctor Manuel Endeiza, Presidente Suplente del Consejo de la Magistratura, no siendo necesaria la firma ológrafa (Art. 104 inc. a apdo. 4 Ley Nº IV-0086-2021), pudiendo ser validada en el sitio web de Firma Digital de la Provincia de San Luis www.firmadigital.sanluis.gov.ar”
C: 885 SPP e: 10 y v: 15 Abr.
El Juzgado Electoral Provincial a cargo del Dr. Fernando Spagnuolo, Secretaría Electoral Provincial a cargo de la Dra. Ana M. Giménez Lanza comunica el nombre adoptado por el Partido Provincial “PARTIDO NUEVA GENERACION” (EX “PARTIDO UNION VECINAL PROVINCIAL - RECONOCIMIENTO DEFINITIVO-II CUERPO”) el que fuera constituido en fecha 15.07.2014 y solicitado su reconocimiento en fecha 30.7.2014; a fin de la oposición al nombre que pudiere formularse (Art.16 incs.1, 2, y 3 Ley Nº XI- 0346-2004).
ART.63 INC. A) DE LA LEY XI-0346- 2004-5542” R”: “Las actuaciones tramitarán por escrito, a máquina en el mismo tipo de papel exigido por la Justicia Ordinaria y estarán exentos de la tasa judicial y Acto de Procedimiento, las publicaciones contempladas en esta Ley se harán en el Boletín Judicial y Oficial sin cargo, a cuyo efecto deberán contener la autorización de la autoridad de aplicación.”
San Luis, 27 de Marzo del 2026
C: 886 SPP e: 10 y v: 15 Abr.
El Juzgado Electoral Provincial a cargo del Dr. Fernando Spagnuolo, Secretaría Electoral Provincial a cargo de la Dra. Ana M. Giménez Lanza comunica el nombre adoptado por el partido en formación “LIBERATE SAN LUIS” obrante en autos ELE 2412/26 el que fuera constituido en fecha 2/2/2026 y solicitado su reconocimiento en fecha 10/2/2026; a fin de la oposición al nombre que pudiere formularse (Art.16 incs.1, 2, y 3 Ley Nº XI-0346-2004).
ART.63 INC. A) DE LA LEY XI-0346- 2004-5542” R”: “Las actuaciones tramitarán por escrito, a máquina en el mismo tipo de papel exigido por la Justicia Ordinaria y estarán exentos de la tasa judicial y Acto de Procedimiento, las publicaciones contempladas en esta Ley se harán en el Boletín Judicial y Oficial sin cargo, a cuyo efecto deberán contener la autorización de la autoridad de aplicación.”
San Luis, 27 de Marzo del 2026
C: 887 SPP e: 10 y v: 15 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial, Laboral y Ambiental N°2, sito en Santa Rosa del Conlara, San Luis, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez provisorio de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro 2, de la Tercera Circunscripción Judicial de San Luis, Secretaría del autorizante, en autos: “AGUILERA ERNESTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 433225/25 , cita y emplaza por 30 días a herederos y acreedores de AGUILERA ERNESTO, DNI N° 6804499, bajo apercibimiento de ley.-
Santa Rosa del Conlara (San Luis) 19 de diciembre del 2025.
C: 901 $16.500,00 e: y 10 y v: 15 Abr.
EL JUZGADO CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL N° 3 de la Segunda Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de V. Mercedes; a cargo de la Dra. CINTHYA ALCARAZ DIAZ, Juez, secretaria a cargo del autorizante, en autos caratulados: EXP 428842/25 “FERNANDEZ JULIO MANUEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el SR. JULIO MANUEL FERNANDEZ, DNI N°17.936.434.-
Villa Mercedes, San Luis, 30 de Marzo de 2026.-
C: 902 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernández Paz - juez, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados: “OJEDA CARLOS ENRIQUE S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” “EXPTE. Nº 440706/25, CITA Y EMPLAZA por el termino de (30) TREINTA DIAS a herederos y acreedores y/o a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el/ la causante SR./A. CARLOS ENRIQUE OJEDA DNI. 6.811.957, bajo apercibimiento de ley .-
San Luis, 01 de Abril de 2026.-
C: 903 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental Nº 2 de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo de la Dra. Geraldina, Inés Ibañez, Jueza, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados EXP 438574/25 “PALACIO LUIS LORENZO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el termino de 30 días a herederos y acreedores del causante PALACIO LUIS LORENZO (D.N.I. N° 10.042.878), bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 04 de Marzo del año 2026.-
C: 904 $11.000,00 e: 10 y v: 13 Abr
El Sr. Juez del Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Ciudad de San Luis, Dr. Fernando Alberto Spagnuolo, Secretaria a cargo de la autorizante en autos caratulados: EXP 437142/25 “ERLICHER ADOLFO JUAN C/ MORETTI AUSBERTO NESTOR, RODRIGUEZ ALFONSO JOSE MARTIN S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” CITA Y EMPLAZA EN EL PLAZO DE QUINCE DIAS, a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en el lugar denominado “Balde último” Localidad de Candelaria, departamento Ayacucho, provincia de San Luis, Parcela 15 del plano 7/187/2023 realizado por el Agrimensor Sebastián Mesa Surroca; el dominio del inmueble que se pretende usucapir se encuentra anotado en el Registro de la Propiedad al Tomo 13 Departamento Ayacucho Ley 3236 Folio 377 Numero 11042, y está constituido por: 1° Padrón N° 20-1403 de Receptoría Candelaria; con una superficie de 354 Ha 3,389 m2 0 dm2. 2° Padron N° ٢٠-١٤٠٤, con una superficie de ١,٨٤٩ Ha 7,990 m2 47 dm2. 3° Padron 20-1405, con una superficie de 125 Ha 795 m2 53 dm2. SUPERFICIE TOTAL de 2.306 ha 3962.43 m², bajo apercibimiento de designar al SR. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente, en caso de incomparecencia (art 343, 2° y 3° párrafo del C.P.C).-
San Luis, 04 de marzo de 2026.-
C: 905 $11.000,00 e: 10 y v: 13 Abr
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza Titular, Prosecretaria de la Autorizante, en autos: “JAKUBOSKY, MARGARITA OLGA - Sucesión Ab Intestato” Expte. N° ٤٤٣٩٢٧/٢٥, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Doña MARGARITA OLGA JAKUBOSKY, D.N.I. N° 3.291.660 bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 12 de MARZO de 2026
C: 906 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr.
Se cita y emplaza a propietarios afectados, colindantes y terceros interesados al inicio del Acto de Mensura el día 28 de abril de 2026 a las 11 hs. de un inmueble inscripto bajo Nom. Trib. 07-620000, ubicado en Ruta Nacional 7, kilómetro 730, localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, provincia de San Luis, en conformidad al Art. 16 inc. 3 del Decreto Nº 13984-MHIP-2025. La operación es ordenada por el Gil Juan Alberto, D.N.I N° 5.266.858. y se iniciará en el vértice Noroeste a cargo del Profesional Agrimensor Mauricio Aguil, Mat. Prof. 290 CASL. El colindante con orientación Norte es Ruta N° 7, el colindante con orientación Oeste es calle Rodriguez; el colindante con orientación Este es calle Civalero; y el colindante con orientación Sur es calle S/N.
SAN LUIS, …… de Marzo de 2026.
C: 908 $11.000,00 e: 10 y v: 13 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA - Juez Subrogante, Prosecretaría de la Autorizante, en los autos caratulados “ABARCA BLANCA NIEVES S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXPTE. Nº 427296/25, CITA Y EMPLAZA por el termino de (30) TREINTA DIAS a herederos y acreedores y/o se consideren con derecho a los bienes dejados por el/ la causante SR./A. ABARCA BLANCA NIEVES, DNI N° 6.374.876, bajo apercibimiento de ley .-
San Luis, 19 de Febrero de 2026.-
C: 909 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial, y Ambiental N°5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Liliana Fernandez Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “LUNA PEDRO ANTONIO (DIGITALIZADO)”, EXPTE. 43573/3, CITA Y EMPLAZA por TREINTA (30) DÍAS, a herederos, acreedores del causante SR. LUNA PEDRO ANTONIO, L.E 06.780.611, bajo apercibimiento de Ley.-
San Luis 01 de ABRIL de 2026.-
C: 911 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nro 2, de la Tercera Circunscripción Judicial de la provincia de San Luis, con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. Javier Alejandro Corigliano, Juez Provisorio; Secretaría del Autorizante, en autos caratulados: EXP 440282/25 “OVIEDO ANA MARIA, PEREIRA CESAR ANIBAL S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, CITA Y EMPLAZA por treinta (30) días a herederos y acreedores de los causantes OVIEDO ANA MARÍA, L.C. Nº 3.248.361 y PEREIRA CÉSAR ANÍBAL, DNI 6.787.772, Publíquese por TRES (3) días en el Boletín Oficial.
Santa Rosa del Conlara, 26 de marzo de 2026.-
C: 912 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la tercera Circunscripción Judicial con asiento en la localidad de Santa Rosa del Conlara, a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Juez de Primera Instancia, Secretaría del autorizante en autos caratulados: “DOMINGUEZ PABLO EBERTO S/ SUCESION AB INTESTATO” EXP 418292/24 cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de los extintos de PABLO EBERTO DOMINGUEZ, DNI.6797922.
Santa Rosa del Conlara, 1 de octubre de 2025.-
C: 913 $16.500,00 e: 10 y v: 15 Abr.
EDICTO Nº 291 - AGUA SUBTERRANEA-SLA-2026
PREFACTIBILIDAD
El GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS CUIT Nº 30-67337754-4, titular del padrón inmobiliario 01-752537, perteneciente al Establecimiento 295 PARCELAS., ubicado aproximadamente a 1km al suroeste de la intersección entre ruta nacional Nº7 y ruta provincial Nº 55, en la localidad Villa Mercedes, departamento General Pedernera, provincia de San Luis. Se corresponde a la Cuenca Hidrogeológica Rio Quinto, solicita permiso para la ejecución de una (1) perforación con destino de uso POBLACIONAL, ubicada en las siguientes coordenadas (POSGAR 94 - FAJA 3):
• P295VM: N: 6276989.89 E: 3548852.93
Quienes se consideren afectados, deberán presentarse dentro de los CINCO (5) días hábiles ante ENTE SAN LUIS AGUA, sito en Casa de Gobierno de la Provincia de San Luis, Edificio Oeste, Bloque I, P/B, Ciudad de San Luis.
C: 921 SPP e: 13 y v: 15 Abr
El JUZGADO DE FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y VIOLENCIA Nº 2 de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de la Dra. MARIA AGUSTINA MOINTIVEROS GARRO, Secretaria de la DRA. MARIA DE LAS MERCEDES LUCERO, en autos EXP 435916/25 “BRISA DEOLINDA NAVARRO RIVERO S/ SUPRESION DE APELLIDO PATERNO” PUBLICA el pedido de supresión de apellido de la adolescente BRISA DEOLINDA NAVARRO RIVERO, DNI Nº 50.117.958, conforme lo dispuesto Art. 70 del C.C.y C., y arts. 145, 146, 147 y 343 del C.P.C.C.. -FDO. DRA. MARIA AGUSTINA MONTIVEROS GARRO, JUEZ.-
Secretaría: 25 de FEBRERO de 2026
ANA R. DEMARCHI
Prosecretaria
C: 922 $5.500,00 e: y v: 13 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavídez, Juez, Prosecretaria autorizante, en los autos caratulados: “MOLINA BLANCA ROSA C/ GEORGEVICH ESTEBAN S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA” EXP 427030/24, CITA Y EMPLAZA por el término de QUINCE (15) DIAS a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble ubicado en calle Córdoba Nº 53, punto cardinal Este, Dpto. Juan Martin de Pueyrredón, Partido: Capital, Provincia de San Luis, el cual se individualiza como PARCELA 107 del plano de mensura Nº 1/440/23 confeccionado por el Agrimensor Carlos Gustavo Braeckman, el que tiene una SUPERFICIE TOTAL de DOSCIENTOS TREINTA Y DOS METROS CUADRADOS (232,00 m2), cuyos linderos son: al SUR: calle Córdoba, al NORTE: Parc. 62 Francisco Guillermo Zuñiga Pd.44189- Rec. Capital Parc. 179- Pl 9532; ESTE: Francisco Guillermo Zuñiga pd. 44189- Rec. Capital Parc. 179- Pl 9532 y OESTE: Elva Roquelina Torres Pd. 44189- Rec. Capital Parc. 99- Pl 1/256/19 conforme plano citado. El inmueble está inscripto en Registro de Propiedad Inmueble al Tomo 47 Ley 3236 de Capital, Folio 148, Nº 17176, Padrón 41111. Rec. Capital; bajo apercibimiento de que en caso de incomparecencia de los citados se designara al Sr. DEFENSOR DE AUSENTES para que los represente (art 343, 2º párrafo del CPC).-
SAN LUIS, 25 DE MARZO DE 2026.-
C: 923 $11.000,00 e: 13 y v: 15 Abr.
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable convoca a Consulta Pública a los sectores involucrados para que, en un plazo de DIEZ (10) días corridos, realicen las consultas pertinentes a la Auditoría Ambiental presentado por el Sr. Representante legal ing Maidana Raul Ángel, cuyo Consultor Ambiental asesor es el Lic. Milano José Luis, Matrícula RUCEIA Nº 48, para el proyecto “ACINDAR INDUSTRIA ARGENTINA S.A. MALLAS Y CLAVOS “, ubicado en la ciudad de Villa Mercedes parque industrial ruta 148 km756, Provincia de San Luis, Argentina (Ref. EXD. Nº 0000-2030121/20), en el marco de la Ley General del Ambiente Nº25.675 y la Ley Provincial NºIX-0876-2013 “Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. El expediente se encuentra a disposición de 8 hs. a 13 hs. en las oficinas de la Dirección Gestión Ambiental y Vinculación, Terrazas del Portezuelo, Edificio Oeste Bloque 2° Piso 2°, Autopista de las Serranías Puntanas Km 783, San Luis.
Consultas vía mail a areaimpactoambiental@sanluis.gov.ar.
JOSÉ LUIS MILANO
Consultor Ambiental
C: 924 $11.000,00 e: 13 y v: 15 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la ciudad de San Luis, a cargo de la Juez titular, Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados “ESCUDERO MARIA CRISTINA S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” Expte. N° 443963/25 cita y emplaza por el término de treinta (30) días para que se presenten ante este Juzgado, a herederos y acreedores de la causante, Sra. MARIA CRISTINA ESCUDERO, DNI Nº 949.157, bajo apercibimiento de Ley.
San Luis, 9 de ABRIL de 2026
C: 925 $16.500,00 e: 13 y v: 17 Abr.
JUZGADO DE FAMILIA, NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y VIOLENCIA Nº4 de la Primera Circunscripción de la Provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Alejandra Ponce Navelino, secretaría de la autorizante, en autos caratulados: EXP: 436509/25 “FLORIANI MAXIMILIANO NATANEL S/ ADICIÓN/ CAMBIO/ SUPRESIÓN”. Publíquese edictos en el Boletín Oficial por una vez mes en el lapso de 2 (DOS) meses, haciéndose constar que se ha promovido la presente acción de supresión de apellido, debiendo quien se oponga a la misma formular oposición dentro de los 15 (quince) días hábiles computados desde la última publicación.
San Luis, 20 de FEBRERO de 2026
C: 926 $5.500,00 e: y v: 13 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3 de la Ciudad de Villa Mercedes, (San Luis), a cargo de la Dra. Cynthia Alcaraz Diaz (Juez), Secretaria de la Autorizante, en los autos: OJEDA CLAUDIO JORGE S/ SUCESION AB INTESTATO - EXP 427740/25 Cita y emplaza por el termino de treinta días a herederos y acreedores de Sr. OJEDA CLAUDIO JORGE DNI N° 24.763.379, bajo apercibimiento de ley.-
Prosecretaria: 26 de Marzo de 2026.-
CECILIA INÉS BERITOGNOLO
Prosecretaria
C: 927 $5.500,00 e: y v: 13 Abr.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 4 a cargo de la Dra. GABRIELA NATALIA RAMOSCA, en los autos caratulados: “PEROSSA GRACIELA LILIANA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP. N°427195/24, cita y emplaza por treinta días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante SRA. PEROSSA GRACIELA LILIANA, DNI N° 17.126.143, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 26 de MARZO de 2026
C: 928 $16.500,00 e: 13 y v: 17 Abr


