ADMINISTRATIVAS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DECRETO Nº 856-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DI LORENZO, TICIANA MAGALÍ, D.N.I. Nº 48.661.452, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DI LORENZO, TICIANA MAGALÍ, D.N.I. Nº 48.661.452.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 857-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DI GENNARO, GUILLERMINA, D.N.I. Nº 48.527.536, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DI GENNARO, GUILLERMINA, D.N.I. Nº 48.527.536.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 858-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DEVIA OSSOLA, ZOE, D.N.I. Nº 48.150.446, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DEVIA OSSOLA, ZOE, D.N.I. Nº 48.150.446.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 859-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DETOMASI, MORENA, D.N.I. Nº 48.099.021, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DETOMASI, MORENA, D.N.I. Nº 48.099.021.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 860-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DEL CASTILLO WOLOSIEWICZ, MARTINA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.459.546, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DEL CASTILLO WOLOSIEWICZ, MARTINA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.459.546.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 861-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DEGAN, TAMARA ROCIO, D.N.I. Nº 48.410.101, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DEGAN, TAMARA ROCIO, D.N.I. Nº 48.410.101.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 862-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DE PIERO, CANDELA SOL, D.N.I. Nº 47.489.650, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DE PIERO, CANDELA SOL, D.N.I. Nº 47.489.650.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 863-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DE COSTANZO, MATIAS NICOLÁS, D.N.I. Nº 45.302.434, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DE COSTANZO, MATIAS NICOLÁS, D.N.I. Nº 45.302.434.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 864-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CUQUEJO, ALISON IRINA, D.N.I. Nº 47.964.687, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CUQUEJO, ALISON IRINA, D.N.I. Nº 47.964.687.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 865-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130651/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CRUZ, MELANY AILIN, D.N.I. Nº 48.506.392, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CRUZ, MELANY AILIN, D.N.I. Nº 48.506.392.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 866-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARAYA, MAITÉ AGOSTINA, D.N.I. Nº 48.018.411, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARAYA, MAITÉ AGOSTINA, D.N.I. Nº 48.018.411.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 867-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que APODACA NUÑEZ, THIAGO LUCAS, D.N.I. Nº 48.353.652, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a APODACA NUÑEZ, THIAGO LUCAS, D.N.I. Nº 48.353.652.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 868-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ANGELINI MAGNAGO, PALOMA, D.N.I. Nº 47.901.543, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ANGELINI MAGNAGO, PALOMA, D.N.I. Nº 47.901.543.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 869-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ANDRADA, MARTINA, D.N.I. Nº 48.269.461, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ANDRADA, MARTINA, D.N.I. Nº 48.269.461.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 870-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ANDRADA GOMEZ, JENIFER NOELY, D.N.I. Nº 48.150.929, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ANDRADA GOMEZ, JENIFER NOELY, D.N.I. Nº 48.150.929.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 871-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ANDINO, MAYRA RAMONA, D.N.I. Nº 45.802.054, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ANDINO, MAYRA RAMONA, D.N.I. Nº 45.802.054.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 872-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ANDINO, LUANA AYLEN, D.N.I. Nº 48.270.003, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ANDINO, LUANA AYLEN, D.N.I. Nº 48.270.003.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 873-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que AMAYA, SANTIAGO TOMAS, D.N.I. Nº 39.960.291, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AMAYA, SANTIAGO TOMAS, D.N.I. Nº 39.960.291.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 874-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que AMAYA, GRISELDA PILAR, D.N.I. Nº 47.903.063, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AMAYA, GRISELDA PILAR, D.N.I. Nº 47.903.063.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 875-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130634/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que AMABILE, ALDANA MICAELA, D.N.I. Nº 42.407.617, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a AMABILE, ALDANA MICAELA, D.N.I. Nº 42.407.617.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 876-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que FARES, NUR MOHAMEDI JAMIL, D.N.I. Nº 47.626.882, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a FARES, NUR MOHAMEDI JAMIL, D.N.I. Nº 47.626.882.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 877-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESPINOSA, VALENTINA AYELÉN, D.N.I. Nº 48.527.046, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESPINOSA, VALENTINA AYELÉN, D.N.I. Nº 48.527.046.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 878-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESPINOSA OCHOA, MARTINA BEATRIZ, D.N.I. Nº 48.353.066, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESPINOSA OCHOA, MARTINA BEATRIZ, D.N.I. Nº 48.353.066.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 879-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCUDERO, NADIA BELEN, D.N.I. Nº 48.352.663, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCUDERO, NADIA BELEN, D.N.I. Nº 48.352.663.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 880-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCUDERO, LUCAS MATEO, D.N.I. Nº 48.527.293, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCUDERO, LUCAS MATEO, D.N.I. Nº 48.527.293.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 881-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCUDERO, CARMEN DEOLINDA ANTONIA, D.N.I. Nº 30.687.694, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCUDERO, CARMEN DEOLINDA ANTONIA, D.N.I. Nº 30.687.694.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 882-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCUDERO, ALEJANDRO JAVIER, D.N.I. Nº 47.903.094, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCUDERO, ALEJANDRO JAVIER, D.N.I. Nº 47.903.094.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 883-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCUDERO, AGUSTIN MATIAS, D.N.I. Nº 46.727.571, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCUDERO, AGUSTIN MATIAS, D.N.I. Nº 46.727.571.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 884-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCUDERO VARGAS, VALENTINA MILAGROS, D.N.I. Nº 47.799.592, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCUDERO VARGAS, VALENTINA MILAGROS, D.N.I. Nº 47.799.592.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 885-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130654/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCOBAR, ZAHYRA ANTONELLA, D.N.I. Nº 48.352.821, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCOBAR, ZAHYRA ANTONELLA, D.N.I. Nº 48.352.821.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 886-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARIJA LUZZA, LUCCA VALENTINO, D.N.I. Nº 47.798.408, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARIJA LUZZA, LUCCA VALENTINO, D.N.I. Nº 47.798.408.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 887-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARIAS, LUISIANA MAIJHARA, D.N.I. Nº 48.527.097, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARIAS, LUISIANA MAIJHARA, D.N.I. Nº 48.527.097.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 888-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARIAS BERNAL, MURIEL, D.N.I. Nº 47.592.459, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARIAS BERNAL, MURIEL, D.N.I. Nº 47.592.459.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 889-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARGÜELLO GUZMAN, LUCIA ANAHIR, D.N.I. Nº 48.410.762, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARGÜELLO GUZMAN, LUCIA ANAHIR, D.N.I. Nº 48.410.762.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 890-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARGUELLO, SAMUEL ERIC MAURICIO, D.N.I. Nº 44.718.325, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARGUELLO, SAMUEL ERIC MAURICIO, D.N.I. Nº 44.718.325.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 891-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARDILES VILLANUEVA, KATY DEL CARMEN, D.N.I. Nº 94.693.096, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARDILES VILLANUEVA, KATY DEL CARMEN, D.N.I. Nº 94.693.096.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 892-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARCE, SELENE ANGELA, D.N.I. Nº 48.353.587, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARCE, SELENE ANGELA, D.N.I. Nº 48.353.587.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 893-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARCE, ARIEL ALEJANDRO, D.N.I. Nº 48.806.482, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARCE, ARIEL ALEJANDRO, D.N.I. Nº 48.806.482.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 894-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARCE PUCHOL, JULIETA, D.N.I. Nº 48.353.855, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARCE PUCHOL, JULIETA, D.N.I. Nº 48.353.855.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 895-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130635/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ARCE AGÜERO, SEGUNDO DENIS, D.N.I. Nº 48.352.509, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ARCE AGÜERO, SEGUNDO DENIS, D.N.I. Nº 48.352.509.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 896-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BARRERA, SOFIA VALENTINA, D.N.I. Nº 47.576.617, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BARRERA, SOFIA VALENTINA, D.N.I. Nº 47.576.617.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 897-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BARRAZA, ISABELLA, D.N.I. Nº 48.367.120, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BARRAZA, ISABELLA, D.N.I. Nº 48.367.120.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 898-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BARETTA, MALENA ROCÍO, D.N.I. Nº 48.017.983, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BARETTA, MALENA ROCÍO, D.N.I. Nº 48.017.983.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 899-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BARAUNA FAT, MELANIE DÉBORA, D.N.I. Nº 47.809.409, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BARAUNA FAT, MELANIE DÉBORA, D.N.I. Nº 47.809.409.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 900-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BALMASEDA FERNANDEZ, MARIA EUGENIA, D.N.I. Nº 48.272.036, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BALMASEDA FERNANDEZ, MARIA EUGENIA, D.N.I. Nº 48.272.036.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 901-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BALMACEDA, BENJAMIN NAHUEL, D.N.I. Nº 46.545.343, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BALMACEDA, BENJAMIN NAHUEL, D.N.I. Nº 46.545.343.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 902-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BALDONI ARCE, MARIA LUZ, D.N.I. Nº 48.353.644, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BALDONI ARCE, MARIA LUZ, D.N.I. Nº 48.353.644.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 903-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BALDEVENITEZ, ALEXIS MIGUEL, D.N.I. Nº 48.353.596, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BALDEVENITEZ, ALEXIS MIGUEL, D.N.I. Nº 48.353.596.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 904-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BAIS, MILAGROS ARCELIA, D.N.I. Nº 47.591.683, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BAIS, MILAGROS ARCELIA, D.N.I. Nº 47.591.683.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 905-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130637/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que BAIGORRIA, ANNA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.017.977, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a BAIGORRIA, ANNA MILAGROS, D.N.I. Nº 48.017.977.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 906-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHIAPPINI LORENZEN, HELENA, D.N.I. Nº 47.669.248, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHIAPPINI LORENZEN, HELENA, D.N.I. Nº 47.669.248.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 907-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHESI, NAZARENO, D.N.I. Nº 47.988.412, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHESI, NAZARENO, D.N.I. Nº 47.988.412.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 908-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHAVEZ, YUTHIEL NAHUEL, D.N.I. Nº 47.669.030, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHAVEZ, YUTHIEL NAHUEL, D.N.I. Nº 47.669.030.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 909-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHAVEZ, HECTOR DARIO, D.N.I. Nº 46.933.886, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHAVEZ, HECTOR DARIO, D.N.I. Nº 46.933.886.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 910-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHAVEZ, ANTONELLA TATIANA, D.N.I. Nº 48.269.677, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHAVEZ, ANTONELLA TATIANA, D.N.I. Nº 48.269.677.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 911-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHAVEZ ESCUDERO, LOURDES ABIGAIL, D.N.I. Nº 47.266.626, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHAVEZ ESCUDERO, LOURDES ABIGAIL, D.N.I. Nº 47.266.626.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 912-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHAVERO, FACUNDO JESUS, D.N.I. Nº 48.150.431, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHAVERO, FACUNDO JESUS, D.N.I. Nº 48.150.431.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 913-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHAMORRO, LUCAS BENICIO, D.N.I. Nº 48.353.954, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHAMORRO, LUCAS BENICIO, D.N.I. Nº 48.353.954.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 914-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHACÓN, LUCIA DENISE, D.N.I. Nº 47.670.455, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHACÓN, LUCIA DENISE, D.N.I. Nº 47.670.455.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 915-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130648/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que CHACON, LUZ JOAQUINA, D.N.I. Nº 47.669.671, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a CHACON, LUZ JOAQUINA, D.N.I. Nº 47.669.671.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 916-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCOBAR LUCERO, KATERINNE, D.N.I. Nº 48.270.259, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCOBAR LUCERO, KATERINNE, D.N.I. Nº 48.270.259.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 917-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ESCALONA, ALEJANDRO DAVID, D.N.I. Nº 43.621.192, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ESCALONA, ALEJANDRO DAVID, D.N.I. Nº 43.621.192.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 918-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ENCINAS, LITZIA NATHALIE, D.N.I. Nº 48.150.386, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ENCINAS, LITZIA NATHALIE, D.N.I. Nº 48.150.386.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 919-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ELORGA MUÑOZ, ARA YASMIN GABRIELA, D.N.I. Nº 48.270.950, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ELORGA MUÑOZ, ARA YASMIN GABRIELA, D.N.I. Nº 48.270.950.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 920-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ELIZECHE, DEMIAN AMIR, D.N.I. Nº 47.738.004, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ELIZECHE, DEMIAN AMIR, D.N.I. Nº 47.738.004.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 921-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que ECHEGARAY, TIAGO VALENTIN, D.N.I. Nº 46.617.342, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a ECHEGARAY, TIAGO VALENTIN, D.N.I. Nº 46.617.342.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 922-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DÍAZ, AGUSTINA BELÉN, D.N.I. Nº 48.075.420, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulada como beneficiaria de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DÍAZ, AGUSTINA BELÉN, D.N.I. Nº 48.075.420.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 923-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DONOSO, NICOLAS EMANUEL, D.N.I. Nº 47.591.765, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DONOSO, NICOLAS EMANUEL, D.N.I. Nº 47.591.765.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 924-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DONATO, JUAN FRANCISCO, D.N.I. Nº 48.522.029, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DONATO, JUAN FRANCISCO, D.N.I. Nº 48.522.029.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 925-ME-2026.-
San Luis, 28 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1130653/26, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº II-1130-2024 se crea la Beca al Mérito, destinada a los TRES (3) primeros promedios académicos del último año del nivel secundario de los establecimientos educativos públicos de gestión estatal o privada de todas las orientaciones y modalidades, con el fin de contribuir a solventar gastos ocasionados con motivo de la continuación de estudios superiores en el país o en el extranjero;
Que el Art. 9º de la normativa de referencia dispone que el Poder Ejecutivo dictará el correspondiente acto administrativo estableciendo la nómina de los beneficiarios de la Beca al Mérito;
Que DOMINGUEZ, CRISTIAN ESTEBAN, D.N.I. Nº 48.017.501, en base al esfuerzo realizado día a día, las horas dedicadas al estudio, la responsabilidad demostrada frente a la tarea y la solidaridad y el respeto hacia docentes y compañeros, ha sido postulado como beneficiario de la Beca al Mérito;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Otorgar la Beca al Mérito, correspondiente a la promoción año 2025, a DOMINGUEZ, CRISTIAN ESTEBAN, D.N.I. Nº 48.017.501.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos, y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 944-ME-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1120056/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3690106/26 obra nota mediante la cual el señor LUCIANO JESUS MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 38.751.770, presenta su renuncia al cargo de Subdirector de Becas y Beneficios Región II y III, dependiente de la Dirección Beneficios Estudiantiles del Ministerio de Educación, designado por Decreto Nº 609-ME-2023;
Que se hace necesario designar al señor LUCIANO JESUS MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 38.751.770, en el cargo de Subdirector de Escuelas Autogestionadas y Generativas dependiente de la Dirección Gestión Escuelas Privadas y Autogestionadas del Ministerio de Educación;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente decreto, la renuncia presentada por el señor LUCIANO JESUS MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 38.751.770, al cargo de Subdirector de Becas y Beneficios Región II y III, dependiente de la Dirección Beneficios Estudiantiles del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor LUCIANO JESUS MARTÍNEZ, D.N.I. Nº 38.751.770, en el cargo de Subdirector de Escuelas Autogestionadas y Generativas dependiente de la Dirección Gestión Escuelas Privadas y Autogestionadas del Ministerio de Educación.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Escuelas Privadas y Autogestionadas, y, por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) e Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 945-ME-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11271156/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3681102/25 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por otra, la señora LETICIA ELIZABETH BUSTOS, D.N.I. Nº 28.024.353, a los fines de prestar servicio como psicóloga en la Subdirección Educación Sexual Integral, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11259701/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 952403/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 952936/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166190/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Exceptuar de las disposiciones del inc. b) del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009, a la señora BUSTOS LETICIA ELIZABETH, D.N.I. Nº 28.024.353.-
Art. 3º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora BUSTOS LETICIA ELIZABETH, D.N.I. Nº 28.024.353, a los fines de prestar servicio como psicóloga en la Subdirección Educación Sexual Integral, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de marzo de 2026, obrante en act. DOCEXT 3681102/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas presupuestarias vigentes:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $2.550.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 946-ME-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10291292/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente NOELIA KARINA VILLEGAS, D.N.I. Nº 34.421.635, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica Nº 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3634547/25, obra copia de Decreto de designación Nº 5070-ME-2018, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3650603/25;
Que en act. INFSUM 179297/25 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3659954/25 la Subdirección Cobertura de Cargos toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3660049/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente NOELIA KARINA VILLEGAS, D.N.I. Nº 34.421.635, en OCHO (8) horas cátedra de Físico- Química, (4 hs. en 7mo. año 1ra. división y 4 hs. en 7mo. año 2da. división), Sector Informático, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 20 “Antonio Berni”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 947-ME-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8260854/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente JOHANA DE LOS ANGELES GARRO, D.N.I. Nº 33.620.387, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón;
Que en act. DOCEXT 3572062/25, obra copia de Decreto de designación Nº 7311-MHP-2022, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa I y VI - sede San Luis, en act. DOCEXT 3640723/25;
Que en act. INFSUM 179152/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3653763/25, la Subdirección Cobertura de Cargos toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3654506/25, la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente JOHANA DE LOS ANGELES GARRO, D.N.I. Nº 33.620.387, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 948-ME-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12020360/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3669642/25 obra el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora OLGA NOEMI GARCÍA, D.N.I. Nº 12.806.580, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, desempeñándose en la realización de tareas de implementación de estrategias pedagógicas y políticas que garanticen el cumplimiento de la obligatoriedad escolar, supervisar, monitorear y evaluar los procesos de mejora continua de la calidad educativa, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11259686/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 952417/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 953309/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166212/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora OLGA NOEMI GARCÍA, D.N.I. Nº 12.806.580, a los fines de prestar servicios durante el período comprendido desde 01 de enero de 2026 hasta el 31 de marzo de 2026, en la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3669642/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $7.500.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 949-ME-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11280178/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3693347/26 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora SILVIA JACQUELINE SUAREZ, D.N.I. Nº 17.665.261, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, cumpliendo tareas como Asistente Técnico Pedagógico para el desarrollo de actividades tales como asesoramiento, acompañamiento, supervisión, capacitación y orientación pedagógica, entre otras, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de enero y 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11259699/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 952321/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 953162/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166211/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora SILVIA JACQUELINE SUAREZ, D.N.I. Nº 17.665.261, a los fines de prestar servicio conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3693347/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $3.450.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y por su intermedio notificar a la interesada.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 979-ME-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10291165/25, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente MARCELO GABRIEL RUIZ DIAZ, D.N.I. Nº 43.551.707, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Técnica Nº 1 “Elena Ossola de Horas”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco;
Que en act. DOCEXT 3643534/25, obra copia de Decretos de designación Nº 8321-MHP-2022, del docente mencionado;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa IV y V - sede Concarán, en act. DOCEXT 3647492/25;
Que en act. INFSUM 179252/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3658223/25, la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3658751/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente MARCELO GABRIEL RUIZ DIAZ, D.N.I. Nº 43.551.707, en DOS (2) horas cátedra de Geografía de San Luis en 3er. año 3ra. división, Sector Producción Agropecuaria, TRES (3) horas cátedra de Geografía de San Luis en 4to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión y CUATRO (4) horas cátedra de Geografía Económica en 4to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 1 “Elena Ossola de Horas”, de la ciudad de Naschel, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 980-ME-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-10240734/25 por el cual tramita la reubicación definitiva de la docente ROMINA AYELEN SALINAS VASQUEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3629665/25 obra nota de solicitud de reubicación de la docente ROMINA AYELEN SALINAS VASQUEZ, D.N.I. Nº 38.752.100, de UN (1) cargo de Maestra de Grado, titular, de la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, según Decreto Nº 19589-ME-2025, en disponibilidad, según Decreto Nº 14490-ME-2025, a UN (1) cargo de Maestra de Grado, titular, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, vacante por renuncia por razones particulares de MARIA INES RENNA, según Decreto Nº 18198-ME-2025, (act. DOCEXT 3629810/25);
Que en acts. DOCEXT 3629665/25 y 3629681/25, obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de titularidad Nº 19589-ME-2025 y Decreto de declaración de Disponibilidad Nº 14490-ME-2025;
Que en act. DOCEXT 3648962/25 y en RESOLU 3647736/25, obran Acta Nº 12-JCD-NP-SL-2025 y Resolución Nº 449-JCD-SL-2025, por las cuales, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede - San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 179372/25, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no posee sumario administrativo alguno;
Que en act. ACTPAS 1645961/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar definitivamente, a partir del presente Decreto, a la docente ROMINA AYELEN SALINAS VASQUEZ, D.N.I. Nº 38.752.100, de UN (1) cargo de Maestra de Grado, titular, de la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, según Decreto Nº 19589-ME-2025, en disponibilidad, según Decreto Nº 14490-ME-2025, a UN (1) cargo de Maestra de Grado, titular, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, vacante por renuncia por razones particulares de MARIA INES RENNA, según Decreto Nº 18198-ME-2025.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, a Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes y Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede - San Luis.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 982-ME-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12040631/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1632989/25, la Subdirección Concurso Jerárquico, solicita el relevo de funciones de la Maestra Nacional FABIANA SILVIA PAGOLA, D.N.I. Nº 22.540.624, para desempeñarse en ese organismo, en tareas administrativas y de asesoramiento;
Que en acts. DOCEXT 3666151/25 y DOCEXT 3692770/26 (adjuntos), obra documentación de la docente FABIANA SILVIA PAGOLA, D.N.I. Nº 22.540.624;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto hasta la finalización del ciclo lectivo 2026, a la Maestra Nacional FABIANA SILVIA PAGOLA, D.N.I. Nº 22.540.624, para desempeñarse en la Dirección Gestión Educativa, en UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, según Decreto Nº 3570- MHP-2008, TRES (3) horas cátedra interinas de Educación Física, en 3er. año única división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 1927-MC-2006, en la Escuela Nº 149 “Manuel Láinez”, de la localidad de Fortuna, departamento Gobernador Dupuy, UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 77 “Maestros Puntanos” y UN (1) cargo titular de Maestra Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, según Decreto Nº 1378-MHyOP-2014, en la Escuela Nº 2 “Bernardino Rivadavia”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Recursos Humanos Docentes, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, a los establecimientos educativos correspondientes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 983-ME-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1090244/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3689904/26 la Dirección Beneficios Estudiantiles solicita aporte no reintegrable a favor de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, por la suma de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($7.366.772.520,00), a fin de hacer efectivo el canje de Estampillas Escolares “Ahorro Para Mi Futuro” de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (4358) beneficiarios, incorporados en la nómina obrante en act. DOCEXT 3689898/26, que se encuentran en condiciones de acceder al beneficio, en virtud a lo establecido en el Art. 8º de la Ley Nº VIII-0752-2011 y, se faculte a la misma, a ajustar el monto hasta un dos por ciento (2%) en más, y, en caso de que la variación del tipo de cambio sea inferior al previsto, autorizar a adecuar el monto al valor de la cotización del dólar oficial del Banco de la Nación Argentina al día de la firma del Decreto;
Que en act. PREV 11264356/26 obra la imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 953165/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 953487/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del aporte no reintegrable tramitado, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025, encuadrando el caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166225/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un aporte no reintegrable a favor de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo ante Contaduría General de la Provincia, por la suma total de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTE CON 00/100 ($7.366.772.520,00), a fin de hacer efectivo el canje de Estampillas Escolares “Ahorro Para Mi Futuro” de CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (4358) beneficiarios pertenecientes al ciclo lectivo 2025, detallados en la nómina adjunta en act. DOCEXT 3689898/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 14 12 21 01 00 1-01 5 7 4 $7.366.772.520,00
Art. 4º.- Incluir el presente gasto en la programación financiera del mes en curso, según el siguiente detalle:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 14 12 21 01 00 1-01 5 7 4 $7.366.772.520,00
Art. 5º.- Incluir el presente gasto en la programación financiera de la Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis del mes en curso, según el siguiente detalle:
Ins. Jur. U.E. Prog. Sp. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Importe
3 11 01 18 00 00 2-03 5 1 $7.366.772.520,00
Art. 6º.- Autorizar a la Dirección Beneficios Estudiantiles a ajustar el monto hasta un dos por ciento (2%) en más y, en caso de que la variación del tipo de cambio sea inferior al previsto, autorizar a adecuar el monto al valor de la cotización del dólar oficial del Banco de la Nación Argentina, al día de la firma del presente Decreto.-
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Beneficios Estudiantiles, a sus efectos.-
Art. 9º.- Hacer saber a: Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Educación, Contaduría General de la Provincia y Caja Social y Financiera de la Provincia de San Luis.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 984-ME-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7241198/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3573771/25, obra copia del Decreto Nº 7840-MHP-2007, mediante el cual se acepta la renuncia por jubilación a la docente ELENA MARGARITA GONZALEZ, L.C. Nº 5.187.273, en UN (1) cargo de Directora, Nivel de Educación Primaria, carácter titular y del Decreto Nº 3029-MHP-2022, mediante el cual se acepta la renuncia por jubilación a la docente LILIANA IRIS CHAPARRO, D.N.I. Nº 16.523.289, en UN (1) cargo de Directora, Nivel de Educación Primaria, carácter suplente, en la Escuela Nº 165 “Ministro Julián Barroso Rodríguez” de la localidad de Las Rosas, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3614673/25 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Región Educativa IV y V-sede Concarán y Acta Nº 187/2025 de ofrecimiento de cargo y toma de posesión, de fecha 6 de octubre de 2025, de la cual surge que corresponde designaren UN (1) cargo de Directora, por compulsa de antecedentes, carácter interino, ala docente MONICA VALERIA QUIROGA, D.N.I. Nº 28.990.312, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3626772/25 obra nota por la cual la docente MONICA VALERIA QUIROGA, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, carácter titular, según Decreto Nº 12854-ME-2025, en la Escuela Nº 165 “Ministro Julián Barroso Rodríguez” de la localidad de Las Rosas, departamento Chacabuco, Región Educativa IV;
Que en act. INFSUM 179112/25 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 430563/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 430602/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 953119/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 430602/26;
Que en act. PASEDU 3692259/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir del día 6 de octubre de 2025;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Nº XV-0387-2004 y su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023 y su modificatoria Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023, modificado por el Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por el Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-
Art. 2º.- Designar a partir del día 6 de octubre de 2025, a la docente MONICA VALERIA QUIROGA, D.N.I. Nº 28.990.312, en UN (1) cargo de Directora, por compulsa de antecedentes, carácter interino, en la Escuela Nº 165 “Ministro Julián Barroso Rodríguez” de la localidad de Las Rosas, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 3º.- Otorgar, a partir del día 6 de octubre de 2025, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente MONICA VALERIA QUIROGA, D.N.I. Nº 28.990.312, en UN (1) cargo de Maestra de grado, Nivel de Educación Primaria, carácter titular, según Decreto Nº 12854-ME-2025 de la Escuela Nº 165 “Ministro Julián Barroso Rodríguez” de la localidad de Las Rosas, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
Inst. 1, Jur. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, Inc. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Junta de Clasificación Docente Región Educativa IV y V- sede Concarán, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Rural y, por su intermedio, al Establecimiento Educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 985-ME-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10220478/24, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3336656/24 la dirección de la Escuela Nº 306 “Gobernador Zoilo Concha” de la localidad de Villa de la Quebrada, departamento Belgrano, Región Educativa I, presenta un proyecto de incorporación de UNA (1) sala de TRES (3) años en la sala Multiedad de CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. NOTEDU 3348716/24 la Subdirección Educación Inicial, considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3491200/25 la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación de la sala de TRES (3) años;
Que en act. PASEDU 3560514/25 la Dirección Gestión Educativa, informa que el presente trámite corresponde a una modificación en la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.), sin ocasionar costo alguno al Estado Provincial;
Que en act. PASEDU 3664733/25, presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. ACTPAS 1636539/25 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear a partir de la fecha del presente Decreto, UNA (1) sala Multiedad de TRES (3), CUATRO (4) y CINCO (5) años, del Nivel de Educación Inicial, en la Escuela Nº 306 “Gobernador Zoilo Concha” de la localidad de Villa de la Quebrada, departamento Belgrano, Región Educativa I.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela Nº 306 “Gobernador Zoilo Concha” de la localidad de Villa de la Quebrada, departamento Belgrano, Región Educativa I, de la siguiente manera:
Disminuir:
UNA (1) sala Multiedad de CUATRO (4) y CINCO (5) años, del Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
UNA (1) sala Multiedad de TRES (3), CUATRO (4) y CINCO (5) años, del Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI – sede San Luis, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1024-ME-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11191075/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3676513/25 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora ROMINA GISELLE TORRES CHIRINO, D.N.I. Nº 32.012.904, con el objeto de prestar servicios en la Subdirección Educación Primaria dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, cumpliendo tareas como Asistente Técnico Pedagógico para la participación en la Comisión de Feria de Ciencias, la colaboración, evaluación y seguimiento de proyectos educativos y la generación de estrategias pedagógicas para abordar dificultades de aprendizaje en los estudiantes, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia establece la retribución que percibirá la prestadora de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11259695/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 952412/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 953737/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025 y del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009;
Que en acts. DICFIS 165128/25 y DICFIS 166277/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Exceptuar de las disposiciones del inc. b) del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009, a la señora ROMINA GISELLE TORRES CHIRINO, D.N.I. Nº 32.012.904.-
Art. 3º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora ROMINA GISELLE TORRES CHIRINO D.N.I. Nº 32.012.904, a los fines de prestar servicio durante el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de marzo de 2026, para desempeñarse en el ámbito de la Subdirección Educación Primaria dependiente de la Dirección Educación Obligatoria del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3676513/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $2.550.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1025-ME-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11191072/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3692423/26, obra el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor ADOLFO SEBASTIÁN BENITES CABRERA, D.N.I. Nº 39.620.401, a los fines de realizar tareas de Psicólogo para la realización de mediación de conflictos interpersonales, la generación de estrategias para la resolución de conflictos y la fomentación del bienestar de los miembros de la comunidad educativa, el asesoramiento sobre estrategias para abordar situaciones específicas de estudiantes y la intervención en crisis de violencia escolar o situaciones que afecten emocionalmente a la comunidad educativa, entre otras, en la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, por el período comprendido entre 01 de enero y 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11259688/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 952248/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 952714/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en acts. DICFIS 165269/25 y 166175/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor ADOLFO SEBASTIÁN BENITES CABRERA, D.N.I. Nº 39.620.401, a los fines de prestar servicio durante el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de marzo de 2026, para desempeñarse en el ámbito del Ministerio de Educación conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, obrante en act. DOCEXT 3692423/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $3.450.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1054-ME-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-9260892/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3603923/25 la dirección de la Escuela de Nivel Inicial Nº 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II, presenta un proyecto de creación de DOS (2) salas de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. PASEDU 3668706/25 la Subdirección Educación Inicial considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3670624/25 la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación conforme a la normativa vigente;
Que en act. DOCEXT 3695377/26 la Dirección Gestión Educativa, toma conocimiento de lo actuado y presta conformidad a la continuidad del trámite;
Que en act. PASEDU 3696829/26 presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. PASGES 3697904/26 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear a partir de la fecha del presente Decreto, DOS (2) salas de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela de Nivel Inicial Nº 2 “Remedios Escalada de San Martín”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, Región Educativa II, de la siguiente manera:
Disminuir:
DOS (2) salas de CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
DOS (2) salas de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1055-ME-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12120232/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3671557/25 la dirección de la Escuela Nº 197 “Teniente Manuel Félix Origone”, del Paraje Canal Norte, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, presenta un proyecto de creación de UNA (1) sala Multiedad de TRES (3), CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. PASEDU 3678944/25 la Subdirección Educación Rural manifiesta conformidad a lo solicitado;
Que en act. PASEDU 3679947/25 la Subdirección Educación Inicial considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3683004/25 la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación conforme a la normativa vigente;
Que en act. DOCEXT 3694810/26 la Dirección Gestión Educativa toma conocimiento de lo actuado y presta conformidad a la continuidad del trámite;
Que en act. PASEDU 3696682/26 presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. PASGES 3697888/26 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear a partir de la fecha del presente Decreto, UNA (1) sala Multiedad de TRES (3), CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela Nº 197 “Teniente Manuel Félix Origone”, del Paraje Canal Norte, departamento Chacabuco, Región Educativa IV.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela Nº 197 “Teniente Manuel Félix Origone”, del Paraje Canal Norte, departamento Chacabuco, Región Educativa IV, de la siguiente manera:
Disminuir:
UNA (1) sala Multiedad de CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
UNA (1) sala Multiedad de TRES (3), CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas IV y V - sede Concarán, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1056-ME-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10311040/25, por el cual se eleva propuesta de titularización del docente ALEJANDRO CEFERINO ARIAS, D.N.I. Nº 20.917.269, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por el docente de referencia, quien se desempeña en forma interino, en el Colegio Nº 22 “José Manuel Estrada”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy;
Que en act. DOCEXT 3637177/25 obra copia del Decreto de designación Nº 3024-MHP-2021 y Decretos de cambio de situación de revista Nros. 7584-MHP-2016 y 496-MHP-2021, del docente mencionado;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3645894/25;
Que en act. INFSUM 179244/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3657355/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando al docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3658352/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, al docente ALEJANDRO CEFERINO ARIAS, D.N.I. Nº 20.917.269, en CUATRO (4) horas cátedra de Sistemas de Información Contable en 6to. año única división, CUATRO (٤) horas cátedra de EDI Fundamentos de Contabilidad en ٤to. año única división, CUATRO (4) horas cátedra de Sistemas de Información en 5to. año única división, Modalidad Economía y Gestión de las Organizaciones, SEIS (6) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana (3 hs. en 1er. año 1ra. división y 3 hs. en 1er. año 2da división), DOS (2) horas cátedra de Formación para la Vida y el Trabajo en 4to. año única división, Orientación Economía y Administración y CUATRO (4) horas cátedra Gestión Financiera y Cálculo Financiero en 6to. año única división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 22 “José Manuel Estrada”, de la ciudad de Unión, departamento Gobernador Dupuy.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1057-ME-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1270501/26, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario designar a la señora BELKIS GISEL SUAREZ D.N.I. Nº 37.638.235 en el cargo de Subdirectora de Becas y Beneficios Región IV y V, dependiente de la Dirección Beneficios Estudiantiles del Ministerio de Educación, vacante por Decreto Nº 24290-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la firma del presente Decreto, a la señora BELKIS GISEL SUAREZ D.N.I. Nº 37.638.235 en el cargo de Subdirectora de Becas y Beneficios Región IV y V, dependiente de la Dirección Beneficios Estudiantiles del Ministerio de Educación.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y notificar a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1058-ME-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10300109/25, y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario reubicar al personal docente del Centro Educativo Nº 11 “Inspector Sócrates Cortines”, de la ciudad de Justo Daract, por implementación de las estructuras curriculares aprobadas por Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 4022-ME-2022, obrantes en act. DOCEXT 3643734/25, para el Ciclo Básico y Ciclo Orientado del Nivel de Educación Secundaria, de manera progresiva;
Que en act. DOCEXT 3643734/25 obra Decreto Nº 5261-ME-2021, mediante el cual se establece que dicha implementación se efectuará en forma gradual y progresiva, comenzando en el ciclo lectivo 2022 con 1er. y 4to. año, en el 2023 con 2do. y 5to. año y en 2024 con 3er. y 6to. año;
Que por Decretos Nros. 5261-ME-2021 y 4022-ME-2022, obrantes en act. DOCEXT 3643734/25, se modificó la Planta Orgánica Funcional del citado establecimiento educativo, en virtud de la implementación de la estructura curricular aprobada por Decreto Nº 4930-ME-2021;
Que en act. DOCEXT 3643823/25 (adjuntos), obran fotocopias de D.N.I., constancias de C.U.I.L, declaraciones juradas de incompatibilidad y demás documentación respaldatoria de los docentes a reubicar;
Que en act. PASEDU 3661224/25, obra Resolución Nº 045-JCD-II y III-2025, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede - Villa Mercedes, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. ACTPAS 1645759/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reubicar definitivamente al personal docente del Centro Educativo “Inspector Sócrates Cortines” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, en las horas cátedra y ciclo lectivo que a continuación se detalla:
ANDREA VIVIANA CARMONA, D.N.I. Nº 21.947.874, docente de CINCO (5) horas cátedra interinas de Ciencias Naturales, en 1er. año 2da. división, según Decreto Nº 5194-MHP-2023 y CINCO (5) horas cátedra titulares de Matemática, en 1er. año 2da. división, Sector Informática, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto Nº 4608-ME-2022.
A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra interinas de Biología, en 1er. año 2da. división, SEIS (6) horas cátedra (5 hs. titulares y 1 hs. interina) de Matemática, en 1er. año 2da. división y UNA (1) hora cátedra interina de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria.
VANINA JUDITH CUELLO, D.N.I. Nº 34.992.928, docente de CUATRO (4) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 2do. año 1ra. división y 2 hs. en 3er. año 2da. división) y CUATRO (4) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (2 hs. en 3er. año 2da. división y 2 hs. en 2do. año 2da. división), según Decreto Nº 18287-ME-2025 y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 18092-ME-2025.
A partir del ciclo lectivo 2023: en SEIS (6) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana (3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria.
A partir del ciclo lectivo 2024: en TRES (3) horas cátedra titulares de Formación Ética y Ciudadana, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.
GABRIELA BELEN GOICOA, D.N.I. Nº 24.568.200, docente de CINCO (5) horas cátedra titulares de Ciencia Sociales, en 1er. año 1ra. división, según Decreto Nº 4663-ME-2022 y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, según Decreto Nº 5951-MHP-2016.
A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra titulares de Historia, en 1er. año 2da. división y TRES (3) horas cátedra titulares de Geografía, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria.
SILVANA MARIA CHIAPPERO, D.N.I. Nº 22.103.463, docente de TRES (3) horas cátedra titulares de Tecnología, en 1er. año 2da. división, según Decreto Nº 5523-MC-2004.
A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Tecnológica, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria.
OSVALDO ANTONIO BUSSO, D.N.I. Nº 21.382.955, docente de DOS (2) horas cátedra titulares de Educación Artística, en 1er. año 1ra. división, Modalidad Humanidades y Ciencias Sociales y UNA (1) hora cátedra de Tutoría Anual, según Decreto Nº 5951-MHP-2016.
A partir del ciclo lectivo 2022: en TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Artística, en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Subdirección Recursos Humanos Docentes y Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1094-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8110266/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3558635/25 la dirección del Centro Educativo Nº 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, Región Educativa II, presenta un proyecto de creación de UNA (1) sala de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. NOTEDU 3559661/25 la Subdirección Educación Inicial considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3569769/25 informa la reorganización de la Planta Orgánica Funcional del establecimiento;
Que en act. PASEDU 3560587/25 la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación conforme a la normativa vigente;
Que en act. DOCEXT 3695370/26 la Dirección Gestión Educativa, toma conocimiento de lo actuado y presta conformidad a la continuidad del trámite;
Que en act. PASEDU 3696902/26 presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. PASGES 3697910/26 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear a partir de la fecha del presente Decreto, UNA (1) sala de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial, en el Centro Educativo Nº 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, Región Educativa II.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) del Centro Educativo Nº 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, Región Educativa II, de la siguiente manera:
Disminuir:
UNA (1) sala de CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial.-
UNA (1) sala de CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
UNA (1) sala de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1095-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-3051067/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3428762/25 la dirección de la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, presenta un proyecto de creación de UNA (1) sala de TRES (3) años y UNA (1) sala Multiedad de CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. PASEDU 3429007/25 la Subdirección Educación Inicial considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3429016/25, la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación conforme a la normativa vigente;
Que en act. DOCEXT 3694824/26 la Dirección Gestión Educativa, toma conocimiento de lo actuado y presta conformidad a la continuidad del trámite;
Que en act. PASEDU 3696863/26 presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. PASGES 3697903/26 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear, a partir de la fecha del presente Decreto, UNA (1) sala de TRES (3) años y UNA (1) sala Multiedad de CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela Nº 434 “Nuevos Desafíos”, de la ciudad de La Punta, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, de la siguiente manera:
Disminuir:
UNA (1) sala de CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial.-
UNA (1) sala de CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
UNA (1) sala de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial.-
UNA (1) sala Multiedad de CUATRO (4) y CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1097-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12190385/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. ACTPAS 1639300/25 y 1639303/25, la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones del docente SERGIO FERNANDO ZABALA, D.N.I. Nº 23.707.600, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución de los mismos;
Que en acts. ACTPAS 1639301/25 y 1639302/25, obra documentación correspondiente al docente SERGIO FERNANDO ZABALA, D.N.I. Nº 23.707.600;
Que en act. INFSUM 179460/25 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1647721/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto hasta fin del Ciclo Lectivo 2026, al docente SERGIO FERNANDO ZABALA, D.N.I. Nº 23.707.600, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, en SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Física, (3 horas en 2do. año 1ra. división y 3 horas en 2do. año 2da. división), Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 10219-ME-2023, en el Colegio Nº 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 4to. año 2da. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto Nº 1984-ME-2024, en la Escuela Técnica Nº 5 “Ingeniero José Antonio Álvarez Condarco”, UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, titular, según Decreto Nº 2776-MHP-2008, en la Escuela Nº 6 “Santa María Eufrasia” y UN (1) cargo titular de Maestro de Educación Física, según Decreto Nº 4874-MHP-2008, en la Escuela Nº 423 “Brigadier Juan Manuel de Rosas”, todos los establecimientos educativos de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1098-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11190460/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3666418/25 obra contrato deservicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁNARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por otra, el señor FEDERICO DAMIAN LUCERO , D.N.I. Nº 41.096.410 a los fines de realizar tareas de mantenimiento de sistemas de calefacción e instalaciones sanitarias de los establecimientos educativos, durante el período comprendido entre el 01 de enero de 2026 y el 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11262955/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 952578/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 955245/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en acts. DICFIS 164048/25 y 166461/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, el señor FEDERICO DAMIAN LUCERO, D.N.I. Nº 41.096.410, a los fines de prestar servicio conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el período comprendido entre el 01 de enero y el 31 de marzo de 2026, obrante en act. DOCEXT 3666418/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 13 22 00 1-01 3 4 9 $2.700.000,00
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 7º. - Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Infraestructura Escolar y, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1099-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12190374/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1639279/25 la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones del docente WALTER JAVIER ROBLEDO, D.N.I. Nº 20.221.107, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución de los mismo;
Que en acts. ACTPAS 1639283/25 y 1639284/25 obra documentación del docente WALTER JAVIER ROBLEDO, D.N.I. Nº 20.221.107;
Que en act. INFSUM 179462/25 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1645162/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto hasta la finalización del Ciclo Lectivo 2026, al docente WALTER JAVIER ROBLEDO, D.N.I. Nº 20.221.107, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, en DOS (2) horas cátedra titulares de Educación Física, en 1er. año 1ra. división, DOS (2) horas cátedra titulares de Educación Física, en 1er. año 2da. división, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 2do. año 1ra. división, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 3er. año 1ra. división; TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 4to. año 1ra. división, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 5to. año 1ra. División, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 6to. año 1ra. división y UNA (1) hora cátedra titular en disponibilidad, según Decreto Nº 17835-ME-2025, en la Escuela Técnica Nº 25 “Escultor Antonio Miguel Nevot” y UN (1) cargo titular de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, según Decreto Nº 2497-MHP-2009, en la Escuela de Jornada Completa Nº 438 “Bernardino Rivadavia”, ambos establecimientos educativos de la localidad de Nueva Galia, departamento Gobernador Vicente Dupuy.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1100-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12010523/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3662739/25 la dirección de la Escuela Nº 450 “Neuquén”, de la localidad de Anchorena, departamento Gobernador Dupuy, Región Educativa III, presenta un proyecto de creación de UNA (1) sala Multiedad de TRES (3) y CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. PASEDU 3684982/25 (adjuntos), la Dirección de Obras de Arquitectura y Viviendas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, presta conformidad en relación a la obra de construcción y acondicionamiento de la futura sala a implementarse;
Que en act. NOTEDU 3685542/25 la Subdirección Educación Inicial considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3687001/26 la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación conforme a la normativa vigente;
Que en act. DOCEXT 3694714/26 la Dirección Gestión Educativa, toma conocimiento de lo actuado y presta conformidad a la continuidad del trámite;
Que en act. PASEDU 3696733/26 presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. PASGES 3697896/26 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear a partir de la fecha del presente Decreto, UNA (1) sala Multiedad de TRES (3) y CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela Nº 450 “Neuquén”, de la localidad de Anchorena, departamento Gobernador Dupuy, Región Educativa III.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela Nº 450 “Neuquén”, de la localidad de Anchorena, departamento Gobernador Dupuy, Región Educativa III, de la siguiente manera:
Disminuir:
UNA (1) sala de CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
UNA (1) sala Multiedad de TRES (3) y CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas II y III - sede Villa Mercedes, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1101-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12190373/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. ACTPAS 1639251/25 y 1639258/25, la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones del docente RODOLFO DANIEL RIBBA, D.N.I. Nº 20.977.665, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución de los mismos;
Que en acts. ACTPAS 1639254/25 y 1639255/25, obra documentación del docente RODOLFO DANIEL RIBBA, D.N.I. Nº 20.977.665;
Que en act. INFSUM 179463/25 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1647665/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto hasta fin del Ciclo Lectivo 2026, al docente RODOLFO DANIEL RIBBA, D.N.I. Nº 20.977.665, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, en CUATRO (4) horas cátedra titulares de Educación Física, en 1er. año 1ra. división, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 3144-ME-2021, del Colegio Nº 3 “Manuel Belgrano”, SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Física (3 hs. en 4to. año 1ra. división y 3 hs. en 4to. año 2da. división), SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Física (3 hs. en 5to. año 1ra. división y 3 hs. en 5to. año 2da. división), Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 2751-ME-2020, del Colegio Nº 3 “Manuel Belgrano”, UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, titular según Decreto Nº 4377-MC-2004, de la Escuela Nº 357 “Máximo Camargo” y en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, titular según Decreto Nº 6275-MC-2005, de la Escuela Nº 357 “Máximo Camargo”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y a la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1142-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12190368/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. ACTPAS 1639307/25 y 1639311/25, la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones de la docente MARIA CECILIA GONZALEZ, D.N.I. Nº 29.200.204, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución de los mismos;
Que en acts. ACTPAS 1639308/25 y 1639310/25, obra documentación de la docente MARIA CECILIA GONZALEZ, D.N.I. Nº 29.200.204;
Que en act. INFSUM 179467/25, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1647514/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto hasta fin de Ciclo Lectivo 2026, a la docente MARIA CECILIA GONZALEZ, D.N.I. Nº 29.200.204, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, en TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física III, en 6to. año única división, según Decreto Nº 1310-ME-2019, de la Escuela Nº 417 “Granadero Florencio Navarro”, SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Física, (3 hs. en 2do. año única división y 3 hs. en 3er. año única división), según Decreto Nº 375-ME-2022, de la Escuela Nº 417 “Granadero Florencio Navarro”, UN (1) cargo de Maestra especial de Educación Física, titular ,según Decreto Nº 9804-ME-2023, de la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao y en UN (1) cargo de Maestra Especial de Educación Física, titular, según Decreto Nº 4110-MHP-2017, en la Escuela Nº 76 “Luis Quiroga de Lucero”, de la localidad de San Pablo, todos los establecimientos educativos del departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y a la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1143-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11280389/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. NOTEDU 3661267/25 y NOTAMP 948437/25 la Dirección Gestión Escuelas Privadas y Autogestionadas solicita se otorgue un subsidio con cargo a rendir cuenta, a favor de las organizaciones no gubernamentales que gestionan las Escuelas Públicas de Gestión Privada, en el marco de lo dispuesto por Resolución Nº 209-ME-2024 (act. RESOLU 209/24), según detalle obrante en adjuntos de la act. NOTEDU 3661267/25, por el periodo comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2026;
Que en act. PREV 11259292/26 obra comprobante de imputación preventiva con excepción duodecimal, por la suma de PESOS QUINIENTOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON 54/100 ($506.214.233,54);
Que en act. NOTAMP 952529/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 952911/26 interviene Contaduría General de la Provincia, informando que corresponde el dictado del presente Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del subsidio con destino a las Escuelas Públicas de Gestión Privada, con cargo a rendir cuenta documentada de la aplicación del mismo, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en acts. DICFIS 165680/25 y 166193/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuarlo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un subsidio a favor de las organizaciones no gubernamentales que gestionan a las Escuelas Públicas de Gestión Privada detalladas a continuación, por los montos que en cada caso se indican, en el marco de lo dispuesto por Resolución Nº 209-ME-2024, con cargo de rendir cuenta documentada de su inversión ante Contaduría General de la Provincia:
|
RAZON SOCIAL |
ESTABLECIMIENTO |
CUIT |
MONTO TOTAL |
|
MUNICIPALIDAD VILLA DE MERLO |
Centro de Educación Especial Mirlo |
30-58422997-3 |
$10.675.833,46 |
|
FUNDACION EVANGELICA CRISTIANA PARA LA EDUCACION Y LA CULTURA |
Escuela Cristiana Evangélica |
30-65749065-9 |
$41.849.732,93 |
|
ASOCIACION EDUCATIVA EMEI |
Escuela Modelo de Educación Integral (EMEI) |
30-70980490-8 |
$29.068.682,28 |
|
INSTITUTO CAUSAY |
Instituto Causay |
30-63055883-9 |
$32.972.005,26 |
|
INSTITUTO EDUCATIVO CRISTO REY |
Instituto Cristo Rey |
33-70851163-9 |
$50.308.923,84 |
|
ASOCIACION CIVIL DEL COLEGIO NUESTRA SEÑORA INMACULADA DE TILISARAO |
Colegio Nuestra Señora Inmaculada |
30-67345988-5 |
$10.742.014,97 |
|
CHE ARAIPI CUNUMI |
Instituto Privado ARAIPI |
30-71418213-3 |
$14.361.923,19 |
|
INSTITUTO PRIVADO BARQUITO DE PAPEL |
Instituto Privado Barquito de Papel - San Marino |
30-67338153-3 |
$19.329.133,32 |
|
FUNDACION GARABATO |
Instituto San Vicente |
30-71530415-1 |
$42.888.013,36 |
|
ASOCIACION CIVIL CULTURAL SIN FINES DE LUCRO SAN AGUSTIN |
Instituto San Agustín |
30-60650531-7 |
$26.093.117,16 |
|
ASOCIACION CIVIL CULTURAL SIN FINES DE LUCRO BAMBI |
Instituto San Francisco de Asís – Jardín Bambi |
33-65948981-9 |
$18.529.319,88 |
|
INSTITUTO MODELO SAN MARCOS |
Instituto Modelo San Marcos - La Casa de los Ositos |
30-70821939-4 |
$11.930.583,20 |
|
FUNDACION EDUCATIVA CONECTADOS |
Instituto San Pablo |
30-71509198-0 |
$38.990.437,58 |
|
INSTITUTO INFANTIL SANTA CATALINA |
Instituto Santa Catalina |
30-58622557-6 |
$36.803.301,04 |
|
ASOCIACION CIVIL EDUCATIVA CATOLICA SANTA ROSA DE LIMA |
Instituto Santa Rosa de Lima |
30-70891024-0 |
$10.547.477,52 |
|
ASOCIACION CIVIL SUYAI |
Instituto Suyai |
30-65510153-1 |
$40.062.444,10 |
|
JARDIN CARIÑOSITOS |
Jardín de Infantes Cariñositos |
30-70951632-5 |
$16.900.497,94 |
|
HIJAS DE SANTA MARIA DEL CORAZON DE JESUS |
Jardín Nuestra Señora de Luján |
30-71486053-0 |
$5.402.325,45 |
|
ASOCIACION CIVIL INSTITUTO DE EDUCACION INICIAL Y PRIMARIA MINCE PEWMA |
Instituto Mince Pewma |
30-71450451-3 |
$6.130.579,16 |
|
FUNDACION SAN IGNACIO |
Instituto San Ignacio |
30-71421630-5 |
$10.501.143,43 |
|
INSTITUTO EDUCATIVO STOIKHEIA |
Instituto Stoikheia |
30-71087461-8 |
$20.943.354,92 |
|
ASOCIACION INSTITUTO SAN GABRIEL ARCANGEL |
Instituto San Gabriel |
30-70969069-4 |
$11.183.389,56 |
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 18 27 02 1-01 5 1 5 $506.214.233,54
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Pasar las actuaciones a la Dirección Gestión Escuelas Privadas y Autogestionadas, y, por su intermedio, notificar a las organizaciones no gubernamentales detalladas en el Art. 2º del presente Decreto.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y Subdirección de Escuelas Privadas.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1144-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10060620/25, por el cual se tramita la adjudicación de la Licitación Pública Nº 113-MHeIP-DCyC-2025, para la adquisición de artículos de limpieza para establecimientos educativos de la provincia de San Luis, a fin de proveer los insumos necesarios previo al inicio del ciclo lectivo 2026, solicitada por la Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos dependiente del Ministerio de Educación, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 20845-ME-2025 (act. DEC 20845 /25) se autorizó el llamado a la Licitación Pública de referencia;
Que en acts. DOCEXT 1468927/25 (adjuntos) y 1468967/25 (adjuntos) obran constancias de la publicación de edictos, correspondientes a la Licitación Pública mencionada;
Que se presentaron mediante el sistema electrónico las firmas GALLARDO WALDO JOSE., CUIT Nº 20-21383265-5 (act. COTZAC 11199034/25); ROLANDO FRANCO SEBASTIAN, CUIT Nº 20-31819480-8 (act. COTZAC 11199035/25); TISIOTTO AGUSTÍN CARLOS JOSÉ, CUIT Nº 20-44531492-8 (act. COTZAC 11199036/25); QUIMICA DUPUY S.R.L., CUIT Nº 30-70873841-3 (act. COTZAC 11199037/25); SOLUTION JUNIN S.A.S, CUIT Nº 30-71614198-1 (act. COTZAC 11199038/25);
Que en act. DOCEXT 1473627/25 obra Acta Nº 63 referente a la Licitación Pública Nº 113-MHeIP-DCyC-2025, de fecha 10 de diciembre de 2025, labrada por Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis, de la cual surge que se presentaron las siguientes firmas: ROLANDO FRANCO SEBASTIAN, CUIT Nº 20-31819480-8, quien cotiza por la suma de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 64/100 ($81.579.270,64), por los ítems que cotiza; SOLUTION JUNIN S.A.S. , CUIT Nº 30-71614198-1, quien cotiza por la suma de PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($87.751.456,00), por los ítems que cotiza; GALLARDO WALDO JOSE, CUIT Nº 20-21383265-5, quien cotiza por la suma de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL TREINTA Y CINCO CON 00/100 ($52.133.035,00); las firmas QUIMICA DUPUY S.R.L y TISIOTTO AGUSTIN CARLOS JOSE no presentaron ofertas en formato papel, razón por la cual se las tiene como no presentadas;
Que en acts. DOCEXT 1473639/25, 1473679/25, 1473682/25 y 1478452/25 obran las ofertas y aclaratoria presentadas en soporte papel por las firmas de referencia y documentación de las mismas;
Que en act. INFORM 429127/25 (adjuntos) obra Acta de Evaluación de Ofertas realizada por la Comisión Evaluadora, conformada mediante Resolución Nº 2456-DCyC-2025 (act. DOCEXT 1480027/25);
Que en act. DOCEXT 3691700/26 obra informe de preadjudicación, emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones, en el cual se preadjudica los ítems 4, 8 y 9 de la presente Licitación Pública a favor de la firma GALLARDO WALDO JOSE, CUIT Nº 20-21383265-5, por la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($8.967.044,00), según cotización obrante en act. COTZAC 11199034/25, los ítems 1,2,5,6 y 10 de la presente Licitación Pública a favor de la firma ROLANDO FRANCO SEBASTIAN, CUIT Nº 20-31819480-8, por la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS CON 75/100 ($39.629.200,75), según cotización obrante en act. COTZAC 11199035/25 y el item 3 de la presente Licitación Pública a favor de la firma SOLUTION JUNIN S.A.S, CUIT Nº 30-71614198-1 por la suma de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO MIL CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($11.491.056,00), según cotización obrante en act. COTZAC 11199038/25, dejando fracasados los ítems 7 y 11;
Que en acts. PREV 11259311/26 y 11264340/26 obran comprobante de imputación preventiva con excepción duodecimal y ajuste de la misma;
Que en act. NOTAMP 953107/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 953212/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice la contratación con las firmas preadjudicadas, encuadrando el caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166223/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 sustituida por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar lo actuado por la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública en la Licitación Pública Nº 113-MHeIP-DCyC-2025 para la adquisición de artículos de limpieza para establecimientos educativos de la provincia de San Luis, a fin de proveer los insumos necesarios previo al inicio del ciclo lectivo 2026.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública Nº 113-MHeIP-DCyC-2025 a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, los ítems 4, 8 y 9 de la presente Licitación Pública a favor de la firma GALLARDO WALDO JOSE, CUIT Nº 20-21383265-5, por la suma de PESOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUARENTA Y CUATRO CON 00/100 ($8.967.044,00), según cotización obrante en act. COTZAC 11199034/25, los ítems 1,2,5,6 y 10 de la presente Licitación Pública a favor de la firma ROLANDO FRANCO SEBASTIAN, CUIT Nº 20-31819480-8, por la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS CON 75/100 ($39.629.200,75), según cotización obrante en act. COTZAC 11199035/25 y el item 3 de la presente Licitación Pública a favor de la firma SOLUTION JUNIN S.A.S, CUIT Nº 30-71614198-1 por la suma de PESOS ONCE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO MIL CINCUENTA Y SEIS CON 00/100 ($11.491.056,00), según cotización obrante en act. COTZAC 11199038/25;
Art. 4º.- Declarar fracasado el procedimiento de selección respecto de los Ítems 7 y 11 en el marco de la Licitación Pública Nº 113-MHeIP-DCyC-2025;
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Inst. Jur. U.E. Prog. Sp. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 14 11 18 00 1-01 2 9 1 $60.087.300,75
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Fondos Federales y Gestión de Recursos Educativos, y, por su intermedio, notificar a las firmas oferentes.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Compras y Contrataciones.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1145-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12190362/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. ACTPAS 1639314/25 y 1639317/25, la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones del docente GABRIEL MEDARDO GARRO, D.N.I. Nº 29.984.317, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución de los mismos;
Que en acts. DOCEXT 1639315/25 y 1639316/25, obra documentación del docente GABRIEL MEDARDO GARRO, D.N.I. Nº 29.984.317;
Que en act. INFSUM 179468/25, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1647504/26, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto hasta el fin del Ciclo Lectivo 2026, al docente GABRIEL MEDARDO GARRO, D.N.I. Nº 29.984.317, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, en OCHO (8) horas cátedra titulares de Educación Física, (2 hs. en 1er. año 2da. división, 3 hs. en 3er. año 2da. División y 3 hs. en 6to. año 1ra. división) Sector Sanidad Ambiental, Modalidad de Educación Técnico Profesional Nivel Secundario, según Decreto Nº 1214-ME-2023, en la Escuela Técnica Nº 29 “Comandante Luis Piedra Buena” y en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto Nº 9075-MHyOP-2014 de la Escuela Nº 48 “Faustino Francisco Berrondo”, ambas instituciones de la ciudad de San Francisco del Monte de Oro, departamento Ayacucho.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1146-ME-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12190359/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. 1639220/25 y 1639227/25, la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones del docente GUSTAVO JAVIER ESCOBAR, D.N.I. Nº 23.172.467, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución de los mismos;
Que en acts. ACTPAS 1639223/25, 1639225/25 y DOCEXT 3693828/26, obra documentación del docente GUSTAVO JAVIER ESCOBAR, D.N.I. Nº 23.172.467;
Que en act. INFSUM 179469/25 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1647480/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto hasta el fin del Ciclo Lectivo 2026, al docente GUSTAVO JAVIER ESCOBAR, D.N.I. Nº 23.172.467, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, en UN (1) cargo de Maestro de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, titular, según Decreto Nº 2557-MHP-2008, de la Escuela Nº 272 “Capital Federal”, UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, titular según Decreto Nº 2633-MHP-2009, en el Jardín de Infantes Nº 6 “Crecer Jugando” y en SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Física (3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 2da. división), Modalidad Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, según Decreto Nº 1270-ME-2021, de la Escuela Técnica Nº 21 “María Auxiliadora”, todas las instituciones de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1192-ME-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12230242/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTULP 2154713/25 la Universidad de La Punta solicita el pago de los aportes para el primer trimestre del año 2026, según la Ley de Presupuesto Nº VIII-0253-2025 y el Decreto Nº 19504-MHIP-2025, por la suma total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 25/100 ($6.636.298.195,25), con el fin de cumplir con las políticas previstas para el ejercicio 2026, entre las que se encuentra la U.L.P. Virtual, Ajedrez Social, Pensamiento Lógico, Escuelas Públicas Digitales, Parque Astronómico La Punta, Maqueta Robotizada Programable, Idiomas U.L.P., Divulgación Científica, entre otras;
Que en act. PREV 11259077/26 obra comprobante de imputación preventiva con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 956436/26 la Dirección de Presupuesto Público emite el informe correspondiente;
Que en act. NOTAMP 952620/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 953228/26 Contaduría General de la Provincia, informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento de los aportes solicitados, encuadrando el caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en DICFIS 166206/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un aporte no reintegrable a favor de la Universidad de La Punta, para el primer trimestre del año 2026, según la Ley de Presupuesto Nº VIII-0253-2025 y el Decreto Nº 19504-MHIP-2025, por la suma total de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 25/100 ($6.636.298.195,25) con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión del mismo ante Contaduría General de la Provincia, conforme lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004, con destino a cumplir con las políticas previstas por la Universidad de La Punta para el ejercicio 2026, entre las que se encuentra la U.L.P. Virtual, Ajedrez Social, Pensamiento Lógico, Escuelas Públicas Digitales, Parque Astronómico La Punta, Maqueta Robotizada Programable, Idiomas U.L.P., Divulgación Científica, entre otras.-
Art. 3º.- Autorizar al Ministerio de Educación a librar órdenes de pago mensuales a favor de la Universidad de La Punta, en concepto de aportes no reintegrables, por el periodo comprendido entre los meses de enero a marzo de 2026 y según detalle obrante en act. NOTULP 2154713/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas presupuestarias vigentes:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 14 10 17 00 1-01 5 6 1 $5.345.718.911,00
1 14 10 17 00 1-01 5 6 2 $1.290.579.284,25
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Educación, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Tesorería General de la Provincia; Contaduría General de la Provincia y Universidad de La Punta.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1193-ME-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12181495/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3677939/25 la dirección de la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, presenta un proyecto de creación de UNA (1) sala de TRES (3) años y UNA (1) sala de CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. PASEDU 3680223/25 la Subdirección Educación Inicial considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3682991/25 la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación conforme a la normativa vigente;
Que en act. DOCEXT 3694811/26 la Dirección Gestión Educativa toma conocimiento de lo actuado y presta conformidad a la continuidad del trámite;
Que en act. PASEDU 3696763/26 presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear, a partir de la fecha del presente Decreto, UNA (1) sala de TRES (3) años y UNA (1) sala de CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela de Nivel Inicial Nº 25 “Garabatos”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, de la siguiente manera:
Disminuir:
DOS (2) salas de CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
UNA (1) sala de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial.-
UNA (1) sala de CUATRO (4) años, Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1194-ME-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12190345/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. ACTPAS 1639197/25 y 1639202/25, la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones del docente EMIR FERNANDO BONGIOVANNI, D.N.I. Nº 22.058.750, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución de los mismos;
Que en acts. ACTPAS 1639200/25, 1639201/25 y DOCEXT 3693672/26 (adjuntos), obra documentación del docente EMIR FERNANDO BONGIOVANNI, D.N.I. Nº 22.058.750;
Que en act. INFSUM 179487/26, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1647383/26, interviene la Dirección Gestión Educativa prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto, hasta el fin del Ciclo Lectivo 2026, al docente EMIR FERNANDO BONGIOVANNI, D.N.I. Nº 22.058.750, para desempeñarse en el ámbito de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026, en UN (1) cargo titular de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 3073-MHP-2009, de la Escuela Técnica Nº 251 “Santiago del Estero”, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física I, en 4to. año 1ra. división y TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física II, en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 7517-ME-2019, de la Escuela Nº 417 “Granadero Florencio Navarro”, TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física II, en 5to. año 3ra. división y TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física III, en 6to. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 2909-ME-2022, del Centro Educativo Nº 12 “Leopoldo Lugones”, todos los establecimientos educativos pertenecientes a la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y a la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1196-ME-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12121311/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3672352/25 y 3677844/25, la dirección de la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, presenta un proyecto de creación de DOS (2) salas de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial;
Que en act. PASEDU 3681851/25, la Subdirección Educación Inicial considera oportuno y necesario hacer lugar a la creación solicitada por el establecimiento de referencia y en act. PASEDU 3682973/25, la Dirección Educación Obligatoria avala la implementación conforme a la normativa vigente;
Que en act. DOCEXT 3697062/26, la Dirección Gestión Educativa, toma conocimiento de lo actuado y presta conformidad a la continuidad del trámite;
Que en act. PASEDU 3698443/26, presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Educación;
Que en act. PASGES 3698648/26 toma debida intervención la Dirección Gestión Educativa;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Crear a partir de la fecha del presente Decreto, DOS (2) salas de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela de Nivel Inicial Nº 4 “Rosario Vera Peñaloza”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, de la siguiente manera:
Disminuir:
DOS (2) salas de CINCO (5) años, Nivel de Educación Inicial.-
Incrementar:
DOS (2) salas de TRES (3) años, Nivel de Educación Inicial.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, Subdirección Educación Inicial y, por su intermedio, al establecimiento educativo de referencia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1242-ME-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-9031301/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3581111/25 la dirección de la Escuela Nº 98 “Gobernador Santos Ortiz” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, solicita el cambio en el puntaje al cargo de Director, pasando de seiscientos (600) puntos a seiscientos ochenta (680) puntos;
Que en act. PASEDU 3619562/25, la Dirección Educación Obligatoria presta conformidad a la solicitud del cambio de puntaje solicitado por la Dirección del Establecimiento Educativo antes mencionado;
Que en act. INFORM 430330/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 430382/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 952808/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 430382/26;
Que en act. PASEDU 3692246/26 la Dirección Gestión Educativa toma debida intervención y presta conformidad, indicando que la modificación solicitada cumple con los requisitos establecidos en el Art. 1º del Decreto Nº 3282-ME-2011, obrante en act. DOCEXT 3635725/25;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 31, siguientes y concordantes de la Ley Nº XV-0387-2004 y su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004 y Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023 y su modificatoria Decreto Nº 704-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024, prorrogado por Decreto Nº 10443-MHIP-2024.-
Art. 2º.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la Planta Orgánica Funcional (P.O.F.) de la Escuela Nº 98 “Gobernador Santos Ortiz” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, de la siguiente manera:
Disminuir:
Un (1) cargo de Director de 1era. categoría, de seiscientos (600) puntos.
Incrementar:
Un (1) cargo de Director de 1era. categoría, de seiscientos ochenta (680) puntos.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
Inst. 1, Jur. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, Inc. 1.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección de Innovación y Planeamiento, Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1243-ME-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8111095/25, por el cual se tramita reubicación definitiva de la docente FLAVIA ROMINA GUTIERREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3559561/25, obra planilla de reubicación definitiva de la docente FLAVIA ROMINA GUTIERREZ, D.N.I. Nº 30.687.575, de TRES (3) horas cátedra titulares de Biología, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 3101-ME-2020, en el Colegio Nº 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a DOS (2) horas cátedra titulares de Espacio Opción Institucional, Orientación Ciencias Naturales, en 6to. año 2da. División y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, en el mismo establecimiento educativo, vacante por creación según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 7829-ME-2022 (acts. DOCEXT 3595530/25 y 3602571/25);
Que en acts. DOCEXT 3559561/25 y 3602571/25 obra fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la solicitante y copia del Decreto de titularización Nº 3101-ME-2020;
Que en act. DOCEXT 3622026/25, obra Resolución Nº 389-JCD-2025, por la cual Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis, hace lugar a la solicitud de reubicación;
Que en act. INFSUM 178974/25, obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que la docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1619122/25, interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reubicar definitivamente a la docente FLAVIA ROMINA GUTIERREZ, D.N.I. Nº 30.687.575, de TRES (3) horas cátedra titulares de Biología, en 1er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, según Decreto Nº 3101-ME-2020, en el Colegio Nº 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, a DOS (2)horas cátedra titulares de Espacio Opción Institucional en 1er. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales y UNA (1) hora cátedra titular de Tutoría, en el mismo establecimiento educativo, vacante por creación según Decretos Nros. 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 7829-ME-2022.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1244-ME-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-EXD-0-8211079/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTEDU 3569909/25 obra copia de la Resolución Nº 114-ME-2025, mediante la cual se instruye sumario administrativo a la docente PAOLA DEL CARMEN BAIGORRIA D.N.I. Nº ٢٤ ٦٨١.٦٠١, Directora titular de la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saá” de la localidad de Las Chacras, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I, afectándola a cumplir tareas remotas inter se resuelva el mismo, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3603535/25 obran orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente, Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, debidamente notificado y Acta de ofrecimiento y toma de posesión del cargo, de fecha 15 de septiembre de 2025, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Directora, carácter suplente, a la docente MERCEDES VIRGINIA CORVALAN, D.N.I. Nº 22.476.022, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3620973/25 obra nota de la docente MONICA TERESITA PREZIOSO, D.N.I. Nº 23.572.765, mediante la cual manifiesta que no acepta el cargo de Directora, según orden de mérito;
Que en act. DOCEXT 3620973/25 obra nota por la cual la docente MERCEDES VIRGINIA CORVALAN, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004 en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, según Decreto Nº 4673-ME-2019, (DOCEXT 3603535/25) en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saá” de la localidad de Las Chacras, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I;
Que en act. INFSUM 179089/25 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos indicando quela docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 430565/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 430601/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 953122/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 430601/26;
Que en act. PASEDU 3697094/26 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hizo efectiva a partir del 15 de septiembre de 2025;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Nº XV-0387-2004 y su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar, a partir del 15 de septiembre de 2025, a la docente MERCEDES VIRGINIA CORVALAN, D.N.I. Nº 22.476.022 en UN (1) cargo de Directora, por compulsa de antecedentes, carácter suplente, inter se resuelva el proceso de sumario administrativo instruido a la docente PAOLA DEL CARMEN BAIGORRIA D.N.I. Nº ٢٤ ٦٨١.٦٠١, en la Escuela Nº ٢٣ “Umberto Rodríguez Saá” de la localidad de Las Chacras, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 3º.- Otorgar, a partir del 15 de septiembre de 2025, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, a la docente MERCEDES VIRGINIA CORVALAN, D.N.I. Nº 22.476.022, en UN (1) cargo titular de Maestra de Grado, según Decreto Nº 4673-ME-2019, en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saá de la localidad de Las Chacras, departamento Juan Martín de Pueyrredón, Región Educativa I.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
Inst. 1, Jur. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, Inc. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines correspondientes.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Junta de Clasificación Docente Regiones Educativas I y VI - sede San Luis, Dirección Innovación y Planeamiento, Dirección Educación Obligatoria, y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1267-ME-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9171209/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3668988/25 obran Decreto Nº 4815-ME-2018 y Decreto Nº 4013-ME-2023, por los cuales se implementaron Concursos de Ascensos Definitivos de Títulos, Méritos y Antecedentes cerrado a la institución, para Auxiliares de Nivel Inicial que revistan carácter titular, a los efectos de acceder al cargo de Maestro de Nivel Inicial, en el caso de producirse una vacante;
Que en act. DOCEXT 3600252/25, obra copia del Decreto Nº 17974-MHIP-2025,mediante el cual se acepta la renuncia por razones particulares a la docente SILVIA YAMILA SOSA, D.N.I. Nº 35.551.859, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial titular, en la Escuela Nº 429 “Gregorio Agüero” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, Región Educativa II;
Que en act. DOCEXT 3606753/25 obra orden de mérito de Docentes Auxiliares titulares elaborado por la Junta de Clasificación Docente Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, debidamente notificado y Acta Nº 15/25 de ofrecimiento de cargo, de fecha 30 de septiembre de 2025, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, con carácter interino, a la docente MARA ANAHI CORDOBA, D.N.I. Nº 35.884.328, quien acepta el respectivo cargo;
Que en act. DOCEXT 3668983/25, obra nota por la cual la docente MARA ANAHI CORDOBA, renuncia a UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial carácter titular, según Decreto Nº 17788-ME-2025, en la Escuela Nº 429 “Gregorio Agüero” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, Región Educativa II;
Que en act. INFSUM 178897/25 la Dirección Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 430560/26 la Subdirección de Análisis y Liquidaciones de Haberes, informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 430598/26, emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 954144/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 430598/26;
Que en act. PASEDU 3699293/26 la Dirección Gestión Educativa informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir de la fecha del presente Decreto;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Nº XV-0387-2004 y su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia por razones particulares presentada por la docente MARA ANAHI CORDOBA, D.N.I. Nº 35.884.328, a UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, carácter titular, según Decreto Nº 17788-ME-2025, en la Escuela Nº 429 “Gregorio Agüero” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, Región Educativa II.-
Art. 2º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en la Ley XV-0387-2004 y Art. 31 inc. c.2 del Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004.-
Art. 3º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente MARA ANAHI CORDOBA, D.N.I. Nº 35.884.328, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, carácter interino, por ascenso jerárquico, en la Escuela Nº 429 “Gregorio Agüero” de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, Región Educativa II.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
Inst. 1, Jur. 14 U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, Inc. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines correspondientes.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Nivel Inicial y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1268-ME-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11101189/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3699748/26 obra contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por otra, señora CAROLINA MARIA GISELA VIEYRA, D.N.I. Nº 44.530.605, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, desempeñándose como técnico informático, para realizar diagnósticos y reparación de fallos en componentes de computadoras, mantenimiento preventivo de equipos, entre otros, en establecimientos educativos provinciales, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2026 al 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del contrato de referencia, establece la retribución que percibirá el prestador de servicios por todo concepto;
Que en act. PREV 11259682/26 obra imputación preventiva del gasto, con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 952438/26 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 955292/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en acts. DICFIS 164902/25 y 166460/26 obra intervención de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de las disposiciones del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el contrato de servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación C.P.N. GUILLERMO FABIÁN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por otra, señora CAROLINA MARIA GISELA VIEYRA, D.N.I. Nº 44.530.605, con el objeto de prestar servicios en la Dirección Educación Obligatoria dependiente del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en la cláusula primera del contrato de referencia, durante el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2026 al 31 de marzo de 2026 obrante en act. DOCEXT 3699748/26.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Py Fte.Fto. Inc. Prin. Parc Importe
1 14 14 23 00 1-01 3 4 9 $2.550.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Educación Obligatoria y, por su intermedio practicar la notificación correspondiente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1269-ME-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10231123/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente AYELEN ANAHI BAIGORRIA, D.N.I. Nº 36.046.928, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina en la Escuela Nº 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3628404/25, obra copia de Decretos de designación Nros. 5600-ME-2019, 2317-MHP-2020 y 2045-MHP-2020, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3537060/25;
Que en act. INFSUM 179434/25 toma debida intervención la Dirección Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3650726/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3652515/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente AYELEN ANAHI BAIGORRIA, D.N.I. Nº 36.046.928, en CUATRO (4) horas cátedra de Redes, en 4to. año 2da. división, Orientación Informática, DOS (2) horas cátedra de Espacios de Opción Institucional, en 5to. año 2da. división, Orientación Informática, CUATRO (4) horas cátedra de Algoritmos, Lenguaje y Técnicas de Procesamiento y TRES (3) horas cátedra de Estructura y Funcionamiento de los Sistemas, en 5to. año 2da. división, Orientación Informática, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 33 “Vicente Dupuy”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1270-ME-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-9050595/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3582887/25, obra copia del Decreto Nº 16581-MHIP-2025, mediante el cual se acepta la renuncia por jubilación al docente a SERGIO NELSON CASAS, D.N.I. Nº 16.997.978, en UN (1) cargo de Regente de Formación Técnica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, por compulsa de antecedentes inter se llame a concurso, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, Región Educativa I, por lo que se hace necesario cubrir dicho cargo;
Que en act. DOCEXT 3620089/25 obra orden de mérito de los docentes titulares debidamente notificado, elaborado por la Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis, Acta Nº 2/2025 de ofrecimiento de cargo de fecha 09 de octubre de 2025 y en act. DOCEXT 3654621/25 el Acta Nº 247/2025 de toma de posesión del cargo con fecha 17 de noviembre de 2025, de la cual surge que corresponde designar en UN (1) cargo de Regente de Formación Técnica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, por compulsa de antecedentes inter se llame a concurso, al docente DIEGO EDUARDO ROSAS, D.N.I. Nº 20.112.244, quien acepta el cargo;
Que en act. DOCEXT 3635294/25, obran notas de no aceptación de los docentes CINTHIA LOURDES BRITOS RIVAROLA, D.N.I. Nº 27.136.416, PABLO DANIEL CAMPOY, D.N.I. Nº 33.463.903, MARIO JAVIER DIAZ SOSA, D.N.I. Nº 26.806.489, RICARDO JULIAN ROCHA, D.N.I. Nº 24.681.556 y CARLOS FRANCISCO CARUSO, D.N.I. Nº 27.135.745, que preceden en el orden de mérito definitivo;
Que en act. DOCEXT 3635294/25 obra nota por la cual el docente DIEGO EDUARDO ROSAS, solicita licencia por cargo de mayor jerarquía en el marco del Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, en ONCE (11) horas cátedra de Practicas Profesionalizantes en 7mo. Año 1ra. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, carácter titular, según Decreto Nº 18085-ME-2025, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, Región Educativa I;
Que en act. INFSUM 179088/25 la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que el docente mencionado no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. INFORM 430590/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes informa el costo presupuestario que demanda el presente trámite y en act. INFORM 430599/26 emite informe de imputación presupuestaria;
Que en act. NOTAMP 954306/26 interviene Contaduría General de la Provincia, dando conformidad a la imputación obrante en act. INFORM 430599/26;
Que en act. PASEDU 3654728/25 la Dirección Gestión Educativa, informa que la toma de posesión del cargo se hará efectiva a partir del 17 de noviembre de 2025;
Que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Nº XV-0387-2004 y su Decreto Reglamentario Nº 4521-MP-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18 del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar, a partir del día 17 de noviembre de 2025, al docente DIEGO EDUARDO ROSAS, D.N.I. Nº 20.112.244, en UN (1) cargo de Regente de Formación Técnica, Modalidad de Educación Técnico profesional de Nivel Secundario, por compulsa de antecedentes inter se llame a concurso, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, Región Educativa I.-
Art. 3º.- Otorgar, a partir del día 17 de noviembre de 2025, inter dure la designación efectuada en el Art. 2º, licencia por cargo mayor jerarquía, de acuerdo a lo establecido en el Art. 100 de la Ley Nº XV-0387-2004, al docente DIEGO EDUARDO ROSAS, D.N.I. Nº 20.112.244, en ONCE (11) horas cátedra de Practicas Profesionalizantes en 7mo. año 1ra. división, Sector Construcciones Edilicias, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, carácter titular, según Decreto Nº 18085-ME-2025, en el Centro Educativo Nº 7 “Geólogo Román Guiñazú” de la localidad de La Calera, departamento Belgrano, Región Educativa I.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente:
DIRECCION EDUCACION OBLIGATORIA
Inst. 1, Jur. 14, U.E. 14, F.F. 1-01, C.P. 23, Inc. 1.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa a los fines correspondientes.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, Junta de Clasificación Docente Región Educativa I y VI - sede San Luis, Dirección Educación Obligatoria, Subdirección Educación Técnica y por su intermedio, al establecimiento educativo correspondiente.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1271-ME-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10030385/25, por el cual se eleva propuesta de titularización de la docente ANA BRENDA GISELA ROSALES, D.N.I. Nº 31.399.925, y;
CONSIDERANDO:
Que es necesario atender la situación planteada por la docente de referencia, quien se desempeña en forma interina, en la Escuela Nº 106 “Profesor Tomas Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera;
Que en act. DOCEXT 3632418/25 obra copia de Decreto de designación Nº 3029-MHP-2021, de la docente mencionada;
Que ha tomado intervención la Junta de Clasificación Docente, Región Educativa II y III - sede Villa Mercedes, en act. DOCEXT 3637285/25;
Que en act. INFSUM 179181/25 toma debida intervención la Dirección de Sumarios Administrativos;
Que se ha cumplimentado con toda la documentación que determina el proceso de titularización del personal docente que se encuentra en condiciones de ser titularizado, según Decreto Nº 6996-ME-2008;
Que en act. PASEDU 3657736/25 la Subdirección Cobertura de Cargos, toma debida intervención, consignando a la docente a titularizar;
Que en act. PASGES 3658308/25 la Dirección Gestión Educativa, presta la conformidad correspondiente para el dictado del acto administrativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Titularizar a partir de la fecha del presente Decreto, a la docente ANA BRENDA GISELA ROSALES, D.N.I. Nº 31.399.925, en TRES (3) horas cátedra de Geografía, en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 106 “Profesor Tomas Ferrari”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y por su intermedio, realizar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1272-ME-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11061393/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3674767/25 obra el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, C.P.N. GUILLERMO FABIAN ARAUJO, D.N.I. Nº 33.757.558, por una parte y, por la otra, la señora JIMENA AGUSTINA CEJAS, D.N.I. Nº 41.764.653, a los fines de cumplir funciones como facilitador pedagógico, para acompañar docentes, fortalecer prácticas alfabetizadoras, entre otras, en el marco del Proyecto de Alfabetización Inicial y Primaria de la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, durante el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de marzo de 2026;
Que la cláusula segunda del Contrato de Servicios de referencia, establece la retribución mensual que percibirá la prestadora de servicios, por todo concepto;
Que en act. PREV 11262971/26 obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal;
Que en act. NOTAMP 953898/25 interviene la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 955827/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en acts. DICFIS 165047/25 y 166540/26 interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Exceptuar el presente caso de las disposiciones del Art. Nº 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, inc. b), sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009.-
Art. 3º.- Homologar el Contrato de Servicios de la señora JIMENA AGUSTINA CEJAS, D.N.I. Nº 41.764.653, a los fines de prestar servicios en la Dirección de Innovación y Planeamiento dependiente del Ministerio de Educación, conforme a lo especificado en las cláusula primera del contrato, durante el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de marzo de 2026, obrante en act. DOCEXT 3674767/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria vigente con excepción duodécimo:
Ins Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 14 15 24 1-01 3 4 9 $2.550.000,00
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación de lo establecido en el Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Innovación y Planeamiento y, por su intermedio, notificar a la interesada.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1273-ME-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12191030/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1639510/25 la Dirección de Deporte Comunitario, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicita el relevo de funciones del docente MARIO ELIAS QUIROGA D.N.I. Nº 20.135.712, para desempeñarse en el Plan Provincial de Atletismo, Coordinación y Nexo, ya que es necesario disponer de un perfil docente acorde a los requerimientos de las múltiples actividades a cumplimentar durante el desarrollo y ejecución del mismo;
Que en acts. DOCEXT 1639509/25 (adjuntos) y 3683513/25 obra documentación del docente MARIO ELIAS QUIROGA, D.N.I. Nº 20.135.712;
Que en act. INFSUM 179488/26 obra informe de la Dirección de Sumarios Administrativos, indicando que el docente de referencia no registra sumario administrativo en trámite;
Que en act. ACTPAS 1645122/26 interviene la Dirección Gestión Educativa, prestando conformidad a lo actuado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Relevar de funciones, desde la fecha del presente Decreto, hasta la finalización del Ciclo Lectivo 2026, al docente MARIO ELIAS QUIROGA, D.N.I. Nº 20.135.712, para desempeñarse en el Plan Provincial de Atletismo, Coordinación y Nexo, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, titular según Decreto Nº 1272-CyE-SEAGEyC-1992 de la Escuela Nº 34 “Raúl Basilio Díaz”, NUEVE (9) horas cátedra titulares de Educación Física (3 hs. en 1er. año 1ra. división, 3 hs. en 1er. año 2da. división y 3 hs. en 1er. año 3ra. división), según Decreto Nº 5531-MC-2004, SEIS (6) horas cátedra titulares de Educación Física (3 hs. en 2do. año 3ra. división y 3 hs. en 3er. año 1ra. división) según Decreto Nº 3618-MHyOP-2009 y TRES (3) horas cátedra titulares de Educación Física II, en 5to. año única división, según Decreto Nº 2586-ME-2011, en la Escuela Nº 176 “Maestra Nélida Esther Pérez de Ferrer”, ambos establecimientos educativos de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Gestión Educativa y, por su intermedio, notificar al interesado.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección Educación Obligatoria, Dirección de Recursos Humanos, Subdirección Recursos Humanos Docentes y a la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, la señora Secretaria de Estado de Deporte y la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE DEPORTE
DECRETO Nº 926-SGG-SD-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12230543/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1640741/25 obra nota de la Dirección de Deporte Federado, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores PEDRO MAXIMILIANO ESTRADA, D.N.I. Nº 23.066.201 y GIULIANO EMMANUEL ISOARDI ALEAGA, D.N.I. Nº 35.125.177, quienes conformarán el equipo del gimnasio del Centro de Desarrollo y Especialización Deportiva Ave Fénix y de la escuela provincial de tenis;
Que en acts. DOCEXT 526259/25, DOCEXT 526261/25, DOCEXT 1642138/25, DOCEXT 1642139/25 y DOCEXT 526632/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores PEDRO MAXIMILIANO ESTRADA, D.N.I. Nº 23.066.201 y GIULIANO EMMANUEL ISOARDI ALEAGA, D.N.I. Nº 35.125.177, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 526633/26 y DOCEXT 526634/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir del 01 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026;
Que en act. PREV 11261186/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON 00/100 ($3.334.932,00);
Que en act. DICTAM 179507/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 952680/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166172/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores PEDRO MAXIMILIANO ESTRADA, D.N.I. Nº 23.066.201 y GIULIANO EMMANUEL ISOARDI ALEAGA, D.N.I. Nº 35.125.177, por la otra, obrantes en acts., DOCEXT 526633/26 y DOCEXT 526634/26, respectivamente, del EXD-0000-12230543/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 3 4 9 $3.334.932,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y a los interesados.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad a cargo de la Secretaría de Estado de Deporte y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública por si y a cargo de la Secretaría General de la Gobernación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 927-SGG-SD-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12260227/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1641130/25 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor WALTER GABRIEL DIAZ, D.N.I. Nº 30.345.621, quien realizará tareas de mantenimiento general en la Villa Deportiva;
Que en acts. ACTPAS 1641138/25, DOCEXT 1642632/25 y DOCEXT 526624/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor WALTER GABRIEL DIAZ, D.N.I. Nº 30.345.621, por la otra, obrante en act. DOCEXT 526625/26;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026;
Que en act. PREV 11261733/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($1.950.000,00);
Que en act. DICTAM 179554/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 954205/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166296/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor WALTER GABRIEL DIAZ, D.N.I. Nº 30.345.621, por la otra, obrante en act. DOCEXT 526625/26, del EXD-0000-12260227/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 3 4 9 $1.950.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad a cargo de la Secretaría de Estado de Deporte y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública por si y a cargo de la Secretaría General de la Gobernación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1003-SGG-SD-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12260240/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 526310/25 obra nota de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor DIEGO GABRIEL LAHITON, D.N.I. Nº43.839.973, quien se desempeñará como entrenador de la disciplina de Judo y estará a cargo de los gimnasios de alto rendimiento, realizando el testeo y seguimiento de los planteles selectivos provinciales, en los predios que dependen de la mencionada Secretaría;
Que en acts. DOCEXT 526313/25, DOCEXT 1642654/25 y DOCEXT 526579/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor DIEGO GABRIEL LAHITON, D.N.I. Nº 43.839.973, por la otra, obrante en act. DOCEXT 526580/26;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de febrero de 2026 y por el termino de 03 meses;
Que en act. PREV 11261487/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA CON 00/100 ($1.912.680,00);
Que en act. DICTAM 179547/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 953283/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166208/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor DIEGO GABRIEL LAHITON, D.N.I. Nº 43.839.973, por la otra, obrante en act. DOCEXT 526580/26, del EXD-0000-12260240/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 05 1-01 3 4 9 $1.912.680,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección del Campus de Alto Rendimiento y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1004-SGG-SD-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12220304/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 526336/25 obra nota de la Dirección de Deporte Estudiantil, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores ALAN JOAQUIN ALCARAZ PARDO, D.N.I. Nº 36.227.297, NELSON FRANCO FERNANDEZ ALANIZ, D.N.I. Nº 40.319.341, EDGAR DANIEL GENOVA, D.N.I. Nº 17.123.316, MARIANA LUBERRIAGA, D.N.I. Nº 37.054.343, JULIAN ALI MIDLELL, D.N.I. Nº 35.916.101, JUAN SANTIAGO NATEL HONORATO, D.N.I. Nº35.768.561 y JUAN PABLO NIEVA SOSA, D.N.I. Nº 39.394.572, quienes conformarán el staff de los Juegos Intercolegiales Deportivos 2026 y tendrán a su cargo la logística, coordinación general de competencia y administración deportiva en la totalidad de los departamentos de la provincia;
Que en acts. DOCEXT 1639928/25, DOCEXT 1642716/25 y DOCEXT 526649/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores ALAN JOAQUIN ALCARAZ PARDO, D.N.I. Nº 36.227.297, NELSON FRANCO FERNANDEZ ALANIZ, D.N.I. Nº 40.319.341, EDGAR DANIEL GENOVA, D.N.I. Nº 17.123.316, MARIANA LUBERRIAGA, D.N.I. Nº 37.054.343, JULIAN ALI MIDLELL, D.N.I. Nº 35.916.101, JUAN SANTIAGO NATEL HONORATO, D.N.I. Nº35.768.561 y JUAN PABLO NIEVA SOSA, D.N.I. Nº 39.394.572, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 526650/26, DOCEXT 526651/26, DOCEXT 526652/26, DOCEXT 526653/26, DOCEXT 526655/26, DOCEXT 526657/26 y DOCEXT 526660/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir del 01 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026;
Que en act. PREV 11261444/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES CIENTO VEINTICINCO MIL CON 00/100 ($16.125.000,00);
Que en act. DICTAM 179548/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 953875/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166291/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores ALAN JOAQUIN ALCARAZ PARDO, D.N.I. Nº 36.227.297, NELSON FRANCO FERNANDEZ ALANIZ, D.N.I. Nº 40.319.341, EDGAR DANIEL GENOVA, D.N.I. Nº 17.123.316, MARIANA LUBERRIAGA, D.N.I. Nº 37.054.343, JULIAN ALI MIDLELL, D.N.I. Nº 35.916.101, JUAN SANTIAGO NATEL HONORATO, D.N.I. Nº 35.768.561 y JUAN PABLO NIEVA SOSA, D.N.I. Nº 39.394.572, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 526650/26, DOCEXT 526651/26, DOCEXT 526652/26, DOCEXT 526653/26, DOCEXT 526655/26, DOCEXT 526657/26 y DOCEXT 526660/26, respectivamente, del EXD-0000-12220304/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 02 1-01 3 4 9 $16.125.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Estudiantil y a los interesados.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1005-SGG-SD-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12230240/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1640615/25 obra nota de la Dirección de Deporte Federado dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor SERGIO RICARDO PORPORATTO, D.N.I. Nº 26.609.626, quien estará a cargo de la dirección del cuerpo médico, coordinando las actividades de los demás profesionales de la salud que asistirán a deportistas en los espacios, complejos y predios deportivos dependientes de la Secretaría de Estado de Deporte y acompañarán en su preparación a las selecciones de las distintas disciplinas deportivas;
Que en acts. DOCEXT 526246/25, DOCEXT 1642102/25 y DOCEXT 526661/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor SERGIO RICARDO PORPORATTO, D.N.I. Nº 26.609.626, por la otra, obrante en act. DOCEXT 526662/26;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026;
Que en act. PREV 11261402/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS CINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 54/100 ($5.324.661,54);
Que en act. DICTAM 179540/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 953247/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166209/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor SERGIO RICARDO PORPORATTO, D.N.I. Nº 26.609.626, por la otra, obrante en act. DOCEXT 526662/26, del EXD-0000-12230240/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 1-01 3 4 9 $5.324.661,54
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y al interesado.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1123-SGG-SD-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1300468/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 717-SGG-SD-2023, se designó al señor FACUNDO ALFREDO GIMENEZ, D.N.I. Nº 18.061.538, en el cargo de Subdirector de Detección de Talentos dependiente de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento, de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. DOCEXT 526718/26, obra renuncia del señor FACUNDO ALFREDO GIMENEZ, D.N.I. Nº 18.061.538, al mencionado cargo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 29 de enero de 2026, la renuncia presentada por el señor FACUNDO ALFREDO GIMENEZ, D.N.I. Nº 18.061.538, al cargo de Subdirector de Detección de Talentos dependiente de la Dirección del Campus de Alto Rendimiento, de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Reintegrar, a partir del 29 de enero de 2026, a la Categoría “A”, Planta Permanente, de la Escuela Secundaria de Arte Nº 2 “Nicolas A. De S. Luis” del Ministerio de Educación, al señor FACUNDO ALFREDO GIMENEZ, D.N.I. Nº 18.061.538.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1168-SGG-SD-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11270412/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. ACTPAS 1629600/25 obra nota de la Dirección de Deporte Federado dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar un Contrato de Servicios con el señor CELESTINO ABEL BAILONE, D.N.I. Nº 10.351.789, quien cumplirá funciones de asesoramiento, coordinación, difusión y desarrollo de la disciplina de Boxeo en el departamento Pedernera, articulando también con el resto de las localidades de la provincia;
Que en acts. ACTPAS 1629643/25, DOCEXT 1630151/25 y DOCEXT 1635292/25, obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se ha suscripto el pertinente Contrato de Servicios, celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor CELESTINO ABEL BAILONE, D.N.I. Nº 10.351.789, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1640249/25;
Que la Cláusula Cuarta del aludido contrato establece la suma que percibirá el contratado por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que el mismo tendrá vigencia a partir del 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. PREV 11269997/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00);
Que en act. DICTAM 179378/25 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 956125/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166573/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios celebrado entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y el señor CELESTINO ABEL BAILONE, D.N.I. Nº 10.351.789, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1640249/25, del EXD-0000-11270412/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Act. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 04 00 1-01 3 4 9 $2.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Deporte Federado y al interesado.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1169-SGG-SD-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12300687/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 526362/25 obra nota de la Dirección de Desarrollo Deportivo, dependiente de la Secretaría de Estado de Deporte, solicitando autorización para suscribir y homologar Contratos de Servicios con los señores FEDERICO JAIME, D.N.I. Nº 41.198.806 y VICTOR MATIAS PRIVITERA, D.N.I. Nº 27.167.139, quienes integrarán el equipo de profesores pertenecientes a las escuelas de iniciación y actividades deportivas a desarrollarse en la Villa Deportiva;
Que en acts. DOCEXT 1642538/25, DOCEXT 1646131/26, DOCEXT 1646132/26 y DOCEXT 1648580/26 obra la documentación necesaria para la continuidad del trámite;
Que se han suscripto los pertinentes Contratos de Servicios, celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores FEDERICO JAIME, D.N.I. Nº 41.198.806 y VICTOR MATIAS PRIVITERA, D.N.I. Nº 27.167.139, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 526670/26 y DOCEXT 526671/26, respectivamente;
Que la Cláusula Cuarta de los aludidos contratos establece la suma que percibirán los contratados por sus servicios y la Cláusula Décima, establece que los mismos tendrán vigencia a partir del 01 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026;
Que en act. PREV 11263061/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción duodecimal por la suma total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUATRO CON 00/100 ($1.877.904,00);
Que en act. DICTAM 179565/26 obra dictamen de la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. NOTAMP 954408/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166337/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP- 2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios celebrados entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, Abog. MARIA ADELAIDA MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 21.630.477, por una parte y los señores FEDERICO JAIME, D.N.I. Nº 41.198.806 y VICTOR MATIAS PRIVITERA, D.N.I. Nº 27.167.139, por la otra, obrantes en acts. DOCEXT 526670/26 y DOCEXT 526671/26, respectivamente, del EXD-0000-12300687/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 20 25 03 1-01 3 4 9 $1.877.904,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Desarrollo Deportivo y a los interesados.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1170-SGG-SD-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1140098/26 y el Decreto Nº 47-SGG-SD-23 que conforma la estructura orgánico funcional de la Secretaría de Estado de Deporte; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 12506-SGG-SD-2024, se designó al señor MARCOS IGNACIO MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 29.426.379, en el cargo de Jefe de Área Intendencia dependiente de la Subdirección de Infraestructura, de la Dirección de Desarrollo Deportivo, de la Secretaría de Estado de Deporte;
Que en act. DOCEXT 526686/26, obra renuncia del señor MARCOS IGNACIO MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 29.426.379, al mencionado cargo;
Que se hace necesario designar al Subdirector del Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix dependiente de la Dirección de Desarrollo Deportivo, de la Secretaría de Estado de Deporte;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el señor MARCOS IGNACIO MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 29.426.379, al cargo Jefe de Área Intendencia dependiente de la Subdirección de Infraestructura, de la Dirección de Desarrollo Deportivo, de la Secretaría de Estado de Deporte.-
Art. 2º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, en el cargo de Subdirector del Centro de Desarrollo Deportivo Ave Fénix dependiente de la Dirección de Desarrollo Deportivo, de la Secretaría de Estado de Deporte, al señor MARCOS IGNACIO MUÑIZ OLIVERA AGUIRRE, D.N.I. Nº 29.426.379.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado de Deporte, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Publica.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
María Adelaida Muñiz Olivera Aguirre
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE TURISMO Y CULTURA
DECRETO Nº 928-MTyC-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11100277/25, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 148649/25, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor WORMAN FRANCO AGUSTIN, D.N.I. Nº 45.786.364, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto los siguientes servicios: vigilar las zonas de su área de responsabilidad e informar sobre los peligros para la salud, seguridad y bienestar propio y del publico concurrente a su cargo, prevenir accidentes limitando sus riesgos, atender, supervisar, orientar y asistir, técnica y profesionalmente a las personas que asistan al espacio de su influencia, ejecutar técnicas de rescate acuático necesarias para llegar a las potenciales víctimas, estabilizarlas y sacarlas de la condición de peligro, sin poner en riesgo su vida, ni la de otras personas, cumpliendo con el protocolo de salvataje vigente y aplicable a la profesión y suministrar primeros auxilios de emergencia necesaria para mantenerla vida de las potenciales víctimas hasta que arribe la asistencia especializada;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes y por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que en act. PREV 11263013/26, obra comprobante de imputación preventiva, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($4.400.000,00), con excepción duodecimal;
Que en act. DICLEG 47282/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura, sin objeciones de orden jurídico que formular;
Que en act. NOTAMP 953804/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08- MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166263/26, ha tomado intervención Fiscalía de Estado, ratificando in totum lo sostenido en la actuación DICFIS 164810/25;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8- MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor WORMAN FRANCO AGUSTIN, D.N.I. Nº 45.786.364, por la otra, obrante en act. DOCEXT 148649/25 del EXD-0-11100277/25.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 17 23 1-01 3 4 9 $4.400.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º, correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Sitios Culturales y Recreativos y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art .8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1013-MTyC-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11130657/25, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 148693/25, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor VARGAS FABIAN ANTONIO, D.N.I. Nº 27.253.366, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: Técnica de iluminación del Cine Teatro San Luis en eventos; técnica de sonido del Cine Teatro San Luis en eventos;
Que la cláusula segunda del contrato de servicios, establece el monto y forma de pago y la cláusula tercera, estipula la vigencia del mismo;
Que en act. PREV 11260086/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100($2.250.000,00),con excepción de duodécimo;
Que en act. DICLEG 47262/25, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 953142/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII- 0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295- MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166195/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08- MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013 y exceptuarlo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor VARGAS FABIAN ANTONIO, D.N.I. Nº 27.253.366, por la otra, obrante en act. DOCEXT 148693/25 del EXD- 0000-11130657/25.-
Art.3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 1-01 3 4 9 $2.250.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º, correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura, Dirección de Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales, y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1014-MTyC-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-012020695/25, por el cual la Dirección de Intendencia Molino Fénix, dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura, solicita el otorgamiento de un Aporte No Reintegrable destinado a afrontar gastos operativos y de personal para el primer trimestre del año 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que en actuación NOTAMP 942287/25, la Dirección de Intendencia Molino Fénix solicitó recursos destinados a afrontar gastos operativos y de personal para el primer trimestre del año 2026;
Que mediante nota aclaratoria, obrante en la actuación NOTAMP Nº 956289/26, este Ministerio procedió a determinar el monto del aporte financiero en la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 50/100 ($86.086.537,50), en función de la disponibilidad presupuestaria y la proyección de gastos indispensables para el funcionamiento de la Dirección para el primer trimestre del año 2026;
Que en consecuencia, en act. PREV 11258938/26, obra la imputación preventiva del gasto por la suma definitiva de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 50/100 ($86.086.537,50) con excepción duodecimal;
Que en act. DICLEG 48249/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 953546/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento del Aporte No Reintegrable, encuadrando el caso en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004, con excepción a las disposiciones establecidas en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166242/26, interviene Fiscalía de Estado, ratificando in totum lo sostenido en la actuación DICFIS 164971/25 y considerando que las actuaciones se encuentran en condiciones para el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuar del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable, a la Dirección de Intendencia Molino Fénix, dependiente del Ministerio de Turismo y Cultura, por la suma de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 50/100 ($86.086.537,50), el que será destinado a afrontar los gastos de sueldos y cargas sociales del personal afectado a la Dirección de Intendencia Molino Fénix y erogaciones necesarias para el normal funcionamiento de la misma, con cargo de rendir cuenta documentada de la inversión.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 10 16 1-01 5 5 2 $86.086.537,50
Art. 4º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura y a la Dirección de Intendencia Molino Fénix.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1132-MTyC-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11130896/25, por el cual el Ministerio de Turismo y Cultura, tramita homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 147717/25, obra Contrato de Servicios, suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MUÑOZ MIGUEL ANGEL, D.N.I. Nº 16.117.243, por la otra;
Que dicho Contrato tiene por objeto que se desempeñen las siguientes funciones: formación musical de niños y adolescentes; dirección de la Orquesta Infanto Juvenil Granadero Januario Luna; trabajos de ejecución de instrumento (clarinete, saxo, flauta traversa); lectura y escritura de partituras musicales y composición de piezas musicales para la Dirección de Eventos, Fiestas Provinciales y Espacios Culturales del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que la Cláusula Segunda del Contrato de Servicios, establece el monto y forma de pago y la Cláusula Tercera, estipula la vigencia del mismo, pudiendo ser prorrogado, previo acuerdo de las partes;
Que en act. PREV 11260036/26, obra comprobante de imputación preventiva, por la suma de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($2.250.000,00);
Que en act. DICLEG 48318/26, obra dictamen legal emitido por la Asesoría Legal del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. NOTAMP 953139/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el Contrato mencionado, encuadrando tal caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. 166241/26, interviene Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura JUAN JOSE ALVAREZ PINTO, D.N.I. Nº 31.803.995, por una parte y el señor MUÑOZ MIGUEL ANGEL, D.N.I. Nº 16.117.243, por la otra, obrante en act. DOCEXT 147717/25 del EXD-0- 11130896/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 19 15 21 01 1-01 3 4 9 $2.250.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º, correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia; Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Turismo y Cultura y por su intermedio notificar al interesado.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1133-MTyC-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1260348/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 788-MTyC-2023, obrante en act. DOCEXT 139964/25, se designó a la Señora STELLA MARIS CUELLO, D.N.I. Nº 20.135.808, en el cargo de subdirectora Región Norte, dependiente de la Dirección de Promoción Turístico Cultural del Ministerio de Turismo y Cultura;
Que en act. PASJEF 48433/26, obra nota de renuncia presentada por la Señora STELLA MARIS CUELLO, D.N.I. Nº 20.135.808, al cargo precedentemente citado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, a partir del 01 de febrero de 2026, la renuncia presentada por la Sra STELLA MARIS CUELLO, D.N.I. Nº 20.135.808, en el cargo de subdirectora Región Norte, dependiente de la Dirección de Promoción Turístico Cultural del Ministerio de Turismo y Cultura. -
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Dirección de Recursos Humanos; Dirección Promoción Turístico Cultural; Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.); Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y a la interesada. -
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1172-MTyC-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-9110727/25 y su acumulado EXD-0-9081284/25; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 12203-MTyC-2025, de fecha 29 de junio de 2025, obrante en las actuaciones DOCEXT 144272/25, se dispuso la decisión administrativa de no renovar el contrato de trabajo del agente LUIS BARTOLO GODOY, D.N.I. Nº 29.018.233, en virtud de la finalización del período de contratación;
Que en acts. DOCEXT 143226/25 y DOCEXT 143489/25 obra Recurso de Reconsideración con Jerárquico en Subsidio interpuesto por el señor LUIS BARTOLO GODOY, D.N.I. Nº 29.018.233, en contra de lo resuelto mediante el Decreto de referencia;
Que fundamenta dicho recurso en lo dispuesto por los artículos 48 y 50 de la Ley Nº 23.551, el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y los Convenios Nº 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional);
Que el agente de referencia se encuentra comprendido en lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº XV-0390-2004 (5618) -Estatuto del Empleado Público, el cual establece: “Personal Contratado: es aquel cuya relación laboral está regida por un contrato de plazo determinado y presta servicios en forma personal y directa, siendo facultad del Estado provincial la renovación de dicho contrato, cuando las necesidades de servicio así lo requieran. Dichas renovaciones, alternadas o continuas, no crean relación de carácter permanente, ni desnaturalizan la figura contractual inicial”;
Que, en consecuencia, constituye facultad exclusiva y excluyente del Poder Ejecutivo Provincial disponer la renovación o no del contrato transitorio del señor Godoy, en tanto su condición de revista -por imperio de la ley- no genera relación de carácter permanente, y la eventual renovación, alternada o continua, no desnaturaliza la figura contractual inicial;
Que la eventual asunción de cargos o funciones gremiales no otorga estabilidad ni limita la potestad de la Administración de prescindir de los servicios del personal contratado bajo una relación de naturaleza transitoria; por lo que, de verificarse tal circunstancia, ello no constituye impedimento legal alguno para disponer la no prórroga del contrato transitorio;
Que el impugnante manifiesta que la decisión de no renovar su contrato encubre una supuesta persecución política, sindical y discriminatoria; sin embargo, en ninguna oportunidad acredita cuáles serían las actividades gremiales que la Administración habría pretendido silenciar, ni demuestra el ejercicio de actividad sindical efectiva con cercanía temporal suficiente a la fecha de la no renovación de su contrato;
Que no se configuran conductas que tornen la no renovación del contrato del señor Godoy en un despido nulo, ni resulta aplicable el procedimiento judicial previo previsto en el artículo 48 de la Ley Nº 23.551, tal como lo solicita el recurrente;
Que el Poder Ejecutivo Provincial posee la facultad de designar y remover a los empleados de la Administración Pública, conforme lo establecido en el artículo 168, inciso 10), de la Constitución Provincial;
Que, en relación con el recurso interpuesto, corresponde encuadrarlo en el artículo 52 de la Ley de Procedimientos Administrativos, y conforme al principio de informalismo, se entiende deducido un recurso de revocatoria, siendo improcedente el recurso jerárquico en subsidio al tratarse de un acto emanado directamente del Poder Ejecutivo Provincial;
Que en act. DICLEG 46105/25 obra Dictamen Legal que aconseja el rechazo del recurso por resultar sustancialmente improcedente;
Que en act. DICFIS 162956/25 interviene Fiscalía de Estado, que aconseja el rechazo del recurso por resultar sustancialmente improcedente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso de Revocatoria, por resultar sustancialmente improcedente, interpuesto por el señor LUIS BARTOLO GODOY, D.N.I. Nº 29.018.233, obrante en actuaciones DOCEXT 143226/25 y DOCEXT 143489/25, en contra del Decreto Nº 12203-MTyC-2025 de fecha 29 de junio de 2025, conforme lo expuesto en los Considerandos.-
Art. 2º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente al Sr. LUIS BARTOLO GODOY, D.N.I. Nº 29.018.233.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Turismo y Cultura y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Juan Jose Alvarez Pinto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE GOBIERNO
DECRETO Nº 929-MG-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-3311183/25 y el Decreto Nº 3419-MG-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1114033/25, obra nota de la Dirección de Personas Jurídicas solicitando se deje sin efecto el Decreto Nº 3419-dMG-2025, por no haber presentado la Asociación Civil “CENTRO DE ESTUDIANTES DEL I.F.D.C.- SAN LUIS ASOCIACION CIVIL” los datos bancarios para la transferencia del aporte no reintegrable correspondiente al Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis;
Que en adjuntos de act. DOCEXT 1122527/25 obra intimación en fecha 20 de octubre de 2025 a la Asociación Civil “CENTRO DE ESTUDIANTES DEL I.F.D.C.- SAN LUIS ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 00114-DPJ-2024, cursada vía correo electrónico denunciado por la entidad en “FORMULARIO ANEXO”, requiriendo la presentación de la cuenta bancaria, sin tener respuesta alguna durante el plazo de la intimación;
Que en act. PREV 11233234/25 obra comprobante de anulación de preventivo;
Que en act. DICLEG 48257/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 954129/26 toma vista Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166370/26 interviene Fiscalía de Estado, indicando que analizadas las actuaciones, y en razón de que la Dirección de Personas Jurídicas, en su carácter de autoridad de aplicación, intimó a la entidad sin haber cumplido con las presentación de los datos bancarios necesarios para concretar la transferencia del aporte no reintegrable, correspondería procederse al dictado del acto administrativo pertinente mediante el cual se deje sin efecto el Decreto Nº 3419-MG-2025, por el cual se otorgó un aporte no reintegrable a la Asociación Civil“CENTRO DE ESTUDIANTES DEL I.F.D.C.- SAN LUIS ASOCIACION CIVIL”;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Dejar sin efecto el Decreto Nº 3419-MG-2025, de fecha 6 de abril de 2025, en virtud de lo expuesto en el Considerando. -
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 3º.-Hacer saber a Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la entidad “Asociación Civil CENTRO DE ESTUDIANTES DEL I.F.D.C.- SAN LUIS ASOCIACION CIVIL”. -
Art. 4º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 930-MG-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA
FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1200233/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1128338/26, obra Acuerdo Bilateral, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de POTRERO DE LOS FUNES, representado por el señor Intendente Municipal IGNACIO MARTIN OLAGARAY, D.N.I. Nº 21.809.345;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera, las partes convienen crear un fondo común de afectación específica, por un monto de PESOS SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($68.400.000,00), a los fines de la realización de distintas obras públicas en la localidad de Potrero de los Funes;
Que por dicho acuerdo la Municipalidad autoriza a la Provincia, a efectuar retenciones de los fondos provenientes de la coparticipación, que le correspondiera percibir de acuerdo a la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, en seis (6) cuotas iguales para su integración al fondo común;
Que en act. PREV 11271185/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($34.200.000,00);
Que en act. DICLEG 48388/26, obra dictamen del Asesor Legal, sin objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP 954489/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que estaría en condiciones de dictarse el Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del Aporte del Tesoro Provincial al municipio de Potrero de los Funes por el importe de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL con 00/100 ($34.200.000,00), debiendo rendir cuenta documentada de su gestión conforme a las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan;
Que en act. DICFIS 166373/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de Arts. 21, 22 y concordantes de la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan y Art.168 inc.15) de la Constitución de la Provincia de San Luis.-
Art.2º.- Homologar el Acuerdo Bilateral, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de POTRERO DE LOS FUNES, representado por el señor Intendente IGNACIO MARTIN OLAGARAY, D.N.I. Nº 21.809.345, obrante en act. DOCEXT 1128338/26.-
Art.3º.- Otorgar un Aporte del Tesoro Provincial (A.T.P.) a la Municipalidad de Potrero de los Funes por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($34.200.000,00), el que será depositado en la cuenta corriente afectada al fondo común establecido en la cláusula primera del Acuerdo Bilateral, debiendo rendir cuenta documentada conforme con las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias y las que en el futuro las modifiquen y/o sustituyan.-
Art.4º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6 $34.200.000,00
Art.5º.-Incluir en la programación financiera del mes en curso la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($34.200.000,00), a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc.
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6
Art.6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.7º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Asuntos Municipales, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y notificar a la Municipalidad de Potrero de los Funes.-
Art.8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 931-MG-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-4260048/25 y el Decreto Nº 5699-MG-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1114055/25, obra nota de la Dirección de Personas Jurídicas solicitando se deje sin efecto el Decreto Nº 5699-MG-2025, por no haber presentado la Asociación Civil “ACCIÓN COLECTIVA ASOCIACIÓN CIVIL” los datos bancarios para la transferencia del aporte no reintegrable correspondiente al Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis;
Que en adjuntos de act. DOCEXT 1114055/25 obra intimación en fecha 20 de octubre de 2025 a la Asociación Civil “ACCIÓN COLECTIVA ASOCIACIÓN CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 00101-DPJ-2024, cursada vía correo electrónico denunciado por la entidad en “FORMULARIO ANEXO”, requiriendo la presentación de la cuenta bancaria, sin tener respuesta alguna durante el plazo de la intimación;
Que en act. PREV 11242223/25 obra comprobante de anulación de preventivo;
Que en act. DICLEG 48219/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 951936/26 toma vista Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166152/25 interviene Fiscalía de Estado, indicando que analizadas las actuaciones, y en razón de que la Dirección de Personas Jurídicas, en su carácter de autoridad de aplicación, intimó a la entidad sin haber cumplido con las presentación de los datos bancarios necesarios para concretar la transferencia del aporte no reintegrable, correspondería procederse al dictado del acto administrativo pertinente mediante el cual se deje sin efecto el Decreto Nº 5699-MG-2025, por el cual se otorgó un aporte no reintegrable a la Asociación Civil “ACCIÓN COLECTIVA ASOCIACIÓN CIVIL”;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Dejar sin efecto el Decreto Nº 5699-MG-2025, de fecha 6 de mayo de 2025, en virtud de lo expuesto en el Considerando.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 3º.-Hacer saber a Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la entidad “Asociación Civil ACCIÓN COLECTIVA ASOCIACIÓN CIVIL”.-
Art. 4º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 932-MG-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250787/25, por el cual la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, tramita la homologación de Contrato de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1097634/25, obra contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y el señor SERGIO JAVIER RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 29.664.107, quien se obliga a asesorar y diligenciar sobre tramites referidos a la identificación de personas ante la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas en la Seccional 908 de la Localidad de Villa del Carmen, del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. PREV 11262269/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS QUINCE MIL CON 00/100 ($1.815.000,00);
Que en act. DICLEG 48302/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 953719/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 166265/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y el señor SERGIO JAVIER RODRIGUEZ, D.N.I. Nº 29.664.107, quien se obliga a asesorar y diligenciar sobre tramites referidos a la identificación de personas ante la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas en la Seccional 908 de la Localidad de Villa del Carmen, del Ministerio de Gobierno, obrante en act. DOCEXT 1097634/25.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 13 18 00 1-01 3 4 9 $1.815.000,00
Art. 4º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas y al interesado. -
Art. 7º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 933-MG-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2261172/25 y el Decreto Nº 2157-MG-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1114025/25, obra nota de la Dirección de Personas Jurídicas solicitando se deje sin efecto el Decreto Nº 2157-MG-2025, por no haber presentado la Asociación Civil “VITAMINA FUTSAL ASOCIACION CIVIL”, los datos bancarios para la transferencia del aporte no reintegrable correspondiente al Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis;
Que en adjuntos de act. DOCEXT 1114025/25 obra intimación en fecha 20 de octubre de 2025 a la Asociación Civil “VITAMINA FUTSAL ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 26- DPJ-2025, cursada vía correo electrónico denunciado por la entidad en “FORMULARIO ANEXO”, requiriendo la presentación de la cuenta bancaria, sin tener respuesta alguna durante el plazo de la intimación;
Que en act. PREV 11233144/25 obra comprobante de anulación de preventivo;
Que en act. DICLEG 48233/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 951932/26 toma vista Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166153/26 interviene Fiscalía de Estado, indicando que analizadas las actuaciones, y en razón de que la Dirección de Personas Jurídicas, en su carácter de Autoridad de Aplicación, intimó a la entidad sin haber cumplido con las presentación de los datos bancarios necesarios para concretar la transferenciadel aporte no reintegrable, correspondería procederse al dictado del acto administrativo pertinente mediante el cual se deje sin efecto el Decreto Nº 2157-MG-2025, por el cual se otorgó un aporte no reintegrable a la Asociación Civil “VITAMINA FUTSAL ASOCIACIÓN CIVIL”;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Dejar sin efecto el Decreto Nº 2157-MG-2025, de fecha 11 de marzo de 2025, en virtud de lo expuesto en el Considerando.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Dirección de Personas Jurídicas, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la entidad “Asociación Civil VITAMINA FUTSAL ASOCIACIÓN CIVIL”.-
Art. 4º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 5º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 934-MG-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080580/26, por el cual la Dirección de Relaciones Laborales, tramita Transferencia de Partida Presupuestaria, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3691165/26, obra nota de solicitud;
Que en act. PTPREC 57587/26, se encuentra Planilla de Transferencias de Créditos Presupuestarios;
Que en act. INFORM 431269/26, obra informe de la Dirección de Presupuesto Público;
Que en act. DICLEG 48351/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Artículos 9º y 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:
Crear:
1-Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
10- Disminución Activos Financieros
Fondo Riesgos de Trabajo $21.655.589,42
Art. 3º.-Modificar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Crear:
Ins Jur U.E Prog. Fin. Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 12 16 22 3 62 4-40 3 $21.655.589,42
Fuente de Financiamiento: 4-40 - Disminución Activos Financieros – Fondo Riesgos de Trabajo
Art. 4º.-Disponer que, las partidas y el recurso a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos. -
Art. 5º.-Hacer saber a la Dirección de Presupuesto Público, Dirección de Relaciones Laborales, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia. -
Art. 6º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 7º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 965-MG-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12110739/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1107380/25, obra el Segundo Acuerdo Bilateral, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de Naschel, representado por la señora Intendente Municipal, VALERIA VERONICA KUHN, D.N.I. Nº 27.424.897;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera, las partes convienen crear un fondo común de afectación específica, por un monto de PESOS CIENTO VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($121.200.000,00), a los fines de la realización de distintas obras públicas en la localidad de Naschel;
Que por dicho acuerdo la Municipalidad autoriza a la Provincia, a efectuar retenciones de los fondos provenientes de la coparticipación, que le correspondiera percibir de acuerdo a la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, en seis (6) cuotas iguales para su integración al fondo común;
Que en act. PREV 11259717/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($60.600.000,00);
Que en act. DICLEG 48044/25, obra dictamen del Asesor Legal, sin objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP 952191/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 165759/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de Arts. 21, 22 y concordantes de la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan y Art. 168 inc.15) de la Constitución de la Provincia de San Luis.-
Art.2º.- Homologar el Segundo Acuerdo Bilateral, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de Naschel representado por la señora Intendente Municipal, VALERIA VERONICA KUHN, D.N.I. Nº 27.424.897, obrante en act. DOCEXT 1107380/25.-
Art.3º.- Otorgar un Aporte del Tesoro Provincial (A.T.P.) a la Municipalidad de Naschel, por la suma de PESOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($60.600.000,00) el que será depositado en la cuenta corriente afectada al fondo común establecido en la cláusula primera del Acuerdo Bilateral, debiendo rendir cuenta documentada conforme con las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias y las que en el futuro las modifiquen y/o sustituyan.-
Art.4º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6 $60.600.000,00
Art.5º.-Incluir en la programación financiera del mes en curso la suma de PESOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($60.600.000,00), a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc.
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6
Art.6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.7º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Asuntos Municipales, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y notificar a la Municipalidad de Naschel.-
Art.8º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado deHacienda e Infraestructura Pública.-
Art.9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 966-MG-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210202/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647747/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL BIBLIOTECA POPULAR HOGAR DE LAS PALABRAS”, con Personería Jurídica Nº 116-DPCyFPJ-2023, en act. ACTPAS 1647751/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “cerramiento del predio y mejoramiento del edificio”;
Que en acts. ACTPAS 1129244/26, 1647749/26 y 1647745/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647750/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647753/26 la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL BIBLIOTECA POPULAR HOGAR DE LAS PALABRAS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271201/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48383/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955430/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166477/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL BIBLIOTECA POPULAR HOGAR DE LAS PALABRAS”, con Personería Jurídica Nº 116-DPCyFPJ-2023, para el financiamiento del proyecto social “cerramiento del predio y mejoramiento del edificio”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Asociación Civil Biblioteca Popular Hogar de las Palabras”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 967-MG-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1190447/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647272/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL COOPERADORA DE LA ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº11 RAYITO DE SOL”, con Personería Jurídica Nº 107-DPCyFPJ-2016, en act. ACTPAS 1647276/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de herramientas para mantenimiento”;
Que en acts. ACTPAS 1647274/26, 1647273/26 y 1647270/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647275/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647277/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL COOPERADORA DE LA ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº11 RAYITO DE SOL” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11269117/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48372/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955436/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166486/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL COOPERADORA DE LA ESCUELA DE NIVEL INICIAL Nº11 RAYITO DE SOL”, con Personería Jurídica Nº 107-DPCyFPJ-2016, para el financiamiento del proyecto social “compra de herramientas para mantenimiento”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Asociación Civil Cooperadora De La Escuela De Nivel Inicial Nº11 Rayito De Sol”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 968-MG-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12100923/25; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1106639/25, obra Acuerdo Bilateral, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de FORTIN EL PATRIA, representado por la señora Intendenta Comisionada VIVIANA ANAHÍ CASTAÑEDA, D.N.I. Nº 30.721.425;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera, las partes convienen crear un fondo común de afectación específica, por un monto de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES CON 00/100 ($48.000.000,00), a los fines de la realización de distintas obras públicas en la localidad de Fortín El Patria;
Que por dicho acuerdo la Municipalidad autoriza a la Provincia, a efectuar retenciones de los fondos provenientes de la coparticipación, que le correspondiera percibir de acuerdo a la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, en seis (6) cuotas iguales para su integración al fondo común;
Que en act. PREV 11259707/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($24.000.000,00);
Que en act. DICLEG 47884/25, obra dictamen del Asesor Legal, sin objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP952178/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 165203/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de Arts. 21, 22 y concordantes de la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan y Art.168 inc.15) de la Constitución de la Provincia de San Luis.-
Art.2º.- Homologar el Acuerdo Bilateral, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de FORTIN EL PATRIA, representado por la señora Intendenta Comisionada VIVIANA ANAHÍ CASTAÑEDA, D.N.I. Nº 30.721.425, obrante en act. DOCEXT 1106639/25.-
Art.3º.- Otorgar un Aporte del Tesoro Provincial (A.T.P.) a la Municipalidad de Fortín El Patria por la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($24.000.000,00) el que será depositado en la cuenta corriente afectada al fondo común establecido en la cláusula primera del Acuerdo Bilateral, debiendo rendir cuenta documentada conforme con las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias y las que en el futuro las modifiquen y/o sustituyan.-
Art.4º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6 $24.000.000,00
Art.5º.-Incluir en la programación financiera del mes en curso la suma de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 ($24.000.000,00) a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc.
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6
Art.6º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art.7º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Asuntos Municipales, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y notificar a la Municipalidad de Fortín El Patria.-
Art.8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art.9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1007-MG-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 12100344/25, por el cual se tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1107593/25, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro de Estado de Gobierno y el señor MARCELO EDUARDO ZAVALA, D.N.I. Nº 21.630.157, para cumplir funciones como asesor en la Dirección de Relaciones Laborales;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. PREV 11261566/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.300.000,00);
Que en act. DICLEG 48303/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955307/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 165351/25, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado el señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, en su carácter de Ministro de Estado de Gobierno y el señor MARCELO EDUARDO ZAVALA, D.N.I. Nº 21.630.157, para cumplir funciones como asesor en la Dirección de Relaciones Laborales, por la otra, obrante en act. DOCEXT 1107593/25.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 16 21 00 1-01 3 4 3 $3.300.000,00
Art. 4º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección de Relaciones Laborales, Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, y al interesado. -
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1008-MG-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210418/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647889/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUNDACION DE ACCION SOCIAL”, con Personería Jurídica Nº 60-DPIGPJ-S-1985, en act. ACTPAS 1647893/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de computadora de escritorio e impresora”;
Que en acts. ACTPAS 1647891/26, 1647890/26 y 1647887/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1128958/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647894/26 la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “FUNDACION DE ACCION SOCIAL” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271545/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48375/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955423/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166552/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FUNDACION DE ACCION SOCIAL”, con Personería Jurídica Nº 60-DPIGPJ-S-1985, para el financiamiento del proyecto social “compra de computadora de escritorio e impresora”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Fundación De Acción Social”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1009-MG-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210305/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647825/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la entidad “FUNDACION ABRIENDO ESPERANZAS”, con Personería Jurídica Nº 305-DPCyFPJ-2023, en act. ACTPAS 1647829/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “Construcción de techo”;
Que en acts. ACTPAS 1647827/26, 1647826/26 y 1647823/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647828/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647830/26 la Dirección de Personas Jurídicas informa que la entidad “FUNDACION ABRIENDO ESPERANZAS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271540/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48384/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955439/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166516/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la entidad “FUNDACION ABRIENDO ESPERANZAS”, con Personería Jurídica Nº 305-DPCyFPJ-2023, para el financiamiento del proyecto social “Construcción de techo”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la entidad “Fundación Abriendo Esperanzas”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1010-MG-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250784/25, por el cual la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, tramita la homologación de Contrato de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1096833/25, obra contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y la señora PATRICIA GRACIELA PEREZ, D.N.I. Nº 16.644.152, quien se obliga a asesorar y diligenciar sobre tramites referidos a la identificación de personas ante la Dirección del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas en la Seccional de la Localidad de Arizona, del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. PREV 11262275/26 obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS QUINCE MIL CON 00/100 ($1.815.000,00);
Que en act. DICLEG 48301/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 953726/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 166266/26, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida mediante Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARIAN, D.N.I. Nº 29.241.096 y la señora PATRICIA GRACIELA PEREZ, D.N.I. Nº 16.644.152, quien se obliga a asesorar y diligenciar sobre tramites referidos a la identificación de personas ante la Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas en la Seccional de la Localidad de Arizona, del Ministerio de Gobierno, obrante en act. DOCEXT 1096833/25.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 13 18 00 1-01 3 4 9 $1.815.000,00
Art. 4º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas y a la interesada. -
Art. 7º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº1050-MG-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210434/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647911/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL ELUN”, con Personería Jurídica Nº 317-DdeCyFdePJ-09, en act. ACTPAS 1647915/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de elementos terapéuticos”;
Que en acts. ACTPAS 1647912/26, 1647913/26 y 1647909/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647914/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647916/26 la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL ELUN” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271549/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48370/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955417/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166491/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL ELUN”, con Personería Jurídica Nº 317-DdeCyFdePJ-09, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de elementos terapéuticos”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Asociacion Civil Elun”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1051-MG-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210422/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº ٨٩٨٠-MG-2024, modificado por Decreto Nº ٢٤٣٠٩-MG-٢٠٢٥, obrante en act. ACTPAS 1647901/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL MAQUINISTA FUTSAL”, con Personería Jurídica Nº ٤٩-DPCyFPJ-٢٠٢٣, en act. ACTPAS 1647905/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva”;
Que en acts. ACTPAS 1647903/26, 1647902/26 y 1647899/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647904/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647906/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL MAQUINISTA FUTSAL” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271547/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48373/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955419/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166492/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “ASOCIACION CIVIL MAQUINISTA FUTSAL”, con Personería Jurídica Nº 49-DPCyFPJ-2023, para el financiamiento del proyecto social “compra de indumentaria deportiva”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Asociación Civil Maquinista Futsal”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1082-MG-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1200167/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1128294/26, obra el Acuerdo Bilateral “Construyendo con tu Pueblo 2025 II”, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de San Luis, representado por el señor Intendente JORGE GASTON HISSA, D.N.I. Nº 27.933.201;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Primera, las partes convienen crear un fondo común de afectación específica, por un monto de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CON 00/100 ($3.852.000.000,00), a los fines de la realización de distintas obras públicas en la localidad de San Luis;
Que por dicho acuerdo la Municipalidad autoriza a la Provincia, a efectuar retenciones de los fondos provenientes de la coparticipación, que le correspondiera percibir de acuerdo a la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, en seis (6) cuotas iguales para su integración al fondo común;
Que en act. PREV 11271290/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto para el presente ejercicio por un monto de PESOS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS MILLONES CON 00/100 ($1.926.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48386/26, obra dictamen del Asesor Legal, sin objeciones que formular;
Que en act. NOTAMP 954523/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que estaría en condiciones de dictarse el Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del Aporte del Tesoro Provincial a la Municipalidad de San Luis, por el importe de PESOS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS MILLONES CON 00/100 ($1.926.000.000,00), debiendo rendir cuenta documentada de su gestión conforme a las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan;
Que en act. DICFIS 166361/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de Arts. 21,22 y concordantes de la Ley Nº XII-0351-2004 de Régimen de Coparticipación Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias de la misma y las que en el futuro las modifique y/o sustituyan y Art. 168 inc.15) de la Constitución de la Provincia de San Luis. -
Art.2º.- Homologar el Acuerdo Bilateral, “Construyendo con tu Pueblo 2025 II”, suscripto entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096, el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, C.P.N. NESTOR ALBERTO ORDOÑEZ, D.N.I. Nº 25.144.115 y el Municipio de San Luis representado por el señor Intendente JORGE GASTON HISSA, D.N.I. Nº 27.933.201, obrante en act. DOCEXT 1128294/26.-
Art.3º.- Otorgar un Aporte del Tesoro Provincial (A.T.P.) a la Municipalidad de San Luis, por la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS MILLONES CON 00/100 ($1.926.000.000,00) el que será depositado en la cuenta corriente afectada al fondo común establecido en la cláusula primera del Acuerdo Bilateral, debiendo rendir cuenta documentada conforme con las disposiciones de la Ley de Régimen Municipal, sus modificatorias, normas reglamentarias y las que en el futuro las modifiquen y/o sustituyan.-
Art.4º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6 $1.926.000.000,00
Art.5º.-Incluir en la programación financiera del mes en curso la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS MILLONES CON 00/100 ($1.926.000.000,00), a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc.
1 11 11 20 01 1-01 5 8 6
Art.6º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.7º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Asuntos Municipales, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y notificar a la Municipalidad de San Luis.-
Art.8º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1083-MG-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210134/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647695/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA NIELS BOHR”, con Personería Jurídica Nº 1830-DCyFPJ-2011, en act. ACTPAS 1647915/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de cámaras de seguridad”;
Que en acts. ACTPAS 1647696/26, 1647697/26 y 1647693/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647698/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647700/26 la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA NIELS BOHR” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271197/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48382/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955445/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166482/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA NIELS BOHR”, con Personería Jurídica Nº 1830-DCyFPJ-2011, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de cámaras de seguridad”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. - Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.-Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Asociación Cooperadora Niels Bohr”. -
Art.6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1084-MG-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210315/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647844/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA JUAN PASCUAL PRINGLES”, con Personería Jurídica Nº 217-DPIGPJ-94, en act. ACTPAS 1647848/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de mobiliario para oficina”;
Que en acts. ACTPAS 1647846/26, 1647845/26 y 1647842/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647847/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647849/26 la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA JUAN PASCUAL PRINGLES” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271541/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48377/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955442/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts. 6º, 8º y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166550/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.-Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “ASOCIACION COOPERADORA JUAN PASCUAL PRINGLES”, con Personería Jurídica Nº 217-DPIGPJ-94, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de mobiliario para oficina”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5º de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Asociación Cooperadora Juan Pascual Pringles”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1085-MG-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11200015/25, por el cual la Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales, tramita la homologación de Contrato de Servicios, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAB 100100642/25, obra contrato de servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARAIN, D.N.I. Nº 29.241.096 y la señora VERONICA PIERINA GARCES, D.N.I. Nº 21.812.874 para cumplir funciones como asistente técnico de comunicación organizacional en la Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales del Ministerio de Gobierno;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. PREV 11259260/26, obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por un monto de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($2.340.000,00);
Que en act. DICLEG 48304/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 952584/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del
Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 164960/25, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios, suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Ministro Secretario de Estado de Gobierno, señor GONZALO FEDERICO AMONDARIAN, D.N.I. Nº 29.241.096 y la señora VERONICA PIERINA GARCES, D.N.I. Nº 21.812.874 para cumplir funciones como asistente técnico de comunicación organizacional en la Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales del Ministerio de Gobierno, obrante en act. NOTAMP 100100642/25.-
Art. 3º.-Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 17 24 00 1-01 3 4 9 $2.340.000,00
Art. 4º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a ContaduríaGeneral de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientesde la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.-Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Derechos y Garantías Constitucionales, y a la interesada. -
Art. 7º. -El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º. -Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1086-MG-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210218/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647763/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “ASOCIACION EDUCACIONAL DIVERSITAS”, con Personería Jurídica Nº 964-DCyFPJ-2013, en act. ACTPAS 1647767/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “compra de aires acondicionados”;
Que en acts. ACTPAS 1647765/26, 1647764/26 y 1647761/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647766/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647768/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “ASOCIACION EDUCACIONAL DIVERSITAS” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271206/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48381/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955408/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166514/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “ASOCIACION EDUCACIONAL DIVERSITAS”, con Personería Jurídica Nº 964-DCyFPJ-2013, para el financiamiento del proyecto social “compra de aires acondicionados”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Asociación Educacional Diversitas”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1087-MG-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000- 1210244/26; y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 8980-MG-2024, modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025, obrante en act. ACTPAS 1647780/26, se crea el Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG de la Provincia de San Luis y se aprueba la herramienta de financiamiento de proyectos sociales presentados por entidades civiles con personería jurídica de la Provincia de San Luis;
Que en el marco de dicha normativa la Asociación Civil “COOPERADORA ALEGRES LIBELULAS ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 291-DPJ-2024, en act. ACTPAS 1647784/26 solicita la aprobación y financiamiento del proyecto social “adquisición de aires acondicionados”;
Que en acts. ACTPAS 1647782/26, 1647781/26 y 1647778/26 se acompaña documentación de la referida Asociación Civil y presupuesto correspondiente al proyecto social presentado;
Que en act. ACTPAS 1647783/26, la Dirección de Personas Jurídicas certifica que la Asociación Civil solicitante se encuentra en estado regular ante dicha dependencia, que sus autoridades asistieron al ciclo de capacitaciones dictadas en el marco del Programa de Fortalecimiento Institucional de las ONG y que el proyecto a financiar se condice con el objeto social de la entidad;
Que en act. ACTPAS 1647785/26, la Dirección de Personas Jurídicas informa que la Asociación Civil “COOPERADORA ALEGRES LIBELULAS ASOCIACION CIVIL” ha cumplimentado debidamente con la rendición de cuentas según el procedimiento establecido en el Art. 8º del Decreto Nº 8980-MG-2024;
Que en act. PREV 11271208/26, obra imputación preventiva del gasto por la suma de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00);
Que en act. DICLEG 48380/26, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955437/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que se disponga el otorgamiento del subsidio a la entidad mencionada, encuadrando el caso en los Arts 6, 8 y 10 del Decreto Nº 8980-MG-2024, con cargo a rendir cuentas de la inversión del mismo de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 166515/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 8980-MG-2024 modificado por Decreto Nº 24309-MG-2025.-
Art.2º.- Otorgar un Aporte No Reintegrable a la Asociación Civil “COOPERADORA ALEGRES LIBELULAS ASOCIACION CIVIL”, con Personería Jurídica Nº 291-DPJ-2024, para el financiamiento del proyecto social “adquisición de aires acondicionados”, por un monto de PESOS UN MILLÓN CON 00/100 ($1.000.000,00), con cargo a rendir cuenta documentada de la inversión de conformidad a lo establecido en el Art. 5 de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art.3º.-Imputar a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 12 15 20 01 1-01 5 1 7 $1.000.000,00
Art.4º. -Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art.5º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Dirección de Personas Jurídicas, Tesorería General de la Provincia, Contaduría General de la Provincia, y a la Asociación Civil “Cooperadora Alegres Libélulas Asociación Civil”. -
Art.6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art.7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SEGURIDAD
DECRETO Nº 935-MS-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12090663/25, por el cual la Dirección del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita Homologación de Contrato de Servicio, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1964766/25 la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial solicita la homologación del Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado en este acto por la Lic. NANCY VERONICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y la Lic. en Trabajo Social RIVERO GISELA BELEN, D.N.I. Nº 34.715.747 por la otra, para la realización de informes técnicos criminológicos de acuerdo al requerimiento de la Ley de Ejecución Penal para internos del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en act. DOCEXT 1979328/26 obra Contrato de Servicios suscripto, que tendrá vigencia a partir del 1 de febrero hasta el 30 de abril de 2026;
Que la Cláusula Quinta establece que el monto mensual que percibirá por todo concepto la contratada será de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($950.000,00);
Que en act. PREV 11264370/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($2.850.000,00);
Que en act. DICLEG 33818/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. NOTAMP 953691/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 166261/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Lic. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y la Lic. En Trabajo Social RIVERO GISELA BELEN, D.N.I. Nº 34.715.747 por la otra, para la realización de informes técnicos criminológicos de acuerdo al requerimiento de la Ley de Ejecución Penal para internos del Servicio Penitenciario Provincial, obrante en act. DOCEXT 1979328/26 del EXD-0-12090663/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 17 15 21 1-01 3 4 9 $2.850.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y por su intermedio a la interesada.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 936-MS-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080527/24 por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario del Comisario General GIL GUILLERMO GASTON D.N.I. Nº 25.276.905; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley Nº XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge, que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 3089008/24 obra Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por la Dirección General de Recursos Humanos, de Policía de la Provincia en formularios respectivos,
Que en act. DOCEXT 1193616/24 obran formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, detalle de servicios computables emitido por la Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública,
Que en act. DICLEG 33777/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en acts. DICFIS 164522/25 toma vistas Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1) y 16º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificada por Ley Nº VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria Nº 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14;
Que en act. NOTAMP 943224/25 toma Intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 179122/25 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que el Comisario General GIL GUILLERMO GASTON D.N.I. Nº 25.276.905, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1) y 16º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley Nº VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria Nº 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14.-
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario del Comisario General GIL GUILLERMO GASTON D.N.I. Nº 25.276.905.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación.-
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 969-MS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11100143/25 mediante el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que el mismo es para la CONTRATACIÓN de SERVICIOS DE SEGUROS, con destino a la flota policial, compuesto por MIL CIENTO OCHENTA (1.180) unidades: VEHÍCULOS, MOTOCICLETAS, CASILLAS, TORRES VIGÍAS, CUATRICICLOS, MONOPATINES, BICICLETAS Y EMBARCACIONES, por el plazo de doce (12) meses, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICIA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, según nómina obrante en act. DOCEXT 3644696/25 (Adjuntos);
Que en act. PREV 11259954/26, obra imputación preventiva con excepción de duodécimo, por la suma total de PESOS CIENTO DIECISEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 72/100 ($116.666.666,72) y en act. PREVFT 11259955/26 el comprobante de imputación ejercicio futuro, por la suma total de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON 36/100 ($58.333.333,36);
Que en act. NOTAMP 953652/26 toma intervención la Dirección de Presupuesto Público;
Que en act. SOLSEC 11203854/25 obra Solicitud de Gastos Nº 210/2026, conformada por la autoridad competente;
Que en act. PLGECO 11211108/25 obra Pliego General Único de Condiciones aprobado por Decreto Nº 8161-MHyOP-2015;
Que en act. PLPACO 11211934/25 obra el Pliego Particular de Bases y Condiciones elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que en act. NOTAMP 947333/25 Policía de la Provincia, presta conformidad al Pliego obrante en act. PLPACO 11211934/25;
Que en act. DICLEG 33803/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, encuadrando el presente caso en el Artículo 97º inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 modificada por Ley Nº VIII-0867-2013;
Que en act. NOTAMP 954769/26 ha tomado vista Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública, encuadrando el caso en los Arts. 24 inc. g) y 97º inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituida por Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en acts. DICFIS 165580/25 y DICFIS 166387/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Art. 24 inc. g) y 97º inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo establecido en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la CONTRATACIÓN de SERVICIOS DE SEGUROS, con destino a la flota policial, compuesto por MIL CIENTO OCHENTA (1.180) unidades: VEHÍCULOS, MOTOCICLETAS, CASILLAS, TORRES VIGÍAS, CUATRICICLOS, MONOPATINES, BICICLETAS Y EMBARCACIONES, por el plazo de doce (12) meses, solicitado por la POLICÍA DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS-JEFATURA DE POLICIA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, obrante en act. PLPACO 11211934/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública a que hace referencia el Art. 2º del presente Decreto, por un Presupuesto Oficial de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MILLONES CON 08/100 ($175.000.000,08).-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 17 16 23 1-01 3 5 4 $116.666.666,72
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto ejercicio futuro 2027:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Princ. Parc. Importe
1 17 16 23 1-01 3 5 4 $58.333.333,36
Art. 6º.- Efectuar las publicaciones de los edictos en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar las actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones a sus efectos.-
Art. 9º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y a Policía de la Provincia.-
Art. 10º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 970-MS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1080678/26, por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios del Cabo PRADO, SERGIO JAVIER D.N.I. Nº 39.092.734; y,
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1490299/26 y DOCEXT 1474877/26 obran copia del Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y por la otra el Cabo PRADO, SERGIO JAVIER D.N.I. Nº 39.092.734 y copia del Decreto Nº 1846-MS-2023 mediante el cual fue ascendido a la jerarquía que ostenta;
Que en act. DOCEXT 1974878/26 obra copia del Decreto Nº 23737-MS-2025, mediante el cual se prorrogó el respectivo Contrato de Prestación de Servicios;
Que en act. DOCEXT 1490300/26 Policía de la Provincia mediante Resolución Nº 1414-JP-2025 en su artículo 2º, solicita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios del Cabo PRADO, SERGIO JAVIER D.N.I. Nº 39.092.734;
Que en act. DICLEG 33838/26 obra dictamen de la Asesoría Legal, dependiente del Ministerio de Seguridad indicando que correspondería se proyecte el acto administrativo pertinente que disponga la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios;
Que en act. NOTAMP 952792/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166185/26 obra intervención de Fiscalía de Estado indicando que analizadas las actuaciones administrativas y en mérito de lo allí expuesto, se encuentran dadas las condiciones, para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente, mediante el cual se disponga la rescisión del Contrato de Prestación de Servicio, oportunamente suscripto, con sustento legal en lo establecido en la cláusula sexta del mismo;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rescindir, a partir de la fecha del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Servicios del Cabo PRADO, SERGIO JAVIER D.N.I. Nº 39.092.734, prorrogado por Decreto Nº 23737-MS-2025.-
Art. 2º.- Por intermedio de Policía de la Provincia, notificar al interesado.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 971-MS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11131243/25 mediante el cual el Ministerio de Seguridad tramita homologación de Convenios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1484471/25 obra Decreto Nº 11794-MS-2024, mediante el cual se autoriza al Ministerio de Seguridad la apertura de la convocatoria del personal policial, en condición de retiro, para cubrir necesidades de vigilancia en edificios públicos en las diferentes Unidades Regionales y Direcciones Generales de la Policía de la Provincia, en el marco de la Ley Nº V-1118-2024 y Ley Nº XV-0982-2017 en su Art. 18 incs. b), c) y h);
Que en act. DOCEXT 1980220/26 obra Resolución Nº 81-MS-2024 mediante la cual se establece la Convocatoria de Personal Policial Retirado para cubrir las necesidades de los diferentes edificios públicos pertenecientes al Estado Provincial, como así también el ANEXO ÚNICO, referido a los lineamientos de la misma;
Que en act. DOCEXT 1980221/26 obra Decreto Nº 14138-MS-2025, por el cual se homologan Convenios suscriptos oportunamente entre el personal policial retirado y el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, LIC. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, para cumplir funciones de vigilancia en Edificios Públicos en el ámbito provincial, a partir del 1 de julio del año 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025;
Que en act. DOCEXT 1461463/25 obra nota elevada por el Jefe de Policía de la Provincia de San Luis, adjuntando la nómina de personal retirado que se encuentra en condiciones de suscribir los convenios para ser homologados desde el 1 de enero del 2026 y hasta el 31 de marzo del 2026;
Que en PREV 11259481/26 obra el comprobante de imputación preventiva con excepción de duodécimo y en act. PENFEL 1109916/25 obra cálculo del gasto correspondiente;
Que en act. ACTPAS 1636784/25 obra nómina adjunta, elevada al Ministerio de Seguridad referida al personal retirado los cuales se encuentran en condiciones de suscribir los Convenios correspondientes;
Que en act. DOCEXT 3664637/25 obran Convenios de Convocatoria de Personal Policial Retirado, suscriptos oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, LIC. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842 y personal retirado para cumplir funciones de vigilancia en Edificios Públicos en el ámbito provincial y en adjuntos a la presente obran las respectivas copias de DNI;
Que en act. DICLEG 33855/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. NOTAMP 953117/26 obra intervención de Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166404/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso conforme lo establecido en el Decreto Nº 11794-MS-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, los Convenios de Personal Policial Retirado, para cumplir funciones de vigilancia en Edificios Públicos en el ámbito provincial, suscriptos oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, LIC. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842 y el personal seleccionado a tales efectos, según la nómina obrante en act. ACTPAS 1636784/25, la que se detalla a continuación:
|
Nº |
Apellido y Nombre |
DNI |
|
1 |
AGÜERO, LORENA SOLEDAD |
27499922 |
|
2 |
ANDRADA, JOSE DANIEL |
24369264 |
|
3 |
AVILA, JUAN AGUSTIN |
17518637 |
|
4 |
BRITOS, FERNANDO PASCUAL |
22140385 |
|
5 |
BRIZUELA AGUILAR, ERICA VANESA |
28184773 |
|
6 |
CABAÑEZ, TRANSITO DANIEL |
22543248 |
|
7 |
CABRERA, MARCELINA NATIVIDAD |
22543313 |
|
8 |
CASTRO, ABRAHAN |
16333658 |
|
9 |
CHANAMPA, NATACHA ROMINA |
30200712 |
|
10 |
DOMINGUEZ, ROSA FABIANA |
22392128 |
|
11 |
ESCUDERO, MARIO RAUL |
26370085 |
|
12 |
FUNEZ, RAMONA DEL CARMEN |
17825545 |
|
13 |
GIANDINOTTO, ADRIAN JAVIER EDUARDO |
30542699 |
|
14 |
GIL, CARLOS ALBERTO |
16772734 |
|
15 |
GODOY, MIGUEL ANGEL |
13301035 |
|
16 |
GODOY, OSCAR ROLANDO |
21383448 |
|
17 |
GUTIERREZ, JUAN DANIEL |
11284455 |
|
18 |
HIDALGO, SERGIO HUGO |
20688346 |
|
19 |
JUAREZ, ALBA ROSARIO |
21936069 |
|
20 |
LEYES, OSCAR RAFAEL |
25091254 |
|
21 |
LLAMBIAS, CARINA MARISA |
27394848 |
|
22 |
LUCERO, JORGE ALBERTO |
17679355 |
|
23 |
MEDERO, OSCAR ROBERTO |
11392715 |
|
24 |
MENENDEZ, LORENA PAOLA |
30007237 |
|
25 |
MERCADO, NESTOR FABIAN |
27760144 |
|
26 |
MOREIRA, GISELA MELINA |
27877935 |
|
27 |
OJEDA, JOSE EDGARDO |
23947777 |
|
28 |
OLGUIN, BLANCA NANCY |
29811906 |
|
29 |
OLGUIN, NATALIA GABRIELA |
24299273 |
|
30 |
ORTIZ, JOSE EUSEBIO |
10043444 |
|
31 |
QUIROGA, DEOLINDA MARIELA CRISTINA |
27253254 |
|
32 |
RAMOS, DEOLINDA MARCELA |
25191654 |
|
33 |
RICARTE, JESUS ROBERTO |
12066687 |
|
34 |
RIOS CIRIO, DUILIO WALTER |
21383050 |
|
35 |
RIVAROLA, SOLEDAD ANDREA |
27932508 |
|
36 |
RODRIGUEZ, HUGO DANIEL |
32713160 |
|
37 |
RODRIGUEZ, VICENTE EUDES |
11600754 |
|
38 |
ROJAS, MIGUEL ANGEL |
12813904 |
|
39 |
ROJAS, RITA JUDITH |
31587000 |
|
40 |
SANGOI, LEONARDO JAVIER |
27220268 |
|
41 |
SOSA, CELESTINO |
14734113 |
|
42 |
SOSA, CESAR DANIEL |
25564922 |
|
43 |
SOSA, NATALIA INES |
25394574 |
|
44 |
VILCHEZ, JORGE VICTOR |
21740852 |
|
45 |
VILLEGAS, OSVALDO JAVIER |
22779613 |
|
46 |
YANNUNYIO PÉREZ, CARLOS GUILLERMO |
23202490 |
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto 2026:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Par. Importe
1 17 16 23 1-01 5 1 4 $88.179.309,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54º y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y Policía de la Provincia para que, por su intermedio, realice las notificaciones correspondientes.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 972-MS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11131244/25 mediante el cual el Ministerio de Seguridad tramita homologación de Convenios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1966854/25 obra copia del Decreto Nº 3934-MS-2024 por el cual se autorizó al Ministerio de Seguridad la apertura de la convocatoria del personal policial, en condición de retiro voluntario en la escala jerárquica de Sub-Oficiales, con el objetivo de llevar a cabo funciones operativas que ameriten las políticas públicas de seguridad de la Provincia de San Luis, en el marco de la Ley Nº V-1118-2024 y Ley Nº XV-0982-2017 en su art.18 incs. b), c) y h);
Que en act. DOCEXT 1966861/25 obra Decreto Nº 14139-MS-2025, por el cual se homologan Convenios suscriptos oportunamente entre el personal policial retirado y el Gobierno de la Provincia de San Luis representado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, LIC. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, para cumplir funciones de choferes de patrulleros, a partir del 1 de julio del año 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025;
Que en act. ACTPAS 1636778/25 (adjuntos), obra nómina de personal retirado, elevado por el Jefe de Policía de la Provincia, quienes cumplen con los requisitos establecidos y están en condiciones para ser homologados, desde el 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en PREV 11259478/26 obra comprobante de imputación preventiva, y en act. PENFEL 1109918/25 obra cálculo del gasto correspondiente;
Que en act. ACTPAS 1636778/25 obra nómina adjunta, elevada al Ministerio de Seguridad referida al personal retirado los cuales se encuentran en condiciones de suscribir los Convenios correspondientes;
Que en act. DOCEXT 1945680/25 obran Convenios de Convocatoria de Personal Policial Retirado, suscriptos oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, LIC. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842 y personal retirado para cumplir funciones de choferes de patrulleros y en adjuntos a la presente, obra copias de DNI del personal;
Que en act. DICLEG 33805/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. NOTAMP 953256/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue la nómina obrante en actuación ACTPAS 1636778/25 (adjuntos), exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 165751/25 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Decreto Nº 3934-MS-2024, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, los Convenios de Personal Policial Retirado, suscriptos oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, LIC. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842 y el personal seleccionado a tales efectos, según nómina obrante en act. ACTPAS 1636778/25 (Adjuntos), la que se detalla a continuación.
|
Nro. |
Apellido y Nombre |
Documento |
|
1 |
AGUILERA, CRISTIAN EDGAR |
22770201 |
|
2 |
AGUIRRE, LUIS RAMON |
17352793 |
|
3 |
ALCARAZ, CESAR ATALIVAR |
17342114 |
|
4 |
ALCARAZ, EDGAR WASHINTON |
16530637 |
|
5 |
ALCARAZ, ISMAEL MILAN |
20499658 |
|
6 |
ASENCIO, RAUL ANTONIO |
14542913 |
|
7 |
AVILA, RUBEN ANGEL |
17920327 |
|
8 |
BAEZ, RICHARD WALTER |
18086575 |
|
9 |
BARROSO, MARIO JAVIER |
18599910 |
|
10 |
BUSTO, LUIS OSCAR |
16555648 |
|
11 |
CARRERA, HUGO OSCAR |
14737997 |
|
12 |
CARRERAS, GERMAN ESTEBAN |
12920153 |
|
13 |
CHIRINO, JUAN ADALBERTO |
16310263 |
|
14 |
DIAZ, RAMON OSVALDO |
13745936 |
|
15 |
DOMINGUEZ, WALTER NESTOR |
17665413 |
|
16 |
DUSCIO, ALEJANDRO LEONARDO |
20488539 |
|
17 |
ESTORNI, NICOMEDES NICOLÁS |
10679098 |
|
18 |
FERNANDEZ, MIGUEL ANGEL |
16117228 |
|
19 |
FINAMORE, PATRICIO ALBERTO |
22265377 |
|
20 |
GODOY, ALDO CEFERINO |
17328509 |
|
21 |
GODOY, FRANCISCO SOLANO |
22852235 |
|
22 |
GODOY, HERNAN ARIEL |
26734516 |
|
23 |
GODOY, LUCAS RAMÓN |
12920760 |
|
24 |
JOFRE, JUAN JOSE |
20137908 |
|
25 |
LEONTE, NESTOR MIGUEL |
22543632 |
|
26 |
LOPES, JUAN CARLOS |
21121681 |
|
27 |
LUCERO, DOMINGO DAVID |
23202181 |
|
28 |
LUCERO, MIGUEL ANGEL |
11123921 |
|
29 |
MOLINA, DANIEL MARCELO |
23832878 |
|
30 |
MOYANO, JORGE ALBERTO |
11850928 |
|
31 |
MUÑOZ, CRISTIAN RAUL |
17352805 |
|
32 |
MUÑOZ, HUGO HORACIO |
11551382 |
|
33 |
MUÑOZ, JUAN JAVIER |
21826165 |
|
34 |
PAEZ, AMILCAR |
14668730 |
|
35 |
PAEZ, ARMANDO |
14668722 |
|
36 |
PAEZ, GREGORIO ROMAN |
14256716 |
|
37 |
PERALTA, JUAN CARLOS |
17911346 |
|
38 |
PETERSEN, RICARDO VICTOR DIEGO |
14066353 |
|
39 |
PICCO, WALTER ANTONIO |
23134500 |
|
40 |
QUIROGA, JOSE DE LA GUARDIA |
11942675 |
|
41 |
RIOS, PATRICIA ESTHER |
21383663 |
|
42 |
RIVAROLA, AVEL DANTES |
14683346 |
|
43 |
RODRIGUEZ, LUIS DANIEL |
25311092 |
|
44 |
ROMERO, JOSÉ RAMÓN MARCELINO |
22164099 |
|
45 |
SANCHEZ, JULIO RUBEN |
17284583 |
|
46 |
SANTANA, JUAN LUIS BACILIO |
14734112 |
|
47 |
SOSA, ROBERTO ALEJANDRO |
17123264 |
|
48 |
SUAREZ, JESUS OSVALDO |
16839829 |
|
49 |
TORRES, RODOLFO DAVID |
14144641 |
|
50 |
VEDIA, ANALIA CARINA |
22027107 |
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto 2025:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Par. Importe
1 17 16 23 1-01 5 1 4 $95.847.075,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia de San Luis y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y Policía de la Provincia para que, por su intermedio, realice las notificaciones correspondientes.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1006-MS-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080668/26, por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios del Cabo LIRA FRANCO GABRIEL D.N.I. Nº 37.639.435; y,
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1974914/26 y DOCEXT 1974916/26 obran copia del Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y por la otra el Cabo LIRA, FRANCO GABRIEL D.N.I. Nº 37.639.435 y copia del Decreto Nº 11078-MS-2023 mediante el cual fue ascendido a la jerarquía que ostenta;
Que en act. DOCEXT 1974918/26 obra copia del Decreto Nº 23737-MS-2025, mediante el cual se prorrogó el respectivo Contrato de Prestación de Servicios;
Que en act. DOCEXT 1490282/26 Policía de la Provincia mediante Resolución Nº 1403-JP-2025 en su artículo 2º, solicita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios del Cabo LIRA FRANCO GABRIEL D.N.I. Nº 37.639.435;
Que en act. DICLEG 33836/26 obra dictamen de la Asesoría Legal, dependiente del Ministerio de Seguridad indicando que puede dictarse el acto administrativo pertinente que disponga la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios;
Que en act. NOTAMP 952794/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166183/26 obra intervención de Fiscalía de Estado indicando que analizadas las actuaciones administrativas y en mérito de lo allí expuesto, se encuentran dadas las condiciones, para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente, mediante el cual se disponga la rescisión del Contrato de Prestación de Servicio, oportunamente suscripto, con sustento legal en lo establecido en la cláusula sexta del mismo;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rescindir, a partir de la fecha del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Servicios del Cabo LIRA FRANCO GABRIEL D.N.I. Nº 37.639.435, prorrogado por Decreto Nº 23737-MS-2025.-
Art. 2º.- Por intermedio de Policía de la Provincia, notificar al interesado.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1134-MS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12090767/25, por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad tramita renuncia del Ayudante de 5ta. PAULINO JAVIER MATURANO, D.N.I. Nº 36.559.499; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1950657/25 obra renuncia del Ayudante de 5ta. PAULINO JAVIER MATURANO, D.N.I. Nº 36.559.499, a partir del 4 de diciembre de 2025,
Que en act. DOCEXT 1951798/25 obra nota por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, informa renuncia al Contrato de Prestación de Servicios del Ayudante de 5ta. PAULINO JAVIER MATURANO, D.N.I. Nº 36.559.499;
Que en act. DOCEXT 1950666/25 obra copia de Decreto Nº 6831-MS-2017, mediante el cual se incorporó al Ayudante de 5ta. PAULINO JAVIER MATURANO, D.N.I. Nº 36.559.499 al Servicio Penitenciario Provincial siendo la última prórroga de contrato la dispuesta mediante Decreto Nº 23737-MS-2025, obrante en act. DOCEXT 1962971/25;
Que en act. INFORM 427887/25, obra intervención de la Subdirección Liquidación y Control de Haberes;
Que en act. DICLEG 33812/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, no encontrando objeción a la continuidad del trámite tendiente al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente caso en las disposiciones de los Art. 121º, 122º y 123º, de la Ley Nº X-1074- 2022;
Que en act. NOTAMP 951631/26 obra informe de Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166130/26 toma vista Fiscalía de Estado de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar, la renuncia presentada por el Ayudante de 5ta. PAULINO JAVIER MATURANO, D.N.I. Nº 36.559.499 y declarar en consecuencia rescindido el Contrato de Prestación de Servicios a partir del 4 de diciembre de 2025, prorrogado mediante Decreto Nº 23737-MS-2025.-
Art. 2º.- Por intermedio de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, notificar al interesado.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1135-MS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1120270/26, mediante el cual la Dirección Seguridad Vial, dependiente del Ministerio de Seguridad, solicita transferencias de créditos presupuestarios; y,
CONSIDERANDO:
Que la solicitud efectuada es a los fines de utilizarse en la adquisición de bienes de uso;
Que en act. PTPREC 57585/26 obra planilla de solicitud transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por autoridad competente;
Que en act. INFORM 431181/26 la Dirección de Presupuesto Público toma la intervención pertinente, encuadrando el caso en las disposiciones de los Artículos 9º y 10º de la Ley Nº VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Artículos 9º y 10º de la Ley Nº VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
07- Disminución Activos Financieros-Multas por
Labrado de Infracciones $753.009.611,00
Art. 3º.- Modificar en el presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 17 13 19 01 2-30 3-30 4 $753.009.611,00
Fuente de Financiamiento: 3-30-Disminución Activos Financieros-Multas por Labrado de Infracciones
Art. 4º.- Disponer que, la partida y el recurso a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación especifica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: la Dirección de Presupuesto Público y a la Dirección Seguridad Vial.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1180-MS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-10070610/24 y sus acumulados los EXD-0-10011089/24, EXD-0-10011164/24, EXD-0-10180656/24 y EXD-0-11081166/24, por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad tramita sumario administrativo; y,
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General de Asuntos Internos (DG-7) dependiente de Policía de la Provincia, inicia las averiguaciones correspondientes con el fin de dar legalidad al acto y profundizar en la investigación de las actuaciones labradas por la Comisaria Seccional Nº 34, dependiente de la Unidad Regional de Orden Publico Nº 1, realizada a raíz del hecho ocurrido el día 1 de octubre del 2024, en la que interviene como parte actora la entonces Oficial Sub Inspector, MARINA ABIGAIL SILVA, D.N.I. Nº 37.915.385;
Que en act. NOTBLA 851574/24 obra Oficio del Poder Judicial de la Provincia de San Luis, de fecha 1 de octubre del 2024, caratulado: MEP-417880/1 “MEDIDAS PENALES SILVA MARINA ABIGAIL (IMP) - O.S.S. Y S.F.B. (DAM) - HOMICIDIO CALIFICADO”, mediante el cual la Fiscalía de Instrucción Nº 4, Ordena: “1) DISPONER LA INMEDIATA DETENCION EN LUGAR PUBLICO de MARINA ABIGAIL SILVA, DNI 37.915.385, la que una vez habida deberá ser puesta a disposición de dicha Fiscalía, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 200 del CPP”;
Que en act. NOTBLA 854822/24 obra copia de Resolución Nº 1529-JP-2024 de fecha 1 de octubre de 2024, mediante la cual Policía de la Provincia, en su Art. 1º ordena la instrucción de Sumario Administrativo a la Oficial Sub Inspector MARINA ABIGAIL SILVA, D.N.I. Nº 37.915.385, bajo las previsiones establecidas en el Art. 77 del Decreto Nº 3053-MS-2019, por la posible transgresión establecida en el Art. 78, faltas disciplinarias gravísimas, incs. “f” y “x” con las circunstancias agravantes de los incs. “a” y “b” del mismo cuerpo legal y en su Art. 2º dispone el cambio de situación de revista de SERVICIO ACTIVO a SERVICIO PASIVO, conforme lo establece el Art. 25 inc. d) y e) de la Ley Nº XV-0982-2017, debiéndose actuar en concordancia con el Art. 76 inc. b) de la misma Ley;
Que en act. ACTAVO 176286/24 obra Acta de Avocamiento Nº 126-DSA-2024, mediante la cual la Dirección de Sumarios Administrativos se avoca al conocimiento de la presente causa iniciando el sumario administrativo ordenado por Resolución Nº 1529-JP-2024, a fin de esclarecer los hechos y/o deslindar la responsabilidad que le pudiera corresponder a la Oficial Sub Inspector MARINA ABIGAIL SILVA, D.N.I. Nº 37.915.385, procediendo a designar instructora sumariante, instructores subrogantes, requiriendo diversos informes, fija audiencia a testigos a prestar declaración testimonial, reconocimiento de firma, contenido y fija audiencia para la sumariada;
Que en acts. NOTBLA 896121/24 y ACTPAS 1387880/24 obra acta de incomparencia de Testigo del Comisario Inspector Azcurra Juan José y Declaración Testimonial de la Lic. Vanderhoeven Verónica;
Que en act. NOTBLA 944951/25 obra el Acta de Declaración de la sumariada, en la cual hace uso de su derecho constitucional de abstenerse a prestar declaración y en act. NOTBLA 944968/25 la Dirección de Sumarios Administrativos, corre traslado a la sumariada para que por el término de CINCO (5) días hábiles de notificado el presente, formule descargo y ofrezca pruebas que hagan a su derecho, obrando notificación en act. ACTPAS 1428944/25, mediante Cédula 346-DSA-25;
Que en act. NOTBLA 1002206/25 se da por decaído el derecho dejado de usar, de contestar traslado y ofrecer pruebas que hagan a su derecho y se dispone la clausura del periodo probatorio;
Que en act. DICTAM 3806756/25 obra Dictamen Nº 57-DSA-2025 de la Dirección de Sumarios Administrativos, del cual se desprende que a tenor de los hechos y elementos probatorio existentes en la causa puede concluirse que ha quedado acreditada la plataforma fáctica atribuible a la sumariada y en virtud del principio de razonabilidad y de las reglas de la sana crítica, es que entiende recomendable aplicar a la entonces Oficial Sub Inspector MARINA ABIGAIL SILVA, D.N.I. Nº 37.915.385 la sanción disciplinaria con fines expulsivos de CESANTIA;
Que resulta importante analizar el impacto social que tuvo el presente caso y la trascendencia en los medios de comunicación provinciales como medios de comunicación nacionales, causando una conmoción pública y con ello generando sin lugar a dudas un daño al prestigio y honor de la Policía de la Provincia de San Luis;
Que la conducta atribuida a la agente sumariada, integrante de la Fuerza Policial de la Provincia, resulta manifiestamente incompatible con los deberes, principios y pautas de comportamiento que deben observar quienes revisten en dicha institución, máxime si se considera que el Estado le ha conferido, en razón del ejercicio de sus funciones, la facultad de portar arma reglamentaria. Tal prerrogativa implica un especial y elevado grado de confianza en su idoneidad, aptitud, responsabilidad y profesionalismo, extremos que, a la luz de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, se encuentran gravemente comprometidos y desvirtuados;
Que si bien se reconoce el contexto de violencia personal denunciado por la sumariada así como la situación económica desfavorable, consignada en los informes psicológicos realizados, tales circunstancias por si solas o en conjunto no constituyen en modo alguno causal exculpatoria ni justificativa de la conducta desplegada, mucho menos pueden neutralizar su encuadramiento dentro de las previsiones normativas contenidas en el Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (Decreto Nº 3053-MS-2019), encontrándose comprendida en el Articulo 78º, el cual tipifica “Las faltas Disciplinarias Gravísimas, son todas aquellas conductas que por sus características, índole y consecuencias, causan perjuicio a intereses públicos y privados, dañando el decoro, honra y prestigio de la Policía de la Provincia de San Luis, poniendo en eventual riesgo la seguridad pública y el orden social”; Inciso f) Incurrir en hechos de violencia de cualquier naturaleza, coaccionar a la victima y/o grupo familiar por cualquier medio, para hacer, dejar de hacer o peticionar ante las autoridades judiciales y/o policiales; Inciso x) Ser autor, coautor o participe en la comisión de delitos dolosos o de cualquier forma estar vinculado, directa o indirectamente a ello; “Circunstancias Agravantes”: Inciso a) Produzcan perjuicio al servicio policial o a los bienes del Estado; Inciso b) Trasciendan públicamente a terceros;
Que en act. NOTBLA 1034311/25 la Dirección de Sumarios Administrativos corre vista a la sumariada por el término de DOS (2) DIAS HABILES, a efectos de formular alegatos en relación al Dictamen Nº 57- DSA-2025 de fecha de 14 de julio de 2025;
Que en act. NOTBLA 1057456/25 la Dirección Sumarios Administrativos, da por decaído el derecho dejado de usar y eleva la presente causa a Policía de la Provincia para la prosecución del trámite;
Que en act. NOTBLA 1061334/25 obra Resolución Nº 1427-JP-2025 de fecha 26 de septiembre de 2025, mediante la cual Policía de la Provincia, en su Art. 1º solicita la desafectación y baja por cesantía de la Oficial Sub Inspector MARINA ABIGAIL SILVA, D.N.I. Nº 37.915.385, por hallarla incurso en la comisión de faltas disciplinarias gravísimas establecidas en el Art. 78º incisos “f” y “x” con las circunstancias agravantes de los Incisos “a” y “b” del Régimen Disciplinario Policial (Decreto Nº 3053-MS-2019), disponiendo en su Art. 2º la continuidad en situación de SERVICIO PASIVO pero con alcances de lo normado en el Art. 25º inciso “f” en concordancia con el Art. 76º inciso “b” de la Ley Nº XV- 0982-2017 (Ley de Ordenamiento Administrativo del Personal Policial);
Que en act. DICLEG 33679/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, observando que se dio cumplimiento a los parámetros de formalidad, razonabilidad y legalidad establecidos en la Ley Nº VI-0156-2004 de Procedimientos Administrativos y sugiere proyectar el acto administrativo correspondiente;
Que en act. DICFIS 161001/25 se expide Fiscalía de Estado, indicando que analizadas que fueran las mismas y teniendo en cuenta el procedimiento realizado por la Dirección Provincial de Sumarios Administrativos y las conclusiones arribas por Dictamen Nº 57-DSA-2025, se desprende que el procedimiento impreso ha sido de acuerdo a derecho, respetando el debido proceso y la defensa en juicio de la sumariada circunstancia esta, que amerita el dictado del acto administrativo, por el cual se concluya el presente sumario;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Dar por concluido el Sumario Administrativo ordenado mediante Resolución Nº 1529-JP-2024 de fecha 1 de octubre de 2024.-
Art. 2º.- Aplicar, a partir de la fecha del presente Decreto, la sanción de Baja por Cesantía a la Oficial Sub Inspector MARINA ABIGAIL SILVA, D.N.I. Nº 37.915.385, de Policía de la Provincia por haber incurrido en Faltas Disciplinarias Gravísimas establecidas en el Art. 78º incisos “f” y “x”, con las circunstancias agravantes de los incisos “a” y “b” del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (Decreto Nº 3053-MS-2019), en razón de los fundamentos explicitados en los considerandos.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Por intermedio de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, efectuar la correspondiente notificación a la sumariada MARINA ABIGAIL SILVA, D.N.I. Nº 37.915.385.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Policía de la Provincia de San Luis.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1181-MS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-8220858/25, que lleva glosado el EXD-0-7261178/24, mediante el cual se tramita Recurso de Revocatoria interpuesto por el SUBALCAIDE GODOY DIEGO JAVIER, D.N.I. Nº 29.426.267, del Servicio Penitenciario Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1837732/25 obra Recurso de Revocatoria interpuesto por el señor GODOY DIEGO JAVIER, D.N.I. Nº 29.426.267, en contra del Decreto Nº 16067-MS-2025 de fecha 10 de agosto de 20254, obrante en act. DOCEXT 1837732/25;
Que el recurrente solicita se revea la decisión tomada en el Decreto Nº 16067-MS-2025 por el cual se dispuso aplicar la baja por cesantía, aduciendo que la notificación del citado acto administrativo es inválida, considerando que en la misma no se ha verificado la constancia de envío y la recepción del documento por parte del interesado, vulnerando de esa manera, principios de orden constitucional;
Que en relación a lo antes expuesto, se considera que la notificación es válida ya que el recurrente pudo interponer el recurso en tiempo y forma, por lo cual no hubo pérdida de ningún derecho y no existe perjuicio alguno, no quedando acreditado el daño que se produce cuando un acto es nulo;
Que asimismo, el recurrente alega que ha sido vulnerado su derecho a defensa, no siendo tal aseveración cierta, ya que el procedimiento cursado ha respetado la tutela administrativa efectiva y de los antecedentes surge que el reclamante presentó su declaración, luego su descargo y posteriormente su alegato;
Que el simple desacuerdo con la decisión arribada no constituye agravio, ya que el recurrente debe constituir una crítica razonada y concreta del acto recurrido, demostrando lo que alega, que claramente en este caso, no sucedió;
Que en act. DICLEG 33642/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, manifestando que el acto recurrido no ha incurrido en ninguna arbitrariedad y/o observancia a la legislación vigente, no existiendo vulneración de derecho alguna contra el apelante, por lo cual se recomienda no hacer lugar al recurso interpuesto por el señor DIEGO JAVIER GODOY, D.N.I. Nº 29.426.267, por resultar sustancialmente improcedente;
Que en act. DICFIS 160934/25 toma vista Fiscalía de Estado, compartiendo los criterios expresados por la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, estimando procedente el dictado del Decreto mediante el cual se rechace el recurso interpuesto, por ser sustancialmente improcedente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto por el SUBALCAIDE DIEGO JAVIER GODOY, D.N.I. Nº 29.426.267, del Servicio Penitenciario Provincial, en contra del Decreto Nº 16067-MS-2025 de fecha 10 de agosto de 2025, por ser sustancialmente improcedente conforme a lo expuesto en los considerandos.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 3º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación al SUBALCAIDE DIEGO JAVIER GODOY, D.N.I. Nº 29.426.267, del Servicio Penitenciario Provincial.-
Art. 4º.- Hacer saber a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
DECRETO Nº 1182-MS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-5060967/24 y acumulado el EXD-0-4210044/24, por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad tramita sumario administrativo; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3179666/24 la Comisaria Distrito 25 de la Localidad de Santa Rosa del Conlara dependiente de la Unidad Regional de Orden Público Nº 3 de Policía de la Provincia, pone en conocimiento que se encuentran labrándose actuaciones sumariales caratuladas preventivamente: “AV. INCUMPLIMIENTO A MEDIDA JUDICIAL Y VIOLENCIA DE GENERO”, iniciadas a raíz de los hechos suscitados el día 20 de abril del 2024, en el domicilio de la ciudadana Páez Magali Isabel, encontrándose involucrado el OFICIAL INSPECTOR SASSO LEANDRO ADRIAN, D.N.I. Nº 36.580.164, quien prestaba servicios en la Comisaria Distrito 23 de la Localidad de Tilisarao;
Que en act. DOCEXT 3179672/24 obra copia de Resolución Nº 596-JP-2024 de fecha 21 de abril de 2024, mediante la cual Policía de la Provincia, ordena la instrucción de Sumario Administrativo al OFICIAL INSPECTOR SASSO LEANDRO ADRIAN, D.N.I. Nº 36.580.164, en virtud de lo estipulado en el Art. 77º del Decreto Nº 3053-MS-2019, por la presunta comisión de faltas gravísimas y encontrándose incurso al tenor de lo establecido en el Art. 78º incisos “f”, “h”, “i”, “o” y “x”, con las circunstancias agravantes establecidas en los incisos “a” y “b” respectivamente del Régimen Disciplinario Policial y asimismo dispone el cambio de situación de revista de servicio activo a servicio pasivo, de acuerdo al Art. 25 inc. d) y e), en concordancia con el Art. 76 inc. b) de la Ley Nº XV-0982-2017;
Que en act. ACTAVO 175174/24 obra Acta de Iniciación de Sumario Nº 63-DSA-24, mediante la cual la Dirección de Sumarios Administrativos se avoca al conocimiento de la presente causa, a fin de esclarecer los hechos y/o deslindar la responsabilidad que le pudiera corresponder al OFICIAL INSPECTOR SASSO LEANDRO ADRIAN, D.N.I. Nº 36.580.164, siendo la conducta fáctica reprochable prima facie en la presente causa disciplinaria: “Estando bajo los efectos del alcohol, habría violado la orden judicial de prohibición de acercamiento hacia la Sra. Páez Magali Isabel, D.N.I. Nº 33.287.761 y consecuentemente habría ejercido violencia de género sobre la misma, en presencia de efectivos policiales, hecho denunciado el día 20 de abril de 2024, en la Localidad de Santa Rosa del Conlara, Departamento Junín, Provincia de San Luis”, designando Instructor sumariante, instructores subrogantes, requiriendo informes, documentación, fijando audiencia para los testigos, reconocimiento de firma, contenido y fija audiencia para el sumariado;
Que en acts. ACTPAS 1324470/24, 1324644/24, 1324719/24 y 1324721/24 la Dirección de Sumarios Administrativos, libra Cedulas Nros. 334-DSA-24, 335-DSA-24, 336-DSA-24 mediante las cuales procede a fijar las fechas de audiencias para el sumariado, los testigos y la Sra. Páez Magali Isabel, libra Oficios Nros. 263-DSA-24 y 265-DSA-24 a la Dirección General de Recursos Humanos (DG-1) de Policía de la Provincia y al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental, Laboral, Familia y Menores de Santa Rosa del Conlara;
Que en acts. ACTPAS 1326933/24 y DOCEXT 818736/24, se da cumplimiento a lo requerido mediante Oficios Nros. 263-DSA-24 y 265-DSA-24, remitiendo copia de la Planilla de Antecedentes Laborales y Disciplinarios del sumariado y copia de todas las actuaciones de los autos caratulados: “EXP 345692/19 COMISARIA 25 (POR LA SRA. PAEZ MAGALI ISABEL) S/COMUNICA SITUACION”;
Que en acts. DOCEXT 811756/24, 811758/24, 811761/24 y 812286/24 obran declaraciones testimoniales de los efectivos intervinientes en el hecho y de la denunciante;
Que en act. DOCEXT 812338/24 obra audiencia del sumariado, en la cual haciendo uso de su derecho se abstiene de declarar, solicitando en dicha audiencia copia de las presentes actuaciones y en act. DOCEXT 852521/24 realiza la correspondiente declaración;
Que en act. ACTPAS 1356214/24 la Dirección de Sumarios Administrativos, corre traslado al sumariado para que por el término de CINCO (5) días hábiles de notificado el presente, formule descargo y ofrezca pruebas que hagan a su derecho;
Que en act. ACTPAS 1357880/24 obra confirmación de recepción de Cedula Nº 441-DSA-24 y descargo del sumariado presentado en tiempo y forma y en act. DOCEXT 912982/25 obra ampliación de descargo presentado por el mismo, procediendo la Dirección de Sumario Administrativos a no hacer lugar por intemporal, disponiendo el proveído de clausura del período probatorio (act. NOTBLA 913032/25);
Que en act. DICTAM 3791560/25 obra Dictamen Nº 8-DSA-2025 de la Dirección de Sumarios Administrativos, del cual se desprende que atendiendo al material probatorio obrante en la causa y en virtud del principio de razonabilidad y de las reglas de la sana crítica, ha quedado acreditado el hecho que se le atribuye al sumariado, siendo el mismo: “Estando bajo los efectos del alcohol, habría violado la orden judicial de prohibición de acercamiento hacia la Sra. Páez Magali Isabel D.N.I. Nº 33.287.761 y consecuentemente habría ejercido violencia de género sobre la misma, en presencia de efectivos policiales”, por lo cual sugiere aplicar al Oficial Inspector SASSO LEANDRO ADRIAN D.N.I. Nº 36.580.164, la sanción disciplinaria con fines expulsivos de cesantía;
Que el sumariado ha actuado con completa impunidad frente a la comunidad y a la Institución, que le confía la investidura de su estado policial, no solo perjudicando el decoro que debe mantener en su rol de funcionario público, sino que también incurre en hechos de violencia de género, vulnerando desde la faz disciplinaria sus obligaciones esenciales, entre ellas: adecuar su conducta pública y privada a normas éticas, defender contra las vías de hechos, la vida, la libertad, la propiedad de las personas, impidiendo y/o previniendo que se ejecute el delito adoptando las medidas que considere necesarias (no participando el mismo a modo de protagonista de hechos de violencia, como lo es en el presente caso);
Que la conducta esperada en un agente perteneciente a la Fuerza Policial, mas aun habilitándolo en razón de su función, a la portación de arma reglamentaria, generando con ello una confianza en la capacidad, aptitud y profesionalismo del mismo, situación que no se refleja en hechos de esta índole, donde existe sin lugar a dudas un peligro inminente hacia una víctima de violencia;
Que el sumariado es responsable del enfoque jurídico ordenado por el Jefe de Policía, conforme lo establece el artículo 78º del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (Decreto Nº 3053-MS-2019), apartado faltas disciplinarias gravísimas: “Son todas aquella conductas que por sus características, índole y consecuencias, causan perjuicio a intereses públicos y privados, dañando el decoro, honra y prestigio de la Policía de la Provincia, poniendo en eventual riesgo la seguridad pública y el orden social…”, inciso f): Incurrir en hechos de violencia de cualquier naturaleza, coaccionar a la victima y/o grupo familiar por cualquier medio; inciso h): Incumplir una orden judicial; Inciso i): Entorpecer o interferir por cualquier medio, los procedimientos policiales y/o judiciales, relacionados a los efectos administrativos y/o penales, logrando o no perjuicio en el interés de la causa, a beneficios propios o de terceros; inciso o): estar alcoholizado o bajo efectos de otras sustancias toxicas, comprobadas fuera o durante el servicio y con trascendencia pública vistiendo el uniforme policial, o en ocasión de ello causare disturbio en la vía pública y agredir de cualquier forma al personal policial que haya intervenido; inciso x): Ser autor, coautor o participe en la comisión de delitos dolosos, o de cualquier forma estar vinculado, directa o indirectamente a ello y con las circunstancias agravantes de los Incisos a): Produzcan perjuicio al servicio policial o a los bienes del estado; b); Trasciendan públicamente a terceros;
Que en act. NOTBLA 927116/25 la Dirección de Sumarios Administrativos corre vista al sumariado por el término de DOS (2) días, a efectos de formular alegatos en relación al Dictamen Nº 8-DSA-2025 de fecha 19 de febrero del 2025, obrando en act. DOCEXT 929302/25 la respectiva presentación de alegatos;
Que en act. NOTBLA 934985/25 la Dirección de Sumarios Administrativos eleva la causa al Jefe de Policía de la Provincia de San Luis para la prosecución del trámite;
Que en act. DOCEXT 3537654/25 obra dictamen de la Asesoría Letrada de Policía de la Provincia;
Que en act. NOTBLA 1022192/25 obra Resolución Nº 1049-JP-2025 de fecha 28 de julio de 2025, mediante la cual Policía de la Provincia, solicita la baja por cesantía del OFICIAL INSPECTOR SASSO LEANDRO ADRIAN, D.N.I. Nº 36.580.164, por hallarlo incurso en la comisión de faltas disciplinarias gravísimas, establecidas en el Articulo 78º, incisos “f”, “h”, “i”, “o” y “x”, con las circunstancias agravantes establecidas en los incisos “a” y “b” respectivamente del Régimen Disciplinario Policial (Decreto Nº 3053-MS-2019), disponiendo en su Art. 2º la continuidad en situación de SERVICIO PASIVO con alcances de lo normado en el Articulo 25º inciso “f”, en concordancia con el Art. 76º inciso “b” de la Ley de Ordenamiento Administrativo del Personal Policial, Ley Nº XV-0982-2017;
Que en act. DICLEG 33578/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, no formulando objeciones a la continuidad del presente tramite, sugiriendo proyectar el respectivo acto administrativo;
Que en act. NOTAMP 908085/25 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 158050/25 se expide Fiscalía de Estado, indicando que analizadas que fueran las mismas y teniendo en cuenta el procedimiento realizado por la Dirección de Sumarios Administrativos y que el procedimiento impreso ha sido de acuerdo a derecho, respetando el debido proceso y la defensa en juicio del sumariado, lo cual amerita el dictado del acto administrativo, por el cual se concluya el presente sumario, en base a lo requerido mediante Resolución Nº 1049-JP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Dar por concluido el Sumario Administrativo ordenado mediante Resolución Nº 596-JP-2024 de fecha 21 de abril de 2024.-
Art. 2º.- Aplicar, a partir de la fecha del presente Decreto, la sanción de Baja por Cesantía al OFICIAL INSPECTOR SASSO LEANDRO ADRIAN, D.N.I. Nº 36.580.164, de Policía de la Provincia, por haber incurrido en faltas disciplinarias gravísimas establecidas en el articulo 78º incisos “f”, “h”, “i”, “o” y “x”, con las circunstancias agravantes establecidas en los incisos “a” y “b” respectivamente del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (Decreto Nº 3053-MS-2019), en razón de los fundamentos explicitados en los considerandos.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, efectuar la notificación correspondiente al OFICIAL INSPECTOR SASSO LEANDRO ADRIAN, D.N.I. Nº 36.580.164 de Policía de la Provincia.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y Policía de la Provincia de San Luis.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1183-MS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2021004/26; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar al señor GONZALO ALBERTO PEREZ, D.N.I. Nº 38.728.392 en la Subdirección Operativa Norte dependiente de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor GONZALO ALBERTO PEREZ, D.N.I. Nº 38.728.392 en la Subdirección Operativa Norte dependiente de la Dirección Prevención y Gestión de Emergencias del Ministerio de Seguridad.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección Prevención y Gestión de Emergencias y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1235-MS-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080675/26, por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios de la agente ARIAS NUÑEZ, MELISA ELIANA EDITH D.N.I. Nº 36.414.795; y,
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 1490289/26 y DOCEXT 1974898/26 obran copia del Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincia de San Luis, representado por el entonces señor Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y por la otra la agente, ARIAS NUÑEZ, MELISA ELIANA EDITH D.N.I. Nº 36.414.795 y copia del Decreto Nº 1887-MS-2021 mediante el cual fue homologado;
Que en act. DOCEXT 1974899/26 obra copia del Decreto Nº 23737-MS-2025, mediante el cual se prorrogó el respectivo Contrato de Prestación de Servicios;
Que en act. DOCEXT 1490290/26 Policía de la Provincia mediante Resolución Nº 1363-JP-2025 en su artículo 2º, solicita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios de la agente ARIAS NUÑEZ, MELISA ELIANA EDITH D.N.I. Nº 36.414.795;
Que en act. DICLEG 33837/26 obra dictamen de la Asesoría Legal, dependiente del Ministerio de Seguridad indicando que puede dictarse el acto administrativo pertinente;
Que en act. NOTAMP 952788/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166184/26 obra intervención de Fiscalía de Estado indicando que analizadas las actuaciones administrativas y en mérito de lo allí expuesto, se encuentran dadas las condiciones, para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente, mediante el cual se disponga la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios, oportunamente suscripto, con sustento legal en lo establecido en la cláusula sexta del mismo;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rescindir, a partir de la fecha del presente Decreto, el Contrato de Prestación de Servicios de la agente ARIAS NUÑEZ, MELISA ELIANA EDITH D.N.I. Nº 36.414.795, prorrogado por Decreto Nº 23737-MS-2025.-
Art. 2º.- Por intermedio de Policía de la Provincia, notificar a la interesada.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-R
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1236-MS-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2181065/25 por el cual Policía de la Provincia dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Voluntario de la Comisario Inspector GARCIA, PAOLA KARINA D.N.I. Nº 25.507.839; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº VII-0229-2004 (5089) ratificada por Ley Nº XVI-0411-2004, entró en vigencia el Convenio suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el Estado Nacional, por el cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Clausulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluara la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que de las constancias obrantes en autos surge, que el agente ejerció el derecho de acogerse al beneficio conforme lo establece el Art. 4º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024;
Que en act. DOCEXT 1298357/25 obra Certificado de Prestación de Servicios, Certificado de Responsabilidad Funcional expedido por la Dirección General de Recursos Humanos, de Policía de la Provincia en formularios respectivos;
Que en acts. DOCEXT 1305369/25, 1302114/25, 1302141/25 y 1302142/25 obran formulario de ANSES P.S 6.1-Afectacion de Haberes, Formulario de ANSES P.S. 6.2- Certificación de Servicios y Remuneraciones, detalle de servicios computables emitido por la Subdirección Gestión Previsional y Retiros dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICLEG 33773/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en acts. DICFIS 131377/25 y 164525/25 toma vistas Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente se encuadraría el caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1) y 16º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificada por Ley Nº VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria Nº 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14;
Que en act. NOTAMP 942983/25 toma Intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. INFSUM 179325/25 obra intervención de la Dirección de Sumarios Administrativos informando que la Comisario Inspector GARCIA, PAOLA KARINA D.N.I. Nº 25.507.839, no registra sumario administrativo en trámite a la fecha;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 4º, 6º, 9º inc. a), 10º, 13º punto 1)y 16º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por la Ley Nº XV-1145-2024, de aplicación ultractiva por imperio de la Cláusula 8º del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley Nº VII-0229-2004 (5089R) y de las Clausulas Primera, Segunda, Cuarta, Séptima y Octava del Acta Complementaria Nº 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14.-
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Voluntario de la Comisario Inspector GARCIA, PAOLA KARINA D.N.I. Nº 25.507.839.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pase a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación.-
Art. 5º.- Hacer saber a la: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1237-MS-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12290090/25 por el cual Policía de la Provincia, dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita el pase a Situación de Retiro Obligatorio del Ex Oficial Inspector BRAMUGLIA, MARIANO DAMIAN, D.N.I. Nº 29.747.396; y,
CONSIDERANDO:
Que la normativa vigente en la materia está dada por la Ley Nº VII-0229-2004, mediante la cual se transfirió el sistema de Previsión Social Provincial a la Nación;
Que, a partir de la entrada en vigor de la referida Ley, las Cláusulas 4ta., 8va., 9na. y 10ma., del Convenio de Transferencia restablecieron la vigencia de la Ley Nº 4464, revivificada por Ley Nº XV-1145-2024/83, por lo que la Subdirección Gestión Previsional y Retiros evaluará la concesión de los beneficios que, a todo evento, serán otorgados por el Poder Ejecutivo Provincial, previo control y visado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
Que en acts. DOCEXT 1485827/25 y DOCEXT 1485829/25 obra nota del Ex Oficial Inspector BRAMUGLIA, MARIANO DAMIAN, D.N.I. Nº 29.747.396, solicitando el pase a situación de Retiro Obligatorio y copia de Decreto Nº 5254-MS-2016 que dispone aplicar la sanción de baja por cesantía con fecha de 30 de octubre de 2018 al Ex Oficial Inspector BRAMUGLIA, MARIANO DAMIAN, D.N.I. Nº 29.747.396;
Que en act. DOCEXT 1485830/25 obra el certificado de Prestación de Servicios, certificado de responsabilidad funcional y dictamen del asesor legal de Policía de la Provincia;
Que en act. DICLEG 33819/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. NOTAMP 951633/26 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166133/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Que conforme los dictámenes legales citados precedentemente corresponde encuadrar el caso en los Arts. 7º inc. L), Art. 16º de la Ley Nº 4464/83, revivificada por Ley Nº XV-1145-2024 de aplicación ultractiva por imperio de la cláusula 8va., del convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley Nº VII-0229-2004 (5089), Ley Nº XVI-0411-2004 y del Acta Complementaria Nº 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 7º inc. L), Art. 16º CC. de la Ley Nº 4464/83, revivificada por Ley Nº XV-1145-2024 de aplicación ultractiva por imperio de la cláusula 8va. del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia celebrado con el Estado Nacional, ratificado por Ley Nº VII-0229-2004 (5089), Ley Nº XVI-0411-2004 y del Acta complementaria Nº 046/13 aprobada mediante Decreto Nacional Nº 776/14.-
Art. 2º.- Disponer, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Retiro Obligatorio del Ex Oficial Inspector BRAMUGLIA, MARIANO DAMIAN, D.N.I. Nº 29.747.396, de Policía de la Provincia, dependiente del Ministerio de Seguridad.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Con copia autorizada del presente Decreto pasar a Policía de la Provincia a efectos de que se practique la correspondiente notificación.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1238-MS-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1120616/26, mediante el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, dependiente del Ministerio de Seguridad, solicita transferencias de créditos presupuestarios; y,
CONSIDERANDO:
Que la solicitud efectuada es con el fin de disminuir activos financieros (DAF) del 2025, para incorporarse al presupuesto del presente año, los cuales serán destinados para solventar bienes de consumo, bienes de uso y transferencias, que lleva adelante la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, conforme surge de la planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios, obrante en act. PTPREC 57583/26;
Que en act. INFORM 431180/26 la Dirección de Presupuesto Público toma la intervención pertinente, encuadrando el caso en las disposiciones de los Artículos 9º y 10º de la Ley Nº VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Artículos 9º y 10º de la Ley Nº VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el Recurso que a continuación se detalla:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
08- Disminución Activos Financieros- Presos Federales $395.303.264,81
Art. 3º.- Modificar en el presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin. Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 17 15 21 2 20 4-34 2 $192.303.264,81
1 17 15 21 2 20 4-34 4 $200.000.000,00
1 17 15 21 2 20 4-34 5 1 $3.000.000,00
Fuente de Financiamiento: 4-34-Disminución Activos Financieros - Presos Federales
Art. 4º.- Disponer que, las partidas y el recurso a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente en dichos gastos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: la Dirección de Presupuesto Público y a la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1239-MS-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12231264/25, por el cual el Ministerio de Seguridad tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios de la Oficial Ayudante RODRÍGUEZ CORONEL MILAGROS ANTONELLA, D.N.I. Nº 44.953.222; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1964605/25 obra copia del Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente entre el Estado Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y la Oficial Ayudante RODRÍGUEZ CORONEL MILAGROS ANTONELLA, D.N.I. Nº 44.953.222, por la otra y copia del Decreto Nº 23823-MS-2025 mediante el cual se homologo el referido contrato;
Que en act. DICLEG 33813/25 obra dictamen de la Asesoría Legal, dependiente del Ministerio de Seguridad indicando que correspondería se proyecte el acto administrativo pertinente que disponga la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios suscripto oportunamente, de acuerdo a lo establecido en la Clausula sexta del mismo;
Que en act. NOTAMP 949459/25 toma intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 165831/25 obra intervención de Fiscalía de Estado indicando que analizadas las actuaciones administrativas y en mérito de lo allí expuesto, estarían dadas las condiciones para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente, mediante el cual se rescinda el Contrato de Prestación de Servicios;
Que en act. INFORM 429913/25 toma intervención la Subdirección Análisis y Liquidaciones de Haberes, de acuerdo a lo solicitado en act. PASGEN 1119930/25;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rescindir, a partir del 1 de enero de 2026, el Contrato de Prestación de Servicios de la Oficial Ayudante RODRÍGUEZ CORONEL MILAGROS ANTONELLA, D.N.I. Nº 44.953.222, homologado por Decreto Nº 23823-MS-2025.-
Art. 2º.- Por intermedio de Policía de la Provincia, notificar a la interesada.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1262-MS-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1020371/26, por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad tramita renuncia del Ayudante de 5ta. MUÑOZ, JUAN EXEQUIEL, D.N.I. Nº 33.888.363; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1970025/26 obra renuncia del Ayudante de 5ta. MUÑOZ, JUAN EXEQUIEL D.N.I. Nº 33.888.363, a partir del 30 de diciembre de 2025,
Que en act. DOCEXT 1971981/26 obra nota por el cual la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, informa renuncia al Contrato de Prestación de Servicios del Ayudante de 5ta. MUÑOZ, JUAN EXEQUIEL, D.N.I. Nº 33.888.363;
Que en act. DOCEXT 1950666/25 obra copia de Decreto Nº 6831-MS-2017, mediante el cual se incorporó al Ayudante de 5ta. MUÑOZ, JUAN EXEQUIEL, D.N.I. Nº 33.888.363 al Servicio Penitenciario Provincial siendo la última prórroga de contrato la dispuesta mediante Decreto Nº 23737-MS-2025, obrante en act. DOCEXT 1972777/26;
Que en act. DICLEG 33840/26 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad, no encontrando objeción a la continuidad del trámite tendiente al dictado del acto administrativo correspondiente, encuadrando el presente caso en las disposiciones del Art. Nº 9 de la Ley Nº VI-0156-2004 (5540) y el Art. Nº 21 del Decreto Nº 2-SGG-2023, ratificado por Ley Nº 1120-2024;
Que en act. DICFIS 166318/26 toma vista Fiscalía de Estado de la Provincia;
Que en act. NOTAMP 953759/26 obra informe de Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Ayudante de 5ta. MUÑOZ, JUAN EXEQUIEL, D.N.I. Nº 33.888.363 y declarar en consecuencia rescindido el Contrato de Prestación de Servicios, a partir del 30 de diciembre de 2025, prorrogado mediante Decreto Nº 23737-MS-2025.-
Art. 2º.- Por intermedio de la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial, notificar al interesado.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1263-MS-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12090723/25, por el cual la Dirección del Servicio Penitenciario Provincial dependiente del Ministerio de Seguridad, tramita Homologación de Contrato de Servicio, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 1964762/25 la Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial solicita la homologación del Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis representado en este acto por la Lic. NANCY VERONICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y la Lic. En Trabajo Social MATTIO MELISA BEATRIZ, D.N.I. Nº 33.371.463 por la otra, para la realización de informes técnicos criminológicos de acuerdo al requerimiento de la Ley de Ejecución Penal para internos del Servicio Penitenciario Provincial;
Que en act. DOCEXT 1979333/26 obra Contrato de Servicios suscripto, que tendrá vigencia a partir del 1 de febrero y hasta el 30 de abril de 2026;
Que la Cláusula Quinta establece que el monto mensual que percibirá por todo concepto la contratada será de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($950.000,00);
Que en act. PREV 11264372/26 obra comprobante de imputación preventiva por la suma de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 ($2.850.000,00);
Que en act. DICLEG 33816/25 obra dictamen de la Asesoría Legal del Ministerio de Seguridad;
Que en act. NOTAMP 953681/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013;
Que en act. DICFIS 166262/26 toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por la Lic. NANCY VERÓNICA SOSA, D.N.I. Nº 28.482.842, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Seguridad, por una parte y la Lic. En Trabajo Social MATTIO MELISA BEATRIZ, D.N.I. Nº 33.371.463 por la otra, para la realización de informes técnicos criminológicos de acuerdo al requerimiento de la Ley de Ejecución Penal para internos del Servicio Penitenciario Provincial, obrante en act. DOCEXT 197933/26 del EXD-0-12090723/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 17 15 21 1-01 3 4 9 $2.850.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención a Contaduría General de la Provincia y al Tribunal de Cuentas de la Provincia, por aplicación del Art. 54º y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General del Servicio Penitenciario Provincial y por su intermedio a la interesada.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Nancy Verónica Sosa
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN
DECRETO Nº 937-MCI-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1060154/26, mediante el cual se gestiona la homologación del Contrato de Prestación de Servicios celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y la Abog. ADRIANA BEATRIZ CORREA; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. CONFIR 22582/26, obra el Contrato de Prestación de Servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Abog. DELFOR JOSE SERGNESE, D.N.I. Nº 25.712.321, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, en adelante “EL COMITENTE”, y la Abog. ADRIANA BEATRIZ CORREA, D.N.I. Nº 26.806.126, C.U.I.T. Nº 27-26806126-1, en adelante “LA PRESTADORA”;
Que la Cláusula Primera establece que “LA PRESTADORA” prestará servicios en la Dirección Organización y Gestión, dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, desempeñando tareas de asistencia técnica especializada y calificada conforme al título que ostenta; específicamente, “LA PRESTADORA” tendrá a su cargo funciones vinculadas a la revisión y elaboración de actos administrativos, implementación de procesos de modernización instruccional y arcuación con dependencias del Gobierno provincial;
Que la Cláusula Segunda determina que la retribución mensual será de PESOS QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($500.000,00), IVA incluido, contra presentación de factura y certificación del servicio prestado, previendo la liquidación proporcional en caso de iniciarse la prestación con posterioridad a la autorización del contrato;
Que la Cláusula Tercera fija la vigencia contractual desde el 01 de febrero de 2026 y por el término de TRES (3) meses, con fecha de finalización el 30 de abril de 2026;
Que la Cláusula Cuarta establece la facultad de las partes de rescindir el contrato sin derecho a indemnización, debiendo “LA PRESTADORA” notificarlo con una antelación mínima de QUINCE (15) días corridos;
Que la Cláusula Quinta determina expresamente que la vinculación no genera relación de dependencia laboral con la Administración Pública Provincial, pudiendo prorrogarse el contrato por igual período, mediante acuerdo de partes instrumentado mediante Decreto del Poder Ejecutivo;
Que en act. PREV 11261128/26, se ha realizado la imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($1.500.000,00);
Que en act. DICTAM 179568/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Ciencia e Innovación ha tomado intervención en el trámite, emitiendo dictamen, sin objeciones legales que impidan la prosecución del procedimiento administrativo;
Que la Contaduría General de la Provincia, por act. NOTAMP 955252/26, se ha expedido en relación con el presente caso, atento a lo normado en el Art. 19 de la Ley Nº VI-0165-2004, manifestando que, correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166425/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Prestación de Servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, Abog. DELFOR JOSÉ SERGNESE, D.N.I. Nº 25.712.321, y la Abog. ADRIANA BEATRIZ CORREA, D.N.I. Nº 26.806.126, C.U.I.T. Nº 27-26806126-1, obrante en act. CONFIR 22582/26 del EXD-0-1060154/26, conforme cláusulas y condiciones allí previstas.-
Art. 3º.-Imputar el gasto correspondiente a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Pr. Ac. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 18 10 01 01 1-01 3 4 9 $1.500.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Dirección Organización y Gestión, Asesoría Contable y Presupuestaria dependientes del Ministerio de Ciencia e Innovación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia dependientes del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública, por si y a cargo del Ministerio de Ciencia e Innovación.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1171-MCI-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1060126/26, mediante el cual se gestiona la homologación del Contrato de Servicios celebrado entre el Gobierno de la Provincia de San Luis y el señor ROBERTO ALFREDO GARAT; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. CONFIR 22600/26, obra el Contrato de Servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el Abog. DELFOR JOSE SERGNESE, D.N.I. Nº 25.712.321, en su carácter de Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, en adelante “EL COMITENTE”, y el señor ROBERTO ALFREDO GARAT, D.N.I. Nº 25.930.492, C.U.I.T. Nº 20-25930492-0, en adelante “EL PRESTADOR”;
Que la Cláusula Primera establece que “EL PRESTADOR” prestará servicios en la Dirección de Vinculación Estratégica, dependiente del Ministerio de Ciencia e Innovación, desempeñando tareas de asistencia técnica consistentes en la formulación, evaluación y monitoreo de proyectos estratégicos orientados al diseño e implementación de políticas públicas de vinculación; específicamente, “EL PRESTADOR” tendrá a su cargo: el análisis de viabilidad técnica de proyectos de vinculación, la redacción de informes de avance y documentos metodológicos y la asistencia en la vinculación estratégica con actores del entramado social provincial;
Que la Cláusula Segunda determina que la retribución mensual será de PESOS QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($500.000,00), IVA incluido, contra presentación de factura y certificación del servicio prestado, previendo la liquidación proporcional en caso de iniciarse la prestación con posterioridad a la autorización del contrato;
Que la Cláusula Tercera fija la vigencia contractual desde el 01 de febrero de 2026 y por el término de TRES (3) meses, con fecha de finalización el 30 de abril de 2026;
Que la Cláusula Cuarta establece la facultad de las partes de rescindir el contrato sin derecho a indemnización, debiendo “EL PRESTADOR” notificarlo con una antelación mínima de QUINCE (15) días corridos;
Que la Cláusula Quinta determina expresamente que la vinculación no genera relación de dependencia laboral con la Administración Pública Provincial, pudiendo prorrogarse el contrato por igual período, mediante acuerdo de partes instrumentado mediante Decreto del Poder Ejecutivo;
Que en act. PREV 11261114/26, se ha realizado la imputación preventiva del gasto, por la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($1.500.000,00);
Que en act. DICTAM 179569/26, la Asesoría Legal del Ministerio de Ciencia e Innovación ha tomado intervención en el trámite, emitiendo dictamen, sin objeciones legales que impidan la prosecución del procedimiento administrativo;
Que la Contaduría General de la Provincia, por act. NOTAMP 955255/26, se ha expedido en relación con el presente caso, atento a lo normado en el Art. 19 de la Ley Nº VI-0165-2004, manifestando que, correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166427/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello, y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 8-MHIP-2025, y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo del Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.-Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación, Abog. DELFOR JOSÉ SERGNESE, D.N.I. Nº 25.712.321, y el señor ROBERTO ALFREDO GARAT, D.N.I. Nº 25.930.492, C.U.I.T. Nº 20-25930492-0, obrante en act. CONFIR 22600/26 del EXD-0-1060126/26, conforme cláusulas y condiciones allí previstas.-
Art. 3º.-Imputar el gasto correspondiente a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Pr. Py. Fte.Fto. Inc. Pri. Parc. Importe
1 18 10 19 01 1-01 3 4 9 $1.500.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.-Por el Área Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 7º.-Hacer saber a: Dirección Vinculación Estratégica, Asesoría Contable y Presupuestaria dependientes del Ministerio de Ciencia e Innovación, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia dependientes del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Ciencia e Innovación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Delfor José Sergnese
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
DECRETO Nº 938-MDP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11170019/25; y
CONSIDERANDO:
Que la generación de condiciones propicias para que el crecimiento del sector privado de la provincia, la recuperación y consolidación de puestos de trabajo y la creación de nuevas fuentes de trabajo, constituye uno de los ejes centrales de las políticas del Gobierno de la provincia de San Luis;
Que, en tal sentido, por gestión del actual Gobierno provincial y con acuerdo de los gobernadores de las provincias argentinas, el 10 de septiembre de 2024, la provincia de San Luis volvió a formar parte del Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que dicho organismo cumple un rol trascendente en materia de asistencia financiera al sector privado, con lineamientos participativos y sustentables destinados a la inclusión financiera de micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores productivos, por lo que resulta un socio estratégico de la provincia de San Luis para el fortalecimiento de la economía provincial;
Que entre el Estado Provincial y el C.F.I. se suscribieron convenios destinados a distintas líneas de financiamiento: Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres, Financiamiento para el Desarrollo de Cadenas de Valor, Financiamiento Verde y Convenio Marco para la elaboración de dos planes maestros: Agua y Energía, para el período comprendido entre los años 2025–2035;
Que emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que desarrollan actividades productivas en la provincia de San Luis o que son parte de las cadenas de valor de las mismas, han solicitado créditos dentro de mencionadas líneas de financiamiento;
Que en act. DOCEXT 3820807/25, obra nota del señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo, mediante la que eleva a consideración del C.F.I. la solicitud de financiamiento de la firma TREVISAN MARIA RAQUEL, CUIT Nº 27-17185746-0, destinado a la remodelación de local comercial y la modernización del equipamiento, ubicado en la localidad de Unión, y en la que manifiesta que el proyecto reviste carácter de Interés Provincial;
Que en act. DOCEXT 3820809/25 obra nota de la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis, en la que comunica que la solicitud de financiamiento presentada por la firma TREVISAN MARIA RAQUEL, ha sido aprobada por el C.F.I, proponiendo la Declaración de Interés Provincial a las inversiones a realizar para el fortalecimiento de dicha empresa;
Que en act. DOCEXT 3820810/25, se adjunta el proyecto presentado por la firma TREVISAN MARIA RAQUEL, con descripción de la actividad productiva que desarrolla y detallando el destino del financiamiento solicitado;
Que en act. NOTAB 100101137/25 consta intervención de la Dirección de Comercio y Servicios manifestando que se verifican las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para la Declaración propuesta, en cuanto la inversión comprometida en el proyecto analizado coadyuva a colaborar y asistir técnicamente a los actores productivos de la Provincia en toda la actividad comercial de sus productos y servicios, ayudar a los productores en toda la cadena de valor agregado, promover acciones que fortalezcan las compras locales de bienes y servicios, fomentar la inversión privada de modo que se fortalezca el capital económico de la provincia, a la vez que el Estado Provincial genera directas acciones tendientes a impulsar la competitividad del sector comercial;
Que en act. DICLEG 47530/25, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no presenta objeciones legales a la continuidad del trámite tendiente al dictado del Decreto que declare de Interés Provincial el presente Proyecto;
Que en act. DICFIS 164644/25, obra vista de Fiscalía de Estado informando que estarían dadas las condiciones para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente mediante el cual se declare de Interés Provincial el Proyecto de la firma TREVISAN MARIA RAQUEL;
Que en virtud de lo expuesto, resulta oportuno declarar de Interés Provincial el Proyecto de inversión destinado a la remodelación de local comercial y la modernización del equipamiento, ubicado en la localidad de Unión, de la firma TREVISAN MARIA RAQUEL, por contribuir a la reactivación productiva y, en definitiva, al crecimiento económico sustentable de la provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Declarar de Interés Provincial el Proyecto destinado a la remodelación de local comercial y la modernización del equipamiento, ubicado en la localidad de Unión, de la firma TREVISAN MARIA RAQUEL, CUIT Nº 27-17185746-0, por su significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de nuestra Provincia.-
Art. 2º.-Con copia del presente, notificar a la firma TREVISAN MARIA RAQUEL, CUIT Nº 27-17185746-0.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
DECRETO Nº 939-MDP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA
FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11261029/25, por el cual el Ministerio de Desarrollo Productivo tramita la prórroga de la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que el 31 de diciembre de 2025, finalizó la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios, según lo dispuesto por Decreto Nº 18702-MDP-2025;
Que en act. DOCEXT 3821990/25, obran notas de las Direcciones dependientes del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando nómina del personal contratado del escalafón general de la Administración Pública Provincial, que cumplen funciones en las mismas;
Que se hace necesario prorrogar la vigencia de los mismos desde el 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, conforme lo manifestado en act. NOTAMP 941022/25 por el Ministerio de Desarrollo Productivo;
Que al presente caso debe aplicarse el deslinde de responsabilidades por aplicación del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Prorrogar a partir del 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, la vigencia de los Contratos de Prestación de Servicios de los agentes dependientes del Ministerio de Desarrollo Productivo, conforme el siguiente detalle:
|
DESPACHO |
|
|
ORTIZ GUZMAN LILIANA BEATRIZ |
22.852.858 |
|
PALMA JESICA VANESA |
35.180.765 |
|
VALENZUELA ANGELITA LAURA |
25.964.794 |
|
DIRECCION DE PRODUCCION FAMILIAR |
|
|
ALBORNOZ MARTHA GRACIELA |
17.911.156 |
|
ALBORNOZ RAMON ISMAEL |
20.136.202 |
|
ALFONSO SANDRA ALEJANDRA |
24.719.395 |
|
ANDRADA FABIAN ANDRES |
26.214.338 |
|
ARGAÑARAZ CRISTINA FABIANA |
25.166.753 |
|
BARROSO IVANA ELISABET |
29.621.706 |
|
BECERRA JUAN HUMBERTO |
26.092.173 |
|
CONTRERAS CORREA MARIA SOLEDAD |
92.717.544 |
|
CORONEL JORGE ALBERTO |
20.878.591 |
|
DIAZ JOSE EDUARDO |
11.600.610 |
|
DOMINGUEZ ROSAURA DEL CARMEN |
28.106.859 |
|
ENCINA MIGUEL ALBERTO |
30.839.759 |
|
FERNANDEZ JESSICA YAMILE |
32.432.392 |
|
FORQUERA MIGUEL ANGEL |
31.518.216 |
|
FUNES MARIA CRISTINA |
29.427.646 |
|
GABUTTI SILVIA ANTONIA |
27.376.353 |
|
GALERA OSCAR EDUARDO CEFERINO |
26.772.050 |
|
GARCIA VILLEGAS CLAUDINA |
93.123.046 |
|
GARRO MIGUEL ANGEL |
16.772.701 |
|
GIMENEZ MYRIAM RENEE |
16.772.952 |
|
GOMEZ SILVIA BEATRIZ |
12.471.207 |
|
GUARDIA SERGIO GUSTAVO |
25.233.187 |
|
GUZMAN GILBERTO IGNACIO |
14.161.081 |
|
HEITMAN RAFAEL PEDRO |
27.677.262 |
|
LOPEZ DAVID OSMAR |
35.315.927 |
|
MANASSERO LUIS ALBERTO |
14.208.396 |
|
MARTINEZ WALDO POMPELLO |
17.352.832 |
|
MUÑOZ RUBEN OSCAR |
16.117.359 |
|
NIEVAS CALIXTO ALFREDO |
14.497.547 |
|
OJEDA SILVIA LORENA |
25.641.855 |
|
OLGUIN JULIO JONATHAN |
34.700.637 |
|
OLIVELLA ANDREA VALERIA |
20.414.416 |
|
PAEZ LORENA SOLEDAD |
30.196.592 |
|
PAEZ WALTER NICOLAS |
18.061.497 |
|
PEÑALOZA RAUL ALBERTO |
16.313.469 |
|
PERES VICENTA RITA |
17.389.228 |
|
PEREZ MANUEL FABIAN |
20.516.429 |
|
PEREZ RITA DEL CARMEN |
35.767.245 |
|
QUINTERO MIGUEL ANGEL |
14.497.345 |
|
QUINTEROS MARIA GRACIELA |
29.305.729 |
|
QUIROGA CARLOS ALFREDO |
27.907.333 |
|
QUIROGA PABLO DANIEL |
24.685.402 |
|
QUISPE CORTEZ LORENZA |
94.061.069 |
|
ROSALES SILVIA ROSANA |
22.445.044 |
|
SOSA MARIA TERESA |
20.134.636 |
|
TORRES ARIADNA MACARENA |
39.796.785 |
|
ZARATE ALBERTO DALMIRO |
21.182.290 |
|
ZARATE CARLOS OSMAR |
31.401.952 |
|
DIRECCION DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL |
|
|
BAEZ ROSA CLAUDIA |
23.947.348 |
|
CABANAY CARLOS SERGIO |
20.137.345 |
|
CABAÑA DANIEL AMERICO |
18.508.973 |
|
CHIRINO MARTIN ARMANDO |
26.546.789 |
|
CORTEZ VEGA FEDERICO RAMON |
30.116.817 |
|
FERNANDEZ FRANCO LEONARDO |
37.640.950 |
|
GALVAN MARIA CELESTE |
27.932.793 |
|
INOSTROZA TAPIA INGRID ANDREA |
92.910.691 |
|
LEDESMA LEONARDO IAN |
38.030.042 |
|
MUÑOZ SILVANA GABRIELA |
32.396.566 |
|
OJEDA HILDEBRANDO CIRILO |
17.646.021 |
|
OROZCO JORGE ALBERTO |
13.793.505 |
|
ORTIZ MIRTA EDITH |
17.665.468 |
|
RIVERO ESTEBAN CRISTIAN |
28.091.834 |
|
RODRIGUEZ MARIA DEOLINDA |
21.895.559 |
|
ROMERO CLAUDIA LORENA |
26.213.866 |
|
RUIZ SERGIO OSCAR |
27.763.509 |
|
SALAS SANDRA ALEJANDRA |
27.554.429 |
|
SOSA NÉSTOR GERARDO |
21.630.977 |
|
VILLEGAS GRACIELA ROSA |
18.086.043 |
|
ZAPATA MARISA ALEJANDRA |
26.213.992 |
|
ENTE DE DESARROLLO AERONAUTICO – EDA- |
|
|
RODRIGUEZ HUMBERTO |
16.194.136 |
|
DIRECCION PROVINCIAL DE MINERIA |
|
|
ROMERO CRISTIAN MIGUEL ANGEL |
27.396.916 |
|
DIRECCION DE DESARROLLO INDUSTRIAL Y ENERGIAS SUSTENTABLES |
|
|
QUIROGA SCUDIERI KARLA VALERIA |
26.941.711 |
|
DIRECCION DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ESCUELA |
|
|
LUCERO BARRIENTOS JORGE MARTIN |
25.166.810 |
|
DIRECCION DE VALOR AGREGADO Y VINCULACIÓN COMPRE LOCAL |
|
|
ANDINO ERNESTO RAFAEL |
13.721.589 |
|
DIRECCION DE DESARROLLO AGROPECUARIO |
|
|
CABAÑEZ MARIA SINENCIA |
20.136.156 |
|
CORREA JUANA ROSA |
14.542.337 |
Art. 2º.-El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto deberá imputarse a las partidas presupuestarias vigentes.-
Art. 3º.-Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54º correlativos y concordantes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 4º.-Hacer saber a: Direcciones dependientes del Ministerio de Desarrollo Productivo, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y notificar a los interesados.-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 940-MDP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12170843/25; y
CONSIDERANDO:
Que la generación de condiciones propicias para que el crecimiento del sector privado de la provincia, la recuperación y consolidación de puestos de trabajo y la creación de nuevas fuentes de trabajo, constituye uno de los ejes centrales de las políticas del Gobierno de la provincia de San Luis;
Que, en tal sentido, por gestión del actual Gobierno provincial y con acuerdo de los gobernadores de las provincias argentinas, el 10 de septiembre de 2024, la provincia de San Luis volvió a formar parte del Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que dicho organismo cumple un rol trascendente en materia de asistencia financiera al sector privado, con lineamientos participativos y sustentables destinados a la inclusión financiera de micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores productivos, por lo que resulta un socio estratégico de la provincia de San Luis para el fortalecimiento de la economía provincial;
Que entre el Estado Provincial y el C.F.I. se suscribieron convenios destinados a distintas líneas de financiamiento: Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres, Financiamiento para el Desarrollo de Cadenas de Valor, Financiamiento Verde y Convenio Marco para la elaboración de dos planes maestros: Agua y Energía, para el período comprendido entre los años 2025–2035;
Que emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que desarrollan actividades productivas en la provincia de San Luis o que son parte de las cadenas de valor de las mismas, han solicitado créditos dentro de mencionadas líneas de financiamiento;
Que en act. DOCEXT 3823841/25, obra nota del señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo, mediante la que eleva a consideración del C.F.I. la solicitud de financiamiento de la firma CORRENTI MILELLI MARIA VIRGINIA, CUIT Nº 27-26941791-4, destinado a la adquisición de equipamiento para minimercado, ubicado en la ciudad de San Luis, y en la que manifiesta que el proyecto reviste carácter de Interés Provincial;
Que en act. DOCEXT 3823842/25 obra nota de la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis, en la que comunica que la solicitud de financiamiento presentada por la firma CORRENTI MILELLI MARIA VIRGINIA, ha sido aprobada por el C.F.I, proponiendo la Declaración de Interés Provincial a las inversiones a realizar para el fortalecimiento de dicha empresa;
Que en act. DOCEXT 3823843/25, se adjunta el proyecto presentado por la firma CORRENTI MILELLI MARIA VIRGINIA, con descripción de la actividad productiva que desarrolla y detallando el destino del financiamiento solicitado;
Que en act. NOTAB 100102864/25 consta intervención de la Dirección de Comercio y Servicios manifestando que se verifican las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para la Declaración propuesta, en cuanto la inversión comprometida en el proyecto analizado coadyuva a colaborar y asistir técnicamente a los actores productivos de la Provincia en toda la actividad comercial de sus productos y servicios, ayudar a los productores en toda la cadena de valor agregado, promover acciones que fortalezcan las compras locales de bienes y servicios, fomentar la inversión privada de modo que se fortalezca el capital económico de la provincia, a la vez que el Estado Provincial genera directas acciones tendientes a impulsar la competitividad del sector comercial;
Que en act. DICLEG 48367/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no presenta objeciones legales a la continuidad del trámite tendiente al dictado del Decreto que declare de Interés Provincial el presente Proyecto;
Que en act. DICFIS 1663990/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que estarían dadas las condiciones para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente mediante el cual se declare de Interés Provincial el Proyecto de la firma CORRENTI MILELLI MARIA VIRGINIA;
Que en virtud de lo expuesto, resulta oportuno declarar de Interés Provincial el Proyecto de inversión destinado a la adquisición de equipamiento para minimercado, ubicado en la ciudad de San Luis, de la firma CORRENTI MILELLI MARIA VIRGINIA, por contribuir a la reactivación productiva y, en definitiva, al crecimiento económico sustentable de la provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Declarar de Interés Provincial el Proyecto destinado a la adquisición de equipamiento para minimercado, ubicado en la ciudad de San Luis, de la firma CORRENTI MILELLI MARIA VIRGINIA, CUIT Nº 27-26941791-4, por su significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de nuestra Provincia.-
Art. 2º.-Con copia del presente, notificar a la firma CORRENTI MILELLI MARIA VIRGINIA, CUIT Nº 27-26941791-4.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
DECRETO Nº 1016-MDP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1190422/26; y
CONSIDERANDO:
Que la generación de condiciones propicias para que el crecimiento del sector privado de la provincia, la recuperación y consolidación de puestos de trabajo y la creación de nuevas fuentes de trabajo, constituye uno de los ejes centrales de las políticas del Gobierno de la provincia de San Luis;
Que, en tal sentido, por gestión del actual Gobierno provincial y con acuerdo de los gobernadores de las provincias argentinas, el 10 de septiembre de 2024, la provincia de San Luis volvió a formar parte del Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que dicho organismo cumple un rol trascendente en materia de asistencia financiera al sector privado, con lineamientos participativos y sustentables destinados a la inclusión financiera de micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores productivos, por lo que resulta un socio estratégico de la provincia de San Luis para el fortalecimiento de la economía provincial;
Que entre el Estado Provincial y el C.F.I. se suscribieron convenios destinados a distintas líneas de financiamiento: Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres, Financiamiento para el Desarrollo de Cadenas de Valor, Financiamiento Verde y Convenio Marco para la elaboración de dos planes maestros: Agua y Energía, para el período comprendido entre los años 2025–2035;
Que emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que desarrollan actividades productivas en la provincia de San Luis o que son parte de las cadenas de valor de las mismas, han solicitado créditos dentro de mencionadas líneas de financiamiento;
Que en act. DOCEXT 3826045/26, obra nota del señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo, mediante la que eleva a consideración del C.F.I. la solicitud de financiamiento de la firma MANO A MANO S.R.L., CUIT Nº 30-71246064-0, la cual tiene por objeto la adquisición de maquinarias para la puesta en marcha de un taller de reciclado, en la institución dedicada a la atención integral de personas con discapacidad, ubicada en la localidad de la Villa de Merlo, y en la que manifiesta que el proyecto reviste carácter de Interés Provincial;
Que en act. DOCEXT 3826046/26, obra nota de la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis, en la que comunica que la solicitud de financiamiento presentada por la firma MANO A MANO S.R.L., ha sido aprobada por el C.F.I, proponiendo la Declaración de Interés Provincial a las inversiones a realizar para el fortalecimiento de dicha empresa;
Que en act. DOCEXT 3826047/26, se adjunta el proyecto presentado por la firma MANO A MANO S.R.L., con descripción de la actividad productiva que desarrolla y detallando el destino del financiamiento solicitado;
Que en act. NOTMMA 97838/26, consta intervención de la Dirección de Comercio y Servicios manifestando que se verifican las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para la Declaración propuesta, en cuanto la inversión comprometida en el proyecto analizado coadyuva a colaborar y asistir técnicamente a los actores productivos de la Provincia en toda la actividad comercial de sus productos y servicios, ayudar a los productores en toda la cadena de valor agregado, promover acciones que fortalezcan las compras locales de bienes y servicios, fomentar la inversión privada de modo que se fortalezca el capital económico de la provincia, a la vez que el Estado Provincial genera directas acciones tendientes a impulsar la competitividad del sector comercial;
Que en act. DICLEG 48435/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no presenta objeciones legales a la continuidad del trámite tendiente al dictado del Decreto que declare de Interés Provincial el presente Proyecto;
Que en act. DICFIS 166507/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que estarían dadas las condiciones para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente mediante el cual se declare de Interés Provincial el Proyecto de la firma MANO A MANO S.R.L.;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno declarar de Interés Provincial el Proyecto de inversión destinado a la adquisición de maquinarias para la puesta en marcha de un taller de reciclado, proyectado para la institución dedicada a la atención integral de personas con discapacidad, ubicado en la localidad de la Villa de Merlo, de la firma MANO A MANO S.R.L., por contribuir a la reactivación productiva y, en definitiva, al crecimiento económico sustentable de la provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Declarar de Interés Provincial el Proyecto destinado a la adquisición de maquinarias para la puesta en marcha de un taller de reciclado, en la institución dedicada a la atención integral de personas con discapacidad, ubicada en la localidad de la Villa de Merlo, de la firma MANO A MANO S.R.L., CUIT Nº 30-71246064-0, por su significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de nuestra Provincia.-
Art. 2º.-Con copia del presente, notificar a la firma MANO A MANO S.R.L., CUIT Nº 30-71246064-0.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
DECRETO Nº 1017-MDP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1220027/26; y
CONSIDERANDO:
Que la generación de condiciones propicias para que el crecimiento del sector privado de la provincia, la recuperación y consolidación de puestos de trabajo y la creación de nuevas fuentes de trabajo, constituye uno de los ejes centrales de las políticas del Gobierno de la provincia de San Luis;
Que, en tal sentido, por gestión del actual Gobierno provincial y con acuerdo de los gobernadores de las provincias argentinas, el 10 de septiembre de 2024, la provincia de San Luis volvió a formar parte del Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que dicho organismo cumple un rol trascendente en materia de asistencia financiera al sector privado, con lineamientos participativos y sustentables destinados a la inclusión financiera de micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores productivos, por lo que resulta un socio estratégico de la provincia de San Luis para el fortalecimiento de la economía provincial;
Que entre el Estado Provincial y el C.F.I. se suscribieron convenios destinados a distintas líneas de financiamiento: Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres, Financiamiento para el Desarrollo de Cadenas de Valor, Financiamiento Verde y Convenio Marco para la elaboración de dos planes maestros: Agua y Energía, para el período comprendido entre los años 2025–2035;
Que emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que desarrollan actividades productivas en la provincia de San Luis o que son parte de las cadenas de valor de las mismas, han solicitado créditos dentro de mencionadas líneas de financiamiento;
Que en act. DOCEXT 3826294/26, obra nota del señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo, mediante la que eleva a consideración del C.F.I. la solicitud de financiamiento de la firma BENTANCOUR GABRIELA ROXANA, CUIT Nº 27-25258217-2, destinado a la ampliación y puesta en valor de un complejo de cabañas, ubicado en la localidad de El Trapiche, y en la que manifiesta que el proyecto reviste carácter de Interés Provincial;
Que en act. DOCEXT 3826945/26, obra nota de la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis, en la que comunica que la solicitud de financiamiento presentada por la firma BENTANCOUR GABRIELA ROXANA, ha sido aprobada por el C.F.I, proponiendo la Declaración de Interés Provincial a las inversiones a realizar para el fortalecimiento de dicha empresa;
Que en act. DOCEXT 3826296/26, se adjunta el proyecto presentado por la firma BENTANCOUR GABRIELA ROXANA, con descripción de la actividad productiva que desarrolla y detallando el destino del financiamiento solicitado;
Que en act. NOTMMA 97836/26, consta intervención de la Dirección de Comercio y Servicios manifestando que se verifican las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para la Declaración propuesta, en cuanto la inversión comprometida en el proyecto analizado coadyuva a colaborar y asistir técnicamente a los actores productivos de la Provincia en toda la actividad comercial de sus productos y servicios, ayudar a los productores en toda la cadena de valor agregado, promover acciones que fortalezcan las compras locales de bienes y servicios,fomentar la inversión privada de modo que se fortalezca el capital económico de la provincia, a la vez que el Estado Provincial genera directas acciones tendientes a impulsar la competitividad del sector comercial;
Que en act. DICLEG 48447/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no presenta objeciones legales a la continuidad del trámite tendiente al dictado del Decreto que declare de Interés Provincial el presente Proyecto;
Que en act. DICFIS 166631/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que estarían dadas las condiciones para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente mediante el cual se declare de Interés Provincial el Proyecto de la firma BENTANCOUR GABRIELA ROXANA;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno declarar de Interés Provincial el Proyecto de inversión destinado a la ampliación y puesta en valor de un complejo de cabañas, ubicado en la localidad de El Trapiche, de la firma BENTANCOUR GABRIELA ROXANA, por contribuir a la reactivación productiva y, en definitiva, al crecimiento económico sustentable de la provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Declarar de Interés Provincial el Proyecto destinado a la ampliación y puesta en valor de un complejo de cabañas, ubicado en la localidad de El Trapiche, de la firma BENTANCOUR GABRIELA ROXANA, CUIT Nº 27-25258217-2, por su significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de nuestra Provincia.-
Art. 2º.-Con copia del presente, notificar a la firma BENTANCOUR GABRIELA ROXANA, CUIT Nº 27-25258217-2.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
DECRETO Nº 1018-MDP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1210472/26; y
CONSIDERANDO:
Que la generación de condiciones propicias para que el crecimiento del sector privado de la provincia, la recuperación y consolidación de puestos de trabajo y la creación de nuevas fuentes de trabajo, constituye uno de los ejes centrales de las políticas del Gobierno de la provincia de San Luis;
Que, en tal sentido, por gestión del actual Gobierno provincial y con acuerdo de los gobernadores de las provincias argentinas, el 10 de septiembre de 2024, la provincia de San Luis volvió a formar parte del Consejo Federal de Inversiones (C.F.I.);
Que dicho organismo cumple un rol trascendente en materia de asistencia financiera al sector privado, con lineamientos participativos y sustentables destinados a la inclusión financiera de micro, pequeñas y medianas empresas de los sectores productivos, por lo que resulta un socio estratégico de la provincia de San Luis para el fortalecimiento de la economía provincial;
Que entre el Estado Provincial y el C.F.I. se suscribieron convenios destinados a distintas líneas de financiamiento: Desarrollo Productivo y Financiero de Mujeres, Financiamiento para el Desarrollo de Cadenas de Valor, Financiamiento Verde y Convenio Marco para la elaboración de dos planes maestros: Agua y Energía, para el período comprendido entre los años 2025–2035;
Que emprendedores, micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) que desarrollan actividades productivas en la provincia de San Luis o que son parte de las cadenas de valor de las mismas, han solicitado créditos dentro de mencionadas líneas de financiamiento;
Que en act. DOCEXT 3826267/26, obra nota del señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo, mediante la que eleva a consideración del C.F.I. la solicitud de financiamiento de la firma FEDERIGI CARLA, CUIT Nº 27-36051290-3, destinado a la adquisición de equipamiento veterinario y mejoras de consultorio, ubicado en la ciudad de San Luis, y en la que manifiesta que el proyecto reviste carácter de Interés Provincial;
Que en act. DOCEXT 3826714/26, obra nota de la Coordinación de Unidad de Enlace Provincial del C.F.I. de la provincia de San Luis, en la que comunica que la solicitud de financiamiento presentada por la firma FEDERIGI CARLA, ha sido aprobada por el C.F.I, proponiendo la Declaración de Interés Provincial a las inversiones a realizar para el fortalecimiento de dicha empresa;
Que en act. DOCEXT 3826269/26, se adjunta el proyecto presentado por la firma FEDERIGI CARLA, con descripción de la actividad productiva que desarrolla y detallando el destino del financiamiento solicitado;
Que en act. NOTMMA 97837/26, consta intervención de la Dirección de Comercio y Servicios manifestando que se verifican las razones de oportunidad, mérito y conveniencia para la Declaración propuesta, en cuanto la inversión comprometida en el proyecto analizado coadyuva a colaborar y asistir técnicamente a los actores productivos de la Provincia en toda la actividad comercial de sus productos y servicios, ayudar a los productores en toda la cadena de valor agregado, promover acciones que fortalezcan las compras locales de bienes y servicios,fomentar la inversión privada de modo que se fortalezca el capital económico de la provincia, a la vez que el Estado Provincial genera directas acciones tendientes a impulsar la competitividad del sector comercial;
Que en act. DICLEG 48450/26, ha emitido dictamen la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Productivo, informando que no presenta objeciones legales a la continuidad del trámite tendiente al dictado del Decreto que declare de Interés Provincial el presente Proyecto;
Que en act. DICFIS 166602/26, obra vista de Fiscalía de Estado informando que estarían dadas las condiciones para proceder al dictado del Acto Administrativo pertinente mediante el cual se declare de Interés Provincial el Proyecto de la firma FEDERIGI CARLA;
Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno declarar de Interés Provincial el Proyecto de inversión destinado a la adquisición de equipamiento veterinario y mejoras de consultorio, ubicado en la ciudad de San Luis, de la firma FEDERIGI CARLA, por contribuir a la reactivación productiva y, en definitiva, al crecimiento económico sustentable de la provincia de San Luis;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Declarar de Interés Provincial el Proyecto destinado a la adquisición de equipamiento veterinario y mejoras de consultorio, ubicado en la ciudad de San Luis, de la firma FEDERIGI CARLA, CUIT Nº 27-36051290-3, por su significativo aporte al fortalecimiento del tejido productivo, económico y social de nuestra Provincia.-
Art. 2º.-Con copia del presente, notificar a la firma FEDERIGI CARLA, CUIT Nº 27-36051290-3.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
DECRETO Nº 1224-MDP-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1270485/26, por el cual el Ministerio de Desarrollo Productivo, tramita Transferencia de Créditos Presupuestarios, conforme lo manifestado en act. NOTMMA 97877/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. PTPGAS 57611/26, obra planilla de Solicitud de Transferencia de Créditos Presupuestarios;
Que en act. RCRE 11288680/26, obra reserva del crédito presupuestario;
Que en act. INFORM 432114/26 obra intervención de la Dirección de Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que el presente caso se encuadra en las disposiciones del Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones establecidas en el Art. 10 de la Ley Nº VIII-0253-2025.-
Art. 2º.-Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 15 13 20 01 1-01 5 1 $200.000.000,00
Disminuir
Ins. Jur. U.E. Prog. Subp. Fte.Fto. Inc. Importe
1 15 13 20 01 1-01 2 $200.000.000,00
Art. 3º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia; Dirección de Presupuesto Público y Asesoría Contable y Presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Productivo.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Productivo y por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Alberto Trombotto
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 941-MdeS-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1060041/26, mediante el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis solicita la creación de la partida presupuestaria disminución de activos financieros correspondiente a fondos del Programa SUMAR+, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3687458/26, la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, solicita la creación de la partida presupuestaria disminución de activos financieros, para incorporar el saldo del año 2025 al presupuesto año 2026, correspondiente a fondos del Programa SUMAR;
Que en act. PTPREC 57589/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;
Que en act. INFORM 431680/26, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9° y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en los Arts. 9° y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2°.- Modificar en el Presupuesto vigente los recursos que a continuación se detallan:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
04- Disminución Activos Financieros-
Cofinanciamiento Sumar+ $91.872.434,17
05- Disminución Activos Financieros-Sumar+ $134.322.126,12
06- Disminución Activos Financieros-Hitos-Salud $268.886.751,19
Art. 3°.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Ppal. Importe
1 13 16 31 3-12 3-29 2 - $28.000.000,00
1 13 16 31 3-12 3-29 3 - $63.872.434,17
Fuente de Financiamiento: 3-29 Disminución Activos Financieros Cofinanciamiento Sumar+
Importe
1 13 16 31 3-12 4-37 1 -- $3.000.000,00
1 13 16 31 3-12 4-37 2 -- $13.000.000,00
1 13 16 31 3-12 4-37 3 -- $78.322.126,12
1 13 16 31 3-12 4-37 4 -- $39.000.000,00
1 13 16 31 3-12 4-37 5 1 $1.000.000,00
Fuente de Financiamiento: 4-37-Disminución Activos Financieros- Sumar+
1 13 16 31 3-12 4-33 2 -- $26.212.051,19
1 13 16 31 3-12 4-33 3 -- $134.800.000,00
1 13 16 31 3-12 4-33 4 -- $107.874.700,00
Fuente de Financiamiento: 4-33-Disminución Activos Financieros-Hitos- Salud
Art. 4º.- Disponer que, las partidas y los recursos que poseen fuente de financiamiento con afectación específica por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 942-MdeS-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1190493/26, por el cual la Dirección Autogestión Hospitalaria solicita Disminución de Activos Financieros, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1495904/26, obra nota de la Dirección Autogestión Hospitalaria, mediante la cual solicita la Disminución de Activos Financieros correspondiente a fondos de la mencionada dependencia, a los fines de incorporar el saldo de Recursos Financieros 2025 al ejercicio vigente;
Que, en act. PTPREC 57595/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;
Que, en act. INFORM 431672/26, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el recurso que a continuación se detalla:
Crear:
1-Recursos de la Administración Central
3-Fuentes Financieras
5-Disminución de Disponibilidades
1-Disminución de Caja y Banco
13-Disminución Activos Financieros-
Fondo de Recupero Salud $1.518.275.899,15
Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 13 26 00 3-14 3-31 1 $400.000.000,00
1 13 13 26 00 3-14 3-31 2 $100.000.000,00
1 13 13 26 00 3-14 3-31 3 $52.000.000,00
1 13 13 26 00 3-14 3-31 4 $366.275.899,15
1 13 13 26 01 3-14 3-31 4 $600.000.000,00
Fuente de Financiamiento: 3-31 Disminución Activos Financieros - Fondo de Recupero Salud
Proyecto: 01- Mantenimiento de Efectores de Salud
Art. 4º.- Disponer que, las partidas y los recursos a crear, que poseen fuente de financiamiento con afectación específica, por ley, solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Autogestión Hospitalaria, a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 943-MdeS-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250927/25, mediante el cual la Maternidad Villa Mercedes tramita el Contrato de Servicios de la señora INES ISABEL NIZ D.N.I. N° 16.502.421, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1475841/25, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora INES ISABEL NIZ D.N.I. N° 16.502.421, por la otra, quien presta servicios médicos en consultorios de seguimiento de riesgo neonatal, realizando dos (2) consultorios semanales en la Maternidad Villa Mercedes, a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11259180/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914461/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, sugiere que, se podría procederse al dictado del pertinente acto administrativo por el cual se suscriba y homologue el Contrato de Servicios, encuadrando el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la ley N° VIII-0256-2004 de Contabilidad de la Provincia de San Luis, y en el Art. 92 inc. k) del Decreto N° 8-MHIP-2025;
Que, en act. NOTAMP 952346/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art.100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido, mediante la Ley VIII-0867-2013 y con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004;
Que, en act. DICFIS 164973/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08- MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora INES ISABEL NIZ, D.N.I. N° 16.502.421, por la otra, quien presta servicios médicos en consultorios de seguimiento de riesgo neonatal, realizando dos (2) consultorios semanales en la Maternidad Villa Mercedes, obrante en act. DOCEXT 1475841/25 del EXD-0000-11250927/25.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente
INSTITUCIONAL PROGRAMATICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 34 52 00 00 00 0 01 00 3 4 2 000 $3.900.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Pasar las presentes actuaciones a la Maternidad Villa Mercedes, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 974-MdeS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6300979/25, por el cual la Dirección Infraestructura Hospitalaria y Centro de Salud tramita a través de la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la Licitación Pública N° 87-MHeIP-DCyC-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 18807-MdeS-2025, obrante en act. DEC 18807/25, para la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino DISTINTOS SERVICIOS MATERNIDAD TERESITA BAIGORRIA, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($63.700.000,00);
Que, en acts. DOCEXT 1438111/25 y DOCEXT 1441003/25, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que, en act. ACTPRO 11094853/25, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras y por medio de sobre cerrado las empresas: DONDO MARIA ELENA C.U.I.T: 23-92010637-4, en acts. COTZAC 11122345/25 y DOCEXT 1447656/25, LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L. C.U.I.T: 30-67694776-7, en acts. COTZAC 11122346/25 y DOCEXT 1447659/25;
Que, en act. DOCEXT 1447660/25, obra Acta con fecha 21 de octubre de 2025, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública N° 87-MHeIP-DCyC-2025, de donde surge: PRIMERA PROPUESTA: LABORATORIOS BELLANDI BARRERAS S.R.L. cotiza por la suma total de PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL TRES ($32.400.003,00) por los ítems que cotiza. SEGUNDA PROPUESTA: DONDO MARIA ELENA cotiza por la suma total de PESOS VEINTITRÉS MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA ($23.906.960,00) por los ítem que cotiza;
Que, en act. INFSEC 11122347/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 6889/2025, obrante en act. PROSEC 11122344/25;
Que, en act. DOCEXT 1454962/25, obra Resolución N° 2078-DCyC-2025, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública N° 87-MHeIP- DCyC-2025, quien expide en act. DOCEXT 1459723/25, el resultado de la evaluación de las ofertas presentadas, del cual surge preadjudicar a las firmas: DONDO MARÍA ELENA C.U.I.T: 23-92010637-4, por los ítems 02, 03, 05, 09 y 11 por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL CIENTO SESENTA CON 00/100 ($4.309.160,00).Que, asimismo se informa que se declaran fracasados los ítems 04, 06, 07, 10 y 14. Que se declaran desiertos los items 01, 08, 12 y 13;
Que, en act. PRESEC 11162964/25, se preadjudica a las firmas oferentes de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;
Que, en act. PREV 11261574/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. NOTAMP 941869/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud considera que estarían dadas las condiciones para que se proyecte el correspondiente acto administrativo mediante el cual se autorice la contratación con la firma ut-supra referenciada;
Que, en act. NOTAMP 953827/26, Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo autorice la contratación con la firma preadjudicada, encuadrando el caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 sustituida por la Ley VIII 0867-2013;
Que, en act. DICFIS 164393/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256- 2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública N° 87-MHeIP-DCyC-2025, para la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino DISTINTOS SERVICIOS MATERNIDAD TERESITA BAIGORRIA, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública N° 87-MHeIP-DCyC-2025, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, conforme al siguiente detalle: DONDO MARÍA ELENA C.U.I.T: 23-92010637-4, por los ítems 02, 03, 05, 09 y 11 por la suma de PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL CIENTO SESENTA CON 00/100 ($4.309.160,00) de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora en act. DOCEXT 1459723/25 y preadjudicación en act. PRESEC 11162964/25 del EXD-0000-6300979/25.-
Art. 4º.- Declarar fracasado los ítems 04, 06, 07, 10 y 14, por los motivos expuestos en act. DOCEXT 1459723/25.-
Art. 5º.- Declarar desiertos los ítems 01, 08, 12 y 13, por los motivos expuestos en act. DOCEXT 1459723/25.-
Art. 6º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 4 3 3 000 $4.309.160,00
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud, quien notificará a las firmas oferentes.-
Art. 9º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 975-MdeS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10140497/25, por el cual la Subdirección Servicios Tercerizados, tramita Licitación Pública para el servicio de provisión de sets para bombas de infusión con equipo en comodato, para hospitales pertenecientes al Ministerio de Salud, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma tiene por objeto la adquisición de SETS/GUÍAS PARA BOMBAS DE INFUSIÓN Y BOMBAS DE INFUSIÓN EN COMODATO, con destino a HOSPITALES PERTENECIENTES AL MINISTERIO DE SALUD, solicitado por la SUBDIRECCIÓN SERVICIOS TERCERIZADOS, por un presupuesto oficial de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($9.345.294.000,00);
Que, en act. SOLSEC 11149546/25, obra Solicitud de Gastos N° 27/2026, conformada por autoridad competente;
Que, en act. PLGECO 11163450/25, obra Pliego General Único de Condiciones, aprobado por Decreto N° 8161-MHyOP-2015 y en act. DOCEXT 1465965/25, obra Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones;
Que, en act. DOCEXT 1466222/25, ha prestado conformidad a los pliegos la Subdirección Servicios Tercerizados, dependiente del Ministerio de Salud;
Que, en act. PREV 11259558/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo y en act. PREVFT 11259560/26, obra imputación ejercicio futuro;
Que, en act. ENCAPS 909283/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. DICLEG 911632/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, sugiere que podría dictarse el correspondiente acto administrativo por el cual se realice el llamado a Licitación Pública y se apruebe el Pliego Particular de Bases y Condiciones;
Que, en act. NOTAMP 953495/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública y homologue el modelo de contrato, encuadrando el caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256-2004 sustituida por la Ley VIII – 0867-2013 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto 24295-MHIP-2025;
Que, en acts. DICFIS 164841/25 y DICFIS 166237/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en los Arts. 24 inc. g) y 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256-2004, sustituida por la Ley N° VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1° del Decreto N° 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el Pliego Particular de Bases y Condiciones, elaborado por la Dirección de Compras y Contrataciones, obrante en act. DOCEXT 1465965/25 del EXD-0000-10140497/25, para la adquisición de SETS/GUÍAS PARA BOMBAS DE INFUSIÓN Y BOMBAS DE INFUSIÓN EN COMODATO, con destino a HOSPITALES PERTENECIENTES AL MINISTERIO DE SALUD, solicitado por la SUBDIRECCIÓN SERVICIOS TERCERIZADOS, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Autorizar a la Dirección de Compras y Contrataciones a efectuar el llamado a Licitación Pública, a que se hace referencia en el Art. 2° del presente Decreto, por un presupuesto oficial de PESOS NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($9.345.294.000,00).-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 15 28 02 00 00 1 01 00 2 9 5 000 $4.558.680.000,00
Art. 5º.- Imputar al ejercicio financiero año 2027 la suma de PESOS CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CON 00/100 ($4.786.614.000,00).-
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Efectuar la publicación de los edictos correspondientes con los enunciados en la forma y por el termino de Ley.-
Art. 8º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Compras y Contrataciones, a sus efectos.-
Art. 9º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la Subdirección Servicios Tercerizados.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 976-MdeS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7110356/25, por el cual la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública tramita la Licitación Pública N° 106-MHeIP-DCyC-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 20250-MdeS-2025, obrante en act. DEC 20250/25, para la contratación de SERVICIOS PROFESIONALES-GUARDIAS MEDICAS, con destino a Hospitales de la provincia de San Luis, por el plazo de DOCE (12) meses, solicitado por la Dirección de Zonas Sanitarias, dependiente del Ministerio de Salud, por un presupuesto oficial de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL CON 00/100 ($946.890.000,00);
Que, en acts. DOCEXT 1453423/25 y DOCEXT 1456088/25, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que, en act. ACTPRO 11141074/25, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras y por medio de sobre cerrado las empresas: SANAR SALUD S.R.L., C.U.I.T: 30-71562575-6, en acts. COTZAC 11169259/25 y DOCEXT 1466322/25, ASISTIR S.A., C.U.I.T: 33-70817112-9, en acts. COTZAC 11169269/25 y DOCEXT 1466309/25, MEDPLUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71851552-8, en acts. COTZAC 11169270/25 y DOCEXT 1466317/25 y BECK S.A.S., C.U.I.T: 30-71315640-6, en acts. COTZAC 11169271/25 y DOCEXT 1466316/25;
Que, en act. DOCEXT 1466300/25, obra Acta con fecha 20 de noviembre de 2025, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública N° 106-MHeIP-DCyC-2025, de donde surge: PRIMERA PROPUESTA: MEDPLUS S.R.L., COTIZA por la suma total de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($938.999.700,00) por los ítems que cotiza. SEGUNDA PROPUESTA: BECK S.A.S., COTIZA por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($498.240.000,00) por los ítems que cotiza. TERCERA PROPUESTA: SANAR SALUD S.R.L., quien no presenta garantía de mantenimiento de oferta razón por la cual la autoridad que preside el acto rechaza la oferta, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 inc. a) punto 1 del Pliego General Único de Bases y Condiciones. CUARTA PROPUESTA: ASISTIR S.A., COTIZA por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($480.240.000,00) por los ítems que cotiza;
Que, en act. INFSEC 11169275/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 6860/2025, obrante en act. PROSEC 11169256/25;
Que, en act. DOCEXT 1471055/25, obra Resolución N° 2361-DCyC-2025, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública N° 106-MHeIP- DCyC-2025, quien expide en act. INFORM 427571/25, el resultado de la evaluación de las ofertas presentadas, del cual surge preadjudicar a las firmas: ASISTIR S.A., C.U.I.T: 33-70817112-9, los ítems 3 y 7, por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($190.440.000,00), BECK S.A.S., C.U.I.T: 30-71315640-6, los items 1, 2, 5 y 6, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($498.240.000,00) y MEDPLUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71851552-8, los ítems 4 y 8, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIEN CON 00/100 ($226.655.100,00);
Que, en act. PRESEC 11221654/25, se preadjudica a las firmas oferentes de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;
Que, en act. PREV 11259310/26, obra imputación preventiva del gasto con excepción de duodécimo;
Que, en act. NOTAMP 948890/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;
Que, en act. NOTAMP 952505/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 165819/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Que, en el presente acto administrativo corresponde delegar en el Ministerio de Salud, la suscripción de los respectivos Contratos de Servicios, conforme a los modelos que como ANEXO forman parte integrante del presente Decreto;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley N° VIII-0256- 2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública N° 106-MHeIP-DCyC-2025, para la contratación de SERVICIOS PROFESIONALES-GUARDIAS MEDICAS, con destino a Hospitales de la provincia de San Luis, por el plazo de DOCE (12) meses, solicitado por la Dirección de Zonas Sanitarias, dependiente del Ministerio de Salud.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública N° 106-MHeIP-DCyC-2025, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, conforme al siguiente detalle: ASISTIR S.A., C.U.I.T: 33-70817112-9, los ítems 3 y 7, por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($190.440.000,00), BECK S.A.S., C.U.I.T: 30-71315640-6, los items 1, 2, 5 y 6, por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($498.240.000,00) y MEDPLUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71851552-8, los ítems ٤ y ٨, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIEN CON 00/100 ($226.655.100,00), conforme a las ofertas obrantes en acts. COTZAC 11169269/25, COTZAC 11169271/25, COTZAC 11169270/25, cotización acompañada en sobres agregados en acts. DOCEXT 1466309/25, DOCEXT 1466316/25 y DOCEXT 1466317/25, de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora obrante en act. INFORM 427571/25 y preadjudicación en act. PRESEC 11221654/25 del EXD-0000-7110356/25.-
Art. 4º.- Aprobar en todas sus partes los modelos de Contratos de Servicios que como ANEXO forman parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Ministerio de Salud y las firmas: ASISTIR S.A., C.U.I.T: 33-70817112-9, BECK S.A.S., C.U.I.T: 30-71315640-6 y MEDPLUS S.R.L., C.U.I.T: 30-71851552-8, en el marco de la Licitación Pública N° 106-MHeIP-DCyC-2025.-
Art. 5º.- Autorizar a la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. N° 16.133.300, a suscribir los Contratos de Servicios, conforme a los modelos aprobados en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la Provincia de San Luis.-
Art. 6º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 27 43 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $915.335.100,00
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Pasar las presentes actuaciones a Dirección Zonas Sanitarias, quien notificará a las firmas oferentes.-
Art. 9º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 10.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE GUARDIAS MEDICAS DIRECCION ZONAS SANITARIAS- DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD
En la ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre, a los ...... días del mes de ........... del 2026, entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS representado en este acto por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, DNI N° 16.133.300, quien concurre en carácter de MINISTRO SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD, constituyendo domicilio legal y especial a los fines de este contrato en Terrazas del Portezuelo -Av. Serranías Puntanas Km.783, Edificio Este Ala 1 -2º Piso, de la ciudad de San Luis, de una parte y denominado en adelante “EL COMITENTE”, y por la otra la firma ASISTIR SA CUIT:33-70817112-9, representado por la Sra. MELONI MARIA VICTORIA DNI N°26.930.509, con domicilio sito en Barrio Los Quebrachos, block 29 casa 5, Provincia de San Luis, en adelante “El PRESTADOR” y ambas en conjunto denominadas las “PARTES”, convienen en celebrar el presente CONTRATO el cual forma parte integral de la licitación pública N°106-MHeIP-DCyC-2025, cuyo llamado a licitación fue Homologado por Decreto N°…..-MdeS-2025, con los términos, condiciones y especificaciones establecidas en el pliego licitatorio y en el presente instrumento las partes expresan:
PRIMERA: El objeto contractual del presente convenio será la contratación por el servicio de guardias médicas, para LA DIRECCION DE ZONAS SANITARIAS DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD, detallado en el Anexo II del Pliego Particular de Bases y Condiciones el cual es parte integral del presente contrato.
SEGUNDA: PLAZO. El presente contrato tendrá una duración de DOCE (12) meses a partir de la emisión de la Orden de Provisión dispuesta por Licitación pública N° 106- MHeIP-DCyC-2025.
TERCERA: Como contraprestación por los servicios prestados, EL COMITENTE abonara al PRESTADOR por guardia de veinticuatro (24) horas la suma de PESOS quinientos veintinueve mil CON 00/100 CTVS. ($529.000,00) dichas sumas serán abonadas al finalizar cada mes, contra presentación de la correspondiente factura por las guardias efectivamente realizadas.
a) El PRESTADOR mensualmente presentara dentro de los primeros quince (15) días de cada mes a la Dirección Zonas Sanitarias, las facturas por prestaciones efectuadas en el curso del mes calendario anterior, debiendo enviarlas al mail contablezonasanitaria@gmail.com”
c) El COMITENTE efectuará el pago de las facturas presentadas por el PRESTADOR por medio de depósito y/o transferencia efectuada a la cuenta bancaria declarada por el PRESTADOR.
CUARTA: A partir de la firma del presente contrato el PRESTADOR por medio de un representante establecerá permanente coordinación con el COMITENTE representado por la Dirección de Zonas Sanitarias, informando novedades y necesidades para el adecuado cumplimiento de este contrato.
El pago de impuestos y sellados que origine este contrato será soportado por el PRESTADOR en el porcentaje que corresponda de acuerdo a la legislación vigente.
QUINTA: El COMITENTE efectuará auditorías, contralor y seguimiento del servicio contratado a través de la Dirección de Zonas Sanitarias.
SEXTA: Queda expresamente prohibido al PRESTADOR ceder, transferir los derechos y/u obligaciones emergentes del presente contrato, salvo expresa autorización del COMITENTE. La transgresión de esta cláusula producirá la rescisión por culpa y responsabilidad del PRESTADOR.
SEPTIMA: El COMITENTE por circunstancias de oportunidad, mérito y conveniencia podrá rescindir el presente contrato, debiendo notificar fehacientemente con una antelación no menor a treinta (30) días corridos, a su vez, el PRESTADOR podrá rescindir el presente contrato siempre que hubiera causa fundada, con notificación expresa y con una antelación no menor a treinta (30) días corridos.
Queda prohibido al PRESTADOR suspender y/o interrumpir el servicio que se contrata, siendo posible de recisión contractual por su exclusiva culpa y responsabilidad con más daños y perjuicios que pudieran ocurrir.
OCTAVA: El PRESTADOR está obligado a registrar las atenciones realizadas en el Sistema Informático de Registros Médicos o el que en un futuro lo reemplace.
NOVENA: El PRESTADOR deberá contratar y presentar seguro de responsabilidad civil con cobertura integral frente daños a personas o bienes y seguro de accidentes personales para el personal afectado, incluyendo la extensión al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS como beneficiario.
DECIMA: El presente contrato exime de responsabilidad a la Administración Pública con relación a terceros contratados por el PRESTADOR para el desarrollo de las actividades encomendadas.
DECIMA PRIMERA: Las partes convienen expresamente que la demora en el pago mensual de un período no faculta al PRESTADOR a suspender la provisión ni la prestación del servicio, en la forma y el modo convenido.
DECIMA SEGUNDA: Para todos los efectos emergentes del presente contrato, las PARTES se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción de la Provincia de San Luis, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto.
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE GUARDIAS MEDICAS DIRECCION ZONAS SANITARIAS- DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD
En la ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre, a los......días del mes de ........... del 2026, entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS representado en este acto por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, DNI N° 16.133.300, quien concurre en carácter de MINISTRO SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD, constituyendo domicilio legal y especial a los fines de este contrato en Terrazas del Portezuelo -Av. Serranías Puntanas Km.783, Edificio Este Ala 1 -2º Piso, de la ciudad de San Luis, de una parte y denominado en adelante “EL COMITENTE”, y por la otra la firma BECK SAS CUIT: 30-71315640-6, representado en este acto por su Administrador Titular por el Sr. CHÁVEZ SERGIO RAMON DNI N° 20.413.988 , con domicilio sito en Avenida del Viento Chorrillero 1013,de la Localidad de Juana Koslay , Provincia de San Luis, en adelante “El PRESTADOR” y ambas en conjunto denominadas las “PARTES”, convienen en celebrar el presente CONTRATO el cual forma parte integral de la licitación pública N°106-MHeIP-DCyC-2025, cuyo llamado a licitación fue Homologado por Decreto N°…..-MDes-2025, con los términos, condiciones y especificaciones establecidas en el pliego licitatorio y en el presente instrumento las partes expresan:
PRIMERA: El objeto contractual del presente convenio será la contratación por el servicio de guardias médicas, para LA DIRECCION DE ZONAS SANITARIAS DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD, detallado en el Anexo II del Pliego Particular de Bases y Condiciones el cual es parte integral del presente contrato.
SEGUNDA: PLAZO. El presente contrato tendrá una duración de DOCE (12) meses a partir de la emisión de la Orden de Provisión dispuesta por Licitación pública N° 106- MHeIP-DCyC-2025.
TERCERA: Como contraprestación por los servicios prestados, EL COMITENTE abonara al PRESTADOR por guardia de veinticuatro (24) horas la suma de PESOS Cuatrocientos noventa y nueve CON 00/100 CTVS. ($499.000,00) esto corresponde al 1º Semestre, en cuanto al 2º semestre, se abonara la suma de PESOS quinientos treinta y nueve CON 00/100 CTVS ($539.000,00) dichas sumas serán abonadas al finalizar cada mes, contra presentación de la correspondiente factura por las guardias efectivamente realizadas.
b) El PRESTADOR mensualmente presentara dentro de los primeros quince (15) días de cada mes a la Dirección Zonas Sanitarias, las facturas por prestaciones efectuadas en el curso del mes calendario anterior, debiendo enviarlas al mail contablezonasanitaria@gmail.com”
c) El COMITENTE efectuará el pago de las facturas presentadas por el PRESTADOR por medio de depósito y/o transferencia efectuada a la cuenta bancaria declarada por el PRESTADOR.
CUARTA: A partir de la firma del presente contrato el PRESTADOR por medio de un representante establecerá permanente coordinación con el COMITENTE representado por la Dirección de Zonas Sanitarias, informando novedades y necesidades para el adecuado cumplimiento de este contrato.
El pago de impuestos y sellados que origine este contrato será soportado por el PRESTADOR en el porcentaje que corresponda de acuerdo a la legislación vigente.
QUINTA: El COMITENTE efectuará auditorías, contralor y seguimiento del servicio contratado a través de la Dirección de Zonas Sanitarias.
SEXTA: Queda expresamente prohibido al PRESTADOR ceder, transferir los derechos y/u obligaciones emergentes del presente contrato, salvo expresa autorización del COMITENTE. La transgresión de esta cláusula producirá la rescisión por culpa y responsabilidad del PRESTADOR.
SEPTIMA: El COMITENTE por circunstancias de oportunidad, mérito y conveniencia podrá rescindir el presente contrato, debiendo notificar fehacientemente con una antelación no menor a treinta (30) días corridos, a su vez, el PRESTADOR podrá rescindir el presente contrato siempre que hubiera causa fundada, con notificación expresa y con una antelación no menor a treinta (30) días corridos.
Queda prohibido al PRESTADOR suspender y/o interrumpir el servicio que se contrata, siendo posible de recisión contractual por su exclusiva culpa y responsabilidad con más daños y perjuicios que pudieran ocurrir.
OCTAVA: El PRESTADOR está obligado a registrar las atenciones realizadas en el Sistema Informático de Registros Médicos o el que en un futuro lo reemplace.
NOVENA: El PRESTADOR deberá contratar y presentar seguro de responsabilidad civil con cobertura integral frente daños a personas o bienes y seguro de accidentes personales para el personal afectado, incluyendo la extensión al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS como beneficiario.
DECIMA: El presente contrato exime de responsabilidad a la Administración Pública con relación a terceros contratados por el PRESTADOR para el desarrollo de las actividades encomendadas.
DECIMA PRIMERA: Las partes convienen expresamente que la demora en el pago mensual de un período no faculta al PRESTADOR a suspender la provisión ni la prestación del servicio, en la forma y el modo convenido.
DECIMA SEGUNDA: Para todos los efectos emergentes del presente contrato, las PARTES se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción de la Provincia de San Luis, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto.
CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE GUARDIAS MEDICAS DIRECCION ZONAS SANITARIAS- DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD
En la ciudad de San Luis, provincia del mismo nombre, a los ...... días del mes de ........... del 2026, entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS representado en este acto por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA, DNI N° 16.133.300, quien concurre en carácter de MINISTRO SECRETARIA DE ESTADO DE SALUD, constituyendo domicilio legal y especial a los fines de este contrato en Terrazas del Portezuelo -Av. Serranías Puntanas Km.783, Edificio Este Ala 1 -2º Piso, de la ciudad de San Luis, de una parte y denominado en adelante “EL COMITENTE”, y por la otra la firma MEDPLUS SRL CUIT: 30718515528, representado en este acto por el Sr. ERNESTO DANIEL ZALAYA DNI N° 23.963.110 designado en contrato constitutivo de la SRL, con domicilio sito en Los Nogales, Barrio Cerros del Sol, Manzana C, Casa 1, Ciudad de San Luis, provincia de San Luis, en adelante “El PRESTADOR” y ambas en conjunto denominadas las “PARTES”, convienen en celebrar el presente CONTRATO el cual forma parte integral de la licitación pública N°106-MHeIP-DCyC-2025, cuyo llamado a licitación fue Homologado por Decreto N°…..-MDes-2025, con los términos, condiciones y especificaciones establecidas en el pliego licitatorio y en el presente instrumento las partes expresan:
PRIMERA: El objeto contractual del presente convenio será la contratación por el servicio de guardias médicas, para LA DIRECCION DE ZONAS SANITARIAS DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE SALUD, detallado en el Anexo II del Pliego Particular de Bases y Condiciones el cual es parte integral del presente contrato.
SEGUNDA: PLAZO. El presente contrato tendrá una duración de DOCE (12) meses a partir de la emisión de la Orden de Provisión dispuesta por Licitación pública N° 106- MHeIP-DCyC-2025.
TERCERA: Como contraprestación por los servicios prestados, EL COMITENTE abonara al PRESTADOR por guardia de veinticuatro (24) horas la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SEICIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 00/100 CTVS. ($539.655,00) dichas sumas serán abonadas al finalizar cada mes, contra presentación de la correspondiente factura por las guardias efectivamente realizadas.
c) El PRESTADOR mensualmente presentara dentro de los primeros quince (15) días de cada mes a la Dirección Zonas Sanitarias, las facturas por prestaciones efectuadas en el curso del mes calendario anterior, debiendo enviarlas al mail contablezonasanitaria@gmail.com”
c) El COMITENTE efectuará el pago de las facturas presentadas por el PRESTADOR por medio de depósito y/o transferencia efectuada a la cuenta bancaria declarada por el PRESTADOR.
CUARTA: A partir de la firma del presente contrato el PRESTADOR por medio de un representante establecerá permanente coordinación con el COMITENTE representado por la Dirección de Zonas Sanitarias, informando novedades y necesidades para el adecuado cumplimiento de este contrato.
El pago de impuestos y sellados que origine este contrato será soportado por el PRESTADOR en el porcentaje que corresponda de acuerdo a la legislación vigente.
QUINTA: El COMITENTE efectuará auditorías, contralor y seguimiento del servicio contratado a través de la Dirección de Zonas Sanitarias.
SEXTA: Queda expresamente prohibido al PRESTADOR ceder, transferir los derechos y/u obligaciones emergentes del presente contrato, salvo expresa autorización del COMITENTE. La transgresión de esta cláusula producirá la rescisión por culpa y responsabilidad del PRESTADOR.
SEPTIMA: El COMITENTE por circunstancias de oportunidad, mérito y conveniencia podrá rescindir el presente contrato, debiendo notificar fehacientemente con una antelación no menor a treinta (30) días corridos, a su vez, el PRESTADOR podrá rescindir el presente contrato siempre que hubiera causa fundada, con notificación expresa y con una antelación no menor a treinta (30) días corridos.
Queda prohibido al PRESTADOR suspender y/o interrumpir el servicio que se contrata, siendo posible de recisión contractual por su exclusiva culpa y responsabilidad con más daños y perjuicios que pudieran ocurrir.
OCTAVA: El PRESTADOR está obligado a registrar las atenciones realizadas en el Sistema Informático de Registros Médicos o el que en un futuro lo reemplace.
NOVENA: El PRESTADOR deberá contratar y presentar seguro de responsabilidad civil con cobertura integral frente daños a personas o bienes y seguro de accidentes personales para el personal afectado, incluyendo la extensión al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS como beneficiario.
DECIMA: El presente contrato exime de responsabilidad a la Administración Pública con relación a terceros contratados por el PRESTADOR para el desarrollo de las actividades encomendadas.
DECIMA PRIMERA: Las partes convienen expresamente que la demora en el pago mensual de un período no faculta al PRESTADOR a suspender la provisión ni la prestación del servicio, en la forma y el modo convenido.
DECIMA SEGUNDA: Para todos los efectos emergentes del presente contrato, las PARTES se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción de la Provincia de San Luis, con renuncia expresa a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor y aun solo efecto.
DECRETO Nº 977-MdeS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9120211/25, por el cual Hospital de Merlo solicita medicamentos para el paciente BORDA IGLESIAS NOAH LEON SAMUEL D.N.I. Nº 54.628.300, Y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1421902/25 y DOCEXT 3591626/25, surge que la señora DALILA ELIZABETH BORDA PEREZ, D.N.I. Nº 37.362.043, en representación de su hijo el beneficiario NOAH LEON SAMUEL BORDA IGLESIAS, D.N.I. Nº 54.628.300, ha cumplido con los requisitos necesarios para la provisión de medicamentos para tratamiento por enfermedad de Wilson;
Que, en act. SOLSEC 11093232/25, obra Solicitud de Gastos Nº 8991/2025;
Que, en act. ACTPRO 11215016/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio, en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentaron ofertas las firmas: LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, en act. COTZAC 11220905/25, GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA. C.U.I.T.: 33-69541513-9, en act. COTZAC 11220906/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en act. COTZAC 11220907/25, MACROPHARMA S.A., C.U.I.T.: 30-70865088-5, en act. COTZAC 11220908/25;
Que, en act. INFSEC 11220909/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 10521/2025, obrante en act. PROSEC 11220904/25;
Que, en act. PRESEC 11224159/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA. C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 62/100 ($104.797.62) y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem ١, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO DOS CON ٤٠/١٠٠ ($٢.٦٨٤.١٠٢,٤٠);
Que, en act. PREV 11259698/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. NOTAMP 948624/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, considera que podría dictarse el acto administrativo pertinente, por el cual se autorice la contratación de los proveedores para el subsidio en especie solicitado, encuadrando el presente caso en el Art. 100 Bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256–2004 y su modificatoria Ley N° VIII–0867-2013;
Que, en act. NOTAMP 954088/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el otorgamiento del subsidio y la contratación con las firmas preadjudicadas, encuadrando el caso en el Art. 3º pto. 4 del Decreto Nº 2652-MdeS-2023;
Que en act. DICFIS 165802/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII- 0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2º y 3° pto. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de medicamentos de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 1421902/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria a contratar con las firmas: GRUPO BOSCH SOCIEDAD COLECTIVA. C.U.I.T.: 33-69541513-9, el ítem 2, por la suma total de PESOS CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 62/100 ($104.797,62) y LABORATORIOS BIOFARMA S.A., C.U.I.T.: 30-69028098-8, el ítem 1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO DOS CON 40/100 ($2.684.102,40), de acuerdo a las ofertas presentadas en acts., COTZAC 11220906/25, COTZAC 11220905/25 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11224159/25, del EXD-0000-9120211/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor de la señora DALILA ELIZABETH BORDA PEREZ, D.N.I. Nº 37.362.043, en representación de su hijo el beneficiario NOAH LEON SAMUEL BORDA IGLESIAS, D.N.I. Nº 54.628.300, los medicamentos que se detallan en act. PRESEC 11224159/25.-
Art. 5º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 19 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.788.900,02
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria quien notificará a las firmas y a la representante del beneficiario.-
Art. 8º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 978-MdeS-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-5221203/25, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 2745-MdeS-2017, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios de la señora LISE VERONICA SEGURA DNI N° 31.336.807, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, por Resolución Nº 137-MdeS-2024, de fecha 01 de marzo de 2024, se afectó a la mencionada agente a cumplir funciones en el Programa Centro Único de Coordinación de Ablación e Implantes (C.U.C.A.I.);
Que, en act. INFORM 410527/25, obra reporte de inasistencias sin aviso informadas en el Sistema Integral de Control de Ausentismo (S.I.C.A.);
Que en act. INFORM 417141/25, ha tomado intervención la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 01 de agosto de 2025;
Que, en act. NOTAMP 944193/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, considera que estarían dadas la condiciones para que se lleve a cabo el pertinente trámite administrativo, debiéndose dictar el Decreto que rescinda la relación laboral de la agente ut supra referenciada, perteneciente al régimen de Carrera Sanitaria Provincial, fundando en la CLAUSULA OCTAVA (rescisión) del contrato obrante y en el Art. 25 inc. d) de la Ley N° III0065-2004 de Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1428142/25, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Que, en act. DICFIS 162942/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Rescindir el Contrato de Prestación de Servicios de la señora LISE VERONICA SEGURA DNI N° 31.336.807, homologado por Decreto Nº 2745-MdeS-2017, a partir del 01 de agosto de 2025.-
Art. 2º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Hospital Pediátrico San Luis, Programa Centro Único de Coordinación de Ablación e Implantes (C.U.C.A.I.) y a la Dirección Recursos Humanos quien notificará a la interesada.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1019-MdeS-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12260789/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de la señora NOELIA MASACHESSI, D.N.I. N° 27.074.131, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3692937/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora NOELIA MASACHESSI D.N.I. N° 27.074.131, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como medica en el Centro Oncológico Integral , a partir del 1 de febrero de 2026 hasta el 30 de abril del 2026, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11259242/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 919344/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo;
Que, en act. NOTAMP 952554/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 166164/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08- MHIP-2025 y exceptuar de lo dispuesto en el Art. N° 1 del Decreto 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la señora NOELIA MASACHESSI D.N.I. N° 27.074.131, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como medica en el Centro Oncológico Integral, obrante en act. DOCEXT 3692937/26 del EXD-0000-12260789/25.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins. Jur. J.Aux U.E Prog Ub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 31 48 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $4.830.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones al Centro Oncológico Integral, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1020-MdeS-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091097/25, por el cual Centro Oncológico Integral tramita la homologación del Contrato de la Dra. GRACIELA FLORENCIA GONZALEZ MERCADO, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1494707/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la Dra. GRACIELA FLORENCIA GONZALEZ MERCADO, D.N.I. Nº 26.180.592, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como Médica en el Centro Oncológico Integral, a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 30 de junio de 2026, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 3680932/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11259186/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 919103/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, sugiere continuar con el dictado del acto administrativo pertinente que homologue el Contrato de Servicios;
Que, en act. NOTAMP 952779/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el modelo de contrato de servicio, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP- 2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que, en act. DICFIS 166187/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la Dra. GRACIELA FLORENCIA GONZALEZ MERCADO, D.N.I. Nº 26.180.592, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como Médica en el Centro Oncológico Integral, obrante en act. DOCEXT 1494707/26 del EXD- 0000-12091097/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 31 48 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $6.000.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Centro Oncológico Integral, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1021-MdeS-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1080289/26, por el cual el Hospital Salud Mental eleva renuncia JUAN EDUARDO SEVERINI, D.N.I. N° 33.387.560, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 9143-MdeS-2023, se homologó el contrato de prestación de servicios del señor JUAN EDUARDO SEVERINI, D.N.I. Nº 33.387.560, Personal Contratado, perteneciente al Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 3689396/26, obra nota de renuncia presentada por el señor JUAN EDUARDO SEVERINI, D.N.I N° 33.387.560;
Que, en act. INFORM 430687/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 26 de enero de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1649030/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio del señor JUAN EDUARDO SEVERINI D.N.I N° 33.387.560, homologado por Decreto Nº 9143-MdeS-2023, a partir del 26 de enero de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Hospital Salud Mental y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1022-MdeS-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1120387/26, mediante el cual el Hospital de Merlo eleva renuncia de la señora MARIA LUISA FLORES, D.N.I N° 21.356.005, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 1489-MdeS-2025, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora MARIA LUISA FLORES, D.N.I. Nº 21.356.005, Personal Contratado, perteneciente al Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1491678/26, obra telegrama de renuncia presentado por la señora MARIA LUISA FLORES, D.N.I N° 21.356.005;
Que, en act. INFORM 431074/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 30 de enero de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1648989/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio de la señora MARIA LUISA FLORES D.N.I. Nº 21.356.005, Personal Contratado, perteneciente al Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 1489-MdeS-2025, a partir del 30 de enero de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a Dirección de Zonas Sanitaria, Zona Sanitaria IV, Hospital de Merlo y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1023-MdeS-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250279/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de la firma SURGICON S.R.L. C.U.I.T.: 30-71472801-2, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3690820/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma SURGICON S.R.L. C.U.I.T.: 30-71472801-2, representada por el Dr. MIRANDA ENRIQUE ALBERTO, D.N.I. Nº 21.784.981, en carácter de socio gerente, por la otra, quien se obliga a proveer los servicios profesionales de su staff médico con especialidad en Cirugía Cardiovascular en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria dependiente del Ministerio de Salud, a partir del 01 de febrero de 2026 y por el término de TRES (3) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 914256/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11259942/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 916055/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;
Que, en act. NOTAMP 952386/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 165361/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma SURGICON S.R.L. C.U.I.T.: 30-71472801-2, representada por el Dr. MIRANDA ENRIQUE ALBERTO, D.N.I. Nº 21.784.981, en carácter de socio gerente, por la otra, quien se obliga a proveer los servicios profesionales de su staff médico con especialidad en Cirugía Cardiovascular en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria dependiente del Ministerio de Salud, obrante en act. DOCEXT 3690820/26 del EXD-0000-11250279/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $2.790.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones al Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1052-MdeS-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11111001/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor CANDIDO PAULINO ALANIZ, D.N.I. Nº 14.273.153, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 3670964/25, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Dr. CANDIDO PAULINO ALANIZ, D.N.I. Nº 14.273.153, por la otra, quien se obliga a brindar servicios como médico para la realización de un mínimo de UNA (1) y un máximo de OCHO (8) guardias de veinticuatro (24) horas al mes en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, a partir del 1 de enero de 2026 y por el termino de TRES (3) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 911924/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11259962/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 913070/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, entiende que, podría procederse con carácter excepcional y por la naturaleza de las prestaciones a brindarse, al dictado del pertinente Acto Administrativo por el cual se suscriba y homologue el Contrato de Servicios obrante en las presentes actuaciones;
Que, en act. NOTAMP 952618/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato de servicios, una vez suscripto el mismo, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley VIII-0867-2013,con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la Ley VIII-0256-2004;
Que, en act. DICFIS 164476/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y el Dr. CANDIDO PAULINO ALANIZ, D.N.I. Nº 14.273.153, por la otra, quien se obliga a brindar servicios como médico para la realización de un mínimo de UNA (1) y un máximo de OCHO (8) guardias de veinticuatro (24) horas al mes en la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, obrante en act. DOCEXT 3670964/25 del EXD-0000-11111001/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 20 36 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $12.000.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Maternidad Dra. Teresita Baigorria, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1053-MdeS-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-9240346/25, por el cual la Subdirección Incluir Salud, tramita el pago a favor de la firma ASOCIACION PRESTADORES DE DIALISIS Y TRANSPLANTES RENALES DE SAN JUAN C.U.I.T.: 30-69189049-6, en concepto de provisión de traslados y servicios de hemodiálisis destinados a beneficiarios de la mencionada Subdirección correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, en acts. DOCEXT 3601151/25, DOCEXT 3601152/25, DOCEXT 3601153/25, DOCEXT 3601156/25, DOCEXT 3601159/25, DOCEXT 3601160/25, obra documentación de beneficiarios de la Subdirección Incluir Salud con patologías renales que requirieron traslados y servicios de diálisis;
Que, en act. DOCEXT 1429790/25, obran Facturas C Nros. 00003-00001590, por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 56/100 ($33.743.969,56), 00003-00001603, por la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 88/100 ($38.292.774,88), 00003-00001618, por la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 57/100 ($38.768.551,57), 00003-00001639, por la suma total de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS CON 43/100 ($33.290.826,43), 00003-00001661, por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS QUINCE MIL SETENTA Y SEIS CON 67/100 ($36.915.076,67), 00003-00001664, por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 23/100 ($36.897.652,23), presentada por la firma ASOCIACION PRESTADORES DE DIALISIS Y TRANSPLANTES RENALES DE SAN JUAN C.U.I.T.: 30-69189049-6;
Que, en act. DOCEXT 1429792/25, obra recepción conforme, respecto de los servicios prestados por la mencionada firma;
Que, en act. PREV 11261747/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 905457/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, sugiere a los efectos de evitar perjuicios a terceros, proyectar el pertinente acto administrativo, mediante el cual se reconozca el gasto y se autorice el pago tramitado en autos, con deslinde de responsabilidad estatal;
Que, en act. NOTAMP 954025/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo, que apruebe y disponga el pago a la firma mencionada;
Que, en act. DICFIS 162219/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma ASOCIACION PRESTADORES DE DIALISIS Y TRANSPLANTES RENALES DE SAN JUAN C.U.I.T.: 30-69189049-6, por la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO CON 34/100 ($217.908.851,34), según Facturas C Nros.: 00003-00001590, 00003-00001603, 00003-00001618, 00003-00001639, 00003-00001661, 00003-00001664, obrantes en act. DOCEXT 1429790/25, del EXD-0000-9240346/25, en concepto de provisión de traslados y servicios de hemodiálisis destinados a beneficiarios de la mencionada Subdirección correspondiente a los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto de 2025.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 14 27 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $217.908.851,34
Art. 3°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4°.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5°.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Incluir Salud, a sus efectos.-
Art. 6°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y por intermedio de la Subdirección Emergencia Sanitaria, notificar a la firma.-
Art. 7°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1088-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11141042/25, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis tramita la homologación de la prórroga del Contrato de Servicios de la Dra. MELANIE VALENTINA BENITEZ, D.N.I. Nº 38.750.351, y;
CONSIDERANDO:
Que, el 30 de noviembre de 2025, venció la vigencia del Contrato de Servicios de la Dra. MELANIE VALENTINA BENITEZ, D.N.I. Nº 38.750.351, quien cumple funciones en consultorio en el CAPS El Suyuque dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1461847/25, homologado por Decreto Nº 20919-MdeS-2025, obrante en act. DEC 20919/25;
Que, en act. DOCEXT 1494362/26, obra acta acuerdo suscripta por las partes a los efectos de homologar la prórroga del Contrato de Servicios aludido, a partir del 01 de diciembre de 2025 y por el termino de TRES (3) meses;
Que, en act. PREV 11259212/26 obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 912888/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo;
Que, en act. NOTAMP 953380/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 165112/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013, en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar la prórroga del Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud y la Dra. MELANIE VALENTINA BENITEZ, D.N.I. Nº 38.750.351, quien cumple funciones en consultorio en el CAPS El Suyuque dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1461847/25 y conforme acta acuerdo obrante en act. DOCEXT 1494362/26 del EXD-0000-11141042/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $9.450.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, quien realizará las notificaciones pertinentes.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1089-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11191221/25, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis solicita la homologación de prórroga del Contrato de Servicios del Sr. JUAN PABLO SCHEFFERDZT, D.N.I. N° 39.991.059, y;
CONSIDERANDO:
Que, el 31 de diciembre de 2025, venció la vigencia del Contrato de Servicios del Sr. JUAN PABLO SCHEFFERDZT, D.N.I. N° 39.991.059, quien presta servicios profesionales como enfermero en el Hospital del Norte, dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1464237/25, homologado por Decreto Nº 19707-MdeS-2025, obrante en act. DEC 19707/25;
Que, en act. DOCEXT 1494359/26, obra acta acuerdo suscripta por las partes a los efectos de homologar la prórroga del Contrato de Servicios aludido, a partir del 01 de enero de 2026 y por el termino de TRES (3) meses;
Que, en act. PREV 11259234/26 obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 913449/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo;
Que, en act. NOTAMP 952829/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 164824/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013, en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar la prórroga del Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud y del Sr. JUAN PABLO SCHEFFERDZT, D.N.I. N° 39.991.059, quien presta servicios profesionales como enfermero en el Hospital del Norte, dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1464237/25 y conforme acta acuerdo obrante en act. DOCEXT 1494359/26, del EXD-0000-11191221/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $3.300.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, quien realizará las notificaciones pertinentes.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1090-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11191220/25, por el cual se tramita la homologación de prórroga del Contrato de Servicios de la Sra. ANYI IVON CASTRO, D.N.I. Nº 39.991.503, y;
CONSIDERANDO:
Que el 31 de diciembre de 2025, venció la vigencia del Contrato de Servicios de la Sra. ANYI IVON CASTRO, D.N.I. Nº 39.991.503, quien presta servicios profesionales como enfermera, en el Hospital del Norte dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1464101/25, homologado por Decreto Nº 19716-MdeS-2025, obrante en act. DEC 19716/25;
Que en act. DOCEXT 1494354/26, obra acta acuerdo suscripta por las partes a los efectos de homologar la prórroga del Contrato de Servicios aludido, a partir del 01 de enero de 2026 y por el termino de TRES (3) meses;
Que en act. PREV 11259224/26 obra imputación preventiva del gasto;
Que en act. DICLEG 913439/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo;
Que en act. NOTAMP 952836/26, ha tomado intervención de su competencia Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 164711/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013, en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar la prórroga del Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud y la Sra. ANYI IVON CASTRO, D.N.I. Nº 39.991.503, quien presta servicios profesionales como enfermera, en el Hospital del Norte dependiente de la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, obrante en act. DOCEXT 1464101/25, y conforme acta acuerdo obrante en act. DOCEXT 1494354/26, del EXD-0000-11191220/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 16 30 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $3.300.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis, quien realizará las notificaciones pertinentes.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1091-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-2240162/25, por el cual la Dirección Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud tramita a través de la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la Licitación Pública N° 102-MHeIP-DCyC-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 19477-MdeS-2025, obrante en act. DEC 19477/25, para la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL ODONTOLOGICO, con destino a distintos nosocomios de la provincia, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($75.348.000,00);
Que, en acts. DOCEXT 1447428/25 y DOCEXT 1451018/25, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que, en act. ACTPRO 11120037/25, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras y por medio de sobre cerrado las empresas: INTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T: 30-71543714-3, en acts. COTZAC 11159555/25 y DOCEXT 1462356/25, POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, en acts. COTZAC 11159557/25 y DOCEXT 1462376/25, GRIMBERG DENTALES S.A., C.U.I.T.: 30-66171566-5, en acts. COTZAC 11159558/25 y DOCEXT 1462346/25, BIOLATINA S.R.L., C.U.I.T.: 30-62932220-1, en acts. COTZAC 11159563/25 y DOCEXT 1462246/25, CANDUSSI ELIO OMAR, C.U.I.T.: 20-23287432-6, en acts. COTZAC 11159564/25 y DOCEXT 1462248/25, DE ROGATIS NATALIA LORENA, C.U.I.T.: 27-26263360-3, en act. COTZAC 11159572/25, DONDO MARÍA ELENA, C.U.I.T.: 23-92010637-4, en acts. COTZAC 11159573/25 y DOCEXT 1462383/25, OCTOPUS S.A.S., C.U.I.T.: 30-71605689-5, en acts. COTZAC 11159575/25, COTZAC 11159586/25 y DOCEXT 1462369/25, DENIMED S.A., C.U.I.T.: 30-70975318-1, en acts. COTZAC 11159576/25 y DOCEXT 1462252/25, LABORATORIO BELLANDI Y BARRERAS S.R.L., C.U.I.T.: 30-67694776-7, en acts. COTZAC 11159582/25 y DOCEXT 1462360/25, NEXUS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71578747-0, en acts. COTZAC 11159583/25 y DOCEXT 1462365/25, MKS S.R.L., C.U.I.T.: 30-71186724-0, en act. DOCEXT 1462132/25;
Que, en act. DOCEXT 1462122/25, obra Acta con fecha 14 de noviembre de 2025, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública N° 102-MHeIP-DCyC-2025, de donde surge: PRIMERA PROPUESTA: GRIMBERG DENTALES S.A.” cotiza por la suma total de PESOS VEINTISÉIS MILLONES CIEN MIL CON 00/100 ($26.100.000,00), por los ítems que cotiza. SEGUNDA PROPUESTA: Presentada por BIOLATINA S.R.L. cotiza por la suma total de PESOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($98.045.000,00) por los ítems que cotiza. TERCERA PROPUESTA: NTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA cotiza por la suma total de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CON 40/100 ($47.317.500,40) por los ítems que cotiza. CUARTA PROPUESTA: MKS S.R.L. quien no presento oferta en Sistema Electrónico de Compras razón por la cual la autoridad que preside el acto RECHAZA la presente oferta de acuerdo a la legislación en vigencia. QUINTA PROPUESTA: POLYQUIMICA S.R.L. cotiza por la suma total de PESOS TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON 25/100 ($31.680.676,25) por los ítems que cotiza. SEXTA PROPUESTA: NEXUS S.R.L. cotiza por la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($39.476.420,00) por los ítems que cotiza. SÉPTIMA PROPUESTA: LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L. quien presenta comprobante de depósito correspondiente al pago del pliego en CBU incorrecto razón por la cual la autoridad que preside el acto RECHAZA la presente oferta de acuerdo a lo establecido en Artículo 14° inciso a punto 3 del Pliego General Único de Condiciones y artículo 4° del Pliego Particular de Condiciones. OCTAVA PROPUESTA: OCTOPUS S.A.S. cotiza OFERTA UNO: por la suma total de PESOS CIENTO DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS CON 00/100 ($119.906.566,00) por los ítems que cotiza; OFERTA DOS: por la suma total de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($5.795.260,00) por los ítems que cotiza. NOVENA PROPUESTA: DENIMED S.A. cotiza por la suma total de PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON 00/100($52.657.897,00) por los ítems que cotiza. DÉCIMA PROPUESTA: CANDUSSI ELIO OMAR cotiza por la suma total de PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($64.854.200,00) por los ítems que cotiza. DECIMA PRIMERA PROPUESTA: DONDO MARIA ELENA cotiza por la suma total de PESOS VEINTISÉIS MILLONES DOSCIENTOS MIL CON 00/100 ($26.200.000,00) por los ítems que cotiza. Acto seguido la autoridad que preside el acto informa que por el Sistema Electrónico de Compras hubo otra oferta perteneciente a DE ROGATIS NATALIA LORENA quien no presento oferta en formato papel razón por la cual se la tiene como no presentada;
Que, en act. INFSEC 11159587/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 6772/2025, obrante en act. PROSEC 11159553/25;
Que, en act. DOCEXT 1471337/25, obra Resolución N° 2365-DCyC-2025, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública N° 102-MHeIP- DCyC-2025, quien expide en act. INFORM 427358/25, el resultado de la evaluación de las ofertas presentadas, del cual surge preadjudicar a las firmas: CANDUSSI ELIO OMAR, C.U.I.T.: 20-23287432-6, los ítems 1 y 3, por la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($44.864.200,00), POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30- 61317925-5, el ítem 2, por la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 20/100 ($5.626.963,20), DENIMED S.A., C.U.I.T.: 30-70975318-1, ítem 4, por la suma de PESOS SIETE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($7.042.085,00) e INTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T: 30-71543714-3, el ítem 5, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 00/100 ($4.758.742,00);
Que, en act. PRESEC 11195099/25, se preadjudica a las firmas oferentes de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;
Que, en act. PREV 11261547/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. NOTAMP 943586/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, considera que estarían dadas las condiciones para que se proyecte el correspondiente acto administrativo mediante el cual se autorice la contratación con las firmas ut-supra referenciadas;
Que, en act. NOTAMP 954057/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo autorice la contratación con la firma preadjudicada, encuadrando el caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256- 2004 sustituida por la Ley VIII-0867-2013;
Que, en act. DICFIS 164912/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256- 2004 sustituida por la Ley VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública N° 102-MHeIP-DCyC-2025, para la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL ODONTOLOGICO, con destino a distintos nosocomios de la provincia, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública N° 102-MHeIP-DCyC-2025, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, conforme al siguiente detalle: CANDUSSI ELIO OMAR, C.U.I.T.: 20-23287432-6, los ítems 1 y 3, por la suma de PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($44.864.200,00), obrante en act. COTZAC 11159564/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462248/25, POLYQUIMICA S.R.L., C.U.I.T.: 30-61317925-5, el ítem 2, por la suma de PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 20/100 ($5.626.963,20) obrante en act. COTZAC 11159557/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462376/25, DENIMED S.A., C.U.I.T.: 30-70975318-1, ítem 4, por la suma de PESOS SIETE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($7.042.085,00), obrante en act. COTZAC 11159576/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462252/25 e INTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANONIMA, C.U.I.T: 30-71543714-3, el ítem 5, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 00/100 ($4.758.742,00), obrante en act. COTZAC 11159555/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462356/25, de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora obrante en act. INFORM 427358/25 y preadjudicación en act. PRESEC 11195099/25 del EXD-0000-2240162/25.-
Art. 4º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 4 3 3 000 $62.291.990,20
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud, quien notificará a las firmas oferentes.-
Art. 7º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1092-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1120109/26 por el cual la Dirección Salud Sexual Reproductiva y No Reproductiva, tramita transferencias de créditos presupuestarios, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1491223/26, la Dirección de Salud Sexual Reproductiva y No Reproductiva, informa que el objeto de la solicitud es a los fines de adquirir anticonceptivos y tratamientos para hormonización destinados a pacientes sin cobertura de obra social y con el propósito de garantizar la adecuada cobertura de los nosocomios y Centros de Atención Primaria de la Salud;
Que, en act. PTPGAS 57580/26, obra Planilla de Solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios;
Que, en act. RCRE 11265023/26, obra comprobante de Reserva del Crédito;
Que, en act. INFORM 430929/26, ha tomado intervención la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en el Artículo 10 de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 33 51 1-01 2 $199.500.000,00
Disminuir:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Importe
1 13 33 51 1-01 5 1 $199.500.000,00
Art. 3º.- Pasar las actuaciones a la Dirección Salud Sexual Reproductiva y No Reproductiva, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1093-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6301053/25, por el cual la Dirección Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud tramita a través de la Dirección de Compras y Contrataciones dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública la Licitación Pública N° 101-MHeIP-DCyC-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma fue autorizada por Decreto Nº 19470-MdeS-2025, obrante en act. DEC 19470/25, para la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a HOSPITAL PEDIÁTRICO SAN LUIS, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD, por un presupuesto oficial de PESOS CIENTO NOVENTA MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL CON 00/100 ($190.630.000,00).
Que, en acts. DOCEXT 1447423/25 y DOCEXT 1450995/25, obran las publicaciones de los edictos en la forma y por el término de Ley;
Que, en act. ACTPRO 11119865/25, obran invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio;
Que, se presentaron mediante el sistema electrónico de compras y por medio de sobre cerrado las empresas: AGC INGENIERIA BIOMEDICA S.R.L. C.U.I.T: 30-71444635-1, en acts. COTZAC 11159820/25 y DOCEXT 1462868/25, BIOLATINA S.R.L. C.U.I.T: 30-62932220-1, en acts. COTZAC 11159719/25 y DOCEXT 1462945/25, JMG S.A. C.U.I.T: 30-70891750-4, en acts. COTZAC 11159803/25 y DOCEXT 1462957/25, LOMBARDO OSCAR ALFREDO C.U.I.T: 20-08369362-3, en acts. COTZAC 11159777/25, COTZAC 11159840/25, COTZAC 11159841/25 y DOCEXT 1462938/25, DROGUERÍA AZCUÉNAGA S.R.L. C.U.I.T: 30-70156517-2, en acts. COTZAC 11159749/25, COTZAC 11159811/25 y DOCEXT 1462952/25, CANDUSSI ELIO OMAR C.U.I.T: 20-23287432-6, en acts. COTZAC 11159731/25 y DOCEXT 1462947/25, DONDO MARIA ELENA C.U.I.T: 23-92010637-4, en acts. COTZAC 11159783/25 y DOCEXT 1462949/25, INTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANÓNIMA C.U.I.T: 30- 71543714-3, en acts. COTZAC 11159842/25, COTZAC 11159851/25 y DOCEXT 1462954/25, LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L. C.U.I.T: 30-67694776-7, en acts. COTZAC 11159775/25, COTZAC 11159812/25 y DOCEXT 1462958/25, NEXUS S.R.L. C.U.I.T: 30-71578747-0, en acts. COTZAC 11159727/25 y DOCEXT 1462959/25, OCTOPUS S.A.S. C.U.I.T: 30-71605689-5, en acts. COTZAC 11159747/25 y DOCEXT 1462961/25, PROPATO HNOS. S.A.I.C. C.U.I.T: 30-55425869-3, en acts. COTZAC 11159839/25 y DOCEXT 1462964/25, QUIROMED S.A.C.I.F. C.U.I.T: 30-56300666-4, en acts. COTZAC 11159813/25 y DOCEXT 1462967/25;
Que, en act. DOCEXT 1462871/25, obra Acta con fecha 14 de noviembre de 2025, labrada por Escribanía General de Gobierno, referente al acto de apertura de la Licitación Pública N° 101-MHeIP-DCyC-2025, de donde surge: PRIMERA PROPUESTA: PROPATO HNOS. S.A.I.C. cotiza por la suma total de PESOS DIECISIETE MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE CON 57/100 ($17.524.149,57) por los ítems que cotiza. SEGUNDA PROPUESTA: JMG S.A. cotiza por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MILLONES SETENTA MIL CON 00/100 ($174.070.000,00) por los ítems que cotiza. TERCERA PROPUESTA: BIOLATINA S.R.L. cotiza por la suma total de PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CON 00/100 ($67.419.000,00) por los ítems que cotiza. CUARTA PROPUESTA: INTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANONIMA cotiza OFERTA UNO: por la suma total de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 81/100 ($81.056.966,81) por los ítems que cotiza y por Sistema Electrónico de Compras se presentó OFERTA DOS: por la suma total de PESOS DOCE MILLONES CIENTO CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 50/100 ($12.114.887,50) la cual se RECHAZA de acuerdo a la legislación en vigencia. QUINTA PROPUESTA: QUIROMED S.A.C.I.F. cotiza por la suma total de PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA CON 00/100($45.624.230,00) por los ítems que cotiza. SEXTA PROPUESTA: Presentada por “LOMBARDO OSCAR ALFREDO” cotiza OFERTA BASICA: por la suma total de PESOS OCHENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CON 00/100($86.495.000,00) por los ítems que cotiza; OFERTA ALTERNATIVA UNO: por la suma total de PESOS DIECISEIS MILLONES CIENTO SESENTA MIL CON 00/100($16.160.000,00) por los ítems que cotiza; OFERTA ALTERNATIVA DOS: por la suma total de PESOS VEINTICUATRO MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL CON 00/100 ($24.047.000,00) por los ítems que cotiza. SEPTIMA PROPUESTA: NEXUS S.R.L. cotiza por la suma total de PESOS CIENTO DOCE MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO CON 00/100 ($112.658.178,00) por los ítems que cotiza. OCTAVA PROPUESTA: LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L. quien presenta comprobante de depósito en cbu incorrecto razón por la cual la autoridad que preside el acto RECHAZA la presente oferta de acuerdo a lo establecido en Artículo 14° inciso a punto 3 del Pliego General Único de Condiciones y artículo 4° del Pliego Particular de Condiciones. NOVENA PROPUESTA: OCTOPUS S.A.S. cotiza por la suma total de PESOS SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($74.688.692,00) por los ítems que cotiza. DÉCIMA PROPUESTA: DROGUERÍA AZCUÉNAGA S.R.L. cotiza OFERTA UNO: por la suma total de PESOS CIENTO QUINCE MILLONES CIENTO VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS DIECISIETE CON 00/100 ($115.126.317,00) por los ítems que cotiza y por Sistema Electrónico de Compras por la suma total de PESOS VEINTIUN MILLONES TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 00/100 ($21.033.564,00) esta oferta se RECHAZA de acuerdo a la legislación en vigencia. DÉCIMA PRIMERA PROPUESTA: AGC INGENIERÍA BIOMÉDICA S.R.L. cotiza por la suma total de PESOS SESENTA MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SIETE CON 00/100 ($60.531.907,00) por los ítems que cotiza y por Sistema Electrónico de Compras por la suma total de PESOS VEINTISIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($27.485.420,00), acto seguido la autoridad que preside el acto RECHAZA la presente oferta de acuerdo a lo establecido en el Artículo 14 inciso a punto 4 del pliego General Único de Condiciones. DECIMA SEGUNDA PROPUESTA: CANDUSSI ELIO OMAR cotiza por la suma total de PESOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CON 00/100 ($55.236.900,00) por los ítems que cotiza. DECIMA TERCERA PROPUESTA: DONDO MARIA ELENA cotiza por la suma total de PESOS CIENTO CATORCE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL SEISCIENTOS ($114.250.600,00) por los ítems que cotiza;
Que, en act. INFSEC 11159852/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas de acuerdo al proceso de contratación Nº 7174/2025, obrante en act. PROSEC 11159718/25;
Que, en act. DOCEXT 1471330/25, obra Resolución N° 2363-DCyC-2025, mediante la cual se conforma la Comisión Evaluadora de las ofertas presentadas en la Licitación Pública N° 101-MHeIP- DCyC-2025, quien expide en act. INFORM 427366/25, el resultado de la evaluación de las ofertas presentadas, del cual surge preadjudicar a las firmas: BIOLATINA S.R.L. C.U.I.T: 30-62932220-1, por los ítems 18 y 30 por la suma de PESOS TREINTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($30.289.200,00), CANDUSSI ELIO OMAR C.U.I.T: 20-23287432-6, por los ítems 9, 17 y 19 por la suma de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVENTA Y UNO CON 00/100 ($6.862.091,00), DONDO MARÍA ELENA C.U.I.T: 23-92010637-4, por los ítems ٢٠, ٢٢ y ٢٤ por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CON ٠٠/١٠٠ ($٣٥.٤٥٥.٣٠٠,٠٠), DROGUERÍA AZCUÉNAGA S.R.L. C.U.I.T: ٣٠-٧٠١٥٦٥١٧-٢, por los ítems 02, 04 y 28 por la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($58.989.285,00), INTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANONIMA C.U.I.T: 30-71543714-3, por los ítems 03 y 06 por la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 15/100 ($10.515.658,15), LOMBARDO OSCAR ALFREDO C.U.I.T: 20-08369362-3, por los ítems 11 y 21 por la suma de PESOS QUINCE MILLONES SESENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($15.068.000,00), NEXUS S.R.L. C.U.I.T: 30-71578747-0, por el ítem 05 por la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 ($732.000,00), OCTOPUS S.A.S. C.U.I.T: 30-71605689-5, por los ítems 01, 08, 12, 13, 14, 15, 26 y 27 por la suma de PESOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($20.792.282,00), QUIROMED S.A.C.I.F. C.U.I.T: 30-56300666-4, por el item 16 por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON 00/100 ($22.338.873,00). Que, asimismo se informa que se declaran fracasados los ítems 07, 23 y 29. Que se declaran desiertos los items 10 y 25;
Que, en act. PRESEC 11195092/25, se preadjudica a las firmas oferentes de acuerdo a lo sugerido por la Comisión Evaluadora;
Que, en act. PREV 11261562/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. NOTAMP 944193/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, considera que estarían dadas las condiciones para que se proyecte el correspondiente acto administrativo mediante el cual se autorice la contratación con las firmas ut-supra referenciadas;
Que, en act. NOTAMP 954040/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo autorice la contratación con la firma pre adjudicada, encuadrando el caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256- 2004 sustituida por la Ley VIII–0867-2013;
Que, en act. DICFIS 164931/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 97 inc. a) de la Ley VIII-0256- 2004 sustituida por la Ley VIII–0867-2013.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones en la Licitación Pública N° 101-MHeIP-DCyC-2025, para la adquisición de EQUIPAMIENTO E INSTRUMENTAL HOSPITALARIO con destino a HOSPITAL PEDIÁTRICO SAN LUIS, solicitado por la DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA HOSPITALARIA Y CENTROS DE SALUD, dependiente del MINISTERIO DE SALUD.-
Art. 3º.- Adjudicar la Licitación Pública N° 101-MHeIP-DCyC-2025, a que se hace referencia en el Art. 2º del presente Decreto, conforme al siguiente detalle: BIOLATINA S.R.L.C.U.I.T: 30-62932220-1, por los ítems 18 y 30 por la suma de PESOS TREINTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($30.289.200,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159719/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462945/25, CANDUSSI ELIO OMAR C.U.I.T: 20-23287432-6, por los ítems 9, 17 y 19 por la suma de PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVENTA Y UNO CON 00/100 ($6.862.091,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159731/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462947/25, DONDO MARÍA ELENA C.U.I.T: 23-92010637-4, por los ítems 20, 22 y 24 por la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CON 00/100 ($35.455.300,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159783/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462947/25, DROGUERÍA AZCUÉNAGA S.R.L. C.U.I.T: 30-70156517-2, por los ítems 02, 04 y 28 por la suma de PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 00/100 ($58.989.285,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159749/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462952/25, INTEGRAL BIOMEDICAL SOLUTIONS SOCIEDAD ANONIMA C.U.I.T: 30-71543714-3, por los ítems 03 y 06 por la suma de PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 15/100 ($10.515.658,15) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159842/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462954/25, LOMBARDO OSCAR ALFREDO C.U.I.T: 20-08369362-3, por los ítems 11 y 21 por la suma de PESOS QUINCE MILLONES SESENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($15.068.000,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159777/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462938/25, NEXUS S.R.L. C.U.I.T: 30-71578747-0, por el ítem 05 por la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CON 00/100 ($732.000,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159727/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462959/25, OCTOPUS S.A.S. C.U.I.T: 30-71605689-5, por los ítems 01, 08, 12, 13, 14, 15, 26 y 27 por la suma de PESOS VEINTE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100 ($20.792.282,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159747/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462961/25, QUIROMED S.A.C.I.F. C.U.I.T: 30-56300666-4, por el item 16 por la suma de PESOS VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CON 00/100 ($22.338.873,00) correspondiente a la oferta 1, obrante en act. COTZAC 11159813/25 y cotización acompañada en sobre agregado en act. DOCEXT 1462967/25, de acuerdo al informe de la Comisión Evaluadora obrante en act. INFORM 427366/25 y preadjudicación en act. PRESEC 11195092/25 del EXD- 0000- 6301053/25.-
Art. 4º.- Declarar fracasados los ítems 07, 23 y 29, por los motivos expuestos en act. INFORM 427366/25.-
Art. 5º.- Declarar desiertos los ítems 10 y 25, por los motivos expuestos en act. INFORM 427366/25.-
Art. 6º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 12 25 00 00 00 1 01 00 4 3 3 000 $201.042.689,15
Art. 7º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Infraestructura Hospitalaria y Centros de Salud, quien notificará a las firmas oferentes.-
Art. 9º.- Hacer saber de lo dispuesto precedentemente a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 10°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 11º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1136-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11270565/25, por el cual se tramita la homologación del Contrato de Servicios de Cirugía Cardiovascular, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1494645/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma SURGICON S.R.L. C.U.I.T.: 30-71472801-2, representada por el señor MIRANDA ENRIQUE ALBERTO, D.N.I. Nº 21.784.981, en carácter de Socio Gerente, por la otra, quien se obliga a prestar servicios médicos en la especialidad Cirugía Cardiovascular en el Hospital Pediátrico San Luis dependiente de la Dirección General de Gestión de la Salud del Ministerio de Salud, a partir del 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. ENCAPS 913414/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11259006/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 913848/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, sugiere que, podría procederse al dictado del pertinente acto administrativo por el cual se suscriba y homologue el Contrato de Servicios, encuadrando en presente caso en el Art.100 inc. f) de la ley N° VIII-0256-2004 de Contabilidad de la Provincia de San Luis y en el Art. 92 inc. k) del Decreto N° 8-MHIP-2025;
Que, en act. NOTAMP 952993/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato adjunto;
Que, en act. DICFIS 164962/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. NIGRA LUCIA TERESA D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la firma SURGICON S.R.L. C.U.I.T.: 30-71472801-2, representada por el señor MIRANDA ENRIQUE ALBERTO, D.N.I. Nº 21.784.981, en carácter de Socio Gerente, por la otra, quien se obliga a prestar servicios médicos en la especialidad Cirugía Cardiovascular en el Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1494645/26 del EXD-0000-11270565/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $2.638.125,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1137-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1190199/26, por el cual la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), solicita Disminución de Activos Financieros, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1495234/26, obra nota de la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), mediante la cual solicita la Disminución de Activos Financieros correspondiente a fondos de la mencionada dependencia;
Que, en act. PTPREC 57593/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;
Que, en act. INFORM 431667/26, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10º de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente el recurso que a continuación se detalla:
Crear:
2- Recursos Organismos Descentralizados
1- Recursos Propios
1- Recursos Corrientes
3- Recursos DOSEP
09- Disminución Activos Financieros
-Caja y Bancos – DOSEP $11.008.584.844,68
Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente la siguiente partida presupuestaria:
Ampliar:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
3 13 01 16 2-01 5 1 $11.008.584.844,68
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), a sus efectos.-
Art. 5º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1138-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1190523/26, por el cual el Programa Centro Único de Coordinación de Ablación e Implantes (C.U.C.A.I.) tramita transferencia de créditos presupuestarios, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. NOTCUC 922578/26, obra nota del Programa Centro Único de Coordinación de Ablación e Implantes (C.U.C.A.I.), mediante la cual solicita la disminución de activos financieros, para incorporar el saldo del año 2025 al presupuesto del año 2026, correspondiente a fondos de dicho Programa;
Que, en act. PTPREC 57599/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;
Que, en act. INFORM 431866/26, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en los Arts. 9° y 10 de la Ley N° VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en los Arts. 9º y 10 de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente los recursos que a continuación se detallan:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
20- Disminución Activos Financieros-Centro Único de Coordinación de
Ablación e Implantes-(C.U.C.A.I.) San Luis $114.908.689,90
Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin. Fun. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 10 16 3 12 4-51 1 $22.981.737.98
1 13 10 16 3 12 4-51 2 $22.981.737.98
1 13 10 16 3 12 4-51 3 $22.981.737.98
1 13 10 16 3 12 4-51 4 $45.963.475,96
Fuente de Financiamiento: 4-51-Disminución Activos Financieros- Centro Único de Coordinación de Ablación e Implantes- C.U.C.A.I. San Luis
Art. 4º.- Disponer que las partidas y los recursos a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones al Programa Centro Único de Coordinación de Ablación e Implantes (C.U.C.A.I.), a sus efectos.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1139-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7080732/25, mediante el cual el Hospital de Fortuna eleva renuncia del señor HORACIO MARCOS ECHENIQUE D.N.I. Nº 23.851.144, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 12070-MdeS-2022, se homologó el contrato de prestación de servicios del señor HORACIO MARCOS ECHENIQUE D.N.I. Nº 23.851.144, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 3530637/25, obra nota de renuncia presentada por el señor HORACIO MARCOS ECHENIQUE D.N.I. Nº 23.851.144;
Que, en act. INFORM 415054/25, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspende la liquidación de haberes a partir del 01 de agosto del 2025;
Que, en act. ACTPAS 1644995/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicio del señor HORACIO MARCOS ECHENIQUE D.N.I. Nº 23.851.144, homologado por Decreto Nº 12070-MdeS-2022, a partir del 01 de agosto del 2025.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección de Zonas Sanitarias y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1140-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12160848/25, por el cual la Maternidad Villa Mercedes tramita contrato de servicios de la señora SILVIA GRACIELA QUIROGA D.N.I. Nº 13.675.349, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1493532/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora SILVIA GRACIELA QUIROGA, D.N.I. Nº 13.675.349, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como Médico en la Maternidad Villa Mercedes, a partir del 1 de febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. DOCEXT 3680920/25, ha intervenido la Dirección General de Gestión Administrativa y RRHH;
Que, en act. PREV 11259183/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 918535/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, sugiere que podría procederse con el dictado del pertinente acto administrativo por el cual se suscriba y homologue el Contrato de Servicios;
Que, en act. NOTAMP 952234/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el modelo de contrato mencionado, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013;
Que, en act. DICFIS 165999/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley N° VIII-0867-2013 y en las excepciones previstas en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud, C.P. LUCIA TERESA NIGRA, D.N.I. Nº 16.133.300, por una parte y la señora SILVIA GRACIELA QUIROGA, D.N.I. Nº 13.675.349, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones como Médico en la Maternidad Villa Mercedes, obrante en act. DOCEXT 1493532/26 del EXD-0000-12160848/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto al Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 34 52 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $7.500.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones a la Maternidad Villa Mercedes, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1141-MdeS-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-8200217/25, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 3448-MdeS-2016, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora VIRGINIA CELESTE DELGADO D.N.I. Nº 32.157.813, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, por Decreto Nº 211-MdeS-2022, la señora VIRGINIA CELESTE DELGADO D.N.I. Nº 32.157.813, Agrupamiento Profesional (P) Categoría D de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. DOCEXT 1449117/25, obra Telegrama de renuncia presentado por la señora VIRGINIA CELESTE DELGADO D.N.I. Nº 32.157.813;
Que, en act. INFORM 425546/25, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 05 de agosto de 2025;
Que, en act. ACTPAS 1625633/25, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley III-0065-2004 (5554).-
Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora VIRGINIA CELESTE DELGADO D.N.I. Nº 32.157.813, homologado por Decreto Nº 3448-MdeS-2016, a partir del 05 de agosto de 2025.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Hospital Pediátrico San Luis, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1186-MdeS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11280676/26, Hospital Pediátrico San Luis tramita la renovación del Contrato de Servicios de la Dra. FERNANDA MATILDE GARRO VIDAL, D.N.I. N° 21.630.525, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1494601/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la Dra. FERNANDA MATILDE GARRO VIDAL D.N.I. N° 21.630.525, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Médica Cirujana en el Servicio de Neurología Pediátrica en el Hospital Pediátrico San Luis, a partir del 1 de enero de 2026 y por el termino de TRES (3) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11259289/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914493/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, sugiere que, podría procederse al dictado del pertinente acto administrativo por el cual se suscribe y homologue el Contrato de Servicios, encuadrando el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la ley N° VIII-0256-2004 de Contabilidad de la Provincia de San Luis y en el Art.92 inc. k) del Decreto N° 8-MHIP-2025;
Que, en act. NOTAMP 952966/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, encuadrando el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto 08-MHIP-2025, Art. 100 Inc. f) de la Ley VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidad por aplicación del Art. 54 y subsiguientes de la ley VIII-0256-2004;
Que, en act. DICFIS 165258/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256- 2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 08- MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Provincia de San Luis, representado por la C.P. LUCIA TERESA NIGRA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y la Dra. FERNANDA MATILDE GARRO VIDAL, D.N.I. N° 21.630.525, por la otra, quien se obliga a cumplir funciones de Medica Cirujana en el Servicio de Neurología en el Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1494601/26 del EXD-0000-11280676/26.-
Art. 3º.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins. Jur. J.Aux U.E Prog Ub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $11.445.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 6°.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1187-MdeS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11040513/25, por el cual la Subdirección Emergencia Sanitaria, tramita la provisión de estadías fuera de la provincia destinados a beneficiarios de la mencionada Subdirección, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. NOTSAL 908238/25, obra nota de la Subdirección Emergencia Sanitaria solicitando autorización para la compra de estadías fuera de la provincia destinadas a beneficiarios de la mencionada Subdirección;
Que, en act. SOLSEC 11149483/25, obra Solicitud de Gastos Nº 10174/2025;
Que, en act. ACTPRO 11163169/25, obran las invitaciones cursadas a las diferentes empresas del medio en el marco de la presente contratación;
Que, de las invitaciones cursadas presentó oferta la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, obrante en act. COTZAC 11163967/25;
Que, en act DOCEXT 1495375/26, se adjunta mantenimiento de oferta de la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4;
Que, en act. INFSEC 11163968/25, consta informe de evaluación de la oferta presentada, de acuerdo al proceso de contratación N° 9650/2025, obrante en act. PROSEC 11163962/25;
Que, en act. PRESEC 11164999/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL CON 00/100 ($10.626.000,00);
Que, en act. PREV 11259025/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 912964/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud, no formula objeciones al respecto, sugiriendo continuar con el dictado del acto administrativo pertinente;
Que, en act. NOTAMP 952872/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que, en act. DICFIS 164512/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 bis inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en el Art. 3° inc. 4) del Decreto Nº 2652-MdeS-2023.-
Art. 2º.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de estadías fuera de la provincia, solicitado en act. NOTSAL 908238/25.-
Art. 3º.- Autorizar a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma TOUR OPERADORA TURISMO S.R.L., C.U.I.T: 30-71090282-4, el ítem 1, por la suma total de PESOS DIEZ MILLONES SEISCIENTOS VEINTISEIS MIL CON 00/100 ($10.626.000,00), de acuerdo a la oferta presentada en act. COTZAC 11163967/25, mantenimiento de presupuesto en act. DOCEXT 1495375/26 y preadjudicación adjunta en act. PRESEC 11164999/25 del EXD-0000-11040513/25.-
Art. 4º.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a los beneficiarios de la Subdirección Emergencia Sanitaria, lo que se detalla en act. PRESEC 11164999/25.-
Art. 5º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 28 45 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $10.626.000,00
Art. 6º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a los beneficiarios y a la firma.-
Art. 8º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1188-MdeS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040373/25 por el cual la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) dependiente del Ministerio de Salud, solicita la adecuación de firmantes, la ampliación y renovación del Fondo Rotatorio para el ejercicio año 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto N° 6481-MCT-2004 se crea el Fondo Rotatorio, en los términos del Art. 68° de la Ley N° VIII- 0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público por Decreto Nº 1502-MdeS-2025, se renovó y amplió el mismo para el ejercicio 2025;
Que, en act. DOCEXT 1491605/26, obra nota de la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) en la cual se solicita la ampliación y renovación del Fondo Rotatorio para el ejercicio año 2026, la baja como firmantes del C.P. CRISTIAN LUCIANO OJEDA FATTORI D.N.I. N° 37.639.273 y de la Farmacéutica Nacional ELENA BEATRIZ BARRIO D.N.I. Nº 17.484.887 de la cuenta bancaria oficial Nº 4780127106 DOSEP FONDO ROTATORIO, radicada en el Banco de la Nación Argentina dispuesta por Decreto N° 13653-MdeS-2024 y el alta como firmantes del mencionado fondo rotatorio a la señora VALENTINA SOLEDAD DEL CASTILLO LUCERO, D.N.I. Nº42.407.970 y al señor EDUARDO JOSE SOSA, D.N.I. Nº 30.345.999;
Que, en act. NOTAMP 954870/26, la Dirección de Finanzas y Recursos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública informa que la cuenta bancaria oficial Nº 4780127106 DOSEP FONDO ROTATORIO, radicada en el Banco de la Nación Argentina se encuentra vigente al día de la fecha;
Que, en act. PREV 11261572/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 923686/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que, en act. NOTAMP 954681/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, indicando que correspondería el dictado del Decreto el Poder Ejecutivo que disponga la renovación, ampliación y el cambio de firmantes del fondo rotatorio, encuadrando el presente en las disposiciones del artículo 68º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y Decreto Nº 2863-MC-04, modificado mediante el Decreto N° 5287-MHP-2008;
Que, en act. DICFIS 166513/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo dispuesto en el Art. 68º de la Ley Nº VIII-0256-2004 y Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto N° 5287-MHP-2008.-
Art. 2º.- Disponer la baja como firmante del C.P. CRISTIAN LUCIANO OJEDA FATTORI D.N.I. N° 37.639.273 y de la Farmacéutica Nacional ELENA BEATRIZ BARRIO D.N.I. Nº 17.484.887 de la cuenta bancaria oficial Nº 4780127106 DOSEP FONDO ROTATORIO, radicada en el Banco de la Nación Argentina.-
Art. 3º.- Disponer el alta como firmantes a la señora VALENTINA SOLEDAD DEL CASTILLO LUCERO, D.N.I. Nº 42.407.970 y al señor EDUARDO JOSE SOSA, D.N.I. Nº 30.345.999, de la cuenta bancaria oficial Nº 4780127106 DOSEP FONDO ROTATORIO, radicada en el Banco de la Nación Argentina.-
Art. 4º.- Ratificar como firmante del Fondo Rotatorio a la C.P.N. JULIETA DOLORES ORTIZ, D.N.I. N° 22.957.220, de la cuenta bancaria oficial Nº 4780127106 DOSEP FONDO ROTATORIO, radicada en el Banco de la Nación Argentina, la cual quedará autorizada a operar con la firma conjunta del C.P.N. JORGE ARTURO VERGARA, D.N.I. N° 30.688.244 y algunas de las siguientes personas:
• C.P.N. JULIETA DOLORES ORTIZ, D.N.I. N° 22.957.220
• SRA. VALENTINA SOLEDAD DEL CASTILLO LUCERO, D.N.I. Nº 42.407.970
• SR. EDUARDO JOSE SOSA, D.N.I. Nº 30.345.999
Art. 5º.- Autorizar al Programa Finanzas y Recursos, a gestionar ante las autoridades del Banco de la Nación Argentina, el cambio de firmantes de la cuenta corriente mencionada en los Artículos precedentes.-
Art. 6.- Disponer que las personas mencionadas en el Art. 4° deberá rendir cuenta del Fondo Rotatorio denominado DOSEP FONDO ROTATORIO, a partir de la fecha del presente Decreto.-
Art. 7º.- Ampliar y renovar para el ejercicio año 2026, el Fondo Rotatorio perteneciente a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) dependiente del Ministerio de Salud, con cuenta corriente bancaria oficial Nº 4780127106 DOSEP FONDO ROTATORIO, radicada en el Banco de la Nación Argentina por la suma de PESOS CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 ($5.700.000,00).-
Art. 8º.- La autorización y aprobación de las contrataciones con cargo al Fondo Rotatorio se realizará hasta el importe total autorizado por cada inciso, por el responsable del fondo rotatorio.-
Art. 9º.- Imputar el presente gasto a las siguientes partidas presupuestarias:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
3 13 00 01 01 00 00 01 2 01 00 2 9 9 000 $200.000,00
3 13 00 01 01 00 00 01 2 01 00 3 9 9 000 $500.000,00
3 13 00 01 16 00 00 00 2 01 00 5 1 4 000 $5.000.000,00
TOTAL $5.700.000,00
Art. 10.- Hacer saber a: Banco de la Nación Argentina, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Presupuesto Público y Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 11.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 12.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1189-MdeS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1160236/26, por el cual el Hospital de La Toma, Zona Sanitaria II, dependiente de la Dirección de Zonas Sanitarias, tramita la renuncia del señor GUSTAVO ARIEL PUIATTI, D.N.I N° 20.335.455, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 567-MdeS-2017, se homologó el Contrato de Prestación de Servicios del señor GUSTAVO ARIEL PUIATTI, D.N.I N° 20.335.455;
Que, en act. DOCEXT 1499537/26, obra Decreto Nº 9766-MdeS-2023, en el cual el señor GUSTAVO ARIEL PUIATTI, D.N.I N° 20.335.455, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. NOTSAL 922134/26, obra nota de renuncia presentada por el señor GUSTAVO ARIEL PUIATTI, D.N.I N° 20.335.455, Personal Contratado, Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 431465/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se procederá a suspender la liquidación de haberes a partir del 02 de febrero de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1650188/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley Nº III-0065- 2004 (5554).-
Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios a partir del 02 de febrero de 2026, del señor GUSTAVO ARIEL PUIATTI, D.N.I N° 20.335.455, Personal Contratado, Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 567-MdeS-2017 y aprobado el concurso cerrado mediante Decreto Nº 9766-MdeS-2023.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a la Dirección Recursos Humanos quien notificará al interesado.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1190-MdeS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12290243/25, por el cual la Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios de la señora GABRIELA VIVIANA BASABILBASO, D.N.I. N° 32.260.337, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 5663-MdeS-2017, se homologó el contrato de prestación de servicios de la señora GABRIELA VIVIANA BASABILBASO, D.N.I. N° 32.260.337, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1497888/26, obra Decreto Nº 211-MdeS-2022, en el cual la señora GABRIELA VIVIANA BASABILBASO, D.N.I. N° 32.260.337, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. DOCEXT 1485928/25, obra nota de renuncia presentada por la señora GABRIELA VIVIANA BASABILBASO, D.N.I. N° 32.260.337, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 430528/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspenderá la liquidación de haberes a partir del 29 de diciembre de 2025;
Que, en act. ACTPAS 1648820/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley III-0065-2004 (5554).-
Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios de la señora GABRIELA VIVIANA BASABILBASO, D.N.I. N° 32.260.337, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 5663-MS-2017, a partir del 29 de diciembre de 2025.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección Atención Primaria de la Salud San Luis y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar a la interesada.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1191-MdeS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12220108/25, por el cual la Dirección Prevención y Asistencia en Adicciones tramita el pago a favor de la FUNDACION CENTRO 90 DIAS PM, C.U.I.T: N° 30-71459868-2, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 1482202/25 y DOCEXT 1482329/25 surge que el beneficiario FACUNDO GABRIEL CRIADO PINTO, D.N.I. Nº 39.796.493 quien se encontraba internado en el centro FUNDACION CENTRO 90 DIAS PM, C.U.I.T: N° 30-71459868-2, correspondiente a los períodos comprendidos en las quincenas del 15/11/25 al 30/11/25 y del 01/12/25 al 15/12/25, y la beneficiaria SHEILA AGOSTINA PONCE, D.N.I N° 44.164.315 quien se encontraba internada en centro Fundación 90 Días, correspondiente a los períodos comprendidos en las quincenas del 12/11/25 al 27/11/25 y del 28/11/25 al 12/12/25;
Que en act DOCEXT 1482815/25 obran Facturas C Nros. 0004-00000248, por un monto de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($600.000,00), 00004-00000249 por un monto de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($600.000,00), 00004-00000246 por un monto de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($600.000,00) y 00004- 00000247 por un monto de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($600.000,00), presentadas por la firma FUNDACIÓN CENTRO 90 DIAS PM, C.U.I.T: N° 30-71459868-2;
Que en act. DOCEXT 1485002/25, obra nota de recepción conforme de los servicios realizados;
Que en act. PREV 11259034/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que en act. DICLEG 920039/26, ha tomado intervención la Asesoría Legal del Ministerio de Salud;
Que en act. NOTAMP 954864/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166536/26, ha tomado vista Fiscalía de Estado, dictaminando que se encontrarían dadas las condiciones para procederse al dictado del acto administrativo pertinente;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer el pago a favor de la firma FUNDACION CENTRO 90 DIAS PM, C.U.I.T. Nº 30-71459868-2, la suma total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 ($2.400.000,00), según facturas C Nros. 0004-00000248, 00004- 00000249, 00004-00000246 y 00004-00000247 obrantes en act. DOCEXT 1482815/25 del EXD-0000-12220108/25, en concepto de servicios terapéuticos con internación destinado a los beneficiarios FACUNDO GABRIEL CRIADO PINTO, D.N.I. Nº 39.796.493 y SHEILA AGOSTINA PONCE, D.N.I. N° 44.164.315.-
Art. 2º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida del Presupuesto Vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 22 38 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.400.000,00
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Dar intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54° y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 5º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma citada en el Art. 1°.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1240-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12291158/25, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios del señor LEANDRO GERMAN PONCE, D.N.I. N° 26.728.325, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Nº 8006-MdeS-2014, se homologó el contrato de prestación de servicios del señor LEANDRO GERMAN PONCE, D.N.I. N° 26.728.325, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 3685343/25, obra Decreto Nº 211-MdeS-2022, en el cual el señor LEANDRO GERMAN PONCE, D.N.I. N° 26.728.325, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, aprobó el concurso cerrado de profesionales y técnicos que ingresaron oportunamente a la Carrera Sanitaria Provincial por contrato de prestación de servicios;
Que, en act. DOCEXT 3684947/25, obra nota de renuncia presentada por el señor LEANDRO GERMAN PONCE, D.N.I. N° 26.728.325, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. INFORM 430676/26, ha tomado intervención la Subdirección Análisis y Liquidación de Haberes, dependiente Dirección de Recursos Humanos, del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspenderá la liquidación de haberes a partir del 01 de enero de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1648836/26, la Dirección Recursos Humanos, ha tomado intervención de su competencia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 25 inc. a) de la Ley III-0065-2004 (5554).-
Art. 2º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios del señor LEANDRO GERMAN PONCE, D.N.I. N° 26.728.325, Agrupamiento Profesional (P) Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial, homologado por Decreto Nº 8006-MdeS-2014, a partir del 01 de enero de 2026.-
Art. 3º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Hospital Juan Domingo Perón Villa Mercedes y por intermedio de la Dirección Recursos Humanos notificar al interesado.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1241-MdeS-2026.-
San Luis, 7 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1090401/26, por el cual se tramita la rescisión del Contrato de Prestación de Servicios del señor JUAN PABLO LIZARRAGA, D.N.I. N° 32.173.424, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1490789/26, obra telegrama de renuncia presentada por el señor JUAN PABLO LIZARRAGA, D.N.I. N° 32.173.424, Agrupamiento Profesional (P), Categoría G de la Carrera Sanitaria Provincial;
Que, en act. DOCEXT 1490794/26, obra Decreto N° 438-MdeS-2021, mediante el cual se homologó el Contrato de Prestación de Servicios del señor JUAN PABLO LIZARRAGA, D.N.I. N° 32.173.424;
Que, en act. INFORM 430689/26, ha tomado intervención la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes dependiente de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, informando que se suspendió la liquidación de haberes a partir del 26 de enero de 2026;
Que, en act. ACTPAS 1649006/26, la Dirección Recursos Humanos del Ministerio de Salud, ha tomado intervención de su competencia;
Que, en virtud de lo expuesto precedentemente corresponde rescindir el contrato aludido;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia y declarar rescindido el Contrato de Prestación de Servicios del señor JUAN PABLO LIZARRAGA, D.N.I. N° 32.173.424, homologado por Decreto N° 438-MdeS-2021, a partir del 26 de enero de 2026.-
Art. 2º.- Pasar las actuaciones de referencia a la Dirección de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a sus efectos.-
Art. 3º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Dirección de Zonas Sanitarias y Dirección Recursos Humanos, quien notificará al interesado.-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
DECRETO Nº 1264-MdeS-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11060512/25, por el cual el Hospital Juan Domingo Perón solicita elementos de tecnología biomédica para el beneficiario HECTOR OSCAR SOSA, D.N.I. N° 16.310.113 y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la documentación obrante en acts. DOCEXT 3642335/25, DOCEXT 3642336/25, DOCEXT 3642342/25, DOCEXT 3642345/25, DOCEXT 14666663/25 y DOCEXT 1492987/26, surge que el beneficiario HECTOR OSCAR SOSA, D.N.I. N° 16.310.113, ha cumplido con los requisitos necesarios para el otorgamiento de elementos de tecnología biomédica para tratamiento Traumatológico;
Que, en act. SOLSEC 11163289/25, obra solicitud de Gastos N° 10699/2025;
Que, en act. ACTPRO 11170625/25, obra pedido de cotización a las diferentes empresas del medio;
Que, de las invitaciones cursadas presento oferta la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T.: 27-34564806-8 en act. COTZAC 11174667/25, en act. DOCEXT 1492988/26 obra mantenimiento de oferta;
Que, en act. INFSEC 11174668/25, consta informe de evaluación de las ofertas presentadas, de acuerdo al proceso de contratación N° 9874/2025, obrante en act. PROSEC 11174665/25;
Que, en act. PRESEC 11184375/25, obra informe mediante el cual se preadjudica a la firma MARCHESE NATALIA SOLEDAD. C.U.I.T: 27-3456806-8, item1, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($2.380.800.00);
Que, en act. PREV 11259611/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 914722/25, la Asesoría Legal del Ministerio de Salud sugiere que, podría dictarse el correspondiente acto administrativo por el cual se autorice la contratación, y otorgue con carácter de subsidio en especie la prestación requerida;
Que, en act. NOTAMP 954574/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia, informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo, que autorice el otorgamiento del subsidio y la contratación de la firma mencionada;
Que, en act. DICFIS 165008/25, ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100° inc. b) de la Ley N° VIII-0256-2004, modificada por Ley N° VIII-0867-2013 y en los Arts. 2° y 3° pto. 4) del Decreto N° 2652-Mdes-2023.-
Art. 2°.- Aprobar el trámite efectuado por la Dirección de Compras y Contrataciones, para la provisión de elementos de tecnología biomédica de acuerdo a lo solicitado en act. DOCEXT 3642335/25.-
Art.3°.- Autorizar el trámite a la Subdirección Emergencia Sanitaria, a contratar con la firma: MARCHESE NATALIA SOLEDAD, C.U.I.T: 27-34564806-8, por un monto de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL OCHOCIENTOS CON 00/100 ($2.380.800,00), de acuerdo a la propuesta, preadjudicación y mantenimiento de oferta obrantes en acts. COTZAC 11174667/25, PRESEC 11184375/25 y DOCEXT 1492988/26 del EXD-0000-11060512/25.-
Art. 4°.- Otorgar con carácter de subsidio en especie a favor del beneficiario HECTOR OSCAR SOSA, D.N.I. N° 16.310.113, la provisión de elementos de tecnología biomédica que se detalla en act. PRESEC 11184375/25.-
Art. 5°.- Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 10 17 00 00 00 1 01 00 5 1 4 000 $2.380.800,00
Art. 6°.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 7°.- Pasar las actuaciones de referencia a la Subdirección Emergencia Sanitaria, quien notificará a la firma y al beneficiario.-
Art. 8°.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 9°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1265-MdeS-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1210316/26, por el cual la Dirección Fármacos e Insumos Médicos, solicita transferencia de partida, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. NOTAMP 954542/26, obra nota de la Dirección Fármacos e Insumos Médicos, mediante la cual solicita transferencia de partida correspondiente a fondos de la mencionada dependencia, con el objeto de adquirir leches y alimentos sin TACC, destinados a los distintos nosocomios de la Provincia;
Que, en act. PTPGAS 57597/26, obra planilla de solicitud de transferencias de créditos presupuestarios debidamente conformada por la autoridad competente;
Que, en act. RCRE 11280633/26, se ha practicado la reserva del crédito en la Partida de la cual se tomarán los fondos con los que se atenderá a la transferencia aludida;
Que, en act. INFORM 431847/26, ha tomado la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 10º de la Ley N° VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso dentro de las disposiciones previstas en el Art. 10º de la Ley N° VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Ampliar:
Ins Jur U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Importe
1 13 23 39 1-01 2 $1.800.000.000,00
Disminuir:
Ins Jur U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Prin. Importe
1 13 23 39 1-01 5 1 $1.800.000.000,00
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Dirección Fármacos e Insumos Médicos, a sus efectos.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Dirección de Presupuesto Público, Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1266-MdeS-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026
“2026-AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS-BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12030057/25, por el cual el Hospital Pediátrico San Luis tramita la homologación del Contrato de Servicios del señor ALVAREZ SCHEIHING PABLO ANDRES, D.N.I. Nº 18.787.174, y;
CONSIDERANDO:
Que, en act. DOCEXT 1500189/26, obra Contrato de Servicios, suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor ALVAREZ SCHEIHING PABLO ANDRES, D.N.I. Nº 18.787.174, por la otra, quien cumple funciones de Medico en el Servicio de Urología Pediátrica en el Hospital Pediátrico San Luis, a partir del 01 de enero de 2026 y por el término de TRES (3) meses, vigencia que podrá prorrogarse por igual periodo por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial;
Que, en act. PREV 11259348/26, obra imputación preventiva del gasto;
Que, en act. DICLEG 915015/25, la Asesoría Legal, sugiere que, podría procederse con carácter excepcional y por la naturaleza de las prestaciones a brindarse, al dictado del pertinente Acto Administrativo por el cual se suscriba y homologue el Contrato de Servicios;
Que, en act. NOTAMP 955251/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue el contrato mencionado;
Que, en act. DICFIS 166511/26, obra vista de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013, en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 8-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto oportunamente entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por la C.P. NIGRA LUCIA TERESA D.N.I. Nº 16.133.300, en carácter de Ministro Secretario de Estado de Salud, por una parte y el señor ALVAREZ SCHEIHING PABLO ANDRES, D.N.I. Nº 18.787.174, por la otra, quien cumple funciones de Medico en el Servicio de Urología Pediátrica en el Hospital Pediátrico San Luis, obrante en act. DOCEXT 1500189/26 del EXD-0000-12030057/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto, a la siguiente partida presupuestaria:
INSTITUCIONAL PROGRAMÁTICA FUENTE OBJETO IMPORTE
Ins Jur J.Aux. U.E. Prog Sub Proy Act D1 D2 D3 Inc Prin Par Subp
1 13 00 18 33 00 00 00 1 01 00 3 4 2 000 $12.017.250,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia y Contaduría General de la Provincia en los términos del Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004.-
Art. 6º.- Pasar las presentes actuaciones al Hospital Pediátrico San Luis, quien deberá practicar la notificación pertinente.-
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Salud y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Lucia Teresa Nigra
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
SECRETARÍA PROGRAMA ALIMENTARIO
NUTRICIONAL ESCOLAR
DECRETO N° 950-ME-SPANE-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1190161/26, y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar al señor NICOLÁS MIGUEL KOBELANSKI D.N.I. N° 37.617.654, en el cargo de Subdirector de Coordinación Institucional Región IV y V, dependiente de la Dirección de Coordinación Institucional PANE de la Secretaría de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE, a partir de la fecha del presente Decreto;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.-Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al señor NICOLÁS MIGUEL KOBELANSKI D.N.I. N° 37.617.654, en el cargo de Subdirector de Coordinación Institucional Región IV y V, dependiente de la Dirección de Coordinación Institucional PANE de la Secretaría de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Coordinación Institucional PANE, y, por su intermedio, realizar las notificaciones correspondientes.-
Art. 3º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y al interesado.-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE, el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Laura Soledad Capaldo
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO N° 1195-ME-SPANE-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1060031/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTEDU 3693559/26 obra nota de la Dirección de Coordinación Institucional PANE dependiente de Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE, solicitando el otorgamiento de subsidios en concepto de desayunos/meriendas (copa de leche) a las asociaciones cooperadoras/asociaciones civiles de los establecimientos educativos públicos provinciales, de educación inicial, primaria y secundaria, para el período comprendido entre el 23 de febrero y el 30 de mayo de 2026;
Que en act. NOTEDU 3693338/26 interviene la Dirección de Innovación y Planeamiento informando, con fuente en el Sistema de Gestión Educativa 3.0, la cantidad total de alumnos que asisten a los establecimientos públicos de gestión estatal, autogestionadas y generativas de toda la Provincia, como así también, la cantidad total de establecimientos educativos estatales y edificios de la provincia de San Luis;
Que en act. PREV 11269782/26 obra comprobante de imputación preventiva;
Que en act. NOTAMP 954660/26 obra intervención de la Asesoría Legal del Ministerio de Educación;
Que en act. NOTAMP 956170/26 Contaduría General de la Provincia informa que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que disponga el otorgamiento de subsidios conforme lo solicitado, con cargo a rendir cuenta de la inversión del mismo, de conformidad a las disposiciones establecidas en el Art. 5 de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Que en act. DICFIS 166685/26 ha tomado vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones del Art. 5° de la Ley N° VIII-0256-2004.-
Art. 2º.-Otorgar subsidios con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión ante Contaduría General de la Provincia a favor de las entidades no gubernamentales detalladas en el Anexo del presente Decreto, por los montos que se indican en cada caso; los mismos están estipulados en base a la cantidad de alumnos (matrícula), por el importe diario de PESOS SETECIENTOS VEINTE CON 00/100 ($720,00) por SESENTA Y CUATRO (64) días hábiles, destinados a financiar la adquisición de desayunos/meriendas (copa de leche), en el marco del Programa Alimentario Nutricional Escolar (PANE), para alumnos de los niveles de educación inicial, primaria y secundaria, por el período comprendido entre el 23 de febrero y el 30 de mayo de 2026.-
Art. 3º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Proy. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 14 21 32 00 1-01 5 1 7 $1.370.649.600,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Coordinación Institucional PANE, y por su intermedio, notificar a las asociaciones detalladas en el Anexo del presente Decreto.-
Art. 6º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia.-
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE, el señor Ministro Secretario de Estado de Educación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Laura Soledad Capaldo
Guillermo Fabián Araujo
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
DESAYUNO/MERIENDA FEBRERO-MAYO DE 2026 PAGO A COOPERADORAS
|
ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO |
COOPERADORA |
MATRICULA TOTAL |
MONTO |
CUIT |
|
|
1 |
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA N° 1 MAESTRA ROSENDA QUIROGA |
ASOCIACIÓN EDUCACIONAL DIVERSITAS |
1812 |
$83.496.960,00 |
30-71430217-1 |
|
2 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 1 LUCIO LUCERO |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA - ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 1 |
1206 |
$55.572.480,00 |
30-71773943-0 |
|
3 |
ESCUELA N° 2 BERNARDINO RIVADAVIA |
COOPERADORA ESCOLAR DE LA ESCUELA N° ٢ BERNARDINO RIVADAVIA |
714 |
$32.901.120,00 |
30-70764662-0 |
|
4 |
ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL N°1 DOCTORA CAROLINA TOBAR GARCÍA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA PROTEJAMOS AL NIÑO DIFERENCIAL |
93 |
$4.285.440,00 |
33-67338818-9 |
|
5 |
ESCUELA PÚBLICA DIGITAL MULTILINGÜE PROGRESOS Y SUEÑOS |
ASOCIACIÓN CIVIL EDUCACIONAL SIN FINES DE LUCRO CELESTIN FREINET |
651 |
$29.998.080,00 |
30-71631793-1 |
|
6 |
ESCUELA N°8 SARGENTO BAIGORRIA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 8 - SARGENTO BAIGORRIA |
369 |
$17.003.520,00 |
30-70762346-9 |
|
7 |
ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 8 SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA ESPECIAL N° 8 SUBSECRETARIO JORGE AOSTRI |
32 |
$1.474.560,00 |
30-70777810-1 |
|
8 |
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA N° 5 MODELO SAN LUIS |
ASOCIACIÓN CIVIL COLEGIO MODELO SAN LUIS |
426 |
$19.630.080,00 |
30-67334489-1 |
|
9 |
ESCUELA DE EDUCACION ESPECIAL N° 9 A.P.A.D.I.S. |
ASOCIACIÓN DE PADRES Y AMIGOS DEL DISCAPACITADO - A.P.A.D.I.S. |
80 |
$3.686.400,00 |
33-67335420-1 |
|
10 |
ESCUELA N° 9 DOCTOR ESTEBAN ADARO |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 9 DR. ESTEBAN ADARO |
489 |
$22.533.120,00 |
30-70927869-6 |
|
11 |
ESCUELA N°13 ANTARTIDA ARGENTINA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 13 - ANTARTIDA ARGENTINA |
94 |
$4.331.520,00 |
30-70765270-1 |
|
12 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N°20 EL PRINCIPITO |
ASOCIACIÓN CIVL COOPERADORA ESCOLAR EL PRINCIPITO |
123 |
$5.667.840,00 |
30-71756282-4 |
|
13 |
ESCUELA N° 28 CABILDO ABIERTO 22 DE MAYO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 28 - CABILDO ABIERTO 22 DE MAYO |
23 |
$1.059.840,00 |
33-70764525-9 |
|
14 |
ESCUELA N° 28 CABILDO ABIERTO 22 DE MAYO (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 28 CABILDO ABIERTO 22 DE MAYO |
21 |
$967.680,00 |
33-70764525-9 |
|
15 |
ESCUELA TÉCNICA N° 37 INGENIERO GERMÁN AVÉ LALLEMANT |
ASOCIACIÓN COOPERADORA NIELS BOHR |
309 |
$14.238.720,00 |
30-71228727-2 |
|
16 |
COLEGIO N° 38 MARIE CURIE |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA DEL COLEGIO N° 38 MARIE CURIE |
235 |
$10.828.800,00 |
30-71504203-3 |
|
17 |
ESCUELA N° 172 MISIONES |
ASOCIACIÓN CIVIL TODOS POR NUESTROS NIÑOS |
537 |
$24.744.960,00 |
30-70841576-2 |
|
18 |
ESCUELA N°51 MAESTRO FAUSTINO SEGUNDO MENDOZA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 51 FAUSTINO SEGUNDO MENDOZA |
528 |
$24.330.240,00 |
30-71810090-5 |
|
19 |
ESCUELA N° 139 BARTOLOME MITRE |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 139 BARTOLOME MITRE |
242 |
$11.151.360,00 |
30-70774690-0 |
|
20 |
ESCUELA N°184 MANUEL BELGRANO |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA AMIGOS DE LA ESCUELA N° 184 |
417 |
$19.215.360,00 |
30-69399181-8 |
|
21 |
ESCUELA N° 192 MAESTRO RURAL PUNTANO |
SOCIEDAD COOPERADORA ESCUELA N° ١٩٢ MAESTRO RURAL PUNTANO |
48 |
$2.211.840,00 |
30-71095761-0 |
|
22 |
ESCUELA N°192 MAESTRO RURAL PUNTANO (GENERATIVO RURAL) |
SOCIEDAD COOPERADORA ESCUELA N° 192 MAESTRO RURAL PUNTANO |
53 |
$2.442.240,00 |
30-71095761-0 |
|
23 |
ESCUELA N° 267 GOBERNADOR ERIBERTO MENDOZA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 267 - GOBERNADOR ERIBERTO MENDOZA |
223 |
$10.275.840,00 |
30-70766305-3 |
|
24 |
ESCUELA N° 312 REPÚBLICA DE CHILE |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 312 REPÚBLICA DE CHILE |
396 |
$18.247.680,00 |
30-70744783-0 |
|
25 |
ESCUELA N° 314 PROVINCIA DE LA RIOJA |
COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 314 - PROVINCIA DE LA RIOJA |
279 |
$12.856.320,00 |
30-70763565-3 |
|
26 |
ESCUELA N°360 MINISTRO JACINTO PEREZ |
COMISION COOPERADORA LA ESPERANZA - ESCUELA N° 360 |
18 |
$829.440,00 |
30-70765421-6 |
|
27 |
ESCUELA N°360 MINISTRO JACINTO PEREZ (GENERATIVO RURAL) |
COMISION COOPERADORA LA ESPERANZA - ESCUELA N° 360 |
11 |
$506.880,00 |
30-70765421-6 |
|
28 |
ESCUELA N°381 SOLDADO PUNTANO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 381 SOLDADO PUNTANO |
16 |
$737.280,00 |
30-70797342-7 |
|
29 |
ESCUELA N°381 SOLDADO PUNTANO (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 381 SOLDADO PUNTANO |
11 |
$506.880,00 |
30-70797342-7 |
|
30 |
ESCUELA N°423 BRIGADIER GENERAL JUAN MANUEL DE ROSAS |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 423 - BGDIER. GRAL. JUAN MANUEL DE ROSAS |
723 |
$33.315.840,00 |
30-70761198-3 |
|
31 |
ESCUELA N°434 NUEVOS DESAFIOS |
COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 434 |
231 |
$10.644.480,00 |
30-71093956-6 |
|
32 |
CENTRO EDUCATIVO N°11 INSPECTOR SOCRATES CORTINES |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA PROV. BACHILLERATO TECNICO N° 6 SOCRATES CORTINES |
565 |
$26.035.200,00 |
30-70995200-1 |
|
33 |
COLEGIO N° 11 BENITO JUAREZ |
ASOCIACIÓN CIVIL COLEGIO BENITO JUAREZ |
626 |
$28.846.080,00 |
30-71753108-2 |
|
34 |
ESCUELA N°12 TOMASA GARRAZA DE QUIROGA |
COOPERADORA ESCUELA TOMASA GARRAZA DE QUIROGA |
288 |
$13.271.040,00 |
30-70731679-5 |
|
35 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N°22 UN MUNDO DE SUEÑOS |
ASOCIACIÓN CIVIL - AMIGOS DEL JARDIN UN MUNDO DE SUEÑOS |
160 |
$7.372.800,00 |
30-71745637-4 |
|
36 |
ESCUELA ASISTENCIAL N°36 GOBERNADOR DR. CARLOS ALRIC |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA ASISTENCIAL N° 36 - GOBERNADOR CARLOS ALRIC |
661 |
$30.458.880,00 |
30-70930081-0 |
|
37 |
ESCUELA N° 37 JUAN BAUTISTA ALBERDI |
ASOCIACIÓN DE PADRES ESCUELA N° 37 JUAN B. ALBERDI |
354 |
$16.312.320,00 |
30-70891339-8 |
|
38 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 2 REMEDIOS ESCALADA DE SAN MARTIN |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL JARDIN DE INFANTES N° 2 - REMEDIOS ESCALADA DE SAN MARTIN |
237 |
$10.920.960,00 |
30-67347434-5 |
|
39 |
ESCUELA N° 40 DR. RICARDO ROJAS |
COMISION COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 40 DOCTOR RICARDO ROJAS |
402 |
$18.524.160,00 |
30-71462796-8 |
|
40 |
ESCUELA N° 46 GDOR. LEON GUILLET |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 46 GOBERNADOR LEON GUILLET |
111 |
$5.114.880,00 |
30-70797967-0 |
|
41 |
ESCUELA N° 82 GRAL. LAS HERAS |
COMISION COOPERADORA ESCUELA N° 82 GENERAL LAS HERAS |
329 |
$15.160.320,00 |
30-71411317-4 |
|
42 |
ESCUELA N° 147 PROVINCIA DE MENDOZA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA SOLIDARIDAD Y AYUDA |
577 |
$26.588.160,00 |
30-70786526-8 |
|
43 |
ESCUELA N° 240 PROVINCIA DE CORRIENTES |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 240 - ROSA MARANGUELLO DE BRUNO |
582 |
$26.818.560,00 |
30-70773871-1 |
|
44 |
ESCUELA N° 242 PABLO PIZZURNO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA BERNARDINO RIVADAVIA |
76 |
$3.502.080,00 |
30-70766312-6 |
|
45 |
ESCUELA N° 242 PABLO PIZZURNO (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA BERNARDINO RIVADAVIA |
20 |
$921.600,00 |
30-70766312-6 |
|
46 |
ESCUELA N°271 CAUTIVAS PUNTANAS |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 271 CAUTIVAS PUNTANAS |
79 |
$3.640.320,00 |
30-70787007-5 |
|
47 |
ESCUELA N° 371 JUAN BAUTISTA ALBERDI |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 371 JUAN BAUTISTA ALBERDI |
463 |
$21.335.040,00 |
30-70891339-8 |
|
48 |
ESCUELA N° 388 SGTO. EDUARDO ROMERO |
COOPERADORA ESCUELA N° 388 SARGENTO EDUARDO ROMERO |
342 |
$15.759.360,00 |
30-70767273-7 |
|
49 |
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA N° 452 DR. VALENTIN LUCO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA HOGAR ESCUELA N° 6 - DR. VALENTIN LUCO DE LA ANGELINA |
44 |
$2.027.520,00 |
30-70728884-8 |
|
50 |
ESCUELA HOGAR N° 16 GRANADEROS PUNTANOS |
ASOCIACIÓN COOPERADORA GRANADEROS PUNTANOS |
17 |
$783.360,00 |
30-70921998-3 |
|
51 |
ESCUELA HOGAR N° 16 GRANADEROS PUNTANOS (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA GRANADEROS PUNTANOS |
11 |
$506.880,00 |
30-70921998-3 |
|
52 |
COLEGIO N° 22 JOSÉ MANUEL ESTRADA |
COMISION COOPERADORA COLEGIO N° 22 JOSE MANUEL ESTRADA DE UNION |
199 |
$9.169.920,00 |
30-71033794-9 |
|
53 |
ESCUELA N° 149 MANUEL LAINEZ |
ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LA EDUCACION |
237 |
$10.920.960,00 |
30-70943701-2 |
|
54 |
ESCUELA N° 188 PROVINCIA DE SANTA CRUZ |
ASOCIACIÓN COOPERADORA UNIDOS Y ORGANIZADOS ESGUARDANDO LA EDUCACION |
34 |
$1.566.720,00 |
30-70942670-9 |
|
55 |
ESCUELA N° 243 PROVINCIA DE RIO NEGRO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LA EDUCACION |
333 |
$15.344.640,00 |
30-70942393-9 |
|
56 |
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA N° 448 PAULA ALBARRACIN DE SARMIENTO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA HOGAR ESCUELA N° 9 - PAULA ALBARRACIN |
80 |
$3.686.400,00 |
33-70770406-9 |
|
57 |
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA N° 450 NEUQUEN |
ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LA EDUCACION |
166 |
$7.649.280,00 |
30-67347564-3 |
|
58 |
ESCUELA TÉCNICA N° 1 ELENA OSSOLA DE HORAS |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA ESCUELA TÉCNICA N° 1 ELENA OSSOLA DE HORAS |
346 |
$15.943.680,00 |
30-70820164-9 |
|
59 |
ESCUELA TÉCNICA N° 2 SAN JOSÉ OBRERO |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA COLEGIO TECNICO N° 2 |
177 |
$8.156.160,00 |
33-71466040-9 |
|
60 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N°3 MERCEDES DE BALCARCE |
ASOCIACIÓN DE PADRES POR NUESTROS NIÑOS DEL JARDIN DE INFANTES N° 3 |
108 |
$4.976.640,00 |
30-71562516-0 |
|
61 |
ESCUELA PÚBLICA AUTOGESTIONADA N° 9 DOCTOR HORACIO DE LA MOTA |
ASOCIACIÓN EDUCACIONAL PORTAL DE MELO |
763 |
$35.159.040,00 |
30-70706251-3 |
|
62 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N°10 CATILANDIA |
ASOCIACIÓN CIVIL ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 10 |
125 |
$5.760.000,00 |
30-71629007-3 |
|
63 |
CENTRO EDUCATIVO N°12 LEOPOLDO LUGONES |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA NORMAL N° 1 - LEOPOLDO LUGONES |
504 |
$23.224.320,00 |
30-67352270-6 |
|
64 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 23 LUNA DE PAPEL |
ASOCIACIÓN CIVIL LUNA DE PAPEL |
145 |
$6.681.600,00 |
30-71774635-6 |
|
65 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 24 SENDERITOS DEL VALLE |
ASOCIACION CIVIL SENDERITOS DEL VALLE |
119 |
$5.483.520,00 |
30-71762646-6 |
|
66 |
ESCUELA TÉCNICA N° 26 GOBERNADOR ELIAS ADRE |
ASOCIACIÓN COOPERADORA COLEGIO N° 26 GOBERNADOR ELIAS ADRE |
244 |
$11.243.520,00 |
30-70777446-7 |
|
67 |
CENTRO EDUCATIVO N° 27 GOBERNADOR SANTIAGO BESSO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA CENTRO EDUCATIVO N° 27 GOBERNADOR SANTIAGO BESSO |
944 |
$43.499.520,00 |
30-70893701-7 |
|
68 |
COLEGIO N°27 DOCTOR ELEODORO LOBOS |
ASOCIACIÓN COOPERADORA COLEGIO N° 27 |
289 |
$13.317.120,00 |
30-70809726-4 |
|
69 |
ESCUELA TÉCNICA N° 34 ARISTIDES BRATTI |
ASOCIACIÓN COOPERADORA COLEGIO N° 34 |
470 |
$21.657.600,00 |
30-71141539-0 |
|
70 |
ESCUELA N° 159 PROVINCIA DE JUJUY |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCOLAR MARIANO MORENO |
600 |
$27.648.000,00 |
30-70833073-2 |
|
71 |
ESCUELA N° 165 MTRO. JULIAN BARROSO RODRIGUEZ |
ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LOS NIÑOS - ESCUELA N° 165 |
39 |
$1.797.120,00 |
30-71667628-1 |
|
72 |
ESCUELA N° 165 MTRO. JULIAN BARROSO RODRIGUEZ (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LOS NIÑOS - ESCUELA N° 165 |
15 |
$691.200,00 |
30-71667628-1 |
|
73 |
ESCUELA N° 169 GDRO. CANDIDO MIRANDA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 169 |
7 |
$322.560,00 |
30-71672827-3 |
|
74 |
ESCUELA N° 169 GDRO. CANDIDO MIRANDA (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 169 |
12 |
$552.960,00 |
30-71672827-3 |
|
75 |
ESCUELA N° 181 SAN JOSE DE CALASANZ |
ASOCIACIÓN COOPERADORA UNIDOS POR UN BIEN COMUN: “LOS NIÑOS” |
436 |
$20.090.880,00 |
30-70897428-1 |
|
76 |
ESCUELA N°197 TENIENTE MANUEL FELIX ORIGONE |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA AMIGOS DE LA ESCUELA |
43 |
$1.981.440,00 |
30-71058777-5 |
|
77 |
ESCUELA N°197 TENIENTE MANUEL FELIX ORIGONE (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA AMIGOS DE LA ESCUELA |
15 |
$691.200,00 |
30-71058777-5 |
|
78 |
ESCUELA N° 221 IRMA ROMERO DE PACHECO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA CORONEL NICASIO MERCAU |
268 |
$12.349.440,00 |
30-70940133-1 |
|
79 |
ESCUELA N° 225 MAESTRO PIO ROSARIO FLORES |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 225 |
168 |
$7.741.440,00 |
30-70833065-1 |
|
80 |
ESCUELA N°237 MAESTRA TRINIDAD CHIRINO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 237 MAESTRA TRINIDAD CHIRINO |
345 |
$15.897.600,00 |
30-70830370-0 |
|
81 |
ESCUELA N° 251 SANTIAGO DEL ESTERO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LA EDUCACION - ESCUELA N° 251 |
607 |
$27.970.560,00 |
30-70865288-8 |
|
82 |
ESCUELA N° 254 GDRO. DOMINGO LUCERO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 254 |
6 |
$276.480,00 |
30-71819264-8 |
|
83 |
ESCUELA N° 254 GDRO. DOMINGO LUCERO (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 254 |
8 |
$368.640,00 |
30-71819264-8 |
|
84 |
ESCUELA N° 277 CRUCERO GRAL. BELGRANO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA NIÑOS DE MI PATRIA ESCUELA N° 277 CRUCERO GENERAL BELGRANO |
7 |
$322.560,00 |
33-71725531-9 |
|
85 |
ESCUELA N° 277 CRUCERO GRAL. BELGRANO (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA NIÑOS DE MI PATRIA ESCUELA N° 277 CRUCERO GENERAL BELGRANO |
18 |
$829.440,00 |
33-71725531-9 |
|
86 |
ESCUELA N°288 ANTONIO ESTEBAN AGÜERO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA AMIGOS DE LA ESCUELA N° 288 |
402 |
$18.524.160,00 |
30-70932184-2 |
|
87 |
ESCUELA N° 320 DOCTOR NICOLAS AVELLANEDA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 320 - DR. NICOLAS AVELLANEDA |
143 |
$6.589.440,00 |
33-71238149-9 |
|
88 |
ESCUELA N° 384 GDRO. MARIANO DOMINGUEZ |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCOLAR ESCUELA N° 384 |
4 |
$184.320,00 |
30-71783112-4 |
|
89 |
ESCUELA N° 384 GDRO. MARIANO DOMINGUEZ (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCOLAR ESCUELA N° 384 |
11 |
$506.880,00 |
30-71783112-4 |
|
90 |
ESCUELA N°409 GDRO. MARCELINO RODRIGUEZ |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 409 |
27 |
$1.244.160,00 |
30-71074803-5 |
|
91 |
ESCUELA N°409 GDRO. MARCELINO RODRIGUEZ (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 409 |
8 |
$368.640,00 |
30-71074803-5 |
|
92 |
ESCUELA N° 417 GDRO. FLORENCIO NAVARRO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO |
184 |
$8.478.720,00 |
30-70923694-2 |
|
93 |
ESCUELA N°435 PUEBLO COMECHINGON |
COOPERADORA CRECER ESCUELA N° 435 |
413 |
$19.031.040,00 |
30-71109428-4 |
|
94 |
ESCUELA DE JORNADA COMPLETA N° 437 JUAN CRISOSTOMO LAFINUR |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ABRAHAM J. JOFRE |
57 |
$2.626.560,00 |
30-71026233-7 |
|
95 |
CENTRO DE EDUCACION ESPECIAL MERLO |
ASOCIACIÓN DE PADRES Y AMIGOS DE MIRLO |
67 |
$3.087.360,00 |
30-67346844-2 |
|
96 |
COLEGIO N°3 MANUEL BELGRANO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL COLEGIO PROVINCIAL N° 3 - GENERAL MANUEL BELGRANO |
561 |
$25.850.880,00 |
30-71444855-9 |
|
97 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 11 DORA DEL CARMEN ZABALA |
ASOCIACIÓN CIVIL COOPERADORA DE LA ESCUELA DE NIVEL INICIAL N° 11 RAYITO DE SOL |
173 |
$7.971.840,00 |
30-71557323-3 |
|
98 |
ESCUELA TÉCNICA N° 28 GENERAL JUAN MARTIN DE PUEYRREDON |
CONSEJO ESCOLAR INTERNO DEL COLEGIO N° 28 - GENERAL JUAN MARTIN DE PUEYRREDON |
387 |
$17.832.960,00 |
30-70847431-9 |
|
99 |
ESCUELA N° 94 GRANADERO FRANCISCO GATICA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA LA UNION HACE LA FUERZA |
6 |
$276.480,00 |
30-71801700-5 |
|
100 |
ESCUELA N° 94 GRANADERO FRANCISCO GATICA (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA LA UNION HACE LA FUERZA |
4 |
$184.320,00 |
30-71801700-5 |
|
101 |
ESCUELA N°104 DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 104 - DOMINGO FAUTINO SARMIENTO |
90 |
$4.147.200,00 |
30-70764454-7 |
|
102 |
ESCUELA N°213 MAESTROS SANLUISEÑOS |
ASOCIACIÓN COOPERADORA LA UNION HACE LA FUERZA |
21 |
$967.680,00 |
30-71801700-5 |
|
103 |
ESCUELA N°215 MINISTRO ANDRES MATILDE GARRO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 215 - MTRO. ANDRES MATILDE GARRO |
29 |
$1.336.320,00 |
33-70740631-9 |
|
104 |
ESCUELA N°249 CONRADO GARCIA TORRES |
ASOCIACIÓN COOPERADORA PROTECTORA DEL ALUMNO |
68 |
$3.133.440,00 |
30-67352621-3 |
|
105 |
ESCUELA N°107 CORNELIO SAAVEDRA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA PROTECTORA DEL ALUMNO |
4 |
$184.320,00 |
30-67352621-3 |
|
106 |
ESCUELA N°107 CORNELIO SAAVEDRA (GENERATIVO RURAL) |
ASOCIACIÓN COOPERADORA PROTECTORA DEL ALUMNO |
4 |
$184.320,00 |
30-67352621-3 |
|
107 |
ESCUELA N°357 MAXIMO CAMARGO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA PROVINCIAL N° 357 - MAXIMO CAMARGO |
415 |
$19.123.200,00 |
30-70865868-1 |
|
108 |
ESCUELA DE NIVEL INICIAL N°12 MI VALLE AZUL |
ASOCIACIÓN CIVIL 28 DE MAYO |
143 |
$6.589.440,00 |
33-71779900-9 |
|
109 |
CENTRO EDUCATIVO N° 19 SARMIENTO |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL CENTRO EDUCATIVO N° 19 SARMIENTO |
449 |
$20.689.920,00 |
30-70802980-3 |
|
110 |
ESCUELA TÉCNICA N° 29 COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL COLEGIO N° 29 COMANDANTE LUIS PIEDRA BUENA |
267 |
$12.303.360,00 |
30-70790562-6 |
|
111 |
ESCUELA TÉCNICA N° 32 JUAN PASCUAL PRINGLES |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA AGROTÉCNICA |
150 |
$6.912.000,00 |
30-70935789-8 |
|
112 |
ESCUELA TÉCNICA N° 33 PROFESOR GABINO PUELLES |
COOPERADORA DEL COLEGIO N° 33 PROFESOR GABINO PUELLES |
334 |
$15.390.720,00 |
30-71347130-1 |
|
113 |
ESCUELA N°50 EULALIO ASTUDILLO |
COOPERADORA 25 DE MAYO |
523 |
$24.099.840,00 |
30-70859772-0 |
|
114 |
ESCUELA N°95 VICTOR MERCANTE |
COOPERADORA GENERAL SAN MARTIN |
402 |
$18.524.160,00 |
30-70955828-1 |
|
115 |
ESCUELA N° 196 MAESTRA MARIA MITCHELL DE RAMIREZ |
ASOCIACIÓN CIVIL ESCUELA N° 196 - EL CALDEN |
31 |
$1.428.480,00 |
30-71775562-2 |
|
116 |
ESCUELA N°297 MAESTRO CELESTINO GOMEZ |
ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 297 - MAESTRO CELESTINO GOMEZ |
61 |
$2.810.880,00 |
33-70936181-9 |
|
117 |
ESCUELA N°315 MAESTRO GILBERTO AMIEVA PAIVA |
ASOCIACIÓN COOPERADORA ESCUELA N° 315 - MAESTRO GILBERTO AMIEVA PAIVA |
76 |
$3.502.080,00 |
30-70795383-3 |
|
29745 |
$1.370.649.600,00 |
||||
DECRETO N° 1096-ME-SPANE-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2020153/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3700135/26 obra renuncia de la señora Téc. MARIA EUGENIA BUTELER, D.N.I. Nº 29.201.831, al cargo de Directora de Coordinación Institucional PANE, dependiente de la Secretaría de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 02 de febrero de 2026, la renuncia de la señora Téc. MARIA EUGENIA BUTELER, D.N.I. Nº 29.201.831, al cargo de Directora de Coordinación Institucional PANE dependiente de la Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar - PANE.-
Art. 2º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.) y a la interesada.-
Art. 3º.-El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Estado Programa Alimentario Nutricional Escolar – PANE y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 4º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Laura Soledad Capaldo
Guillermo Fabián Araujo
SECRETARÍA GENERAL DE GOBERNACIÓN
DECRETO Nº 958-SGG-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1120355/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 843-SGG-2023, se homologo el Contrato de Prestación de Servicios, correspondiente al señor Carlos Manuel Ponce, D.N.I. Nº 45.141.459, para cumplir funciones en el Ministerio de Educación, conforme surge de act. DOCEXT 99920/26;
Que mediante nota obrante en act. DOCEXT 3690326/26, presenta su renuncia al mencionado Contrato;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Aceptar, a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por el señor Carlos Manuel Ponce, D.N.I. N° 45.141.459 al Contrato de Prestación de Servicios, homologado por Decreto N° 843-SGG-2023.-
Art. 2°.- Hacer saber a: Ministerio de Educación, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1122-SGG-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1070430/26; y,
CONSIDERANDO:
Que en adjunto de act. PASGG 1645238/26 obra Decreto N° 1145-SGG-2025, de fecha 04 de febrero de 2025, que estableció por el término de un año, el adicional por Responsabilidad Funcional en los haberes mensuales de la señora Sandra Isabel Pardo, D.N.I. N° 20.382.009, Categoría “A”, Planta Permanente del Escalafón General, del ex Ministerio de Desarrollo Social, que presta servicios en la Secretaría Privada de la Gobernación, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación;
Que en act. DOCEXT 99879/26 obra Situación de Revista de la agente;
Que en act. INFORM 430511/26 la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, informa el costo presupuestario;
Que en act. INFORM 430517/26 se detalla la partida presupuestaria con la que se atenderá el presente gasto;
Que en act. NOTAMP 953046/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrogar por el término de UN (1) año, un adicional denominado Responsabilidad Funcional del sueldo básico de la categoría que ostenta la agente Sandra Isabel Pardo D.N.I. N° 20.382.009, Categoría “A”, Planta Permanente del Escalafón General, del ex Ministerio de Desarrollo Social, que presta servicios en la Secretaría Privada de la Gobernación, dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, el cual tendrá carácter no remunerativo y no bonificable, otorgado por Decreto N° 1145-SGG-2025, conforme cálculo obrante en act. INFORM 430511/26.-
Art. 2°.- Imputar el gasto a la siguiente Partida Presupuestaria del Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
Inst. Jur. U.E. Fte.Fto. C.Prog. Ac. Inc.
1 16 10 1-01 01 01 1
Art. 3º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Secretaría Privada de la Gobernación y a la interesada.-
Art. 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 5°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1257-SGG-2026.-
San Luis, 10 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-2030663/26; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de act. DOCEXT 1134685/26 la Dirección de Personas Jurídicas, dependiente del Ministerio de Gobierno, solicita dar por concluido el Contrato de Prestación de Servicios correspondiente al señor Enzo Nicolás Belzunce, D.N.I. N° 35.766.930;
Que el mencionado Contrato fue homologado mediante Decreto N° 12581-SGG-2024 y prorrogado por Decreto N° 23599-SGG-2025;
Que en act. PASGEN 1134725/26 presta conformidad el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Dar por concluido. a partir del 03 de febrero de 2026, el Contrato de Prestación de Servicios del señor Enzo Nicolás Belzunce, D.N.I. N° 35.766.930, homologado por Decreto N° 12581-SGG-2024.-
Art. 2º.- Hacer saber a: Ministerio. de Gobierno, Dirección de Personas Jurídicas, Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto de Firma Digital de la provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 4°.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Romina Andrea Carbonell
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
DECRETO Nº 973-MDH-2026.-
San Luis, 30 de Enero del 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-7080882/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. NOTAMP 895548/25 obra solicitud de homologación de Convenios Marco y Específico de Colaboración, obrantes en acts. DOCEXT 368016/25 y DOCEXT 368018/25;
Que el Convenio Marco y el Convenio Especifico de fecha 23 de septiembre de 2025, fueron suscriptos entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. Gustavo Antonio Bertolini, D.N.I. Nº 14.137.893, y la Fundación ARCOR, representada por la Gerente de Impacto Social Señora Mónica Beatriz Camisasso, D.N.I. Nº 22.663.348;
Que el Convenio Marco obrante en act. DOCEXT 368016/25, tiene por objeto principal establecer un marco de colaboración, cooperación y asistencia técnica y académica contribuyendo al desarrollo de capacitaciones consideradas de interés común;
Que el Convenio Específico obrante en act. DOCEXT 368018/25, tiene por objeto la colaboración con el desarrollo de iniciativas que promuevan oportunidades educativas en la provincia de San Luis en el marco de capacitaciones virtuales con anclaje territorial;
Que en act. DICTAM 101395/26, obra intervención de la Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Humano;
Que en act. NOTAMP 951906/26, ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia;
Que en act. DICFIS 166144/26, ha tomado intervención Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Homologar el Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. Gustavo Antonio Bertolini, D.N.I. Nº 14.137.893, y la Fundación ARCOR, representada por la Gerente de Impacto Social Señora Mónica Beatriz Camisasso, D.N.I. Nº 22.663.348, obrante en act. DOCEXT 368016/25.-
Art. 2º.- Homologar el Convenio Específico celebrado entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano, Lic. Gustavo Antonio Bertolini, D.N.I. Nº 14.137.893, y la Fundación ARCOR, representada por la Gerente de Impacto Social Señora Mónica Beatriz Camisasso, D.N.I. Nº 22.663.348, obrante en act. DOCEXT 368018/25.-
Art. 3º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 4º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a la Fundación ARCOR.-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1124-MDH-2026.-
San Luis, 4 de Febrero del 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1300172/26, y;
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar en el cargo de Director Personas Mayores del Ministerio de Desarrollo Humano;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto en el cargo de Director Personas Mayores del Ministerio de Desarrollo Humano, a la Señora INGRID ROSA BLUMENCWEIG, D.N.I. Nº 10.202.433.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Personas Mayores y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1185-MDH-2026.-
San Luis, 6 de Febrero del 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1300190/26, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 366714/26 obra renuncia presentada por la señora CLAUDIA ALEJANDRA LOPEZ, D.N.I. Nº 18.614.593, al cargo de Jefe de Área Seguimiento Proyección y Evaluación de Casos dependiente de la Subdirección Atención Integral a la Victima de Violencia de la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano, designada por Decreto Nº 581-MDH-2023;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar a partir de la fecha del presente Decreto, la renuncia presentada por la señora CLAUDIA ALEJANDRA LOPEZ, D.N.I. Nº 18.614.593, al cargo de Jefe de Área Seguimiento Proyección y Evaluación de Casos dependiente de la Subdirección Atención Integral a la Victima de Violencia de la Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad del Ministerio de Desarrollo Humano, designada por Decreto Nº 581-MDH-2023.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis, Dirección Integral de la Mujer, Género y Diversidad y a la interesada.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gustavo Antonio Bertolini
MINISTERIO DE GOBIERNO
SECRETARÍA DE ASUNTOS INSTITUCIONALES
Y ENLACE PARLAMENTARIO
DECRETO Nº 1012-MG-SAIyEP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11270511/25, por el cual se tramita la homologación de Contrato de Servicios; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3668146/25, obra Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor JOSE ANTONIO GIRAUDO, D.N.I. Nº 24.739.874, en su carácter de Secretario de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario y la C.P.N. SANDRA HAYDEE UCELAY LOMBARDI, D.N.I. Nº 23.066.117, para cumplir funciones como asesora administrativa-contable y presupuestaria en la Secretaria de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario;
Que el mencionado contrato tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026;
Que en act. PREV 11258907/26, obra comprobante de imputación preventiva del gasto por un monto de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($3.300.000,00);
Que en act. DICLEG 47897/25, obra dictamen legal de la Asesoría Legal del Ministerio de Gobierno;
Que en act. NOTAMP 955192/26, toma intervención Contaduría General de la Provincia encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54 y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004;
Que en act. DICFIS 165343/25, toma vista Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, en el Art. 100 Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 2º.- Homologar el Contrato de Servicios suscripto entre el Estado de la Provincia de San Luis, representado por el señor JOSE ANTONIO GIRAUDO, D.N.I. Nº 24.739.874, en su carácter de Secretario de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario y la C.P.N. SANDRA HAYDEE UCELAY LOMBARDI, D.N.I. Nº 23.066.117, para cumplir funciones como asesora administrativa-contable y presupuestaria en la Secretaria de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario, por la otra, obrante en act. DOCEXT 3668146/25.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Ac. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc Importe
1 12 30 01 03 1-01 3 4 4 $3.300.000,00
Art. 4º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-٠٢٥٦-٢٠٠٤.-
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado. -
Art. 6º.- Hacer saber a: Secretaria de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario, Contaduría General de la Provincia; Tesorería General de la Provincia, y a la interesada. -
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, el señor Secretario de Estado de Asuntos Institucionales y Enlace Parlamentario y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública. -
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Gonzalo Federico Amondarain
José Antonio Giraudo
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO
SECRETARÍA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD
DECRETO Nº 1015-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12300529/25 por el cual se tramita la Homologación de Contratos de Servicios suscriptos oportunamente; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 383323/26 obra nómina de personas a quienes se les tramita homologación de Contratos de Servicios;
Que en act. DOCEXT 384427/26 obran los Contratos de Servicios celebrados entre el Gobierno de la provincia de San Luis, representado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, por una parte, y las personas que prestarán servicios en las diferentes dependencias de esta Secretaría, por la otra, por el período comprendido entre el 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026, conforme a lo establecido en la cláusula cuarta de los mencionados contratos, siendo que de los mismos, veintisiete (27) contratos corresponden a prestaciones en el área de Equinoterapia, uno (1) en Comunicación Institucional, cuatro (4) en Asesoría Legal, uno (1) en Asesoría Contable, y dos (2) en Mesa de Entrada;
Que en act. PREV 11264397/26 obra imputación preventiva con excepción del duodécimo por el monto de PESOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA MIL CON 00/100 ($88.050.000,00) para afrontar el gasto que demande la contratación;
Que en act. NOTAMP 953999/26 obra intervención legal emitida por la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad informando que no tiene objeciones que formular al trámite;
Que en act. NOTAMP 954849/26, obra intervención de Contaduría General de la Provincia informando que correspondería el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que homologue los contratos adjuntos, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92º del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, con deslinde de responsabilidades por aplicación de los Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025;
Que en act. DICFIS 166377/26 obra vista de Fiscalía de Estado;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92º del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100º Inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013.-
Art. 2º.- Homologar los Contratos de Servicios obrantes en act. DOCEXT 384427/26, cuya vigencia es a partir del 01 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026.-
Art. 3º.- Imputar el presente gasto a la siguiente partida presupuestaria:
Ins. Jur. U.E. Pr. D1. D2. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 16 20 26 1 01 3 4 9 $88.050.000,00
Art. 4º.- Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.- Dar intervención al Honorable Tribunal de Cuentas y a Contaduría General de la Provincia, en los términos del Art. 54º y subsiguientes de la Ley Nº VIII-0256-2004 y exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025.-
Art. 6º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia y Tesorería General de la Provincia y al Ministerio de Desarrollo Humano.-
Art. 7º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública
Art. 8º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1076-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12090016/25; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Sub-Área Salud y Calidad de Vida dependiente de la Dirección de Gestión y Administración de Recursos dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la firma del presente Decreto a la Sra. RAMONA ROSA BAIGORRIA, D.N.I. Nº 21.005.762, en el cargo de Jefe de Sub-Área Salud y Calidad de Vida dependiente de la Dirección de Gestión y Administración de Recursos dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad.
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1077-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12090023/25; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Sub-Área Capacitación, Formación Continua y Educación Sexual dependiente de la Sub-Dirección Inclusión, Vinculación, y Protección de la Educación dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la firma del presente Decreto, a la Sra. JOANA ANDREA GONZALEZ, D.N.I. Nº 33.281.083, en el cargo de Jefa Sub-Área Capacitación, Formación Continua y Educación Sexual dependiente de la Sub-Dirección Inclusión, Vinculación, y Protección de la Educación dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1078-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-1210413/26; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Área Redes de Vinculación con Organismos Públicos y ONG dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente Decreto, al Sr. OSVALDO GUILLERMO VIU, D.N.I. Nº 26.214.198, en el cargo de Jefe de Área Redes de Vinculación con Organismos Públicos y ONG dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1079-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12090017/25; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Sub-Área Accesibilidad, Logística, Transporte y Soluciones Habitacionales dependiente del Área Redes de Vinculación con Organismos Públicos y ONG dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la firma del presente Decreto, al Sr. DARIO FEDERICO CASADIDIO, D.N.I. Nº 33.067.206, en el cargo de Jefe de Sub-Área Accesibilidad, Logística, Transporte y Soluciones Habitacionales dependiente del Área Redes de Vinculación con Organismos Públicos y ONG dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1080-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12090013/25; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Dirección de Juan Martín de Pueyrredón dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto al Sr. OMAR ALBERTO BURNET, D.N.I. Nº 22.736.667, en el cargo de Director de Juan Martín de Pueyrredón dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1081-MDH-SPD-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-12090026/25; y,
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario designar el cargo de Sub-Área Inclusión, Concientización y Difusión de Actividades para Personas con Discapacidad dependiente del Área Cultura, Deporte Adaptado y Recreación dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Designar, a partir de la firma del presente Decreto, a la Sra. MARIA ANTONELLA CASTRO, D.N.I. Nº 42.562.246, en el cargo de Jefe Sub-Área Inclusión, Concientización y Difusión de Actividades para Personas con Discapacidad dependiente del Área Cultura, Deporte Adaptado y Recreación dependiente de la Secretaría de Estado de Personas con Discapacidad.-
Art. 2º.- Hacer saber a Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Personas con Discapacidad, el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Humano y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Luis Marcelo Giraudo
Gustavo Antonio Bertolini
Néstor Alberto Ordoñez
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
DECRETO Nº 1043-SGG-SAyDS-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1200453/26; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 19694-SGG-SAyDS- 2025, el Técnico ANIBAL VALENTÍN CATTANEO, D.N.I. Nº 14.467.081, fue designado en el cargo de Director de Gestión Ambiental de Residuos y Economía Circular de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable;
Que en act. DOCEXT 3826109/26 obra nota de presentación de renuncia a la Dirección de Gestión Ambiental de Residuos y Economía Circular de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar a partir de la fecha del presente decreto, la renuncia presentada por el Técnico ANIBAL VALENTÍN CATTANEO, D.N.I. Nº 14.467.081, en el cargo de Director de Gestión Ambiental de Residuos y Economía Circular de la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable. -
Art. 2º.- Hacer saber a: Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General de la Provincia, Dirección Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P), Instituto de Firma Digital de la Provincia de San Luis y al interesado.-
Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable y la señora Secretaria General de la Gobernación.-
Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Javier Cacace
Romina Andrea Carbonell
DECRETO Nº 1167-SGG-SAyDS-2026.-
San Luis, 6 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-1150433/26, por el cual la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable tramita Creación de Recursos con Disminución de Activos Financieros correspondientes al ejercicio 2025; y,
CONSIDERANDO:
Que en act. CERFYR 1497630/26 obra informe de saldo disponible para Disminución de Activos Financieros emitido por la Dirección de Finanzas y Recursos dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que la Planilla de Solicitud de Transferencias de Créditos Presupuestarios se encuentra en act. PTPREC 57615/26 debidamente conformada;
Que en act. INFORM 431960/26 obra informe de la Dirección de Presupuesto Público, encuadrando el presente caso en lo establecido en los Artículos 9º y 10º de la Ley Nº VIII-0253-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en lo establecido en los Artículos 9º y 10º de la Ley Nº VIII-0253-2025.-
Art. 2º.- Modificar en el Presupuesto vigente los Recursos que a continuación se detallan:
Crear:
1- Recursos de la Administración Central
3- Fuentes Financieras
5- Disminución de Disponibilidades
1- Disminución de Caja y Banco
22-Disminución Activos Financieros -
Residuos Peligrosos Ley Nº XI-0335-2004 $423.910.950,76
23-Disminución Activos Financieros- Fondo Forestal
Ley NºIX-٠٣١٩-٢٠٠٤ $70.104.447,93
24-Disminución Activos Financieros- Fondo Caza y
Pesca Actividades Náuticas Ley Nº IX-0317-2004 $155.839.634,40
25-Disminución de Activos Financieros- Fondo Especial
de Sanidad Vegetal $20.325.236,00
26-Disminución de Activos Financieros-
Evaluación Impacto Ambiental 4 43.696.868,55
27-Disminución Activos Financieros-
Fondo Ley Nº IX-0697-2009 Bosques Nativos $1.108.874.541,01
28-Disminución de Activos Financieros- Fondo
Fortalecimiento Institucional Ley Nº IX-0697-2009 $7.430.131,15
Art. 3º.- Modificar en el Presupuesto vigente las siguientes partidas presupuestarias:
Crear:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 26 27 4-40 3-32 2 $137.428.200,76
1 10 26 27 4-40 3-32 3 $215.608.350,00
1 10 26 27 4-40 3-32 4 $48.686.400,00
1 10 26 27 4-40 3-32 5 8 6 $22.188.000,00
Fte. Financiamiento: 3-32- Disminución Activos Financieros – Residuos Peligrosos Ley NºXI-0335-2004
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 32 48 4-40 3-33 2 $2.104.447,93
1 10 32 48 4-40 3-33 3 $47.000.000,00
1 10 32 48 4-40 3-33 4 $21.000.000,00
Fte. Financiamiento: 3-33- Disminución Activos Financieros- Fondo Forestal Ley NºIX-0319-2004
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 30 32 4-40 3-34 2 $71.839.634,40
1 10 30 32 4-40 3-34 3 $70.000.000,00
1 10 30 32 4-40 3-34 4 $14.000.000,00
Fte. Financiamiento: 3-34- Disminución Activos Financieros- Fondo Caza y Pesca Actividades Náuticas Ley NºIX-0317-2004
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 27 28 4-40 3-35 2 $4.325.236,00
1 10 27 28 4-40 3-35 3 $11.000.000,00
1 10 27 28 4-40 3-35 4 $5.000.000,00
Fte de Financiamiento: 3-35 –Disminución de Activos Financieros-Fondo Especial de Sanidad Vegetal
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 27 28 4-40 3-36 2 $25.000.000,00
1 10 27 28 4-40 3-36 3 $13.696.868,55
1 10 27 28 4-40 3-36 4 $5.000.000,00
Fte de Financiamiento: 3-36 –Disminución de Activos Financieros-Evaluación de Impacto Ambiental
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 32 49 4-40 4-29 2 $7.430.131,15
Fte. de Financiamiento: 4-29- Disminución Activos Financieros-Fondo Ley Nº IX-0697-2009 Bosques Nativos
Ins. Jur. U.E. Prog. Fin.Fun. Fte.Fto. Inc. Prin. Parc. Importe
1 10 32 49 4-40 4-30 3 $333.321.078,01
1 10 32 49 4-40 4-30 4 $15.000.000,00
1 10 32 49 4-40 4-30 5 1 $760.553.463,00
Fte. de Financiamiento 4-30- Disminución de Activos Financieros-Fondo Fortalecimiento Institucional Ley NºIX-0697-2009
Art. 4º.- Disponer que, las partidas y el recurso a crear, poseen fuente de financiamiento con afectación específica, los que por ley solo pueden utilizarse para financiar exclusivamente dichos gastos.-
Art. 5º.- Hacer saber a Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia y a Dirección de Presupuesto Público dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable, la señora Secretaria General de la Gobernación y el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Federico Javier Cacace
Romina Andrea Carbonell
Néstor Alberto Ordoñez
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DECRETO Nº 951-MHIP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12230179/25, por el cual se tramita la homologación de los Contratos de Servicios obrantes en act. CONSER 1488176/25, y;
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública del Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el señor Director de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética CORRADO ASTORRE COMASTRI D.N.I. Nº 14.609.842, contrata los servicios de los señores: MARIA PIA ANDREINI, D.N.I. Nº 33.534.652; IVAN EMANUEL PAGANI, D.N.I. Nº 28.432.584; SANTIAGO ELIAS BERG, D.N.I. Nº 40.231.810; DARIO NORBERTO OROZCO, D.N.I. Nº 25.565.122; WALTER EDUARDO OGAS, D.N.I. Nº 37.639.164; MATIAS RIVAROLA, D.N.I. Nº 36.987.218; CRISTIAN JOSE GARCIA, D.N.I. Nº 26.278.524; CAMILA GIMENEZ BIANCHI, D.N.I. Nº 36.227.683; ARIEL CESAR HUMEREZ COLQUE, D.N.I. Nº 95.201.744; GERARDO MARTIN NIETO, D.N.I. Nº 21.382.217; PABLO JAVIER OGAS, D.N.I. Nº 32.038.662; JAVIER AGUSTIN VILLEGAS, D.N.I. Nº 35.105.953; RONIO GUAYCOCHEA, D.N.I. Nº 14.651.993; ANTONIO LEANDRO LORENZO, D.N.I. Nº 37.639.067; RAMIRO ANDRES ECHENIQUE, D.N.I. Nº 30.345.970; JOHANA DANIELA CAMILLI, D.N.I. Nº 31.047.668 y SILVIA ANDREA DE PASQUALE, D.N.I. Nº 28.184.496 para que desarrollen tareas que se les asignen dentro de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética;
Que los contratos en cuestión según la Cláusula Segunda tendrán vigencia a partir del 01 febrero de 2026 y hasta el 30 de abril de 2026;
Que en la Cláusula Tercera de cada contrato se establece el monto a percibir por los contratados;
Que en act. PREV 11264275/26 obra comprobante de imputación preventiva para el presente ejercicio por la suma de PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100 ($66.300.000,00) con excepción del duodécimo;
Que en act. ACTPAS 1644027/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 953912/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, encuadrando el presente en el inc. k) de las excepciones previstas en el Art. 92 del Decreto 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025, Art. 24 inc. g) y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, sustituido mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. 1º del Decreto Nº 24295-MHIP-2025, exceptuar del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, sustituido en su parte pertinente por el Decreto Nº 784-MHP-2009;
Que en act. DICFIS 166292/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que el presente caso encuentra su encuadre legal en lo normado en las disposiciones del Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto 08-MHIP-2025, debiendo exceptuarse de las disposiciones del Art. 106 del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por Decreto Nº 784-MHP-2009, a la Sra. SILVIA ANDREA DE PASQUALE, D.N.I. Nº 28.184.496, en virtud de las razones expuestas en actuación NOTAMP 950853/25;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las excepciones del Art. 92 inc. k) del Decreto Nº 2863-MC-2004, modificado por el Decreto Nº 08-MHIP-2025 y Art. 100 inc. f) de la Ley Nº VIII-0256-2004, modificada mediante la Ley Nº VIII-0867-2013, exceptuándolo de lo dispuesto en el Art. Nº 1 del Decreto Nº 24295-MHIP-2025, exceptuando de las disposiciones del Art. 106 inc. a) a la Sra. SILVIA ANDREA DE PASQUALE, D.N.I. Nº 28.184.496 del Decreto Nº 2863-MC-2024, modificado por el Decreto Nº 784-MHP-2009.-
Art. 2º.-Homologar los Contratos de Servicios obrantes en act. CONSER 1488176/25, suscriptos entre el Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública del Gobierno de la Provincia de San Luis, representado por el señor Director de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética CORRADO ASTORRE COMASTRI D.N.I. Nº 14.609.842, y los señores: MARIA PIA ANDREINI, D.N.I. Nº 33.534.652; IVAN EMANUEL PAGANI, D.N.I. Nº 28.432.584; SANTIAGO ELIAS BERG, D.N.I. Nº 40.231.810; DARIO NORBERTO OROZCO, D.N.I. Nº 25.565.122; WALTER EDUARDO OGAS, D.N.I. Nº 37.639.164; MATIAS RIVAROLA, D.N.I. Nº 36.987.218; CRISTIAN JOSE GARCIA, D.N.I. Nº 26.278.524; CAMILA GIMENEZ BIANCHI, D.N.I. Nº 36.227.683; ARIEL CESAR HUMEREZ COLQUE, D.N.I. Nº 95.201.744; GERARDO MARTIN NIETO, D.N.I. Nº 21.382.217; PABLO JAVIER OGAS, D.N.I. Nº 32.038.662; JAVIER AGUSTIN VILLEGAS, D.N.I. Nº 35.105.953; RONIO GUAYCOCHEA, D.N.I. Nº 14.651.993; ANTONIO LEANDRO LORENZO, D.N.I. Nº 37.639.067; RAMIRO ANDRES ECHENIQUE, D.N.I. Nº 30.345.970; JOHANA DANIELA CAMILLI, D.N.I. Nº 31.047.668 y SILVIA ANDREA DE PASQUALE, D.N.I. Nº 28.184.496 para que desarrollen tareas que se les asignen dentro de la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética.-
Art. 3º.-Imputar el gasto a la siguiente partida del presupuesto vigente:
Ins. Jur. U.E. Prog. Fte.Fto. Inc. Ppal. Parc. Importe
1 11 24 06 1-01 3 4 9 $66.300.000,00
Art. 4º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 5º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública y a la Dirección de Infraestructura Hídrica y Energética, quién notificará a los interesados.-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 952-MHIP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12031092/25, por el cual tramita la designación del docente DOMINGO PAUL MORENO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MYRIAM ALICIA CRETA, D.N.I. Nº 20.420.014, según Decreto Nº 18918-ME-2025, se torna necesario designar, al docente DOMINGO PAUL MORENO, D.N.I. Nº 38.751.689, en DOS (2) hs. cátedra de Espacio de Opción Institucional -Perfil Economía y Administración-, en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3665697/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de diciembre de 2025, al docente DOMINGO PAUL MORENO, D.N.I. Nº 38.751.689, en DOS (2) hs. cátedra de Espacio de Opción Institucional -Perfil Economía y Administración-, en 4to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 953-MHIP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-7281302/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente MARIA BELEN GOMEZ y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3546061/25, 3562972/25 y 1493358/26, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente MARIA BELEN GOMEZ D.N.I. Nº 26.278.472, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 5155-MHP-2016 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. INFORM 422857/25, la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 21 de julio de 2025;
Que en act. INFSUM 178950/25, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 21 de julio de 2025, la renuncia por razones particulares presentada por la docente titular, MARIA BELEN GOMEZ, D.N.I. Nº 26.278.472, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 23 “Umberto Rodríguez Saa,” de la ciudad de Juana Koslay, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art.2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 954-MHIP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-6032100/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente LUCIA FERNANDA SUAREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 1740-MHIP-2025, de fecha 25 de febrero de 2025, se designó con carácter suplente, a partir del 24 de octubre de 2024 y hasta el 20 de abril de 2025, a la docente LUCIA FERNANDA SUAREZ, D.N.I. Nº 41.123.618, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco;
Que la docente designada continuó prestando servicios desde el 21 de abril de 2025 y hasta el 12 de mayo de 2025, por lo que se hace necesario reconocer los servicios prestados en el período antedicho, a los fines de regularizar su situación;
Que en acts. DOCEXT 3665701/25 y 1476703/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito dictado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 24 de octubre de 2024 y cese de fecha 12 de mayo de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 21 de abril de 2025 y hasta el 12 de mayo de 2025, por la docente LUCIA FERNANDA SUAREZ D.N.I. 41.123.318, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 251 “Santiago del Estero”, de la ciudad de Tilisarao, departamento Chacabuco.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 955-MHIP-2026.-
San Luis, 29 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12031097/25, por el cual tramita la designación del docente GONZALO JOSE OVIEDO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina-titular MYRIAM ALICIA CRETA, D.N.I. Nº 20.420.014, según Decreto Nº 18918-ME-2025, se torna necesario designar, al docente GONZALO JOSE OVIEDO, D.N.I. Nº 37.875.377, en DOS (2) hs. cátedra de Espacio de Opción Institucional -Perfil Economía y Administración-, en 5to. año 1ra. división, y CUATRO (4) hs. cátedra de Sistema de Información Contable en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3665695/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de diciembre de 2025, al docente GONZALO JOSE OVIEDO, D.N.I. Nº 37.875.377, en DOS (2) hs. cátedra de Espacio de Opción Institucional -Perfil Economía y Administración-, en 5to. año 1ra. división, y CUATRO (4) hs. cátedra de Sistema de Información Contable en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 987-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12021125/25, por el cual tramita la designación del docente ALEXIS DAVID GALLI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 3795-ME-2021 y 4257-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, al docente ALEXIS DAVID GALLI, D.N.I. Nº 28.912.777, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3664398/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 02 de diciembre de 2025, al docente ALEXIS DAVID GALLI, D.N.I. Nº 28.912.777, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 2do. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 988-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10311131/25, por el cual la Dirección del Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente YANINA FATIMA REY, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3637280/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente YANINA FATIMA REY, D.N.I. Nº 29.621.907, de suplente a interino, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular CLAUDIA MABEL PACULNIS, según Decreto Nº 10870-MHP-2022;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de septiembre de 2022, de la docente YANINA FATIMA REY, D.N.I. Nº 29.621.907, de suplente a interina, en OCHO (8) horas cátedra de Matemática, 4 hs. en 4to. año 3ra. división, Orientación Ciencias Naturales y 4 hs. en 4to.año 4ta. división, Orientación Ciencias Sociales, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 1 “Juan Crisóstomo Lafinur” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 989-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040568/25, por el cual tramita la designación de la docente FLORENCIA MARIA BELEN MORAN, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo de Nivel Secundario “C.E.N.S.” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 3795-ME-2021 y 8478-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente FLORENCIA MARIA BELEN MORAN, D.N.I. Nº 32.039.220, en CINCO (5) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración y 2 hs. en 3er. año 2da. división Orientación Ciencias Naturales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3666094/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de octubre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de octubre de 2025, a la docente FLORENCIA MARIA BELEN MORAN, D.N.I. Nº 32.039.220, en CINCO (5) horas cátedra de Historia, 3 hs. en 1er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración y 2 hs. en 3er. año 2da. división Orientación Ciencias Naturales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo de Nivel Secundario “C.E.N.S.” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 990-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10280283/25, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 77 “Maestros Puntanos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente CECILIA ANABELLA FORGIA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3632073/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente CECILIA ANABELLA FORGIA, D.N.I. Nº 36.543.498, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular MARCELA INES FERNANDEZ, según Decreto Nº 18616-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 20 de octubre de 2025, de la docente CECILIA ANABELLA FORGIA, D.N.I. Nº 36.543.498, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 77 “Maestros Puntanos” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 991-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10201032/25, por el cual la Dirección del Ente Control de Rutas, tramita la adjudicación de la Licitación Pública Nº 04-DECR-2025, y;
CONSIDERANDO:
Que la misma fue autorizada por Decreto Nº 20746-MHIP-2025 de fecha 07 de noviembre de 2025, obrante en act. DEC 20746/25, para contratar la ejecución de la obra denominada: RECONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE 105 LOSAS SOBRE AUº “DE LAS SERRANÍAS PUNTANAS” - R.N. Nº 7, CALZADA SUR Y NORTE, PROG. 658+600,00 HASTA PROG. 659+600,00 TRAMO: JUSTO DARACT – LIMITE PROV. DEPARTAMENTO: GRAL PEDERNERA PROVINCIA: SAN LUIS, por un presupuesto oficial de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 ($367.500.000,00);
Que en act. DOCEXT 1471628/25 obra constancia de publicaciones de los edictos en la forma y por los términos de la Ley;
Que de acuerdo al Acta de Protocolo Especial de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de San Luis de fecha 25 de noviembre de 2025, obrante en act. DOCEXT 1471647/25, se recepcionaron dos propuestas: primera presentada por la firma CONSTRUCCIONES MyV S.A., que cotiza por la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO CON 51/100 ($345.340.271,51), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1471799/25 y documentación obrante en acts. DOCEXT 1471803/25, DOCEXT 1471801/25 y DOCEXT 1481007/25; y segunda presentada por la firma JORMA S.A., que cotiza por la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CON 18/100 ($330.341.900,18), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1471807/25 y documentación obrante en acts. DOCEXT 1471809/25, DOCEXT 1471657/25 y DOCEXT 1481004/25;
Que la Comisión de Estudio designada por Resolución Nº 3250-MHIP-2025 de fecha 09 de diciembre de 2025 obrante en act. RESMIN 943390/25, emite informes en acts. DOCEXT 1486334/25, DOCEXT 1484480/25, DOCEXT 1484484/25, DOCEXT 1484485/25, DOCEXT 1484776/25 y DOCEXT 1484777/25, manifestando que la oferta de JORMA S.A. se ajusta a lo solicitado y se considera como mejor planteo técnico;
Que se establece un plazo para la ejecución de obra de CIENTO VEINTE (120) días corridos;
Que en act. NOTAMP 950198/25 la Dirección del Ente Control de Rutas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, considera conveniente adjudicar la Licitación Pública Nº 04-DECR-2025 a la firma JORMA S.A., correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1471807/25 y documentación en acts. DOCEXT 1471809/25, DOCEXT 1471657/25 y DOCEXT 1481004/25;
Que en act. CERFYR 1445815/25 la Subdirección de Bancos y Control de Recursos, certifica que la Dirección del Ente Control de Rutas cuenta con fondos suficiente para la ejecución de obra tramitada;
Que en act. ACTPAS 1644079/26 obra dictamen de la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. NOTAMP 951716/26 ha tomado intervención Contaduría General de la Provincia dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. DICFIS 166122/26 obra vista de Fiscalía de Estado, manifestando que se estaría en condiciones de dictarse el pertinente acto administrativo que apruebe lo actuado y adjudique la presente licitación de la forma que estime más conveniente a los intereses del Estado Provincial, con sustento legal en lo dispuesto por los Arts. 12, 18 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decretos complementarios;
Que en act. DOCEXT 1494416/26 obra Certificado de Habilitación de la firma a favor de la cual se aconseja la adjudicación;
Que corresponde delegar en el señor Director del Ente Control de Rutas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, la suscripción del respectivo Contrato de Obra Pública conforme modelo que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, debiendo acreditarse previo a la firma la integración de toda documentación exigida por el Art. 22 de la Ley Nº VIII-0257-2004;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones de los Arts. 12, 18 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y Decretos complementarios.-
Art. 2º.-Aprobar el trámite efectuado por la Dirección del Ente Control de Rutas, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, en la Licitación Pública Nº 04-DECR-2025 para contratar la ejecución de la obra denominada: RECONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE 105 LOSAS SOBRE AUº “DE LAS SERRANÍAS PUNTANAS” - R.N. Nº 7, CALZADA SUR Y NORTE, PROG. 658+600,00 HASTA PROG. 659+600,00 TRAMO: JUSTO DARACT –LIMITE PROV. DEPARTAMENTO: GRAL PEDERNERA PROVINCIA: SAN LUIS.-
Art. 3º.-Adjudicar la Licitación Pública Nº 04-DECR-2025 de la obra a que se hace referencia en el Art. 2º a la firma JORMA S.A., por la suma de de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CON 18/100 ($330.341.900,18), correspondiente a su oferta obrante en act. DOCEXT 1471807/25 y documentación obrante en acts. DOCEXT 1471809/25, DOCEXT 1471657/25 y DOCEXT 1481004/25.-
Art. 4º.-Aprobar en todas sus partes el modelo de Contrato de Obra Pública, que como anexo forma parte integrante del presente Decreto, a suscribirse entre el Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis y la firma JORMA S.A., en el marco de la Licitación Pública Nº 04-DECR-2025 para contratar la ejecución de la obra referida en el Art. 2º del presente Decreto.-
Art. 5º.-Autorizar al señor Director del Ente Control de Rutas dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, ARIEL ALEJANDRO PAEZ QUIROGA, D.N.I. Nº 28.838.442 a suscribir el Contrato de Obra Pública, conforme al modelo aprobado en el artículo precedente, en representación del Poder Ejecutivo de la provincia de San Luis, previo cumplimiento y con estricta sujeción a lo establecido en el Art. 22 y concordantes de la Ley Nº VIII-0257-2004 y su Decreto Reglamentario, dejando establecido el inicio de la obra a partir de la suscripción de dicho Contrato.-
Art. 6º.-La erogación que demande la contratación de la obra mencionada en el Art. 2º, se efectivizara con fondos de la Dirección del Ente Control de Rutas.-
Art. 7º.-Notificar a Fiscalía de Estado.-
Art. 8º.-Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Subdirección de bancos y Control de Finanzas, Tesorería General de la Provincia, Dirección General de Infraestructura Pública, Dirección del Ente de Control de Rutas y a las firmas oferentes.-
Art. 9º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.-
Art. 10.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
ANEXO
CONTRATO DE OBRA PÚBLICA
Entre el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, representado en este acto por el señor ARIEL ALEJANDRO PAEZ QUIROGA, D.N.I. Nº 28.838.442 en su carácter de DIRECTOR DEL ENTE CONTROL DE RUTAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA, llamado en lo sucesivo “LA COMITENTE”, constituyendo domicilio en Autopista Serranías Puntanas Km. 783 - Edificio Norte - Bloque I – Planta Baja – Provincia de San Luis por una parte y por la otra la empresa JORMA S.A., representada por el señor CRISTIAN O. GONZALEZ,D.N.I. Nº 25.565.244, en su carácter de presidente de la empresa que constituye domicilio en calle Constitución Nº 123 de la ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, llamada en lo sucesivo “LA CONTRATISTA” y en el marco de la Licitación Pública Nº 04-DECR-2025, efectuada para la ejecución de la obra denominada: RECONSTRUCCIÓN Y REHABILITACIÓN DE 105 LOSAS SOBRE AUº “DE LAS SERRANÍAS PUNTANAS” - R.N. Nº 7, CALZADA SUR Y NORTE, PROG. 658+600,00 HASTA PROG. 659+600,00 TRAMO: JUSTO DARACT – LIMITE PROV. DEPARTAMENTO: GRAL PEDERNERA PROVINCIA: SAN LUIS, conforme la adjudicación dispuesta por Decreto Nº ............-MHIP-2026 de fecha.......... de .............. de 2026, dictado en EXD-0000- 10201032/25; convienen en formalizar el presente Contrato de Obra Pública, sujeto a las siguientes cláusulas.-
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: “LA COMITENTE” encomienda a “LA CONTRATISTA” y ésta acepta la ejecución de la obra precedentemente citada, por el sistema previsto en el Art. 10 Inciso A) punto 2 del Capítulo III de la Ley Nº VIII-0257-2004 Obras Públicas de la Provincia conforme a los datos contenidos en el Pliego que sirvió de base para la presente contratación, sobre los terrenos asignados, en un todo de acuerdo a los documentos integrantes de la contratación referida, la Propuesta y éste Contrato.-
SEGUNDA.- DOCUMENTACION DEL CONTRATO: Está integrado por los Instrumentos que se consignan en el Pliego de la contratación, la Propuesta y el Decreto de Adjudicación. El orden de prioridad o prelación de esa documentación, en caso de divergencia en la interpretación o falta de coincidencia de sus estipulaciones es el establecido en la legislación vigente. –
TERCERA. - MONTO DEL CONTRATO: El monto total del presente Contrato asciende a la suma de PESOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL NOVECIENTOS CON 18/100 ($330.341.900,18), precio fijo e inamovible hasta la extinción de las obligaciones contractuales.-
CUARTA.- GARANTIA DE CONTRATO: En garantía del fiel cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones emergentes de este Contrato, “LA CONTRATISTA”, ha presentado Póliza de Seguro de Caución Nº ......................, emitida por ......................................, por la suma de ....................................... ($.................), importe que cubre el 5% del monto total del presente Contrato, conforme lo establecido por la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, cuya admisión quedará sujeta a la aprobación de “LA COMITENTE”.-
QUINTA.- MEDICION Y PAGO: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales de la Ley Nº VIII-0257-2004 de Obras Públicas, sus Decretos Reglamentarios y las Normas Específicas vigentes, estableciendo que las certificaciones no presentadas ante la Mesa de Entradas de la Dirección Ente Control de Rutas hasta el día 10 del mes inmediatamente posterior al de la medición, serán programadas financieramente al mes siguiente al de su efectiva aprobación, perdiendo “LA CONTRATISTA” el derecho a reclamo alguno.- El Anticipo Financiero a otorgar para la presente obra será del TREINTA POR CIENTO (30%) del monto total adjudicado.-
SEXTA.- PLAZO DE EJECUCION: El plazo para la terminación total y completa de esta obra como así para el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del presente Contrato, se ha establecido en CIENTO VEINTE (120)días corridos los que comenzarán a contarse a partir de la fecha de suscripción del presente contrato.-
SEPTIMA.- SEGUROS: “LA CONTRATISTA” los constituirá en la forma, con los efectos estipulados y con prioridad a la emisión de cualquier documento de pago comprometido.-
OCTAVA.- RECEPCION Y PLAZO DE GARANTIA: Ambas partes se obligan de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y particulares de la documentación licitatoria y de la propuesta definitiva aprobada mediante esta contratación.-
NOVENA.- ENTREGA DE LA DOCUMENTACION: “LA COMITENTE”, hace entrega en este acto a “LA CONTRATISTA”, del pliego que sirvió de base a la presente contratación junto a la documentación técnica aprobada.-
DECIMA.- JURISDICCION LEGAL: A todos los efectos que hubiere lugar, ambas partes constituyen domicilios legales en los arriba ya señalados, donde se tendrán por válidas las notificaciones y citaciones de cualquier índole, y acuerdan en someterse a la Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis con competencia en lo Contencioso Administrativo, renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderle.-
DECIMA PRIMERA.- SELLADO DEL CONTRATO: “LA CONTRATISTA” abonará los importes que se devenguen con motivo del sellado del presente Contrato, conforme a las leyes tributarias vigentes en la Provincia. Su incumplimiento impedirá a “LA CONTRATISTA” la tramitación de certificados que se emitan por cualquier concepto.-
DECIMA SEGUNDA.- “LA CONTRATISTA” se obliga a dar estricto cumplimiento a las disposiciones establecidas en la Ley Provincial Vigente de Salario Mínimo, Vital y Móvil.-
DECIMA TERCERA.- MANO DE OBRA: “LA CONTRATISTA” se obliga a incorporar en la mano de obra la máxima ocupación de mano de obra local, incluyendo beneficiarios de los Planes Sociales del Gobierno Provincial y presentar a LA COMITENTE junto con la certificación mensual, un listado del personal afectado a la misma, acreditando en forma fehaciente su domicilio, sin cuyo cumplimiento no habilitará a dar curso al pago de la certificación aludida.-
En prueba de conformidad y aceptación, se firman TRES (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de San Luis, Departamento Juan Martín de Pueyrredón, Provincia de San Luis, a los ................ (.........) días del mes de .............. del año DOS MIL VEINTISEIS.-
DECRETO Nº 992-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10280140/25, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente JORGELINA MEDINA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3631853/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente JORGELINA MEDINA D.N.I. Nº 39.544.719, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular ROSA BEATRIZ PAYERO, según Decreto Nº 4833-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2025, de la docente JORGELINA MEDINA D.N.I. Nº 39.544.719, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 152 “Alas Argentinas” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 993-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10091158/25, por el cual tramita la renuncia por razones particulares de la docente ADRIANA NOEMI BOCHETTO y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3616023/25 y 3620450/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente ADRIANA NOEMI BOCHETTO, D.N.I. Nº 16.656.229, formulario de cese, copia de Decreto de designación Nº 1815-MHyOP-2013 y fotocopia de D.N.I. de dicha docente;
Que en act. ACTPAS 1627783/25, la subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes, tomó intervención y procedió a la suspensión de haberes a partir del 22 de octubre de 2025;
Que en act. INFSUM 179411/25, la Dirección de Sumarios Administrativos, informa que la docente mencionada no registra sumarios administrativos en trámite;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Aceptar, a partir del 22 de octubre de 2025, la renuncia por razones particulares presentada por la docente interina ADRIANA NOEMI BOCHETTO, D.N.I. Nº 16.656.229, en TRES (3) horas cátedra de Física en 5to. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 33 “Vicente Dupuy” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art.2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art.4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art.5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 994-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12010411/25, por el cual tramita la designación del docente SEBASTIAN DANIEL MAGRO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular ROMINA MARIA BELEN ZANGLA, D.N.I. Nº 25.281.182, según Decreto Nº 19097-ME-2025, se torna necesario designar, al docente SEBASTIAN DANIEL MAGRO, D.N.I. Nº 36.227.674, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3662581/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 01 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 01 de diciembre de 2025, al docente SEBASTIAN DANIEL MAGRO, D.N.I. Nº 36.227.674, en UN (1) cargo de Preceptor, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 36 “Doctor Bernardo Alberto Houssay”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 995-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040413/25, por el cual tramita la designación de la docente GRISELDA GABRIELA SOLOA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular ROMINA BEATRIZ FARIAS, D.N.I. Nº 30.345.770, según Decreto Nº 19097-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente GRISELDA GABRIELA SOLOA, D.N.I. Nº 30.396.297, en SEIS (6) hs. cátedra de Formación Ética y Ciudadana, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3666001/25, 1473813/25 y 1495915/26, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de diciembre de 2025, a la docente GRISELDA GABRIELA SOLOA, D.N.I. Nº 30.396.297, en SEIS (6) hs. cátedra de Formación Ética y Ciudadana, 3 hs. en 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 4ta. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 996-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10311110/25, por el cual la Dirección de la Escuela de Nivel Inicial Nº 19 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente VALERIA ANAHI IRUSTA ALVA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3637253/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente VALERIA ANAHI IRUSTA ALVA, D.N.I. Nº 32.094.260, de suplente a interina, vacante por renuncia por razones particulares de la docente titular ROXANA VERONICA LUCERO, según Decreto Nº 18672-ME-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 29 de octubre de 2025, de la docente VALERIA ANAHI IRUSTA ALVA, D.N.I. Nº 32.094.260, de suplente a interino, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 19 “Paula Domínguez de Bazán” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 997-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10300506/25, por el cual tramita la designación de la docente LORENA IVONNE GONZALEZ PAEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 6 “Santa María Eufrasia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular CINTIA PATRICIA PEÑA, D.N.I. Nº 31.047.777, según Decreto Nº 1957-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente LORENA IVONNE GONZALEZ PAEZ, D.N.I. Nº 37.723.970, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3635250/25 y 1497098/26, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 20 de octubre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 20 de octubre de 2025, a la docente LORENA IVONNE GONZALEZ PAEZ, D.N.I. Nº 37.723.970, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 6 “Santa María Eufrasia”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 998-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12030678/25, por el cual tramita la designación de la docente BRENDA ANAHI FERNANDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 82 “General Las Heras”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular, ROSA MARTHA OBREGON, según Decreto Nº 20741-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente BRENDA ANAHI FERNANDEZ, D.N.I. Nº 38.749.770, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial;
Que en acts. DOCEXT 3665325/25 y ACTPAS 1634011/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 27 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de noviembre de 2025, a la docente BRENDA ANAHI FERNANDEZ, D.N.I. Nº 38.749.770, en UN (1) cargo de Auxiliar Docente de Nivel Inicial, en la Escuela Nº 82 “General Las Heras”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 999-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040580/25, por el cual tramita la designación de la docente CLAUDIA ELISA CALDERON, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo de Nivel Secundario “C.E.N.S.” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 3795-ME-2021 y 8478-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente CLAUDIA ELISA CALDERON, D.N.I. Nº 31.184.102, en CUATRO (4) horas cátedra de Contabilidad, en 2do. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3666101/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 22 de octubre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 22 de octubre de 2025, a la docente CLAUDIA ELISA CALDERON, D.N.I. Nº 31.184.102, en CUATRO (4) horas cátedra de Contabilidad, en 2do. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo de Nivel Secundario “C.E.N.S.” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1000-MHIP-2026.-
San Luis, 30 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12160261/25, por el cual tramita la designación de la docente MERCEDES GABRIELA GUEVARA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, AMADEO OSVALDO SORIA, según Decreto Nº 23420-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente MERCEDES GABRIELA GUEVARA, D.N.I. Nº 29.835.285, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Artes Visuales), 3 hs. en 3er. año 2da división y 3 hs. en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3673984/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de noviembre de 2025, a la docente MERCEDES GABRIELA GUEVARA, D.N.I. Nº 29.835.285, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Artística (Perfil Artes Visuales), 3 hs. en 3er. año 2da división y 3 hs. en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 11 “Benito Juárez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1026-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040443/25, por el cual tramita la designación de la docente IVANA NAHIR SAEZ BAHAMONDES, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente titular-interina MARIA SILVINA IRIBARREN, D.N.I. Nº 22.227.341, según Decreto Nº 19099-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente IVANA NAHIR SAEZ BAHAMONDES, D.N.I. Nº 38.611.960, en SEIS (6) hs. cátedra de Educación Artística -Perfil Danzas Folclóricas-, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3666014/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 28 de noviembre de 2025, a la docente IVANA NAHIR SAEZ BAHAMONDES, D.N.I. Nº 38.611.960, en SEIS (6) hs. cátedra de Educación Artística -Perfil Danzas Folclóricas-, 3 hs. en 2do. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1027-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040617/25, por el cual tramita la designación de la docente PAULA ROCIO GONZALEZ OCHOA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MARIA ISABEL MAMANI FERNANDEZ, D.N.I. Nº 93.112.438, según Decreto Nº 20036-MHIP-2025, se torna necesario designar, a la docente PAULA ROCIO GONZALEZ OCHOA, D.N.I. Nº 42.744.487, en DOS (2) hs. cátedra de Lengua Extranjera -Perfil Inglés- en 1er. año 1ra. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3666143/25 y 1474649/25, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 11 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 11 de noviembre de 2025, a la docente PAULA ROCIO GONZALEZ OCHOA, D.N.I. Nº 42.744.487, en DOS (2) hs. cátedra de Lengua Extranjera -Perfil Inglés- en 1er. año 1ra. división, Sector Turismo, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1028-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12150001/25, por el cual tramita la designación de la docente VALERIA ROXANA CUELLO, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 288 “Antonio Esteban Agüero”, de la ciudad de Villa de Merlo - Piedra Blanca Abajo, departamento Junín, con motivo de renuncia por jubilación de la docente titular, ANA GRACIELA MAGALLANES, según Decreto Nº 18496-MHIP-2025 y renuncia por jubilación de la docente suplente CRISTINA SONIE ROMERO, según Decreto Nº 21263-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, VALERIA ROXANA CUELLO, D.N.I. Nº 25.565.934, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3672517/25 y 3674685/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 27 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de noviembre de 2025, a la docente VALERIA ROXANA CUELLO, D.N.I. Nº 25.565.934, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 288 “Antonio Esteban Agüero”, de la ciudad de Villa de Merlo - Piedra Blanca Abajo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1029-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091239/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente JULIETA ROCIO CHIRINO, y;
CONSIDERANDO;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular, DANIELA MAGDALENA ANRIQUEZ, según Resolución Nº 4227-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados con carácter suplente por la docente, JULIETA ROCIO CHIRINO, D.N.I. Nº 34.859.107, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3668747/25 y ACPTAS 1636415/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 17 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados con carácter suplente, desde el 17 de noviembre de 2025 y hasta 19 de diciembre de 2025, por la docente, JULIETA ROCIO CHIRINO, D.N.I. Nº 34.859.107, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 4º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1030-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091201/25, por el cual tramita la designación de la docente BLANCA OFELIA GARCIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, SILVIA MONICA RAPTOPULOS, según Decreto Nº 19005-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, BLANCA OFELIA GARCIA, D.N.I. Nº 27.394.029, en DOS (2) horas cátedra de Historia, en 1er. año 5ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3672941/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 3 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de diciembre de 2025, a la docente BLANCA OFELIA GARCIA, D.N.I. Nº 27.394.029, en DOS (2) horas cátedra de Historia, en 1er. año 5ta. división, Sector Electromecánico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1031-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091295/25, por el cual tramita la designación del docente PABLO NICOLAS BERRA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 3795-ME-2021 y 4257-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, al docente PABLO NICOLAS BERRA, D.N.I. Nº 29.150.665, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3671229/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 27 de noviembre de 2025, al docente PABLO NICOLAS BERRA, D.N.I. Nº 29.150.665, en TRES (3) horas cátedra de Biología, en 2do. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1032-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11250596/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente ANGELA VALENTINA SANCHEZ POLETTI, y;
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente titular, MARIA DEL CARMEN BARROSO, según Resolución Nº 4332-DRRHH-2025, y renuncia por razones particulares de la docente suplente, MARIA DANIELA ROZAS, según Decreto Nº 23119-MHIP-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente ANGELA VALENTINA SANCHEZ POLETTI, D.N.I. Nº 41.221.600, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3656806/25, 3671715/25, 3656818/25, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, acta de ofrecimiento del cargo en acto público y aceptación del mismo, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 25 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 25 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular, MARIA DEL CARMEN BARROSO, a la docente ANGELA VALENTINA SANCHEZ POLETTI, D.N.I. Nº 41.221.600, en UN (1) cargo de Maestro de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 114 “Doctor Ricardo Gutiérrez”, de la ciudad de La Toma, departamento Coronel Pringles.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.-Hacer saber: al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1033-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091251/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en acts. DOCEXT 3668755/25 y ACTPAS 1636510/25 (Adjuntos), obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente suplente, SOFIA BELEN VIZCAY, D.N.I. Nº 36.580.062, formulario de cese, copias de los Decretos de designación Nros. 6905-MHIP-2024 y 6812-MHP-2016, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero AgustiónMercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, SILVIA MONICA RAPTOPULOS, según Decreto Nº 19005-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, SOFIA BELEN VIZCAY, D.N.I. Nº 36.580.062, en SEIS (6) horas cátedra de Historia, 3 hs. 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 5ta. división y en SEIS (6) horas cátedra de Historia de San Luis, 3 hs. en 4to. año 1ra. división y 3 hs. en 4to. año 5ta. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3668755/25 y ACTPAS 1636510/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 1 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 1 de diciembre de 2025, a la docente suplente SOFIA BELEN VIZCAY, D.N.I. Nº 36.580.062, en SEIS (6) horas cátedra de Formación Etica y Ciudadana, 2 hs. en 2do. año 5ta. división, 2 hs. en 4to. año 2da. división y 2 hs. en 4to. año 4ta. división y en DOS (2) horas cátedra de Historia en 5to. año 1ra. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 1 de diciembre de 2025, a la docente SOFIA BELEN VIZCAY, D.N.I. Nº 36.580.062, en SEIS (6) horas cátedra de Historia, 3 hs. 2do. año 1ra. división y 3 hs. en 2do. año 5ta. división y en SEIS (6) horas cátedra de Historia de San Luis, 3 hs. en 4to. año 1ra. división y 3 hs. en 4to. año 5ta. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 6º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1034-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12160008/25, por el cual tramita la designación de la docente YAMILA ESTEFANIA OCHOA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, SILVIA NANCY QUIÑONEZ, según Decreto Nº 17503-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, YAMILA ESTEFANIA OCHOA, D.N.I. Nº 33.848.374, en DOS (2) horas cátedra de Psicología Laboral, en 7mo. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3673711/25 y ACTPAS 1637309/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 3 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de diciembre de 2025, a la docente YAMILA ESTEFANIA OCHOA, D.N.I. Nº 33.848.374, en DOS (2) horas cátedra de Psicología Laboral, en 7mo. año 1ra. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 20 “Juan Wenceslao Gez”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1035-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091236/25, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3668746/25, obra: nota de renuncia por razones particulares de la docente suplente, CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, D.N.I. Nº 23.637.829, formulario de cese, copia del Decreto de designación Nº 8130-MHP-2022, fotocopia de D.N.I. y constancia de C.U.I.L. de dicha docente;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustión Mercau”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, SILVIA MONICA RAPTOPULOS, según Decreto Nº 19005-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, D.N.I. Nº 23.637.829, en TRES (3) horas cátedra de Historia de San Luis en 4to. año 2da. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3668746/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 1 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Aceptar la renuncia por razones particulares, a partir del 1 de diciembre de 2025, a la docente suplente CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, D.N.I. Nº 23.637.829, en DOS (2) horas cátedra de Historia en 5to. año 2da. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 3º.- Designar con carácter interino, a partir del 1 de diciembre de 2025, a la docente CLAUDIA ELIZABETH NUÑEZ, D.N.I. Nº 23.637.829, en TRES (3) horas cátedra de Historia de San Luis en 4to. año 2da. división, Sector Electromecánica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, la Escuela Técnica Nº 15 “Ingeniero Agustín Mercau” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 4º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 5º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 6º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 7º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 8º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1036-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12050891/25, por el cual tramita la designación de la docente SANDRA OLGA ARANDA, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente interina MARIA DEL CARMEN IANNELLO, D.N.I. Nº 14.144.961, según Decreto Nº 11292-MHP-2022, se torna necesario designar, a la docente SANDRA OLGA ARANDA, D.N.I. Nº 25.008.335, en UN (1) cargo de Maestra de Enseñanza Practica -Perfil Turismo-, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3667030/25 y 1474216/25, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 17 de noviembre de 2025, a la docente SANDRA OLGA ARANDA, D.N.I. Nº 25.008.335, en UN (1) cargo de Maestra de Enseñanza Practica -Perfil Turismo-, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 8 “Mauricio Pastor Daract”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1037-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12100692/25, por el cual tramita la designación de la docente ANDREA MARIANA IRIARTE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por ascenso jerárquico de la docente titular, ANABEL CLAUDIA BIONDA, según Decreto Nº 19150-ME-2025, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente ANDREA MARIANA IRIARTE, D.N.I. Nº 27.775.808, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3669486/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 3 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 3 de diciembre de 2025, a la docente ANDREA MARIANA IRIARTE, D.N.I. Nº 27.775.808, en TRES (3) horas cátedra de Tecnología en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 2 “Juan Esteban Pedernera”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1038-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12110004/25, por el cual tramita la designación de la docente DAIANA MARIEL VIVES, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 3795-ME-2021 y 8478-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, DAIANA MARIEL VIVES, D.N.I. Nº 35.314.944, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3670058/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 12 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 12 de noviembre de 2025, a la docente DAIANA MARIEL VIVES, D.N.I. Nº 35.314.944, en CINCO (5) horas cátedra de Matemática en 1er. año 2da. división, Orientación Ciencias Naturales, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº1039-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091257/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios del docente MATIAS HERNAN FERNANDEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente interina NADIA MARILIN LUCERO ESCUDERO, según Resolución Nº 4705-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por el docente MATIAS HERNAN FERNANDEZ, D.N.I. Nº 34.700.092, en TRES (3) horas catedra de Educación Física, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3668761/25, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de merito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, acta de ofrecimiento del cargo en acto público y aceptación del mismo, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 28 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Reconocer los servicios prestados, con carácter suplente, desde el 28 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud, de la docente interina NADIA MARILIN LUCERO ESCUDERO, por el docente MATIAS HERNAN FERNANDEZ, D.N.I. Nº 34.700.092, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 5to. año 1ra. división, Orientación Ciencias Naturales, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 8 “Maestras Lucio Lucero”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.-Hacer saber: al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1040-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091163/25, por el cual tramita la designación de la docente GIMENA CELESTE ALVAREZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 16 “Jesús Obrero”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación de la docente titular, MARIA GABRIELA QUIROGA, según Decreto Nº 11399-MHIP-2024, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, GIMENA CELESTE ALVAREZ, D.N.I. Nº 30.571.482, en DOS (2) horas cátedra de Historia en 1er. año 2da. división, Sector Químico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3668656/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 1 de octubre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 1 de octubre de 2025, a la docente GIMENA CELESTE ALVAREZ, D.N.I. Nº 30.571.482, en DOS (2) horas cátedra de Historia en 1er. año 2da. división, Sector Químico, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 16 “Jesús Obrero”, de la ciudad de Justo Daract, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº1041 -MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12111168/25, por el cual tramita la designación de la docente LORENA MABEL LUQUE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente titular, OSCAR ALEJANDRO LUBRINA, según Decreto Nº 19736-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, LORENA MABEL LUQUE, D.N.I. Nº 31.766.547, en CUATRO (4) horas cátedra de Circuitos Analógicos y Digitales, en 6to. año 2da. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3671039/25 y ACTPAS 1637133/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 25 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de noviembre de 2025, a la docente LORENA MABEL LUQUE, D.N.I. Nº 31.766.547, en CUATRO (4) horas cátedra de Circuitos Analógicos y Digitales, en 6to. año 2da. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1042-MHIP-2026.-
San Luis, 31 de Enero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12111175/25, por el cual tramita la designación del docente ROBERTO DANIEL CARRERA ALTURRIA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera, con motivo de la renuncia por jubilación del docente interino, OSCAR ALEJANDRO LUBRINA, según Decreto Nº 19736-MHIP-2025, se torna necesario designar con carácter interino al docente, ROBERTO DANIEL CARRERA ALTURRIA, D.N.I. Nº 26.467.083, en TRES (3) horas cátedra de Sistemas Electrónicos de Control, en 7mo. año 2da. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3671047/25 y ACTPAS 1637249/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 25 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 25 de noviembre de 2025, al docente ROBERTO DANIEL CARRERA ALTURRIA, D.N.I. Nº 26.467.083, en TRES (3) horas cátedra de Sistemas Electrónicos de Control, en 7mo. año 2da. división, Sector Electrónica, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 17 “V Brigada Aérea”, de la localidad de Villa Reynolds, departamento General Pedernera. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1059-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040247/25, por el cual tramita la designación de la docente LAURA XIMENA ARCE, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina VIVIANA PATRICIA ZAGAGLIA, D.N.I. Nº 16.389.383, según Decreto Nº 19148-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente LAURA XIMENA ARCE, D.N.I. Nº 33.539.033, en TRES (3) hs. catedra de Historia en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3665856/25 y adjuntos, obran: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de diciembre de 2025, a la docente LAURA XIMENA ARCE, D.N.I. Nº 33.539.033, en TRES (3) hs. cátedra de Historia en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 3 “Eva Perón”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1060-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12080054/25, por el cual tramita la designación de la docente FLAVIA EMILCE MUÑOZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 3795-ME-2021 y 8478-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, FLAVIA EMILCE MUÑOZ, D.N.I. Nº 34.879.825, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 1er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3667465/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 29 de octubre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 29 de octubre de 2025, a la docente FLAVIA EMILCE MUÑOZ, D.N.I. Nº 34.879.825, en TRES (3) horas cátedra de Formación Ética y Ciudadana en 1er. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1061-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12080055/25, por el cual tramita la designación de la docente NORA MABEL BLONDEL, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de creación, según Decretos Nros. 3795-ME-2021 y 8478-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, NORA MABEL BLONDEL, D.N.I. Nº 28.329.689, en CUATRO (4) horas cátedra de Estados Contables en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos;
Que en act. DOCEXT 3667466/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 13 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 13 de noviembre de 2025, a la docente NORA MABEL BLONDEL, D.N.I. Nº 28.329.689, en CUATRO (4) horas cátedra de Estados Contables en 3er. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Modalidad de Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en el Centro Educativo Nivel Secundario “CENS” Nº 1, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1062-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12091050/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios del docente FRANCO JOAQUIN MORELLI; y,
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina NADIA MARILIN LUCERO ESCUDERO, según Resolución Nº 4705-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por el docente suplente FRANCO JOAQUIN MORELLI, D.N.I Nº 35.546.115, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3668436/25, 3678129/25 y 1480907/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión de fecha 25 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, a partir del 25 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, por el docente suplente FRANCO JOAQUIN MORELLI, D.N.I Nº 35.546.115, en UN (1) cargo de Maestro Especial de Educación Física, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente.-
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1063-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12080056/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios del docente ALAN NAHUEL VALERGA, y;
CONSIDERANDO;
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud del docente interino, JOSE DANIEL NUÑEZ, según Resolución Nº 4264-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados con carácter suplente por el docente, ALAN NAHUEL VALERGA, D.N.I. Nº 35.884.194, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3667467/25 y ACTPAS 1635294/25 (Adjuntos), obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado, constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 2 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados con carácter suplente, desde el 2 de diciembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, por el docente ALAN NAHUEL VALERGA, D.N.I. Nº 35.884.194, en CUATRO (4) horas cátedra de Educación Física en 1er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 147 “Provincia de Mendoza”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria vigente. -
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 4º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1064-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11061366/25, por el cual tramita la designación de la docente CINTIA PAOLA AVILA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 3795-ME-2021 y 4257-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente CINTIA PAOLA AVILA, D.N.I. Nº 29.526.289, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera: Ingles, en 3er. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3643136/25 y DOCEXT 3665724/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 05 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 05 de noviembre de 2025, a la docente CINTIA PAOLA AVILA, D.N.I. Nº 29.526.289, en DOS (2) horas cátedra de Lengua Extranjera: Ingles, en 3er. año 1ra. división, Orientación Turismo, Modalidad de Educación Permanente para Jóvenes y Adultos, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Técnica Nº 34 “Arístides Bratti”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1065-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11061357/25, por el cual tramita la designación de la docente SILVINA RUTH LEZCANO, y;
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la licencia por maternidad y adaptación binomio madre-hijo, arts. 83º y 107º de la Ley Nº XV-0387-2004, Registro Nº 0080 –DRH-2025, de la docente interina RITA MAGALI GARRO, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente SILVINA RUTH LEZCANO, D.N.I. Nº 27.985.066, en CUATRO (4) horas cátedra de Política y Ciudadanía, 2 hs. en 4to. año 1ra. división y 2 hs. en 4to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3643132/25, 3663868/25 y 3668785/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito dictado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada, constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 05 de noviembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.-Designar con carácter suplente, desde el 05 de noviembre de 2025 y hasta el 18 de marzo de 2026, a la docente SILVINA RUTH LEZCANO D.N.I. 27.985.066, en CUATRO (4) horas cátedra de Política y Ciudadanía, 2 hs. en 4to. año 1ra. división y 2 hs. en 4to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 175 “General José de San Martin”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1066-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12051187/25, por el cual tramita la designación del docente PABLO DANIEL OCAMPO CATTAFI, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada, del docente titular JUAN LUIS LUJAN SCHEWALIE, según Decreto Nº 7709-MHIP-2024, y renuncia por jubilación del docente suplente, ADRIAN ALBERTO ALGARBE, según Decreto Nº 20410-MHIP-2025, se torna necesario designar al docente PABLO DANIEL OCAMPO CATTAFI, D.N.I. Nº 41.096.060, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3667256/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 27 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.-Designar con carácter suplente, desde el 27 de noviembre de 2025 e inter dure la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada del docente titular, JUAN LUIS LUJAN SCHEWALIE, al docente PABLO DANIEL OCAMPO CATTAFI, D.N.I. Nº 41.096.060, en TRES (3) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música, en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1067-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10141112/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente ANTONELLA NATHALIE DIAMANTE; y,
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina ROSA LETICIA MARTINEZ, según Resolución Nº 3817-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente suplente ANTONELLA NATHALIE DIAMANTE, D.N.I Nº 37.643.072, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera - Inglés, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en acts. DOCEXT 3619339/25 y 3679132/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancias de toma de posesión y cese de fechas 8 de octubre de 2025 y 19 de diciembre de 2025, respectivamente;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, a partir del 8 de octubre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, por la docente suplente ANTONELLA NATHALIE DIAMANTE, D.N.I Nº 37.643.072, en CUATRO (4) horas cátedra de Lengua Extranjera - Inglés, en 2do. año 2da. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1068-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12050933/25, por el cual tramita la designación de la docente BETIANA LORENA PONCE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 35 “Camino del peregrino”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, por cambio de estructura curricular, según Decretos Nº 4930-ME-2021, 5261-ME-2021 y 2343-ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino, a la docente BETIANA LORENA PONCE, D.N.I. Nº 25.929.837, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3667054/25 y DOCEXT 1476551/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 02 de diciembre de 2025, a la docente BETIANA LORENA PONCE, D.N.I. Nº 25.929.837, en TRES (3) horas cátedra de Historia, en 4to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 35 “Camino del peregrino”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº1069-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10011047/25, por el cual tramita la designación de la docente JULIETA IVONNE SARCHIONI BOSQUE, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles, con motivo de creación, según Decretos Nros. 2732-ME-2014 y 5785.ME-2022, se torna necesario designar con carácter interino a la docente, JULIETA IVONNE SARCHIONI BOSQUE, D.N.I. Nº 41.563.488, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Granja en 3er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en acts. DOCEXT 3607854/25, 3643709/25 y 3659865/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 23 de septiembre de 2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 23 de septiembre de 2025, a la docente JULIETA IVONNE SARCHIONI BOSQUE, D.N.I. Nº 41.563.488, en TRES (3) horas cátedra de Taller de Granja en 3er. año 2da. división, Sector Producción Agropecuaria, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en el Centro Educativo Nº 22 “Historiador Urbano Joaquín Núñez”, de la localidad de Fraga, departamento Coronel Pringles. -
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. –
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1070-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-10230688/25, por el cual la Dirección de la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente NAHIR MARTINEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3627948/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente NAHIR MARTINEZ D.N.I. Nº 35.401.163, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular CRISTINA NOEMI SANCHEZ, según Decreto Nº 18157-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de mayo de 2025, de la docente NAHIR MARTINEZ D.N.I. Nº 35.401.163, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Química en 2do. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 43 “Doctor Tomás Jofré” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1071-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11110193/25, por el cual tramita la designación de la docente PAULA MILBANA ACUÑA, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela de Nivel Inicial Nº 23 “Luna de Papel” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la licencia por Maternidad y binomio madre – hijo, arts. 83º y 107º de la Ley XV-0387-2004, Registro Nº 0048-PCH-2025, de la docente interina, PAMELA LUJAN GOMEZ, se torna necesario designar con carácter suplente a la docente PAULA MILBANA ACUÑA, D.N.I Nº 37.020.296, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial;
Que en act. DOCEXT 3676584/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 13 de octubre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter suplente, desde el 13 de octubre de 2025 y hasta el 12 marzo del 2026, a la docente PAULA MILBANA ACUÑA, D.N.I Nº 37.020.296, en UN (1) cargo de Maestra de Nivel Inicial, en la Escuela de Nivel Inicial Nº 23 “Luna de Papel” de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente. -
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente. -
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.). -
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación. -
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar. -
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1072-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12021030/25, por el cual tramita la designación de la docente DANIELA VERONICA ECHENIQUE, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín, con motivo de la renuncia por razones particulares de la docente interina MYRIAM ALICIA CRETA, D.N.I. Nº 20.420.014, según Decreto Nº 18918-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente DANIELA VERONICA ECHENIQUE, D.N.I. Nº 24.508.985, en OCHO (8) hs. cátedra de Sistema de Información Contable, 4 hs. en 4to. año 2da. división y 4 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3664232/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de diciembre de 2025, a la docente DANIELA VERONICA ECHENIQUE, D.N.I. Nº 24.508.985, en OCHO (8) hs. cátedra de Sistema de Información Contable, 4 hs. en 4to. año 2da. división y 4 hs. en 6to. año 2da. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 27 “Gobernador Santiago Besso”, de la ciudad de Villa de Merlo, departamento Junín.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1073-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11201333/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente VERONICA ELIZABETH VALLE; y,
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente titular SARA IRMA CABRAL, según Resolución Nº 4233-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente suplente VERONICA ELIZABETH VALLE, D.N.I Nº 34.696.995, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3655844/25 y DOCEXT 3671188/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión de fecha 17 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, a partir del 17 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, por la docente suplente VERONICA ELIZABETH VALLE, D.N.I Nº 34.696.995, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 5 “Bartolomé Mitre”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1074-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12040494/25, por el cual tramita la designación de la docente SEGUNDA DIAZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por accidente de trabajo, de la docente titular LAURA ALEJANDRA CIPRIANI, según Resolución Nº 4964-DRRHH-2025, se torna necesario designar a la docente SEGUNDA DIAZ, D.N.I. Nº 18.588.856, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en acts. DOCEXT 3666044/25 y 1371856/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 17 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.-Designar con carácter suplente, desde el 17 de noviembre de 2025 e inter dure la licencia por accidente de trabajo de la docente titular LAURA ALEJANDRA CIPRIANI, a la docente SEGUNDA DIAZ, D.N.I. Nº 18.588.856, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 49 “Gobernador Lindor Laurentino Quiroga”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1075-MHIP-2026.-
San Luis, 3 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12051124/25, por el cual tramita la designación de la docente BARBARA LUCIA MARTINEZ, y;
CONSIDERANDO:
Que a fin de garantizar el proceso enseñanza-aprendizaje, es necesario disponer acciones ágiles que den respuesta en tiempo y forma en salvaguarda de los derechos fundamentales, a las necesidades educativas provinciales;
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada, del docente titular JUAN LUIS LUJAN SCHEWALIE, según Decreto Nº 7709-MHIP-2024, y renuncia por jubilación del docente suplente, ADRIAN ALBERTO ALGARBE, según Decreto Nº 20410-MHIP-2025, se torna necesario designar a la docente BARBARA LUCIA MARTINEZ, D.N.I. Nº 34.921.941, en DOS (2) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música, en 4to. año 2da. división, Orientación Turismo y DOS (2) horas cátedra de Educación Artística, Perfil Música-Danza, en 5to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3667233/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 02 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.-Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.-Designar con carácter suplente, desde el 02 de diciembre de 2025 e inter dure la adhesión al beneficio de la Pasividad Voluntaria Anticipada del docente titular JUAN LUIS LUJAN SCHEWALIE, a la docente BARBARA LUCIA MARTINEZ, D.N.I. Nº 34.921.941, en DOS (2) horas catedra de Educación Artística, Perfil Música, en 4to. año 2da. división, Orientación Turismo y DOS (2) horas catedra de Educación Artística, Perfil Música-Danza, en 5to. año 2da. división, Orientación Turismo, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 175 “General José de San Martín”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 3º.-Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.-Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.-Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.-El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.-Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1103-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11100364/25, por el cual el Ente San Luis Agua, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que la misma es para la contratación del SERVICIO DE HORAS MÁQUINA destinado a tareas de mantenimiento, reparación y limpieza de acueductos, canales y ríos de la provincia;
Que en act. ACTPAS 1647681/25 obra Pliego General y Particular de Bases y Condiciones;
Que el servicio cuenta con un presupuesto oficial de PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES con 00/100 ($524.000.000,00) IVA incluido;
Que se establece un plazo de duración del contrato de doscientos cuarenta (240) días desde la firma del contrato, o hasta la ejecución total del servicio, lo que ocurra primero;
Que en act. ACTPAS 1635573/25 ha tomado intervención Dirección Jurídica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. CERFYR 1479004/25 la Dirección Finanzas y Recursos certifica que el Ente San Luis Agua cuenta con fondos suficientes en su cuenta corriente para la contratación del servicio que tramita;
Que en act. NOTAMP 949010/25 toma intervención Contaduría General e indica que corresponde el dictado del Decreto del Poder Ejecutivo que autorice el llamado a Licitación Pública;
Que en act. DICFIS 165780/25 obra Dictamen de Fiscalía de Estado por el cual recomienda proceder al dictado del acto administrativo pertinente mediante el cual se apruebe la documentación licitatoria, se autorice el llamado a Licitación Pública y se ordene la publicación de edictos por el término de ley, con encuadre legal en lo normado en el Art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en el Art. 11 inc. a) del Decreto Nº 2293-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en el art. 11 inc. a) del Decreto Nº 2293-MHIP-2025.
Art.2º.- Aprobar el Pliego General y Particular de Bases y Condiciones, elaborado por el Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, obrante en act. ACTPAS 1647681/25, para la contratación del SERVICIO DE HORAS MÁQUINA destinado a tareas de mantenimiento, reparación y limpieza de acueductos, canales y ríos de la provincia.
Art. 3º.- Autorizar al Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a efectuar el llamado a Licitación Pública para contratar el servicio a que se hace referencia en el Art. 2º, por un presupuesto oficial de PESOS QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES con 00/100 ($524.000.000,00) IVA incluido.
Art. 4º.- La erogación que demande la contratación del servicio mencionado en el Art. 2º, se efectivizará con fondos del Ente San Luis Agua.
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.
Art. 6º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados en la forma y por los términos de Ley.
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, y al Ente San Luis Agua.
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1104-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0-11070729/25, por el cual el Ente San Luis Agua, tramita autorización para efectuar llamado a Licitación Pública; y,
CONSIDERANDO:
Que la misma es para la contratación del SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA CRUDA A TRAVÉS DE CAMIONES CISTERNA;
Que en act. ACTPAS 1631440/25, obra Pliego General y Particular de Bases y Condiciones;
Que el servicio cuenta con un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MILLONES ($470.000.000,00) IVA incluido;
Que se establece un plazo de duración del contrato de doscientos cuarenta (240) días desde la firma del contrato o hasta agotar los kilómetros contratados, lo que ocurra primero;
Que en act. ACTPAS 1636932/25 ha tomado intervención Dirección Jurídica, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública;
Que en act. CERFYR 1481534/25 la Dirección Finanzas y Recursos certifica que el Ente San Luis Agua cuenta con fondos suficientes en su cuenta corriente para la contratación del servicio que tramita;
Que en act. NOTAMP 951291/26 toma la intervención Contaduría General que le compete en los términos del Art. 19 de la Ley VI-0165-2004;
Que en act. DICFIS 166123/26 obra Dictamen de Fiscalía de Estado por el cual indica que podría procederse al dictado del acto administrativo pertinente por el cual se apruebe la documentación licitatoria y se autorice el llamado a Licitación Pública, a cuyo fin deberán efectuarse las publicaciones de ley, todo ello conforme lo dispuesto por el Art. 97 inc. a) Ley VIII-0256-2004 modificada por la Ley VIII-0867-2013 y Reglamento Interno del Ente San Luis Agua aprobado por Decreto Nº 2293-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones del art. 97 inc. a) de la Ley Nº VIII-0256-2004 de Contabilidad, Administración y Control Público de la Provincia de San Luis, modificada por la Ley Nº VIII-0867-2013 y en el art. 11 inc. a) del Decreto Nº 2293-MHIP-2025.
Art.2º.- Aprobar el Pliego General y Particular de Bases y Condiciones, elaborado por el Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, obrante en act. ACTPAS 1631440/25, para la contratación del SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA CRUDA A TRAVÉS DE CAMIONES CISTERNA.
Art. 3º.- Autorizar al Ente San Luis Agua, dependiente del Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública, a efectuar el llamado a Licitación Pública para contratar el servicio al que se hace referencia en el art. 2º, por un presupuesto oficial de PESOS CUATROCIENTOS SETENTA MILLONES ($470.000.000,00) IVA incluido.
Art. 4º.- La erogación que demande la contratación del servicio mencionado en el Art. 2º, se efectivizará con fondos del Ente San Luis Agua.
Art. 5º.- Notificar a Fiscalía de Estado.
Art. 6º.- Efectuar la publicación de los edictos con los enunciados en la forma y por los términos de Ley.
Art. 7º.- Hacer saber a: Contaduría General de la Provincia, Dirección de Finanzas y Recursos, y al Ente San Luis Agua.
Art. 8º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública.
Art. 9º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
DECRETO Nº 1105-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 – AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS – BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12101273/25, por el cual tramita la designación de la docente LUCIA AYELEN GONZALEZ CASTRO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente titular VICTOR RAUL GONZALEZ, D.N.I. Nº 23.067.858, según Decreto Nº 18919-ME-2025, se torna necesario designar, a la docente LUCIA AYELEN GONZALEZ CASTRO, D.N.I. Nº 39.798.088, en TRES (3) hs. cátedra de Historia Contemporánea en 5to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario;
Que en act. DOCEXT 3670017/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 26 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 26 de noviembre de 2025, a la docente LUCIA AYELEN GONZALEZ CASTRO, D.N.I. Nº 39.798.088, en TRES (3) hs. cátedra de Historia Contemporánea en 5to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 10 “Martin Miguel de Güemes”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1106-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11190832/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente CAROLINA EDITH DOMINGUEZ; y,
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 40 “Doctor Ricardo Rojas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, con motivo de la licencia por razones de salud del docente titular JAIME ALBERTO CANDAS, según Resolución Nº 1850-DRRHH-2025, y renuncia por razones particulares de la docente suplente, CAROLINA CHOQUE, según Decreto Nº 19798-MHIP-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados con carácter suplente por la docente CAROLINA EDITH DOMINGUEZ, D.N.I Nº 27.547.494, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria;
Que en act. DOCEXT 3654170/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborada por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión del cargo, de fecha 17 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados con carácter suplente, a partir del 17 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, con motivo de la licencia por razones de salud del docente titular JAIME ALBERTO CANDAS, por la docente CAROLINA EDITH DOMINGUEZ, D.N.I Nº 27.547.494, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en la Escuela Nº 40 “Doctor Ricardo Rojas”, de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1107-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11130996/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente ADRIANA DEL VALLE DIAZ OROZCO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3649183/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente ADRIANA DEL VALLE DIAZ OROZCO D.N.I. Nº 32.872.835, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular JORGE FRANCISCO AMAN, según Decreto Nº 19633-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de setiembre de 2025, de la docente ADRIANA DEL VALLE DIAZ OROZCO D.N.I. Nº 32.872.835, de suplente a interina, en SEIS (6) horas cátedra de Educación Física, 3 hs. en 3er. año 2da. división y 3 hs. en 3er. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1108-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11191062/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 10 “Ramiro Podetti” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista de la docente JULIETA PAMELA ALTAMIRANO, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3654396/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente JULIETA PAMELA ALTAMIRANO D.N.I. Nº 43.690.661, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente interina SILVIA GRACIELA RAMONA GUZZETTA, según Decreto Nº 21049-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de noviembre de 2025, de la docente JULIETA PAMELA ALTAMIRANO D.N.I. Nº 43.690.661, de suplente a interina, en UN (1) cargo de Maestra de Grado, Nivel de Educación Primaria, en el Centro Educativo Nº 10 “Ramiro Podetti” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1109-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11121166/25, por el cual la Dirección del Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, gestiona el cambio de situación de revista de la docente FLAVIA NIDIA VIDELA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3648296/25, obra solicitud de cambio de situación de revista de la docente FLAVIA NIDIA VIDELA D.N.I. Nº 27.376.127, de suplente a interina, vacante por renuncia por haber accedido al beneficio jubilatorio el docente titular JORGE FRANCISCO AMAN, según Decreto Nº 19633-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art.1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de setiembre de 2025, de la docente FLAVIA NIDIA VIDELA D.N.I. Nº 27.376.127, de suplente a interina, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física en 3er. año 1ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en el Centro Educativo Nº 1 “Juan Pascual Pringles” de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1110-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12010767/25, por el cual tramita el reconocimiento de prestación de servicios de la docente JOHANA MARIANELA QUINTERO; y,
CONSIDERANDO:
Que atento a la vacante producida en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón, con motivo de la licencia por razones de salud de la docente interina NADIA MARILIN LUCERO ESCUDERO, según Resolución Nº 4705-DRRHH-2025, se torna necesario reconocer los servicios prestados por la docente suplente JOHANA MARIANELA QUINTERO, D.N.I Nº 35.106.079, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3662922/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, orden de mérito elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad de la docente mencionada y constancia de toma de posesión de fecha 26 de noviembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Reconocer los servicios prestados, desde el 26 de noviembre de 2025 y hasta el 19 de diciembre de 2025, por la docente suplente JOHANA MARIANELA QUINTERO, D.N.I Nº 35.106.079, en TRES (3) horas cátedra de Educación Física, en 2do. año 3ra. división, Nivel de Educación Secundaria, en la Escuela Nº 4 “Juan Tulio Zavala”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martín de Pueyrredón.-
Art. 2º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 3º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 4º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 6º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1111-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-11050390/25, por el cual la Dirección de la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera, gestiona el cambio de situación de revista del docente PEDRO NICOLAS CORIA, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. DOCEXT 3640841/25, obra solicitud de cambio de situación de revista del docente PEDRO NICOLAS CORIA, D.N.I. Nº 33.099.109, de suplente a interino, vacante por haber accedido al beneficio jubilatorio la docente titular, ALEJANDRA CARINA PEREZ, según Decreto Nº 2875-MHIP-2025;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Disponer el cambio de situación de revista, a partir del 01 de febrero de 2025, del docente PEDRO NICOLAS CORIA, D.N.I. Nº 33.099.109, de suplente a interina, en CINCO (5) horas cátedra de Programación de las Compras y las Ventas, en 6to. año 1ra. división, Sector Administración y Gestión, Modalidad de Educación Técnico Profesional de Nivel Secundario, en la Escuela Técnica Nº 18 “Nicolasa Berrondo de Quiroga” de la ciudad de Villa Mercedes, departamento General Pedernera.-
Art. 2º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 3º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 5º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
DECRETO Nº 1112-MHIP-2026.-
San Luis, 4 de Febrero de 2026.-
“2026 - AÑO DE LA EDUCACIÓN EN SAN LUIS - BICENTENARIO DE LA FUNDACIÓN DE LA PRIMERA ESCUELA DE DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO”
VISTO:
El EXD-0000-12050965/25, por el cual tramita la designación del docente RODRIGO NAHUEL PEÑALOZA PALLERO, y;
CONSIDERANDO:
Que es menester contar en los establecimientos educativos con una adecuada planta funcional;
Que atento a la vacante producida en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón, con motivo de la renuncia por razones particulares del docente titular SANTIAGO HERNAN SUAREZ, D.N.I. Nº 27.898.513, según Decreto Nº 19099-ME-2025, se torna necesario designar, al docente RODRIGO NAHUEL PEÑALOZA PALLERO, D.N.I. Nº 34.182.591, en TRES (3) hs. cátedra de Historia en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria;
Que en act. DOCEXT 3667074/25, obra: constancia de la publicación del llamado para cubrir el cargo vacante, Orden de Mérito, elaborado por la Junta de Clasificación Docente competente, fotocopia de D.N.I., constancia de C.U.I.L., declaración jurada de incompatibilidad del docente mencionado y constancia de toma de posesión del cargo de fecha 03 de diciembre de 2025;
Que se ha observado lo dispuesto por la Ley Nº XV-0734-2010 que en su artículo 3º establece que para cubrir cargos interinos y/o suplentes en la Educación Inicial, Primaria y Secundaria, tendrán prioridad aquellos aspirantes con domicilio comprobable en el radio urbano o una distancia no mayor de QUINCE (15) kilómetros del Establecimiento Educativo;
Por ello y en uso de sus atribuciones;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Art. 1º.- Encuadrar el presente caso en las disposiciones previstas en el Art. 18º del Decreto Nº 150-SGG-2023, ratificado por Ley Nº V-1118-2024 y prorrogado por Ley Nº V-1164-2025.-
Art. 2º.- Designar con carácter interino, a partir del 03 de diciembre de 2025, al docente RODRIGO NAHUEL PEÑALOZA PALLERO, D.N.I. Nº 34.182.591, en TRES (3) hs. cátedra de Historia en 5to. año 1ra. división, Orientación Economía y Administración, Nivel de Educación Secundaria, en el Colegio Nº 35 “Camino del Peregrino II”, de la ciudad de San Luis, departamento Juan Martin de Pueyrredón.-
Art. 3º.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, a la partida presupuestaria correspondiente.-
Art. 4º.- Pasar las presentes actuaciones a la Subdirección Recursos Humanos Docentes y por su intermedio, practicar la notificación correspondiente.-
Art. 5º.- Hacer saber al Ministerio de Educación, a la Subdirección de Análisis y Liquidación de Haberes y a la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (D.O.S.E.P.).-
Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Hacienda e Infraestructura Pública y el señor Ministro Secretario de Estado de Educación.-
Art. 7º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-
CLAUDIO JAVIER POGGI
Néstor Alberto Ordoñez
Guillermo Fabián Araujo
LICITACIONES
MINISTERIO DE HACIENDA E INFRAESTRUCTURA PÚBLICA
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN PÚBLICA N°: 02/2026
EXD N°: 1050833/26
DECRETO DE AUTORIZACIÓN AL LLAMADO N° 1871-MHIP-2026
OBRA: CONSERVACIÓN MEJORATIVA EN RUTA PROVINCIAL N°:27
TRAMO: EMPALME RNN°7 (FRAGA)-EMPALME RNN°188.
DEPARTAMENTOS: PEDERNERA Y DUPUY
PROVINCIA: SAN LUIS
PRESUPUESTO OFICIAL: $511.972.083,44
PLAZO DE EJECUCIÓN: 120 DIAS CORRIDOS
PRECIO DEL PLIEGO: $511.972,08
FECHA DE APERTURA: 01/04/2026 HORA: 10:00
CONSULTA Y VENTA DE PLIEGO: En la sede de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en calle Avda. España 399, esquina calle Ituzaingó, Ciudad de San Luis, a partir de la fecha de publicación y hasta las 12:00 hs. del 31/03/2026.
MARTIN ALITTA
Subdirector de Contrataciones y Control de Gestión
C: 658 SPP e: 20 y v: 25 Mar.
JUDICIALES
El JUZGADO CIVIL, COMERCIAL, AMBIENTAL y LABORAL Nº 1, III CIRC. JUDICIAL, Dr. Moisés Benito Fara (Juez), Secretaría de la Autorizante, en autos EXP 433988/25: “AGUILAR ELVA MIRYAM, S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de ELVA MIRYAM AGUILAR DNI. N° 14.737.937, bajo apercibimiento de Ley. Concarán, 18 de AGOSTO de 2025
C: 640 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaria Autorizante, en autos caratulados “CHIRINO MAXIMO SEGUNDO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445230/26 cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. CHIRINO MAXIMO SEGUNDO DNI N° 8.686.496 bajo apercibimiento de ley-
San Luis, 16 de marzo de 2026
C: 641 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3, de la primera circunscripción judicial del Poder Judicial de la provincia de San Luis, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaría de la autorizante, en autos EXP 445712/26 “RIVERA FERNANDEZ YURI JAIME S/ SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. YURI JAIME RIVERA FERNÁNDEZ, C.I. Nº 93.030.082, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 16 de Marzo de 2026
C: 644 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 5, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo del Dr. Spagnuolo Fernando Alberto, Juez Subrogante, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “TESSI ANTONIO CONRRADO S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA” EXP 421163/24, CITA Y EMPLAZA por treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejado por la causante SR. TESSI ANTONIO CONRRADO, DNI Nº 6.811.925, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 13 de marzo de 2026.-
C: 645 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante en los autos caratulados “EXP 380559/22 ALFONZO JUAN JOSE Y EUCEBIA VALENTINA AVILA S/ SUCESION INTESTADA cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. EUCEBIA VALENTINA ÁVILA, DNI: 5.188.908.-
Concarán, San Luis, 24 de julio de 2025.-
C: 646 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 3 de la Primera Circunscripción Judicial a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Juez, Secretaria Autorizante, en autos caratulados “CHIRINO MAXIMO SEGUNDO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 445230/26 cita y emplaza por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. CHIRINO MAXIMO SEGUNDO DNI N° 8.686.496 bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 16 de marzo de 2026.-
C: 647 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2 de la Tercera Circunscripción, sito en Santa Rosa del Conlara (SL), a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Secretaria del Dr. Scarso, en los autos caratulados “EXP 432458/25 GALUZZI STELLA MARY S/SUCESIÓN AB INTESTA TO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. STELLA MARY GALUZZI, DNI: 10.367.130.-
Santa Rosa del Conlara, 13 de junio de 2025.-
C: 648 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, secretaria de la Dra. Rosana Cuevas, en los autos caratulados “EXP 424506/24 GODOY JUSTO ARGENTINO S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de don JUSTO ARGENTINO GODOY, DNI: 11.679.733, bajo apercibimiento de ley.
Concaran, San Luis, 28 de MAYO de 2025.-
C: 649 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados EXP 416882/24 KREMPOVICH BLANCA ELENA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. BLANCA ELENA KREMPOVICH, DNI: 11.221.657.-
Concarán, 8 de SEPTIEMBRE de 2025.-
C: 651 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 2 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Autopista de los Comechingones (Ruta Provincial Nº 55) de Santa Rosa del Conlara (SL), a cargo del Dr. José Ramiro Bustos, Secretaria del autorizante, en los autos caratulados: “PETTINA RAFAEL Y ZALAZAR MARIANA JOSEFA S/ SUCESION AB INTESTATO” “EXP 391197/22 cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de la SRA. MARINA JOSEFA ZALAZAR, DNI: 2.504.423.-
Santa Rosa del Conlara (SL), 23 de septiembre de 2024.-
C: 653 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados “EXP 415.181/24 SOSA ROSA ELIDA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores de DON PEDRO ANTONIO ORTIZ, DNI: 5.558.833 y DOÑA ROSA ELIDA SOSA, DNI: 5.080.294, bajo apercibimiento de ley.
Concarán, San Luis, 15 de octubre de 2025.-
C: 665 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº 1 de la Tercera Circunscripción sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaria de la Dra. Simioli, en los autos caratulados “ EXP 412107/24: “URQUIZA MARIO ENRIQUE S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del SR. MARIO ENRIQUE URQUIZA, DNI: 21.383.326. Bajo apercibimiento de ley.
Concarán (SL), 17 de octubre de 2024.-
C: 666 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción Judicial sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaria de la autorizante, en los autos caratulados “EXP 419529/24: “VILLAVERDE ERLINDA OFELIA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del SR. ERLINDA OFELIA VILLAVERDE, DNI: 0.733.925.-
Concarán (SL), 11 de noviembre de 2024.-
C: 667 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, prosecretaria de la autorizante, en los autos caratulados EXP 389519/22 “SOSA CLARA ELDA Y MUÑOZ MIGUEL ANGEL S/ SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores del causante DON MUÑOZ MIGUEL ANGEL DNI N° 10.697.389, bajo apercebimiento de ley. -
San Luis, 17 de marzo de 2026.-
C: 672 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado CIVIL, COMERCIAL y AMBIENTAL Nº 4 de la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca-Jueza – en autos caratulados: “QUEVEDO FELIX AMADO Y QUEVEDO ROQUE ATILIO S/ SUCESION AB INTESTATO “EXPTE. 54512/1”, cita y emplaza por TREINTA DIAS a los herederos y/ o acreedores y/ o quienes se consideren con derecho a la herencia de DON ROQUE ATILIO QUEVEDO DNI 13.015.948.- PUBLIQUENSE EDICTOS (art. 699 inc. 2º del C.P.C.), bajo apercibimiento de ley. -
San Luis, 18 de MARZO de 2026
C: 673 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 4 de la Primera Circunscripción Judicial sito en la Ciudad de San Luis a cargo de la Dra. Gabriela Ramosca, Juez; Prosecretaria del autorizante, en los autos caratulados “EXP 402.165/23 ROSSI FELIPE GABRIEL S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. FELIPA GABRIEL ROSSI, DNI: 6.815.279.-
San Luis, 6 de AGOSTO de 2025
C: 674 $16.500,00 e: 20 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº1 de la Tercera Circunscripción sito en Concarán (SL), a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría de la Autorizante, en los autos caratulados EXP 436746/25: “CHIRINO ALEJANDRO CESAR S/SUCESIÓN AB INTESTATO” cita y emplaza por el termino de treinta (30) días a herederos y acreedores del Sr. CHIRINO ALEJANDRO CESAR DNI. N° 21.782.930.-
Concarán, San Luis, 10 de SEPTIEMBRE de 2025.-
C: 687 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 5 de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Cynthia Fernández Paz, Juez, Prosecretaria Autorizante, en los autos caratulados: “CARDINALI LEONARDO CESAR S/SUCESIÓN AB INTESTATO” EXP 443838/25, CITA Y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. CARDINALI LEONARDO CESAR D.N.I. Nº10.679.201, bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 18 de Marzo de 2026.-
C: 688 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental N° 1 de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en la ciudad de San Luis, a cargo del Dr Fernando Alberto Spagnuolo, Juez, prosecretaria de la autorizante, en los autos caratulados “POLLIO LUIS VICENTE S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 440046/25 cita y emplaza por el término de TREINTA DÍAS a herederos y acreedores del causante SR. POLLIO LUIS VICENTE, DNI 6.789.865, bajo apercebimiento de ley. -
San Luis, 17 de marzo de 2026.-
C: 690 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
El Juzgado Civil Comercial y Ambiental N° 2 de la Ciudad de San Luis, a cargo del Dra. IBAÑEZ GERALDINA INES, Jueza, Secretaría del autorizante, en los autos caratulados “EXP 435262/25 - GACHE SANDRA SUSANA S/SUCESIÓN AB INTESTATO” CITA Y EMPLAZA bajo apercibimiento de ley por el plazo de treinta (30) días a herederos y/o acreedores y/o a todo tercero que se considere con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. GACHE SANDRA SUSANA, DNI N° 16.159.216, bajo apercibimiento de ley.
SAN LUIS, 17 DE MARZO DE 2026.-
C: 693 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nro. 3 de la ciudad de San Luís, a cargo de la Dra. Valeria Celeste Benavidez, Secretaría del autorizante, en los autos: “SOSA MAURICIO GUALBERTO S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, EXP 440879/25”, cita y emplaza por el término de treinta (30) días, a herederos y acreedores del causante, el señor SOSA MAURICIO GUALBERTO, D.N.I. N° 6.790.697, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 03 de febrero de 2026.-
C: 694 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
El Juzgado en lo Civil Comercial y Ambiental Nro. 1º de la ciudad de San Luís a cargo del Dr. Fernando Albert Spagnuolo, Secretaria a cargo de la Actuaria - ordena en los presentes autos caratulados EXP 348632/19 - “GIL MARIO C/ BUSTOS ANTONIA S/ PRESCRIPCION - ADQUISITIVA” se cite a CÍTESE a los terceros interesados a fin de que tomen conocimiento del juicio y en el caso de que se hallaran afectados en sus derechos, pidan la participación que procesalmente les corresponda con respecto al inmueble ubicado en el paraje denominado “La Represita departamento Juan Pascual Pringles - San Luís, Receptoría 9 – Padrón 322 que afecta a un inmueble de 80 hectáreas conforme surge del respectivo plano de mensura Nº 2/139/17 aprobado por la Dirección de Geodesia y Catastro y que afecta a parte del padrón Nº 322 – Parcela A de la Carolina – Dto. Pringles a nombre de Bustos Antonia y otros – Sin inscripción de dominio ubicado en La Carolina, Partido El Durazno, Departamento Pringles, de esta Provincia, el que se individualiza como Padrón Nº 322 – Receptoría La Carolina - PARCELA DOS - MANZANA “C”, del Plano de mensura aprobado bajo el plano Nº 2/139/17, con un total de 80 hectáreas 549,42 metros cuadrados que según plano de mensura se determina su plano de la siguiente manera. - Padrón 322 – Circunscripción El Trapiche – Receptoría La Carolina - NOMENCLATURA CATASTRAL DE ORIGEN - CIRCUNSCRIPCION conforme plano de mensura antes mencionado de fecha 11 de Octubre de 2017 confeccionado por el agrimensor Mauricio T. Ágil – mtr. 290 CASL a que comparezca en el término de 15 días a tomar debida intervención y participación en los presentes autos. - Fdr. Dr. Fernando Albert Spagnuolo – juez.-
San Luis, 4 de SEPTIEMBRE de 2025
C: 695 $11.000,00 e: 23 y v: 25 Mar.
El Juzgado en lo Civil y Comercial y Ambiental Nº 1 de la Ciudad de San Luis en autos caratulados EXP 348632/19 – “GIL MARIO C/ BUSTOS ANTONIA S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA y/o herederos sobre el inmueble ubicado con Domicilio real cito en el Inmueble Receptoría 9 - Padrón 322 - A ubicado en paraje denominado “La Represita” - Dto Pringles San Luís, por el término de QUINCE DIAS para que comparezcan y la contesten, bajo apercibimiento de Ley - La presente actuación se encuentra firmada digitalmente por - SILVINA TORRES, Prosecretaria Subrogante del Juzgado Civil - Comercial y Ambiental Nº1 de la ciudad de San Luis.
San Luis, 4 de SEPTIEMBRE de 2025
C: 696 $11.000,00 e: 23 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 3, de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis, a cargo de la Dra. Gabriela Natalia Ramosca, Jueza Subrogante, en autos EXP 431294/25 “CHAVEZ CLARINDA ETELVINA Y LUCERO JOSE ALBERTO S/ SUCESIÓN AB INTESTATO cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días, a todos los que se considerasen con derecho a los bienes dejados por la causante, Sra. CHAVEZ CLARINDA ETELVINA D.N.I 2.999.739 y LUCERO JOSE ALBERTO D.N.I 6.790.648, bajo apercibimiento de ley.
San Luis, 19 de Febrero de 2026. –
C: 698 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral N° 1 de Concarán a cargo del Dr. Moisés Benito Fara, Secretaría del autorizante, en autos MOLINA HIJINIO, RODRIGUEZ SANTIAGO ANTONIO Y OTROS C/ MOLINA ADÁN S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, EXP 414027/24, cita y emplaza por 15 días a Adán Molina y sus sucesores universales y particulares y quien se considere con derechos sobre el inmueble que infra se individualiza, para que reciba traslado de la demanda la conteste y comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. El inmueble se ubica en zona rural al norte de la localidad de San Martín Partido de San Martín Departamento Libertador General San Martín Provincia de San Luis e identificado por el plano de mensura 5/74/2022 como parcela 4 con los siguientes linderos: por el Norte colinda con Mario Enrique Torres Morales padrón 77 receptoría San Martín; por el Este colinda con camino público; por el Sur colinda con Carlos Fortunato Coria Ángel Miranda y Jorge Antonio Miranda padrón 148 receptoría San Martín; y por el Oeste colinda con Río San Martín.
Tiene una superficie de TRESCIENTAS UN HECTÁREAS CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES COMA DOCE METROS CUADRADOS (301 has 5.763,12 m2). No afecta inscripción alguna en el Registro de la Propiedad Inmueble pero sí el padrón catastral 75 receptoría San Martín.-
Concarán, San Luis, 18 de diciembre de 2025.-
C: 699 $11.000,00 e: 23 y v: 25 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial y Ambiental Nº 2, de la Ciudad de San Luis, a cargo de la Dra. GERALDINA INES IBAÑEZ, Juez, Prosecretaría a cargo del AUTORIZANTE CITA y EMPLAZA por el término de TREINTA (30) días a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Don MARCOS OROZCO, D.N.I. Nº 6.812.856, y de Doña IGNACIA GLADY ROMERO, D.N.I. Nº 5.462.344, en los autos: EXP 424968/24 “OROZCO MARCOS Y ROMERO IGNACIA GLADY S/SUCESIÓN AB INTESTATO” bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 17 de Marzo de 2026.-
C: 700 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
La Dra. Geraldina, Inés Ibañez, Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Ambiental Nº 2 de esta Primera Circunscripción Judicial, Prosecretaria a cargo de la Autorizante, en autos caratulados EXP 431213/25 “ZELIKSON VELAZQUEZ NESTOR RAUL S/SUCESIÓN AB INTESTATO”, cita y emplaza por el término de TREINTA (30) días a herederos y acreedores del extinto ZELIKSON VELAZQUEZ NESTOR RAUL (D.N.I. N° 23.202.737), bajo apercibimiento de ley.-
San Luis, 18 de Marzo del Año 2026.-
C: 701 $16.500,00 e: 23 y v: 27 Mar.
El Juzgado Civil, Comercial, Ambiental y Laboral Nº2, de la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en Santa Rosa del Conlara (San Luis), a cargo de la Dr. José Ramiro Bustos, Secretaría del autorizante, en autos: “RUIZ DIAZ ESTEBAN MARTIN C/ PONCE OLEGARIO, CLAVERO RODOLFO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA - TRÁMITE ORAL” EXP. 427091/24, cita y emplaza por quince días a Ponce Olegario y Clavero Rodolfo; y/o sus herederos, y/o a cualquier persona que en forma indeterminada se consideren con derecho sobre el siguiente inmueble: Ubicado en ruta límite Interprovincial s/n°, de la localidad de Aguada de las Animas, Partido de Lomita, departamento Junín, provincia de San Luis, Plano N°6/174/24, PARCELA 2, superficie VEINTIDOS HECTARIAS DOCIENTOS DOCE MIL METROS CON NOVENTA Y CUATRO DECÍMETROS CUADRADOS (22 HA 0212,94 M2), MEDIDAS Y LINDEROS: Norte: Ruta inter Provincial y Olegario Ponce; Este: Ponce Abelardo; Sur: Olegario Ponce y Sergio Angel Negri; Oeste: Sergio Angel Negri y Rodolfo Clavero. DOMINIO: No localiza; Padrón 81 a nombre de Olegario Ponce y 508 a nombre de Rodolfo Clavero, Receptoría Lomita Candelaria. Bajo apercibimiento de ley.
Santa Rosa del Conlara, 4 de diciembre de 2025.-
C: 702 $11.500,00 e: 23 y v: 25 Mar.
REMATES
EDICTO REMATE CAMPO 100 HECTAREAS
Por la presente se comunica que se ha dictaminado la subasta de un bien inmueble según autos caratulados FMZ 2259/2019 - PERARNAU, MARIA VICTORIA c/ GUEIMUNDE, SERGIO ALEJANDRO s/EMBARGO PREVENTIVO, los que tramitan ante el Juzgado Federal San Luis, a cargo del Dr. Juan Esteban Maqueda, Secretaria Civil a cargo del Dr. Mariano Frías, consistente en un derecho indiviso de 100 hectáreas – de un total de 400 hectáreas-, ubicado en la Localidad de Las Chañaritas (Departamento Juan Martín de Pueyrredón), Matrícula N° 1-10624, Padrón 28-95753 proponiendo una base de $10.000.000 (diez millones de pesos argentinos) al mejor postor; inscripto a nombre del demandado Sergio Alejandro Gueimunde, DNI N° 17.902.899.
La subasta será realizada por el martillero Miguel Ángel Guerrero Matr. Prof. 386, con domicilio legal en Las Heras nº 1090 de la ciudad de San Luis, domicilio electrónico en maguerrero@justiciasanluis.gov.ar.
Condiciones: Al mejor postor con una base estipulada de 10.000.000 (diez millones de pesos argentinos) debiendo abonar el comprador el equivalente al 20 % del monto obtenido final y el saldo cuando lo ordene el juzgado; con mas el 3% del martillero actuante como así también el sellado por ley. Se deja expresamente establecido que transcurridos los primeros quince (15) minutos del inicio de la subasta sin realizarse oferta o postura alguna, se continuará con la subasta con una reducción del 25% de la base inicial establecida, es decir PESOS SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL ($7.500.000). Como así también, se autoriza a la parte actora a compensar.
Deberá el comprador fijar domicilio dentro del radio del juzgado.
Monto reclamado: el que consta en los presentes autos.
Ocupación del inmueble: deshabitado.
Fecha, día y lugar: la subasta ordenada será realizada el día 30 de marzo de 2026 a las 10.00 horas en el lugar establecido por el juzgado sito en la sede del mismo calle Belgrano nº 1020 de la Ciudad de San Luis.
Consultas: Martillero Publico Miguel A. Guerrero, escritorio en calle Las Heras nº 1090 de la Ciudad de San Luis, teléfono 2664553858.
JORGE MARIANO FRIAS
Secretario
C: 703 $11.000,00 e: 23 y v: 25 Mar.


